Colegio Franco Inglés -VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Garantizar la calidad de los aprendizajes de niños, niñas y adolescentes vulnerables



Definición alternativa:

La pandemia de COVID-19 tuvo efectos sanitarios, sociales, económicos y, por cierto, grandes costos educativos para las comunidades. Respecto a este último aspecto, el sector de la población que sufrió mayores consecuencias fue el de los niños, niñas y adolescentes que habitan en comunidades vulnerables.

Esta situación se vio agravada por el aumento de personas en situación de pobreza, el déficit de vivienda y el acrecentamiento de espacios como campamentos y tomas de terreno. De acuerdo al Catastro de Campamentos 2021 desarrollado por TECHO-Chile y Fundación Vivienda, en la actualidad existen más de 81.000 familias viviendo en aproximadamente mil campamentos a nivel nacional. Se trata de la cifra más alta desde 1996 (Suazo, 2022). De igual manera, el nivel de pobreza en nuestro país aumentó el año 2020 de un 8.6% a un 10.6% y la extrema pobreza prácticamente se duplicó pasando de un 2.3% a un 4.3%, por lo que las familias más afectadas se vieron obligadas a tomar medidas frente al desempleo y la eminente crisis habitacional.

En este sentido, los establecimientos educacionales situados en localidades vulnerables o bien que tienen un alto Índice de Vulnerabilidad Escolar (IVE), tienen mayores dificultades al momento de asegurar a sus estudiantes la calidad de la educación y de evitar el riesgo de deserción escolar.

El concepto de Vulnerabilidad se refiere a una condición dinámica que resulta de la interacción de una variedad de factores de riesgo y protección, individuales y contextuales (familia, escuela, barrio, comuna), antes y durante el desarrollo de un niño o niña, la que se manifiesta en conductas o hechos de mayor o menor riesgo biopsicosocial, cultural y/o ambiental, que inciden en los niveles de desarrollo y bienestar que las personas poseen o poseerán a lo largo de su vida (JUNAEB, s.f.).

De esta manera, consideramos que los principales desafíos que deben atender los colegios que reciben a niños, niñas y adolescentes vulnerables se relacionan con la recuperación de objetivos de aprendizaje que de manera necesaria debieron dejarse fuera de la priorización curricular durante la pandemia; problemas de deserción escolar; dificultades de acceso geográfico; infraestructura; pero por sobre todo, las condiciones de vida precarias en que sus estudiantes habitan.

Los recientes resultados del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación (SIMCE) año 2022, reafirman lo planteado. El propio ministro de educación Marco Antonio Ávila manifestó que tenemos un importante desafío como país, que es continuar la senda de la reactivación educativa (Ministerio de Educación, 14 de junio de 2023).
Si bien la Ley 21.430 Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, promulgada el 6 de marzo de 2022, tiene por finalidad establecer un estatuto de garantía y protección integral de derechos de la niñez y adolescencia, que haga posible su goce y ejercicio efectivo para niños, niñas y adolescentes, con énfasis en aquellos derechos humanos reconocidos en la Constitución Política, la Convención sobre Derechos del Niño, los demás tratados internacionales ratificados por Chile, y en las leyes (Ley 21.430), consideramos que la realidad nacional actual frente a la calidad de la educación en contextos vulnerables requiere una normativa particular.

En el caso particular del artículo 25 de los derechos y garantías de dicha ley, se asegura que todo niño, niña o adolescente tiene derecho a un nivel de vida que le permita su mayor realización física, mental, espiritual, moral, social y cultural posible (Ley 21.430, artículo 25). Esto además incluye a los padres y/o madres, o en su caso, a los representantes legales o a quienes tuvieren legalmente al niño, niña o adolescente a su cuidado, el derecho y deber preferente de su crianza y desarrollo, quienes deberán proporcionar, dentro de sus posibilidades, las condiciones de vida que sean necesarias para su pleno desarrollo. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño, niña o adolescente (Ley 21.430, artículo 25).

Por su parte, el Estado en el ámbito de sus competencias, y hasta el máximo de los recursos de los que puedan disponer, tratándose de los derechos sociales, económicos y culturales, adoptarán las medidas apropiadas para velar por la satisfacción de estos derechos, a través de políticas, servicios y programas de apoyo a los padres y/o madres, a las familias, a los representantes legales o a quienes tuvieren legalmente el cuidado del niño, niña o adolescente, salvo que no sea procedente (Ley 21.430, artículo 25).

En este sentido, la articulación de labores tanto del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Ministerio de Educación y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, posibilitará el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de niños vulnerables que habitan en campamentos y tomas de terreno que asisten a establecimientos educacionales.


