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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.576

Proyecto de ley en materia de explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Baldo Prokurica Prokurica y Carlos Anibal Larraín Peña. Fecha 06 de abril, 2011. Moción Parlamentaria en Sesión 7. Legislatura 359.

MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LARRAÍN (DON CARLOS) Y PROKURICA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY EN MATERIA DE EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS (7575-03)

Antecedentes del Proyecto

La ley 20.174 de 2007 creó la XIV Región de los Ríos y, al efecto, la Provincia de Ranco.

El artículo 14 de la referida ley estableció un tratamiento especial para los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos a la fecha de publicación de la misma. Dicho tratamiento especial consiste en permitirle a los pescadores artesanales que se encontraren en dicha condición operar más allá de los límites de su región, considerando como zona contigua el territorio de la XIV Región de Los Ríos.

Análoga situación a la anterior se estableció en relación a la XV Región de Arica y Parinacota y la provincia del Tamarugal. No obstante ello, atendidas las características geográficas de la zona y la distribución de sus núcleos de población, no se han generado los problemas que a continuación se describen.

Sucede que este tratamiento especial ha generado, en los hechos, graves problemas a los pescadores artesanales de la XIV Región de los Ríos, quienes a diferencia de lo que ocurre en la gran mayoría del país, se ven afectados por la actividad pesquera de determinados actores de la X Región de los Lagos.

Atendido lo anterior, siendo deber del legislador contribuir a la paz social, a la regionalización y al desarrollo armónico del país, se hace necesario eliminar este tratamiento especial y radicar en las respectivas regiones el ejercicio de las facultades asociadas al registro pesquero artesanal. Lo anterior, simplemente iguala la situación de un grupo de pescadores de la X Región de Los Lagos a de la gran mayoría de los pescadores artesanales del país.

A mayor abundamiento, en la actualidad, no gozan de iguales derechos ni los nuevos pescadores artesanales de la X Región de Los Lagos ni aquellos que, por razones de competencia territorial, han quedado radicados en el registro pesquero artesanal de la XIV Región de Los Ríos.

Proyecto de Ley:

Artículo único: Elimínese el artículo 14 de la ley 20.174.

(Fdo.): Carlos Larraín Peña, Senador.- Baldo Prokurica Prokurica, Senador.

1.2. Informe de Comisión de Intereses Marítimos

Senado. Fecha 09 de agosto, 2011. Informe de Comisión de Intereses Marítimos en Sesión 42. Legislatura 359.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE INTERESES MARÍTIMOS, PESCA Y ACUICULTURA, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, en materia de explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos.

BOLETÍN Nº 7.575-03

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura tiene el honor de informaros respecto del proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Carlos Larraín Peña y Baldo Prokurica Prokurica.

Os hacemos presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único y, acordó, unánimemente, proponer que durante su discusión en la Sala sea considerado del mismo modo.

A una o más de las sesiones en que se analizó esta iniciativa legal asistieron, además de los miembros de la Comisión, el Subsecretario de Pesca señor Pablo Galilea, el Jefe División Jurídica, señor Felipe Palacio, la Asesora, señora María Alicia Baltierra y el Abogado de la División Jurídica, señor Paolo Trejo; la Asesora de la Secretaría General de la Presidencia, señora Francisca Navarro; el Asesor del Honorable Senador señor Rossi, señor Santiago Gacitúa; el economista de Océana, señor Cristián Gutiérrez; el Presidente de la Federación Provincial de Pescadores Artesanales del Sur, FIPASUR, señor Marco Antonio Ide, y lo asesores de dicha institución, señores Martín Manterola, Claudio Sánchez y Diego Escalona.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

El proyecto de ley sometido a la consideración de la Comisión tiene por objetivo suprimir el artículo 14 de la ley N° 20.174, a fin de terminar con el tratamiento especial que se estableció para los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, y que le permitía operar más allá de sus límites regionales, considerando como zona contigua el territorio de la XIV Región de Los Ríos.

NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Os hacemos presente que el artículo único y el artículo transitorio del proyecto aprobado por la Comisión, tienen el carácter de normas de quórum calificado, por lo que requieren para su aprobación de la mayoría absoluta de los señores Senadores en ejercicio, de conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

El fundamento de lo anterior radica en que los artículos 14 y 15 de la ley N° 20.174, que creó la Región de Los Ríos, que son derogados y modificados por los preceptos anteriormente señalados de esta iniciativa de ley, fueron aprobados por el Congreso Nacional, y por este Senado en particular, con dicho carácter normativo.[1]

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- Ley N° 20.174, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción que da origen al presente proyecto de ley, señala que la ley N° 20.174, estableció un tratamiento especial en materia de pesca artesanal, permitiendo a los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos operar operar más allá de los límites de su región, considerando como zona contigua el territorio de la XIV Región de Los Ríos, situación que acarrea serios problemas a los pescadores de la nueva región, al verse afectados por la actividad pesquera de los pescadores de la X Región.

Hace presente también, que igual situación se ha producido en relación con la XV Región de Arica y Parinacota y la provincia del Tamarugal, pero agrega que los efectos en ese caso han sido distintos, debido a las características geográficas de la zona y la distribución de sus núcleos de población.

Por último, señala que el legislador debe terminar con la situación que afecta a los pescadores de la Región de Los Ríos e igualar las condiciones de éstos con sus pares de la Región de Los Lagos, radicando en las respectivas regiones el ejercicio de las facultades asociadas al registro pesquero artesanal, al estar llamado a contribuir a la paz social, a la regionalización y al desarrollo armónico del país.

Así, mediante la derogación de ese precepto, se eliminará este tratamiento especial y radicará en las respectivas regiones el ejercicio de las facultades asociadas al registro pesquero artesanal, con lo que se iguala la situación de un grupo de pescadores de la X Región de Los Lagos con el de la gran mayoría de los pescadores artesanales del país.

A mayor abundamiento, enfatizan los autores de esta Moción, en la actualidad no gozan de iguales derechos ni los nuevos pescadores artesanales de la X Región de Los Lagos ni aquellos que, por razones de competencia territorial, han quedado radicados en el registro pesquero artesanal de la XIV Región de Los Ríos.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y PARTICULAR

Como se indicó al inicio de este informe, la Comisión discutió en general y en particular este proyecto de ley, en los términos que se indican a continuación.

El texto del proyecto de ley consta de un artículo único, que propone eliminar el artículo 14 de la ley 20.174.

Dicho precepto establece que para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley. A la misma norma, puntualiza, se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

El precepto agrega que la misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una Región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Añade la norma que con excepción de lo dispuesto en el inciso primero, toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley.

Finalmente, la norma dispone que los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X Región se entenderá que incluyen a la XIV Región de Los Ríos.

El Honorable Senador señor Horvath introdujo el debate señalando que el objetivo de esta Moción, como se ha señalada precedentemente, es corregir un problema surgido al entrar en vigencia la ley que creó la Región de Los Ríos, pues dicho cuerpo legal consagró un estatuto jurídico excepcional al establecer una zona contigua entre dicha Región y la de Los Lagos, permitiéndose por tanto el ingreso de los pescadores de este último territorio al de la primera, lo que ha traído una serie de consecuencias negativas para los pescadores artesanales de dicha zona.

Complementó lo anterior, manifestando que la regla general en esa materia es que los Consejos Zonales Pesqueros de la región que permite la pesca en su jurisdicción adopte esa resolución, previa negociación y análisis de los efectos que una decisión traería aparejado para su gente.[2]

En ese sentido, agregó que al pretenderse la derogación del artículo 14 de la ley N° 20.174, lo que se busca es volver al régimen general establecido en la materia, y que explicara anteriormente.

El Honorable Senador señor Orpis manifestó que en esta materia habría que operar con la misma lógica, respecto de lo ocurrido con la XV Región, lo que significaría para los pescadores operar en el territorio original que existía antes de la creación de las regiones.

Solicitó que se aclarara si con las modificaciones que se pretenden se produciría un efecto similar al que se generó para la XV Región y que significaría que cualquier inscripción nueva tiene que respetar el territorio de su región.

El Subsecretario de Pesca señor Galilea respondió que por un acuerdo de zonas contiguas podrían los nuevos entrar al territorio jurisdiccional de la región que permite su ingreso, lo que se produciría por aplicación de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

- A la luz de los antecedentes expuestos en la Moción, y de los planteamientos que se han transcrito precedentemente, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Horvath, Orpis y Sabag, aprobaron en general la iniciativa de ley en informe.

Sin perjuicio de lo anterior, los señores Senadores antes citados acordaron celebrar una nueva sesión con el objeto de discutir el proyecto en particular, con la finalidad de analizar si resultaba necesario efectuar otras adecuaciones a la iniciativa, y escuchar, asimismo, la opinión de los representantes de los pescadores artesanales de la Región de Los Ríos.

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Conforme a lo señalado precedentemente, la Comisión recibió, en primer término, a la Federación Provincial de Pescadores Artesanales del Sur, FIPASUR, quien por intermedio de su asesor, el abogado señor Martín Manterola, expresó que, para el cabal conocimiento de la materia que regula esta iniciativa de ley, es necesario recordar que en el año 2003 los pescadores de la entonces Región de Los Lagos acordaron dividir su territorio en dos áreas, que denominaron región norte y región sur, correspondiendo la primera a la actual Región de Los Ríos y la segunda a la de Los Lagos. Dicho acuerdo fue recogido por distintos decretos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y también por resoluciones de la Subsecretaría de Pesca, estableciéndose disposiciones en materia de régimen artesanal de extracción (R.A.E.), fraccionamiento y otros.

La fórmula adoptada en ese convenio, continuó, permitió el tranquilo desarrollo de la pesca en la zona. Sin embargo, la situación se vio alterada negativamente con la dictación de la ley que creó la Región de Los Ríos, pues su artículo 14 estableció un régimen de zona contigua para esta región en relación con la de Los Lagos, cuya consecuencia fue que los pescadores artesanales de la X Región, que tenían inscripciones de pesquerías anteriores a la ley, y aunque nunca hubiesen desarrollado actividad pesquera en dicho territorio, entendieron tener derecho a ejercer su labor en la nueva región.

Con esa situación, preciso, se rompió el principio de Regionalización consagrado en la Ley General de Pesca y Acuicultura, conforme al cual los pescadores se inscriben y pescan en su respectiva región, lo que generó un importante conflicto en la zona, pues los pescadores de la XIV Región de Los Ríos se sintieron atropellados en los históricos derechos que ejercían.

El estado actual de las cosas, a su juicio, aconsejaría volver al régimen general establecido, básicamente, en los artículos 48 y 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, lo que se lograría mediante la derogación del mencionado artículo 14.

En el mismo orden de ideas, agregó que además de lo recién mencionado, debería precaverse una situación dispuesta en el inciso segundo del referido artículo 14, respecto de las áreas de manejo. En tal sentido, añadió, podría establecerse un artículo transitorio por el cual se salvaguardara los derechos de las personas que tienen dichas áreas y que por efecto de la división quedaron en una región distinta.

Por último, quiso hacer presente que el referido artículo 14 surgió de una indicación formulada por el Ejecutivo de la época que se aprobó sin una real discusión en las dos Cámaras. El precepto, continuó, pudo haber tenido por objeto replicar la situación que se daba en la Región de Tarapacá y en la nueva Región de Arica y Parinacota, lo que, sin embargo, no correspondía, ya que existía una lógica distinta para éstas, pues en dicha zona se pescaba en el territorio completo, y no había ninguna división aceptada por los pescadores ni por la autoridad, ni tampoco existía un régimen artesanal de extracción. Lo anterior, significó dar un tratamiento igual para situaciones diversas, lo que a todas luces fue inapropiado.

El Presidente de la Federación Provincial de Pescadores Artesanales del Sur, FIPASUR, señor Marco Antonio Ide, complementando lo expuesto precedentemente, indicó que el referido acuerdo entre los pescadores de las actuales Regiones de Los Ríos y Los Lagos sentó las bases de asignación y dio paso al régimen artesanal de extracción pelágico y a otras resoluciones posteriores. Asimismo, se les otorgó parte de su cuota de sardina y anchoveta para mejorarles su porcentaje de pesca, puesto que en la época existía la cuota global de captura, en donde los pescadores de la X Región, especialmente los de Calbuco, se dedicaban a la pesca del jurel. En virtud de estas últimas consideraciones es que se adoptó este acuerdo, al que se le dio carácter permanente.

En el año 2006, prosiguió, el Subsecretario de la época les asignó una cuota de investigación de la sardina “spratus”, recurso que no ha sido considerado pesquería. Esta concesión habría duplicado su cuota, por lo que los pescadores de la Región de Los Ríos, al respetar el acuerdo, se habrían sentido perjudicados al no poder operar este recurso.

Enseguida, subrayó que este no es un conflicto entre dos regiones, sino entre un grupo de personas de la Región de Los Lagos, que constituyen, aproximadamente, 26 embarcaciones y la Región de Los Ríos, al que debía ponerse pronto remedio por razones de justicia.

A continuación expresó, que podría entenderse como vía de solución el autorizarles su actividad pesquera en las aguas de la X Región. Sin embargo, ello no resulta conveniente por cuanto tendrían más capacidad y explotarían mayormente la zona. Además, prosiguió, dicha Región no tendría pesquería importante, salvo algunas especies como sería la raya, que actualmente se encontraría en veda. Respecto de esto último, añadió que aun cuando ese producto no puede pescarse existen denuncias de embarcaciones que se encuentran extrayéndola.

El contexto de la situación que los afecta se ve asociada, también, a la Resolución N° 1.180, que modifica la Resolución Exenta N°301 de 2011, de la Subsecretaría de Pesca, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la pesquería de anchoveta, sardina común y jurel en la X Región, y que agregó un inciso final, nuevo, al artículo 1° de la Resolución antes mencionada que dispone que las capturas autorizadas podrán ser extraídas y desembarcadas, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 20.714, en las áreas marítimas de la XIV Región de Los Ríos y la X Región de Los Lagos, ambas inclusive.”, lo cual estaría permitiendo a los armadores cerqueros de la X Región a operar en sus costas, lo que perjudicaría aún más su actual situación. Señaló que por su parte, el Servicio Nacional de Pesca no haría la misma interpretación que la Subsecretaría de Pesca.

