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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.174

Crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 19 de octubre, 2005. Mensaje en Sesión 59. Legislatura 353.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR EL CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGION DE LOS RIOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO.

SANTIAGO, octubre 19 de 2005

MENSAJE Nº 370-353/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H CÁMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley, en materia de división política y administrativa del país, que tiene por finalidad crear la XIV Región de Los Ríos, que derivará del actual territorio de la Región de Los Lagos, y específicamente del total del actual territorio de la Provincia de Valdivia, región que se integrará por dos Provincias, la de Valdivia y la de Ranco, que también se crea

I. ANTECEDENTES PARA LA CREACIÓN DE LA REGION DE LOS RIOS.

El 26 de Agosto de 2005, se promulgó la reforma constitucional contenida en la Ley Nº 20.050, que introdujo modificaciones a la Constitución Política de la República. Entre otros, modificó sus actuales artículos 49 y 110, a través de los cuales se eliminó el numeral referido a la cantidad de regiones y se uniformó el procedimiento para crearlas y suprimirlas, dejando entregado a una ley, de rango orgánico constitucional, lo relativo a la división política y administrativa del país.

A partir de entonces, resulta posible adecuar, si resulta necesario, la división territorial del país, de manera que ésta sea coherente con el proceso de descentralización que se desarrolla en el país, por ley, si bien orgánica constitucional.

Ahora bien, en este contexto, el Gobierno estima que ha llegado la oportunidad de acceder a una solución definitiva respecto de la provincia de Valdivia. Para ello, es necesario remontarse al origen y las causas de la situación actual de este territorio.

La división regional de nuestro país se implementó en situaciones políticas e institucionales muy distintas del esquema constitucional vigente. En el caso de la región de Los Lagos, hubo desde la fecha de su creación, frustración y reclamaciones de Valdivia por estimar su comunidad que dicha ciudad reunía los requisitos de capitalidad regional, basándose en fundamentos de carácter económico, demográfico, territorial, histórico e institucional

Diversos estudios realizados desde 1978, en los que se analiza la estructura territorial de la X Región de Los Lagos, han reconocido implícita o explícitamente un desajuste original en la estructura de la región de Los Lagos, lo que motivó la aplicación de medidas de carácter económico presupuestario; institucionales y administrativas, destinadas a resolver o atenuar los efectos derivados de la configuración territorial en comento.

A ello debe agregarse que la configuración resuelta para la X Región de Los Lagos, al agrupar dos realidades geográfica y económicamente disímiles y con serios problemas de accesibilidad (distancia-tiempo) entre sus áreas limítrofes extremas (Provincias de Valdivia y Palena), ha impedido la consolidación e integración plena de la provincia de Valdivia en la región de que forma parte.

De ahí que la nueva región que se propone se estructurará sólo con el territorio de la provincia de Valdivia, cuya población alcanza a los 356.396 habitantes (Censo 2002), fijándose su capital en la ciudad de Valdivia. Esta cuenta con una clara identidad; posee una importante dotación de servicios tanto públicos (algunos de nivel regional) como en el ámbito financiero, y una adecuada estructura urbano-rural.

Se prevé que con la creación de esta región y la instalación consiguiente de la institucionalidad correspondiente, como igualmente la asignación de recursos propios del nivel regional, y la operatividad de instancias de participación y demás aspectos particulares del nivel regional, se facilitará el diseño e implementación de estrategias tendientes a optimizar su nivel de desarrollo, en base a soluciones específicas generadas e impulsadas por su propia comunidad.

No obstante lo señalado, las regiones, vistas en el contexto de la globalización, no deben constituirse como espacios ni comunidades de tipo autárquico sino que como instancias de vinculación y coordinación sistémica entre sí, esto es, con un enfoque supra o macroregional, lo que sólo puede traer como resultado su potenciación mutua tanto interna como hacia el exterior

II. INSTITUCIONALIDAD REGIONAL.

El establecimiento de la región que se propone, requiere de la institucionalidad correspondiente en el área de Gobierno Interior (Intendencia); de administración regional descentralizada (Gobierno Regional); de la administración pública nacional desconcentrada (Secretarías Regionales Ministeriales y Direcciones Regionales de Servicios Públicos); Servicios Públicos territorialmente descentralizados (Servicio de Vivienda y Urbanización); Administración de Justicia; Tribunal Electoral Regional, y Oficina Regional de la Contraloría General de la República.

Para la implementación de esta institucionalidad, en materia de recursos humanos, es necesario modificar un conjunto de leyes que regulan el personal en cuanto a su cantidad y tipo de cargos, para lo cual se propone facultar al Presidente de la República para que mediante uno o más decretos con fuerza de ley, efectúe las adecuaciones pertinentes.

Por otra parte, corresponde considerar en la Ley de Presupuestos respectiva los recursos necesarios para el funcionamiento y la inversión regional que corresponderá al Gobierno Regional de Los Ríos

III. FUNDAMENTOS PARA LA CREACIÓN DE LA PROVINCIA DE RANCO

La creación de la Región de Los Ríos con el territorio propuesto, implica necesariamente, por imperativo constitucional, el establecimiento de una segunda provincia, la que se constituiría con parte de los territorios de la actual provincia de Valdivia.

Dicha provincia comprende doce comunas, de las cuales cuatro de ellas presentan una clara vinculación y mejor conectividad con La Unión, como son las comunas de Paillaco, Lago Ranco, Río Bueno y Futrono. Por ello, éstas constituirán el territorio de la propuesta Provincia de Ranco, además de la comuna de La Unión

La mencionada denominación se fundamenta en que el lago homónimo constituye la cuenca de todas las comunas de la provincia propuesta, no teniendo el carácter de ribereña sólo la comuna de Paillaco, aunque igualmente se encuentra sujeta a su influencia. Tal es así, que las municipalidades de las comunas aludidas han constituido una Asociación cuya denominación han vinculado con el lago en comento, lo que demuestra la relevancia que éste tiene en la zona. Por otra parte, este lago tiene la particularidad de ser el de mayor superficie en el territorio propuesto para la nueva región y de especial connotación internacional por sus características turísticas.

La población de esta provincia es de 115.429 habitantes (Censo 2002), con una superficie de 9.128 Km2, quedando por tanto la nueva provincia de Valdivia con una población de 235.311 habitantes y una superficie de 9.301 Km2.

La ciudad capital de esta nueva unidad territorial, La Unión, es un centro promotor de actividades en el área territorial propuesta y tuvo la condición, hasta 1975, de capital de departamento. Cuenta con una población de 25.615 habitantes y su distancias hacia las sedes de las comunas de su territorio son: 35,1 kms. a Paillaco; 10,5 kms. a Río Bueno; 54,5 kms. a Lago Ranco; y 88,6 kms. a Futrono, todas ellas a través de rutas de alto estándar.

Las particulares características geográficas y productivas de esta provincia cuya vocación se orienta a los rubros agrícola y ganadero, y con un importante potencial turístico, le garantizan un desarrollo sustentable de proyecciones supraregionales

De esta forma, desde su capital provincial, dotada de la correspondiente institucionalidad, se podrá planificar y coordinar las acciones necesarias para conducir la aplicación de las políticas que se determinen en el nuevo contexto regional en que se inserta.

IV. INSTITUCIONALIDAD PROVINCIAL.

El establecimiento de la Provincia de Ranco requiere la implementación de la institucionalidad correspondiente, consistente en la Gobernación; el Consejo Económico y Social Provincial; y las Direcciones Provinciales de Servicios Públicos pertinentes.

Sin perjuicio de lo anterior, y en el marco del proyecto de reforma constitucional regional que se encuentra actualmente en tramitación en esa H. Corporación, el Gobierno propondrá que los intendentes regionales ejerzan las atribuciones que en la actualidad tienen los gobernadores de las provincias cabecera de región. Creemos que esto ayudará a hacer más eficaz la labor administrativa, evitando duplicidades de esfuerzos en las responsabilidades de gobierno interior.

En cuanto a la dotación de los recursos humanos, como se señaló precedentemente, se propone facultar al Presidente de la República para que modifique los preceptos que permitan dotar a los organismos provinciales señalados del personal correspondiente en las plantas y escalafones que se señalan.

V. ADMINISTRACIÓN DE LA NUEVA REGION.

El Proyecto de Ley propone que la nueva regulación legal entre en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha en la cual corresponderá designar al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la Provincia de Ranco. En la misma fecha se constituirá el Consejo Regional de la nueva Región, integrado transitoriamente por los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, que permanecerán en sus cargos hasta la fecha en que de conformidad a la ley corresponda la nueva elección de los Consejos Regionales.

En todo caso, si en el transcurso de la discusión parlamentaria se estima necesario instalar los respectivos Consejos Regionales con la totalidad de los consejeros que les correspondería elegir, el Gobierno estima que ello podría ser posible mediante las elecciones complementarias que se requieran.

Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarias regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las correspondientes a los descentralizados de los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos, continuarán ejerciendo sus atribuciones en el territorio de ambas regiones

El proyecto de ley no innova en materia de administración de la región, es decir, mantiene la misma organización que existe en el resto de las regiones del país. Es cierto que se han hecho diversas propuestas en materia de flexibilización de la estructura administrativa regional; pero el Gobierno estima que ello debe ponerse en consonancia con la discusión que este, y otros proyectos de ley, abrirán en materia de regionalización.

Por ello, se ha estimado prudente no plantear desde ya una nueva forma de administración, sino más bien propiciar que ésta nazca de la propia discusión parlamentaria, enriquecida con el diálogo con los diversos actores implicados en la materia

Respecto del proceso de instalación de la estructura administrativa de la Región de Los Ríos, se dispone que a contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios para instalar las secretarías regionales ministeriales en la Región de Los Ríos y, en los casos que procediere, en la Región de Los Lagos; y asimismo, la de los servicios públicos, con el mismo objeto. Por otra parte, deberá prestar asesoría y coordinar la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para los efectos de obtener la información y antecedentes que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones y ejercicio de las atribuciones propias del Gobierno Regional de Los Ríos, así como los derechos y obligaciones que le correspondan.

VI. MODIFICACIONES EN MATERIA DE DIVISIÓN DEL PAIS PARA EFECTOS ELECTORALES.

La asignación del número XIV a la Región de Los Ríos, se basa en la condición de par de la región de origen, calidad que se desea mantener para efectos de la aplicación de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 49 de la Constitución Política, en el sentido de que la futura elección de senadores sea coincidente con la oportunidad de renovación de los senadores de la Región de Los Lagos.

Se trata, ésta, de una cuestión que no fue adecuadamente resuelta en las reformas constitucionales políticas, por lo que deberá ser decidida en el marco de la reforma constitucional regional que se ha señalado, de manera que en lo sucesivo sea la ley la que señale qué regiones deberán elegir senadores y en qué período, eliminándose la referencia a regiones pares e impares, lo que por otro lado se traducirá en la consolidación de los nombres de cada una de ellas.

Cabe señalar que la creación de la XIV Región de los Ríos implica la modificación de la 16ª Circunscripción Senatorial, que en la actualidad comprende los distritos electorales Nº 53, 54 y 55, los dos primeros que consideran comunas de la actual Provincia de Valdivia y el último, comunas de la Provincia de Osorno, siendo por tanto necesario transferirlo a la 17ª Circunscripción Senatorial. Esta quedaría, por tanto, conformada por los distritos electorales Nºs. 55, 56, 57 y 58.

Asimismo, en el contexto de esta proposición de región, debe necesariamente modificarse el artículo 180 de la Ley Nº 18.700, en cuanto considera con dos circunscripciones a la Región de Los Lagos

Por todo lo anterior, se propone la modificación de los artículos 180 y 181 de la Ley Nº 18.700

VII. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

El artículo 1º, crea la XIV Región de Los Ríos, comprendiendo la actual provincia de Valdivia de la X Región de Los Lagos, haciéndose referencia al límite de la actual Provincia de Valdivia para efectos de la descripción territorial de la nueva región.

El artículo 2º de la iniciativa, propone la creación de la Provincia de Ranco en la Región de Los Ríos, con capital en ciudad de La Unión, que comprenderá las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, de la actual Provincia de Valdivia. Esta queda, a su vez, conformada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panguipulli

El artículo 3º, fija la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Los Ríos, con los cargos que se consideran mínimos dentro de los parámetros actuales de las plantas de los Gobiernos Regionales, pero que se estima le permitirán servir en forma eficiente las importantes funciones que a dichas entidades han sido asignadas. Esta materia es considerada en el proyecto, por ser indispensable que la Autoridad Regional pueda contar prontamente con personal, de modo tal de garantizar que constituido el nuevo Gobierno Regional, obtenga el apoyo y asesoramiento administrativo que es esencial para su plena y efectiva operatividad como la principal instancia de administración de la región

El artículo 4º, pretende modificar la planta de personal del Servicio de Gobierno Interior incorporando un cargo de intendente destinado a la Región de Los Ríos y un cargo de Gobernador para la Provincia de Ranco. Además, considera un incremento de la planta de personal antes mencionada, creando nuevos empleos, destinados al cumplimiento de las funciones del Servicio de Gobierno Interior en la nueva región.

El artículo 5º, como se expresó, vincula las correspondientes circunscripciones electorales, 16ª y 17ª, al territorio de sus respectivas regiones, y considera asimismo, la adecuación del artículo 180 de la Ley Nº 18.700, en el sentido de suprimir la referencia a la Región de Los Lagos como objeto de dos circunscripciones.

El artículo 6º, aumenta la planta de cargos correspondientes al Servicio Electoral, lo cual es necesario efectuar en esta iniciativa legal, teniendo en consideración que la planta de ese Servicio está fijada en una ley de rango orgánico constitucional, por lo cual su modificación no admite la existencia de delegación de facultades

El artículo 7º, modifica el artículo 72 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, con el objeto de considerar en su planta de personal, el número de cargos necesarios para el funcionamiento de la mencionada institución en la nueva región.

Los artículos 8º, 9º y 10, consideran modificaciones al Código Orgánico de Tribunales, a la Ley Nº 19.968, que Crea los Tribunales de familia y a la Ley Nº 20.022, que Crea Juzgados Laborales y Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional, dirigidas a adecuar la organización del Poder Judicial por efectos de la presente ley

El artículo 11, pretende relacionar la normativa que alude a la Región de Los Lagos o a la X Región con la nueva región, en el sentido que se entienda aplicable a la Región de Los Ríos.

El artículo 12, se refiere al mayor gasto fiscal que implicará la presente iniciativa a contar de su fecha de publicación, aspecto en que se considera financiamiento que se efectuará mediante reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos, de manera de permitir la debida instalación y funcionamiento de las instituciones de la Administración en la nueva región y provincia.

El artículo 13, autoriza al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir el dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos de los bienes inmuebles de su propiedad que se encuentren situados en el territorio de la nueva Región, como asimismo del traspaso de los derechos y obligaciones que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos

El artículo 14, señala la fecha de vigencia de la normativa que se propone.

Las normas transitorias, por su parte, disponen lo siguiente

El artículo primero, determina la fecha de constitución del Consejo Regional de la Región de Los Ríos, lo que tendrá lugar el primer día de vigencia de la Ley, es decir el primer día hábil del mes de enero del año siguiente a la publicación de la presente iniciativa. En cuanto a su conformación, dicho Consejo se integra con los actuales consejeros de la Provincia de Valdivia, quienes durarán en sus cargos por el tiempo que falte para completar el período de cuatro años.

El artículo segundo dispone que la Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos. Asimismo, considera una disposición que señala que en el primer año de vigencia de esta ley, la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional se efectuará considerando las trece regiones actuales, distribuyendo los recursos correspondientes a la actual Región de Los Lagos entre las dos regiones que surgen de ella. Para el segundo año de vigencia de esta ley, los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional se actualizarán considerando el aumento en el número de regiones y se dispone que la Ley de Presupuestos correspondiente a dicho año establecerá la provisión de recursos necesaria para compensar a aquellas regiones que en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006

El artículo tercero determina que el Gobierno Regional de Los Lagos, entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Los antecedentes respectivos deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de la ley.

El artículo cuarto faculta al Presidente de la República para que, en un plazo de seis meses, desde la publicación de la ley, mediante decretos con fuerza de ley, modifique las plantas de personal tanto de los ministerios, como de los servicios públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la Provincia de Ranco del personal directivo que se requiera para el funcionamiento de los mismos en los niveles regional y provincial. Además, faculta al Presidente de la República para disponer traspasos de funcionarios desde la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Los Lagos al de Los Ríos.

El artículo quinto autoriza al Presidente de la República para que, en el primer año de vigencia de la ley, pueda designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público que se estime necesario y que posea la experticia requerida para apoyar la instalación y gestión del mismo, hasta por un plazo de un año.

El artículo sexto dispone que en tanto no se instalen en la nueva Región las Secretarías Regionales Ministeriales, las Direcciones Regionales de los servicios públicos centralizados y las pertinentes a los servicios descentralizados, los órganos correspondientes a la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y atribuciones en el territorio de ambas regiones. Dicha norma será también aplicable a la Región de Los Ríos cuando los respectivos órganos tengan su sede en la Región que se crea.

El artículo séptimo establece que el Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, deberá coordinar la acción de los ministerios para instalar las secretarías regionales ministeriales en la Región de Los Ríos, y cuando sea procedente, en la Región de Los Lagos, como asimismo, las direcciones regionales de los servicios públicos, con el mismo objeto. Por otra parte, a dicha Subsecretaría le corresponderá prestar asesoría y coordinar la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio antes reseñado.

El artículo octavo establece las normas necesarias para incorporar a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos a la totalidad de los incrementos por desempeño institucional y colectivo de la Ley Nº 19.553, a partir del segundo año desde la instalación de la nueva Región.

El artículo noveno, determina un procedimiento para la primera provisión de los empleos del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Los Ríos.

En consecuencia tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende la actual Provincia de Valdivia, de la Región de Los Lagos y la nueva Provincia de Ranco, a que se refiere el artículo siguiente. Los límites de la actual Provincia de Valdivia se encuentran establecidos en el artículo 10 del Decreto con Fuerza de Ley Nº2-18.715, del año 1989, del Ministerio del Interior.

Artículo 2º.- En la Región de Los Ríos, créase la Provincia de Ranco, capital La Unión, que comprende las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, de la actual Provincia de Valdivia, la cual queda a su vez conformada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panguipulli

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14, nuevo, en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes nuevos cargos:

Artículo 5º.- Modifícase la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en la siguiente forma:

1) En el artículo 180, sustitúyese el punto y coma (;)que sigue a la expresión “Biobío” por una coma (,)y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la siguiente oración ”y X, de Los Lagos,”.

2) En el artículo 181 introdúcense las siguientes modificaciones:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª, la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª, la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la Ley Nº 18.583, los siguientes nuevos cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete nuevos cargos que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativo, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímense en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) A continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena” incorpórese el siguiente acápite nuevo:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímense en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”

b) A continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena” incorpórese el siguiente acápite nuevo:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) En su artículo 37, suprímense los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis, nuevo:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 4° de la Ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) En su literal j) suprímese el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”

2) A continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago” incorpórese el siguiente acápite nuevo:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”

b) A continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago” incorpórese el siguiente acápite nuevo, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis), nuevo, del siguiente tenor:

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) En su artículo 14, introdúzcanse las siguientes modificaciones en su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”

b) A continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago” incorpórese el siguiente acápite nuevo, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan, a la Provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región, deberán entenderse asimismo referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que requiera la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos

Artículo 14.- Autorízase al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región.

El traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos, con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos se efectuará en el plazo de 30 días contado desde la fecha de vigencia de esta ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran, a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Artículo 14.- La presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la Provincia de Ranco.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la Provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional Sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo segundo.- La Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la presente ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional

La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional

No obstante lo señalado en la oración final del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley, se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrá en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo tercero.- El Gobierno Regional de Los Lagos, entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Para tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; en relación a los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la Ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que se alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo cuarto.- Facúltase al Presidente de la República en el sentido siguiente:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el Ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios públicos y otros organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la Provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de los mismos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste se disminuirá en el número de cargos traspasados

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo quinto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo sexto.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarias regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional Sobre Gobierno y Administración Regional, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarias regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la Provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables respecto a la Región de Los Lagos.

Artículo séptimo.-A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la presente ley.

Artículo octavo.- Para los efectos del primer pago de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo tercero de la Ley Nº 19.553, a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo sexto y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo séptimo de dicha ley, procediendo el pago de los porcentajes que correspondan a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo noveno.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que desempeñarán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la Ley Nº18.834, y asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.”.

Dios guarde a V.E.,

RICARDO LAGOS ESCOBAR

Presidente de la República

FRANCISCO VIDAL SALINAS

Ministro del Interior

NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN

Ministro de Hacienda

LUIS BATES HIDALGO

Ministro de Justicia

1.2. Oficio a la Corte Suprema

Oficio a La Corte Suprema. Fecha 13 de diciembre, 2005. Oficio

VALPARAÍSO, 13 de diciembre de 2005

Oficio Nº 5953

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA

En conformidad con lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 77 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, tengo a honra remitir a esa Excma. Corte Suprema copia del proyecto de ley -iniciado en Mensaje- que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, boletín N° 4049-06.

Dios guarde a V.E.

GABRIEL ASCENCIO MANSILLA

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

1.3. Primer Informe de Comisión de Gobierno

Cámara de Diputados. Fecha 19 de enero, 2006. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 74. Legislatura 353.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, REGIONALIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO

__________________________________________________________________

BOLETÍN Nº 4049-06-1

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en un Mensaje, en primer trámite constitucional y reglamentario

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:

1º) Que las ideas matrices del proyecto de ley son, por un lado, crear la nueva Región de los Ríos, a la que se asigna el NºXIV; y, por el otro, crear la provincia de Ranco, la cual, junto con la de Valdivia, conformarán la aludida región.

2º) Que revisten carácter orgánico constitucional las siguientes normas del proyecto de ley:

- Los artículos 1º y 2º, de acuerdo al artículo 110 de la Carta Fundamental

- El artículo 5º permanente, conforme a los artículos 18 y 49 de la Constitución Política; y el artículo 6º permanente, según el referido artículo 18 de la Carta Magna. Sin perjuicio de su carácter orgánico constitucional, el primero de los artículos citados debe ser aprobado por los tres quintos de los diputados en ejercicio.

- Los artículos 8º, 9º y 10, de conformidad con el artículo 77 de la Ley Fundamental.

- Los artículos 13 permanente; 1º, 2º y 3º transitorios, según el artículo 113 de la Constitución Política.

3º) Que, conforme a lo dispuesto por el Nº 4 del artículo 287 del reglamento de la H. Cámara, los artículos 3º, 4º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 12 y 13 permanentes; 2º, 4º y 8º transitorios deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda.

4º) Que el proyecto fue aprobado, en general, por asentimiento unánime.

5º) Que Diputado Informante se designó al señor Silva, don Exequiel

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

El Mensaje destaca, en primer lugar, que tras la reforma a la Constitución Política materializada en la ley Nº20.050, se flexibilizó el procedimiento para crear y suprimir regiones, pues ya no se trata de una materia que precisa de una reforma de la Carta Magna, sino que queda entregada al dominio de la ley, aunque de rango orgánico constitucional.

De este modo, a futuro bastará con una ley -pero de quórum alto, según queda dicho- para crear o suprimir regiones.

Agrega que la actual estructura político-administrativa se implementó en un contexto institucional muy distinto al que rige hoy. Ello explica, por ejemplo, que respecto de la Región de Los Lagos, hubo, desde la fecha de su creación, frustración y reclamaciones de parte de la comunidad de Valdivia, que estimaba que dicha ciudad reunía los requisitos para ser capital regional, basándose para ello en fundamentos de carácter económico, demográfico, territorial, histórico e institucional.

De acuerdo a estudios que se vienen haciendo desde 1978, existe un desajuste de origen en la estructura de la Región de Los Lagos, lo que motivó la aplicación de medidas económico-presupuestarias, institucionales y administrativas para atenuar los efectos de la configuración territorial en comento

Por otro lado, es evidente que la X Región comprende dos realidades geográfica y económicamente disímiles, con serios problemas de accesibilidad entre sus áreas limítrofes extremas, representadas por las provincias de Valdivia y de Palena. Ello ha impedido la consolidación e integración plena de la provincia de Valdivia en la región de que forma parte.

En virtud de estas consideraciones, la nueva región que se propone se estructurará únicamente con el territorio de la actual provincia de Valdivia, cuya población alcanza a los 356.396 habitantes, de acuerdo al censo de 2002, fijándose su capital en la ciudad del mismo nombre, que posee una clara identidad, junto con una red de servicios tanto públicos como privados y una adecuada estructura urbano-rural.

Se prevé que con la creación de esta región y la instalación consiguiente de la institucionalidad respectiva, así como con la asignación de recursos propios del nivel regional y la operatividad de instancias de participación, se facilitará el diseño e implementación de estrategias tendientes a optimizar su nivel de desarrollo, sobre la base de iniciativas impulsadas por su propia comunidad.

Sin perjuicio de lo anterior, y en el contexto de la globalización, la Región de los Ríos no debe constituirse como un espacio autárquico, sino como una instancia de coordinación, potenciándose tanto interna como externamente.

Ahora bien, el establecimiento de la región que se propone requiere la puesta en marcha de la institucionalidad correspondiente en las áreas de gobierno interior (intendencia); de la administración regional descentralizada (gobierno regional); de la administración pública nacional desconcentrada (secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales de servicios públicos); de la administración de justicia, etc

Fundamentos para la creación de la provincia de Ranco.

De acuerdo al Mensaje, el establecimiento de la Región de Los Ríos con el territorio propuesto implica, por imperativo constitucional, la creación de una segunda provincia en la nueva región, y que se constituiría con una porción del territorio de la actual provincia de Valdivia.

Esta última comprende hoy doce comunas, de las cuales cuatro de ellas presentan una clara vinculación y mejor conectividad con la ciudad de La Unión, como son las comunas de Paillaco, Lago Ranco, Río Bueno y Futrono. Por ello, éstas, junto con la comuna de La Unión, conformarán el territorio de la propuesta provincia de Ranco.

La mencionada denominación se fundamenta en que el lago homónimo constituye la cuenca de todas las comunas de la provincia propuesta. Este factor ha llevado a que las municipalidades de las comunas aludidas crearan una Asociación cuyo nombre está vinculado con el lago en comento, lo que demuestra la relevancia que éste tiene en la zona

La población de la propuesta provincia de Ranco es de 115.429 habitantes, según el censo de 2002, y tendría una superficie de 9.128 Km2. A su vez, la provincia de Valdivia quedaría con una población de 235.311 habitantes y una superficie de 9.301 Km2.

La provincia de Ranco tendrá a La Unión como ciudad capital, que es un centro promotor de actividades en el área territorial propuesta. Cabe agregar que hasta 1975 tuvo la condición de capital de departamento. En la actualidad tiene 25.615 habitantes y presenta buena conectividad vial hacia las sedes de las comunas que formarán parte de su territorio. La vocación agrícola-ganadera de esta provincia, sumada a su innegable potencial turístico, le garantizan un desarrollo sustentable de proyecciones suprarregionales

Así como la creación de la Región de los Ríos precisará ciertos ajustes institucionales, lo mismo vale para la nueva provincia de Ranco, que será sede de gobernación, además de contar con un Consejo Económico y Social Provincial y con las direcciones provinciales de los servicios públicos pertinentes.

Modificaciones de carácter electoral.

La asignación del número XIV a la Región de Los Ríos se basa en la condición de par de la región de origen, calidad que se desea mantener para efectos de la aplicación de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 49 de la Constitución Política, esto es, que la futura elección de senadores sea coincidente con la oportunidad de renovación de aquéllos pertenecientes a la Región de Los Lagos.

Se espera que en lo sucesivo sea la ley la que señale en qué período deberá elegir senadores cada una de las regiones, eliminándose la referencia a regiones pares e impares, lo que se traducirá en la consolidación de los nombres de cada una de ellas.

La creación de la XIV Región de los Ríos implica la modificación de la 16ª Circunscripción Senatorial, que en la actualidad comprende los distritos electorales Nº 53, 54 y 55. Los dos primeros incluyen comunas de la actual provincia de Valdivia, en tanto que el 55 comunas de la provincia de Osorno, siendo por tanto necesario transferir este último a la 17ª Circunscripción Senatorial. Ésta, por lo tanto, quedaría conformada por los distritos electorales Nºs. 55, 56, 57 y 58.

III.- IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.

Las ideas matrices del proyecto son las siguientes:

1) Crear la nueva Región de los Ríos, a la que se asigna el NºXIV.

2) Crear la nueva provincia de Ranco, la cual, junto con la provincia de Valdivia, conformarán la región arriba individualizada

IV.- DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO.

A) Discusión general

Durante la discusión general, la Comisión escuchó los siguientes planteamientos de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, doña Adriana Delpiano.

Desde fines de la década de 1970 la comunidad de Valdivia ha manifestado su desacuerdo con la división político-administrativa que se gestó en el marco del proceso de regionalización, ya que la ciudad no fue elegida capital de la región que se creó en ese entonces. El argumento que se esgrimió en la época para fijar la cabecera regional en Puerto Montt fue que constituía la vía de acceso natural a las provincias de Chiloé y Palena. Cabe reconocer que la X Región presenta un carácter complejo, por su diversidad territorial, demográfica y cultural, entre otros conceptos. Ello se refleja en que para efectos electorales se encuentra dividida actualmente en dos circunscripciones senatoriales.

No cabe duda que el costo de la actual estructura territorial de la Región de Los Lagos ha recaído en Chiloé y Palena. La provincia de Valdivia, y puntualmente la ciudad del mismo nombre, ha logrado sortear de alguna manera los obstáculos gracias al desarrollo institucional y cultural que ha logrado.

El Ejecutivo -puntualizó la jefa de la Subdere- no desea a través de este proyecto revivir de manera paulatina la antigua división del país en 25 provincias, sino que posibilitar la integración macrorregional. A este objetivo, por lo demás, apunta la última modificación a la L.O.C. sobre Gobierno y Administración Regional. Un ejemplo de este nuevo espíritu lo constituye el acuerdo alcanzado entre las regiones VIII y IX para el uso de los puertos habilitados en la primera de ellas

Entre los diversos argumentos que justifican el establecimiento de una nueva región en el sur del país cabe mencionar la gran distancia que separa al extremo norte de la Región de los Lagos, representado por la ciudad de Lanco, del extremo sur de la misma, en el que se encuentra Quellón. Ello hace que el desplazamiento entre ambos puntos demore muchas horas, con la consiguiente dificultad de administración del territorio.

Otro antecedente que avala este proyecto es el hecho de que Valdivia cuenta hoy con más servicios que cualquiera otra ciudad cabecera de provincia, lo que indudablemente significará un costo menor para la instalación y el funcionamiento de la respectiva región. Según los cálculos del gobierno, dicho costo ascenderá a unos 10 mil millones

La privilegiada posición de Valdivia, según los términos expuestos en el párrafo anterior, tiene su lógica correspondencia en el instructivo que emitió el ex Presidente Eduardo Frei Ruiz Tagle durante su mandato, en orden a reforzar las facultades del gobernador para efectos de administrar más eficientemente la provincia. Pese a este instructivo, continuó el clamor de la comunidad valdiviana por conformar una región propia, lo que demuestra cuán enraizado en ella se encuentra este anhelo.

Finalmente, la señora Delpiano explicó que durante el primer año de aplicación de la ley los recursos del FNDR se distribuirán entre la región “madre” y la nueva región. Por otro lado, mientras no se instalen los organismos competentes en la Región De los Ríos, la administración de ésta recaerá en las autoridades de la región originaria.

B) Discusión particular

En este trámite la Comisión adoptó los acuerdos que pasan a consignarse.

Artículo 1º

Éste, que crea la Región de los Ríos -a la que se asigna el NºXIV-, y que comprende el territorio de la actual provincia de Valdivia, de la Región de Los Lagos, incluido en aquél la nueva provincia de Ranco que se propone, fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención.

Artículo 2º

El artículo en referencia, que propone la creación de la provincia de Ranco en la Región de los Ríos, con capital en la ciudad de La Unión, y que comprenderá las comunas que se especifican de la actual provincia de Valdivia, fue aprobado por análogo quórum.

Artículo 3º

Esta disposición, que fija la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de los Ríos, fue aprobada por el quórum arriba expresado.

Artículo 4º

Éste, que modifica la planta de personal del Servicio de Gobierno Interior con el objeto de crear varios cargos, entre ellos uno de intendente y otro de gobernador, fue aprobado también por 9 votos a favor y una abstención.

Artículo 5º

Este artículo, que efectúa algunas adecuaciones a la ley Nº18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, en el sentido que la 16ª Circunscripción Senatorial estará constituida por la XIV Región de los Ríos, y la 17ª Circunscripción por la X Región de los Lagos, suprimiéndose la alusión a los distritos que abarca cada una de ellas, fue aprobado por el quórum antes expresado.

Artículo 6º

El artículo en referencia, que modifica la ley del Servicio Electoral -Nº18.553- con la finalidad de incrementar la planta de dicho organismo, fue aprobado, asimismo, por 9 votos a favor y una abstención.

Artículo 7º

Esta norma, que modifica la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, con el objeto de ampliar su planta de personal para atender las necesidades generadas por la creación de la Región de los Ríos, fue aprobada por idéntico quórum.

Artículo 8º

Éste, que introduce varias enmiendas al Código Orgánico de Tribunales, en términos de adecuar la organización del Poder Judicial a la nueva división político-administrativa que propugna el proyecto de ley, fue aprobado por el quórum antes mencionado.

Artículo 9º

Este artículo, que modifica la ley Nº19.968, sobre Juzgados de Familia, con análogo alcance al precepto anterior, fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención

Artículo 10

Esta norma, que incorpora una reforma del mismo tenor a la ley Nº20.022, que creó los Juzgados Laborales, fue aprobada por idéntico quórum.

Artículo 11

Éste, que señala que la normativa (legal, reglamentaria u otra) que aluda a la provincia de Valdivia debe entenderse referida a la Región de los Ríos, mientras que las menciones a la Región de Los Lagos o a la X Región han de considerarse que comprenden tanto esta última como la Región XIV, que se crea, fue aprobado por el referido quórum

Artículo 12

Este precepto, que indica que el mayor gasto fiscal que implique el presente proyecto durante el primer año se financiará mediante reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos, fue aprobado también por 9 votos a favor y una abstención

Artículo 13

Este artículo, que en lo principal autoriza al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir el dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de los Ríos, de los bienes inmuebles de su propiedad que se encuentren situados en el territorio de la nueva región, y agrega una norma relativa al traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos que incidan en el territorio de la nueva XIV Región, fue aprobado por el mismo quórum que el anterior.

Artículo 14

Éste, que establece que la presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a partir de la cual deberá procederse a nombrar al intendente de la Región de los Ríos y al gobernador de la provincia de Ranco, fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención.

Artículos Transitorios

Artículo 1º

El artículo en mención, que estipula que el Consejo Regional de la nueva Región de los Ríos deberá constituirse en cuanto entre en vigencia la ley, es decir, el primer día hábil del mes de enero del año siguiente a su publicación, y estará conformado por los actuales consejeros que representan a la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que falte para completar el período de cuatro años, fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención.

Artículo 2º

Su inciso primero, que prescribe que la Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de los Ríos, fue aprobado por idéntico quórum.

El inciso segundo, con arreglo al cual en el aludido primer año de aplicación de la ley la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) se efectuará considerando las trece regiones actuales y el monto que corresponda a la Región de Los Lagos se distribuirá entre ésta y la nueva Región de los Ríos, fue aprobado también por el quórum arriba expresado

El inciso tercero, que señala que para el segundo año de vigencia de la ley se actualizarán los coeficientes de distribución del FNDR, y agrega que la Ley de Presupuestos correspondiente a dicho año establecerá la provisión de recursos necesaria para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del FNDR, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006; compensación que, sin embargo, no se aplicará a la Región de Los Lagos si fuere afectada por ese diferencial, fue aprobado también por 9 votos a favor y una abstención.

Artículo 3º

Éste, que en armonía con lo preceptuado por el artículo 13 permanente determina la época en que el Gobierno Regional de Los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento, fue aprobado por el quórum antes señalado.

Artículo 4º

Su inciso primero, que en lo fundamental faculta al Presidente de la República para que, dentro del plazo que se especifica desde la publicación de la ley, dicte los decretos con fuerza de ley necesarios para modificar las plantas de personal tanto de los ministerios como de los servicios públicos, con el fin de dotar a la nueva XIV Región y, por otro lado, a la provincia de Ranco, del personal adecuado para el funcionamiento de los órganos pertinentes; sin perjuicio de que por la misma vía, y en análogo plazo, traspase a algunos funcionarios desde la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Los Lagos a la planta del Servicio homólogo del Gobierno Regional de los Ríos, fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención

El inciso segundo, que estipula que los cargos que quedaren vacantes producto del ejercicio de las atribuciones antedichas se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Los Lagos, fue aprobado por análogo quórum.

Su inciso tercero, en cuya virtud los traspasos que se dispongan de conformidad con lo arriba señalado no se considerarán como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o de la relación laboral, fue aprobado también por 9 votos a favor y una abstención.

El inciso final, que en lo sustantivo dispone que la aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados, fue aprobado por el quórum mencionado.

Artículo 5º

Este artículo, que autoriza al Presidente de la República para que en el primer año de vigencia de la ley designe en comisión de servicio en el Gobierno Regional de los Ríos, por el lapso que se detalla, a cualquier funcionario público que estime necesario para apoyar la instalación y gestión de aquél, fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención.

Artículo 6º

Su inciso primero, en cuya virtud mientras no se instalen en la nueva Región de los Ríos las secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y atribuciones en el territorio de ambas regiones, fue aprobado, asimismo, por 9 votos a favor y una abstención.

El inciso segundo, que estipula que mientras los secretarios regionales ministeriales ejerzan su competencia con arreglo al inciso anterior serán colaboradores directos de ambos intendentes, correspondiéndoles integrar los respectivos gabinetes regionales, fue aprobado por idéntico quórum

El inciso tercero, que señala que los directores regionales de servicios públicos quedarán subordinados al respectivo intendente, a través del secretario regional ministerial que corresponda, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas sancionados por el gobierno regional de que se trate, fue aprobado por el quórum aludido.

Su inciso cuarto, que expresa que las normas precedentes serán aplicables respecto a la Región de Los Lagos si a la fecha de entrada en vigor de esta ley hubiere secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención

Artículo 7º

Éste, que en lo principal confiere al ministro del Interior, a través de la Subdere, la atribución de coordinar la acción de los ministerios y de los servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales y las direcciones regionales de dichos servicios en la Región de los Ríos y, cuando sea procedente, en la Región de Los Lagos, fue aprobado por el quórum antedicho.

