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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.729

Establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubs, discotheques y similares.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Adriana Muñoz D' Albora, Carlos Alfredo Vilches Guzmán, Tucapel Jiménez Fuentes, Manuel Monsalve Benavides, Ramón Barros Montero, Osvaldo Andrade Lara, Hugo Gutiérrez Gálvez, Sergio Aguiló Melo y René Saffirio Espinoza. Fecha 08 de mayo, 2013. Moción Parlamentaria en Sesión 24. Legislatura 361.

?Establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubs, discotheques y similares

Boletín N° 8932-13

Fundamentos.

1.- Nuestro ordenamiento jurídico establecía hasta 1976, el derecho de todo trabajador que se desempeñaba en la atención de público en locales como restaurantes, Clubs, Bares y similares, a recibir como propina, a lo menos el 10% del consumo total por parte del cliente. A estos efectos, la respectiva cuenta contenía la desagregación del importe de consumo y el monto correspondiente a este beneficio.

2.- A partir del año mencionado, la propina deja de ser obligatoria y pasa a ser de carácter eminentemente voluntaria para el cliente, manteniéndose en general, la conciencia de que un buen servicio debía ser retribuido con una cantidad cercana o similar a la que antiguamente era de tipo obligatorio.

3.- Una consecuencia lógica de este cambio regulatorio, ha sido que el cliente debe ahora separar su evaluación sobre la calidad de los productos que consume en el local, de la calidad del servicio propiamente tal, retribuyéndolo en consecuencia con dicha evaluación. Por el contrario, al ser la propina un beneficio obligatorio, no tenía sentido separa esta evaluación, puesto que para el cliente significaba una carga legal más independientemente de si era bien o mal atendido.

4.- Asimismo, otros cuerpos legales aún en tramitación legislativa, disponen algunas normas de protección a los trabajadores en materia de recaudación, devengamiento y pago de las propinas, dado que el carácter voluntario sitúa el beneficio dentro de la entera administración de los trabajadores.

5.- Consecuente con lo último, el objetivo de la presente moción parlamentaria apunta a mejorar la fluidez del cálculo y recaudación de las propinas para los trabajadores que atienden público a través de la institucionalización de una práctica que se ha desarrollado en forma cada vez más frecuente: la incorporación del cálculo de los monto correspondientes a una propina equivalente al 10% del consumo en la cuenta al cliente.

6.- Esta práctica, denominada "propina sugerida" por una parte incentiva y facilita al cliente a dejar como propina una cantidad cercana o equivalente al 10% del consumo, a la vez que simplifica su cálculo para el pago por medios electrónicos al incorporarse en la dignación un monto total y único.

7.- Si bien se mantiene el marco jurídico que da carácter voluntario para el cliente el desembolso de la propina, se establece en torno a ello la obligación del empleador en orden a incorporar al monto de la cuenta, en forma desagregada la cantidad correspondiente al 10% de la misma, como propina voluntaria para el trabajador.

En atención a las razones y fundamentos expuestos, tengo a bien presentar el siguiente

Proyecto de Ley

Para agregar el siguiente artículo 64 nuevo en el Código el Trabajo, cuyo texto refundido, y sistematizado se encuentra fijado en el DFL 1 de 2002:

"En los establecimientos que atiendan público, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotheques, fondas y similares, el empleador deberá señalar en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos un 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, saIvo que éste manifieste su voluntad a contrario.".

1.2. Informe de Comisión de Trabajo

Cámara de Diputados. Fecha 09 de julio, 2013. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 50. Legislatura 361.

INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE OBLIGACIONES RELATIVAS A LA PROPINA EN RESTAURANTES, BARES, PUBS, CLUBS, DISCOTHEQUES Y SIMILARES.

BOLETIN N° 8932-13-1

HONORABLE CAMARA:

Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley del epígrafe, en primer trámite constitucional, iniciado en Moción de la señora Muñoz, doña Adriana, y de los señores Aguiló, don Sergio; Ándrade, don Osvaldo; Barros, don Ramón; Gutiérrez, don Hugo; Jiménez, don Tucapel; Monsalve, don Manuel; Saffirio, don René, y Vilches, don Carlos, contenido en el Boletín N° 8932-13, sin urgencia.

A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió el señor Francisco Del Río Correa, Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen, como se ha dicho precedentemente, en una Moción de la señora Muñoz, doña Adriana, y de los señores Aguiló, don Sergio; Ándrade, don Osvaldo; Barros, don Ramón; Gutiérrez, don Hugo; Jiménez, don Tucapel; Monsalve, don Manuel; Saffirio, don René, y Vilches, don Carlos, y se encuentra sin urgencia.

2.- Discusión general.

El proyecto fue aprobado, en general, por siete votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones.

(Votaron a favor las señoras Muñoz, doña Adriana, y Vidal, doña Ximena, y los señores Andrade, don Osvaldo; Baltolu, don Nino; Barros, don Ramón; Saffirio, don René, y Vilches, don Carlos. Se abstuvieron los señores Bertolino, don Mario, y Salaberry, don Felipe).

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de vuestra Comisión, el texto del proyecto en informe no contiene normas orgánicas constitucionales o que requieran ser aprobadas con quórum calificado.

4.- Diputado Informante.

La Comisión designó a la señora Muñoz, doña Adriana, en tal calidad.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

El proyecto que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social somete a vuestro conocimiento apunta a establecer en el Código del Trabajo obligaciones relativas a la propina.

1.- Consideraciones preliminares.-

Expresan los autores de la moción en Informe que nuestro ordenamiento jurídico establecía hasta 1981, el derecho de todo trabajador que se desempeñaba en la atención de público en locales como restaurantes, clubs, bares y similares, a recibir como propina, a lo menos el 10% del consumo total por parte del cliente. Añaden que para estos efectos, la respectiva cuenta contenía la desagregación del importe de consumo y el monto correspondiente a este beneficio.

A partir del año mencionado, añaden, la propina deja de ser obligatoria y pasa a ser de carácter eminentemente voluntaria para el cliente, manteniéndose, en general, la conciencia de que un buen servicio debía ser retribuido con una cantidad cercana o similar a la que antiguamente era de tipo obligatorio.

Asimismo, expresan que una consecuencia lógica de este cambio regulatorio, ha sido que el cliente debe ahora separar su evaluación sobre la calidad de los productos que consume en el local, de la calidad del servicio propiamente tal, retribuyéndolo en consecuencia con dicha evaluación. Por el contrario, al ser la propina un beneficio obligatorio, no tenía sentido separar esta evaluación, puesto que para el cliente significaba una carga legal más independientemente de si era bien o mal atendido.

Señalan, del mismo modo, que otros cuerpos legales aún en tramitación legislativa, disponen algunas normas de protección a los trabajadores en materia de recaudación, devengamiento y pago de las propinas, dado que el carácter voluntario sitúa el beneficio dentro de la entera administración de los trabajadores.

Consecuente con esto último, hacen presente que el objetivo de la presente moción parlamentaria apunta a mejorar la fluidez del cálculo y recaudación de las propinas para los trabajadores que atienden público a través de la institucionalización de una práctica que se ha desarrollado en forma cada vez más frecuente, cual es la incorporación del cálculo de los montos correspondientes a una propina equivalente al 10% del consumo en la cuenta al cliente.

Agregan que esta práctica, denominada "propina sugerida" por una parte incentiva y facilita al cliente a dejar como propina una cantidad cercana o equivalente al 10% del consumo, a la vez que simplifica su cálculo para el pago por medios electrónicos al incorporarse en la digitación un monto total y único.

Concluyen señalando que si bien se mantiene el marco jurídico que da carácter voluntario para el cliente el desembolso de la propina, se establece en torno a ello la obligación del empleador en orden a incorporar al monto de la cuenta, en forma desagregada la cantidad correspondiente al 10% de la misma, como propina voluntaria para el trabajador.

2.- Objetivo y contenido del proyecto.-

La presente propuesta pretende establecer en el Código del Trabajo ciertas obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubs, discotheques y similares en beneficio de los trabajadores que se desempeñan como garzones en ellos. Dicho objetivo se encuentra contenido en el artículo único que se propone incorporar como artículo 64 nuevo en el Código del ramo.

III.- MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.

En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto es establecer obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubs, discotheques y similares.

Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en un artículo único.

IV.- ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.

En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni que requieran ser aprobadas con quórum calificado.

V.- DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISION.

Vuestra Comisión, además del señor Francisco Del Río Correa, Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, recibió en audiencia a los señores Fernando De La Fuente Espina, Presidente de la Asociación Chilena de Gastronomía; Mauro Magnani Frugone, Presidente de la Asociación Gremial de Empresarios Hoteleros de Chile; Frederic Le Baux, Presidente del Comité Gastronómico; y, Francisco Arthur Errázuriz, Asesor Legal, ambos de la Cámara de Comercio de Santiago.

VI.- ARTICULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, el proyecto en Informe no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.

VII.- DISCUSION GENERAL

El proyecto en informe originalmente estaba contenido en una indicación de las señoras Muñoz, Saa y Vidal y de los señores Andrade, Jiménez y Saffirio, presentada durante la discusión del proyecto que adapta normas laborales al ámbito del turismo, contenido en el Boletín 8770-23, que fue discutido y despachado por esta Comisión en su sesión de fecha 4 de junio del año en curso, oportunidad en que, previo acuerdo de sus integrantes, fue retirada por sus autores, para ser presentada como una iniciativa legal independiente de dicho proyecto.

En el transcurso de su discusión, la Comisión contó, como ya se ha dicho, con la presencia de los señores Fernando De La Fuente Espina, Presidente de la Asociación Chilena de Gastronomía; Mauro Magnani Frugone, Presidente de la Asociación Gremial de Empresarios Hoteleros de Chile; Frederic Le Baux, Presidente del Comité Gastronómico; y, Francisco Arthur Errázuriz, Asesor Legal, ambos de la Cámara de Comercio de Santiago, además del señor Francisco Del Río Correa, Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

El señor De La Fuente manifestó en principio estar de acuerdo con el proyecto, en el sentido de establecer la obligatoriedad por parte del empleador de sugerir una propina, manteniendo la voluntariedad del pago efectivo de la misma, considerando, principalmente, que la propina se otorga en base al desempeño del garzón, siendo ésta un premio, un reconocimiento y no una obligación. Por tanto, añadió, estaría de acuerdo en obligar al empleador a sugerir una propina determinada, pero con la expresa mención de que se trata sólo de una sugerencia, pudiendo el cliente dejar más o menos dependiendo del desempeño del garzón.

El señor Le Beux, por su parte, manifestó estar de acuerdo con el proyecto en la medida que formaliza una situación que de hecho hoy ya se produce en muchos restaurantes. Por la misma razón, y considerando los sueldos de los garzones, propuso que esta propina se formalice a fin de que pueda integrar el sueldo imponible de los trabajadores, manteniendo la voluntariedad de su pago.

Del mismo modo, el señor Magnani manifestó estar de acuerdo con el proyecto, entendiendo que hoy en día existen muchos lugares que incorporan en su cuenta una propina sugerida, independiente que el cliente deje finalmente más o menos de aquello sugerido. Por otra parte, rechazó la posibilidad de que la propina sea obligatoria, ya que, en su opinión, sería perjudicial para el mercado tener que aumentar en al menos un 10% los precios de toda la carta, y también con el objeto de mantener una motivación para el garzón de entregar un buen servicio.

El señor Del Rio manifestó que resulta importante dejar establecido, en la historia de la ley, que la intención del legislador radica en limitar la obligación contenida en este proyecto a aquellos restaurantes, bares, pubs, clubs, discotheques y similares que atiendan directamente al público, es decir, se excluye a los autoservicios o lugares donde el cliente concurre a un mesón a comprar un determinado producto, como por ejemplo, el McDonald’s. En otras palabras, agregó, para que opere la obligación de incluir una propina sugerida debe existir un servicio adicional de garzón o atención a la mesa.

Respecto al tema previsional, el señor Del Rio manifestó que, si bien lo deseable es maximizar los ingresos imponibles, la propina no corresponde a un ingreso, sino a una liberalidad que depende de la calidad de la atención. En este contexto, la previsión es parte de la remuneración, y ésta es responsabilidad del empleador, no del cliente. Por tanto, no corresponde intentar incluir a la propina dentro de las cargas de seguridad social.

Por su parte, las señoras y señores Diputados manifestaron su acuerdo con la pertinencia de la iniciativa en Informe expresando que ella es una práctica ya común en dichos establecimientos comerciales, sin perjuicio de considerar, los señores Barros y Saffirio, que el proyecto debe precisar algunas definiciones, como por ejemplo, aquello de qué se entiende por “atender directamente al público”, considerando, asimismo, razonable limitar el concepto de “restaurantes” para evitar que el McDonald’s pueda ser considerado como tal, y por tanto, sujeto a la misma obligación de establecer una sugerencia de propina en la cuenta.

Del mismo modo, el señor Bertolino expreso que si bien no está en contra del proyecto, en su opinión, no generaría mayor innovación en la materia. Asimismo, manifestó, junto a los Diputados señores Vilches y Baltolu, su acuerdo con permitir que las propinas sean parte del monto imponible de los trabajadores.

Asimismo, en el transcurso de su discusión, el señor Andrade recordó que existen aspectos de la remuneración que no son imponibles, como por ejemplo, la locomoción y la colación. Es decir, agregó, el hecho de que parte de los ingresos de una persona no sean imponibles no es algo novedoso y si se estima que los trabajadores debiesen tener una pensión superior, la solución sería aumentar las remuneraciones. Respecto a las dificultades prácticas que se podrían producir a propósito de la obligación del Servicio de Impuestos Internos de solicitar una boleta de los servicios prestados, con exclusión de las propinas, recordó que para eso están los dictámenes de la Dirección del Trabajo, quien es el órgano encargado de definir y solucionar las complejidades particulares que surjan a propósito de la aplicación de algún precepto legal en el ámbito laboral.

- Sometido a votación general el proyecto, se aprobó por 7 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

(Votaron a favor las señoras Muñoz, doña Adriana y Vidal, doña Ximena; y los Diputados señores Andrade, don Osvaldo; Baltolu, don Nino; Barros, don Ramón; Saffirio, don René; y Vilches, don Carlos. Se abstuvieron los señores Bertolino, don Mario y Salaberry, don Felipe).

