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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.469

Introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera. (royalty)

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 31 de agosto, 2010. Mensaje en Sesión 69. Legislatura 358.

?MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA TRIBUTACION ESPECIFICA DE LA ACTIVIDAD MINERA.

Santiago, agosto 31 de 2010.-

MENSAJE Nº 244-358/

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA H.CAMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que introduce algunas modificaciones a la tributación específica de la actividad minera.

I.FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA

1.El aporte de la minería chilena.

A lo largo de los años de nuestra vida como nación independiente, la minería chilena, pública o privada, ha escrito páginas indelebles en nuestra historia; proporcionando, a su vez, una enorme contribución en los más variados ámbitos, particularmente económicos y sociales, a todos los chilenos.

A su vez, en momentos, lamentablemente habituales en nuestro devenir como país, como los que hemos vivido a causa de la catástrofe del 27 de febrero sabemos que toda esta industria ha realizado esfuerzos solidarios adicionales, para ir en ayuda de los más afectados, de los que más sufren por esta clase de masivos desastres naturales.

No obstante lo anterior, al reflexionar sobre temas mineros resulta absolutamente esencial recordar una particular naturaleza de sus recursos: ellos son esencialmente no renovables.

En este contexto estimamos natural y necesario analizar y evaluar su estructura tributaria y sus aportes a la riqueza nacional.

Como Gobierno, estamos absolutamente convencidos de que resulta indispensable promover una legislación que permita a la minería seguir ayudando a la reconstrucción del país y que, más allá de este noble fin, establezca un régimen permanente de colaboración por la utilización de los recursos minerales de nuestra nación. Un aporte sustancial, que no sólo servirá para la etapa actual que como país enfrentamos, sino que fundamentalmente, permitirá batallas igual de épicas para alcanzar grandes objetivos como son la derrota de la pobreza, lograr el desarrollo, mejorar la calidad de la salud, o desarrollar la revolución educacional que Chile tanto necesita.

2.La industria minera como colaborador indispensable en la reconstrucción del país

Desde el 27 de febrero, mi Gobierno no ha cejado en el esfuerzo de acudir en ayuda de los más perjudicados por el terremoto y maremoto; brindándoles una vivienda digna para enfrentar el invierno, la continuidad educacional de sus hijos y la protección de salud para las familias. Con un inmenso esfuerzo, que requirió una coordinación extrema y una dedicación absoluta, pudimos superar con éxito la etapa de emergencia y hemos sentado las bases para las soluciones definitivas que se requieren.

Hemos también iniciado el camino del verdadero desafío, inmenso y de largo plazo: la reconstrucción y regreso a la normalidad de la vida y las comunidades en las zonas afectadas.

En este contexto, mi gobierno, luego de asumir sus funciones, adoptó distintas medidas para superar la emergencia y preparó distintas normativas buscando, por ejemplo, incentivar las donaciones privadas, al tiempo que creaba el Fondo Nacional de la Reconstrucción Nacional, previsto en la ley N° 20.444. De la misma forma, logramos aprobar en forma expedita, a través de la ley N° 20.455, un conjunto de modificaciones tributarias, de manera de poder obtener los recursos necesarios para hacer frente a la emergencia por la vía impositiva.

Estas iniciativas, sumadas a ciertas reasignaciones fiscales, nos han permitido contar con el caudal de recursos necesarios para llevar adelante, superando la emergencia y sin interrupciones, una parte de la tarea primordial de la reconstrucción.

3.Necesidad de mayores recursos y aporte de la minería

Pero este esfuerzo, aún es insuficiente. Como país, que viene saliendo de una prueba mayor en materia económica por la crisis internacional y que ha debido asumir una serie de compromisos en materia social, necesitamos mayores recursos para enfrentar esta ardua tarea. Porque no podemos actuar de manera irresponsable y producir un desequilibrio en las finanzas públicas, ni menos, hipotecar el futuro de Chile o su desarrollo ni dejar de asumir tareas igualmente impostergables como mejorar la educación y la salud.

Es por ello, que resulta indispensable establecer las condiciones que permitan a la minería un mayor aporte, resguardando los derechos básicos que sus inversiones requieren y comprometiéndonos, como país, a una política de desarrollo responsable.

Debemos recordar que en el marco de la discusión legislativa de la ley N° 20.455, conocida como “Ley sobre Financiamiento para la Reconstrucción”, las disposiciones del proyecto de ley original que modificaban ciertos aspectos del Impuesto específico a la actividad minera, no contaron con el apoyo necesario de los parlamentarios. Con todo, es evidente el apoyo mayoritario de la sociedad chilena a esta iniciativa de mi Gobierno, donde una inmensa mayoría de nuestros compatriotas cree que es necesario permitir y exigir un aporte superior de recursos por parte de la principal actividad económica chilena.

El Gobierno ha escuchado, durante un período prudente de tiempo, las distintas ideas y declaraciones de los más amplios sectores políticos, académicos y económicos del país, estimando indispensable después de un plazo razonable presentar estas modificaciones al Impuesto específico a la minería con el objeto de aumentar la recaudación nacional.

La nueva propuesta combinará adecuadamente el objetivo financiero, con la indispensable estabilidad jurídica y la promoción de inversiones. Para ello, proponemos una fórmula que permita garantizar un piso básico de recursos para el Estado, similar al vigente desde el año 2005, pero que a través de una tabla creciente de tasas permitirá, especialmente en períodos de grandes ganancias, que el Estado de Chile obtenga una parte muy importante, absolutamente superior a la actual, de las ganancias producidas por el desarrollo minero nacional.

Así, el sistema que se propone contempla que cuando debido a condiciones internacionales de cotización de los minerales y la interacción de otras variables, las ganancias del sector minero aumenten, también lo hará correlativamente la tasa del Impuesto específico y, por lo tanto, la contribución de estas empresas será mayor. De la misma forma, por aplicación del sistema que se propone, la tasa del impuesto disminuye, pero siempre a un nivel similar al actual régimen legal, cuando las señaladas condiciones sean menos favorables.

4.Aporte adicional para el presupuesto de las regiones

Este mayor esfuerzo impositivo se destinará, además de afrontar los desafíos que impone la reconstrucción del país y su desarrollo, a efectuar un aporte adicional para el presupuesto de las regiones y los municipios, reafirmando de tal modo el compromiso y la prioridad constante de nuestro gobierno de dar preponderancia a los gobiernos locales, lo que se complementará con la administración eficiente de estos recursos.

Lo anterior se materializará en que anualmente un monto equivalente al 30% de los recursos adicionales que se espera recaudar con el presente proyecto de ley, irán directamente a las regiones y comunas del país; aumentando, entonces, de manera considerable sus ingresos.

Además, queremos señalar que los recursos adicionales que generará esta iniciativa, serán dedicados de manera preferente y especial a la recuperación y desarrollo de infraestructura en los sectores Educación y Salud; trabajando, paralelamente, en constantes mejoras de su calidad y capacidad de gestión.

II.CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

1.Nuevo régimen impositivo para nuevos proyectos de explotación minera

El proyecto que someto a consideración de ese H. Congreso Nacional, establece un nuevo régimen impositivo a la actividad minera. Este nuevo régimen general se incorporará de manera permanente, en el texto de la Ley de Impuesto a la Renta, con una tasa efectiva de entre un 5% y un 9% sobre el margen operacional minero.

2.Sistema de sujeción voluntaria al régimen del nuevo Impuesto específico

Sin perjuicio de lo anterior, y al igual que lo hiciera la ley N° 20.026, el proyecto propone adicionalmente para los actuales contribuyentes un sistema de sujeción voluntaria al régimen del nuevo Impuesto específico. En efecto, los explotadores mineros entre otros que actualmente sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria, cuya fuente es un contrato de inversión extranjera celebrado con el Estado de Chile, podrán acogerse voluntariamente al nuevo régimen del Impuesto específico.

Esta opción les permitirá sustituir su actual régimen de invariabilidad tributaria, sujetándose a un alza provisoria de su carga impositiva por el período de tres años, aplicándosele una tabla sobre el margen operacional con tasas de un 4% a un 9% y extendiendo como contrapartida al mayor valor de su aporte fiscal, el plazo de invariabilidad de sus contratos por ocho años adicionales.

Por aplicación de lo anterior, el monto del impuesto se determinará, entonces, como un porcentaje sobre la renta imponible operacional del explotador minero, siendo su tasa efectiva entre un 4% y un 9% del margen operacional minero para los años calendarios 2010, 2011 y 2012, respecto de los contribuyentes que teniendo un régimen de invariabilidad vigente, se incorporen voluntariamente al régimen que se propone. Cabe hacer presente, que los tres años del régimen transitorio serán imputables al plazo de invariabilidad en referencia. Al plazo de invariabilidad originalmente pactado y descontados que fueren los tres años antes señalados, se adicionará un plazo de invariabilidad de ocho años, que se contabilizará extinguido que fuere el plazo original de invariabilidad pactado en el referido contrato. A partir del año calendario 2013 y hasta el término del plazo de invariabilidad originariamente pactado en sus respectivos contratos vigentes, será aplicable la tasa que les correspondiere según dichos contratos.

Finalmente, como se ha señalado anteriormente, será aplicable a los nuevos contribuyentes afectos al Impuesto específico de la actividad minera y a aquellos que no hubieren suscrito un contrato de invariabilidad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, el régimen general de una tasa efectiva de entre un 5% y un 9% del margen operacional minero, que se incorporará a la Ley sobre Impuesto a la Renta, mediante el presente proyecto de ley.

En consecuencia, tengo el honor de someter a su consideración, el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974:

1) Sustitúyese el artículo 64 bis, por el siguiente:

“Artículo 64 bis.- Establécese un Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera obtenida por un explotador minero.

Para los efectos de lo dispuesto en el presente título se entenderá por:

1. Explotador minero, toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de carácter concesible y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

2. Producto minero, la sustancia mineral de carácter concesible ya extraída, haya o no sido objeto de beneficio, en cualquier estado productivo en que se encuentre.

3. Venta, todo acto jurídico celebrado por el explotador minero que tenga por finalidad o pueda producir el efecto de transferir la propiedad de un producto minero.

4. Ingresos operacionales mineros, todos los ingresos determinados de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la presente ley, deducidos todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros, con excepción de los conceptos señalados en la letra e) del número 3) del artículo 64 ter, de esta misma ley.

5. Renta imponible operacional minera, corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente con los ajustes contemplados en el artículo 64 ter de la presente ley.

6. Margen operacional minero, el cociente, multiplicado por cien, que resulte de dividir la renta imponible operacional minera por los ingresos operacionales mineros del contribuyente.

El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:

a) Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d) de este artículo, sean iguales o inferiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, no estarán afectos al impuesto.

b) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d, sean iguales o inferiores al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino y superiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará una tasa equivalente al promedio por tonelada de lo que resulte de aplicar lo siguiente:

i) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino, 0,5%;

ii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino, 1%;

iii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino, 1,5%;

iv) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino, 2%;

v) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino, 2,5%;

vi) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 3%, y

vii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 4,5%.

c) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d) de este artículo, excedan al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará la tasa correspondiente al margen operacional minero del respectivo ejercicio, de acuerdo a la siguiente tabla:

i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a un 5,0%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a un 6,5%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a un 8,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a un 10%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a un 11,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a un 13%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a un 14,5%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a un 16,5%,

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a un 19,5%,

x) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%;

d) Para los efectos de determinar el régimen tributario aplicable, se deberá considerar el valor total de venta de los productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1), del inciso segundo, del presente artículo y que realicen dichas ventas.

Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2), del artículo 34 de esta ley.

El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.”.

2) Agréguese, a continuación del artículo 64 bis, el siguiente artículo 64 ter, nuevo:

“Artículo 64 ter.- De la renta imponible operacional minera.

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:

1. Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros;

2. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero;

3. Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:

a) Los intereses referidos en el número 1), de dicho artículo;

b) Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;

c) El cargo por depreciación acelerada;

d) La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años. La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y

e) La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero. También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

4. Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada, y

5. En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas. En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.”.

Artículo 2°.- Modifíquese el numeral 1), del inciso primero del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, "Estatuto de la Inversión Extranjera", cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado está contenido en el decreto con fuerza de ley N° 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de la siguiente forma:

1) Sustitúyense en su párrafo primero, las palabras “trata el artículo 64 bis”, por las siguientes: “tratan los artículos 64 bis y 64 ter”.

2) Sustitúyense en su párrafo segundo, las palabras “el artículo 64 bis”, por las siguientes: “los artículos 64 bis y 64 ter.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero transitorio.- Los inversionistas extranjeros y las empresas receptoras de sus aportes, que con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, mantengan vigente un contrato de inversión extranjera suscrito con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, podrán optar por la aplicación de las normas contenidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, bajo la modalidad y de acuerdo a lo indicado en el artículo segundo transitorio de esta ley.

Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que, no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

En caso que los inversionistas extranjeros, las empresas receptoras de sus aportes y las empresas nacionales, que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, no optaren por modificar el régimen de invariabilidad pactado en sus contratos de inversión extranjera, suscritos con el Estado de Chile, se les aplicarán las tasas que les correspondieren, contempladas en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el régimen de invariabilidad del artículo 11 ter del Decreto Ley N° 600, de 1974, que fueran incorporados por el N°1 del artículo primero y por el N° 2 del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente.

Artículo segundo transitorio.- Los explotadores mineros que reuniendo la calidad de inversionistas extranjeros de empresas receptoras de sus aportes, o de empresas nacionales que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, y que optaren por acogerse a las normas de los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se sujetarán, para efectos de determinar el Impuesto específico a la actividad minera, a las siguientes reglas:

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pero de acuerdo a la siguiente tabla:

1) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 40, la tasa aplicable ascenderá a un 4,0%;

2) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a un 8,5%;

3) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a un 12,0%;

4) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a un 13,5%;

5) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a un 15,0%;

6) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a un 16,5%;

7) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a un 18,0%;

8) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a un 19,5%, y

9) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%;

A partir del año calendario 2013, inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, descontados que fueren los tres años calendarios a que se refiere el inciso segundo del presente artículo, se aplicarán las tasas contempladas en el artículo 64 bis, que fuera incorporado por el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y en los artículos 3°, 4° y 5° transitorios de la misma ley, según sea el caso. Éstas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad a dichas normas.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes, imputado que fuere el plazo de tres años señalado en el inciso segundo, se ampliará por ocho años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley. Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° 20.026. Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el inciso anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse a lo señalado en los incisos anteriores, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras. Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo. Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva. En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo, se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de sesenta días hábiles a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero transitorio.- A las solicitudes de inversión extranjera presentadas ante la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, les serán aplicables las tasas contempladas en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el artículo 11 ter del decreto ley N° 600 de 1974, que fueran incorporados por el N° 1), del artículo 1° y por el N° 2) del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente.

Los inversionistas extranjeros y empresas receptoras que gocen de los derechos de invariabilidad contemplados en los artículos 7° u 11 bis del decreto ley N° 600 de 1974, podrán acogerse a lo dispuesto en los artículos anteriores,, con las modificaciones que se indican en los incisos tercero, cuarto y quinto siguientes:

La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, modificado en los términos señalados en el artículo segundo del presente proyecto de ley, sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga de invariabilidad aplicable, que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo precedente.

Durante los años calendarios 2013 y siguientes hasta el que corresponda al vencimiento inicial del contrato que se modifica, descontado que fuere el plazo de tres años a que se refiere el inciso segundo del artículo anterior, será aplicable el régimen que corresponda según el contrato respectivo.

Los inversionistas extranjeros que optaren por lo señalado en el artículo primero transitorio de esta ley y en los incisos precedentes de este artículo, tendrán derecho a que las respectivas empresas receptoras de la inversión puedan explotar otros proyectos mineros conexos, distintos a los actualmente individualizados en sus contratos respectivos, amparándolos en el régimen de invariabilidad pactado. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud respectiva al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos.

El mismo derecho señalado en el inciso anterior, tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación minera, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares. Se considerarán como parte del proyecto minero conexo las pertenencias mineras identificadas en la solicitud respectiva, aun cuando, a la fecha de la misma, no pertenezcan a la empresa receptora de la inversión, siempre que a la época de comenzar la explotación del proyecto minero, hayan sido adquiridas por ésta.

Para solicitar el otorgamiento de los derechos establecidos en este artículo, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria de aquellos señalados en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, deberán dar íntegro y oportuno cumplimiento a las condiciones establecidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974.

Para estos efectos, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, según sea el caso, en la solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos, deberán informar al Comité de Inversiones Extranjeras o al Ministerio de Economía Fomento y Turismo, las pertenencias mineras que efectivamente hayan adquirido con posterioridad a la solicitud referida en los artículos tercero, cuarto y quinto transitorios de la ley N° 20.026. La solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos deberá presentarse, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde iniciada la explotación del proyecto minero conexo.

El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en su caso, deberán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas en el inciso anterior, al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

Una vez recibida dicha información, el Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía Fomento y Turismo según sea el caso, dictarán las resoluciones administrativas respectivas, resolviendo las extensiones de invariabilidad a proyectos conexos solicitadas.

Artículo cuarto transitorio.- Las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hubieren iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y que se encuentren afectas al Impuesto específico a la actividad minera del artículo 64 bis de la ley N° 20.026, podrán solicitar que se les concedan los derechos contenidos en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, en las condiciones establecidas en dicho artículo y sujeto, además, a los siguientes requisitos y con los derechos adicionales que se indican:

1) Las empresas indicadas deberán presentar la solicitud respectiva al Estado de Chile, representado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dentro del plazo de sesenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de esta ley y suscribir, posteriormente y con el Estado de Chile, representado por dicho Ministerio, el respectivo contrato de inversión. La solicitud respectiva será formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo segundo transitorio de esta ley.

2) Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Ello, independientemente de la fecha en que el Estado de Chile y la empresa respectiva suscriban el correspondiente contrato de inversión.

3) A partir del año calendario 2013, éste inclusive y hasta el término del primer período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2017, se aplicará, con una tasa de 5%, este Impuesto específico sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

4) A partir del año calendario 2018, éste inclusive y hasta el término del segundo y último período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2025, se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

5) A partir del año calendario 2026, estas empresas quedarán sometidas al régimen general de tributación vigente en tal momento.

6) Lo expuesto en este artículo se aplicará en favor de las empresas indicadas que hayan iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley y que no hayan suscrito, a dicha fecha y respecto de tal proyecto, un contrato de inversión con el Estado de Chile que contemple un régimen de invariabilidad para dicho proyecto.”.

Artículo quinto transitorio.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º regirá respecto de la renta imponible operacional que se determine a partir del año calendario o comercial 2011.

No obstante, los contribuyentes que optaren por modificar su régimen de invariabilidad tributaria en los términos señalados en las disposiciones transitorias de la presente ley, y aquellos que inicien sus actividades desde la fecha de publicación de esta ley, quedarán sujetos, a partir del año calendario o comercial 2010, al régimen de tributación general establecido en los artículos 1º y 2º de la misma.”.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN

Ministro de Hacienda

JUAN ANDRÉS FONTAINE TALAVERA

Ministro de Economía, Fomento y Turismo

LAURENCE GOLBORNE RIVEROS

Ministro de Minería

1.2. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 13 de septiembre, 2010. Oficio en Sesión 76. Legislatura 358.

?FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA TRIBUTACION ESPECIFICA DE LA ACTIVIDAD MINERA (Boletín N° 7.170-05)

SANTIAGO, septiembre 13 de 2010.-

Nº 273–358/

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA H.CAMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

AL ARTÍCULO 1°.-

1) Para agregar, en el numeral 1), en el inciso penúltimo del nuevo artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración:

“Para estos efectos, lo dispuesto en el inciso 4° de dicha norma se aplicará incluso en el caso que la persona relacionada sea un establecimiento permanente, un fondo y, en general, cualquier contribuyente.”.

ARTÍCULO 3°, NUEVO.-

2) Para agregar el siguiente artículo 3°, nuevo:

“Artículo 3°.- Créase el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, en adelante el Fondo, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades del país.

Mediante uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, se regulará la operación, condiciones, destino y distribución de este Fondo.

Los referidos decretos supremos deberán establecer, asimismo, un mecanismo por medio del cual los gobiernos regionales y municipios del país podrán acceder a los recursos del Fondo.

El Fondo a que se refiere este artículo, estará constituido por los recursos que para este objeto contemple anualmente la Ley de Presupuestos.

El Fondo será administrado por la Subsecretaría de Hacienda, conforme a la asignación de recursos que se determine de acuerdo a lo señalado en el inciso precedente.

La Subsecretaría de Hacienda, proveerá los recursos necesarios para cumplir con las tareas necesarias para la administración del Fondo.”.

AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO.-

3) Para intercalar, en su inciso primero, después de la expresión “de la ley N° 20.026,”, las siguientes palabras: “que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encontraren afectos al pago del impuesto,”.

AL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO.-

4) Para intercalar en su inciso octavo, en la segunda oración, entre las palabras “hayan sido adquiridas por ésta” y el punto aparte (.), la expresión: “en su totalidad”.

ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO, NUEVO.-

5) Para agregar el siguiente artículo sexto transitorio, nuevo:

“Artículo sexto transitorio.- Transcurridos 180 días corridos luego de la expiración del plazo señalado en el inciso final del artículo segundo transitorio, destínese al Fondo establecido en el artículo 3°, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, la suma de US $ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América). En la medida que los fondos antes referidos hayan sido enterados, destínese al mismo Fondo la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de las Estados Unidos de América), al 1° de julio del año 2012, y la misma suma al 1° de julio de 2013.”.

Dios guarde a V.E.

SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

RODRIGO HINZPETER KIRBERG

Ministro del Interior

FELIPE LARRAIN BASCUÑAN

Ministro de Hacienda

LAURENCE GOLBORNE RIVEROS

Ministro de Minería

1.3. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 15 de septiembre, 2010. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 76. Legislatura 358.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA TRIBUTACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACTIVIDAD MINERA.

BOLETÍN Nº 7.170-05

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda informa, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, con urgencia calificada de “suma”, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:

1°) Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe consiste en modificar la tributación específica de la actividad minera.

2°) Que el articulado de esta iniciativa contiene disposiciones de quórum de ley simple para su aprobación.

3°) Que el proyecto fue aprobado, en general, por mayoría de votos, con el voto favorable de los Diputados señores Bertolino, Macaya, Marinovic, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock y en contra de los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles.

4°) Que Diputado Informante se designó al señor RECONDO, don CARLOS.

* * *

Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Felipe Larraín, Ministro de Hacienda; Lawrence Golborne, Ministro de Minería; Rodrigo Álvarez, Subsecretario de Hacienda; Pablo Wagner, Subsecretario de Minería; Tomas Flores, Subsecretario de Economía y Jaime Salas, Asesor Legislativo del Ministerio de Hacienda.

Concurrieron también los señores Raimundo Espinoza, Presidente; Raúl Álvarez, Asesor, y Víctor Morales, Encargado del Área Legislativa, respectivamente, de la Federación de Trabajadores del Cobre (FTC); Manuel Riesco, Economista del Centro de Estudios Nacionales de Desarrollo Alternativo; Jorge Godoy, Presidente de la Asociación de Municipios Mineros; Cristián Tapia, Vicepresidente de la misma Asociación; José Miguel Urrutia, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Machalí y Juan Carlos Alfaro, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Andacollo.

II. ANTECEDENTES GENERALES

A. Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa

En el mensaje se destaca el aporte de la minería en Chile a lo largo de nuestra historia y en especial, tratándose de apoyos solidarios a los nacionales afectados por desastres naturales.

Le parece al Gobierno indispensable promover una legislación que permita a la minería seguir ayudando a la reconstrucción del país, por una parte, y establecer un régimen tributario permanente por la utilización de recursos que no son renovables como los mineros, para alcanzar grandes objetivos nacionales.

En el contexto de la reconstrucción por los daños ocasionados por la catástrofe del 27 de febrero pasado, se señala en el mensaje que el Gobierno propuso distintas normativas y adoptó medidas para superar la emergencia buscando, por ejemplo, incentivar las donaciones privadas, al tiempo que creaba el Fondo Nacional de la Reconstrucción Nacional, previsto en la ley N° 20.444. De la misma forma, a través de la ley N° 20.455, se aprobaron un conjunto de normas tributarias, de manera de poder obtener los recursos necesarios para hacer frente a la emergencia por la vía impositiva.

Dichas iniciativas legales, sumadas a ciertas reasignaciones fiscales, han permitido contar con el caudal de recursos necesarios para llevar adelante, superando la emergencia y sin interrupciones, una parte de la tarea primordial de la reconstrucción.

No obstante, se argumenta en el mensaje, que el país ha debido asumir también una serie de compromisos en materia social, por lo que se necesitan mayores recursos para enfrentar nuevos desafíos, sin producir un desequilibrio en las finanzas públicas.

B. Objetivo del proyecto

Se propone garantizar un piso básico de recursos para el Estado, similar al vigente desde el año 2005 pero que, a través de una tabla creciente de tasas, especialmente en períodos de grandes ganancias por la industria, el Estado de Chile obtenga una parte importante de las ganancias producidas por el desarrollo minero nacional.

Así, el sistema que se propone contempla que cuando debido a condiciones internacionales de cotización de los minerales y la interacción de otras variables, las ganancias del sector minero aumenten, también lo haga correlativamente la tasa del impuesto específico y, por lo tanto, la contribución de estas empresas sea mayor. De la misma forma, la tasa del impuesto disminuya, pero siempre a un nivel similar al actual régimen legal, cuando las señaladas condiciones sean menos favorables.

Un segundo objetivo enunciado consiste en efectuar un aporte adicional para el presupuesto de las regiones y los municipios. Lo anterior se materializará anualmente en el equivalente al 30% de los recursos adicionales que se espera recaudar con el proyecto de ley, los que irían directamente a las regiones y comunas del país; aumentando, entonces, de manera considerable sus ingresos.

Además, se menciona en el mensaje que los recursos adicionales que genere la iniciativa serán destinados de manera preferente y especial a la recuperación y desarrollo de infraestructura en los sectores de educación y salud.

C. Contenido del proyecto

Se establece un nuevo régimen impositivo a la actividad minera que incorpora de manera permanente, en el texto de la Ley de Impuesto a la Renta, una tasa efectiva de entre el 5% y un 9% sobre el margen operacional minero.

Sin perjuicio de lo anterior y al igual que lo hiciera la ley N° 20.026, el proyecto propone adicionalmente para los actuales contribuyentes un sistema de sujeción voluntaria al régimen del nuevo impuesto específico. En efecto, los explotadores mineros, entre otros, que actualmente sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria, cuya fuente sea un contrato de inversión extranjera celebrado con el Estado de Chile, podrán acogerse voluntariamente al nuevo régimen del impuesto específico.

Esta opción les permitirá sustituir su actual régimen de invariabilidad tributaria, sujetándose a un alza provisoria de su carga impositiva por el período de tres años, aplicándosele una tabla sobre el margen operacional con tasas del 4% al 9% y extendiendo como contrapartida al mayor valor de su aporte fiscal, el plazo de invariabilidad de sus contratos por ocho años adicionales.

Por aplicación de lo anterior, el monto del impuesto se determinará, entonces, como un porcentaje sobre la renta imponible operacional del explotador minero, siendo su tasa efectiva entre el 4% y el 9% del margen operacional minero para los años calendarios 2010, 2011 y 2012, respecto de los contribuyentes que teniendo un régimen de invariabilidad vigente, se incorporen voluntariamente al régimen que se propone. Cabe hacer presente, que los tres años del régimen transitorio serán imputables al plazo de invariabilidad en referencia.

Al plazo de invariabilidad originalmente pactado y descontados que fueren los tres años antes señalados, se adicionará un plazo de invariabilidad de ocho años, que se contabilizará extinguido que fuere el plazo original de invariabilidad pactado en el referido contrato. A partir del año calendario 2013 y hasta el término del plazo de invariabilidad originariamente pactado en sus respectivos contratos vigentes, será aplicable la tasa que les correspondiere según dichos contratos.

Finalmente, como se ha señalado anteriormente, será aplicable a los nuevos contribuyentes afectos al impuesto específico de la actividad minera y a aquéllos que no hubieren suscrito un contrato de invariabilidad a la fecha de entrada en vigencia de la ley, el régimen general de una tasa efectiva de entre el 5% y el 9% del margen operacional minero, que se incorporará a la Ley sobre Impuesto a la Renta.

D. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto

1.- La Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el decreto ley N° 824, de 1974.

2.- El decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera.

E. Antecedentes presupuestarios y financieros

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 1 de septiembre de 2010, señala que las modificaciones que introduce el proyecto al régimen impositivo a la actividad minera producirá mayores ingresos fiscales estimados en $ 166.200 millones para el año 2011, $ 189.100 millones para el año 2012 y $ 140.800 millones para el año 2013. Estas cifras suponen un precio promedio de la libra de cobre de US $ 3,2 en 2010, US $ 3,3 en 2011, y US $ 3,1 en 2012. Cabe señalar que estos precios, así como los márgenes operacionales utilizados en la estimación han sido proporcionados por COCHILCO, y corresponden a las estimaciones más recientes de ambas variables.

III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO

A. Discusión general

El señor Felipe Larraín hizo presente que el proyecto no sólo tiene por objeto allegar recursos para la reconstrucción, sino que aspira también a determinar un esquema de largo plazo para la tributación de la minería del país. A su vez, sostuvo que el proyecto tiende a mejorar la distribución regional de los recursos.

El señor Ministro Larraín puntualizó que este proyecto ha avanzado sobre el proyecto original que presentara el Ejecutivo a propósito del financiamiento para la reconstrucción. En primer lugar, avanza respecto al aumento en la tasa base de la tabla del impuesto específico a la minería. El proyecto original contenía una tasa base de 3,5% sobre el margen operacional minero, mientras que en el actual proyecto, la tasa parte en 4% ó 5%, dependiendo del régimen aplicable.

En segundo lugar, el proyecto establece un año adicional de contribuciones respecto al original, es decir, se aumenta de 2 a 3 años de contribuciones de acuerdo a la tabla del margen operacional minero.

En tercer lugar, el proyecto establece explícitamente que el 30% de los recursos serán distribuidos en las regiones, lo que se estima en un monto de 300 millones de dólares dentro de los próximos 3 años.

Con respecto al nuevo régimen contemplado en el proyecto, el señor Larraín señaló que para aquéllos que hoy cuentan con invariabilidad tributaria del 4%, al optar por este nuevo sistema, quedarán afectos a una tasa de impuesto de entre 4% y 9% por los próximos 3 años, 4% para el período entre el 2014 y 2017, y de 5% al 9% desde el año 2018 en adelante, es decir, se igualaría al régimen general de tributación. Por otra parte, para aquéllos que ingresaran al sistema con posterioridad a la aprobación de este proyecto, quedarían afectos al mencionado régimen general de tributación, que consiste en una tabla que va desde el 5% al 9%, según el margen operacional minero.

El señor Ministro destacó, adicionalmente, que este proyecto avanza en la dirección de conseguir un acuerdo, en la medida en que se ha modificado el proyecto original en base a los planteamientos surgidos en la discusión de la Comisión Mixta a propósito del financiamiento para la reconstrucción. En segundo lugar, el señor Larraín afirmó que existe la intención de que este nuevo régimen sitúe a Chile en una posición competitiva internacionalmente respecto a tributación en esta materia, con el objeto de incentivar la inversión minera.

Por otra parte, el señor Ministro expresó que para que este proyecto tenga efectos en el año 2011, requiere ser aprobado prontamente.

Finalmente, el señor Larraín, manifestó que no resulta indiferente la procedencia de los recursos para la reconstrucción, y a propósito de comentarios relacionados con la utilización del Fondo de Estabilización Económico y Social (FEES), sostuvo que no sería la forma adecuada de afrontar la reconstrucción, por cuanto esto implicaría un mal uso de los ahorros del país, considerando que existe un medio eficaz de financiamiento adicional.

El señor Laurence Golborne expresó que resulta esencial tener en consideración que la minería es una industria dinámica en donde se compite por los capitales de explotación y, en este sentido, advierte que en la última década la participación de Chile en la producción de cobre se ha mantenido plana, mientras que otros países, como el caso de Perú, han tomado mayor importancia en la materia, incluso duplicando su participación en el mercado.

El señor Golborne explicó que las empresas mineras en Chile pagan impuestos por distintos conceptos: Impuesto de Primera Categoría (principal concepto por el cual tributan); Impuesto Adicional, que corresponde a aquél que pagan inversionistas extranjeros al remesar utilidades o intereses desde Chile al exterior; Patentes Mineras; Impuesto Específico a la Minería (IEM), que se aplica a la renta operacional minera, y otros, como el Impuesto de Timbres y Estampillas. El señor Ministro precisó que aproximadamente existe en nuestro país una carga tributaria de 38,8% de las utilidades totales de una empresa que remese el 100% de su utilidad neta, aplicando el sistema actualmente vigente que contempla un impuesto específico a la actividad minera del 4%. Carga tributaria que considera relativamente alta en relación a las tasas de otros países mineros.

El señor Ministro agregó que la actividad minera paga una cantidad importante en impuestos, los que han aumentado considerablemente debido al elevado precio del cobre. Por otra parte, señaló que la tasa efectiva de tributación de las empresas mineras, en los últimos 15 años, bordea el 31% (considerando todas las transferencias al Fisco), y explicó la diferencia entre la tasa efectiva y la teórica (de 38%) en la reinversión de utilidades en nuevos proyectos. En otro orden de ideas, el señor Golborne explicó que el pago de impuestos de las grandes mineras privadas, entre el 2005 y el 2010, representa el 10% de los ingresos fiscales totales y, agregó, que no hay ninguna otra actividad que genere un ingreso tributario de esta magnitud.

El señor Ministro consideró que aprobar el proyecto implicaría un aumento de la carga tributaria, en la medida en que se flexibiliza el impuesto especifico pudiendo llegar hasta 9% sobre el margen operacional minero, lo que produciría un aumento de, aproximadamente, un punto porcentual en la carga tributaria por cada punto porcentual de aumento del IEM, pudiendo alcanzar un máximo de 43,9%, para una empresa con retiro del 100% de su utilidad neta.

A propósito de las modificaciones que este proyecto plantea, el señor Golborne enfatizó que la propuesta original del Gobierno partía de una tasa de Impuesto Especifico a la Minería de 3,5%, hoy se propone que el régimen general parta en 5%, lo que se traduce en que la tasa del impuesto específico será siempre igual o mayor a la existente actualmente. De esta manera, con el objeto de buscar consenso a nivel general, el Ministro precisó que toda la recaudación que el proyecto obtenga será adicional a la situación actual.

El señor Golborne reiteró que actualmente el régimen general del Impuesto Específico a la Minería tiene una tasa de 5% fija, y que la nueva propuesta cambia esta tasa fija por una tabla que va entre 5% y 9%, dependiendo del margen operacional minero, sin considerar ninguna extensión de invariabilidad tributaria.

Con respecto a los proyectos nuevos que involucren inversión extranjera, que se inscriban entre el día de hoy y hasta que rija un nuevo esquema, pagarán un 5% fijo por 15 años desde la puesta en marcha del proyecto.

En relación a las empresas que cuenten con un acuerdo de invariabilidad firmado con el Estado de Chile, el señor Golborne manifestó que la nueva propuesta implica aplicar una tabla entre 4% y 9% por 3 años (entre 2010 y 2013), con lo que se recaudarían 1.000 millones de dólares adicionales. A partir del 2013, las empresas vuelven a sus contratos anteriores (4% fijo), y una vez terminados estos contratos, pasan al régimen general actual (tabla de 5% a 9%) con un período adicional de invariabilidad hasta el año 2025.

El señor Ministro destacó que es necesario el acuerdo de las empresas para modificar su condición tributaria, es decir, las modificaciones deben tener sentido para las empresas y, por lo tanto, la extensión de la invariabilidad tributaria es la forma para producir el acuerdo.

El señor Ministro agregó que la referida recaudación de 1.000 millones adicionales proviene de las empresas hoy en producción y que actualmente poseen invariabilidad. En otras palabras, la invariabilidad tributaria es crítica ya que permite dar a las empresas un incentivo para el aumento impositivo voluntario. De esta forma, no importa cuánto se suba la tasa del Impuesto Específico a la Minería o si se cambia la base de cálculo, si las empresas no tienen incentivos para modificar sus contratos, no se les puede obligar, por lo que cualquier aumento en el EIM tendrá una recaudación adicional hasta el año 2017 equivalente a 0.

Por otra parte, el proyecto incorpora el traspaso de recursos del Impuesto Específico directamente a las regiones. De esta manera, el 30% de la recaudación adicional producto del cambio en la normativa se destinará al Fondo Nacional de Desarrollo Regional. El monto destinado para estos fines se calcula en orden a los 300 millones de dólares en los próximos 3 años.

Finalmente, el Ministro advirtió que la demora en el trámite legislativo de este proyecto podría producir, en primer lugar, que no se implemente la propuesta antes de fin de año, lo que producirá la perdida de la oportunidad para duplicar la tasa del IEM (de 4% a 8% aproximadamente), considerando que el precio del cobre será del orden de 3,20 dólares la libra. Por otro lado, el señor Golborne señaló que mientras se mantenga el esquema actual, los nuevos contratos de invariabilidad se seguirán acogiendo al IEM de 5% fijo.

Con respecto a los comentarios y observaciones que formularon los señores Diputados Lorenzini, Jaramillo, Auth, Ortiz, Marinovic, Montes, Recondo y Silva, que se consignan en el Acta Nº 48 de la Comisión, de fecha 7 de septiembre de 2010, se señaló lo siguiente:

El Ministro señor Larraín aclaró que la extensión de la invariabilidad tributaria que pretende el proyecto es simplemente respecto de aquellas empresas que hoy gozan de este beneficio y sólo porque se requiere lograr un cambio voluntario de su situación tributaria. Afirmó que la extensión de la invariabilidad tributaria es el único beneficio atractivo que se vislumbra para producir la aceptación del nuevo régimen por parte de las empresas mineras.

El proyecto no es el medio adecuado para discutir una eventual derogación del decreto ley N° 600, para esto se requiere un proyecto de distintas características, expresó.

Con respecto a la urgencia con que se tramitó el proyecto, el señor Ministro señaló que lo contenido en él no es un tema nuevo y que, precisamente, se evitó presentar un veto aditivo al rechazo del proyecto original para producir un espacio de conversación. El señor Larraín, agregó que no es intención del Ejecutivo presionar al Parlamento para la aprobación del proyecto, sino simplemente plantear que en caso de no ser aprobado, el país perderá la posibilidad de contar con una cantidad considerable de recursos para el año 2011, consignó que esto no es una amenaza, simplemente la constatación de un hecho.

Con respecto a los recursos destinados a las regiones, el Ministro explicó que se está estudiando la forma que permita precisar el destino de estos fondos, con el objeto de salvar posibles objeciones de carácter constitucional.

En relación con las altas tasas de rentabilidad, el señor Ministro puntualizó que los procesos de inversión son en esencia dinámicos y que el hecho de que una empresa haya invertido recursos en el país no significa que sea una empresa cautiva, por lo que resulta esencial generar las condiciones que permitan a Chile ser competitivo a nivel internacional en materia tributaria.

El señor Larraín enfatizó que la motivación central del proyecto radica en generar recursos adicionales para la reconstrucción, no obstante, también se procura que el proyecto determine un esquema razonable y adecuado de tributación general para la minería.

El Ministro reiteró la disposición del Gobierno a dialogar pero, a su vez, advirtió que debe entenderse que se enfrentan ciertos plazos y que no resultaría conveniente dilatar esta discusión.

Con respecto al decreto ley 600, el señor Golborne hizo presente que esta normativa afecta no sólo a la industria minera, por lo que abordar una eventual derogación en la discusión de este proyecto resulta inadecuado.

En relación a la rentabilidad sobre el patrimonio de las empresas mineras, el señor Golborne señaló que normalmente no se considera el hecho de que para explotar los minerales primero hay que encontrarlos. En este contexto, no debe olvidarse que los costos de inversión en explotación minera son tremendamente altos, y agregó que esa es una variable importante de riesgo, normalmente no considerada al momento de calcular el retorno o utilidades de esta actividad.

El Subsecretario señor Álvarez consideró que en materia de invariabilidad, ya en el año 2005, a través del decreto ley N° 600, el legislador entendió que debía modificarse el modelo de invariabilidad, lo que se ve expresado, a su vez, en el documento entregado por los presidentes de los partidos de la Concertación; sin embargo, el Subsecretario observó que las propuestas contenidas en dicho documento sean demasiado genéricas, y que no señalen específicamente qué incentivo se podría proponer para lograr modificar la invariabilidad.

Antes de entrar a la discusión en particular, tanto el Ejecutivo como los señores Parlamentarios comentaron en general las indicaciones al proyecto en los siguientes términos:

El Ministro señor Larraín destacó que la indicación más sustantiva que está presentando el Ejecutivo en esta ocasión es la que incorpora al proyecto un nuevo artículo 3º permanente, mediante el cual se crea un Fondo de Inversión y Reconversión Regional, acogiendo una propuesta presentada por los Diputados señores Marinovic, Monckeberg, don Nicolás y Silva.

Relacionado con lo anterior, se formula también una indicación que agrega un nuevo artículo 6º transitorio, mediante el cual el Gobierno adquiere el compromiso de depositar 100 millones de dólares anuales, los años 2011, 2012 y 2013, al Fondo creado por el artículo 3º permanente, provenientes de la mayor recaudación tributaria que se espera obtener con la aprobación de la iniciativa en comento, respondiendo así al objetivo de destinar el 30 por ciento de estos recursos adicionales a regiones (distintas de la Metropolitana de Santiago), tal como se señala en el Mensaje.

Adicionalmente, se establece que dicho Fondo será administrado, igual que en el caso del Fondo para la Reconstrucción, por el Ministerio de Hacienda, mediante decretos que deberán ser firmados conjuntamente con el Ministro del Interior. En el reglamento, se dispondrá que un tercio de estos recursos se destinen exclusivamente a las regiones mineras del país y los dos tercios restantes a todas las regiones, de modo tal que las primeras alcanzarían una participación global en dicho Fondo cercana al 40 por ciento.

El Diputado señor Accorsi planteó que el valor de las patentes mineras es demasiado bajo en la actualidad, alcanzando aproximadamente a 3.745 pesos por hectárea, tratándose de concesiones de explotación de yacimientos metálicos (un décimo de UTM, según el artículo 142 del Código de Minería, que es el mayor valor contemplado allí). Agrega que la Asociación de Municipios Mineros expuso ante la Comisión que sus comunas no reciben prácticamente nada por este concepto. Por lo mismo, pidió al Ejecutivo estudiar la posibilidad de elevar el valor de dichas patentes a niveles similares a los que contempla, por ejemplo, la normativa noruega relativa a los derechos de exploración y explotación.

Por otra parte, señaló que la Ley de Concesiones Mineras se utiliza por las empresas de manera inapropiada, constituyendo derechos de exploración, incluso, en zonas destinadas a ser inundadas o a instalar torres de transmisión eléctrica. Abogó por corregir también estas anomalías cuanto antes.

El Diputado señor Lorenzini explicó que los Parlamentarios de Oposición han convenido en presentar un conjunto de indicaciones al proyecto, tendientes a:

- Establecer un impuesto específico a las grandes empresas mineras con tramos y tasas impositivas distintas a las propuestas por el Ejecutivo.

- Modificar el decreto ley Nº 600, de 1974, con el objeto de eliminar el mecanismo de invariabilidad tributaria.

- Crear un Fondo de Desarrollo Regional que favorezca especialmente a las regiones y comunas mineras del país (130 millones de dólares aportados durante 3 años, distribuyendo la mitad de los mismos entre las regiones y comunas mineras y la otra mitad entre el resto de ellas).

- Establecer, en forma alternativa al royalty contemplado en el proyecto, un impuesto sobre la parte que exceda el 25 por ciento de las utilidades operacionales de las empresas, equivalente al 50 por ciento del exceso, lo cual supone eliminar el IEM vigente. Así, el incentivo para las empresas que gozan actualmente de invariabilidad tributaria hasta el año 2017, sería dejar de pagar impuesto sobre sus utilidades normales (hasta 25% del monto de sus ventas).

- Crear un Comité de Expertos de alto nivel que estudie la reformulación del Estatuto de Inversiones Extranjeras, en un plazo de 90 días.

- Elevar el monto de las patentes mineras.

- Eliminar el articulado transitorio del proyecto, en concordancia con la propuesta de eliminar el mecanismo de invariabilidad tributaria.

- En línea con lo solicitado al Ejecutivo el pasado mes de marzo, cuando el precio del cobre estaba en 1,8 dólares la libra, destinar nuevamente mil millones de dólares a la reconstrucción nacional con cargo a los fondos acumulados en virtud de la Ley Reservada del Cobre, considerando que el precio promedio del metal rojo en los años venideros fluctuará en torno a 2,5 dólares por libra.

El Diputado señor Robles anunció también la presentación de una indicación destinada a derogar los incisos séptimo, octavo y noveno del numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política, para posibilitar que el Estado chileno pueda explotar sus recursos mineros ya sea a través de empresas propias, como Codelco, o de contratos con empresas privadas que resguarden adecuadamente el interés nacional.

El Diputado señor Marinovic agradeció al Ejecutivo haber acogido la idea de que las riquezas que producen algunas regiones sean distribuidas en forma equitativa entre todas ellas, pero objetó que la administración del Fondo de Inversión y Reconversión propuesto por el Ejecutivo vaya a ser entregada a un funcionario del Gobierno Central y no a los propios gobiernos regionales. Al respecto, advirtió que no existe impedimento jurídico para asignar directamente a las regiones recursos provenientes del pago de tributos que tengan con ellas una clara identificación, por lo que llama a fijar reglas claras para que los gobiernos regionales puedan gestionar adecuadamente dichos fondos.

Sin perjuicio de lo anterior, observó que la reconversión de las regiones productoras de recursos no renovables es una tarea permanente y no de tan solo tres años, por lo que las indicaciones formuladas al respecto no dan cuenta de esa necesidad. Sobre el particular, señala que la bancada PRI-Independientes tiene una propuesta alternativa que espera pueda ser acogida por el Ejecutivo.

El Diputado señor Accorsi postuló la conveniencia de revisar prontamente la Ley Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras, especialmente en lo que dice relación con la figura de la concesión plena, de modo que ella sea fruto de un debate democrático que no tuvo lugar en su origen.

El señor Ministro de Hacienda coincidió en que la reconversión de las regiones mineras es una tarea de largo plazo, pero advirtió que este proyecto no está destinado a solucionar definitivamente ese problema. Lo que se está proponiendo es destinar a un fondo de reconversión, que se crea con carácter permanente, el 30 por ciento de los recursos adicionales que el Fisco espera recaudar en virtud de esta iniciativa en los próximos tres años, lo cual es sin perjuicio de que más adelante se pueda tomar la decisión de asignar a él recursos provenientes de otras fuentes.

Precisó que no se ha querido dejar establecido en la ley el porcentaje de dicho fondo que se destinará a las regiones mineras para no vulnerar el principio de no afectación tributaria, pero la idea de aportar 100 millones de dólares al fondo de reconversión durante los próximos tres años es beneficiosa para ellas, primero, porque los mil millones de dólares que se espera recaudar en el periodo son sólo una proyección que podría variar (de ahí que un tercio de esa cifra podrían ser 333 millones, como también menos, y por eso se habla de 100 millones anuales fijos).

En segundo lugar, hay que recordar que una cosa es lo que se recauda y otra lo que el Fisco puede gastar efectivamente. Lo que puede gastar es lo que recaude al precio del cobre de largo plazo determinado por el comité de expertos, que es sustantivamente más bajo que el precio spot efectivo. Por tanto, suponiendo que el Fisco recaude 333 millones de dólares anuales, lo probable es que ello permita un gasto del orden de 250 millones de dólares, entregándose 100 de ellos (40%) al fondo regional. Además, al poner una cantidad fija, el riesgo de las fluctuaciones del precio del cobre las asume el Ejecutivo, porque si ese precio cae por debajo de lo proyectado igualmente deberá aportar los 100 millones de dólares anuales comprometidos por ley.

El Diputado señor Montes comentó que el proyecto en estudio es igual a la propuesta de royalty minero presentada por el Ejecutivo en la Comisión Mixta relativa al proyecto de ley sobre fondo de reconstrucción, que no suscitó consenso para su aprobación.

Hizo constar que no ha habido diálogo sustantivo con la Oposición en relación al proyecto, lo cual se demuestra en que la última intervención del Ministro de Hacienda se hace cargo de los dichos del Diputado señor Marinovic, pero no ha tomado en cuenta en absoluto los planteamientos del Diputado señor Lorenzini, entre otros. Además, los presidentes de los partidos de la Concertación han hecho al Ministro un planteamiento técnico al cual no ha dado respuesta hasta ahora.

Añadió que hoy se está discutiendo un tema tanto o más importante que la nacionalización del cobre, por lo que resulta increíble que no haya habido de parte del Gobierno la voluntad de buscar acuerdos con la Oposición como se hacía en el pasado.

Señaló que la mezcla entre la reconstrucción y el nuevo trato tributario a la minería del cobre, que debiera ser el debate actual por el cambio estructural que esta industria ha experimentado, no contribuye en nada a enfrentar apropiadamente esa coyuntura. Para evitar esta confusión, la Oposición propone financiar la reconstrucción recurriendo al fondo reservado del cobre, que según sus estimaciones acumulará todavía 3.500 millones de dólares después de extraer los 1.200 millones que sugiere utilizar.

Rebatió lo aseverado en el sentido que el recurso al fondo reservado del cobre tendría un efecto macroeconómico negativo que se evitaría con la fórmula contenida en el proyecto, ya que las propias empresas mineras han señalado que para pagar el mayor impuesto que se establece tendrán que liquidar divisas, lo que igualmente afectará el tipo de cambio.

Planteó que la Oposición hubiera querido tener un debate más amplio sobre el nuevo trato a la minería del cobre, el cual se ha centrado en el tema tributario, dejando de lado asuntos tanto o más importantes. Pero incluso en ese aspecto la Concertación estima que la propuesta del Gobierno es inapropiada porque genera pocos recursos, proponiendo como alternativa, primero, terminar con el impuesto específico y la invariabilidad tributaria, y luego negociar con las empresas la aplicación de un impuesto a las utilidades extraordinarias, entendiendo por tales el diferencial entre las utilidades totales y las normales, definidas éstas últimas como el equivalente al 25 por ciento de las ventas.

Coincidió en parte con la propuesta gubernamental de crear un fondo de inversión regional que se financie con los recursos que se vayan generando, pero considera confusa la fórmula empleada –hubiera sido más fácil crear un FNDR especial– e inexplicable que su administración quede en manos del Subsecretario de Hacienda.

Estimó que la propuesta de eliminar el mecanismo de invariabilidad tributaria está dentro de las atribuciones de los parlamentarios y de las ideas matrices del proyecto, por lo que hizo un llamado a todos los diputados a prestarle su aprobación.

Finalmente, abogó por elevar significativamente el monto de las patentes mineras porque, después de haber oído a los alcaldes de las comunas mineras y de saber que el encadenamiento productivo en sus regiones es bajísimo, y que buena parte de ellos tienen que hacerse cargo con pocos recursos de un sistema de salud público que debe tratar las enfermedades complejas de los trabajadores fruto de la contaminación y de la explotación a que son sometidos, resulta muy importante.

El Diputado señor Ortiz planteó que los alcaldes de las 120 comunas mineras tienen un denominador común, y es que han tenido que hacer grandes aportes para salud y educación, porque el aporte de las empresas que explotan sus recursos naturales es ínfimo. Anunció que votará en contra de la idea de legislar en este proyecto por estimar que lo que se está exigiendo a la gran minería del cobre constituye una migaja.

Coincidió con la necesidad de terminar con el mecanismo de invariabilidad tributaria, sin perjuicio de respetar el régimen vigente hasta el año 2017.

En cuanto al fondo de inversión regional, entiende que los porcentajes de distribución propuestos dicen relación con que las comunas mineras son aproximadamente un tercio del total de comunas del país, pero considera que los montos comprometidos son escasos.

En resumen, consideró que éste es un mal proyecto, aunque reconoce que la Oposición demoró dos meses en plantear una alternativa unitaria al mismo.

Finalmente, señaló que Cochilco y Aduanas reconocieron ante la Comisión las grandes exportaciones de concentrados ricos en oro y otros metales que se han venido efectuando desde el años 2003, por lo que anunció la presentación de una indicación para obligar a esos servicios a realizar las inspecciones correspondientes, para lo cual naturalmente habrá que dotarlos de recursos.

El Diputado señor Monckeberg, don Nicolás, negó que el proyecto en comento se haya elaborado a espaldas de la Oposición porque, cuando se discutió y rechazó este tema por primera vez, el Ejecutivo desechó la posibilidad de reabrir el debate a través de un veto, precisamente, para posibilitar el estudio de un eventual proyecto alternativo que la Oposición anunció varias veces que haría llegar al Gobierno. Sin embargo, esa propuesta se ha materializado recién en las indicaciones que se acaban de presentar, las cuales no es posible aprobar sin el mínimo debate que la misma Oposición reclama. Rechazó, además, que se plantee la idea de votar en contra la proposición del Ejecutivo, sin contar con una propuesta alternativa que sólo ahora se presenta.

El Diputado señor Robles aclaró que, en su opinión, el actual no es un proyecto de ley sobre fondo de reconstrucción, sino sobre tributación minera, tal como lo indica la suma del Mensaje del Ejecutivo. Por lo mismo, requiere de un debate profundo que no se condice con la urgencia hecha presente para su tramitación.

Planteó que el Ministro de Minería debe velar por las comunas mineras, por lo que resulta inexplicable que haya firmado un proyecto que no las favorece en nada, pues el fondo de inversión regional propuesto no discrimina en su favor y es prácticamente lo mismo que el FNDR.

Por otra parte, instó al Ejecutivo a escuchar a los alcaldes oficialistas de las comunas mineras, quienes opinan que votar a favor de este proyecto significaría hipotecar el futuro de las mismas, porque no va al fondo de lo que hoy se requiere, que es legislar con un sentido de país, no para obtener unos pocos recursos a costa de entregarle enormes prebendas a la industria minera y de hipotecar el futuro de la nación hasta el año 2025. Ya en el año 2005 se propuso un royalty distinto al que ahora se quiere imponer al 50 por ciento de la población que no votó a favor de este Gobierno, por lo que llama nuevamente a debatir seriamente y sin apuro un tema que nada tiene que ver con la reconstrucción, sino con el sueldo de Chile para los próximos años.

El Diputado señor Jaramillo señaló que hasta ayer su postura era muy cercana a la propuesta del Ejecutivo. Sin embargo, ésta abrió el escenario para tratar un tema de país que hasta ahora no se había abordado; y su opinión cambió después de saber que todos los países que tienen grandes recursos naturales han adoptado políticas de resguardo de los mismos y que las empresas foráneas interesadas en su explotación han aceptado las condiciones que se les han impuesto.

Apoya las indicaciones presentadas por la Oposición porque cree que permitirían destinar mucho más que mil millones de dólares a la reconstrucción nacional y porque un alcalde de la propia Alianza por Chile asegura que con esta iniciativa se estaría embargando la mayor riqueza del país e hipotecando el bienestar de las futuras generaciones.

El Ministro señor Larraín negó, en primer lugar, que este proyecto sea igual al debatido en la Comisión Mixta, pues parte de un piso más alto que aquél. Planteó además que, mientras la propuesta del Ejecutivo fue evolucionando desde entonces en la dirección de un acuerdo con la Oposición, la recibida finalmente de ésta se aleja de dicho acuerdo. Así, por ejemplo, el documento hecho llegar al Gobierno plantea el fin de la invariabilidad tributaria no sólo para actividad minera, sino que para toda la economía.

Por lo demás, recordó que la invariabilidad tributaria se estableció por 12 años para la minería en el gobierno del ex Presidente Lagos, y por eso se está discutiendo hoy su ampliación o supresión. Acotó que incluso las patentes mineras, que hoy se consideran exiguas, están protegidas por el mecanismo de invariabilidad, que en la época de su instauración se consideró razonable prolongar hasta por 15 años en general, pero que ahora se dice equivaldría a hipotecar el futuro del país extender por 8 años.

Refutó la afirmación de que no ha habido diálogo con la Oposición, pues recuerda que el proyecto de ley de reconstrucción se presentó a mediados de abril de este año, siendo el IEM el punto de mayor discusión, hasta su aprobación a comienzos de julio. El Gobierno no recurrió al veto aditivo para permitir un período de mayor debate. Han pasado desde entonces dos meses y recién hace una semana se recibió en el Ministerio de Hacienda un documento que, más que una propuesta concreta, contiene un conjunto de ideas, como por ejemplo, la de no extender la invariabilidad tributaria más allá de 2017, sino que “ofrecer algún tipo de compensación”, que no se especifica, para que las empresas mineras accedan a efectuar el aporte a la reconstrucción que se espera de ellas.

En el mismo período, ha estado en contacto con los diputados y senadores de la Concertación que han sido designados para debatir estos temas (presidentes de partidos y jefes de bancada), con quienes sin embargo no ha podido llegar a acuerdos. Hace una semana y media, incluso, invitó a una reunión almuerzo a esos mismos parlamentarios, varios de los cuales se excusaron de asistir por razones ajenas al motivo de la convocatoria.

Tampoco es cierto que este proyecto no esté relacionado con la reconstrucción nacional, pues el propio Mensaje (página 2, tercer párrafo) vincula ese tema con el régimen de tributación minera.

Dijo no recordar que en los últimos veinte años se hubiera planteado la necesidad de modificar el decreto ley N° 600, pero se manifestó dispuesto a estudiar el tema, aunque no en el marco del proyecto en debate.

Aclaró que el Fondo de Reconversión no sería manejado por el Subsecretario de Hacienda, sino por los Ministros de Hacienda y del Interior mediante decreto, del mismo modo que el Fondo de Reconstrucción creado recientemente. La Subsecretaría sólo ejerce la administración gerencial del Fondo, no decide el destino de los recursos.

Finalmente, puntualizó que tampoco es efectivo que el proyecto no discrimine a favor de las regiones y comunas mineras, dado que éstas tendrían participación exclusiva en un tercio del Fondo de Reconversión, concurriendo con las demás regiones y comunas del país, también, en los dos tercios restantes.

El Ministro señor Golborne observó que las divergencias entre Gobierno y Oposición se deben a que hay toda una gama de posiciones en torno al tratamiento que debe darse a la minería, desde quienes piensan que esta industria debe ser re-estatizada hasta quienes postulan que no debería pagar ningún impuesto. Pero el arte de negociar y alcanzar acuerdos requiere aceptar que haya posiciones divergentes, y entender, por ejemplo, que si el impuesto específico variable entre 5 y 9 por ciento que ahora se propone se considera una migaja, lo es mucho más el IEM de 4 por ciento establecido en 2005.

Cuesta entender sin embargo que, habiendo consenso en que es posible aumentar hoy la tributación de la gran minería en Chile, no sea posible lograr un acuerdo con tal propósito porque todo lo que ha propuesto el Gobierno se considera insuficiente. Hizo un llamado a aprobar un régimen tributario que tal vez no sea óptimo, pero que de ser rechazado va a impedir obtener recursos adicionales que el país requiere, dejando vigente el actual régimen impositivo de la minería y posibilitando que esos recursos se vayan probablemente al exterior.

Puesto en votación general el proyecto votaron a favor los Diputados señores Bertolino, Macaya, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock y en contra los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles.

Repetida la votación conforme al Reglamento, se aprobó la idea de legislar por siete votos a favor de los Diputados señores Bertolino, Macaya, Marinovic, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock y 6 votos en contra de los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles.

B. Discusión particular

Artículo 1°

Los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles presentaron una indicación para sustituir el literal c) del nuevo artículo 64 bis, introducido por el numeral 1) del artículo 1°, por el siguiente:

“c) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d) de este artículo, excedan al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará la tasa correspondiente al margen operacional minero del respectivo ejercicio, de acuerdo a la siguiente tabla:

i)Si el margen operacional minero es igual o inferior a 40, la tasa aplicable ascenderá a un 5,0%;

ii)Si el margen operacional minero excede de 40 y no sobrepasa de 45 la tasa aplicable ascenderá a un 6,38%;

iii)Si el margen operacional minero excede de 45 y no sobrepasa de 50 la tasa aplicable ascenderá a un 7,75%;

iv)Si el margen operacional minero excede de 50 y no sobrepasa de 55 la tasa aplicable ascenderá a un 9,31%;

v)Si el margen operacional minero excede de 55 y no sobrepasa de 60 la tasa aplicable ascenderá a un 10,50%;

vi)Si el margen operacional minero excede de 60 y no sobrepasa de 65 la tasa aplicable ascenderá a un 11,88%;

vii)Si el margen operacional minero excede de 65 y no sobrepasa de 70 la tasa aplicable ascenderá a un 13,25%;

viii)Si el margen operacional minero excede de 70 y no sobrepasa de 75 la tasa aplicable ascenderá a un 14,63%;

ix)Si el margen operacional minero excede de 75 y no sobrepasa de 80 la tasa aplicable ascenderá a un 16,00%;

x)Si el margen operacional minero excede de 80 y no sobrepasa de 85 la tasa aplicable ascenderá a un 17,38%;

xi)Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de un 18%.”

El Diputado señor Von Mühlenbrock (Presidente) declaró inadmisible la indicación precedente, por incidir en una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de acuerdo al artículo 65, inciso cuarto, Nª 1, de la Constitución Política.

Los Diputados señores Carmona y Robles presentaron una indicación para sustituir el artículo 1° por el siguiente:

“Artículo 1°.- Reemplácese el impuesto específico a la minería por un “Royalty”. Esto es el derecho del Estado, a captar la renta por la explotación privada de un recurso natural no renovable, el cual no es un impuesto o una tasa, porque se calcula en base a la producción o venta y no de las utilidades.

Este se hará efectivo mediante la captación por el Estado de un porcentaje entre 10 y 15% sobre el total de las ventas de las empresas mineras, diferenciado entre refinado y concentrado de cobre respectivamente.”

El Diputado señor Robles postuló que el royalty es una regalía y no un impuesto, por lo que esta indicación es perfectamente admisible.

El Subsecretario de Hacienda señaló que, si bien las regalías no constituyen impuestos, sí constituyen tributos, y el artículo 65 de la Carta Fundamental afirmó que es prerrogativa exclusiva del Ejecutivo imponer, reducir o suprimir tributos de cualquier naturaleza. Además, existe una norma de administración financiera del Estado y la propia ley de royalty minero dictada en 2005 que le reconocen a éste esa característica.

En razón de ello, el Presidente de la Comisión declaró también inadmisible la referida indicación.

Los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles formulan una indicación para sustituir el artículo 64 bis de la Ley de la Renta, que se reemplaza por el numeral 1) del Artículo 1°, por el siguiente:

“Artículo 64 bis.- Establécese un impuesto, equivalente al 50% de las utilidades extraordinarias de las empresas, entiéndase como tal la diferencia entre la utilidad total de la empresa antes de impuesto y su utilidad normal. Para estos efectos constituye utilidad normal, aquella utilidad operacional que no exceda del 25% de los ingresos por venta.

La utilidad operacional corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente, deducidos todos los costos directos para producir los productos vendidos, incluida la depreciación.”

El Diputado señor Lorenzini explicó que el objeto de esta indicación es eximir del pago de impuestos la utilidad normal obtenida por las empresas mineras, aplicando una tasa de 50 por ciento sobre la parte de las utilidades operacionales que exceda de dicho porcentaje, de modo tal que esta utilidad extraordinaria beneficie por partes iguales al Estado y a la concesionaria. Puso a disposición de la Comisión el cálculo de los rendimientos proyectados de dicha propuesta.

El Diputado señor Von Mühlenbrock (Presidente) declaró inadmisible la indicación, por la misma razón que la anteprecedente.

Por su parte, el Ejecutivo formula indicación al numeral 1), para agregar, en el penúltimo inciso del nuevo artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser seguido (.), lo siguiente:

“Para estos efectos, lo dispuesto en el inciso 4° de dicha norma se aplicará incluso en el caso que la persona relacionada sea un establecimiento permanente, un fondo y, en general, cualquier contribuyente.”.

El Subsecretario de Hacienda explicó que esta indicación amplía el concepto de personas relacionadas, incluyendo no sólo los casos de integración vertical y horizontal con personas naturales, sino también con otros contribuyentes, para evitar que la división de sociedades pueda llevar a las empresas mineras a tributar en condiciones más favorables.

Puesto en votación el artículo 1º, con la indicación precedente, fue aprobado por 7 votos a favor (de los Diputados señores Bertolino, Macaya, Marinovic, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock) y 6 votos en contra (de los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles).

Artículo 2°

Los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles presentaron una indicación para sustituir el artículo 2° del proyecto, por el siguiente artículo 2°:

“Artículo 2°.- En el Decreto con Fuerza de Ley 523 de 1993 del Ministerio de Economía, Fomento, Reconstrucción y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 600 de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera, modifíquese los artículos que se indican a continuación:

1.- En el Articulo 7 inciso primero elimínase la frase “se les mantendrá invariable” y deróguese todo el párrafo final de este inciso desde “Aun cuando (…)” hasta “(…) invariabilidad convenida.”

2.- Deróguese los Artículos 11 bis y 11 ter.

El Diputado señor Montes aclaró que esta indicación no es sustitutiva del artículo 2° del proyecto, porque trata una materia diferente, como es el término del régimen de invariabilidad tributaria establecido en el decreto ley Nº 600.

El Subsecretario de Hacienda argumentó que la referida indicación es inadmisible, en primer lugar, porque trata una materia que excede las ideas matrices de la iniciativa en debate, las cuales dicen relación con la tributación minera y con un efecto particular indirecto que se produce en materia de invariabilidad. En segundo lugar, porque la invariabilidad es un elemento vinculado estrechamente al hecho gravado, al tributo y su base imponible. Tal es así que, de eliminarse la invariabilidad del artículo 7° del decreto ley Nº 600, debiera aplicarse la tasa tributaria genérica, con lo cual se estaría disminuyendo de hecho, en al menos 5 por ciento, la tasa de 42 por ciento aplicable a la industria minera, lo que además tendría incidencia en la administración financiera del Estado. Asimismo, la ley Nº 20.026 establece que la tasa del royalty minero será de 4 por ciento mientras se mantenga la invariabilidad, y la ley Nº 20.097 otorga crédito fiscal a quienes gocen de invariabilidad tributaria.

Por otra parte, los artículos 11 bis y 11 ter del decreto ley Nº 600 se refieren a elementos que sirven para determinar un tributo (base imponible, hecho gravado o tasa), por lo que su derogación implicaría modificar la forma de cálculo del mismo, con la consecuente incidencia en la administración tributaria y financiera estatal.

Por las razones expuestas, el Presidente de la Comisión declaró inadmisible la indicación en comento.

El Diputado señor Lorenzini observó que el propio Subsecretario de Hacienda ha dado argumentos para afirmar que esta indicación no es ajena a las ideas matrices del proyecto, atendida la incidencia que tiene la invariabilidad tributaria en la determinación del IEM.

El Diputado señor Montes pidió reconsiderar la declaración de inadmisibilidad efectuada por el Presidente, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

El Diputado señor Ortiz solicitó al señor Ministro de Hacienda estudiar la eventual reformulación del Estatuto de Inversión Extranjera, tal como se propone a través de una indicación que más adelante se dará a conocer.

El Diputado señor Walker estimó que la indicación era admisible porque no crea, ni modifica o suprime tributos existentes, toda vez que no altera la invariabilidad tributaria pactada en los contratos de inversión extranjera vigentes, sino que pretende suprimir la posibilidad de que ella se siga pactando en los contratos futuros.

El Diputado señor Marinovic consultó la opinión del Ministro de Hacienda sobre la modificación propuesta al decreto ley N° 600, quien se manifestó dispuesto a analizarla, pero no en el marco de este proyecto, sino una vez que concluya su tramitación.

Sometida a votación la declaración de inadmisibilidad de la indicación en comento, es ratificada por 7 votos a favor (de los Diputados señores Bertolino, Macaya, Marinovic, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock) y 6 votos en contra (de los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles).

Puesto en votación el artículo 2º del proyecto, es aprobado por 7 votos a favor (de los Diputados señores Bertolino, Macaya, Marinovic, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock) y 6 votos en contra (de los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles).

Artículos nuevos

El señor Ministro de Hacienda anunció el retiro de las indicaciones del Ejecutivo destinadas a incorporar al proyecto los artículos 3º permanente y 6º transitorio, nuevos, en aras de lograr acuerdos en lo relativo al Fondo de Inversión y Reconversión Regional, lo cual implicará ingresar nuevas indicaciones sobre la materia en una próxima sesión.

En relación con el mismo tema, se formularon además las siguientes indicaciones:

- De los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles, para agregar el siguiente artículo nuevo:

“Articulo…- Créase un Fondo de Desarrollo Regional conformado por ciento treinta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 130.000.000), el año 2011; ciento treinta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 130.000.000), el año 2012 y ciento treinta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 130.000.000) el año 2012. Los recursos de este fondo se distribuirán en un cincuenta por ciento (50%) para las regiones y comunas mineras y el otro cincuenta por ciento (50%) para el resto de las regiones y comunas del país.”.

- De los Diputados señores Araya, Marinovic, señora Sepúlveda y señor Velásquez, para incorporar el siguiente Artículo 3º, nuevo:

“Artículo 3°. Crease el “Fondo de Inversión y Reconversión Regional”, en adelante el fondo, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades del país.

El fondo será financiado anualmente con el aporte del Estado de a lo menos la suma de US $ 100.000.000 anuales asignados a través de la Ley de Presupuestos de la Nación. Esta suma será aportada mientras dure la invariabilidad tributaria pactada a las compañías mineras.

Dicho Fondo tendrá carácter acumulativo y será administrado por los Gobiernos Regionales para su asignación exclusiva a proyectos de inversión productiva, en activos fijos, infraestructura e inversiones de largo plazo.

El fondo recaudado será distribuido bajo los siguientes criterios: Un sesenta por ciento en forma equitativa e igualitaria entre todas las regiones del país. El cuarenta por ciento restante se distribuirá proporcionalmente conforme a la importancia de la actividad minera y de hidrocarburos en el producto interno bruto de cada región.

Para determinar los porcentajes de participación regional el Ministerio de Hacienda dictaminará dentro de 120 días un reglamento para la distribución porcentual del 40% correspondiente a las regiones mineras.”.

Las indicaciones precedentes se declaran inadmisibles por el Presidente de la Comisión, por tratar materias que, de acuerdo con el artículo 65 de la Constitución Política, son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

En relación con otros asuntos afines al proyecto, se formulan las indicaciones Parlamentarias que a continuación se señalan.

- De los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles, para agregar el siguiente artículo 3°, nuevo:

“Artículo 3°.- De los recursos señalados en el artículo 1° de la ley N° 13.196, Reservada del Cobre, autorizase integrar a ingresos generales de la Nación, partida presupuestaria 50 del Tesoro Público, mil millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 1000.000.000), el año 2011. Los recursos obtenidos en conformidad a esta autorización serán destinados a financiar la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración o rehabilitación de infraestructura, instalaciones, obras y equipamiento ubicados en las comunas, provincias o regiones afectadas por el terremoto y maremoto del 27 de febrero de 2010.”.

- De los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles, para agregar el siguiente artículo nuevo:

“Artículo…: Sustitúyase en el inciso primero del artículo 142 del Código de Minería, el párrafo hasta el punto y coma por el siguiente:

La concesión minera deberá ser amparada mediante el pago de una patente anual cuyo monto será el equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual por cada hectárea completa, ya sea de explotación o de exploración. Con todo, los titulares de pertenencias cuyo interés económico principal resida en las sustancias no metálicas o en los placeres metalíferos que existen en ellas y los titulares de pertenencias constituidas sobre sustancias existentes en salares pagarán una patente anual cuyo monto será equivalente a un décimo de unidad tributaria mensual por cada hectárea completa;”.

Ambas indicaciones son declaradas también inadmisibles, por incidir en materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Los Diputados señores Accorsi, Carmona, Díaz, García, Jaramillo, Jarpa, Lorenzini, Meza, Montes, Ortiz, José Pérez, Robles y Vargas formulan una indicación (J) para agregar el siguiente Artículo 3°, nuevo:

“Artículo 3°: Deróguense los incisos 7, 8 y 9 del artículo 19° número 24 de la Constitución Política de la República”.

Esta indicación es declarada inadmisible por no guardar relación directa con las ideas matrices del proyecto (art. 24 de la ley orgánica constitucional relativa al Congreso) y pretender mezclar en una misma iniciativa normas de ley y de reforma constitucional (art. 15, inciso final, de la misma ley orgánica constitucional).

Finalmente, los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles presentan una indicación para incorporar un artículo 4º, nuevo, del siguiente tenor:

"Artículo 4º.- El Servicio Nacional de Aduanas y Cochilco tendrán la obligación de analizar la composición de las exportaciones de concentrados de cobre y sus subproductos (Ag, Au, Mb, entre otros). Dicho análisis deberá cubrir a lo menos el 10% del total de exportaciones de concentrado.".

El Diputado señor Von Mühlenbrock (Presidente) declara igualmente inadmisible esta indicación, por tratar una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, como es crear nuevos servicios públicos o empleos rentados…, suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones (art. 65, inciso cuarto, Nº 2, de la Constitución Política).

Artículos transitorios

En relación con el articulado transitorio del proyecto, se presentaron las siguientes indicaciones:

- De los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles, para suprimir los artículos primero, segundo, tercero y cuarto transitorios.

- De los mismos señores Diputados, para sustituir el artículo quinto transitorio por el siguiente:

“Artículo Transitorio.- Lo dispuesto en el artículo 1° de la presente ley regirá respecto de la renta imponible operacional que se determine a partir del año calendario o comercial 2011.

Sin perjuicio de lo anterior, aquellos inversionistas extranjeros, empresas receptoras de sus aportes y las empresas nacionales, que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, se les aplicarán las tasas que les correspondieren, contempladas en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el régimen de invariabilidad del artículo 11 ter de Decreto Ley N° 600, de 1974, que fueran incorporados por el N° 1 del artículo primero y por el N° 2 del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente, hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en sus respectivos contratos. Una vez vencido dicho plazo, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

Lo dispuesto en el inciso anterior, será igualmente aplicable a los inversionistas extranjeros y empresas receptoras que gocen de los derechos de invariabilidad contemplados en los artículos 7° u 11 bis del decreto ley N° 600, de 1974.”.

- De los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles, para agregar el siguiente artículo transitorio nuevo:

“Artículo Transitorio: Créase una Comisión de Expertos de Alto Nivel que realizará una propuesta de reformulación del Estatuto de la Inversión Extranjera dentro del plazo 90 días. Esta Comisión funcionará bajo la dependencia del Ministerio de Hacienda y en su integración participará un conjunto significativo de técnicos y expertos de todas las sensibilidades políticas y económicas del país con el objeto de construir esta propuesta. Tanto el nombramiento de sus integrantes como su organización y funcionamiento se determinará por decreto supremo.”.

Todas las anteriores fueron declaradas inadmisibles por el Presidente de la Comisión, por incidir en materias de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Solicitada la reconsideración de las declaraciones de inadmisibilidad recaídas en cada una de las indicaciones precedentes, ellas son sometidas a votación en un solo acto, siendo ratificadas en su totalidad, por 7 votos a favor (de los Diputados señores Bertolino, Macaya, Marinovic, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock) y 6 votos en contra (de los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles).

Por su parte, el Ejecutivo presentó las siguientes indicaciones:

- Al artículo segundo transitorio, para intercalar, en su inciso primero, después de la expresión “de la ley N° 20.026,”, las palabras: “que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encontraren afectos al pago del impuesto,”, y

- Al artículo tercero transitorio, para intercalar en su inciso octavo, entre las palabras “hayan sido adquiridas por ésta” y el punto aparte (.), la expresión: “en su totalidad”.

Puestos en votación los artículos 1º a 5º transitorios, con las indicaciones del Ejecutivo transcritas precedentemente, son aprobados conjuntamente, por 7 votos a favor (de los Diputados señores Bertolino, Macaya, Marinovic, Nicolás Monckeberg, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock) y 6 votos en contra (de los Diputados señores Accorsi, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz y Robles).

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN

Ninguno.

V. ARTÍCULOS QUE NO FUERON APROBADOS POR UNANIMIDAD

La totalidad del articulado.

VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES

La totalidad de las indicaciones parlamentarias.

Se han introducido al proyecto modificaciones formales que se recogen en el texto propuesto a continuación.

VII. TEXTO APROBADO O RECHAZADO POR LA COMISIÓN

En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974:

1) Sustitúyese el artículo 64 bis, por el siguiente:

“Artículo 64 bis.- Establécese un impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera obtenida por un explotador minero.

Para los efectos de lo dispuesto en el presente título se entenderá por:

1. Explotador minero, toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de carácter concesible y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

2. Producto minero, la sustancia mineral de carácter concesible ya extraída, haya o no sido objeto de beneficio, en cualquier estado productivo en que se encuentre.

3. Venta, todo acto jurídico celebrado por el explotador minero que tenga por finalidad o pueda producir el efecto de transferir la propiedad de un producto minero.

4. Ingresos operacionales mineros, todos los ingresos determinados de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la presente ley, deducidos todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros, con excepción de los conceptos señalados en la letra e) del número 3) del artículo 64 ter, de esta misma ley.

5. Renta imponible operacional minera, corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente con los ajustes contemplados en el artículo 64 ter de la presente ley.

6. Margen operacional minero, el cociente, multiplicado por cien, que resulte de dividir la renta imponible operacional minera por los ingresos operacionales mineros del contribuyente.

El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:

a) Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d) de este artículo, sean iguales o inferiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, no estarán afectos al impuesto.

b) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d), sean iguales o inferiores al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino y superiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará una tasa equivalente al promedio por tonelada de lo que resulte de aplicar lo siguiente:

i) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino, 0,5%;

ii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino, 1%;

iii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino, 1,5%;

iv) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino, 2%;

v) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino, 2,5%;

vi) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 3%, y

vii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 4,5%.

c) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d) de este artículo, excedan al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará la tasa correspondiente al margen operacional minero del respectivo ejercicio, de acuerdo a la siguiente tabla:

i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a un 5,0%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a un 6,5%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a un 8,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a un 10%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a un 11,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a un 13%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a un 14,5%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a un 16,5%,

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a un 19,5%,

x) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%;

d) Para los efectos de determinar el régimen tributario aplicable, se deberá considerar el valor total de venta de los productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1), del inciso segundo, del presente artículo y que realicen dichas ventas.

Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2), del artículo 34 de esta ley. Para estos efectos, lo dispuesto en el inciso cuarto de dicha norma se aplicará incluso en el caso que la persona relacionada sea un establecimiento permanente, un fondo y, en general, cualquier contribuyente.

El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.”.

2) Agrégase, a continuación del artículo 64 bis, el siguiente artículo 64 ter, nuevo:

“Artículo 64 ter.- De la renta imponible operacional minera.

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:

1. Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros;

2. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero;

3. Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:

a) Los intereses referidos en el número 1), de dicho artículo;

b) Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;

c) El cargo por depreciación acelerada;

d) La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años. La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y

e) La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero. También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

4. Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada, y

5. En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas. En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.”.

Artículo 2°.- Modifícase el numeral 1), del inciso primero del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, "Estatuto de la Inversión Extranjera", cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado está contenido en el decreto con fuerza de ley N° 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de la siguiente forma:

1) Sustitúyanse en su párrafo primero, las palabras “trata el artículo 64 bis”, por las siguientes: “tratan los artículos 64 bis y 64 ter”.

2) Sustitúyanse en su párrafo segundo, las palabras “el artículo 64 bis”, por las siguientes: “los artículos 64 bis y 64 ter.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero transitorio.- Los inversionistas extranjeros y las empresas receptoras de sus aportes, que con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, mantengan vigente un contrato de inversión extranjera suscrito con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, podrán optar por la aplicación de las normas contenidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, bajo la modalidad y de acuerdo a lo indicado en el artículo segundo transitorio de esta ley.

Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que, no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

En caso que los inversionistas extranjeros, las empresas receptoras de sus aportes y las empresas nacionales, que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, no optaren por modificar el régimen de invariabilidad pactado en sus contratos de inversión extranjera, suscritos con el Estado de Chile, se les aplicarán las tasas que les correspondieren, contempladas en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el régimen de invariabilidad del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, que fueran incorporados por el N°1 del artículo primero y por el N° 2 del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente.

Artículo segundo transitorio.- Los explotadores mineros que reuniendo la calidad de inversionistas extranjeros de empresas receptoras de sus aportes, o de empresas nacionales que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encontraren afectos al pago del impuesto y que optaren por acogerse a las normas de los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se sujetarán, para efectos de determinar el Impuesto específico a la actividad minera, a las siguientes reglas:

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pero de acuerdo a la siguiente tabla:

1) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 40, la tasa aplicable ascenderá a un 4,0%;

2) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a un 8,5%;

3) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a un 12,0%;

4) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a un 13,5%;

5) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a un 15,0%;

6) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a un 16,5%;

7) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a un 18,0%;

8) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a un 19,5%, y

9) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%;

A partir del año calendario 2013, inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, descontados que fueren los tres años calendarios a que se refiere el inciso segundo del presente artículo, se aplicarán las tasas contempladas en el artículo 64 bis, que fuera incorporado por el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y en los artículos 3°, 4° y 5° transitorios de la misma ley, según sea el caso. Éstas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad a dichas normas.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes, imputado que fuere el plazo de tres años señalado en el inciso segundo, se ampliará por ocho años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley. Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° 20.026. Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el inciso anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse a lo señalado en los incisos anteriores, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras. Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo. Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva. En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo, se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de sesenta días hábiles a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero transitorio.- A las solicitudes de inversión extranjera presentadas ante la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, les serán aplicables las tasas contempladas en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el artículo 11 ter del decreto ley N° 600 de 1974, que fueran incorporados por el N° 1), del artículo 1° y por el N° 2) del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente.

Los inversionistas extranjeros y empresas receptoras que gocen de los derechos de invariabilidad contemplados en los artículos 7° u 11 bis del decreto ley N° 600 de 1974, podrán acogerse a lo dispuesto en los artículos anteriores, con las modificaciones que se indican en los incisos tercero, cuarto y quinto siguientes:

La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, modificado en los términos señalados en el artículo segundo del presente proyecto de ley, sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga de invariabilidad aplicable, que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo precedente.

Durante los años calendarios 2013 y siguientes hasta el que corresponda al vencimiento inicial del contrato que se modifica, descontado que fuere el plazo de tres años a que se refiere el inciso segundo del artículo anterior, será aplicable el régimen que corresponda según el contrato respectivo.

Los inversionistas extranjeros que optaren por lo señalado en el artículo primero transitorio de esta ley y en los incisos precedentes de este artículo, tendrán derecho a que las respectivas empresas receptoras de la inversión puedan explotar otros proyectos mineros conexos, distintos a los actualmente individualizados en sus contratos respectivos, amparándolos en el régimen de invariabilidad pactado. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud respectiva al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos.

