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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 16.775

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE PARA EXPROPIAR TERRENOS DE DIVERSAS POBLACIONES Y TRANSFERIRLOS A SUS ACTUALES OCUPANTES

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Víctor Benito Contreras Tapia. Fecha 23 de agosto, 1966. Moción Parlamentaria en Sesión 51. Legislatura Ordinaria año 1966.

2.- MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR CONTRERAS TAPIA CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE DETERMINADOS TERRENOS, UBICADOS EN LA COMUNA DE IQUIQUE, A SUS ACTUALES OCUPANTES.

Honorable Senado:

La I. Municipalidad de Iquique enfrentada, hace ya algunos años, a la necesidad de proporcionar sitios en los cuales pudieran levantar sus habitaciones los miles de trabajadores que emigraron hacia la costa al producirse el cierre de las oficinas salitreras del interior, debió adoptar diversos acuerdos para autorizar su instalación en terrenos que aparecían como de propiedad municipal.

Posteriormente se estableció que dichos terrenos pertenecían a particulares, lo que ha determinado una infinidad de problemas de índole social y jurídica que afectan especialmente a los pobladores allí establecidos que encaran la posibilidad de un desalojo. Incluso se ha interpuesto una querella en contra de los regidores de la I. Municipalidad, por supuesta usurpación de terrenos, por haber concurrido con sus votos a la aprobación de los loteos correspondientes.

Ante la gravedad de la situación y teniendo en cuenta la magnitud del problema que aqueja a los pobladores; que los propietarios de los terrenos los tuvieron abandonados durante muchos años y la necesidad de eximir de toda responsabilidad a los Regidores que actuaron, en el entendido que se trataba de terrenos municipales, motivados por la urgencia de proporcionar vivienda a miles de modestas familias, vengo en someter a la consideración del H. Senado el siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1º- Decláranse exentos de toda responsabilidad, legal pecuniaria o de cualquiera naturaleza, a los Regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de dicha comuna.

Artículo 2º- Decláranse de utilidad pública los terrenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planos de loteo aprobados por la Municipalidad.

Artículo 3°- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo deberá expropiar con sus propios recursos y transferir gratuitamente a la Municipalidad de Iquique los terrenos a que se refiere el artículo 1º. La Municipalidad deberá otorgar, dentro de sesenta días contados desde la fecha de la transferencia, títulos gratuitos de dominio a los actuales ocupantes de los terrenos señalados.

Artículo 4º- Declárase que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberán inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios.

(Fdo.) : Víctor Contreras Tapia.

1.2. Informe Comisión Legislativa

Senado. Fecha 15 de septiembre, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 77. Legislatura Ordinaria año 1966.

?6.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN LA MOCION SUSCRITA POR EL H. SENADOR SEÑOR CONTRERAS TAPIA, POR LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE DETERMINADOS TERRENOS, UBICADOS EN LA COMUNA DE IQUIQUE, A SUS ACTUALES OCUPANTES.

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Gobierno ha estudiado una Moción suscrita por el H. Senador señor Contreras Tapia, por la que inicia un proyecto de ley que dispone la transferencia de determinados terrenos, ubicados en la comuna de Iquique, a sus actuales ocupantes.

Años atrás, la Municipalidad de Iquique se vio abocada a buscar solución al grave problema social que significaba tener que proporcionar sitios adecuados a una gran masa de trabajadores cesantes a consecuencia del cierre de las oficinas salitreras, para que pudieran levantar sus viviendas. Frente a esta emergencia, la citada Corporación adoptó una serie de acuerdos para autorizar su instalación en terrenos aparentemente municipales.

Posteriormente se estableció que esos predios eran particulares, lo que, evidentemente, trajo como consecuencia que sus dueños entablaran diversas acciones judiciales en contra de los ocupantes y de los regidores que concurrieron con sus votos a la adopción de los acuerdos referidos.

Vuestra Comisión, dados los antecedentes expuestos, consideró necesario someter a vuestra aprobación el siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- Decláranse exentos de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquiera naturaleza, a los Regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de dicha comuna.

Artículo 2°.- Decláranse de utilidad pública los terrenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planos de loteo aprobados por la Municipalidad.

Artículo 3°.- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo deberá expropiar con sus propios recursos y transferir gratuitamente a la Municipalidad de Iquique los terrenos a que se refiere el artículo 1º. La Municipalidad deberá otorgar, dentro de sesenta días contados desde la fecha de la transferencia, títulos gratuitos de dominio a los actuales ocupantes de los terrenos señalados.

Artículo 4°.- Declárase que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberán inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios."

Sala de la Comisión, a 13 de septiembre de 1966.

Acordado con asistencia de los HH. Senadores señores Bulnes (Presidente), Foncea, Luengo y Rodríguez.

(Fdo.): Luis Valencia Avaria, Secretario.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 06 de junio, 1967. Diario de Sesión en Sesión 5. Legislatura Ordinaria año 1967. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

TRANSFERENCIA DE DETERMINADOS TERRENOS UBICADOS EN LA COMUNA DE IQUIQUE.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

A continuación, corresponde tratar un informe de la. Comisión de Gobierno, recaído en la moción del Honorable señor Víctor Contreras, con la que inicia un proyecto de ley que dispone la transferencia de determinados terrenos, ubicados en la comuna de Iquique, a sus actuales ocupantes.

El informe, suscrito por los Honorables señores Bulnes Sanfuentes (presidente), Foncea, Luengo y Rodríguez, recomienda aprobar la iniciativa.

-El proyecto figura en los Anexos de la sesión 51ª, en 23 de agosto de 1966, documento Nº 2, pagina 3186, y el informe, en los de la sesión 77ª, en 15 de septiembre de 1966, documento N° 6, pagina 4061.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En discusión general.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

El proyecto en debate tiene por finalidad entregar a la Municipalidad de Iquique los terrenos actualmente ocupados por varias poblaciones de la ciudad de ese nombre. Saben los señores Senadores que uno de los graves problemas que afectan a dicha ciudad es la falta de saneamiento de títulos de propiedad, por razones de todos sabidas. También es suficientemente conocido el problema derivado de los numerosos sitios eriazos existentes en el sector urbano de Iquique.

La Municipalidad loteó, en su oportunidad, los terrenos de las poblaciones José Miguel Carrera, Norte Hospital, Aeropuerto, Pasaje Chorrillos y otras ubicadas en la comuna. Pero, ¿qué ocurrió? Hace algunos meses, se inició un juicio en contra de los regidores de esa ilustre Municipalidad, por haber loteado terrenos que no eran de propiedad municipal. El número de las personas afectadas, que ocupan en estos instantes las poblaciones mencionadas, alcanza a cerca de dos mil. Los regidores se encuentran abocados a un juicio. El proyecto tiene por objeto liberarlos de la responsabilidad correspondiente; expropiar los terrenos por cuenta del Ministerio de la Vivienda, y entregarlos a la Municipalidad, a fin de que ésta los transfiera, a su vez, a sus actuales ocupantes. Debo hacer presente que con ello se repararía el daño que puede ocasionar el juicio seguido contra los ediles y se evitaría un posible lanzamiento de los ocupantes de los predios, que acarrearía un problema de carácter social extremadamente serio. Esos ocupantes han realizado grandes sacrificios, pues los terrenos que ocupan no estaban urbanizados. Es así como han debido romper rocas; habilitar calles -si así se las puede llamar- y resolver problemas de alcantarillado, agua potable, alumbrado público y otros servicios elementales, con los consiguientes desembolsos.

Ruego a los señores Senadores se sirvan aprobar el proyecto en debate, acogido por la unanimidad de la Comisión de Gobierno, con el propósito de llevar tranquilidad a los habitantes de las poblaciones mencionadas y, asimismo, evitar el juicio pendiente basado en que no son de propiedad municipal los terrenos cedidos por los regidores.

-Se aprueba en general el proyecto y, asimismo, en particular, por no haber sido objeto de indicaciones.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 13 de junio, 1967. Oficio en Sesión 2. Legislatura Ordinaria año 1967.

?10.-OFICIO DEL SENADO

"N° 2459.- Santiago, 8 de junio de 1967.

Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley:

Artículo 1°.- Decláranse exentos de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquier naturaleza, a los Regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de dicha comuna.

Artículo 2°.- Decláranse de utilidad pública los terrenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planos de loteo aprobados por la Municipalidad.

Artículo 3°.- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo deberá expropiar con sus propios recursos y transferir gratuitamente a la Municipalidad de Iquique los terrenos a que se refiere el artículo l9. La Municipalidad deberá otorgar, dentro de sesenta días contados desde la fecha de la transferencia, títulos gratuitos de dominio a los actuales ocupantes de los terrenos señalados.

Artículo 4°.- Decláranse que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberá inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios".

Dios guarde a V. E.

(Fdo.): Luis Fernando Luengo Escalona.- Pelagio Figueroa Toro".

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe Comisión Legislativa

Cámara de Diputados. Fecha 05 de septiembre, 1967. Informe Comisión Legislativa en Sesión 41. Legislatura Ordinaria año 1967.

?62.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR

"Honorable Cámara:

Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros un proyecto de ley, originado en el Honorable Senado, que dispone la transferencia a sus actuales ocupantes de determinados terrenos ubicados en la comuna de Iquique.

La materia de ley en informe tiene por objeto dar solución a un problema planteado a la Municipalidad de Iquique y a los ocupantes de unos terrenos ubicados en esa comuna.

En efecto Honorable Cámara, con motivo del grave problema social que afectó a la provincia de Tarapacá por el cierre de las oficinas salitreras hace algunos años atrás, una parte considerable de los trabajadores que laboraban en las oficinas que fueron paralizadas, se trasladó a la ciudad de Iquique en busca de una actividad que Ies permitiera atender a su subsistencia y la de sus familias. Para ello fue necesario primero permitirles el uso de algunos terrenos con el objeto de que construyeran sus modestas viviendas.

La Municipalidad de Iquique consciente de su responsabilidad social de otorgar' los medios, dentro de sus escasas disponibilidades, para habilitar viviendas a sus nuevos pobladores, optó erróneamente por destinar para dicho efecto unos terrenos que creyó ser de propiedad municipal, en circunstancias que tenían sus legítimos propietarios.

Este hecho motivó que los dueños de] predio entablaran diversas acciones judiciales en contra de los ocupantes y de los regidores que concurrieron con sus votos a la adopción de los acuerdos respectivos.

Es indudable que la Municipalidad de Iquique si hubiera tenido conocimiento oportuno de que los terrenos en referencia 110 eran de su propiedad, no habría adoptado los acuerdos que adoptó y habría dispuesto de otros predios para la misma finalidad. Sin embargo, ello es, en cierto modo explicable, atendida la emergencia de las circunstancias en que dichos hechos se produjeron, lo cual si bien no justifica esta actitud, atenúan su gravedad por los objetivos perseguidos.

El proyecto del Honorable Senado establece, en primer término, que se exime de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquier naturaleza a los regidores de esa Municipalidad, que concurrieron con sus votos a los loteos que forman las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de esa comuna. En esta forma se resuelve la culpabilidad que afectaría a la autoridad municipal por las resoluciones que adoptó.

La Comisión incorporó a dicho artículo, en la parte pertinente, a la población Arturo Prat que se formó en los terrenos objeto de esta controversia.

Eh segundo término, se declaran de utilidad pública todos estos predios, de conformidad a los planos de loteo aprobados por «dicha Municipalidad.

Por el artículo 3°, se autoriza a la Municipalidad referida para expropiar esos terrenos y transferirlos a sus' actuales ocupantes, los cuales los adquirirán al valor que se fije en relación al monto de la indemnización que se pague. El precio que resulte será pagado por los ocupantes en un plazo no inferior a cinco años.

Finalmente, se consulta una disposición que declara que los loteos en referencia cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes, y los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces correspondientes, deberán inscribir sin más trámite los instrumentos públicos requeridos.

Estima vuestra Comisión que es de toda conveniencia dar solución, también, al problema de la vivienda de los ocupantes de los predios mencionados, que junto con «construir sus habitantes en ellos, han realizado mejoras y otras obras de beneficio comunitario.

Por las razones expuestas vuestra Comisión os propone la aprobación del siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- Decláranse exentos de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquiera naturaleza, a los regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de dicha comuna.

Artículo 2°.- Decláranse de utilidad pública los terrenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planes de loteo aprobados por la Municipalidad.

Artículo 3°.- Autorízase a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que se refiere el artículo l9 de la presente ley, y para transferirlos posteriormente a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de 90 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley.

Los terrenos indicados en el inciso anterior, serán adquiridos por dichos ocupantes y el precio que se fije se pagará en sesenta mensualidades.

Para determinar el monto de la indemnización que corresponde al expropiado, no se tomará en cuenta el mayor valor que pudiere tener el predio expropiado, con motivo de las obras de urbanización ejecutadas, o de las mejoras o construcciones que existan en el inmueble, salvo que el expropiado acredite que tales obras han sido costeadas por él.

Artículo 4°.- Declárase que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberá inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios.".

Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1967.

(Fdo.) : Orlando Poblete. Osvaldo Basso. Gustavo Cardemil.

Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Santibáñez (Presidente accidental), Acevedo, Cardemil, Poblete, Fuenzalida, Basso, Suárez, Papic y Valente.

Se designó Diputado informante al Honorable señor Valente.

(Fdo.) : José Manuel Matte Yáñez, Secretario de Comisiones."

2.2. Discusión en Sala

Fecha 05 de septiembre, 1967. Diario de Sesión en Sesión 41. Legislatura Ordinaria año 1967. Discusión General. Se aprueba en particular con modificaciones.

TRANSFERENCIA DE TERRENOS A SUS OCUPANTES EN IQUIQUE, PROVINCIA DETARAPACA

El señor PARETO ( Vicepresidente).-

Se constituye la Sala en sesión pública.

Como ha sido retirada la oposición, solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar, sin debate, el proyecto que transfiere a sus actuales ocupantes algunos terrenos en varias poblaciones de la ciudad de Arica.

Acordado.

El proyecto, impreso en el boletín N° 10.763, es el siguiente:

"Artículo 1°.- Declárase exentos de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquier naturaleza, a los regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Migue Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos, de dicha comuna.

Artículo 2°.- Decláranse de utilidad pública los terrenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planes de loteo aprobados por la Municipalidad.

Artículo 3°.- Autorízase a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que se refiere el artículo 1° de la presente ley, y para transferirlos posteriormente a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de 90 días, contados desde la fecha de publicación de esta ley.

Los terrenos indicados en el inciso anterior, serán adquiridos por dichos ocupantes y el precio que se fije se pagará en sesenta mensualidades.

Para determinar el monto de la indemnización que corresponde al expropiado, no se tomará en cuenta el mayor valor que pudiere tener el predio expropiado, con motivo de las obras de urbanización ejecutadas, o de las mejoras o construcciones que existan en el inmueble, salvo que el expropiado acredite que tales obras han sido costeadas por él.

Artículo 4°.- Declárase que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberá inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios."

El señor PARETO ( Vicepresidente).-

En votación general el proyecto.

Si les parece a los señores Diputados, se aprobará.

El señor MONARES. -

De acuerdo.

El señor PARETO ( Vicepresidente).-

Aprobado.

Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.

Terminada la votación del proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 06 de septiembre, 1967. Oficio en Sesión 42. Legislatura Ordinaria año 1967.

?1.- PROYECTO DE LEY, EN TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE DISPONE LA TRANSFERENCIA A SUS ACTUALES OCUPANTES DE DETERMINADOS TERRENOS UBICADOS EN LA COMUNA DE IQUIQUE.

La Cámara de Diputado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley remitido por el Honorable Senado que dispone la transferencia a sus actuales ocupantes de determinados terrenos ubicados en la comuna de Iquique, con las siguientes modificaciones:

Artículo 1°

Ha agregado entre las expresiones "Aeropuerto" y "O'Higgins", la siguiente: "Arturo Prat".

Artículo 3°

Ha sido sustituido por el siguiente:

"Artículo 3°.- Autorízase a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que se refiere el artículo 1° de la presente ley, y para transferirlos posteriormente a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de noventa días, contado desde la fecha de publicación de esta ley.

Los terrenos indicados en el inciso anterior serán adquiridos por dichos ocupantes y el precio que se fije se pagará en sesenta mensualidades.

Para determinar el monto de la indemnización que corresponda al expropiado, no se tomará en cuenta el mayor valor que pudiere tener el predio expropiado, con motivo de las obras de urbanización ejecutadas, o de las mejoras o construcciones que existan en el inmueble, salvo que el expropiado acredite que tales obras san sido costeadas por él."

Artículo 4°

Ha sustituido la forma verbal "deberá" por "deberán".

Lo que tengo a honra decir á V. E., en respuesta a vuestro oficio N° 2459, de fecha 8 de junio del año en curso. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E.

(Fdo.) : Alfredo Lorca Valencia.- Eduardo Cañas Ibáñez.

2.4. Discusión en Sala

Fecha 08 de febrero, 1968. Diario de Sesión en Sesión 59. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968. Discusión Particular. Se aprueba en particular con modificaciones.

PRORROGA DE VIGENCIA DEL IMPUESTO A LA RENTA MINIMA PRESUNTA.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Corresponde tratar el segundo informe de la Comisión de Hacienda, suscrito por los Honorables señores Rodríguez (presidente), Contreras Labarca, Bossay, Jaramillo y Pablo, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que prorroga la vigencia del impuesto a la renta mínima presunta.

-Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 54ª, en 23 de enero de 1968.

Informes Comisiones de:

Hacienda, sesión 56ª, en 31 de enero de 1968.

Hacienda (segundo), sesión 58ª, en 8 de febrero de 1968,

Discusiones:

Sesión 57ª, en 6 de febrero de 1968 (se aprueba en general).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Comisión recomienda a la Sala aprobar las modificaciones al primer informe. Al mismo tiempo, deja constancia de que no fueron objeto de indicaciones ni modificaciones los artículos 6º, 7º, 9º, 11, 13 y 16, que pasa a ser 38.

Con relación al artículo 1°, recomienda agregar como inciso segundo el siguiente nuevo: "Tratándose de contribuyentes que tengan más de 65 años de edad se calculará el impuesto referido en este artículo considerándose exenta la renta que no exceda de Eº 8. 000 ni gravada la que exceda en conformidad a la escala anterior".

En el inciso segundo del mismo artículo, que pasa a ser 3º, agregar la siguiente frase, sustituyendo el punto final por una coma: "a excepción de la que resulte de aplicar a las rentas inferiores a Eº 20. 000 en que esta rebaja será del 100%".

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor PABLO.-

En los términos en que viene redactado el artículo, significa rechazar la escala propuesta por el Ejecutivo. Ello tiene gravedad desde el punto de vista del financiamiento general del proyecto, puesto que en tales condiciones el menor rendimiento será del orden de los 50 millones de escudos; vale decir, con esta nueva escala se reduce a 67 millones de escudos el ingreso calculado por concepto de impuesto, patrimonial.

Nosotros habíamos elevado notablemente las exenciones tributarias de este impuesto con relación a la ley anterior, la cual gravaba los patrimonios superiores a seis sueldos vitales. En cifras redondas, a seis sueldos vitales corresponde un capital de 30 mil escudos, aproximadamente, que el proyecto elevó a 50 mil escudos. Sin embargo, la Comisión estimó que la cantidad exenta de impuesto debía aumentarse a 80 mil escudos, con lo cual, como es evidente, el rendimiento disminuye en forma notoria respecto del presupuesto para los efectos de financiar el reajuste para los empleados fiscales.

Tal como expresé con anterioridad -y como consta en el informe-, si el Ejecutivo procedió a desglosar esta iniciativa del financiamiento general del proyecto de reajustes, se debió a problemas de carácter técnico-administrativo y con el propósito de que, en una sola declaración y una oportunidad la Oficina d Impuestos internos pudiera procesar en su totalidad los impuestos.

Concurrí con mi voto favorable a la indicación que aparece aprobada en el artículo 1° en cuanto a eximir del impuesto patrimonial a los contribuyentes de más de 65 años de edad y con un capital inferior a 100 mil escudos. Desde luego, rechacé la indicación presentada con el. objeto de que las personas de más de 60 años de edad, cualquiera que fuera su patrimonio, estuvieran liberadas del pago de dicho impuesto. Las razones son muy simples: hay personas de más de 60 años cuyo patrimonio puede ser cuantiosísimo, y, es lógico que deben contribuir a financiar los gastos públicos. Mas, tratándose de personas con más de 65 años de edad que ya no pueden obtener ingresos por su edad e inactividad, he creído conveniente apoyar la idea de liberarlas del pago del tributo si su capital no excede de 100 mil escudos.

Finalmente, no presté mi aprobación a la indicación según la cual puede deducirse del total del impuesto patrimonial que deba pagarse el total de lo que se hubiera pagado por concepto de global complementario. Tal indicación desfinancia aún más el proyecto. Tengo conciencia de ello. Por estas consideraciones, también pediré votación separada de ambas indicaciones.

El señor BOSSAY.-

Nosotros estuvimos en desacuerdo con la idea de despachar en esta oportunidad el proyecto para legislar sobre el impuesto patrimonial, llamado ahora de renta mínima presunta. Tal posición obedece al propósito de no otorgar recursos -mucho menos con este tipo de impuesto que ahora se repite- mientras no tomáramos conocimiento en detalle de la ley de reajustes. En otras palabras, para defender con la única herramienta que el Parlamento tiene el otorgamiento de un reajuste adecuado a empleados y obreros de los sectores público y privado. Y no sólo en términos justos en lo que atañe a cantidad, sino al medio de pago, pues estimamos apropiado dar el reajuste exclusivamente en dinero y no en bonos u otra forma parecida.

Tanto en la Comisión de Hacienda como la mayoría del Senado aprobó la idea de legislar sobre la materia.

El Partido Radical ha expresado su pensamiento en lo relativo a defender a los pequeños contribuyentes y a las personas de escaso patrimonio. Por ello presentamos indicación, aprobada por mayoría en la Comisión dé Hacienda, con el objeto de modificar la escala de exenciones propuesta por el Ejecutivo, que era hasta 50 mil escudos. Con nuestra indicación, los patrimonios exentos serán hasta 80 mil escudos. Es decir, con 8% del valor del patrimonio, la cantidad mínima por pagar es ahora de Eº 6. 400.

Como el propósito del Partido Radical era y es defender a las personas de bajos patrimonios -en ese sentido no le ha guiado ninguna otra intención- contribuyó con sus votos, y lo hará nuevamente ahora en la Sala, a aprobar una escala que, aparte exceptuar de pago a los bajos patrimonios, aumenta la contribución para los altos.

Los colegas de la Comisión de Hacienda recordarán que, en la discusión general, planteé la situación en nombre de mi partido. Incluso leí algunos datos con relación a los patrimonios superiores a 500 mil escudos. Esa opinión favorable a gravar los patrimonios altos mantenida en la Comisión por el Partido Radical, la sustentaremos en la Sala. Por lo tanto, dará su voto favorable a la escala propuesta por la Comisión de Hacienda para la renta mínima presunta.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

En cuanto al artículo 1° en debate, conviene aclarar en este momento que la escala propuesta no es materia de discusión. Ni el Ejecutivo ni los señores Senadores han formulado indicación para alterar el texto aprobado en el primer informe de la Comisión de Hacienda.

A pesar de ello, quiero decir algunas palabras en respuesta a lo expresado por el Honorable señor Pablo respecto de dicha escala. En realidad, el Partido Comunista ha sido partidario y ha apoyado la inclusión de este impuesto -denominado ahora de renta mínima presunta- en la legislación tributaria. Sin embargo, oportunamente dejé constancia de que no compartimos algunas de sus disposiciones, por implicar ellas manifiestas injusticias que afectan, en especial, a los patrimonios de los contribuyentes más modestos del país. Y nuestra colectividad está deseosa - siempre lo ha demostrado, tanto en la Sala como en sus actividades públicas- de luchar en defensa de los intereses de aquellos sectores sociales.

Es evidente que, desde el punto de vista tributario, esta escala es más justa que la contenida en la legislación precedente y también que la propuesta por el Ejecutivo, ya aprobada por la Cámara de Diputados.

A nuestro juicio, el gravamen que afectara a los contribuyentes modestos y medios es excesivo. Por eso, hemos aprobado este escala que alivia en parte el peso de la tributación que recaerá sobre esos sectores. Precisamente, respetando este mismo propósito, hemos formulado en la Comisión de Hacienda la indicación al inciso segundo -que ahora pasa a ser tercero- del artículo 1° del proyecto, y que tiene por objeto otorgar a los contribuyentes del primer tramo de la escala el derecho a deducir del impuesto, no el 50, % del monto del global complementario, sino el 100% de dicho tributo. Primitivamente, habíamos sugerido que la deducción abarcara los dos primeros tramos de la escala -propósito bastante modesto, por lo demás-, pero la Comisión aprobó esta exención sólo respecto del primer tramo.

Como puede apreciarse, los fundamentos de nuestra indicación son notorios, pues es preciso aliviar en todo lo posible la carga tributaria, ya que, como todos sabemos, el sistema impositivo de nuestro país es sumamente regresivo y afecta a las rentas modestas en general.

Por otra parte, recordemos que el Gobierno se ha comprometido a presentar ante el Congrego Nacional un proyecto de reforma tributaria, compromiso que, después de tres años, no ha cumplido. Asimismo, el Ejecutivo, en particular, y, personalmente, su Ministro de Hacienda, se comprometieron a traer un proyecto de racionalización de franquicias, en lo cual tampoco han cumplido. De modo que mientras, por una parte, se aumentan las exenciones, pues en la iniciativa en discusión se pretende introducir nuevas franquicias, a pesar del rechazo existente en el país a este sistema de tributación o exención de impuestos. A pesar de ello, como digo, el peso de los tributos debe aliviarse a favor de los contribuyentes modestos. Lo decimos muy abierta y claramente, porque ha de ser la norma que seguiremos en el curso de este debate y en la discusión de cualquiera otra medida o proyecto de ley que se proponga por parte del Ejecutivo.

Votaremos, por consiguiente, a favor de las indicaciones a que ha dado lectura el señor Secretario.

El señor IBAÑEZ.-

Al iniciarse el debate de este proyecto, debo decir algunas palabras sobre el carácter insólito de la iniciativa que estamos discutiendo. Sostuvimos, en su oportunidad, que este proyecto del Gobierno carece de toda justificación, porque establece impuestos sin determinar su destino. Tampoco se ha dado ninguna otra explicación que lo justifique.

Este proyecto carece de idea central, porque la creación de tributos es siempre una idea adjetiva. Se establecen impuestos para una finalidad determinada, para financiar un gasto o para realizar una obra; pero no se los puede establecer porque sí. No se puede crear tributos simplemente para incrementar los recursos de las arcas fiscales. Y de ello nace, a nuestro juicio, la situación irregular creada con esta iniciativa.

Ha sido motivo de preocupación para los Senadores el hecho de haberse incluido, tanto por la vía de las indicaciones enviadas por el Ejecutivo como de las formuladas por los Honorables colegas, referentes a materias variadas, inconexas, ajenas a lo que debiera ser el propósito central del proyecto que en este caso no existe. Porque hay que preguntarse, ¿cuál es el propósito central de la iniciativa que estamos discutiendo? Ese propósito no está expresado en parte alguna en el proyecto enviado por el Ejecutivo. Sólo en la Comisión de Hacienda, a instancias del Honorable señor Bossay, en el artículo 38, se destinó el producido de los impuestos que ahora se discute a una finalidad determinada.

No ha habido, por lo tanto, idea central respecto de la cual tuviese que legislar el Senado. Lo hago así presente, porque seguramente el Gobierno habrá de rasgar vestiduras con motivo de las diversas materias incluidas en el Senado respecto de muchas de las cuales nosotros también coincidimos en que no debieron agregarse. Así lo haremos constar cuando corresponda pronunciarse acerca de cada uno de esos artículos.

Dado el carácter irregular de este proyecto, nosotros propusimos suspender el debate hasta que el Gobierno envíe el proyecto de reajuste, esperado por el país entero y que hemos solicitado insistentemente. Por desgracia, tal idea no prosperó

y hoy día debemos pronunciarnos sobre esta iniciativa.

Con relación al artículo 1°, debo decir que su inciso segundo, incluido por iniciativa del Senador que habla, establece una exención en favor de los contribuyentes que hayan cumplido más de sesenta y cinco años de edad. A mi juicio, esta idea es de absoluta justicia. Creo además que el Congreso, que demuestra tanta afición a legislar en materia de jubilación, también cabe considerar la conveniencia y justicia de jubilar a los contribuyentes que durante toda su vida han estado allegando recursos para los gastos que el Parlamento y el Gobierno acuerdan.

Pero, en realidad, no era ésa la inspiración de mi iniciativa. El propósito que me guió fue preocuparnos de los vastos sectores de personas de edad madura que no pueden trabajar y que encontrándose en situación extremadamente angustiosa y hasta dramática, piden que se los proteja del despojo total que para ellos significa el impuesto al patrimonio. Tal fue la razón que me movió a presentar mi indicación.

Debo agradecer a los señores Senadores que tuvieron la amabilidad de acogerla. Sin embargo, estimo que las limitaciones que se le impusieron -yo estaba perfectamente llano a establecer algunas- han ido demasiado lejos. Debió haberse legislado con mayor amplitud a favor de esas personas de edad. En todo caso, ha quedado aceptada al menos esta idea central, y confío en que, mediante leyes posteriores, será posible liberar a esos contribuyentes de una carga que, en verdad, ya no pueden soportar.

En este aspecto, debo, además, rechazar en forma terminante la imputación injuriosa que me hizo ayer un diario de la tarde, al sostener que yo había presentado esta indicación porque ella me beneficiaba personalmente. Los Honorables colegas conocen mis actuaciones políticas y saben que jamás podría yo proceder en la forma como ese diario supone. Tal imputación, además de injuriosa y falsa, es ridicula, pues yo me encuentro a mucha distancia del límite de los sesenta años de edad que había propuesto en mi indicación primitiva. Por otra parte, el día que cumpla esa edad, creo que no quedará gran cosa de la Democracia Cristiana; y si algo quedare...

El señor PABLO.-

Quedará algo más que del partido de Su Señoría.

El señor IBAÑEZ.-

Eso lo veremos, señor Senador.

En toda forma, de la Democracia Cristiana quedará el recuerdo imborrable de sus esfuerzos por destruir la economía del país y por aplastar a los hombres de trabajo. Eso no se borrará, por muchos años que pasen.

Termino señalando un aspecto muy importante de este debate, y recojo, para ello, las palabras pronunciadas por el Honorable señor Pablo.

Su Señoría dijo que este proyecto se desfinancia gravemente por la modificación de la escala que acordó la Comisión de Hacienda. ¿En qué consiste la enmienda de la Comisión? En rebajar las tasas de impuestos para los ingresos de cuantía más pequeña y en aumentarlas considerablemente para los ingresos superiores. No obstante esto último, el Honorable señor Pablo, reconoce que el impuesto rendirá tal vez menos de la mitad de lo esperado por el Ejecutivo. Deseo poner de realce esta circunstancia, porque ella viene a demostrar lo que tanto hemos recalcado aquí: cuando se incurre en gastos tan desorbitados como los de este Gobierno, no queda otro camino, para financiarlos, que gravar a los sectores de menores ingresos, porque los recursos de los sectores más pudientes son muy inferiores a lo* que el Ejecutivo supone. No hay otra posibilidad de financiar los derroches del Gobierno.

Ha quedado en claro, por lo tanto, que sólo es posible financiar este tipo de iniciativas recurriendo al establecimiento de impuestos que gravitan pesadamente sobre contribuyentes de rentas modestas, muchos de los cuales ni siquiera disponen de lo necesario para subsistir.

Quiero puntualizar este hecho, que surge de las palabras del Honorable señor Pablo, y que, por lo demás, cualesquiera de los Senadores presentes podrá comprobar al estudiar el rendimiento del proyecto.

El señor PABLO.-

No deja de ser curiosa la manera de argumentar del Honorable señor Ibáñez.

Expresé que el proyecto dará menor rendimiento, porque así lo informó el Servicio de Impuestos Internos, según sus cálculos, y señalé, de acuerdo con las diversas escalas, qué personas o sectores serían afectados y en qué forma se reducirían los ingresos.

Se asegura que con esta nueva escala se está salvando de la miseria tributaria a muchas personas modestas, en circunstancias de que lo cierto es que han estado gravadas por este mismo impuesto aquellos cuyo capital es de seis sueldos vitales, o sea, como ya expresé, de treinta millones de pesos, aproximadamente. El Ejecutivo amplió la exención a cincuenta millones de pesos, para liberar del impuesto a los sectores medios de la población, en gran medida. Ahora se afirma que también esa exención es insuficiente. Lo cierto es que siempre que el Ejecutivo sugiere un límite, la Oposición califica tal límite de insuficiente, injusto, e inaceptable. Este es el juego permanente al cual estamos abocados, y del cual resulta que todo cuanto propone el Gobierno es siempre poco.

Si el Ejecutivo construye dos mil o tres mil escuelas, éstas son pocas, porque faltan otras tantas. Si hace reforma agraria para mil hectáreas, se dice que es poco, que debería hacerla para cuatro mil hectáreas.

El señor IBAÑEZ.-

Para cien mil campesinos, lo cual es diferente.

El señor PABLO.-

En otro plano si el Ejecutivo propone un reajuste de veintidós por ciento, de acuerdo con el alza del costo de la vida, se dirá que debe ser de treinta por ciento como mínimo, y de allí partirán las peticiones. Cualquiera que sea la proposición que haga el Ejecutivo, siempre habrá algún sector del Parlamento dispuesto a decir que es poco lo que se está otorgando.

No estoy apoyando la tesis del Honorable señor Ibáñez. No la he compartido. Lo que dije fue que el rendimiento del proyecto, de ciento quince millones de escudos -mejor dicho, de noventa y dos millones de escudos, pues hay un ingreso por concepto del impuesto adicional-, disminuirá a sesenta y siete millones de escudos. Así lo afirman los informes de la Comisión de Hacienda. Por lo tanto, desde ese ángulo, yo no he participado de la tesis del señor Senador.

Además, rechazo en forma enfática la permanente actitud de Su Señoría de acusar de derroche a esta Administración. Para el Honorable señor Ibáñez, es derroche haber hecho una real reforma agraria en el país.

El señor CURTI.-

¡ Cómo no... !

El señor IBAÑEZ.-

¿Es poco, acaso, lo que se ha gastado en estos tres años?

El señor PABLO.-

Comprendo que para mi Honorable colega sea derroche la actitud de un Gobierno que quiere cambiar la estructura social de Chile; que considere derroche haber aumentado la escolaridad en el país, para permitir a los sectores medios llegar a las escuelas...

El señor IBAÑEZ.-

¡Jamás dije tal cosa!

El señor PABLO.-

... o bien, que hayamos creado diez mil nuevas plazas de profesores y que hoy estemos dando preparación técnica a más de veinticinco mil alumnos.

El señor CURTI.-

¡Que viven en huelga... !

El señor PABLO.-

Todo esto es derroche para Su Señoría, porque ningún otro Gobierno lo hizo antes.

El criterio es no permitir la acción de un Gobierno tendiente a poner en marcha al país y para justificar la actitud negativa frente a la dificultad para financiar esa acción, se dice que hay derroche. No lo hay. Existen, sí, una política social adecuada, un esfuerzo nacional por mejorar las condiciones educacionales del país, porque el primer capital de un pueblo son sus hombres, sus mujeres, aquellos que realizan un trabajo.

El señor CURTI.-

¡Viven en huelga... !

El señor PABLO.-

Para realizar esa tarea, hemos necesitado miles de millones de pesos. Hemos duplicado el presupuesto de la educación.

El señor IBAÑEZ.-

Esta Administración ha aumentado en veintisiete mil los cargos públicos.

El señor PABLO.-

Desde luego, creamos diez mil o quince mil nuevas plazas de profesores.

El señor IBAÑEZ.-

Fuera de los profesores.

El señor PABLO.-

Por lo demás, es un aumento que está de acuerdo con el crecimiento vegetativo que muestra la población todos los años, y que en promedio es de 2, 5 por ciento.

En este Gobierno no ha sucedido lo que ocurrió durante la Administración del señor Alessandri. Entonces nuestro Honorable colega, tan fiscalizador, propuso una disposición legal para reducir el número de funcionarios de la Administración Pública, de la cual salieron tres mil e ingresaron siete mil personas; y no para lograr mayor desarrollo.

El señor IBAÑEZ.-

No es efectivo, señor Senador.

El señor PABLO.-

Por lo expuesto, rechazo el punto de vista del Honorable señor Ibáñez.

En cuanto al Honorable señor Contreras Labarca...

El señor CURTI.-

Ahora habla más suavemente Su Señoría.

El señor PABLO.-

No, señor Senador. Todo depende del tono con que se digan las cosas.

Mi Honorable colega el señor Contreras Labarca se opone al otorgamiento de franquicias. Sus Señorías lo han escuchado. A su juicio, el país está perdido por efecto de las franquicias existentes. Sin embargo, no hace quince días discutimos las aplicables a la provincia de Magallanes; y entonces para el Honorable señor Contreras Labarca todas ellas eran pocas.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Ahora son demasiadas.

El señor PABLO.-

Aún más: en este mismo proyecto se establece una franquicia -porque en el fondo es un beneficio de orden tributario- para la industria cinematográfica, a juicio del Senador que habla pésimamente estudiada en la Comisión, que fue aprobada con los votos de Senadores de esas bancas.

El señor LUENGO.-

Y el suyo.

El señor PABLO.-

No, señor Senador. Yo acepté autorizar la internación, liberados del pago de derechos de aduana, de los elementos necesarios para desarrollar determinada industria. Pero, honradamente -perdóneme Su Señoría la expresión-, a mi juicio constituye escándalo devolver, tal como propone la indicación, el impuesto -que alcanza aproximadamente 15% del "borderó"- por el hecho de presentarse una película -el impuesto alcanza más o menos al quince por ciento- aunque la película sea de mala calidad, desprovista de mérito cultural o artístico, y aunque, por lo mismo, el fisco no tenga interés alguno en financiarla. Por eso, voté contra la indicación respectiva.

Pues bien, durante el año pasado, en virtud de haberse aprobado disposiciones parecidas, fue devuelta la suma de un millón doscientos mil escudos, según mis antecedentes.

El señor LUENGO.-

No es efectivo que haya sido así, señor Senador. Oportunamente, proporcionaré los antecedentes concretos del caso.

El señor PABLO.-

La cifra que he mencionado es la oficial, contenida en los antecedentes proporcionados por el Servicio de Impuestos Internos. Su Señoría sabe el respeto que le tengo, y, por eso, sabrá perdonarme que lo contradiga. Repito que me atengo a los datos suministrados a la Comisión de Hacienda.

De tal modo que, como decía denantes, se sustentan posiciones de carácter doctrinario con relación a ciertas materias, pero no ocurre lo mismo respecto de otras. Así ha ocurrido permanentemente.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

¿Estamos en la discusión general del proyecto o en su discusión en particular?

El señor PABLO.-

Ese juego político, sin duda, es bien conocido por la opinión pública; de modo que no cabe sino esperar que el país juzgue. Tal es -repito- el espectáculo permanente que estamos dando: gestos catonianos y rasgar de vestiduras para sancionar al Gobierno, y mano cordial, agradable, fácil y simpática para, atender el cúmulo de peticiones formuladas por grupos responsables de nuestro país. En Chile todos tienen el derecho de pedir, por lo cual el problema consiste en saber hasta dónde se puede dar.

La descrita es la posición que sostengo en esta oportunidad en el Senado, y la que mantendré durante toda la tramitación del proyecto en debate.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Pido la palabra.

El señor ENRIQUEZ.-

Deseo saber si, reglamentariamente, es admisible, después de haber sido aprobada la idea de legislar, votar en contra del artículo V del proyecto.

El señor CHADWICK.-

No podríamos suprimir todo el artículo. Al parecer, no hay, por lo demás, indicación en tal sentido.

El señor PABLO.-

No es procedente, a mi juicio, suprimir el artículo. El aspecto reglamentario podría precisarlo el señor Secretario, quien ha escuchado la consulta de mi Honorable colega.

El señor ENRIQUEZ.-

Luego nos ocuparemos en el aspecto reglamentario. Antes de eso, quiero dejar constancia de mi criterio sobre el llamado impuesto patrimonial. Considero que dicho gravamen es una aberración desde el punto de vista de la técnica tributaria, y que, en el orden social, constituye una tremenda injusticia.