Artículo 8º

Esta disposición, que establece las normas a que deberá ajustarse el pago de la asignación por desempeño institucional y colectivo, que prevé la ley Nº19.553, en beneficio de los funcionarios del Gobierno Regional de los Ríos, fue aprobada por 9 votos a favor y una abstención

Artículo 9º

Este artículo, que ordena al intendente de la Región de los Ríos efectuar las designaciones que se especifican en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, fue aprobado por idéntico quórum.

V.- NORMAS QUE REQUIEREN QUÓRUM ORGÁNICO CONSTITUCIONAL.

Las siguientes disposiciones del proyecto de ley son de rango orgánico constitucional:

- Los artículos 1º y 2º, de acuerdo al artículo 110 de la Carta Fundamental, por referirse a la creación de una región y una provincia, respectivamente

- El artículo 5º, conforme a los artículos 18 y 49 de la Constitución Política; debiendo hacerse presente que debe ser aprobado por los tres quintos de los diputados en ejercicio, según lo señalado en el inciso segundo de la disposición decimotercera transitoria de la Carta Fundamental.

A su vez, el artículo 6º debe ser aprobado con el quórum de los cuatro séptimos, según la primera de las disposiciones citadas de la Carta Magna y al tenor del fallo del Tribunal Constitucional rol Nº 41 (18/11/1986), toda vez que el aludido precepto del proyecto incide en términos amplios en el sistema electoral público.

- Los artículos 8º, 9º y 10, de conformidad con el artículo 77 de la Ley Fundamental, pues modifican la L.O.C. de los tribunales de justicia en lo que concierne a su organización.

- Los artículos 13 permanente; 1º, 2º y 3º transitorios, según el artículo 113 de la Constitución Política, pues inciden en materias tales como las atribuciones de los gobiernos regionales, la integración de los consejos regionales y la distribución del FNDR, aspecto este último que también es materia de ley orgánica constitucional, según el fallo del Tribunal Constitucional, rol Nº155, del 3 de noviembre de 1992.

VI.- NORMAS QUE REQUIEREN QUÓRUM CALIFICADO.

No hay disposiciones en esta situación.

VII.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA

En ejercicio de sus atribuciones reglamentarias, el señor Presidente de la Comisión determinó que los artículos 3º, 4º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 12 y 13 permanentes; 2º, 4º y 8º transitorios del proyecto en informe, deben ser conocidos por la referida Comisión

VIII.- INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No se presentaron indicaciones que se hallen en este supuesto.

IX.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.

Tampoco hay normas que se encuentren en la hipótesis descrita en el epígrafe.

**************

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que dará a conocer el Diputado Informante, la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recomienda la aprobación del siguiente

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende la actual provincia de Valdivia, de la Región de Los Lagos y la nueva provincia de Ranco, a que se refiere el artículo siguiente. Los límites de la actual provincia de Valdivia se encuentran establecidos en el artículo 10 del Decreto con Fuerza de Ley Nº2-18.715, del año 1989, del Ministerio del Interior.

Artículo 2º.- Créase en la Región de Los Ríos la provincia de Ranco, capital La Unión, que comprende las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, de la actual provincia de Valdivia, la cual queda a su vez conformada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panguipulli

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Biobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la Ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 4° de la Ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos

Artículo 13.- Autorízase al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región.

El traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos, con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos se efectuará en el plazo de 30 días contado desde la fecha de vigencia de esta ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Artículo 14.- La presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo segundo.- La Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la presente ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional

La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo tercero.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación a los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la Ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo cuarto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo quinto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo sexto.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo séptimo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la presente ley.

Artículo octavo.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la Ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo noveno.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la Ley Nº18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.”.

************

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 20 de diciembre de 2005 y 17 de enero de 2006, con la asistencia de los señores Valenzuela, don Esteban (Presidente accidental); Becker, don Germán; Delmastro, don Roberto; Egaña, don Andrés; señora González, doña Rosa; Jaramillo, don Enrique; Longton, don Arturo; Montes, don Carlos; Navarro, don Alejandro; Riveros, don Edgardo; Silva, don Exequiel; y Von Mühlenbrock, don Gastón.

Sala de la Comisión, a 19 de enero de 2006.

SERGIO MALAGAMBA STIGLICH

Abogado Secretario de la Comisión

1.4. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 24 de enero, 2006. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 74. Legislatura 353.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO.

BOLETÍN Nº 4.049-06

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

1.- Origen y urgencia

La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un Mensaje de S.E. el Presidente de la República, calificada de “suma urgencia” para su tramitación legislativa.

2.- Disposiciones o indicaciones rechazadas

Ninguna.

3.- Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad

Todos los artículos.

4.- Se designó Diputado Informante al señor JARAMILLO, don ENRIQUE.

* * *

Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Jorge Claissac, Jefe de la División Jurídica de la SUBDERE; y el señor Julio Valladares, Asesor de la DIPRES.

El propósito de la iniciativa consiste en crear la Región de los Ríos, que corresponde a la XIV Región del país, y la provincia de Ranco, la cual junto a la de Valdivia conformarán la nueva región aludida.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 10 de noviembre de 2005, señala:

- Que el costo fiscal en personal asciende a $ 2.517 millones para el funcionamiento de las nuevas instituciones, así como para dotar de directivos a otras que tienen estructura regional o provincial.

- Que el detalle del Costo Fiscal por concepto de personal es el siguiente:

- Que, adicionalmente, para otros gastos de operación permanentes de las instituciones ya señaladas, se estiman $ 610 millones.

- Que a partir del año 2009 el proyecto de ley considera 6 consejeros regionales adicionales, con un costo anual de $ 54 millones.

- Que como gastos por una sola vez se estiman $ 714 millones asociados a inversión y equipamiento.

- Que los flujos anuales serán los siguientes:

Que, en síntesis, considerando la mantención de los niveles de actividad actuales y el territorio geográfico, cuya división política administrativa se modifica, el mayor gasto permanente anual en régimen ascenderá a $ 3.181 millones, considerando 146 funcionarios y 6 consejeros regionales, adicionales. Cabe consignar que el número de funcionarios adicionales es un mínimo, pues no se contempla personal profesional complementario o de apoyo para seremis y directores regionales o provinciales. Por otra parte, el mayor costo señalado considera los valores netos: i) el proyecto de ley incluye traslado de 8 funcionarios desde el Gobierno Regional de Los Lagos a la nueva Región de los Ríos y ii) a partir de 2009 se disminuye en 8 el número de consejeros regionales en la Región de los Lagos.

- Que como fuentes de financiamiento el proyecto considera que el gasto en que puedan incurrir las distintas instituciones el año de aprobación de la Ley para facilitar su entrada en vigencia, a partir del primer día hábil del mes de enero del año siguiente, será financiado con reasignaciones internas en los presupuestos vigentes de las mismas.

- Que los recursos necesarios para el primer año de operación de la Ley y siguientes serán considerados en los respectivos proyectos de ley de presupuestos que se envíen al Congreso Nacional para su aprobación.

En el debate de la Comisión, el señor Jorge Claissac expresó que la ley N° 20.050, modificó diversos aspectos de la Carta Fundamental, entre otros, los artículos 49 y 110, a través de los cuales se eliminó el numeral referido a la cantidad de regiones que tenía nuestro país y se uniformó el procedimiento para crearlas y suprimirlas, dejando entregado a una ley de rango orgánico constitucional, lo relativo a la división política y administrativa del país. En virtud de lo anterior, es posible adecuar la división territorial del país sin necesidad de una reforma constitucional.

Planteó que la actual división regional de nuestro territorio se implementó en situaciones políticas e institucionales muy distintas del esquema constitucional vigente. Agregó que, diversos estudios realizados desde 1978, en los que se analiza la estructura territorial de la X Región de Los Lagos, han reconocido un desajuste original en la estructura de la Región de Los Lagos, lo que motivó la aplicación de medidas de carácter económico-presupuestario; institucionales y administrativas, destinadas a resolver o atenuar los efectos derivados de la configuración territorial en comento.

Puntualizó el señor Claissac que el establecimiento de las regiones en cuestión requieren de la institucionalidad correspondiente en el área de Gobierno Interior, la Intendencia; de administración regional descentralizada, el Gobierno Regional; de la administración pública nacional desconcentrada, las Secretarías Regionales Ministeriales y Direcciones Regionales de Servicios Públicos; de Servicios Públicos territorialmente descentralizados, el Servicio de Vivienda y Urbanización; de Administración de Justicia; de Tribunal Electoral Regional, y una Oficina Regional de la Contraloría General de la República.

Sostuvo que para la implementación de esta institucionalidad, en materia de recursos humanos, será necesario modificar un conjunto de leyes que regulan el personal en cuanto a su cantidad y tipo de cargos, para lo cual se propone facultar al Presidente de la República para que mediante uno o más decretos con fuerza de ley, efectúe las adecuaciones pertinentes.

Hizo notar que, respecto de las circunscripciones senatoriales vigentes, es necesario efectuar adecuaciones en cuanto las mismas; ya que por imperativo constitucional, deben ser coincidentes con el territorio de la región determinada.

Destacó que se autoriza al gobierno regional de las regiones remanentes para transferir en dominio, a título gratuito, al gobierno regional de las nuevas regiones, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región.

Señaló, por último, que la ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región respectiva.

La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento de los artículos 3°, 4°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10, 12 y 13 permanentes, y 2°, 4° y 8° transitorios del proyecto aprobado por ella.

En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:

Por el artículo 3° del proyecto, se agrega el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

En el artículo 4º, se crean en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

En el artículo 6º, se crea en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la Ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

En el artículo 7º, se modifica el artículo 72 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

En el artículo 8º, se introducen las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales:

Por el numeral 1), en su artículo 16:

En la letra a), se suprimen en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

En la letra b), a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, se incorpora el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

Por el numeral 2), en su artículo 21:

En la letra a), se suprime en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

En la letra b), a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, se incorpora el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

Por el numeral 3), se suprimen en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

Por el numeral 4), se incorpora el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

En el artículo 9°, se introducen las siguientes modificaciones al artículo 4° de la Ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

Por el numeral 1), en su literal j) se suprime el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”

Por el numeral 2), a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, se incorpora el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

En el artículo 10, se introducen las siguientes modificaciones a la Ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

Por el numeral 1), en su artículo 1°:

En la letra a), se suprime en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”

En la letra b), a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, se incorpora el siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Por el numeral 2), en su artículo 13:

En la letra a), se suprime en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

En la letra b), se incorpora el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Por el numeral 3), se introducen en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

En la letra a), se suprime en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”

En la letra b), a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, se incorpora el siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

En el artículo 12, se establece que el mayor gasto fiscal que demande la aplicación de la ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial, se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

En el artículo 13, se autoriza al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región.

En el inciso segundo, se señala que el traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos, con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos se efectuará en el plazo de 30 días contado desde la fecha de vigencia de esta ley.

En el inciso tercero, se dispone que el Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

En el artículo segundo transitorio, se establece que la Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional.

En el inciso segundo, se precisa que la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

En el inciso tercero, se determina que no obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de la ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Por el artículo cuarto transitorio, se otorgan las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación del proyecto, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación del proyecto, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados.

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

En el artículo octavo transitorio, se señala que para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la Ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Sometidos a votación los artículos 3°, 4°, 6° a 10, 12 y 13 permanentes y 2°, 4° y 8° transitorios del proyecto de ley, fueron aprobados por 8 votos a favor, un voto en contra y 2 abstenciones.

Acordado en sesión de fecha 24 de enero de 2006, con la asistencia de los Diputados señores Silva, don Exequiel (Presidente); Alvarado, don Claudio (González, señora Rosa); Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Hidalgo, don Carlos; Jaramillo, don Enrique; Kuschel, don Carlos Ignacio; Lorenzini, don Pablo; Ortiz, don José Miguel; Paredes, don Iván; Pérez, don José; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón. También asistió el Diputado Delmastro, don Roberto., según consta en el acta respectiva.

JAVIER ROSSELOT JARAMILLO

Abogado Secretario de la Comisión

1.5. Discusión en Sala

Fecha 07 de marzo, 2006. Diario de Sesión en Sesión 74. Legislatura 353. Discusión General. Pendiente.

CREACIÓN DE LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO. Primer trámite constitucional.

El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-

Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio.

Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social es el diputado señor Exequiel Silva.

Antecedentes:

-Mensaje, boletín N° 4049-06, sesión 59ª, en 13 de diciembre de 2005. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de las Comisiones de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, y de Hacienda. Documentos de la Cuenta N°s 11 y 13, respectivamente, de esta sesión.

El señor CORNEJO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor SILVA .-

Señor Presidente , tengo el honor de informar este proyecto altamente esperado por la zona que represento y que crea la región de Los Ríos, que incluye a la actual provincia de Valdivia y a la nueva provincia de Ranco.

La estructura global del proyecto es muy similar a la del informe de la Comisión de Gobierno Interior que rindió la diputada señora Rosa González y que crea la Región de Arica y Parinacota.

Sin embargo, creo interesante destacar dos o tres antecedentes.

En primer lugar, el 26 de agosto de 2005 se promulgó la reforma constitucional que introdujo modificaciones en los artículos 45 y 99.

Hasta antes de la promulgación de esas reformas constitucionales, el número de regiones estaba consignado en la Constitución Política, lo que hacía imposible presentar un proyecto de estas características.

A partir de la reforma, resulta posible adecuar la división territorial de una manera coherente con el proceso de descentralización que se desarrolla en el país. En efecto, la modificación de los artículos 45 de la Constitución Política, que señalaba el número de regiones, y 99, que establecía el mecanismo para crearlas, abrió la posibilidad para la creación de las Regiones de Arica y de Valdivia, proyecto que se viene estudiando desde hace más de 30 años.

En ese contexto, ha llegado la oportunidad de acceder a una solución definitiva en relación con la provincia de Valdivia. Al respecto, señalaremos algunos antecedentes sobre el origen y las causas de la situación actual de ese territorio.

La división regional se implementó en situaciones políticas institucionales muy distintas, cuyos criterios se manejaron dentro de un Estado no democrático, en un gobierno militar muy distinto del gobierno constitucional vigente. Desde el día que se creó la región, despertó en todos los sectores: político, social y religioso de la provincia de Valdivia, una frustración y reclamación permanente por estimar que no respondía a criterios basados en materias económicas, demográficas, territoriales, históricas e institucionales.

Diversos estudios realizados, en 1978, desde antes de la creación de la actual región por la misma Conarede y, posteriormente, un estudio realizado por la Universidad Católica durante los gobiernos de los presidentes Eduardo Frei Ruiz-Tagle y Ricardo Lagos , han reconocido implícita y explícitamente un desajuste original en la estructura de la Región de Los Lagos, lo que motiva la aplicación de medidas de carácter económico presupuestario.

Asimismo, cabe señalar que, desde 1990 a la fecha, a través de diversos instructivos se han entregado facultades específicas a las gobernaciones de la provincia de Valdivia como un proceso in crescendo que culmina hoy con la presentación de este proyecto de ley, lo que ha motivado la aplicación de medidas de carácter económico presupuestario, institucionales y administrativas destinadas a resolver o atenuar los efectos derivados de la actual configuración territorial.

Es importante agregar que la configuración resuelta para la Décima Región de Los Lagos en su oportunidad, fue agrupar dos realidades geográfica y económicamente disímiles y con serios problemas de accesibilidad, distancia y tiempo entre sus áreas limítrofes extremas, lo que ha impedido la consolidación e integración plena de la provincia de Valdivia en la región de la que forma parte y que, efectivamente, no tiene una entidad como se buscó en los principios de su creación. Pero se prevé que con este proyecto se encontrará la solución para dicha situación.

La creación de la nueva región requiere que la institucionalidad correspondiente se adecue en las áreas de gobierno interior, intendencia; de la administración regional descentralizada, gobierno regional; de la administración pública nacional desconcentrada, secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales de servicios públicos; servicios públicos territorialmente descentralizados como el Servicio de Vivienda y Urbanización; de la administración de justicia; del tribunal electoral regional y de la oficina regional de la Contraloría.

Para dicha implementación se propone el proyecto en discusión, que contiene los siguientes artículos:

Por el artículo 1° se crea la región XIV, de Los Ríos, que comprende el territorio de la actual provincia de Valdivia, de la Región de Los Lagos, incluida en aquél la nueva provincia de Ranco que se propone.

Es preciso consignar que tiene ese número y no el correlativo de acuerdo con el orden territorial, porque pretende mantener el número par y no cambiar la alternancia en las elecciones senatoriales, como lo dispone la Constitución. Sin embargo, el Ejecutivo ya anunció un proyecto para eliminar la numeración de las regiones y establecer los nombres. Por ello, junto al número, la región que se crea lleva el nombre de “Región de Los Ríos”.

El artículo 2° propone la creación de la provincia de Ranco en la Región de Los Ríos, con La Unión como capital, y que comprenderá las comunas de La Unión, Paillaco , Futrono , Lago Ranco y Río Bueno. Asimismo, la actual provincia de Valdivia quedaría conformada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco , Los Lagos, Máfil , Mariquina y Panguipulli .

El artículo 3° fija la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, que entre los jefes de departamentos, los directivos de cargo, profesionales administrativos y auxiliares hacen un total de 55 cargos de planta. Además, crea directivos de cargos en relación con el Ministerio de Hacienda, con 18 cargos. Se consideran cargos mínimos para administrar adecuadamente una región, de acuerdo con la experiencia acumulada. En el proyecto está detallado cada uno de los grados y el número de cargos.

El artículo 4° modifica la planta del personal del Servicio de Gobierno Interior, con el objeto de crear varios cargos, entre ellos, uno de intendente y otro de gobernador, con el personal respectivo tanto para la nueva región como para la nueva provincia.

El artículo 5° vincula las correspondientes circunscripciones electorales 16ª y 17ª, a diferencia del proyecto anterior, donde la actual región tiene una sola circunscripción. La actual Región de Los Lagos tiene dos circunscripciones, y las separa, quedando cada una en una región distinta y sin que se cree una nueva circunscripción electoral.

El artículo 6° aumenta en cuatro cargos la planta correspondiente al Servicio Electoral.

El artículo 7° modifica el artículo 72 de la ley N° 19.640, orgánica constitucional del Ministerio Público, con el objeto de ampliar su planta de personal en la región respectiva.

Los artículos 8°, 9° y 10 consideran modificaciones del Código Orgánico de Tribunales. Se crean los tribunales de familia, los juzgados laborales, juzgados de cobranzas y previsionales, con el objeto de adecuar la organización del Poder Judicial a la nueva división político-administrativa que propugna el proyecto.

El artículo 11 pretende relacionar la normativa que alude a la actual Región de Los Lagos de la Décima Región con la nueva región, en cuanto a que se entiendan aplicables a la nueva Región de Los Ríos que se está creando.

El artículo 12 indica el mayor gasto fiscal que implicará la presente iniciativa durante el primer año, el cual se financiará mediante asignaciones internas.

Me parece importante resaltar que, una vez que esta iniciativa se transforme en ley de la República, se utilizarán los mismos recursos presupuestarios con que cuenta la región, los cuales se distribuirán de manera proporcional a la actual provincia de Valdivia hasta la ley presupuestaria anterior. Cabe hacer presente que la distribución de dichos recursos no va a afectar a las otras regiones. El Ejecutivo se ha comprometido a que la distribución de recursos se hará entre quince regiones. Es decir, se incorpora a las regiones de Los Ríos y de Valdivia. Para ello, se establecerá -tal como lo señala el proyecto- que ninguna región disminuirá sus recursos para financiar la creación de las nuevas regiones.

A través del artículo 13 se autoriza al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir el dominio -los gobiernos regionales tienen patrimonio propio-, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, de los bienes inmuebles de su propiedad que se encuentren situados en el territorio de la nueva región, como el traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos que incidan en el territorio de la Región de Los Ríos.

El artículo 14 establece que la presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación.

Después viene una serie de normas transitorias que tienen que ver con el traspaso de recursos y de funciones del consejo regional y del intendente de la actual región a la nueva que se crea.

El artículo primero transitorio señala la fecha de constitución del nuevo Consejo Regional de la Región de Los Ríos, que tendrá lugar el primer día hábil de entrada en vigencia de la ley, integrándose en esa primera ocasión con los consejeros elegidos por la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período.

El artículo segundo transitorio dispone la forma en que la Ley de Presupuestos de la Nación correspondiente al primer año de vigencia de la ley asignará los recursos y la forma en que se distribuirá el Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

El artículo tercero transitorio establece que, entre la fecha de publicación de esta ley y la de su entrada en vigencia, el gobierno regional de Los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al nuevo Gobierno Regional de Los Ríos.

El artículo cuarto transitorio faculta al Presidente de la República para que, en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal que se requiera, y de facilitar el traspaso de funcionarios del servicio administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos al de la de Región de Los Ríos.

El artículo quinto transitorio autoriza al Presidente de la República para que, en el primer año de vigencia de la ley, pueda designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año.

El artículo sexto transitorio dispone que, en tanto no se instalen las nuevas secretarías regionales ministeriales, las actuales deberán servir en ambas regiones.

El artículo séptimo transitorio establece que el ministro del Interior , a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, deberá coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales en la Región de Los Ríos, con la finalidad de dar cierto ordenamiento, dirección y apoyo al traspaso. Asimismo, le corresponderá prestar asesoría y coordinar la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la presente ley.

El artículo octavo transitorio se refiere a las normas necesarias para incorporar a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos a la totalidad de los incrementos por concepto de desempeño institucional y colectivo.

El artículo noveno transitorio establece un procedimiento para la primera provisión de los empleos de servicio administrativo del Gobierno Regional.

En consecuencia, el proyecto, que consta de 14 artículos permanentes y de nueve artículos transitorios, da origen a una nueva región, la de Los Ríos, que es consecuencia de la reforma constitucional aprobada por el Congreso Nacional y publicada en el Diario Oficial en agosto de 2005. La iniciativa concreta un sueño y una aspiración, y recoge la demanda histórica de los ciudadanos y de toda la provincia de Valdivia; materializa un compromiso del Gobierno del Presidente Lagos, y concluye, además, una serie de procesos administrativos que han tenido lugar en el tiempo, y que sólo había sido posible concretar a través de procesos de cierta autonomía administrativa y de mayores funciones, porque no se había aprobado una reforma constitucional que permitiera presentar un proyecto para la creación de una nueva región.

Por lo tanto, estamos ante un hecho muy importante y fundamental, en virtud del cual no sólo estamos llevando a cabo un proceso de descentralización, sino que la Cámara y el Congreso Nacional, finalmente, estén concluyendo un proceso de larga espera de un territorio que, tal como lo señala el mensaje, merece ser región, lo que implica que todo el potencial allí existente sea expresado a través de una nueva región, con identidad y objetivos comunes, de manera que sea un real aporte para el país.

Espero que el proyecto sea conocido por la Sala en segundo informe lo antes posible y que sea aprobado definitivamente. Obviamente, la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social propone por unanimidad a la Sala, en concordancia con lo planteado en su informe, que apruebe el proyecto y, en consecuencia, la creación de la Decimocuarta Región de los Ríos, actual provincia de Valdivia.

He dicho.

El señor CORNEJO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo, informante de la Comisión de Hacienda.

El señor JARAMILLO .-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, me corresponde informar sobre el proyecto mencionado, en cumplimiento del artículo 17 de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, y de los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.

La iniciativa se originó en mensaje, y el Presidente de la República la calificó de “suma” urgencia, lo que significa que su tramitación deberá efectuarse dentro del plazo de diez días.

No hubo disposiciones rechazadas; pero ninguno de los artículos conocidos por la Comisión fue aprobado por unanimidad.

La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social determinó que los artículos 3°, 4°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10, 12 y 13 permanentes, y segundo, cuarto y octavo transitorios del proyecto, aprobados por ella, debían ser conocidos también por nuestra Comisión.

Durante el estudio del proyecto, asistieron a la Comisión los señores Jorge Claissac , jefe de la División Jurídica de la Subdere , y Julio Valladares , asesor de la Dirección de Presupuestos.

Cuando se discutió el proyecto de ley que introdujo mejoras a la administración regional, relacionado con esta iniciativa, de muchos profesionales de Gobierno y de instituciones como la Asociación Chilena de Municipalidades se refirieron en forma favorable al proyecto en informe.

La iniciativa tiene por objeto crear la Decimocuarta Región de Los Ríos, y la provincia de Ranco, que junto con la de Valdivia conformarán la nueva región.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos es un tanto complejo, pero es nuestro deber darlo a conocer a la Sala.

A continuación, me referiré al costo fiscal por concepto de personal. No puedo obviar esta información, por las expectativas creada en la Región de Los Lagos, en la que hay comunas y, a lo mejor, provincias que no están incluidas en el proyecto. Se aduce el enorme costo que significa para el país esta iniciativa, pero no es así. Por eso, es necesario entregar a la Sala la información pertinente.

Las nuevas instituciones que se crean son las siguientes: Gobierno Regional de Los Ríos, con 56 funcionarios y un costo anual de 668 millones de pesos; Servicio de Gobierno Interior, con 18 funcionarios y un costo anual de 253 millones de pesos; Servicio Electoral, con 4 funcionarios y un costo anual de 32 millones de pesos; Ministerio Público -de gran importancia para la nueva región-, con 27 funcionarios y un costo anual de 510 millones de pesos; Poder Judicial , con 16 millones de pesos de costo anual, y otros directivos de instituciones con estructura regional o provincial, como seremis, directores regionales o provinciales, con 41 funcionarios y un costo anual de 1.038 millones de pesos. Esto hace un total de 146 nuevos funcionarios y un costo total de 2.517 millones de pesos al año.

Adicionalmente, para otros gastos de operación permanentes de las instituciones ya señaladas, se estima un costo anual de 610 millones de pesos.

A partir del 2009, se consideran 6 consejeros regionales adicionales, con un costo anual de 54 millones de pesos.

Como gastos por una sola vez, se estiman 714 millones de pesos asociados a inversión y equipamiento.

Los flujos anuales serán los siguientes:

Durante el primer año no hay costo.

El segundo año -primer año de operación-, el costo será de 2.517 millones de pesos en personal; 610 millones de pesos en operación, y 705 millones de pesos en inversión y equipamiento, con un total de 3.832 millones de pesos.

El tercer año -segundo año de operación-, el costo total será de 3.127 millones de pesos.

El 2009 y el 2010 tendrán un costo total de 3.190 y 3.181 millones de pesos, respectivamente.

En síntesis, considerando la mantención de los niveles de actividad actuales y el territorio geográfico, cuya división política y administrativa se modifica, el mayor gasto permanente anual en régimen ascenderá a 3.181 millones de pesos, considerando 146 funcionarios y 6 consejeros regionales adicionales. Cabe consignar que el número de funcionarios adicionales es el mínimo, pues no se contempla personal profesional complementario o de apoyo para seremis y directores regionales o provinciales.

Por otra parte, el mayor costo señalado considera los valores netos. El proyecto de ley incluye el traslado de 8 funcionarios desde el Gobierno Regional de la Región de Los Lagos a la nueva Región de Los Ríos, y a partir de 2009 se disminuye en 8 el número de consejeros regionales en la Región de Los Lagos.

Como fuentes de financiamiento, la iniciativa considera que el gasto en que puedan incurrir las distintas instituciones el año de aprobación de la ley para facilitar su entrada en vigencia, a partir del primer día hábil del mes de enero del año siguiente, será financiado con reasignaciones internas en los presupuestos vigentes de las mismas.

Los recursos necesarios para el primer año de operación de la ley y siguientes serán considerados en los respectivos proyectos de ley de presupuestos que se envíen al Congreso Nacional para su aprobación.

Durante el debate en la Comisión, el señor Jorge Claissac expresó que la ley N° 20.050 modificó diversos aspectos de la Carta Fundamental, entre otros, los artículos 49 y 110, a través de los cuales se eliminó el numeral referido a la cantidad de regiones que tenía nuestro país y se uniformó el procedimiento para crearlas y suprimirlas. No podemos dejar de recordar que el Nº 3 impedía la creación y supresión de regiones, dejando entregado a una ley de rango orgánico constitucional lo relativo a la división política y administrativa del país. En virtud de lo anterior, es posible adecuar la división territorial del país sin necesidad de una reforma constitucional.

Planteó que la actual división regional de nuestro territorio se implementó en situaciones políticas e institucionales muy distintas del esquema constitucional vigente. Agregó que diversos estudios realizados desde 1978, en los que se analiza la estructura territorial de la Décima Región de Los Lagos, han reconocido un desajuste original en ella, lo que motivó la aplicación de medidas de carácter económico-presupuestario, institucionales y administrativas destinadas a resolver o atenuar los efectos derivados de la configuración territorial en comento.

Además, el señor Claissac puntualizó que el establecimiento de las regiones en cuestión requieren de la institucionalidad correspondiente en el área de Gobierno Interior, la Intendencia; de administración regional descentralizada, el gobierno regional; de la administración pública nacional desconcentrada, las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales de servicios públicos; de servicios públicos territorialmente descentralizados, el servicio de Vivienda y Urbanización; de Administración de Justicia; de Tribunal Electoral Regional, y una oficina regional de la Contraloría General de la República.

Sostuvo que para la implementación de esta institucionalidad, en materia de recursos humanos, será necesario modificar un conjunto de leyes que regulan el personal en cuanto a su cantidad y tipo de cargos para lo cual se propone facultar al Presidente de la República para que, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, efectúe las adecuaciones pertinentes.

Hizo notar que, respecto de las circunscripciones senatoriales vigentes, es necesario efectuar adecuaciones en cuanto a las mismas, ya que por imperativo constitucional deben ser coincidentes con el territorio de la región determinada. Este punto es muy especial, debido a las discusiones sostenidas al interior de la Región de Los Lagos.

Destacó que se autoriza al gobierno regional de las regiones remanentes para transferir en dominio, a título gratuito, al gobierno regional de las nuevas regiones, los bienes inmuebles de su propiedad, situados en el territorio de la nueva región.

Señaló, por último, que la ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, es decir, 2006 aprobada y el 1 de enero de 2007 estaría en vigencia, fecha a contar de la cual se nombrará al nuevo intendente de la región respectiva.

No me referiré a escalafones. Es bastante extenso y es similar a la parte del informe recientemente dado a conocer sobre la nueva región de Arica y Parinacota.

Mediante esta iniciativa se reconoce la idoneidad de la zona norte de la actual Décima Región para constituirse por sí misma en una región y con una administración propia. Sus condiciones geográficas, demográficas y la fortaleza de su estructura económica y cultural local la transforman, a ojos de los especialistas, en una zona candidata a nominar respecto de la ciudad de Puerto Montt, su dirección.

En el artículo segundo transitorio se establece que la ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional.

La distribución del 90 por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

Sometidos a votación los artículos 3º, 4°, 6° a 10, 12, y 13 permanentes, y segundo, cuarto y octavo transitorios del proyecto, fueron aprobados por 8 votos a favor, 1 voto en contra y 2 abstenciones.

Lo expuesto fue acordado en sesión de fecha 24 de enero de 2006, con la asistencia de los diputados señores Exequiel Silva , Presidente ; Claudio Alvarado , Rosa González , Rodrigo Álvarez , Julio Dittborn , Carlos Hidalgo , Carlos Kuschel , Pablo Lorenzini, José Miguel Ortiz, Iván Paredes , José Pérez , Eugenio Tuma , Gastón Von Mühlenbrock , Enrique Jaramillo y Roberto Delmastro .

Es todo cuanto puedo informar

He dicho.

-La Mesa saluda al Contralor General de la República, señor Gustavo Sciolla, y a su señora, quienes se encuentran presentes en las tribunas.

-Aplausos.

1.6. Informe Complementario de Comisión de Gobierno

Cámara de Diputados. Fecha 12 de abril, 2006. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 14. Legislatura 354.

?INFORME COMPLEMENTARIO DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, REGIONALIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO.

__________________________________________________________________

BOLETÍN Nº 4049-06-1A

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, en cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Sala en sesión del 7 de marzo, pasa a emitir un informe complementario respecto del proyecto de ley individualizado en el epígrafe, de origen en un Mensaje, en primer trámite constitucional y reglamentario, con urgencia calificada de “simple”, la cual fue hecha presente por el Ejecutivo el día 4 de abril.

Cabe recordar que con fecha 19 de enero del presente año la Secretaría de la Comisión expidió el primer informe sobre el proyecto individualizado, el cual fue rendido en la sesión de Sala del día 7 de marzo último por el ex diputado don Exequiel Silva. Sin embargo, en dicha sesión se resolvió, por una parte, no votar la iniciativa y, por la otra, devolver los antecedentes a la Comisión Técnica, para que este órgano emitiera un nuevo informe, sin especificar cuál ha de ser el contenido del mismo. La Comisión estimó que tal informe debía consignar el punto de vista de las autoridades del Ejecutivo que asumieron el 11 de marzo de este año.

Durante el estudio del proyecto en este trámite, la Comisión contó con la asistencia y colaboración del ministro del Interior, don Andrés Zaldívar; de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Claudia Serrano, del jefe de la División Legislativa de este último organismo, señor Rodrigo Cabello; y del funcionario de esa repartición, señor Luis Angulo.

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En razón del cometido que se encargó a la Comisión, ésta solicitó a las autoridades de gobierno arriba individualizadas la entrega de más información que respalde la iniciativa de crear la Región de los Ríos, con el propósito de incluirla en este informe, de carácter complementario de aquél emitido en diciembre de 2005.

Con respecto a lo anteriormente señalado, se consignan a continuación los antecedentes que dio a conocer el Ejecutivo en el seno de la Comisión.

En primer lugar, señaló que la determinación del gobierno de acelerar -vía urgencia “simple”- el despacho del proyecto de creación de la región en referencia obedece tanto al interés en ese sentido manifestado por varios parlamentarios, como al hecho de que el tema fue priorizado por el ex Presidente Lagos y, en fecha más reciente, por la actual Primera Mandataria.

La iniciativa de crear esta Región se basa en antecedentes de carácter técnico sustentados en diversos estudios, análisis y propuestas para atenuar o revertir los efectos de la inadecuada configuración actual de la X región. Entre los antecedentes se consulta la realización de múltiples reuniones, encuentros y seminarios en los que participaron las principales autoridades y representantes de actividades de los distintos territorios involucrados en la modificación política administrativa en informe.

Abona también la creación de la Región de los Ríos la circunstancia de existir en la actual provincia de Valdivia un conjunto de instituciones, esencialmente servicios públicos, notoriamente mejor implementados al de la mayoría de las otras provincias del país. Lo anterior, como es natural, significa que el costo de instalación de la nueva región es inferior al que demandaría establecer una cabecera regional en otra provincia.

La creación de esta región se basa en aspectos territoriales, históricos y geográficos que han dificultado su efectiva integración dentro de la actual región de Los Lagos. Al respecto, cabe recordar que existe una gran distancia entre el extremo norte de la X región, representado por la provincia de Valdivia, y el territorio más austral de aquélla, a saber, la provincia de Palena. Ello, sin perjuicio de las dificultades de acceso a los territorios de Chiloé insular y continental.

Por otro lado, la decisión de dar vida a la nueva provincia de Ranco, con capital en La Unión, radica en que esa zona aglutina a varias comunas con una vocación productiva común, centrada en la explotación agrícola-ganadera y turística, lo que contribuirá a la definición de estrategias y políticas de desarrollo específico en tales actividades.

Precisó, por último, que el proyecto no consulta un incremento del número de senadores, toda vez que los actuales parlamentarios elegidos por la X circunscripción norte pasarán a representar a la Región de los Ríos.

***********

Se designó Diputado Informante al señor Delmastro, don Roberto.

Tratado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 4 y 11 de abril de 2006, con asistencia de los señores De Urresti, don Alfonso (Presidente); Ascencio, don Gabriel; Bauer, don Eugenio; Becker, don Germán; Delmastro, don Roberto; Duarte, don Gonzalo; Egaña, don Andrés; Estay, don Enrique; Farías, don Ramón; Hernández, don Javier; señora Isasi, doña Marta; Jaramillo, don Enrique; Ojeda, don Sergio; Paredes, don Iván; señora Pascal, doña Denise; señora Tohá, doña Carolina; señora Valcarce, doña Ximena; y Von Mühlenbrock, don Gastón.

Sala de la Comisión, a 12 de abril de 2006.

SERGIO MALAGAMBA STIGLICH

Abogado Secretario de la Comisión

1.7. Discusión en Sala

Fecha 19 de abril, 2006. Diario de Sesión en Sesión 15. Legislatura 354. Discusión General. Se aprueba en general.

CREACIÓN DE LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y DE LA PROVINCIA DE RANCO. Primer trámite constitucional.

El señor LEAL ( Presidente ).-

A continuación, corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco.

Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social es el señor Roberto Delmastro, quien rendirá el informe complementario.

Antecedentes:

-Informe Complementario de la Comisión de Gobierno Interior, boletín N° 4049-06, sesión 14ª, en 18 de abril de 2006. Documentos de la Cuenta N° 4.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor DELMASTRO .-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, paso a rendir el informe complementario, acordado en sesión del 7 de marzo de este año, del proyecto de ley individualizado por su señoría, originado en mensaje, en primer trámite constitucional y reglamentario, con urgencia calificada de “simple”, la cual fue hecha presente por el Ejecutivo el 4 de abril pasado.

Cabe recordar que con fecha 19 de enero del presente año, la Secretaría de la Comisión expidió el primer informe sobre el proyecto individualizado, el cual fue rendido en la sesión de Sala del 7 de marzo último por el entonces diputado señor Exequiel Silva , que hoy nos acompaña en las tribunas.

(Aplausos).

Sin embargo, en dicha sesión se resolvió, por una parte, no votar la iniciativa y, por otra, devolver los antecedentes a la Comisión técnica, para que este órgano emitiera un nuevo informe, sin especificar cuál era el contenido del mismo.

La Comisión estimó que tal informe debía consignar el punto de vista de las autoridades del Ejecutivo que asumieron el 11 de marzo de este año.

Durante el estudio del proyecto en ese trámite, la Comisión contó con la asistencia y colaboración del ministro del Interior , señor Andrés Zaldívar ; de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Claudia Serrano ; del jefe de la División Legislativa de este último organismo, señor Rodrigo Cabello , y del funcionario de esa repartición, señor Luis Angulo .

En razón del cometido que se encargó a la Comisión, ésta solicitó a las autoridades de gobierno anteriormente individualizadas la entrega de más antecedentes que respalden la iniciativa de crear la región de Los Ríos, con el propósito de incluirla en este informe.