El mismo derecho señalado en el inciso anterior, tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación minera, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares. Se considerarán como parte del proyecto minero conexo las pertenencias mineras identificadas en la solicitud respectiva, aun cuando, a la fecha de la misma, no pertenezcan a la empresa receptora de la inversión, siempre que a la época de comenzar la explotación del proyecto minero, hayan sido adquiridas por ésta en su totalidad.

Para solicitar el otorgamiento de los derechos establecidos en este artículo, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria de aquellos señalados en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, deberán dar íntegro y oportuno cumplimiento a las condiciones establecidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974.

Para estos efectos, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, según sea el caso, en la solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos, deberán informar al Comité de Inversiones Extranjeras o al Ministerio de Economía Fomento y Turismo, las pertenencias mineras que efectivamente hayan adquirido con posterioridad a la solicitud referida en los artículos tercero, cuarto y quinto transitorios de la ley N° 20.026. La solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos deberá presentarse, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde iniciada la explotación del proyecto minero conexo.

El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en su caso, deberán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas en el inciso anterior, al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

Una vez recibida dicha información, el Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía Fomento y Turismo según sea el caso, dictarán las resoluciones administrativas respectivas, resolviendo las extensiones de invariabilidad a proyectos conexos solicitadas.

Artículo cuarto transitorio.- Las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hubieren iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y que se encuentren afectas al Impuesto específico a la actividad minera del artículo 64 bis de la ley N° 20.026, podrán solicitar que se les concedan los derechos contenidos en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, en las condiciones establecidas en dicho artículo y sujeto, además, a los siguientes requisitos y con los derechos adicionales que se indican:

1) Las empresas indicadas deberán presentar la solicitud respectiva al Estado de Chile, representado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dentro del plazo de sesenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de esta ley y suscribir, posteriormente y con el Estado de Chile, representado por dicho Ministerio, el respectivo contrato de inversión. La solicitud respectiva será formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo segundo transitorio de esta ley.

2) Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Ello, independientemente de la fecha en que el Estado de Chile y la empresa respectiva suscriban el correspondiente contrato de inversión.

3) A partir del año calendario 2013, éste inclusive y hasta el término del primer período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2017, se aplicará, con una tasa de 5%, este Impuesto específico sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

4) A partir del año calendario 2018, éste inclusive y hasta el término del segundo y último período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2025, se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

5) A partir del año calendario 2026, estas empresas quedarán sometidas al régimen general de tributación vigente en tal momento.

6) Lo expuesto en este artículo se aplicará en favor de las empresas indicadas que hayan iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley y que no hayan suscrito, a dicha fecha y respecto de tal proyecto, un contrato de inversión con el Estado de Chile que contemple un régimen de invariabilidad para dicho proyecto.

Artículo quinto transitorio.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º regirá respecto de la renta imponible operacional que se determine a partir del año calendario o comercial 2011.

No obstante, los contribuyentes que optaren por modificar su régimen de invariabilidad tributaria en los términos señalados en las disposiciones transitorias de la presente ley, y aquellos que inicien sus actividades desde la fecha de publicación de esta ley, quedarán sujetos, a partir del año calendario o comercial 2010, al régimen de tributación general establecido en los artículos 1º y 2º de la misma.”.

Tratado y acordado en sesiones de fechas 7, 8(2), 9, 13, 14 (2) de septiembre de 2010, con la asistencia de los Diputados señores Von Mühlenbrock, don Gastón (Presidente); Auth, don Pepe (Accorsi, don Enrique) (Tuma, don Joaquín); Bertolino, don Mario; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Monckeberg, don Cristián; Monckeberg, don Nicolás (Cardemil, don Alberto); Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto, y Silva, don Ernesto.

Asistieron los Diputados no miembros de la Comisión, señores Cerda, don Eduardo; Núñez, don Marco Antonio; Rincón, don Ricardo; Salaberry, don Felipe; Vilches, don Carlos y Walker, don Matías. Concurrió también el Senador García, don José y el Senador Lagos, don Ricardo.

SALA DE LA COMISIÓN, a 15 de septiembre de 2010.

JAVIER ROSSELOT JARAMILLO

Abogado Secretario de la Comisión

ANEXOS

I. Presentaciones de los representantes de las entidades invitadas a la Comisión a exponer sus puntos de vista sobre el proyecto y debate generado al respecto.

1.- El Diputado señor Salaberry reitera las excusas del Senador Coloma y a nombre de la directiva de la UDI agradece la invitación. A su vez, manifestó su satisfacción y apoyo al proyecto de ley no sólo por ser una propuesta razonable desde el punto de vista tributario, técnico y legislativo, sino también por acoger el anhelo ciudadano de poder contribuir con recursos frescos para nuestra economía.

2.- El Senador señor García reiteró las excusas del señor Carlos Larraín, quien le ha pedido que lo represente en esta sesión a nombre de Renovación Nacional. Por otra parte, señaló que el proyecto de royalty tiene el propósito de recaudar 1.000 millones de dólares durante los años 2011, 2012 y 2013, de los cuales 700 millones serán destinados a la reconstrucción, y el resto será distribuido entre las regiones del país.

El Senador estimó que los recursos que eventualmente serían aportados por la gran minería del cobre son indispensables para llevar a cabo el proceso de reconstrucción. Por otro lado estimó necesario el hecho de extender la invariabilidad, en la medida en que es el incentivo que permitirá que las empresas accedan voluntariamente al aumento tributario.

El proyecto alternativo de los presidentes de los partidos de la Concertación plantea un alza de impuestos transitoria, que se balancearía descontando los impuestos que las empresas deben pagar a futuro, lo que en opinión del Senador, no implica realmente una contribución o un aporte adicional de la minería del cobre al esfuerzo de reconstrucción.

A su vez, señaló que todas las actividades económicas están contribuyendo al proceso de reconstrucción mediante el aumento del Impuesto a la Renta; sin embargo, la gran minería del cobre sigue estancada en el 35%, que es aquel porcentaje que se paga en base a las remesas y que no está afecto a ningún otro tipo de tributo, lo que en su opinión, es injusto, principalmente considerando el actual precio del cobre.

A modo de conclusión, el Senador señor García afirmó que el proyecto del Gobierno es realista, no desincentiva la inversión, otorga un apoyo extraordinario a las regiones, y contribuye a mejorar las condiciones de la industria en nuestro país, con el fin de otorgarle mayor competitividad a nivel internacional.

El Diputado señor Von Mühlenbrock solicitó al Senador profundizar en las diferencias entre el proyecto del Ejecutivo y el de la Concertación.

El Senador García expresó que lamentablemente no existe un proyecto concreto de la Concertación, sino más bien, una serie de opiniones e ideas expresadas a través de los medios de comunicación. No obstante lo anterior, señaló haberse enterado además que el proyecto de la Concertación establece una tasa de impuestos sobre el margen operacional que se eleva hasta 18%. Tasa que evidentemente podría recaudar más recursos pero, a su vez, podría hacer peligrar la materialización de inversiones mineras en nuestro país.

Cabe recordar que la gran minería en Chile paga alrededor del 40% de impuestos, en consecuencia, no es cierto que Chile esté regalando su cobre, afirmó el Senador. A su vez, este porcentaje de impuestos está dentro de los parámetros promedios en comparación con otros países de similar producto interno bruto y crecimiento económico, por lo que considerar una tasa tan elevada, como la que plantea la Concertación, puede producir el efecto de ahuyentar a las inversiones.

El Diputado señor Montes señaló, con respecto a la propuesta de la Concertación, que ésta no se ha explicado a cabalidad y recién se desarrollará en los próximos días. Asimismo, afirmó ser superior a la propuesta del Gobierno. Por otra parte, el Diputado señaló que evidentemente este proyecto va mucho más allá de la reconstrucción, planteando un nuevo sistema minero tributario permanente, por lo que estima que hay otras formas alternativas equivalentes o incluso superiores para recaudar recursos. En otro orden de ideas, el señor Montes expresó que la inversión no se define en base a la tasa de impuesto, sino según la rentabilidad del proyecto. En general los nuevos proyectos presupuestados son de empresas ya establecidas en el país, inversiones adicionales a las que ya tienen, por lo que cualquier inversión en otra parte es tremendamente compleja y poco rentable. En consecuencia, no existe realmente un temor de que los capitales se retiren o que las inversiones no se concreten.

El Senador señor García señaló que la rentabilidad de los proyectos de inversión se mide necesariamente después de pagar impuestos, por lo tanto, a mayor tasa de impuestos, menor rentabilidad.

Respecto al financiamiento, le preocupa no contar con los 1.000 millones de dólares adicionales para hacer frente a la reconstrucción. Agregó que si bien existen otras formas de financiamiento, éstas no estarían exentas de dificultades. Así por ejemplo, retirar 1.000 millones de dólares del Fondo de Estabilización Económico y Social (FEES) produciría necesariamente operaciones de cambio en el mercado nacional que tenderían a fortalecer nuestra moneda pero a depreciar aun más el dólar, situación que se volvería insostenible para la actividad exportadora. Lo mismo ocurriría en el caso del endeudamiento externo, ya que significaría buscar moneda extranjera y liquidarla en el mercado nacional. Asimismo, en la medida en que el dólar baja, Codelco tiene que liquidar una mayor cantidad de dólares para pagar sus costos internos, lo que evidentemente significa menos rentabilidad y excedentes. En este contexto, el Senador estimó que la solución del royalty es bastante menos perjudicial para la economía nacional.

El Diputado según Jaramillo pregunta al Senador respecto de su opinión en relación a la eventual derogación del decreto ley 600.

El Senador García manifestó que, en efecto, el proyecto de la Concertación plantea la derogación del mencionado decreto ley, lo cual es perfectamente posible y podría discutirse eventualmente, pero ello bajo ningún punto de vista debería significar desconocer los contratos de inversión ya firmados por Chile, y por lo tanto, cualquier modificación debería regir a futuro.

En relación a las alternativas de financiamiento, el Senador García insistió en que ellas traen aparejados costos mucho mayores que el proyecto del Gobierno. Así, por ejemplo, retirar fondos del FEES implica que esos recursos dejan de ganar intereses y además produciría el efecto negativo sobre el dólar ya comentado. Si se recurre a los créditos externos, el país inevitablemente deberá pagar intereses sobre dichos recursos, además del efecto negativo del dólar, con todas las consecuencias que ello conlleva respecto del sistema productivo nacional.

En definitiva, el Senador García reiteró la necesidad de equiparar a la gran minería a las demás actividades productivas del país, que están pagando un Impuesto a la Renta mayor por los próximos 2 años para financiar la reconstrucción.

3.- El señor Raimundo Espinoza celebró la decisión gubernamental de legislar sobre el royalty minero en forma separada de lo que fue la Ley de Financiamiento para la Reconstrucción, pues coincide con el Ministro de Minería en la necesidad de "cuidar la gallina de los huevos de oro", pero aclara que ésta es, en su opinión, Codelco Chile y no la empresa minera privada.

Explicó que la Federación que preside no está de acuerdo con la invariabilidad tributaria porque la realidad del país, que justificó en la década de los setenta la promulgación del decreto ley Nº 600, es hoy muy distinta y, existiendo buenos proyectos, la inversión extranjera va a llegar igual.

Añadió que Chuquicamata tiene cien años de explotación y el mineral que se extrae de ese yacimiento tiene hoy una ley de 0,90 por ciento, la misma que exhibe el mineral extraído desde La Escondida, que tiene sólo veinte años de operación. Por lo tanto, si se sigue postergando la discusión sobre la distribución de esta gran riqueza en el país, será muy tarde, ya que no hay en la Gran Minería del Cobre actualmente yacimientos sobre el 2 por ciento de ley.

Planteó que, independientemente de las legítimas posiciones políticas, es necesario velar por los intereses del país y de los sectores más postergados, ya que hoy, fruto de la irresponsabilidad de algunos empresarios, se ha apreciado más que nunca la necesidad de que los recursos generados por la minería queden en las regiones y se destinen, entre otras cosas, a la seguridad de los trabajadores.

Sostuvo, por último, que los trabajadores de Codelco se encuentran en estado de alerta y pendientes de los avances que se logren en la discusión de este proyecto.

El señor Raúl Álvarez manifestó el respaldo de la FTC a la idea de legislar contenida en el proyecto. Recordó que, cuando se creó el Impuesto Específico a la Minería (IEM), la Federación planteó la necesidad de establecer un verdadero royalty minero, dado que Chile era el único país que no cobraba por la explotación de recursos que, incluso constitucionalmente, le pertenecen. Particularmente, en el caso del cobre, que fue nacionalizado, la FTC sostuvo que era un imperativo ético que el dueño cobrara por la explotación de ese capital perteneciente a toda la sociedad.

Agregó que, en ese sentido, los países han demostrado que el mejor instrumento para recabar dicho pago es el royalty, del cual existen distintas modalidades. En su momento, la FTC propuso un royalty ad valorem en función del precio del cobre, y por eso apoya ahora la instauración de la tabla propuesta por el Gobierno. En efecto, la FTC propuso que para precios normales, que en ese entonces estaban sobre los cien centavos de dólar la libra, la Gran Minería aportara el diez por ciento sobre sus ventas, que era el equivalente al aporte que hace Codelco a las Fuerzas Armadas y que aún así le permite a ésta obtener utilidades espectaculares. Lamentablemente, no se avanzó en esa lógica y la pérdida para el país ha sido gigantesca, produciéndose como contrapartida el fenómeno de que La Escondida y el resto de las empresas mineras privadas obtuvieran utilidades que les permitieron recuperar en tan solo dos años el total de la inversión extranjera efectuada.

Insistió, por lo mismo, en que el royalty es el instrumento más adecuado para que el país se apropie de esta renta que le corresponde por ser dueño del recurso y que, por lo demás, sufragan incluso los pequeños mineros cuando deben pagar arriendo al dueño de una pertenencia minera.

En este sentido, acotó, el Impuesto Específico constituyó un avance, pero es todavía insuficiente. Además, cuando se discutió dicho tributo, se estaba en un escenario de precios bajos y persistía la amenaza -que nunca compartió en lo personal- de que la demanda internacional de cobre iba a desaparecer, por lo que había que dar facilidades a los inversionistas para extraer lo más rápidamente posible este mineral.

Tal fue la estrategia seguida con el Código de Minería y con el decreto ley Nº 600, que no da cuenta de lo que debiera ser una compensación justa al dueño del recurso natural renovable, la que a juicio de la FTC se debe restablecer, pues va a ser necesaria no sólo para satisfacer las demandas generadas por el terremoto y maremoto, sino también para enfrentar los grandes desafíos que tiene el país en salud, educación, etcétera, para lo cual el royalty debe ser la fuente de financiamiento permanente que se requiere.

En este punto, destacó como referente el caso de Noruega, en lo que respecta al tratamiento de la inversión extranjera y la explotación de sus recursos naturales, toda vez que este país, en el caso del petróleo, por ejemplo, se apropia del cien por ciento de la renta a través de su empresa estatal. Es decir, ninguna renta extraordinaria se la puede llevar el inversionista extranjero, y ha sido un país tremendamente exitoso.

Pasando a otro punto, reiteró el rechazo total de la FTC al mecanismo de invariabilidad tributaria, pues constituye un regalo innecesario que agravaría aún más el excesivamente beneficioso régimen impositivo de que gozan las grandes empresas mineras que explotan los recursos no renovables pertenecientes a todos los chilenos y que les han sido concesionados. Es clave para la Federación que en este proyecto de ley se termine con la anomalía de la invariabilidad tributaria, sostuvo, ya que se pudo haber entendido en la década de los setenta o a comienzos de los noventa, cuando el país requería inversión extranjera, pero hoy no tiene justificación alguna.

Vinculado a lo anterior, la FTC es partidaria también de derogar el decreto ley Nº 600, porque no existe actualmente ninguna justificación para mantener un régimen jurídico especial garantista para el inversionista extranjero. En efecto, Chile tiene hoy tratados comerciales vigentes con países que representan cerca del 80 por ciento del PGB mundial, además de ser miembro de la OECD y de la OMC, por lo que las condiciones en que hoy se encuentra son completamente distintas a las existentes en 1974, cuando se dictó el Estatuto de Inversión Extranjera, o a principios de los noventa, cuando requería divisas. Por el contrario, el problema actual de Chile es que están llegando demasiadas divisas y por eso ha caído el tipo de cambio. En este contexto, naturalmente, cualquier buen proyecto va a tener financiamiento sin necesidad de tener que ofrecer ventajas excepcionales a los inversionistas, por lo que lo correcto sería derogar el decreto ley Nº 600.

Por otra parte, la FTC comparte la necesidad de que el Estado disponga de recursos adicionales en el corto plazo para financiar la reconstrucción de la infraestructura habitacional, sanitaria y educacional en las zonas afectadas por el cataclismo del pasado mes de febrero, por lo que es de toda justicia que las grandes empresas mineras, que han tenido utilidades espectaculares, hagan un aporte extraordinario con ese objeto. Sin embargo, debiera otorgárseles una compensación distinta al mecanismo de la invariabilidad, permitiéndoles, por ejemplo, descontar esos mil millones de dólares que se espera recaudar, cuando se les aplique el régimen tributario permanente.

Respecto de este régimen permanente, recordó que en su propuesta original la FTC había sugerido la idea de establecer un royalty ad valorem, con una tasa de diez por ciento sobre las ventas para precios normales del cobre, que en el largo plazo deberían estar alrededor de 1,60 dólares, y con una tabla decreciente para los casos en que caigan los precios y, consiguientemente, las utilidades de las empresas.

No obstante, como se ha ido consolidando la idea de que el margen operacional es un buen indicador de las utilidades que obtienen las empresas y de las leyes del mineral que extraen (lo que a su vez incide en aquéllas), la FTC está de acuerdo con establecer una escala de tasas progresiva, que varíe desde el cinco al veinte por ciento sobre el margen operacional minero y con una interpolación lineal entre ambos extremos.

Por último, indicó el señor Álvarez que la FTC ha sido siempre partidaria de que la minería haga un aporte a todas las regiones del país. En ese sentido, aboga por la creación de un fondo de desarrollo regional, que incluya una partida especial para las comunas mineras, porque son éstas las que se van a empobrecer a raíz de la explotación de sus recursos, como fue el caso del salitre, y el sentido de este fondo sería generar capacidades, a nivel local, para producir riqueza en forma permanente.

Ello, porque si bien Chuquicamata se ha explotado durante cien años y aún sigue siendo rentable, su tasa de explotación es muy inferior a la que tiene La Escondida, por ejemplo, que está produciendo hoy alrededor de 1,5 millones de toneladas de cobre fino al año, por lo que el agotamiento del recurso será allí mucho más prematuro.

A propósito de ello, planteó también la necesidad de actuar solidariamente con las generaciones futuras, evitando privarlas de recursos que hasta ahora se han llevado mayoritariamente los grandes empresarios privados. Esta es la razón por la cual las comunas mineras tienen hoy problemas en materia educacional que les impiden, incluso, reemplazar esos recursos con capital humano, porque hay estudios que demuestran que en ellas existe un gran déficit de conocimiento entre los niños.

Observó también que Chile participa en la actualidad del 34 por ciento de la producción mundial de cobre de mina, duplicando al conjunto de sus dos más cercanos competidores, cuales son Estados Unidos y Perú, que aportan entre el 7 y 8 por ciento de la producción mundial cada uno. Por otra parte, la demanda internacional del metal rojo está tremendamente consolidada. Según los expertos, la demanda china e india es y seguirá siendo muy sólida en los próximos años.

Por lo mismo, desaprovechar la oportunidad y no capturar los recursos de esos países que van a industrializarse, es un crimen, sobre todo cuando ya han recuperado con creces las inversiones que han hecho.

En tal sentido, crear un royalty minero potente, verdadero, es un deber que el Parlamento chileno no puede eludir. Las condiciones actuales son incluso más auspiciosas que cuando se nacionalizó el cobre por acuerdo unánime de todos los sectores políticos, por lo que el desafío que hoy tiene el Congreso Nacional de rescatar las rentas del capital extranjero invertido en la minería es aún mayor, concluyó.

Intervinieron a continuación los Diputados señores Jaramillo, Ortiz, Silva y Montes, quienes plantean una serie de interrogantes e inquietudes que fueron respondidas por los invitados en los siguientes términos.

El señor Espinoza señaló que no ha habido ocasión de debatir con el Ejecutivo sobre el proyecto en comento, lo cual da a entender a la FTC que hoy existe una nueva forma de gobernar y que la única forma de abrir espacios de conversación será volviendo a utilizar los mecanismos a que se debía recurrir en la década de los ochenta.

Consultado respecto a los futuros proyectos mineros afirmó que el único proyecto minero privado que está previsto poner en marcha en los próximos años y que no está relacionado con alguna de las diez empresas que actualmente explotan los yacimientos de cobre existentes es el de Caserones, en la Región de Atacama.

En relación con la capacidad de crecimiento de Codelco, explicó que los 15 mil millones de dólares que la estatal necesita invertir para mantener sus actuales niveles de producción serán destinados a los mismos yacimientos que hoy tiene en explotación. Agregó que, de no ser por la ayuda de muchos parlamentarios que tuvieron la conciencia de decir que la mina Radomiro Tomic debía ser explotada por una empresa chilena, hoy estaría en manos de capitales privados, siendo una de las mayores reservas de sulfuros de baja ley a nivel mundial, que abastece la totalidad de este producto que requiere el mineral de Chuquicamata para su operación.

El señor Espinoza destacó que la segunda fase de Andina es un proyecto de más de 5 mil millones de dólares, que está entre los más grandes del mundo, cuyo objetivo es llegar a 240 mil toneladas de tratamiento, en plena cordillera. Advirtió, sin embargo, que el Gobierno no está cumpliendo lo aseverado en orden a invertir 15 mil millones de dólares en Codelco. A modo de ejemplo, señaló que supuestamente se iba a presentar un proyecto trianual de inversiones, pero lejos de ocurrir aquello, la empresa ha debido devolver este año al Fisco 350 millones de dólares que había logrado ahorrar. O sea, el Gobierno está endeudando a la empresa o vendiendo sus activos en vez de asignarle mayores recursos, lo que para la FTC tiene visos de inconstitucionalidad, pues debería dictarse un decreto fundado para negarle a Codelco los fondos necesarios para su financiamiento, para lo cual sólo se tiene contemplado a futuro la venta de Edelnor, en cerca de 800 millones de dólares.

Informó además, que Codelco exporta casi el 100 por ciento de su producción en forma de cátodos, mientras que las empresas privadas exportan prácticamente sólo concentrados, que contienen además oro, plata, renio y otros minerales.

En lo relativo a los encadenamientos productivos, señaló que la FTC está de acuerdo en que existan, pero se le ha planteado a Codelco exportar concentrados y dejar de lado las labores de fundición, debido a su antigüedad y alto costo. El problema es que si China e India toman el control de la fundición del cobre en el mundo, Codelco tendría que asumir después, igualmente, altos costos para tratar sus concentrados, sobre todo concentrados sucios (con alto contenido de arsénico), como los que tiene Chuquicamata. Por lo demás, no existe capacidad logística en Chile (ni barcos ni puertos) para poder exportar concentrados de cobre y la calidad de éstos no cumple la normativa de tratamiento de metales sucios de muchos países europeos, por lo que habría problemas para poder colocarlos en esos mercados. Por tanto, la estrategia debiera apuntar a fortalecer las fundiciones y llegar a la máxima producción de cátodos posible.

En tal sentido, la FTC ha hecho una propuesta tendiente a favorecer la producción de litio y cobre, cuya aleación va a ser muy importante, sobre todo, en el ámbito de los proyectos energéticos. El problema es que no se vislumbra en el país la importancia de establecer un encadenamiento productivo y dejar de exportar sólo materias primas.

El señor Álvarez explicó, en relación con la utilidad extraordinaria, que en la minería del cobre se plantea que existe una renta diferencial, la cual se determina a partir de la utilidad normal. Esta última se calcula como el promedio de las utilidades de un número convencional de empresas (las 500 más grandes del mundo, por ejemplo), y fluctúa normalmente entre 20 y 25 por ciento de los ingresos. De hecho, cuando la FTC planteó este tema, definió la utilidad normal como aquella equivalente al 30 por ciento de los ingresos por ventas, siendo utilidad extraordinaria la que exceda dicho límite.

Así, aplicado este ejercicio a La Escondida, se calcula que, en 2009, sus utilidades extraordinarias, con un precio del cobre de 2,34 dólares la libra, ascendieron a 2.400 millones de dólares; y debieran promediar los dos mil millones en los próximos tres años, manteniendo el precio del metal rojo en el mismo rango.

Añadió que lo que ha hecho Noruega, en el caso del petróleo, que es su principal producto de exportación, es seguir una estrategia comercial muy inteligente. Como el retorno de divisas por sus exportaciones es enorme y termina afectando a otros sectores debido al deterioro del tipo de cambio, lo que hace es apropiarse del 100 por ciento de la renta diferencial (utilidades extraordinarias) de las empresas privadas, dejándoles a salvo la percepción de la utilidad normal. Para ello, creó una empresa en que el Estado tiene una participación del 75 por ciento, que a su vez celebra convenios con inversionistas extranjeros para la explotación de petróleo.

Teniendo en cuenta lo anterior, planteó que ofrecer una compensación como la invariabilidad tributaria a las empresas mineras para los años 2010 a 2012, con el objeto de recaudar mil millones de dólares, cuando sólo La Escondida obtuvo utilidades extraordinarias en 2009 por 2.400 millones, y suponiendo que obtendrá mucho más en lo sucesivo -ya que hoy el precio del cobre excede los 3 dólares la libra- resulta absolutamente innecesario.

Por lo demás, sostuvo, estas empresas no van a detener sus planes de expansión y, hacia el año 2017, aun cuando se les comience a aplicar un IEM de 10 por ciento, habrán aumentado su producción en un millón de toneladas adicionales a las que producen hoy, sin importar los mayores costos que ello involucre, porque las utilidades que esperan obtener son espectaculares y compensarán con creces sus inversiones. Por lo tanto, cuando alegan que con el royalty se está poniendo en riesgo esa posibilidad, lo único que persiguen es maximizar sus utilidades, ya que con los índices de extracción y los precios que se prevén, si ganan ocho años más de invariabilidad tributaria, con una escala de tasas que les aumenta marginalmente el impuesto específico, igualmente harán un excelente negocio.

Por otra parte, cuando se habla de grandes proyectos mineros para los próximos cinco años, de los 50 mil millones de dólares que se estarían invirtiendo en el país, sólo 15 mil corresponden a Codelco. La Escondida, Coyahuasi y Los Pelambres son, en cambio, los grandes proyectos privados para el mismo período, todos de expansión, salvo Caserones, que sería construido por capitales chinos. Consultado acerca del régimen tributario aplicable a estos proyectos privados y su estado de avance, indica que el Comité de Inversiones Extranjeras es el encargado de aprobarlos, pero no explicita tales circunstancias.

4.- El señor Manuel Riesco manifestó que las propuestas que plantea el proyecto presentado por el Gobierno son insuficientes y que sería más conveniente para el país que se aprovechara este momento para producir una discusión más a fondo respecto al tema de la tributación minera.

El señor Riesco planteó que en el curso de los últimos 5 a 10 años ha cambiado la percepción respecto del uso y explotación de los recursos naturales, ya que existe evidencia de que los países subdesarrollados van a tener un importante crecimiento en el curso del siglo que se ha iniciado, lo que generará una demanda muy significativa de recursos naturales. Esta situación ha modificado la perspectiva estratégica de largo plazo de los países, quienes han elevado sustancialmente las exigencias para acceder a ellos. No obstante lo anterior, en todos los casos, las empresas que los explotan permanecieron en el país, aceptando las nuevas condiciones.

Esta perspectiva ha provocado un escenario completamente nuevo para los países que poseen recursos naturales en abundancia quienes, en el curso de los últimos años, han ido recuperando el control sobre los recursos que poseen, y han negociado en condiciones completamente distintas el permiso de acceso de otros países y empresas a sus recursos. Así por ejemplo, Rusia, que durante los años 90 había privatizado gran parte del acceso a los recursos naturales, ha recuperado en los últimos 5 años, el control de prácticamente todos los yacimientos entregados al capital extranjero; Bolivia recuperó el control de sus hidrocarburos; Argentina estableció en el año 2007 un royalty del 10% de las ventas de todos los minerales; Venezuela ha renegociado sucesivamente las condiciones de acceso a su petróleo, elevando sustancialmente los cobros.

El señor Riesco destacó el caso de Brasil, quien decidió soberanamente asumir directamente la explotación de sus hidrocarburos en sus costas en el año 2009. Asimismo, se revirtió la privatización parcial de las 2 grandes empresas mineras brasileñas explotadoras de petróleo y acero, con lo cual, dicho país recuperó el control completo de dichos recursos. En opinión del expositor, esta política es importante no sólo porque fue definida por el país más grande de Latinoamérica, sino porque en términos generales, es similar al mejor ejemplo que existe en materia de recursos naturales en el mundo, el caso de Noruega.

Hace más de 30 años, Noruega desarrolló una política minera que es considerada por los especialistas como la mejor estrategia de diseño del mundo en esta materia. Consiste en que el Estado define que los recursos son del propio Estado, quien en parte los explota, dejando espacio, a su vez, a las empresas privadas para participar de su explotación, pero definiendo como condición de que toda la renta del mineral queda para el Estado y que las empresas obtienen a cambio una ganancia proporcional al capital invertido. A su vez, el Estado noruego cobra un royalty en base a las ventas que empieza en 10%, pero sube adecuándose al precio internacional del producto, de manera tal de garantizar que la renta de su explotación y venta quede en el país. Adicionalmente, cobra un impuesto específico a las utilidades, lo que permite captar la renta diferencial de los yacimientos que operan al interior del país. Finalmente el Estado se reserva el derecho a fijar los volúmenes de producción.

Este modelo cumple con ser una política de mercado, abierta a los países o empresas que quieran participar, pero soberana en el sentido de que garantiza que la totalidad de la renta del mineral quede en el país. Es este tipo de modelo aquel, que en opinión del expositor, debe ser implementado también en Chile, especialmente considerando que en base a esta política, Noruega ha alcanzado el más alto índice de desarrollo humano del mundo, ha acumulado un fondo soberano de más de 500.000 millones de dólares, fue el único país europeo no afectado por la reciente crisis económica y que, no obstante las restricciones a la explotación y venta del producto, todas las principales mineras transnacionales operan en Noruega, aceptando estas condiciones.

Por otra parte, el señor Riesco afirmó que las principales mineras que operan en nuestro país son de origen Australiano y que recientemente estas empresas acordaron con su propio Gobierno el pago de una tasa de 30% sobre todas las utilidades que exceden el 12% del capital invertido. Con lo cual, considerando adicionalmente el Impuesto a la Renta que pagan todas las empresas, la tasa de impuesto de las mineras quedó en 40%. En otras palabras, las mismas empresas mineras que operan en nuestro país, en su casa aceptaron pagar un 30% de Impuesto Específico.

En otro orden de ideas, el señor Riesco expresó que el proyecto plantea el tema de la invariabilidad tributaria que se origina en el decreto ley N° 600. Consideró que el referido decreto es discutible desde el punto de vista constitucional y complicado desde el punto de vista soberano, por cuanto significa abdicar el derecho de cualquier Estado de establecer los impuestos que estime convenientes dentro de su territorio. En este contexto y precisamente a raíz de la existencia de la invariabilidad, el proyecto propone prorrogar su vigencia como una forma de compensar a las empresas por el aumento tributario, lo que en opinión del expositor, es un error conceptual, ya que no es necesario entregar un incentivo a las empresas para que voluntariamente se acojan a la política soberana del Estado de Chile, sino que, en su opinión, se les debe dar la posibilidad de elegir someterse o no al nuevo régimen, pero advirtiéndoles que de no acogerse, se verán obligados a hacerlo al término de su invariabilidad tributaria con costas o cargos adicionales.

Por otro lado, el señor Riesco señaló que en los últimos 5 años, las utilidades de las empresas mineras en Chile, antes de impuestos, intereses, amortización y depreciación, suma un total de aproximadamente 76.000 millones de dólares y, afirmó, que esta cifra es similar a lo que las mismas empresas ganaron en su propio país en 10 años. Es más, el total de inversiones de la minería privada en Chile desde el año 1974 y 2008 suma 21.800 millones de dólares. En otras palabras, las ganancias que las mineras obtuvieron en los últimos 5 años en Chile, exceden en más de 3 veces el total de las inversiones en minería privada en 30 años en nuestro país. Asimismo, las ganancias de las empresas mineras representan alrededor de la mitad del presupuesto acumulado del Estado de Chile en 5 años, lo que quiere decir que los chilenos prácticamente estamos financiando a un Estado, permitiendo la existencia del sistema tributario actual.

El señor Riesco, a su vez, sostuvo que por cada dólar que vende Codelco en cobre obtiene utilidades (antes de impuestos) de 77 centavos en promedio en los últimos 5 años, lo que se explica porque este mineral va acompañado de minerales preciosos que al venderlos pagan casi todos los costos de explotación. Por otra parte, las empresas privadas, de acuerdo a sus propios balances, obtienen 75 centavos por cada dólar que vende, cifra que según el expositor, resulta simplemente difícil de creer, por cuanto se sabe que Codelco explota minas que son centenarias, mucho más complejas de explotar que las minas privadas, y considerando además, que las leyes que regulan la minería privada son mucho más favorables para el explotador.

El señor Riesco concluyó, en base a todo lo anterior, que en lugar de hacer una discusión apresurada, sería más adecuado discutir con mesura una política soberana en materia de tributación minera.

El Diputado señor Accorsi preguntó, ¿cuál es la razón por la que no se puede cambiar las reglas de juego en materia minera en Chile, si otros países ya lo hicieron?, ¿es ésta una decisión simplemente política?, ¿qué ocurre con la concurrencia de las empresas afectadas a las cortes internacionales?

El Diputado señor Montes planteó que no tiene sentido hacer un debate apresurado del tema sin entender que se ha producido en los últimos 10 años un cambio estructural de la industria. Por otro lado señaló estar de acuerdo con eliminar toda referencia a la invariabilidad tributaria y proceder a desarrollar un proyecto de tributación minera a largo plazo para el año 2017 en adelante. En otro orden de ideas, afirmó que, en su opinión, el país pagará un precio muy alto por confundir este debate con la necesidad de recursos para la reconstrucción y opina, a su vez, que existen para ello otras alternativas, siendo lo más razonable cargar esta necesidad de financiamiento al fondo del 10% del cobre, afirma. A su vez, el Diputado preguntó respecto de las utilidades de los subproductos asociados al cobre, ya que opinó que en Chile no se estarían aprovechando correctamente, por cuanto los privados exportan el material concentrado y no refinado. Finalmente, el Diputado manifestó su preocupación respecto a las estrategias de desarrollo y agregó que, en su opinión, debe existir un estimulo mayor para promover encadenamientos productivos ligados al cobre, a fin de que el sector aporte al desarrollo de las regiones y del país.

El señor Riesco expresó, con respecto a la invariabilidad tributaria, que los constitucionalistas no tienen 2 opiniones en el sentido de que un país es soberano para darse las leyes que estimen convenientes, por lo tanto, no hay ninguna razón provocada por el ordenamiento jurídico, que impida que este país o cualquier otro ejerza las atribuciones que tiene de determinar sus propias leyes en base a la voluntad soberana. En este contexto, el país en un momento dado, consideró la necesidad de contar con un estatuto especial a la inversión extranjera como el decreto ley N° 600 y, de la misma manera, podría soberanamente discutir la derogación de ese decreto, lo que en su opinión, sería el paso inicial para una política adecuada en materia de recursos naturales. Estima que más que una discusión jurídica, tiene relación con una intención política.

Por otro lado, el señor Riesco destacó que, a pesar de que en la política comunicacional de los principales medios no recalcan el derecho de cobrar adecuadamente por lo que nos pertenece, en base a su experiencia, afirmó que la ciudadanía, en forma abrumadora, considera que hay que cobrar más a las empresas mineras por el uso de nuestros recursos. Existe la convicción ciudadana de que es necesario modificar la política minera vigente.

Con respecto a la reconstrucción, el señor Riesco concordó en que los recursos son necesarios, pero que lamentablemente se está confundiendo esta necesidad con un nuevo sistema de tributación minera que extendería por 8 años más la invariabilidad tributaria, situación que en opinión del expositor, es altamente inconveniente. El señor Riesco opinó que, por el contrario, la legislación a futuro en materia minera debería tender a la recuperación de nuestros recursos naturales.

Por otra parte, el señor Riesco postuló que uno de los mayores problemas que presenta la economía chilena es que a lo largo de 40 años ha subsidiado de manera extraordinaria la exportación de recursos naturales, lo cual distorsiona la economía y el carácter de las empresas en un país. En este contexto, señaló que Chile ha privilegiado la operación de rentistas en vez de empresarios capitalistas. El rentista es aquél que explota un recurso con el único fin de apropiarse cada vez más de él y cobrar lo más posible. El señor Riesco agregó que la única forma de eliminar a los rentistas, es hacer equivalente y competitiva la actividad de todas las industrias, y favorecer al empresario capitalista e innovador, es cobrar la renta de esos recursos.

Con respecto a los subproductos, el señor Riesco, señaló que el Director de Impuestos Internos recientemente afirmó que la última vez que el Servicio Nacional de Aduanas midió los subproductos contenidos en los concentrados de mineral que se exportan fue en el año 2003, y lo que es peor, ésta fue la primera vez que se realizó esta medición. Como forma de solucionar esta situación, el señor Riesco puntualizó que es perfectamente posible definir que el royalty que paguen los productos refinados sea menor que aquél pagado por el mineral concentrado.

El Diputado señor Vilches recuerda que el proyecto planteado por el Ejecutivo sube efectivamente los impuestos a la actividad minera, planteando una tabla de 5% a 9% en función al precio internacional del cobre, es decir, la renta que eventualmente pudiera recaudar el país es considerablemente superior con este proyecto aprobado. En este contexto, el Diputado lamentó que el señor Riesco no se haya referido específicamente a lo que el proyecto propone, ya que independiente de las distintas ideas que se han vertido en esta discusión, es el proyecto que ha planteado el Gobierno lo que se va a votar mañana en esta Comisión y el miércoles en la Sala. Por otro lado, siempre se ha reclamado un porcentaje de las utilidades para las regiones mineras, y este proyecto determina un 30% de aporte a las regiones, el Diputado solicitó al expositor un pronunciamiento al respecto.

Con respecto al proyecto específicamente, y ante el requerimiento del Diputado Vilches, el señor Riesco señaló que tal como se encuentra el proyecto en este momento, lo adecuado en su opinión seria rechazarlo, ya que a pesar de que se sube el impuesto específico según una tabla de 5% a 9%, hay que considerar que las mismas empresas han aceptado recientemente pagar en su propio país el 30%.

Finalmente, con respecto a las regiones, en el caso de Australia, las mismas empresas pagan un royalty de 5% por cada tonelada de cobre vendida y de 7% en el caso de material concentrado que pagan directamente a las regiones donde se extrae el mineral. Por otro lado, el impuesto final que cobra el Estado consolida todos los impuestos locales, mecanismo que le parece bastante razonable.

En definitiva, el señor Riesco reiteró que hay que rechazar el proyecto para dar una señal al Ejecutivo en orden a que se requiere otro de mejores características.

5.- El señor Jorge Godoy manifestó que la Asociación que preside se creó durante el presente año y que con respecto al proyecto del Ejecutivo, señalan adherir a la posición recientemente expuesta por el señor Riesco. A su vez, indica que el Impuesto Específico de la minería debe ser dirigido a las comunas donde se explota el mineral, por cuanto una vez acabado el recurso en la zona, es el municipio quien debe asumir los efectos de la actividad sobre la comunidad, como enfermedades y desempleo.

El señor Cristián Tapia expresó que la Asociación está compuesta por 120 municipios mineros del país y que a pesar de ser de diversas tendencias políticas existe acuerdo en términos de que todos creen que acelerar la discusión de este nuevo régimen tributario en aras de la reconstrucción, podría producir nefastas consecuencias para el país. En este contexto, señaló que Chile se merece un royalty de verdad, por lo que sugiere una discusión más profunda y responsable. Por otra parte, criticó que los valores de las patentes mineras sean tan bajos, lo que contribuye a que una vez que se acaba el mineral, los municipios no sean capaces de asumir las responsabilidades con su comunidad, principalmente en materia de salud y empleo.

El señor Urrutia reiteró que a pesar de las distintas tendencias políticas representadas en la Asociación, existe consenso de que hay que mejorar el proyecto presentado por el Ejecutivo, con el objeto de determinar de mejor manera que los dineros que se obtengan de la explotación de un mineral quede en la región a la cual pertenece, principalmente debido a que los municipios deben asumir los costos asociados a la actividad minera, como las enfermedades, la contaminación ambiental y los costos ligados a la falta de empleo una vez acabado el yacimiento. Solicitó a los Parlamentarios tener en cuenta que deben destinarse recursos a las regiones donde se extrae el mineral para evitar casos similares a los ocurridos a municipios ligados a la explotación del carbón o el salitre, quienes simplemente desaparecieron una vez agotado el recurso.

Con respecto a las patentes mineras, el señor José Miguel Urrutia planteó que son absolutamente insuficientes ya que, por ejemplo, el municipio de Machalí recibe 150 millones de pesos anuales por este concepto, pero debe gastar más de 700 millones solamente en subvencionar salud y educación. Adicionalmente, expresó que irónicamente las comunas mineras, ricas en recursos naturales, son según la encuesta Casen las comunas más pobres de Chile.

El señor Jorge Godoy sostuvo que se comete un error al confundir este proyecto con la reconstrucción e indicó que ciertamente es necesario discutir sobre un nuevo régimen de tributación minera, pero no en base a la reconstrucción que requiere celeridad.

El Diputado señor Von Mühlenbrock preguntó, ¿cómo se califica un municipio para ser minero y pertenecer a la Asociación?

El señor Godoy respondió que de las 345 comunas del país, se determinó en conjunto con los Municipios, que 120 de ellas eran netamente mineras en base a las patentes pagadas y la presencia de empresas mineras y pirquineros en la zona.

El Diputado señor Accorsi preguntó, ¿el proyecto del Ejecutivo beneficia o no a las comunas mineras representadas en la Asociación?

El señor Tapia señaló que el proyecto, en los términos planteados actualmente, no beneficia específicamente a los municipios mineros, ya que para acceder a los recursos se va a tener que postular en base a proyectos, es decir, no existe seguridad respecto a la obtención de los mismos.

El Diputado señor Ortiz sostuvo que el mensaje del proyecto establece que el 30% del royalty se asignará a las regiones, pero lamenta que lo mismo no se exprese en el articulado del proyecto. A su vez, consideró que lo adecuado sería utilizar estos recursos para aumentar el per cápita en salud y la subvención educacional preferencial. Finalmente preguntó, ¿cuántos de estos 120 municipios están ligados a la producción del cobre?

El Diputado señor Montes mencionó que empresarios del sector minero han señalado contar con encadenamientos productivos en las regiones en donde operan, lo cual produciría un fuerte impacto en las comunas en base a la contratación de personas, inversiones, el desarrollo de un sector servicios y apoyo a una serie de actividades económicas como la vivienda. En este contexto, preguntó, ¿cómo se aprecian estos encadenamientos por parte de los municipios?, ¿se han evaluado?, ¿cuál es el real impacto que dichos encadenamientos tienen en la comuna?

El Diputado señor Robles, entendiendo que es el Gobierno quien pone las urgencias, consultó a la Asociación si han tenido la oportunidad de reunirse con el Ejecutivo para plantear sus inquietudes respecto a la celeridad con la que se está discutiendo este proyecto. En la misma línea, y considerando que mañana se votará el proyecto, preguntó, ¿cuál es específicamente la opinión de la Asociación respecto a la invariabilidad tributaria y a la modificación del Impuesto Específico que ha planteado el Gobierno?

El señor Tapia informó que de los 120 municipios, alrededor del 50% son productores de Cobre. Por otro lado, en relación con los encadenamientos productivos, indicó que los aportes sociales de las empresas mineras son sencillamente decepcionantes, y señaló que, por ejemplo, una empresa instaló un establecimiento educacional particular, lo que no puede ser considerado como aporte social por cuanto el establecimiento tenía fines de lucro y era exclusivo para gente acomodada.

Con respecto a la opinión de la Asociación acerca del proyecto, el señor Tapia señaló que la nueva tabla de 4% a 9% de Impuesto Específico sigue siendo un paraíso tributario para las empresas mineras, especialmente sumado a las ventajas que tienen en términos de leyes laborales, negociaciones colectivas y repartición de utilidades entre los trabajadores. Por otro lado, estimó que sería un error extender por 8 años más la invariabilidad tributaria, reitera que se debe permitir una discusión más extensa sobre la materia y que Chile merece un royalty de al menos 10%, y que de ese porcentaje el 50% debería quedar en las comunas mineras.

El Diputado señor Vilches argumentó ser partidario de tener más tiempo para discutir y legislar, pero que también hay que reconstruir, y para ello se requieren recursos con celeridad que este proyecto tiene la capacidad de proporcionar. Por otra parte, está de acuerdo en que las municipalidades heredan una serie de responsabilidades que deberían corresponderle a las empresas mineras, como por ejemplo, la salud de sus trabajadores, o las carreteras que utilizan de forma indiscriminada para ejecutar su labor.

El Diputado señor Jaramillo señaló entender la necesidad de celeridad por motivo de la reconstrucción, pero no por ello se debería hipotecar el futuro de nuestra principal riqueza. Por otro lado, preguntó, ¿qué opinan del 30% para las regiones?, ¿se ha analizado el hecho de que no existe distinción para las regiones mineras en cuanto a la asignación?

El Diputado señor Robles solicitó que el señor Urrutia, se pronuncie concretamente respecto a su posición en relación con el proyecto del Ejecutivo.

El señor Urrutia planteó que la discusión no debe centrarse en diferencias político partidistas, sino que debe entenderse como una decisión de país. Si se vota o se legisla sobre la base de una discusión apresurada, se puede estar hipotecando el futuro de Chile. En su opinión, lo que corresponde es trabajar en conjunto y lograr un acuerdo político entre las distintas coaliciones, con visión de futuro.

Por otro lado, el señor Urrutia afirmó que como Asociación se presentaron ante el Ministro de Minería y ante la Comisión de Minería de la Cámara, quienes aplaudieron la iniciativa de ir más allá de los colores políticos y agruparse en una organización que tienda a buscar alternativas de asignación de recursos adicionales para las regiones, ya que obviamente las patentes mineras son insuficientes para satisfacer las necesidades de la comunidad, y más aún si con ellos se pretende asegurar el futuro de la comuna una vez agotado el mineral.

El señor Jorge Godoy, a modo de conclusión, llamó a rechazar el proyecto presentado por el Ejecutivo e indicó que los 120 municipios que componen la Asociación que preside, no aceptan los planteamientos del Gobierno. Por otro lado, con respecto a los recursos necesarios para la reconstrucción, existen fuentes alternativas de financiamiento, como por ejemplo, el 10% de la producción de cobre que se le entrega a las Fuerzas Armadas.

En definitiva, el señor Godoy señaló que lo que corresponde es generar una política tributaria minera a nivel país sin dejar de velar por el futuro de las comunas una vez agotado el mineral.

II. Documentos entregados a la Comisión disponibles para su consulta en la Secretaría

1.- Opinión del señor Juan Villarzú R. sobre el proyecto.

2.- Documento de la Dirección de Estudios y Políticas Públicas de COCHILCO sobre la “Inversión en la Minería Chilena del Cobre y del Oro”, proyección del período 2010-2015. Actualizada al cierre de Mayo 2010.

3.- Distribución de ingresos correspondientes a Ley de Patentes Mineras. Documento del Departamento de Servicios Legislativos de la BCN. 9 de julio 2010.

4.- Tributación y Ganancias de la Gran Minería en Chile: 2005-2009. Documento del Centro de Estudios Nacionales de Desarrollo Alternativo CENDA. Junio 2010.

5.- Royalty al Cobre. Algunos antecedentes para el debate parlamentario en curso. CENDA.

1.4. Informe Complementario de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 15 de septiembre, 2010. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 76. Legislatura 358.

?Valparaíso, 15 de septiembre de 2010.

El Secretario de Comisiones que suscribe, CERTIFICA:

Que las indicaciones al proyecto de ley originado en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República que INTRODUCE MODIFICACIONES A LA TRIBUTACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACTIVIDAD MINERA (Boletín Nº 7.170-05), con urgencia calificada de "suma", fueron tratadas en esta Comisión, en sesión del día de hoy, con la asistencia de los Diputados señores Von Mühlenbrock, don Gastón (Presidente); Accorsi, don Enrique; Jaramillo, don Enrique; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Monckeberg, don Nicolás; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto; Sauerbaum; don Frank; Silva, don Ernesto y Walker, don Matías.

Concurrieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa los señores Felipe Larraín, Ministro de Hacienda; Laurence Golborne, Ministro de Minería y Pablo Wagner, Subsecretario de Minería.

El Ejecutivo presentó las siguientes indicaciones:

ARTICULO 3° Y 4°, NUEVOS.-

1) Para agregar los siguientes artículos 3° y 4°, nuevos:

"Artículo 3°.- Créase el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, en adelante el Fondo, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades de país.

Mediante uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, se regulará la ad-ministración, operación, condiciones, destino y distribución de los recursos del Fondo.

Los proyectos señalados en el inciso anterior deberán cumplir con las normas sobre evaluación contempladas en el artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, sobre Administración Financiera del Estado, así como con la demás normativa aplicable al respecto.

El Fondo a que se refiere este artículo, estará constituido por los recursos que para este objeto contemple anualmente la Ley de Presupuestos.".

“Artículo 4°.- Los decretos supremos referidos en el artículo precedente deberán establecer, los criterios y mecanismos mediante los cuales los gobiernos regionales, en el marco de sus atribuciones, priorizarán y definirán los proyectos que serán financiados con los recursos del Fondo. Los gobiernos regionales deberán establecer los mecanismos de participación a través de los cuales los municipios puedan proponer proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos del Fondo."

ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO, NUEVO.-

2) Para agregar el siguiente artículo sexto transitorio, nuevo:

"Artículo sexto transitorio.- Transcurridos 180 días corridos luego de la expiración del plazo señalado en el inciso final del artículo segundo transitorio, destínese al Fondo establecido en el artículo 3°, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. En la medida que los fondos antes referidos hayan sido enterados, destínase al mismo Fondo la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de las Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, al 1° de julio del año 2012, la misma suma al 1° de julio de 2013 y la misma suma al 1° de julio de 2014. En caso de no emplearse estos recursos dentro de los períodos anuales señalados, podrán utilizarse durante los doce meses siguientes. A partir del año 2015, el Fondo será suplementado por los recursos que para estos efectos destine la Ley de Presupuestos.

Anualmente, un tercio del total de los recursos comprometidos para cada año deberán ser asignados a las regiones mineras, según éstas se definan en los decretos señalados en el artículo 3°, y los dos tercios restantes serán distribuidos, entre la totalidad de las regiones del país.”.

Sometidas a votación las indicaciones precedentes, fueron aprobadas por 11 votos a favor y 2 abstenciones. Votan a favor los Diputados señores Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Monckeberg, don Nicolás; Montes, don Carlos; Ortíz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto; Sauerbaum, don Frank; Silva, don Ernesto; Von Mühlenbrock, don Gastón y Walker, don Matías. Se abstienen los Diputados señores Accorsi, don Enrique y Jaramillo, don Enrique.

También se sometió a votación la indicación de los Diputados señores Accorsi, Lorenzini, Jaramillo, Montes, Ortiz y Robles:

Para agregar el siguiente artículo 5°:

“El Servicio Nacional de Aduanas tendrá la obligación de analizar la composición de las exportaciones de concentrados de cobre y sus subproductos (Ag, Au, Mb, entre otros). Dicho analisis deberá cubrir entre un 3% y 10% del total de las exportaciones de concentrado.”.

Sometida a votación la indicación precedente, se aprobó por 9 votos a favor y 4 en contra. Votaron a favor los Diputados señores Accorsi, don Enrique; Jaramillo, don Enrique; Marinovic, don Miodrag; Monckeberg, don Nicolás; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Von Mühlenbrock, don Gastón y Walker, don Matías. Votan en contra los Diputados señores Macaya, don Javier, Recondo, don Carlos; Sauerbaum, don Frank y Silva, don Ernesto.

La Comisión acordó que el informe se emita en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado Informante al señor RECONDO, don CARLOS.

Al presente certificado se adjunta anexo al informe financiero de la Dirección de Presupuestos.

El Diputado señor Accorsi, entregó a la Comisión para el conocimiento de sus integrantes, los siguientes documentos:

-Documento referente a valores y recaudación de las patentes mineras preparado por la BCN.

-Fundamentos de la indicación al proyecto que establece un royalty con tasas entre 10% y 15% sobre las ventas diferenciadas entre refinados y concentrados.

Javier Rosselot Jaramillo

Secretario de la Comisión

1.5. Discusión en Sala

Fecha 15 de septiembre, 2010. Diario de Sesión en Sesión 76. Legislatura 358. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

MODIFICACIONES A LA TRIBUTACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACTIVIDAD MINERA. Primer trámite constitucional.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Esta sesión especial fue citada con el acuerdo de los jefes de los Comités con el objeto de considerar, hasta su total despacho, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, originado en mensaje, que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera, con urgencia calificada de “suma”.

Los Comités acordaron también destinar tres horas para la discusión de este proyecto, las que serán distribuidas proporcionalmente entre las bancadas.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Carlos Recondo.

Antecedentes:

-Mensaje, boletín N° 7170-05, sesión 69ª, en 1 de septiembre de 2010. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Primer informe y Certificado de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N°s 13 y 14.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Para rendir el informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado don Carlos Recondo.

El señor RECONDO (de pie).-Señora Presidenta , en nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera.

La idea matriz o fundamental del proyecto en informe consiste en modificar la tributación específica de la actividad minera.

Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Felipe Larraín , ministro de Hacienda ; Lawrence Golborne , ministro de Minería ; Rodrigo Álvarez , subsecretario de Hacienda ; Pablo Wagner , subsecretario de Minería ; Tomás Flores , subsecretario de Economía y Jaime Salas , asesor legislativo del Ministerio de Hacienda.

Concurrieron también los señores Raimundo Espinoza , presidente ; Raúl Álvarez , asesor, y Víctor Morales , encargado del Área Legislativa, respectivamente, de la Federación de Trabajadores del Cobre (FTC); Manuel Riesco , economista del Centro de Estudios Nacionales de Desarrollo Alternativo ; Jorge Godoy , presidente de la Asociación de Municipios Mineros ; Cristián Tapia , vicepresidente de la misma Asociación; José Miguel Urrutia , alcalde de la Ilustre Municipalidad de Machalí , y Juan Carlos Alfaro , alcalde de la Ilustre Municipalidad de Andacollo .

En el mensaje se destaca el aporte de la minería en Chile a lo largo de nuestra historia y, en especial, tratándose de apoyos solidarios a los nacionales afectados por desastres naturales.

Al Gobierno le parece indispensable promover una legislación que permita a la minería seguir ayudando a la reconstrucción del país, por una parte, y establecer un régimen tributario permanente por la utilización de recursos que no son renovables como los mineros, para alcanzar grandes objetivos nacionales.

En el contexto de la reconstrucción por los daños ocasionados por la catástrofe del 27 de febrero pasado, se señala en el mensaje que el Gobierno propuso distintas normativas y adoptó medidas para superar la emergencia buscando, por ejemplo, incentivar las donaciones privadas, al tiempo que creaba el Fondo Nacional de la Reconstrucción Nacional, previsto en la ley N° 20.444. De la misma forma, a través de la ley N° 20.455, se aprobó un conjunto de normas tributarias, de manera de obtener los recursos necesarios para hacer frente a la emergencia por la vía impositiva.

Objetivo del proyecto.

Se propone garantizar un piso básico de recursos para el Estado, similar al vigente desde el año 2005, pero que, a través de una tabla creciente de tasas, especialmente en períodos de grandes ganancias por la industria, el Estado de Chile obtenga una parte importante de las ganancias producidas por el desarrollo minero nacional.

Así, el sistema que se propone contempla que cuando debido a condiciones internacionales de cotización de los minerales y la interacción de otras variables las ganancias del sector minero aumenten, también lo haga correlativamente la tasa del impuesto específico y, por lo tanto, la contribución de estas empresas sea mayor. De la misma forma, que la tasa del impuesto disminuya, pero siempre a un nivel similar al actual régimen legal, cuando las señaladas condiciones sean menos favorables.

Un segundo objetivo enunciado consiste en efectuar un aporte adicional para el presupuesto de las regiones y los municipios. Lo anterior se materializará anualmente, en el equivalente al 30 por ciento de los recursos adicionales que se espera recaudar con el proyecto de ley, los que irían directamente a las regiones y comunas, lo que aumentaría, entonces, de manera considerable sus ingresos.

Contenido del proyecto.

Se establece un nuevo régimen impositivo a la actividad minera, que incorpora de manera permanente, en el texto de la ley de Impuesto a la Renta, una tasa efectiva de entre el 5 y el 9 por ciento sobre el margen operacional minero.

Sin perjuicio de lo anterior y tal como lo dispuso la ley N° 20.026, el proyecto propone adicionalmente para los actuales contribuyentes un sistema de sujeción voluntaria al régimen del nuevo impuesto específico. En efecto, los explotadores mineros, entre otros, que actualmente sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria, cuya fuente sea un contrato de inversión extranjera celebrado con el Estado de Chile, podrán acogerse voluntariamente al nuevo régimen del impuesto específico.

Esta opción les permitirá sustituir su actual régimen de invariabilidad tributaria, sujetándose a un alza provisoria de su carga impositiva por el período de tres años, aplicándosele una tabla sobre el margen operacional, con tasas del 4 al 9 por ciento, y extendiendo, como contrapartida al mayor valor de su aporte fiscal, el plazo de invariabilidad de sus contratos por ocho años adicionales.

Por aplicación de lo anterior, el monto del impuesto se determinará, entonces, como un porcentaje sobre la renta imponible operacional del explotador minero, siendo su tasa efectiva entre el 4 y el 9 por ciento del margen operacional minero para los años calendarios 2010, 2011 y 2012, respecto de los contribuyentes que teniendo un régimen de invariabilidad vigente se incorporen voluntariamente al régimen que se propone. Cabe hacer presente que los tres años del régimen transitorio serán imputables al plazo de invariabilidad en referencia.

Al plazo de invariabilidad originalmente pactado y descontados que fueren los tres años antes señalados, se adicionará un plazo de ocho años, que se contabilizará, extinguido que fuere el plazo original de invariabilidad pactado en el referido contrato. A partir del año calendario 2013 y hasta el término del plazo de invariabilidad originalmente pactado en sus respectivos contratos vigentes, será aplicable la tasa que les correspondiere según dichos contratos.

Finalmente, como se ha señalado, será aplicable a los nuevos contribuyentes afectos al impuesto específico de la actividad minera y a aquellos que no hubieren suscrito un contrato de invariabilidad a la fecha de entrada en vigencia de la ley, el régimen general de una tasa efectiva de entre 5 y 9 por ciento del margen operacional minero, que se incorporará a la ley sobre Impuesto a la Renta.

Disposiciones legales que modifica el proyecto.

1. La ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el decreto ley N° 824, de 1974.

2. El decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera.

Antecedentes presupuestarios y financieros.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 1 de septiembre de 2010, señala que las modificaciones que introduce el proyecto al régimen impositivo a la actividad minera producirá mayores ingresos fiscales estimados en 166.200 millones de pesos para 2011, en 189.100 millones de pesos para 2012, y en 140.800 millones de pesos para 2013. Estas cifras suponen un precio promedio de la libra de cobre de 3,2 dólares, en 2010; 3,3 dólares, en 2011, y 3,1 dólares, en 2012. Cabe señalar que estos precios, así como los márgenes operacionales utilizados en la estimación han sido proporcionados por Cochilco y corresponden a las estimaciones más recientes de ambas variables.

Discusión general del proyecto.

El ministro de Hacienda , señor Felipe Larraín , puntualizó que este proyecto avanza respecto del original que presentara el Ejecutivo , a propósito del financiamiento para la reconstrucción. En primer lugar, en el aumento de la tasa base de la tabla del impuesto específico a la minería. El proyecto original contenía una tasa base de 3,5 por ciento sobre el margen operacional minero, mientras que en el actual la tasa parte en 4 ó 5 por ciento, según el régimen aplicable.

En segundo lugar, la iniciativa establece un año adicional de contribuciones en relación con el original; es decir, se aumentan de dos a tres años de contribuciones, de acuerdo con la tabla del margen operacional minero.

En tercer lugar, el proyecto establece explícitamente que el 30 por ciento de los recursos serán distribuidos en las regiones, lo que se estima en 300 millones de dólares, dentro de los próximos tres años.

Con respecto al nuevo régimen que considera el proyecto, el ministro de Hacienda señaló que para aquellos que hoy cuentan con invariabilidad tributaria del 4 por ciento, al optar por este nuevo sistema, quedarán afectos a una tasa de impuesto de entre 4 y 9 por ciento por los próximos tres años, 4 por ciento para el período 2014-2017 y de 5 a 9 por ciento desde 2018 en adelante; es decir, se igualaría al régimen general de tributación. Por otra parte, para aquellos que ingresaran al sistema con posterioridad a la aprobación de este proyecto, quedarían afectos al mencionado régimen general de tributación, que consiste en una tabla que va desde el 5 al 9 por ciento, según el margen operacional minero.

Por su parte, el ministro de Minería , señor Laurence Golborne , expresó que resulta esencial tener en consideración que la minería es una industria dinámica, en donde se compite por los capitales de explotación y, en este sentido, advirtió que en la última década la participación de Chile en la producción de cobre se ha mantenido plana, mientras que otros países, como es el caso de Perú, han adquirido mayor importancia en la materia, incluso, han duplicado su participación en el mercado.

El ministro de Minería consideró que aprobar el proyecto implicaría un aumento de la carga tributaria, en la medida en que se flexibiliza el impuesto específico, pudiendo llegar hasta 9 por ciento sobre el margen operacional minero, tal como ya lo he señalado.

Discusión particular.

El artículo 1° del proyecto fue objeto de varias indicaciones.

Los diputados señores Accorsi , Jaramillo , Lorenzini , Montes, Ortiz y Robles presentaron una indicación para sustituir la letra c) del nuevo artículo 64 bis, introducido por el numeral 1) del artículo 1°, cuyo propósito era subir la tasa del impuesto aplicable a las empresas cuyas ventas anuales excedan el valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino.

La indicación fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, por incidir en una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Los mismos señores diputados presentaron una indicación al artículo 2°, relacionada con el decreto ley N° 600, y que tenía por finalidad derogar la invariabilidad convenida en virtud de dicho precepto legal.

La indicación también fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión.

Luego, el ministro de Hacienda anunció el retiro de las indicaciones del Ejecutivo al artículo 3°, permanente, y 6° transitorio, nuevos, en aras de lograr acuerdos en lo relativo al Fondo de Inversión y Reconversión Regional, lo que implicó ingresar otras indicaciones que explicaré al final.

La indicación de diputados que proponía un nuevo artículo con el fin de crear un Fondo de Desarrollo Regional, conformado por recursos por 130 millones de dólares al año, fue declarada inadmisible por la Mesa.

Una indicación parlamentaria que introducía una modificación al artículo 142 del Código de Minería, sobre patentes mineras, también fue declarada inadmisible por la Mesa.

Las indicaciones del Ejecutivo fueron aprobadas por la Comisión por siete votos a favor y seis en contra.

Finalmente, el Ejecutivo presentó una nueva indicación al artículo 3°, que propone la creación del Fondo de Inversión y Reconversión Regional, con el compromiso de aportar en la ley de presupuesto, como consecuencia de los ingresos provenientes de este proyecto, 100 millones de dólares por año durante 2011, 2012, 2013 y 2014, por lo tanto, ese fondo tiene garantizado 400 millones de dólares en esos cuatro años. Luego de 2014, las leyes de Presupuestos de cada año deberán considerar los recursos que constituirán ese fondo.

Esta indicación fue aprobada por amplia mayoría en la Comisión, con 11 votos a favor y 2 abstenciones.

Hace unos minutos la Comisión aprobó por 9 votos a favor y 4 en contra, una indicación presentada por los diputados señores Robles, Montes y otros, que incorpora un sistema para que Aduanas fiscalice la composición del material minero exportado.

El proyecto fue aprobado en general por 7 votos a favor y 6 en contra. La votación a favor fue de los diputados señores Bertolino , Macaya , Marinovic , Nicolás Monckeberg , Recondo, Silva y Von Mühlenbrock , y los votos en contra de los diputados señores Accorsi , Jaramillo , Lorenzini , Montes, Ortiz y Robles.

El proyecto fue tratado en seis sesiones, a las cuales asistieron los diputados Von Mühlenbrock , Auth , Accorsi , Tuma , Bertolino , Jaramillo , Lorenzini , Macaya , Marinovic , Nicolás Monckeberg , Cristián Monckeberg , Cardemil , Montes, Ortiz , Recondo, Robles y Silva .

También asistieron a la Comisión los diputados señores Cerda , Núñez , Rincón , Salaberry , Vilches , Walker y los senadores García y Ricardo Lagos Weber .

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.

El señor MONTES.- Señora Presidenta , estamos discutiendo un tema muy importante, tanto o más que la nacionalización del cobre. Las decisiones que se tomen afectarán seriamente al futuro del país, al futuro del cobre.

Es un contexto muy distinto al de 2005, porque ha habido cambios estructurales, hay inversión en el país, por lo tanto, no se trata de atraerla. El problema es cuánto va a aportar el cobre al país.

En primer lugar, queremos decir desde ya, categóricamente, como lo expresamos en la discusión del primer proyecto, que no estamos por la invariabilidad, porque perjudica a Chile. Creemos que no corresponde y es una muy mala solución.

(Aplausos)

El Gobierno del Presidente Piñera no asume con rigor la seriedad de lo que se está debatiendo. El proyecto es igual al que se presentó o del que se habló en la Comisión Mixta. Señala que necesita mil millones de dólares para la reconstrucción y propone un régimen tributario con invariabilidad hasta 2025 o más. Una visión estrecha del nuevo trato del cobre que requiere Chile. Obtenemos algo a corto plazo, sacrificando espacios de desarrollo del país y de las regiones.

Queremos decir que el Gobierno no ha querido dialogar sustantivamente sobre nada.

En la otra iniciativa, la Oposición dijo seriamente, con buenos argumentos, no a la invariabilidad. Se presenta lo mismo, no ha habido discusión, y si no se hace lo que el Gobierno quiere, como que vamos al despeñadero y a una gran derrota.

Para definir el rol del cobre se requiere un amplio acuerdo. No se puede pretender pasar a llevar a la mitad del país, a la Concertación, a toda la Oposición, especialmente a los trabajadores del cobre, a la Federación de Trabajadores del Cobre…

(Aplausos)

…y tampoco a los alcaldes de los municipios mineros, que categóricamente han dicho que les parece muy negativo el proyecto. Incluso, alcaldes UDI de los municipios mineros.

Si se llega a aprobar el proyecto, las grandes empresas mineras mantendrán la incertidumbre, porque queremos decir con claridad que no entramos en el compromiso de la invariabilidad y cuando podamos y tengamos los votos suficientes, lo vamos a cambiar.

Si se aprueba el proyecto, se va a dar esa situación.

Queremos decir que tenemos una propuesta bien clara: buscamos construir acuerdos con la Derecha y con el Gobierno, pero, para ello, hay que desarrollar diálogo sustantivo.

Se ríen de la propuesta de los presidentes de los partidos. El ministro de Hacienda se reía en la Comisión. Hablaba de compensaciones.

Nosotros creemos que hay que contestar esta propuesta. No hubo consultas respecto de qué se quiso decir con cada frase, con cada cosa.

Los presidentes de los partidos trabajaron muy seriamente.

En segundo lugar, no hay que confundir financiamiento para la reconstrucción con nuevo trato del cobre. Se trata de temas distintos. Proponemos obtener los mil millones de dólares de otra manera, por ejemplo, con el fondo del 10 por ciento para comprar armas, que está creciendo mucho, porque el precio del cobre está subiendo mucho.

(Aplausos)

Por eso, creemos que de ahí se pueden sacar los mil millones que se necesitan y discutir en serio, con tiempo y a fondo el nuevo trato para el cobre.

No es verdad que esto afecta el tipo de cambio, los términos de intercambio, porque también por la vía del impuesto tienen que cambiar dólares.

Creemos que debe haber un nuevo trato, que tiene que ver con una estrategia de desarrollo del país y de las regiones. Nos parece que el cobre hay que considerarlo en el contexto de la economía. A nuestro juicio, deberíamos discutir cuál es la política de desarrollo de Codelco, por ejemplo.

Sabemos que si en Chuquicamata no se invierten los millones necesarios para la explotación subterránea, va a tener serios problemas.

Sabemos que el destino de los recursos de Edelnor deben ser para la minería; sabemos que hay que discutir, en este marco, el adelanto del cluster minero, porque hay que desarrollarlo; hay que establecer metas de cuotas de energía solar, de energía alternativa, de agua desalinizada.

Hay que invertir en conocimiento, en investigación y desarrollo. Se requiere una discusión más global.

Eso es lo que permite el desarrollo del país y de las regiones.

Respecto del nuevo trato y régimen tributario, nosotros proponemos derogar en este proyecto la invariabilidad establecida en el decreto ley 600. Lo decimos con mucha seriedad y lo vamos a defender acá hasta el final.

(Aplausos)

También sugerimos un comité de expertos para discutir un nuevo estatuto para la inversión extranjera, porque Chile y el mundo son distintos. Ahora, tenemos dólares y otras condiciones.

Estamos por la derogación del actual impuesto específico y el régimen de invariabilidad.

Respecto de los proyectos existentes, se debe dialogar y buscar acuerdos. Si no se logran, habrá un régimen más fuerte a partir del 2018.

Con los proyectos nuevos, hay que aplicarlo desde ahora. No es verdad que son 50 mil millones de dólares los que están esperando. Son 20 mil millones de dólares, porque 20 mil millones son de Codelco y otros 8 mil millones tienen que ver con el oro.

Proponemos un sistema tributario parecido al de Noruega respecto de los recursos naturales. Hay que separar claramente la retribución de la inversión de las utilidades extraordinarias.

Creemos que hay que rescatar las rentas extraordinarias. Las utilidades relacionadas con el riesgo del negocio, el capital aportado y la capacidad empresarial son una cosa. Otra, las utilidades conseguidas por este precio extraordinariamente alto, que van a seguir muchos años más. Por eso, pensamos que deben tener un tratamiento distinto.

¿Qué planteamos para las utilidades extraordinarias? ¿Cómo las calculamos? Descontando de las utilidades totales las utilidades normales, entendiendo por utilidades normales las que corresponden al 25 o 30 por ciento del valor de las ventas. Las utilidades extraordinarias, deben ser mitad para Chile, mitad para las empresas.

¿Cómo lo hace Noruega? El ciento por ciento es para el Estado. Nosotros opinamos que sea el 50 por ciento. Ésta es una forma de captar esa renta extraordinaria, de rescatarla para Chile.

Esto es para los proyectos nuevos. Nadie podría decir que no se puede aplicar a los proyectos nuevos. Para los proyectos que hoy están bajo el sistema de la invariabilidad, que no requieren o no desean acogerse, les expresamos desde ya que el año 2018 tendrán un régimen en el cual el Estado tendrá el 80 por ciento y las empresas el 20 por ciento, o algo alternativo.

(Aplausos)

Se debe buscar una manera que permita a Chile rescatar de manera equilibrada esta renta, como lo están haciendo otros países, pues es clave para su propio desarrollo.

Se han dicho cosas que no son verdaderas. Hay proyectos que ya están en curso y se va a invertir. Caserones, ex Regalito; Fase III de Escondida, Cerro Casale , Collahuasi , Pelambres . Entonces, no nos vengan a decir que están en riesgo, pues tienen buena ley y rentabilidad. Por eso, se van a ejecutar. El país debe discutir un nuevo trato para el cobre en el nuevo escenario.

¿Qué otras cosas proponemos? Nos sumamos a la idea de que se debe perfeccionar el Fondo de Desarrollo Regional, porque las regiones mineras y el resto han sido muy perjudicadas.

También manifestamos que se debe terminar con la chacota de la Gran Minería del Cobre en cuanto a que no declara la verdad de la composición de oro, molibdeno y plata de los concentrados de cobre que exporta. Se debe fortalecer la fiscalización para que se declare la verdad.

(Aplausos)

Es absurdo que Codelco obtenga 1.835 dólares por tonelada de exportación de esos subproductos, y Escondida, por la misma tonelada, apenas 130 dólares. Ello sucede porque no se dice lo que realmente ocurre y la fiscalización del Estado no opera bien.

Además, creemos que las patentes mineras a lo menos se deben duplicar. Los alcaldes, presentes en las tribunas, nos han expresado que las comunas donde hay minería se deben hacer cargo de los enfermos en distintas situaciones. Por ello, no se han podido desarrollar y han sido especialmente perjudicadas debido a que ahí los encadenamientos productivos no operan.

Por último, quiero manifestar que nuestra lógica es defender el cobre chileno. Debemos jugarnos como nunca por este valioso metal, como lo hicimos en los tiempos de su nacionalización, que fue tan importante para todo el país.

No estamos por la invariabilidad en el actual contexto, menos aún hasta 2025.

El proyecto es malo, representa una mala lógica, una mala manera de enfrentar el problema.

Hemos querido conversar y buscar soluciones; pero no hemos tenido esa posibilidad.

Que nadie se sorprenda si salimos a la calle a explicar a la ciudadanía nuestra posición. Es demasiado importante lo que está ocurriendo con el cobre para sólo conversarlo acá. Debemos ir a la calle a discutirlo. No se sorprendan, porque esperamos estar en Antofagasta y en Santiago explicando a la ciudadanía qué pensamos y por qué lo pensamos.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Saludos a los presidentes y demás representantes de los sindicatos que se encuentran en las tribunas, también a los mineros que nos ven a lo largo de Chile.

Al mismo tiempo, quiero solicitarles el respeto necesario para que los diputados puedan intervenir. No es posible que sean interrumpidos cuando están dando a conocer su forma de pensar sobre este proyecto de ley.

Todas las personas son bienvenidas en esta Corporación, pero deben respetar a cada uno de los diputados, al igual como nosotros los respetamos a ustedes.

El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señora Presidenta , en las tribunas siempre se ha aplaudido. No ha habido falta de respeto alguna.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Señor diputado , no estoy hablando de eso. Siempre he solicitado que no hagan otras manifestaciones, porque de esa manera no dejan intervenir a los diputados.

Lo más importante es que seamos capaces de escuchar.

Tiene la palabra el diputado MACAYA

El señor MACAYA.- Señora Presidenta , voy a basar mi intervención fundamentalmente en tratar de desmitificar algo que se ha venido señalando en los últimos días: que acá no ha habido disposición al diálogo.

Por lo mismo, quiero partir felicitando al Gobierno por su disposición al diálogo y a enviar al Parlamento un proyecto que implica una recaudación de 1.000 millones de dólares en los próximos tres años.

Como todo diputado de región, no puedo dejar de agradecer que parte de esta importante recaudación adicional vaya a las regiones.

La afirmación de que no ha existido diálogo es algo que obviamente ha sido contrapuesto, y con seguridad seguirá siéndolo. Ello puede sorprender a nuestros amigos de la Concertación, porque es la crítica más reiterativa que se ha escuchado en los últimos días.

Es relevante hacer presente que en este diálogo lamentablemente no se ha encontrado una contraparte dispuesta a negociar. Al contrario, en estos dos meses y medio, cada vez que el Ejecutivo ha propuesto algo, no sólo hemos visto negativas, sino que, también, se ha hecho lo imposible por alejarse aún más de las propuestas.

Al respecto, no hay que olvidar que el Gobierno ha propuesto un aumento de impuestos a la actividad minera.

Este hecho, unido a otros hitos de los cuales hemos sido testigos en este Hemiciclo durante 2010, por ejemplo el alza del impuesto a las empresas hace un par de meses, van desmitificando de alguna manera la caricatura de que el Gobierno de la Coalición por el Cambio es el gobierno de los empresarios.

Por la importancia del tema, es lamentable que no haya habido consenso. Ésa es la realidad. Por desgracia, en lo personal tampoco soy muy optimista -espero equivocarme- de lo que pueda ocurrir hoy acá y de lo que vaya a suceder en el futuro en la Cámara Alta. Pero sí puedo dar fe de que el Gobierno ha escuchado, dialogado y recogido opiniones, incluso la de alguno de nosotros más allá de lo que estimamos aconsejable.

Digo esto, porque hace dos meses en la Comisión donde se trató este tema, que culminó sin éxito, específicamente una parte del proyecto de financiamiento de la reconstrucción, en ese momento la Concertación dio tres argumentos para rechazarlo.

El primero, por la importancia de este asunto se requería un proyecto nuevo. Después de dos meses y medio de esperar una propuesta seria al respecto, el Gobierno envió una iniciativa exclusivamente sobre el royalty minero.

El segundo, a juicio de la Concertación, en ese momento las tasas eran inferiores, muy marginales y se requerían tasas superiores.

En ese sentido, en el proyecto en estudio el Gobierno amplió las tasas, cuyo piso es del 5 por ciento, a diferencia del propuesto hace dos meses, que era de 3,5 por ciento.

El tercero, el que hace más fuerza, el que la Concertación ha puesto más en el tapete, tiene que ver con la invariabilidad.

Al respecto, el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera ahora ha planteado adicionar solamente ocho años de invariabilidad -necesarios para el incentivo a la inversión y, obviamente, al ingreso de nuevas inversiones mineras-, período de tiempo bastante distinto a los doce años que se propusieron en el Gobierno del Presidente Lagos.

El problema es que, a pesar de que el Gobierno ha considerado estas materias, no sólo ha tenido que esperar más de dos meses y medio para que la Concertación acuerde y elabore una propuesta, sino que, además, hemos visto cómo en estos días se siguen pidiendo cosas que, lo único que hacen, es alejarse de una lógica de negociación seria.

Hemos escuchado argumentos para eliminar el decreto ley N° 600. Además, se han formulado indicaciones para derogar artículos de la Constitución Política de la República referentes a la actividad minera, que constituyen la base y el fundamento de una actividad que, hoy, es la piedra angular de la recaudación fiscal en Chile.

Se trata, entonces, de indicaciones que, a mi juicio, aparecen con la coloración de malas razones para alejarse de cualquier cosa que huela a negociación o acuerdo.

En tal sentido, lamentablemente quienes pretenden no acoger esta iniciativa, parten de una premisa equivocada, porque su rechazo deja las cosas en una situación injusta, de que estamos enajenando Chile…

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Pido a las tribunas mantener silencio.

El señor MACAYA.- Si la iniciativa es rechazada, al menos en el caso mío y de varios parlamentarios de la Coalición por el Cambio, vamos a pedir públicamente que no se insista con proyectos de similar naturaleza.

No hay que olvidar que el Gobierno tiene la manija legislativa sobre la materia; no lo digo con el ánimo de sacar en cara que durante veinte años la Concertación prácticamente no usó esta manija legislativa para subir impuestos, como lo hemos visto ya en dos oportunidades en menos de seis meses del Gobierno del Presidente Piñera.

Por lo mismo, si la situación es tan injusta, si las ganancias de las mineras son tan desmesuradas, si estamos enajenando a Chile, como se dice; se está partiendo de una base equivocada al perder la oportunidad de aprovechar los ciclos muy positivos del cobre en pos de la reconstrucción.

En verdad, el país debe juzgar si estamos jugándonos …

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Pido a las tribunas guardar silencio.

El señor MACAYA.- …para que las empresas mineras tributen o para que la situación permanezca en el estado de injusticia que se señala.

El país va a juzgar. Creo que es una cuestión importante de considerar al momento de votar el proyecto de ley.

He dicho.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier.

El señor TEILLER.- Señor Presidente, lo primero que quiero decir es que estamos de acuerdo con terminar con la invariabilidad en el cobre, tanto la que concluye en 2018, para las empresas que están sujetas a ella, como ahora, para todas las nuevas inversiones.

En segundo término, hay un trato muy discriminatorio a Codelco y a las empresas nacionales, porque las compañías extranjeras pagan menos impuestos.

Si la carga tributaria de las empresas nacionales y extranjeras fuera igual, podríamos estar recibiendo una cantidad importante de fondos adicionales.

En tercer lugar, me parece que se podría hacer lo señalado por un colega en cuanto a sacar del 10 por ciento de las ventas del cobre de Codelco parte de esos mil millones que está pidiendo el Gobierno para la reconstrucción.

Sin embargo, esto también demuestra una desigualdad absoluta entre una empresa estatal y las transnacionales que sacan las utilidades del país, porque Codelco paga el 10 por ciento sobre las ventas. La pregunta es ¿por qué no lo pueden hacer las empresas extranjeras? ¿Por qué no podríamos optar a un royalty de un 10 o de un 15 por ciento?

¿Cuál es la posición de la bancada del Partido Comunista en relación con el royalty a la minería?

Pensamos en una discusión profunda respecto de los recursos del cobre ligados al desarrollo del país; en cómo podemos levantar no sólo a las regiones, sino también a todos los chilenos que están bajo la línea de pobreza. Además, en cómo podemos cambiar la calidad de la educación, de la salud; en cómo podemos resolver los problemas de vivienda y todas las desigualdades e inequidades.

Nos parece que debemos pensar de manera distinta el usufructo de nuestra principal riqueza natural.

Presentamos una indicación en la Comisión de Hacienda que, por supuesto, fue declarada inadmisible.

Sin embargo, pensamos que si se estableciera un royalty de un 10 por ciento, los recursos que se obtendrían fluctuarían entre los 4 mil y los 5 mil millones de dólares anuales. Si los comparamos con lo que dejarían las empresas extranjeras de acuerdo con el proyecto del Gobierno, indudablemente se estaría haciendo un aporte al desarrollo de Chile, porque la recaudación del impuesto ascendería entre 1.500 y 2.000 millones de dólares al año. Eso nos parece bastante ridículo si consideramos que Codelco, que es la tercera parte de las empresas transnacionales, deja entre 7 y 8 mil millones de dólares al Estado.

Por lo tanto, sostenemos que debe haber una discusión distinta, en la que participe, ojalá, la sociedad entera. Debe haber una forma para discutir el tema; todos deben estar conscientes de qué se está debatiendo.

Por último, sólo quiero dejar constancia de nuestra propuesta: establecer un royalty de entre un 10 y un 15 por ciento sobre el total de las ventas de las empresas mineras, diferenciando entre refinado y concentrado de cobre, respectivamente.

Por último, anuncio que vamos a votar en contra del proyecto de royalty.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor BECKER (Vicepresidente).- Tienen la palabra el diputado señor Felipe Ward.