VIII.- DISCUSION PARTICULAR

Durante la discusión particular del proyecto, acaecida el día 9 de julio recién pasado, la Comisión adoptó respecto de su artículo único los siguientes acuerdos:

“Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 64 nuevo en el Código el Trabajo, cuyo texto refundido, y sistematizado se encuentra fijado en el DFL 1 de 2002:

"En los establecimientos que atiendan público, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotheques, fondas y similares, el empleador deberá señalar en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos un 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, saIvo que éste manifieste su voluntad a contrario.".”.

- La Comisión, con el acuerdo unánime de los asistentes a la sesión y que tomaron parte en su votación, agregó, después de la palabra “público” la frase “a través de garzones”; reemplazó la palabra “deberá” por el vocablo “sugerir”. Asimismo, sustituyó la vocal “a” por la preposición “en” al final de su artículo único.

IX.- SINTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACION EN GENERAL.

No hubo en el seno de vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.

X.- ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISION.

No existen disposiciones en tal situación.

Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente la señora Diputada Informante, vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 64 nuevo en el Código el Trabajo, cuyo texto refundido, y sistematizado se encuentra fijado en el DFL 1 de 2002:

"En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotheques, fondas y similares, el empleador deberá sugerir en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos un 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, saIvo que éste manifieste su voluntad en contrario.".

SE DESIGNÓ DIPUTADA INFORMANTE, A DOÑA ADRIANA MUÑOZ D’ALBORA.

SALA DE LA COMISIÓN, a 9 de julio de 2013.

Acordado en sesión de 18 de junio y 9 de julio del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Muñoz, doña Adriana, y Vidal, doña Ximena, y de los Diputados señores Alinco (en reemplazo de la señora Goic, doña Carolina); Andrade; Baltolu; Barros; Bertolino; Gutiérrez, don Romilio; Jiménez, Saffirio; Salaberry y Vilches.

Pedro N. Muga Ramírez

Abogado, Secretario de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 08 de agosto, 2013. Diario de Sesión en Sesión 56. Legislatura 361. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

OBLIGATORIEDAD RELATIVA A LA PROPINA EN RESTAURANTES, BARES, PUBS, CLUBES, DISCOTECAS Y SIMILARES (Primer trámite constitucional) [boletín N° 8932-13]

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares.

Diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es la señora Ximena Vidal.

Antecedentes:

-Moción, boletín N° 8932-13, sesión 24ª de la presente legislatura, en 8 de mayo de 2013. Documentos de la Cuenta N° 2.

-Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sesión 50ª de la presente legislatura, en 30 de julio de 2013. Documentos de la Cuenta N° 12.

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora VIDAL, doña Ximena (de pie).-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares, iniciado en moción de la diputada señora Adriana Muñoz , y de los diputados señores Sergio Aguiló , Osvaldo Andrade , Ramón Barros , Hugo Gutiérrez , Tucapel Jiménez , Manuel Monsalve , René Saffirio y Carlos Vilches (Boletín N° 8932-13-1), sin urgencia.

La idea del proyecto en informe originalmente estaba contenida en una indicación de las señoras Adriana Muñoz , María Antonieta Saa y Ximena Vidal y de los señores Osvaldo Andrade , Tucapel Jiménez y René Saffirio , presentada durante la discusión del proyecto que adapta normas laborales al ámbito del turismo (Boletín N° 8770-23), que fue discutido y despachado por esta Comisión en su sesión de fecha 4 de junio del año en curso. En esa oportunidad, previo acuerdo de sus integrantes, la indicación fue retirada por sus autores, para ser presentada como una iniciativa legal independiente de dicho proyecto.

La propuesta pretende establecer en el Código del Trabajo ciertas obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares en beneficio de los trabajadores que se desempeñan como garzones en ellos. Este objetivo se encuentra contenido en el artículo único que se propone incorporar como artículo 64 nuevo en el Código del Trabajo.

Los autores de la moción expresan que nuestro ordenamiento jurídico estableció, hasta 1981, el derecho de todo trabajador que se desempeñaba en la atención de público en locales como restaurantes, clubes, bares y similares, a recibir como propina, a lo menos, el 10 por ciento del valor del consumo total por parte del cliente. Añaden que para esos efectos la respectiva cuenta contenía la desagregación del importe de consumo y el monto correspondiente al beneficio.

Añaden que a partir del año mencionado, la propina dejó de ser obligatoria y pasó a ser de carácter eminentemente voluntario para el cliente, manteniéndose, en general, la conciencia de que un buen servicio debía ser retribuido con una cantidad cercana o similar a la que antes se establecía obligatoriamente.

Expresan que una consecuencia lógica del cambio regulatorio ha sido el hecho de que el cliente debe separar su evaluación sobre la calidad de los productos que consume en el local de la calidad del servicio propiamente tal, retribuyéndolo en consecuencia con dicha evaluación. Antes, por el contrario, al ser la propina un beneficio obligatorio, no tenía sentido separar esa evaluación, puesto que para el cliente significaba una carga legal más, independientemente de si era bien o mal atendido.

Señalan que otros cuerpos legales, aún en tramitación legislativa, disponen algunas normas de protección para los trabajadores en materia de recaudación, retribución y pago de las propinas, dado que su carácter voluntario sitúa el beneficio dentro de la entera administración de los trabajadores.

Consecuente con esto último, hacen presente que el objetivo de la moción es mejorar la fluidez del cálculo y recaudación de las propinas para los trabajadores que atienden público, a través de la institucionalización de una práctica que se ha desarrollado en forma cada vez más frecuente, cual es la incorporación del monto correspondiente a una propina equivalente al 10 por ciento del valor del consumo en la cuenta del cliente.

Agregan que esa práctica, denominada “propina sugerida”, por una parte incentiva y facilita al cliente a dejar como propina una cantidad cercana o equivalente al 10 por ciento del valor del consumo, y, por otra, simplifica su cálculo para el pago por medios electrónicos, pues se incorpora en la digitación un monto total y único.

Concluyen señalando que si bien se mantiene el marco jurídico que da carácter voluntario para el cliente el desembolso de la propina, se establece en torno a ello la obligación del empleador de incorporar al monto de la cuenta, en forma desagregada, la cantidad correspondiente al 10 por ciento de la misma como propina voluntaria para el trabajador.

Durante la discusión de la iniciativa, la Comisión contó con la presencia de los señores Fernando de la Fuente Espina, presidente de la Asociación Chilena de Gastronomía; Mauro Magnani Frugone , presidente de la Asociación Gremial de Empresarios Hoteleros de Chile; Frederic le Baux , presidente del Comité Gastronómico ; Francisco Arthur Errázuriz , asesor legal, ambos de la Cámara de Comercio de Santiago, y Francisco del Río Correa , asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, quienes, en general, manifestaron estar de acuerdo con la iniciativa en informe.

No obstante, el señor Del Río expresó que es importante dejar establecido en la historia de la ley que la intención del legislador es restringir la obligación contenida en este proyecto a los restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares que atienden directamente al público; es decir, se excluye a los autoservicios o lugares a los cuales el cliente concurre a un mesón a comprar un determinado producto como, por ejemplo, el McDonald’s. En otras palabras -agregó- para que opere la obligación de incluir una propina sugerida debe existir un servicio adicional de garzón o atención a la mesa.

Respecto del tema previsional, el señor Del Río argumentó que si bien lo deseable es maximizar los ingresos imponibles, la propina no corresponde a un ingreso, sino a una liberalidad que depende de la calidad de la atención recibida. En este contexto, las cotizaciones previsionales son parte de la remuneración y de responsabilidad del empleador, no del cliente. Por tanto, no corresponde intentar incluir a la propina dentro de los cargos correspondientes a seguridad social.

Por su parte, las señoras y señores diputados expresaron estar de acuerdo con la pertinencia de la iniciativa en informe e hicieron presente que es una práctica común el pago de la propina en dichos establecimientos comerciales, sin perjuicio de que los señores Barros y Saffirio consideraron que el proyecto debe precisar algunas definiciones como, por ejemplo, qué se entiende por “atender directamente al público”. Asimismo, estimaron razonable limitar el concepto de “restaurantes” para evitar que locales del tipo McDonald’s puedan ser considerados como tales y, por lo tanto, sujetos a la misma obligación de establecer una sugerencia de propina en la cuenta.

En el transcurso de la discusión se recordó que existen aspectos de la remuneración que no son imponibles como, por ejemplo, la locomoción y la colación. Es decir, el hecho de que parte de los ingresos de una persona no sean imponibles no es algo novedoso, y si se considera que los trabajadores debieran tener una pensión superior, la solución sería aumentar sus remuneraciones.

Sometido a votación, en general, el proyecto fue aprobado por 7 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones. Votaron a favor las diputadas Adriana Muñoz y Ximena Vidal, y los diputados Osvaldo Andrade , Nino Baltolú , Ramón Barros , René Saffirio y Carlos Vilches . Se abstuvieron los señores Mario Bertolino y Felipe Salaberry .

Durante la discusión particular, acaecida el 9 de julio recién pasado, la Comisión aprobó diversas precisiones a su artículo único, que recogen las opiniones expresadas allí y que he compartido con los colegas en esta Sala.

Por último, me permito hacer presente a los señores diputados y señoras diputadas que el texto del proyecto contenido en el informe que tienen en su poder, respecto del cual la Comisión solicita a la Sala que le dé su aprobación, no contiene disposiciones de rango orgánico constitucional ni que requieran quorum especial para ser aprobadas. Tampoco contiene disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda, porque no inciden en materias financieras o presupuestarias del Estado.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Para iniciar el debate, tiene la palabra el diputado Sergio Ojeda.

El señor OJEDA.-

Señor Presidente , durante muchos años hemos intentado reponer la propina en beneficio de los garzones de nuestro país.

Recuerdo que durante el primer período legislativo el diputado Rodolfo Seguel -aprovecho de enviarle un saludo porque debe estar viendo esta sesión- hizo algunos intentos, y juntos presentamos dos o tres proyectos de ley sobre la materia, pero ninguno de ellos prosperó. Tal como lo propone el proyecto, la propina no es obligatoria, porque el empleador solo podrá sugerirla en la cuenta del respectivo consumo y corresponderá, a lo menos, al 10 por ciento del valor del mismo.

Se dijo aquí que en 1981 la propina fue suprimida en virtud de una normativa legal. Sin embargo, desde entonces, ha permanecido como una costumbre porque, por lo general, las personas dan una propina equivalente al 10 por ciento del valor del consumo. Somos muchos los que lo hacemos, porque a pesar de no ser obligatoria, se entrega como reconocimiento al trabajo que realizan los garzones. Por eso, actualmente se paga en forma voluntaria.

El proyecto establece que en los restaurantes y otros locales similares en los cuales trabajan garzones, el empleador deberá sugerir el pago de la propina, que será efectuado por el cliente, a menos que manifieste su voluntad en contrario.

El artículo único del proyecto señala lo siguiente: “Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 64 nuevo en el Código el Trabajo, cuyo texto refundido, y sistematizado se encuentra fijado en el DFL 1 de 2002:

“En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotheques, fondas y similares, el empleador deberá sugerir en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos un 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario.”.

Con el colega Leopoldo Pérez nos preguntábamos, ¿qué pasa si el cliente paga menos del 10 por ciento? Es una interrogante que queda lanzada, porque si es voluntaria, el cliente podría pagar menos de este porcentaje. Sin duda, la propina será pagada voluntariamente por el cliente, siempre que esté de acuerdo con ello.

Creemos que este proyecto es un gran avance porque, en cierta forma, restituye un derecho. Cuando el empleador sugiera a los clientes el pago de la propina, será muy difícil que estos se nieguen a hacerlo, toda vez que sienten que tienen la obligación moral de hacerlo. Como lo dijo don Fernando de la Fuente, presidente de la Asociación Chilena de Gastronomía , la propina quedará establecida como un premio y un reconocimiento, no como una obligación, y señaló que no estaba de acuerdo con que sea obligatoria.

El garzón es un trabajador muy especial y muy cercano al cliente, a quien sirve con esmero y buena voluntad. Al final, se convierten en amigos, que suelen encontrarse, en particular en las ciudades pequeñas, cada vez que el cliente concurre a restaurantes y establecimientos similares. Muchas veces, no tiene horario y debe trasladarse desde y hacia lejanos lugares para cumplir con su trabajo.

Con la propina premiamos su buena atención, a la vez que contribuimos a incrementar sus remuneraciones que no siempre son las mejores. La propina que propone el proyecto contribuye a incrementar sus ingresos. Los clientes que concurren a estos locales entregan la propina voluntariamente y de muy buen grado. No tengo duda de que el cliente se siente moralmente obligado a pagar la propina, en retribución a la buena atención de que fue objeto por parte del garzón y al buen momento que pasó en compañía de amigos o familiares o en una reunión-almuerzo formal.

Por eso, voy a votar a favor del proyecto de ley porque hace justicia e impone al empleador la obligación de sugerir el pago de la propina lo que, por cierto, será acogido por quienes han recibido buen servicio por parte del garzón.

A través de este proyecto, las personas que trabajan en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares deben recuperar lo que en algún momento de la historia tuvieron. Hoy, es de justicia que lo recuperen. Nadie puede votar en contra de ello.

Aprovecho esta oportunidad para saludar a este grupo de trabajadores que diariamente, con su atención y esfuerzo, contribuyen a dar vida a las ciudades y aportan al turismo.

Anuncio mi voto favorable al proyecto.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma.

El señor TUMA.-

Señor Presidente , a fines del siglo XIX, se inició la era industrial, y en la primera mitad del siglo XX se destaca la lucha de los trabajadores por lograr el reconocimiento de sus actividades. Es así como destacan los mineros, los panaderos, los trabajadores textiles y, por supuesto, quienes atienden a los clientes en bares y restaurantes.

En 1942, los garzones y las meseras logran, a través de la ley N° 7.388, que se establezca una propina legal, que correspondía a un monto que fluctuaba entre el 10 y el 20 por ciento del consumo. Sin embargo, a partir de 1981, con el nuevo modelo económico que impone el gobierno militar, la ley N° 18.018 derogó ese beneficio y reconocimiento que se había logrado hace tantos años.

Hoy, en la gran mayoría de los establecimientos donde los clientes son atendidos por garzones y meseras, se ha ido imponiendo, en la práctica, el pago de una propina, que no está reglamentado legalmente y, por eso, este proyecto constituye un avance. Sin embargo, la iniciativa no es del todo perfecta, pues vuelve a imponer la voluntariedad en el pago de la propina. Al cliente se le va a sugerir una propina correspondiente al 10 por ciento del valor del consumo, pero puede oponerse y pagar solo lo que ha consumido y consigna la boleta.

