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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.704

Establece la Meta todo Chile a llamada local.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de María José Hoffmann Opazo, Juan Carlos Latorre Carmona, Enrique Van Rysselberghe Herrera, Ignacio Urrutia Bonilla, Ramón Farías Ponce, René Manuel García García, Germán Becker Alvear, Gustavo Hasbún Selume, Marcela Sabat Fernández, Juan Luis Castro González, Víctor Torres Jeldes, Alberto Robles Pantoja, Andrea Molina Oliva y Iván Moreira Barros. Fecha 17 de enero, 2013. Moción Parlamentaria en Sesión 129. Legislatura 360.

1.2. Moción Parlamentaria

Fecha 22 de enero, 2013. Moción Parlamentaria en Sesión 130. Legislatura 360.

?Moción del los señores Diputados, René Manuel García García, Gustavo Hasbún Selume, María Jose Hoffmann Opazo, Juan Carlos Latorre Carmona, Andrea Molina Oliva, Marcela Sabat Fernández, Ignacio Urrutia Bonilla. Fecha 22 de enero, 2013. Cuenta en Sesión 130. Legislatura 360.

Modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico. Boletín N° 8790-15

La Ley N° 20.476 que modificó la Ley N° 19.302 redujo de 25 a 13 las zonas primarias en que se divide el país a efectos de la larga distancia nacional. Además, dispuso que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de dicha norma, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de la Libre Competencia, el país se constituiría en una zona primaria, con lo cual se eliminaría la larga distancia nacional.

Dicha ley fue producto de la fusión de diversas iniciativas parlamentarias, a saber:

1. Boletín N°5552-15 de los Diputados señores Espinoza; Hales; Latorre; Monckeberg, don Cristián; Sabag y Uriarte, y de los ex Diputados señores Bustos, Enríquez- Ominami, Fomi y Venegas, que establece que cada región administrativa corresponda a una zona primaria del servicio público telefónico local.

2. Boletín N°5919-15 de los Diputados señores Meza; Espinosa y Robles, y de los ex Diputados señores Quintana y Venegas, que establece que todo el territorio nacional corresponda a una zona primaria del servicio público telefónico local.

3. Boletín N° 6270-19 de los Diputados señores Barros; Bauer; Eluchans; Hernández; Norambuena; Recondo; Urrutia y Von Mülenbrock, y de los ex Diputados señores Alvarado y Fomi, que modifica el artículo 4° transitorio de la ley N°19.302, sobre servicio público telefónico, en el sentido de fusionar las Zonas Primarias de Valparaíso, Los Andes, Quillota y San Antonio, en una sola.

4. Boletín N°6304-19 de las Diputadas señoras Marisol Turres y Marta Isasi y de los Diputados señores Arenas; Bauer; Estay; García-Huidobro; Hernández y Lobos, y de los ex Diputados señores Alvarado y Fomi, que modifica el artículo 4° transitorio de la ley N°19.302, sobre servicio público telefónico, en el sentido de fusionar las Zonas Primarias de Valdivia, Osomo y Puerto Montt, en una sola.

5. Boletín N°6936-15 de las señoras Diputadas María José Hoffmann; Marta Isasi y Andrea Molina, y de los señores Diputados Calderón; Eluchans; Hernández; Lobos; Melero; Morales y Vallespín, que modifica la ley N° 19.302 General de Telecomunicaciones, estableciendo macro zonas telefónicas en el país.

La Ley antes citada tuvo como diagnóstico compartido que la tecnología actual no justifica la diferencia entre llamada local y llamada de larga distancia, dado la entrada al mercado de la telefonía sobre Protocolo de Internet (IP). En efecto, hoy en día la llamada tiene el mismo costo para el emisor, independientemente del lugar en que se encuentre el receptor. No obstante lo anterior, la ley dispuso que a efectos de constituir el país en una sola zona primaria se consultara previamente al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, a efectos de verificar si estaban dadas las condiciones de competencia en la telefonía fija en todo el país.

Sin embargo, en el tiempo transcurrido entre la aprobación de la Ley 20.476, las condiciones de competencia en el mercado de las telecomunicaciones y especialmente en el servicio de telefonía ha experimentado un fuerte impulso, dadas otras importantes modificaciones legales como la Ley N°20.471 de 2010, que Crea Organismo Administrador para la Implementación de la Portabilidad Numérica, Ley N° 20.478 de 2010, Sobre Recuperación y Continuidad en Condiciones Críticas y de Emergencia del Sistema Público de Telecomunicaciones que introdujo un nuevo tipo de concesionario de servicio intermedio que únicamente provee infraestructura física, la Ley N° 20.453 de 2010, Consagra el Principio de Neutralidad en la Red para los Consumidores y Usuarios de Internet. Además de lo anterior, se licitó el uso de la banda 2.600 Mhz que permitirá otorgar servicios de transmisión de datos de cuarta generación, ingresaron al mercado móvil varios nuevos actores pasando de 3 a 8 actores en el mercado, se dictó la norma de desbloqueo de equipos celulares y se modificaron los contratos de las empresas de telefonía para eliminar de esta manera condiciones de amarre que limitaban el cambio de compañía por parte de los usuarios.

Estos elementos permiten estimar que es posible materializar la eliminación de la larga distancia sin necesidad de requerir informe previo al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, dilatando así un cambio técnico y normativo que es beneficia directamente a los consumidores.

Además de lo anterior, es de público conocimiento que recientemente el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), se pronunció respecto de las diferencias de tarifas para llamadas on net y off net –llamadas dentro o fuera de la red de la concesionario de la que una persona es cliente- y de la paquetización de diferentes servicios por parte de una misma concesionaria. En el análisis que realiza el Tribunal, dio importantes luces acerca de otro aspecto que es relevante modernizar en el sector de telecomunicaciones a la luz de los cambios significativos que el mercado ha experimentado dado el fenómeno de la convergencia, como son los llamados cargos de acceso.

En efecto, como explica el Tribunal en la Instrucción General sobre efectos en la Libre Competencia de la Diferenciación de Precios en los Servicios Públicos de Telefonía "Tarifas on-net/ off net" y de las ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones, de fecha 18 de diciembre de 2012, "cuando una llamada termina en otra red, el dueño de la red en que se generó la llamada debe pagar al de la red en que se terminó la misma el denominado cargo de acceso. Este cargo de interconexión es determinado conforme lo señalan los artículos 30 a 30J de la Ley N° 18.168 por el ente regulador cada cinco años, teóricamente en base a costos incrementales de desarrollo del servicio" (considerando décimonoveno).

Sin embargo, apunta el Tribunal que "si el cargo de acceso realmente reflejara el costo de terminación de llamadas, no habrían razones de costo para diferenciar tarifas según red de destino" (considerando vigésimo). Sin embargo, agrega el Tribunal que existen dos problemas que impiden lo anterior. El primero es la asimetría de información entre el regulador que no posee toda la información para conocer realmente los costos de una empresa eficiente y, segundo, porque la tarificación se realiza a costo medio y no costo marginal, en circunstancias que el cargo de acceso óptimo no debería superar el costo marginal de terminar una llamada.

Lo anteriormente señalado da cuenta de una falencia de la actual regulación que debe ser corregida en el sentido de cautelar que la determinación de los cargos de acceso será la óptima considerando especialmente el fenómeno de la convergencia presente en el mercado. En efecto, como señaló el Tribunal los avances de la tecnología en el sector de las telecomunicaciones han introducido un quiebre entre redes y servicios, pues actualmente es posible otorgar distintos servicios por las mismas redes, o dicho de otra forma, no existe una vinculación necesaria entre la red que se utiliza y el servicio que se presta. Los consumidores experimentan esta nueva realidad día a día, pues los dispositivos inteligentes que utilizan les permiten acceder desde un único terminal a distintos servicios que antes se prestaban separadamente, siendo la transmisión de datos un servicio clave que se identifica con este servicio "convergente". Así, "en definitiva, actualmente no es posible asociar algún servicio a una red o tipo de red determinada, distinguir un servicio de una aplicación sobre internet ni tampoco delimitar estáticamente los atributos o propiedades de los servicios de telecomunicaciones frente a la satisfacción de necesidades de los usuarios, de modo que, producto de la convergencia, es posible dar por superada la definición de mercados separados de voz, datos e imágenes, sin perjuicio de existir regulaciones pendientes de adaptación que no son neutrales a esta evolución y que permanecen distinguiendo entre unos y otros servicios o prestadores (considerando cuadragésimo primero). Precisa si el Tribunal que sin embargo aún es posible distinguir dos grandes tipos de servicios asociados a distintas redes: los servicios fijos y los servicios móviles aún cuando dicha diferenciación se irá atenuando con el tiempo, con la llegada del servicio de internet móvil de grandes capacidades.

No obstante esta evidencia, el régimen tarifado actualmente vigente mantiene una visión de redes separadas por tipo de servicio para la determinación de los costos que no es del todo consistente con la forma en que actualmente se proveen los servicios y por tanto, con los costos efectivos que enfrenta la industria para proporcionarlos, situación que debe corregirse recogiendo en la normativa pertinente la nueva situación del mercado.

PROYECTO DE LEY:

Artículo 1°.- Modificase el inciso primero del artículo 4° transitorio, de la ley N°19.302 modificado por la Ley N° 20.476 en el siguiente sentido:

a) Reemplázase "se divide en trece zonas primarias. Estas zonas corresponden a las existentes actualmente, según el Plan Técnico Fundamental de Encaminamiento Telefónico vigente, con excepción de las zonas primarias de Copiapó, La Serena y Ovalle, que se fusionan; de Quillota, Valparaíso, Los Andes y San Antonio, que se fusionan; de Talca, Linares y Curicó, que se fusionan; de Chillán, Concepción y Los Angeles, que se fusionan; y de Valdivia, Osomo y Puerto Montt, que también se fusionan." por "será una sola zona primaria".

b) Reemplácese el inciso segundo, por el que sigue: "Lo dispuesto en el inciso anterior se implementará dentro del plazo de 90 días contados desde la entrada en vigencia del presente artículo en la forma y condiciones que fije la normativa técnica que al efecto dicte la Subsecretaría de Telecomunicaciones."

Artículo 2°.- Modifíquese la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en el siguiente sentido:

a) En los artículos 3° letra e), 24 bis, 26 y 29 elimínese la referencia a la larga distancia nacional, permaneciendo sólo la referencia a la larga distancia internacional.

b) En el artículo 26°, suprímase los incisos segundo y cuarto del artículo 26"; elimínesela expresión "y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo" de su inciso quinto y reemplácese "que exceda una zona primaria" por "hacia fuera del país o desde el extranjero".

c) En el artículo 30° A, reemplácese "sólo los servicios sujetos a fijación tarifaría", por "los servicios señalados en el artículo 3° de la presente ley" y reemplácese la frase "los servicios de telecomunicaciones sujetos a regulación tarifarla" por "dichos servicios".

d) En el artículo 30° C inciso primero, reemplácese "concesionarias" por "que presten los servicios señalados en el artículo 30°A" y reemplácese "sujetos a regulación tarifada" por "definidos en las correspondientes bases técnico económicas".

e) Deróguese el artículo 30°G.

f) En el artículo 30° J, inciso primero, sustitúyase "respectivas" por "que notifiquen a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, con una anticipación no menor a 420 días previos al vencimiento del quinquenio respectivo, su participación en el proceso de envío del estudio a que se refiere el artículo anterior,"; agréguese al final del mismo inciso la frase: "Las tarifas para una concesionaria podrán establecerse como tarifas definitivas para las concesionarias que no hubieren confirmado su participación en el proceso de envío de estudio, debiendo fundamentarse esta decisión."; reemplácese el inciso final por el que sigue:

"Los Ministerios podrán definir la aplicación de una o más tarifas determinadas conforme al presente artículo a otra concesionaria que no hubiere iniciado el respectivo proceso en caso que los criterios técnicos utilizados para la fijación tarifaria que se respectiva así lo justifique" .

Artículo 3°. La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.

Artículo primero transitorio: Los procesos tarifarios que a la fecha de la publicación de la presente ley no se encontraren finalizados deberán sujetarse a ésta, pudiendo a consecuencia de lo anterior, extenderse la vigencia de los decretos tarifados anteriores más allá del respectivo quinquenio. En este último caso, no será aplicable la reliquidación establecida en el inciso sexto del artículo 30° J.

La Subsecretaría mediante la correspondiente norma técnica establecerá la forma y cronograma para la implementación de lo señalado en el presente artículo.

La aplicación de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 30°J se verificará a medida que los respectivos decretos tarifarios que les fueren aplicables expiren.

1.3. Informe de Comisión de Ciencia y Tecnología

Cámara de Diputados. Fecha 22 de mayo, 2013. Informe de Comisión de Ciencia y Tecnología en Sesión 31. Legislatura 361.

Por acuerdo de la sala el boletín 8787-19 se refunde en su tramitación con el boletín 8790-15 en fecha 17 de Abril de 2013.

INFORME DE LA COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, RECAIDO EN MOCIONES QUE “ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL”, Y QUE “MODIFICA LA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES, PARA TERMINAR CON LA LARGA DISTANCIA NACIONAL Y HACER CONVERGENTES LOS CARGOS DE ACCESO DEL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO”.

BOLETINES Nºs 8.787-19 y 8.790-15 REFUNDIDOS.

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Ciencia y Tecnología pasa a informar sobre los proyectos de ley referidos en el epígrafe, en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia, originados en las mociones que a continuación se enuncian:

1.- De los señores Diputados Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, que establece la Meta todo Chile a llamada local, boletín N° 8787-19.

2.- De las Diputadas señoras María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, que modifica la ley general de telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, boletín N° 8.790-15.

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Cabe hacer presente que en virtud de lo dispuesto en el artículo 17° A de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, por Oficio N° 10.681, de 17 de Abril de 2013, la Cámara de Diputados acordó que ambas mociones sean refundidas y tramitadas en conjunto.

En sesión N° 89, de fecha 8 de mayo del presente año, los diputados Pedro Pablo Alvarez–Salamanca, Ramón Farías, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, presentaron una indicación sustitutiva que integra en un solo texto lo normado en ambos proyectos.

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I.- CONSTANCIAS PREVIAS.

1.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DE LOS PROYECTOS.

Poner término en forma definitiva y total -en todo el territorio de la República- al servicio de larga distancia nacional, y fijar a costo incremental de largo plazo los cargos de acceso.

2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

No hay.

3.- TRÁMITE DE HACIENDA.

No existen normas en esta situación.

4.- LOS PROYECTOS FUERON APROBADOS, EN GENERAL, POR UNANIMIDAD.

VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES PEDRO PABLO ALVAREZ-SALAMANCA, RAMON FARÍAS, IVÁN MOREIRA, VÍCTOR TORRES, IGNACIO URRUTIA Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE.

5.- SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE AL SEÑOR ALBERTO ROBLES PANTOJA.

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La Comisión contó con la asistencia y colaboración del señor Jorge Atton, Subsecretario de Telecomunicaciones, del señor Andrés Rodríguez y de las señoras Daniela González y Geraldine González, asesores de la señalada subsecretaría.

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II.- ANTECEDENTES.

I.- MOCIÓN QUE ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL, BOLETÍN N° 8.787-19.

Señalan los autores de la iniciativa que la evolución tecnológica constituye una constante en la industria de las telecomunicaciones. En particular, la convergencia de redes y servicios permite el uso de diferentes tecnologías en una misma plataforma y el uso de terminales multiservicios a los cuales se ha trasladado la inteligencia que estaba contenida en una sola red. Lo anterior ha hecho necesario adaptar la actual regulación a los nuevos paradigmas que se imponen en el sector de modo que el fenómeno de la convergencia, se vea reflejado en la normativa y se traduzca en un aumento de la competencia.

Indican que durante los últimos años, y como parte de un proceso de adaptación de la regulación, la Subsecretaría de Telecomunicaciones ha venido impulsando un cambio en el modelo sectorial, con el objeto de promover la competencia por servicios, sin prescindir de la competencia por redes. En este contexto, el presente proyecto no constituye sino un paso más y natural en el camino hacia un modelo en el que una determinada infraestructura puede soportar una diversidad de servicios, beneficiando a los usuarios con el mayor uso de éstos.

Manifiestan que en particular, dentro de los avances en materias regulatorias orientados a modernizar el sector de las telecomunicaciones en Chile, se encuentran diversas iniciativas de orden legal aprobadas por este H. Congreso, muchas de las cuales posteriormente han sido desarrolladas mediante normativa reglamentaria. Así, mediante la ley N° 20.478, de 2010, sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público de telecomunicaciones, se incorporó en la normativa la figura del concesionario de infraestructura, que persigue generar los incentivos adecuados para el desarrollo de un modelo donde se separe la infraestructura física de los servicios; en tanto, la ley N° 20.599, de 2012, que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones, dispuso un nuevo sistema para la instalación de torres y soportes de antenas, que busca incentivar la compartición de las mismas (colocalización); por su parte, la ley N° 20.453, de 2010, consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet, dándose reconocimiento legal al concepto de Internet y generándose un conjunto de obligaciones para los ISP (Proveedores de Acceso a Internet), en cuanto a informar correctamente a sus usuarios respecto de sus planes; adicionalmente se dictó la ley N°20.471, de 2010, que crea organismo implementador para la portabilidad numérica, que estableció la obligación de implementación de ésta. Como resultado de lo anterior, se inició la portabilidad para la telefonía local en diciembre de 2011 y para la telefonía móvil en enero de 2012, consiguiendo con ambos hitos que suscriptores y usuarios de estos servicios puedan cambiar de compañía sin perder su número telefónico. Respecto al tema de la larga distancia, la ley N° 18.168, general de telecomunicaciones, establece que son aquellas comunicaciones que exceden una zona primaria determinada. A raíz de esta definición existían ciertas confusiones territoriales para los usuarios, ya que en algunos casos, ni siquiera las provincias incluidas en una zona primaria correspondían a la misma región administrativa. Para solucionar la problemática anterior, en el año 2010 se publicó la ley N° 20.476 que modificó la ley N° 19.302, que definió las trece zonas primarias que dividen el país, y determinó que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de dicha norma, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de la Libre Competencia, el país se constituiría en una zona primaria, con lo cual se eliminaría la larga distancia nacional.

Advierten que, en la línea de la convergencia, el primer hito que da cuenta del inicio de las modificaciones regulatorias en pro de adaptarse a dichos nuevos paradigmas son las modificaciones normativas realizadas a partir del año 2010 que han permitido el uso de frecuencias inicialmente asociadas a servicios móviles, para proveer servicios locales, y viceversa. Por último, señalan que actualmente se encuentra en proceso la homologación de la numeración de la telefonía local, móvil y del servicio de voz sobre Internet a 9 dígitos, que inició su implementación gradual durante el segundo semestre del año 2012, y se espera su finalización este año 2013, consiguiendo de esta forma, que todas las redes telefónicas tengan el mismo largo de numeración, lo cual permitirá la ejecución total de la portabilidad entre redes independiente de la zona geográfica.

Pese a los avances, señalan que un tema regulatorio pendiente en este sector, se refería a la diferenciación de precios en las llamadas según red de origen y destino (on net/off net), dificultando la toma de decisiones del usuario al no poder identificar las redes de destino de sus llamadas e incluso restringiéndolas hacia ciertas redes, lo cual se vería acentuado con la aplicación total de la portabilidad entre redes. Además, dicha diferenciación es una distorsión de mercado que va en desmedro de la competencia ya que disminuye la capacidad de los entrantes de desafiar a los incumbentes dado que se produce un efecto de comunidad en el sentido de que los usuarios se ven compelidos a permanecer en las compañías establecidas porque pueden optar por tarifas on net (dentro de la red) más beneficiosas, lo cual en el equilibrio final afecta la competencia, por ende, los precios y, finalmente, el bienestar de los usuarios. Cabe mencionar que Chile presenta los cargos de acceso móvil más altos de la OECD –sólo superado por Irlanda- y los más altos de la región –sólo superado por Brasil-, alcanzando en promedio un valor por sobre los $70 por minuto, valor que es reflejado en las tarifas y traspasado al usuario final. Este argumento ha sido ampliamente utilizado por los operadores de telefonía para discriminar llamadas según red de origen y destino.

Todo lo anterior fue fundamental para que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en instrucciones de carácter general N° 212012, según Rol NC N° 386-10, reconoció la problemática recién mencionada –señalando que dicha diferenciación de precios produce "efectos perniciosos para la libre competencia y para la eficiencia económica"- e instruyó que a partir del inicio de vigencia de los nuevos decretos tarifarios para las concesionarias de telefonía móvil, es decir, enero de 2014, los planes que se comercialicen no podrán contener tarifas diferentes para las llamadas on net y off net. Dentro del análisis detrás de esta medida, se mencionan reparos respecto a la capacidad de los cargos de acceso actuales para representar correctamente los costos de terminación de las llamadas, señalando como una de las razones de eso, es que se ha realizado la tarificación de los cargos de acceso a costo medio y no marginal. En este orden de ideas se menciona la Resolución N°389 de la Comisión Resolutiva que ordenó la fijación de las tarifas de cargo de acceso a "costo directo" y las dificultades que se han generado en aplicarlo, debido a una falta de metodología clara para esto. Luego, expresan, por todo lo recién mencionado se hace absolutamente necesario un cambio en los procesos de fijación tarifaria, de modo que la metodología y el procedimiento se haga cargo de los cambios tecnológicos experimentados por el mercado, en particular la convergencia y del cambio en las estructuras de costos de la industria, y al mismo tiempo, se opere en el sentido de lo instruido por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, lo cual finalmente redundará en una disminución relevante de tarifas y un proceso consistente de eliminación de la diferenciación de precios comentada.

Por otra parte, como quedó establecido en el Informe N° 212009 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y como lo demuestran los informes estadísticos de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la telefonía de larga distancia es un mercado competitivo y maduro. La realidad actual del mercado de telefonía local, a nivel nacional nos indica que Telefónica Chile S.A. presenta el 55% de las líneas en servicio, observándose, en los últimos años, una tendencia a la baja en su participación en este mercado. Asimismo, otras empresas aumentaron su participación como VTR y el Grupo Claro alcanzando un 19.5% y un 6.7%, respectivamente, mientras que el resto del mercado se mantuvo relativamente estable. Continuando con el mercado de la telefonía local, precisan, cabe destacar que dos empresas del sector, Claro y Entel, han abierto ofertas comerciales que incluyen la entrega del servicio de telefonía local inalámbrica, aumentando el nivel de cobertura y oferta en zonas rurales o donde la oferta de este servicio era menor, de manera que este servicio alcance la cobertura nacional esperada. A mayor abundamiento, al considerar la tendencia de tráfico presentada durante los últimos años, se observa una disminución importante en la telefonía local y la larga distancia acompañada de un aumento de la telefonía móvil, quedando de manifiesto que una de las razones que explica lo anterior, es la sustitución entre tales servicios.

Entre el 2010 y el 2011, los tráficos de telefonía local y larga distancia nacional, disminuyeron un 9% y un 12%, respectivamente, mientras que en ese mismo periodo el tráfico móvil aumentó un 18%, a pesar que este último servicio tiene asociados mayores costos para el usuario respecto a los otros. Es decir, a estas alturas es claro que la voz móvil ha impuesto competencia al mundo local-larga distancia, más aún, la competencia se está comenzando a dar más bien por el servicio de voz, independiente de la plataforma por la cual se dé dicho servicio.

En lo que se refiere a la estructura de costos presentada por los operadores, la evolución tecnológica experimentada por las redes, explicada en parte, por la introducción de enlaces IP, tanto para voz como para datos, ha hecho que la distancia entre usuarios sea cada vez menos relevante en relación a la estructura de costos de la llamada, es así como han aparecido una serie de sustitutos que le permiten a los usuarios comunicarse entre "largas distancias" por precios mucho más baratos e incluso en algunos casos gratis, ejemplo de ello es Skype, WhatsApp, Viber, etc. Por tanto, agregan, desde dicho punto de vista ya no se justifica la mantención de la larga distancia nacional, más aún, parece económicamente absurdo que en muchos casos los precios de las llamadas de larga distancia sean ampliamente superiores a los sustitutos de éstas.

En resumen, atendido el proceso de convergencia tecnológica, la portabilidad total, la sustitución entre servicios y la actual estructura de costos de los operadores, el fenómeno de competencia por el servicio, independiente de la plataforma, está en franca masificación, es decir, en un futuro cercano, lo importante será la voz y no la red por donde ella transite, más aún, lo importante será "comunicarse"; este hecho también es reconocido por el TDLC en sus Instrucciones de Carácter General N°2/2012, ya citado anteriormente, donde señala: "actualmente no es posible asociar algún servicio a una red o tipo de red determinada, distinguir un servicio de una aplicación sobre internet ni tampoco delimitar estáticamente los atributos o propiedades de los servicios de telecomunicaciones frente a la satisfacción de necesidades de los usuarios, de modo que, producto de la convergencia, es posible dar por superada la definición de mercados separados de voz, datos e imágenes,...". En este escenario, que generará una competencia total entre todos los actores de la industria, abandonando el antiguo modelo de competencia diferenciada por mercados fijo y móvil, lo cual finalmente redundará en menores precios y por consiguiente mayor bienestar social, por cierto que ya no se justifica la subsistencia del servicio de larga distancia nacional. En esta misma línea, a lo anterior deben sumarse, modificaciones que permitan dar mayor nitidez a la actualización del proceso de fijación tarifaría en cuanto a hacerse cargo de la convergencia y cambio en la estructura de costos -que reconozca una disminución en la relación entre los cargos de acceso fijo y móvil- que finalmente redunde en una reducción de tarifas y consolide el proceso de eliminación de la discriminación de tarifas on net/off net. El proyecto es una apuesta a impulsar este nuevo escenario, con la finalidad de tender a que los usuarios dispongan de la posibilidad de realizar llamadas a lo largo del territorio nacional al costo de una llamada local, y más aún, que las tarifas móviles bajen de manera relevante y, para así, finalmente, lograr que los usuarios se comuniquen dentro del país sin importar la plataforma o red a través de la cual lo hagan. Lo anterior lleva consigo además una serie de mejoras en el sentido que simplifica la oferta para los usuarios, la forma de hacer las llamadas y aumenta la transparencia en el mercado.