El señor WARD.- Señor Presidente, voy a votar a favor del proyecto de ley, porque en el Congreso represento a las provincias de El Loa y Tocopilla.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Pido a las tribunas guardar silencio.

Continúe, señor diputado .

El señor WARD.- Por lo tanto, represento los anhelos más profundos y sentidos de esas provincias, y que tienen que ver con que las platas provenientes de la producción minera, queden en esa región o vuelvan a ella. En parte, eso busca este proyecto de ley.

El Gobierno se ha comprometido a que el 30 por ciento de los mayores recursos recaudados vayan a las regiones. Esto equivale a 300 millones de dólares entre 2010 y 2012, o bien, 100 millones de dólares anuales, que permitirán incrementar en un 12 por ciento los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

¿Qué significa no aprobar los recursos del royalty, es decir, los mil millones de dólares que podrían recaudarse entre el 2010 y el 2012?

El monto que contempla el proyecto equivale a los recursos necesarios para reparar o reconstruir 50 mil viviendas destruidas por el terremoto, es decir, el 25 por ciento del total; o bien, levantar o reparar 830 escuelas y 250 salas cunas y jardines infantiles, que corresponden a la mitad de los establecimientos educacionales destruidos por el terremoto.

¿Cuánto perderían en concreto los gobiernos regionales y los municipios con el eventual rechazo de este proyecto de royalty

Aunque considero que va a ser aprobado, es necesario consignar con cifras qué ocurriría en el caso contrario.

De los mil millones de dólares a recaudar en el período 2010-2012, el Gobierno comprometió el 30 por ciento para las regiones, es decir, un monto cercano a los 300 millones de dólares. Los 700 millones de dólares restantes serán para la reconstrucción de las zonas más golpeadas por el terremoto, desde la Quinta a la Novena regiones.

De los 300 millones de dólares destinados a regiones, el compromiso del Gobierno es destinar un tercio de esos recursos para las regiones consideradas como mineras: Tarapacá, Antofagasta, Atacama , Coquimbo, Valparaíso y O ´Higgins ; y dos tercios para todas las regiones del país; es decir, 67 millones de dólares y 133 millones de dólares, respectivamente.

Si se asignasen esos recursos a los gobiernos regionales de acuerdo con la distribución del PIB minero, en el caso de las regiones mineras, y, de acuerdo a la distribución del FNDR, en el caso de las regiones no mineras, las regiones que más recursos dejarán de percibir entre 2010 y 2012 serán las de Antofagasta, de Tarapacá, de Atacama, Metropolitana, del Biobío y de Los Lagos.

En el caso de la Región de Antofagasta, donde está ubicado mi distrito, recibiría 70 millones de dólares. Para mí sería imposible volver al distrito y explicar por qué voté en contra un proyecto de ley que implica no contar con esos recursos.

(Manifestaciones en las tribunas)

Por eso, hacemos un llamado a aprobar este proyecto. Así lo hará la bancada de la UDI. Sin duda, se trata de una iniciativa positiva y, sin lugar a dudas, tributariamente hace mucho más de lo que hicieron los gobiernos de la Concertación en los últimos veinte años.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz.

El señor ORTIZ.- Señor Presidente , no es casualidad que los seis parlamentarios de la Concertación, miembros titulares de la Comisión de Hacienda, votáramos en contra de la idea de legislar.

En la Comisión de Hacienda fui claro y preciso en una frase: Lo que se le quiere aplicar a las grandes empresas extranjeras del cobre es una migaja para el país.

(Aplausos en las tribunas)

Y lo voy a decir con cifras oficiales que son indesmentibles. Desde 2005, con una breve interrupción en 2008, el precio del cobre se elevó por sobre los 2,5 dólares por libra, y en el último tiempo ha estado en torno a 3,2 dólares por libra.

Más aún, todos los expertos a nivel mundial plantean que, a lo menos, en los próximos nueve o diez años, el precio del cobre no va a bajar de 3 dólares, por algo muy simple: las economías de China, India y Brasil están creciendo en forma espectacular.

Además, Chile produce el 34 por ciento de cobre en el mundo; Estados Unidos, el 8 por ciento, y Perú , el 8 por ciento. De ese 34 por ciento, dos tercios están en manos de diez grandes empresas dirigidas en el país por transnacionales, y solamente un tercio por Codelco. En cuanto a ese porcentaje de las diez empresas, durante 2008 y 2009, los productores privados, agrupados en el Consejo Minero, reportaron utilidades de 12 mil millones de dólares cada año, y repartieron dividendos por casi 17 mil millones de dólares; poco menos que el 10 por ciento del PIB del país.

Analicemos esas cifras. Veamos la magnitud de las ganancias. Por eso, algunas grandes empresas -es legítimo- regalan unidades educativas en mi región, que fue afectada por el terremoto. En cuatro han obsequiado 2 millones de dólares. Es decir, es reírse de la gente.

Nosotros estamos en contra de la invariabilidad,…

(Aplausos en las tribunas)

…porque significa amarrar las manos de los próximos gobiernos y hacerse cargo de todo.

Voy a dar otras cifras oficiales entregadas por el ministro de Minería . Expresó que deberíamos estar tranquilos, puesto que tenemos cobre para cien años. Me alegro, pero la preocupación del Ejecutivo es que no se van a hacer las inversiones por 50 mil millones de dólares. ¡Falso, de falsedad absoluta!, Son sólo 20 mil millones de dólares de estas grandes empresas y, por rara casualidad, continuarán las mismas. ¿Piensan que no van a hacer inversiones y van a dejar el gran negocio? El problema de fondo es otro. Se trata de un incentivo, a través de la invariabilidad, para garantizar un buen comportamiento. El dueño del cobre es Chile, la gente para la cual estamos legislando, no el gobierno de turno.

(Aplausos en las tribunas)

Debido a eso, los seis parlamentarios de la Concertación que integramos la Comisión de Hacienda planteamos indicaciones serias, respetables, sobre todos los puntos en discusión. ¡Absolutamente en todos! ¿Cuál era el fin? Ser escuchados, sentarnos a conversar. Nunca, jamás, tuvimos esa posibilidad. Por ejemplo, cómo no va a ser importante que hayamos propuesto una indicación para que se conforme una comisión del más alto nivel a fin de modificar el DL N° 600, de 1975, cuando Chile estaba completamente aislado de los negocios. Ahora, lo único que desean los grandes grupos económicos es hacer negocios en Chile, porque es respetable; porque aquí funciona la institucionalidad y hay seriedad económica. Por ello, es de muy mal gusto seguir con la monserga de que éstas son platas para la reconstrucción. Ya aprobamos su financiamiento; de ello da cuenta la ley publicada el 30 de julio de este año; casi 5 mil millones de dólares extras en los próximos tres años.

En el Congreso Pleno realizado esta mañana, el Presidente de la República hizo un reconocimiento al Poder Legislativo por las 18 iniciativas aprobadas en los últimos seis meses. De ésas, no menos de doce pasaron por la Comisión técnica de Hacienda -platas, donaciones, Comisión de Reconstrucción, mayor capacitación laboral-, es decir, hemos actuado como chilenos de verdad, como diputados de la República . Entonces, no se nos venga a repetir lo mismo.

¿Qué planteamos como alternativa? La ley reservada del Cobre resiste mil millones de dólares más. Dicen que, como se trata de dólares, va a bajar el precio del cobre. Algunos de los colegas parlamentarios consultaron a las grandes empresas. Ellas también, para pagar los impuestos, tienen que traer dólares y cambiarlos en el mercado. Es decir, no se justifica lo señalado.

Esta tarde estamos legislando por el futuro del país en los próximos veinte años. No quiero aparecer ante mis conciudadanos, que me han elegido diputado seis veces por el distrito N° 44, con la primera mayoría, que he legislado en función de estas grandes empresas a partir de lo ocurrido el 27 de febrero. Más aún, la inmensa mayoría de parlamentarios de la Concertación estamos convencidos de que está bien que se determine el 30 por ciento para las regiones; pero analicemos lo que eso significa. Son cien millones de dólares por año. No deja de ser importante. Pero, después de escuchar a la directiva del Consejo de Alcaldes de Comunas Mineras , de todos los partidos políticos -algunos dignos representantes, alcaldesas y alcaldes, presentes en las tribunas- que el peor negocio para las comunas mineras son las empresas que sacan el cobre, porque suben los gastos en salud y educación.

Por eso, muchos parlamentarios de la Concertación planteamos crear un fondo, con nombre y apellido, para aumentar el per cápita en salud y la unidad de subvención educacional, a fin de que nuestros hijos y nietos, nuestros niños y nuestras niñas reciban salud y educación de mejor calidad.

Es el momento de demostrar que no se trata de ser patriotas o antipatriotas, sino que de defender el cobre, como lo hizo nuestro gran camarada Radomiro Tomic, en el momento oportuno, quien tuvo la visión de entender que este mineral era el futuro del país.

Amigas y amigos, por el bien de Chile, por el bien de los mineros y por el bien de las comunas mineras, anunciamos nuestro rechazo al proyecto.

He dicho.

-Aplausos.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Miodrag Marinovic.

El señor MARINOVIC.- Señor Presidente, quiero rescatar lo positivo, lo que aporta, lo que construye, lo que nos une como diputados, sobre todo a los que somos de regiones.

Los últimos días no han sido fáciles para lograr un proyecto que incorpore el profundo sentir de las regiones de nuestra patria.

Se habla de defender el cobre; pero también hay que defender a las regiones, a sus trabajadores, a sus habitantes, a la gente que vive lejos de donde se toman las decisiones. En un principio vimos que el proyecto era la continuidad de una política centralista, que toma las decisiones en Santiago, cerca de la Plaza de Armas, para trasladarle poder a nuestros gobiernos regionales, a sus autoridades y habitantes.

Las regiones también somos Chile. Somos una patria digna, que le quiere cobrar más a las mineras. Eso es lo que pretende este proyecto: que los accionistas y los dueños de esas empresas paguen más de lo que tributaban hace tres, cuatro o cinco años.

Los diputados regionalistas no nos hemos presentado ante el Ejecutivo ni como mendigos ni como limosneros. Lo hemos hecho con la frente en alto, para exigir lo que a las regiones nos corresponde. Hemos actuado pensando siempre en quienes nos eligieron en nuestras comunas y regiones.

Coincido en que el cobre no es de todos los chilenos. El cobre debe ser preferentemente de los habitantes de las regiones mineras, de sus trabajadores, de sus mujeres, de sus hombres y de sus niños. Por lo tanto, era de toda lógica incorporar a las regiones en este proyecto para que tuvieran la participación que les corresponde.

El proyecto -lo diré con fuerza, para que se escuche- hará que los empresarios mineros paguen más que ayer.

Estamos sentando un precedente importante, porque por primera vez platas de una riqueza no renovable, que se acabará, tal como ocurrió con el salitre, con parte del petróleo, del gas y de muchas otras riquezas, irán en directo beneficio de quienes la producen. Lo hemos conseguido y no fue fácil. Es bueno que el país sepa que la negociación fue dura y difícil.

Dicen que las regiones han sido perjudicadas. No es así, porque por primera vez han sido beneficiadas con un reconocimiento importante, toda vez que parte de los impuestos de una actividad serán reinvertidos, para que los hijos de esos mineros, que día a día extraen nuestro cobre, también puedan trabajar en su región y no se vean obligados a emigrar a Santiago o a otras latitudes.

Quienes se oponen a este proyecto no sólo tendrán que ir a Antofagasta y a Santiago a explicar las razones de su decisión, sino que, desde Arica a Puerto Williams, casa por casa, diciéndole a cada chileno, a cada uno de los habitantes de esta tierra, por qué se oponen a que se entreguen platas a las regiones.

El proyecto no es el ideal. Sube la tasa para que las empresas paguen más de lo que pagaban hace un año. Se crea un Fondo, al que irán anualmente cien millones de dólares, para ser distribuidos entre las regiones; con financiamiento asegurado por cuatro años. La administración de estos recursos se entrega a los gobiernos regionales, cuestión que a algunos no les gusta, para ser asignados exclusivamente a proyectos de inversión productiva. También habrá dineros para reconversión.

Además, trabajaremos, y esto les gustará a algunos, para modificar la ley reservada del Cobre.

Coincidimos en que quedan temas pendientes: la modificación del decreto ley N° 600, cuestión a la que se comprometió el Ministerio de Hacienda; la revisión del monto y plazo de las patentes, el crédito tributario para las remesas al exterior por las compañías mineras, la fiscalización con mayor fuerza, a través de una modificación que aprobamos hoy día, de la composición de las partidas de exportación de mineral.

En Magallanes, me debo a mis electores y hoy llego a ellos con un proyecto que por primera vez los respeta como chilenos y patriotas.

He dicho.

El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Accorsi.

El señor ACCORSI.- Señor Presidente , antes que todo, quiero desmentir la acusación que ha hecho la Alianza en los últimos días, sobre la invariabilidad tributaria que se aprobó durante el gobierno del Presidente Lagos.

Con todas sus letras les digo que eso fue fruto de un acuerdo político, porque la Alianza se negó a aprobar el primer proyecto de royalty. En mis manos tengo la votación de esa ley. Votaron diputados de la Concertación, pero también de la Alianza; por ejemplo, los diputados Alvarado , Álvarez-Salamanca , Álvarez , Araya , Barros , Bauer , Bayo , Becker , la señora Cristi , la señora Cubillos , los señores Delmastro , Dittborn , Egaña , Encina , Errázuriz . ¡Para qué sigo! Repito, esta votación se originó en un acuerdo político Alianza-Concertación. Esa es la verdad.

Despejado eso, quiero decir que Chile es el único país del mundo que regala sus riquezas naturales. A propósito, nada hemos dicho sobre la concesión plena, legislación que se aprobó el año 1981. En ningún país existe una figura jurídica de esa calaña, que se aprobó entre cuatro paredes; nunca se discutió con la gente; ni en Parlamento alguno. Esa legislación no representa lo que queremos los chilenos. Por eso, es importante derogarla y debatir en el Congreso qué tipo de concesión queremos, cómo, cuándo, por cuánto tiempo y en qué condiciones la queremos. Eso es democracia. No podemos seguir amarrados a una legislación antidemocrática.

También hay que derogar el decreto ley N° 600. Chile ha suscrito 58 tratados de libre comercio con casi todas las mayores economías del mundo; más del 80 por ciento del PIB mundial; sin embargo, existe el decreto ley N° 600 para garantizar la inversión extranjera. ¡Eso no resiste ningún análisis!

Es muy importante la recuperación de los recursos naturales. Por su intermedio, señor Presidente , pregunto a la Sala si sabe cuánto les cuesta a las mineras extranjeras producir cobre en Chile. Cero peso. ¿Por qué? Porque se llevan los subproductos -el oro, la plata, el molibdeno- y, además, nos engañan con las tributaciones que pagan. Eso lo han demostrado los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra. A lo mejor las leyes del cobre que explota Codelco son muy diferentes a las del que explota la empresa privada. Codelco obtiene 1.800 dólares por tonelada de subproducto y las mineras privadas, 130 dólares. Eso no resiste ningún análisis serio.

Lo que se pretende hacer es hipotecar las posibilidades de desarrollo de nuestro país hasta 2025. ¿Sabe cuánto significaría de ganancia a las mineras privadas? Por lo menos, 100 mil millones de dólares. Porcentaje importante de esa cantidad podría quedarse en nuestro país. Por eso decimos no a la invariabilidad. Es una cuestión de principios que nace del corazón de todos los chilenos. ¡No podemos seguir regalando nuestros recursos naturales!

Brasil acaba de señalar lo siguiente: “Los recursos naturales que encontramos -el petróleo-, son para Brasil.” Y revirtió la privatización de Petrobras.

¿Por qué tenemos que ser un país de segunda categoría? Las mineras que invierten en Chile tributan menos que en sus países de origen. ¿Por qué no pueden pagar lo mismo que en sus países de origen? Ése es un principio que lo entiende cualquiera, hasta los niños de primero básico.

Por eso, anuncio el voto del PPD en contra de este proyecto de ley.

He dicho.

-Aplausos

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Frank Sauerbaum.

El señor SAUERBAUM.- Señor Presidente , me gustaría que los que están en las tribuna también me aplaudieran; pero prefiero que me pifien los que ganan sueldos millonarios como mineros.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Silencio en las tribunas.

-Manifestaciones en las tribunas.

-Silencio en las tribunas.

El señor SAUERBAUM.- Señor Presidente , prefiero que me pifien esas personas que tienen un alto nivel de vida en comparación con los agricultores que represento en la zona sur, y me aplaudan allá.

(Manifestaciones en las tribunas).

Señor Presidente, por favor, que se descuente el tiempo.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER (Vicepresidente).- No podemos seguir en estas condiciones.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor ESPINOZA (don Fidel) .- Señor Presidente , la provocación viene del diputado que está hablando.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER (Vicepresidente).- Debemos mantener la calma para que la sesión pueda continuar.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor SCHILLING .- Señor Presidente , pídale al diputado que no provoque.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SABAT (doña Marcela) .- Señor Presidente , pida respeto por favor.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Frank Sauerbaum.

El señor SAUERBAUM.- Señor Presidente , no represento a una zona minera, sino que agrícola, muy afectada por el terremoto.

Señor Presidente , por su intermedio, quiero agradecerle al Gobierno por presentar este proyecto que dará a mi región, en particular, más de 22 millones de dólares para la reconstrucción.

En Cobquecura, se necesitan 5 millones de dólares para reconstruir el pueblo completo, que no se ha podido levantar y vive un drama porque no hay recursos suficientes para ello.

Por eso, hoy, queremos aprobar este proyecto que va a significar una mejora sustancial en la recaudación de la tributación de las mineras. Si no lo aprobamos, simplemente, vamos a perder el aumento constante que ha tenido el precio del cobre. ¡Eso no se ha dicho!

Tampoco se ha dicho que durante el Gobierno del Presidente Lagos se legisló negligentemente, porque no se consideraron las variaciones del precio. Eso nos perjudicó en cantidades notables de recursos.

Las regiones más afectadas por el terremoto tienen la necesidad de reconstruir. Con este proyecto llegarían 700 millones de dólares para la reconstrucción y las regiones podrían manejar una cantidad importante de recursos, más de 22 millones de dólares en el caso de mi región.

Necesitamos actuar con unidad. Este royalty tiene que ser la oportunidad de hacer una redistribución de los recursos que hoy día fundamentalmente se concentran en Santiago, donde, además, se toman las decisiones.

Puedo entender que las zonas mineras exijan una gran cantidad de recursos para sus comunas, es normal que así sea, pero un tercio de estos recursos los recibirán directamente y los otros dos, el resto de las regiones. Me parece de toda lógica que así sea, porque los que viven en las comunas que no son mineras también son chilenos que necesitan recursos para reconstruir sus vidas, casas y almas.

Anuncio que Renovación Nacional votará a favor de este proyecto. Agradezco las reformas que se han hecho en beneficio de las regiones.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Silencio en las tribunas.

Tiene la palabra, por cuatro minutos, el diputado señor Marcelo Schilling.

El señor SCHILLING.- Señora Presidenta , el Gobierno abrió el debate sobre el régimen impositivo de la minería con dos pretextos.

El primero, platas para la reconstrucción, pretexto completamente falso. El Servicio de Impuestos Internos acaba de informar que la recaudación tributaria se incremento en un 40 por ciento en el primer semestre de este año en comparación con la de 2009: 5.500 millones de dólares extra que no vienen de la minería, sino del aumento de la actividad económica en general. ¡Ahí está la plata para la reconstrucción!

Si no quieren utilizar esa plata, tienen la del fondo de las Fuerzas Armadas: más de 3.500 millones de dólares empozados.

La baja de la recaudación impositiva el año pasado está siendo utilizada por el Ministerio de Hacienda y la Dirección de Presupuestos como dato estructural y se propone cambiar la fórmula de cálculo del superávit estructural. Aquí no se puede jugar con cartas marcadas. Chile ha cambiado y, en consecuencia, le pedimos al Ministerio de Hacienda que actúe con transparencia y no con el velo que todos conocemos.

El segundo, dar estabilidad a las futuras inversiones, que alcanzarían a 50 mil millones de dólares. Pero ya se ha dicho: 20 mil millones dólares vienen de Codelco; 10 mil millones de dólares, de inversiones en industrias del oro, y sólo 20 mil millones de dólares vendrían de las grandes empresas.

Ellas no invierten en la minería chilena porque haya o no invariabilidad tributaria, sino por la rentabilidad. Las empresas dicen que vienen a dar trabajo. ¡Mentira! Por ellas, todo fuera mecanizado, automatizado, robotizado e informatizado. Para ellas es mejor tener menos trabajadores. Esto Chile no lo puede tolerar.

En la mañana, el Presidente Piñera nos dijo que esta generación tiene la gran oportunidad de llegar al desarrollo. Para ello se requiere cumplir con una serie de requisitos, uno tal vez sea la estabilidad, pero el que está instalando la inestabilidad es el propio Gobierno.

Además, nos está privando, a pretexto del terremoto, de los recursos necesarios para el desarrollo del país. Los socialistas no vamos a tolerar esa situación y vamos a votar en contra de este proyecto y, desde luego, en contra de la invariabilidad.

(Aplausos)

Comprometer la invariabilidad hasta el 2025 significan 15 años más, una generación de chilenos que no van a tener derecho a opinar sobre la carga tributaria que deberían tener las empresas de la minería. Casi cuatro gobiernos, contado el actual, no van a poder opinar ni hacer modificaciones en esta materia, en circunstancias de que la industria de la minería cambia todos los días para mejor.

Los datos de China no dicen que la demanda de cobre del gigante asiático va a bajar. Al contrario, que va a aumentar. El precio va a seguir subiendo y nosotros proponemos regalar ese sobreprecio. No es sobre esas bases que vamos a fundar el desarrollo del país. Decimos sí a un verdadero royalty que grave la actividad minera antes de los impuestos -ése es un verdadero royalty- o a un gravamen a las utilidades extraordinarias.

Es el Gobierno el que está instalando la inestabilidad en la industria minera y abriendo la jaula al león, que es el pueblo, que recuperará su sitial en el momento adecuado para exigir que aquellos que hoy se apropian indebidamente de las riquezas extraordinarias, las devuelvan cuando aquel se las cobre.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo.

El señor RECONDO.- Señora Presidenta , en primer lugar, no es verdad que no haya habido tiempo para debatir, porque la materia que aborda este proyecto la venimos discutiendo desde hace más de cuatro meses en el Congreso Nacional. Cabe recordar que el proyecto de financiamiento para la reconstrucción que envió el Ejecutivo incorporaba los mismos conceptos que hoy estamos analizando. En esa oportunidad, cuando dialogamos respecto de dicha iniciativa, no escuchamos exactamente las mismas posiciones que hoy estamos oyendo. La Concertación y el Gobierno estuvieron muy cerca de llegar a un acuerdo en la Comisión Mixta sobre la tasa impositiva para el sector minero y la invariabilidad tributaria. En esa discusión no se planteó terminar con la invariabilidad, sino cuántos años más o menos de invariabilidad se establecían. No se consideró un alza desmedida respecto de la tasa, como hoy se plantea. Estuvimos muy cerca de llegar a acuerdo. El Gobierno ha esperado más de dos meses para que la Concertación haga un planteamiento concreto, alternativo y posible de debatir. Pero el Ejecutivo no pudo seguir esperando, y en este punto tenemos diferencias con la Concertación, porque esos recursos se requieren urgentemente para la reconstrucción. En esa materia ustedes no tienen sentido de urgencia, basta ver la situación en que se encuentran en Tocopilla o de Chaitén. Este Gobierno tiene sentido de urgencia respecto de la reconstrucción.

En el primer proyecto de financiamiento de la reconstrucción se necesitaban recaudar 3.200 millones de dólares. No aprobar la parte del proyecto relacionada con el impuesto a la actividad minera significó 600 millones de dólares menos. Por lo tanto, faltan recursos para la reconstrucción. El sentido de urgencia diferencia a este Gobierno, que debe abordar la reconstrucción y atender a los más de 800 mil habitantes de las regiones que sufrieron los efectos del terremoto, los cuales están esperando soluciones a la brevedad.

En segundo lugar, llama mucho la atención que ahora, después de dos meses a lo menos, surja como gran argumento la invariabilidad, lo cual es inaceptable. Lo que debemos recordar es por qué estamos discutiendo este tema. Lo señaló el diputado Accorsi , puesto que la iniciativa del Presidente Lagos era instalar un impuesto específico a la minería que contemplaba 15 años de invariabilidad tributaria. En ese momento, muchos parlamentarios de la Coalición por el Cambio votamos a favor, porque tuvimos sentido de colaboración con el gobierno y estuvimos dispuestos a ayudar en algo que el Presidente Lagos expresaba que era urgente para el país. Sin embargo, hoy no vemos ese mismo espíritu en una iniciativa que no ha variado respecto de lo que la Concertación propuso en su momento. Distinto es el ánimo que ha habido en la Comisión de Minería cuando algunos parlamentarios de la Concertación han hecho planteamientos concretos, específicos y verdaderamente atendibles. Ahora ellos muestran una preocupación que no tuvieron durante veinte años. Ahora se darán cuenta de que las exportaciones no sólo llevan cobre, sino que también otros subproductos y que eso es necesario fiscalizarlo para recaudar más recursos para el Estado. Durante ese tiempo los servicios de Aduana estuvieron bajo su responsabilidad y dirección. Nunca plantearon la preocupación de que había que aumentar la fiscalización, pero, en todo caso, ahora la recogimos. Fue aprobada la indicación de la Concertación en la Comisión. Por lo tanto, habrá más fiscalización, porque ese es el espíritu que anima al Gobierno.

Por último, el proyecto recoge lo más importante de lo señalado por muchos señores diputados presentes en esta Sala. Su artículo 3° genera el fondo para las regiones, el cual nos obliga a hacer un llamado a todos nuestros colegas. Esta es la oportunidad de que podamos contar, en un lapso de cuatro años, con 400 millones de dólares adicionales para beneficio de cada una de las regiones. Como algunos diputados han indicado, esto significa, a lo menos para la región que represento, 21 millones de dólares adicionales, es decir, más de 40 mil millones de pesos. Es decir, casi el 60 ó 70 por ciento del total del FNDR de un año. Sin duda, es el mayor beneficio que obtendrá mi región por esa vía.

Por ello, invito a los parlamentarios de la Concertación, especialmente a mi compañero de distrito, a que evaluemos la situación. Aquí están los recursos que permiten financiar tantos proyectos cuya concreción anhelamos. Esta es la oportunidad para ello.

Señora Presidenta, hay muchas otras consideraciones por las que creo que este proyecto debe contar con una amplia mayoría; al menos, la UDI lo votará favorablemente.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.

El señor WALKER.- Señora Presidenta , la Concertación de Partidos por la Democracia, de la que tengo el orgullo de formar parte, llegó a un acuerdo en torno a la ley que aumenta el impuesto específico a la minería. Dicho acuerdo se sustenta en tres ejes: uno, el fin de la invariabilidad tributaria; dos, proponer un impuesto específico con una tabla del 5 al 18 por ciento, dependiendo del precio del cobre, y tres, la exigencia al Gobierno de que destine una parte importante de la recaudación a todo el país, muy especialmente a las regiones y comunas mineras.

Respecto del primer punto, hemos establecido que nuestro país debe poner fin al régimen de invariabilidad, que rige hasta 2017. Nuestro país no aguanta un año más dicho régimen, el cual, como muy bien argumentó el diputado José Miguel Ortiz , no se condice con los tiempos modernos ni con una nación que ha suscrito tratados de libre comercio con países que representan el 80 por ciento del producto mundial.

¿Por qué hemos propuesto el fin de la invariabilidad? Si cada vez proponemos un aumento del impuesto específico a la minería, pero como contrapartida debemos alargar el plazo de invariabilidad, nuestro país nunca pondrá término al régimen de invariabilidad que hoy beneficia a los contratos suscritos con el Estado de Chile. Esto es como una bicicleta. Por esa razón la Concertación ha decidido que llegó el momento de poner término a la invariabilidad tributaria.

Ayer presentamos dos indicaciones en la Comisión de Hacienda para eliminar el régimen de invariabilidad establecido en el decreto ley N° 600 y en los artículos 64 y 64 bis de la ley de Impuesto a la Renta. Lamentablemente, la Mesa de la Comisión de Hacienda las declaró inadmisible.

Anuncio que, con la firma de treinta señores diputados de la Concertación y tres jefes de bancada, vamos a reponerlas para que sean votadas hoy.

Sostenemos que son admisibles, porque si bien el N° 1 del artículo 65 de la Constitución Política de la República señala que corresponde al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para “Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes y determinar su forma, proporcionalidad o progresión;”, al terminar con la invariabilidad futura no estamos imponiendo, suprimiendo, reduciendo o condonando un tributo, sino que estamos eliminando el modo de determinar la permanencia del tributo, sin importar cuál sea. En consecuencia, es una regla que opera con independencia del tributo.

¿Por qué estamos proponiendo aumentar el techo impositivo del 9 al 18 por ciento? Porque estimamos que el aporte de la Gran Minería del Cobre al país puede ser mayor.

Y quiero detenerme un segundo en esto, porque el Gobierno ha hecho mucho hincapié en la necesidad de recaudar más recursos para la reconstrucción. Nosotros hemos sostenido que están los dineros para la reconstrucción. Al mismo tiempo, hemos dicho con claridad que si se necesitan más recursos para ese efecto, se debe acoger la propuesta que la Concertación planteó desde el primer minuto: mantener el impuesto para las grandes empresas en 20 por ciento, ya que esos 3 puntos adicionales del impuesto a la renta de esas empresas -del 17 al 20 por ciento- significan 438.285 millones de pesos al año; o sea, equivalen casi al triple de los 160.200 millones que el propio informe del Ministerio de Hacienda estima que se recaudarán con la aprobación del proyecto en discusión.

Por último, el destino de parte de esos recursos es un triunfo de la Concertación, porque fuimos los primeros en denunciar que el articulado del proyecto no se refería a la entrega de fondos a las regiones y persuadimos al Gobierno para que incorporara esos recursos, que se destinarán a obras de infraestructura para las regiones, como la nuestra -que han sido víctimas del daño ambiental permanente que han producido las empresas mineras-, por ejemplo, de regadío y embalses, cuya construcción queremos financiar con esos recursos.

En resumen, vamos a votar en contra de la propuesta del Gobierno, que pretende alargar los plazos de invariabilidad de este tributo y que establece una tasa al impuesto específico de hasta sólo el 9 por ciento.

(Aplausos)

Asimismo, vamos a votar a favor de la indicación del Ejecutivo que propone destinar parte de esa alza a las regiones y a las comunas del país.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.

El señor MONCKEBERG (don Nicolás).- Señora Presidenta , a través de la modificación del impuesto específico a la minería, hoy tenemos la oportunidad histórica para establecer los niveles más altos de tributación de las empresas mineras. Y no sólo eso, sino que, además, nos colocaríamos a la vanguardia de los países mineros del mundo que recaudan más recursos con la minería. Los números no mienten. No obstante, lo más importante es que podemos hacerlo sin perder un punto de competitividad, porque no es lo mismo triplicar la recaudación de impuestos y empezar a producir menos por adoptar esa medida.

Hoy podemos decir con orgullo que, después de un proceso de varios años, durante el cual muchos hablaron y quisieron sembrar sobre tierra seca e infértil, cuando incluso muchos ni siquiera compartíamos la idea del impuesto específico, ya había alguien que estaba sembrando la posibilidad de que en Chile aumentara la tributación de la minería.

Si aprobamos el proyecto, podremos llegar a tasas del 42,8 por ciento a partir del próximo año, lo que nos pone por sobre países como Canadá, Australia, Estados Unidos. Esa cifra no es invento.

Sin embargo, es una equivocación sostener que eso se logró por arte de magia. Ha habido un proceso gradual. En 2005, cuando ese impuesto no existía, la Cámara aprobó en forma responsable una tasa específica para la minería del 4 por ciento y una invariabilidad de 12 años para darle estabilidad a las empresas.

Precisamente, porque se han hecho bien las cosas en la minería y en la economía a partir de 2005, hoy podemos decir que duplicaremos esa tasa, para llegar a casi el 9 por ciento, lo que nunca ha cobrado el país en su historia, y que estableceremos una invariabilidad de sólo ocho años.

Reitero, esto se debe a que hemos hecho las cosas gradualmente y bien. Probablemente, nadie se opuso cuando en la década del setenta se promulgó un decreto ley para incentivar la inversión extranjera en el sector minero. No obstante, todas esas instituciones parecen estar en revisión en la actualidad.

Es imposible no recordar la discusión que se produjo en esta misma Sala en 2005. Recuerdo muy bien que algunos diputados creían necesario establecer un impuesto específico para las grandes empresas mineras; otros no lo estimaban conveniente. Finalmente, las autoridades de la época, cifras en mano, nos dijeron que no teníamos derecho a farrearnos los mil millones de dólares que se podían recaudar con ese impuesto. Pues bien, el rechazo de la iniciativa en discusión significa dejar de recaudar más de cuatro veces esa cifra.

¿Qué quiero decir con esto? Que tenemos que actuar con realismo.

Los aspectos fundamentales del proyecto de ley son dos.

Aquí se ha dicho que lo central es la invariabilidad. Eso no es efectivo. Como dije, con esta iniciativa se recaudarán más recursos que con ninguna otra, ya que, en régimen general, la tasa de 5 casi se duplicará, subirá al 9 por ciento.

Para los proyectos nuevos, que ya tienen una invariabilidad de 15 años a tasa fija del 5 por ciento, establecemos una nueva tasa que llega al 9 por ciento, con una invariabilidad menor.

No hay ninguna fórmula que se haya puesto sobre la mesa en este debate que recaude un peso más que la propuesta por el Gobierno.

Puedo entender y comprender, incluso, que alguien diga que Chile no necesita recaudar más recursos en la actualidad, ya que las arcas fiscales están llenas y que podríamos obtener la plata para la reconstrucción de las reservas del cobre; pero, al menos, reconózcanme que la fórmula propuesta por el Gobierno es la que permitirá el ingreso de más recursos en los próximos tres años.

Un parlamentario de la Concertación dijo el otro día: “Démosle un crédito fiscal a las empresas mineras; que pongan plata hoy y se la devolvemos en los impuestos que deberán pagar después”. O sea, estaríamos prestando plata a las empresas mineras. Francamente, no me parece mejor esa fórmula que la planteada por el Ejecutivo.

Otro diputado dijo: “Subamos las patentes”. ¡Por favor! Eso implicaría para que en la próxima declaración de impuestos el pago de esas patentes se deduzca como gasto. En la práctica, eso significa cero ingresos para el país.

Entiendo que algunos digan que no necesitamos recaudar plata de las mineras para la reconstrucción; pero, al menos, acéptenme que, desde el punto de vista de los ingresos, el proyecto nos pone en el umbral que nunca en la historia ha estado nuestro país.

Respecto de la invariabilidad -lo digo con toda franqueza-, me carga y no me gusta. Hoy no la defiendo, pero es la herencia del decreto ley 600 y del gobierno de Ricardo Lagos, en 2005. Sin duda, la heredamos porque nos va a acompañar hasta el año 2017.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- ¡Silencio, por favor!

Continúe, señor diputado .

El señor MONCKEBERG (don Nicolás).- Y, ante eso, tenemos dos opciones: o cruzarnos de brazos y escondernos -no podríamos permanecer indiferentes-, en el momento histórico en que el cobre tiene su precio más alto, no recaudar nada, o hacer algo para revertir eso. Ningún país del mundo entendería que el Congreso Nacional, en el momento en que el precio del cobre está en la punta, rechace una mayor recaudación.

No es broma decir que es urgente aprobar la iniciativa, por las siguientes consideraciones:

Primero, porque evidentemente implica modificar contratos, lo que si no se hace, no alcanzamos a recaudar ningún peso el próximo año.

Segundo, porque mientras más nos demoramos y debatamos en profundidad si queremos ocho, nueve, once o quince años de invariabilidad o nacionalizar el cobre -discusión legítima-, mañana se estarán inscribiendo en el Comité de Inversión Extranjera nuevos proyectos, y por el solo hecho de su inscripción, tienen quince años de invariabilidad, pues esa legislación está vigente. Es tan absurdo como demorarnos días en discutir si queremos cuatro, cinco u ocho años de invariabilidad cuando la ley establece quince años. Tenemos que actuar con rapidez para que eso no juegue en nuestra contra.

La crisis de angustia de algunos parlamentarios, porque sean ocho años de invariabilidad en relación a los doce que dispuso la ley desde 2005, no puede ser tan larga que vaya en contra de la recaudación.

En mi discurso partí diciendo que tenemos una oportunidad histórica para fijar los impuestos más altos a la minería, pero también para hacer un derroche histórico. Perfectamente podríamos rechazar el proyecto y pasar a la historia como quienes, cuando el precio del cobre nunca estuvo más alto, decidimos no recaudar nada y esperar ocho o diez años para hacerlo. Con mucha humildad digo que -sé que todos en la Sala tenemos legitimidad, la ciudadanía ha votado por nosotros, representamos a unos más y a otros menos-, desde el punto de vista ético, no tenemos derecho a tomar decisiones que afecten las futuras generaciones y despilfarren recursos que corresponden a todos los chilenos.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Marcos Espinosa.

Su Comité le ha otorgado 3.2 y el Comité del PPD le ha cedido 3.5 minutos de su tiempo.

El señor ESPINOSA (don Marcos).- Señora Presidenta, agradezco los minutos que me ha cedido el Comité del Partido por la Democracia.

Parto mi intervención señalando que, más allá de las cifras, de los números y del precio del cobre en un momento determinado en el mercado internacional, estamos frente a un tema de Estado, a una definición política, estratégica de qué queremos en términos de Estado, como garante de los recursos naturales no renovables de nuestro país.

Desde ese punto de vista -tal como lo señalaban algunos parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra-, claramente hay una responsabilidad de quienes vamos a legislar y definir cuál va a ser la política de Estado, relacionada con la principal actividad económica de nuestro país, la minería.

En el lapso comprendido entre el año 2005 y 2009, los resultados de las grandes compañías mineras privadas fueron de más de 47 mil millones de dólares, mientras que su aporte, por concepto del impuesto específico, fue de apenas 2.162 millones, equivalente sólo a un 4,53 por ciento de sus resultados, de acuerdo a sus propios balances financieros.

Por otra parte, entre 1990 y 2002, las mismas empresas mineras privadas obtuvieron ganancias por 37 mil millones de dólares y los impuestos pagados no fueron superiores a 1.700 millones de dólares, equivalente a un 4,4 por ciento de sus resultados económicos.

¿Qué quiero decir con eso? Que con o sin impuesto específico, el aporte de las compañías mineras privadas al desarrollo de nuestro país, proporcionalmente hablando, prácticamente es el mismo.

Celebro las rentabilidades operacionales de las empresas mineras privadas, las millonarias inversiones que han realizado en nuestro país y los puestos de trabajo que han creado. Sin embargo, es preocupante que su aporte económico al Estado, prácticamente sea nulo, tan solo un 1 por ciento del producto interno bruto, por concepto de impuesto específico a la minería.

Por ello, como ciudadano y representante de la zona con mayor vocación minera de todo el mundo, de la Segunda Región, de la comuna minera de Calama, militante del Partido Radical, que desde siempre ha promovido la nacionalización del cobre, y coordinador…

(Aplausos en las tribunas).

… de la bancada Minera de la Cámara de Diputados, intervengo para manifestar mi profunda diferencia y rechazo al proyecto que, a nuestro juicio, constituye una agresión a los intereses del Estado de Chile, particularmente a sus comunas mineras.

Mi voto de rechazo se fundamenta principalmente en tres motivos:

En primer lugar, no puedo dejar de mencionar la forma en que el Ejecutivo ha trabajado y tramitado esta iniciativa.

El Gobierno no ha querido sentarse a escuchar los planteamientos de la Concertación; por el contrario, los desacredita; no se ha sentado a conversar con los trabajadores, dirigentes sindicales, académicos y expertos en política minera. Da la impresión de que escucha más a los empresarios y directores de las empresas mineras.

El Ejecutivo envía al Congreso Nacional un proyecto en los mismos términos y articulados, con muy pocas variaciones, al que hace algunas semanas fue rechazado en la comisión mixta.

Señora Presidenta , por su intermedio, estimados ministros, el Parlamento, la Cámara de Diputados no es un buzón. Hablamos del sueldo de Chile. Tienen que sentarse a conversar, a escuchar y tratar este tema como una política de Estado.

Aquí no valen las mayorías circunstanciales de una Cámara u otra, sino que debe primar una visión de Estado, cuestión que no he visto en el debate.

En segundo lugar, rechazo el proyecto porque me opongo a una nueva ley de amarre. La invariabilidad tributaria debe derogarse. La mayoría circunstancial no puede ni debe amarrar la política minera de los próximos cuatro gobiernos. Nadie en nuestro país, ningún ciudadano tiene la garantía y no tenemos por qué entregársela nuevamente a empresas que ganan millones de dólares sacando nuestras riquezas naturales.

Por último, como representante de un distrito minero, no puedo dejar de mencionar el trato que históricamente han tenido las comunas y regiones mineras.

Si el Estado se ve beneficiado significativamente por el aporte de nuestras regiones, debemos preguntarnos ¿por qué no se compensa a las regiones y comunas mineras?

Chile no puede cometer los mismos errores del pasado. Nuestro desafío es evitar a toda costa que se vuelva a repetir la deleznable experiencia de las salitreras. En lugar de tener mayores beneficios, los distritos mineros conviven con una serie de problemas y externalidades que se vinculan directa o indirectamente con la extracción minera. Por ejemplo, la contaminación atmosférica, la prevalencia de ciertas enfermedades oncológicas y, por cierto, también el eventual agotamiento de los recursos hídricos tanto superficiales como subsuperficiales.

Por todo eso, reitero mi voto en contra del proyecto.

Y quiero formular tres planteamientos concretos.

Primero, hago un llamado a terminar con la ley de concesión plena, que muy bien describió el diputado Accorsi .

(Aplausos en las tribunas)

Es hora de comenzar esa discusión y derogar dicha ley, que sigue regalando el sueldo de Chile a empresas extranjeras.

Segundo, que se aplique un verdadero royalty a la minería o, al menos, lograr una tasa impositiva total similar a la de los países mineros. Esto significa, en el primer caso, un royalty de un 10 por ciento ad valórem, o aceptar y apoyar la propuesta de la Concertación, que nos permitiría llegar a una tasa impositiva de 46 por ciento en total.

Por último, es hora de devolver a los distritos mineros lo que ellos entregan a nuestro país.

Lamento que hayamos tenido que llegar a esta instancia. Lamento de verdad que el Gobierno no haya aceptado el diálogo. Lamento que se mantenga la invariabilidad tributaria que, si a alguien no le queda claro, significa hipotecar nuestra política minera hasta el año 2025.

Por último, lamento que las comunas mineras tengamos que continuar al final de la cola a la hora de recibir las retribuciones de nuestro auge minero. Esto no es justo.

Tenemos ante nosotros una responsabilidad histórica, más aún quienes representamos a distritos mineros. Lo que está en juego es el futuro de nuestra Patria.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.

El señor ROJAS.- Señora Presidenta , al escuchar los discursos de nuestros queridos amigos y colegas parlamentarios uno entiende por qué nos dicen que los políticos mentimos.

Y lo cierto es que esa mentira está plasmada en el conocimiento de todo el trabajo que se ha hecho con el famoso royalty.

Al respecto, y primero que todo, debo manifestar acá que con el entonces diputado Waldo Mora fuimos los primeros en pedir durante la discusión del royalty que el 35 por ciento de la plata que se recaudara por ese concepto quedara en las regiones. Los que hoy levantan la voz nada dijeron, ni apoyaron la proposición. Menos lo hicieron los que están en las tribunas. ¡No estuvieron acá!

(Manifestaciones en las tribunas)

Lo digo con todo respeto, porque represento a la capital minera de Chile. Pero se acuerdan de la capital minera de Chile y conozco bien el tema. En todo caso, quiero señalar que sólo cuando tienen que exprimir el recurso. Nada más.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- ¡Silencio, por favor!

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor ROJAS.- Hoy quiero decirles…

(Manifestaciones en las tribunas)

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- ¡Silencio en las tribunas!

El señor ROJAS.- Les quiero decir muy claramente, y no tengo ningún temor para conversar con quienquiera, de frente y sin gritar a las tribunas,…

(Manifestaciones en las tribunas)

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Diputado Rojas , diríjase a la testera, por favor.

El señor ROJAS.- Así lo haré, señora Presidenta .

Hay que entender las cosas, dónde estamos insertos, qué es lo que estamos haciendo y todo lo demás.

Los Gobiernos de la Concertación nos mintieron. Y que alguien me diga lo contrario. ¡Nos mintieron!

¿Cuántos recursos entregó a la Región de Antofagasta?

El diputado que me antecedió en el uso de la palabra es de Calama. Veinte años tuvieron a Codelco y todavía Calama tiene pozos negros, caminos sin pavimentar. Y debemos andar mendigando recursos.

Hoy, que tenemos una posibilidad cierta de contar con fondos para la región de Antofagasta, setenta millones de dólares, lo que ha costado, no lo podemos desconocer, ha sido un parto doloroso, ¿ustedes

piensan que uno puede negarse a aprobar el proyecto?

Se los planteo con mucha tranquilidad.

Se habla de Codelco. Se dice que Codelco es de todos los chilenos. ¡Si Codelco ha sido de los partidos políticos de la Concertación!

-Manifestaciones en las tribunas.

-Hablan varios señores diputados a la vez.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- ¡Silencio, por favor!

El señor ROJAS.- Mil millones de dólares…

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- ¡Silencio en las tribunas!

El señor ROJAS.- …tuvimos que entregarle a través de un proyecto de ley. ¡Mil millones de dólares!

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- ¡Silencio! ¡Silencio en las tribunas!

El señor ROJAS.- ¡Porque en Codelco se lo han robado todo y jamás se ha levantado la voz por ello! ¡Jamás se ha levantado la voz!

Señora Presidenta, por lo menos yo, en los casi veinte años que llevo acá, tengo moral para decir eso.

-Hablan varios señores diputados a la vez.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).-Silencio.

Silencio en las tribunas.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor ROJAS.- Hoy día, …

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- No intervenga, señor diputado . No intervenga.

¡Silencio!

¡Silencio en las tribunas!

(Manifestaciones en las tribunas)

¡Silencio en las tribunas!

No vamos a continuar la discusión si no hay silencio en las tribunas.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor ROJAS.- Señora Presidenta,…

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- No vamos a continuar la discusión si no hay silencio en las tribunas.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor ROJAS.- Señora Presidenta, no se preocupe.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Señor diputado , …

El señor ROJAS.- Señora Presidenta, represento realmente a la gente de Antofagasta. No se preocupe.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Señor diputado , no intervenga mientras no haya silencio.

(Manifestaciones en las tribunas).

¡Por favor, silencio en las tribunas!

(Aplausos en las tribunas)

Puede continuar, señor diputado .

El señor ROJAS.- Gracias, señora Presidenta.

Se habla de eficiencia, de recursos y de otras cosas. Al respecto, en los próximos días va a ingresar un proyecto con el cual seguirá sangrando nuestro país, relacionado con el famoso Transantiago.

Buscar que el Congreso Nacional autorice más plata. Y ahí no se van a olvidar de quienes reclamamos recursos para las regiones. El Transantiago necesita más de 400 millones de dólares.

El proyecto tiene dos fundamentos esenciales, uno de ellos es la reconstrucción.

El diputado Recondo preguntó qué pasaba con Tocopilla. Hay más de 600 personas que todavía no tienen solución. No fueron capaces de resolver los problemas que causó el terremoto a esa gente.

¡Y qué decir de la Primera Región , con el primer terremoto! ¡Para qué mencionar a la gente de Coyhaique, de Arica!

Seamos sinceros. Nos gustarían mil cosas, muchos beneficios. Y comparto que nos aboquemos de una vez por todas a la ley reservada del Cobre. ¿Qué pasó al respecto?

Soy miembro de la bancada minera. Le planteamos a la Concertación la modificación de esa ley. Existe constancia de que efectivamente no quisieron cambiarla, porque algunos dirigentes les pidieron que no se modificara.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Ha terminado su tiempo, señor diputado .

El señor ROJAS.- Por lo tanto, en este proyecto sí que voy a defender a mi región. Y me da lo mismo lo que piensen los que están arriba.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Ha terminado su tiempo, señor diputado .

El señor ROJAS.- Setenta millones de dólares irán en beneficio de nuestra gente.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Ha terminado su tiempo, señor diputado .

(Manifestaciones en las tribunas)

El señor ROJAS.- Con mucha satisfacción y con mucho orgullo anuncio que voy a votar a favor del proyecto, como corresponde, por el bien de nuestra gente.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Castro.

(Manifestaciones en las tribunas)

¡Silencio, por favor!

(Manifestaciones en las tribunas)

¡Por favor, silencio en las tribunas!

Tiene la palabra el diputado Castro.

El señor CASTRO.- Señora Presidenta , no pueden venir a tratar de dividirnos entre patriotas y antipatriotas.

Represento a la histórica Rancagua, una ciudad minera que toda la vida ha sufrido los perjuicios de no contar con fondos propios para que los miles de mineros y sus familias vivan en condiciones dignas.

Los trabajadores que hoy día nos acompañan son parte de nuestro país y de la riqueza del cobre. Por ese motivo, con total claridad decimos que no nos avergonzamos, ni mucho menos, de decirle al país completo por qué los socialistas, quienes proponemos un verdadero royalty para el país, no aceptamos este proyecto de ley.

Hoy estamos en un momento histórico. Son miles de millones de pesos los que están en juego. Por ello, en pleno Bicentenario, somos firmes partidarios de derogar el decreto ley 600 y terminar de una vez por todas con la invariabilidad tributaria que tanto nos ha dañado y dar a las comunas mineras, hoy representadas en su asociación, todos los recursos necesarios que les han sido negados durante tanto tiempo.

Estamos dispuestos a perfeccionar el Fondo de Desarrollo Regional, pero no a que haya empresas que en países como Australia paguen el 30 por ciento de tributo y en Chile, menos de un tercio de aquello.

Porque estamos ante una decisión histórica para el país, puedo decir con orgullo, responsabilidad y decisión patriótica, que hoy no podemos sino rechazar este proyecto de ley porque respecto de él no ha habido un diálogo real.

Por tal motivo, efectuaremos, a lo largo del país, actos de apoyo a la nacionalización del cobre y para explicar a la ciudadanía nuestra posición sobre esta materia.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra, por 4 minutos, el diputado don Ricardo Rincón.

El señor RINCÓN.- Señora Presidenta , todos tratamos de ver de qué manera podíamos obtener más para nuestra patria a través del mal denominado royalty minero. Sin embargo, el proyecto presentado por el Ejecutivo no responde a las reales capacidades de contribución de la minería privada al esfuerzo del desarrollo nacional.

Por eso, ayer en el macro proyecto de reconstrucción sólo se perdió aquella parte relacionada con el royalty porque fuimos capaces de decir que sólo sirve como idea, pero no aporta al esfuerzo que requiere nuestro país que, por cierto, va mucho más allá de la reconstrucción. No hay que olvidar que lo que está en juego es el desarrollo del país con su principal riqueza en términos de aporte a la economía. En tal sentido, ni la escala, ni la tabla, ni las tasas que fija el proyecto responden a lo que debe ser la real contribución de la minería privada al desarrollo de Chile.

Por eso, la Democracia Cristiana -algo que también comparte la Concertación- se puso como objetivo terminar con la invariabilidad tributaria, para lo cual hemos presentado una indicación para que esta Sala se pronuncie sobre una admisibilidad cuestionada y que nosotros queremos fundamentar constitucionalmente, porque el marco de atribuciones constitucionales lo fija nuestra Carta Fundamental.

El inciso cuarto del número 1° del artículo 65 de la Constitución Política establece que corresponde al Presidente de la República imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes y determinar su forma, proporcionalidad o progresión. Como se puede colegir, no se está estableciendo una reserva legal para el Presidente que implique iniciativa exclusiva respecto de estas materias. Si la iniciativa fuera exclusiva, el constituyente lo habría dicho claramente sin entrar a precisar cada uno de los vocablos que he señalado. Así como podemos establecer delitos tributarios, modificación de pena o sanciones administrativas resultantes de aquello, podemos modificar la variabilidad o invariabilidad de un tributo, porque esa materia no está relacionada con las facultades exclusivas del Presidente de la República de imponer, suprimir, reducir o condonar tributos.

El término de la invariabilidad tributaria es fundamental para establecer con precisión y claridad cual va a ser el aporte de las mineras privadas al desarrollo de Chile. Nuestro país no desea establecer una invariabilidad tributaria que hipoteque nuestro futuro por muchos años más, como ocurre con la que promueve el Ejecutivo , y menos pretender que sólo el Presidente de la República puede discutir estas materias y no el Congreso Nacional. Por eso, hemos presentado una indicación a fin de que se discuta.

Dado que no ha habido espacio para negociar ni en Comisión ni en Sala un tema que es trascendente, la Democracia Cristiana anuncia su rechazo categórico y absoluto a este proyecto del Ejecutivo.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino.

El señor BERTOLINO.- Señora Presidenta , a pocos días de celebrar nuestro Bicentenario, nuestra gran aspiración como buenos chilenos es hacerlo en unidad y velando por que siempre ocurra lo mejor para nuestro país y sus habitantes.

Hoy tenemos la gran oportunidad de allegar recursos al Estado para la reconstrucción, lo que va a permitir ir en ayuda de una gran cantidad de chilenos que vive entre las Regiones Quinta y Novena y que sufrieron los embates del terremoto y posterior maremoto más grande sucedido en Chile y el quinto mayor en el mundo desde que se lleva registro de los mismos.

Por lo tanto, debemos ponernos una mano en el corazón y no negarnos a esta noble causa, más aún cuando en el Congreso Nacional se refleja lo que es la verdadera democracia, pues en su interior se establecen diálogos, y cada uno de nosotros -que representamos distintos sectores de nuestra sociedad- podemos dar a conocer con respeto y altura de miras nuestras legítimas diferencias. Eso es lo que hace que la democracia sea valorada.

Contar con ingresos extraordinarios para la reconstrucción del país debe ser motivo de alegría, más aun cuando estamos cercanos a celebrar doscientos años de vida independiente.

Debemos tener claridad y sensatez para reconocer que la actividad minera es cíclica. De ahí que no es bueno legislar en épocas de crisis o en épocas de bonanza, porque corremos el riesgo de equivocar nuestras decisiones. Que una actividad sea cíclica significa que no siempre va a mantener las mismas condiciones, ya sea de gran precio o de bajo precio. De ahí la importancia de aplicar todos los conocimientos técnicos para lograr, finalmente, una ley justa que procure mayores recursos y, de ese modo, evitar que “nos salga el tiro por la culata”, como se dice vulgarmente, y lamentarnos de la decisión que tomamos.

Es muy fácil aspirar a más; es muy fácil querer más o quererlo todo, pero acá se trata de tomar decisiones que el tiempo nos demuestre que fueron las correctas. En lo personal, considero que ésta es una gran y única oportunidad para cumplir con ese objetivo. Nuestra Constitución nos dice que hay ciertas materias que no son de iniciativa parlamentaria y ésta es una de ellas. En efecto, sólo corresponde al Ejecutivo , al Gobierno de turno, plantear en qué forma puede allegar recursos. Creo que ésta es una gran oportunidad para hacerlo. Digo esto porque, años atrás, cuando se creó este impuesto a la minería, muchos de nosotros pedimos -como lo señaló el diputado Rojas- que se le diera la oportunidad a las regiones de obtener parte de esos recursos para su reconversión, y así lograr mayores oportunidades y una mejor calidad de vida para sus habitantes. No fuimos escuchados y con el tiempo nos dimos cuenta de que lo que planteamos en esa oportunidad no era lo correcto. Hoy, tenemos la gran oportunidad de corregir esa materia.

Me gustaría preguntar a los habitantes de la comuna minera de Andacollo -que represento en esta Cámara- si hasta hoy han recibido algún peso del 4 por ciento de royalty que se viene recaudando desde hace tres años. ¡Cero peso! Con esto vamos a garantizar que a lo menos 300 millones de los 1.000 millones que pretendemos recaudar lleguen a esas comunas.

Por lo tanto, quiero representar la alegría y la esperanza de esas personas, ya que, paradójicamente, las pequeñas comunas mineras de nuestro país son las que menos tienen. Al ser una actividad extractiva, muchas veces el mineral se va, el agujero queda y no existen recursos para reconvertir, para educar mejor, o para dar una mejor salud a esos chilenos que tienen los mismos derechos que hoy tienen quienes viven en las grandes ciudades, en las grandes capitales, más aún considerando que es necesario desviar gran cantidad de recursos para corregir el error del siglo: el Transantiago. Aquí estamos haciendo lo contrario, pues nos encontramos en el momento preciso para invitar voluntariamente a quienes desarrollan actividades mineras a hacer un aporte a nuestras necesidades de reconstrucción. Es algo que hay que decir y recalcar.

Es muy fácil pedir grandes porcentajes de recursos para el Estado; pero, hay que recordar que existe una invariabilidad que debemos respetar. Un país serio es aquel que se respeta a sí mismo y respeta las decisiones que han tomado otros gobiernos, aunque no nos gusten. Actuar con seriedad, tanto trabajadores como empleadores que aportan al país con su esfuerzo, su dedicación, su trabajo, su capacidad y su tecnología, es lo que ha permitido que nuestro país, en la actualidad, mantenga relaciones comerciales con más de 120 países y que nuestros productos sean reconocidos en todo el mundo. Nunca debemos perder de vista esto.

Es muy fácil aplicar tributos y querer solucionarlo todo. Pero, cuando un negocio es cíclico nos podemos encontrar con una desagradable sorpresa, y creo que nuestro país no está para más sorpresas como la que nos deparó la naturaleza, hace algunos meses, sino para tomar decisiones en conciencia que puedan ser cumplidas. Debemos mantener los incentivos a las inversiones para una actividad que es compleja, que complica al medio ambiente; sin embargo, todos estamos comprometidos a desarrollarla en la mejor forma posible, de manera que puedan usufructuar de ella las generaciones actuales y futuras.

No debemos matar la gallina de los huevos de oro, aunque, a veces, es mucha la tentación de hacerlo. Tomar decisiones equivocadas puede ser pan para hoy y hambre para mañana. No quiero eso para mi país y, por lo tanto, valoro profundamente que este proyecto vaya en la línea correcta y que esté dentro de los márgenes que hacen que todavía esta actividad sea atractiva para la inversión nacional y extranjera.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra a la diputada señora Adriana Muñoz.

La señora MUÑOZ (doña Adriana).- Señora Presidenta , hoy en la mañana, diputados, senadores y representantes del Gobierno participamos en una reunión solemne de conmemoración del Bicentenario, ceremonia que fue presidida por su excelencia el Presidente de la República , quien en su discurso hizo un llamado, una vez más, a la unidad nacional. Pues bien, nos habría encantado que esa unidad nacional hubiera impregnado el debate de esta tarde sobre un tema tan central como es el cobre de nuestro país.

En verdad, creo que habría sido una gran señal que en esta fecha de conmemoración del Bicentenario hubiéramos podido debatir esta materia, buscando una acuerdo nacional, que fuimos capaces de alcanzar en 1971, cuando el Presidente Salvador Allende anunció…

(Aplausos en las tribunas).

… la nacionalización del cobre, respaldado por una reforma constitucional que fue aprobada por unanimidad en el Congreso Nacional.

Recordemos que eran tiempos difíciles para nuestro país; había agitación social y muchas divergencias políticas e ideológicas. Sin embargo, en esa época, el Congreso Nacional y el Presidente Allende fueron capaces de dar una señal al mundo de que podíamos recuperar para Chile nuestra riqueza fundamental: el cobre.

Es preocupante la urgencia y la rigidez que ha impuesto el Gobierno al tratamiento de este proyecto de ley. Los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra ya expresaron que hemos hecho propuestas y hemos estado dispuestos a dialogar. Sin embargo, hemos llegado a este momento sin acuerdos concretos. Pero, más que preocupante, es sospechoso, porque no se necesita ser un gran matemático para sacar la siguiente cuenta: 1.000 millones de dólares, frente a una invariabilidad tributaria hasta 2025, es muy poca cosa. Es como cambiar una caluguita de menta por un calugón Pelayo . En realidad, es la situación que hoy vamos a tener que enfrentar.

Digamos la verdad. Este proyecto favorece, en esencia y en el fondo, a las grandes empresas mineras. Es mezquino con Chile, país con una economía y con instituciones tan fuertes que en 2009, durante el Gobierno de la Presidenta Bachelet , pudimos enfrentar con mucha solidez una de las más grandes crisis económicas que ha vivido el mundo.

Entonces, ¿cuál es la necesidad de seguir entregando incentivos tributarios para que vengan más inversionistas, si Chile es un país serio y sólido, al punto de que se ha anunciado que hay comprometidos más de 50 mil millones de dólares en proyectos mineros para los próximos años?

(Aplausos en las tribunas).

Aquí hay solidez, madurez e institucionalidad, logradas durante los 20 años de gobiernos de la Concertación, aunque les duela a los colegas de la Derecha y al Gobierno de Sebastián Piñera.

Por último, quiero manifestar que si no nos gusta la invariabilidad tributaria, como ha dicho el diputado Monckeberg , votemos en contra de ella. La Concertación hizo una propuesta en tal sentido. Habrá invariabilidad tributaria hasta 2017. Nosotros hemos propuesto terminar con ella; pero el Gobierno no quiere; desea prorrogarla hasta 2025, lo que significa permitir que las empresas mineras sigan obteniendo grandes ganancias por ocho años más.

Por eso, las diputadas y los diputados de la Concertación, en particular los del Partido por la Democracia, vamos a votar en contra de este proyecto, porque estamos en contra de estas ganancias vergonzosas de las grandes empresas mineras, que alcanzaron a 80.000 millones de dólares en los últimos diez años.

Los diputados de las comunas mineras sabemos, por ejemplo, que en la pequeña provincia del Choapa hay grandes empresas mineras: Los Pelambres, El Pachón, Vale S.A., etcétera. Sin embargo, ¿qué tenemos en nuestras comunas? Desempleo y mala calidad de la salud. Además, es una vergüenza que las personas enfermas y los mineros que han sufrido graves accidentes en las mineras de Illapel, Salamanca y sectores precordilleranos tengan que trasladarse hasta Coquimbo, en viajes de cuatro o cinco horas en una ambulancia.

No tiene nombre el hecho de seguir manteniendo la invariabilidad tributaria para las empresas mineras. Vamos a defender a Chile; vamos a defender el sueldo de Chile, que es el cobre, para lo cual, como dije, vamos a votar en contra del proyecto.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Ofrezco la palabra al diputado señor Pedro Araya.

El señor ARAYA.- Señora Presidenta , una vez más, hemos sido convocados a una sesión para discutir qué queremos para el sector minero en el futuro, específicamente, qué queremos en materia de impuestos mineros.

Cuando uno mira las utilidades de las grandes compañías mineras, en particular, de la gran minería privada, que obtuvo utilidades netas cercanas a los 11.500 millones de dólares, en 2008, uno se pregunta qué estamos haciendo en materia de tributación minera y cuál es nuestra visión de futuro.

En esta línea, el proyecto de ley en discusión tiene aspectos bastante rescatables. Sin duda, representa un avance respecto del impuesto específico a la minería que se aplicó durante el Gobierno del Presidente Lagos. Pero, tiene aspectos que no son correctos, ni buenos, como la invariabilidad tributaria por ocho años más.

(Aplausos en las tribunas).

Creo que nuestro país debe estar lo suficientemente maduro para discutir qué quiere para la gran minería, lo que implica determinar qué queremos cobrar en materia tributaria, cómo podemos hacernos cargo de las operaciones mineras, y muchos otros temas relacionados con el negocio minero como, por ejemplo, los medioambientales, la energía y el agua, por nombrar sólo algunos.

Sinceramente, esperaba que después de que la Cámara rechazó el primer proyecto de ley sobre impuesto específico a la minería hubiéramos discutido algo más global, que hubiéramos tenido sobre la mesa un conjunto de proyectos regulatorios de las actividades mineras, y que no se hubiera insistido en éste que, prácticamente, repite buena parte de lo rechazado por el Congreso Nacional.

Es valorable lo que ha hecho el Gobierno, en cuanto a crear el Fondo de Compensación Minera. En efecto, se garantizan, durante tres años recursos para ese sector. Pero después del tercer año, el Fondo prácticamente queda entregado a la suerte del proyecto de Ley de Presupuestos y a lo que dispongan los ministros de Hacienda , lo que no me parece bien. No creo que las regiones mineras merezcan semejante trato, porque son ellas las que están soportando permanentemente los daños colaterales del sector minero, como los temas medioambientales y el mayor costo de la vida. Eso merece una justa compensación.

Termino diciendo que voy a rechazar la invariabilidad minera, porque debe darse una discusión profunda respecto de su tributación. Es cierto que el proyecto avanza, pero no en la medida que queremos. Nuestro empeño debe dirigirse a que el sueldo de Chile quede en el bolsillo de todos los chilenos y evitar que las compañías mineras continúen beneficiándose con tamañas utilidades.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Carlos Vilches.

El señor VILCHES.- Señora Presidenta , por su intermedio, quiero saludar a los mineros que nos acompañan en las tribunas, porque ellos han hecho un gran aporte con su trabajo en las principales empresas del país, como Codelco Chile. Quiero saludar a Raimundo Espinoza y a todos sus trabajadores, y les pido que me escuchen, porque conozco parte de la historia de la discusión del royalty en la Cámara de Diputados.

Hoy, la Cámara nos ha convocado a la discusión de un impuesto específico. Quiero resaltar eso, porque no se trata de un royalty. El verdadero royalty está por discutirse en el país, e invito a los compañeros de la Concertación para que hagamos una discusión de verdad, que pase por establecer el royalty a la minería y a las aguas que permiten la generación eléctrica, porque en todas partes del mundo se paga un derecho o royalty en esas áreas.

Aquí faltan muchas cosas. El proyecto trata de aplicar un impuesto específico a la minería que el Gobierno, nuestro Gobierno de Sebastián Piñera, ha enviado al Congreso Nacional para mejorar la recaudación de las empresas mineras, de la gran minería del país.

Por eso, repito, no se trata del royalty, sino de un impuesto específico, que sube de un 4 a un 9 por ciento. Digamos las cosas por su nombre, no hagamos demagogia ni engañemos a la gente.

Julián Alcayaga ha enviado un mail a cada uno de los diputados, con valores que son falsos, porque las utilidades que han tenido las empresas generaron un impuesto a la renta que nunca antes había tenido Chile. Si Chile tuvo respaldo para superar la crisis que vivió fue gracias a los recursos obtenidos por los impuestos a la renta que pagó la gran minería. Ésa es la verdad; no lo podemos decir de otra manera.

El impuesto transitorio que se quiere establecer por tres años tiene un destino. Podía haberse tratado de un impuesto específico a la gasolina, al petróleo, pero es un impuesto específico a la minería, que sube de cuatro a nueve por ciento, para recaudar una cantidad de millones de dólares que permita aportar recursos a la reconstrucción nacional. No es mentira que tuvimos un terremoto el 27 de febrero. Llevamos seis meses de gobierno y en los próximos meses queremos discutir el decreto ley N° 600 y la invariabilidad tributaria. Esa discusión la debemos hacer y el Gobierno está dispuesto a llevarla a cabo, porque lo hemos conversado.

Llevamos sólo seis meses de Gobierno. Por eso, uno podría, demagógicamente, decirles que en veinte años de gobierno la Concertación no fue capaz de establecer un royalty. Hace muchos años dijimos que estábamos de acuerdo en discutir el diez por ciento que grava a Codelco Chile, que es una mochila. ¿Por qué el gobierno de la Concertación no lo mandó como proyecto? En eso quiero que nos pongamos de acuerdo.

Estoy de acuerdo con Carlos Montes en que tenemos que dialogar, y estoy dispuesto a que lo hagamos en el lugar que quiera. Hagámoslo frente a los trabajadores, para que podamos realmente decir la verdad.

Hoy estamos llamados al mejoramiento de la recaudación, pero el proyecto tiene otro beneficio que apunta a las regiones: el 30 por ciento de la recaudación va a las regiones.

Como dijo el diputado Rojas , de vez en cuando hay que sacar bien las cuentas. Si aprobamos el proyecto, las regiones contarán con cien millones de dólares anuales extras. Por eso, quiero decir a los trabajadores que somos todos chilenos, que no tenemos que pedirle permiso a nadie, pues no somos colonia de nadie. ¿Por qué vamos a tener que mendigar recursos?

Un día me atreví a pelear por un royalty para Chile, y como muy bien dijo el diputado Accorsi , el primer proyecto se rechazó en la Cámara. Es verdad. Por eso se aprobó un impuesto específico y al entonces presidente , Ricardo Lagos , se lo hice recordar ayer. Efectivamente, él fue el que se atrevió a mandar ese proyecto, que no estaba en la agenda de la Concertación.

Los que saben son testigos de mis palabras.

Quiero pedirles comprensión a los colegas diputados. Necesitamos esos recursos para Chile. Les aseguro que la discusión del royalty que vamos a hacer de verdad, como existe en todas partes del mundo, está pendiente. Estoy dispuesto a luchar por ello, aunque me cueste el puesto, como ocurrió hace unos años.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Carmona.

El señor CARMONA.- Señora Presidenta , en primer lugar, no sólo quiero saludar, sino reivindicar el hecho de que haya una delegación tan amplia de trabajadores escuchando el debate. Los saludo en las personas de Cristián Cuevas, Presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre; Raimundo Espinoza y Juan Meneses , de la Federación de Trabajadores del Cobre; a los municipios mineros en la persona de Brunilda González, alcaldesa de Caldera . Ojalá que muchos trabajadores repitan esta experiencia.

El debate entrega algo que ojalá se aproveche hasta el final: se puede discutir el tema del royalty, de la tributación de las grandes transnacionales, sin que el mundo se venga abajo, sin que se provoque una catástrofe nacional. Por eso, creo que el Gobierno haría bien si instalara el debate desde un punto de vista serio, en beneficio del desarrollo económico y soberano del país.

Creo que se ha manipulado al decir que o se está a favor de un impuesto que beneficia, a través de la invariabilidad tributaria, a las grandes transnacionales, o se está con los damnificados. Existen mecanismos para que el Gobierno recaude los fondos que requiere para la reconstrucción, ya sea redestinando el diez por ciento que el cobre entrega a la ley reservada de las Fuerzas Armadas, ya sea aumentando los tributos a las utilidades de las grandes empresas, en un país de gran concentración de riqueza en manos de muy pocos.

Yendo al tema de fondo, queremos reivindicar, recontextuar y recoger ese optimismo histórico que alguna vez nos legaron Elías Lafferte , Radomiro Tomic y Salvador Allende , para caminar nuevamente en la senda de renacionalizar el cobre, camino más soberano y de mejor aporte al desarrollo pleno del país.

Por ello, también nos pronunciamos directamente en defensa de Codelco como la principal empresa del país, no sólo en cuanto a sus ingresos.

(Aplausos).

En lo que se refiere al royalty propiamente tal, o al impuesto específico, debe ser, tal como lo formuláramos a través de la intervención del diputado Teillier , de un 10 a 15 por ciento, desde una producción de refinado a concentrado. Nos manifestamos por el fin de la invariabilidad tributaria; nos manifestamos por un nuevo estatuto de inversión extranjera, que termine con el decreto ley N° 600 y promueva un nuevo régimen de inversión, que tome nota de un royalty real a las inversiones extranjeras.

A partir de eso, creo que hace falta detenerse en cuál es el aporte que la producción de cobre hace a las regiones, particularmente a las comunas mineras. Este metal, toda vez que se hace acreedor del royalty, es un producto no renovable. Por consiguiente, en algún momento histórico se agotará el recurso y dejará a las comunidades y ciudades que se construyan a su alrededor en una situación de descampado. Por ello mismo, esta fuente debe servir para realizar una redistribución y rediseño productivo en esos lugares.

Por ello, manifiesto categóricamente nuestro rechazo al proyecto sometido a debate.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado Alejandro García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señora Presidenta , en primer lugar, quiero valorar un acuerdo que obtuvimos hoy en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones. En efecto, por unanimidad, los parlamentarios aprobamos recursos por 400 millones de dólares para no subirles los pasajes a los habitantes de la Región Metropolitana y congelarlos durante todo este año. Adicionalmente, logramos un acuerdo con el Gobierno para que las regiones también sean compensadas con esa misma cantidad.

El ejemplo de negociación que han dado este Parlamento y el Gobierno en estos días es bastante distinto al clima que, lamentablemente, existe en este instante, con el fin de buscar una salida racional en esta materia. No se trata de ser patriotas o antipatriotas. Todos somos chilenos. Por lo tanto, es lamentable que se catalogue de esa forma a quien piensa distinto, estando en democracia; ninguno de los chilenos debe aceptarlo, con mayor razón cuando estamos a pocos días de cumplir 200 años de vida independiente.

El ejemplo que hemos tenido hoy en el Congreso Nacional con nuestro Presidente de la República y los cuatro últimos Primeros Mandatarios, también es un hecho que debemos valorar. Hay que entender que éste es un país que nos pertenece a todos, con respeto en nuestras diferencias, porque son lícitas y naturales en democracia.

Aprovecho de saludar a los dirigentes mineros de mi región presentes en las tribunas.

Si este proyecto no es aprobado, las mineras se llevarán esos 1.000 millones de dólares al exterior. Ésa es la verdad. Todos tenemos zonas terremoteadas, en especial en las regiones Sexta, Séptima y Octava, y necesitamos esos recursos. En Rancagua, con el diputado Juan Luis Castro , tenemos 2 mil viviendas que reconstruir. Dentro de los recursos que nos van a entregar adicionalmente, son más de 15 millones de dólares para esa causa.

Hago un llamado a los colegas, porque aquí no se puede acabar el diálogo. Valoro lo que dijeron el diputado Vilches y otros colegas que no piensan en forma alineada. Ellos han tenido bastante libertad para valorar el aporte a las regiones, como el diputado Araya.

Por eso, hago un llamado al Gobierno, a la Concertación y a los diputados independientes y del Partido Comunista. Quiero dar un ejemplo.

El trabajo desarrollado en la Comisión Investigadora de las disposiciones legales y administrativas en materia de normas y estándares de seguridad de las faenas mineras es inédito en la historia de este Parlamento. Hemos trabajado en forma muy responsable y muy unidos, con nuestras legítimas diferencias. En esto estamos en el Parlamento.

Hago un llamado a los ministros, porque sabemos que este proceso no terminará en la Cámara de Diputados, pues seguirá en el Senado.

Es un momento de reflexión. Ojalá que sea imitado el ejemplo que dio la Cámara hoy en la Comisión de Obras Públicas.

Creo que hay razones válidas a favor y en contra de mantener la invariabilidad tributaria. Pero hago un llamado, porque el país nos está exigiendo que estemos a la altura del Bicentenario: necesitamos esos recursos para quienes sufren más.

Sin duda, queremos que las mineras aporten más. Estamos abiertos a discutir el régimen tributario vigente, porque en democracia nada está cerrado al debate.

Por lo tanto, hago un llamado a la cordura, a que hagamos un último esfuerzo por aunar las distintas y legítimas posiciones en pos de un acuerdo en el cual todos colaboremos, porque este país necesita más acuerdos que diferencias.

No deseo que en los próximos tres años los 1.000 millones de dólares se vayan al extranjero o a formar parte de otros capitales dentro del país. Ojalá que esos 1.000 millones o más, a la larga, con el precio del cobre que están pagando las mineras, cuya tasa es del 4 por ciento -ellas también están acogidas al decreto ley N° 600-, queden en nuestro país. Si hoy se aplicara esto, estarían pagando el 8 por ciento a 3,2 dólares por libra.

Debemos seguir trabajando y dejar a un lado las pasiones. Si no somos capaces de ello, no estamos en la senda señalada por el Presidente de la República y los ex Presidentes en cuanto a lo que desean para el futuro del país.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado Fuad Chahín.

El señor CHAHÍN.- Señora Presidenta , hace poco más de 47 años, en este Congreso, específicamente en el Senado, Radomiro Tomic nos decía que una política minera en el país debía tener cinco planos en su acción fundamental: el mundo entero como mercado para el cobre chileno, la chilenización del comercio mundial de nuestro cobre, la total refinación del cobre en Chile, la elaboración de un porcentaje razonable del cobre chileno que exportamos y la chilenización de la Gran Minería.

Dejarnos presionar y, por qué no decirlo, amenazar con la idea de que es necesario entregar recursos adicionales a la reconstrucción sobre la base de hipotecar la soberanía y el derecho a fijar los tributos hasta 2021, es decir, prácticamente, durante tres períodos parlamentarios completos, sería faltar a la memoria de Radomiro Tomic y faltar a la historia de la Democracia Cristiana, porque estaríamos hipotecando parte importante del futuro de nuestro país.

(Aplausos)

No aceptaremos este chantaje mediante el cual se nos dice que, o continuamos con la invariabilidad o no se aporta un solo peso más para financiar los desafíos del país. No aceptamos que nos digan que si no les aseguramos invariabilidad no habrá más inversiones, que los capitales se irán. Es un chantaje ilegítimo e inaceptable.

¿Por qué invierten las empresas en Chile? No es por la invariabilidad tributaria. Por eso, me parece casi patético escuchar a algunos colegas afirmar que si no prolongamos la invariabilidad los inversionistas dejarán de tener a Chile como un país destino de sus inversiones.

En una sesión especial de hace poco más de una semana, leí declaraciones del gerente del proyecto binacional minero de cobre El Pachón, de Xstrata Copper, publicadas el 15 de junio de 2010, a través de las cuales señalaba que la discusión tributaria no inhibía ninguna inversión de las grandes empresas. Sin embargo, aquí algunos parlamentarios sostienen lo contrario.

En 2005, la empresa china Minmetals quería comprar Gaby, sabiendo que el proyecto era deficitario, pero que aseguraba el acceso al mineral y el suministro. Las empresas invierten en Chile, porque tenemos mineral de buena ley y, lo más importante, por el recurso, no por la invariabilidad tributaria.

(Aplausos)

Además, por la estabilidad política, por la sanidad económica y por la cercanía con los puertos.

Tenemos ventajas comparativas que hacen que, a Chile, sigan llegando inversiones. No podemos renunciar a nuestro derecho soberano a que esas empresas contribuyan, como corresponde, a mejorar los niveles de desarrollo de nuestro país.

Por eso, creemos que es el momento de discutir una verdadera política tributaria y de recursos naturales, a fin de que se reconozca el valor y la propiedad del Estado respecto de nuestros recursos minerales no renovables.

Finalmente, quiero señalar que, durante los últimos cinco años, las ganancias en impuestos, intereses, amortizaciones y depreciación de las grandes empresas privadas alcanzaron a 75.820 millones de dólares. Es decir, obtuvieron un promedio anual de más de 15.364 millones de dólares, el equivalente a medio Presupuesto de la Nación.

Hoy, debemos definir si continuamos procurando que las grandes empresas obtengan ganancias excesivas e hipotecamos el futuro de nuestros hijos, extendiendo la invariabilidad hasta 2021, o nos ponemos de pie, hacemos valer nuestra soberanía y decimos basta, pues es el momento de que las empresas paguen por el mineral y contribuyan, como corresponde, al desarrollo de nuestro país.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.

El señor CARDEMIL.- Señora Presidenta , las personas que hayan seguido con atención este debate de la Cámara de Diputados, que es esencialmente política, estoy seguro que se encuentran con dos paradojas o contrasentidos. Lo digo sin afán peyorativo.

La primera, es la tremenda dificultad de la Centro Izquierda para explicarle al país cómo vota en contra un proyecto que sube el impuesto a la minería privada del cobre. Es un contrasentido inexplicable. La otra paradoja es que, en cuatro meses, nuestros amigos de la Concertación no han podido presentar un proyecto alternativo al que hoy vamos a votar.

Tengo aquí los textos que han circulado profusamente. Si los leen, van a llegar a la conclusión de que es un conjunto, tal vez, bien intencionado, pero vago y contradictorio de aspiraciones.

Respecto del proyecto concreto y macizo del Gobierno, no hay ninguna alternativa. La Concertación propone no hacer nada. Y no hacer nada es el peor de los mundos para la minería y el país.

Paso a analizar los argumentos dados.

Con razón, la Izquierda recuerda en forma épica la decisión de nacionalizar el cobre. Tal vez es uno de los impulsos de la Izquierda que más va a perdurar en el tiempo. En ese momento, toda la centroderecha votó a favor. Vean, por favor, las actas del Congreso Nacional.

Esa fue la primera revolución de la minería.

La segunda se produce en los años noventa. También es un esfuerzo país, en que la Izquierda y la Derecha, como las manos del cuerpo, se dan la mano. Gracias a que en Chile se desarrolló la iniciativa privada, la inversión en la década de los noventa se tradujo en aproximadamente 20 mil millones de dólares para el erario nacional.

Ésta es una nacionalización II del cobre. Chile ha pasado a tener el liderazgo en la minería del cobre, y más que duplicando su participación en la producción de cobre de mina en diez años.

Entonces, no se trata aquí de herirse y arañarse unos a otros, sino de avanzar en el mismo camino. El Gobierno nos propone mejorar la gestión de Codelco.

Hoy, aquí, nos acompañan distinguidos dirigentes gremiales. ¡Cómo es posible aceptar que en la gestión pasada de Codelco lo que ganaban los mineros extrayendo cobre para enriquecer a la empresa se perdiera con la administración de la misma al jugar en los mercados de futuro más de 2 mil millones de dólares!

Hay que mejorar esa gestión, y como las empresas privadas están ganando bastante hay que mejorar la recaudación del fisco.

El Gobierno nos presenta un proyecto de ley absolutamente orientado a tal propósito. Se trata de un proyecto mucho mejor en los aspectos técnicos y en sus objetivos a largo plazo que el que la Concertación presentó y se aprobó.

La iniciativa representa una mejoría sustancial para el fisco. Lo que mis colegas piden es que el Fisco de Chile renuncie a recursos que legítimamente debería recaudar. Lo que están pidiendo es dar un salto al vacío, para dejar las leyes en el aire; lo que están pidiendo, en definitiva, es renunciar a trabajar para que este tren avance por los rieles maestros y que el país unitariamente apoya, en el sentido de mejorar la producción del cobre y mantener nuestro liderazgo en el mundo con competitividad y atrayendo capitales internacionales.

Ése es el gran desafío.

El siguiente argumento francamente no se entiende. Los colegas de la Concertación plantean que Chile es un país maduro, y que, por eso, debe ponerse fin a la invariabilidad tributaria y al nuevo estatuto de la inversión extranjera. ¡Por favor, cómo no se dan cuenta que el asunto es al revés! El país es serio, nuestra democracia es estable. Chile es un país que está creciendo y es confiable, porque respeta sus compromisos internacionales, las leyes, los tratados internacionales y los contratos.

Entonces, lo que ustedes nos están pidiendo es dar una puñalada artera y derrumbar o matar los elementos institucionales que han permitido que el país tenga una democracia estable y desarrollada. Cualquier persona que mire este debate francamente no lo entiende.

