Liceo Técnico Puente ñuble -SAN NICOLAS - Región de Ñuble


Título iniciativa:

Reformulación Estatuto Docente Proyecto Psycho-Profes



Definición alternativa:

Psycho-profes es un proyecto de ley que establece la idoneidad psicológica como
un punto clave a considerar al momento que un docente se desempeñe en
establecimientos educativos de dependencia estatal.
En estas páginas se propone la modificación del estatuto docente, el cual establece,
entre otras temáticas importantes a nivel educativo y estructural, los parámetros que
deben considerar las instituciones educativas al momento de contratar a profesores
y profesoras en establecimientos de financiación pública.

La salud mental docente es un tema de interés que se ha abordado escasamente en
la última década en nuestro país. En países europeos y en Norteamérica ese interés
comenzó a principios de la década del 70, pero tomó especial fuerza en a inicios del
2000. Esto a pesar de que desde hace décadas existen en la educación chilena
deficiencias importantes, que desencadenan en profesores con baja o nula
motivación que no potencian los resultados académicos esperados, fomentando la
inequidad en materia educacional. Esto queda de manifiesto, por ejemplo, en las
últimos resultados de evaluaciones estandarizadas como el SIMCE recién
publicado.

Otro aspecto relevante está relacionado con la permanencia de los docentes en el
sistema Mediante un estudio realizado por el programa Elige Educar entre los años
2004 y 2021, se evidenció que un 10,7% de los profesores ha desertado luego de su
primer año trabajando, lo cual corresponde a tres veces más que el promedio total
de docentes en el anterior periodo. En una década hemos visto un 27,3% de
disminución en los estudiantes que cursan pedagogía, hoy son menos de 67.000
estudiantes; un 21% deserta al cuarto año de ejercicio y, sumado a aquello, Elige
Educar nos indica que al primer año de ejercicio, la cifra supera el 10%. Una de las
causales de este fenómeno podría deberse a que los profesores chilenos cuentan
con los saberes disciplinarios, pero no están capacitados psicológicamente para
asumir la responsabilidad de educar.
Según datos de la superintendencia de educación, durante el año 2023 aumentaron
en un 87% las denuncias de maltrato a estudiantes, comparado con cifras de
maltrato a estudiantes respecto del mismo periodo de 2022. Las cifras indican que
de 374 episodios (ocurridos entre el 1 de enero y el 15 de marzo), 230 corresponden
a agresiones entre alumnos y 144 de adultos a alumnos. La entidad reveló -según
consignó El Mercurio- que entre el 1 de enero y el 15 de marzo de este año, de
1.444 denuncias reportadas a nivel nacional, el 25,9% se relaciona con maltrato a
párvulos y/o estudiantes.

Con respecto a los docentes, Psycho-profe agrega la necesidad de informes
psicológicos para que este se incorpore a la dotación educativa. Sin embargo, se
proyecta también, una vez aprobada esta modificación, cambiar también los
parámetros de la ley 20.903 de Desarrollo Profesional Docente, con el fin de insistir
en la aplicación de pruebas psicológica a los futuros profesores que se encuentren
cursando carreras de diversas áreas pedagógicas en todas las universidades
estatales del país.
Se pretende que este proyecto de ampliación del Estatuto docente sea el primer
paso para establecer la obligatoriedad de aplicación de test psicológicos al iniciar y
finalizar cualquier carrera de pedagogía, convirtiendo la idoneidad psicológica en un
requisito, junto a la actual Evaluación Nacional Diagnóstica de la Formación Inicial
Docente, para el acceso al título profesional una vez cumplidos los requisitos
académicos propios de las mayas curriculares de cada institución.


Propuesta legislativa:

Se propone ampliar los requisitos de contratación señalados en el artículo 24 del
estatuto docente el cual señala lo siguiente integrando un sexto inciso a los ya
señalados por la ley N°19.070:
Artículo 24: Para incorporarse a la dotación del sector municipal será necesario
cumplir con los siguientes requisitos: Ley N°19.070
1.- Ser ciudadano.
2.- Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere
procedente.
3.- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
4.- Cumplir con los requisitos señalados en el artículo 2 de esta ley.
5.- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse
condenado por crimen o simple delito ni condenado en virtud de la ley 19.325, sobre
Violencia Intrafamiliar.
6.- Deberá acreditarse idoneidad sicológica para desempeñar dicha función, sobre
la base de un informe que deberá emitir el Servicio de Salud correspondiente y no
podrán encontrarse inhabilitados para trabajar con menores de edad o
desempeñarse en establecimientos educacionales, de acuerdo a la ley N° 20.594.

Referencias iniciativa:

FUENTES BIBLIOGRÁFICAS:

Claro T, Sebastián, & Bedregal G, Paula. (2003). Aproximación al estado de salud
mental del profesorado en 12 escuelas de Puente Alto, Santiago, Chile. Revista

médica de Chile, 131(2), 159-167. https://dx.doi.org/10.4067/S0034-
98872003000200005

Links

Emol.com - https://www.emol.com/noticias/Nacional/2023/03/18/1089703/educacion-
violencia-expertos-causas-soluciones.html consultado el 05/05/2023
24. horas https://www.24horas.cl/actualidad/nacional/elige-educar-mas-de-un-diez-
por-ciento-de-profesores-
renuncio#:~:text=Mediante%20un%20estudio%20realizado%20por,docentes%20en
%20el%20anterior%20periodo. Consultado el 05/05/2023