Se ha procurado, por malos y tortuosos caminos, abordar una situación que debió ser resuelta con justicia y derechamente. A mi modo de ver, el establecimiento del impuesto patrimonial requiere la existencia de un sistema impositivo congruente y concordante con dicho gravamen. En efecto, lo ideal -como sucede en los países donde se aplican impuestos al capital y al patrimonio, que son conceptos distintos- es que haya un impuesto general, personal y progresivo sobre la renta total, y agregar a este tributo una contribución a la renta mínima presunta con el propósito de gravar con mayor fuerza las rentas que provienen de patrimonios o de capitales.

¿Qué ha sucedido en Chile? En nuestro país se ha superpuesto el impuesto patrimonial sobre todo el sistema tributario ya vigente. Debemos recordar que, en materia de impuestos directos, nuestra legislación establece tributos por categorías, que pesan sobre las rentas de los capitales y también, aunque con una tasa menor, sobre las provenientes del trabajo solamente o las rentas mixtas resultantes de la colaboración de trabajo y capital. A los tributos mencionados, se superpone el impuesto global complementario. Dicho en otras palabras, el sistema aprobado por la Ley de la Renta discrimina entre las rentas provenientes del capital y las obtenidas de la colaboración entre capital y trabajo, a fin de que la carga tributaria recaiga con mayor fuerza sobre las primeras; pero, además, corona dicho sistema con el impuesto global complementario. Mientras no se modifique el sistema consagrado por esa ley, seguirán pagando más quienes obtienen rentas del patrimonio o del capital, aparte la tributación correspondiente al impuesto global complementario. A todo lo anterior se agrega - por eso he dicho que es una aberración el impuesto al patrimonio, en virtud del cual se gravan nuevamente las rentas sobre las cuales pesan los impuestos por categorías, las contribuciones territoriales y el impuesto global complementario.

Me explico muy bien las finalidades que perseguía el Gobierno.

El señor CURTI.-

Contar con más dinero.

El señor ENRIQUEZ.-

Hace tres años, cuando estableció el impuesto patrimonial, el Gobierno buscaba el camino para salvar la situación agravante e injusta que existe en nuestro país a causa de las franquicias tributarias. En su oportunidad, formulé las indicaciones que son conocidas de mis Honorables colegas, tendientes a procurar la racionalización de las franquicias tributarias; o sea, a suprimir las que carecen de toda justificación, reducir la cuantía de aquellas que son excesivas y mantener y crear las que verdaderamente son necesarias, sea para fomentar determinadas actividades, sea para obtener el nacimiento de otras que interesan para el desarrollo del país.

En estos instantes, no se puede sino exponer normas de orden general acerca de materias como las que estoy analizando. El problema mismo, consistente en la racionalización de las franquicias, es en extremo difícil para quienes carecemos de los instrumentos que posee el Ejecutivo. Se encuentran vigentes alrededor de un mil quinientas disposiciones legales sobre franquicias tributarias de la más variada índole, referentes a toda clase de actividades ubicadas en diversas regiones de nuestro territorio: en el norte, en el centro y en el sur del país. Tal cúmulo de preceptos constituye una especie de bosque impenetrable para los profanos.

Pues bien, hace tres años, el Gobierno prometió enviar un proyecto de ley sobre racionalización de las exenciones tributarias; pero no lo ha hecho hasta hoy. Mientras tanto, se mantienen en pie muchos privilegios injustos consagrados en algunas de esas numerosas disposiciones, con la agravante de que el sistema de exenciones y franquicias tributarias ha pasado a negarse a sí mismo. Lo digo, porque cuando es reducido el número de las franquicias, se logra canalizar las iniciativas y los recursos hacia las actividades que se pretende favorecer o desarrollar; pero, cuando prácticamente todas las inversiones y todos los ahorros pueden acogerse al régimen de franquicias acordadas a favor de determinadas empresas o actividades, como son, por ejemplo, las asociaciones de ahorro y préstamo y los certificados de ahorro reajustable, deja de cumplirse el propósito tenido en vista por el legislador al aprobar tales franquicias. En verdad, basta con ser un poco avisado o avispado para llevar los ahorros a cualquiera de esas colocaciones o inversiones exentas de gravámenes tributarios. Por eso, llegamos nuevamente a la conclusión que he mantenido más de una vez en el Senado, cual es la de que en Chile sólo los muy pobres o los muy tontos pagan impuestos.

¿Cómo ha procurado resolver la situación el Gobierno? Ha recurrido al expediente de dar nueva vigencia al impuesto patrimonial o a la renta presunta. Pero desea prorrogar dicho gravamen sin dejar establecida ninguna clase de discriminaciones. De ese modo, habrán de tributar sobre su patrimonio quienes gozan de exenciones; pero igual carga se estatuye respecto de quienes poseen algún inmueble no favorecido por el DFL. 2 ó por la Ley Pereira, y que, por lo tanto, ya han pagado el impuesto de categoría y el global complementario. Por eso, he sostenido que el impuesto patrimonial, socialmente considerado, es tremendamente injusto.

Lo expuesto permite comprender mejor la situación angustiosa de los contribuyentes, quienes son afectados por la tributación ordinaria, de carácter permanente, y. además, deben pagar el impuesto patrimonial.

No soy contrario a la idea de aprobar una reforma tributaria o a la creación de un sistema impositivo bien concebido, como dijo el Honorable señor Bossay en su intervención, consistente en un gravamen único, personal y progresivo sobre las rentas, y otro tributo bien estudiado que grave en forma también progresiva las rentas provenientes de patrimonios, para igualar a los contribuyentes en cuanto al sacrificio que para cada uno representa el pago de sus obligaciones impositivas.

Una, vez más, declaro que el sistema vigente implica grave injusticia, y a ello es debido el gran número de contribuyentes morosos.

Ya que el Congreso aprobó la idea de legislar, habría sido de la más elemental justicia aprobar también la exención del impuesto global complementario en su totalidad, como una forma de evitar la doble e injusta tributación sobre una misma fuente, cual es la renta total, efectiva o presunta, proveniente del trabajo o del patrimonio de los contribuyentes.

Dejo, pues, constancia de mi criterio sobre estas materias, por lo cual -salvo orden en contrario de mi partido- votaré por el rechazo definitivo del impuesto patrimonial, por estimarlo teóricamente una aberración y por ser, en la práctica, un sistema socialmente injusto.

El señor RODRIGUEZ.-

En mi calidad de presidente de la Comisión de Hacienda, deseo hacer, muy brevemente, algunos comentarios acerca del alcance del proyecto sobre impuesto a la renta mínima presunta.

Me veo obligado a formular declaraciones de orden general durante la discusión del segundo informe debido a las intervenciones recientes de algunos de mis Honorables colegas, y en especial a las declaraciones del Honorable señor Pablo, quien, en uso de su legítimo derecho, ha expuesto el criterio del partido de Gobierno respecto de la iniciativa de la ley que nos ocupa.

Cuando debatimos en general la ley en proyecto, tuve oportunidad de exponer el criterio de los Senadores socialistas y de manifestar nuestro apoyo a la idea de legislar sobre establecimiento del impuesto patrimonial, pese a no disponer de antecedentes completos sobre la política sustentada por el Gobierno en materia de reajustes de sueldos y salarios. Dejamos constancia de que, a nuestro juicio, es ilógico legislar sobre nueva vigencia del impuesto patrimonial en tales condiciones; o sea, luego de que, en vista de la resistencia popular, el Gobierno se vio obligado a retirar de la convocatoria el proyecto de ley correspondiente cuando dicha iniciativa cumplía su segundo trámite constitucional, en el Senado.

A nuestro juicio, el Honorable señor Bossay tiene razón cuando expresa que resulta ilógico legislar sobre el financiamiento de un proyecto en el cual se establecen obligaciones cuya cuantía desconocemos hasta ahora, y en circunstancias de que sigue siendo un misterio la política definitiva del Gobierno en cuanto a los límites precisos del reajuste para el sector público.

Con todo, obligados por las circunstancias y por los acuerdos de los Comités sobre tramitación urgente del proyecto, pese a no haberlo solicitado el Ejecutivo, en la Comisión de Hacienda nos vimos competidos a despacharlo con la mayor rapidez, cometido que cumplimos ayer. De ahí que el señor Secretario ha tenido muy poco tiempo para elaborar el segundo informe. Me interesa poner de manifiesto que, tanto en el primero como en el segundo informe, surgieron materias propias del proyecto sobre reajuste, pues, querámoslo o no, más allá de la técnica reglamentaria el proyecto en debate está indisolublemente ligado a la idea de otorgar reajustes al sector público, cuyo financiamiento procura atender, a lo menos en forma parcial. Por eso, el proyecto, junto con establecer normas generales sobre impuesto a la renta mínima presunta, contiene ideas fundamentales en cuanto al otorgamiento de anticipos o préstamos a los empleados del sector estatal. De esa manera, el Gobierno, por la vía del préstamo, puede dar alivio a la angustiosa situación del sector público, mientras se finiquitan los trámites constitucionales de una ley propiamente de reajuste.

Algunos voceros del Gobierno estiman que esta facultad, ejercida legítimamente por el Senado, constituye violación de preceptos constitucionales. Tanto en la Comisión como en la Sala, hemos recordado que el otorgamiento por el Congreso de facultades para anticipar, mediante préstamos, los beneficios concedidos por una ley en tramitación, es un acto correcto. A raíz del conflicto que afectó al personal de los servicios de la Salud, producido durante el Gobierno del señor Alessandri, en 1963, el Presidente del Senado, a la sazón don Hugo Zepeda, y nosotros, junto con los Senadores democratacristianos, incluido el entonces Senador señor Frei, estuvimos contestes en despachar un proyecto sobre préstamos para ese gremio, con cargo a futuros reajustes. De modo que lo que ayer fue bueno, sigue siéndolo hoy; y, si el señor Frei, cuando fue Senador, aprobó dicho procedimiento, no podría objetarlo ahora como Presidente de la República.

Por eso, la disposición que establece un anticipo al sector público es perfectamente legítima como iniciativa del Senado.

La segundo idea básica -presentada en el primer informe del proyecto de reajuste de remuneraciones retirado por el Ejecutivo y que, hice mía en el segundo informe de la iniciativa en debate- consiste en otorgar a los obreros y empleados del sector privado un reajuste de sueldos y salarios ascendente al 30 por ciento, suma que está de acuerdo con las peticiones de las entidades gremiales más importantes de ese sector. El Congreso tiene facultad indiscutible para legislar sobre la materia.

El tercer punto fundamental se refiere al financiamiento. El Honorable señor Pablo manifestó -puede tener razón en parte- que el rechazo a ciertas ideas del Gobierno, como la disminución de las diferentes tasas de la escala impositiva incluida en el artículo 1°, provocará, sin duda, un menor rendimiento del impuesto de la renta mínima presunta. Es necesario, dejar constancia, sí, de que, a iniciativa de los sectores populares, la Comisión de Hacienda aprobó -tengo la seguridad de que ese criterio mayoritario se reiterará en la Sala por las distintas tendencias políticas- un financiamiento superior a las exigencias del proyecto.

El artículo 13, dice:

"Declárase de beneficio fiscal el exceso sobre 29 centavos de dólar de los Estados Unidos de América, que alcance el precio de la libra de cobre y hasta el precio v. que se cotice en la Bolsa de Metales do Londres, que exporten, vendan o distri-buyan las empresas a que se refiere el inciso primero del artículo 1° de la ley 11. 828, las empresas mineras extranjeras y las sociedades mineras mixtas respectivamente, definidas en los Títulos II y III de la ley 16. 425 y el cobre que, en representación de las mismas, venda, exporte o distribuya la Corporación del Cobre. "

"Este sobreprecio será cancelado en ciclares de los Estados Unidos de América. No obstante, con autorización de la Corporación del Cobre, las referidas empresas podrán dar cumplimiento a dicha obligación en otras monedas extranjeras cuando éstas provengan de ventas de cobre r países en los cuales dichas monedas pueden ser empleadas en virtud de convenio de compensación o tratados comerciales de tipo bilateral o multilateral.

"El beneficio fiscal que establece la presente ley será ingresado en la Tesorería General de la República por las referidas empresas o por la Corporación del Cobre, según corresponda, en las mismas fechas y de acuerdo a las mismas normas fijadas por el inciso tercero del artículo 12 de 1a ley 11. 828 para los retornos por costos; demás gastos en moneda corriente que estas empresas hagan o deban hacer en; país, o por el que corresponda dentro de; texto refundido y definitivo que, de acuerdo al artículo 6° transitorio de la ley 16. 425, haya fijado o fije el Presidente do la República respecto de las leyes 11. 828 y 16. 425. "

He querido dar lectura al artículo pertinente pues, en caso de no ser rechazado por la Cámara de Diputados y objeto do observación por parte del Ejecutivo, no cabe duda de que el Senado -particularmente la Izquierda- ha proporcionado u financiamiento extraordinario, suficiente para elevar a nivel considerable los magros reajustes establecidos en el proyecto retirado por el Gobierno.

Por último, debemos convenir en que el proyecto es complejo, pues en la Comisión de Hacienda fue necesario introducir, a solicitud de diversos sectores políticos, diversas ideas, relativas fundamentalmente a materias previsionales, cuya procedencia, en estricta técnica legislativa, bien puede considerarse discutible. No obstante, nosotros quisimos responder al Gobierno para restablecer, así, el equilibrio entre los Poderes Públicos, sobre todo cuando en sucesivas oportunidades las reglas del juego han sido violadas por el Ejecutivo.

El Honorable señor Pablo participó en la Comisión de Hacienda e hizo valer allí su voz de protesta, sus críticas en cuanto a la procedencia de diversas materias. Estuvo en su justo derecho al hacerlo; pero la mayoría de la Comisión estimó legítimas las inquietudes de ciertas colectividades políticas del Senado, en orden a intercalar algunas materias previsionales relativas a importantes sectores sociales. Al respecto, es de interés destacar que el Gobierno, en diversas iniciativas de ley, ha quebrantado las normas existentes al incorporar ideas ajenas a la idea central, como ocurrió precisamente con el proyecto de presupuestos, en el cual, por la vía de la observación, introdujo materias del todo extrañas a la ideas básica, como lo relativo al Fondo Monetario Internacional, respecto de lo cual existía una voluntad negativa del Senado de legislar. No obstaste, el Ejecutivo, por la simple vía del veto, en el último trámite constitucional, mediante el quórum de la Cámara de Diputados y el tercio del Senado, impuso fácilmente un criterio que, desde el punto de vista formal de la legislación, ya había sido rechazado. No vale la pena referirse a los vetos aditivos, mediante los cuales, basado en los quórum favorables, el Gobierno impone su criterio y evado, así, los análisis circunstanciados de materias que deberían ser objeto de proyecto separados.

Pues bien, todas estas consideraciones nos llevaron a insertar en esta iniciativa diversas ideas que, indudablemente, no concuerdan del todo con el tema básico en discusión. He querido dar estas explicaciones para la mejor comprensión de quienes no han participado en la Comisión y que, posteriormente, se encontrarán con disposiciones que bien podrían llamar a meditar e inducir a algunos colegas a rechazarlas.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Se suspende la sesión hasta las 15. 15.

-Se suspendió a las 13. 10.

- Se reanudó a, las 15. 19.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Continúa la sesión.

Sobre el artículo 1º, ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Pido la palabra.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Contreras Labarca.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Señor Presidente, en la primera parte de esta sesión, el Honorable señor Pablo creyó conveniente referirse a algunas de la observaciones formuladas por mí sobre la materia que en ese momento estaba en debate.

Deploro que no esté presente el Honorable señor Pablo...

El señor ALLENDE ( Presidente).-

No podemos esperarlo.

El señor GOMEZ.-

¿No hay aquí tampoco ningún otro representante de la Democracia Cristiana?

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Puede continuar con la palabra el Honorable señor Contreras Labarca.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Debo contestar las palabras del Honorable señor Pablo, aunque el señor Senador esté ausente.

En primer lugar, diré que si deseaba referirse a mi intervención de esta manera, era necesario que el Honorable señor Pablo diera respuesta a dos cargos concretos formulados por mí al Gobierno democratacristiano.

El primero de ellos consistió en sostener que el Ejecutivo está en mora en su compromiso de elaborar y traer a conocimiento del Parlamento Nacional un proyecto de reforma tributaria, de un sistema que, como todos sabemos, se halla profunda crisis y requiere modificaciones substanciales.

Y el segundo fue el que el señor Ministro de Hacienda -y, en general, el Gobierno- también está en mora con relación al anunciado proyecto de racionalización de franquicias.

Nada de ello ha contestado el Honorable señor Pablo, porque es evidente que no tiene nada positivo que aportar al debate en tales materias. No hay excusa alguna con qué justificar la tardanza en la presentación de esos proyectos, más bien dicho el abandono, por parte del Gobierno, de esos compromisos contraídos tanto con el Parlamento como con el país.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

Hace más de dos años.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Sí, señor. Hace más de tres años. De modo que nada justifica -repito- que el Gobierno, que se preocupa con frecuencia de minucias o de la guerrilla política y parlamentaria, haya dejado de dar satisfacción al anhelo nacional de introducir transformaciones en el sistema impositivo que actualmente nos rige.

Por otra parte, el Honorable señor Pablo ha querido señalar una supuesta contradicción que existiría en mi discurso d la mañana, aduciendo que no puedo yo hablar contra las franquicias tributarias por haber votado favorablemente tales exenciones en la discusión del proyecto relativo a la Corporación de Magallanes.

Ante todo, debo hacer notar al señor Senador que, cuando se hacen citas a un discurso, se está obligado, por honestidad elemental, a hacer referencias correctas, exactas, y a no adulterar las palabras prenunciadas por el Senador al que se alude. Yo he sostenido que el Partido Comunista viene luchando desde hace varios años por introducir en el país una reforma profundamente democrática del sistema impositivo, y que para ello se basa, por una parte, en que tal sistema grava en forma exasperante a los sectores del trabajo, sobre todo a obreros, campesinos y la clase media, y, por otra, en que otorga a ciertos grupos de capitalistas, tanto nacionales como extranjeros, privilegios realmente exorbitantes.

De modo que la necesidad de abordar ese problema es de extraordinaria urgencia, porque, además de que el sistema está en crisis, como lo he sostenido, el fardo tributario que cae sobre las espaldas de los trabajadores es ya de tal modo agobiante, que no sólo hay ambiente nacional para introducir esas reformas, sino que existen fuerzas sociales capaces de imponerlas, ante la natural resistencia de quienes actualmente gozan de privilegios y favoritismos en materia tributaria.

Cuando me referí a las franquicias, en especial alusión al anunciado proyecto de racionalización de las mismas, porque, como en más de una oportunidad lo hemos dicho en esta Sala, nosotros las impugnamos como sistema generalizado, indiscriminado, que conduce a verdaderas aberraciones en el campo tributario, pero jamás se nos ha ocurrido, a los Senadores de estas bancas -como tampoco a los de otras que también han tratado este problema- proponer la eliminación de todas las exenciones de impuestos. Siempre hemos dejado expresa constancia de que, si bien una cantidad considerable de ellas no se justifican de manera alguna, son un verdadero desafío a la conciencia tributaria del país y, además, un desafío a la miseria de amplios sectores de la población, otras, en cambio, es evidente que se justifican, aun cuando pudieran ser modificadas*. Y me referí a ese proyecto también -finalmente-, porque sustentamos que el sistema de franquicias no es, como afirma el Gobierno, el mejor instrumento en cuanto a promoción del desarrollo económico independiente del país. Podrá, sí, ser instrumento para ahondar la dependencia de la economía nacional respecto de los capitalistas, extranjeros o nacionales, en especiarlos monopolios.

De modo que nosotros de ningún modo defendemos las franquicias como método adecuado, en la etapa actual de nuestro desarrollo, para levantar aquellas ramas de nuestra economía que están en estado de subdesarrollo o ciertas regiones que también se encuentran en gran atraso económico y social.

En lo tocante a la Corporación de Magallanes, mis ideas están expuestas en las versiones contenidas en los Diarios de Sesiones. Yo jamás me presenté, en esos debates, como un idólatra de las franquicias para Magallanes. Me asisten grandes dudas. Temo que las franquicias otorgadas a Magallanes, Aisén y Chiloé sean en gran parte una ilusión. En todo caso, a mi juicio ellas tendrían por finalidad última favorecer la creación de un sector burgués en la economía y un grupo de capitalistas privilegiados. Por lo mismo, presenté indicaciones que tuvieran por objeto favorecer, antes que al sector capitalista, a los hombres de trabajo: obreros, campesinos, clases medias. Esas indicaciones están in-

corporadas en el proyecto modificatorio de la ley que creó la Corporación de Magallanes. Y en mi reciente visita a Punta Arenas pude comprobar con gran satisfacción que, en efecto, la población de esa ciudad ha comprendido que el proyecto era insuficiente, no importaba las ventajas que debe significar para los sectores del trabajo; y que esa población apoya, por consiguiente, las indicaciones que mejoran la situación de empleados y obreros.

Así, pues, lo que el Honorable señor Pablo ha dicho esta mañana no conduce a esclarecer este problema, sino a tratar de lograr una victoria barata mediante la completa adulteración de los términos de mi exposición, lo cual merece un abierto reproche, porque aquí deben discutirse los problemas sobre la base de disposiciones concretas y definidas, sin alterar las idees fundamentales que se trata de combatir.

Nada más.

El señor PABLO.-

Señor Presidente, debo hacerme cargo de las expresiones vertidas por el Honorable señor Contreras Labarca.,

En verdad, yo también deploro el planteamiento que hace Su Señoría, pues no se compadece con la realidad. No he citado ningún discurso del señor Senador ni tengo afán filológico ni de estudio para dedicarme a examinar todo lo dicho por el Honorable colega en el Senado. Pero concurrí a la Comisión de Hacienda, donde pude comprobar cómo Su Señoría votó favorablemente ciertas franquicias.

He dicho lo que sucedió, y el señor Senador no podrá desmentirlo, porque fue así.

En materia de franquicias tributarias, este Gobierno no las está defendiendo en globo. Lo que ocurre es que muchas de "ellas son difíciles de cercenar.

En la Comisión tuvimos oportunidad de escuchar latamente sobre el particular al señor Subsecretario de Hacienda.

El señor CHADWICK.-

No hubo debate al respecto.

El señor PABLO.-

No lo hubo, pero el señor Zaldívar habló sobre la materia, en forma sostenida, durante más de veinticinco minutos. De manera que muchos de los argumentos que él expresó, si bien quedaron concretamente planteados, no tuvieron respuesta adecuada. Esto, como es evidente, no obsta a nuestro criterio que tenemos en cuanto a que debe hacerse un esfuerzo sobre la materia.

Tocante al desarrollo industrial de Chile, por ejemplo, se formuló una indicación tendiente a renovar determinada norma de un decreto con fuerza de ley de 1953, prorrogada por distintos preceptos legales, que rebajó la tributación de las industrias que se instalaran fuera de Santiago, en un plazo de diez años, con el propósito de laborar materia prima nacional.

Estimamos que ésta es una manera sana de crear un incentivo adecuado para impedir la formación de una especie de elefantiasis nacional en materia industrial y que Santiago se convierta en el único emporio industrial de Chile.

Pero esto ha llamado a tocar las campanas a rebato y a hablar exclusivamente del capital extranjero. Pienso en la provincia de O'Higgins, por ejemplo. ¡ Cuántas industrias vemos instalarse a lo largo del camino, muy próximas a Santiago! ¿Movidas por qué? Únicamente por el deseo de gozar del beneficio de una rebaja tributaria, ubicándose en una localidad más distante de la capital. Esto, sin duda alguna, debe crearles algún problema. Pero ello está permitiendo que no sólo se desarrolle Santiago, sino también otros sectores del país.

Lo mismo ha sucedido en Concepción y otras provincias. Y esto -repito- ha llamado a los señores Senadores a tocar las campanas a rebato, para decir que implica prorrogar franquicias.

A mi modo de ver, se trata de una sana medida destinada a expandir el plan de desarrollo industrial a lo largo de Chile otorgando algunas ventajas, de las cuales, por estar nuestras industrias actualmente centralizadas, carecen las provincias amagadas por tal situación.

Por eso, rechazo enérgicamente las palabras del Honorable señor Contreras Labarca.

En la mañana de hoy, el Honorable señor Enríquez se refirió a la inconveniencia de aprobar impuestos que graven a patrimonio, y basó su tesis, fundamentalmente, en que deben ser los tributos a la renta los que rijan en el país. Al efecto, nuestras ideas y nuestro concurso son mu-definidos, pues tienden a estimular los impuestos directos. Este es uno de ellos: un tributo directo destinado a no grave a la gran masa consumidora con un impuesto indirecto.

¿Y qué ventaja tiene este proyecto? La de hacer tributar a sectores que anteriormente gozaban de exenciones, como en el caso de la agricultura, por no llevar contabilidad, o por razones de evasión de impuestos. Lo cierto es que, mediante esta iniciativa legal, se obliga a aquéllos a contribuir con mayor aporte al gasto nacional.

Ahora, que no se diga que éste es un impuesto muy injusto y grave, como expresaba el Honorable señor Enríquez, pues, tal como saldrá la legislación -lo sostengo enfáticamente-, de acuerdo con los cálculos del Servicio de Impuestos Internos, rendirá 67 millones de escudos, en un presupuesto global de 9 mil millones.

¿Qué estamos discutiendo, entonces? Se trata, a lo más, de 100 millones de escudos que están en debate en este instante, frente a un presupuesto global de la nación -insisto- de 9 mil millones. Por lo tanto, ni siquiera alcanza a ser el 1% de aquél.

En estas condiciones, creo que el problema no tiene la magnitud que se pretendió atribuirle en la mañana de hoy. Por eso, insistimos en nuestros puntos de vista: creemos conveniente el impuesto y necesario mantenerlo en los términos sugeridos por el Ejecutivo.

El señor PALMA.-

Pido la palabra.

El señor CHADWICK.-

Pido cerrar el debate, señor Presidente.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Ofrezco la palabra.

El señor RODRIGUEZ.-

El Honorable señor Chadwick pidió cerrar el debate.

El señor CHADWICK.-

¿Me permite, señor Presidente?

Por acuerdo de los Comités, debemos despachar este proyecto en su segundo trámite constitucional y, en seguida, el relativo a las juntas de vecinos, que está en cuarto trámite. De manera que si abundamos en consideraciones frente a cada una de las enmiendas propuestas por la Comisión de Hacienda, no llegaremos más allá de los artículos 4º ó 5º.

Por eso, propongo a la Mesa consultar a la Sala sobre la conveniencia de racionalizar el debate.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Reglamentariamente, no se puede pedir clausura del debate.

El señor CHADWICK.-

Por lo demás, esta materia ya fue analizada durante la discusión general.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Me parece que lo único procedente, después de escuchar al Honorable señor Palma, sería distribuir el tiempo por Comité frente a la discusión de cada artículo. "*

El señor PABLO.-

En realidad, si cualquier otro señor Senador hubiera solicitado la clausura del debate, me habría sentido cohibido; pero lo hizo el Honorable señor Chadwick, el único que se negó a aceptar un acuerdo de Comités destinado a resolver gran parte del problema.

Lo siento mucho. Por principio, no lo aceptaré.

El señor PALMA.-

Señor Presidente, sólo quiero referirme a un aspecto de los tratados en el curso de este debate y que se relaciona con la eventual disposición que existiría por parte de los señores Senadores para sustituir muchas de las normas propuestas en éste y otros proyectos, a fin de eliminar las franquicias de que gozarían diversas instituciones y organismos, tanto públicos como privados y que, evidentemente, aparecen beneficiados, has ta el momento, con sumas extraordinaria mente altas.

Como dijo esta mañana el Honorable señor Enríquez, el problema de las franquicias es bastante complejo, porque abarca muchos aspectos, tanto aduaneros cerno tributarios.

Sobre el particular, sabemos que es deseo de todos racionalizar las franquicias. Pero ocurre que la Oficina de Informaciones del Senado, el 11 de diciembre de 1967, editó el boletín Nº 110, donde hace un?; afirmación muy importante. Se dice en é! que la recaudación aduanera, por concepto de derechos y otros impuestos, habría tenido un menor ingreso, durante 1966 debido a las franquicias, de 686 millones de escudos, y de enero a octubre de 1967, de 700 millones de escudos, comparados con los totales recaudados en cada uno de esos años, que hacían una cifra muy parecida: 750 millones y 751 millones de escudos.

Como es natural, cuando alguno de nosotros tuvo oportunidad de examinar esas cifras, seguramente se sorprendió por las cantidades enunciadas y empezó a pensil en lo grave del asunto y en lo mucho que influía en este proceso económico del cual todos estamos preocupados y que no no permite encontrar una fórmula adecuad para financiar los gastos públicos en la forma como el país realmente lo necesita. Fue esto lo que me indujo a pedir una minuta del cuadro de las liberaciones aduaneras, las cuales, en el curso de 1967, superaron los 700 millones de escudos, cifra verdaderamente sideral.

El cuadro a que me refiero -repito- fue elaborado por la Oficina de Informaciones de la Corporación, y está a disposición de los señores Senadores que se interesen por conocerlo.

Del análisis de ese documento y de las comprobaciones de cada uno de los detalles que en él figuran, nos encontramos

con que, de los 700 millones de escudos por concepto de liberaciones aduaneras -no estoy hablando de liberaciones tributarias; es problema aparte, respecto del cual también he solicitado datos y al que deberemos enfrentarnos en plazo relativamente corto-, casi 600 millones los han obtenido el fisco o las instituciones estatales, por las más diversas vías, o, en alguno: casos muy específicos y especiales, diplomáticos extranjeros, institutos de asuntos interamericanos, etcétera, por cantidades que no tienen comparación alguna con la liberaciones para los organismos fiscales y semifiscales, que son los más beneficiados.

Este cuadro -insisto que está a disposición de Sus Señorías- me indica que, con frecuencia, estamos argumentando, como posibilidades de ingreso, sobre el reemplazo de tributos como el patrimonial -que es un impuesto duro y que presenta problemas, porque, desde el punto de vista de la producción, podría consideraren incluso regresivo, ya que impide a las empresas capitalizar-, por disposiciones como éstas, tendientes a simplificar o clarificar todo lo relacionado con facilidades o franquicias aduaneras. Ello parece ser algo verdaderamente difícil dentro del medio en que actualmente nos estamos moviendo.

Todas las proposiciones del Ejecutivo forman parte de un cuadro económico en desarrollo, donde es preciso enfrentar una serie de problemas cuya solución no ha podido concretarse mediante disposiciones legales, porqué, como se sabe, ya se produjo aquí una conciliación de fuerzas políticas que impidió discutir una iniciativa legal destinada exclusivamente a dispone de los fondos que ingresaban por la vía de las normas que en ella se establecían las que afrontaban dichos problemas, que subsisten aún, y que será preciso solucionar hoy o mañana. A este respecto, el Honorable señor Ibáñez manifestó que tales disposiciones carecían de destino. En realidad, lo tienen, y claro.

Como es evidente, todos esos preceptos forman parte de obligaciones que el Estado deberá afrontar, en esta legislación c en otra, por la vía tributaria.

Me he querido referir exclusivamente este aspecto, porque, en cuanto al problema de las franquicias aduaneras, parece no ser tan fácil encontrar los medios eco nómicos que reemplacen a aquellos otro" que se están consignando en la iniciativa en debate.

He concedido una interrupción al Honorable señor Rodríguez.

El señor RODRIGUEZ.-

Señor Presidente, los datos proporcionados por el Honorable señor Palma son muy interesantes; pero esto mismo nos hace ver cuán útil habría sido que esos antecedentes aparecieran consignados en un oficio del señor Ministro de Hacienda.

Estamos de acuerdo en que ciertos regímenes de franquicias son indispensables y justos, desde el punto de vista del desarrollo económico del país; pero siempre hemos estado duramente en contra -acerca de esto no se ha proporcionado alguna información oficial- de las franquicias que favorecen a determinadas estructuras monopólicas y económicas abusivas, y que es conveniente corregir.

Por lo tanto, hago fe en lo manifestado por el Honorable señor Palma; pero, al mismo tiempo, ruego oficiar, en nombre del Comité Socialista, al señor Ministro de Hacienda, para que nos entregue, alguna vez, una información cabal, completa y definitiva. El señor Molina nos prometió -esto se ha recordado muchas veces en la Sala- enviar un proyecto tendiente a racionalizar el régimen de franquicias tributarias. Nada se ha logrado. Parece ser que el Gobierno tropieza con el tipo do problemas que señala el Honorable señor Palma.

No ha habido ningún antecedente oficial. De manera que por vez primera escuchamos en la Sala una información de este género.

Lo único que reclamo reiteradamente

-y agradezco la gentileza del Honorable señor Palma por esta interrupción- es que el Gobierno nos envíe alguna vez esta información. Es muy posible que el régimen de franquicias esté exagerado en nuestras apreciaciones. Comprendemos que cierto régimen favorece a la economía nacional, y otros no. Esa es nuestra postura frente a esta materia.

El señor PALMA.-

Me alegro mucho de las palabras del Honorable señor Rodríguez.

No pretendo ni con mucho agotar el tema. Tan sólo he expresado que existe alguna información acopiada por la Oficina técnica del Senado que nos permite comenzar a enfocar este asunto con cierto realismo. Estoy seguro de que, cuando efectuemos un análisis real y amplio, se verá que el argumento sobre el cual se ha vuelto tantas veces tiene una validez muy inferior a la que le estamos atribuyendo.

Puedo agregar al Honorable señor Rodríguez, antes de dar también una interrupción al Honorable señor Enríquez, que he estado tratando de obtener un cuadro sobre las franquicias tributarias, no ya aduaneras, las cuales aparecen ordenadas porque, por fortuna, ha sido posible hacerlo en esta forma. Fui en varias oportunidades al Ministerio de Hacienda durante la semana recién pasada y allí pudo ver los cuadros que se están elaborando y apreciar los problemas que deben superarse. Algunos funcionarios están trabajando desde hace tiempo en esa tarea. Realmente, están abocados a una verdadera selva, en la cual resulta en extremo difícil orientarse. Y ellos, por simple impresión, tienen la idea de que la mayor parte do las franquicias -muchas de las cuales obedecen a propósitos de fomento regional inspirados en motivos de desarrollo que al país le interesan- no tienen desde el punto de vista económico un significado tan importante, tan decisivo, tan trascendental como el que estamos imaginando.

El Honorable señor Enríquez me ha pedido una interrupción.

El señor ENRIQUEZ.-

El Honorable señor Palma, refiriéndose a un solo rubro de las franquicias -las aduaneras- ha manifestado -recojo sus propias palabras- que alcanzan a la cifra sideral do 700 millones de escudos de enero a octubre de 1967. Añadió que en la mayoría de los casos, en el porcentaje que dio a conocer, eran importaciones a favor del fisco, instituciones fiscales o semifiscales.

Es muy fácil conseguir los datos acerca del monto de las exenciones de pago de le derechos aduaneros, en virtud de una disposición legal dictada durante la Administración anterior, la cual ha sido vulnerada -y probablemente por eso mismo no figuran en el cuadro- por diversas leyes posteriores. Esa norma ordenaba contablemente las franquicias aduaneras al exigir la provisión de fondos por decreto supremo, de manera que por una parte se consultaba en el Presupuesto lo necesario para pagar los derechos de aduana y, por la otra, se dictaba el decreto de devolución. Pero después se ha puesto en vigor una serie de leyes que, sin hacer uso de esa facultad, han autorizado liberaciones.

Quiero ir todavía más al fondo del asunto, porque inviste un doble carácter.

Es muy sencillo expresar que se trata de importaciones fiscales, semifiscales del sector público en general. Pero, ¿cuáles han sido esas importaciones? ¿En qué medida se justificaban? Deseo poner un ejemplo. No hay duda de que ciertas reparticiones del Estado necesitan automóviles. ¿Los necesitan en la cantidad que se les ha proporcionado bajo este régimen'; En seguida, ¿los necesitan de las marcas y precios que se han traído? Se ha dado una explicación al país: "Traemos automóviles Mercedes Benz, pero al fisco le re sultán muy baratos, porque están libres de los derechos de internación'. Son de todos modos, los automóviles más caros del mercado, junto con los Cadillac. Si no me equivoco, un auto de este, tipo debe costar a un particular, si lo quiere importar o comprar, alrededor de 140 ó 150 mil escudos. ¿ Hacía falta este gasto fiscal ? Luego, ¿cuál es la pérdida de derechos por el fisco? Porque la pérdida de estos ingresos fiscales, por importaciones inútiles o suntuosas, como la totalidad de lo que el Estado necesita y está exigiendo ahora premiosamente para los reajustes, no disminuye, sino que aumenta, y hay que saldarla con nuevos tributos.

Únicamente por concepto de derechos de aduana -un solo rubro- se dejan de percibir 700 millones de escudos. ¿Cuánto representa el resto de las franquicias? Ya dije esta mañana que más de 1. 500 disposiciones de este tipo afectan a las actividades comerciales, a las industrias y a teda una gama de colocaciones e inversiones.

El problema sigue latente y el Gobierno no le da solución. Sin embargo, solicita nuevos sacrificios a los contribuyentes.

Lo que he querido poner de relieve en este momento es que si las importaciones del sector fiscal se hubieran limitado a J estrictamente indispensable, por valores soportables para la economía del país, estos 700 millones de escudos no deberían haber superado los 250 ó 300 millones (" escudos.

El señor PALMA.-

Tampoco se habría producido ingreso de ninguna especie, por falta de importaciones. La cantidad que figura aquí es teórica. En ningún caso el fisco habría tenido que pagar.

El señor ENRIQUEZ.-

Esa es la falacia. Habríamos economizado dinero a los contribuyentes trayendo lo que la economía nacional puede soportar. No automóviles Mercedes Benz. Así se habría evitado pedir mayores impuestos.

El señor PALMA.-

En realidad, es curiosa la observación del Honorable señor Enríquez.

Aquí aparecen Eº 686. 766. 023 de liberaciones. No sé si estas listas son exactas, pero en el cuadro citado figuran las cifras que estoy dando a conocer. Pues bien, según estos datos, hay un solo rubro relativo a automóviles, para la Dirección General de Abastecimiento, que es la repartición que trae la totalidad de los vehículos que requieren todos los servicios públicos del país. De los 686 millones de escudos, hay una liberación de 529 mil escudos por este capítulo. En consecuencia, los automóviles importados para atender a todos los servicios del Estado chileno no alcanzan al uno por mil de las cantidades que se importaron por diversas instituciones: IANSA, ENAP, ENDESA, fundiciones, empresas periodísticas, CORFO -maquinaria agrícola-, Línea Aérea Nacional, servicios de utilidad pública, Ministerio de Defensa, ECA -mezclas vitamínicas para el pan y otros productos-, zona liberada de Arica, zona liberada de Magallanes, convenios técnicos, Fondo Internacional de Socorro de la Infancia, etcétera. Es decir, una serie de organismos estatales y entidades internacionales que prestan servicios generosamente, son los únicos beneficiados con estas franquicias.

Repito que no pretendo en modo alguno emitir un juicio definitivo y agotar el tema. Sobre este asunto vale la pena insistir en otra ocasión.

El objetivo principal de mi intervención es señalar que en realidad no existen los fondos que algunos señores Senadores han indicado como susceptibles de usar en reemplazo de una tributación que resulta imprescindible desde hace algún tiempo y que ahora se renueva.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Me permite una interrupción, Honorable colega?

El señor PALMA.-

Con el mayor agrado.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para enviar al señor Ministro de Hacienda, a nombre del Comité Socialista, el oficio sobre franquicias tributarias a que se refirió el Honorable señor Rodríguez.

Acordado.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Desearía saber si la nómina leída es general, comprensiva de los diversos conceptos,...

El señor PALMA.-

Abarca exclusivamente los derechos aduaneros.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

... o es una lista que puede ser estudiada con respecto a cada disposición legal en vigencia.

Por eso, me atrevo a solicitar que se pida al señor Ministro de Hacienda una información acerca de lo que representan las franquicias aduaneras por cada precepto legal que se ha dictado, pues hay muchas.

Estos aspectos interesan en general a la nación, pues desde hace mucho tiempo se viene haciendo notar este desorden en materia de franquicias aduaneras, con lo cual sufre el país bastante menoscabo en su economía.

