Complejo Educacional Pablo Sexto -PUCON - Región de La Araucanía


Título iniciativa:

Modificación de la Constitución Política que disminuye la edad de sufragio de 18 a 16 años



Definición alternativa:

La presente moción tiene por finalidad modificar el articulo 13 de la constitución política de Chile, con la que buscamos incluir a los jóvenes del país dentro de decisiones políticas importantes que se relacionan con el sufragio, esto debido a que siendo jóvenes de enseñanza media, creemos firmemente que nuestra actual democracia representativa, se encuentra cruzando por una profunda crisis de participación, lo que queda de manifiesto en el hecho, que desde que el voto se hizo voluntario, cada vez menos ciudadanos han participado de la elección de nuestros representantes, lo que pone en riesgo la solides de nuestra democracia.
Según datos del SERVER y de FLACSO, desde el plebiscito de 1988 hasta las elecciones del 2009, la participación electoral disminuyo desde un 95% a un 87%, con el sistema de voto obligatorio, sin embargo en el año 2012 cuando se instaura el voto voluntario la población votante cayo en un 87% a un 43%, dejando entre ver el desinterés de los ciudadanos , esta grave situación, sólo repuntó considerablemente en el plebiscito constitucional de 2020, en donde participó un 50,9% del electorado, cifra que se mantuvo similar en las presidenciales entre el candidato José Antonio Kast, Y Gabriel Boric, saliendo electo este último. Sin embargo, en las recién pasadas elecciones de consejeros constitucionales, siendo el voto obligatorio, solo participo un 78,47% de la población y lo más preocupante es que el 16,98% de los fotos fueron nulos y un 4,56%, fueron blancos, lo que significa, que la tercera mayoría nacional fue la de los votos blancos y nulos. Este hecho puede tener varias lecturas, sin embargo creemos que, sin duda evidencia un desinterés y desinformación por la participación política electoral en nuestro país.
Frente a este escenario nuestra apuesta es que el voto voluntario de los jóvenes mayores de 16 año, podrían cambiar estas cifras alarmantes de participación ciudadana, ya que no podemos olvidar, que varios cambios en el país han sido impulsados por jóvenes consientes y críticos, los que han exigido desde mejor educación hasta cambio de la constitución política, es por esto que afirmamos que desde los 16 años tenemos conciencia suficiente para sufragar y tomar decisiones, respecto a la democracia respectiva de nuestro país.
Nuestro cambio se centrará en el Articulo 13 de la Constitución Política , el que plantea "Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva", nosotros sólo cambiaríamos la edad de dieciocho a dieciséis. Dejando en claro que esto no modificaría el concepto de mayoría de edad, para ningún otro fin que no sea el sufragio, manteniendo los 18 años como edad para contraer otro tipo de cargo de elección popular, comprar alcohol, entre otros.
Podemos argumentar también que los estudiantes de tercero y cuarto medio hoy cuentan con una asignatura destinada a enseñar sobre la importancia de la democracia, por lo que tendrían el conocimiento necesario para votar informadamente. Esto se evidencia en los Objetivos de aprendizaje de Educación Ciudadana:
OA 1 Identificar los fundamentos, atributos y dimensiones de la democracia y ciudadanía, considerando las libertades fundamentales de las personas como principio de estas y reconociendo sus implicancias en los deberes del Estado y en los derechos y responsabilidades ciudadanas.
OA 3 Reflexionar personal y grupalmente sobre riesgos para la democracia en chile y el mundo, tales como el fenómeno de la desafección política, la desigualdad, la corrupción, el narcotráfico, la violencia, entre otros.
Claramente estos Objetivos de Aprendizaje, dan el sustento teórico y analítico suficiente para que los y las jóvenes puedan votar de manera consiente e informada.
A modo de ejemplo, de otros países podemos señalar que Argentina, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner aprobó el sufragio a partir de los 16 años en 2012. En Brasil el voto es obligatorio desde los 18 hasta los 70 años, Las personas de 16 y 17, como los mayores de 70, pueden votar, pero no es una obligación. Si no votas y estas en un tramo de edad obligatorio, tienes que pagar una multa. En Ecuador las personas de 16 a 17 tienen derecho a votar, pero no a la obligación, como el resto de electores de hasta los 65 años. En países más desarrollados como en Austria se aprobó el sufragio desde los 16 años, y desde el 2007 estos adolescentes pueden participar en elecciones del país.
Nuestro objetivo es claro y busca lograr incrementar la cantidad de personas capacitadas para elegir representantes, esto con el fin de aumentar participación electoral y así proteger la democracia de una posible crisis de legitimidad, con lo cual nos veríamos favorecidos todos los chilenos y chilenas.


Propuesta legislativa:

Por lo anteriormente señalado, nuestro proyecto debe iniciarse por una moción y busca la reducción de edad para ser considerado ciudadano, en este caso sería para jóvenes de 16 años en adelante quienes podrían participar, mediante el voto voluntario de las elecciones de representantes y futuros plebiscitos que se desarrollen en el país.
1. Modifíquese el Articulo 13 de la Constitución Política de la Republica de Chile, que señala: "son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva.
La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la constitución o la ley confieran".
2. Reemplácese por la siguiente redacción: "Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido los dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva.
La calidad de ciudadano otorga los derechos de optar a cargos de elección popular y los demás que la constitución o la ley confieran.
En cuanto al derecho a sufragio, este será obligatorio para los ciudadanos de dieciocho años de edad, sin perjuicio de lo anterior, la edad para sufragar estará permitida para los mayores de dieciséis años que deseen participar de las elecciones de representante de manera voluntaria,".

Referencias iniciativa:

https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_chile.pdf

https://historico.servel.cl/nav_historico.html

https://verne.elpais.com/verne/2019/04/06/articulo/1554547044_712038.amp.html

https://www.curriculumnacional.cl/614/articles-334781_objetivos_textos.pdf