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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.388

Concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Fidel Espinoza Sandoval, Gonzalo Uriarte Herrera, Carlos Olivares Zepeda, Denise Pascal Allende, Sergio Ojeda Uribe, Pedro Araya Guerrero, Alejandra Sepúlveda Orbenes y Sergio Aguiló Melo. Fecha 12 de julio, 2006. Moción Parlamentaria en Sesión 48. Legislatura 354.

?CONCEDE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA

BOLETÍN N° 4332-15

1. Fundamentos: Actualmente, a propósito del artificioso debate sobre delincuencia e inseguridad que existe entre las personas cuando transitan por la calle o cuando se trasladan a través de la locomoción colectiva, ha estigmatizado a un segmento que se desempeña honradamente pero sin reconocimiento legal. De ahí que se hace necesario regularizar adecuadamente el comercio ambulante al interior de los buses, debido a que, no obstante, a que se encuentra actualmente prohibido por ley, este tipo de comercio sigue desarrollándose -en los hechos- sin mayor inconveniente.

Actualmente los comerciantes ambulantes tienen un grave problema laboral a raíz de la instauración del Transantiago, lo que se proyecta a las diferentes regiones del país, siendo una situación a nivel nacional. Pequeñas, medianas y grandes empresas basan sus producciones en el comercio ambulante, el cual depende del nuevo sistema de transportes, y donde no se ha legislado para entregar una estabilidad laboral y formalización del trabajo, al contrario, durante años se ha perseguido y atentado física, sicológica y económicamente contra los trabajadores.

Es innegable que el comercio ambulante existe a diario, ante la necesidad de sobrevivencia, y por lo mismo, respetando los acuerdos nacionales e internacionales con la CUT y la OIT, para crear empleos decentes, se hace necesario regularizar esta situación, y garantizar además de mayor seguridad y orden, previsión, salud, educación, vivienda, seguridad laboral, y todo lo que conlleva un trabajo serio y estable.

2. Ideas matrices. En esencia el proyecto propone como modificación esencial establecer la posibilidad de atenuar la prohibición absoluta de comercio establecida en la ley de tránsito, y otras medidas complementarias que por su naturaleza deberán ser complementadas por normas que emanen del órgano ejecutivo:

a) Se limita la prohibición absoluta de comercio en transporte colectivo estableciendo que estarán exentos los que se encuentren autorizados de conformidad a la ley.

b) Cada uno de estos trabajadores autorizado por el organismo pertinente deberá presentar como requisito: abrir iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, bajo un régimen tributario simplificado.

c) Se deberá crear un sistema de pagos de patentes ante las municipalidades del domicilio del comerciante.

d) Para colaborar con la seguridad ciudadana y ordenamiento, cada trabajador deberá portar una Tarjeta de identificación personal, actualizada cada seis meses para verificar el cumplimiento de los requisitos ante la autoridad municipal respectiva. Este debe incluir número visible y nombre del trabajador.

Por las consideraciones anteriores es que venimos en proponer a esta honorable Cámara el siguiente proyecto de Ley:

Art. Único. Modifiquese el art.91 de la Ley N° 18.290 sobre Tránsito terrestre en el siguiente sentido:

1° En el N°3 del inciso primero, sustituyendo el punto aparte a continuación de la palabra "comercio" por la siguiente expresión "con la excepción del autorizado de conformidad a la ley";

2° Para incorporar el siguiente inciso segundo al N°3; "Cada trabajador autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que debe incluir un número visible y el nombre completo del trabajador, otorgado por el órgano competente. El documento deberá ser actualizado cada seis meses para verificar el cumplimiento de los requisitos para su uso.”

1.2. Informe de Comisión de Obras Públicas

Cámara de Diputados. Fecha 08 de junio, 2007. Informe de Comisión de Obras Públicas en Sesión 34. Legislatura 355.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA

BOLETÍN N°4.332-15.

HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a informaros acerca del proyecto de ley, iniciado en una moción de los Diputados señores Aguiló don Sergio, Araya don Pedro, Espinoza don Fidel, Ojeda don Sergio, Olivares don Carlos, Pascal, doña Denise, Sepúlveda, doña Alejandra, y Uriarte don Gonzalo, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva.

El proyecto tiene por objeto, mediante la modificación de la ley de tránsito, habilitar el ejercicio del comercio ambulante a bordo de los vehículos de locomoción colectiva, con los requisitos y condiciones a determinar por el respectivo reglamento.

Constancias reglamentarias.

Para los efectos previstos en el artículo 287 del Reglamento de la Corporación, se hace constar lo siguiente:

-Artículos nuevos: se sustituyó el artículo único del proyecto.

-No hay indicaciones rechazadas.

-El artículo único no contiene normas que deban ser calificadas como orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

-El artículo único no debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.

-El proyecto de ley fue aprobado en general, por ocho votos a favor, de los Diputados señores Alvarado, don Claudio; García, don René Manuel; Hernández, don Javier; Latorre, don Juan Carlos; Monckeberg, don Cristián; Sabag, don Jorge; Uriarte, don Gonzalo y Venegas, don Mario, y un voto en contra del Diputado señor Correa, don Sergio.

-Diputado Informante: Latorre, don Juan Carlos.

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Para el estudio del proyecto de ley, la Comisión contó con la colaboración y asistencia del señor Subsecretario del Trabajo, señor Zarko Luksic, del ingeniero de la División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, señor Nelson Martínez, y del asesor jurídico de la Subsecretaría de Transportes señor Lautaro Pérez. Así mismo, asistieron los integrantes de la directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes de Transporte y Anexos (SINTRALOC), conformada por su Presidente, señor David Peña, el Secretario, señor Hardy Vallejos, y el Primer Director, señor Joan Núñez. También asistieron los integrantes de la directiva de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N., conformada por el Presidente de la Comisión de Seguridad, señor Sydney Houston Ocaranza, por el Vicepresidente de la Comisión de Seguridad, señor Jorge Lee Mira, y por la Ejecutiva Gremial CNC, señora Carolina Arancibia Lorca.

I. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

El artículo 91 N°3, de ley N°18.290, de Tránsito, prohíbe realizar el comercio ambulante al interior de los vehículos de transporte público de pasajeros. Pese a ello, existe una extendida red de comerciantes informales que, de hecho, realiza esta práctica ilegal al interior de la locomoción colectiva, habiéndose incluso constituido el Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC). En consecuencia, se hace necesario regularizar adecuadamente esta modalidad de comercio ambulante que, por lo demás, se ha transformado en la fuente laboral de más de cinco mil personas, sólo en la Región Metropolitana. Tal necesidad se ha transformado en urgencia, con ocasión de la puesta en marcha del plan de transporte Transantiago en la Región Metropolitana, el que considera la total erradicación de este tipo de comercio.

Se plantea, que a requerimiento de SINTRALOC, la Intendencia de la Región Metropolitana, conformó una mesa técnica de trabajo, integrada además de los señalados, por las Seremías de Trabajo y Previsión Social, de Justicia y de Educación, y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), a objeto de abordar de forma integral la problemática del sector. Además, se elabora un Convenio Intersectorial, en el cual, se incluye dentro de sus conclusiones que es necesario remover la traba legal que impide la formalización de este segmento del comercio, pues mientras la ley de tránsito imponga a los conductores de la locomoción colectiva la obligación de impedir el comercio en los vehículos, esta actividad será ilícita y este tipo de comerciantes arriesgan perder su fuente de ingresos

II. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.

Para los efectos previstos en los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, y en los incisos primeros de los artículos 24 y 32 de la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, corresponde consignar, como lo exige el artículo 287 del Reglamento de la Corporación, una minuta de las ideas matrices o fundamentales del proyecto, entendiéndose por tales las contenidas en la moción.

De acuerdo con esto, la idea matriz es habilitar el ejercicio del comercio ambulante a bordo de los vehículos de locomoción colectiva, con los requisitos y condiciones que establezca el respectivo reglamento.

En términos generales, se busca otorgar carácter legal y formal a una actividad que en la actualidad, y de hecho, se realiza a pesar de estar prohibida por la ley de tránsito: la venta de productos a bordo de vehículos de locomoción colectiva y de paso, conservar una fuente de trabajo e ingresos para un importante número de personas, la que hoy se ve amenazada de definitiva extinción, a partir de la puesta en marcha de los nuevos sistemas de transporte público.

III. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

La Comisión estimó que el artículo único del proyecto, no contiene normas de rango orgánico constitucional ni de quórum calificado.

IV. ARTÍCULOS DEL PROYECTO QUE, EN CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 220 DEL REGLAMENTO, DEBAN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

El artículo único del proyecto no contiene disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

V. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR DEL PROYECTO.

El Presidente de del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos, SINTRALOC, señor David Peña, señaló que su agrupación se considera parte integrante no sólo de la historia, sino del presente del transporte público, así como de su modernización, y que la agrupación que representa aspira a desarrollar un trabajo calificado y que sea digno de orgullo. Agregó, que para el desarrollo de esta labor se requiere de una ciudad limpia y segura, donde trabajadores responsables otorguen seguridad en las compras y en el trato a los clientes, y tengan una buena relación también con los conductores. Hoy, esta actividad está prohibida por la ley, en contravención, a convenios internacionales que consagran el derecho al trabajo. Por lo tanto, se requiere un cambio, se necesita dictar una ley que, imponiendo determinadas exigencias y condiciones, permita el desarrollo de esta actividad comercial, y que, por el contrario, prohíba el ejercicio informal, inseguro de la actividad. Explicó las bondades del servicio que este segmento de comerciantes presta a los pasajeros y usuarios de la locomoción colectiva. Añadió, que esta situación, con la pronta puesta en marcha del plan Transantiago, requiere de una urgente decisión pues una vez puesto en operación el señalado plan, es altamente probable que los conductores reciban la orden perentoria de impedir el ingreso de vendedores ambulantes, lo que generará una confrontación social que nadie ganará. Por último, hizo entrega a los integrantes de la Comisión de una carpeta con documentos y antecedentes del trabajo preparatorio que han realizado, el que finalmente se consolida en un Protocolo acordado entre el Sindicato y la Intendencia de la Región Metropolitana. El documento contempla la generación de un régimen de autorizaciones, otorgadas por las municipalidades mediando el pago de una patente, que permitirá el ejercicio lícito del comercio independiente en la locomoción colectiva.

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El Asesor Jurídico del Ministerio de Transportes, señor Lautaro Pérez, manifestó a la Comisión que el Ministerio no sólo comparte la iniciativa, sino que ha integrado la mesa de trabajo preparatoria de la misma. Sin embargo, advirtió que el comercio ambulante es un universo más amplio, que el que se desarrolla en la locomoción colectiva, y que como tal, requiere de una solución integral que aborde todas sus modalidades y condiciones, tales como seguridad pública, aspectos laborales, tributarios, previsionales, etc. En tal sentido, el Ministerio del Interior se encuentra elaborando un proyecto de ley, en el que se pretende resolver la problemática del “comercio ambulante” en general, que es más amplio que el que se ejerce en la locomoción colectiva, razón por la cual es de opinión que previo a resolver la iniciativa legal en análisis, es necesario conocer la solución que propondrá el Ministerio del Interior. En términos de los contratos de concesión de vías a favor de los operadores, no hay restricción específica al ejercicio de la actividad comercial, toda vez que ella ya figura en la ley vigente, que es justamente la norma que en esta moción se busca exceptuar.

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La Ejecutiva Gremial de la Cámara Nacional de Comercio, señora Carolina Arancibia, explicó que la institución que representa tiene una gran preocupación, por la buena acogida que ha tenido en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, la idea de legislar sobre un proyecto de ley que autoriza el trabajo de los vendedores ambulantes al interior de la locomoción colectiva. El proyecto dispone para los vendedores ambulantes, que ellos podrán realizar su actividad comercial, con sólo efectuar la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, bajo un régimen tributario simplificado, pagar una patente ante el municipio respectivo y portar una tarjeta de identificación personal, actualizada cada seis meses, para verificar el cumplimiento de dichos requisitos; exigencias, desproporcionadamente mínimas frente a lo que debe cumplir la pequeña y mediana empresa nacional. Agregó, que al legislar sobre este tipo de actividades, se crea una situación muy desfavorable para las Pymes en razón que los vendedores ambulantes pueden acogerse a prácticas ilegales, lo que tendría graves efectos en la economía nacional ya que las Pymes generan el 80% del empleo en nuestro país. Planteó, que el comercio ambulante, en todas sus formas, es un problema social que afecta en especial al pequeño empresario quien se esfuerza por trabajar dentro de la legalidad viendo a su pesar que otros trabajan sin cumplir la legislación tributaria, laboral y sanitaria.

Indicó que la práctica de esta actividad produce un descrédito para el comercio formal y al legislar en beneficio de los vendedores ambulantes para que desarrollen su actividad, al interior de los buses de locomoción colectiva, se fomenta la informalidad y la piratería, a raíz que se produciría un desconocimiento del origen de la mercadería y además, se hace muy difícil el control y la fiscalización, por cuanto, el transporte público, por esencia, es un escenario atomizado y móvil. Al propiciar este escenario, además, se está haciendo caso omiso de que Chile está en la lista roja o de observancia prioritaria por parte de los Estados Unidos, por la falta de protección a los derechos de propiedad intelectual. Explicó, que cada año en Chile, se registran invaluables pérdidas en términos de evasión tributaria, lo que sin duda afecta a todo el conglomerado social del país. Añadió, que de acuerdo a la cifras manejadas por la Comisión Nacional Antipiratería, en Chile, el comercio ilegal transa montos superiores a los US$1.000 millones, incluyendo productos y bienes robados, contrabando y falsificación o piratería, lo que significa una defraudación fiscal, sólo por concepto de I.V.A., sobre los US$190 millones. Uno de los argumentos utilizados para explicar el incremento del comercio ambulante es que éste sería una alternativa frente a la cesantía, sin embargo, comunas con bajo desempleo, tienen altas tasas de comercio ambulante. Agrega que, Por otra parte, agregó, que se debe apelar a los acuerdos nacionales e internacionales con la CUT y la OIT de crear empleos decentes, pero lo propuesto en esta moción no puede ser considerado, por cuanto se avala una competencia desleal frente al comercio establecido, que no sólo lucha por cumplir las exigencias del Estado, sino que además debe competir día a día con este tipo de proyectos de ley, que sólo impulsan a que el comercio ambulante siga creciendo no sólo en nuestras calles, sino que ahora también en el nuevo sistema de transporte público.

Finalmente, concluyó que la Federación Gremial Nacional, en virtud de lo expuesto, considera de suma relevancia no relativizar el delito aunque socialmente sea considerado como menor, porque no lo es, ni crear un precedente al permitir a los vendedores ambulantes al interior de los vehículos de locomoción colectiva, sin que exista la garantía que ello no derivará en otorgar a futuro, permisos para trabajar en el Metro de Santiago o en las mismas calles de nuestras ciudades, situación que en cierta medida afecta al comercio establecido, principalmente a las Pymes del comercio, las que ya se encuentran afectadas, gracias a la insólita facultad que tienen los alcaldes para otorgar permisos a los comerciantes ambulantes, situación que produce un aumento significativo en los índices que existen sobre delincuencia que, sin lugar a dudas, afectan a la sociedad en su conjunto y a nuestra economía, en definitiva.

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El Subsecretario del Trabajo, señor Zarko Luksic Sandoval, señaló que respecto del proyecto de ley en estudio es necesario precisar que los vendedores ambulantes son denominados trabajadores por cuenta propia y son los que ejercen sus labores, de acuerdo a la libertad de trabajo que les garantiza la Carta Fundamental, por lo cual no debieran sufrir restricciones. Consideró que la actividad del comercio ambulante debiera estar sujeta a regulación de orden municipal, como la de someterse al pago de una tasa o patente, como lo hace toda actividad comercial. Planteó, que el proyecto debiera determinar por ley las condiciones en que se desarrollará una determinada actividad.

Finalmente, sugirió suprimir la actual prohibición del comercio ambulante en la locomoción colectiva (actual artículo 91 N°3 de la ley de tránsito), y generar un nuevo artículo 91 bis, que en términos positivos habilite expresamente a esta actividad, con las exigencias adecuadas que, en la misma ley, se establezcan, como por ejemplo, el pago de una patente, o el porte de una tarjeta identificatoria y un número de registro.

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-Puesto en votación en general el proyecto de ley, fue aprobado por ocho votos a favor de los Diputados señores Alvarado, García, Hernández, Latorre, Monckeberg, don Cristián; Sabag, Uriarte, y Venegas, don Mario, y una abstención, del Diputado señor Correa.

-Se acordó, además, dejar pendiente la discusión en particular del proyecto en estudio.

*Los Diputados señores Delmastro, Aguiló, Venegas, don Mario, Venegas, don Samuel, Latorre y Hernández, formularon una indicación, para reemplazar el texto del artículo único, por el siguienteque reemplazará al texto original de la moción y cuyo texto es el siguiente:

“Artículo único: Modifícase la ley N°18.290, de Tránsito, de la siguiente forma:

1.- Elimínase en el N°3 del artículo 91, la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”.

2.- Incorpórase el siguiente artículo 91 bis:

“Los conductores de buses urbanos, interurbanos y rurales, podrán admitir el ejercicio de la actividad comercial al interior de éstos a personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva.

Cada comerciante autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y la fotografía del mismo.”

-Puesta en votación la indicación sustitutiva del artículo único del proyecto, fue aprobada, por la unanimidad de los presentes, Diputados señores Delmastro, Latorre, Venegas, don Mario y Venegas, don Samuel.

VI. TEXTO DEL PROYECTO APROBADO.

“Artículo único: Modifícase la ley N°18.290, de Tránsito, de la siguiente forma:

1.- Elimínase en el N°3 del artículo 91, la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”.

2.- Incorpórase el siguiente artículo 91 bis:

“Los conductores de buses urbanos, interurbanos y rurales, podrán admitir el ejercicio de la actividad comercial al interior de éstos a personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva.

Cada comerciante autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y la fotografía del mismo.”

Se designó Diputado Informante al señor Juan Carlos Latorre Carmona.

SALA DE LA COMISIÓN, a 08 de junio de 2007.

Tratado y acordado, conforme se consigna en las sesiones de fechas 16 de enero, 20 de marzo y 15 de mayo de 2007, con la asistencia de los Diputados señores Venegas, don Samuel (Presidente); Alvarado, don Claudio; Correa, don Sergio; Delmastro, don Roberto; Espinoza, don Fidel; García, don René Manuel; Hales, don Patricio; Hernández, don Javier; Latorre, don Juan Carlos; Monckeberg, don Cristián; Quintana, don Jaime; Sabag, don Jorge; Uriarte, don Gonzalo y Venegas, don Mario.

Se adjunta al presente informe, un texto comparado que contiene el artículo 91 vigente de la ley N°18.290 y el texto del proyecto de ley aprobado.

PATRICIO ÁLVAREZ VALENZUELA,

Secretario de la Comisión.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 14 de junio, 2007. Diario de Sesión en Sesión 37. Legislatura 355. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

EJERCICIO DE COMERCIO AMBULANTE EN LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA. Modificación del artículo 91 de la ley N° 18.290, de Tránsito. Primer trámite constitucional.

El señor WALKER (Presidente).-

Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que concede permiso a trabajadores para realizar su labor al interior de la locomoción colectiva.

Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Juan Carlos Latorre .

Antecedentes:

-Moción, boletín N° 4332-15, sesión 48ª, en 12 de julio de 2006. Documentos de la Cuenta Nº 11.

-Informe de la Comisión de Obras Públicas, sesión 34ª, en 12 de junio de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 9.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, antes de informar el proyecto, quiero saber por qué no se permite el ingreso a la Sala de las personas interesadas en la iniciativa, quienes desde muy temprano están esperando esta oportunidad.

El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-

Señor diputado ¿puede explicar lo que plantea?

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, hay un grupo numeroso de dirigentes interesado en escuchar la discusión de esta moción parlamentaria, pero por razones que no entiendo, no se les permitió su ingreso a las tribunas.

El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-

Señor diputado, voy a averiguar que ocurrió, por cuanto a nadie se le ha prohibido el ingreso a tribunas.

Mientras tanto, puede entregar su informe.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, pido que suspenda la sesión, por que no me parece justa tal prohibición.

El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-

Se suspende la sesión por cinco minutos, acogiendo la petición del diputado informante.

El señor ASCENCIO.-

Señor Presidente, el diputado señor Juan Carlos Latorre no puede pedir suspensión de la sesión, porque no es jefe de Comité.

El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-

Señor diputado, la decisión la tomé yo.

El señor ASCENCIO.-

Señor Presidente, es una mala decisión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión.

El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-

Continúa la sesión.

Tiene la palabra el señor Juan Carlos Latorre .

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a informar sobre el proyecto de ley, iniciado en moción de los diputados señores Sergio Aguiló , Pedro Araya , Fidel Espinoza , Sergio Ojeda , Carlos Olivares , las diputadas señoras Denise Pascal y Alejandra Sepúlveda , y el diputado Gonzalo Uriarte , que concede permiso a trabajadores para ejercer su actividad al interior de la locomoción colectiva.

El proyecto tiene por objeto, mediante la modificación de la ley de Tránsito, permitir el ejercicio del comercio ambulante a bordo de los vehículos de locomoción colectiva, con los requisitos y condiciones a determinar por el respectivo reglamento.

En la Comisión, se contó con la asistencia de personeros del Ministerio del Trabajo, de la División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, de asesores jurídicos de dicho ministerio e integrantes de la directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes de Transporte y Anexos, Sintraloc .

Los fundamentos del proyecto son los siguientes:

El artículo 91, N° 3, de ley N° 18.290, de Tránsito, prohíbe realizar el comercio ambulante al interior de los vehículos de transporte público de pasajeros. Pese a ello, existe una extendida red de comerciantes informales que, de hecho, realiza esta práctica de manera ilegal al interior de la locomoción colectiva, habiéndose incluso constituido el Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos, Sintraloc . En consecuencia, se hace necesario regularizar adecuadamente esta modalidad de comercio ambulante que, por lo demás, se ha transformado en la fuente laboral de más de cinco mil personas, sólo en la región Metropolitana.

Con ocasión de la puesta en marcha del plan de transporte Transantiago, en la región Metropolitana, el que considera la total erradicación de este tipo de comercio, estas personas han manifestado, en forma urgente, su preocupación. Por eso, a requerimiento de Sintraloc, la Intendencia de la Región Metropolitana conformó una mesa técnica de trabajo integrada, además de los dirigentes señalados, por los seremis de Trabajo y Previsión Social, de Justicia y de Educación, y el representante del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence , con el objeto de abordar de forma integral la problemática del sector.

Además, se invitó a participar a los diputados Sergio Aguiló , como uno de los autores del proyecto, y a quien habla, en mi calidad de presidente de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados.

Esa mesa de trabajo técnica nos permitió advertir los términos en que este grupo de chilenos realiza una actividad que les permite escasamente sobrevivir o reforzar el ingreso familiar en forma organizada. Ellos se comprometieron a cumplir una serie de exigencias personales para que el reglamento que se dicte posibilite el ejercicio de esta actividad dentro de la región Metropolitana.

Entre las exigencias no sólo existía la capacitación personal a la que han estado abocados muchos de sus integrantes, sino también su disposición a realizar su actividad uniformados y con una placa que los identifique como ligados a una organización que responde por el ejercicio correcto del rol de vendedores ambulantes.

Los seremis de Trabajo y Previsión Social, de Justicia y de Educación, y el representante del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence , se comprometieron a implementar una serie de aspectos complementarios que permitirán que esta actividad comercial se realice de acuerdo a las normas pertinentes. De hecho, también se contempla la obtención de los permisos municipales y la elaboración de un giro comercial que les permita realizar esta actividad.

Para los efectos previstos en los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, y en los incisos primeros de los artículos 24 y 32 de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, corresponde consignar, como lo exige el artículo 287 del Reglamento de la Corporación, una minuta de las ideas matrices o fundamentales del proyecto, entendiéndose por tales las contenidas en la moción.

En términos generales, se busca otorgar carácter legal y formal a una actividad que, en la actualidad, y de hecho, se realiza a pesar de estar prohibida por la ley de tránsito, como es la venta de productos a bordo de vehículos de locomoción colectiva, y de paso, conservar una fuente de trabajo e ingresos para un importante número de personas, la que hoy se ve amenazada de definitiva extinción, a partir de la puesta en marcha de los nuevos sistemas de transporte público.

Durante la discusión del proyecto se manifestó la disposición de los representantes de todas las bancadas a votarlo favorablemente. En ese sentido, muchos diputados intervinieron para entregar antecedentes provenientes de sus reuniones de trabajo con los dirigentes de Sintraloc, quienes realizaron un lobby para que el máximo de diputados conociera su interés porque esta iniciativa fuera aprobada.

El presidente del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos, Sintraloc , señor David Peña , señaló que su agrupación se considera parte integrante no sólo de la historia, sino del presente del transporte público, así como de su modernización, y que la agrupación que representa -que hoy se hace presente con un grupo de sus asociados en las tribunas- aspira a desarrollar un trabajo calificado y digno de orgullo. Agregó que para el desarrollo de esta labor se requiere de una ciudad limpia y segura, donde trabajadores responsables otorguen seguridad en las compras y en el trato a los clientes, y tengan una buena relación también con los conductores. Hoy, esta actividad está prohibida por la ley, en contravención a convenios internacionales que consagran el derecho al trabajo. Por lo tanto, se requiere un cambio, se necesita dictar una ley que, imponiendo determinadas exigencias y condiciones, permita el desarrollo de esta actividad comercial, y que, por el contrario, prohíba el ejercicio informal e inseguro de la actividad.

En su intervención se resumen muchos de los fundamentos que hemos tenido presente los miembros de la Comisión para acoger favorablemente esta iniciativa. Además, para el ejercicio de esta actividad se contempla la generación de un régimen de autorizaciones otorgadas por las municipalidades mediante el pago de una patente, que permitirá el ejercicio lícito del comercio independiente en la locomoción colectiva.

El asesor jurídico del Ministerio de Transportes, señor Lautaro Pérez , dio a conocer los criterios de dicho ministerio sobre la materia.

Por su parte, la representante de la Cámara Nacional de Comercio manifestó que su organismo no estaba de acuerdo con esta iniciativa, pero que quedaban a la espera de que se dictara una legislación más integral, lo que hasta la fecha no ha sido posible.

Puesto en votación general el proyecto, fue aprobado por 8 votos a favor y 1 abstención.

(Aplausos en las tribunas)

Comparto la natural satisfacción manifestada por los trabajadores del comercio ambulante que hoy nos acompañan en las tribunas, pues un grupo de parlamentarios fue capaz de acoger su solicitud, transformarla en una moción y, posteriormente, acompañar su discusión en la Sala.

Además, debo aclarar que también hubo diputados de la Alianza por Chile que colaboraron en el proyecto.

Reitero la solicitud para que esta Sala le dé su aprobación.

He dicho.

El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado don Gonzalo Uriarte .

El señor URIARTE.-

Señor Presidente, seré muy breve, ya que el informe ha sido bastante elocuente; ha dado cuenta de su contenido en profundidad y, sobre todo, de las ventajas y los grandes dividendos sociales que el proyecto puede traer.

Entiendo que en algunos sectores una iniciativa de este tipo puede generar reticencia, incluso críticas, y en otros, a lo mejor, distancias. Pero creo que es una gran oportunidad para integrar al comercio formal a muchos vendedores ambulantes que digna y legítimamente se ganan la vida.

Lamentablemente, el Transantiago ha generado muchos costos sociales para los usuarios, para los propios choferes, para las personas que trabajaban en el antiguo sistema, pero también para los micro y pequeños empresarios que en forma digna y legítima trabajaban en el transporte público.

Por ello, pienso que no es justo agregar a todo ese gran costo social a las personas que trabajaban como vendedores ambulantes en la locomoción colectiva. Creo que es una gran oportunidad para integrarlas al comercio formal, y así prestar un servicio de buena forma, integradamente, cumpliendo formalidades mínimas, como es el uso de una credencial, y que ellas entiendan que se juegan una oportunidad para demostrar que pueden prestar un servicio como cualquier otro comerciante establecido.

Por eso, creo que es un avance, osado, pero un avance al fin, y esta Cámara de Diputados tiene que ser receptora de iniciativas de este tipo. Esto claramente integra, da oportunidades, hace justicia. Es una especie de una indemnización de perjuicios anticipada, porque viene a restablecer un daño patrimonial que se le ha causado a miles de familias por un sistema implementado en la forma que todo el país conoce.

Por las razones expuestas, la Unión Demócrata Independiente se suma a esta iniciativa, porque es sumamente justa y viene a llenar un vacío, como muchos otros que quedaron en la implementación del nuevo sistema de transporte público.

La Unión Demócrata Independiente agradece al diputado Aguiló , como autor principal de la iniciativa, la oportunidad de haber participado y colaborado en la redacción, discusión, presentación de indicaciones y, por cierto, en tratar de resolver uno de los tantos problemas que ha generado el Transantiago.

He dicho.

-Aplausos.

El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado don Sergio Aguiló .

El señor AGUILÓ.-

Señor Presidente, efectivamente, ésta es una iniciativa que, por el concurso de múltiples voluntades múltiples que logró reunir desde que fue planteada, vale la pena expresar respecto de ella que constituye la confluencia de esfuerzos de muy diversa naturaleza, encabezados por un grupo notable de trabajadores, no sólo por su número, sino, sobre todo, por su conciencia, su organización, su capacidad, por la necesidad que ellos mismos constataron de modernizar y formalizar su trabajo y, de esa manera, contribuir con la mantención de sus familias.

El informe del diputado Juan Carlos Latorre ha sido muy completo, por tanto, sólo debo señalar que la ley N° 18.290 establece en su artículo 91 la prohibición de subir a los vehículos de locomoción colectiva, entre otros, a los vendedores ambulantes. O sea, tal como se explicó, esas personas ejercían una actividad legítima y ética, cual era sustentar el ingreso familiar a través del comercio de productos, muchas veces necesarios, pero al margen de la ley.

El problema es que, durante mucho tiempo, existió un pacto, algunas veces implícito, otras, conversado con los propios dirigentes a medida que se fueron organizando, para que dicha actividad pudiera realizarse, sin perjuicio de la prohibición establecida en la ley.

Cuando empezó a funcionar el Transantiago, el Gobierno, probablemente como parte de las negociaciones con las empresas que licitaron los recorridos del Transantiago, advirtió, en su momento, que haría cumplir la ley.

Por eso, resolver el tema, se instaló una mesa de diálogo en la Intendencia de la Región Metropolitana, encabezada por el entonces intendente don Víctor Barrueto . En dicha reunión participaron los dirigentes del sindicato que agrupa a todos los trabajadores del comercio ambulante en la locomoción colectiva, y diversas autoridades, como seremis de transporte, de salud, del trabajo, representantes de la Iglesia Católica, del propio Obispo, de Carabineros, de Investigaciones.

Desde aquí, enviamos un saludo al ex intendente de Santiago, Víctor Barrueto , por haber instalado esta mesa. Fue una persona que hizo un gran aporte.

(Aplausos en las tribunas).

Entonces, se nos pidió a diputados de distintas bancadas que encabezáramos esa mesa. Entre ellos, al diputado Gonzalo Uriarte , a quien agradezco sus palabras siempre nobles y gentiles; al diputado Ojeda y a la diputada Denise Pascal , que ha colaborado mucho, porque además de ser patrocinante del proyecto, también es parlamentaria por la Región Metropolitana. Asimismo, agradezco al diputado Montes y a la diputada Isabel Allende , ambos de mi bancada, quienes nos dieron a conocer la realidad que vivían los vendedores ambulantes de la Región Metropolitana. No obstante ser un proyecto a nivel nacional, es particularmente significativo para esta región, en la cual -entiendo- el número de personas que se dedican a esta legítima actividad llega, aproximadamente, a 5 mil. Probablemente, en La Serena, por ejemplo, también hay un número considerable. Con este proyecto van a poder vender distintos productos al interior de los buses de la locomoción colectiva.

Por su parte, los trabajadores que hoy nos están escuchando, que son personas muy abnegadas y esforzadas, se han comprometido -es bueno que lo digamos una vez más-, primero, a formalizar su actividad ante el Servicio de Impuestos Internos, una vez que este proyecto se convierta en ley, y a pagar un impuesto de acuerdo a una renta presunta; segundo, a obtener un permiso especial en la municipalidad de la comuna donde vivan, y tercero, a usar uniforme -muchos de los que hoy nos acompañan en tribunas ya los tienen-, con una tarjeta que incluya su fotografía y su nombre.

Todo esto contribuirá enormemente a mejorar la seguridad ciudadana al interior de los buses de la locomoción colectiva. Lo digo, porque muchas veces, entre estos honestos y esforzados trabajadores se colaba más de un maleante o asaltante -vaya uno a saber- no precisamente con las mejores intenciones. El hecho de que estos trabajadores usen uniforme y porten una identificación permitirá a la gente viajar mucho más tranquila, saber quién le vende, conocer las características de los productos que está comprando, conversar con el vendedor, etcétera. Incluso, estos trabajadores ayudan informando a los santiaguinos sobre los recorridos del Transantiago. En realidad, no sé si servirá mucho, porque los buses van repletos. En todo caso, en algún momento la información que entregan servirá para algo.

Debo aclarar que, prácticamente, todos los diputados se encuentran en el recinto de la Cámara, trabajando en las distintas comisiones en el despacho de otras iniciativas legales; pero cuando llegue el momento de votar, concurrirán a la Sala, pues por todas las razones expuestas, es muy necesario que aprobemos hoy este proyecto. Se presentaron algunas indicaciones que ya estudiamos en la Comisión, que podrían dilatar innecesariamente el trámite del proyecto. Por eso, les sugiero que las analicemos y, si es posible, que las aprobemos, de modo que el proyecto vaya de inmediato al Senado.

Espero contar con la colaboración de los parlamentarios de la UDI, y de Renovación Nacional y, por cierto, de todos los diputados de la Concertación -como lo dijo el diputado Latorre -, para acompañar a estos trabajadores al Senado a fin de solicitarles a los senadores que aprueben esta iniciativa cuanto antes, porque recoge un anhelo muy sentido de más de 5 mil trabajadores -en realidad, más de 5 mil familias, porque cada uno de ellos es jefe de hogar-, cuyo único sustento, en la inmensa mayoría de los casos, son los ingresos que obtienen con esta actividad, a la cual tan dignamente se dedican.

Para terminar, quiero rendir un sentido homenaje a estos trabajadores que han hecho tanto, no sólo por su familia y por su bienestar, sino también por la modernización del transporte público de nuestro país.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra la honorable diputada Adriana Muñoz .

La señora MUÑOZ (doña Adriana).-

Señor Presidente, mi intervención va a ser muy breve, porque los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra hicieron claros planteamientos de fondo relacionados con la importancia del proyecto.

Quiero saludar especialmente a los trabajadores del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes de la Locomoción Colectiva, Sintraloc , porque son ellos los actores principales en esta iniciativa.

(Aplausos en las tribunas).

Aunque no fui invitada a firmar el proyecto, en mi condición de Presidenta de la Comisión de Trabajo, durante el último tiempo, he tenido permanente contacto con el Sintraloc, con el propósito de agilizar su tramitación y de incluirlo en las tablas de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y de la Sala, a fin de darle un tratamiento urgente.

Sólo quiero agregar que éste es un ejemplo de trabajo organizado. En las conversaciones sostenidas con los dirigentes del Sintraloc nos han dado una verdadera lección sobre la forma en que un grupo humano puede transformar una situación marginal para construir una oportunidad de dignificar el trabajo que han desarrollado y que constituye el sustento de su familia.

No tiene mucho sentido decir que el Transantiago ha influido para que esta iniciativa sea tramitada en forma urgente. Podemos culparlo de muchas situaciones, pero, en este caso, lo que marca a esta iniciativa y a la organización de estos trabajadores es, sencillamente, la formalización de un trabajo informal, que es consecuencia de nuestro mercado laboral que excluye y margina a un gran número de trabajadoras y trabajadores.

En mi opinión, lo que han hecho estas personas que desarrollan su actividad al interior de la locomoción colectiva es darnos un ejemplo de cómo ellos, sobre la base de la experiencia ganada en su trabajo cotidiano, han logrado incorporar elementos que son un aporte a la seguridad ciudadana y dar transparencia a la actividad que desarrollan. Incluso, ayudan a los usuarios de la locomoción colectiva.

En definitiva, han demostrado que la informalidad laboral puede ser una gran oportunidad para que muchas personas, con iniciativas de esta naturaleza, puedan ir incorporando elementos de formalización y de dignificación de su trabajo. Como lo señaló el diputado Aguiló , si bien esta actividad no es legal, sí es absolutamente legítima, porque constituye una respuesta a la marginación y a la exclusión de muchos chilenos y chilenas del mercado laboral.

Felicito una vez más a los dirigentes de Sintraloc, a los vendedores ambulantes de la locomoción colectiva y les deseo la mejor de las suertes. Por otra parte, espero que si las indicaciones que han presentado diversos colegas no son discutidas en esta sesión, sean retiradas, porque estos trabajadores han esperado largo tiempo para que el proyecto sea tratado por la Cámara y enviado al Senado, de manera que se transforme en ley de la República a la brevedad.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza .

El señor ESPINOZA (don Fidel).-

Señor Presidente, deseo manifestar la enorme alegría y satisfacción que me produce el hecho de estar discutiendo un proyecto tan importante como éste, que autoriza a trabajadores a desarrollar una actividad comercial al interior de la locomoción colectiva.

Creo que el país tenía una deuda con ellos, la que, en parte, queda saldada con esta iniciativa, de la cual también fui uno de sus autores. Pero el mayor mérito corresponde a un miembro de nuestra bancada: al diputado Sergio Aguiló .

Si tuviéramos que hacer una síntesis de lo que significa esta iniciativa, podemos decir que busca atenuar algo injusto y que no puede seguir ocurriendo. Me refiero a la prohibición absoluta establecida en la ley de Tránsito para ejercer el comercio ambulante.

Esto no sólo afecta al comercio ambulante de Santiago, porque en otras regiones también existe este tipo de trabajadores, quienes muchas veces tienen que mendigar un permiso municipal y someterse a la decisión del alcalde de turno, porque no existe legislación sobre la materia.

Muchas veces deben trabajar a escondidas de la autoridad o bajo el arbitrio del conductor, en fin. Al existir una ley se da un paso fundamental en la materia.

Reitero que el proyecto no sólo favorecerá al comercio ambulante de Santiago, que con este trabajo llevan el pan a sus hogares, sino que al de todo el país.

Ocurre que por culpa del uno por ciento que aprovecha esta actividad para realizar actos delictivos, se empaña la esencia de una labor que debemos respetar.

No hay más palabras para graficar la trascendencia de esta iniciativa. Como dijo el diputado Sergio Aguiló , esperamos que las indicaciones presentadas no entraben su tramitación, porque el proyecto fue discutido el año pasado y han debido pasar seis meses para que llegara a la Sala.

Esperamos que en el Senado exista la misma agilidad que se ha tenido en la última semana para poner este proyecto en el debate, gracias a la gestión del Presidente y de los diputados autores de la iniciativa, para que pronto contemos con una legislación sobre la materia, que es de tanta trascendencia para el comercio ambulante.

El propósito del proyecto es que los conductores de buses urbanos, interurbanos y rurales -tema muy importante para los diputados de regiones, como en mi caso, que represento a un distrito con mucha ruralidad y con trayectos bastante extensos que hacen necesario el comercio ambulante-, admitan el ejercicio de esta actividad comercial al interior de sus vehículos a personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva.

La diferencia con lo que ocurre en la actualidad es que los permisos no se otorgarán de acuerdo al arbitrio del alcalde de turno, sino que serán otorgados por ley y cada comerciante contará con una tarjeta de identificación, que incluirá su nombre completo y su fotografía, con lo cual se eliminarán las críticas de algunos que sostienen que nosotros queremos legalizar la delincuencia dentro del comercio ambulante, cosa que no es tal, porque, repito, la gran mayoría, por no decir todos quienes desarrollan esta actividad, son gente a lo mejor humilde, pero honesta, responsable y que con los ingresos obtenidos con su trabajo contribuyen al desarrollo de su familia y al mejoramiento de la calidad de vida de sus hijos y de su núcleo familiar.

Por eso, votaremos a favor del proyecto y esperamos que tenga un amplio respaldo en la Sala.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente, en la Comisión de Obras Públicas trabajamos por mucho tiempo este proyecto. Hablamos con los involucrados, comerciantes ambulantes que trabajan dentro de los buses.

El problema que intenta resolver el proyecto empezó cuando a los comerciantes ambulantes que trabajaban libremente en los buses de la locomoción colectiva de la empresa privada no se les permitió el ingreso a los buses licitados por el Transantiago.

El gremio de los comerciantes ambulantes agrupa a varios miles de personas, quienes actualmente están muy preocupados de que no se les permita seguir trabajando.

Estoy absolutamente de acuerdo con el proyecto, pero tengo una duda, que ya planteé al presidente de los comerciantes ambulantes. Les pido que escuchen mi planteamiento, porque es posible que, a pesar de que aprobemos el proyecto, después tengan problemas.

La locomoción es una empresa licitada. Entonces, ¿qué pasa si una empresa licitada presenta un recurso de protección porque le están invadiendo el bus?

Todos estamos de acuerdo en que esta gente tiene derecho a trabajar, a alimentar a sus familias, sobre todo porque son gente de bien, cuyo único fin es trabajar. Sin embargo, se les ponen obstáculos y condiciones para ello: que deben tener tarjeta de identificación, pertenecer al gremio, en fin.

Sin duda, el proyecto favorecerá a este gremio, no sólo de Santiago, sino de todo el país, a todos quienes quieran y tengan la necesidad de trabajar para mantener a sus familias, sobre todo porque después de conocerlos durante tanto tiempo no me cabe ninguna duda de que se trata de gente de bien, a la que le están cortando las manos.

¡Cómo vamos a hacer la vista gorda a la situación de estas personas! Si no se resuelve, es posible que al final tengan que trabajar en forma clandestina, y lo que es peor, si son sorprendidos por carabineros, se les requise su mercadería, con la consiguiente pérdida para el sustento de sus familias, o sea, van a tener que andar arrancando para trabajar en una actividad que han desarrollado durante tantos años.

El proyecto es absolutamente humanitario y nos preocupa mucho, porque los afectados son gente organizada, que pertenece a sindicatos y quiere hacer todo de manera correcta.

Ésta es una buena iniciativa, sobre todo porque favorece a gente que está pidiendo que la dejen realizar su actividad y nuestra obligación es respaldar a quienes quieren trabajar en forma honesta para proveer el sustento familiar. Ésa es la gente a la que queremos ayudar.

Por lo tanto, hacemos un llamado a quienes han licitado el Transantiago, sean quienes sean, a que se pongan una mano en el corazón y así como ellos están ganando dinero con el Transantiago, que dejen trabajar al comercio ambulante en sus vehículos, porque su propósito no es hacer daño, sino ganar el sustento para sus hijos. Eso es lo que aplaudo de pie.

Por eso, Renovación Nacional, sin dudar ni un solo minuto, por esta gente, a la cual conocemos, que se han expuesto para conseguir permiso para trabajar, votará a favor el proyecto.

Bien por los que están trabajando honradamente.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Mario Venegas .

El señor VENEGAS (don Mario).-

Señor Presidente, el proyecto en discusión hace justicia a nuestros amigos de Sintraloc que han realizado un largo proceso para llegar a esta instancia.

Tal como lo señaló el diputado René Manuel García , que me antecedió en el uso de la palabra, todos los miembros de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados hemos visto cómo desde el año pasado han venido generando las condiciones para llegar a contar con un proyecto de ley largamente debatido en esa Comisión, con la presencia de las autoridades del Ministerio de Transportes y de distintos parlamentarios de la Región Metropolitana interesados en él y en la justicia del propósito perseguido por los trabajadores.

Por eso, llamo a todos los colegas a hacer justicia a este proceso largísimo, que incluso significó que la Intendencia de la Región Metropolitana, las seremías de Trabajo y de Previsión Social, de Justicia y Educación y otras entidades públicas hayan establecido una mesa de trabajo, previo a la elaboración de este proyecto, para buscar solución a ese tema.

Sólo en la Región Metropolitana hay alrededor de cinco mil personas, esto significa cinco mil familias, que viven de este trabajo de carácter informal, que desarrollan al interior de la locomoción colectiva. Por tanto, es un tema de carácter social importante.

Efectivamente, la ley no permitía esta labor. Por eso, queremos darles un respaldo legal para que tengan la dignidad de trabajadores, sin verse obligados a sufrir el arbitrio de determinados choferes, en algunos casos la persecución de la policía, por estar realizando una labor ilegal hasta ahora.

Es conveniente reconocer los notables esfuerzos realizados por el Sindicato de Trabajadores Ambulantes de la Locomoción Colectiva, Sintraloc . En primer lugar, se organizaron. En segundo lugar, son un verdadero ejemplo por tratar de hacer las cosas de manera distinta y terminar con la estigmatización injusta cuando se les relaciona con eventuales situaciones de delincuencia en Santiago.

Por eso, han hecho un gran esfuerzo económico por tener un uniforme que los distingue, una identificación clara y precisa que los responsabiliza, con su identidad, fotografía, nombre, Rut y número en el sindicato. Es una cuestión digna de ejemplo. Incluso, quieren ir más allá. Desean formalizarse, pagar sus impuestos y ser considerados como un trabajador más, teniendo en vista que la locomoción colectiva es el espacio natural en que se desarrolla su actividad. Con el cambio que ha representado el Transantiago, es evidente que están dispuestos a hacerlo de la mejor manera.

Pero estos trabajadores no sólo están presentes en la Región Metropolitana, también existen a lo largo del país, incluida la Quinta Región. De manera que pueden ser varios miles más los beneficiados con el proyecto.

Porque he visto cómo han esperado largas horas para conversar con cada uno nosotros, aunque precisamente no son mis electores, porque vengo de la Novena Región, me interesa destacar el gran esfuerzo que han realizado.

Por eso, por la justicia y por la forma en que han encarado la situación, no nos queda más que aprobar en forma decidida el proyecto. La Comisión de Transportes lo estudió detenidamente y le da su respaldo.

En lo personal, anuncio mi voto favorable de manera entusiasta, porque es de toda justicia y esta organización de pequeños y microempresarios se lo merece.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes .

El señor MONTES.-

Señor Presidente, aunque comparto los argumentos entregados, no los voy a reiterar en honor al tiempo. El proyecto es relevante en muchos sentidos y debemos apoyarlo. Conozco a algunos de los dirigentes que han trabajado por años en este tema y sé de su consistencia, claridad y dedicación para enfrentar un problema social de un grupo importante de trabajadores del comercio ambulante.

Formalizar esta actividad significa regularizarla y permitirles tener un trabajo más estable. Para ellos es muy importante que se autorice su participación y organización en el transporte público de la ciudad de Santiago, ya que les ayuda a enfrentar un problema más de fondo.

Me han llamado mucho la atención algunos discursos en los que se anunció que viene un proyecto de ley que busca reprimir fuertemente el comercio ambulante en todas las ciudades del país y eliminar los “coleros” de las ferias.

Detrás de este planteamiento hay una presión muy fuerte del comercio instalado por la vinculación del comercio ambulante con el delito en algunos puntos.

La cantidad de personas que existe en este ámbito es mucho mayor que la que se reconoce. Sólo en la comuna de La Florida el comercio ambulante alcanza a las cien mil personas. Entonces, cabe preguntarse ¿cuántas se dedican a esta actividad en Santiago y a lo largo del país? No lo sé.

Ese proyecto que viene requiere un análisis más profundo. Es necesario indagar qué hay detrás del comercio ambulante y por qué un conjunto de personas termina en esa práctica ante la falta de alternativas en el mercado laboral.

Es cierto que dentro del comercio ambulante la realidad es bien diversa. La mayor parte son personas que sobreviven gracias a esa actividad. Otra parte tiene trabajo definido y complementa su ingreso el fin de semana con esta labor informal. También algunas personas lo usan para eludir impuestos o desarrollar otra actividad. De repente llegan tremendas camionetas con muebles y otras cosas a la feria, de lo que se deduce que es una manera de eludir otro tipo de control.

Sobre esta realidad no hay una política pública consistente. Quizás el primer paso es este proyecto de ley. Por eso, valoro mucho lo que han hecho sus autores, en particular el diputado Sergio Aguiló y los dirigentes del Sintraloc, porque se abre un camino. Se dice que la sociedad debe asumir esa realidad y buscar la solución apropiada. En este caso, formalizar su actividad en base a ciertas reglas dentro de los buses.

Pero ¿qué pasa con las miles de otras personas que están en la misma situación? Al conocer a muchos comerciantes ambulantes, uno se encuentra con gente muy capaz, talentosa, con experiencia en muchas cosas o actividades, pero que por distintas razones no ha encontrado otro espacio en el mercado laboral o que, por último, se acostumbró a esa actividad, que le genera una rentabilidad apropiada.

