Centro Integral De Educación Alborada -COYHAIQUE - Región de Aysén


Título iniciativa:

CREA MEDIDAS DE INCLUSIÓN EN LA EXPERIENCIA EQUITATIVA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD



Definición alternativa:

El turismo es una de las actividades económicas más importantes de Chile, regulado en la ley 20.423 del sistema institucional para el desarrollo del turismo, cuyo propósito es el desarrollo y promoción de la actividad turística por medio de mecanismos destinados a la creación, conservación y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales.
En ese sentido, es fundamental la implementación de políticas públicas que resguarden y velen por la integridad y el trato digno para las personas en situación de discapacidad. Lo anterior, debe ir en concordancia con la ley 20.422 que establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.
Según datos del Estudio Nacional de Discapacidad del año 2022, hay un total de 2.703.893 de personas con discapacidad, lo que corresponde al 17,6% de la población nacional. Además, se establece que respecto a la situación de dependencia, se estima que cerca de 1.498.977 de personas tienen algún grado de dependencia.
Instituciones como la Corporación Nacional Forestal, desde el año 2017, promueven una serie de servicios y facilidades de acceso. Sin embargo, la política forestal en materia de parques nacionales y reservas, no cuenta con criterios de inclusión e ingreso de personas con discapacidad entre sus lineamientos principales, razón por la cual se hace necesario establecer una normativa que promueva la integración y obligue al Estado a desarrollar iniciativas en esa línea.
La problemática planteada es de trascendencia global, más aún si consideramos que el turismo es la tercera industria que genera más ingresos a nivel mundial. Así, es la propia Organización Mundial del Turismo quien en su publicación denominada Las recomendaciones de la OMT por un turismo accesible para todos, en el año 2014, quien establece que el diseño universal promueve un cambio hacia el diseño centrado en el usuario, siguiendo un enfoque holístico y con el objetivo de satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad.
Debido a lo antes expuesto, se hace absolutamente necesario establecer una regulación robusta y novedosa en materia de accesibilidad; dotando a los organismos de la administración del Estado de lineamientos claros y determinados de inclusividad para personas en situación de discapacidad a la hora de establecer políticas públicas en materia de turismo que considere sus diferentes dimensiones, tanto psíquicos, físicos como motores.
Así se dotará a la legislación de elementos que permitan integrar a la experiencia turística como el eje de las políticas públicas en materias de inclusión del área. Permitiendo que las personas en situación de discapacidad gocen, en todo momento, de una experiencias en igualdad de condiciones con el resto de las personas, permitiendo una correcta inclusión en el desarrollo de la actividad turística.
En países como España, establecen en su legislación, específicamente en el artículo 9 de la ley 6/2022, la obligatoriedad de los Estados de adoptar las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad. Además, se consagra la obligación de promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información.
Es por esto, la necesidad de establecer modificaciones a la ley 20.423 con el propósito de crear medidas de inclusión en la experiencia equitativa de personas con discapacidad en el ámbito del turismo y así avanzar hacia una sociedad más inclusiva y digna.


Propuesta legislativa:

ARTÍCULO ÚNICO.- Modifíquese la ley 20.423 del sistema institucional para el desarrollo del turismo, en el siguiente sentido:
1. - Agréguese en el artículo 5, los literal m), n) y ñ) nuevos del siguiente tenor:
m) Equidad turística: Comprende a entregar una experiencia turística, de acuerdo a cada una de las capacidades físicas, psíquicas, motrices y sensoriales de cada persona. Estableciendo soluciones prácticas con las necesidades especiales de acceso, tanto en productos y entornos turísticos.
n) Diseño universal: Comprende la implementación de una experiencia turística amena e integral, que incluya a lo menos aspectos como acceso, infraestructura, lenguas, guías turísticos y movilidad acompañada.
ñ) Gestión del destino turístico: Comprende el ajuste y diseño accesible para el trayecto de ingreso hacia Área Silvestre Protegida aplicado a las Personas con Movilidad Reducida.

2.- Incorpórese en el artículo 8, un literal 13) nuevo, del siguiente tenor:
13) Velar por la integración y el trato digno para personas en situación de discapacidad al momento de realizar actividades relacionadas con el turismo, a través de entidades fiscalizadoras de la experiencia turística.

3.- Agréguese en el artículo 13, un nuevo literal 11) del siguiente tenor:
11) Forjar enlaces de trabajo directos entre la Corporación Nacional Forestal y el Servicio Nacional de Turismo, potenciando el desarrollo de una experiencia digna y de calidad para todas las personas, a la vez potenciar la conservación de las áreas forestales y creación de servicios turísticos.

4.- Incorpórese en el artículo 21, un nuevo inciso tercero, del siguiente tenor:
Las Áreas Silvestres Protegidas del Estado deberán asegurar una infraestructura y tipos de lenguas que garanticen la equidad turística, el diseño universal y la gestión del destino turístico.

Referencias iniciativa:

Servicio Nacional de la Discapacidad. (s/f). Gob.cl. Recuperado el 22 de junio de 2023, de https://www.senadis.gob.cl/pag/355/1197/ii_estudio_nacional_de_discapacidad

Copyright © 2014, Organización Mundial del Turismo (OMT) Recomendaciones de la OMT por un turismo accesible para todos. (s/f). Sernatur.cl. Recuperado el 22 de junio de 2023, de https://www.sernatur.cl/wp-content/uploads/2018/07/Recomendaciones-de-la-OMT-turismo-para-todos.pdf


Biblioteca del Congreso Nacional. (s/f). Biblioteca del Congreso Nacional. www.bcn.cl/leychile. Recuperado el 22 de junio de 2023, de https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1010960. lEY DE TURISMO.

Biblioteca del Congreso Nacional. (s/f). Biblioteca del Congreso Nacional. www.bcn.cl/leychile. Recuperado el 22 de junio de 2023, de https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1010960. lEY DE DISCAPACIDAD.

Von Dessauer, A. (2022, enero 26). Sernatur da a conocer Hoja de Ruta de Turismo Accesible 2022-2026 - Servicio Nacional de Turismo. Servicio Nacional de Turismo | SERNATUR. https://www.sernatur.cl/sernatur-da-a-conocer-hoja-de-ruta-de-turismo-accesible-2022-2026/