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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 17.349

DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACION QUE INDICA AL PERSONAL QUE SEÑALA DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Vladimir Anselmo Sule Candia. Fecha 08 de septiembre, 1970. Moción Parlamentaria en Sesión 50. Legislatura Ordinaria año 1970.

14.-MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR SULE, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY SOBRE PAGO DE BONIFICACIÓN AL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD.

Artículo....- La bonificación no imponible de Eº 400 que de acuerdo al artículo 4º de la ley Nº 17.272 debe pagarse en el mes de diciembre del presente año al personal que indica del Servicio Nacional de Salud, se devengará y pagará en el mes de septiembre del año en curso, sin perjuicio de la de Eº 340 que establece el mismo precepto legal.

(Fdo.) : Vladimir Anselmo Sule Candia 

1.2. Discusión en Sala

Fecha 08 de septiembre, 1970. Diario de Sesión en Sesión 50. Legislatura Ordinaria año 1970. Discusión General y Particular . Se aprueba en general y particular.

El Proyecto en éste trámite constitucional fue eximido de Comisión Legislativa.

BONIFICACIÓN AL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En conformidad a un acuerdo unánime de los Comités, corresponde ocuparse durante los últimos minutos del Orden del Día de la sesión de hoy, en un proyecto iniciado en una moción del Honorable señor Sule, consignada en el boletín Nº 25.002, eximida del trámite de Comisión también por acuerdo unánime de los Comités.

El proyecto de ley consta de un artículo único que dice:

"La bonificación no imponible de Eº 400 que de acuerdo al Art. 4º de la ley Nº 17.272 debe pagarse en el mes de diciembre del presente año al personal que indica del Servicio Nacional de Salud, se devengará y pagará en el mes de septiembre del año en curso, sin perjuicio de la de Eº 340 que establece el mismo precepto legal."

El proyecto de ley figura en los Anexos de esta sesión.

El señor NOEMI ( Vicepresidente).-

En discusión general y particular el proyecto.

Ofrezco la palabra.

El señor SULE.-

- Sólo deseo informar al Senado que la moción no hace sino consagrar legalmente uno de los principales acuerdos concertados con el personal del Servicio Nacional de Salud para que éste diera término a su última huelga.

El señor LUENGO.-

Junto con ratificar las expresiones del Honorable señor Sule en cuanto a los alcances de esta iniciativa legal entiendo que se aprobará, deseo recordar que cuando se solucionó el conflicto del personal del Servicio Nacional de Salud, se llegó a acuerdo en otros puntos más relativos a las peticiones de ese personal.

Asimismo, debo destacar que esa huelga fue bastante sacrificada y dramática para el personal del Servicio Nacional de Salud el cual permaneció durante 25 días sin ir a sus labores.

Por desgracia, no tengo a mano el acuerdo suscrito entre las partes; pero, en todo caso, recuerdo que el gremio aceptó que, junto con recibir la bonificación correspondiente a diciembre, se considerara la posibilidad de darle una nueva, ya que ese adelanto no es sino una manera de paliar su grave situación económica. No puede estimarse como solución satisfactoria adelantar a setiembre el pago de la bonificación correspondiente a diciembre, pues en este último mes no se concederá tal beneficio. Entiendo que este problema deberá ser afrontado por el nuevo Gobierno, el cual estoy seguro de que lo resolverá en debida forma. Por ahora sólo quiero advertir que mediante este proyecto no se cumple en forma total el acuerdo que se suscribió con el gremio de la Salud, el que, por lo demás, estaba planteando diversas reivindicaciones de carácter económico, todas las cuales no han sido satisfechas hasta ahora. Dicho personal sólo puso término a ese conflicto por estar consciente de que él estaba dañando a personas que no son funcionarios del Servicio Nacional de Salud. Por eso cedieron en gran parte de sus peticiones, con el objeto de llegar a un acuerdo, que finalmente se logró.

El señor REYES.-

El Comité Demócrata Cristiano dio su acuerdo para que el proyecto fuera despachado en la sesión de hoy, por estimar que sus disposiciones corresponden a un acuerdo debidamente ratificado por los organismos competentes y por el propio personal del Servicio Nacional de Salud. El Honorable señor Sule me advirtió previamente que en su contexto concordaban todos aquellos que habían participado en la solución del conflicto del gremio de la Salud, incluso el representante de la Democracia Cristiana, y vicepresidente de nuestra colectividad, don Jaime Castillo Velasco.

El proyecto no implica gastos, sino el adelanto de un pago que debía hacerse en el mes de diciembre a setiembre del año en curso. En vista de lo anterior, que me fue confirmado tanto por el Honorable señor Sule como por el Director del Servicio Nacional de Salud y por quienes participaron en representación nuestra en la solución del conflicto, nos ha parecido razonable proceder al despacho de esta iniciativa, ya que, en alguna medida, contribuye a superar el problema presentado.

El señor OLGUIN.-

Es evidente que el proyecto no significa mayor gasto, aunque sí, el adelanto de una cuota importante de dinero para el personal del Servicio Nacional de Salud. Entiendo que, en la práctica, esos funcionarios percibirán para Fiestas Patrias 740 escudos, en vez de los 340 escudos primitivamente acordados.