Es fundamental una política pública que parta por hacer un diagnóstico de esa realidad. Saber quiénes son y por qué se dedican a esa actividad.

Muchas personas componen ese grupo porque cumplieron 50 ó 55 años y no tienen otra alternativa laboral. Otras son muy jóvenes y podrían perfectamente capacitarse, reciclarse e incorporarse con cierta política pública a otra actividad o mercado de trabajo.

La mentalidad que asocia al comercio ambulante con algo negativo o de riesgo, debería empezar a cambiar a partir de este proyecto. El comercio ambulante representa una realidad social. Por lo tanto, la sociedad, el sistema político y este Congreso debe asumirla como tal.

En la Quinta Avenida de Nueva York, por ejemplo, durante ciertos días se permite que personas carentes de autorización ejerzan el comercio ambulante como una forma de generar ingresos. Sin embargo, en Chile, como una manera de negar esa realidad, se opta por reprimir dicha forma de comercio.

El Ejecutivo, antes de presentar a tramitación el proyecto anunciado, debería estudiar la compatibilización de medidas de contención del comercio ambulante con otras que permitan entregar alternativas. Diagnóstico, políticas, programas, capacitación y alternativas.

La realidad del comercio ambulante refleja las desigualdades existentes en el país y las características de su mercado laboral, muy limitado en la cantidad de puestos de trabajo que genera.

Debemos votar a favor el proyecto y, cuando corresponda su tramitación en el Senado, explicar sus aspectos de fondo.

Deseo expresar al Gobierno y también a quienes, de acuerdo con su mentalidad y visión, buscan en forma permanente la represión del comercio ambulante, que en el próximo proceso presupuestario será necesario enfrentar la realidad de ese sector. Tal vez, el Fosis u otra institución pública podría iniciar, en todas las ciudades, algún programa destinado a conocer lo que ocurre y entregar alternativas específicas para los comerciantes ambulantes, que son jefes de hogar chilenos.

La suerte de esas personas es una responsabilidad de toda la sociedad. Por lo tanto, se deben entregar cada vez mejores alternativas.

Valoro el proyecto, porque es un paso en ese sentido. Asimismo, felicito a todos los que participaron en su elaboración y discusión y, de manera particular, a los dirigentes del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos, Sintraloc .

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa .

El señor ULLOA.-

Señor Presidente, alguien que se acerque a conocer el proyecto sin mayor estudio, puede pensar que es demagogia pura. Sin embargo, para quienes estamos conectados con la realidad, se trata de una iniciativa extraordinariamente positiva y necesaria.

La gente necesita proyectos como el que conocemos hoy, y la Cámara debería sentirse orgullosa de su tramitación, porque se legisla para solucionar un problema real. No hacerlo significaría desconocer lo que está ocurriendo en la realidad.

Los representantes de distritos populares, como en mi caso, el número 43, integrado por las comunas de Hualpén y Talcahuano, conocemos y entendemos el enorme esfuerzo y trabajo de muchos compatriotas que, gracias a la práctica del comercio ambulante, han logrado dar un cauce a su vida, educar a sus hijos y construir una familia de bien.

A mi juicio, es una ridiculez pensar que estamos legislando para proteger la delincuencia. En Chile, es posible encontrar ese flagelo en todos los segmentos de la sociedad, desde el más elevado al más bajo. Por lo tanto, no se puede estigmatizar a personas que, con tremendo esfuerzo, han logrado sobrevivir junto a su familia y educar a sus hijos como ciudadanos útiles a la sociedad.

En mi condición de profesor universitario, se me han acercado alumnos a contarme que su padre es vendedor ambulante. El orgullo que se refleja en ellos debería verse reflejado en todos.

Por eso, felicito a los autores del proyecto, entre los cuales figura el diputado señor Uriarte , de la UDI. Con franqueza, creo que de haberse conocido oportunamente, muchos más diputados lo habríamos patrocinado.

Sin perjuicio de lo indicado, comprendo la legítima inquietud de algunos sectores. Sin embargo, considero que ella se salva al conocer que el proyecto asigna a los municipios la responsabilidad de entregar los permisos respectivos, mediante un sistema previamente reglamentado.

Reitero que la Cámara debería sentirse satisfecha de responder al requerimiento de una importante cantidad de chilenos y anuncio que para los diputados de la UDI será un orgullo votar a favor la iniciativa.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda .

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, nunca me he sentido tan satisfecho y honrado al patrocinar un proyecto de ley. En verdad, nadie puede estar en contra del objetivo que persigue la iniciativa legal.

Los comerciantes ambulantes son parte de la historia de Chile. La opción laboral del comercio ambulante es tan digna como cualquier actividad establecida, y responde a la necesidad de trabajo de un vasto sector de la población.

Los parlamentarios mantenemos un contacto permanente con los comerciantes ambulantes. Ellos nos saludan en la calle, conversan con nosotros y nos transmiten sus inquietudes y problemas. Son personas tan capacitadas como cualquier otra.

Por eso, saludo al presidente y demás representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos, Sintraloc , presentes en las tribunas. Su lucha puede significar una conquista para miles de trabajadores que se encuentran en las mismas condiciones.

Anuncio mi voto a favor del proyecto, que representa una señal emblemática y simbólica para el país en relación con la necesidad laboral de miles de trabajadores que se encuentran en esas condiciones.

A mi juicio, nadie puede estar en contra de la iniciativa, porque posibilita la inserción laboral de cinco mil trabajadores. Se trata de fuentes laborales y de recursos humanos que no se pueden desechar.

Por tratarse de una forma especial de comercio, que tiene lugar sobre los vehículos de la locomoción colectiva, satisface las necesidades de consumo de las personas que se desplazan en ellos.

Este comercio forma parte integral de nuestra cultura, del país, de la historia del transporte público y, por qué no decirlo, de la misma modernización. No puede, ni el concepto de modernización ni ninguna otra fórmula, impedir, desechar o prohibir este comercio, porque sería como desechar o prohibir a la patria misma, a su historia, a sus hombres. No se puede prohibir lo que es un derecho; más aún cuando está avalado por el derecho internacional y el Estado chileno tiene la obligación de asegurarlo. La negativa de que un vendedor pueda subir a un bus es penosa y denigrante; no está con los modernos conceptos o la tendencia moderna que debemos asumir como un país que avanza y progresa. Tenemos que acoger y defender la dignidad de las personas, lo que significa amparar a este grupo de chilenos. No hacerlo, no sólo va en contra de la dignidad de todos los trabajadores de Chile, sino del derecho al trabajo.

Enfoco este discurso en un reconocimiento a los miles de trabajadores ambulantes que siempre están en riesgo y con la incertidumbre de ser desalojados por la fuerza pública; que deben correr y esconderse. ¿Por qué hay que esconderse para trabajar o hacer algo lícito? Es un contrasentido que debemos solucionar. Hay que posibilitar el derecho al trabajo. Por eso, me honro y me alegro de hacer sido partícipe de este proyecto de ley e identificarme con estas verdaderas necesidades humanas o de justicia social para que estos trabajadores, que injustamente son impedidos de subir a los buses a vender, lo puedan hacer ahora en virtud de la ley. Somos nosotros, el Congreso Nacional, los que hemos captado y recibido su inquietud y necesidad, porque ha sido un grupo de diputados quienes nos hemos comprometido con ellos, como lo hacemos también con otros miles de trabajadores. Ése es nuestro espíritu, nuestra motivación; ayudar y posibilitar que se les conceda el permiso para trabajar al interior de la locomoción colectiva. Eso es tan simple, pero de una profunda y extensa significación para estos miles de trabajadores y sus familias que necesitan del espacio para trabajar de una manera digna, como lo hacen todos los demás trabajadores del país.

Por eso, mi bancada, de la Democracia Cristiana, votará unánimemente a favor.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Amelia Herrera .

La señora HERRERA (doña Amelia).-

Señor Presidente, no podía dejar de referirme en esta ocasión a un tema tan importante como el que trata este proyecto, al cual mis colegas diputados se han adherido plenamente, porque como ex alcaldesa de Quilpué conocí muy de cerca el problema de los comerciantes ambulantes de la locomoción colectiva, a quuienes, muchas veces, les requisaban su mercadería.

Pero, los gobiernos comunales tienen la facultad y la valentía para enfrentar estos temas. Es así como en su oportunidad respaldé, sin duda alguna, al sindicato de heladeros, quienes adquirieron un compromiso y con sus uniformes, apoyados por la empresa de buses colectivos, hicieron bien su trabajo.

El comercio ambulante, cuando se ordena, cuando se le da la cabida que debe tener en la sociedad, funciona muy bien. Dicho comercio tiene que ver con la cesantía, la pobreza, con la falta de oportunidades; pero, sin duda, es parte de la idiosincrasia de nuestro pueblo; ha existido en la historia del mundo y hay que darle la posibilidad de que, ordenadamente, dentro del sistema social, tenga la cabida que hoy se le está dando.

El diputado Montes se refirió recién a un proyecto que envió el Ejecutivo respecto al ordenamiento del comercio ambulante. Efectivamente, ése es un proyecto que se está estudiando y su idea no es crear restricciones a dicho comercio; todo lo contrario, se trata de que los municipios se comprometan, que le den un espacio en las calles, en las vías, para poder realizar su trabajo sin ser perseguido ni se le requise su mercadería. La gente espera de nosotros, como Congreso, ese tipo de respuestas, de acciones y conductas concretas dirigidas a dar una solución a tantas familias que requieren, para sobrevivir, vender productos usados, artesanías, etcétera, etcétera. Pero, también debemos impedir el abuso de los grandes comerciantes que muchas veces utilizan a esos vendedores para vender sus productos.

Señor Presidente, hoy es un día importante para los comerciantes ambulantes. Quizás no logremos ni siquiera conocer en profundidad lo que ellos sienten al saber que estamos legislando para protegerlos, para que puedan, libremente, amparados por la ley, trabajar en forma ordenada, sin ser perseguidos, sin temor. Eso es lo que la sociedad necesita: vivir en tranquilidad y armonía, tener un trabajo digno, de manera de poder llevar el sustento a sus hogares, dar educación a sus hijos y que la familia tenga salud y una calidad de vida apropiada.

Finalmente, reitero, el comercio ambulante debe ser ordenado; debe darse la oportunidad para que los hombres y las mujeres que lo componen puedan desarrollarse como seres humanos, de manera decente, legal, en una sociedad que necesita un sistema distinto.

Después de la lucha importante que me tocó dar, en lo personal, para amparar al comercio ambulante y otorgarle un lugar y la oportunidad de un trabajo, en Quilpué se logró establecer una feria para más de mil personas que andaban en la calle arrancando. Eso sí se puede hacer, porque, insisto, lo viví, y lo hicimos porque, en definitiva, depende solamente del coraje, de la valentía y de las ganas de apoyar, de corazón, a tanta gente que necesita de nosotros.

He dicho.

-Aplausos.

El señor WALKER (Presidente).-

Señores diputados, en diez minutos termina el Orden del Día y aún hay siete diputados inscritos para hacer uso de la palabra. Por lo tanto, solicito el acuerdo de la Sala para otorgarle tres minutos a cada uno de los inscritos.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo .

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente, quizás la intervención de algunos diputados nos lleve a discutir con más profundidad sobre el comercio ambulante; pero eso sería ir en otra dirección de la que hoy nos convoca. Discutirlo con otras organizaciones nos dará también la satisfacción de legislar en pro de quienes hoy sufren el atropello y la no incorporación al sector laboral que se merecen tantos ciudadanos.

La democracia es el sistema que debe imperar siempre en la vida cotidiana de las naciones. El proyecto es el resultado de la organización de un grupo humano que, en conjunto con los legisladores, logran su objetivo. Hace un tiempo, estos trabajadores -los hoy favorecidos al ser incorporados legalmente al sector laboral- fueron perseguidos. Eran arbitrariamente expulsados de la locomoción colectiva y sólo si contaban con la simpatía del chofer, eran aceptados. La gran mayoría quedaba en la puerta del bus pidiendo el favor para trabajar, para introducirse en el derecho ciudadano de un país democrático, en el que debe imperar el estado de derecho.

Estamos ante un proyecto que parece simple y sencillo, pero tremendamente profundo en lo humano y solidario con quienes menos poseen, pero que tienen derecho a tener más.

Por eso, el Partido por la Democracia no dudará jamás en avanzar en pos de los recursos y de los derechos de todos los chilenos.

Felicito a los autores de la iniciativa y a este simpático Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos. Quizás no pensaron que iban a contar con la unanimidad de la Cámara de Diputados. Chile está con ustedes, y me alegra, como diputado de región, que este beneficio también llegue a los trabajadores ambulantes en buses rurales, que también piden que se les permita subir para vender sus productos.

¡Bien por ellos, bien por aquellos que menos tienen, porque mañana tendrán más!

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi .

La señora CRISTI (doña María Angélica).-

Señor Presidente, el proyecto viene de la mano con el grave problema laboral ocasionado con la puesta en marcha del Transantiago. Resulta difícil creer que después de cinco años de planificación y tras cuatro meses de operación del nuevo sistema de transporte urbano, que se suponía revolucionario, moderno, más barato, más rápido, más cómodo y que iba a contribuir a descontaminar Santiago, se nos pida aprobar un salvavidas multimillonario para paliar sus consecuencias.

Esta Cámara viene advirtiendo, desde 2005, lo que ocurriría si se ponía en marcha ese plan de transporte. Incluso, así lo hicimos presente en la sesión especial realizada al efecto. Es más, los ministros de la época informaron ampliamente en la comisión de Transportes, de los daños y perjuicios que acarrearía el Transantiago; se abocaron especialmente a la crisis social y laboral que produciría su implementación, de la que no estaba ausente el comercio ambulante que se realiza en la locomoción colectiva.

En ese momento se decía que el abandono social y económico llegaría a 2.500 choferes, 10 mil comerciantes ambulantes y 50 mil proveedores microempresarios, a quienes el Gobierno les ha dado vuelta la espalda, sin compensación alguna, y de los cuales ninguno será beneficiario de ese salvavidas multimillonario que se nos pide.

El proyecto es tremendamente apropiado, porque viene a paliar el daño laboral causado por el Transantiago a los comerciantes ambulantes, amén de los ocasionado a miles de chilenos, al aplicar la prohibición absoluta de comercio en el transporte colectivo, pues permite ejercer la actividad sólo a quienes estén autorizados, con sus tarjetas de identificación, con sus permisos municipales, como corresponde a personas organizadas.

Sin embargo, no nos entusiasmemos tanto, porque los ambulantes autorizados van a tener algunas dificultades para ejercer su comercio. No olvidemos que durante el día los buses circulan repletos de gente, por lo que el comercio ambulante puede no ser tan expedito. Ellos deberán tener presente que las oportunidades las tendrán cuando puedan subir a los buses y ojalá sea la mayor de las veces.

Felicito a los comerciantes ambulantes, que hicieron el esfuerzo de organizarse para iniciar sus actividades. Pero, en beneficio de ellos, debiera estipularse en el proyecto o en un reglamento el tipo de comercio que podrá desarrollarse en la locomoción colectiva. Sabemos que hay gente que se aprovecha del pánico y bien podrían aparecer comerciantes ambulantes vendiendo cualquier tipo de productos. Creo que es necesaria una indicación al respecto.

Me parece muy bien que se empiece a hacer justicia a parte de las víctimas del peor proyecto de la Concertación, que es el Transantiago.

He dicho.

- Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal .

La señora PASCAL (doña Denise).-

Señor Presidente, me sumo a las palabras de los diputados Aguiló , Montes y Uriarte , y me congratulo de haber aceptado la invitación del diputado Aguiló a suscribirlo.

El proyecto dignifica a los trabajadores ambulantes. La dignidad del trabajador es base de desarrollo. Ellos nos han demostrado que, organizándose, se puede hacer de una actividad, para muchos negativa, algo positivo.

Era tradición que en nuestras antiguas micros, las dueñas de casa que volvíamos de nuestros trabajos compráramos agujas y otros implementos que ocupamos en nuestros hogares. Esta actividad está sometida a la buena voluntad de los choferes, ya que ellos prohíben o autorizan el ingreso de los vendedores a los vehículos donde realizan su trabajo. El proyecto permite que estos vendedores sean considerados como cualquier otro trabajador y que tengan la posibilidad de aportar recursos a sus hogares; es decir, dignifica su trabajo.

Sin embargo, como dijo el diputado Montes, creo que debemos, no sólo como gobierno ni como autoridades, sino como Estado de Chile, revisar tanto la situación de los ambulantes que venden en los buses, como la de quienes trabajan en las calles, con el objeto de regular y dignificar sus trabajos. Debemos que reconocer esta realidad como tal, que es consecuencia de nuestro desarrollo económico, y darle los espacios necesarios para que estos trabajadores tengan derecho a llevar el sustento a sus hogares.

Hemos aceptado acotar nuestras intervenciones, con el objeto de que podamos votar el proyecto, a fin de que sea despachado rápidamente al Senado.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry .

El señor SALABERRY.-

Señor Presidente, en primer lugar, tal como señaló la diputada Adriana Muñoz , no es responsabilidad del Transantiago que estos trabajadores no puedan desarrollar sus actividades, ya que ese sistema sólo ha hecho respectar en forma práctica una norma que existe en nuestra legislación, la cual es modificada por el proyecto, que prohíbe a las personas subir a la locomoción colectiva a vender productos; es decir, esta actividad siempre ha sido ilegal, pero se ejercía porque contaba con el beneplácito y la buena voluntad de algunos choferes para desarrollarala.

Por su parte, el diputado Carlos Montes manifestó que debemos preguntarnos por las causas más profundas que llevan a estas personas a realizar un trabajo informal y si el Estado es capaz de generar empleos decentes para los trabajadores de nuestro país.

En segundo lugar, considero que el proyecto de ley no debiera constituir un precedente para que otras actividades informales que se desarrollan en nuestras calles deban ser formalizadas. Debemos destacar que la iniciativa se refiere sólo a los trabajadores que venden productos en la locomoción colectiva.

En tercer lugar, esta actividad ha existido por décadas, pero ahora la Cámara le quita su carácter de informal.

Al respecto, quiero felicitar a los representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes del Transporte y Anexos, Sintraloc , quienes me manifestaron hace algún tiempo que vienen trabajando desde hace varios años.

Debo aclarar que el proyecto de ley no otorga un permiso gracioso a cualquier evento. Estos trabajadores y trabajadoras tendrán que cumplir ciertos requisitos y formalidades. Incluso, involucra a las autoridades municipales en la entrega de los permisos para trabajar en la locomoción colectiva.

Tal como lo señalaba el autor de la moción, el diputado Aguiló , la idea es que se despache hoy al Senado, para lo cual vamos a dar la unanimidad, con el objeto de que las indicaciones propuestas sean discutidas ahora.

Señor Presidente, pocas veces tenemos la oportunidad de sumarnos con tanto entusiasmo a la aprobación de un proyecto. Por su intermedio, saludo al alcalde de la municipalidad de Recoleta, señor Gonzalo Cornejo , quien, antes de la presentación de esta moción, comenzó un programa piloto en su comuna para uniformar a los comerciantes ambulantes de ese sector de la Región Metropolitana que venden productos en la locomoción colectiva.

Finalmente, anuncio que la UDI votaré a favor.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre .

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, como diputado informante, puedo afirmar que varias de las consultas formuladas en relación con el proyecto fueron respondidas por las mismas intervenciones de los colegas.

Por lo tanto, es efectivo que el beneficio que conlleva el proyecto se puede extender a los trabajadores ambulantes que venden productos en la locomoción colectiva de todo el país, ya que su texto no se refiere sólo a los de la Región Metropolitana, quienes también deberán cumplir con los requisitos que establezca un reglamento ad hoc.

Reitero, no en calidad de diputado informante, sino como miembro de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, la satisfacción que sentimos los diputados que trabajamos durante muchos meses para concretar este esfuerzo legislativo que hoy está a punto de ser aprobado por la Cámara de Diputados. Debo destacar el trabajo de sus miembros, que representan a las distintas bancadas, los que colaboraron, sin excepción, para lograr la aprobación definitiva del proyecto.

Junto al diputado Aguiló , acompañamos a los dirigentes del Sintraloc a entrevistas que tuvieron lugar no sólo en la Intendencia de la Región Metropolitana, sino también con el ministro Sergio Espejo , para que nos entregara su opinión por escrito respecto de los términos en que debía redactarse el proyecto de ley para ser aprobado.

También estoy de acuerdo con la idea de que hagamos un esfuerzo en esta sesión para despachar el proyecto de inmediato al Senado.

Como acaban de señalar los diputados Salaberry y Aguiló , nuestro colega Álvaro Escobar presentó una indicación que extiende los beneficios del proyecto a los artistas debidamente autorizados para el ejercicio de su actividad en la locomoción colectiva, la cual presentaba algunos problemas de forma. En consecuencia, varios diputados de todas las bancadas la rescatamos y la hemos vuelto a presentar en forma transversal, junto con el colega Escobar .

Señor Presidente, le pido que solicite el asentimiento unánime de la Sala para votar hoy esta indicación, con el objeto de que aprobemos ahora el proyecto y podamos despacharlo de inmediato al Senado.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Finalmente, tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señor Presidente, felicito a los autores de la moción, ya que es un ejemplo de cómo se puede apoyar e impulsar el trabajo de los micro y pequeños empresarios.

Muchos de nosotros estamos preocupados por la situación de la micro, pequeña y mediana empresa. Con esta moción, después de una lucha que ha dado un grupo de trabajadores que venden productos en la locomoción colectiva, se abre el camino para que puedan formalizar su actividad y desarrollarla más ordenadamente.

Quiero hacer especial mención de ese punto, porque, en general, las autoridades se dejan influenciar más por las grandes empresas, las grandes cadenas, y se deja de lado el apoyo a la micro y pequeña empresa.

Felicito a los autores de la iniciativa. Tengo plena disposición para apoyarlos, porque creo que aquí hay un eslabón importantísimo para mantener el apoyo hacia los micro y pequeños empresarios.

Ojalá, como lo están haciendo ellos, otros microempresarios sigan el ejemplo, organizándose, formando sindicatos de trabajadores independientes, asociaciones gremiales, para que puedan competir en una cancha que siempre es más dispareja para los más débiles. Lo más fácil era cerrarles la posibilidad. Era la medida que inicialmente se tomaba, en particular en el transporte público de la Región Metropolitana cuando partió el Transantiago; pero, con esfuerzo, inteligencia y voluntad, podemos dar oportunidad para que pequeños trabajadores sigan ejerciendo su comercio y ojalá puedan crecer, desarrollarse y avanzar en su actividad.

Termino mis palabras felicitando una vez más a los autores del proyecto de ley, a quienes lo han tramitado y especialmente a los trabajadores que están en la tribuna a raíz de esta iniciativa que defiende la fuente de trabajo de pequeños y microempresarios que merecen trabajar como todos los chilenos.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor WALKER (Presidente).-

Cerrado el debate.

En votación general el proyecto.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 5 abstenciones.

El señor WALKER (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Alvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Arenas Hödar Gonzalo ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Burgos Varela Jorge ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Cristi Marfil María Angélica ; Chahuán Chahuán Francisco ; De Urresti Longton Alfonso ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Del Río Eduardo ; Díaz Díaz Marcelo ; Dittborn Cordua Julio ; Duarte Leiva Gonzalo ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farías Ponce Ramón ; Fuentealba Vildósola Renán ; Galilea Carrillo Pablo ; García García René Manuel ; Girardi Briere Guido ; Goic Boroevic Carolina ; González Torres Rodrigo ; Hales Dib Patricio ; Herrera Silva Amelia ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Latorre Carmona Juan Carlos ; Lobos Krause Juan ; Lorenzini Basso Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz D'albora Adriana ; Nogueira Fernández Claudia ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Pérez Arriagada José ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Rojas Molina Manuel ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salaberry Soto Felipe ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Silber Romo Gabriel ; Soto González Laura ; Sule Fernández Alejandro ; Súnico Galdames Raúl ; Tarud Daccarett Jorge ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valcarce Becerra Ximena ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vallespín López Patricio ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Cárdenas Mario ; Venegas Rubio Samuel ; Verdugo Soto Germán ; Von Muhlenbrock Zamora Gastón ; Walker Prieto Patricio ; Ward Edwards Felipe .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Aedo Ormeño René ; Correa De La Cerda Sergio ; Cubillos Sigall Marcela ; Estay Peñaloza Enrique ; Forni Lobos Marcelo .

-Aplausos.

El señor WALKER (Presidente).-

Solicito la unanimidad de la Sala para votar ahora tres indicaciones de diputados de distintas bancadas.

Acordado.

El señor Secretario va a dar lectura a la primera de ellas.

El señor LOYOLA (Secretario).-

La indicación está suscrita por los diputados señores Enríquez-Ominami , Escobar , De Urresti , señora Pacheco , doña Clemira ; señores Valenzuela , Recondo , Burgos y Montes, para eliminar en el artículo 91, Nº 3, de la ley Nº 18.290, la palabra “desaseados”.

El señor DITTBORN.-

Pido la palabra para plantear una cuestión de Reglamento.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra su señoría.

El señor DITTBORN.-

Señor Presidente, no se nos puede pedir que votemos una indicación cuya finalidad no tenemos clara. Pido que se explique.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Escobar .

El señor ESCOBAR.-

Señor Presidente, el referido artículo prohíbe la entrada a la locomoción colectiva a ebrios, a quienes tienen mal comportamiento y quienes fuman. Esas personas pueden ser obligadas a bajar del bus. Una persona desaseada se presta para algún tipo de discriminación.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Latorre .

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, hago presente que en las ideas matrices del proyecto no se toca para nada ese artículo.

Estoy totalmente de acuerdo con la indicación, pero no tiene nada que ver con el proyecto.

Por eso hago el alcance y solicito que no se lleve a cabo la votación al respecto.

El señor WALKER (Presidente).-

Señor diputado, el tema fue discutido y, a juicio de la Mesa, la indicación es admisible.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 4 abstenciones.

El señor WALKER (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aedo Ormeño René ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Arenas Hödar Gonzalo ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Burgos Varela Jorge ; Cardemil Herrera Alberto ; Chahuán Chahuán Francisco ; De Urresti Longton Alfonso ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Del Río Eduardo ; Díaz Díaz Marcelo ; Dittborn Cordua Julio ; Duarte Leiva Gonzalo ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farías Ponce Ramón ; Fuentealba Vildósola Renán ; Galilea Carrillo Pablo ; Girardi Briere Guido ; Goic Boroevic Carolina ; Hales Dib Patricio ; Herrera Silva Amelia ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Latorre Carmona Juan Carlos ; Meza Moncada Fernando ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz D'Albora Adriana ; Nogueira Fernández Claudia ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Pérez Arriagada José ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Robles Pantoja Alberto ; Saa Díaz María Antonieta ; Salaberry Soto Felipe ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Silber Romo Gabriel ; Soto González Laura ; Sule Fernández Alejandro ; Súnico Galdames Raúl ; Tarud Daccarett Jorge ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Verdugo Soto Germán ; Von Muhlenbrock Zamora Gastón ; Walker Prieto Patricio ; Ward Edwards Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Cristi Marfil María Angélica ; Monckeberg Bruner Cristián .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bauer Jouanne Eugenio ; García García René Manuel ; González Torres Rodrigo ; Valcarce Becerra Ximena .

El señor WALKER (Presidente).-

El señor Secretario va a dar lectura a la segunda indicación.

El señor LOYOLA (Secretario).-

La indicación está suscrita por los diputados Duarte , Latorre , De Urresti , Escobar , Aguiló y Salaberry. 

Es para modificar el texto del proyecto de la siguiente forma: en el inciso primero del Nº 2, para intercalar, a continuación de la expresión “actividad comercial”, las palabras “o artística”, y en el inciso segundo del Nº 2, para intercalar, a continuación de la expresión “cada comerciante”, las palabras “o artista”.

El señor MELERO.-

Señor Presidente, ¿me concede el uso de la palabra para preguntar a los autores de la indicación?

El señor WALKER (Presidente).-

¿Habría acuerdo para que el diputado señor Patricio Melero haga sus preguntas?

No hay acuerdo.

El señor MELERO.-

Señor Presidente, no podemos votar si no tenemos claras las normas. Lo hicimos en la anterior, por consiguiente, nos asiste ese derecho.

El señor WALKER (Presidente).-

Estoy de acuerdo con usted, señor diputado. Por eso, pido el acuerdo de la Sala para que alguno de los autores la explique.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero .

El señor MELERO.-

Señor Presidente, en el proyecto de ley se establece como requisito la autorización municipal respectiva, que la entiendo para quienes ejercen una actividad comercial. En este sentido, ¿qué autorización municipal se le va a dar a un cantante?

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Salaberry .

El señor SALABERRY.-

Señor Presidente, creo que la indicación lo explica por sí sola.

Dado que el Ministerio de Transportes, durante el año pasado, también realizó un programa piloto que incorporó a un grupo de cantores populares con una certificación del propio ministerio, de la subsecretaría y de la seremía de la Región Metropolitana, autorizando a cerca de trescientos de ellos para ejercer ese oficio en la locomoción colectiva, lo que pretende la indicación es entregar esa misma facultad a los municipios del país.

-Aplausos.

El señor WALKER (Presidente).-

En votación la indicación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor WALKER (Presidente).-

Aprobada.

-Aplausos.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique ; Aedo Ormeño René ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Arenas Hödar Gonzalo ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bertolino Rendic Mario ; Cristi Marfil María Angélica ; Chahuán Chahuán Francisco ; De Urresti Longton Alfonso ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Del Río Eduardo ; Díaz Díaz Marcelo ; Dittborn Cordua Julio ; Duarte Leiva Gonzalo ; Encina Moriamez Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farías Ponce Ramón ; Fuentealba Vildósola Renán ; Galilea Carrillo Pablo ; García García René Manuel ; Girardi Briere Guido ; Goic Boroevic Carolina ; González Torres Rodrigo ; Hales Dib Patricio ; Herrera Silva Amelia ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Latorre Carmona Juan Carlos ; Lobos Krause Juan ; Masferrer Pellizzari Juan ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Montes Cisternas Carlos ; Muñoz D'Albora Adriana ; Nogueira Fernández Claudia ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Robles Pantoja Alberto ; Rojas Molina Manuel ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Salaberry Soto Felipe ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Silber Romo Gabriel ; Soto González Laura ; Sule Fernández Alejandro ; Súnico Galdames Raúl ; Tarud Daccarett Jorge ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valcarce Becerra Ximena ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vallespín López Patricio ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Cárdenas Mario ; Venegas Rubio Samuel ; Verdugo Soto Germán ; Von Muhlenbrock Zamora Gastón ; Walker Prieto Patricio ; Ward Edwards Felipe.

El señor WALKER (Presidente).-

El señor Secretario va a dar lectura a la siguiente indicación.

El señor LOYOLA (Secretario).-

La indicación está suscrita por las diputadas señoras Cristi , doña María Angélica , y Nogueira , doña Claudia , y por el diputado señor Alberto Robles , para agregar un inciso segundo al número 2, que diga: “Un reglamento deberá definir el tipo de productos que se podrá vender dentro de los vehículos de la locomoción colectiva”.

-Manifestaciones en la Sala.

El señor WALKER (Presidente).-

¿Habría acuerdo para que expliquen la indicación sus autores?

No hay acuerdo.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 56 votos. Hubo 1 abstención.

El señor WALKER (Presidente).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aedo Ormeño René ; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Bauer Jouanne Eugenio ; Cardemil Herrera Alberto ; Correa De La Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Chahuán Chahuán Francisco ; Dittborn Cordua Julio ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Lobos Krause Juan ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Montes Cisternas Carlos ; Nogueira Fernández Claudia ; Robles Pantoja Alberto ; Sepúlveda Hermosilla Roberto.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Becker Alvear Germán ; De Urresti Longton Alfonso ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Del Río Eduardo ; Díaz Díaz Marcelo ; Duarte Leiva Gonzalo ; Encina Moriamez Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farías Ponce Ramón ; Fuentealba Vildósola Renán ; Galilea Carrillo Pablo ; García García René Manuel ; Girardi Briere Guido ; Goic Boroevic Carolina ; González Torres Rodrigo ; Hales Dib Patricio ; Herrera Silva Amelia ; Jaramillo Becker Enrique ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Latorre Carmona Juan Carlos ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz D'Albora Adriana ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Pérez Arriagada José ; Quintana Leal Jaime ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Silber Romo Gabriel ; Soto González Laura ; Sule Fernández Alejandro ; Súnico Galdames Raúl ; Tarud Daccarett Jorge ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Valcarce Becerra Ximena ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vallespín López Patricio ; Venegas Cárdenas Mario ; Venegas Rubio Samuel ; Verdugo Soto Germán ; Walker Prieto Patricio.

Se abstuvo la diputada señora Turres Figueroa Marisol.

El señor WALKER (Presidente).-

Despachado el proyecto.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 14 de junio, 2007. Oficio en Sesión 28. Legislatura 355.

?VALPARAÍSO, 14 de junio de 2007

Oficio Nº 6854

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la Moción, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase la ley N°18.290, de Tránsito, de la siguiente forma:

1. Elimínanse en el N°3 del artículo 91, la expresión “desaseados,” y la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”.

2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis:

“Artículo 91 bis.- Los conductores de buses urbanos, interurbanos y rurales, podrán admitir el ejercicio de la actividad comercial o artística al interior de éstos a personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva.

Cada comerciante o artista autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y la fotografía del mismo.”.”.

Dios guarde a V.E.

PATRICIO WALKER PRIETO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Transportes

Senado. Fecha 06 de junio, 2008. Informe de Comisión de Transportes en Sesión 25. Legislatura 356.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva.

BOLETÍN Nº 4.332-15.

________________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, enunciado en el rubro, originado en una Moción de los Honorables Diputados señoras Denise Pascal y Alejandra Sepúlveda y señores Sergio Aguiló, Pedro Araya, Fidel Espinoza, Sergio Ojeda, Carlos Olivares y Gonzalo Uriarte.

- - - - - -

Se deja constancia de que vuestra Comisión, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 del Reglamento del Honorable Senado, acordó proponer a la Sala discutir sólo en general este proyecto de ley, no obstante ser de artículo único y haber sido rechazado en la Comisión.

- - - - - -

A una de las sesiones en que se consideró esta iniciativa legal, asistió el Honorable Diputado, señor Sergio Aguiló.

Durante la discusión de este proyecto de ley vuestra Comisión contó con la colaboración y participación del Subsecretario (S) del Interior, señor Jorge Claissac; del Asesor Legislativo del Subsecretario de Transportes, señor Lautaro Pérez; de la Abogada de la División Legal de la Subsecretaría de Transportes, señora Paulina Ávalos; del Asesor del Ministro del Trabajo, señor Francisco del Río Correa; del Jefe de la Oficina de Fiscalización de Comercio Clandestino del Servicios de Impuestos Internos (SII), señor Manuel Navarrete y del Funcionario de la Subdirección de Fiscalización del Servicios de Impuestos Internos (SII), señor Alberto Cuevas.

Además fueron especialmente invitadas las siguientes entidades:

- Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo F.G.N., concurriendo la Asesora Legal del Presidente, señora Francisca Gostling; el Presidente y Vicepresidente de la Comisión de Seguridad y Antidelincuencia, señores Sydney Houston y Jorge Lee, respectivamente.

- Sindicato Nacional de Trabajadores Independientes Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC), concurriendo su Presidente, señor David Peña; su Secretario General, señor Hardy Vallejos; su Tesorera, señora Johana Mora; la Directora, señora Gloria Guarda y los Directores, señores Joan Núñez y Claudio Gómez.

- Federación Gremial Nacional de Buses de Transporte de Pasajeros Rural, Interurbano, Interregional e Internacional de Chile (FENABUS), concurriendo su Presidente señor Marcos Carter y su Abogado, señor Antonio Rodríguez.

Enviaron por escrito sus observaciones el Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Rabindranath Quinteros y el Presidente de la Confederación del Transporte Mayor de Pasajeros IV Región, señor Jorge Castex.

- - - - - -

OBJETIVOS DEL PROYECTO

El proyecto de ley en informe tiene por finalidad, modificar la ley de tránsito, con el objetivo de habilitar el ejercicio del comercio ambulante a bordo de los vehículos de locomoción colectiva, con los requisitos y condiciones a determinar por el respectivo reglamento.

Para ello se propone eliminar la expresión “desaseados” y la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”, que figura en el número 3 del artículo 91 de la ley N° 18.290, de Tránsito, que prohíbe a los conductores de estos vehículos, “3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo.”.

Asimismo, propone agregar un artículo 91 bis que habilite el ejercicio de la actividad comercial o artística al interior de los buses urbanos, interurbanos y rurales, a las personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva, para lo cual cada comerciante o artista autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y una fotografía del mismo.

ANTECEDENTES

1.- De hecho

La moción que dio origen a esta iniciativa legal en la Honorable Cámara de Diputados señala que, actualmente, a propósito del artificioso debate sobre delincuencia e inseguridad que existe entre las personas cuando transitan por la calle o cuando se trasladan a través de la locomoción colectiva, se ha estigmatizado a un segmento que se desempeña honradamente pero sin reconocimiento legal. De ahí que se hace necesario regularizar adecuadamente el comercio ambulante al interior de los buses, debido a que, no obstante, a que se encuentra actualmente prohibido por ley, este tipo de comercio sigue desarrollándose -en los hechos- sin mayor inconveniente.

Los comerciantes ambulantes tienen un grave problema laboral a raíz de la instauración del Transantiago, lo que se proyecta a las diferentes regiones del país, siendo una situación a nivel nacional. Pequeñas, medianas y grandes empresas basan sus producciones en el comercio ambulante, el cual depende del nuevo sistema de transportes, y donde no se ha legislado para entregar una estabilidad laboral y formalización del trabajo, al contrario, durante años se ha perseguido y atentado física, sicológica y económicamente contra los trabajadores.

Es innegable que el comercio ambulante existe a diario, ante la necesidad de sobrevivencia, y por lo mismo, respetando los acuerdos nacionales e internacionales con la CUT y la OIT, para crear empleos decentes, se hace necesario regularizar esta situación, y garantizar además de mayor seguridad y orden, previsión, salud, educación, vivienda, seguridad laboral, y todo lo que conlleva un trabajo serio y estable.

El proyecto propone como modificación esencial establecer la posibilidad de atenuar la prohibición absoluta de comercio establecida en la Ley de Tránsito, y otras medidas complementarias que por su naturaleza deberán ser implementadas por normas que emanen del órgano ejecutivo:

a) Se limita la prohibición absoluta de comercio en transporte colectivo estableciendo que estarán exentos los que se encuentren autorizados de conformidad a la ley.

b) Cada uno de estos trabajadores autorizado por el organismo pertinente deberá presentar como requisito: abrir iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, bajo un régimen tributario simplificado.

c) Se deberá crear un sistema de pagos de patentes ante las municipalidades del domicilio del comerciante.

d) Para colaborar con la seguridad ciudadana y ordenamiento, cada trabajador deberá portar una Tarjeta de Identificación Personal, actualizada cada seis meses para verificar el cumplimiento de los requisitos ante la autoridad municipal respectiva. Este debe incluir número visible y nombre del trabajador.

2.- Jurídicos.

La iniciativa de ley en estudio se relaciona con la ley N° 18.290, de Tránsito.

ESTRUCTURA DEL PROYECTO

Consta de un artículo único que propone, a través de dos numerales, las siguientes modificaciones a la ley N° 18.290, de Tránsito:

Número 1

Eliminar en el número 3 del artículo 91, la expresión “desaseados,” y la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”.

Número 2

Incorporar un artículo 91, bis, nuevo, que prescribe en su inciso primero que los conductores de buses urbanos, interurbanos y rurales, podrán admitir el ejercicio de la actividad comercial o artística al interior de los buses a personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva.

Su inciso segundo agrega que cada comerciante o artista autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y la fotografía del mismo.

DISCUSIÓN EN GENERAL

Durante la discusión en general, vuestra Comisión escuchó los planteamientos del señor Presidente del Sindicato de Trabajadores Independientes Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC), señor David Peña, quien explicó que esta iniciativa legal tiene por objetivo regularizar el comercio ambulante que se desarrolla en la locomoción colectiva. Agregó que dada la forma en que esta actividad se realiza los trabajadores no han podido adquirir beneficios, puesto que no existe una ley que los ampare.

La votación alcanzada en la Honorable Cámara de Diputados demuestra que se han comprendido las necesidades de los trabajadores ambulantes, en el sentido de contar con resguardo y tener la esperanza de poder crecer y aportar a la sociedad. Mientras el trabajo se desarrolle al margen de la ley no existirá la esperanza de crecer socialmente, contar con cotizaciones previsionales y prestaciones de salud.

La entidad que representa ha adoptado medidas tendientes a uniformarse y otorgar garantías al público para poder tener una relación adecuada con las autoridades policiales.

En materia tributaria expresó su disposición a regularizar la actividad comercial que desarrollan para pagar los impuestos correspondientes a través de un procedimiento simplificado. En la actualidad, pagan impuestos al adquirir las mercaderías que comercian, sin embargo, no pueden efectuar declaraciones de impuestos, con lo cual se les produce una pérdida.

En virtud del trabajo permanente que han realizado durante los dos últimos años con las autoridades, se ha logrado obtener cursos a través del Sistema Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) para la capacitación de más de 100 socios en materia de alfabetización, tanto digital como general, término de la educación básica y media, cursos obligatorios para todos los comerciantes ambulantes que se desempeñen en la locomoción colectiva como prestación de primeros auxilios, oratoria, presentación personal, trato con el público y conocimiento del turismo local de cada una de las regiones.

La aspiración de la entidad que representa es crecer y aportar con su trabajo al país de acuerdo a la ley y a los convenios internacionales, en material laboral, que los amparan.

La única disposición legal que los afecta en el desempeño de esta actividad es la norma contenida en el artículo 91, Nº 3, de la ley Nº 18.290, de Tránsito, que contiene una prohibición para los conductores de vehículos de locomoción colectiva de admitir individuos que ejerzan cualquier clase de comercio, con lo cual los socios son multados y detenidos en la Penitenciaría o en la Centro de Orientación Femenina y además pierden sus mercaderías.

Finalmente expresó que, junto con lo anterior, la iniciativa legal en estudio propone agregar un artículo 91 bis, nuevo, a la ley Nº 18.290, de Tránsito, que permita el ejercicio de la actividad comercial o artística al interior de los buses urbanos, interurbanos y rurales a personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva que será una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y fotografía.

El Honorable Diputado señor Aguiló informó que junto con el Diputado señor Gonzalo Uriarte, patrocinante de esta iniciativa legal, fueron invitados, hace dos años, por el Intendente de la Región Metropolitana para participar en una Mesa de Trabajo la que también estaba integrada por la Iglesia Católica, a través del Arzobispado; Carabineros de Chile, mediante dos Prefecturas y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para atender la demanda de los trabajadores ambulantes de la locomoción colectiva. Después de la tercera sesión de esta Mesa de Trabajo se consideró preferible presentar una iniciativa legal para regular esta actividad, en lugar de solicitar la buena voluntad de Carabineros de Chile y de las Asociaciones de Empresas de Transportes de Pasajeros para el desarrollo de este comercio, puesto que el artículo 91, Nº 3 de la ley Nº 18.290, de Tránsito, prohíbe admitir individuos que ejerzan cualquier clase de comercio en el vehículo.

Este problema se presenta con mayor intensidad en las grandes ciudades del país, como Santiago, Valparaíso y Concepción.

Durante el período de estudio para la presentación de esta Moción se constató la voluntad de los trabajadores del comercio ambulante de la locomoción colectiva para resolver otros problemas ajenos a la temática laboral, puesto que también se pretende regularizar su situación ante el Servicio de Impuestos Internos, para evitar la existencia de una competencia desleal con el comercio establecido, abordar el tema de seguridad, para lo cual se propone que usen uniformes y credenciales, es decir, hay un conjunto de externalidades positivas además de otorgar una permisibilidad al trabajo que desarrollan estas personas.

Por último manifestó que la aprobación de esta iniciativa legal representa la posibilidad de otorgar a los vendedores ambulantes de la locomoción colectiva un trabajo regulado y mayor seguridad y tranquilidad para los pasajeros.

El Asesor del Ministerio del Trabajo, señor Francisco del Río, señaló que el Ministerio del Trabajo ha participado en la tramitación de esta iniciativa legal que pretende la regulación de los trabajadores independientes, no siendo indiferente para el Ejecutivo el aporte que significa este proyecto de ley desde varios puntos de vista.

En primer lugar, se logra de una manera novedosa y responsable el cumplimiento de los convenios ratificados por Chile ante la OIT, principalmente, el Convenio Nº 87 de libertad sindical y algunas normas que se han aprobado para expandir o entregar una cierta correlación a los tipos de sindicatos que se constituyen con las nuevas formas de empleos que surgen en la economía, más allá del trabajo dependiente.

El valor del fortalecimiento de un sindicalismo serio, responsable, que tenga como objetivo el bienestar de sus afiliados, constituye un elemento decisivo en el apoyo que se otorga por parte del Ejecutivo, tanto a esta iniciativa legal como al sindicato que se ha formado.

Luego, recalcó la importancia de lo que se ha denominado las nuevas formas de trabajo, actualmente, el empleo clásico de 8 horas de un trabajador industrial está en retroceso y se ha reemplazado la estabilidad en el empleo por la estabilidad en los ingresos y esta iniciativa se orienta en dicho marco.

La existencia de una organización seria, responsable, con objetivos claros e identificables, permite acceder a numerosos mecanismos de beneficio estatal, como es la capacitación a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y contribuye a la formación de una institución, que seguramente, será coadyuvante en la implementación de una de las normas más difíciles que se aprobó en la Reforma Previsional que consiste en la posibilidad de efectuar cotizaciones para los trabajadores independientes.

Finalmente, expresó que tanto la historia de SINTRALOC, como su fuerza para establecerse constituyen fundamentos suficientes para lograr una política pública que permita desarrollar esta actividad, ya que se trata de un trabajo que se realizará en condiciones de seguridad y dignidad para los trabajadores.

La Abogada de la División Legal de la Subsecretaría de Transportes, doña Paulina Ávalos, expresó que el Ejecutivo considera conveniente legislar en esta materia, sin embargo, existen ciertas prevenciones que es necesario considerar:

1.- Hay situaciones que van más allá del transporte urbano, rural e interurbano donde, eventualmente, se pretende desarrollar la actividad de los comerciantes ambulantes y que dice relación con la previsión, normas tributarias, inclusión de los municipios como entes que estarán a cargo de la identificación de estos vendedores y distribución de las credenciales de éstos;

2.- Conocer la opinión del Servicio de Impuestos Internos para verificar la aplicabilidad de la tributación certificada que se propone;

3.- Conocer la visión de la Asociación de Municipalidades y de los empresarios de transporte porque, aún cuando es facultativa la admisión de los vendedores ambulantes en sus vehículos, esta iniciativa legal abarca a todo el país e incluye al transporte urbano, interurbano y rural, y

4.- Conocer la visión del Ministerio del Interior que está tramitando una iniciativa legal relativa al comercio ambulante.

El Presidente accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Novoa, señaló que es necesario efectuar algunas precisiones en relación a esta materia y escuchar la opinión de la Asociación de Municipalidades para saber si cuentan con la capacidad necesaria para entregar las credenciales a estos vendedores con lo cual se soluciona de alguna manera el problema de seguridad puesto que se trataría de personas que cuentan con identificación. Asimismo, ello permitiría que el Servicio de Impuestos Internos, para los fines que le son propios, podría acceder a un registro de estos vendedores.

También sería importante conocer la opinión de los empresarios de autobuses, sin embargo, esta iniciativa legal es una buena solución a esta realidad, se elimina la prohibición de los conductores para admitir a los vendedores ambulantes en sus vehículos y se establece una facultad.

El Honorable Senador señor Pizarro expresó que en apariencias esta Moción es muy simple, no obstante, su aplicación es compleja. Al eliminar la prohibición contenida en el artículo 91, Nº 3 de la ley Nº 18.290, de Tránsito y establecer la facultad de los conductores para admitir a los vendedores ambulantes en sus vehículos, es necesario precisar de quién dependerá el ejercicio de esta facultad porque de acuerdo a los términos propuestos quedaría entregada a la sola decisión del conductor, sin embargo, ello seguramente será una decisión entre el propietario del vehículo, de la empresa a la cual pertenece el recorrido, del sistema en que existe ese tipo de movilización, de la ciudad en que esté inserta, de las normas comunales y de los sistemas en que opere el transporte.

De este modo, lo que inicialmente puede ser una buena iniciativa puede que no tenga aplicación. Así, señaló que las bases de licitación del Transantiago no permiten el ejercicio de ninguna actividad ajena al transporte de pasajeros.

Esta Moción presenta contradicciones evidentes, basta que el conductor señale que no lo autorizó el propietario del vehículo para que este comercio no funcione, aún cuando cuenten con identificación, autorización y un sistema certificado de tributación.