En cumplimiento a esa petición, en primer lugar, el Gobierno expuso que la determinación de acelerar, vía urgencia “simple”, el despacho del proyecto de crear la región en referencia obedece tanto al interés manifestado por varios parlamentarios, como al hecho de que el tema fue priorizado por el Presidente Lagos y, en fecha más reciente, por la actual Primera Mandataria .

La iniciativa de crear esta región se basa en antecedentes de carácter técnico sustentados en diversos estudios, análisis y propuestas para atenuar o revertir los efectos de la inadecuada configuración de la actual Décima Región, de Los Lagos.

Entre los antecedentes se consulta la realización de múltiples reuniones, encuentros y seminarios, en los que participaron las principales autoridades y representantes de actividades de los distintos territorios involucrados en la modificación política administrativa en informe.

Abona también la creación de la región de Los Ríos la circunstancia de existir en la actual provincia de Valdivia un conjunto de instituciones, esencialmente servicios públicos, notoriamente mejor implementados al de la mayoría de las otras provincias del país. Lo anterior, como es natural, significa que el costo de instalación de la nueva región es inferior al que demandaría establecer una cabecera regional en otra provincia.

La creación de esta región se basa en aspectos territoriales, históricos y geográficos que han dificultado su efectiva integración dentro de la actual región de Los Lagos.

Al respecto, cabe recordar que existe una gran distancia entre el extremo norte de la Décima Región, representado por la provincia de Valdivia, y el territorio más austral de aquélla, a saber, la provincia de Palena. Ello, sin perjuicio de las dificultades de acceso a los territorios de Chiloé insular y continental.

Por otro lado, la decisión de dar vida a la nueva provincia de Ranco, con capital en La Unión, radica en que esa zona aglutina a varias comunas con una vocación productiva común, centrada en la explotación agrícola-ganadera y turística, lo que contribuirá a la definición de estrategias y políticas de desarrollo específico en tales actividades.

Por último, precisó que el proyecto no consulta un incremento del número de senadores, toda vez que los actuales parlamentarios elegidos por la decimosexta circunscripción pasarán a representar a la región de Los Ríos.

El presente informe fue tratado, según consta en las actas correspondientes, en las sesiones de los días 4 y 11 de abril de 2006, con asistencia de los señores Alfonso De Urresti , Presidente ; Gabriel Ascencio , Eugenio Bauer , Germán Becker , Roberto Delmastro , Gonzalo Duarte , Andrés Egaña , Enrique Estay , Ramón Farías , Javier Hernández , señora Marta Isasi , señores Enrique Jaramillo , Sergio Ojeda , Iván Paredes , señoras Denise Pascal , Carolina Tohá , Ximena Valcarce y el señor Gastón Von Mühlenbrock .

He dicho.

-Aplausos.

El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández .

El señor HERNÁNDEZ .-

Señor Presidente , quiero agradecer la presencia en la tribuna de las autoridades y de la ciudadanía de Osorno,...

-Aplausos.

...a los alcaldes y concejales de las comunas de Osorno, de San Juan de la Costa y de San Pablo, al presidente del Centro para el Progreso de Osorno y a todas las fuerzas vivas de la comunidad.

Estamos en un momento muy especial para la provincia de Osorno, que tengo el honor de representar en esta Cámara, ya que se discute un proyecto que propone dividir la actual Décima Región de Los Lagos, y crear la región de Los Ríos, respondiendo a una promesa electoral hecha en plena campaña presidencial.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Los asistentes a las tribunas son bienvenidos, pero les solicito que, por favor, mantengan la calma y escuchen con atención y respeto las intervenciones, tal como lo hizo la gente de la ciudad de Arica.

Continúa con la palabra el diputado señor Javier Hernández.

El señor HERNÁNDEZ .-

Gracias, señor Presidente .

Lo primero que quiero aclarar es que no tengo nada en contra de la ciudad de Valdivia ni contra su aspiración de convertirse en región. Al contrario, tengo varios amigos allí y guardo muy buenos recuerdos de mi formación universitaria en esa ciudad.

Sin embargo, la discusión no es si Valdivia merece o no ser región, sino de la forma en que se ha desarrollado todo este proceso, que ha sido llevado en el Congreso con una velocidad inusitada y donde no se ha dado el tiempo para una discusión seria, responsable y profunda respecto a cómo funciona la actual Décima Región; si será o no conveniente dividirla, y lo más importante para mí como osornino es qué sucede con la provincia de Osorno ante la posibilidad de una división. Todas son preguntas sin respuestas.

Es frente a este último punto donde se pone de manifiesto el descontento generalizado de la comunidad, ya que el Gobierno no ha mostrado voluntad política para escuchar las legítimas dudas que tenemos los osorninos. Somos gente luchadora, de esfuerzo, y toda la vida hemos trabajado muy duro para tener la ciudad más hermosa, limpia y ordenada del sur de Chile.

No merecemos que el Ejecutivo pretenda ponernos un pie encima. ¡No, señor; eso no lo vamos a permitir! Por eso estamos aquí, luchando, y por eso están aquí cientos de personas que viajaron durante toda la noche para respaldar a sus parlamentarios.

(Aplausos).

Osorno está vivo y de pie, y eso que aquí, lamentablemente, no ha existido ninguna voluntad de dialogo. La primera vez que el Gobierno nos ofreció conversar fue cuando el entonces ministro del Interior , señor Francisco Vidal , viajó hasta Osorno , y en un céntrico hotel dio una charla de no más de 20 minutos ante las fuerzas vivas de la ciudad. Terminó su exposición y no quiso aceptar preguntas de los invitados. Tomó de inmediato el avión de vuelta a Santiago. Entonces, ¿de qué tipo de dialogo nos están hablando?

Hace un par de días recibimos un llamado del actual ministro del Interior , señor Andrés Zaldívar , quien invitó a los parlamentarios de Osorno a una reunión donde supuestamente se escucharían y sopesarían nuestros argumentos; sin embargo, también se invitó a los diputados que representan los otros distritos de la provincia de Valdivia y de La Unión. Resultado: nuestros colegas llegaron en una posición intransigente y, por tanto, no hubo ninguna posibilidad de conversar sobre los planteamientos de Osorno en el marco que correspondía.

Pocas veces se ve en este Congreso Nacional que un proyecto de ley sea tratado con tanta celeridad, ya que, si consideramos que fue presentado en plena época de elecciones presidenciales y si le sumamos el feriado legislativo, prácticamente, son nulas las instancias que han existido para conocerlo.

Hoy, nos encontramos aquí discutiéndolo y a punto de votarlo, cuando por su naturaleza debió haber requerido un proceso más prolongado para abordarlo con la rigurosidad que una materia de tal relevancia merece.

Hasta ahora, lo único que se nos ha dicho es que hay que discutir dónde queda Osorno , cuando creo que lo verdaderamente importante es cómo queda Osorno . Al crearse una nueva región, es obvio que en una larga primera etapa la mayor cantidad de inversión regional favorecerá a la capital regional, en este caso, a Valdivia, que también ha sido históricamente postergada, por lo que Osorno seguiría esperando. Por otra parte, ya sabemos cómo nos ha ido con Puerto Montt como cabecera de región, situación que no tendría por qué ser distinta en el futuro.

Por lo anterior, estoy convencido de que, de una vez por todas -esta coyuntura da la oportunidad de hacerlo-, debería quedar estipulado por ley un trato igualitario entre las distintas provincias a la hora de repartir los recursos. Planteo esto porque la experiencia de aportes fijados por el Fondo Común Municipal entrega seguridad en cuanto a sus ingresos a cada municipio, lo que no sucede actualmente con los fondos regionales, donde se han generado enormes injusticias para la provincia de Osorno, precisamente por el centralismo regional.

En las regiones tenemos un problema grave de centralismo con las capitales regionales. Ése es el sentimiento que ha movido históricamente a los valdivianos a separarse de la Décima Región. Pero, ¡cuidado!, si aprobamos esta división regional estamos diciendo firmemente que la mejor forma de luchar contra el centralismo es crear nuevas regiones. Ahí estamos pensando definitivamente en una regionalización absolutamente distinta.

Quiero manifestar que, por lo anteriormente expuesto, tomando como antecedente lo recientemente discutido respecto de la división de la Primera Región ; lo que se propone en este proyecto, y añadiendo un proyecto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados la semana pasada, en el que se plantea la creación de seis regiones más -Loa y Chiloé entre otras-, ayer pedí que se oficiara al ministro del Interior , a fin de que considere la creación de la región de Osorno. Reitero esa petición en el convencimiento pleno de que, si el proyecto que crea la región de Los Ríos, con capital en Valdivia, es aprobado, la regionalización deberá entrar en la más completa de sus revisiones. Con ello se estaría enviando una señal potente en el sentido de que la solución de los problemas pasa por la creación de unidades territoriales más pequeñas. Por eso los movimientos que se están levantando en El Loa, Ñuble, Aconcagua y Chiloé, entre muchos otros. En consecuencia, reitero la petición que ya entregué en la Cámara para que se inicie el proceso correspondiente para la creación de la región de Osorno.

Quisiera también dejar establecido que todos aquellos que han manifestado que Osorno nunca ha tenido una posición frente a este tema están profundamente equivocados. Siempre la hemos tenido y ha sido sumamente clara. Queremos una profunda revisión sobre la regionalización y la descentralización en todo el país. ¿Habrá señor Presidente una posición más clara y sensata que esa?

En lo más concreto, existe una declaración pública de la llamada Comisión Directiva de la Asamblea Ciudadana de Osorno , donde se rechaza la división de la Décima Región en la forma en que se está haciendo, sin diálogo y sin una revisión profunda de la regionalización. Se agrega que si está de todas maneras llega a realizarse, para incorporarse Osorno pide a una serie de consideraciones, entre las más importantes el que la capital regional se ubique en el eje La Unión-Río Bueno, lo que posibilitaría ventajosas vías de acceso y distancias equilibradas para las comunas extremas, así como para potenciar sectores vulnerables que están en la cuenca del río Bueno.

Esto ya fue tajantemente rechazado por el Gobierno, lo que demuestra una vez más la escasa disposición al diálogo existente.

Un capital en La Unión o Río Bueno sería tremendo impulso para que los osorninos miráramos con entusiasmo participar de la región de Los Ríos. Pero se olvidan algunas autoridades de Gobierno que si Osorno se inserta en la nueva región hay comunas de nuestra provincia que quedarían muy lejos de su nueva capital regional. A saber, Purranque, a 65 kilómetros de Puerto Montt, y a 145 de Valdivia, Río Negro, a 78 de Puerto Montt y a 142 de Valdivia; Puerto Octar, a 65 de Puerto Montt y a 158 de Valdivia. Todo esto sin considerar que a Puerto Montt hay doble vía y a Valdivia no.

Señor Presidente , por último me gustaría manifestar que mi voto a la creación de la región de Los Ríos será negativo, basado principalmente en la falta de voluntad del gobierno para escuchar los planteamientos que los osorninos hemos querido hacer. No estoy votando contra Valdivia ni contra su anhelo de ser región, sino contra un gobierno que al parecer olvidó que entre Valdivia y Puerto Montt existe una ciudad que se llama Osorno y que tenía mucho que decir y aportar en este debate.

Éste pudo haber sido un proyecto de unidad, pero lamentablemente se ha convertido en una instancia de discordia para nuestra zona.

Quisiera también hacer un llamado a mis colegas diputados para que, independiente de lo que pase finalmente con este proyecto, iniciemos una discusión de verdad profunda sobre regionalización y descentralización, porque siento que con este caso hemos perdido una gran oportunidad para hacer una revisión acabada respecto de estos temas, con altura de miras y pensando realmente en el bien de nuestras comunidades, y no asumiendo posturas basadas en pequeños cálculos político-electorales, tal como nació esta iniciativa.

He dicho.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO .-

Señor Presidente , por su intermedio, saludo al gobernador y a los alcaldes de las comunas de la provincia de Valdivia, a los alcaldes de las comunas de la provincia de Osorno y a las señoras concejalas y señores concejales de este territorio escogido por la naturaleza. Un especial saludo a la alcaldesa de La Unión y al ex diputado señor Exequiel Silva .

Hoy, la Cámara de Diputados recibe en su tribuna a las autoridades y representantes de comunas hermanas de la Décima Región de Los Lagos, pertenecientes a las provincias de Valdivia y de Osorno. Unos quieren conformar una región; otros, discutir su incorporación a esta posible nueva región, y otros, lisa y llanamente, que no se produzca una división.

Todo es válido en democracia. Lo que no es válido es no entendernos, descalificarnos y no representar lo que en realidad somos: ciudadanos de un país de todos, querido por todos sus habitantes. Eso es Chile, eso es Osorno, eso es Valdivia, eso son las regiones. No nos desviemos pensando en que Osorno no está con nosotros o que Valdivia no nos quiere. La patria es una sola y la integramos todos, tanto los habitantes de Osorno como los de Valdivia.

La historia de Valdivia ha sido contada por docentes y académicos y por quienes hemos avanzado en edad, y se ha transmitido a las nuevas generaciones. La autonomía que caracterizaba a Valdivia se perdió no porque ella quisiera o porque Osorno así lo estimara, sino por obra de un gobierno autoritario. Ello ha estimulado el clamor de esta provincia y de sus comunas: constituir la región de Los Ríos, con Valdivia como capital, y crear la provincia de Ranco, conformada por las comunas de Paillaco, Futrono , Lago Ranco, Río Bueno, con capital en La Unión. Así está contemplado en el proyecto consensuado con el Ejecutivo , que responde al deseo de quienes han luchado por recuperar el espacio de gobierno regional.

La creación de esta región no es una idea surgida hoy, sino una solución de justicia cívica que se pide transcurridas más de tres décadas de lucha tras un objetivo de todos los habitantes de Valdivia. Testigos de ello son quienes están en las tribunas.

Señoras diputadas y señores diputados, no se equivoquen: Valdivia inició esta tarea en 1974. Así lo puede corroborar el señor Raúl Basso , presente en las tribunas. En el transcurso de este largo camino se han ido muchos, pero nos han dejado sus enseñanzas, y muchos de nosotros hemos ido sumando años, pensando que en democracia se hará justicia. Hemos tenido promesas debido a lo trabajado en años: estudios serios y responsables llevados a cabo y entregados a los tres gobiernos recién pasados y, en su momento, a los candidatos presidenciales para que dieran su apoyo, ganadores y perdedores, hasta que en el gobierno del Presidente Lagos se envió el proyecto de la división de la Décima Región de Los Lagos, no sin antes pasar por una reforma constitucional muy estudiada en 2005 para hacer posible esta división.

Hoy, transcurrido algunos meses y contando con la aprobación del gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet , llega a esta Sala, en el término de su trámite y para ser ley, el proyecto que crea la región de Los Ríos y la provincia de Ranco.

Por consiguiente, no es como han dicho algunos detractores del proyecto: que no han tenido tiempo para estudiarlo. Sí lo han tenido. Por años se han hecho estudios, y opositores aparecerán hoy y siempre. Lo único que se hace con esta errada oposición es no permitir la justicia de los pueblos que luchan por un mañana mejor. Negarse es dividir a los vecinos. No es justo respecto de un proyecto que ningún presidente ha negado. En su momento, fue estudiado por los presidentes Aylwin, Frei y Lagos. La Presidenta Bachelet lo ha estudiado y, por supuesto, lo cree conveniente y de justicia. Por ello, han enviado el proyecto al Poder Legislativo, para que sea ley de la República.

Por años, en más de una intervención en esta Sala, he hecho notar la necesidad del envío de esta iniciativa tan estudiada, discutida en distintas esferas y hoy, en puerta de ser aprobada por esta Cámara, invito a quienes no la acepten a lograr consenso. Todo es posible en democracia.

Quien haya seguido el proceso de descentralización política y administrativa llevado a cabo a partir de la década de los 70 sabrá que el régimen militar adoptó decisiones muy relevantes en esta materia. Pero, lamentablemente, lo hizo guiándose sobre todo por las enseñanzas de una ciencia: la geopolítica, que en esos años ponía el acento esencialmente en el control del territorio y en el fortalecimiento de su capacidad de defensa, de control y vigilancia, lo que ocurría en las nacientes regiones.

Hoy, con esta iniciativa, ponemos término al nuevo centralismo interregional que concentra en una capital, Puerto Montt, la gestión de los recursos materiales y humanos de una macrozona. Desde el sur de la isla de Chiloé, y de Palena en el continente y hasta Ranco por el norte, el territorio grande y variado de la Décima Región quedaba en manos de lo que decidiera un grupo de técnicos y autoridades que tenían puesta su mirada política esencialmente en el mar, en el desarrollo de Chiloé y de sus industrias vinculadas a la explotación de los recursos marinos, dejando a un lado a la zona norte, esencialmente agraria y ganadera y con un polo educacional y científico de primer orden en el hemisferio sur, como son las provincias de Valdivia y de Osorno.

Termino haciendo un llamado a la unidad de dos hermanos que se han criado juntos y que hoy comienzan a separarse, de dos hermanos que han compartido alegrías y triunfos, pero que, pese a la distancia institucional que habrá entre ellos, basarán su éxito como proyectos regionales en la capacidad que tengan de mantener las redes de interdependencia, solidaridad y apoyo recíproco.

Hoy pido que no se produzca un desencuentro entre quienes creen en la democracia; entre quienes desde Panguipulli , Los Lagos, Futrono , Paillaco , Río Bueno, La Unión, Lago Ranco, San José , Lanco , Máfil , Corral y Valdivia , han venido a apoyar la idea que nació hace décadas y que esperan la respuesta de este hemiciclo democrático, donde se vacía la opinión del pueblo de Chile, y que le dirá que quiere la nueva región de Los Ríos.

He dicho.

El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-

En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel) .-

Señor Presidente , para que no digan que los chilenos tienen mala memoria, no quiero dejar pasar esta oportunidad sin rendir un homenaje al primer diputado que planteó que Valdivia fuera región. Fui testigo de cómo muchos se rieron cuando ese parlamentario conseguía las firmas de sus pares para ese efecto. Por eso, quiero hacer un reconocimiento a Juan Enrique Taladriz , gran diputado por Valdivia y uno de los gestores de esta iniciativa. Seamos honestos, se ha hablado de los diputados que llegaron después, pero nadie ha dicho una sola palabra de él.

En esta idea también tuvieron participación otros diputados por Valdivia, como Juan Concha y Exequiel Silva . Y, cosa curiosa, aquí es donde se ve la división de la Décima Región, porque ninguno de sus senadores se ha pronunciado respecto de qué quieren hacer con ella. ¡Ninguno! Queremos saber si les interesa lo personal o el desarrollo de la zona. No hablemos cosas que no corresponden, si hay una región que merece ser dividida, ésa es la Décima.

Quienes somos del sur y conocemos su realidad, sabemos de qué estamos hablando. Soy diputado por Cunco , Curarrehue, Pucón , Villarrica , Loncoche , Gorbea y Toltén, vale decir, de una zona que limita con la Décima Región. ¿Les parece lógico que la región se inicie en Lanco y termine en Palena? Tiene 700 kilómetros de extensión, lo cual es una aberración. La gente de Liquiñe y Coñaripe tiene que viajar hasta Puerto Montt, a 400 kilómetros, para hacer sus trámites personales. ¿Eso es lo que quieren?

Además, advierto un egoísmo gigantesco. Estudié en la escuela Adolfo Matthei , de Osorno, y desde esos años existen odiosidades entre la gente de Valdivia y Osorno .

-Manifestaciones en las tribunas.

Me importa un pepino que la gente de la tribuna pifie, porque quienes votarán seremos nosotros y no los que están arriba.

En consecuencia, pregunto, y quiero que la gente de Osorno me escuche. ¿En qué los perjudica la división de la región? Si ellos no quieren región, quedarán igual como están ahora. No veo la diferencia. Y si se divide, el límite será el río Pilmaiquén, lo cual tampoco los afecta. En definitiva, están como el perro del hortelano, que no come ni deja comer.

Por lo tanto, esta región, tan larga y extensa, tiene que dividirse. Valdivia tiene que lograr autonomía. Por último, hoy podemos llegar a un acuerdo, lo que no está lejos de la realidad, pues muchas veces eso se ha hecho en la Cámara. Hoy, podemos votar en general este proyecto y esperar diez días para ver si Valdivia y Osorno llegan a un consenso y, si no se logra, el proyecto se despachará tal como está, la Décima Región se dividirá y se creará la región de Los Ríos. ¿Cuál es el problema?

Cuando legislamos no podemos tomar en cuenta sólo lo que quiere un grupo de personas o un par de habitantes de una región tan extensa como la Décima.

Queremos que haya igualdad y regionalización; que la decisión respecto de los proyectos y de los recursos sea de la región, y no de Santiago.

Por lo tanto, la gente que se cree regionalista debe apoyar la creación de más regiones, que ellas tengan más autonomía y les lleguen más recursos. Las regiones no deben pelearse entre sí, porque en ese caso, mejor seguimos dependiendo de Santiago.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.

El señor OJEDA .-

Señor Presidente , con todo el respeto que me merece el colega René Manuel García , por su intermedio, quiero decirle que gracias a Osorno él es profesional, porque estudió en el Instituto Superior de Agricultura Adolfo Matthei. Él le debe mucho a Osorno.

Aquí está Osorno; está vivo, está presente. Y saludo a los alcaldes de Osorno, de San Juan de la Costa , de San Pablo ; a los concejales, a los representantes de organizaciones sociales y de instituciones y a todos quienes se encuentran en las tribunas. Con el mayor de los respetos, también saludo a los valdivianos presentes en las tribunas.

Hubiera preferido llegar a esta instancia en otras condiciones, con un proyecto de ley que abarcara como región de Los Lagos a las provincias de Valdivia y de Osorno, que tienen identidades y características comunes, historia y tradiciones muy parecidas y que han forjado caminos para desarrollarse, crecer y avanzar cada vez más.

Tenemos los mismos problemas y nos afectan las mismas dificultades; nada es diferente. Está claro que las dos provincias se necesitan: Osorno y Valdivia deben estar juntas.

Esta discusión y nuestra oposición al proyecto no tienen otro fundamento sino demostrar que, tal como está concebida, no es la región ideal. Nuestra finalidad hoy es hacer ver la oposición y la posición de Osorno, sus propuestas y aspiraciones; que las ha tenido por años y son tan legítimas como las de Valdivia. Éstas son nuestras propuestas, fruto de un trabajo realizado por largo tiempo. Y si ellos hablan de treinta y dos años, nosotros hablamos de treinta o cincuenta años de lucha por el progreso, el bienestar y el desarrollo de nuestra provincia.

Siempre he sostenido que previo a crear más regiones es preciso hacer un análisis del funcionamiento de las regiones, lo cual no se ha hecho; establecer qué tipo de regiones queremos, sentar las bases de un modelo de gestión regional que ayude a superar las diferencias del modelo vigente y aprovechar la experiencia de la actual regionalización, que ha fracasado. Sabemos que se ha agotado, sabemos que no sirve, y aquí se ha dicho que no sirve. Ello nos lleva, entonces, a una solución más contextual, más de país.

Crear más regiones de la forma como lo estamos haciendo con este proyecto de ley sería crear más de lo mismo, aunque el modelo no dé para más. Hablemos de región nueva, no de nueva región.

Un proyecto de acuerdo nos da la razón, porque la Cámara encomendó a la Comisión de Gobierno Interior para que, en el plazo de ciento veinte días, hiciera un análisis del funcionamiento de las regiones para crear las regiones de El Loa, de Chiloé y varias otras. Si se hubiese hecho este estudio, si se hubieran dado los espacios para que valdivianos y osorninos se sentaran en la mesa de conversaciones, lo cual queremos, estoy seguro de que se habrían encontrado y hoy, o a lo mejor mucho antes, tendríamos conformada la Región de Los Ríos, con Osorno y Valdivia . Ese debe ser el sueño de dicha región. Los habitantes de ambas comunas, algunos presentes en las tribunas, que están ligados por familias y circunstancias comunes, no quieren este distanciamiento ni perder la oportunidad histórica de unirse. Es el momento de hacerlo en el Congreso Nacional. Todo parece indicar que una región procede con esas dos provincias.

La ex ministra Adriana Delpiano sostuvo en reiteradas oportunidades que la región de Los Ríos, tal cual como estaba concebida, era débil, no viable y que sólo con Osorno era potente y válida. Asimismo, la subsecretaria señora Gloria Serrano manifestó que en Chile no debían crearse regiones chicas, sino equilibradas.

¡Cómo no entenderlo, señor Presidente ! Osorno y Valdivia suman 577.905 habitantes. Valdivia tiene 356.396 habitantes. Osorno aporta un territorio de 9.223 kilómetros cuadrados, en contraste con los 18.442 de Valdivia, lo que da un total de 27.665 kilómetros cuadrados. Además, a las siete comunas de Osorno, se suman las doce de Valdivia, y se llega a diecinueve. ¡Con esto sí se crea una verdadera región! ¡Esa es una región ideal! En ella se produce un equilibrio con la región de Los Lagos, con el 53 por ciento de su población actual, el 41 por ciento de la superficie regional y el 53 por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. ¡Qué más queremos! ¡Cómo no aceptarlo! Pensamos que ésa es la real solución.

También hubiésemos deseado que el proyecto cumpliera toda su tramitación. La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados y a la Comisión de Gobierno Interior en pleno período electoral, cuando todos estábamos ocupados en ese proceso. El mismo día se informó el proyecto y se votó con una rapidez inusitada. No se cumplió con la discusión general y particular, ni se recibió a experto alguno en materia de derecho administrativo o constitucional, o versado en regionalización. Tampoco se realizó audiencia pública para tratar el proyecto, de manera que los sectores involucrados no pudieron expresar su posición. ¿Estuvieron aquí los alcaldes de Osorno, de Llanquihue, de Chiloé y de Palena? ¡No, señor Presidente ! Ellos no tuvieron la oportunidad de dar a conocer sus puntos de vista sobre la materia. No estuvo presente ningún representante de las organizaciones sociales intermedias de las provincias de Osorno, Llanquihue, Chiloé y Palena , en circunstancias de que la materia involucra a quienes pertenecen a la Décima Región. Para agravar aún más la situación, el Ejecutivo calificó la urgencia para el despacho del proyecto, lo que imposibilitó toda conversación o espacio para acercar posiciones. Eso nos demuestra que el Gobierno no escuchó a los representantes de Osorno, porque no les dio la posibilidad de un encuentro.

(Aplausos).

Se ha hablado de un compromiso político que se debe cumplir, sea bueno o malo el proyecto. Creemos que los compromisos políticos deben ser para la gente en general. Asimismo, los asuntos regionales deben enfocarse como un tema país y no como una cuestión parcial para favorecer a una provincia y dejar mal a otra, como va a quedar Osorno .

(Aplausos).

Estamos a la deriva en medio de dos capitales regionales. Hemos luchado durante muchos años para conseguir obras de adelanto para Osorno: 30 años para tener una corte de apelaciones; 20 años, para alargar el aeródromo de Cañal Bajo. ¡Cuántas cosas más hemos pedido! Tenemos la provincia dividida en dos distritos; incluso en uno de ellos hay comunas de otra provincia. Estamos absolutamente debilitados, pero no queremos seguir debilitándonos. ¡Como hijos verdaderos y genuinos de la provincia de Osorno, no lo vamos a aceptar!

(Aplausos).

Estamos seguros de que la provincia de Osorno tiene la fuerza y la pujanza necesarias para prosperar. No queremos aprovecharnos ni subirnos a ningún carro, como se ha dicho aquí. Tampoco somos el perro del hortelano ¡Por favor! ¡Respétennos, amigos y hermanos valdivianos! Nosotros los respetamos a ustedes. Nunca hemos utilizado adjetivos para denostarlos, humillarlos u ofenderlos.

Reitero, no nos subiremos a ningún carro. En todo caso, éste no es el carro de ellos, sino el carro del Estado, del Gobierno. Por ello, pido al Ejecutivo que ejerza sus obligaciones, así como nosotros queremos ejercer el derecho a forjar nuestro propio destino. El Ejecutivo debe cumplir con sus obligaciones y deberes, utilizando los instrumentos y los recursos de todos los chilenos. Debe velar por el bien de todos, utilizando los elementos para gobernar y administrar objetivamente a la nación, mirando para ambos lados, y no sólo para uno.

No estamos implorando ni rogando; sino que estamos ejerciendo nuestro derecho. El Ejecutivo debe velar por el bien común de todos los habitantes del país, en virtud de sus potestades y facultades constitucionales.

El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-

Señor diputado , concluyó su tiempo.

El señor OJEDA .-

Si se aprueba el proyecto, será un mayor estímulo para seguir trabajando.

Como un acto de justicia, como una forma de legislar seria y objetivamente sobre un tema país como el que estamos debatiendo, anuncio que votaré en contra del proyecto. Osorno tiene que estar incluido, y eso no ha ocurrido. Si Osorno es incorporado en el proyecto, votaré a favor.

He dicho.

-Aplausos.

El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-

Señor diputado , el tiempo que se excedió en su intervención se le restará a su bancada.

Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.

El señor ESPINOZA (don Fidel).-

Señor Presidente , hoy estamos viviendo un día histórico. Sin embargo, debo ser muy claro en señalar que la situación que hoy se ha producido con las personas que se encuentran en las tribunas no debería haber ocurrido.

Como representante de la Décima Región, creo que si hubiese existido participación y diálogo, hoy, los representantes de Valdivia y Osorno que se encuentran en las tribunas deberían haber estado unidos. Muchos diputados, entre los que me incluyo, tenemos una contradicción inmensa, porque queremos que Valdivia sea región, pero no estamos de acuerdo con excluir a Osorno, porque representamos a comunas que pertenecen a esa provincia.

(Aplausos).

Reconozco la lucha histórica de Valdivia por ser región; reconozco la lucha de sus senadores y diputados en ese sentido.

Hemos discutido mucho con el diputado Alfonso De Urresti sobre el tema y él ha comprendido nuestra posición ante la situación que hoy estamos enfrentando. Los 50 mil habitantes de las comunas de Purranque, Puerto Octay, Puyehue y Río Negro, que representamos en esta Sala, merecen que votemos por ellos.

Ello implica, por sobre todas las cosas, hacer un llamado para que hoy salgamos todos alegres de esta Sala. Salir alegres, osorninos y valdivianos, implica llegar a un acuerdo político entre todas las bancadas para votar favorablemente el proyecto a fin de que Valdivia sea región, pero también para que en las próximas semanas se produzca una discusión en esta Cámara que permita que Osorno se incorpore legítimamente a la aspiración que considere más apropiada, ya sea a la nueva Región de Los Ríos o a la Región de Los Lagos. Consideramos este aspecto de enorme relevancia.

No es posible que, con nuestro voto en contra, se frustren legítimas aspiraciones de los valdivianos. Y eso no ha sido responsabilidad de ninguno de los presentes en las tribunas ni de sus alcaldes ni de sus concejales ni del mundo ciudadano que tiene estas aspiraciones y las siente como propias.

Quiero que en esta Sala todos comprendan que los osorninos tienen una posición que defendemos porque la consideramos legítima, pero ella en nada se contrapone con las aspiraciones y demandas que por años Valdivia se ha trazado.

Por eso, hago un llamado para que, con madurez y altura política, seamos capaces de no rechazar este importante proyecto, pero a la vez de llegar a un entendimiento político entre las distintas fuerzas del Congreso Nacional para que, una vez que se apruebe esta iniciativa, seamos capaces de tener una discusión en las próximas semanas que permita incorporar a Osorno donde quiera estar, ya sea en la nueva Región de Los Ríos o hacia la legítima aspiración que tenemos los que somos de más al sur, es decir, que Osorno se anexe a Puerto Montt. Por la lejanía, a la gente de Purranque y de Puerto Octay también les resulta complejo realizar sus trámites en una capital regional como Valdivia. Incluso, varios diputados ya se han referido a las inmensas distancias que la gente tiene que recorrer en nuestra región. Por tanto, mi voto se supedita a eso.

Voy a votar favorablemente por la Región de Valdivia sólo si en las semanas siguientes hay una discusión política para que Osorno elija su destino, pero con participación y diálogo.

He dicho.

-Aplausos.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Advierto a los asistentes a las tribunas que está prohibido hacer manifestaciones.

Tiene la palabra el diputado señor Gastón Von Muhlenbrock.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señor Presidente , éste es un día muy particular para los sueños de miles de habitantes de la provincia de Valdivia. Después de un largo caminar sostenido por más de treinta años, existe el ánimo de corregir la configuración resuelta para la Décima Región de Los Lagos, al agrupar dos realidades geográficas y económicas disímiles y con serios problemas de accesibilidad, distancia y tiempo entre sus dos áreas limítrofes extremas, como la provincia de Valdivia y Palena , más de seiscientos kilómetros, lo que ha impedido la consolidación e integración plena de la provincia de Valdivia.

En efecto, desde la creación de la región de Los Lagos, Valdivia reunió requisitos de carácter económico, demográfico, territorial, histórico e institucional para haber sido capital regional.

Por esta razón, desde 1974, comienza una resistencia gremial y social inmediata por la pérdida de la condición regional. De ahí se mantiene la demanda permanente, por más de tres décadas, de los sectores público y privado, que se lleva a cabo a través de múltiples reuniones, seminarios, estudios por dividir la región, la agenda pactada suscrita en 1997, reformas constitucionales que comprenden la modificación de los artículos 45 y 99 de la Constitución Política de la República posibilitando la creación de nuevas regiones, para finalmente llegar el año 2003 a un estudio realizado por la Universidad Católica a este respecto.

Hablando en forma seria y objetiva, el estudio realizado por el Instituto de Geografía de la Universidad Católica de Chile sirvió para que se revisara objetivamente el caso específico de la región de Los Lagos.

Este estudio examinó factores, tales como: capital regional, criterios de turismo y decisión política; requisitos políticos administrativos y equilibrio territorial.

En criterio presupuestario consideró: costos de operación, inversión en activos para funcionamiento, ingresos, liberación de activos, presupuesto en las regiones y el Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

Entre las variables consideradas están la dotación de organización y servicios públicos e índice de equipamiento de la salud pública.

En cobertura de salud primaria en las provincias de la Décima Región están el índice de equilibrios en la forma analizada, densidad de la población, superficie productiva, pobreza en la población, concentración de infraestructura estratégica, densidad de campo por rama de actividad económica, inversión municipal, organizaciones sociales, medios de comunicación, recursos naturales, universidades e institutos de educación superior.

Es importante considerar que el estudio, análisis y evaluación que hizo la Universidad Católica consideró a la actual provincia de Valdivia, teniendo como referencia a todas las regiones del país.

Finalmente, el índice de evaluación para la creación de una región dio como resultado que la provincia de Valdivia está por sobre el promedio de su conjunto y entraría en la categoría de preaprobada.

En definitiva, los resultados obtenidos dan cuenta de la factibilidad cierta de que la provincia de Valdivia se constituya en región, para lo cual contaría con la estructura necesaria para enfrentar esa nueva condición sin que se generen problemas de cobertura o infraestructura pública que puedan afectar gravemente a la población.

La creación de la región de Los Ríos comprende 12 comunas. La provincia de Ranco, capital La Unión, comprende las comunas de La Unión, Paillaco , Futrono , Lago Ranco y Río Bueno. Y la actual provincia de Valdivia queda conformada por las comunas de Valdivia, Corral , Lanco , Los Lagos, Máfil , Mariquina y Panguipulli .

¿Vamos a seguir pidiendo estudios para darle esta categoría a la provincia de Valdivia? Mi respuesta es categórica. ¡Basta ya de seguir dilatando esto! ¡La gente no puede seguir esperando!

(Aplausos).

El análisis de la información disponible para las principales variables a considerar con el fin de tomar esta decisión, muestran que la zona de Valdivia es la segunda en importancia dentro de la Décima Región y que, ciertamente, se vería afectada en su desarrollo por la distancia existente desde Puerto Montt, capital regional, con las diferencias geográficas sociales y económicas que representan entre ellas.

Parte de los problemas que han manifestado las regiones y ciertos sectores que ellas comprenden, se centran en falencias propias de la descentralización.

En este sentido, uno de los obstáculos permanentes que deben enfrentar las zonas alejadas de la Región Metropolitana es la dificultad para tomar decisiones de manera más autónoma y menos burocrática respecto de la administración central.

De esta forma, así como el resultado esperado es aumentar y mejorar la distribución de los recursos destinados a las regiones mediante la modificación de la división política administrativa, también es necesario estimular la existencia de fondos cuya disposición y destino puedan decidir efectivamente las mismas autoridades regionales.

Se debe tener presente que la descentralización política administrativa resulta ineficaz si no va acompañada de recursos y de las correspondientes potestades para resolver sobre sus gastos e inversiones.

Señor Presidente , cuando recorro las comunas de mi distrito, soportando las inclemencias propias del tiempo me toca ver el otro Chile: distancias enormes, caminos de tierra, falta de infraestructura vial, escaso compromiso con la agricultura, con la inversión pública y con el turismo. Por eso, es necesario que las autoridades de Santiago conozcan nuestras regiones; que sepan que hay que pasar tres, cinco y siete horas arriba de un vehículo para ir de La Unión a Coñaripe, Liquiñe o Neltume. Imagínense la demora desde Puerto Montt. Recordemos la tragedia del lago Maihue: ahí nos hicimos famosos, pero nadie sabía que iban jóvenes en la barcaza. Ése es el Chile real. Nuestro país es uno solo, y todos queremos tener las mismas oportunidades.

Por eso digo sí a una mayor autonomía y descentralización; sí al apoyo a las regiones. Por Chile, por su gente y por la igualdad de todos los chilenos, apoyo totalmente la creación de la Decimocuarta Región de Los Ríos y de la provincia de Ranco.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Alfonso De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , aquí estamos los valdivianos, las valdivianas, las organizaciones que por más de 30 años han esperado este día. Aquí estamos para discutir la nueva región que soñaron tantos luchadores en Valdivia. Para eso estamos convocados y trabajando en ese sentido.

Después de casi 30 años de trabajo y esfuerzo incesante se ha reconocido la necesidad de revisar el proceso de regionalización y de ajustar el número de regiones, su diseño administrativo y modelo de gestión, como una decisión destinada a modernizar el territorio al ritmo y nivel de las exigencias de un mundo globalizado, innovador y competitivo.

La nueva región de Los Ríos es un paso importante y una gran oportunidad en esta trayectoria modernizadora. Lo es también para la región remanente, que igualmente será impactada por este cambio renovador.

La lucha por concretar la región de Los Ríos ha sido un largo y complejo proceso, con hechos políticos y técnicos que han comprometido a toda la sociedad valdiviana y buena parte de las autoridades que han gobernado nuestro país en los últimos años.