Propuesta legislativa:

Tipo de proyecto: Moción

Introducción: La presente Iniciativa Juvenil de Ley busca garantizar la calidad del aprendizaje de niños, niñas y adolescentes que residan en comunidades vulnerables, buscando acortar las brechas de inequidad existentes.

Artículo 1: La ley busca asegurar la calidad educativa ante los siguientes eventos:
a. Carencias de infraestructura y lugares de estudio dentro del hogar: no existen los espacios fundamentales para generar un contexto de aprendizaje adecuado dentro del hogar, como la falta de habitaciones y exceso de contaminación sonora.
b. Hacinamiento: aquellas viviendas que presentan más de 2.5 personas por dormitorio. Pasa a ser un tipo de hacinamiento crítico cuando, en una habitación, hay 5 o más personas (Muñoz, 2008, p.13).
c. Poca estabilidad en una vivienda fija: constante cambio de domicilio por diversos factores, ya sean económicos y/o sociales.
d. Escasa comprensión de contenidos educativos: bajo rendimiento escolar, poca internalización de las materias revisadas en clases y/o poco interés de los estudiantes por aprender.
e. Carencia de equipamiento y conectividad, tales como dispositivos móviles, computadores, Tablet e internet en el hogar: familias que no consiguen obtener internet de buena velocidad y/o que no exista ningún tipo de aparato electrónico que sirva para apoyar el estudio, lo que dificulta adherirse a las actividades TICs implementadas en el aula.

Artículo 2: Los niños, niñas y/o adolescentes que viven los eventos propuestos anteriormente tienen derecho a:

a. Seguimiento de Asistencia social: para que exista un catastro de la situación en que se encuentra la vivienda y entorno del estudiante y, así, encontrar la vía de acción y un estudio personal de su situación, se dispondrá de un/a asistente social que procederá del Centro de Salud Familiar (CESFAM) correspondiente a la ubicación geográfica.
b. Apoyo de equipo interdisciplinario: dupla de psicólogo y psicopedagogo, que procederán del CESFAM correspondiente a la ubicación geográfica, con la finalidad de apoyar al niño, niña o adolescente en el caso de que exista una escasa comprensión de los contenidos escolares o riesgo de deserción escolar.
c. Facilitación de instrumentos educativos (útiles, libros, computadores, Tablet, internet, etc.)
d. En caso de que ocurra un caso de vulnerabilidad a los niños, niñas o adolescentes concerniente a su integridad, se debe contactar al CESFAM o el Juzgado de Familia respectivo para comunicar las inquietudes y resolver como sea pertinente de acuerdo a la ley. Además de esto, se generarán encuentros dentro de las comunidades para asegurar el seguimiento de la evolución del aprendizaje de niños, niñas y adolescentes y el acompañamiento del equipo interdisciplinario.

Cabe destacar que todas las medidas propuestas en dicho proyecto de ley se ejecutarán durante el trabajo de campo de los respectivos profesionales mencionados.


Referencias iniciativa:

Referencias

Congreso Nacional de Chile. (2022, 6 de marzo). Ley 21.430 Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1173643

Junta de Auxilio Escolar y Becas. (s.f.). Índices de Vulnerabilidad. Consultado el 17 de junio de 2023. https://www.junaeb.cl/medicion-la-vulnerabilidad-ivm/#:~:text=El%20concepto%20de%20Vulnerabilidad%20hace,o%20hechos%20de%20mayor%20ob

Ministerio de Educación. (2023, 14 de junio). Ministro Ávila por resultados del SIMCE 2022: tenemos un importante desafío como país que es continuar la senda de la reactivación educativa. Subsecretaría de Educación. https://subeduc.mineduc.cl/ministro-avila-por-resultados-del-simce-2022-tenemos-un-importante-desafio-como-pais-que-es-continuar-la-senda-de-la-reactivacion-educativa/

Muñoz, C. (2008). Requerimientos de vivienda: Comparación metodologías utilizadas por Mideplan (Documento N.º 11). Departamento de Estudios División Social de Chile. https://www.desarrollosocialyfamilia.gob.cl/btca/txtcompleto/mideplan/11_requerimvivienda.pdf

Suazo, C. (2022, 27 de febrero). La mayor cantidad de campamentos en 25 años: la cruda realidad del déficit habitacional en Chile. Radio Bío Bío. https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/reportajes/2022/02/27/amp/600-mil-familias-sin-hogar-digno-la-cruda-e-historica-realidad-del-deficit-habitacional-en-chile.shtml