A nivel mundial y debido al cambio climático, las predicciones en cuanto al clima apuntan que para las próximas décadas los fenómenos como los mega-incendios o inundaciones ocurrirán cada vez con mayor frecuencia. Ante esto, se cree que la capacidad de control y respuesta de este tipo de incendios se podrá ver sobrepasada, a pesar de los esfuerzos que la sociedad y gobiernos realicen.
En agosto de 2023 se presentaron intensas lluvias en la zona Centro-sur del país teniendo como resultado la anegación de caminos, miles de personas aisladas y otros miles de viviendas con daños o pérdida total producto de las inundaciones o crecidas de los ríos.(1)
Por otro lado, en febrero del presente año un voraz incendio afecto a la región de Valparaíso y entre las ciudades más afectadas se encuentran Viña del mar y Quilpué, en lo se ha catalogado como el incendio más destructivo del presente siglo. Según estimaciones, se cree que cerca de 8000 viviendas fueron consumidas por las llamas y 21.000 personas se vieron afectadas en esta lamentable catástrofe (2), que dejo a familias sin hogar, perdiendo su esfuerzo de años, todas sus pertenencias materiales y en algunos casos debiendo afrontar, además, la perdida de un familiar o ser querido.
En los días posteriores al incendio según información recopilada por 24 horas en entrevistas a los afectados, se evidenciaron presiones por parte de los empleadores los cuales instaban a las personas a volver a su trabajo amenazando con descuentos y despidos. Según indica el medio, en conversación con el Canal 24 Horas Karen, señaló que a una sobrina de ella que trabaja "en un supermercado X" la están obligando a regresar a sus labores pese a sufrir las consecuencias de la emergencia. "Mi sobrina ya ha tenido dificultades de que si no se presentan a trabajar les descontarán tres o cuatro días y despido automático", añadió. (3)
En cuanto a otros casos en la normativa extrajera podemos encontrar ejemplos como el caso de España en el cual se establece en el Estatuto de los Trabajadores: Art. 37.9: La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Entregando para ello 4 días las cuales deben ser retribuidas. (4)
Si bien nuestra legislación establece que en caso de razones de fuerza mayor el trabajador no pueda trasladarse a su trabajo, ya sea por incendios o los fenómenos naturales anteriormente especificados, o bien por la pérdida de su vivienda este podría quedar justificado, pero, la ley no establece de manera clara ningún permiso para ausentarse del trabajo, lo cual podría incurrir en un despido y posteriormente el trabajador podría demostrar su razón en un tribunal pero teniendo como consecuencia haber perdido previamente su fuente laboral, lo cual vuelve necesario otorgar un permiso de carácter especial y extraordinario para aquellos trabajadores que, en caso de pérdida total o parcial de su vivienda pueda ausentarse de su trabajo.
Lo anterior nos deja en evidencia una falencia de nuestra legislación al no tener el debido resguardo para el trabajador frente a la pérdida de su vivienda. En un país que debido a su geografía presenta altos riesgos para la población, como incendios, inundaciones, tornados, tsunamis entre otros, los trabajadores no tienen una autorización legal para faltar a su trabajo en caso de perder su vivienda total o parcialmente, quedando solo al criterio de su empleador.
Artículo único. Agréguese en el Código del Trabajo el siguiente artículo 66 sexies:
Articulo 66 sexies: Los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo, aquellos regidos por la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por la ley N° 18.883, que aprueba Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, que sufran la pérdida total o parcial de su vivienda debido a causas tales como incendios, desastres naturales, inundaciones u otras catástrofes que imposibiliten su habitabilidad, tendrán derecho a un permiso especial de 5 días hábiles pagados para afrontar la emergencia, gestionar trámites necesarios y encontrar soluciones temporales de vivienda.
No solo estará contemplado en este permiso especial el trabajador que sea propietario de la vivienda siniestrada, sino que también aquel trabajador que sea cónyuge o conviviente civil del propietario, siendo extensivo trabajadores que sean arrendatarios y que sufran la pérdida completa de la vivienda arrendada.
El trabajador a que se refiere el inciso primero y segundo gozará de fuero laboral por un mes, a contar de la notificación realizada por el trabajador a su empleador.
El trabajador debe presentar una solicitud por escrito al empleador dentro de las 48 horas siguientes al siniestro, detallando las circunstancias de la pérdida de la vivienda, encontrándose el empleador autorizado a solicitar documentación adicional, como certificados, informes de bomberos, copia de denuncia en Carabineros o Policía de Investigaciones, municipalidad u otras autoridades competentes, para verificar la legitimidad de la solicitud. El empleador deberá responder en un plazo máximo de 24 horas desde la recepción de la documentación
(1) Agouborde Maria Victoria. 23 de agosto de 2023. Cuatro días de temporal en Chile: las lluvias no dan tregua y la emergencia llega a Santiago El país. https://elpais.com/chile/2023-08-23/cuatro-dias-de-temporal-en-chile-las-lluvias-no-dan-tregua-y-la-emergencia-llega-a-santiago.html
(2) Quezada Francia. 31 de marzo de 2024. A dos meses de incendios en Valparaíso: damnificados acusan lentitud y escasez de ayuda. BioBio.cl. https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-valparaiso/2024/03/31/a-dos-meses-de-incendios-en-valparaiso-damnificados-acusan-lentitud-y-escasez-de-ayuda.shtml
(3) 24 horas; "Descuentos y despido": obligan regresar a trabajos a familias afectadas por incendios https://www.24horas.cl/regiones/zona-centro/valparaiso/damnificada-denuncia-que-las-estan-obligando-a-volver-a-trabajos
(4) Estatuto de los Trabajadores, España. https://www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-DT-2024-139