La resistencia de los valdivianos y valdivianas a perder la autonomía administrativa que tuvieron durante toda su historia republicana comenzó el mismo día que se creó la actual Décima Región de Los Lagos, en 1974.

Ésta es una lucha histórica; no del último tiempo, como la que hemos visto hace unos momentos, tratando de subirse a un proyecto.

(Aplausos).

Seamos serios en el debate. Todos tenemos legítimos derechos, pero hay una historia, una trayectoria.

No puedo dejar de reconocer en este especial momento a grandes luchadores que marcaron hitos imborrables en la historia de esta gesta regionalista.

En 1977, nace el Consejo de Desarrollo de la Provincia de Valdivia, integrado por destacados empresarios valdivianos y presidido por don Víctor Kunstmann . El compromiso empresarial siempre fue importante en la lucha por la región. También quiero recordar a don Arnoldo Michaelis y Luis Ibarboure , ligados, además, a la Corporación de Desarrollo de la Provincia de Valdivia.

En 1981, nace el Primer Comité Nueva Región, presidido por don Guillermo Lunecke e integrado por representantes de Valdivia y La Unión, tales como don Carlos Rojas , Heriberto Weber y la señora Inés Philips .

En 1990, después de asumir el primer gobierno democrático de la Concertación y de reabrirse los cauces de participación social, se reorganiza el Comité Nueva Región en la Cámara de Comercio Detallista de Valdivia, el que perdura hasta hoy, cumpliendo un papel decisivo en esta larga lucha.

En este comité resulta elegido como presidente don Raúl Basso -presente en las tribunas-, reconocido por todos como un hombre laborioso y tenaz. Además, el comité es integrado por destacados dirigentes de las organizaciones gremiales y sociales más representativas de la ciudad: Enrique Larraín y Leopoldo Rosales , ya fallecidos, Oscar Galloso , Miguel Ramírez , Heriberto Weber , Claudio Molina, Juan Carlos Miranda , Luciano Vera , Luis Vásquez , Juan Deppe , Ernesto Santibáñez .

En 1995, el aguerrido Comité Femenino por la Nueva Región, presidido por la reconocida dirigente doña Silvia Oyarzún , y a quien acompañan las señoras Silva Aguilar y otras destacadas mujeres, también se suma a la pelea.

(Aplausos).

El recordado senador Valdés también merece una mención especial. Su prestigio y compromiso siempre dieron un fuerte respaldo a las aspiraciones valdivianas, argumentando su interpretación y la necesidad histórica de reparar la injusticia cometida con la división regional de 1974.

Así nos encontramos ya en 1991 junto a los diputados Enrique Taladriz , ya recordado aquí, y Exequiel Silva , quienes presentaron una indicación para modificar los artículos 45 y 99 de la Constitución Política de la República y dotar los cauces constitucionales para esta reforma.

Un agradecimiento y un recuerdo a tantos y a tantas que han luchado. Seamos claros, hoy estamos discutiendo avanzar en un proceso de regionalización y no entendemos la razón de dilatar este proyecto. Llevamos más de 30 años peleando por los fueros de Valdivia; llevamos más de 30 años en una lucha que muchos ya fallecidos ni siquiera verán. Pero aquí está la decisión de Valdivia y de sus organizaciones.

Son muchos los actores. Un reconocimiento especial a la Asociación de Municipalidades de la provincia de Valdivia, presidida por el alcalde señor Alejandro Keller . Es la primera manifestación efectiva de iniciar la constitución de una nueva institucionalidad asociada a la división regional. Esta organización la integran los doce municipios de la región, independientemente del color político o de los intereses particulares existentes. ¡Así se trabaja de manera unida!

(Aplausos).

Son muchos los actores claves en este proceso por la nueva región que tienen raíces muy profundas en la organización social y en el tramado institucional de nuestra provincia.

No puedo menos que destacar a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y a cada una de las que hoy se han hecho presente y están expresando su lucha; a los concejales de la comuna; a las organizaciones sindicales, que han nutrido esta lucha de contenido social; a las agrupaciones de pescadores y a cada uno de los representantes de las distintas tiendas políticas, quienes han demostrado que, independientemente de cual sea su postura doctrinaria, están trabajando por este proyecto.

Reitero que esta iniciativa no sólo es buena para la provincia de Valdivia, sino para todo Chile. Es un gran proyecto. Por fin lo estamos tramitando y transitando hacia una real regionalización y reordenamiento del territorio nacional. Quienes no desean ver en él una oportunidad inédita de impulso de las potencialidades regionales de nuestro país, simplemente pretenden dilatar una división regional que, más temprano que tarde, llegará a su destino.

No pretendamos resolver a través de este proyecto problemas directos que tienen en sus comunas. No pretendan reivindicar hoy lo que ayer no hicieron sus parlamentarios.

(Aplausos).

Están dadas las condiciones políticas, económicas y constitucionales para modificar y perfeccionar la regionalización…

-Manifestaciones en tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Pido silencio a los asistentes a tribunas. No quisiera desalojarlas. No se puede interrumpir a los diputados en el hemiciclo.

Puede continuar diputado señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Están dadas, repito, las condiciones políticas, económicas y constitucionales para modificar y perfeccionar la regionalización existente, adecuándola a las nuevas realidades del país y del mundo. El país lo necesita.

En octubre del año recién pasado, el presidente Ricardo Lagos concurrió personalmente a la ciudad de Valdivia a firmar el proyecto de ley que la Cámara de Diputados somete hoy a votación y que ha sido aprobado prácticamente por unanimidad en las Comisiones de Hacienda y de Gobierno Interior.

No aleguemos ignorancia, porque el proyecto ingresó a tramitación hace bastante tiempo.

(Aplausos).

Quiero recordar -que quede constancia en el registro escrito de la sesión- que todos -lo reitero- que absolutamente todos los candidatos a la Presidencia de la República que ha tenido el país desde la recuperación de la democracia, en 1990, incluso quienes participaron en primarias dentro de sus partidos, como nuestro querido ministro del Interior , don Andrés Zaldívar , han suscrito, sin reservas y con pleno apoyo, las aspiraciones de Valdivia de convertirse en región. Ninguno se negó a ello.

Nuestra Presidenta , Michelle Bachelet , ha ratificado la importancia y urgencia de esta iniciativa. Los liderazgos políticos locales y regionales están disponibles, renovados y fortalecidos con una bancada provincial de diputados férreamente unida tras el objetivo de la creación de la nueva región.

También, se está trabajando seriamente en los diseños y propuestas institucionales para la nueva región. Además, la economía nacional vive un ciclo expansivo que permite mirar con optimismo tal posibilidad.

Nos comprometemos a ser actores responsables y profundamente motivados por vivir este momento histórico. Llamamos a un debate de altura, transparente e informado, con la vista puesta en el futuro, mirando con optimismo el destino de nuestra nueva región: con Valdivia como capital de la nueva región y Corral como puerto principal, con Máfil, con San José de la Mariquina y con La Unión como capital de la provincia de Ranco. Allí están puestos los destinos de nuestra nueva región.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo González.

El señor GONZÁLEZ .-

Señor Presidente , hoy nos convoca el proyecto, originado en un mensaje presidencial, que persigue crear la XIV Región de Los Ríos, que estará compuesta por las provincias de Valdivia y Ranco , a partir de la actual provincia de Valdivia, que tiene una larga historia, tanto en el Congreso Nacional como en las comunidades interesadas.

Antes hemos discutido, con algarabía y alegría, el proyecto que crea otra nueva región en la zona norte. Debemos señalar que también constituye un aporte a la regionalización y descentralización.

Sin duda, la descentralización no se agota con la creación de regiones. La descentralización es un proceso complejo e integral.

Pero, al crearse esta nueva región no se afecta a nadie en particular, sino que se reconoce la identidad y la historia de un sector de Chile que, durante más de treinta años, ha luchado por tener su propia estructura y regir sus propios destinos.

(Manifestaciones en las tribunas).

La región de Los Ríos y la provincia de Ranco se justifican por la inadecuada configuración geográfica y, principalmente, por la larga distancia que existe entre los puntos extremos de la Décima Región: Lanco y Palena .

Además, la actual provincia de Valdivia cuenta con instituciones y servicios públicos y tiene capacidad para subsistir como región.

La creación de la nueva región se basa en aspectos territoriales, históricos y geográficos, los cuales han dificultado, de verdad, su integración dentro de la actual región de Los Lagos.

Esta iniciativa no va en contra de ninguna provincia, sino a favor de una zona que lucha por tener su propia identidad y por defender sus derechos. Por tal razón, la bancada del Partido por la Democracia la va a apoyar.

La creación de la región de Los Ríos y provincia de Ranco, capital La Unión, no perjudica a ninguna zona o provincia de Chile. Al contrario, y vamos a solicitar al ministro del Interior , señor Andrés Zaldívar , presente en la Sala, que busque la fórmula de otorgar mayor autonomía a la provincia de Osorno, de manera de impulsar su desarrollo.

La bancada regionalista, cuya creación anuncio, va a luchar por defender la descentralización del país, los intereses de las regiones y el bienestar de sus comunas.

Vamos a seguir luchando por la elección de los consejeros regionales y para que los municipios tengan más competencia. La regionalización no se agota con el fortalecimiento de los gobiernos regionales. Debemos dar mayor competencia a los municipios, a fin de crear verdaderos gobiernos comunales, con facultades y recursos para desarrollarse.

Debemos continuar dándoles a las distintas regiones la posibilidad de tener ventajas competitivas; de adoptar sus propias decisiones, con el fin de evitar que ello se haga en la Región Metropolitana. El fin último debe ser un país descentralizado.

Por esa razón, y por el compromiso del ex Presidente Lagos y de la Presidenta Bachelet, votaremos a favor del proyecto en discusión.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ.-

Señor Presidente , soy profesor de derecho romano en la Universidad Austral de Chile, desde 1993. En estos trece años he visto el enorme esfuerzo de desarrollo que ha hecho cada una de las comunas de Valdivia.

Recuerdo que mi amigo y ex colega Juan Enrique Taladriz , tantas veces mencionado en esta Sala, hace mucho tiempo, me pidió el apoyo, que con gusto le dí, para la creación de una nueva región. Él ya era candidato a senador por Valdivia y Osorno y le advertí el riesgo que corría. Sin embargo, arriesgando su elección senatorial, se jugó por lo que llamaba la región de Valdivia y asumió los costos que su decisión tuvo.

Asimismo, quiero hacer un afectuoso y emotivo recuerdo de Exequiel Silva, gran amigo y excelente diputado , que también se jugó por la nueva región. Aquí no hubo banderías políticas.

Tengo un enorme cariño por Osorno. A su alcalde , Mauricio Saint-Jean Astudillo , lo conozco desde hace más de cuarenta años.

Sin embargo, la creación de una nueva región significa que ésta tendrá su propio fondo de desarrollo regional. Todos sabemos que cuando una región es demasiado extensa, sólo los proyectos de las grandes ciudades obtienen financiamiento.

Al apoyar la creación de esta nueva región no estamos actuando para perjudicar a nadie. Muy por el contrario, estamos ayudando a que a través de varios fondos regionales, uno por región, se puedan desarrollar los proyectos de las comunas más pequeñas y que, por lo mismo, tienen menos posibilidades de lograr éxito en esas presentaciones. Estoy pensando en comunas a las que he ido tantas veces y a las que tanto quiero: Llifén, Lago Ranco , Paillaco , Futrono , Corral , etcétera.

El proyecto dice que durante el primer año de aplicación de la ley, la distribución del 90 por ciento del Fondo de Desarrollo Regional se efectuará considerando las trece regiones actuales, y el monto que corresponda a la región de Los Lagos se distribuirá entre ésta y la nueva Región de Los Ríos, lo que fue aprobado con el quórum que se requiere.

La única circunstancia que me habría llevado a dudar sobre cómo votar el proyecto habría sido un aumento en el número de parlamentarios. Sin embargo, ese número no aumenta. Lo conversé hace unos minutos con el ministro del Interior , porque hay una indicación del Ejecutivo que llama a confusión. En la región ya están los cuatro senadores. Por lo tanto, no hay aumento en el número de parlamentarios.

Para terminar estas palabras, junto con felicitar al alcalde de Valdivia, Bernardo Berger, y a cada uno de los alcaldes y dirigentes sociales que desde las tribunas apoyan este proyecto de ley, quiero decir que, como diputado y profesor de la Universidad Austral de Valdivia, con entusiasmo votaré favorablemente la iniciativa.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Claudio Alvarado.

El señor ALVARADO.-

Señor Presidente, sin duda, existe una diferencia notable entre el anterior proyecto y el que ahora nos convoca.

Produce dolor el hecho de que una proposición tendiente a beneficiar a las regiones termine confrontando posiciones entre los habitantes de ciudades vecinas. Esto obedece al hecho de que la vida cotidiana de los ciudadanos no se ha visto desde todos los ángulos y perspectivas ni se ha escuchado a los involucrados.

(Manifestaciones en las tribunas).

En ese sentido, la premura, el ansia y el deseo de terminar rápido con la situación ha generado dificultades que no son menores. Tengo en mi poder una indicación para que los senadores de la actual decimoséptima circunscripción sur representen a Osorno, en circunstancias de que ni el señor Escalona ni el señor Kuschel obtuvieron un solo voto de un elector, por ejemplo, de Osorno. Eso es un absurdo, es ilógico.

(Manifestaciones en las tribunas).

Por lo tanto, llamo a tratar esta materia con la profundidad que requiere para que realmente hagamos las cosas bien. De alguna u otra forma, quiero reivindicar el derecho de todos los habitantes para repensar la división política administrativa del país.

En el otro extremo de la Décima Región existe la misma intención, la misma inquietud y el mismo deseo. Por ejemplo, nadie ha escuchado a la gente de Chiloé y Palena que tiene opinión o un punto de vista. Lo lógico, sano y adecuado es mirar las cosas sin la pasión del minuto, reflexionar con calma y tomar una buena decisión.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Vallespín.

El señor VALLESPÍN .-

Señor Presidente , como soy diputado del distrito N° 57 y no represento a Valdivia ni Osorno, no voy a hablar para las tribunas, sino pensando en el bien de la región y de la descentralización, en general.

Tengo grandes amigos en Valdivia y en Osorno y soy representante de la bancada regionalista, que va a apostar porque las regiones sean más fuertes y coherentes. Sin embargo, creo en territorios homogéneos, con capacidad de complementarse, articulados, para generar condiciones de desarrollo sustentable. Creo en espacios que puedan crecer para que el bienestar efectivamente llegue a todos.

Estimo pertinente revisar la estructura administrativa y política, porque ésta se generó en un gobierno de facto que la utilizó para la dominación y ahora se quiere un sistema descentralizado para la participación. En ese contexto, la demanda planteada por Valdivia se enmarca en ese derecho y en la búsqueda de espacios de mayor autorrealización.

Creo en la participación. Como ex intendente de la región, consciente de las dificultades para hacer una buena gestión regional en un territorio tan grande, con ciudades importantes que tienen liderazgos propios y actores potentes en esa materia, se puede avanzar hacia la positiva creación de una nueva región, en la actual región de Los Lagos.

Por ello, es factible pensar en su división, pero en una región norte fuerte y en una región sur fuerte y sustentable. Entiendo que los grandes desafíos se pueden emprender cuando existen regiones fuertes. La que se crea será más fuerte si somos capaces de incorporar en su territorio a la provincia de Osorno.

(Aplausos).

Pero quiero ser superclaro. Considerando que en la creación de una nueva región fuerte, en el marco de la actual región de Los Lagos, tanto en los líderes y en la comunidad de Valdivia, como en los líderes y en la comunidad de Osorno, no existen mezquindades, sino la búsqueda del bienestar para la gente, a todos y a todas, voy a dar una señal de compromiso, en el sentido de que la división se puede materializar si se vota favorablemente el proyecto, pero solicito al Gobierno que luego incorpore a la provincia de Osorno en la nueva región. Eso permitiría contar con una región norte y una región sur fuertes y dar viabilidad al sistema de regiones.

(Aplausos).

Para terminar, lo importante a futuro no es ver cómo nos dividimos, sino cómo creamos las condiciones para hacer más desarrollo en las regiones, lo cual tiene que ver con tres requisitos que el Gobierno debe tener muy claros: más poder para las regiones, lo que significa adoptar decisiones autónomas cada vez más cercanas a la gente; más recursos; es decir, no contar con un Fndr amarrado sólo a lo que el nivel nacional desee hacer, y, por último, más participación, lo que, en alguna medida, acá ha quedado en evidencia.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

En el tiempo del Comité del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado Carlos Abel Jarpa.

El señor JARPA .-

Señor Presidente , nuestro partido, el Radical Social Demócrata, está comprometido con las regiones, ya que como colectividad política nació en la provincia de Atacama. Hoy, sus parlamentarios representamos a distritos que incluyen capitales de provincia, pero ninguna capital de región, y estamos conscientes de que la actual distribución política y administrativa de Chile conduce a un centralismo nacional, regional y provincial que atenta seriamente contra el desarrollo económico, político y social, lo que se traduce en una tremenda desigualdad de nuestras comunas, provincias y regiones, como lo expresa el índice de desarrollo humano.

Por ese motivo, estimamos que es necesario y urgente estudiar un proyecto de ley integral en el cual se incluya, además de la distribución política y administrativa, la creación de nuevas comunas, provincias y regiones; pero regiones autónomas, con presupuesto propio y elección directa de sus intendentes y consejeros regionales.

Estamos por la creación de nuevas regiones -por ejemplo, la de El Loa, en la región de Antofagasta; la de Huasco, en la región de Atacama; la de San Antonio, en la región de Valparaíso; la de Ñuble, en la región del Biobío, entre otras-, además de las de Arica y Parinacota, y de Los Ríos. Es la preocupación y el anhelo de nuestras comunidades.

En nuestra opinión, estos proyectos son insuficientes y discriminatorios con el resto de las provincias que desean ser regiones. Además, no solucionan problemas de fondo, como los relacionados con la autonomía y la necesidad de contar con un presupuesto propio para tomar decisiones, de manera que sean sus propios habitantes, junto a sus autoridades, los principales actores del crecimiento o desarrollo de las regiones.

Por lo expuesto, solicitamos a nuestra Presidenta de la República que instruya a los organismos competentes el estudio de un proyecto integral que aborde el tema de la regionalización, en el que se incluyan el presupuesto propio, la autonomía y la elección de consejeros e intendentes regionales.

Aunque reconocemos el legítimo derecho de la ciudadanía de Arica y de la zona de Los Ríos a constituirse en regiones, por considerar insuficiente y fragmentario el proyecto, como se lo expresara personalmente a la ministra secretaria general de la Presidencia , señora Paulina Veloso , anuncio que nuestra bancada se abstendrá de votar.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Carlos Recondo.

El señor RECONDO .-

Señor Presidente , la forma como legislamos sobre una materia que reviste tanta importancia para el desenvolvimiento de la vida en común de toda la sociedad, como es un proceso de regionalización del país, me parece francamente lamentable.

Recordemos que ésta es la primera vez que, en dieciséis años de gobiernos de la Concertación, se aborda el proceso de regionalización en Chile. Es la primera vez que el Gobierno entrega una señal a todo el país de que tiene voluntad de emprender un proceso de revisión de la actual estructura administrativa de las regiones. Éste no es un hecho menor.

Cuando en el país ya se ha vivido treinta años con un esquema y estructura de regiones, con sus éxitos, fracasos, problemas y eficacias, y ahora se toma la decisión de abordar este tema por parte del Gobierno -quien, por lo demás, tiene la facultad constitucional para hacerlo-, sin duda, es una señal muy potente para los ciudadanos.

Sin embargo, pretender dar inicio a una revisión del proceso de regionalización mediante dos proyectos que crean dos nuevas regiones, sin antes abrir un proceso sistematizado, estructurado, que permita el debate y la discusión técnica, política, profunda e informada, me parece una falta de seriedad y de compromiso democrático abismante.

(Aplausos).

No puedo levantar mi voz para criticar a las provincias que luchan por este objetivo legítimo, que estiman y valoran como justo e, incluso, respecto del cual cifran esperanzas de mayor desarrollo y expectativas para su gente. Están en su legítimo derecho. He sido testigo privilegiado de la lucha valdiviana. Sin embargo, debo lamentar que en esta oportunidad se haya pretendido plantear esa legítima aspiración como el cumplimiento de una promesa electoral, sin entrar en los temas de fondo que importan de verdad en un proceso de regionalización.

No es posible que el Gobierno plantee un proyecto que crea una nueva región y modifique los límites de otra sin permitir el diálogo abierto y el debate en torno al tema.

No es posible que una Comisión de esta Cámara se preste para la tramitación de un proyecto de esta envergadura sin permitir audiencias públicas que posibiliten el diálogo y el debate fundado, técnico e informado, y que el Gobierno use las urgencias para impedirlo.

(Aplausos).

Al final, lo que está haciendo el Gobierno a través de este proyecto es la revisión del proceso de regionalización a partir de una iniciativa unilateral que no requiere debate ni participación. No queremos eso. ¿Será que la verdadera intención del Gobierno y de la Concertación es que el proceso de regionalización se revise y modifique sólo a partir de las iniciativas ciudadanas que, por legítimas o auténticas que puedan ser, en nada importarán, entonces, las conveniencias técnicas, económicas, geopolíticas, estratégicas, de soberanía, etcétera? Es decir, ¿el sólo deseo de un grupo de ciudadanos podrá dar origen a las futuras regiones? ¿Tendremos en el futuro tantas regiones como peticiones locales surjan? ¿Importa cómo se dibuja en definitiva el mapa electoral del futuro a partir de las microregiones, macroregiones o provincias? ¿Se analizará una vez que terminemos estas divisiones regionales y constatemos lo que resultó de este proceso? No. No se puede iniciar un proceso de regionalización sin conducción por parte del Gobierno. Me parece lamentable e irresponsable la forma. Me abstengo de otorgar legitimidad a un proceso tan falto de conducción y sin visión amplia de país y de Estado.

Tenemos que ser consecuentes con nuestros dichos y forma de actuar. Quiero preguntar, por su intermedio, al diputado Vallespín , cómo se consigue lo que plantea: incorporar a Osorno en esta nueva región y votar a favor la iniciativa. ¿La respuesta es que el Senado debe resolver? No. No podemos renunciar a nuestras obligaciones como diputados. Tenemos que ser coherentes con lo que decimos, con nuestros actos. Necesitamos que este proceso de regionalización se abra en forma amplia, con debate, y que Osorno sea parte activa. Queremos una nueva región, pero con Osorno incorporado en plenitud.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Karla Rubilar.

La señora RUBILAR (doña Karka).-

Señor Presidente , ésta es mi primera intervención en la Cámara y me referiré a un tema que tal vez no es mío, pero lo hago como diputada de un distrito de Santiago y en representación de un sentimiento importante de mi partido.

Renovación Nacional tiene un compromiso importante con la regionalización y hemos tenido bastantes reuniones para discutir lo que queremos, que es dar atribuciones y poder a las regiones; no bla, blá, sino cosas reales. Hoy es el momento de demostrar cuál es el compromiso verdadero.

Este paso es importante, pero siguen pendientes reformas mucho más profundas, como la elección popular de los consejeros regionales; el rol del intendente; la creación del cargo de presidente del Consejo Regional ; las modalidades para transferir recursos a las regiones; la forma de generar incentivos para las inversiones regionales, etcétera.

Creemos que los territorios tienen diversidad. Por ejemplo, no da lo mismo la calidad de la salud de la gente del sur que de la del norte ni la forma cómo se construye su vivienda. Tampoco es la misma forma cómo incentivamos las transmisiones de recursos en las regiones.

En ese sentido, debe ampliarse la infraestructura y la conectividad regional. Renovación Nacional tiene el siguiente slogan: “Para unir a Chile”, pero para unirlo con regiones fuertes y poderosas, con autonomía y presupuestos que les permitan contribuir y responder a su gente.

Por eso, hoy quiero decir a la gente de Valdivia y de Arica que Renovación Nacional se siente orgulloso de la diputada Ximena Valcarce y del diputado Roberto Delmastro ; son un honor para nuestra bancada, como también contar con alcaldes como Carlos Valcarce y Bernardo Berger .

Nuestro compromiso es tan grande que Renovación Nacional, a diferencia de otros partidos, votará en bloque a favor de la nueva región de Los Ríos y de la provincia de Ranco.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.

El señor ASCENCIO .-

Señor Presidente , porque encuentro absolutamente legítimo lo de Valdivia, no voy a votar en contra; porque creo que perjudica a Osorno, tampoco lo voy a votar a favor, y porque mejora con Osorno en esa región, voy a abstenerme.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.

La señora TURRES (doña Marisol).-

Señor Presidente , muchas veces hemos escuchado, sobre todo de la gente de regiones, la expresión “Santiago es Chile”. Si una persona se enferma de manera grave, debe buscar la forma de viajar a Santiago. Muchas familias recorren oficinas públicas y parlamentarias pidiendo recursos para poder atenderse en la capital.

Hoy, nuestra región está siendo azotada por un fuerte temporal de lluvia y viento. En la capital regional Puerto Montt, la gobernación provincial de Llanquihue y el Servicio de Impuestos Internos han debido cerrar sus puertas, dejando de atender público, porque los servicios de agua potable y alcantarillado no están en funcionamiento como consecuencia de las inundaciones. Repito, esto ocurre en la capital regional de la Décima Región. ¡Me parece una vergüenza!

Hoy, estamos discutiendo un proyecto que, en la forma, divide dos regiones. Sin embargo, el tema de fondo es cómo logramos romper el enorme poder central para terminar con la desigual distribución de los recursos.

Hace un mes, cuando asumí como parlamentaria, aproveché de recorrer las autopistas de Santiago, y no pude evitar traer a mi memoria los caminos rurales de nuestra región, no sólo los del distrito que represento, sino que también los de Osorno, Valdivia , Río Bueno o Paillaco . Son dos Chile absolutamente distintos.

¡Cuidado, los árboles no están dejando ver el bosque! Que Valdivia sea región, no va a solucionar todos los problemas que tienen ésta y muchas otras regiones. Necesitamos abordar, de una vez por todas, cómo desconcentramos el poder y los recursos; cómo logramos que los municipios tengan presupuesto para entregar una educación de calidad a nuestros hijos. Nuestros niños, muchos de los cuales asisten a escuelas rurales unidocentes, merecen las mismas oportunidades que los de las escuelas de Santiago, de Puerto Montt o de Valdivia. ¡Eso son nuestros desafíos! No se trata de regiones más o regiones menos; el tema es mucho más profundo.

Datos estadísticos proporcionados por el gobierno regional de Los Lagos relativos a la inversión pública, entre 1990 y 2002, nos señalan que el 28 por ciento de la inversión regional habría sido destinada a Valdivia, la siguen Llanquihue, con un 22 por ciento, y Osorno , con un 15 por ciento. ¿Se nota esa inversión? Creo que no. Tenemos serios problemas de eficiencia en el manejo de los recursos que, por cierto, son escasos en los municipios y en los gobiernos regionales. ¿Por qué en Santiago definen el tipo de vivienda que necesitan los habitantes de Chaitén, de Valdivia o de Puerto Montt, cuando nuestra realidad es distinta? ¿Por qué en Santiago definen el sistema educacional que debe imperar en el país, cuando tenemos realidades distintas?

Desde esta tribuna llamo a todos los parlamentarios de regiones a plantearnos seriamente la manera de hacer de las regiones la mitad de Chile, porque las promesas electorales, a la hora de tener que cumplirlas, se traducen en decisiones como ésta, en la que no se consideró la opinión de los habitantes de Osorno, ni se les preguntó si querían pertenecer a la nueva región, con capital en Valdivia, o si querían permanecer en la Décima Región.

El tema es serio y requiere voluntad y participación no sólo de quienes estamos en esta Cámara con buenas intenciones, sino también de la gente.

Por lo tanto, espero que se considere la voz de los valdivianos, pero necesariamente también hay que considerar la de los osorninos.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro.

El señor DELMASTRO .-

Señor Presidente , vayan mis primeros saludos afectuosos para todas las valdivianas y valdivianos que, tras un largo viaje nocturno, han concurrido a esta Cámara a presenciar uno de los actos más históricos que ha involucrado a nuestra provincia en los últimos treinta años. Hago extensivo este saludo afectuoso a los alcaldes, concejales, dirigentes vecinales, políticos y gremiales de Valdivia, al Comité Nueva Región, al Comité Provincial Femenino y a los medios de comunicación valdivianos.

El proyecto en debate es la culminación de un largo y constante proceso de reclamos y de muestras de insatisfacción que la comunidad de la provincia de Valdivia ha venido dando a conocer al país desde hace más de treinta años, época en la que se instaura la nueva división administrativa, con la creación de trece regiones.

El justo reclamo de Valdivia sobre la configuración geográfica de la Décima Región de Los Lagos, desde un comienzo, en 1974, no fue producto de un simple capricho, sino de que, con esa determinación, se hacía tabla rasa a más de cuatrocientos años de historia, en la que esta sociedad del sur había logrado cierto desarrollo social y económico, en armonía con su identificación regional local, con su idiosincrasia, con su cultura y sus costumbres y, especialmente, con su gente.

En aquel entonces, la provincia de Valdivia venía saliendo de una seguidilla de certeros golpes a su economía, que fueron dados por la fuerza de la naturaleza y por las malas e inadecuadas decisiones administrativas. Sólo para refrescar la memoria, debemos recordar que, a través de su historia, esta región sufrió el impacto de grandes incendios urbanos, tifones, terremotos y maremotos, que destruyeron gran parte de su infraestructura, el patrimonio privado, importantes industrias y gran parte de su patrimonio cultural, amén de las pérdidas humanas. La emigración de hombres y mujeres, especialmente jóvenes, hacia otras latitudes contribuyó a crear un ambiente de pesimismo y desazón, cuya coronación fue la creación de esta megaregión llamada Décima Región de Los Lagos.

Los habitantes de Valdivia siempre fueron capaces de superar esos graves inconvenientes, gracias al tesón, a la perseverancia y a la capacidad de sus empresarios, profesionales, trabajadores y autoridades locales.

Tenemos la suerte de contar en esta Sala con un ex intendente de la región de Los Lagos, hoy diputado, quien puede dar fe e ilustrarnos de los contratiempos que debió sortear para llegar a cada uno de los rincones que tuvo que visitar en el ejercicio de su cargo.

La Décima Región de Los Lagos es un territorio muy extenso que, si lo superponemos en el mapa de Chile, abarca desde Santiago a Lanco. Es una de las regiones más extensa y desmembrada de nuestra Patria.

La instauración de la Décima Región de Los Lagos, con cabecera de capital en la ciudad de Puerto Montt, a 220 kilómetros de distancia de Valdivia y a más de 350 kilómetros de las comunas limítrofes de la provincia, por el norte, significó un grave trastorno en la administración del Estado local, con la agravante de que esa zona requería, precisamente, continuidad en las obras de reconstrucción de la infraestructura y de los servicios básicos necesarios, especialmente a través de la inversión pública central, tras la cual, generalmente, la sigue la privada. Ambas, la inversión pública y la privada, se vieron interrumpidas, en la provincia de Valdivia, como consecuencia de la mala decisión del gobierno central de crear una región basándose en criterios geopolíticos y de seguridad nacional más que en razones de buena administración y de una realidad social y económica evidentes.

Valdivia y su gente se han sabido sobreponer a las adversidades, pero la pérdida de su autonomía administrativa y el hecho de que la toma de decisiones esté cada vez más lejana de la gente y de sus aspiraciones, han sido trastornos difíciles de superar.

La creación de la nueva región de Los Ríos no es fruto del capricho de una comunidad, sino que es consecuencia de innumerables estudios que se han realizado a través de estos años, que han demostrado, con cifras e indicadores regionales objetivos, que ella es necesaria y viable, pudiendo contribuir de manera significativa al desarrollo del país.

El gobierno militar, ya en 1978, reconoció esta diferencia y encargó los primeros estudios destinados a analizar la factibilidad de crear esta nueva región, a partir de la Región de Los Lagos. Los presidentes Frei y Lagos también reconocieron la existencia del problema. Es así como la anterior administración entregó facultades especiales, a través de instructivos presidenciales, al gobernador de Valdivia para la administración de la provincia, tal como se hizo con Arica.

Adicionalmente a los estudios señalados, es necesario recordar que durante estos treinta años organizamos innumerables seminarios, talleres y foros. A muchos de ellos fueron invitados representantes de la ciudad de Osorno, quienes nunca quisieron participar en esta idea de regionalización.

Esa es la verdad, y pido a los representantes de Osorno que reconozcan hidalgamente que nunca han estado involucrados en este proyecto de ley, excepto hace treinta años cuando iniciaron una protesta a propósito de la creación de la región de Los Lagos.

Es más, el año pasado, la Asociación de Municipalidades de la provincia de Valdivia envió cartas y oficios a las autoridades de Osorno, convocándolas a analizar en conjunto la futura región. Como respuesta recibieron un portazo en la nariz. ¡Ésa es la verdad!

En el transcurso de los últimos diecisiete años, todos los candidatos presidenciales que pasaron por Valdivia, como recordaba el ministro del Interior, se comprometieron a impulsar la idea de que se convirtiera en región, pero no por cuestiones populistas, sino por un asunto de conciencia.

En esta larga jornada regionalista, que hoy llega a una de sus etapas finales, ha participado un grupo humano maravilloso, cohesionado en torno a un sueño y a un destino común, que no se ha detenido a mirar el color político de cada uno y que no ha demostrado el deseo, a veces incontenible y propio de nuestra idiosincrasia, de obtener dividendos o beneficios personales.

Han pasado muchos años desde que se iniciara esta cruzada y no puedo dejar de recordar a próceres valdivianos, como don Víctor Kunstmann, don Andrés Fried, don Teófilo Grob y tantos otros que, sencillamente, estoy omitiendo.

Por eso, mi saludo y reconocimiento a quienes nos precedieron en esta Cámara e iniciaron la lucha por hacer realidad este proyecto, como el ex diputado Juan Enrique Taladriz y los ex senadores Enrique Larre, Marco Cariola y Gabriel Valdés.

En forma especial, vaya un saludo a mi amigo y ex colega Exequiel Silva , hasta hoy entusiasta e incansable luchador por la nueva región, a quien aprendí a conocer y apreciar a lo largo de los ocho años que me acompañó en el Congreso. A pesar de estar en tiendas políticas distintas, siempre nos unió el interés común por Valdivia y su gente.

Finalmente, deseo manifestar mi reconocimiento al diputado Alfonso De Urresti, con quien hemos logrado aunar las fuerzas necesarias en esta tarea, para trabajar codo a codo, junto a los diputados Gastón Von Mühlenbrock y Enrique Jaramillo, en los futuros proyectos que beneficien a la nueva región.

Tengo el placer y el honor de anunciar que la bancada de Renovación Nacional votará favorablemente el proyecto de ley que crea la región de Los Ríos y la provincia de Ranco.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Cito a reunión de Comités.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.

El señor MEZA .-

Señor Presidente , entre los muchos letreros que se enarbolan en las tribunas, hay uno que dice: “Osorno tiene voz y voto. No a la división regional. Súmate al No. Villa Lololhue”. Es un ejemplo de la tremenda necesidad que existe de incorporar a todo el país al diálogo ciudadano.

(Aplausos).

No es correcto que las legítimas aspiraciones de los chilenos y de las chilenas para descentralizar definitivamente al país, donde Santiago es un bolsillo de payaso que se lo traga todo, se topen con la demagogia y las descalificaciones para quienes pensamos distinto.

Esto también se relaciona con la necesidad de terminar con la división administrativa hecha por la dictadura en otro Chile, que ya no es el de hoy.

Este país, que no es el de ayer, necesita incorporar a cada una de las regiones y a todos los chilenos en la discusión para reorganizarse definitivamente.

Con esta redistribución administrativa, el despegue económico que necesita el país también debe incorporar un debate sobre la reforma al sistema binominal.

Además, a la imperiosa necesidad de Arica y de Valdivia, que reconocemos, de convertirse en regiones independientes, se une nuestro deseo radical de independizar, de buscar la autonomía, de hacer que cada región sea la dueña de su propio destino y de los recursos que le corresponden. Cada región debe elegir a su intendente, a sus consejeros regionales, etcétera, porque no podemos seguir dependiendo de las designaciones del gobierno de turno, del intendente de turno, que negará o entregará los recursos que requiere determinado sector de la población, dependiendo de si éste piensa distinto o no.

En una palabra, debemos ser más democráticos y solidarios. No podemos dividir autoritariamente el país, como a veces se pretende, sin el diálogo ciudadano que ello necesita. Hay que pensar en todo Chile; hay que pensar en que existen otras provincias y regiones que quieren ser parte de este proceso: Villarrica , Pucón , Curarrehue, Lican Ray y Loncoche quieren ser provincias, pero en este momento estamos utilizando un sistema de parches, poco serio, que satisface sólo las necesidades de unos pocos, en circunstancias de que Chile es uno solo.

(Aplausos).

Por lo tanto, nos gustaría muchísimo que el Ejecutivo asumiera de verdad la responsabilidad total en la reforma de la división administrativa del país. Y respecto de lo que no han sido capaces de hacer o no han podido lograr las autoridades de los pasados tres gobiernos, que por lo menos el actual recoja el guante e inicie un estudio verdadero, real y profundo sobre todas las necesidades que tiene Chile en cuanto a su reordenamiento y reorganización.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL ( Presidente ).-

Tiene la palabra el ministro del Interior , señor Andrés Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR ( ministro del Interior ).-

Señor Presidente , agradezco a la Cámara de Diputados por la oportunidad que me da para intervenir sobre el proyecto. En este caso, el Gobierno mantiene su compromiso, al igual que los gobiernos anteriores, de crear la nueva región de Los Ríos.

Este proyecto no es una novedad, como aquí se ha señalado, sino un compromiso adquirido por los gobiernos de los presidentes Patricio Aylwin, Eduardo Frei y Ricardo Lagos. Asimismo, durante la última campaña presidencial, todos los candidatos suscribieron el compromiso de crear la región de Los Ríos.

A través del proyecto enviado por el Presidente Lagos , que hoy discutimos en la Cámara de Diputados, se proponía crear la región de Los Ríos sobre la base de la provincia de Valdivia y, a objeto de conformar la región, se planteaba crear la provincia de Ranco. No me pronunciaré sobre los reclamos que se han hecho en uno u otro sentido respecto de la tramitación de esta iniciativa.

En mi calidad de ministro del Interior , hace pocos días fui informado del interés que había para extender el ámbito de la región de Los Ríos más allá del planteamiento primitivo, al cual estábamos comprometidos, e integrar la provincia de Osorno a esta región.

