Torneo Delibera 2024
Colegio: Col. Internacional Antofagasta Ltda. (Portalianos)
Comuna: ANTOFAGASTA
Región: Región de Antofagasta

Creadores:
- Ana Maria Rivas (Presidenta)
- Xavier Miguez (Integrante 1)
- Juliana Bahamonde (Integrante 2)
- Isabela Vasquez (Integrante 3)
- Marcelo David Valdebenito Bahamondes (Profesor Guía)


Título iniciativa:

La Protección de Terrenos Afectados por Desastres: Garantizando Seguridad y Conservación



Definición alternativa:

El problema subyacente en la actualidad radica en la depreciación de los lugares afectados por desastres y/o daños provocados intencionalmente al ecosistema, generando una oportunidad para grandes empresas nacionales e internacionales de adquirir terrenos a un valor considerablemente inferior al original. Esta situación no solo impacta a la población en general, sino también a los ecosistemas y el medio ambiente. Los desastres, tanto naturales como propiciados por el ser humano, abarcan un amplio espectro, como lo evidencian los recientes incendios en diversas regiones de Chile, incluyendo Araucanía, Valparaíso, Biobío y Los Lagos. Según un informe preliminar del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) y la Corporación Nacional Forestal (Conaf), se estima que alrededor de 4.668 personas resultaron damnificadas, con más de un centenar de víctimas fatales y la destrucción de más de 43.000 hectáreas de terreno (1, 2). Estas consecuencias también se logran observar al analizar las pérdidas ocasionadas por el terremoto y tsunami del 27 de febrero del año 2010, también conocido como terremoto 27F, que según el MINEDUC, afectó a las regiones de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, O’Higgins, Maule, la en ese entonces región Biobío y La Araucanía. Esta catástrofe natural ocasionó graves daños y la pérdida de cerca de quinientas mil viviendas, aproximadamente dos millones de damnificados y un total de 525 víctimas fatales (3).

De acuerdo al artículo 65 de la constitución vigente (4) como grupo proponemos como solución un mensaje presidencial que crea una ley que regula la compraventa de terrenos afectados por desastres con el objetivo de evitar la construcción inmediata y la apropiación de terrenos por parte de empresas inmobiliarias. Esta regulación busca garantizar la seguridad de los futuros propietarios y proteger el medio ambiente al establecer normas y restricciones para la adquisición de terrenos dañados por desastres naturales o causados por el hombre, como incendios, terremotos,tsunamis ,inundaciones y deslizamientos de tierra. La medida incluye la prohibición de construir o utilizar estos terrenos durante 5 años permitiendo una evaluación y recuperación adecuada de las áreas afectadas.


Propuesta legislativa:

Iniciativa de ley:La Protección de Terrenos Afectados por Desastres: Garantizando Seguridad y Conservación

Mediante el Mensaje Presidencial de su excelencia Gabriel Boric Font, créase la siguiente ley:

Artículo 1º: Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto regular la compraventa de terrenos afectados por desastres naturales y/o daños provocados intencionalmente al ecosistema, con el fin de evitar la depreciación de dichos terrenos y garantizar la seguridad de los futuros propietarios, así como la protección del medio ambiente.

Artículo 2º: Definiciones
Para los efectos de esta ley, se entiende por:

Desastres Naturales: Eventos como incendios, terremotos, tsunamis, inundaciones, deslizamientos de tierra y otros fenómenos naturales que causen daños significativos a terrenos y propiedades.
Daños Intencionales al Ecosistema: Acciones deliberadas que resulten en la degradación o destrucción de ecosistemas, incluyendo pero no limitándose a incendios provocados, deforestación ilegal y contaminación.

Artículo 3º:Prohibición de Venta Inmediata
Se prohíbe la compraventa de terrenos afectados por desastres naturales o daños intencionales al ecosistema dentro de un período de cinco años a partir de la fecha del desastre o del daño provocado. Durante este período, se llevarán a cabo evaluaciones detalladas del impacto ambiental y de la seguridad de la zona.

Artículo 4º: Evaluación y Recuperación de Terrenos
Durante el período mencionado en el Artículo 3, las autoridades competentes llevarán a cabo una evaluación exhaustiva de los terrenos afectados, que incluirá análisis de riesgo, impacto ambiental y viabilidad de reconstrucción. Solo se permitirá la reconstrucción y venta de los terrenos después de la evaluación, si se considera seguro y viable.

Artículo 5º: Normas y Restricciones para la Adquisición
Las transacciones de terrenos afectados por desastres o daños intencionales deberán cumplir con normas y restricciones específicas para asegurar la protección del medio ambiente y la seguridad pública.
Estas normas incluirán, pero no se limitarán a:
a)Prohibición de construcción en áreas de alto riesgo.
b)Restricciones en el uso del suelo para prevenir futuros desastres.
c)Requisitos de restauración ecológica previos a cualquier desarrollo.
d)Prohibición por 5 años para que se realicen modificaciones en los terrenos forestales afectados por incendios.

Artículo 6º:Excepciones
En las zonas residenciales ubicadas en terrenos no considerados de riesgo, se autorizará la reconstrucción siempre que pase la evaluación correspondiente, la cual se llevará a cabo en un plazo máximo de cinco meses. Quedan excluidas de esta disposición las edificaciones construidas ilegalmente en terrenos estatales o privados.

Artículo 7º: Sanciones
Las violaciones a lo establecido en esta ley serán sancionadas con multas equivalentes al valor del terreno en UTM más un recargo de 30%, y en casos de reincidencia, con la prohibición permanente de realizar transacciones de terrenos para las partes involucradas.

Artículo 8º: Disposiciones Finales
La implementación y supervisión de esta ley estarán a cargo del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) y la Corporación Nacional Forestal (Conaf).
Esta ley entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el Diario Oficial.

Referencias iniciativa:

(1)Wikipedia contributors. (s/f). Incendios forestales en Chile de 2024. Wikipedia, The Free Encyclopedia. https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Incendios_forestales_en_Chile_de_2024&oldid=160805529

(2)Chile: Incendios forestales, 2024 sistema de naciones unidas, reporte de situación no. 3. (s/f). ReliefWeb. Recuperado el 5 de junio de 2024, de https://reliefweb.int/report/chile/chile-incendios-forestales-2024-sistema-de-naciones-unidas-reporte-de-situacion-no-3

(3)Terremoto 27F – Emergencia y Desastre. (s/f). Mineduc.cl. Recuperado el 5 de junio de 2024, de https://emergenciaydesastres.mineduc.cl/terremoto-27f/

(4)Biblioteca del Congreso Nacional. (s/f). Biblioteca del Congreso Nacional. www.bcn.cl/leychile. Recuperado el 20 de junio de 2024, de https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=242302&idParte=8563548