II.- MOCIÓN QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES, PARA TERMINAR CON LA LARGA DISTANCIA NACIONAL Y HACER CONVERGENTES LOS CARGOS DE ACCESO DEL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO, BOLETÍN N° 8.790-15.

Sostienen los diputados mocionantes, que la ley N° 20.476 que modificó la ley N° 19.302 redujo de 25 a 13 las zonas primarias en que se divide el país a efectos de la larga distancia nacional. Además, dispuso que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de dicha norma, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de la Libre Competencia, el país se constituiría en una zona primaria, con lo cual se eliminaría la larga distancia nacional.

La ley antes citada tuvo como diagnóstico compartido que la tecnología actual no justifica la diferencia entre llamada local y llamada de larga distancia, dado la entrada al mercado de la telefonía sobre Protocolo de Internet (IP). En efecto, hoy en día la llamada tiene el mismo costo para el emisor, independientemente del lugar en que se encuentre el receptor. No obstante lo anterior, la ley dispuso que a efectos de constituir el país en una sola zona primaria se consultara previamente al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, a efectos de verificar si estaban dadas las condiciones de competencia en la telefonía fija en todo el país.

Sin embargo, en el tiempo transcurrido entre la aprobación de la ley 20.476, las condiciones de competencia en el mercado de las telecomunicaciones y especialmente en el servicio de telefonía ha experimentado un fuerte impulso, dadas otras importantes modificaciones legales como la ley N°20.471, de 2010, que crea el organismo administrador para la implementación de la portabilidad numérica, ley N° 20.478 de 2010, sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público de telecomunicaciones, que introdujo un nuevo tipo de concesionario de servicio intermedio que únicamente provee infraestructura física, la ley N° 20.453, de 2010, consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet. Además de lo anterior, se licitó el uso de la banda 2.600 Mhz que permitirá otorgar servicios de transmisión de datos de cuarta generación, ingresaron al mercado móvil varios nuevos actores, pasando de 3 a 8 actores en el mercado; se dictó la norma de desbloqueo de equipos celulares y se modificaron los contratos de las empresas de telefonía para eliminar de esta manera condiciones de amarre que limitaban el cambio de compañía por parte de los usuarios.

Expresan que estos elementos permiten estimar que es posible materializar la eliminación de la larga distancia sin necesidad de requerir informe previo al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, dilatando así un cambio técnico y normativo que beneficia directamente a los consumidores.

Señalan que como es de público conocimiento, recientemente el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), se pronunció respecto de las diferencias de tarifas para llamadas on net y off net –llamadas dentro o fuera de la red de la concesionario de la que una persona es cliente- y de la paquetización de diferentes servicios por parte de una misma concesionaria. En el análisis que realiza el Tribunal, dio importantes luces acerca de otro aspecto que es relevante modernizar en el sector de telecomunicaciones a la luz de los cambios significativos que el mercado ha experimentado dado el fenómeno de la convergencia, como son los llamados cargos de acceso.

En efecto, indican que como explica el Tribunal en la Instrucción General sobre efectos en la Libre Competencia de la Diferenciación de Precios en los Servicios Públicos de Telefonía "Tarifas on-net/ off net" y de las ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones, de fecha 18 de diciembre de 2012, "cuando una llamada termina en otra red, el dueño de la red en que se generó la llamada debe pagar al de la red en que se terminó la misma el denominado cargo de acceso. Este cargo de interconexión es determinado conforme lo señalan los artículos 30 a 30J de la ley N° 18.168 por el ente regulador cada cinco años, teóricamente en base a costos incrementales de desarrollo del servicio" (considerando décimonoveno).

Sin embargo, apunta el Tribunal que "si el cargo de acceso realmente reflejara el costo de terminación de llamadas, no habrían razones de costo para diferenciar tarifas según red de destino" (considerando vigésimo). Sin embargo, agrega el Tribunal que existen dos problemas que impiden lo anterior. El primero, es la asimetría de información entre el regulador que no posee toda la información para conocer realmente los costos de una empresa eficiente y, segundo, porque la tarificación se realiza a costo medio y no costo marginal, en circunstancias que el cargo de acceso óptimo no debería superar el costo marginal de terminar una llamada.

Lo anteriormente señalado da cuenta de una falencia de la actual regulación que debe ser corregida en el sentido de cautelar que la determinación de los cargos de acceso será la óptima considerando especialmente el fenómeno de la convergencia presente en el mercado. En efecto, como señaló el Tribunal los avances de la tecnología en el sector de las telecomunicaciones han introducido un quiebre entre redes y servicios, pues actualmente es posible otorgar distintos servicios por las mismas redes, o dicho de otra forma, no existe una vinculación necesaria entre la red que se utiliza y el servicio que se presta. Los consumidores experimentan esta nueva realidad día a día, pues los dispositivos inteligentes que utilizan les permiten acceder desde un único terminal a distintos servicios que antes se prestaban separadamente, siendo la transmisión de datos un servicio clave que se identifica con este servicio "convergente". Así, en definitiva, actualmente no es posible asociar algún servicio a una red o tipo de red determinada, distinguir un servicio de una aplicación sobre internet ni tampoco delimitar estáticamente los atributos o propiedades de los servicios de telecomunicaciones frente a la satisfacción de necesidades de los usuarios, de modo que, producto de la convergencia, es posible dar por superada la definición de mercados separados de voz, datos e imágenes, sin perjuicio de existir regulaciones pendientes de adaptación que no son neutrales a esta evolución y que permanecen distinguiendo entre unos y otros servicios o prestadores (considerando cuadragésimo primero). Precisa el Tribunal que, sin embargo, aún es posible distinguir dos grandes tipos de servicios asociados a distintas redes: los servicios fijos y los servicios móviles, aun cuando dicha diferenciación se irá atenuando con el tiempo, con la llegada del servicio de internet móvil de grandes capacidades.

No obstante esta evidencia, indican que el régimen tarifado actualmente vigente mantiene una visión de redes separadas por tipo de servicio para la determinación de los costos que no es del todo consistente con la forma en que actualmente se proveen los servicios y, por tanto, con los costos efectivos que enfrenta la industria para proporcionarlos, situación que debe corregirse recogiendo en la normativa pertinente la nueva situación del mercado.

DESCRIPCIÓN DE LAS MOCIONES.

1.- Boletín N° 8.787-19. Consta de dos artículos permanentes y uno transitorio.

Su artículo primero adelanta la eliminación de la larga distancia nacional en algunos meses, y establece una sola zona primaria. Además elimina la consulta al Tribunal de la Libre Competencia.

Su artículo segundo adecua el articulado eliminando toda referencia a la larga distancia nacional; establece que, además de los procesos ya establecidos bajo la forma de tarifa eficiente, el cargo de acceso entre redes se calculará según tarifa eficiente, y no se considerará ni el origen ni el destino de la llamada (diferencia entre off y on net) y; se le otorga la facultad de vinculante a la opinión de peritos en la solución de controversias en el establecimiento de tarifas.

El artículo transitorio establece el periodo de entrada en vigencia de la ley. Señala que no se considerará el plazo establecido en este artículo (que establece un plazo no inferior a 6 meses para entrar en vigencia). En su lugar, establece un mecanismo de adaptación a los nuevos los procesos tarifarios, donde todas las cinco empresas se adaptarían a las nuevas tarifas en un período corto de tiempo.

2.- Boletín N° 8.790-15.- Consta de tres artículos permanentes y uno transitorio.

Su artículo primero adelanta la eliminación de la larga distancia nacional en algunos meses, y establece una sola zona primaria. Además elimina la consulta al Tribunal de la Libre Competencia.

Su artículo segundo adecua el articulado eliminando toda referencia a la larga distancia nacional.

El artículo tercero, establece el periodo de entrada en vigencia de la ley.

Su artículo transitorio, propone que los procesos tarifarios se adapten a un proceso único para todas, y que las tarifas se extiendan más allá de su plazo original producto de la implementación del proceso o norma técnica señalada por la subsecretaría, no podrán modificar sus tarifas.

III.- INVITADOS.

La Comisión acordó invitar a los señores Rafael Zamora, Director de estrategias y regularización, Andrés Wallis, Director Asuntos Corporativos, Diego Suarez, Gestor de Asuntos Corporativos todos de Telefónica Chile S.A.; Miguel Oyonarte, Vicepresidente del Área Legal y Jaime Prado, Gerente de Relaciones Institucionales y Asuntos Judiciales de Nextel; Mario Raúl Domínguez, Gerente General de GTD; Matías Danús, Gerente Asuntos Regulatorios y Jorge Carey, abogado de VTR; Cristian Sepúlveda, Gerente Relaciones Institucionales y Estrategias, Pedro Suárez Subgerente de Regulaciones y Alejandro Trujillo, Jefe Área Asuntos Públicos de Entel; Gianpaolo Peirano, Director Legal y Regulatorio, y Patricio Varas, Gerente de Planificación de Claro S.A.. quienes comparecieron a la Comisión expresando lo siguiente:

1.- TELEFONICA CHILE S.A.

El señor Rafael Zamora, señaló que el proyecto trata principalmente las siguientes materias:

I.- Adelanta eliminación del Servicio de Larga Distancia Nacional.

II.- Modifica procedimiento de Fijación de Tarifas.

III.- Hace retroactiva la ley a las fijaciones tarifarias ya iniciadas (último inciso del artículo transitorio).

A su juicio se incluyen materias controversiales en la industria y que no tienen relación con el título de la iniciativa.

La ley actual, modificada el 10 de diciembre de 2011, eliminaría larga distancia nacional en julio 2014, previo pronunciamiento del Tribunal de Libre Competencia.

La fecha de este proyecto de ley tiene sentido:

• Que el mayor costo de una llamada de Santiago-Arica, por ejemplo, se incluya en los nuevos procesos tarifarios de Cargos de Acceso de las Compañía Locales (termina en mayo 2014).

• Que se termine la habilitación del nuevo largo del número telefónico (15/06/13), para evitar duplicidad de números locales (hoy se diferencian por el código de área).

Manifestó que adelantar la eliminación al 2013 ocasiona un daño económico:

• A las compañías locales: por este mayor costo que no se puede reflejar en los actuales cargos de acceso.

• A los Portadores: que habían planificado su negocio con la certeza de la fecha que daba la ley actual.

• A la fuerza laboral que se desempeña en los Portadores.

• Positivo: Acelera la simetría entre el servicio móvil (no existe LDN) y el servicio local, y elimina la prohibición de comercialización conjunta con la larga distancia internacional.

En razón de lo expuesto, propuso que la eliminación de LDN coincida con el inicio del nuevo decreto tarifario de las compañías locales.

En cuanto al proceso de fijación tarifaria a través de la imposición de fijar los Cargos de Acceso al nivel de tarifa «eficiente», que equivale al Costo Incremental o Marginal (modificación al inciso segundo Art. 30 E); Inclusión en la Empresa Eficiente de TODOS los servicios de telecomunicaciones, sean regulados o no (modificaciones Art. 30 A y 30 C); Facultades discrecionales de Subtel para extender la fijación tarifaria a empresas que no participan en estudios tarifarios (modificación Art. 30 J); Comisión de peritos vinculante (modificación inciso segundo, Art. 30 I), señaló que estas materias no tienen relación con el fin de la larga distancia nacional y, a diferencia de ésta, generan gran controversia en la industria.

Respecto a la imposición de fijar cargos de acceso al nivel de costo incremental o marginal expresó que la ley actual respeta el principio económico: en empresas con importantes Economías de Escala la tarifa se debe fijar al nivel de Costo Medio, el que incluye los costos fijos, y no solo de acuerdo al Costo Incremental o Marginal (Art. 30 F de la Ley). La lógica económica es que la tarifa debe cubrir todos los costos de operar el servicio, para asegurar el autofinanciamiento y viabilidad de largo plazo.

Por ejemplo, si en industrias de altos costos fijos, como una Autopista, la tarifa no cubriera los costos fijos de construirla y solo pagara los costos marginales de transitar en ella (muy bajos), no habría inversionistas dispuestos a financiar su construcción.

Si bien Europa tiene una directriz de avanzar hacia el método «Pure LRIC» (símil al Costo Marginal), tiene un retraso en inversiones en redes de nueva generación (LTE y FTTH) respecto de Asia y USA (dónde opera el sistema RPP y no el CPP).

El Tribunal de Libre Competencia no instruyó al regulador ni solicitó un cambio de ley para fijar los cargo de acceso a Costo Marginal; la igualdad On/Off Net la solucionó con su instrucción que rige a partir de enero 2014, independiente de cómo o en qué nivel se fije el Cargo de Acceso Móvil.

Fijar tarifas a costo marginal no permite cubrir los costos fijos, afectando el autofinancimiento y los incentivos a las inversiones en redes de nueva generación.

Sobre este punto propuso mantener la ley actual y no aprobar lo contemplado en el proyecto.

En relación a la inclusión en la Empresa Eficiente de todos los servicios de telecomunicaciones manifestó que:

El diseño de empresa eficiente se amplía a TODOS los servicios de telecomunicaciones, independiente de que sus tarifas estén por ley en libertad de precios o se presten con redes distintas a las del servicio regulado (Ej. TV Satelital).

No se debe crear una empresa eficiente que artificialmente presta servicios vía distintas redes sólo para reducir los costos de los servicios que se regulan.

Además, se deberían calcular costos, planes de expansión y demanda de servicios no afectos a regulación, representando una sobrerregulación y un exceso de información de servicios que por ley están en libertad tarifaria.

Para reconocer el fenómeno de convergencia tecnológica hay otras soluciones más «económicas», como es acotar a los servicios de telecomunicaciones a los «prestados con la misma red que el servicio afecto a regulación tarifaria».

A su juicio es una exigencia inalcanzable de eficiencia y una sobrerregulación a servicios en libertad tarifaria.

Sobre este punto sugirió acotar el diseño de la empresa eficiente a los servicios prestados con la misma red que el servicio afecto a regulación tarifaria.

Respecto a que la opinión de la comisión de peritos sea vinculante, señalo que es positivo para la certeza jurídica de los procesos tarifarios.

Con esta norma, se elimina parte de la asimetría con sectores de energía y sanitario.

Sin embargo, expresó que en esta nueva situación se debe modificar también la forma de remuneración de los peritos del Estudio Tarifario, ya que en la actualidad sólo lo pagan la empresa, lo que puede prestarse a dudas cuando son vinculantes.

Sugirió replicar lo que se hace en la ley actual con los peritos de Bases Técnicas, en que cada parte asumo el 50%.

En resumen señalo que Movistar propone lo siguiente:

1.- Que el adelanto de la eliminación de LDN coincida con el inicio del nuevo decreto tarifario de las compañías locales (May.14 en el caso de Movistar).

2.- Que en relación a las modificaciones de los procesos tarifarios:

- Eliminar la modificación para calcular los cargos de acceso según tarifa eficiente (a costo incremental o costo marginal). No sentemos un precedente que pone en riesgo la inversión en infraestructura de telecomunicaciones.

- Acotar el diseño de la empresa eficiente a los servicios «prestados con la misma red que el servicio afecto a regulación tarifaria».

- Tener procesos de fijación de tarifas únicos por industria (Fijo y Móvil).

- Acuerdo con comisión de peritos vinculante, con pago en partes iguales.

3.- En cuanto a hacer retroactivo este proyecto de ley, aplicar sólo a procesos tarifarios que no tengan las Bases definitivas dictadas por la autoridad.

2.- NEXTEL

El señor Miguel Oyonarte, indicó que el proyecto contempla la eliminación del Servicio de Larga Distancia Nacional.

En la actualidad Chile permanece dividido en 13 zonas primarias hasta enero de 2015, fecha en que la ley N°20.476, contempla que previo pronunciamiento del Tribunal de Libre Competencia se pase a una única zona, eliminando la Larga Distancia Nacional.

El proyecto de ley, establece una zona primaria única nacional a 180 días de entrada en vigencia de la ley, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina.

Respecto al proceso de fijación de tarifas, el proyecto incorpora a una empresa eficiente multiservicio. La empresa eficiente para efectos del cálculo de tarifas ofrecerá servicios de telecomunicaciones en general (Artículo 30ºA).

La empresa eficiente sujeta a regulación corresponderá a una empresa multiservicio que provee los servicios en un esquema de convergencia de redes (Artículo 30º C).

Para el cálculo de los cargos de acceso se precisa que ello es a tarifa eficiente, sin importar la red de origen ni destino (Artículo 30º E).

La propuesta del legislador incorpora que las opiniones emitidas por las comisiones periciales en el contexto de los procesos tarifarios tengan carácter de vinculante tanto para el procedimiento de establecer las Bases Técnico Económicas (Artículo 30º I) como para la etapa del Informe de Modificaciones e Insistencias (Artículo 30º J).

Señaló que la modificación plantea la no obligatoriedad de participación en el proceso de regulación tarifaria incorporando que las concesionarias deberán informar a la Subtel su confirmación de participación en el proceso (Artículo 30º J).

Además faculta a la autoridad para emitir decretos conjuntos que aplicarían a dos o más concesionarios, en aquellos casos que por razones de evolución del mercado, estructura de costos y de inteligibilidad de las tarifas, exista mérito para establecer tarifas. En caso de no participación de una concesionaria Subtel podrá regular con las tarifas obtenidas en otro proceso (Artículo 30º J).

3.- VTR

El señor Matías Danus realizó las siguientes observaciones al proyecto boletín 8787-15:

1.- Adelantar el fin de la larga distancia nacional es la principal forma de disminuir el gasto de los chilenos en telecomunicaciones.

2.- Una reducción drástica en los cargos de acceso móviles a contar de 2014, sí puede influir en la reducción del gasto de los hogares.

3.- El proyecto es positivo en eliminar la arbitrariedad entre procesos tarifarios. Para que tenga efecto se deben reflejar las anomalías en el actual proceso tarifario.

4.- Los cargos de acceso son una tarifa que sirve como barrera estratégica: no son una fuente de ingreso relevante para las incumbentes sino que una barrera competitiva para los entrantes.

5.- Chile debe seguir a los principales países de la UE pertenecientes a la OCDE. Las últimas fijaciones de los países de la Unión Europea para el periodo 2014 están bajando los cargos de acceso móviles a $9 en promedio.

6.- En Chile, si se reduce la brecha entre los cargos de acceso móvil y fijo a una relación de 1,5 a 2 veces (tal como lo ha manifestado la autoridad) estamos hablando de una cifra entre $11 y $14.

7.- La caída debe aplicarse desde el 2014. Si se realiza de una manera gradual el impacto competitivo se diluye. No da lo mismo cuando ocurre la baja.

4.- ENTEL

El señor Cristián Sepúlveda, realizó las siguientes observaciones y comentarios al proyecto:

1.- Dado el escenario competitivo del mercado de telefonía fija, es indispensable el pronunciamiento del Tribunal de la Libre Competencia antes de transformar a Chile en una única zona primaria, por lo que no está de acuerdo con la modificación que propone el proyecto en su artículo 1°.

2.- Todo proceso de Fijación Tarifaria debe garantizar el autofinanciamiento de la Empresa Eficiente.

3.- Un nuevo valor que no considere la realidad del mercado chileno, podría generar un impacto social que excluiría a millones de chilenos que hoy tienen la posibilidad y utilizan su teléfono celular para estar conectados en todo momento y lugar.

4.- Afecta la certeza jurídica, técnica y económica la aplicación retroactiva de una ley, y por otra parte que sea aplicable de terceros que no son parte del respectivo procedimiento tarifario.

5.- Reconoce que es avance que la opinión de la comisión de peritos sea vinculante.

5.- CLARO

El señor Peirano, expresó que el proyecto busca cumplir con los siguientes objetivos:

1.- Adelantar término a la larga distancia nacional.

2.- Modificar el título de tarifas:

- Amplía los servicios que provee la empresa eficiente.

- Establece fijación de precios siempre a costo marginal.

- Establece como vinculante la opinión de la comisión de perito.

3.- Aplicación retroactiva del nuevo título de tarifas.

Indicó que el actual programa contempla la eliminación de la larga distancia nacional, previa consulta al Tribunal de Defensa de La Libre Competencia.

El proyecto contempla adelantar su aplicación a Octubre del presente, sin consultar al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

En términos económicos se provoca una migración de ingresos y costos desde un mercado que opera en términos de competencia, prácticamente perfecta (Portadores) a otro dominado o al menos duopólico (compañías telefónicas fijas)

A su juicio implementar estos cambios requiere de:

- Mesas de trabajo industria-regulador.

- Acuerdos técnicos y administrativos.

- Modificación de procedimientos y sistemas de soporte.

- Comunicación y capacitación a usuarios.

Señaló que la actual ley establece que la empresa sujeta a fijación de precios, provee los servicios regulados, que por razones de indivisibilidad tecnológica no puede separar su suministro. Ejemplo: telefonía móvil con banda ancha móvil.

La moción establece que se debe considerar todos los servicios de telecomunicaciones, sean éstos o no provistos por la misma red. Por ejemplo, Telefonía Móvil, Banda Ancha Móvil, Televisión de Pago, Banda Ancha Fija, etc. Estos no sería posible toda vez que, en la actualidad no existen comercialmente redes y tecnologías que de manera única soporten todos los servicios de telecomunicaciones.

Respecto a la fijación de precios a costo marginal advirtió que:

- La actual ley garantiza la recuperación de las inversiones, en todos los escenarios. Luego, en base a este principio, establece la metodología de cálculo de las tarifas de los servicios regulados.

- La moción no garantiza la recuperación de las inversiones, pues antepone la metodología al principio, pues la tarificación a costo marginal no garantiza la recuperación de inversiones en presencia de economías de escala.

Sobre la idea de establecer como vinculante la opinión de la comisión de peritos señaló estar de acuerdo toda vez que la actual ley establece que las discrepancias en la etapa de las bases y de definición de las tarifas, las resuelve en definitiva la Subsecretaría. La moción subsana este desequilibrio, pues le otorga el carácter de vinculante a la opinión que emita la comisión de peritos, tanto en la etapa de controversia a las bases como en la parte de definición de las tarifas. Aquí, al igual que en la etapa de las bases, la comisión debiera remunerarse en partes iguales y del mismo modo en la etapa de las tarifas.

Manifestó respecto a la aplicación retroactiva del nuevo título de tarifas, que el actual estatuto económico del sector ha amparado las cuantiosas inversiones a la fecha realizadas. Los procesos de fijación de tarifas ya están en curso. Se trata de procesos reglados, donde cualquier cambio importa retrotraerlos al inicio.

La retroactividad genera una incerteza jurídica de magnitud, pues significa que al momento de publicada la ley, los nuevos decretos se deben rehacer.

La moción busca tarificar servicios sobre dos principios:

- La existencia de empresas eficientes convergentes.

- No garantizar la recuperación de las inversiones.

El orden lógico es adecuar la regulación para que las empresas avancen en la adopción de redes y tecnologías convergentes, haciendo de la transmisión de datos y los servicios sobre este servicio una realidad, y luego ver si es necesario revisar el título de las tarifas.

IV.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO.A) DISCUSIÓN GENERAL.

Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en las mociones boletines números 8.787-19 y 8.790-15 (refundidas), lo señalado por el señor Subsecretario y los invitados, los señores Diputados fueron de parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia. Se estimó que la tecnología actual no justifica la diferencia entre llamada local y llamada de larga distancia, dado la entrada al mercado de la telefonía sobre Protocolo de Internet (IP). Hoy en día la llamada tiene el mismo costo para el emisor, independiente del lugar en que se encuentre el receptor. No obstante lo anterior, se recordó que la ley dispuso que para efectos de constituir el país en una sola zona primaria se consultara previamente al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, verificando si estaban dadas las condiciones de competencia en la telefonía fija en todo el país.

Se consideró adecuado no atender la condicionante anterior, debido al proceso de convergencia tecnológica, la portabilidad total, la sustitución entre servicios y la actual estructura de costos de los operadores. El fenómeno de competencia por el servicio, independiente de la plataforma, está en franca masificación, es decir, en un futuro cercano, lo importante será la voz y no la red por donde ella transite; más aún, lo importante será "comunicarse".

En este escenario, que generará una competencia total entre todos los actores de la industria, abandonando el antiguo modelo de competencia diferenciada por mercados fijo y móvil, que redundará en menores precios y por consiguiente mayor bienestar social, por cierto que los hechos ya no justifican la subsistencia del servicio de larga distancia nacional.

A lo anterior, se reconoció que deben sumarse modificaciones que permitan dar mayor nitidez a la actualización del proceso de fijación tarifaría, en cuanto a hacerse cargo de la convergencia y cambio en la estructura de costos -que reconozca una disminución en la relación entre los cargos de acceso fijo y móvil- que finalmente redunde en una disminución de tarifas y consolide el proceso de eliminación de la discriminación de tarifas on net/off net.

Por otra parte, finalmente, se recordó que estas mociones vienen a culminar el proceso de terminación del servicio de larga distancia nacional, ya que habiéndose implementado durante el año 2011 en 7 regiones del país, entre las cuales se encuentra la región de Valparaíso, del Maule, de los Lagos, Atacama, Coquimbo, etc., ahora, esta segunda fase, que señalaba que 36 meses después de promulgada la ley, se debía hacer una consulta al tribunal de defensa de la libre competencia -para eliminar la larga distancia nacional en todo el país-, se adelanta por las razones dadas más arriba. A mayor abundamiento, la consulta al tribunal puede retardar entre 3 a 4 años la eliminación de la larga distancia nacional, puesto que es lo que demora en promedio en dictar un fallo.

Puesta en votación general la idea de legislar sobre la materia de que tratan las mociones, se APRUEBA por unanimidad.

VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES PEDRO PABLO ALVAREZ-SALAMANCA, RAMON FARÍAS, IVÁN MOREIRA, VÍCTOR TORRES, IGNACIO URRUTIA Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE. B) DISCUSIÓN PARTICULAR.

La totalidad de los artículos de las mociones refundidas, fueron objeto de una indicación sustitutiva de la Diputados señores Pedro Pablo Alvarez – Salamanca, Ramón Farías, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, aprobada por unanimidad, que integra en un solo texto lo normado en ambos proyectos.

VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES PEDRO PABLO ALVAREZ–SALAMANCA, RAMÓN FARÍAS, IVÁN MOREIRA, VÍCTOR TORRES, IGNACIO URRUTIA Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE.