Frente a esa consulta y en las reuniones sostenidas con los parlamentarios de ambas provincias, por primera vez tuvimos la posibilidad de modificar el proyecto para incorporar a la provincia de Osorno, cuyos representantes fueron escuchados por los parlamentarios de Valdivia, pero no hubo acuerdo sobre el tema. No obstante, el Gobierno -lo va a ratificar aquí- hizo las siguientes afirmaciones.

Primero, el Gobierno tuvo la voluntad política de salir adelante con el proyecto que crea la región de Los Ríos, que, como he señalado, era un compromiso de todos los sectores y no sólo del Ejecutivo.

Segundo, no estamos cerrados a la posibilidad de revisar el proyecto para incorporar a la provincia de Osorno, pero teniendo claro que la capital será Valdivia y que se mantienen las provincias de Valdivia y de Ranco, señaladas en el proyecto.

También estuvimos de acuerdo en que era conveniente estudiar la manera de hacer una legislación más equitativa, porque el centralismo regional no sólo afecta a la nueva región que se busca crear, sino que a todas las regiones. Muchas veces el centralismo regional hace que los habitantes de las provincias se vuelvan contrarios o críticos a la administración de su región. Por eso, el debate es positivo y conveniente. Quizá este proyecto evite que este reclamo se reitere.

Estamos dispuestos a estudiar un mecanismo que haga más equitativa la administración regional. Primero, se podría establecer una distribución equitativa de los recursos de que dispone el gobierno regional en relación con las provincias, la que podría ser acordada por el propio gobierno regional, o bien, determinar cómo se ubica el poder y su ejercicio en las regiones, a través de las direcciones regionales de su servicio. Incluso, la decisión la podría adoptar el propio Core con determinados quórum.

Reitero, se debe estudiar un mecanismo que permita una distribución más equitativa en el gobierno regional, a fin de impedir presión por la creación de nuevas regiones porque sus habitantes se sientan marginados por el centralismo regional.

El Gobierno quiere que el proyecto se apruebe en general, pues abre un espacio a la discusión. Estamos dispuestos a colaborar y a poner todos nuestros oficios con el fin de lograr el mejor proyecto para la creación de la nueva región de Los Ríos. Lo importante es que su aprobación no signifique la victoria ni la derrota de nadie, sino que sea la victoria de la nueva región que se va a crear, por la que se ha luchado tanto tiempo. Como bien se ha dicho, no se trata de una lucha reciente, sino que se remonta a más de treinta años. En esas condiciones, el Gobierno hará todo lo que esté de su parte para que sea despachado por la Cámara de Diputados, ya sea con Valdivia, si no hay acuerdo, o con Valdivia y Osorno si hay acuerdo.

Este debate recién comienza, porque pasará al Senado y allí, seguramente, se producirá esta misma discusión. Luego, la Cámara de Diputados tendrá que pronunciarse sobre la propuesta del Senado. Si no hay acuerdo, se constituirá una comisión mixta, donde ambas ramas del Congreso Nacional tendrán que ponerse de acuerdo sobre qué tipo de región quieren. El Gobierno está dispuesto a apoyar la propuesta del Congreso, con el compromiso de crear la región de Los Ríos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Cerrado el debate.

En votación general el proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, con excepción de los artículos 1°, 2°, 6°, 8°, 9°, 10 y 13 permanentes; primero, segundo y tercero transitorios, que son materias orgánicas constitucionales, y del artículo 5° permanente, que requiere de un quórum de tres quintos de los diputados en ejercicio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 28 abstenciones.

El señor LEAL (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Hernández Hernández Javier; Lobos Krause Juan; Ojeda Uribe Sergio.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alvarado Andrade Claudio; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Díaz Del Río Eduardo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Jarpa Wevar Carlos Abel; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Norambuena Farías Iván; Olivares Zepeda Carlos; Paya Mira Darío; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Sule Fernández Alejandro; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Venegas Cárdenas Mario.

El señor LEAL ( Presidente ).-

En votación general los artículos 1º, 2º, 6º, 8º, 9º, 10 y 13 permanentes y los artículos primero, segundo y tercero transitorios, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 69 diputados en ejercicio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 74 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 32 abstenciones.

El señor LEAL (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Hernández Hernández Javier; Ojeda Uribe Sergio.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Díaz Del Río Eduardo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Goic Boroevic Carolina; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Norambuena Farías Iván; Olivares Zepeda Carlos; Paya Mira Darío; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Sule Fernández Alejandro; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Venegas Cárdenas Mario.

El señor LEAL ( Presidente ).-

En votación general el artículo 5º permanente, cuya aprobación requiere el voto afirmativo de 72 diputados en ejercicio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 24 votos. Hubo 36 abstenciones.

El señor LEAL (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aedo Ormeño René; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Nogueira Fernández Claudia; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Tarud Daccarett Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Verdugo Soto Germán; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Bustos Ramírez Juan; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Álvaro; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Saa Díaz María Antonieta; Súnico Galdames Raúl; Walker Prieto Patricio.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Díaz Del Río Eduardo; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Goic Boroevic Carolina; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Norambuena Farías Iván; Olivares Zepeda Carlos; Pacheco Rivas Clemira; Paya Mira Darío; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Sule Fernández Alejandro; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Venegas Cárdenas Mario.

El señor LEAL ( Presidente ).-

El proyecto vuelve a la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social para su segundo informe.

-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:

Al artículo 1°

N° 2

1. Del Ejecutivo , para eliminarlo.

Al artículo 6°

2. Del Ejecutivo para suprimirlo.

Artículo transitorio, nuevo

3. Del Ejecutivo , para incorporar el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo décimo.- Minetras no se modifique el actual sistema electoral establecido en la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la 16ª circunscripción senatorial estará constituida por las XIV Región de Los Ríos y la 17ª circunscripción senatorial etará constituida por la X Región de Los Lagos.”.

1.8. Oficio de la Corte Suprema

Oficio de Corte Suprema. Fecha 20 de abril, 2006. Oficio en Sesión 17. Legislatura 354.

Santiago, 20 de abril de 2006.

Oficio N° 38

Informe proyecto ley 51-2005

Antecedente: Boletín N° 4049-06

AL SEÑOR PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS DON ANTONIO LEAL LABRÍN VALPARAISO

Por Oficio N° 5953, de 13 de diciembre de 2005, el entonces Presidente de la H. Cámara de Diputados, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley N° 18.918 y lo preceptuado en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, ha recabado la opinión de esta Corte respecto del proyecto de ley recaído en el Boletín N° 4049-06, el que crea la XIV Región de Los Ríos.

Impuesto el Tribunal Pleno sobre el proyecto señalado, en sesión del día de hoy, presidida por el titular don Enrique Tapia Witting y con la asistencia de los Ministros señores Ricardo Gálvez Blanco, Alberto Chaigneau del Campo, Jorge Rodríguez Ariztía, Enrique Cury Urzua, José Luis Pérez Zañartu, Orlando Álvarez Hernández, Urbano Marín Vallejo, Domingo Yurac Soto, Jorge Medina Cuevas, Milton Juica Arancibia, Nibaldo Segura Peña, Adalis Oyarzún Miranda, Jaime Rodríguez Espoz, Rubén Ballesteros Cárcamo, Sergio Muñoz Gajardo, y la Ministra Suplente Sra. Margarita Herreros Martínez , acordó informar lo siguiente:

Es necesario exponer que este proyecto de ley tiene como fundamento para la creación de la Región de los Ríos el acoger las reclamaciones que desde siempre hubo de parte de la comunidad de la ciudad de Valdivia, por estimar que reunía los requisitos de capitalidad suficientes, en atención a fundamentos de carácter económico, regional, demográfico, territorial, histórico e institucional.

Así las cosas, la Región en cuestión quedará conformada con el actual territorio de la Provincia de Valdivia, fijándose su capital en la ciudad del mismo nombre. Además, implica necesariamente el establecimiento de una segunda provincia, la que se constituiría con parte del territorio de la actual Provincia de Valdivia. La nueva provincia será la de Ranco, con capital en la ciudad de La Unión.

Efectuadas estas consideraciones previas, se debe indicar que el proyecto sometido a consideración de esta Corte, en sus artículos primero y segundo, crea la XIV Región de los Ríos y dentro de ésta, la Provincia de Ranco. Por su parte, los artículos octavo, noveno y décimo introducen modificaciones al Código Orgánico de Tribunales en sus artículos 16, 21 y 37; al artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia; y a los artículos 1, 13 y 14 de la ley N° 20.022, que crea los Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional, respectivamente.

En efecto, en relación con el artículo 16 del Código Orgánico de Tribunales se suprime en el acápite correspondiente a la Décima Región de Los Lagos los párrafos referidos a los tribunales de garantía de la Provincia de Valdivia, que se trasladan a un nuevo acápite, que se incorpora a continuación del acápite correspondiente a la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena. En el mismo sentido, se modifica el artículo 21 del referido código, referido a los tribunales de juicio oral en lo penal.

En cuanto a los juzgados de letras, los actuales juzgados con asiento en la provincia de Valdivia son suprimidos del artículo 37 y trasladados al artículo 39 bis nuevo.

Un segundo aspecto del presente proyecto dice relación con la introducción de modificaciones al artículo 4° de la Ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia. En este sentido, se suprimen del acápite referido a la Décima Región de Los Lagos los cuatro jueces de Familia de Valdivia con competencia sobre dicha comuna y Corral y se trasladan a un nuevo acápite, a continuación del acápite correspondiente a la Región Metropolitana de Santiago.

Un último aspecto del proyecto que se somete al presente análisis, es el relativo a las modificaciones a los artículos 1°, 13 y 14 de la Ley N° 20.022, que crea los Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional. Con estas modificaciones, en la nueva región que se crea habrá un Juez de Letras del Trabajo en la comuna de Valdivia con competencia sobre dicha comuna y Corral.

Finalmente, cabe hacer presente que el proyecto no modifica el artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales, referido al territorio jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones, como sí lo hace el proyecto que crea la XV Región de Arica, Boletín N° 4048-06. Sin embargo, la modificación no sería estrictamente necesaria puesto que el artículo 11 del proyecto establece que las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan, a la Provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de los Ríos y las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región, deberán entenderse, asimismo, referidas a ambas regiones.

Con todo, de acuerdo a las consideraciones efectuadas, este Tribunal es del parecer de aceptar en su integridad el proyecto de ley sometido a su análisis y enviado por el H. Cámara de Diputados.

Saluda atentamente a V.E.

(Fdo.): ENRIQUE TAPIA WITTING, Presidente; CAROLA HERRERA BRUMMER, secretaria subrogante.

1.9. Segundo Informe de Comisión de Gobierno

Cámara de Diputados. Fecha 19 de mayo, 2006. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 30. Legislatura 354.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, REGIONALIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO.

__________________________________________________________________

BOLETÍN Nº 4049-06-2

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a emitir su segundo informe sobre el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en un Mensaje, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, con urgencia calificada de “simple”, la cual fue hecha presente por el Ejecutivo el día 9 del mes en curso.

Durante el estudio de esta iniciativa legal en el presente trámite, la Comisión contó con la asistencia y participación de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, doña Claudia Serrano, y de los asesores de esa repartición, señores Rodrigo Cabello y Luis Angulo.

**********

Al tenor de lo dispuesto en los artículos 130 y 288 del Reglamento de la Corporación, el informe recae sobre el proyecto aprobado en general por esta H. Cámara en su sesión de fecha 19 de abril pasado, con las indicaciones formuladas a dicho texto, y debe referirse expresamente a las siguientes materias:

I.- ARTÍCULOS QUE NO HAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI MODIFICACIONES.

Los artículos 2°, 4°, 7° y 12 permanentes, y los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 8° y 9° transitorios se encuentran en la situación arriba descrita.

II.- ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

Son orgánico constitucionales las siguientes disposiciones:

- Los artículos 1° y 2°, de conformidad al artículo 110 de la Carta Fundamental.

- El artículo 5°, según los artículos 18 y 49 de la Constitución Política.

Sin perjuicio de su rango orgánico constitucional, el aludido precepto del proyecto debe ser aprobado por los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio, conforme a la decimotercera disposición transitoria de la Ley Magna.

- El artículo 6°, según el artículo 18 de la Ley Fundamental.

- Los artículos 8°, 9° y 10, conforme lo señalado en el artículo 77 de la Carta Magna.

- Los artículos 13 permanente; 1°, 2° y 3° transitorios, de acuerdo al artículo 113 de la Constitución Política.

III.- ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.

No hay.

IV.- ARTÍCULOS MODIFICADOS.

Tampoco hay artículos modificados.

V.- ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.

No se incorporaron artículos al proyecto de ley en el presente trámite.

VI.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

Habida cuenta que el proyecto fue aprobado en los mismos términos que en el primer informe, no se requiere cumplir dicho trámite.

VII.- INDICACIONES RECHAZADAS.

Las siguientes indicaciones del Ejecutivo:

AL ARTÍCULO 1º

Para sustituir, en el artículo 1º, la frase “la actual provincia de Valdivia”, por la frase “las actuales provincias de Valdivia y de Osorno”, las dos veces en que aparece en este artículo.

AL ARTÍCULO 3º

Para introducir, en el nuevo numeral 14) que se incorpora al artículo 1º de la ley Nº 19.379, las siguientes modificaciones:

a) En la línea correspondiente a “Jefes de Departamento grado 8”, reemplázase el guarismo “2” por “1”.

b) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “8” por “7”.

c) Elimínase íntegramente el acápite referido a “DIRECTIVOS-CARGOS DE CARRERA” y los guarismos “9”, “1” y “1” que lo integran.

d) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 8”, reemplázase el guarismo “4” por “5”.

e) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 9”, reemplázase el guarismo “3” por “4”.

f) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “25” por “27”.

AL ARTÍCULO 5°

Para eliminar el numeral 2) del artículo 5°.

AL ARTÍCULO 6°

Para eliminar este artículo.

AL ARTÍCULO 8º

1) Para introducir, en el numeral 1 del artículo 8º, las siguientes modificaciones:

a) Reemplázase en la letra a), la expresión “Futrono” por “Purranque”.

b) Agrégase, al final del nuevo acápite incorporado por la letra b), a continuación del punto aparte que sigue a la palabra “Futrono”, los siguientes incisos nuevos:

“Osorno, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de San Juan de la Costa, San Pablo, Osorno y Puyehue.

Río Negro, con un juez, con competencia sobre las comunas de Río Negro, Puerto Octay y Purranque.”.

2) Para modificar el numeral 2 del artículo 8°, en lo siguiente:

a) Reemplázase en la letra a), las expresiones “el párrafo comprendido” y “Río Bueno” por las expresiones “los párrafos comprendidos” y “Purranque”, respectivamente.

b) Agrégase, al final del nuevo acápite incorporado por la letra b), a continuación del punto aparte que sigue a las palabras “Río Bueno”, el siguiente inciso nuevo:

“Osorno, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de San Juan de la Costa, San Pablo, Osorno, Puyehue, Río Negro, Puerto Octay y Purranque”.

3) Para reemplazar en el numeral 3 del artículo 8°, la expresión “Lago Ranco” por “Purranque”.

4) Para introducir las siguientes modificaciones al numeral 4) del artículo 8°:

a) Sustitúyese, en el inciso referido a comuna de Paillaco, la conjunción “y” final y la coma (,) que la antecede, por un punto y coma (;).

b) Sustitúyese, en el inciso referido a comuna de Río Bueno, el punto final (.) que sigue a la expresión “Lago Ranco”, por un punto y coma (;).

c) Agréganse, a continuación del inciso mencionado en la letra anterior, los siguientes incisos nuevos:

“Tres juzgados con asiento en la comuna de Osorno, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Negro, con competencia sobre las comunas de Río Negro y Purranque.”.

5) Para incorporar al artículo 8°, el siguiente numeral 5), nuevo:

“5) En su artículo 55:

a) Reemplázase en la letra n), la frase “las provincias de Valdivia y Osorno, de la Décima Región de los Lagos”, por la siguiente: ”la Décimo Cuarta Región de los Ríos”.

b) Elimínase en la letra o), la expresión “las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena de”.

AL ARTÍCULO 9°

a) Para reemplazar en el numeral 1) del artículo 9°, la expresión “Corral” por “Costa”.

b) Para agregar en el numeral 2) del artículo 9°, a continuación de la expresión “Corral”, el siguiente inciso nuevo:

“Osorno, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa”.

AL ARTÍCULO 10, N° 2

- Para reemplazar la letra a) del numeral 2 del artículo 10, la expresión “Lago Ranco” por “Purranque”.

- Para introducir las siguientes modificaciones en el nuevo artículo 39 bis propuesto por la letra b) del numeral 2) del artículo 10:

a) Sustitúyese en el inciso referido a comuna de Paillaco, la conjunción “y” final y la coma (,) que la antecede, por un punto y coma (;).

b) Sustitúyese en el inciso referido a comuna de Río Bueno, el punto final (.) que sigue a la expresión “Lago Ranco”, por un punto y coma (;).

c) Agréganse los siguientes incisos nuevos:

“Tres juzgados con asiento en la comuna de Osorno, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Negro, con competencia sobre las comunas de Río Negro y Purranque.”.

AL ARTÍCULO 11

Para intercalar, en el artículo 11, a continuación de la palabra “Valdivia”, las expresiones “o a la provincia de Osorno”.

AL ARTÍCULO 13

Para suprimirlo, pasando el actual artículo 14 a ser artículo 13.

ARTÍCULO TRANSITORIO, NUEVO

Para incorporar el siguiente artículo primero transitorio, nuevo, pasando los actuales artículos transitorios primero y siguientes a ser segundo y siguientes, respectivamente:

“Artículo primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquel con cargo al presupuesto de la nueva Región.”.

AL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO ACTUAL

Para sustituir, en el artículo primero transitorio, que ha pasado a ser segundo transitorio, la frase “la provincia de Valdivia”, por la frase “las provincias de Valdivia y de Osorno”.

AL ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO

Para intercalar, en la primera oración del artículo séptimo transitorio, a continuación del verbo “instalar” la frase “y determinar la localización de”; y para agregar, a continuación de la expresión “Los Lagos”, la siguiente frase, precedida de una coma (,):”velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional.”

ARTÍCULO TRANSITORIO NUEVO

Para incorporar el siguiente artículo décimo transitorio, nuevo:

“Artículo décimo.- Mientras no se modifique el actual sistema electoral establecido en la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la 16ª circunscripción senatorial estará constituida por la XIV Región de Los Ríos y la 17ª circunscripción senatorial estará constituida por la X Región de Los Lagos.”.

Todas las indicaciones reproducidas fueron rechazadas por 10 votos contra 2, excepción sea hecha de la que proponía eliminar el artículo 6°, que lo fue por unanimidad.

VIII.- INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No hay indicaciones que se hallen en el supuesto antes referido.

************

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las consideraciones que pueda dar a conocer oportunamente el Diputado Informante la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recomienda la aprobación del siguiente

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende la actual provincia de Valdivia, de la Región de Los Lagos y la nueva provincia de Ranco, a que se refiere el artículo siguiente. Los límites de la actual provincia de Valdivia se encuentran establecidos en el artículo 10 del Decreto con Fuerza de Ley Nº2-18.715, del año 1989, del Ministerio del Interior.

Artículo 2º.- Créase en la Región de Los Ríos la provincia de Ranco, capital La Unión, que comprende las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, de la actual provincia de Valdivia, la cual queda a su vez conformada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panguipulli

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Biobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la Ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 4° de la Ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos

Artículo 13.- Autorízase al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región.

El traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos, con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos se efectuará en el plazo de 30 días contado desde la fecha de vigencia de esta ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Artículo 14.- La presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo segundo.- La Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la presente ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional

La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo tercero.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación a los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la Ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo cuarto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo quinto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo sexto.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo séptimo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la presente ley.

Artículo octavo.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la Ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo noveno.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la Ley Nº18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.”.

**********

Se designó DIPUTADO INFORMANTE al señor De Urresti, don Alfonso.

**********

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 2, 9 y 16 de mayo del año en curso, con la asistencia de los señores De Urresti, don Alfonso (Presidente); Ascencio, don Gabriel; Bauer, don Eugenio; Becker, don Germán; Delmastro, don Roberto; Duarte, don Gonzalo; Egaña, don Andrés; Farías, don Ramón; Hernández, don Javier; señora Isasi, doña Marta; Jaramillo, don Enrique; Ojeda, don Sergio; señora Pascal, doña Denise; señora Sepúlveda, doña Alejandra; Valenzuela, don Esteban; y Von Mühlenbrock, don Gastón.

Sala de la Comisión, a 19 de mayo de 2006.

SERGIO MALAGAMBA STIGLICH

Abogado Secretario de la Comisión

1.10. Discusión en Sala

Fecha 06 de junio, 2006. Diario de Sesión en Sesión 30. Legislatura 354. Discusión Particular. Se aprueba en particular.

CREACIÓN DE LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO. Primer trámite constitucional.

El señor LEAL ( Presidente ).-

Corresponde tratar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, con urgencia calificada de simple.

Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social es el diputado señor Alfonso de Urresti.

Antecedentes:

-Segundo informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, boletín N° 4049-06. Documentos de la Cuenta N° 7 de esta sesión.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a emitir su segundo informe del proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, de origen en un mensaje, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, con urgencia calificada de simple, hecha presente por el Ejecutivo el día 9 de mayo pasado.

Durante su estudio, la Comisión contó con la asistencia y participación de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, doña Claudia Serrano , y de los asesores de esa repartición, señores Rodrigo Cabello y Luis Angulo .

Al tenor de lo dispuesto en los artículos 130 y 288 del Reglamento de la Corporación, el informe recae sobre el proyecto aprobado en general por la Sala en su sesión

de 19 de abril pasado, con las indicaciones formuladas a su texto, y se refiere expresamente a las siguientes materias:

Los artículos 2°, 4°, 7° y 12 permanentes, y los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 8° y 9° transitorios no fueron objeto de indicaciones ni modificaciones.

Los artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado son, de acuerdo a las disposiciones constitucionales que en cada caso se indican, los siguientes.

Los artículos 1° y 2°, de conformidad con el artículo 110. El artículo 5°, según los artículos 18 y 49. Sin perjuicio de su rango orgánico constitucional, el aludido precepto debe ser aprobado por los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio, conforme a la decimotercera disposición transitoria de la carta magna.

El artículo 6°, según el artículo 18.

Los artículos 8°, 9° y 10, de conformidad con lo señalado en el artículo 77.

Los artículos 13 permanente; 1°, 2° y 3° transitorios, de acuerdo con el artículo 113 de la Constitución.

No hay artículos suprimidos ni artículos modificados. Tampoco se incorporaron artículos nuevos.

Con respecto a los artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda, se consideró que, habida cuenta de que el proyecto fue aprobado en los mismos términos que en el primer informe, no se requiere cumplir con dicho trámite.

Con respecto a las indicaciones rechazadas, debo informar que las proposiciones formuladas por el Ejecutivo para integrar a la provincia de Osorno al proyecto de creación de la Región de Los Ríos fueron rechazadas por 10 votos contra 2, y se encuentran reproducidas en el informe emitido por la Comisión, con excepción de la indicación que proponía eliminar el artículo 6°, que fue rechazada por unanimidad.

Se deja constancia de que se efectuó una primera votación, en la cual se produjeron 2 rechazos, 2 aprobaciones y 8 abstenciones.

Como consecuencia de lo expuesto, la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recomienda la aprobación del proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos, cuyo texto los diputados tienen a su disposición.

Asimismo, se propone el rechazo de las indicaciones del Ejecutivo y se sugiere la aprobación del texto original.

Lo tratado y acordado por esta Comisión corresponde a las sesiones celebradas los días 2, 9 y 16 de mayo del año en curso, con la asistencia de los señores De Urresti, don Alfonso ( Presidente ); Ascencio, don Gabriel ; Bauer, don Eugenio ; Becker, don Germán ; Delmastro, don Roberto ; Duarte, don Gonzalo ; Egaña, don Andrés ; Farías, don Ramón ; Hernández, don Javier ; señora Isasi , doña Marta; señores Jaramillo, don Enrique ; Ojeda, don Sergio ; señoras Pascal, doña Denise ; Sepúlveda , doña Alejandra ; señores Valenzuela, don Esteban ; y Von Mühlenbrock, don Gastón .

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

En discusión el proyecto de ley.

Habrá dos intervenciones de 5 minutos, los que se podrán acumular.

Tiene la palabra el diputado Javier Hernández .

El señor HERNÁNDEZ .-

Señor Presidente , nos encontramos a punto de votar la creación de la Región de Los Ríos, sobre la base del territorio de la actual provincia de Valdivia y en el marco de un proceso parlamentario que me parece demasiado corto y carente del análisis profundo que una reforma de esta magnitud amerita.

Como diputado del distrito 55 y representante de tres comunas de la provincia de Osorno, no puedo más que sentir una profunda decepción por todo este tema.

Los osorninos nos sentimos manoseados por el Gobierno, por cuanto éste no tuvo la más mínima sensibilidad para acoger nuestros planteamientos, y simplemente nos pasó la aplanadora.

Los osorninos hicimos ver nuestra disposición de perfeccionar algunos aspectos del proyecto. Fundamentalmente pedíamos que se asegurara que nuestra provincia no iba a ser discriminada en la asignación de los recursos. Pero lo único que conseguimos de parte del ministro del Interior y de la subsecretaria de Desarrollo Regional fue una negativa a la posibilidad de conversar para ahondar sobre estos temas.

Lo he dicho en forma reiterada. Éste pudo haber sido un proyecto de unidad; pero, lamentablemente, se ha convertido en motivo de discordia en nuestra zona. Todos fuimos testigos de lo que pasó en tribunas en la sesión de Sala en el primer informe, con cientos de osorninos, por un lado, y cientos de valdivianos, por el otro, en circunstancias de que podría haber sido una instancia de unión. Que ello no haya ocurrido es de total y exclusiva responsabilidad del Gobierno.

Los osorninos sólo pedíamos ser considerados de igual manera que los valdivianos: no ser discriminados en la asignación de los recursos, no crear una provincia de manera artificial y discutir la posibilidad de instalar la capital de la región en el eje La Unión-Río Bueno. Pero no hubo voluntad alguna de dialogar, pues tanto el ministro Zaldívar como la subsecretaria Serrano nos dijeron que esos temas no se discutían.

Todos esos planteamientos apuntaban en una sola dirección: evitar que en la nueva región nuestra provincia se viera perjudicada en la distribución de los recursos, tal como nos viene ocurriendo desde hace años con

Puerto Montt, como capital de la región. Se trataba, simplemente, de que se nos asegurara que en la Región de Los Ríos tendríamos un mejor pasar y mayores perspectivas de desarrollo. No pretendíamos poner trabas de última hora al proyecto valdiviano, como algunos colegas parlamentarios lo quisieron hacer ver. Incluso, majaderamente se dijo que nuestra provincia no tenía una postura frente a la división regional. A ellos les digo que están profundamente equivocados, porque siempre la hemos tenido y ha sido muy clara. Queremos una profunda revisión sobre la regionalización y descentralización en todo el país. Ésa es la postura más clara y sensata de todas. Si alguien no lo quiere entender, pues que no lo entienda.

Ahora, quiero detenerme un momento en el tema de los recursos, porque se trata de un punto demasiado importante. Gran parte de la aspiración valdiviana por convertirse en región pasa porque, supuestamente, ha sido postergada en la distribución de los recursos en la Región de Los Lagos. Sin embargo, las cifras de la inversión pública provincial para el período 1990-2002 muestran que la provincia de Valdivia se lleva la mayor parte del presupuesto regional, con el 27,7 por ciento, mientras que la provincia de Osorno apenas recibe el 15,4 por ciento, muy lejos de Valdivia y de la provincia de Llanquihue, que se queda con el 22,5 por ciento.

Si consideramos las cifras de inversión pública, de manera comunal para este mismo período, Osorno sigue estando muy por debajo de Valdivia y Puerto Montt, tanto en las cifras totales como en la inversión per cápita.

Estas cifras son el mejor respaldo y la mejor explicación en cuanto a las garantías que pedíamos los osorninos para incorporarnos a la nueva región. No nos podemos ir a ciegas, no podemos firmar un cheque en blanco al Gobierno; no nos podemos dar el lujo de unirnos a una nueva región donde no se nos garantice nada y donde, para ser muy franco, nunca ha existido unanimidad entre los valdivianos en torno a la incorporación de Osorno.

La Región de Los Ríos entregaba la oportunidad histórica de que, a la hora de repartir los recursos, mediante una experiencia piloto hubiera quedado estipulado por ley un trato igualitario entre las distintas provincias. El ministro Zaldívar dijo que no, porque ello ameritaba una reforma constitucional. Me gustaría preguntarle por qué se puede reformar la Constitución para crear nuevas regiones y no para establecer un trato igualitario entre dos provincias. Por desgracia, nos perderemos esa oportunidad. Lo lamento por Valdivia y por el resto de las regiones, porque siempre se nos manifestó que la Región de Los Ríos sería una iniciativa piloto, donde se desarrollaría un nuevo modelo de gestión, lo que en el proyecto no aparece en parte alguna.

Más aún, el ideólogo y por años impulsor de este proyecto, el ex senador Valdés , ha dicho en medios escritos de la zona que el actual proyecto es malo, palabras que han sido acentuadas por su sucesor, el senador Frei , quien ha dicho que el proyecto no es innovador y no presenta ningún nuevo modelo de gestión. Simplemente se está creando un enorme aparataje estatal, con intendencias, seremías y servicios públicos, además de una nueva gobernación. Pero hasta el momento nada sabemos del modelo distinto, moderno, con menos burocracia estatal, que se convertiría en el camino a seguir para todas las regiones.

Finalmente, manifiesto que votaré nuevamente en contra del proyecto...

(Manifestaciones en las tribunas).

...pero no en contra de Valdivia ni de su aspiración de convertirse en región, la que siempre he respetado, sino que votaré en contra de un Gobierno que simplemente se olvidó de los osorninos.

Quiero también dejar establecido que aquí se está marcando un camino. Los poderes Ejecutivo y Legislativo le están diciendo a Chile que una forma de descentralizar es crear nuevas regiones. Hoy, se está mandando una potente señal a los chilenos en cuanto a que la solución a los problemas de descentralización del país pasa por crear unidades territoriales más pequeñas. A eso se deben los movimientos que se están levantando en El Loa, Ñuble, Aconcagua, Chiloé y Maule en el sur, entre muchos otros lugares.

Reitero que ya se entregó al ministro Zaldívar una petición para que la provincia de Osorno se convierta en región. Esta iniciativa ha encontrado respaldo entre autoridades de distintos colores políticos de la zona y ha sido avalada por académicos, ya que, si se consideran los argumentos y parámetros técnicos que han justificado la creación de Arica y Valdivia , nuestra provincia presenta aún mayores potencialidades para entrar en este proceso.

Espero que el nuevo camino que está emprendiendo Chile, de provincializar las regiones, sea la solución a un país que está enfermo de centralismo. Espero también que, más adelante, seamos capaces de debatir los problemas de regionalización y descentralización de manera profunda y considerando los argumentos de todos los actores involucrados para que no se vuelvan a repetir los vicios de este proyecto.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ.-

Señor Presidente , quiero expresar mi alegría porque, finalmente, hoy se hace realidad un proyecto que iniciara con tanto entusiasmo nuestro querido amigo y ex colega Juan Enrique Taladríz .

(Aplausos en las tribunas).

Cuando Juan Enrique Taladríz nos pidió el apoyo para esta iniciativa, le dije: “ Juan Enrique , tú quieres ser candidato a senador, pero quiero advertirte que si tu proyecto no sale vas a perder la elección, porque no sacarás votos en Osorno”. Él me respondió: “Primero, voy a luchar por la región de Valdivia para lo cual pido tu apoyo y el de todos los parlamentarios”.

Desde 1993, he viajado muchas veces a Valdivia para hacer clases en la Universidad Austral, en donde soy profesor, y he podido sentir el legítimo anhelo de los valdivianos y valdivianas, de distintas actividades y edades, de ver convertida su provincia en región.

Esto no es simplemente un afán por obtener el título de región para la provincia de Valdivia, sino porque las regiones deben darse en forma natural y no artificial. La ley debe recoger la realidad local y no pretender forzar las cosas a lo que no son ni nunca han sido. En verdad, la región debe ser Valdivia, porque esa provincia nada tiene que ver con el resto de las que comprendían esa región.

Creo que ahora se está haciendo justicia. Además, estoy convencido de que no hay ningún propósito de perjudicar a Osorno. Por el contrario, se trata de separar Valdivia de esa provincia con el objeto de que cada una pueda desarrollarse en forma autónoma y con mucho más libertad que en la camisa de fuerza en que estaban metidas ambas, al conformar una sola región. Además, un factor que influye para que Valdivia sea comprendida en la región de Los Ríos es que, en la práctica, estaba funcionando como tal.

Por eso, con mucho gusto, voy a votar favorablemente,

(Aplausos en las tribunas).

...y espero que, dejando de lado todo tipo de consideraciones, logremos reunir muchos más votos que los requeridos, de acuerdo con la Constitución, para crear una nueva región, de manera que la Cámara de Diputados apoye en forma transversal la creación de la nueva región de Los Ríos.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el honorable diputado Sergio Ojeda.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Ruego a los asistentes a las tribunas no hacer manifestaciones.

El señor OJEDA .-

Señor Presidente , durante la discusión general dimos a conocer los argumentos por los cuales nos oponíamos a la creación de la Región de Los Ríos, los que fueron compartidos por muchos diputados. Incluso, muchos colegas que desconocían los antecedentes y los motivos por los cuales nos oponíamos a la iniciativa se convencieron y, a pesar de estar a favor de la creación de la región de Los Ríos, se abstuvieron, por considerar que el proyecto era improcedente.

Hoy, cuando nos corresponde analizar la iniciativa en particular, tenemos la oportunidad de señalar en forma precisa por qué no aceptamos incorporarnos a la nueva región, no obstante haberlo solicitado con anterioridad.

La Sala, indudablemente, no entenderá nuestra posición si la mira superficialmente y no va al fondo de nuestras explicaciones y fundamentos.

El Ejecutivo presentó una indicación para incorporar a la provincia de Osorno a la Región de Los Ríos, pero nos opusimos, porque estimamos que no consideró las peticiones que habíamos señalado en la Comisión de Gobierno Interior. Nosotros también tenemos legítimo derecho a pedir la incorporación de la provincia de Osorno a la Región de Los Ríos, tal como se ha hecho respecto de Valdivia, y lo hemos hecho democráticamente, sobre la base de argumentaciones y elementos que justificarían tal petición. Finalmente, logramos que el Ejecutivo presentara una indicación en tal sentido, pero no queremos que sea a secas; no deseamos llegar a una región así como así.

Manifestamos aquí que la creación de la región de Los Ríos, considerando únicamente el territorio de la provincia de Valdivia era impresentable. Dijimos también que no podían crearse más regiones sin analizar previamente la actual división regional y su funcionamiento, para llegar, en lo posible, a una región modelo, y partir de allí. Hay un proceso de regionalización, una división de territorio nacional en regiones, muchas de las cuales no están funcionando bien. El proceso ha fracasado, y por eso es lícito hacer un análisis sobre la materia.

En aquella oportunidad dijimos también que la Región de los Ríos podía ser válida sólo si se integraba a la provincia de Osorno y lo reiteré con mucha fuerza. Asimismo, expresé que no queríamos integrarnos sin que se cumplieran nuestras exigencias: creación de corte de apelaciones; recuperación de la unidad geopolítica de la provincia, que está dividida en dos distritos; determinación, por ley, de la secretaría regional y de los servicios respectivos, que podrían quedar en Osorno o en Valdivia; preestablecimiento de los fondos sectoriales y los del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, con un importante porcentaje para Osorno, y no el miserable porcentaje que se nos otorga ahora. Sin embargo, no se nos ha dado nada; no se nos consideró en nada. Esto es como un proceso irreversible, avasallador, sin mirar para atrás ni para el lado.

Los valdivianos dirán que no piden nada, pero su proyecto se está tramitando. La sola creación de la Región de Los Ríos es un privilegio para ellos. Además, la instalación de la capital regional en la comuna de Valdivia, desde luego, les da muchas ventajas.

No queremos integrarnos a una nueva región que signifique más de lo mismo o quedar en peores condiciones, ni ser el patio trasero de nadie. Queremos ser una provincia digna e integrarnos a la región en igualdad de condiciones.

En la actual región, que consta de cinco provincias, siempre nos han marginado o nos han priorizado en tercer o cuarto lugar. Aunque contamos con una importante población y con un gran territorio y hacemos un sustancial aporte al Fondo Común Municipal, recibimos un porcentaje menor que el que perciben Llanquihue y Valdivia .

Si ha habido una provincia discriminada y relegada en cuanto a proyectos o presupuestos, ésa ha sido Osorno.

¡Cómo es posible, señor Presidente ! Fondo Común Municipal: la comuna de Osorno aporta 2.813 millones 782 mil pesos y recibe apenas 1.522 millones 30 mil pesos. En cambio, la comuna de Valdivia aporta 1.980 millones 480 mil pesos y recibe 3.285 millones 319 mil pesos; el doble de lo que se nos entrega a nosotros, que recibimos mucho menos de lo que aportamos.

¿Y qué podemos decir del Fondo Nacional de Desarrollo Regional? Valdivia recibe el 26 por ciento; nosotros apenas el 17 por ciento.

¡Ni hablar de los fondos sectoriales! Osorno recibió, durante los años 2000, 2001 y 2002, 15.416 millones 324 mil pesos; es decir, el 8,2 por ciento, y Valdivia, 78.764 millones 549 mil pesos; el 42 por ciento.

¡Ésa es la realidad de la Décima Región! Osorno es una provincia que ha sido postergada y marginada, lo que queda graficado con lo siguiente: ¿Qué provincias han recibido los mayores aportes? Valdivia y Llanquihue.

Nosotros aportamos el 1 por ciento del Producto Interno Bruto y la región el 3 y tanto por ciento. ¡Qué mejor ejemplo para reflejar la realidad y la imagen de nuestra provincia: damos mucho, pero recibimos poco!

No queremos seguir siendo discriminados ni ser la tercera provincia de la nueva región. Nada ganamos con la incorporación que se nos ofrece. Es una pena, porque habría sido una oportunidad única para haber creado una linda región; una región con proyección, con vocación productiva agrícola, ganadera y forestal. No la estamos aprovechando; pero nosotros no somos los responsables. Aquí hay un responsable: el Gobierno, que no hizo absolutamente nada por establecer una región que podría haber sido un gran aporte para el país.