Finalmente, la última paradoja: lo que celebran los parlamentarios al proyecto es la muy buena idea del Gobierno de crear un fondo para las regiones. Dicen que lo van a apoyar, pero, al mismo tiempo, sostienen que van a votar en contra lo demás. Entonces, quién explica esto. Para que el fondo exista, hay que votar a favor la idea de legislar; hay que votar a favor del impuesto que dé los recursos para el fondo. Si no, ocurre lo que, en mi tierra curicana y en el centro de Santiago, se conoce como “una veleidad”. Esta es una posición veleidosa: decir, se busca un objetivo, pero se hace lo contrario para no conseguirlo.

Estamos en el Bicentenario. Hoy, hemos tenido un lindo acto; han estado todos los Presidentes de la Concertación; hemos celebrado el avance institucional de Chile. Tal vez, hemos ido más lento de lo que algunos hubieran querido, pero hemos avanzado y hemos hecho juntos las cosas. Hoy, el país espera que demos de nuevo un paso juntos y que coexista la minería pública con la minería privada. Además, que se mejore la gestión de la minería pública; que se apliquen más impuestos a la minería privada, y que, de esa manera, tengamos recursos para realizar todos los proyectos sociales que el país espera y se aborde la reconstrucción de tres regiones que quedaron en el suelo.

Por lo tanto, llamo respetuosamente a todas mis colegas a votar favorablemente, porque estamos ante un buen proyecto del Gobierno que no tiene alternativa.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo González.

El señor GONZÁLEZ .- Señora Presidenta , aquí se ha señalado que las empresas privadas mineras han obtenido inmensas utilidades y que no han pagado los impuestos que debieran pagar al Estado de Chile para ejecutar las obras de desarrollo. Ello, es muy claro, pero no se han dado suficientes cifras que demuestren fehacientemente cuán desvergonzada ha sido la tributación de estas empresas. Entre 1955 y 2003, de las diez mayores empresas privadas, ocho de ellas no pagaron un solo peso al Estado.

Señora Presidenta , aquí tengo un recorte de La Tercera que quiero exhibir. Dice que La Disputada de Las Condes paga por primera vez impuestos, desde 1978. Este artículo es de 2005. La empresa, desde 1978 hasta 2005, por una mina que vendió en 1.300 millones de dólares, no pagó nada. Declaró que no tenía utilidades y, por el contrario, que tenía pérdidas tributarias y créditos con el fisco.

Lo sucedido con La Disputada de Las Condes se repite también con las ocho más grandes mineras privadas. Sin embargo, en ese período, la producción subió de un millón de toneladas de cobre a tres millones de toneladas, completando 20,7 millones de toneladas. El valor de esas 20,7 millones de toneladas, a 2,8 dólares la libra, es de 130 mil millones de dólares. ¿Sabe Chile cuánto pagaron las empresas mineras durante todos esos años? Sólo Mantos Blancos y La Escondida pagaron apenas 1.646 millones de dólares. ¿Es eso o no una desvergüenza?

(Manifestaciones en las tribunas).

Pues bien, si Codelco hubiese explotado esas toneladas de cobre habría producido 70 mil millones de dólares para el Estado, para nuestras escuelas, hospitales y pensiones.

Pero, la situación actual no es mejor. Entre 2006 y 2009, las empresas tributaron alrededor de 27.896 millones de dólares, tomando cifras que dio El Mercurio hace dos días. No obstante, no se dice que esas empresas obtuvieron más de 81.000 millones en utilidades; por lo tanto, pagaron menos de 17 por ciento por sobre las mismas.

La actual propuesta del Gobierno contiene un incremento de entre 5 y 9 por ciento al impuesto específico vigente para obtener 1.000 millones de dólares en tres años. Sin embargo, esas cifras son sobras que caen de la mesa de las utilidades de las empresas mineras y, a cambio, se nos pide dar invariabilidad tributaria a las mismas por ocho años más, hasta 2025.

Señora Presidenta, insisto, éste es el verdadero objetivo del proyecto que nos propone el Gobierno: prorrogar la tributación a las grandes empresas mineras para que no sigan pagando lo que deben pagar a Chile y a los chilenos.

(Aplausos en las tribunas).

Los 1.000 millones de dólares para la reconstrucción son el “plato de lentejas”. Más grave aún es que se use la desgracia de las personas que vivieron el terremoto para lograr este fin mercenario que es favorecer, y continuar favoreciendo, hasta lo inaceptable, las utilidades de las grandes empresas mineras.

¿Qué significa la invariabilidad? Que las mineras seguirán pagando muy poco; no lo que pagan en otras partes del mundo. Significa que se mantendrá la alta concentración de la propiedad en la minería; que quedaremos amarrados de manos hasta 2025; que estamos obligados a abdicar del ejercicio de nuestra soberanía. Por eso, Presidenta , hemos dicho que todos los chilenos debieran poder pronunciarse acerca de lo que ocurre con nuestro cobre. Por eso, como planteó el diputado Montes , vamos a salir a las calles a explicarle a Chile lo que significa la invariabilidad y el daño que se le causa al país con esta medida. Vamos a salir a pedir que los chilenos se pronuncien en una gran consulta nacional, en un plebiscito, sobre el cobre chileno.

(Aplausos en las tribunas).

Queremos pedir al Gobierno que envíe un proyecto de ley para que los chilenos puedan dar su palabra respecto del destino del cobre. No es posible continuar con esta situación y, por ello, hoy, no queremos seguir con la invariabilidad tributaria y por ello es necesario ponerle fin de una vez por todas.

Además, debemos continuar rescatando nuestros recursos naturales. En Bolivia, y en muchos otros países del mundo, los estados están recuperando sus recursos naturales. Cito una frase del presidente de Bolivia , Evo Morales: “Si antes se llevaban ochenta y nos dejaban veinte, hoy se llevan veinte y nos dejan ochenta”. ¡Ésa es decisión de presidente! ¡Ésa es decisión patriótica! ¡Ésa es decisión nacional!

(Aplausos en las tribunas).

Ahora, en esta sesión se levanta una nueva galleta, un nuevo distractor: el Fondo para las Regiones. Todos queremos que haya un fondo; sin embargo, este Fondo no necesita de este proyecto de ley. El Gobierno podría constituirlo con voluntad política, porque hay recursos para ello. Más aún, detrás de la propuesta del Fondo, hay una ambigüedad, por no decir un engaño o una trampa, puesto que en ninguna parte se dice que ese Fondo se va a financiar con recursos recaudados a través del incremento del impuesto específico. Si lo que se quiere es financiar el Fondo directamente con este impuesto, debe señalarse claramente, pero no han podido hacerlo, porque eso sería inconstitucional.

Termino mis palabras con una frase de Radomiro Tomic , quien dijo: “Ni en los más pobres estados africanos podrían perdurar leyes tan contrarias al interés nacional como la ley Piñera de las concesiones del cobre. Esas leyes no perdurarán en Chile. Más temprano que tarde, el cobre volverá a ser chileno”.

He dicho.

-(Aplausos en las tribunas).

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Ernesto Silva.

El señor SILVA.- Gracias, Presidenta.

La Concertación nos ha dicho que va a salir a las calles a explicar su posición sobre este proyecto. Deberán tener muchos argumentos para ello, porque, a nuestro juicio, lo que están haciendo es inentendible.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- ¡Por favor, silencio en las tribunas!

El señor SILVA .- El Gobierno también lo va a hacer. Le vamos a explicar a los chilenos que la Concertación no quiere aportar a la reconstrucción con recursos de la minería ni tampoco quiere aprovechar el buen ciclo económico del cobre, que no es permanente. El contexto en que este proyecto surge es bajo el alero de financiar la reconstrucción.

Asimismo, surge luego de que el Gobierno esperara dos meses la propuesta de la Concertación. Cansado de aguardar y de abrir la puerta al diálogo, envió su proyecto de ley.

Otro punto central al que quiero referirme dice relación con el proyecto mismo y sus diferencias respecto de lo que discutimos la vez pasada. Primer cambio en lo transitorio. En el proyecto anterior, dos años de mayor recaudación; en este proyecto, tres años de mayor recaudación.

Segundo cambio. 3,5 por ciento del piso en la tasa del impuesto; 5 por ciento en el impuesto que se plantea ahora.

Cambio en lo permanente. Aprovechar de mejor manera el precio, aumentando la tasa en 5 por ciento como piso.

Tercer cambio. Destino concreto a las regiones. Parlamentarios de Gobierno y de Oposición han hecho ver la relevancia que tiene este elemento, lo que es una buena noticia.

El tercer punto central se refiere a la posición de la Concertación. Repito lo dicho por el diputado Recondo , hace unos momentos. La vez pasada estuvimos muy cerca, pero hoy enfrentamos a una Concertación que cambió su discurso y que le cuesta ponerse de acuerdo. Una Concertación dividida, que no encuentra un eje para generar una posición, le hace mal al país. Esto pudimos haberlo resuelto antes.

Es inentendible que la Concertación vaya a rechazar los recursos adicionales hasta 2017, toda vez que se basa en dos supuestos equivocados. El primero es que creen que van a ganar el próximo gobierno; pero eso no pasará. El segundo es pensar que se van a dejar de percibir los recursos ahora. Y esto es muy importante.

Sobre la realidad de la minería, se han dicho muchas cosas. Voy a referirme a ciertos puntos fundamentales.

Lo primero, es que la minería tiene tasas de tributación adecuadas, incluyendo los impuestos a la renta, adicional y específico, patentes, etcétera. Por lo tanto, no es cierto que la tasa chilena, efectiva en recaudación, sea más baja que la de países desarrollados. Sobre esto, ha faltado rigor en la discusión.

Lo segundo, es que las decisiones en minería son de largo plazo, pero como solución permanente cedemos a la tentación de querer ver precios transitorios.

Ahora bien, a pesar de manifestar nuestra disconformidad con lo planteado en esta Sala, nos parece razonable aprovechar una mayor tasa de recaudación cuando los ciclos económicos de la minería son positivos. Por eso, debemos avanzar.

Por último, corresponde asumir ciertas decisiones. Definir si se está a favor o en contra de aportar, por la vía en debate, a la reconstrucción; si se está a favor o en contra de una mayor contribución de la minería, cuando los precios son más altos, algo que no es permanente, y si se está a favor o en contra de aportar recursos directos a las regiones.

Espero que esta Cámara y la Concertación revisen su posición para sacar adelante este proyecto.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre.

El señor LATORRE.- Señora Presidenta , el Gobierno no quiso discutir sobre el royalty o sobre otra forma de gravar a la minería del cobre. Lo sostuvo el diputado señor Vilches , y me perece que dijo la verdad.

El Gobierno no estuvo dispuesto a dialogar con la Oposición en busca de una fórmula que permitiera cuidar nuestros recursos minerales no renovables.

El Gobierno del Presidente Piñera no tiene ningún interés en cambiar las excepcionales condiciones en que realizan sus inversiones aquellos que ven en nuestro país una fuente de grandes negocios, pero que no están dispuestos a colaborar con el desarrollo nacional.

Prueba de ello es que el Gobierno no sólo extiende la invariabilidad tributaria para quienes obtienen enormes utilidades de su actividad minera. Nadie lo ha dicho en esta Sala y tampoco la Derecha, pero cualesquiera que inscriba nuevas inversiones, de estos 45 mil a 50 mil millones de dólares que se anuncian como inversión, podrá acogerse a normas de invariabilidad tributaria, beneficiándose hasta 2037. Es decir, el Gobierno nos pide que durante los próximos 25 ó 30 años no legislemos sobre una riqueza básica de nuestro país.

Es vergonzoso que nos digan que el Gobierno sí estuvo dispuesto a discutir sobre un royalty que se limita a ser una mera fórmula para recaudar, presumiblemente, para la reconstrucción u otros objetivos. La invariabilidad tributaria y los beneficios que tienen

las empresas a partir de decreto ley N° 600, no se justifican en el Chile de hoy.

Hemos firmado tratados de libre comercio con grandes potencias, con la mayor parte de los países que tiene interés en desarrollar inversión en nuestro país, tratados que garantizan condiciones de inversión y que nos dignifican como un país en el cual se puede invertir.

Es vergonzoso que pretendan mantener invariabilidad tributaria y beneficios para inversionistas extranjeros y no den las mismas posibilidades a los inversionistas nacionales en la gran minería del cobre.

Los márgenes de rentabilidad que alcanzan las mineras no son fruto de su productividad ni de las tecnologías que paulatinamente incorporan, sino que son consecuencia del alto precio que alcanza el cobre, mineral que es propiedad de todos los chilenos. Por eso, cuando reclamamos el término de las condiciones excepcionales en las operaciones mineras, estamos defendiendo el interés de todos los chilenos.

No nos vengan a hablar de recursos para las regiones. Hoy aprobamos en la Comisión de Obras Públicas y Transportes el proyecto de ley de subsidio, en el que no venía ningún peso para las regiones. Fuimos nosotros, en el protocolo de acuerdo que exigimos como Concertación, los que propusimos que por cada peso de subsidio para el Transantiago, debían destinarse recursos equivalentes a las regiones. El Gobierno aceptó la propuesta y hoy hizo llegar la indicación al Congreso.

En consecuencia, que no nos vengan a decir que a están defendiendo recursos para las regiones, cuando en la práctica no lo han hecho.

Por eso, y por todos los argumentos que hemos entregado, reiteramos que la Democracia Cristiana votará en contra la idea de legislar en este proyecto.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.

El señor MELERO.- Señora Presidenta , la Concertación está desconcertada e incrédula. No pueden creer que un Gobierno de Derecha suba los impuestos a un sector productivo del país. Durante años le dijeron al país que ellos sí lo harían y que nosotros, el día que llegáramos a ser gobierno, íbamos a proteger los intereses productivos de determinados sectores y no los íbamos a tocar.

No pueden creer lo que les está pasando. Están desconcertados.

No pueden creer que el ministro de Minería sea el integrante más popular del gabinete. No pueden creer que este ministro de Minería , que viene del sector privado, tenga tanta sensibilidad social y tanta cercanía con los mineros. No pueden creer que tenga 73 por ciento de adhesión ciudadana.

No pueden creer que estemos haciendo lo que no hicieron durante 20 años. Y lo seguiremos haciendo: eliminaremos el descuento de 7 por ciento de salud a los jubilados, cuestión no fueron capaz de hacer; daremos posnatal por 6 meses a las mujeres; devolveremos la dignidad a muchos chilenos y haremos las reformas políticas que tampoco hicieron. Haremos que el voto sea voluntario y la inscripción, automática. En definitiva, haremos lo que ustedes no hicieron, cuestión que los tiene irritados. Eso los tiene desconcertados. Eso los tiene con un 29 por ciento de adhesión ciudadana.

(Manifestaciones en las tribunas).

Por eso la Concertación cada día va más para abajo y el Gobierno y la Alianza van para arriba, y eso va a seguir sucediendo.

(Manifestaciones en las tribunas).

Ustedes saben que les estoy diciendo la verdad.

-Manifestaciones en las tribuna).

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Silencio en las tribunas.

El señor MELERO.- Señora Presidenta , no han logrado entender el mensaje que les dio la ciudadanía. ¡Qué falta les hace el ministro de Hacienda Velasco , pues los ordenaba! ¡Qué falta les hace el ministro que les hacía ver que hay que tener equilibrios en la economía, cuidar el empleo y generar recursos! Pero, perdieron el Gobierno, perdieron a Velasco , se desbandaron y hoy están en la demagogia y el populismo. ¡No saben a qué echar mano! Sigan así y vamos a gobernar décadas completas, porque no han entendido el mensaje que les ha dado la gente.

Vamos a subir el impuesto a las mineras, porque es justo y necesario. Chile tiene que ser más justo y más próspero. ¿Saben lo que les está pasando? Como nosotros pusimos el impuesto a la minería, se les afilaron los colmillos y la ambición rompió el saco.

(Manifestaciones en las tribunas).

Se les fue Velasco, se les desbandó la cosa y hoy quieren aprovechar esta circunstancia, pero no lo vamos a permitir. Hoy, en la tarde, les vamos a ganar. Vamos a aprobar este impuesto, porque es justo, porque es necesario; porque las regiones del país lo necesitan; porque le prometieron durante años plata a las regiones y no se la pudieron dar.

Queridos amigos, los invito a recorrer las ferias libres del país para decirles a los chilenos por qué ustedes no le dan mil millones de dólares. Los invito a que vayan a explicarles.

(Manifestaciones en las tribunas).

Los invito a ir juntos a recorrer el país. A ver qué les contestan.

Vamos a aprobar esta ley, porque debe haber equilibrio, porque no podemos afectar la inversión y el empleo, porque no podemos cambiar las reglas del juego.

(Manifestaciones en las tribunas).

No se pongan nerviosos, porque voy a terminar “al tiro”.

(Manifestaciones en las tribunas).

Los invito a reflexionar sobre la forma en que están actuando. Están cayendo en la demagogia, en el populismo. No están respetando las reglas del juego.

He dicho.

-(Manifestaciones en las tribunas).

La señora SAA (doña María Antonieta).- ¡Es el discurso más mezquino que he escuchado!

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra la diputada señora Cristina Girardi.

La señora GIRARDI (doña Cristina).- Señora Presidenta , está claro que no está en disputa el aumento de impuestos y que la invariabilidad tributaria para las mineras extranjeras, que está propuesta en este proyecto, es la piedra de tope en esta discusión.

¿Por qué nos molesta tanto? Porque significa que de aquí al 2025 no podremos, como país, cobrar más impuestos a las grandes mineras que se llevan nuestra riqueza, nuestro cobre.

¿Por qué nos duele esta propuesta de invariabilidad? Porque no es más que el deseo no declarado de mantener y proyectar hasta 2025 nuestra histórica sumisión ante el poder de las mineras. Parece que el sometimiento es parte de nuestra historia. Nos ocurrió en el pasado con el salitre y el cobre. Nos ocurre hoy con las pesqueras y con el agua, y nos sigue ocurriendo con las mineras.

Las grandes empresas multinacionales devastan nuestras costas, nuestros cerros, nuestra pampa. ¿Por qué, para aumentar en un mínimo el impuesto a las mineras, durante cuatro años debemos quedarnos calladitos, quietitos, sin aspirar a nada de aquí a 2025? ¿Por qué, por tan poco, debemos regalarles el cobre durante tantos años? Si estas mineras están dispuestas a pagar el 30 por ciento en otros países, ¿por qué debemos conformarnos con lo que ellas decidan entregarnos? ¿Con quién es el compromiso? ¿Con el cobre, con los chilenos o con las grandes mineras? Si necesitamos más recursos para la reconstrucción, ¿por qué no recurrir, como aquí se ha dicho, al 10 por ciento del cobre que va para las Fuerzas Armadas, donde quedan más de 3 mil millones que no se han utilizado y que sólo requieren la voluntad política para usarlos en lo que el país realmente necesita?

Quizá, después de 2025 queden sólo algunas migajas de nuestro cobre. Que no nos quepa la menor duda de que las mineras intentarán extraer todo lo que puedan, al máximo de sus capacidades, de aquí a 2025.

De hecho, producto de lo ocurrido con los 33 mineros que aún permanecen bajo tierra, hemos visto cómo, por el aumento del precio del cobre en esta desquiciada carrera por ganar, ganar y ganar, algunas mineras se han comido hasta los pilares que deben sustentar las minas para poder extraer más material.

La codicia es una enfermedad compleja, difícil de controlar. No tiene límites, se extiende y propaga fácilmente y es contagiosa, pero parece que también produce ceguera. ¿Cómo no darse cuenta de que este proyecto favorece principalmente a las mineras y que estamos, una vez más, entregando nuestras riquezas a cambio de cuentas de vidrio? ¿A quiénes nos debemos? ¿A quiénes queremos entregarnos? ¿Queremos mantenernos serviles ante las grandes mineras o realmente servir a todos los habitantes de esta tierra?

Señora Presidenta , ya que estamos celebrando el Bicentenario, tenemos una gran oportunidad para ser realmente independientes y cobrar a las empresas mineras lo que realmente deben pagar. Aumentar impuestos sí, pero sin hipotecar el futuro. Ésa debería ser la propuesta de Chile frente a las mineras, si de algo nos ha servido la experiencia de estos doscientos años.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.

El señor ROBLES.- Señora Presidenta , primero que todo, quiero saludar a los mineros que se encuentran en las tribunas, a sus dirigentes, don Cristián Cuevas y don Raimundo Espinoza , y a la representante de los municipios mineros de nuestro país, la señora Brunilda González , que es alcaldesa de Caldera .

En primer lugar, quiero darme una licencia, porque hoy estoy contento y Atacama está contenta, ya que la Corte de Apelaciones de Copiapó declaró ilegal la modificación que favorecía a la Termoeléctrica Castilla, la que no se podrá emplazar en la Región de Atacama.

Hay algunos parlamentarios en esta Sala que creemos que el cobre debe renacionalizarse. Lo propusimos hoy en la Comisión de Hacienda. Formulamos una indicación con el objeto de derogar los artículos que la dictadura dejó instalados en la Constitución para entregar la concesión plena. Creemos que la renacionalización del cobre es una alternativa para que volvamos a usufructuar de nuestras riquezas y no lo hagan países extraños.

Cuando hablamos de que este proyecto no es para la reconstrucción, es porque va a beneficiar principalmente a las empresas mineras. Para la reconstrucción, como se ha dicho, están los recursos de la ley Reservada del Cobre. Por lo tanto, los recursos que el mismo cobre ha entregado a las Fuerzas Armadas, más de 3 mil millones de dólares, pueden usarse para la reconstrucción.

En vez de comprar armas, construyamos casas. En vez de comprar armas, construyamos puentes. En vez de comprar armas, construyamos hospitales y escuelas. ¡Ahí está la reconstrucción! ¡Ahí están los fondos!

Mientras países vecinos, como Argentina, aplican un 10 por ciento de royalty, de verdad, a las ventas, establecido por la Constitución argentina y aprobado por su Parlamento en 2007, nosotros estamos entregando nuestro cobre por mayor tiempo a las empresas mineras. Nos parece absurdo que países vecinos hagan un royalty de verdad y cuiden sus recursos y nosotros no seamos capaces de hacer lo mismo.

En Australia, sede de las mineras más grandes del mundo y de donde proviene la mayor empresa minera privada en Chile, la tasa de tributación efectiva alcanza a 43 por ciento y subirá a un 56,8 por ciento cuando se implemente el nuevo cobro por el uso del recurso natural que ha anunciado el primer ministro de ese país. Si en Australia la empresa BHP Billiton paga esos recursos, ¿por qué en Chile no paga lo que corresponde por nuestro cobre y nuestras riquezas naturales?

Por último, hoy las comunas mineras necesitan y deben recibir, dentro de la estructura política de nuestro país, parte de los recursos que les entrega el cobre. En dichas comunas no sólo quedan los enfermos y los discapacitados de la minería, sino que también los residuos ambientales. Los hoyos quedan y las riquezas se van y nunca más vuelven. Si no entregamos recursos a dichas comunas, Chile no será un país equitativo. En ese sentido, hay que aumentar las patentes mineras y entregar parte del royalty a las comunas que representamos.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Uriarte.

El señor URIARTE.- Señora Presidenta , en el tercer piso de esta Corporación hoy se produjo un hecho histórico, por cuanto logramos poner en votación un gran acuerdo sobre el Transantiago. Quienes han seguido el tema saben lo difícil que ha sido llegar a ello. Sin embargo, a pesar de todas las limitaciones y barreras y de todos los problemas, logramos llegar a un acuerdo en que todos ganamos. Ganó el Gobierno, porque fue capaz de dar una solución, y también la Oposición, que también participó de ese gran acuerdo. Finalmente, unos y otros supimos que con ello ganaban las víctimas del Transantiago y, además, el transporte público de pasajeros de las regiones.

Desde luego, el transporte rural nunca había recibido un subsidio. Pero, lamentablemente, hoy no vemos en esta Sala el ambiente en que se produjo ese acuerdo. Eso me duele, porque la historia de este Congreso Nacional, que usted misma nos recordó en el Salón Plenario, está marcada por los grandes acuerdos que hacen historia. Desde 1990 a la fecha, la Cámara de Diputados también ha sido testigo de grandes acuerdos, pues la Oposición ha participado patrióticamente con su voto. Desde ese año a la fecha, en esta Corporación se han despachado 19 leyes de Presupuestos y tramitado cientos de proyectos con los votos de la Oposición, desde las “Leyes Cumplido” hasta las últimas dos leyes del Transantiago. Puedo mencionar algunas como la Reforma Procesal Penal, la Reforma al Sistema Previsional, la Reforma a la Salud, la que tuvimos que aprobar con los votos que el PPD no fue capaz de dar. Muchas reformas se han fraguado y consolidado con los votos de nuestro sector.

¿Por qué ha ocurrido eso? Porque la suerte de los países no sólo depende de lo bien o mal que lo haga un Gobierno, sino de lo bien o mal que lo haga la Oposición. Creo que aquí falta una mirada de Estado, en el sentido de entender que también se puede construir patria desde la Oposición. El llamado que nuestro gobierno hace a la Oposición es participar de un plan de reconstrucción que nos una y no que nos divida. Así como en el pasado fuimos capaces de dar el voto a muchas reformas que no nos gustaban, entre otras, la Reforma Tributaria, que aumentaban las tasas del impuesto al valor agregado o del impuesto a la renta, o incluso al proyecto del royalty, que fue despachado con nuestros votos, hoy le corresponde a la Oposición demostrar que también está dispuesta a participar en una agenda de unidad. En ese sentido apunta nuestro llamado.

Espero que en pocos minutos más, cuando el proyecto se someta a votación, la Oposición no sólo sorprenda al oficialismo, sino que también al país entero, por su mirada de estadista de largo plazo y su compromiso por Chile.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Luis Lemus.

El señor LEMUS.- Señora Presidenta , hace mucho rato que los chilenos están sintiendo que las grandes mineras les “están pasando gatos por liebres” en materia de impuestos. Es un hecho que se ha constatado en cada una de las encuestas realizadas. Creo que el Gobierno se ha equivocado una vez más al tratar el tema, porque la tentación que tendrá en el futuro de querer legislar en contra de una posición que afecta a la mayoría de los chilenos será algo absolutamente recurrente.

El hecho de argumentar el tema del terremoto y de las regiones son luces que no tienen nada que ver con el tema, porque el Gobierno tiene financiado el terremoto desde hace mucho rato. Si los habitantes de las regiones que fueron afectados por el sismo no han sentido que les ha llegado ese apoyo, eso ha sido por la ineficiencia que ha tenido el Ejecutivo para llegar con soluciones a las regiones que más lo necesitan.

También quiero alzar mi voz por las comunas y las regiones mineras, cuyos habitantes piden que un porcentaje importante de los tributos mineros queden en cada uno de esos territorios. Incluso, hoy se da la paradoja de que las comunas más pobres del país generan las mayores riquezas. Ese tipo de desigualdades y diferencias no pueden seguir ocurriendo en un gobierno democrático.

He dicho.

-(Aplausos).

El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Giovanni Calderón.

El señor CALDERÓN.- Señor Presidente , no puedo dejar de saludar a los mineros que están en las tribunas y a la alcaldesa de Caldera , su representante, porque he conocido en terreno lo duro que es la vida en la minería. Todo el país ha sido testigo de ello con ocasión del accidente ocurrido en la Mina San José , en cuyas profundidades se encuentran atrapados treinta y tres chilenos. A ellos quiero decirles cosas que tal vez no sepan.

Se ha dicho que la invariabilidad fue una imposición de la Derecha al gobierno del Presidente Lagos. Sin embargo, pregunto a mis colegas y a los mineros que están en las tribunas si alguien cree que se le podía imponer algo al Presidente Lagos . Vayan a decírselo a él. Díganle que la Derecha le impuso algo, porque él fue quien estableció en el mensaje presidencial una invariabilidad de quince años, a cambio de una tasa de 4 por ciento. Eso no fue objeto de una indicación. Él era la única persona que podía plantearlo, ya que así lo establece la Constitución. Incluso, el diputado Accorsi mostró la votación alcanzada en ese proyecto, aprobado ciertamente con votos de la Alianza.

Además, en 2006 la Concertación contaba con 65 de 120 diputados y con 20 de 38 senadores; por lo tanto, tuvo los votos para derogar el decreto ley N° 600 y rechazar la invariabilidad; sin embargo, no lo hizo. Entonces, ahora cabe que asuman sus responsabilidades, porque ellos deberán dar cuenta al país.

Las comunas que represento están ubicadas en la segunda región minera que más aporta al producto interno bruto del país, pero no se lleva nada de eso. En veinte años de gobierno de la Concertación, con intendentes y senadores de izquierda y con un distrito doblado como el mío, ellos fueron incapaces de hacer un aporte al desarrollo de esas comunas. Ahí están Vallenar y Tierra Amarilla, que está hundida en la pobreza. Ellos deben dar la explicación de por qué ahora van a negar 21 millones de dólares en tres años a una región olvidada por todo Chile.

He dicho.

-(Aplausos).

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Se han terminado los tiempos distribuidos a los partidos. Además, no hay más diputados inscritos.

Por lo tanto, tiene la palabra el señor ministro de Hacienda.

El señor LARRAÍN ( ministro de Hacienda ).- Señora Presidenta , quiero explicar brevemente el sentido de las indicaciones del Ejecutivo y agradecer el aporte de los diputados del PRI y de la Coalición por el Cambio, Renovación Nacional y Unión Demócrata Independiente, que han contribuido a mejorar el proyecto, el cual se ha convertido en una iniciativa potente, que va a llevar recursos a las regiones.

Antes de explicar eso, no puedo dejar de referirme a algunos temas que se han planteado.

En primer lugar, algunos diputados han dicho aquí que el Gobierno no ha tenido disposición para el diálogo. Eso no es correcto. El Presidente Piñera planteó hace más de cuatro meses en una caleta de Coronel el proyecto de financiamiento de la reconstrucción. Desde ese momento, el proyecto de financiamiento de la reconstrucción pasó cerca de dos meses en tramitación. Durante ese período, estuvimos discutiendo el tema del impuesto específico a la minería. Posteriormente, cuando se rechazó en Comisión Mixta, de eso hace más de dos meses, junto con el ministro de Minería mantuvimos contacto permanente con quienes nos dijeron que eran nuestra contraparte, es decir, la Oposición. Las puertas del Ministerio de Hacienda han estado siempre abiertas para ellos, pero nunca tuvimos una propuesta, sino hasta la semana pasada. Ésa es la realidad. Teníamos la disposición y realizamos conversaciones, pero no se nos entregaron propuestas. Por eso el Gobierno presentó el proyecto.

En segundo lugar, se ha dicho que nos reímos de la propuesta de la Concertación. Quiero decir con toda claridad que eso no es efectivo. Señalamos que no estábamos de acuerdo con esa propuesta y que era una idea no desarrollada. Estoy dispuesto a referirme a eso de nuevo.

En tercer lugar, he escuchado más de una vez aquí que tenemos los recursos para la reconstrucción. Pareciera que a quienes dicen eso no les importan los mil millones de dólares que el proyecto aportará sólo en los próximos tres años.

Le pregunto a cualquier familia chilena si prefiere recibir un ingreso extraordinario o romper el chanchito con sus ahorros para enfrentar una catástrofe. Creo que es muy distinto romper el chanchito con ahorros, que es lo que nos está diciendo la Oposición, a tener un ingreso extraordinario.

En cuarto lugar, el proyecto, que llevamos discutiendo casi cinco meses, no sólo recauda recursos para la reconstrucción, sino que también establece un nuevo régimen tributario para la minería. Me pregunto, ¿cuánto tiempo más necesitamos discutirlo? Se dice que esto es muy importante, pero en cinco meses no hemos logrado un acuerdo.

En quinto lugar, quiero decir muy claramente que el Gobierno modificó la tabla de impuesto que establecía el primer proyecto que presentó, ya que subió el piso de la tabla y añadió un año a la recaudación. Estuvimos muy cerca de lograr un acuerdo al respecto; pero, lamentablemente, no se consiguió. La propuesta de la Concertación, en vez de acercarse para llegar a un consenso, se alejó del acuerdo. Ésa es la realidad, y ustedes saben que fue así.

Por último, quiero formular un comentario sobre el nuevo Fondo de Inversión y Reconversión Regional que crea el proyecto. Hago un llamado a todos los señores diputados, a los partidarios del Gobierno y a los de Oposición, porque estamos frente a una verdadera oportunidad. La iniciativa establece un nuevo fondo, que se va a alimentar con 100 millones de dólares anuales durante cuatro años. Posteriormente, recibirá los recursos que decida la ley de Presupuestos más allá de 2014. Ese fondo, de 100 millones de dólares, contempla un tercio de los recursos para las regiones mineras del país y dos tercios para el resto de las regiones de Chile. Con este fondo se podrán financiar muchos proyectos de inversión, que van a quedar en las regiones. Los gobiernos regionales deberán tomar sus decisiones respetando un reglamento, pero serán ellos los que determinarán el destino de esos fondos y sus prioridades.

Por lo tanto, el proyecto no sólo recauda mil millones de dólares para la reconstrucción y establece un nuevo impuesto específico para la minería, que todos ustedes reconocen que es mejor que el que tenemos, sino que también entrega al menos 400 millones de dólares en los próximos años para las regiones, recursos que van a quedar predominantemente en las regiones mineras.

Por intermedio de la señora Presidenta, pido a los señores diputados que no perdamos esta oportunidad.

He dicho.

-(Aplausos).

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el señor ministro de Minería .

El señor GOLBORNE ( ministro de Minería ).- Señora Presidenta , hemos escuchado distintas intervenciones que ratifican una vez más la tremenda pasión que genera el tema de la minería en el país. Escuchamos a diputados que plantean, incluso, la nacionalización, mientras que otros parlamentarios opinan que no debemos subir los impuestos.

Por otra parte, una mayoría en la Oposición proclama que la minería contribuye poco a la recaudación nacional. No obstante, debo señalar que la tasa tributaria de la minería asciende al 38 por ciento de las utilidades. La propuesta del Gobierno eleva la tasa de tributación en forma absoluta a cambio de ninguna modificación de los criterios de invariabilidad vigentes; es un incremento de la tributación y una contribución de la gran minería en los ciclos económicos altos.

Me resulta difícil entender que la mayoría de los diputados que plantean que debiera existir una mayor contribución de la minería no voten a favor de la idea de legislar esta materia. Resulta inconsecuente decir: “Queremos que la minería contribuya más, pero no queremos legislar sobre la materia.”

Luego, está el tema de los artículos transitorios, que tienen relación con situaciones heredadas y con los criterios de invariabilidad establecidos años atrás. Esa discusión puede ser opinable; pero, desafortunadamente, no somos autónomos para determinarla.

Lo claro es que debemos aprovechar los ciclos económicos positivos del cobre, nuestro principal producto de exportación, que ha logrado un precio promedio de 3,20 dólares la libra, para beneficiar a todos los chilenos.

Por lo tanto, es importante discutir esta materia con altura de miras, determinar lo que es conveniente para el país en el largo plazo y entender que es necesario hacer lo que todo el país reclama, cual es que la minería contribuya con más recursos al desarrollo del país y que se destinen esos dineros a las regiones y las comunas, especialmente a las regiones y comunas mineras.

Nuestra propuesta puede no ser perfecta, pero es un significativo avance.

El señor MONTES.- La propuesta es mala.

El señor GOLBORNE ( ministro de Minería ).- Quienes opinan que la propuesta es mala, tendrán que conseguir no sólo el patrocinio del Ejecutivo para presentar otro proyecto, sino que los votos necesarios en ambas Cámaras para imponer un punto de vista diferente. Si no lo logran, perpetuarán el sistema actual, lo que impedirá que el país se beneficie con este ciclo económico positivo del cobre. O sea, los señores diputados deben tomar una decisión difícil.

Por lo tanto, los insto a meditarla con cautela, a pensar con cuidado qué es lo mejor para el país, dadas las circunstancias actuales. No estamos legislando desde cero ni en condiciones ideales, pues las mayorías son transitorias. Y, en este minuto, tenemos la posibilidad de que la minería contribuya más y vaya dinero a las regiones y comunas del país.

La invitación es a apoyar el proyecto y lograr enriquecerlo en este proceso.

Muchas gracias, señora Presidenta .

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Muchas gracias, señor ministro .

Para un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Farías.

El señor FARÍAS.- Señora Presidenta , antes de la votación, invoco el artículo 5º B, de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, que señala que “Los miembros de cada una de las Cámaras no podrán promover ni votar ningún asunto que interese directa o personalmente a ellos o a sus cónyuges, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción. Con todo, podrán participar en el debate advirtiendo previamente el interés que ellas, o las personas mencionadas, tengan en el asunto.”. Así las cosas, deberían inhabilitarse los diputados o diputadas que tengan algún tipo de interés en la materia que estamos discutiendo.

En concreto, cuando se ve la declaración de intereses del diputado Carlos Vilches , nos damos cuenta de que tiene más de 270 mil dólares en tres compañías: Compañía Minera Alianza y Compañía Explotadora de Minas San Andrés, 180 y 90 mil dólares, respectivamente, y en el proyecto Vicuña .

Solicito que el diputado Vilches se inhabilite de votar, así como otros diputados que tengan intereses directos en la materia que nos convoca.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Diputado Farías, usted ha mencionado el artículo 5º B de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional; sin embargo, debe saber que cada diputado puede invocarlo en forma voluntaria.

El señor SILBER.- Señor Presidente , dada la gravedad de la situación, pido reunión de Comités, con suspensión de la sesión.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Cito a reunión de Comités.

Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Continúa la sesión.

El señor Secretario dará lectura a los pareos.

El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).- Se han registrado los siguientes pareos: el señor Vallespín con la señora Turres; el señor Auth con el señor Edwards; el señor Ceroni con el señor Urrutia, y el señor Godoy con el señor Lorenzini.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Se han presentado a la Mesa dos indicaciones que fueron declaradas inadmisibles en la Comisión de Hacienda.

Según el artículo 188 del Reglamento de la Corporación, cuando un proyecto sea declarado de “suma” urgencia sólo las indicaciones que han sido rechazadas por las comisiones informantes se pueden presentar nuevamente en la Sala, con la firma de 30 diputados.

Las dos indicaciones a que hago referencia no fueron rechazadas, sino declaradas inadmisibles por la Comisión. Por lo tanto, no se pueden votar.

El señor MONTES.- Señora Presidenta, pido la palabra para referirme a un punto de Reglamento.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra, señor diputado Montes.

El señor MONTES.- Señora Presidenta , solicitamos a la Mesa que se pronuncie respecto a la inadmisibilidad de la indicación que dispone el término del régimen de invariabilidad tributaria establecido en el decreto ley N° 600.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Señor diputado Montes , esta Mesa declaró inadmisible dicha indicación.

Un señor DIPUTADO.- ¡Que se vote!

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Entonces, votaremos la inadmisibilidad de la indicación.

La señora PASCAL (doña Denise).- Señora Presidenta , ¿cuáles son las razones para votar la inadmisibilidad?

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Señora diputada Pascal, la indicación es inadmisible porque corresponde a una atribución exclusiva del Presidente de la República .

Aquellos que voten afirmativamente apoyarán a la Mesa, la que declaró inadmisible la indicación.

Informo a los diputados que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150 de la Corporación, no se agregarán votos luego de terminada la votación.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 54 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- La indicación se declara inadmisible.

El señor SILBER.- Señora Presidenta, pido que se deje constancia de mi reserva de constitucionalidad respecto de la inadmisibilidad.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Así se hará, diputado señor Silber.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, con urgencia calificada de “suma”, que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera.

Reitero a los señores diputados que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150 del Reglamento de la Corporación, no se agregarán votos luego de terminada la votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 54 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobado en general el proyecto.

-(Aplausos en la Sala y en las tribunas).

-(Manifestaciones en las tribunas).

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Debido a una solicitud presentada para tal efecto, procederemos a votar en forma separada distintas disposiciones del proyecto.

En votación particular el N° 1) del artículo 1°, mediante el cual se sustituye el artículo 64 bis del decreto ley N° 824, de 1974, que figura en las páginas 23 a 26 del informe de la Comisión de Hacienda.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-(Manifestaciones en las tribunas).

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación particular el N° 2 del artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974, por el cual se agrega el artículo 64 ter, nuevo, que consta en las páginas 26 y 27 del informe de la Comisión de Hacienda.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación en particular el artículo 2° del proyecto, que figura en la página 27 del informe de la Comisión de Hacienda.

Recuerdo a sus señorías que no se agregarán votos luego de terminada la votación.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobado en particular el artículo 2°.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación particular el artículo 3°, nuevo, incorporado mediante una indicación del Presidente de la República , por el cual se crea el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, cuyo texto se encuentra publicado en el pupitre electrónico de los señores diputados.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos; por la negativa, 6 votos. Hubo 3 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Eluchans Urenda Edmundo; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Andrade Lara Osvaldo; Burgos Varela Jorge; Castro González Juan Luis; Cornejo González Aldo; Venegas Cárdenas Mario.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Espinosa Monardes Marcos; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).-Corresponde votar el artículo 4°, nuevo, incorporado mediante una indicación del Presidente de la República .

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos; por la negativa, 6 votos. Hubo 7 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Castro González Juan Luis; Cornejo González Aldo; Venegas Cárdenas Mario.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Jiménez Fuentes Tucapel; Muñoz D’Albora Adriana; Tuma Zedan Joaquín.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar el artículo 5°, incorporado mediante una indicación de los diputados señores Accorsi, Lorenzini, Jaramillo, Montes, Ortiz y Robles, por el cual se impone al Servicio Nacional de Aduanas la obligación de analizar la composición de las exportaciones de concentrados de cobre y de sus subproductos.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 40 votos. Hubo 5 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bobadilla Muñoz Sergio; Calderón Bassi Giovanni; Cristi Marfil María Angélica; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Cardemil Herrera Alberto; Santana Tirachini Alejandro; Verdugo Soto Germán.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar el artículo primero transitorio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar el artículo segundo transitorio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar el artículo tercero transitorio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar el artículo cuarto transitorio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar el artículo quinto transitorio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 55 votos. No hubo abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar el artículo sexto transitorio, nuevo, incorporado mediante una indicación del Presidente de la República .

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 101 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 3 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Eluchans Urenda Edmundo; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; González Torres Rodrigo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Espinosa Monardes Marcos; Hales Dib Patricio; Jiménez Fuentes Tucapel.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Despachado el proyecto.

1.6. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 15 de septiembre, 2010. Oficio en Sesión 55. Legislatura 358.

?VALPARAÍSO, 15 de septiembre de 2010.

Oficio Nº 9004

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974:

1) Sustitúyese el artículo 64 bis, por el siguiente:

"Artículo 64 bis.- Establécese un impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera obtenida por un explotador minero.

Para los efectos de lo dispuesto en el presente título se entenderá por:

1. Explotador minero, toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de carácter concesible y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

2. Producto minero, la sustancia mineral de carácter concesible ya extraída, haya o no sido objeto de beneficio, en cualquier estado productivo en que se encuentre.

3. Venta, todo acto jurídico celebrado por el explotador minero que tenga por finalidad o pueda producir el efecto de transferir la propiedad de un producto minero.

4. Ingresos operacionales mineros, todos los ingresos determinados de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la presente ley, deducidos todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros, con excepción de los conceptos señalados en la letra e) del número 3) del artículo 64 ter, de esta misma ley.

5. Renta imponible operacional minera, corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente con los ajustes contemplados en el artículo 64 ter de la presente ley.

6. Margen operacional minero, el cociente, multiplicado por cien, que resulte de dividir la renta imponible operacional minera por los ingresos operacionales mineros del contribuyente.

El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:

a) Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d) de este artículo, sean iguales o inferiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, no estarán afectos al impuesto.

b) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d), sean iguales o inferiores al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino y superiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará una tasa equivalente al promedio por tonelada de lo que resulte de aplicar lo siguiente:

i) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino, 0,5%;

ii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino, 1%;

iii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino, 1,5%;

iv) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino, 2%;

v) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino, 2,5%;

vi) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 3%, y

vii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 4,5%.

c) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d) de este artículo, excedan al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará la tasa correspondiente al margen operacional minero del respectivo ejercicio, de acuerdo a la siguiente tabla:

i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5,0%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 6,5%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 8,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 10%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 11,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 13%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 14,5%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 16,5%;

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 19,5%, y

x) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%.

d) Para los efectos de determinar el régimen tributario aplicable, se deberá considerar el valor total de venta de los productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1), del inciso segundo, del presente artículo y que realicen dichas ventas.

Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2), del artículo 34 de esta ley. Para estos efectos, lo dispuesto en el inciso cuarto de dicha norma se aplicará incluso en el caso que la persona relacionada sea un establecimiento permanente, un fondo y, en general, cualquier contribuyente.

El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.".

2) Agrégase, a continuación del artículo 64 bis, el siguiente artículo 64 ter, nuevo:

"Artículo 64 ter.- De la renta imponible operacional minera.

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:

1. Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros.

2. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero.

3. Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:

a) Los intereses referidos en el número 1°, de dicho artículo;

b) Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;

c) El cargo por depreciación acelerada;

d) La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años. La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y

e) La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero. También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

4. Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada.

5. En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas. En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.".

Artículo 2°.- Modifícase el numeral 1), del inciso primero del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de la siguiente forma:

1) Sustitúyese en su párrafo primero, la expresión "trata el artículo 64 bis", por la siguiente: "tratan los artículos 64 bis y 64 ter".

2) Sustitúyese en su párrafo segundo, la expresión "el artículo 64 bis", por la siguiente: "los artículos 64 bis y 64 ter".

Artículo 3°.- Créase el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, en adelante el Fondo, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades de país.

Mediante uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, se regulará la administración, operación, condiciones, destino y distribución de los recursos del Fondo.

Los proyectos señalados en el inciso anterior deberán cumplir con las normas sobre evaluación contempladas en el artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado, así como con las demás normativas aplicables al respecto.

El Fondo a que se refiere este artículo, estará constituido por los recursos que para este objeto contemple anualmente la Ley de Presupuestos.

Artículo 4°.- Los decretos supremos referidos en el artículo precedente deberán establecer, los criterios y mecanismos mediante los cuales los gobiernos regionales, en el marco de sus atribuciones, priorizarán y definirán los proyectos que serán financiados con los recursos del Fondo. Los gobiernos regionales deberán establecer los mecanismos de participación a través de los cuales los municipios puedan proponer proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos del Fondo.

Artículo 5°.- El Servicio Nacional de Aduanas tendrá la obligación de analizar la composición de las exportaciones de concentrados de cobre y sus subproductos (Ag, Au, Mb, entre otros). Dicho análisis deberá cubrir entre un 3% y 10% del total de las exportaciones de concentrado.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Los inversionistas extranjeros y las empresas receptoras de sus aportes, que con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, mantengan vigente un contrato de inversión extranjera suscrito con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, podrán optar por la aplicación de las normas contenidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, bajo la modalidad y de acuerdo a lo indicado en el artículo segundo transitorio de esta ley.

Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que, no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

En caso que los inversionistas extranjeros, las empresas receptoras de sus aportes y las empresas nacionales, que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, no optaren por modificar el régimen de invariabilidad pactado en sus contratos de inversión extranjera, suscritos con el Estado de Chile, se les aplicarán las tasas que les correspondieren, contempladas en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el régimen de invariabilidad del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, que fueran incorporados por el N°1 del artículo primero y por el N° 2 del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente.

Artículo segundo.- Los explotadores mineros que reuniendo la calidad de inversionistas extranjeros de empresas receptoras de sus aportes, o de empresas nacionales que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encontraren afectos al pago del impuesto y que optaren por acogerse a las normas de los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se sujetarán, para efectos de determinar el Impuesto específico a la actividad minera, a las siguientes reglas:

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pero de acuerdo a la siguiente tabla:

1) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 40, la tasa aplicable ascenderá a 4,0%;

2) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 8,5%;

3) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 12,0%;

4) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 13,5%;

5) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 15,0%;

6) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 16,5%;

7) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 18,0%;

8) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 19,5%, y

9) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%.

A partir del año calendario 2013, inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, descontados que fueren los tres años calendarios a que se refiere el inciso segundo del presente artículo, se aplicarán las tasas contempladas en el artículo 64 bis, que fuera incorporado por el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y en los artículos 3°, 4° y 5° transitorios de la misma ley, según sea el caso. Éstas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad a dichas normas.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes, imputado que fuere el plazo de tres años señalado en el inciso segundo, se ampliará por ocho años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley. Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° 20.026. Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el inciso anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse a lo señalado en los incisos anteriores, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras. Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo. Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva. En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo, se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de sesenta días hábiles a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- A las solicitudes de inversión extranjera presentadas ante la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, les serán aplicables las tasas contempladas en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, que fueran incorporados por el N° 1), del artículo 1° y por el N° 2) del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente.

Los inversionistas extranjeros y empresas receptoras que gocen de los derechos de invariabilidad contemplados en los artículos 7° u 11 bis del decreto ley N° 600, de 1974, podrán acogerse a lo dispuesto en los artículos anteriores, con las modificaciones que se indican en los incisos tercero, cuarto y quinto siguientes.

La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, modificado en los términos señalados en el artículo segundo de esta ley, sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga de invariabilidad aplicable, que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo precedente.

Durante los años calendarios 2013 y siguientes hasta el que corresponda al vencimiento inicial del contrato que se modifica, descontado que fuere el plazo de tres años a que se refiere el inciso segundo del artículo anterior, será aplicable el régimen que corresponda según el contrato respectivo.

Los inversionistas extranjeros que optaren por lo señalado en el artículo primero transitorio de esta ley y en los incisos precedentes de este artículo, tendrán derecho a que las respectivas empresas receptoras de la inversión puedan explotar otros proyectos mineros conexos, distintos a los actualmente individualizados en sus contratos respectivos, amparándolos en el régimen de invariabilidad pactado. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud respectiva al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos.

El mismo derecho señalado en el inciso anterior, tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación minera, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares. Se considerarán como parte del proyecto minero conexo las pertenencias mineras identificadas en la solicitud respectiva, aun cuando, a la fecha de la misma, no pertenezcan a la empresa receptora de la inversión, siempre que a la época de comenzar la explotación del proyecto minero, hayan sido adquiridas por ésta en su totalidad.

Para solicitar el otorgamiento de los derechos establecidos en este artículo, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria de aquellos señalados en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, deberán dar íntegro y oportuno cumplimiento a las condiciones establecidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974.

Para estos efectos, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, según sea el caso, en la solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos, deberán informar al Comité de Inversiones Extranjeras o al Ministerio de Economía Fomento y Turismo, las pertenencias mineras que efectivamente hayan adquirido con posterioridad a la solicitud referida en los artículos tercero, cuarto y quinto transitorios de la ley N° 20.026. La solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos deberá presentarse, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde iniciada la explotación del proyecto minero conexo.

El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en su caso, deberán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas en el inciso anterior, al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

Una vez recibida dicha información, el Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo según sea el caso, dictarán las resoluciones administrativas respectivas, resolviendo las extensiones de invariabilidad a proyectos conexos solicitadas.

Artículo cuarto.- Las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hubieren iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y que se encuentren afectas al Impuesto específico a la actividad minera del artículo 64 bis de la ley N° 20.026, podrán solicitar que se les concedan los derechos contenidos en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, en las condiciones establecidas en dicho artículo y sujeto, además, a los siguientes requisitos y con los derechos adicionales que se indican:

1) Las empresas indicadas deberán presentar la solicitud respectiva al Estado de Chile, representado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dentro del plazo de sesenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de esta ley y suscribir, posteriormente y con el Estado de Chile, representado por dicho Ministerio, el respectivo contrato de inversión. La solicitud respectiva será formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo segundo transitorio de esta ley.

2) Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Ello, independientemente de la fecha en que el Estado de Chile y la empresa respectiva suscriban el correspondiente contrato de inversión.

3) A partir del año calendario 2013, éste inclusive y hasta el término del primer período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2017, se aplicará, con una tasa de 5%, este Impuesto específico sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

4) A partir del año calendario 2018, éste inclusive y hasta el término del segundo y último período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2025, se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

5) A partir del año calendario 2026, estas empresas quedarán sometidas al régimen general de tributación vigente en tal momento.

6) Lo expuesto en este artículo se aplicará en favor de las empresas indicadas que hayan iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley y que no hayan suscrito, a dicha fecha y respecto de tal proyecto, un contrato de inversión con el Estado de Chile que contemple un régimen de invariabilidad para dicho proyecto.

Artículo quinto.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º regirá respecto de la renta imponible operacional que se determine a partir del año calendario o comercial 2011.

No obstante, los contribuyentes que optaren por modificar su régimen de invariabilidad tributaria en los términos señalados en las disposiciones transitorias de la presente ley, y aquellos que inicien sus actividades desde la fecha de publicación de esta ley, quedarán sujetos, a partir del año calendario o comercial 2010, al régimen de tributación general establecido en los artículos 1º y 2º de la misma.

Artículo sexto.- Transcurridos 180 días corridos luego de la expiración del plazo señalado en el inciso final del artículo segundo transitorio, destínase al Fondo establecido en el artículo 3°, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. En la medida que los fondos antes referidos hayan sido enterados, destínase al mismo Fondo la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, al 1 de julio del año 2012, la misma suma al 1 de julio de 2013 y la misma suma al 1 de julio de 2014. En caso de no emplearse estos recursos dentro de los períodos anuales señalados, podrán utilizarse durante los doce meses siguientes. A partir del año 2015, el Fondo será suplementado por los recursos que para estos efectos destine la Ley de Presupuestos.

Anualmente, un tercio del total de los recursos comprometidos para cada año deberán ser asignados a las regiones mineras, según éstas se definan en los decretos señalados en el artículo 3°, y los dos tercios restantes serán distribuidos, entre la totalidad de las regiones del país.".

Dios guarde a V.E.

ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES

Presidenta de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General Accidental de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 12 de octubre, 2010. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 59. Legislatura 358.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera.

BOLETÍN Nº 7.170-05

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de emitir su informe acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el señor Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A una o más de las sesiones en que la Comisión se ocupó de este asunto, concurrieron los siguientes representantes del Poder Ejecutivo:

Del Ministerio de Hacienda, el Ministro, señor Felipe Larraín; y el asesor, señor Jaime Salas.

Del Ministerio de Minería, el Ministro, señor Laurence Golborne; y el Jefe de Estudios, señor Juan Pablo Koljatic.

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Subsecretario, señor Claudio Alvarado; y la asesora, señorita Egle Zavala.

Del Ministerio Secretaría General de Gobierno, la asesora, señora Carolina Infante.

Asimismo, concurrieron los representantes de las siguientes instituciones:

Del Instituto Libertad y Desarrollo, el asesor, señor Daniel Montalvo.

De la Corporación de Estudios para América Latina, la asesora, señorita Macarena Lobos.

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Se hace presente que por tratarse de un proyecto con urgencia calificada de “discusión inmediata”, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, se discutió la iniciativa en general y en particular a la vez.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

El proyecto de ley introduce una serie de modificaciones a la tributación específica de la actividad minera y crea el Fondo de Inversión y Reconversión Regional.

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ANTECEDENTES

Para una adecuada comprensión de la iniciativa en informe deben tenerse presente los siguientes antecedentes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

- Decreto ley N° 824, de 1974, que contiene la Ley sobre Impuesto a la Renta.

- Código Tributario.

- Decreto con fuerza de ley N° 523, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera.

- Decreto ley N° 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado.

- Ley N° 20.026, que establece un impuesto específico a la actividad minera.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

El Mensaje que da origen al presente proyecto de ley se fundamenta en las siguientes consideraciones:

Refiere, primeramente, que a lo largo de los años de vida de Chile como nación independiente, el aporte de la minería pública y privada ha sido absolutamente significativo, proporcionando una enorme contribución en los más variados ámbitos, particularmente económicos y sociales, a todos los chilenos. A esto se añade que en momentos lamentablemente habituales en nuestro devenir como país, como los suscitados a raíz de la catástrofe del 27 de febrero de 2010, dicha industria ha realizado esfuerzos solidarios adicionales, concurriendo en ayuda de los más afectados por esta clase de desastres naturales masivos.

No obstante lo anterior, al reflexionar sobre temas mineros resulta absolutamente esencial recordar su particular naturaleza de recursos esencialmente no renovables, cuestión que obliga a analizar y evaluar su estructura tributaria y sus aportes a la riqueza nacional.

El Gobierno, explica el Mensaje, se encuentra en la convicción de que resulta indispensable promover una legislación que permita a la minería seguir cooperando en la reconstrucción del país y que, más allá de ese noble fin, establezca un régimen permanente de colaboración por la utilización de los recursos minerales de Chile, configurando, a la postre, un aporte sustancial que no sólo servirá para la etapa actual que el país enfrenta, sino que, fundamentalmente, permitirá librar las batallas que conduzcan a la obtención de grandes objetivos, como la derrota de la pobreza, el mejoramiento de la calidad de la salud, la revolución educacional y el salto al desarrollo del país.

En segundo término, destaca el Mensaje que tras el terremoto y maremoto que afectó a la zona centro sur del país el presente año, el Gobierno no ha cejado en el esfuerzo de acudir en ayuda de quienes resultaron más perjudicados, brindándoles una vivienda digna para enfrentar el invierno, la continuidad educacional de sus hijos y la protección de la salud de sus familias. Con un gran esfuerzo, que requirió coordinación extrema y dedicación absoluta, fue posible superar con éxito la etapa de emergencia, sentándose además las bases para las soluciones definitivas que se requieren, que conducirán hacia el verdadero desafío, inmenso y de largo plazo: la reconstrucción y regreso a la normalidad de la vida y de las comunidades en las zonas afectadas.

En este contexto, prosigue, luego de asumir sus funciones el Gobierno adoptó una serie de medidas para acometer la etapa inmediatamente posterior a la catástrofe, y presentó sendos proyectos que culminaron en la publicación de la ley N° 20.444, que creó el Fondo Nacional de la Reconstrucción Nacional y estableció mecanismos de incentivo a las donaciones en caso de catástrofe, y de la ley N° 20.455, que introdujo un conjunto de modificaciones tributarias con miras a la obtención de los recursos necesarios para hacer frente a la emergencia por la vía impositiva. Ambas iniciativas, sumadas a ciertas reasignaciones fiscales, han posibilitado contar con el caudal de recursos necesarios para llevar adelante, superando la emergencia y sin interrupciones, una parte de la tarea primordial de la reconstrucción.

Los reseñados esfuerzos, empero, son aún insuficientes para el país, que viene saliendo de una prueba mayor en materia económica, por la crisis internacional, y que ha debido asumir una serie de compromisos en materia social, todo lo cual exige contar con mayores recursos para enfrentar las arduas tareas a que está llamado, sin ceder, por cierto, espacio para actuaciones irresponsables que produzcan desequilibrio en las finanzas públicas, que hipotequen el futuro y desarrollo de Chile, o que impidan asumir desafíos igualmente impostergables, como mejorar la educación y la salud.

De conformidad con lo expuesto, da cuenta el Mensaje que resulta indispensable establecer las condiciones que permitan obtener de la industria minera un mayor aporte, resguardando los derechos básicos que sus inversiones requieren y comprometiéndonos, como país, a una política de desarrollo responsable. Si bien en el marco de la discusión legislativa de la ley N° 20.455, sobre financiamiento de la reconstrucción, las disposiciones del proyecto de ley que modificaban ciertos aspectos del impuesto específico a la actividad minera no contaron con el consenso suficiente de los parlamentarios, es evidente que en la sociedad chilena existe un apoyo mayoritario a la idea de que es necesario permitir y exigir un aporte superior de recursos por parte de la principal actividad económica chilena, la minería.

En este sentido es que el Gobierno ha escuchado, durante un período prudente de tiempo, las distintas ideas y declaraciones de los más amplios sectores políticos, académicos y económicos del país, juzgando imperioso, en estos momentos, presentar una serie de modificaciones al impuesto específico a la minería, combinando adecuadamente el objeto de aumentar la recaudación nacional con la indispensable estabilidad jurídica y la necesidad de promoción de las inversiones. Para ello, se propone una fórmula que garantiza un piso básico de recursos para el Estado, similar al vigente desde el año 2005, pero que a través de una tabla creciente de tasas permitirá, especialmente en períodos de grandes ganancias, que el Estado de Chile obtenga una parte muy importante, absolutamente superior a la actual, de las ganancias producidas por el desarrollo minero nacional. De esta forma, cuando debido a condiciones internacionales de cotización de los minerales y la interacción de otras variables, las ganancias del sector minero aumenten, también lo hará correlativamente la tasa del impuesto específico, con lo que la contribución de las empresas será mayor. Del mismo modo, la tasa del impuesto disminuirá, pero siempre a un nivel similar al actual régimen legal, cuando las señaladas condiciones sean menos favorables.

Agrega el Mensaje que el mayor esfuerzo impositivo se destinará no sólo a afrontar los desafíos que impone la reconstrucción del país y su desarrollo, sino también a efectuar un aporte adicional para el presupuesto de las regiones y los municipios, reafirmando de tal modo el compromiso y la prioridad constante del Gobierno por dar preponderancia a los gobiernos locales, siempre en consonancia con la eficiente administración de esos recursos. Esto último se materializará en que, anualmente, un monto equivalente al 30% de los recursos adicionales que se espera recaudar con el presente proyecto de ley, irán directamente a las regiones y comunas del país, aumentando de manera considerable sus ingresos.

Por otra parte, precisa que los recursos adicionales que en virtud de la presente iniciativa se generen, serán destinados de manera preferente y especial a la recuperación y desarrollo de infraestructura en los sectores de educación y salud, trabajando paralelamente en constantes mejoras de su calidad y capacidad de gestión.

A continuación, detalla el Mensaje el contenido del proyecto de ley, que en primer lugar contempla un nuevo régimen impositivo a la actividad minera, que se incorpora de manera permanente en el texto de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con una tasa efectiva de entre 5% y 9% sobre el margen operacional minero.

En segundo lugar, el proyecto propone adicionalmente, para los actuales contribuyentes, un sistema de sujeción voluntaria al régimen del nuevo impuesto específico. En efecto, los explotadores mineros que actualmente sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria, cuya fuente es un contrato de inversión extranjera celebrado con el Estado de Chile, podrán acogerse voluntariamente al nuevo régimen del impuesto específico. Esta opción les permitirá sustituir su actual régimen de invariabilidad tributaria, sujetándose a un alza provisoria de su carga impositiva por el período de tres años, aplicándoseles una tabla sobre el margen operacional con tasas de un 4% a un 9% y extendiendo, como contrapartida al mayor valor de su aporte fiscal, el plazo de invariabilidad de sus contratos por ocho años adicionales.

Por aplicación de lo anterior, el monto del impuesto se determinará, entonces, como un porcentaje sobre la renta imponible operacional del explotador minero, siendo su tasa efectiva entre 4% y 9% del margen operacional minero para los años calendarios 2010, 2011 y 2012, respecto de los contribuyentes que teniendo un régimen de invariabilidad vigente, se incorporen voluntariamente al régimen que se propone. Cabe hacer presente que los tres años del régimen transitorio serán imputables al plazo de invariabilidad en referencia. Al plazo de invariabilidad originalmente pactado y descontados que fueren los tres años antes señalados, se adicionará un plazo de invariabilidad de ocho años, que se contabilizará extinguido que fuere el plazo original de invariabilidad pactado en el referido contrato. A partir del año calendario 2013 y hasta el término del plazo de invariabilidad originariamente pactado en sus respectivos contratos vigentes, será aplicable la tasa que les correspondiere según dichos contratos.

Finalmente, hace hincapié el Mensaje en que será aplicable a los nuevos contribuyentes afectos al impuesto específico de la actividad minera y a aquellos que no hubieren suscrito un contrato de invariabilidad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, el régimen general de tasa efectiva de entre 5% y 9% del margen operacional minero, que se incorporará a la Ley sobre Impuesto a la Renta mediante el presente proyecto de ley.

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DISCUSIÓN EN GENERAL

En relación con esta iniciativa, el señor Ministro de Hacienda señaló que, a diferencia con lo planteado en la discusión sobre el impuesto específico a la minería con motivo del proyecto de ley que modificó diversos cuerpos legales para obtener financiamiento para la reconstrucción del país, que dio lugar a la ley N° 20.455, la propuesta que en esta ocasión el Gobierno presenta consulta, como novedad, un régimen general con una tasa piso de 5% cuando el margen operacional minero sea igual o inferior a 35, en caso de ventas anuales que excedan el equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, que progresivamente podrá alcanzar el tope de 9% cuando dicho margen exceda de 75. Con dichas tasas, se puede proyectar que la carga impositiva total de la actividad minera en Chile estaría situada alrededor del 40,51%, considerando escenarios similares a los que actualmente se están verificando, lo que sitúa a nuestro país por sobre las tasas de países como Canadá, Argentina, Brasil, Sudáfrica, Bolivia, Perú y Australia.

Por otra parte, se propone un plazo de tres años, 2010, 2011 y 2012, para la aplicación de una tabla que permitirá la recaudación extraordinaria de unos US$ 1.000 millones de parte de los explotadores mineros que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria con el Estado, y que opten por acogerse al referido nuevo régimen.

Seguidamente, destacó que se ha consultado la creación de un Fondo de Inversión y Reconversión Regional, que significará un aporte anual de US$ 100 millones, por cuatro años, contemplados en las respectivas leyes de presupuestos, para los gobiernos regionales y las municipalidades del país. Dicha cantidad representará, en cuanto a la capacidad de gasto del Fisco, más del 40% del total de los US$ 1.000 millones que extraordinariamente se espera recaudar, por cuanto esto último se hará con arreglo al precio del cobre a largo plazo, y no con el precio actual que se encuentra en torno a US$ 3,20/3,30 la libra de cobre.

Finalmente, hizo ver la conveniencia que la aprobación del proyecto en estudio supone, atendidas las siguientes razones:

- Que se trata de una importante cantidad de fondos para contribuir a la reconstrucción del país, tras la catástrofe que lo afectó el presente año.

- Que, de no resultar aprobada, todos los nuevos proyectos mineros sólo estarán sujetos a la tasa única de impuesto de 5% que se encuentra vigente, sin que sean percibidos los recursos que la aplicación de tasas progresivas podría significar.

- Que desde un punto de vista macroeconómico, es preferible para el Fisco contar con dichos nuevos recursos por la vía que se está proponiendo, en lugar de hacer uso de los ahorros del Fondo de Estabilización Económico y Social (FESS) o de aumentar los pasivos emitiendo deuda en lo mercados.

La Honorable Senadora señora Matthei manifestó su interés por conocer cuáles son las tasas totales de impuestos que se aplican a la industria minera en otros países, teniendo en cuenta que es posible encontrar cobre en bastantes lugares del mundo y que se debe velar porque Chile mantenga sus estándares de competitividad.

El señor Ministro de Minería refirió las tasas impositivas aplicadas en los siguientes países, en algunos de los cuales se producen variaciones entre sus distintos estados o regiones: Estados Unidos, entre 38,3% y 44, 8%; Canadá, entre 37,8% y 39,7%; Argentina, 37%; Brasil, 36,7%; Sudáfrica, entre 35,9% y 45%; Perú, 35,3%; Bolivia, 35%; y Australia, entre 31,9 y 43%. En el caso de Chile, la tasa promedio se encuentra en la actualidad en 38%. De esta manera, concluyó, el aumento impositivo que se propone situaría a nuestro país en un nivel razonable en comparación con otras naciones productoras de cobre.

El Honorable Senador señor Lagos expresó que el principal reparo al proyecto del Ejecutivo estriba en que pareciera que los ocho años de invariabilidad tributaria que el Estado de Chile otorga a cambio de obtener US$ 1.000 millones extra, constituyen un precio excesivo a pagar. En consecuencia, lo que debiera hacerse es arribar a un esquema más ambicioso de recaudación que, por cierto, no surta el indeseado efecto de desincentivar la inversión.

El señor Ministro de Minería valoró el consenso que se ha alcanzado en torno a que el sistema impositivo que Chile requiere es uno que contemple tasas progresivas en función del margen operacional, que resulta menos riesgoso para las decisiones de inversión. Si la discusión, entonces, se radica en las tasas a aplicar, se impone un deber de cuidado sobre la competitividad del país, pues la carga total ya se estaría acercando bastante a la vigente en otros lugares.

Hizo presente, enseguida, que a través del proyecto de ley en estudio se trata de abordar dos temas distintos. Por una parte, cuál va a ser el régimen general de tributación de la minería, que si no se modifica va a seguir en los mismos términos actuales, privando al país de la posibilidad obtener mayores recursos por la vía de los impuestos a dicha actividad. Por otra, hacerse cargo de la realidad de la invariabilidad tributaria vigente para aquellas empresas que suscribieron los pertinentes contratos, a las que, si se les quiere pedir que voluntariamente se acojan a un régimen transitorio que allegue al país financiamiento para la reconstrucción, se les debe ofrecer algo conveniente a cargo. No se trata, enfatizó, de vender más barato o más caro un nuevo plazo de invariabilidad, sino de buscar una fórmula que incentive a las empresas a cambiar las condiciones en las que hoy en día tributan.

La Honorable Senadora señora Matthei sostuvo que es incompatible contar con una tasa impositiva total de la minería de 40,51% y sin invariabilidad tributaria, con la intención de no desincentivar la competitividad de Chile en la industria.

El señor Ministro de Hacienda puso de manifiesto que a través de la iniciativa estudio, a la vez que de establecer un esquema de tributación de largo plazo para el sector minero, se trata de recaudar fondos para la reconstrucción y para proyectos regionales. Estos fondos, reiteró, permiten al Estado ahorrarse recursos que de cualquier manera deberá gastar, recaudando impuestos sin ahuyentar a los inversionistas. En este sentido, resaltó que el Comité Ejecutivo del Fondo Monetario Internacional ha calificado como adecuada y prudente la forma en que el Gobierno chileno ha decidido afrontar el financiamiento de la reconstrucción, mediante una combinación entre impuestos, gasto y emisión de deuda; y ha valorado positivamente el compromiso con una política fiscal y de gasto responsable de cara al año 2011, apoyando las decisiones de reducir el déficit estructural al 1% del Producto Interno Bruto (PIB) hacia el año 2014, y de revisar la regla fiscal.

El Honorable Senador señor Lagos señaló que la discusión que desde hace unos meses se ha verificado en torno al impuesto específico a la minería, ha producido cambios sustantivos en la forma en que se aborda la tributación de la industria, pues de los US$ 600 millones que se esperaban originalmente recaudar en el proyecto de ley que buscaba financiamiento para la reconstrucción, se ha llegado, en la presente iniciativa, a una separación entre lo que se pueda obtener para reconstruir el país, por una parte, y el sistema tributario a aplicarse a la minería en el largo plazo, por otra. De esta forma, destacó, existe absoluta coincidencia en que respecto de los inversionistas que no se encuentran acogidos a invariabilidad tributaria, lo que se debe aplicar es el régimen general propuesto, que varía entre 5% y 9% del margen operacional minero. En consecuencia, lo que queda por discutir ahora es qué tratamiento se le dará al sector de la industria que está sujeto a invariabilidad tributaria y que se encuentra en condiciones de aportar recursos al país en el corto plazo

El señor Ministro de Minería observó que, a su juicio, sería un error hacerse cargo de la tributación a largo plazo en la industria minera, sin resolver el escenario de las empresas que hoy gozan de invariabilidad. Optar por esta última vía, agregó, equivaldría a conservar la situación de privilegio en que dichas empresas se encuentran, pagando la tasa única de 5%, sin conseguir recursos extraordinarios de ninguna índole para el país.

El Honorable Senador señor García solicitó que se pusiera en conocimiento de la Comisión la propuesta sobre tributación de la minería que los partidos políticos de la oposición presentaron al Ministro de Hacienda. Indicó que, según ha trascendido, ésta consideraría un pago anticipado de impuestos por parte de las empresas por US$ 1.000 millones, generando un crédito que deberá pagar el Estado, y una tabla para el régimen general que contemplaría una tasa máxima de 18%. Ninguna de las dos ideas, a su juicio, resulta apropiada: la primera, por obligar a gobiernos futuros a asumir el compromiso de pago, y la segunda, porque con seguridad devendría en atentatoria contra la competitividad de la industria.

Efectuó, finalmente, un llamado a arribar a un acuerdo en el despacho de esta iniciativa, en atención a que los recursos que en lo inmediato se podrían percibir son realmente necesarios, y a que si no se zanjara en esta oportunidad cuál va a ser el sistema que regirá, se estaría enviando una mala señal a los inversionistas con intereses en la gran minería de nuestro país.

El Honorable Senador señor Escalona expresó que la posibilidad de llegar a un acuerdo es aún factible, si se logra un avance en dos aspectos: el aumento, salvaguardando los equilibrios económicos y políticos, de los topes de las tasas de tributación del régimen general; y la formación de una comisión de expertos que elabore una propuesta de legislación sustitutiva del decreto ley N° 600, Estatuto de la Inversión Extranjera, cuyo articulado responde a una estructura muy diferente de la realidad democrática hoy vigente, y exige una actualización.

El señor Ministro de Hacienda dio a conocer la expresa apertura y disposición del Ejecutivo para revisar el contenido del decreto ley N° 600.

Por otra parte, afirmó que Chile no debe aspirar a tener la tasa impositiva más alta del mundo para la minería, sino una razonable que sirva para recaudar sin poner en riesgo las inversiones. Asimismo, indicó no advertir los beneficios que podría aparejar al Estado el pago anticipado de impuestos por parte de las empresas mineras.

La Honorable Senadora señora Matthei subrayó que tradicionalmente ha sido el Senado, y en particular su Comisión de Hacienda, un espacio en el que ha sido posible lograr consensos para el fortalecimiento de la institucionalidad nacional en sus más diversos ámbitos. En lo que a la tributación de la minería respecta, añadió, se trata de una industria muy relevante para el desarrollo del país, y que requiere de consecuente atención. En este entendido, dado que se trata de una discusión que ya está abierta, y aún cuando son muchas las voces que hubiesen preferido que no se pusiera en el debate legislativo, debe ser responsablemente resuelta, abordando las siguientes materias: el establecimiento de un régimen general permanente que tome en cuenta la realidad de países con los que Chile puede compararse en factores como estabilidad política, costos de producción, cercanía con los mercados, etc.; la revisión del decreto ley N° 600, que fue publicado en un contexto de crisis política, económica y social muy diferente del actual; y la urgencia por contar con recursos extraordinarios para la reconstrucción, tras los devastadores efectos del terremoto y maremoto en áreas tan sensibles como vivienda, salud y la lucha contra la pobreza. Acceder a ellos, por la vía impositiva y sin recurrir al FESS o al endeudamiento, ni mucho menos a un crédito tributario a favor de las empresas, exige, ciertamente, el otorgamiento de un plazo de invariabilidad a cambio.

Insistió, finalmente, en la responsabilidad que envuelve una decisión sobre la iniciativa en estudio. Dilatarla indefinidamente podría llevar a que varios inversionistas se apresuraran a ejecutar sus proyectos antes de un futuro cambio de tasas, o a que derechamente optaran por abandonar el país.

El Honorable Senador señor Lagos resaltó que históricamente los terremotos sufridos por Chile han significado una oportunidad para dar pasos en su desarrollo institucional. En esta ocasión, se ha hecho patente la necesidad de que la industria minera aumente su contribución al erario nacional, así como la pertinencia de una revisión de la legislación vigente para la inversión extranjera. Lo que queda por disipar, entonces, son las condiciones en que esa industria va a aportar en la coyuntura que vive el país.

En votación en general el proyecto de ley, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Matthei y señores Escalona, García, Lagos y Zaldívar.

DISCUSIÓN PARTICULAR

En una siguiente sesión, Su Excelencia el Presidente de la República introdujo, a la urgencia del proyecto, la calificación de “discusión inmediata”. Seguidamente, presentó la indicación que a continuación se señala:

“AL ARTÍCULO 1°

1) Para reemplazar, en el número 1), inciso tercero del nuevo artículo 64 bis, letra c), los literales del i) al x), ambos incluidos, por los siguientes:

“i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5,0%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 7,5%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 9,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 12%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 14%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 16%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 19%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 23%;

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 28%;

x) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 75 y no sobrepase de 80 la tasa aplicable ascenderá a 33,5%;

xi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 80 y no sobrepase de 85 la tasa aplicable ascenderá a 40%, y

xii) Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de 14%.”.

AL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO

2) Para reemplazar, en el inciso tercero, el texto a continuación de la palabra “contempladas”, por el siguiente: “en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2) de la misma ley.”.

AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO

3) Para modificarlo del siguiente modo:

a) Suprímese en su inciso tercero, la frase “el artículo 64 bis, que fuera incorporado por”.

b) Reemplácese en su inciso cuarto, la palabra “ocho” por la palabra “seis”.

AL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO

4) Para introducirle las siguientes modificaciones a su inciso primero:

a) Sustitúyese la frase “a la entrada en vigencia de la presente ley”, por la oración: “al 31 de agosto de 2010”.

b) Reemplácese el texto a continuación de la palabra “aplicables” por el siguiente: “las tasas contenidas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2) de la misma ley.”.

AL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO

5) Para reemplazar, en el inciso primero, la frase “ley N° 20.026”, por: “Ley sobre Impuesto a la Renta”.”.

La indicación fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Matthei y señores Escalona, García, Lagos y Zaldívar.

Con la misma unanimidad antedicha, fueron aprobados todos los artículos del proyecto que no fueron objeto de la indicación presentada por Su Excelencia el Presidente de la República.

Enseguida, los integrantes de la Comisión y los representantes del Ejecutivo estuvieron contestes en suscribir un protocolo que recoge los acuerdos alcanzados en relación con el proyecto de ley en análisis. El tenor literal de dicho Protocolo es el siguiente:

“Acuerdo Proyecto de Impuesto Específico a la Minería

Valparaíso, 6 de octubre de 2010

1. Se acuerda crear una Comisión de alto nivel para estudiar la modernización del DL 600, integrada por 9 miembros especialistas en el tema. Ella deberá emitir un informe en el plazo de 90 días.

2. Se acordó una escala para el régimen general que comienza en 5% de impuesto específico a la minería (IEM) para márgenes operacionales mineros menores o iguales a 35%, hasta una tasa de IEM de 14% cuando el margen operacional llega a 85%.

3. Se establece una extensión del período de invariabilidad tributaria de 6 años para las empresas que ya cuentan con contrato con el Estado de Chile y decidan optar por el nuevo régimen tributario. Adicionalmente, estas empresas deberán adoptar una tabla de transición para el período 2010-2012 que varía entre el 4% y el 9% de impuesto específico a la minería (IEM), conforme lo establece el proyecto de ley presentado por el gobierno.

4. Se establece un Fondo de Inversión y Reconversión Regional de carácter permanente que recibirá aportes anuales por US$100 millones durante los próximos cuatro años, y después conforme lo establezca la ley de presupuestos.

La distribución del tercio de los recursos para regiones mineras que van al Fondo se establecerá en un reglamento elaborado por el Ministerio de Hacienda, tomando en consideración la participación de la actividad productiva minera en el PIB regional, de manera similar a la asignación que se hace en el FIC.

Firman:

Senadores de la Comisión de Hacienda

Ministro de Hacienda

Ministro de Minería.”.

El Protocolo fue suscrito por el Ministro de Hacienda, señor Felipe Larraín; el Ministro de Minería, señor Laurence Golborne; y los Honorables Senadores señora Evelyn Matthei y señores Camilo Escalona, José García, Ricardo Lagos y Andrés Zaldívar.

Posteriormente, en una nueva sesión, todos los miembros de la Comisión solicitaron la reapertura de la discusión acerca del proyecto de ley en informe.

En la siguiente sesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento del Senado, fue puesta en votación la antedicha solicitud, que fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Matthei y señores Escalona, Frei, García y Lagos.

En dicha ocasión, asimismo, fue formulada una nueva indicación de Su Excelencia el Presidente de la República, para reemplazar, en el número 1), en la letra c), del inciso tercero del nuevo artículo 64 bis, que se sustituye, los literales del i) al x), ambos incluidos, por los siguientes:

“i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5,0%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 8%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 10,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 13%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 15,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 18%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 21%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 24%;

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 27,5%;

x) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 75 y no sobrepase de 80 la tasa aplicable ascenderá a 31%;

xi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 80 y no sobrepase de 85 la tasa aplicable ascenderá a 34,5%, y

xii) Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de 14%.”.

El señor Ministro de Hacienda puso de manifiesto que la presente indicación no modifica sustancialmente la indicación que anteriormente presentara el Ejecutivo, por lo que no incide en forma significativa sobre el informe financiero que, con fecha 6 de octubre de 2010, la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda acompañó al proyecto de ley en estudio, y que se reproduce más abajo en el presente informe. En consecuencia, no se precisa informar sobre los particulares alcances financieros de esta nueva indicación.

Puesta en votación la nueva indicación del Ejecutivo, fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Matthei y señores Escalona, Frei, García y Lagos.

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INFORME FINANCIERO

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, de 1 de septiembre de 2010, señala, de modo textual, lo siguiente:

“El presente Proyecto de Ley establece un nuevo régimen impositivo a la actividad minera, vinculando la tasa del impuesto al margen operacional minero obtenido en cada año. De esta forma, la tasa efectiva del impuesto variará entre un 5% y un 99%, dependiendo del valor tomado por ésta variable.

Asimismo, se establece un sistema de sujeción voluntaria al nuevo régimen para los explotadores mineros que sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria, cuya fuente sea un contrato de inversión extranjera celebrado con el Estado de Chile con anterioridad al primero de enero de 2010. Esta opción les permitirá extender el plazo de invariabilidad de sus contratos por ocho años adicionales, siempre que como contrapartida se sujeten a un alza provisoria del impuesto Específico a la actividad minera durante los años calendario 2010, 2011 y 2012. Para estos efectos se les aplicará una escala de tasas sobre el margen operacional, similar a la del régimen general, pero cuya tasa efectiva variará entre 4% y 9%.

La aplicación de estas modificaciones producirá mayores ingresos fiscales estimados en $166.200 millones para el año 2011, $189.100 para el año 2012 y $140.800 millones para el año 2013. Estás cifras suponen un precio promedio de la libra de cobre de US$3,2 en 2010, US$3,3 en 2011 y US$3,1 en 2012. Cabe señalar que estos precios, así como los márgenes operacionales utilizados en la estimación, han sido proporcionados por COCHILCO, y corresponden a las estimaciones más recientes de ambas variables.”.

Posteriormente, con fecha 13 de septiembre de 2010, la Dirección de Presupuestos emitió un Informe Financiero Complementario del siguiente tenor literal:

“La indicación introduce diversos perfeccionamientos al Proyecto de Ley que introduce Modificaciones a la Tributación Específica de la Actividad Minera. Éstos se refieren, fundamentalmente, a la creación del Fondo de Inversión y Reconversión Regional para el Desarrollo Regional y Comunal, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades del país. La indicación contempla destinar US$100 millones anuales por tres años a partir de 2011 al fondo en cuestión.”.