Articulo 1°

Este artículo, que adelanta la eliminación de la larga distancia nacional en algunos meses, estableciendo una sola zona primaria y elimina la consulta al Tribunal de la Libre Competencia, fue aprobado por asentimiento unánime.

VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES JUAN LUIS CASTRO (PRESIDENTE), ROBERTO DELMASTRO, RAMÓN FARÍAS, ALBERTO ROBLES, VÍCTOR TORRES Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE.

Artículo 2°

Este artículo, que adecua el articulado eliminando toda referencia a la larga distancia nacional, fue aprobado por asentimiento unánime.

VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES JUAN LUIS CASTRO (PRESIDENTE), ROBERTO DELMASTRO, RAMÓN FARÍAS, IVAN MOREIRA, ALBERTO ROBLES Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE.

Artículo 3°

Este artículo, que establece el periodo de entrada en vigencia de la ley, fue aprobado por asentimiento unánime.

VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES JUAN LUIS CASTRO (PRESIDENTE), ROBERTO DELMASTRO, RAMÓN FARÍAS, IVAN MOREIRA, ALBERTO ROBLES Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE.

Artículo transitorio

Este artículo, que regula los procesos tarifarios que estuvieren vigentes una vez vigente esta ley, fue aprobado por asentimiento unánime.

VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES JUAN LUIS CASTRO (PRESIDENTE), ROBERTO DELMASTRO, RAMÓN FARÍAS, IVAN MOREIRA, ALBERTO ROBLES Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE.

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C) ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Los artículos de las mociones refundidas fueron rechazados. Su texto se transcribe a continuación:

1.- Moción que establece la "Meta todo Chile" a llamada local. Boletín N° 8787-19.

Artículo 1°.- Sustitúyase el inciso segundo del artículo 4° transitorio, de la ley N°19.302, por el siguiente:

A partir de los 180 días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica.

Artículo 2°.- Modifíquese la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en los siguientes artículos:

a) En el artículo 3° letra e), después de "larga distancia" incorpórese la palabra "internacional.

b) En el artículo 24° bis:

- En el inciso primero, suprímase ", nacional e" y después de "larga distancia" incorpórese la palabra "internacional".

- En el inciso segundo, después de "larga distancia" incorpórese la palabra "internacional".

- En el inciso tercero, suprímase ", nacional o".

- En el inciso cuatro, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.

- En el inciso quinto, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.

- En el inciso sexto, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.

- En el inciso séptimo, suprímase ", nacional e".

- En el inciso octavo, después de "larga distancia" incorpórese la palabra "internacional".

- En el inciso noveno, después de "larga distancia" incorpórese la palabra "internacional".

- En el inciso décimo, después de "larga distancia", las dos veces en las que aparece incorpórese la palabra "internacional".

c) En el artículo 26°:

- Suprímase el inciso segundo.

- En el inciso tercero, después de "larga distancia" incorpórese la palabra "internacional" y sustitúyase la frase "nacionales e internacionales" por la palabra "internacional". Suprímase el inciso cuarto.

- En el inciso quinto, suprímase la frase "y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo".

- En el inciso final, sustitúyase "que exceda una zona primaria" por "que exceda el territorio nacional" e intercálese entre "distancia" y "para" la palabra internacional".

d) En el artículo 29°, inciso segundo, suprímase "nacional e".

e) En el artículo 30° A, sustitúyase "sólo los servicios sujetos a fijación tarifaria", por "servicios de telecomunicaciones" y elimínese la frase "sujetos a regulación tarifaria".

f) En el artículo 30° C:

- En el inciso primero, suprímase "concesionarias".

- En el inciso segundo, sustitúyase la frase "sujetos a regulación tarifaria" por "definidos conforme al inciso cuarto del artículo 30 I del presente Título".

g) En el artículo 30° E:

- En el inciso segundo, agréguese "De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 30°, para el cálculo de los cargos de acceso siempre se utilizará la tarifa eficiente, sin importar la red de origen ni destino".

h) Deróguese el artículo 30°G.

i) En el inciso segundo del artículo 30 I, agréguese a continuación de "opinión" la primera vez en la que aparece, la palabra "vinculante" y sustitúyase la expresión: "resolverá en definitiva respecto de" por " aprobará".

J) En el artículo 30°J:

- En el inciso primero, sustitúyase "serán" por "podrán ser", intercálese entre "Subsecretaría de Telecomunicaciones" y "antes de los 180 días", reemplazando la coma que las separa por un punto seguido, lo siguiente:

"Mediante oficio de notificación, las concesionarias deberán informar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, 420 días previos al vencimiento del quinquenio respectivo, su confirmación de participación en el proceso de envío del estudio antes mencionado. Tal estudio deberá ser enviado"; elimínese la frase "acompañando copia del estudio antes mencionado y otros antecedentes que considere pertinentes.";

- Intercálese entre "pronunciarse sobre ellas," y "dicha Subsecretaría" la frase "mediante un informe evacuado" y sustitúyase "a través de" por la palabra "por";

- Agréguese al final del inciso: "En caso que una concesionaria, de acuerdo a lo anteriormente estipulado, no participe en el proceso, los Ministerios podrán establecer como tarifas definitivas para dicha empresa aquéllas que resulten del proceso tarifario de otra concesionaria y que sean establecidas en un respectivo decreto tarifario."

- En el inciso segundo, agréguese a continuación de "informe" la palabra "vinculante" y elimínese la expresión "resolverán en definitiva y"

- Agréguese el siguiente inciso tercero, pasando el actual inciso tercero a ser inciso cuarto:

"En aquellos casos que por razones de evolución del mercado, estructura de costos y de inteligibilidad de las tarifas, exista mérito para establecer tarifas que apliquen a un determinado conjunto de concesionarias, los Ministerios podrán dictar un solo decreto que aplique a dicho conjunto de concesionarias, y el proceso de fijación tarifaria se ajustará en lo pertinente."

Artículo Transitorio: Para efectos de la implementación de las modificaciones incorporadas en la presente Ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24° de la Ley General de Telecomunicaciones.

Si concurre lo estipulado en el inciso tercero del artículo 30°J, y se encuentran vigentes decretos tarifarios de concesionarias a las cuales aplicaría dicho inciso, se irán adecuando a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren.

Respecto de aquellos decretos cuya vigencia se haya extendido por sobre el quinquenio correspondiente, a causa del plan citado en el inciso siguiente, conforme al artículo 30°, no resultarán aplicables las reglas sobre reliquidación contenidas en el inciso sexto del artículo 30° J.

La Subsecretaría establecerá, mediante normativa técnica, el cronograma que especifique el plan de modificación de los procesos establecidos en la presente Ley.

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, debiendo ajustarse a ésta los procesos tarifarios que a dicha fecha se encontraren en curso.

2.- Moción que modifica la ley general de telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico. Boletín N° 8.790-15

Artículo 1°.- Modifícase el inciso primero del artículo 4° transitorio, de la ley N°19.302 modificado por la Ley N° 20.476 en el siguiente sentido:

a) Reemplázase "se divide en trece zonas primarias. Estas zonas corresponden a las existentes actualmente, según el Plan Técnico Fundamental de Encaminamiento Telefónico vigente, con excepción de las zonas primarias de Copiapó, La Serena y Ovalle, que se fusionan; de Quillota, Valparaíso, Los Andes y San Antonio, que se fusionan; de Talca, Linares y Curicó, que se fusionan; de Chillán, Concepción y Los Angeles, que se fusionan; y de Valdivia, Osomo y Puerto Montt, que también se fusionan." por "será una sola zona primaria".

b) Reemplácese el inciso segundo, por el que sigue: "Lo dispuesto en el inciso anterior se implementará dentro del plazo de 90 días contados desde la entrada en vigencia del presente artículo en la forma y condiciones que fije la normativa técnica que al efecto dicte la Subsecretaría de Telecomunicaciones."

Artículo 2°.- Modifíquese la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en el siguiente sentido:

a) En los artículos 3° letra e), 24 bis, 26 y 29 elimínese la referencia a la larga distancia nacional, permaneciendo sólo la referencia a la larga distancia internacional.

b) En el artículo 26°, suprímase los incisos segundo y cuarto del artículo 26"; elimínesela expresión "y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo" de su inciso quinto y reemplácese "que exceda una zona primaria" por "hacia fuera del país o desde el extranjero".

c) En el artículo 30° A, reemplácese "sólo los servicios sujetos a fijación tarifaría", por "los servicios señalados en el artículo 3° de la presente ley" y reemplácese la frase "los servicios de telecomunicaciones sujetos a regulación tarifarla" por "dichos servicios".

d) En el artículo 30°C inciso primero, reemplácese "concesionarias" por "que presten los servicios señalados en el artículo 30°A" y reemplácese "sujetos a regulación tarifada" por "definidos en las correspondientes bases técnico económicas".

e) Deróguese el artículo 30°G.

f) En el artículo 30°J, inciso primero, sustitúyase "respectivas" por "que notifiquen a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, con una anticipación no menor a 420 días previos al vencimiento del quinquenio respectivo, su participación en el proceso de envío del estudio a que se refiere el artículo anterior,"; agréguese al final del mismo inciso la frase: "Las tarifas para una concesionaria podrán establecerse como tarifas definitivas para las concesionarias que no hubieren confirmado su participación en el proceso de envío de estudio, debiendo fundamentarse esta decisión."; reemplácese el inciso final por el que sigue:

"Los Ministerios podrán definir la aplicación de una o más tarifas determinadas conforme al presente artículo a otra concesionaria que no hubiere iniciado el respectivo proceso en caso que los criterios técnicos utilizados para la fijación tarifaria que se respectiva así lo justifique" .

Artículo 3°.- La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.

Artículo transitorio: Los procesos tarifarios que a la fecha de la publicación de la presente ley no se encontraren finalizados deberán sujetarse a ésta, pudiendo a consecuencia de lo anterior, extenderse la vigencia de los decretos tarifados anteriores más allá del respectivo quinquenio. En este último caso, no será aplicable la reliquidación establecida en el inciso sexto del artículo 30° J.

La Subsecretaría mediante la correspondiente norma técnica establecerá la forma y cronograma para la implementación de lo señalado en el presente artículo.

La aplicación de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 30°J se verificará a medida que los respectivos decretos tarifarios que les fueren aplicables expiren.

D) INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No hubo.

**********

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, de la Comisión de Ciencia y Tecnología, recomienda aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N°19.302, por el siguiente:

“A partir de los 120 días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica, proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de 180 días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.

Artículo 2°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones:

a) En el artículo 3°, letra e), después de las palabras “larga distancia” agrégase la palabra “internacional”.

b) En el artículo 24 bis:

i.- En el inciso primero, suprímanse los vocablos “, nacional e” y después de las palabras “larga distancia”, en la segunda vez que aparece, incorpórase la palabra “internacional”.

ii.- En el inciso segundo, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.

iii.- En el inciso tercero, suprímanse los vocablos “, nacional o”.

iv.- En el inciso cuarto, después de las palabras “, larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.

v.- En el inciso quinto, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.

vi.- En el inciso sexto, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.

vii.- En el inciso séptimo, suprímanse los vocablos “, nacional e”.

viii.- En el inciso octavo, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.

ix.- En el inciso noveno, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.

x.- En el inciso décimo, después de las palabras “larga distancia”, las dos veces en las que aparece, incorpórase la palabra “internacional”.

c) En el artículo 26°:

i.- Suprímanse los incisos segundo y cuarto.

ii.- En el inciso tercero, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”, y sustitúyense los vocablos “nacionales e internacionales” por la palabra “internacional”.

iii.- En el inciso quinto, reemplázase la coma después de la palabra “permiso” por la letra “y”, y elimínase la expresión "y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo".

iv.- En el inciso final reemplázase la frase "que exceda una zona primaria" por “que exceda el territorio nacional”, e intercálase entre la palabra “distancia” y la preposición “para” la palabra “internacional”.

d) En el artículo 29°, inciso segundo, suprímense los vocablos “nacional e”.

e) En el artículo 30° A, reemplázase la frase "sólo los servicios sujetos a fijación tarifaría", por "los servicios señalados en el artículo 3° de la presente ley", y reemplázase la frase "los servicios de telecomunicaciones sujetos a regulación tarifaria" por "tales servicios".

f) En el artículo 30°C, inciso primero, reemplázase la palabra "concesionarias" por la frase "que presten los servicios señalados en el artículo 30°A", y en el inciso segundo reemplázase la frase "sujetos a regulación tarifaria" por "definidos en las correspondientes bases técnico económicas conforme al inciso cuarto del artículo 30 I del presente Título".

g) En el artículo 30 F, inciso segundo, agrégase la siguiente frase, después del punto seguido que está a continuación de la palabra “autofinanciamiento”: “En el caso de los cargos de acceso, las tarifas definitivas sólo podrán incrementarse más allá de su nivel eficiente, cuando concurran razones económicas fundadas que así lo justifiquen.” y reemplázase el vocablo “Los” por “En todos los casos, los”.

h) Derógase el artículo 30° G.

i) En el artículo 30° I:

i.- En el inciso segundo, agrégase a continuación de la palabra “opinión”, la primera vez en la que aparece, la palabra “vinculante”, sustítúyese las palabras “y el tercero” por las palabras “y uno”; agrégase después de la palabra “acuerdo” la frase “y dos por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia”, y sustitúyese la expresión: “resolverá en definitiva respecto de” por “dictará”.

ii.- En el inciso cuarto, antes del punto aparte, agrégase la frase “Además, en aquellos casos que por razones de evolución del mercado, estructura de costos y de inteligibilidad de las tarifas exista mérito para establecer tarifas que apliquen a un determinado conjunto de concesionarias, las bases indicarán tal circunstancia y todas las concesionarias incorporadas se someterán a un mismo procedimiento.”.

j) En el artículo 30°J:

i.- En su inciso primero, reemplázanse las palabras “la empresa concesionaria respectiva” por la frase “las empresas concesionarias respectivas que hubieren informado por escrito a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, con una anticipación no menor a 420 días previos al vencimiento del quinquenio respectivo, su participación en el proceso de envío del estudio a que se refiere el artículo anterior. La propuesta se formulará”.

ii.- En el inciso segundo, agrégase a continuación de la palabra “informe” la palabra “vinculante”, y elimínase la expresión “resolverán en definitiva y”.

iii.- Reemplázase el inciso final por el siguiente: "Los ministerios podrán definir la aplicación de una o más tarifas determinadas conforme al presente artículo a otra concesionaria que no hubiere iniciado el respectivo proceso en caso que los criterios técnicos utilizados para la fijación tarifaria que se respectiva así lo justifiquen, previo informe de la Subsecretaría.”.

Artículo 3°.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo primero de esta ley.

Artículo Transitorio

Si concurre lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 30°I, y se encontraren vigentes decretos tarifarios de concesionarias a las cuales aplicaría dicho inciso, éstas se irán adecuando a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren. Si, por el contrario, por aplicación del mismo inciso, se extendiere por parte de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Turismo la vigencia de decretos tarifarios más allá del quinquenio correspondiente con el objeto que las nuevas tarifas comiencen a regir para todas las concesionarias involucradas de manera simultánea, no resultarán aplicable las reglas sobre reliquidación.”.”.

SALA DE LA COMISIÓN, a 22 de Mayo de 2013.

Tratado y acordado en sesiones de fecha 23 de enero, 6, 13 y 20 de marzo, 8 y 15 de mayo de 2013, con asistencia de la Diputada señora Maria Antonieta Saa y de los diputados señores Pedro Pablo Alvarez–Salamanca, Germán Becker, Juan Luis Castro (Presidente), Roberto Delmastro, Ramón Farías, Hugo Gutiérrez, Iván Moreira, Alberto Robles, René Saffirio, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe

El Diputado señor Marcos Espinoza, remplazó en una sesión al Diputado señor Alberto Robles.

ROBERTO FUENTES INNOCENTI

Secretario de la Comisión

1.4. Informe de Comisión de Obras Públicas

Cámara de Diputados. Fecha 11 de junio, 2013. Informe de Comisión de Obras Públicas en Sesión 40. Legislatura 361.

INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, RECAIDO EN LAS MOCIONES QUE “ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL”, Y LA QUE “MODIFICA LA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES, PARA TERMINAR CON LA LARGA DISTANCIA NACIONAL Y HACER CONVERGENTES LOS CARGOS DE ACCESO DEL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO”.

BOLETINES Nºs 8.787-19 y 8.790-15 REFUNDIDOS.

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HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, pasa a informaros acerca del proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, de origen de dos mociones, a saber:

La primera, de los Diputados señores Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, por la que “establece la Meta todo Chile a llamada local, boletín N°8.787-19, y la segunda, de las Diputadas señoras, María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, por la que se modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico”, boletín N°8.790-15.

Cabe hacer presente, que con fecha 23 de mayo del año en curso, los Jefes de los Comités Parlamentarios, acordaron remitir a esta Comisión, mediante el oficio N°10.757, por un plazo de dos semanas, para que estudie y emita un informe sobre el proyecto de ley recaído en la mociones que “establece la meta todo Chile a llamada local” y que “modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico”, que corresponden a los boletines N°s. 8.787-19 y 8.790-15, despachado por la Comisión de Ciencia y Tecnología, la que emitió su informe en calidad de comisión técnica.

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El proyecto de ley en estudio, como ya se indicó, es producto de dos mociones parlamentarias, las que fueron fusionadas por acuerdo de la H. Sala de la Cámara de Diputados, en razón de que la idea matriz de ambas es similar y apuntan a lo mismo.

La moción de los Diputados señores Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, que establece la Meta todo Chile a llamada local, trata lo relativo a los cargos de acceso entre compañías por las llamadas de larga distancia nacional, y fue ingresada a través de la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Respecto de la moción presentada por las Diputadas señoras María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, la que inició sus estudio en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones. Esta moción tiene por objeto modificar la ley N°19.302, por la que se dividió el país en trece zonas primarias. A su vez, se plantea entre sus antecedentes, que se debe consultar al Tribunal de la Libre Competencia, en una segunda fase, para ver si se dan las condiciones para poner término a la larga distancia nacional.

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Para el estudio del proyecto de ley, la Comisión contó con la colaboración y asistencia del Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton Palma, y de la Jefa de Gabinete del Subsecretario, señora Daniela González.

Por Telefónica Chile S.A. Movistar asistieron: el Director de Estrategia y Regularización señor Rafael Zamora; el Director de Asuntos Corporativos, señor Andrés Wallis, y el Jefe de Proyecto, señor Juan Carlos Molina.

Por Entel Chile asistieron: el Abogado Jefe de Regulación, señor Cristián Sepúlveda; el Subgerente de Regulación señor Pedro Suárez, y el Jefe de Comunicaciones, señor Mauricio Campusano.

DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY.

El Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, explicó que el proyecto aprobado por la Comisión de Ciencia y Tecnología, es producto de la fusión de ambas mociones y tienden a establecer una normativa, para terminar con la larga distancia nacional.

Al respecto explicó que actualmente se encuentran las condiciones dadas para efectuar tal situación, por lo que tampoco sería necesario consultar al Tribunal de la Libre Competencia, para implementar lo planteado, porque con ello, se podría eventualmente judicializar el tema y demorarlo tres o cuatro años más.

Agregó que existe otra razón para adelantar el proceso y no esperar la consulta que se podría efectuar al TLC, en razón que en la actualidad, existe un gran avance y masificación de la telefonía móvil, donde las compañías fueron autorizadas, mediante una modificación reglamentaria, a prestar el servicio de telefonía local con las reden móviles ya existentes. A esto se suma, la incorporación de la nueva tecnología 4G, la que ya alcanza a casi el 90 por ciento de cobertura del territorio nacional. Por lo tanto, el Ejecutivo, tal como se señaló durante el estudio de la moción en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, comparte plenamente los fundamentos de la moción, en el sentido que ya están dadas las condiciones tecnológicas y de infraestructura que hacen aconsejable terminar con los cobros de acceso y eliminar la larga distancia nacional durante el año 2014, de manera gradual, a través de un cronograma, lo cual es muy esperado, especialmente, por la gente de regiones, que son los mayores usuarios de la larga distancia nacional y donde el 90 por ciento de los llamados se hacen hacia la Región Metropolitana.

Explicó que en la Comisión de Ciencia y Tecnología, luego de un amplio debate, se llegó a la conclusión que ambas mociones pretenden que no haya diferencias de precio entre las llamadas de telefonía fija de larga distancia, además de disminuir las diferencias de precio entre la telefonía fija y la telefonía móvil. A su vez, el TLC determinó poner término a las diferencias de precio existentes entre las llamadas on net y off net, por tratarse de prácticas anticompetitivas. O sea, que en la medida que continúen los cargos de acceso y las diferencias de precio por llamadas on net y of net, lo que se logra es privilegiar a las empresas dominantes del mercado, que en Chile son Movistar y Entel, y que juntas agrupan a más del 65 por ciento del mercado, por sobre las compañías entrantes, tales como VTR, Nextel y Claro, las que deben enfrentar estructuras de costo que no permiten que tengamos un mercado absolutamente competitivo, con mejores precios y mejor servicio en las telecomunicaciones.

Finalmente destacó que las modificaciones incorporadas en la Comisión de Ciencia y Tecnología no afectarían los actuales procesos tarifarios en curso, lo que podría eventualmente causar un perjuicio a alguna compañía. Además, se recogen modificaciones para que en el próximo proceso tarifario que se realizará en el año 2019, las que se hacen cada cinco años, exista claridad absoluta de las reglas, para que en lo sucesivo todos los procesos tarifarios se hagan de manera simultánea por todas las compañías. De esa forma, los cargos de acceso no serían una desventaja competitiva para los nuevos entrantes, así todo el país se comunicaría a costo de llamada local y no habría diferencias de precio entre una compañía y otra.

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La Jefa de Gabinete del Subsecretario, señora Daniela González, recordó que a través de la ley N° 19.302, se redujo el número de zonas primarias de 24 a 13. Esa fue la primera etapa para la eliminación de la larga distancia nacional. Agregó que durante el 2012, se implementó un sistema mediante un proceso tecnológico gradual para las regiones. Además, es lo mismo que se está haciendo en este momento, con la estandarización de la numeración en la telefonía fija. Ahora, una vez concluido ese proceso, las redes se encontrarán preparadas para iniciar un nuevo proceso tecnológico que le permita reducir de trece a una las zonas, lo que necesariamente conlleva un cronograma de trabajo.

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El Director de Estrategia y Regularización de Telefónica Chile S.A., señor Rafael Zamora, planteó que como empresa, no le parece adecuado que se hayan fusionado ambos proyectos de ley, en razón que tratan distintas materias. Uno tiene por finalidad terminar con la larga distancia nacional y el otro con los cargos de acceso.

Señaló que las principales materias de las cuales se ocupa el proyecto son adelantar la eliminación del Servicio de Larga Distancia Nacional; modificar el procedimiento de fijación de tarifas, y la afectación de los procesos tarifarios en curso. Esto último, materia controversial para la industria.

En relación con la eliminación de la Larga Distancia Nacional, planteó que la ley vigente elimina la LDN en julio 2014, previo pronunciamiento del TLC. Sin embargo, el proyecto establece que este proceso se adelanta en 120 días.

Explicó que el plazo que fija la ley, de julio de 2014, se refiere a que los mayores costos se deben incluir en los procesos tarifarios de cargos de acceso; además, se deben hacer las adecuaciones técnicas necesarias para que las compañías locales transporten las comunicaciones; a permitir la reconversión o adaptación del negocio de los portadores, y a que se termine la habilitación del número telefónico en todo el país.

Manifestó que al adelantar la fecha prevista para la eliminación ocasionaría un daño económico a las compañías locales, porque el mayor costo no se puede reflejar en los actuales cargos de acceso; asimismo a los portadores, que estimaron el impacto en su negocio con la certeza de la fecha vigente, junto con la fuerza laboral que se desempeña en estas empresas.

Respecto de la modificación al procedimiento de fijación de tarifas, señaló que la regla general es que en presencia de las economías de escala, las tarifas deben incrementarse desde su nivel eficiente hasta cubrir el costo medio para asegurar el autofinanciamiento del servicio. Sin embargo, el proyecto exime a los cargos de acceso de esta regla general y los condiciona a un criterio subjetivo, que establece que sólo podrán incrementarse cuando concurran razones económicas fundadas que así lo justifiquen, conforme a facultades que se entregarían a la Subtel para extender la fijación tarifaria a empresas que no participan en estudios tarifarios. Además se hace vinculante a la comisión de peritos.

Es por eso que indicó, que este tipo de materias no tienen relación con el fin de la Larga Distancia Nacional y que generan gran controversia en la industria.

Por último, respecto de la eliminación de los cargos de acceso del criterio objetivo de las economías de escala como causal legal de escalamiento, señaló que la norma actual respeta el principio económico de que en empresas con importantes economías de escala, la tarifa debe fijarse al nivel de costo medio, que incluye los costos fijos, y no solo de acuerdo al costo incremental o marginal. Agregó que por lógica económica, la tarifa debe cubrir todos los costos de operar el servicio, para asegurar el autofinanciamiento y viabilidad de largo plazo, de lo contrario, se transforma en un desincentivo para los inversionistas.

Finalmente, respecto del adelanto de la eliminación de la Larga Distancia Nacional, propone que ésta coincida con el inicio del nuevo decreto tarifario de las compañías locales, en mayo de 2014.

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El Abogado Jefe de Regulación de Entel Chile S.A., señor Cristián Sepúlveda, manifestó que la empresa que representa no comparte el proyecto en estudio, debido a que trata sobre dos ámbitos completamente distintos y que no guardan mayor relación entre sí, como los son la eliminación de la consulta previa al Tribunal de la Libre Competencia, como requisito para el fin de la Larga Distancia Nacional, y la modificación del proceso de fijación de tarifas, afectando el autofinanciamiento de la empresa eficiente y alterando el concepto de ésta.

Señaló que respecto de la primera modificación, Entel comparte la idea de avanzar en la eliminación de la Larga Distancia Nacional, pero que para garantizar que ello no afecte a los clientes, se debe considerar la opinión del organismo técnico encargado de velar por la libre competencia. La eliminación de las concesiones de la Larga Distancia Nacional, sin que exista una necesidad fundada y calificada por el Tribunal de la Libre Competencia, lo que, a su juicio, significa una expropiación de las mismas y de las inversiones asociadas a éstas, vulnerando el derecho de propiedad y otras garantías constitucionales.