El Gobierno nuevamente no nos escuchó. El día que se presentó la indicación para incorporar a Osorno, le pedimos muchas veces a la Subsecretaría de Desarrollo Regional -no fuimos a suplicarles, sino que se lo exigimos como diputados- que nos dieran tiempo para consultar con nuestros representados sobre la indicación, porque no nos mandamos solos, que nos dieran tiempo para seguir conversando. Pero no se nos dió esa posibilidad, en circunstancias de que, no obstante haber dos semanas libres, la indicación podría haberse visto hoy y nada se habría perdido. Habríamos actuado tranquila y transparentemente, sin que hubiera sucedido lo que está ocurriendo ahora. A lo mejor, habríamos ganado.

Lamentamos la inflexibilidad del Gobierno, que nunca retiró la urgencia. Con la espada de Damocles sobre nuestras cabezas o entre la espada y la pared no se puede avanzar ni conversar, y mucho menos legislar.

Ya veremos cuál será el tratamiento del proyecto en el Senado y si el Ejecutivo se doblega y retira la urgencia. Ahí veremos si nos valoran como Cámara de Diputados.

Considerábamos que este proyecto era una oportunidad para que nuestra provincia hubiera quedado en mejores condiciones que las actuales; pero no la sacrificaremos para dejarla en peores condiciones.

Estamos agradecidos de la tierra que nos vio nacer. Así como amamos a la patria, también amamos a nuestra tierra; el terruño es la patria del corazón. Así como Valdivia considera legítimo transformarse en región, nosotros también queremos que entiendan que buscamos nuestro destino y peleamos por mejorar nuestras actuales condiciones. ¡Pero así, no! Además de los beneficios económicos y políticos que correspondería que el Estado entregara a nuestra provincia, defenderemos su dignidad.

Seguiremos luchando para hacer de Osorno una gran provincia, para que en el futuro podamos transformarnos, con toda justicia, en una muy buena región.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el honorable diputado Fidel Espinoza.

El señor ESPINOZA (don Fidel).-

Señor Presidente , cuando hace algunas semanas se discutió en general el proyecto que hoy nuevamente nos convoca, fui uno de los diputados que se abstuvo en la votación por razones muy claras y concretas.

En aquel entonces consideré que el proyecto, a pesar de las legítimas aspiraciones de una provincia que ha luchado unida en esta materia, había dejado fuera de la discusión a parte importante de la región. Me refería, en particular, a la provincia de Osorno -que represento aquí-, que cuenta con 60 mil ciudadanas y ciudadanos, distribuidos en las comunas de Purranque, Río Negro, Osorno y Puerto Octay.

Después de semanas de reflexión, he decidido votar a favor de que Valdivia sea región.

(Aplausos en las tribunas).

Pero, quiero explicar claramente este cambio de posición. En aquella ocasión dije en esta Sala que el tema en discusión no era si resultaba legítimo que Valdivia se transformara en región. Creo que Valdivia y Arica, en particular, han dado un claro ejemplo de sociedad civil comprometida fuertemente en un objetivo común, tras el cual diferentes actores -políticos, empresarios y dirigentes sociales- se han mantenido unidos en una lucha de años, de décadas.

No debemos obviar los ejemplos de Valdivia y Arica, pues representan una cohesión social que ya nos gustaría tener en muchas otras zonas. Por eso los respeto y he tomado esta decisión.

Pero, también quiero decir que estoy convencido de que en este debate hubo posiciones tremendamente zigzagueantes. Parlamentarios que un día defendían un tema, al siguiente defendían otro. Me refiero a colegas que, en la práctica, querían que a la fuerza Osorno se anexara a Valdivia, a espaldas de lo que piensa la gente.

Hace poco más de un mes, en una encuesta de la Universidad de Los Lagos se señaló que el 77 por ciento de los osorninos quiere seguir anexado a la Región de Los Lagos, porque hay mayor pertenencia con ella que con Valdivia. Y no por rivalidad, sino por territorialidad, cotidianeidad y una mayor vinculación laboral de la provincia de Osorno con Puerto Montt. Pero, a pesar de sus resultados categóricos, algunos parlamentarios vinieron a pelear otra cosa: que Osorno se anexara a la Región de Los Ríos, a espaldas de lo que la gente desea.

En forma personal -como nadie-, quise conocer la opinión de la gente de las cuatro comunas que represento en la Cámara de Diputados, que para ciertos colegas sólo fueron importantes en las últimas semanas y no en los meses previos de discusión. En la encuesta del Centro de Estudios Legislativos, Políticos y Administrativos de la Quinta Región, cuyos resultados salieron hace un par de horas, se señala que el 81,8 por ciento de los habitantes de Purranque, Río Negro, Puyehue y Puerto Octay desean seguir perteneciendo a la Región de Los Lagos. Esta encuesta es tan categórica como aquella que señaló semanas atrás que la gente de la ciudad de Osorno desea seguir anexada a la Región de Los Lagos.

Me molestan los dobles discursos. Hay parlamentarios que critican de manera desenfrenada al Gobierno, y son de Gobierno. Son los mismos que cuando hay que inaugurar una obra en su distrito, dicen: “Este es mi Gobierno y yo conseguí tal cosa”. Ahí el Gobierno sirve. Yo soy de Gobierno las 24 horas del día y los 365 días del año y no tengo doble discurso.

(Aplausos.)

En este tema, no hay que tratar de engañar a la ciudadanía. Algunos parlamentarios presentaron indicaciones para que la provincia de Osorno se anexara a la Región de Los Ríos, pero luego, en la Comisión de Gobierno Interior, las rechazaron.

Quiero ser categórico. En la provincia de Osorno hay una clara mayoría de gente que ha expresado en esas dos encuestas de opinión su voluntad de seguir perteneciendo a la Región de Los Lagos. Por lo tanto, invito a todos los parlamentarios, alcaldes, concejales, a los actores sociales de Osorno, a unirnos para crear una gran Región de Los Lagos, que no tiene por qué ser rival de la Región de Los Ríos. Son regiones que se deben complementar. Ambas tienen potencialidades muy importantes: turísticas, productivas, ganaderas, forestales, acuícolas, en el caso de la Región de Los Lagos. No tenemos por qué profundizar un debate de ideas en el cual se pretenda hacer creer que osorninos y valdivianos, que pertenecemos por muchos años a una región, tengamos que enfrentarnos como rivales o provincias que se odian, en circunstancias de que todos tenemos la plena claridad -hoy, lo digo con fuerza- que no es una lucha de un par de meses de la gente de Valdivia, sino de muchos años.

Algunos parlamentarios tienen doble discurso: uno en sus regiones y otro en el Congreso Nacional. Incluso, sostienen que es el Gobierno el que está creando las regiones de Arica y de Valdivia, pero ninguno ha dicho que los tres candidatos presidenciales se comprometieron con la gente de Valdivia y de Arica a crear las regiones respectivas en caso de ser electos. Por lo tanto, el tema es transversal y no está circunscrito sólo al actual Gobierno, que sólo cumple un compromiso: crear la Región de Los Ríos.

Lamento profundamente que algunos, con posiciones zigzagueantes, hayan perjudicado los intereses de la provincia de Osorno, porque hoy está demostrado que no existió una voz de alguien que, con anterioridad, escuchara la opinión de la gente. El respectivo debate y las encuestas debieron haberse efectuado hace muchos meses, lo que habría evitado la confrontación que ha tenido lugar en la Sala.

Por eso, mi voto de hoy va en respeto a la lucha de Valdivia, al ejemplo que debe significar, en el sentido de que cuando una sociedad se organiza y se une tras un objetivo común, puede ver coronados con éxito desafíos tan importantes como éste.

Hoy, algunos sostienen que como no se pudo incorporar a Osorno en el proyecto que crea la nueva Región de Los Ríos, se debería hacer de dicha provincia una región. ¡Por favor, no nos engañemos! Eso no va a ocurrir. Si somos responsables, justos y serios, debemos tratar de hacer una gran Región de Los Lagos, en la cual la provincia de Osorno sea su puerta de entrada; una gran Región de Los Lagos que se complemente -repito- con la Región de Los Ríos, no que compita con ella, y si existe competencia, que vaya en beneficio de la calidad de vida de su gente, que es lo que nos interesa.

En los pasillos, algunos parlamentarios andan diciendo que no importa lo que decida la Cámara de Diputados, porque esto se puede arreglar en el Senado. A esos parlamentarios les respondo que su actitud constituye, sin duda, una falta de respeto no sólo para la Sala, sino también para la gente que, en forma mayoritaria, tiene una opinión clara. Repito, la gente de la provincia de Osorno quiere seguir perteneciendo a la Región de Los Lagos y, como parlamentario, voy a ser uno de los constructores del apoyo para la conformación de una nueva gran Región de Los Lagos que tenga su puerta de entrada en Osorno y que se convierta en una de las más potentes del país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL ( Presidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Gastón von Mühlenbrock.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señor Presidente , en esta mañana de otoño nos encontramos nuevamente con la historia, en un lugar de honor donde Chile está representado por sus parlamentarios, quienes tenemos el imperativo moral y ético de corregir una deuda histórica con el sur de Chile, con las generaciones que pasaron, con las actuales y con las que vendrán.

El proyecto que crea la nueva XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco fue conocido y votado en este hemiciclo, en su primer trámite reglamentario, el miércoles 19 de abril de 2006, oportunidad en la cual obtuvo un importante y macizo apoyo de 78 votos a favor. Sin embargo, volvió a la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, a fin de otorgar un plazo para incorporar a la provincia de Osorno. El Poder Ejecutivo presentó indicaciones que fueron votadas en contra en dicha Comisión, porque a los representantes de la provincia de Osorno no les gustó la propuesta del Gobierno.

El proyecto que crea la Región de Los Ríos y la provincia de Ranco no es un capricho ni el deseo de un grupo de personas. Por el contrario, este proyecto de ley se fundamenta en fuertes pilares técnicos, económicos, sociales, demográficos, territoriales, históricos e institucionales, que le dan la seriedad y garantía al Congreso Nacional de que el apoyo para el nacimiento de esta región no será una siembra en vano. Esta semilla caerá en tierra fértil y dará los frutos deseados.

He luchado con la más absoluta convicción y fuerza de cambio por la nueva región, porque del análisis de cada una de sus fortalezas se percibe que éstas son copulativas, se suman, y estoy seguro de que el resultado final será totalmente mayor que la suma de sus partes. Esto se consigue gracias a que los fundamentos se potencian y se retroalimentan para conformar un todo fuerte, macizo y consistente.

En honor al tiempo que se me ha otorgado, enumeraré los fundamentos más importantes.

1) Deuda histórica.

En 1974, comienza una resistencia gremial y social inmediata por la pérdida de la condición regional. A poco andar de la nueva división política y administrativa del país en trece regiones, ya un documento oficial de 1983, a través del estudio denominado “Génesis de la Región de Los Lagos y propuesta para su remodelación”, reconocía lo siguiente: “Es posible sostener que la actual Décima Región no cumple claramente los requisitos establecidos por Conara como condiciones básicas de una región y que, al parecer, ésta es producto de un tratamiento de excepción. En efecto, tal como se plantea más adelante, se pueden identificar dos regiones claramente diferenciadas en el espacio comprendido por la Décima Región.”.

Conclusión: Transcurridos sólo ocho años -me refiero a 1983- desde la nueva división política del país, se reconocía el error cometido en la Décima Región de Los Lagos. Han pasado más de veinte años desde esa dolorosa pero valiente conclusión.

A la luz de lo anterior, cabe preguntarse: ¿Tenía razón la resistencia gremial y social desde 1974 o era sólo un capricho romántico de grupos aislados?

Dado el error cometido en la división regional, ¿se cumplieron las promesas oficiales de compensación o sólo quedaron en el papel?

Por lo anteriormente expuesto, sostengo que sólo con la verdad se puede salir del error cometido. Quienes estamos en cargos de poder por decisión del pueblo tenemos la obligación profesional, moral y ética de remediar el error y pagar esa deuda política.

2) Estudios técnicos, económicos, sociales, demográficos, territoriales, administrativos e institucionales.

Desde 1974, comienzan a gestarse charlas, seminarios y una gran cantidad de estudios para avalar la propuesta de corregir la configuración definida para la Décima Región de Los Lagos, que llegan a tener el aval técnico, concreto y contundente del estudio realizado por la Pontificia Universidad Católica de Chile sobre la creación de regiones. Este acabado estudio concluye, fundamentalmente, lo siguiente:

“a) Los resultados obtenidos dan cuenta de la posibilidad cierta de que la provincia de Valdivia se constituya en región, para lo cual contaría con la estructura necesaria para enfrentar esa condición sin que se generen problemas de cobertura o infraestructura pública que puedan afectar gravemente a la población.

“b) En efecto, el análisis de la información disponible para las principales variables por considerar para tomar esta decisión, muestran que la zona de la provincia de Valdivia es la segunda en importancia dentro de la Décima Región y que, ciertamente, se vería afectada en su desarrollo por la distancia existente de Puerto Montt, capital regional, y con las diferencias geográficas, sociales y económicas que presentan entre ellas.

“c) Parte de los problemas que han manifestado las regiones y ciertos sectores que ellas comprenden, se centran en falencias propias de la descentralización. En ese sentido, uno de los obstáculos permanentes que deben enfrentar las zonas alejadas de la región Metropolitana es la dificultad para tomar decisiones de manera más autónoma y menos burocrática respecto de la administración central.

“d) Se debe tener presente que la descentralización política o administrativa resulta ineficaz si no va acompañada de recursos y de las correspondientes potestades para resolver sus gastos e inversiones.

“e) Lo que se desea es dar más posibilidades para que cada nueva región disponga de un presupuesto que lo pueda asignar según sus necesidades y criterios.”

Así, la nueva región de Los Ríos y la provincia de Ranco, constituida por las comunas de La Unión, Río Bueno, Lago Ranco , Futrono y Paillaco , podrán contar con su propio gobierno regional, más cercano a sus intereses y necesidades, lo que podrá mejorar el proceso de asignación de recursos en la zona.

A la luz de lo anterior cabe preguntarse: ¿Vamos a seguir pidiendo más estudios a la provincia de Valdivia para convertirse en región? ¿Vamos a seguir permitiendo que nuestros hijos, nuestros jóvenes, tengan que emigrar a Santiago para poder tener más empleos dignos? ¿Se está cumpliendo realmente con el artículo 3° de la Constitución Política de la República que en su inciso tercero dice: “Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional”? ¿Se está cumpliendo con el objetivo de la regionalización? No se está cumpliendo.

Tenemos el apoyo ciudadano a través de diversas organizaciones sociales. Tenemos el apoyo político, en su momento, del Presidente Ricardo Lagos y de los candidatos presidenciales Joaquín Lavín , Sebastián Piñera y Michelle Bachelet .

Por lo tanto, llegó la hora de la verdad. Después de más de treinta y dos años, estos cinco afluentes: la deuda histórica, los estudios técnicos, económico-sociales, el total apoyo ciudadano y político, y la sabiduría, la prudencia y la persistencia de alimentar por décadas sus sueños, conforman un poderoso, majestuoso y hermoso río que nace en nuestra cordillera, pasa por nuestros lagos y desemboca en el mar.

Votaré favorablemente esta iniciativa que crea la región de Los Ríos y la provincia de Ranco.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.

El señor ASCENCIO .-

Señor Presidente , en primer lugar, quiero destacar una declaración que me parece muy importante y que la comentaba recién con el diputado Delmastro . Se ha dicho varias veces, pero la quiero repetir:

Esta mañana hay que hacer un reconocimiento a toda la gente de Valdivia.

(Aplausos)

Hay que hacer un reconocimiento, porque si hemos llegado hasta esta instancia legislativa ha sido, fundamentalmente, por el trabajo, la organización, el interés y el apoyo que entre todos se han dado para resolver una cuestión que estaba mal hecha desde el comienzo. La Décima Región de Los Lagos, con Valdivia, Osorno , Llanquihue, Chiloé y Palena es una región hecha con fórceps, a la fuerza, mal hecha, audestructiva que, en realidad, no sirve para el desarrollo conjunto de todos aquellos que viven en ella. Hoy, Valdivia está haciendo historia; está cambiando las cosas y lo está haciendo en forma inteligente. Yo quiero valorar eso. Quiero valorar a todos quienes llegaron desde las distintas comunas de Valdivia y también a aquellos que no pudieron venir.

(Aplausos)

Denantes nombraron, con justa razón, al ex diputado Taladriz y, si ustedes me lo permiten, quiero mencionar a un gran amigo mío -entiendo que está presente en las tribunas- que se la jugó durante todo el tiempo que estuvo aquí en el Congreso Nacional porque Valdivia fuera región. Me refiero a Exequiel Silva , quien igual merece los honores que podemos brindar a quienes han luchado por esta causa.

(Aplausos)

En él reconozco el esfuerzo de tanta gente que ha luchado por hacer que esta situación cambie.

Además, me parece errado e injusto que esto se haya convertido en una pelea entre Valdivia y Osorno . Me parece absurdo; más todavía, hasta una locura. Sé que hay algunos que dicen que no, porque seguramente ésa no era su intención, pero terminamos en una pelea entre Osorno y Valdivia . ¿Por qué, si nunca estuvo la controversia en la discusión? Por lo tanto, quiero sacar este tema, puesto que el punto no es contra Osorno ni contra Valdivia ni contra Puerto Montt, ni contra Chiloé, ni contra Palena , sino cuál es la mejor división política-administrativa que debe darse en el país. Entonces, ¿por qué, aprovechando este tema, no hemos sido capaces de discutir lo que está pasando en Chile en este aspecto?

Es justo que se reconozca lo de Arica y lo de Valdivia, pero es muy injusto que no se discuta lo que pasa en otros lugares. ¿Por qué no puedo discutir lo que pasa en mi zona, Chiloé? Como parlamentario, me corresponde defender sus intereses; pero también me importa abordar sus problemas. ¿Es justo que Chiloé o Palena se encuentren en la situación en que están? Soy un convencido de que no. Debemos tener una mirada distinta en materia de regionalización y, aprovechando instancias como éstas, perfectamente podríamos haber rediscutido todo el mapa administrativo actual o adoptar el compromiso de que en el futuro lo vamos a hacer.

Suscribimos un proyecto de acuerdo a través del cual instruimos a la Comisión de Gobierno Interior para que discuta con la Subsecretaría de Desarrollo Regional la posibilidad de crear nuevas regiones, por ejemplo, en el Loa, Ñuble, Chiloé o en otros lugares, cuyos habitantes se han manifestado en ese sentido. Pero como han pasado sesenta días y no hemos hecho nada, quiero saber si vamos a hacer algo, porque, como digo, hay situaciones parecidas a las que vive Valdivia en otros lugares y perfectamente tenemos la posibilidad y la obligación de trabajar al respecto.

¿Es justo que continuemos con los mismos gobiernos regionales? Creo que no. Es perfectamente posible aprovechar esta instancia para tener una discusión acerca de los gobiernos regionales -lo dije en mi discurso pasado-. ¿Podemos tener presidentes de gobiernos regionales? ¿Cómo funcionan los Core? Tengo mis dudas en relación a su funcionamiento, a la forma cómo se originan y a los procedimientos que se establecen para la toma de decisiones. ¿Son un aporte para el desarrollo de una región? ¿Por qué no entregar mayor participación a los alcaldes, quienes saben cuáles son sus verdaderos problemas? ¿Por qué no podemos hacer que ellos participen en la determinación de los proyectos por ejecutar en cada una de las regiones? Hoy, prácticamente no participan.

Entonces, el problema no es sólo la creación de nuevas regiones, sino también analizar qué modificaciones requerimos para que tengan poder decisorio sobre el destino de los recursos en educación, en infraestructura, en salud, etcétera. También debemos ver la forma de potenciar a los municipios y establecer cuáles son los proyectos prioritarios que interesan para que la gente viva mejor. Hay un sinnúmero de temas importantes que debemos discutir.

Aprobado este proyecto de ley, no nos detengamos. De lo contrario, el resto de las regiones quedará condenado, puesto que sólo pudimos hacer lo que tres candidatos presidenciales prometieron: crear las de Arica y de Valdivia, y nada más, lo cual es injusto para las otras.

Valdivia está ganándose la posición que tiene por el esfuerzo y el empeño que ha desplegado, lo cual es extraordinariamente valioso y hay que reconocerlo.

Pero -reitero-, no debemos detenernos. Osorno y Llanquihue también tienen derecho a crecer, a desarrollarse, a ser tomadas en cuenta y a decidir qué hacer con las platas que generan sus habitantes o que les da el gobierno central. Pero así como Osorno y Llanquihue, el resto de las provincias de la Décima Región y de otras regiones también tienen el mismo derecho.

Insisto en que no me queda más que reconocer el gran esfuerzo de la gente de Valdivia y pedir a la Cámara de Diputados que, con la misma pasión con que algunos señores diputados han pronunciado sus discursos, sigamos discutiendo el tema de la regionalización a fin de que se otorgue poder a las regiones y no todo se decida en Santiago o en las capitales regionales.

He dicho.

(Aplausos)

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela.

El señor VALENZUELA .-

Señor Presidente , alguien dijo -no recuerdo quién- algo así como:”La democracia es lenta; pero sabia”.

Éste ha sido un proceso largo, pero no se ha perdido el tiempo. Como bien señaló el diputado Ascencio , ha habido apertura para discutir criterios sobre creación de nuevas regiones. Los habitantes de la provincia de Osorno tuvieron su tiempo de reflexión y de ser escuchados, y hubo un criterio. Esperamos que a mediodía, o a la una de la tarde, se cuente con los setenta y dos votos necesarios para despachar definitivamente este proyecto histórico.

Sólo quiero reiterar tres conceptos.

En primer lugar, este proyecto no nació del capricho ni de la mera voluntad de un grupo de personas, sino del anhelo de comunidades completas que durante décadas han luchado por ser región. Es más, ya en la época de José Miguel Infante , ese gran federalista y regionalista, que incluso fundó un diario, “El Valdiviano Federal”, cuando entre los años 1826 y 1829 el país fue dividido en ocho provincias autónomas, se daban luchas por que el sur tuviera niveles de autonomía y de poder o gobierno territorial. Es lo mismo que se está haciendo ahora.

Por ello, con el diputado Jaramillo , uno de los impulsores del proyecto, podemos decir con total certeza que la totalidad de los parlamentarios del PPD vamos a votar a favor y vamos a honrar nuestra palabra.

(Aplausos)

En segundo lugar, hay cuestiones que no tienen que ver con legislación, sino con pactos políticos regionales. Con diputados de otras zonas que aspiran a ser región, dialogábamos acerca de un movimiento que hubo hace diez años en la región de O'Higgins, específicamente en la provincia de Colchagua, cuando San Fernando y Santa Cruz quisieron ser región autónoma. Ahí hubo un pacto político, el cual se dio porque con los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional se aseguraba, al menos en el cálculo quinquenal, el 50 por ciento de los recursos para Colchagua y Cardenal Caro que son zonas agrícolas y de secano costero -Pichilemu-, respectivamente, de mi región. Ése no fue un llamado legal, sino un llamado político a tener bancos de proyectos, a lograr acuerdos con los consejos regionales, a la proactividad de los intendentes, a lograr voluntad política para asegurar el desarrollo de todos esos territorios y no que el centralismo se replique a nivel de un macro territorio. Pero también es necesario que esos territorios y sus municipios cuenten con proyectos RF (con Recomendación Favorable); con bancos de proyectos rentables y con una sociedad imaginativa y proactiva para poder obtener recursos.

Esperamos que la nueva región de Los Ríos, que integrará a Valdivia, cuente con todos esos elementos. Y debe ser región, porque desde Berger a Kohler, desde Corral a Panguipulli han luchado por su creación.

Por último, esperamos que nuestros colegas del Senado refrenden los acuerdos políticos, que incluso comprometieron en su época el Presidente Lagos , los candidatos Lavín y Piñera y la candidata Bachelet , hoy Presidenta de la República , de crear las regiones de Arica y Parinacota y la de Los Ríos.

Está bien que la democracia sabia se tome su tiempo, pero es hora de decisiones y eso es lo que hoy vamos a hacer.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Ximena Valcarce.

La señora VALCARCE (doña Ximena).-

Señor Presidente , quiero decirle a la gente de la futura región de Los Ríos que, como ariqueña, hace más de un mes viví esta misma situación.

Para nosotros no importan los informes técnicos que apoyan o desaprueban la creación de una nueva región. Los que vivimos en las provincias alejadas de la capital regional y que sufrimos el aletargamiento administrativo de las regiones somos quienes sabemos que hay un interés desequilibrado de las autoridades regionales hacia las provincias y ciertas comunas. Mejor que nadie conocemos la necesidad de crear las nuevas regiones. No se trata de un capricho; no lo fue para Arica ni para Parinacota y estoy segura que tampoco lo ha sido para Valdivia. Las tres provincias, unidas, han luchado durante más de treinta años para ser regiones autónomas y definir, en forma propia, el futuro que queremos para nuestros niños.

La gente presente en las tribunas debe sentirse orgullosa de los diputados Alfonso De Urresti y Roberto Delmastro, quienes han sabido sensibilizar, por lo menos en Renovación Nacional, la necesidad de representatividad de la Región de Los Ríos y de la provincia de Ranco.

Espero que el proyecto reciba en el Senado el mismo tratamiento que se ha dado al que crea la región de Arica y Parinacota; espero que los senadores entiendan lo que para nosotros significa recorrer cientos o miles de kilómetros para trasladarnos a las capitales regionales o a la capital nacional para realizar nuestros trámites.

Por lo tanto, Renovación Nacional votará a favor de este proyecto de ley, a fin de que durante el presente año se haga realidad la promesa de campaña presidencial del Presidente Ricardo Lagos: crear las regiones de Arica y Parinacota y la de Los Ríos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Alfonso De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , deseo comenzar esta intervención en favor del proyecto que crea la nueva Región de Los Ríos, señalando que aquí estamos, una vez más, valdivianos y valdivianas, junto con la gente de Máfil, Corral , Lanco , San José de la Mariquina, Panguipulli , Los Lagos, Futrono , Paillaco , Ranco , Río Bueno y de la futura capital de la provincia de Ranco, La Unión, quienes llenan hoy las tribunas para luchar por un proyecto histórico de largas décadas. Ellos esperan ver coronado en esta honorable Cámara, con el respaldo mayoritario de los parlamentarios que votaremos para revisar el nuevo ordenamiento territorial del país, en el que se reconozcan las diversidades y se aliente el empuje de sus habitantes, especialmente de los que vivimos en regiones.

Nuestro país requiere con urgencia reformar y ajustar el actual proceso de regionalización y descentralización y la labor de los gobiernos regionales. Reconocemos avances sustantivos en la materia. Sin embargo, concordamos en que hay problemas importantes que deben ser enfrentados de cara a los nuevos desafíos del desarrollo nacional y de una inserción exitosa en el mundo globalizado.

Se acepta, por fin, que esa revisión y ese ajuste son condiciones indispensables y que están ligadas al imperioso y urgente proceso de modernización del Estado, que hoy día presenta deficiencias en la gestión territorial y regional.

Por lo tanto, Chile enfrenta la encrucijada de avanzar o retroceder en el proceso de regionalización y descentralización. Afortunadamente, el Ejecutivo y el Congreso han tomado el camino de la descentralización.

En ese sentido, la creación de una nueva región en la provincia de Valdivia es la oportunidad y el desafío para plantear una nueva manera de construir gobiernos regionales, ampliamente legitimados por la ciudadanía, para que sean titulares de las aspiraciones y proyectos de la comunidad regional.

Hemos demostrado reiteradamente que la provincia de Valdivia tiene variados y complementarios recursos que le definen una base económica diversificada, de gran potencial y vocación exportador, además de un equilibrado sistema de asentamientos humanos que garantiza una adecuada cobertura de servicios a toda su población.

El ejemplar ordenamiento territorial transversal de la región posibilitará el desarrollo de todas sus potencialidades y la vinculación con las provincias argentinas de Neuquén y Río Negro, con la natural proyección marítima hacia el puerto de Corral.

Hoy seguimos luchando para que, al alero de la nueva Región de Los Ríos, el sistema de gobierno y administración regional se perfeccione y fortalezca, al tiempo que se van haciendo realidad los objetivos de desarrollo de nuestra provincia en concordancia con los del país, en su conjunto.

La lucha de Valdivia por constituirse en una nueva región no es un asunto del último tiempo. Sus raíces se hunden profundamente y emergen desde 1974, cuando, de manera inconsulta y autoritaria, se le privó de su condición de capital regional. Desde ese momento, Valdivia ha venido dibujando y acordando su escenario de futuro, cada vez más nítido para obtener nuestra autonomía.

Así, toda la comunidad valdiviana, en cada una de las comunas, ha participado activamente en la construcción de ese escenario de trabajo, que compromete y orienta el esfuerzo colectivo y que se ha plasmado en el diseño y contenido de la nueva Región de Los Ríos.

Estamos trabajando por una región solidaria que integre a sus territorios y a sus habitantes.

Como valdivianos, nos levantamos del terremoto de 1960. Hoy nos levantamos nuevamente para demandar nuestros derechos y poder constituir la región por la que por tanto tiempo hemos luchado. Por eso, la comunidad organizada, que hoy representa a las doce comunas, a la futura región, merece respaldo; por eso, sus alcaldes, concejales y organizaciones sociales hoy están presentes en las tribunas.

Aspiramos legítimamente a contar con un sistema educativo, científico y cultural de excelencia. Queremos ser una región ganadora y modelo para el país. Pero también, y de manera muy especial, queremos ser una región con vocación marítima y que, dada su ubicación geográfica privilegiada para el desarrollo binacional, sus caminos internacionales, su puerto de Corral, su red fluvial de ríos navegables, su estuario y su bahía se constituyan en la proyección hacia el Pacífico.

En síntesis, buscamos constituir una nueva región con alta calidad de vida, con desarrollo productivo diversificado y sustentable, con pleno respeto por el medio ambiente, segura y acogedora para el desarrollo de toda su gente.

Sabemos que estamos recorriendo un largo y complejo camino, que nos demanda perseverancia para cristalizar iniciativas y proyectos prioritarios, pero, como buenos valdivianos y valdivianas, somos optimistas y tenaces ante la adversidad. Una vez más, como en muchas otras oportunidades, están los valdivianos y las valdivianas luchando por recobrar lo que en la historia siempre nos ha correspondido.

Me sumo al homenaje que los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra rindieron a los ex diputados señores Juan Enrique Taladriz y Exequiel Silva, presentes en las tribunas.

(Aplausos)

Aquí también está el ejemplo de la fuerza del Comité Nueva Región de Valdivia, inclaudicable en su lucha, con la presencia en las tribunas de su presidente , don Raúl Basso . Y reitero el nombre de todos sus integrantes, quienes aportaron los cimientes de esta obra: el recuerdo de Enrique Larraín y Leopoldo Rosales , ya fallecidos; de Miguel Ramírez, Juan Carlos Miranda , Oscar Galloso , Robinson Ampuero , Heriberto Weber , Néstor Santibáñez , Claudio Molina , Luciano Vera y Juan Deppe .

Recientemente, celebramos los 454 años de la fundación de la ciudad Valdivia, capital provincial, futura capital regional, en el contexto de un acontecimiento que marca el inicio de lo que será el despegue de nuestra zona.

Necesitamos disponer de los instrumentos legales y administrativos adecuados para consolidar nuestro desarrollo. No queremos regalos ni privilegios especiales; sólo aspiramos a disponer de nuestro propio ámbito de decisión para desplegar todo el potencial social y productivo de nuestra región.

Por lo tanto, la condición de nueva región es indispensable para que la provincia disponga de la capacidad de decisión y de gobierno necesaria para acompañar su gran potencial de desarrollo endógeno, que ha tenido desde siempre y que hoy vuelve a requerir para poder innovar y competir exitosamente en el mundo abierto y globalizado en que se encuentra inserta.

Bajo esta mirada, la provincia de Valdivia aspira a ser un ejemplo de gobierno descentralizado; no queremos reproducir simplemente los gobiernos regionales que hoy han fracasado o que no han despegado completamente. Este camino lo queremos recorrer respetando el aporte que durante tanto tiempo han hecho distintos sectores representativos de los intereses económicos, sociales y políticos de Valdivia, y que ahora, en el tramo final, deben ser reconocidos y sumados a esta instancia colectiva.

Nuevamente, el reconocimiento a tantos y tantas que han luchado por lo que hoy se somete a la decisión de esta Cámara; al Comité Femenino de la Nueva Región , representado por la señoras Silvia Oyarzún y Silvia Aguilar y por todas sus integrantes, mujeres presentes en las tribunas; a los doce alcaldes de la provincia, quienes conforman la asociación que preside el alcalde de Panguipulli , mi amigo Alejandro Kohler y Bernardo Berger , su vicepresidente; a los concejales presentes en las tribunas, por haber impulsado este proyecto; a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos, encabezada por su presidente , señor Baldomero González , y su vicepresidente, señor Francisco Vásquez .

También deseo hacer un reconocimiento al Comité Nueva Región, que tien sedes en cada comuna, como en Lanco, donde es encabezado por don Nelson Fuentes, su presidente.

No quiero dejar fuera de este reconocimiento a nadie. Hay que recordar el aporte del sector productivo privado a través de la Corporación de Desarrollo Provincial de Valdivia y sus asociados, en especial de su presidente , señor Guillermo Schwarzenberg , y de don Luis Ibarbure , quienes han sido grandes impulsores del proyecto. Igualmente, deseo reconocer la participación de los trabajadores de la Central Unitaria de Trabajadores y demás organizaciones sindicales que hoy nos honran con su presencia, en especial a los esforzados pescadores artesanales de Corral, representados por don René Valenzuela .

(Aplausos)

Por último, hago un gran reconocimiento al gestor intelectual de esta iniciativa, nuestro amigo Esteban Marinovic .

(Aplausos)

La nueva región de Los Ríos es responsabilidad de todos, sin egoísmos y falsos protagonismos, donde cada cual asume compromisos y tareas de acuerdo con su rol, capacidad y liderazgo.

Ha llegado el momento de reconstruir la fuerza y empuje que siempre ha demostrado la provincia de Valdivia y de reactivar la capacidad propositiva de los actores estratégicos valdivianos: políticos, institucionales, sociales y económicos.

La construcción social de la nueva región es una gran oportunidad para revivir el espíritu original de la agenda de desarrollo provincial pactada, sólido instrumento de acuerdo público privado para el desarrollo regional.

Es el momento de volver a pensar en nuestro futuro y de convocar al trabajo integrado de todos los sectores: gobierno provincial, asociación de municipios, empresarios, trabajadores, estudiantes, universidades, organizaciones sociales, etcétera. Esta unidad se refleja en la concurrencia masiva en las tribunas y en los miles de ciudadanos que siguen este debate a través del canal de televisión de la Cámara de Diputados en nuestra lluviosa Valdivia . Es la oportunidad de ajustar y precisar nuestros compromisos con la descentralización y el desarrollo de las regiones y de hacer realidad los objetivos de desarrollo que juntos estamos precisando para nuestro territorio y nuestra gente.

Debemos discutir en este Congreso, instancia de debate democrático de ideas y proyectos, respecto de la necesidad de iniciar un debate nacional sobre la descentralización y el desarrollo regional del Estado como eje de la acción política necesaria para reducir los desequilibrios territoriales y sociales de nuestro país.

Los modelos de descentralización comparados a los cuales debemos aspirar deben ser nuestro referente. Debemos tener una nueva región que incorpore a todos sus ciudadanos. Especialmente en el ámbito europeo, se dan claras muestras de que los estados centralizados del siglo XIX, como Francia y España, han dado paso a estructuras territoriales descentralizadas, con regiones que disponen de crecientes grados de autonomía y capacidad de decisión política en sus propios ámbitos de influencia, permitiendo con ello un mayor dinamismo del Estado y una creciente y cercana participación ciudadana en la toma de decisiones.

No cabe duda de que la división regional que hoy discutimos para crear la nueva región de Los Ríos, con su capital regional en la ciudad de Valdivia, y la provincia del Ranco será beneficiosa no sólo para los valdivianos, sino que para todo el país. Por lo tanto, estaremos viviendo un proceso privilegiado, haciendo historia, construyendo región, marcando rumbo y dando un ejemplo de compromiso e innovación al país.

Por ello, la bancada del Partido Socialista votará a favor de la iniciativa.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO .-

Señor Presidente , con su venia, quiero saludar a los representantes de la Asociación de Municipalidades de la Provincia de Valdivia, quienes se encuentran presentes en la discusión de este proyecto, que ha sido impulsado por los habitantes de dicha provincia, como también al Comité Nueva Región. Asimismo, deseo enviar un especial saludo a nuestro estimado amigo y ex diputado Exequiel Silva , quien se encuentra en las tribunas.

(Aplausos)

La historia de los hechos trascendentales de un país marca a las generaciones que los vivieron. Es un ejemplo, como ha señalado el diputado Espinoza . Valdivia ha dado un ejemplo a este país que crece. Hoy volvemos sobre lo vivido hace treinta años y más.

Pertenezco a las generaciones que sufrieron las arbitrariedades de un centralismo que Chile lamenta, y vemos en sus resultados la triste experiencia de una mala administración de regiones. Visionaria o rebeldía justa es la actitud de Valdivia. Esa provincia se levantó entera cuando se vieron los malos resultados de la división regional.

En el primer informe de la Comisión detallamos los aspectos técnicos, y tuvimos el apoyo del 90 por ciento de los diputados en la votación del 19 de abril del presente año. Para quienes lo han dicho, la Cámara no estaba ni sigue estando equivocada.

Hoy, tras una discusión que se ha alargado artificialmente, llegamos a esta sesión con la seguridad de que de ella saldrá aprobado un proyecto de ley ampliamente esperado en el sur de Chile: la creación de la Región de Los Ríos, que es un paso fundamental en el proceso de descentralización que Chile necesita, pues permitirá a las comunidades asentadas en ella desplegar todas sus energías y aprovechar las nuevas oportunidades derivadas de la autonomía regional. Será la siembra del ejemplo que queremos dar de una descentralización seria.

Durante la discusión en general dijimos con fuerza en esta Sala que sentíamos que todas las comunas que hoy integran la región de Los Lagos están llamadas a tener un destino común. Jamás se pensó en perjudicar a Osorno. El tiempo en que hemos estado unidos nos convierte aún más en una gran familia -no debemos olvidarlo-, que hoy debe seguir unida, porque todos somos Chile, y en esta Cámara se representa a Chile. Por eso, no podemos entender la actitud que han adoptado algunos colegas, que más que velar por los intereses de sus provincias, se han preocupado de obstaculizar este proceso mediante la inclusión de nuevas y crecientes demandas que exceden las posibilidades de la administración pública. A ellos les queremos decir con respeto fraterno que este proceso de autonomía cuenta con el respaldo social de una ciudadanía que se proyecta al futuro con responsabilidad y seriedad para hacer de la región de Los Ríos parte del crecimiento que Chile está logrando.

