Colegio Monte De Asís -PUENTE ALTO - Región Metropolitana


Título iniciativa:

"Añade criterio de formación en neurodiversidad a la acreditación de carreras pedagógicas"



Definición alternativa:

Desde la promulgación de la Ley N°20129, que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior y fija los criterios para la acreditación de programas de pedagogía en su artículo 27 ter, ha surgido una creciente conciencia sobre la importancia de la inclusión y la diversidad en las aulas. Esto ha llevado a la promulgación de leyes como la Ley N°21545, que promueve la inclusión de personas con trastorno del espectro autista. A pesar de estos avances, no se ha prestado suficiente atención a fortalecer la formación docente en el abordaje de la neurodiversidad.

En vista de lo anterior, el propósito de esta ley es modificar la Ley Nº20129, agregando un criterio de instrucción en neurodiversidad y haciendo obligatoria, para la acreditación de carreras de pedagogía, la formación en conocimientos, habilidades y competencias necesarias para comprender y abordar las necesidades específicas de los estudiantes con condiciones neurodivergentes. Se entiende por neurodiversidad la variabilidad natural de las personas en el funcionamiento cerebral, incluyendo sus formas de sociabilidad, aprendizaje, atención, desarrollo emocional y conductual, entre otras funciones neurocognitivas (1).

Según un estudio realizado por la Dra. De la Barra en Chile, la prevalencia del trastorno de déficit atencional con o sin hiperactividad es del 10,3% entre personas de un rango etario entre 4 a 18 años (2). Además, las personas con diagnóstico de trastorno del ánimo bipolar, quienes pueden tener afectadas funciones intelectuales tales como la atención, la memoria y la capacidad de concentración (funciones esenciales para el aprendizaje, y que con el sistema actual se pueden ver acomplejadas) (3), constituyen el 2,2% de la población chilena (4).

Estos datos de prevalencia de dos grupos determinados, evidencian la magnitud de la neurodiversidad en las aulas chilenas. Pero a pesar de la evidente necesidad de atender a la neurodiversidad, en muchos casos los docentes no cuentan con los conocimientos, habilidades y competencias necesarias para comprender y abordar las necesidades específicas de los estudiantes con condiciones neurodivergentes, como el trastorno del espectro autista, el TDAH o la dislexia. Esto puede resultar en la exclusión involuntaria de estos estudiantes, falta de apoyo adecuado y dificultades en su desarrollo académico y emocional.

Estudios que comprueban esta problemática son, la investigación de la Universidad del País Vasco (5); que evidenció que el 67,44% del profesorado negó tener conocimientos sobre cómo adaptar la impartición de su asignatura, por el específico hecho de la existencia de alumnos con TDA-H. También, el estudio sostiene que la educación es beneficiosa para la detección temprana del trastorno, y que la desinformación de los profesores puede afectar al progreso de aprendizaje de los alumnos con TDA-H. Otros estudio de pedagogía publicado en Valdivia, Chile sugieren que el constante refuerzo de profesores en el proceso de enseñanza de los alumnos, mejora la facilidad de aprendizaje para estos. (6)

En consecuencia, por la falta de formación en neurodiversidad en las carreras de pedagogía, los docentes pueden tener dificultades para adaptar sus métodos de enseñanza, diseñar estrategias pedagógicas inclusivas y ofrecer apoyos adecuados a los estudiantes neurodivergentes. Esto puede generar frustración tanto para los docentes, como para los estudiantes, limitando su participación activa y su oportunidad de éxito académico.

Por lo tanto, la introducción de la formación en neurodiversidad en las carreras de pedagogía garantiza que los futuros docentes adquieran los conocimientos y habilidades necesarios para atender de manera inclusiva a todos los estudiantes. Al comprender y valorar la neurodiversidad, los docentes podrán ofrecer un ambiente educativo más inclusivo, adaptar sus prácticas pedagógicas y brindar apoyos individualizados que fomenten el desarrollo integral de cada estudiante.


Propuesta legislativa:

El actual proyecto de ley debe ser presentado por moción, según lo expuesto en el artículo 65 inciso primero de la constitución política de la República de Chile.

MODIFICA LA LEY N° 20.129 QUE ESTABLECE UN SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Proyecto de ley:

Artículo único.- Introdúcese la siguiente modificación a la ley N° 20.129 que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior:

En el artículo 27 ter:
Agrégase el siguiente inciso quinto:
Procesos formativos enfocados en neurodiversidad para todas las carreras de pedagogía.

Referencias iniciativa:

(1) Solicitud parlamentaria sobre análisis de la ley 21545 (2023). Definición de la neurodiversidad en apartado de los principios rectores de la ley. BCN, Asesoría Técnica Parlamentaria.
(2) Manuel Andrade (2017). Informe trastorno por déficit atencional. Biblioteca digital Universidad de Chile
(3) Dr. Manuel Mas-Bagà. ¿El trastorno bipolar afecta a la inteligencia?. CAT Barcelona.
(4) Paz Molina (2017). Informe trastorno bipolar. Biblioteca digital Universidad de Chile
(5) Mikel López Calzada (2018-2019). Formación, conocimientos y modos de intervención del profesorado de educación primaria ante el alumnado con TDA-H. Universidad del País Vasco.
(6) Valeria Jimena Sepúlveda Bernales (2021). Desempeño académico en estudiantes de educación superior con Trastorno por Déficit de Atención. Estudios pedagógicos (Valdivia).
Cecilia Iris, Jéssica Herrera, Loreto Punucura, ETC. (2020). Trastorno por déficit de atención en estudiantes chilenos. Salud(i)Ciencia