El proyecto corrige en parte una injusticia, pero no impone el pago de la propina, sino que la deja a la voluntariedad del consumidor. Sin embargo, quiero llevar esta discusión a un par de temas que tienen que ver con el Chile de hoy y con el país que soñamos, especialmente, en materia turística.

Chile aspira a recibir a 4 millones de turistas anualmente. En muchos países se pagan propinas y hay mucha gente que está acostumbrada a reconocer el servicio personalizado que realizan los garzones y las meseras a través de una propina. Sin embargo, hay muchos establecimientos que han adoptado el sistema de autoservicio, de manera que no hay atención personalizada.

Espero que en la próxima discusión acerca del proyecto de ley de desarrollo del turismo abordáramos con mayor amplitud este tema, precisamente, porque no está regulado cuando el cliente paga con tarjeta de crédito. En tales casos, muchas veces el dueño del establecimiento descuenta al garzón las comisiones que cobra Transbank u otras generadoras de tarjetas, de manera que no le paga el total de la propina. También es común que no se les paguen los dineros por concepto de propinas en un plazo prudente; a muchos trabajadores les pagan a los 30 días. En ocasiones, se distribuyen las propinas entre todo el personal de servicio del establecimiento, incluidos quienes realizan sus labores en la cocina, que reciben parte de lo que les corresponde a los garzones y a las meseras.

Por otra parte, es muy importante la capacitación de los trabajadores. Desde la perspectiva del desarrollo del turismo, es relevante considerar que, cuando se entrega un servicio en ese tipo de establecimientos, Chile debe entregar una atención acorde al estándar que corresponde como país turístico. Pero siento que en muchos lugares, especialmente en las comunas más pequeñas, nunca se ha entregado la capacitación que requieren las personas que atienden público ni la han recibido los trabajadores que trabajan en restaurantes. He realizado encuestas en comunas pequeñas, y he constatado que jamás una cocinera o un garzón han recibido algún tipo de capacitación.

Hoy tenemos mucha competencia, pues vemos que en Santiago uno de cada tres restaurantes es peruano. Esos establecimientos brindan una buena atención y producen una gastronomía de excelencia, pero nosotros todavía no aplicamos ese estándar y nos estamos quedando atrás. Por lo tanto, debemos abordar ese tema, que es fundamental, como país. Sercotec, Sernatur y todos los actores involucrados debemos trabajar en la misma línea para lograr ser el país que queremos en materia turística.

El reconocimiento de la atención personalizada tiene que involucrar también la calidad del servicio, y para eso estoy disponible. Siempre he dado propina y, por supuesto, daré una que vaya más allá del 10 por ciento del consumo si el garzón me atiende bien y me orienta sobre qué puedo consumir y cómo lo puedo hacer. Hay que diferenciar cuando una persona es atendida de una manera o de otra, lo cual debe reflejarse en el grado de reconocimiento, lo cual se nota especialmente en el caso de los turistas extranjeros.

Votaré a favor de este proyecto, aun cuando quisiera que lo perfeccionáramos. Por eso, en la próxima discusión sobre la ley de desarrollo del turismo, tendremos que perfeccionar estos elementos que contribuirán a tener un país que recibe muy bien a los turistas que vienen a visitarnos.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Cristián Campos.

El señor CAMPOS.-

Señor Presidente, hay algunos proyectos que parecen muy simples, pero que son bastante relevantes, y este es uno de ellos.

La iniciativa que estamos discutiendo trae justicia en relación con un derecho que se perdió en 1981, que ahora se restablece de manera parcial, por el carácter voluntario de la propina.

El proyecto establece que, en los establecimientos que atiendan público a través de garzones, meseros, mozos en los distintos restaurantes, pubs y otros locales similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta, una propina de, a lo menos, el 10 por ciento del consumo. Esos trabajadores se esfuerzan para prestar un buen servicio a quienes asisten a esos lugares por una reunión, un festejo o celebración. En todo caso, me parece que la voluntariedad es un paso adecuado.

Señor Presidente , por su intermedio, quiero decirle a mi querido colega y amigo Joaquín Tuma que conozco cientos de restaurantes en Talcahuano, Hualpén, Chiguayante y Concepción -que representa mi amigo José Miguel Ortiz - que prestan un servicio de primera calidad y que son atendidos por trabajadores chilenos que siempre buscan capacitarse y prestar una atención que merezca, incluso, más del 10 por ciento del valor del consumo como propina.

Esta noticia también es muy buena para los estudiantes universitarios que trabajan en esos locales. Quienes en algún momento trabajamos en esa condición lo sabemos muy bien. Conozco a muchos jóvenes que trabajan después de sus horas de clases en la universidad o en el instituto profesional y que, muchas veces, tienen la incertidumbre sobre la propina que le dejarán los clientes que han realizado un gran consumo, porque a veces no se sugiere al cliente cuánto puede dejar como propina.

Considero que ahora se va a ir generando más conciencia sobre el tema, de a poco, porque, tal como se señala el artículo único, si bien no es obligatorio para el cliente, si lo será para el dueño del local, quien deberá sugerir la propina al cliente. Eso significará que aquellos estudiantes universitarios y técnicos profesionales que he mencionado podrán tener una proyección mensual de sus ingresos de acuerdo a las ventas de los locales en que trabajan.

Este proyecto de ley viene a hacer justicia, porque entregará un poco más de certeza y motivará a quienes deseen optar por ejercer este trabajo cuando son estudiantes, como lo hicimos muchos -el diputado Rojas me señala que también lo hizo-, tarea que cumplen de manera esforzada, porque muchos son papás jóvenes y deben pagar colegiatura. Creo que generará un componente importante para avanzar más y fortalecer ese derecho.

Otro aspecto en el que se debiera progresar se relaciona con el pago con tarjetas. Muchas veces los pagos de las propinas a los meseros o garzones se producen con 30 o 60 días de desfase, lo cual no debiera ocurrir. Si bien eso no está contemplado en esta iniciativa que, sin duda, aprobaremos de manera transversal, estimo que provocará un pequeño lunar que debe-ríamos mejorar en una próxima legislación.

Felicito a los autores del proyecto y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social por la buena noticia que da esta Cámara a tantos trabajadores y trabajadoras que ejercen ese oficio en distintos lugares a lo largo y ancho del país, especialmente a quienes lo hacen en Talcahuano y Hualpén, en tantos lugares tradicionales de nuestro querido puerto. También es una buena noticia para quienes, por diferentes razones, deben estudiar y trabajar, porque de nuevo se propone al cliente la posibilidad de evaluar el servicio que se le entrega y se le sugiere una propina de a lo menos el 10 por ciento del consumo.

¡Atrás el 1981, cuando se perdió este derecho; bienvenido el 2013, cuando se repone de manera voluntaria, en circunstancias de que debiera ser una obligación!

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.

El señor MEZA.-

Señor Presidente , este proyecto de ley, iniciado en moción, que establece una obligación relativa a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares, viene a saldar una deuda pendiente con los garzones y garzonas que realizan este trabajo de atención directa al público a lo largo y ancho de Chile.

Como se dijo, hasta 1981 existió la obligatoriedad de entregar el 10 por ciento de propina a las personas que desarrollan esta importante labor.

Chile ha crecido en muchos aspectos; por eso, es necesario señalar la trascendencia que tiene para su crecimiento el fomento del trabajo y el prestigio del país contar con buena atención en hotelería y en establecimientos como bares, restaurantes, discotecas, etcétera.

El país aspira a ser pronto un motor de desarrollo turístico, esta industria sin chimenea. Pero no podemos alcanzar esa meta si mantenemos a decenas de miles de garzones y garzonas con sueldos que van, incluso, por debajo del ingreso mínimo de 210.000 pesos que aprobamos hace poco. De manera que la propina pasa a significar un incremento importante en sus remuneraciones.

Es cierto que existe cierta cultura nacional en cuanto a entregar una propina cuando somos atendidos. Pero este proyecto no declara la obligatoriedad de ello. No obstante, se establece la obligatoriedad de que el empleador sugiera una propina de, a lo menos, el 10 por ciento, al margen de la cuenta.

Quiero destacar lo relevante que es este estímulo para los trabajadores. Soy un convencido de que ningún chileno bien atendido, como corresponde, se negará a pagar ese monto mínimo de 10 por ciento de su consumo como propina a esos trabajadores.

Es relevante lo que señaló el diputado Osvaldo Andrade , cuando afirmó que, al no ser objeto de imposiciones lo recaudado por las propinas, podría ocurrir que, en el futuro, la pensión de los trabajadores no sea la que corresponde a la realidad. Tendremos que revisar este tema más adelante. Por de pronto, expreso mi complacencia porque Chile pague una deuda a los miles de trabajadores del mundo de la hotelería y del turismo que atienden directamente al público.

El Código del Trabajo recogerá el artículo 64 nuevo, que expresa textualmente: “En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafetería, discotheques, fondas y similares, el empleador deberá sugerir en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos un 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que este manifieste su voluntad en contrario.”.

Espero que ningún cliente bien atendido manifieste su voluntad en contrario. También espero que los empleadores aumenten más allá de los 210.000 pesos del salario mínimo las remuneraciones de este importante grupo de trabajadores chilenos y chilenas.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Andrade.

El señor ANDRADE.-

Señor Presidente , esta es una iniciativa transversal, que reúne la voluntad y convicción de diputados de distintas bancadas e intenta regularizar una situación que, en los hechos, se produce en forma cotidiana: que la propina que hoy se sugiere verbalmente vaya incorporada en la cuenta y, en consecuencia, quede sujeta a la voluntad del cliente si la acepta o no. Si el cliente nada expresa, por el solo hecho de su silencio se entiende incorporada; por lo tanto, se transforma en parte del precio del servicio. Es tan simple como eso.

A propósito de un par de intervenciones, deseo aclarar que no es que la propina se transforme en obligatoria. Si ese fuese el sentido de la norma, no tendríamos facultades para hacerlo, porque implica un aumento de remuneración y los parlamentarios no tenemos iniciativa para proponer aquello. Lo que hace es sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto de la propina, y como la propina nunca podrá ser considerada como parte de la remuneración, se transforma en una liberalidad por la calidad de un servicio. En consecuencia, no es obligatorio ni es parte de la remuneración.

Quiero agregar que no es una novedad que una asignación de esta naturaleza no sea parte de la remuneración. Lo mismo sucede con los bonos de locomoción y de colación, que no son parte de la remuneración y, sin embargo, se pagan mensualmente.

En segundo lugar, quiero precisar ciertos alcances de una intervención -me limitaré a eso porque, en general, existe bastante acuerdo en respaldar la iniciativa- respecto de las formas de pago y las preocupaciones que se han generado, tema que ya fue resuelto hace un par de meses con el pronunciamiento de la Sala de esta Cámara respecto del proyecto que modificó las normas acerca de los trabajadores del sector turismo.

En esa ocasión, el señor ministro de Economía , Fomento y Turismo nos hizo presente un mensaje en el que logramos construir una propuesta de cierta adaptabilidad pactada de la jornada de los trabajadores del turismo. En esas normas se establecieron los formatos para garantizar el pago de las propinas, en el caso de los trabajadores del turismo, cuando tales pagos se hacen a través de tarjetas de crédito, etcétera. La experiencia demostraba que, en algunos casos, a los trabajadores se les cobraba, incluso, la comisión que cobran los bancos por el uso de las tarjetas. Para evitar aquello, se reguló esa materia, y se hizo bastante bien.

Por eso, aclaro que las inquietudes que podrían haber surgido a propósito de esta discusión ya fueron resueltas con ocasión del debate del proyecto que se presentó desde el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo al que me acabo de referir.

Por último, quiero hacer presente que esta iniciativa recoge una vieja aspiración del mundo del trabajo del ámbito de los garzones. Se trata de un derecho que tuvieron hace muchos años, que quedó sin efecto y que, desde que lo perdieron, ha formado parte de sus reivindicaciones.

Como expresé, no tenemos la facultad de plantearlo como una obligación, pero sí en la forma como lo presentamos en el proyecto: como una liberalidad del cliente sujeta a la calidad de la atención, que en ningún caso constituye un obstáculo para que, incluso, pueda darse una propina mayor. Lo que se hace es plantear una sugerencia que se incorporará separadamente en la cuenta.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Gustavo Hasbún.

El señor HASBÚN.-

Señor Presidente , considero de justicia resolver este problema que afecta a quienes desarrollan esta actividad de servicio, especialmente porque la forma en que se plantea no constituye una imposición, sino una sugerencia para el cliente. De allí que no solo me parezca respetable apoyar esta iniciativa, sino que una obligación moral.

Los garzones y las garzonas no solo prestan un servicio para el restaurante en el que trabajan, sino también a todas las personas que, de una u otra forma, nos vemos beneficiadas con la labor que realizan.

En países como el nuestro, donde quizá no está tan desarrollada la cultura de la propina o donde no valoramos lo que significa un buen servicio, parece razonable incluir en las cuentas, como una sugerencia, la cantidad que se debiera dar por concepto de propina.

Debemos entender que estas sugerencias no son una imposición o una exigencia para el cliente y que no buscan ponerlo en aprietos. Lo que pretenden es dar una señal positiva y de justicia para quienes ejercen la actividad de mesero en los distintos rubros.

En ese contexto, siento que tenemos la obligación, como Parlamento, de aprobar esta iniciativa que busca dar una señal positiva en favor de personas que se sacrifican bastante y que, en muchos casos, han transformado esta actividad comercial en parte importante de su desarrollo personal.

Espero que, una vez que aprobemos el proyecto, no pase al olvido, por lo que debemos insistir para que el Senado lo despache rápidamente; de lo contrario, dormirá por muchos años en la Cámara Alta.

Por lo tanto, llamo no solo a aprobar la iniciativa, sino también a insistir para que el Senado lo despache lo antes posible, ojalá en forma inmediata, porque con ello estaremos dando una señal positiva y potente en favor de quienes ejercen esta actividad.

Finalmente, felicito a los autores del proyecto, porque, además de lo ya expresado, nos permite saldar una deuda con quienes ejercen esta actividad comercial y nos brindan un buen servicio, que muchas veces nos alegra la vida.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz.

El señor ORTIZ.-

Señor Presidente , hace poco más de 23 años recuperamos la democracia y se restablecieron los poderes del Estado. Seguramente muchas de las personas que están escuchando este debate deben estar pensado que recién ahora nos acordamos del personal que labora en restaurantes, pubs, bares u otros establecimientos de expendio de comidas o de bebidas, pero no es así.

