Torneo Delibera 2024
Colegio: Liceo Narciso Tondreau (Los Narcisos)
Comuna: CHILLAN
Región: Región de Ñuble

Creadores:
- Renato Tomás Lizana (Presidente)
- Lisa Mabel Moya (Integrante 1)
- Catalina Andrea Retamal (Integrante 2)
- Muriel Belén Gallardo (Integrante 3)
- Adolfo Ariel Valdés Herrera (Profesor Guía)


Título iniciativa:

Modificación de la ley 20.545: Postnatal parental masculino



Definición alternativa:

En Chile actualmente la ley 20.545 establece que el padre tendrá derecho a un permiso remunerado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo o más (excluyendo el descanso semanal), el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y la madre, por otro lado, tiene derecho a un permiso postnatal de doce semanas después del parto, extensible, en caso de que lo amerite a 6 meses, lo cual permite establecer que ya legislativamente es la madre la que debe destinar tiempo completo al cuidado del recién nacido, mientras que los 5 días que dispone el padre para realizar cuidados de forma exclusiva, validan una diferenciación en los roles parentales, donde la madre sigue asumiendo gran parte del rol de la crianza, pues es quien tiene la dedicación exclusiva, mientras que el padre puede sólo colaborador, en el tiempo que le queda tras la jornada laboral.

Hoy existen algunos padres interesados en participar activamente en la crianza, pero en la práctica sigue siendo la madre quien asume predominantemente la responsabilidad de los cuidados infantiles, idea que reafirma un estudio del 2012 que señala: La presencia del padre en los cuidados y crianza de los niños/as es relevante para avanzar hacia la equidad de género en la distribución del trabajo doméstico no remunerado dado que hasta ahora la mayor carga de cuidado la han tenido y tienen las mujeres ¹, carga que aún persiste y que el postnatal exclusivo hacia la mujer lo reafirma. Sin bien hoy existen familias con roles compartidos, la principal limitante tiene relación con el trabajo y su jornada, por ello si se busca avanzar corresponsabilidad, se requieren políticas públicas que consideren un modelo postnatal más equitativo, donde los padres tengan tiempo de dedicación exclusiva para cuidado de su hijo/a.

El Diario La Tercera publica el año 2022 un estudio sobre del uso del posnatal del padre en Chile, el cual arrojó que sólo un 0,23% de los padres habían hecho uso de este permiso. Uno de los factores de este bajo porcentaje es que la posibilidad de hacer efectiva la licencia postnatal sea a partir de un intercambio con la extensión de licencia de la madre, En el caso chileno, quien goza del posnatal es exclusivamente la madre hasta el momento de la extensión, […] También puede traspasar las seis semanas de extensión al padre, regresando ella al trabajo. Es, por lo tanto, excluyente, y eso podría explicar su primer gran desincentivo ², así, el padre tiene derecho a pasar tiempo exclusivo con su hijo/a, pero priva a la madre de dicha oportunidad, lo cual se opone a la recomendación de la OCDE que hace un llamado a incentivar la participación del padre destinando semanas exclusivas (no intercambiables) para él, flexibilizando su participación hogar/trabajo. ³

Una tesis publicada el 2022, señala que la interacción temprana del padre con el recién nacido, contribuye significativamente al desarrollo cognitivo y emocional del lactante, […] analiza la relación entre las licencias de postnatal paternal y la percepción de los niños sobre la relación con sus padres nueve años después, encontrando que dos semanas o más de licencia paternal se asocia positivamente con una mejor percepción de los niños del involucramiento de sus padres en su desarrollo, la cercanía con ellos y la comunicación padre e hijo ⁴. Así, son numerosos padres los que expresan sentirse limitados o excluidos pues no se sienten partícipes de ese importante proceso, debido a su pronta incorporación a la jornada laboral completa, haciendo más difícil el desarrollo de un vínculo afectivo, por la ausencia de contactos sostenidos en el tiempo entre padre e hijo. ⁵

Nuestra propuesta busca aumentar los días del permiso para el padre, establecido por la ley 20.545 (artículo 195) modificando la cantidad establecidos por este, de tener 5 días a 30 días hábiles, intransferibles, para que ambas figuras puedan tener una distribución más equitativa de las labores de crianza, siguiendo las recomendaciones que aparecen en diferentes estudios ya mencionados al respecto. La apelación a 30 días fue considerando la evidencia en Francia (28 días) y España (16 semanas) ⁶, respaldado en estudios que proponen un postnatal masculino que permita a ambos progenitores participar equitativamente al menos el primer mes de vida del lactante.

