Torneo Delibera 2025
Colegio: Liceo Bicentenario Ciudad De Los Rios Valdivi (Ejército de Dumbledore)
Comuna: VALDIVIA
Región: Región de Los Ríos

Creadores:
- Violeta Antumalen Contreras (Presidenta)
- Gabriel Amaru Vásquez (Integrante 1)
- Luna Violeta Arévalos (Integrante 2)
- Isabel Millaray Sáez (Integrante 3)
- Javier Enrique Martínez Torres (Profesor Guía)


Título iniciativa:

Este proyecto busca mejorar los espacios de establecimientos educacionales



Definición alternativa:

En el contexto educativo actual, observamos con preocupación cómo numerosos estudiantes enfrentan diariamente desafíos emocionales y sensoriales que dificultan su proceso de aprendizaje. Como jóvenes comprometidos con la educación inclusiva, hemos identificado una carencia fundamental en nuestra infraestructura escolar: la ausencia de espacios diseñados específicamente para la regulación emocional.

Según estudios recientes de la Universidad de Chile (2024), el 20% de la población estudiantil presenta algún trastorno del neurodesarrollo. Esta realidad, sumada a las crecientes exigencias académicas, hace imperiosa la necesidad de crear ambientes educativos que respondan a las diversas necesidades neurológicas de los estudiantes.
Fundamentación Técnica

Nuestra iniciativa propone una modificación sustancial al Decreto Supremo N°548 que regula las normas para la infraestructura de los establecimientos educacionales, estableciendo como requisito fundamental la creación de espacios especializados en regulación emocional. Estos ambientes han sido concebidos para desempeñar un rol dual dentro de la comunidad escolar: por un lado, funcionarían como refugios seguros donde los estudiantes puedan recuperar su equilibrio emocional durante momentos de crisis; por otro, se convertirían en herramientas pedagógicas preventivas que ayudarían a gestionar el estrés académico antes que este derive en situaciones más complejas.

El sustento jurídico y pedagógico de esta propuesta descansa sobre tres bases conceptuales sólidamente fundamentadas. En primer lugar, se apoya en el derecho a la educación inclusiva consagrado en la Ley 20.845, que garantiza igualdad de oportunidades para todos los estudiantes sin distinción. En segundo término, se basa en el principio del diseño universal para el aprendizaje, enfoque pedagógico contemporáneo que promueve la creación de ambientes educativos accesibles para la diversidad neurológica. Finalmente, parte de la premisa científica que reconoce el bienestar emocional como condición sine qua non para que se produzcan procesos de aprendizaje significativos y duraderos.

Esta triple fundamentación no solo justifica la necesidad de los espacios de regulación emocional, sino que además establece un marco de acción coherente con las políticas educativas actuales y con los avances más recientes en neuroeducación. La implementación de estos espacios representaría un avance concreto hacia la materialización de los principios de inclusión y equidad educativa que nuestro sistema escolar promueve.


Propuesta legislativa:

Propuesta de Articulado:
Se propone modificar el Decreto N°548 en los siguientes términos:

Artículo 5: Se agregará el siguiente inciso:
"Todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán contar con al menos un espacio de regulación emocional que cumpla con las siguientes características:
a) Superficie mínima de 9m²
b) Iluminación regulable y colores neutros
c) Mobiliario adaptado para diferentes necesidades sensoriales
d) Elementos de apoyo para la autorregulación"

Artículo 7: Se incorporará:
"Los Servicios Locales de Educación deberán capacitar anualmente a los equipos docentes en:
a) Estrategias de acompañamiento emocional
b) Uso adecuado de los espacios de regulación
c) Normativas vigentes sobre inclusión educativa"

La implementación de esta iniciativa generará los siguientes beneficios:

Mejoramiento del clima escolar al reducir situaciones de crisis emocional
Disminución del ausentismo escolar relacionado con problemas de regulación
Avance hacia una verdadera educación inclusiva
Optimización del funcionamiento de los Programas de Integración Escolar

Disposiciones Finales:

Plazo de implementación: 24 meses desde la publicación de la ley
Fiscalización: Superintendencia de Educación
Financiamiento: Recursos de la Subvención Escolar Preferencial

Referencias iniciativa:

1https://uchile.cl/noticias/219417/u-de-chile-estudiara-tratamiento-para-trastornos-del-neurodesarrollo-#:~:text=Aproximadamente%201%20de%20cada%205,de%20la%20Universidad%20de%20Chile.