Para poder formarse un criterio completo y amplio sobre este particular, lo mejor es que recibamos una información oficial como la que estoy solicitando.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Se enviará el oficio a nombre de los Comités Socialista y Radical.

El señor BARROS.-

Pido que también se agregue el nombre de nuestro Comité.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Y el del Comité Comunista.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Se agregarán los nombres de los Comités que así lo han solicitado.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

El Honorable señor Enríquez hizo una consulta en el sentido de si se podía votar o no el artículo. El Reglamento establece que serán motivo de votación todos aquellos artículos que hayan tenido indicaciones. Ese es el caso del artículo en debate. Por lo tanto, se puede votar.

El señor ENRIQUEZ.-

Se puede votar, pero a mí me interesa el rechazo del artículo completo.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El señor Presidente pone en votación las modificaciones propuestas por la Comisión.

El señor ENRIQUEZ.-

¿No sería más lógico votar primero la aprobación o rechazo del artículo y después las modificaciones?

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Siempre que lo pida un señor Senador.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

El Honorable señor Enríquez solicita votar primero el artículo. No hay inconveniente.

En votación el artículo.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

¿Se aprueba o no este artículo?

La aprobación de él no obsta la votación posterior de las modificaciones propuestas por la Comisión.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

O sea, votaremos primero la escala.

El señor BOSSAY.-

Hay que votar el informe.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

El criterio es que, si se aprueba el informe, se entiende aprobado el artículo. Es lo lógico.

El señor PABLO.-

Entiendo que lo que se vota es el informe y que su aprobación importa aprobar tanto el artículo como las modificaciones, a menos de pedirse división de la votación.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Eso ha dicho la Mesa.

En votación el informe.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

¿ Se aprueban o no las modificaciones propuestas por la Comisión al artículo 1°?

El señor ALLENDE ( Presidente).-

No se ha pedido división de la votación.

El señor PABLO.-

La pedí esta mañana respecto del inciso final.

El señor ENRIQUEZ.-

Se han puesto en votación nada más que las enmiendas de la Comisión. Pero mi propósito es que se vote el artículo. Por lo tanto, debe quedar bien en claro que el rechazo del informe implica desechar el artículo en su totalidad.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Vamos por partes.

Tiene la palabra el Honorable señor Luengo.

El señor ENRIQUEZ.-

Por el contrario, si se aprueba el artículo, habría que votar las modificaciones propuestas.

El señor LUENGO.-

A mi juicio, reglamentariamente no procede la petición del Honorable señor Enríquez, porque al votarse en general este proyecto se aprobó la idea de restablecer el impuesto a la renta mínima presunta por el año 1968. En consecuencia, al someter de nuevo a votación la aprobación o rechazo del artículo, estaríamos votando de nuevo la idea de legislar, vale decir, repitiendo una votación ya efectuada por la Sala.

Según mi parecer, por tratarse de un segundo informe, procede votar las modificaciones de la Comisión. Si ellas no son acogidas, quedaría aprobado el artículo del primer informe. Me parece que ése es el procedimiento reglamentario.

El señor IBAÑEZ.-

Si no me equivoco, un Senador puede pedir que se vote todo el artículo, de acuerdo con el Reglamento. La petición, en este caso, ha sido formulada por el Honorable señor Enríquez, y nosotros la respaldamos.

El señor CHADWICK.-

Ruego al señor Secretario dar lectura a la disposición reglamentaria que le permite llegar a la conclusión que conoce el Senado.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Cuál es el procedimiento reglamentario para el segundo informe?

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 106 del Reglamento, dice:

"Al iniciarse la discusión particular, el Presidente dará por aprobados todos los artículos o títulos que no hayan sido objeto de indicaciones en la discusión general o de modificaciones en el segundo informe.

"En seguida, pondrá en discusión, en el orden del contexto del proyecto los acuerdos de la Comisión y las indicaciones que rechazadas en el segundo informe, sean renovadas por escrito por un Ministro o por diez o más Senadores.

"La renovación deberá hacerse por separado para cada indicación. y en ella no podrá alterarse el texto de la proposición original.

"No podrán votarse las indicaciones renovadas o las que formulen los Ministros si ellas están comprendidas en alguno de los casos indicados en los incisos segundo y tercero de la letra b) del artículo 101. Regirá también en estos casos lo dispuesto en los incisos tercero, cuarto y quinto de esa misma letra. ".

El señor CHADWICK.-

A menos de existir otra disposición en el Reglamento que complemente la que se acaba de leer, me atrevo a sostener una opinión diferente a la manifestada por el señor Secretario, porque del tenor literal del precepto de que estoy haciendo mención resulta que lo que se vota en la discusión particular son el informe y las indicaciones renovadas. De modo que si no hay indicación para suprimir un artículo, debería concluirse que él queda inamovible en la forma como ha sido despachado en la discusión general del primer informe.

Si el señor Secretario tiene algún otro antecedente reglamentario para ilustrar el debate, quisiera que lo diera a conocer a la Sala.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario para informar a la Sala.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Hay otros antecedentes, señor Senador.

El artículo del Reglamento que acabo de leer habla de la aprobación automática de los artículos. Esta aprobación sólo se efectúa por la Sala cuando el artículo no ha sido objeto de indicaciones ni modificaciones. En este caso, el artículo ha sido modificado. El Reglamento no dice absolutamente nada de que quede aprobado automáticamente.

Esta misma cuestión se suscitó hace un año, a raíz de lo planteado en esa oportunidad por el Honorable señor Juliet. La Sala, por unanimidad, resolvió que si un señor Senador pedía votación de un artículo, éste debía votarse; y así se ha hecho a partir de ese momento.

Estos son los antecedentes que puedo entregar a la Sala.

El señor CHADWICK.-

Creo que el inciso primero del artículo 106 no conduce a la conclusión a que llega el señor Secretario, porque la disposición no está aislada. Es cosa muy distinta dar por aprobado un artículo que no ha sido objeto de ninguna indicación, que resolver sobre aquella parte del precepto que se mantiene por la voluntad unánime del Senado. En este caso no ha habido ninguna indicación para suprimirlo; sólo se trata de adicionar o modificar las indicaciones acogidas por el informe, porque de otro modo nos encontraríamos con una caja de sorpresas: nunca sabríamos lo que se discutirá en un segundo informe. Bastaría que se presentara cualquier indicación, por accidental que fuera, para que a última hora se pidiera votación de un artículo ya despachado favorablemente en el primer informe y respecto del cual no existe ninguna manifestación de voluntad para suprimirlo.

Por eso, no existiendo una norma expresa del Reglamento y resultando sólo por la vía de la hermenéutica la tesis del señor Secretario, me atrevo a discrepar de ella. Pienso que el artículo 1º del proyecto, en cuanto fija las tasas y establece el impuesto patrimonial, no puede ser dejado sin efecto en la discusión particular.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Ofrezco la palabra sobre la interpretación reglamentaria.

El señor ENRIQUEZ.-

A mi vez, discrepo de lo manifestado por el Honorable señor Chadwick. Invoco el precedente de aquella interpretación dada por la unanimidad del Senado frente a lo planteado por el Honorable señor Juliet.

El asunto es muy claro: si el artículo ha sido objeto de indicaciones y tiene un contexto general, es indudable que en ese contexto debe ser votada la idea completa. Si vamos a sostener que parte del artículo queda inamovible, tendríamos que votar las indicaciones acogidas por la Comisión.

El señor CHADWICK.-

Así lo dice el Reglamento.

El señor ENRIQUEZ.-

De ese modo, el sentido del artículo puede variar sustancialmente; y ahí sí que se convertiría en una caja de sorpresas.

Esta mañana dije que, a mi juicio, lo justo es abonar al impuesto patrimonial el total pagado por concepto de global complementario.

Si se acoge la interpretación del Honorable señor Chadwick y se da por aprobada la primera parte del artículo con la escala, me tendré que pronunciar por las modificaciones de la Comisión, porque, de dos males, el menor. Pero considero que el artículo que establece el impuesto patrimonial, incluso con las modificaciones de la Comisión, es inconveniente, injusto y arbitrario en materia tributaria; y aun con las modificaciones que lo atemperan, lo rechazo en su totalidad.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

No creo que debamos detenernos en el despacho del proyecto para discutir esta materia, pues el artículo 106 del Reglamento, leído por el señor Secretario, es claro; de manera que lo pertinente es atenernos a él. Si por cada disposición hubiéramos de tener un debate acerca de interpretaciones reglamentarias, no podríamos legislar jamás. Reitero que la disposición leída es clarísima. El segundo informe anula todo lo anterior. De manera que aprueba automáticamente todo aquello qué no haya sido objeto de indicaciones. En seguida, entra a conocer de la discusión particular en la manera como el informe lo señala. Y si alguna de las indicaciones se renueva con las firmas correspondientes cabe considerar tales renovaciones. A ese punto debemos atenernos en el despacho del segundo informe. Pido a la Mesa ponerlo en práctica.

El señor CHADWICK.-

Votemos.

El señor LUENGO.-

Creo que no vale la pena continuar en este debate. En todo caso, quiero dejar constancia de que discrepo de la opinión del Honorable señor Enríquez, porque, en verdad, este caso es muy claro. La idea central del proyecto, que votamos favorablemente en la discusión general, es prorrogar el impuesto patrimonial. Y como es precisamente eso lo que hace el artículo 1°, no cabe, en mi concepto, una segunda votación sobre la materia.

Ahora debemos decidir en cuanto a las condiciones en que dicha prórroga se lleve a efecto. En el primer informe se propuso una escala y en el segundo, una distinta. Lo que procede es determinar si estamos conformes con el primer informe o con la redacción que da al artículo el segundo informe.

Además, tocante al precedente citado en cuanto a la cuestión planteada por el Honorable señor Juliet, tengo la impresión -no recuerdo exactamente como ocurrió- de que se refería a un artículo que no contenía la idea central del proyecto en ese momento en debate. En este caso pudo justificarse, aunque ahora me parece discutible el pronunciamiento que en esa ocasión, según se dice, por unanimidad, adoptó la Sala. De manera que ese precedente no es válido ahora.

El señor CHADWICK.-

Me limitaré a leer el inciso segundo del artículo 106 del Reglamento, que señala cómo se toma la votación: "En seguida, pondrá en discusión, en el orden del contexto del proyecto, los acuerdos de la Comisión y las indicaciones que rechazadas en el segundo informe sean renovadas por escrito por un Ministro o por diez o más Senadores".

No ha habido indicación para suprimir el artículo 1°, de manera que se pueda llegar a ese resultado. La disposición del Reglamento no admite poner en discusión ni mucho menos poner en votación su interpretación.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Quisiera que el Honorable señor Chadwick considerara también lo establecido en el artículo 105 del Reglamento referente a la discusión particular. Dice: "La discusión particular tiene por objeto examinar el proyecto en sus detalles y pronunciarse sobre el segundo informe de Comisión, en su caso". Aquí hay un segundo informe.

El señor CHADWICK.-

Es lo que debe votarse.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Estuvimos tramitando un acuerdo con el objeto de atenernos al primer informe, que nos parece más claro y preciso. Creo que Su Señoría no nos acompañó en ese procedimiento, que pudo haber sido más acorde con la tradición misma de la Corporación. Reitero que el Reglamento es clarísimo. Además, así lo ha establecido la tradición del Senado. Por lo tanto, si en cada disposición vamos a abrir debate sobre la interpretación reglamentaria, de ninguna manera podremos legislar.

El señor CHADWICK.-

Votemos la cuestión reglamentaria.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

A juicio de la Mesa, lo que cabe es votar la interpretación reglamentaria, porque algunos señores Senadores sostienen que aprobar las modificaciones de la Comisión no significa aprobar también el artículo. Esto es lo que habría que votar, ya que otros señores Senadores sostienen lo contrario.

En mi concepto, el artículo 106 establece que, en primer lugar, deben votarse los acuerdos de la Comisión; pero queda la duda en cuanto a si, aprobados o rechazados esos acuerdos, queda aprobado o rechazado el artículo.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Los acuerdos de la Comisión ya están producidos respecto de este artículo.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Entonces, ¿Su Señoría es partidario de votar los acuerdos de la Comisión?

El señor ENRIQUEZ.-

Hay que votar el artículo propuesto en el segundo informe.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Hay una interpretación reglamentaria distinta, señor Senador, por lo cual lo único que cabe es votar al respecto.

En votación.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El señor Presidente pone en votación si se acepta o no se acepta a votación el artículo.

El señor ENRIQUEZ.-

El artículo propuesto en el segundo informe.

El señor CHADWICK.-

En el segundo informe sólo se proponen modificaciones a ese artículo.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Algunos señores Senadores sostienen que deben votarse sólo las modificaciones.

El señor ENRIQUEZ.-

Las modificaciones de la Comisión pueden alterar totalmente el significado de un artículo. Tratándose de una disposición respecto de la cual la mayoría del Senado estuvo de acuerdo con la idea de legislar, durante el segundo informe puede haber enmiendas que signifiquen torcer la voluntad de esa mayoría. En consecuencia, si se estima que tales enmiendas son injustas, arbitrarias e inconvenientes debe existir la posibilidad de votar en contrario el artículo. Aprobar la tesis contraria es extremadamente peligroso, pues se resta soberanía al Senado para resolver y votar.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

La Mesa propone esclarecer la interpretación reglamentaria.

A juicio de algunos señores Senadores, entre ellos el Honorable señor Enríquez -tesis que Su Señoría ha sostenido esta mañana- debe votarse la totalidad del artículo. En concepto de otros señores Senadores, sólo deben votarse las modificaciones de las Comisiones, porque suponen que, aprobadas ellas, se acepta también el resto del artículo, que ya fue motivo de votación en la discusión general. A mi juicio, los argumentos del Honorable señor Enríquez son valederos en el sentido de que una enmienda de la Comisión puede variar el contexto general del artículo, argumento que es de peso.

El señor CHADWICK.-

En ese caso, quien así piense vota en contra el artículo.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

A ese argumento habría que oponer el de que el Senado puede votarlo en contra; pero podría suceder que algunos señores Senadores no tuvieran igual criterio.

Como hay dudas sobre la materia, someto a votación, en forma categórica, si se vota o no el artículo, y si aprobar las modificaciones implica que el artículo queda también aprobado.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Me atrevería a proponer a la Mesa que someta a votación una tesis más general: se aprueba el Reglamento o no se aprueba.

Su Señoría entrega a la resolución de la Sala si se vota o no se vota el artículo. Sin embargo, el Reglamento señala: "En seguida, pondrá en discusión, en el orden del contexto del proyecto, los acuerdos de la Comisión y las indicaciones que, rechazadas en el segundo informe, sean renovadas... ".

El señor LUENGO.-

¿ Cuál es el acuerdo de la Comisión?

El señor ENRIQUEZ.-

Pido a Sus Señorías olvidar de este artículo en particular y pensar en la gravedad del precedente que se pretende sentar.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

O sea, la tesis del Honorable señor Enríquez es contraria a la del Honorable señor González Madariaga.

El señor IBAÑEZ.-

Concuerdo en que es gravísimo lo que se pretende hacer en este momento, porque si, en la Sala, una mayoría ocasional aceptara, respecto del artículo en debate, la tesis de que el Senado, en el segundo informe, no puede rechazar un artículo modificado por la Comisión, estaríamos impidiendo el ejercicio de la función esencial de los Senadores. Por lo tanto, me excusará el señor Presidente que piense que ni siquiera lo que Su Señoría, con ánimo muy conciliador, quiere hacer, es procedente. No se puede someter este punto a votación, porque eso sería negar la esencia misma del Senado.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Yo no soy entendido en el Reglamento, pero, a mi juicio, para suprimir un artículo, debería haberse formulado la indicación respectiva en el primer informe. En esa oportunidad no se formuló tal indicación en cuanto a este artículo. Si así hubiera ocurrido, existiría indicación renovada.

Como no hubo petición para suprimir el artículo en el primer informe, no es posible formularla ahora, en el segundo. Ese es mi parecer.

El señor ENRIQUEZ.-

A mi juicio, la Mesa debe hacer uso de su facultad, sin necesidad dé someter a votación la procedencia. Debe aplicar el reglamento como ella lo entiende, de acuerdo con los precedentes, y poner en votación el artículo.

El señor BOSSAY.-

A mi juicio, nos estamos ahogando en un problema estrictamente formal.

En verdad, todos los señores Senadores que han intervenido están de acuerdo en el fondo y sólo discrepan en una palabra, mal o bien usada.

Nuestro Reglamento es sumamente claro. En efecto, dice que en este momento debemos votar los acuerdos de la Comisión en su segundo informe. ¿Qué es el "acuerdo de la Comisión en su segundo informe"? El artículo 1° del proyecto, en la forma como viene propuesto.

Este artículo será aprobado en la Sala por una inmensa mayoría. Sólo lo votarán en contrario no más de cinco o seis Senadores. Prácticamente lo votará favorablemente todo el Senado. Por lo tanto, nos estamos ahogando en una situación totalmente absurda.

El acuerdo de la Comisión es el artículo 1? del informe, y nada más. ¿Para qué seguimos hilando delgado sobre si este acuerdo significa esto o lo otro? ¿Que se puede rechazar este artículo? Claro. Si en vez de haber treinta votos a favor y seis en contrario hubiera treinta votos en contrario y seis a favor, podría rechazarse, evidentemente. Nadie niega que en este trámite se puede rechazar.

En consecuencia, en este momento sólo hay que votar el artículo 1° propuesto en el informe de la Comisión. Ese es el acuerdo.

El señor PABLO.-

Ya que se ha planteado un problema doctrinario y reglamentario, deseo exponer mi punto de vista al respecto.

En mi concepto, corresponde votar los acuerdos de la Comisión. Y tal acuerdo, en este caso concreto, comprende también la escala, porque había dos indicaciones que la alteraban o cambiaban, que fueron rechazadas en la Comisión. Al contrario, si se hubiera pedido agregar un inciso y la indicación hubiera sido aceptada o rechazada por la Comisión y no se hubiera tocado la otra parte, sólo precedería votar la parte aprobada por la Comisión. Pero en este caso concreto, el acuerdo de la Comisión significó rechazar la indicación que alteraba la escala y agregaba dos incisos.

Estamos de acuerdo con el criterio expuesto por los Honorables señores Chadwick y Luengo. Además, creo que el acuerdo de la Comisión fue también, por el hecho de haber otra indicación que modificaba la escala, mantener la totalidad del artículo.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Poco recta esa posición.

El señor PABLO.-

Totalmente recta.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Es un poco acomodaticia.

El señor PABLO.-

No tiene nada de acomodaticia.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación el acuerdo de la Comisión.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El señor Presidente pone en votación el artículo 1° propuesto por la Comisión en su segundo informe.

El señor CHADWICK.-

Sin sentar precedente...

-(Durante la votación).

El señor LUENGO.-

Estoy pareado con el Honorable señor Musalem; pero, debidamente autorizado por el Comité Demócrata Cristiano, voto que sí.

El señor PABLO.-

Nosotros somos contrarios a la escala aprobada en este artículo. Sin embargo, en el entendido de que pudiera haber una mayoría ocasional que por otros motivos rechazara el artículo, lo votaremos favorablemente, sin que ello signifique concordar con la escala aprobada por la Comisión.

Voto que sí.

El señor BOSSAY.-

Nosotros votamos que sí, porque estamos de acuerdo con la escala.

El señor IBAÑEZ.-

Señor Presidente, la exposición que hizo en la mañana de hoy el Honorable colega señor Enríquez me ahorra muchas de las consideraciones que quería hacer al fundar el voto, porque coincidimos con su pensamiento.

Quiero agregar que somos contrarios a este artículo, por considerar que carece de toda justificación establecer mayores impuestos cuando el Gobierno ha obtenido de "a tributación un ingreso tributario superior al doble, en moneda dura, del que se recibía en el país hace cuatro años, todo ello expresado en moneda dura.

Lo votamos en contrario, también, porque estos dineros sólo sirven para incrementar los derroches en que incurre el Ejecutivo. Y sobre este punto quiero ser bien específico, frente a las explicaciones que trató de dar en la mañana el Honorable señor Pablo.

De las 27 mil nuevas plazas creadas en esta Administración Pública -no se refiere, desde luego, a la Administración semifiscal-, sólo 8. 336 corresponden a profesores. En otra oportunidad habré de explicar si esos profesores tenían, en realidad, la calificación necesaria para desempeñar esa delicada función o si su nombramiento respondía más bien al deseo de dar empleo a gran número de miembros del partido de Gobierno.

Debo agregar que, además de estas cifras, se han producido, en el curso de los tres años de la Administración demócrata cristiana, 14 mil vacantes adicionales por jubilación de funcionarios públicos. Parte de ellas se debe a jubilaciones normales; pero un alto porcentaje se debió a que el Gobierno empujó a los funcionarios a salir de "la Administración Pública, a fin de poder substituirlos por personas adictas al régimen. Por todas estas circunstancias, nosotros no concurriremos con nuestros votos a que se siga dando dinero a un Gobierno que tan mal lo usa. Además, porque la destinación dada a estos recursos ha producido -como ya lo „ expresé antes- la paralización del desarrollo económico, según quedó de manifiesto por las cifras que el señor Ministro de Hacienda mostró en el Senado con motivo de la última exposición sobre la hacienda pública. Nosotros, en cambio, queremos que haya desarrollo económico; pero para ello es indispensable que el Gobierno termine sus derroches.

Por último, quiero señalar, una vez más, que con la aprobación que los parlamentarios democratacristianos dan a esta iniciativa, ellos demuestran que han faltado en forma abierta a las reiteradas promesas que hicieron y a la palabra que empeñaron ante el país en cuanto a que este impuesto tendría carácter eminentemente transitorio. Sobre ese punto fueron enfático-. Pero hoy día, hacen todo lo contrario de lo que sostuvieron antes. Lo subrayo, porque es necesario que el país sepa que el Gobierno no cumple su palabra y falta a los compromisos contraídos.

Por toda estas razones, votaremos en contrario.

El señor PRADO.-

Yo, por supuesto, doy mi voto favorable a este artículo, por las razones ya explicadas por el Honorable señor Pablo.

No puedo expresar extrañeza frente a lo dicho en esta Sala, porque desde un tiempo a esta parte he aprendido a valorizar la dureza y la inflexibilidad, que corresponden a un criterio muy de fondo y muy profundo, que encuentro en las expresiones y actitudes de hombres que representan a la Derecha chilena, como el Honorable señor Ibáñez.

El señor Senador y yo representamos a una misma zona, andamos por los mismos campos y recorremos los mismos caminos.

Con o sin errores, este Gobierno ha abordado algo que sé que promueve debate; que probablemente está llamado a crearnos dificultades y a probar nuestra capacidad política de conducción de los grupos sociales: la reforma agraria.

El Honorable señor Ibáñez y el Senador que habla recorremos, como digo, las mismas tierras y los mismos fundos de Aconcagua y de Valparaíso; uno para explicar a los campesinos que la tierra no puede seguir sujeta al sistema actual de tenencia. sin organización social de los trabajadores del campo, y otro, mi Honorable colega, para difundir su visión negativa y pesimista, como se suele hacer al analizar en el Senado los proyectos, al hablar de los "derroches del Gobierno", de que no es efectivo que se repartirá la tierra a los campesinos, etcétera.

El señor IBAÑEZ.-

Para hacer esa afirmación, Su Señoría debe justificar sus palabras con hechos.

El señor PRADO.-

Yo no lo interrumpí, señor Senador. Además, Su Señoría no es de los más respetuosos para referirse al partido de Gobierno.

El señor IBAÑEZ.-

No me he referido a ninguna persona en particular.

El señor PRADO.-

Por lo tanto, seguiré exponiendo mis ideas.

Ha sido vano que haya venido el señor Ministro de Hacienda al Senado a explicar por qué es tan grande la diferencia entre el presupuesto para reforma agraria de este Gobierno y el de la anterior Administración. Ese Gobierno de Derecha dictó la ley Nº 15. 020, sobre reforma agraria, pero no expropió ningún fundo. Sólo compró predios de mala calidad, respecto de lo cual habría mucho que decir. En cambio, hoy día nosotros nos estamos echando encima una carga presupuestaria para cumplir con los asentados, para pagar de contado lo que hay que pagar de contado, para cancelar el valor de las expropiaciones, pagaderas a distintos plazos, según la calidad de los hombres que tenían la productividad de la tierra, según si cumplían oportunamente o no con lo que el país pedía sobre producción y con lo que establecía la legislación social en beneficio de los trabajadores que laboraban en esas tierras.

También nos hemos echado encima grandes gastos en educación y por eso este año necesitamos cien millones más de escudos. Pero a todo eso se responde con un análisis en el que se alude a la creación de nuevas plazas para ocho mil o nueve mil profesores. Y nada se dice de todo cuanto se ha gastado en planes extraordinarios que son una forma de redistribución de nuestra riqueza. Porque si se recaudan más impuestos, ellos son para mayor educación, para hacer la reforma agraria, para contratar miles de nuevos funcionarios en el Servicio Nacional de Salud, como lo venían pidiendo reiteradamente muchos directores de ese organismo, ya que efectivamente todavía falta mucho por hacer, en ese aspecto, especialmente en las zonas rurales.

Por ahora, he querido hacer un mero alcance, porque esto da para un análisis a fondo de una actitud profunda de la Derecha chilena. A propósito, recuerdo haber leído que hace pocos días personeros suyos habían ido a una población, la Gómez Carreño, en Viña del Mar, después del incendio, a repartir víveres, lo cual salió publicado con grandes fotos en "El Mercurio". "¡Por Dios"!, pensaba yo, este Gobierno, en cuarenta y ocho horas, destinó los recursos del caso para atender a las damnificados por el siniestro y ordenó a los funcionarios de las reparticiones estatales correspondientes procurar, una rápida solución al problema. Ninguno de los Senadores de mi partido se ha jactado por la oportunidad y eficiencia con que el Gobierno afrontó tan dolorosos sucesos. Ninguno de nosotros hizo alarde por el hecho de que, desde la primera noche que siguió a ese incendio, los damnificados pudieron, gracias a las medidas del Gobierno, dormir bajo techo. Así se ha respondido, sin jactancia de nuestra parte. ¡Cómo soportar, entonces, con paciencia, que opositores al Gobierno insistan en majaderías sobre estos problemas y eludan ir a una análisis a fondo de los argumentos que exponen!

Con todo, no me causan sorpresa las expresiones del señor Senador; y las tomo, además, como de quien vienen.

El Gobierno y los parlamentarios democratacristianos habíamos pensado innovar en materias relacionadas con la tributación y establecer un sistema de ahorro para los trabajadores. Aseveramos que los recursos económicos que se podrían obtener por la aplicación de tal sistema jamás irán a la banca privada ni a alimentar empresas ni consorcios como los que alimentan hoy los fondos de la Fundación Federico Santa María, como lo sabe muy bien el Honorable señor Ibáñez. Eso no ocurrirá durante el actual Gobierno. De algún modo recogeremos ese ahorro. Puede que, al hacerlo, incurramos en errores o que no incurramos. Lo que no soportamos es el lenguaje usado por el Honorable señor Ibáñez. Y si Su Señoría insiste en él, nos veremos forzados a hacer un análisis a fondo de los sistemas que preconiza, los cuales, vigentes hasta la Administración recién pasada, han mostrado reiteradamente sus contradicciones. Así podría demostrarlo con muchísimos ejemplos que no es del caso recordar en estos momentos.

Voto que sí.

El señor IBAÑEZ.-

Ignoro a qué consorcios y a qué empresas se ha referido el Honorable señor Prado con relación a. mi persona. Los que Su Señoría dice que yo bien conozco, podrían estar manejados no por amigos míos, sino por amigos de la Democracia Cristiana.

El señor PRADO.-

Eso podríamos verlo cuando guste.

El señor AHUMADA,

-El proyecto de ley cuyo segundo informe conoce en estos instantes el Senado, adolece de numerosos errores en el orden de la teoría y de la organización tributaria del país, defectos que han sido analizados muy a fondo, desde el punto de vista teórico, por uno de los Senadores de mi partido, el Honorable señor Enríquez.

En general, los Senadores radicales aceptamos el establecimiento de un impuesto sobre las rentas, que sea personal, único y progresivo, y, asimismo, un impuesto patrimonial sobre el sistema tributario vigente.

Estimo lógica y justa la tesis sustentada por el Honorable señor Enríquez, desde el punto de vista de nuestra doctrina y de nuestra posición en teoría sobre hacienda pública, en especial si consideramos los planteamientos hechos valer en la Sala en lo tocante a la racionalización de las exenciones y de las franquicias tributarias. Y lo es más aún si tenemos en cuenta los antecedentes relacionados con el movimiento de valores correspondientes a tributos en cobranza judicial, materia analizada en un informe emitido por el Consejo de Defensa del Estado. Dicho informe consigna los valores respectivos en trámite de cobranza judicial, al 30 de julio de 1967; o sea, no analiza lo ocurrido en ese orden de cosas durante el segundo semestre del año pasado. Las cifras sobra demora en la recaudación de diversos tributos son siderales. Por concepto de contribuciones a los bienes raíces, la mora es del orden de los 97 millones de escudos y por concepto de atraso en la recaudación de impuesto global complementario y a la cifra de negocios, se adeudan 60 millones de escudos.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

Lo que se debe hoy debe de ser, sin duda, el doble.

El señor AHUMADA.-

Suman 188 millones de escudos los impuestos atrasados por tributación a la renta, 30 millones de escudos los impuestos a la herencia aún impagos y 38 millones de escudos el impuesto CORVI. O sea, las recaudaciones morosas llegan a la astronómica cantidad de 413 millones de escudos.

El análisis frío de estos antecedentes debería llevarnos a rechazar el artículo 1° del proyecto. Además, justificaría nuestra negativa a la aprobación de ese artículo el hecho de que la recaudación del impuesto sobre la renta mínima presunta fue, durante el pasado año, de sólo 75 % y, en consecuencia, respecto de la percepción de dicho tributo, hay una mora de 25 % con relación al gravamen establecido en 1966.

Sobre antecedentes como los mencionados, deberíamos meditar los Senadores de Oposición. También debemos tener presente que la prórroga del impuesto a la renta mínima presunta ha sido propuesta por el Ejecutivo, sin duda, con relación al financiamiento del reajuste de las remuneraciones del sector público; y que si bien el proyecto correspondiente fue retirado de la convocatoria, muy pronto habrá de volver ese asunto a la consideración del Parlamento, y entonces será necesario indicar las fuentes de recursos para financiar el mayor gasto que representarán los reajustes..

Sabemos que es confusa y desordenada la política económica y la relacionada con la hacienda, pública; que no se da adecuado uso a los tributos, y, en general, a lo recaudado en virtud de disposiciones aprobadas por el legislador en las que éste señaló las correspondientes fuentes de recursos con las cuales se daría una. compensación por el alza creciente del costo de la vida. En otros términos, se trata de los ingresos fiscales indispensables para subsanar siquiera en parte el proceso inflacionario galopante que agobia al ciudadano jefe de hogar.

Unicamente por las consideraciones expuestas, porque los asalariados que constituyen la gran mayoría, esperan una solución adecuada sobre reajuste de remuneraciones, me inclino por la aprobación del artículo 1°, en consideración a que fundamentalmente dicho precepto señala las fuentes de recursos para financiar los reajustes. La Oposición no niega fondos solicitados por el Gobierno; pero dejamos constancia de que el Ejecutivo no estaría en la necesidad de recurrir tan a menudo a este procedimiento si pusiera orden en la hacienda pública.

Como el Comité Nacional mantiene el pareo que he concertado con el Honorable señor Von Mühlenbrock, me abstengo de votar.

El señor CURTI.-

Voto que no, por las razones expuestas por los Senadores del Partido Nacional.

Deseo referirme en esta oportunidad, aunque sea muy brevemente, a las observaciones formuladas por el Honorable señor Prado al fundar el voto. El señor Senador, en forma violenta, se pronunció contra las apreciaciones hechas valer por el Honorable señor Ibáñez; y, con palabras enteramente vagas e imprecisas, se refirió a actuaciones que nada dicen.

Habló de redistribución de las riquezas, del éxito alcanzado por la reforma agraria y generalizó acerca de diversos otros asuntos; pero en ningún instante mencionó hechos concretos ni aspectos verdaderamente objetivos.

Tanto en oportunidades anteriores como en ésta, el Honorable señor Ibáñez ha comentado en forma responsable las situaciones verdaderamente catastróficas causadas por los organismos estatales encargados de aplicar la reforma agraria. Hace algunos días, mi Honorable colega denunció que en la hacienda El Melón, actualmente: expropiada, se producían 450 mil litros de leche, con lo cual se abastecía la población de Valparaíso. Hoy, dicha producción es inexistente y, lo que es igualmente grave, el trabajo de ese fundo deja ingentes pérdidas, no obstante ser una de las propiedades agrícolas más ricas de Aconcagua y Valparaíso.

En términos igualmente imprecisos, se menciona el incremento habido en la contratación de nuevos profesores. Bien sabemos que en su gran mayoría se trata de profesores improvisados, quienes se han preparado uno o dos meses en alguna escuela de adiestramiento, y luego se les ha encomendado tomar a su cargo los cursos llamados de 7° y 8º años secundarios. Por su escasa preparación, la productividad de esos maestros es muy baja, y nunca se asemeja a la de quienes son profesores egresados del Instituto Pedagógico.

Con todo, se insiste en hablar vagamente sobre mayor número de profesores, como una manera de justificar el inusitado aumento de funcionarios públicos.

De todas las afirmaciones tan generales que he mencionado, se concluye más bien que, a juicio del Gobierno, a mayores gastos corresponde mayor progreso. En verdad, el derroche fiscal redunda, en desfinanciamiento y, a su vez, esta angustia genera las continuas peticiones de recursos necesarios para solventar gastos normales.

Desde hace tres años, se ha duplicado el presupuesto de gastos de la nación, expresados en moneda de valor constante. Sin embargo, no puede sostenerse seriamente que se haya duplicado el progreso. En realidad, queda de manifiesto algo muy distinto; ha crecido en forma indiscriminada el gasto fiscal y es cada vez peor la inversión que se da a los fondos públicos. Por su parte, el crecimiento de los ingresos es notable, gracias a los mayores tributos. El aumento de la carga tributaria está creando desesperación entre los hombres de trabajo, o sea, los que verdaderamente producen los recursos fiscales.

Como estamos en votación y, por este motivo, el Honorable señor Ibáñez no puede contestar las palabras del Honorable señor Prado, yo las rechazo con toda energía, en nombre de mi distinguido colega. Particularmente, rechazo las imputaciones, generales y en extremo vagas, respecto de supuestos contactos del Honorable señor Ibáñez con los consorcios vinculados al manejo de la Universidad Santa María.

De modo terminante, declaro que mi Honorable colega no tiene relaciones de ninguna índole con la administración del mencionado plantel universitario. Reitero mi rechazo a tales imputaciones, las cuales no puedo dejar de condenar en este momento.

-Se aprueba el artículo 1º, en la forma propuesta por la Comisión (19 votos por la afirmativa, 5 por la negativa y 3 pareos).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Respecto del artículo 2º, la Comisión propone aprobarlo con las siguientes enmiendas consistentes en sustituir en los incisos segundo y tercero de la letra A), la palabra "residencia" por "permanencia", y, en el número 3° de la letra B) las palabras "nominales y transitorios" por las siguientes: "nominales, transitorios y de orden".

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En discusión las enmiendas al artículo 2º.

Ofrezco la palabra.

El señor CHADWICK.-

Solicito que alguno de mis colegas miembro de la Comisión nos explique qué razones la movieron para alterar la terminología empleada en el artículo 2º, con lo cual se vuelve a la empleada para dicha disposición en el proyecto primitivo.

En el primer informe, la Comisión acogió la indicación que formulé para reemplazar el término "permanente" por "residencia". La enmienda aprobada tenía por finalidad someter a los extranjeros residentes en Chile a las normas establecidas por la Ley de Impuesto a la Renta en cuanto a la forma como ellos deben tributar con relación a sus ingresos. Concretamente, se trataba de considerar presentes en Chile a quienes permanezcan en el país más de seis meses en un año calendario, o más de seis meses en total, dentro de dos años calendarios consecutivos.

La expresión "permanencia" tiene el grave inconveniente de no precisar los límites exactos de dicho concepto. Aunque en el informe se deje constancia de que las ausencias temporales no interrumpen la residencia, pueden surgir graves problemas concernientes a la aplicación real y verdadera de los incisos segundo y tercero de la letra A) del artículo 2º en debate.

El señor RODRIGUEZ.-

Como presidente de la Comisión de Hacienda, procuraré, con el mayor gusto, aclarar las dudas expresadas por el Honorable señor Chadwick.

En verdad, fuimos partidarios de la enmienda propuesta por el señor Senador cuando la Comisión estudió el proyecto en primer informe. Con posterioridad, fue consultado el señor Ross, Director General de Impuestos Internos, quien nos explicó que los términos mencionados se encuentran claramente definidos en la ley de Impuesto a la Renta y, además, que, en la práctica, no ha habido problemas en esta materia. En resumen, el organismo técnico responsable es partidario de la terminología, anteriormente empleada por la ley, en virtud de las consideraciones referidas.

Además, debo manifestar que el 2º informe de la Comisión de Hacienda deja constancia, en la página 5, número 4º, de que la indicación correspondiente se aprobó en el entendido de que el término "permanencia" no exige continuidad y que las ausencias temporales no la interrumpen. Vale decir, de este modo, se aclaran las dudas manifestadas por el Honorable señor Chadwick en el sentido de que el vocablo podría servir de puerta de escape para no cumplir obligaciones tributarias.

El señor PABLO.-

En primer lugar, deseo dejar en claro que, hasta la fecha, en la Comisión no ha habido problema alguno. En segundo lugar, el término "residencia" está definido en la ley de la renta y no implica permanencia continuada. El Director de Impuestos Internos participó de esta idea e hizo presente que hasta el momento no ha habido dificultad en su interpretación y aplicación.

Por estas razones, considero que el precepto debe ser aprobado en la forma propuesta por la Comisión.

El señor BOSSAY.-

Por nuestra parte, concordamos en que el texto propuesto por la Comisión tiene correspondencia, en el fondo, "con la legislación vigente. La más importante modificación introducida es la relativa a las fechas: se cambian la fecha "30 de septiembre" y dos o tres términos de orden formal, como el indicado, con el objeto de dar mayor seguridad a los distintos sectores del Parlamento.

Por estas consideraciones, votaremos favorablemente la disposición.

El señor IBAÑEZ.-

Aun cuando acabamos de escuchar las palabras de nuestro Honorable colega señor Curti -que agradezco mucho- con relación a las injuriosas expresiones vertidas hace unos instantes por el Honorable señor Prado, deseo poner de relieve los hechos que han motivado este incidente, para que el propio Senado se forme juicio respecto de Su Señoría y para que el señor Senador retire sus palabras.

He fundado mi voto, en el artículo anterior, y he señalado cifras oficiales: las del Ministerio de Hacienda. Me he referido en todo instante a hechos precisos. He recordado afirmaciones, seguridades y promesas de personeros de Gobierno y de la Democracia Cristiana que han dejado de cumplir. Por ello, he dicho que ese partido ha faltado a la verdad y que no es posible tener fe en sus palabras. He dado a conocer cifras exactas sobre empleos que juzgo inútiles, creados por la actual Administración para colocar a sus prosélitos. Pero el Honorable señor Prado ha. replicado en términos injuriosos y con calificativos insolentes, que yo rechazo.

Comprendo que, en un mal momento, Su Señoría haya vertido expresiones que él mismo no puede creer, pues me conoce lo suficiente como para saber que no miento jamás. También comprendo que duela al señor Senador que nosotros ayudemos con nuestros recursos a los damnificados de Valparaíso, y no hagamos lo que la Democracia Cristiana, que lleva a cabo propaganda para difundir sus ideas políticas, con recursos presupuestarios. Comprendo que duela al señor Senador el hecho de que los campesinos recurran a nosotros en demanda de amparo ante los abusos de que-son víctimas. Comprendo que le duela que nosotros recordemos las promesas incumplidas de la Democracia Cristiana. Pero no por eso el Honorable señor Prado está autorizado para emplear los calificativos que la Sala ha oído.

Espero que Su Señoría recapacite sobre lo que he dicho y que se desdiga de sus palabras. Si no lo hiciera, tendré que referirme al señor Senador en términos muy duros.