Me parece importante lo dicho por el Honorable señor Luengo, porque con seguridad se producirá un problema para Navidad, fecha en que el personal del Servicio Nacional de Salud, de manera tradicional, ha recibido un aguinaldo. Por lo tanto, sería conveniente estudiar la posibilidad de que los directivos del Servicio Nacional de Salud y el gremio superaran con antelación esa dificultad, con el objeto de que no se produzca un nuevo conflicto.

No sé si se podría enviar un oficio al Director Nacional del Servicio de Salud para que se estudie la posibilidad de financiar ese aguinaldo y poder pagarlo en diciembre, como tradicionalmente se ha hecho.

El señor CONTRERAS.-

Pido la palabra.

El señor SULE.-

- Pido la palabra.

El señor NOEMI ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor CONTRERAS.-

El señor SULE.-

¿Me permite una interrupción, Honorable colega?

El señor CONTRERAS.-

Con todo gusto.

El señor SULE.-

En mi intervención anterior traté de ser breve, porque estimo fundamental el rápido trámite de este proyecto, a fin de que esa bonificación se pague durante la próxima semana.

Sin duda, hay una serie de puntos más que forman parte del acuerdo a que se llegó con el gremio de la Salud. Entre ellos cabe destacar la creación de una Comisión para estudiar la nueva planta del personal de 1971, los problemas relacionados con la huelga descuento de días no trabajados, eliminación de los sumarios y querellas y otros puntos fundamentales. El acuerdo de la Comisión mediadora fue reponer en el mes de diciembre la bonificación que se adelanta, pero no por una suma del orden de los 400 escudos, sino por un sueldo vital.

A mi juicio, es muy atinada la petición del Honorable señor Olguín de enviar oficio a la Dirección Nacional de Salud, en nombre de los Comités que lo suscriban, para que estudie el rápido envío de ese proyecto de ley.

El señor NOEMI ( Vicepresidente).-

Antes que continúe el Honorable señor Contreras, deseo recabar el acuerdo de la Sala para enviar el oficio a que ha hecho referencia el Honorable señor Olguín.

Si el parece a la Sala, el oficio se enviará en nombre del Comité Radical.

El señor CONTRERAS.-

Y el nuestro.

El señor NOEMI ( Vicepresidente).-

¿En nombre de todos los Comités?

Acordado.

El señor CONTRERAS.-

También daremos nuestros votos favorables, con el propósito de que se apruebe en esta sesión el proyecto, pase a la Cámara de Diputados y esa Corporación lo trate el día de mañana.

Estimo interesante el envío del oficio solicitado, a fin de que se tomen en cuenta las aspiraciones del personal del Servicio Nacional de Salud relacionadas con el aguinaldo de diciembre.

En resumen, reitero que concordamos con el proyecto y en su despacho en la sesión de hoy, a fin de que la Cámara lo conozca mañana.

El señor OCHAGAVIA.-

Sólo quiero decir que los Senadores nacionales hemos dado también nuestro acuerdo para que en la sesión de hoy se tratara esta moción. Según los antecedentes que se nos han dado, ella es producto de un acuerdo entre todas las partes.

Por las razones que aquí se han dado, hemos hecho una excepción en este caso especial para omitir el trámite de Comisión.

El señor NOEMI ( Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Si al Senado le parece, se aprobará el proyecto.

Aprobado.

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 15 de septiembre, 1970. Oficio en Sesión 52. Legislatura Ordinaria año 1970.

No existe constancia del Oficio por el cual se aprueba sin modificaciones el Proyecto. Se transcribe la cuenta en la que se hace referencia a éste.

OFICIO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS

El que anticipa el pago de la asignación que indica al personal del Servicio Nacional de Salud.

-Se mandó comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República.

2.2. Discusión en Sala

Fecha 15 de septiembre, 1970. Diario de Sesión en Sesión 52. Legislatura Ordinaria año 1970. Oficio Aprobación sin Modificaciones .

OFICIO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS

El que anticipa el pago de la asignación que indica al personal del Servicio Nacional de Salud.

-Se mandó comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República.

3. Publicación de Ley en Diario Oficial

3.1. Ley Nº 17.349

Tipo Norma
:
Ley 17349
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=28943&t=0
Fecha Promulgación
:
22-09-1970
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cz2s
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACION QUE INDICA ALPERSONAL QUE SEÑALA DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD
Fecha Publicación
:
29-09-1970

   DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACION QUE INDICA AL PERSONAL QUE SEÑALA DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

   Proyecto de ley:

   "Artículo único.- La bonificación no imponible de E° 400,- que de acuerdo al artículo 4.o de la ley N° 17.272 debe pagarse en el mes de Diciembre del presente año al personal que indica del Servicio Nacional de Salud, se devengará y pagará en el mes de Septiembre del año en curso, sin perjuicio de la de E° 340,- que establece el mismo precepto legal.".

   Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.

   Santiago, a veintidós de Septiembre de mil novecientos setenta. EDUARDO FREI MONTALVA.- Andrés Zaldívar L.- Ramón Valdivieso D.

   Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Victoria Arellano S., Subsecretaria de Hacienda.