Finalmente, el 6 de octubre de 2010 la Dirección de Presupuestos acompañó un Informe Financiero respecto de la indicación formulada al proyecto por Su Excelencia el Presidente de la República, del siguiente tenor literal:

“La presente indicación cambia la tasa afecta para las empresas mineras una vez finalizado el actual periodo de invariabilidad. Asimismo, cambia la actual tasa de tributación para aquellas empresas que actualmente no están acogidas a invariabilidad. La tasa de impuesto efectiva, para estos casos, variará desde un 5% a un 14% sobre el margen operacional. Para las empresas que hoy están acogidas a invariabilidad y que se acojan al nuevo régimen tributario la tasa variará desde un 4% a un 9% sobre el margen operacional durante 2010 a 2012.

La aplicación de estas modificaciones podría producir mayores ingresos fiscales por parte de las empresas medianas medianas y pequeñas que podrían llegar a $8.750 millones para el año 2011, $9.870 millones para el año 2012 y $7.860 millones para el año 2013. No obstante los ingresos totales por concepto de la modificación a la tributación específica de la actividad minera podrían verse reducidos dependiendo de la acogida que tenga esta modificación por parte de las empresas mineras acogidas a invariabilidad. Estas cifras suponen un precio promedio de la libra de cobre de US$3,2 en 2010, US$3,3 en 2011 y US$3,1 en 2012. Cabe señalar que estos precios, así como los márgenes operacionales utilizados en la estimación, han sido proporcionados por COCHILCO, y corresponden a las estimaciones más recientes de ambas variables.”.

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal en informe no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país.

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MODIFICACIONES

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponer la aprobación del presente proyecto de ley en los mismos términos que lo hiciera la Cámara de Diputados, con las siguientes enmiendas:

Artículo 1°

Número 1)

Sustituir, en la letra c) del inciso tercero del nuevo artículo 64 bis, los literales del i) al x), ambos incluidos, por los siguientes:

“i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5,0%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 8%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 10,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 13%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 15,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 18%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 21%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 24%;

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 27,5%;

x) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 75 y no sobrepase de 80 la tasa aplicable ascenderá a 31%;

xi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 80 y no sobrepase de 85 la tasa aplicable ascenderá a 34,5%, y

xii) Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de 14%.”.

(Unanimidad 5x0. Nueva indicación de Su Excelencia el Presidente de la República).

Disposiciones transitorias

Artículo primero

Inciso tercero

Reemplazar todo el texto que sigue a la palabra “contempladas”, por el siguiente: “en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2) de la misma ley.”.

(Unanimidad 5x0. Indicación de Su Excelencia el Presidente de la República).

Artículo segundo

Inciso tercero

Suprimir la frase “el artículo 64 bis, que fuera incorporado por”.

Inciso cuarto

Reemplazar la palabra “ocho” por la palabra “seis”.

(Unanimidad 5x0. Indicación de Su Excelencia el Presidente de la República).

Artículo tercero

Inciso primero

Sustituir la frase “a la entrada en vigencia de la presente ley” por “al 31 de agosto de 2010”; y reemplazar el texto que sigue a la palabra “aplicables” por el siguiente: “las tasas contenidas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2) de la misma ley.”.

(Unanimidad 5x0. Indicación de Su Excelencia el Presidente de la República).

Artículo cuarto

Reemplazar, en su encabezado, la frase “ley N° 20.026”, por “Ley sobre Impuesto a la Renta”.

(Unanimidad 5x0. Indicación de Su Excelencia el Presidente de la República).

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TEXTO DEL PROYECTO

En mérito de los acuerdos expuestos, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponer la aprobación del proyecto de ley en informe, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

"Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974:

1) Sustitúyese el artículo 64 bis, por el siguiente:

"Artículo 64 bis.- Establécese un impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera obtenida por un explotador minero.

Para los efectos de lo dispuesto en el presente título se entenderá por:

1. Explotador minero, toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de carácter concesible y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

2. Producto minero, la sustancia mineral de carácter concesible ya extraída, haya o no sido objeto de beneficio, en cualquier estado productivo en que se encuentre.

3. Venta, todo acto jurídico celebrado por el explotador minero que tenga por finalidad o pueda producir el efecto de transferir la propiedad de un producto minero.

4. Ingresos operacionales mineros, todos los ingresos determinados de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la presente ley, deducidos todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros, con excepción de los conceptos señalados en la letra e) del número 3) del artículo 64 ter, de esta misma ley.

5. Renta imponible operacional minera, corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente con los ajustes contemplados en el artículo 64 ter de la presente ley.

6. Margen operacional minero, el cociente, multiplicado por cien, que resulte de dividir la renta imponible operacional minera por los ingresos operacionales mineros del contribuyente.

El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:

a) Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d) de este artículo, sean iguales o inferiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, no estarán afectos al impuesto.

b) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d), sean iguales o inferiores al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino y superiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará una tasa equivalente al promedio por tonelada de lo que resulte de aplicar lo siguiente:

i) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino, 0,5%;

ii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino, 1%;

iii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino, 1,5%;

iv) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino, 2%;

v) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino, 2,5%;

vi) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 3%, y

vii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 4,5%.

c) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d) de este artículo, excedan al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará la tasa correspondiente al margen operacional minero del respectivo ejercicio, de acuerdo a la siguiente tabla:

i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5,0%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 8%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 10,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 13%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 15,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 18%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 21%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 24%;

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 27,5%;

x) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 75 y no sobrepase de 80 la tasa aplicable ascenderá a 31%;

xi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 80 y no sobrepase de 85 la tasa aplicable ascenderá a 34,5%, y

xii) Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de 14%.

d) Para los efectos de determinar el régimen tributario aplicable, se deberá considerar el valor total de venta de los productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1), del inciso segundo, del presente artículo y que realicen dichas ventas.

Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2), del artículo 34 de esta ley. Para estos efectos, lo dispuesto en el inciso cuarto de dicha norma se aplicará incluso en el caso que la persona relacionada sea un establecimiento permanente, un fondo y, en general, cualquier contribuyente.

El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.".

2) Agrégase, a continuación del artículo 64 bis, el siguiente artículo 64 ter, nuevo:

"Artículo 64 ter.- De la renta imponible operacional minera.

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:

1. Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros.

2. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero.

3. Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:

a) Los intereses referidos en el número 1°, de dicho artículo;

b) Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;

c) El cargo por depreciación acelerada;

d) La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años. La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y

e) La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero. También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

4. Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada.

5. En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas. En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.".

Artículo 2°.- Modifícase el numeral 1), del inciso primero del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de la siguiente forma:

1) Sustitúyese en su párrafo primero, la expresión "trata el artículo 64 bis", por la siguiente: "tratan los artículos 64 bis y 64 ter".

2) Sustitúyese en su párrafo segundo, la expresión "el artículo 64 bis", por la siguiente: "los artículos 64 bis y 64 ter".

Artículo 3°.- Créase el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, en adelante el Fondo, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades de país.

Mediante uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, se regulará la administración, operación, condiciones, destino y distribución de los recursos del Fondo.

Los proyectos señalados en el inciso anterior deberán cumplir con las normas sobre evaluación contempladas en el artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado, así como con las demás normativas aplicables al respecto.

El Fondo a que se refiere este artículo, estará constituido por los recursos que para este objeto contemple anualmente la Ley de Presupuestos.

Artículo 4°.- Los decretos supremos referidos en el artículo precedente deberán establecer, los criterios y mecanismos mediante los cuales los gobiernos regionales, en el marco de sus atribuciones, priorizarán y definirán los proyectos que serán financiados con los recursos del Fondo. Los gobiernos regionales deberán establecer los mecanismos de participación a través de los cuales los municipios puedan proponer proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos del Fondo.

Artículo 5°.- El Servicio Nacional de Aduanas tendrá la obligación de analizar la composición de las exportaciones de concentrados de cobre y sus subproductos (Ag, Au, Mb, entre otros). Dicho análisis deberá cubrir entre un 3% y 10% del total de las exportaciones de concentrado.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Los inversionistas extranjeros y las empresas receptoras de sus aportes, que con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, mantengan vigente un contrato de inversión extranjera suscrito con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, podrán optar por la aplicación de las normas contenidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, bajo la modalidad y de acuerdo a lo indicado en el artículo segundo transitorio de esta ley.

Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que, no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

En caso que los inversionistas extranjeros, las empresas receptoras de sus aportes y las empresas nacionales, que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, no optaren por modificar el régimen de invariabilidad pactado en sus contratos de inversión extranjera, suscritos con el Estado de Chile, se les aplicarán las tasas que les correspondieren, contempladas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2) de la misma ley.

Artículo segundo.- Los explotadores mineros que reuniendo la calidad de inversionistas extranjeros de empresas receptoras de sus aportes, o de empresas nacionales que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encontraren afectos al pago del impuesto y que optaren por acogerse a las normas de los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se sujetarán, para efectos de determinar el Impuesto específico a la actividad minera, a las siguientes reglas:

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pero de acuerdo a la siguiente tabla:

1) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 40, la tasa aplicable ascenderá a 4,0%;

2) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 8,5%;

3) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 12,0%;

4) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 13,5%;

5) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 15,0%;

6) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 16,5%;

7) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 18,0%;

8) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 19,5%, y

9) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%.

A partir del año calendario 2013, inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, descontados que fueren los tres años calendarios a que se refiere el inciso segundo del presente artículo, se aplicarán las tasas contempladas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y en los artículos 3°, 4° y 5° transitorios de la misma ley, según sea el caso. Éstas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad a dichas normas.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes, imputado que fuere el plazo de tres años señalado en el inciso segundo, se ampliará por seis años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley. Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° 20.026. Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el inciso anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse a lo señalado en los incisos anteriores, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras. Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo. Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva. En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo, se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de sesenta días hábiles a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- A las solicitudes de inversión extranjera presentadas ante la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, con anterioridad al 31 de agosto de 2010, les serán aplicables las tasas contenidas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2) de la misma ley.

Los inversionistas extranjeros y empresas receptoras que gocen de los derechos de invariabilidad contemplados en los artículos 7° u 11 bis del decreto ley N° 600, de 1974, podrán acogerse a lo dispuesto en los artículos anteriores, con las modificaciones que se indican en los incisos tercero, cuarto y quinto siguientes.

La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, modificado en los términos señalados en el artículo segundo de esta ley, sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga de invariabilidad aplicable, que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo precedente.

Durante los años calendarios 2013 y siguientes hasta el que corresponda al vencimiento inicial del contrato que se modifica, descontado que fuere el plazo de tres años a que se refiere el inciso segundo del artículo anterior, será aplicable el régimen que corresponda según el contrato respectivo.

Los inversionistas extranjeros que optaren por lo señalado en el artículo primero transitorio de esta ley y en los incisos precedentes de este artículo, tendrán derecho a que las respectivas empresas receptoras de la inversión puedan explotar otros proyectos mineros conexos, distintos a los actualmente individualizados en sus contratos respectivos, amparándolos en el régimen de invariabilidad pactado. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud respectiva al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos.

El mismo derecho señalado en el inciso anterior, tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación minera, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares. Se considerarán como parte del proyecto minero conexo las pertenencias mineras identificadas en la solicitud respectiva, aun cuando, a la fecha de la misma, no pertenezcan a la empresa receptora de la inversión, siempre que a la época de comenzar la explotación del proyecto minero, hayan sido adquiridas por ésta en su totalidad.

Para solicitar el otorgamiento de los derechos establecidos en este artículo, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria de aquellos señalados en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, deberán dar íntegro y oportuno cumplimiento a las condiciones establecidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974.

Para estos efectos, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, según sea el caso, en la solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos, deberán informar al Comité de Inversiones Extranjeras o al Ministerio de Economía Fomento y Turismo, las pertenencias mineras que efectivamente hayan adquirido con posterioridad a la solicitud referida en los artículos tercero, cuarto y quinto transitorios de la ley N° 20.026. La solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos deberá presentarse, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde iniciada la explotación del proyecto minero conexo.

El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en su caso, deberán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas en el inciso anterior, al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

Una vez recibida dicha información, el Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo según sea el caso, dictarán las resoluciones administrativas respectivas, resolviendo las extensiones de invariabilidad a proyectos conexos solicitadas.

Artículo cuarto.- Las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hubieren iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y que se encuentren afectas al Impuesto específico a la actividad minera del artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, podrán solicitar que se les concedan los derechos contenidos en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, en las condiciones establecidas en dicho artículo y sujeto, además, a los siguientes requisitos y con los derechos adicionales que se indican:

1) Las empresas indicadas deberán presentar la solicitud respectiva al Estado de Chile, representado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dentro del plazo de sesenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de esta ley y suscribir, posteriormente y con el Estado de Chile, representado por dicho Ministerio, el respectivo contrato de inversión. La solicitud respectiva será formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo segundo transitorio de esta ley.

2) Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Ello, independientemente de la fecha en que el Estado de Chile y la empresa respectiva suscriban el correspondiente contrato de inversión.

3) A partir del año calendario 2013, éste inclusive y hasta el término del primer período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2017, se aplicará, con una tasa de 5%, este Impuesto específico sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

4) A partir del año calendario 2018, éste inclusive y hasta el término del segundo y último período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2025, se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

5) A partir del año calendario 2026, estas empresas quedarán sometidas al régimen general de tributación vigente en tal momento.

6) Lo expuesto en este artículo se aplicará en favor de las empresas indicadas que hayan iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley y que no hayan suscrito, a dicha fecha y respecto de tal proyecto, un contrato de inversión con el Estado de Chile que contemple un régimen de invariabilidad para dicho proyecto.

Artículo quinto.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º regirá respecto de la renta imponible operacional que se determine a partir del año calendario o comercial 2011.

No obstante, los contribuyentes que optaren por modificar su régimen de invariabilidad tributaria en los términos señalados en las disposiciones transitorias de la presente ley, y aquellos que inicien sus actividades desde la fecha de publicación de esta ley, quedarán sujetos, a partir del año calendario o comercial 2010, al régimen de tributación general establecido en los artículos 1º y 2º de la misma.

Artículo sexto.- Transcurridos 180 días corridos luego de la expiración del plazo señalado en el inciso final del artículo segundo transitorio, destínase al Fondo establecido en el artículo 3°, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. En la medida que los fondos antes referidos hayan sido enterados, destínase al mismo Fondo la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, al 1 de julio del año 2012, la misma suma al 1 de julio de 2013 y la misma suma al 1 de julio de 2014. En caso de no emplearse estos recursos dentro de los períodos anuales señalados, podrán utilizarse durante los doce meses siguientes. A partir del año 2015, el Fondo será suplementado por los recursos que para estos efectos destine la Ley de Presupuestos.

Anualmente, un tercio del total de los recursos comprometidos para cada año deberán ser asignados a las regiones mineras, según éstas se definan en los decretos señalados en el artículo 3°, y los dos tercios restantes serán distribuidos, entre la totalidad de las regiones del país.".

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Acordado en sesiones celebradas los días 29 de septiembre, 4, 6 y 12 de octubre de 2010, con asistencia de los Honorables Senadores señor Camilo Escalona Medina (Presidente), señora Evelyn Matthei Fornet y señores Eduardo Frei Ruiz-Tagle (Andrés Zaldívar Larraín), José García Ruminot y Ricardo Lagos Weber.

Sala de la Comisión, a 12 de octubre de 2010.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA TRIBUTACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACTIVIDAD MINERA.

BOLETÍN Nº 7.170-05

I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: introduce una serie de modificaciones a la tributación específica de la actividad minera y crea el Fondo de Inversión y Reconversión Regional.

II.ACUERDOS: aprobado en general (unanimidad 5x0).

Indicación de Su Excelencia el Presidente de la República (aprobada, unanimidad 5x0).

Nueva indicación de Su Excelencia el Presidente de la República (aprobada, unanimidad 5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa está conformada por 5 artículos permanentes y seis disposiciones transitorias.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V.URGENCIA: discusión inmediata.

VI.ORIGEN INICIATIVA: mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VIII.APROBACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por 57 votos a favor y 54 en contra.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 28 de septiembre de 2010.

IX.TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda.

X.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Decreto ley N° 824, de 1974, que contiene la Ley sobre Impuesto a la Renta.

- Código Tributario.

- Decreto con fuerza de ley N° 523, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera.

- Decreto ley N° 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado.

- Ley N° 20.026, que establece un impuesto específico a la actividad minera.

Valparaíso, 12 de octubre de 2010

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 12 de octubre, 2010. Diario de Sesión en Sesión 59. Legislatura 358. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

MODIFICACIONES A TRIBUTACIÓN ESPECÍFICA DE ACTIVIDAD MINERA

El señor PIZARRO ( Presidente ).- En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que introduce enmiendas a la tributación específica de la actividad minera, con informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (7170-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 55ª, en 28 de septiembre de 2010.

Informe de Comisión:

Hacienda, sesión 59ª, en 12 de octubre de 2010.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Los objetivos principales de la iniciativa son sustituir el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que establece el impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera; agregar un artículo nuevo que regule la renta imponible operacional minera, y por último, crear el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, cuyos recursos se destinarán al financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipales del país.

La Comisión de Hacienda discutió el proyecto tanto en general cuanto en particular, y le dio aprobación por la unanimidad de sus integrantes, Senadores señora Matthei y señores Escalona, García, Lagos y Andrés Zaldívar, realizando diversas enmiendas al texto de la Cámara de Diputados.

Cabe tener presente que hace unos instantes la Comisión aprobó una nueva indicación del Ejecutivo para enmendar desde el literal i) al x) de la letra c) del artículo 64 bis, la cual también fue acogida en forma unánime por sus miembros, Honorables señora Matthei y señores Escalona, Frei, García y Lagos.

Corresponde señalar que en el informe se deja constancia del Protocolo que recoge los acuerdos alcanzados en relación con esta iniciativa, que fue suscrito por los miembros de la Comisión de Hacienda y por los representantes del Ejecutivo.

Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que consigna los resultados de la tramitación del presente proyecto.

Por último, debo comunicar que ha llegado a la Mesa una indicación del Vicepresidente del Senado , Honorable señor Gómez, que propone introducir ciertas palabras en el inciso segundo del artículo 6° transitorio.

El señor PIZARRO ( Presidente ).- En discusión general la iniciativa.

Hay varias solicitudes para intervenir.

Recuerdo a Sus Señorías que la "discusión inmediata" obliga a despachar el proyecto el día de hoy.

Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente , de nuevo el Senado está discutiendo la iniciativa -ya tratada en la Comisión de Hacienda- relacionada con el denominado "royalty" o, más propiamente, impuesto específico a la minería del cobre.

Hace algún tiempo analizamos esta materia, pero fue imposible llegar a acuerdo entre las partes. En esa oportunidad, la Oposición hizo ver al Gobierno que el asunto no debía incluirse en el proyecto destinado a financiar la reconstrucción, si bien se proponían recursos para ese efecto; y sostuvo, además, que era necesario abordarlo en otra iniciativa.

Así, en definitiva, llegamos a esta situación.

Yo preguntaría: ¿valieron la pena nuestros planteamientos frente a la propuesta de royalty que en ese tiempo hizo el Gobierno? Mi respuesta, indiscutiblemente, es sí.

Y veamos por qué.

El proyecto primitivo establecía un impuesto específico a la minería de entre 4 y 9 por ciento por dos años. Luego se agregó un tercer año. En el Senado se nos dijo que tal tributo rendiría 600 millones de dólares en dos años, y que si se ampliaba a tres podría bordear los mil millones de la misma moneda.

¿Qué sucede con la iniciativa en análisis, después de la negociación que hubo al respecto?

De acuerdo con los cálculos que se entregaron, se podría disponer, una vez aprobado el proyecto, de mil millones de dólares, en el entendido de que la aplicación del impuesto, por el período que comprende los años tributarios 2010, 2011 y 2012, va a superar los mil 500 millones de dólares.

Es un hecho positivo -lo cual nos parece bien- que el aporte no sea de mil millones, sino superior a los mil 500 millones de dólares.

El Gobierno ofreció entregar en esa oportunidad 150 millones de dólares por tres años en favor de todas las Regiones; es decir, 25 por ciento del rendimiento estimado de 600 millones.

En virtud de la negociación realizada con el Ministro de Hacienda y el Gobierno, se logró que a las Regiones se les destinen 400 millones de dólares en cuatro años, a través de un fondo del cual participarán en un tercio las Regiones mineras, correspondiendo los otros dos tercios a todas las Regiones, incluidas las mineras.

Es realmente importante lo que se ha conseguido, ya que desde hace muchos años todas ellas vienen reclamando parte de la tributación del cobre en su favor, dados los efectos que les genera la explotación de los yacimientos.

Un sistema similar funcionó en los años 60. Pero luego se suprimió en los años 70.

Por lo tanto, creemos que lo alcanzado significa para las Regiones recuperar algo que les pertenece.

Sin embargo, es preciso destacar que, más allá de los cuatro años en que se les aplicará ese fondo para financiar proyectos productivos, se va a establecer -así lo ha comprometido el Ministro de Hacienda - un fondo permanente en beneficio de ellas. La idea es que en las correspondientes Leyes de Presupuestos pueda incluirse ese aporte.

En mi concepto, en la negociación conseguimos también un gran avance. El Gobierno había propuesto una escala que transitaba del 5 al 9 por ciento. Se ha logrado establecer una escala que comienza en 5 y llega hasta 14 por ciento, dependiendo del margen operacional, que parte de una base de 35 por ciento.

Eso significa que, si esta escala de tasas se aplicara hoy con un margen operacional calculado en 65 por ciento, la tasa de impuesto específico ascendería a 9,7 por ciento, es decir, el doble de lo propuesto originalmente, que era de 5 por ciento.

Conforme a lo que comprometimos, esta escala se aplicará a todos los proyectos nuevos de la minería. De no aprobarse esta iniciativa, a estos no se les podría imponer una escala mayor al 4 por ciento. Por tanto, todos los proyectos iniciados o que se inicien a contar del 30 de agosto de 2010 van a quedar afectos a la nueva escala de entre 5 y 14 por ciento.

En el caso de los proyectos en operación a dicha fecha, la mencionada escala se aplicará desde el año 2017. Su mayor rendimiento reportará anualmente una mayor recaudación del orden de 500 millones de dólares, tomando como precio promedio el de los últimos cinco años.

Quiero hacer notar que el acuerdo alcanzado producirá un rendimiento igual al obtenido por la importante reforma tributaria que aprobamos en 1991. Es lo que va a implicar para el erario la aprobación de esta nueva escala a partir del año 2017.

¿Qué significaría no aprobar este proyecto de ley? Que seguiríamos aplicando la tasa de 4 por ciento, desde 2017, y no la que hemos explicado antes, de aproximadamente el doble, pues bordearía el 10 por ciento, tomando como referencia el precio promedio del cobre este año.

Reitero: si se rechazara esta nueva escala, todos los proyectos nuevos tributarían un impuesto específico de solo 4 por ciento y no una tasa como la señalada con anterioridad, de casi un 10 por ciento.

Si se aprobara la referida escala, Chile tendría una carga tributaria de impuesto específico próxima al 41 por ciento, menor -aunque casi equivalente- a la de Estados Unidos y cercana a la de Canadá; mayor que la de Australia, que bordea el 35 por ciento, y superior a las de Perú, Brasil y Argentina, cuyas cargas fluctúan entre un 35 y un 38 por ciento.

Lo anterior quiere decir que contaremos con una carga tributaria promedio que a Chile le permitirá competir en materia de inversiones mineras sin correr riesgos por la menor tributación que exista en otras naciones.

Respecto a la invariabilidad, desde un comienzo nuestras bancadas sostuvieron que no estaban de acuerdo en aprobarla. Y le solicitaron al Ejecutivo ponerle término.

El Gobierno propuso en el proyecto otorgar una invariabilidad de 8 años a cambio de que las empresas mineras aceptaran pagar una mayor tasa del 5 al 9 por ciento durante 3 años.

Por la negociación, ese plazo se rebajó de 8 a 6 años.

¿Por qué aceptamos esa reducción si dijimos que no estábamos de acuerdo con la invariabilidad?

En primer término, porque en realidad las empresas no tendrán 6 años más de invariabilidad, puesto que deberán renunciar a ella durante 2010, 2011 y 2012. O sea, habrá tres años menos de invariabilidad y, con ello -como manifesté-, será posible obtener una tributación de 1.500 millones de dólares adicionales.

Y en segundo lugar porque, al establecerse una escala de tributación que varía de 5 a 14 por ciento, la invariabilidad no llegará a revestir tanta importancia como antes para el país -aunque la tiene muchas veces para los inversionistas-. ¿Por qué? Porque esa escala, con una carga tributaria de casi 41 por ciento, puede alcanzar una larga permanencia en el tiempo y seguramente no será necesario introducirle modificaciones durante un período prolongado.

Creo, sinceramente, que pudimos transar en la invariabilidad gracias a un acuerdo adicional que suscribimos en el sentido de crear una comisión de alto nivel para proponer una modernización del decreto ley Nº 600. Es necesario efectuar esta modificación porque el escenario del Chile actual no es el de hace 30 años, cuando se dictó esa normativa legal. Hoy tenemos más de 50 tratados de libre comercio; tratados de libre tributación con más de una veintena de naciones; tratados de protección de inversiones con los cuales estamos comprometidos. El país posee estabilidad política. Podemos dictar un nuevo estatuto que permita tanto garantizar los intereses nacionales como hacer atractiva la inversión hacia nuestra actividad minera y hacia nuestra actividad productiva en general.

Tales fueron las razones por las cuales logramos un acuerdo, el cual presenta, en nuestra opinión, aspectos muy favorables. De partida, ha permitido al Gobierno y la Oposición obtener como resultado un mayor incremento de recursos para el país y para las Regiones; una escala de tasas razonable y aceptable dentro de la economía global, y la posibilidad de contar con un nuevo estatuto de inversión extranjera que, como acabo de señalar, proteja los intereses de Chile y de los inversionistas.

Por esas razones, vamos a votar a favor el proyecto.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor WALKER (don Patricio).- ¡Insolente!

El señor PIZARRO ( Presidente ).- Hago presente a las personas apostadas en tribunas que está prohibido realizar cualquier manifestación. La semana pasada tuve que desalojarlas, y ahora volveré a hacerlo a la primera interrupción que haya.

Tampoco voy a aceptar ningún tipo de insulto a quienquiera que esté haciendo uso de la palabra.

¡Ninguno!

--(Manifestaciones en tribunas).

¡Desalojen las tribunas, por favor!

Se suspende la sesión.

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--Se suspendió a las 16:43.

--Se reanudó a las 16:51.

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El señor PIZARRO (Presidente).- Continúa la sesión.

Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- ¡Va a hablar ahora que ya se fueron los dirigentes...!

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , tal como expresa el Senador Zaldívar, me toca hablar en este minuto. Pero en fin. La vida no se da como uno quiere, sino que, desgraciadamente, las situaciones son como son.

Yo quiero ser muy claro. Y me habría gustado que estuviesen los dirigentes, porque lo que voy a decir lo voy a decir con convicción.

Aquí no se ha establecido un criterio que sea perjudicial para los trabajadores o para el país.

La Concertación planteó una negociación al Gobierno que se desarrolló durante varios meses. El Ejecutivo propuso un impuesto específico a la minería con el cual no estábamos de acuerdo. Nosotros teníamos criterios distintos y le hicimos una propuesta al Gobierno, como Concertación. Los presidentes de sus partidos fuimos mandatados para efectuarle una presentación al Gobierno a través del Ministro de Hacienda , cuyos puntos centrales eran los siguientes: conformar un equipo de trabajo para modificar el decreto ley 600; establecer una tabla de impuesto que fuera del 5 al 18 por ciento; consagrar una compensación a las empresas que tributaran más -ya que no considerábamos correcta la invariabilidad tributaria planteada por el oficialismo-, y disponer recursos para las Regiones, en especial para las mineras.

¿Cuál fue el resultado de esa negociación? Finalmente, se obtuvo el compromiso de que en 90 días se formará un equipo de trabajo que propondrá una modificación al decreto ley 600, el cual estará integrado por ocho miembros -cuatro del Gobierno y cuatro de la Oposición- y será presidido, según tengo entendido, por el Ministro de Hacienda .

En segundo lugar, se llegó a una tabla de impuesto específico a la minería de 5 al 14 por ciento. Nosotros planteábamos una del 5 al 18 por ciento.

En tercer término, respecto a la invariabilidad, el Gobierno sugirió una fórmula que a nosotros nos pareció bien. Conforme a ella, a las empresas que hoy tienen invariabilidad tributaria hasta el 2017, si voluntariamente se incorporan al sistema de pago según una tabla que va del 5 al 9 por ciento en 2010, 2011 y 2012, se les va a reconocer invariabilidad tributaria desde el 2018 hasta seis años después. Sin embargo, dicho sistema operará en función de que no se modifique la tabla común, que va del 5 al 14 por ciento.

En cuarto lugar, se dispuso entregar a las Regiones 100 millones de dólares anuales durante cuatro años: dos tercios para las Regiones en general y un tercio para las Regiones mineras. Además, se estableció un criterio especial en favor de aquellas con mayor intensidad minera.

Ese fue el resultado final de nuestra negociación con el Gobierno, que a nosotros nos parece óptimo.

¿Qué pasaría si no hiciéramos nada -y sería importante que quienes protestan también reflexionaran sobre este punto-?

Las empresas mineras que hoy pagan 4 ó 5 por ciento de impuesto, con invariabilidad tributaria hasta el 2017, continuarían pagando ese mismo porcentaje, sin aportar ningún recurso adicional al país, durante los tres años mencionados.

Si se acogieran al sistema, en cambio, se obtendrían 1.500 millones de dólares adicionales. Y, terminado el 2017, se incorporarían al régimen normal, pagando desde el 2018 en adelante conforme a una tabla que va del 5 al 14 por ciento, recaudándose, como digo, una gran cantidad de recursos adicionales.

¿Y qué pasaría con los capitales que ingresen al país a partir de hoy si no se aprobara esta iniciativa? Sus dueños deberían tributar un 5 por ciento, con una invariabilidad de 15 años.

Esa es la situación que se daría si nosotros no hiciéramos nada.

Entonces, si uno analiza el resultado final de este proceso de negociación, verá que se ha avanzado enormemente.

Y a mí me parece, señor Presidente , que cuando uno da su palabra tiene que cumplirla. De manera que en esta Sala no cabe ni la abstención, ni ir al baño, ni votar en contra por parte de quienes son miembros de la Concertación. Porque aquí hay un compromiso establecido y firmado mediante un mandato entregado por toda esa coalición para conversar con el Gobierno. Y consideramos que el resultado final, informado a cada uno de los integrantes de dicho conglomerado, representa un avance sustancial, que a todos nos permite mirar el futuro con claridad, sabiendo que los recursos aportados por la minería serán considerablemente mayores.

Con una tabla de impuesto que va del 5 al 14 por ciento, las empresas que hoy pagan el 4 por ciento podrían estar pagando casi el 10 por ciento, aumento que equivale a más del doble de lo que está tributando en la actualidad la minería en Chile.

Nos dicen que en Australia el impuesto específico -que ahí es más bien un royalty- es de 30 por ciento. Eso no es cierto. Porque lo que se hace es un análisis global del impuesto a la renta, del impuesto a las ventas y de una serie de otras condiciones que en países como el indicado llevan a tributar un máximo del 39 ó 40 por ciento. Y nosotros, con esta iniciativa, llegaremos, en promedio, al 41 ó 42 por ciento.

¡Eso es lo que estamos haciendo: saltando del 38 a esos porcentajes! Y sin embargo algunas personas miran eso, desgraciadamente, desde otra perspectiva.

Durante muchos años hemos intentado hacer cambios profundos en materia de impuestos. No han existido los votos. En el Gobierno del Presidente Lagos se quiso establecer un verdadero royalty. No se pudo. Y hubo que llegar a un acuerdo para establecer un impuesto específico a la minería de 4 por ciento.

Yo fui de aquellos que se opusieron duramente a la posibilidad de lograr un entendimiento cuando se discutió el tema en esa oportunidad. Sin embargo, hoy hemos comprometido nuestra palabra.

E insisto: los que pertenecemos a la Concertación debemos cumplir nuestro compromiso de apoyar este acuerdo político, refrendado por quienes fueron mandatados para tal efecto, por los presidentes de partido y por los Senadores y Diputados de la Concertación. Y no hay nada que valga más que cumplir la palabra empeñada, aunque duela y cueste.

Nosotros, al menos, vamos a cumplirla, tanto aquí como en la otra rama del Parlamento. Vamos a aprobar un acuerdo que nos parece el mejor en las actuales condiciones políticas.

Termino, señor Presidente, lamentando que se haya tenido que desalojar a los dirigentes de las tribunas, así como también que no se analicen las cosas con la frialdad y la seriedad que se requieren en momentos tan importantes como el que estamos viviendo.

Estamos frente a un acuerdo político histórico y muy relevante para nuestra patria.

Gracias, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente , en primer lugar, creo que nadie puede abstraerse de la situación que está viviendo nuestro país con motivo del rescate de los 33 mineros en Copiapó.

Obviamente, existe el deseo, de parte de todos nosotros, de no dejar pasar esta instancia para saludar en forma afectuosa desde el Senado a cada uno de ellos y, por su intermedio, a sus familias.

No podemos abstraernos de esta realidad, de esta situación.

Por otro lado, el acuerdo a que hizo referencia el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, no solo beneficia al país. Tampoco fue adoptado solo por la Concertación y la Alianza, pues se contó con la importante participación de un sector de Diputados independientes, quienes realizaron un enorme aporte al documento final que se logró para hacer justicia en la materia que nos ocupa.

En la Región de Magallanes, la cual me honro en representar, desde hace muchos años hemos tenido la oportunidad de gozar de un beneficio que se nos concedió gracias a la explotación de hidrocarburos. Sin embargo, en el caso de las Regiones mineras, señor Presidente , no se ha hecho justicia. Y durante muchos años, de manera incansable, se formularon peticiones. Incluso, fueron hechas por el Senador Gómez y los Honorables señores Prokurica , Cantero y tantos otros que, de modo insistente, en todos los Gobiernos precedentes, solicitaron un beneficio, una retribución para las Regiones mineras que entregaban todo a cambio de nada.

Hoy, gracias a este acuerdo y al proyecto que nos presenta el Ejecutivo , podemos ver con buenos ojos que hay un ánimo distinto, porque para los próximos cuatro años cabe la posibilidad de que el Presupuesto de la Nación contemple un aporte importante -ya se dijo que será de 100 millones de dólares- que va a ser distribuido entre todas las Regiones. Otro porcentaje será repartido en aquellas que son mineras.

¡Esto es hacer justicia!

Yo confío -está presente en la Sala el señor Ministro de Hacienda - en la palabra empeñada, en cuanto a que la Región de Magallanes se halla considerada dentro de las mineras. Así me lo expresaron, así lo entiendo y hoy lo vuelvo a señalar con mucha fuerza, porque, obviamente, ello nos motiva aún más. Por un lado, en lo que respecta a la reconstrucción de nuestro país -aspecto que no hemos abordado en esta discusión, pero todo lo que hemos visto dice relación con ella- y, por otro, a la posibilidad de recibir importantes beneficios para cada una de las Regiones.

Lo que uno espera, señor Presidente, es que este aporte trascendente que van a recibir las Regiones no tenga ninguna relación posterior con los presupuestos regionales.

Me explico.

Es probable que en algunas Regiones no se le dé un buen uso a estos dineros y luego se rebajen por la vía de los presupuestos regionales.

Por lo mismo, le pedimos al Gobierno que lleve a cabo permanentes seguimientos a los efectos de procurar eficiencia en el gasto presupuestario. Y, de esa forma, se pueda apreciar que estos importantes recursos, destinados a los fondos regionales, tengan un buen fin para proyectar a las Regiones mineras.

Yo voy a concurrir con mi voto favorable.

Me alegra, además, escuchar que hay acuerdos políticos en el último tiempo. Lo hemos visto en importantes iniciativas.

A mi juicio, estamos ante una nueva forma de llegar a acuerdos políticos, ante una nueva manera de gobernar.

Este fin de semana, el Gobierno, en un prestigioso medio de comunicación, señaló que muchísimos proyectos de ley han contado con mayorías y con acuerdos absolutos.

Lo anterior nos habla de que existe un entendimiento distinto, que en resumen lo único que hace es beneficiar a Chile.

Anuncio que me pronunciaré favorablemente, señor Presidente .

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente , este es quizás uno de los debates más interesantes habidos en el Congreso y, en particular, en el Senado y que dice relación a una materia que preocupa y que resulta importante para la inmensa mayoría de la nación.

Cuando los países perciben ingresos tan significativos, como ocurre en este caso gracias a la minería -en especial a la del cobre-, por lo general estos son objeto de un debate nacional que tiene que ver con el presupuesto. De ahí, entonces, que el Presupuesto de la Nación se vincule, en gran medida, con este tipo de financiamiento. Y ello, a su vez, se relaciona con cosas concretas: con el número de viviendas, con el número de hospitales, con el número de soluciones de todo tipo que demanda la ciudadanía, con las listas de espera en el ámbito de la salud.

Lo que estamos viendo aquí es cómo financiamos las demandas de los ciudadanos: ¡cómo financiamos las demandas de la ciudadanía! No se trata solo de definir cómo vamos a llevar a cabo la reconstrucción durante dos o tres años, sino de que estamos pensando en una línea, en un marco de financiamiento permanente para la nación y con tal objeto buscamos el mal llamado "royalty", en este caso, que es un impuesto específico a los recursos mineros no renovables.

En otra época se llamaba "el sueldo de Chile". En otra época también eran muy importantes los aportes del cobre y de la minería. Sin embargo, en los últimos años contribuyen menos al presupuesto nacional y, no obstante, cada vez aumenta más la producción que las mineras privadas se llevan hacia el extranjero.

Si analizo los tributos que pagan las grandes mineras en relación con aquellos que afectan a cualquier productor o persona natural que presenta una alta rentabilidad gracias a la actividad que desarrolla, les aseguro que esta última va a cancelar un global complementario del orden de 42 por ciento. Y no hay ninguna compañía minera que llegue a esos niveles. Es decir, la gente paga más que todas las empresas y el sector de las mineras es el que menos tributa si tomamos en cuenta su potencialidad y que se llevan un recurso no renovable. Y si este tiene tal característica, el criterio con que fijamos los gravámenes debiera ser distinto. Pero estamos con las manos atadas.

En algún momento se estableció el instrumento de la invariabilidad tributaria que hace que cada vez que se quiere modificar los impuestos deba pedírsele permiso al contribuyente. Y, en este caso, se trata de un contribuyente privilegiado, que es de los más rentables del mundo o del país: las mineras de Chile, seguidas por los retail y los bancos.

Señor Presidente , reconozco que la Comisión negociadora ha mostrado un avance con relación al primer proyecto. Pero el que haya habido un avance no significa que sea satisfactorio. Y quiero señalar claramente que nunca di mi asentimiento para adoptar el acuerdo ni el compromiso de votar un proyecto relativo al royalty que mantuviera este régimen de la invariabilidad. Lo que acordamos fue hacer una negociación y terminar con la invariabilidad. Eso fue categórico, claro. Por ello, quiero explicarle al Senador Gómez que la Concertación, al menos en las reuniones en que participé, jamás -¡jamás!- le dio un cheque en blanco a los negociadores para que firmaran y negociaran cualquier cosa.

Esta no es una negociación autorizada por la mayoría de los miembros del conglomerado de la Concertación.

Ahora, sin duda, significa un mayor aporte, pero, en mi opinión, resulta insuficiente.

Yo no tengo dogmas acerca de si está o no la invariabilidad. El punto es si los niveles de aporte de esta industria van a ser tan significativos como lo son en otros países; el punto radica en si aquellos niveles de aporte que efectúen al desarrollo nacional van a compensar esa riqueza que no tiene reposición, la misma que vienen explotando año tras año, durante largo tiempo, y que en el futuro seguirán aprovechando.

La invariabilidad pasaría a segundo plano si los recursos fueran significativos. No obstante, no veo que lo sean cuando hay empresas que se llevan 10, 12 ó 15 mil millones de dólares en utilidades, y estamos hablando de que el país va a recibir del orden de mil o 2 mil millones de dólares.

¡Claro! Vamos a tener un incremento de 300 ó 500 millones. Pero eso no es lo que hace un país, con dignidad, con autonomía, con legitimidad, al fijar los tributos respecto de lo que requiere para su desarrollo.

Y aunque fuera un aumento significativo, señor Presidente, el proyecto tiene un segundo componente que no me gusta: la distribución a las Regiones.

Es cierto, aquí, parlamentarios de Regiones mineras han defendido a sus Regiones con mucha legitimidad y lealtad. Los felicito, porque lo supieron hacer y lograron imponer criterios y un acuerdo con el Ejecutivo para los efectos de establecer que buena parte de los recursos que van a aquellas -un tercio- se dirijan exclusivamente a las Regiones mineras, y que los dos tercios siguientes se dividan entre todas, incluyendo a estas últimas.

De verdad, les reitero mis felicitaciones, porque se trata de un esfuerzo que deberían aplaudir sus electores. Pero yo represento en el Senado a una Región no minera y no voy a votar a favor de este acuerdo pues la perjudica, al igual que a las Regiones más vulnerables. Lo justo sería distribuir los recursos tal como se hace con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional: según los parámetros de necesidad, de vulnerabilidad.

Porque con el criterio consignado en el acuerdo, mañana se podría disponer que el IVA fuera para las Regiones en la medida en que cada una lo recaudara, y, por ende, la Metropolitana resultaría otra vez la más favorecida.

Muchas veces aquí hablamos contra el centralismo, pero cuando tenemos que pronunciarnos lo hacemos a favor de él.

Por eso, no voy a votar que sí a un proyecto de ley que, en todo caso, de aprobarse, beneficiará principalmente a las Regiones mineras en desmedro de las otras.

Y, por último, la iniciativa contiene un artículo permanente que establece que los montos que se distribuirán a las Regiones no serán los que constituyan el Fondo, sino los que contemple la Ley de Presupuestos, donde el Ejecutivo , a su manera, decidirá cómo se repartirán los recursos adicionales que la ley en proyecto permita recaudar.

Por lo tanto, señor Presidente, no estoy disponible para votar a favor de una iniciativa de esta naturaleza, porque, primero, creo que el aporte de las mineras es insuficiente.

Segundo, no me gusta el sistema de la invariabilidad que se dispone, porque dejará de manos atadas por muchos años más, no solo a los chilenos, sino también a los parlamentarios del próximo período y a los siguientes tres Gobiernos.

Y tercero, porque perjudica a las Regiones y, en particular, a la que yo represento en el Senado.

He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente , la iniciativa en discusión ha sido objeto de un debate intenso en el Senado y en la opinión pública, respecto de cuál debe ser la contribución de la gran minería del cobre al Estado chileno por los recursos que le pertenecen a todo el país.

Hace tres meses fracasó una conversación entre el Gobierno y la Oposición, como consecuencia de que el proyecto de ley que había presentado el Gobierno era, a nuestro juicio, a todas luces insuficiente, económico, mezquino, en cuanto a los fondos que las grandes mineras podían aportar al Fisco.

En esa oportunidad afirmamos que la principal piedra de tope no radicaba en una insuficiente recaudación per se, sino en que el aumento propuesto por el Gobierno era bastante menor, considerando el precio que se solicitaba a cambio: 8 años de invariabilidad.

Pedimos que se realizara una discusión en su mérito y no ligada a la reconstrucción. ¿Por qué? Porque sosteníamos que para reconstruir se requerían dineros excepcionales de una sola vez y no una modificación de la estructura tributaria de carácter permanente.

El Gobierno entendía que para recolectar unos magros 600 millones de dólares debía otorgarles a las grandes mineras en Chile una invariabilidad tributaria de 8 años. Nosotros le propusimos diversas fórmulas para recaudar esa magra cantidad.

Producto de las conversaciones, el Ejecutivo -entre comillas- se allanó y dijo: "Vamos a recaudar 900 millones de dólares, a cambio de 8 años de invariabilidad". Y, como Concertación, mantuvimos la mirada y respondimos que no. Porque ello significaba vender barato algo caro.

Debido a lo anterior, el Gobierno planteó una escala tributaria del 4 al 9 por ciento, con 3 años de transición, que corresponde al acuerdo que tenemos frente a nosotros luego de haber negociado con el Ejecutivo . Se trata de una escala sustancialmente mayor, que permitirá recaudar más de dos veces lo que se percibe en la actualidad, con una invariabilidad de menos años, pero con algo más importante: la posibilidad de modificar el decreto ley Nº 600.

Quiero recordar a mis colegas de acá que ya don Patricio Aylwin , en su programa de Gobierno, trató de enmendar el decreto ley Nº 600. ¡Demanda anhelada, que hoy tenemos al alcance de la mano!

No soy populista. No me es posible prejuzgar el resultado de las conversaciones. Pero sí puedo afirmar que en toda decisión política existe un costo alternativo. Cuando uno habla, tiene el costo alternativo de haberse quedado callado, porque tal vez lo que dijo no fue muy brillante. Cuando uno vota, puede aprobar algo, y el costo alternativo será lo que pasaría de haberlo rechazado.

Si rechazamos el proyecto que nos ocupa, vamos a permitir que las grandes mineras en Chile sigan tributando tranquila y felizmente el 4 por ciento de su margen operacional -¡4 por ciento!-.

Entonces, a los que sostienen que el acuerdo no significa un aporte porque no va a contribuir al futuro, les manifiesto que se están jugando decirles a las mineras: "Yo quiero que tributen solamente el 4 por ciento y no una escala que parte en el 5.".

Y, por otra parte, quienes con un discurso un poco más -entre comillas- progresista tratan de adelantar por la izquierda, tampoco desean modificar el decreto ley Nº 600, porque ahora tenemos los votos para establecer una Comisión que emita un informe con el objeto de saber si es posible cambiar un estatuto que, a todas luces, no es procedente en el Chile de hoy.

Esa normativa, hay que recordarlo, es del año 1974, del tiempo de la dictadura, cuando a Chile no llegaba inversión extranjera, ni siquiera turistas. Y ahora tenemos la posibilidad de modificarla.

Entonces, aquellos que se escudan en un izquierdismo fácil -¡lo digo con toda responsabilidad!- están haciendo un flaco favor, porque el proyecto plantea una carga tributaria de 41 a 42 por ciento. ¿Y qué le pidió la Concertación al Gobierno? ¡Una de 47 por ciento! ¡Esa fue nuestra propuesta! Y estamos obteniendo 41 por ciento.

Además, dijimos que no queríamos invariabilidad. Y vamos a transar en una de 6 años. Pero por una razón: como se va a recaudar mucho más que lo que había antes sobre la mesa, hoy, por definición, esa invariabilidad vale menos.

Y un segundo elemento, para los distraídos, en los tres años de invariabilidad de que gozan las grandes mineras: 2010, 2011 y 2012, estas deberán aportar recursos. Entonces, se les rompe la invariabilidad por ese período con una escala de impuesto, es cierto, un poco menor: del 4 al 9 por ciento.

Por consiguiente, se está haciendo un gran esfuerzo. Y quienes sostuvimos las conversaciones con el Gobierno: los miembros de la Comisión de Hacienda, así como los jefes de bancadas, fuimos mandatados oficialmente por la Sala para ello. Cada Senador, incluyéndome a mí, votará en conciencia, aquí no hay órdenes de partido. Pero tengo claro que esta oportunidad no se va a repetir.

Por último, a los que desean votar para la historia y dejar plasmado que rechazaron el proyecto, con la esperanza de modificar el impuesto específico a la minería en el futuro, les quiero decir que yo también me pronunciaré con esa esperanza. Porque yo quería obtener más para Chile y que las mineras pusieran mayores recursos. Y también deseaba menos invariabilidad. Pero hay que considerar el costo alternativo, lo que podríamos farrearnos.

Entonces, yo me sumo a los que deseen dejar consignado su voto para la historia con la esperanza de cambiar esta legislación. La diferencia radica en que, como yo voy a apoyar el proyecto que nos ocupa, junto con mantener esa esperanza, podré ver el incremento de las cuentas fiscales debido a que su aprobación permitirá recaudar sustantivamente más.

He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.

El señor GARCÍA .- Señor Presidente , quiero señalar en primer lugar que el Gobierno ha llegado con los Senadores de la Concertación y los de la Coalición por el Cambio a un gran acuerdo para Chile, donde resulta ganadora toda nuestra patria.

Ello, básicamente porque se despeja una de las enormes incógnitas o dudas que todo inversionista debe tener aclaradas antes de decidir el destino de sus recursos: cuál es la tributación que le va a afectar; y no solo la actual, sino también, por supuesto, la futura.

Obviamente, la situación existente estaba originando que muchos inversionistas ingresaran proyectos de explotación minera. Incluso, se nos dijo en la Comisión que durante septiembre último se había registrado una verdadera explosión de ingresos de proyectos de tal índole. ¿Por qué? Por lo que señalaba aquí muy bien el Senador Ricardo Lagos: porque no iban a tributar según la nueva escala, sino conforme a la antigua, lo que, por cierto, para las grandes mineras resultaba bastante más favorable.

Entonces, acá estamos ante un acuerdo que permite estabilidad en las reglas del juego para un sector fundamental en la proyección de nuestra economía: el minero.

En segundo término, digo que es un gran acuerdo porque durante los meses recientes ha habido una inmensa discusión: cuál es la tributación con que las grandes empresas mineras deben aportar al financiamiento de los gastos del Estado, de los programas sociales.

Siempre estuvimos de acuerdo -y creo que ello fue esencial para consolidar el trabajo que se venía realizando- en decir que la tributación debía estar en torno al 41-42 por ciento. Porque eso no nos pone entre los países con las tasas más altas -no nos coloca a la altura de Estados Unidos, de Canadá-, pues, a mi entender, todavía no tenemos la fuerza necesaria para imponer porcentajes de aquel orden. Pero tampoco nos deja entre las naciones con menor tributación para su minería. Quedamos en el rango más elevado de países con similar nivel de desarrollo; entre las naciones con tributación más alta cuando nos comparamos con economías de igual desarrollo.

La tributación de las mineras en el rango de 41-42 por ciento es razonable desde el ángulo de su inversión, del empleo que generan, del aporte que hacen al producto interno bruto.

En tercer lugar, sostengo que se trata de un gran acuerdo porque la ley en proyecto va a permitir que tengamos 600 a 700 millones de dólares adicionales para financiar la reconstrucción del país tras el terremoto.

Todas las actividades de la economía nacional están haciendo un esfuerzo adicional para contribuir al financiamiento de la reconstrucción nacional, menos la gran minería del cobre.

Porque, señor Presidente , cuando rechazamos el alza transitoria del impuesto específico a la minería en el proyecto sobre financiamiento de la reconstrucción, dejamos a ese sector, probablemente uno de los más rentables de Chile, al margen de la contribución adicional para tal efecto.

Ahora, esta iniciativa permitirá la recaudación de entre 600 y 700 millones de dólares para financiar la reconstrucción del país y de 300 a 400 millones de dólares que beneficiarán a las Regiones, mineras y no mineras.

Y aquí quiero hacer un punto respecto a lo que señaló el Senador Tuma .

Tuve a la vista lo que será más o menos la distribución de los recursos pertinentes. Según ella, la Región de La Araucanía va a tener un porcentaje más alto, por ejemplo, que la de Coquimbo, que es minera. ¿Y por qué a la Novena Región le corresponderá un porcentaje más alto de participación en el Fondo especial que se crea? Precisamente porque hay en ella un mayor porcentaje de población rural; más pobreza; menores índices de escolaridad; mayores problemas para acceder a la salud, y porque allí se encuentra la red caminera más grande de Chile.

Por tanto, claramente nuestra Región, la de La Araucanía, si se invierten bien los recursos -y estoy cierto de que así va a ser-, experimentará en materia de inversión pública un salto que permitirá mejorar la productividad y la competitividad de sus actividades.

De otro lado, señor Presidente , debo enfatizar que los acuerdos políticos del Senado son un activo del país. Esos acuerdos políticos, que nos permiten construir, avanzar, asegurarles a nuestros compatriotas mayor progreso, mayor desarrollo económico, mayor desenvolvimiento social, deben ser el sello distintivo de esta Corporación.

Así como en días recientes existió acuerdo para modificar la Ley Antiterrorista, ahora lo hay para subir transitoriamente el impuesto específico a la gran minería y posibilitar la recaudación de entre 1.000 y 1.200 millones de dólares adicionales. Igualmente, para elevar de manera permanente el impuesto específico a la gran minería. Porque debo recordar que los proyectos que ingresan pagarán ahora según la nueva tabla. Por ende, cuando hablamos de 1.000 a 1.200 millones de dólares solo nos estamos refiriendo a lo que se recaudará por los años 2010, 2011, 2012. Pero, probablemente, después de 2018 la cifra será superior en 3.000 a 5.000 millones.

¡Son números tremendamente significativos!

Señor Presidente, la Senadora Evelyn Matthei me pidió especialmente representarla en esta intervención, pues se halla trabajando en una de las Subcomisiones de Presupuestos.

En consecuencia, anuncio la votación favorable de los parlamentarios de la Unión Demócrata Independiente y de Renovación Nacional.

Estamos convencidos de que lo que se hizo durante estas últimas semanas es vital para el país: acuerdos por sobre la confrontación.

No puedo terminar mis palabras, señor Presidente , sin agradecer a todos los señores Senadores que pusieron lo mejor de su esfuerzo, lo mejor de su empeño para construir acuerdos.

Muchas veces resulta más fácil dejarse llevar solo por la crítica y no aportar.

Creo que la actitud de un grupo de Senadores de la Concertación de exponerse a la crítica pero ayudar a construir un mejor país para todos es lo que la ciudadanía reclama de nosotros.

He dicho.

El señor PIZARRO ( Presidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Ignacio Walker.

El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente , el Partido Demócrata Cristiano se suma con decisión y entusiasmo a la aprobación de este buen acuerdo para Chile, cual es el proyecto que estamos discutiendo en materia de impuesto específico a la gran minería del cobre.

Somos parte del acuerdo político que ha conducido a la iniciativa que nos ocupa.

Quiero felicitar especialmente a los Senadores Eduardo Frei y Andrés Zaldívar por la participación que, en representación de la Democracia Cristiana, les cupo en él.

Y los presidentes de las colectividades de la Concertación hemos anunciado hoy, en conferencia de prensa, nuestro apoyo a este proyecto como partidos y como coalición: primero, porque es mejor que el presentado inicialmente por el Ejecutivo, y segundo, porque es mucho mejor que la realidad actual.

Ojalá que tengamos un acuerdo amplio y transversal que le dé legitimidad a esta iniciativa, porque es el tipo de señales que necesita nuestro país por parte del Parlamento.

Ojalá que, también, se inaugure una nueva etapa en la forma en que discutimos materias tan importantes como la que nos ocupa esta tarde. Y espero que el próximo gran tema de un gran acuerdo sea el de la educación, porque Chile lo necesita desesperadamente.

Seamos claros, señor Presidente: lo que gatilló este acuerdo fue el rechazo del Senado al proyecto inicial del Gobierno, que muchos considerábamos -y seguimos pensando de ese modo- una propuesta muy insuficiente.

Y así funciona la democracia parlamentaria: procesando las diferencias a base de la interacción de mayorías y minorías en busca de los grandes acuerdos que el país requiere.

Ya se ha dicho. Una tabla de 5 a 9 por ciento se ha transformado en una de 5 a 14 por ciento, sobre la base de 85 por ciento de margen operacional. Un impuesto específico real a la gran minería del cobre de 37 a 38 por ciento será uno de 41 a 42 por ciento. Pasaremos de recaudar 600 millones de dólares en tres años para la reconstrucción a 1.500 millones de dólares. Y podremos recibir adicionalmente cerca de 500 millones de dólares anuales, lo cual, como decía el Senador Zaldívar, equivale más o menos a la reforma tributaria de 90-91.

Hemos hecho, en consecuencia, un esfuerzo por conciliar equidad -lo que en un documento de los presidentes de partidos de la Concertación llamamos "una justa compensación" que vele adecuadamente por el interés nacional- con competitividad, lo que es muy importante si consideramos que hay regímenes de inversión extranjera diferentes en otros países insertos en la economía global; por ejemplo, nuestro vecino Perú tiene un impuesto específico de 35 por ciento a la gran minería del cobre y ha aumentado de 4 a 8 por ciento su participación en la producción mundial.

Ciertamente, existe una dificultad conceptual y práctica en lo concerniente a la invariabilidad.

En lo personal -creo que es también la opinión de los partidos de la Concertación, incluido el mío, el Demócrata Cristiano-, estimo que Chile tiene una democracia madura y es un país que se halla camino al desarrollo. Por lo tanto, debemos dejar de lado y botar las muletas, que no se compadecen con nuestra situación actual en términos de democracia y desarrollo. Y, desde luego, el concepto de "invariabilidad" es una muleta innecesaria.

¿Por qué invierten en Chile diversas empresas extranjeras? No tanto por la invariabilidad, sino porque es un país serio, donde impera el Estado de Derecho, donde las instituciones funcionan, donde no existe corrupción, donde se respetan los contratos, donde hay previsibilidad.

Los regímenes de invariabilidad tributaria existen en economías subdesarrolladas o en países en camino al desarrollo que deben recurrir a ese mecanismo justamente porque muchas veces no son capaces de dar garantías suficientes en estos otros ámbitos. Son memorias del subdesarrollo, como el decreto ley N° 600, de 1974.

Yo espero que a futuro la comisión de expertos de alto nivel que estamos acordando crear, con representantes del Gobierno y de la Oposición, a la que le pedimos sugerirnos un nuevo régimen de inversión extranjera, que sustituya el decreto ley N° 600, de 1974 -es decir, de hace 36 años-, formule una propuesta innovadora, audaz, seria, responsable, que permita poner fin a la invariabilidad tributaria y fortalecer, a través de un conjunto de incentivos, la inversión foránea en Chile.

Ahora bien, visto en retrospectiva lo que se hizo en 2005, durante el Gobierno del Presidente Lagos, cuando acordamos en el Parlamento un régimen de invariabilidad por 12 años, con una tasa de 4 a 5 por ciento, fue un gran salto adelante. Porque, a pesar de que la fijación de tal período significó un tremendo costo, introdujimos por primera vez el concepto de "impuesto específico a la gran minería del cobre", que hasta ese momento era solo la repatriación de capitales producto del régimen de inversión extranjera imperante.

Hoy estamos dando otro gran salto. Ya no son 12 los años de invariabilidad -ellos se acordaron dada la realidad de aquel entonces-, sino 6. Y la tasa no es de 4 a 5 por ciento, sino de 5 a 14 por ciento.

En consecuencia, estamos dando un gran paso adelante, en que lo de la invariabilidad es cada vez más irrelevante y donde hemos privilegiado una tasa máxima de 14 por ciento, que será, en promedio, de 10 a 11 por ciento. Eso significa 41 a 42 por ciento de tasa efectiva de tributación, una de las más altas del mundo en la actualidad.

Por otro lado, señor Presidente, se justifica que estemos proponiendo como fecha tope el 31 de agosto para los proyectos de inversión que se pretenda acoger al nuevo régimen o al antiguo.

Si uno revisa las cifras, advierte que únicamente en septiembre último, cuando se supo de esta iniciativa de ley, se presentaron proyectos por 12 mil millones de dólares, para evitar acogerse al nuevo régimen, en circunstancias de que durante todo el año tuvimos proyectos hasta por unos 5 mil millones de dólares.

Por lo tanto, es serio, responsable que estas nuevas reglas del juego, claras y estables, que apuntan al mediano y largo plazos, con un sentido estratégico y de país, tengan esta distinción entre el antes y el después del 31 de agosto para diferentes tipos de proyectos de inversión.

Por eso, señor Presidente , como Senador y como Presidente del Partido Demócrata Cristiano , me sumo -con mucho respeto, por cierto, hacia quienes minoritariamente van a votar en contra- a la celebración que hemos escuchado en la inmensa mayoría de las intervenciones, porque este es el tipo de acuerdos que necesita Chile, un país que está a medio camino del desarrollo; que ha sido capaz de duplicar el producto en 20 años -antes ello nos tomó 64 años-; que ha triplicado el ingreso per cápita: de 5 mil a 15 mil dólares, y que aspira a llegar a un estadio de desarrollo que nos permita conciliar la estabilidad económica, social y política que hemos alcanzado con mayores y sustanciales niveles de equidad, como los que estamos logrando este día en el Senado -y espero que mañana en la Cámara de Diputados- en torno a este nuevo régimen sobre el impuesto específico a la gran minería del cobre.

Por tales razones, señor Presidente , votaré a favor.

He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sabag.

El señor SABAG.- Señor Presidente , no siempre nuestras decisiones, que invariablemente las tomamos pensando en el interés superior del país, le agradan a todo el mundo. A algunos, porque no las entienden; a otros, porque desconocen cuáles son nuestras facultades.

Esta tarde fue necesario desalojar las tribunas, donde había dirigentes gremiales. Y se profirieron desde allí muchas palabras soeces contra todos nosotros. Sin embargo, quienes así procedieron no saben que con las modificaciones que procuramos introducir estamos tratando de que el Estado reciba mayores ingresos por la vía tributaria. Porque con la normativa vigente no es posible alterar la tributación de las empresas del cobre. Y todo lo que estamos haciendo es establecer que, si les parece bien y adecuado para sus intereses, podrán acogerse a la iniciativa de ley que aprobaremos eventualmente.

¿Qué sacaríamos con eliminar todo y subir los impuestos? Sería letra muerta, pues ninguna de las empresas se acogería al nuevo sistema. ¿Por qué? Porque tienen la ley en sus manos.

El Senador Tuma preguntaba: ¿Vamos a dejarles amarradas las manos a los futuros legisladores?

¡Y qué tenemos nosotros hoy día! ¿No estamos con las manos atadas por el decreto ley N° 600, del año 74?

Yo no critico esa normativa, pues se justificaba plenamente. En las condiciones en que estábamos viviendo, ¿quién iba a venir a Chile para invertir grandes sumas?

¿Había aquí seguridad y estabilidad para las inversiones? ¡Existía grave incertidumbre! Por lo tanto, era indispensable ofrecerles un "turrón" a los inversionistas para que se interesaran en venir.

Esas condiciones, por supuesto, cambiaron. Se recuperó la democracia. Hemos ejercido el poder durante más de 20 años. Y Chile es hoy día un país creíble, serio y responsable.

Por eso, respetamos estas leyes, no como otras naciones, que pasan por encima, despiden a las personas y se apoderan de todos los bienes.

Ese es otro sistema. Nosotros nos encontramos en un régimen democrático, en el que se respetan la institucionalidad y la Constitución. Por tal motivo, tenemos que adecuarnos a la Carta Fundamental y buscar la manera, ante la necesidad grave y extrema que enfrenta nuestro país a raíz de un grave terremoto, de poder juntar fondos para la reconstrucción y de que estos se incrementen para favorecer a las diversas Regiones.

En ese trance, empezamos a ver cuál es la mejor alternativa. Y estimo adecuada la que hoy día se encontró, proporcional a las circunstancias que estamos viviendo. En efecto, se recibirían los recursos que el país necesita y los que requieren las Regiones.

Debo otorgar aquí un reconocimiento a los representantes de las zonas mineras. No se hallan presentes los Senadores señor Prokurica , quien seguramente está en Copiapó, y señora Allende , pero sí los Honorables señor Gómez , un gran impulsor del sistema, y señor Cantero . Este último y el Senador señor Prokurica votaron favorablemente la ley hace cinco años pensando en que se iban a asignar fondos especiales a las zonas mineras, lo que no ocurrió, y hoy, justamente a raíz de su buena disposición, diría, se logró que un tercio de los 400 millones de dólares sea destinado a ellas, que se encuentran asimismo incluidas en los dos tercios que se van a repartir.

Me alegro por mis Honorables colegas.

Fui uno de los que siempre se opusieron a la medida con el argumento de que los recursos debieran destinarse a las otras Regiones, donde existiría la mayor posibilidad de reemplazar el día de mañana los hoyos que van a quedar cuando saquen todo el cobre, sobre la base de que obtendríamos una nueva riqueza, evidentemente, en otras cosas que puedan ser renovables. Pero debo reconocer que esa riqueza proviene del territorio minero, donde hay necesidades, y es legítimo que se le dé a este un privilegio como el que nos ocupa.

Y felicito a esos señores Senadores. Por supuesto, van a contar con mi voto, porque mi espíritu siempre es de generosidad, de grandeza, no de envidia. Me alegro de lo bien que les irá a quienes han obtenido un provecho grandioso para las Regiones que representan. Otros sufren de lo que se llama "nostalgia del bien ajeno", de envidia. Por mi parte, no abrigo este último sentimiento: experimento alegría, porque se están llevando importantes beneficios a esas zonas.

Lo que se ha logrado aquí, señor Presidente , es llegar a cerca de 41 por ciento de tasa de tributación. ¡Eso es lo relevante!

¿Y cómo estamos en relación con otros países? La cifra mayor corresponde a Australia, con 42,3 por ciento. Ya se recordó que un Primer Ministro llegó a ofrecer 30 por ciento de impuesto específico. ¡Duró 24 horas! Lo sacaron en forma inmediata por la barbaridad en que incurría. Y quedó el porcentaje razonable que acabo de señalar, el mayor en el mundo. Detracito va a ir Chile.

Por eso, juzgo que el acuerdo es prudente.

Este último contempla la formación de una comisión de personalidades a fin de estudiar la derogación del decreto ley Nº 600 para todas las nuevas inversiones que puedan venir al país. Respecto de las ya acogidas a esa normativa, por supuesto que vamos a honrar nuestros compromisos, pero las futuras no tienen por qué sujetarse a garantías especiales de esa índole en circunstancias de que la mayor seguridad la proporcionan la estabilidad, la seriedad y la responsabilidad de nuestra nación -a la que representamos-, al aplicar una tributación que va a ser razonable, diría, dentro de la que registran todos los demás países.

Por eso, señor Presidente, voy a votar favorablemente el proyecto de ley.

En la oportunidad anterior me opuse y me pronuncié en contra. Y la mayoría también lo hizo, razón por la cual se llegó a esta nueva instancia. Estimo que se han mejorado ostensiblemente las condiciones de hace tres meses, en relación con las actuales.

Me alegro de ello, porque el Gobierno ha estado buscando acuerdos directos con la Concertación. Y lo he señalado en muchas oportunidades: nosotros gobernamos 20 años sin tener la mayoría, pero las inmensas transformaciones que llevamos a cabo fueron aprobadas casi por el cien por ciento de los parlamentarios, ya que teníamos la facultad de poder llegar a un entendimiento. O nosotros éramos buenos, o los de la Oposición nos comprendían en mayor medida. Eso es lo que creo que debe considerar también el Gobierno. Es preciso ceder para llegar a convenios adecuados y que lleven armonía, progreso y paz al país.

Gracias.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , lamento que al comienzo de la sesión hayan generado incidentes algunas personas que parece que concurrieron con el ánimo expreso de hacerse desalojar de las tribunas, ya que fue imposible entablar ningún tipo de diálogo que les permitiera conocer los argumentos de los Senadores de la Concertación y de la Alianza por Chile para respaldar el proyecto de acuerdo.

Naturalmente, tengo que asumir la responsabilidad de hallarme incluido entre quienes han sido criticados por concurrir al convenio.

Sucedió al revés en julio recién pasado, cuando ese objetivo no se logró.

En consecuencia, quisiera comenzar mi reflexión en esta oportunidad señalando que ni ayer fuimos villanos deleznables, como se intentó hacernos aparecer, ni ahora somos los salvadores de Chile.

Creo que lo ocurrido en estos meses es que se demostró perfectamente bien que el país se halla en condiciones de poder aprobar un impuesto específico a la minería que deje un margen de recursos considerablemente mayor que la propuesta original.

Debemos reconocer, naturalmente, que el Ejecutivo tuvo la capacidad de evolucionar en su punto de vista. Se encuentran presentes los Ministros señores Larraín y Larroulet , con quienes mantuvimos ásperas discrepancias, en julio, en relación con estas cuestiones. Y por qué no podríamos dejar establecido ahora, frente al país, que ellos, en su condición de representantes del Presidente de la República , quien tiene la facultad exclusiva de legislar en estas materias -me refiero a la iniciativa de ley-, concurrieron a un acuerdo en que su posición experimentó una transformación.

En efecto, la propuesta original, de un impuesto de 4 a 9 por ciento, con relación al margen operacional para el impuesto específico de las mineras, finalmente va a quedar, en virtud del convenio, conforme a la indicación aprobada por la Comisión de Hacienda y que esperamos que la Sala acoja en poco rato, en 5 a 14 por ciento, respecto del margen operacional de 35 a 85 por ciento. Dicho de otra manera, se registra un cambio.

Nosotros podríamos afirmar que se trata, desde nuestro punto de vista, de un impuesto específico real. Posiblemente, alguien opinará: "Pero no es el que tendría que ser el definitivo". El tiempo lo dirá.

En 2004, cuando ingresó el proyecto del royalty, parecía ser el definitivo. Hoy, todas las fuerzas políticas y el Ejecutivo concuerdan en que el aprobado y promulgado en 2005 no lo fue, sino que era perfectamente posible otro que contemplara un monto mayor.

Entiendo, por lo tanto, que se trata de la evolución del criterio existente en nuestra sociedad en cuanto a la capacidad de la gran industria minera de poder aportar a las arcas fiscales.

Nosotros no hubiéramos imaginado escuchar de nuestros interlocutores -ayer, en la Oposición; hoy, en el Gobierno- que concordábamos en que la carga tributaria global de la minería llegaría a cerca de 41 por ciento. En ello, hace poco tiempo, no convergían nuestras posiciones. Hoy día sí.

Es decir, el país considera que, desde el punto de vista de su estabilidad institucional, de la calidad de sus recursos naturales, del nivel de sus ingenieros, técnicos y trabajadores, se halla en condiciones de solicitar una carga tributaria de alrededor de dicho porcentaje, como impuesto global, en consonancia con los precios actuales.

Ayer no existía ese criterio. No se registraba unanimidad. De manera que han evolucionado -repito- nuestros puntos de vista.

Es cierto, nosotros entendíamos que, con la propuesta original, ocho años de invariabilidad eran completamente rechazables. Con la nueva escala del impuesto específico, de 5 a 14 por ciento, pierde por completo el peso lo referente a la invariabilidad, por cuanto esta será, a partir del año 2018, lo que se establezca acerca del nuevo impuesto, que concurrimos hoy a aprobar junto con las bancadas de Gobierno.

En consecuencia, todos hemos hecho un esfuerzo para que nuestros respectivos puntos de vista evolucionen y se arribe a lo que ninguna de las dos partes puede resolver por separado. Las bancadas de Gobierno no tienen mayoría en el Senado y, por lo tanto, con sus solos votos no se hallan en condiciones de aprobar nada. Y nosotros tampoco, porque, después de la quinta elección presidencial en democracia, el Jefe del Estado pertenece al sector que ayer constituía la Oposición y le corresponde la iniciativa exclusiva en materias de ley. Sin la firma del Primer Mandatario en los proyectos y las indicaciones que han mejorado el texto original, no podríamos despachar lo que nos interesa.

Así que entiendo que los dos interlocutores que nos sentamos en el Congreso Nacional desde hace ya 20 años de proceso democrático, del restablecimiento de la normalidad institucional, hemos ido evolucionando hasta poder llegar a una normativa que, naturalmente, tendrá sus críticos. Es lógico que haya personas que estén en desacuerdo.

Algunos van a exagerar esa discrepancia, con el propósito de conseguir algún objetivo mediático. Es así en la sociedad de hoy: el que no insulta no aparece en los medios. Y entonces se confunde, lamentablemente, el argumento con la injuria. Pero es preferible que exista libertad de prensa y que, sobre esa base, se registren, por desgracia, problemas sin resolver, propios de su ejercicio, a que ella no rija.

Puedo comprender a quienes exponen razonamientos poco sólidos, que no son de fondo, en realidad. Muchas veces revisten carácter corporativo: "¿Por qué el acuerdo se hizo en el Senado y no en la Cámara?". No me sorprenden esos puntos de vista. Son limitados. No apuntan a la cuestión fundamental. Y entiendo que se expresen de una manera virulenta y descalificatoria.

Nosotros no estamos acá en función de hacernos cargo de todas y cada una de las cosas que se dicen en el debate político de todos y cada uno de los días. Lo que debiera llevarnos a determinar nuestra posición en definitiva es la dirección del proceso de fondo, es el proyecto de ley, en cuanto tal.

En este sentido, quisiera decirles a los dirigentes sindicales que nos insultaron al comienzo de la sesión que, gracias a la iniciativa, el Estado obtendrá anualmente, desde el año 2018 en adelante, 500 millones de dólares más de tributación de parte de la gran minería del cobre, por encima de sus obligaciones normales, que son el impuesto a la renta y el impuesto por remesa de utilidades. Es decir, se recibirán 500 millones de dólares más por el efecto del impuesto específico a la minería. Eso es algo que el país no tiene hoy y que va a lograr a partir de la aprobación del proyecto.

Deseo hacerles presente, en consecuencia, que sus expresiones carecían de justificación y que, en realidad, detrás de esas descalificaciones se refleja una cierta obcecación por no ser capaces de comprender que el punto de vista de los diferentes actores del escenario político puede evolucionar. O sea, la idea de que el Gobierno, por ser de Derecha, se hallaba al margen de esta posibilidad respecto de la materia de que se trata era equivocada. Pudo llevar a cabo dicho proceso del mismo modo que nosotros.

Eso es lo que determina que existan ahora las condiciones para aprobar la ley en proyecto, que va a entregar más fondos para la reconstrucción y que desde el año 2018 en adelante permitirá que el Estado disponga de más recursos para cumplir con sus responsabilidades en pro del bien común.

He dicho.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , esta vez voy a coincidir con quien me antecedió en el uso de la palabra. Creo que hoy día estamos en presencia de un acuerdo que no podemos menos que valorar, porque me parece que ese logro ha sido lo normal, lo tradicional, lo que ha tipificado y caracterizado al Senado, y que, a ratos, por cuestiones de segundo orden, se olvida y se pierde.

Además, estimo que media una razón práctica de la cual nadie puede prescindir. Ya se decía: el Gobierno no cuenta hoy con mayoría en el Senado ni en el Congreso, pero sí con iniciativa. Y, por lo tanto, para poder avanzar en muchas materias, como la que nos ocupa, se requiere el concurso de las dos partes, porque lo contrario significa el juego de "suma cero", en donde nadie gana ni nadie pierde, aparentemente. Pero, en realidad, cuando es preciso tomar decisiones, pierden tanto la clase política, por su incapacidad de llegar a acuerdos, como el país, por no obtener una solución. Lo que la gente espera de nosotros es que le resolvamos los problemas, no que los agravemos por nuestras indefiniciones o nuestros intereses pequeños, los cuales, al final, se anteponen a los del bien de Chile. Por eso, juzgo que aquí existe algo positivo.

Y, además, el resultado es beneficioso, porque, como en todos los acuerdos o como ocurre en los negocios -para ser más gráfico-, no hay uno bueno si no reporta provecho para ambas partes. En efecto, las bancadas de Oposición han logrado un objetivo que querían: modificar la tabla; pero el Gobierno, a su vez, también ha conseguido algo muy importante, que es la invariabilidad, factor clave en un área en que las inversiones requieren estabilidad en el tiempo. Por lo tanto, cada uno ha ido avanzando en su propósito.

Sobre esa base, quisiera valorar, en primer término, que se haya llegado a una coincidencia por ser una señal de madurez política. Se une a otras que hemos venido desarrollando en el último tiempo. Y considero que ello contribuye a crear un clima que de tiempo en tiempo es necesario, ya que hace posible buscar espacios para lograr un acuerdo en materias importantes para Chile. No siempre lo lograremos; pero creo que lo que está ocurriendo hoy día, con todas sus dificultades, es una tremenda señal para el país.

En verdad, casi resultaba inexplicable no hacerlo. Porque la falta de un convenio habría significado que la minería no iba a aportar recursos para la reconstrucción. ¿Y alguien podría explicarme cómo justificar un hecho de esta naturaleza ante la población? En la Región que represento, afectada por el terremoto, no se habría podido.

No es posible que, contribuyendo todos, de una u otra forma, al financiamiento que se requiere, la minería, en momentos en que el precio del cobre está en sus más altos niveles históricos, no estuviera presente. ¿Y por qué hubiera ocurrido? Porque no habríamos tenido la generosidad ni la madurez para llegar a un entendimiento.

La presente señal de responsabilidad política, entonces, me parece especialmente positiva.

Y creo, además, que el acuerdo también es razonable. Tenemos que considerar con especial cuidado la minería. Hace pocos días se publicaron en varios medios de circulación nacional estudios sobre las proyecciones de esa actividad en el tiempo, y las correspondientes a inversión, desarrollo y productividad en otros países tienen que hacernos pensar en las condiciones en que estamos enfrentando este proceso. Es muy posible que Perú, por ejemplo, al ritmo que va, llegue a ser el primer productor de cobre en algunos años. Esa hipótesis se puede materializar si no hacemos bien nuestro trabajo.

Esta es una materia que no podemos dejar a un lado. Tenemos que mantener, por ser ello muy significativo para Chile, un nivel de inversión y productividad en la minería, y particularmente en el cobre, que nos conserve en el lugar actual, o sea, en la delantera. Lo anterior reviste no solamente importancia económica, sino también otras de carácter básico para poder potenciar asimismo nuestra presencia, nuestro desarrollo, en ese ámbito. Es algo que nos permite ir poniendo, en cierto sentido, las reglas del juego.

Es muy importante también ponderar que, en el área tributaria, no basta con resolver los problemas simplemente subiendo las tasas. Si así fuera, hace rato se habrían subsanado las dificultades económicas del mundo. Solo se necesitaría aumentarlas para obtener mayores ingresos. Pero es evidente que tal incremento no significa más retorno para el Estado. Varios estudios demuestran que, cuando las tasas se elevan hasta ciertos niveles, empieza a experimentarse un retorno negativo.

En consecuencia, resulta muy difícil encontrar el punto de equilibrio. Pero existe. Y la prudencia debe determinar cuál es el máximo equilibrio al que se puede llegar, a fin de obtener la mayor inversión posible en una actividad y, a la vez, el mayor retorno. Pienso que estamos cerca de eso con este proyecto.

Por ello, es muy importante no solo pensar en las tasas, sino también en la invariabilidad. Porque en esta materia la suma resulta extraordinariamente positiva. A la luz de los antecedentes conocidos, siempre se podrá estimar que se excedió en un sentido o en otro.

Al final del día, me parece que estamos frente a un acuerdo valioso por sí mismo, por el hecho de haberse alcanzado; pero, por su contenido, lo es más aún.

Por tanto, también me sumo a quienes, valorando el acuerdo, votarán de modo favorable lo que se ha logrado.

Y quiero ser muy explícito en mis felicitaciones a quienes participaron para alcanzarlo: al Gobierno, a través de los Ministros de Hacienda , de Minería y Secretario General de la Presidencia ; a los Senadores de la Concertación, aunque no sé con certeza quiénes lo firmaron -me parece que fueron los señores Escalona, Frei , Lagos y algunos otros-; a los Honorables señora Matthei y señor García , entre otros, por parte de la Alianza. No quiero excluir a nadie; al contrario. Si no mencioné a alguien, pido disculpas. Mi ánimo es agradecerles, pues hicieron un trabajo muy valioso para el país.

He dicho.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- ¡Sí, dejó fuera a algunos, pero no importa...!

Tiene la palabra el Honorable señor Frei.

El señor FREI (don Eduardo).- Señor Presidente , ya hemos escuchado diversas opiniones sobre la materia. Yo me quiero sumar obviamente al acuerdo, del cual fui parte. Y voy a votar a favor del proyecto.

Algunos me han preguntado en estos días: "¿Por qué cuando usted fue Presidente no hizo lo mismo?"; o bien, "¿Por qué ahora se concreta algo que no se pudo efectuar antes?". Resulta que en ese tiempo la libra de cobre estaba a 80 centavos de dólar y el país crecía al 7 por ciento. Por tanto, todas las cosas tienen su oportunidad, su momento. En 2005, en el Gobierno del Presidente Lagos, se abrió el debate. Fue difícil. En ese instante también el precio del cobre era bajo.

En consecuencia, acuerdos de esta naturaleza deben ser mirados considerando el estado de la situación tanto a nivel nacional como internacional.

Muchas veces se ha discutido sobre la seguridad jurídica y la realidad de los países de América Latina o de otras naciones adonde podría eventualmente ir el gran volumen de inversiones que habrá en la minería en los próximos años. Sin duda, si se analizan las vicisitudes de la política latinoamericana de anteayer, de ayer, de hoy y de mañana, siempre nos encontramos con sorpresas. En numerosas ocasiones nos hallamos al borde del populismo o de otras situaciones, lo que no genera la estabilidad necesaria para inversiones de largo plazo como las que estamos debatiendo.

Otro punto del que poco se habla -muy relevante para mí- se refiere a que en los países como el nuestro suelen haber diferencias entre las tasas que se cobran y lo que realmente se paga. Ello, porque se usan mil subterfugios -subsidios u otros- para proteger, de algún modo, la inversión extranjera.

Pero Chile es una nación seria. En general, se pagan los impuestos, y cuenta con una realidad jurídica respetada.

Por lo tanto, desde todo punto de vista, creo que este es un acuerdo importante.

Hay otros temas relacionados, respecto de los cuales a veces "los árboles no dejan ver el bosque".

El otro día hablábamos del problema energético. Con los actuales precios por energía y los que pagaremos en los próximos años, ¿se hace competitiva nuestra producción minera, agrícola o forestal?

Y el precio del dólar hoy día llegó a 475 pesos. Ya se lee una información que dice que principales empresas exportadoras miran a otras naciones para invertir, producto de la caída de la divisa.

Teniendo presente lo anterior, considero que nos hallamos en un punto de equilibrio importante.

Sin embargo, existen otros factores fundamentales a la hora de analizar el acuerdo logrado. Después de largos meses -casi seis- de discusión, se obtuvo un instrumento relevante y bueno para el país. Creo que es parte de una política. Podemos sustentar opiniones distintas y divergir, pero hay asuntos de Estado que debemos resolver, aunque muchas veces no se dé el espacio para lograr los consensos necesarios.

Por eso, desde toda perspectiva -ya se ha dicho-, esto crea un punto de inflexión en varios temas.

Primero, en la inversión regional. Ahí hay un aspecto central. Para Regiones mineras y no mineras, habrá un aporte sustancial que se incluirá en el Presupuesto de la Nación y no en la parte correspondiente al Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

En segundo lugar, me parece trascendente la revisión del decreto ley N° 600, después de 36 años de funcionamiento.

Chile tiene una red de acuerdos con más de 60 países. Firmó con más de 40 de ellos convenios para evitar la doble tributación y con otros tantos, acuerdos de promoción y protección recíproca de inversiones, lo que debería constituir el marco para comenzar a trabajar en un estatuto del decreto ley N° 600 que realmente brinde un horizonte no solo para la minería, sino para muchos sectores productivos que lo requieren.

