MOCIÓN: “Readecuación del pago de licencias médicas para un equilibrio económico y psicológico del trabajador”


Colegio Del Alba - COQUIMBO - Región de Coquimbo



I       DEFINICIÓN DE CONCEPTOS.

 

            Dentro del sistema laboral chileno todo trabajador recibe un sueldo por un trabajo realizado. Durante el ejercicio de esta labor, la persona que presta el servicio puede o no poseer una jornada de trabajo, la que cuenta con una cantidad de horas dependiendo del código que lo ampare. Al mismo tiempo, puede ser un trabajador independiente o dependiente. En todos los casos el elemento esencial para poder llevar a cabo el trabajo es la salud del trabajador, la que debe ser íntegra para poder rendir de acuerdo a los términos de producción que el área laboral requiere. Cuando este factor, la salud, falla, se puede recurrir a la licencia médica, la que ya ha sido reglamentada bajo la ley 20.585, promulgada el 26 de abril del año 2012, en la que se expone el establecimiento de regularizaciones que permitan asegurar el otorgamiento adecuado de este beneficio. Por lo tanto, al momento de enfermarse un trabajador, éste podrá asistir ante un profesional médico, el que según la evaluación de salud que le hará podrá, previa autorización de COMPIN, otorgar un periodo específico de ausencia laboral para que pueda recuperarse de su afección, licencia que impedirá al empleador a desvincular contractualmente al trabajador, al mismo tiempo que éste podrá contar con el beneficio del pago por esos días de reposo, tal cual como si los estuviera trabajando.

 

II      EL PROBLEMA.

 

            Partiendo de la base en que el trabajador es el cimiento fundamental para el funcionamiento económico del país, hemos de buscar el bienestar sicológico y económico de los individuos en cuestión. Fonasa y las Isapres tienen un plazo máximo de 60 días  para pagar una licencia médica, por lo tanto, cuando alguien se enferma y presenta una licencia médica, tiene que confiar en lo rápido y eficiente que sea su isapre o fonasa (dependiendo del caso), para que le pague lo más pronto posible. Hay que tener en consideración que una persona que se enferma, lo más probable es que tenga que gastar dinero en remedios, atención médica, hospitalizaciones, etc. Teniendo en cuenta que esta persona tendrá gastos extras en salud y  además existe una incertidumbre con respecto a si recibe su sueldo íntegro a fin de mes dentro del plazo normal, se crea un desequilibrio económico que lo afecta no solo en su estabilidad salarial, sino que lo perjudica psicológicamente debido a las preocupaciones que se desprenden al no tener los recursos para cubrir sus necesidades.

En Chile, existe un 75% de beneficiarios del sistema FONASA, mientras el porcentaje restante está afiliado a algún tipo de Isapre. Por su parte, la cantidad de licencias médicas en el país se ha incrementado considerablemente en los últimos años, aumentando entre el año 2001-2011 en un 8,3%, tan sólo en el sistema privado.

Siendo el trabajador una parte fundamental para formar las bases de una sociedad con una economía estable y un factor determinante en el progreso y en el crecimiento de nuestro país, nos parece que no se ha dado la importancia necesaria para asegurar su bienestar psicológico ni se ha profundizado lo suficiente en esta materia. Esto no solo afecta al trabajador y a su familia, sino también a la empresa u organización a la que pertenece, ya que el estado emocional de la persona afecta, de una forma u otra, a la producción, perjudicando a más de un sector de la sociedad chilena.

 

III     LA  SOLUCIÓN.

 

            Nuestra propuesta busca la modificación de la ley Nº 20.585 pasando la responsabilidad del trabajador de tramitar su licencia frente al COMPIN al empleador, es decir, que se establezca  una interacción directa entre las Isapre y Fonasa con  el empleador.  Proponemos, por tanto, que al trabajador se le cancele su sueldo íntegro a fin de mes para no ver mermado su ingreso mensual, y que sea el empleador el encargado de exigir en reembolso de los dineros directamente al organismo ya mencionado. Ahora bien,  en caso de ser rechazada la licencia, que los descuentos correspondientes a los honorarios del empleado se realicen a partir del segundo mes luego de haberse reintegrado el trabajador. Así, éste sabrá que tendrá un descuento y podrá organizar su economía evitando los gastos excesivos y fomentando el ahorro familiar.

Creemos que llevando a cabo estas  modificaciones lograríamos una seguridad emocional en el obrero conllevando a una mejora en la actitud para desarrollar sus funciones.