Indicó que respecto de la segunda propuesta, que modifica el proceso de fijación de tarifas, es necesario explicar que ésta busca reducir el cargo de acceso móvil a través de la transformación de las normas que rigen al proceso tarifario de la Ley General de Telecomunicaciones. Sin embargo, con esto se esgrime que se busca favorecer a los usuarios y con ello, imponer un modelo que genera profundas controversias dentro de la industria, y que a la larga podría terminar perjudicando a las personas con menos recursos dentro del sistema.

Concluyó que, dado el escenario no competitivo del mercado de la telefonía fija, es indispensable obtener el pronunciamiento del Tribunal de la Libre Competencia antes de transformar a Chile en una única zona primaria, ya que actualmente existen en Chile 46 comunas donde todavía existe un monopolio en la telefonía fija. Además, que todo proceso de fijación tarifaria, debe garantizar el autofinanciamiento de la empresa eficiente.

Además, advirtió que un nuevo valor del cargo de acceso, que no considere la realidad del mercado chileno, podría generar un impacto social que excluiría a millones de chilenos que hoy tienen la posibilidad y utilizan su teléfono celular, para estar conectados en todo momento y lugar.

Respecto de la norma sobre la Comisión de Peritos, señaló que es un avance que ésta tenga el carácter de vinculante, pero debe mantenerse su actual composición.

Por último, propuso que el proyecto debe contener una definición de empresa eficiente, o multiservicio, ya que el contemplado por el artículo 3º de la Ley General de Telecomunicaciones, que clasifica a los servicios de telecomunicaciones es demasiado amplio y abarca, además, por ejemplo, a la televisión abierta, por cable, a la radio, etcétera.

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Con motivo de lo planteado por los ejecutivos de las empresas de Telefónica Chile S.A. y de Entel Chile S.A., el Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, recordó que el proyecto de ley en estudio es el resultado de dos mociones parlamentarias, que la Sala de esta Corporación acordó refundir y que el Ejecutivo ha respaldado la iniciativa en todos sus trámites.

Advirtió que no hay justificación para que haya diferencias en los cobros por parte de las compañías, ya que los cargos de acceso tienen un costo de $ 60 pesos en la telefonía móvil y de sólo $ 5 pesos en la telefonía fija. Esa es la razón para que exista una competencia deficiente. Además, que ha sido el mismo TLC el que ha resuelto y calificó que los cargos de acceso son una barrera competitiva.

Expresó que actualmente las compañías cuentan con una gran cantidad de infraestructura ociosa y líneas desocupadas de telefonía fija, así como que nuestro país, cuenta con las tarifas de telefonía móvil más altas de los países integrantes de la OCDE y de América Latina.

Por último, precisó que los cambios propuestos no afectan los contratos vigentes, ni los procesos en curso. Además, que los más beneficiados con la eliminación de los cargos de acceso, serían los clientes de prepago de telefonía móvil.

ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN, RESPECTO DEL TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones acordó proponer a la H. Sala, lo siguiente:

Aprobar las normas que se detallan:

-Artículo 1°;

-Artículo 2°, letras a), b), c) y d), y

-Artículo 3°.

Rechazar las normas que se indican:

-Artículo 2°, letras e), f), g), h), i) y j), y

-Artículo Transitorio.

-Puestos en votación los acuerdos adoptados por la Comisión, fueron aprobados por la unanimidad de los Diputados presentes señores García, don René Manuel; Hasbún, don Gustavo; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando Y Pérez, don Leopoldo.

Se designó Diputado Informante al señor René Manuel García García.

SALA DE LA COMISIÓN, a 11 de junio de 2013.

Tratado y acordado en sesiones de fecha 4 y 11 de junio de 2013, con la asistencia de los Diputados señores García, don René Manuel (Presidente); Bobadilla, don Sergio; Hasbún, don Gustavo; Hernández, don Javier; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando; Norambuena, don Iván; Pacheco, doña Clemira; Pérez, don Leopoldo; Sepúlveda, doña Alejandra, y Venegas, don Mario.

PATRICIO ÁLVAREZ VALENZUELA,

Secretario de la Comisión.

1.5. Discusión en Sala

Fecha 04 de julio, 2013. Diario de Sesión en Sesión 44. Legislatura 361. Discusión General. Pendiente.

TÉRMINO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL Y CONVERGENCIA DE CARGOS DE ACCESO DEL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO (Primer Trámite Constitucional)

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que establece la “Meta: todo Chile a llamada local” y que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, con el objeto de terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso al servicio público telefónico.

Diputados informantes de la comisiones de Ciencia y Tecnología y de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones son los señores Alberto Robles y René Manuel García, respectivamente.

Antecedentes:

-Moción, boletines N° 8787-19, sesión 129 de la legislatura 360ª, en 17 de enero de 2013. Documentos de la Cuenta N° 4, y N° 8790-15, sesión 130ª de la legislatura 360ª, en 22 de enero de 2013. Documentos de la Cuenta N° 6.

-Informe de la Comisión de Ciencia y Tecnología, sesión 31ª de la presente legislatura, en 23 de mayo de 2013. Documentos de la Cuenta N° 9.

-Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, sesión 40ª de la presente legislatura, en 19 de junio de 2013. Documentos de la Cuenta N° 8.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Para rendir el informe de la Comisión de Ciencia y Tecnología, tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia.

El señor URRUTIA (de pie).-

Señor Presidente , correspondía que este proyecto lo informara el diputado Alberto Robles Pantoja , quien, por diversas circunstancias, no podrá hacerlo, así que lo haré yo.

En nombre de la Comisión de Ciencia y Tecnología paso a informar el proyecto, originado en mociones refundidas, que establece la “Meta: todo Chile a llamada local” y que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sin urgencia.

La primera fue copatrocinada por los diputados señores Alberto Robles , Germán Becker, Juan Luis Castro , Ramón Farías , Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre , Iván Moreira , Víctor Torres , Ignacio Urrutia y Enrique van Rysselberghe.

La segunda fue copatrocinada por las diputadas señoras María José Hoffmann , Andrea Molina , Marcela Sabat y los diputados señores René Manuel García , Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia.

Cabe hacer presente que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 A de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, por oficio N° 10.681, de 17 de abril de 2013, la Cámara de Diputados acordó que ambas mociones fueran refundidas y tramitadas en conjunto.

Asimismo, es preciso dejar constancia de que en la sesión N° 89ª, de 8 de mayo del presente año, los diputados Pedro Pablo Álvarez-Salamanca , Ramón Farías, Iván Moreira , Víctor Torres , Ignacio Urrutia y Enrique van Rysselberghe presentaron una indicación sustitutiva que integra en un solo texto lo normado en ambos proyectos.

Constancias previas.

La idea matriz o fundamental de los proyectos originales es poner término, en forma definitiva y total, en todo el territorio de la República, al servicio de larga distancia nacional y fijar a costo incremental de largo plazo los cargos de acceso.

No hay normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado.

El proyecto no contiene normas que requieran trámite en la Comisión de Hacienda.

Las iniciativas fusionadas fueron aprobadas en general por unanimidad.

Votaron a favor los diputados señores Pedro Pablo Álvarez-Salamanca , Ramón Farías, Iván Moreira , Víctor Torres , Ignacio Urrutia y Enrique van Rysselberghe.

En el seno de la Comisión se estimó que no se justifica la diferencia entre las llamadas locales y las de larga distancia nacional, dado que las tecnologías que utilizan actualmente las empresas proveedoras no suponen costos diferentes para el servicio telefónico fijo dentro del país. Hoy en día, la llamada tiene el mismo costo para el emisor, independiente del lugar en que se encuentre el receptor. Sin embargo, debemos recordar que la ley dispuso que antes de constituir el país en una sola zona primaria, se debía consultar al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia , para verificar si estaban dadas las condiciones de competencia en la telefonía fija de todo el país.

No obstante lo señalado, se consideró adecuado no atender la condicionante anterior, debido tanto al proceso de convergencia tecnológica como a las medidas tendientes a optimizar la competencia que se han puesto en marcha durante los últimos meses, como el desarrollo de la portabilidad numérica.

Es importante recordar que en la actualidad las tecnologías de telecomunicaciones utilizan internet como plataforma base para la entrega de todo tipo de servicios. Hoy, la gran mayoría de la población cuenta con acceso a comunicación por voz, envío y recepción de datos e, incluso, a geolocalización. Lo importante hoy es comunicarse.

En este escenario, donde las tecnologías soportan diferentes servicios y donde la competencia entre los actores de la industria está dada por la calidad del servicio, no tiene sentido el antiguo modelo de competencia diferenciada por mercados fijo y móvil. Su modificación redundará en menores precios para quienes cuentan con telefonía fija y, por consiguiente, mayor bienestar social.

Los hechos ya no justifican la subsistencia del servicio de larga distancia nacional.

A lo anterior cabe agregar que, dentro del proceso de modernización del servicio de telefonía, tanto fija como móvil, y tanto local como de larga distancia, se ha hecho patente la necesidad de sumar modificaciones que permitan actualizar el proceso de fijación tarifaría, en cuanto a hacerse cargo de la convergencia tecnológica y el cambio en la estructura de costos de esta industria. Por cierto, la aplicación de estos cambios debe tender a una disminución en el valor de los cargos de acceso a redes de otras compañías, en el mundo fijo y móvil, lo cual debe llevar, finalmente, a una disminución de tarifas que tienda a eliminar la diferenciación entre tarifas on net y off net.

Por otra parte, debe recordarse que estas mociones vienen a culminar el proceso de terminación del servicio de larga distancia nacional, que ya se implementó durante 2011 en siete regiones, entre las cuales se encuentran las de Valparaíso, del Maule, de Los Lagos, de Atacama y de Coquimbo. La segunda fase, que señalaba que 36 meses después de promulgada la ley se debería hacer una consulta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia para eliminar la larga distancia nacional en todo el país, se adelanta por las razones ya expresadas. A mayor abundamiento, la referida consulta podría retardar entre tres y cuatro años la eliminación de la larga distancia nacional, que es lo que dicho Tribunal demora, en promedio, en dictar un fallo.

De este modo, a manera de conclusión, lo que se pretende lograr con los proyectos refundidos es:

Primero, adelantar el fin de la larga distancia nacional, acelerando la entrada de los hogares chilenos al mundo de la convergencia tecnológica y disminuyendo, de paso, el gasto en telecomunicaciones.

Segundo, potenciar la competencia y permitir mejores servicios a menores costos para el usuario, allanando el camino para que cuando se produzca la reducción drástica en los cargos de acceso móviles, a contar de 2014, no existan otras barreras a la competencia y haya una efectiva reducción del gasto en los hogares. Los cargos de acceso actuales son una tarifa que sirve como barrera de entrada para nuevos competidores y no constituyen una fuente de ingreso relevante para los incumbentes.

Tercero, eliminar arbitrariedades en los procesos tarifarios, para lo cual se hace vinculante la opinión de peritos durante la solución de las controversias que surjan en dichos procesos.

Cuarto, lograr que Chile tienda a equipararse a los países con mejores prácticas en materia de competencia y servicio de telecomunicaciones de la Unión Europea y de la OCDE.

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

El señor BOBADILLA (de pie).-

Señor Presidente , en representación de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, paso a informar sobre el proyecto de ley en estudio, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en dos mociones. La primera, de los diputados señores Alberto Robles , Germán Becker, Juan Luis Castro , Ramón Farías , Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre , Iván Moreira , Víctor Torres , Ignacio Urrutia y Enrique van Rysselberghe, que establece la “Meta: todo Chile a llamada local” (boletín N° 8.787-19) y, la segunda, de las diputadas señoras María José Hoffmann , Andrea Molina y Marcela Sabat , y de los diputados señores René Manuel García , Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia , que modifica la ley general de Telecomunicaciones para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico (boletín N° 8.790-15).

El proyecto de ley en estudio, como se señaló, funde dos mociones parlamentarias por acuerdo de la honorable Sala.

Reseña histórica de los proyectos.

La moción de los diputados señores Alberto Robles , Germán Becker, Juan Luis Castro , Ramón Farías , Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre , Iván Moreira , Víctor Torres , Ignacio Urrutia y Enrique van Rysselberghe, que establece la “Meta: todo Chile a llamada local”, trata lo relativo a los cargos de acceso entre compañías por las llamadas de larga distancia nacional y fue tramitada por la Comisión de Ciencia y Tecnología.

La moción de las diputadas señoras María José Hoffmann , Andrea Molina y Marcela Sabat , y de diputados señores René Manuel García , Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia , que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, inició su estudio en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, y tiene por objeto modificar la ley Nº 19.302, por medio de la cual se dividió el país en trece zonas primarias.

A su vez, se plantea entre sus antecedentes que se debe consultar al Tribunal de la Defensa de la Libre Competencia, en una segunda fase, para ver si se dan las condiciones para poner término a la larga distancia nacional.

Cabe hacer presente que con fecha 23 de mayo de 2013, los jefes de los Comités Parlamentarios acordaron remitir el proyecto de ley a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, mediante oficio Nº 10.757, por un plazo de dos semanas, para que estudiara y emitiera un informe sobre la iniciativa legal aprobada por la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Trabajo de la Comisión.

Para el estudio del proyecto, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones contó con la colaboración y asistencia del subsecretario de Telecomunicaciones , señor Jorge Atton , y de la jefa de gabinete del subsecretario, señora Daniela González .

Además, concurrieron invitados a la Comisión las empresas Telefónica Chile S.A., Movistar, representada por el director de estrategia y regularización, señor Rafael Zamora ; el director de asuntos corporativos, señor Andrés Wallis , y el jefe de proyectos, señor Juan Carlos Molina . Por Entel Chile asistieron el abogado jefe de regulación, señor Cristián Sepúlveda ; el subgerente de regulación, señor Pedro Suárez , y el jefe de comunicaciones, señor Mauricio Campusano .

Deseo destacar que luego del estudio y análisis del proyecto efectuados por la Comisión, se acordó recomendar a la honorable Sala la poca conveniencia de refundir las mociones descritas, debido a que abordan dos ámbitos completamente distintos, que no guardan mayor relación entre sí, como son, por una parte, la eliminación de la consulta previa al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia como requisito para poner fin a la larga distancia nacional antes de la fecha fijada en la ley, y, por otra, la modificación al proceso de fijación de tarifas, ya que con ello se afectan temas controversiales para la industria, como son el autofinanciamiento de la empresa eficiente, así como los contratos vigentes suscritos con los operadores.

En consecuencia, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones acordó proponer a la honorable Sala lo siguiente: aprobar el artículo 1°; las letras a), b), c) y d) del artículo 2°, y el artículo 3°”, y rechazar las letras e), f), g), h), i) y j) del artículo 2º y el artículo transitorio.

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente , en forma breve, quiero destacar que esta iniciativa conllevará beneficios directos para la ciudadanía.

En un proyecto anterior se redujo de veinticuatro a trece el número de zonas primarias existente en el país, para los efectos de establecer operaciones de larga distancia. Eso constituyó una primera etapa para la eliminación de la larga distancia nacional.

El proyecto sometido hoy a consideración de la Sala contiene dos aspectos. Uno, que dice relación con la eliminación de la larga distancia nacional, y otro, que se refiere a la regulación o eventual eliminación de los cargos de acceso.

El primer aspecto de la iniciativa podría entrar en vigencia a corto plazo. Nos ha parecido de especial interés que en función de la necesidad de que el proyecto se transforme pronto en ley de la República, no se confunda el texto del primer proyecto, que establece la eliminación de la larga distancia, con el del segundo -del cual también soy uno de sus patrocinantes-, que dice relación con hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico.

En consecuencia, llamo a los colegas a respaldar la recomendación de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, aprobada por la unanimidad de sus integrantes, en el sentido de recoger en el texto refundido todas aquellas normas que posibiliten el término de la larga distancia nacional y no entrar necesariamente a discutir en forma simultánea los aspectos referidos a los cargos de acceso.

Las razones para esto dice relación con el bien común. En efecto, en la medida en que mantengamos la discusión de los proyectos en conjunto, tal como fueron refundidos, no vamos a tener la posibilidad de una decisión en el corto plazo, y, en nuestra opinión, su análisis posterior podría complicarse en su discusión en el Senado.

Por eso, comparto la propuesta que dio a conocer el diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones, señor Bobadilla , en orden a aprobar este proyecto con la recomendación aprobada por unanimidad en dicha instancia, lo que permitiría que este año entreguemos una buena noticia a todos los chilenos, cual es que en nuestro país ya no existirá la larga distancia nacional y todos los puntos del país podrán comunicarse simplemente con la existencia de una zona primaria.

Eso es un buen anuncio para la ciudadanía y una buena razón para que todos aprobemos el proyecto en esos términos.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.

El señor VILCHES.-

Señor Presidente , esta mañana la Cámara nos convoca a debatir sobre el proyecto que modifica la Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico.

Señor Presidente , usted fue actor de primera línea el día que tuvimos que legislar para permitir la existencia de competencia en Chile en materia de larga distancia nacional. En ese entonces se creó el sistema de carriers en Chile, modelo que, por su buena calidad, incluso fue copiado en otros países, y que permitió la competencia y el acceso de todos los actores que quisieran participar.

Este proyecto de ley en estudio, originado en moción, es un paso más que nos permitirá tener un precio más bajo en el costo del minuto de larga distancia nacional.

Tal como se ha señalado en el debate, hubo un diseño que permitió la existencia de 25 zonas primarias, las que tenían la lista para fijar las tarifas de larga distancia nacional entre una y otra zona.

Posteriormente, se redujo esa cantidad a 13 zonas primarias. Esto fue un avance significativo porque posibilitó una rebaja en las tarifas. El paso que damos hoy, en que todo el país será una zona primaria, de modo que desde cualquier punto del país el costo de llamada de larga distancia nacional será el mismo, significará un beneficio para los usuarios y nos permitirá tener un costo igualitario en relación con el precio del minuto de llamadas de larga distancia.

Por eso, vamos a concurrir a la aprobación de este proyecto, porque es un apoyo, una ayuda, un mejoramiento, un perfeccionamiento y una modernización del sistema de telecomunicaciones del país.

Con esto, la competencia de la telefonía de red fija se adecuará a la de la telefonía celular y a todos los sistemas que puedan integrarse u ofrecerse en el mercado.

Estamos ante un buen proyecto y una oportunidad para que los precios bajen significativamente, gracias a la competencia que esto generará.

Creemos que la tecnología que están utilizando las diferentes compañías en el país son las adecuadas.

No quiero dejar pasar la oportunidad para señalar que en el país se ha producido un cambio significativo en esta materia. Antes, quien solicitaba una línea telefónica fija, demoraba tres o cuatro años en obtenerla. Asimismo, el costo de las llamadas de larga distancia nacional era altísimo: había horarios especiales en que la tarifa era rebajada. Por eso, la gente muchas veces hacía sus llamadas en la noche. Lo peor de todo era que incluso desde las ciudades más importantes, la llamada de larga distancia demoraba dos o tres horas en efectuarse.

Hoy el país ha cambiado. Existen cambios tecnológicos significativos, y el sistema de carriers, que permitió la competencia entre todas las empresas de telecomunicaciones, hoy está superado por la tecnología, gracias a la cual las personas podrán utilizar todos los sistemas al más bajo costo.

Por lo expuesto, anuncio que vamos a apoyar este proyecto de ley.

He dicho.

El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-

Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.

El señor FARÍAS.-

Señor Presidente , ¿es posible recabar la unanimidad de la Sala para que la Comisión Investigadora acerca del funcionamiento del Instituto Nacional de Estadísticas, INE, pueda sesionar los jueves de 11.00 a 13.30 horas?

El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-

Señor diputado , no hay quorum.

El señor FARÍAS.-

Muy bien. Paso a mi intervención.

Soy coautor de uno de los proyectos que dio origen a la iniciativa “Meta: todo Chile a llamada local”. Se trata de un proyecto largamente anhelado por la ciudadanía y que se relaciona con algo lógico: somos uno de los países que tiene más celulares habilitados y su uso es masivo: más de uno o dos por persona.

En el país ha aumentado la utilización de la telefonía celular, lo que ha llevado, de una u otra manera, a que la telefonía fija vaya cayendo en desuso. A través del teléfono celular es posible llamar dentro de Chile, desde Arica a Punta Arenas, sin que haya un cargo extra por hacerlo.

Al miso tiempo, existía una incongruencia entre las mismas compañías que manejaban los teléfonos celulares respecto de los teléfonos fijos, pues se establecía dos tipos de cobros: uno, por llamadas locales y, otro, por llamadas de larga distancia nacional.

Por lo tanto, este proyecto es un gran avance. Agradezco a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones que haya propuesto el rechazo de las normas que se establecen. No hacerlo habría implicado que el segundo proyecto, de acuerdo con lo que dijo el diputado Latorre , entrampara o enlenteciera el objetivo de contar con telefonía fija de larga distancia nacional absolutamente igual para todo Chile.

Reitero, agradezco el gesto de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, porque va en apoyo o ayuda de nuestros vecinos, de toda nuestra gente que necesita comunicarse. Fíjense que más del 60 por ciento de las llamadas provienen desde regiones hacia la Región Metropolitana. Entonces, cómo no va a ser importante que nosotros evitemos esa larga distancia. En ese sentido, las regiones se van a ver mucho más beneficiadas que la Región Metropolitana por la gran cantidad de llamados que entran, desde fuera hacia dicha región.

Por otra parte, las grandes empresas de telecomunicaciones se oponían a este proyecto basadas en los procesos tarifarios que hoy se están llevando a efecto. Ésa es una de las motivaciones que nos llevó a largas discusiones, porque las empresas sostenían que si ellas estaban negociando hoy una tarifa para los próximos años, ¿cómo en medio de una negociación les íbamos a cambiar las reglas del juego? Señalaban que eso no era serio, que no era bueno para la negociación, ni para ellos ni para nadie. Sin embargo, en las conversaciones que sostuvimos con el subsecretario Atton y con su staff, finalmente se llegó al acuerdo de que la negociación que hoy se está llevando a cabo respecto de los procesos tarifarios va a estar vigente por los próximos cinco años. En consecuencia, no va a haber ninguna variación en ese sentido para las compañías y que, una vez cumplido ese plazo, las compañías sabrán que las reglas del juego cambian totalmente. La manera de fijar los procesos tarifarios se van a hacer de una manera distinta, en términos de que todo Chile sin larga distancia y con llamada local.

Por consiguiente, señor Presidente , yo diría que uno de los escollos, el más complicado y con oposición más fuerte, sobre todo de las empresas más grandes de telecomunicaciones, se ha superado. Las otras empresas, un poco más pequeñas, pero también con un mercado importante en telecomunicaciones, también ven salvados sus negocios. Podrán manejarse bien y tener una competencia leal entre todas. De esa manera nos beneficiamos todos los ciudadanos.

El proyecto propone que a partir de los 120 días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica, proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de 180 días.

Nuestra bancada votará a favor del proyecto y rechazará aquellas normas que nos ha sugerido la Comisión de Telecomunicaciones, a fin de que el proyecto pueda seguir su curso y podamos despacharlo lo antes posible, con el propósito de que la ciudadanía se beneficie y pueda llamar a todo Chile sin ningún tipo de discriminación.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Manuel Rojas.

El señor ROJAS .-

Señor Presidente , como han señalado quienes me han antecedido en el uso de la palabra, este proyecto es positivo en relación con la conectividad, en especial en lo relativo a la cobranza que se hace a los usuarios en cuanto a llamadas locales y nacionales. Por lo tanto, resulta positivo el hecho de unificar a lo largo del país este tipo de llamadas, en razón de contar no solo con una buena conectividad, sino también con un precio razonable, bastante más bajo del que pagaba nuestra comunidad con anterioridad.

Abrigamos la esperanza de que el proyecto sea positivo para la comunidad. Esperamos que se tramite de la mejor manera posible. Pero, también tenemos algunas dudas respecto a lo que aquí se ha planteado.

El diputado se refería a la tecnología que hoy tenemos sobre nuestros escritorios, como los iPhone; pero también es necesario hacer un llamado de atención de nuestras autoridades en cuanto a la seguridad en materia de conectividad. Hoy, aún quedan zonas de silencio que, lamentablemente, no han sido provistas de antenas apropiadas para recepcionar señales. Debido a ello han ocurrido situaciones bastante complejas, específicamente en materia de accidentes. En momentos complejos la conectividad telefónica no funciona, no existe. Recientemente, se accidentó un bus con trabajadores mineros en Antofagasta, entre la zona costera de Paposo y Taltal. En esa zona, lamentablemente, no hay conectividad; es decir, existe una zona de silencio.

Por ello, debiera pedirse a la industria telefónica que atienda todos aquellos sectores del país con zonas de silencio, como ocurre entre Antofagasta y Tocopilla, donde, lamentablemente, ha habido accidentes en los cuales hemos tenido que lamentar la muerte de conciudadanos por no existir comunicación expedita.

Señor Presidente , si bien este proyecto es positivo en razón de lo que significa el costo-beneficio para el usuario, también es un llamado de atención para que en el sector de telecomunicaciones avancemos más rápido a fin de que esas zonas de silencio puedan ser subsanadas. Hoy, la tecnología lo permite. Lo hemos visto en la discusión de la puesta en marcha de las antenas repetidoras satelitales, que se pueden colocar en distintos sectores. Por consiguiente, debemos buscar el mecanismo necesario para que las empresas puedan cumplir con ese propósito.

Señor Presidente, concurriremos con nuestros votos favorables a este proyecto y felicitamos a quienes han trabajado en él en la parte técnica.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , no cabe duda alguna de que estamos frente a un proyecto que va a mejorar sustancialmente la capacidad de conectividad y a reducir considerablemente los costos para muchas personas y pequeñas empresas. Hay muchas empresas que siguen trabajando con telefonía fija. En efecto, hay muchas unidades productivas que siguen utilizando el teléfono fijo como herramienta fundamental en el funcionamiento de su actividad en regiones. También ocurre en las comunicaciones personales. En ese sentido, la convergencia hacia una zona primaria en telefonía fija es de enorme importancia. Ya tuvimos éxito en establecer la eliminación de gran número de zonas, lo cual ha permitido abaratar los costos y mejorar la comunicación. Sin duda, este proyecto va a apurar ese proceso.

