Colegio Alemán De Santiago -LAS CONDES - Región Metropolitana


Título iniciativa:

IGUALDAD Y EXTENSIÓN POSTNATAL PARA PADRES, MADRES Y TUTORES LEGALES 1.1



Definición alternativa:

RECONOCIENDO Y VISIBILIZANDO LA NECESIDAD SOCIAL DE IGUALAR LOS DERECHOS DE POSNATAL.
Buscando la igualdad y resaltando la importancia de un cambio, velando por el bienestar del infante y el bienestar familiar.

En la actualidad, muchas personas creen que ser padre significa estar más presente, consciente, responsable e involucrado. Esto es - sin duda- importante, pero no suficiente. Las relaciones de pareja han evolucionado de manera que, en los últimos años la crianza, la paternidad y maternidad apuntan a tener una experiencia más igualitaria desde el nacimiento del hijo; enfocándose en el apego, el amor, el cuidado, la expresión, la comunicación y el crecimiento. Sin embargo, debido a que el trabajo remunerado prima sobre la presencia activa de una figura paterna, nuestra leyes vigentes prohíben o no permiten que el padre esté presente en los primeros meses del lactante.

Considerando nuestra herencia sociocultural, el peso de la crianza se ha dirigido casi únicamente a las madres. La maternidad se ha considerado como un rol exclusivamente femenino, sin embargo, desde la necesidad evolutiva, se ha establecido como requisito social que el rol de la crianza no sea singularmente acogido por la mujer.

Enfocándonos en el ámbito laboral, es evidente la brecha salarial existente entre hombres y mujeres. Esto a veces está justificado en trivialidades y juicios injustos como la menor capacidad o efectividad de las mujeres en el trabajo, como resultado de la maternidad. Al tener más tiempo de postparto, las mujeres son víctimas de discriminacion en el trabajo, porque esto implicaría un cambio, un quiebre en la continuidad de la labor de esa persona, provocando muchas veces un gasto mayor para la empresas, generando así ambientes discriminativos, despidos y menos oferta laboral y contractual únicamente por su condición de mujer y madre.

Destacando el ciclo de la infancia, la presencia del padre en la infancia es importante para generar un vínculo familiar entre el cuidador y el niño. Una de las consecuencias de la ausencia de la figura paterna en la infancia es la carencia emocional. El hecho de que las figuras están ahí en las primeras etapas del lactante y las posteriores es sumamente importante y finalmente, como resultado de tener una relación emocionalmente distante con alguno de sus cuidadores, puede llevar a dificultades sociales y emocionales, afectando directamente el desarrollo del infante (fuentes: científicas médicas y psicológicas).

Evidenciando los distintos estudios que comprueban la necesidad de la figura del padre en la crianza podemos destacar a UNICEF, en donde se menciona Los padres son los principales proveedores de salud, nutrición, estimulación, oportunidades de aprendizaje temprano y protección que los bebés necesitan para un desarrollo cerebral saludable. También no está demás mencionar a Fatherhood institute, que sostiene que El aumento en la participación de los padres en el cuidado de los niños podría tener un efecto positivo en el desarrollo educativo de los niños. Ambas instituciones defienden el valor de desarrollo afectivo y educativo que la participación del padre para los hijos implica.

FUNDAMENTANDO nuestra propuesta:
Nuestro objetivo y finalidad que persigue esta propuesta es la igualdad de derechos y deberes, evidenciando la problemática actual que tienen los padres y tutores legales frente a la maternidad/paternidad.
Respecto al padre, el porqué implementar un uso obligatorio del derecho a postnatal de cuatro semanas para los padres, se justifica con que según la Superintendencia de seguridad social, solo un 0.23% de los hombres hacen uso de su posnatal parental, recayendo la responsabilidad de la crianza en la madre y ampliando la brecha de género en este y otros aspectos de la vida.
Con esta medida se busca incrementar la participación del padre y reducir la discriminaion laboral hacia las mujeres en edad fértil por su condición de posibles madres ya que ahora ambos padres podrán/deberán hacer uso de este derecho.
En relación a el porqué otorgar este derecho a tutores legales que hayan recibido un niño menor a 5 años, lo justificamos con el hecho de que las ciencias de la salud indican que durante la primera infancia es cuando las personas generan los cimientos de un sano desarrollo físico y psicológico, y para ello, se hace primordial el apego a sus tutores, el cual crea y potencia una evolución positiva e integral en el infante.

CASOS en donde se aplicó efectivamente esta medida inclusiva:
Los países en donde se aplicó esta medida igualitaria son variados, pero destacamos principalmente a:
Finlandia (2020)
Suecia (2001-2003)
Islandia (2015)
España (2021)


Propuesta legislativa:

DESARROLLANDO nuestra propuesta:
Queremos modificar el artículo 195 anteriormente mencionado agregando y manteniendo las siguientes cosas:
Mantener: Las trabajadoras tendrán derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él.
Cambiar el inciso definido para el padre por: El padre tendrá derecho a un descanso de paternidad de doce semanas después del parto de un hijo/hija, con una obligatoriedad de uso de mínimo 4 semana de este
En caso de tutores legales por adopción mantener: Este permiso también se otorgará al padre que se encuentre en proceso de adopción, y se contará a partir de la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción del menor, en conformidad a los artículos 19 y 24 de la ley Nº 19.620. Este derecho es irrenunciable.
Para madres sustituir por: Las trabajadoras tendrán derecho a un descanso de maternidad de doce semanas a partir de la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción del menor, en conformidad a los artículos 19 y 24 de la ley Nº 19.620. Este derecho es irrenunciable.
Relacionado a ambos tutores legales y cumpliendo los requisitos legales, cambiar el derecho a postnatal del tutor legal que haya adoptado o recibido a un infante por; las y los trabajadores correspondiente a tutores legales de niños tendrán derecho a un descanso posnatal de 12 meses, otorgable hasta a aquellos que hayan recibido niños hasta los cinco años de edad.
Importante: El tiempo de postnatal debe ser intransferible.

