Colegio España -SAN VICENTE - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

Reforma al artículo 25 de cap. IV de la Constitución. Requisitos para ser Presidente.



Definición alternativa:

Iniciativa de lay: Reforma al artículo numero 25 requisitos para ser presidente

En el artículo n°25 de la vigente constitución política de Chile, están planteados los requisitos necesarios para poder ser electo como presidente(a) de la República de Chile.
Para ser electo presidente de la República se requiere: 1) Tener la nacionalidad chilena, de acuerdo con lo impuesto en los números 1 y 2 del articulo 10. 2) Tener cumplidos treinta y cinco años, asimismo, cumplir con las demás calidades necesarias para ser un ciudadano con derecho a sufragio. Los requisitos anteriormente planteados son totalmente obligatorios para cualquier candidato, pero en anteriores ocasiones hemos contado con candidatos que cumplen con todos estos requisitos, sin embargo, han cometido distintas faltas a la moral y en términos económicos; que, a pesar de ser un delito, en la mayoría de los casos no cumplen la pena aflictiva, por ende no pierden su calidad de ciudadano, es decir, pueden seguir postulándose a cargos públicos, en nuestro caso a la presidencia del país.
Podemos comparar el referente articulo con los de otros países, tales como Afganistán, Colombia, Irak, india, Nigeria, etc. Si estos artículos son comparados con el de nuestra constitución, podemos notar una diferencia. En otros países, los candidatos a la presidencia deben estar libres de crímenes, deben tener un historial jurídico limpio y una moral intachable para ser capaces de optar al cargo.
En conclusión, creemos que los beneficios serían que los ciudadanos tendrían mayor seguridad y confianza al votar por el cargo de presidente, pues, podríamos tener a alguien moralmente intachable, que nos provoque una gran confianza y satisfacción, ya que, tendríamos la seguridad de que este no ha cometido ningún delito, gracias a esta modificación de la constitución, ya que algunos delitos de carácter moral no cumplen con la tipificación de pena aflictiva, por ende queremos agregar que cualquier delito de carácter económico, falta a la probidad que le corresponde a cada funcionario público, corrupción sean un impedimento para la postulación al cargo de presidente de la república en Chile.


Propuesta legislativa:

La modificación constitucional, consiste en agregar un nuevo párrafo al artículo n°25 de la constitución.
- Al presidente de la República, no debe haber sido procesado por ningún tipo de delito de carácter económico, deudas de pensión de alimentos, sin faltas a la probidad para lo que corresponde para una autoridad, corrupción.

Referencias iniciativa:

Comparador de constituciones, de la biblioteca nacional.
Base de datos de políticos de las Américas, requisito para ser presidente de la república.
Constitución de Chile