Hoy, cuando comienza a cristalizar el sueño, nuevamente hago un llamado a moderar los ánimos y a concentrar esfuerzos y energías en la generación de administraciones regionales más eficaces en el cumplimiento de sus cometidos de servicio público. Queremos una región de Los Ríos que se concentre en el desarrollo del agro, puesto que en ella está radicada la producción de leche y el ganado de Chile, que, sin duda, harán de este país una potencia agroalimentaria.

Además, en esa provincia se ubica el más importante centro universitario del sur de Chile y uno de los más relevantes del cono sur de América, como es la ciudad universitaria de Valdivia. Asimismo, en sus doce comunas se concentra el potencial turístico más importante del sur.

Por eso, hoy estamos entregando a los habitantes del sur de Chile, a nuestros coterráneos, instrumentos de desarrollo, de progreso y de bienestar social. Dependerá de cada uno de nosotros aprovechar esos instrumentos, a fin de que la nueva región de Los Ríos signifique el término del centralismo.

Sin embargo, todo lo anterior demanda un mayor grado de celeridad. En este punto tengo aprensiones y dudas sobre el interés de algunos. Como diputado de esa zona y hombre del sur quiero advertir públicamente que no permitiré que traten de entrampar este proceso, en el cual estamos involucrados desde hace más de treinta años. No lograrán echar abajo el trabajo de miles de dirigentes sociales, políticos, académicos y jóvenes de nuestra tierra, la del sur, la de la provincia de Valdivia, mediante el retardo de este proyecto que es de justicia, la justicia del trabajo y de la esperanza, que hoy, en democracia, espera la respuesta de la Cámara de Diputados y mañana, la del Senado.

Hoy, la decisión de futuro es una sola: aprobar por el más amplio margen el proyecto, que no tiene indicaciones, pero sí sueños, y que nos dará a todos los sureños más y mejores oportunidades para afrontar los desafíos del mañana. Confío en la sabiduría parlamentaria, así como la ciudadanía ha confiado en nosotros.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL ( Presidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña .

El señor EGAÑA.-

Señor Presidente , quiero sumarme al reconocimiento que han hecho los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra al esfuerzo y constancia de la gente de Valdivia, pues gracias a ella nos encontramos prontos a aprobar la creación de la Región de Los Ríos.

Asimismo, quiero sumarme a las felicitaciones expresadas por el esfuerzo transversal realizado en esta Corporación para alcanzar ese objetivo. Ya se ha nombrado a varios diputados de distintas bancadas que trabajaron arduamente en la creación de la nueva región.

Hace más de cuatro años que integro la Comisión de Gobierno Interior, tiempo durante el cual me ha correspondido trabajar intensamente, junto a otros colegas, en la tramitación de esta iniciativa. Entre esos colegas, quiero destacar el aporte del diputado Gastón Von Mühlenbrock , quien ha demostrado gran preocupación por sacar adelante el proyecto, ya que representa una vieja aspiración de la gente del distrito que él representa.

Por otra parte, si bien debemos reconocer que nuestro país se está descentralizando, quiero aprovechar esta oportunidad para aclarar algunos conceptos sobre la materia. En concreto, quiero decir que lo habitual es que este tema se trate en períodos electorales, ocasiones en las cuales es común ver a los candidatos recorrer el país prometiendo que promoverán la descentralización si son elegidos. Pero ¿qué sucede? Que los procesos de descentralización se desarrollan gracias al esfuerzo, impulso y constancia de las propias regiones.

En ese sentido, también nosotros, como Cámara de Diputados, debemos hacer un mea culpa, ya que, por una parte, es posible que no hayamos hecho los esfuerzos necesarios para impulsar el proceso de descentralización, aunque la responsabilidad mayor en esta materia les cabe a quienes han gobernado el país durante los últimos años y, por otra, es habitual que en esta Corporación escuchemos discursos condescendientes de algunos diputados, quienes aceptan todo lo que propone el Gobierno, aunque lo haga mal.

Sería largo enumerar la gran cantidad de promesas que se han hecho, pero como son muchas, me limitaré -lo considero importante para el establecimiento de la historia fidedigna de la ley- a leer lo que prometía respecto de la descentralización el programa de gobierno del entonces candidato presidencial Ricardo Lagos, llamado “Programa de Gobierno para Crecer con Igualdad”, documento que contiene catorce puntos relativos a la descentralización.

“Propiciaremos la elección directa del Consejo y del Ejecutivo Regional…”

“Crearemos un sistema de consultas ciudadanas y fortaleceremos la participación de las organizaciones sociales...”

“Completaremos, en un plazo de cinco años, el proceso descentralizador y de desconcentración del Estado...”

No voy a leer los catorce puntos, pero sí me interesa recordar lo que en materia de descentralización prometía el punto 10 del programa, pues adquiere gran vigencia a causa de los acontecimientos que nos ha correspondido vivir los últimos días.

¿Qué decía el punto 10 del Programa de Gobierno para Crecer con Igualdad respecto a la descentralización?

“Fortaleceremos el sistema municipal para que pueda mejorar la salud primaria así como la calidad y la equidad de la educación básica. Les daremos a los municipios las competencias, capacidades y autonomía necesarias, así como los aportes fiscales correspondientes, para enfrentar estas tareas con especial consideración por aquellas comunas más pobres. Equilibraremos la asignación de los recursos públicos con la magnitud de los compromisos asumidos por los municipios en el marco de la descentralización y desconcentración del Estado.”

No obstante, ¿qué hemos visto? Muchos de los problemas que hemos vivido en días pasados tienen su origen en que el Gobierno no ha tenido la decisión de descentralizar, y si se han conseguido dos regiones, como Valdivia y Arica, se debe a la labor fundamental de sus habitantes. Incluso, como Cámara hemos aportado, pero no hemos ido tan lejos como para producir la descentralización del país.

Aquí estamos adquiriendo un compromiso frente a la gente de Valdivia, que nos está dando una lección en el sentido de que, para sacar adelante un objetivo, hay que trabajar con fe y con decisión, y soy un convencido de que este país saldrá adelante cuando realmente se descentralice, no en los papeles, sino en la realidad.

¿Qué esperan las regiones? Que les entreguen los recursos que les corresponden y que les den autonomía para tomar sus propias decisiones y escoger su futuro.

Por eso, daré mi voto afirmativo a la creación de la Región de Los Ríos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro.

El señor DELMASTRO .-

Señor Presidente , deseo que mis primeras palabras sean para saludar muy afectuosa y fraternalmente a este maravilloso grupo de valdivianas y valdivianos que están presentes en las tribunas y que han venido de todos los rincones de la lejana provincia de Valdivia, para demostrar a ustedes que cuando se trata de reivindicar los derechos centenarios de la provincia, sus hijos son uno solo, piensan como uno solo y actúan monolíticamente. Ésa es la fortaleza de este sueño de más de treinta años, cuando se creó la Décima Región de Los Lagos, la más grande, extensa y desmembrada de Chile.

Deseo saludar a los alcaldes de todas las comunas que conforman la Asociación Provincial de Municipalidades de la provincia de Valdivia, a sus concejales, a los representantes de las organizaciones civiles y políticas y al Comité Nueva Región, quienes durante estas tres décadas han sido incansables luchadores de este proyecto que hoy está llegando al final de un largo camino; asimismo, al Comité Femenino de la Nueva Región , que ha demostrado que desde hace rato Valdivia reconoce a las mujeres como pieza fundamental en nuestra vida y en el desarrollo de la futura región.

Este grupo humano presente es una muestra representativa de toda la ciudadanía de la provincia, y a través de él enviamos un cálido saludo a todos quienes están atentos y pendientes desde sus hogares y lugares de trabajo, en las doce comunas de Valdivia, sobre qué ocurrirá con el futuro de la región.

En la sesión pasada escuchamos detalladamente la historia de la iniciativa y sobre los numerosos estudios que avalan técnicamente la necesidad de crear esta nueva región y los fundamentos sobre los que se basa el proyecto.

En menos de tres meses, ésta es la tercera vez que el proyecto es tratado en la Sala de la Cámara de Diputados. En efecto, habiendo sido informado a comienzos de marzo, por un acuerdo político se trasladó su discusión y votación para el 19 de abril pasado, fecha en la cual fue aprobado en general por abrumadora mayoría.

Hoy queremos dejar constancia de nuestro agradecimiento a cada uno de los diputados y diputadas que en aquella oportunidad apoyaron el proyecto, porque supieron comprender y visualizar que éste es un paso que significará avanzar en la descentralización del país y en el desarrollo más equitativo de esta vasta extensión de tierra llamada Décima Región de Los Lagos.

Aquel día 19 de abril llegamos a un acuerdo con el Gobierno para aprobar en general el proyecto y dejar parte de la aprobación en particular para más adelante, con el fin de que el Ejecutivo pudiera enviar una indicación que permitiera incorporar a la provincia de Osorno a la nueva Región de Los Ríos, dejando establecido que su capital sería la ciudad de Valdivia y que se consagraba la creación de la provincia de Ranco.

La incorporación de Osorno a la nueva región fue una petición expresa de algunos parlamentarios representantes de esa provincia y, por lo menos, así también rezaban algunos carteles que enarbolaba la gente de Osorno en aquella oportunidad en las tribunas. Valdivia siempre estuvo abierta a aceptar la incorporación de Osorno en este sueño. Así quedó demostrado ese día, cuando concordamos aceptar la indicación. Pensamos de buena fe que no era una maniobra de distracción, dilatación ni postergación de nuestro proyecto.

Tal como lo dijimos en la sesión pasada, desde los inicios de esta cruzada, Valdivia quiso ir junto a Osorno en esta nueva región. Pero este sentimiento nunca fue recíproco, como quedó plenamente demostrado en estos treinta años de lucha. Recién ahora, el 11 de abril pasado, algunos representantes de la provincia de Osorno presentaron al Ejecutivo un documento manifestando el deseo de ser incorporado en la nueva región. Sin embargo, este petitorio contenía tales demandas que era inaceptable, porque hacía tabla rasa y desconocía todo lo estudiado, analizado y discutido durante más de treinta años.

El contenido del documento, además de representar a una reducida proporción de la bases sociales de la provincia de Osorno, contenía conceptos que ni siquiera merecían la discusión y un análisis serio por parte del gobierno y de los parlamentarios miembros de la Comisión de Gobierno Interior. No obstante ello, estuvimos dispuestos a acoger parte de esta petición y esperar que el Ejecutivo enviara la propuesta de incorporar a Osorno en la nueva región.

Las indicaciones que posteriormente envió el Ejecutivo debieron modificar extensamente el articulado del proyecto original, toda vez que se debía agregar todo lo relacionado con los jueces y sus competencias en la provincia de Osorno, agregar los respectivos juzgados y, en fin, toda una readecuación que requería el proyecto al incorporar una tercera provincia a la nueva región.

Tal como lo relató el diputado informante , este arreglo y estas readecuaciones no satisficieron a quienes habían solicitado incorporar a Osorno en el proyecto. Es así como las indicaciones del Ejecutivo fueron rechazadas por 10 votos en contra, de un total de 12 diputados presentes en la Comisión. En otras palabras, hemos vuelto a fojas cero; es decir, al mismo punto donde quedamos el 19 de abril pasado.

Sólo hay una explicación razonable para entender qué pasó con la propuesta y presunto deseo de Osorno de incorporarse a la nueva región y que finalmente no fue tal: no existió consenso entre la ciudadanía de esa provincia -como lo demostró el diputado Fidel Espinoza en una encuesta- para pertenecer conjuntamente con Valdivia a una región cohesionada y unitaria. Digamos las cosas por su nombre: nunca lo hubo en el pasado ni tampoco lo hay en el presente.

Evidentemente, eso no tiene nada de malo, puesto que es una realidad. Contra eso, nada se puede hacer. Las comunidades pueden lograr sus objetivos y cumplir sus más sentidos anhelos sólo si tienen comunión de propósitos y de ideas, y esto aparentemente no se ha dado en el caso de Osorno. En Valdivia se ha dado por más de treinta años, período en el cual todos sus habitantes, sin excepción, han tenido un horizonte común, con un mismo discurso frente a la autoridad y al país, con un esfuerzo constante y coherente en que, al igual que en una carrera de postas, los actores de cada momento se van pasando el testigo para que el siguiente corredor siga en la carrera hacia la anhelada meta final.

Por esa razón, hoy estamos aprobando la creación de la nueva Región de Los Ríos.

En esta verdadera carrera olímpica de postas han participado muchos corredores, a veces con más dificultades que en otras, pero siempre avanzando hacia la meta. Cada vez que podamos reconoceremos la actuación que correspondió realizar a los ex parlamentarios de nuestra provincia, entre ellos, Juan Enrique Taladriz , Carlos Caminondo , los ex senadores Larre , Cariola , Valdés y, especialmente, el ex diputado Exequiel Silva , quien nos acompaña desde las tribunas, y a tanta otra gente de las fuerzas vivas de la provincia que participaron desde un comienzo en esta cruzada, como don Víctor Kunstmann , Andrés Fries , Teófilo Grob , que en paz descansen, y en la actualidad los hermanos Arnoldo y Guillermo Machaelis y tantos otros que sería larguísimo nombrar.

(Aplausos)

Durante estos largos años la provincia de Valdivia ha tenido meridianamente claras sus aspiraciones, sus metas y hacia donde desea llevar su desarrollo en el futuro. Así, ya en 1997, en un esfuerzo mancomunado entre los sectores privado y público, se elaboró lo que se llamó la Agenda Pactada Provincial de Desarrollo, implementada por la Corporación de Desarrollo de Valdivia. En un verdadero documento de trabajo, se plasmó una auténtica carta de navegación que consigna claramente las fortalezas y debilidades de las comunas de la provincia, con el fin de solucionar las debilidades y potenciar las fortalezas.

Este ejemplo es una demostración patente de que, cuando hay unión entre los actores de una región y los intereses colectivos se anteponen a los personales, es posible llegar muy lejos y a veces lograr lo que parece imposible. Ése es el verdadero espíritu que ha movido a nuestra futura región para alcanzar justamente ese estatus: ser nueva región.

Muchos se preguntan, con cierta razón, qué ganarán los valdivianos con una región independiente, si los recursos económicos son los mismos y, tal vez, se aumente la burocracia local. La respuesta es precisamente tener independencia, la misma que pretendieron nuestros próceres de la patria, que no quisieron depender de la ajena y lejana corona. Es decir, no depender de otros y hacer posible, aunque sea con los mismos y, a lo mejor, menos recursos que antes, decidir y priorizar por nosotros mismos nuestras verdaderas necesidades y soluciones. Mientras más cerca de la gente estén los recursos económicos, se toma de mejor manera la decisión de cómo invertirlos. Ojalá que cada peso y cada centavo estén al lado de las necesidades y no a cientos de kilómetros de distancia.

Hemos recorrido un largo camino hasta aquí, tanto en el tiempo como en el espacio. Valdivia está a mil kilómetros de distancia del Congreso Nacional, pero les aseguro que en este momento toda su gente, mujeres, hombres, niños y ancianos de cada rincón de esa hermosa y remota tierra, están aquí presentes y atentos a la decisión que se tomará sobre su futuro.

El señor LEAL ( Presidente ).-

Terminó su tiempo, señor diputado .

El señor DELMASTRO .-

Señor Presidente , hemos esperado treinta años, déme 30 segundos más.

Estimadas diputadas y estimados diputados, amigos todos, los insto a apoyar nuevamente esta iniciativa y a dar su voto favorable, tal como 78 de ustedes lo hicieron sabia y generosamente el 19 de abril pasado. A mis amigos que se abstuvieron en esa oportunidad, les envío un mensaje para que reflexionen, por cuanto la duda que pudieron tener respecto de si era necesario o conveniente que en esta región se incorporara también la provincia de Osorno está legítimamente despejada y solucionada.

Esto no debe entrabar el legítimo y justificado proyecto de la provincia de Valdivia, mediante el cual recuperará su autonomía e independencia perdida.

Señor Presidente , agradezco su atención y anuncio que la bancada de Renovación Nacional de nuevo votará en bloque por la aprobación de este proyecto de ley.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Cerrado el debate.

El proyecto se votará al término del Orden del Día.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor LEAL (Presidente).-

Corresponde votar en particular el proyecto que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio.

Hago presente a la Sala que los artículos 1°, 2°, 6°, 8°, 9°, 10 y 13 permanentes y los artículos primero, segundo, tercero y séptimo transitorios son normas de carácter orgánico constitucional y para su aprobación requieren del voto afirmativo de 66 diputadas y diputados en ejercicio.

Por su parte, el artículo 5°, que también tiene rango orgánico constitucional, requiere para su aprobación del voto afirmativo de 70 diputadas y diputados en ejercicio, conforme con la decimotercera disposición transitoria de la Constitución Política de la República.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos; por la negativa, 6 votos. Hubo 8 abstenciones.

El señor LEAL (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Cubillos Sigall Marcela; Hernández Hernández Javier; Lobos Krause Juan; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Turres Figueroa Marisol.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Díaz Del Río Eduardo; Estay Peñaloza Enrique; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel.

El señor LEAL (Presidente).-

Se deja constancia que se ha alcanzado el quórum constitucional en cada uno de los dos casos mencionados.

Despachado el proyecto.

-Aplausos.

1.11. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 06 de junio, 2006. Oficio en Sesión 21. Legislatura 354.

VALPARAÍSO, 6 de junio de 2006

Oficio Nº 6188

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje, Informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende la actual provincia de Valdivia, de la Región de Los Lagos y la nueva provincia de Ranco, a que se refiere el artículo siguiente. Los límites de la actual provincia de Valdivia se encuentran establecidos en el artículo 10 del decreto con fuerza de ley Nº 2-18.715, del año 1989, del Ministerio del Interior.

Artículo 2º.- Créase en la Región de Los Ríos la provincia de Ranco, capital La Unión, que comprende las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, de la actual provincia de Valdivia, la cual queda a su vez conformada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panguipulli.

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos

Artículo 13.- Autorízase al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región.

El traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos, con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos se efectuará en el plazo de 30 días contado desde la fecha de vigencia de esta ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del Intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Artículo 14.- La presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo segundo.- La Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la presente ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional.

La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo tercero.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación a los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo cuarto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo quinto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo sexto.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo séptimo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la presente ley.

Artículo octavo.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo noveno.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.”.

*****

Hago presente a V.E. que artículos 1°, 2°, 6°, 8°, 9°, 10 y 13 permanentes y los artículos primero, segundo y tercero transitorios fueron aprobados en general con el voto favorable de 74 señores Diputados de 120 en ejercicio, en tanto que en particular, con el voto conforme de 91 Diputados, de 116 en ejercicio, dándose cumplimiento a lo estatuido en el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

Asimismo, el artículo 5°, incorporado en el segundo trámite reglamentario, fue aprobado con el voto afirmativo de 91 Diputados de 116 en ejercicio, dándose cumplimiento a lo preceptuado en la disposición decimotercera transitoria de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a V.E.

ANTONIO LEAL LABRÍN

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Primer Informe de Comisión de Gobierno

Senado. Fecha 26 de septiembre, 2006. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 56. Legislatura 354.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio.

BOLETÍN Nº 4.049-06.

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Esta Comisión tiene a honra emitir su informe acerca del proyecto señalado en el epígrafe, en segundo trámite constitucional, iniciado en un mensaje del ex Presidente de la República, señor Ricardo Lagos Escobar.

A las sesiones en que esta Comisión se abocó al estudio de esta iniciativa asistieron, además de sus miembros, los Honorables Senadores señores Allamand, Flores, Frei, García y Kuschel; los Honorables Diputados señores Alvarado, De Urresti, Delmastro, Espinoza, Hernández, Jaramillo, Ojeda, Paredes, Recondo y Von Muhlenbrock, el ex Ministro del Interior, señor Andrés Zaldívar; el Ministro del Interior, señor Belisario Velasco; el Ministro (S) del Interior, señor Felipe Harboe; la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Claudia Serrano; el Intendente de la X Región, señor Jaime Bertín; el Gobernador de Valdivia, señor Ricardo Yáñez; el Alcalde de Panguipulli y, también, representante de la Asociación de Municipios de la Provincia de Valdivia, señor Alejandro Koehler; el Alcalde de San Pablo, señor Omar Alvarado; el Alcalde de Osorno, señor Mauricio Saint Jean; la Alcaldesa de La Unión, señora María Angélica Astudillo; la Alcaldesa de Puyehue, señora Ximena Núñez; el Alcalde de San Juan de la Costa, señor Javier Oyarzo; el Alcalde de Valdivia, señor Bernardo Berger; el Alcalde de Puerto Octay, señor Carlos Mancilla; el Alcalde de Purranque, señor César Negrón Schwerter; el Alcalde de Río Negro, señor Arturo Andrade; el Alcalde de Paillaco, señor Gastón Fuentes; el Alcalde de Futrono, señor Jorge Tatter; el Alcalde de Río Bueno, señor Waldo Flores; los concejales de Osorno, señora Marta Henke y señores Víctor Bravo y Emeterio Carrillo; la concejala de Río Negro, señora Mónica Villarroel; los concejales de Paillaco, señora Ramona Reyes y José Oscar Aravena; el Secretario de la Municipalidad de Panguipulli, señor Alfred González; del Ministerio del Interior, el Jefe de Gabinete, señor Jaime Pilowski y el Abogado Asesor, señor César Suárez; de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, el Jefe de Gabinete de la Subsecretaria, señor Axel Callis, el Jefe de la División Jurídica, señor Rodrigo Cabello, el Jefe de la División Políticas, señor Luis Angulo, y la Asesora de Comunicaciones, señora Marcia Pineda; el Asesor Legislativo del Presidente del Senado, señor Eduardo Cowley; el señor Victoriano Reinares, en representación de la Cámara de Comercio e Industria de Osorno A.G; la señora Alicia Vesperinos, Presidente de la Cámara de la Construcción de Osorno; el señor José Antonio Alcázar, Presidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno; el señor Víctor Pérez, en representación de los Colegios Profesionales de Abogados, Arquitectos y Contadores de Osorno; el señor Luis Alvarez, en representación de la Unión Comunal de Vecinos de Osorno; el señor Pablo Martínez, representante de la Federación de Sindicatos de Trabajadores Agrícolas Agroindustriales y afines de Osorno; los señores Carlos Silva y Pablo Martínez, representantes de la Central Unitaria de Trabajadores (Osorno); el señor Iván Navarro Abarzúa, Académico de la Universidad de Los Lagos; el señor Bernardo Antriao, consejero regional (CONADI); el señor Alfredo Frölich, representante de los consejeros regionales de la provincia de Osorno; el señor Gabriel Venegas, representante de la Asamblea Ciudadana de Osorno; los señores Raúl Basso y Néstor Santibáñez en representación del Comité Provincia de Valdivia Nueva Región; los señores Raúl Alcaíno y Guillermo Schwarzenberg, en representación de la Corporación de Desarrollo de la provincia de Valdivia; la señora Sonia Chávez y los señores Baldomiro González, Roberto Paredes y Francisco Vásquez, por la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Valdivia; los señores Rubén Delgado, Ítalo Martínez y Nemecio Vera Werner; por la Comisión Provincial de Consejeros Regionales, provincia de Valdivia; el señor Gustavo Serrano en representación de los Colegios Profesionales de Valdivia; las señoras Silvia Aguilar y Silvia Oyarzún, en representación de la entidad Comité Nueva Región Femenina; el señor Víctor Cubillos, el rector de la Universidad Austral; el señor Miguel Ramírez Carvajal, Director del Instituto de Economía de la Universidad Austral; los señores Luis Cerda, Néstor Derrocal, Jorge Lara, Patricio Yáñez, Guido Yobanolo y Luis Zúñiga, en representación de la Central Unitaria de Trabajadores; el señor Luis Alberto Guzmán, ex parlamentario; el señor Oscar Gayoso, y el señor Héctor Barría, profesor jubilado.

I. OBJETIVO DEL PROYECTO

Este proyecto tiene por objeto crear la XIV Región de Los Ríos, conformada por las provincias de Valdivia y Ranco. Esta última también se crea mediante esta iniciativa.

II. CUESTIÓN PREVIA

1. Hacemos presente que los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 9º, 10 y 13 permanentes, y los signados con los números 1º, 2º, y 3º transitorios, de aprobarse, deben serlo con rango de Ley Orgánica Constitucional, pues inciden en normas de esa jerarquía, como son la creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; el sistema electoral y la composición del Senado; la organización y atribuciones de los tribunales y, finalmente, la integración de los consejos regionales.

2. Dejamos constancia que de conformidad con el inciso sexto del artículo 36 del Reglamento de la Corporación, el proyecto de ley en informe se discutió solamente en general.

III. DOCUMENTOS

Informamos que se encuentran en la Secretaría de esta Comisión, a disposición de los señores Senadores, los siguientes documentos:

1. “Génesis de la Región de Los Lagos y propuesta para su remodelación“, Estado Mayor Presidencial, 1983.

2. “Análisis de la Estructura Territorial de Chile: El caso de la Región de Los Lagos”. Sergio Boisier, Eduardo Dockendorff y Esteban Marinovic, 1996.

3. “Estudio sobre Redefinición Territorial de la Región de Los Lagos”. Ministerio del Interior, 1983.

4. “Diagnóstico y Propuesta Metodológica para modificar la División Política y Administrativa del país”. Pontificia Universidad Católica de Chile, Instituto de Geografía, 2002.

5. “Estudio Territorial Preliminar de la División de la Región de Los Lagos” Arturo Ellis M., 1995.

6. “Redefinición Décima Región: Condición para el desarrollo integral del área, dentro de su rol nacional” Fundación Pedro de Valdivia, 1998.

7. “Informe Especial: Tendencia de la Gran Inversión Privada en la Región de Los Lagos”, de la Corporación de Desarrollo Tecnológico de Bienes de Capital (CBC), 1995.

IV. ANTECEDENTES

4.1. De Derecho

1. Constitución Política de la República.

2. Código Orgánico de Tribunales.

3. Ley Nº 18.553, del Servicio Electoral.

4. Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

5. Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

6. Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobiernos Regionales.

7. Ley Nº 19.379, que fija plantas de personal de los servicios administrativos de los Gobiernos Regionales.

8. Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público.

9. Ley Nº 19.968, que crea los Tribunales de Familia.

10. Ley Nº 20.022, que crea los Juzgados Laborales y Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica.

4.2. De Hecho

El primer acápite del mensaje con el que se inició este proyecto explica que el debate de éste tiene lugar luego de la reforma constitucional que eliminó el número de regiones y uniformó el procedimiento para crearlas o suprimirlas.

Agrega que en este nuevo contexto se ha considerado conveniente reformular la estructura de la X Región pues, desde su creación, ha sido objeto de críticas, especialmente por las condiciones de capitalidad regional que se atribuyen a Valdivia en un contexto multivalente: económico, histórico, demográfico y territorial.

Señala, enseguida, que analizada dicha estructura desde el punto de vista territorial se han advertido desajustes que han motivado la aplicación de medidas presupuestarias, institucionales y administrativas para resolver o atenuar diferencias geográficas que impiden la consolidación e integración de la provincia de Valdivia, y que hacen que la nueva región quede conformada con el territorio de ésta, cuya población alcanza a los 356.400 habitantes (censo 2002).

Expresa el mensaje que la nueva región, dotada de institucionalidad y recursos propios y de adecuadas instancias de participación regional, podrá optimizar su nivel de desarrollo sobre la base de soluciones surgidas de su propia comunidad.

Concluye este acápite advirtiendo que la nueva división regional, en un contexto de globalización, no debe dar pie a espacios o comunidades antárguicos sino que, por el contrario, ha de servir para la creación de instancias de circulación y coordinación sistémica, con un enfoque supraregional que dé como resultado una potenciación mutua de las regiones.

En un segundo acápite, la institucionalidad regional, el mensaje expone que la nueva región demanda una estructura institucional en diversas áreas: gobierno interior (Intendencia); administración regional descentralizada (Gobierno Regional); administración pública desconcentrada (SEREMIS y direcciones regionales de servicios públicos); administración de justicia; justicia electoral y oficina regional de la Contraloría General de la República.

Recuerda, a continuación, que para implementar la nueva institucionalidad es menester modificar normas sobre personal (cantidad y tipo de cargos), para lo cual se faculta al Ejecutivo a efectuar las pertinentes adecuaciones mediante uno o más decretos con fuerza de ley.

También, ha de analizarse el efecto presupuestario que significará el funcionamiento del gobierno regional y la inversión regional.

Enseguida, en un tercer acápite, el mensaje se ocupa de la creación de una segundo provincia que formará parte de la nueva región.

La referida provincia estará constituida por comunas que presentan una clara vinculación y mejor conectividad con La Unión: Paillaco, Lago Ranco, Río Bueno y Futrono, y se denominará Provincia de Ranco en atención a que del lago del mismo nombre son ribereñas las comunas mencionadas, con excepción de Paillaco, aunque ésta también recibe su influencia.

Informa el mensaje que la población de esta provincia alcanza a los 115.429 habitantes según el censo del año 2002 y tiene una superficie de 9.128 km². Entretanto, Valdivia quedará con una población de 235.311 habitantes y un territorio de 9.301 km².

La capital de la primera será La Unión, hasta 1975 capital de departamento, que cuenta con una población de 25.615 habitantes, siendo las siguientes las distancias hasta las sedes de las comunas que la conforman: 35,1 kms. a Paillaco; 10,5 kms. a Río Bueno; 54,5 kms. a Lago Ranco, y 88,6 kms. a Futrono.

Comenta finalmente el mensaje que por sus características geográficas, esta provincia orienta su vocación a las áreas agrícola y ganadera, con un importante potencial turístico que le permitirá planificar acciones para la aplicación de políticas en el nuevo contexto regional.

En un cuarto acápite, también vinculado a aspectos institucionales, esta vez focalizados al entorno provincial, el mensaje se refiere a la gobernación, al consejo económico social provincial y las direcciones provinciales de los servicios públicos.

Expresa que en el marco de la reforma constitucional regional, actualmente en trámite en esta Corporación, el Ejecutivo propondrá transferir a los intendentes regionales las atribuciones que actualmente tiene los gobernadores de provincias cabeceras de región, con lo cual se optimiza la labor administrativa y se evitan duplicidades de esfuerzos en las instancias de gobierno interior.

También, al igual que en la creación de nuevas regiones, en el caso de esta nueva provincia se sugerirá facultar al Presidente de la República para adecuar las plantas de personal a la nueva estructura administrativa.

El quinto acápite del mensaje relativo a la administración de la nueva región, propone que la regulación de la misma entre en vigor el primer día hábil del mes de enero del año siguiente a la publicación de esta ley, oportunidad en que se designará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la Provincia de Ranco. Al mismo tiempo se instalará el Consejo Regional integrado con los actuales consejeros representantes de Valdivia, los que permanecerán en sus cargos hasta la nueva elección nacional de consejeros regionales, con la opción de que si en la discusión parlamentaria se propusiere un nuevo consejo, el Ejecutivo implementaría la correspondiente elección complementaria.

Señala, a continuación, que se ha previsto que mientras no se instalen en la Región de Los Ríos las correspondientes seremías, las direcciones regionales de los servicios públicos continuarán ejerciendo sus funciones en ambas regiones.

En materia de innovación en los sistemas de administración regional el proyecto no innova, en la posibilidad de que fruto de la discusión parlamentaria surjan propuestas para flexibilizar la estructura administrativa regional. Con todo, la iniciativa prevé que la instalación del aparato administrativo de la nueva región, a contar de la publicación de esta ley, sea responsabilidad del Ministerio del Interior y de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, los que coordinarán la acción de los restantes ministerios en el proceso de instauración de las nuevas seremías y servicios públicos. Además, habrán de asesorar y coordinar al Gobierno Regional de Los Lagos en la entrega de la información y antecedentes necesarios para el inicio de las funciones del nuevo gobierno regional y los derechos y obligaciones que le correspondan.

A continuación, en un sexto apartado, el mensaje se refiere a las modificaciones que esta nueva división territorial trae aparejadas en materia electoral.

A este respecto, expresa que la asignación de la numeración romana XIV para la Región de Los Ríos tiene por objeto hacer coincidir las elecciones de senadores de las regiones de número par, entre las que se incluye la Región de Los Lagos. Como comentario, el mensaje dice que el punto de referencia para asignar los períodos de elección de senadores -que hoy está determinado por los números pares e impares- habrá de establecerse en la ley correspondiente, lo que servirá, además, para consolidar los nombres de cada una de ellas.

Señala, finalmente, que la creación de la XIV Región de Los Ríos supone la modificación de la 16ª circunscripción senatorial, que actualmente comprende los distritos Nºs. 54, 54 y 55 correspondiendo los primeros a las comunas de Valdivia, y el tercero a Osorno, el cual deber ser transferido a la 17ª circunscripción. También ha de modificarse el artículo 180 de la ley Nº 18.700, que considera con dos circunscripciones a la Región de Los Lagos.

V. ESTRUCTURA DEL PROYECTO Y DESCRIPCIÓN DE SU ARTICULADO

La iniciativa aprobada en primer trámite constitucional por la Honorable Cámara de Diputados está estructurada con 14 artículos permanentes y nueve transitorios.

Consignamos, a continuación, una descripción general de dichos preceptos.

El artículo 1º crea la XIV Región de Los Ríos, cuya capital es la ciudad de Valdivia, conformada por la actual provincia de Valdivia de la Región de Los Lagos y la nueva provincia de Ranco, que se define en el artículo siguiente.

Agrega este precepto que los límites de la provincia de Valdivia están establecidos en el artículo 10 del DFL Nº 2-18.715, de 1989, del Ministerio del Interior.

A su vez, el artículo 2º crea en la Región de Los Ríos la Provincia de Ranco, capital La Unión, que comprende las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, que actualmente conforman parte del territorio de la Provincia de Valdivia. Esta última queda integrada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panquipulli.

El artículo 3º fija la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Los Ríos, que incluye tres directivos, cargos de exclusiva confianza; nueve directivos, cargos de carrera; veinticinco profesionales, dos técnicos; nueve administrativos, y siete auxiliares, lo que hace un total de cincuenta y cinco cargos.

El artículo 4º crea cargos de autoridades políticas y de empleados administrativos en la planta del Servicio de Gobierno Interior fijada por el DFL Nº 60-18.834, de Interior, de 1990: intendente; gobernador; seis cargos directivos; tres profesionales; dos técnicos; tres administrativos, y dos auxiliares, con un total de dieciocho cargos.

El artículo 5º propone enmiendas a la ley Nº 18.700, orgánica constitucional de Votaciones y Escrutinios para adecuar sus disposiciones a la nueva circunscripción senatorial correspondiente a la Región de Los Ríos.

La primera elimina, en el artículo 180, la mención a la Región de Los Lagos. (El referido precepto enumera las regiones en que habrá dos circunscripciones electorales).

La segunda propone modificaciones al artículo 181, que establece las circunscripciones senatoriales:

a) Reemplaza en el párrafo referido a la circunscripción Nº 16 la frase “constituida por los distritos electorales Nºs. 53, 54 y 55 de la X Región de Los Lagos”, por las expresiones “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) También sustituye en el párrafo relativo a la circunscripción Nº 17 la frase “constituida por los distritos electorales Nºs. 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;” por la oración “constituida por la X Región,

El artículo 6º crea en la planta del personal del Servicio Electoral los empleos de director regional; dos administrativos, y un chofer, con un total de cuatro cargos.

El artículo 7º modifica la planta consignada en el artículo 72 de la ley Nº 19.640, orgánica constitucional del Ministerio Público, incrementándola con veintisiete cargos: un fiscal regional; un director ejecutivo regional; dos jefes de unidad; ocho profesionales; cinco técnicos; siete administrativos y tres auxiliares.

Los artículos 8º, 9º y 10 transfieren tribunales de garantía; orales en lo penal; civiles; de competencia común; de familia, y laborales y de cobranza laboral y provisional, desde la actual Región de Los Lagos a la nueva región, con mención de sus territorios jurisdiccionales, para lo cual proponen, respectivamente, enmiendas al Código Orgánico de Tribunales; a la ley Nº 19.968, que creó los juzgados de familia, y a la ley Nº 20.022, sobre juzgados laborales y de cobranza laboral y provisional.

El artículo 11 precisa que tanto la legislación como toda norma reglamentaria y otras disposiciones que aludan o mencionen a la provincia de Valdivia deben entenderse referidas a la Región de Los Lagos, y las que digan relación con la Región de Los Lagos se extenderán a ambas regiones.

El artículo 12 prevé que el mayor gasto fiscal que demande esta ley en el año de su publicación se financiará con reasignaciones presupuestarias de los correspondientes ministerios, servicios y organismos.

El artículo 13 autoriza al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio y gratuitamente a la nueva región los inmuebles de propiedad del primero situados en el territorio de esta última (inciso primero).

Enseguida, precisa que la transferencia de los créditos y obligaciones del Gobierno Regional de Los Lagos, contraídos con anterioridad a esta ley, que incidan en el territorio de la nueva región, se practicará en los 30 días siguientes a la vigencia de esta ley y, finalmente, en un inciso tercero, ordena al conservador de bienes raíces que corresponda inscribir los inmuebles transferidos, previo requerimiento del intendente de la nueva región, gratuitamente y sin impuestos.

El artículo 14 establece la modalidad de vigencia de esta ley: el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de la publicación. En esa fecha (primer hábil de enero) se nombrará al intendente de la nueva región y al gobernador de la provincia de Ranco.

El artículo primer transitorio consigna la oportunidad y modo de constituir el Consejo Regional de Los Ríos: el día de entrada en vigencia de esta ley con los consejeros que representan a Valdivia, por el tiempo que reste del respectivo período.

El artículo segundo transitorio dispone que la Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de esta ley considerará los gastos de funcionamiento del Gobierno Regional y de inversión regional (inciso primero).

A continuación, prevé que en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional en el primer año, se considerará el número de regiones existente en el año precedente y el monto que corresponda a la Región de Los Lagos se repartirá entre ésta y la nueva región determinado mediante las variables de ponderación consignadas en la Ley Orgánica Constitucional de Gobiernos Regionales (condiciones de pobreza e indicadores de acceso a los servicios y diferenciales de costos de pavimentación y construcción).