Además, se deben establecer en forma mínima las condiciones en que se podrá ejercer este comercio ambulante, porque siempre será más conveniente trabajar en las horas en que hay más afluencia de público, pero ello ocasionará un problema a las personas que administran el sistema de transporte y también para los pasajeros, por lo que es necesario establecer los recorridos, las horas en que se podría desarrollar este tipo de comercio y las mercaderías que se venderán.

Esta iniciativa legal requiere una autorización municipal y además abarca a todo el país con lo cual quedará abierto de una manera muy amplia que se volverá en contra del mismo objetivo que persiguen los socios de este sindicato. Cualquier municipio sometido a la presión de un sector de comerciantes, por ejemplo, feriantes que fueron sacados de algún lugar en que trabajaban, insistirán para hacerlo en la locomoción colectiva, con lo cual no existirá ningún control ni obedecerá a una lógica ejercer un oficio como pretende este sindicato.

En su opinión, esta autorización debería entregarla el Ministerio de Transportes.

En relación a la seguridad ciudadana, manifestó que el gran reclamo de las personas es que el mayor foco de conflicto, drogadicción, alcoholismo, violencia e inseguridad, se produce entorno al comercio ambulante y el Gobierno ha planteado dentro de su Agenda de Seguridad atacar este problema.

La proposición de eliminar en el Nº 3 del artículo 91, de la ley Nº 18.290, de Tránsito, la expresión “desaseados” permitirá que cuando lleguen los informales, que podrán estar desaseados, se producirá un conflicto porque no se les podrá impedir su admisión al vehículo de transporte, por lo que es importante que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones formule proposiciones para regular el ejercicio de esta actividad comercial en forma digna y seria.

El Honorable Senador señor Muñoz Barra señaló que esta iniciativa legal contiene un propósito noble, sin embargo, en su aplicación se producirán muchos inconvenientes. En ese sentido, señaló que estos vendedores, a pesar de contar con la autorización municipal respectiva, dependerán de la voluntad de los conductores para el ejercicio de su actividad comercial, es decir, la autorización municipal quedará sujeta a lo que estime pertinente el conductor del bus. De esta forma, se puede crear una manipulación que no resguardará a estos comerciantes ambulantes en el desarrollo de su actividad.

Por otra parte, indicó que la moción señala que se permitirá el ejercicio de la actividad comercial sin especificar qué tipo de mercadería se comercializará lo que podría significar la venta de diversos artículos tales como anteojos, discos compactos y remedios, sin existir límites con lo cual esto podría prestarse para presiones y guerrillas entre personas que ejercen la actividad de vendedores ambulantes.

Finalmente manifestó que esta iniciativa legal debe ser modificada en forma sustancial para acotar la forma en que se desarrollará esta actividad.

La Tesorera de Sintraloc, doña Yohana Mora, señaló que se debe considerar el ámbito social de esta situación, puesto que este Sindicato ha logrado reinsertar en la sociedad a personas que estuvieron en la cárcel, personas que no pueden continuar con su educación o que por motivos de salud no se les permite trabajar en otros lugares.

En cuanto al tema tributario reiteró que pretenden pagar lo que corresponde en impuestos.

Respecto de la seguridad expresó que existe un estigma en relación al ejercicio de este comercio, sin embargo, muchas de las personas que lo desarrollan cuentan con mucha educación y desean trabajar y salir adelante.

El Secretario General de Sintraloc, señor Hardy Vallejos aclaró que no trabajarán en horarios punta porque no se puede vender, en seguida, informó que en la tramitación de esta iniciativa legal en la Honorable Cámara de Diputados se acordaron una serie de normas tendientes a evitar las presiones y guerrillas entre personas que ejercen el comercio ambulante.

El Presidente de la Comisión de Seguridad y Antidelincuencia de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo F.G.N., señor Sydney Houston señaló que la entidad que representa vela por los intereses de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), que otorgan el 80% de los puestos de trabajo en el país y, desde esa perspectiva, es importante destacar que el comercio ambulante forma parte del comercio ilegal y muchas de las mercaderías que venden corresponden a importaciones ilegales o tienen su origen en hechos delictivos, contrabando, falsificación y producción nacional que en algunos casos evaden el pago de tributos.

Asimismo, señaló que es difícil controlar y regular este comercio ilegal que cuenta con centros de acopio, que trabajan con personas que pueden ser menores de edad y no existe ningún control en ese ámbito. Por otra parte, el ejercicio de este comercio ilegal en los vehículos de transportes de pasajeros no es objeto de ningún tipo de control y si existiera alguna fiscalización sería impracticable por la cantidad de transporte que existe.

El punto de venta del comercio ilegal está organizado de la misma forma que el comercio legal, cuenta con recepción, transporte, exhibición, despachos y puede ser origen de una mercadería falsa o producto nacional que no cumple con la legalidad o es de origen delictivo.

El Presidente accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Novoa, consultó la razón por la cual no se ataca el comercio ilegal en su origen.

Por su parte, el Honorable Senador señor Muñoz Barra señaló que algunos comerciantes establecidos entregan mercaderías a vendedores ambulantes, con lo cual se produce una red en la que participan establecimientos comerciales de tamaño mediano y que por esa vía evaden tributos y crean un comercio informal.

El Honorable Senador señor Pizarro expresó que existe un esfuerzo de estos vendedores ambulantes por regularizar su actividad y, en estricto rigor, plantean salir de esta condición, al formalizarse y requerir de los permisos municipales o de transportes. Luego, se relacionen con el Servicio de Impuestos Internos para pagar los impuestos, por lo que consultó si de todas maneras existirá una oposición a este proyecto de ley por parte de la Cámara de Comercio.

Este comercio ilegal existe y esta iniciativa legal podría ser la oportunidad para tratar de formalizarlo.

El Presidente de la Comisión de Seguridad y Antidelincuencia de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo F.G.N., señor Sydney Houston respondió que la Cámara no está en contra de las personas ni del sindicato en pos del progreso y del comercio, para la Cámara es mejor contar con un mayor número de comerciantes que operen de acuerdo a la ley, no obstante, debe considerarse que el control de esta situación será prácticamente imposible y no se podrá distinguir entre los vendedores autorizados y los ilegales.

En la actualidad, existe la imposibilidad de controlar el pago de los pasajes en el Transantiago y, por ende, será imposible fiscalizar a estos vendedores y resulta absurdo destinar fuerzas policiales a controlarlos, por lo tanto, se debe establecer qué es lo mejor para el comercio.

A la Cámara de Comercio le conviene aumentar las ventas pero debe entenderse las del comercio formal y los comerciantes que han sido sorprendidos vendiendo mercaderías a los informales han sido expulsados de la Cámara.

Cuando se autoriza a un grupo de vendedores ambulantes se generan “las fronteras vivas” en que será muy difícil distinguir al ambulante autorizado del ilegal. La fiscalización en un mercado atomizado como es el de la locomoción colectiva será imposible. Por otra parte, con esta normativa se da un vuelco completo en lo que se refiere a cumplimiento de jornadas de trabajo, tampoco es posible tener un control de las mercaderías que se venden, pudiendo comerciarse remedios con lo cual se pueden producir graves lesiones por la venta de un remedio mal etiquetado o falsificado.

El Honorable Senador señor Muñoz Barra señaló que existe un problema social, sin embargo, este proyecto de ley atenta en contra de las PYMES, que pagan patentes, derechos de aseo, impuestos, servicios de suministro, cotizaciones previsionales y que otorgan el 80% de los puestos de trabajo en el país. La proliferación de este tipo de comercio apunta a perjudicar a las PYMES que cada vez están más complicadas.

Las personas que tienen un pequeño puesto de venta responden por la calidad de las mercaderías que venden, están ubicadas, existe un control, situación que no ocurre con este tipo de comercio.

En los demás países no se realiza esta actividad en el transporte de pasajeros, con esta proliferación de comerciantes ambulantes y de artistas al interior de los buses.

Asimismo, puede ocurrir que posteriormente se presenten las luchas por determinados recorridos con lo que se producirá la delincuencia.

Finalmente, expresó que considerando el esfuerzo que hacen las PYMES y el hecho que en este comercio no esté determinado el tipo de mercaderías que se podrán vender, los buses se transformarán en verdaderas tiendas, con lo cual todo lo que puede transportar una persona lo podrá comercializar dentro de un bus y con ello se afectará seriamente a las PYMES.

El Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Rabinbranath Quinteros Lara, envió por escrito sus observaciones a la iniciativa de ley en estudio señalando que tiene el mérito de reconocer una actividad precaria e informal, pero que representa el medio de sustento de un importante número de trabajadores y sus familias.

El mecanismo de la autorización municipal para el ejercicio de este trabajo puede ayudar para que las políticas sociales y de empleabilidad que impulsan los municipios lleguen a más gente, incluidos quienes se niegan a formalizar su actividad o transitar hacia otros oficios. Sobre esto existe una larga experiencia en los municipios que han desarrollado proyectos de formalización y emprendimiento, con mayor o menor éxito, con vendedores ambulantes, feriantes, coleros, cartoneros, y otros oficios.

En todo caso, debe tenerse presente que, en sí misma, se trata de una actividad que afecta la seguridad del tránsito y el orden de las ciudades. En consecuencia, esta medida no puede interpretarse como un incentivo para ejercer este oficio, sino que un mecanismo transitorio que permita apoyar su tránsito hacia otra actividad. Por lo mismo, algunos municipios pueden definir, dentro de su autonomía, prohibir totalmente su ejercicio.

Por lo tanto, la actividad siempre quedará condicionada a dos autorizaciones, la municipal, que podrá fijar las condiciones a través de ordenanza (plazo de vigencia, vías autorizadas, pago de derechos, etc.) y que, en todo caso, opera sólo dentro del territorio comunal correspondiente, y la de la empresa, operador o conductor del vehículo de locomoción colectiva.

El Presidente de la Federación Gremial Regional Norte del Transporte de Pasajeros de Chile, señor Jorge Castex Cruz con asiento en la ciudad de La Serena IV Región de Coquimbo, y Vicepresidente de la Confederación Gremial Nacional de Regiones del Transporte de Pasajeros de Chile, cuyo Presidente Nacional es el señor José Muñoz Retamal, Presidente de FETRAM, Federación Regional de la Región del Maule, enviaron sus observaciones por escrito, en la que señalan que tratándose de una actividad honesta y legal y que de estar debidamente controlada por la autoridad competente, no debiera transformarse en un inconveniente para la normal conducción de los vehículos destinados al transporte remunerado de pasajeros ya sea en trayectos urbanos, interurbanos y rurales, por lo tanto, observando el aspecto social, en que toda persona necesita trabajar para subsistir honradamente, hay que entregar las herramientas para que así sea y, por lo tanto, se pronuncian a favor de legislar en este sentido, con los resguardo pertinentes.

El Subsecretario del Interior (S) señor Jorge Claissac, informó que el Ejecutivo está en contra de esta iniciativa legal, cuyo enfoque, según los autores de la Moción está equivocado al situarlo en la lógica de solucionar un problema social, sin embargo, su aplicación no lo soluciona y genera otros problemas de índole social.

El texto de la Moción propone que los vendedores ambulantes puedan realizar su actividad en los vehículos de transporte remunerado de pasajeros para lo cual sólo deberán contar con un permiso municipal y portar una credencial, lo que es considerado una formalización de una actividad informal.

Desde el punto de vista del Ejecutivo, en este caso sólo se produce la legalización de una informalidad completa, porque más que una autorización municipal se debería exigir que aquél que desarrolle una actividad lucrativa de esta naturaleza pague las patentes correspondientes para su desarrollo, cumpla las obligaciones tributarias asociadas a su giro y pague los impuestos pertinentes, sin embargo, ninguno de estos requisitos se exigen en esta Moción.

En consecuencia, aún cuando se puedan compartir los argumentos tendientes a entregar soluciones a ciertos problemas sociales esta no es la vía para hacerlo. Además, esta Moción es contradictoria con los esfuerzos del Gobierno, de las Municipalidades, del Congreso Nacional, de la Cámara de Comercio y de distintos actores frente al comercio ilegal, para lo cual se ha presentado a trámite legislativo un proyecto de ley, en conjunto con el Servicio de Impuestos Internos, para sancionar en forma adecuada este comercio y contar con herramientas útiles para su combate. Así, la Intendencia de la Región Metropolitana, en conjunto con la Municipalidad de Santiago, han elaborado el Plan denominado “Santiago más Seguro” que tiene por objetivo principal la erradicación del comercio ambulante e ilegal del centro de Santiago.

Por último, expresó que esta Moción otorga señales equívocas a la población y no soluciona el problema social que pretende abordar.

El representante de la Subdirección de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, señor Alberto Cuevas, informó que la Ley sobre Impuesto a la Renta contempla una serie de disposiciones relativas a regímenes de tributación simplificada para contribuyentes que realizan actividades menores. A su vez, el artículo 40 de la ley establece una exención respecto de actividades similares a las que son materia de esta iniciativa legal.

Desde el punto de vista del Impuesto al Valor Agregado, también hay regímenes de tributación simplificada para ciertas operaciones menores y existe la posibilidad de liberar del cumplimiento ciertas obligaciones tributarias, sin embargo, se debe considerar que hay actividades de distinta naturaleza, porque algunas dicen relación con el comercio y otras son de naturaleza artística.

Agregó que en consideración a los instrumentos de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos existe preocupación por lo que pudiera significar esta actividad comercial en relación con los esfuerzos que desarrolla el Servicio en el combate de otras actividades que generan serios problemas desde el punto de vista del Impuesto al Valor Agregado como de otros aspectos tributarios y en ese sentido, señaló que esta iniciativa legal debe abordarse desde una perspectiva integral y no sólo en los efectos que se producen en las personas que desarrollan estas actividades, sino que como etapas terminales de una cadena donde se pueden producir efectos tributarios de gran trascendencia y la iniciativa legal no otorga herramientas claras para controlar actividades relacionadas que, en el contexto global, podrían tener algún tipo de efecto en la propiedad intelectual, en que se han realizado esfuerzos muy importantes en conjunto con el Ministerio del Interior para formalizar actividades con las herramientas de fiscalización que permitan resguardar el interés fiscal, la libre competencia y la igualdad entre los distintos actores que realizan actividades comerciales.

El Jefe de la Oficina de Fiscalización de Comercio Clandestino del Servicio de Impuestos Internos, señor Manuel Navarrete, informó que desde el año 2002 el Servicio de Impuestos Internos se ha dedicado a combatir el comercio clandestino informal que produce un grave daño a la economía nacional. Agregó que esta misma situación se presenta en países limítrofes en que la economía informal supera a la economía formal.

Considerando la situación anterior y el respeto al principio de igualdad ante las cargas tributarias, en el sentido de que los contribuyentes que no cumplen con las normas son sancionados con la clausura de su local comercial, sin embargo, dicha sanción no se puede aplicar a un vendedor informal por lo que el SII ha pretendido lograr el cumplimiento de este principio aplicando las mismas reglas con lo cual se han presentado muchas acciones criminales para terminar con el comercio informal, sea en el ámbito de la venta de música, de los libros, contrabando de tabaco, para lo cual se ha trabajado en conjunto con organizaciones privadas, tales como la Cámara de Comercio, la Cámara Nacional del Libro, la Compañía Chilena de Tabaco, el Ministerio del Interior, la Intendencia Metropolitana y otros actores del sector público.

Con el trabajo realizado se han obtenido más de 350 condenas en los tribunales de justicia y 7 fallos de la Corte Suprema han validado la actuación del SII en materia criminal y en todas aquellas actividades de carácter ilícito de comercio, incluso en algunas sentencias se ha resuelto el tema de la tributación ilícita estableciendo que estos vendedores informales cuando obtienen incrementos patrimoniales deben tributar por esa actividad ilícita.

En consecuencia, todo el esfuerzo que ha realizado el Servicio de Impuestos Internos en esta materia, en conjunto con otros organismos, se verá afectado puesto que esta iniciativa legal apunta a formalizar lo informal, produciendo un problema tributario porque el SII persigue, principalmente, a los proveedores, sin embargo, la aprobación de esta iniciativa legal puede significar una vía para que los proveedores saquen sus productos de manera irregular tapando muchas irregularidades de tipo económico.

Asimismo, el control que se exigiría a esta nueva actividad comercial es mínimo, sólo bastaría con un permiso y una acreditación menor, con lo cual se perderá el esfuerzo realizado en esta materia, sin perjuicio de considerar que existe un proyecto de ley, que se tramita en la Comisión de Economía del Senado, relativo al comercio ilegal que aumenta las medidas para combatir el comercio ilegal.

Informó que en diciembre de 2007, en conjunto con la Municipalidad de Santiago y la Intendencia Metropolitana, se elaboró un plan denominado “Navidad Segura” para erradicar el comercio ilegal del centro de Santiago por todos los efectos perniciosos que produce y se logró un efecto muy importante combatiendo a todos aquellos que desarrollan esta actividad ilegal, con lo cual mediante la aprobación de esta Moción se estaría otorgando una autorización que opera en contra de todo el trabajo que se ha realizado y que provoca grandes daños a la economía del país.

Finalmente, señaló que el SII no está en contra de ayudar a estas personas que desarrollan esta actividad comercial, sin embargo, esta no es la vía para hacerlo, puesto que incentivará a la comisión de actos ilícitos en la cadena que se forma.

La aprobación de esta iniciativa legal sólo producirá daños a la economía del país.

El Presidente de la Federación Gremial Nacional de Buses, Transporte de Pasajeros Rural, Interurbano, Interregional e Internacional de Chile (FENABUS), señor Marcos Carter, expresó que esta iniciativa legal es contraria a la normativa legal que regula el transporte de pasajeros. En ese sentido explicó que en los buses de transporte interurbano, el artículo 51 del decreto supremo Nº 212, impide el transporte de pasajeros de pie.

Por su parte, en el transporte rural se permite el transporte de pasajeros de pie por un máximo de 50 kilómetros, sin embargo, el artículo 55 del decreto supremo mencionado establece ciertas reglas para el uso de la radio debiendo apagarse cuando un pasajero lo solicita.

En el caso de los buses interurbanos, el decreto 66 establece la obligación de contar con audífonos para la música, televisión y videos que se transmiten para no molestar a los pasajeros.

De esta forma, señaló que para el gremio que representa, la aprobación de esta iniciativa legal importa grandes inconvenientes. Se han realizado esfuerzos en los terminales para impedir los vendedores ambulantes al interior de los buses puesto que los pasajeros son responsables de sus pertenencias y en algunas ocasiones han ocurrido hurtos de maletines y bolsos por parte de estos vendedores ambulantes, que el resto de los pasajeros no los identifica como tales.

Finalmente, señaló que la entidad que representa está en contra de cualquier actividad que se realice al interior de los buses, ya sea venta o expresiones artísticas, puesto que las normas legales que rigen el transporte de pasajeros no permiten estas actividades al interior de los buses.

La Honorable Senadora señora Matthei consultó al SII de qué forma se puede formalizar la actividad comercial de una persona que pretende ejercer un comercio de poco monto.

En seguida, agregó que las normas del transporte público de pasajeros impiden transportar pasajeros de pie y podría ocurrir que estos vendedores, al contar con la autorización municipal y la credencial respectiva viajen sentados, con lo cual existiría una manera muy barata para viajar sin pagar. Así, las personas intentarán obtener en las municipalidades esta autorización y viajar gratis, porque no existe ninguna limitación en cuanto al trayecto que pueden realizar. De esta forma, a través de este sistema se resolverá el transporte de muchas personas que en lugar de solicitar recursos para los pasajes obtendrán una autorización que los habilita para desempeñarse como vendedores ambulantes.

El representante de la Subdirección de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, señor Alberto Cuevas respondió que la Ley sobre Impuesto a la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado contemplan sistemas simplificados de tributación para actividades económicas de pequeña importancia. El artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, regula la situación de los denominados pequeños contribuyentes y se refiere a los pequeños comerciantes que tienen un régimen simplificado de tributación del Impuesto a la Renta y tributan sobre la base de ½ UTM por el período anual con un impuesto único de primera categoría que se pagan en forma simultánea con la patente municipal. El sentido de que ese impuesto sea único significa que esas rentas no están afectas al Impuesto Global Complementario.

Respecto del comercio ambulante, informó que el artículo 40 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contiene una exención de impuesto de primera categoría, sin embargo, en consideración a los montos de su actividad deberían quedar exentos del pago de impuestos finales. Si los contribuyentes obtienen rentas de los tramos exentos no están obligados a declarar el Impuesto a la Renta.

En relación con el Impuesto al Valor Agregado señaló que también existe un régimen simplificado de tributación y de acuerdo al Título VII se consagra la posibilidad de liberar a ciertas operaciones cuando su carácter económico es exiguo. No obstante, no existen solicitudes para su aplicación.

El vendedor que ejerce este comercio en la vía pública agrega un valor al bien que vende, sin embargo, se podría estudiar una exención para estos casos.

La iniciativa legal en estudio no se refiere a la etapa final de la cadena de pago de IVA y podría suceder que un comerciante establecido determinara en base a esta nueva ley contratar a diversos distribuidores de sus productos en la locomoción colectiva, por lo tanto, en su opinión debe establecerse un procedimiento que permita controlar que los temas relacionados con la propiedad intelectual y con el IVA, sean los que corresponden de acuerdo a la ley porque la fiscalización es muy difícil para determinar que la etapa terminal no sea la puerta de salida de la tributación de las etapas anteriores en el proceso.

El Honorable Senador señor Pizarro consultó si SINTRALOC ha realizado acciones tendientes a regularizar su actividad porque dicha agrupación expresó su intención en ese sentido lo que sería positivo.

Se respondió que no hay información porque no han trabajado con Sintraloc en esta materia, sin embargo, desde el punto de vista de la formalización se expresó que no corresponde al SII manifestarse en relación al objetivo económico y de empleo, al Servicio sólo le corresponde el control de los impuestos involucrados en estas actividades considerando que se trata de la etapa final de una cadena, tanto desde el punto de la Ley de Impuesto a la Renta como del IVA. La formalización es posible pero no con las disposiciones actuales contenidas en la Moción.

Para que los contribuyentes se formalicen requieren inscribirse en un Registro que permite operar con un número de identificación tributaria o con un RUT asociado a la empresa que ha formado, se requiere la verificación de un domicilio conocido para que el SII pueda interactuar.

Asimismo, una materia muy sensible es el origen de las mercaderías que se comercializarán puesto que existe una estructura documentaria informatizada que debe ser controlada para determinar el origen lícito de las mercaderías. También hay un tema de justificación de gastos de vida de las personas que ejercen estas actividades y sin esa información se pueden amparar otras operaciones que serían imposibles de fiscalizar.

Por último, señaló que estos permisos municipales permitirán que el comercio se ejerza en comunas diferentes a aquella en se otorgó la autorización.

En seguida, el señor Senador señaló que la Moción, en estudio, establece la posibilidad de desarrollar estas actividades al interior de los buses por lo que resulta importante conocer cuál será la posición de los conductores de los buses.

El Presidente de FENABUS, señor Marcos Carter, respondió que no están de acuerdo porque estas actividades afectan el servicio que se entrega a los pasajeros, además se relató la situación que se produce en el Terminal de Estación Central, en que existen 150 “hacheros” que engañan a los pasajeros con eventuales descuentos de tarifas, intervienen mafias, tráfico de drogas, existiendo una verdadera guerra, se venden boletos falsos, etc. Para erradicar este comercio se han realizado considerables esfuerzos y esta nueva forma de actividad ambulante constituirá una nueva presión y riesgo para los conductores que serán amenazados por este comercio que engaña a los usuarios y que sólo requerirá una autorización municipal para operar.

- En votación en general el proyecto, fue rechazado con los votos de los Honorables Senadores señora Matthei y señores Cantero y Novoa y con la abstención del Honorable Senador Pizarro.

En consecuencia, vuestra Comisión os propone rechazar en general el proyecto de ley en informe, con la votación anteriormente señalada.

- - - - - -

Acordado en sesiones celebradas los días 7 y 14 de mayo y 4 de junio de 2008, con asistencia de los Honorables Senadores señores Carlos Cantero Ojeda (Presidente); señora Evelyn Matthei Fornet; Roberto Muñoz Barra (Guido Girardi Lavìn); Jovino Novoa Vásquez (Presidente Accidental) y Jorge Pizarro Soto.

Sala de la Comisión, a 6 de junio de 2008.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva.

BOLETÍN Nº: 4.332-15.

I.PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS: tiene por finalidad, modificar la Ley de Tránsito, con el objetivo de habilitar el ejercicio del comercio ambulante a bordo de los vehículos de locomoción colectiva, con los requisitos y condiciones a determinar por el respectivo reglamento.

Para ello se propone eliminar la expresión “desaseados” y la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”, que figura en el número 3 del artículo 91 de la ley N° 18.290, de Tránsito, que prohíbe a los conductores de estos vehículos, “3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo.”.

Asimismo, propone agregar un artículo 91 bis que habilite el ejercicio de la actividad comercial o artística al interior de los buses urbanos, interurbanos y rurales, a las personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva, para lo cual cada comerciante o artista autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y una fotografía del mismo.

II.ACUERDOS: rechazado por 3 votos en contra y una abstención.

III.URGENCIA: No tiene.

IV.ORIGEN INICIATIVA: Moción de los Honorables Diputados señoras Denise Pascal y Alejandra Sepúlveda y señores Sergio Aguiló, Pedro Araya, Fidel Espinoza, Sergio Ojeda, Carlos Olivares y Gonzalo Uriarte.

V.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VI.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en la sesión 37ª ordinaria de 14 de junio de 2007, con 84 votos a favor y 5 abstenciones.

VII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: ingresó al Senado el 20 de junio de 2007, dándose cuenta en la sesión 28ª especial, de la misma fecha.

VIII.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe.

IX.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Ley N° 18.290, de Tránsito.

Valparaíso, a 6 de junio de 2008.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogado Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 11 de junio, 2008. Diario de Sesión en Sesión 26. Legislatura 356. Discusión General. Pendiente.

CONCESIÓN DE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

--Los antecedentes sobre el proyecto (4332-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 28ª, en 21 de junio de 2007.

Informe de Comisión:

Transportes y Telecomunicaciones, sesión 25ª, en 10 de junio de 2008.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

El principal objetivo del proyecto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados es modificar la Ley de Tránsito a fin de habilitar el ejercicio del comercio ambulante a bordo de los vehículos de locomoción colectiva.

La Comisión, señores Senadores -es menester dejarlo muy claro-, rechazó la idea de legislar sobre la materia por 3 votos en contra (Senadores señora Matthei y señores Cantero y Novoa) y una abstención ( Senador señor Pizarro).

Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que consigna el actual artículo 91 de la Ley de Tránsito y el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-

En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.

El señor LETELIER .-

Señor Presidente, quiero comenzar mis palabras solicitando segunda discusión para esta iniciativa. Y voy a explicar por qué lo hago.

Hay prácticas que tienen que ver con nuestra idiosincrasia, con lo que somos, con una forma de organizar nuestra convivencia. Existen maneras de estimular el empleo honesto de las personas, y hay otras que, por no contar con todos los antecedentes o quizá por querer imponer a la fuerza realidades culturales de otras naciones, pueden llevar a decisiones equivocadas.

Me explico.

A los trabajadores que se desempeñan en las micros y en otros vehículos de locomoción colectiva de la Región Metropolitana -en particular, los cantantes- se les comunicó en un momento que no iban a poder seguir ejerciendo su oficio, su arte, en los medios de transporte concesionados. Después -y es importante que esto quede bien consignado al inicio del debate- se les dijo una cosa distinta: que debían agruparse, organizarse, formalizarse, registrarse, ser claramente identificables y plantear sus demandas. Porque aquí estamos hablando de un conjunto de personas, cuyo número no es despreciable, que ejercen su oficio y entregan su arte en forma honesta -subrayo este concepto, porque a veces este hecho ha sido cuestionado- para llevar a sus casas el pan que les permite alimentar a sus hijos.

Pues bien, se concordó una idea con ellos. Esta iniciativa fue impulsada y conversada con autoridades del Ministerio de Transportes. Quiero resaltarlo. En su minuto, el ex Ministro Espejo fue uno de los que promovieron la organización de estos trabajadores. Luego se dialogó con diferentes actores vinculados al ámbito del transporte, principalmente de la Región Metropolitana. Porque -digámoslo- en las demás Regiones, o por lo menos en varias de ellas, las personas no tienen dificultad para ejercer su actividad al interior de la locomoción colectiva. Es el caso de la Sexta Región, a la cual represento, donde se autoriza subir a los buses interprovinciales para vender pasteles. Solo en la localidad de Angostura hay más de 200 familias que viven en forma directa de la venta de dichos productos, sin contar a quienes trabajan en las fábricas que los elaboran.

En esta materia, creo que la Comisión, al rechazar el proyecto, quizás actuó de manera un tanto precipitada -no lo sé-, sobre todo si se considera que se está afectando a un grupo de trabajadores que aspira a desarrollar su oficio en forma honesta y organizada.

La iniciativa, que se puede perfeccionar, en el fondo lo que hace es eliminar la prohibición de ejercer el comercio en los vehículos de transporte colectivo. O sea, abre la puerta. De hecho, durante muchos años ha habido comercio en el transporte público de pasajeros. ¿Por qué? Porque tiene que ver con nuestra idiosincrasia. Quizás en Suiza, en Francia, en Estados Unidos, eso no ocurre, pero ello no significa que no se pueda defender según nuestra idiosincrasia. En varios países de América Latina sí se da: en México, en Brasil, en Argentina, específicamente en la ciudad de Buenos Aires, como me indica el Senador señor Muñoz Aburto .

Nosotros pedimos segunda discusión, señor Presidente , pues nos parece erróneo mantener una prohibición que afecta a un grupo de trabajadores que -quiero subrayarlo- se han organizado y uniformado y han demostrado su voluntad de esforzarse de manera honesta para alimentar a sus hijos.

Se podrá debatir si el nivel municipal es el mejor para la concesión de los permisos pertinentes o si es posible otro tipo de autorizaciones. Pero, frente a la recomendación de rechazo formulada por la Comisión especializada, la bancada del Partido Socialista solicita segunda discusión, con el propósito de encontrar alguna solución que permita a las familias perjudicadas ganarse el pan y alimentar y educar a sus hijos en forma honrada.

He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.-

Señor Presidente, esta iniciativa, que fue presentada por diversos señores Diputados, tiene un fondo de motivación social validado y reconocido por los diferentes actores que concurrieron a la Comisión de Transportes. Sin embargo, esa noble motivación choca con una realidad, cual es que el sistema propuesto resulta impracticable, según el Servicio de Impuestos Internos.

Por cierto, las personas que asistieron a la Comisión en representación del Sindicato de Trabajadores Independientes Ambulantes y Anexos (SINTRALOC), que se han agrupado para ejercer este tipo de comercio, dieron numerosos argumentos.

Pero lo concreto es lo siguiente.

La Comisión de Seguridad y Antidelincuencia de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo hizo presente que el control de tal situación será prácticamente imposible, ya que, obviamente, no se podrá distinguir entre los vendedores autorizados y los ilegales. Además, una tarjeta otorgada por un municipio, ¿tendrá vigencia y validez en otro?, ¿cómo se va a limitar su validez en un espacio territorial que no es controlable?

Por otro lado, se planteó el fenómeno del encadenamiento de los proveedores. Se señaló que esto se presta, fundamentalmente, para el comercio ilícito con productos de generación ilegal.

Por su parte, el presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades , señor Rabindranath Quinteros , hizo una valoración desde el punto de vista social, pero también formuló cuestionamientos desde la perspectiva de la aplicabilidad.

Ahora, lo más relevante es que el señor Subsecretario del Interior ha manifestado taxativamente su rechazo a esta iniciativa legal, por considerar que su enfoque es equivocado y que su aplicación no soluciona los problemas que pretende resolver y genera otras externalidades o dificultades de índole tributaria extremadamente graves.

Dicho personero indicó que la moción, que propone que los vendedores ambulantes puedan realizar su actividad en los vehículos de transporte remunerado de pasajeros, presenta serias dificultades en su aplicación.

En la Comisión expresó textualmente: "Desde el punto de vista del Ejecutivo , en este caso sólo se produce la legalización de una informalidad completa, porque más que una autorización municipal se debería exigir que aquel que desarrolle una actividad lucrativa de esta naturaleza pague las patentes correspondientes para su desarrollo, cumpla las obligaciones tributarias asociadas a su giro y pague los impuestos pertinentes", cuestión que en los hechos no se podrá verificar conforme a la iniciativa en debate.

Igualmente, afirmó que la moción es contradictoria con los esfuerzos que han realizado el Gobierno, las municipalidades, el Congreso Nacional y la Cámara de Comercio, entre otros.

Uno de los representantes del Servicio de Impuestos Internos también rechazó enfáticamente el proyecto, toda vez que permite atropellos a la legislación tributaria vigente. Señaló que en esa entidad "existe preocupación por lo que pudiera significar esta actividad comercial en relación con los esfuerzos que desarrolla el Servicio en el combate de otras actividades que generan serios problemas desde el punto de vista del Impuesto al Valor Agregado."

Hizo presente que el encadenamiento y todo el efecto tributario que esto genera hacia atrás desde la perspectiva de los proveedores podrían ser motivo para que muchos actuaran en forma ilegal, proveyendo de insumos a esta instancia y rompiendo la cadena de control que se ejerce a través del IVA. Agregó que la iniciativa no permite resguardar el interés fiscal, la libre competencia y la igualdad entre los distintos sectores.

Estoy dando a conocer la opinión del Servicio de Impuestos Internos, representado por autoridades legítimamente enviadas por el Gobierno.

Por su parte, el Jefe de la Oficina de Fiscalización de Comercio Clandestino de dicho Servicio, señor Manuel Navarrete , manifestó que la iniciativa es contraria a todo lo que ha venido haciendo este organismo en los últimos años. Añadió que genera una economía informal y reiteró el criterio de que da formalidad a un comercio ilegal. Advirtió que la ruptura de la cadena de proveedores representa un grave riesgo, toda vez que no se pueden perseguir las responsabilidades. Afirmó que lo propuesto se contrapone con lo que se ha obtenido en más de 350 procesos ganados por el Servicio de Impuestos Internos en los tribunales y en 7 fallos de la Corte Suprema que han validado la postura del organismo fiscalizador en la materia.

Manifestó que se produce "un problema tributario porque el SII persigue principalmente a los proveedores. Sin embargo, la aprobación de esta iniciativa legal puede significar una vía para que los proveedores saquen sus productos de manera irregular tapando muchas irregularidades de tipo económico.".

Cuestionó que no se pudiera ejercer control sobre la nueva actividad.

El representante de FENABUS, que es la contraparte y que, teóricamente, debiera expresar su voluntad incluso desde la perspectiva de quienes proponen el proyecto de ley, también expresó su terminante y absoluto rechazo a este, haciendo presente que, además, contraviene dos disposiciones: el artículo 51 del decreto supremo Nº 212, que establece que en los buses no pueden ir personas de pie -en este caso se estaría permitiendo-, y por otro lado, la norma que exige a los servicios de transporte interurbano contar con audífonos para evitar la contaminación acústica, la cual aquí se estaría autorizando.

En general, los microbuseros se muestran definitivamente en contra del cuerpo legal en proyecto.

Por su lado, el representante de la Subdirección de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, señor Alberto Cuevas , hizo un pormenorizado detalle de cómo la presente iniciativa vulnera distintas normas y genera graves dificultades.

Precisó, una vez más, que se rompería toda la línea del IVA, lo que generaría numerosos problemas de orden tributario y, entre otras cosas, entrabaría la determinación del origen de las mercaderías, lo cual permitiría que mucho contrabando proveniente de países vecinos se vendiera en los buses del modo descrito.

La Asociación de Municipalidades hizo hincapié en que el proyecto supone transgredir límites territoriales, ya que, según él, un permiso otorgado por un municipio tendría validez en cualquier lugar del país.

El presidente de FENABUS , señor Marcos Carter , agregó que la normativa propuesta se halla en contradicción con los esfuerzos que se realizan para dar mayor seguridad. Señaló que en algunos terminales de buses existen verdaderas organizaciones de delincuentes "que engañan a los pasajeros con eventuales descuentos de tarifas" -estoy leyendo lo que dijo-, intervienen mafias, hay tráfico de drogas, existe una verdadera guerra, se venden boletos falsos, etcétera, todo lo cual se vería agravado con el proyecto. Indicó que, como para el ingreso a los buses se requiere la autorización correspondiente, ningún conductor se atrevería a negarla, pues con ello se expondría a todo tipo de apremios.

En general, la mayoría de las opiniones de quienes expresaron sus puntos de vista en forma independiente fueron contrarias al proyecto.

Por esa razón, señor Presidente , anuncio mi voto negativo.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señor Presidente, como ha dicho el Presidente de la Comisión de Transportes , este proyecto, cuyo origen se halla en una moción presentada por varios Diputados, persigue un objetivo que a todos nos gustaría que se lograra: avanzar hacia la legalización o formalización de una cantidad enorme de chilenos que ejercen, por necesidad, por opción, por distintas razones, el comercio ambulante.

Específicamente, el proyecto busca autorizar el trabajo de los vendedores ambulantes en vehículos de la locomoción colectiva y otros medios de transporte público.

En la actualidad, quienes ejercen esa actividad lo hacen por iniciativa propia y por la buena voluntad del chofer que se las permite. La llevan a cabo de manera informal y cometiendo toda clase de ilegalidades. Porque, en la práctica, hay prohibición de ejercer el comercio ambulante en el sistema de locomoción colectiva.

Por consiguiente, pese a que el objetivo de la iniciativa es absolutamente positivo y loable, generó un debate bastante profundo e interesante en la Comisión. Si la finalidad de aquella es que estos trabajadores informales puedan regularizar su actividad, formalizarla, resulta indudable que debemos respaldarla.

Ese fue el ánimo y el espíritu con el que nos abocamos a su estudio. A la Comisión fueron invitados -como ya se informó- el Sindicato Nacional de Trabajadores Independientes Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC) y otros actores del sector.

Los dirigentes, de manera muy organizada, seria y responsable hicieron ver sus planteamientos; manifestaron lo importante que es para ellos, desde el punto de vista social y económico, avanzar hacia la formalización de su actividad, salir de la ilegalidad en que se encuentran y tener cierta estabilidad. Asimismo, expresaron su disponibilidad para organizarse mucho más allá del propio sindicato, y así ayudar a otros trabajadores que se hallen en la misma situación.

Lo que buscan, justamente, es cumplir con las normas mínimas. Para ello nos dieron cuenta de las acciones, los contactos que han realizado en las distintas instituciones del Estado. De partida, con el Ministerio de Transportes, con la Subsecretaría de él y con representantes del Servicio de Impuestos Internos.

El problema se manifiesta -como lo dijo el Presidente de la Comisión- cuando prácticamente todos los actores o gente que tiene que ver con esta materia opinaron total y absolutamente en contra.

Algunos aducen razones de seguridad pública; de la lucha contra la delincuencia. Porque, en efecto, en el sector del comercio ambulante se producen focos de inseguridad, donde verdaderas mafias organizadas, de manera camuflada, se aprovechan de esta actividad, generan condiciones para ejercer la delincuencia y atentan contra la seguridad de los pasajeros, en contravención de todas las normas.

Otros plantean que esto fortalece la cadena de informalidad en el ámbito comercial, lo que a la larga llevaría a una evasión sistemática y muy contundente de impuestos por parte de inescrupulosos, de mafias, de gente que dispone de verdaderas organizaciones para manejar los productos que se venden a través de los comerciantes ambulantes.

Lo mismo sucede con la imposibilidad e ineficacia de cualquier control que se quiera establecer. Tal información fue dada por el Servicio de Impuestos Internos, cuestión que se transformó en un elemento relevante al momento de tomar la decisión. Porque el sistema ideado sería completamente contrario a los objetivos del proyecto.

Además, se complicaba la situación -en mi modesta opinión- por razones técnicas, en cuanto a cómo está planteada la iniciativa. Los propios trabajadores, que la respaldan, decían: "Bueno, nosotros podemos organizarnos". Pero, hoy día, ¿quién autoriza? Lo propuesto es que serían los municipios.

Entonces, uno se pregunta cuál es el criterio para eso. Porque puede quedar entregado al total libre albedrío. Cualquier municipio arriesga ser sometido a la presión de un grupo de comerciantes que va a ir donde el alcalde a decirle: "Mire, nosotros estamos sin trabajo; denos autorización para trabajar en la locomoción colectiva". Y con ello se perdería totalmente la buena iniciativa de que, de manera organizada, tales trabajadores puedan ejercer su actividad con cierta identificación, con fiscalización, etcétera.

Igual ocurre en materia de seguridad y en otros aspectos.

Si hay actualmente prohibición para ejercer cualquier tipo de actividad en los vehículos de la locomoción colectiva, el proyecto agravaría la situación. Porque la autorización va a quedar entregada a la decisión del chofer del bus en el que se desee trabajar.

Eso nos pareció -por lo menos a mí- contradictorio. ¡Cómo un chofer puede tener la responsabilidad de aplicar la autorización dada por un municipio!

Pensamos que es importante también conocer la opinión de los dueños de los vehículos no solo de Santiago o de las grandes urbes, sino en todo el sistema interurbano. La opinión fue absolutamente negativa.

Además, se hizo presente lo que esto podía significar en la locomoción rural o interurbana de zonas más aisladas: desde razones de seguridad hasta lisa y llanamente el aprovechamiento de las autorizaciones para viajar sin pagar o ejercer otro tipo de actividades.

El proyecto en un inicio me pareció muy razonable. La idea la encuentro atractiva. Creo que debemos hacer esfuerzos por generar condiciones para que quienes realizan esta actividad puedan pasar de la informalidad a la formalidad; para dar garantías de respeto a los que ejercen el comercio ambulante y puedan desarrollar su trabajo en condiciones más dignas y no se les asocie con la delincuencia, con el lumpen que forma parte de mafias. Porque la mayoría de los vendedores ambulantes trabaja por necesidad, por obligación o por no disponer de otras opciones laborales.

Entonces, cuando llegó el momento de votar, preferí abstenerme. Haré lo mismo en la Sala, a pesar de que me hace fuerza la posibilidad de buscar otras alternativas de solución y mejorar técnicamente el proyecto.

Quizás otra instancia de discusión nos pueda ilustrar un poco más. Porque en el Senado nadie se va a oponer a una iniciativa que busque legalizar la actividad de quienes trabajan de modo informal. Nadie se va a oponer a respaldar a los comerciantes ambulantes que quieren desarrollar su labor con el mayor grado de formalización posible, cumpliendo con las normas mínimas tributarias, pago de impuestos y actuando en forma reconocida. Y nadie tampoco se va a oponer a que -ojalá de manera organizada- sean los propios trabajadores ambulantes los que ayuden a combatir los focos de delincuencia o las verdaderas mafias que muchas veces se amparan en esa actividad y los involucran a todos.

En mi opinión, sería razonable enviar el proyecto a la Comisión de Trabajo, como se sugirió. Si hay obligación de pronunciarse en general, yo de la abstención pasaré a votarlo a favor, a fin de posibilitar una segunda discusión -porque tendríamos que entrar a analizarlo en particular- y de que no se rechace.

Lo anterior, con todas las prevenciones aquí consignadas. Porque el proyecto contiene muchas contradicciones. Algunas normas son totalmente contrarias al espíritu con que fue planteado, fundamentalmente en materia de seguridad y de fiscalización y control por parte de las autoridades correspondientes.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Señor Senador , el Comité Socialista pidió segunda discusión.

El señor PIZARRO.-

Entonces, no votaremos ahora.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Exactamente, señor Senador.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.

La señora MATTHEI.-

Señor Presidente, cuando durante la hora de almuerzo de hoy di a conocer a los Senadores de mi bancada que en la Comisión habíamos rechazado el proyecto en debate, todos reaccionaron en forma muy sorprendida y bastante molestos. Porque -yo diría- existe mucha simpatía hacia la idea de permitir a los vendedores ambulantes que trabajan en forma más digna, y no en la informalidad e ilegalidad en que se encuentran.

Tuvimos que explicar que el problema existe y que hay muchos deseos de resolverlo, pero que esta solución es muy mala. Por eso, el proyecto no puede aprobarse.

¿Y por qué es mala, señor Presidente?

En primer lugar, quienes darán los carnés son los alcaldes. Y sabemos lo que sucede cuando una persona necesita viajar a Santiago, por ejemplo, desde la Región que represento. Todos concurrirían a la municipalidad para obtener pasaje.

¡Qué le va a costar al alcalde otorgar el carné a una señora y decirle: "Lleve 20 calugas, hágase pasar por vendedora ambulante y viaje gratis a Santiago"! Y actuará igual con un niño que viva en La Serena pero que estudie en Coquimbo cuando concurra a pedir ese tipo de ayuda. También le entregará la credencial.

Ello, porque para tal autoridad la concesión de ese documento no tendrá costo alguno. Será cosa de extender un papel. Y se lo dará a toda persona que se ponga a la cola para solicitarlo.

Con ese documento tales personas viajarán gratis en buses urbanos, interurbanos y rurales. Por lo tanto, en épocas de elecciones la entrega en forma gratuita constituirá una forma muy fácil de ganar votos, a costa, naturalmente, de quienes trabajan en la locomoción colectiva, muchos de los cuales son pequeños empresarios, pues deberán transportar a esos artistas y comerciantes sin el pago correspondiente.

En segundo término, señor Presidente , es del todo imposible fiscalizar que los carnés sean efectivamente los otorgados por la municipalidad. O sea, esta, aparte de entregarlo a quien lo solicite porque no le costará nada, no los podrá fiscalizar. ¡Escanear tales documentos no cuesta nada...! ¿Y quién va a saberlo? Porque -como decía un señor Senador- uno otorgado en Arica se podrá usar en Punta Arenas. Entonces, ¿cómo se conocerá si es auténtico?

En tercer lugar, los buses interurbanos tienen normas de seguridad superestrictas y otras de protección al agrado del pasajero. Por ejemplo, no se puede emitir un programa de radio o música por los parlantes del vehículo, si no dispone de un sistema de audífonos, de modo que cada pasajero decida si quiere escuchar o no.

En cambio, en virtud del proyecto en debate un artista podrá cantar en el bus durante todo el viaje sin que nadie se halle autorizado para hacerlo callar; o viajar de pie, porque si van ocupados todos los asientos, tendrá que ir parado, en circunstancias de que, según la normativa vigente, ese hecho amerita la aplicación de una multa.

En cuarto término, ¿por qué no se incluyó el Metro en la iniciativa? Raro ¿no? Se permite la actividad comercial o artística solo en buses urbanos, interurbanos y rurales, todos de empresas privadas. Pero no se da esa posibilidad en el tren subterráneo, que es estatal. ¿Por qué?

Y en quinto lugar, todos hemos hecho un esfuerzo muy grande por ir disminuyendo la evasión y la elusión tributaria. Creo que la evasión del IVA hay que enfrentarla y castigarla, no facilitarla. Pero, por desgracia, mediante el proyecto se facilita a personas que asumen actitudes casi mafiosas -que forman verdaderas organizaciones para defraudar el IVA- dar salida a sus productos.

Entonces, señor Presidente , a pesar de que mucha de esa gente nos merece gran simpatía y de que reconocemos que enfrenta un problema que ojalá sea factible resolver, en realidad la solución propuesta es muy mala. Ello, porque -repito- los alcaldes les darán el carné a quienes lo requieran, porque el problema no les afecta y no les significará gasto alguno. El costo lo pagarán los dueños de buses, aparte de que no será posible fiscalizar que tales documentos sean verdaderos.

El señor CANTERO.-

Además del encadenamiento del IVA.

La señora MATTHEI.-

En efecto, el encadenamiento del IVA es un punto superimportante. Todos en el Senado, en la Cámara de Diputados y en el Gobierno hemos estado empeñados en que no se produzca evasión, porque en la medida en que esta aumenta mayores han de ser las tasas a fin de recaudar los recursos que el Fisco necesita para sus gastos.

Por eso, señor Presidente , en la Comisión votamos en contra del proyecto. Y si se rechaza aquí, en la Sala, deberá constituirse una Comisión Mixta, dado que la Cámara Baja ya lo aprobó. Quizá en esa instancia sea factible buscar una solución, pues, francamente, pese a que el texto se encuentra bien inspirado, fue muy mal elaborado.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente, coincido con lo señalado por los señores Senadores que han intervenido en orden a que la iniciativa tiene un fin humano que es imposible no reconocer, pues atañe a la realidad de un grupo de chilenos y chilenas, a las cuales vemos trabajar permanentemente en las calles.

Sin embargo, hay algo sobre lo cual pienso que se comete un error. Se señala que la idea central del proyecto es situarlo en la lógica de solucionar un problema social. A mi juicio, ese no es el camino para darles una perspectiva, una posibilidad a los hombres y mujeres de que se trata. Podríamos incursionar de otra manera.

Por eso, la fundamentación del rechazo de la iniciativa, en modo alguno, conlleva una incomprensión hacia aquellas personas que dieron a conocer su problema a algunos parlamentarios bien inspirados y después a la Comisión respectiva.

