Liceo Bicentenario De Viña Del Mar -VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Ley 19620 DICTA NORMAS SOBRE ADOPCIÓN DE MENORES



Definición alternativa:

Todos los solicitantes de adopción hacia el menor deben tener una oportunidad equitativa después de anteponer los lazos sanguíneos para así lograr el raudo bienestar del niño, niña o adolescente y acelerar el proceso
Ley que modifica la ley 19620
Dejar de priorizar a los cónyuges antes de solteros, infértiles y viudos. Esto está ralentizando el proceso de adopción.

Definición alternativa
Ley que modifica la ley 19620 que se define como la ley que regula los procesos de adopción en el país. Esta ley establece los requisitos para adoptar, los procedimientos a seguir y los principios rectores que deben guiar el proceso.


Propuesta legislativa:

Ley de Equidad en la Adopción en Chile

Disposiciones generales
Artículo 1: Objeto y ámbito de aplicación
La presente ley tiene por objeto fomentar la equidad en el proceso de adopción en Chile, promoviendo la igualdad de oportunidades para todas las personas interesadas en adoptar. Se aplica a todas las adopciones realizadas en el territorio nacional, sin discriminación por estado civil, orientación sexual, género, religión, raza, origen étnico o cualquier otra condición personal.

Artículo 2: Principios rectores
La adopción en Chile se regirá por los siguientes principios:

Interés superior del niño: Todo proceso de adopción deberá tener en consideración el interés superior del niño como principio fundamental.
Igualdad de oportunidades: Se garantizará la igualdad de oportunidades para todas las personas interesadas en adoptar, sin discriminación alguna.
Evaluación basada en la idoneidad: La evaluación de los adoptantes se realizará considerando su idoneidad y capacidad para proporcionar un entorno seguro y amoroso para el niño.
Agilidad y reducción de barreras: Se buscará agilizar el proceso de evaluación y reducir las barreras burocráticas que dificultan la adopción.

Modificaciones al proceso de adopción
Artículo 3: Eliminación de preferencia hacia los cónyuges como adoptantes
Se elimina la preferencia hacia los cónyuges como adoptantes en el proceso de adopción. La idoneidad y capacidad de los interesados en brindar un entorno seguro y amoroso para el niño serán los criterios determinantes para la evaluación.

Artículo 4: Evaluación y proceso de adopción

La evaluación de los adoptantes se realizará de manera ágil y eficiente, priorizando el interés superior del niño y garantizando la igualdad de oportunidades.
Se establecerán mecanismos para reducir las barreras burocráticas en el proceso de adopción, simplificando los trámites administrativos y garantizando una respuesta oportuna a las solicitudes de adopción.

El Gobierno, a través de los organismos competentes, deberá llevar a cabo las acciones necesarias para la implementación de esta ley, incluyendo la capacitación del personal encargado de los procesos de adopción y la difusión de los cambios realizados.


Referencias iniciativa:

MINISTERIO DE JUSTICIA. (1999). Ley 19620. Retrieved from https://www.leychile.cl/navegar?idNorma=140084