Por último, indicó que actualmente han interpuesto un recurso jerárquico ante el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, para dirimir los conflictos existentes, pero es muy probable que la parte que resulte vencida continuará con un proceso judicial.

Por lo anterior, y a fin de terminar definitivamente el conflicto, precisó que es necesario derogar el artículo 14 citado, puntualizando que como jamás habrían ejercido en su zona, no podrían operar de acuerdo al régimen general.

Se deja constancia de que el Presidente de la Federación Provincial de Pescadores Artesanales del Sur, FIPASUR, señor Ide, acompañó su intervención con un documento titulado “El artículo 14 de la ley 20.174 ha generado un problema que no existía en el sector pesquero artesanal, en las Regiones X y XIV de insospechadas consecuencias sociales”, que fue debidamente considerado por los integrantes de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

A las luz de estos antecedentes, el Honorable Senador señor Rossi consultó si los pescadores de la X Región podrían ejercer su actividad en la zona de la XIV Región si fueran autorizados por el Consejo Zonal Pesquero.

El Presidente de la Federación Provincial de Pescadores Artesanales del Sur, FIPASUR, señor Marco Antonio Ide respondió, que en la práctica, ello no sería posible, dado que faltaría el requisito de la habitualidad que se exigiría para su procedencia

Por otra parte, señaló que durante los últimos dos meses habrían estado entorpeciendo el desembarco de unas trece embarcaciones de la X Región, por cuanto estarían haciéndolo en un sector no destinado para ello, de manera ilegal, por lo que habrían puesto todos los antecedentes en conocimiento del Ministro de Defensa y del Subsecretario de Fuerzas Armadas. El objetivo de esta acción es impedir que se produzcan conflictos graves con los pequeños pescadores, así como evitar sentar precedente.

El Honorable Senador señor Horvath hizo notar la necesidad de precisar si la ley comenzaría a regir inmediatamente o si, por el contrario, se establecería un período de transición referido a las áreas de manejo. Lo anterior, precisó, es importante determinarlo, ya que de ello dependerá la inclusión de norma transitoria en el proyecto que regule esa tema.

El Subsecretario de Pesca señor Galilea señaló que esta es una situación que surgió de la división de las regiones, pero que en esta materia preferiría que el país contara con una regulación general y con estas disposiciones excepcionales, por lo que estaría de acuerdo con la normativa que se establecería por medio de esta iniciativa, por cuanto consultaría un régimen equitativo para las regiones, respecto del sistema de zonas contiguas, que es el contemplado por la Ley General de Pesca, y que constituye la regla general. Así, se les permitirá a los pescadores, inscritos previamente, como a los nuevos, operar sólo en su territorio regional, a menos que, exista un acuerdo de zona contigua, que les permita adentrarse en el mar de otra región.

En ese mismo orden ideas, hizo presente la necesidad de derogar también el artículo 15, porque de otra forma los pescadores de la región de Los Ríos podrían pasar a la Región de Aysén, creándose otro foco de problemas.

En relación con las áreas de manejo y a la explotación de bentónicos, señaló que podría habilitarse a aquéllos que quedaron inscritos con la separación de regiones, para seguir operando, materia que debería quedar tratada en un artículo transitorio.

Respecto de la Resolución N°1.180, a que se ha hecho mención precedentemente, manifestó que el juicio de la Subsecretaria es que ella está totalmente ajustada a derecho, y que los problemas de interpretación no serían con el Servicio Nacional de Pesca, sino con la Dirección Regional del Servicio Nacional de Pesca. Añadió que tampoco tiene mucho sentido discutirla en esta oportunidad, y de mantener dudas respecto al proceder de la Subsecretaría se podría acudir a tribunales, pero insistió en que dicha normativa no presentaba problemas de juridicidad.

Concluyó señalando, en relación con esta materia, que si el Ministerio de Defensa otorga el permiso, se generará un problema adicional, por lo que también podría solucionarse mediante esta ley.

Con el objeto de dar una adecuada solución a los problemas que se han reseñado anteriormente, la unanimidad de los integrantes de la Comisión, Honorables Senadores señores Bianchi, García Huidobro, Horvath, Rossi y Sabag, formularon una indicación con el objeto de reemplazar el texto del proyecto de ley aprobado en general.

La indicación, en primer término, agrega a la eliminación del artículo 14 de la ley Nº 20.174, originalmente propuesto, la supresión, también, del artículo 15.

El artículo 15 establece que los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X Región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV Región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI Región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

Añade el precepto que no procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X Región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

En segundo lugar, la indicación considera un artículo transitorio, conforme al cual se permite a las organizaciones de pescadores artesanales, inscritas en el Registro Artesanal de la X Región de Los Lagos, a seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la XIV Región de Los Ríos, siempre que cuenten con autorización de la Subsecretaría de Pesca para la realización del proyecto de manejo y explotación respectivo, otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley.

Asimismo, este mismos sistema se aplicará a las organizaciones de pescadores artesanales, inscritas en el Registro Artesanal de la XIV Región de Los Ríos, para seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la X Región de Los Lagos.

- Puesta en votación la indicación, fue aprobada por la unanimidad los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores García-Huidobro, Horvath y Rossi.

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De conformidad a los acuerdos anteriores, vuestra Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura tiene el honor de proponeros aprobar, en general y en particular, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo Único.- Elimínense los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 20.174.

Artículo Transitorio.- Las organizaciones de pescadores artesanales, inscritas en el Registro Artesanal de la X Región de Los Lagos, podrán seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la XIV Región de Los Ríos, siempre que cuenten con autorización de la Subsecretaría de Pesca para la realización del proyecto de manejo y explotación respectivo, otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará a las organizaciones de pescadores artesanales, inscritas en el Registro Artesanal de la XIV Región de Los Ríos, para seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la X Región de Los Lagos.”.

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Acordado en las sesiones celebradas los días 20 de julio y 3 de agosto de 2011, con la asistencia de los Honorables Senadores señores Antonio Horvath Kiss (Presidente), Carlos Bianchi Chelech, Jaime Orpis Bouchon (Alejandro García-Huidobro Sanfuentes), Fulvio Rossi Ciocca y Hosaín Sabag Castillo.

Sala de la Comisión, a 9 de agosto de 2011.

FRANCISCO JAVIER VIVES D.

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE INTERESES MARÍTIMOS, PESCA Y ACUICULTURA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, EN MATERIA DE EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS.

(BOLETÍN Nº 7.575-03)

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Derogar los artículos 14 y 15 de la ley N° 20.17, a fin de volver al régimen general en materia de zonas contiguas e introducir en la misma un artículo transitorio, para regular lo relativo a las áreas de manejo.

II. ACUERDOS: aprobado en general y particular por la unanimidad de los miembros presentes (3x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: un artículo permanente y un artículo transitorio.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: El artículo único y el artículo transitorio tienen el carácter de normas de quórum calificado.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Senado. Moción de los Honorables Senadores señores Larraín, don Carlos, y Prokurica.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 6 de enero de 2011.

IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primero.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Ley N°20.174, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio.

2.- Decreto N°430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.892, de 1989 y sus modificaciones y la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, a 9 de agosto de 2011.

FRANCISCO JAVIER VIVES D.

Secretario de la Comisión

[1]Ver Segundo informe de la Comisión de Gobierno Descentralización y Regionalización recaído en el referido proyecto de ley Boletín N° 4.049-06 de fecha 5 de diciembre de 2006 y el oficio N° 28.841 del Senado de fecha 12 de diciembre de 2006.
[2]De conformidad a lo dispuesto en el artículo 50 de la ley general de Pesca y Acuicultura se podrá extender el área de operaciones de los pescadores artesanales a la región contigua a la de su domicilio permanente y base de operaciones cuando éstos realicen frecuentemente actividades pesqueras en la región contigua y que para establecer esta excepción se requerirá de la dictación de una resolución de la Subsecretaría previos informes técnicos debidamente fundamentados de los Consejos Zonales de Pesca que corresponda. Asimismo agrega la norma mediante igual procedimiento se podrá extender el área de operación de los pescadores artesanales a más de una región tratándose de pesquerías de especies altamente migratorias y demersales de gran profundidad con acuerdo de la mayoría de los representantes de la Región contigua del Consejo Zonal respectivo.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 16 de agosto, 2011. Diario de Sesión en Sesión 44. Legislatura 359. Discusión General. Pendiente.

EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN REGIÓN DE LOS RÍOS

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Carlos Larraín y Prokurica, en materia de explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos, con informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.

--Los antecedentes sobre el proyecto (7575-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Larraín Peña y Prokurica):

En primer trámite, sesión 7ª, en 6 de abril de 2011.

Informe de Comisión:

Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura: sesión 42ª, en 10 de agosto de 2011.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- El objetivo principal de la iniciativa es derogar los artículos 14 y 15 de la Ley que crea la Decimocuarta Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, de manera de volver al régimen general en materia de zonas contiguas y regular, además, las áreas de manejo.

La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura discutió esta iniciativa en general y en particular, por ser de artículo único, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Horvath, Orpis y Sabag). En cuanto a la discusión en particular, realizó dos enmiendas, que también fueron acordadas unánimemente por sus miembros presentes (Honorables señores García-Huidobro, Horvath y Rossi).

El texto que se propone aprobar a la Sala se transcribe en la parte pertinente del primer informe del órgano técnico.

Corresponde señalar que el proyecto requiere para su aprobación los votos conformes de 20 señores Senadores.

El señor KUSCHEL.- ¡Votemos no más, señor Presidente!

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En discusión general.

Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

Ruego a Sus Señorías guardar silencio para que quienes estén interesados en la materia puedan escuchar.

El señor HORVATH.- Señor Presidente , yo podría informar la iniciativa y su justificación; sin embargo, percibo que no tenemos quórum para aprobarla.

Por lo tanto, solicito que se recabe la anuencia de la Sala para aplazar la votación, y así poder explicar su objetivo a un mayor número de Senadores.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Cabe recordar que reglamentariamente cualquier Comité puede pedir aplazamiento de la votación.

Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente , el Comité Renovación Nacional solicita, formalmente, postergar el pronunciamiento acerca de este proyecto. Es muy importante y todos deben estar bien informados antes de emitir su voto.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo en la Sala en acceder a lo solicitado?

El señor KUSCHEL.- No, señor Presidente.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señor Senador, como lo está pidiendo su Comité, no queda otra opción.

--Queda pendiente la votación del proyecto.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente , como se demandó que esta iniciativa fuese tratada como de Fácil Despacho, debería colocarse en los primeros lugares de la tabla de la sesión de mañana.

Se tiene que resolver a la brevedad el problema surgido entre esas dos Regiones. Y una manera de ayudar a zanjar la situación consiste en no dejar el proyecto -aprobado por unanimidad en la Comisión- en las últimas posiciones del Orden del Día, porque podría suceder lo mismo de ahora.

De manera que hago tal sugerencia.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Con todo respeto, debo informar que es facultad de la Mesa fijar la tabla de cada sesión.

Pasamos al Tiempo de Votaciones .

1.4. Discusión en Sala

Fecha 06 de septiembre, 2011. Diario de Sesión en Sesión 49. Legislatura 359. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN REGIÓN DE LOS RÍOS

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Carlos Larraín y Prokurica, en primer trámite constitucional, en materia de explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos, con informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.

--Los antecedentes sobre el proyecto (7575-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Larraín Peña y Prokurica):

En primer trámite, sesión 7ª, en 6 de abril de 2011.

Informe de Comisión:

Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura: sesión 42ª, en 10 de agosto de 2011.

Discusión:

Sesión 44ª, en 16 de agosto de 2011 (queda aplazada la votación).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La votación de esta iniciativa fue aplazada en sesión de 16 de agosto del año en curso, a solicitud del Comité Renovación Nacional.

Cabe recordar que su objetivo principal es derogar los artículos 14 y 15 de la ley que crea la Decimocuarta Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, de manera de volver al régimen general en materia de zonas contiguas y regular, además, las áreas de manejo.

La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura discutió la iniciativa en general y en particular por tratarse de aquellas de artículo único.

El texto que se somete a la consideración de la Sala se transcribe en el boletín comparado que Sus Señorías pueden observar en sus computadores

Finalmente, cabe precisar que el proyecto es de quórum calificado, por lo que requiere para su aprobación de los votos conformes de 19 señores Senadores.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- En discusión general y particular la iniciativa.

Tiene la palabra el Honorable señor Tuma, quien había quedado inscrito para hacer uso de la palabra.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente , ¿es posible abrir la votación?

El señor PROKURICA.- Sí, señor Presidente.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Se ha solicitado abrir la votación.

Si le parece a la Sala, se procederá en tales términos.

Acordado.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente , solo deseo hacer presente que este proyecto tiene por finalidad corregir un error que se cometió al establecerse la nueva división geográfica y crearse la Región de Los Ríos, pues cuando se analizó el régimen general de administración regionalizada de los recursos pesqueros no se tomó en cuenta la existencia de una nueva Región.

No obstante que en su momento discutiremos la Ley Larga de Pesca que estamos aguardando hace bastante tiempo -en Chile actuamos siempre a última hora- y esperamos que venza el plazo establecido en la legislación vigente, creemos que resulta imprescindible adelantar ese debate acerca de los recursos pesqueros, la biodiversidad y la necesidad de mantener el país al día en cuanto a la protección de aquellos.

No es admisible pensar que por el hecho de que se fijó la vigencia de la ley hasta el 31 de diciembre de 2012 el Senado y el Ejecutivo no pueden avanzar en la discusión sobre el particular, a fin de proteger nuestros recursos, permitir que la población asegure su fuente alimenticia y resguardar la actividad de los pescadores.

Yo tendré especial rigor en el debate que sostendremos en el futuro respecto de si el régimen que estamos aplicando ahora constituye o no el mejor instrumento, pues en mi opinión la legislación actual no lo es. Sin embargo, estamos corrigiendo un error y haciendo justicia por la vía de permitir que la Región de Los Ríos tenga su propio tratamiento tal como ocurre con las restantes Regiones del país.

Por ello, anuncio que seré muy riguroso a la hora de discutir las bases de un nuevo modelo de acceso a los recursos marinos, poniendo en el centro principios esenciales como son la naturaleza pública de las riquezas del mar, la necesidad de asegurar la sustentabilidad ambiental del medio marino, la seguridad alimentaria de nuestra población y la protección de la fuente laboral de los pescadores artesanales.

