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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.574

Relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Carlos Cantero Ojeda. Fecha 13 de septiembre, 2011. Moción Parlamentaria en Sesión 52. Legislatura 359.

1.2. Informe de Comisión de Transportes

Senado. Fecha 12 de octubre, 2011. Informe de Comisión de Transportes en Sesión 63. Legislatura 359.

?INFORME DE LA COMISION DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local.

BOLETÍN N° 7.931-15

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción del Honorable Senador señor Carlos Cantero, con urgencia calificada de “simple”, el 4 de octubre de 2011.

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Hacemos presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único y, acordó, unánimemente, proponer al Excelentícimo señor Presidente que en la Sala sea considerado del mismo modo.

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Durante el estudio de esta iniciativa legal, vuestra Comisión contó con la participación del Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Roberto Von Bennewitz y del Asesor Legislativo del Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Andrés Rodríguez.

OBJETIVOS DEL PROYECTO

Prorrogar la vigencia del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, de 6 de febrero de 2009, que modifica el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, extendiendo el plazo legal estipulado de tres años a seis años, para que una mayor cantidad de radiodifusores que tienen una emisora AM con mayor antigüedad y no posean una concesión FM en la misma plaza, puedan postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes para acceder a una concesión FM en la misma plaza.

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- Ley Nº 20.335, de 6 de febrero de 2009, que modifica el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora. Artículo transitorio, incisos primero y final.

2.- Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, artículo 13 y artículo 13 A.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción que da origen a esta iniciativa legal señala que con fecha 6 de Febrero de 2009, se publicó la ley 20.335 que modificó el sistema de asignación de concesiones de radiodifusión sonora.

Con el objeto de “preservar la implantación regional y local de la radiodifusión y que dicha implantación no sucumba ante una excesiva concentración de este mercado en unas pocas manos”, se reconoció un derecho preferente a las emisoras AM con mayor antigüedad en la misma plaza.

Para acceder a este beneficio, los concesionarios AM que no posean una concesión FM en la misma plaza, pueden postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes.

Sin embargo, este beneficio se acotó a 3 años desde la entrada en vigencia de la ley, por estimarse un tiempo prudente para que los radiodifusores AM pudiesen hacer uso del mismo, situación que ha ocurrido sólo en tres casos a la fecha.

Con el objeto de posibilitar el fortalecimiento de la radio regional y local y la sostenibilidad de los radiodifusores de amplitud modulada, se propone extender el plazo estipulado en el artículo transitorio de la Ley 20.335 para que una mayor cantidad de radiodifusores puedan hacer uso de este mecanismo.

ESTRUCTURA DEL PROYECTO

Se encuentra estructurado en un artículo único que reemplaza en el inciso primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”.

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Durante la discusión general, vuestra Comisión escuchó la opinión del Ejecutivo, representado por el Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Roberto Von Bennewitz, quien señaló que tienen una opinión favorable en relación a esta Moción cuyo objetivo es establecer una prórroga de tres años para que los concesionarios de Amplitud Modulada (AM) y que no posean una Frecuencia Modulada (FM) en la misma plaza, puedan postular a los concursos de Frecuencia Modulada y hacer valer sus derechos preferentes ante otros postulantes.

Hizo presente que la Amplitud Modulada tiende a desaparecer, señalando que algunas marcas de vehículos instalan radios que no poseen esta frecuencia. En esta banda no existen grandes consorcios o cadenas de radioemisoras, básicamente está constituido por pequeños emprendimientos que transmiten la identidad regional y local.

De no otorgarse las facilidades para la migración de estas estaciones a la Frecuencia Modulada, estas transmisiones serán cada vez más escasas y desaparecerá la identidad regional y local.

Por otra parte, el hecho de no reconocer este derecho preferente significará que los concursos se resolverán mediante sorteo y estas pequeñas radioemisoras no podrán competir.