Por eso, señor Presidente , es fundamental despachar a la brevedad este proyecto, toda vez que el plazo de convergencia para esta única zona primaria se cuenta precisamente desde el momento en que entra en vigencia la ley. Es fundamental también dar una señal a las empresas telefónicas, en el sentido de que avancen en esta tecnología, en la unificación de esta zona. Las utilidades que han obtenido estas empresas telefónicas son enormes y, hoy, claramente, existe la tecnología para establecer la unificación de zonas. Entonces, es imprescindible apurar el tranco, lograr el despacho de este proyecto, a fin de que empiece a correr el plazo que la propia ley establece.

Considero que debiera haber consenso trasversal respecto de las normas relacionadas con la competitividad. En la actualidad, las zonas primarias unificadas están en plena vigencia a nivel internacional. En consecuencia, tenemos que lograr que esto se aplique luego en el país, porque incide, reitero, en costos de pequeñas empresas, de emprendimientos locales, en la comunicación de los ciudadanos de regiones con otras localidades, por lo que debiéramos apurar el tranco.

Señor Presidente , anuncio que votaré favorablemente el proyecto, pero que rechazaré lo que nos ha planteado la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

Además, pido avanzar en un consenso a nivel de país para lograr mayor cobertura, transparencia en los costos y la eliminación de las zonas de silencio, que no tienen cobertura de telefonía móvil. Si bien no es una materia que aborda el proyecto, creo que, en materia de telecomunicaciones, es imprescindible asegurar, como un derecho, el acceso a ella a toda la comunidad y a precios razonables. No es explicable que, dependiendo de la zona donde uno viva, internet tenga distinta velocidad de conexión; que existan lugares que no tienen acceso a internet ni a telefonía móvil y menos aún a las zonas primarias. Debiera existir un proceso de modernización en materia de telecomunicaciones, pero que incluya todo el territorio, de modo de evitar que queden zonas con distintas coberturas y velocidades de acceso a internet, o que exista distinta capacidad de comunicación, porque eso genera inequidades que impactan sobre esos territorios.

Señor Presidente , reitero que votaremos a favor del proyecto. Me felicito por el tratamiento de la iniciativa. Espero que el Ejecutivo le ponga la urgencia correspondiente para que pronto se convierta en ley de la república, con el objeto de que comience a correr el plazo para que el país se convierta en zona primaria en materia de telefonía.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.

El señor ULLOA.-

Señor Presidente , saludo estas dos iniciativas que apuntan a lo mismo: terminar con la larga distancia, un cobro claramente discriminatorio para quienes tienen teléfonos fijos.

Cuando uno revisa los antecedentes que entregan las propias compañías queda claro que esto no solo beneficia a los usuarios, sino que también es una ayuda para las propias compañías telefónicas, lo que se debe decir con claridad, pues están perdiendo su negocio con la larga distancia, porque la gente usa el celular para ello.

Por lo tanto, esta no solo es una manera de bajar los precios que se deben pagar por los teléfonos residenciales o de oficina, sino que también ayudará a mantener a las empresas en un cierto nivel, porque, objetivamente, venían cayendo debido a, entre otras cosas, la caída en la larga distancia. El proyecto no significa ningún favor para los usuarios, porque también beneficia a las compañías telefónicas.

También es importante reiterar lo que ha dicho la gran mayoría de los diputados que han intervenido antes que yo, cual es que resulta necesario dar cobertura a las zonas de silencio, que son aquellas en que no hay señal, tarea que deben cumplir las distintas compañías que operan en Chile.

Por otro lado, es importante señalar que todas las compañías sostienen que la eliminación de la larga distancia debiera coincidir con la fijación de las nuevas tarifas, lo que es un llamado de atención y una alerta para la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el sentido de que deberá ponerse al día en caso de un eventual rápido despacho de este proyecto, con el objeto de que coincidan ambas materias.

Aprobaremos el proyecto, porque creemos que es saludable, ya que, en términos prácticos, significa una ayuda para todos, no sólo para el usuario, que es lo que básicamente perseguimos, sino también porque beneficia claramente a las propias compañías telefónicas.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández.

El señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente , la verdad es que lo que dispone el proyecto viene funcionando desde hace mucho tiempo, primero porque se han fusionado zonas primarias en distintas regiones.

Recuerdo que cuando solicitamos que se fusionaran las zonas primarias de Osorno y Valdivia, hace alrededor de cuatro o cinco años, se produjo una complicación, porque Osorno y La Unión se podían comunicar mediante llamadas locales, a pesar de que la última se ubicaba en otra provincia. Y las compañías telefónicas nos ofrecían ese beneficio solo para Osorno y Puerto Montt, con exclusión de La Unión. Me acuerdo que en muchas ocasiones conversé este problema con el diputado Jaramillo .

Entonces, esto ya viene desde hace mucho tiempo, y este Gobierno se atrevió a avanzar decididamente en conjunto con las empresas.

Como dijo el diputado Ulloa , no se trata de que las compañías telefónicas estén regalando algo, ya que les conviene mucho lo que dispone el proyecto, pues el tráfico de llamadas locales y nacionales de larga distancia estaba disminuyendo a niveles que prácticamente significaban la autodestrucción de las compañías que entregan servicios de telefonía fija. Basta con observar que cuesta mucho que las nuevas generaciones contesten los teléfonos fijos domiciliarios. Esa pérdida de competitividad hizo que esas compañías accedieran a abrirse respecto de una mayor competencia al respecto, al igual que con la telefonía móvil. Por eso consideramos que, si se aprueba el proyecto, será beneficioso para todo el país.

En cuanto al tema de las zonas de silencio que han abordado otros colegas, donde no llega la telefonía ni internet, debo señalar que el Gobierno ha realizado varias licitaciones para que las compañías postulen para entregar todos esos servicios en lugares que no son rentables. Lamentablemente, las compañías no se están presentando a esas licitaciones. En consecuencia, habría que preguntar al subsecretario de Telecomunicaciones , señor Jorge Atton , los motivos por los que esas compañías telefónicas que operan en el país no se presentan a esas licitaciones de 1.400 o 1500 puntos. También es importante que se lo hagamos saber al Ejecutivo , para que tome cartas en el asunto y vea la forma de solucionar esa situación.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

1.6. Discusión en Sala

Fecha 09 de julio, 2013. Diario de Sesión en Sesión 45. Legislatura 361. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

TÉRMINO DE LA LARGA DISTANCIA NACIONAL Y CONVERGENCIA DE LOS CARGOS DE ACCESO DEL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO (Primer trámite constitucional) [Votación]

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que establece la “Meta: todo Chile a llamada local”, y modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico.

Antecedentes:

-Los informes de las comisiones de Ciencia y Tecnología y de la de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones se rindieron en la sesión 44ª de la presente legislatura, en jueves 4 de julio de 2013.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 102 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Corresponde votar el proyecto en particular.

En votación el artículo 1° propuesto por la Comisión de Ciencia y Tecnología, que la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones propone aprobar.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 102 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar los literales a), b), c) y d) del artículo 2° propuestos por la Comisión de Ciencia y Tecnología, que la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones propone aprobar.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 101 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobados.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar los literales e), f), g), h), i) y j) del artículo 2° propuestos por la Comisión de Ciencia y Tecnología, que la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones propone rechazar.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 46 votos. Hubo 4 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Rechazados.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Chahín Valenzuela Fuad; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Torres Jeldes Víctor; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Becker Alvear Germán; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Saa Díaz María Antonieta; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Urrutia Bonilla Ignacio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Cerda García Eduardo; Muñoz D’Albora Adriana; Saffirio Espinoza René; Teillier Del Valle Guillermo.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar el artículo 3° propuesto por la Comisión de Ciencia y Tecnología, que la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones propone aprobar.

-Durante la votación:

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, punto de Reglamento.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra su señoría.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente , solo para hacer presente que la única posibilidad de que, efectivamente, se apruebe el término de la larga distancia es tener claro lo que estamos votando. Lo que este proyecto hace, en el fondo, es modificar la Ley General de Telecomunicaciones para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico.

Entonces, me interesa que la Sala tenga presente que, si se confunden los dos proyectos, no habrá ley sobre la materia.

Gracias, señor Presidente.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Señor diputado, debo suponer que todos los diputados están debidamente informados. Este no es el momento de debatir el asunto, porque estamos votando.

En votación el artículo 3°.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 76 votos; por la negativa, 20 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Harboe Bascuñán Felipe; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Walker Prieto Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Bobadilla Muñoz Sergio; Calderón Bassi Giovanni; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Norambuena Farías Iván; Recondo Lavanderos Carlos; Ulloa Aguillón Jorge; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Rojas Molina Manuel; Sandoval Plaza David; Silva Méndez Ernesto.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar el artículo transitorio propuesto por la Comisión de Ciencia y Tecnología, que la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones propone aprobar.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 99 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Despachado el proyecto.

1.7. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 09 de julio, 2013. Oficio en Sesión 40. Legislatura 361.

?VALPARAÍSO, 9 de julio de 2013

Oficio Nº 10.821

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de las mociones, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente proyecto de ley, correspondiente a los boletines Nos 8787-19 y 8790-15.

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N° 19.302 por el siguiente:

“A partir de los ciento veinte días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica; proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de ciento ochenta días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.

Artículo 2°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones:

1) En el artículo 3°, letra e), después de las palabras “larga distancia” agrégase el vocablo “internacional”.

2) En el artículo 24 bis:

a) En el inciso primero, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede, y después de las palabras “larga distancia”, la segunda vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”.

b) En el inciso segundo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

c) En el inciso tercero, suprímense los vocablos “nacional o” y la coma que les precede.

d) En el inciso cuarto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

e) En el inciso quinto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

f) En el inciso sexto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

g) En el inciso séptimo, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede.

h) En el inciso octavo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

i) En el inciso noveno, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

j) En el inciso décimo, después de las palabras “larga distancia”, las dos veces que aparecen, incorpórase el vocablo “internacional”.

3) En el artículo 26:

a) Suprímense los incisos segundo y cuarto.

b) En el inciso tercero, después de las palabras “larga distancia”, la primera vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”, y sustitúyense los vocablos “nacionales e internacionales” por la palabra “internacional”.

c) En el inciso quinto, sustitúyese la coma después de la palabra “permiso” por la letra “y”, y elimínase la expresión “y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo”.

d) En el inciso final sustitúyese la frase “que exceda una zona primaria” por la frase “que exceda el territorio nacional”, e intercálase entre la palabra “distancia” y la preposición “para” la palabra “internacional”.

4) En el artículo 29, inciso segundo, suprímense los vocablos “nacional e”.

Artículo 3°.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo 1°.

Artículo transitorio: Si concurre lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 30 I de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, y se encontraren vigentes decretos tarifarios de concesionarias a las cuales aplicaría dicho inciso, éstas se irán adecuando a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren. Si, por el contrario, por aplicación del mismo inciso, se extendiere por parte de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Turismo la vigencia de decretos tarifarios más allá del quinquenio correspondiente con el objeto que las nuevas tarifas comiencen a regir para todas las concesionarias involucradas de manera simultánea, no resultarán aplicables las reglas sobre reliquidación.”.

***

Dios guarde a V.E.

EDMUNDO ELUCHANS URENDA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Primer Informe de Comisión de Transportes

Senado. Fecha 30 de julio, 2013. Informe de Comisión de Transportes en Sesión 43. Legislatura 361.

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la meta todo Chile a llamada local.

BOLETINES Nos 8.787-19 y 8.790-15, refundidos.

________________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de informaros acerca del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, enunciado en el rubro, originado en las siguientes Mociones refundidas:

1.- Moción de los Honorables Diputados señores Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, que establece la meta todo Chile a llamada local, (Boletín N° 8787-19).

2.- Moción de las Diputadas señoras María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, (Boletín N° 8.790-15).

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Dejamos constancia que esta iniciativa legal se discutió sólo en general, en conformidad a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 36, del Reglamento del Senado.

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A la sesión en que vuestra Comisión analizó esta iniciativa legal asistió, además de sus miembros, el Honorable Senador señor Kuschel.

Además, durante la discusión de este proyecto de ley vuestra Comisión contó con la colaboración y participación del Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton; de la Jefa de Gabinete del Subsecretario de Telecomunicaciones, señora Daniela González y de la Asesora Legislativa del Subsecretario de Telecomunicaciones, señora Pamela Barros.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

Modificar la Ley General de Telecomunicaciones, para constituir el país en una zona primaria y terminar con la larga distancia nacional en todo el territorio de la república.

ANTECEDENTES JURÍDICOS.

Tienen incidencia, en este proyecto de ley, las siguientes normas jurídicas:

1.- Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, de 2 de octubre de 1982.

Artículos 3º, 24 bis, 26 y 29.

2.- Ley Nº 19.302, de 10 de marzo de 1994, que introduce modificaciones que indica en la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones.

Artículo 4º transitorio.

3.- Ley Nº 20.478, de 10 de diciembre de 2010, sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público de telecomunicaciones.

4.- Ley Nº 20.599, de 11 de junio de 2012, que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.

5.- Ley Nº 20.453, de 26 de agosto de 2010, que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet.

6.- Ley Nº 20.471, de 10 de diciembre de 2010, que crea organismo implementador para la portabilidad numérica.

7.- Ley Nº 20.476, de 10 de diciembre de 2010, establece que a cada región administrativa, corresponda una zona primaria del servicio público telefónico local.

ANTECEDENTES DE HECHO

Según expresa la Moción, que establece la meta todo Chile a llamada local (Boletín Nº 8.787-19), la evolución tecnológica constituye una constante en la industria de las telecomunicaciones. En particular, la convergencia de redes y servicios permite el uso de diferentes tecnologías en una misma plataforma y el uso de terminales multiservicios a los cuales se ha trasladado la inteligencia que estaba contenida en una sola red. Lo anterior ha hecho necesario adaptar la actual regulación a los nuevos paradigmas que se imponen en el sector de modo que el fenómeno de la convergencia, se vea reflejado en la normativa y se traduzca en un aumento de la competencia.

Durante los últimos años, y como parte de un proceso de adaptación de la regulación, la Subsecretaría de Telecomunicaciones ha venido impulsando un cambio en el modelo sectorial, con el objeto de promover la competencia por servicios, sin prescindir de la competencia por redes. En este contexto, el presente proyecto no constituye sino un paso más y natural en el camino hacia un modelo en el que una determinada infraestructura puede soportar una diversidad de servicios, beneficiando a los usuarios con el mayor uso de éstos.

En particular, dentro de los avances en materias regulatorias orientados a modernizar el sector de las telecomunicaciones en Chile, se encuentran diversas iniciativas de orden legal aprobadas por este Honorable Congreso, muchas de las cuales posteriormente han sido desarrolladas mediante normativa reglamentaria. Así, mediante la ley N° 20.478 de 2010, sobre Recuperación y Continuidad en Condiciones Críticas y de Emergencia del Sistema Público de Telecomunicaciones, se incorporó en la normativa la figura del concesionario de infraestructura, que persigue generar los incentivos adecuados para el desarrollo de un modelo donde se separe la infraestructura física de los servicios; en tanto, la ley N° 20.599 de 2012, que regula la Instalación de Antenas Emisoras y Transmisoras de Servicios de Telecomunicaciones, dispuso un nuevo sistema para la instalación de torres y soportes de antenas, que busca incentivar la compartición de las mismas (colocalización); por su parte, la ley N° 20.453 de 2010, consagra el Principio de Neutralidad en la Red para los Consumidores y Usuarios de Internet, dándose reconocimiento legal al concepto de Internet y generándose un conjunto de obligaciones para los ISP (Proveedores de Acceso a Internet) en cuanto a informar correctamente a sus usuarios respecto de sus planes; adicionalmente se dictó la ley N°20.471, de 2010, que crea Organismo Implementador para la Portabilidad Numérica, que estableció la obligación de implementación de ésta. Como resultado de lo anterior, se inició la portabilidad para la telefonía local en diciembre de 2011 y para la telefonía móvil en enero de 2012, consiguiendo con ambos hitos que suscriptores y usuarios de estos servicios puedan cambiar de compañía sin perder su número telefónico. Respecto al tema de la larga distancia, la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, establece que son aquellas comunicaciones que exceden una zona primaria determinada. A raíz de esta definición existían ciertas confusiones territoriales para los usuarios, ya que en algunos casos, ni siquiera las provincias incluidas en una zona primaria correspondían a la misma Región Administrativa. Para solucionar la problemática anterior, en el año 2010 se publicó la ley N° 20.476 que modificó la ley N° 19.302, que definió las trece zonas primarias que dividen el país, y determinó que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de dicha norma, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de la Libre Competencia, el país se constituiría en una zona primaria, con lo cual se eliminaría la larga distancia nacional.

En la línea de la convergencia, el primer hito que da cuenta del inicio de las modificaciones regulatorias en pro de adaptarse a dichos nuevos paradigmas son las modificaciones normativas realizadas a partir del año 2010 que han permitido el uso de frecuencias inicialmente asociadas a servicios móviles, para proveer servicios locales, y viceversa. Por último, es preciso señalar que actualmente se encuentra en proceso la homologación de la numeración de la telefonía local, móvil y del servicio de voz sobre Internet a 9 dígitos, que inició su implementación gradual durante el segundo semestre del año 2012, y se espera su finalización este año 2013, consiguiendo de esta forma, que todas las redes telefónicas tengan el mismo largo de numeración, lo cual permitirá la ejecución total de la portabilidad entre redes independiente de la zona geográfica.

Pese a los avances, un tema regulatorio pendiente en este sector, se refería a la diferenciación de precios en las llamadas según red de origen y destino (on net/off net), dificultando la toma de decisiones del usuario al no poder identificar las redes de destino de sus llamadas e incluso restringiéndolas hacia ciertas redes, lo cual, se vería acentuado con la aplicación total de la portabilidad entre redes. Además, dicha diferenciación es una distorsión de mercado que va en desmedro de la competencia ya que disminuye la capacidad de los entrantes de desafiar a los incumbentes dado que se produce un efecto de comunidad en el sentido de que los usuarios se ven compelidos a permanecer en las compañías establecidas porque pueden optar por tarifas on net (dentro de la red) más beneficiosas, lo cual en el equilibrio final afecta la competencia, por ende, los precios y, finalmente, el bienestar de los usuarios. Cabe mencionar que Chile presenta los cargos de acceso móvil más altos de la OECD –sólo superado por Irlanda- y los más altos de la región –sólo superado por Brasil-, alcanzando en promedio un valor por sobre los $70 por minuto, valor que es reflejado en las tarifas y traspasado al usuario final. Este argumento ha sido ampliamente utilizado por los operadores de telefonía para discriminar llamadas según red de origen y destino.

Todo lo anterior fue fundamental para que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en Instrucciones de Carácter General N°212012, según Rol NC N° 386-10, reconoció la problemática recién mencionada –señalando que dicha diferenciación de precios produce "efectos perniciosos para la libre competencia y para la eficiencia económica"- e instruyó que a partir del inicio de vigencia de los nuevos decretos tarifarios para las concesionarias de telefonía móvil, es decir, enero de 2014, los planes que se comercialicen no podrán contener tarifas diferentes para las llamadas on net y off net. Dentro del análisis detrás de esta medida, se mencionan reparos respecto a la capacidad de los cargos de acceso actuales para representar correctamente los costos de terminación de las llamadas, señalando como una de las razones de eso es que se ha realizado la tarificación de los cargos de acceso a costo medio y no marginal. En este orden de ideas se menciona la Resolución N° 389 de la Comisión Resolutiva que ordenó la fijación de las tarifas de cargo de acceso a "costo directo" y las dificultades que se han generado en aplicarlo, debido a una falta de metodología clara para esto. Luego, por todo lo recién mencionado se hace absolutamente necesario un cambio en los procesos de fijación tarifaria, de modo que la metodología y el procedimiento se haga cargo de los cambios tecnológicos experimentados por el mercado, en particular la convergencia y del cambio en las estructuras de costos de la industria, y al mismo tiempo, se opere en el sentido de lo instruido por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, lo cual finalmente redundará en una disminución relevante de tarifas y un proceso consistente de eliminación de la diferenciación de precios comentada.

Por otra parte, como quedó establecido en el Informe N° 212009 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y como lo demuestran los informes estadísticos de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la telefonía de larga distancia es un mercado competitivo y maduro. La realidad actual del mercado de telefonía local, a nivel nacional nos indica que Telefónica Chile S.A. presenta el 55% de las líneas en servicio, observándose, en los últimos años, una tendencia a la baja en su participación en este mercado. Asimismo, otras empresas aumentaron su participación como VTR y el Grupo Claro alcanzando un 19.5% y un 6.7%, respectivamente, mientras que el resto del mercado se mantuvo relativamente estable. Continuando con el mercado de la telefonía local, cabe destacar que 2 empresas del sector, Claro y Entel, han abierto ofertas comerciales que incluyen la entrega del servicio de telefonía local inalámbrica, aumentando el nivel de cobertura y oferta en zonas rurales o donde la oferta de este servicio era menor, de manera que este servicio alcance la cobertura nacional esperada.

A mayor abundamiento, al considerar la tendencia de tráfico presentada durante los últimos años, se observa una disminución importante en la telefonía local y la larga distancia acompañada de un aumento de la telefonía móvil, quedando de manifiesto que una de las razones que explica lo anterior, es la sustitución entre tales servicios.

Entre los años 2010 y el 2011, los tráficos de telefonía local y larga distancia nacional, disminuyeron un 9% y un 12%, respectivamente, mientras que en ese mismo periodo el tráfico móvil aumentó un 18%, a pesar que este último servicio tiene asociados mayores costos para el usuario respecto a los otros. Es decir, a estas alturas es claro que la voz móvil ha impuesto competencia al mundo local-larga distancia, más aún, la competencia se está comenzando a dar más bien por el servicio de voz, independiente de la plataforma por la cual se dé dicho servicio.

En lo que se refiere a la estructura de costos presentada por los operadores, la evolución tecnológica experimentada por las redes, explicada en parte, por la introducción de enlaces IP, tanto para voz como para datos, ha hecho que la distancia entre usuarios sea cada vez menos relevante en relación a la estructura de costos de la llamada, es así como han aparecido una serie de sustitutos que le permiten a los usuarios comunicarse entre "largas distancias" por precios mucho más baratos e incluso en algunos casos gratis, ejemplo de ello es Skype, WhatsApp, Viber, etc. Por tanto, desde dicho punto de vista ya no se justifica la mantención de la larga distancia nacional, más aún, parece económicamente absurdo que en muchos casos los precios de las llamadas de larga distancia sean ampliamente superiores a los sustitutos de éstas.

En resumen, atendido el proceso de convergencia tecnológica, la portabilidad total, la sustitución entre servicios y la actual estructura de costos de los operadores, el fenómeno de competencia por el servicio, independiente de la plataforma, está en franca masificación, es decir, en un futuro cercano, lo importante será la voz y no la red por donde ella transite, más aún, lo importante será "comunicarse"; este hecho también es reconocido por el TDLC en sus Instrucciones de Carácter General N°2/2012, ya citado anteriormente, donde señala: "actualmente no es posible asociar algún servicio a una red o tipo de red determinada, distinguir un servicio de una aplicación sobre internet ni tampoco delimitar estáticamente los atributos o propiedades de los servicios de telecomunicaciones frente a la satisfacción de necesidades de los usuarios, de modo que, producto de la convergencia, es posible dar por superada la definición de mercados separados de voz, datos e imágenes,...". En este escenario, que generará una competencia total entre todos los actores de la industria, abandonando el antiguo modelo de competencia diferenciada por mercados fijo y móvil, lo cual finalmente redundará en menores precios y por consiguiente mayor bienestar social, por cierto que ya no se justifica la subsistencia del servicio de larga distancia nacional. En esta misma línea, a lo anterior deben sumarse, modificaciones que permitan dar mayor nitidez a la actualización del proceso de fijación tarifaría en cuanto a hacerse cargo de la convergencia y cambio en la estructura de costos -que reconozca una disminución en la relación entre los cargos de acceso fijo y móvil- que finalmente redunde en una disminución de tarifas y consolide el proceso de eliminación de la discriminación de tarifas on net/off net. El proyecto es una apuesta a impulsar este nuevo escenario, con la finalidad de tender a que los usuarios dispongan de la posibilidad de realizar llamadas a lo largo del territorio nacional al costo de una llamada local, y más aún, que las tarifas móviles bajen de manera relevante y, para así, finalmente, lograr que los usuarios se comuniquen dentro del país sin importar la plataforma o red a través de la cual lo hagan. Lo anterior lleva consigo además una serie de mejoras en el sentido que simplifica la oferta para los usuarios, la forma de hacer las llamadas y aumenta la transparencia en el mercado.

Por su parte, la Moción que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico (Boletín Nº 8.790-15), señala que la ley N° 20.476 que modificó la ley N° 19.302 redujo de 25 a 13 las zonas primarias en que se divide el país a efectos de la larga distancia nacional. Además, dispuso que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de dicha norma, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, el país se constituiría en una zona primaria, con lo cual se eliminaría la larga distancia nacional.

Dicha ley fue producto de la fusión de diversas iniciativas parlamentarias, a saber:

1.- Boletín N°5552-15 de los Diputados señores Espinoza; Hales; Latorre; Monckeberg, don Cristián; Sabag y Uriarte, y de los ex Diputados señores Bustos, Enríquez- Ominami, Fomi y Venegas, que establece que cada región administrativa corresponda a una zona primaria del servicio público telefónico local.

2.- Boletín N°5919-15 de los Diputados señores Meza; Espinosa y Robles, y de los ex Diputados señores Quintana y Venegas, que establece que todo el territorio nacional corresponda a una zona primaria del servicio público telefónico local.

3.- Boletín N° 6270-19 de los Diputados señores Barros; Bauer; Eluchans; Hernández; Norambuena; Recondo; Urrutia y Von Mülenbrock, y de los ex Diputados señores Alvarado y Fomi, que modifica el artículo 4° transitorio de la ley N°19.302, sobre servicio público telefónico, en el sentido de fusionar las Zonas Primarias de Valparaíso, Los Andes, Quillota y San Antonio, en una sola.