Señor Presidente , la tabla propuesta es importante, porque significará un aporte muy sustancial para el país. Hay un sinnúmero de estudios sobre la materia y se han dado muchas cifras al respecto, pero es innegable que la contribución del sector será mucho mayor. Ahí radica el punto central. Existe una opinión generalizada acerca de que la tributación de la gran minería resultaba insuficiente en comparación a las utilidades obtenidas. Si lo analizamos a cinco años, a diez o al lapso que sea, las cifras siempre se podrán manejar en uno y otro sentido. Pero, evidentemente, el aporte era insuficiente.

Lo anterior se relaciona con la invariabilidad, respecto de lo cual no se ha explicado con claridad que hay que tener presente dos realidades distintas.

La primera, los futuros proyectos, que entrarán en ejecución con otra situación: nueva tabla y decreto ley N° 600 actualizado. Las condiciones de estos se fijarán en dicha normativa, al igual que la tabla definitiva, que corresponde a la realidad de los negocios que se hacen hoy día.

Y la segunda se refiere a las empresas con contratos leyes. Dado que no podemos legislar retroactivamente para ellas, hemos planteado una solución correcta: independiente del período de invariabilidad de seis años, las empresas, a partir de 2018, pagarán el impuesto específico en función de la nueva tabla.

Eso es lo relevante.

Habrá más fondos para el Estado; un nuevo contrato ley para las empresas (a través de un decreto ley N° 600 más acorde a la situación actual de Chile); recursos adicionales para las Regiones, y una tabla adecuada a la realidad de esas inversiones.

Por lo tanto, creo que aquí hemos dado un paso sustancial.

No cabe señalar en este momento -como varios han dicho- que estamos ante el mejor acuerdo del mundo. Otros sostienen que es lo peor y, de hecho, ya escuchamos los gritos en las tribunas. Convengamos que alcanzamos un importante equilibrio -ello hace fuerte a los países- entre la legislación, la tributación, la seguridad jurídica y lo que aportan al desarrollo los distintos sectores económicos. Tal objetivo se ha logrado bien en este acuerdo. Y fue lo que durante meses estuvimos conversando y dialogando.

Respecto a la formalidad, quiero ser bien preciso: todos estos acuerdos siempre se han logrado con el respaldo político necesario y la anuencia de los colegas Senadores, quienes, en este caso, nos dieron la representación para hacer las negociaciones. En este tipo de procesos, es imposible discutir cada punto con 20, 30, 40 ó 50 personas. Lo relevante era el mandato recibido, apoyado por los presidentes de las bancadas y de los partidos involucrados, para sellar un acuerdo, que me parece muy importante.

Con esto no cerramos el ciclo.

Reitero: debemos abordar lo relativo al precio del dólar, al costo energético y a otros aspectos; por ejemplo, lo referido a los niveles de refinación en la minería, elemento tantas veces mencionado. Ahí entramos a otro debate internacional: ¿Cuánta capacidad instalada de refinación tiene Chile versus la que poseen los países compradores de las materias primas?

O sea, hay otros temas en los que podemos avanzar, a fin de ir construyendo un sector tan trascendente para el país.

Señor Presidente , hoy a través de este proyecto estamos dando una señal potente: el Senado es capaz de lograr acuerdos cuando el interés nacional lo necesita.

Por lo anterior, me alegro de haber participado en este debate y en el acuerdo, que esperamos ratificar hoy por amplia mayoría en el Senado.

He dicho.

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El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En este momento, ha llegado a la Mesa una moción, presentada por los Senadores señores Gómez y Cantero, con la que inician un proyecto de ley que aumenta las penas por manejo en estado de ebriedad y bajo la influencia del alcohol (boletín No 7.266-07).

--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

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El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente , me sumo a lo señalado por la mayoría de los Senadores en el sentido de que, respecto de los grandes temas, deben existir grandes consensos. Y este sin duda constituye un asunto de Estado.

El Senado estuvo a la altura de la circunstancia al lograr un acuerdo de esta naturaleza. Porque, como mencionó el Senador señor Frei, pienso que se trata de un acuerdo equilibrado.

Y lo es por varias razones.

Uno debe mirar tales materias no en forma aislada, sino en perspectiva con lo que ocurre en el resto del planeta. Con los actuales precios que existen, en particular, en la minería, el mundo es mucho más competitivo. Por lo tanto, las tasas deben estar acordes con lo que sucede en las demás naciones para comenzar a desarrollar dicha actividad productiva.

En el caso que nos ocupa hay cambios fundamentales que, a mi juicio, marcan una diferencia con el impuesto específico que se aprobó en 2005. Y considero que en ese punto no se ha puesto el suficiente énfasis.

El Senador señor Frei manifestó que el aporte de la minería hoy es insuficiente. Ello se debe a que el impuesto específico actual consiste en una tarifa plana. Aquí radica, en mi concepto, el cambio cualitativo más importante del proyecto en análisis: a la larga, si aumentan los precios, sube la tasa y el aporte de la minería al país también. Es decir, se transforma a esta actividad en socia de Chile en función de los ciclos de los precios internacionales.

Ello marca una diferencia primordial, desde un punto de vista conceptual, respecto de lo que existía en materia de impuesto específico. Así, cuando los precios bajen, la tasa disminuirá. Con esto iremos adecuando nuestra realidad impositiva a los ciclos económicos. Pienso que tal medida es sana para cualquier actividad productiva.

Reitero: ese es el cambio de fondo más relevante que se plantea.

Dicho lo anterior, me quiero referir al tema minero en general. Porque aquí hay una historia.

Si se revisan los antecedentes de la Ley que establece un Impuesto Específico a la Actividad Minera, de 2005, se observará que el argumento que siempre se esgrimió apuntaba a que, frente a recursos no renovables, había que establecer un tributo de esta naturaleza para que las Regiones donde se desarrolla la minería pudieran impulsar actividades productivas alternativas. De las actas se recoge que ese fue el fundamento para aprobar el proyecto pertinente. En ello, seguramente, hicieron fe los Senadores señores Cantero y Prokurica para apoyar dicha iniciativa.

Sin embargo, eso, que se mencionó en el debate y que fue la justificación del proyecto, nunca ocurrió en la práctica, porque los fondos no llegaron a las Regiones mineras.

Aquí nos podíamos ver expuestos a lo mismo que pasó en la época del salitre en la Región de Tarapacá: al no generarse actividades económicas alternativas, la zona más próspera en ese tiempo se transformó en una de las más empobrecidas luego de que se creó el salitre sintético.

El presente proyecto marca un punto de inflexión muy importante en tal sentido. Porque, por primera vez, se reconocerá a nivel legal -nunca se incorporó en la normativa anterior- que parte de los nuevos recursos que se generen irán a las Regiones mineras. En efecto, en la ley se crea un Fondo para ello. Eso es lo que aprobaremos hoy. Por lo menos un tercio de tales recursos se destinará a tales Regiones.

Reitero: por primera vez, ello se consagra por ley.

Por su intermedio, señor Presidente, deseo felicitar a quienes participaron en el acuerdo, porque se reconoce en términos legislativos esta materia.

Me llamaron la atención las críticas hechas desde las tribunas, en circunstancias de que nunca antes en la historia se ha propuesto establecer en un cuerpo legal la preferencia por distribuir recursos a las Regiones, en particular a las mineras. En consecuencia, esto no será un simple compromiso -como ocurrió en 2005-, sujeto a la mera voluntad de las autoridades del Gobierno de turno, sino que quedará consagrado por ley.

El gran desafío que tendrán las Regiones, sobre todo las mineras, radicará en cómo invertirán tales recursos. Espero que no se usen, simplemente, como algunos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, para llevar adelante proyectos que no generen impacto, sino que en verdad cumplan su objetivo: crear actividades económicas alternativas para cuando no haya recursos de esta naturaleza.

Por lo expuesto, me parece que este constituye un gran acuerdo. Es flexible; se encuentra dentro de los niveles de las tasas impositivas mundiales; reconoce el rol de las Regiones mineras, y está acorde con los ciclos internacionales del precio del mineral.

He dicho.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente , ¿me permite plantear una cuestión de Reglamento?

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente , solicito que se fije una hora para la votación, en atención a que debemos constituir Subcomisiones de Presupuestos. Si no lo hacemos dentro de diez minutos, fracasarán las sesiones, lo cual retrasará todo el trabajo de discusión presupuestaria en dichos órganos técnicos.

Al mismo tiempo, de acogerse la petición que efectué, solicito autorización para que la Primera Subcomisión funcione paralelamente con la Sala.

Gracias, señor Presidente.

El señor SABAG.- Que se abra la votación.

La señora RINCÓN.- Sí.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Propongo a la Sala abrir la votación en forma inmediata...

El señor ESPINA.- Pero sin cambiar los tiempos de las intervenciones.

La señora RINCÓN.- Justamente.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).-... sin alterar los tiempos.

Eso sí, hago presente que el Orden del Día termina dentro de veinte minutos.

El señor ESPINA.- ¿Cuántos inscritos quedan?

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Diez.

El señor SABAG.- Que se haga una sola votación.

El señor LONGUEIRA.- No se alcanzará a votar hoy día.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Señor Senador , la iniciativa tiene urgencia de "discusión inmediata". Por lo tanto, debe votarse esta tarde.

El señor ESCALONA.- Pido la palabra.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- La tiene, Su Señoría.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , hay que precisar el procedimiento. Como el proyecto tiene urgencia calificada de "discusión inmediata", se debe votar hoy. En consecuencia, conviene saber cómo operará la votación general y luego la particular. ¡No vaya a ocurrir que para esta última nos quedemos sin quórum!

El señor LETELIER.- Eso va a pasar.

El señor FREI (don Eduardo).- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor FREI (don Eduardo).- ¿Por qué no fijamos una hora de votación mejor? Así las Comisiones trabajarán tranquilas. Podemos establecer que sea a las 18:30, a las 19 o a las 19:30. En ese instante volvemos a la Sala y votamos en general y en particular.

Es lo más fácil.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- ¿Habría acuerdo para fijar como hora de votación las 19?

El señor LONGUEIRA.- Mejor las 19:30.

El señor FREI (don Eduardo).- Sí. Por lo menos a esa hora, pues quedan varios inscritos.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Entonces, estableceremos como hora de votación las 19:30.

La señora ALVEAR.- Pido la palabra.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- La tiene, Su Señoría.

La señora ALVEAR.- Señor Presidente , el problema radica en la hora en que vamos a terminar. Porque nos asisten otros compromisos. Entre ellos, la Comisión de Ética debe funcionar a partir de las 18:30. Y varios Senadores tienen otras obligaciones.

Sería mejor abrir la votación ahora.

El señor LETELIER.- Es que existen indicaciones, señora Senadora.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Si fijamos como hora de votación las 19:30, en ese momento los Senadores terminan sus compromisos, vienen a la Sala y votamos. Y se acabó el problema.

El señor TUMA.- ¿Por qué no nos pronunciamos respecto de la indicación primero?

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- No se puede saltar el Reglamento.

El señor QUINTANA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente , ¿podría reducirse el tiempo de los discursos?

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Sí, es posible, Su Señoría. De haber acuerdo en la Sala, no habría dificultad.

El señor LONGUEIRA.- No doy mi acuerdo.

Que se mantengan los tiempos, señor Presidente.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Entonces, se votará en general la iniciativa a las 19:30.

Hago presente a los señores Senadores que, luego de votar en general, procede que nos pronunciemos en particular, con las indicaciones que eventualmente se presenten.

Si le parece a la Sala, se procederá en los términos indicados.

--Así se acuerda.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Patricio Walker.

El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente , todos los señores Senadores han destacado el hecho de que el Senado recuperase su capacidad para construir acuerdos. El Honorable señor García manifestó que esto constituye un activo del país. ¡Ojalá que lo mantengamos!

Cuando nosotros votamos en contra del anterior proyecto del Gobierno para aumentar el impuesto específico a la minería, algunos nos acusaron de ser una oposición obstruccionista, pequeña, y de querer sacar dividendos políticos cortoplacistas.

Y en verdad, señor Presidente , quedó demostrado que a veces el rechazo es constructivo. Lo vivimos en la discusión del proyecto que modificó la Ley Antiterrorista. Nos pronunciamos en contra de algunas modificaciones del Ejecutivo con la intención de que en la Comisión Mixta se buscara un buen acuerdo, al que finalmente se llegó y que fue apoyado -entiendo- casi por la unanimidad de los señores Senadores.

Cuando votamos en contra de la iniciativa legal que introducía modificaciones a la tributación minera, dijimos que queríamos discutir el punto en su mérito. Y algunos no nos creyeron, pues pensaban que queríamos dilatar su tramitación con dicho argumento. Sin embargo, señalamos que se trataba de un tema gordo, importante y que lo urgente no debía sacrificar lo importante. Y creo que, al final, el tiempo nos dio la razón.

También sostuvimos que las empresas de la gran minería del cobre podían hacer un aporte mucho mayor, habida consideración de las enormes utilidades que obtienen.

Es efectivo que la invariabilidad tributaria constituye una anomalía del sistema democrático. Cuando se dictó en 1974 el decreto ley Nº 600, sobre Estatuto de la Inversión Extranjera, había incertidumbre y falta de confianza en el inversionista foráneo respecto de las políticas fiscales y de inversión en nuestro país.

No obstante, hoy día nos hallamos en una situación normal.

Y sin perjuicio de que uno mantiene el anhelo de eliminar la invariabilidad tributaria en situaciones de normalidad democrática, ese deseo se diluye o, de alguna manera, se matiza debido a dos hechos significativos.

En primer lugar, la creación de una comisión encargada de discutir el Estatuto de Inversión Extranjera que requerirá el país hacia el futuro.

Y, en segundo término, el hecho de que el proyecto de ley en debate logra importantes objetivos: se rebaja de 8 a 6 años el período de invariabilidad tributaria; se aumenta de 5 a 14 por ciento el impuesto específico a la minería, y lo más relevante -tal como indicó el Senador señor Frei en cuanto a que hay muchas formas de buscar resquicios legales para evadir el impuesto específico-, se fija una tasa global en alrededor de 41 por ciento.

¿Y por qué eso reviste importancia, señor Presidente ? Porque Chile pasa a las ligas mayores entre aquellos países que se dedican a la gran minería del cobre, a través del establecimiento de uno de los impuestos más altos en esta actividad, lo cual ayuda a que exista un poquito más de justicia, un poquito más de equidad en la redistribución de los ingresos, de modo que aquellos que ganan más paguen más, con el objetivo de que los que tienen menos puedan obtener mayores beneficios.

Cabe recordar que esta plata se destinará a programas sociales de vivienda, salud, educación, especialmente en las Regiones. Por eso, el mecanismo a través del cual se distribuye un tercio de los recursos del Fondo de Inversión y Reconversión Regional a las Regiones mineras y dos tercios al resto de ellas me parece sumamente importante.

El impuesto establecido para la actividad minera se matiza porque es razonablemente alto. Y digo "razonablemente" porque tampoco puede ser un tributo irracional, desproporcionado. No olvidemos que, para acogerse a los beneficios de la invariabilidad, las empresas deben acceder voluntariamente a la nueva legislación.

En consecuencia, resulta sumamente relevante establecer impuestos altos pero no irracionales, desproporcionados o expropiatorios.

Señor Presidente, me alegro de que estemos resolviendo de mejor forma la disyuntiva que hubo sobre la materia entre Gobierno y Oposición en el Congreso Nacional, sobre todo en el Senado.

A veces, al Gobierno le surge el deseo de imponer sus términos; en ciertas ocasiones quienes somos Oposición nos tentamos con oponernos a todo. Sin embargo, estamos demostrando que nuestro sector político ha encontrado un tono adecuado. Hemos aprendido a ser una Oposición constructiva. Y me parece que el Gobierno ha recogido la enseñanza de que debe tratar de buscar acuerdos con contenido, que vayan en aras del bien común del país, sin transacas ni arreglines, los que, muchas veces, llevan a que algunos escriban que hemos pasado del "avanzar sin transar" al "transar sin parar". ¡No! ¡Acuerdos con contenidos con miras al bien común del país!

Por esas razones, me sentí muy contento del acuerdo logrado, señor Presidente.

Y quiero graficar la discusión teórica que hemos sostenido mediante una vivencia personal: el pasado fin de semana, mientras recorría la comuna de Melinka, entre el archipiélago de Las Guaitecas y Chiloé, durante una reunión que sostuve con varios habitantes del sector, un señor se paró, pidió la palabra y me dijo: "Felicite a los Senadores, a los partidos políticos de la Concertación y de la Alianza, por haberse puesto de acuerdo en el tema del royalty".

Traigo a colación esa experiencia que me tocó vivir el fin de semana porque el ciudadano común es mucho más sensato e inteligente de lo que nosotros creemos. A veces, los extremos y la polarización se producen en razón de las posturas de gente muy ideologizada y fanática que se complace en descalificar y no analizar las cosas en su mérito.

Por eso, con plena tranquilidad de conciencia, votaré a favor del proyecto en debate, sumándome a las felicitaciones expresadas a los integrantes de la Comisión de Hacienda de esta Corporación y al Ministro de Hacienda , don Felipe Larraín , por haber alcanzado este acuerdo tan importante para el país.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Cantero.

El señor GIRARDI.- Yo había pedido la palabra antes, señor Presidente.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Su Señoría, estoy concediendo el uso de la palabra en forma alternada a un representante de cada bloque político.

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.- Señor Presidente, en primer lugar, valoro el ambiente de gobernabilidad que se observa en el Senado.

El acuerdo alcanzado entre la Coalición por el Cambio y la Concertación, con su expresión tanto en el Ejecutivo como en el Parlamento, constituye una señal de contagiosa esperanza en el futuro del país, por cuanto la gobernabilidad que se proyecta tiene elementos significativos muy importantes y dignos de considerar.

Se logra gobernabilidad cuando hay estabilidad política, como la que aquí se ha alcanzado, y cuando todos están dispuestos a dar señales de flexibilidad.

Se logra gobernabilidad cuando se consigue equilibrio en materia económica -ese es el signo que vemos en este caso- y cuando se logra equidad en el plano social.

Sin duda, el proyecto de ley que nos ocupa es mejor que la iniciativa que discutimos hace algunos meses -¡qué duda cabe!-, lo cual es mérito de todos los sectores políticos.

Por eso, felicito a los actores que lograron generar este clima y espero que él sea contagioso para el resto del país, particularmente cuando Chile vive -y yo diría que también el resto del mundo- una etapa tan especial en el ámbito de la minería, mientras se vuelca con grandes expectativas y esperanzas de generar vida para aquellos mineros que se hallan atrapados en la mina San José .

Por otro lado, me parece que se hace justicia. El país está pagando una deuda con las Regiones mineras.

En su momento voté a favor del royalty -impuesto específico a la minería-, cuando presentó el proyecto la Concertación. Pero, hasta ahora, he mantenido una sensación de frustración, porque en realidad no se logró llevar ese beneficio a las Regiones mineras. El Estado quedó en deuda en esta área.

Por ese motivo, meses atrás anuncié que estaba dispuesto a rechazar el proyecto original enviado por el Gobierno, pues no hacía justicia a los elementos a que he hecho referencia.

Hoy siento que hemos logrado un acuerdo que beneficia al país en su conjunto y también hace justicia a las zonas mineras.

En ese sentido, quiero señalar que el impuesto específico a la minería -mal denominado "royalty"- no es un fondo de reconstrucción. Excepcionalmente, y dadas las circunstancias que vivimos, el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, que se crea, posee ese énfasis y la mitad de sus recursos cumplirán dicho propósito.

Tampoco en el origen de este Fondo se vislumbró como una compensación -para eso está el Fondo Nacional de Desarrollo Regional-, sino como un instrumento que busca dar sustentabilidad al desarrollo nacional; busca que la minería efectúe un aporte mayor a ese desarrollo, y, particularmente, busca hacer justicia a las zonas mineras que explotan recursos naturales no renovables. Porque cada vez que se saca una tonelada de cobre en mi Región, la de Antofagasta, esta se empobrece y el resto del país se beneficia.

Es de justicia, en consecuencia, que un porcentaje de tales recursos vaya en favor de las zonas mineras que aportan sus recursos naturales no renovables.

Ese es el sentido primario de la iniciativa.

Asimismo, estoy satisfecho por haberse fijado una escala impositiva muy importante, que varía entre 5 y 14 por ciento en su tasa permanente. Y en lo transitorio, la invariabilidad tributaria se ha reducido de 8 a 6 años, lo que me parece muy significativo.

En esa lógica de gobernabilidad, que propicia alcanzar estabilidad política, equilibrio económico y equidad social, se enmarca el propósito de modificar el decreto ley N° 600: mantener incentivos para atraer inversiones extranjeras, a fin de obtener mayores beneficios para el progreso del país y hacer justicia en la sustentabilidad del desarrollo de las Regiones mineras.

A mi juicio, la fijación de una tasa efectiva de tributación de entre 41 y 42 por ciento es una señal muy clara en la que todos los sectores políticos estamos contestes y constituye un avance de enorme relevancia. Tal situación no se registró cuando la Concertación presentó primitivamente el proyecto de royalty, ni con ocasión de la iniciativa que hace poco proponía aumentar el impuesto específico a la minería.

Estamos frente a un avance positivo. Hay flexibilidad en todos los sectores y se plantea ir logrando entendimientos y acuerdos en estas materias.

Además, se hace justicia al definir los criterios para distribuir los 400 millones de dólares del nuevo Fondo entre las Regiones y en especial en las mineras, a las que se les entregará el 30 por ciento de esos recursos, con un rendimiento de 100 millones de dólares anuales durante sus 4 años de vigencia.

Lo anterior reviste particular trascendencia. Y deseo destacarlo porque, aun cuando no se consigna en el texto, por razones que todos conocemos, el Acuerdo sobre Proyecto de Impuesto Específico a la Minería suscrito entre Senadores de la Concertación y de la Coalición por el Cambio y ratificado por el Gobierno, establece un criterio para la distribución de esos recursos. Al efecto, señala textualmente:

"La distribución del tercio de los recursos para regiones mineras que van al Fondo se establecerá en un reglamento elaborado por el Ministerio de Hacienda, tomando en consideración la participación de la actividad productiva minera del PIB regional, de manera similar a la asignación que se hace en el FIC" (Fondo de Innovación y Competitividad).

Por eso, considero que se ha hecho justicia; que se ha pagado una deuda. Nos costó conseguirlo. Y me alegro de haber trabajado en estrecha coordinación con el Senador Gómez, en representación de la Segunda Región, donde los reclamos eran efectivos y muy fuertes, en orden a que el aporte que las zonas mineras hacemos al desarrollo del país es mayúsculo; pero la compensación que se nos entrega, minúscula.

Me siento muy complacido por lo que se ha obtenido. Espero que, además, logremos incorporar en la legislación criterios que permitan una distribución intrarregional.

Ese es otro elemento al que se debe poner atención y respecto del cual existe un clamor muy fuerte en todo el territorio: equilibrio y equidad intrarregional en la distribución de los recursos indicados, de tal manera que las comunas de las zonas mineras perciban que tienen participación.

En el caso de la Región de Antofagasta, se llevaron a cabo fuertes movilizaciones, en las que incluso participaron alcaldes junto con sus comunidades, para reclamar de tal situación.

Es muy positivo que la sociedad civil se movilice por reivindicaciones que, en mi opinión, son del todo justas.

El proyecto recoge el punto.

Otro aspecto que vale la pena considerar es el de que las obras de que se trate representen un real adelanto. Debemos cautelar que en el reglamento se estipule que las obras a las cuales se destinen los recursos del Fondo constituyan hitos históricos que permitan dar respuesta al objetivo inicial que las inspiró: conceder sustentabilidad al desarrollo.

Para que eso ocurra, se precisa invertir sin sentido clientelista, sin el afán de efectuar obras menores de carácter, simplemente, político-electoral, sino en obras que en verdad impulsen la sustentabilidad a la que hemos hecho referencia.

En síntesis, me parece que estamos ante una iniciativa que ha logrado convocar la mejor disposición del país.

Termino reiterando mi complacencia por la voluntad, la madurez y el compromiso con los intereses superiores de la nación por parte de todos los sectores, que a través de gestos y gran flexibilidad lograron encontrar puntos de acuerdo.

Anuncio que votaré a favor del proyecto, señor Presidente.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente , la presente es una discusión sustantiva de sociedad. Y me parece legítimo sustentar puntos de vista distintos, porque ella involucra distintas culturas.

Creo que viene un debate a nivel planetario respecto a los recursos naturales y a cómo darles valor y protección.

Tal vez este análisis sea incipiente en Chile; pero estoy seguro de que los grandes países productores de recursos naturales y que cuentan con mayores niveles de desarrollo, de manera muy inmediata -yo diría- harán del asunto un debate planetario. De hecho, en las elecciones realizadas en Australia, fue una cuestión fundamental. Y, por lo demás, conlleva otra visión que tiene que ver con la carga tributaria que han de tener las naciones para enfrentar el desarrollo.

Entonces, se trata de un debate legítimo. Y, sin duda, históricamente ha habido dos visiones: una más cercana al mundo liberal, que considera que deben existir cargas tributarias más bajas, como las hoy vigentes en Chile, y otra que postula que las sociedades necesitan cargas tributarias más altas; un Estado de mayor tamaño; más inversión en educación, en salud, en ciencia, en tecnología, todo ello para garantizar un salto al desarrollo o la mantención del ya existente.

En ese contexto se sitúa esta discusión.

Soy de los que piensan que, efectivamente, nosotros no le estamos dando valor a los recursos naturales, primero, porque lo que estos tributan, en general, siempre ha sido bajísimo, y, segundo, porque los vendemos sin un valor agregado.

Nuestro país exporta cobre sin ni siquiera un centímetro de alambre con valor agregado. Y exportamos nuestros recursos marinos -por ejemplo las especies pesqueras- que son un recurso valiosísimo en el mundo entero, como harina de pescado.

Eso significa dilapidar los recursos naturales y no contribuir a su debida rentabilidad en beneficio del desarrollo nacional.

Chile es dueño del cobre. Y podríamos plantear, en términos metafóricos, que queremos construir una sociedad con quienes desean explotar el metal. Nosotros aportamos el recurso, y las empresas mineras, la extracción. Pero yo diría que esa sería una relación bastante desigual, una sociedad muy disímil, porque una parte de los socios logra utilidades millonarias, y la otra, ganancias que están muy por debajo de las que repatrian las transnacionales.

Además, tenemos que soportar el consumo intensivo de energía, de agua. Y nos están llenando de termoeléctricas a carbón justamente porque los mayores usuarios intensivos de energía son las mineras. También quedamos con grandes hoyos, llenos de metales pesados, de xantato, que son elementos que dañan nuestros ecosistemas por largo tiempo.

Entonces, se presenta la propuesta de Gobierno. Yo valoro que este se haya abierto a iniciar un debate sobre la tributación relacionada con la explotación de recursos naturales. Evidentemente, podría no haberse allanado a realizar una discusión respecto de un aumento de impuestos. Pero este es un tema más de fondo, más sustantivo, y creo que amerita una reflexión.

A mi juicio, la propuesta original del Ejecutivo era totalmente insuficiente desde el punto de vista de la magnitud de la carga tributaria en función del valor que nosotros les queremos dar a nuestros recursos naturales y del período de invariabilidad que estábamos dispuestos a aceptar. Me parecía que eso era condenar a Chile a no hacer uso de sus recursos ni de su renta para dar un salto adelante.

En ese sentido, valoro lo que concordaron algunos Senadores de la Concertación, que dieron un salto adelante. Ellos lograron un avance en términos de disminuir la invariabilidad, de aumentar la carga tributaria y de poner en discusión algo que, sin la necesidad de recurrir a una excusa como la del royalty, debiéramos pensar en eliminar como sociedad.

Pienso que Chile no necesita el decreto ley 600. Este hoy día se ha transformado en un problema para el desarrollo del país y no en una oportunidad. Además, es discriminatorio para unos respecto de otros.

Por lo tanto, estimo que ese es un tema central que se debe debatir.

Aquí se han planteado las bondades de una Oposición que llega a acuerdos. Yo coincido con eso. Estimo que debe hacerlo. De hecho, creo que ha llegado a acuerdo con el Gobierno en todas las materias. En este momento no se me viene a la memoria ninguna en que ello no haya ocurrido en el debate legislativo. Y eso me parece muy bueno. Pero también considero que las diferencias no les hacen mal a las sociedades ni a los proyectos de sociedad.

Y yo siento que ahora existía la oportunidad de plantear un punto de vista distinto entre nosotros, así como visiones más liberales acerca de la forma en que podemos dar un salto al desarrollo que nos permita avanzar más rápido.

Estoy convencido de que aquí hay diferencias que hubieran hecho posible mostrarle al país que Oposición y Gobierno no son lo mismo. Lamentablemente, hay una crisis de desidentidad en todo el orbe, incluido Chile. Y creo que el mundo progresista tiene que repensarse en el sentido de ver qué significa de verdad ser progresista o de centro-izquierda frente a los distintos desafíos que plantea el futuro, entre ellos este, fuera de los vinculados con el recurso agua, la biotecnología y muchos otros que se vienen por delante y que, a mi juicio, ameritan una reflexión más profunda.

A mí me preocupa que la propuesta a que se ha llegado sea una propuesta virtual. Nosotros no vamos a tener una tributación que vaya del 5 al 14 por ciento. El 14 por ciento va a ser excepcionalísimo, casi no se aplicará, porque para llegar a ese porcentaje se necesita un margen operacional de 85 por ciento, nivel que no se ha dado. De hecho, el promedio de La Escondida, que es la empresa del rubro con mayores utilidades, ha sido de entre 60 y 65 por ciento. Estamos hablando de una tributación que fluctuará entre 6 y 10 por ciento. Eso es lo real con el precio del cobre actual.

A mí me parece que este es un inmenso y gran negocio para las mineras, que deben estar muy contentas, porque rápidamente sacarán sus cálculos y se darán cuenta de que el 14 por ciento será una situación de absoluta excepcionalidad.

Evidentemente, nosotros podríamos habernos esforzado por conseguir una carga tributaria mayor.

En términos conceptuales, dado que el tema de los recursos naturales será un debate a nivel planetario que llegará a nuestro país de todas maneras -con seguridad, habrá otra conciencia en la sociedad chilena en cinco años más-, me preocupa también que se hipoteque la posibilidad de aumentar los impuestos a la minería por tres gobiernos consecutivos, plazo que me parece del todo excesivo.

Aquí estamos hablando de empresas que tienen mucho poder.

Al respecto, no puedo dejar de mencionar el caso del ex primer ministro australiano Kevin Rudd , quien duró dos meses en su puesto desde el momento en que planteó un incremento tributario de 40 por ciento a las empresas mineras a partir de un margen operacional de 12 por ciento. ¡Dos meses! Sin embargo, los impuestos que tendrían que pagar allí las empresas de ese país que operan en Chile serían muy superiores a los que van a pagar, en términos reales, en nuestro territorio.

Eso debería llamarnos a reflexión y a generar un debate que de ningún modo concluye ahora y que formará parte de un proceso episódico donde la discusión sobre la tributación por la explotación de recursos naturales se volverá a abrir. Estoy seguro de que será uno de los temas emblemáticos en la próxima elección presidencial y en las que vendrán más adelante.

Y, de cualquier manera y más allá del debate de esta normativa, considero muy importante que Chile analice a fondo la posibilidad de poner fin al decreto ley N° 600, tal y como se encuentra establecido en la actualidad.

Señor Presidente, anuncio que no apoyaré con mi voto la iniciativa legal en estudio.

Espero que a futuro la sociedad chilena y el Congreso mantengan abierta la discusión respecto de materias tan fundamentales como esta. Me parece que la invariabilidad tributaria, en la forma en que se halla planteada, más allá de los avances que ha habido o del debate relacionado con las cargas tributarias, es un elemento lesivo.

Por último, considero que una sociedad entre Chile, dueño del cobre, y quienes explotan el mineral debe ser más equitativa, más simétrica, con una tasa de tributación efectiva cercana al 50 por ciento, de la cual todavía estamos muy lejos.

He dicho.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.

El señor LONGUEIRA.- Señor Presidente, me alegro sinceramente de que el Senado se encuentre despachando este proyecto de ley.

Creo que si algo positivo nos heredó el terremoto fue el generar esta discusión, porque, si no hubiese ocurrido ese hecho de la naturaleza, seguiría vigente la normativa actual. Y quiero recordarlo para poder valorar el acuerdo a que llegaron algunos Senadores y el Gobierno.

¿Qué tenemos hoy día?

Según la legislación en vigor, hasta el año 2017 regiría el 4 por ciento de impuesto específico para todos aquellos proyectos mineros acogidos a un artículo transitorio contenido en el cuerpo legal que aprobamos en su oportunidad. Pero lo que la ley establece en forma permanente es una tasa de 5 por ciento. Y lo señalo por cuanto muchos de los que yo oigo hablar del asunto no la dominan en toda su magnitud.

Hay quienes creen que la invariabilidad termina el año 2017. Sin embargo, ella finaliza el 2037. ¿Por qué? Porque hasta el 2017 cualquier proyecto minero que ingrese a través del decreto ley 600 tiene 5 años para ponerse en marcha y luego, a contar de ese momento, 15 años de invariabilidad. Podría ser un proyecto presentado el 2017, o el 2016, o el 2015.

Aclaro eso porque aquí he escuchado conceptos que no tienen nada que ver con lo que es la invariabilidad. Esta es una certeza jurídica que otorga el Estado chileno por un cierto plazo, en este caso por 15 años, a partir de la presentación del respectivo proyecto.

Eso es lo que tenemos hoy, y por eso a mí me sorprende de algunos, no que consideren insuficiente la propuesta o tengan otras visiones, sino que voten en contra de una iniciativa que permitirá cambiar la realidad actual por algo que es mejor para el país en materia de recaudación.

Entiendo que algunos quisieran que fuera más, que fuera de otra forma, y está bien. Pero aquí tenemos que poner en su justa dimensión lo siguiente.

Tal como dijo el Senador Eduardo Frei , en su Gobierno pasaron años sin que la libra de cobre llegara al dólar, por lo que plantear en ese minuto un impuesto específico parecía insensato, juicio que, por cierto, todos compartimos.

Después, tuvimos una larga discusión cuando se instauró el actual impuesto. En ese minuto se habló de precios en el largo plazo en torno a 2 dólares la libra de cobre y se estableció una tasa de 5 por ciento. Y para aquellos con proyectos iniciados o por iniciarse y que voluntariamente se sumaran al pago de este gravamen se fijó, hasta 2017, una de 4 por ciento.

Y hoy estamos efectuando un debate que yo valoro a la luz del tiempo transcurrido, donde se estima que estamos en un ciclo del precio del cobre -cuya duración desconocemos- en que la renta obtenida debe ser compartida.

Por eso, el Ejecutivo propone modificar los porcentajes de 4 y 5 a otros contenidos en una tabla que va del 4 al 9 por ciento, para aquellos que en forma voluntaria deseen acogerse al nuevo sistema, y del 5 al 14 por ciento, para los proyectos que ingresen a partir de hoy.

En verdad, votaré con el mayor de los agrados a favor de un acuerdo de esta envergadura, porque muestra la capacidad de un país de cambiar en la medida en que lo hacen los tiempos y de captar mayores recursos desde un sector muy importante. Porque digamos las cosas como son: este mundo está lleno de gente muerta de hambre bajo gobiernos progresistas que viven encima de grandes riquezas naturales. Las mayores reservas de cobre del planeta se encuentran en África, con leyes del 5 por ciento, pero finalmente, por inestabilidades políticas o distintas causas, terminan no explotándose. Y es donde existe más miseria.

Otro caso es el de Bolivia. Hoy es un país importador de gas, en circunstancias de que posee las mayores reservas mundiales de este combustible.

Entonces, creo que la clase política chilena, y el Senado y el Gobierno en particular, están dando hoy un gran paso.

Y yo estoy muy lejos de dar una sensación como de explicación, porque pareciera que algunos se las dan a los más progresistas.

Nosotros tenemos que darles explicaciones a los que no querían hacer cambios. Porque en nuestro propio sector nos decían: "¡Cómo un Gobierno de Derecha va a plantear un aumento! ¡Para qué tocamos esto!".

Pero todos, de alguna forma, tenemos que liderar a nuestros mundos. Y lo que ha ocurrido en nuestro país es un proceso de liderazgo extraordinario, que está concluyendo en un gran acuerdo nacional que nos va a permitir destinar recursos para las Regiones y para las zonas mineras.

Hay que reconocer, por otro lado, que este buen ciclo económico del cobre está trayendo problemas a las zonas agrícolas, fruto del tipo de cambio. Por lo tanto, también debiéramos contemplar algún sistema para que, cuando se produzcan estos ciclos, los sectores productivos que dependen del tipo de cambio y que en la actualidad se hallan muy afectados puedan enfrentar sus dificultades.

Pero este es un gran acuerdo político, y así lo quiero destacar, sumándome a las felicitaciones a todos quienes han sido parte de esta larga historia, que comenzó con otro proyecto de ley que finalmente no se aprobó.

Me alegra -y también quiero dejarlo establecido- que el Gobierno haya insistido en plantear de nuevo el tema, porque gracias a ello hoy se habla de 40 mil a 50 mil millones de dólares en proyectos mineros, los cuales, del porcentaje fijo de 5 por ciento que existe hoy, pasarán a tener una tasa cuyo piso estará constituido por dicho porcentaje, lo que permitirá recaudar, como aquí se ha señalado, relevantes sumas para enfrentar el problema de la pobreza.

Por consiguiente, creo que se trata de un acuerdo, usando un lenguaje que no es propio de nuestro mundo, "muy progresista". ¡Así de simple!

A lo mejor esto motiva a algunos a modificar su voto -ojalá-, pues la verdad es que muchos progresistas, en aras de su visión, tienen condenados a sus pueblos al hambre, pese a encontrarse sentados arriba de importantes recursos naturales.

Con la tabla propuesta, esta tarde llegamos a un 41 por ciento de tributación para la gran minería. Aquí todos hablan de las cuantiosas utilidades que se llevan las empresas. Yo digo: ¡Fantástico que así sea, para que dejen el 41 por ciento de ellas! Porque cuando obtengan más ganancias -que no son tan altas como algunos dicen, aunque, por mí, que fueran mayores todavía- nos estarán dejando una proporción significativa de dinero para programas sociales.

Por lo tanto, señor Presidente , quiero destacar el acuerdo a que se ha llegado porque, gracias a la defensa que hizo el Gobierno de algo que no le es propio -no estaba en nuestro programa ni en el de nadie el tener que recurrir a esta nueva forma de recaudación-, hemos logrado modernizar el impuesto específico a la minería, aprovechando y captando estos ciclos positivos que, por fortuna, existen y que esperamos duren el mayor tiempo posible.

También deseo destacar el concurso de Senadores y dirigentes de la Concertación que permitieron perfeccionar el proyecto.

Creo que hoy podemos afirmar, con auténtico orgullo, que estamos alcanzando un gran acuerdo para Chile, pensando en el bien común y en cómo aprovechar este recurso que Dios nos dio. Porque no es que lo tengamos ahí, a la espera. Por eso, seré partidario de cobrarles mucho más royalty a las mineras cuando podamos decirles: "Ahí está el cobre, ahí está la mina, y les regalo esto". Resulta que para descubrir yacimientos se deben realizar enormes inversiones -estoy hablando de cifras muy significativas-, y para que ello sea posible hay que entregar estabilidad.

Por lo tanto, señor Presidente, creo que desde todo punto de vista este es un gran acuerdo.

Y, al terminar mis palabras, quiero volver a felicitar a quienes se atrevieron, porque he sabido -basta escuchar a algunos- que estuvieron hablándole a la gente más difícil de cambiar: la que se halla más cerca de los líderes políticos.

En general, lo que cuesta es lograr acuerdos, ceder y tener que dar explicaciones en el propio mundo. A lo mejor todos hemos debido darlas: algunos de ustedes, en el mundo de la Concertación, y nosotros, en el nuestro, donde hay personas que prefieren no aumentar impuestos y no aprovechar estos ciclos económicos positivos.

Por cierto, voy a votar a favor del proyecto con el mayor de los agrados, pues considero que este es uno de los grandes acuerdos que se han logrado en esta Corporación, y felicito por ello también al Gobierno.

He dicho.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, hoy votamos un proyecto de ley relacionado con los recursos financieros que las mineras entregan y deberán entregar en el futuro por concepto de royalty.

Se trata de un tema de altísima importancia para el país. De hecho, en la segunda mitad del siglo pasado las materias económicas y nuestras principales políticas públicas estuvieron centradas en la forma de enfrentar la propiedad y la tributación del cobre.

No hubo ningún debate presidencial que no apuntara a la denominada "viga maestra de Chile".

Mi vida parlamentaria, señor Presidente -y excúsenme que me refiera tan explícitamente a lo que me ha tocado vivir-, ha sido clara desde siempre: desde la década de los cincuenta, cuando empieza el "Nuevo Trato" entre el país y las mineras y el debate en torno a si la propiedad era del primero o de las segundas. Desde entonces que se está discutiendo lo que nosotros consideramos una base razonable, es decir, la constitución de una sociedad entre el Estado de Chile, que aporta el cobre, y las empresas mineras, que aportan las inversiones. Era una sociedad que podríamos llamar "mitad y mitad", donde se ponían determinados techos y donde lo que se ganara se podía repartir hacia otras visiones presupuestarias o de carácter impositivo; por lo tanto, para el país.

Lo señalo, señor Presidente , porque mi voto va a ser negativo. Y por eso debo explicar que desde esa época estoy en la misma posición, con distintas variables en cada oportunidad, pero manteniendo una línea que no considero razonable cambiar ahora de manera abrupta votando a favor del presente proyecto.

Me ha tocado participar en el debate acerca de esta materia desde que era Diputado .

Si quisiera dar cuenta de por qué tengo una sensación tan vital de que debo votar que no, habría que señalar que no es fácil cambiar el voto después de haber estado detenido más de nueve o diez veces, en forma muy dura en algunas ocasiones, por defender la tesis de la chilenidad del cobre, de la propiedad del país, tema que a veces se pierde en la discusión habida aquí y que a la opinión pública no siempre le queda claro.

Alguien usó la expresión "el royalty no deja ver el cobre". Es verdad. En determinados momentos, al parecer, se olvida que la discusión no es con las empresas. En el fondo, ella se suscita sobre la propiedad y la forma como se hace esa sociedad respecto de un mineral que pertenece a todos los chilenos.

Por eso, he expresado públicamente a mis Honorables colegas -con pleno respeto a las normas de funcionamiento interno de la bancada de Senadores, lo que también ha sido materia de debate- que no comparto el acuerdo a que se ha llegado con relación a la invariabilidad tributaria.

Asimismo, he señalado que no tengo objeciones en cuanto a otros aspectos.

Lo cierto es que no se pudo llegar a acuerdo en este sentido.

Este asunto -reitero- lo he planteado en forma pública desde hace dos meses o más a mis colegas, de acuerdo con mi obligación de Senador democratacristiano. Ello nace de una convicción, a mi juicio, invariable de lo que yo sostengo como política del cobre.

Quiero, asimismo, dar a conocer públicamente que agradezco la forma en que mi bancada ha aceptado mi posición, porque cumplí justamente con el compromiso protocolar existente entre nosotros. Y deseo agregar, de manera muy enfática, que más allá de que yo tenga una posición diferente, respeto lo que ellos han hecho.

Alguien se preguntará: "¿A qué viene esa insistencia?". No tiene otro objeto que respaldar lo que hacen mis Honorables colegas. Porque en el Senado se debe procurar ser capaz de respetar la disciplina por consenso y el derecho a la libertad de votación cuando empecen algo que es demasiado importante para uno.

Por eso, no voy a responder ni a hablar ni a argumentar más sobre esta materia, como una reafirmación de mi respeto y comprensión al acuerdo que hemos llegado con los jefes de Comité, en orden a no dar respuesta a ninguna de las aseveraciones, aunque piense distinto y tenga los argumentos necesarios. Es un acto de recíproca sinceridad y respeto.

En cuanto a lo manifestado por los Comités de mi Partido sobre la materia que nos ocupa, yo expresé que no iba a dar mi consentimiento. Y ellos han aceptado que vote en contra. Pero también yo tengo la obligación de ser respetuoso del orden y la forma en que han actuado. Conforme a sus respectivas visiones, lo han hecho de una manera que me parece extraordinariamente positiva.

No obstante, vuelvo a señalar que el tema en debate es opinable. Aquí no hay verdades absolutas. No existe la sensación de que quien trabaja por una posición u otra es más o menos patriota que el otro.

Lo digo con mucha sinceridad y fuerza, porque cuando uno tiene cincuenta años en torno a un tema y...

El señor LARRAÍN .- ¡De edad!

El señor RUIZ-ESQUIDE .- ¡Claro! El Senador señor Larraín va a ser un gran viejo cuando llegue a mi edad.

En verdad, hay cuestiones que a uno le duelen el alma y que son como parte de la propia vida. En materia del cobre, no fundamentaré mi voto de ninguna otra manera. Simplemente, votaré que no.

El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, el origen del debate que realizamos hoy fue el terremoto.

Se supone que el Ejecutivo envió un proyecto de ley para enfrentar el proceso de reconstrucción. Se dijo que los daños en el país ascendían a cerca de 30 mil millones de dólares; que el sector público debía hacerse cargo de parte de esos recursos, y la verdad es que hasta hoy no está claro de dónde provendrá el conjunto de tales fondos.

Se dictó una primera ley, que va a rendir una cantidad de dinero por definir, pero que no supera los 2.400 millones de dólares, siempre y cuando la Ley de Donaciones resulte tremendamente exitosa.

Otro de los componentes era la iniciativa sobre impuesto específico a la minería.

Nosotros no queríamos discutir el tema del mal llamado royalty sin tener una mirada de largo plazo. Por eso, pedimos un debate separado.

Lamento que no esté en la Sala el Senador señor Longueira quien nos denostó -yo diría- y usó tonos hasta insolentes en la discusión anterior, debido a que solicitamos tener un debate de más largo alcance. Hoy ha cambiado de tono, lo cual es positivo.

Es decir, se reconoció que era importante un debate sobre la reconstrucción -los recursos destinados a ella- y también uno de más largo plazo.

A mí no me gusta la estructura tributaria de la gran minería en Chile. Me molesta. Considero que es inadecuada e insatisfactoria.

Sí creo que nuestro país debería llevar a cabo un debate tributario mayor, en serio. Y, en ese contexto, efectuarlo respecto de la estructura tributaria de los recursos naturales, pues estos -no solo los relacionados con la minería, sino también con varios otros rubros- van a jugar un papel estratégico en el mundo.

¿Por qué los recursos naturales en particular? Porque la explotación de estos, que están siendo consumidos en especial por el sudeste asiático, por los chinos y por los indios, va a generar una externalidad brutal para países como el nuestro. Es decir, sobre esta materia se precisa una discusión mayor. Lamento que no la estemos realizando.

Es muy cierto lo que señalaba el Senador señor Girardi . Cuando se habla de explotación minera, se hace alusión a la energía, a las emisiones, al efecto invernadero. Este último, en verdad, se nos está traspasando a nuestro país como generador, para que otros puedan consumir estos recursos en la forma y el ritmo en que lo están haciendo.

Hay un debate pendiente.

Personalmente, soy de aquellos que se inscriben en la discusión acerca de la renacionalización de los recursos naturales, sobre los royalties efectivos, al valor o al volumen de extracción.

Por desgracia, no es eso lo que debatimos hoy. No es el tema en cuestión. No se está discutiendo lo que a mí me habría gustado o lo que quizás los dirigentes mineros -quienes se hallaban presentes en las tribunas- hubieran querido. Hoy estamos debatiendo otra cosa.

A mí me gustaría que estuviéramos eliminando el artículo 11 ter del decreto ley Nº 600, de 1974, porque nos ahorraríamos probablemente la mitad de las incertidumbres existentes hoy respecto de los aportes a la gran minería del cobre en los próximos años. Ello, con el objeto de no llegar a esa propuesta casi dantesca que a ciertos colegas les gusta, o que señalaba el Senador Longueira, quien habló de invariabilidad tributaria hasta el año 2030 o más. Eso precisamente es lo que algunos queremos terminar.

No se está discutiendo ni votando la estructura global del impuesto específico a la minería, tampoco la forma como se calcula sobre costos operacionales, donde nuestro país, a raíz de la depreciación acelerada que hoy rige, rara vez llega al nivel de tributación que correspondería pagar en términos reales en esta gran industria, sobre todo cuando en los primeros años se explotaba el filete, lo más rentable del cobre, en que precisamente se descuentan a un mayor ritmo las inversiones en capitales.

Es decir, este no es el debate que yo hubiera deseado, sino uno distinto, que habla de un cambio de tabla, aun cuando no cabe duda de que la actual es mejor que la propuesta originalmente por el Gobierno.

Por eso, es válido lo que hicimos como Concertación para llegar a esta etapa, porque el aporte es mayor para el país. Pero debo decir que tengo dudas. Y me gustaría que el señor Ministro me convenciera o despejara algunas de las que se me plantean.

Se dice que estas platas son para la reconstrucción. ¡Primera falacia! Se trata de 1.100 millones de dólares a los que se les descuentan entre 300 y 400 millones de dólares para repartir en las Regiones. ¡No para la reconstrucción!

No hay ninguna garantía de que esos recursos serán destinados a la reconstrucción. La única forma de garantizarlo es que en el proyecto de Ley de Presupuestos, que se está discutiendo, se contemplen programas con presupuestos específicos para la reconstrucción. De ese modo, uno podrá ver que existe un paralelo entre las platas que se dice que son para la reconstrucción y lo que efectivamente va a ocurrir con ellas.

Hoy, los dineros que estaban destinados a la reconstrucción se reparten en Regiones.

Les ofrezco disculpas. No quiero ofender con mis palabras. Yo represento a una zona minera y estoy contento de que se les asignen recursos, pero no de esta forma. Porque esto se inició como una dádiva, como dar "una caluga" para buscar votos en su momento, y no como un debate para la reconstrucción. Se hizo tratando de convencer para una votación.

Segunda duda: ¿Cuáles son los proyectos que entran y los que no entran? ¿Qué son los proyectos mineros conexos? ¿Qué son las inversiones conexas?

Se supone que todo el proyecto nuevo, es decir, que se presenta desde septiembre del presente año hacia delante, entra con la tabla más alta. ¿Cómo se va a precisar cuáles son los proyectos nuevos versus los proyectos conexos?

En el momento en que se firma un contrato con el Estado, ¿qué pasa con las empresas que ya existen?

A mi entender, ahí subsiste un espacio, un grado de incertidumbre para el interés nacional.

Lo que hay resulta evidente, pero pienso en los nuevos proyectos. Porque aquí, tal como señaló un colega, se dice que habrá inversiones del orden de los 40 a 50 mil millones de dólares. Y las preguntas que surgen son: ¿en qué condiciones van a tributar? ¿En qué esquema? ¿Hasta cuándo?

Perfectamente se podría no hacer uso del artículo 11 ter y no dar invariabilidad a largo plazo para alguna de estas nuevas inversiones. Pero en este punto no he escuchado la voluntad del Ejecutivo.

Yo valoro este acuerdo que va a establecer un mecanismo para revisar el decreto ley N° 600. Se dieron 60 a 90 días para emitir un informe. Espero que a partir de esa fecha podamos definir el fin de la invariabilidad para los nuevos proyectos y una estructura tributaria con la que el país adquiera un compromiso, es decir, entre nosotros, pero no a partir del decreto ley N° 600 que presenta carencias de legitimidad democrática desde todos los puntos de vista posibles.

Señor Presidente, entiendo que aquí se habla de 41 por ciento de carga tributaria. Me gustaría que ella fuera efectiva. No creo que lo vaya a ser.

Aquí hay un problema sobre cómo se extraen los recursos y cómo se calculan los tributos de acuerdo con las normas, porque 35 por ciento del impuesto global depende de si se remiten o no se retiran utilidades.

Entiendo que el Gobierno de la Presidenta Bachelet cerró una válvula muy importante respecto de los abusos que se cometían para triangular créditos. Mi duda apunta a saber si vamos a llegar a esta tasa.

Tengo incertidumbre acerca de cómo se va a seguir calculando, en particular el concepto que nos permita llegar a una tabla efectiva. Comprendo que el promedio será de 7 a 8 por ciento. Eso es lo que estamos votando en términos reales.

¿Es más de lo que había? Sí. Pero no creo que sea todo lo que la gran minería pueda aportar.

Una última consulta.

Los recursos van a ser destinados a las Regiones. Sin embargo, yo quedaría más convencido con esta iniciativa si estos se entregaran a las comunas mineras, no a las Regiones mineras.

A mi juicio, ahí hay una cuestión de fondo, porque estos dineros deben ir a las comunas mineras.

Al respecto, hay una indicación y espero que el Ejecutivo la patrocine, porque eso demostraría compromiso y comprensión del debate original, que es más profundo.

Señor Presidente , me gustaría tener la convicción de que los recursos van a destinarse a la reconstrucción. Eso me convencería de que debo votar a favor de esta norma. Yo quiero tener la certeza de que los 800 o mil millones de dólares van a ser entregados a la Sexta, Séptima y Octava Regiones a los efectos de la reconstrucción y que no se van a gastar en el presupuesto general de la República. Porque como dice muchas veces el señor Ministro , la plata es fungible. O sea, no hay una contabilidad específica.

Esa es mi duda respecto del proyecto.

En consecuencia, esta no es la ley que yo quiero para la gran minería del cobre. Tampoco me convencen el aporte al país ni aquellos que se destinen a la reconstrucción, porque pienso que van a terminar en el Tesoro Público.

He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.

El señor KUSCHEL.- Señor Presidente , apoyo lo expresado por las señoras y señores Senadores, especialmente lo dicho por quienes llegaron a este acuerdo.

Quiero manifestar algunas preocupaciones que son casi las mismas de hace cinco años, cuando el cobre tenía otro precio.

Estas consideraciones son de tipo externo e interno, referidas a la demanda y a la oferta.

La demanda es externa y la oferta, interna. También se les puede llamar "ciclos económicos interno y externo".

Hace cinco años teníamos seguridad jurídica, certidumbre, confianza, estabilidad, seriedad, productividad, institucionalidad, prudencia. Pero todo esto es relativo respecto de nuestros competidores directos e indirectos.

Chile no está solo. Existen otros países que en estos cinco años, por ejemplo, Ecuador y Perú -ya se mencionó acá- han avanzado en forma considerable, quizás por los espacios que dimos, o porque, simplemente, la demanda se expandió y los precios mejoraron.

Hay otras naciones, pero también hay otros productos. No debemos olvidar que el cobre podría tener algún sustituto, como nos ocurrió con el salitre.

La demanda de cobre ha aumentado en forma notable y parece que se mantendrá muy firme. Los precios también están muy altos. Se anuncian entre 40 mil y 50 mil millones de dólares adicionales en inversión.

Me han informado -no sé si será exacto- que hoy día en Chile tenemos 20 mil millones de dólares invertidos en la industria del cobre, en la actividad extractiva. O sea, estamos hablando de más que triplicar esto, claro que con leyes relativamente menores, porque, como se ya se sostuvo, hoy día se está explotando el filete, pero las inversiones que vienen no van a contar con leyes tan buenas.

Nuestro país, comparado con otros, se ubica más al rincón del mundo, más al final del mapa. Y la carga tributaria no es de las más bajas. Vamos a quedar con una imposición total final de entre 37 a 41 por ciento proporcional porcentual. Mientras más alta la diferencia mayor es esta carga.

De otro lado, nos falta energía.

Aquí mismo un ex Presidente manifestó que en este momento la energía en Chile es el doble más cara que en otras naciones. No tenemos proyectos limpios. Nos falta agua en esas zonas. La actividad minera es altamente intensiva en cuanto al uso de agua. Junto con hacer inversiones para producir cobre, creo que las mismas empresas deberán invertir con el objeto de generar energía y proveerse de agua.

Nos faltan puertos para mover esta capacidad a casi el triple que puede llegar a ser.

Nos falta contar con otra infraestructura.

De otra parte, me preocupa la evolución del tipo de cambio en caso de llegar a exportar tres veces más cobre que en la actualidad.

Me inquieta también la poca capacidad para procesar o agregar valor a esta producción. Porque así como se hace esta inversión tan interesante y tan tremenda para extraer el cobre, podría haber otra que fuese importante a fin de procesarlo y venderlo con mayor valor agregado.

En otras oportunidades he escuchado -Sus Señorías también lo han hecho- al Senador señor Prokurica quien sostiene que cada uno de los molinos de viento que se utilizan para generar energía eléctrica requiere, aproximadamente, de 20 toneladas de cobre. Entonces, hay que exportar esas 20 toneladas a Europa, se construye el molino de viento y se traen las 20 toneladas de vuelta.

Hay espacios para que lleguemos a acuerdos. No sé en qué forma, tiene que ser un acuerdo particular.

También me preocupa el destino de estos recursos. Eso me inquieta mucho. La calidad y cantidad del gasto o la inversión.

Vamos a seguir creando más Regiones, más provincias (aquí mismo las aprobamos); más comunas, más Metro, más Transantiago, más oficinas. Y, comparativamente, en Chiloé no se concretan las inversiones ofrecidas. Las zonas extremas siguen igual de aisladas. No tenemos lo que se ha denominado "el camino a Chile".

En estos momentos nuestro país está generando, como nunca, más empleo, más inversión y más crecimiento.

Por todas esas razones y consideraciones, reitero mis sentimientos de respeto por el acuerdo a que se llegó, lo cual me parecía muy difícil.

Tengo preocupaciones. Pero pienso que el ciclo va a ser más sólido que en otras oportunidades. Y por ello anuncio mi voto favorable.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente , está claro que sin terremoto nunca habríamos tenido esta discusión, al menos no dentro de los próximos cuatro años. Y no es que me alegre el terremoto. Todo lo contrario. Pero creo que fue de tal magnitud que incluso logró lo que creíamos imposible: hablar y discutir en torno a esta materia.

Y lo digo responsablemente.

Junto con los Senadores Gómez, Girardi y Escalona, fuimos los primeros en pedir que parte de los dineros requeridos para la reconstrucción se sacaran de un aumento al royalty.

En ese minuto se nos criticó. Creo que el tiempo nos ha dado la razón.

Con la colega Isabel Allende fuimos de las pocas Senadoras que mediante indicaciones se opusieron a la fórmula que el Presidente Sebastián Piñera envió originalmente al Parlamento en materia de impuesto específico a la minería.

Mis indicaciones eran ambiciosas -lo reconozco-, pues pretendían reformular el sistema tributario de las grandes empresas para que aportaran con relación a sus ingresos. Fueron desestimadas. En verdad, ni siquiera se discutieron en la Comisión de Hacienda. Pero quedó constancia en la historia de la ley de la oposición fundamentada y de las alternativas propuestas.

Se nos dijo en el Senado que habíamos sido irresponsables y que, incluso, no habíamos planteado otras opciones.

Eso no es efectivo, señor Presidente. Y la historia de la ley así lo consigna.

Logramos, convencidos de aquello, que no se aprobara el proyecto primitivo del Gobierno.

Se nos fustigó públicamente. Se nos chantajeó públicamente. En mi Región se me dijo en mi cara que yo quería que las empresas mineras no pagaran más impuestos, que era cómplice de eso.

Me dolió, señor Presidente , como también me duele la acusación que los trabajadores formularon esta tarde en la Cámara Alta.

Las acusaciones de mis colegas Senadores de Gobierno me duelen menos que las de mis amigos trabajadores, pues estas últimas obedecen claramente a un problema de incomunicación.

No hicimos bien la tarea: ellos merecían que les explicáramos este acuerdo y sus virtudes.

Hago un mea culpa por lo que me toca.

Conozco a muchos de quienes nos insultaron hoy: a Raimundo Espinoza , a Guillermo Lemaitre , a Nolberto "Cachorro" Díaz, a Jorge Matute ; me une a ellos una larga trayectoria de trabajo y de amistad.

Señor Presidente, las cifras ya se han explicitado: 600 millones de dólares en 3 años; 1.500 millones en total; 500 millones adicionales; de 37-38 por ciento a 41-42 por ciento.

Pienso que este proyecto es mejor que la ley vigente y mucho mejor que la iniciativa original del Presidente Sebastián Piñera.

Sin embargo, aún nos falta. Y, tal como lo dijimos al inicio, debemos abordar la discusión del decreto ley 600, que fija toda la normativa en materia de inversión extranjera.

Ya lo señalaron los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra: no descansaremos hasta que ello sea una realidad, pues nuestro país cambió, y definitivamente.

Pero el acuerdo alcanzado hoy, en un día histórico, marca la agenda de nuestro país, no solo porque ahora empieza el término de una larga noche para 33 mineros y sus familias, sino también porque concluye una discusión en la que estuvimos enfrascados durante largo tiempo en el Senado y se inicia por fin -eso esperamos quienes representamos a zonas terremoteadas- la reconstrucción de las Regiones que sufrieron duramente el terremoto y el maremoto.

Señor Presidente , esta ha sido una larga jornada, que culmina de la mejor manera posible, aunque no como nos hubiese gustado a muchos en esta Sala, pues queríamos una reforma tributaria distinta, más ambiciosa, en serio. Empero, pienso que esta es cercana a lo que creíamos factible.

Muchas veces se nos impidió discutir algo que considerábamos necesario en un país minero. En todo caso, me parece que hemos dado un paso importante, histórico, que requería valentía. Porque podríamos no haber reformado nada, no haber tocado los ingresos de las grandes empresas mineras, o llevar adelante esto, que era posible, que constituía un paso más en lo que creíamos conveniente para que ellas aportaran a la reconstrucción y, asimismo, para sentar las bases de una discusión que el país demanda.

Esta tarde, nuestros trabajadores nos la reclamaron a gritos desde las tribunas de esta Corporación. Y creo que todos los Senadores de la Concertación vamos a impulsarla, porque es necesaria y sana para Chile.

Por lo expuesto, votaré favorablemente este proyecto de ley y el acuerdo político que se halla detrás de él.

El señor PIZARRO (Presidente).- Vamos a hacer sonar los timbres para que los Senadores vengan a pronunciarse.

Se resolvió comenzar la votación a las 19:30.

El Honorable señor Chahuán no se halla presente.

Senador señor Horvath, ¿quiere hacer uso de la palabra?

El señor HORVATH.- Sí, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, en primer lugar, me sumo a las felicitaciones y al reconocimiento por el acuerdo logrado.

La capacidad para llegar a él y permitir la realización de los programas de Gobierno y la reconstrucción que necesita el país es la primera gran demostración de un cambio en el carácter que había tenido hasta hoy la Oposición.

Eso también tiene un significado político mayor: el ser capaz de construir acuerdos entre la Coalición por el Cambio y la Concertación, sin dejar que ellos, por un problema de mayorías, deban resolverse necesariamente en la Cámara de Diputados, con todo lo que eso implica.

En segundo término, debo puntualizar que el aumento del impuesto específico a la minería tiene que asegurar que siga siendo atractivo invertir en ella.

Es necesario saber que la minería debe ajustarse a importantes exigencias: cuidar el agua, proteger los glaciares, consumir energías limpias, hacerse cargo de los pasivos mineros, mejorar la seguridad en el trabajo, estructurar una legislación laboral digna y que resuelva el problema del desempleo, todo lo cual abre un gran flanco de desafíos, de oportunidades, que desde luego se recogen en el programa del actual Gobierno.

No podemos dejar de reconocer la necesidad de mayor apoyo financiero a las Regiones, y en particular a aquellas donde se hace minería.

Asimismo, es oportuno recordar un proyecto que se halla pendiente, con cargo al royalty vigente: el que crea el Fondo de Innovación para la Competitividad.

La mencionada iniciativa se encuentra con indicaciones desde el año pasado. Y hay particularmente una no menor, referida a la Región de Aysén. Se trata de la N° 81, que permite que aquel Fondo sea utilizado no solo en innovación tecnológica, investigación y becas de posgrado, sino también en becas para cursar estudios profesionales o en apoyo a centros de estudios universitarios de excelencia en Regiones que no cuentan con ellos.

Eso es especialmente importante para Regiones como la nuestra, porque de lo contrario sería igual que disponer de un fondo para construir el tercer piso sin tener el segundo, lo cual, por cierto, no es la intención de nadie.

Como la materia en comento se halla en manos del Ministerio de Economía, le pedimos al Ministro del ramo, con todo respeto, que tome en consideración cuanto he señalado.

Finalmente, destaco la fortaleza política y social de Chile, lo que es reconocido por otros países.

Cuando en política se posibilita llegar a este tipo de acuerdos, se produce un círculo virtuoso que fortifica a las partes. Hay una Oposición constructiva, una coalición de Gobierno dispuesta a alcanzar acuerdos y un Ejecutivo que trabaja por el bien de todos.

En este día especial, cuando dentro de algunos minutos se empezará a rescatar a los 33 mineros atrapados en el norte, la aprobación del proyecto en debate constituirá un homenaje del Senado a esa gran acción.

He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Señores Senadores, procederemos a pronunciarnos.

La primera votación es en general. Después deberemos votar en particular y conocer de una indicación del Senador señor Gómez, que analizaremos en su momento.

Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor LARRAÍN ( Ministro de Hacienda ).- Señor Presidente , intervendré muy brevemente, sin ánimo alguno de polémica, sino, por el contrario, con la intención de valorar el acuerdo a que se llegó.

En primer lugar, quiero decir que durante todo este tiempo el Gobierno ha tenido una actitud de diálogo, de apertura.

Es cierto que nos fue difícil arribar a un acuerdo; no resultó fácil.

El Ejecutivo pudo haber implementado un veto aditivo. No lo hizo. Esperó durante dos meses que existiera una propuesta. Luego de que la hubo, nos sentamos a conversar, pese a que todavía teníamos diferencias importantes. Durante el proceso fuimos convergiendo. Y ese espíritu de diálogo finalmente fructificó.

Reconozco la actitud y la disposición que tuvieron los Senadores con quienes me tocó estar ligado más cercanamente a lo largo de las conversaciones.

En particular, destaco la disposición de los Honorables señores Escalona, Frei, Lagos , Zaldívar y Gómez .

También, el aporte que hicieron en la Comisión de Hacienda los Senadores señor García y señora Matthei , de la coalición de Gobierno.

Asimismo, como mencionó el Honorable señor Bianchi , los congresistas independientes efectuaron una contribución a este proceso.

Por lo tanto, esa parte es muy rescatable en la línea de tener un acuerdo amplio, con participación de todos los sectores, y nos deja con un buen proyecto.

Se ha preguntado acá si se aportan recursos a la reconstrucción o si se trata de una iniciativa de largo plazo.

Son ambas cosas. Aquí se aporta una cantidad significativa de dinero a la reconstrucción. La recaudación estimada supera los 1.000 millones de dólares.

Cabe recordar, señor Presidente , que el informe financiero fue elaborado con un precio de la libra de cobre de entre 3 dólares 10 y 3 dólares 30. Por ende, con los valores actuales, la recaudación es bastante superior.

Ahora, es cierto que con aquello se superarían los 1.000 millones de dólares. Pero uno siempre debe poner algunas bases y supuestos en el informe financiero.

Se destinan 400 millones de dólares a las Regiones -100 millones anuales durante los próximos 4 años-, en un Fondo permanente (se preguntó esto).

Aquí se está creando un instrumento permanente, denominado "Fondo de Inversión y Reconversión Regional", que recibe por ley, durante cuatro años, recursos que se distribuirán a razón de un tercio para las Regiones mineras y dos tercios para todas las Regiones del país. Es relevante destacarlo.

Ahora, se pregunta "Hasta qué punto los recursos para la reconstrucción". Estos recursos son tan para la reconstrucción como aquellos que se aprobaron cuando incrementamos en forma transitoria, por dos años, el impuesto de primera categoría.

¿Cuáles eran las alternativas de no contarse con los recursos? Mayor endeudamiento del sector público o menores ahorros.

En consecuencia, lo que nos permite el proyecto que ocupa al Senado es contar con dineros para la reconstrucción sin tener que reducir necesariamente nuestros ahorros por la vía de usar el Fondo de Estabilización Económica y Social o por la de aumentar nuestro endeudamiento externo.

Por otra parte, quiero subrayar que la aversión a la invariabilidad pierde mucho sentido y fuerza cuando se tiene una tabla de impuestos -ello ha sido destacado por algunos- más progresiva, que genera mayores aportes.

Cobra sentido tener aversión a una tasa de impuesto que permanezca por más tiempo en la medida que nos parece injusta. Pero si llegamos a una tabla que genera un aporte significativo de recursos, la aversión debe disminuir. Y pienso que eso fue lo que ocurrió.

El Gobierno está tranquilo en el sentido de que este es un buen proyecto a futuro, no solo para aportar dinero a la reconstrucción.

La iniciativa que nos ocupa establece un sistema de tributación que les pide más a las empresas mineras en los buenos tiempos. Entonces, cuando los precios del cobre sean extraordinarios o muy buenos, estaremos en niveles de impuesto específico a la minería superiores al 10 por ciento, con tasas de recaudación total -es lo que debe importar- por sobre el 40-41 por ciento, e incluso cercanas al 42 por ciento. Y en los períodos malos las tasas podrán hallarse cercanas al 5 por ciento.

Está bien que sea así, señor Presidente , porque de esa manera estamos compartiendo los riesgos, pero haciéndonos más socios del proceso de explotación de la minería en Chile.

Para terminar, me referiré a un punto que se tocó en algunas intervenciones, entre ellas la del Senador señor Kuschel.

Nosotros no creemos que deba ser un objetivo convertirnos en el país con la mayor tasa de impuesto a la minería en el mundo. Eso sería un error, pues queremos tener una tasa razonable.

Con este proyecto, la tasa del impuesto a la minería en Chile queda algo por sobre la media, pero no se distingue por ser la más alta del orbe. Ello, porque no deseamos afectar la inversión. Queremos dar seguridad a los inversionistas con una tasa de contribución al país eficiente y...

El señor PIZARRO ( Presidente ).- Perdón, señor Ministro , pero concluyó su tiempo.

El señor LARRAÍN ( Ministro de Hacienda ).- Estaba justamente terminando mi intervención, señor Presidente , de modo que ¡fue muy atinado el corte del micrófono...!

El señor PIZARRO (Presidente).- ¡Ya sabemos para la próxima...!

Señores Senadores, debemos votar en general.

El planteamiento es que, si se aprueba la idea de legislar, aprobemos en particular el proyecto con la misma votación.

Les consulto al respecto un poco fuera de Reglamento. Porque, en estricto rigor, el Senador señor Quintana me pidió la palabra para fundamentar su voto.

Sé que hay Subcomisiones que suspendieron las sesiones pertinentes y esperan el regreso de sus integrantes para seguir funcionando simultáneamente con la Sala.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- El colega Quintana tiene derecho a fundar el voto.

El señor PIZARRO ( Presidente ).- Lo sé, señor Senador. Pero si lo hace durante la votación general, tendremos que esperar que termine para iniciar la particular.

Por otra parte, hay una indicación del Honorable señor Gómez. La Mesa va a declararla inadmisible, pues tenemos una diferencia de fondo que quizá puede ser resuelta por el señor Ministro .

Si el señor Ministro de Hacienda le otorgara patrocinio, solucionaríamos un doble problema: se les haría un bien a las comunas y zanjaríamos un conflicto interno.

Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor LARRAÍN ( Ministro de Hacienda ).- Señor Presidente , le he comentado al Senador señor Gómez que entendemos su preocupación pero no podemos patrocinar la indicación que presentó. Sabemos que no es admisible, porque destina recursos.

Pedimos, sí, tranquilidad, porque queremos que haya equilibrio en el uso de los recursos en comento entre las regiones y las comunas. No pretendemos que exista primacía de unas sobre otras. En el reglamento vamos a cautelar que los proyectos de los municipios tengan cabida también en los gobiernos regionales y puedan ser presentados para acceder al Fondo pertinente.

En todo caso, si cometí una omisión y al exponer no mencioné al Senador señor Gómez , justo es reconocer el aporte que Su Señoría hizo al acuerdo, en el que, por cierto, participó.

Muchas gracias.

El señor COLOMA.- Acaba de reconocerlo por segunda vez, señor Ministro .

El señor PIZARRO (Presidente).- En votación general el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana para fundamentar su voto.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente , trataré de ser lo más breve posible.

Primero, lo que me preocupa de esta iniciativa es la generación de un acuerdo en torno a una contingencia.

Ahora, no se trata de cualquier contingencia. Como aquí se ha dicho, una buena parte de los recursos irá a la reconstrucción.

Sencillamente, yo señalaría que lo que, sobre todo para la Concertación, era válido como argumento en julio último también lo es hoy día. El escenario no ha cambiado de manera significativa.

El planteamiento que hizo la Concertación en aquel mes fue sacar del debate la materia respectiva, por su importancia y trascendencia, que incide en una reforma tributaria más global. Y eso no se ha logrado.

Asimismo, en lo que más insistimos en esa oportunidad los parlamentarios de Oposición fue en que había que propender a alcanzar un royalty de verdad. Y lo que hoy tenemos, claramente, no es un royalty de verdad.

Algunos han planteado interrogantes respecto de las utilidades que hoy día se dan. Por mi parte, quisiera proporcionar simplemente un dato: la inversión extranjera total en la gran minería ascendió a cerca de 20 mil millones de dólares entre 1974 y 2006. Me refiero a la puesta en marcha de la operación de las empresas. Según los datos de COCHILCO y del Consejo Minero, las ganancias obtenidas entre 2005 y 2006 por las mineras privadas importaron aproximadamente 32 mil millones de dólares. Las cantidades promedio anuales por tal concepto se estiman en 20 mil millones de dólares entre 2005 y 2009. Es decir, se trata de un negocio redondo.

Y no me cabe ninguna duda de que una vez aprobado el proyecto y promulgada la ley van a someterse al sistema todas las empresas. Si bien han estado bastante silenciosas algunas de ellas, es un régimen que las favorece claramente.

Entonces, señor Presidente , quisiera consignar que el asunto debió plantearse en un contexto distinto. Constituye un gran tema, pero no me parece un gran acuerdo. Valoro, sí, el esfuerzo desplegado por los Senadores de la Alianza y los de la Concertación. Aquí no ha mediado ninguna actitud virulenta, a diferencia de lo afirmado por mi Honorable colega Escalona. Muy por el contrario. Ha sido significativa la búsqueda de un acuerdo en la medida de lo posible. Los que finalmente vamos a pronunciarnos de otra forma creemos que en esta ocasión era preciso modificar sustantivamente las reglas del juego, por el precio del cobre, por lo que aquí se señaló.

Y, por cierto, no hay que restarle méritos al proyecto. Se ha hecho presente que aumentará la recaudación proveniente de las mineras; que será necesario mejorar el régimen permanente del impuesto específico; que se aplicará un régimen general de tributación con una tasa variable de 5 a 14 por ciento -aunque nadie va a llegar a este último porcentaje, como lo expusieron el Senador señor Girardi y, en la prensa de hoy, Juan Villarzú , ex Presidente de CODELCO , pues la entidad que se encuentre en mejores condiciones y con un margen operacional de 60 por ciento podrá tributar 10 por ciento, y esa es la verdad- y un período de transición de 4 a 9 por ciento entre 2010 y 2012. Estimo que ello es importante.

Ahora, no por eso vamos a afirmar que pierde relevancia la invariabilidad. Porque he escuchado varios discursos de señores Senadores en orden a que ese factor no resulta tan relevante hoy día. ¡Por favor! La cuestión no es como la del posnatal, en que tres meses de adelante los trasladamos para atrás, o al revés. El asunto tiene que ver con el futuro, con las políticas educacionales, con el país que quiere dar efectivamente el salto al desarrollo.

¿Por qué no me gusta lo que se contempla? Insisto: porque no es un royalty. Este último es el cobro de un derecho por el Estado ante la sola extracción de sus recursos minerales, como una forma de compensación de los particulares por sacar las riquezas contenidas en el subsuelo y beneficiarse de ellas. ¿Qué estamos haciendo, señor Presidente , en esta votación? Abdicamos de un derecho soberano del Estado. ¿Cuál de ellos? El de cobrar impuestos. Y eso, con franqueza, lo juzgo perjudicial justamente para el desarrollo.

Se han dado muchos ejemplos sobre el particular, entre ellos el de Australia. En ese país cayó el Primer Ministro, en efecto, pero no los impuestos. Por el contrario, la cifra es de 30 por ciento al producto, más 29 por ciento a las utilidades generales. Y otros casos son los de Bolivia y Argentina.

Mi principal preocupación, señor Presidente , radica en sentir que, como país, estamos yendo en un sentido completamente contrario al que siguen hoy todos los Estados dueños de recursos naturales. Sabiendo que las grandes potencias necesitan contratos de provisión, de acceso, y asegurar los recursos naturales, nosotros, en general, los estamos regalando.

Bolivia está revirtiendo en la actualidad la tendencia del 80/20. Es decir, se van a llevar 20, pero van a dejar 80 por el gas.

Acabamos de enterarnos de que Argentina estableció en el año 2007 un royalty a las ventas. ¿Qué pasará, entonces, en relación con muchos yacimientos binacionales, en la medida en que allá van a cobrar 10 por ciento a las ventas, y nosotros, 4 por ciento a las utilidades marginales? Porque estamos haciendo referencia, no a cualquier utilidad, sino a la más chica, a la marginal.

Creo que ni siquiera estamos pensando en Noruega, que cobra por explorar, por explotar, por el producto, y exhibe el mejor indicador de desarrollo humano del mundo, entre otras cosas.

Solicito un minuto más, señor Presidente, porque se ha mencionado bastante a las Regiones.

Represento a la Novena, de La Araucanía. Aquí se señala que el proyecto les proporciona 400 millones de dólares. Pero, como muy bien lo expresó mi Honorable colega Tuma, esos fondos no quedan en la ley en proyecto, sino en la de Presupuestos. Quisiera recordar que hace algunos días un grupo de Senadores votamos en contra del acuerdo del Transantiago justamente porque los recursos dispuestos para este se empezaban a entregar en tres, cuatro, cinco años más, y se hallaban establecidos por ley. Es decir, el proyecto se traduce en menos garantías de apoyo a las Regiones.

Termino haciendo presente que aquí no existen órdenes de partido, como lo planteó el Senador señor Lagos.

Espero que este debate no se clausure.

Me abstengo.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO ( Presidente ).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (26 votos contra uno y 3 abstenciones).

Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Matthei y Rincón y los señores Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín, Longueira, Muñoz Aburto, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Sabag, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).

Votó por la negativa el señor Ruiz-Esquide.

Se abstuvieron los señores Girardi, Quintana y Tuma.

El señor PIZARRO (Presidente).- Sugerí a la Sala aprobar en particular la iniciativa con la misma votación.

La indicación del Honorable señor Gómez ya fue contestada por el Gobierno. Por mi parte, voy a declararla inadmisible, pero le doy la palabra a Su Señoría para plantear su punto de vista.

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , intervendré en representación de varios Senadores respecto de la propuesta.

En todo caso, pedí antes poder fundamentar mi voto, pero, en aras del tiempo, este ya se encuentra marcado y ello quedó pendiente.

Como en el mundo político la hipocresía es lo que manda, quiero ser claro en que no se puede ser bueno, malo o más o menos progresista. En estas materias, lo que se tiene que hacer es votar en función de los acuerdos políticos a que llegan las coaliciones. Y aquí se contrajo uno de ellos. Toda la Concertación mandató para llegar a un entendimiento que fuera lo mejor posible en relación con el momento que estamos viviendo.

Muchos de los parlamentarios a quienes escuché referirse en contra del proyecto votaron a favor de la iniciativa del año 2005. El Senador que habla no revestía la calidad de tal en esa época, cuando no se pronunció ninguna palabra desde el punto de vista de los cambios que era preciso introducir. Sin embargo, algunos sostienen hoy día ser más progresistas o que otros lo son menos. Lo que se expresa aquí es lo que se va a exponer afuera. Después vendrán los trabajadores a cobrarnos la palabra a algunos, y otros van a afirmar: "Me abstuve" o "Voté en contra". Y eso no es correcto, desde mi punto de vista. Por eso, quiero dejar asentado en la Sala que generalmente terminamos diciéndonos las cosas sin emplear las palabras correctas. Aquí nos comprometimos, como coalición, y toda la Concertación debería haber votado en consecuencia.

La indicación obedece, señor Presidente , a que en las Regiones también existe centralismo y el reparto de los recursos no siempre se efectúa sobre la base de lo que las comunas requieren y necesitan, sino de lo que determina el Gobierno regional, que no siempre representa al territorio respectivo. Lo que hemos planteado es el establecimiento del criterio -y si el señor Ministro va a contemplarlo en el reglamento, confiamos en que así será- de que el tercio de los recursos comprometidos se asigne directamente a las comunas mineras y no en función del Gobierno regional, como ocurrirá con la distribución de los otros dos tercios.

En efecto, nos parece que existen diferencias y que algunas zonas necesitan más recursos. Y voy a consignarlo claramente: Calama es una de las comunas de la circunscripción que representamos con mi Honorable colega Cantero que enfrenta mayores dificultades y no siempre recibe los fondos necesarios para poder salir adelante. Se registraron movilizaciones y se van a seguir formulando, seguramente, peticiones de ese orden. Como el que nos ocupa es un mecanismo posible, lo presenté como una indicación.

Usted declarará inconstitucional esta última, señor Presidente , pero el reglamento es el reglamento y la ley es la ley, de modo que se suscita una disparidad. Sin embargo, espero que la normativa que dictará el señor Ministro cumpla con el objetivo a que he hecho referencia.

Gracias.

--Se declara inadmisible la indicación y se aprueba en particular el proyecto, que queda despachado en este trámite.

El señor PIZARRO ( Presidente ).- El Honorable señor Letelier expone que no marcó su pronunciamiento. Efectivamente, no aparece votando. Se dejará constancia de su voluntad de hacerlo a favor.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 12 de octubre, 2010. Oficio en Sesión 88. Legislatura 358.

?Valparaíso, 12 de octubre de 2010.

Nº 823/SEC/10

A S.E. la Presidenta de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera, correspondiente al Boletín Nº 7.170-05, con las siguientes enmiendas:

Artículo 1°.-

Número 1)

Ha sustituido, en la letra c) del inciso tercero del artículo 64 bis que propone, los numerales i) a x) por los siguientes i) a xii):

“i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 8%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 10,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 13%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 15,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 18%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 21%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 24%;

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 27,5%;

x) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 75 y no sobrepase de 80 la tasa aplicable ascenderá a 31%;

xi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 80 y no sobrepase de 85 la tasa aplicable ascenderá a 34,5%, y

xii) Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de 14%.”.

Disposiciones transitorias

Artículo primero.-

Inciso tercero

Ha reemplazado las frases “en el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el régimen de invariabilidad del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, que fueran incorporados por el N° 1 del artículo primero y por el N° 2 del artículo 2° de la ley N° 20.026, respectivamente” por las siguientes: “en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2), de la misma ley.”.

Artículo segundo.-

Inciso segundo

Ha suprimido la locución “el artículo 64 bis, que fuera incorporado por”.