La prórroga de la vigencia de la ley Nº 20.335, por 3 años empezará a regir, en caso de aprobarse esta iniciativa legal, a contar del 6 de febrero de 2012 y en este nuevo período de 3 años se realizarán 9 concursos.

- En votación este proyecto de ley en general y en particular, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Girardi, Novoa y Prokurica.

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En conformidad con los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, tiene a honra proponeros aprobar el proyecto de ley en informe, en general y en particular, en los siguientes términos:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázanse en el artículo transitorio de la ley Nº 20.335, incisos primero y final las palabras “tres años” por “seis años”.

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Acordado en sesión celebrada el día 12 de octubre de 2011, con asistencia de los Honorables Senadores señores Jovino Novoa Vásquez (Presidente), Carlos Cantero Ojeda (Francisco Chahuán Chahuán), Guido Girardi Lavín y Baldo Prokurica Prokurica.

Sala de la Comisión, a 12 de octubre de 2011.

ANA MARIA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL FORTALECIMIENTO DE LA RADIODIFUSIÓN REGIONAL Y LOCAL.

BOLETÍN N° 7.931-15

I.OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: prorrogar la vigencia del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, de 6 de febrero de 2009, que modifica el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, extendiendo el plazo legal estipulado de tres años a seis años, para que una mayor cantidad de radiodifusores que tienen una emisora AM con mayor antigüedad y no posean una concesión FM en la misma plaza, puedan postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes para acceder a una concesión FM en la misma plaza.

II.ACUERDOS: aprobado en general y en particular, por 4 votos a favor.

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: se encuentra estructurado en un artículo único que reemplaza en el inciso primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V.URGENCIA: “simple”, de 4 de octubre de 2011.

VI.ORIGEN E INICIATIVA: Senado. Moción del Honorable Senador señor Carlos Cantero Ojeda.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primer trámite.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: ingresó al Senado el 13 de septiembre de 2011, dándose cuenta en la sesión 52ª, ordinaria, de la misma fecha, pasando a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

IX.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Ley Nº 20.335, de 6 de febrero de 2009, que modifica el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora. Artículo transitorio, incisos primero y final.

2.- Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, artículo 13 y artículo 13 A.

Valparaíso, 12 de octubre de 2011.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario

1.3. Discusión en Sala

Fecha 15 de noviembre, 2011. Diario de Sesión en Sesión 68. Legislatura 359. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

FORTALECIMIENTO DE RADIODIFUSIÓN REGIONAL

El señor GIRARDI ( Presidente ).- En seguida se procederá a votar, sin discusión, según lo acordado, el proyecto, iniciado en moción del Senador señor Cantero, relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local.

--Los antecedentes sobre el proyecto (7931-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción del Senador señor Cantero):

En primer trámite, sesión 52ª, en 13 de septiembre de 2011.

Informe de Comisión:

Transportes y Telecomunicaciones: sesión 63ª, en 18 de octubre de 2011.

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- El objetivo principal de la iniciativa es prorrogar la vigencia de la ley que modificó el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora y extender el plazo legal de tres a seis años, de manera que una mayor cantidad de radiodifusores AM con mayor antigüedad y que no poseen una concesión FM en la misma plaza puedan postular a los concursos de frecuencia modulada y hacer valer su derecho preferente.

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones discutió el proyecto en general y en particular, por ser de artículo único, y le dio su aprobación por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Cantero, Girardi, Novoa y Prokurica.

El señor GIRARDI (Presidente).- En votación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (29 votos contra uno y 2 abstenciones), quedando despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear, Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Coloma, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Letelier, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).

Votó por la negativa el señor Lagos.

Se abstuvieron los señores Quintana y Tuma.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Se ha cambiado el voto del Senador señor Letelier, quien apretó mal el botón, consignándose que, en vez de abstenerse, se pronunció a favor.