Lo cierto es que el proyecto es muy difícil de aplicar. Y lo es por cuanto implica borrar con el codo lo que en otras materias hemos escrito con la mano. Porque -digamos las cosas como son- en el Congreso aprobamos la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, donde se estatuye que el comprador tiene derecho a acudir a una institución para reclamar cuando el producto se le entrega en malas condiciones o con mala fe.

¿Qué garantiza a quien adquiera determinado artículo a bordo de un medio de transporte que tendrá también ese tipo de protección? La normativa no establece qué se puede vender en un vehículo de transporte colectivo. A lo mejor, discos compactos, los cuales se ven muy bonitos con sus láminas, pero posteriormente, al comprarlos, se comprueba que no contienen grabación. Lo mismo ocurre con los libros piratas, que después de adquirirlos se constata que constituyen un fraude.

No se puede asegurar la calidad de la mercadería que se venda en un medio de locomoción colectiva. Este elemento no se consideró al redactar el texto que estudió la Comisión de Transportes, la cual integro.

La señora Senadora que me antecedió en el uso de la palabra señaló que tal autorización no incluye el Metro. Y tampoco se podría otorgar para el Transantiago, pues las bases de licitación de este -así se informó en la Comisión- impiden desarrollar en él actividad alguna que no sea la de transportar pasajeros.

Entonces, si se ampliara al Transantiago el ámbito de aplicación de la normativa propuesta, ¿sería necesario modificar las bases de licitación? Ese es un aspecto que, lamentablemente, no se consideró.

De otro lado, señor Presidente , la Comisión pidió la opinión del Ejecutivo , la cual tampoco fue favorable.

En lo personal, no quiero basar mi posición en los mayores o menores tributos por recaudar, porque mucha gente que desarrolla actividades lícitas elude también el pago de impuestos. Tal vez este es un asunto menor desde el punto de vista humano.

Con respecto a mi aseveración de que a veces borramos con el codo lo que escribimos con la mano, debo manifestar que la iniciativa atenta, asimismo, contra otras disposiciones legales. Por ejemplo, infringe el artículo 51 del decreto supremo N° 212, de Transportes, del año 1992, que prohíbe el traslado de pasajeros de pie, porque los comerciantes y artistas trabajarán en esa forma; y también -como indicó la señora Senadora - otras normas como la transmisión de ciertos programas radiales en los medios de transporte público y que en algún momento susciten el rechazo de algún pasajero.

No olvidemos que, por la presión con que hoy se vive, mucha gente aprovecha de leer durante el viaje, y que los muchachos universitarios aprovechan de estudiar. Tales personas no pueden llegar y decir "me bajo", pues han tomado ese medio de transporte porque necesitan trasladarse. Además, como se suele manifestar, van "prisioneras" y deben aceptar la presencia de quien suba a vender un determinado producto.

Por esa razón, señor Presidente , como señaló un señor Senador, habría que regresar la iniciativa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, a fin de mejorarla. No obstante, lo veo bastante difícil, pues contraviene otras disposiciones legales que hemos dictado.

Reitero: conozco casos -no me pidan que los denuncie aquí- de comerciantes que, como una forma de eludir tributación, entregan mercaderías a los vendedores ambulantes con el objeto de aumentar sus utilidades. De ese modo, se pueden crear un sinfín de organizaciones absolutamente ilícitas.

Y aquí surge otro tema respecto de la aplicabilidad de la disposición legal.

Como sostuvo un Honorable colega, los alcaldes entregarán una autorización a estas personas para que puedan abordar los buses. Pero será el conductor quien determine si les permite subir o no. De tal manera que las credenciales que les darán los municipios no les servirán para nada si el chofer no las acepta. También puede ocurrir que este diga: "Bueno, lo voy a admitir en este viaje, pero usted me tendrá que dar el 5 o el 10 por ciento de lo que venda". O sea, este sistema creará un sinnúmero de situaciones bastante complejas que, a mi juicio, se podrían corregir si se envía de vuelta el proyecto a la Comisión. No hay ninguna disposición pequeña, mezquina, con este grupo de chilenos y me gustaría que se encontrara una solución -incluso, más respetuosa para ellos- al problema social que los aqueja.

Por esta razón, señor Presidente , votaré para hacer posible que la iniciativa retorne a la Comisión. En caso contrario, me pronunciaré en contra, tal cual lo hice en dicho órgano técnico.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Ávila.

El señor ÁVILA.-

Señor Presidente, el comercio ambulante, así como la actividad circense que se lleva a cabo en numerosas esquinas de las grandes ciudades, están constituidos por personas que hacen un esfuerzo, a veces desesperado, por no caer en el plano de la delincuencia.

Vistas así las cosas, a esos compatriotas no hay que dificultarles al máximo aquella labor que les permite ganar un sustento para sus familias. Al contrario, debemos ser comprensivos y entender que esta sociedad, de la cual formamos parte, ha convertido a los seres humanos en elementos desechables.

En ciertas circunstancias muchas personas no tienen posibilidad alguna de acceder a una fuente de trabajo. Entonces, no pueden sino dedicarse a la venta de las más diversas especies para sobrevivir.

Si se obstruye ese camino, entonces las estamos empujando a ser delincuentes.

Yo creo que en la conciencia de muchos de los Senadores aquí presentes, así como también en la de los Diputados, se ha generado un sentimiento, quizás, de lástima por tantas personas que, pudiendo desempeñar una labor útil se ven impedidas de hacerlo, sencillamente, porque cada vez son menores los espacios para que ellas accedan a una forma digna de ganarse la vida.

El asunto radica en que legislar acerca de este aspecto puede dañar todavía más la situación de esa gente. En lugar de abrir un campo que facilite una manera de ganarse la vida, el texto propuesto puede ser la fuente de muchas corrupciones. Estas surgen a propósito de la posibilidad que se otorga de conceder o no un determinado derecho.

La Senadora señora Matthei ya mencionó aquí algunas de las situaciones que podrían generarse. Estoy de acuerdo con que ese es un peligro.

Algo parecido acontece en muchos lugares, ya sea en Santiago o en otras ciudades del país, donde no hay semáforos y el tráfico es intenso. La gente se las arregla para ir buscando en forma práctica una salida a esas situaciones complejas. Pero basta que llegue un carabinero para que lo eche todo a perder. En la idea de ordenar el tránsito, lo que hace, a veces, es generar unos tacos gigantescos, bocinazos. En fin, un bochinche que nadie entiende. Me ha ocurrido muchas veces que sin saber qué pasa la respuesta surge de parte de alguno de los conductores: "Es que llegó un carabinero a `organizar'".

El señor NAVARRO .-

¡No lo dicen así...!

El señor ÁVILA.-

El Senador Navarro, con la agudeza que lo caracteriza, sostiene que en realidad no se expresan de esa forma, lo cual es exacto. Sin embargo, quiero que quede en la Versión Taquigráfica lo que yo he dicho.

Entonces, señor Presidente , tengo la impresión de que lo mejor que se puede hacer respecto del comercio ambulante es no penalizar. ¡Nada más! ¡Déjense de estar inventado leyes! ¡Este es un país que cree que todo se resuelve con una ley! Y no se dan cuenta de que apenas el texto normativo sale a la luz, ya se está inventando la manera de burlarlo o, simplemente, de dejarlo sin que cumpla sus efectos.

Un Senador mencionó aquí la idea de regresar el proyecto a la Comisión. De ser así, seguirá adobándose, tal vez en las mismas ideas y, quizás, surjan otras. Deseo alertar: cualquier legislación que tienda a crear mecanismos burocráticos respecto de este tema, estoy seguro de que hará más compleja la situación. Ello no redundará en beneficio alguno para las personas que se desea favorecer.

En conclusión, señor Presidente, hay veces, como en este caso, en que no legislar es lo mejor que se puede hacer.

Ocupémonos de que esa gente no sea tratada como delincuentes, porque no lo son. Es preciso hacer entender a las autoridades competentes, y particularmente policiales, que los vendedores ambulantes son chilenos que están buscando la última alternativa que les ofrece este sistema a fin de conseguir un sustento digno para ellos y sus familias.

Por eso, basta con no penalizar. ¡Punto! El proyecto guárdenselo, que no va a servir para nada.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, resulta extremadamente valorable que los trabajadores independientes ambulantes del transporte y anexos (SINTRALOC) se hayan organizado. A la Comisión asistió su Presidente , don David Peña . Un interlocutor organizado, visible, jurídicamente palpable constituye siempre una ocasión para abordar un problema cierto, y que muchos municipios han enfrentado de manera más bien represiva que disuasiva.

Los comerciantes ambulantes y los artistas callejeros han hecho un esfuerzo, han tratado de organizarse. Pero les requisan sus instrumentos de trabajo, los persiguen, les aplican impuestos y, en definitiva, les impiden ejercer su tarea.

Como se ha dicho aquí, la iniciativa busca generar condiciones a objeto de regularizar un sector laboral informal, a fin de facilitarles que trabajen para subsistir. No son empleos para hacerse rico, sino de subsistencia. El proyecto claramente busca aquello. El asunto es si lo logrará.

Considero necesario que los artistas, en particular, y también quienes desarrollan otro tipo de actividad, puedan ocupar espacios públicos acordes con las normas generales de los transeúntes o de los pasajeros y no en contravención a ellas. Lo que hoy existe es una situación caótica, discrecional.

Sin embargo, el proyecto no consigue establecer una situación más clara.

En primer término, porque radica en los conductores la capacidad de decidir si el artista o vendedor sube o no al bus. Lo señaló claramente el Senador señor Pizarro en la Comisión. Eso implica la eliminación de la prohibición para los choferes -contenida en el Nº 3 del artículo 91 de la Ley de Tránsito- de admitir a los vendedores ambulantes en sus vehículos. Sin embargo, es necesario precisar de quién dependerá dicha facultad. De acuerdo con los términos propuestos, será decisión de los conductores, aunque más bien recaerá en los propietarios el determinar si una empresa acepta que un vendedor o un artista suba al bus.

Más interesante que los artistas o los vendedores puedan abordar el transporte público es que sí generemos una legislación tendiente a administrar los bienes nacionales de uso público, las calles, las veredas, las plazas, donde igual tienen prohibición. No resulta coherente que los dejemos subirse a un bus, con todos los elementos que ello conlleva, y que no regulemos el que esos trabajadores puedan ejercer la misma función en espacios públicos permanentes. Es decir, le otorgamos derechos y facultades para abordar un bus -que transita-, pero, si ese mismo artista se instala en el Paseo Ahumada o en la Plaza de Armas , lo van a corretear, lo van a encarcelar, y le confiscarán sus instrumentos. Ello carece de sentido.

Al respecto, los pintores de la Plaza de Armas, y también el comercio callejero, han dado una pelea desde hace mucho tiempo.

Yo distinguiría entre los artistas, quienes desarrollan tareas de acrobacia, de magia, de canto, o cualquier tipo de expresión artística, y los vendedores. Porque estos últimos llevan a cabo una actividad formal. Los municipios otorgan permisos a ciudadanos que no tienen otra opción que ganarse el sustento a través de la venta de productos en circunstancias muy singulares. Me refiero en particular a los llamados discapacitados o personas con necesidades especiales.

En tal sentido, estaría por fortalecer el derecho que hemos intentado consagrar de manera permanente en la legislación en orden a que los discapacitados puedan ocupar esos espacios como una discriminación positiva frente a otros comerciantes.

Ello tampoco se encuentra avalado. Depende del humor, de la sensibilidad, de la solidaridad del alcalde. Si quiere les da permiso, si quiere los relega al último piso de un mall o al subterráneo, donde no venderán absolutamente nada.

Por lo tanto, primero regulemos que de modo excepcional los discapacitados, sean ciegos o con limitaciones físicas, puedan ocupar esos lugares para vender productos de forma no masiva, que les permita generar ingresos.

Por otra parte, informo a los colegas Senadores que presenté un proyecto que establece normas sobre la actividad de artistas que se instalan en veredas, calles y otros bienes nacionales de uso público. Porque ello no está regulado.

La situación más grave al respecto la tuvimos el verano pasado, cuando los pintores de la Plaza de Armas, que llevan 35 años ejerciendo su función allí, fueron expulsados. Se les pedía que pagaran impuestos, y como había una deuda alargada de aproximadamente 15 a 18 millones de pesos a la cual no pudieron dar cumplimiento, estuvieron desalojados durante largo tiempo. Les quitaron los toldos y debieron trabajar bajo el sol. No obstante, se organizaron, negociaron, y hoy han vuelto a la plaza. Pero me parece que ese es un derecho que una ley tendría que garantizar para todos los artistas.

En consecuencia, si se desea establecer derechos para personas que quieran ejercer el comercio o una labor artística -cualquiera que ella fuere- al aire libre, en lugares abiertos de uso común, y que dichas actividades sean toleradas, administradas y reguladas, y que no sean calificadas como ilegales, debiéramos preocuparnos de dichos espacios públicos. No es admisible que arriba de un bus los artistas puedan gozar de ciertos derechos y que en la plaza pública, en la calle, en la avenida, tales derechos no sean los mismos. No resulta coherente.

Por otro lado, reitero, los conductores van a decidir.

La actitud de los choferes ha experimentado una transformación radical. Hoy, en el Transantiago, a algunos no les importa si los usuarios pagan o no, les da exactamente igual. Existe una evasión de 40 por ciento. Estamos subsidiando en 20 mil millones de pesos mensuales al Transantiago, es decir, en 40 millones de dólares. Ello, sin que haya réplica para Regiones.

Hicimos las cosas mal. La gente no quiere pagar porque viaja en condiciones inadecuadas, realiza muchos transbordos, se demora más, se debe levantar más temprano. El resultado de la transformación y la llamada modernización fue pésimo. Algunos, con legítimo derecho, manifiestan su bronca, su rabia, y no pagan. Y otros, pudiendo pagar, no lo hacen. Reitero: existe 40 por ciento de evasión. Teóricamente es el chofer quien tiene que custodiar que la gente cumpla con tal obligación, pero no interviene. No se quiere ganar un mal rato. Y, además -seamos francos-, si lo hace, corre el riesgo de que lo agredan.

Dado lo anterior, si se estableciera el derecho en comento, no me parecería adecuado que fueran los conductores quienes resolvieran, porque sería muy discrecional, y se podrían dar varias de las figuras que ya se han señalado. No quiero repetir lo relativo al medio pollo en los puertos, cuando existía el carné para ingresar a él y quienes lo poseían llevaban un medio pollo y cobraban la mitad sin pagar nada.

Asimismo, señor Presidente, es preciso señalar que los pasajeros no han sido consultados.

Aquí existen dos actores.

Por una parte están los choferes, que son los guardianes al decir: "Tú pasas. Tú no entras". Pero no se les ha pedido su opinión al respecto. En el informe no se consigna el pensamiento de ninguna federación o confederación de conductores del transporte público acerca de la materia en análisis. Y existen decenas de sindicatos y federaciones.

Yo deseo saber la opinión de quienes van a decidir. Porque si se aprueba la ley en proyecto y los choferes resuelven que no van a aceptarla, en circunstancias de que la norma consagra que la voluntad de ellos es discrecional, la ley habrá fracasado.

Por otro lado, es preciso que exista al menos una encuesta, no solo de origen y destino o de tiempos de viaje, sino también de facilidades y cualidades del tipo de transporte. Creo que los pasajeros debieran ser consultados. Porque si estos apoyan la medida, constituye un punto a favor importante. Pero, si la rechazan, habrá que pensar en cómo solucionar el problema de ingresos y de actividad laboral, buscando otro espacio.

Volviendo a lo manifestado hace un momento, pediré el apoyo de los señores Senadores a fin de estudiar el proyecto que presenté. Me parece del todo coherente establecer normas para regular las actividades artísticas -las comerciales ya lo están- en bienes nacionales de uso público.

En definitiva, se trata de un proyecto bien intencionado, que apunta a un problema real. Pero, como adolece de problemas jurídicos y ciudadanos, me parece prudente que vuelva a Comisión con el fin de enriquecerlo y procurar el logro del objetivo para el cual fue diseñado por los Diputados que lo presentaron.

He dicho.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

En la primera discusión, ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

--El proyecto queda para segunda discusión.

2.3. Discusión en Sala

Fecha 17 de junio, 2008. Diario de Sesión en Sesión 27. Legislatura 356. Discusión General. Se aprueba en general.

CONCESIÓN DE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

--Los antecedentes sobre el proyecto (4332-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 28ª, en 21 de junio de 2007.

Informe de Comisión:

Transportes y Telecomunicaciones, sesión 25ª, en 10 de junio de 2008.

Discusión:

Sesión 26ª, en 11 de junio de 2008 (queda para segunda discusión).

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Cabe recordar que la discusión de este proyecto se inició en la sesión del miércoles 11 recién pasado, oportunidad en la que se informó que la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones rechazó la idea de legislar en esta materia por tres votos en contra (Senadores señora Matthei y señores Cantero y Novoa) y una abstención ( Senador señor Pizarro).

Corresponde señalar que en esa sesión el Comité del Partido Socialista solicitó segunda discusión respecto de esta iniciativa.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.

El señor GAZMURI.-

Señor Presidente, esta es una iniciativa muy simple, que pretende resolver un problema importante que afecta a muchos trabajadores ambulantes, sobre todo de las principales ciudades del país -ellos han constituido una organización bastante seria: el Sindicato Nacional de Trabajadores Independientes Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC)-, y que básicamente apunta a intentar formalizar esta actividad.

Sabemos que el comercio ambulante es una realidad que ocurre en nuestro medio, que tiene que ver con distintos factores, en especial con las dificultades que presenta el mercado laboral para la inserción de muchas personas en él. Y aquí de lo que se trata es de formalizarlo a través de la identificación, de la generación de un registro, de la resolución de los temas impositivos, a fin de que estos trabajadores independientes puedan tributar de alguna manera, exhiban una adecuada individualización -incluso ya la tienen-: uniforme, fotografía, etcétera. Y, por tanto, creo que el proyecto apunta en una muy buena dirección.

A mí me sorprendió la diferencia de criterio que se produjo entre las dos Comisiones técnicas: la de la Cámara y la del Senado. Se hicieron observaciones al proyecto -algunas de ellas las comparto-, por ejemplo, las que dicen relación al reglamento y al organismo calificador del registro de los vendedores sujetos a este proceso de formalización. En el texto aprobado por la Cámara, esta responsabilidad se entregaba a las municipalidades. Se han estado trabajando ciertas indicaciones alternativas: podría ser algún otro organismo, podría elaborarse un reglamento más estricto, en fin.

El proyecto es factible de ser mejorado. Como he dicho, apunta en una muy buena dirección y creo que sería muy complicado que nosotros desalentáramos los intentos de generar trabajos decentes, regulados, reconocidos y que cumplan también, en el caso del comercio ambulante, con el debido aporte impositivo, de patentes y demás.

Señor Presidente , invito a la Sala -porque entiendo que estamos en la discusión general, a pesar de que la iniciativa es muy corta- a aprobar la idea de legislar respecto de este proyecto, a fin de que la Comisión pueda hacerle los mejoramientos necesarios -a mi juicio, ellos son posibles- o, en su defecto, a enviarlo nuevamente a la Comisión, para que en ella se estudien las modificaciones que se pretenda introducir. Porque, en mi concepto, la alternativa del rechazo constituiría una muy mala señal. Ello nos obligaría a ir a una Comisión Mixta, donde de todas maneras vamos a tener que discutir el fondo del asunto.

En suma, señor Presidente, creo que lo mejor para el Senado es que aprobemos en general el proyecto, de manera que la Comisión pueda mejorarlo y adecuarlo al tratarlo en particular, o, derechamente, que lo devolvamos a ella para un nuevo informe.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA .-

Señor Presidente, en la Comisión de Transportes oímos prácticamente a los representantes de todas las entidades o agrupaciones relacionadas con la materia -Impuestos Internos; Ministerio del Interior, que había planteado reparos a este texto legal; sindicato de trabajadores ambulantes, y, también, agrupaciones de microbuseros- y llegamos a la conclusión de que la iniciativa presentaba una cantidad enorme de inconvenientes.

Ninguno de los problemas que se han planteado acá está resuelto. El proyecto entra en conflicto con otras normas de la Ley de Tránsito, que tendrían que modificarse, como las que impiden transportar pasajeros de pie o poner música, en fin.

El Senador señor Gazmuri me mira con una cara..., pero lo que pasa es que este proyecto no se refiere solo a los buses que andan por Santiago, sino también a los interurbanos, que son miles, y hay una cantidad de dificultades tremendamente graves.

Más aún, nosotros pensamos que, con el propósito loable de formalizar una actividad, en la práctica se están creando muchos más problemas.

En lo personal, no tengo inconveniente en que el proyecto vuelva a la Comisión. Pero quiero señalar que ella hizo un estudio muy a fondo. Por lo tanto, no se trata de que lo hayamos mirado en forma ligera. Yo creo que si se opta por esa alternativa vamos a demorar más el trámite. En mi opinión, si se rechaza y va a una Comisión Mixta ahí será el momento de dar una solución definitiva a este asunto.

Por tanto, insisto: no tengo objeción si la Sala quiere que la iniciativa vuelva nuevamente a Comisión. Pero sí advierto que en ella tuvimos dos, tres o más reuniones, que entrevistamos a todas las personas que tenían algo que decir sobre la materia y que nos encontramos con una oposición bastante fundada, tanto del Ministerio del Interior como de Impuestos Internos, del Ministerio de Transportes y de quienes operan microbuses urbanos y rurales.

Gracias.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.-

Señor Presidente, deseo reiterar de manera muy breve los argumentos que ya di en contra de este proyecto en la sesión anterior.

El fondo de la iniciativa es muy loable. El objetivo que busca es realmente positivo. Nadie lo puede poner en cuestión. El problema es que su aplicación, como lo dicen el Gobierno y Senadores de la propia Concertación, es muy compleja. ¿Por qué? Ante todo, porque rompe leyes vigentes. Están la cuestión de los pasajeros de pie, la de los ruidos, la de la obligación de quien sube a un medio de transporte de pagar su pasaje, etcétera.

Ahora, lo más grave es la generación de condiciones para que, por un lado, se produzcan vicios de evasión tributaria, y por otro, se rompa el encadenamiento que permite un control sobre el IVA, pues, sin duda, se incentivan ciertos abusos de proveedores que por esa vía quebrarían el proceso de fiscalización que lleva a cabo Impuestos Internos.

Ahora, estos argumentos no son míos, sino del Ejecutivo. Los representantes del referido Servicio vinieron a plantear precisamente aquel punto.

¿Qué nos expresaba el Ministro del Interior subrogante? Que la ley en proyecto provocaría graves problemas de seguridad ciudadana. Primero, porque el alcalde daría las tarjetas en comento, que tendrían aplicación más allá del ámbito de su comuna, e incluso, de su región, pudiendo aun alcanzar proyección nacional. Y segundo, porque no existe ninguna fórmula que posibilite la acreditación de los documentos mencionados; no hay cómo validarlos.

De otra parte, la autoridad gubernativa señala que existe una vinculación entre el comercio en cuestión y algunos abusos o excesos que se cometen, o en los medios de transporte, o en los terminales, argumento que fue ratificado por el presidente de los servicios de transporte público interprovincial.

Es muy larga la enumeración de los inconvenientes que presenta el proyecto. Ninguno de ellos ha sido resuelto. Y lo más grave es la formalización de un mecanismo que permite romper -repito la argumentación del representante del Servicio de Impuestos Internos- la política que diversos gobiernos han implementado, con éxito hasta ahora, para evitar la evasión tributaria y, particularmente, el quiebre del control sobre el impuesto al valor agregado.

Esos son, a mi entender, argumentos más que convincentes para no aprobar el proyecto en debate, señor Presidente.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Corresponde el uso de la palabra al Honorable señor Letelier, quien no se halla en la Sala.

Señores Senadores, hay dos propuestas acerca de este proyecto.

Una de ellas, formulada por el Honorable señor Gazmuri, es para volverlo a Comisión.

¿Les parece a Sus Señorías someterla a votación?

Acordado.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Los señores Senadores que voten que sí lo harán para que el proyecto vuelva a Comisión; aquellos que voten que no, para que no vuelva.

El señor PIZARRO.-

¿A qué Comisión?

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

A la de Transportes.

El señor PIZARRO.-

No. En la sesión anterior, los colegas Gazmuri y Letelier plantearon pasarlo a la de Trabajo, con lo que estoy de acuerdo.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

No fue esa la solicitud. El Honorable señor Gazmuri pidió volver la iniciativa a la Comisión de Transportes.

Estamos en votación.

El señor LETELIER.-

Yo y otros Senadores habíamos pedido la palabra, señor Presidente.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Resultado de la votación: porque el proyecto no vuelva a Comisión, 12 votos; porque vuelva, 11.

Votaron por la negativa la señora Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Cantero, Gómez, Kuschel, Longueira, Novoa, Orpis, Pizarro, Prokurica y Sabag.

Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Gazmuri, Girardi, Horvath, Letelier, Naranjo, Navarro, Núñez, Ominami, Ruiz-Esquide y Vásquez.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

En consecuencia, la iniciativa no vuelve a Comisión

Senador señor Letelier, usted me pidió la palabra, pero no se encontraba en la Sala cuando llegó su turno.

El señor LETELIER.-

Quería dar una opinión sobre el proyecto, que, según entiendo, aún no se ha votado.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Se votó la solicitud de enviarlo a la Comisión de Transportes, que fue rechazada.

Ahora corresponde pronunciarse sobre la idea de legislar.

La Honorable señora Matthei pidió abrir la votación.

¿Le parece a la Sala abrirla?

--Así se acuerda.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

En votación general.

--(Durante la votación).

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Senador señor Letelier, tiene la palabra para fundar su voto.

El señor LETELIER .-

Señor Presidente, voy a pronunciarme a favor del proyecto.

Quiero partir diciendo que me sorprende que, tratándose de los sectores de la economía que tributan por renta presunta, no escuchamos al Director de Impuestos Internos hablar de elusión ni de evasión tributaria.

Aun más, muchos miembros de esta Corporación procuran hallar medidas especiales, legítimas, necesarias, por ejemplo, para los taxis colectivos, que suman más de 140 mil, que forman parte de un sector que no paga impuestos, que no declara sus ingresos. Y para eso no tenemos problemas. ¿Por qué? Porque se trata de gente que cumple una función pública y a la que se presume honesta (yo creo que lo es).

Ante las decenas de miles de personas que trabajan en el transporte escolar, que no declaran impuestos, que cumplen una función social y que también son honestas, Impuestos Internos nada pregunta. Pero sí he escuchado a varios Senadores -me incluyo entre ellos- plantear la necesidad de buscar una solución a esa gente para que no pierda competitividad, para que no se reduzcan los empleos que genera, para posibilitarle alimentar dignamente a su familia.

En el sector agrícola, uno podría dar múltiples ejemplos de personas que declaran por renta presunta. ¿Y se apegan a los datos exactos? No.

Uno entiende, señor Presidente, que se trata de gente que se gana la vida con dignidad, que cumple una función social y que genera fuentes ocupacionales de gran valor para la comunidad.

Sin embargo, cuando hoy se plantea un proyecto de ley que beneficia a familias asimismo honestas que quieren ganarse la vida dignamente, legalmente, esforzadamente, algunos levantan la voz y dicen: "¡Ah! ¡Impuestos Internos está preocupado!".

Entonces, a ellas no debe buscárseles una solución. ¡No! Según algunos, hay que cerrarles las puertas, negarles el derecho al trabajo, a un trabajo que tiene que ver con el paisaje, la cultura y las tradiciones de nuestro país.

Uno podrá, señor Presidente , si existe voluntad política, buscar una salida para que los trabajadores referidos en el proyecto se formalicen aún más. Ellos nunca se han opuesto a hacerlo; jamás lo han cuestionado. Están dispuestos a organizarse tal como se lo pidió la autoridad; a formalizarse, en la medida que esta les indique cómo hacerlo, y a pagar patente.

El problema no radica en que dichos trabajadores pasen la frontera de una comuna u otra. Uno podría encontrar alguna estructura de patente. El profesional -lo digo con todo respeto- que paga patente en Santiago (un arquitecto, por ejemplo) ejerce igual en otras comunas. Por lo tanto, la falacia de que aquellos no pueden realizar su actividad en otro territorio comunal, en el fondo, no hace más que reflejar una falta de voluntad política.

La bancada de Senadores socialistas y la mayoría de los Diputados somos partidarios -y estoy seguro de que otros colegas de la Cámara Alta se hallan en igual posición- de buscar una solución para que las personas a quienes se procura beneficiar puedan trabajar con dignidad.

Lamento de veras, señor Presidente, las voces levantadas aquí por algunos que quieren quitar el derecho al trabajo a muchas familias e intentan tratar como delincuentes a gente digna que hoy nos acompaña en las tribunas.

Voto que sí.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.

El señor ÁVILA.-

Señor Presidente , el rechazo que se pueda efectuar a esta iniciativa no envuelve en absoluto una condena a los vendedores ambulantes del más diverso tipo que día a día intentan, por todos los medios, ganar en forma digna el sustento para sus familias.

Lo que debe hacerse es no penalizar su actividad. Someterla al capricho de los alcaldes y a un sistema burocrático de otorgamiento de permisos puede resultar un remedio peor que la enfermedad. Es muy posible que por esta vía se consagren discriminaciones, que se distorsione por completo el sentido de la iniciativa y que surjan problemas de mayor magnitud que los que hoy se confrontan.

Creo que la sociedad chilena y, en particular, sus autoridades deben ser muy conscientes de que en nuestro país tiene vigencia un sistema que convierte a los seres humanos en elementos desechables. Diariamente vemos cómo numerosos compatriotas quedan al margen de toda posibilidad de acceder a un empleo digno. Y las razones son de la más diversa índole. Pero hay una fundamental: la creciente monopolización de la economía está llegando a un punto límite.

Ayer nos sacudimos de una dictadura política. Pero hoy Chile avanza cada vez con mayor celeridad hacia una dictadura económica. Y esta la sufren no solo los habitantes más modestos, sino también pequeños y medianos empresarios que han pasado a ser esclavos de grandes centros de poder que, a través de las megatiendas, de los megamercados, de las megafarmacias, van consolidando a su favor un esquema monopólico que establece reglas propias, al margen de las que rigen en el país. Y los abusos son cada día más manifiestos.

En ese contexto, la regulación de la actividad que desarrollan los vendedores ambulantes me parece más una amenaza que la conquista de derechos.

Tal como lo dije en la sesión anterior en que se trató esta materia, hay que lograr que a ninguna autoridad se le ocurra perseguir a los vendedores ambulantes, porque son chilenos dignos que están intentando ganar el sustento afirmándose en un espacio cada vez menor que aquel en que es posible llevar a cabo una actividad legítima.

Mientras se les estrechan los espacios a esas personas, se están creando condiciones para que muchas de ellas no tengan más alternativa que el campo delictual.

A eso parecen empujar a esa gente muchos que no miran el fondo del problema y solo atienden a los aspectos formales, vistosos. Pretenden despejar las ciudades y sus centros neurálgicos de algo que les incomoda. Porque la presencia de vendedores ambulantes es el signo de una sociedad que no da espacio para que la gente gane el sustento en forma digna.

La tarea no es ocultarlos artificialmente; no es poner un manto para que no se vean, sino asumir tal realidad, proteger a esas personas y permitirles llevar a cabo su honesta actividad.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Pido al público abstenerse de realizar cualquier tipo de manifestaciones. De lo contrario, me veré obligado a ordenar el desalojo de las tribunas.

Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.

El señor GAZMURI.-

Señor Presidente, a mi juicio, la cuestión es muy simple.

Primero, el comercio ambulante existe. Estoy de acuerdo con el Senador que me precedió. Y entiendo que después de su alocución va a votar a favor del proyecto, no en contra.

El señor ÁVILA .-

¡No entendió nada de lo que dije...!

El señor GAZMURI.-

Señor Senador ...

El señor ÁVILA .-

Parece que Su Señoría no estuvo atento.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Ruego evitar los diálogos.

Continúe, Honorable señor Gazmuri.

El señor GAZMURI.-

Señor Presidente , aquí se procura formalizar. Esa es toda la cuestión.

El señor VÁSQUEZ .-

¿Formalizar a quién?

El señor GAZMURI.-

A los vendedores ambulantes. Porque se trata de una actividad que existe, legítima -como se ha dicho-, realizada por gente de esfuerzo que, además, se ha organizado y ha suscrito acuerdos con distintas autoridades.

Por lo tanto, me parece muy insólito que cerremos tal posibilidad y votemos en contra de esta iniciativa. En verdad, no lo entiendo.

Ciertamente, hay objeciones técnicas y burocráticas. Porque también debemos entender que a veces los organismos burocráticos del Estado no desean más problemas o no quieren resolver los existentes, pues son conservadores y les cuesta lo nuevo.

En este caso hay una voluntad clara de los referidos trabajadores de formalizarse, de organizarse. Están disponibles para pagar patente; igualmente, para corregir los aspectos aún discutibles del proyecto y apoyar lo que se resuelva acerca de ellos.

Existe, en efecto, una cuestión vinculada con el registro. Yo la planteé. Puede no ser la mejor idea su carácter municipal. Habrá que estudiarla. Existen diez o más fórmulas alternativas: registros regionales, reglamento de la Dirección del Trabajo, en fin. Discutámoslo.

Los problemas tributarios -lo dijo aquí el Senador señor Naranjo - son todos solucionables. Mucha gente tiene sistemas tributarios específicos.

Entonces, no entiendo las objeciones que llevan a votar en contra el proyecto.

Los aspectos relativos a la seguridad, con la actitud de los trabajadores y de sus sindicatos, se resuelven de muy buena manera. Existen un registro, uso de uniforme, identificación personal con foto del interesado. Y hay detrás una organización responsable. ¡Es evidente que ello aumenta la seguridad!

Ahora, al parecer, el Subsecretario dijo que aquella disminuía. ¡No veo cómo puede disminuir cuando se formaliza la actividad!

Estoy de acuerdo en que es posible hacer mejorías. Pero no considero razonable, sobre todo si queremos dar oportunidad de trabajo decente y reconocido a gente de esfuerzo, que se vote en contra del proyecto.

Así que, obviamente, me pronuncio a favor de la idea de legislar.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, tal como lo expresé la semana pasada, el proyecto apunta en la dirección correcta de otorgar mayores grados de dignidad a una actividad que existe y que, de no ser reconocida, continuará en un ámbito donde solo es objeto de arbitrariedades, de represión, lo que no resuelve el problema.

Se intenta, por ende, su regularización. Y si bien vamos a formalizar la actividad de artista o de vendedor ambulante para que se ejerza al interior de los vehículos de transporte público, resulta paradójico prohibirla en tierra, en términos de que no pueda llevarse a cabo en las plazas, en las calles, y los alcaldes persigan a quienes la desarrollan.

Cuando pedimos que el proyecto volviera a Comisión, fue para posibilitar debatir por qué la autorización que vamos a conceder para realizar el trabajo en comento dentro de un medio de transporte público no se hace extensiva a quienes desarrollan igual actividad en la calle. Porque esta va a continuar. Y cada día existe mayor agresión. Carabineros, por expresa instrucción de muchos alcaldes, decomisa la mercadería a los vendedores ambulantes y corre para detener a los artistas y confiscarles sus instrumentos.

El conflicto más visible se registró, durante el verano pasado, entre la Municipalidad de Santiago y los pintores instalados en la Plaza de Armas, a quienes se pretendía obligar a pagar un tributo -imposible de cancelar, por su elevado monto-; de lo contrario, se les amenazaba con desalojarlos del lugar.

Otro aspecto que, de aprobarse la iniciativa, quedaría pendiente dice relación a la facultad de los conductores para permitir la actividad comercial o artística al interior de los vehículos de movilización colectiva.

De la lectura del informe se desprende que fueron consultados todos los actores involucrados, menos ellos, no obstante disponerse que el ejercicio de dicha labor dependerá de su voluntad.

Por lo tanto, me habría gustado conocer su opinión, porque si no se encuentran incentivados para esos efectos o existe una política, de parte de los dueños de buses o de las grandes empresas del Transantiago, que se halla licitado, en orden a no admitir a vendedores o artistas, la futura ley será letra muerta.

En tal sentido, las reglas de comportamiento de estos últimos trabajadores al interior del bus, articulado o de cualquier naturaleza, deben ser concordantes, claramente, con el rol que cumplen los conductores. Y como estos no participaron en el debate de la iniciativa en la Comisión, me preocupa que puedan adoptar una actitud no coherente con lo que hemos expresado.

Por eso, señor Presidente , insisto en que es necesario aplicar un criterio como el que propongo en un proyecto de ley que se halla en trámite en la Comisión de Educación, tendiente a regular la ocupación de los bienes nacionales de uso público, que son de todos los chilenos.

Así ocurre en Europa. Y a raíz del conflicto con los pintores de la Plaza de Armas nos preguntábamos por qué en París, en Roma, en Madrid, se permite a los artistas desempeñarse en esos espacios reguladamente, en convenio con la respectiva municipalidad, y no en Santiago. Aquí se les persigue, se les echa encima a Carabineros. En verdad, no comprendíamos que esa situación se hallara normada en ciudades modernas a las cuales deseamos parecernos cada día más y que nosotros no lo hiciéramos.

Entonces, habría sido positivo un segundo debate en esa línea, con el propósito de fortalecer la iniciativa y garantizar que sus disposiciones se cumplan en forma adecuada.

Votaré a favor, señor Presidente, porque me parece que el texto en debate se orienta en la dirección correcta.

Sin embargo, hago notar que algunos de los aspectos recién señalados quedarán pendientes y se requerirá resolverlos durante la discusión del proyecto de ley de mi autoría a que hice mención. Ello, a fin de evitar el hecho paradójico de que los alcaldes podrán autorizar la actividad tanto de vendedores como de artistas callejeros al interior de los buses de locomoción colectiva, y no así en las plazas, calles y otros bienes nacionales de uso público.

Tales artistas muchas veces presentan creaciones propias, lo cual se inscribe en el mismo espíritu con que el Congreso, afortunadamente, despachó la Ley del Circo, mediante la cual contribuimos a ratificar y dignificar una actividad histórica en nuestro país, así como a regularizar su desenvolvimiento de acuerdo con los municipios.

Reitero que me pronunciaré a favor. Y espero que se puedan abordar las cuestiones pendientes, con el fin de que el cuerpo legal en proyecto sea verdaderamente eficaz.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.-

Señor Presidente, en primer término, quiero consignar que me preocupan y juzgo lamentables las expresiones de ciertos señores Senadores en orden a tratar de imputar falta de voluntad política a quienes integramos estas bancadas.

En segundo lugar, la aseveración de que se pretende quitar el derecho al trabajo constituye una interpretación antojadiza.

Deploro que quien hace un rato pedía respetar la actitud de algunos parlamentarios incurra, breves minutos después, en exabruptos que a mí, por lo menos, me resultan una falta de consideración.

¿A qué se hace referencia al hablar de "sectores que buscan proteger intereses ocultos"? Porque si alguien sabe de eso, debe hacer la denuncia pertinente; si no, se convierte en cómplice.

Deseo subrayar que el cementerio está lleno de personas que abrigaron buenas intenciones. El proyecto fue pésimamente formulado. Y no lo dice solo el Senador que habla: basta leer las intervenciones de los propios parlamentarios de la Concertación.

El texto está lleno, en efecto, de buenas intenciones, pero es complejo en su aplicación, pues, aparte de otros problemas, le entrega la resolución al chofer. ¡Miren qué lindo...! ¡Qué cómodo...!

Y el alcalde también decide si da o no la tarjeta, con un manejo discrecional y, sin duda, político.

¿Qué dijo un Honorable colega? Que los vendedores, a pesar de contar con la autorización municipal respectiva, dependerán únicamente de la voluntad del chofer.

¿Qué dijo el Presidente de la Comisión de Seguridad y Antidelincuencia de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo? Que esto va a permitir un exceso de comercio ilegal.

¿Qué dijo el representante oficial de Ejecutivo ? El Subsecretario del Interior subrogante señaló, clara y categóricamente -voy a leerlo para que no haya ningún error-, lo siguiente: "el Ejecutivo está en contra de esta iniciativa legal, cuyo enfoque, según los autores de la Moción está equivocado al situarlo en la lógica de solucionar un problema social, sin embargo, su aplicación no lo soluciona y genera otros problemas de índole social.".

¡Eso no lo dicen parlamentarios de estas bancadas...! Lo dice el representante del Gobierno que concurrió a la Comisión...!

El señor NARANJO .-

Esa persona está equivocada.

El señor CANTERO.-

Entonces, ¡por Dios!, vayan a persuadirlos a ellos y no nos supongan a nosotros intenciones que no tenemos.

Y, más adelante, el Subsecretario agrega: "Desde el punto de vista del Ejecutivo , en este caso" -¡escuchen, por favor!- "solo se produce la legalización de una informalidad completa, porque más que una autorización municipal se debería exigir que aquel que desarrolle una actividad lucrativa de esta naturaleza pague las patentes correspondientes". Y sigue con un largo detalle.

¿Qué dijo el señor Alberto Cuevas , de la Subdirección de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos? Que "en consideración a los instrumentos de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos existe preocupación por lo que pudiera significar esta actividad comercial en relación con los esfuerzos que desarrolla el Servicio en el combate de otras actividades que generan serios problemas desde el punto de vista del Impuesto al Valor Agregado".

¡No se trata de una argumentación nuestra, señor Presidente y señores Senadores ...! ¡Es del representante del Servicio de Impuestos Internos que concurrió a la Comisión, en nombre del Gobierno, para dar su opinión en torno al proyecto..!

Y podría seguir repitiendo una serie de otros razonamientos.

¿Qué dijo, por ejemplo, otro representante del Ejecutivo: el señor Manuel Navarrete , Jefe de la Oficina de Fiscalización de Comercio Clandestino del mismo Servicio? "En consecuencia, todo el esfuerzo que ha realizado el Servicio de Impuestos Internos en esta materia, en conjunto con otros organismos, se verá afectado puesto que esta iniciativa legal apunta a formalizar lo informal, produciendo un problema tributario" de proporciones.

¡Es muy fácil fijar cargas a terceros! Porque, en el fondo, se está imponiendo una carga tanto a los dueños de los buses como a los choferes.

¿Y qué dijo el Presidente de una de las federaciones gremiales del transporte? Que está totalmente en contra de la iniciativa, primero, por los efectos que provoca, y segundo, porque contraviene una serie de normas legales reguladoras de la actividad de su sector.

Para concluir, que no se vengan a lavar las manos algunos señores Senadores -entiendo que es muy simpático parecer populista ante el público en las tribunas, particularmente cuando hay aplausos-, por cuanto casi todos los argumentos que leí son de personas de la Concertación que concurrieron al Parlamento en representación del Gobierno.

Nosotros compartimos las preocupaciones expuestas. Y estamos dispuestos a buscar las mejores soluciones, porque entendemos que aquí hay un problema social que genera consecuencias económicas y tributarias.

Ojalá podamos lograr una decisión satisfactoria. Pero el proyecto, por esta vía, no conduce a ningún resultado práctico.

Estoy cansado de buenas intenciones que han terminado en desastres.

Estoy cansado de buenas argumentaciones en el Congreso, en materia de educación, de salud, de transporte, que han finalizado en un fracaso.

No estoy dispuesto a ser solidario con ninguna de las ineptitudes que he observado en el desarrollo de ciertas ideas o en la aplicación de determinados conceptos, pues terminan siendo gravosos y dañinos para la gente y para aquellos a quienes se desea beneficiar.

Votaré en contra.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

A continuación se halla inscrito el Senador señor Letelier.

No se encuentra en la Sala en este momento.

Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señor Presidente, en la sesión pasada intervine respecto del proyecto, que, como bien se ha dicho acá, obedece a buenas intenciones y refleja la voluntad de formalizar y legalizar la actividad de quienes se ven obligados a trabajar en el comercio ambulante sin ningún tipo de garantía o derecho reconocido. Lo que se plantea derechamente es la posibilidad de dar autorización para que se cumpla esa labor en el transporte público.

A mi juicio, la idea es buena -y así lo manifesté en la Comisión-, pero el problema radica en que el texto que nos ocupa presenta más interrogantes que soluciones. Y ello se ve agravado por el parecer negativo de otros actores importantes, como los representantes de las instituciones que podrían concurrir de manera positiva a ayudar a que este sector de la economía se formalizara. Me refiero a los municipios, al comercio establecido, a los servicios encargados de fiscalizar la actividad económica y al Ejecutivo , sin dejar de lado los aspectos de seguridad.

Aquí hay una propuesta, además, de un grupo de trabajadores organizados que estuvieron presentes en la Comisión y que, junto con algunos Diputados, han planteado la iniciativa, la cual, repito, busca legalizar la actividad de los primeros, formalizarla y brindarles la oportunidad de actuar con grados de normalidad y no en la situación en que lo hacen permanentemente.

Tal como lo expuse la semana pasada, en el debate en la Comisión fueron negativas al proyecto todas las posturas y opiniones, salvo las del propio sindicato. Pero igualmente dije, con mucha franqueza, que no se podía rechazar así como así -fue la razón por la cual me abstuve en el órgano técnico-, porque es posible mejorarlo. Es preciso buscar fórmulas o mecanismos, en una nueva discusión, que puedan corregir varios de los problemas que se han señalado.

No es posible entregar al conductor la responsabilidad de permitir o no que suban a un micro los ambulantes que cuenten con una autorización. Eso es dejar en letra muerta el texto de que se trata o entregarlo al libre arbitrio de una persona que no sabemos si andará o no de buen ánimo. Creo que es un elemento muy negativo. No se le puede dar al chofer de un bus, que ni siquiera es suyo, la facultad de decidir si alguien puede o no ejercer, en ese medio de locomoción pública, un trabajo autorizado por otra instancia, como los municipios.

Y no se puede abrir la posibilidad de entregar esas autorizaciones a estos últimos, porque aquí se ha dicho claramente que ello se puede prestar para mil y una situaciones.

Tampoco cabe pensar que todos los trabajadores ambulantes van a estar organizados o que a todos se les podrá exigir que pertenezcan a una entidad que responda por sus miembros, a fin de evitar las dificultades objetivas en materia de seguridad. No podemos hacernos los lesos respecto de estos problemas, pues existen, y los propios vendedores ambulantes son los primeros en reconocer esa realidad y los más interesados en que no se les confunda con la delincuencia.

En mi concepto, correspondía haber enviado la iniciativa a la Comisión de Trabajo para buscar fórmulas distintas que permitieran avanzar en la legalización de quienes laboran en este nivel de informalidad.

No obstante, el Senado decidió algo diferente, y, por lo tanto, estamos abocados a aprobar o rechazar el proyecto.

Por mi parte, señor Presidente , voy a cambiar la abstención que manifesté en la Comisión y me pronunciaré ahora a favor de la idea de legislar, para hacer posible que en una segunda discusión se corrijan las cuestiones de fondo. Mientras exista una oportunidad de que este sector se legalice y formalice, debemos tratar de colaborar para que sea aprovechada, con buena voluntad, con imaginación. Y para tal efecto debe mediar también un esfuerzo de la institucionalidad del Estado, que ha sido tremendamente negativa para encarar la iniciativa.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero destacar la cantidad de tiempo que pasan las personas en los buses, particularmente en las grandes ciudades.

En segundo término, si uno mira el asunto con una perspectiva histórica, verá que siempre han existido trovadores, comerciantes ambulantes. Basta concurrir a una procesión o presenciar la de la Virgen de Lo Vásquez, por ejemplo, para observar una actividad comercial que satisface las más variadas necesidades de los participantes. Ello es así por mediar una demanda.

En seguida, no me parece bien presentado el proyecto. La eliminación, en forma simultánea, de las referencias a los "desaseados" y a "cualquier clase de comercio en el vehículo" constituye una mezcla que, incluso, podría estimarse como algo irrespetuoso.

Lo referente a quién va a tomar la decisión: el conductor, la línea o los pasajeros, es un asunto que debe ser analizado. Es preciso que se den determinados requisitos.

Respecto de la formalización se requiere un particular cuidado, porque aquellas que exige el Servicio de Impuestos Internos o cualquier autoridad fiscalizadora puede dejarlos a todos fuera.

En un área distinta, tenemos el caso de cerca de 200 mil personas que proveen leña, sobre todo en el centro sur y la zona austral, habiéndose exigido una certificación por el producto seco y el manejo adecuado del bosque, para llegar, finalmente, a la formalización del sector. Pero esto último significa también contar con crédito, con capital, para mantener una cantidad de madera inmovilizada y poder generar una condición virtuosa en el sentido de disminuir la contaminación.

Formalizarlos es prácticamente liquidarlos. Y ese es un punto que no podemos escabullir.

Lo otro es una cuestión de procedimiento. Si en el Senado rechazamos el proyecto, este irá a una Comisión Mixta, con lo cual nos quedaría un área de maniobra casi igual a cero.

Lo que corresponde -y por eso voy a votarla favorablemente- es que la iniciativa se perfeccione en la discusión particular en la Comisión. Y si se ha escuchado a todo el mundo, que este sea vuelto a escuchar, sobre la base de las intervenciones y los antecedentes nuevos que han surgido aquí, a fin de evacuar una buena normativa.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Gómez.