Inciso tercero

Ha sustituido la voz “ocho” por “seis”.

Artículo tercero.-

Inciso primero

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“Artículo tercero.- A las solicitudes de inversión extranjera presentadas ante la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras con anterioridad al 31 de agosto de 2010 les serán aplicables las tasas contenidas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2), de la misma ley.”.

Artículo cuarto.-

Ha sustituido, en su encabezamiento, la expresión “ley N° 20.026” por “Ley sobre Impuesto a la Renta”.

- - -

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 9.004, de 15 de septiembre de 2010.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JORGE PIZARRO SOTO

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 13 de octubre, 2010. Diario de Sesión en Sesión 88. Legislatura 358. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

MODIFICACIONES A LA TRIBUTACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACTIVIDAD MINERA. Tercer trámite constitucional.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde pronunciarse sobre las enmiendas del Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje y con urgencia calificada de discusión inmediata, que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera.

Hago presente a los diputados que el Senado sólo realizó modificaciones a los siguientes artículos del proyecto aprobado por la Cámara de Diputados: al artículo 1° número 1), letra c); al artículo primero transitorio, inciso tercero; al artículo segundo transitorio, incisos segundo y tercero; al artículo tercero transitorio, inciso primero, y al artículo cuarto transitorio.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, boletín N° 7170-05. Documentos de la Cuenta N° 10, de esta sesión.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- En discusión las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.

El señor ORTIZ.- Señora Presidenta, hoy nos corresponde pronunciarnos sobre las modificaciones del Senado a este proyecto de ley.

Definitivamente, el tiempo le dio la razón prácticamente a la unanimidad de los diputados de la Concertación en esta materia.

¿Por qué el tiempo nos dio la razón?

Hace no muchos días, el Presidente Piñera hizo un reconocimiento al Poder Legislativo porque prácticamente a seis meses desde que asumiera su mandato cerca de veinte mensajes presidenciales se habían convertido en leyes de la República. De ellos, quiero destacar dos: uno es el que dio origen a la ley N° 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe, publicada el 28 de mayo de este año. Y el otro, a la ley N° 20.455, que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país. Ello, con miras a la obtención, por la vía impositiva, de los recursos necesarios para hacer frente a la emergencia declarada a raíz del terremoto y el maremoto del 27 de febrero pasado.

Ambas iniciativas se sumaron al efecto de la ley N° 16.282, de 1965, que faculta hacer los gastos necesarios en caso de catástrofe o cataclismo.

Lo digo con mucha fuerza, porque soy hijo nacido, criado y formado en mi ciudad de Concepción, Región del Biobío.

Así, mediante dicha legislación se hicieron reasignaciones fiscales.

Ayer -lo señalo para que una vez más quede estampado en esta Sala- en la Primera

Subcomisión Mixta de Presupuestos , donde estuvieron presentes el subsecretario de Hacienda y el subdirector de Presupuestos -también, el colega Silva -, por cuarta vez toqué el tema de las deudas de los municipios de zonas de catástrofe, en particular el caso específico de la Región del Biobío, respecto de la cual existía el compromiso de otorgar 3 mil millones de pesos, recursos que hasta el día de hoy no llegan a esa zona.

¿Por qué lo planteo? Porque tiempo atrás se nos dijo que éramos antipatriotas porque estábamos en contra del royalty o impuesto específico a la minería del cobre.

Pero el tiempo nos dio la razón. La ley N° 20.455 modificó diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país. Pero la propuesta sobre el royalty significaba un aporte ínfimo para la reconstrucción y, lo que es peor, extendía la invariabilidad tributaria hasta el 2025.

Debido a eso, planteamos que este tema debía tratarse aparte, a partir de otro proyecto iniciado en mensaje presidencial, de manera de hacer una discusión profunda y ver qué pasaba realmente. Chile es el mayor productor de cobre, con el 38 por ciento de la producción mundial. De ese porcentaje, dos tercios corresponden a diez grandes empresas mineras privadas y solamente un tercio a Codelco.

Considerábamos que después de eso en los lugares donde se extrajo el mineral sólo quedarían vestigios, porque el cobre no se recupera.

Planteamos cifras claras, como la que señala que en los últimos 3, 4 y 5 años, en una de las pocas actividades del mundo como es la gran minería del cobre, las empresas privadas habían recuperado todas sus inversiones.

Asimismo, señalamos que durante estos últimos años el total de dividendos entregados a los accionistas de esas 10 grandes empresas -especialmente dos, que son las más grandes- había llegado a los 17 mil millones de dólares.

Por otro lado, manifestamos que dichas compañías están haciendo algunos aportes, por ejemplo, mediante la instalación de escuelas modulares y otras infraestructuras. Sin embargo, aclaramos que eso es el minimum minimorum, y que ellas deben entender que en Chile hay un antes y un después del 27 de febrero de 2010.

Siempre dijimos que llegaba a ser un poco para la risa la cantidad de recursos que esas empresas colocarían, más aún cuando eso significaba cerrar las puertas de muchas otras cosas.

Se plantearon bastantes argumentos. Las dos veces que nos correspondió ver esta materia en la Comisión de Hacienda, los ministros de Hacienda y de Minería nos dijeron oficialmente que la carga tributaria propuesta podía significar poner en riesgo inversiones por 50 mil millones de dólares. Les solicitamos que nos entregaran algún documento oficial que avalara dicha información. Cuando analizamos en profundidad ese documento nos encontramos con la siguiente sorpresa, de la que nos alegramos: se encuentran en ejecución 20 mil millones de dólares de esas grandes mineras del cobre privadas. ¡Cómo no lo iban a hacer, cuando es el negocio más grande! ¡Y me alegro de que sea así! Pero también tiene que haber un aporte al país.

Demostramos a los representantes del Gobierno que ese no era un buen argumento, pero nos respondieron que con ello sólo íbamos a lograr que no llegaran más inversionistas, en circunstancias de que Chile es un país respetado. En ese sentido, en todos los informes internacionales se señala que Chile y Brasil son los países más importantes y seguros de esta parte del mundo para realizar inversiones.

Esa fue la gran discusión que se planteó y finalmente se llegó a un acuerdo que lograron senadores de la Concertación y los presidentes de los partidos que la integran. Obviamente, no es lo óptimo, sobre todo porque lo que nosotros queríamos era poner fin a la invariabilidad. Por eso, los cuatro jefes de bancada de los partidos de la Concertación que integran esta Cámara, ingresaron un proyecto de ley para ponerle término. El hecho de que nuestro jefe de bancada sea uno de los diputados que suscribe el proyecto significa que nos representa a los diecinueve diputados y no somos inconsecuentes.

Durante la discusión del proyecto también se planteó que el decreto ley N° 600 no tiene sentido y es necesario modificarlo.

En consecuencia, voy a votar a favor las modificaciones del Senado porque hay un aumento sustancial en la carga tributaria, que puede llegar al 14 por ciento. Según las opiniones de los expertos del cobre, en los próximos años el metal no bajará de 3,20 ó 3,30 dólares la libra, lo que puede significar una cantidad de casi 2 mil millones de dólares que irán en ayuda de la reconstrucción.

Además, voy a votar a favor las modificaciones del Senado porque en este proyecto se ha destinado un porcentaje importante de libre disposición para las regiones, lo que también representa un logro de los senadores de la Concertación, quienes se sentaron a conversar con las autoridades del Gobierno en el entendido de que la política es el arte de lo posible en cuanto a buscar los acuerdos y consensos.

Por eso, reitero, voy a votar a favor las modificaciones del Senado.

He dicho.

El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente , en esta sesión se van a tomar decisiones importantes. Están en juego visiones sobre lo que hará Chile con los recursos naturales en la nueva etapa del mundo, porque estamos ante una nueva realidad en esta materia. La pregunta de fondo es qué haremos con el cobre, con el litio, con el agua, con las fuentes energéticas, etcétera.

Muchos países están redefiniendo sus enfoques no sólo en cuanto a explotar recursos naturales en función de criterios de corto plazo, sino ponerlos en línea con el desarrollo más global del país y con una visión de más largo plazo.

Por lo tanto, el debate de fondo no es sólo sobre el cobre y un tributo: el marco es más global. El desarrollo de China, de India y de los países asiáticos en general pone al mundo en una nueva situación. La relación recursos naturales-productos industriales está cambiando profundamente y se abren nuevos desafíos y oportunidades.

Desde que se discutió en esta Cámara el primer proyecto sobre royalty, se señaló que el debate de fondo debía centrarse en un nuevo trato para el cobre. Chile está dotado de un valioso recurso natural, el cobre, que es la contracara de los sismos, porque el choque de las placas genera un conjunto de materias que tienden a producir el cobre.

Hace cuarenta años, en un momento de gran polarización, Chile nacionalizó el Cobre y se unió en torno a la idea de que el cobre es y debe servir a Chile y es una riqueza que no puede ser extraída de una determinada manera.

Hoy, el tema es replantear el papel del cobre en el desarrollo del país. ¿Qué significa nuevo trato? Nuevo trato significa replantear los encadenamientos productivos, anticiparse al mercado. Las mineras tienen que generar agua, porque en el norte actualmente están consumiendo el agua del país; asimismo, tienen que generar energía solar porque tienen condiciones para eso; tienen que invertir y no consumir la energía que pagamos todos los chilenos; tienen que desarrollar investigación tecnológica, porque es algo a lo cual se dedican muy poco; tienen que desarrollar educación de nuevos cuadros tecnológicos para el país y tienen que desarrollar una especialización en cluster u otras formas. Además, es fundamental estimular la elaboración de productos con mayor valor agregado. No puede ser que toda la exportación de los privados se traduzca básicamente en concentrados.

El nuevo trato significa, también, captar una mayor parte del excedente para orientarlo al desarrollo del país y de las regiones. Con esta gran riqueza, no contar con recursos para la educación y la superación de la pobreza en el país tiene que ver con nuestras responsabilidades.

Como muy bien señaló el diputado José Miguel Ortiz , en los años 2008 y 2009 las grandes empresas generaron 25 mil millones de dólares y distribuyeron 17 mil millones de dólares de utilidades. El desarrollo de Chile requiere quedarse con una mayor proporción del excedente. Esa es la responsabilidad de esta generación dirigente. Nos podemos hacer los lesos; podemos mirar para el lado; podemos olvidarnos de Tomic y Allende , de nuestros líderes del pasado, pero en esta coyuntura especial de la historia de los recursos naturales tenemos una responsabilidad que debemos afrontar.

Nuevo trato significa, también, el desarrollo de Codelco y terminar de una vez por todas con la ley reservada del cobre. A los que cantan victoria porque obtendremos 1.000 millones de dólares les diría que en la plata para comprar armas tenemos empozados 5 mil millones de dólares, porque ahí se están acumulando muchos recursos. Hay que terminar con la ley reservada del cobre y reinvertir en proyectos como el de Chuquicamata, porque si no se desarrolla la minería en túneles, el proyecto quedará obsoleto.

Hay diversos caminos para avanzar en una coyuntura muy distinta de la del 2004. En los años 2004 y 2005, cuando se estableció el régimen actual, el precio del cobre estaba bajo, había escasos proyectos de inversión y serios riesgos de sustitución del cobre, y se tomaron decisiones para activar el sector. Hoy, la situación es muy distinta. Por lo tanto, pretender repetir el modelo del 2004 y 2005 en la actual coyuntura es muy inapropiado.

El Gobierno tiene la iniciativa. La responsabilidad de la Oposición es pensar en el país y proponer su visión en el corto y largo plazo. Es verdad que la propuesta del Gobierno recauda más recursos que la situación preexistente, pero igual son pocos: 1.000 ó 1.300 millones de dólares. Repito, recauda pocos recursos; no guardan relación con los excedentes y las utilidades que se están generando y lo que se está distribuyendo, pero lo hace, además, entregando invariabilidad tributaria hasta el 2023 que por las dinámicas de los proyectos, según algunos podría ser hasta el 2037.

Además, a los nuevos proyectos se les entrega invariabilidad y se les exige un poco más de tributación a cambio de mucha estabilidad. Es lo más malo del proyecto. Esta propuesta del Gobierno entrega a los nuevos proyectos esa condición, en circunstancias de que no hay ninguna razón para hacerlo, salvo en lo que se refiere a la cláusula de invariabilidad establecida en el decreto ley N° 600. Es más, en la Comisión se señaló la necesidad de derogar, no el decreto ley N° 600, sino su cláusula de invariabilidad.

Hay otro punto importante en relación con los proyectos nuevos y de lo cual no nos podemos olvidar, que es la franquicia tributaria que tiene la minería por la depreciación acelerada. El cobre significa grandes inversiones, las que, de acuerdo con la depreciación acelerada se cargan a los costos al inicio del proyecto, cuando se está explotando las vetas de mayor ley. En consecuencia, al descontarse la depreciación acelerada, los márgenes operacionales, que son mayores y reales, bajan significativamente.

Valoramos -lo digo muy seriamente- los esfuerzos de los senadores de la Concertación para corregir la propuesta del Gobierno. Ellos lograron disminuir la invariabilidad en dos años, aunque para los proyectos nuevos no se logró nada significativo; asimismo, la elevación del techo a 14 por ciento, aunque es poco probable que se llegue al 85 por ciento de margen operacional; se crea una comisión de expertos para replantear el decreto ley N° 600 -ojalá que esto llegue a buen puerto-, y se garantizan recursos para las regiones, lo que también es importante.

A pesar de las correcciones, la propuesta del Gobierno no es buena porque, dada la magnitud de los excedentes en juego, recauda poco, si comparamos 17 mil millones de dólares de utilidades con estos 1.000, 1.300 ó 1.500 millones. Esto, porque se crean rigideces de invariabilidad en una nueva coyuntura de demanda y precio. Entonces, nos parece un mal enfoque crear estas rigideces a cambio de tan poco en esta coyuntura que se supone que a futuro será de mayor precio del cobre, y no asumir el desafío de replantear el enfoque nacional frente a los recursos naturales.

Si revisamos la literatura sobre lo que está ocurriendo en el resto de los países, podremos ver que todos están buscando reinsertar los recursos naturales en sus proyectos de desarrollo. Pero nosotros seguimos en una perspectiva muy conservadora.

Propusimos buscar y estudiar alternativas. Se propuso una variante del modelo noruego, que partía por eliminar el impuesto específico, fijando un piso de hasta 25 ó 30 por ciento de margen operacional, un régimen normal de tributación propio de cualquier inversión en este país. Respecto de las rentas por encima de este porcentaje, es decir, las rentas extraordinarias, agregar una repartición de 50 y 50, entre el Estado y el inversionista privado.

Esta propuesta representa, anualmente, más de 1.000 ó 1.500 millones de dólares de recaudación, lo que no significa ir en contra de los inversionistas ni desconocer las condiciones establecidas, sino velar por el interés del país. Con esto se recaudaría mucho más, respetando las ganancias normales de los inversionistas, y los excedentes extraordinarios se distribuirían de otra forma. Para los que no lo saben, en el modelo noruego el ciento por ciento de los excedentes extraordinarios son para el Estado.

Sé que hay propuestas, como, por ejemplo, el impuesto ad valorem, y otras con algunas variantes. Estas propuestas, distintas de las del Ejecutivo, lamentablemente nunca se pudieron discutir en la Cámara, ni siquiera se conversó sobre la materia. Al parecer, tampoco se hizo en el Senado.

De manera que todo indica que la propuesta del Gobierno, con las correcciones que hicieron los senadores de la Concertación, será aprobada en esta sesión. El debate sobre los recursos naturales y sobre el cobre seguirá abierto. Los diputados de centro y de izquierda tendrán que incluir en su agenda prioritaria la historia del pensamiento de Tomic y de Allende; es decir, la historia de Chile. Hay que defender el cobre chileno, recuperar un porcentaje más significativo de los excedentes, replantear nuestra estrategia de desarrollo y exportar recursos naturales con mayor valor agregado. Éstos son los desafíos que tenemos y lo que espera la inmensa mayoría de los chilenos.

Los parlamentarios de Derecha creen que es una gran propuesta, y los colegas de la Concertación, que es la única alternativa posible y menos mala que la original. Esto es verdad; sin embargo, en conciencia y después de pensarlo mucho, tengo una opinión distinta, aunque no me gusta votar en contra de lo que plantean los senadores. Pero considero que no están en lo correcto, porque no es bueno para el país creer que es buena una opción que es mala. Los temas relacionados con los recursos naturales, con el tratamiento del cobre y el desarrollo nacional, seguirán abiertos. Esto no es bueno para Chile ni para los chilenos que esperan contar con más recursos para construir una mejor calidad de vida para muchas familias que hoy viven con grandes dificultades.

He dicho.

El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.

El señor SILVA .- Señor Presidente , honorable Cámara, este proyecto surgió por un motivo concreto y específico: la reconstrucción.

Quiero iniciar mis palabras señalando que está bien que aprobemos las modificaciones del Senado, porque ello permitirá cerrar el conjunto de medidas que el Gobierno se propuso para lograr el financiamiento que requiere para la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto. Esto, en cuanto a las normas especiales.

Asimismo, corresponderá analizar las partidas pertinentes durante la discusión del proyecto de ley de Presupuesto de la Nación, que está en plena discusión en el Congreso Nacional.

Este proyecto es muy importante. En primer lugar, quiero referirme al valor que reviste el acuerdo político alcanzado en el Senado.

En la Cámara hemos vivido momentos de amplia discusión y de muchas diferencias. Sin embargo, a partir de hace algunas semanas, hemos dado paso a un ambiente que ha ido favoreciendo la generación de acuerdos y un mejor clima de discusión política, situación que quiero valorar, promover y celebrar. Además, reconozco la labor que realiza el Congreso Nacional en materia de perfeccionamiento de los proyectos de ley y concreción de consensos básicos para dar estabilidad a las distintas normativas. En este sentido, creo que los acuerdos relacionados con el financiamiento del Transantiago, con la ley antiterrorista y con el royalty o impuesto específico a la minería, representan avances relevantes.

En segundo lugar, celebro de manera especial la aprobación de las modificaciones del Senado, porque con ello se terminará con la incertidumbre jurídica que se había generado desde abril o mayo de este año, cuando se inició la discusión sobre el financiamiento y las formas de evaluar y establecer tributación para la industria minera, en particular, la gran minería.

Celebro el término de la incertidumbre jurídica, porque las decisiones que permiten el avance del país requieren un marco de instituciones estables, que permita que haya claridad para que se pueda resolver en forma rápida respecto de las distintas materias. Creo que esto se logra con el proyecto que estamos discutiendo.

En tercer lugar, quiero plantear mi posición, en cuanto a que Chile tendrá un buen sistema y un buen rango de tributación de la minería. No es efectivo que la minería pague pocos impuestos ni que sea la que paga más. Con esto, Chile quedará en un nivel adecuado en materia de impuestos mineros, en relación con los países en vías de desarrollo y desarrollados, después de hacer una revisión que va en la dirección correcta.

Además, con este nuevo sistema se están entregando incentivos correctos y se corrigen las fluctuaciones del precio del cobre que, como hemos visto en los últimos años, pueden producir cambios muy importantes en los retornos que reciben las empresas que se dedican a la actividad minera, y contribuir de manera fundamental y diferente cuando los precios estén más altos, y, corregirlos cuando sean más bajos.

En cuarto lugar, no nos satisfacen plenamente las modificaciones introducidas por el Senado, especialmente, las relacionadas con el aumento de la tasa marginal y con la reducción de los años de invariabilidad tributaria. ¿Por qué? Porque, a mi juicio, esto debilita los incentivos de inversión; más aún, respecto de la invariabilidad, deteriora los incentivos para quienes queremos que se cambien voluntariamente a este sistema. Al parecer, muchas veces olvidamos que lo que busca este sistema es que las empresas mineras que más pueden tributar, se cambien voluntariamente para aportar a la reconstrucción.

A pesar de no estar conforme con las dos modificaciones fundamentales introducidas por el Senado, tiene mucha fuerza el hecho de terminar con la incertidumbre jurídica y de llegar a un acuerdo político que permita generar un consenso en torno a esta materia.

En quinto lugar, se abrió un debate, en el primer trámite constitucional, pero con más fuerza en éste, sobre las políticas de extracción de recursos naturales en nuestro país.

En relación con la gran minería, el importante acuerdo alcanzado por el Gobierno con senadores de Oposición y de la Alianza -espero que se consolide hoy en la Cámara- pone término al debate sobre este tema y reafirma una política de tributación de la gran minería en el tiempo, que espero que permita el desarrollo de importantes proyectos, genere mayor contribución al país y produzca mucho empleo y desarrollo.

Señora Presidenta , por su intermedio quiero decirle al ministro que miramos con atención la comisión que se creó para analizar el decreto ley N° 600. Esta comisión debe tener como foco adecuar esta institucionalidad a la realidad del nuevo Chile; pero, a nuestro juicio, sin olvidar la relevancia que ha tenido dicho instrumento para el fomento de la inversión en un país que la necesita cada día más.

En este sentido, esperamos -estamos seguros de que así sucederá- que las medidas que se adopten permitirán avanzar a mayores niveles de desarrollo, sin dejar de lado los incentivos a la inversión que este instrumento y otros han generado para promover la actividad minera en Chile.

En sexto lugar, felicito al Gobierno y al Congreso Nacional por la forma en que se ha ido conduciendo este proceso. Felicito al Gobierno porque fue capaz de escuchar una discusión -aunque, en su momento, ella no generó un ambiente propicio para sacar adelante este proyecto-, de buscar mecanismos en una primera etapa, esperando a la Concertación para que hiciera una propuesta que, finalmente, no llegó, y de enviar un proyecto de ley que abriera un diálogo sobre la materia.

Creo que en esto, la labor desarrollada por los ministros de Hacienda, de Minería y secretario general de la Presidencia representa un progreso importante para la construcción del diálogo político. Asimismo, será una señal que espero que sea de mucha ayuda para la discusión del proyecto de ley de presupuestos, que estamos llevando a cabo en este momento, y de otros grandes proyectos en el futuro.

Por último, valoro lo realizado por el Congreso Nacional por la vía de generar disponibilidad para llegar a acuerdos y concretar compromisos que vayan en beneficio del país.

Por lo tanto, la bancada de la UDI va a votar favorablemente las modificaciones del Senado, celebrando que la tramitación del proyecto esté llegando a su término.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.- Señora Presidenta, estoy algo confuso con las modificaciones que introdujo el Senado al proyecto. Había expectativas mayores y no puedo dejar de reconocerlo.

Quizás este proyecto sea uno de los más relevantes de los últimos años, porque tiene directa relación con las rentas que debe otorgar al país la explotación de los recursos no renovables, como los minerales, y de cuya recaudación depende buena parte de los presupuestos con que hoy -y mañana- cuenta el Estado para realizar sus labores de bien público.

A mi juicio, el objetivo del proyecto no es contribuir a la reconstrucción, sino modificar los tributos del cobre. Los proyectos para la reconstrucción son otros, hay otros medios planteados para ello y la situación está debidamente resuelta. Ahora, respecto de que se lleve a cabo, el Gobierno tiene la palabra. No quiero confundir este proyecto, relativo a la minería, con la reconstrucción. A lo mejor, eso apuró la tramitación, pensando que esto tenía que ir en ayuda de las regiones más afectadas por el sismo.

Llegamos a esta instancia luego de que el Senado, durante el segundo trámite constitucional, lograra un acuerdo respecto del proyecto. Debo reconocer que el Senado mejoró la iniciativa. Sin embargo, desde mi punto de vista, no cubre las expectativas respecto de la aplicación de un verdadero royalty a la actividad minera. Se perdió esa oportunidad, así como la de poner término a la invariabilidad tributaria, lo que nos pesará durante mucho tiempo. Me refiero a las grandes empresas que explotan nuestros recursos no renovables.

Creo que estamos perdiendo -reitero- una muy buena oportunidad para lograr una mejor recaudación por la explotación de esos recursos, más aun cuando, como consecuencia de la baja del precio del dólar, vemos cómo se ha resentido la actividad agrícola exportadora.

Nuestras principales entradas de divisas extranjeras dependerán, por supuesto, de la actividad minera, de lo que exporte la minería.

Considero que la propuesta de acuerdo del Senado no hace verdadera justicia y equidad a las regiones, en primer lugar, porque no considero suficiente la cantidad de recursos que se piensa repartir, y en segundo lugar, porque las regiones no mineras, como la de Los Ríos, que represento, sufren una doble discriminación al recibir menos recursos que las mineras. Esto no se revierte con el proyecto.

Espero que no pase lo que ocurrió con los recursos “espejo” del Transantiago, de tan triste recuerdo desde hace dos años. Las regiones aún los esperan, a pesar de que para su entrega se dio un plazo de noventa días, al cual se agregó una adicional de treinta días. Se dio oportunidad para hacer proyectos, pero las municipalidades no tenían proyectistas; en fin, fue una farsa que recuerdo con mucha frustración.

Pero tengo algunas esperanzas.: No se ha perdido la guerra, sólo se ha perdido una batalla. Tengo esperanzas, por ejemplo, en el perfeccionamiento del decreto ley N° 600. Se crea una comisión de expertos para ello y ahí existe una oportunidad interesante para debatir con calma y tiempo.

Pese a ser una propuesta mejorada, aún la considero insuficiente para lo que Chile esperaba de la explotación de su minería.

Anuncio mi aprobación a las modificaciones introducidas por el Senado, porque mejoran el proyecto. En ese sentido, no puedo dejar de lado los beneficios que puede acarrear la iniciativa, aunque no sea tan conveniente para las regiones.

Finalmente, pido votación separada del inciso tercero del artículo primero transitorio.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Señor diputado , la Secretaría tomará nota de su petición.

Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.

El señor MONCKEBERG (don Nicolás).- Señora Presidenta , quiero ser breve, porque el proyecto se ha discutido en tres oportunidades en la Sala y en innumerables ocasiones en la Comisión.

Quiero ser muy gráfico al destacar siete puntos que, a mi juicio, afloran del acuerdo al cual arribó el Gobierno en el Senado con parlamentarios de la Concertación y de la Coalición por el Cambio.

Primero, quiero plasmar mi satisfacción por la decisión del Gobierno de atreverse a proponer una modificación sustantiva a la tributación minera. Lo digo con franqueza, porque cuando la política se mezcla con decisiones técnicas en materia tributaria, siempre hay cosas que cuestan más. En ese sentido, desde las trincheras políticas electorales siempre se dijo que este Gobierno no subiría los impuestos; al revés, se sostuvo que protegería a las grandes empresas.

Y la verdad es que dejando de lado cualquier dogmatismo, a los pocos meses de asumir se hizo pública la decisión de estudiar la tributación minera, lo que ahora es una realidad con un sustantivo aumento de ella. Para demostrar que no es una posición dogmática ni antidogmática, al mismo tiempo se bajan otros impuestos que afligen a las pequeñas y medianas empresas.

Por lo tanto, una primera demostración de la libertad y el tecnicismo con que se están abordando estos temas es que el Gobierno se atrevió a dar este gran paso al establecer un alza tributaria a la gran minería.

Segundo, deseo expresar mi satisfacción al Gobierno por este acuerdo. Digamos las cosas como son: los niveles de tributación con que quedará la gran minería de nuestro país serán los más altos de su historia. Nunca antes en su historia como país independiente se recaudaron más impuestos derivados del cobre, lo que es como consecuencia del alza tributaria que estamos aprobando hoy.

No voy a repetir los términos del acuerdo; se trata de una tasa variable que va entre 5 y 14 por ciento para los proyectos nuevos, y a partir de 2018 para todos, con una invariabilidad de seis años. Reitero, nunca antes en la historia de Chile se recaudaron más recursos en este ámbito, lo que se logra a partir de esta nueva modalidad.

También hay que decir que no sólo se trata de las tasas más altas en nuestra historia. En efecto, se compara nuestra realidad con la del resto del mundo, como se ha dicho en el debate. Chile quedará entre los tres o cuatro países que más recursos recaudarán como consecuencia de la actividad minera, con una tasa completa, integrada, de todos los impuestos, que supera el 40 por ciento. Con eso, superamos, entre otros, a países mineros como Estados Unidos de América -al menos, a la mayoría de sus estados-, Canadá , Argentina, Brasil y Sudáfrica .

Tercero, es necesario expresar nuestra satisfacción porque se llegó a un gran acuerdo. Sin embargo, en el camino hubo que dejar de lado e ignorar a veces mucha demagogia, que es natural que se dé en debates como éste y en el que tuvo lugar en 2005, cuando se aprobó otra modificación a la tributación minera. En esta oportunidad se escucharon muchas cosas que, a lo mejor en el discurso, son tremendamente atractivas. Se escuchó decir, por ejemplo, que es perfectamente posible subir esos impuestos a tasas hasta del 14 por ciento con cero invariabilidad. ¿Qué se quiso decir con eso? Al proponer cero año de invariabilidad, ¿significa que se quiere, unilateralmente, romper un contrato existente, suscrito por el Estado? Si se garantizó invariabilidad tributaria hasta 2018, ¿se dejará sin efecto? ¿O se quería decir, por el contrario, que no había que hacer nada, es decir, cruzarse de brazos hasta 2025 y dejar pasar los años de mayor margen operacional en la historia de la minería de nuestro país? Francamente, ninguna de las dos opciones parecía sustentable.

Me pregunto, cuando en el futuro -en cincuenta o cien años-, los estudiantes de enseñanza media se enteraran de que en el momento en que el precio internacional del cobre alcanzaba su máximo nivel, el Congreso Nacional decidió mantener las tasas de tributación en 5 por ciento; ¿como lo juzgarían? Habría sido difícil explicar a nuestros hijos o nietos que el Congreso Nacional, en este momento histórico, considerando el precio internacional del cobre y la rentabilidad de esta industria, hubiese decidido libremente dejar las tasas en 5 por ciento.

Desde el punto de vista de la historia, dados los actuales márgenes operacionales creo que hicimos bien al elevar las tasas en este momento.

No se trata de proponer reformas por hacerlo, y de cualquier forma, sino de actuar en forma inteligente. Esa fue la receta en esta oportunidad.

Felicito no sólo al Gobierno, sino también a los técnicos de la Concertación y de la Coalición por el cambio que se pusieron de acuerdo. En ese sentido, proponer una fórmula escalonada, en función de los márgenes operacionales, a mi juicio resulta muy apropiado.

Mucho se ha discutido acerca de la invariabilidad, pero veamos qué hay detrás de ella. Es ser capaz de entregar ciertas garantías a las inversiones de largo plazo, en el sentido de que los escenarios no cambiarán en función de las distintas contingencias políticas o cambios de gobierno.

Una forma evidente de entregar esas garantías a empresas de inversiones de largo plazo es mediante la fórmula escalonada, de tasa variable en función del margen operacional.

Tras la aprobación de este nuevo tipo de impuesto específico a la minería en forma escalonada, tendré mucho más espacio. Desde ya, me sumo a la posibilidad de analizar en profundidad modificaciones al decreto ley N° 600, porque ahora se necesitan menos seguridades en materia de invariabilidad, dada la nueva tabla que se incorpora.

Por último, quiero destacar la insistencia de muchos parlamentarios -sobre todo independientes- en el sentido de que la asignación de las platas del royalty a las regiones quedara plasmada en la ley, lo que es un tremendo logro. En el pasado no tuvimos buenas experiencias con protocolos que se firmaron de buena fe para que esos recursos llegaran a las regiones. Esta vez se plasma en la ley no sólo la intención, sino el monto exacto que cada año se invertirá en regiones y su modalidad, e incluso más, los proyectos que se podrían financiar con ese dinero. Es un logro concreto -no sólo político o de discurso- para las regiones.

Por otro lado, quiero formular una petición al Ejecutivo . Hoy se firmó un acuerdo que tiene, también, un efecto de lección para el Congreso Nacional, cual es que la Oposición está llamada no sólo a oponerse y a criticar, sino también a sumarse a las buenas iniciativas.

Gran parte del mérito de ese acuerdo se lo doy a la flexibilidad de importantes parlamentarios de la Concertación y de la Alianza, y del Gobierno.

Por lo tanto, después de aprobar las modificaciones del Senado y de despachar el proyecto, la tarea será del Ejecutivo, porque esto es papel. Si no logramos, de aquí en adelante, que los proyectos importantes de nuestra minería empiecen a tributar con esta nueva modalidad, todo esto habrá sido una discusión estéril.

Por eso, aprovecho esta intervención para pedir al ministro de Hacienda y al Gobierno que, a partir de la promulgación de esta ley, hagan todo lo necesario para demostrar, de aquí a un año, que este esfuerzo valió la pena y que las empresas que podían mantenerse tributando en el esquema de invariabilidad, se cambiaron, con lo cual el país ganará.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Accorsi.

El señor ACCORSI.- Señora Presidenta , estamos discutiendo una iniciativa que tiene una enorme importancia para el país. El motivo de la discusión no se debe a que nosotros pusiéramos el tema, sino al terremoto.

Creo que debiéramos tener una mirada diferente acerca de los recursos naturales. Nuestro país cuenta con la riqueza del cobre, pero es finita. Algunos hablan de doscientos años, otros de un poco menos. Por eso, debiéramos tener una mirada diferente al respecto.

Está bien la discusión que hemos llevado en el Congreso Nacional, pero, a mi modo de ver, ésta debe ir más allá, a la gente común y corriente, a la sociedad entera.

En ninguna otra parte del mundo existe la invariabilidad tributaria. El libre comercio no necesita de un decreto ley N° 600. Por eso, creo que debiéramos buscar otra manera para realizar estas regulaciones.

¿Cómo explicamos a los chilenos que hoy estamos regalando -insisto, regalando- un recurso natural como el cobre a las mineras privadas? ¿Cómo les explicamos que en el momento más importante de la historia de la minería -nunca antes los precios de cobre, y también los de subproductos, como el oro y la plata, habían estado tan altos-, estamos entregando invariabilidad tributaria hasta el año 2021? Es relevante entregar esas explicaciones.

Me habría gustado que en el marco de la discusión que estamos llevando a cabo, por lo menos dentro de los acuerdos logrados entre la Alianza y la Concertación, se hubiera dicho algo sobre la ley de concesión plena, que no existe en ninguna parte del mundo. Mediante esa ley, aprobada durante la dictadura militar-, -es decir, en un periodo en que no había Congreso Nacional, debate ni opinión pública-, al inversionista privado se le regaló la mina, dado que queda protegida por el derecho de propiedad. Eso significa referirla enteramente a las normas que garantizan el dominio privado. De eso se deduce que el titular puede libremente usar, gozar, disponer, hipotecar, dar en garantía y transmitir hereditariamente a sus descendientes la propiedad minera.

Esto no existe en ninguna otra parte del mundo. Por eso, es menester abocarnos a buscar la manera de discutir este tema en el Congreso Nacional. Es el momento adecuado para recuperar la propiedad, avalada en nuestra Constitución al establecer que las minas son de propiedad del Estado. Y resulta que aquí la entregamos a la propiedad privada. Para que las minas vuelvan a ser de propiedad del Estado hay que expropiarlas, lo que resulta prácticamente imposible.

Tenemos un deber muy importante: cuidar nuestros recursos naturales. En Noruega, por ejemplo, cuando se descubre una veta minera, la mitad de la mina es para el Estado y la otra mitad es para el privado que hizo la explotación. En Chile la propiedad pasa completamente a manos del sector privado.

En cuanto a la iniciativa en estudio, si bien podría considerarse un paso adelante, considero que el Congreso Nacional no está protegiendo los recursos naturales de nuestro país.

Entre el 2003 y el 2009, las empresas privadas han obtenido tremendas ganancias -se han llevado de Chile 100 mil millones de dólares-, y nosotros estamos muy contentos porque ahora entregarán en forma graciosa y voluntaria 1.200 millones de dólares. A mi juicio, no es un buen negocio para Chile ni para sus recursos naturales.

Como los colegas saben, aquí no se refina ni un gramo de cobre; eso se hace en el exterior.

A pesar de que algunos diputados consideran bueno el acuerdo, no lo es tanto si se compara con lo que se paga en Australia. En efecto, estamos bastante lejos de lo que pagan las mismas mineras en sus países de origen.

¿Por qué Chile tiene que ser un país de segunda categoría? ¿Por qué cobrar menos por nuestros recursos naturales? Además, se llevan la plata y el oro. En el caso de éste, su precio está por las nubes debido a los problemas del dólar.

Debemos poner atención a este aspecto y, ojalá, en los próximos años lograr un gran acuerdo para modificar la ley de concesión plena, que nadie ha tocado. Incluso más, nadie ha dicho nada al respecto. Es una gran vergüenza para todos los chilenos, pero en especial para el Congreso Nacional, no haber sido capaces de modificar dicha legislación.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo.

El señor RECONDO.- Señora Presidenta , quiero iniciar mi intervención refiriéndome a las últimas palabras del diputado Enrique Accorsi . A mi juicio, Chile está muy lejos de ser un país de segunda categoría. El ejemplo entregado al mundo durante esta madrugada por la forma como se ha llevado adelante una operación que ha concitado la admiración mundial, revela que está muy lejos de ser un país de segunda categoría. Por el contrario, está entre los de primera categoría.

En sus intervenciones muchos diputados parten reconociendo que el proyecto no les satisface en plenitud. Reconocen que constituye un avance, pero no les gusta en su totalidad. Algunos han dicho que les habría gustado más o menos invariabilidad, más o menos impuestos. En fin.

En suma, el denominador común en los discursos es que el proyecto no satisface en ciento por ciento las aspiraciones o expectativas de la gran mayoría de los diputados.

Pero el mayor valor que asigno al proyecto es la capacidad para concitar acuerdos respecto de materias tan importantes. Como dije, no satisface ciento por ciento mis expectativas, pero estoy dispuesto a llegar a un acuerdo que permita alcanzar un adecuado balance de mis expectativas, con las de los demás, a fin de sacarlo adelante.

En definitiva, significa que somos capaces de ponernos de acuerdo respecto de una materia importante para Chile. Ése es el mayor valor que ha tenido la tramitación del proyecto.

Las modificaciones apuntan en la misma línea del planteamiento original del Ejecutivo: una tasa de impuestos variable, de acuerdo con el margen operacional de las empresas. Ello, de alguna manera, relacionado con el precio del cobre.

Hoy, el acuerdo apunta a la existencia de una mayor o una menor tasa, pero estamos en la misma línea. Al final, se logró un acuerdo sobre la base de una tasa mayor que la planteada originalmente por el Gobierno.

El acuerdo está en la línea de más o menos invariabilidad, que es el planteamiento original del Gobierno. Se llegó a un acuerdo que establece un período de invariabilidad de seis años, no de ocho, como planteaba el proyecto despachado por la Cámara

Además, se acordó estudiar el decreto ley Nº 600 y mantener las platas para los gobiernos regionales.

En suma, en la línea del planteamiento original del Ejecutivo, fuimos capaces de llegar a un acuerdo para sacar adelante este proyecto.

Quiero recoger aquí algunas palabras, por ejemplo, que “es inaceptable” o “no me gusta”, porque en los años futuros, el partido de la economía mundial se jugará en materia de recursos naturales.

Por lo tanto, los amigos de la Concertación sostienen que debemos aprovechar de estrujar u ordeñar esta “vaquita” del cobre. En ese sentido, pese a que es verdad que en los próximos años el partido se jugará en materia de recursos naturales y se mantendrán precios muy expectantes, algunos diputados tenemos una posición distinta. Al respecto, creo que es el momento de garantizar la inversión en el sector, de entregar certeza a la inversión, porque eso permitirá desarrollar el país y dar trabajo a los chilenos.

Por lo tanto, reconocemos un cambio en la situación de los recursos naturales, pero debemos entregar certeza y lograr más inversión.

Codelco sufre mucho para conseguir recursos de inversión y, de esa manera, llevar adelante sus proyectos.

Por lo tanto, reitero, se necesita entregar certeza jurídica a la inversión, elemento indispensable para el crecimiento y el desarrollo.

Finalmente, quiero reivindicar algunas aspectos importantes. En primer lugar, cuando el proyecto se convierta en ley, servirá para financiar la reconstrucción. Se ha querido sostener que no es así. Para ella se requieren algunos requisitos fundamentales, el primero de los cuales dice relación con recursos. Si para un proceso de reconstrucción después de un terremoto no se requirieran dineros, entonces significaría que los terremotos no tendrían impacto.

Cuando el Gobierno pidió financiamiento para la reconstrucción, el Congreso Nacional le negó el ciento por ciento de los recursos solicitados. Al final, en vez de los 3.500 millones o 3.600 millones de dólares que solicitó, se aprobaron 2.700 millones.

Por lo tanto, es clarísimo que se requieren más recursos para la reconstrucción. En consecuencia, el Gobierno tuvo que insistir con el proyecto del royalty para su financiamiento.

Por lo tanto, reitero, el proyecto apunta en buena parte para financiar la reconstrucción, que requiere un sentido de emergencia, de urgencia. En los próximos meses, la ley en tramitación allegará recursos al Estado para la reconstrucción, por tanto, se trata de una iniciativa que responde a la urgencia con que el Estado debe actuar ante la emergencia del terremoto.

Tal vez sea distinto el criterio de algunos a quienes les tocó vivir las emergencias de Tocopilla o de Chaitén, pues no respondieron con el sentido de urgencia requerido por los ciudadanos.

Finalmente, quiero reivindicar la búsqueda de acuerdos con la Concertación. Logramos un buen acuerdo y, con ello, dimos un buen ejemplo.

Felicito al Gobierno por la forma en que manejó la situación. En las últimas semanas vivimos momentos muy auspiciosos en cuanto a avanzar en materias legislativas y, en consecuencia, resolver los problemas de los chilenos. Ejemplos de eso se encuentran en la tramitación de los proyectos de ley sobre justicia militar, el que modifica la ley antiterrorista, el de royalty y el del Transantiago, todos los cuales fueron objeto de amplios y mayoritarios acuerdos logrados entre el Gobierno, la Alianza y la Concertación en el Congreso Nacional.

Quiero reivindicar ese camino, que parece muy positivo.

Felicito al Gobierno por su esfuerzo y la forma en que ha conducido el proceso, la que nos ha permitido aprobar estos proyectos.

Finalmente, espero la aprobación, ojalá por unanimidad, de las modificaciones del Senado al proyecto de royalty, que tan bien le hará a la reconstrucción del país.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Walker.

El señor WALKER.- Señora Presidenta, mis primeras palabras son para felicitar a los treinta y tres mineros que en estos momentos están cumpliendo la proeza de su rescate.

(Aplausos)

Aprovecho la presencia del ministro de Hacienda para invitar al Gobierno -es la oportunidad- a avanzar en reformas laborales que nos garanticen relaciones laborales más equitativas al interior de las empresas, con sindicatos más fuertes y resaltando el rol de los comités paritarios de higiene y seguridad. Así se evitará que vuelvan a ocurrir accidentes como el de la minera San José .

Este proyecto, y el acuerdo a que se llegó en el Senado, demuestran que la Concertación tenía la razón cuando sus parlamentarios nos opusimos a la tasa de impuestos que iba entre 3,5 y 9 por ciento, que propuso originalmente el Gobierno, puesto que ahora logramos avanzar a una tasa efectiva que va entre 5 y 14 por ciento. Por lo tanto, no éramos nosotros los antipatriotas -de lo que se nos acusó en un momento- que estábamos negando los recursos para la reconstrucción. Sabíamos que el aporte que la gran minería del cobre podía hacer al país era mucho mayor. Por eso surgió el acuerdo a que llegaron los senadores, que permitirá recaudar 1.000 millones de dólares entre el 2010 y el 2012, recursos que no estaban contemplados en el régimen tributario anterior, del artículo 64 bis de la ley sobre impuesto a la renta.

También demostramos que no era necesario garantizar una invariabilidad hasta el 2025. Pero en esto seamos muy francos, porque nosotros estábamos conscientes de que debíamos generar un incentivo para que las empresas que tuvieran contrato de invariabilidad tributaria con el Estado de Chile se sumaran al nuevo régimen y pudieran hacer su aporte a la mayor tributación de la gran minería del cobre. En un momento, se habló de la posibilidad de establecer para las empresas una suerte de crédito tributario y que lo pagaran después del 2017; pero nos parecía inconcebible pedir a las empresas que le prestaran plata al Estado para la reconstrucción. Nos parecía, en este caso, mucho más lógico extender el período de invariabilidad sólo por seis años y no por ocho años, como propuso el Gobierno. He aquí el tema de fondo.

Queremos legislar en serio para terminar con la invariabilidad. Por eso, ayer, junto con los jefes de Comités de la Concertación y del PRI, presentamos un proyecto de ley para sustituir el decreto ley N° 600. Queremos inversión extranjera y para eso necesitamos garantizar que no se discriminará a los inversionistas nacionales, y que los inversores extranjeros podrán hacer retiros de su remesa al exterior; pero no se justifica más un decreto ley como el 600, que se creó en dictadura cuando Chile estaba aislado del mundo.

Los recursos para las regiones fue una conquista de la Cámara. Con el diputado José Miguel Ortiz estuvimos peleando en el Senado con ese propósito. Esto es muy importante, porque un tercio de los recursos irán a las regiones mineras. Represento a la Cuarta Región de Coquimbo, afectada por la sequía y donde existe una permanente pugna entre la gran minería del cobre y la agricultura por la utilización de los recursos hídricos. Pues bien, los recursos que se destinarán a las regiones permitirán contar con fondos de inversión para construir embalses y obras de regadío, proyectos que serán priorizadas por los gobiernos regionales.

Sostenemos que los acuerdos hay que cumplirlos en lo que nos gusta más, pero también en lo que nos gusta menos. Me siento absolutamente representado por nuestros senadores Andrés Zaldívar y Eduardo Frei en lo que convinieron en el Senado. Lo digo claramente. No concibo que en una votación separada podamos votar a favor lo que nos gusta más y en contra lo que nos gusta menos. Soy de los que creen que los acuerdos hay que cumplirlos en su integridad, y si no, no son acuerdos.

Por último, como bien lo dijo el diputado Nicolás Monckeberg , este gobierno, como nunca antes en la historia de Chile, contará con recursos no solamente para la reconstrucción, sino también para financiar todos sus programas sociales. Nosotros, a partir de la aprobación de este proyecto de ley, le vamos a entregar al Gobierno todos los recursos que nos ha pedido. A partir de ahora, señora Presidenta , no habrá excusas para no cumplir los compromisos que dio a conocer el Presidente de la República el 21 de Mayo, como terminar con el descuento del 7 por ciento a los adultos mayores en materia de salud, duplicar la subvención por alumno en los establecimientos educacionales y aumentar el per cápita en salud en todos los consultorios de Chile.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Macaya.

El señor MACAYA.- Señora Presidenta, ésta es la tercera vez que me corresponde intervenir en este Hemiciclo sobre este proyecto.

Acá hay reconocimiento a la labor que ha hecho el Gobierno y a su capacidad negociadora. Por eso, señora Presidenta , por su intermedio quiero felicitar al ministro de Hacienda y destacar el acuerdo que se alcanzó en los últimos días con la gente de la Concertación. En las últimas semanas, con ocasión de la tramitación de proyectos como el relativo al Transantiago o la modificación de la ley antiterrorista, los parlamentarios de dicho conglomerado han actuado de manera positiva. También veo un ambiente distinto en la discusión presupuestaria que estamos llevando a cabo, lo cual le hace bien al país, como asimismo al rol del Congreso Nacional.

También hago un reconocimiento a la labor de apoyo de los parlamentarios independientes a la iniciativa del Gobierno sobre el royalty.

Tampoco quiero perder de vista lo relacionado con el inicio de la discusión de este proyecto. Aquí se ha dicho que el tema se puso en el tapete público inmediatamente después del terremoto. Efectivamente, el proyecto fue concebido, en su idea original, a raíz del terremoto del 27 de febrero pasado y, como lo señaló el diputado Accorsi , no debemos olvidar que ésa es la razón por la cual hoy se está discutiendo. No estaríamos hablando de royalty minero y, probablemente, tampoco tendríamos la oportunidad de volver a tratarlo en los próximos años si este Congreso no hubiera dado la señal de aprobar los recursos para la reconstrucción.

Quiero hacer referencia a un columnista cuyo comentario aparece hoy en El Mercurio de Santiago. Señala que, con los actuales precios del cobre, el acuerdo logrado permite una mayor recaudación anual adicional para el fisco de unos 530 millones de dólares, lo que equivale a toda la reforma tributaria de 1990 bajo el gobierno del presidente Aylwin.

Estos dichos son del presidente del Partido Demócrata Cristiano, senador Ignacio Walker, quien resalta la importancia del acuerdo a que se está llegando.

De acuerdo a lo expresado en esa columna, estamos arribando a niveles que nos ubican entre los países con mayor tributación minera en el mundo. Hay algunos estados federales que tributan con tasas un poquito superiores, pero, como país, reitero, probablemente estemos entre los países con mayor tributación minera.

Señora Presidenta , entre los contenidos del proyecto se puede destacar el tema regional. Ciertamente, como parlamentario de regiones, no puedo dejar de apoyar la creación del Fondo de Inversiones y Reconstrucción Regional, y la recaudación global que esto va a significar. Solamente en el caso de la Región de O´Higgins, se destinarán alrededor de 40 millones de dólares en proyectos de ladrillo y de concreto. No hablamos de proyectos de asesorías o de intangibles.

Quiero destacar, también, el acuerdo para estudiar y debatir el decreto ley N° 600. En esta discusión no hay que olvidar que, desde 1974 a la fecha, dicho decreto ha jugado un rol fundamental en las inversiones en el país y en su desarrollo.

Lo resuelto en materia de tasas es muestra de la flexibilidad que tuvo el Gobierno para negociar con la Concertación. Sin embargo, me preocupan ciertas declaraciones, como la del Presidente del Consejo Minero , quien señaló que esta tasa inhibe la exploración del potencial minero, cuestión que hay que considerar, toda vez que, en la línea de lo planteado por el diputado Recondo , la disposición del Congreso y del Ejecutivo era lograr el consenso político adecuado que incentivara la inversión minera.

Lo que más valoro de esta discusión sobre el royalty es la certeza que damos a un sector que aportará parte importante de los recursos para la reconstrucción, amén de financiar la mayoría de los proyectos del Estado chileno. Prácticamente, uno de cada cuatro pesos de recaudación fiscal proviene del recurso minero y de las actividades de las empresas mineras.

No hay que perder de vista que cuando se habla de derogar el sistema de concesiones, se está afectando la institucionalidad en materia de inversiones, toda vez que se está cuestionando un proceso que genera empleo y recursos para el Estado chileno. Por eso, reitero, valoro la certeza tributaria que se está entregando a las empresas mineras.

Por último, destaco el apoyo que dieron al Ejecutivo la Concertación y la bancada Independiente, prueba del ambiente que primará en este Congreso en la discusión presupuestaria para 2011.

Por último, anuncio mi voto favorable al proyecto.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señora Presidenta , en este debate se están mezclando dos temas: los recursos que el Gobierno demanda para la reconstrucción con qué hacer con nuestros recursos no renovables, que pertenecen a todos los chilenos. Comparto la opinión del diputado Accorsi , en cuanto a que este es un tema que merece un debate serio, sobre todo considerando que el Estado, por la vía de las concesiones, vulnera un gran triunfo histórico de Chile, cual fue la nacionalización del cobre. Ni siquiera en tiempos de Pinochet se desnacionalizó el cobre, sino que se inventó este sistema de concesiones permanentes e indefinidas, que hacen que la propiedad del Estado sobre sus recursos mineros, en nombre de todos los chilenos, sea simplemente ficción, porque el recurso sigue siendo, como lo demuestran los fundamentos de la presentación del Presupuesto 2011 -lo digo, aprovechando la presencia del ministro de Hacienda -, la piedra angular de nuestra estrategia de desarrollo y financiamiento nacional. Enfrentamos bien la crisis económica que azotó a Chile y al mundo, precisamente por nuestra holgura presupuestaria y financiera, derivada de la buena rentabilidad del cobre y de lo que aporta Codelco al erario nacional. Entonces, la afirmación, que más parece consigna, de que el cobre es el sueldo de Chile, sigue siendo válida. El cobre es y seguirá siendo buena parte de la piedra angular del desarrollo de Chile. Este recurso ha permitido el desarrollo en los últimos años y no tengo duda de que está en las consideraciones de quienes ya piensan en las estrategias de desarrollo para un mejor futuro.

Repito, el cobre es un elemento fundamental de la evaluación presupuestaria. Por eso, la decisión que hoy adoptemos sobre este impuesto específico a la minería redundará no sólo en los recursos que el Gobierno requiere para la reconstrucción, sino también en lo que Chile hará con esta piedra angular de su estrategia de desarrollo, con sus recursos minerales y el cobre.

Desmiento categóricamente que la Concertación no tenga voluntad para entregarle al Gobierno los recursos necesarios para la reconstrucción. Al ministro le digo, por su intermedio, señora Presidenta , que nuestros votos están disponibles para todas las fórmulas necesarias para conseguir los recursos que saquen adelante la reconstrucción; pero le pido que no mezclemos las cosas, porque esto tiene que ver con lo que haremos con nuestro principal patrimonio, con nuestra principal riqueza, con nuestro cobre.

Por lo tanto, la decisión de hoy tendrá efectos trascendentales, de cara al futuro de Chile. Y esto será lo que oriente la decisión que hoy tomemos.

La Concertación, a través de sus miembros de la Comisión de Hacienda, propuso miles de fórmulas para generar los recursos que el Gobierno quiere obtener por la vía de este impuesto específico para la reconstrucción. Es decir, hay alternativas. El país tiene recursos suficientes. Además de su capacidad financiera y de endeudamiento, tiene la opción de usar los fondos soberanos, ahorros con que el país cuenta gracias a la buena gestión macroeconómica desarrollada en los últimos 20 años y que hoy constituyen un activo nacional. Pienso que nadie se atrevería a manejar recursos sino sobre la base de esa disciplina fiscal y de esa responsabilidad macroeconómica.

Para decidir mi voto, me pregunto si el proyecto sirve bien a los intereses de Chile; si los dueños del cobre, los dueños de nuestros recursos minerales, que son los ciudadanos y las ciudadanas, como lo establece la Constitución, se benefician o no con este proyecto.

Tengo la impresión de que hoy discutimos sobre este seudo royalty que rige la inversión extranjera, fruto de una movilización política y social que contó con una férrea oposición en importantes actores políticos y empresariales de la época, porque probablemente todos tenemos conciencia de que la tasa de esta seudo regalía fue insuficiente para atender las expectativas y el interés general de Chile. Aunque el Senado cambia y modifica, en una buena dirección, lo que está vigente, a mi juicio sigue siendo insuficiente para que Chile disfrute como corresponde de los intereses que derivan de su principal riqueza: los recursos minerales y el cobre. Tenemos la oportunidad histórica, que pocas veces se repite en la crono-logía de un país, para lograr una legislación justa, que atienda fundamentalmente los intereses de las grandes mayorías nacionales.

Los gobiernos de la Concertación y el gobierno actual han dicho más o menos lo mismo: Chile se encuentra en el umbral del desarrollo, y de cómo hagamos las cosas depende si logramos enrielarnos en la senda de un país desarrollado o si permaneceremos siempre a las puertas de la primera división. Mi decisión tiene que ver con cómo el Estado se hace de recursos indispensables no sólo para reconstruir lo que se cayó el 27 de febrero, sino también para financiar políticas públicas potentes, activas y vigorosas, que pongan a Chile en la senda del desarrollo.

Con este proyecto, que viene del Senado, con sus modificaciones, se comete un error capital, que nos costará el juicio histórico de las presentes y futuras generaciones, toda vez que cercena la soberanía del Congreso Nacional y de los tres futuros gobiernos, cuando establece el beneficio de invariabilidad tributaria hasta 2024. Tres lustros más de invariabilidad tributaria, por un régimen de aporte al presupuesto nacional que esas mismas empresas pagan en mayor cantidad en otros países. Son las mismas empresas, y no otras, que venden el mismo cobre, en los mismos lugares y, sin embargo, acá pagan menos.

Tiene razón el diputado señor Accorsi cuando señala que a Chile se le da un trato de segunda categoría, que a Chile no se le mide con una vara distinta. ¿Saben por qué? Porque la clase política lo permite, porque nosotros permitimos poner sobre la mesa una moneda de negociación, que se traduce en decirle a las empresas que se lleven nuestro cobre, que paguen un poquito más, pero que hasta 2024 no las molestamos. Tres futuros Congresos y tres futuros gobiernos no podrán legislar sobre la materia, porque nos habremos autocercenado la soberanía que nos entrega la Constitución, como responsables de la conducción del Estado.

No seré cómplice, con mi voto, de una decisión que cercena las atribuciones soberanas del Estado y de este Congreso. Porque no sólo tenemos el derecho, sino el deber de velar por los intereses de las grandes mayorías. En este caso, significa administrar responsablemente los recursos minerales que, insisto, son la piedra angular de nuestra estrategia de desarrollo. Como dije al comienzo, los presupuestos nacionales se elaboran sobre la base de las expectativas del precio del cobre, que hoy está en uno de los mejores momentos de su historia y se proyecta que así seguirá hacia adelante.

Esa invariabilidad tributaria nos corta las manos y no sería posible establecerla en otros países, donde hay más densidad de la clase política y los intereses económicos penetran menos en las decisiones políticas. Sin embargo, aquí parece que es posible, porque es la moneda de transacción. ¡Así cambiamos nuestras decisiones de políticas públicas! ¡Así le decimos a quienes estarán sentados en estos mismos escaños hasta 2024 que no tendrán derecho a hacer este debate!

¿Parece democrático eso? ¿Parece correcto eso? ¿Parece correcto que un gobierno modifique la Constitución por la vía de una ley y agregue, simplemente, que no tendrá iniciativa exclusiva en esta materia? Porque eso estamos haciendo en la práctica, diciendo que la facultad que tiene el Gobierno de presentar, de manera exclusiva, iniciativas en materia impositiva se mantiene, con la excepción de que, en materia minera, no la va a poder ejercer por 14 años. ¿Eso parece razonable? ¿Eso parece correcto? Eso es inaceptable, porque significa una conculcación de nuestras atribuciones democráticas.

Voy a rechazar este proyecto, voy a votar en contra, porque conculca el derecho de los chilenos a disfrutar la propiedad que la Constitución les reserva sobre los recursos minerales, que son no renovables, que se agotan y se acaban, y el derecho de disfrutar de algo que logramos y que hoy está puesto en cuestionamiento, por un proyecto de ley que sólo protege los intereses de las grandes empresas, de los grandes consorcios empresariales, pero no el interés de los chilenos, que cifran, en las expectativas de nuestros recursos minerales, una estrategia de desarrollo que nos lleve a mejores niveles de progreso.

Voy a votar que no, porque creo que éste es un mal proyecto, que atenta contra el interés general de Chile.

He dicho.

-(Aplausos).

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino.

El señor BERTOLINO.- Señora Presidenta , quiero valorar el trabajo desarrollado por el Gobierno, particularmente por los ministros de Hacienda y de Minería, el cual no está presente por los motivos que todos conocemos: se encuentra dirigiendo el exitoso rescate de los 33 mineros.

El trabajo que ellos realizaron para revertir una situación que, en principio, fue adversa y llegar a acuerdos, tanto con los técnicos como con los políticos de la Concertación, habla muy bien del tono en que se llevó esta discusión.

Por eso, con afecto, discrepo de mi colega diputado Marcelo Díaz , con quien representó al distrito N° 7, quien ha hecho mención a su voto en contra a la invariabilidad, legítimo desde el punto de vista de nuestro derecho. Pero, quiero recordar que esa invariabilidad fue impuesta por el Gobierno del Presidente Lagos, y fue tan bien impuesta, que no puede ser cambiada ni eliminada. Aquí única y exclusivamente estamos ante el devastador desastre natural del 27 de febrero, terremoto y maremoto, el quinto más grande desde que se tiene conocimiento en la historia de la humanidad. Cuando el Presidente Lagos promulgó esta legislación nadie estuvo en contra. Por ello, ahora es necesario sumarse a lo que nos propone el Gobierno, en un momento en que el cobre tiene un muy buen precio y nuestro país requiere más y mayores recursos para ir en ayuda de los afectados y proceder a la reconstrucción.

Como antes han señalado otros oradores, en lo personal, tampoco me es cómodo apoyar y aprobar un proyecto que aumenta los tributos al emprendimiento, pero entiendo y reconozco que es una necesidad superior. Por eso, estoy dispuesto a dar mi apoyo y voto favorable.

¿Por qué es importante hacerlo? Porque es el momento en que las empresas mineras disponen de una mayor cantidad de recursos y el país más los necesita. Los necesitamos ahora y, por eso, valoro este acuerdo. En esta intervención, aprovecho de invitar a las empresas a que se sumen, porque este proyecto les está dando estabilidad en el tiempo, dejando las reglas claras para invertir en la actividad minera.

El proyecto fija un impuesto a las utilidades o a la renta imponible operacional, con lo cual no ponemos en riesgo la existencia de esta actividad productora que, además, da trabajo e ingresará impuestos al erario nacional, dado que va a depender de la rentabilidad que tengan y eso, obviamente, depende del precio que alcance el metal. Por lo tanto, acá no estamos legislando en un momento de bonanza sólo para épocas de bonanza, sino de una forma tal que permitirá tener un ingreso al Estado, incluso cuando el precio del cobre sea menor y las rentabilidades también lo sean.

Es importante señalar que nos hemos transformado, con el proyecto que vamos a votar, en uno de los tres países mineros del mundo con mayor tasa impositiva a la actividad extractiva del cobre. Eso hay que tenerlo bien presente, sobre todo en un mundo globalizado y competitivo, donde el capital busca obtener la mayor rentabilidad. Es cierto que nuestra actividad tiene ventajas comparativas: la cercanía del mineral a los puertos, la expertise de sus técnicos, profesionales, trabajadores y emprendedores y, en muchos casos, también la calidad de la ley de nuestras minas. Estamos en el tope de lo que los países industrializados aplican en materia de tasas a la extracción del cobre. Entonces, es muy poco realista pensar que se puede hacer mucho más. Claro, el diputado Accorsi dijo que hay países en que se descubre un yacimiento y la mitad es para el Estado y la otra mitad para la empresa; sin embargo, quiero saber qué lugar ocupan esos países en el ranking mundial de producción minera o de cobre. Prácticamente, no existen. ¿Por qué? Porque no es interesante ni atractivo invertir en esos países, por el riesgo que conlleva descubrir yacimientos mineros. Proporcionalmente, de cada cien prospecciones, una es rentable. Esos proyectos requieren un gran capital inicial y los riesgos se corren en función de las prospecciones, que no siempre son reales y efectivas. De ahí, la importancia de aterrizar este proyecto a la realidad y valorar el esfuerzo que se ha hecho.

Personalmente, creo que hemos aprovechado de solucionar una gran falencia que tuvo la primera ley de impuesto a la minería o royalty, porque no se creó un sistema expedito para que las regiones, particularmente las comunas mineras, pudieran tener acceso a los recursos que se generan.

Creó un Fondo de Innovación Tecnológica, pero, paradojalmente, las comunas mineras, que es donde se desarrolla mayormente la minería, no tienen un gran nivel de desarrollo o de vida. Sin embargo, con el Fondo de Inversión y Reconversión Nacional, ellas van a poder tener acceso directo a tal desarrollo. De hecho, del total de mil millones que se recauden durante cuatro años, el 30 por ciento se destinará a las regiones mineras y los otros dos tercios se repartirán entre las quince regiones. Por lo tanto aquellas recibirán lo que les corresponde por ser el lugar donde están emplazados los yacimientos. En la medida en que aquellos se exploten se irán eliminando y a futuro deberán reconvertirse, porque no podrán realizarse extracciones en forma indefinida.

Por eso, valoro que el ministro de Hacienda, en representación del Gobierno, haya puesto oídos a la sugerencia de un grupo de parlamentarios. Debemos reconocer que el Comité Independiente, que hizo una gran labor, nos haya concedido este punto.

Por lo tanto, anuncio que la bancada de Renovación Nacional y quien habla votarán favorablemente el proyecto.

He dicho.

El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier.

El señor TEILLIER.- Señor Presidente , en primer lugar, me queda claro que este no es un proyecto de royalty, sino sobre un impuesto específico a las utilidades de las grandes mineras de cobre. En verdad, uno no sabe si felicitarse o expresar que estamos llegando a una situación que puede ser muy nefasta para el futuro del país. Claramente, nos debemos felicitar porque se obtendrá un millón de dólares para la reconstrucción, del cual 100 millones de dólares por año, durante cuatro años, serán destinados a las regiones mineras. Al parecer, es algo excepcionalmente bueno para el país.

Sin embargo, estamos discutiendo el impuesto específico a las utilidades en un momento de alza excepcional del precio del cobre, que no será eterno, ya que podríamos pensar que se mantendrá durante los próximos cuatro o cinco años. El hecho de que el cobre hoy esté en su mejor precio indica claramente que es el momento más conveniente para elevar los impuestos a la gran minería cuprífera. Si hubiéramos tenido la capacidad y la voluntad política de realizar ahora las reformas que permitan cobrar mayores impuestos, o incluso si en el lapso de invariabilidad, que va de este año a 2024, cobráramos los mil millones de dólares en impuestos que obtendremos en los próximos tres años, perfectamente podríamos haber recogido 4 mil ó 5 mil millones de dólares. Es decir, con la misma medida que ahora estamos cobrando impuestos nos estamos farreando 5 mil millones de dólares de aquí a 2023.

No nos engañemos. Esa tabla, que va del 5 al 14 por ciento y que no sabemos en qué sentido va a funcionar, empezará a tener efectos después de 2024. Es decir, las empresas seguirán tributando exactamente como hasta ahora, salvo en el lapso de los próximos tres años, en que vamos a recoger mil millones de dólares.

Por eso, me parece que es un acuerdo bastante nefasto, porque hipoteca el futuro del país y el desarrollo de las futuras generaciones e, incluso, deja amarrada de manos a la institucionalidad del país o a quienes les corresponda dirigirla, para cambiar las reglas del juego en los próximos años. Queremos dar garantías a las grandes empresas, pero no a aquellas que necesariamente lesionan el interés del país.

Tampoco me parece verdadero que vayamos a cobrar los impuestos más altos del mundo en materia de la gran minería del cobre. Eso no es efectivo, porque en otros países no se devuelven impuestos a los empresarios. Además, eso genera que en otros países se sobrepase largamente el 40, 50 o incluso el 60 por ciento de los pagos de impuestos. En Chile recién estamos llegando a alrededor del 40 por ciento si se cobra la tasa máxima, que llegaría al 14 por ciento.

Por eso, no podemos y no podríamos apoyar con nuestro voto favorable las modificaciones del Senado.

Como dije al comienzo de mi intervención, desde el punto de vista del futuro del país, se trata de un acuerdo nefasto para Chile y para todas las chilenas y todos los chilenos. Ojalá -y así lo espero- en el futuro exista la voluntad política y se genere la suficiente conciencia en este país sobre esta materia. Incluso, deberíamos comenzar por hacer un reconocimiento a los 33 mineros, a los cuales hoy estamos homenajeando, pues nos llena de alegría que se estén salvando sus vidas. Pero, debemos recordar que ellos sufrieron esa desgracia precisamente por estar sacando desde las entrañas de la tierra el cobre que tanto nos da, pero que tanto menospreciamos a la hora de valorarlo en el contexto del país. Ellos sacaban el metal rojo en deplorables condiciones de seguridad desde las entrañas de la tierra. ¿Por qué los mineros trabajaban en esas condiciones? Por la ambición desmedida de algunos empresarios. Me parece que a las grandes empresas transnacionales del cobre también les estamos dando facilidades para lograr sus ambiciones, porque incluso podrán optar, voluntariamente si quieren, a acogerse a la ley, mientras que el resto del país debe cumplir cualquiera ley de manera obligatoria.

Por las razones expuestas, votaremos en contra las modificaciones del Senado.

He dicho.

El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Miodrag Marinovic.

El señor MARINOVIC.- Señor Presidente , no puedo iniciar mi intervención sino con mucho orgullo, afecto y cariño. En nombre de la Región de Magallanes, la más austral de nuestro país, entrego un profundo reconocimiento y un saludo a nuestros héroes, los mineros que hoy están siendo rescatados en la mina San José .

En particular, me quiero referir a los temas que nos unen respecto de los acuerdos en relación con el proyecto que hoy finalmente se somete a votación en tercer trámite.

Por primera vez en la historia de nuestro país se logra hacer un reconocimiento a las regiones, por cuanto se busca que con parte de la extracción de los recursos que no son renovables, como los minerales y otros, se genere una instancia que permita a las regiones, que durante muchos años les han sido extraídas sus riquezas naturales no renovables, reconvertirse y regenerar recursos para que queden en esas zonas para que los administren los gobiernos regionales. Asimismo, hoy se ha dignificado a las regiones de todo Chile y, además, se ha sentado jurisprudencia respecto del tratamiento que debe tener la extracción de recursos renovables en nuestro país, para que nunca más ocurra que todas las regiones aporten, pero, en definitiva, la riqueza se la lleven unos pocos de otras zonas de nuestro querido país.

No queremos que ocurra lo que sucedió con el salitre, señor Presidente . Por eso, como parlamentarios independientes, dimos la lucha para que parte de esas enormes riquezas que todos hemos señalado aquí, queden en las regiones que las producen, ya que ello nos parece de toda justicia.

En segundo lugar, aquí se aumenta la carga tributaria de las empresas mineras, lo que celebro, ya que considero que quienes tienen la mayor riqueza en el país, que son las empresas mineras y sus propietarios, deben pagar más impuestos para nuestro desarrollo.

Señor Presidente , quiero destacar la participación de los parlamentarios independientes, ya que ello generó instancias de diálogo con los amigos de la Concertación y del Gobierno, lo que permitió incorporar la modificación que reconoce los recursos regionales. El acuerdo a que se llegó en el Senado se debió al trabajo que realizamos a nivel parlamentario en la Cámara.

Como se dijo años atrás respecto de otras materias, hemos avanzado en la medida de lo posible. Sin duda alguna, a la mayoría de quienes estamos acá nos gustaría que las empresas mineras pagasen mucho más, pero tuvimos que conciliar eso con un royalty ya establecido por el gobierno anterior.

Hay tareas pendientes a las cuales me voy a sumar, señor Presidente , como la reformulación del decreto ley N° 600, con el objeto de reflejar la madurez que tenemos como país para hacernos respetar frente a los inversionistas extranjeros. Además, debemos revisar el crédito que tienen las empresas mineras y las empresas que remesan dinero al exterior, respecto de lo que pagaron como impuesto de primera categoría en su declaración de renta.

Agradezco a los colegas Monckeberg , Macaya y a algunos otros parlamentarios, que se han referido al aporte y al trabajo que realizamos en la Comisión de Hacienda para generar modificaciones y perfeccionar el proyecto, lo que ha permitido que el royalty en discusión sea radicalmente distinto al que envió el Gobierno hace algunos meses, lo que se debe al aporte de todos los sectores políticos.

Quiero hacer un mea culpa ante mis colegas diputados.

¿Por qué buscamos que los senadores logren este tipo de acuerdo, lo que pasa a llevar nuestro rol protagónico como representantes del pueblo de Chile? ¿Por qué no podemos arribar a ellos en la Cámara, en lugar de esperar que ellos digan cómo se van a hacer las cosas? Al respecto, invito a todos los colegas para que, desde sus sectores políticos, asumamos el rol protagónico que nos corresponde para lograr acuerdos en la Cámara de Diputados.

Señor Presidente , no invito a las empresas mineras a acogerse al nuevo sistema de tributación, sino que las insto a que se sumen de inmediato a dicho régimen que el pueblo de Chile, a través del Congreso, ha determinado para que ellos puedan extraer las riquezas naturales de nuestro país.

Por su intermedio del señor Presidente , quiero decir al Gobierno que va a disponer de más recursos gracias a este importante acuerdo y al trabajo del Parlamento. En consecuencia, como dijo un colega que me antecedió en el uso de la palabra, vamos a contar con los recursos necesarios para eliminar de una vez por todas el 7 por ciento que deben pagar nuestros adultos mayores, para generar planes de empleo y de trabajo que requieren nuestras regiones y nuestro país en general, con el objeto de mejorar las condiciones de vida de los chilenos.

Por lo tanto, vamos a votar favorablemente el proyecto.

He dicho.

El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Cerda.

El señor CERDA.- Señor Presidente , en primer lugar, quiero expresar mi satisfacción por el hecho de que el proyecto que vamos a votar hoy se debe a un acuerdo democrático, lo que es bueno para Chile, ya que nadie puede exigir que se debe lograr todo lo que se desea. Como ya se ha dicho, con este acuerdo se ha logrado lo mejor dentro de lo posible.

Respeto la palabra empeñada por los miembros de la Comisión de Hacienda del Senado, los senadores Eduardo Frei, de la Democracia Cristiana; Ricardo Lagos Weber, del PPD, y Camilo Escalona, del Partido Socialista. Nadie puede dudar de su patriotismo y de su mejor deseo de servir al país.

Seamos sinceros, lamentamos que ese acuerdo de los senadores no haya sido oportunamente informado a los diputados, ya que la mayoría lo supo a través de la prensa. No obstante, también debemos dejar en claro que cuando se discutió el proyecto en la Sala de la Cámara, acordamos votarlo en contra para que el Senado lo mejorara y lograra los acuerdos definitivos.

Se ha mejorado mucho el proyecto original, ya que se aumentó la escala de tributación de la gran minería hasta lograr un mayor ingreso para el país de alrededor de mil millones, el que se destinará a la reconstrucción, y se disminuye el plazo de invariabilidad, materia que fue muy discutida. ¡Qué más quisiéramos todos que hubiera cero plazo de invariabilidad!

Sin embargo, veamos los avances que hemos logrado al respecto.

El decreto ley N° 600 establece una invariabilidad de quince años. Lamento que el diputado Bertolino se haya retirado de la Sala, porque señaló que la invariabilidad la estableció el Presidente Lagos . ¡No es así! Al Presidente Lagos le correspondió disminuir la invariabilidad de quince años establecida por el decreto ley N° 600, a doce años. Mediante el proyecto en discusión se pretende disminuirla a seis años, para que en el futuro se llegue a invariabilidad cero.

Por otra parte, se destinan 100 millones de dólares durante cuatro años para atender inversiones en regiones, especialmente en las mineras, que obtendrán un tercio de esa nueva recaudación, mientras que los dos tercios restantes serán distribuidos entre todas las regiones del país.

Me alegro por ser representante de la Quinta Región, ya que es una zona minera. Por eso le pido al señor ministro , por intermedio del señor Presidente , que se asignen esos recursos, a través del correspondiente decreto del Ministerio de Hacienda, a inversiones para el desarrollo de esas regiones.

También me alegro de que la UDI y Renovación Nacional apoyen el aumento del royalty. Debo recordar que durante el gobierno del Presidente Lagos se opusieron tenazmente a aprobar un royalty para la minería. Incluso, el Instituto Libertad y Desarrollo planteaba que afectaría seriamente las inversiones del país. Los hechos nos demuestran que no es así. Este royalty se aprobó sólo por dos votos de senadores independientes, lo que permitió obtener recursos especiales para Chile, a pesar de la oposición, como dije, de los sectores que hoy son gobierno, los que hoy lo están proponiendo con mayor fuerza, lo cual me alegra.

Otro punto muy importante del acuerdo en debate es que propone la formación de una comisión que estudie durante 180 días la modificación del decreto ley N° 600, en el que radica la base de la invariabilidad.

Disminuimos la invariabilidad. En este proyecto, se mejoraron los ingresos para el país, que son fundamentales. El señor ministro debe estar contento, porque terminamos con la aprobación de recursos especiales para la reconstrucción del país.

Con la anterior ley, aprobamos innumerables recursos y hoy aprobamos estos mil millones más, con lo cual se va a atender verdaderamente la necesidad tan angustiosa de los sectores afectados por el terremoto del 27 de febrero.

Seremos estrictos en ver que verdaderamente los recursos, dentro de lo que es el presupuesto de la nación, estén invertidos año a año para mejorar sus condiciones de vida.

Aprovecho de enviar un saludo muy cariñoso a los mineros de la mina San José que hoy están siendo rescatados y decirles que, como miembro de la Comisión Investigadora, seremos estrictos en vigilar y ver qué sucedió para que nunca más en Chile se esté abusando de los trabajadores; para que nunca más se haga caso omiso de las medidas de seguridad que les permita trabajar con dignidad. Asimismo, es necesario aplicar las sanciones correspondientes a quienes han vulnerado la ley, ya sean de la empresa privada o del Gobierno.

Anuncio que votaré favorablemente el proyecto.

He dicho.

El señor MOREIRA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Pepe Auth.

El señor AUTH.- Señor Presidente , hace varios meses votamos en contra un proyecto del Gobierno, que tuvo un entusiasta respaldo de los diputados de la Alianza, que buscaba recaudar 600 millones de dólares para la reconstrucción, entregando ocho años más de invariabilidad tributaria para las empresas que se acogieran voluntariamente a un nuevo esquema tributario, de un modesto 3,5 al 9 por ciento, según nivel de utilidades.

Se nos dijo aquí -lo escuchamos de boca de los ministros-, con un énfasis de verdad digno de mejor causa, que con menos años de invariabilidad las empresas no se acoge-rían al nuevo sistema y que si se subían un poco más los impuestos “mataríamos a la gallina de los huevos de oro”. Pues bien, ahora no se recaudan 600 sino un poco más de mil millones de dólares, entregando seis años de invariabilidad. Por supuesto, no se escucha a nadie que repita el argumento de que no hay incentivos para acogerse al nuevo sistema. La tasa ya no es de 3,5 a 9 sino de 5 a 14 por ciento y pueden estar seguros que la gallina va a seguir cacareando y poniendo huevos como siempre.

Hay tres constataciones indesmentibles -probablemente, los colegas Ernesto Silva y Mario Bertolino las desmientan-: la primera es que el aporte actual que hace la minería privada al desarrollo del país es completamente insuficiente e inadecuado respecto del principio rector que es que el cobre les pertenece constitucionalmente a los chilenos.

La segunda -nadie lo ha discutido aquí- es que el proyecto consensuado es significativamente mejor que la situación actual y mucho mejor que la propuesta que el Gobierno presentó hace pocos meses.

La tercera, a mi juicio, indesmentible, es que lo que se somete hoy a votación es completamente insuficiente para resolver el tremendo desequilibrio entre el aporte de la minería privada al país y los beneficios que obtiene de la explotación del cobre, que es chileno.

Pero para decidir nuestro voto, debemos considerar, en primer lugar, que todo el avance, entre el proyecto que ingresó a la Cámara y votado en contra por la Concertación y a favor por los diputados de Renovación Nacional y de la UDI, se debe precisamente a nuestra presión. Eso expresa una paradoja que no he visto en ninguna parte del mundo: por una parte, una Oposición que busca leyes que permitan al Gobierno obtener el máximo de recursos posibles para resolver los problemas sociales y de desarrollo, y por otra, un Gobierno que no sólo se resiste a aceptar más recursos, sino más bien quiere limitar los recursos para enfrentar los problemas del desarrollo. Es decir, un Gobierno que quiere menos impuestos y una Oposición que quiere más impuestos. Me pregunto, ¿qué habría pasado si no hubiera una Oposición decidida, antipatriota, como la calificó violentamente un importante ministro por haber votado en contra el proyecto original del Gobierno? Pues bien, Chile -lo puede refrendar cualquiera-, habría perdido varios miles de millones de dólares en esta década para resolver problemas sociales y de desarrollo. Imaginen si hubiéramos votado a favor la propuesta original del Gobierno, junto con los diputados de la Alianza, cuando ésta ingresó a la Cámara. Felizmente, la votamos en contra; felizmente, los senadores de la Concertación la votaron en contra.

Hoy, podemos expresar, al menos, que hicimos un sustantivo avance respecto de la propuesta original del Gobierno. Pero si hoy votáramos en contra las modificaciones del Senado, por esto mismo que he dicho, estaríamos votando en contra de nuestros propios logros: haber forzado al Gobierno a incrementar al doble el impuesto específico a la minería, a comprometer con claridad recursos para la reconversión económica y el desarrollo de las regiones y a abrir, por fin, la discusión sobre el decreto ley N° 600, ya sobrepasado por la historia y el desarrollo económico y la apertura social, cultural y económica de Chile en el mundo.

Quiero aclarar, porque de pronto aquí se cae en confusiones, que la alternativa a las modificaciones del Senado no es la tributación minera de Australia. No estamos eligiendo entre aprobarlas o aprobar un esquema tributario como el de Australia: estamos optando entre aprobarlas o consagrar el esquema vigente, es decir mantener un 4 por ciento hasta 2017 y un 5 por ciento desde 2018 en adelante. Ésa es la invariabilidad tributaria para los nuevos proyectos. Eso es lo que ocurriría si votáramos en contra, porque continuaría rigiendo la ley actual y ésta asegura invariabilidad a alguien que pone un proyecto hoy a cinco años y luego corre la invariabilidad hasta más allá de 2030.

No nos engañemos, la tributación de la minería privada, después de aprobada las modificaciones del Senado, continuará siendo muy insuficiente. Pero no podemos votar en contra de una tributación mayor porque no conseguimos una tributación justa; no podemos negarnos a subir dos peldaños de la escalera con el pretexto de que queremos llegar a la cima. Sería una paradoja terrible que las modificaciones se aprueben con los votos de quienes no querían incrementar significativamente los tributos y se vieron obligados a hacerlo, y con el rechazo de quienes pensamos que debemos reducir este desequilibrio inaceptable entre lo que aporta la minería privada al desarrollo del país y lo que se lleva por concepto de utilidades. Por eso, invito a todos mis colegas de la Oposición a valorar lo que hicimos votando a favor el proyecto, pero al mismo tiempo reafirmando nuestro compromiso de seguir trabajando hasta que Chile cobre una renta justa por el cobre, que le pertenece a todos los chilenos.

Porque la aprobación de esta iniciativa no me libera, como al diputado Monckeberg , de la responsabilidad de lo que deberé decirles a mis hijos y nietos en el futuro. Después me seguirá resultando difícil explicarles por qué no defendimos adecuadamente el interés de los propietarios del cobre, que son todos los chilenos, para que al menos la mitad de las utilidades obtenidas de su explotación fueran a resolver los grandes problemas sociales, económicos y el desarrollo de Chile.

Cuando mis hijos y mis nietos me pregunten por qué los adultos mayores siguen cotizando el 7 por ciento en salud, por qué los discapacitados no tienen gratuidad en el transporte público, por qué las asignaciones familiares siguen siendo tan escuálidas, no me resignaré jamás a decirles que este Parlamento no pudo concordar una ley que posibilitara una distribución equitativa de las utilidades que genera el cobre chileno.

Por eso votaré a favor el proyecto, porque representa un avance. No obstante ello, comprometo aquí mi esfuerzo para que esto termine en una ley definitiva que permita una distribución equitativa de las utilidades del cobre entre las empresas que invierten y trabajan este mineral y sus propietarios, que somos todos los chilenos.

He dicho.

-(Aplausos en la Sala y en las tribunas).