El señor LETELIER.- El resultado no cambia.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 15 de noviembre, 2011. Oficio en Sesión 110. Legislatura 359.

?Valparaíso, 15 de noviembre de 2011.

Nº 1.390/SEC/11

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín número 7.931-15:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázase, en los incisos primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”.”.

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Dios guarde a Vuestra Excelencia.

GUIDO GIRARDI LAVÍN

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Obras Públicas

Cámara de Diputados. Fecha 11 de enero, 2012. Informe de Comisión de Obras Públicas en Sesión 133. Legislatura 359.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES ACERCA DEL PROYECTO QUE ESTABLECE EL FORTALECIMIENTO DE LA RADIODIFUSIÓN REGIONAL Y LOCAL.

BOLETÍN N°7931-15 (S).

HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a informaros acerca del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en una moción del H. Senador señor Carlos Cantero, relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local.

El proyecto tiene por objeto prorrogar la vigencia del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, de 2009, por la que se modificó el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, extendiendo el plazo legal estipulado de tres años a seis años, para que una mayor cantidad de radiodifusores que tienen una emisora AM con mayor antigüedad y no posean una concesión FM en la misma plaza, puedan postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes para acceder a una concesión FM en la misma plaza.

Constancias reglamentarias.

Para los efectos previstos en el artículo 289 del Reglamento de la Corporación, se hace constar lo siguiente:

1) No hay artículos nuevos.

2)El proyecto no contiene normas de quórum calificado.

3)El proyecto no contiene normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

4)El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los Diputados presentes señores García, don René Manuel; Hasbún, don Gustavo; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando; Pacheco, doña Clemira; Pérez, don Leopoldo; Tuma, don Joaquín y Venegas, don Mario.

5)Diputado Informante: Venegas, don Mario.

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La Comisión contó con la asistencia y colaboración del jefe de la división jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Roberto Von Bennewitz.

I.- MINUTA DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

En la Moción que da origen a esta iniciativa legal se señala que con fecha 6 de Febrero de 2009, se publicó la ley N°20.335 que modificó el sistema de asignación de concesiones de radiodifusión sonora.

Con el objeto de “preservar la implantación regional y local de la radiodifusión y que dicha implantación no expire ante una excesiva concentración de este mercado en unas pocas manos”, se reconoce un derecho preferente a las emisoras AM con mayor antigüedad en la misma plaza.

Se plantea que para acceder a dicho beneficio, los concesionarios de frecuencia AM que no posean una concesión de FM en la misma plaza, puedan postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes.

Sin embargo, la mencionada ley N°20.335, acotó este beneficio a sólo 3 años desde su entrada en vigencia, por estimarse en su momento que el plazo establecido, era un tiempo prudente para que los radiodifusores AM pudiesen hacer uso del mismo, situación que ha ocurrido sólo en tres casos a la fecha.

II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

El proyecto aprobado por el Senado, se encuentra estructurado en un artículo único que reemplaza en el inciso primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”, con el objeto de prorrogar el sistema de otorgamiento de las concesiones de radiodifusión sonora, para que los concesionarios de frecuencia AM que no posean una concesión FM en la misma plaza, pueden postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes.

III. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

El artículo único no contiene este tipo de norma.

IV. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

No los hay.

V. ARTÍCULOS O INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.

No los hay.

VI. ADICIONES O ENMIENDAS APROBADAS POR LA COMISIÓN.

No los hay.

VII. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR DEL PROYECTO.

El jefe de la división jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Roberto Von Bennewitz, expuso el parecer del Ejecutivo respecto de la iniciativa en informe.

Explicó que el artículo transitorio de la ley N° 20.335, tuvo como fundamento incorporar como nuevo criterio para la asignación de una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, el factor de antigüedad en la plaza para los poseedores de una concesión de amplitud modulada, ante postulantes que se encontrasen en igualdad de condiciones técnicas, reemplazando así las inequidades que se producían con antelación a dicha ley, donde en caso de igualdad técnica entre los proyectos presentados por los concursantes, el criterio de desempate era la licitación, lo que claramente beneficiaba a los conglomerados radiales, dado su mayor poder económico.

