Liceo Nibaldo Sepulveda Fernandez -PORTEZUELO - Región de Ñuble

Título iniciativa:

Bienestar animal y cultura: un enfoque hacia el animal de granja como animal patrimonial.



Definición alternativa:

La historia es el desarrollo de la cultura, como bien señala Harari en su libro "De Animales a dioses". Esta afirmación plantea una cuestión intrigante: ¿Por qué la cultura y la historia se han centrado únicamente en los actos humanos? A lo largo de los siglos, los seres humanos han construido la civilización con la dominación de otras especies. En esta coexistencia, ha existido una dinámica de esclavitud interespecie, teniendo la responsabilidad de considerar la domesticación de estos animales. Según Delgado, "Los recursos genéticos de los animales de granja son parte del patrimonio cultural de las naciones, al mismo nivel que las lenguas, los edificios históricos y los parques nacionales". Sin embargo, sorprendentemente, su participación ha sido ampliamente excluida de la narrativa histórica. Este enfoque nos invita a reflexionar sobre las razones que han conducido a marginar a los demás seres vivos de los eventos históricos y a no reconocer su relevancia en cuanto a cómo utilizan sus cuerpos y vidas, contribuyendo así al patrimonio compartido de la humanidad.
En el contexto del patrimonio cultural, el concepto de "animal patrimonial" se refiere a reconocer y preservar las prácticas tradicionales que han involucrado a los animales de granja a lo largo de la historia. Estas prácticas incluyen su papel en la producción de alimentos, abrigo y otros servicios para la sociedad. Sin embargo, este reconocimiento se basa en la premisa fundamental de respetar los derechos y el bienestar de estos animales. Se busca encontrar un equilibrio entre la preservación de tradiciones valiosas y la promoción del trato ético hacia los animales, asegurando que las prácticas tradicionales no causen sufrimiento innecesario a estos seres sensibles.
Tras el análisis de la ley 2.380, sobre protección animal del año 2009, la cual resalta la orientación en tratos éticos a los animales de zoológicos, experimentación animal, y el animal doméstico de urbe (perro y gato), identificamos una mención casi nula del animal de granja, bajo esa premisa pudimos detectar dos problemáticas que surgen en relación a la vida de los animales no humanos de granja. En primer lugar, nos enfrentamos al nulo reconocimiento de su importancia en el ámbito del patrimonio. Y en segundo lugar, nos preocupa el bienestar animal, sus derechos y su reconocimiento como “seres vivientes y sensibles”.
En el marco de nuestra propuesta de iniciativa juvenil de ley, nos enfocamos en la definición y reconocimiento del animal de granja como patrimonio animal. Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), consideramos “como animales de granja a aquellas especies que se utilizan para la producción de alimentos, abrigo, transporte, abarcando las diferentes poblaciones de cada una de ellas”. En esta categoría se incluyen específicamente bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, aves de corral, lagomorfos, equinos, asnos y abejas, así como especies relacionadas con la tradición geográfica y cultural de los territorios, como los camélidos en el norte del país.
Por eso, estamos convencidos que al reconocerlos como patrimonio se fortalecerá su protección, y se podrá promover prácticas más éticas en la ganadería e industria, lo que finalmente fomentará la conciencia sobre su importancia en la sostenibilidad agrícola.
Durante este proceso, nos hemos inspirado en países líderes en la conservación de especies animales, como Suecia, España, Australia y Canadá, que han demostrado un fuerte compromiso con la protección y bienestar de los animales de granja. Han establecido leyes sólidas con el objetivo de promover prácticas éticas. Reconocemos la importancia de aprender de estas experiencias internacionales y adaptarlas a nuestra realidad local de manera adecuada.
Es esencial considerar las perspectivas de veterinarios y ganaderos, actores clave en la vida de los animales de granja. Su participación es crucial para comprender la importancia de los animales desde sus roles y responsabilidades respectivos.
Los veterinarios son esenciales para el cuidado y bienestar de los animales de granja, ofreciendo atención médica, diagnóstico, prevención de enfermedades y promoviendo prácticas adecuadas. Su compromiso directo asegura la salud y dignidad de estos animales.
Por otro lado, los ganaderos son esenciales en la cría y cuidado de los animales de granja, gestionando su cuidado diario, suministrando alimentos y agua, manteniendo instalaciones adecuadas y aplicando prácticas responsables. Su profundo conocimiento de las necesidades y comportamientos de los animales es vital para su bienestar y calidad de vida, lo que también beneficia a veterinarios y trabajadores del sector agropecuario.