El señor MOREIRA ( Vicepresidente ).- Señores diputados, quiero compartir con ustedes que, a medida que avanza la hora, seguimos recibiendo buenas noticias: El decimosexto minero ya ha sido rescatado.

(Aplausos en la Sala y en las tribunas)

Tiene la palabra el diputado señor José Manuel García.

El señor GARCÍA (don René Manuel).- Señor Presidente , todos nos alegramos del momento histórico que está viviendo el país. Y por extraña coincidencia, hoy en esta Cámara de Diputados nos encontramos hablando de los mineros, al referirnos al royalty a la minería.

Felicito de todo corazón a la Concertación por cooperar tan desinteresadamente con el Gobierno de nuestro Presidente Sebastián Piñera. Sin embargo, éste es el típico proyecto que da para decir todo tipo de cosas.

El diputado Auth se refirió al 7 por ciento. Eso lo vamos a arreglar. No le echamos la culpa a lo que pasó hace 20 años, cuando fueron Gobierno y no lo arreglaron. La pregunta que uno debe hacerse cuando trata proyectos de ley importantes es si no se aprueban estos recursos, ¿quién va a sufrir? ¿El Parlamento? ¿La Democracia Cristiana? ¿El PPD? ¿El Partido Socialista? ¿La UDI? ¿Renovación Nacional? ¡No! Los que van a sufrir y van a seguir con el 7 por ciento, con las bajas pensiones, es la gente. Por eso es bueno llegar a estos consensos.

Y no nos vengamos a “ver la suerte entre gitanos”. Aquí quedamos amarrados durante 12 años por una ley que hizo el Presidente Lagos . En consecuencia, a raíz del terremoto el Presidente Piñera se ha visto en la obligación de conversar con las mineras y sacar esa traba que teníamos para obtener los recursos que tanto necesitamos para la reconstrucción del país.

A la gente de las zonas afectadas no le importa si eso fue o no consenso, si fue royalty o plata de las mineras o garantías tributarias. Lo que le interesa a esas personas es que los recursos les lleguen para poder empezar la reconstrucción. Y ése es el norte que debemos tener. No importa quien tenga un punto más o un punto menos.

Se ha alabado mucho a los senadores de la Concertación. Me pregunto si la gente que recibirá los beneficios se acordará de ellos y les dará las gracias. ¡No! Esa gente agradecerá que los recursos están, que las mineras se encuentran pagando sus impuestos y que vamos a realizar la reconstrucción que tanto anhelamos para reparar los daños ocasionados por la catástrofe del 27 de febrero.

Entonces, señora Presidenta , ¿sacaremos mucho con lavarnos la cabeza unos a otros? ¿Sacaremos mucho con echarnos flores unos a otros? No. Debemos sacar conclusiones de esto. Y ojalá los futuros parlamentos sigan empatados, porque así se llega a los consensos que todos queremos. Hoy, nosotros somos Gobierno; mañana lo serán ustedes. Da lo mismo. Lo que importa es que siempre tendremos que consensuar. Eso es lo ideal, eso es lo mejor: que cada uno intentará obtener lo mejor para su país, no para su propio beneficio.

Aquí tenemos un claro ejemplo de ello: todos los diputados presentes pasaremos; varias generaciones de parlamentos también lo harán, pero el país va a seguir igual, el país va a seguir adelante y deberá tener gente que se preocupe de quienes más necesitan. Ése es el Chile que queremos construir.

¿Acaso ahora empezarán a decir que está lenta la reconstrucción o a preguntar en qué se han ocupado los recursos, o a pedir que en el Presupuesto se separen los recursos que cedimos?

Recuerdo que hace un par de años en este mismo Congreso la Presidenta Bachelet nos pidió 4 mil millones de dólares para invertir en programas sociales, para generar empleo. Y nosotros se los aprobamos sin chistar, porque creíamos que era justo, debido al momento difícil que estaba viviendo el país. Con eso quiero decir que la Oposición y la Concertación no están para sacarse los ojos en una Sala del Parlamento, sino para trabajar por el bien de un país. Y eso -de nuevo- se logra con los consensos a que hemos llegado aquí.

¿Acaso no es un orgullo que por primera vez se le haya dado el premio “ Ministro de Hacienda del Año 2010 de Latinoamérica ” a una persona que lleva sólo cinco meses en el cargo?

(Aplausos en la Sala y en las tribunas).

Eso no es gratis. Eso se logra porque hay seriedad, porque se han hecho las cosas como se deben hacer.

Así, por su intermedio, señora Presidenta , fuera de todo lo que hemos hablado, felicito al señor ministro de Hacienda por esa distinción que nos ha enorgullecido a todos y a cada uno de los chilenos representados en él.

Ésa es la gente que queremos. Esos son los que deben seguir gobernando el país: los que sin mirar para el lado, ni los colores políticos, han fijado su mirada en el norte de nuestro país, que es la reconstrucción.

Por otra parte, todo lo que el Presidente dijo el 21 Mayo se va a cumplir. Y quiero refrescar la memoria de sus señorías, para que no queden dudas.

Recuerdo a la Sala y a la prensa presente en las tribunas que éste es el primer Presupuesto del Presidente Piñera. Nos encontramos trabajando con el Presupuesto de la Presidenta Bachelet; por lo tanto, esas platas ya estaban destinadas y gastadas. Ahora vamos a cumplir los compromisos del 21 de Mayo con los recursos que le daremos a nuestro Presidente.

Por lo tanto, estamos en una buena senda, con muy buen rumbo. Así que ¡claro que paguen más las mineras! Esto es lo mismo que discutía el otro día con el diputado Andrade . Cuando se nos señala que vamos a ver las leyes laborales y que vamos a subir el salario mínimo en 3, 4 mil pesos, las empresas van a quebrar. ¡Mentira! ¡Mentira! No he visto ninguna empresa que quiebre porque le sube 5 mil pesos el salario mínimo a los trabajadores. ¡Mentira!Por lo tanto, insisto en que se trata de lo mismo: ninguna minera va a quebrar. ¿Qué puede suceder? Que esas empresas vayan a hacer inversiones en otro lado.

Anteayer leí que un inversionista chileno, de gran prestigio en la minería, se encuentra invirtiendo en Pakistán 3.800 millones de dólares, porque cree que en Chile no están las condiciones. No es utópico que los recursos se pueden ir a otros lados. Ello por una razón muy simple y que los colegas la conocen perfectamente: la plata no tiene país; la plata no tiene dueña; la plata está en el mundo; la plata se va donde le den las garantías. Y ése es el peligro que puede haber. Pero que las mineras vayan a quebrar porque paguen un 2 ó 3 por ciento más de tributos, no. ¡No es así! ¡No van a quebrar! Sin embargo, la inversión se puede ver perjudicada.

Por consiguiente, si queremos tener trabajo hay que proteger también la inversión del país. Y eso es lo que estamos resguardando.

Señora Presidenta , señalo al señor ministro que la bancada de Renovación Nacional votará favorablemente este proyecto.

Agradezco si la gente de la Concertación no “se tira tantas flores”, sino que solamente se ponga la mano en el corazón y diga: “Efectivamente, creemos que es justo entregar estos recursos”, y que no “echemos más gallitos”, porque este asunto se ha retrasado más de la cuenta para conseguir los recursos que tanto necesitamos para la reconstrucción de nuestro país.

Señora Presidenta, reitero que, con mucho gusto, vamos a votar favorablemente la iniciativa. La gente puede estar tranquila. Los jubilados sabrán que el 7 por ciento, como lo dijo el Presidente, se va ir retirando paulatinamente. Esperamos y estamos seguros de que el Presidente cumplirá ese compromiso.

¡Viva Chile!

¡Vivan los mineros!

¡Viva el royalty!

He dicho.

-Aplausos en la Sala y en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado Luis Lemus.

El señor LEMUS.- Señora Presidenta , ésta es la tercera oportunidad en que discutimos este proyecto y me quiero referir a una cuestión señalada por el Gobierno a la prensa y que me parece muy coherente con su estrategia: reconocer que el cobre sigue siendo el elemento más determinante en nuestra economía.

Se habla de constituir un nuevo ministerio que tenga que ver con nuestros recursos naturales, fundamentalmente, el agua, la energía y los recursos minerales, lo que me parece muy coherente con lo que está pensando el país en cuanto a su economía y orientaciones. Sin embargo -quiero recordar eso a los diputados de Gobierno-, la semana pasada, en esta Cámara hubo parlamentarios que se lamentaron profundamente por la baja en el valor del dólar e hicieron ver que una de las actividades que intervenía más directamente en ello era precisamente la actividad minera, ya que el cobre de Chile es el que determina este desbalance que se produce, porque mientras el cobre sube el dólar baja, lo que recae directamente en nuestras exportaciones, sobre todo en la agricultura, donde los efectos que hoy está sufriendo son devastadores, por lo que pedían la intervención del Gobierno y del Banco Central y preguntaban por qué se protegía tanto dicha actividad.

Debemos tener claro que con estos bajos recursos tributarios que pagan las mineras en Chile lo que estamos haciendo es fortalecer esta actividad como algo estratégico para la economía, y así lo está pensando el Gobierno.

Entonces, cuando el Gobierno piensa en este ministerio de recursos naturales es porque lo considera estratégico, sobre todo cuando se quiere hacer, pensando en un ministro que últimamente ha tenido una visión inmensa a nivel país, por lo que hay que buscar el espacio para que se pueda desarrollar. Eso lo encuentro coherente.

Pero también tenemos que decir las cosas por su nombre. Connotados especialistas en esta materia, como Juan Villarzú , de quien se publicó un reportaje el fin de semana en el diario La Tercera -nadie puede negar que sabe mucho del negocio minero-, han señalado que hoy las mineras privadas en Chile están tributando muy poco. Juan Villarzú dio una cifra: 2.500 millones de dólares. ¿Esos son los tributos que tenemos, incluido este impuesto específico? ¿Eso es lo que las mineras le están entregando a Chile? ¿Por qué no se ha querido hacer una discusión de cara al país? ¿Por qué siempre se le pone urgencia a estos proyectos? La excusa ha sido el terremoto, que ha dado para todo en este país, incluso para hacer reformas que son sustantivas para nuestro futuro.

Entonces, tenemos que sincerar las cosas. Si uno hace una encuesta, la gente va a opinar que las mineras pagan poco en Chile. Sin embargo, con esa información tratamos de torcer la nariz, sacando a relucir cosas que no corresponden.

Por ello, por intermedio de la Mesa, pido al ministro de Hacienda que algún día traiga a esta Cámara al Director de Impuestos Internos para que le aclare al país cuántos son los tributos reales, porque en este Hemiciclo se ha insistido una y otra vez en que somos uno de los tres países que pagamos más tributos. Si es así, desafío a que lo podamos demostrar.

Actualmente, Chile está explotando un par de proyectos en la frontera con Argentina, pero no se explotan en la parte argentina fundamentalmente por los tributos que existen en Chile. Hay consorcios chilenos y extranjeros que se han aventurado en países como Afganistán y Pakistán, en un proyecto que se está desarrollando en la frontera, con una inversión sólo en estudio de 200 millones de dólares, pero se han encontrado con un problema: los tributos.

Hoy, Chile está determinado como el país que tiene el 38 por ciento de las millonarias reservas de cobre a nivel mundial. Incluso, en septiembre, las empresas en Chile presentaron ocho proyectos para ampliar los que ya estaban en ejecución, porque tienen que vender el cobre en forma rápida; aprovechar los precios internacionales y adelantarse a las modificaciones tributarias que puedan existir.

En definitiva, nunca hemos demostrado que somos el país donde se pagan más tributos, sobre todo, porque Chile es el país que paga menos por este concepto. Hoy la inversión se viene a Chile y no a otros países no sólo por la estabilidad política y por el conocimiento que aquí se tiene de minería, que son elementos importantes, pero no fundamentales, sino porque aquí se paga menos tributos.

Voy a ser coherente porque vengo de una zona minera y sé el impacto que esto produce.

Los aportes a las regiones me parecen bien, pero es sólo por tres años. Los impactos que estos proyectos tienen en las comunidades son increíbles. Sacaba la cuenta de lo que sucede en una comuna que pertenece al distrito que represento en esta Cámara y que alberga proyectos inmensos. Quisiera saber cuánto les va a llegar por esto. ¿150 millones ó 200 millones de pesos anuales por tres años? ¿Será suficiente para comunas que son contradictorias en este país, ya que entregan las mayores riquezas, pero son las más pobres de Chile?

Por ello, creo que este tema lo debemos tocar con seriedad. Si bien es cierto, hemos mejorado el proyecto, debemos reconocer que es absolutamente insuficiente. Para mí la invariabilidad es un tema estratégico para Chile. Estamos hipotecando la posibilidad de que otros Congresos puedan discutir sobre los avances que tenga el país y el mundo en un futuro ojala cercano.

Por eso, voy a votar en contra de este proyecto, porque creo que es injusto por el sistema de tributación que establece y que repercute en el pueblo chileno.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Como aún quedan siete diputados inscritos, les sugiero que limiten sus intervenciones a no más de cinco minutos.

Ofrezco la palabra al diputado señor René Saffirio.

El señor SAFFIRIO.- Señora Presidenta , durante los últimos cinco años, diez empresas de la gran minería del cobre obtuvieron ganancias, sin considerar impuestos, intereses, depreciación y amortización, por 76.819 millones de dólares.

Esta cifra tiene su origen en información proveniente de la Comisión Chilena del Cobre, de la Superintendencia de Valores y Seguros, del Consejo Minero, según sus balances consolidados, entre 2006 y 2009, y de las memorias y balances, del mismo período, de la Minera Escondida y de Codelco. Esto significa que estas empresas han obtenido, anualmente, ganancias por 15.363 millones de dólares.

En primer lugar, el proyecto que estamos discutiendo generará, eventualmente, utilidades del orden de los 400 millones de dólares anuales, lo que, también eventualmente reportará un ingreso total de 1.200 millones de dólares. ¡Por favor! Comparemos la diferencia que existe entre 76.819 millones de dólares de ganancias y 1.200 millones de dólares que reportará este proyecto.

Se quiso obtener el voto favorable de los parlamentarios, en particular, de los diputados de regiones, comprometiendo 400 millones de dólares como aporte a las regiones, incluida, la Región Metropolitana, durante cuatro años, es decir, 100 millones anuales.

Éste es un aporte miserable para las regiones, que debo comparar con el compromiso que contrajo el Gobierno con mi región, por 125 millones de dólares anuales, durante cuatro años, para financiar el Plan Araucanía, fruto y consecuencia de la huelga llevada a cabo por 34 modestos jóvenes mapuches, y sin hacer entrega de gran parte del patrimonio de nuestro país. Ésta es la exacta dimensión de las migajas que el Estado de Chile y las regiones recibirán, si se aprueban las modificaciones del Senado a este proyecto.

En segundo lugar, este acuerdo no me obliga a nada, y lo digo por lo siguiente. Fuimos informados, a través de los medios de comunicación, del acuerdo a que llegaron senadores de mi partido, de mi coalición, y el Gobierno, respecto de este proyecto, no obstante que habíamos convenido previamente que para nosotros el problema de la invariabilidad tributaria era intransable.

El acuerdo previo al abrazo nocturno del ministro de Hacienda con los senadores Escalona , Lagos Weber y otros, provenía del congreso ideológico de mi partido, el Demócrata Cristiano. Allí se concordó que la invariabilidad tributaria contenida en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600 era el norte sobre cuya base teníamos que definir nuestra política tributaria en materia minera.

Recién ayer fuimos informados sobre la naturaleza del acuerdo suscrito por los senadores Andrés Zaldívar y Eduardo Frei Ruiz-Tagle . Desde mi escaño parlamentario, es decir, desde donde ejerzo mis facultades constitucionales, debo recordarle al Senado que no son facultades delegables, que fui elegido para legislar y no para que otros decidan por mí. En consecuencia, no me obligan los abrazos de los senadores Escalona y Lagos con el ministro de Hacienda . Habrán tenido sus razones y las respeto, pero no son las mías.

No estoy dispuesto a hipotecar, por medio de la invariabilidad tributaria, el futuro de nuestro país. No tendría cara, frente a las generaciones futuras, para explicar lo inexplicable.

(Aplausos en las tribunas).

No estoy disponible para vender nuestra principal riqueza básica, ni mucho menos para ceder parte de nuestra soberanía, quedar atado de manos y no poder legislar frente el tema tributario minero a futuro.

No obstante las presiones, no voy a abdicar de mis responsabilidades constitucionales, las que asumí cuando juré al integrarme a esta Cámara, y que tienen que ver con la defensa de los intereses de mi país, porque ni soy ni miembro de un directorio ni gerente de una empresa minera: soy diputado de la República de Chile . La historia, con Radomiro Tomic en la memoria, juzgará a unos y a otros.

En consecuencia, anuncio mi voto en contra de la totalidad de las modificaciones del Senado.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Ofrezco la palabra al diputado señor Marcelo Schilling.

El señor SCHILLING.- Señora Presidenta , creo que las pasiones que desata este debate sobre el impuesto específico a la minería tienen que ver con la relevancia que todos reconocemos que reviste esta industria para nuestro país. Representa alrededor del 45 por ciento de los ingresos fiscales por concepto de exportaciones. Como se ha recordado, Chile tiene el 40 por ciento de las reservas de cobre a nivel mundial. Este solo hecho hace que el país haga descansar en esta industria sus esperanzas de contar con los recursos suficientes para lograr su desarrollo. Si bien todas las demás actividades tienen su relevancia y su significación, carecen de la importancia fundamental que ostenta la industria de la mine-ría, en particular, la del cobre.

Considero que si es ésta la relevancia que tiene la minería del cobre para nuestro país, el Gobierno ha actuado incorrectamente e, incluso, me atrevería a decir que en forma poco ética, al proponer esta reforma de macetero al sistema tributario de las empresas mineras, con el pretexto de tener recursos para la reconstrucción.

Todos sabemos -lo dijo el senador Novoa , no lo invento yo- que había recursos para la reconstrucción, sin necesidad de hacer ninguna reforma tributaria, de modo que éste es un argumento absolutamente falaz y espero que la gestión del Gobierno no se caracterice en el futuro por seguir haciendo trucos que distorsionan la realidad.

Este debate debió haberse hecho de manera más serena y profunda por las razones que explicaron otros diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, como Carlos Montes, porque el proyecto tiene que ver con el país que pensamos y el largo plazo, no con las urgencias del momento.

Tal vez en este momento, incluso, no se sabe qué hacer con los recursos adicionales que están ahorrados, que entre el fondo del cobre de las Fuerzas Armadas, el Fondo de Estabilidad, donde hay 15 mil millones de dólares, más las reservas del Banco Central, suman 45 mil millones de dólares.

Decir que esta reforma es necesaria por este concepto no se justifica, como tampoco lo es pedir la invariabilidad para estimular la inversión extranjera. La inversión extranjera se estimula en Chile por el hecho de que nuestros yacimientos minerales tienen una alta ley; por el hecho de que tanto trabajadores como profesionales se encuentran altamente calificados; porque las minas están cerca de los lugares de exportación, con puertos privilegiados, y porque tenemos estabilidad política y social. Eso es lo que atrae la inversión extranjera, no una supuesta invariabilidad, que lo único que hace es garantizar utilidades excesivas a las empresas que invierten en el rubro.

En consecuencia, estamos hablando de un recurso que tiene que ver con el futuro estratégico de la nación y que no está siendo tratado de buena manera.

Quiero recordar a los más antiguos, algunos de los cuales, o sus padres o abuelos, seguramente alcanzaron a vivir en períodos en que Chile tuvo riquezas similares al cobre, del que disfruta actualmente. Pasó antes con el salitre, con el hierro y con la plata. Esas riquezas fueron dilapidadas por la elite dominante, por la vieja oligarquía chilena. Se gastaron en artículos suntuarios, se eliminaron impuestos y no se hizo ningún esfuerzo por el desarrollo nacional.

Me pregunto si las actuales autoridades, tanto el Presidente de la República como su ministro de Hacienda , están conscientes de la responsabilidad que están asumiendo frente a la historia. Espero que los libros de historia no digan que fue en este período que se cometió el mismo error que a comienzos del siglo XX: la dilapidación de la riqueza nacional.

Además, es necesario considerar un tema de urgencia y de oportunidad. No sólo el cobre no es eterno, como se ha recordado acá; también puede ser reemplazado. Acaban de darle el Premio Nobel a un par de personas que descubrieron un metal, el grafeno, que es mejor conductor que el cobre, por lo que, a la velocidad con que se desarrolla hoy el conocimiento, la ciencia, la tecnología y la adaptación de los nuevos productos a su producción masiva, nada impide que, así como el salitre sintético reemplazó al salitre en el pasado, el cobre también quede pronto en el olvido.

Ojalá que el Presidente de la República y su ministro de Hacienda se informen sobre quienes obtuvieron el Premio Nobel -no recuerdo exactamente si fue de Química-, para que vean de qué se trata el tema al que me he referido.

Estamos discutiendo sobre el tema específico de la tributación en minería, pero las medidas que se proponen no se hacen cargo del conjunto del problema. Todos sabemos que las empresas mineras han burlado con holgura la legislación tributaria chilena. Empresas que reciben créditos de sus casas matrices a tasas más altas que las que existen en el mercado para justificar la disminución del pago de impuestos en Chile, o empresas que explotando el mineral en Chile se lo venden a su subsidiaria en el exterior, a un precio subvaluado, para disminuir las utilidades y, de esa forma, reducir también el pago de impuestos.

Pido al ministro de Hacienda que forme un equipo especial en el Servicio de Impuestos Internos para seguir de cerca la tributación minera, puesto que con la plata que ganan tienen ejércitos de abogados expertos en legislación tributaria y contadores para hacer todo tipo de martingalas en el pago de los tributos mineros.

Sin duda, el proyecto que vuelve del Senado es mejor que el que aprobamos en la Cámara de Diputados. Como dice el nombre de un pueblo chileno, peor es nada, ya que alguna plata agarran las regiones, tenemos la posibilidad de revisar el decreto ley N° 600, que tanto daño ha hecho al país, por la pérdida de recursos que, por lo demás, es otra herencia más de la dictadura. Además, aumenta la tasa impositiva, aunque no tanto como hubiésemos deseado, y disminuye el período de invariabilidad.

Entiendo que nos moleste la invariabilidad, porque desde tiempos de la dictadura lo único que se ha intentado hacer en Chile es que todo sea invariable. Quiero recordarles que Pinochet dejó integrada la Corte Suprema por jueces invariables de por vida; daba lo mismo que hubiesen perdido sus facultades mentales, porque podían seguir siendo jueces, porque Pinochet así lo quería.

Pinochet dejó invariable un Senado con senadores designados, y también dejó invariable el Consejo de Seguridad Nacional. Igualmente, dejó invariable la ley de amnistía, que perdonaba los crímenes contra los derechos humanos y de lesa humanidad, etcétera. Pero quiero decirles, por su intermedio, señora Presidenta , a los representantes del actual gobierno que en el mundo no hay invariabilidad.

En lo personal, aprobaré el proyecto, porque algo se mejoró en el Senado y Chile no puede esperar eternamente que cambie la correlación de fuerzas para que haya un cambio de fondo en esta cuestión. Pero quiero decir que el debate que ha puesto el Gobierno permite, a quienes realmente tenemos algún sentido patriótico y nacional, iniciar una campaña que debiera culminar el año en que termine la invariabilidad, ocasión en que exigiremos -espero que tengamos mayoría en el Congreso Nacional para hacerlo- la nacionalización y estatización de la minería chilena, deduciendo de esas medidas las utilidades excesivas de las empresas mineras.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.

El señor LORENZINI.- Señora Presidenta , el diputado Schilling hablaba de la invariabilidad. La única invariabilidad que aprecio aquí es la de los senadores y diputados de la Izquierda que están variando la historia de nuestro país. Están variando sus principios y sus conceptos.

Aquí no se trata de platas más o de platas menos, y el ministro lo sabe. Lo único que hay en este país es plata para los próximos tres o cuatro años; por lo tanto, no hay un problema de falta de recursos. De lo que estamos tratando es de un tema de principios, de dignidad nacional.

Tengo en mis manos varios documentos que aluden a la Chilenización del cobre, en 1967. El Presidente de la República era don Eduardo Frei Montalva . También se menciona la nacionalización pactada, en 1969, en que el ministro de Minería era don Alejandro Hales . Luego tenemos la nacionalización del cobre, con el Presidente Allende , gran presidente , al lado de Patricio Aylwin , gran presidente, y de Radomiro Tomic , gran candidato presidencial y senador.

Ésa era la Democracia Cristiana; ahí estaba mi partido, peleando por el sueldo de todos los chilenos, por el recurso de todos los chilenos.

¿Qué decía Radomiro Tomic ? Quien controla el cobre, controla Chile. Gran verdad hoy día: quien controla el cobre, 70 por ciento de multinacionales, controla el Parlamento y controla el Gobierno. Lo dijo Tomic hace cuarenta años.

Hoy, las multinacionales están haciendo su negocio, su lobby. Según los expertos, el precio del cobre estará por sobre los tres dólares la libra -el ministro de Hacienda , presente en la Sala, lo puede corroborar- durante los próximos diez años. De esa manera, están garantizadas inmensas utilidades por los próximos diez años. Los senadores tienen su cargo asegurado por ocho años, y los diputados, por cuatro. Los ministros ni siquiera tienen garantizados cuatro años. Pero a las multinacionales les garantizamos diez años de cobre sobre tres para que se lleven el 77 por ciento de las utilidades. ¿Y a los chilenos, que somos los dueños del recurso, qué?

¿Qué hacen los principales países del mundo con sus recursos naturales? ¡Recuperándolos, porque ahí está la base del futuro! Podríamos aprovechar esta oportunidad y acordar el royalty minero, y les cobramos 3 por ciento y las minas para afuera. Y no hablemos de la banca. Es decir, es el minuto de los royalties. Pero ¿de qué royalty estamos hablando? ¿Qué políticas tenemos para defender nuestros propios recursos?

La utilidad de los bienes que se extraen no es la misma que la de una empresa normal, comercial o industrial. Alguien mencionó la teoría del tesoro. Claro, son como un buscador de tesoros. El costo de sacar un tesoro, por ejemplo de un barco en la costa de Curepto, comuna del distrito del diputado Álvarez-Salamanca , es de dos o tres millones de dólares. ¿Y cuánto vale el tesoro? ¡50 millones ó 100 millones de dólares sacados de la tierra! ¡Miren lo que pasó con los mineros, sacados de la tierra, que hoy son oro para el país!

Ahí no hay costo o es mínimo; es lo que queda.

¿Y lo refinamos o lo tratamos? ¿Por qué no le ponemos un royalty al envío de concentrado o al que no los manda tratado o refinado? Ahí debiera aplicarse el royalty. Tienen las plantas fuera del país, porque ahí hacen los negocios.

Eso es lo que quiere legislar la Concertación, conglomerado que actualmente no me interpreta para nada. Sus senadores coludidos aprueban proyectos por tres migajas. Le tienen miedo a la gente. ¡Qué miedo a la gente! ¡El miedo a la gente se ve en los votos en cada elección! ¡No al lobby de las transnacionales y no a que se lleven todos los excedentes del país!

Escuchen lo que decía Tomic . ¡Qué gran hombre este líder de la Democracia Cristiana! Veremos cómo actuarán los parlamentarios de este partido. ¡Bien, diputado Saffirio , porque es nuevo, como los diputados Chahín y Torres, que se atreven a votar en conciencia un tema de principios! Aquí no hay órdenes de partido, como nuestro presidente me lo dijo ayer, porque es anticonstitucional. Por lo tanto, voto en conciencia, y rechazaré este proyecto, porque me parece que no corresponde.

(Aplausos).

¿Qué diría el padre del joven parlamentario Pedro Araya, quien fue diputado junto a mi padre, uno de los actores en la defensa del cobre, cuando se deja de lado a quienes iniciaron este movimiento en la Falange Nacional?

En 1965, Tomic expresaba: “De aquí en adelante no será el Estado chileno, sino intereses foráneos, en larga medida competidores de Chile en toda la fase del proceso minero e industrial del cobre, quienes tendrán el poder decisorio efectivo sobre la producción y comercialización del cobre chileno en el mercado mundial.”.

¡Cómo cambia la vida! ¡Qué previsión! Y hoy algunos diputados de centroizquierda nos vienen a decir que esto es bueno para el país. ¡Aquí está Salvador Allende ! ¿Por qué murió Allende ? ¡Perdónenme! Los partidos deberían observar un mínimo de consistencia con su filosofía. La reclamo, en primer lugar, para la Democracia Cristiana, que está abandonando sus principios por cuatro pesos o cuatro imágenes más. ¡Aquí no se dan los acuerdos!

Tomic también dijo que el cobre es chileno y nunca más será chileno. Después, cuando se aprobó la ley en aquel entonces, en relación a la forma de aprobación de esta ley, señaló categóricamente que fue una “legislación tramitada y aprobada en secreto”, entre cuatro paredes. Han pasado cuarenta años y la historia se repite.

En verdad, esto no es un tema de Gobierno y de Oposición, sino de ser chileno, de defender lo nuestro, como nuestros pescados, nuestros minerales. Es lo que nos queda. Hacia allá va el mundo, hacia la defensa de los recursos naturales, pero los entregamos, por dos, tres, cuatro o cinco puntos más a extranjeros, que vienen, toman lo nuestro y afuera le agregan valor y obtienen ganancias adicionales.

¿Esto es lo que queremos para Chile? Yo, al menos, no. Por eso, votaré que no.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo González.

El señor GONZÁLEZ .- Señora Presidenta , junto con otros colegas, en esta Sala, desde el primer día en que este proyecto de ley sobre regalías mineras intentó establecer derechos compensatorios por la merma de un recurso natural no renovable, señalamos que esta regalía, que en verdad no es una verdadera regalía, no va en favor del Estado, sino de las grandes compañías mineras transnacionales.

Con cifras a la vista, hemos sostenido que con este mensaje no se persigue, en lo esencial, que las empresas del sector minero hagan un esfuerzo sustantivo para contribuir a nuestro proyecto nacional de desarrollo. Muy por el contrario, el objetivo de este proyecto fue y es asegurar, inicialmente durante ocho años, y ahora durante seis, la mantención de un sistema de tributación a las empresas privadas lesivo a los intereses nacionales, porque les otorga exorbitantes beneficios y privilegios, superiores, incluso, a los de los empresarios nacionales.

Este régimen tributario data de hace más de dos décadas; fue generado durante el régimen militar, como muy bien dijo el diputado Lorenzini , y no obstante el esfuerzo por establecer un verdadero royalty, que se hizo durante el gobierno del Presidente Lagos, ese sistema no fue revertido en lo esencial.

A pesar del impuesto específico, llamado royalty, aplicado desde el 2004, este sistema tributario sigue otorgándoles condiciones de ilimitadas ganancias, sin compensaciones, a pesar de los elevados niveles de precio que han obtenido y tienen asegurado para los próximos años.

Este régimen tributario de invariabilidad por seis años más tampoco refleja los bajos niveles de riesgo y de alta seguridad a las inversiones que les ofrece nuestra economía a los capitales extranjeros, y que son los más favorables de nuestro continente, incluso superiores a países de la OCDE, de acuerdo a todos los informes internacionales.

Lo que se persigue, el verdadero objetivo de este proyecto, es ofrecerles invariables las mismas condiciones de tributación actuales a estas empresas, más allá de las coyunturas presidenciales próximas, dejando estáticas e inamovibles, por un período prolongado, las condiciones que datan desde hace dos décadas para las nuevas inversiones en la minería. Tales condiciones pertenecen al período del régimen militar, en que el país se encontraba aislado y en una situación económica muy distinta a la actual, en especial a la que exige hoy nuestro desarrollo económico.

El proyecto tampoco considera el cambio profundo que ha experimentado el tratamiento de los recursos naturales y su preservación en todos los países del mundo, en especial en los más desarrollados, y a la cada vez más imperiosa necesidad de acceso que tienen a ellos las economías más pujantes y los grandes consorcios multinacionales.

Hoy, estos cambios exigen, porque son exigibles y posibles, nuevas políticas más cauteladoras de nuestros intereses y más acordes con los parámetros que se aplican a las mismas empresas en otros países del mundo.

Rentabilidades del cuarto mundo y seguridades del primero. Ésa es la aspiración de las transnacionales australianas, canadienses y norteamericanas que día a día extraen de nuestro suelo recursos de todos los chilenos, para transformarlos en ganancias para ellos y para unos pocos grupos de interés nacionales asociados, que defienden sus privilegios.

Muchas veces hemos dicho en esta Sala que no hay otra renta más importante para las arcas fiscales que tenga la magnitud y potencia de la renta minera. Por eso, este proyecto es tan trascendente.

Ayer lo dijo con mucha claridad Juan Villarzú , ex presidente de Codelco , quien no se ha caracterizado por ser una persona de conductas antiempresariales, sino por la seriedad en sus planteamientos. En 2008 y 2009, las compañías privadas reportaron utilidades antes de impuestos de 12 mil millones de dólares. En este período, repartieron dividendos por casi 17 mil millones de dólares, pero pagaron impuestos solamente por 2 mil 500 millones de dólares, es decir, el 20 por ciento. Esto es sustancialmente más bajo que lo que pagan compañías similares en otras partes del mundo. Por eso, nadie ha desmentido estas cifras. Cenda, un centro de estudios muy serio, ha entregado estos mismos antecedentes.

Si son exactas esas cifras, la única respuesta posible es decir que no se está salvaguardando la justa rentabilidad que deberían tributar las empresas mineras privadas acorde con los estándares internacionales.

Los únicos que siguen ganando son los intereses extranjeros y, en cambio, quienes están perdiendo son la mayoría de los chilenos que requieren de una ley que les asegure la soberanía sobre los recursos naturales, para obtener de ellos la riqueza que necesitamos para dar un verdadero salto a la superación de la pobreza y la proyección de Chile hacia un futuro de mayor justicia y equidad social.

Es necesario reconocer el esfuerzo desplegado por los senadores de la Concertación por revertir y mejorar este proyecto. Sin embargo, esos avances son insuficientes.

Este proyecto probablemente será aprobado hoy. Sin embargo, el tema no está zanjado. Es demasiado importante recuperar el imperio completo de nuestra soberanía sobre los recursos que necesitamos para resolver los grandes problemas pendientes: una gran reforma a la educación, las necesidades de la salud, el mejoramiento de las pensiones y otras necesidades urgentes que aún el país no es capaz de cubrir.

Como lo dijeron los diputados Marcelo Díaz, Carlos Montes y Pablo Lorenzini, en los próximos meses explicaremos a los chilenos, sin descanso, que en este tema se juega el futuro de nuestro desarrollo y de nuestro bienestar, y especialmente que a todas las organizaciones sociales, a todas las regiones y a todos los ciudadanos les asiste el derecho a participar en las decisiones que han sido tomadas sin un debate suficiente, por la trascendencia de sus efectos en toda la comunidad nacional.

Por estas razones, estoy convencido de que, más allá de beneficios coyunturales, en el largo plazo y en beneficio de todos los chilenos, este proyecto no aporta lo que Chile y los chilenos -también los mineros que están siendo rescatados- requieren para defender los intereses nacionales.

Termino mis palabras citando a ese gran chileno y defensor del interés nacional, Radomiro Tomic , quien, cuando se refería al actual régimen de la minería, a la ley de José Piñera, expresó que ni en los pobres estados africanos podrían perdurar leyes tan contrarias al interés nacional, como las de las concesiones mineras. Esta ley es la que hoy se está perpetuando. Esas leyes -continúa Tomic- no perdurarán en Chile. Más temprano que tarde, el cobre volverá a ser chileno.

Muchas gracias.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.

El señor RINCÓN.- Señora Presidenta , hay posiciones encontradas, y todas, o muchas a lo menos, razonables.

Personalmente, anuncio mi voto a favor del proyecto, por una razón muy sencilla: votarlo en contra significa tener un royalty de cuatro puntos; votarlo en contra significa mantener un royalty que no es royalty; votarlo en contra significa no tener un fondo especial para las regiones ni menos recursos especiales para las regiones mineras.

¿Es poco? Por cierto que lo es. Siguen siendo pocos los fondos para las regiones. Seamos claros: la redacción no es precisa en la forma en que se va a determinar cuáles son las regiones mineras. Por lo tanto, tendremos que fiscalizar el reglamento correspondiente para determinar cuáles son esas regiones y los recursos que se asignan, por ejemplo, a la del Libertador Bernardo O`Higgins, que represento.

Pero votar en contra es permitir un beneficio tributario, una invariabilidad tributaria, una tasa de tributación, en un mal llamado royalty, mucho mejor para las mineras, porque es lo que hoy está vigente en la ley. De no aprobarse este proyecto, se mantiene la ley vigente; de no aprobarse este proyecto, sigue una tasa baja y una invariabilidad tal cual está, y no hay fondos especiales para las regiones.

Es verdad que vamos a aprobar un proyecto insuficiente y que no nos satisface. Pero uno tiene que decidir -para eso está-, y yo prefiero un poco más a un poco menos. Prefiero un pequeño fondo para las regiones, aunque sea insuficiente -tenemos que fiscalizar su funcionamiento-, a no tener ningún fondo.

Prefiero facultades para el Servicio de Aduanas, para saber qué se está sacando de Chile, y que exista la obligación para ese servicio -porque hoy está bien redactado ese punto- de saber qué se saca y extrae de Chile a que no tenga la obligación y, por lo tanto, no sepamos qué se saca y extrae del país.

Eso explica la votación de algunos.

Podemos disentir sobre algunos aspectos. Algunos no están dispuestos a votar a favor. Aún así, los respeto. Pero quienes votamos a favor, aunque no consideremos que el proyecto sea suficiente, lo hacemos por las razones que he expresado: porque genera más recursos para el país y porque -digámoslo claramente-, cuando rechazamos este punto en el primer proyecto de reconstrucción presentado por el Gobierno, en que se nos dijo que era el mayor esfuerzo fiscal que podía hacer el Estado, hoy, ese mismo Ejecutivo reconoce, con este proyecto, que un mayor esfuerzo fiscal era posible. Por lo tanto, aunque votemos a favor, no renunciaremos a más esfuerzos fiscales en el futuro, a mayor fiscalización y obligatoriedad de fiscalización en la extracción de los recursos por parte del Servicio de Aduanas, y a un mejor fondo para las regiones que compense la extracción y el impacto que implica esta actividad en los recursos no renovables en regiones como la del Libertador Bernardo O`Higgins, en el distrito 33, que represento, número mágico, y en comunas como Machalí, donde se encuentra el mineral bajo tierra más importante del mundo, porque no está en Rancagua.

He dicho.

-Aplausos.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.

La señora SAA (doña María Antonieta).- Señora Presidenta , la discusión está acalorada porque el tema es importante.

Por un lado, diputados de Derecha, como el señor Mario Bertolino, dicen que les incomoda imponer tributos al emprendimiento. Por lo tanto, es un proyecto incómodo para la Derecha, pero tuvieron que presentarlo.

El ministro de Hacienda sabe bien que no puede traer dólares que tenemos afuera, porque nos inundaríamos con ellos, pero debe conseguir los recursos de algún lado para invertir aquí.

Hago un llamado muy serio a mis colegas. Lo mejor es enemigo de lo bueno, y peor es nada. Por supuesto que, si se tienen principios, es lógico luchar por ellos. Pero también en la vida se aprende que no todo se consigue inmediatamente y de una sola vez.

A quien piense que todo se consigue de una vez le falta conocimiento de la vida, porque es difícil. No todos piensan como uno y, en consecuencia, cuesta avanzar.

Creo que tenemos que pensar en una cosa muy importante -y creo que el ministro de Hacienda aquí presente también lo comparte-: ¿qué habría pasado en Chile si el Presidente Allende no hubiera nacionalizado el cobre? ¿En qué situación estaríamos hoy?

Gracias al cobre, la presidenta Bachelet tuvo la posibilidad de realizar una reforma a la previsión social. Por eso es tan importante que las empresas mineras privadas que extraen cobre paguen un tributo a Chile. Es lo más importante, porque, además, el cobre es un recurso no renovable y se acabará. Por lo tanto, por esas utilidades, las empresas mineras tienen que pagar un tributo aceptable.

Pero ahora estamos en un momento complejo, porque el primer proyecto que presentó el Gobierno, al parecer, no era muy cómodo para ellos; pero más incómodo era traer dólares desde afuera y que bajara el tipo de cambio. Eso está pasando y está afectando nuestras exportaciones y, al final, vamos a quedar como un país exportador de cobre. ¡Ojo! No he visto que el Gobierno haya presentado -ni que se contemple en el proyecto de ley presupuestos- apoyo a la producción, que se necesita, porque nos estamos quedando únicamente con el cobre.

El primer proyecto que presentó el Gobierno sobre tributación minera lo votamos en contra porque era vergonzoso; no avanzaba. Entonces, en la Concertación nos preguntamos qué hacer frente a esta situación. ¿O pregonamos un discurso que nos deje muy tranquilos, en el sentido de que los principios nos dicen que no podemos avanzar, o participamos en la negociación con el Gobierno y planteamos ciertas exigencias? Y hoy, gracias al esfuerzo de la Concertación, vamos a subir al doble la tributación de las empresas mineras y no habrá invariabilidad para los proyectos nuevos. Sólo las empresas que ya están operando, si presentan otro proyecto, van a tener invariabilidad, que bajamos de ocho a seis años.

¿Qué es preferible? ¿Que tengamos recursos para enfrentar como se debe lo que hoy requiere el país o que traigamos más dólares de afuera para que el sector exportador quede absolutamente arruinado, porque no puede exportar con un dólar tan bajo, que no le permite financiarse? A veces, en la vida hay que tomar decisiones que no nos gustan, pero que son mejores que nada.

Con un discurso como éste, difícil de entender, a lo mejor no hay aplausos; pero no estamos en política para ser predicadores, sino para hacer cosas concretas, reales. En ciertas ocasiones es necesario asumir decisiones que no nos gustan. Y a mí no me gusta.

Quiero el cobre para nosotros y que realmente hagamos, en un tiempo más -quizás no voy a estar aquí-, un esfuerzo adicional para nacionalizar nuestra riqueza, que los Fuerzas Armadas no se lleven el 10 por ciento, etcétera, para que llevemos a cabo los programas que Chile necesita. Por ejemplo, tenemos una inmensa población de adultos mayores y necesitamos programas urgentes para su cuidado.

Entonces, la decisión de hoy es dolorosa, pero siento que no afecta mi calidad, mis principios ni mi política. Por el contrario, si como Concertación logramos duplicar la tributación, entonces prefiero subir esos dos escalones -como dijo el diputado Auth - que quedarme abajo y con una ley vigente que recauda la mitad de lo que se podría obtener con este proyecto. Ése es el tema de hoy.

Por eso, llamo a mis colegas a que no sientan que están traicionando principios, porque no lo estamos haciendo. Queremos que el cobre sea nuestro y avanzar.

Sí le pido al ministro , por su intermedio, señora Presidenta , que en el presupuesto se separen los gastos corrientes de 2011 de los que corresponden a la reconstrucción, porque queremos saber cuánto dinero y cómo se invertirá en la reconstrucción. No queremos que ese detalle esté diluido en un presupuesto que no hace esa separación.

Repito que no siento que esté traicionando mis principios. Creo que estoy haciendo algo correcto y que mis dirigentes de la Concertación han hecho algo importante, porque gracias a nuestra posición vamos a obtener el doble de lo que el Gobierno pretendía la primera vez.

Por supuesto, no me incomoda -a diferencia del diputado Bertolino - imponer tributos al emprendimiento, porque éste no es un emprendimiento cualquiera; es sobre nuestro cobre, nuestra riqueza, que se lo llevan y no vuelve.

Invito a la Concertación a votar a favor del proyecto y a realizar un trabajo importante en nuestras organizaciones sociales para hacer conciencia de que, más temprano que tarde, necesitamos elaborar una verdadera ley de royalty para que sus beneficios los disfruten todos los chilenos y chilenas.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Por último, tiene la palabra el diputado Juan Carlos Latorre.

El señor LATORRE.- Señora Presidenta , es importante recordar que durante los gobiernos de la Concertación no pudimos hacer nada respecto a este tema, porque la Derecha simplemente se opuso terminantemente a cualquier cambio en esta materia. Y resulta sorprendente que hoy, cuando hay un gobierno de Derecha en el país, tengamos la oportunidad de discutir sobre condiciones distintas para aquellos que explotan nuestros recursos minerales, particularmente el cobre.

Debemos recordar que la razón por la cual hoy discutimos este proyecto es porque a alguien en el Ejecutivo se le ocurrió que uno de los mecanismos que podían ayudar al financiamiento del proceso de reconstrucción podía ser la recolección de mayores recursos a partir de la aplicación de nuevas tasas al sector de la gran minería del cobre, particularmente a las inversiones extranjeras en este ámbito.

Y lo que propuso el Ejecutivo sobre esta materia lo rechazamos, porque nos pareció, primero, que esto debía ser discutido en su mérito y no dentro de un plan de financiamiento de la reconstrucción. El Ejecutivo , en definitiva, como consecuencia de nuestra presión como Oposición aceptó que intentáramos elaborar una nueva legislación al respecto. Entonces, surgió una exigencia a la Concertación, cual es que fuéramos capaces de ofrecer una alternativa que permitiera discutir con el Gobierno lo que como Oposición pensábamos que era una opción razonable que pudiera derivar en un acuerdo nacional.

Puedo decir, responsablemente, y con un poco de pena, que es muy difícil llegar a acuerdos en la Oposición, particularmente en lo que somos como Concertación, porque nunca faltan quienes nos señalan que debemos plantear una postura de principios. Entre nosotros siempre existirán aquellos que, argumentando o haciendo alusión a algunos próceres -que nosotros, democratacristianos, hemos venerado, como es el caso de Radomiro Tomic-, lo ponen como ejemplo para defender una postura para no aprobar este proyecto de ley, lo que considero muy inconveniente para el país.

El proyecto original del Ejecutivo significaba mantener no solamente la invariabilidad, sino, además, una tasa que se aplica al margen operacional obtenido por las mineras que es vergonzosa para el país.

Entonces, no somos capaces de valorar ni siquiera el esfuerzo que hemos hecho en las negociaciones con el Gobierno. Hoy, una tasa entre 5 y 14 por ciento significa que las empresas mineras chilenas deberán pagar entre 41 y 42 por ciento por este concepto, en la medida en que el margen operacional supere el 60, 70 u 80 por ciento, que es lo que están obteniendo en la actualidad como consecuencia del precio internacional del cobre, y no porque sean más eficientes. Simplemente, están siendo beneficiadas por el alto precio del cobre a nivel internacional.

Aquí hay un llamado de atención para todos nosotros, porque la realidad que tenemos que comparar es la de hoy, sin este proyecto, y la que se genera con este proyecto. Aquí no estamos planteándonos la discusión entre un ideal, sobre el cual no podemos votar, porque la iniciativa la tiene el Ejecutivo , y, obviamente, ese ideal no lo va a proponer a la Sala, sino que estamos eligiendo entre un acuerdo político y la realidad actual.

Intervine en forma categórica en contra del concepto de invariabilidad, durante el primer trámite legislativo del proyecto. Con una tasa entre 5 y 14 por ciento, el concepto de invariabilidad pierde importancia paulatinamente. Como testimonio, sobre todo para quienes han basado sus intervenciones en principios, leeré lo que el señor Miguel Ángel Durán , presidente del Consejo Minero , señala hoy, en el diario La Tercera. Se le pregunta: “¿Qué le parece la fórmula de royalty acordada por el gobierno en el Parlamento?”. Y el señor Durán responde: “Nos parece mal. Es preocupante, porque refleja conceptos y cifras bastante distintas de las que se conversaron en el primer trámite legislativo.

Subió de dos a tres años el período de transición, el rango de la tasa del impuesto, y disminuyó la invariabilidad de ocho a seis años.”.

Y agrega que los nuevos rangos de impuestos pondrán a Chile como el país “con la mayor tributación sobre la minería del cobre. Puede haber estados federales en algunos países que paguen más, pero como promedio país, Chile queda en primer lugar en el mundo”. Lo dice el señor Miguel Ángel Durán , presidente del Consejo Minero .

Entonces, ¿de qué estamos hablando, queridos coegas? No estamos renunciando a ningún principio, porque siguen vigentes sobre lo que deseamos que sea la forma en que los extranjeros explotan nuestros recursos naturales y cómo retribuyen lo que corresponde a nuestro país.

Con todo, el proyecto es fruto de un avance sustancial gracias a la forma en que los partidos políticos de la Concertación avanzaron ante un proyecto del Ejecutivo que era bastante deficiente en esta materia.

No sólo se recaudan 1.500 millones de dólares en los primeros tres años en forma adicional, sino que, además -quiero que quede constancia de algo que no se ha dicho, en presencia del ministro de Hacienda -, este acuerdo político significa que todas las nuevas inversiones que hagan las empresas extranjeras en el sector minero deben acogerse a la nueva tabla de tributación. Vale decir, no existe la posibilidad de que aquellos que están dentro de este proceso de inversiones, que se estima en alrededor de 50 mil millones de dólares, eludan que ésta sea la tasa a la cual deberán someter sus inversiones. En consecuencia, estamos rescatando para Chile lo que, en las condiciones actuales, no le permitiría aumentar las arcas en beneficio de todos los chilenos.

Además, el acuerdo político establece la revisión del decreto ley N° 600 y que el concepto de invariabilidad entra definitivamente en crisis en el país, porque el plazo se establece en forma definitiva.

Por último, también quiero destacar un gran concepto, que no lo contemplaba ninguna de las propuestas originales del Ejecutivo: la destinación de recursos para financiar obras de desarrollo en regiones. Nuevamente, los parlamentarios de la Concertación logramos imponer un criterio distinto que garantice el aumento de la inversión en las regiones, asignando un aporte adicional a las regiones mineras. Como representante de un distrito emplazado en una zona minera, como la Sexta Región, no puedo dejar de tener presente ese aspecto.

Por todas estas consideraciones y siendo uno de los que destinaron parte importante de su tiempo, durante los últimos meses, a la participación en las conversaciones que desarrollaron la Concertación y el Gobierno en procura de un mejor proyecto de ley, sin variar nuestras convicciones y principios, invito a mis colegas de la Concertación a respetar el acuerdo político y votar favorablemente el proyecto.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el ministro de Hacienda , señor Felipe Larraín.

El señor LARRAÍN ( ministro de Hacienda ).- Señora Presidenta , me voy a referir a algunas temas planteados en el debate y a lo que hemos logrado con el acuerdo político.

Primero, es importante destacar que, por mucho tiempo, el Gobierno estuvo siempre abierto al dialogo y dispuesto a escuchar ideas y opiniones, para construir acuerdos amplios.

Eso finalmente fructificó en el acuerdo que se logró la semana pasada. Como Gobierno, valoramos la actitud que mostró la Concertación, particularmente las personas con las que nos correspondió conversar y negociar.

El acuerdo beneficia ampliamente a nuestro país. El enfoque que le han dado muchos de ustedes es el correcto. Lo procedente no es el criterio de comparar lo que existe hoy con el óptimo que uno tiene en la cabeza, sino lo que hay actualmente con lo que podemos obtener. No siempre se puede obtener todo lo que se quiere.

Hay que estar conscientes -lo han manifestado ustedes mismos- de que no aprobar el proyecto tiene efectos en los proyectos que hoy están a la espera de su aprobación. Existen más de 15 mil millones de dólares en proyectos registrados. Si no se aprueba esta iniciativa, esas inversiones quedarán sometidas a un régimen de tributación de 5 por ciento.

Lo que proponemos aprobar ahora es un régimen general. Se hace mucho énfasis en la invariabilidad; pero este sistema es sólo para las empresas que el año 2005 firmaron un contrato de invariabilidad con el Estado. Ahora estamos proponiendo un régimen general de tributación del 5 al 14 por ciento. A propósito de esto, quiero rectificar algo que se mencionó en la mañana, y es que este régimen se aplica también a las empresas que tienen invariabilidad hasta 2017, que en el 2018 tienen invariabilidad -las que opten por el nuevo régimen-, pero a la tasa del 5 al 14 por ciento.

Por lo tanto, estamos sometiendo a la aprobación de esta Sala una tasa de entre 5 a 14 por ciento como régimen general. Para el caso particular de las empresas que tienen invariabilidad, les proponemos que aporten por tres años, con una tasa de entre 4 al 9 por ciento, para luego someterse al régimen del 5 al 14, a partir del 2018, con invariabilidad por 6 años, hasta el 2023. Esto es lo que proponemos. No podemos imponerlo, podemos proponerlo y esperamos que las empresas contribuyan.

Estamos convencidos de que el sector minero puede contribuir más al país y más a la reconstrucción, y ésta es la forma que hemos acordado para que eso se materialice.

Si el proyecto no se aprueba, cuestión que no va a ocurrir, quedaríamos a merced de que estas empresas participen en la ley de donaciones o en el fondo de la reconstrucción. Pero si se aprueba, establecemos un nuevo régimen tributario. Es importante entender esto.

Quiero agregar una reflexión final respecto del tema de la invariabilidad. Cuando alguien dice que no está dispuesto a ceder la invariabilidad, tiene que tener en mente alguna carga tributaria que sí estaría dispuesto a proponer o a aceptar, porque le parece suficiente o correcta. Decir que la invariabilidad es una concesión excesiva, es advertir que la tributación que va junto con ese régimen no es suficiente.

Pero un análisis a nivel mundial deja a Chile entre los países que están en el rango alto -no el más alto- de la tributación minera. Y no creo que queramos distinguirnos por ser el país que tiene el récord mundial de tributación a la minería del cobre. Queremos tener un justo equilibrio, que permita al sector minero contribuir a la reconstrucción del país, pero también entregarle los incentivos para que se desarrolle, para que las inversiones mineras, que hoy son del orden de 50 mil millones de dólares, incluyendo las de Codelco, se materialicen durante los próximos años y generen desarrollo, empleo y aporten recursos a Chile.

Por lo tanto, en nombre del Gobierno, estoy convencido de que éste es un proyecto que tiene dos características importantes, y una no desmerece a la otra.

En primer lugar, el proyecto aportará más de mil millones de dólares a la reconstrucción de nuestro país en los próximos tres años. Como se dijo, efectivamente, los recursos están. ¡Por supuesto! ¿Pero creen que es lo mismo utilizar un ingreso tributario adicional que los recursos del Fondo de Estabilización Económica y Social, que son los ahorros de todos los chilenos? ¿Da lo mismo a una familia gastar un ingreso laboral adicional, porque encontró un buen trabajo, que romper el chanchito que contiene sus ahorros? Los recursos están en ambos casos, pero no da lo mismo.

Entonces, los recursos que nos aportará este proyecto van a disminuir la necesidad de nuestro país de utilizar los recursos del Fondo de Estabilización Económica y Social o de recurrir al endeudamiento externo.

Finalmente, me parece que respecto de este proyecto no cabe hacer el cálculo de quién ganó o perdió. Aquí ganó Chile.

He dicho.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Cerrado el debate.

Señores diputados en Tabla hay dos proyectos más que debemos discutir hasta su total despacho, por lo que pido a la Sala votarlos sin discusión.

¿Habría acuerdo?

No hay acuerdo.

-Con posterioridad, la Sala votó las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar las modificaciones del honorable Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera. Las enmiendas son cinco y se votarán por separado.

Hago presente a la Sala que las modificaciones versan sobre materias propias de ley común.

En votación la modificación recaída en el artículo 1°, para reemplazar en el número 1), inciso tercero del nuevo artículo 64 bis, letra c), de la ley sobre Impuesto a la Renta, los literales i) al x) ambos incluidos.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 15 votos. Hubo 3 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Pacheco Rivas Clemira; Saffirio Espinoza René; Teillier Del Valle Guillermo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Aguiló Melo Sergio; Farías Ponce Ramón; Jiménez Fuentes Tucapel.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación la enmienda recaída en el inciso tercero del artículo primero transitorio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos; por la negativa, 22 votos. Hubo 1 abstención.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Chahín Valenzuela Fuad; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Saffirio Espinoza René; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor.

-Se abstuvo el diputado señor Farías Ponce Ramón.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación las enmiendas recaídas en los incisos segundo y tercero del artículo segundo transitorio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos; por la negativa, 22 votos. Hubo 4 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Saffirio Espinoza René; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Chahín Valenzuela Fuad; Farías Ponce Ramón; Schilling Rodríguez Marcelo; Venegas Cárdenas Mario.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación la enmienda que modifica el encabezamiento del artículo cuarto transitorio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos; por la negativa, 17 votos. Hubo 4 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Chahín Valenzuela Fuad; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Pacheco Rivas Clemira; Saffirio Espinoza René; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Aguiló Melo Sergio; Farías Ponce Ramón; Jiménez Fuentes Tucapel; Schilling Rodríguez Marcelo.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Por último, en votación la enmienda del Senado que remplaza el inciso primero del artículo tercero transitorio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 75 votos; por la negativa, 19 votos. Hubo 3 abstenciones.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lobos Krause Juan; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Chahín Valenzuela Fuad; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Saffirio Espinoza René; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Farías Ponce Ramón; Schilling Rodríguez Marcelo; Venegas Cárdenas Mario.

La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 13 de octubre, 2010. Oficio en Sesión 61. Legislatura 358.

?VALPARAISO, 13 de octubre de 2010

Oficio Nº 9054

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto que introduce modificaciones a la tributación específica de la actividad minera. Boletín N° 7170-05.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 823/SEC/10, de 12 de octubre de 2010.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES

Presidenta de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General Accidental de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 13 de octubre, 2013. Oficio

?VALPARAÍSO, 13 de octubre de 2010.

Oficio Nº 9053

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974:

1) Sustitúyese el artículo 64 bis, por el siguiente:

"Artículo 64 bis.- Establécese un impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera obtenida por un explotador minero.

Para los efectos de lo dispuesto en el presente título se entenderá por:

1. Explotador minero, toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de carácter concesible y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

2. Producto minero, la sustancia mineral de carácter concesible ya extraída, haya o no sido objeto de beneficio, en cualquier estado productivo en que se encuentre.

3. Venta, todo acto jurídico celebrado por el explotador minero que tenga por finalidad o pueda producir el efecto de transferir la propiedad de un producto minero.

4. Ingresos operacionales mineros, todos los ingresos determinados de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la presente ley, deducidos todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros, con excepción de los conceptos señalados en la letra e) del número 3) del artículo 64 ter, de esta misma ley.

5. Renta imponible operacional minera, corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente con los ajustes contemplados en el artículo 64 ter de la presente ley.

6. Margen operacional minero, el cociente, multiplicado por cien, que resulte de dividir la renta imponible operacional minera por los ingresos operacionales mineros del contribuyente.

El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:

a) Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d) de este artículo, sean iguales o inferiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, no estarán afectos al impuesto.

b) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d), sean iguales o inferiores al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino y superiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará una tasa equivalente al promedio por tonelada de lo que resulte de aplicar lo siguiente:

i) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino, 0,5%;

ii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino, 1%;

iii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino, 1,5%;

iv) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino, 2%;

v) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino, 2,5%;

vi) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 3%, y

vii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 4,5%.

c) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d) de este artículo, excedan al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará la tasa correspondiente al margen operacional minero del respectivo ejercicio, de acuerdo a la siguiente tabla:

i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5%;

ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 8%;

iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 10,5%;

iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 13%;

v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 15,5%;

vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 18%;

vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 21%;

viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 24%;

ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 27,5%;

x) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 75 y no sobrepase de 80 la tasa aplicable ascenderá a 31%;

xi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 80 y no sobrepase de 85 la tasa aplicable ascenderá a 34,5%, y

xii) Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de 14%.

d) Para los efectos de determinar el régimen tributario aplicable, se deberá considerar el valor total de venta de los productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1), del inciso segundo, del presente artículo y que realicen dichas ventas.

Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2), del artículo 34 de esta ley. Para estos efectos, lo dispuesto en el inciso cuarto de dicha norma se aplicará incluso en el caso que la persona relacionada sea un establecimiento permanente, un fondo y, en general, cualquier contribuyente.

El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.".

2) Agrégase, a continuación del artículo 64 bis, el siguiente artículo 64 ter, nuevo:

"Artículo 64 ter.- De la renta imponible operacional minera.

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:

1. Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros.

2. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero.

3. Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:

a) Los intereses referidos en el número 1°, de dicho artículo;

b) Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;

c) El cargo por depreciación acelerada;

d) La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años. La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y

e) La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero. También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

4. Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada.

5. En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas. En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.".

Artículo 2°.- Modifícase el numeral 1), del inciso primero del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de la siguiente forma:

1) Sustitúyese en su párrafo primero, la expresión "trata el artículo 64 bis", por la siguiente: "tratan los artículos 64 bis y 64 ter".

2) Sustitúyese en su párrafo segundo, la expresión "el artículo 64 bis", por la siguiente: "los artículos 64 bis y 64 ter".

Artículo 3°.- Créase el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, en adelante el Fondo, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades del país.

Mediante uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, se regulará la administración, operación, condiciones, destino y distribución de los recursos del Fondo.

Los proyectos señalados en el inciso anterior deberán cumplir con las normas sobre evaluación contempladas en el artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado, así como con las demás normativas aplicables al respecto.

El Fondo a que se refiere este artículo, estará constituido por los recursos que para este objeto contemple anualmente la Ley de Presupuestos.

Artículo 4°.- Los decretos supremos referidos en el artículo precedente deberán establecer, los criterios y mecanismos mediante los cuales los gobiernos regionales, en el marco de sus atribuciones, priorizarán y definirán los proyectos que serán financiados con los recursos del Fondo. Los gobiernos regionales deberán establecer los mecanismos de participación a través de los cuales los municipios puedan proponer proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos del Fondo.

Artículo 5°.- El Servicio Nacional de Aduanas tendrá la obligación de analizar la composición de las exportaciones de concentrados de cobre y sus subproductos (Ag, Au, Mb, entre otros). Dicho análisis deberá cubrir entre un 3% y 10% del total de las exportaciones de concentrado.

Disposiciones transitorias

Artículo primero.- Los inversionistas extranjeros y las empresas receptoras de sus aportes, que con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, mantengan vigente un contrato de inversión extranjera suscrito con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, podrán optar por la aplicación de las normas contenidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, bajo la modalidad y de acuerdo a lo indicado en el artículo segundo transitorio de esta ley.

Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que, no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

En caso que los inversionistas extranjeros, las empresas receptoras de sus aportes y las empresas nacionales, que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, no optaren por modificar el régimen de invariabilidad pactado en sus contratos de inversión extranjera, suscritos con el Estado de Chile, se les aplicarán las tasas que les correspondieren, contempladas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2), de la misma ley.

Artículo segundo.- Los explotadores mineros que reuniendo la calidad de inversionistas extranjeros de empresas receptoras de sus aportes, o de empresas nacionales que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encontraren afectos al pago del impuesto y que optaren por acogerse a las normas de los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se sujetarán, para efectos de determinar el Impuesto específico a la actividad minera, a las siguientes reglas:

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pero de acuerdo a la siguiente tabla:

1) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 40, la tasa aplicable ascenderá a 4,0%;

2) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 8,5%;

3) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 12,0%;

4) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 13,5%;

5) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 15,0%;

6) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 16,5%;

7) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 18,0%;

8) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 19,5%, y

9) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%.

A partir del año calendario 2013, inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, descontados que fueren los tres años calendarios a que se refiere el inciso segundo del presente artículo, se aplicarán las tasas contempladas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y en los artículos 3°, 4° y 5° transitorios de la misma ley, según sea el caso. Éstas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad a dichas normas.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes, imputado que fuere el plazo de tres años señalado en el inciso segundo, se ampliará por seis años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley. Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° 20.026. Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el inciso anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse a lo señalado en los incisos anteriores, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras. Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo. Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva. En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo, se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de sesenta días hábiles a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- A las solicitudes de inversión extranjera presentadas ante la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras con anterioridad al 31 de agosto de 2010 les serán aplicables las tasas contenidas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2), de la misma ley.

Los inversionistas extranjeros y empresas receptoras que gocen de los derechos de invariabilidad contemplados en los artículos 7° u 11 bis del decreto ley N° 600, de 1974, podrán acogerse a lo dispuesto en los artículos anteriores, con las modificaciones que se indican en los incisos tercero, cuarto y quinto siguientes.

La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, modificado en los términos señalados en el artículo segundo de esta ley, sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga de invariabilidad aplicable, que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo precedente.

Durante los años calendarios 2013 y siguientes hasta el que corresponda al vencimiento inicial del contrato que se modifica, descontado que fuere el plazo de tres años a que se refiere el inciso segundo del artículo anterior, será aplicable el régimen que corresponda según el contrato respectivo.

Los inversionistas extranjeros que optaren por lo señalado en el artículo primero transitorio de esta ley y en los incisos precedentes de este artículo, tendrán derecho a que las respectivas empresas receptoras de la inversión puedan explotar otros proyectos mineros conexos, distintos a los actualmente individualizados en sus contratos respectivos, amparándolos en el régimen de invariabilidad pactado. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud respectiva al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos.

El mismo derecho señalado en el inciso anterior, tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación minera, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares. Se considerarán como parte del proyecto minero conexo las pertenencias mineras identificadas en la solicitud respectiva, aun cuando, a la fecha de la misma, no pertenezcan a la empresa receptora de la inversión, siempre que a la época de comenzar la explotación del proyecto minero, hayan sido adquiridas por ésta en su totalidad.

Para solicitar el otorgamiento de los derechos establecidos en este artículo, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria de aquellos señalados en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, deberán dar íntegro y oportuno cumplimiento a las condiciones establecidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974.

Para estos efectos, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, según sea el caso, en la solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos, deberán informar al Comité de Inversiones Extranjeras o al Ministerio de Economía Fomento y Turismo, las pertenencias mineras que efectivamente hayan adquirido con posterioridad a la solicitud referida en los artículos tercero, cuarto y quinto transitorios de la ley N° 20.026. La solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos deberá presentarse, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde iniciada la explotación del proyecto minero conexo.

El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en su caso, deberán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas en el inciso anterior, al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

Una vez recibida dicha información, el Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo según sea el caso, dictarán las resoluciones administrativas respectivas, resolviendo las extensiones de invariabilidad a proyectos conexos solicitadas.

Artículo cuarto.- Las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hubieren iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y que se encuentren afectas al Impuesto específico a la actividad minera del artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, podrán solicitar que se les concedan los derechos contenidos en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, en las condiciones establecidas en dicho artículo y sujeto, además, a los siguientes requisitos y con los derechos adicionales que se indican:

1) Las empresas indicadas deberán presentar la solicitud respectiva al Estado de Chile, representado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dentro del plazo de sesenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de esta ley y suscribir, posteriormente y con el Estado de Chile, representado por dicho Ministerio, el respectivo contrato de inversión. La solicitud respectiva será formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo segundo transitorio de esta ley.

2) Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Ello, independientemente de la fecha en que el Estado de Chile y la empresa respectiva suscriban el correspondiente contrato de inversión.

3) A partir del año calendario 2013, éste inclusive y hasta el término del primer período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2017, se aplicará, con una tasa de 5%, este Impuesto específico sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

4) A partir del año calendario 2018, éste inclusive y hasta el término del segundo y último período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2025, se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

5) A partir del año calendario 2026, estas empresas quedarán sometidas al régimen general de tributación vigente en tal momento.

6) Lo expuesto en este artículo se aplicará en favor de las empresas indicadas que hayan iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley y que no hayan suscrito, a dicha fecha y respecto de tal proyecto, un contrato de inversión con el Estado de Chile que contemple un régimen de invariabilidad para dicho proyecto.

Artículo quinto.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º regirá respecto de la renta imponible operacional que se determine a partir del año calendario o comercial 2011.

No obstante, los contribuyentes que optaren por modificar su régimen de invariabilidad tributaria en los términos señalados en las disposiciones transitorias de la presente ley, y aquellos que inicien sus actividades desde la fecha de publicación de esta ley, quedarán sujetos, a partir del año calendario o comercial 2010, al régimen de tributación general establecido en los artículos 1º y 2º de la misma.

Artículo sexto.- Transcurridos 180 días corridos luego de la expiración del plazo señalado en el inciso final del artículo segundo transitorio, destínase al Fondo establecido en el artículo 3°, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. En la medida que los fondos antes referidos hayan sido enterados, destínase al mismo Fondo la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, al 1 de julio del año 2012, la misma suma al 1 de julio de 2013 y la misma suma al 1 de julio de 2014. En caso de no emplearse estos recursos dentro de los períodos anuales señalados, podrán utilizarse durante los doce meses siguientes. A partir del año 2015, el Fondo será suplementado por los recursos que para estos efectos destine la Ley de Presupuestos.

Anualmente, un tercio del total de los recursos comprometidos para cada año deberán ser asignados a las regiones mineras, según éstas se definan en los decretos señalados en el artículo 3°, y los dos tercios restantes serán distribuidos, entre la totalidad de las regiones del país.".

Dios guarde a V.E.

ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES

Presidenta de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General Accidental de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 20.469

Tipo Norma
:
Ley 20469
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1018335&t=0
Fecha Promulgación
:
15-10-2010
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cdeo
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
INTRODUCE MODIFICACIONES A LA TRIBUTACIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA
Fecha Publicación
:
21-10-2010

LEY NÚM. 20.469

INTRODUCE MODIFICACIONES A LA TRIBUTACIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley,

    Proyecto de ley:

    "Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974:

    1) Sustitúyese el artículo 64 bis, por el siguiente:

    "Artículo 64 bis.- Establécese un impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera obtenida por un explotador minero.

    Para los efectos de lo dispuesto en el presente título se entenderá por:

    1. Explotador minero, toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de carácter concesible y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

    2. Producto minero, la sustancia mineral de carácter concesible ya extraída, haya o no sido objeto de beneficio, en cualquier estado productivo en que se encuentre.

    3. Venta, todo acto jurídico celebrado por el explotador minero que tenga por finalidad o pueda producir el efecto de transferir la propiedad de un producto minero.

    4. Ingresos operacionales mineros, todos los ingresos determinados de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la presente ley, deducidos todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros, con excepción de los conceptos señalados en la letra e) del número 3) del artículo 64 ter, de esta misma ley.

    5. Renta imponible operacional minera, corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente con los ajustes contemplados en el artículo 64 ter de la presente ley.

    6. Margen operacional minero, el cociente, multiplicado por cien, que resulte de dividir la renta imponible operacional minera por los ingresos operacionales mineros del contribuyente.

    El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:

    a) Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d) de este artículo, sean iguales o inferiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, no estarán afectos al impuesto.

    b) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d), sean iguales o inferiores al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino y superiores al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará una tasa equivalente al promedio por tonelada de lo que resulte de aplicar lo siguiente:

    i) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 12.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino, 0,5%;

    ii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 15.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino, 1%;

    iii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 20.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino, 1,5%;

    iv) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 25.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino, 2%;

    v) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 30.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino, 2,5%;

    vi) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 35.000 toneladas métricas de cobre fino y no sobrepase el equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 3%, y

    vii) Sobre la parte que exceda al valor equivalente a 40.000 toneladas métricas de cobre fino, 4,5%.

    c) A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo con la letra d) de este artículo, excedan al valor equivalente a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, se les aplicará la tasa correspondiente al margen operacional minero del respectivo ejercicio, de acuerdo a la siguiente tabla:

    i) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 35, la tasa aplicable ascenderá a 5%;

    ii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 35 y no sobrepase de 40 la tasa aplicable ascenderá a 8%;

    iii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 10,5%;

    iv) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 13%;

    v) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 15,5%;

    vi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 18%;

    vii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 21%;

    viii) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 24%;

    ix) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 27,5%;

    x) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 75 y no sobrepase de 80 la tasa aplicable ascenderá a 31%;

    xi) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 80 y no sobrepase de 85 la tasa aplicable ascenderá a 34,5%, y

    xii) Si el margen operacional minero excede de 85 la tasa aplicable será de 14%.

    d) Para los efectos de determinar el régimen tributario aplicable, se deberá considerar el valor total de venta de los productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1), del inciso segundo, del presente artículo y que realicen dichas ventas.

    Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2), del artículo 34 de esta ley. Para estos efectos, lo dispuesto en el inciso cuarto de dicha norma se aplicará incluso en el caso que la persona relacionada sea un establecimiento permanente, un fondo y, en general, cualquier contribuyente.

    El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.".

    2) Agrégase, a continuación del artículo 64 bis, el siguiente artículo 64 ter, nuevo:

    "Artículo 64 ter.- De la renta imponible operacional minera.

    Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:

    1. Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros.

    2. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero.

    3. Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:

    a) Los intereses referidos en el número 1°, de dicho artículo;

    b) Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;

    c) El cargo por depreciación acelerada;

    d) La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años. La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y

    e) La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero. También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

    4. Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada.

    5. En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas. En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.".

    Artículo 2°.- Modifícase el numeral 1), del inciso primero del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de la siguiente forma:

    1) Sustitúyese en su párrafo primero, la expresión "trata el artículo 64 bis", por la siguiente: "tratan los artículos 64 bis y 64 ter".

    2) Sustitúyese en su párrafo segundo, la expresión "el artículo 64 bis", por la siguiente: "los artículos 64 bis y 64 ter".

    Artículo 3°.- Créase el Fondo de Inversión y Reconversión Regional, en adelante el Fondo, cuyos recursos se aplicarán para el financiamiento de obras de desarrollo de los gobiernos regionales y municipalidades del país.

    Mediante uno o más decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, se regulará la administración, operación, condiciones, destino y distribución de los recursos del Fondo.

    Los proyectos señalados en el inciso anterior deberán cumplir con las normas sobre evaluación contempladas en el artículo 19 bis del decreto ley N°1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado, así como con las demás normativas aplicables al respecto.

    El Fondo a que se refiere este artículo, estará constituido por los recursos que para este objeto contemple anualmente la Ley de Presupuestos.

    Artículo 4°.- Los decretos supremos referidos en el artículo precedente deberán establecer, los criterios y mecanismos mediante los cuales los gobiernos regionales, en el marco de sus atribuciones, priorizarán y definirán los proyectos que serán financiados con los recursos del Fondo. Los gobiernos regionales deberán establecer los mecanismos de participación a través de los cuales los municipios puedan proponer proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos del Fondo.

    Artículo 5°.- El Servicio Nacional de Aduanas tendrá la obligación de analizar la composición de las exportaciones de concentrados de cobre y sus subproductos (Ag, Au, Mb, entre otros). Dicho análisis deberá cubrir entre un 3% y 10% del total de las exportaciones de concentrado.

    Disposiciones transitorias

    Artículo primero.- Los inversionistas extranjeros y las empresas receptoras de sus aportes, que con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, mantengan vigente un contrato de inversión extranjera suscrito con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, podrán optar por la aplicación de las normas contenidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, bajo la modalidad y de acuerdo a lo indicado en el artículo segundo transitorio de esta ley.

    Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que, no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

    En caso que los inversionistas extranjeros, las empresas receptoras de sus aportes y las empresas nacionales, que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, no optaren por modificar el régimen de invariabilidad pactado en sus contratos de inversión extranjera, suscritos con el Estado de Chile, se les aplicarán las tasas que les correspondieren, contempladas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2), de la misma ley.

    Artículo segundo.- Los explotadores mineros que reuniendo la calidad de inversionistas extranjeros de empresas receptoras de sus aportes, o de empresas nacionales que hubieren suscrito un contrato de invariabilidad tributaria en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley se encontraren afectos al pago del impuesto y que optaren por acogerse a las normas de los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se sujetarán, para efectos de determinar el Impuesto específico a la actividad minera, a las siguientes reglas:

    Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pero de acuerdo a la siguiente tabla:

    1) Si el margen operacional minero es igual o inferior a 40, la tasa aplicable ascenderá a 4,0%;

    2) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 40 y no sobrepase de 45 la tasa aplicable ascenderá a 8,5%;

    3) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 45 y no sobrepase de 50 la tasa aplicable ascenderá a 12,0%;

    4) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 50 y no sobrepase de 55 la tasa aplicable ascenderá a 13,5%;

    5) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 55 y no sobrepase de 60 la tasa aplicable ascenderá a 15,0%;

    6) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 60 y no sobrepase de 65 la tasa aplicable ascenderá a 16,5%;

    7) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 65 y no sobrepase de 70 la tasa aplicable ascenderá a 18,0%;

    8) Sobre la parte del margen operacional minero que exceda de 70 y no sobrepase de 75 la tasa aplicable ascenderá a 19,5%, y

    9) Si el margen operacional minero excede de 75 la tasa aplicable será de 9,0%.

    A partir del año calendario 2013, inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, descontados que fueren los tres años calendarios a que se refiere el inciso segundo del presente artículo, se aplicarán las tasas contempladas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y en los artículos 3°, 4° y 5° transitorios de la misma ley, según sea el caso. Éstas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad a dichas normas.

    El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes, imputado que fuere el plazo de tres años señalado en el inciso segundo, se ampliará por seis años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley. Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

    Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° 20.026. Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el inciso anterior.

    La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse a lo señalado en los incisos anteriores, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras. Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo. Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva. En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo, se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

    La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de sesenta días hábiles a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

    Artículo tercero.- A las solicitudes de inversión extranjera presentadas ante la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras con anterioridad al 31 de agosto de 2010 les serán aplicables las tasas contenidas en el N° 1) del artículo 1° de la ley N° 20.026, y el régimen de invariabilidad establecido en el artículo 2°, N° 2), de la misma ley.

    Los inversionistas extranjeros y empresas receptoras que gocen de los derechos de invariabilidad contemplados en los artículos 7° u 11 bis del decreto ley N° 600, de 1974, podrán acogerse a lo dispuesto en los artículos anteriores, con las modificaciones que se indican en los incisos tercero, cuarto y quinto siguientes.

    La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, modificado en los términos señalados en el artículo segundo de esta ley, sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

    El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga de invariabilidad aplicable, que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo precedente.

    Durante los años calendarios 2013 y siguientes hasta el que corresponda al vencimiento inicial del contrato que se modifica, descontado que fuere el plazo de tres años a que se refiere el inciso segundo del artículo anterior, será aplicable el régimen que corresponda según el contrato respectivo.

    Los inversionistas extranjeros que optaren por lo señalado en el artículo primero transitorio de esta ley y en los incisos precedentes de este artículo, tendrán derecho a que las respectivas empresas receptoras de la inversión puedan explotar otros proyectos mineros conexos, distintos a los actualmente individualizados en sus contratos respectivos, amparándolos en el régimen de invariabilidad pactado. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud respectiva al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos.

    El mismo derecho señalado en el inciso anterior, tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026.

    Se entenderá por proyecto minero conexo aquel que sea parte de una misma unidad económica de explotación minera, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares. Se considerarán como parte del proyecto minero conexo las pertenencias mineras identificadas en la solicitud respectiva, aun cuando, a la fecha de la misma, no pertenezcan a la empresa receptora de la inversión, siempre que a la época de comenzar la explotación del proyecto minero, hayan sido adquiridas por ésta en su totalidad.

    Para solicitar el otorgamiento de los derechos establecidos en este artículo, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria de aquellos señalados en el artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, deberán dar íntegro y oportuno cumplimiento a las condiciones establecidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974.

    Para estos efectos, los inversionistas extranjeros y las empresas que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° 20.026, según sea el caso, en la solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos, deberán informar al Comité de Inversiones Extranjeras o al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, las pertenencias mineras que efectivamente hayan adquirido con posterioridad a la solicitud referida en los artículos tercero, cuarto y quinto transitorios de la ley N° 20.026. La solicitud de extensión de invariabilidad de proyectos conexos deberá presentarse, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde iniciada la explotación del proyecto minero conexo.

    El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en su caso, deberán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas en el inciso anterior, al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

    Una vez recibida dicha información, el Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, según sea el caso, dictarán las resoluciones administrativas respectivas, resolviendo las extensiones de invariabilidad a proyectos conexos solicitadas.

    Artículo cuarto.- Las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hubieren iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y que se encuentren afectas al Impuesto específico a la actividad minera del artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, podrán solicitar que se les concedan los derechos contenidos en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974, en las condiciones establecidas en dicho artículo y sujeto, además, a los siguientes requisitos y con los derechos adicionales que se indican:

    1) Las empresas indicadas deberán presentar la solicitud respectiva al Estado de Chile, representado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dentro del plazo de sesenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de esta ley y suscribir, posteriormente y con el Estado de Chile, representado por dicho Ministerio, el respectivo contrato de inversión. La solicitud respectiva será formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo segundo transitorio de esta ley.

    2) Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios 2010, 2011 y 2012, el Impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Ello, independientemente de la fecha en que el Estado de Chile y la empresa respectiva suscriban el correspondiente contrato de inversión.

    3) A partir del año calendario 2013, éste inclusive y hasta el término del primer período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2017, se aplicará, con una tasa de 5%, este Impuesto específico sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

    4) A partir del año calendario 2018, éste inclusive y hasta el término del segundo y último período de régimen de invariabilidad establecido para estas empresas en los contratos señalados y que ocurrirá, tal término, el 31 de diciembre del año 2025, se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta según el nuevo texto de dichos artículos establecidos en esta ley.

    5) A partir del año calendario 2026, estas empresas quedarán sometidas al régimen general de tributación vigente en tal momento.

    6) Lo expuesto en este artículo se aplicará en favor de las empresas indicadas que hayan iniciado la explotación de un proyecto minero con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley y que no hayan suscrito, a dicha fecha y respecto de tal proyecto, un contrato de inversión con el Estado de Chile que contemple un régimen de invariabilidad para dicho proyecto.

    Artículo quinto.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º regirá respecto de la renta imponible operacional que se determine a partir del año calendario o comercial 2011.

    No obstante, los contribuyentes que optaren por modificar su régimen de invariabilidad tributaria en los términos señalados en las disposiciones transitorias de la presente ley, y aquellos que inicien sus actividades desde la fecha de publicación de esta ley, quedarán sujetos, a partir del año calendario o comercial 2010, al régimen de tributación general establecido en los artículos 1º y 2º de la misma.

    Artículo sexto.- Transcurridos 180 días corridos luego de la expiración del plazo señalado en el inciso final del artículo segundo transitorio, destínase al Fondo establecido en el artículo 3°, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. En la medida que los fondos antes referidos hayan sido enterados, destínase al mismo Fondo la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, al 1 de julio del año 2012, la misma suma al 1 de julio de 2013 y la misma suma al 1 de julio de 2014. En caso de no emplearse estos recursos dentro de los períodos anuales señalados, podrán utilizarse durante los doce meses siguientes. A partir del año 2015, el Fondo será suplementado por los recursos que para estos efectos destine la Ley de Presupuestos.

    Anualmente, un tercio del total de los recursos comprometidos para cada año deberán ser asignados a las regiones mineras, según éstas se definan en los decretos señalados en el artículo 3°, y los dos tercios restantes serán distribuidos, entre la totalidad de las regiones del país.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 15 de octubre de 2010.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.- Rodrigo Hinzpeter Kirberg, Ministro del Interior.- Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Laurence Golborne Riveros, Ministro de Minería.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Rodrigo Álvarez Zenteno, Subsecretario de Hacienda.