4.- Boletín N°6304-19 de las Diputadas señoras Marisol Turres y Marta Isasi y de los Diputados señores Arenas; Bauer; Estay; García-Huidobro; Hernández y Lobos, y de los ex Diputados señores Alvarado y Fomi, que modifica el artículo 4° transitorio de la ley N°19.302, sobre servicio público telefónico, en el sentido de fusionar las Zonas Primarias de Valdivia, Osomo y Puerto Montt, en una sola.

5.- Boletín N°6936-15 de las señoras Diputadas María José Hoffmann; Marta Isasi y Andrea Molina, y de los señores Diputados Calderón; Eluchans; Hernández; Lobos; Melero; Morales y Vallespín, que modifica la ley N° 19.302 General de Telecomunicaciones, estableciendo macro zonas telefónicas en el país.

La ley antes citada tuvo como diagnóstico compartido que la tecnología actual no justifica la diferencia entre llamada local y llamada de larga distancia, dado la entrada al mercado de la telefonía sobre Protocolo de Internet (IP). En efecto, hoy en día la llamada tiene el mismo costo para el emisor, independientemente del lugar en que se encuentre el receptor. No obstante lo anterior, la ley dispuso que a efectos de constituir el país en una sola zona primaria se consultara previamente al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, a efectos de verificar si estaban dadas las condiciones de competencia en la telefonía fija en todo el país.

Sin embargo, en el tiempo transcurrido entre la aprobación de la ley Nº 20.476, las condiciones de competencia en el mercado de las telecomunicaciones y especialmente en el servicio de telefonía ha experimentado un fuerte impulso, dadas otras importantes modificaciones legales como la ley N°20.471 de 2010, que crea Organismo Administrador para la Implementación de la Portabilidad Numérica; la ley N° 20.478 de 2010, Sobre Recuperación y Continuidad en Condiciones Críticas y de Emergencia del Sistema Público de Telecomunicaciones que introdujo un nuevo tipo de concesionario de servicio intermedio que únicamente provee infraestructura física; la ley N° 20.453 de 2010, que Consagra el Principio de Neutralidad en la Red para los Consumidores y Usuarios de Internet. Además de lo anterior, se licitó el uso de la banda 2.600 Mhz que permitirá otorgar servicios de transmisión de datos de cuarta generación, ingresaron al mercado móvil varios nuevos actores pasando de 3 a 8 actores en el mercado, se dictó la norma de desbloqueo de equipos celulares y se modificaron los contratos de las empresas de telefonía para eliminar de esta manera condiciones de amarre que limitaban el cambio de compañía por parte de los usuarios.

Estos elementos permiten estimar que es posible materializar la eliminación de la larga distancia sin necesidad de requerir informe previo al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dilatando así un cambio técnico y normativo que beneficia directamente a los consumidores.

Además de lo anterior, es de público conocimiento que recientemente el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), se pronunció respecto de las diferencias de tarifas para llamadas on net y off net –llamadas dentro o fuera de la red de la concesionaria de la que una persona es cliente- y de la paquetización de diferentes servicios por parte de una misma concesionaria. En el análisis que realiza el Tribunal, dio importantes luces acerca de otro aspecto que es relevante, modernizar el sector de las telecomunicaciones a la luz de los cambios significativos que el mercado ha experimentado dado el fenómeno de la convergencia, como son los llamados cargos de acceso.

En efecto, como explica el Tribunal en la Instrucción General sobre efectos en la Libre Competencia de la Diferenciación de Precios en los Servicios Públicos de Telefonía "Tarifas on-net/ off net" y de las ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones, de fecha 18 de diciembre de 2012, "cuando una llamada termina en otra red, el dueño de la red en que se generó la llamada debe pagar al de la red en que se terminó la misma el denominado cargo de acceso. Este cargo de interconexión es determinado conforme lo señalan los artículos 30 a 30J de la ley N° 18.168 por el ente regulador cada cinco años, teóricamente en base a costos incrementales de desarrollo del servicio" (considerando décimonoveno).

Sin embargo, apunta el Tribunal que "si el cargo de acceso realmente reflejara el costo de terminación de llamadas, no habrían razones de costo para diferenciar tarifas según red de destino" (considerando vigésimo). Sin embargo, agrega el Tribunal que existen dos problemas que impiden lo anterior. El primero es la asimetría de información entre el regulador que no posee toda la información para conocer realmente los costos de una empresa eficiente y, el segundo, porque la tarificación se realiza a costo medio y no a costo marginal, en circunstancias que el cargo de acceso óptimo no debería superar el costo marginal de terminar una llamada.

Lo anteriormente señalado da cuenta de una falencia de la actual regulación que debe ser corregida en el sentido de cautelar que la determinación de los cargos de acceso será la óptima considerando especialmente el fenómeno de la convergencia presente en el mercado. En efecto, como señaló el Tribunal los avances de la tecnología en el sector de las telecomunicaciones han introducido un quiebre entre redes y servicios, pues actualmente es posible otorgar distintos servicios por las mismas redes, o dicho de otra forma, no existe una vinculación necesaria entre la red que se utiliza y el servicio que se presta. Los consumidores experimentan esta nueva realidad día a día, pues los dispositivos inteligentes que utilizan les permiten acceder desde un único terminal a distintos servicios que antes se prestaban separadamente, siendo la transmisión de datos un servicio clave que se identifica con este servicio "convergente". Así, "en definitiva, actualmente no es posible asociar algún servicio a una red o tipo de red determinada, distinguir un servicio de una aplicación sobre internet ni tampoco delimitar estáticamente los atributos o propiedades de los servicios de telecomunicaciones frente a la satisfacción de necesidades de los usuarios, de modo que, producto de la convergencia, es posible dar por superada la definición de mercados separados de voz, datos e imágenes, sin perjuicio de existir regulaciones pendientes de adaptación que no son neutrales a esta evolución y que permanecen distinguiendo entre unos y otros servicios o prestadores (considerando cuadragésimo primero). Precisa el Tribunal que, sin embargo, aún es posible distinguir dos grandes tipos de servicios asociados a distintas redes: los servicios fijos y los servicios móviles aun cuando dicha diferenciación se irá atenuando con el tiempo, con la llegada del servicio de internet móvil de grandes capacidades.

No obstante esta evidencia, el régimen tarifado actualmente vigente mantiene una visión de redes separadas por tipo de servicio para la determinación de los costos que no es del todo consistente con la forma en que actualmente se proveen los servicios y por tanto, con los costos efectivos que enfrenta la industria para proporcionarlos, situación que debe corregirse recogiendo en la normativa pertinente la nueva situación del mercado.

ESTRUCTURA DEL PROYECTO

El proyecto de ley en informe, está estructurado sobre la base de tres artículos permanentes y uno transitorio, a saber:

Artículo 1º

Establece que a partir de 120 días de la entrada en vigencia de esta norma, el país se constituya en una zona primaria, adelantándose la eliminación de la larga distancia nacional en algunos casos y, además, elimina la consulta al Tribunal de la Libre Competencia.

Artículo 2º

Incorpora diversas modificaciones a la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, con la finalidad de adecuarla a la eliminación del servicio de larga distancia nacional en todo el territorio del país.

Artículo 3°

Dispone que esta iniciativa legal comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional, comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo 1° de este proyecto de ley.

Artículo transitorio

Prescribe que los procesos tarifarios se adapten a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren y si se extendiere la vigencia con el objeto que, las nuevas tarifas comiencen a regir de forma simultánea, si concurre lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 30 I de la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, y se encontraren vigentes los decretos tarifarios de las concesionarias a las cuales se aplicará dicho inciso, éstas se irán adecuando a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren. Si por el contrario, por aplicación del mismo inciso, se extendiere por parte de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento, Reconstrucción y Turismo, la vigencia de los decretos tarifarios más allá del quinquenio correspondiente con el objeto que las nuevas tarifas comiencen a regir para todas las concesionarias involucradas de manera simultánea, no resultarán aplicables las reglas sobre reliquidación.

DISCUSIÓN EN GENERAL

El Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, explicó que este proyecto de ley emana de dos mociones muy similares, de la Honorable Cámara de Diputados; una se tramitaba ante la Comisión de Ciencia y Tecnología, que proponía la eliminación de los cargos de acceso y la otra, ante la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, que consistía en una modificación a la ley que se aprobó por unanimidad en el año 2010, que terminó con la larga distancia en la telefonía fija en dos fases. En la primera fase, se eliminaba en 7 Regiones y la segunda fase se establecía una consulta previa al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

En el año 2010, se visualizaba que el nivel de competitividad era del 40% en el país, donde sólo operaba una compañía de teléfonos, por lo tanto, parecía muy recomendable en esa oportunidad que se hiciera una consulta previa al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

Las mociones que se refundieron contemplaban normas relativas a los cargos de acceso, sin embargo, fueron votadas en contra en la Honorable Cámara de Diputados, porque dichas normas serían aplicadas en el año 2018, porque en la actualidad, se encuentra en marcha la realización de un proceso tarifario.

Agregó que desde el año 2010 a la fecha, se han realizado diversos cambios normativos muy importantes en que se autorizó a las compañías móviles de telefonía para usar las redes inalámbricas para entregar telefonía local, con lo cual, en localidades donde sólo operaba una compañía telefónica, como es el caso de Melipilla, ahora pueden participar todas las compañías móviles que tengan redes y entregar este servicio con sus propias redes. De esta forma, en casi todo el país existe una competencia total.

En el año 2012, apareció el porte inalámbrico que ofrecían las empresas Claro y Entel, que otorgaban todos los servicios de telefonía local en forma inalámbrica, sin embargo, no se ha materializado por el tema de los cargos de acceso, puesto que en la telefonía móvil son de alrededor de $ 60 y en la telefonía local aproximadamente $ 6, con lo cual si se empiezan a entregar los servicios locales se cobrará un cargo de acceso local con las mismas redes a $ 60, por lo que se produce un problema y no se ha masificado este servicio.

Entel ha realizado ofertas en muchas localidades, pero con la misma red se va a prestar para discusiones, porque no se entenderá la razón por la cual se cobra un cargo de acceso diferente cuando el servicio se presta con la misma red.

Actualmente, están las condiciones dadas para que exista plena competencia y el fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por las llamadas “off net” y “on net” reconoció esta situación con la red 4 G, que está en despliegue en todo el país, con lo cual hay total competencia.

El Ejecutivo estima que consignar la intervención del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia implica un alto riesgo de que se judicialice esta materia y se demore entre 3 y 4 años la resolución del conflicto.

La iniciativa legal en estudio, propone que 120 días después de la entrada en vigencia de esta norma se faculte a la Subsecretaría de Telecomunicaciones para que presente un plan de implementación de la larga distancia en todo el país. El calendario de implementación será entre marzo y junio de 2014.

Se han efectuado diversos cambios en la operación del sistema de telefonía y los plazos propuestos son los adecuados.

Finalmente, reiteró la necesidad de aprobar esta iniciativa legal en los términos en que viene propuesta por la Honorable Cámara de Diputados, con excepción del artículo transitorio.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, hizo presente que en los informes de las Comisiones de la Honorable Cámara de Diputados consta que las empresas Telefónica y Entel, tienen una opinión desfavorable en relación a este proyecto de ley, por lo que consultó si ese reparo sólo se refería a los cargos de acceso.

El Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, respondió afirmativamente explicando que se estimó que hacer una modificación legal durante el curso de un proceso tarifario puede afectarlo. No obstante, todas las empresas de telecomunicaciones están de acuerdo con este proyecto de ley implementando el término de la larga distancia en forma gradual.

La Honorable Senadora señora Rincón consultó si el plazo contemplado en la iniciativa legal es de 120 a 180 días para establecer la zona primaria y para que la Subsecretaría de Telecomunicaciones elabore el plan.

Se explicó que esta iniciativa legal se empezará a aplicar después de transcurrido el plazo de 180 días después de publicada. En el proceso anterior, que bajó de 24 a 13 las zonas primarias, la Subsecretaría de Telecomunicaciones demoró 6 meses en la confección de los procesos técnicos que se deben elaborar en cada región.

El Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, precisó que de acuerdo a la Ley General de Telecomunicaciones las modificaciones en los planes técnicos fundamentales se deben realizar en 6 meses, después que se promulga la ley y se toma razón por parte de la Contraloría General de la República.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, consultó qué sucede con las empresas de multicarrier que se constituyeron especialmente para estos efectos.

El Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, respondió que la larga distancia está desapareciendo y esas empresas han migrado a otras áreas de negocios, servicios complementarios y servicios de larga distancia internacional. Hay muchos servicios que se prestan a través de tarjetas para llamadas a países vecinos como Perú, Ecuador y Colombia, como consecuencia de la gran inmigración que existe en el país.

La larga distancia tiende a desaparecer, la gran mayoría de los teléfonos fijos tienen bloqueada la opción de llamadas de larga distancia y hacia teléfonos móviles.

Este efecto en las regiones del país ha sido muy importante, principalmente en la V Región, no existe una justificación de costos para una gran diferencia de precios en una red que está prácticamente desocupada.

La importancia de esta iniciativa legal radica que un habitante de una región, como puede ser Puerto Montt o de Linares, para llamar a la ciudad de Santiago deben usar el teléfono móvil, porque el prepago cuesta $ 120 y la larga distancia fija tiene un valor de $ 5. De esta forma, se trata de un elemento de competencia muy importante.

La Honorable Senadora señora Rincón consultó la razón por la cual se dejó fuera la telefonía móvil.

Se explicó que la telefonía móvil surgió con una sola área.

Luego, la señora Senadora manifestó que en ese caso estaría de más señalarlo y sería preferible modificar la redacción de la norma porque en la forma en que se estableció parece excluida y que se aplica un sistema diferente, por lo que anunció su voto a favor de esta iniciativa legal y propuso redactar la norma en el sentido que no está excluida, informando que presentará una indicación durante la discusión en particular.

La Jefa de Gabinete del Subsecretario de Telecomunicaciones, señora Daniela González, aclaró que la última modificación es muy significativa porque la mayoría de las llamadas de larga distancia se hacen en relación a Santiago, con lo cual el impacto que se tuvo regionalmente en la eliminación de varias zonas primarias será fortalecido porque el mayor tráfico de llamadas de larga distancia es desde Santiago a las regiones o desde éstas hacia Santiago.

El Honorable Senador señor Kuschel recordó que como consecuencia de la integración internacional de las llamadas de larga distancia se creó en el año 1990 un Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, que servía para constituir sistemas de telefonías en regiones y en lugares apartados del país, cuyos recursos provenían de la diferencia de cargos entre las entradas y salidas de llamadas, por lo que consultó qué sucede con dicho Fondo.

Añadió que en la conexión de las zonas intermedias entre Puerto Montt y Chaitén y en la costa hacia Calbuco en Chiloé, no hay acceso y su implementación es muy cara.

El Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, explicó que ese Fondo en su génesis fue una forma de incentivar el crecimiento de las redes fijas y se hizo una diferencia entre los cargos internacionales de las llamadas que se recibían en Chile. Fue una forma de desarrollar las telecomunicaciones, sin embargo, esa diferencia de precios ya no existe y el Fondo recibe los recursos desde la Ley de Presupuestos de la Nación. Para los próximos tres años se contemplan recursos cercanos a US$ 60.000.000 (sesenta millones de dólares), se han realizado licitaciones y las empresas no han participado porque no es rentable.

Próximamente, con la frecuencia 4G, que es la banda 700, se van a incorporar a todas las localidades para que tengan los servicios y los colegios puedan contar con internet, con lo cual se van a ahorrar muchos recursos.

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VOTACIÓN EN GENERAL

- Puesto en votación el proyecto de ley, en general, fue aprobado, con los votos de los Honorables Senadores señora Rincón y señores Bianchi y Chahuán.

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TEXTO DEL PROYECTO DE LEY

A continuación se transcribe literalmente el texto del proyecto de ley despachado por la Honorable Cámara de Diputados, y que vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones os propone aprobar en general:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N° 19.302, por el siguiente:

“A partir de los ciento veinte días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica; proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de ciento ochenta días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.

Artículo 2°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones:

1) En el artículo 3°, letra e), después de las palabras “larga distancia” agrégase el vocablo “internacional”.

2) En el artículo 24 bis:

a) En el inciso primero, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede, y después de las palabras “larga distancia”, la segunda vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”.

b) En el inciso segundo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

c) En el inciso tercero, suprímense los vocablos “nacional o” y la coma que les precede.

d) En el inciso cuarto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

e) En el inciso quinto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

f) En el inciso sexto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

g) En el inciso séptimo, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede.

h) En el inciso octavo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

i) En el inciso noveno, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

j) En el inciso décimo, después de las palabras “larga distancia”, las dos veces que aparecen, incorpórase el vocablo “internacional”.

3) En el artículo 26:

a) Suprímense los incisos segundo y cuarto.

b) En el inciso tercero, después de las palabras “larga distancia”, la primera vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”, y sustitúyense los vocablos “nacionales e internacionales” por la palabra “internacional”.

c) En el inciso quinto, sustitúyese la coma después de la palabra “permiso” por la letra “y”, y elimínase la expresión “y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo”.

d) En el inciso final sustitúyese la frase “que exceda una zona primaria” por la frase “que exceda el territorio nacional”, e intercálase entre la palabra “distancia” y la preposición “para” la palabra “internacional”.

4) En el artículo 29, inciso segundo, suprímense los vocablos “nacional e”.

Artículo 3°.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo 1°.

Artículo transitorio: Si concurre lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 30 I de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, y se encontraren vigentes decretos tarifarios de concesionarias a las cuales aplicaría dicho inciso, éstas se irán adecuando a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren. Si, por el contrario, por aplicación del mismo inciso, se extendiere por parte de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Turismo la vigencia de decretos tarifarios más allá del quinquenio correspondiente con el objeto que las nuevas tarifas comiencen a regir para todas las concesionarias involucradas de manera simultánea, no resultarán aplicables las reglas sobre reliquidación.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 30 de julio de 2013, con asistencia de los Honorables Senadores señor Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), señora Ximena Rincón González (Jorge Pizarro Soto) y señor Carlos Bianchi Chelech (Carlos Cantero Ojeda).

Sala de la Comisión, a 30 de julio de 2013.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL.

BOLETINES Nos 8.787-19 y 8.790-15, refundidos.

I.OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: modificar la Ley General de Telecomunicaciones, para constituir el país en una zona primaria y terminar con la larga distancia nacional en todo el territorio de la república.

II.ACUERDOS: aprobado en general 3x0.

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: el proyecto de ley en informe, está estructurado sobre la base de tres artículos permanentes y uno transitorio.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V.URGENCIA: no tiene.

VI.ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Proyecto de ley iniciado en las siguientes mociones refundidas:

1.- Moción de los Honorables Diputados señores Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, que establece la meta todo Chile a llamada local, (Boletín N° 8787-19).

2.- Moción de las Diputadas señoras María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, (Boletín N° 8.790-15).

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: fue aprobado por 102 votos a favor.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: ingresó al Senado el 9 de julio de 2013, dándose cuenta en la sesión 40ª ordinaria, de 10 de julio de 2013, pasando a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, de 2 de octubre de 1982. Artículos 3º, 24 bis, 26 y 29.

2.- Ley Nº 19.302, de 10 de marzo de 1994, que introduce modificaciones que indica en la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones. Artículo 4º transitorio.

3.- Ley Nº 20.478, de 10 de diciembre de 2010, sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público de telecomunicaciones.

4.- Ley Nº 20.599, de 11 de junio de 2012, que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.

5.- Ley Nº 20.453, de 26 de agosto de 2010, que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet.

6.- Ley Nº 20.471, de 10 de diciembre de 2010, que crea organismo implementador para la portabilidad numérica.

7.- Ley Nº 20.476, de 10 de diciembre de 2010, establece que a cada región administrativa, corresponda una zona primaria del servicio público telefónico local.

Valparaíso, a 30 de julio de 2013.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 04 de septiembre, 2013. Diario de Sesión en Sesión 53. Legislatura 361. Discusión General. Se aprueba en general.

ESTABLECIMIENTO DE META "TODO CHILE A LLAMADA LOCAL"

El señor PIZARRO (Presidente).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la meta todo Chile a llamada local, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y urgencia calificada de "suma".

--Los antecedentes sobre el proyecto (8787-19 y 8790-15, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 40ª, en 10 de julio de 2013

Informe de Comisión:

Transportes y Telecomunicaciones: sesión 43ª, en 31 de julio de 2013.

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

El objetivo principal de la iniciativa es modificar la Ley General de Telecomunicaciones para constituir el país en una zona primaria y terminar con la larga distancia nacional en todo el territorio de la República.

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones discutió la iniciativa solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes: Senadores señora Rincón y señores Bianchi y Chahuán.

El texto que se propone aprobar se transcribe en la parte pertinente del primer informe y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

En discusión general el proyecto.

Ofrezco la palabra.

Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones han intentado facilitar la comunicación entre los chilenos. De ahí que se haya ido modificando la larga distancia nacional que existía y que, en definitiva, encarecía el poder comunicarse entre las distintas regiones.

Para ello se inició un programa que se implementó en forma de plan piloto en la Región de Valparaíso, entre otras, para los efectos de que todas las llamadas que se realizaran dentro de la Región fueran consideradas locales, con lo cual se redujeron en forma importante los costos de conectividad en nuestro país.

En ese sentido, la Subsecretaría de Telecomunicaciones ha procurado que todo el territorio nacional sea una sola unidad primaria. Con tal objeto se eliminan los costos de larga distancia y, de paso, se termina con el sistema de carrier que ha existido durante largo tiempo.

Este mecanismo va a permitir que todas las llamadas efectuadas entre las distintas regiones y, particularmente, a la Región Metropolitana, que es donde se genera el mayor costo que hoy día exhiben las comunicaciones y la telefonía, en especial, se realicen justamente mediante el sistema de conexión que se plantea.

Por tal motivo, creemos que este proyecto, que se inició en mociones de diversos señores Diputados, constituye un hito importante.

Cabe señalar que en su oportunidad se aprobó el plan piloto, y actualmente tenemos la meta de establecer una zona primaria compuesta por todo el territorio de la nación, lo que permitirá reducir sustantivamente los costos de conectividad.

Por eso, pido la aprobación de esta iniciativa legal, que -repito- es un hito importante.

Por último, quiero felicitar al Subsecretario de Telecomunicaciones y, fundamentalmente, al Gobierno del Presidente Piñera por este proyecto.

He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Subsecretario de Telecomunicaciones.

El señor ATTON ( Subsecretario de Telecomunicaciones ).-

Gracias, señor Presidente .

En verdad, esta es una iniciativa que nació en mociones presentadas por distintos Diputados.

Los señores Senadores deben recordar que el año 2010 se aprobó un proyecto de ley que eliminaba gradualmente la larga distancia. Y, tal como lo dijo el Senador Chahuán, ello se implementó en siete regiones del país, lo cual ha traído una baja de costos muy significativa en las regiones. Y esa normativa establecía que, 36 meses después de promulgada la ley, había que hacer la consulta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia para ver si dicho órgano decidía que era posible efectuar todos los cambios a nivel nacional.

Y la verdad es que, cuando aparecieron estas mociones, nosotros, como Gobierno, resolvimos apoyarlas por el plan que se considera. Así como se está terminando con la diferencia de llamadas dentro de las mismas compañías móviles y fuera de ellas, lo cual trae una distorsión de precios bastante importante, creemos que es necesario proceder de igual modo con las llamadas de larga distancia y de telefonía local, en particular en todas las zonas del país. Los señores Senadores de regiones saben la importancia que tiene el teléfono fijo para llamar a Santiago.

Ahora bien, lo que queremos es que esta normativa autorice la dictación de un decreto supremo de tal manera que el calendario de implementación del término del sistema de larga distancia a lo largo de todo Chile, para que no haya suspicacias políticas, se haga en el transcurso del año 2014.

Si esto va al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, se corre el riesgo de judicializar todo el proceso y estar tres o cuatro años con una distorsión tarifaria que podría ser bastante nefasta, en particular para la gente de regiones.

Hoy día prácticamente no se usa la telefonía fija. Y ello, debido a que tiene dos grandes restricciones. Primero, por las diferencias en las llamadas locales (de regiones a Santiago o viceversa, o entre las distintas regiones). Y segundo, porque, como Sus Señorías saben, más del 70 por ciento de los teléfonos fijos tienen bloqueada la opción de llamadas a teléfonos móviles.

Lo que se busca es que todo Chile se comunique a valor de llamada local, que no haya diferencia de precios y que transformemos la telefonía fija en una alternativa competitiva, en especial para aquellos que tienen teléfonos de prepago, quienes deben desembolsar sobre 100 pesos por llamada, en circunstancias de que hoy día, dentro de una región -por ejemplo, en Valparaíso-, se paga entre 5 y 8 pesos.

Podría suceder, entonces, que las llamadas que se hicieran desde teléfonos fijos costaran de 8 a 10 pesos, lo que significaría una competencia muy importante para la telefonía móvil y reportaría un beneficio para toda la gente.

Por lo tanto, le solicito al Honorable Senado que apruebe en general el proyecto en debate, de modo de posibilitar la existencia de un plan que permita tener durante todo el año 2014 un sistema de telecomunicaciones moderno, que no se base en costos hoy día inexistentes.

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación la idea de legislar.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (16 votos a favor).

Votaron la señora Rincón y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García-Huidobro, Horvath, Larraín (don Hernán), Navarro, Novoa, Orpis, Pizarro, Prokurica, Tuma y Zaldívar (don Andrés).

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

Se deja constancia de la intención de voto favorable de los Senadores señores García y Ruiz-Esquide.

Debemos fijar plazo para presentar indicaciones.

El señor GARCÍA.-

Hasta el 16 de septiembre, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).-

¿Le parece a la Sala el 16 de septiembre, a las 12?

--Así se acuerda.

2.3. Boletín de Indicaciones

Fecha 16 de septiembre, 2013. Boletín de Indicaciones

?INDICACIÓN FORMULADA DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL.

BOLETINES Nºs 8.787-19 y 8.790-15, refundidos

16.09.13

INDICACIONES

ARTÍCULO 1°

1.- Del Honorable Senador señor Larraín (don Hernán), para eliminar en el inciso segundo que se propone la frase “en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica;”, y la oración final “Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.

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2.4. Segundo Informe de Comisión de Transportes

Senado. Fecha 03 de octubre, 2013. Informe de Comisión de Transportes en Sesión 60. Legislatura 361.