El señor GÓMEZ .-

Señor Presidente, la verdad es que la moción es bastante simple desde el punto de vista técnico. Se elimina, en el Nº 3 del artículo 91 de la ley 18.290, la frase "o cualquier clase de comercio en el vehículo", y se establece un artículo 91 bis.

Y varios temas son difíciles de abordar. Porque, efectivamente, lo que leyó el Senador señor Cantero se consigna en la discusión en la Comisión. Además, existe una serie de opiniones contrarias a lo que se plantea.

Sin perjuicio de ello, parece que lo razonable es aprobar en general el proyecto e intentar, mediante las indicaciones que se le formulen, mejorar su texto.

En mi opinión, falta aclarar, fundamentalmente, cómo va a operar el sistema. Porque se establece que se dará una autorización municipal y que se portará un carné con una foto, pero, en definitiva, el que va a permitir subir o no a un bus será el chofer. No se contempla un reglamento y no se dice cómo se van a entregar las distintas autorizaciones.

Entonces, señor Presidente , el proyecto es bastante malo desde el punto de vista técnico, pero puede ser interesante desde una óptica social. Por lo tanto, en su momento debió haberse aceptado, quizás, una de las propuestas que planteó el Honorable señor Pizarro , en el sentido de enviarlo a la Comisión de Trabajo, que es especialista en la materia señalada, mucho más que la de Transportes.

No sé si ahora es posible considerar esa posibilidad. Porque aquí no se trata de modificar la Ley del Tránsito, sino de establecer un criterio para que los comerciantes ambulantes puedan regularizar su actividad y contar con las autorizaciones necesarias, así como determinarse todo lo que tiene que ver con su relación de trabajo y con el Servicio de Impuestos Internos.

Entonces, parece razonable que el proyecto, tal como se encuentra, en vez de ir nuevamente a la Comisión de Transportes, vaya a la de Trabajo.

En mi concepto, la iniciativa es interesante y se puede mejorar, para resolver el problema social involucrado en la discusión. Lo demás es enfrentarnos con dimes y diretes sin ningún sentido. Lo que le interesa a la gente es que resolvamos un problema, el cual obedece a una situación que hoy día está mal estructurada.

Le pido, señor Presidente , considerar mi solicitud.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Señor Senador , en caso de aprobarse el proyecto, puede solicitar que sea visto por la Comisión de Trabajo. Pero en este minuto no es posible hacer tal petición.

El señor GÓMEZ .-

Por lo expuesto, voto favorablemente.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Aburto.

El señor MUÑOZ ABURTO .-

Señor Presidente, qué duda cabe de que el presente proyecto -ya aprobado por la Cámara de Diputados- resuelve el problema social de los trabajadores que venden en los diferentes microbuses.

Gran cantidad de Senadores en esta sesión ha señalado que la iniciativa se encuentra mal formulada, pero que, en principio, no estarían en contra de su esencia. Siendo así, creo que lo más lógico es lo planteado por los Honorables señores Pizarro y Gómez : aprobar el proyecto en general y luego hacerle todas las mejorías que requiere para que pueda ser puesto en práctica.

Ahora bien, no tengo claro si es la Comisión de Trabajo la que debiera perfeccionar la iniciativa. No obstante, lo fundamental es aprobarla hoy. Después decidiremos si se envía a la Comisión de Transportes o a la de Trabajo, pero con una finalidad precisa: resolver la situación que afecta a un significativo grupo de trabajadores, como son los vendedores ambulantes en los diferentes medios de movilización.

Voto a favor.

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.

El señor VÁSQUEZ.-

Señor Presidente, se me han adelantado algunos colegas en expresar la misma idea, pero yo tengo una diferencia.

Entiendo perfectamente bien -de acuerdo con lo que he escuchado con gran atención- que los integrantes de la Comisión de Transportes han hecho una muy buena labor. Han fundamentado las razones por las cuales se oponen al proyecto. Lo encuentran dificultoso. Han recibido opiniones de distintas autoridades y de otros Senadores.

En consecuencia, me parece que no puede inferírseles el agravio de que la iniciativa no sea analizada de nuevo por dicho órgano técnico.

Distinto es -también voy a votar a favor- que una vez informada por la Comisión de Transportes sea remitida a la de Trabajo; es decir, que pase por ambas instancias.

No considero procedente sacar el proyecto de la Comisión de Transportes para enviarlo a la de Trabajo, como si la primera no hubiera hecho su tarea en la forma debida.

Espero que ambos órganos logren establecer los mecanismos necesarios para garantizar un correcto y adecuado ordenamiento de la labor que desarrollan los comerciantes ambulantes al interior de la locomoción colectiva.

Voto favorablemente.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Naranjo.

El señor NARANJO.-

Señor Presidente, entre los autores de la iniciativa hay Diputados de Gobierno y de Oposición. Por consiguiente, no corresponde acusar responsabilidades de uno u otro lado.

En segundo lugar, justo en estos días apareció una información que indica que nuestra economía es una de las más formales de Latinoamérica. Y uno de los sectores informales en Chile lo constituye el de los vendedores ambulantes, en sus diversas expresiones. Pero, curiosamente, son ellos mismos quienes nos están pidiendo que demos un paso en la formalización de la actividad que desarrollan. Por tanto, si estos trabajadores quieren avanzar en ello, sería absurdo que el Senado les negara tal posibilidad.

Este es el primer paso.

Obviamente que el Servicio de Impuestos Internos se iba a manifestar contrario a la iniciativa. Sería absurdo que su Director hubiera estado de acuerdo en circunstancias de que se están evadiendo tributos. También lo sería que la Cámara de Comercio hubiera manifestado su opinión favorable cuando siempre se ha opuesto a la existencia de los vendedores ambulantes.

Por eso creo que lo peor es ir contra la realidad: con esta iniciativa o sin ella, los vendedores ambulantes seguirán existiendo, pues, como muy bien lo manifestó el Senador señor Horvath, forman parte de la idiosincrasia de Chile.

Se nos presenta una gran oportunidad para dar un pequeño paso en la formalización de un sector que hoy es informal.

Los vendedores ambulantes no son culpables de serlo. El sistema económico los empujó hacia ese tipo de actividad. Pensar lo primero equivale a decir que los pobres son culpables de su pobreza. No lo son. Se trata de una situación económica provocada por un modelo que expulsa del mercado formal a determinados trabajadores y los obliga a desarrollar labores de otra manera.

En vez de asociar dicha actividad con la delincuencia o con algo incorrecto, creo que es el momento de dignificarla. La sociedad, en su conjunto, debe reconocer la función, tan digna, que realizan los vendedores ambulantes, quienes nos han solicitado que los ayudemos en la formalización de su trabajo.

Por lo expuesto, votaré favorablemente.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Resultado de la votación: 12 votos a favor, 12 en contra y 4 abstenciones.

Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Escalona, Gazmuri, Gómez, Horvath, Letelier, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Núñez, Ominami y Vásquez.

Votaron por la negativa la señora Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Cantero, Coloma, Kuschel, Larraín, Longueira, Novoa, Orpis, Pérez Varela y Sabag.

Se abstuvieron los señores Ávila, Espina, Prokurica y Ruiz-Esquide.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Las abstenciones influyen en el resultado. Debe repetirse la votación.

En votación.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (12 votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones, que se suman a la mayoría) y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el 7 de julio, a las 12.

Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Ávila, Gazmuri, Gómez, Horvath, Letelier, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Núñez, Ruiz-Esquide y Vásquez.

Votaron por la negativa los señores Allamand, Cantero, Coloma, Kuschel, Larraín, Longueira, Novoa, Orpis, Pérez Varela y Sabag.

Se abstuvieron los señores Espina y Prokurica.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Hago presente al público asistente que está prohibido efectuar manifestaciones.

Tiene la palabra el Senador señor Gómez.

El señor GÓMEZ.-

Señor Presidente , no se ha resuelto mi petición de que el proyecto sea remitido a la Comisión de Trabajo para su discusión particular.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).-

Si le parece a la Sala, la iniciativa pasará a la Comisión de Trabajo, en vez de a la de Transportes.

--Así se acuerda.

2.4. Boletín de Indicaciones

Fecha 07 de julio, 2008. Boletín de Indicaciones

?INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSION EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE CONCEDE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA.

BOLETIN N° 4.332-15

7-julio-2008.

Indicaciones

ARTICULO UNICO

NÚMERO 1.

1.-Del Honorable Senador señor Novoa, para suprimirlo.

NÚMERO 2.

2.-De los Honorables Senadores señores Letelier y Muñoz Aburto, para sustituir el artículo 91 bis que se propone, por el siguiente:

“Artículo 91 bis.- Cada comerciante o artista autorizado deberá portar una autorización municipal, la que se acreditará en una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo, cédula de identidad y la fotografía del mismo.

El comerciante o artista podrá ejercer la actividad comercial o artística al interior de buses urbanos, interurbanos y rurales, con la sola exhibición de su tarjeta de identificación personal. Cumpliendo con este requisito, el conductor autorizará el ingreso al interior del vehículo a las personas naturales que cuenten con la referida autorización municipal.”.

3.-Del Honorable Senador señor Muñoz Aburto, para reemplazar el artículo 91 bis que se propone, por el siguiente:

“Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano e interurbano y rural de pasajeros en las siguientes condiciones:

a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos, tributando en el correspondiente escalafón de renta presunta.

b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren además organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

c) Los trabajadores que ejerzan este oficio, deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan, y la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

d) Las empresas de transporte podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que faciliten el ejercicio de esta actividad.

e) Los conductores del transporte de pasajeros, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello en un momento determinado implica un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.”.

4.-Del Honorable Senador señor Novoa, para sustituir el artículo 91 bis que se propone, por el siguiente:

“Artículo 91 bis.- Se podrá admitir el ejercicio de la actividad comercial al interior de buses urbanos, siempre y cuando ésta sea ejercida por personas naturales que cuenten con autorización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La correspondiente autorización deberá permitir la debida identificación del comerciante y no podrá otorgarse por períodos de tiempo mayores a seis meses. Dicho Ministerio deberá fijar los requisitos mínimos para garantizar que esta actividad no afecte la seguridad y comodidad de los pasajeros y cumpla cabalmente con las demás normas constitucionales, legales y reglamentarias.”.

2.5. Segundo Informe de Comisión de Trabajo

Senado. Fecha 08 de septiembre, 2009. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 47. Legislatura 357.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva.

BOLETÍN Nº 4.332-15

__________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de presentaros su segundo informe respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en una Moción de los Honorables Diputados señoras Denise Pascal Allende y Alejandra Sepúlveda Órbenes y señores Sergio Aguiló Melo, Pedro Araya Guerrero, Fidel Espinoza Sandoval, Sergio Ojeda Uribe, Carlos Olivares Zepeda y Gonzalo Uriarte Herrera.

Cabe hacer presente que este proyecto de ley fue discutido en general por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones

-con motivo de su primer informe-, la cual rechazó la idea de legislar. Sin embargo, la Sala del Senado aprobó en general la iniciativa y dispuso que en la discusión en particular, ésta fuera informada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

A una o más de las sesiones en que la Comisión consideró esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros, el Ministro del Trabajo y Previsión Social de la época, señor Osvaldo Andrade, acompañado por su asesor legislativo, señor Francisco Del Río, su asesor jurídico, señor Cristián Pumarino, y el asesor, señor Alberto Barilera.

Asimismo, a partir de la sesión del 3 de junio de 2009, concurrieron, además de los miembros de la Comisión, la actual Ministra del Trabajo y Previsión Social, señora Claudia Serrano, acompañada por el asesor legislativo de dicha Secretaría de Estado, señor Francisco Del Río.

Del mismo modo, asistieron, el asesor legislativo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, señor Lautaro Pérez, el Jefe de la Oficina Fiscalía Anti Comercio Clandestino de la Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos, señor Manuel Navarrete, y el Jefe de Gabinete del Subdirector de Fiscalización de dicho Servicio, señor Alfredo Echeverría.

Igualmente concurrieron, en calidad de invitadas, las entidades que a continuación se indican, representadas del modo que sigue:

- El Sindicato Nacional de Trabajadores Independientes Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC), encabezado por su Presidente Nacional, señor David Peña, acompañado por el Secretario General, señor Hardy Vallejos, por los Directores, señora Gloria Guarda y señor Juan Coello, y por los representantes de SINTRALOC V Región, el Presidente, señor Pedro Peña, el Tesorero, señor Herminio Bustamante, y la Secretaria, señora Berta Peña.

- La Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N., representada por el Secretario General, señor Luis Palma, y por la asesora legal, señora Francisca Gostling.

- La Confederación Nacional Unitaria de Trabajadores del Transporte y Afines de Chile (CONUTT), encabezada por su Presidente Nacional, señor Ricardo Maldonado, acompañado por los Consejeros Nacionales, señora Dora Aguirre y señor Waldo Yánez.

- La Coordinadora de Dueños de Buses Región Metropolitana (CODEBUS), representada por su Presidente, señor Cristián Marinakis, los Directores señores Juan Guajardo y Alfonso Lathrop, y la Secretaria del Directorio, señora Eliana Morales.

- La Federación Gremial Nacional de Buses del Transporte de Pasajeros Rural, Interurbano, Interregional e Internacional de Chile (FENABUS F.G.), por intermedio de su Presidente, señor Marcos Carter, acompañado por el ingeniero asesor en transportes, señor Patricio Cannobbio y los abogados, señores Patricio Contreras y Antonio Rodríguez.

- - -

Cabe hacer presente que en esta iniciativa de ley, por acuerdo de la Sala adoptado en su oportunidad, al tenor de la petición elevada al afecto por vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social, se reabrió el plazo para presentar indicaciones directamente en la Secretaría de la Comisión, lapso en el cual no fueron formuladas nuevas indicaciones, de modo que la Comisión se pronunció, finalmente, respecto de las presentadas en la primera oportunidad dispuesta al efecto.

- - -

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, se deja constancia de lo siguiente:

1.-Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni modificaciones: ninguno.

2.-Indicaciones aprobadas sin modificaciones: ninguna.

3.-Indicaciones aprobadas con modificaciones: número 3.

4.-Indicaciones rechazadas: número 1.

5.-Indicaciones retiradas: número 2.

6.-Indicaciones declaradas inadmisibles: número 4.

- - -

Previo al estudio pormenorizado de las indicaciones, la Comisión escuchó a los representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores Independientes Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC), quienes expresaron su opinión acerca del proyecto de ley en informe.

Al respecto, el señor Presidente Nacional de dicha entidad destacó que ésta, durante largo tiempo, ha estado abocada al estudio de la presente iniciativa legal, la cual responde a una sentida aspiración de los trabajadores del sector en orden a alcanzar la regulación normativa de la actividad comercial que desarrollan. Agregó que, en términos generales, comparten las propuestas contenidas en las indicaciones presentadas al proyecto de ley, por cuanto ellas recogen los diversos planteamientos expresados durante la discusión del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, manifestó que la organización a la que representa tiene algunas observaciones que formular en esta materia.

En primer término, se refirió a la indicación signada con el número 4, presentada por el Honorable Senador señor Novoa, y conforme a la cual la autorización para ejercer la actividad comercial al interior de los buses urbanos deberá ser expedida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y no podrá ser otorgada por períodos de tiempo mayores a seis meses. Al respecto, señaló que la norma, si establece un plazo de vigencia de la autorización en referencia, debería contemplar, a su vez, la posibilidad de “renovar” dicho permiso cada cierto tiempo, por ejemplo, cada seis meses. Ello, enfatizó, permitiría el desarrollo de esta actividad en forma regular y constante. De lo contrario, acotó, una persona que obtenga el permiso, transcurridos que sea el plazo semestral de vigencia del mismo, no estará autorizada para continuar trabajando, con el consiguiente perjuicio que ello significa. Se trata, agregó, de que quienes cumplan permanentemente con las exigencias legales pertinentes, tengan la posibilidad de renovar la autorización correspondiente que los habilite para seguir ejerciendo su oficio.

Hizo presente que son múltiples los resguardos que se han tenido en consideración en dicho sentido, y así por ejemplo, apuntó, la credencial que se utilizaría para fines de identificación, oportunamente cambiaría de diseño, reflejando la actualización de los permisos. Del igual modo, las nóminas de estos trabajadores estarían a disposición de la Dirección del Trabajo, donde ya se encuentran registrados con motivo de su participación en el sindicato que agrupa al sector. Por consiguiente, insistió, es de innegable importancia que la respectiva autorización, en el evento de tener un límite temporal de vigencia, sea renovable, en pro de la continuidad en el ejercicio de esta actividad.

En segundo lugar, señaló que, en materia de control, la entidad competente en este ámbito debería ser la Dirección del Trabajo, tal como acontece respecto de los restantes trabajadores del país. Expresó que no comparten la propuesta de radicar la tarea de fiscalización de esta actividad en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, toda vez que la Dirección del Trabajo es el organismo pertinente al efecto en el orden laboral y, como tal, cuenta con la infraestructura necesaria para cumplir dicha función.

Finalmente, destacó que estos trabajadores que se desempeñan en el comercio ambulante aún permanecen en las calles, no obstante lo cual, un número significativo de ellos se han organizado, han formado una entidad que cuenta con personalidad jurídica propia, se han uniformado y han regularizado su situación tributaria ante el Servicios de Impuestos Internos. Es decir, han realizado un importante esfuerzo para formalizar su trabajo. Sin embargo, advirtió, su actividad sigue prohibida por ley y, por lo tanto, sancionada. Así por ejemplo, acotó, en la actualidad vender helados en la vía pública significa incurrir en una falta castigada con una multa de elevado monto. Por consiguiente, enfatizó, resulta imperioso contar con una normativa legal que regule esta actividad, que la contemple como una ocupación lícita y que, en consecuencia, resguarde a los trabajadores que se dedican a ella. Destacó la urgencia de establecer dicha normativa, toda vez que, hoy en día, el descrédito de algunos perjudica a otros tantos que sólo buscan progresar, legalizando su fuente de trabajo.

Concluida la intervención del representante de SINTRALOC, el Honorable Senador señor Muñoz Aburto valoró la oportunidad que se ha brindado a los trabajadores organizados en dicha entidad, para exponer ante la Comisión sus observaciones respecto al proyecto de ley en análisis. Subrayó que esta iniciativa viene a concretar una aspiración de larga data que existe en el sector del comercio ambulante y, en ese sentido, la posibilidad de efectuar sus planteamientos representa para ellos un acontecimiento de especial significación. Asimismo, destacó la importancia que reviste para estos trabajadores contar con la normativa que institucionalice su actividad, razón por la cual ellos esperan que ésta sea aprobada con la mayor celeridad posible.

Por su parte, el asesor legislativo del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social explicó que, en la actualidad, la actividad comercial al interior de los buses de la locomoción colectiva se encuentra prohibida. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 91, Nº 3, de la Ley de Tránsito, que prohíbe expresamente a los conductores de estos vehículos, admitir cualquier clase de comercio en los mismos. El objetivo de la iniciativa, en tanto, es instaurar una reglamentación que permita formalizar una actividad que, en los hechos, existe. En ese contexto, destacó que un significativo número de personas que se desempeñan en el ámbito del comercio en la locomoción colectiva, han desplegado un importante esfuerzo tendiente a alcanzar la anhelada formalización, para lo cual, por ejemplo, han formado un sindicato, lo han registrado como tal en la Dirección del Trabajo y, asimismo, han regularizado su situación tributaria ante el Servicio de Impuestos Internos, tramitando la respectiva iniciación de actividades.

El Honorable Senador señor Allamand apuntó que, a partir de la iniciativa legal en informe, una actividad actualmente prohibida, pasaría a ser permitida por la ley. Consultó, entonces, si en virtud de esta nueva normativa los transportistas quedarán obligados a aceptar que se ejerza el comercio al interior de los buses de que son propietarios u operadores.

El asesor legislativo del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social reiteró que hoy en día el desarrollo del comercio al interior de los buses de la locomoción colectiva se encuentra prohibido por la Ley de Tránsito. Sin embargo, añadió, esa es la prohibición que el proyecto de ley precisamente elimina. No obstante, agregó, la iniciativa no contempla como una obligación propiamente tal el aceptar a estos trabajadores en los buses de transporte colectivo, sino que la idea es que el conductor del vehículo tenga la facultad de permitir o negar el acceso a los vendedores, los cuales, además, deberán estar claramente identificados con la credencial correspondiente. Incluso, apuntó, se ha revisado la posibilidad de que no pueda ejercerse este comercio si concurren determinadas circunstancias objetivas, como por ejemplo, en horarios punta, o cuando dicha actividad entorpezca el normal flujo de pasajeros, o si hay riesgos de accidentes de tránsito.

Sobre el particular, el Honorable Senador señor Letelier aclaró que el proyecto de ley en estudio transforma en legal una actividad que, hasta ahora, se encuentra prohibida. Sin embargo, agregó, no se establece una obligación para el propietario de los buses en virtud de la cual éste deba aceptar el ejercicio comercial al interior de los vehículos. Ahora bien, acotó, para quienes sí permitan este comercio, se instaura todo un sistema nuevo de autorización, registro e identificación de los trabajadores que se desempeñan en este ámbito. Reiteró, por tanto, que la iniciativa de ley dispone que el conductor “podrá” admitir el ejercicio de esta actividad, es decir, a este respecto se contempla una facultad y no una obligación.

Finalmente, el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social manifestó que el Ejecutivo tiene una opinión favorable respecto de esta iniciativa de ley, toda vez que el comercio en la locomoción colectiva, si bien se encuentra prohibido, en los hechos sí se ejerce y, por tanto, resulta apropiado establecer una regulación legal a su respecto, antes que la situación en este ámbito derive en un escenario infranqueable.

Con posterioridad, el Sindicato Nacional de Trabajadores Independientes Ambulantes del Transporte y Anexos (SINTRALOC) hizo llegar a la Comisión, por escrito, una propuesta para el texto legal en análisis, cuyo tenor es el siguiente:

“Articulo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbanos, interurbanos y rurales de pasajeros en las siguientes condiciones:

a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte, deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos tributando en el escalafón de renta presunta semestralmente.

b) En caso de que dichos trabajadores se encuentren además, organizados y registrados como sindicato de trabajadores ante la Dirección del Trabajo, podrán solicitar a su costo, la emisión de una credencial renovable semestralmente y que debe contar como mínimo con fotografía, nombre, apellido y numero de registro visible de la organización a la cual pertenece el trabajador(a) que los acredite como tales.

c) Los trabajadores que ejerzan este oficio deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan, la copia de su iniciación de actividades y credencial vigente, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúen los entes fiscalizadores correspondientes.

d) Las empresas del transporte podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión y formato de credenciales que faciliten el ejercicio de esta actividad.

e) Los conductores de transporte de pasajeros previa presentación de credencial vigente, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello en un momento determinado implica un peligro de accidente vial o entorpece de manera manifiesta la comodidad de los pasajeros, asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paradas no autorizadas.”.

En la sesión siguiente, la Comisión escuchó a los representantes de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N., quienes expusieron sus observaciones en torno al proyecto de ley en estudio.

Acompañaron su intervención con un documento en el cual se consigna la opinión de la entidad en referencia respecto de la presente iniciativa de ley. Dicho documento fue debidamente considerado por los miembros de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

En primer término, el señor Secretario General de dicha entidad, destacó que ésta, mediante su Comisión de Seguridad Social y Jurídica, ha revisado la iniciativa legal en informe, concluyendo que ella no representaría, en verdad, un aporte significativo, sino que más bien podría derivar en graves problemas en aspectos tales como la competencia desleal respecto de los pequeños comerciantes establecidos, la propiedad intelectual, el comercio ilegal y el incumplimiento tributario.

Enseguida, la señora asesora legal de la señalada Cámara de Comercio, explicó las diversas dificultades que podrían generarse tras aprobar la normativa propuesta.

En primer lugar, señaló que durante la tramitación de este proyecto de ley, tanto la Cámara de Comercio en referencia, como el Ministerio del Interior y el Servicio de Impuestos Internos, manifestaron sus aprensiones en torno a los problemas asociados al comercio realizado a bordo de la locomoción colectiva.

Agregó que en favor de la regulación en estudio, se ha sostenido que ella permite el cumplimiento de las obligaciones asumidas por Chile en convenios internacionales, principalmente el Convenio Nº 87, sobre libertad sindical, suscrito y ratificado por nuestro país ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sin embargo, añadió, no se advierte cómo esta normativa favorecería la libertad sindical, toda vez que, si bien la legislación chilena reconoce la existencia de los sindicatos de trabajadores independientes, sólo una parte de quienes se desempeñan en el comercio ambulante se encuentran adscritos al Sindicato de Trabajadores de la Locomoción, con lo cual una interpretación en tal sentido no sólo no fomenta la libertad sindical sino que, además, vulneraría el principio de igualdad ante la ley consagrado en la Carta Fundamental.

Se ha señalado también, añadió, que el comercio ambulante representa una alternativa frente a la cesantía. No obstante, ese argumento no coincide con la experiencia verificada en diversas comunas de nuestro país donde existen altos índices de comercio ambulante a pesar de registrar bajas tasas de desempleo.

Por otra parte, sostuvo, la iniciativa de ley en estudio no constituiría un instrumento idóneo para responder a las exigencias propias del trabajo decente, por el contrario, agregó, se trata de un trabajo esencialmente precario, donde se produce un alto grado de incumplimiento de las normas de protección a los trabajadores. Asimismo, si el comercio ambulante se caracteriza por generar una competencia desleal frente al comercio establecido, ello derivará en que la normativa legal -que fomenta el empleo formal y el cumplimiento de normas básicas-, se vea resentida. Reiteró que el crecimiento del comercio ambulante, ahora en el ámbito del transporte público, no representará una herramienta eficaz para alcanzar el empleo decente. Este tipo de trabajo no dará cumplimiento a la normativa nacional e internacional sobre trabajo infantil, protección a la maternidad, jornada de trabajo o accidentes del trabajo, entre otras.

Entrando al análisis de las indicaciones presentadas al proyecto de ley, expresó que ellas, en algunos aspectos, recogen las inquietudes manifestadas durante el estudio de esta iniciativa. No obstante, advirtió, aún habría algunos puntos que revisar en la normativa propuesta.

Así por ejemplo, precisó, la indicación número 2, de los Honorables Senadores señores Letelier y Muñoz Aburto, que dispone que los comerciantes o artistas deberán portar un autorización municipal para desempeñarse a bordo de la locomoción colectiva, si bien contiene algunos aciertos, motiva a su vez algunas dificultades que habría que resolver. En efecto, acotó, de ser los municipios quienes otorguen las autorizaciones respectivas, es probable que se produzcan problemas no menores por cuanto sabido es que hay municipios que entregan el referido permiso en tanto que otros simplemente no lo hacen. Si se considera que frecuentemente los vehículos de transporte de pasajeros durante su trayecto circulan por varias comunas, resulta evidente la inaplicabilidad práctica de una norma de tal naturaleza. Por consiguiente, apuntó, sería más adecuado que la autorización correspondiente estuviera a cargo de un organismo central, en lugar de uno comunal.

Del mismo modo, la redacción propuesta por la referida indicación podría interpretarse en el sentido de que, contando con la autorización municipal respectiva, el conductor estará obligado a permitir el ingreso al vehículo de comerciantes o artistas, lo cual representaría un atentado al derecho de propiedad, toda vez que se estaría imponiendo a los propietarios de estos vehículos la obligación de permitir el ejercicio de la actividad comercial o artística a bordo de los mismos.

Por su parte, la indicación número 3, del Honorable Senador señor Muñoz Aburto, si bien contempla aspectos positivos -como, por ejemplo, imponer la obligación de tributar bajo el sistema de renta presunta, o el deber de acreditar el origen de las mercaderías que se expendan-, presentaría, no obstante, dos problemas. El primero, derivaría de su letra b), en cuanto establece una distinción entre trabajadores independientes afiliados a un sindicato y aquellos que no lo están, vulnerando el principio constitucional de igualdad ante la ley. El segundo inconveniente lo motivaría la letra e), al establecer una contra excepción que permite a los conductores, bajo determinadas condiciones, negar el ejercicio de las actividades comerciales o artísticas al interior de los vehículos de transporte, lo cual podría devenir en una permanente fuente de conflictos.

En relación a la indicación número 4, del Honorable Senador señor Novoa, destacó que centraliza el otorgamiento de las autorizaciones pertinentes en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, facultándolo para dictar las normas reglamentarias correspondientes, de acuerdo a los criterios técnicos que deben imperar para estos efectos.

Finalmente, la señora asesora legal de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N. señaló que dicha entidad no comparte el proyecto de ley en análisis, salvo en lo que respecta a las actividades artísticas que sí podrían ser autorizadas para ser ejercidas a bordo de los vehículos de transporte público, toda vez que son de una naturaleza distinta. Sin perjuicio de lo anterior, añadió, de aprobarse la iniciativa, sería necesario previamente introducir algunos perfeccionamientos a la misma, como por ejemplo, establecer que los permisos sean otorgados por una autoridad centralizada, quien, además, tenga la obligación de mantener un registro de las personas autorizadas, y de realizar la correspondiente fiscalización en terreno. De igual modo, sería preciso regular en cuanto al control del origen de las mercaderías que se expendan o, al menos, restringir aquellas que pongan en riesgo la salud y la seguridad de la población, como es el caso de los medicamentos.

A continuación, los miembros de la Comisión formularon sus consultas y observaciones respecto a la materia en análisis.

El Honorable Senador señor Allamand consultó cómo se vincula esta iniciativa legal con el proyecto de ley referido al comercio ilegal, el cual también se encuentra en tramitación parlamentaria.

La señora asesora legal de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N. señaló que, efectivamente, se está tramitando un proyecto de ley que aborda el tema del comercio ilegal, el cual surgió como una necesidad ante la inexistencia de herramientas legales que permitieran hacer frente a este problema. Ello, apuntó, ha significado un gran esfuerzo por parte de las autoridades, destacando el aporte de la Oficina Fiscalía Anti Comercio Clandestino del Servicio de Impuestos Internos, la cual ha desarrollado un importante papel en la persecución de estas irregularidades por la vía de los delitos tributarios.

Asimismo, explicó que en estos casos se produce lo que se conoce como “fronteras vivas”, es decir, se genera la dificultad de no poder distinguir con claridad entre las personas autorizadas para ejercer la actividad comercial y las que no lo están, lo cual, a la postre, propiciará el desarrollo del comercio ilegal, con todos los problemas que éste tiene asociados, ya sea en el ámbito de la propiedad industrial o en el campo tributario.

Por otra parte, agregó, la iniciativa en estudio apuntaría en una dirección contraria a todos los esfuerzos que se han realizado para erradicar el comercio ilegal, entre los cuales está el proyecto de ley al que se ha hecho referencia. Por consiguiente, podría resultar muy complejo compatibilizar ambas normativas, ya que por un lado se sanciona la actividad comercial en las calles y, por el otro, se la permite en el transporte público. Ello incidiría, por ejemplo, en la fiscalización pertinente, toda vez que será muy difícil practicar el respectivo control ante un mercado atomizado y móvil como es el del comercio ejercido en la locomoción colectiva.

Finalmente, recordó que durante la discusión en general de la presente iniciativa de ley, tanto el Servicio de Impuestos Internos como la Subsecretaría del Interior, manifestaron su opinión desfavorable en torno a la misma, en razón de los fundamentos que expusieron en dicha oportunidad y que se consignaron en el informe correspondiente.

El Honorable Senador señor Muñoz Aburto hizo una reflexión en el siguiente sentido. El proyecto de ley en estudio tiene por finalidad última, regularizar una situación que en la actualidad existe y es absolutamente informal. Tras la necesidad de generar tal regularización, añadió, surge la responsabilidad de una serie de organismos o entidades, como las municipalidades o las cámaras de comercio, quienes no han enfrentado con mayor rigor este problema. Es así como en grandes ciudades funcionan sendas ferias en las cuales es posible encontrar operando, simultáneamente, tanto el comercio formal y establecido, como el comercio ilegal. Ello revela la magnitud de un problema que, a su juicio, es muy complejo. Indicó que, además, se trata de un contingente electoral importante, lo cual podría ser decisorio -sobre todo en épocas pre eleccionarias-, para los efectos del otorgamiento de los permisos municipales. Por otra parte, manifestó coincidir con que no necesariamente en las regiones donde se registra el mayor desempleo existe, paralelamente, el mayor índice de comercio ambulante. Sin embargo, hay lugares donde el comercio ilegal no ha podido ser erradicado de las calles. En consecuencia, apuntó, una alternativa es establecer mayores exigencias para el ejercicio de este tipo de actividades, y la presente iniciativa legal se orienta precisamente en dicho sentido, en la cual es factible establecer la obligación de tributar de acuerdo a un determinado sistema o imponer el deber de acreditar el origen de las mercaderías que se expendan. De esta manera, se tiende a regularizar una situación que hoy día opera en la total informalidad, perjudicando a quienes ejercen su actividad en el comercio establecido, acatando todas las normas pertinentes y sometidos a constante fiscalización.

En todo caso, advirtió, es importante adoptar medidas en esta materia -las que hasta ahora, por diversas razones, no se han tomado- para mejorar una situación que, en los hechos, existe. Subrayó que es necesario generar una regulación en este ámbito, a fin de que esta ocupación se desarrolle en igualdad de condiciones respecto de las restantes actividades que se ejercen en nuestro país y, en ese sentido, manifestó compartir la presente iniciativa de ley.

El Honorable Senador señor Sabag coincidió con la importancia de regular el ejercicio comercial en el ámbito de la locomoción colectiva. Compartió también la opinión relativa a la eventual incidencia de los períodos eleccionarios en el otorgamiento de permisos por parte de las municipalidades. Sin perjuicio de lo anterior, advirtió, para legislar en esta materia resulta necesario, además, revisar otros tantos aspectos no menores que se vinculan al tema, como por ejemplo, determinar los horarios en que podrá realizarse esta actividad al interior de los buses, toda vez que en ciertas horas ello es prácticamente imposible, o bien, definir respecto de qué buses de transporte público se permitirá este comercio, es decir, sólo en buses urbanos o también en interurbanos y rurales, o si, incluso, abarcará al Metro en su calidad de medio de transporte público. Asimismo, añadió, es preciso analizar si será obligatorio o voluntario para los operadores y conductores de la locomoción colectiva admitir el ejercicio de este comercio. De igual modo, hay que considerar que no puede incomodarse a los usuarios que se trasladan en estos buses, y así por ejemplo, en los trayectos interurbanos, donde se recorren largas distancias, las personas suelen ir descansando y desean estar tranquilas, por lo tanto, éste no sería un ambiente apto para vender mercaderías. En consecuencia, subrayó, si bien es importante estudiar una normativa que regule esta actividad -a la cual las personas recurren buscando un medio honrado de trabajo-, es igualmente relevante analizar los diversos aspectos involucrados en esta materia.

El Honorable Senador señor Pérez Varela advirtió que normar en este ámbito de actividades requiere especial cuidado, toda vez que esta regulación involucra una serie de materias que están relacionadas con el tema principal, entre ellas, la propiedad industrial, la tributación y el desempleo. De este modo, si se regula sin considerar debidamente estos diversos aspectos, se podría frustrar u obstaculizar todo el trabajo que se ha desarrollado en torno a la erradicación del comercio ilegal. Cuando se quiere enfrentar un fenómeno de esta naturaleza, agregó, es imperioso atender a sus causas y no sólo a sus efectos, porque de lo contrario se corre el riesgo de distorsionar el objetivo perseguido por la normativa. En consecuencia, reiteró, es necesario analizar el problema de un modo integral para propender a su solución más efectiva.

El Honorable Senador señor Allamand señaló que, si bien todo esfuerzo que se realice para la formalización de actividades que se ejecutan al margen de la ley, se orienta en la dirección correcta, no es menos cierto que las dificultades de carácter práctico que puedan surgir, podrían hacer inoperante la normativa prevista. Por ello, acotó, sería pertinente escuchar la opinión de quienes estarán a cargo de implementar el nuevo sistema, a fin de que ilustren en torno al efecto práctico de la regulación propuesta.

El asesor legislativo del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social indicó que este tema puede ser analizado desde una doble perspectiva, es decir, con una mirada inclusiva o con una óptica excluyente. En efecto, acotó, se trata de trabajadores del sector privado que están luchando por formalizar la actividad que desempeñan, quieren pagar sus impuestos, quieren dar cuenta del origen de las mercaderías que comercializan, no quieren alterar el flujo regular de pasajeros en horarios punta, así como tampoco vulnerar la autonomía de las empresas operadoras ni la de los choferes de los buses. Sólo aspiran al reconocimiento legal de su ocupación comercial. Ahora bien, esa tarea ha dado lugar a un conjunto de aprensiones derivadas de una serie de aspectos vinculados a este tema, pero la solución de esos problemas puede abordarse desde una perspectiva que incluya a estos trabajadores en una regulación legal eficiente, formalizando su actividad, o bien, excluyéndolos de toda normativa jurídica.

El Honorable Senador señor Letelier expresó que estamos ante una iniciativa de ley que pretende formalizar la actividad de un sector de trabajadores que se desempeñan en el ámbito del comercio dirigido a un público cautivo como es el que se traslada en los medios de transporte colectivos. Esto exige la revisión simultánea de un conjunto de aspectos importantes, entre ellos, cuál será la autoridad competente para el otorgamiento de los permisos respectivos o la que ejercerá la fiscalización correspondiente. Esos temas, acotó, son todos debatibles y así, por ejemplo, un permiso concedido por una municipalidad -en lugar de una autoridad central-, debería habilitar para el ejercicio de la actividad en todo el país, tal como sucede hoy en día con las licencias de conducir o con las patentes profesionales, las cuales, siendo otorgadas por una municipalidad determinada, autorizan para conducir o ejercer una profesión en cualquier lugar de Chile.

Sin embargo, agregó, un asunto esencial es definir si la admisión de este comercio al interior de los buses de la locomoción colectiva será impuesta como una obligación para los operadores y conductores o si, por el contrario, se establecerá como una facultad que permitirá a éstos aceptar o impedir el acceso de estos trabajadores a los buses. A su juicio, añadió, la imposición unilateral de una obligación de tal naturaleza podría ser discutible, sobre todo si ello no fue contemplado en la respectiva licitación, lo cual hasta la fecha no acontece, por lo que resulta difícil concebirla como una nueva obligación que cumplir. Por consiguiente, concluyó, se trata de un punto central que es preciso debatir.

En la sesión siguiente, la Comisión escuchó a los representantes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, del Servicio de Impuestos Internos, de la Confederación Nacional Unitaria de Trabajadores del Transporte y Afines de Chile (CONUTT) y de la Coordinadora de Dueños de Buses Región Metropolitana (CODEBUS), quienes expusieron sus observaciones y comentarios en torno al proyecto de ley en estudio.

Acompañaron sus intervenciones con sendos documentos en los cuales se consignan las opiniones vertidas. Dichos documentos fueron debidamente considerados por los miembros de la Comisión, y se contienen en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

En primer término, expuso el señor asesor legislativo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, quien hizo un análisis de la iniciativa tanto desde un punto de vista formal como desde una perspectiva de fondo. Asimismo, se refirió a las indicaciones presentadas al proyecto de ley.

En cuanto a lo formal, señaló que la idea matriz del proyecto apunta a que los vendedores ambulantes puedan ejercer el comercio al interior de los buses de la locomoción colectiva, cumpliendo determinados requisitos. Para ello, se propone eliminar la prohibición que actualmente consagra la Ley de Tránsito, en su artículo 91, Nº 3.

No están contempladas en dicha idea matriz las actividades artísticas ni la eliminación de la palabra “desaseados” del artículo en comento. Ambas propuestas fueron incorporadas durante el primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

En lo relativo al fondo, recordó que el Ejecutivo compartió la idea de legislar en esta materia, en el contexto del trabajo que está realizando para enfrentar la problemática del comercio ilegal en forma integral. Dicho trabajo dio lugar al proyecto de ley -en actual tramitación- sobre comercio ilegal (correspondiente al Boletín Nº 5.069-03), el cual resulta concordante con la presente iniciativa legal en cuanto al ejercicio del comercio ambulante -cualquiera que sea su modalidad-, su fiscalización y sanciones.

En consecuencia, añadió, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones comparte la idea de legislar, en general, entendiendo que quien ejerce el comercio ambulante o actividades artísticas al interior de los buses de la locomoción colectiva urbana, necesariamente debe formalizarse legalmente, para lo cual tendrá que:

- Iniciar actividades tributarias ante el Servicio de Impuestos Internos bajo un régimen simplificado.

- Pagar patente municipal semestral.

- Cumplir con la normativa de seguridad social que se impone a los trabajadores independientes.

- Portar una tarjeta identificatoria personal, con registro fotográfico, actualizada semestralmente y que debe otorgar la Municipalidad respectiva.

- Acreditar, en su caso, los permisos sanitarios y el origen de las mercaderías que se comercializan.

- Cumplir con la normativa tributaria correspondiente.

De esta manera, apuntó, el proyecto de ley en informe sería concordante con las normas contempladas en los artículos 4º y 5º de la iniciativa Boletín Nº 5.069-03, toda vez que este último establece quienes fiscalizan a los que ejercen el comercio ambulante o establecido, concede la facultad a los fiscalizadores para requerir la exhibición de los permisos municipales o sanitarios respectivos, y los documentos que acrediten el origen de las especies que se comercializan, y contempla el otorgamiento de un sistema único de identificación personal por parte de las Municipalidades.

En conclusión, puntualizó, el Ministerio que representa comparte el texto aprobado en general por el Senado, con las siguientes prevenciones:

- No concuerda con la eliminación de la expresión “desaseados”, la cual no estaba considerada dentro de la idea matriz del proyecto.

- Tampoco comparte la propuesta de incorporar en esta ley a los buses interurbanos y rurales, entre otras razones, porque en tales buses no pueden transportarse pasajeros de pie, al tenor de la normativa que consignan los artículos 6º y 51 del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros.

En cuanto a las indicaciones presentadas al proyecto de ley en estudio, señaló que, en opinión del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sería procedente que todas ellas sean rechazadas, pues resulta suficiente el texto aprobado en general por el Senado, en armonía con la iniciativa legal sobre comercio ilegal a la que se ha hecho referencia. Las propuestas contenidas en las indicaciones no serían pertinentes, porque:

- En los buses interurbanos y rurales no pueden transportarse pasajeros de pie.

- El conductor del bus tiene como única misión la de conducirlo y no la de fiscalizar si un vendedor o artista cumple o no con la normativa legal.

- El comercio o actividad artística al interior de un bus, se ejercería en un espacio privado, toda vez que los buses son de propiedad de privados.

- Sería negativo el permitir que un sindicato de trabajadores emita tarjetas para ejercer el comercio a bordo de los buses, pues podrían generarse monopolios e, incluso, cobros para otorgar una credencial, sin cumplir mayores requisitos.

- Los buses no pueden detenerse en paraderos no autorizados por la Municipalidad respectiva o la Dirección de Vialidad.

- El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones carece de facultades para otorgar autorizaciones que importen el ejercicio del comercio ambulante en buses privados, y tampoco se ha establecido la carga respectiva para los operadores, ya sea en las bases de licitación o en los contratos de concesión. Tal imposición, además, sería de iniciativa propia del Ejecutivo, pues necesariamente generaría un mayor costo fiscal.

- Por otra parte, dicha Secretaría de Estado no puede ser garante de que las personas autorizadas para ejercer el comercio ambulante cumplan toda la normativa constitucional, legal y reglamentaria. Cada órgano del Estado debe actuar dentro de la órbita de su competencia y, en este caso, dicho Ministerio es rector en materia de tránsito, no así respecto del comercio, cualquiera sea su tipo.

A continuación, intervinieron los representantes del Servicio de Impuestos Internos.

El señor Jefe de la Oficina Fiscalía Anti Comercio Clandestino, de la Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos, explicó que dicho Servicio, si bien entiende que este proyecto de ley responde a loables fines sociales, no comparte su propuesta por las siguientes razones.

En primer término, recordó que este Servicio desde hace varios años se encuentra trabajando, junto a los sectores público y privado, en el combate contra el denominado comercio ilegal, atendido los graves perjuicios que éste produce a la economía del país, afectando importantes bienes jurídicos, como son, por ejemplo, la propiedad intelectual, la propiedad industrial, la salud pública o los derechos de los consumidores. Agregó que las estadísticas son elocuentes en esta materia, revelando la existencia de numerosas causas judiciales en las cuales se involucran sendas organizaciones del crimen que actúan como proveedoras de esta actividad comercial que opera al margen de la ley. En ese contexto, agregó, la iniciativa legal en estudio podría favorecer el comercio ilegal contra el cual la autoridad tributaria ha desplegado significativos esfuerzos y, por tanto, no la comparte, a pesar del sentido social en el que se inspira.

En segundo lugar, agregó, las fórmulas de control que están contempladas hacen ilusoria una efectiva fiscalización. Así por ejemplo, la exhibición ante el conductor del bus de una tarjeta de identificación por parte del comerciante o artista, sería una medida precaria toda vez que dicha credencial podría ser falsificada, lo cual no será posible de detectar por el conductor. Además, debe recordarse que en este último tiempo, en aras de la seguridad, la tendencia ha sido liberar a los conductores de un conjunto de funciones anexas -como por ejemplo, el cobro de pasajes y el corte de boletos-, de modo que se dediquen exclusivamente a la conducción del vehículo. Acá, en cambio, se les encomendaría una función adicional de control documentario, que no sólo no les es propia, sino que además no estarían en condición de cumplir.

Por otra parte, la acreditación ante Carabineros de Chile del origen de las mercaderías mediante una factura de compra o una boleta de compraventa, tampoco sería de gran efectividad, por cuanto estos documentos también podrían ser falsificados, circunstancia que no será posible de comprobar por el funcionario policial, al no disponer de los medios para ello. Igualmente, no podrá esclarecer si se trata de mercaderías o productos falsificados, medicamentos en mal estado, etcétera.

En cuanto a una eventual fiscalización por parte del Servicio de Impuestos Internos, tampoco resulta una alternativa viable por cuanto el número de sus funcionarios sería insuficiente para cubrir el universo de buses que operan en la locomoción colectiva.

Atendido lo anterior, añadió, es dable esperar que, por esta vía, los proveedores del comercio ambulante clandestino obtengan una alternativa legalizada para “blanquear” sus mercaderías de origen ilegal.

En otro orden de ideas, esta autorización otorgada a un sector que actualmente opera en la informalidad, específicamente al interior de la locomoción colectiva, podría generar el reclamo por parte de los comerciantes informales que trabajan en la vía pública, quienes podrían esgrimir una discriminación injustificada en su contra, exigiendo que se les dé el mismo tratamiento, lo cual, a la postre, podría significar el incremento del comercio ilegal en la vía pública, con mayor perjuicio de los comerciantes establecidos, que declaran y pagan sus impuestos, y generan puestos de trabajo, no obstante lo cual, padecen esta competencia desleal por parte del comercio informal.

En consecuencia, concluyó, por todas estas razones de carácter práctico, el Servicio de Impuestos Internos estima que la iniciativa legal en estudio, más que aportar una solución a un problema social, abre una puerta al comercio ilegal, motivo por el cual no la comparte.

El señor Jefe de Gabinete del Subdirector de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos señaló que dicho Servicio ofrece su opinión técnica respecto del proyecto de ley en informe, en su calidad de servicio a cargo de la tributación fiscal interna.

Desde dicha perspectiva, explicó que existen ciertos regímenes simplificados para que tributen los pequeños comerciantes, particularmente respecto del Impuesto a las Ventas y Servicios, que es el atinente a este caso. Este sistema simplificado de tributación consiste en que los comerciantes de escasa significación económica pueden pagar el I.V.A. mediante una tasación de un débito fiscal mensual, el cual se establece por decreto supremo del Ministerio de Hacienda para ciertos sectores o un conjunto de contribuyentes. Se trata, pues, de un monto estimado, que se fija como débito de dicho impuesto. Sin embargo, agregó, para que los contribuyentes puedan acogerse a este régimen, es necesario que cumplan con determinados requisitos legales y, en opinión de este Servicio, es probable que los trabajadores del comercio que se ejerce en la locomoción colectiva, no estén en condiciones cumplir tales exigencias. Ello, apuntó, podría derivar en una dificultad para la administración tributaria, viendo entorpecida la función fiscalizadora. Entre las obligaciones a que está sujeto el pequeño contribuyente para acceder a este sistema, mencionó las siguientes:

- Llevar un Libro de Ventas Diarias, donde se registren las ventas y servicios reales que se efectúen.

- Llevar un Libro de Compras, en el cual se consignen las adquisiciones y servicios recibidos y que dan derecho a crédito fiscal.

- Conservar la documentación que haya dado derecho a crédito fiscal en cada período respectivo.

- Mantener a la vista del público, en lugar destacado, un cartel proporcionado por el Servicio de Impuestos Internos que lo acredite como pequeño contribuyente, y

- Declarar y pagar el I.V.A. en los meses de abril, julio, octubre y enero, por las declaraciones de impuesto correspondientes a los períodos de enero a marzo, abril a junio, julio a septiembre y octubre a diciembre, respectivamente.