En consecuencia, fundado en los principios de igualdad y equidad, voto favorablemente el proyecto.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Kuschel.

El señor KUSCHEL.- Señor Presidente , quiero expresar mi preocupación por la forma como se ha tramitado el proyecto, porque al dividirse la Décima Región de Los Lagos desde su centro se incurrió en varios errores. El que remedia esta iniciativa no es el único ni tampoco es culpa de los pescadores que operaban en esa zona.

Sin embargo, ahora a través de este parche, se resuelve a mi juicio, parcial y equivocadamente, este problema y, de contrabando, los conflictos que se generaban con los pescadores de Aysén.

Me parece que la sustentabilidad no es razón suficiente, pues no media elemento alguno que incida a favor o en contra de ella. No obstante, sí incide en el acceso equitativo a los recursos y en el derecho constitucional referente a la libertad de trabajo.

Los pescadores de mi Región -la Décima- han contraído compromisos sobre la base de la normativa que les garantizaba acceso a determinados recursos con los cuales organizaban su vida. Pero ahora, de un día para otro, intempestivamente no van a poder ejercer...

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Excúseme, Su Señoría.

Yo, de verdad, creo que este proyecto será aprobado.

Sin embargo, no corresponde que las personas que se hallan en las tribunas interrumpan las opiniones legítimas vertidas por algunos Senadores, porque ellos también defienden a pescadores iguales a ustedes pero que laboran en otras Regiones.

Por eso les ruego guardar silencio.

Puede proseguir, señor Senador.

El señor KUSCHEL.- Me alegra, señor Presidente , que garantice mi derecho a intervenir, pero lamento que anticipe que la iniciativa será aprobada.

Por último, si el Ministerio de Economía y la Subsecretaría de Pesca adelantaron compromisos para compensar la actual situación, solicito que primero lleguen los proyectos respectivos para conocer de qué forma se retribuirá a los pescadores que quedarán sin la posibilidad de explotar estos recursos y después aprobar la iniciativa en debate.

He dicho.

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Larraín.

El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente , haré una breve reseña de la justificación remota de la presente iniciativa legal.

La ley Nº 20.174, que creó la Decimocuarta Región de Los Ríos y también la provincia de Ranco, estableció un tratamiento especial para los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la Décima Región de Los Lagos a la fecha de ser publicada, el cual consiste en permitir a los pescadores que se encuentran en dicha condición operar más allá de los límites de su propia Región, considerando como zona contigua al territorio de la Decimocuarta Región.

En la práctica, dicho tratamiento especial ha generado graves problemas a los pescadores artesanales de la Región de Los Ríos -que represento en el Senado-, quienes, a diferencia de lo que ocurre en la mayoría del país, se ven afectados en su actividad pesquera -legítima, trabajosa, esforzada- por determinados actores provenientes de la Décima Región de Los Lagos.

Atendido lo anterior y habiendo comprobado esa circunstancia en más de una oportunidad en el lugar mismo de los hechos a través de contactos con el mundo de los pescadores, entendemos que es deber del legislador contribuir a la paz social y asimismo -por qué no decirlo- a la regionalización. Entiendo que idéntico punto de vista suscribe el Senador señor Eduardo Frei , que también representa a la Región de Los Ríos.

Por eso, para contribuir al desarrollo armónico del país, estimamos necesario eliminar ese tratamiento diferenciado, con el objeto de radicar en las respectivas Regiones el ejercicio de las facultadas asociadas al Registro Pesquero Artesanal.

La iniciativa, en el fondo, busca igualar la situación de un grupo de pescadores de la Región de Los Lagos a la que rige para la gran mayoría de los pescadores artesanales del país. No es ni más ni menos que eso. No se trata de algo desopilantemente novedoso.

El martes 9 de agosto del año en curso -ya lo sabemos- la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura emitió un primer informe aprobando en general la iniciativa. Luego de sostener audiencias y recoger observaciones muy amplias con relación al mundo de la pesca, el Subsecretario de Pesca y en particular el Presidente Piñera se comprometieron a acentuar la regionalización y coordinar la relación típica, propia de las zonas contiguas.

Sabemos que la actividad pesquera representa un 1,2 por ciento del Producto Interno Bruto en Chile y que existen 81 mil pescadores artesanales en nuestro país.

Por ello, se trata de una actividad que necesita de alguna forma de protección legal para que al momento de pedir a los pescadores artesanales observar las reglas vigentes y ser institucionales, efectivamente existan reglas claras e instituciones acordes al caso. De otro modo, se les está exigiendo un imposible.

En consecuencia -y con esto concluyo-, estimo que la medida propuesta va en la dirección correcta, resguarda los derechos de extracción adquiridos respecto de los recursos bentónicos y, además, cautela la actividad económica de la Decimocuarta Región.

Por eso, voto favorablemente.

Muchas gracias.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor LARRAÍN (don Carlos).- Tuvo que ausentarse.

El señor GIRARDI (Presidente).- El Honorable señor Gómez tampoco se encuentra presente.

Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.- Señor Presidente , en primer lugar, voy a resaltar, una vez más, que este proyecto vuelve a la fórmula general que establece la Ley de Pesca. Por lo tanto, aquí no hay ninguna inequidad, ni se provoca daño a persona alguna, sino que solamente opera el sistema general.

Este último se aplica donde existen zonas contiguas -su declaración como tales se origina cuando una Región pretende entrar a otra-, en las que se tiene que llegar a acuerdo a través del Consejo Zonal de Pesca respectivo. Y así se procede, además, porque los integrantes del Consejo que votan pertenecen a la Región a la cual se accede.

En segundo término, con este articulado nosotros logramos asegurar la sustentabilidad de los recursos y el acceso equitativo de los pescadores y buzos mariscadores a sus respectivas Regiones. En ese sentido, deseo ser muy claro: la gente que vive en el lugar, obviamente, es la que más lo cuida, porque le provee de una actividad que se sustenta en el tiempo. Y si hay un excedente, desde luego él se puede llegar a compartir a través de este mecanismo, pero no por una ley que lo establezca de forma permanente. Eso sería ir en contra de la sustentabilidad de los recursos y de la equidad de los pescadores, de los buzos mariscadores y de toda la cadena que viene detrás para agregarles valor.

También quisiera hacer presente a la Sala que el 17 de agosto pasado, con posterioridad a la aprobación del proyecto, la Comisión recibió en audiencia a los representantes de la pesca artesanal de la Región de Los Lagos; escuchó sus antecedentes y quedó claro que este texto no los desfavorece, por cuanto incluso los derechos que tienen adquiridos a través de las áreas de manejo -ejemplo: gente de la Región de Los Lagos en la Región de Los Ríos o viceversa- se les mantienen. Pero no se puede, con cargo a una ley de gobierno, de administración, generar un acceso permanente a recursos que no siempre están.

Por lo tanto, no es necesario que el proyecto vuelva a la Comisión, porque nosotros recibimos a los dirigentes y, con esos mismos antecedentes, les señalamos la conveniencia de despacharlo tal como está.

Por estas razones, señor Presidente , como lo planteamos antes, junto con lo anterior la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura está solicitando al Ejecutivo que se lleve adelante el censo de los ecosistemas pesqueros, trabajo que han coordinado la Universidad de Concepción y especialmente su científico el doctor Víctor Ariel Gallardo , para que se aporten los fondos correspondientes y logremos de verdad la recuperación de los recursos y ecosistemas de nuestro mar, de nuestro borde costero; la compatibilidad entre las distintas actividades y, también, la conservación, de modo que las cosas se pongan en su lugar.

Y en esa línea trabaja este proyecto. No hay que aguardar que se formen nuevos Consejos Zonales de Pesca. No es preciso esperar el límite máximo de captura por armador, discutido en su fórmula con licitación o con características históricas y administrativas. Eso no tiene nada que ver. Se trata, simplemente, de aplicar la ley general, en forma justa, a cada una de las Regiones de Chile.

Gracias, señor Presidente.

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.

El señor GARCÍA .- Señor Presidente , tal como lo ha dicho el Senador Horvath, este proyecto de ley busca que los pescadores artesanales realicen sus faenas dentro de su respectiva Región. Y eso parece un principio tremendamente sano, que evita conflictos y, también, muchas veces, enfrentamientos entre ellos.

En el caso de mi Región, la de La Araucanía, contigua a la de Los Ríos, particularmente por la caleta Queule, que desarrolla una interesante actividad pesquera artesanal, nosotros tenemos una cuota de pesca asignada muy, muy pequeña. Y disponemos, también, de muy pocas embarcaciones de pesca artesanal inscritas. Y lo que me dicen los pescadores artesanales, sobre todo de Queule, es que vienen de la Región de Los Lagos, entran a las aguas de la Región de La Araucanía, especialmente las próximas a esa caleta, y les quitan su producto, su cuota, de suerte que las pocas embarcaciones autorizadas para pescar finalmente se ven impedidas de hacerlo.

Eso me parece profundamente injusto, señor Presidente . No es una práctica de lealtad. Y, como lo que hace el proyecto es sentar nuevamente la doctrina de que en cada Región deben actuar los pescadores artesanales que se encuentren debidamente inscritos allí, voto a favor, ya que -repito- esa me parece una doctrina sana, que se debe respetar.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Frei.

El señor FREI (don Eduardo).- Señor Presidente , sin duda me pronunciaré a favor del proyecto. Los argumentos se han dado. Restituye la aplicación de la Ley General de Pesca y Acuicultura en el tratamiento de las zonas contiguas, la sustentabilidad de los recursos, etcétera.

Pero quisiera también referirme al tema más general. Cuando se discutió la creación de la Región de Los Ríos, se hizo ver, precisamente, que la Región de Los Lagos comenzaba en la comuna de Lanco y terminaba en la comuna de Chaitén. En otras palabras, se extendía por casi 800 kilómetros. Y por lo tanto, las zonas pesqueras, no solamente de pesca artesanal sino también mayor, prácticamente operaban en esos 800 kilómetros. Y en esa época el gran problema -todavía persiste- consistía en que la zona de Los Ríos era perforada permanentemente por la pesca de la Región del Biobío . Porque, como dice el Senador García, las pesquerías en la zona de La Araucanía son bastante pequeñas. De manera que persistentemente teníamos la presencia de perforaciones desde el Biobío, y, como digo, no solamente de pescadores artesanales, sino también de pesca mayor.

Después de que se creó la Región de Los Ríos, se hizo este planteamiento y esta ley, que, a mi juicio, hay que corregirla y adecuarla a la normativa general. Cuando se discutió la iniciativa que dio origen a la nueva Región se abordaron, entre otros, estos temas y se incluyó este error en la legislación.

En consecuencia, estamos restituyendo una situación general, de justicia, y todos sabemos que los grandes conglomerados de pescadores artesanales y de pesca mayor se encuentran en la zona de Puerto Montt y también, en la del Biobío. Esas son las pesquerías que tradicionalmente perforan a las Regiones más pequeñas, como ocurre con la de Los Ríos.

Por eso, señor Presidente, me parece de toda justicia este proyecto y, lógicamente, pido a la Sala que lo apruebe.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , la verdad es que la ley que creó la Región de Los Ríos estableció un tratamiento especial para los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero de la Región de Los Lagos , ya que en esa oportunidad se les permitió pescar más allá de los límites de su Región, tanto hacia la de Los Ríos como hacia la de Aysén.

Sin embargo, esa norma, que probablemente mantenía una situación existente, atentaba -y sigue atentando- en contra del principio general establecido en la Ley de Pesca, cual es que los pescadores artesanales tienen su zona de pesca dentro de su Región y les está prohibido desarrollar su labor en Regiones contiguas.

Esta iniciativa procura restablecer el principio general, esto es, que los pescadores artesanales tengan la exclusividad de la pesca de su Región. Y me parece que, por eso mismo, es un buen proyecto, que merece nuestro apoyo.

Cabe señalar que los pescadores artesanales, sobre todo en Regiones donde la pesca no es tan potente o desarrollada como en la del Biobío, en la de Valparaíso o en la de Los Lagos, donde hay una fuerza pesquera, artesanal y mayor, muy poderosa, tienen la tendencia, precisamente por el tamaño de su Región, a sobrepasar los límites de esta y tomarse las Regiones contiguas.

Nosotros sufrimos aquello de manera permanente en el Maule con los pescadores artesanales del Biobío. En efecto, pese a tratarse de compañeros de jornada, de ruta, los de nuestra Región son invadidos constantemente por los provenientes de la Octava, con lo cual se rompen las reglas hoy día existentes.

Hemos intentado corregir tal situación. Lamentablemente, si bien el Senado nos apoyó, no tuvimos éxito para que el Congreso respaldara una norma que establecía en la pesca artesanal el uso obligatorio de GPS en las embarcaciones de más de 15 metros de eslora, con el propósito de hacer seguimientos y controlar tanto las naves artesanales como cualesquiera otras que se desplazan más allá de los límites en que les está permitida la extracción.

La referida disposición, por desgracia, quedó postergada para cuando se aprueben las modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura. Y esperamos que ahí sí se concrete, pues no veo por qué, si se impone una obligación, no podamos consignar los mecanismos aptos para asegurar su cumplimiento. Porque el problema antes expuesto se está registrando hoy día en nuestra Región, y probablemente en muchas otras. Me consta que en la mía, sí; no tengo certeza sobre las demás. Pero sé que es así.

Por eso, todo lo que signifique proteger a los pescadores artesanales en aquello que la ley les ha reservado, como es la costa de su Región, merece nuestro pleno respaldo.

En virtud de las consideraciones expuestas, voy a apoyar este proyecto de ley, por cuanto lo único que hace es garantizarles a los pescadores artesanales de Los Ríos que la extracción en las costas de su Región quede reservada exclusivamente para ellos y evitar que los de otras Regiones invadan su zona preferente y les quiten, por lo tanto, la comida de su boca. Porque este es el efecto directo que tiene en esos trabajadores la norma existente en la actualidad para la Región de Los Ríos, y también para la Undécima.

Me sumo, pues, a los autores de esta iniciativa -los felicito por haberla presentado-, y anuncio mi voto favorable.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , creo que una de las cosas que más debilitan el accionar de la política es argumentar racionalidad cuando existe irracionalidad.

