Consejo Participativo Ciudadano Adhiere al Artículo 4° de la Ley 20.417 en Materia de Consejos Participativos vinculante.San Fernando College - SAN FERNANDO - Región del Libertador Bernardo OHigginsInstitucionalización de un Consejo
Participativo Ciudadano, en el área del medio ambiente (C.P.C) San Fernando College - SAN FERNANDO - Región del Libertador General Bernardo O’Higgins -Iniciativa: Moción Adhiere al Artículo 4° de la Ley 20.417 en Materia de Consejos Participativos vinculante. Fundamentos “ Es deber del Estado facilitar la participación ciudadana, permitir el acceso a la información ambiental y promover campañas educativas destinadas a la protección del medio ambiente”[1] El plan de gobierno de Michelle
Bachelet, actual jefa de gobierno, en el ámbito de derecho a la participación
política y social señala que, “…En las diferentes áreas de la vida nacional
como garantía del orden político e institucional y como derecho incluye de los
grupos históricamente excluidos de los espacios de toma de desiciones públicas”[2], es
decir, que el actual gobierno asegura la real participación de los habitantes
del territorio nacional en cualquier aspecto de la vida nacional “…asegurando
la transparencia de las prácticas democráticas y la representación equilibrada
de mujeres y hombres en su vida cotidiana”[3]. La participación ciudadana se
apoya en la ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Cuidadana en la
Gestion Pública. Que establece el marco general sobre asociación: sirviendo de
referencia a todas las asociaciones sin fines de lucro que no tienen un
estatuto jurídico especial, además
consagra el derecho de las personas a participar en la gestión pública, e
indica las condiciones por las cuales dicho derecho hoy pasa a una nueva etapa,
su institucionalización.
|