En consecuencia, acotó, desde la perspectiva tributaria, se estima que la autorización que se otorgará a estas personas para trabajar al interior de los buses de la locomoción colectiva, no asegura que éstas cumplan con sus obligaciones tributarias formales y con el pago de los impuestos correspondientes, dada su condición de contribuyentes de difícil fiscalización.

Finalmente, explicó que también respecto del Impuesto a la Renta la ley contempla un sistema simplificado de tributación, referido a los pequeños comerciantes que venden directamente al consumidor en la vía pública. De acuerdo a este régimen especial, estas personas pueden tributar mediante el pago de media unidad tributaria anual, que constituye un impuesto único, y que se paga junto con la patente municipal. Sin embargo, en este caso también podrían haber problemas porque la ley exige para que opere este sistema que se trate de personas naturales que vendan directamente al consumidor en la vía pública, en tanto que, el proyecto en estudio, se refiere a quienes ejerzan el comercio en los vehículos de la locomoción colectiva, lo cual no corresponde a la vía pública.

Enseguida, expuso el Presidente Nacional de la Confederación Nacional Unitaria de Trabajadores del Transporte y Afines de Chile (CONUTT), quien manifestó que la entidad a la que representa se encuentra de acuerdo con la iniciativa legal en estudio, por considerar de justicia social otorgar un marco legal a la actividad del comercio ambulante en los vehículos de la locomoción colectiva, sea urbana, interurbana o rural.

Sin perjuicio de lo anterior, hizo presente algunas observaciones tanto al texto aprobado en general como a las indicaciones formuladas al mismo.

Señaló que comparten la eliminación en el artículo 91, Nº 3, de la Ley de Tránsito, de la expresión “desaseados” y la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo.”.

Con respecto a la incorporación de un artículo 91 bis, expresó que las indicaciones que así lo proponen pretenden dar respuesta a las necesidades que se han planteado para permitir el ejercicio de esta actividad. Ahora bien, de conformidad a la experiencia que ellos registran como conductores de la locomoción colectiva, estiman pertinente considerar al efecto lo siguiente:

- Para que la norma y aplicabilidad sean concordantes, la autorización (incluyendo credencial y registro) para ejercer este oficio, debería ser otorgada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, toda vez que se trata de la autoridad directamente vinculada al transporte público de pasajeros.

- Este permiso debería ser concedido a los comerciantes ambulantes y artistas que se encuentren organizados. De esta forma, no sólo la persona, sino que también la respectiva entidad, serán responsables del buen comportamiento y cumplimiento de las normas que regulen la actividad.

- Los conductores podrán exigir la exhibición de la credencial para permitir el acceso a bordo del bus de un vendedor o un artista. Se trata, pues, de apoyar y no de entorpecer el ejercicio de la actividad.

- Estos trabajadores ambulantes, tal como ellos mismos lo han manifestado, tienen interés en formalizar su oficio, para lo cual estiman pertinente:

- Contar con iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, tributando bajo el régimen de renta presunta.

- Acreditar el origen de las mercancías que expendan.

- Ser fiscalizados, para lo cual proponen que Carabineros de Chile sea la entidad a cargo del control correspondiente. Asimismo, que los documentos que soliciten al efecto sean la credencial otorgada por el Ministerio del ramo, y la fotocopia legalizada de la iniciación de actividades.

Por último, hizo presente que, en opinión de la organización que encabeza, no debería haber limitaciones de tiempo y distancia para el ejercicio de las actividades en comento a bordo de la locomoción colectiva urbana y rural. Con respecto a los buses interurbanos, en cambio, proponen que para que no haya una mala utilización de la norma, sólo se permita estas actividades en los terminales de cada ciudad (sean éstos municipales, concesionados o privados), en los peajes y en tramos no superiores a cincuenta kilómetros.

Concluyó su exposición reiterando el apoyo que CONUTT presta a la iniciativa legal en informe. Subrayó que tras esta propuesta está el futuro de un importante grupo de trabajadores, que sufren un estigma social vinculado a la delincuencia, pero que, conforme a la experiencia de los conductores, en una gran mayoría se trata de personas honestas y esforzadas que sólo aspiran a desempeñarse en una actividad legal y formalizada.

Finalmente, intervino el señor Presidente de la Coordinadora de Dueños de Buses Región Metropolitana (CODEBUS), quien, en primer término, señaló que dicha entidad comparte la propuesta de la indicación número 1, del Honorable Senador señor Novoa, referida al artículo 91, Nº 3, de la Ley de Tránsito, toda vez que mantiene en la ley tanto la prohibición de admitir personas desaseadas al interior de los buses de la locomoción colectiva, como la prohibición de ejercer cualquier clase de comercio en dichos vehículos. Agregó que toda acción fiscalizadora en los buses por las situaciones descritas sería arbitrario y discriminatorio. En consecuencia, adhieren y apoyan dicha observación.

Explicó que la organización a la que representa conoce desde antiguo el trabajo de los comerciantes ambulantes. Sabido es que el comerciante ambulante forma parte de nuestra idiosincrasia, sin embargo, también es sabido que su actividad tiene dos caras, toda vez que, si bien por lo general se trata de personas trabajadoras y honradas, no es menos cierto que un porcentaje de ellos facilitaba los asaltos y hurtos, razón por la cual se hace necesario un empadronamiento formal, ya que de ello depende la seguridad de los usuarios.

Señaló que apoyan el trabajo de estas personas, no obstante lo cual sugieren que, sin perjuicio de que deban pagar la respectiva patente ante una Municipalidad, es necesario que, tanto el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, como Carabineros de Chile y los concesionarios, tengan un registro de las personas autorizadas para estos efectos. Asimismo, añadió, se debería normar la cantidad de trabajadores que podrán dedicarse a dicha actividad, a fin de que ésta sea verdaderamente rentable, estableciendo un número limitado de personas que podrán ser autorizadas al efecto. Dentro de este marco, apuntó, los propios trabajadores podrán ayudar al control de las diversas situaciones que suelen verificarse al interior de los buses y colaborar en la mantención de un servicio en orden.

A continuación, los miembros de la Comisión formularon sus observaciones y consultas en torno a la materia en análisis.

El Honorable Senador señor Letelier hizo presente que en la región a la que representa es una práctica habitual el que los vendedores ambulantes de pasteles ofrezcan sus productos al interior de los buses interurbanos, para lo cual ellos abordan dichos buses en los lugares donde éstos se detienen, como por ejemplo, los peajes. En todo caso, apuntó, lo anterior se sustenta en un acuerdo que estas personas tienen con las respectivas empresas de transporte, lo cual, al parecer, ha funcionado con regularidad, sin generar mayores problemas en el sector. Lo mismo acontece, añadió, en diversas regiones de nuestro país, como por ejemplo, la Quinta y la Octava Región o la Región Metropolitana. Más aún, acotó, en muchos casos estas personas cuentan con permisos municipales, han pagado los respectivos derechos e, incluso, han formado sindicatos. Es decir, están formalizados. Por consiguiente, manifestó su inquietud sobre la pertinencia de legislar para regular una actividad que, si bien en los hechos se ejecuta, no es menos cierto que opera sin mayor dificultad, al menos en lo que se refiere al transporte público interurbano, donde, repitió, existe un trato entre privados de larga data y de exitoso resultado.

La Honorable Senadora señora Alvear recabó la opinión del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones respecto de una inquietud que se ha planteado en este debate referida a los resguardos que sería necesario adoptar para evitar que la autorización municipal dé lugar a un exceso de trabajadores que se desempeñen en este ámbito, especialmente en épocas pre eleccionarias, en las cuales, con fines electorales, podría generarse el problema de que se otorguen permisos en forma desmedida. Sugirió que una forma de mantener cierto control en este campo, podría ser otorgar algunas facultades a las Intendencias Regionales para que cumplan un rol en esta materia.

El señor asesor legislativo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones coincidió con la complejidad que representa el control en este ámbito. Sin embargo, añadió, cada vez que se solicite la respectiva autorización, la Municipalidad tendrá que exigir para tales efectos el pago de una patente municipal, lo cual implica requerir la previa iniciación de actividades y, por tanto, existe una razón de orden económico que pondría una limitante para el ejercicio del giro comercial.

El Honorable Senador señor Pérez Varela apuntó que, entre el texto aprobado en general y las indicaciones presentadas, pueden observarse algunas diferencias sustanciales. Así por ejemplo, mientras el primero contempla como una facultad la posibilidad de permitir el acceso de una persona al interior de un bus para desarrollar una actividad artística o comercial, las segundas la conciben con carácter obligatorio, de modo que se trata de un aspecto fundamental a resolver. En otro orden, añadió, la expresión “que cuenten con la autorización municipal respectiva”, debe ser entendida como la desencadenante de un conjunto de otros trámites previos a cumplir, entre ellos, la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos y el pago de una patente municipal.

Asimismo, indicó que, efectivamente, en la Octava Región existen vendedoras ambulantes de dulces autóctonos de la zona, conocidas como “palomitas”, las cuales ingresan a los buses y ofrecen sus productos, pero sólo cuando éstos están detenidos, es decir, no se trasladan en ellos. Estas trabajadoras, acotó, se encuentran organizadas y están uniformadas, de modo que el ejercicio de su actividad tampoco ha registrado inconvenientes.

La Honorable Senadora señora Alvear expresó compartir lo señalado por Sus Señorías, y advirtió sobre la necesidad de revisar a quiénes estará dirigida la normativa que se dicte, a fin de evitar que termine aplicándose a quienes no estaba realmente destinada, como por ejemplo podrían ser estas personas que hasta la fecha se han dedicado a esta ocupación operando en función de una costumbre, frente a la cual esta nueva regulación podría ser una fuente de conflictos que, hasta ahora, no se han producido.

Por su parte, el Honorable Senador señor Allamand formuló las siguientes consultas al representante del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. En primer término, recordando una inquietud manifestada con anterioridad, preguntó si la autorización otorgada por una municipalidad determinada habilitará para ejercer estas actividades comerciales o artísticas en cualquier comuna del país o si, por el contrario, sólo darían permiso para desarrollarlas en el territorio de la comuna de que se trate.

A este respecto, el Honorable Senador señor Letelier manifestó que el pago de los derechos municipales dicen relación con la posibilidad de acceder al ejercicio de una determinada actividad económica y, por consiguiente, la autorización municipal permitiría ejercer la actividad en cualquier lugar del país, tal como sucede con las patentes profesionales, las cuales, si bien se pagan en una municipalidad específica, habilitan para el ejercicio de la respectiva profesión en todo Chile.

El señor asesor legislativo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones señaló que el trabajador podrá recurrir a la municipalidad de su elección para solicitar la autorización respectiva y será ésta la que haga las exigencias administrativas que correspondan. Ese permiso, a su juicio, debería facultar para ejercer la actividad pertinente en cualquier comuna del país, porque tras su otorgamiento, el trabajador cumple con el requisito que establece la ley al efecto, tal como sucede con el permiso de circulación o las patentes profesionales.

En segundo lugar, el Honorable Senador señor Allamand consultó cuál es el alcance que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones atribuye a la observación de que no formarían parte de la idea matriz del proyecto de ley, la eliminación de la expresión “desaseados”, así como tampoco se contemplaba la incorporación de las actividades artísticas entre las que se permitiría ejercer al interior de los buses de la locomoción colectiva.

El señor asesor legislativo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones explicó que, en opinión del Ministerio al que representa, la palabra “desaseados”, cuya eliminación no fue originalmente propuesta por la iniciativa legal, debería mantenerse en la ley y, por tanto, sería pertinente rechazar la indicación que suprime dicha expresión del texto vigente.

En cuanto a las actividades artísticas, señaló que tampoco estaban inicialmente contempladas en el proyecto, lo cual se explica porque su desarrollo no constituye un ejercicio comercial propiamente tal, no se trata de la venta de un producto y, por tanto, no estarían prohibidas en los términos del artículo 91, Nº 3, de la Ley de Tránsito. No obstante, aclaró, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones es partidario de que se permita el ejercicio de estas actividades al interior de los buses del transporte público, prueba de lo cual es un convenio celebrado -en el que participaron dicho Ministerio, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, los concesionarios, los artistas y el programa Transantiago-, en virtud del cual se permite, bajo determinados requisitos, el desempeño de artistas a bordo de los buses de la locomoción colectiva. Destacó que, en la actualidad, se encuentran adscritos a este convenio, aproximadamente, 500 artistas.

Finalmente, el Honorable Senador señor Allamand preguntó la opinión del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en cuanto a quién debe prestar la respectiva autorización para que estos trabajadores ingresen al bus colectivo, esto es, el conductor del vehículo o el propietario concesionario. Advirtió que la norma, en sus actuales términos, podría interpretarse en el sentido de que otorga esta facultad sólo al conductor del bus, quien, por tanto, será soberano en decidir si permite o no el acceso de dichos trabajadores, con total independencia de lo que al respecto le señale el propietario del vehículo o de lo que consignen las respectivas bases de licitación y los contratos de concesión celebrados conforme a ellas.

El señor asesor legislativo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones señaló que, efectivamente, al tenor del texto propuesto, la decisión al respecto queda entregada a la voluntad del conductor. Sin embargo, apuntó, el conductor tiene un empleador y éste, a su turno, es quien se relaciona con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mediante la concesión respectiva. Dada esta estructura, reiteró, en el caso del transporte público de Santiago, se celebró un acuerdo entre los trabajadores artísticos, los concesionarios, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y el programa Transantiago, conforme al cual se permite el desempeño de los artistas en los vehículos de la locomoción colectiva.

El Honorable Senador señor Allamand subrayó que, de conformidad a la actual normativa, el ejercicio comercial en los buses del transporte público está prohibido, derivado de lo cual, las bases de licitación y las concesiones respectivas no contemplaron esa posibilidad. No obstante, la ley propuesta establece lo contrario, eliminando la prohibición. Ello, advirtió, es un tema que reviste especial importancia y que será preciso esclarecer, toda vez que la nueva ley prevalecerá por sobre el régimen vigente. En consecuencia, solicitó al representante del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones analizar esta materia y remitir a la Comisión sus conclusiones al respecto.

En otro orden de ideas, el Honorable Senador señor Pérez Varela subrayó que el trámite de iniciación de actividades vincula al contribuyente a un sistema tributario. En este caso, además, dicho sistema podría corresponder al régimen simplificado de tributación de I.V.A., para lo cual es necesario que se cumplan ciertos requisitos legales que permitirían acogerse a ese régimen. Lo anterior, no obstante, de conformidad a lo expuesto, no estaría exento de dificultades de tipo práctico.

El Honorable Senador señor Allamand advirtió que los diversos inconvenientes para cumplir con los requisitos legales pertinentes, hacen temer que estos trabajadores no puedan acceder al sistema simplificado y, en cuanto a la posibilidad de aplicar entonces el régimen general de tributación, los márgenes de incumplimiento y evasión parecen aún mayores. Por consiguiente, solicitó a los representantes del Servicio de Impuestos Internos revisar nuevamente este tema y proporcionar a la Comisión, a título ilustrativo, sus conclusiones al respecto.

Por otra parte, Su Señoría se refirió a la vinculación que se produciría entre la presente iniciativa legal y el proyecto de ley sobre comercio ilegal (Boletín Nº 5.069-03), en actual tramitación legislativa.

Sobre el particular, señaló que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5º del referido proyecto, “Las municipalidades deberán establecer en sus respectivas ordenanzas los lugares donde se podrá ejercer el comercio ambulante, las que deberán contener, a lo menos, un sistema único de identificación personal, con registro fotográfico de la persona autorizada para ejercer dicho comercio.”. Esta disposición exige, pues, la determinación -mediante las respectivas ordenanzas municipales- de los lugares en los cuales se podrá ejercer el comercio ambulante. Por consiguiente, añadió, la norma que aquí se estudia sería mucho más amplia que la recién transcrita, toda vez que estaría permitiendo el referido comercio en los buses de la locomoción colectiva, los cuales no corresponden al concepto de “lugares” a que se ha hecho mención, sino que son medios de transporte que, como tales, se desplazan de un lugar a otro. Consultó la opinión del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a este respecto.

El señor asesor legislativo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones señaló que el citado proyecto de ley sobre comercio ilegal, en su artículo 4º, distingue entre comercio ambulante y comercio establecido, por lo tanto una interpretación armónica de las disposiciones conduce a entender como reconocido el comercio ambulante y que, como tal, deberá cumplir con las exigencias del artículo 5º del mismo proyecto. Ahora bien, en cuanto a qué se entenderá por comercio ambulante, indicó que, nuevamente obra de la interpretación, podría considerarse tanto el que se ejerce a pie en la vía pública como el que se desarrolla a bordo de los vehículos del transporte colectivo.

El Honorable Senador señor Allamand reiteró que un bus de la locomoción colectiva, por definición, no es un “lugar”. Además, de acuerdo al sentido en que se orienta la norma, lo que se pretende es que se determinen ciertos lugares o espacios físicos donde se podrá ejercer este comercio, situándolo geográficamente en la vía pública y permitiendo con ello una efectiva fiscalización. En cambio, en la iniciativa en estudio, se estaría autorizando el comercio ambulante sin que éste tenga asignado un lugar específico para su ejercicio, contrariando el principio contenido en el proyecto sobre comercio ilegal. Solicitó, entonces, una revisión de este tema a fin de contar con una opinión ilustrativa sobre el mismo.

En otro ámbito, Su Señoría consultó al representante de la CONUTT qué magnitud alcanza hoy día el comercio ambulante en la locomoción colectiva.

El señor Presidente Nacional de la CONUTT respondió que cuando se puso en marcha el programa Transantiago, en febrero del año 2007, hubo muchas dificultades para que este comercio se ejerciera al interior de los buses, no sólo por la prohibición existente sobre la materia, sino que además por todos los problemas derivados de la ejecución misma del programa. Posteriormente, cuando la situación se normalizó, esta actividad retomó su curso, con lo cual, hoy en día es posible encontrar vendedores ambulantes que comercian en los buses del transporte público en todas las comunas de Santiago, pudiendo estimarse en unos 5.000 trabajadores dedicados a este rubro sólo en la Región Metropolitana, sin considerar a quienes se dedican a las actividades artísticas a bordo de la locomoción colectiva.

El señor asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social preguntó la opinión de los conductores respecto a la posibilidad de limitar el ingreso de comerciantes y artistas durante los horarios punta. Asimismo, consultó el parecer del sector respecto de quién debería estar facultado por la ley para autorizar el ingreso de estos trabajadores a los buses, esto es, los conductores o los empresarios del transporte.

El señor Presidente Nacional de la CONUTT expresó que dicha facultad debería quedar radicada en el conductor, toda vez que es él quien está en la calle, el que está operando el bus y conoce la situación práctica que se da día a día. No obstante, advirtió, ello no estaría exento de dificultades, dada las condiciones en que éstos cumplen su función e, incluso, el tipo de buses que conducen. Recordó que las empresas del transporte se han opuesto a estas actividades, sin embargo, los conductores comparten la idea de legalizarlas y formalizarlas. Esta dualidad en más de una ocasión ha dado lugar a conflictos no menores, razón por la cual estiman que la autoridad competente para estar a cargo de este tema y de su fiscalización, es el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

En cuanto a la limitación para acceder a los buses en horarios punta, señaló que ese es un aspecto que, en verdad, se regula en forma casi automática. En efecto, explicó, en los horarios de mayor flujo de pasajeros es prácticamente imposible para los comerciantes y artistas ingresar a los buses, de modo tal que sólo acceden a los mismos una vez que la circulación se ha normalizado. Por consiguiente, establecer limitaciones a este respecto podría generar más dificultades que beneficios, como por ejemplo, en materia de fiscalización. En ese entendido, sugirió, sería preferible no establecer una regulación específica sobre este aspecto y dejar que se autorregule, como históricamente ha sucedido hasta ahora.

El Honorable Senador señor Allamand preguntó qué tipo de dificultades podrían esperarse en la implementación de este nuevo sistema que permitiría el ingreso de comerciantes y artistas a los buses del transporte público.

El señor Presidente Nacional de la CONUTT señaló que, sin perjuicio de estimar que la actividad de estos trabajadores amerita ser formalizada y que los conductores manifiestan su disposición para colaborar en el desarrollo de la misma, hay algunas dificultades de índole práctico, como por ejemplo, los problemas de control que podrían generarse atendido el tipo de buses que operan -denominados buses cuncuna-, ya que, siendo de tres puertas, disminuyen las posibilidades de fiscalizar el ingreso de estos trabajadores o el normal desenvolvimiento de su actividad. Agregó que, en tanto se mantengan las actuales condiciones

-como los buses de estas características o la existencia de paraderos artesanales-, la situación a este respecto seguirá siendo compleja. No obstante, apuntó, la tendencia debería ser a mejorar progresivamente el sistema.

El Honorable Senador señor Letelier consultó cómo se ha desarrollado históricamente la relación entre los conductores de la locomoción colectiva y los trabajadores que se desempeñan en el comercio ambulante a bordo del transporte público. Acotó que en esta materia hay un trasfondo cultural importante, y la realidad ha demostrado que, sin perjuicio de los casos de excepción, la relación entre comerciantes ambulantes y conductores de buses se ha desenvuelto en completa normalidad y sin mayores conflictos durante muchos años. Finalmente, preguntó cuál es el número de conductores afiliados a la CONUTT.

El señor Presidente Nacional de la CONUTT señaló que, efectivamente, la relación entre conductores y comerciantes o artistas ambulantes se ha desarrollado en muy buena forma. Incluso, añadió, como se trata de personas que se encuentran a diario -porque, por ejemplo, frecuentan un mismo recorrido de autobús-, se hacen conocidas y habituales. En cuanto al número de afiliados a la Confederación que encabeza, expresó que ésta agrupa a unos 7.000 trabajadores, aproximadamente, de los 17.000 conductores que se desempeñan actualmente en Santiago.

Con posterioridad, la Oficina Fiscalía Anti Comercio Clandestino del Servicio de Impuestos Internos, hizo llegar a la Comisión una minuta explicativa titulada “Tributación Pequeños Comerciantes y Artistas”. Por su parte, la División Legal de la Subsecretaría de Transportes, acompañó una minuta con comentarios complementarios sobre el proyecto de ley en informe, al tenor de las consultas que le fueron formuladas durante el debate del mismo.

Asimismo, la Oficina de Informaciones del Senado hizo llegar a la Comisión los resultados y aportes recibidos mediante el sistema “Senador Virtual”, respecto del proyecto de ley en estudio.

Todos los referidos documentos fueron debidamente considerados por los miembros de la Comisión, y se contienen en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

En la sesión siguiente, la Honorable Senadora señora Alvear consultó al Ejecutivo su opinión acerca de las modificaciones que sería necesario introducir al proyecto de ley, al tenor del análisis que se ha efectuado en torno al mismo. Subrayó que, conforme a dicho estudio, surge la inquietud respecto de aquellas enmiendas que corresponden a la iniciativa exclusiva de la Presidenta de la República, las que, además, harían necesaria la apertura de un nuevo plazo para presentar indicaciones.

La señora Ministra del Trabajo y Previsión Social señaló que la Secretaría de Estado a su cargo comparte la iniciativa de ley en trámite, toda vez que, sin perjuicio de los perfeccionamientos que resulten pertinentes, es un proyecto que contribuye a la formalización de una actividad que, en los hechos, es desarrollada por un grupo no menor de personas que hoy en día se desempeñan no sólo en la ilegalidad, sino que además soportando sobre sí un estigma social que los vincula con la delincuencia urbana. Se trata, pues, de reconocer legalmente esta actividad, dando lugar a un conjunto de derechos y obligaciones que afectarán a los trabajadores del rubro. Para tales efectos, apuntó, sería preciso establecer la obligación de tributar, por ejemplo, mediante un sistema de tributación en base a renta presunta, tal como acontece hoy en día respecto de otros tantos trabajadores. Por esa vía, acotó, podría generarse la formalización pretendida. Indicó que, si bien este proyecto resulta innovador, ello impone el desafío de dar respuestas también innovadoras a la problemática que aborda.

Destacó que los trabajadores que actualmente se dedican a esta actividad, han hecho un gran esfuerzo para organizarse, y así por ejemplo, se han agrupado sindicalmente y han adoptado el uso de uniformes como un medio visual de ser identificados como tales. Ello revela el serio interés que tienen estas personas por progresar, ser reconocidos como trabajadores y actuar al amparo de la ley.

Finalmente, subrayó la trascendencia del proyecto en trámite y valoró el debate desarrollado en la Comisión a su respecto. Asimismo, consideró como un aporte la reapertura del plazo para presentar indicaciones, ya que ello representa una nueva oportunidad para mejorar la iniciativa en lo que sea pertinente.

El Honorable Senador señor Muñoz Aburto coincidió con la necesidad de abrir un nuevo plazo que ofrezca la posibilidad de presentar nuevas indicaciones al proyecto, a fin de incorporar las modificaciones que son necesarias para su perfeccionamiento. Agregó que las indicaciones hasta ahora formuladas no son suficientes al efecto, toda vez que varias de ellas abordan materias cuya iniciativa exclusiva corresponde al Ejecutivo y, por consiguiente, ameritan ser declaradas inadmisibles, con lo cual el proyecto no lograría ser mejorado como se espera.

El Honorable Senador señor Allamand apuntó algunos de los temas que resultarían pertinentes de ser considerados para los efectos de plantear, vía indicaciones, nuevas propuestas al texto legal.

En primer lugar, señaló que sería preciso distinguir entre el transporte urbano, rural e interurbano, toda vez que cada uno de ellos responden a realidades distintas y, por tanto, no parece adecuado aplicar a todos las mismas normas por igual. Así por ejemplo, en los hechos, la actividad comercial no se permite en los buses interurbanos durante los trayectos, admitiéndose vendedores sólo mientras los vehículos se encuentran detenidos en los terminales de buses y hasta antes que éstos inicien su viaje. Sin embargo, el texto del proyecto, en su actual redacción, haría posible tal comercio incluso durante el recorrido mismo, ya que sus normas serían aplicables a todos estos tipos de transporte público de pasajeros.

Otro aspecto importante, añadió, sería la revisión de la incidencia de esta nueva normativa en la operatividad del sistema Transantiago, cuya ejecución es, de suyo, muy compleja.

Asimismo, otro tópico de relevancia, sería definir si se establecerá el “deber” o la “facultad” de los conductores para admitir el ejercicio del comercio al interior de los buses de transporte público a su cargo.

Por otra parte, agregó, habría que analizar los efectos que en la práctica podrían tener estas normas en el desempeño de los choferes, para quienes este nuevo régimen podría representar una carga adicional a sus actuales funciones, las que ya son suficientemente complejas dada su propia naturaleza y las condiciones en que éstas son cumplidas. Recordó que, si bien durante el debate en la Comisión, la respectiva organización de trabajadores (CONNUT) expresó que este comercio no dificulta su labor, él ha recibido opiniones en contrario de conductores que le han manifestado su preocupación ante la eventual autorización para ejercer el comercio en los buses del transporte público, toda vez que ello significaría una sobrecarga a su ya difícil tarea, debiendo ocuparse, además de la conducción del vehículo, de verificar los permisos, las certificaciones, las credenciales, la autenticidad o falsedad de las mismas, etcétera. Ello, a su juicio, parece ser un argumento plausible porque sabido es que el trabajo de los choferes de la locomoción colectiva no es fácil.

En consecuencia, anotó, existen varios temas a revisar en esta materia, para lo cual sería pertinente que el Ejecutivo recabara la opinión de los distintos actores del sector, en forma previa a la nueva formulación de indicaciones.

El señor asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social señaló que, efectivamente, la resolución de estas materias requiere que se esclarezcan algunos asuntos de relevancia. Por ejemplo, acotó, si bien el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones no se opone al proyecto en comento, ha hecho presente algunas observaciones al mismo, entre ellas, las dificultades de instaurar a su cargo un sistema de registro de estos trabajadores. Sin embargo, la existencia de un registro municipal también ha recibido sendas críticas. Así, una de las soluciones que ha surgido al respecto, añadió, es la de establecer como requisito de acceso a este mercado, cumplir con el trámite de iniciación de actividades, lo que desde ya plantea, por ejemplo, una de las indicaciones presentadas al proyecto por el Honorable Senador señor Muñoz Aburto. De esta manera, agregó, quedaría pendiente la revisión del tema tributario. Otros puntos a dirimir, dirían relación con la facultad u obligatoriedad de admitir este comercio por parte de los conductores, como asimismo, habría que considerar la posibilidad de que el chofer pueda negar el acceso a los vendedores, cuando las condiciones del tránsito o el eventual peligro de los pasajeros así lo ameriten, lo cual también habría sido contemplado en la indicación citada.

La señora Ministra del Trabajo y Previsión Social apuntó que la iniciación de actividades es un trámite clave para estos efectos, ya que es el punto de partida de la historia tributaria del trabajador y de sus responsabilidades como tal. Recalcó que una diferencia entre este comercio al interior de los buses de la locomoción colectiva y el comercio ambulante que se ejerce en la calles, es precisamente que quienes se dedican a este último, no tributan, no obstante la autorización municipal que los habilita para desempeñarse en la vía pública.

La Honorable Senadora señora Alvear solicitó al Ejecutivo analizar las alternativas para la implementación de un registro de estos trabajadores, atendida la utilidad que éste representa para los efectos pretendidos. Señaló que, tal como existe un registro de artistas que se desempeñan en el transporte público, también podría generarse un sistema de inscripción en un archivo donde conste la identidad de quienes se ocupan en este rubro.

Por otra parte, Su Señoría propuso solicitar a la Sala del Senado la apertura de un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto de ley, a fin de generar por esta vía la instancia necesaria para perfeccionar la iniciativa, en aras de su objetivo fundamental. Los restantes miembros presentes de la Comisión coincidieron con la referida propuesta.

Finalmente, destacó la importancia de escuchar a todos los actores que se desenvuelven en este ámbito, algunos de los cuales ya han tenido la oportunidad de expresar su opinión respecto del proyecto de ley en estudio. Lo anterior, a fin de que la Comisión logre ilustrarse a cabalidad en torno a la realidad en que se desarrolla esta actividad.

Conforme a lo señalado precedentemente, en la sesión siguiente, la Comisión recibió a los representantes de la Federación Gremial Nacional de Buses del Transporte de Pasajeros Rural, Interurbano, Interregional e Internacional de Chile (FENABUS F.G.), quienes expusieron sus observaciones respecto de la iniciativa legal en informe, según se consigna a continuación.

Acompañaron su presentación con dos documentos en los cuales se detalla el parecer de FENABUS F.G. respecto del proyecto de ley en estudio. Ambos documentos fueron debidamente considerados por los miembros de la Comisión, y se contienen en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

El señor Presidente de FENABUS F.G. señaló que la entidad a la que representa no comparte la iniciativa legal en análisis, no sólo porque generará severos inconvenientes en el normal desarrollo de la actividad del transporte de pasajeros, sino que, además, porque contraría la normativa legal que rige la materia.

Asimismo, advirtió que una nueva regulación en este ámbito, debe contemplar una clara distinción entre los distintos tipos de transporte de pasajeros, esto es, urbano, interurbano y rural, ya que cada uno de ellos obedece a una realidad diversa, tienen características propias que los diferencian unos de otros y, por lo tanto, no pueden recibir el mismo tratamiento legal.

Enseguida, el señor ingeniero asesor en transportes de FENABUS F.G. explicó que la iniciativa de ley en estudio efectivamente resulta contraria a la normativa aplicable a esta actividad, la cual recoge las exigencias propias de la operación de los servicios de transporte de pasajeros. Para demostrarlo, citó diversas disposiciones que, en opinión de la referida entidad gremial, serían vulneradas por el proyecto en análisis.

En primer término, mencionó la ley Nº 18.290, de Tránsito, cuyo artículo 91, Nº 3º, prohíbe a los conductores admitir personas que ejerzan cualquier clase de comercio al interior de los vehículos de transporte de pasajeros. Conforme a esta norma, añadió, y dado que la principal misión del transportista es cumplir el objetivo del pasajero de desplazarse hacia el destino elegido, no correspondería ofrecer una actividad ajena a dicha finalidad, ya que, de lo contrario, podría atentarse contra la óptima prestación del servicio, tanto en calidad como en seguridad.

En segundo lugar, se refirió a algunas normas del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta los servicios nacionales de transporte público de pasajeros.

Explicó que el artículo 51 de dicho decreto supremo, prohíbe a las modalidades rurales e interurbanas transportar pasajeros de pie -con excepción de estudiantes, por un máximo de 10-, en servicios de más de 50 kilómetros. En consecuencia, añadió, parece una contradicción permitir ahora por ley que esa regla se rompa para ejercer el comercio al interior de los buses. Asimismo, ello atenta contra la calidad del servicio, especialmente en cuanto a la tranquilidad y seguridad del pasajero, toda vez que no existe certeza del comportamiento que podrían tener vendedores o cantantes, a menos que se registren en cada una de las empresas operadoras. A mayor abundamiento, las empresas, en los propios Terminales han estimulado la actividad comercial, cuidando que ésta se realice en lugares seguros y adecuados al efecto.

Por su parte, el artículo 55 del mismo decreto, dispone que, en los servicios rurales la radio del vehículo podrá ser puesta en funcionamiento, siempre que su volumen sea moderado y ningún pasajero se oponga. Entonces, esta sería otra norma que se estaría vulnerando, después de tantos años de ser aplicada. Desde sus inicios, acotó, la reglamentación de los servicios de transporte ha querido asegurar al máximo la calidad del servicio prestado, evitando en lo posible situaciones de incomodidad para el pasajero. El proyecto, sin embargo, es inconsistente con ello, dado que no se podría evitar el voceo de vendedores o cantantes, aun cuando no sea aceptado por uno o más pasajeros. Agregó que permitir el comercio o las actividades artísticas en los buses de recorrido interurbano, sería equivalente a autorizar su ejercicio al interior de los aviones, con todas las incomodidades que ello implicaría para los usuarios.

Subrayó que el consumidor del transporte público no sólo adquiere el derecho a traslado, sino que también a obtener un servicio de la mayor calidad posible y susceptible de ser controlado. Explicó que, actualmente, el transporte es controlado por parte de la empresa que presta tal servicio, y así por ejemplo, en trayectos de más de 5 horas de duración, los pasajeros tienen que firmar una lista con sus nombres y apellidos. Subrayó que esta facultad de control que tiene la empresa, se vería menoscabada con la nueva normativa al permitir el ejercicio del comercio o la ejecución artística al interior de los buses.

Por otro lado, el artículo 66 del decreto supremo citado, establece que en servicios interurbanos se permitirá el funcionamiento de radios, tocacasetes, televisores y videograbadoras, siempre que los vehículos estén dotados de audífonos para los pasajeros. Este artículo confirma lo que se ha venido diciendo en orden al respeto del derecho privativo del usuario de la locomoción colectiva, a optar por lo que le agrade, entregándole independencia sobre lo que quiere o no quiere escuchar cuando viaja. Este sistema se adoptó desde el año 1992 y las empresas compiten también por este tipo de modernización al interior de los buses, ofreciendo mayor calidad en la audición, de modo que el pasajero pueda escoger si quiere o no escuchar música. En cambio, si ingresa al bus un cantante, el usuario no podrá elegir y estará obligado a escuchar lo que quiera comunicar un artista o un vendedor.

Sobre esta materia, agregó, es posible citar además la Resolución Nº 98, del año 1986, del Ministerio del Transportes y Telecomunicaciones, cuyo número 1º, letra f), se refiere a la música ambiental y comunicaciones internas en los buses tipo pullman. Esta norma establece que tales buses contarán con un equipo amplificador de comunicaciones para informar a los pasajeros, el cual deberá ser operable desde las proximidades del puesto del conductor y deberá contar con un micrófono y cuatro parlantes como mínimo. Dicho equipo estará conectado, además, a una unidad de sonido ambiental. Es decir, el tema de la música y del voceo está rigurosamente regulado en diversas normas del Ministerio del ramo.

Por otra parte, en cuanto a las características técnicas de los buses interurbanos, especialmente los de última generación, señaló que, cualquier persona que viaja en ellos concordará en que sus carrocerías no están estructuradas para llevar pasajeros de pie, como ocurre en los buses urbanos. Así por ejemplo, no existen elementos de sujeción como tubos, asas o manillas, y el pasillo es estrecho, de modo que cualquier tránsito -más aun si lo es con elementos de venta, como canastos o cajas, o bien con instrumentos musicales-, sin duda molestará al pasajero, que es el beneficiario del servicio de transporte y que, además, no ha sido considerado en este proyecto.

Para graficar lo señalado, el señor ingeniero asesor en transportes exhibió algunas fotografías que muestran los inconvenientes prácticos que se derivarían del ejercicio del comercio o de actividades artísticas al interior de los buses interurbanos. Ellas revelan, por ejemplo, que la estructura de la carrocería no es apta para llevar pasajeros de pie, ya que su estrecho pasillo interior y la ausencia de pasamanos, dificulta el tránsito forzado de las personas (vendedores, cantantes, actores, malabaristas). Asimismo, existiría un eventual problema de seguridad debido al aislamiento del conductor con el sector de pasajeros, en virtud de las puertas para separación de ambientes de que están provistos los vehículos más modernos. Por tales motivos, añadió, las empresas se han preocupado de impedir la presencia de vendedores ambulantes en Terminales y buses, a fin de evitar los hurtos de que han sido objeto, en más de una ocasión, las pertenencias de los pasajeros.

Del mismo modo, el ingreso al bus de personas extrañas que intentan vender productos en un tramo prolongado de viaje, como podría ser Santiago – Concepción, generará el problema de determinar dónde los vendedores podrán descender del vehículo, porque no es permitido al conductor detenerse en lugares que no sean los destinados al efecto.

Finalmente, el señor ingeniero asesor en transportes refirió algunas cifras que reflejan la envergadura de la actividad que desarrolla este sector empresarial. Dichos datos señalan lo siguiente:

- Representación empresas:

66% Rural

82% Interurbano

100% Internacional

- Parque vehicular asociado: 11.772 buses

- Kilometraje anual: 2.076 millones

- Patrimonio operacional : US$ 2.350.000.000

- Fuerza laboral directa: 60.000 trabajadores

- Fuerza laboral indirecta: 200.000 trabajadores

A continuación, los miembros de la Comisión formularon sus observaciones y consultas en torno a la materia en análisis.

El Honorable Senador señor Letelier señaló que el alcance del proyecto de ley en estudio diría principalmente relación con el transporte urbano de pasajeros, más que con el interurbano o el rural, atendidas las diferencias que se registran entre unos y otros. No obstante, añadió, en los hechos, existe una práctica voluntaria que permite el comercio al interior de los buses. Sin embargo, reiteró, es necesario despejar las dudas que surgen en la materia, porque es efectivo que cada uno de estos tipos de transporte de pasajeros responde a estándares distintos.

Enseguida, consultó la opinión de FENABUS F.G. en cuanto a cómo debería resolverse este tema, esto es, por la vía de autorizar el ejercicio comercial en los buses o por la de mantener la situación actual imponiendo sanciones a quienes permitan dicho comercio.

El señor Presidente de FENABUS F.G. respondió que la opción más atinente sería mantener el sistema como está concebido en la actualidad, toda vez que permitir las actividades comerciales o artísticas al interior de los buses, generará los mismos inconvenientes que ya se han registrado en la práctica, muchas veces asociados con la delincuencia, en razón de los hurtos de que son víctimas los pasajeros, a los cuales se suman las incomodidades que produce este tránsito extraño de personas y que, obviamente, desagrada a los usuarios. Además, reiteró, autorizar tales actividades contraría toda la normativa aplicable al sector. Por tales motivos, enfatizó, las empresas del rubro no son partidarias de permitir el comercio en sus buses y, por ello, han desplegado todo su esfuerzo para instalar el comercio en los Terminales y evitar el mercado informal.

Insistió en que cualquier modificación sobre la materia requiere diferenciar el transporte urbano, del interurbano y del rural. Incluso más, añadió, el propio concepto “rural” es, por sí solo, muy amplio y admite una nueva distinción entre el transporte rural interno y el rural periférico, esto es, aquel que no obstante corresponder a recorridos inferiores a 200 kilómetros, igualmente cubre algunos tramos en las carreteras interurbanas. De este modo, subrayó, es innegable que estas diferencias en la realidad del transporte de pasajeros, ameritan hacer la respectiva distinción en la ley.

El Honorable Senador señor Pérez Varela expresó que, al tenor de lo señalado, es importante revisar el tema de las diferencias que existen entre los distintos tipos de transporte de pasajeros, porque el texto del proyecto de ley, en sus actuales términos, es aplicable indistintamente a todos ellos. Sin embargo, advirtió, si la normativa especializada del transporte contempla ciertas restricciones por razones de seguridad, por ejemplo, prohibiendo el traslado de pasajeros a pie, ello debe ser un elemento a considerar a fin de no generar contradicciones en la ley que, a la postre, sólo entraben el normal y seguro desarrollo de esta actividad.

El Honorable Senador señor Muñoz Aburto recordó que en este debate ya se ha considerado la posibilidad de que los vendedores que ingresen a los buses para ofrecer sus productos, cumplan previamente el trámite de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos y que tributen en base al sistema de renta presunta. De esta forma, añadió, se evitarían los problemas de competencia desleal frente a los comerciantes establecidos en los Terminales. Mencionó que algunas de las indicaciones presentadas al proyecto ya contemplan dicha propuesta, sin perjuicio de las nuevas indicaciones que sea necesario formular al efecto, en razón de la iniciativa exclusiva que cabe al Ejecutivo en esta materia.

Por otra parte, se manifestó de acuerdo con la pertinencia de distinguir el transporte de pasajeros urbano, interurbano y rural, porque efectivamente se trata de realidades distintas que hay considerar al momento de legislar.

La Honorable Senadora señora Alvear consultó si las empresas del sector estarían de acuerdo con permitir el comercio al interior de los buses, en tanto éste cumpla con determinados requisitos, como por ejemplo, que los vendedores hayan hecho iniciación de actividades, o que ingresen a los buses sólo cuando éstos se encuentren detenidos en los Terminales y únicamente durante las horas del día.

El señor Presidente de FENABUS F.G. contestó que, en la actualidad, a pesar de no estar permitido, igualmente se produce el ingreso de vendedores a los buses de transporte de pasajeros, lo cual ha derivado en complejas situaciones. Calificó como verdaderos dramas los problemas -por lo general asociados a la delincuencia- que en diversas ocasiones se han producido cuando vendedores ambulantes han accedido a los vehículos en las paradas de peajes o en los Terminales. Agregó que, en más de una oportunidad, ha sucedido que los vendedores acceden a los buses y terminan enfrentándose con los conductores o los auxiliares. El pasajero espera un buen servicio y, en ese sentido, influido por la modernidad que vivimos, la tecnología y las nuevas carreteras, el usuario se ha vuelto cada vez más exigente en cuanto a la seguridad y a la tranquilidad que necesita para viajar.

Advirtió que no se trata de negar las posibilidades de trabajo, ya que, muy por el contrario, las empresas que operan en el sector constituyen una importante fuente laboral en la economía nacional. El punto está, subrayó, en que este servicio no se presta para el ejercicio comercial o artístico, y la realidad así lo demuestra.

El señor asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social consultó si los Terminales de buses tienen algún sistema de acreditación de comerciantes, toda vez que en algunos de ellos es posible encontrar vendedores que portan una credencial, suben a los buses para ofrecer sus mercaderías y descienden justo antes de que el bus comience su viaje.

El señor Presidente de FENABUS F.G. respondió que no existe tal sistema de autorización o acreditación de vendedores, ni para operar en forma ambulante al interior de los Terminales, ni para acceder a los buses mientras éstos se encuentran detenidos en el proceso de tomar pasajeros, previo a la partida. Aclaró que, a veces, estos vendedores obtienen una tarjeta de identificación en las municipalidades, sin embargo ello está reñido con la ley toda vez que, conforme a ésta, no está permitido el voceo y la venta al interior de Terminales y buses y, por tanto, se trata de un ejercicio comercial al margen de la legalidad. Reiteró que el pasajero busca seguridad y tranquilidad para viajar, es exigente con el servicio que recibe y la modernidad por la que avanza el país contribuye a incrementar esas exigencias, ya que el usuario se ha acostumbrado a viajar por carreteras de alto estándar y en vehículos mejor equipados, como por ejemplo, los buses de dos pisos, que son los preferidos por los clientes incluso para efectuar trayectos rurales. Por consiguiente, en lugar de avanzar en el desarrollo de la actividad, la nueva regulación propuesta significará, en cambio, un retroceso en el ejercicio de la misma.

El Honorable Senador señor Pérez Varela indicó que, efectivamente, se han impuesto una serie de exigencias para que en los Terminales se instale el comercio establecido, lo cual no se condice con el desempeño de vendedores sin autorización para ejercer la actividad comercial.

Al respecto, el señor Presidente de FENABUS F.G. acotó que un caso emblemático es el que se produjo en la ciudad de Rancagua, donde, tras la instalación de un Terminal de buses que contempló un sistema de comercio establecido, el mercado ambulante e ilegal que operó en el lugar hizo fracasar el proyecto, a tal punto, que fue necesario construir un nuevo Terminal de buses junto a la carretera.

Finalmente, la Honorable Senadora señora Alvear expresó que existe consenso en la importancia de distinguir entre las diversas clases de transporte de pasajeros, esto es, urbano, interurbano y rural, y de analizar la pertinencia de orientar esta iniciativa legal sólo hacia la primera de dichas modalidades, toda vez que las particularidades de las dos restantes, ameritarían su exclusión del alcance del proyecto. Recordó que, tras la reciente reapertura del plazo para presentar indicaciones, el Ejecutivo se encuentra estudiando las propuestas que se formularán al efecto, a partir de las cuales la Comisión estudiará las modificaciones que sea necesario introducir al texto del proyecto de ley, en aras de su perfeccionamiento.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

A continuación, se efectúa una relación de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Honorable Senado -que se transcribe-, y de los acuerdos adoptados a su respecto por vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Artículo único

Contiene dos numerales mediante los cuales se introducen modificaciones a la ley Nº 18.290, de Tránsito.

Número 1

Modifica el artículo 91 de la ley Nº 18.290. Su texto es el siguiente:

“1. Elimínanse en el N°3 del artículo 91, la expresión “desaseados,” y la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”.”.

Cabe señalar que el artículo 91 de la Ley de Tránsito -sobre el cual incide este numeral-, establece las prohibiciones a que están sujetos los conductores de vehículos de la locomoción colectiva. Dispone literalmente lo siguiente:

“Articulo 91.- Prohíbese a los conductores de estos vehículos:

1.- Proveerlos de combustible con personas en su interior;

2.- Llevar pasajeros en las pisaderas y no mantener cerradas las puertas del vehículo cuando se encuentre en movimiento;

3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo;

4.- Admitir animales, canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo del vehículo. Exceptúanse de esta prohibición, los perros de asistencia que acompañen a pasajeros con discapacidad.

5.- Ponerlo en movimiento o no detenerlo completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo;

6.- Aumentar o disminuir la velocidad del vehículo con el objeto de disputarse pasajeros, entorpeciendo la circulación y el buen servicio, y

7.- Fumar en el interior del vehículo.”.

La indicación número 1, del Honorable Senador señor Novoa, propone suprimir el numeral 1 del artículo único del proyecto.

Los miembros de la Comisión compartieron la disposición contenida en el numeral 1 del artículo único del proyecto, toda vez que representa el fundamento que justifica la nueva normativa que esta iniciativa legal instaura. En efecto, este precepto elimina la actual prohibición que la ley Nº 18.290, de Tránsito, impone a los conductores de los vehículos de transporte público de pasajeros, y que les impide admitir cualquier clase de comercio al interior de los mismos. De esta forma, al derogar tal prohibición, la actividad comercial o artística a bordo de dichos vehículos dejaría de estar al margen de la legalidad y pasaría a estar sujeta a una regulación nueva que la permite y reglamenta.

Desde esa perspectiva, en su última sesión, la Comisión desestimó la propuesta de la indicación número 1 en análisis, por cuanto se opone al objetivo trazado al legislar sobre esta materia.

- Por consiguiente, puesta en votación la indicación número 1, fue rechazada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Alvear y señores Letelier y Muñoz Aburto.

Número 2

Agrega un artículo 91 bis, nuevo, a la ley Nº 18.290. Su texto es el siguiente:

“2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis:

“Artículo 91 bis.- Los conductores de buses urbanos, interurbanos y rurales, podrán admitir el ejercicio de la actividad comercial o artística al interior de éstos a personas naturales que cuenten con la autorización municipal respectiva.

Cada comerciante o artista autorizado deberá portar una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo y la fotografía del mismo.”.”.

Respecto del numeral 2 del artículo único, fueron presentadas tres indicaciones.