En 1990, cuando se recuperó la democracia, dos grandes parlamentarios, que eran grandes líderes sociales antes de llegar a la Cámara de Diputados: Rodolfo Seguel y el “Negro” Olivares, socialista, que en paz descanse, junto con quien les habla, José Miguel Ortiz, presentamos un proyecto de ley que restituía la obligatoriedad del 10 por ciento de propina por cualquier consumo.

Hubo un amplio debate de la iniciativa, con ocasión del cual recordamos que esta había sido una gran conquista conseguida por ese gremio, que tenía mucha fuerza y contaba con sedes sociales a las que tenía acceso toda la comunidad. Se trataba de gente muy responsable y seria.

Pero resulta que en 1981, cuando los poderes Legislativo y Ejecutivo no se constituían a través del voto, se dejó sin efecto ese beneficio, por la presión -hay que decir las cosas con claridad- de la gente que agrupaba a estos locales comerciales, quienes consideraban que con ese 10 por ciento obligatorio se aumentaban los precios.

Con esa decisión se pasó a llevar a un gremio digno, a personas que nos brindan grandes servicios y que nos dan la posibilidad de convivir con gente que muchas veces tiene opciones y visiones políticas diferentes.

El proyecto que restituía el derecho de todos los garzones y garzonas a recibir obligatoriamente el 10 por ciento de propina lo discutimos en la Comisión de Trabajo, que durante varios años fue presidida por los colegas parlamentarios que mencioné, y en la Comisión de Hacienda, de la que yo formo parte desde hace muchos años, hasta que, finalmente, fue aprobado en ambas comisiones, aunque con votación dividida.

¿Qué pasó en la Sala? Es bueno recordar lo que denomino la historia fidedigna de la ley. En una sesión en que las tribunas estaban abarrotadas por la gente que tenía que ver con el proyecto, que les haría justicia al restablecerles ese derecho que tuvieron durante muchos años y que se los habían quitado injustamente, discutimos latamente sus implicancias. Está el texto -la historia fidedigna- de lo que se dijo. Los que lo apoyamos con fuerza, los que planteamos argumentos, los que dimos a conocer que en ese tiempo, 1981, prácticamente no había salario mínimo -el colega René Alinco me recuerda que había puro empleo mínimo-, porque no había obligatoriedad de un mínimo de sueldo -en el fondo, esos trabajadores vivían exclusivamente de las propinas-, perdimos la votación por tres votos. Eso está en la historia del proyecto. Los autores del proyecto, que opinamos y nos jugamos por su aprobación, al final perdimos.

¿Qué implicó ese resultado? Que por aplicación de un precepto de nuestra Constitución Política, no se puede renovar un proyecto en los mismos términos hasta después de un año. Pero hubo mucha presión de los dueños de restaurantes y de los representantes de la cámara de turismo. Por ejemplo, un día, en un foro, me enfrentaron los dueños de grandes negocios por mi posición, pero yo me mantuve hasta el final. Incluso, recuerdo que me dijeron que si se aprobaba algo así, algunos negocios podían quebrar. ¡Qué falacia más grande! Es decir, una vez más los grandes se olvidaron del concepto de igualdad ciudadana.

Me parece muy buena la idea de los autores del proyecto que estamos debatiendo, porque al menos se plantea la voluntariedad. Aquí debe surgir un gran compromiso, y estoy disponible y dispuesto para que solicitemos al próximo gobierno, que espero sea encabezado por Michelle Bachelet, el patrocinio del Ejecutivo para que ese 10 por ciento pase a tener el carácter de obligatorio.

Este proyecto de ley es muy positivo y representa un paso adelante. Debemos reconocer al diputado Osvaldo Andrade, exministro del Trabajo y Previsión Social, uno de los autores de la iniciativa, quien ha sido consecuente como abogado especialista en derecho laboral y que ha tenido vínculos con los gremios. Me consta que ha presentado muchos proyectos de ley que beneficiaban a los trabajadores.

Muchos jóvenes financian sus estudios gracias al trabajo como garzonas o garzones. En el caso de mi distrito, que comprende las comunas de Concepción, Chiguayante y San Pedro de la Paz, me llaman mucho la atención esos jóvenes que ejercen ese trabajo dignamente para financiar sus estudios de educación superior.

Finalmente, anuncio que vamos a votar favorablemente el proyecto en general y en particular. Como dijo uno de mis colegas que me antecedió en el uso de la palabra, es necesario hacerle un seguimiento, porque en el Senado los parlamentarios son 38, y en la Cámara de Diputados somos 120, y ellos siempre tienen como justificación que tienen una carga legislativa muy grande y que son pocos. Espero que eso no entrabe el despacho, y que en los próximos meses la iniciativa se convierta en ley de la república y que, después, en marzo del próximo año, un grupo de parlamentarios promovamos otra iniciativa con el objeto de que sea obligación otorgar el justo beneficio del 10 por ciento de propina para las garzonas y garzones de nuestro país.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor René Alinco.

El señor ALINCO.-

Señor Presidente , no puedo comenzar mis palabras sin rendir previamente un homenaje al nuevo mártir del pueblo mapuche Rodrigo Melinao , quien hace algunos días fue acribillado a quemarropa, según se informó. Espero que ese crimen no signifique una escalada de venganzas de parte de quienes dicen que sus intereses están siendo atropellados.

Por eso, hoy, humildemente y con mucho respeto, quiero rendir un homenaje a ese nuevo mártir y al pueblo mapuche. Honor y gloria para ellos.

Respecto del proyecto de ley en discusión, creo que es muy bienvenido, por los garzones. Creo que ellos se merecen este proyecto y muchos más.

Pero debo decir que también me asaltan algunas contradicciones, probablemente por mi cultura o, quizás, porque son contradicciones ideológicas de clase. Recuerdo que mi padre, un viejo comunista, me dijo que consideraba la propina casi como una humillación para el trabajador. Parece contradictorio, pero lo decía porque consideraba que los garzones, al igual que todos los trabajadores, tienen el legítimo derecho a gozar de salarios dignos. Si los salarios fueran dignos -decía mi padre-, un trabajador no necesitaría de propinas, ni de bonos ni de nada por el estilo para vivir dignamente con su salario.

Por otra parte, también me decía que el Estado tiene la obligación de velar por que los salarios de los trabajadores -de los garzones, en este caso- sean dignos. Obviamente, hablaba de un Estado con sentido social; no de un Estado que entrega los salarios a la regulación del mercado.

También tengo otro tipo de contradicciones, como las que vivimos a diario en el Congreso Nacional.

Si me permite el señor Presidente , quiero mencionar al señor Secretario un punto importante.

Señor y amigo Landeros , también tengo contradicciones al interior de este edificio, donde estamos tres semanas al mes, donde somos atendidos por nuestros amigos garzones. Aquí también vemos las contradicciones: hay garzones que tienen un buen salario, que gozan de un trabajo permanente y de planta, lo cual es muy bienvenido, pero aquí, donde elaboramos las leyes, en el corazón de la democracia, donde debe aplicarse la justicia social, también hay otro tipo de garzones, que trabajan en forma temporal, por días. Como decimos en la construcción, se trata de -lo digo con mucho respeto- changarines.

Entonces -repito-, aquí también se producen contradicciones: pregonamos leyes que obligan a todos los chilenos, a todos los empresarios, pero en esta “empresa” llamada Cámara de Diputados las leyes no se respetan y las contradicciones se agudizan. Creo que eso no puede ser. Y digo esto porque, hace años, aprobamos un proyecto de ley contra la subcontratación, para que en Chile no se permita el subcontrato. ¡Pero en este edificio -los señores de la UDI se ríen porque saben que lo que digo es verdad- se practica la subcontratación! Le cambian el nombre; ahora la llaman “prestación de servicios”, pero es un subcontrato.

Señor Presidente y estimados diputados de la UDI, seamos consecuentes con lo que hacemos aquí: las leyes. Reconozco que también tengo mi cuota de responsabilidad. Hay que practicar: “teoría y práctica”, dijo por ahí un viejito muy grande en el mundo. Y aquí debemos dar el ejemplo.

Felicito a los garzones que van a recibir este beneficio. Pero, como dijo un diputado anteriormente, eso debería ser una obligación, y no lo es.

Hay contradicciones también en la letra chica del proyecto de ley. En mi zona hay grandes empresarios del turismo. Muchos de ellos hablan de “proteger la Patagonia”, de “Patagonia sin represas”, de “conservar el medio ambiente”, etcétera, pero a los trabajadores no les entregan las propinas cuando los clientes pagan con tarjeta.

El reglamento de este proyecto debe ser claro, preciso y concreto porque, de lo contrario -también lo dijo hoy un gran diputado -, será letra muerta.

Por lo tanto, apoyaré el proyecto, que espero que se aplique en terreno, aunque creo que le falta un afinamiento, al igual que a muchos proyectos que hemos estudiado en el Congreso Nacional. Siempre les falta algo y, al final, en la práctica, se transforman en letra muerta.

Apoyo el proyecto, pero espero que aquí, en este edificio, en este conjunto de personas honorables, también practiquemos lo que pregonamos, y no miremos para el lado cuando abordemos proyectos que llevan mucho tiempo. Por lo tanto, hay que ser consecuentes y dar un buen ejemplo al resto de los empresarios en Chile: igualemos también las condiciones de los garzones que trabajan en el Congreso Nacional.

He dicho.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Aprovecho de informar a los señores diputados que espero que en el próximo proyecto de Ley de Presupuestos se contemple una petición formulada por la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría, con el objeto de que se nos dote de los recursos necesarios para solucionar el problema a que ha hecho mención, es decir, a ese doble régimen.

Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.

El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-

Señor Presidente , me gusta la iniciativa que hoy estamos analizando, aunque no tanto el proyecto en sí -que obliga al empleador a hacer una sugerencia-, sino porque va a ser un primer impulso para corregir una serie de anomalías e injusticias que hoy se cometen y que se han cometido por años en contra de los garzones, de las personas que atienden en restaurantes, pubs, discotecas, cafeterías, etcétera, de las que nadie se ha hecho cargo.

Efectivamente, en muchos restaurantes de Chile, hoy, los propios garzones, tímidamente, son los encargados de decir a sus clientes que por favor la propina se las paguen en efectivo. ¿Cuál es la razón? Muy simple: porque cuando se incluye en el pago con tarjeta de crédito, no faltan los inescrupulosos que descuentan de la propina la comisión que, a su vez, la tarjeta de crédito le cobra al establecimiento comercial por la transacción.

En segundo lugar, cuando los clientes pagan con tarjeta de crédito y se incluye la propina, los empleadores dilatan la entrega de esa propina al trabajador en 30, 60 e, incluso, hasta en 90 días.

No son pocos los casos en que la propina que recibe un trabajador que atiende una mesa, motivado a realizar un buen servicio para obtener una buena propina, no se la entregan directamente a él, sino que con ella, o parte de ella, se cubre también el sueldo de trabajadores que laboran en otras partes del establecimiento y que no atienden público.

No tengo ningún problema con que la propina se reparta solidariamente entre todos los garzones. Mi reparo es a la práctica de que se pague el mínimo a un trabajador -por ejemplo, de aseo- y se le complemente el sueldo con la propina de los garzones. Eso me parece abusivo. Lo que debería ocurrir es que se pague un sueldo digno al resto de los trabajadores y no se perjudique a los garzones con su propia propina.

También se ha transformado en una costumbre el hecho de que la propina que ganan los trabajadores sirva para reembolsar al establecimiento los platos que se rompen o la vajilla que se estropea, como ocurre en muchas partes.

Señor Presidente, podría seguir enumerando una serie de abusos, que ocurren en esta área del comercio, algunos de los cuales se transforman en ilegalidades. Tenemos que poner punto final a esto.

Aunque parezca increíble muchas veces, los propios garzones no son partidarios de que se establezca en forma legal y obligatoria una propina del 10 por ciento de lo que se paga por consumo. Hace algunas semanas me reuní con el presidente del sindicato de garzones , quien me demostró con cifras en mano que en los restaurantes más pequeños o en los bares en comunas de clase media o, incluso, vulnerables, el porcentaje que se paga por la propina es mayor que el que se paga en los restaurantes más caros de nuestro país. Eso habla también de la desproporción con que muchas veces se tratan estos temas.

En definitiva, esta discusión, y eventualmente la aprobación de este proyecto, nos debe servir para darnos cuenta del trato injusto y discriminatorio que hoy están recibiendo muchos garzones en nuestro país.

Hay muchas normas que tenemos que corregir. No es posible que se les descuente parte de la propina para pagar sueldos, para reponer los platos que se rompieron ni mucho menos para pagar la comisión de la tarjeta de crédito. No podemos hacernos los lesos con ese tipo de actitudes.

Finalmente, celebro y felicito a los autores de este proyecto, el cual voy a apoyar con mucho entusiasmo, porque tiene el mérito de ser el bastión para dar impulso a otras iniciativas que tenemos que convertir en ley cuanto antes.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Ramón Barros.

El señor BARROS.-

Señor Presidente , durante la tramitación del estatuto especial para los trabajadores del sector de turismo, la Comisión de Trabajo hizo una exhaustiva discusión respecto del tema de las propinas.

Si bien es cierto, en ese proyecto que ya fue aprobado por la Cámara de Diputados y esperamos que el Senado lo ratifique en todos sus términos, se reguló absolutamente lo que dice relación con el pago que deben hacer los empresarios, sean grandes, medianos o pequeños, de la propina y sus fórmulas; también se reguló el abuso que ahí existía como decía el diputado Nicolás Monckeberg , en cuanto a la dilación de los pagos en lo que respecta a las tarjetas de crédito, a los casinos de juego, etcétera. Creemos que eso quedó debidamente garantizado para los trabajadores en dicho estatuto especial, que ya fue aprobado por esta Corporación.

Por lo tanto, todo lo que va en esa línea ha sido legislado y esperamos que el Senado lo ratifique en los términos en que el proyecto salió de esta Cámara.

Sin embargo, junto a los diputados Andrade y Vilches , patrocinamos un proyecto referido a la propina y su forma de pago por parte de los empresarios.

Luego de haber escuchado la opinión de los garzones en la Comisión, decidió en forma unánime aprobar el proyecto en orden a establecer en forma desagregada una propina sugerida para efectos de que los garzones reciban en función de la calidad del servicio que prestan, una cantidad sugerida del 10 por ciento, la que puede ser aumentada en función de cada particular a quien se le ha prestado un servicio. Por lo tanto, se mantiene el marco jurídico de que esto es de carácter voluntario.