Por lo tanto, el instrumento legal cuya vigencia se busca prorrogar, cede en beneficio de los concesionarios de amplitud modulada, en caso de igualdad técnica de sus proyectos con otros postulantes, la posibilidad cierta de migrar transmisiones a la frecuencia modulada.

Destacó que la categoría AM está fuertemente deprimida, dadas sus limitaciones técnicas en la calidad de las emisiones, reducción del número de receptores y traslado de las audiencias a la frecuencia modulada, todo lo cual, ha reducido fuertemente su participación en el mercado publicitario, fuente básica de financiamiento de la industria radial, lo que pone en riesgo la sobrevivencia no sólo de sus inversionistas, sino también la continuidad laboral de sus dependientes.

Finalmente puntualizó, que hasta la fecha en solo tres ocasiones se ha aplicado la actual norma para resolver concursos por empate técnico, a saber: en el 2° Concurso de 2009, para asignar la concesión de la frecuencia 100.9 MHz a la Sociedad Radiodifusora Luis Álvarez Sierra Ltda., de Illapel; en el 3° Concurso de 2009, para asignar la frecuencia 102.9 MHz a la Sociedad Radiodifusora Rancagua Ltda., y en el 2° concurso de 2010, para la asignación de la frecuencia 89.5 MHz a Radio Portales de Valparaíso S.A.

-Puesto el proyecto en votación en general y en particular, fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes señores García, don René Manuel; Hasbún, don Gustavo; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando; Pacheco, doña Clemira; Pérez, don Leopoldo; Tuma, don Joaquín y Venegas, don Mario.

VIII.- TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO.

En mérito de las consideraciones anteriores y de las que, en su oportunidad, os podrá añadir el señor Diputado informante, vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, os recomienda la aprobación del siguiente

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Reemplázase, en los incisos primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”.”.

Se designó Diputado Informante al señor Mario Venegas Cárdenas.

SALA DE LA COMISIÓN, 11 de enero de 2012.

Tratado y acordado, conforme se consigna en el acta de fecha 10 de enero de 2012, con la asistencia de los Diputados señores Hasbún, don Gustavo (Presidente); Bobadilla, don Sergio; García, don René Manuel; Hernández, don Javier; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando; Norambuena, don Iván; Pacheco, doña Clemira; Pérez, don Leopoldo; Tuma, don Joaquín y Venegas, don Mario.

Se adjunta comparado que contiene el texto del artículo transitorio vigente de la ley 20.335, y el texto del proyecto aprobado por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

PATRICIO ÁLVAREZ VALENZUELA,

Secretario de la Comisión.

2.2. Discusión en Sala

Fecha 18 de enero, 2012. Diario de Sesión en Sesión 134. Legislatura 359. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

FORTALECIMIENTO DE LA RADIODIFUSIÓN REGIONAL Y LOCAL. Segundo trámite constitucional.

El señor ARAYA ( Presidente accidental ).- Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, relativo al fortalecimiento de la radio difusión regional y local.

Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Juan Calos Latorre.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, boletín N° 7931-1 5, sesión 110ª, en 17 de noviembre de 2011. Documentos de la Cuenta N° 6.

-Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, sesión 133ª, en 17 de enero de 2012. Documentos de la Cuenta N° 10.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado informante.

El señor LATORRE.- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en moción del senador señor Carlos Cantero , relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local, contenido en el boletín N° 7931-15(S), y con urgencia calificada de “simple”.

La moción tiene por objeto prorrogar la vigencia del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, de 2009, que modificó el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, extendiendo el plazo legal estipulado de tres a seis años, para que una mayor cantidad de radiodifusores que tiene una emisora AM con mayor antigüedad en la plaza y que no posean una concesión FM, puedan postular a los concursos de frecuencia modulada y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes.

