La materia de los derechos de la niñez ha sido trabajada desde el 14 de agosto de 1990, cuando se ratificaron los derechos de la niñez en nuestro país. Se han creado normativas en cuanto a las instituciones para la defensa de niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad, pero no ha sido suficiente.
Paradójicamente, existe una mayor preocupación y recursos económicos para quienes están privados de libertad.
No existe una equidad en los grupos de mayor protección. Un recluso puede optar a 3 comidas diarias, tienen espacios de recreación y talleres, mientras que las residencias de protección de la infancia dependen de subvenciones insuficientes. ¿Por qué los gobiernos dan más prioridad al abusador de un niño más que al propio niño abusado?
No es posible que en Chile la infancia se viva en estas condiciones de necesidad constante. Estas situaciones, generan en los niños, niñas y adolescentes (NNA) traumas psicológicos, que, al no ser tratados, pueden condicionar un futuro delictual en estos menores de edad. Es el Estado, quien debe velar por los NNA en estado de abandono, no es posible que actúe con negligencia, cuando es aquél mismo el encargado del bien común de acuerdo a los principios del Estado de Derecho. Es por eso que velamos por una mejora en sus condiciones de vida. La mejor forma de ver el futuro es proteger la infancia hoy.
Durante el 2024 un total de 51 niños, niñas y adolescentes fallecieron por porte de armas de fuego en la red ex SENAME y hasta la primera quincena de marzo de 2025 han ocurrido 5 fallecimientos más de este tipo. Las cifras proporcionadas por el Ministerio Público evidencian un aumento del 45,12% en el total de delitos ingresados entre 2022 y 2024 por explotación sexual en entornos digitales.
Por el contrario, un reporte de Unicef reveló que el número de fallecimientos durante el 2010 era 5 veces mayor al mencionado en el informe.
El Estado de Chile vulnera sistemáticamente los derechos de los niños que están bajo su tutela. Esa es la conclusión del lapidario informe de la PDI, que en 2017 investigó 240 hogares de menores. En el 100% de los centros que administraba la red ex SENAME y en el 88% de los gestionados por los particulares se constataron 2.701 abusos, 310 de ellos con connotación sexual.
El informe del primer análisis a los centros del Servicio Nacional de Menores advierte que un 34% de los NNA no va al colegio y que un 44% se encuentra con retraso escolar, un 58% tiene problemas de salud mental, un 58% está con tratamiento farmacológico y un 48% tiene un consumo problemático de alcohol y drogas.
¿Qué mensaje dejamos cuando el Estado invierte más en la celda de quien agrede niños que del niño agredido? ¿Cómo es posible que los presos de Punta Peuco, por delitos de lesa humanidad tengan condiciones privilegiadas, mientras los niños de Mejor Niñez deban enfrentar día a día maltratos, burlas, mala alimentación, sobrepoblación y falta de cuidado por el simple hecho de nacer en contextos vulnerables?
Cada niño, niña y adolescente tiene derecho a una vida digna y plena y a una familia amorosa. No se puede promover y dar la imagen de los derechos de los niños y luego no cumplirlos, como ha quedado en evidencia en múltiples crisis del sistema de protección chileno.
Todos nacemos libres e iguales en derechos y dignidad, esta ley se basa en los principios del Estado de derecho y la Institucionalidad Democrática normada en la Constitución Política creando las condiciones sociales que permitan a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mejor realización material y espiritual.
A través del principio de progresividad, organismos internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño, establece que, el Estado debe proveer alimentos nutritivos adecuados, agua potable y brindar las tecnologías disponibles para combatir las enfermedades y malnutrición, reconocer el derecho de los NNA internados por fines de atención, protección o tratamiento de su salud física o mental, y monitorear el tratamiento y las circunstancias propias de su internación.
El principio de subsidiariedad establece que el Estado cuenta con la responsabilidad de intervenir cuando las personas, familias u organizaciones privadas no cumplen con lo requerido.
Con esta ley proponemos garantizar la dignidad y los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo protección del Estado, asegurando una mejora efectiva en su calidad de vida. Para ello, planteamos un aumento del presupuesto destinado a residencias de protección. Además, que en un plazo de 10 años, el Estado sea benefactor de manera progresiva para la protección de la infancia.
MOCIÓN PARLAMENTARIA:
Artículo 1º. Principio de Dignidad Superior. El Estado de Chile reconoce que los niños, niñas y adolescentes (NNA) bajo su cuidado y protección especializada, por su condición de sujetos de derecho vulnerados, deben gozar de una calidad de vida, infraestructura y atención estatal que sea, por estándar mínimo, superior a la de cualquier persona privada de libertad en el sistema penitenciario nacional.
Artículo 2º. Piso Presupuestario Vinculado. Se establece que la subvención mensual per cápita destinada a residencias de protección deberá ser superior a $2.000.000 pesos chilenos reajustables anualmente, hasta completar que el estado sea benefactor en materia de infancia.
Artículo 3º. Estándares de Infraestructura y Privacidad.
1. Queda prohibida la construcción de centros de protección con estética o distribución carcelaria (pasillos ciegos, rejas interiores, dormitorios colectivos de más de 3 personas).
2. Todo centro de protección deberá contar con espacios de recreación y áreas verdes que permitan el desarrollo íntegro de los NNA presentes en estas instituciones.
3. Los menores, en espacios comunes de convivencia cotidiana deberán mantenerse en sectores diferenciados según etapas del crecimiento; infancia (4 a 10 años) niñez (11-12 años) y adolescencia dividida en grupo I (13 a 15 años) y grupo II (16 a 17 años, 11 meses y 29 días).
Artículo 4º. Prioridad en Salud y Nutrición. El Ministerio de Salud garantizará que el 100% de los NNA en sistema de protección cuenten con seguro de salud nivel "Preferente", eliminando las listas de espera mediante la compra de servicios privados si el sistema público no responde en un plazo de 15 días hábiles.
Defensoría de la Niñez – Informe Anual 2023
Biblioteca Digital DIPRES
Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)
Poder Judicial de Chile
Convención sobre los Derechos del Niño – ONU
Informe ONU sobre Chile (2018)
https://www.defensorianinez.cl/apenas-5-condenas-en-11-anos-informe-de-la-defensoria-de-la-ninez-revela-critica-falta-de-justicia-en-relacion-a-muertes-dentro-de-la-red-sename/
https://www.ciperchile.cl/2019/07/02/el-brutal-informe-de-la-pdi-sobre-abusos-en-el-sename-que-permanecio-oculto-desde-diciembre/
https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2018/05/24/nueva-auditoria-revela-alarmantes-cifras-del-sename-un-58-tiene-problemas-de-salud-mental-y-un-48-consumo-problematico-de-alcohol-y-drogas/
https://www.defensorianinez.cl/diagnostico-2025-defensoria-de-la-ninez-alerta-sobre-preocupantes-cifras-relacionadas-a-los-entornos-violentos-que-viven-ninos-ninas-y-adolescentes-en-chile/#:~:text=Este%20a%C3%B1o%2C%20el%20Diagn%C3%B3stico%20de%20la%20instituci%C3%B3n,m%C3%A1s%20violentos%20para%20ni%C3%B1os%2C%20ni%C3%B1as%20y%20adolescentes%2C