Además, en algunos casos, a los propios garzones les complicaba el tema por cuanto podrían quedar sujetos a que les incorporarán las propinas a los sueldos y tuviesen que pagar por ello impuesto a la renta, imposiciones, etcétera. Esa fue la razón por la cual se pensó en la voluntariedad, por un lado, a partir de la calidad de un servicio, pero que fuese desagregado como una propina sugerida. Nos parece que eso ha quedado bien plasmado en este proyecto.

Entonces, haciendo la salvedad de que todos los abusos o irregularidades que se cometían producto del pago con tarjetas de crédito, etcétera, quedó debidamente resguardado en el proyecto de estatuto especial del trabajador de turismo, nos parece que este proyecto, presentado en forma separada, el cual hemos firmado y por tanto vamos a apoyar con entusiasmo, de alguna manera determina esta propina sugerida que nos parece un buen avance, una clarificación de lo que ocurre en los centros de atención de público por parte de los garzones.

Por lo expuesto, vamos a concurrir a su aprobación.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente, este es un proyecto anhelado y esperado por muchos garzones a lo largo de Chile.

Ha habido una serie de iniciativas que se han presentado en esta Cámara en distintas oportunidades.

Hoy se apunta hacia una ley que permite avanzar; al mismo tiempo, debemos reconocer el aporte que han realizado los garzones en esta sugerencia del 10 por ciento que se va a tener que consignar en la cuenta.

Este proyecto se ha desagregado de uno mayor que se había discutido a propósito de la modernización de la legislación en materia de turismo, pero va en la línea de hacer justicia.

Por eso, hay que reconocer y felicitar a sus autores, y esperamos que hoy en esta Cámara tenga una contundente mayoría para que se convierta en ley.

En diversas oportunidades nos hemos reunido con garzones y representantes de sus sindicatos y con agrupaciones, en las cuales se ha dado a conocer la enorme disparidad de situaciones que se da: lugares donde derechamente no se paga la propina, en los que los empleadores cobran un porcentaje de esa propina o al hacerlo a través de un medio electrónico o tarjeta de crédito, terminan descontándola. Son situaciones que, claramente, no van en directo beneficio de los garzones.

Este proyecto de ley, con la modificación al artículo 64 del Código del Trabajo, permite establecer una herramienta para que los garzones puedan tener defensa cuando no reciben lo que corresponde por concepto de propina.

Esto tiene que llevarnos también a reflexionar sobre el hecho de que no se puede establecer la estructura de sueldos de un garzón única y exclusivamente con un sueldo fijo y con una variable a través de las propinas. Muchas veces, los garzones nos han planteado que sus ingresos son mayores a los que aparecen en sus liquidaciones de sueldo y con eso no pueden optar a distintas opciones de crédito. Hay una disparidad entre lo que perciben directamente y lo que consigna su liquidación.

Conversando con varios de los autores del proyecto, esta situación va a quedar regulada en la ley de mejoramiento laboral del sector de turismo y es importante consignarlo, porque no sacamos nada con que ese trabajador o trabajadora, o garzón, tenga mayores ingresos si no puede justificarlos a la hora de tener una capacidad de crédito o transparentar cuáles son sus ingresos, con lo cual va a quedar considerablemente desmejorado.

Este proyecto permite regular y establecer mejores condiciones. Pero hay que seguir avanzando en una legislación laboral que dé autonomía y fuerza, especialmente, a los sindicatos para poder negociar sus condiciones no sólo de propina, sino también laborales. Son muchos los lugares en que la propina de los garzones prácticamente significa buena parte de sus ingresos y eso es importante desde el punto de vista del incremento que reciben pero no es una seguridad. Muchas veces, hay establecimientos que tienen gran afluencia de público en el verano o sólo los fines de semana y la estructura remuneracional de ese garzón está simplemente dada por esa situación.

Aquí también hay una situación de trato respecto de quienes atienden directamente público y aquellos trabajadores que están detrás del público. Para que un garzón atienda bien tiene que haber una cadena productiva, tiene que estar la persona que trabaja en la cocina, en la preparación de los platos, del café, o de la comida que se sirve.

Señor Presidente , la bancada del Partido Socialista va a votar a favor, del proyecto, porque significa un avance fundamental, pero aquí también tiene que haber una cultura de premiar, de reconocer el aporte que hacen los garzones a la hora de servir y atender al público en un establecimiento. Esto significa reponer un beneficio que históricamente existió hasta 1981 para estos trabajadores respectos de los cuales hoy comienza a hacerse justicia.

Por eso, vamos a votar a favor de este proyecto para seguir avanzando por la dignidad de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Mario Venegas.

El señor VENEGAS.-

Presidente, ya se han dado muchas y buenas razones para apoyar con entusiasmo este proyecto de ley.

Nobleza obliga: quiero felicitar a los autores, a quienes pensaron en esta idea, entre ellos, a mi distinguido amigo y colega don René Saffirio , a don Osvaldo Andrade .

Pero me quedo con un gustito amargo, una insatisfacción, porque hubiera preferido que el proyecto fuera taxativo en términos de establecer la obligatoriedad de la propina, que sería lo deseable. Creo que no hay una sola opinión en contrario, en cuanto a que el 10 por ciento debiera ser obligatorio. Por lo demás, corresponde, como el mismo proyecto señala, volver a una costumbre histórica. Hasta 1981 había sido un derecho alcanzado por este gremio el hecho de que la propina fuera obligatoria y estuviera incluida. En 1981, por causas que no vale la pena analizar, se derogó ese derecho y, hoy, lo que este proyecto de ley consagra, como muchos de nosotros habrá podido darse cuenta, es que está plenamente vigente. Muchas veces, en los restaurantes me entregan la boleta que dice: propina sugerida de 10 por ciento. No todos, estoy de acuerdo; pero en muchos de ellos sí es una práctica habitual.

Por otro lado, en mi primer acercamiento al proyecto estaba con esa insatisfacción de por qué no se estableció ese 10 por ciento de propina como una obligación. Luego de la intervención del diputado señor Osvaldo Andrade entendí que la razón tiene que ver con un tema legal, cual es que la propina no puede constituir renta para ningún efecto y, al hacerla obligatoria, cambiaba la calidad y ya no se tenía iniciativa legal para hacerlo a través de una moción.

El trabajo de garzón es duro, especialmente para aquellos que trabajan en restaurantes, discotecas y pubs. Son jornadas muy extensas y en horarios en que normalmente el resto de los mortales estamos descansando o divirtiéndonos. Ellos están trabajando hasta altas horas de la noche, los fines de semana, en fin, en condiciones muy duras, y en jornadas extenuantes.

En consecuencia, es absolutamente legítimo incluir esto. Aunque no es del todo satisfactorio, creo que hay que aprobarlo unánimemente como una expresión de solidaridad con ese esforzado rubro de trabajadores.

Además, otro aspecto importante del proyecto es que distingue bien todas aquellas áreas donde efectivamente se brinda atención directa a la mesa, para excluir a otros lugares.

Voy apoyar con entusiasmo este proyecto y reitero mis felicitaciones a quienes lo han presentado. Ojalá, en el futuro, con el patrocinio del gobierno, esto se transforme en una obligatoriedad.

He dicho.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Ha concluido el tiempo del Orden del Día y todavía quedan inscritos para hacer uso de la palabra los diputados Recondo, Vilches; la diputada señora Andrea Molina, y el diputado Jaramillo.

En consecuencia, el tratamiento de este proyecto queda pendiente para una próxima sesión.

Varios señores DIPUTADOS.-

¡No!

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Salvo que haya acuerdo unánime de la Sala para proceder a su votación.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Entonces, damos por cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Corresponde votar, en general, el proyecto de ley, originado en moción, que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares.

Hago presente a la Sala que el artículo único del proyecto trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Eluchans Urenda Edmundo; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Recondo Lavanderos Carlos; Squella Ovalle Arturo.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 08 de agosto, 2013. Oficio en Sesión 47. Legislatura 361.

?VALPARAÍSO, 8 de agosto de 2013

Oficio Nº 10.865

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente proyecto de ley, que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares, correspondiente al boletín N° 8932-13.

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 64, nuevo, en el Código del Trabajo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:

“Artículo 64.- En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario.”.

Dios guarde a V.E.

EDMUNDO ELUCHANS URENDA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Trabajo

Senado. Fecha 04 de septiembre, 2013. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 55. Legislatura 361.

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, iniciado en Moción de la Diputada señora Muñoz y de los Diputados señores Aguiló, Andrade, Barros, Gutiérrez, Jiménez, Monsalve, Saffirio y Vilches, que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubs, discotecas y similares.

BOLETIN Nº 8.932-13.

________________________________________

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de informar respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de la Diputada señora Adriana Muñoz D´Albora y de los Diputados señores Sergio Aguiló Melo, Osvaldo Andrade Lara, Ramón Barros Montero, Hugo Gutiérrez Gálvez, Tucapel Jiménez Fuentes, Manuel Monsalve Benavides, René Saffirio Espinoza y Carlos Vilches Guzmán.

Se hace presente que no obstante tratarse de una iniciativa de artículo único, la Comisión la discutió sólo en general y acordó proponer a la Sala que adopte igual decisión, con el propósito de introducir los perfeccionamientos que sean necesarios durante la discusión en particular.

A la sesión en que la Comisión estudió esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros, el Subsecretario del Trabajo señor Fernando Arab; el asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río; la asesora legislativa de la Biblioteca del Congreso Nacional, señora Paola Álvarez; el asesor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Agustín Briceño; la asesora de la Senadora Rincón señora Labibe Yumha; el asesor del Senador García Ruminot señor Rodrigo Fuentes; el Coordinador Legislativo del Instituto Igualdad, señor Gabriel de la Fuente; el asesor legislativo del Centro de Estudios e Investigación Libertad y Desarrollo, señor Sergio Morales y el asesor del Centro Democracia y Comunidad, señor Nelson Ortíz.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

Establecer la obligación del empleador de sugerir una propina a favor del trabajador o trabajadora que ejerza de garzón o garzona, equivalente al 10% del total de la cuenta de consumo, en los establecimientos que atiendan público, tales como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, la que deberá ser pagada por el cliente, salvo que manifieste su voluntad en contrario.

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

-El Código del Trabajo.

-El Convenio N° 172 de la Organización Internacional de Trabajo, sobre las condiciones de trabajo (hoteles y restaurantes), de 1991, el que no ha sido ratificado por Chile.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción que da origen a este proyecto de ley, entre sus fundamentos, explica que nuestro ordenamiento jurídico contemplaba, en conformidad a la ley N° 7.388, de 1942, que el trabajador que se desempeñaba en la atención de público, en locales como restaurantes, clubs, bares y similares, debía recibir una propina equivalente, a lo menos, al 10% del consumo total del cliente.

Sin embargo, dicha normativa fue derogada por la ley N° 18.018, de 1981, por lo que, desde esa fecha, la propina dejó de ser obligatoria y adquirió un carácter voluntario para el cliente, manteniéndose, por regla general, la noción de que un buen servicio debe ser retribuido con una cantidad cercana o similar a la que, antiguamente, era considerada de carácter obligatorio.

La Moción explica que, con todo, ello obliga al cliente a desvincular la valoración de los servicios del personal de atención al público de los establecimientos respectivos y la calidad de los productos que éstos expenden. En efecto, sostiene que la retribución voluntaria que actualmente se entrega depende, en gran medida, de dicha evaluación, lo que podría evitarse mediante la obligatoriedad en el pago de propinas.

Asimismo, el proyecto de ley considera la tramitación de una serie de iniciativas parlamentarias relativas a la protección de los trabajadores en materia de recaudación, devengamiento u pago de propinas, considerando el carácter voluntario que éstas presentan actualmente.

En ese sentido, la propuesta legislativa apunta a mejorar la fluidez del cálculo y recaudación de las propinas de los trabajadores que atienden público mediante la consagración de una práctica que actualmente se desarrolla frecuentemente, consistente en la incorporación de una propina equivalente al 10% del consumo de cada cliente.

En consecuencia, la Moción sostiene que dicha práctica, denominada “propina sugerida”, incentivaría y facilitaría el pago por los servicios prestados por el trabajador, al incorporar un monto uniforme aplicable en cada caso. Por otra parte, indica que, aun cuando la propina conservaría su carácter voluntario, la iniciativa contempla la obligación para el empleador de incorporar dicha suma de forma desagregada en la cuenta del cliente.

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Se deja constancia que la Comisión tuvo en consideración durante el análisis de los fundamentos del proyecto, la Moción de los Senadores señores Bianchi y Orpis, cuyos objetivos son eximir a las propinas del trámite de insinuación de donaciones y establecer la obligación de incluir –a título informativo- las propinas que percibe el trabajador, en su liquidación de remuneraciones, posibilitando con ello la acreditación de esos ingresos, correspondiente al Boletín N° 5.909-13.

DISCUSIÓN EN GENERAL

El texto del proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados consta de un artículo único que agrega un artículo 64, nuevo, al Código del Trabajo consagrando la obligación del empleador, en los establecimientos que atiendan público a través de garzones, de sugerir en cada cuenta de consumo el monto correspondiente a una propina de, a lo menos, el 10% de dicho consumo.

La propina sugerida deberá ser pagada por el cliente, salvo que manifieste su voluntad en contrario.

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Al iniciarse el estudio del proyecto de ley en informe, el Subsecretario del Trabajo, señor Fernando Arab, manifestó su conformidad con el propósito que persigue consistente en establecer la obligación del empleador de sugerir una propina equivalente al 10% del total de la cuenta de consumo en los establecimientos que atiendan público a través de garzones, salvo que el cliente manifieste su voluntad en contrario.

Con todo, afirmó que debe analizarse el ámbito de aplicación de las disposiciones que contiene dicha propuesta legislativa, toda vez que sólo debe operar en aquellos establecimientos en que el trabajador preste servicios a los clientes en la o las mesas del respectivo local y como consecuencia de la oportunidad y cordialidad de su atención.

En consecuencia, indicó que dichas disposiciones no operarían en aquellos casos en que el cliente adquiera uno o más productos en un mesón, bajo un sistema de autoservicio o en que las labores de los trabajadores se limiten a su entrega o al cobro del respectivo importe.

En la misma línea, acotó que tampoco serían aplicables respecto de los trabajadores de establecimientos hoteleros que se desempeñan en labores de aseo, custodia o traslado de equipajes.