Voto que sí.

El señor PRADO.-

¿Cuáles son esos términos?

El señor CURTI.-

Su Señoría no sabe lo que ha dicho.

-Se aprueba el artículo 2º, en la forma propuesta por la Comisión de Hacienda.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 3º: la Comisión propone sustituir la segunda oración del inciso segundo de la letra d) de este artículo, por la siguiente:

"Esta rebaja se hará sólo respecto de aquellas sociedades que tenían más de 15 accionistas a la fecha del último cierre del Registro anterior al Balance que sirve de base para la valorización de sus acciones, y según sea el objeto de la empresa: bancario, minero, agrícola y/o ganadero, salitrero, textil, industrial y varios, metalúrgico y asegurador, en el porcentaje del indicado menor valor que haya correspondido al respectivo grupo que tuvo cotización bursátil. "

También propone agregar, como incisos tercero y cuarto de esta letra d), los siguientes, nuevos:

"Para los efectos de lo dispuesto en el presente artículo se considerará que las acciones no han tenido cotización bursátil, cuando no haya habido transacción en bolsa o cotización comprador o vendedor en a lo menos 20 días dentro del período comprendido entre el 1? de enero y el 29 de septiembre de 1967, y no se considerarán acciones, las que correspondan a sociedades anónimas que no estén vigentes al 29 de septiembre de 1967.

"Dentro del plazo de 10 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, las sociedades anónimas deberán remitir a la Superintendencia de Sociedades Anónimas copia del Balance que deba servir de antecedente para la valorización de las acciones. Vencido este plazo la Superintendencia, sin perjuicio de lo que establece el D. F. L. número 251, de 1931, podrá aplicar a cada Director, Gerente o Contador de las sociedades anónimas que no hayan dado cumplimiento a dicha obligación una multa de medio a tres sueldos vitales del Departamento de Santiago. "

Por último, propone agregar, como inciso segundo de la letra f), el siguiente:

"No obstante, los bonos y pagarés de la Reforma Agraria que, al 30 de septiembre de 1967, hayan sido recibidos o corresponda recibir, en pago de una expropiación, se valorizarán en un monto equivalente al valor nominal de las cuotas que venzan entre el 30 de septiembre de 1967 y el 31 de diciembre de 1968, más el reajuste que corresponda. "

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

El artículo 3º en debate, fija las normas en virtud de las cuales el contribuyente deberá determinar, para los efectos del impuesto a la renta mínima presunta, el valor de los bienes que no constituyen parte del activo; o sea, los bienes exentos.

La letra, d), sobre la cual recae la modificación propuesta por la Comisión, dispone que las acciones de las sociedades anónimas se valorizarán de acuerdo con su cotización bursátil al 29 de septiembre de 1967.

En el seno de la Comisión de Hacienda, tuve oportunidad de manifestar mi opinión contraria a esa disposición. No fatigaré al Honorable Senado explicando el sistema actual, basado, precisamente, en la cotización bursátil de las acciones de las sociedades anónimas, pues todos sabemos que él ha dado lugar a numerosos casos de transacciones simuladas tendientes a disminuir en forma artificiosa el valor de esos documentos, a fin de evadir impuestos.

Por estas consideraciones, presenté indicación para reemplazar el actual sistema de cotización bursátil por el de cotización según el valor libro. Por desgracia, la idea fue desechada en la Comisión.

Las modificaciones propuestas alteran sólo muy parcial y débilmente los perniciosos y peligrosos efectos del sistema de cotización de acciones según el valor bursátil. Por esta circunstancia, no podríamos votar en contra de la modificación. No obstante, tampoco somos partidarios del sistema mismo; de manera que, en esta oportunidad, los Senadores comunistas nos abstendremos.

Nada más, señor Presidente.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Deseo expresar algunas palabras, pues suscribí una indicación relacionada con los valores de las sociedades anónimas.

Sostengo que dentro del sistema vigente, la sociedad anónima es indispensable y útil para promover actividades industriales y reunir capitales con aportes de numerosos ciudadanos de modestos recursos. Así se han podido formar grandes empresas.

Acepto que en el régimen de las sociedades anónimas, como en todas las cosas humanas, se han cometido abusos, los cuales han provenido, en gran parte, de los organismo directivos que las rigen. No obstante, dejo establecido que, a mi juicio, el principio sobre el cual se funda la sociedad anónima, es respetable.

Dejo en claro que he suscrito la referida indicación en la inteligencia de que muchos tenedores de acciones pagarán el impuesto, por un valor no cancelado por ellos al adquirir los documentos, en un plazo determinado, que podría ser al término de cada año. Esto es lo que me parece justo. Por lo demás, me someto a lo resuelto por la Comisión en cuanto a la indicación.

El señor RODRIGUEZ,

-Existe acuerdo para aprobar el artículo, señor Presidente.

El señor BOSSAY.-

Las dudas que asaltan a mi estimado colega el Honorable señor González Madariaga fueron absueltas en la Comisión. Allí se dejó establecido de que la situación relatada por Su Señoría sólo podía acaecer durante la vigencia de la anterior ley sobre la materia, pues ella se refería, si no me equivoco, a valores del mes de octubre de 1964.

El señor PABLO.-

Hay acuerdo para aprobar el artículo, señor Presidente.

El señor BOSSAY.-

La situación actual se refiere a valores vigentes. Por lo tanto, la Comisión rechazó numerosas indicaciones, tanto la suscrita por el Honorable señor González Madariaga como las de otros señores Senadores, concernientes a la materia.. Se procedió así por una razón muy simple: tratar de evitar evasiones tributarias. Cambiar la fecha aprobada, 30 de septiembre, por 30 de diciembre, se presta para que las empresas, en conocimiento de la ley en proyecto, realicen, en los meses de octubre, noviembre y diciembre, diversos tipos de movimientos. Por eso, en la Comisión hubo unanimidad -si no incurro en error- para mantener la cifra de 30 de septiembre, pues ella permitirá que los valores reflejen la situación real de la sociedad.

Por lo demás, en el texto del artículo en discusión se establecen formas de evitar estos errores. De este modo, la Superintendencia de Sociedades Anónimas puede, de una manera que podría llamar mayoritaria, establecer el valor libro. Además, dicho organismo está facultado para aplicar una multa al Directorio, Gerente o Contador, si dentro del plazo de diez días, contado desde la fecha de publicación de la ley en proyecto, las sociedades anónimas no le remiten copia del balance, sobre cuya base se establecerá el valor correspondiente a cada accionista del patrimonio social total de la empresa.

A mi juicio, las inquietudes del Honorable señor González Madariaga fueron superadas por el artículo en debate. Por eso, lo votaremos favorablemente.

El señor PABLO.-

Anuncio nuestra votación favorable al artículo en discusión.

La indicación del Honorable señor Contreras Labarca tiende a calcular el valor de las acciones según lo señalado por los registros contables, lo cual nos parece exagerado. En el hecho, la única posibilidad de solventar el impuesto de muchos que hoy compran en la Bolsa de Comercio documentos a un valor inferior a la quinta parte del que figura en los libros, consistiría en liquidarlas en valores de manera que se quintuplicara el precio de adquisición..

La indicación del Ejecutivo no afecta el principio general en que se asientan las sociedades anónimas, sino a aquellas empresas de tipo familiar manejadas de manera que beneficie a algunos sectores de la misma. Por eso, la votaremos favorablemente.

-Se aprueba el artículo en la forma propuesta por la Comisión, con la abstención de los Senadores socialistas populares, socialistas de Chile y comunistas.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 12. La Comisión propone agregar al final, en punto seguido, lo siguiente: "El impuesto de este inciso será de cargo de quien emita o por cuenta de quien se haya emitido las facturas o documentos respectivos. En todo caso, los mandatarios del emisor y las instituciones bancarias que hayan recibido las facturas en cobranza o garantía, serán solidariamente responsables del pago de este tributo".

-Se aprueba el artículo con la enmienda propuesta.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 14. La Comisión propone intercalar entre las palabras "del personal" y "de la Administración", las siguientes: "en servicio activo, jubilado, en retiro o beneficiario de montepío, de empleados y obreros". Y sustituir el guarismo "15%" por "22%".

Debo advertir que en el impreso que los señores Senadores tienen a. la vista, hay dos pequeños errores. Se dice: "al personal" en vez de "del personal", y en lugar de leerse "de la Administración", lo correcto es "de empleados", como acabo de leer.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor PABLO.-

Tanto este artículo como el siguiente se refieren a materias completamente ajenas al proyecto. Fueron aprobados, sí, en el primer informe, pero dicen relación al reajuste de remuneraciones de los sectores público y privado.

En tales condiciones y por estimar que no debe tratarse esta materia con ocasión de la iniciativa en debate, nos abstendremos de votar.

El señor BOSSAY.-

Como lo ha dicho el Honorable señor Pablo, ésta materia fue incluida en el proyecto en el primer informe. Ya hemos hecho presente, tanto en aquella oportunidad como durante el estudio del segundo informe, el hecho de que existen precedentes, en legislaciones anteriores, en cuanto a préstamos de la misma índole del que se propone en el artículo en debate. La única novedad del precepto es que sólo establece la posibilidad de otorgar el beneficio, pues si el Gobierno se apresura en mandarnos el nuevo proyecto de reajustes, y cumple su compromiso de entregárnoslo durante el mes de febrero, dentro de trece o catorce días -se han dado varias fechas, pero todas ellas corresponden a este mes-, el Presidente de la República no tendría necesidad de usar la facultad que se le concede. A la inversa, si en vez de llegar al Congreso en febrero y estar en condiciones de ser promulgada en marzo, esa iniciativa se demorara hasta mayo o junio, como algunas personas temen; lógico sería otorgar el préstamo, que ha de financiarse con cargo a 600 millones de escudos aproximadamente que tanto por mandato de la ley de Presupuestos como por el artículo 38 de este proyecto se destinan al pago de reajustes exclusivamente. De ese modo el personal de la Administración Pública no se vería obligado a esperar hasta el total despacho de la nueva ley de reajustes, mientras se debate en situación angustiosa, acrecentada por la ola de alzas desatada durante todo el mes de enero y en lo que va corrido de febrero. Sin duda, en los próximos sesenta días continuarán los reajustes de precios superando con creces el índice de 22%, porcentaje que permite sólo recuperar el poder de compra perdido por los consumidores durante el año 1967. Es de advertir que los asalariados ya han perdido por lo menos una cuarta parte sólo en el transcurso de un mes de este año 1968, del aumento compensatorio que se les desea dar por la pérdida de su poder adquisitivo, pues la mayoría de las alzas exceden el 20%, y algunas alcanzan a más de 30%. Aparte las de la bencina, el petróleo y la locomoción colectiva, cada, día se incorpora un nuevo artículo al diluvio de alzas que debe soportar el hombre que vive de un sueldo o salario, quien debe afrontarlas con su remuneración del año pasado, del todo desvalorizada, y no en la proporción que señalan los índices oficiales, sino en porcentaje muy superior.

No hay mayores novedades en este artículo 14, que el haber incluido en él algunos sectores no comprendidos en la indicación primitiva. Es el caso del Poder Judicial, y de los montepiados y jubilados, todos los cuales reciben directa o indirectamente del fisco su medio de subsistencia, ya se trate de personas en actividad o acogidas a retiro.

En cuanto al artículo 15, al que también se refirió el Honorable colega, es consecuencia de una indicación que presenté en nombre del Partido Radical para otorgar a obreros y empleados del sector privado 22% de reajuste, iniciativa que ha sido modificada por sugerencia del Honorable señor Rodríguez, en el sentido de elevar ese porcentaje a 30%.

Nosotros votaremos favorablemente tanto el artículo 14 como el 15, porque no podemos desconocer los argumentos que en apoyo de su indicación citó el Honorable colega y que fueron proporcionados por distintos gremios. Al respecto, reconocemos que las cifras sometidas a nuestra consideración no corresponden a la realidad en la desvalorización.

El señor CHADWICK.-

¿Me permite, Honorable colega?

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Estamos discutiendo el artículo 14, señor Senador.

El señor BOSSAY.-

Permítame terminar, señor Presidente, para que pueda intervenir en seguida el Honorable señor Chadwick.

Si queremos atenernos a las cifras, veamos cuáles acepta el Estado. Por una parte, el alza del costo de la vida, según la Dirección General de Estadística, ascendió a 22%. Por otra, el escudo ha sufrido una disminución de 35% con relación al dólar. Este es un porcentaje derivado de estudios técnicos, aceptado por varios organismos, entre ellos el Banco Central, pero que no podemos aceptar.

Votaremos a favor de estos artículos, como lo he dicho.

El señor CHADWICK.-

Señor Presidente, respecto de la discusión de este artículo 14, vale, a mi juicio, la observación que se ha hecho en torno de lo ocurrido en el mes de enero de 1968, que registra un alza espectacular del costo de la vida, aun empleando los índices que el propio Gobierno estima desvirtuados por el cambio de la realidad económica y social del país.

El alza del costo de la vida en enero de 1968 ha sido calculado oficialmente en 5, 7% respecto del 31 de diciembre (del año pasado. O sea, queda demostrado que la vieja historia de que los reajustes de remuneraciones motivan la inflación no tiene asidero en la realidad, porque ningún aumento se ha otorgado y, sin embargo, la inflación toma un ritmo enteramente desbocado.

Por eso, es en absoluto imprescindible proveer al sector público de algún recurso transitorio mientras se despacha, la ley de reajustes que le permita afrontar el gravísimo azote de la inflación.

Por eso, nosotros votamos por el artículo 14.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Si le parece a la Sala, daré por aprobado el artículo, con la abstención de los señores Senadores democratacristianos.

Aprobado.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 15. La Comisión propone substituirlo por el siguiente:

"A contar desde el 1º de enero de 1968, las remuneraciones de los obreros y empleados del Sector Privado, vigentes al 31 de diciembre de 1967, se reajustarán en una suma igual al 30% de las mismas.

"El salario mínimo obrero será de Eº 10 diarios. "

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Señor Presidente, los Senadores comunistas votaremos favorablemente este artículo.

Era de absoluta necesidad que en la Comisión de Hacienda se formulara indicación, respecto del reajuste de remuneraciones de los obreros y empleados del sector privado, por cuanto observamos que el Ejecutivo no manifiesta mayor interés en impulsar la aprobación de una ley sobre la materia. El Gobierno se empeñó en tratar de imponer al Congreso Nacional un proyecto de ley que, desde su partida, estaba condenado a naufragar en el Senado, y ha dejado pasar el tiempo a sabiendas de que esa iniciativa no podía, prosperar, perjudicando así gravemente los intereses de obreros y empleados.

Era necesario presentar esa indicación porque, además, los partidos de Oposición y, en particular, el Partido Comunista, habían sido víctimas de una campaña encarnizada de parte de sectores del Gobierno -en especial, de su prensa-, en el sentido de que la Oposición no deseaba o estaba estorbando la aprobación del reajuste de remuneraciones del sector privado. Ello constituye, evidentemente, una calumnia. Precisamente, para hacer frente a ella quisimos dejar constancia de manera fehaciente, durante la tramitación del proyecto en debate en la Comisión de Hacienda, de que no sólo deseábamos otorgar un reajuste conveniente a los intereses de los trabajadores, sino que estábamos dispuestos a hacer todo lo necesario para que tal beneficio se aprobara con la celeridad necesaria.

En cuanto al inciso segundo de este artículo, obedece al propósito de elevar el nivel del salario mínimo obrero, que, como saben los señores Senadores, es muy bajo en la actualidad. Puede decirse que viene produciéndose en nuestro país un proceso de envilecimiento de los salarios, que daña intereses fundamentales, no sólo de los trabajadores, sino de la nación entera, ya que éstos y sus familias están sometidos a toda clase de privaciones a causa de la insuficiencia de sus ingresos. Diez escudos diarios no alcanzan, por supuesto, para satisfacer todas las necesidades de un grupo familiar. Sin embargo, nos parece que en esta oportunidad debe elevarse por lo menos a esa cantidad el salario mínimo obrero. Es lo que se propone en el inciso segundo a. que me refiero.

El señor RODRIGUEZ.-

Señor Presidente, ya se ha hecho un análisis del artículo 14, que guarda relación con el 15 porque aquél otorga una facultad al Presidente de la República, como lo anotaba el Honorable señor Bossay, para dar un anticipo de remuneraciones con cargo a futuros reajustes, en tanto que en el 15 hemos anticipado un criterio para reajustar las remuneraciones del sector privado.

De ambas iniciativas -me refiero a las dos, porque a las dos se refirió el Honorable señor Pablo-, somos coautores los Senadores de estas bancas.

En cuanto a la cifra de 30%, que fue acogida por la Comisión de Hacienda, obedece a una indicación mía. Ella recoge, como lo dije cuando tratábamos el artículo 1°, una aspiración generalizada en los gremios -Confederación de Empleados Particulares, Central Unica de Trabajadores-, cuyos estudios técnicos, que son bastante valiosos, y no pueden desestimarse, establecen de modo fehaciente que el porcentaje de reajuste propuesto inicialmente por el Gobierno, es decir, de 21% a 22%, está muy por debajo -lo que ya se ha analizado aquí- del alza real del costo de la vida.

De modo que mediante esta indicación nuestra, aprobada -repito- por la Comisión de Hacienda, y que, entiendo, lo será también por la Sala, estamos dando satisfacción a una aspiración gremial y sindical.

Por eso, damos nuestros votos favorables a este artículo.

El señor CHADWICK.-

Yo quisiera agregar a lo que aquí se ha dicho la extrema urgencia que existe en proveer de un reajuste inmediato a los trabajadores del sector privado, porque las propias estadísticas oficiales reconocen que el rubro más afectado por el alza del costo de la vida es el de los alimentos.

En el mes de enero, aumentó el precio promedio de los artículos de alimentación en 4%. Este porcentaje corresponde, como es natural, a los productos que consumen los sectores de más bajas rentas, lo que significa que, en la práctica, los obreros, que son quienes perciban las más bajas remuneraciones, no tienen hoy día recursos con qué comprar alimentos.

Por eso, no podemos esperar en forma indefinida que el Ejecutivo envíe un proyecto de reajustes que comprenda a todos los sectores de la economía nacional.

En consecuencia, el Partido Socialista Popular aprueba esta disposición y la votará con entusiasmo.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

- (Durante la votación).

El señor PABLO.-

Señor Presidente, se han formulado cargos al Gobierno en el sentido de no haber presentado oportunamente un proyecto de reajustes. La verdad es que tal iniciativa se envió al Congreso en el instante debido, pero no contó con el agrado de la mayoría del Senado, que anunció su rechazo en general.

Ahora estamos abocados a una situación que debe ser abordada tanto por los sectores de Gobierno como de Oposición. Pero la posición de ésta es muy fácil: reclama la detención del proceso inflacionario y, al mismo tiempo, pide los aumentos más altos posibles de las remuneraciones. Es decir, por una parte, se consagra como sector simpático ante sus electores y, por otro, olvida que en esta forma estimulan también la inflación.

Ahora se nos propone un reajuste superior al alza del costo de la vida y que servirá de base para empezar a discutir los pliegos de peticiones. En estas circunstancias los aumentos no serán de 30%, sino de 35%, 40% ó 50%, lo cual conducirá al desquiciamiento total de la economía.

¡Pero los señores Senadores están muy tranquilos... ! En esta forma, aparecen en actitud muy consecuente con las aspiraciones de los asalariados, pero al mismo tiempo parecen eludir su responsabilidad de parlamentarios, sean de gobierno o de Oposición, de velar por los intereses del país, y ello cuando se aproximan los comicios electorales.

Creemos que esta indicación debe ser inducida en un proyecto general de reajustes, cuya filosofía y financiamiento conozcamos.

No siempre podemos dar cuanto queremos, porque ello está ligado al proceso económico general del país. Por eso, si bien es cierto que nuestra situación electoral es muy incómoda, tenemos conciencia de que debemos cumplir con nuestra responsabilidad frente a los trabajadores. Porque dar un reajuste y quitar, al mismo tiempo, poder adquisitivo a la masa asalariada, en virtud de la inflación constituye un juego que el país no puede aceptar y respecto del cual la Oposición se lavará las manos.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

¡ Cuéntenos cuánto dieron el año pasado al sector privado... !

El señor PABLO.-

Se le otorgó bastante más que en otras oportunidades.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

¡No le dieron un peso de aumento!

El señor BOSSAY.-

Nosotros no eludimos la responsabilidad que nos pueda caber con motivo de cualquiera de las disposiciones que presentamos y que votamos en determinado momento. Pero la verdad es que este atraso en manera alguna puede atribuirse a la Oposición ni mucho menos al Partido Radical.

Conviene recordar que el proyecto que financiaba con bonos una parte del reajuste de sueldos y salarios, presentado por el Ejecutivo en diciembre, fue repudiado por más de 90% de quienes viven de un sueldo o salario. Esa iniciativa se dejó dormir en la Cámara de Diputados. ¿Por qué? Es necesario refrescar la memoria a la opinión pública: para esperar el resultado de la elección de Bío-Bío, Malleco y Cautín, a fin de no perjudicar las posibilidades de uno de los candidatos. Mas, como es sabido, ese proceso la afectó, pues las provincias en referencia también repudiaron aquel tipo de legislación.

Más adelante, se anunció que el partido

de Gobierno celebraría un consejo nacional en determinada época. Esa reunión se postergó hasta los primeros días de enero. Durante toda esa etapa el proyecto no se movió en la Cámara, y sólo se dio comienzo a su tramitación después de conocerse las determinaciones del consejo nacional de la Democracia Cristiana.

Por nuestra parte, y dentro del papel que nos corresponde, hemos dado a esa iniciativa la mayor velocidad posible. El resultado ya lo conoce la opinión pública: su retiro y, paralelamente, el desglose de lo relativo a impuesto patrimonial. Esa es la razón de por qué discutimos el proyecto que nos ocupa.

Con posterioridad, el Gobierno, sobre la base del rechazo del Senado, anunció que se encuentra abocado al estudio de un nuevo proyecto de reajustes.

¿Podemos decir que no cumplimos responsablemente ante la opinión nacional, ante los sectores público y privado, tratando de buscar alguna solución, en circunstancias de que ya se ha dicho que en enero el alza del costo de la vida llegó a los más altos índices alcanzados en el último decenio -5, 8%- y de que sólo el rubro alimentos ha superado el 4%? ¡Imposible!

Creemos honradamente que estamos cumpliendo nuestro deber. El costo de la vida está subiendo a enorme velocidad. Sin duda, aumentará en febrero y, posiblemente, en marzo, en cifras parecidas a las del primer mes del año.

¿ Podemos esperar uno, dos o tres meses más ? Creo que en ese caso no cumpliríamos nuestra obligación.

Como es natural, cada cual tiene su manera de plantear sus puntos de vista y decir qué debe hacerse primero. Primitivamente formulamos la indicación basados en el alza oficial del costo de la vida, o sea, 21, 9%. Ese fue nuestro pensamiento. Con posterioridad se presentó una nueva indicación que favorece al sector, privado. No podemos negarnos a votarla.

Repito: nosotros formulamos la indicación en forma responsable, basados exclusivamente en el alza del costo de la vida, doctrina que hemos mantenido desde hace años.

Por eso, al votar de manera afirmativa, no aceptamos los términos como se ha planteado esta situación y creemos haber legislado -insisto- responsablemente en cuanto a reajustes de sueldos para ambos sectores.

El señor CHADWICK.-

Las palabras del Honorable señor Pablo obligan a una respuesta en aquella parte que no ha sido considerada en intervenciones anteriores. Su Señoría parece atribuir, una vez más, el alza del costo de la vida al mejoramiento de los sueldos y salarios, en circunstancias de que lo único que se pretende es restaurar un poder adquistivo que los trabajadores han ido perdiendo progresivamente en el curso de 1967.

Además, el señor Senador olvida que el proceso inflacionario, como tuve oportunidad de anotarlo, aparece acelerado en enero. Todavía más, silencia, deja en preterición absoluta la política del Gobierno respecto del dólar.

Por esta política, las grandes empresas imperialistas obtienen reajustes quincenales de sus valores exportados, que retornan parcialmente a Chile para pagar sueldos y salarios; o sea, se les aplica un sistema móvil que se niega a los trabajadores, pero que favorece a esas grandes compañías.

Cabe preguntarse, entonces, ¿con qué criterio se hace discriminación? ¿Por qué, si se reajusta a los exportadores el valor del dólar que retornan cada quince días, se niega a los trabajadores el reajuste inmediato para compensar la pérdida del poder adquisitivo que experimentan sus sueldos y salarios?

Basta formularse esta pregunta para definir una política, una conducta en la dirección de la economía nacional.

Por eso -repito-, los Senadores socialistas populares votaremos afirmativamente la proposición hecha por la Comisión de Hacienda.

El señor PRADO.-

Con relación a este artículo que parece contar con la aprobación del Senado y que contiene una norma de reajuste sustitutiva de la propuesta en el proyecto del Gobierno, creo que podría decirse mucho, como asimismo respecto de otras disposiciones que deberemos conocer más adelante. En todo caso, no quiero dejar pasar lo expresado en la Sala sin hacer algunas reflexión.

Todos conocemos la actitud asumida por los partidos políticos que han ejercido el Poder en los últimos años, en torno de la política "de reajustes. Basta pedir los antecedentes en la Oficina de Informaciones del propio Senado o revisar las cuentas rendidas anualmente sobre la Hacienda Pública y el monto de los reajustes con relación a los índices del alza del costo de la vida. En verdad, uno se sorprende al analizar esas cifras.

Es efectivo que hay inflación, como también lo es que estamos preocupados porque en los primeros meses se han producido alzas algo superiores a las esperadas. Pero si se las compara con las cifras de años anteriores, veremos que el aumento de ese índice fue mayor y que después ha decrecido. Esa es la razón por la cual lo medimos anualmente.

¿Cuáles cifras debemos invocar si queremos refutar algunas de las afirmaciones que se han formulado? La verdad es que uno se queda pasmado al comprobar que después de más de veinte años de lucha reivindicativa por los reajustes del sector asalariado chileno, desde 1944 a 1964, la participación de los trabajadores en el ingreso nacional apenas subió, de 40%, a 47%. En los dos primeros años de este Gobierno aumento, de 47%, a 51%; o sea, poco más de cuatro puntos en dos años, contra siete puntos en veinte años de lucha reivindicacionista.

En todos los Gobiernos pasados -las cifras que podrán discutirse ahora o en otro momento- hemos visto porcentajes de inflación sumamente elevados. Durante la Administración del señor Ibáñez, por ejemplo, el proceso inflacionario alcanzó a 82%. Contenido en los primeros años del Gobierno siguiente merced a un mecanismo de carácter económico-financiero, que se sabía transitorio subió, no obstante, a 47% en los últimos doce meses de esa Administración. Sin embargo, jamás se dio un reajuste equivalente al ciento por ciento del alza del costo de la vida.

Yo me pregunto, ¿a qué obedecen los apremios económicos y financieros que está soportando esta Administración? Derivan de dos causas, a las cuales se ha hecho referencia esta tarde en el Senado: primero, del aumento del gasto fiscal, que no es derroche. Es efectivo que al comienzo de la actual Administración debimos prever si teníamos capacidad, por ejemplo, para duplicar el presupuesto de Educación o para aplicar la reforma agraria en todas sus proyecciones. Hoy día los campesinos y los partidos de Izquierda nos piden cada vez más y más. Y les asiste razón, porque esa reforma no es un proceso que pueda regularse matemáticamente como uno económico y sociológico.

Ese es un factor que, en cierto modo, ha determinado un aumento del proceso inflacionario. Pero en todo caso, las cifras registradas en este Gobierno son más bajas que las de muchas pasadas Administraciones.

En segundo lugar, los apremios del Gobierno derivan de la aplicación de porcentajes de reajuste equivalente al ciento por ciento del costo de la vida, medido conforme a un sistema que puede ser objetivo o no serlo, pero que rige y ha regido para todos. Sin embargo, los promedios obtenidos de hecho por los sectores público y privado alcanzan a esos porcentajes, y todavía en los sectores sindicados, que tienen más poder de presión, los sobrepasan.

Sé que éste no es el único factor inflacionario y que es necesario ponderar también el gasto fiscal, a lo cual ya me referí.

Por esta razón, insisto en recordar al Senado que estamos concediendo reajustes del ciento por ciento del alza del costo de la vida, calculado sobre las mismas bases que en Gobiernos anteriores. Al mismo tiempo, pido a los diversos sectores de esta Corporación que revisen las cifras de las Administraciones en que ellos participaron: se encontrarán con la sorpresa de que las leyes que en su oportunidad propusieron contenían bonificaciones sin imposiciones y reajustes muy inferiores al ciento por ciento de dicha alza.

Me abstengo.

El señor PABLO.-

Rectifico mi voto. Me había abstenido, pero estoy pareado con el Honorable señor Enríquez.

-Se aprueba el artículo (13 votos afirmativos, 6 abstenciones y 9 pareos).

El señor RODRIGUEZ.-

Brevemente, quiero formular una proposición. En reunión de Comités a la cual no asistió el representante de mi partido, se acordó tratar en esta sesión dos proyectos de gran envergadura: éste, sobre impuesto patrimonial, y el de juntas de vecinos. Sin embargo, temo que físicamente no sea posible tratar este último.

He conversado con los Honorables señores Noemi y Pablo, personeros del Comité Demócrata Cristiano, acerca de la posibilidad de que concurran a un acuerdo de Comités para dejar el proyecto sobre juntas de vecinos en lugar preferente de la primera sesión ordinaria próxima, porque no se trata de postergar arbitrariamente la discusión de dicha iniciativa de ley, ni tampoco de debilitar la posición que cada tendencia política tiene sobre el particular.

Debemos obrar con cordura. Faltan cuarenta votaciones, o más. Por eso, creo que ese proyecto debe quedar para una sesión venidera, con la preferencia que se estime conveniente.

Ruego a la Mesa promover una reunión de Comités a fin de considerar este problema y pedir al Ejecutivo el retiro de la urgencia.

El señor PABLO.-

El problema es el siguiente: los Comités colocaron esta iniciativa en tabla porque había sido despachada por la Comisión y tenía vencido el plazo de urgencia. Hemos hablado al respecto con el señor Ministro y estamos esperando que el Gobierno formule la petición correspondiente.

En consecuencia, no podemos sumarnos a ningún acuerdo mientras el Ejecutivo no emita un pronunciamiento.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Se ha escuchado la petición del Comité Socialista, que, al parecer, interpreta el pensamiento de los demás.

Esperaremos la respuesta del Comité Demócrata Cristiano y del Gobierno que debe retirar la urgencia.

Continúa la discusión del proyecto.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 16, que pasa a ser 38, no tiene modificaciones.

En seguida, la Comisión propone consignar varios artículos nuevos.

"Artículo 16.- No se reajustarán las remuneraciones fijadas en moneda extranjera ni las que resulten de aplicar un porcentaje sobre otra remuneración o sobre el precio que le sirve de base o las que consistan en porcentajes de utilidades, ingresos, ventas o compras. "

-Se aprueba, con la abstención de los Senadores democratacristianos.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

"Artículo 17.- Los patrones o empleadores podrán imputar a los reajustes a que se refiere este Título los aumentos de remuneraciones o cualquier otra cantidad que incremente las remuneraciones que el trabajador perciba en cada período de pago y que se hubieren otorgado en forma expresa como anticipo a cuenta de reajustes o con el fin de compensar el alza del costo de la vida ocurrida en los 12 meses anteriores al reajuste o dentro del período de mayor vigencia del respectivo contrato colectivo, avenimiento o fallo arbitral.

"No serán imputables los aumentos, mejoramientos o bonificaciones de cualquier especie que se hubieren otorgado o se otorgaren en consideración a factores ajenos al alza del costo de la vida, tales como los debidos a cambios de ubicación dentro de un escalafón, los producidos por ascensos, antigüedad o mérito, a los aumentos anuales o trienales contemplados en el artículo 20 de la ley. Nº 7. 295, los que tampoco serán postergados como consecuencia de los reajustes de esta ley".

-Se aprueba, con la abstención de los Senadores democratacristianos.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

"Artículo 18.- Para financiar la previsión de los regidores y lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº 16. 433, aplícase un impuesto del 10% a las ganancias de los apostadores en los Clubes Hípicos e Hipódromos del país.

"Todas las municipalidades entregarán dentro de los sesenta días de aprobados sus presupuestos el 1% de los totales anuales para el mismo financiamiento.

"También cada persona jubilada como regidor que perciba un pensión como tal, aportará con el 3% mensual de su jubilación para el mismo objeto".

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor PABLO.-

Deseo plantear la improcedencia de este artículo, en los mismos términos que expuse esta mañana.

No nos negamos a legislar sobre materias previsionales, que reclaman una solución, como es precisamente el caso de los regidores. Pero llamamos la atención hacia el hecho de que la Comisión de Hacienda no es el organismo competente para conocer de esta clase de asuntos, carece de una visión general de la previsión chilena y sin mayor estudio ha dado pase a indicaciones que realmente no prestigian a la Corporación.

Desde luego, parte del financiamiento se basa en un impuesto de 10% a las ganancias de los apostadores en los hipódromos del país. A quienes no visitamos jamás un club hípico, no nos preocupa en lo personal esta disposición. Pero resulta que las apuestas mutuas ya están gravadas en 28%. Con el 10% propuesto, el gravamen se elevaría a 38 %, lo cual, según se me ha informado, estimularía el juego clandestino dentro de los hipódromos y disminuiría la recaudación.

Además, esta fuente de financiamiento se ha destinado en especial a cubrir la previsión de los trabajadores de los hipódromos. Y muchos de los centros hípicos del país, como el de la zona que represento, están en condiciones extraordinariamente precarias. Por consiguiente, parece un poco traído de los cabellos que, cuando esos sistemas previsionales no tienen un financiamiento adecuado, se recurra a las fuentes de ingresos que las sustentan para destinarlas a las jubilaciones de otros sectores, por justa que ellas sean.

La segunda fuente de recursos de este artículo la constituyen los presupuestos municipales.

Todos los señores Senadores están contestes en que los municipios del país carecen de fondos suficientes para afrontar sus necesidades. No sabemos, ni pudimos estudiarla en la Comisión, la incidencia que este precepto puede tener en las municipalidades que, como ayer se dijo por los patrocinadores de la indicación, tienen comprometido más del 90% de su presupuesto en gastos corrientes. Sin embargo, ahora se distrae un 1% más de sus entradas para financiar las jubilaciones de los regidores.

Tampoco pudimos determinar cuánto rendirá este artículo ni, por lo tanto, cuánto estamos otorgando.

Esta norma es sólo una manifestación de buena voluntad que obedece al ánimo de ser gratos ante los sectores que recibirán el beneficio. No obstante, no ha habido preocupación por los perjuicios que se ocasionan a otros sectores.

Por último, el gasto se financia con el 3% de la jubilación mensual que perciba cada persona jubilada como regidor.

A este respecto, no analizamos siquiera si todos los regidores que en la actualidad perciben exiguas jubilaciones estarían en condiciones de rejubilar de acuerdo con el sistema establecido hace algunos años. En tales circunstancias, este 3% puede ser una exacción cuantiosa para aquellos ediles que en este momento reciben bajas pensiones, y todo para otorgar jubilaciones que ni siquiera soñaron determinados regidores al prestar sus servicios. Al formular esta, observación, tengo presente a las pequeñas municipalidades rurales, en las cuales, por el volumen de su presupuesto y por la situación general en que se desenvuelven, los regidores desempeñan una labor bastante modesta. Sin embargo, se ha pretendido que todos jubilen con la renta del secretario de la Municipalidad de Santiago, cuando es posible que no haya en su comuna ninguna persona que tenga un sueldo de ese monto. Tal vez habría sido más equitativo acordar la jubilación de los regidores con la renta del secretario municipal de la respectiva corporación edilicia.

Por ser ésta una manifestación de buena voluntad sin ningún estudio, porque no se sabe de qué se trata, por no haber pasado este artículo por la Comisión respectiva, porque él sólo exterioriza el ánimo de resolver un problema -aun cuando ignoramos si con ello se está solucionando algo- y porque resultan gravados distintos sectores, nos parece poco serio legislar en estos términos.

En atención a las razones expuestas, pido a la Mesa declarar la improcedencia de este artículo.

El señor MAURAS.-

Antes de pronunciarme sobre el precepto en discusión, quiero decir, con la venia de la Mesa, que el artículo 16 recién aprobado, relativo a que no se reajustarán las remuneraciones fijadas en moneda extranjera, puede afectar, a mi juicio, a los empleados chilenos de empresas extranjeras, como los de Chuquicamata, que pertenecen a lo que se llama Rol Oro y perciben sus remuneraciones en dólares.

Me parece injusto que estos servidores queden privados de reajuste de sus sueldos. Por lo tanto, creo que en su oportunidad tendremos que modificar este precepto, sea por medio del veto, si el Gobierno repara esta situación, sea por resolución del Senado mismo.

Con relación al artículo en debate, a pesar de las diferencias de apreciación constitucional que pueda haber, me parece justo y lo votaré favorablemente.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

El Honorable señor Pablo ha planteado la improcedencia de esta disposición.

Con relación no sólo al artículo mismo que se discute, sino, en general, a los demás preceptos referentes a previsión social, quiero contestar en forma breve al señor Senador.

Ya debatimos latamente el problema en la Comisión de Hacienda. También lo hicimos en la reunión de Comités, cuando fueron convocados por el señor Presidente del Senado en la mañana de hoy. Sin embargo, conviene exponer algunos de los fundamentos de nuestra posición.

Anticipo que no compartimos la opinión del Honorable señor Pablo y que, a nuestro juicio, debe rechazarse su solicitud de declarar la improcedencia de la disposición.

Ahora bien, ¿qué sucede con los problemas de la previsión social? ¿Por qué causa se encuentran en el proyecto en debate numerosas prescripciones relacionadas con esta materia de tanta importancia social?

Desde luego, conviene tomar en consideración que quienes alegan que estas materias serían más propias del proyecto de reajuste de remuneraciones parecen olvidar la situación real existente en el país. El Gobierno no muestra ningún interés en llevar adelante la política de conceder reajustes apropiados a los trabajadores y Viene retardando este asunto desde el año pasado. Aun cuando el señor Ministro de Hacienda nos ha manifestado que próximamente, dentro de una o dos semanas, en el curso de este mes, el Ejecutivo enviará el proyecto de reajuste, nos asiste el temor de que éstas sean palabras de buena crianza y, como en muchas otras oportunidades, el Gobierno no cumpla sus compromisos. Por consiguiente, nos hemos visto obligados, durante la discusión de este proyecto, a promover estas cuestiones de previsión social, que son urgentes, impostergables y justas, desde el punto de vista social y nacional. Es el caso, por ejemplo, de los regidores, para no citar otros.

El de los regidores es un viejo problema. Se han dictado leyes previsionales a favor de los ediles, pero ellas han carecido de financiamiento. De ese modo, prácticamente se ha engañado a los regidores, ya que hasta ahora no han logrado que les paguen las jubilaciones correspondientes, por falta de recursos. Queremos resolver ese problema e instar al Gobierno a aceptar de una vez por todas la iniciativa del Congreso, ante la demora inexcusable del Ejecutivo, para promover una ley sobre la materia. Lo mismo sucede con otros sectores que desde hace largo tiempo esperan en la más completa impotencia que se atienda a sus reclamaciones. Sin embargo, el Gobierno se manifiesta indiferente ante la situación de esos sectores

Por otra parte, en la orientación del Gobierno y del partido que lo sustenta es posible apreciar una tendencia que nosotros queremos desenmascarar en el Senado. Desde hace largo tiempo, por medio de los proyectos de reforma constitucional, el Gobierno trata de imponer la idea de que la previsión debe ser materia de incumbencia exclusiva del Poder Ejecutivo. De este modo se aprecia claramente la orientación gubernativa de tratar de acumular todavía más poder y de limitar las facultades del Congreso. En el asunto que nos ocupa se advierte esa tendencia con suma claridad: el Gobierno desea que el Parlamento abdique de las facultades que actualmente tiene en materia de previsión social en un proceso de degradación que nosotros estamos en la obligación de rechazar de la manera más terminante. No podemos ir abdicando nuestras atribuciones porque el Ejecutivo quiera tomarlas para sí. Si en ello se advirtiera sentido progresista, tendría lógicamente alguna justificación, pero no nos cabe la menor duda de que su conducta tiene carácter profundamente progresivo.