El artículo transitorio de la ley N° 20.335, que se busca modificar, tuvo como fundamento incorporar como nuevo criterio para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada el factor de antigüedad en la plaza para los poseedores de concesiones de amplitud modulada ante postulantes que se encontraran en igualdad de condiciones técnicas. Así, se pretendió eliminar las inequidades que se producían con antelación a esta ley, situación en la cual, en caso de igualdad técnica entre proyectos presentados por los concursantes, el criterio de desempate era la licitación, lo que beneficiaba a los conglomerados radiales, dado su mayor poder económico.

Por lo tanto, el instrumento legal, cuya vigencia se busca prorrogar, cede en beneficio de los concesionarios de amplitud modulada la posibilidad cierta de migrar transmisiones hacia la frecuencia modulada, en caso de igualdad técnica de sus proyectos con otros postulantes.

Durante el estudio del proyecto en la Comisión, se destacó que la categoría AM está fuertemente deprimida, dadas sus limitaciones técnicas en la calidad de las emisiones, reducción del número de receptores y traslado de las audiencias a la frecuencia modulada, todo lo cual ha reducido fuertemente su participación en el mercado publicitario, fuente básica de financiamiento de la industria radial, lo que pone en riesgo la sobrevivencia no sólo de sus inversionistas, sino también la continuidad laboral de sus dependientes.

Cabe destacar que hasta la fecha, en solo tres ocasiones se ha aplicado la actual norma para resolver concursos por empate técnico: En el segundo concurso, de 2009, para asignar la concesión de la frecuencia 100.9 MHz a la Sociedad Radiodifusora Luis Álvarez Sierra Ltda., de Illapel; en el tercer concurso, de 2009, para asignar la frecuencia 102.9 MHz a la Sociedad Radiodifusora Rancagua Ltda., y en el segundo concurso, de 2010, para la asignación de la frecuencia 89.5 MHz a Radio Portales de Valparaíso S.A.

Por lo tanto, urge ampliar el plazo de vigencia del artículo transitorio de la ley N° 20.335, de tres a seis años, única forma de preservar la implantación regional y local de la radiodifusión, a fin de que no sucumba ante una excesiva concentración de este mercado en unas pocas manos.

La idea matriz del proyecto es prorrogar la vigencia del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, extendiendo el plazo legal estipulado de tres años a seis años.

La iniciativa no contiene normas de quórum calificado o de rango orgánico constitucional, ni tampoco que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

El proyecto se aprobó en general y particular por la unanimidad de los diputados presentes, señora Clemira Pacheco y señores René Manuel García , Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Fernando Meza , Leopoldo Pérez , Joaquín Tuma y Mario Venegas .

En nombre de la Comisión, agradezco la colaboración del jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones , señor Roberto Von Bennewitz .

Por último, solicito a la Sala que dé su aprobación unánime al proyecto.

Es todo cuanto puedo informar.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Orlando Vargas.

El señor VARGAS.- Señor Presidente , el diputado Latorre ha fundamentado muy bien el objetivo del proyecto, que es extender en tres años el plazo para que los radiodifusores con mayor antigüedad que tienen sólo una emisora de amplitud modulada (AM), puedan postular en forma preferente a una concesión de frecuencia modulada, FM.

Desde 1927 en adelante, las radios de Chile funcionaban con el sistema AM. En 1962 irrumpió el sistema FM, que fue haciéndose cada vez más fuerte hasta desplazar a las radios AM, que son mayoritarias en el sur del país, ya que muchos radiodifusores no pudieron concesionar frecuencias moduladas. En consecuencia, el proyecto hace justicia con esos radiodifusores antiguos que han realizado esa labor durante toda su vida.