Se ha señalado acá, como base conceptual sobre la que se sustenta este proyecto, el hecho de que daría racionalidad a la división político-administrativa aprobada hace poco tiempo.

Pero eso es lo irracional de la iniciativa, porque se trata de comunidades de pescadores artesanales que siempre han desarrollado su actividad en dicha área.

--(Manifestaciones en tribunas).

Si usted, señor Presidente, le pide a la gente que se pone nerviosa que mantenga la calma, se lo agradeceré.

El señor GIRARDI (Presidente).- Les ruego a los presentes en las tribunas guardar silencio.

Aquí hay dos Senadores que hacen una heroica defensa de los trabajadores de su Región, como la hacen otros por los de la de ustedes.

Así que, por favor, les pido respetar a quienes estén interviniendo.

El señor ESCALONA.- Y yo, señor Presidente, le solicito que ni elogie ni descalifique mi intervención. Simplemente, que la respete.

El señor GIRARDI (Presidente).- Prosiga, señor Senador.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente, acá ocurre que se pone de manifiesto otra irracionalidad: el sistema de reemplazos que hay en el Parlamento.

Porque no me cabe ninguna duda de que esta iniciativa, como aparece en el texto que se encuentra en el pupitre de cada uno de nosotros, procede de la firma del Honorable señor Carlos Larraín precisamente por su condición de Senador designado. Porque cualquier persona que hubiese sabido lo que ella iba a generar en la Región no la habría presentado.

Este proyecto atiza las diferencias en la Región, provoca enfrentamientos. Este proyecto va a abrir desgarros en la Región.

Adolece esta iniciativa de una muy profunda y gravísima debilidad: genera enfrentamiento entre pescadores artesanales; promueve la división entre personas de la misma condición, entre quienes hoy son pescadores de Los Lagos y aquellos que lo son de Los Ríos, que hasta hace poco pertenecían a una misma Región.

Por lo tanto, hay una irracionalidad muy de fondo en la presentación de este proyecto.

Incluso -yo no tendría por qué decirlo, porque, siendo Senador de Oposición , podría lisa y llanamente no importarme la suerte de la actual Administración-, creo que para quien ostenta el liderazgo de uno de los partidos de Gobierno era profundamente desaconsejable formular esta iniciativa, ya que, en lugar de ayudar a la estabilidad democrática, a la paz social, a la tranquilidad entre las personas, al respeto y a la unidad de las diferentes organizaciones sociales y comunidades, genera las condiciones exactamente contrarias.

En efecto, no habrá en el futuro la misma relación entre quienes hasta ahora han trabajado de la mano formando parte de la calidad de pescadores artesanales: con este proyecto se abren entre ellos una brecha y una división profundas.

Yo siento que es responsabilidad del líder partidario de una fuerza que está en el Gobierno promover la paz social y no el odio y la irracionalidad.

Pero, lamentablemente, esta iniciativa constituye un golpe enorme para los pescadores artesanales de la Región de Los Lagos y sus comunidades, que se hallan conformadas por personas de recursos limitados, quienes no pertenecen por cierto -sería falso decir lo contrario- a los sectores más pobres de la población, sino que son gente de trabajo, emprendedores que han salido adelante desarrollando una actividad muy sacrificada. Para esas personas, que son una parte muy esencial de la economía de la Región de Los Lagos, este proyecto es una bofetada tremenda.

Pienso que no hay palabras -yo por lo menos no las tengo- para describir el sentimiento generado por el atropello y el abuso que a través de este proyecto se cometen contra los pescadores artesanales de la Región de Los Lagos.

Quiero decirles, estimados colegas, que lamento profundamente que ustedes no se den cuenta de la ofensa que están infligiendo a hombres que trabajan todos y cada uno de los días por dar sustento a su familia y a quienes laboran con ellos.

Porque hiere profundamente a un sector de la economía y de la comunidad de la Región de Los Lagos y, tal vez de manera irreparable, perjudica a la paz social, reitero mi voto en contra de esta aberración.

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente , como el Senador Carlos Larraín fue aludido, no tengo ningún inconveniente en que hable antes que yo.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Daré a conocer la lista de inscritos, para que nadie se ponga nervioso: Senadores señores Orpis, Letelier , García-Huidobro y Bianchi .

El señor ORPIS.- Señor Presidente , después del colega Carlos Larraín me correspondería intervenir a mí.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Hay un aspecto reglamentario: el Honorable señor Carlos Larraín ya hizo uso de los cinco minutos a que tenía derecho para fundamentar su voto.

El señor ESCALONA .- ¡Aquí todos tenemos los mismos derechos!

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Por tanto, terminada la votación le concederé el tiempo que le corresponde para vindicarse.

Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, en cuanto a la materia abordada por el proyecto que nos ocupa, no se trata de la comisión de un error.

La situación se discutió cuando se produjo la división de las Regiones en comento.

Ahora yo me voy a abstener, sobre la base de que en el norte se optó por una solución radicalmente distinta.

Me explico.

Cuando se creó la Región de Arica y Parinacota, se respetaron los derechos de pesca fundados en el territorio original.

Incluso más: dentro del sistema pesquero artesanal, los derechos en cuestión se transmiten; y se transmiten con los derechos (valga la redundancia) que el permiso de pesca otorga sobre el territorio original. Y el propio Parlamento legisló sobre la materia para respetar dicho territorio.

En la nueva Región se aplica el principio general (el de que las Regiones administren sus recursos pesqueros) tratándose de la inscripción de las nuevas embarcaciones.

Porque la pregunta que uno debería formularse es qué valor tienen los permisos de pesca.

En mi opinión, constituyen un derecho, aunque precario, aunque no sea de propiedad.

Allí había un territorio original, que le permitía al sector artesanal pescar en determinada zona. Sin embargo, por una decisión de autoridad -en este caso, legislativa- se le está cercenando un territorio donde ejerció su actividad por años.

Aquella fue la solución por la que se optó en el norte. Y era la que conllevaba la creación de las dos nuevas Regiones.

En consecuencia, el problema en comento no obedece a un error. La situación fue largamente discutida cuando se establecieron ambas Regiones.

Por eso, no obstante ser tremendamente válido que las propias Regiones vayan administrando sus recursos pesqueros, surge la interrogante de si la normativa se aplica a los nuevos permisos o a los originales.

Tal es el punto central del debate, señor Presidente.

Yo acepto -insisto- el principio general de que las Regiones vayan administrando sus propios recursos pesqueros. Pero, desde mi punto de vista, la normativa planteada debe aplicarse a los nuevos permisos, no a los originales, que les permitirán a los pescadores artesanales desarrollar por muchos años su actividad en los lugares donde lo han hecho siempre.

En el norte no ha existido ningún tipo de conflicto porque se ha respetado ese derecho; se ha respetado el permiso de pesca, que habilitaba para realizar labores extractivas en el territorio original de las dos Regiones.

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente , las opiniones del Senador que me antecedió sirven de excelente introducción a las que voy a emitir.

La ley del embudo siempre es mala: lo ancho para unos y lo angosto para los otros.

¡Es lo que aquí se está proponiendo!

La Ley General de Pesca y Acuicultura, que ya tiene veinte años, necesita una reformulación profunda precisamente para reconsiderar el concepto de "derechos históricos".

¿Qué es un derecho histórico?

Yo entiendo que nuestras visitas de hoy van a ser las primeras en aplaudir que se licite todo y que no van a pedir ningún derecho histórico. Porque hoy ellas y quien patrocinó este proyecto -y quiero subrayar esto último: quien patrocinó este proyecto- han querido borrar con el codo el principio del derecho histórico.

Por ende, mañana no vengan a pedir que los industriales con cuotas de pesca tengan derechos adquiridos. De lo contrario, aquí estaríamos con la ley del embudo.

Señor Presidente , quiero iniciar mi intervención propiamente tal diciendo que voy a hacer reserva de constitucionalidad en torno a este proyecto, pues me asiste la convicción de que, aunque no me gusta la Carta Fundamental y no me gusta la Ley General de Pesca y Acuicultura tal como se halla, aquí se están violentando los derechos históricos.

Independiente de que me agrade o no lo que pasa, la decisión de dividir las Regiones no tiene que ver con la industria de la pesca en nuestro país. ¡No nos engañemos! Y acá se quiere, ante un fenómeno que decía relación con una realidad de asentamientos humanos, de división administrativa y política del territorio terrestre del país, traspasar una presunta ventaja para algunos que tienen intereses económicos; legítimos, pero intereses al fin y al cabo.

Lo que nos ocurre con la Ley General de Pesca, señor Presidente, es que tras cada teoría que se levanta hay un interés que se defiende.

Porque la pesca es una ecuación de suma cero: los que ganan por un lado pierden por otro.

Y aquí se nos está proponiendo que les demos ventajas a algunos y les quitemos el derecho histórico a otros.

¿Es legítimo? ¡Claro que es legítimo!

¿Pero es justo?

Yo creo que cuando se habla de derechos históricos están en discusión pesquería, volumen, territorio. Son tres componentes de ellos. Y aquí se les quiere cercenar a unos el vinculado con el territorio.

Yo estimo que la cuestión surge cuando quienes tienen los derechos pueden venderlos -y los venden, y harto caros-, o cuando los pescadores artesanales realizan negocios con los industriales y los procesadores (los hay, y bastantes; harto más hacia el sur del país -a decir verdad [para que no se compliquen algunos colegas], no tan al sur- que hacia el norte o el centro).

Ahora, evidentemente, acá nos están pidiendo que en el Congreso resolvamos algo que los actores y el Ejecutivo han sido incapaces de solucionar. Porque el Gobierno de turno tiene la responsabilidad de enfrentar este fenómeno. Inclusive, el Ministro de Economía dijo ser partidario de que así fuese.

Aquí se necesita ver cómo negocian los actores para acceder a recursos que son escasos, entre otros motivos porque cada vez se hallan más sobreexplotados, pues nuestra institucionalidad pesquera, el Consejo Nacional y los Consejos Zonales de Pesca, como en ellos se encuentran los actores interesados en el negocio, sobreestima el esfuerzo pesquero que se puede realizar.

Señor Presidente , yo no puedo votar a favor, porque mañana los mismos que nos acompañan hoy desde las tribunas van a estar pidiendo que no se les quiten sus derechos históricos; los mismos que se hallan allí estarán preguntando por qué se va a licitar todo; los mismos que se encuentran en ese lugar nos hablarán de la ley del embudo.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Es la última advertencia que les hago a los presentes en las tribunas. Después deberé pedir su desalojo.

El señor LETELIER.- Señor Presidente , quizás con el colega García-Huidobro tenemos la ventaja de ser los únicos Senadores por una Región con más de 110 kilómetros de largo y a la que, por un abuso, por un daño que se le ha infligido, no tiene, no diré un puerto, sino ni siquiera un pinche muelle. Nosotros vemos la perforación que hacen los del norte y los del sur sobre su zona pesquera. Y sabemos que eso pasa en la Décima Región; en la Segunda Región, que es la más subdesarrollada, junto con la Sexta, en la industria pesquera.

No puedo votar en conciencia a favor de este proyecto. Hacerlo implicaría, a mi juicio, sacar recursos de un bolsillo para meterlos a otro, y no la aplicación de una política nacional.

Reitero mi reserva de constitucionalidad en torno a la iniciativa.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO .- Señor Presidente , en primer término, me parece importante señalar que este proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura. Y alrededor de él hubo poca discusión. Es decir, su contenido se consideró obvio luego del proceso de regionalización habido en el país.

Justamente, se trata de que no existan perforaciones; de que las Regiones sean respetadas; de que el mar de cada una de ellas sea para sus trabajadores y para quienes las habitan.

Respecto a la excepción, importa expresar que esta iniciativa, que espero que sea ley, respeta las áreas de manejo y los derechos adquiridos.

Entonces, difiero de la reserva de constitucionalidad hecha por el Senador Letelier, quien, por cierto, tiene pleno derecho a recurrir al Tribunal Constitucional.

De otro lado, me parece relevante manifestar que el Ejecutivo expresó su acuerdo con este proyecto, según el cual todas las Regiones deben sujetarse a las mismas normas; es decir, no debe haber disposiciones especiales para ninguna de ellas, sobre todo si, como en este caso, son contiguas y ha mediado la decisión del país, por intermedio del Congreso, de separarlas.

Por lo tanto, el proyecto, en tal sentido, se traducirá en que no proceda una excepción, como lo contempla la ley Nº 20.174. Sobre esa base, señor Presidente , estimo que se va por el camino correcto.

Valoro la iniciativa de los Senadores señores Larraín Peña y Prokurica en cuanto a que se respeta una situación y a que los pescadores artesanales, fundamentalmente, podrán hacer uso de sus derechos en la Región a la que pertenecen.

Voy a votar a favor.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente , juzgo que lo que pudiera no generar paz o tranquilidad es precisamente el no hacer justicia a la gente ligada en forma histórica con la pesca artesanal en la Región de Los Ríos.

Creo que lo que estamos haciendo hoy día es justamente dar garantías para que no se siga en permanentes enfrentamientos, en permanentes discusiones. Esto último sí que resulta absolutamente irracional, a mi juicio.

En consecuencia, aprobaré gustoso la normativa que hoy día nos convoca.

Pero me tienen preocupado cuestiones que van mucho más allá del legítimo texto en examen, que reitero que votaré a favor. Hago referencia a lo que va quedando de la pesquería artesanal; a lo que hace semanas observamos de parte del propio Ministro de Economía , cuando juntó a dos grupos: los industriales y los artesanales. Excluyó de la discusión a las Comisiones especializadas de la Cámara y del Senado y a una cantidad importantísima de pescadores artesanales de distintos lugares.

Eso me parece grave, señor Presidente . Porque, en el fondo, lo que se puede anticipar de otro proyecto que ni siquiera conocemos, de cuyo contenido se hallan enterados muy pocos y no los más, es que precisamente lo que se pretende es dar continuidad a lo que tenemos el día de hoy, en cuanto a las consultoras, a la pesca de investigación, a otorgar autorización por un tiempo más, y no entrar al debate sobre la Ley de Pesca, que vence el próximo año y que debiera dar garantías fundamentalmente a los pescadores artesanales, los que se encuentran en una situación realmente compleja.