Enseguida, el Senador señor Bianchi sostuvo que, en el contexto del estudio de las obligaciones que debe cumplir el empleador, resulta pertinente establecer la inclusión del detalle de las propinas que hubiere recibido el trabajador en su liquidación de remuneraciones. Agregó que dicha propuesta se encuentra contenida en una iniciativa de su autoría, correspondiente al Boletín N° 5.909-13, cuyo objetivo principal radica en mejorar las condiciones de acceso al crédito para los trabajadores de restaurantes, locales o establecimientos de venta de alimentos.

El asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río, agregó que, asimismo, se debe considerar el contenido del proyecto de ley que adapta normas laborales al ámbito del turismo, correspondiente al Boletín N° 8.770-23. Detalló que dicha iniciativa regula, entre otras materias, una serie de obligaciones que debe cumplir el empleador en lo relativo al pago de propinas.

En efecto, indicó que tales obligaciones dicen relación con la oportunidad para el pago de las propinas que se enteran a través de medios electrónicos, la imposibilidad de que éstas sean objeto de descuentos por el uso de dichos instrumentos de pago y la prohibición de que el empleador intervenga en su recaudación y distribución.

Sin embargo, aseveró que la iniciativa en estudio propone establecer una obligación para el empleador respecto del cliente, consistente en incorporar, a la cuenta correspondiente, una propina equivalente, a lo menos, al 10% del servicio. En consecuencia, aseveró que la propuesta legislativa no atinge a las relaciones laborales entre empleador y trabajador.

Por otra parte, afirmó que los trabajadores del sector han manifestado la necesidad de evitar cualquier intervención del empleador durante el proceso de pago de las propinas, lo que impediría el cómputo de las sumas que hubiere recibido, por dicho concepto, en su liquidación de remuneraciones.

Enseguida, el Senador señor García Ruminot manifestó su conformidad con la normativa que consagra la obligatoriedad de consignar la propina sugerida en la cuenta de cada cliente.

Con todo, afirmó que existe la necesidad de establecer el carácter imponible de dicho ingreso, habida cuenta que las prestaciones de seguridad social se calculan sobre la base del total de las remuneraciones que recibe el trabajador.

El Subsecretario del Trabajo, señor Fernando Arab, aseveró que, sin perjuicio de la necesidad de proceder a la declaración y pago de cotizaciones previsionales respecto de todas las remuneraciones que recibe el trabajador, en el caso de las propinas se trata de una mera liberalidad del cliente que se entrega como consecuencia de la calidad de la atención recibida. En consecuencia, subrayó que no pueden ser comprendidas dentro del concepto de remuneraciones, toda vez que éstas son, por su naturaleza, de cargo del empleador.

El Senador señor García Ruminot enfatizó que, a raíz de la incorporación progresiva de los trabajadores independientes a las prestaciones de seguridad social, en los términos que prescribe la ley N° 20.255 del año 2008, se debe favorecer la cotización de los trabajadores por todos los ingresos que recibe como consecuencia del desempeño de labores remuneradas.

En consecuencia, reiteró la necesidad de incorporar a las propinas como un rubro imponible para efectos de las cotizaciones previsionales de los trabajadores.

En la misma línea, la Senadora señora Rincón aseveró que, en cualquier caso, el carácter obligatorio de las cotizaciones previsionales opera exclusivamente para el trabajador, sin perjuicio de que el empleador debe proceder a la declaración y pago de las sumas correspondientes, con la excepción de las cotizaciones que establece la ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, de 1968, toda vez que dicha cotización es de cargo del empleador.

En consecuencia, afirmó que, con miras a determinar el monto sobre el cual se calculan las cotizaciones previsionales, se debe atender a la totalidad de las remuneraciones que percibe el trabajador.

Por otra parte, reseñó que se debe analizar, durante la tramitación de la iniciativa, la determinación del porcentaje mínimo que se otorga por concepto de propina, la forma de cálculo que operará en cada caso y su eventual inclusión en la liquidación de remuneraciones de los trabajadores.

El Senador señor Muñoz Aburto abogó por la aprobación de la idea de legislar del proyecto en estudio, considerando que es necesario regular la forma de pago de las propinas que reciben los trabajadores que atienden público en establecimientos tales como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, sin perjuicio de las modificaciones que pudieren introducirse al proyecto durante su discusión en particular.

- Puesto en votación en general el proyecto, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Senadores señora Rincón y señores Bianchi, García Ruminot y Muñoz Aburto.

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TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con el acuerdo adoptado, la Comisión de Trabajo y Previsión Social propone aprobar en general el proyecto de ley en informe en los mismos términos en que fue despachado por la Cámara de Diputados:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 64, nuevo, en el Código del Trabajo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social del año 2003:

“Artículo 64.- En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 4 de septiembre de 2013, con asistencia del Senador señor Pedro Muñoz Aburto (Presidente), de la Senadora señora Ximena Rincón González y de los Senadores señores Carlos Bianchi Chelech y José García Ruminot.

Sala de la Comisión, a 4 de septiembre de 2013.

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

PRIMER INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE OBLIGACIONES RELATIVAS A LA PROPINA EN RESTAURANTES, BARES, PUBS, CLUBS, DISCOTECAS Y SIMILARES.

(Boletín Nº 8.932-13)

I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Establecer la obligación del empleador de sugerir una propina a favor del trabajador o trabajadora que ejerza de garzón o garzona, equivalente al 10% del total de la cuenta de consumo, en los establecimientos que atiendan público, tales como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, la que deberá ser pagada por el cliente, salvo que manifieste su voluntad en contrario.

II. ACUERDOS: aprobado en general. (4X0) (Senadora señora Rincón y Senadores señores Bianchi, García Ruminot y Muñoz Aburto).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de la Diputada señora Adriana Muñoz D´Albora y de los Diputados señores Sergio Aguiló Melo, Osvaldo Andrade Lara, Ramón Barros Montero, Hugo Gutiérrez Gálvez, Tucapel Jiménez Fuentes, Manuel Monsalve Benavides, René Saffirio Espinoza y Carlos Vilches Guzmán.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 51 votos a favor y 2 abstenciones (de los Diputados señores Recondo y Squella).

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 13 de agosto de 2013.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1) el Código del Trabajo; 2) El Convenio N° 172 de la Organización Internacional de Trabajo, sobre las condiciones de trabajo (hoteles y restaurantes), de 1991, el que no ha sido ratificado por Chile.

Valparaíso, 4 de septiembre de 2013.

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 10 de diciembre, 2013. Diario de Sesión en Sesión 78. Legislatura 361. Discusión General. Se aprueba en general.

OBLIGACIÓN DE PAGO DE PROPINA EN LOCALES DE ATENCIÓN DE PÚBLICO

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

A continuación, corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

--Los antecedentes sobre el proyecto (8932-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 47ª, en 13 de agosto de 2013.

Informe de Comisión:

Trabajo y Previsión Social: sesión 55ª, en 10 de septiembre de 2013.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El objetivo principal de la iniciativa es establecer la obligación del empleador de sugerir una propina a favor del trabajador o trabajadora que ejerza de garzón o garzona, equivalente al 10 por ciento del total de la cuenta de consumo en los establecimientos que atiendan público, tales como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, la que deberá ser pagada por el cliente, salvo que manifieste su voluntad en contrario.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social deja constancia de que durante el análisis de los fundamentos del proyecto tuvo en consideración la moción de los Senadores señores Bianchi y Orpis destinada a eximir las propinas del trámite de insinuación en las donaciones y a establecer la obligación de incluir en la liquidación de remuneraciones, a título informativo, las que percibe el trabajador, posibilitando con ello la acreditación de tales ingresos.

Asimismo, hace presente que, no obstante tratarse de una iniciativa de artículo único, la discutió solo en general y acordó proponer a la Sala que adopte igual decisión, con el propósito de introducirle los perfeccionamientos necesarios durante la discusión particular.

Dicho órgano técnico aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Rincón y señores Bianchi, García y Muñoz Aburto.

El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 6 del primer informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.-

Señor Presidente, esta iniciativa es de origen parlamentario. De modo que quiero felicitar a los Diputados autores de la moción respectiva.

Ahora bien, se ha debatido durante mucho tiempo en torno a si debiéramos volver -porque en un momento de nuestra historia así ocurría- al establecimiento de un porcentaje obligatorio de propina para los garzones que atienden en los locales que otorgan servicio de alimentación.

Antes se incluía un porcentaje en la cuenta, pero en cierto momento eso se eliminó y la propina quedó con carácter voluntario.

En nuestro concepto, la voluntariedad debe expresarse también en una normativa que les brinde alguna seguridad económica a quienes laboran en el referido sector.

La asociación de garzones y el empresariado del turismo ven con muy buenos ojos este proyecto -la Comisión de Trabajo lo discutió largamente-, en virtud del cual se le permite al cliente expresar su voluntad en cuanto a que no se incluya en su cuenta el 10 por ciento de propina.

En todo caso, si bien se mantiene la voluntariedad, conforme a esta iniciativa los empleadores deberán sugerirles a los clientes el pago de una propina equivalente a por lo menos 10 por ciento del consumo.

Por cierto, queda abierta la posibilidad de dejar un monto mayor o menor, y también, la de hacer abstracción del pago de propina.

Yo voy a aprobar la idea de legislar, pues creo que, esencialmente, se trata de permitir que el cliente otorgue una justa retribución si es objeto de un buen servicio.

Ahora bien, señor Presidente, no puedo dejar de pensar que a otros trabajadores que también prestan servicios no se les aplicará la medida explicitada. Es el caso de los bomberos de las estaciones de bencina.

Empero, creo que estaríamos en el peor de los mundos si por aquel motivo nos negáramos a darles la posibilidad en comento a los trabajadores a que se refiere el proyecto en discusión, el que, en todo caso, debería abrir la puerta para proceder de igual manera con otros sectores de la economía nacional.

En tal sentido, anuncio que aprobaré la idea de legislar.

He dicho.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente , no hay ningún problema -me dirijo al Senador que habló recién- en que un bombero reciba una propina cuando coloca bencina en un vehículo. Nada lo impide.

Entonces, es necesario avanzar a ese y otros respectos.

Ahora bien, lo importante de la ley en proyecto es que estamos legislando en torno al mayor ingreso que percibe una persona que se dedica a determinadas labores.

A modo de ejemplo, cito el caso de las Fiestas Patrias: a los fonderos -las ramadas más grandes están en Santiago- se les cobra arriendo; y lo pagan, pues saben que habrá una retribución buena para ellos y sus trabajadores.

La gran mayoría de los restaurantes y negocios afines pagan el salario mínimo a sus garzones, quienes vía propinas aumentan sus ingresos, los que muchas veces se cuadruplican, quintuplican o sextuplican, dependiendo del establecimiento.

Por desgracia, varios locales, por tener cierto prestigio y ser muy concurridos, cobran un derecho de piso y no pagan el salario mínimo; entonces, la única posibilidad de recursos para los garzones es la propina.

En consecuencia, la propina pasa a ser, sin duda alguna, la mayor entrada que garzonas y garzones perciben por realizar su importante labor.

Ahora, tal situación se halla un tanto amarrada a la estacionalidad. En efecto, durante el verano se produce la mayor afluencia de turistas, de personas que salen a comer, etcétera. Y de allí emana el ingreso más elevado de los trabajadores en comento.

Entonces, estimo que lo mínimo que corresponde es establecer la obligación del empleador de sugerir que se les pague a los garzones una propina equivalente a por lo menos 10 por ciento del consumo.

En todo caso, hoy día está ocurriendo aquello. Y muchas veces se hace una pillería, con la que hay que tener cuidado -varios de nosotros hemos sido víctimas de ella-: al cancelar la cuenta en un restaurante agregamos el 10 por ciento sin darnos cuenta de que ya está incluida una sugerencia en tal sentido. Entonces, ¡pagamos propina dos veces!

Y hay otra pillería: algunos empresarios cancelan a fin de mes la suma de las propinas a los garzones.

Hicimos ver esa situación, que obviamente es inaceptable.

Si el cliente paga la propina al momento de cancelar su cuenta (10, 15, 20 por ciento), lo justo es que el garzón perciba su importe en el mismo momento, o por último, al cierre de la jornada, pero no al mes siguiente o 15 días después, porque ello provoca un efecto negativo en los trabajadores.

Señor Presidente , voy a señalar otro hecho significativo.

Elaboramos un proyecto, y se lo comentamos al Ministro del Trabajo , señor Juan Carlos Jobet , a quien le pareció interesante la idea allí contenida, al punto de que a pocos días la anunció.

El señor LAGOS.-

¡Habrá dado las gracias!

El señor BIANCHI.-

No, señor Senador. Pero las dará, con toda seguridad.

Se trata de lo siguiente.

Como hemos señalado, muchos garzones reciben el salario mínimo, pero incrementan sus ingresos con las propinas.

Entonces, ¿qué hacer para que esos trabajadores accedan a un préstamo hipotecario, o bien, a un crédito para estudios, si un hijo cursa una carrera universitaria o técnica y la institución pertinente les exige justificar determinados ingresos?

Hemos indicado que es perfectamente posible que el empleador, sin que le signifique una carga tributaria adicional, extienda un certificado con el promedio de los ingresos percibidos por un trabajador, documento que será factible presentar en la institución que lo requiera a los efectos de conceder un crédito.

Además, si la persona es seria, generalmente labora durante muchos años en el mismo establecimiento -salvo cuando se trata de un trabajo solo por la temporada de verano- y tiene entradas permanentes.

Entonces, la certificación de entradas por concepto de propinas ayuda directamente a quienes desarrollan la actividad de modo continuo.

Por lo tanto, llamo a votar favorablemente este proyecto de ley, en el entendido de que podríamos elaborar un texto que apuntara a satisfacer las necesidades de otros trabajadores que laboran también en el rubro servicios.

Aprobaré la iniciativa que nos convoca hoy, pero dejando en claro que es urgente que los trabajadores en comento reciban una certificación de sus ingresos mensuales por concepto de propinas, fundamentalmente para tener la oportunidad de postular a créditos habitacionales, lo que de otra manera les resulta imposible.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.-

Señor Presidente , esta materia es de singular importancia para un número importante de chilenos y chilenas que se desempeñan en el sector de los servicios.

Como dijo el colega Tuma , en el año 41 se estableció por ley la obligación de pagar un 10 por ciento por concepto de propina. Sin embargo, ello quedó sin efecto a partir de 1981.

