Torneo Delibera 2026
Colegio: Liceo Bicentenario Indómito De Purén (Indómito)
Comuna: PUREN
Región: Región de La Araucanía

Creadores:
- Leonardo Andrés Cea (Presidente)
- Emily Allende (Integrante 1)
- Emilia Arrepol (Integrante 2)
- Vicente Pradena (Integrante 3)
- Claudia Ancalao Gavilán (Profesora Guía)


Título iniciativa:

Proyecto de ley que fortalece el régimen GES mediante reforma a la Ley N° 19.966.



Definición alternativa:

A pesar de la creación del sistema Garantías explícitas en Salud (GES), Ley N° 19.966 en el año 2004, aún existen dificultades en su funcionamiento. Uno de los problemas principales es el incumplimiento en los plazos de atención, lo que provoca retrasos en diagnósticos y tratamientos. Además, hay largas listas de espera en el sistema público, debido a la alta demanda y la falta de recursos. También existen desigualdades en el acceso a la salud, ya que las personas que viven en zonas rurales o alejadas de la ciudad tienen mayores dificultades para recibir atención oportuna. También la falta de especialistas en hospitales de comunas más pequeñas, ya que se concentran especialmente en la Región Metropolitana y en ciudades grandes. Además, hay una fiscalización insuficiente, lo que afecta en el cumplimiento de las garantías establecidas. Todo esto genera una diferencia abismal entre lo que el sistema promete y lo que realmente reciben las personas.
El sistema de Garantías Explícitas en Salud se crea con la promesa de que el dinero o el lugar donde vives no determinarían si vives o mueres pero los datos dicen otra cosa. En el primer semestre del año 2025 la cifra de pacientes esperando una consulta llega a 2.222.119 personas chilenas, una cifra que ha ido creciendo año tras año. Entre el 31 de marzo del 2019 y a la misma fecha del 2020, aumentaron los retrasos del GES en 60% (6.641 a 10.653). Luego al comparar las cifras del 2020 y 2025 se observa un aumento del 622% (10.653 a 76.951) según la Elaboración propia CIPS-UDD a partir de los datos otorgados por transparencia del Ministerio de Salud. En el año 2022, 44.001 personas fallecieron mientras esperaban por una atención de salud en el sistema público. De este, el 20% es del GES y no GES según la Pontificia Universidad Católica de Chile.
Y la empatía por aquellos que no pueden permitirse cirugías crea injusticia, angustia y, lo que es más importante, tristeza, y genera esperanza de que la atención médica pueda volverse más accesible. GES tiene un sistema en marcha para asegurar la atención médica, pero no todas las enfermedades u operaciones pueden ser cubiertas, y por lo tanto muchas personas en situaciones desiguales reciben una calidad de servicio desigual sin recursos de salud, en largas listas de espera o sin tratamiento. Casos como el de Camila Gómez y su hijo Tomás Ross, que necesitaban 3.500 millones de pesos en medicamentos cuando la vida depende del dinero. Es lo mismo para Ricardito, un estudiante del Liceo Bicentenario Indómito de Purén, que ahora necesita un trasplante de corazón que asciende a 600 millones de pesos. La Clínica Fuente también informa que, en la primera mitad de 2025, había más de 2,222,119 personas esperando una consulta médica en Chile. Estos no son solo números; son vidas en espera, sufriendo y ansiosas. Esto va más allá de una cuestión de salud; es una crisis humana. El sistema tiene que ser optimizado, uno que no sea opcional; uno que necesita urgentemente ser restablecido para que miles de familias recuperen la tranquilidad. La enmienda de la ley 19.966 hace posible que las personas puedan costear cirugías, medicamentos o tratamientos de alto presupuesto, lo que a su vez beneficia el bienestar de la salud.
La salud es un derecho fundamental, está garantizada en el artículo 19 N°9 de la Constitución Política de la República de Chile, el cual establece que todas las personas deben tener acceso a una atención de salud oportuna y de calidad. En este contexto, el sistema de Garantías Explícitas en Salud busca asegurar este derecho, pero su incumplimiento vulnera derechos esenciales como la dignidad, la igualdad ante la ley y el acceso equitativo a la salud. Por lo tanto, el Estado tiene el deber de promover y garantizar estos derechos, de acuerdo con el principio de progresividad, que exige mejorar continuamente el sistema de salud y no retroceder en este ámbito. Fortalecer el cumplimiento del GES no solo es una necesidad, sino también una obligación que debe tener el Estado de Chile hacia la población según el artículo 1° de la Constitución Política.
El sistema de Garantías Explícitas en Salud (GES) ha sido un gran avance para Chile, pero todavía presenta fallas, listas de espera, incumplimiento de los plazos de atención, falta de especialistas en regiones, desigualdad territorial, problemas de financiamiento y sobrecarga del sistema público de salud, entre otras. Por eso proponemos realizar una modificación a la Ley N° 19.966 para mejorar en gran parte esas fallas que hay en el sistema actual y poder mejorar el acceso a la salud para los chilenos/as. Dentro de lo que queremos mejorar se encuentra la disminución de las listas de espera; financiamiento de procedimientos quirúrgicos; tratamientos; medicamentos y exámenes, entre otras cosas. Nuestra propuesta también plantea que la lista de patologías se revise y actualice periódicamente, para tener una mayor cobertura.


Propuesta legislativa:

Mocion parlamentaria.

Artículo 1° Modifícase la Ley N° 19.966, con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las Garantías Explícitas en Salud (GES), asegurando una atención oportuna y el respeto de los plazos máximos de atención para cada patología.

Artículo 2° El régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES) deberá asegurar la cobertura total de las prestaciones de salud asociadas a cada patología incorporada, incluyendo consultas, diagnósticos, cirugías, tratamientos y medicamentos necesarios, sin discriminación por condición socioeconómica.

Artículo 3° Los establecimientos de salud deberán garantizar el cumplimiento EFECTIVO de las garantías de oportunidad del GES. Todo incumplimiento deberá ser informado a la autoridad sanitaria y será sancionado conforme al código sanitario que será parte de esta ley.

Artículo 4° El Estado deberá priorizar la asignación de Recursos Humanos, técnicos y financieros en aquellas zonas donde exista mayor déficit en la atención de patologías GES, especialmente en sectores rurales y vulnerables. Reasignando recursos ya contemplados en el presupuesto de salud.

Artículo 5° La autoridad sanitaria a través de sus instituciones u órganos deberá revisar periódicamente las patologías que afectan a la población chilena, con el fin de actualizar y priorizar las prestaciones del régimen de Garantías Explícitas en Salud.

Referencias iniciativa:

* Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Ley N° 19.966 que establece un Régimen de Garantías en Salud.
Disponible en: https://www.bcn.cl/leychile
* Ministerio de Salud de Chile. Garantías Explícitas en Salud (GES).
Disponible en: https://www.minsal.cl
* Superintendencia de Salud de Chile. Información sobre derechos GES y fiscalización.
Disponible en: https://www.supersalud.gob.cl
* Subsecretaría de Redes Asistenciales. Estadísticas de listas de espera y atención en salud pública.
Disponible en: https://www.minsal.cl
* Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Estudios sobre sistemas de salud y acceso en Chile.
Disponible en: https://www.oecd.org