He tenido hoy la oportunidad, al igual que en días anteriores, de sostener largas conversaciones con muchos actores, fundamentalmente de ese último sector. Entiendo que en iniciativas en trámite se pretende justamente garantizarle una mayor producción.

A mi juicio, lo que estamos haciendo ahora es reparar una situación injusta particularmente en relación con un área importante de nuestro país: la Región de Los Ríos. Respaldo la ley en proyecto, pero llamo a abocarnos pronto, no a renovar las autorizaciones al día de hoy, sino a discutir a fondo acerca del futuro en una materia económica tan importante como la pesquería en Chile.

Así que voto a favor, señor Presidente.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, he tenido la posibilidad de conversar con los pescadores de la Decimocuarta Región; de escuchar largamente sus argumentos, que exhiben un principio de legitimidad, incluso de justicia.

Y he dicho -y reiterado- que se requiere una evaluación global de la Ley de Pesca, en especial con relación al límite máximo de captura. Porque seguimos en la línea de parcharla; de cautelar, en definitiva, todos los intereses legítimos, pero sin que nadie haga otro tanto con los intereses de los peces. Como estos no votan, resulta claro que el cuidado de la biomasa y de los recursos queda prácticamente supeditado a la disputa legítima, hoy día, entre los artesanales.

A propósito del proyecto, señor Presidente , ¿dónde está el Ejecutivo ? ¿Dónde está el Subsecretario de Pesca ? ¿Dónde está el Ministro de Economía , para el efecto de poder abordar una iniciativa que, sin duda, determina un elemento importante para los pescadores de la Decimocuarta Región, pero que, por cierto, lesiona los intereses de los correspondientes a la Décima?

Cuando no hay una autoridad que materialice el principio de autoridad estableciendo una regulación, entonces esta tienen que hacerla los pescadores.

Lamento profundamente que un proyecto de ley de esta naturaleza lleve al enfrentamiento en el sector artesanal. ¡He luchado por su unidad! Cuando introdujeron el límite máximo de captura en el año 2000 y lograron dividir a la Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile (CONAPACH), creando la Confederación Nacional de Federaciones de Pescadores Artesanales de Chile (CONFEPACH), consigné aquí que los industriales permanecían unidos en la Sociedad Nacional de Pesca (SONAPESCA). Cuentan con una sola organización, con un sindicato que los reúne. Y lo que se registra como resultado de la ley del límite máximo de captura son dos grandes instituciones artesanales, pero que se confrontan, que se contraponen.

Pienso que, al discutir sobre la iniciativa que nos ocupa, surge la conveniencia, una vez más, de la necesaria unidad de la pesca artesanal para enfrentar a un adversario real, depredador, como el sector industrial. La situación nos obliga a tratar un texto que enfrenta intereses de pescadores artesanales. Y nos contrapone para luego estar divididos respecto del tema de fondo, que es efectivamente "la madre de todas las batallas": la Ley General de Pesca y Acuicultura, que cumple diez años después de haberse traducido en un experimento fracasado por completo en la preservación de los recursos y que llevará necesariamente a un debate que los pescadores artesanales tienen que enfrentar unidos, como un solo hombre, por hallarse en disputa una regulación que apunta a una duración de 30, 40 o, según algunos, 50 años.

Lamento profundamente que el Ejecutivo no esté presente en la Sala, porque la verdad es que el número de preguntas que podríamos hacerle es infinito. Aquí se encuentra hoy día el oficialismo, antes Oposición, que nos reclamaba permanentemente porque los Ministros no asistían cuando se discutían los proyectos de ley importantes. El que nos ocupa lo es, como ha quedado establecido en las argumentaciones de los representantes de cada lado y tanto en la del Senador señor Frei como en la del Senador señor Escalona , pertenecientes a una misma coalición política, pero que lo votaron divididos. O sea, la iniciativa no solo logra ese efecto respecto de los artesanales, sino también de la Oposición, un claro y muy buen negocio para el Gobierno.

Por mi parte, reclamo la presencia del Ejecutivo , porque me gustaría preguntarle cómo viene la cuestión del fraccionamiento de cuota entre lo artesanal y lo industrial y cómo vamos a quedar; por qué siguen entregando la sardina y la anchoveta a ese segundo sector, cuando son especies que se extraen dentro de las cinco millas exclusivas para el primero; por qué permanece aún ese fraccionamiento en poder del ámbito industrial; cuál es el ordenamiento que vamos a darnos respecto de la licitación planteada por el Presidente Piñera .

Deseo informar que esta última no es posible respecto del sector artesanal. No se contempla en la ley. Vulneraría los derechos de la libertad de pesca establecidos y consagrados en la Ley General vigente. Y así como algunos han planteado derechos históricos, planteo también el principio de dicha libertad dentro de las cinco millas en zonas exclusivas para los artesanales.

He conversado, señor Presidente , con los pescadores de la Región del Biobío, y hemos expresado que el proyecto de que se trata obliga a anticipar un debate que quisiera en un contexto mayor, amplio, profundo, de ordenamiento definitivo y no de una política de parche en torno al sector artesanal. Si seguimos parchando, tendremos como consecuencia una mala ley.

Como en la materia de que se trata media una confrontación entre pescadores artesanales y juzgo que cuestiones propias de una discusión de fondo son imposibles de abordar por la ausencia del Ejecutivo, me voy a abstener. Estimo que el análisis resulta inacabado, por abarcar una parte del interés que se plantea.

Creo particularmente en el principio de la libertad de pesca del sector artesanal. Confío en que este pueda autoordenarse y regularse de acuerdo con la propiedad de un recurso que le ha pertenecido y le fue arrebatado. Estimo que el proyecto va a llevarnos a un enfrentamiento.

Espero que entre la Decimocuarta y la Décima Regiones se registre la tolerancia necesaria para entender que son pescadores de un mismo grupo, que existen intereses compartidos en la defensa de la pesca artesanal y que la iniciativa los confronta hoy día de manera innecesaria, en mi opinión, porque el debate se podría haber abordado muy anticipadamente.

¡Patagonia sin represas, señor Presidente!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡Nueva Ley de Pesca, ahora!

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, pongamos en contexto lo que estamos expresando. La que nos ocupa es una moción y, para ser bien franco, abrigo dudas acerca de si cuenta o no con respaldo del Ejecutivo.

Por supuesto, mis Honorables colegas tienen todo el derecho a plantear la que les parezca.

En el caso de que se trata, me reuní con varias de las personas que nos acompañan hoy día en las tribunas, pero también con pescadores artesanales de la Región de Los Lagos.

En cuanto a lo que le escuchamos al Senador señor Orpis , cabe considerar que se verificó una división político-administrativa que resultaba necesaria. Se entendió, tanto por Gobiernos anteriores como por el Congreso, que Chile requería una que era diferente, y se crearon dos nuevas Regiones. Y estas debían contar con una institucionalidad acorde: intendentes, gobernadores, gobiernos regionales.

Pero dicha división, primero, no puede terminar afectando la forma en que operaba, por ley, la pesca.

Segundo, se plantea algo más preocupante: ¿era necesario modificar dicha legislación para dar cuenta de la nueva realidad político-administrativa? No.

En tercer lugar, ¿es concebible que respecto de las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos se tome una decisión completamente distinta de la adoptada con relación al norte, como lo acaba de exponer mi Honorable colega? O sea, ante la creación de nuevas Regiones, se aplica, en lo referente a la pesca artesanal, una solución consistente en que los pescadores de la Décima no pueden pasar a la Decimocuarta y una diferente respecto del norte.

Con todo respeto, y entendiendo el legítimo interés de los compañeros del sector artesanal de la Región de Los Ríos, no es concebible que un aparato del Estado aplique un principio diverso en el asunto.

Además, me parece que la iniciativa viene a parchar nuevamente la Ley de Pesca. En esta ocasión, ello se hace por intermedio de una moción de dos parlamentarios del oficialismo o de Derecha.

Deseo recordar que no es la primera vez que se presentan proyectos que apuntan a modificar dicho cuerpo legal antes que enfrentar la materia en su integridad.

Ya lo expresaron quienes me antecedieron en el uso de la palabra -no sé si el Senador señor Escalona o el Honorable señor Letelier -: tendremos que abordar el tema el próximo año y definir dónde se sitúa cada uno: con los intereses de la pesca industrial o con los de la artesanal, entendiendo que esta también exhibe relaciones especiales entre sí y con la primera.

No estoy de acuerdo, sin embargo, con lo realizado acá en oportunidades anteriores. ¿No tratamos hace pocos meses lo de si se requería o no el posicionador satelital en el caso de la pesca artesanal? A propósito del registro de las naves propias de ese ámbito, intentaron meter de contrabando la instalación del GPS. Ello vamos a debatirlo cuando nos aboquemos a la nueva Ley de Pesca, ocasión en la que también podremos analizar si se van a hacer respetar o no las millas correspondientes al sector y si se fiscalizará debidamente a los industriales. Es algo que será parte de la discusión general.

Deseo hacer un recuerdo en relación con la misma gente que se sienta al frente. Después del terremoto del 27 de febrero de 2010, y como consecuencia del perjuicio generado en varios puertos a raíz del tsunami, algunos afirmaron, en relación con la actividad pesquera, que los grandes industriales no iban a invertir en la recuperación de la infraestructura dañada, porque, como la Ley de Pesca vencería dos años y medio después, tal vez no se sentirían incentivados a meterse la mano en el bolsillo si no abrigaban la certeza de que seguirían contando con sus cuotas después de 2012. Nuevamente, se intentaba adelantar un análisis que tiene que darse de manera integral.

Respecto de la iniciativa en examen, me parecía razonable que una nueva Región tuviera su propia institucionalidad pesquera y sus cuotas. Pero ello no puede ser a costa de aquellas que ya se distribuyen, por escasas que sean, con pescadores de la Región contigua, y menos aún si el Estado adoptó una solución distinta en el caso del norte.

Entonces, pienso que tendremos que convivir con el sistema actual hasta que debatamos como corresponde, dentro de un año, sobre la nueva Ley de Pesca. Espero que lo hagamos antes, porque ese ordenamiento vence en diciembre y algunos pueden proponer: "Dispongamos una postergación. No es un buen año. Se registra una crisis internacional". ¡Siempre existe una razón! Por mi parte, quiero que se legisle. La discusión será dura y compleja. En ese momento podremos tratar la materia planteada.

Entendiendo los legítimos intereses existentes, me voy a abstener respecto de la iniciativa que nos ocupa, para asegurarme de que no se discrimine entre quienes ejercen una misma actividad, difícil y complicada. Tenemos un año -repito- para abordar el asunto como corresponde en un proyecto de ley integral.

He dicho.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Puede intervenir la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente , en realidad, no pensaba referirme al proyecto. La intervención del Honorable señor Lagos me ha impulsado a hacerlo, pero no porque no coincida con lo que Su Señoría plantea en el fondo. Creo, en aras de la verdad, que el argumento de que el próximo año trataremos estos aspectos a propósito de la Ley de Pesca determina que no tomemos decisiones.

El Senador señor Larraín Fernández planteó el año recién pasado que se les pusieran radares a las embarcaciones, porque desde otras Regiones se introducían en la del Maule Sur para extraer recursos. El argumento de que el punto se iba a considerar con ocasión del estudio del nuevo cuerpo legal se tradujo en que no se avanzara en la materia. ¡Craso error!

Hoy día, mi Honorable colega Eduardo Frei promueve la idea de que legislemos para que la Región que representa cuente con su cuota y se transparenten y clarifiquen las cosas. Y un justo argumento, otra vez, es el de que ello vamos a discutirlo en la oportunidad a que he hecho referencia.

Señor Presidente , muchos dependen de nuestras resoluciones y en la actualidad no tienen cómo enfrentar su futuro y el de sus familias. Pienso que no podemos, sobre la base de que realizaremos ese gran debate, seguir postergando pequeñas decisiones que cambiarían su destino.

A mi juicio, la nueva Región merece que se clarifiquen las cosas y tener su cuota. Por eso, no me abstengo, sino que voto a favor.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.

--Por 22 votos a favor, 4 en contra y 7 abstenciones, se aprueba en general y en particular el proyecto, dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional exigido.

Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).

Votaron por la negativa los señores Escalona, Gómez, Kuschel y Letelier.

Se abstuvieron la señora Allende y los señores Girardi, Lagos, Muñoz Aburto, Navarro, Orpis y Rossi.

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Larraín.

El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente , hace un rato fui aludido por un señor Senador de las bancas de enfrente. Le escuchamos palabras tremendas, muy amenazadoras. Me pareció entenderle, entre otras cosas, que el proyecto no ayuda a la estabilidad democrática.

¡No cabe duda de que nos hallamos al borde del abismo...!

Se me acusó de ser profundamente irracional y, en fin, de fomentar conflictos, en lugar de aceptarse algo tan sencillo, señalado en todos los tonos y por distintas personas, como el deseo de evitarlos. ¡Nada más que eso!

Se quiere que los pescadores de la Región de Los Ríos tengan derechos similares a los de las demás, es decir, que se elimine una discriminación, accidental o querida. Esto último no lo sabremos nunca.

En todo caso, han pasado muchos años sin que se corrija la anomalía. Y tuvo que llegar, para estos efectos, un "afuerino", como me calificó una persona del frente que hasta hace algunos años fue Diputado por El Bosque , San Ramón y La Cisterna, y hasta 2005, por Lota y Arauco . Que sepa, esas zonas no quedan precisamente en la Decimocuarta Región...

Por lo tanto, somos varios los afuerinos: uno, en la Décima Región, y el Senador que habla, en la Decimocuarta. Pero parece que algunos tenemos más "antenas" para percibir los problemas locales que otros...

El señor LAGOS.- ¡No entraría en esa comparación...!

El señor LARRAÍN.- ¡No se preocupe, Honorable señor Lagos, hijo...!

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Ruego no interrumpir al Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Esta es una iniciativa sencilla y que no persigue impedir la discusión relativa a la Ley de Pesca que puede avecinarse, lo que no sabemos. Se trata, pura y simplemente, de una cuestión de justicia: permitirles a los pescadores de la Región de Los Ríos trabajar tranquilos, sin interferencias. ¡Tremenda cosa!