Por otra parte, el planteamiento de la improcedencia de la indicación no se justifica de manera alguna ante los numerosos precedentes que se pueden invocar, muchos de ellos originados en iniciativas del propio Poder Ejecutivo.

El Gobierno quiere meternos en el zapato chino de una disposición según la cual deberían rechazarse todas las indicaciones que no estuvieren en armonía con la idea matriz o central de un proyecto de ley. Pero ocurre que el propio Ejecutivo, en numerosas oportunidades, ha incorporado en distintos proyectos de ley diversas indicaciones que no dicen relación a la idea central de aquéllos, y que son por completo ajenos a ella. Además, en el curso de diversos proyectos nos ha impuesto disposiciones que nada tienen que ver con la materia en estudio. En más de una ocasión se ha citado lo ocurrido en el Senado con relación a la última ley de Presupuestos. Como saben los señores Senadores, el Ejecutivo, en vez de plantear allí abiertamente el problema del Fondo Monetario Internacional, que ya había sido considerado antes por la Comisión de Hacienda, buscó la manera de deslizar en forma un tanto oculta la idea de aumentar los aportes del Gobierno de Chile a la dicha institución. Con esa actitud nos colocó en situación de tener que pronunciarnos sin debate a fondo sobre este asunto. Tampoco el Ministro de Hacienda proporcionó información completa sobre la materia, y el Senado debió resolver al respecto en una discusión brevísima, a última hora, sin que en ella pudiera reflejarse una solución bien meditada de parte de esta Corporación.

Por otra parte, el Ejecutivo presiona sobre el Senado mediante la mayoría mecánica con que cuenta en la Cámara de Diputados, y en virtud del mecanismo de los quorum, nos vemos forzados a despachar disposiciones que no concuerdan con la tesis sobre la cual el Honorable señor Pablo ha fundamentado su indicación. Y no existe sólo este precedente, sino muchos otros, en diversos proyectos de ley, como sucede, por ejemplo, en el que estamos discutiendo en este momento sobre renta mínima presunta.

Y para qué decir de los vetos, en los cuales el Ejecutivo ha llegado a abusos realmente asombrosos. En muchos de ellos, el Presidente de la República ha incorporado temas, materias y problemas que no son -puede decirse- discutidos conforme a las normas corrientes sobre elaboración de las leyes. Por el contrario, en dos trámites nos impone la obligación de despachar disposiciones complejas y difíciles, burlando las atribuciones que corresponden al Poder Legislativo.

Por estas circunstancias, creemos que carece de base la proposición del Honorable señor Pablo.

En lo que atañe al proyecto mismo, votaremos favorablemente la indicación propuesta.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Me permite una pregunta, señor Senador?

Como observo que Su Señoría ha estudiado la materia y ha dado muy buenos antecedentes al respecto, debo decirle que comienzo por reconocer que el problema de las jubilaciones de los regidores es cosa muy antigua. Hay diversas leyes que los favorecen. Pero me preocupa lo siguiente: siempre he sido contrario al juego, pero lo tomo en su carácter de pequeña industria. Continuamente los pequeños hipódromos se quejan de su situación financiera, que es muy difícil. Por lo tanto cualquier recargo tributario que los afecte podría causar su paralización. Me refiero a algunas pequeñas instituciones hípicas que funcionan en La Serena, Concepción, Arica y Punta Arenas. Si se cerraran podría producirse un daño serio, porque habría cesantía en esa pequeña actividad que genera otras, y este contragolpe económico derivado de la imposición de nuevos tributos podría causar daños.

¿Tendría importancia ? ¿Podría eso ocurrir? ¿Se ha considerado tal problema?

Me agradaría que Su Señoría me aclarara el asunto.

El señor AGUIRRE DDOLAN.-

Podría tener especial repercusión en el de Punta Arenas.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

La situación afectaría a la totalidad de esos hipódromos.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Deseo contestar la pregunta del Honorable señor González Madariaga, no sólo con relación a este tema, sino respecto de todas las disposiciones concernientes a la jubilación de los regidores.

Este problema de los hipódromos junto con otras disposiciones que veremos más adelante, fueron detenidamente estudiadas en la Conferencia Nacional de Municipalidades, celebrada recientemente en Osorno.

El señor PABLO.-

Con la asesoría de los técnicos del Gobierno...

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Allí se hicieron ésta y muchas otras objeciones. Todas ellas fueron estudiadas por comisiones especiales designadas en esa

Conferencia. Debo hacer presente a Su Señoría que en esas comisiones participaron representantes de todos los partidos políticos; de modo que la objeción del señor Senador, y muchas otras que puedan formularse sobre los aparentes defectos del proyecto, fueron ya considerados y debidamente estudiados.

Cuando lo relativo a esta materia se llevó a la consideración de la asamblea general de la Conferencia a que me refiero, fue aprobado, me parece, por unanimidad, y no se consideró que existiera el peligro a que se refiere Su Señoría ni otros a que han hecho mención fuera del Senado otras personas.

La tesis fundamental contenida en éste y otros artículos relacionados con la jubilación de los regidores es perfectamente correcta, bien fundamentada y corresponde a una necesidad de ese sector cuya satisfacción es impostergable.

El señor CHADWICK.-

Gran parte de las observaciones formuladas por el Honorable señor Contreras Labarca hace un momento son coincidentes con las que tuve ocasión de expresar en la reunión de Comités celebrada antes de mediodía. Por ello no las reiteraré.

Sin embargo, quiero hacerme cargo de una objeción del Honorable señor Pablo, en cuanto a que en el estudio de esta indicación no participó la Comisión de Trabajo. En verdad, en la argumentación de Su Señoría hay un grave error, pues no se trata de otorgar ningún nuevo beneficio a los regidores: la indicación aprobada por la Comisión de Hacienda no produce otro efecto que el de dar financiamiento a un derecho ya conseguido y ello es de absoluta necesidad porque, incluso, se ha demandado a la caja correspondiente, ante los tribunales de justicia, exigiéndole el integro de esas pensiones.

En consecuencia, el financiamiento tiene por objeto dotar de recursos a los institutos que deben cumplir las obligaciones señaladas anteriormente por el legislador.

Por lo tanto, no se va a otorgar ni modificar derecho alguno en materia previsional. Por ello, la indicación no necesitaba pasar a la Comisión de Trabajo.

El señor RODRIGUEZ.-

Para mayor información del Honorable señor González Madariaga en cuanto a la posible crisis que podría afectar a ciertos pequeños hipódromos, debo manifestar que la disposición en debate es muy clara. Ella no afecta propiamente la rentabilidad de los sectores que allí laboran o que mantienen esas entidades hípicas.

También pertenezco al grupo de los que, como el Honorable señor Pablo, jamás juegan en las carreras; pero en homenaje a la estricta verdad, debo manifestar que el impuesto de que se trata afecta a las ganancias de los apostadores, es decir a los jugadores, a los viciosos. De manera que sacarles el 10 % de sus ganancias para resolver un grave problema social que afecta a cientos de servidores públicos, como han sido los regidores, no me parece excesivo.

Por lo demás, quiero reiterar lo recordado por el Honorable señor Contreras Labarca: en la Conferencia Nacional de Municipalidades celebrada en Osorno, la unanimidad de los sectores políticos allí representados -también había representantes de la Democracia Cristiana- analizaron en forma específica el problema en las comisiones técnicas y concordaron en la necesidad de buscar financiamiento para solucionar el problema de los ex regidores que no han podido jubilar.

Tan justa es la indicación en debate que fue aprobada, inclusive, por dos colegas de la Democracia Cristiana, los Honorables señores Ferrando y Noemi, quienes también la firmaron.

El señor NOEMI.-

¿Me permite, señor Senador?

El señor RODRIGUEZ.-

No le hago ningún cargo, señor Senador, pues Sus Señorías también han acogido las legítimas aspiraciones de ese sector.

El señor NOEMI.-

Sólo firmé la indicación para los efectos reglamentarios, como aparece en el informe.

El señor RODRIGUEZ.-

En el informe no se deja constancia de que Su Señoría firmó sólo para los efectos reglamenta-ríos.

El señor NOEMI.-

Lo dice así, señor Senador.

El señor RODRIGUEZ.-

Tiene razón Su Señoría.

En todo caso, la Democracia Cristiana, por medio de sus regidores y organismos técnicos, estuvo de acuerdo con la idea matriz.

Como el Honorable señor Pablo vuelve otra vez sobre el tema, debo insistir, aunque resulte majadero, en la defensa de mis ideas.

El Honorable colega objeta que las ideas nuevas en este proyecto de impuesto patrimonial son ajenas a la materia central, pero olvida que el Ejecutivo ha incurrido continuamente en lo mismo. Tengo a mano el texto de las indicaciones formuladas por el Gobierno al proyecto de ley de Presupuestos: en ellas se alteran todas las normas relativas a política educacional, y numerosas de esas disposiciones no pudieron ser analizadas por la Comisión técnica. Hay problemas de seguridad social, hay reformas serias del Servicio de Seguro Social, que inclusive malogran las expectativas de cientos de miles de sus asegurados. Ya se ha traído a colación el caso del Fondo Monetario Internacional. Y así, habría seis o siete rubros fundamentales en los que el Ejecutivo violó la norma de ceñirse a la idea central de un proyecto.

Por lo expuesto, me parece perfectamente legítimo legislar sobre la materia; de modo que los Senadores socialistas daremos nuestros votos favorables.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

De acuerdo con lo resuelto por los Comités, a las seis de la tarde se cierra el debate y hay que empezar a votar.

En primer lugar, habría que votar si es procedente o improcedente el artículo.

-(Durante la votación).

El señor PABLO.-

Aunque estoy pareado con el Honorable señor Enríquez, voto que no, debidamente autorizado por el Comité Radical.

Deseo dejar constancia de que en ningún caso estamos vulnerando ni cercenando las facultades del Congreso.

Hemos expresado que dentro de quince días tendremos un proyecto en el cual será posible estudiar estos problemas. No estamos en contra de los regidores. Queremos buscar una solución a su problema, pero no deseamos que -una Comisión ajena a estas materias pueda, sin un estudio adecuado, pronunciarse sobre el particular.

En problemas más insignificantes, la Comisión técnica ha discutido largamente. Pero ahora hemos aprobado esta disposición porque sí, sin mayor estudio, sin conocer el costo de la indicación ni su rendimiento, sin saber a quiénes perjudicamos y en qué medida estamos beneficiando a las personas que queremos favorecer. Eso es lo que efectivamente me preocupa.

Voto por la procedencia.

El señor FONCEA.-

Tan improcedente es esta indicación y tan necesario era que pasara por la Comisión respectiva, vale decir por la de Trabajo y Previsión Social, que, tal como ha dicho el Honorable señor Pablo, nadie ha dado ningún antecedente sobre el rendimiento' del inciso primero del artículo 18, a pesar de que el Honorable señor Contreras Labarca afirmó que este precepto había sido minuciosamente estudiado por la Comisión.

Voy a demostrar al Senado que la disposición del inciso primero, que es el importante, el que financia el beneficio que se desea otorgar a los regidores, no producirá absolutamente nada. En efecto, se aplicará un impuesto de diez por ciento a las ganancias de los apostadores, en circunstancias de que se debió establecer sobre los dividendos, lo que es distinto. Ello significa que si un hípico, por ejemplo, apuesta en la primera carrera diez mil pesos y pierde -con seguridad va a perder-; en la segunda carrera le ocurre lo mismo, con lo cual llevará perdido veinte mil pesos, y en la tercera acierta y cobra diez mil, entonces terminará perdiendo diez mil. Dada la forma como está redactada esta disposición, los inspectores de Impuestos Internos deberán interrogar, al final de una reunión, a cada hípico acerca de cómo le fue en las carreras, para aplicar el impuesto de diez por ciento sobre esa declaración.

Por lo tanto, pienso que si los miembros de la Comisión técnica, la de Trabajo y Previsión Social en este caso -yo pertenezco a ella-, hubiéramos estudiado el problema, no se nos habría pasado una enormidad o aberración tan grande como ésta.

Además, la indicación no sólo es improcedente, sino también inconstitucional. Aquí se invoca la Constitución cuando les conviene a ciertos sectores. Yo pregunto: ¿no hay una disposición -me gustaría que lo ratificara la Mesa- que establece que los cargos de regidores son concejiles, "ad honores", sin remuneración? Sin embargo, los señores que aquí se dicen defensores de las leyes y de la Constitución ahora están aprobando una aberración como ésta: permitir a los regidores jubilar sin haber modificado la Constitución Política, y darles ese beneficio mediante el esfuerzo de los sectores más pobres.

Como hay mucha ignorancia y existen muchos prejuicios sobre la materia, deseo referirme a profesionales de la hípica que han dado brillo a la hípica chilena en otros países. Citaré el caso de uno que lleva cincuenta y tantos años dedicado a esa actividad que requiere, podríamos decir, dedicación exclusiva, pues todos los días, inclusive los domingos, los preparadores deben estar en los corrales, velando por sus pupilos, por su "fina sangre". Pues bien, ese preparador no podía jubilar, porque su pensión habría sido de ciento ochenta escudos, después de cincuenta y tantos años de trabajo. Hace sólo un año el Congreso Nacional y el Ejecutivo le hicieron justicia en forma parcial, al dictar un nuevo estatuto que permite a estos profesionales jubilar con un término medio de quinientos a seiscientos escudos, lo cual, como es natural, no satisface las aspiraciones del gremio. Lo mismo sucede con el gremio de cuidadores, quienes suman más de cinco mil, y con el de jinetes.

Sin embargo, esta gente, que recibe jubilaciones miserables, financiará la jubilación de los regidores, quienes, como señalaba el Honorable señor Pablo, pueden jubilar en este momento con el doble de la pensión de un parlamentario. En efecto, mientras nosotros, que financiamos nuestra previsión, estamos sujetos a una limitación de ocho sueldos vitales, los regidores pueden jubilar con el sueldo del secretario de la Municipalidad de Santiago, que bordea los cinco mil escudos. Y así se explica el caso singular de un regidor de una municipalidad pequeña que sólo asistió a la sesión de constitución y jubiló con cinco mil escudos mensuales en un municipio que tiene un presupuesto de veinte mil o treinta mil escudos. Y ese regidor obtuvo ocho o nueve votos, que bien pudieron ser los de sus parientes. Eso es una aberración.

Por lo expuesto, estimo que la indicación no sólo es improcedente, sino también inconstitucional.

El señor BOSSAY.-

Según consta del informe de la Comisión de Hacienda, en repetidas oportunidades me referí en ella a este tema y planteé la posibilidad de obtener un acuerdo unánime para que diversas materias de orden previsional no fueran tratadas por dicho organismo, sino por las Comisiones respectivas, a fin de someterlas a un estudio técnico más acabado. Sin embargo, no encontramos ambiente para mi proposición. Tampoco encontré acogida posteriormente en la reunión de Comités a que convocó el Presidente del Senado, como tampoco la encontró la circular enviada por distintos presidentes de Comisiones para tratar de llegar a acuerdo y postergar la discusión de algunos de estos artículos relativos a materias estrictamente previsionales.

En la Comisión manifesté que para discutir estos asuntos necesitaríamos no sólo el informe de la Comisión técnica -en este caso, la de Trabajo y Previsión Social- sino, además, diversos antecedentes de que carecíamos. Obtuve, desde luego, que se rebajara el aporte de las Municipalidades, de dos por ciento, a uno por ciento y que los regidores que iban a gozar del beneficio subieran su imposición de dos por ciento, a tres por ciento.

Indudablemente falta pulir este artículo. Igualmente, pienso que falta mucho pulimiento a la ley sobre jubilación de los regidores, que el Senador que habla y los del Partido Radical estimamos justa. Espero que en el veto a esta iniciativa o en una próxima disposición podamos discutir un fórmula adecuada, pues no se justifica que un regidor de un pueblo pequeñísimo, jubile con la misma renta -el sueldo de secretario de la Municipalidad de Antofagasta, Magallanes, Puerto Montt, Osorno, Concepción, Valparaíso u otras de grandes ingresos.

Precisamente, esa aberración imposibilita el financiamiento de todo el sistema.

De todos modos, a pesar de tener estas dudas, estimamos, como el Honorable señor Contreras Labarca, que es necesario buscar de una vez por todas la manera de dar un corte definitivo a este problema, que viene arrastrándose desde hace tiempo. En efecto, la ley fue promulgada hace ya varios años y todavía no ha podido aplicarse. Se ha buscado toda clase de fórmulas. Inclusive, intervinieron la Caja de previsión respectiva y la Contraloría General de la República, pero los beneficios aprobados han quedado como una esperanza más en la realidad previsional chilena.

El Senador que habla, y creo que también mis Honorables colegas de partido, votará por la procedencia del artículo, a fin de solidarizar con la mayoría de la Comisión y con los Honorables colegas que al no encontrar otra salida a estos problemas, se vieron en la necesidad de declararlo procedente.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Yo había formulado algunas preguntas, porque también tenía algunas dudas.

Las observaciones del señor Senador por Talca me han resultado pintorescas.

Ocurre que la indicación grava las ganancias de los apostadores, lo cual obligaría a hacerles un balance: si ganan, pagan impuesto; en caso contrario, no. Más lógico hubiera sido gravar el boleto premiado, y nada más.

Lo anterior revela otra cosa: la importancia de que las Comisiones técnicas se pronuncien en cada caso. Por muy capaz que sea la de Hacienda, no puede abarcar todas las actividades. Este es un punto que debe ser considerado. El otro es que no se comprendió el alcance del precepto, porque cualquier gravamen determina restricción de la función, y ello podría llegar más allá, hasta provocar una paralización de estas actividades. En el fondo, todas las actividades del país son respetables.

El Honorable señor Chadwick observó que ya había varios juicios pendientes en los tribunales, por falta de cumplimiento de las leyes que otorgaron estos beneficios a los regidores. Es efectivo. Creo que con el tiempo habrá muchos más por reclamos de desahucios y pensiones, porque no sé hasta dónde resistirán las cuerdas del Estado para satisfacer todo el régimen previsional del país. Ya la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas tiene un saldo en contra por estos beneficios, del orden de los ciento sesenta millones de escudos, que le debe el Estado. Este último también debe al Banco del Estado de Chile, para satisfacer la carga del Fisco, sumamente endeudado, más de seiscientos millones de escudos.

El otro día hablaba con un inspector del Servicio de Impuestos Internos, quien me decía que el saldo desfavorable del pago del impuesto a la compraventa aumenta cada día más, porque las transacciones disminuyen. ¿A dónde va el país?

Así como hace pocos instantes me permití pedir, en nombre del Comité de mi partido, oficiar al señor Ministro de Hacienda para que nos enviara la nómina de las liberaciones aduaneras, a fin de saber cuántas son dichas franquicias, por considerar urgente una reforma en este aspecto, pienso que en materia de previsión social también es urgente una reforma. No podemos continuar dando beneficios sin buscar el equilibrio necesario para que el Estado pueda subsistir. Todavía más, estamos legislando demasiado de prisa en esta materia, y debo hacer presente que, de acuerdo con el Reglamento, disposiciones de tal naturaleza deben ser votadas en forma separada, porque no se puede manejar así este negocio público. Entienda, señor Presidente, que a la larga este procedimiento compromete la respetabilidad del Parlamento y la función de los poderes públicos.

Yo también votaré favorablemente, como un medio de satisfacer las aspiraciones de los regidores, como manifestó acertadamente mi Honorable colega. Además, daré mi voto afirmativo al precepto como una forma de obtener del Ejecutivo, en caso de ser aprobada la indicación, el cumplimiento de las funciones que le competen en lo relativo a la materia, que nos ocupa y que realice, de una vez por todas, el estudio necesario del régimen previsional en el país.

El señor AHUMADA.-

En compañía de mis Honorables colegas señores Aguirre Doolan, Chadwick, Jaramillo, Gómez, Luengo y Tarud, y de los Honorables señores Víctor Contreras, Ferrando y Noemi, para los efectos reglamentarios, presenté la indicación que ahora estamos votando.

Con ello los Senadores antes nombrados nos hemos hecho cargo de una situación realmpnte angustiosa que hemos podido observar muy de cerca. Se trata, en el hecho, de acudir en ayuda de muchos regidores y también ex regidores que procuran obtener el beneficio de la jubilación. Por otra parte, como bien lo ha dicho uno de mis colegas de representación, el Partido Radical aboga por la existencia de una legislación previsional adecuada y conveniente para los regidores.

Los autores de la indicación deseamos que el Congreso considere el problema relacionado con la previsión de quienes han servido el cargo de ediles, y apruebe una fórmula que ponga término a las deficulta-des inherentes a la frondosidad de las disposiciones legales relacionadas con esta materia. Concretamente, se trata de asegurar el régimen de jubilación adecuado a los regidores en ejercicio y a quienes han dejado de ejercer tales funciones que son concejiles.

La gratuidad de las funciones ejercidas por los regidores con gran sacrificio y alto espíritu público, como hemos podido apreciarlo especialmente en las provincias, hace que estos ciudadanos descuiden sus ocupaciones particulares, en su afán por servir a los demás. Ello los hace acreedores, al cabo de muchos años de desempeñar cargos de esta naturaleza, como sucede a veces, a disponer de un retiro conveniente!

Por las razones expuestas, considero procedente la disposición y le daré, más adelante, mi voto por estimarla, además, de toda justicia.

Es de desear que algún día, mediante un proyecto de ley especialmente presentado para tal fin, se encare la solución del problema en todos sus aspectos. La posibilidad de que se logre ese avance dentro de un plazo razonable, no debe impedirnos legislar desde luego en el sentido expuesto por la indicación pertinente, como un gesto de colaboración y solidaridad con quienes tienen la función de regidores.

Debidamente autorizado por el Comité Radical, voto que sí.

El señor FUENTEALBA.-

Rectifico mi voto, señor Presidente.

Me había abstenido, pero ahora voto que sí.

-El Senado declara procedente la indicación (15 votos por la afirmativa, 8 por la negativa y 6 pareos).

El señor PABLO.-

Pido que se aplique el artículo 144 del Reglamento al votar la indicación, que el Senado declara procedente.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación secreta si se aprueba el artículo 18, en la forma propuesta por la Comisión.

-Se aprueba (16 balotas blancas, 13 negras y 2 rojas).

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Se suspende la sesión por veinte minutos.

-Se suspendió a las 18. 25.

-Se reanudó a las 18. 55.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Continúa la sesión.

En votación el artículo 19.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 19, dice:

"Los Regidores y ex Regidores que se hayan acogido o se acojan a los beneficios que les otorgan las leyes previsionales deberán renunciar a sus empleos cuando se dicte el decreto que concede la jubilación o rejubilación, fijándose el monto de ésta en relación a la fecha de presentación de la solicitud respectiva. "

El señor CHADWICK.-

Se podría dar por aprobado con la misma votación del artículo anterior.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Se ha pedido votación secreta.

El señor RODRIGUEZ.-

Este artículo es consecuencia del anterior; de manera que podríamos aprobarlo con la votación correspondiente a ese precepto.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Se ha pedido votación secreta, señor Senador. No puedo ignorar tal solicitud.

-Se aprueba el artículo (19 balotas blancas y 3 negras).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 20, al igual que el 21, se refiere a la Universidad Santa María. Ha llegado a la Mesa una indicación renovada -la 41 a)- por los Honorables señores Allende, Chadwick, Rodríguez, Contreras Labarca, Barros y Baltra, y de la Honorable señora Carrera, que abarca ambos artículos -20 y 21- del proyecto aprobado por la Comisión. Su texto es el siguiente:

"Artículo...- El Presidente de la República, dentro del plazo de 15 días contado desde la publicación de esta ley, decretará la disolución de la Fundación de Beneficencia pública denominada "Federico Santa María", del departamento de Valparaíso, cancelando su personalidad jurídica.

La totalidad del patrimonio, como asimismo las asignaciones, aportes, participaciones y franquicias de que es propietaria o de que disfruta la Fundación "Federico Santa María", formarán el patrimonio de la corporación de derecho público a que se refiere el inciso siguiente, la que sucederá a la Fundación, para todos los efectos legales y académicos, en los bienes, relaciones y situaciones jurídicas de que es titular.

Autorízase al Presidente de la República para crear, dentro del mismo plazo que establece el inciso primero, una corporación de derecho público, autónoma, que se denominará "Universidad Técnica Fede-ric Santa María". Facúltase, asimismo, para dictar el Estatuto de la corporación, el que no podrá ser modificado sino por ley.

El Estatuto de la nueva corporación será propuesto al Presidente de la República por una comisión redactora compuesta por cinco representantes del Cuerpo de Profesores y cinco representantes de la Federación de Estudiantes de la Universidad Técnica Federico Santa María, y por un representante del Presidente de la República. La comisión deberá constituirse dentro de los treinta días siguientes a la fecha de publicación de esta ley, y cumplir su cometido en los sesenta días posteriores a su constitución.

Mientras dure el trámite de elaboración y aprobación del nuevo Estatuto y hasta que se establezcan las autoridades definitivas que en ellos se definan, la nueva corporación estará dirigida por un Rector interino, con plenos poderes para normalizar las actividades académicas y administrativas de la Institución. El Rector interino será asesorado por la comisión redactora mencionada en el inciso anterior, y será designado por el Presidente de la República de entre las personas que le propongan, en sendas ternas, la Asamblea de Profesores y la Federación de Estudiantes de la Universidad Técnica Federico Santa María. Sólo podrán figurar en estas ternas profesores universitarios con no menos de cinco años de ejercicio docente en la mencionada Universidad.

Si por efecto de cláusulas testamentarias o por cualquier otra causa, no pudiere tener aplicación o demorare en cumplirse lo dispuesto en el inciso segundo, el Presidente de la República podrá decretar la expropiación del patrimonio de la Fundación de Beneficencia Pública "Federico Santa María", el cual se declara de utilidad pública para tal efecto. El valor de la indemnización que se fije se pagará con un 1% al contado y el saldo en un plazo de treinta años, imputándose al valor de la indemnización todos los aportes que el Estado hubiere hecho a la Fundación o a sus escuelas, por cualquier motivo y en cualquier tiempo. "

La indicación renovada, como digo, reemplazó los artículos 20 y 21 propuestos por la Comisión en su segundo informe.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En votación la indicación renovada. Su aprobación implica el rechazo de los artículos 20/ y 21 propuestos por la sesión.

- (Durante la votación).

El señor GUMUCIO.-

Los Senadores de estas bancas íbamos a votar favorablemente los artículos que venían en el proyecto primitivo. Por tal motivo, deseamos saber cuál es la diferencia entre la indicación renovada y lo consignado en el proyecto.

El señor BARROS.-

Están refundidos los artículos.

El señor ALLENDE.-

Si se me permite fundar el voto, podré dar las explicaciones del caso al Honorable señor Gumucio.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Puede hacerlo Su Señoría.

El señor ALLENDE.-

En realidad, en la Comisión de Hacienda se presentaron dos indicaciones: una, firmada por el Ho-norable señor Víctor Contreras, que contenía fundamentalmente la redacción propuesta en la Cámara por el Diputado señor Maira, y otra, suscrita por los Honorables señores Carlos Contreras Labarca, Aniceto Rodríguez y el Senador que habla. La Comisión refundió -ésa es la verdad- las dos indicaciones, tomando parte de cada una de ellas.

He conversado con el Honorable señor Víctor Contreras y le he hecho presente que para redactar nuestra iniciativa tuvimos en cuenta la opinión de profesores de Derecho Constitucional los cuales señalaron que el texto presentado por el Honorable señor Maira podría ser objeto de revisión por los tribunales de justicia, y aconsejaron formular la indicación de la manera como se hizo, y así la hemos renovado. El Honorable señor Víctor Contreras estuvo de acuerdo en cambiar la parte inicial de su indicación comprendida en el artículo 20 del proyecto, por la redacción contenida en la iniciativa de los Honorables señores Contreras Labarca, Rodríguez y el Senador que habla.

El artículo 21 contiene parte del texto de nuestra indicación.

En resumen, se trata sólo de modificaciones de alcance jurídico tendientes a evitar vicios de inconstitucionalidad de que podría adolecer la moción del Diputado señor Maira, Pero, en el fondo, la idea de éste coincide con la nuestra, pues se trata sólo de un problema de redacción y de orden jurídico.

Por tales consideraciones, pido al Senado aceptar la indicación renovada.

Voto que sí.

El señor GUMUCIO.-

¿Y cuál es el aspecto jurídico?

El señor TEITELBOIM.-

Los Senadores comunistas estamos de acuerdo, por cierto, con la indicación 41 a), presentada inicialmente por los Honorables señores Allende, Contreras Labarca y Rodríguez, y renovada posteriormente con la firma de otros señores Senadores. Y lo estamos, pues lo que nos interesa es el fondo del asunto.

Hay una huelga que ya dura 128 días: la de la Universidad Técnica Federico Santa María, y sólo ha podido ser tan prolongada, porque las autoridades de ese establecimiento educacional no son propiamente universitarias, sino que constituyen uno de los más grandes feudos económicos, financieros y periodísticos del país. Me refiero al clan Edwards.

Todos sabemos que la Universidad Santa María nace de la interpretación del testamento de un multimillonario chileno-el señor Federico Santa María- que muere en París y lega una fortuna. Pero a su sombra se creó una organización antidemocrática y también antiuniversitaria en cuanto a su dirección. En efecto, la Universidad está administrada por un consejo compuesto de once personas, de las cuales sólo una representa al cuerpo docente y tiene relación directa con la educación propiamente tal. Los integrantes del consejo son, entre otros, tres representantes de los albaceas: los señores Agustín Edwards, Jorge Ross y Carlos Urenda; el Presidente del Banco Central de Chile; dos consejeros designados por el Consejo Docente; el Alcalde de Valparaíso; el Rector de la Universidad de Chile que, por cierto, por razones obvias, envía un representante, y un consejero designado por el personal docente. ¡Uno sólo, repito!

Además, nos encontramos ante el hecho de que esta universidad se convierte en un negocio. En el financiamiento anual, el aporte de la fundación ha ido disminuyendo gradualmente mientras se eleva el porcentaje de aporte estatal, que hoy día llega a 84/5%, en circunstancias de que el de aquélla se reduce a 16%.

En seguida, una fuente de recursos importante para la universidad es su participación como accionista en varias empresas que controlan vastos sectores de la actividad económica por medio de otras compañías. Vale decir, el ocupar un cargo directivo en la Universidad Santa María sirve para desempeñarse como director en distintas sociedades anónimas, como por ejemplo en la CRAV. La Universidad Federico Santa María recibe de la Compañía de Refinería de Azúcar de Viña del Mar la suma de 52. 000 escudos por concepto de participación, en tanto que el directorio percibe como remuneración nada menos de 635 mil escudos. Y en él figuran los señores Jorge Ross y Agustín Edwards, que a su vez son directores de la Universidad Técnica Federico Santa María. O sea, las acciones del capital de ese plantel sirven para hacer negocios extraños a la Universidad, para quitarle dinero y pagar, a esos directores, rentas realmente astronómicas.

Por ejemplo, mientras la Universidad Técnica Federico Santa María obtenía del fisco el 86% de su presupuesto, la Compañía Cervecerías Unidas recibía, en 1966, en su carácter de accionista, la suma de 41 mil escudos, y el directorio, una remuneración de 287 mil. En esta Compañía figuran también como directores los señores Agustín Edwards y Jorge Ross, que a la vez lo son, como los de otras sociedades anónimas, de la Universidad mencionada. Lo mismo sucede con la Compañía de Seguros La Chilena Consolidada, en donde son directores Agustín y Roberto Edwards y Carlos Urenda, como también con la Compañía Industrial, S. A., y la COMARSA, que tiene el monopolio de la maravilla. Pero este papel de accionista que tiene la Universidad Federico Santa María.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

' Solicito el asentimiento de la Sala para conceder dos minutos al señor Senador, a fin de que pueda terminar el fundamento de su voto.

Acordado.

El señor TEITELBOIM.-

Decía que el papel de accionista que tiene la Universidad Santa María permite que sus mandatarios integren directorios en donde reciben ingresos muchas veces superiores a los que obtiene la Universidad por sus propias acciones. Este original sistema ocasiona situaciones muy particulares, porque el dicho plantel educacional adquiere nuevas acciones de Cervecerías Unidas, por ejemplo, y en cambio, lo que dan esas empresas es cada día menor en proporción a lo que otorga el Estado. Además, esas acciones se redujeron en 1 millón 150 mil, mientras las del Banco Edwards se elevaron en 1 millón 626 mil; es decir, la Universidad se desprende de una cantidad de acciones casi idéntica a la que adquirió en el Banco Edwards. En consecuencia, lo que producen los bienes de la Universidad Técnica Federico Santa María sirve para hacer otros negocios en otras empresas.

Por eso, los Senadores comunistas estimamos que constituye una aberración el sistema de funcionamiento de ese instituto y que, por lo tanto, es de perfecta lógica aprobar esta tarde en el Senado, a fin de restablecer a ese plantel en su verdadera condición universitaria, la proposición formulada por los Senadores que se han mencionado, en el sentido de que el Presidente de la República decrete la disolución de la fundación de beneficencia pública denominada Universidad Técnica Federico Santa María, cancelando su personalidad jurídica y creando, a la vez, dentro del mismo plazo, una corporación de derecho público que la reemplace, con igual finalidad.

Los demás Senadores comunistas han votado a favor de la indicación, por las razones que he señalado y para poner término a la justa huelga de los estudiantes dé la Universidad Técnica Federico Santa María.

Era mi voluntad votar por la afirmativa, pero estoy pareado.

El señor BARROS.-

También concurriré con mi voto favorable a la indicación 41 a), que refunde los artículos 20 y 21, según los cuales la Universidad Técnica Federico Santa María debe transformarse en una corporación de derecho público, independiente y autónoma.

Como parlamentario porteño y conocedor del conflicto estudiantil de aquella universidad, en sesión del martes 7 de noviembre de 1967 formulé, al término de mis observaciones, la siguiente petición: "Para terminar, solicito dirigir oficio a la Contraloría General de la República en el que se le pida información sobre los bienes que anualmente recibe la Universidad por disposición testamentaria, y los recursos aportados a dicha institución, año a año, por medio de la ley de Presupuestos, desde su percepción inicial".

Pues bien, con fecha 12 de enero de 1968 me ha contestado la Contraloría General de la República, y me he encontrado con una sorpresa que disipa la duda que todos teníamos y que acaba de ser reiterada, en el sentido de que 84% ú 86% de los ingresos de esa Universidad están constituidos por aportes fiscales, y el saldo -16% ó 18%- provendrían de las disposiciones testamentarias de don Federico Santa María. El informe en referencia dice así:

"Me es grato dar respuesta a su oficio Nº 3. 384, de 13 de noviembre de 1967, referente a los bienes y los aportes fiscales que se consultan y entregan, anualmente, a la Universidad Técnica Federico Santa María.

"En lo que se refiere a los bienes que la Universidad recibe en la actualidad, por disposiciones testamentarias, puedo expresarle que esta Contraloría General carece de información al respecto, toda vez que no le cabe intervención alguna en la procedencia y destino de los bienes y fondos que percibe dé dicha fuente. "

¡Los bienes de que están usufructuando, por medio de los directorios de CRAV, de la Compañía Cervecerías Unidas, y de otras empresas, esos caballeretes que son los herederos de los albaceas testamentarios de don Federico Santa María!

Pues bien, aquí viene lo importante:

"Con respecto a los aportes fiscales consultados en el Presupuesto Nacional, entregados desde su percepción inicial, son los que a continuación se detallan: ". Prácticamente, señor Presidente, constituyen el ciento por ciento de los presupuestos.

Pongamos por caso el año 1952. El presupuesto era de 12 mil escudos. Se entregaron 12 mil escudos. En 1956: 109 mil escudos presupuestados; 109 mil entregados. En 1960: 514 mil escudos presupuestados; 510 mil entregados, es decir, un poquito menos. En 1961: 690. 358 escudos consignados; 690. 358 entregados. En 1964: 2. 218. 540 escudos presupuestados;

2. 218. 540 entregados: la misma suma. En el presupuesto se eleva a 5. 261. 340 escudos y se entregan por parte del fisco 5. 261. 340 escudos: la misma suma. En el presupuesto era de 6. 220. 000 escudos, y hasta julio -el informe no tiene datos posteriores a esa fecha- se habían entregado 3. 580. 900 escudos, prácticamente la mitad.

A la suma total de Eº 18. 228. 920, 04 que representa lo entregado por el fisco a la Universidad Técnica Federico Santa María desde 1952 hasta ahora, debe agregarse la participación, en escudos y en dólares, que le da el artículo 36 de la ley Nº 11. 575. Dice lo siguiente ese precepto:

"Desde el 1º de enero de 1956 el medio por ciento de todos los impuestos directos e indirectos de carácter fiscal y de los derechos de aduana y de exportación, ingresará durante 20 años a una cuenta que llevará la Contraloría General de la República, para destinarse a:... Universidad Técnica Federico Santa María 1/18". Es decir, la dieciochava parte de esas entradas.

Esto significa que, desde el año 1959 hasta 1967...

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Ha terminado el tiempo de Su Señoría.

El señor BARROS.-

Por favor, necesito unos minutos más.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Solicito el asentimiento de la Sala, para que termine de fundar su voto el Honorable señor Barros.

Acordado.

El señor BARROS.-

Gracias.

La Universidad ha recibido en ese lapso Eº 4. 103. 772, 90 y 278. 326, 32 dólares, porque también se le entrega esa divisa. Repito que en lo tocante al año pasado, esos valores son los percibidos hasta el mes de julio inclusive.

Sigue diciendo la comunicación:

"Además de estos aportes fiscales, la Universidad Técnica Federico Santa María ha recibido, en los años que se indican, los siguientes valores provenientes de participaciones en las utilidades de la Polla Chilena de Beneficencia; "

No leeré el detalle de las cifras anuales desde 1959 hasta julio de 1967. El total suma Eº 2. 508. 766, 78.

"Con la información que antecede, " -agrega el informe- "estimo haber dado respuesta a las consultas formuladas por V. E. en su oficio Nº 3. 384. "

Señor Presidente, con estos antecedentes denuncio que la Universidad Técnica Federico Santa María, por medio de los "palos blancos", de los peones del señor Edwards, de los títeres, de los "valets" del clan Edwards y del señor Urenda, ha estado recibiendo ciento por ciento de su presupuesto en aportes fiscales.

Entonces, con toda razón pedimos que ese plantel se transforme en una corporación de derecho público; que una comisión tripartita de Gobierno, estudiantes y profesores, dicte su estatuto a la brevedad y que se cree un doctorado interino a noventa días plazo para que no se pierda el año universitario que ha de empezar próximamente, y llegue ese plantel a ser Universidad del Estado.

El señor CURTI.-

Por los miembros de la Fundación, muchas gracias.

El señor PRADO.-

Señor Presidente, sé que este asunto que afecta a una universidad de Valparaíso, zona que me corresponde representar en el Senado, ha merecido especial preocupación de la Cámara de Diputados, y que el debate habido al respecto ha llevado a un proceso de juzgamiento de cuál es el problema real, de fondo, existente en ese plantel de educación técnica, del cual siempre se ha dicho, no sin razón, que prestigia a nuestro país, por la calidad de los profesionales que de él egresan.

En aquella rama del Congreso, cupo llevar el debate al nivel que le corresponde a nuestro camarada de partido señor Luis Maira, y así fue como, alejándose de la

tentación de considerar el conflicto como un mero movimiento de estudiantes díscolos y rebeldes que se oponen al principio de autoridad, analizó lo que está haciendo aquella universidad como consecuencia de la orientación que le dé un consejo directivo respaldado en su acción -y en cierta manera, seriamente limitado- por los que hoy día son representantes de los albaceas. Y tan así es que, según los estatutos del plantel, en la conducción y dirección docentes, en la dirección de los programas de investigación; aún en los de índole administrativa, en las designaciones de vicerrectores y decanos, existe un verdadero derecho a veto de los representantes de los albaceas, mencionados en esta sesión.

El proceso ha sido tocado a fondo porque aquélla es una de las universidades que más cuesta al país por alumno. Sé que ese antecedente no dice mucho por sí mismo y que debería allegar otros, lo que no puedo hacer en los pocos minutos de que dispongo. Sé que tiene pocos alumnos y también que don Federico Santa María quiso que el plantel representara un aporte serio a la educación de nuestro trabajador, al proceso de complementación de su enseñanza, para rehabilitarlo y así responder, en definitiva, a lo que es más importante en el país: el esfuerzo por impulsar el desarrollo. Esto es lo que hoy día está sometido a juicio, a proceso. Al respecto, han aparecido antecedentes que son importantes y que un parlamentario debe recoger.