Ahora, el pago de una propina legal obligatoria de 10 por ciento puede no guardar ninguna relación con la calidad del servicio otorgado. En cambio, el monto de la propina voluntaria se vincula estrechamente con la atención que se recibe.

Entre paréntesis, en países desarrollados la propina alcanza a 15 por ciento. Pero no es obligatoria, sino voluntaria.

La ley en proyecto incentiva el pago de la propina al determinar que el empleador deberá sugerirla en la boleta.

Ahora, señor Presidente, cuestiones que vienen a colación.

Yo comparto todo lo que se ha dicho aquí.

Entiendo que el Senador Bianchi presentó en el pasado una moción -creo que ahora hizo referencia a ella- vinculada con la composición del ingreso de los trabajadores.

Voy a contar una anécdota a propósito de las expectativas que hay en Chile sobre lo que puede ocurrir en el futuro.

Esto me sucedió hace dos años, pero demuestra cómo el progreso de nuestro país, que es significativo, no logra resolver un problema de esta naturaleza. Y no deja de ser entretenido.

Fui a colocar bencina a mi auto, y el bombero que me atendió, quien me reconoció como actor político, me dijo -imagino que también les ha ocurrido a Sus Señorías-:

"Con usted quería hablar, Senador. Aquí yo gano el salario mínimo," (en tales casos el cerebro de uno, para anteponerse a la situación que se va a plantear, empieza a buscar rápidamente en el disco duro: aquí hay un asunto de legislación laboral) "y con propinas hago bastante más. Pero tengo que pagar la universidad a mi hija y, cuando pido un crédito que me permita hacerlo, no me reconocen ese ingreso adicional".

Sin embargo, la cuita de ese trabajador no derivaba solo de la falta de reconocimiento a sus propinas (considero posible establecer un mecanismo para reconocerlas, mientras no se coludan las partes), sino de lo siguiente -y esto me superó-: "Ello significa, Senador, que voy a tener que trabajar durante el verano para pagar la universidad a mi hija".

En definitiva, mi propósito es llamar la atención -y esto no se relaciona directamente con las propinas-, por un lado, en el sentido de que hace treinta, cuarenta años en Chile difícilmente la hija de un bombero de una bencinera accedía a la universidad, y por otro, en cuanto a que el reclamo de aquel trabajador fuera: "Tengo un problema, pues debo acreditar todos mis ingresos para obtener un crédito que me permita pagar la universidad a mi hija; si no puedo hacerlo, estaré obligado a trabajar en el verano".

Señor Presidente, el proyecto en debate incorpora algo muy importante. No lo he leído en detalle, pero entiendo que, al sugerirse en la boleta, la propina podrá imputarse como parte del ingreso del trabajador.

Es difícil, porque hay consecuencias de otro tipo.

El señor PROKURICA .-

Tributarias.

El señor LAGOS.-

Por ejemplo -Su Señoría tiene razón-, tributarias.

De lo contrario...

El señor PROKURICA.-

Es un engaño.

El señor LAGOS.-

Por cierto, también podrá engañarse al sistema.

Entonces, si la idea es permitir que accedan a préstamos personas que son sujetos de crédito, ¿cómo hacemos para transparentar la situación de trabajadores que no ganan 210 mil pesos, sino, por ejemplo, 500 mil?

Sin duda, quien negocia prestando dinero procura entregar sus recursos a gente con buenos ingresos.

En consecuencia, ¿cómo hacemos para ayudar a aquel respecto?

Y me refiero no solo a los trabajadores de restoranes, sino también a los de otros servicios. Por ejemplo, a los bomberos de bencineras, en torno a los cuales podemos diseñar un sistema que no defraude al Fisco; porque sería factible una colusión entre los empleadores y los dependientes para hacer figurar propinas por cantidades superiores a las recibidas.

Entonces, aquello debe quedar acreditado de alguna forma.

Señor Presidente , concluyo sosteniendo que la solución prevista por el proyecto en debate está bien planteada: la propina sigue siendo voluntaria. Y me gusta la idea de que la boleta diga "10 por ciento". Al final uno evaluará si el servicio vale ese porcentaje, o más, o menos.

Por supuesto, votaré favorablemente.

El señor ORPIS.-

Abra la votación, señor Presidente.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente , este proyecto, que se inició en una moción de varios señores Diputados, fue aprobado en la Cámara Baja por 51 votos a favor y 2 abstenciones.

Pese a tratarse de una iniciativa de artículo único, nuestra Comisión de Trabajo la aprobó solo en general y pide que la Sala haga lo propio.

El propósito es establecer la obligación del empleador de sugerir una propina equivalente al 10 por ciento del total de la cuenta, a favor del garzón o de la garzona, en los establecimientos que atiendan público, como restoranes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, para que sea pagada por el cliente, a menos que manifieste su voluntad en contrario.

Este proyecto busca recuperar el sentido de la ley N° 7.388, de 1942, que disponía con carácter obligatorio una propina equivalente a 10 por ciento del consumo. Sin embargo, dicha normativa fue derogada en 1981 a través de la ley Nº 18.018, con lo cual la propina pasó a ser un acto voluntario.

En tal sentido, cabe enfatizar que la iniciativa en debate no repone la obligatoriedad de la propina, pero avanza en la dirección de que se reconozca la calidad del servicio con independencia de los productos adquiridos y constituye, desde otro punto de vista, un incentivo para el buen trato a los clientes.

Aparte la justicia que envuelve esta iniciativa, es del caso consignar que se requiere regular otros aspectos, como la distribución de las propinas entre todos los trabajadores de un mismo local y la forma de definir el pago de ellas en la liquidación del trabajador, tal cual se ha planteado de hecho mediante mociones similares a la que estamos considerando en esta oportunidad.

Votaré favorablemente, pero solo la idea de legislar, pues la misma Comisión de Trabajo nos pide mejorar el texto de la iniciativa a través de indicaciones.

He dicho.

El señor BIANCHI.-

Abra la votación, señor Presidente.

El señor ORPIS.-

Sí.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

¿Le parece a la Sala abrir la votación?

--Así se acuerda.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

En votación general.

--(Durante la votación).

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

Para fundar su voto, tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, trabajamos este proyecto con las asociaciones de garzones tanto de San Antonio cuanto de Viña del Mar. Se trata de una sentida aspiración de las personas dedicadas al rubro prestación de servicios vinculados con el turismo y la alimentación.

En aquel sentido, consideramos de toda justicia la aprobación de la idea de legislar, tal como lo pidió la Comisión de Trabajo y Previsión Social, a los efectos de poder ir abordando diversas temáticas.

Sin perjuicio de ello, deseo hacer presentes algunos puntos que han planteado los propios garzones.

Primero, las propinas no siempre llegan a los trabajadores.

Por otra parte, algunos forman una especie de fondo común para repartirlo. Pero hay quejas de las asociaciones de garzones en orden a que los dineros finalmente no llegan en tiempo, forma y cantidad a quienes prestan este tipo de servicio.

A mi juicio, nos hallamos ante una antigua aspiración, en cuya satisfacción es preciso avanzar. Por tanto, pido aprobar en general el proyecto y que en el plazo para formular indicaciones se puedan abordar todas y cada una de las temáticas involucradas, entre ellas la de establecer que las propinas que se paguen vía tarjeta de crédito, cheque u otros instrumentos financieros distintos del efectivo finalmente sean recibidas por los garzones.

También soy partidario de que, en lo posible, el pago de que se trata, que tan bien les hace a los ingresos de estos trabajadores, sea una obligación legal, no solo una sugerencia.

Comparto lo expresado por el Honorable señor Lagos respecto de quienes prestan servicios en bombas de bencina y ganan el mínimo, que obtienen fundamentalmente de la propina parte importante de sus entradas. Diría que ahí es preciso seguir avanzando en establecer algún tipo de incentivo, cuestión no incorporada en el proyecto.

El aseguramiento del acceso al crédito asimismo es un aspecto relevante. Como la propina es hoy día voluntaria y no hay ningún tipo de registro de los ingresos finales de un trabajador, este queda desbancarizado y no puede acceder al crédito formal.

Por lo tanto, es preciso avanzar en la materia. Aprobemos la iniciativa en general y luego busquemos, en la discusión en particular, las medidas que permitan resguardar los aspectos planteados.

He dicho.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , en primer lugar anuncio mi voto favorable. A mí me parece correcto mantener la voluntariedad de la propina y que esta sea un incentivo para la buena atención, la amabilidad, el trato cordial, el buen servicio, de manera que el cliente, por lo tanto, cuando se trate de un restaurante o de otros rubros similares, quiera premiar con un monto que puede ascender a 10 por ciento, pero también a más.

Manteniendo la voluntariedad y, en consecuencia, el incentivo para que los servicios entregados por los garzones sean cada día mejores, igualmente quisiera -sé que no vamos a conseguirlo en el proyecto- que en algún momento la propina fuese imponible.

Varios señores Senadores que me han antecedido en el uso de la palabra lo han señalado: se requiere justificar ingresos al obtener un crédito, particularmente en lo habitacional; pero también es necesario registrarlos cuando el trabajador se va de vacaciones, de manera que el cálculo de la remuneración sea vinculante con lo que ha recibido vía propina. Para qué decir cuando se trata de una licencia médica y, más aún, del cálculo de una pensión. Poco pensamos en el momento de la jubilación. Y, muchas veces, solo cuando estamos cerca de esa fecha lamentamos no haber sido más previsores, no contar con un mayor ahorro previsional.

Insisto en que no vamos a conseguirlo con la iniciativa en debate, pero el día en que todos los ingresos de los trabajadores, en general, sean imponibles vamos a estar facilitando el acceso al crédito y habrá más protección social y mejores pensiones.

Sin embargo, señor Presidente , el asunto implica algunas complicaciones. Lo mencionó el Honorable señor Sabag .

Muchas veces, la propina del cliente bien atendido no necesariamente incrementa de manera directa los ingresos del garzón. Con frecuencia se forma un pozo común, que se distribuye, en distintas proporciones, entre los que trabajan en la cocina, los que realizan otro tipo de actividades y los que finalmente atienden al público. Y eso obviamente genera complejidades.

Además, como alguien lo expuso aquí, tenemos el problema de aquella que se paga mediante sistemas electrónicos, como Redcompra o tarjeta de crédito, ocurriendo a menudo que el pago es dilatado por algunos empleadores, si bien no por todos. Incluso se difiere en más de treinta días.

En la Comisión de Trabajo se encuentra una iniciativa que busca adaptar diversas normas laborales con relación a quienes se desempeñan en establecimientos turísticos, y ahí estamos regulando que en ningún caso las propinas puedan pagarse más allá de siete días cuando la cancelación haya sido efectuada por medios electrónicos.

Con todo, creo que este es un buen proyecto. La idea es sugerir la propina, que sigue siendo voluntaria. Pero no cabe ninguna duda de que probablemente muchas más personas se sentirán conminadas a dejarla por un servicio bueno, amable, de calidad.

Voto a favor.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Muñoz Aburto.

El señor MUÑOZ ABURTO.-

Señor Presidente , en la Comisión de Trabajo, que presido, me pronuncié a favor de la iniciativa. Sin embargo, diversos argumentos expuestos hoy por algunos señores Senadores me hacen repensar ese pronunciamiento.

Porque en el texto, como muy bien se señala, se mantiene la voluntariedad. Se hace referencia a una propina sugerida y a que de alguna forma los clientes son los que mejoran las remuneraciones de las personas sujetas al sistema. Es decir, no hay ninguna responsabilidad de los empleadores, que pagan el mínimo, y solo a través de lo recibido por dicho concepto el trabajador puede sobrevivir con un ingreso superior. Entonces, creo que el proyecto se presentó con la finalidad de mantener la voluntariedad establecida en 1981, cuando se conculcaron los derechos de todo este sector laboral y se derogó la obligatoriedad existente hasta ese año, como lo han mencionado aquí algunos señores Senadores.

No encuentro, en consecuencia, que la iniciativa sea innovadora. Lo habría sido el que sus autores consiguieran el patrocinio del Ejecutivo para que la propina fuese obligatoria. En el pasado se han presentado en el Congreso proyectos sobre el particular que han sido declarados inadmisibles, porque indudablemente se irroga un gasto y se necesita el patrocinio del Ejecutivo. Pienso que los Diputados autores de la moción, por tratar de evitar ese efecto, contemplaron algo ya existente: la voluntariedad. ¡Si uno entrega la propina en esa forma en cualquier restaurante, en cualquier bomba de bencina! No se necesita una ley para sugerirlo.

Me parece que la iniciativa, de una u otra manera, viene a ratificar lo hecho en contra de los trabajadores al modificarse el plan laboral en 1981. Y, por eso, estoy reconsiderando mi pronunciamiento. En la Comisión de Trabajo -y quiero decirlo con claridad- voté sin pensar.

Pero insisto en que no se innova en absoluto. Muy por el contrario. Aquí se ha señalado que los empresarios acostumbran pagar ingresos mínimos confiados en que la propina va a incrementar la remuneración de sus trabajadores. ¿Y por qué ello tiene que ser responsabilidad del cliente o de los usuarios, mas no de los primeros? ¿Por qué vamos a seguir ratificando la voluntariedad impuesta en 1981, cuando se derogó la ley N° 7.388?

A mi juicio, el que nos ocupa es un proyecto -reitero- que no les hace bien a las demandas reivindicativas que ha estado planteando el sector laboral. Considero que viene a ratificarse la práctica usual de la entrega voluntaria de propina. Al hacerse una sugerencia, se puede decir: "No quiero aceptarla". Entonces, ¿para qué va a existir un cuerpo legal que confirme la voluntariedad? No lo entiendo.

Lo expuesto por varios Senadores me ha suscitado una tremenda duda en relación con un proyecto que, en realidad, no le quita ni le pone a la situación por la cual atraviesan los trabajadores, principalmente aquellos que se desempeñan en el rubro gastronómico o en bombas de bencina.

Por eso, estimo que para poder mejorar la iniciativa en la discusión particular habrá que introducir algunas normas que, si no las patrocina el Ejecutivo , van a ser declaradas inadmisibles. He escuchado desear acá que la propina sea imponible, pero, si ello no lo propone el Gobierno, la indicación que se formule correrá esa suerte. Y el proyecto no se va a perfeccionar sino en virtud de indicaciones radicales tendientes a que se trate de un beneficio para los trabajadores.

Anuncio que me voy a abstener.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Prokurica.