BENEFICIOS de esta medida:
Beneficios existentes en los países en donde se aplicó esta medida y otros posibles beneficios para el país:
Menos divorcios: en Finlandia se apreció una reducción de la cantidad de divorcios generada por el aumento de presencia del padre de un 1,9 en 2000 a un 1,6 en 2011.
Población joven: ocurrió un aumento en la población joven ya que esta medida también funcionó como incentivo para tener hijos, además teniendo en cuenta que Chile tiene una pirámide poblacional regresiva esta medida ayudaría a generar más juventud para el país.
Igualdad: la evolución social y los cambios relacionados a los roles de género exigen un cambio en nuestra estructura constituida para la maternidad y paternidad, por lo que esta media no solo vela por la igualdad de los ciudadanos chilenos en la paternidad/maternidad sino también en una mejor calidad de la crianza con presencia de ambos padres en beneficio de los hijos.

ESCENARIO FUTURO Y TRASCENDENCIA que esperamos que ocurra:
Esperamos crear un espacio de aceptación e inclusión de todos los padres y madres en sus distintas realidades, priorizando la igualdad frente a su derecho a la crianza de sus hijos.
La importancia de implementar estos cambios se remonta en la necesidad de la evolución sociocultural de nuestras concepciones familiares y los derechos correspondientes de las madres, padres y tutores legales frente a la maternidad y paternidad.
Frente a la realidad jurídica nos parece injusto la distinción y diferencia de tiempo para el post natal.
En el caso de que la madre sufra de depresión postnatal se necesita la figura y presencia del padre como apoyo y para eso es importante asegurarle un período igualitario de postnatal.
Para los padres adoptivos se necesita asegurar su tiempo de postnatal, para generar no solo un vínculo con el hijo/hija sino también para respetar su derecho a la crianza y cuidado correspondiente sin tener repercusiones o consecuencias legales graves.
Qué la figura del Padre no sea considerada solo como aporte económico sino que también como aporte desarrollativo para los niños.
Con esta propuesta se persigue la participación de ambos progenitores de manera activa en la crianza, y una mejor repartición de las tareas en la pareja.
Falta agregar la necesidad de apoyar y generar un sostén emocional para aquellos adoptados, con el objetivo de proteger y brindar por el mejor desarrollo familiar posible para el menor.

RESUMEN DE LA PROPUESTA.
Extender el postnatal parental ordinario de 5 días a 12 semanas con el fin de promover la participación del padre en la crianza del hijo, modificando esto el artículo 1° de la ley 20.545.
derogar ley 20.047 que contradice directamente las modificaciones que se plantean.
Implementar el derecho a postnatal a tutores legales de 12 semanas para aquellos receptores de niños menores de 5 años.
Este descanso de postnatal será obligatorio de tomar únicamente por cuatro semanas en el caso de los hombres.
Este derecho para tanto padres, madres y tutores legales es intransferible.
Es de importancia pública informar a los trabajadores y trabajadoras de sus derechos y así velar por la transparencia en términos de derechos y facilidades con respecto a su condición de padres, madres o tutores legales.




Referencias iniciativa:

Fuentes:
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=241556
http://www.fatherhoodinstitute.org/2021/revealing-fathers-impact-on-their-childrens-learning-and-development-our-new-study/
http://www.fatherhoodinstitute.org/2022/fathers-supporting-their-childrens-learning-help-the-piece-study-now/
https://www.unicef.org/chile/comunicados-prensa/unicef-destaca-importancia-del-padre-en-la-crianza-de-ni%C3%B1os-y-ni%C3%B1as#:~:text=Los%20padres%20son%20los%20principales,para%20un%20desarrollo%20cerebral%20saludable.
https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/8647-postnatal
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=140084
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1030936
https://www.latercera.com/paula/el-posnatal-de-los-suecos/
https://www.latercera.com/que-pasa/noticia/ley-de-posnatal-parental-cumple-una-decada-y-solo-023-de-hombres-lo-ha-usado-por-que-los-padres-no-se-involucran-en-cuidado-de-sus-hijos-recien-nacidos/FL2J7OF36RCUHMP4CVESWZ6SR4/#:~:text=Los%20%C3%BAltimos%20datos%20de%20la,del%20total%20de%20subsidios%20otorgados.
https://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/01/160106_cultura_suecia_licencia_paternidad_wbm
https://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/08/150806_permisos_maternidad_mundo_jm
https://www.bbc.com/mundo/noticias-51379996
https://www.elmostrador.cl/braga/2020/02/07/la-innovadora-ley-en-finlandia-que-iguala-el-permiso-parental-para-madres-y-padres-y-que-paises-de-america-latina-tienen-mas-licencia-por-paternidad/
https://www.lasexta.com/noticias/sociedad/te-explicamos-por-que-suecia-es-el-mejor-lugar-para-ser-padres_201903095c83d1ec0cf20d23c9c3972c.html#:~:text=En%20Suecia%20el%20permiso%20es,resto%20pueden%20repartirlo%20como%20quieran.

APEGO_Y_DESARROLLO_HUMANO

Clase_Vinculo

eureka-18-1-12

hmercado,+v39n2a5