Por lo tanto, llamo a mi bancada y al resto de los diputados a aprobar el proyecto, que amplía el plazo para que esas personas que hicieron radio en AM tengan la opción de entregar su música, las noticias y la entretención mediante el sistema de frecuencia modulada.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Gustavo Hasbún.

El señor HASBÚN.- Señor Presidente , el proyecto entrega la posibilidad de ejercer derechos preferentes para concesionar una frecuencia modulada a quienes se estima deben tener un lugar en el mercado de la radiodifusión, lo que está en directa consonancia con la decisión política que se tomó en su tiempo de promover la radio local, que entrega y genera verdadera chilenidad.

Para que no tengamos que extender nuevamente el plazo que se otorga mediante la iniciativa, se requiere que las autoridades competentes también asuman su rol y publiciten la existencia y forma de ejercer el derecho preferente, de manera que el espíritu del proyecto tenga un correlato cierto en la práctica; de lo contrario, la ley será letra muerta una vez más.

Si es pertinente, resulta recomendable consagrar en el texto del proyecto el compromiso de la autoridad en el sentido de acometer las acciones necesarias para hacer operativa la presente modificación.

Sin duda, es una modificación trascendental, ya que satisface una deuda pendiente y fortalece uno de los medios de comunicación más importantes de las regiones; sin embargo, debemos ser muy claros, ya que si no existe una promoción y una información adecuadas, y si no hay un compromiso de las autoridades para que los radiodifusores locales y regionales puedan ejercer ese derecho preferente, difícilmente se va a solucionar el problema de fondo. Esto no pasa sólo por un problema de plazo. Hoy estamos extendiéndolo, pero si no somos capaces de que el Gobierno, a través del ministerio correspondiente, dé señales claras e incentive a los radiodifusores a utilizar ese derecho preferente, nuevamente se va a vencer el plazo y la gran mayoría de los beneficiados no lo va a utilizar. Por lo tanto, tiene que haber un compromiso de las autoridades, de los actores involucrados y también una fiscalización de los parlamentarios para que se cumpla la ley.

Reitero, no sirve de nada que extendamos el plazo si no existe un compromiso de la gente involucrada directamente en esta materia y, por otro lado, si no se hacen las campañas necesarias de sensibilización y concientización para entregar las herramientas que permitan a los radiodifusores utilizar ese derecho preferente, el que, sin duda, va a potenciar uno de los medios de comunicación más indispensables, sobre todo para las regiones.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente , en varias oportunidades he señalado que la mayor pobreza del distrito que represento es el de la información.

El proyecto abre una ventana nueva a los radiodifusores antiguos que siguen operando en la amplitud modulada y que no tienen una concesión de frecuencia modulada.

Las ondas de la televisión no llegan a localidades montañosas como Trovolhue, Carahue y otras. Tampoco llegan todos los elementos de la modernidad en las comunicaciones. La telefonía celular tiene muchos espacios oscuros, ya que, a pesar de que todos los chilenos tienen acceso a esta tecnología, aún no llega a esos lugares.

Por eso, es importante ampliar este plazo a través de la modificación legal que estamos discutiendo, con el objeto de que los radiodifusores antiguos que tienen radioemisoras de amplitud modulada, puedan concesionar frecuencia modulada, especialmente en las comunidades más lejanas y en las ciudades pequeñas. Hemos sido invadidos por la concentración del poder que tienen cuatro o cinco cadenas de radio a nivel nacional. Las radios locales han quedado postergadas por las dificultades económicas que significa mantener esas radioemisoras, especialmente las que transmiten en amplitud modulada.

El proyecto crea, además, un espacio de justicia económica para el sostenimiento de esta actividad, que permite hacer una labor social local que las grandes cadenas no realizan.

Señor Presidente, felicito a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones por haber despachado el proyecto a la Sala.

Finalmente, pido a mi bancada y a todos los parlamentarios presentes votar favorablemente el proyecto.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Iván Norambuena.