Propuesta legislativa:

Propuesta de Ley de Reconocimiento y Protección del Animal de Granja como Patrimonio Animal.
Artículo 1: Definición y reconocimiento del animal de granja como animal patrimonial.
1.1 Se define "animal de granja" como especies utilizadas para la producción de alimentos, abrigo, transporte y servicios en beneficio humano, incluyendo bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, aves de corral, lagomorfos, equinos, asnos y abejas. Además, se consideran especies relacionadas con la tradición geográfica y cultural, como los camélidos en el norte del país.
1.2 Los animales de granja se reconocen oficialmente como patrimonio animal, natural de nuestra sociedad. se refiere a reconocer y preservar las prácticas tradicionales que han involucrado a los animales de granja a lo largo de la historia.
Artículo 2: Protección y bienestar.
2.1 Se establecen los siguientes requisitos:
a) Acceso a alimentos y agua de calidad, en cantidad suficiente y de acuerdo con sus actividades, especie y necesidades nutricionales.
b) Se garantizará un espacio adecuado que permita el movimiento y comportamientos naturales de cada especie, considerando sus necesidades y morfología. Se asegurará sombra mediante árboles o estructuras apropiadas para el bienestar de los animales.
c) Atención veterinaria adecuada y oportuna, que incluya medidas preventivas y tratamientos de enfermedades. Se asegurará la administración de anestesia en cualquier tipo de cirugía que estos animales requieran, atendiendo la complejidad del tratamiento.
d) Prohibición de prácticas crueles o inhumanas, tales como el confinamiento extremo y el uso de métodos de producción intensiva que generen sufrimiento innecesario antes de su muerte. Generando desde delitos este tipo de maltratos.
2.2 Promoveremos programas de capacitación agrícola a través de diversas entidades, como INDAP, PRODESAL, SAG y municipios, con el objetivo de mejorar las prácticas en el sector agropecuario. Además, estableceremos incentivos para ganaderos que implementen prácticas de bienestar animal de alta calidad, supervisadas por el SAG. Esto facilitará su acceso a créditos proporcionados por INDAP y CORFO.
Artículo 3: Educación y conciencia.
3.1 Se incluirá la enseñanza del trato ético a los animales de granja en los planes de estudio de establecimientos educativos, fomentando la conciencia sobre su papel en la agricultura sostenible y el respeto hacia los seres vivos y sensibles. En niveles prebásica, básica y media.
3.2 Se realizarán campañas de sensibilización dirigidas a la sociedad en general, con el fin de promover la adopción de prácticas responsables y respetuosas hacia los animales de granja, así como la valoración de su contribución al patrimonio común.
Artículo 4: Regulación de la industria ganadera.
4.1 Se establecerán regulaciones específicas para la industria ganadera, con el objetivo de promover prácticas sostenibles.
4.2 Se implementarán medidas de trazabilidad que permitan el seguimiento y control de los productos de origen animal, garantizando la seguridad alimentaria y el cumplimiento de los estándares de calidad.
4.3 Se regulará el uso responsable de medicamentos veterinarios, promoviendo su utilización adecuada y evitando la presencia de residuos en los productos de origen animal.
Artículo 5: Comisión de Seguimiento y Evaluación Legislativa
5.1 Se crea la Comisión de ley, con el propósito de garantizar la correcta implementación y seguimiento, así como evaluar su impacto y proponer posibles mejoras. conformada por los siguientes participantes:
a) Expertos en derecho animal, bioética, etólogos y expertos en medio ambiente especializados en los animales de granja.
b) Veterinarios expertos en animales de granja, quienes aportarán conocimientos técnicos en materia de salud, bienestar y manejo de los animales.
c) Agricultores y ganaderos, representando la experiencia y perspectivas de quienes están involucrados directamente en la producción agropecuaria.
d) Representantes de asociaciones de protección animal, que velarán el interés y el bienestar de los animales de granja.
e) Investigadores y académicos en el campo de la ganadería y bienestar animal, que aportarán conocimientos científicos y contribuirán al desarrollo de prácticas basadas en la evidencia.
f) Organizaciones de agricultura y ganadería sustentable, quienes ofrecerán perspectivas relacionadas con la sostenibilidad ambiental y social de la producción agropecuaria.
g) Profesores expertos para la creación de los nuevos planes y programas de aprendizaje, que asegurarán la inclusión de la enseñanza sobre el trato ético hacia los animales de granja en el sistema educativo.
5.2 La Comisión supervisará la ejecución de la ley, recopilará datos sobre la situación de los animales de granja, emitirá informes regulares sobre el cumplimiento de la ley, brindará asesoramiento técnico a las autoridades, y promoverá la conciencia y participación ciudadana en la protección y bienestar de los animales de granja.