Instituto Santa María De San Carlos -SAN CARLOS - Región de Ñuble


Título iniciativa:

Ley de Fomento a la Utilización de Productos Reciclados que modifica la ley N°20.920



Definición alternativa:

Ley de Fomento a la Utilización de Productos Reciclados Modifica ley 20.920, que establece marco para gestión de residuos, fomento a la utilización de productos reciclados por parte del sector industrial/empresarial.

Fundamentación del problema
La economía circular es un enfoque económico que se basa en el aprovechamiento máximo de los recursos, reduciendo al mínimo la generación de residuos y promoviendo la reutilización, reciclaje y regeneración de productos y materiales, dentro de esta línea los ODS (objetivos de desarrollo sostenible) nos invitan a hacernos cargo de la producción y consumo responsable estableciendo una agenda internacional proyectada hasta el año 2030 (Gobierno de Chile, s.f.).
El uso de productos reciclados y el empleo de materias primas secundarias en los procesos productivos, es un aspecto clave para promover la economía circular y reducir la dependencia de las materias primas vírgenes. De acuerdo con CEPAL, con el fin de dar alcance a las metas propuestas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, es necesario generar ampliación del alcance de los servicios que se ocupan de los residuos, que es el punto en el cual se centra la propuesta (Naciones Unidas, 2018, págs. 55-56).
Con el objetivo de fortalecer y ampliar las disposiciones relacionadas con la ley 20.920 de responsabilidad extendida del productor, se presenta el proyecto de "Ley de Fomento a la Utilización de Productos Reciclados" la cual busca una mayor utilización de materias primas secundarias y/o productos reciclados en la industria/empresa. Proyecto es iniciado por mensaje presidencial ya que pretende reducir tributos contra impuesto a la renta y determinar su forma, proporcionalidad o progresión.
El logro del objetivo de la ley se basa en cuatro pilares fundamentales.
a) Incentivos tributarios: Se busca implementar beneficios fiscales para aquellas empresas que cumplan con metas de utilización de productos reciclados y/o uso de materias primas secundarias, quienes podrán acceder a un beneficio tributario consistente en un crédito tributario contra el Impuesto a la Renta de Primera Categoría (IDPC) equivalente al 30% del monto gastado en la adquisición de productos reciclados con un tope de 10000 UTM.
b) Acreditación y supervisión: Se establece que las empresas interesadas en acceder a los beneficios fiscales deberán acreditar ante la entidad correspondiente- Superintendencia de Medio Ambiente en coordinación con el Servicio de impuestos internos- la utilización de productos reciclados en su proceso productivo. Asimismo, se establecerán mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento de las disposiciones.
c) Fomento de la competitividad: los estímulos tributarios al uso de materias primas y productos reciclados provocará que los productos reciclados sean más competitivos en comparación con los productos fabricados con materiales vírgenes. Esto incentivará a las empresas a adoptar prácticas más sostenibles y contribuirá a la reducción de residuos y la conservación de los recursos naturales.
d) Acceso a información clara: garantiza que las empresas y los actores involucrados tengan acceso a información clara y completa sobre los incentivos fiscales, los requisitos de acreditación y supervisión.
La "Ley de Fomento a la Utilización de Productos Reciclados" promoverá el uso de materiales reciclados en el ámbito industrial y empresarial, impulsando la transición hacia una economía circular. Al reducir los impuestos para las empresas que utilicen productos reciclados, se fomentará la adopción de prácticas más sostenibles y se contribuirá a la protección del medio ambiente.


Propuesta legislativa:

Texto normativo propuesto

Artículo primero: Modifica la ley N.º 20.920, que establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, agregando un nuevo título V, pasando el actual título V y los títulos siguientes a ser título VI y así sucesivamente.

Título V: Del fomento a la utilización de productos reciclados.
Las empresas y/o industrias podrán acceder a un beneficio tributario consistente en un crédito tributario contra el Impuesto a la Renta de Primera Categoría (IDPC) equivalente al 30% del monto gastado en la adquisición de productos reciclados y/o materias primas secundarias El monto anual del crédito a que tendrá derecho el contribuyente en cada ejercicio, no podrá exceder del equivalente a 10.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), de acuerdo al valor de dicha unidad al mes de diciembre de cada ejercicio. Deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Inscribirse en el registro de fomento a la utilización de productos reciclados del Ministerio de medio ambiente.
b) Demostrar la utilización del 30% de los envases y embalajes reciclados o la utilización de productos reciclados como materia prima del 30% de los componentes.
d) Cumplir con las metas de uso y otras obligaciones asociadas, en los plazos, proporción y condiciones establecidos en el respectivo decreto supremo.

Artículo segundo: Modifica la ley N.º 20.920, en el artículo 37, agregando la letra h) y modificando el vocablo "confidencialidad" por "transparencia" en el inciso final.

h) Empresas que se acojan al título V del fomento a la utilización de productos reciclados

Articulo transitorio: El beneficio tributario al que alude el articulo primero será implementado progresivamente en el plazo de doce meses contados desde la publicación de la presente ley en el diario oficial

Referencias iniciativa:

Escobar, C. (22 de octubre de 2021). Manejo de residuos en Chile: un problema social y cotidiano necesario de abordar en medio del Cambio Climático. Obtenido de https://uchile.cl/noticias/181015/manejo-de-residuos-en-chile-un-problema-diario-necesario-de-abordar#:~:text=El%20destino%20de%20estos%20residuos,no%20hacen%20m%C3%A1s%20que%20crece

Gobierno de Chile. (s.f.). Chile agenda 2030. Obtenido de https://www.chileagenda2030.gob.cl/

Naciones Unidas. (2018). La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible: Una oportunidad para América Latina y el Caribe. Santiago: (LC/G.2681-P/Rev.3).

Saavedra, E. V. (2023). Reciclaje: Casos de Alemania, Países Bajos y Nueva Zelanda. Biblioteca del Congreso Nacional, Asesoría Técnica Parlamentaria.