El señor PROKURICA.-

Señor Presidente , creo que el debate sostenido hoy día grafica algunas realidades que vive en nuestro país gente que brinda un servicio directo al público, como la que trabaja en restaurantes, hoteles y otras actividades, habiéndose incluido también la que labora en bombas de bencina.

Pienso, a diferencia del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, que el proyecto es positivo, porque no establece una obligación, sino una sugerencia de porcentaje en favor de quienes atienden. De contemplarse una disposición imperativa, estaríamos ante una cuestión compleja de dilucidar, porque si uno concurre a un restaurante y quien presta servicio lo hace mal, cómo va a premiar el desempeño. Lo que procede es precisamente lo señalado en la norma: una proposición. Es el criterio al que se ciñen muchas personas para dejar una cantidad.

Pero quiero ser superclaro con los miembros de la Comisión de Trabajo. Por experiencia personal, me gustaría que en la discusión particular se determinara qué efectos generará en el trabajador la situación de que se trata, los cuales no son solo tributarios. Porque si en una boleta se incorpora el 10 por ciento que se entrega, ello se contemplará en la liquidación de sueldo y aparecerá el Servicio de Impuestos Internos.

La cuestión implica aspectos positivos y otros que no lo son tanto. Entre los primeros se incluye, como lo ha manifestado el Honorable señor Lagos, el sinceramiento de los ingresos. Ello permitirá que aquellos a quienes les resulta difícil conseguir crédito lleguen a una casa comercial y digan: "Esta es mi remuneración", sin que se trate del ingreso mínimo.

Pero también se registrarán otras consecuencias. Al subir de tramo en FONASA, por ejemplo, los beneficiarios del sistema público que se atienden en forma gratuita van a pasar de la letra A a la B o, en algunos casos, a la C, de manera que ellos o alguna de sus cargas tendrán que pagar más si enfrentan un problema de salud.

Por eso, es importante que en la tramitación se puedan determinar los efectos tanto tributarios como respecto de beneficios que tendrán que experimentar quienes se hallen sometidos al régimen de que se trata.

Gracias.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, en verdad, de la sola lectura del informe se constata que, en materia de iniciativas parlamentarias, media una premura a veces inusitada que deja de lado lo esencial.

Las leyes tienen que ser participativas, ciudadanas. Y cuando se intenta legislar para favorecer a un sector, es preciso escucharlo. El informe solo consigna la participación del Subsecretario del Trabajo , señor Fernando Arab , y de los miembros de la Comisión. No contiene la opinión de federaciones ni de sindicatos, como tampoco de los usuarios.

Si se contempla una medida que afectará derechos de los consumidores, al existir el incentivo de un recargo de 10 por ciento, y derechos e ingresos de los trabajadores, hubiera preferido encontrar en el informe la opinión del personal de restaurantes, pubs y clubes que se desempeña, no solo en la atención de público, sino también en el otorgamiento de buen servicio. Porque, cuando se trata de un restaurante, una es la persona que ofrece la comida y lleva el plato de manera adecuada, pero quien la prepara tiene un mérito innegable. Los que están en la cocina son los artífices esenciales de la buena atención del paladar. Por lo tanto, no se trata solo de la atención de quien brinda la cortesía de servir la mesa.

Me parece que las variables que ello implica requieren que el proyecto sea analizado. La iniciativa va a volver a la Comisión y quiero escuchar a los trabajadores.

La propina era una obligación legal en 1981, derogada por la ley N° 18.018 durante la Dictadura. No había Congreso. Tal vez se pensó -regía el toque de queda en esos tiempos- que la gente podía concurrir más a los locales al rebajarse los costos: ya había un 10 por ciento de descuento de manera legal. Pero creo que hoy día se requiere una visión distinta.

Quiero saber cuánto invierten los empleadores en capacitación de los trabajadores que atienden la mesa; en mejoramiento de las condiciones y la capacidad de quienes laboran en la cocina.

Quiero saber qué hacemos por el turismo en políticas más globales. Porque resulta claro que donde tiene mayor efecto la medida que nos ocupa no es en establecimientos que atienden ni a la clase media ni a los trabajadores comunes. Donde ella constituye un elemento esencial es en la atención al turista, a los que vienen de afuera. ¡Porque vaya a explicarse a los gringos que se trata de algo no obligatorio, sino sugerido! ¡Van a pagar lo que se ponga! Por lo tanto, la obligación sería casi expresa en ese caso.

La distinción entre imperatividad y sugerencia encontrará una dificultad. En efecto, algunas personas se desempeñarán en establecimientos donde la mayoría pagará el 10 por ciento como norma permanente, en tanto que en otros la sugerencia será cuestionada y eludida.

Llamo la atención respecto de que se podrían fijar disposiciones sobre el fondo común para que tuviera lugar una distribución equitativa al interior del propio establecimiento y existiese claridad en el aspecto previsional. Soy partidario de que se cotice por lo que se gana. Pero, en tal caso, ocurrirá lo que pasó cuando yo era miembro de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados. En una oportunidad dijimos que había que capacitar a todos los trabajadores a fin de que terminaran su cuarto medio, para lo cual elaboramos e impulsamos programas financiados, de manera transversal, por la Ley de Presupuestos. Sin embargo, el resultado fue que, una vez concluida su enseñanza media, perdieron montones de beneficios. ¡Se los castigó!

Yo no quisiera votar un proyecto de ley para favorecer a los trabajadores y que estos, por una propina incierta, irregular, flexible, voluntaria, luego tuvieran que renunciar a beneficios adquiridos por su condición económica. Esta no variará demasiado si la propina se establece como algo voluntario. Pero, dependiendo de su incorporación o no a las remuneraciones oficiales de los trabajadores, sí puede haber movimientos que los afecten.

Deseo señalar además, señor Presidente , que aquí el asunto es claro: se trata de una relación no entre empleador y trabajador, sino entre cliente y trabajador. Y esto, en mi opinión, también requiere una adecuada normalización. Porque muchas veces el servicio no se brinda debido a que no existen las condiciones mínimas para ello.

Por tanto, hay una gran responsabilidad del empleador para que la atención sea de calidad, y eso debiera estar presente en la medida en que la propina fuera una variable interesante. La idea es que se proporcionen manteles limpios, servicio limpio, una cocina adecuada, iluminación, calefacción. Es decir, se precisa disponer de un conjunto de elementos que permitan que la atención sea un todo integral.

De otra parte, la ausencia de las federaciones de trabajadores, de afiliados relacionados con los rubros aquí implicados y la no participación de las asociaciones de usuarios, que son entidades de los clientes, me llevan a expresar que estamos en presencia de una iniciativa bienintencionada, pero de resultado final incierto.

Soy partidario de beneficiar, apoyar, desarrollar, capacitar y hacer que los trabajadores del área de servicio gastronómico se rijan por el axioma de que "a mayor esfuerzo, mayor beneficio". Y esto debe ser compartido entre el cliente y el dueño del restorán, por los motivos que ya mencioné.

En definitiva, se trata de una iniciativa que parece bien encaminada, pero que presenta áreas que pueden resultar lesivas o no del todo convenientes para el trabajador.

En consecuencia, señor Presidente, estimo pertinente el regreso del proyecto a la Comisión de Trabajo.

Debo decir que la siempre necesaria y obligatoria participación de los interesados directos, que lamentablemente no se produjo, pudo a lo menos haber facilitado este debate. De haber estado presentes las federaciones de trabajadores, habríamos podido conocer su opinión. Y lo mismo es posible decir de las asociaciones de usuarios.

Sobre el particular, mi pregunta es: ¿por qué seguimos impulsando leyes sin participación ciudadana ni de los directamente beneficiados o afectados?

En mi próximo período -mi mandato fue renovado por la ciudadanía por ocho años más- espero hacer parlamentarismo ciudadano. Y me he comprometido con mis electores de la Región del Biobío a discutir los proyectos de ley con ellos.

En todo caso, las Comisiones, donde se analizan las iniciativas legales, son de carácter público. Sin embargo, si uno mete a cuatro dirigentes a una de esas salas, se llena y no hay por dónde pasar. Lo mismo acontece en los concejos municipales, que revisten carácter público, pero que cuentan con instalaciones tan estrechas que, al final, nadie puede participar.

Nosotros deberíamos tener, como lo vimos en Londres, recintos con capacidad para la asistencia de 300 personas, que puedan observar cómo se debate y cómo se vota. Y particularmente esto último, que es el aspecto esencial de las Comisiones, donde se construye la ley y se define en lo medular la posición de los parlamentarios, más que el voto en la Sala, que es un pronunciamiento general que en numerosas oportunidades confunde.

Señor Presidente , espero recabar en la Región del Biobío la opinión de trabajadores y de usuarios, y que estos sean invitados a la Comisión de Trabajo, como también los empleadores, para ver cómo van a reaccionar. Hay empleadores "buena onda", otros no tanto; hay quienes desean regulaciones y otros que no; hay empleadores que tratan bien a sus trabajadores y otros no mucho.

Por consiguiente, aquí debería haber una mancomunión que incluyera asimismo a los empleadores. Estos tampoco han sido consultados. Y, a mi juicio, sería justo escucharlos a fin de saber lo que piensan para el desarrollo del turismo, para beneficio de la atención al cliente, para brindar un mejor servicio. Esto puede ser hecho mancomunadamente con los trabajadores y, por cierto, con el respeto de los usuarios, quienes deberían tener un nivel de formación y conducta que también fuera retribuido.

Cabe destacar que en el proyecto se excluye a los autoservicios. Y esto es importante: cuando uno acude a estos locales no paga propina. Sin embargo, los trabajadores que preparan los alimentos y los que atienden al público realizan igualmente su mejor esfuerzo. Entonces ¿por qué no pueden recibir el mismo beneficio de la propina si emplean similar esfuerzo que los otros, solo que más allá del mostrador, no al lado de afuera?

Esos temas, señor Presidente , me hacen concluir que este proyecto persigue una buena intención, pero que también presenta dificultades y áreas de incertidumbre que más vale revisar.

Por eso me abstendré.

Como manifesté, voy a desarrollar un proceso de tarea legislativa ciudadana con los actores. Y espero que la Comisión de Trabajo pueda dar el espacio para que ellos concurran a expresar su opinión, de tal manera de analizar el aspecto de fondo: cómo mejoramos los ingresos de los trabajadores del sector de comercio y de servicios, de pubs, restoranes y clubes, y cómo cautelamos los derechos de los usuarios para que no vean encarecida una mala atención, como aquí se ha señalado.

Uno premia la buena atención, pero, del mismo modo, debe premiar a los buenos empleadores y a los buenos trabajadores.

Me abstengo.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (14 votos favorables, 2 abstenciones y 3 pareos).

Votaron por la afirmativa la señora Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Escalona, García, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín ( don Hernán), Orpis, Prokurica, Sabag y Tuma.

Se abstuvieron los señores Muñoz Aburto y Navarro.

No votaron, por estar pareados, los señores Coloma, Novoa y Pizarro.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

Por haber llegado su hora de término, se levanta la sesión, sin perjuicio de dar curso a las peticiones de oficios que han llegado a la Mesa.

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2.3. Discusión en Sala

Fecha 14 de enero, 2014. Diario de Sesión en Sesión 85. Legislatura 361. Discusión Particular. Se aprueba en particular sin modificaciones.

OBLIGACIÓN DE PAGO DE PROPINA EN LOCALES DE ATENCIÓN DE PÚBLICO

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares.

--Los antecedentes sobre el proyecto (8932-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 47ª, en 13 de agosto de 2013.

Informe de Comisión:

Trabajo y Previsión Social: sesión 55ª, en 10 de septiembre de 2013.

Discusión:

Sesión 78ª, en 10 de diciembre de 2013 (se aprueba en general).

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Respecto de esta iniciativa, que se aprobó en general en sesión de 10 de diciembre de 2013, no se han presentado indicaciones dentro del plazo fijado al efecto, por lo que corresponde darla por aprobada también en particular, a menos que se solicite uno nuevo para formularlas.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-

Si le parece a la Sala, se aprobará en particular.

--Se aprueba en particular el proyecto, reglamentariamente, y queda despachado.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 14 de enero, 2014. Oficio en Sesión 113. Legislatura 361.

?Valparaíso, 14 de enero de 2014.

Nº 038/SEC/14

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubs, discotheques y similares, correspondiente al Boletín N° 8.932-13.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.865, de 8 de agosto de 2013.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JOSÉ ANTONIO GÓMEZ URRUTIA

Presidente (E) del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 15 de enero, 2014. Oficio

?VALPARAÍSO, 15 de enero de 2014

Oficio Nº 11.094

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley, originado en moción de los diputados señores Osvaldo Andrade Lara, Sergio Aguiló Melo, Ramón Barros Montero, Hugo Gutiérrez Gálvez, Tucapel Jiménez Fuentes, Manuel Monsalve Benavides, René Saffirio Espinoza y Carlos Vilches Guzmán y la diputada señora Adriana Muñoz D'Albora, que establece obligaciones relativas a la propina en restaurantes, bares, pubs, clubes, discotecas y similares, correspondiente al boletín N°8932-13, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 64, nuevo, en el Código del Trabajo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:

“Artículo 64.- En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario.”.

Dios guarde a V. E.

JOAQUÍN GODOY IBÁÑEZ

Presidente en ejercicio de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General subrogante de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 20.729

Tipo Norma
:
Ley 20729
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1059958&t=0
Fecha Promulgación
:
07-02-2014
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cd7w
Organismo
:
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO
Título
:
ESTABLECE OBLIGACIONES RELATIVAS A LA PROPINA EN RESTAURANTES, BARES, PUBS, CLUBES, DISCOTECAS Y SIMILARES
Fecha Publicación
:
04-03-2014

LEY NÚM. 20.729

     

ESTABLECE OBLIGACIONES RELATIVAS A LA PROPINA EN RESTAURANTES, BARES, PUBS, CLUBES, DISCOTECAS Y SIMILARES

   

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en moción de los diputados señores Osvaldo Andrade Lara, Sergio Aguiló Melo, Ramón Barros Montero, Hugo Gutiérrez Gálvez, Tucapel Jiménez Fuentes, Manuel Monsalve Benavides, René Saffirio Espinoza y Carlos Vilches Guzmán y la diputada señora Adriana Muñoz D'Albora

     

    Proyecto de ley:

   

    "Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 64, nuevo, en el Código del Trabajo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:

    "Artículo 64.- En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario.".

   

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 7 de febrero de 2014.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Ministro del Trabajo y Previsión Social.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Fernando Arab Verdugo, Subsecretario de Trabajo.