La indicación número 2, de los Honorables Senadores señores Letelier y Muñoz Aburto, para sustituir el artículo 91 bis que se propone, por el siguiente:

“Artículo 91 bis.- Cada comerciante o artista autorizado deberá portar una autorización municipal, la que se acreditará en una tarjeta de identificación personal, que incluya el nombre completo, cédula de identidad y la fotografía del mismo.

El comerciante o artista podrá ejercer la actividad comercial o artística al interior de buses urbanos, interurbanos y rurales, con la sola exhibición de su tarjeta de identificación personal. Cumpliendo con este requisito, el conductor autorizará el ingreso al interior del vehículo a las personas naturales que cuenten con la referida autorización municipal.”.

Los autores de esta indicación, Honorables Senadores señores Letelier y Muñoz Aburto, estimaron que la propuesta que ella contiene no resultaría ya atinente al proyecto, al tenor de lo acordado respecto de la indicación número 3. Los argumentos esgrimidos al efecto, se consignan más adelante con motivo del debate desarrollado en torno a dicha indicación.

- Consecuencialmente, la indicación número 2 fue retirada por sus autores.

La indicación número 3, del Honorable Senador señor Muñoz Aburto, es para reemplazar el artículo 91 bis que se propone, por el siguiente:

“Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano e interurbano y rural de pasajeros en las siguientes condiciones:

a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos, tributando en el correspondiente escalafón de renta presunta.

b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren además organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

c) Los trabajadores que ejerzan este oficio, deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan, y la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

d) Las empresas de transporte podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que faciliten el ejercicio de esta actividad.

e) Los conductores del transporte de pasajeros, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello en un momento determinado implica un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.”.

Con motivo del estudio de esta indicación, la Comisión analizó los siguientes aspectos:

- Pertinencia de afectar con esta normativa legal al transporte interurbano y rural de pasajeros, o de circunscribir esta reglamentación a los buses de la locomoción colectiva urbana.

- Régimen tributario aplicable en la especie.

- Posibilidad de requerir la autorización de los propietarios de las empresas de transporte para el ingreso de vendedores y artistas al interior de los buses de la locomoción colectiva.

Respecto del primer punto enunciado, la Comisión reiteró la necesidad de orientar el proyecto de ley a los buses de la locomoción colectiva urbana, excluyendo del alcance de sus normas al transporte rural e interurbano de pasajeros, toda vez que las particulares características de cada una de dichas modalidades de transporte, justifican hacer una distinción entre las mismas al momento de definir la normativa que les será aplicable.

Recordaron que, al tenor de los argumentos esgrimidos durante el debate desarrollado en torno a esta iniciativa legal, escuchando a los diversos actores que operan en el sector, concluyeron en la pertinencia de circunscribir esta nueva regulación sólo al transporte urbano de pasajeros.

Conforme a lo anterior, los miembros presentes de la Comisión coincidieron en la necesidad de presentar una nueva indicación para los efectos señalados.

En lo que respecta al régimen tributario aplicable a estos trabajadores independientes, el señor asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social explicó que, conforme al compromiso asumido, dicha Secretaría de Estado y el Servicio de Impuestos Internos estudiaron la posibilidad de presentar una indicación que permitiera definir en esta ley la situación tributaria de los mismos. Sin embargo, tras ese análisis, pudo arribarse a la conclusión de que preparar una indicación para tales efectos generaría una serie de problemas de orden técnico, toda vez que para aplicar el régimen de renta presunta es necesario determinar previamente la respectiva base de cálculo sobre la cual se fijará el impuesto a pagar. Ello implica evaluar los resultados que arrojará la actividad de estos comerciantes y artistas, lo cual no es posible anticipar sin conocer como operará en la práctica. De esta forma, añadió, legalizada que sea su actividad, estos trabajadores independientes necesariamente quedarán sujetos a un determinado régimen legal, saliendo de la clandestinidad y de la prohibición que actualmente les afecta. En razón de lo anterior, como cualquier contribuyente, deberán iniciar actividades ante el Servicio de Impuestos Internos y, tras ello, dicha entidad, en uso de sus facultades legales, procederá a encasillarlos en el sistema tributario que corresponda. Subrayó que, en todo caso, este es el procedimiento habitual que se sigue en los diversos sectores de la actividad económica nacional, en los que, de acuerdo a las características que les son propias, dicho Servicio define la modalidad impositiva aplicable a cada caso en particular.

Sobre la materia, la Comisión recordó que en el caso de los artistas, éstos, previendo que la puesta en marcha del programa Transantiago incidiría directamente en su desempeño como tales a bordo de los vehículos de la locomoción colectiva, celebraron un convenio en el que participaron el Consejo Regional de la Cultura y las Artes de la Región Metropolitana, la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones y la Coordinadora General de Transportes Santiago. En virtud de dicho acuerdo, los artistas -agrupados en el Sindicato Independiente de Cantores Urbanos de Chile (SICUCH)-, recibieron credenciales que les permitirían el paso liberado a los buses que operan en el Transantiago y ejercer en ellos su oficio.

En el ámbito tributario, la Comisión tuvo a la vista el informe presentado por la Fiscalía Anti Comercio Clandestino del Servicio de Impuestos Internos, conforme al cual estos artistas tributan de conformidad a las normas generales contenidas en la Ley sobre Impuesto a la Renta, efectuando los respectivos pagos provisionales mensuales (PPM) y presentando la correspondiente declaración anual, salvo que sus rentas no excedan, en su conjunto, de 10 unidades tributarias anuales. En cuanto al impuesto al valor agregado (IVA), según el mismo informe, estos artistas se encuentran expresamente exentos de su pago, atendido el tipo de actividad que desarrollan.

Conforme a lo señalado, la Comisión coincidió en que no sería necesario definir en esta iniciativa de ley la forma en que tributarán estos trabajadores, toda vez que para tales efectos basta dar aplicación a las normas generales existentes sobre la materia. De ese modo, estos trabajadores, como cualquier contribuyente, deberán cumplir el trámite de iniciación de actividades, y luego, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de las atribuciones que le son propias, determinará el sistema impositivo que corresponde exigir a los mismos.

En consecuencia, la Comisión concordó en la pertinencia de eliminar de la letra a) de la disposición propuesta por la indicación número 3 en análisis, la frase “tributando en el correspondiente escalafón de renta presunta”. Lo anterior, no sólo porque incorporar dicha mención en la ley corresponde a una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, sino que, además, porque dicha referencia sería innecesaria al tenor de los antecedentes y argumentos aportados. De esta forma, la norma sólo explicitaría la obligación de estos trabajadores independientes de contar con la respectiva iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos, lo cual no es más que la aplicación de las normas tributarias generales a estos trabajadores.

En relación a la posibilidad de requerir la autorización del propietario de los buses de transporte de pasajeros para permitir el ingreso de vendedores y artistas a dichos vehículos, la Comisión analizó la pertinencia de contemplar expresamente en el proyecto de ley una exigencia en dicho sentido. Lo anterior, en función de resguardar el derecho de propiedad garantizado en nuestra Carta Fundamental.

La iniciativa legal en estudio, sólo considera la autorización prestada al efecto por el conductor del vehículo, pero nada dice respecto a la aquiescencia que debería manifestar su dueño, lo cual podría significar una cierta vulneración de su derecho de propiedad toda vez que, eventualmente, podría interpretarse que se le impone por ley una limitación a los atributos esenciales de uso, goce y disposición de sus bienes. Ello, advirtió la Comisión, podría dar lugar a una norma reñida con la Constitución Política.

A este respecto, nuevamente surgió el ejemplo ofrecido por el caso de los artistas ambulantes, quienes, como ya se señaló, suscribieron un acuerdo que involucró directamente a las empresas concesionarias que operan en el programa Transantiago, de manera tal que éstas manifestaron expresamente su autorización para que las actividades artísticas se desarrollaran a bordo de sus buses, lo cual no hizo más que reafirmar la garantía constitucional del derecho de propiedad que les asiste.

El Honorable Senador señor Pérez Varela hizo presente que, al tenor de lo expresado, para los efectos pretendidos por este proyecto de ley, podría ser más pertinente la norma propuesta por la indicación número 4, la cual hace de cargo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el conceder la autorización para ejercer el comercio a bordo de los buses de la locomoción colectiva urbana. A mayor abundamiento, agregó, establece con carácter facultativo la posibilidad de aceptar vendedores al interior de los vehículos de transporte público, toda vez que señala expresamente que “se podrá admitir el ejercicio de la actividad comercial al interior de buses urbanos”. Con esta fórmula, subrayó, podría quedar salvado el problema de constitucionalidad a que se ha hecho mención.

Además, añadió, la indicación número 4, a su juicio, parece ser la más completa en cuanto considera los diversos elementos que aquí se han señalado como básicos para regular la materia, a saber, la norma está referida al transporte urbano de pasajeros, exige la autorización del Ministerio del ramo para ejercer las actividades comerciales al interior de los buses respectivos y, finalmente, deja facultativo para el conductor del vehículo la admisión de vendedores a bordo de los buses, con lo cual abre la posibilidad de que los distintos actores que operan en el sector alcancen acuerdos para estos efectos. Asimismo, la disposición sujeta el ejercicio de esta actividad a todas las normas legales y reglamentarias correspondientes, con lo cual despeja el tema tributario.

La Honorable Senadora señora Alvear advirtió que, no obstante lo anterior, dicha indicación aborda una materia cuya iniciativa exclusiva pertenece al Ejecutivo, lo cual la hace inadmisible. Por otra parte, la autorización que contempla corresponde al permiso que otorgaría la autoridad respectiva y no al consentimiento del propietario de los buses, que es el tema que ha suscitado la duda en cuanto a si es necesario o no exigirlo por ley. Se trataría, pues, de dos autorizaciones distintas y, para esclarecerlo, se requeriría una nueva indicación que modifique en dicho sentido la norma correspondiente, la que, en este caso, podría ser la letra d) que consigna la indicación número 3 en análisis.

El señor asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social recordó que, durante la tramitación de este proyecto de ley en el Senado, se han planteado diversas alternativas para los efectos de autorizar el ejercicio de actividades comerciales o artísticas al interior de los buses de la locomoción colectiva. Por una parte, acotó, tal como lo propone el texto aprobado en general, el permiso correspondiente sería otorgado por las municipalidades. Por otro lado, se ha sugerido, tal como lo hace la indicación número 4, que la autorización provenga del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Ambas opciones, apuntó, no han estado exentas de objeciones y, por ejemplo, ha habido opiniones contrarias a la exigencia de un permiso municipal por cuanto entre las funciones de estas entidades no está el otorgamiento de tarjetas credenciales para estos efectos, pudiendo dar lugar a irregularidades que finalmente distorsionarían el sistema. Además, la gestión del transporte público de pasajeros no es una tarea radicada en la autoridad municipal. Por otro lado, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones señaló no contar con los recursos ni con las facultades necesarias para hacerse cargo del registro y autorización de estos vendedores y artistas.

En esta oportunidad, añadió, a propósito del estudio de la indicación número 3, se analiza la posibilidad de que la autorización de rigor sea conferida por el propietario de los buses en cuestión, lo cual, a juicio del Ejecutivo, podría ser una solución óptima. Ello, unido a la exigencia de contar con iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos y a la limitación de no poder admitir el ejercicio comercial o artístico en horarios punta o colocando en riesgo la seguridad de los pasajeros, parece ser la alternativa más adecuada para regular esta materia, ante lo cual resultaría atinente la propuesta formulada por la citada indicación número 3, debiendo incorporar las modificaciones correspondientes para contemplar en el texto legal las enmiendas señaladas.

Finalmente, la Honorable Senadora señora Alvear, al tenor de lo expresado durante este análisis, acotó que los puntos de acuerdo a los que podría arribar la Comisión, serían los siguientes:

En primer lugar, solicitar la apertura de un nuevo plazo de indicaciones durante el cual se presentarían las correspondientes para, por un lado, circunscribir el texto legal a los buses de transporte urbano de pasajeros y, por el otro, contemplar en la ley la exigencia de autorización por parte del propietario de tales buses para permitir a bordo de los mismos el ejercicio de actividades comerciales o artísticas. Dichas indicaciones serían suscritas por los señores Senadores integrantes de la Comisión, dando cuenta del consenso del que ambas han sido resultado.

En lo que respecta al tema tributario, añadió, éste quedaría sujeto a las normas generales existentes sobre la materia, eliminando su mención en la presente iniciativa legal, para lo cual bastaría enmendar en dicho sentido la indicación correspondiente, suprimiendo la parte pertinente.

- Los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Alvear y señores Muñoz Aburto y Pérez Varela, coincidieron con la referida propuesta, aprobándola unánimemente.

Posteriormente, por acuerdo unánime de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Alvear y señores Letelier y Muñoz Aburto, fue reabierto el debate.

Tras ello, el Honorable Senador señor Letelier planteó su inquietud en torno a la pertinencia de abrir un nuevo plazo de indicaciones, toda vez que, en su opinión, las enmiendas que se pretende incorporar al proyecto, podrían serlo mediante la aprobación de la indicación número 3, con modificaciones. Enfatizó que, de lo contrario, sólo se postergaría innecesariamente la tramitación de la iniciativa legal.

Sin perjuicio de lo anterior, se manifestó contrario a introducir en la ley una exigencia expresa para requerir la autorización del propietario de los buses de transporte de pasajeros. Lo anterior, por cuanto ello parece ser un requisito innecesario a la luz del actual texto del proyecto, en el cual se contempla que el conductor admitirá el ingreso a los vehículos de vendedores y artistas, quienes deberán exhibir las credenciales que previamente les hayan entregado al efecto las propias empresas de transporte, de modo que éstas, al otorgar tales documentos, implícitamente estarán autorizando el ejercicio de estas actividades al interior de sus buses. Es evidente, agregó, que los conductores permitirán o negarán el acceso de estos trabajadores a los vehículos a su cargo, según las instrucciones que les hayan impartido sus empleadores, porque ello será un requisito para cumplir a cabalidad su propio trabajo. A mayor abundamiento, recordó haber analizado la materia tanto con los empresarios del sector como con los conductores que se desempeñan en el mismo y, en ambos casos, enfatizó, este tema no era punto de objeción.

Por consiguiente, añadió, establecer una exigencia adicional a las ya consignadas en el proyecto de ley, sólo contribuiría a burocratizar la normativa, alejándola de su objetivo. Así, por ejemplo, podrían surgir dudas sobre la forma en que deberá constar el permiso otorgado por el propietario del bus, entre otros inconvenientes prácticos.

Insistió en que si la empresa de transporte otorga una credencial que habilita para ejercer el comercio o una actividad artística a bordo de los buses de su propiedad, es porque está autorizando a la persona para acceder a los vehículos y desarrollar en ellos su trabajo.

El Honorable Senador señor Muñoz Aburto señaló que, en principio, el razonamiento fue que, para evitar problemas en torno a la autoridad llamada a prestar el correspondiente permiso -sea municipal o ministerial-, la autorización de rigor quedaría entregada a las respectivas empresas del transporte. De ahí, entonces, la justificación de una nueva indicación que permitiera introducir la enmienda pertinente.

Sin embargo, agregó, al tenor de lo señalado por el Honorable Senador señor Letelier, parece razonable que si la empresa transportista ha otorgado una credencial que permite a vendedores y artistas ejercer su oficio a bordo de los buses, es porque existe una tácita autorización para realizar esas actividades, pues de lo contrario, simplemente no les entregarían credencial alguna. Desde esa perspectiva, añadió, ya no sería necesaria una nueva indicación para enmendar la norma propuesta por la indicación número 3 a este respecto. Consultó, enseguida, la opinión del Ejecutivo sobre el particular.

El señor asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social señaló que, aunque en estricto rigor no sea necesario formular una nueva indicación, podría ser conveniente explicitar en la ley la pertinencia de contar con el permiso del propietario de los buses, a fin de evitar que el tema a la postre se judicialice ante eventuales conflictos derivados de que el dueño otorgue o deniegue la respectiva autorización. Para clarificar la norma en dicho sentido, acotó, podría ser útil presentar una nueva indicación.

El Honorable Senador señor Letelier expresó no compartir lo señalado, toda vez que no se está restringiendo o limitando el derecho de propiedad, pues no se impone al dueño de los buses la obligación de aceptar el comercio a bordo de sus vehículos. Éste siempre conservará la faculta de denegar su autorización, y quien no quiera otorgarla, no podrá ser compelido a decidir en contrario. Destacó que el proyecto de ley elimina la prohibición de ejercer estos oficios al interior de los buses, transformando una actividad ilegal en legal, pero siempre tras ello deberá mediar el consentimiento del propietario, quien al efecto entregará una credencial. De este modo, no se violenta ninguna garantía constitucional.

El señor asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social coincidió con lo manifestado por Su Señoría, subrayando la importancia de consignar en la historia fidedigna del establecimiento de la ley, que la intención del legislador y el espíritu de la norma es eliminar la actual prohibición legal existente en esta materia, y que ello no significa de ningún modo imponer al propietario de los buses de transporte urbano de pasajeros, obligación alguna de aceptar y autorizar el ejercicio comercial o artístico a bordo de los mismos. Reafirma lo anterior, agregó, la circunstancia de que el proyecto de ley suprime la prohibición que la ley Nº 18.290, de Tránsito, impone a los “conductores” de vehículos de transporte público de pasajeros, pero no a los propietarios de los mismos, de modo que la facultad de éstos para decidir si permiten o no estas actividades queda inalterada y a total resguardo.

La Honorable Senadora señora Alvear manifestó estar de acuerdo con los argumentos sostenidos, toda vez que efectivamente si la empresa de transporte otorga una credencial que permite a vendedores y artistas desempeñarse como tales al interior de sus buses, significa necesariamente que ha prestado su autorización para que esas actividades se desarrollen. Además, añadió, la norma establece que las empresas de transporte “podrán acordar” con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales, lo cual implica que si el empresario no quiere prestar su consentimiento al efecto, simplemente no llegará a acuerdo alguno y no entregará credenciales de ningún tipo. Es decir, de acuerdo a la ley, será facultativo para el dueño permitir o negar el ejercicio de estos oficios en los buses de su propiedad.

Sin embargo, a fin de esclarecer el texto legal, sugirió reemplazar, en la letra d) de la indicación número 3 en estudio, la palabra “faciliten” por “permitan”, por cuanto así se evidencia que el otorgamiento de las credenciales será el pase que habilite a vendedores y artistas para ingresar a los buses de transporte urbano y ejercer en ellos su oficio y, por tanto, otorgado que sea dicho documento, importará la concesión de la autorización de rigor por parte de los propietarios, salvando las observaciones que a este respecto se han formulado.

Finalmente, los Honorables Senadores señora Alvear y señor Letelier manifestaron su adhesión a la indicación número 3, por compartir su propuesta, sin perjuicio de las enmiendas que resulte necesario incorporar a la misma, al tenor del análisis efectuado.

A continuación, y de conformidad a los argumentos esgrimidos en el debate precedente, los miembros presentes de la Comisión coincidieron en que la indicación número 3 es la que mejor recoge las inquietudes manifestadas en orden a perfeccionar el texto legal aprobado en general. Sin perjuicio de lo anterior, concordaron en introducir las siguientes enmiendas a la norma contenida en la indicación en referencia:

- En el encabezamiento de la norma que dicha indicación propone, eliminar la expresión “e interurbano y rural”, a fin de orientar la disposición sólo a la locomoción colectiva urbana de pasajeros, materializando el consenso alcanzado en esta materia con anterioridad. Asimismo, incorporar el calificativo “urbano” en cada mención al transporte público de pasajeros.

- En la letra a) del nuevo artículo 91 bis que esta indicación contiene, suprimir la frase “tributando en el correspondiente escalafón de renta presunta”, estableciendo así sólo la obligación de contar con iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, de conformidad a las reglas generales.

- En el literal d) de la misma norma, reemplazar la palabra “faciliten” por el vocablo “permitan”, a fin de explicitar que la credencial otorgada será la que habilite para el ejercicio de las actividades comerciales y artísticas al interior de los buses de transporte urbano de pasajeros.

- En virtud de lo anterior, puesta en votación la indicación número 3, fue aprobada con las modificaciones reseñadas precedentemente y otras de carácter meramente formal, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Alvear y señores Letelier y Muñoz Aburto.

La indicación número 4, del Honorable Senador señor Novoa, es para sustituir el artículo 91 bis que se propone, por el siguiente:

“Artículo 91 bis.- Se podrá admitir el ejercicio de la actividad comercial al interior de buses urbanos, siempre y cuando ésta sea ejercida por personas naturales que cuenten con autorización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La correspondiente autorización deberá permitir la debida identificación del comerciante y no podrá otorgarse por períodos de tiempo mayores a seis meses. Dicho Ministerio deberá fijar los requisitos mínimos para garantizar que esta actividad no afecte la seguridad y comodidad de los pasajeros y cumpla cabalmente con las demás normas constitucionales, legales y reglamentarias.”.

En sesión de fecha 2 de septiembre de 2009, la Presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Honorable Senadora señora Alvear, declaró inadmisible la indicación número 4, por recaer sobre una materia cuya iniciativa legal exclusiva corresponde al Presidente de la República, de conformidad a lo establecido en el artículo 65, inciso cuarto, número 2º, de la Constitución Política de la República, referido a las funciones y atribuciones de los servicios públicos.

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MODIFICACIONES

En conformidad a los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado en general por el Honorable Senado:

ARTÍCULO ÚNICO

Número 2

Reemplazarlo por el siguiente:

“2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis, nuevo:

“Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros, en las siguientes condiciones:

a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos.

b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren además organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

c) Los trabajadores que ejerzan este oficio, deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan, y la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

d) Las empresas de transporte urbano de pasajeros podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que permitan el ejercicio de esta actividad.

e) Los conductores del transporte urbano de pasajeros, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello en un momento determinado implica un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.”.”.

(Unanimidad, 3x0. Indicación número 3)

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TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase la ley N°18.290, de Tránsito, de la siguiente forma:

1. Elimínanse en el N°3 del artículo 91, la expresión “desaseados,” y la frase final “o cualquier clase de comercio en el vehículo”.

2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis, nuevo:

“Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros, en las siguientes condiciones:

a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos.

b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren además organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

c) Los trabajadores que ejerzan este oficio, deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan, y la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

d) Las empresas de transporte urbano de pasajeros podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que permitan el ejercicio de esta actividad.

e) Los conductores del transporte urbano de pasajeros, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello en un momento determinado implica un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.”.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 3 y 10 de diciembre de 2008 y 7 de enero de 2009, con asistencia de los Honorables Senadores señor Andrés Allamand Zavala (Presidente), señora Soledad Alvear Valenzuela (señor Hosaín Sabag Castillo), y señores Juan Pablo Letelier Morel, Pedro Muñoz Aburto y Víctor Pérez Varela; y en sesiones celebradas los días 3 y 10 de junio, y 2 de septiembre de 2009, con asistencia de los Honorables Senadores señora Soledad Alvear Valenzuela (Presidenta) y señores Andrés Allamand Zavala, Juan Pablo Letelier Morel, Pedro Muñoz Aburto y Víctor Pérez Varela.

Sala de la Comisión, a 8 de septiembre de 2009.

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

_____________________________________________________________

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA.

(Boletín Nº 4.332-15)

I.PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: modificar la Ley de Tránsito a fin de permitir el ejercicio de la actividad comercial o artística a bordo de los vehículos de transporte público urbano de pasajeros, cumpliendo los requisitos legales que se establecen al efecto.

II.ACUERDOS: Indicaciones:

Números

1. Rechazada, 3x0.

2. Retirada.

3. Aprobada con modificaciones, 3x0.

4. Inadmisible.

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único, que contiene dos numerales.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V.URGENCIA: no tiene.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de los Honorables Diputados señoras Denise Pascal Allende y Alejandra Sepúlveda Órbenes y señores Sergio Aguiló Melo, Pedro Araya Guerrero, Fidel Espinoza Sandoval, Sergio Ojeda Uribe, Carlos Olivares Zepeda y Gonzalo Uriarte Herrera.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: por 84 votos a favor y 5 abstenciones.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 20 de junio de 2007.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: segundo informe.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.- Ley Nº 18.290, de Tránsito; y, 2.- Decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta los Servicios Nacionales de Transporte Publico de Pasajeros.

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Valparaíso, 8 de septiembre de 2009.

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario de la Comisión

2.6. Discusión en Sala

Fecha 15 de septiembre, 2009. Diario de Sesión en Sesión 50. Legislatura 357. Discusión Particular. Se aprueba en particular con modificaciones.

CONCESIÓN DE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA

El señor NOVOA ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva, con segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

--(Aplausos en tribunas).

--Los antecedentes sobre el proyecto (4332-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 28ª, en 21 de junio de 2007.

Informes de Comisión:

Transportes y Telecomunicaciones, sesión 25ª, en 10 de junio de 2008.

Trabajo y Previsión Social (segundo), sesión 47ª, en 9 de septiembre de 2009.

Discusión:

Sesiones 26ª, en 11 de junio de 2008 (queda para segunda discusión); 27ª, en 17 de junio de 2008 (se aprueba en general).

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Como recordarán Sus Señorías, la iniciativa fue aprobada en general en sesión de 17 de junio del año pasado, y ahora cuenta con un segundo informe emitido por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, que deja testimonio de haber efectuado una sola modificación al texto acogido en general, la cual consiste en reemplazar el artículo 91 bis, nuevo, que se incorporaría a la Ley de Tránsito, estableciendo las condiciones que deben cumplir los vendedores ambulantes para ejercer el comercio en los vehículos de transporte de pasajeros.

Entre otras, se les exigiría contar con iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos y acreditar el origen de las mercaderías que expendan.

La enmienda que efectuó la Comisión de Trabajo y Previsión Social fue acordada por la unanimidad de sus miembros presentes (Honorables señora Alvear y señores Letelier y Muñoz Aburto).

Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en cuatro columnas, que transcriben el artículo 91 de la Ley de Tránsito, el proyecto aprobado en general por el Senado, la enmienda propuesta por la Comisión, y el texto final que resultaría si se aprobara dicha modificación.

Correspondería dirigirse al número 2, que dice: "Reemplazarlo por el siguiente:

" "2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis, nuevo:

"Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros, en las siguientes condiciones:

"a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos.

"b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren además organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

"c) Los trabajadores que ejerzan este oficio, deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan, y la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

"d) Las empresas de transporte urbano de pasajeros podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que permitan el ejercicio de esta actividad.

"e) Los conductores del transporte urbano de pasajeros, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello en un momento determinado implica un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

"f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.".".

Es la enmienda que propone la Comisión.

El señor NOVOA (Presidente).-

En discusión particular.

Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA.-

Señor Presidente , antes de iniciar el debate sobre el fondo de esta iniciativa, en cuya discusión yo participé, deseo hacer una consulta a la Presidenta de la Comisión .

En la sesión del 2 de septiembre -tanto al inicio de ella como al momento en que dejé la Sala expresé las razones por las cuales me retiraba- la Comisión llegó a un acuerdo, que se halla explicitado por la Presidenta del órgano técnico en el informe.

Como recordé, señor Presidente , al comienzo de esa reunión de la Comisión de Trabajo señalé que me tenía que retirar a mitad de ella.

Pues bien, ahora me entero por el informe que ese acuerdo unánime fue modificado.

Por consiguiente, quiero saber si será una norma a futuro el no respetar los acuerdos adoptados de buena fe o si un Senador que concurre a un acuerdo y se tiene que ir de la sesión no va a ser tomado en consideración.

Me parece que ello habla mal de la manera como enfrentamos este tipo de materias.

Por lo tanto, antes de iniciar la discusión, deseo requerir una explicación por parte de la Presidenta de la Comisión de Trabajo al respecto. Este asunto lo considero relevante ya que va a definir cómo uno actúa, en definitiva, al interior de dicho órgano técnico.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.

La señora ALVEAR.-

Señor Presidente , ante todo, deseo señalar que, como ha indicado el Senador señor Pérez Varela , él dio una explicación al inicio de la mencionada sesión, en la cual llegamos a un acuerdo en torno a un plazo para presentar algunas indicaciones.

Eso es efectivo.

Por eso, al incorporarse un nuevo Senador integrante -que no estaba al inicio- y reabrirse el debate, pedí expresamente a la Secretaria de la Comisión que se contactara con el Honorable señor Pérez Varela , quien, según se nos señaló, se hallaba en la Comisión de Educación.

Por alguna razón -no sé si no se logró contactarlo- Su Señoría no nos hizo saber el motivo por el cual no podía reincorporarse o si estaba o no en condiciones de hacerlo.

Sin perjuicio de lo anterior, señor Presidente , debo decir que me he caracterizado siempre -¡siempre!- por respetar los acuerdos, tanto en los tres Ministerios que llevé adelante como también durante los cuatro años en que he sido Senadora y durante el período en que he presidido la Comisión de Trabajo.

Por eso, habiendo existido -como consta a los restantes miembros de ese órgano técnico- la solicitud de ir a recabar la opinión del Senador señor Pérez Varela respecto del acuerdo efectivamente alcanzado y frente a la presencia en esa ocasión de representantes de los trabajadores, quienes requerían la existencia de un pronunciamiento, resolvimos continuar con el trabajo de la Comisión a fin de lograr un acuerdo, si así fuera factible. Y se envió la consulta a Su Señoría.

Si ello no se concretó, doy las excusas pertinentes en forma pública en esta Sala y señalo explícitamente que jamás ha estado en mi voluntad el no respetar acuerdos alcanzados. Por lo mismo -insisto- solicité a la Secretaria de la Comisión que recabara la opinión del Senador señor Pérez Varela .

En cuanto al proyecto, señor Presidente , deseo recordar en esta Sala que tiene una larga tramitación: se inició en 2006 con una presentación de un conjunto de Diputados de diferentes bancadas (Concertación y Alianza por Chile); se contó con la presencia de muchos representantes, tanto de empresarios como de trabajadores, durante la tramitación; es fruto de una extensa discusión y permitió un debate bastante profundo.

Luego del análisis de un conjunto de inquietudes, se logró aclarar, en especial, lo que decía relación a dos puntos:

En primer término, que se aplicase solamente al sector urbano, no al interurbano ni al rural, la autorización para que los vendedores ambulantes de la locomoción colectiva puedan trabajar al interior de los buses.

Y en segundo lugar, hubo toda una discusión en torno a cómo se otorgaban los permisos y, al mismo tiempo, cuál iba a ser el sistema de tributación.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, recogiendo el debate habido durante muchas sesiones -como consta en el informe-, estableció que, al igual que cualquier contribuyente, los trabajadores en comento deberán iniciar actividades ante el Servicio de Impuestos Internos y que en ese momento este procederá a encasillarlos en el sistema tributario correspondiente, siguiendo el procedimiento aplicado habitualmente en nuestro país a todas las personas que desean laborar en forma independiente.

También dicho órgano técnico coincidió en que no sería necesario definir en esta iniciativa la manera como tributarían, toda vez que para tales efectos basta aplicar las normas generales que rigen sobre la materia.

Por ello, según expresé, los referidos trabajadores, como cualquier contribuyente, deberán cumplir el trámite de iniciación de actividades, y luego el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus atribuciones, determinará su régimen impositivo.

También se hizo presente en la Comisión la importancia de que el propietario del bus pertinente diera su conformidad a la realización al interior de este del trabajo de los vendedores ambulantes, lo cual fue recogido en el artículo 91 bis que se somete a la consideración de la Sala, donde se explicita que se les otorgará una credencial habilitante para el ejercicio de su actividad comercial.

Señor Presidente , este proyecto de ley -insisto- tan largamente tramitado y tan sentidamente planteado por los trabajadores viene a regularizar una situación. Evita que personas sin autorización suban a vehículos de locomoción colectiva y, a causa de ello, generen dificultades en su interior. Y si los trabajadores tienen una organización; si cuentan con las credenciales correspondientes; si acreditan de dónde obtuvieron los productos que venden, es evidente que estaremos logrando un gran avance en aquella dirección.

Y vuelvo a mis palabras iniciales.

Soy una Senadora que respeta los compromisos. Si en esta oportunidad alguna situación escapó a mi voluntad, doy las excusas pertinentes y garantizo absolutamente que seguiré cumpliendo los acuerdos.

Por cierto, solicito la aprobación del proyecto.

--(Aplausos en tribunas).

El señor NOVOA (Presidente).-

Les agradeceré a las personas que se hallan en las tribunas abstenerse de hacer manifestaciones.

Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Aburto.

El señor MUÑOZ ABURTO.-

Señor Presidente , Honorables colegas, con bastante beneplácito pido el respaldo para esta iniciativa parlamentaria, cuyo autor intelectual es el Diputado Sergio Aguiló .

Después de las explicaciones dadas por la Presidenta de la Comisión de Trabajo , Senadora señora Alvear , y por el Secretario de la Corporación, don Carlos Hoffmann , han quedado bastante explicitados los principales contenidos del proyecto que hoy se somete a la resolución de esta Alta Cámara.

Y qué duda cabe de que mediante esta iniciativa se regularizará una actividad informal que por muchos años han desarrollado los comerciantes ambulantes que venden sus productos al interior de los buses de la locomoción urbana y que, pese a que hasta ahora, antes de que el proyecto en debate sea ley, está prohibida, se sigue llevando a cabo.

A partir de hoy -porque espero el apoyo de todos los Senadores a esta iniciativa-, dichos trabajadores no sufrirán más la discriminación o la estigmatización de quienes a lo mejor no consideran que aquella actividad informal les permite satisfacer sus necesidades y las de su grupo familiar.

Durante toda la discusión, ellos propusieron diversas indicaciones que se han incorporado al proyecto. Por ejemplo, la tarjeta de identificación, la iniciación de actividades en el Servicio de Impuestos Internos -ahí queda un punto pendiente, porque no logramos que el Ejecutivo presentara una indicación para señalar la forma de tributar; Impuestos Internos deberá tratar de resolverla- y el conocimiento sobre la procedencia de los productos vendidos.

En fin, con la aprobación de esta iniciativa se formaliza un trabajo que dignifica a las mencionadas personas y se pone fin a una actividad aparentemente ilegal pero que en los hechos se había ido legitimando. Y a partir de ahora, con mayor libertad, esos trabajadores, que estarán uniformados, podrán circular por los buses de la locomoción urbana para promocionar y vender sus productos.

He dicho.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente , estimados colegas, este proyecto de ley, como dijo el Senador Muñoz Aburto , tiene su origen en una moción.

Antes de fundamentar mi voto a favor, quiero hacerme eco de la consulta que formuló el colega Pérez Varela , quien preguntó en esta Sala qué ocurrió en la Comisión.

Yo solo voy a dar fe de tres cosas.

Primero, ese Senador dejó constancia de que iba a estar en la Comisión de Agricultura; se le fue a buscar allí, pero no estaba.

No se actuó de mala fe.

Segundo, la razón para no votar el proyecto se basó en la interpretación de que se requería una indicación para resolver un punto en torno al cual había acuerdo. Y en el debate de la Comisión quedó en evidencia que no era necesario esperar otra semana por esa indicación.

Y tercero, ya se había construido un consenso, después de larguísimos meses de discusión, para, en un proyecto que elimina una prohibición y establece una facultad, circunscribir esta a los espacios urbanos y no a los interprovinciales.

Solicito dejar constancia de aquello, porque en ningún momento se ha actuado ni de mala fe ni fuera de los acuerdos sustantivos que había dentro de la Comisión.

Paso ahora al proyecto en sí, señor Presidente.

El número 3 del artículo 91 de la Ley de Tránsito dispone algo que, a decir verdad, es letra muerta desde hace tiempo. Allí se expresa que está prohibido, entre otras cosas, admitir "cualquier clase de comercio en el vehículo"; o sea, del transporte de pasajeros mayor, particularmente en las zonas urbanas. Sin embargo, desde hace mucho tiempo existe la venta no solo en los buses urbanos sino también en los interurbanos.

Quiero dejar planteado aquello. Porque una ley, cuando no es respetada, cuando no tiene valor en sí, aunque esté escrita, se llama "letra muerta".

Ahora estamos tratando de establecer un marco legal que diga relación a las prácticas y costumbres existentes en nuestra sociedad.

En tal sentido, este proyecto de ley, promovido por el Diputado Aguiló , elimina una prohibición y, con condiciones muy claras, regula una actividad por la vía de posibilitar el ejercicio del comercio o de actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros.

Y quiero decir lo siguiente, señor Presidente.

Aquí estamos hablando de miles de familias que quieren ganarse la vida honestamente, que desean educar a sus hijos y generar los recursos necesarios con el sudor de su frente; de personas que han hecho un esfuerzo para formalizarse, organizarse, sindicalizarse, y para asegurar el origen legal de sus productos y posibilitar la constatación de ello.

No se trata, al revés de lo que insinúan algunos -no en esta Sala-, de delincuentes, de gente mal habida, que no desea ganarse la vida con honestidad. Por el contrario, nos estamos refiriendo a miles de familias que procuran obtener su sustento en esta forma.

La ley en proyecto, entonces, dignifica una labor que se realiza desde hace años en nuestro país, no solo en la Región Metropolitana -donde se halla la principal organización de los trabajadores en comento-, sino también en muchas otras partes.

En tal sentido, esta iniciativa reivindica una práctica, pero, sobre todo, dignifica una actividad; la regula; establece una facultad para resguardar algo que les interesa a los trabajadores, y también a la sociedad: estar formalizados, tener permisos, hallarse identificados.

Ahora bien -considero importante señalarlo-, cuando se les consultó a los conductores y a los empresarios -personalmente me preocupé de preguntarlo- si tenían alguna dificultad con la ley en proyecto, ninguno planteó objeciones.

Se trata de reivindicar la dignidad de miles...

El señor NOVOA ( Presidente ).- Perdón, señor Senador, pero terminó su tiempo.

El señor LETELIER.-

¿Puede otorgarme un minuto más, señor Presidente?

El señor NOVOA (Presidente).-

Por cierto.

El señor LETELIER.-

Muchas gracias.

Señor Presidente , quiero señalar por último que habrá una evolución positiva en cuanto a la generación de credenciales.

Cuando los trabajadores se organizan y buscan autorregular su actividad, no solo hay que aplaudirlos y establecer un marco regulatorio que los dignifique, sino también pedir que muchos más sigan el ejemplo de la autorregulación, que, por desgracia, no lo vemos en otros ámbitos.

Por cierto, votaré a favor.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.

El señor ORPIS.-

Señor Presidente, por supuesto, aprobaré la iniciativa en debate.

Sin embargo, deseo hacer una observación, porque la redacción de la letra c) del artículo 91 bis que se sugiere introducir a la ley N° 18.290 no es la más feliz para dignificar a los trabajadores de que se trata. Y le daré lectura, para después proponer que se elimine una frase.

Dice: "Los trabajadores que ejerzan este oficio, deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan", en el minuto en que lo requiera la fuerza pública.

Para mí, la frase relativa a la acreditación presume algo en torno de lo cual se ha debatido en esta Sala: el origen casi ilícito de las mercaderías, en circunstancias de que la buena fe es lo que siempre debe prevalecer.

Si se quiere dignificar, señor Presidente, no se puede cuestionar la procedencia de los productos.

Por lo tanto, lo más pertinente es que la fiscalización del origen de las mercancías se efectúe como se hace habitualmente respecto de cualquier actividad.

¿Por qué se coloca la frase en cuestión? Porque se parte de la base de la eventual procedencia ilícita de los productos que se venden.

A mi entender, lo pertinente es que Carabineros exija la iniciación de actividades o que se otorgue una facultad al conductor para tal efecto. Pero no se puede poner en tela de juicio el origen de las mercaderías. Eso no corresponde, pues se parte por suponer la proveniencia ilícita.

Si queremos dignificar verdaderamente la actividad de que se trata, no podemos colocar en tela de juicio la procedencia de los productos. Serán las autoridades correspondientes las encargadas de la fiscalización. Pero no resulta admisible que esta sea distinta de la que se practica respecto de cualquier otra actividad.

Señor Presidente , aquí todo el discurso ha girado en torno a la dignificación. Pero la aludida frase no hace nada por lograrla, sino que coloca en tela de juicio a quienes ejercen la actividad en comento.

Por lo tanto, solicito recabar la unanimidad de la Sala para eliminar al menos la citada frase de la letra c) del artículo 91 bis, a fin de que las autoridades pertinentes, como corresponde, fiscalicen el origen de las mercaderías.

El señor NOVOA ( Presidente ).-

Su Señoría puede pedir votación separada.

El señor ORPIS.-

Lo haré, señor Presidente.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.

El señor GAZMURI.-

Señor Presidente , el informe de la Presidenta de la Comisión y la intervención del Senador señor Letelier me ahorran mayores comentarios.

Solo quiero decir que apoyo con mucho entusiasmo esta iniciativa, que lleva ya un período largo de tramitación.

Conozco el esfuerzo que han hecho los sindicatos de los trabajadores que se dedican al comercio en el transporte público. Me consta también que dicha actividad se realiza no solo en Santiago, sino además en varias otras ciudades, entre ellas la de Talca.

Me parece que la ley en proyecto avanza en el camino de generar condiciones para, por una parte, legalizar prácticas habituales en nuestro país, y por otra, dignificar la actividad y establecer normas de trabajo decentes.

La formalización, el fortalecimiento de la organización de trabajadores, la entrega de credenciales van creando condiciones para dignificar una labor reconocida por la sociedad.

Eso nos hace bien a todos, pues, además, se materializan requisitos para lograr una mejor atención y mayor seguridad en el transporte público.

Así que anuncio mi entusiasta voto a favor de la iniciativa.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.

El señor ÁVILA.-

Señor Presidente , el mérito de este proyecto radica en que por fin se va a poner término a la persecución humillante de que son objeto miles de chilenos que intentan ganarse la vida dignamente ejerciendo un oficio que históricamente se ha llevado a cabo en todas las ciudades del país.

Hasta ahora, en muchos lugares esas personas eran tratadas como delincuentes y sometidas al vejamen de ser detenidas en reiteradas ocasiones en plena vía pública, con la consiguiente incautación de todos los productos que expendían.

A partir de hoy, constituirán un sector reconocido en nuestra legislación y, con los permisos y autorizaciones correspondientes, podrán llevar a cabo dignamente cuanto concierne a ese tipo de comercio.

Al igual como lo planteó el Senador señor Orpis , quiero referirme a la inconveniencia de mantener la expresión: "deberán acreditar el origen de las mercancías que expendan", porque esta sola frase constituye un resabio de una antigua mentalidad prevaleciente durante muchos años y que afectó a gente honorable que hacía ímprobos esfuerzos por llevar el sustento a su casa a través de medios dignos.

Si vamos a normalizar la actividad, debemos despejarla de cualquier tipo de insinuación inconveniente, como esa que figura en el texto aprobado por la Comisión.

Señor Presidente, creo que hay ambiente en la Sala para que, llegado el momento de la votación, suprimamos aquella frase, al objeto de que no quede estampada en el texto final.

Anticipo mi voto favorable, obviamente, y me felicito de ser parte del acuerdo acerca de un proyecto que por fin entrega dignidad a chilenos que verdaderamente lo merecen y que se lo habían ganado desde hace mucho tiempo con su esfuerzo.

He dicho.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente , la iniciativa que nos ocupa es de larga data en esta Corporación. En su tramitación hemos participado varios Senadores, y recuerdo que en un principio se efectuó un análisis bastante profundo en cuanto a sus efectos.

En primer lugar, con relación a quienes ejercen la actividad de que se trata, ya sea como artistas o como vendedores ambulantes en los medios de locomoción, existe algo cierto: se registra en el país una cesantía que, aun cuando los guarismos se encuentren dentro de lo aceptable, incide dolorosamente en la búsqueda del sustento para determinado grupo de personas.

Creo que esos vendedores ambulantes o aquellos que vemos en la calle, quienes recogen su mercadería en forma increíblemente ingeniosa para defender sus productos, cambiarían de actividad si tuvieran la posibilidad de encontrar un trabajo permanente.

Sin duda, el contenido del proyecto tendrá que ser acotado en el reglamento de la ley. Porque no comparto -respetuosamente, por supuesto- las opiniones en el sentido de que no se deben fiscalizar los productos que estos trabajadores vendan en los medios de locomoción. Cabe observar que tampoco se halla acotado qué pueden o no comercializar. Podrán ser, por ejemplo, artículos que se adquieren en las farmacias -desde luego, aquellos que no requieren receta-, discos compactos u otros cuya lista sería largo enumerar, porque no se indica cuál es el límite.

Entonces, de la misma manera que queremos beneficiar a hombres y mujeres que necesitan desarrollar esta actividad, igualmente debemos normar los derechos, la seguridad de los adquirentes de los productos, lo que no veo como una traba atentatoria contra la dignidad de quienes desempeñarán la labor enmarcada en la iniciativa, que insisto que deja muchos aspectos entregados a la regulación.

También será preciso establecer cuántos serán los artistas o los comerciantes que podrán subir a los buses, cuál será la forma en que se contactarán con los choferes.

Habrá que ver, asimismo, cómo se regula ello para evitar la incomodidad del pasajero. Porque, ¿qué va a pasar si tres, cuatro o cinco personas quieren subir al mismo vehículo, unos a cantar, otros a vender? No se puede olvidar la situación de quien paga un servicio para llegar de su trabajo al hogar, o viceversa.

En virtud de tales consideraciones, votaré a favor de la iniciativa, indudablemente, pero sus beneficiarios me van a permitir que, en mi calidad de Senador, asimismo plantee, con mucho respeto y sensibilidad, cuáles son las normas que tendrán que aceptar para los efectos de que se regule una labor que debe hallarse revestida de la mayor dignidad posible.

Y espero, sinceramente -lo digo en resguardo de las propias personas-, que no vaya a suceder que aparezcan, como quien dice, grupos muy organizados que creen una confrontación para controlar, por ejemplo, los mercados en donde exista una mayor venta. Podrá tratarse de un comercio reducido, pero no cabe ninguna duda de que los interesados saben dónde se vende más o menos. ¿Qué organismo se ocupará de ese aspecto, para que la actividad se desempeñe con respeto, normalidad y tranquilidad?

He formulado mi planteamiento con la mejor disposición, señor Presidente . Y tanto es así que, por supuesto, daré mi voto favorable al texto. Pero tengo el derecho a plantear mis inquietudes sobre la materia.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.

El señor GÓMEZ.-

Por mi parte, quisiera hacer algunas observaciones.

En primer lugar, le consulté a la señora Presidenta de la Comisión de Trabajo qué pasaba con las actuaciones artísticas, pero me respondió que se encuentran regidas por otras disposiciones. Porque el Senador que habla entendía que el articulado se refería solo a los vendedores ambulantes.

Me preocupan, en seguida, solo algunos puntos que creo que es preciso aclarar de alguna manera.

La letra e) del artículo 91 bis, nuevo, expresa que "Los conductores del transporte urbano de pasajeros, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas". Es decir, no existe una norma que permita rehusarse ante cualquiera que exhiba, como señala en su parte final la letra siguiente, "copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor".

Pero asimismo se incentiva la agrupación de estos trabajadores.

Pareciera ser que faltase una disposición que lleve a un reglamento, como dijo el Honorable señor Muñoz Barra ; a la realización de la labor de una forma que permita que quienes se ganan la vida en verdad con ella cuenten con una cierta protección, diría, sin mediar una transformación que derive en la organización de grandes productores en rubros desregulados. Considerando el resguardo de los mismos trabajadores, sería preciso buscar una manera de que quedara muy bien establecido quiénes pueden, de un modo u otro, desempeñarse en los medios a que se hace referencia.

En cuanto a la propuesta del Senador señor Orpis , mi visión es distinta. Creo que, en la medida en que se determine claramente cuáles son los requisitos que se deben cumplir, estas personas tendrán tranquilidad para trabajar. Si es algo que dejaremos abierto, encontrarán mayores dificultades, pues se demandará una documentación que probablemente no podrán obtener.

A mi juicio, la letra a que hice referencia no se halla bien redactada. Se requiere buscar una fórmula conveniente. Por ejemplo, ¿cómo se verificará la acreditación? ¿Van a tener que andar con factura o boleta de lo que adquirieron? ¿Cuál es la regulación? ¿Qué se va a exigir?

Porque me parece razonable lo dispuesto en el sentido de que se deberá demostrar el origen de las mercaderías, en la medida en que todos sabemos que una cantidad importante de organizaciones se dedican a vender discos compactos y libros pirateados, entre un montón de otras cosas. Entonces, como resguardo para estos trabajadores, es necesario estudiar una regulación correcta y exacta, a fin de que puedan evitar ser objeto de arbitrariedades en el futuro.

No sé cuál es el mecanismo adecuado, porque la discusión se halla en una etapa avanzada. Insisto en que se trata de un muy buen proyecto, que genera posibilidades de ocupación. Pero, con respecto a la protección que deben recibir los trabajadores, también tienen que regir normas claras, precisas, que a ellos mismos los dejen tranquilos y que no den lugar a que sean objeto de persecuciones arbitrarias, y que, a la vez, impidan que quienes se dedican a la venta ilegal se organicen para competirles finalmente a través de los mecanismos tan extraños que se contemplan. Estos, en mi opinión, no se encuentran bien establecidos.