Fueron cuarenta y ocho millones de pesos de seis peniques la suma que constituyó la herencia primitiva, que se transformó en el patrimonio de una fundación. Se han dado antecedentes serios, que no me parece posible calificar en pocos minutos. Son tres o cuatro los consorcios y, detrás de ellos, treinta y nueve sociedades anónimas y compañías de seguros, los que han visto revitalizarse su capital, sin que aparezca claramente justificado el beneficio para ese patrimonio, fundamentalmente destinado, por voluntad del testador, a una finalidad tan alta como es la de formación de nuestros muchachos estudiantes para una carrera técnica que contribuya a fortalecer el proceso de desarrollo que Chile y América Latina reclaman.

Ciertas cosas deben saberse, en especial en momentos en que el aporte del Estado, que en 1945 era de 42% ó 44%, ha llegado a ser, entiendo, de 88%, y no de 86%.

No se me escapa que en este conflicto se ha llegado a puntos de acuerdo. Estoy informado porque el Gobierno se ha preocupado del problema y está mediando en forma decidida y resuelta. Sé que hay sólo un punto de discrepancia, y me he preguntado si es legítimo, si es justo o, mejor dicho, si hay lógica en el hecho de que, frente a un proceso tan importante como éste, el Estado de Chile esté discutiendo un punto que no tiene significación tan fundamental. Porque mientras el aporte estatal asciende a 88% del presupuesto de esa institución, el proveniente de los fondos primitivos de la fundación ha quedado reducido hoy día apenas a 12%.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Ha terminado el tiempo de Su Señoría.

Solicito el asentimiento de la Sala para permitirle que termine de fundar el voto.

Acordado.

El señor PRADO.-

Creo importante decir que este proceso de orientación educacional está expuesto al veto de personas a las cuales no deseo denigrar. ¿Pero dónde está dicho o escrito que un proceso educacional de este nivel, la conducción y orientación fundamental de una universidad chilena, que recibe mayoritario aporte estatal, deba entregarse al juicio del veto discriminatorio o arbitrario de tres personas, a causa de la voluntad remota del tasador que vivió en época pasada, hizo su fortuna de manera distinta y la destinó con generosidad a la creación de un plantel de educación superior? ¿En virtud de qué debe sostenerse un conflicto de tal especie en estos momentos? Consideramos que se carece de razonable asidero para ello.

¿Cuál es realmente la ventaja que obtiene el patrimonio destinado a una finalidad tan importante y que se halla ligado al capital de sociedades anónimas y compañías de seguros ? ¿ Cuánto pierde o gana esa universidad?

A nosotros nos guía sólo el propósito de defender el derecho a que ese plantel educacional se transforme en lo que realmente deseamos para nuestros establecimientos de enseñanza superior.

Existe una vía jurídica de solución que fue planteada en la Cámara por el Diputado señor Maira. Los Senadores de estas bancas deploramos que a última hora se haya sustituido la indicación 20 por la signada con el número 41. Nos merecen reparos los incisos primero y cuarto. Estimamos que esta disposición deberá ser rectificada después de ciertos estudios. Nos parecen muy serios algunos preceptos, especialmente el relativo a la aplicación que el Presidente de la República hará de las disposiciones de la Constitución Política y del Código Civil, que le permiten cautelar el funcionamiento de las corporaciones de derecho privado, en virtud de la facultad que tiene para concederles personalidad jurídica o privarlas de ella.

Quiero decir, también, que en estos mismos momentos, con la mediación del Ejecutivo, se puede llegar a un acuerdo en este sentido. Y no obstante nuestra disconformidad con el texto de la indicación, cambiado a última hora, los Senadores democratacristianos le prestaremos nuestro apoyo, en el entendido de que, de acuerdo con el criterio que estamos sosteniendo, trataremos de introducir, durante la tramitación del proyecto, las enmiendas que estimemos indispensables.

Ojalá que se llegue a un acuerdo, porque sé que sólo existe un punto divergente.

Sirvan mis palabras y la votación de la Democracia Cristiana en el Senado como advertencia para quienes, a mi juicio, están excediéndose en un debate en el que tienen muy poco derecho, si consideran el espíritu fundamental que animó a don Federico Santa María cuando pensó en el porvenir de su patria y de la clase proletaria chilena.

El señor IBAÑEZ.-

Señor Presidente, la indicación en debate plantea diversos problemas. Por de pronto, uno de carácter jurídico que consiste en ignorar o pasar por alto preceptos o disposiciones legales que serían abiertamente vulnerados al aprobarse el artículo en discusión. Por lo demás, las tendencias que destruyen nuestro régimen jurídico que constituye la armazón de la sociedad, han sido impulsadas, por diversas razones, desde las esferas de Gobierno y del partido que controla el Poder.

En estos momentos no me referiré a ese asunto, pues quiero entrar al análisis de las causales reales que han suscitado la animosidad que hoy día se advierte en contra de quienes dirigen a la Universidad Santa María.

Antes de hacerlo, quiero abordar en forma muy breve el problema educacional planteado por este conflicto. Cualesquiera que sean los motivos invocados para mantener artificialmente la paralización de la universidad mencionada, es un hecho que el cierre obligado de ese plantel ha significado privar a la juventud estudiosa de uno de los mejores establecimientos universitarios existentes en Chile.

Quiero expresar en esta Sala, no obstante todas las opiniones vertidas, que en esa universidad se ha realizado una obra extraordinariamente conveniente para los jóvenes chilenos. Se ha llevado a cabo una labor muy laudable, precisamente por las personas que ahora están en tela de juicio y colocadas en la picota por diversos partidos políticos.

Por eso, sostengo que el reconocimiento que implican mis palabras, constituye tan sólo un acto de justicia. Estimo que también Sus Señorías podrían acompañarme en el juicio que emito, si reparan en el prestigio que tiene la Universidad Santa María y en la calidad de sus egresados.

Esos dos antecedentes bastan para comprobar la extraordinaria labor realizada en ese plantel y la dedicación, competencia y espíritu moderno que animan a quienes lo dirigen, especialmente a su rector. La aceptación que los egresados de esa universidad tienen tanto en Chile como en el extranjero es el mejor tributo y el mayor elogio que puede hacerse a quienes han tenido la responsabilidad de dirigirlo.

Pero el verdadero problema que debatimos es otro, muy diferente. Existe una actitud evidentemente persecutoria contra quienes conducen ese establecimiento, actitud que, por cierto, obedece a razones muy ajenas a su desempeño en el consejo de la Universidad. A esas personas, que aquí han sido mencionadas, se les persigue, de manera principal, por la posición política" que sustentan, la cual no es compartida por mí ni por el partido que represento. Estamos en total desacuerdo con la línea política asumida por ellas, que, sin duda, ha tenido graves repercusiones para el país, habida consideración al respaldo irrestricto que han otorgado al Gobierno de la Democracia Cristiana.

Pero por importantes que sean las diferencias políticas que nos separan de los dirigentes de la Universidad Santa María -subrayo que esa diferencia es muy grande-, jamás podríamos hacer de ella un motivo para atacar a quienes tienen la responsabilidad de conducir ese establecimiento de enseñanza superior y que lo han logrado en la forma sobresaliente que todos debemos reconocer.

Por lo tanto, discrepamos de los juicios aquí expresados y votaremos en contra de este artículo. No obstante, antes de hacerlo, me permitiré formular unas breves reflexiones más.

Repito: nuestras diferencias políticas jamás podrían inducirnos a atacar, en la forma como aquí se está haciendo, a personas que poseen pleno derecho para tener y mantener las posiciones políticas que les agraden, ni a impedir su labor en una obra que beneficia en forma notable a la colectividad.

Pero este artículo nos obliga a ocuparnos en otro problema mucho más importante para el país y que esta tarde ha sido ocultado aquí. Me refiero al hecho de que el gravísimo conflicto de la Universidad Santa María sólo ha sido posible gracias a la demagogia practicada desde las esferas de Gobierno y desde la propia Democracia Cristiana.

El origen de todos los conflictos universitarios que Chile presenció durante 1967 se remonta al intento del Partido Demócrata Cristiano de apoderarse del control de las universidades católicas, para lo cual desarrolló y difundió innumerables doctrinas tendientes a destruir el principio de autoridad dentro de esos planteles. De este modo, se produjo la anarquía que presenciamos en la Universidad Católica de Valparaíso y que recientemente se volvió en contra de quienes la generaron. La huelga de esa Universidad culminó con un verdadero asalto al Obispado de Valparaíso y con el vejamen a muchos sacerdotes y a la destrucción de los bienes de aquél. Todo ello se hizo en nombre de la juventud estudiosa y de la democratización de ese establecimiento universitario; pero en el hecho sólo hubo una explosión del sentimiento vandálico del resentimiento político de algunos pocos. El impulso que generó esos hechos lo dio el propio partido de Gobierno. Y una vez desencadenado el proceso cuya meta principal consiste en tomar el control de la Universidad Católica de Santiago, el Ejecutivo ya no fue capaz de detenerlo.

Esto explica lo que sucede ahora en la Universidad Santa María de Valparaíso. Al Gobierno se le escapó de las manos el impulso destructor del principio de autoridad que -repito- tenía por objeto poner al servicio de la Democracia Cristiana las dos universidades católicas existentes en el país.

Es importante señalar que este proceso, que afecta gravemente a la juventud y que en el caso de la Universidad Santa María puede culminar con la destrucción de una de las universidades que honran al país, tiene su origen en los procederes del partido de Gobierno y en el respaldo decisivo que a esos procederes dieron altos personeros de la jerarquía eclesiástica.

Hoy día se hacen inmensos esfuerzos para poner fin a la anarquía existente en la Universidad Católica de Valparaíso. Hay una lucha muy violenta entre los primeros revolucionarios y los del grupo de última hora, que han superado a aquellos y aparecen más activos en su afán de imponer las doctrinas que los primeros predicaron.

Todavía deberemos ver de qué manera será destruida la obra gigantesca de la Universidad Católica de Santiago. No me cabe duda, por los antecedentes que obran en mi poder, de que ese plantel, que también es orgullo de nuestra patria, habrá de decaer, desgraciadamente, en su nivel académico y en la educación que imparte a sus alumnos.

Estos son los hechos más graves en torno de lo que sucede en la Universidad Santa María. He creído de mi deber ponerlos de relieve y señalar categóricamente la responsabilidad de quienes iniciaron, estos movimientos, y decir, aunque sea de paso, que de lo sucedido también deberán responder quienes, mediante apoyos políticos irrestrictos a la Democracia Cristiana, han hecho posible que avanzara este proceso de destrucción de las Universidades Católicas de nuestro país y del principio de autoridad en general.

Por las razones dadas, los Senadores nacionales votamos en contra del artículo.

La señora CARRERA.-

En nombre de los Senadores socialistas, fundaré el voto a la indicación formulada por los Honorables señores Allende, Rodríguez y Contreras Labarca.

A mi juicio, la Universidad Santa María no es algo nacional, sino una entidad de clases, por su organización, y una autocracia emanada de la forma como se interpretó el testamento del señor Santa María. Este destinó un capital y designó albaceas a cuatro grandes figuras de la plutocracia nacional. La familia planteó un pleito y los tribunales resolvieron que se trataba de una asignación modal. En consecuencia, los dueños de la Universidad son los asignatarios -ex albaceas-, que aplican bienes a determinado fin. Se trata, pues, de algo del todo privado.

Desde un punto de vista académico, la Universidad tiene dos grandes anomalías: las carreras han sido enfocadas -contradiciendo al testamento- con criterio falsamente selectivo. Se ha Cuidado de efectuar una parcelación radical entre quienes serán maestros, técnicos e ingenieros y se han cerrado las vías democráticas de comunicación entre los tres niveles.

También existe otro vacío académico: no se han creado carreras con miras a las necesidades del desarrollo nacional, sino a procurar los elementos técnicos y profesionales que los clanes financiaron requieren para sus empresas. La Universidad Santa María está dirigida a favorecer la empresa privada, con prescindencia absoluta del interés colectivo.

En el orden interno, el profesorado carece de la garantía mínima de estabilidad y libertad de cátedra. Cada maestro es un empleado sometido a un contrato anual, esencialmente revocable. Los alumnos no tienen participación en la dirección del plantel.

Desde hace años se viene luchando por modificar la situación existente. Los alumnos han pretendido tener responsabilidades en la vida de la universidad, al igual que los maestros.

Ha habido grandes huelgas, pero nada se ha avanzado. En último término, la directiva del establecimiento se ha reservado la facultad resolutiva acerca de todo. Los maestros y los alumnos han conseguido sendos personeros en los organismos de la dirección, pero sólo con voz: sin voto.

En octubre de 1967 se promovió el actual conflicto. Los alumnos han procedido prácticamente con criterio unánime a pedir reformas del sistema. Los profesores han sido divididos por la presión de la directiva de la Universidad. Los maestros que enseñan en la Escuela de Artes y Oficios no han mostrado independencia alguna, pues dependen exclusivamente de sus empleos en la Universidad; los docentes universitarios propiamente tales han revelado más independencia.

Se puede afirmar que la huelga ha sido un hecho inevitable y en la cual el profesorado universitario se ha declarado solidario de los planteamientos reformistas.

La directiva de la Universidad ha iniciado una gigantesca campaña publicitaria, en la cual ha usado de organizaciones "ad hoc" de alumnos y profesores, estos últimos integrados por los de la Escuela de Artes y Oficios y los personeros de los Cuerpos de Paz. La acción de éstos ha sido extremadamente lesiva para la dignificación del profesorado. Los personeros del Cuerpo de Paz -de calidad técnica discutible- hacen clases en forma gratuita, y la posibilidad de reemplazar a los maestros chilenos por éstos es empleada por la autoridad universitaria para esterilizar cualquier acción del profesorado.

Ante la huelga, se pidió primero la mediación del Gobierno. Fracasada la labor del señor Patricio Rojas, se ofreció dar solución al problema por medio del proyecto sobre régimen universitario que preconizaría el MinistroGómez Millas. Han transcurrido meses y nada se ha enviado al Congreso.

Ahora, después que el Ejecutivo se ha situado al margen, se ha pedido la intervención del Gobierno, no su mediación.

El texto de la indicación votada da soluciones correctas para las cuestiones jurídicas que plantea incorporar a Chile esta Universidad.

En la actualidad, 86% del financiamiento de la Universidad se basa en fondos fiscales, aunque aquí se ha dado testimonio de que ese porcentaje es superior; 2% en erogaciones privadas, y el resto, en el rendimiento del fondo legado por el señor Santa María.

La indicación echa las bases de los principios mínimos que deberá reunir la Universidad, una vez que deje de ser lo que es, para recibir el aporte fiscal.

Se podría efectuar un extenso análisis del problema universitario en todos los aspectos, pero no hay el tiempo necesario. Se trata de borrar la estructura de poder impuesta por los albaceas. Esta estructura de poder es defendida por ellos, porque asegura su predominio absoluto en grandes sectores de la economía nacional.

Los Senadores de estas bancas queremos también felicitar a. los alumnos, quienes se han comportado como un buen organismo de masa, que lucha por el progreso de su universidad, no solamente por el bien de ellos mismos -ya que se educarán en un centro universitario más moderno y más de acuerdo con la realidad del país en este momento-, sino también por el de sus compañeros que llegarán en los años venideros.

Por todas estas razones, los Senadores del Partido Socialista votamos afirmativamente la indicación renovada.

El señor CHADWICK.-

Señor Presidente, los socialistas populares no hemos tenido ninguna vacilación en renovar la indicación formulada en la Comisión de Hacienda con el número 41-a.

Tal vez sea innecesario abundar en razonamientos. Pero no puedo dejar de evocar, después de oír al Honorable señor Ibáñez, un episodio de la política chilena que da fuerza a la decisión de disponer por ley que se decrete la disolución de la actual fundación de beneficencia pública denominada "Federico Santa María".

En el año 1932, llegó al Gobierno una nueva combinación política, que estaba en violenta oposición con la solución que se había dado al problema de la industria salitrera por la Administración de Ibáñez. Se había hecho la campaña sobre la base de que la COSACH había sido un fraude al país. Y, a pesar de que esta sociedad se había constituido en virtud de una ley, el nuevo Gobierno, en la necesidad, según él, de resguardar los -intereses del país, dictó el decreto Nº 1, de Hacienda, que revocó la declaración de estar legalmente instalada la COSACH y la declaró en liquidación.

Una ley había dado vida a esa persona jurídica. El decreto no era más que el cumplimiento del precepto de esa época. Pero había intereses muy grandes comprometidos y existía una pugna por resolver el problema salitrero atendiendo a las garantías y a los negocios del grupo Edwards, que se realizaban por medio del Banco. Anglo y del Banco Edwards. Cuando tuvieron ese interés, no hubo titubeo jurídico e impusieron la solución que ellos consideraban más acorde con sus propias expectativas.

¿Se puede, entonces, negar al Parlamento chileno la facultad de resolver una situación que se ha hecho odiosa e insostenible y que financieramente significa haber transformado la fundación de beneficencia Federico Santa María en un verdadero "holding" de empresas, para mover capitales, controlar sociedades y montar un imperio económico?

Creo que la justicia histórica se empieza a cumplir ahora. Con la misma arma con que el grupo Edwards rehizo su fortuna, el Parlamento chileno le señala al Presidente de la República que debe resolverse el problema de esta fundación de beneficencia pública.

Naturalmente, los socialistas populares apoyamos ardorosamente la solución propuesta y nos felicitamos de la mayoría que se manifiesta en el Senado a favor de ella.

El señor GUMUCIO.-

Señor Presidente, ya fundó el Honorable señor Prado, a mi juicio, en términos muy justos, la posición de los Senadores democratacristianos frente a esta indicación.

Destacó Su Señoría que estas disposiciones tuvieron origen en la Cámara Baja, en una iniciativa del Diputado democratacristiano señor Luis Maira. Pero aquí se ha renovado una indicación que, a mi entender, no era necesario formular, porque el aspecto constitucional planteado carece de fundamento. De todas maneras, la votaremos favorablemente, por los motivos ya expuestos.

Respecto de este asunto, hay dos materias bien distintas.

Una de ellas se refiere a la actuación de los albaceas de la Universidad Técnica Federico Santa María, punto sobre el cual se han extendido muchos Honorables colegas, con cifras y conceptos, para criticarlo.

Unicamente quiero agregar que en ese plantel educacional se ha hecho presente la gran corrupción del régimen de las sociedades anónimas, ya que ahí, a través de una universidad, se ha podido apreciar el absurdo de la enorme participación de los directores de ese tipo de sociedades, en perjuicio de los accionistas. Ese instituto es un ejemplo de cómo los poseedores de acciones de las sociedades -monopolistas algunas de ellas- resultan víctimas, porque no obtienen por sus inversiones la retribución debida, sino que la perciben los directores. Precisamente por eso se justifica el proyecto de reforma de las sociedades anónimas: para terminar con este tipo de escándalos. Aquí, como digo, en un plantel universitario, se ha producido, para vergüenza de Chile, el hecho indicado.

No me extenderé más sobre este aspecto, para referirme al que abordó el Honorable señor Ibáñez, quien, por desgracia, no está presente.

Su Señoría criticaba los movimientos universitarios habidos en las Universidades Católicas de Santiago y Valparaíso, Santa María y de Concepción. Con la mentalidad que posee el Honorable señor Ibáñez, cree que todos estos movimientos obedecen a motivos arbitrarios, a baja politiquería y, en definitiva, como él expresó, a vandalismo. No me extraña este calificativo, porque, para gente de mentalidad estrecha, cuando se quiere renovar o cambiar algo, existe vandalismo.

El señor CURTI.-

¡Cuando se destruyen cosas!

El señor GUMUCIO.-

En primer lugar, en lo relativo a la Universidad Católica, en el propio Concilio Vaticano se acordó que los laicos manejaran las instituciones eclesiásticas. Y, como se trataba de universidades de la Iglesia, se partió haciendo efectivo lo acordado allí.

Al respecto, el Honorable señor Ibáñez demuestra ignorancia de cosas que todo el mundo sabe.

En seguida, en lo tocante a la intervención de los alumnos en los cuerpos directivos donde la técnica no avanza, donde las cosas se resuelven con criterio conservador y donde no se da el impulso decisivo a la universidad respectiva, me pregunto si no sucedía esto mismo en la Universidad de Valparaíso.

Lamento la ausencia del Honorable señor Ibáñez. Mi Honorable colega era decano de la Facultad de Economía de esa universidad, cuando todos sabemos los conocimientos de economía que tiene y los Años de humanidades que ha cursado. Parece muy extraña esta clase de directivas de universidades, que, según él, no pueden ser tocadas por los alumnos.

Lo interesante del movimiento universitario es precisamente eso: que los alumnos puedan participar con voz y voto para elegir las directivas y el rector. Es el ejemplo dado por la Universidad Católica de Santiago y, ahora, el ejemplo magnífico de la Santa María, donde no ha habido desorden y donde se ha luchado con una dignidad que ha merecido el aplauso del país y de la juventud.

Por eso, hemos anunciado nuestros votos afirmativos y yo, personalmente, con el mayor agrado voto que sí.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Autorizado para votar por el Comité Demócrata Cristiano, pues estoy jareado con el Honorable señor Musalem, voto que sí.

-Se aprueba la indicación renovada (20 votos contra 3, 1 abstención y 4 pareos).

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Como consecuencia de la aprobación de la indicación número 41-a, quedan reemplazados los artículos 20 y 21 del proyecto propuesto por la Comisión.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 22 se relaciona con el anterior y versa sobre los estatutos.

-Se aprueba, con la misma votación anterior.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

"Artículo 23.- A los periodistas colegiados acogidos a jubilación que hayan cumplido 65 años se les reajustarán sus pensiones actualizándolas de acuerdo con el salario periodístico mínimo. A los que hayan jubilado como directores de diarios o revistas, y prueben haber servido cargos intermedios, como reporteros, jefes de crónica o información, redactores, secretarios de redacción y subdirectores, y hayan cumplido dicha edad, se les actualizarán sus pensiones de acuerdo con el salario periodístico en su nivel más alto.

"Las mismas normas se aplicarán a los demás periodistas colegiados jubilados a medida que cumplan los 65 años".

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

El Honorable señor Pablo ha pedido votación secreta para todas las materias concernientes a previsión.

En votación secreta.

El señor CHADWICK.-

¿No se puede fundar el voto?

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

No, señor Senador.

El señor CHADWICK.-

¿Qué artículo se invoca?

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Es el 144.

-Se aprueba (13 balotas blancas y 8 negras).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 24. La Comisión propone redactarlo en los siguientes términos:

"Los inmuebles que por cualquier concepto se encuentren eximidos del pago de contribuciones a los bienes raíces, no lo estarán respecto al pago de la contribución municipal y en la parte de la contribución fiscal que se destina a los Cuerpos de Bomberos. "

El señor RODRIGUEZ.-

Existe unanimidad para aprobarlo.

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 25.

"Reemplázase el actual artículo 62 de la ley 8. 569, por el siguiente:

"Artículo 62.- La Caja reajustará...

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Podemos evitar la lectura, señor Presidente.

El señor CHADWICK.-

Antes de tomar la votación, deseo formular una cuestión de orden. Pido completar el informe con la lectura de un documento que se llevó a la Comisión por el gerente de la caja.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

No es posible, señor Senador, porque estamos en votación. Está cerrado el debate.

El señor CHADWICK.-

Pero es un documento que complementa el informe.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En votación el artículo.

El señor PALMA.-

Debe ser secreta.

El señor IBAÑEZ.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

¿Habría acuerdo de la Sala para conceder al Honorable señor Ibáñez algunos minutos?

El señor JARAMILLO LYON.-

Tiene derecho, por haber sido aludido.

El señor IBAÑEZ.-

He sido aludido.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Después de terminada la votación, señor Senador, se le dará el tiempo correspondiente, de conformidad con el Reglamento.

-Se aprueba el artículo (12 balotas blancas, 6 negras y 1 roja).

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

De conformidad con el artículo 97 del Reglamento, puede usar de la palabra el Honorable señor Ibáñez.

El señor IBAÑEZ.-

Durante mi breve ausencia de la Sala, el Honorable señor Gumucio se refirió a mi persona, hizo comentarios y dio respuesta al fundamento de mi voto con relación al artículo sobre la Universidad Federico Santa María.

De las informaciones que se me han dado, habría dos puntos a los cuales no puedo dejar de replicar.

Sostuvo el Honorable señor Gumucio que la Santa Sede aprobó en el Concilio una disposición según la cual el manejo de las universidades debería pasar a manos de laicos. Por mi parte, sostengo que esa afirmación es del todo falsa, y lo es tanto como que en estos momentos la Universidad Católica de Valparaíso hace esfuerzos desesperados, a través del Vaticano, para volver a poner orden dentro de ese plantel, orden que se desquició por elementos de la Iglesia y por militantes del Partido Demócrata Cristiano que participaron en la "revolución en libertad"" que hicieron dentro de la Universidad Católica de Valparaíso. Son ahora los mismos miembros de la jerarquía eclesiástica que tuvieron participación en los acontecimientos a que me refiero los que se mueven con extraordinaria actividad en Roma para tratar de atenuar, paliar o eliminar los efectos de una acción que yo-calificaría, para usar una expresión suave, de extraordinariamente imprudente.

Me pregunto si el Vaticano, si los sacerdotes y obispos no tuvieran nada que ver ahora con las universidades, como afirmó el Honorable señor Gumucio, ¿a qué obedecen estos trajines en el Vaticano, asi como él próximo viaje de una gran comitiva en el que irán representantes de ambos bandos contendientes a dirimir sus dificultades ante las autoridades eclesiásticas de Roma? ¿Por qué se prepara una expedición en que participarán güelfos y gibelinos, a fin de que en última instancia sean los sacerdotes y cardenales los que en el Vaticano decidan quién tiene la razón ?

Allego este antecedente para demostrar que la explicación dada por nuestro Honorable colega carece por completo de fundamento, y que los hechos están demostrando que sus argumentos no tienen validez ni asidero alguno.

En seguida, el Honorable señor Gumucio hizo una referencia a mi persona. Dijo que yo había sido decano de la universidad, que había llegado sólo a cuarto de humanidades y no tenía título de bachiller.

El señor GUMUCIO.-

No he dicho eso-

El señor NOEMI.-

No lo ha dicho.

El señor PABLO.-

No lo dijo.

El señor IBAÑEZ.-

Lo musitó también el Honorable señor Barros, quien a veces, habla para los taquígrafos y no para la. Sala.

Lamento tener que referirme a un asunto de carácter estrictamente personal y pido excusas por hacerlo. Mas para ocupar ese cargo fui insistentemente requerido por el Rector de la Universidad Católica de Valparaíso, Padre Jorge González. El me pidió asumir el decanato de una facultad casi inexistente, porque estaba prácticamente desplomada. Se me pidió asumir ese cargo alrededor de 1951. Desempeñé ese decanato durante doce o catorce años, hasta que la revolución en libertad dispuso mi cesantía.

En todo caso, puedo decir que durante esos doce o más años en que trabajé en la universidad porteña, puse los mejores esfuerzos y mi mayor capacidad para cooperar a la labor notable que se desarrolló en ¡aquel lapso para levantar ese plantear y que permitió a la facultad que yo dirigía levantar escuelas que adquirieron gran prestigio no sólo en Chile, sino también en el extranjero.

Ruego a mis Honorables colegas excusar mi modestia, pero me veo forzado a dar estas informaciones. He debido hacerlo en vista de las palabras que se han pronunciado en la Sala.

Respecto de la pintoresca afirmación de que no logré dar examen para ser bachiller, debo declarar que parte de ella podría ser verídica, pero en el fondo es falsa. Efectivamente, no di bachillerato, pero soy bachiller, porque al terminar mis estudios secundarios -excúsenme la inmodestia de tener que recordar estos hechos- obtuve las más altas calificaciones: en todos los ramos fui eximido de exámenes y recibí mi título de bachiller como se acostumbraba en aquella época, conforme al reglamento que entonces regía para los estudios humanísticos.

He debido dar esta información, porque no puedo dejar pasar una especie que se liace circular en el Senado con el evidente propósito de dañar a quienes trabajamos desinteresadamente, sin buscar retribuciones ni dividendos políticos y guiados tan sólo por el interés de colaborar en la educación de nuestra juventud.

-Sin debate y con la misma votación anterior, se aprueban los artículos 26, 27 y 28, en la forma propuesta por la Comisión en su segundo informe.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 29.

"Los trabajos extraordinarios que se dispongan en la Contraloría General de la República no estarán afectos a la limitación de horario nocturno establecido por el artículo 79 del D. F. L. 338 del Estatuto Administrativo. "

El señor PABLO.-

Sólo deseo dejar constancia, una vez más,...

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

No hay debate, señor Senador; por lo tanto, no puedo concederle la palabra para que intervenga.

El señor PABLO.-

Pido votación.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En votación.

- (Durante la votación).

El señor PABLO.-

Quiero dejar constancia, una vez más, de la forma como -hemos estado legislando en este proyecto.

Este artículo dispone que los trabajos extraordinarios que se dispongan en la Contraloría General de la República no estarán sujetos a limitación de horario nocturno. Es posible que ello sea conveniente, pero se trata de una modificación al Estatuto Administrativo, vale decir, una materia ajena al proyecto.

Además, hemos legislado sobre la Caja Bancaria de Pensiones. Participamos de la idea contenida en el texto del artículo correspondiente; pero yo había conversado y estaba de acuerdo con los distintos sectores de esa caja para incluir estas disposiciones en una ley especial.

El señor CHADWICK.-

Las observaciones de Su Señoría no son pertinentes.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

El artículo en debate no se refiere a ninguna caja.

El señor PABLO.-

Muchas veces he tenido que escuchar observaciones que no guardan relación a la materia en debate, y hemos tenido que legislar respecto de materias que si hubieran sido discutidas por la Comisión técnica respectiva, habrían sido perfeccionadas y mejoradas.

Todas estas disposiciones han sido estudiadas a la ligera; me atrevería a decir por debajo de la pierna, y no sé qué valor puedan tener.

En seguida, vamos a analizar artículos sobre pensión reajustable y algunas normas de carácter técnico. Tal vez sean convenientes; pero debo decir con absoluta sinceridad que la Comisión no estudió debidamente estas materias, que no son de su Competencia.

-Se aprueba el artículo, con la abstención de los Senadores democratacristianos.

-Sin debate y con la misma votación anterior, se aprueban los artículos 30, 31, 32, 38, 34, 35, 36, 37 y 39, en la forma, propuesta por la Comisión en su segundo informe.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 40 sustituye al artículo 103 de la ley Nº 13. 305.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo 40.

El señor CHADWICK.-

Pido votación, señor Presidente.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En votación.

- (Durante la votación).

El señor RODRIGUEZ.-

Hablaré en forma muy breve, señor Presidente.

Votaremos en contra de esta disposición, porque la materia no fue suficientemente esclarecida por los funcionarios de Gobierno. Tememos que con el mecanismo consagrado en el artículo 40 se estimulen ciertos monopolios en la industria y el comercio. Por eso, ante la duda no esclarecida en la Comisión de Hacienda, preferimos votar en contrario.

El señor CHADWICK.-

Voy a votar en contra de este artículo, porque en virtud de él basta tener diez por ciento de capital en una empresa y que la transferencia tenga por objeto la complementación industrial o cualquiera de los fines indicados en el inciso final, para dejarla en situación de privilegio en la competencia.

Esto favorece a la organización vertical de la industria y es contrario a la libre-competencia en que se funda el sistema-capitalista.

Por eso, voto que no.

El señor PABLO.-

¿Su Señoría es partidario del sistema capitalista?

El señor CHADWICK.-

Esta disposición favorece a los monopolios.

El señor IBAÑEZ.-

Lamento que no se haya esclarecido debidamente este artículo, porque el propósito es precisamente el opuesto al que acaba de señalar el Honorable señor Chadwick. La integración vertical se produce debido a las altas tasas que tienen en Chile los impuestos a la compraventa, que impiden a una empresa abastecerse de otras.

Se ha buscado la manera de paliar los efectos de este sistema profundamente inconveniente para la economía del país mediante estas sociedades, llamadas complementarias, según creo, que permiten a varias industrias pequeñas crear empresas que las abastezcan de determinada» materias primas o servicios.

El propósito del artículo es precisamente contrario al señalado por el Honorable señor Chadwick: se trata de poner término en alguna forma a la integración vertical, que es muy inconveniente y que se produce actualmente debido a las altas tasas del impuesto a la compraventa.

Según se explicó ayer en la Comisión, se ha propuesto este artículo por ser conveniente para estimular la competencia y no dejar que sólo las grandes empresas puedan tener una red completa de servicios propia. Así, las empresas pequeñas podrán competir con las grandes utilizando las franquicias del precepto en estudio.

Voto que sí.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Me permite, señor Presidente, rectificar mi voto?

No me agrada la limitación al diez por ciento, pues la considero muy baja. Esta cifra puede aceptarse, pero siempre. que sea con carácter subsidiario.

A mi juicio, este sistema puede prestarse para abusos, de modo que voto que no.

-Se aprueba (12 votos por la afirmativa, 8 por la negativa y 4 pareos).

El señor REYES ( Presidente accidental).-

Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo 41.

El señor PABLO.-

Pido votación.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación.

-(Durante la votación).

El señor PABLO.-

Esta disposición es para beneficiar a los gerentes.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

No, señor Senador.

El señor PABLO.-

Sólo se tributará sobre seis sueldos vitales, aunque el empleado gane diez millones de pesos mensuales.

-Se aprueba (13 votos contra 6, 1 abstención y 4 pareos).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 42.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.

El señor LUENGO.-

Pido votación.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación el artículo 42.

- (Durante la votación).

El señor LUENGO.-

Yo no puedo participar en esta votación, por estar pareado con el Honorable señor Musalem. Sin embargo, deseo decir unas cuantas palabras, a fin de solicitar del Senado el rechazo del precepto.

El artículo 42 tuvo origen en una indicación presentada en este proyecto por el Senador que habla, tendiente a esclarecer lo ya establecido en el artículo 202 de la ley Nº 16. 617, sobre reajustes para el año pasado, disposición que también nació de una indicación mía. Según el precepto legal citado, debe devolverse el impuesto a los espectáculos a los productores de películas nacionales que se exhiban en los cines. La indicación tuvo por finalidad modificar el sistema que existía antiguamente, según el cual las películas nacionales no pagaban el impuesto a los espectáculos cuando se exhibían en los cines. Pero esa exención no favorecía a los productores de las películas, sino a los exhibidores o distribuidores. Con la nueva disposición, empezó a devolverse a los productores el impuesto que se recaudaba en los cines. Sin embargo, el Servicio de Impuestos Internos aplicó el mismo criterio de la ley antigua, y dictaminó que cuando en un cine se exhibiera una película nacional junto con un extranjera, sólo se beneficiaría el productor nacional con la devolución del impuesto a los espectáculos en caso de que la película chilena fuera más larga que la extranjera. Ello motivó que algunos cines, especialmente los de provincia y los de barrio, no beneficiaran con esta exención tributaria a los productores de las películas nacionales, porque normalmente las extranjeras son más largas que las chilenas. La disposición que propuse ahora tendía a esclarecer que el referido impuesto se devolverá siempre a los productores de películas nacionales, aunque la extranjera sea más larga.

La Comisión de Hacienda participó en parte de estas ideas e introdujo algunas enmiendas al artículo, pero agregó que se devolvería el impuesto en proporción al metraje de las películas que se exhibieren. Además, en el inciso tercero dispuso la obligación de los productores de reinvertir todo el monto del impuesto. Con estas enmiendas, ha resultado peor el remedio que la enfermedad porque el productor siempre saldrá perjudicado. En efecto, cuando la película nacional sea más larga que la extranjera, el productor recibirá sólo una parte del impuesto y no el total, como ocurre ahora al aplicar el criterio de la ley antigua, que se modificó en virtud del artículo 202 de la ley Nº 16. 617, nacido en una indicación del Senador qué habla.

El señor MAURAS.-

Si la película nacional es con discursos, no hay duda de que será más larga.

El señor LUENGO.-

Indudablemente, señor Senador.

Además, muchas veces los productores nacionales tenían que alargar las películas a fin de beneficiarse con la devolución del impuesto, con lo cual se perdía su calidad artística.

Como dije anteriormente, el inciso tercero estableció la obligación de reinvertir el impuesto en la adquisición de nuevas maquinarias o elementos para producir películas. De ello resultará que los productores nacionales deberán reinvertir el impuesto que se les devuelva, que muchas veces representa su única utilidad, sin que les quede nada para poder vivir.

En tales condiciones, considerando que el problema es en sí complicado y merece mayor estudio, y con el ánimo de no perjudicar a los productores de películas nacionales, creo que lo procedente sería rechazar por ahora este artículo, y más adelante, con más tiempo, proponer una disposición mejor estudiada.

Por otra parte, se dijo en la mañana que a los productores nacionales se les había entregado un millón de escudos el año pasado.

El señor PABLO.-

Un millón doscientos mil escudos, dije yo.

El señor LUENGO.-

Su Señoría lo dijo en la mañana. Inclusive, en la Comisión de Hacienda el señor Zaldívar habló de la suma de un millón doscientos mil escudos.

El señor PABLO.-

También lo dijo el Honorable señor Allende.

El señor LUENGO.-

Ahora bien, según informaciones que me han dado esta mañana algunos productores nacionales, el año pasado se estrenaron en Chile cinco películas nacionales, que tuvieron un costo total de un millón setecientos veinte mil escudos. Pues bien, esos productores han recibido hasta le fecha, por devolución de impuesto del año pasado, sólo cuatrocientos cincuenta mil escudos. Son datos obtenidos en la Tesorería Provincial de Santiago.

En consecuencia, de ningún modo los productores nacionales han resultado beneficiados, porque sólo se les está devolviendo en parte el costo de las películas, y todos sabemos que filmar una película en Chile constituye una aventura, pues no se sabe si su rendimiento permitirá, no sólo reembolsar el dinero gastado en 'ella, sino también remunerar el trabajo y la labor artística.

Por lo expuesto, me permito solicitar del Senado que mientras no tengamos la oportunidad de estudiar con más detenimiento una disposición justa sobre la materia, rechacemos por ahora el artículo que se vota.

El señor NOEMI.-

Su Señoría está autorizado para votar.

El señor LUENGO.-

Se lo agradezco, señor Senador.

Voto que no.

El señor PABLO.-

En la Comisión se formuló esta indicación en términos tales que creí un deber pedir mayores explicaciones.

En virtud del artículo en debate, por el hecho de exhibirse una película chilena en cualquier espectáculo público -la indicación hablaba de espectáculos de cine, así fueran rotativos, separados, etcétera-, hay que devolver al productor el impuesto que se haya pagado por la función. Por ejemplo, se daba el siguiente caso -voy a citar uno extremo, para que salte a la vista el error-: si se exhibe una película como "Lo que el viento se llevó", que, según entiendo es de gran taquilla, y se agrega un documental chileno de treinta o cuarenta minutos de duración, hay que devolver el total del impuesto. Esto, sin ningún tipo de control, sin que la exigencia de invertir ese dinero en la misma empresa para que capitalizara la industria; sin saber si se iba a crear algún estímulo para el desarrollo del cine, o si, lisa y llanamente, los productores iban a estimar esa suma como el producido de su película y, en consecuencia, distribuirlo entre los accionistas de la empresa.

A la sesión pertinente concurrieron funcionarios del Servicio de Impuestos Internos. Pregunté sobre el rendimiento del mencionado gravamen durante el año pasado, de acuerdo con la aplicación de las disposiciones legales vigentes. Se me dijo que fue de un millón doscientos mil escudos, de los cuales seiscientos mil corresponden a la exhibición de películas cinematográficas de largo metraje, y el resto a películas de menos extensión. O sea, gracias al mecanismo legal señalado, los productores obtuvieron ingresos por un millón doscientos mil escudos.

El señor LUENGO.-

Eso no corresponde a la realidad, señor Senador.

