Liceo Nibaldo Sepulveda Fernandez -PORTEZUELO - Región de Ñuble


Título iniciativa:

Bienestar animal y cultura: un enfoque hacia el animal de granja como animal patrimonial.



Definición alternativa:

La historia es el desarrollo de la cultura, como bien señala Harari en su libro "De Animales a dioses" . Esta afirmación plantea una cuestión intrigante: ¿Por qué la cultura y la historia se han centrado únicamente en los actos humanos? A lo largo de los siglos, los seres humanos han construido la civilización con la colaboración de otras especies. En esta coexistencia, ha existido una dinámica de esclavitud interespecie, teniendo la responsabilidad de considerar la domesticación de estos animales. Según Delgado, "Los recursos genéticos de los animales de granja son parte del patrimonio cultural de las naciones, al mismo nivel que las lenguas, los edificios históricos y los parques nacionales" . Sin embargo, sorprendentemente, su participación ha sido ampliamente excluida de la narrativa histórica. Este planteamiento nos lleva a reflexionar sobre las razones que han llevado a relegar a los demás animales al margen de los acontecimientos históricos y a no reconocer su invaluable contribución al patrimonio común de la humanidad.
Tras el análisis de la ley 2.380 , sobre protección animal del año 2009, la cual resalta la orientación en tratos éticos a los animales de zoológicos, experimentación animal, y el animal doméstico de urbe (perro y gato), identificamos una mención casi nula del animal de granja, bajo esa premisa pudimos detectar dos problemáticas que surgen en relación a la vida de los animales no humanos de granja. En primer lugar, nos enfrentamos al nulo reconocimiento de su importancia en el ámbito del patrimonio. Y en segundo lugar, nos preocupa el bienestar animal, sus derechos y su reconocimiento como seres vivientes y sensibles .
En el marco de nuestra propuesta de iniciativa juvenil de ley, nos enfocamos en la definición y reconocimiento del animal de granja como patrimonio animal. Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), consideramos como animales de granja a aquellas especies que se utilizan para la producción de alimentos, abrigo, transporte, abarcando las diferentes poblaciones de cada una de ellas. En esta categoría se incluyen específicamente bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, aves de corral, conejos, equinos, asnos y abejas, así como especies relacionadas con la tradición geográfica y cultural de los territorios, como los camélidos en el norte del país.

Por eso, estamos convencidos que al reconocerlos como patrimonio se fortalecerá su protección, y se podrá promover prácticas más éticas en la ganadería e industria, lo que finalmente fomentará la conciencia sobre su importancia en la sostenibilidad agrícola.
Durante este proceso, nos hemos inspirado en países vanguardistas en la conservación de especies animales, como Suecia, España, Australia y Canadá. Estas naciones han demostrado un compromiso destacado en la protección y bienestar de los animales de granja, estableciendo leyes y regulaciones sólidas que tienen como objetivo principal salvaguardar su patrimonio y promover prácticas más éticas, reconociendo la importancia de aprender de las experiencias de otros países y adaptarlas de manera adecuada a nuestra realidad local.
Por supuesto, es crucial también, tener en cuenta las perspectivas de dos actores fundamentales en la vida de los animales no humanos de granja: los veterinarios y los ganaderos. Su participación es esencial para comprender plenamente la importancia del animal desde sus respectivas posiciones y funciones.
Los veterinarios desempeñan un papel fundamental en el cuidado y bienestar de los animales de granja. Su experiencia y conocimientos en medicina veterinaria les permiten brindar atención médica, diagnosticar enfermedades, prevenir y tratar lesiones, y promover prácticas de manejo adecuadas. Su compromiso con el bienestar animal contribuye directamente a garantizar una vida saludable y digna para estos animales.
Por otro lado, los ganaderos desempeñan un papel crucial en la cría y crianza de los animales de granja. Su labor implica la gestión diaria de los animales, el suministro de alimento y agua, el mantenimiento de instalaciones adecuadas y la implementación de prácticas de manejo responsables. Los ganaderos tienen un profundo conocimiento de las necesidades y comportamientos de los animales de granja, y su compromiso es fundamental para garantizar su bienestar y calidad de vida. brindando garantías de calidad y mejora en la producción y trabajo a veterinarios y trabajadores del sector agropecuario.


Propuesta legislativa:

