Modificación a los Artículos 199 bis y 203 del Código Laboral: Protección de la Maternidad, Paternidad y la vida Familiar.


Liceo Hernando De Magallanes - PORVENIR - Región de Magallanes y Antártica Chilena



Nuestra moción potenciaría los derechos laborales  de la familia a través de dos ejes:

1.    El derecho de todo padre o madre a la protección y cuidado de sus hijos.

2.    Derechos de equidad de género en el mundo laboral.

 Planteamos las siguientes modificaciones:

o   Artículo 199 bis:

Sobre el derecho de los trabajadores a velar por sus hijos que tengan dependencia severa personal acreditada. Este artículo da un permiso de diez jornadas laborales que deben restituirse.

Consideramos que es necesario modificar la restitución de las jornadas laborales ocupadas, debiendo ser devueltas la mitad del tiempo utilizado, o según ambas partes acuerden.

Esto se basa en el deber del empleador de ofrecer a sus trabajadores las condiciones óptimas para su desempeño laboral. Según el estudio   “Satisfacción laboral Como Dimensión De La Felicidad”, publicado por la revista Científica Scielo agosto, 2013, “(…) Si ésta es muy baja, arrastra al trabajador al umbral de la insatisfacción; pero si es alta, la satisfacción laboral se percibe también como buena. Se puede decir que la relación causal entre ambas es más intensa desde la felicidad hacia la satisfacción laboral que viceversa.” (H. Gamero M.)

Paralelamente, toda empresa debe aplicar la Responsabilidad Social Empresarial, entendida como:

“(…) un estilo de gestión empresarial, que reconoce  la relación de permanente interdependencia  entre la empresa y sus interlocutores, cuyos intereses asume para el mutuo beneficio.” (Responsabilidad Social Empresarial. Dirección del Trabajo, Santiago 2005)

Por ello, aplíquese los siguientes cambios al artículo 199 bis del Código del Trabajo:

1.    Cámbiese del inciso tercero “El tiempo no trabajado deberá ser restituido (…) mediante imputación a su próximo feriado anual o laborando horas extraordinarias o a través o cualquier forma que convengan libremente las partes” por “La mitad del tiempo no trabajado deberá ser restituido por el trabajador mediante imputación a su próximo feriado anual o laborando horas extraordinarias o a través de cualquier forma que convengan libremente las partes, siempre que no vaya en desmedro del trabajador”

2.    Modifíquese el inciso cuarto “(…) se podrá descontar el tiempo equivalente al permiso obtenido de las remuneraciones mensuales del trabajador…” por “(…) se podrá descontar la mitad del tiempo equivalente al permiso obtenido de las remuneraciones mensuales del trabajador…”

 

o   Artículo 203:

Derecho de acceso a salas cunas de las trabajadoras en su  trabajo cuando el número de estas es igual o mayor a veinte. Derecho  aplicable  para trabajadoras con hijos menores de dos años.

La modificación apunta a que deba otorgarse de manera paritaria el derecho a todo trabajador(a) a sala cuna, para sus hijos menores de dos años.

Esta modificación se basa en la participación biparental de la crianza del menor, abriendo las opciones de elegir la mejor para la familia.

El efecto de este cambio es la disminución de la discriminación laboral de género y  contribuye a las políticas de igualdad, a las que Chile se anexó el año 2000 mediante la declaración del Milenio. Uno de sus fines es “promover la igualdad de entre los géneros y la autonomía de la mujer”. Las estadísticas muestran que hay 30% a 37% más hombres que mujeres cuando se trata de empresas con 5 a 199 trabajadores, según “Encuesta nacional del Empleo” del Instituto Nacional de Estadísticas de Chile, trimestres desde Junio 2013 a Mayo 2014.

Por esto, aplíquese los siguientes cambios al artículo 203 del Código del Trabajo:

1.    Agréguese en los incisos primero y tercero, posterior a la palabra “trabajadoras”, en todas sus repeticiones, lo siguiente: “o trabajadores”

2.    Cámbiese en el inciso quinto, la palabra “la mujer” por “el trabajador o”.

 

Finalmente, la moción del Liceo “Hernando de Magallanes” manda al empleador la obligación de entregar los derechos en los términos modificados.