Lo que hace que esto tome más peso es el gran porcentaje de cesáreas que ocurren en Chile, el medio de comunicación chileno Diario y Radio Universidad Chile recopilo los siguientes datos dados por el Ministerio de salud (Minsal), en 2021, 59% de los partos registrados en Chile correspondieron a cesáreas. Un dato preocupante teniendo en cuenta que la tasa recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), es del 15%. ⁷, la recuperación de una cesárea es un periodo muy delicado, donde la madre necesitará descansar para poder recuperarse y por lo mismo no estará en condiciones para poder cuidar a un recién nacido sola.


Propuesta legislativa:

Artículo 1: Se modifica el artículo 195 del Código del Trabajo (Ley 20.545), referente al permiso postnatal parental masculino, extendiendo su duración a 30 días hábiles remunerados.

Artículo 2: Se establece que el padre podrá acceder a una licencia posnatal voluntariamente, en caso de nacimiento de un hijo, en condiciones similares al postnatal maternal, sin menoscabo de los derechos y beneficios establecidos para la madre.

Artículo 3: Se promoverá la igualdad de género en la crianza mediante la distribución equitativa de responsabilidades parentales desde las etapas iniciales fomentando, a través de una dedicación exclusiva, la participación activa del padre en los cuidados infantiles.

Artículo 4: El Estado será el encargado de pagar las licencias de la madre y el padre. Sin perjuicios de acuerdos establecidos de forma interna con el Empleador.

Artículo 5: Se insta a las instituciones públicas y privadas a adoptar medidas que faciliten la conciliación entre la vida laboral y familiar, garantizando condiciones laborales flexibles para ambos progenitores durante el período postnatal.

Artículo 6: La extensión de los 30 días serán exclusivamente para matrimonios, convivientes civiles o parejas que estén ingresados al mismo Registro social de hogar, del Ministerio del Desarrollo Social.

Artículo 7: La presente Ley entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial y esta se aplicará en todo el territorio nacional.

Artículo 8: Se derogan todas las disposiciones contrarias a lo establecido en la presente Ley.

Referencias iniciativa:

1) Aguayo, F., Kimelman, E. y Correa, P. (2012). Estudio sobre la Participación de los Padres en el Sistema Público de Salud de Chile. Informe Final. Chile: CulturaSalud/MINSAL (página 9).

https://www.crececontigo.gob.cl/wp-content/uploads/2015/11/14-Informe-final-Estudio-sobre-la-participacion-de-los-padres-en-el-sistema-publico-de-salud-de-Chile.pdf

2) Fundación Emma. (2022, diciembre 29). El posnatal que los hombres no se toman. La Tercera.

https://www.latercera.com/paula/el-posnatal-que-los-hombres-no-se-toman/#

3) Cf. Ídem.

4) Vera Melanie, Hacia un posnatal paternal intransferible, Tesis de Magíster Universidad de Chile, Escuela de Economía y Negocios, Santiago de Chile, 2022, p.3

https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/194656/Tesis%20-%20Melanie%20Vera.pdf?sequence=1&isAllowed=y

5) Cf. Idem. p. 2

6) Cf. pp. 14-15

7) Araneda Fernanda. (2023). La diferencia de cesáreas entre el sector público y el privado es una locura. Diario Universidad Chile.

https://radio.uchile.cl/2023/02/12/michelle-sadler-fundacion-ovo-la-diferencia-de-cesareas-entre-el-sector-publico-y-el-privado-es-una-locura/