El señor PABLO.-

A los Senadores de estas bancas los guía el mismo afán que a Sus Señorías. También nosotros queremos establecer medidas legales a favor de la cinematografía chilena; pero esas disposiciones no pueden ser estudiadas en unos cuantos minutos, pues se trata de legislar sobre un problema de gran envergadura.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

En consecuencia, ¿Su Señoría vota por el rechazo del artículo?

Me parece que hay acuerdo para suprimirlo.

El señor PABLO.-

Lo que no aceptamos es el sistema de legislar precipitadamente sobre asuntos de tanta importancia.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Por cierto, señor Senador.

El señor PABLO.-

Repudio tal sistema de legislar -en ello me acompaña mi Honorable colega-, que se refleja no sólo en la disposición que debatimos, sino en muchas otras consignadas en diversas leyes.- .

Me abstengo de votar, por estar pareado.

El señor BOSSAY.-

También los Senadores de estas bancas votaremos por el rechazo del artículo, pero, al igual que el Honorable señor Luengo, lo hacemos en el entendido de que la disposición traída a la Sala no concuerda con nuestro propósito de ayudar a la industria cinematográfica nacional. Esperamos que en un nuevo proyecto, después de estudios más detenidos sobre la materia -ojalá muy pronto-, podamos prestar nuestra aprobación a preceptos que entrañen posibilidades reales de progreso para dicha industria.

Reitero, por lo tanto, que nuestro rechazo al artículo propuesto no significa negarle ayuda al cine nacional.

Voto que no.

El señor RODRIGUEZ.-

Los Senadores socialistas, inspirados en el afán de estimular a los productores chilenos de cine, hemos acogido la indicación del Honorable señor Luengo.

Sin duda, los problemas de la industria cinematográfica son extremadamente complejos, en especial los de financiamiento, que son inabordables en la práctica. Con todo, al aprobar la indicación favorable a los intereses de la industria del cine nacional, propusimos algunas condiciones; por ejemplo, que la devolución de impuestos tuviera por objeto fortalecer efectivamente nuestra industria cinematográfica. Por ello exigimos que dichos fondos se reinviertan en la misma industria.

Ahora bien, si el propio autor de la indicación que dio origen al artículo 42 no está de acuerdo con el texto recomendado en el informe, nosotros no podemos ser más papistas que el Papa y lo rechazaremos, pese a nuestro deseo de favorecer al cine nacional.

El señor CHADWICK.-

Al fundar el voto, quiero hacerme cargo de las observaciones formuladas por el Honorable señor Pablo.

Considero evidente que la disposición propuesta es mejor que el precepto legal en vigencia, pues señala un destino racional a los recursos de que se priva el fisco al devolver a los empresarios cinematográficos una parte de la tributación establecida para los espectáculos. En la actualidad, lo devuelto por el erario pasa directamente a poder de los empresarios, sin condición alguna. La Comisión recomienda, en cambio, dar destino especial a ese dinero, como ser la adquisición de materias primas extranjeras indispensables, película virgen, máquinas y otros elementos. Se ha considerado inconveniente permitir a los empresarios la libre disposición de esos recursos fiscales, por lo cual se preceptúa que las inversiones correspondientes serán fiscalizadas por el Consejo de Fomento de la Industria Cinematográfica Nacional, institución llamada a velar en este caso, por el cabal cumplimiento de la ley.

Es injusto, por lo tanto, decir que el problema no fue debidamente estudiado. Desde luego -repito- la Comisión recomienda un precepto mucho más completo y racional que la ley vigente.

Voto que sí.

--Se rechaza el artículo (16 votos por la negativa, 1 por la afirmativa, 1 abstención y 4 pareos).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Con la firma del señor Ministro de Hacienda, se ha renovado la indicación Nº 98, que tiene por objeto agregar el siguiente artículo nuevo:

"Artículo...- Prorrógase hasta el 21 de julio de 1971 el plazo de cinco años establecido en el artículo 3º del D. F. L. Nº 375, de 1953, prorrogado por el artículo 2º de la Ley Nº 12. 992.

"Para los fines señalados en el artículo 3º del D. F. L. Nº 375, mencionado en el inciso anterior, se entenderá que una industria también consume únicamente materia prima nacional cuando durante un plazo máximo de tres años, para su producción sea necesario emplear materia prima que no se produzca en el país en una cantidad que no exceda del 5% de la materia prima nacional empleada, previa autorización del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. "

El señor CHADWICK.-

Pido votación nominal.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación nominal la indicación renovada.

-(Durante la votación).

El señor RODRIGUEZ.-

Como la indicación la ha renovado el Gobierno, valdría la pena que se nos explicara la finalidad del artículo.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Estamos en votación, señor Senador.

Con acuerdo de la Sala, podría dar la palabra a un Senador de la Democracia Cristiana para que proporcionara las explicaciones solicitadas.

Acordado.

El señor PABLO.-

La indicación renovada por el Gobierno tiene por objeto estimular el desarrollo industrial en todo el territorio chileno.

En 1963, bajo la presidencia del señor Carlos Ibáñez, se dictó el D. F. L. 375, que lleva la firma del Ministro de Economía de la época, el señor Rafael Tarud. Ese decretó concedió franquicias tributarias a las industrias que se establecieran fuera de la provincia de Santiago. La ley 12. 084 modificó el decreto mencionado al disponer que la limitación se restringiera al departamento de Santiago. Con ello se hizo extensivo el beneficio a las industrias que se instalaran en el centro del país, inclusive en la propia capital, porque, al crearse el departamento Pedro Aguirre Cerda podían gozar de la exención antes referida las industrias que se establecieran en la comuna de San Miguel, o sea a corta distancia del centro mismo de Santiago.

En 1954 presenté una indicación, que fue aprobada por unanimidad, tendiente a conceder los beneficios otorgados por el D. F. L. 375 a las industrias nuevas radicadas fuera de la provincia de Santiago, siempre que la gerencia general y administración de dichas industrias tuviera también su sede fuera de esa provincia. Tal enmienda ha permitido, en cierta medida, la descentralización industrial: se han instalado nuevas actividades fabriles en la provincia de O'Higgins, las cuales, en otra forma, lo habrían hecho en Santiago, donde está el mayor poder consumidor y, al mismo tiempo, se dispone de mano de obra especializada. También fue favorecida la provincia de Concepción, pues, según tengo entendido, se radicaron allí varias industrias nuevas.

Considero importante no estimular más la elefantiasis industrial de Santiago en desmedro de otras zonas del país. Sabemos, por cierto, que en zonas apartadas de la Capital es difícil encontrar mano de obra, materias primas y repuestos, porque el centro del poder económico está en Santiago. A nuestro juicio, es fundamental propender al desarrollo fabril en todo el país.

El señor presidente de la Industria Petroquímica Nacional concurrió a la Comisión de Hacienda y dio a conocer las razones que aconsejan aprobar la indicación renovada. La dicha industria significará nuevas fuentes de producción en Valparaíso, Concepción y Magallanes; y, según dijo su representante, no sólo competirá en el mercado nacional, sino también-en el exterior.

Como el plazo establecido para la expiración de las franquicias antes referidas se extingue en 1968, es posible que muchas industrias ya estén considerando la posibilidad de volver a la zona central.

A nuestro modo de ver, la indicación renovada es de extraordinaria importancia para el desarrollo industrial en las provincias y del país en general, por lo cual insistimos en pedir su aprobación.

Debidamente autorizado por el Comité radical votaré que sí.

El señor BOSSAY.-

He aceptado el criterio propuesto por la Comisión en vista de que, en mi concepto, la enmienda propuesta por el Honorable señor Pablo es restrictiva.

No debemos pensar únicamente en la industria petroquímica, pero ya que se ha enunciado este caso particular, deseo recordar que, según se nos informó en la Comisión, la adquisición de las materias primas estrictamente básicas quedará en manos de la CORFO, y que los capitales de la industria no estarán bajo la fiscalización del Estado, por cuanto aquélla no dispondrá de capitales nacionales, pero trabajará bajo la tuición estatal.

Las industrias petroquímicas que produzcan ciertos productos derivados se asociarán con capitales extranjeros especialmente europeos. Por ejemplo, la que se instale en Magallanes elaborará acetato vinílico; y la que funcionará en Valparaíso, productos aromáticos. La industria petroquímica que se establecerá en Talcahuano tendrá una producción más amplia, lo cual se obtendría en una segunda etapa.

Los Senadores por Valparaíso sabemos cuan serio es el problema de la cesantía. Por eso, no ha sido motivo de sorpresa para nosotros la conmoción del pueblo ocasionada por el rechazo de la indicación renovada que ahora estamos votando. Hasta se habló de llevar a un tribunal a los parlamentarios que rechazaron aquella disposición, dada la imperiosa necesidad de incrementar la actividad productora en esa provincia. He recibido varios telegramas enviados desde el vecino puerto, en los cuales se pide, con verdadera angustia, nuevo plazo de cinco años para que allí se instalen industrias y se les libere de ciertas cargas tributarias.

Al margen de la situación antes desierta, debemos manifestar que no se justifica negar la protección legal a las nuevas actividades industriales, muchas de las cuales, sin duda, serán convenientes para el país en el aspecto técnico.

Voto que sí.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

La Comisión, por razones muy fundadas y graves, rechazó la indicación Nº 98.

Nadie puede razonablemente oponerse al desarrollo de la industria petroquímica nacional; pero debemos poner cuidado en la forma cómo se habrá de encarar este grave problema.

El Gobierno ha renovado la indicación pertinente sin dar al Congreso antecedentes fidedignos y, sobremodo, responsables.

En la Comisión escuchamos las opiniones e informaciones proporcionadas por el señor Simián. No basta aprovechar el prestigio de esa persona para obtener del Congreso una disposición de muy vasto alcance, pues es necesario tomar en cuenta, como acaba de reconocer el Honorable señor Bossay, que el inciso segundo se refiere a algo más que a la industria petroquímica, dada la amplitud de sus conceptos y lo irrestricto de sus términos. Lo que se nos pide favorece tan sólo la instalación de la industria petroquímica, sino, tal vez, de muchas otras empresas respecto de las cuales carecemos de informaciones.

Nosotros estaríamos dispuestos a proporcionar todos los recursos y a aprobar todas las disposiciones tendientes a promover el desarrollo de la industria petroquímica. Pero hemos tenido la oportunidad de escuchar al señor Simián que la idea del Gobierno consiste en instalar y desarrollar en Chile la industria señalada sobre la base de empresas mixtas, tal vez con capitales norteamericanos o europeos, en especial de Alemania Occidental.

¿Es admisible dar nuestro aval a esta orientación política en materia de industria petroquímica? Estamos dispuestos a proporcionar todo lo necesario para la aplicación de una política nacional favorable al desarrollo de esa actividad, pero no para desnacionalizarla desde su origen, sobre todo cuando sabemos que en los países más atrasados, el capital particular, especialmente norteamericano y europeo, las grandes empresas extranjeras privadas, se orienta a conseguir, en primer término, el apoyo y respaldo del Estado para el desarrollo de sus negocios.

Es inadmisible otorgar una autorización de esa amplitud. Si se trata de crear una empresa petroquímica estatal, el Gobierno, evidentemente, podrá contar con los votos de mi partido. Pero no podemos aceptar -repito- que la referida industria nazca entregada por completo a la voracidad del capital privado, cuya actividad, tanto en Chile como en otros países, ha sido nefasta para el desarrollo nacional independiente.

Recuerdo las palabras del Honorable señor Bossay, quien nos citaba la experiencia terrible de Venezuela. El señor Senador señalaba que las esperanzas de esa nación en orden a tener una industria petroquímica propia se habían desvanecido por diversos motivos que no repetiré en esta oportunidad.

Considero este asunto de tal magnitud y trascendencia para el porvenir de nuestro país, que no podemos otorgar una autorización de esta índole como quien entrega un cheque en blanco. Es necesario que el Gobierno exponga nítida y claramente, en forma responsable, la orientación de su política en materia de desarrollo de la industria petroquímica, y que nos envíe un proyecto especial para tratar a fondo este problema para no comprometer el porvenir de una actividad que, en gran parte, constituye el futuro de un sector industrial de enorme trascendencia en la economía de Chile.

Por estos motivos, voto que no.

El señor CHADWICK.-

Coincido en todo con las observaciones del Honorable señor Contreras Labarca. En la necesidad de abreviar mi intervención, me limitaré a poner en conocimiento del Honorable Senado una información oficial, traída al seno de la Comisión de Hacienda por el presidente de la entidad formada por la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa Nacional de Petróleo: el capital de una de las sociedades más importantes constituidas recientemente, está controlado en un setenta por ciento por una firma norteamericana.

¿Es aceptable que el Senado de la República, sabiendo que esta disposición tiene por objeto desarrollar una política de colaboración con el capital extranjero, que llega a saco a este país; que promueve la formación de empresas mixtas para procurarse el dinero que no trae o que obtiene de instituciones internacionales con el aval del Gobierno chileno; que se enriquece mediante esos procedimientos; que se constituye un centro de poder en la economía nacional, y extiende sus ramificaciones por medio de tratados internacionales, otorgue un instrumento que permita la realización de esa política sin aprobar disposiciones que resguarden el interés nacional ? ¿Confiaremos este cheque en blanco al criterio que inspiró los convenios del cobre?

La hora avanza y no es el momento de renovar antiguas y probadas argumentaciones. Sólo cabe asumir responsabilidades. Que cada Senador diga si está contra el imperialismo o si se presta para ser su instrumento.

Voto que no.

El señor FONCEA.-

Entiendo perfectamente que la disposición en debate nada tiene que ver con las observaciones formuladas por los Honorables señores Contreras Labarca y Chadwick, toda vez que he estado leyendo las disposiciones de los artículos 2º y 3º del D. F. L. 375, tendientes, simplemente, a conceder determinadas franquicias que el país reclama desde hace mucho tiempo para la creación de nuevas fuentes de trabajo. No sé por qué se relaciona éste asunto con el imperialismo, pues no hay disposición alguna que se refiera en forma precisa a empresas foráneas. Por lo menos en la zona que yo represento, las industrias establecidas o que se están estableciendo al amparo de esta franquicia, nada tienen que ver con el capital extranjero, pues están formadas ciento por ciento con capital nacional.

He deseado fundar mi voto en esta ocasión por estimar lamentable un hecho. Es necesario recordar que cuarenta de los cuarenta y cinco Senadores representan a las provincias, vemos que cuando se acerca una campaña electoral se transforma en norma, en hábito, pregonar devoción por la defensa del progreso de la zona que se representa. No obstante, cuando se formulan iniciativas que favorecen efectivamente a esas regiones, se oponen argumentos, yo diría especiosos, que no reflejan la realidad y que impiden el desarrollo de algunas zonas muy postergadas.

Soy un parlamentario que ha cumplido modestamente con las provincias que representa. En repetidas oportunidades he hecho presente la postergación, y la cesantía de que aquélla padecen.

A mi juicio, el precepto en votación permite instalar nuevas industrias. El país debe tener confianza en que ellas sean explotadas por capitales nacionales. No acierto a comprender por qué deben ser compañías extranjeras las que las exploten. Por lo demás, los señores Senadores contrarios al artículo en votación pueden proponer posteriormente modificaciones a una legislación que permita el establecimiento de industrias sobre la base de capitales foráneos.

Voto favorablemente la indicación renovada.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Lamento la ausencia del Honorable señor Pablo en este instante.

A mi entender, la indicación del Ejecutivo contiene dos ideas. La primera favorece la instalación de industrias en diversas zonas, lo cual es útil y debe, por lo tanto, ser aceptado. La segunda otorga franquicias a una industria -la petroquímica- si consume materia prima no producida en el país, siempre que sea en una cantidad no superior al cinco por ciento de la materia prima nacional empleada.

Pues bien, el Honorable señor Pablo, a quien mencioné al empezar mi intervención, se ha esforzado en defender -en ello lo acompaño- el criterio de que el proyecto en votación sólo debe contener materias atinentes a la idea central del mismo. Así lo establece el Reglamento. Es útil seguir esa norma de técnica legislativa, pues la iniciativa que votamos se ha convertido en una verdadera miscelánea. El señor Senador ha fustigado con mucha razón esta forma de legislar.

No obstante, Su Señoría presentó una indicación extraña a la idea central del proyecto. No acierto a comprender la actitud del señor Senador. A mi juicio, en este asunto debemos estar a las duras y a las maduras.

Me han impresionado las observaciones del Honorable señor Contreras Labarca en cuanto a la importancia de conocer la política del Gobierno respecto de la industria petroquímica que se instale en el país. Desde hace mucho tiempo, debieron haberse aprovechado los lignitos que el país posee, sobre todo en la zona sur.

Expresé una vez en un discurso con motivo de un balance de la situación de Alemania Oriental, que los lignitos de ese país tienen menor poder calórico que los nuestros y que éstos presentan más variedades, no obstante lo cual esa nación ha desarrollado la industria petroquímica en gran escala. En Chile nada se ha hecho sobre el particular. En Pupunahue, por ejemplo, no se ha sabido sacar provecho de los yacimientos de lignito. Por eso, importa conocer la política del Ejecutivo al respecto.

¿Por qué no se ha promovido esa industria con capitales chilenos y en pro del interés del país? Si no se poseen capitales para el desarrollo de éste tipo de industrias, es posible obtener préstamos. ¿Por qué hemos de depender del capital foráneo? Todo ese caos alarma.

La idea fundamental del precepto en votación, que tiende a estimular la industria petroquímica, constituye un anhelo nacional, pero por las razones expuestas, voto que no.

El señor IBAÑEZ.-

Al explicarse el objeto del precepto en votación, se destacó la conveniencia de que el desarrollo industrial de Chile abarque a todas las zonas y

a todas las provincias. Concuerdo con ese propósito. En mi concepto, debe dictarse una disposición legal mejor estudiada, más amplia y precisa que ésta. Somos partidarios de desgravar a todas las industrias, y no sólo a algunas que se instalen en lo futuro. Se olvida que las ya instaladas están a punto de sucumbir a causa de los gravámenes que pesan sobre ellas.

El punto que no se ha analizado con la profundidad deseada es el relativo a la finalidad de permitir la instalación de una industria petroquímica, cuyo capital está integrado, según entiendo, en setenta y cinco por ciento perteneciente a la industria Daw Chemical y veinticinco por ciento al Estado de Chile. Somos absolutamente contrarios a la formación de empresas mixtas. El capital extranjero, sobre todo cuando se asocia con el Estado, recibe toda clase de franquicias negadas a los nacionales. De esta manera haremos imposible el desarrollo industrial mediante el esfuerzo de los chilenos y, además, damos toda clase de facilidades a empresas foráneas cuyo interés es asociarse con el Estado. Esa política tiene consecuencias extremadamente inconvenientes para el país, porque en asociaciones de esta índole el Estado pierde su condición de tal. No desempeña el papel que le está confiado como director de la economía nacional y como contralor de todas las actividades que se desarrollan en nuestra patria. El fisco, al asociarse con empresas particulares, termina transformándose en un gestor de esos intereses privados. Es probable que lo haga con la mejor de las intenciones: con el fin de crear alguna industria, en alguna ciudad o provincia de Chile. Pero el efecto económico de tales asociaciones es profundamente pernicioso y contrario al interés de todos los chilenos.

Me permito hacer afirmaciones tan categóricas no obstante la circunstancia de que esta iniciativa ha sido promovida por una persona que a todos nosotros, y a mí en particular, nos merece la más alta consideración. Me refiero al presidente de esa entidad, la Industria Petroquímica Nacional, el señor Simián. Pero es evidente que no podemos legislar porque al frente de determinada empresa se encuentra determinada persona. Debemos hacerlo mirando al interés del país. Y a mi juicio existe abierta contraposición entre los intereses de esas empresas mixtas y los de la nación.

Se hace cuestión de las proyecciones que ha de tener esa industria. Sostengo que ellas son adversas, porque se crean empresas al amparo de una serie de privilegios, cuya primera consecuencia es cerrar «1 mercado chileno a otras industrias que podrían competir con las que se pretende establecer en asociación con el Estado. De -este modo, la empresa mixta es el camino más eficaz para llegar al monopolio, desiderátum de los que quieren ganar dinero tranquilamente, sin mayor sobresalto, y en este caso, aun con el apoyo y la protección del Estado.

Se habla de que la instalación de esa empresa es conveniente para las muchas industrias derivadas que utilizan las materias primas provenientes de la petroquímica. Pues bien, yo afirmo que la realidad es muy diferente. A poco andar, esas industrias recibirán materias primas de alto costo y, a menudo, de calidad deficiente, porque no habrá competencia en el mercado. Entonces, quedarán privadas de competir en otros mercados con los productos que elaboran, propósito que hoy día se busca, en conformidad con la política que dice ¡impulsar el Gobierno democratacristiano.

Yo me pregunto de qué manera se podría avanzar en la integración económica del continente y, específicamente, en este caso, en la integración...

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Ha terminado el tiempo de Su Señoría.

Solicito el acuerdo de la Sala para permitir al señor Senador terminar su intervención.

El señor IBAÑEZ.-

Por un minuto, señor Presidente.

El señor CONTRERAS LABARCA.-

Que sea breve.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Acordado.

El señor IBAÑEZ.-

En estos momentos se están realizando gestiones en el Perú para instalar allí una empresa petroquímica cuyo capital será de 50 millones de dólares, y ello sin solicitar protección especial de ninguna índole. Será una empresa de capitales mixtos -extranjeros y peruanos- y no tendrá protección de ninguna clase, ni siquiera en cuanto a derechos aduaneros. De manera que el usuario de sus productos en el Perú podrá elegir entre comprar a la empresa petroquímica nacional o importarlos de los países que los ofrezcan en mejores condiciones.

En consecuencia, nosotros somos partidarios de que empresas como la Daw vengan a Chile, pero con sus propios capitales, que no le resten al Estado los pocos recursos que éste tiene, porque esas empresas disponen de recursos sobrados para hacer ellas mismas toda la instalación sin recurrir al crédito oficial. También quiero hacer presente que, tras todos esos intentos de asociarse con el Estado, está el de tener acceso fácil al crédito oficial.

Por estas razones -y termino, en atención a que no quiero prolongar más el debate, a pesar de que habría muchas cosas más que decir sobre esta materia- expreso mi deseo de votar negativamente.

El señor PALMA.-

Señor Presidente, votaré a favor de esta disposición por la experiencia personal que estoy viviendo con relación a la provincia de Coquimbo, que represento en el Senado.

Hemos estado tratando de desarrollar en aquella zona un barrio industrial que transforme un poco las condiciones económicas de la provincia, que hoy día depende básicamente de la producción minera y de actividades agrícolas muy reducidas. Argumento básico para interesar a las industrias por instalarse en Coquimbo

es precisamente el de que ellas se vean favorecidas por las franquicias otorgadas en el artículo cuya prórroga se solicita. De lo contrario, ellas prefieren quedarse en Santiago, cualquiera que fuera la estructura de la empresa en sí, ya sea que parte importante de su capital pertenezca a nacionales o a extranjeros.

En consecuencia, no entiendo con claridad el argumento planteado por algunos señores Senadores, en orden a que esta disposición podría eventualmente proteger a los capitalistas extranjeros, pues consiste tan sólo en dar facilidades por el hecho de que la industria se instale en determinada parte del país y no en otra.

Las demás facilidades que habitualmente se otorgan a las sociedades mixtas o similares rigen de todos modos, tanto si ellas se instalan en Santiago como si lo hacen en provincias. Por ende, lo importante es que exista algún estímulo adicional, que interese a las empresas por establecerse en las respectivas provincias. Ello justifica, por ejemplo, todo cuanto discutimos la semana pasada a propósito de la Corporación de Magallanes, porque es evidente que la industria que tenga por mercado todo el país y deba emplear materia prima importada para mezclarla con la nacional, preferirá instalarse en Santiago y no en aquella zona, de donde sería fácil traer la cuota de materia prima chilena y no tendría, en cambio, los eventuales problemas relacionados con el mercado.

Por eso, estimo bastante razonable la prórroga de esta disposición. No altera, por otra parte, en absoluto ninguna otra situación relacionada con la estructura de las empresas en perjuicio o beneficio de ellas.

El Honorable señor Ibáñez se ha referido a la industria petroquímica nacional.- Pues bien, conforme a los antecedentes de -que dispongo, el programa de desarrollo de esa actividad está coordinado con el desenvolvimiento e integración de la 11a-mada Región Andina, porque en ella se obtienen productos básicos de distinta índole. El petróleo de Chile es diferente del que producen Colombia y el Perú, lo que permite obtener una cantidad de subproductos distintos, pero complementarios entre sí, para fabricar fibras, elementos que fundamentalmente producirá la industria subsidiaria.

De tal manera que para resolver en esta materia debe tomarse en cuenta todo un conjunto de factores. Por lo demás, las ventajas que se trata de conceder son limitadísimas. Lo que se procura en el párrafo segundo de la disposición es que sea considerada industria nacional aquella que consuma no más de 5% de materia, prima importada con relación a la materia prima nacional empleada. Era de absoluta necesidad establecerlo, porque la materia prima que se traerá al país representará un porcentaje reducido y vendrá mediante operaciones de intercambio con otra industria petroquímica del área.

El señor IBAÑEZ.-

Un gran cartel.

El señor PALMA.-

Pero un cartel que nos favorece. Voto que sí.

El señor RODRIGUEZ.-

El Honorable señor Pablo ha dado como fundamento para aceptar esta indicación, el recuerdo de la época en que el Honorable señor Tarud, entonces Ministro de Economía, dictó aquel decreto con fuerza de ley muy justificado -no me cabe duda al respecto- y que incluso llevó a pensar que dio buenos frutos.

Pero en este momento, como se ha explicado latamente en esta Sala, en especial por el Honorable señor Contreras Labarca, está mezclado en el asunto un problema que para nosotros es de fondo: el de la industria petroquímica, atrapada, por decisión del Ejecutivo, por la voracidad extranjera.

Por lo demás, no sé por qué el Gobierno se precipita y en forma tan improvisada coloca este artículo en el proyecto, cuando tiene plazo hasta septiembre para prorrogar la vigencia de aquella disposición. Cuando se dictó en 1953, se estableado un plazo de cinco años, que a su vencimiento, en 1958, se prorrogó por diez años más en virtud de la ley Nº 12. 992, es decir, hasta septiembre de este año. De tal manera que -en ello concuerdo con el Honorable señor González Madariaga- si el Gobierno quiere enviarnos un proyecto de ley orgánico sobre la materia, tiene tiempo y dispone de los mecanismos de urgencia indispensables para hacerlo antes de septiembre, y no improvisar, como acostumbra hacerlo, en asuntos de tanta trascendencia como éste para la vida económica nacional.

Porque existe plazo suficiente que el Ejecutivo pueda enviarnos una iniciativa completa y porque ella está vinculada con el problema de la industria petroquímica, básica para el país, nosotros rechazamos la disposición.

Voto que no.

El señor TARUD.-

Deseo expresar al Senado que el D. F. L Nº 375 se dictó en 1953, durante el Gobierno de don Carlos Ibáñez del Campo, cuando ocupé por primera vez el Ministerio de Economía. Fue idea personal del Ministro, hombre de provincia que sabía lo que en éstas significan la cesantía y la gran concentración de industrias en la capital. De ahí que el decreto se fundara en dos propósitos principales: el primero, crear fuentes de trabajo en las provincias para absorber la cesantía; y, por otra parte, estimular el empleo de las materias primas nacionales en las nuevas industrias.

Pues bien, mi estimado amigo el Honorable señor Chadwick ha dicho que es conveniente pronunciarnos en contra o a favor del imperialismo. Yo desearía que mi estimado colega exhibiera una sola actitud pro imperialista, favorable o desfavorable para el país, en la corta vida política, de no más de quince años, del Senador que habla. No siempre he estado en la Oposición. También he sido Gobierno y en consecuencia, me ha correspondido tomar determinaciones. De ahí que el país sepa -también lo saben mis colegas Senadores- que siempre he sido contrario al imperialismo, y no sólo del norteamericano sino de cualquier otro, venga de donde viniere.

Al dictar el D. F. L. Nº 375, no estaba yo legislando para el imperialismo ni para la petroquímica, sino en beneficio de las provincias y del país.

Quiero decir más: como lo recordaba el Honorable señor Aniceto Rodríguez, se presentó en el Congreso una indicación tendiente a prorrogar por cinco años el beneficio en referencia. Como el Gobierno del señor Ibáñez terminaba el año 1958, tuve la prudencia de fijar sólo cinco años de vigencia para este decreto con fuerza de ley. Pero la unanimidad del Senado acordó prorrogar su vigencia por diez años.. No hubo en la Corporación, a pesar de que entonces la formaba gran parte de los Senadores que actualmente la integran, ni una sola voluntad que se opusiera..

Si hoy se trata de la industria petroquímica, no me interesan las determinaciones que tome el Gobierno. Allá él con su responsabilidad. Si ayer quiso formar sociedades mixtas con el cobre, no es responsabilidad de quienes votamos contrariamente esos convenios. Si hubiera abordado también el problema de la industria petroquímica formando sociedades de la misma naturaleza, igualmente las habríamos votado en forma negativa.

Ahora se trata de prorrogar la vigencia de un decreto con fuerza de ley del Gobierno del señor Ibáñez que ha dado exce-lentes resultados en las provincias. Estoy seguro de que muchas de las provincias representadas por señores Senadores que votaron en contra de esa iniciativa cuentan con industrias nuevas gracias a esa' legislación. Han de saber Sus Señorías que todas las franquicias otorgadas últimamente para la instalación de industrias nuevas se han basado en el decreto 375.

Por eso, voto favorablemente la indicación.

-Se rechaza la indicación (13 votos contra 11, una abstención y 2 pareos).

-Votaron por la negativa los señores

Allende, Ampuero, Carrera, Contreras Labarca, Contreras (don Víctor), Chadwick, Durán, Baltra, González Madariaga, Ibáñez, Maurás, Miranda y Rodríguez.

-Votaron por la afirmativa los señores Bossay, Foncea, Fuentealba, Gumucio, Jaramillo Lyon, Noemi, Pablo, Palma, Prado, Reyes y Tarud.

-Se abstuvo el señor Gormaz.

-No votaron, por estar pareados, los señores Gómez y Juliet.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Se suspende la sesión hasta las 23.

-Se suspendió a las 21. 13.

-Se reanudó a las 23.

El señor REYES ( Presidente accidental).-

Continúa la sesión.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Se ha renovado la indicación número 68, que figura en la página 15 del boletín de indicaciones.

Fue presentada por el Honorable señor Gómez y ha sido renovada por los Honorables señores Gómez, Miranda, Curti, Aguirre Doolan, Bossay, Ahumada, Contreras (don Víctor), Contreras Labarca, Corvalán, Durán, González Madariaga y Baltra y, para los efectos reglamentarios, por los señores Ibáñez, Jaramillo Lyon y Enríquez. Es para agregar el siguiente artículo: "Los Departamentos de Iquique y Pisagua pagarán en la forma que a continuación se indica, la cuota al contado que fija la ley Nº 16. 724, publicada en el Diario Oficial 26. 919, de 16 de diciembre de 1967, que establece normas y plazo para cancelar impuestos e imposiciones previsionales que señala:

"a) Se cancelará un 25% del 20% fijado como cuota al contado y la diferencia se integrará en los primeros 12 meses de la consolidación;

"b) Se cancelará un 33% del 15% fijado como cuota al contado y la diferencia se pagará en los primeros seis meses de la consolidación, y

"c) Las cuotas de impuestos que debían, haberse cancelado en junio y agosto de 1967 y que se acumularon durante la discusión del proyecto de ley, deberán incluirse en la consolidación. "

El señor REYES ( Presidente accidental).-

En votación.

- Durante la votación).

El señor PALMA.-

Por existir sobre esta materia otras disposiciones de carácter más general, que no sólo afectan a Iquique y Pisagua, sino a todo el país, voto que no.

-Se rechaza la indicación (10 votos contra 7 y 2 pareos)-

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La indicación número 72, que aparece en la página 17, ha sido renovada por los Honorables señores Gómez, Miranda, Bossay, Aguirre Doolan, Baltra, González Madariaga, Ahumada, Foncea, Durán, Contreras (don Víctor), Corvalán, Barros, Noemi y Jaramillo Lyon y, para los efectos reglamentarios, por el señor Enríquez.

Tiene por objeto establecer el siguiente artículo nuevo: "Autorízase a los peritos mensuradores oficiales de la provincia de Antofagasta para importar por una sola vez y de acuerdo al procedimiento establecido en la ley 12. 837, camionetas-pick-up u otra, similar de doble tracción para el ejercicio de su profesión. No podrá importarse más de una camioneta por perito reconocido y la que no podrá enajenarse durante un plazo de cinco años desde su internación al país".

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación.

- (Durante la votación).

El señor NOEMI.-

Concurrí con mi firma a renovar esta indicación, en la inteligencia de que no favorecía únicamente a los peritos mensuradores de Antofagasta, pues también los hay en Tarapacá,. Atacama y Coquimbo.

El señor PABLO.-

Y en Arauco.

El señor CHADWICK.-

En todo Chile.

El señor NOEMI.-

En vista de que la iniciativa del Honorable señor Gómez se refiere a un sector determinado y deja sin este beneficio al resto, me parece injusta y discriminatoria.

Voto que no.

El señor JARAMILLO LYON.-

Entendí que era para toda clase de topógrafos.

El señor GOMEZ.-

Esta disposición tiene por objeto corregir un vacío.

Las provincias del norte, para el desarrollo de la actividad minera, disponen de franquicias especiales en cuanto a la importación de ciertos vehículos. Pero han quedado al margen de ese beneficio grupos de funcionarios que tienen los mismos derechos que los mineros para efectuar este género de importaciones: son los mensuradores, los geólogos. Ellos deben importar sus vehículos pagando derechos. ¿Por qué ocurre esto, cuando los mineros y las industrias están exentos del pago de esos gravámenes? ¿Por qué esos servidores, fundamentales para el desarrollo de la región, no disfrutan de la misma franquicia?

Para salvar esa omisión de las leyes, hemos propuesto él artículo que se está votando.

Reconozco que mi indicación no incluyó a las provincias de Tarapacá y Atacama.

El señor CHADWICK.-

Ni a Coquimbo.

El señor JARAMILLO LYON.-

Ni a O'Higgins y Colchagua.

El señor GOMEZ.-

Coquimbo, no, porque no está incorporado a leyes especiales. Atacama, sí.

Con el asentimiento de la Sala, se podría agregar a Tarapacá y Atacama, con lo cual la indicación quedaría perfecta.

El señor CHADWICK.-

Y Coquimbo, o mejor, todos los peritos mensuradores del país.

El señor RODRIGUEZ.-

Y Magallanes.

El señor JARAMILLO LYON.-

Todos los peritos mensuradores.

La señora CARRERA.-

O'Higgins y Colchagua.

El señor GOMEZ.-

La nación ha estimado que esas provincias deben gozar de facilidades especiales para estas importaciones. Como decía, los mineros pueden hacerlas, porque tienen un estatuto especial. ¿Por qué dichos funcionarios no reciben igual tratamiento, cuando poseen similares derechos y contribuyen poderosamente al desarrollo de la minería de esa región?

Por los motivos expuestos, voto que sí.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Resultado de la votación: 8 votos por la negativa, 4 por la afirmativa, 7 abstenciones y 3 pareos.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Debe repetirse la votación.

El señor RODRIGUEZ.-

Que se dé por repetida.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Si le parece a la Sala, daré por repetida la votación.

Acordado.

Queda rechazada la indicación renovada.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Finalmente, la indicación número 73, que figura en la página 17, se ha renovado por los Honorables señores Gómez, Miranda, Ibáñez, Jaramillo Lyon, Curti, Aguirre Doolan, Bossay, Foncea, Baltra, González Madariaga, Ahumada, Pablo y Barros, y para los efectos reglamentarios, por el Honorable señor Enríquez.

Es para agregar el siguiente artículo: "Renuévanse por el plazo de 10 años las disposiciones contenidas en el artículo 2º del D. F. L. 255, de 30 de marzo de 1960, que beneficia a las empresas productoras de carbón mineral que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 1° del mismo D. F. L.

"La renovación se concede en las mismas condiciones del texto legal citado, entendiéndose que el impuesto de 4ª categoría a que en él se alude corresponde al de la primera categoría de la actual Ley de la Renta. "

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación.

- (Durante la votación).

El señor CHADWICK.-

No sabemos lo que se vota, pues no recordamos el artículo 2º del decreto con fuerza de ley mencionado.

El señor RODRIGUEZ.-

Que funde el voto alguno de los autores de la indicación.

El señor CHADWICK.-

¿Cuál es el significado de este artículo? ¿Constituye un privilegio para las empresas?

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para que algún miembro de la Comisión explique el objeto de este precepto..

No hay acuerdo.

El señor PABLO.-

Autorizado por el Comité Radical, voto que sí.

El señor RODRIGUEZ.-

No, porque no ha habido ninguna explicación.

El señor JULIET.-

Autorizado por el Comité Demócrata Cristiano, voto que sí.

-Se aprueba la indicación (14 votos contra 6, 2 abstenciones y 1 pareo).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En seguida, la Comisión ha introducido al proyecto diversas disposiciones transitorias.

"Artículo 1º.- Decláranse vigentes por espacio de 60 días, a contar de la vigencia de la presente ley, las disposiciones contenidas en la ley Nº 10. 986, de 29 de octubre de 1952. "

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación.

- (Durante la votación).

El señor CHADWICK.-

La Mesa ha entendido hasta el momento que se puede tomar votación respecto de disposiciones cuyo alcance no conocemos. Respetuosamente le pido reconsiderar esa resolución y que, por lo menos, se dé lectura a los artículos que se trata de aprobar, porque es inadmisible emitir un pronunciamiento a ciegas.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

No es la Mesa la que impone ese criterio: en virtud de un acuerdo de Comités, se cerró el debate a las seis y solamente procede votar. Si algún señor Senador solicita autorización de la Sala para explicar los alcances de determinado precepto, me parece justo. Consulté a la Sala en el caso anterior y no hubo acuerdo; ahora vuelvo a hacer lo mismo.

El señor CHADWICK.-

Debo insistir en que cuando una disposición del proyecto se remite a otra, esta última forma parte del precepto que se está votando. Y así cuando se da lectura a una disposición que va a renovar o poner en vigencia otra, debe leerse lo que se menciona, porque de otra manera no sabemos lo que votamos.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Se puede usar de la palabra para ilustrar.

El señor PALMA.-

Creo que hay unanimidad para ese tipo de referencias.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Si lo pide un señor Senador, debe tomarse el asentimiento de la Sala.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo que se vota se refiere a la continuidad de la previsión.

El señor CHADWICK.-

Eso es otra cosa. Estamos de acuerdo en votarlo.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Si le parece a la Sala, se daría por aprobado el artículo.

El señor PABLO.-

No, señor Presidente.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación.

- (Durante la, votación).

El señor PABLO.-

En esta Administración, tan criticada por tener a hombres de su colectividad política en cargos públicos, sucede que el Superintendente de Seguridad Social es un hombre del Frente de Acción Popular.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

Un brillante funcionario.

El señor PABLO.-

Exacto: un brillante funcionario.

De él he escuchado, no durante este Gobierno, sino en Administraciones pasadas, que si algo ha desfinanciado la previsión en Chile -el Servicio de Seguro Social tiene un déficit de 200 millones de escudos y en otros institutos existen peores condiciones-, es precisamente la disposición que permite llenar lagunas y otorgar algunas jubilaciones automáticas, sin que ellas hayan cumplido con los requisitos exigidos por las leyes.

Ese es un hecho efectivo. Honradamente, no creo que estemos defendiendo los intereses de los trabajadores al despachar disposiciones que quizás favorecerán a algunos conocidos nuestros,, que son los menos. Pero son miles las personas que resultarán perjudicadas.

En estas condiciones, en defensa de los intereses de los trabajadores, estimo que la disposición no puede ser aprobada sin que respecto de ella haya habido un estudio previo ni se haya dado la oportunidad de escuchar a los funcionarios de la Superintendencia de Seguridad Social. Por eso creo que este precepto acarreará graves problemas.

No voto por estar pareado. , -Repetida la votación de 9 votos por la afirmativa, 8 por la negativa, una abstención y 5 pareos, se rechaza la indicación (10 votos por la negativa, 9 por la afirmativa y 5 pareos).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 2º transitorio.

