Que en el año 2002, se crea el Servicio Nacional de Adulto Mayor (SENAMA) que tiene por objetivo velar por la plena integración del adulto mayor en la sociedad, así como su protección ante el abandono e indigencia, y el ejercicio de los derechos que la Constitución de la República y las leyes reconocen. Respecto a este, su artículo 3 plantea lo siguiente:
En la letra d) Fomentar la integración del adulto mayor en el seno de su familia y de la comunidad y promover la inserción social de los adultos mayores de forma que se mantengan activos en beneficio propio y en el de la comunidad.
Que en el año 2017, el Estado de Chile ratifica la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores que tiene por objetivo promover, proteger y asegurar los derechos de las personas mayores, buscando la inclusión y participación de ellas en la sociedad de forma activa. Esto a través de los principios de independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor, así como la promoción de la autorrealización y una vejez digna.
Que en el año 2018, el Instituto Nacional de Estadística (INE) publica los resultados del CENSO 2017 en donde se establece que un 11,4% de la población total tiene 65 años o más, mientras que en el CENSO 2024 se evidencia el aumento de esta cifra a 14%.
Que en el año 2023, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, en conjunto con el SENAMA, publica su séptima encuesta nacional sobre la inclusión y exclusión social de las personas mayores, donde se evidencia que el 71.4% considera que la satisfacción con la vida disminuye a medida que se envejece. También, demuestra que el 51,4% de los encuestados considera que las personas mayores se encuentran muy marginadas, mientras que el 36,4% considera que está algo marginada. Además, el 58,3% estima que los adultos mayores no pueden valerse por sí mismos, lo que refleja una expectativa generalizada de dependencia y pérdida de autonomía asociadas a la edad.
Que en el año 2023, el Observatorio del Envejecimiento publica el informe Los vínculos sociales de las Personas Mayores en Chile, afirmando que los adultos mayores no solo deben evaluarse en función de sus características y composición, sino también de la funcionalidad que estos tengan. Desde la arista de las redes de apoyo, se ha estudiado que las relaciones sociales que mantienen las personas mayores pueden representar la fuente de apoyo emocional (conversar, sentirse acompañado y/o escuchado), apoyo práctico (en función de necesidades de la vida diaria) y apoyo informacional (recibir información de un otro).
Tomando en consideración los aspectos anteriores, se debe actualizar la Ley 19.828 en base a la realidad actual del país, por lo que se definen los siguientes conceptos (SENAMA, 2009; Observatorio del Envejecimiento UC-Confuturo, 2023):
Autovalencia: capacidad de realizar las actividades diarias de forma autónoma sin necesidad de apoyo por terceros
Dependencia: es comprendida como la incapacidad funcional de poder ejercer las actividades de la vida diaria, por lo que implica la necesidad de ser ayudado y/o cuidado por un tercero y la adaptación del entorno para la realidad particular de la persona, siendo esta leve, moderada y severa.
Basándonos en la evidencia y aportes, damos cuenta de la necesidad de modificar la Ley 19.828 a través de mensaje presidencial por iniciativa exclusiva del presidente de la República, teniendo en consideración el artículo 65 de la Constitución de la República, donde se entregan facultades para crear nuevos servicios públicos, y establecer o modificar normas sobre seguridad social. Esta modificación busca responder a la necesidad de responder a las diversas realidades que enfrentan los adultos mayores en el país y el envejecimiento que está ocurriendo en la población chilena. Esto en base a la responsabilidad del Estado de resguardar el cumplimiento de los derechos de las personas mayores y la promoción de una vejez digna para todo ciudadano de la sociedad chilena.
Modificación de Ley 19.828, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, para establecer un precedente en la implementación de políticas integrales para el bienestar del Adulto Mayor.
El presente proyecto será presentado a través de mensaje presidencial, según lo dispuesto en el artículo 65, inciso segundo de la Constitución Política de la República.
Modificación de ley
Artículo único. - Se modifica la Ley número 19.828, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, de la siguiente forma:
Agréguese al Artículo 1 de la Ley 19.828 seguido del último punto:
El Servicio categoriza al adulto mayor en función de su capacidad individual para realizar sus actividades propias de su vida cotidiana. Siendo las categorías: Autovalente, Autovalente Limitado, Semi Dependiente y Dependiente Constante.
Las políticas y actividades del servicio serán dirigidas y planificadas en base a estas categorías y sus necesidades específicas.
Modifíquese el Articulo 3 en la letra e) y g)
La letra e) cambiar su punto final por una coma y agregando: buscando garantizar el acceso equitativo a la recreación, un sano estilo de vida y un trato digno en lo social, laboral y servicios a este.
Y en la letra g) reemplazarse la palabra voluntario por obligatorio.
Instituto Nacional de Estadísticas (2018). Síntesis de resultados Censo 2017. https://www.ine.gob.cl/docs/default-source/censo-de-poblacion-y-vivienda/publicaciones-y-anuarios/2017/publicaci%C3%B3n-de-resultados/sintesis-de-resultados-censo2017.pdf
Instituto Nacional de Estadísticas (2025). Resultados del Censo 2024. https://censo2024.ine.gob.cl/resultados/
Ministerio de Desarrollo Social y Familia (2023). Séptima Encuesta Nacional de Inclusión y Exclusión Social de las Personas Mayores en Chile. Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) https://iberoamericamayores.org/wp-content/uploads/2024/07/SEPTIMA_ENCUESTA-Chile.pdf
Ministerio de Planificación y Cooperación. (2002). Ley N° 19.828: Crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=202950
Ministerio de Relaciones Exteriores. (2017). Decreto N° 162: Promulga la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1108819
Observatorio del Envejecimiento UC-Confuturo. (2023). Dependencia en las personas mayores y cuidados institucionales (Año 4, v. 25). Pontificia Universidad Católica de Chile. https://observatorioenvejecimiento.uc.cl/wp-content/uploads/2023/12/Reporte-Observatorio-Envejecimiento-Dependencia-y-Cuidados-Institucionales.pdf
Servicio Nacional del Adulto Mayor (2009). Estudio Nacional de la Dependencia en las Personas Mayores. https://www.senama.gob.cl/storage/docs/Dependencia-Personas-Mayores-2009.pdf
Servicio Nacional del Adulto Mayor (2023). Los vínculos sociales de las personas mayores en Chile. https://www.senama.gob.cl/storage/docs/Reporte-Los-Vinculos-Sociales-de-las-Personas-Mayores-en-Chile.pdf