Pero aquí se invocó la Constitución. Se proclamó: "¡Patagonia sin represas!" y se dijo una cantidad de cosas terribles.

Y se reclama porque no está presente el Ejecutivo . ¡Bueno, si este es un proyecto de iniciativa parlamentaria! ¡Es así de simple! Por lo demás, creo que interpreta el pensamiento del Gobierno del Presidente Piñera.

Por lo tanto...

El señor LAGOS.- No sabemos.

El señor LARRAÍN (don Carlos).- Yo lo sé. Le estoy contando, Senador. Puede que lo acepte.

En general, señor Presidente , me parecen inadecuados los términos, a lo menos exagerados; no contribuyentes a la paz en el Hemiciclo, un lugar más chico que la patria completa, pero que puede servir para que la patria esté en paz.

Entonces, yo rogaría que se aceptara que quienes estamos al frente también podemos proceder de buena fe; que también nos preocupa la justicia, la cual no es patrimonio de algunos Senadores, aunque provengan de San Ramón, El Bosque, Lota o Arauco . Los que nacimos en Santiago también tenemos preocupación por la justicia. Esta no es privilegio de nadie.

Muchas gracias.

--(Aplausos en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , lamento profundamente la réplica que ha tenido mi intervención.

Como es de conocimiento de la Sala -ella es testigo-, yo realicé una crítica política. Jamás me he deslizado al ámbito de la descalificación personal.

No es de mi responsabilidad que el Honorable Carlos Larraín sea Senador designado. Es un hecho político.

El señor LAGOS.- ¡Autodesignado!

El señor LARRAÍN (don Carlos) .- ¡Gracias, señor Lagos...! ¡Usted siempre tan amable...!

El señor ESCALONA.- Eso es algo que no tiene que ver con su persona, sino con cómo ha operado una institucionalidad. El mecanismo de reemplazo de Senadores que asumieron en el Gobierno permitió que él fuera designado Senador sin haber sido electo por la ciudadanía.

Esa es una crítica política, señor Presidente.

En consecuencia, lamento que cuando él se refirió a parte de mi vida política lo haya hecho con la intención expresa de descalificarme en lo personal.

En efecto, fui elegido Diputado -¡elegido!- con el voto ciudadano. Y me enorgullece haber sido la primera mayoría en El Bosque, San Ramón y La Cisterna. Y me enorgullece haber sido la primera mayoría en la comuna de Lota y todas aquellas pertenecientes a la provincia de Arauco.

¡Me enorgullece! ¡Fui electo Diputado con la primera mayoría!

Y me enorgullece haber sido electo Senador el 2005, con la primera mayoría, en la Región de Los Lagos.

¡También eso me enorgullece!

No he llegado a este puesto por la decisión de una directiva que yo personalmente encabece. Llegué aquí por la decisión de los ciudadanos y ciudadanas que me eligieron.

Por lo tanto, el intento de descalificación de que he sido objeto no me afecta ni me daña en lo personal, sino que muestra la pequeñez moral de quien lo ha realizado, que no tiene la capacidad de ir al argumento de fondo que he expuesto en este debate, que es, precisamente, el daño profundo que se causa a la paz social en la Región que represento con este proyecto de ley, que promueve la división dentro del sector de la pesca artesanal; que genera odios y resentimientos; que produce un desgarro en el cuerpo social; que provocará un problema para el propio Gobierno del cual forma parte quien me aludió y que él debiese cuidar y proteger, y no al revés: empujar una situación de enfrentamiento y de confrontación social, fruto de un proyecto que origina una división completamente irracional dentro de los pescadores artesanales de la que hasta hace muy poco era una sola Región del país.

El Honorable que me aludió podría haber mencionado otras cosas más respecto de mi persona: los años que estuve en el exilio, cuando él formaba parte del gobierno de la dictadura, o de los grupos económicos que se enriquecieron en aquel entonces; los años que tuve el honor...

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Perdón, señor Senador.

¡Por favor!

Si las tribunas no se mantienen en silencio, me veré obligado a desalojarlas.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , decía que también se podría haber hablado de los años que tuve el orgullo de trabajar contra la dictadura.

¡Tengo una trayectoria democrática que afortunadamente quien intentó descalificarme jamás y en ningún caso podrá mostrar!

El país me conoce, y por consiguiente, comprende que mi esfuerzo es para defender a los pescadores artesanales de mi Región y, al mismo tiempo, para defender la paz social que quien hoy está en el Gobierno no es capaz ni de proteger ni de cautelar.

He dicho.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor GIRARDI (Presidente).- ¡Por favor!

A los señores dirigentes sindicales que se encuentran en las tribunas les pido mantenerse en silencio.

El Senador señor Carlos Larraín ha solicitado la palabra por haber sido aludido. Se la daré, aplicando la misma disposición reglamentaria invocada respecto del Senador señor Escalona. Luego continuaremos con el siguiente asunto de la tabla.

Puede intervenir, señor Senador.

El señor LAGOS.- ¡Depende de lo que diga, señor Presidente...!

El señor LARRAÍN (don Carlos).- Seré muy breve, señor Presidente .

El Senador que me antecedió se ha lucido en materia de descalificaciones, todas ellas personales.

Yo en realidad lo siento, porque yo no procuro hacer eso ni nada por el estilo.

Que él haya sido elegido en otros distritos no le impide ser Senador por la Décima Región. Yo, simplemente, estaba dando vuelta el argumento que él invocó.

Ahora, el sistema de reemplazo de los parlamentarios faltantes se remonta a una modificación del Texto Fundamental, patrocinada por don Ricardo Lagos el año 2005, a la cual nosotros nos opusimos.

Y, efectivamente, nosotros no estamos por encima de la Constitución, pero tampoco estamos por debajo de ella. O sea, la Constitución no está hecha a la medida de los planes de la Concertación, aunque algunos así lo quisieran.

En seguida, quisiera dejar constancia de que en la Sala hay 22 Senadores que coinciden con la posición que yo planteé en el proyecto, de manera que esta no debe ser tan irracional, tan explosiva, tan destructiva de la democracia, tan negadora de los derechos de los humildes y todas las demás cosas que hoy hemos tenido que oír a la fuerza.

Muchas gracias.

El señor LAGOS.- Pido la palabra.

El señor GIRARDI (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor BIANCHI.- ¡Avancemos, por favor!

El señor LAGOS.- Vamos a avanzar, Senador Bianchi, aunque creo que en estas discusiones a veces avanzamos mucho más de lo que algunos creen, porque se va develando lo que piensa cada uno.

Solamente deseo indicarle al Senador Carlos Larraín -por su intermedio, señor Presidente - que nadie pone en discusión cómo es la Constitución, pero sí que la hemos querido modificar en numerosas oportunidades, sin haber conseguido los votos para ello.

Y lo último: le pido tener más recato a la hora de hacer comparaciones. Alguien que, al final del día, haciendo uso de la Constitución, cae en la categoría de autodesignado, debe ser más respetuoso con quienes se ganan sus votos democráticamente.

Muchas gracias.

El señor LARRAÍN (don Carlos).- ¡La Constitución ha sido reformada veinticinco veces, señor Senador ! ¡Veinticinco veces!

El señor LAGOS.- ¡Y hay que reformarla de nuevo, entera, porque ya no da abasto!

El señor GIRARDI (Presidente).- Ruego a los señores Senadores evitar los diálogos.

Tienen derecho a pedir la palabra, y la Mesa está disponible para otorgarla cada vez que se requiera.

Pasamos al siguiente asunto del Orden del Día.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 06 de septiembre, 2011. Oficio en Sesión 80. Legislatura 359.

Valparaíso, 6 de septiembre de 2011.

Nº 1164/SEC/11

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín N° 7.575-03:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Deróganse los artículos 14 y 15 de la ley Nº 20.174.

Artículo transitorio.- Las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos podrán seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la XIV Región de Los Ríos, siempre que cuenten con autorización de la Subsecretaría de Pesca para la realización del proyecto de manejo y explotación respectivo, otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará a las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la XIV Región de Los Ríos, para seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la X Región de Los Lagos.”.

- - -

Hago presente a Vuestra Excelencia que este proyecto de ley fue aprobado, en general, con el voto afirmativo de 22 Senadores, de un total de 36 en ejercicio. Con idéntica votación fueron aprobados el artículo único permanente y el artículo transitorio del proyecto, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

GUIDO GIRARDI LAVÍN

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Pesca y Acuicultura

Cámara de Diputados. Fecha 28 de diciembre, 2011. Informe de Comisión de Pesca y Acuicultura en Sesión 126. Legislatura 359.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE PESCA, ACUICULTURA E INTERESES MARÍTIMOS, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY SOBRE MATERIA DE EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS.

BOLETÍN N°7575-03 (S)-1

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, que cumple su segundo trámite constitucional, originado en una moción de los Senadores Larraín Peña y Prokurica.

De conformidad a lo preceptuado por el artículo 289 del Reglamento de la Corporación, este primer informe debe consignar, expresamente, lo siguiente:

I.-MINUTA DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO

A decir de sus autores, la ley N° 20.174 estableció un tratamiento especial en materia de pesca artesanal, permitiendo a estos pescadores, inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la Región de Los Lagos, operar más allá de los límites de la misma, esto es, considerando como zona contigua el territorio de la Región de Los Ríos, lo que acarrea serios problemas a los pescadores de la nueva región, al verse afectados por la actividad pesquera de los pescadores de la otra antes señalada.

Por ello, señalan que el legislador debe terminar con la situación que afecta a los pescadores de la Región de Los Ríos e igualar las condiciones de éstos con las de sus pares de la Región de Los Lagos, dejando entregadas a las respectivas regiones el ejercicio de las facultades asociadas al registro pesquero artesanal, contribuyendo, así, a la paz social, a la regionalización y al desarrollo armónico del país.

Afirman que mediante la derogación del artículo 14 de la mencionada ley se pondrá fin a este tratamiento especial y se radicará en las respectivas regiones el ejercicio de las facultades asociadas al registro pesquero artesanal, igualándose, así, la situación de un grupo de pescadores de la Región de Los Lagos con la de la gran mayoría de los pescadores artesanales del resto del país.

Finalmente, enfatizan los autores de esta iniciativa, en la actualidad no gozan de iguales derechos ni los nuevos pescadores artesanales de la X Región de Los Lagos ni aquéllos que, por razones de competencia territorial, han quedado radicados en el registro pesquero artesanal de la Región de Los Ríos.

II.- RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO

La iniciativa consta de un artículo único y de otro de carácter transitorio, que pasan a analizarse.

Artículo único

Éste propone la derogación de los artículos 14 y 15 de la ley N°20.174, que creó la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio.

La primera de las disposiciones referidas (artículo 14) señala que, para efectos de la operación de los pescadores inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que estuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de dicha ley, norma a la cual habrán de someterse, igualmente, los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca.

Agrega, que ese mismo tratamiento especial regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo, con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría, respecto de un área de manejo que, por efectos de esta ley, quede ubicada en una región distinta a aquélla correspondiente al domicilio de la organización de que se trate.

Excepción sea hecha de lo dispuesto en el inciso primero, toda inscripción en el registro pesquero que haya sido practicada a partir de la fecha de publicación de la precitada ley habilitará la actividad pesquera en la región que sea requerida, conforme a los límites administrativos fijados en la misma.

Finalmente, estatuye que los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados, en conformidad con la Ley General de Pesca, y que sean aplicables en la X Región se entenderá que incluyen a la XIV.

A su vez, el artículo 15 señala que los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero de la X Región que, por efectos de esta ley, queden inscritos en la XIV, y que estén facultados para ejercer labores pesqueras en la XI Región, podrán continuar desarrollándolas sometidos a las condiciones establecidas conforme dicho procedimiento; facultad que quedará sin efecto respecto de aquellas inscripciones que sean objeto de reemplazos o de transmisión de derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de acuerdo con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo transitorio

Éste se hace cargo de la situación de las organizaciones de pescadores artesanales inscritos en el Registro de la Región de Los Lagos, que cuenten con autorización de la Subsecretaría para la realización de proyectos de manejo y de explotación correspondiente, otorgada antes de la vigencia de la ley en proyecto, autorizándolos a continuar operando dichas área de manejo y explotación de recursos bentónicos localizadas en la Región de Los Ríos.

Luego, en su inciso segundo, hace extensivo lo precedentemente señalado a aquellas organizaciones inscritas en el Registro de la Región de Los Ríos respecto de las áreas de manejo y explotación de los precitados recursos ubicadas en la Región de Los Lagos.

III.- SÍNTESIS DEL DEBATE HABIDO DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL

Durante este trámite, la Comisión escuchó los planteamientos de las siguientes autoridades y dirigentes:

1.- Ministro de Economía, señor Pablo Longueira, acompañado del Subsecretario de Pesca, señor Pablo Galilea, y de la Asesora legal en acuicultura de la Subsecretaría de Pesca, señora Jessica Fuentes:

Señaló que, desde antes de la creación de la nueva región de Los Ríos, como regla común, la Ley General de Pesca regula la posibilidad de practicarla en zonas contiguas, a través de un procedimiento que requiere un acuerdo calificado del Consejo Zonal de Pesca, esto es, con los votos favorables de los representantes de la región que recibirá a los pescadores provenientes de la región vecina. Agregó que tal procedimiento, en situaciones específicas, como, por ejemplo, en el caso entre la X y XI regiones por el recurso erizo, ha sido conflictivo en su aplicación, pues la exigencia de acuerdos ha dificultado la aplicación de la figura antes referida.

Ahora bien, junto con la creación de nuevas regiones, se consideró que lo adecuado sería permitir que quienes pescaban en sectores que por la división pasaban a pertenecer a otra región, pudieran seguir haciéndolo; facilitando, la ley que creaba la región, el procedimiento de autorización, sin tener que someterse a la inscripción que exige la ley de pesca como procedimiento estándar. Tal es el caso de la ley N°20.174, que creó la región de Los Ríos (XIV) a partir de la división de la región de Los Lagos (X), admitiendo la vigencia de “zonas contiguas” entre ambas regiones y entendiendo autorizados, por el sólo ministerio de la ley, a los pescadores de esta última a pescar en la XIV y en la XI, si es que así lo estaban antes de la división regional.

