Torneo Delibera 2025
Colegio: Col.santo Domingo De Guzman (La defensa)
Comuna: VALPARAISO
Región: Región de Valparaíso

Creadores:
- Camila Isabella Cruz (Presidenta)
- Martina Paz Araya (Integrante 1)
- Karina Elizabeh Meza (Integrante 2)
- Paola Alejandra Paiva (Integrante 3)
- Myriam Henriquez Silva (Profesora Guía)


Título iniciativa:

Modifica ley 20.066 sobre protección y justicia a adultos mayores



Definición alternativa:

La Ley 20.066 tiene como objetivo prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar, así como otorgar protección a las víctimas con respecto a la violencia intrafamiliar. Esta ley también tiene como finalidad disminuir casos que conlleven agresiones, negligencias y maltratos entre familias.
Cuando ocurre una negligencia hacia un adulto mayor se enfoca en seguir el protocolo correspondiente de investigación por parte de los servicios sociales. Este protocolo tiene falencias y limitaciones, ya que, si el adulto mayor está en muy malas condiciones de salud y fallece, la investigación o delito de negligencia terminará rotundamente y no se puede seguir dicha investigación, lo cual deja a los familiares sin ninguna respuesta ni mucho menos teniendo un veredicto correspondiente a los hechos sucedidos.
Se entiende por cuidador, tanto un familiar, como un cuidador de asilo, que su cargo principal sea cuidar y mantener su bienestar. Su cargo de responsabilidad en el trabajo es ofrecer asistencia personalizada con actividades diarias, incluyendo acompañamiento, higiene, alimentación, movilidad, y administración de medicamentos, entre otras tareas, para mejorar la calidad de vida del adulto mayor.
La negligencia en este caso es enfocada por el lado del abuso o maltrato como la violencia psíquica, económica o sexual y en las malas condiciones de salud de las personas protegidas por la ley de violencia intrafamiliar que se enfoca en los adultos mayores.
Si una persona infringe o vulnera a quien esté bajo su cuidado se tiene que realizar una denuncia y luego una investigación, y aplicar la ley que fue infringida para que tome el caso los tribunales de familia y el ministerio público (la fiscalía). La investigación del caso respectivo evaluará si ha tenido antecedentes anteriores de violencia intrafamiliar, teniendo la obligación de llevar un registro especial de las personas con las sanciones.
La ley fácil de VIF señala que en los casos que no constituyen delito, se castigará con una multa de media a 15 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) a beneficio del Gobierno Regional del domicilio del denunciante o demandante, para ser destinada a los centros de atención de víctimas de violencia intrafamiliar existentes en la región respectiva y que sean de financiamiento público o privado.
Además, el juez o jueza deberá aplicar en la sentencia una o más de las siguientes medidas:
Obligación de abandonar el hogar que comparte con la víctima.
Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio, así como, a cualquier otro lugar al que la víctima concurra o visite habitualmente. Si ambos trabajan o estudian en el mismo lugar se oficiará al empleador o director del establecimiento para que adopte las medidas de resguardo necesarias.
Prohibición de porte y tenencia o el comiso de armas de fuego.
La infracción de alguna de las tres medidas anteriores, puede acarrear sanción penal o arresto hasta por 15 días para el ofensor.
La asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar.
Prohibición o restricción de las comunicaciones del ofensor respecto de la víctima.
Podemos ver en la prensa que en julio de 2024, abrieron un sumario contra un hogar de ancianos en Quillota acusado de maltratar a adultos mayores. Respecto a casos de agresiones y vulneraciones como las ocurridos en el ELEAM de Quillota, la Dra. Agnieszka Bozanic, docente de la Escuela de Psicología UNAB Viña del Mar y presidenta de la Fundación GeroActivismo, destacó la importancia de reubicar a las personas de este tipo de entornos.
Por su parte, la diputada Carolina Marza, quien realizó la denuncia a los organismos responsables, se refirió al sumario. Entre las denuncias que registra el recinto y los videos difundidos, se da cuenta de maltratos como golpes, privación de comida, castigos, entre otras vulneraciones que afectan directamente a los adultos mayores que residen en el establecimiento.
De momento, se prohibió el ingreso de nuevos residentes y la autoridad sanitaria, a través de su Departamento Jurídico, está evaluando las acciones legales. Así lo confirmó la Seremi de Salud. Este recinto ya contaba con antecedentes sanitarios previos y sigue en curso la investigación por los casos de vulneraciones.
Otro caso preocupante es lo publicado por el diario La tercera el 21 de SEPTIEMBRE 2017 se trata sobre SENAMA: hogar de Puente Alto suma el 24% de muertes de ancianos residentes, en el Recinto del Servicio Nacional del Adulto Mayor entre 2012 y 2017. En total son 418 decesos a nivel nacional.
Los fallecimientos se relacionan con neumonía, fallas multisistémicas e insuficiencia respiratoria se demuestran en los Establecimientos de Larga Estadía, mostraron una Ley de Transparencia hacia el público donde la comisión de familia y adulto mayor de la cámara de diputados realizó 15 sumarios administrativos para la investigación. El director de SENAMA Rubén Valenzuela denunció a la Fiscalía de Puente Alto


Propuesta legislativa:

Modifíquese la ley 20.066, de fecha 07 de Octubre de 2005 en el siguiente sentido:

Artículo 1:

Añádase el siguiente nuevo artículo 27 de la ley 20.066:
En caso de muerte de la víctima, persona de tercera edad que haya sufrido maltrato por algún familiar o cuidador y que entra en violencia intrafamiliar, los que están manejando el caso, juez y funcionario público, deberán asegurarse de la finalización de la demanda y dar la sanción debida dictada por el juez.

Artículo 2:

Agréguese el siguiente inciso final del artículo 5 de la ley 20.066:
6. Un tercero responsable sin lazos sanguíneos

Referencias iniciativa:

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. (s. f.). Portal de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Portal de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/violencia-intrafamiliar

Tapia, S. M. (2024, 3 julio). Abren sumario contra hogar de ancianos en Quillota acusado de maltratar a adultos mayores. BioBioChile - la Red de Prensa Más Grande de Chile. https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-valparaiso/2024/07/03/abren-sumario-contra-hogar-de-ancianos-en-quillota-acusado-de-maltratar-a-adultos-mayores.shtml

Matus, F. D. y. J. (2020, 13 febrero). Senama: hogar de Puente Alto suma el 24% de muertes de ancianos residentes. La Tercera. https://www.latercera.com/noticia/senama-hogar-puente-alto-suma-24-muertes-ancianos-residentes/

Del Congreso Nacional, B. (s. f.). Biblioteca del Congreso Nacional. www.bcn.cl/leychile. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=242648