El señor NORAMBUENA.- Señor Presidente , el proyecto de ley fortalece la radiodifusión regional y local, ya que permite que los concesionarios de frecuencia AM que no posean una concesión FM en la misma plaza, postulen a los concursos FM y hagan valer su derecho de preferencia.

En un principio, se dio un plazo de tres años a los concesionarios AM para ejercer su derecho preferente, lapso que se estimó suficiente, pero que la práctica ha desmentido. Por eso el proyecto plantea extender el plazo de tres a seis años.

Lo que se buscaba, y aún tiene vigencia, era la generación de oportunidades para que los radiodifusores provinciales, con clara identidad local y que prestan un invaluable servicio comunitario, accediesen al dial de FM para que no desaparezcan, atendida la masiva migración hacia esa tecnología.

Considero bueno el proyecto de ley que se comenta, ya que entrega la posibilidad de ejercer derechos más amplios a quienes se estima deben tener un lugar en el mercado de la radiodifusión. En ese sentido, la iniciativa está en directa consonancia con la decisión política que se tomó en su tiempo, cual es promover la radio local, que entrega y genera actividad, personajes y noticias locales.

Creemos importante considerar en esta decisión el hecho de que éstas son pequeñas empresas, muchas veces familiares, que también generan trabajo a nivel local para jóvenes que se están desarrollando en ese ambiente, que pueden haber realizado estudios básicos sobre la actividad difusora y que después los complementan en la educación superior. En consecuencia, la ampliación de este plazo permite la mantención de puestos de trabajo para mucha gente que se desempeña en esas radios AM.

Por lo tanto, señor Presidente, es importante que las autoridades informen oportunamente sobre la manera de ejercer ese derecho preferente, para que no tengamos que ampliar nuevamente este plazo.

Por lo anterior, pido a la honorable Sala votar a favor este proyecto de ley.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , agradezco al senador Carlos Cantero la idea que tuvo -en más de alguna oportunidad la conversamos- en relación con la radiodifusión regional.

El proyecto de ley no es otra cosa que una oportunidad más que tienen las radiodifusoras regionales para postular a los concursos FM, extendiendo el plazo legal de tres a seis años. Las pequeñas emisoras reclaman por la concentración de parte de algunas empresas o empresarios en el sector de las comunicaciones.

Hago especial mención de la Región de Los Ríos, donde todavía tenemos varias emisoras AM. Por eso, hoy, las emisoras AM dan la bienvenida a este proyecto.

Creemos que estábamos en deuda con ellas, con los sectores rurales que se ven favorecidos con las noticias y los servicios que estas emisoras prestan. El lado urbano era esquivo a la gran audiencia de las emisoras AM.

Con esta prórroga se hace justicia a las radios AM, especialmente en las regiones donde son esenciales en su labor noticiosa y de servicio público. Eso nos da tranquilidad.

Es reiterativo lo que digo, pues ya ha sido expresado por distintos colegas. Sin embargo, quiero hacer hincapié en que la semana recién pasada el propietario de la emisora Concordia, de La Unión, señalaba cómo fue posible extender el plazo, momento en el que no pudimos participar por razones muy personales. Sucedió lo mismo con la radio San José de Alcudia , de Río Bueno. Así que a través del canal de la Cámara estoy dando una buena noticia a La Unión y a Río Bueno, a las emisoras AM, que, en su momento, solicitaban esta prórroga y no pudieron obtenerla.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.

La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente , la verdad es que se trata de un proyecto sencillo que busca prorrogar el plazo para que las radios AM concursen para obtener un espacio en la frecuencia modulada. Quizá, esto no tiene mayor transcendencia para muchos de los diputados presentes, ya que pertenecen a lugares donde las radios nacionales copan todo su sistema de comunicación.