Propuesta de Ley de Reconocimiento y Protección del Animal de Granja como Patrimonio Animal.
Artículo 1: Definición y reconocimiento del animal de granja como animal patrimonial.
1.1. Se establece la definición de animal de granja como aquellas especies utilizadas para la producción de alimentos, abrigo, transporte y demás servicios en beneficio humano. En esta categoría son: bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, aves de corral, conejos, equinos, asnos y abejas, así como especies relacionadas con la tradición geográfica y cultural de los territorios, como los camélidos en el norte del país
1.2. Los animales de granja se reconocen oficialmente como patrimonio animal, natural de nuestra sociedad. Este reconocimiento tiene como objetivo destacar y valorar la participación activa de estos animales en el desarrollo de la civilización humana. Se reconoce su contribución en actividades fundamentales como la alimentación, el transporte, el abrigo y las festividades, las cuales han sostenido la cultura humana.
Artículo 2: Protección y bienestar.
2.1. Se establecen los siguientes requisitos:
a) Acceso a alimentos y agua de calidad, en cantidad suficiente y de acuerdo con sus actividades, especie y necesidades nutricionales.
b) Espacio adecuado que permita el movimiento y la expresión de comportamientos naturales propios de cada especie. Se asegurará la presencia de árboles y/o implementación adecuada que generen la sombra necesaria para garantizar su bienestar.
c) Atención veterinaria adecuada y oportuna, que incluya medidas preventivas y tratamientos de enfermedades. Se asegurará la administración de anestesia en cualquier tipo de cirugía que estos animales requieran, atendiendo la complejidad del tratamiento.
d) Prohibición de prácticas crueles o inhumanas, tales como el confinamiento extremo y el uso de métodos de producción intensiva que generen sufrimiento innecesario antes de su muerte.
2.2. Se promoverá la implementación de programas de capacitación y asesoramiento para el área agropecuaria, con el objetivo de garantizar prácticas de manejo y cuidado adecuadas.
Artículo 3: Educación y conciencia.
3.1. Se incorporará en los planes de estudio de los establecimientos de enseñanza sobre el trato ético hacia los animales de granja, promoviendo la conciencia sobre su importancia en la sostenibilidad agrícola y el respeto hacia los seres vivos y sensibles. En niveles prebásica, básica y media.
3.2. Se realizarán campañas de sensibilización dirigidas a la sociedad en general, con el fin de promover la adopción de prácticas responsables y respetuosas hacia los animales de granja, así como la valoración de su contribución al patrimonio común.
Artículo 4: Regulación de la industria ganadera.
4.1. Se establecerán regulaciones específicas para la industria ganadera, con el objetivo de promover prácticas sostenibles.
4.2. Se implementarán medidas de trazabilidad que permitan el seguimiento y control de los productos de origen animal, garantizando la seguridad alimentaria y el cumplimiento de los estándares de calidad.
4.3. Se regulará el uso responsable de medicamentos veterinarios, promoviendo su utilización adecuada y evitando la presencia de residuos en los productos de origen animal.
Artículo 5: Comisión de Seguimiento y Evaluación Legislativa
5.1. Se crea la Comisión de ley, con el propósito de garantizar la correcta implementación y seguimiento de la presente ley, así como evaluar su impacto y proponer posibles mejoras. conformada por los siguientes participantes:
a) Veterinarios expertos en animales de granja, quienes aportarán conocimientos técnicos en materia de salud, bienestar y manejo de los animales.
b) Agricultores y ganaderos, representando la experiencia y perspectivas de quienes están involucrados directamente en la producción agropecuaria.
c) Representantes de asociaciones de protección animal, que velarán por los intereses y el bienestar de los animales de granja.
d) Investigadores y académicos en el campo de la ganadería y bienestar animal, que aportarán conocimientos científicos y contribuirán al desarrollo de prácticas basadas en la evidencia.
e) Organizaciones de agricultura y ganadería sustentable, quienes ofrecerán perspectivas relacionadas con la sostenibilidad ambiental y social de la producción agropecuaria.
f) Profesores expertos para la creación de los nuevos planes y programas de aprendizaje, que asegurarán la inclusión de la enseñanza sobre el trato ético hacia los animales de granja en el sistema educativo.
5.2. La Comisión tendrá las siguientes funciones y responsabilidades: Realizar un seguimiento continuo de la implementación de ley, recopilar y analizar información relevante sobre la situación de los animales de granja, Emitir informes periódicos sobre el estado de cumplimiento de la ley, proporcionar asesoramiento y apoyo técnico a las autoridades competentes y fomentar la participación ciudadana y promover la conciencia sobre la importancia de la protección y el bienestar.

Referencias iniciativa:

- Yuval Noah Harari, De animales a dioses, Santiago de Chile, Debate, 2020, p. 15.
- Delgado, J.V. Conservación y utilización de los recursos genéticos de los animales de granja, Actas iberoamericanas de Conservación Animal, 2012, Número 2, p, 21. Recuperado en: http://www.uco.es/conbiand/aica/templatemo_110_lin_photo/articulos/2012/Trabajo042_AICA2012.pdf.
- Ley 20380, Sobre la protección de animales, Ministerio de salud; subsecretaría de salud pública, 3 de octubre 2009. Recuperado en: https://bcn.cl/2idag.
- Agencia Sueca de Agricultura (Jordbruksverket), enlace: https://jordbruksverket.se/
- DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 5 de diciembre de 2003 relativa a la ayuda financiera de la Comunidad para la Conferencia Mundial sobre el Bienestar Animal de 2004 de la OIE, Disponible en: https://www.boe.es/doue/2004/016/L00056-00056.pdf
- El papel de la Commonwealth en el bienestar animal, Disponible en: https://www.aph.gov.au/About_Parliament/Parliamentary_Departments/Parliamentary_Library/pubs/BriefingBook45p/AnimalWelfare
- Peter Singer, «El especismo hoy…», en Liberación animal, Barcelona, Taurus, 2019.
- BORSELLINO, Laura. «Animales liminales en la urbe, espacios, resistencia y convivencia»,
en Revista Latinoamericana de Estudios Críticos Animales, año 2, vol. 1, mayo, 2015.