El proyecto de ley en debate, justamente, pretende derogar aquellas disposiciones de la mencionada ley N°20.174 que hacen excepción a la Ley General de Pesca, y tendrá por efecto volver a aplicar un procedimiento que, afirmó, ha demostrado ser conflictivo, y que, en la práctica, exige unos requisitos difíciles de satisfacer.

2.- Presidente de la Federación Interregional de Pescadores Artesanales del Sur-Valdivia, FIPASUR, señor Marcos Ide Mayorga.

Señaló que el conflicto que el proyecto de ley busca resolver no es, como se ha dicho, una “pelea entre regiones”, sino una lucha de los pescadores de Valdivia contra un grupo de veinticuatro (24) armadores de la X región, de Calbuco principalmente, que, vulnerando diversos acuerdos suscritos entre pescadores de ambos sectores (norte y sur de la antigua X región), refrendados además por la autoridad pesquera, se trasladan a Valdivia (hoy XIV región) a pescar.

Por su parte, detalló, en la región de Los Ríos existen hoy cuatro organizaciones “cerqueras” que conforman una flota de veintiséis (26) embarcaciones, con una capacidad máxima de extracción diaria de 1.800 toneladas, es decir, se trata de una gran flota artesanal operando en la región; paralelamente, existen otros seis gremios de pescadores artesanales, de pequeña escala, y a los que él representa (unas ochenta (80) embarcaciones), que ingresaron al RAE (Régimen Artesanal de Extracción) pelágico el año 2011, pero que teniendo inscritos los recursos pelágicos, no tienen historia y, en consecuencia, no tienen cuota.

Sumando las flotas señaladas, existen del orden de ciento treinta (130) embarcaciones pugnando por los recursos disponibles en una franja de costa de sólo 148 Kms. de extensión, y en que la sardina y la anchoveta se sitúan en una franja todavía más pequeña; es decir, si se acepta la intromisión de la flota proveniente del sur, habrá un gran número de embarcaciones operando en una zona muy reducida. Recordó que la diferencia de tamaño relativo entre ambas regiones, implica que la X cuenta con casi cuatro mil quinientas (4.500) embarcaciones y veintitrés mil (23.000) pescadores inscritos, en tanto que en la región de Los Ríos hay sólo cuatrocientos setenta (470) embarcaciones y cuatro mil (4.000) pescadores inscritos.

Aludiendo a la Ley General de Pesca, precisó que en ella rige el principio o criterio de la “regionalización” de la pesca artesanal, lo que se refleja en varias disposiciones, como en su artículo 2º, al definir el “Registro Nacional Pesquero Artesanal o Registro Artesanal” como la nómina de pescadores y embarcaciones artesanales habilitados para realizar actividades de pesca artesanal, que llevará el Servicio (Nacional de Pesca) por regiones; o como cuando, en su artículo 50, establece y regula las “zonas contiguas” entre regiones.

Recordó que en el año 2003 se firmó un convenio entre las flotas de la X norte y la X sur, separando las zonas de operación, como preparación para el RAE. La referida separación de zonas, entre norte y sur, coincidió con lo que luego serían, por una parte, la región de Los Ríos y, por la otra, la región de Los Lagos, e implicó la cesión de parte de la pesca de sardina y anchoveta de Valdivia a favor de los pescadores de la zona sur, para que pudieran “hacer historia” para los efectos del futuro RAE. A su vez, la autoridad les otorgó un porcentaje de pesca de investigación, que luego devino en permanente. Luego, en el año 2004 se establece el RAE, en conformidad al artículo 48 A de la Ley General de Pesca, régimen que consiste en la distribución de la fracción artesanal de la cuota global de captura en una determinada región, ya sea por área, tamaño de las embarcaciones, caleta, organizaciones de pescadores artesanales, o individualmente. El RAE más que asignar derechos de propiedad establece derechos de explotación sobre una parte de la cuota global de captura definida para una pesquería, dentro de una determinada región; a consecuencia de ello se terminó con el sistema de “cuota global de captura”, que había dado lugar a la denominada “carrera olímpica”, ordenando la pesquería por regiones y zonas (en este caso X Norte y X Sur). Sin embargo, ya en el año 2004, según estudios e informes técnicos del IFOP, más precisamente el “Monitoreo de la Pesquería de Pequeños Pelágicos en Aguas Interiores de la X Región”, se detectan indicios de que se estaría operando, por parte de los pescadores de la zona sur de la región, sobre otro recurso distinto a la sardina Común, en este caso sardina Spratus, hasta en un 80% del total. En el año 2005, los pescadores de Calbuco, al constatar que no estaban pescando sardina común sino una especie distinta (Spratus), y dada su baja cuota, solicitan una pesca de investigación para dicho recurso, a objeto de mejorar su asignación. Tal pesquería de investigación se ha mantenido vigente hasta la fecha.

Afirmó que, en la discusión del proyecto de ley que dio lugar a la creación de la región de Los Ríos (ley N°20.174), no hubo lugar a la discusión de estos temas pesqueros, y ello explica el conflicto que, tras casi cuatro años de sobreexplotación, bajo la figura de pesca de investigación, de la sardina Spratus, viene a estallar durante el año 2011; a ello contribuyó también, a su juicio, la empresa SALMONOIL que introdujo una gran presión por procesar sardina y anchoveta debido a la crisis del salmón. Luego, y para complicar aún más la situación, parte de esas cuotas de la zona sur de la región comenzaron a ser “traspasadas” o vendidas a otras regiones, incluida la de Los Ríos.

Señaló que, en su opinión, todo este conflicto se resuelve simplemente haciendo aplicable la regla general, contenida en el artículo 50 de la ley de pesca, que, sobre el principio de la regionalización, permite la modalidad de las “zonas contiguas”; aplicando al caso concreto, resumió, si hay pescadores o armadores de la región de Los Lagos que cumplen con los requisitos del artículo 50, serán bienvenidos en la región de Los Ríos, tal como deberá ser a la inversa.

3.- Presidente del Sindicato de Pescadores artesanales Anahuac y Presidente de Coopermontt, señor Juan García.

Señaló que se debe conocer, en detalle, la geografía de la región para comprender el impacto que está provocando allí la incursión de la flota cerquera semi industrial proveniente de Calbuco, y cómo les ha afectado a los pescadores artesanales de Puerto Montt, en cuanto al recurso sardina; ésta se encuentra agotada en la región, y los pescadores artesanales pueden “salir al agua” sólo una vez por semana. Es también aberrante que, para satisfacer a la industria del salmón, nadie se preocupe de la talla mínima de la sardina que es capturada, así como tampoco que se declaren 50 toneladas cuando se capturan cien, todo en pro de la producción de harina de pescado. Así, aseguró, es imposible pensar en la sustentabilidad de los recursos, cuando se permite que, sin control, la flota de Calbuco pesque en las aguas interiores de la región de Los Lagos.

Esta situación ha redundado en que los pescadores de Puerto Montt se ven forzados a comprar carnada importada desde España, al precio que los empresarios determinen, del orden de $8.000.- la caja de 10 kgs., y se requieren diez cajas por zarpe, que sumado a los gastos propios del mismo, hacen inviable la captura de la cuota de 230 Kgs. mensuales con que cuentan. Si esto no se resuelve, aseguró, los pescadores artesanales de Puerto Montt terminarán perdiendo sus cuotas pues se encuentran imposibilitados, en la práctica, de “hacer historia” en los recursos. Concluyó señalando que, en su opinión, se verá un resultado nefasto, tanto para la región de Los Ríos como para la de Los Lagos, si es que se permite la incursión recíproca de la flota de una en la otra.

4.- Representantes de STI Sipesrayen, Asarcechi A.G., Aquepesca A.G., y Agarmar, organizaciones de pescadores artesanales de la X región, señores Alberto Millaquén e Iván Vásquez.

Manifestaron que, en su opinión, el proyecto en debate vulnera gravemente algunos de sus derechos, y que la ley debe ser cumplida estrictamente, especialmente por parte de los servicios públicos, en este caso por el Servicio Nacional de Pesca. Acusaron una amplia intervención, tanto de autoridades centrales, regionales como de parlamentarios, en el conflicto en que se encuentran los pescadores de la X y la XIV regiones, lo que consideraron una presión indebida por parte del Estado. Recordaron que en el mes de mayo del año en curso, un grupo de pescadores de la X región, amparados tanto en la ley como en una resolución de la Subsecretaría de Pesca, zarpó hacia Valdivia donde, de manera injusta en su opinión, dicha flota sufrió una feroz persecución por parte de la autoridad marítima, tanto de la Armada de Chile como del Sernapesca, bajo las órdenes del Intendente Regional, para evitar la descarga de recursos pesqueros; a consecuencia de ello, sólo dos embarcaciones de la flota lograron realizar la faena pesquera, descargar y declarar su pesca de sardinas; ello, insistieron, se hizo al amparo de la legislación vigente, sancionada como tal por el Estado.

Destacaron que, durante la discusión de la ley que creó la región de Los Ríos, los senadores Frei y Orpis garantizaron que todas las autoridades harían respetar los derechos de los pescadores artesanales inscritos en los registros. Sin embargo, agregaron, varios años después, el Senado pretende revertir aquella legislación, argumentando que no se había reparado en que se cometía un error al permitir a los pescadores de la X región trasladarse a territorios que pasaban a ser de la nueva región de Los Ríos. Aseguraron que los informes técnicos del IFOP avalan su posición, en el sentido que el stock disponible es uno solo en el territorio comprendido en la “macrozona” entre la V y la X región, incluyendo a Valdivia, por lo que no existe riesgo de sobreexplotación como se pretende argumentar para impedir que la flota de la región de Los Lagos se traslade a áreas de su vecina del norte.

IV.- INDICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS QUE EL SENADO CALIFICÓ COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO O DE QUÓRUM CALIFICADO.

La Cámara de origen calificó tanto al artículo único como aquél de carácter transitorio de quórum calificado, característica que poseen aquellas disposiciones que por el proyecto en informe se derogan y modifican, criterio que fue compartido por esta Comisión.

V.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

No hay norma alguna que se encuentre en esta situación.

VI.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.

Indicación de los señores Espinoza y Recondo del siguiente tenor:

“Para introducir en el artículo transitorio el siguiente inciso final:

“Los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la Región de los Lagos, que hayan desarrollado en forma frecuente actividades pesqueras en la Región de los Ríos entre el 05 de abril de 2007 y el 31 de octubre de 2011, podrán seguir desarrollando operaciones en dicha área. Se entenderá que han desarrollado actividades pesqueras en forma frecuente los pescadores artesanales que tengan, en dicho período, al menos una declaración de desembarque presentada ante el Servicio Nacional de Pesca.”.”

Sometida a votación, la indicación fue rechazada por seis (6) votos, de los señores Bobadilla, Campos, De Urresti (en reemplazo de la Diputada Pacheco, doña Clemira), Ulloa, Delmastro (en reemplazo del Diputado Sauerbaum), y Walker; votaron a favor de la indicación (4), los señores Recondo, Ascencio, Espinoza y Santana.

VII.- ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN SU DISCUSIÓN EN PARTICULAR.

El proyecto fue aprobado en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de origen, de forma que no hay adiciones ni enmiendas que considerar.

Cabe hacer presente que el proyecto en informe fue aprobado en general, como asimismo, en particular, en los mismos términos propuestos por el Senado, con los votos (6) de los señores Bobadilla, Campos, De Urresti (en reemplazo de la Diputada Pacheco, doña Clemira), Ulloa, Delmastro (en reemplazo del Diputado Sauerbaum), y Walker; lo hicieron en contra (4) los señores Recondo, Ascencio, Espinoza y Santana.

Se designó Diputado Informante al señor ULLOA, don Jorge.

VIII.- TEXTO DEL PROYECTO TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

En cumplimiento de este último apartado, la Comisión viene en proponer a la Sala el siguiente:

Proyecto de ley

“Artículo único.- Deróganse los artículos 14 y 15 de la ley Nº 20.174.

Artículo transitorio.- Las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos podrán seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la XIV Región de Los Ríos, siempre que cuenten con autorización de la Subsecretaría de Pesca para la realización del proyecto de manejo y explotación respectivo, otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará a las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la XIV Región de Los Ríos, para seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la X Región de Los Lagos.”.

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 9 y 23 de noviembre, y 14 de diciembre del año en curso, con la asistencia de los señores Recondo, don Carlos (Presidente); Ascencio, don Gabriel; Bobadilla, don Sergio; Campos, don Cristián; Espinoza, don Fidel; Melero, don Patricio; Pacheco, doña Clemira; Santana, don Alejandro; Sauerbaum, don Frank; Ulloa, don Jorge; Vargas, don Orlando; Walker, don Matías; De Urresti, don Alfonso; Delmastro, don Roberto; Marinovic, don Miodrag; Robles, don Alberto, y Urrutia, don Ignacio.

Sala de la Comisión, a 28 de diciembre de 2011.

SERGIO MALAGAMBA STIGLICH

Abogado Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 11 de enero, 2012. Diario de Sesión en Sesión 130. Legislatura 359. Discusión General. Pendiente.

DEROGACIÓN DE NORMAS SOBRE TRATAMIENTO ESPECIAL A PESCADORES ARTESANALES INSCRITOS EN EL REGISTRO PESQUERO ARTESANAL DE LA X REGIÓN DE LOS LAGOS. Segundo trámite constitucional.

El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, sobre explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos.

Diputado informante de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos es el señor Jorge Ulloa.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, Boletín N° 7575- 03, sesión 80ª, en 7 de septiembre de 2011. Documentos de la Cuenta N° 5.

-Informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, sesión 126ª, en 3 de enero de 2012. Documentos de la Cuenta N° 9.

El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado informante señor Jorge Ulloa.

El señor ULLOA.- Señor Presidente , en representación de Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos paso a informar a la honorable Sala el proyecto sobre materia de explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos.

La iniciativa tiene origen en una moción presentada por los senadores señores Larraín Peña y Prokurica .

A juicio de sus autores, la ley N° 20.174 estableció un tratamiento especial en materia de pesca artesanal, permitiendo a pescadores, inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la Región de Los Lagos , operar más allá de los límites de la misma, esto es, considerando como zona contigua el territorio de la Región de Los Ríos, lo que acarrea serios inconvenientes a los pescadores de la nueva región.