"En el curso de los años 1968, 1969 y, 1970 se destinará el 80% del uno y medio por ciento de los ingresos de los artículos 26, 27 y 51 de la ley Nº 16. 624, a las necesidades del Departamento de Tocopilla, y el 20 % restante a la localidad de Pueblo, Hundido del Departamento de Chañaral.

Las sumas que se obtengan en conformidad al inciso anterior serán puestas a disposición del Instituto CORFO del Norte el que las invertirá en la ejecución, en esa localidades, de planes de construcción de viviendas; de fomento minero, industrial y agrícola; de obras públicas de infraestructura y de construcción y reconstrucción de obras y edificios municipales.

Para el cumplimiento del plan de construcción de viviendas el Instituto CORFO del Norte podrá celebrar convenios con la Corporación de la Vivienda y para el plan de obras públicas con el Ministerio de Obras Públicas. La construcción y reconstrucción de obras y edificios municipales se hará a través de los respectivos Municipios y a base de un plan propuesto por los mismos y que deberá ser aprobado por el Consejo del Instituto CORFO del Norte.

Las Cajas de Previsión, sin excepción, y el Servicio de Seguro Social, otorgarán, un préstamo por el equivalente de diez sueldos o salarios vitales mensuales, escala a), del Departamento de Tocopilla, a sus imponentes de los Departamentos de Tocopilla y Chañaral. Estos préstamos se amortizarán en un plazo de cinco años y devengarán un interés del 6% anual.

Condónanse a los contribuyentes del Departamento de Tocopilla afectados por el sismo del 21 de diciembre de 1967 la parte fiscal del impuesto a los bienes raíces correspondientes al año 1968. Exceptúan-se de este beneficio las empresas de la Gran y Mediana Minería del Cobre. La condición de afectados por el sismo deberá ser acreditada por la Dirección de Obras Municipales de Tocopilla.

La Corporación de la Vivienda deberá construir o reparar a su costa, las viviendas que hubiere enajenado en él Departamento de Tocopilla y que sufrieron daños con ocasión del sismo aludido.

Deróganse los artículo 102 y 103 de la ley Nº 16. 735. "

El señor ALLENDE ( Presidente).-

En votación.

-(Durante la votación).

El señor PABLO.-

Este artículo se refiere a diversas materias, algunas de las cuales ya fueron aprobadas en la ley de-Presupuestos. O sea, constituye una repetición o reiteración de lo que en ese cuerpo legal se establece en cuanto a préstamos respecto de los cuales oportunamente dimos nuestros votos favorables para las zonas afectadas por el terremoto de Tocopilla. Con posterioridad y en forma inesperada ocurrió otro sismo en Chañaral. Después se nos ha dicho que en esta última localidad hay mucha miseria.

En la disposición en estudio no se adoptan normas para acreditar la calidad de damnificado. No basta que una persona radique en la zona para ser merecedora de un préstamo.

Creemos que el resto de los trabajadores del país también tienen algunos derechos, pero este artículo impedirá que muchas cajas de previsión puedan otorgarles préstamos. Si los afectados por un terremoto estuvieran afectos a una norma general, hubieran tenido derecho a todo tipo de préstamo sin necesidad de dictarse una ley especial sobre la materia.

Aquí se está repitiendo una disposición legal existente, y de la cual soy contrario.

No puedo votar por estar pareado.

El señor NOEMI.-

La disposición en debate se limita a repetir, pero en forma más amplia y con financiamiento más adecuado, lo establecido en los artículos 102 y 103 de la ley 16. 735, que hace pocos días aprobamos en el Senado. En efecto, el primero de ellos destina el 80¡% del uno y medio por ciento de los ingresos de los artículos 26 y 27 de la ley Nº 11. 828, a las necesidades del departamento de Tocopilla, y el 20% restante a la localidad de Pueblo Hundido del departamento de Chañaral. El artículo 103 se refiere a los préstamos que deben hacer las cajas de previsión a los trabajadores afectados.

Los artículos 102 y 103 de la ley mencionada fueron objeto de indicaciones de parte del Honorable señor Maurás para incluir a Tocopilla con motivo del terremoto que asoló a ese departamento; y del Honorable señor Chadwick y el Senador que habla para incorporar a Pueblo Hundido, no por haber inventado nosotros un sismo, sino porque con motivo del terremoto de Taltal, la localidad de Pueblo Hundido resultó muy afectada. De manera que aprovechamos esa oportunidad para hacer justicia a una comuna que estaba totalmente destruida y destinamos para ella el 20¡% restante.

Mediante la disposición en debate se aumentan los ingresos, porque ella no sólo se refiere a los artículos 26 y 27 de la ley 11. 828, sino a los artículos 1° y 2º; o sea, proporciona un mejor financiamiento. En esta forma se dan a Pueblo Hundido los recursos que necesita y que ya habíamos otorgado en una ley anterior.

Como la iniciativa sólo repite algo establecido, no tenemos inconveniente -yo, por lo menos, en conocimiento del problema de Pueblo Hundido- en votarla favorablemente.

El señor GOMEZ.-

Como dijo el Honorable señor Noemi, esta disposición repite en cierta forma lo ya aprobado por esta Corporación. A iniciativa del señor Senador se incorporó a Pueblo Hundido.

La disposición acoge las aspiraciones de la región, expuestas en Tocopilla en presencia de los funcionarios de Gobierno y del Subsecretario señor Krauss. En esa localidad se reunieron los parlamentarios de la zona con los funcionarios y convinieron en la necesidad de destinar un porcentaje de los recursos establecidos en los artículos mencionados, a fin de acudir en ayuda de ese departamento asolado por un terremoto.

En la redacción definitiva del artículo participaron todos los parlamentarios de la región, y no sólo los que lo firman. En el artículo compaginamos las ideas discutidas en Tocopilla y tomamos en cuenta el pensamiento del Ejecutivo respecto del monto y porcentaje que debe destinarse. El problema fue debatido también en la Comisión, donde llegamos a una solución de armonía.

La disposición anterior entregaba a ODEPLAN la misión de reconstruir la ciudad de Tocopilla. Y esto, empleando una frase del Honorable señor Pablo, es algo traído de los cabellos, o de las mechas, como diría Verdejo. ODEPLAN no puede actuar en el departamento de Tocopilla. Por eso, mediante este precepto se entregan recursos a un organismo regional que trabaja en la zona, por lo cual está en condiciones de actuar rápida y diligentemente en defensa del departamento. Me refiero a CORFO-Norte, entidad creada para encarar situaciones como ésta. No la íbamos a crear para entregar los recursos a esa Oficina de Planificación de la Presidencia de la República. En esta forma también se realiza una labor de descentralización.

En lo referente a las cajas de previsión, se suprime un defecto del artículo anterior mediante la indicación que figura en e1 legajo correspondiente. Ella consiste en eliminar la palabra "hasta" de la disposición anterior, que decía, lo siguiente: "Las Cajas o Institutos, sin excepción, otorgarán préstamos de hasta diez sueldos vitales... ". Aquí se dice clara y derechamente que se darán tantos sueldos vitales a los imponentes de ese departamento. O sea, hemos corregido la disposición mencionada en consonancia con las ideas generales aceptadas por todos.

También se establece algo más que en la otra disposición: a los contribuyentes de bienes raíces que sufrieron daños en el terremoto, cuyas casas se derrumbaron, se les condonan las contribuciones del año 1968. Esta medida es justa. Se dispone también que la Corporación de la Vivienda debe reparar, a su cargo, las casas que enajenó en ese departamento. Porque es muy curioso: se produce un terremoto y las casas CORVI se vienen al suelo con más facilidad que las demás construcciones. Es justo, entonces, que CORVI se responsabilice por esas viviendas. Es decir, esta disposición corrige la anterior y entrega al departamento de Tocopilla una norma orgánica que se podrá aplicar de manera eficaz.

Repito: éste es el criterio de todos los parlamentarios de la zona. Nos reunimos en Tocopilla, cambiamos ideas, y el trasunto de ellas está contenido en esta indicación.

Espero que el Honorable Senado tenga a bien aprobarla en forma unánime, pues se trata de ir en ayuda de un departamento que sufrió los daños de un terremoto.

Voto favorablemente, porque estoy facultado para hacerlo.

El señor RODRIGUEZ.-

En la Comisión de Hacienda prestamos nuestro voto favorable a estas indicaciones, aun cuando formulamos algunas observaciones prácticas, que espero que no escapen de la consideración del Senado. La verdad es que ellas reproducen en gran medida lo que ya se había anticipado en la ley de Presupuestos, salvo el carácter imperativo de los préstamos de las cajas de previsión.

Hemos dado nuestros votos favorables porque hace una semana estuvimos en Tocopilla y comprobamos que las peticiones de los pobladores son justificadas. Sin embargo, creo que el Honorable señor Gómez, en su propósito de mejorar la ley de Presupuestos, puede perjudicar a Tocopilla. En efecto, si el Gobierno veta esta disposición y sólo aprueba la derogación de los artículos 102 y 103 de la ley de Presupuestos, quedarán sin pan ni pedazo. Por lo tanto, el Honorable señor Gómez habrá de considerar los riesgos a que expone su iniciativa, que puede producir un daño real a la zona.

El señor GOMEZ.-

Si el Ejecutivo veta la disposición, quedará lo otro.

El señor RODRIGUEZ.-

En todo caso, damos nuestros votos favorables.

El señor CHADWICK.-

Como aquí se ha dicho y repetido, en el fondo esta disposición no hace sino reiterar lo que ya se ha despachado en los artículos 102 y 103 de la ley de Presupuestos a iniciativa del Honorable señor Maurás. El Honorable Senador por Atacama y Coquimbo, señor Noemi, y el que habla...

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Agregue mi nombre, también.

El señor CHADWICK.-

... como también el Honorable señor Víctor Contreras, complementamos ese precepto por las razones que aquí se han dado.

En realidad, las ideas fundamentales son las mismas. No se introducen grandes novedades. Si se habla de hasta 10 sueldos vitales para los efectos de los préstamos, en la inteligencia que tiene la disposición en la ley de Presupuesto correctamente interpretada, significa lo mismo, y no nos vamos a oponer a que se apruebe esta indicación por un prurito de amor propio. Es absolutamente indiferente, y le vamos a dar nuestra conformidad.

Pero sí, quisiera señalar, que no se podría vetar parcialmente este precepto, porque el último inciso es la consecuencia de la reiteración del propósito manifestado unánimemente por todos los Senadores que concurrimos a su aprobación. Por lo tanto, se desnaturalizaría por completo la voluntad del legislador si se parcelara el veto. En esa inteligencia, y a propósito de las palabras del Honorable señor Rodríguez, quiero dejar claramente establecido en la historia de la ley que nosotros aprobamos esta disposición en el entendido de que no es posible dividirla, y que la derogación de los artículos 102 y 103 de la ley de Presupuestos es consecuencia de la reiteración de estas ideas.

Por eso, voto que sí.

El señor PALMA.-

Voy a votar en contra de esta disposición, no por estimar que no encierra cierta justicia, sino porque, a mi juicio, en la disposición correspondiente de la ley 16. 624, que reemplaza a la ley 11. 828, hay muchísimo más elasticidad para enfrentar los problemas relacionados con circunstancias como aquellas a las cuales se han referido nuestros Honorables colegas y que afectaron a Tocopilla y Chañaral, que en la disposición propuesta.

En verdad, todas las comunas de la provincia de Atacama viven en un permanente terremoto de pobreza, de mínima

producción, de dificultades de todo orden;: de manera que excluirlas de los beneficios, que se otorgarán a los habitantes de Chañaral que han sufrido los efectos del sismo, equivale a dejarlas en condiciones desmedradas. Por eso, estimo preferible que el Instituto CORFO-Norte, que está autorizado por los artículos 26 y 27 de la ley Nº 16. 224, para utilizar los fondos correspondientes de la ley del Cobre, afronte este tipo de calamidades. A mi juicio, es más conveniente mantener las disposiciones existentes, y no dictar las que ahora se proponen y que -repito- marginan a un vasto sector de la provincia de la solución de problemas que permanentemente hay que estar afrontando.

Hoy día es el terremoto de Chañaral-mañana será la interrupción del suministro de agua potable a Pueblo Hundido, etcétera. En fin, hay situaciones de diverso orden que en cualquier momento habrá que resolver.

Por eso, prefiero mantener las disposiciones vigentes, en vez de aprobar éstas, que realmente entraban a la autoridad para actuar.

Voto que no.

El señor MAURAS.-

En la discusión de la ley de Presupuestos introdujimos, con el apoyo muy valioso del Honorable señor Contreras Tapia en lo relativo a Tocopilla y de los Honorables señores Chadwick y Noemi, en cuanto al departamento de Chañaral, dos disposiciones que fueron en ayuda inmediata de esas zonas afectadas por el terremoto. Esas disposiciones contienen ciertos financiamientos que hoy día se copian en las disposiciones transitorias que estamos tratando. Por otra parte, ahora se encomienda a otro organismo la realización de los planes.

En los preceptos anteriores se estableció que la Oficina de Planificación elaborara los planes y los pusiera a disposición de CORFO-Norte, como era natural. Según informes que he recibido, así, se ha hecho.

Echo de menos en estos preceptos, algunas actividades que debieran ser beneficiadas, como la pequeña industria pesquera. En todo caso, como bien decía el Honorable señor Chadwick, cuando se trata de disposiciones que van a beneficiar a toda una comunidad y no dé aquellas que favorecen sólo ciertos aspectos de ella, nadie podría proceder en el Senado sino con alto espíritu público.

Respecto de estas disposiciones, puedo decir que no sólo interpretan el espíritu de las que redacté sino también su letra.

En cuanto a las normas relativas a préstamos que deben hacer los institutos de previsión, en el legajo de las indicaciones había una que suprimía la palabra "hasta". Tal indicación era del Senador que habla, como consta en el boletín referido.

Por lo tanto, sintiéndome interpretado cabalmente por estas disposiciones, las voto favorablemente. Más aún, compartiendo la inquietud expresada por el Honorable señor Rodríguez me voy a permitir solicitar a Su Excelencia el Presidente de la República que, teniendo presente la urgencia de las necesidades y el clamor de la ciudadanía de Tocopilla, no las yete.

Voto que sí.

-Se aprueba (15 votos por la afirmativa, 6 por la negativa, 2 abstenciones y 2 pareos).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 3º transitorio dice como sigue: "Lo dispuesto en el artículo 315 de la ley Nº 16. 640, sobre Reforma Agraria, será aplicable a la determinación y pago del impuesto a la renta mínima presunta durante el año tributario 1968, respecto de aquellas empresas agrícolas que no sean sociedades anónimas, que con posterioridad al 30 de septiembre de 1967 hayan sido objeto de expropiación total o parcial del o de los predios agrícolas o rústicos respectivos, por parte de la Corporación de la Reforma Agraria".

-Se aprueba, con la abstención de los

Senadores comunistas, socialistas populares y socialistas.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

E1 artículo 4º dice como sigue:

"Libérase, por el plazo de cinco años del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el Decreto Supremo Nº 2. 772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las Aduanas, la internación de película virgen de uso profesional, así como las maquinarias, implementos, accesorios y productos químicos necesarios para la producción de películas nacionales de largo metraje, importadas por productores cinematográficos nacionales que hayan obtenido informe favorable de la Asociación de Directores y Productores de Cine de Chile y del Consejo de Fomento de la Industria Cinematográfica Nacional. -Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El artículo 59 dice:

"Concédese un nuevo plazo de 90 días para acogerse a lo dispuesto en el artículo 137 de la ley Nº 16. 617.

"Los préstamos que se otorguen se amortizarán en 90 mensualidades y con un interés del 6% anual. "

El artículo 137 de la ley 16. 617 es la que concede préstamos a los regidores, y establece:

"La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas podrá otorgar préstamos, a un plazo no superior a 36 meses, a los regidores que adeuden imposiciones en su calidad de tales. "

Mediante el artículo en debate, se prorroga la vigencia de esta disposición.

El señor RODRIGUEZ.-

Este artículo es consecuencia de lo anterior.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo.

El señor PABLO.-

Pido votación secreta, de conformidad con el artículo 144 del Reglamento.

-Se aprueba el artículo (12 balotas blancas, 9 negras y 1 roja).

-Se aprueban, por acuerdo unánime, los artículos 6º y 7º, en la forma propuesta por la Comisión.

-Se aprueba, con los votos contrarios de los Senadores democratacristianos, el artículo 8º, en la forma propuesta por la Comisión.

El señor ALLENDE ( Presidente).-

Terminada la discusión del proyecto.

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 06 de septiembre, 1967. Diario de Sesión en Sesión 42. Legislatura Ordinaria año 1967. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

TRANSFERENCIA A SUS ACTUALES OCUPANTES DE DETERMINADOS TERRENOS EN COMUNA DE IQUIQUE.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En virtud del acuerdo de Comités mencionado, corresponde discutir, en tercer trámite constitucional, el proyecto que dispone la transferencia a sus actuales ocupantes de determinados terrenos de la comuna de Iquique.

-El proyecto figura en los Anexos de la sesión 31°, en 23 de agosto de 1966, documento N° 2, y el informe, en los de la sesión 77°, en 15 de septiembre de 19i66, documento 6.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto del Senado con las modificaciones que se indican:

En el artículo 1°, agregó, entre las expresiones "Aeropuerto" y "O'Higgins", la .siguiente: "Arturo Prat".

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En discusión.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

A mi juicio, las modificaciones introducidas por la Cámara deben ser aprobadas, como un medio de evitar que el proyecto vuelva en cuarto trámite a esa rama del Congreso.

Por lo demás, el Ministerio de la Vivienda ha dado su visto bueno al contenido de esta iniciativa de ley, de manera que bien podríamos aprobar en general todas las enmiendas de esa Corporación.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

¿Habría acuerdo para aprobar todas las modificaciones?

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Vamos artículo por artículo.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

No hay acuerdo.

Si no hay oposición, daré por aprobada la enmienda en debate.

Aprobada.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En seguida, la Cámara sustituyó el artículo por el siguiente:

"Autorízase a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que se refiere el artículo 1° de la presente ley, y para transferirlos posteriormente a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de noventa días, contado desde la fecha de publicación de esta ley.

"Los terrenos indicados en el inciso anterior serán adquiridos por dichos ocupantes y el precio que se fije se pagará en sesenta mensualidades.

"Para determinar el monto de la indemnización que corresponda al expropiado, no se tomará en cuenta el mayor valor que pudiere tener el predio expropiado, con motivo de las obras de urbanización ejecutadas, o de las mejoras o construcciones que existan en el inmueble, salvo que el expropiado acredite que tales obras han sido costeadas por él."

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Finalmente, la Cámara sustituyó la forma verbal "deberá" por "deberán", en el artículo 4°.

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Los informes sobre los dos proyectos que figuran en los primeros lugares del Orden del Día, y que tienen la urgencia vencida, no han llegado a la Mesa. En consecuencia, quedarán en la misma ubicación en la tabla de la sesión extraordinaria que el Senado celebrará mañana en la tarde.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 12 de septiembre, 1967. Oficio en Sesión 49. Legislatura Ordinaria año 1967.

?5.-OFICIO DEL SENADO.

"N° 3.108. Santiago, 8 de septiembre de 1967.

El Senado ha tenido a bien prestar su aprobación a las modificaciones introducidas por esa Honorable Cámara al proyecto de ley que dispone la transferencia de determinados terrenos, ubicados en la comuna de Iquique, a sus actuales ocupantes.

Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio N° 1.728, de fecha 5 de septiembre de 1967.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.) : Luis F. Luengo Escalona. -Pelagio Figueroa Toro".

4. Trámite Veto Presidencial

4.1. Oficio del Ejecutivo a Cámara de Origen

Oficio Observaciones Del Ejecutivo. Fecha 04 de octubre, 1967. Oficio en Sesión 1. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968.

1.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL. AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE PARA EXPROPIAR LOS TERRENOS DE DIVERSAS POBLACIONES Y TRANSFERIRLOS A SUS ACTUALES OCUPANTES.

Por Oficio Nº 3112 de 8 de septiembre en curso, remitido el mismo día, V. E. se ha servido comunicar la aprobación de un proyecto de ley que declara exentos de toda responsabilidad legal a los Regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales correspondientes a las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de dicha comuna, y autoriza a la misma Municipalidad para expropiar los terrenos de dichas poblaciones y transferirlos a sus actuales ocupantes.

En uso de la facultad que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, manifiesto mi desaprobación al referido proyecto de ley, en los términos aprobados, por cuyo motivo formulo las siguientes observaciones:

Primero: El artículo 1º del proyecto declara exento de toda responsabilidad legal, pecuniaria o de cualquier naturaleza, a los regidores de la Municipalidad de Iquique que aprobaron los loteos municipales de los terrenos en las Poblaciones que señala.

Esta disposición vulnera la garantía constitucional contemplada en el artículo 10º Nº 10 de nuestra carta fundamental, por cuando, al exonerar incluso de la responsabilidad civil a los aludidos ediles por dichos actos, priva a los particulares que sean propietarios de esos terrenos y que hubieren resultado perjudicados, del amparo constitucional de sus respectivos derechos.

Por otra parte, aun cuando se deseare limitar dicha exención de responsabilidad a aquella que no sea la pecuniaria o civil, resulta inconveniente e inoportuno una iniciativa en este sentido mientras no conste la existencia de una investigación judicial que permita mayores antecedentes al respecto.

Por lo expuesto, propongo suprimir este artículo.

Segundo: El artículo 2º del proyecto se limita a declarar de utilidad pública los terrenos a que se refiere el artículo 1º.

Razones de técnica jurídica aconsejan explicar determinadamente el objeto de dicha declaración de utilidad pública.

Por ello, propongo sustituir este artículo por el siguiente: "Para los efectos previstos en esta ley, decláranse de utilidad pública los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de la comuna de Iquique".

Tercero: El artículo 3º autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar y transferir a sus ocupantes los terrenos respectivos, señalándole al efecto un plazo de noventa días desde la publicación de la ley para ejecutar dichos actos.

El plazo aludido es inadecuado, y aún más, está reñido con la naturaleza del procedimiento expropiatorio, que es de lato conocimiento.

Por lo expuesto, propongo suprimir en este artículo la parte final del inciso 1º que dice: "Dentro del plazo de noventa días, contado desde la fecha de publicación de esta ley y colocar punto después de la palabra "ocupantes", en reemplazo de la coma.

Cuarto: El artículo 4º contiene una declaración por la. cual se entienden cumplido todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de los lotes respectivos a sus ocupantes, y obliga a los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces para inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios.

Esta declaración es demasiado amplia y de absoluta inconveniencia, pues contiene la ficción de entenderse cumplida la urbanización que no existe, lo que redunda en perjuicio de los propios ocupantes.

Por esta razón, propongo sustituir este artículo por el siguiente:

"Para que los Notarios y el Conservador de Bienes Raíces de Iquique autoricen e inscriban las escrituras que transfieran el dominio de sitios a sus actuales ocupantes, en las poblaciones a que se refiere esta ley, bastará la aprobación del plano de loteo correspondiente por la Municipalidad de Iquique. La Municipalidad aprobará, a su vez, los planos de loteos respectivos previo informe favorable de la Dirección de Planificación de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la que determinará los requisitos mínimos de urbanización de las Poblaciones a que quedarán obligados los adquirentes".

De conformidad a las consideraciones precedentes, y de acuerdo a lo previsto en los artículos 53 y 55 de la Constitución Política del Estado, me permito devolver el proyecto de ley que me ha remitido, con las observaciones expresadas.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.) : Juan Hamilton Depassier.

4.2. Discusión en Sala

Fecha 31 de enero, 1968. Diario de Sesión en Sesión 56. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968. Discusión Observaciones Presidente de la República. Se aprueban algunas y se rechazan otras.

TRANSFERENCIA DE TERRENOS A SUS OCUPANTES EN COMUNA DE IQUIQUE. VETO.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En conformidad al acuerdo de Comités que eximió del trámite de Comisión las observaciones en referencia, corresponde ocuparse en el veto del Ejecutivo recaído en el proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos de diversas poblaciones y transferirlos a sus actuales ocupantes y que declara exentos de toda responsabilidad legal a los regidores de la Municipalidad de Iquique.

Mediante la primera observación, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 1º del proyecto; en seguida, sustituye el artículo 2º por otro; a continuación, suprime la parte final del inciso primero del artículo 3º, y, por último, reemplaza el artículo 4º por otro.

-Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

(Moción del señor Víctor Contreras). En primer trámite, sesión 51º, en 23 de agosto de 1966.

En tercer trámite, sesión 42º, en 6 de septiembre de 1967. Observaciones en primer trámite, sesión 1º, en 4 de octubre de 1967.

Informes Comisiones de:

Gobierno, sesión 77º, en 15 de septiembre de 1966.

Discusiones:

Sesiones 5º, en 6 de junio de 1967 (se aprueba en primer trámite) ; 42º, en 6 de septiembre de 1967 (se aprueba en tercer trámite).

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En discusión la observación al artículo 1°.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Señor Presidente, esta iniciativa tiene como finalidad, en primer término, liberar de responsabilidad legal a los regidores de la Municipalidad de Iquique que acordaron el loteo de algunos terrenos baldíos de dicha ciudad, los cuales, según antecedentes que obraban en poder de esa corporación, eran de propiedad municipal.

Después del loteo de dichos terrenos y de la entrega a sus actuales ocupantes -éstos forman parte de las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos-, se inició acción judicial en contra de los regidores.

Llama profundamente la atención el hecho de que se haya entablado tal acción, pues, de acuerdo con lo establecido en la ley 2.661, promulgada el 31 de octubre de 1884, se entendía que esos terrenos eran municipales.

El artículo 10 de ese cuerpo legal dispone: "Se ceden a la Municipalidad del Departamento de Tarapacá los terrenos baldíos que rodean a la ciudad de Iquique y que se hallan comprendidos entre la línea férrea, que actualmente conduce a La Noria, por el Norte; la misma línea, por el Oriente; la ribera del mar, por el Poniente, y el paralelo que pasa al sur de la Punta de Cavancha, por el Sur.

"Se ceden igualmente a. dicha Municipalidad los sitios que, dentro de los límites señalados en el inciso anterior, han sido dados en arrendamiento a particulares durante la ocupación militar."

Como puede apreciarse, y por los antecedentes proporcionados al Honorable Senado, los predios en cuestión están comprendidos dentro de los límites que señala la citada ley. En consecuencia, la Municipalidad de Iquique procedió con pleno derecho, de acuerdo con los antecedentes que tuvo a la vista.

No sé qué otros antecedentes se pueden exhibir ni quién inscribió esos terrenos a nombre de particulares, en circunstancias de que, por ley, habían sido cedidos a esa corporación.

Todo lo anterior ha impedido a los actuales pobladores recibir sus títulos de dominio y ha permitido que los regidores se encuentren sometidos a proceso.

Repito: la primera finalidad de la norma aprobada por el Congreso es liberar de responsabilidad legal a esos ediles; la segunda, regularizar la situación que tienen pendiente, desde hace mucho tiempo, no menos de seiscientas familias de Iquique.

Por lo tanto, estimo que se debe rechazar la observación al artículo 1° e insistir en el texto primitivo aprobado por el Parlamento.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

- (Durante la votación).

El señor PABLO.-

Señor Presidente, tal como expresé en reunión de Comités al Honorable señor Víctor Contreras, estamos en presencia de una iniciativa legal tendiente a conceder amnistía a un grupo de regidores y queremos conocer los antecedentes completos respecto de este problema.

El año pasado se aprobó una ley de amnistía de carácter general, y nos parece conveniente que quienes pudieran estar afectados por un proceso que diga relación a ese asunto se acojan a esa legislación. Así lo hicimos presente también al señor Presidente de la Comisión en su oportunidad.

Respecto de esta iniciativa, relacionada con un problema de carácter general, y no habiendo conocido la Comisión de Legislación el fondo de la amnistía aquí planteada, coincidimos con el punto de vista del Ejecutivo.

Además, esta disposición plantea la posibilidad de hacer efectivo cualquier tipo de responsabilidad civil por parte de algún tercero que hiciera valer derechos en contra de quienes autorizaron el loteo o de los particulares que intervinieron en el asunto, como lo expresa el proyecto.

Por lo tanto, voto a favor de la observación.

El señor BULNES SANFUENTES.-

Me abstengo, porque no conozco la materia ni hay informe sobre la amnistía.

-Se rechaza el veto (13 votos contra 9 y una abstención).

-Se rechaza la observación (13 votos contra 9 y 1 abstención).

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

En votación la insistencia en mantener el artículo.

-El Senado no insiste (12 votos por lo insistencia, 8 por la no insistencia y 2 abstenciones) .

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La siguiente observación consiste en sustituir el artículo 2º por el siguiente: "Para los efectos previstos en esta ley, decláranse de utilidad pública los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de la comuna de Iquique".

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En el artículo 3º, la observación del Ejecutivo suprime, inciso primero, la frase "dentro del plazo de noventa días, contado desde la fecha de publicación de esta ley", colocando un punto después de la palabra "ocupantes", en reemplazo de la coma.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Pido la palabra.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Señor Senador, solamente procede votar, porque las observaciones se discuten en general y particular a la vez y después se votan separadamente.

En votación.

- {Durante la votación).

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Puede fundar el voto Su Señoría.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

No se ha insistido en el artículo 1°, que, en realidad, era de toda justicia, según se desprende de los antecedentes comprobatorios de que dichos terrenos pertenecen a la Municipalidad de Iquique desde la fecha en que se creó el departamento.

Ahora se trata de fijar un plazo para que las autoridades competentes procedan al loteo de esos terrenos. A mi juicio, noventa días son un término más que suficiente para llevar a cabo esa operación.

A mi entender, es de conveniencia establecer plazos para, el cumplimiento de ciertos preceptos legales, ya que de otra manera no hay certidumbre acerca de la época de su aplicación. Citaré un solo caso sobre el particular. Se debatió mucho aquí la ley que ordenó vender a sus actuales ocupantes -personal de la Fuerza Aérea de Chile- algunas casas de la población Dávila. Sin embargo, aun cuando han transcurrido ya dos años y medio desde la dictación de esa ley, no se ha podido resolver el problema, porque el Departamento de Bienestar de la FACH y la CORVI -perdóneseme la expresión- se han estado arrojando mutuamente la pelota. En la actualidad, las escrituras firmadas se encuentran en la notaría Azocar, pero no se sabe cuál de esos dos organismos pagará los derechos notariales. Este ejemplo sobre el cumplimiento de una norma legal sirve para, que los señores Senadores piensen en las penurias, sufrimientos y desvelos de la gente que desea tener saneada una propiedad y en la demora en que incurren las reparticiones encargadas de cumplir las leyes.

Por si lo anterior no bastara, quiero exponer otro caso. Hace cosa de tres años, se acordó construir un paso bajo nivel en la población Dávila. Para ello se promulgó una ley y se otorgó el financiamiento necesario. A pesar del tiempo transcurrido, el Ministerio de Obras Públicas no ha cumplido y ha contestado a la Contraloría con una serie de evasivas.

Fundado en la experiencia, creo que debe mantenerse el plazo de noventa días estipulado en este artículo para el cumplimiento de sus normas.

Voto por el rechazo del veto.

El señor PABLO.-

El artículo 3º tiene relación con dos problemas.

En primer lugar, si no se hubiera acogido el veto al artículo 1°, el que estamos votando habría sido totalmente ineficaz, pues autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que precisamente se refiere ese otro precepto y también, si no me equivoco, el artículo 2°. En otras palabras, de no mediar el veto, el artículo 3º habría carecido de validez.

En segundo término, a diferencia de mi Honorable colega, quien cree favorecer su causa manteniendo la frase final, temo que, en verdad, suceda lo contrario, basado en mi experiencia, acerca de lo que tardan las expropiaciones y las transferencias a los ocupantes.

¿ Qué puede ocurrir si se mantiene el plazo previsto? Que la Ilustre Municipalidad de Iquique, si por cualquier tipo de razones demora más de tres meses en ejecutar la tarea para cuya, realización se le apremia, no tenga después ley para llevarla a la práctica. En consecuencia, la fijación de un plazo es limitante y perjudicial pa.ra el fin que se persigue.

Se justificaría el término si la disposición fuera obligatoria, pero es facultativa. Por consiguiente, si la Municipalidad no pudiera cumplir por cualquier causa dentro de tres meses, no tendría ley que le permitiera, actuar pasado ese término.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Allá la responsabilidad de ella.

El señor PABLO.-

Hagamos leyes para que se apliquen y establezcamos las responsabilidades dentro de las fórmulas pertinentes.

Por tratarse de una autorización, voto afirmativamente.

-Se aprueba la observación (14 votos contra 10).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La última observación sustituye el artículo 4º por el siguiente: "Para que los notarios y el Conservador de Bienes Raíces de Iquique autoricen e inscriban las escrituras que transfieran el dominio de sitios a sus actuales ocupantes, en las poblaciones a que se refiere esta ley, bastará la aprobación del plano de loteo correspondiente por la Municipalidad de Iquique. La Municipalidad aprobará, a su vez, los planos de lo-teos respectivos previo informe favorable de la Dirección de Planificación del Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la que determinará los requisitos mínimos de urbanización de las poblaciones a que quedarán obligados los adquirentes".

-Se aprueba.

El señor LUENGO ( Vicepresidente).-

Terminada la discusión del proyecto.

4.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Observaciones . Fecha 13 de febrero, 1968. Oficio en Sesión 37. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968.

?21.- OFICIO DEL SENADO

"Nº 3664.- Santiago, 2 de febrero do 1968.

El Senado ha tenido a bien adoptar los siguientes acuerdos, en relación con las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos de diversas poblaciones y transferirlos a sus actuales ocupantes:

Artículo 1º

Ha rechazado la que consiste en suprimirlo y no ha insistido en la aprobación de su texto primitivo.

Artículo 2º

Ha aprobado la que tiene por objeto sustituirlo por el siguiente:

"Artículo 2º.- Para los efectos previstos en esta ley, decláranse de utilidad pública los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de la comuna de Iquique."

Artículo 3º

Ha aprobado la que consiste en suprimir la frase final de su inciso primero que dice: "dentro del plazo de noventa días, contado desde la fecha de publicación de esta ley.", colocando un punto (.) después de la palabra "ocupantes", en reemplazo de la coma (,).

Artículo 4º

Ha aprobado la que consiste en sustituirlo por el siguiente:

"Artículo 4º.- Para que los Notarios y el Conservador de Bienes Raíces de Iquique autoricen e inscriban las escrituras que transfieran el dominio de sitios a sus actuales ocupantes, en las poblaciones a que se refiere esta ley, bastará la aprobación del plano de loteo correspondiente por la Municipalidad de Iquique. La Municipalidad aprobará, a su vez, los planos de loteos respectivos previo informe favorable de la Dirección de Planificación del Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la que determinará los requisitos mínimos de urbanización de las Poblaciones a que quedarán obligados los adquirentes."

Acompaño los antecedentes respectivos

Dios guarde a V. E.-

(Fdo.): Luis F. Luengo Escalona. - Pelagio Figueroa Toro."

4.4. Discusión en Sala

Fecha 06 de marzo, 1968. Diario de Sesión en Sesión 41. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968. Discusión Observaciones Presidente de la República. Se aprueban observaciones.

EXPROPIACION DE LOS TERRENOS DE DIVERSAS POBLACIONES EN LA CIUDAD DE IQUIQUE (TARAPACA). OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO

El señor LORCA, don Alfredo ( Presidente).-

Conforme a lo acordado, corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos de diversas poblaciones y transferirlos a sus actuales ocupantes.

-Las observaciones, impresas en el boletín N° 10763-O, son las siguientes:

Artículo 1º

Para suprimirlo.

(El Honorable Senado rechazó la supresión propuesta, pero no insistió en la aprobación de su texto primitivo.)

Artículo 2º

Para sustituirlo por el siguiente:

"Artículo 2°.- Para los efectos previstos en esta ley, decláranse de utilidad pública los terrenos en que se levantan las Poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorillos de la comuna de Iquique."

(El Honorable Senado tuvo a bien aprobar esta observación.)

Artículo 3º

Para suprimir la parte final del inciso primero que dice: "dentro del plazo de noventa días, contado desde la fecha de publicación de esta ley." colocando un punto (.) después de la palabra "ocupantes", en reemplazo de la coma (,).

(El Honorable Senado tuvo a bien aprobar esta observación.)

Artículo 4º

Para sustituirlo por el siguiente:

"Artículo 4º.- Para que los Notarios y el Conservador de Bienes Raíces de Iquique autoricen e inscriban las escrituras que transfieran el dominio de sitios a sus actuales ocupantes, en las poblaciones a que se refiere esta ley, bastará la aprobación del plano de loteo correspondiente por la Municipalidad de Iquique. La Municipalidad aprobará, a su vez, los planos de loteos respectivos previo informe favorable de la Dirección de Planificación del Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la que determinará los requisitos mínimos de urbanización de las poblaciones a que quedarán obligados los adquirentes."

(El Honorable Senado tuvo a bien aprobar esta observación.)

El señor LORCA, don Alfredo ( Presidente).-

Si les parece a los señores Diputados, se hará una sola votación.

El señor VALENTE.-

Se podrían aprobar en los mismos términos en que se despacharon por el Senado.

El señor LORCA, don Alfredo ( Presidente).-

Debo informar que son observaciones del Ejecutivo aprobadas ya por el Senado.

Si les parece a los señores Diputados, se aprobarán en la misma forma en que fueron aprobadas por el Senado.

¿Habría acuerdo?

Aprobadas.

Terminada la discusión de las observaciones.

4.5. Discusión en Sala

Fecha 12 de marzo, 1968. Diario de Sesión en Sesión 65. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968. Oficio Aprobación Observaciones .

OFICIO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS

Comunica que ha tenido a bien adoptar, en segundo trámite, los mismos acuerdos que el Senado respecto de las observaciones formuladas al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos que ocupan diversas poblaciones.

-Se manda comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República.

4.6. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación Observaciones . Fecha 12 de marzo, 1968. Oficio en Sesión 65. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968.

No existe constancia del oficio por el cual se aprueban las observaciones del Ejecutivo. Se transcribe la cuenta en la que se hace referencia a éste.

OFICIO DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Con el primero, comunica que ha tenido a bien adoptar, en segundo trámite, los mismos acuerdos que el Senado respecto de las observaciones formuladas al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos que ocupan diversas poblaciones.

-Se manda comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República.

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 16.775

Tipo Norma
:
Ley 16775
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=28661&t=0
Fecha Promulgación
:
no tiene
URL Corta
:
http://bcn.cl/2d03q
Organismo
:
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Título
:
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE PARAEXPROPIAR TERRENOS DE DIVERSAS POBLACIONES YTRANSFERIRLOS A SUS ACTUALES OCUPANTES
Fecha Publicación
:
10-04-1968

   AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE PARA EXPROPIAR TERRENOS DE DIVERSAS POBLACIONES Y TRANSFERIRLOS A SUS ACTUALES OCUPANTES

   Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

   Proyecto de ley:

   Artículo 1°.- Para los efectos previstos en esta ley, declárance de utilidad pública los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, Arturo Prat, O'Higgins y Pasaje Chorrillos, de la comuna de Iquique.

   Artículo 2°.- Autorízase a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos a que se refiere el artículo 1° de la presente ley, y para transferirlos posteriormente a sus actuales ocupantes

   Los terrenos indicados en el inciso anterior serán adquiridos por dichos ocupantes y el precio que se fije se pagará en sesenta mensualidades.

   Para determinar el monto de la indemnización que corresponde al expropiado, no se tomará en cuenta el mayor valor que pudiere tener el predio expropiado, con motivo de las obras de urbanización ejecutadas, o de las mejoras o construcciones que existan en el inmueble, salvo que el expropiado acredite que tales obras han sido costeadas por él.

   Artículo 3°.- Para que los notarios y el Conservador de Bienes Raíces de Iquique autoricen e inscriban las escrituras que transfieran el dominio de sitios a sus actuales ocupantes, en las poblaciones a que se refiere esta ley, bastará la aprobación del plano de loteo correspondiente por la Municipalidad de Iquique. La Municipalidad aprobará, a su vez, los planos de loteos respectivos previo informe favorable de la Dirección de Planificación del Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la que determinará los requisitos mínimos de urbanización de las poblaciones a que quedarán obligados los adquirentes.

   Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Juan Hamilton Depassier.

   Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- J. Eduardo Truyol Díaz, Subsecretario de la Vivienda y Urbanismo.