SEGUNDO INFORME DE LA COMISION DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la meta todo Chile a llamada local.

BOLETINES Nos 8.787-19 y 8.790-15, refundidos.

___________________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de informaros, en trámite de segundo informe, el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, con urgencia calificada de “suma” el 1 de octubre de 2013, iniciado en las siguientes Mociones refundidas:

1.- Moción de los Honorables Diputados señores Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, que establece la meta todo Chile a llamada local, (Boletín N° 8.787-19).

2.- Moción de las Diputadas señoras María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, (Boletín N° 8.790-15).

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Durante la discusión de este proyecto de ley vuestra Comisión contó con la colaboración y participación del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, señor Pedro Pablo Errázuriz; del Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton; de la Jefa de Gabinete del Subsecretario de Telecomunicaciones, señora Daniela González y de la Asesora Legislativa del Subsecretario de Telecomunicaciones, señora Pamela Barros.

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Para efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, se deja constancia de lo siguiente:

I.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones: 2º y 3º.

II.- Indicaciones aprobadas sin modificaciones: Ninguna.

III.- Indicaciones aprobadas con modificaciones: Ninguna.

IV.- Indicaciones rechazadas: La signada con el número 1.

V.- Indicaciones retiradas: Ninguna.

VI.- Indicaciones declaradas inadmisibles: Ninguna.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

La Comisión se abocó al estudio de la indicación presentada al texto del proyecto de ley, aprobado en general por el Honorable Senado, dejando constancia del debate de que fue objeto, como asimismo de la disposición en que ella incide, y del acuerdo adoptado sobre la misma.

El proyecto aprobado en general por el Honorable Senado está estructurado sobre la base de tres artículos permanentes y uno transitorio.

ARTÍCULO 1º

Sustituye el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N° 19.302 que introduce modificaciones que indica en la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones.

Artículo 4º transitorio

Inciso segundo

El inciso segundo del artículo 4º transitorio de la ley Nº 19.304, indica que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de la Libre Competencia, motivado por consulta que para ello deberá realizar el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, a objeto de que dicho tribunal se pronuncie si están dadas las condiciones de competencia para la eliminación de la larga distancia nacional en el mercado de la telefonía fija.

El inciso segundo aprobado en general por la Comisión, señala que a partir de los ciento veinte días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica; proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de ciento ochenta días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.

A este inciso se presentó una indicación signada con el Nº 1.

Indicación Nº 1

1.- Del Honorable Senador señor Larraín (don Hernán), para eliminar en el inciso segundo que se propone la frase “en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica;”, y la oración final “Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.

Durante la discusión de esta indicación se explicó por parte del Ejecutivo que esta iniciativa legal emana de dos mociones presentadas en la Honorable Cámara de Diputados que fueron refundidas y que regulaban dos aspectos; uno, era la eliminación de la larga distancia que se materializa constituyendo al país en una sola zona primaria.

De acuerdo a la aplicación de la primera etapa de la ley Nº 20.476, de 10 de diciembre de 2010, que establece que a cada región administrativa, corresponde una zona primaria del servicio público telefónico local, el país se redujo de 24 a 13 zonas primarias y ahora se debe constituir en una sola zona primaria, y en segundo lugar, se elimina un requisito legal que era la consulta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, como consecuencia del cambio de las condiciones de competencia en el sector de las telecomunicaciones que hacen innecesaria esa consulta y sólo dilata la aplicación de una normativa que es beneficiosa para la comunidad.

La normativa que se refería a cargos de acceso se rechazó en la Honorable Cámara de Diputados.

La indicación presentada obedece a una mala interpretación que existía en relación a la forma de computar los plazos para materializar esta etapa. No obstante, se aclaró que el proyecto de ley considera dos plazos; uno, que se podría denominar de vacancia, que indica que no se realiza ninguna gestión hasta los primeros 120 días, porque es necesario contar con una normativa técnica que disponga la forma en que se realizará este proceso.

La primera etapa se realizó por regiones y no es un cambio que las compañías telefónicas puedan hacer en forma antojadiza, sino que se trata de un proceso coordinado entre todas las empresas concesionarias. Esas definiciones las ha realizado la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

Luego, para que no existiera un plazo indeterminado se dispuso que una vez iniciado el proceso exista un plazo de 180 días para concluirlo, sin embargo, algunos concesionarios entendieron que el plazo era de 120 días más 60 días, totalizando 180 días, y en realidad el plazo es de 120 días de vacancia más 180 días para el desarrollo del proceso técnico, lo que suma 300 días.

Cuando el Ejecutivo explicó que ese es el sentido de esta iniciativa legal, vale decir, 120 días de vacancia más 180 días para desarrollar el proceso técnico, las concesionarias manifestaron que están en condiciones técnicas de materializar este cambio, por lo tanto, la indicación que tiene por finalidad eliminar el artículo 24 de la ley Nº 18.168, que establece una vacancia de 6 meses cuando se modifica un plan técnico fundamental en materia de telecomunicaciones es innecesaria.

Sin embargo, en este caso para implementar esta modificación es necesario cambiar varios planes técnicos fundamentales, como de numeración y de encaminamiento, se consideró oportuno adicionar 6 meses al proceso, lo que no se justifica porque el plazo son 300 días.

En seguida, se señaló que el Ejecutivo no está de acuerdo con la eliminación de la facultad de la Subsecretaría de Telecomunicaciones para determinar la progresión y la forma porque se trata de un proceso técnico que se debe definir técnicamente. De esa forma se desarrolló la primera etapa y para esta segunda etapa se consideró oportuno establecerlo para evitar las controversias jurídicas sobre esa materia.

Finalmente, el Ejecutivo solicitó el rechazo de la indicación presentada manteniendo el texto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, con excepción del artículo transitorio que tenía relación con los cargos de acceso y que es ajeno a la larga distancia nacional.

La eliminación de la larga distancia debe implementarse en forma gradual en todas las regiones del país entre los meses de abril y diciembre de 2014.

- En votación esta indicación, fue rechazada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Chahuán, Pizarro y Quintana.

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Como consecuencia del debate anterior, la Comisión acordó por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señores Chahuán, Pizarro y Quintana, eliminar el artículo transitorio de la iniciativa legal en debate, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso final del artículo 121 del Reglamento del Senado.

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MODIFICACIONES

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley, aprobado en general por el Honorable Senado, que consta en nuestro Primer Informe:

Artículo transitorio

- Suprimirlo.

(Unanimidad 3X0) (Inciso final del artículo 121 del Reglamento del Senado).

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Como consecuencia de las modificaciones anteriores, el texto del proyecto de ley que os propone aprobar vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N° 19.302, por el siguiente:

“A partir de los ciento veinte días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica; proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de ciento ochenta días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.

Artículo 2°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones:

1) En el artículo 3°, letra e), después de las palabras “larga distancia” agrégase el vocablo “internacional”

2) En el artículo 24 bis:

a) En el inciso primero, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede, y después de las palabras “larga distancia”, la segunda vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”.

b) En el inciso segundo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

c) En el inciso tercero, suprímense los vocablos “nacional o” y la coma que les precede.

d) En el inciso cuarto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

e) En el inciso quinto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

f) En el inciso sexto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

g) En el inciso séptimo, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede.

h) En el inciso octavo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

i) En el inciso noveno, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

j) En el inciso décimo, después de las palabras “larga distancia”, las dos veces que aparecen, incorpórase el vocablo “internacional”.

3) En el artículo 26:

a) Suprímense los incisos segundo y cuarto.

b) En el inciso tercero, después de las palabras “larga distancia”, la primera vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”, y sustitúyense los vocablos “nacionales e internacionales” por la palabra “internacional”.

c) En el inciso quinto, sustitúyese la coma después de la palabra “permiso” por la letra “y”, y elimínase la expresión “y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo”.

d) En el inciso final sustitúyese la frase “que exceda una zona primaria” por la frase “que exceda el territorio nacional”, e intercálase entre la palabra “distancia” y la preposición “para” la palabra “internacional”.

4) En el artículo 29, inciso segundo, suprímense los vocablos “nacional e”.

Artículo 3°.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo 1°.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2013, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Jorge Pizarro Soto y Jaime Quintana Leal (Guido Girardi Lavín).

Sala de la Comisión, a 3 de octubre de 2013.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL.

BOLETINES Nos 8.787-19 y 8.790-15, refundidos.

I.OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: modificar la Ley General de Telecomunicaciones, para constituir el país en una zona primaria y terminar con la larga distancia nacional en todo el territorio de la república.

II.ACUERDOS:

Indicación Nº 1. Rechazada (3X0)

Artículo transitorio. Rechazado (3X0) (Inciso final artículo 121 del Reglamento del Senado).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: el proyecto de ley en informe, está estructurado sobre la base de tres artículos permanentes.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V.URGENCIA: “suma”, el 1 de octubre de 2013.

VI.ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Proyecto de ley iniciado en las siguientes mociones refundidas:

1.- Moción de los Honorables Diputados señores Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, que establece la meta todo Chile a llamada local, (Boletín N° 8787-19).

2.- Moción de las Diputadas señoras María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, (Boletín N° 8.790-15).

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: fue aprobado por 102 votos a favor.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: ingresó al Senado el 9 de julio de 2013, dándose cuenta en la sesión 40ª ordinaria, de 10 de julio de 2013, pasando a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: segundo informe.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, de 2 de octubre de 1982. Artículos 3º, 24 bis, 26 y 29.

2.- Ley Nº 19.302, de 10 de marzo de 1994, que introduce modificaciones que indica en la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones. Artículo 4º transitorio.

3.- Ley Nº 20.478, de 10 de diciembre de 2010, sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público de telecomunicaciones.

4.- Ley Nº 20.599, de 11 de junio de 2012, que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.

5.- Ley Nº 20.453, de 26 de agosto de 2010, que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet.

6.- Ley Nº 20.471, de 10 de diciembre de 2010, que crea organismo implementador para la portabilidad numérica.

7.- Ley Nº 20.476, de 10 de diciembre de 2010, establece que a cada región administrativa, corresponda una zona primaria del servicio público telefónico local.

Valparaíso, a 3 de octubre de 2013.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario

2.5. Discusión en Sala

Fecha 09 de octubre, 2013. Diario de Sesión en Sesión 62. Legislatura 361. Discusión Particular. Se aprueba en particular con modificaciones.

ESTABLECIMIENTO DE META "TODO CHILE A LLAMADA LOCAL"

El señor PIZARRO (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la meta "todo Chile a llamada local", con segundo informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y urgencia calificada de "suma".

--Los antecedentes sobre el proyecto (8787-19 y 8790-15, refundidos) figura en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 40ª, en 10 de julio de 2013

Informes de Comisión:

Transportes y Telecomunicaciones: sesión 43ª, en 31 de julio de 2013.

Transportes y Telecomunicaciones (segundo): sesión 60ª, en 8 de octubre de 2013.

Discusión:

Sesión 53ª, en 4 de septiembre de 2013 (se aprueba en general).

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).-

Esta iniciativa fue aprobada en general en la sesión del 4 de septiembre del presente año.

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones deja constancia en su segundo informe, para los efectos reglamentarios, de que los artículos 2º y 3º no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones, por lo que deben darse por aprobados, salvo que algún señor Senador, con el acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión o votación.

--Se aprueban reglamentariamente.

El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-

La Comisión efectuó una sola enmienda al proyecto despachado en general, que consiste en suprimir el artículo transitorio. Dicha modificación se acordó por unanimidad (de los Senadores señores Chahuán, Pizarro y Quintana), razón por la cual debe ser votada sin debate, salvo que algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión.

El señor PIZARRO (Presidente).-

En discusión particular el proyecto.

Corresponde proceder a votar.

El señor CHAHUÁN.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, este es uno de los proyectos emblemáticos que ha impulsado el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera en materia de telecomunicaciones.

Por aplicación de la ley Nº 20.476, de 2010, en una primera etapa el país se redujo de 24 a 13 zonas primarias, para los efectos de generar comunicación o conexión.

La siguiente etapa es constituir a Chile en una sola zona primaria.

La propuesta que hoy día se presenta elimina el requisito legal del pronunciamiento previo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia sobre las condiciones de competencia en el sector de las telecomunicaciones, ya que las actuales condiciones del sector hacen innecesaria esa consulta y solo dilata la aplicación de una normativa beneficiosa para la comunidad.

Además, en virtud de este proyecto de ley, se faculta a la Subsecretaría de Telecomunicaciones para definir la norma técnica que determine la forma y progresión en que se implementará la eliminación de la larga distancia nacional.

Esta iniciativa es emblemática, porque abaratará los costos de las comunicaciones telefónicas y permitirá, adicionalmente, habilitar la red fija existente hoy en nuestro país.

Por ejemplo, el costo actual de comunicarse de regiones a Santiago, que se halla en alrededor de 30 pesos el minuto, bajará a 6 pesos el minuto.

Asimismo, se habilitará la telefonía fija para llamadas a celular.

Una de las materias en que hubo discusión en la Comisión decía relación con los plazos, los cuales fueron correcta y oportunamente aclarados por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

Son 120 días de vacancia legal, más 180 días para la implementación de la eliminación de la larga distancia nacional. Vale decir, en total serán 300 días.

En este punto se produjo cierta confusión en relación con el tenor original del artículo. Ello generó que el Senador Hernán Larraín presentara una indicación. Pero una vez resuelta y aclarada la duda, y consignada la precisión en la historia fidedigna de la ley, la indicación referida fue aprobada por la unanimidad de los señores Senadores.

Asimismo, la modificación elimina en la Ley General de Telecomunicaciones todas las referencias a la "larga distancia nacional".

Por lo tanto, como señalé anteriormente, pienso que estamos en presencia de un proyecto de ley emblemático.

Felicito la diligencia que han mostrado el señor Subsecretario de Telecomunicaciones , don Jorge Atton , y el señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para la tramitación de esta iniciativa.

Esta propuesta legislativa genera un cambio de paradigma en materia de telecomunicaciones y representa un anhelo de la Administración del Presidente Piñera.

Finalmente, se sugiere suprimir el artículo transitorio del texto aprobado en general. Dicha norma trataba sobre una materia ajena a la eliminación de la larga distancia nacional. Decía relación con los cargos de acceso, razón por la cual fue rechazada finalmente por la Cámara de Diputados.

En consecuencia, solicito a los señores Senadores que presten su aprobación al proyecto de ley, por cuanto mejora la conectividad, particularmente desde las regiones hacia la Capital, y abarata el costo de las llamadas que antiguamente se denominaban "de larga distancia". Hoy día eso se elimina, y se establece una única zona primaria nacional para los efectos de habilitar y perfeccionar la conectividad de los chilenos, en especial la de aquellos que viven en regiones.

Por último, deseo destacar que una de las regiones piloto en esta implementación, en este cambio de paradigma, fue la de Valparaíso, que represento en el Parlamento. En definitiva, hemos podido ver en la práctica cómo funciona este sistema.

He dicho.

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

Hago presente a la Sala que, en realidad, no correspondía discutir. Debemos votar sin debate la enmienda aprobada por unanimidad en la Comisión. Los señores Senadores podrán fundamentar su voto.

Antes de abrir la votación, si hay acuerdo, daré la palabra al señor Subsecretario de Telecomunicaciones , don Jorge Atton, quien la solicitó con anterioridad.

Acordado.

El señor ATTON ( Subsecretario de Telecomunicaciones ).-

Señor Presidente , tal como planteó el Senador Chahuán, este proyecto es complementario a una ley que se aprobó en el Congreso Nacional el 2010.

Sus Señorías se acordarán de que ese año se aprobó una normativa que elimina la larga distancia en la telefonía fija en todo el país. En esa oportunidad se establecieron dos fases.

La primera contemplaba la implementación de esa reforma en siete regiones -tal como indicó el Senador Chahuán-, las cuales se conformaron como una sola área local.

Hemos visto que en esas regiones el valor del minuto (originalmente, entre 60 y 70 pesos) bajó sustancialmente. Y ahora esas llamadas son tratadas como si se realizaran dentro de una misma ciudad.

La ley dispuso que treinta meses después de promulgado dicho cuerpo legal debía formularse una consulta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia con el objeto de que se pronunciara sobre las condiciones de mercado existentes en el ámbito de las telecomunicaciones.

Es por todos conocido -por eso nosotros apoyamos esta iniciativa de origen parlamentario- que hoy día las condiciones de mercado son bastante distintas de las que existían en 2009 o 2010. De hecho, se ha registrado una explosión bastante alta del desarrollo de internet móvil, lo que ha repercutido en un mercado bastante competitivo.

Asimismo, en 2010 la Subsecretaría del ramo y el Ministerio flexibilizaron la normativa técnica, de manera que las compañías de telefonía móvil pudieran hacer uso de sus redes para dar telefonía local. De hecho, ya hay ofertas en el mercado.

Por lo tanto, hoy día podemos decir que tenemos una competencia importante en telefonía local en muchas localidades donde antes operaba una sola compañía.

La idea de este proyecto es que, dado que la Ley General de Telecomunicaciones otorga a la Subsecretaría facultades para dictar la normativa técnica en un plazo de seis meses, en vez de hacer la consulta previa al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia , se establezca un programa dentro de los 120 días siguientes a la publicación de la ley, con el objeto de que la eliminación de la larga distancia se realice en todo el país en un plazo máximo de 180 días. Eso significa prácticamente tres meses.

¿Por qué estamos estableciendo ese plazo? Algunos señores Senadores han sostenido que, en realidad, no contaríamos con las atribuciones para ello.

La verdad es que la Ley General de Telecomunicaciones es bastante clara y precisa en el sentido de que la Subsecretaría tiene las facultades para dictar la normativa técnica. Y los plazos establecidos en los decretos supremos que dicha entidad emite después de la toma de razón por parte de la Contraloría son de seis meses.

Por lo tanto, lo que estamos diciendo acá es que existe un programa concreto. El proceso se está realizando en forma gradual, por regiones. Ya se llevaron a cabo el cambio de numeración, la portabilidad numérica y la implementación de la primera fase de la ley.

Lo propuesto implica un cambio y constituye un complemento a toda la política que hemos implementado durante el año 2010 para contar con una red de telecomunicaciones mucho más competitiva.

En particular, esta reforma será muy favorable para las regiones, dado que el 70 por ciento de las llamadas realizadas mediante teléfonos fijos son hechas desde regiones hacia Santiago.

En ese sentido, el teléfono fijo va a ser una alternativa atractiva, toda vez que los precios de las llamadas fluctuarán entre 5 y 8 pesos el minuto. Ello es bajo considerando que el valor del prepago bordea los 100 pesos el minuto.

Reitero: esta iniciativa será muy favorable para las regiones.

En consecuencia, solicito a los señores Senadores que aprueben esta modificación legal. Así, habrá un calendario cierto de implementación para el término de la larga distancia en todo Chile y no será necesaria la consulta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. De lo contrario, no me cabe la menor duda de que se judicializará el proceso. Estaremos esperando cuatro o cinco años por una resolución, lo que perjudicará a la gente e impedirá una mayor competitividad en la industria de las telecomunicaciones.

Gracias, señor Presidente.

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

A usted, señor Subsecretario .

El señor PIZARRO (Presidente).-

Antes de entrar a la votación, deseo saludar a los integrantes del Club de Adulto Mayor Corazones Valientes, de la comuna de La Cisterna (Santiago).

¡Bienvenidos!

¡Muchas gracias por estar con nosotros!

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

Asimismo, doy la bienvenida a los jóvenes del Colegio Corazón de María, de San Miguel ( Santiago ).

¡Muchas gracias por estar acá!

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

En votación la enmienda acordada por unanimidad en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, para suprimir el artículo transitorio del proyecto.

Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Senador señor Sabag.

--(Durante la votación).

El señor SABAG.-

Señor Presidente , tal como ya se señaló, el propósito del proyecto es terminar con el sistema de cobranza para las llamadas telefónicas de larga distancia nacional. Para ello, se modifica la Ley General de Telecomunicaciones con el fin de hacer que todo el país constituya una sola zona primaria.

Se trata básicamente de adaptar la legislación a la realidad de la tecnología, que ha reducido los costos de las comunicaciones -incluso, de las internacionales- a montos ínfimos, como ha ocurrido en el caso de los celulares, y a montos casi nulos, como sucede con las comunicaciones entabladas a través de internet.

Las cifras muestran que, en los años 2010 y 2011, los tráficos de telefonía local y larga distancia nacional disminuyeron 9 y 12 por ciento, respectivamente, mientras que el tráfico de los celulares aumentó en un 18 por ciento, tendencia que no solo se ha confirmado, sino que se ha ido incrementando.

A pesar de que no existen razones técnicas que justifiquen tarifas diferenciadas para las llamadas telefónicas de acuerdo a la distancia, dos empresas -Telefónica y Entel - han hecho reparos a este proyecto, basándose en el hecho de que no es posible cambiar las condiciones pactadas durante la vigencia del actual período de fijación de las tarifas de larga distancia. Es más, han presionado con la posibilidad de llevar esta divergencia a tribunales.

En consonancia con lo anterior, en el segundo informe de la Comisión de Transportes se acordó eliminar el artículo transitorio, mediante el cual se disponía que la eliminación de las zonas tarifarias tendría efecto en la medida en que fueren expirando los decretos tarifarios vigentes al momento de la publicación de la ley. Además, declaraba improcedentes las reglas sobre reliquidación para el caso de los decretos tarifarios cuya vigencia se prolongue más de un quinquenio, con lo que hubiera correspondido recalcular los costos, la estructura y el nivel de las tarifas y las fórmulas de indexación de estas en un estudio especial de responsabilidad que la empresa concesionaria respectiva realizará o podrá realizar directamente.

En el segundo informe de la Comisión se argumenta que esta disposición transitoria no sería necesaria porque no se refiere al tema de la larga distancia, por lo que podría ser conveniente saber qué apreciación tiene el Ejecutivo al respecto, especialmente cuando parece haber tanta sensibilidad por parte de las empresas involucradas acerca de la interpretación de los plazos legales que habría que respetar para implementar el cambio tarifario.

Hago esta observación, además, para transparentar ante la opinión pública el efecto concreto de este proyecto. Porque la gente puede creer que al día siguiente dejará de pagar por las llamadas de larga distancia realizadas desde teléfonos fijos, y la verdad es que se abre un período de adecuación cuyo plazo también debería quedar claramente establecido en esta oportunidad.

Voto favorablemente la iniciativa.

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela, para fundamentar el voto.

El señor PÉREZ VARELA.-

Señor Presidente , me pronunciaré a favor por cuanto estimo que si hay una industria cuya competitividad ha permitido un mejoramiento sustancial en los hogares chilenos esta ha sido la telefónica.

En efecto, la portabilidad numérica implicó un avance significativo; también, la eliminación de larga distancia: ya hay siete regiones -como decía el Subsecretario- en las cuales hemos estado avanzando. El actual Gobierno en esta materia ha contribuido de una manera muy efectiva a que se otorgue un mejor servicio y más barato a todos los hogares de nuestro país. Por consiguiente, completar ese proceso -hoy día no existen objeciones, dificultades o inconvenientes de carácter técnico- me parece esencial.

Considero vital aprobar normas que no signifiquen problemas, ya sea en el Tribunal Constitucional o en otro tipo de tribunales. Por lo tanto, hay que manejar muy bien ese aspecto.

El proyecto en debate permitirá que esta industria les siga entregando más servicios a menos costos a todos los chilenos. Y eso es, a mi juicio, muy importante para votar a favor de la iniciativa.

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Intervendré después.

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.-

Señor Presidente , me tocó participar en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones cuando se votó este proyecto, iniciado en dos mociones refundidas, que, obviamente, tal como lo han explicado los colegas y el propio Subsecretario, es fundamental para las personas.

Esta normativa no solo es importante por lo que significará desde el punto de vista del costo de la telefonía fija y de la posibilidad de comunicarse en todo el país, sino que además impactará decididamente en la telefonía móvil. Esto obligará a la reducción de los precios, lo cual constituye un tema no menor en nuestro país.

Celebro la iniciativa de los Diputados. Esta es una moción que ingresó a tramitación en enero de 2013. Y, obviamente, los tiempos en que estamos viviendo hacen necesario ir adaptando la normativa a la realidad. Hace poco celebramos la eliminación de las distintas zonas primarias en las propias regiones. Y la supresión de la larga distancia para la telefonía fija evidentemente va en el sentido correcto.

Felicito una vez más a los Diputados autores de la moción y manifestamos nuestro apoyo y nuestro voto favorable.

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente , como lo hemos repetido en más de una oportunidad, la explosiva demanda y el crecimiento de la telefonía celular -más de 24 millones de equipos en todo el país- constituía un hecho perjudicial para la telefonía fija. Mucha gente ha mantenido el teléfono residencial y paga el cargo fijo, aunque poco lo utiliza, porque, en definitiva, ha quedado en desuso.

Siento que esta iniciativa traerá aparejado un énfasis en el uso de la telefonía fija. Por cierto, llamar a cualquier punto del país con tarifa local única implica un aporte significativo a las comunicaciones y al bolsillo de quienes utilizan el servicio.

Entiendo que con la fórmula propuesta los usuarios quedan protegidos por el mismo reglamento telefónico, en donde se da cuenta de cómo pueden resolver sus controversias con las compañías. Quiero recordar que hubo un tiempo -aún ello ocurre- en que muchas llamadas internacionales eran cargadas en la cuenta en circunstancias de que las personas jamás las habían realizado. Sin embargo, las llamadas de larga distancia -algunas muy caras- o a números especiales que efectivamente se hacen se cargan a los teléfonos de los usuarios.

Con la presente iniciativa, la larga distancia pasará a ser un servicio en extinción. No obstante, habrá un aumento en la frecuencia de uso de la telefonía fija.

Quisiera destacar que hay una norma respecto del medidor de llamadas, que se encuentra en el reglamento telefónico, y que debe ser implementada. El Senador Prokurica lo ha planteado en más de una oportunidad¿

El señor PROKURICA .-

¡Si está aprobada la ley!

El señor NAVARRO.-

Lo sabemos. El reglamento está aprobado. El tema es por qué no se masifica el uso. El reglamento lo exige como una parte integral de la defensa de los usuarios. El marcador de llamadas permite saber exactamente cuánto duran estas. Y el hecho de conocer los números marcados otorga mayor seguridad no solo en materia de la cuenta de pago, sino también en el uso de la telefonía (quién llama, a quién se llama y el registro respectivo). Si va a aumentar el uso de la telefonía fija, el marcador telefónico debe ser un elemento al alcance de todos los usuarios, como protección de los derechos.

