Liceo Bicentenario De Viña Del Mar -VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Legalizando el consumo de cannabis en vías públicas



Definición alternativa:

Artículo 50 .- Los que consumieran alguna de las drogas o sustancias estupefacientes o sicotrópicas de que hace mención el artículo 1º, en lugares públicos o abiertos al público, tales como calles, caminos, plazas, teatros, cines, hoteles, cafés, restaurantes, bares, estadios, centros de baile o de música; o en establecimientos educacionales o de capacitación, serán sancionados con alguna de las siguientes penas:
a) Multa de una a diez unidades tributarias mensuales.
b) Asistencia obligatoria a programas de
prevención hasta por sesenta días, o tratamiento o rehabilitación en su caso por un período de hasta ciento ochenta días en instituciones autorizadas por el Servicio de Salud competente. Para estos efectos, el Ministerio de Salud o el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol deberán asignar preferentemente los recursos que se requieran.


Propuesta legislativa:

Sugerimos cambios en el artículo número 50 de la ley 20.000.

Crear espacios exclusivos para el consumo de cannabis de forma recreativa al aire libre en un lugar alejado de infantes para no causar posibles daños neurológicos a los menores.

Haciendo así un lugar para el consumo seguro y responsable, y sin afectar a personas que no comparten el gusto por el cannabis

Referencias iniciativa:

https://www.google.com/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0CAIQw7AJahcKEwiAgbjQttn_AhUAAAAAHQAAAAAQAg&url=https%3A%2F%2Fwww.diarioconstitucional.cl%2Freportajes%2Fel-estatus-legal-de-la-marihuana-o-cannabis-en-chile%2F&psig=AOvVaw22_omPvWiRV64sRgfffrp2&ust=1687610810384024&opi=89978449