Por ello, estiman que el legislador debe terminar con la situación que afecta a los pescadores de la Región de Los Ríos e igualar sus condiciones a las de sus pares de la Región de Los Lagos, dejando entregadas a las respectivas regiones el ejercicio de las facultades asociadas al registro pesquero artesanal, contribuyendo, de esta manera, a la paz social, a la regionalización y al desarrollo armónico del país.

Afirman que mediante la derogación del artículo 14 de la mencionada ley -N° 20.174- se pondrá fin a este tratamiento especial y se radicará en las respectivas regiones el ejercicio de las facultades asociadas al Registro Pesquero Artesanal , igualándose, así, la situación de un grupo de pescadores de la Región de Los Lagos con la de la gran mayoría de los pescadores artesanales del resto del país.

De esta manera, los autores de la iniciativa enfatizan que, en la actualidad, no gozan de iguales derechos ni los nuevos pescadores artesanales de la X Región de Los Lagos ni aquellos que, por razones de competencia territorial, han quedado radicados en el Registro Pesquero Artesanal de la Región de Los Ríos.

La iniciativa consta de un artículo único y de otro de carácter transitorio, que paso a analizar de inmediato.

El artículo único propone la derogación de los artículos 14 y 15 de la ley N° 20.174, que creó la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio.

La primera de las disposiciones referidas -artículo 14- señala que, para efectos de la operación de los pescadores inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la Región de Los Lagos , se entenderá que existe área contigua respecto de la Región de Los Ríos, en cuanto a las pesquerías que estuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de dicha ley, norma a la cual habrán de someterse, igualmente, los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca.

Agrega, que ese mismo tratamiento especial regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo, con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría, respecto de un área de manejo que, por efectos de esta ley, quede ubicada en una región distinta a aquella correspondiente al domicilio de la organización de que se trate.

Excepción sea hecha de lo dispuesto en el inciso primero, toda inscripción en el Registro Pesquero Artesanal que haya sido practicada a partir de la fecha de publicación de la precitada ley habilitará la actividad pesquera en la región que sea requerida, conforme a los límites administrativos fijados en la misma.

Finalmente, estatuye que los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados, en conformidad con la Ley General de Pesca y que sean aplicables en la X Región, se entenderá que incluyen a la XIV Región.

A su vez, el artículo 15 señala que los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero de la X Región que, por efectos de esta ley, queden inscritos en la XIV Región y que estén facultados para ejercer labores pesqueras en la XI Región, podrán continuar desarrollándolas sometidos a las condiciones establecidas conforme dicho procedimiento, facultad que quedará sin efecto respecto de aquellas inscripciones que sean objeto de reemplazos o de transmisión de derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de acuerdo con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

El artículo transitorio se hace cargo de la situación de las organizaciones de pescadores artesanales inscritos en el Registro de la Región de Los Lagos , que cuenten con autorización de la Subsecretaría para la realización de proyectos de manejo y de explotación correspondiente, otorgada antes de la vigencia de la ley en proyecto, autorizándolos a continuar operando dichas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos localizadas en la Región de Los Ríos.

Luego, en su inciso segundo, hace extensivo lo precedentemente señalado a aquellas organizaciones inscritas en el Registro de la Región de Los Ríos respecto de las áreas de manejo y explotación de los precitados recursos, ubicadas en la Región de Los Lagos.

Durante el trámite, la Comisión escuchó los planteamientos del ministro de Economía , señor Pablo Longueira ; del subsecretario de Pesca , señor Pablo Galilea ; de la asesora legal en acuicultura de la Subsecretaría de Pesca, señora Jessica Fuentes ; del presidente de la Federación Interregional de Pescadores Artesanales del Sur-Valdivia (Fipasur), señor Marcos Ide Mayorga ; del presidente del Sindicato de Pescadores Artesanales Anahuac y presidente de Coopermontt , señor Juan Gar-cía , y de representantes de STI Sipesrayen, Asarcechi A.G., Aquepesca A.G. y Aganmar , organizaciones de pescadores artesanales de la X Región, señores Alberto Millaquén e Iván Vásquez .

Finalmente, se aprobó el siguiente proyecto de ley:

“Artículo único.- Deróganse los artículos 14 y 15 de la ley Nº 20.174.

Artículo transitorio.- Las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos podrán seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la XIV Región de Los Ríos, siempre que cuenten con autorización de la Subsecretaría de Pesca para la realización del proyecto de manejo y explotación respectivo, otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará a las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la XIV Región de Los Ríos, para seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la X Región de Los Lagos.”.

La Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, acogió el proyecto y recomienda a la honorable Sala su aprobación.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro.

El señor DELMASTRO.- Señor Presidente , después de escuchar al diputado informante , señor Jorge Ulloa , queda bastante claro lo que persigue el proyecto.

Cabe señalar que, a raíz de la creación de la Región de Los Ríos -normativa que fue aprobada hace cuatro años por el Congreso Nacional-, que logró la independencia administrativa y económica de la Región de Los Lagos, quedó una suerte de inequidad en cuanto a la actividad pesquera de la región original, en el sentido de que los pescadores artesanales de la nueva Región de Los Ríos no podían acceder a la zona contigua de la Región de Los Lagos, pero los pescadores artesanales de la Región de Los Lagos sí podían pescar y efectuar actividades pesqueras en la nueva Región de Los Ríos.

Esto, en virtud de los artículos 14 y 15, cuya derogación propone este proyecto de ley. Así se lograría la equidad, ya que los pescadores pueden someterse a la Ley General de Pesca, la que, en su artículo 50, establece que cuando hay informes positivos de la Subsecretaría de Pesca y de los consejos zonales de pesca, pueden pescar indistintamente en las zonas contiguas de los pescadores de cada región vecina. Esto, como no quedó así, después de la promulgación de la ley Nº 20.174, que creó la Región de Los Ríos, permitió que los pescadores de la Región de Los Lagos podían pescar en la Región de Los Ríos, y no los de esta última en la Región de Los Lagos. Esto provocó un movimiento social, porque los pescadores de la Región de Los Ríos defendían sus recursos pesqueros ante esta injusticia.

Por lo tanto, el proyecto de ley retrotrae las cosas a la situación original, es decir, los pescadores pueden realizar su actividad en las zonas contiguas, siempre y cuando medie la aprobación de la Subsecretaría de Pesca, previo informe de los consejos zonales de pesca que corresponda, con acuerdo de la mayoría de los representantes de la región contigua del consejo zonal respectivo.

Agradezco sinceramente a la Comisión de Pesca, encabezada por el diputado señor Carlos Recondo , y a los diputados señores Ascencio , Bobadilla , Campos, Espinoza, don Fidel ; Melero , señora Pacheco , doña Clemira ; señores Santana , Sauerbaum , Ulloa , Vargas , Walker , De Urresti , Marinovic , Robles y Urrutia por la buena disposición y entender que esta es una injusticia e inequidad producida en la actividad pesquera tan importante para nuestra región, donde viven cientos y miles de pescadores artesanales.

Entonces, insto a mis colegas a aprobar el proyecto de ley, porque de materializarse va a traer más desarrollo y bienestar a la gente del sur de Chile.

He dicho.

El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , este proyecto viene a finalizar una larga lucha, originada en una controversia que quedó instalada luego de la aprobación de la ley Nº 20.174, que le dio autonomía territorial y administrativa a la Región de Los Ríos.

Se logró una gran cantidad de avances en autonomía, gestión, recursos, facultades, pero con los artículos 14 y 15 quedaron pendientes temas que dicen relación con la pesca.

Se generaron conflictos y tensiones, pero producto del convencimiento -quiero reconocer el valor de las organizaciones de pescadores artesanales de la Región de Los Ríos, quienes en forma permanente hicieron ver este punto- hoy discutimos esta iniciativa que, una vez convertida en ley, permitirá regularizar esta situación y avanzar en un criterio común sobre la regionalización de las zonas de pesca, lo cual es importante porque, en definitiva, ése es el territorio donde están instalados los pescadores artesanales.

Esta es una buena noticia y constituye un avance para regularizar, fortalecer e identificar a nuestros pescadores artesanales, a fin de que no se generen conflictos entre regiones y resolver algo que estaba pendiente en nuestra legislación.

Pido votar favorablemente el proyecto, que regula y simplifica una situación que quedó instalada en nuestra Comisión. Sobre esa base, seguiremos avanzando. Es importante que las regiones defiendan a sus organizaciones y a sus pescadores, y ejerzan presión para conseguir una adecuada armonía en la utilización de los recursos, en este caso, marinos.

He dicho.

El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Alinco, por un minuto.

El señor ALINCO.- Señor Presidente , quiero manifestar mi apoyo al proyecto, ya que lo considero necesario. Además, porque he recibido solicitudes, que sin ser de regiones, ni de distritos involucrados, también piden, decididamente, su aprobación.

Espero que el día de mañana, cuando los representantes de las regiones extremas, como Aysén, presenten un proyecto como el que tenemos en carpeta, que se refiere al sueldo mínimo regionalizado, podamos también privilegiar la mano de obra regional y recibir el apoyo de parlamentarios de otras regiones, como hoy lo recibirá la Región de Los Ríos, que creo va a tener el apoyo unánime del Hemiciclo.

He dicho.

El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza, por un minuto.

El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , me parece grave que respecto de un proyecto de ley de este tipo, que tiene que ver con los pescadores artesanales, en especial de la Región de Los Lagos, no se permita una mayor discusión. Me han asignado sólo sesenta segundos para exponer mis planteamientos.

Pido, entonces, que el proyecto no se vote hoy, porque sobre él debe haber mayor discusión. Para eso estamos en el Parlamento, es decir, para discutir de manera trascendente.

No concuerdo con varios de los puntos del proyecto. En sesenta segundos me resulta imposible exteriorizar mis planteamientos, los que ya fueron motivo de una indicación en la Comisión de Pesca, donde se perdió por un voto.

Por lo tanto, hago un llamado a la Mesa para que el proyecto no se vote hoy y se pueda discutir en la próxima sesión.

He dicho.

El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Señor diputado , debo decir que solamente se inscribieron tres diputados para hacer uso de la palabra. Como al proyecto se le asignó suma urgencia, se antepuso a otros en el orden de prelación en la constitución de la Tabla. Sin embargo, al tener tal calificación, todavía tenemos tiempo para discutirlo el próximo martes.

En consecuencia, la discusión del proyecto queda pendiente.

2.3. Discusión en Sala

Fecha 18 de enero, 2012. Diario de Sesión en Sesión 134. Legislatura 359. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS. Segundo trámite constitucional.

El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Recabo la unanimidad de la Sala, para prorrogar el Orden del Día en diez minutos, a fin de tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional iniciado en moción, sobre explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos, con urgencia calificada de suma.

Se encuentra inscrito el diputado señor Fidel Espinoza.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Antecedentes:

-La discusión del proyecto de ley contenido en el boletín Nº 7575-03, se inició en la sesión 130ª, en 11 de enero de 2012, de la presente legislatura.

El señor BERTOLINO ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor ARAYA ( Presidente en ejercicio).- Corresponde votar el proyecto de ley, iniciado en moción, en segundo trámite constitucional, sobre explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos.

Hago presente a las señoras diputadas y a los señores diputados que el artículo único y el artículo transitorio tienen carácter de normas de quórum calificado, por lo que, para su aprobación, se requiere el voto afirmativo de 60 señores diputados y señoras diputadas en ejercicio.

La Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo el honorable Senado.

En votación general el proyecto.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado el proyecto.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Ascencio Mansilla Gabriel; Espinoza Sandoval Fidel; Recondo Lavanderos Carlos; Vallespín López Patricio.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Hoffmann Opazo María José; Lorenzini Basso Pablo; Santana Tirachini Alejandro.

El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Por no haber sido objeto de indicaciones, también se declara aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 18 de enero, 2012. Oficio en Sesión 92. Legislatura 359.

VALPARAISO, 18 de enero de 2012

Oficio Nº 9934

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, al proyecto sobre explotación artesanal de recursos pesqueros en la Región de Los Ríos. (Boletín N° 7575-03).

Hago presente a V.E. que el proyecto fue aprobado con el voto a favor de 93 Diputados, de 119 en ejercicio, dándose cumplimiento a lo preceptuado en el inciso tercero del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1164/SEC/11, de 6 de septiembre de 2011.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

PEDRO ARAYA GUERRERO

Presidente en Ejercicio de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 20 de enero, 2012. Oficio

Valparaíso, 20 de enero de 2012.

Nº 114/SEC/12

A S.E. el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Deróganse los artículos 14 y 15 de la ley Nº 20.174.

Artículo transitorio.- Las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos podrán seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la XIV Región de Los Ríos, siempre que cuenten con autorización de la Subsecretaría de Pesca para la realización del proyecto de manejo y explotación respectivo, otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará a las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la XIV Región de Los Ríos, para seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la X Región de Los Lagos.”.

- - -

Hago presente a Vuestra Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en una Moción de los Honorables Senadores señores Carlos Larraín Peña y Baldo Prokurica Prokurica.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

GUIDO GIRARDI LAVÍN

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 20.576

Tipo Norma
:
Ley 20576
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1037693&t=0
Fecha Promulgación
:
20-02-2012
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cx4v
Organismo
:
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO; SUBSECRETARÍA DE PESCA
Título
:
SOBRE EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS
Fecha Publicación
:
06-03-2012

LEY NÚM. 20.576

SOBRE EXPLOTACIÓN ARTESANAL DE RECURSOS PESQUEROS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley que tuvo su origen en una Moción de los Honorables Senadores señores Carlos Larraín Peña y Baldo Prokurica Prokurica.

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Deróganse los artículos 14 y 15 de la ley Nº 20.174.

    Artículo transitorio.- Las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos podrán seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la XIV Región de Los Ríos, siempre que cuenten con autorización de la Subsecretaría de Pesca para la realización del proyecto de manejo y explotación respectivo, otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley.

    Asimismo, lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará a las organizaciones de pescadores artesanales inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la XIV Región de Los Ríos, para seguir operando aquellas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos ubicadas en la X Región de Los Lagos.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 20 de febrero de 2012.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Pablo Longueira Montes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.

    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Maximiliano Alarma Carrasco, Subsecretario de Pesca (S).