En el caso de quienes representamos comunas rurales, realmente la radio es el medio de comunicación de la gente, el medio por el cual cada uno de los vecinos escucha y sabe lo que está pasando, no solamente a nivel local, sino también a nivel nacional. Realmente la posibilidad de que las radios AM postulen a migrar a una radio FM es importantísimo, dado que la masividad del avance tecnológico hace que las emisoras FM “coman” los espacios que corresponden a nuestra zona.

Es importante respaldar y mantener las radios locales, no sólo porque transmiten programas acordes con las tradiciones y culturas locales, sino, además, porque abren un espacio laboral importante a los jóvenes que hoy mayoritariamente llevan sus inquietudes hacia los sistemas comunicacionales modernos. En ese sentido, prorrogar la vigencia del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, de 2009, que modificó el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, extendiendo el plazo legal estipulado de tres a seis años, no resuelve definitivamente el tema, aunque prioriza a estas radios para postular a la frecuencia FM, solución importante por el momento.

No cabe duda de que tenemos que profundizar, en alguna ley, el sistema de comunicaciones en nuestro país y cómo se va a ir desarrollando acorde a los momentos que se viven.

Hemos visto cómo las grandes cadenas de radio se van “comiendo” al resto de las emisoras, las que terminan siendo de su propiedad, pues mantener una pequeña radio AM o FM en las comunas rurales es de alto costo. La tecnología “se las come”, porque acceder a los sistemas y a la nueva infraestructura que se necesita -repito- es oneroso.

Felicito la extensión del plazo para que las radios puedan postular a una concesión FM, y, de esa manera, proteger las radios locales de una forma importante, ya que muchas de ellas promueven la tradición y la cultura de nuestras zonas.

Voy a apoyar con entusiasmo la iniciativa, pero no cabe duda de que hay que seguir examinado la materia, más aún cuando tenemos ad portas la televisión digital y todo el sistema de comunicación moderno que va ir dejando atrás a las localidades rurales con sus radios.

Ojalá, todos votemos a favor de este proyecto, de manera de proteger nuestra cultura y las tradiciones que transmiten las radios locales.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, con urgencia calificada de “simple”, relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local.

Para los efectos anteriores, el plazo de tres años establecido en los incisos primero y final del artículo transitorio de la ley N° 20.335, que vence el 6 de febrero de 2012, se extiende hasta el 6 de febrero del 2015.

La Comisión recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo el Senado.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Alvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Long- ton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Se abstuvo el diputado señor Tuma Zedan Joaquín.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular.

Despachado el proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 18 de enero, 2012. Oficio en Sesión 92. Legislatura 359.

?VALPARAISO, 18 de enero de 2012

Oficio Nº 9929

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, al proyecto relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local (boletín N° 7931-15).

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.390/SEC/11, de 15 de noviembre de 2011.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

PEDRO ARAYA GUERRERO

Presidente en Ejercicio de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 20 de enero, 2012. Oficio

?Valparaíso, 20 de enero de 2012.

Nº 113/SEC/12

A S.E. el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázase, en los incisos primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”.”.

- - -

Hago presente a Vuestra Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en una Moción del Honorable Senador señor Carlos Cantero Ojeda.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

GUIDO GIRARDI LAVÍN

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 20.574

Tipo Norma
:
Ley 20574
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1037065&t=0
Fecha Promulgación
:
31-01-2012
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cxtk
Organismo
:
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Título
:
RELATIVA AL FORTALECIMIENTO DE LA RADIODIFUSIÓN REGIONAL Y LOCAL
Fecha Publicación
:
08-02-2012

LEY NÚM. 20.574

RELATIVA AL FORTALECIMIENTO DE LA RADIODIFUSIÓN REGIONAL Y LOCAL

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción del Honorable Senador señor Carlos Cantero Ojeda

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Reemplázase, en los incisos primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión "tres años" por "seis años".".

 

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 31 de enero de 2012.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro Secretario General de Gobierno.

    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Molina Osorio, Subsecretario de Telecomunicaciones Subrogante.