Corporación Educacional Colegios Concepción Ñuble -CHILLAN - Región del Biobío


Título iniciativa:

Ley Común de Regulación de Rellenos Sanitarios



Propuesta legislativa:

En nuestro país existen varios rellenos sanitarios, los cuales se encuentran muy cerca del límite urbano y no cumplen con las normativas básicas establecidas, lo que causa importantes daños a la salud de la comunidad y al medioambiente que lo rodea. Incluso algunos como el de Chillán Viejo, región del Biobío, albergan residuos tóxicos, que son traídos desde las mineras del norte.


Entre los problemas ocasionados están: contaminación del agua y como consecuencia de ello, la agricultura y por ende, lo que consumimos; esto atenta contra el espíritu del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile que “Asegura a todas las personas: el derecho de vivir en un medioambiente libre de contaminación. Es deber del estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza, derechos o libertades para proteger el medioambiente”.


Según el reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos del Ministerio de Salud, artículo 48, una instalación de eliminación de este tipo de desechos no debe estar ubicado dentro del radio urbano, sin embargo, sabemos que es difícil regular los límites entre lo rural y lo urbano, lo que vulnera esta disposición, como sucede en el ejemplo presentado.


Los rellenos sanitarios están reglamentados, principalmente por el Decreto 189 y la Resolución N°024444 de 1980, correspondiente al Ministerio de Salud, en ella se encuentran  los requisitos de ubicación y espacio físico de un vertedero.


Con el problema presentado y la insuficiencia del decreto, queremos sustentar nuestra moción de ley, en la cual proponemos una nueva, real y efectiva regularización de los rellenos sanitarios, a través de, una Comisión Interministerial Fiscalizadora de Rellenos Sanitarios (COFISA) , perteneciente a los Ministerio de Salud y del Medio Ambiente, financiado dentro del presupuesto anual de cada uno de ellos, que fiscalice el cumplimiento de la ley común reguladora, que estipula que los vertederos:


-Deben estar ubicados en áreas anecúmenes donde no sean nocivos para el paisaje y belleza natural.


-Deben estar a mínimo 3km del radio urbano, con viento en el sentido contrario a la mancha urbana.


-Se deben ubicar en suelo areno arcilloso. Al ser abandonado el recinto debe ser emparejado y cubierto con una capa de tierra de no menos de 60 cm.


-Mínimo de 1km de toda captación de agua, corrientes superficiales y cuerpos receptores de agua, considerándolo desde la ribera generada por la máxima crecida en un período de retorno de 100 años, y que cuente con red de drenaje pluvial adecuada, evitando escurrimiento dentro del relleno sanitario.


-La dimensión no puede exceder las 12 hectáreas, contenidas con un muro de una altura mínima de 2.5 metros, hecho de concreto u hormigón.


-Si los desechos poseen características toxicas, definidas como letales en bajas dosis. Los rellenos sanitarios que alberguen este tipo de desecho debe contar con instalaciones cerradas herméticamente que contenga exclusivamente este tipo de desechos con constante monitoreo y estudios periódicos.


           Entre las  obligaciones de la Comisión Interministerial de Fiscalización                   de Rellenos Sanitarios (COFISA) están:


-Autorización de instalación de rellenos sanitarios. Ninguno podrá entrar en funcionamiento sin la licencia otorgada por el organismo.


-Fiscalizar efectivamente el correcto funcionamiento de los rellenos sanitarios, de acuerdo a la ley existente y denunciar o sancionar con revocación de licencia, en el caso que corresponda. Si el caso supera las facultades penitenciarias de la COFISA, este será automáticamente derivado a Tribunales Civiles.


-Regular el correcto funcionamiento de las instalaciones y sus anexos.


-Educar correctamente a la población sobre la clasificación de desechos, en orgánicos, inorgánicos, metales, vidrios y plásticos, para que adquieran el conocimiento necesario para cuidar el medio ambiente, su integridad y salud.