El dar mayor cobertura a un servicio, trae aparejado un beneficio, pero todos sabemos que ello también conlleva siempre un uso intensivo en donde, de alguna manera -a veces de modo intencionado-, las compañías tienden a protegerse. Existen aproximadamente tres millones y medio de líneas telefónicas fijas. Este número va a subir, pues mucha gente que hoy no posee dicho servicio adquirirá una línea y la va a usar. Eso reeditará un conjunto de controversias que espero que estén adecuadamente reguladas.

Felicito a los Diputados autores del proyecto. Y también al Ministro Pedro Pablo Errázuriz, quien ha acogido esta iniciativa de buena forma. Contamos con un Secretario de Estado que escucha y que en materia de consumidores y de usuarios ha tenido una voluntad positiva, lo cual es digno de destacar.

Voto a favor del proyecto.

Por cierto, vamos a revisar de manera constante sus efectos en materia de derechos de los ciudadanos que hagan uso de este nuevo servicio, de tal forma que la incorporación de modernas tecnologías, en este caso, de una innovación en cuanto a uso de la telefonía fija, no signifique perturbaciones y que los derechos de los usuarios sean respetados.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

El señor PIZARRO (Presidente).-

Aprovecho de saludar a los alumnos del segundo año de Derecho de la Universidad San Sebastián, de Santiago.

¡Bienvenidos!

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).-

Tiene la palabra, para fundamentar su voto, el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

No intervendré, señor Presidente .

El señor ALLIENDE ( Secretario General subrogante ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en particular el proyecto (26 votos a favor), y queda despachado en este trámite.

Votaron las señoras Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).

2.6. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 09 de octubre, 2013. Oficio en Sesión 82. Legislatura 361.

?Valparaíso, 9 de octubre de 2013.

Nº 786/SEC/13

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece la meta todo Chile a llamada local, correspondiente a los Boletines Nos 8.787-19 y 8.790-15, refundidos, con la siguiente enmienda:

Artículo transitorio

Lo ha suprimido.

- - -

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.821, de 9 de julio de 2013.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JORGE PIZARRO SOTO

Presidente del Senado

JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA

Secretario General (S) del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 15 de octubre, 2013. Diario de Sesión en Sesión 83. Legislatura 361. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

TÉRMINO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL Y CONVERGENCIA DE CARGA DE ACCESO DEL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO (Tercer trámite constitucional. Boletines Nos 8787-19, 8790-15)

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Corresponde tratar las modificaciones del Senado al proyecto, iniciado en mociones refundidas, que establece la “Meta Todo Chile a llamada local” y modifica la Ley General de Telecomunicaciones para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 82ª de la presente legislatura, en 10 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 4.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

El señor ERRÁZURIZ (ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-

Señor Presidente, como ustedes saben, este proyecto es muy positivo para todas las personas, porque la idea final es convertir a Chile completamente en llamada local. Lo mismo hemos hecho por regiones, disminuyendo las llamadas del servicio de larga distancia.

Esta iniciativa inició su discusión y fue aprobada en la Cámara, para posteriormente ser enviada al Senado y aprobada en forma mayoritaria. El único artículo que se rechazó y modificó en el Senado tenía que ver con algo que no dice relación con la larga distancia nacional. Por lo tanto, ahora solicitamos aprobar esa pequeña modificación que introdujo el Senado que, como he indicado, no tiene que ver con lo esencial del proyecto, cual es eliminar definitivamente la larga distancia nacional.

El proyecto que elimina la larga distancia nacional lo hace en un plazo de 300 días, sin ninguna interrupción intermedia. En consecuencia, garantiza a todos los chilenos las llamadas desde teléfonos fijos, eliminando la larga distancia nacional, con lo cual aumenta la competencia entre la telefonía móvil y la fija, dando a esta última un espacio de competencia más adecuado y acorde con la tecnología actual.

Por eso, hago un llamado a votar favorablemente el proyecto.

Muchas gracias.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Dado que hay seis diputados inscritos para intervenir, sugiero ofrecer la palabra a cada uno hasta por 5 minutos.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, quiero reiterar que esta moción se originó en la Cámara de Diputados y fue presentada en conjunto con otra que abordaba temas del sector, pero posteriormente se acordó diferenciarlas.

Cabe destacar que esta moción tiene su origen en una iniciativa que presentamos en conjunto con otros diputados de manera transversal. Con ella se busca cumplir una meta que permita comunicarse a todo Chile como llamada local. Es una gran iniciativa que parece muy simple, que recoge una inquietud que tienen todos los chilenos, más aun cuando hoy la telefonía celular está tan masificada y permite que sean muchas las personas que hoy pueden establecer un vínculo directo con cada región del país; pero no ocurre lo mismo con la telefonía fija.

Por eso, me parece bien reiterar nuestra aprobación al proyecto, porque recoge la unanimidad de los parlamentarios.

Por último, si el ministro está de acuerdo con la eliminación del artículo transitorio que propuso el Senado, obviamente no tendríamos por qué tener una opinión distinta del Gobierno. Esa norma tendía a prever una eventual situación. Si el Ejecutivo estima que está bien suprimirlo, solicito a la Sala que, en forma unánime, acojamos la modificación del Senado al proyecto y lo aprobemos en forma definitiva para que deje de existir la llamada local y la “meta todo Chile a llamada local” finalmente sea una realidad.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Orlando Vargas.

El señor VARGAS.-

Señor Presidente, como es sabido, nuestra población crece año tras año; también se expande el territorio y avanzan la tecnología y los cambios de nuestra economía. El mercado internacional nos ha posicionado como un país en vías de desarrollo, y la tecnología ha llegado con fuerza a nuestra vida, como también a la de los pueblos más alejados, formando parte fundamental del día a día de cada uno de nosotros.

El ritmo de vida de los chilenos es cada vez más acelerado, sobre todo en el plano laboral, por lo que muchos de nosotros debemos emigrar de nuestras ciudades, especialmente en las zonas extremas, ya sea en forma permanente o por una exigencia temporal para realizar actividades propias de nuestra profesión u oficio. Por eso, necesitamos tener la posibilidad de conectarnos con la familia, con los amigos o con el trabajo de manera más fácil, rápida y sobre todo económica.

Por eso, este proyecto, es un avance sustancial en lo que corresponde a las pymes y a las familias de menos ingresos. Es claro que cuando uno trabaja con el teléfono de larga distancia es demasiado oneroso y caro, y la implementación de esta medida permitirá que la tarifa sea una sola a nivel nacional. Además, va a ayudar a que la gente que trabaja en sus casas pueda también laborar a través de este nuevo sistema.

Lo único que discuto es que para la entrada en vigencia de este proyecto como ley de la república, deberán transcurrir 180 y 120 días, como período de vacancia; o sea, 300 días para que recién comiencen a dejar de cobrar la larga distancia. Podrían haber sido menos días; a lo mejor 60 días y no 300 días. Es lo único sobre lo cual me asaltan dudas; pero el proyecto es bueno y vamos a aprobarlo.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente, felicito que este proyecto se esté concretando y hoy podamos votarlo. Es un gran anhelo. Al respecto sostuvimos muchos proyectos de acuerdo, iniciativas legales, a fin de establecer una zona primaria para las llamadas locales en todo el país. Resultaba inadmisible que diversas comunas colindantes debían disponer de sistema de larga distancia para comunicarse. Tanto es así que ciudades como Valdivia con La Unión, Valdivia-Paillaco, u otras localidades de la hermosa Región de Los Ríos tenían este inconveniente.

Hace un par de años, también se llevó adelante una iniciativa por la cual se logró suprimir las zonas dentro de la región y con eso logramos avanzar en esta materia.

Hoy, les agradezco a los diputados Schilling y Díaz, quienes observan tan detenidamente el debate. También me piden acá que rinda un homenaje al exdiputado Juan Bustos, quien fue uno de los autores e impulsores de este proyecto.

Señor ministro -por su intermedio, señor Presidente-, en este orden de cosas es fundamental democratizar y facilitar a todas las comunidades el acceso a llamados de larga distancia, en este caso, con una zona primaria. Pero también es importante seguir avanzando en cuanto al acceso a las comunicaciones a través de internet y por celulares. En la actualidad, hay zonas en las cuales es extremadamente caro o difícil el acceso.

Creo que ese es el estándar que debiéramos fijar y buscar: plena conectividad y no desigualdad entre zonas urbanas, y rurales, y en las zonas rurales asegurar la plena conectividad. Un sector rural que hoy no tenga conectividad claramente queda en desventaja. Un sector que no tiene acceso a internet o a celular, claramente queda en desventaja frente a otros sectores, lo que impide la comercialización de sus productos, abaratar costos en transporte, etcétera.

Por eso, vamos a votar a favor de este proyecto. Felicito por la iniciativa, porque es una muy buena noticia para todas las regiones del país.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Lorenzini.

El señor LORENZINI.-

Señor Presidente, quiero pedirle que solicite la unanimidad de la Sala para que ingrese el subsecretario, con quien vimos varios de estos temas.

Además, hay un motivo especial. Quizás es la última vez que el subsecretario va a estar en este Hemiciclo. Por lo tanto, me parece adecuado que en su último proyecto esté presente.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Solicito nuevamente la unanimidad de la Sala para que pueda ingresar el subsecretario.

No hay unanimidad.

Lamentablemente no se puede.

Tiene la palabra el diputado Cristián Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, esta moción viene a satisfacer los requerimientos de la ciudadanía. “Todo Chile a llamada local” me parece un procedimiento adecuado y conveniente. Sin lugar a dudas, es así.

No obstante, esta es la ocasión para hacerse cargo también de los numerosos abusos que las compañías telefónicas cometen en todos sus servicios y que la ciudadanía a uno le reclama constantemente. Creo que uno se tiene que hacer cargo de ello.

Hace poco tiempo hicimos un informe jurídico que lo remitimos al Sernac y que hago presente al señor ministro de Transportes y Telecomunicaciones, por su intermedio, señor Presidente. Por ejemplo, cómo es posible que una llamada para requerir la información de un número tenga el valor de cien pesos. El servicio es uno solo y la tarifa debiera ser una sola. Eso es lo que reclaman los usuarios, señor ministro. ¿Por qué cada vez que llega la boleta de cobro hay distintos ítems, en los cuales aparecen servicios que no han sido contratados? Creo que, en esta materia, la justicia requiere que el Ministerio a su cargo estudie acuciosamente, en beneficio de los usuarios, cuáles son los servicios que sí se pueden cobrar y cuáles están dentro de las tarifas que el Ministerio fija cada cierto tiempo.

Pienso que esos abusos de las compañías telefónicas están pendientes y tenemos que terminarlos, y la discusión de este proyecto de ley debe ser la oportunidad para hacerlos presente, porque algunos cobros de esas compañías, que reciben ingentes utilidades -de las cuales no me opongo, porque ciertamente son lícitas-, me parecen que están más allá de lo permitido por el sentido común y la justicia.

Ministro, le pido que ordene la revisión de las boletas que se cobran a los usuarios y, en definitiva, se puedan eliminar aquellos gastos suntuarios como, por ejemplo, el que uno pague por requerir un número telefónico aunque sean módicos cien pesos, pero si vamos sumando, significan muchos miles de pesos.

Esta iniciativa legal, que establece la “Meta Todo Chile a llamada local”, me parece que viene a ser un beneficio para los usuarios de compañías telefónicas y por eso la votaremos favorablemente.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Fidel Espinoza.

El señor ESPINOZA (don Fidel).-

Señor Presidente, este proyecto, como lo han dicho el diputado De Urresti y los parlamentarios que me han antecedido en el uso de la palabra, es tremendamente importante para el país y para la población en general. Permite masificar la utilización del teléfono fijo que ha ido perdiendo un tanto de relevancia con la irrupción tan importante que ha tenido la telefonía celular en nuestro país.

Aprovecho de hacer un llamado también a las autoridades de este Gobierno para que, en los últimos seis meses no se pierdan y se utilicen los fondos para telecomunicaciones. Y esa es mi molestia en particular con la Subsecretaría de Telecomunicaciones -se lo digo con mucho respeto, ministro, por su intermedio, señor Presidente-, porque así como estamos preocupados de este proyecto -que, repito, es de enorme importancia para el país, porque permite abaratar los costos para la gente que tiene este tipo de teléfono-, no es menos importante que hemos desperdiciado prácticamente tres años y medio de este Gobierno en no ampliar con más fuerza la cobertura de telefonía celular, que es tan indispensable en los sectores rurales del país. Efectivamente, a pesar de que todos los años hemos venido aprobando en el Presupuesto de la Nación un fondo para telecomunicaciones de manera de incluir a los sectores rurales, hoy, solo en mi Región de Los Lagos hay más de doscientas localidades no conectadas con telefonía celular y no se ha hecho prácticamente nada en tres años y medio para llegar con esta a pesar del fondo; no se implementaron medidas. También, debo reconocerlo, el propio subsecretario Atton, que ha tenido un buen desempeño, ha reconocido que las empresas muchas veces se coluden para no ofrecer servicios y ni siquiera postular a los fondos de telecomunicaciones que son tremendamente necesarios para la gente.

El hecho de contar hoy con telefonía celular en sectores rurales no es un lujo, sino que es una gran necesidad que también abarataría los costos de su vida. Y hablo en función de mucha gente de mi zona, como Purranque, Río Negro, Fresia, Los Muermos, Puerto Octay, Puyehue, que no tienen, como muchas otras regiones del país, acceso a esto.

Entrando en materia, quiero valorar el proyecto porque pone término a la larga distancia nacional. Con esto, y para los efectos del servicio público telefónico, el país se constituirá en una zona primaria donde una llamada de Arica a Punta Arenas, o de cualquier punto del país, será considerada llamada local. Desde todo punto de vista, esto constituye un avance importante para el país.

Bien decía el diputado Alfonso de Urresti que este trabajo lo iniciamos durante el gobierno de la Presidenta Bachelet. Logramos que las llamadas entre provincias de una misma zona primaria fueran consideradas también llamadas locales. Voy a dar ejemplos paradójicos. Una llamada de Casma a Corte Alto, que son localidades que están a cinco minutos de distancia y que se ubican en Frutillar y Purranque, respectivamente, ambas comunas de provincias vecinas en mi región, era considerada de larga distancia nacional. Ese fue el primer paso para este otro gigantesco, que es reemplazar las llamadas de larga distancia nacional por llamadas locales.

El proyecto debiera mejorar absolutamente la conectividad del país al permitir que muchas más familias puedan acceder al teléfono fijo, toda vez que las llamadas nacionales elevaban de manera considerable las cuentas telefónicas de fin de mes. Recordemos que la telefonía fija tiene un cargo fijo mensual, lo que implica que para cualquier hogar de clase media o de sector vulnerable este servicio se hiciera prácticamente imposible, sobre todo cuando las cuentas exceden los 30 o 40 mil pesos mensuales. Ahora, con este proyecto, habrá un abaratamiento importante en los servicios telefónicos para miles y miles de nuestros compatriotas.

Por eso, votaremos favorablemente este proyecto.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora María José Hoffmann.

La señora HOFFMANN (doña María José).-

Señor Presidente, este proyecto que logramos consensuar es tremendamente importante.

En 2010, con la diputada Andrea Molina también visitamos al ministro y al subsecretario Atton, y este proyecto viene a culminar un trabajo que impulsamos con muchos otros parlamentarios, de manera transversal.

Pero digamos las cosas como son. Proyectos muy parecidos a este llevaban aquí años durmiendo. Por eso, cuesta entender que si hay acuerdo transversal, las cosas no pasen.

En esto, quiero hacer un especial reconocimiento al ministro Errázuriz y al subsecretario Atton, que tuvieron la voluntad de hacer realidad este proyecto. Es fácil hablar de desigualdad; es fácil hablar de desconectividad; lo difícil es hacer que los proyectos lleguen a puerto, y fue este Gobierno el que lideró el trabajo con todos los parlamentarios, de manera transversal, para lograr este objetivo.

Recuerdo cuando el subsecretario Atton nos decía que la idea original era agrupar a las regiones en macrozonas, pero tuvo la osadía de avanzar en forma paulatina y responsable para eliminar completamente la larga distancia -aspiración que no solo compartimos, sino que era necesaria- lo que habla del compromiso del Gobierno por beneficiar a la gente de todas las regiones

Reitero, es fácil hablar de los problemas, pero es difícil tener la voluntad para sacarlos adelante, y somos nosotros, el Gobierno del Presidente Piñera, a través de sus ministros, quien ha liderado el término de la larga distancia nacional, con apoyo transversal, tal como deben corregirse muchos otros temas en nuestro país.

Era bastante absurdo marcar larga distancia a lugares cercanos, cuestión que viví personalmente. Muchos jóvenes sanantoninos tienen que salir fuera de la región por la falta de oportunidades de educación superior. Fue mi caso, y tuve que irme a estudiar a Santiago. Otros, la gran mayoría, emigran a Valparaíso. Por eso digo que era bien ridículo que, estando solo a 100 kilómetros de nuestras casas, tuviéramos que invertir para comunicarnos con nuestras familias y con nuestros amigos; teníamos tarifa diferenciada. Por eso, este proyecto es una ayuda directa al bolsillo de las personas, toda vez que terminamos con una discriminación ridícula. Es un avance importante.

Por su intermedio, señor Presidente, planteo al ministro la aprensión que ha manifestado el diputado señor Vilches respecto de la fijación de tarifas, para que no se termine subsidiando llamadas más cercanas, de menos costo, con llamadas de largo costo. Es importante saber cómo va a ser esa regulación.

En segundo lugar, valoro la voluntad y preocupación del diputado Sandoval, quien se afecta directamente por la falta de conectividad que existe en la Región de Aysén. Este proyecto viene a solucionar un problema muy importante, aunque tenemos que hacer un esfuerzo mayor, especialmente en las zonas extremas.

Por su intermedio, señor Presidente, agradezco al ministro Errázuriz por la voluntad que tuvo para liderar este proyecto. No es fácil aunar voluntades en este Congreso. Repito, fueron muchos los proyectos sobre la materia; incluso, el exdiputado señor Forni lideró uno durante mucho tiempo y nunca se pudo avanzar.

Ministro Errázuriz, por su intermedio, señor Presidente, le agradecemos la voluntad y la capacidad de trabajo que tuvo para lograr este objetivo. Lo mismo vale para el subsecretario Atton.

Señor Presidente, por su intermedio, le concedo una pequeña interrupción al diputado señor Hernández.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández, hasta por un minuto y quince segundos.

El señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente, reitero mis agradecimientos al Gobierno, al que hay que reconocerle hechos concretos. La portabilidad numérica es uno -también fue motivo de argumentos políticos en gobierno anteriores, pero nunca avanzaron-, y que hoy pone fin a la larga distancia nacional, comunicando a todo Chile a costo de llamada local. Estos hechos concretos que ha podido desarrollar este Gobierno, se deben a que hay voluntad política. Reconozco que el subsecretario del gobierno anterior también la tuvo para avanzar, pero no contó con el respaldo político suficiente para realizar este cambio tan importante que beneficiará a todos los chilenos, sobre todo en las zonas rurales.

Por su intermedio, señor Presidente, mis agradecimientos al ministro, al Gobierno, al Presidente Piñera y al subsecretario, porque se han dedicado también a impulsar la televisión digital y muchas otras materias en las cuales estábamos estancados. Este avance en materia de comunicaciones es un gran salto para pensar en un futuro mejor, como lo será -ojala que lo dejemos avanzado- cuando iluminemos todos los sectores rurales con internet. Este sería un avance espectacular en aras de la modernización de nuestro país.

Reitero mis agradecimientos al Gobierno.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Conforme al Reglamento y a los acuerdos adoptados por la Sala, cerramos el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre la enmienda del Senado en los siguientes términos.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Corresponde votar la enmienda introducida por el Senado al proyecto de ley que establece la meta “Todo Chile a llamada local” y modifica la Ley General de Telecomunicaciones para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, consistente en suprimir su artículo transitorio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 107 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 15 de octubre, 2013. Oficio en Sesión 64. Legislatura 361.

?VALPARAÍSO, 15 de octubre de 2013.

Oficio Nº 10.959

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a la enmienda propuesta por ese H. Senado al proyecto de ley que establece la meta todo Chile a llamada local, correspondiente a los boletines Nº 8787-19 y 8790-15, refundidos.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 786/SEC/13, de 9 de octubre de 2013.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

EDMUNDO ELUCHANS URENDA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 15 de octubre, 2013. Oficio

?VALPARAÍSO, 15 de octubre de 2013.

Oficio Nº 10.958

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley, de origen en mociones refundidas de los señores diputados Alberto Robles Pantoja, Germán Becker Alvear, Juan Luis Castro González, Ramón Farías Ponce, Gustavo Hasbún Selume, Juan Carlos Latorre Carmona, Iván Moreira Barros, Víctor Torres Jeldes, Ignacio Urrutia Bonilla, Enrique Van Rysselberghe Herrera y René Manuel García García, y de las señoras diputadas María José Hoffmann Opazo, Andrea Molina Oliva y Marcela Sabat Fernández, correspondiente a los boletines Nos.8787-19 y 8790-15, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N° 19.302 por el siguiente:

“A partir de los ciento veinte días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica; proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de ciento ochenta días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.

Artículo 2°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones:

1) En el artículo 3°, letra e), después de las palabras “larga distancia” agrégase el vocablo “internacional”.

2) En el artículo 24 bis:

a) En el inciso primero, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede, y después de las palabras “larga distancia”, la segunda vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”.

b) En el inciso segundo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

c) En el inciso tercero, suprímense los vocablos “nacional o” y la coma que les precede.

d) En el inciso cuarto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

e) En el inciso quinto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

f) En el inciso sexto, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

g) En el inciso séptimo, suprímense los vocablos “nacional e” y la coma que les precede.

h) En el inciso octavo, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

i) En el inciso noveno, después de las palabras “larga distancia”, incorpórase el vocablo “internacional”.

j) En el inciso décimo, después de las palabras “larga distancia”, las dos veces que aparecen, incorpórase el vocablo “internacional”.

3) En el artículo 26:

a) Suprímense los incisos segundo y cuarto.

b) En el inciso tercero, después de las palabras “larga distancia”, la primera vez que aparecen, incorpórase la palabra “internacional”, y sustitúyense los vocablos “nacionales e internacionales” por la palabra “internacional”.

c) En el inciso quinto, sustitúyese la coma después de la palabra “permiso” por la letra “y”, y elimínase la expresión “y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo”.

d) En el inciso final sustitúyese la frase “que exceda una zona primaria” por la frase “que exceda el territorio nacional”, e intercálase entre la palabra “distancia” y la preposición “para” la palabra “internacional”.

4) En el artículo 29, inciso segundo, suprímense los vocablos “nacional e”.

Artículo 3°.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo 1°.

***

Dios guarde a V.E.

EDMUNDO ELUCHANS URENDA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 20.704

Tipo Norma
:
Ley 20704
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1055863&t=0
Fecha Promulgación
:
29-10-2013
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cd8z
Organismo
:
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Título
:
ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL
Fecha Publicación
:
06-11-2013

LEY NÚM. 20.704

     

ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL

     

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en mociones refundidas de los señores diputados Alberto Robles Pantoja, Germán Becker Alvear, Juan Luis Castro González, Ramón Farías Ponce, Gustavo Hasbún Selume, Juan Carlos Latorre Carmona, Iván Moreira Barros, Víctor Torres Jeldes, Ignacio Urrutia Bonilla, Enrique Van Rysselberghe Herrera y René Manuel García García, y de las señoras diputadas María José Hoffmann Opazo, Andrea Molina Oliva y Marcela Sabat Fernández

     

    Proyecto de ley:

   

    "Artículo 1º.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4º transitorio de la ley Nº 19.302 por el siguiente:

     

    "A partir de los ciento veinte días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica; proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de ciento ochenta días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley Nº 18.168.".

     

    Artículo 2º.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones:

     

    1) En el artículo 3º, letra e), después de las palabras "larga distancia" agrégase el vocablo "internacional".

     

    2) En el artículo 24 bis:

     

a)   En el inciso primero, suprímense los vocablos "nacional e" y la coma que les precede, y después de las palabras "larga distancia", la segunda vez que aparecen, incorpórase la palabra "internacional".

b)   En el inciso segundo, después de las palabras "larga distancia", incorpórase el vocablo "internacional".

c)   En el inciso tercero, suprímense los vocablos "nacional o" y la coma que les precede.

d)   En el inciso cuarto, después de las palabras "larga distancia", incorpórase el vocablo "internacional".

e)   En el inciso quinto, después de las palabras "larga distancia", incorpórase el vocablo "internacional".

f)   En el inciso sexto, después de las palabras "larga distancia", incorpórase el vocablo "internacional".

g)   En el inciso séptimo, suprímense los vocablos "nacional e" y la coma que les precede.

h)   En el inciso octavo, después de las palabras "larga distancia", incorpórase el vocablo "internacional".

i)   En el inciso noveno, después de las palabras "larga distancia", incorpórase el vocablo "internacional".

j)   En el inciso décimo, después de las palabras "larga distancia", las dos veces que aparecen, incorpórase el vocablo "internacional".

     

    3) En el artículo 26:

     

a)   Suprímense los incisos segundo y cuarto.

b)   En el inciso tercero, después de las palabras "larga distancia", la primera vez que aparecen, incorpórase la palabra "internacional", y sustitúyense los vocablos "nacionales e internacionales" por la palabra "internacional".

c)   En el inciso quinto, sustitúyese la coma después de la palabra "permiso" por la letra "y", y elimínase la expresión "y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo".

d)   En el inciso final sustitúyese la frase "que exceda una zona primaria" por la frase "que exceda el territorio nacional", e intercálase entre la palabra "distancia" y la preposición "para" la palabra "internacional".

     

    4) En el artículo 29, inciso segundo, suprímense los vocablos "nacional e".

     

    Artículo 3º.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley Nº 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo 1º.".

     

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.  

    Santiago, 29 de octubre de 2013.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Molina Osorio, Subsecretario de Telecomunicaciones Subrogante.