Señor Presidente, por supuesto votaré a favor, pero reitero que es preciso buscar formas de protección que en el futuro no les generen dificultades a estos trabajadores.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor FREI (don Eduardo).-

Deseo exponer una cuestión de procedimiento, señor Presidente.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede hacerlo, señor Senador.

El señor FREI (don Eduardo).-

Tenemos ante nosotros un segundo informe y se requiere votar un solo artículo, señor Presidente , Todo se halla resuelto. Sin embargo, nos hallamos abocados a un debate propio del comienzo del análisis de un proyecto. Lo que corresponde es pronunciarse.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Es necesario efectuar dos votaciones, Su Señoría. También se pidió...

El señor FREI (don Eduardo).-

Dos, entonces. Pero todo ya fue definido por la Comisión.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Cada Senador está consignando los argumentos que fundamentan su posición.

Como se registran tres o cuatro inscritos para intervenir, vamos a seguir conforme el orden establecido.

Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente , la verdad es que el proyecto de ley apunta de manera clara a resolver el problema consistente en que Carabineros detiene a los vendedores ambulantes, los arrastra y, en definitiva, ejerce violencia, con resistencia también de parte de estos, mediando una cuestión de fondo de carácter social.

En lo personal, no quisiera que hubiera vendedores arriba de los buses, ni tampoco ambulantes. Los hay por necesidad, al no existir empleo. No se cuenta con alternativas de trabajo. Se presentan crisis financieras, pero también, en forma permanente, circunstancias que dan lugar a la búsqueda legítima de desarrollar dicha labor de manera digna.

Mientras se mantengan dificultades graves de empleo es deber del Gobierno, de las autoridades, permitir todas las condiciones necesarias para generar una ocupación lo más estable, decente y mejor remunerada posible. Y la actividad que nos ocupa, ejercida hoy día de manera absolutamente discrecional e ilegal -así lo determina el ordenamiento vigente-, tiene que ser regulada.

Por mi parte, quiero que se proporcione capacitación. El Sindicato Nacional de Trabajadores Ambulantes de la Locomoción Colectiva (SINTRALOC), que ha estado a cargo de las conversaciones al respecto con las autoridades, viene trabajando con el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), lo cual es extraordinariamente positivo. Existe capacidad de organización. La labor nació en una mesa de diálogo entre la Iglesia Católica, la OIT, Carabineros de Chile y el Ministerio del Trabajo. Me parecen extraordinarias esa aptitud ciudadana y la voluntad de dialogar exhibida por quienes se encargan de dicha tarea y SINTRALOC. Es la demostración de una voluntad expresa de pasar de lo ilegal a lo legal a través del diálogo, para generar una propuesta concreta.

A mi juicio, señor Presidente, si se logra regular el punto debidamente, es algo que tiene que funcionar.

Me preocupan algunos elementos que van a quedar pendientes. Y lo señalo: voy a votar a favor, pero creo que debemos prever un conjunto de situaciones.

He leído la declaración del Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades , quien expresó que se otorgaría una autorización a través de una ordenanza. Como existen 345 municipios, se debería dictar una que fijara un mínimo respecto de qué se va a exigir, cuánto se cobrará y cuáles serán las condiciones. Si no, puede darse una gran discrecionalidad de parte de alcaldes que pongan en vigencia un texto muy restrictivo -el de Santiago, por ejemplo, o el de cualquier comuna con gran intensidad de tráfico urbano-, en tanto que otros pueden hacerlo muy amplio. Espero que los jefes comunales actúen en el sentido positivo de colaborar en la regulación de la actividad comercial de que se trata.

Cabe recordar, además, el proceso de licitación del Transantiago, con todos sus males y el costo que representa para el país. Y aquí lo hemos dicho: son cuatro millones de dólares diarios -es decir, 2 mil 400 millones de pesos- que se lleva el conjunto de empresas ganadoras, algunas de ellas extranjeras, como las colombianas. La licitación contempla la prohibición de que suban vendedores a los buses.

Y si bien el proyecto de ley que estamos aprobando señala que el conductor no podrá negarles a esas personas el acceso, surge la pregunta de si el dueño de la máquina tiene la facultad de disponer lo contrario e instruirle en tal sentido: "No quiero que usted les permita el ingreso.".

Con ello, en definitiva, la voluntad de que estos trabajadores no accedan al vehículo estaría dada por dos vías. Una de ellas es la licitación, proceso que se aproxima en Concepción. Respecto de Santiago, el informe que he leído expresa que media tal prohibición. No existe la obligatoriedad de permitir el acceso. La otra vía es la propia decisión de los dueños de las máquinas, no de los conductores.

Fui Diputado por el distrito que incluye a la comuna de Hualqui, señor Presidente , donde los campesinos hacen carbón de espino. Cien sacos mensuales, a un costo entre mil y mil quinientos pesos diarios, son transportados en carretas tiradas por bueyes. Cuando les cae encima el Servicio de Impuestos Internos -obtienen alrededor de 150 mil pesos mensuales por su producción- y les exige boleta, se cursa una multa de 57 mil pesos. Ese organismo es terrible con los pequeños contribuyentes. Por mi parte, quisiera que fuera duro con todos. Pero es diferente cuando esa sanción se le impone a un gran empresario, quien recurre a los tribunales y busca no pagarla...

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Concluyó su tiempo, señor Senador.

El señor CANTERO .-

¿En qué Gobierno pasa todo eso?

El señor NAVARRO.-

Pido un minuto más para concluir.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede hacerlo, Su Señoría.

El señor NAVARRO.-

Se requiere una normativa especial de asesoría, señor Presidente , si queremos que efectivamente exista una gestión tributaria o claridad sobre el origen y pago de tributos. Si no, se originará un grave problema.

En ese sentido, me queda claro que, aprobada la ley en proyecto, será preciso realizar un trabajo intenso para lograr que vaya por la vía correcta en todos los aspectos expuestos.

Termino recordando que el año pasado presenté una iniciativa para regular la actividad artística en espacios públicos, a propósito de la expulsión de los pintores en la Plaza de Armas de Santiago dispuesta por el alcalde Zalaquett . Es un asunto que tenemos que discutir.

En Milán, en Roma, en París, en muchas grandes capitales, los artistas son bienvenidos. Se someten a una regulación, efectúan un pago y materializan una actividad cultural y turística muy importante. Aquí en Chile prevalece la discrecionalidad de los alcaldes.

Estoy por regular la actividad de los artistas en las plazas y espacios públicos y por no andar persiguiéndolos, ya que, en definitiva, esto último crea un Estado de represión.

Voy a votar a favor, señor Presidente , junto con formular las observaciones anteriores y comprometerme a trabajar para resolverlas.

¡Patagonia sin represas!

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.

El señor OMINAMI.-

Seré muy breve, señor Presidente ,

El Senador que habla también aprobará el texto, porque cree que es muy importante generar iniciativas que permitan a la gente ganarse la vida en forma decente. Ello, que puede aparecer tan trivial, tan de sentido común, no lo es hoy día en Chile. Cuando se registran cerca de 800 mil desempleados y un bombardeo permanente, a través de los medios de comunicación y, en particular, de la televisión, respecto del consumo, del consumismo, con mucha inclinación a determinar el éxito en la vida por la posesión de bienes materiales, con poca espiritualidad, con pocos principios, con poca convicción, no puede menos que sacarse la conclusión de que existen muchos incentivos para que las personas resuelvan sus necesidades de una manera incorrecta o delictual. Y todo lo que vemos a diario nos demuestra que las cosas, lamentablemente, apuntan en muchos lugares en esa dirección, que es mala.

Por eso, el proyecto que nos ocupa es bueno.

Yo comparto lo que dijo el Senador señor Navarro . Quisiéramos que la gente tuviera modos más estables, menos precarios y sacrificados de ganarse la vida. Pero, por desgracia, estamos en este país.

Como señalé, voy a votar a favor de la iniciativa por estimar que, de todas maneras, ayudará.

Deseo, sí, expresar que me asocio a algunas de las aprensiones manifestadas aquí, en particular a dos.

La primera es la relativa a la letra c) del número 2, que efectivamente puede prestarse para que este texto termine siendo letra muerta, perdiéndose así todo el esfuerzo emprendido por los Diputados que presentaron la moción, por las Comisiones que estudiaron la materia y, en especial, por los dirigentes de los sindicatos de trabajadores independientes. Porque va a ser difícil que una persona porte consigo todos los antecedentes que acreditan el origen de las mercancías, que lleve permanentemente una suerte de certificación acerca de su procedencia.

En mi opinión, esa tarea debe ser realizada de modo distinto y no puede recaer en la responsabilidad individual de un trabajador independiente. De lo contrario, se prestará para abusos y -como decía- provocará que la normativa sea letra muerta.

También comparto la aprensión que manifestó el Senador señor Navarro . Si las autorizaciones serán entregadas por los municipios, debería existir cierta uniformidad de criterios en el proyecto, pues podrían quedar libradas a la decisión arbitraria de los alcaldes. Y eso me parece preocupante.

Desde tal punto de vista, habrá que analizar bien cómo se reglamenta la ley en proyecto y cómo funciona en la práctica, de manera de estar prestos a corregirla en cuanto sea necesario.

En todo caso, señor Presidente, estando a favor de la iniciativa, anuncio mi voto en contra de la letra c) del número 2.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Gracias, señor Presidente , pero me inscribí para participar en el homenaje que viene a continuación. Me reservo para ese momento.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Muy bien.

Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.

El señor GIRARDI.-

Señor Presidente , el proyecto en debate es importante, valioso. Me parece bueno que se formalicen situaciones existentes de hecho; el comercio ambulante es una realidad, y considero mucho mejor que esté regulado a que no lo esté.

Como es evidente, algunos siempre sentirán temor de que tras esta clase de comercio se escondan actividades ilícitas y delincuencia. Pero justamente si se regula, si se establecen posibilidades de formalización, de inicio de actividades, de identificación, serán los mismos comerciantes ambulantes quienes se cuiden y se constituyan en actores que velen por su propio interés. Y ellos resguardarán que, para sustentar su labor, esta no se vincule con eventuales actos delictivos.

Por consiguiente, es muy importante la formalización. Y esta iniciativa constituye un paso adelante para ello.

Además, por esa vía se recupera cierta tradición chilena de actividades culturales callejeras que lamentablemente, producto de visiones tecnocráticas, hemos aniquilado. Grandes actores y cantautores surgieron del mundo popular y de la calle. Y me parece muy relevante que ese tipo de actividades se puedan formalizar y, de alguna manera, legitimar y acreditar.

Asimismo, con ello se evitan situaciones tensas -como disputas porque el chofer no quiere dejar que suba una de esas personas, en fin-, las cuales generan querellas, rencores que muchas veces terminan en forma lamentable.

A mi juicio, señor Presidente , el proyecto es bueno. Y comparto lo manifestado respecto de la letra c) del número 2, en cuanto a la obligación de acreditar el origen de las mercancías que se expendan. Pero, de otro lado, puede significar un contrasentido que la autorización pertinente se deje en último término en manos de ordenanzas municipales. Aunque esto no se establece en la iniciativa, no creo que deba quedar entregado a la discrecionalidad de cada municipio, porque durante el tiempo que un vendedor ambulante permanece en un bus puede transitar por dos o tres comunas, y no va a estar bajando y subiendo de acuerdo a la ordenanza respectiva. Eso debiera estar normado en términos generales y no en función de cada entidad edilicia.

Aún así, señor Presidente , voy a votar a favor del proyecto, porque me parece significativo. Regula una actividad interesante tanto desde el punto de vista cultural como del emprendimiento de negocios. Que estos se hallen formalizados, trasparentados, resulta mucho mejor para evitar eventuales situaciones ilícitas y de delincuencia. Y esta es la manera de hacerlo.

He dicho.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Arancibia.

El señor ARANCIBIA.-

Señor Presidente , me gusta la parte inicial del proyecto, donde se elimina del N° 3 del artículo 91 de la Ley de Tránsito la frase "o cualquier clase de comercio en el vehículo".

Yo me quedaría ahí. Ello permitiría que se manifestara una expresión de la cultura nacional que existe desde tiempos inmemoriales y que se traduce en cantantes o vendedores de una mercancía menor que suben a las micros a ejercer su oficio u ofrecer su producto.

Hasta ahí estamos en sintonía.

Pero tal modificación, que permite a esos trabajadores el acceso a los vehículos de la locomoción colectiva, se complica en forma exagerada en las disposiciones siguientes al establecerse que ellos deberán tener credenciales, formar parte de un sindicato, contar con iniciación de actividades, en fin.

¡De qué estamos hablando! ¡Si la mitad de las ferias libres, que están legitimadas, donde se venden verduras y frutas, las conforman personas que venden productos cualesquiera! ¡Y pregúntenles si tienen iniciación de actividades!

Entonces, me da la impresión de que, con un fin noble: ordenar, legitimar, estructurar esta función, se fijan tantas condiciones que el chofer se va a volver loco. Habíamos logrado que este manejara con cuidado para no chocar. Y ahora deberá controlar si el vendedor tiene el carné, si inició actividades y dónde compró las mercancías.

Perdónenme, pero considero que estos asuntos no se deben resolver por ley. Si permitimos la actividad, no le pongamos todas estas cortapisas, que la harán prácticamente inviable.

Si el proyecto se votara por separado, señor Presidente, me inclinaría por aprobar la primera parte y rechazar la segunda.

--(Aplausos en tribunas).

El señor NOVOA ( Presidente ).-

¡Silencio, por favor!

¿Su Señoría pide votación separada de...

El señor ARANCIBIA.-

Del número 2.

El señor NOVOA (Presidente).- Bien.

Debo señalar que el número 1 ya está aprobado. En consecuencia, primero votaremos separadamente lo que planteó el Senador señor Orpis , y después, el resto del número 2.

Tiene la palabra la Honorable señora Alvear, por dos minutos.

La señora ALVEAR.-

Señor Presidente, intervengo solo para contestar algunas de las inquietudes formuladas.

En primer término, cabe recordar que todas las leyes revisten carácter general. Los reglamentos son los que entran en los detalles que muchos de los señores Senadores han señalado con preocupación. Las leyes no pueden ser reglamentarias.

Hoy, justamente, estuvimos analizando en la Comisión de Constitución una iniciativa tan reglamentaria que no resulta factible. Debido a ello, la estamos reduciendo y acotando a las ideas generales.

En segundo lugar, me interesa destacar que hemos recibido una gran contribución de los sindicatos de los trabajadores. Ellos desean formalizarse, que no los confundan con delincuentes y que estos no suban a los vehículos de la locomoción colectiva, porque eso no les permite trabajar. Y los propios trabajadores -algunos a lo mejor se encuentran en las tribunas- se han puesto sus uniformes; quieren ser individualizados como vendedores que ejercen su actividad en forma correcta, y diferenciarse de quienes no proceden de igual manera y les impiden efectuar bien su tarea.

Por eso, señor Presidente, los mismos comerciantes se han impuesto ciertos requisitos que consideran necesarios.

En tal sentido, es evidente que resulta preciso conocer, por ejemplo, el origen de las mercaderías que se venden. De lo contrario, podríamos encontrarnos frente a una situación en la que, eventualmente, se comercializaran productos adquiridos en forma irregular, lo cual los deslegitimaría e iría en contra de quienes desean realizar una actividad lícita y regulada.

Respecto a la inquietud formulada por un señor Senador, en orden a que lo propuesto iría en desmedro de los trabajadores -como se planteó al solicitar dividir la votación-, debo señalar que esto obedece a una petición de ellos, pues, precisamente, desean ser diferenciados para los efectos de ejercer una actividad lícita.

En cuanto a otra observación planteada por un Honorable colega, no se trata de que los conductores estén impedidos de negarse al ingreso de los trabajadores en cualquier circunstancia. La letra e) del artículo 91 bis, nuevo, establece:

"Los conductores del transporte urbano de pasajeros, no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello en un momento determinado implica un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.".

O sea, no se trata de que puedan subir a toda hora y en cualquier momento y lugar. Ello se encuentra regulado.

Con relación al resto de las inquietudes, estas serán recogidas en el reglamento.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Orpis, en su segundo discurso, por dos minutos.

El señor ORPIS.-

Señor Presidente , aquí no intervienen directamente las municipalidades, porque se establece la condición de contar con iniciación de actividades, la cual no es otorgada por los municipios, sino por el Servicio de Impuestos Internos. El resto de los trabajadores deberá sacar la patente municipal de comercio ambulante, quedando sujetos a la norma general que lo rige.

Quiero insistir sobre lo relativo a la letra c), pues considero absurdo como está redactada. En efecto, estos comerciantes deberán llevar la factura en que consta el origen de su mercadería y mostrarla en cada control policial, cuando, en esencia, estos trabajadores no portan gran cantidad de ella.

Pienso que un pequeño comerciante comprará un volumen mayor de mercancía y llevará la justa y necesaria para vender en la locomoción colectiva. No siempre andará con toda. Y si la cantidad que porta en el momento del control no coincide con la original, solo se prestará para que se cursen partes y se obstaculice una actividad digna, presumiéndose el origen ilícito de la mercadería.

¿Siempre tendría que portarse la factura? ¿Debería llevarse la boleta? No debería ser así, señor Presidente . Hay otras formas para establecer de dónde provienen los productos que se expenden.

Por lo tanto, corresponde dignificar este trabajo a partir de la presunción de su honestidad. Y mediante otras normas generales se deberá fiscalizar el origen de las mercancías.

Por eso, solicito que se vote separadamente la primera parte de la letra c), hasta la frase "expendan, y".

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri, en su segundo discurso.

El señor GAZMURI.-

Ya manifesté mi voto favorable, señor Presidente .

El señor NOVOA (Presidente).-

Perfecto.

Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente , la letra d) del artículo 91 bis, nuevo, dispone que las empresas de transporte "podrán acordar con los sindicatos de trabajadores". Es decir, se permite la existencia de sindicatos.

En tal sentido, en los procesos de licitación -que debate el Senado en el proyecto de Ley de Presupuestos- se fijarán las condiciones básicas que no contempla la presente iniciativa. Esto es: se efectuará una alianza estratégica con estos trabajadores, fijando reglas que les permitan realizar su actividad comercial con un nivel de seguridad y confort básicos.

Por lo anterior, señor Presidente, nos queda "pega" hacia delante, pues el proyecto en debate no va a resolver todos los problemas. Es un importante paso regulador, y debemos apoyarlo de verdad.

En consecuencia, respecto a las patentes municipales, habrá que realizar gestiones ante los alcaldes para que no coloquen impedimentos. Porque si lo desean, lo pueden hacer. Hay que convencerlos. Como señaló el alcalde Rabindranath Quinteros , se dictará una ordenanza.

Soy partidario del diálogo y de la continuidad de la Mesa de Trabajo que se formó. Esto no debe terminar con la dictación de la ley en proyecto; habrá que mantener instancias para ayudar a que esta sea efectiva.

En tal sentido, señor Presidente , manifiesto mi voluntad para que ello sea factible. Porque hay que tener credibilidad. Si despachamos una ley a efectos de regular una actividad, efectivamente ha de hacerse. Y como quienes estamos aquí pertenecemos a partidos políticos con alcaldes en ejercicio, y tienen influencia, deberán efectuar los esfuerzos necesarios para ello.

He dicho.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, deseo mencionar tres cosas.

Me van a perdonar por el concepto que voy a usar, pero pienso que no es tiempo para cierto "populismo". Y discúlpenme si ofendo a alguien.

Exista o no la letra c) referida, Carabineros dispone de la facultad para consultar el origen de cualquier mercadería. Eso es conocido.

He conversado sobre esta materia con los dirigentes, y ellos han estado de acuerdo, porque no quieren que haya confusión. Es posible establecer en el proyecto esa atribución, pero ya está incorporada en otras leyes -digamos las cosas como son-, y también la iniciación de actividades.

El proceso de formalización es producto del esfuerzo de los trabajadores, quienes se han organizado. Y es muy importante entenderlo como una protección para ellos mismos.

Con letra c) o sin ella, Carabineros posee facultades legales para revisar cuál es el origen de las especies que se venden, a raíz de una iniciativa donde participaron el Senador señor Espina y varios Honorables colegas de la bancada de enfrente.

En segundo lugar, en cuanto a lo planteado respecto a la iniciación de actividades, no nos fuimos por el lado de los municipios, porque era inconducente ya que existen otras actividades económicas en que debe obtenerse un permiso para trabajar que va más allá del límite comunal. Y el Servicio de Impuestos Internos, así como da facilidades para realizar otras actividades económicas, tendrá que buscar cómo perfeccionar la norma en proyecto a través del reglamento.

Señor Presidente, llamo a votar a favor de la iniciativa y a respetar el esfuerzo emprendido por los dirigentes y los trabajadores, quienes son sus grandes autores, junto con el Diputado señor Aguiló.

--(Aplausos en tribunas).

El señor NOVOA (Presidente).-

Vamos a iniciar la votación.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- El Honorable señor Orpis había pedido originalmente votación separada de la letra c). Pero luego especificó que desea que se elimine la frase "deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan".

En consecuencia, dicha letra quedaría: "Los trabajadores que ejerzan este oficio, podrán tener copia de su iniciación de actividades, etcétera.". En todo caso, la Secretaría estaría encargada de redactar la norma sin esa parte.

¿Esa es la idea, señor Senador?

El señor ORPIS .-

Hasta "iniciación de actividades".

El señor OMINAMI .-

Entonces, ¿permanecería la obligación de realizar la iniciación de actividades?

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Exacto.

El señor NOVOA ( Presidente ).-

En votación la frase "deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan", que figura en la letra c).

Después nos pronunciaremos respecto a lo demás.

Cabe recordar que el numeral 1) fue aprobado reglamentariamente, porque no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones.

El señor LETELIER.-

¿El resto se entendería aprobado?

El señor NOVOA ( Presidente ).-

No, señor Senador. Primero vamos a votar la mencionada frase de la letra c), y a continuación nos pronunciaremos sobre el numeral 2), que fue modificado por la Comisión.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente , ¿votar "sí" implica mantener la oración?

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

Así es. Pronunciarse a favor significa aceptar lo propuesto por la Comisión.

El señor NOVOA (Presidente).-

En votación.

Votar "sí" significa aprobar que se mantenga la frase "deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan"; y "no", eliminarla, haciendo la Secretaría los ajustes de redacción necesarios.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba la mantención de la frase propuesta por la Comisión de Trabajo en la letra c) del número 2 (13 votos a favor, 9 en contra y una abstención).

Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Escalona, Frei, Gazmuri, Gómez, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Núñez, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag y Vásquez.

Votaron por la negativa los señores Arancibia, Ávila, Cantero, Chadwick, Girardi, Navarro, Ominami, Orpis y Pérez Varela.

Se abstuvo el señor Novoa.

El señor NOVOA (Presidente).-

En consecuencia, se mantiene en la letra c) la frase referida.

Ahora corresponde votar el número 2 completo, porque el 1 ya está aprobado.

En votación.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor NOVOA (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el número 2 propuesto por la Comisión (22 votos contra uno y 3 abstenciones).

Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Ávila, Cantero, Chadwick, Escalona, Frei, Gazmuri, Girardi, Gómez, Horvath, Letelier, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Navarro, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag y Vásquez.

Votó por la negativa el señor Arancibia.

Se abstuvieron la señora Matthei y los señores Kuschel y Novoa.

--(Aplausos en tribunas).

El señor NOVOA (Presidente).-

Queda despachado el proyecto.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor NOVOA (Presidente).-

En todo caso, debe volver en tercer trámite a la Cámara de Diputados.

2.7. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 15 de septiembre, 2009. Oficio en Sesión 81. Legislatura 357.

?Valparaíso, 15 de septiembre de 2009.

Nº 845/SEC/09

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva, correspondiente al Boletín Nº 4.332-15, con las siguientes enmiendas:

Artículo único.-

Número 2

Lo ha reemplazado, por el siguiente:

“2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis, nuevo:

“Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros, en las siguientes condiciones:

a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos.

b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren, además, organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

c) Los trabajadores que ejerzan este oficio deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan y exhibir la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

d) Las empresas de transporte urbano de pasajeros podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que permitan el ejercicio de esta actividad.

e) Los conductores del transporte urbano de pasajeros no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello implica, en un momento determinado, un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.”.”.

- - -

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.854, de 14 de junio de 2007.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JOVINO NOVOA VÁSQUEZ

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 30 de septiembre, 2009. Diario de Sesión en Sesión 83. Legislatura 357. Discusión única. Pendiente.

EJERCICIO DE COMERCIO AMBULANTE EN LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA. Tercer trámite constitucional.

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que concede permiso a trabajadores para ejercer el comercio ambulante al interior de la locomoción colectiva.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, boletín N° 4332-15, sesión 81ª, en 16 de septiembre de 2009. Documentos de la Cuenta N° 1.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

En discusión las modificaciones del Senado.

Ofrezco la palabra.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Pido la palabra.

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra su señoría.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente , igual que los diputados Ojeda y Jaramillo , veo con preocupación algunas de las modificaciones introducidas por el Senado a este proyecto.

Nosotros consideramos que deberíamos simplificar la iniciativa y, de alguna manera, entregar cierto grado de certeza a los trabajadores que ejercen su actividad al interior de buses de la locomoción colectiva.

A nuestro juicio, los senadores no entendieron el problema e hicieron mucho más engorrosa la situación para estos trabajadores. Por ejemplo, la letra a) del artículo 91 bis que el Senado propone incorporar a la ley N° 18.290 establece: “Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos”. Nosotros planteamos que para ejercer su actividad debían contar con autorización municipal.

El Senado, en vez de simplificar el proyecto, al incorporar la iniciación de actividades, lo hizo más complejo, sobre todo porque se trata de una actividad que a lo mejor es transitoria y tiene que ver con una cantidad de recursos muy limitados.

Imaginemos cuántas microempresas constituidas, que pagan locales comerciales, en un minuto inician actividades y luego no continúan, pero cuesta mucho terminarlas y la situación se les complica.

No parece razonable y es contradictorio con el espíritu de la moción exigir iniciación de actividades a los trabajadores que de-sarrollan su actividad al interior de los buses de la locomoción colectiva.

Asimismo, es un absurdo exhibir copia de la iniciación de actividades cuando se ingrese al vehículo de locomoción colectiva, o acreditar mostrar el origen de la mercancía que se vende. Eso podría simplificarse con la simple autorización municipal.

Con todo el respeto que me merecen los senadores, las modificaciones planteadas al proyecto no tienen nada que ver con el espíritu de la iniciativa.

He conversado sobre la materia con algunos diputados y hemos decidido o pedir votación separada de las letras a), c) y f) del artículo; o derechamente rechazar el artículo completo para resolver las discrepancias en Comisión Mixta.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Diputada señora Sepúlveda, ¿su propuesta es votar separadamente las letras que mencionó o votar separadamente el artículo completo?

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

El artículo completo, señor Presidente .

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Así se procederá, señora diputada .

Tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló.

El señor AGUILÓ.-

Señor Presidente , el proyecto en análisis se inició en la Cámara de Diputados, por moción suscrita transversalmente por diputados de la Alianza por Chile y de la Concertación de Partidos por la Democracia, como consecuencia de una iniciativa que originalmente impulsó la Intendencia de la Región Metropolitana , cuando un grupo muy significativo, de más de mil trabajadores que vendían sus productos en la locomoción colectiva, instaló una mesa de trabajo con autoridades de Gobierno, con la Iglesia Católica, en especial la Vicaría de la Pastoral Obrera; con representantes de dos prefecturas del área metropolitana de Santiago y de la Policía de Investigaciones de Chile, para ver cómo un trabajo decente, honesto y responsable, podría contar con autorización. Existe una disposición estricta y perentoria en la ley de transportes que lo prohíbe, pero las autoridades, hasta la víspera de la entrada en vigencia del Transan-tiago, hacían vista gorda en las llamadas micros amarillas, donde los vendedores ambulantes del transporte público podían vender sus productos, como muchas veces constatamos, sin ningún problema. Sin embargo, nadie pretendía imponer esa ley ni fiscalizaba su cumplimiento; por lo tanto, los vendedores ambulantes ejercían su actividad tranquilamente.

En la Intendencia de Santiago se instaló la citada mesa de trabajo, y la Vicaría de la Pastoral Obrera -informo a los colegas que desconocen esta parte del proyecto y, en especial, a la diputada que me antecedió en el uso de la palabra- le pidió a un grupo de diputados, transversalmente, que nos hiciéramos eco de una situación a todas luces razonable.

Por lo tanto, aun cuando formalmente la moción haya sido de iniciativa parlamentaria, en realidad tuvo su origen en la mesa de trabajo que he mencionado, encabezada por el intendente de la Región Metropolitana , y aunque esta actividad se extiende a otras regiones del país, no cabe dudas de que el epicentro está en la capital.

Presentamos la moción, acicateados por esa iniciativa, y fuimos conociendo a un conjunto de trabajadores -cuyos dirigentes nos acompañan en las tribunas- que nos han impactado profundamente por su alto nivel de organización, por su seriedad y responsabilidad, por la forma en que enfrentaron las principales complicaciones que significaba legalizar una disposición que, además, estaba vinculada a la entrada en vigencia de una de las políticas públicas más traumáticas de la transición, cual fue el Transantiago.

En medio de todo esto, además de la puesta en vigencia del Transantiago, había miles de trabajadores que podían perder su trabajo simplemente porque no podrían subir a los micros, porque quienes habían licitado los recorridos -ésta es una cuarta derivación de los problemas del Transantiago-, iban a decir, con justa razón, que no lo podían hacer.

Entonces, empezamos a desarrollar un trabajo con los Ministerios de Transportes, del Interior y con las policías. Carabineros de Chile impulsó de manera entusiasta la opción de que resolviéramos legalmente el problema; lo mismo ocurrió con la Policía de Investigaciones. Los dirigentes nos dijeron -y pudimos comprobarlo en la práctica- que los propios trabajadores propusieron una organización seria, sindicalizada, en la que sus miembros utilizaran uniforme, con un distintivo grande, con sus nombres y el número de rol de su trabajo, con una formación y capacitación realizada por ellos mismos, con la formalización de su actividad ante el Servicio de Impuestos Internos.

Quiero decir a la diputada Alejandra Sepúlveda , por su intermedio, señor Presidente , que los propios trabajadores fueron los que propusieron la idea de formalizar su actividad ante el Servicio de Impuestos Internos; no se trató de una imposición de los diputados patrocinantes de la moción ni de los senadores. Fueron los propios trabajadores los que impulsaron la idea, los que nos dijeron: “Aquí hay un conjunto muy grande de trabajadores que está dispuesto a colaborar en la información pública, a formalizar nuestra actividad, a hacer un trabajo serio, a colaborar con el país y con el orden público”.

Recordemos que uno de los tantos problemas que tuvo el Transantiago al inicio de su puesta en funcionamiento fue que nadie tenía la más mínima idea de cuál recorrido tomar, qué micro le servía, dónde estaban los paraderos, etcétera.

En esas circunstancias, ellos tomaron cursos de capacitación organizados por la Intendencia de la Región Metropolitana, para, incluso, informar a los pasajeros del Transantiago.

Cabe señalar que he asistido a asambleas de más de 500 trabajadores. Este punto es importante. Cuando la diputada Alejandra Sepúlveda presenta los problemas de los campesinos de su región, siempre la he escuchado con mucha atención. Y, en este caso, espero que siempre tengamos la apertura para saber qué piensan los trabajadores que serán beneficiados con este proyecto, porque ése es el punto central.

Aquí se trata de trabajadores muy concretos; no de una abstracción. No estamos desarrollando un seminario sobre la materia, sino que tratamos de resolver un problema que tiene que ver nada menos que 3 mil, 4 mil o 5 mil trabajadores, 500 de los cuales ya están organizados y fueron objeto de toda esta tramitación.

Si fuera un seminario, podríamos analizar cómo hacemos mejor las cosas. Pero lo que quiero transmitir en la Sala, formalmente, es lo que plantean los propios trabajadores después de esta larguísima tramitación de la iniciativa, y lo que nos piden los trabajadores es que aprobemos las modificaciones tal como vienen del Senado, porque a ellos no les generan dificultades las enmiendas que el Senado introdujo al proyecto; al contrario. Ésa es su opinión, no la mía.

Entonces, pido, con mucha humildad, que aprobemos las modificaciones del Senado, habida consideración de que ha sido tan larga y compleja la tramitación de la iniciativa, que hace un aporte tan grande al trabajo de la gente, al trabajo honesto de miles de chilenos que pueden beneficiarse con el proyecto a lo largo del país. Además, van a contribuir a la seguridad ciudadana, aspecto que es muy importante.

Tengo el tremendo honor de decir que soy diputado de una zona donde una tenencia acaba de recibir del alto mando de Carabineros el premio a la relación entre carabineros y los vecinos de cierto barrio que tenía altos niveles de delincuencia, porque organizaron un sindicato de cuidadores de auto, incluso con uniformes. En ese barrio, en el que Carabineros trabajó con la comunidad, disminuyeron los asaltos, gracias a la colaboración de esas personas.

Esa situación también puede ocurrir a nivel nacional con este sindicato, porque estamos hablando de gente seria, capacitada, formalizada incluso ante el Servicio de Impuestos Internos, que en todo Chile venderá sus productos con uniforme, que podrá informar a la comunidad y colaborar con la seguridad ciudadana.

Por ello, reitero mi petición: aprobemos las modificaciones del Senado, entre otras cosas, porque lo mejor es enemigo de lo bueno y, sobre todo, porque los trabajadores lo piden, pues mientras no haya ley no pueden ingresar a las micros, motivo por el cual no podrán ejercer su trabajo para el que se han preparado durante tanto tiempo. Hay que aclarar que tienen muchos cursos de capacitación y de entrenamiento en esta materia, como resultado del trabajo que en su momento se realizó en la Intendencia de Santiago.

Agradezco al Presidente la paciencia con que me ha escuchado. Sé que en su nuevo distrito, -en el que, no me cabe duda, alcanzará la primera mayoría, gracias a su capacidad, flexibilidad y buena disposición- se encontrará con esos trabajadores y conocerá su buena contribución al país.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.

El señor HALES.-

Señor Presidente , no hubiéramos vivido esta situación con el dramatismo que tuvo si -entre los muchos defectos, errores y arbitrariedades con que operó el Transantiago desde sus inicios-, no se hubiese tomado la decisión de eliminar de las micros a estas personas que han formado parte de la identidad de la ciudad. Sin duda, fue otra aberración del nuevo sistema de locomoción pública. Desde chicos reconocimos al cantante de micro como parte de nuestro ser urbano, que se fue desarrollando entre los distintos artistas que se combinaban entre el bus y la vereda, entre la vereda y la calle, entre la plaza pública y su incorporación al transporte.

El Transantiago detonó la gravedad de esa situación. Quiso expulsar a esos trabajadores y hacerlos desaparecer del transporte público. Por eso, vinieron a nosotros, sobre todo a quienes estábamos tratando de resolver -aún lo hacemos- las barbaridades cometidas por este sistema.

Fue pensado con mucha ilusión para mejorar la movilización colectiva en Chile a partir de la metrópolis, pero su fracaso provocó que nuestra Presidenta Michelle Bachelet dijera que el Transantiago era una mala palabra y pidiera perdón a la ciudad por sus consecuencias. A pesar de la buena inspiración que siempre ha tenido ese plan de transporte, sus efectos todavía son dañinos.

Un grupo de las víctimas del Transantiago fue el de los artistas, comerciantes y personas incorporadas al transporte urbano, a quienes se les prohibió subir a los buses.

De las muchas conversaciones que sostuvimos con ellos y con la autoridad, salió adelante esta iniciativa. Me alegro que ocurriera así, porque consagra el derecho de la actividad. Pero más me habría gustado que hubiera ido en la línea de lo que señaló la honorable diputada Sepúlveda , porque me parece injusto que paguen patente e impuestos.

Si éste es el proyecto que se logró, quiero comprometer en esta sala mi voluntad para trabajar con ellos y con la autoridad correspondiente para que sigan en su actividad, gracias a esta iniciativa, y que en el futuro no paguen patente ni tributo alguno.

Esta argumentación podría llevarme a pronunciarme por el rechazo de las letras a) y c) del artículo 91 bis, nuevo, con lo que entorpecería la tramitación del proyecto, porque habría Comisión Mixta. Por tratar de hacerlo mejor, terminaría haciéndolo peor.

Lo que expresó la diputada Alejandra Sepúlveda es justo y correcto. Esta iniciativa no es un capricho, pues nació de una concepción del urbanismo demasiado profunda. Sin ser urbanista, esta gente da a la ciudad un rasgo de humanidad e identidad muy particular. La ciudad fue inventada para el encuentro de las personas, y el transporte es la actividad que permite esa interconexión.

Curiosamente, en nuestro país, la labor del artista y del vendedor ambulante se fue desarrollando en la micro. Incluso, con el dramatismo de los años 80, cuando la crisis no se resolvía con la protección social implementada por la Presidenta Bachelet , sino con el Plan de Empleo Mínimo, PEM, y el Programa Ocupacional para Jefes de Hogar, POJH, hasta profesionales tenían que pararse en las esquinas o subirse a las micros a vender Super 8 y paños amarillos. Otros optaron por una concepción del arte, que hemos visto en muchas partes del mundo.

Miren las ciudades que gustan, que tienen vida y atractivos, por las cuales las personas pagan miles de dólares para visitarlas, porque consideran que vale la pena viajar y pasear por las calles de París, por ejemplo.

Vaya al bulevar del Palais Royal , donde una mujer canta arias de ópera sin pagar patente, desde hace más de quince años, y no paga impuestos. La entrevistan y dice que está orgullosa.

Los bulevares, que se inventaron a fines del siglo XVIII, hace 200 años, fueron imitados en los pasajes del centro de Santiago, a través de los cuales le gente puede caminar por el interior de los edificios. Famosos son el antiguo pasaje Matte , las galerías, el Portal Fernández Concha, imitaciones de lo francés en cuanto al recorrido interior de los edificios.

Uno puede cruzar París, caminando por esos bulevares, donde cantan, pintan y actúan. Nadie paga patente ni es expulsado o se llama a las fuerzas especiales para echarlos. Al contrario, son felicitados, entrevistados y mostrados como un rasgo cultural de la ciudad luz, y la gente paga por visitarla. En cambio, nosotros deshumanizamos las ciudades. Los hombres y las mujeres que cantan y venden en las micros las humanizan, pues son parte de nuestro ser urbano.

Vayan a ver la ciudad de Roma, donde un artista pinta en la vereda y nadie le pide la patente o el permiso. Y pinta al pastel la cara de Cristo a la salida de la iglesia o imita rasgos de Leonardo da Vinci. Ningún carabinieri viene a decirle que no tiene la patente al día y los turistas de todas partes del mundo le dan dinero. Sin embargo, acá los echamos, los sacamos y les decimos que no entren.

Édith Piaf cantaba en los alrededores de la Basílica del Sacré Coeur, en la vereda, y nadie le mencionó que debía pagar patente en el municipio de París o impuestos. Ésa es otra manera de ver la vida urbana, de entender la ciudad como el gran encuentro de las personas.

En Chile, otros actores construyeron esa identidad urbana, como el afilador de cuchillos, que tocaba el pito y era parte del trino en cualquier barrio. También está el organillero, que ahora debe sacar patente y pagar impuestos. La situación tendría que ser al revés: deberíamos aprobar un proyecto de ley que estableciera que nosotros remuneráramos a esas personas por sus servicios, a fin de que le den alma a la ciudad.

En mi caso particular, para el primer cumpleaños de mi hija, contraté a un organillero para que tocara en su fiesta. Deberíamos pagarles a todos los organilleros, cantantes y afiladores de cuchillos para que den vida a la ciudad y no hubiese tanta rigidez de imitación, que parece un sarcasmo para burlarse de esas personas.

Vayan a Nueva York, ciudad donde podrán ver a músicos que tocan jazz en las veredas. En una oportunidad, hasta Clinton tocó en ellas con su saxofón. Muchos artistas se instalan con sus instrumentos y nadie les pregunta si tienen su patente al día.

En Moscú podrán apreciar cómo los artistas tocan música selecta, con cuartetos de violín.

¡Vayan a ver lo que ocurre en las calles de La Habana! Ustedes dirán que lo hacen por necesidad. ¡Por lo que sea! En las esquinas, los músicos cantan y tocan sus contrabajos y maracas, en forma gratuita ¡Y nadie les dice que tienen que pagar patente!

Pero aquí, les decimos que deben iniciar actividades. Me gustaría que fueran a pedirle iniciación de actividades a la cantante de arias de ópera que canta en el boulevard del Palais Royal. ¡Qué barbaridad! ¡Qué manera tan distinta de mirar la vida de las ciudades!

Votaré el proyecto favorablemente, pese a los reparos que tengo respecto de la letra a) del artículo 91 bis, que señala: “Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos.”.

¡Caramba! ¡Quizás en otro momento, aprobemos un proyecto de ley para fortalecer el alma de las ciudades!

He dicho.

-Aplausos.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.

El señor URRUTIA.-

Señor Presidente , no creo que las intenciones de la diputada señora Alejandra Sepúlveda hayan sido las expresadas por el diputado Aguiló . Un diputado tan preparado, como mi amigo Sergio Aguiló , no debería atacar de esa forma a una colega.

Si la diputada Alejandra Sepúlveda , un diputado o cualquiera otra persona que no haya trabajado en el proyecto observa lo aprobado por la Cámara de Diputados y las modificaciones del Senado, podrá constatar una aberración. Es lo primero que viene a la mente.

¿Por qué es una aberración? Porque lo lógico habría sido que un proyecto tan sencillo despachado por la Cámara de Diputados fuera aprobado por el Senado tal cual. Sin embargo, las modificaciones que introdujo lo han enredado, porque obligan a iniciar actividades.

No recuerdo cuál es el valor mínimo para extender boleta. Creo que son 300 pesos. ¿Qué pasa si a una persona le pagan más de ese monto? ¿Va a tener que extender boletas en las micros?

La norma agregada por el Senado señala: “iniciación de actividades”. Por lo tanto, el trabajador debe dar boleta. Si le piden factura, va a tener que otorgarla también. ¡Así de sencillo!

Ese trabajador, para subirse a las micros, va a tener que portar la copia de iniciación de actividades. ¡Por favor! No conozco a ningún contribuyente que ande con su documentación de iniciación de actividades. Ese documento lo manejan los contadores y no los contribuyentes. No me parece racional esa modificación del Senado.

Además, se pueden pagar impuestos sin necesidad de contar con una iniciación de actividades. Eso debería haber considerado el Senado. Si una persona calcula que va a vender cierta cantidad o va a contar con cierta utilidad en un mes, puede pagar impuestos de acuerdo a ese cálculo y el Servicio de Impuestos Internos puede emitir un certificado que permite al trabajador operar sin problemas.

No se contempló esa posibilidad, que era mucho más sencilla, porque evitaba la iniciación de actividades. Eso debería haberse hecho.

Como dijo el diputado Aguiló , si hay acuerdo al respecto, lo vamos a aprobar. No tenemos problemas. Pero insisto en que es un tema sumamente engorroso. No hay que quejarse después de que a un trabajador lo echaron de la micro o que Carabineros le sacó un parte porque andaba sin el papel de iniciación de actividades. ¡Es una locura!

No es necesaria la iniciación de actividades para vender en la calle. El impuesto se paga igual. Por lo tanto, al pagar el impuesto, no hay competencia desleal.

En el fondo, el Senado entiende que aquí hay competencia desleal respecto de otros contribuyentes. Como deben pagar impuestos, el Senado obliga a iniciar actividades. Pero no es necesaria la iniciación de actividades para pagar impuestos. Se pueden pagar igual. Como dije, el Servicio de Impuestos Internos puede certificar que el impuesto se pagó. Ni siquiera es necesario que se haga mes a mes, porque se puede hacer por varios meses.

Sería lógico rechazar las letras a), c) y f) del nuevo artículo 91 bis, nuevo, propuesto por el Senado, pero el proyecto pasaría a Comisión Mixta, lo que demoraría mucho su tramitación.

Si existe acuerdo, estamos dispuestos a respetarlo y a votar favorablemente. No tengo problemas. Pero espero que quede claro lo que advertimos: esto va a traer más problemas de los que ahora existen.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Se han inscrito cinco señores diputados más para continuar el debate, que voy a dejar pendiente para una próxima sesión.

3.2. Discusión en Sala

Fecha 01 de octubre, 2009. Diario de Sesión en Sesión 84. Legislatura 357. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

EJERCICIO DE COMERCIO AMBULANTE EN LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA. Tercer trámite constitucional.

El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).-

Según el acuerdo adoptado, corresponde votar, sin debate, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que concede permiso a trabajadores al interior de la locomoción colectiva.

Antecedentes:

-La discusión del proyecto de ley contenido en el boletín Nº 4332-15, se inició en la sesión 83ª, en 30 de septiembre de 2009, de la legislatura 357ª.

El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Araya Guerrero Pedro; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Duarte Leiva Gonzalo; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Harboe Bascuñan Felipe; Ulloa Aguillón Jorge; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.

3.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 01 de octubre, 2009. Oficio en Sesión 54. Legislatura 357.

?VALPARAÍSO, 1 de octubre de 2009

Oficio Nº 8351

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a la enmienda propuesta por ese H. Senado al proyecto que concede permiso para trabajadores al interior de la locomoción colectiva. Boletín N° 4332-15

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio N° 845SEC/09, de septiembre de 2009.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

RAÚL SÚNICO GALDAMES

Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 01 de octubre, 2009. Oficio

?VALPARAÍSO, 1 de octubre de 2009

Oficio Nº 8350

A S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en moción de los Diputados Sergio Aguiló Melo, Pedro Araya Guerrero, Fidel Espinoza Sandoval, Sergio Ojeda Uribe, Carlos Olivares Zepeda, Gonzalo Uriarte Herrera y las Diputados Denise Pascal Allende y Alejandra Sepúlveda Orbenes. (boletín 4332-15.

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Modifícase la ley N°18.290, de Tránsito, de la siguiente forma:

1. Elimínanse en el N°3 del artículo 91, la expresión "desaseados," y la frase final "o cualquier clase de comercio en el vehículo".

2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis, nuevo:

"Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros, en las siguientes condiciones:

a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos.

b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren, además, organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

c) Los trabajadores que ejerzan este oficio deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan y exhibir la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

d) Las empresas de transporte urbano de pasajeros podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que permitan el ejercicio de esta actividad.

e) Los conductores del transporte urbano de pasajeros no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello implica, en un momento determinado, un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.".".

Dios guarde a V.E.

RAÚL SÚNICO GALDAMES

Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 20.388

Tipo Norma
:
Ley 20388
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1007837&t=0
Fecha Promulgación
:
26-10-2009
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cdsu
Organismo
:
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
Título
:
CONCEDE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA
Fecha Publicación
:
07-11-2009

LEY NÚM. 20.388

CONCEDE PERMISO PARA TRABAJADORES AL INTERIOR DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en moción de los Diputados Sergio Aguiló Melo, Pedro Araya Guerrero, Fidel Espinoza Sandoval, Sergio Ojeda Uribe, Carlos Olivares Zepeda, Gonzalo Uriarte Herrera y las Diputados Denise Pascal Allende y Alejandra Sepúlveda Orbenes.

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Modifícase la ley N°18.290, de Tránsito, de la siguiente forma:

    1. Elimínanse en el N°3 del artículo 91, la expresión "desaseados," y la frase final "o cualquier clase de comercio en el vehículo".

    2. Incorpórase el siguiente artículo 91 bis, nuevo:

    "Artículo 91 bis.- Se podrá ejercer el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros, en las siguientes condiciones:

    a) Los trabajadores vendedores ambulantes independientes del transporte deberán contar con iniciación de actividades como tales ante el Servicio de Impuestos Internos.

    b) En el caso de que dichos trabajadores se encuentren, además, organizados y registrados como sindicato de trabajadores independientes en la Dirección del Trabajo, podrán solicitar, a su costo, la emisión de una credencial que los acredite como tales.

    c) Los trabajadores que ejerzan este oficio deberán acreditar el origen de las mercaderías que expendan y exhibir la copia de su iniciación de actividades, ante el requerimiento que en cualquier momento efectúe la fuerza pública.

    d) Las empresas de transporte urbano de pasajeros podrán acordar con los sindicatos de trabajadores independientes la emisión de credenciales que permitan el ejercicio de esta actividad.

    e) Los conductores del transporte urbano de pasajeros no podrán negarse al ejercicio de esta actividad en sus respectivas máquinas, salvo si ello implica, en un momento determinado, un peligro de accidente vial, o bien entorpece de manera manifiesta y evidente la comodidad de los pasajeros, especialmente en las horas de mayor congestión. Asimismo, deberán negarse a la subida de un vendedor en paraderos no autorizados.

    f) El conductor podrá exigir la exhibición de la copia de la respectiva iniciación de actividades o su certificado para permitir el ingreso de un vendedor.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 26 de octubre de 2009.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.- Claudia Serrano Madrid, Ministra del Trabajo y Previsión Social.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Raúl Erazo Torricelli, Subsecretario de Transportes.