El inciso tercero de este precepto previene que no obstante la obligación dispuesta en la Ley Orgánica Constitucional de Gobiernos Regionales de actualizar cada dos años los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán dichos coeficientes disponiéndose en la Ley de Presupuestos las provisiones para compensar a las regiones que en la distribución del 90% del Fondo reciban un monto inferior al del año 2006, pero esta compensación no beneficiará a la Región de Los Lagos.

El artículo tercero transitorio dispone que entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno de Los Lagos establecerá los derechos y obligaciones de la nueva región para asegurar su funcionamiento.

El artículo cuarto transitorio faculta al Presidente de la República para modificar las plantas de los ministerios, servicios y organismos públicos, adecuándolas al funcionamiento de la nueva región y de la provincia de Ranco. Se lo autoriza, también, para traspasar ocho funcionarios del Servicio Administrativo de la Región de Los Lagos a la nueva región y los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Establece, igualmente, normas relativas a los cargos que queden vacantes con motivo de estas transferencias, otras sobre protección laboral para los funcionarios afectados por estas modificaciones.

El artículo quinto transitorio autoriza al Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de esta ley, parar designar en comisión de servicio en la nueva región, y por el espacio de un año, a cualquier funcionario de la Administración.

El artículo sexto transitorio previene que en tanto no estén instaladas en la nueva región las respectivas seremías, las direcciones regionales de los servicios centralizados y descentralizados y los órganos de Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo sus funcionasen ambas regiones; y los secretarios regionales ministeriales se subordinarán a ambos intendentes en lo que corresponda a cada región. Lo mismo procederá respecto de los directores regionales por intermediación de los secretarios regionales ministeriales y, finalmente precisa que estas normas se aplicarán a la Región de Los Lagos en el caso de que existan seremías o direcciones regionales con sede en Valdivia.

El artículo séptimo transitorio atribuye al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, la potestad de coordinar a los ministerios y servicios públicos para instalar las seremías y direcciones regionales que sean necesarias en ambas regiones. También dispone este precepto que la referida autoridad asesorará y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para asegurar el funcionamiento de la nueva región, estableciendo los derechos y obligaciones a que se refiere el artículo tercero transitorio precedentemente descrito.

El artículo octavo transitorio prevé que para el primer pago de la asignación de modernización de los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos por desempeño institucional y colectivo, en los primeros noventa días de vigencia de esta ley se fijarán los objetivos de gestión y se suscribirá el correspondiente convenio de desempeño, procediendo el pago a contar del 1º de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Finalmente, el artículo noveno transitorio dispone que el intendente de la nueva región designará al personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a contar desde la vigencia de esta ley y en calidad de titulares, a los funcionarios que desempeñen los cargos de jefes de división, y como suplentes, a los que ocupen los empleos de carrera que sean necesarios para constituir el comité de selección para el concurso de acceso a la Administración, y para asegurar el cumplimiento de las funciones del gobierno de la nueva región.

VI. DEBATE EN GENERAL

En sesión de 28 de junio de 2006, y considerando la exitosa experiencia de haber celebrado en Arica una sesión especial junto a la comunidad con ocasión del proyecto de ley que crea la XIV Región, la Comisión acordó celebrar el 6 de julio de 2006 una sesión en Osorno, y otra, el día 7 del mismo mes, en Valdivia, para escuchar los planteamientos de la ciudadanía, expresados a través de diversas organizaciones y entidades, acerca de la creación de la Región de Los Ríos.

El día 6 de julio pasado, la Comisión, integrada con los Honorables Senadores señores Víctor Pérez, Presidente; Jorge Arancibia (señor Hernán Larraín); Carlos Bianchi; Ricardo Núñez y Hosain Sabag, y con la asistencia de los Honorables Senadores señores Andrés Allamand; Eduardo Frei y Carlos Kuschel, se reunió en los salones del Municipio de Osorno con el propósito indicado.

En primer lugar, intervino el señor Victoriano Reinares, en representación de la Cámara de Comercio e Industria de Osorno A.G., quien expresó que dada la importancia que tiene para el país este proyecto, no parece conveniente la urgencia que se le ha dado por parte del Ejecutivo. Según su opinión, ha primado distribución de los dineros y la creación de provincias para crear regiones, sin que se haya discutido el fondo del asunto, cual es el funcionamiento actual de la regionalización y la visión estratégica para que el país alcance una efectiva descentralización. Manifestó su descontento en torno al estado actual del proceso regionalizador, pues sólo significará un aumento de la burocracia y de los costos administrativos, incentivando la demanda de futuras nuevas regiones.

Agregó que Osorno es una de las más productivas provincias en la X Región, con un gran aporte en tributos en general, pero una de las provincias que menos recursos públicos ha recibido. Prosiguió diciendo que en la discusión no se han mencionado los índices de productividad como inversión pública versus retorno en tributos, inversión pública versus inversión privada y otras relacionadas con la productividad en general. Afirmó que el Estado, a nivel nacional, aporta aproximadamente el 20% de la inversión total, quedando el resto a cargo de los privados. Este equilibrio, precisó, es sano e importante mantenerlo, pues de lo contrario se estarán creando sectores artificiales que no se sustentarán por si solos y terminarán siendo un gasto neto para el país.

Finalmente, y en relación con las condiciones a que debería aspirar la provincia en un nuevo orden administrativo público, estimó que se deben considerar los siguientes temas:

1. Reinstalación de la unidad política de la provincia de Osorno.

2. No crear ninguna provincia adicional, pues ello solamente aumentará los gastos administrativos.

3. Que las nuevas divisiones administrativas que se creen no dividan la actual y natural provincia de Osorno.

4. Considerar la conectividad y logística ya que las regiones sufren de “centralismo nacional” y las provincias sufren del “centralismo regional”.

5. Establecer un equilibrio positivo hacia Osorno de las personas que deciden sobre las inversiones públicas.

6. Distribuir proporcionalmente a los funcionarios públicos.

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Enseguida, expuso ante la Comisión la señora Alicia Vesperinos, Presidente de la Cámara de la Construcción, quien inició su exposición señalando que en los argumentos que fundamentan el proyecto, hay expresiones como: “… a partir de la reforma constitucional de agosto de 2005, resulta posible adecuar, si resulta necesario, la división territorial del país, de manera que sea coherente con el proceso de descentralización.”

“… la configuración resuelta para la X Región, ha impedido la consolidación e integración plena de la provincia de Valdivia en l región de que forma parte.”;

“… se prevé que con la creación de esta región, se facilitará el diseño e implementación de estrategias tendientes a optimizar su nivel de desarrollo.”;

Señaló que de lo anterior se deduce que se debe crear una región, porque la actual división administrativa del país no da respuesta a las necesidades de una provincia especial como Valdivia. Agregó que con este argumento, cualquier provincia, en similar situación, debería exigir este mismo derecho y serle otorgado.

Es de la opinión que, dado que esta es una iniciativa del Ejecutivo, éste debe revisar el proceso de regionalización creado hace 30 años, e investigar si se ajusta a lo que requiere el país en la actualidad. Esta discusión debe hacerse a la brevedad y con un plazo definido. No parece serio, continuó, destinar una Intendencia para 356.000 habitantes, mientras la Región Metropolitana tiene una para 6.000.000. Al mismo tiempo, apuntó que hoy, cuando Chile está hablando de tratados de libre comercio con el mundo, razones de distancias de 200 kilómetros no pueden ser impedimento para administrar eficientemente un territorio.

Hizo presente que en la página web de la Subsecretaría de Desarrollo Regional aparece publicada una entrevista a la señora Claudia Serrano, realizada el 28 de abril de este año, en la que señala que “es necesario hacer un estudio con visión de país sobre el diseño de regiones que tenemos. No somos partidarios de crear más regiones, tenemos que evaluarlo y pensarlo más seriamente, como país, no como una colección de demandas de distintos sectores, grupos o territorios.”. Señaló que coincide con esas expresiones y que espera que el resultado de dicho estudio sea ampliamente conocido antes de proseguir con este proyecto de ley.

Afirmó que, de insistir en la idea de legislar acerca de la creación de esta nueva región, la comunidad de Osorno, por un tema de conectividad, prefiere tener como capital la ciudad de Puerto Montt.

Agregó, finalmente, que su gremio estará siempre disponible para apoyar las iniciativas que busquen de verdad un desarrollo armónico del país, un correcto uso de los recursos, una descentralización moderna para conseguir una integración de todo su territorio y el bienestar de todos sus habitantes.

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Posteriormente, usó de la palabra el señor José Antonio Alcázar, Presidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, quien expresó que la discusión sobre la creación de la Región de Los Ríos es un tema que ha vuelto a tomar vuelo, incentivado por las gestiones de personeros de la ciudad de Valdivia que, con o sin derecho, pretenden reflotar una discusión anticuada y romántica, que no soluciona los problemas de fondo del inconcluso proceso de regionalización, el cual no sólo está afectando a algunos sectores del país sino que a todo su conjunto.

Señaló, a continuación, que uno de los argumentos que esgrime Valdivia para transformarse en una nueva región es el abandono y perjuicio que ha sufrido luego de que fuera, al igual que Osorno, capital provincial, para luego pasar a ser una provincia dependiente de una mega región con capital Puerto Montt. Pero lo cierto es que Valdivia, lejos de ser perjudicada con la regionalización, ha sido enormemente beneficiada al disponer de jefaturas de servicios públicos y mayores recursos.

En materia de inversión pública comunal per cápita, afirmó que entre el período 1990-2002, en Valdivia se invirtieron $ 797.250, en tanto que en Osorno esta inversión alcanzó sólo a $ 469.688 y para el caso de Llanquihue, ésta fue de $ 646.203. Similar situación se observa en la inversión pública provincial, donde nuevamente Valdivia ha sido la más favorecida con $ 822.743, seguida por Llanquihue con $ 742.531 y, finalmente, por Osorno con $ 737.307 per capita.

Al analizar estas cifras en la región, expresó que no hay duda de que Valdivia es hoy la provincia que mayores recursos ha percibido del fisco, y para probar esta asimetría en la repartición de recursos estatales, se debe analizar la forma cómo se reparte el fondo común municipal.

Agregó que mientras Chile en la última década ha optado por un modelo económico liberal sustentado en el principio de la apertura comercial y la integración con bloques comerciales y terceros países, el Gobierno está apostando por el desarrollo de una provincia “postergada” a través de la división, lo cual es, ciertamente, un contrasentido.

Tal vez la única explicación es el “experimento de un nuevo tipo de administración”, lo cual viniendo del Gobierno le parece una irresponsabilidad no sólo con Osorno, sino con la propia ciudad de Valdivia y también con el país. A este respecto, crear una región modelo para probar un nuevo sistema no es la forma de solucionar los problemas.

Señaló que los verdaderos problemas de Valdivia y de muchas otras provincias, entre ellas Osorno, tienen relación con la poca independencia en la asignación de los recursos y la falta de democratización en la designación de las autoridades provinciales y regionales.

Continuó señalando que con la división regional se pierde una de las cualidades más importantes de la actual Región de Los Lagos, cual es la diversidad de actividades económicas existentes y los vasos comunicantes que entre ellas existen, tanto desde el punto de vista productivo, como de la posibilidad de migración de la mano de obra de un sector a otro, lo cual permite mantener índices de bajo empleo en forma permanente en el tiempo y con baja estacionalidad.

Es por lo anterior que la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno está en contra de la división regional, exigiendo al Gobierno realizar estudios que entreguen un diagnóstico y soluciones concretas a los inconvenientes que muestra el proceso regionalizador. Con dichos resultados será posible plantear una nueva división administrativa o la implementación de nuevas medidas para mejorar el actual esquema de regionalización.

Concluyó manifestando que:

- El proyecto de ley sólo crea una nueva región, pero no da soluciones concretas a los problemas del actual modelo de regionalización.

- Con el actual sistema de regionalización, la provincia de Valdivia, especialmente la comuna de Valdivia, ha sido la provincia más favorecida.

- En este momento, Osorno y sus comunas han sido discriminados con el actual sistema.

- El Gobierno, conciente de las fallas que adolece el actual sistema, debe estudiar medidas de fondo para solucionar los problemas en las asignaciones de recursos, la democratización de las autoridades y los centralismos locales y nacionales.

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Expuso a continuación el señor Víctor Pérez, en representación de los Colegios Profesionales de Abogados, Arquitectos y Contadores de Osorno, quien puntualizó:

1. La eventual incorporación de la Provincia de Osorno a la Región de Los Ríos es considerada como un mal menor que podría ser aceptado en la medida que el Gobierno cumpla, dentro del mismo proyecto de ley, con una serie de condiciones que permitan proteger las características que hoy tiene la provincia de Osorno y asegurar su potencial de desarrollo.

2. La ciudadanía de Osorno tiene el derecho y el Gobierno el deber no sólo de escuchar a sus actores sociales, sino, también, una vez concluido el proceso de consulta, hacer una propuesta definitiva sobre la cual de una vez por todas podamos permitir un pronunciamiento, esto es, decidir si o no a la incorporación de la provincia a la Región de Los Ríos.

3. En relación con la necesidad de incorporar Osorno para la viabilidad del proyecto de creación de la Región de Los Ríos y para la seriedad de las políticas públicas sobre regionalización y si se ha llegado a la conclusión por parte del Gobierno de que es imprescindible dividir la Región de Los Lagos:

a) Lo lógico es dividir en dos partes que sean proporcionales, en cuanto a territorio y en cuanto a población.

b) Lo lógico es que los territorios comprendidos en cada región sean efectivamente distintos, con vocaciones distintas. Absurdo será dejar en dos regiones distintas zonas que por historia, cercanía, actividades productivas iguales se han desarrollado unidas hasta la fecha. Esto es precisamente lo que se está haciendo con La Unión, Río Bueno y Lago Ranco respecto de la provincia de Osorno, un error que no se puede dejar pasar.

Hacer lo contrario implicaría no sólo causar un grave daño al desarrollo de la zona sur, sino que constituiría una señal para el resto de las provincias del país de que todas pueden ser regiones, generando una demanda que al parecer el Gobierno no estaría dispuesto a satisfacer, haciendo perder el rumbo a muchos territorios, desorientándolos y evitando que se concentren en sus reales estrategias de desarrollo.

4. La provincia de Osorno requiere de instituciones que garanticen su potencial de desarrollo, pues al estar rodeada de ciudades capitales regionales, como lo serían Valdivia por el norte y Puerto Montt por el sur, éstas se presentarían como ciudades más atractivas desde el punto de vista administrativo y político haciendo que muchas empresas y personas privilegien tener como centro de sus actividades dichas ciudades, causando una competencia desigual entre estas tres ciudades, con un claro deterioro de las posibilidades de desarrollo de Osorno y su provincia.

5. Por otra parte, con independencia de los factores de desigualdad creados por el Estado entre distintas ciudades, es fundamental mejorar el entorno público-administrativo de las actividades económicas, en términos de hacer que los trámites de los empresarios y ciudadanos sean más eficientes en cuanto a costos y tiempo. Para ello un factor esencial es que los servicios públicos críticos para la provincia tengan su asiento en la ciudad de Osorno y que los demás servicios públicos de nivel provincial cuenten con mayor autonomía. Del mismo modo, es importante que las secretarías regionales ministeriales vinculadas con nuestras actividades económicas relevantes tenga su asiento en Osorno.

6. Es trascendental potenciar la provincia como polo de desarrollo agroalimentario, para lo cual se ha de contar con un centro de innovación y desarrollo de las ciencias en dicha área, en términos tales que se establezca un verdadero vínculo entre empresas y centros de estudios que permitan proporcionar un valor agregado cada vez mayor a nuestros productos.

7. Es fundamental que en este proceso sea mantenida la unidad actual de la provincia y la incorporación a ella de las comunas de La Unión, Río Bueno y Lago Ranco, e incluso Frutillar, dada su complementariedad tanto productiva como cultural.

a) Este territorio se vería valorado por la potencialidad que genera el eje transversal definido por el paso internacional Cardenal Samoré.

b) Es perentorio que con el objeto de potenciar el desarrollo cultural, se cree un fondo especial estatal que garantice proyectos por un período de a lo menos cinco años.

8. Creación de la Corte de Apelaciones de Osorno. Hoy en día los ciudadanos de Osorno están restringidos de acceder a la “Justicia de Corte”, pues actualmente dependen de la Corte de Apelaciones de Valdivia que cuenta con dos salas, y que se encuentra a más de 110 kilómetros, de los cuales 45 kilómetros corresponden a una carretera de una sola vía de características sinuosas muy marcadas que la hacen más peligrosa de lo normal. Este elemento marca una clara tendencia inhibitoria en el ejercicio de derechos antes la Corte de Apelaciones para los ciudadanos de la provincia de Osorno, para quienes es mucho más caro litigar en corte, como ha quedado demostrado por un estudio realizado al efecto. Según las estadísticas de ingreso una de las salas se justifica en Valdivia y sus comunas cercanas y la otra en Osorno y sus ciudades cercanas. Con un trato equitativo y la distribución de los recursos humanos y físicos, se permitiría que todos los ciudadanos de las provincias de Valdivia y Osorno tengan las mismas posibilidades. De este modo, si Osorno contara con una Corte de Apelaciones la administración de justicia sería verdaderamente accesible, más económica, de mejor calidad y más cercana a la gente de la provincia.

9. Las condiciones que los colegios profesionales de Osorno en esta oportunidad proponen son necesarias para la eventual incorporación de la provincia a la Región de Los Ríos, pero no son suficientes, pues no se han enfocado en todos los aspectos vinculados a este proyecto, considerando valiosas las demás peticiones que realicen el resto de los actores sociales y políticos de la provincia.

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El señor Luis Alvarez, en representación de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Osorno, expresó su preocupación por cómo el Gobierno ha puesto en la discusión parlamentaria el proyecto de ley que crea la Región de Los Ríos, que se fundamenta en el cuestionamiento a la forma de cómo nace la Región de Los Lagos, ya que los criterios utilizados en el año 1974 fueron físico-funcional-geopolíticos con un diseño centralizado y voluntarista, estrictamente nacional y, además, considerando que el país vivía una situación de excepción, sin ponderar otros aspectos como los socio-culturales.

Desde entonces, han transcurrido 32 años y los escenarios han evolucionado. Sin embargo, el Gobierno se ha dado cuenta de que la nueva región es inviable administrativamente dado su extenso territorio, que asciende a 67.013 kms². Cuestionó la existencia de estudios empíricos que hagan posible al Gobierno llevar a cabo la división de territorios que está haciendo en la propuesta de ley en debate. También hizo presente la carencia de un informe que dé cuenta de una evaluación real y efectiva del proceso de regionalización. Señaló también estar convencido de que se ha generado un proyecto sobre la legítima aspiración de los valdivianos que permanentemente han reivindicado la autonomía territorial porque nunca se sintieron parte de la región de Los Lagos.

La ciudadanía local siempre ha sido contraria a dividir esta región bajo tres premisas:

a) Las tendencias económicas hablan de apertura externa que se manifiesta en el concepto de globalización sin perder de vista la integración con ejemplos concretos, como la comunidad económica europea.

b) Pero, además, las regiones y las provincias reclaman descentralización que es un fenómeno eminentemente político en donde se ha avanzado pero no lo suficiente y donde esencialmente se radica el desarrollo regional.

c) Porque existen formas de generar regiones sin dividir territorios, utilizando plataformas tecnológicas que permitan crear regiones virtuales.

Sin embargo, la fuerza de los hechos obligan a plantear una discusión, en el seno de esta comunidad, sobre el proyecto de ley que crea la Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, proposición que se rechaza pues parte de premisas excluyentes, sin visión de futuro, y no considera las potencialidades económicas del territorio, cerrándose arrogantemente a escuchar a la provincia de Osorno, sin una discusión amplia con participación ciudadana real, principio básico de la democracia.

Es por ello que las organizaciones sociales de Osorno, ante este escenario adverso y sin reversa, están porque se proponga una división regional para la provincia de Osorno pero sobre la convicción de los que plantean Boisier, Dockendorff y Marinovic en su estudio de conflictos regionales y políticas públicas del año 1996, que dice:

“Los escenarios futuros que condicionan el desarrollo nacional exigen políticas regionales de nivel nacional que posibiliten los indispensables desarrollos descentralizados y participativos en ámbitos territoriales con ventajas comparativas y competitivas concordantes con las exigencias de una economía globalizada y la configuración de un sistema territorial acorde con los postulados de mayor equidad, sostenibilidad y sustentabilidad”.

Atendido lo expuesto, planteó lo siguiente:

a) Participar de la nueva región con Valdivia y las siete comunas de esta provincia, conformando un territorio equilibrado con una superficie de 27.653 km² y con 569.317 habitantes, lo que representa el 53% de la población actual. Esta configuración territorial tiene como sustento económico los sistemas productivos agropecuario, forestal y servicios turísticos.

b) Por lo tanto, se desestima la creación de la provincia de Ranco.

c) Que en la nueva región se implemente un modelo de gestión basado en la desconcentración del poder teniendo SEREMIS y directores regionales acordes con los lineamientos productivos de los territorios.

d) Que los CORES sean elegidos por votación popular y que el presidente del consejo regional sea distinto del Intendente.

e) Se genere una política de inversión trienal en la comuna de San Juan de la Costa, la más pobre de Chile, focalizando la inversión en redes viales, potenciando su costa como zona productiva y principalmente rescatando los balnearios para generar un polo turístico local e internacional resaltando sus bondades con playas de arenas blancas.

f) Exista un compromiso gubernamental de transformar en un polo de desarrollo nuestra ubicación estratégica de conectividad con Argentina por el único paso internacional que durante todo el año está habilitado, y para ello es necesario contar con la doble vía en la ruta Puyehue. Al mismo tiempo, se modernice el aeropuerto extendiendo su pista para que sea operable durante todo el año.

g) Que el Gobierno declare a Osorno como zona turística, pues ello permitirá aumentar la retribución del fondo común municipal.

h) Recuperar la unidad política-electoral de la provincia, para terminar con la división provincial de tener tres comunas en el distrito 55 y en la circunscripción 16 y cuatro comunas en el distrito 56, circunscripción 17.

i) Que el Gobierno apoye la imagen de ciudad parque, de cara al bicentenario, con recursos para la construcción del Parque Hott en Ovejería, Parque Francke, y la habilitación del Camping Arnoldo Keim en Rahue Alto, en un complejo recreacional local.

Finalmente, señaló que esta organización espera y confía que lo expuesto sea considerado, en la idea de construir un modelo de región fundada en la equidad, participación, competitividad y sustentabilidad económica.

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A continuación, se refirió a este proyecto el alcalde de la comuna de San Pablo, señor Omar Alvarado, quien señaló que el Gobierno procedió unilateralmente al presentar un proyecto para dividir la Región de Los Lagos, creando una nueva región que se llamaría Región de Los Ríos, con capital en la ciudad de Valdivia. Agregó que nunca se consultó a la región si quería ser dividida, y tampoco se estudiaron las implicancias negativas que pudieran afectar a la provincia de Osorno de quedar entre dos capitales regionales que se desarrollarían con mayor rapidez al contar con mayores recursos económicos y humanos aportados por el Estado.

Expresó que nunca hubo acuerdo en la creación de nuevas regiones, y que lo mejor es inducir una regionalización y descentralización del aparato estatal a las respectivas regiones, provincias y comunas, donde la comunidad pueda adoptar decisiones económicas y ejecutivas.

Al incorporarse Osorno a la nueva región de Los Ríos se asume que la capital regional será la ciudad de Valdivia.

Propone que las comunas de La Unión, Río Bueno y Lago Ranco se incorporen a la provincia de Osorno, y solicita mantener la unidad territorial; distribuir los recursos regionales y sectoriales en forma equitativa utilizando variables como el per cápita u otros, y repartir equitativamente los servicios públicos y secretarías regionales ministeriales con sus respectivas direcciones regionales, solicitándose para la provincia de Osorno:

La Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas; la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura; la Secretaría Regional Ministerial de Economía; la Secretaría Regional Ministerial de Educación, y la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda.

Coherente con la importancia económica de la provincia de Osorno y pensando en los principales rubros económicos, que se cree el Instituto de Fomento Productivo de la Carne y la Leche, y que se potencie la actividad de estos rubros a nivel regional.

Agregó que, además, es necesario fortalecer el territorio provincial para lo cual se requieren compensaciones en obras trascendentales que permitan equilibrar la balanza respecto a infraestructura, para lo cual solicita la creación de una Corte de Apelaciones; doble vía ruta internacional Paso Cardenal Samoré (Osorno-Aduana Pajaritos); inversión en ampliación y equipamiento del Aeropuerto de Osorno, y, para San Pablo, un plan maestro de inversiones en el corto y mediano plazo que incluya las principales necesidades comunales que digan relación con los Ministerios de Obras Públicas, Educación, Vivienda y Agricultura.

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Intervino posteriormente don Mauricio Saint Jean, alcalde de la comuna de Osorno. Informó que ésta tiene 145.475 habitantes, y la provincia, compuesta por siete comunas, 221.509 habitantes. La superficie total de la provincia es de 9.233,10 km². Enseguida, manifestó su satisfacción por la celebración de esta reunión en la ciudad de Osorno, que permitirá a los legisladores formarse una opinión cabal acerca de esta iniciativa de ley.

Agregó que este proyecto es llevado adelante como una promesa de una campaña presidencial y correspondió al ex Presidente Ricardo Lagos llevarla a cabo.

Los candidatos señores Piñera, Lavín, y entiende que también la señora Presidenta, se comprometieron, si salían elegidos, a enviar esta iniciativa al Parlamento para su concreción.

Si bien es cierto que es una aspiración de Valdivia (en principio, sólo de la ciudad de Valdivia), la postura de Osorno y de las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena, en concordancia con el Presidente del Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile CONAREDE, señor Henrich von Baer, es contraria a la creación de nuevas regiones, y proclive a estudiar diez reformas al actual modelo de regionalización.

Agregó que Valdivia ha sido la más beneficiada en cuanto a la consecución de recursos. No acepta que el crecimiento que ha tenido la capital regional de Puerto Montt se deba a que es capital regional. Su fuente productiva es la salmonicultura.

Coincidió también en la necesidad de adecuar la actual regionalización para superar la centralización metropolitana y también la que se produce en regiones.

Señaló que en materia electoral, la actual división perjudica a la provincia porque le resta fuerza política. De concretarse la regionalización que propicia Valdivia, a pesar de su desacuerdo, debe incorporarse Osorno como provincia y que se cumplan las condiciones que se han propuesto en un documento elaborado por la Asamblea Ciudadana de Osorno, y que manifiesta que la nueva región se compondría:

a) De dos provincias, la de Valdivia y la de Osorno.

b) La capital regional en el eje La Unión-Río Bueno.

c) Que las comunas de Río Bueno, La Unión y Lago Ranco pertenezcan a la provincia de Osorno, pues desarrollan toda su actividad con la provincia de Osorno, en especial con la comuna de Osorno.

d) Distribución de direcciones de servicios públicos y algunas secretarías ministeriales.

e) Replantear los distritos y circunscripciones unificando las siete comunas más las tres que se han mencionado.

Si se negocia, continuó, debe ser en igualdad de condiciones y no hechos consumados, como es aceptar desde ya que la capital de la proyectada nueva región sea Valdivia, y que debería crearse la nueva provincia de Ranco, con las comunas de La Unión, Río Bueno y Lago Ranco.

Afirmó que debe legislarse con visión de Estado y no solamente para satisfacer a un grupo de personas, sin sustentación política, económica y administrativa.

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Se dirigió a la Comisión, a continuación, la alcaldesa de Puyehue, señora Ximena Núñez, quien expresó que su comuna se ubica en la provincia de Osorno; posee una superficie de 1.692,7 km², y una población de 11.368 habitantes. Su población es principalmente rural, con un 70,04%, en tanto el área urbana solo representa el 29,96%.

Su capital es la localidad de Entre Lagos, y se accede a ella a través de la ruta internacional 215. Su privilegiada ubicación, en las riveras del lago Puyehue, que unido a su cercanía con las ciudades de Osorno, Valdivia y Puerto Montt, principales centros administrativos, comerciales, económicos y políticos de la Región de Los Lagos, y de la fronteriza zona de Bariloche, en la República de Argentina, entrega a su capital y comuna en general, un alto potencial de desarrollo turístico y económico.

Las condiciones de accesibilidad han permitido la implementación de un corredor turístico binacional que tiene como contraparte el área de San Carlos de Bariloche (Argentina).

La comuna basa su economía en actividades silvoagropecuarias y de servicios ligados especialmente al área del turismo. Eso se refleja en las últimas cifras del censo, que señalan que el 35% de la población trabaja en el área agropecuaria, en el área servicios un 19,52%, lo que considera comercio minorista, hoteles, hospedaje y comidas, transportes de pasajeros.

Sin embargo la firma de tratados internacionales y el MERCOSUR han sumido a los agricultores en una fuerte crisis productiva, lo que se ha traducido en bajos precios de la leche y de la carne, sus principales fuentes de ingresos.

La comuna cuenta con recursos turísticos de excepcional calidad y belleza. En la comuna se encuentra el Parque Nacional Puyehue, uno de los más extensos y hermosos del país.

Junto a ello el paso internacional Cardenal Samoré otorga a la comuna el título de puerta de entrada al sur de Chile y portal de la Patagonia. Por este paso se producen los más importantes procesos de intercambio comercial con la República Argentina.

Por él circularon solo el año 2004, 718.000 pasajeros, 155.000 vehículos, y se intercambiaron 228.153 toneladas de productos.

Los desafíos futuros de la comuna no son menores, el mejoramiento de la ruta internacional 215 que hoy presenta seria deficiencias estructurales, la pavimentación de la ruta Interlagos, el mejoramiento de las condiciones productivas de nuestros agricultores, la detención de la migración campo-ciudad, la construcción de una planta de tratamiento de aguas servidas para la capital Entre Lagos son sólo algunos de ellos.

Agregó que la comuna mira al futuro, con una clara visión del desarrollo turístico y productivo, áreas donde desea fundamentar su desarrollo, en armonía con las aspiraciones del resto de las comunas de la Provincia.

Y en ese camino, continuó, la comunidad debe unirse a un proyecto que permita enfrentar estos desafíos con una mirada común, pero también reconociendo las características especiales que la identifican.

Y en esa mirada considera fundamental entregar a las provincias y comunas las facultades necesarias para alcanzar el desarrollo. Con planes de inversión adecuados y con los recursos necesarios para lograrlo, los cuales deben ser asignados con una mirada integral y no basada en pequeños intereses electorales o políticos.

Expresó que la comunidad busca integrar una región descentralizada efectivamente, de manera que las decisiones se adopten donde las soluciones son más urgentes. Y en ese sentido, plantea como una medida descentralizadora la localización de la Dirección Regional de Turismo en la comuna de Puyehue. Finalizó diciendo estar dispuesta a asumir el desafío, pues considera tener no sólo los recursos naturales necesarios, sino las potencialidades para fomentar el desarrollo del turismo.

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A su turno, el señor Javier Oyarzo, alcalde de San Juan de la Costa, manifestó que con motivo del proceso de regionalización impulsado por la provincia Valdivia, en cuanto a convertirla en la Región de Los Ríos, anhelo que se materializó durante el presente año y en razón que se ha propuesto la división de la Región de Los Lagos, en la cual se encuentra ubicada la comuna de San Juan de la Costa, es su deber tomar una postura, como ente administrador de dicho territorio, en relación con las consecuencias, beneficios y efectos que pudiera ocasionar este proceso de división para los habitantes de la comuna.

Agregó que sin perjuicio que el proceso en alguna medida se encuentra avanzado, solicita lo siguiente:

1. Que al realizar este proceso de división administrativo territorial, el Gobierno aporte recursos frescos, tanto para la implementación de las unidades centralizadas y desconcentradas de los servicios públicos, que serán radicadas en la nueva capital regional, como para la ejecución de obras y programas que favorezcan el desarrollo armónico de las diferentes unidades territoriales que la han de integrar. En otras palabras, evitar lo que ocurre en la actualidad, la concentración de inversión en la capital regional y en las ciudades que hacen de cabecera provincial.

2. Que este proceso de asignación de recursos sea equitativo en aquellos polos de desarrollo que tienen una magnitud relevante a nivel provincial y regional. No obstante aquellas comunas como la suya que tienen características propias, tales como una alta ruralidad, condicionantes de tipo cultural (alta población de origen mapuche-huiliche) alta dispersión geográfica de habitantes y viviendas, niveles elevados de pobreza, crecimiento sostenido de la población adulto mayor (envejecimiento de la población), procesos permanentes de migración campo-ciudad y altos niveles de desempleo debido a la falta de fuentes laborales. Todas estas situaciones no favorecen la concentración de inversión, ya que no arrojan indicadores con rentabilidad social, por lo que es necesario que se establezcan criterios de discriminación positiva que permitan una inversión de recursos mayor a la que en la actualidad se realiza, aportando de esta manera al desarrollo social y económico y en definitiva eviten las externalidades ya mencionadas.

3. Que la descentralización que se establece en esta propuesta de nueva región sea realmente un hecho palpable y por lo mismo que la radicación de las oficinas públicas de los diferentes ministerios y servicios se distribuya en forma equitativa en las cabeceras de provincias que integran la región y en algunas comunas de las llamadas pequeñas.

4. Por último, es necesario manifestar que este proceso se genere y se implemente utilizando criterios y mecanismos técnicos, en los cuales se confirme la necesidad de configurar una nueva región y los beneficios que de este proceso provengan, y no se origine a través de un anhelo caprichoso de una ciudad o por una promesa electoralista en tiempos de campaña, ya que los recursos e inversiones involucrados en esta división territorial no son menores, tomando como base el costo de oportunidad de aquellos.

5. La comuna de San Juan de la Costa, en la actualidad, es la única que posee acceso expedito el Océano Pacífico en la provincia de Osorno durante todo el año; cuenta con tres balnearios (Pucatrihue, Bahía Mansa y Maicolpué) todos ellos de arenas blancas y aguas tranquilas, que son un elemento de atracción tanto para turistas extranjeros y en particular para los habitantes de la vecina comuna de Osorno, por lo cual solicitó, además, incorporar en este proceso de regionalización la definición de San Juan de la Costa como comuna turística, de manera de allegar nuevos recursos con la finalidad de fortalecer y potenciar las acciones de desarrollo turístico que se llevan a cabo en este ámbito.

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Usó de la palabra, posteriormente, el señor Carlos Mancilla, alcalde de Puerto Octay, quien expresó que hoy el Gobierno tiene una oportunidad histórica de proponer la creación de una nueva y gran región compuesta por las provincias de Valdivia y Osorno con sus siete comunas, en un modelo de gestión administrativa descentralizado, que rompa la tendencia a la concentración del poder administrativo en las capitales regionales, y que convierta a la capital regional, Valdivia, en la capital política y a Osorno en la capital económica de la nueva región.

Lo anterior implicaría que el poder administrativo se distribuya entre las dos provincias, radicándose en la capital de la provincia de Osorno las secretarías regionales ministeriales de Obras Públicas, de Vivienda y Urbanismo, de Agricultura, de Educación y Economía. Además, las direcciones regionales de CORFO, SERCOTEC, SENCE, INDAP y FOSIS. Ello significaría un reconocimiento a su condición de zona ganadera y agrícola por excelencia.

En esta misma dirección y en la medida que se apruebe integrar la nueva región a la provincia de Osorno, es que estimó inconveniente crear la provincia de Ranco, a fin de construir una región nueva que fortalezca la situación de las actuales provincias y de las comunas que la integran.

Por lo anterior, la propuesta debe garantizar a la provincia de Osorno su unidad territorial y contemplar un nuevo impulso a la inversión, a través de un plan de obras de infraestructura y de fomento productivo descentralizado que permita que la inversión sectorial se asigne sobre la base de indicadores regionales y que garantice el verdadero desarrollo regional.

Por todo lo anterior, continuó, es importante que reconociendo las fortalezas locales se le otorgue a la comuna de Puerto Octay la condición de comuna turística, lo que permitirá el desarrollo de su enorme potencial en esta área. Por eso mismo la materialización de proyectos de infraestructura vial en la comuna permitirá abrir zonas turísticas únicas para el desarrollo del ecoturismo, como son el proyecto de construcción del camino Río Correntoso, desde el río del mismo nombre hasta la localidad de Las Gaviotas proyecto que cuenta con la recomendación técnica de MIDEPLAN.

Junto a este proyecto de inversión se requiere materializar la culminación de la pavimentación de la ruta que une Puerto Octay con la comuna de Purranque a través del tramo Quilanto Coñico, lo que permitirá abrir una ruta productiva y de integración regional de primera importancia.

Explicó que Puerto Octay dispone de dos cuencas lacustres: el Lago Llanquihue y el Lago Rupanco, y es de vital importancia para el desarrollo de la comuna la materialización del diseño de la apertura de una ruta nueva que integre el territorio comunal con Puyehue a través de una ruta costera en el sector oriente del lago Rupanco.

La materialización de estas iniciativas permitirá a Puerto Octay convertirse en la puerta de entrada a la Patagonia chilena, otorgándole a la provincia de Osorno un acceso nuevo para la explotación de los recursos turísticos invaluables de la zona.

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El señor César Negrón Schwerter, alcalde de Purranque, manifestó ante la Comisión que en su comuna el concejo municipal considera que la división de la Región de los Lagos no aporta al país nada más que lo que gana Valdivia y pierde Chile

Dijo que su comuna está más cerca del Aeropuerto Internacional que se encuentra en El Tepual, más cerca de Puerto Montt y tiene la cuenca del Lago Llanquihue a poca distancia, cuenca que ha agrupado a comunas de la provincia de Llanquihue y Osorno, que tiene una proyección en turismo con inversiones públicas y privadas. Dispone de un borde costero que depende de la Gobernación Marítima de Maullín, que se encuentra en la provincia de Llanquihue, y la conectividad y distancia que la une a Puerto Montt (55 kms. contra 150 kms. hacia Valdivia) indican la necesidad de permanecer en la Décima Región

Expresó que su comunidad está convencida de que debe buscar los recursos en sus potencialidades, fuerzas propias, humanas y materiales. El ordenamiento territorial es lo que debe ser analizado en las distintas instancias de esta propuesta de nueva región, la Región de los Ríos

Lo más interesante en la propuesta o proyecto del Gobierno, continuó, ha sido la discusión que ha generado, pero cree que el tema de fondo es el de la regionalización, de la descentralización y del fortalecimiento de los municipios como gobiernos locales.

Agradeció a la Comisión la oportunidad que ha brindado a las comunas de las provincias afectadas por este proyecto de nueva región, para dar su opinión respecto de estos temas, que espera sean tratados debidamente en las instancias correspondientes.

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El señor Arturo Andrade, alcalde de Río Negro, hizo presente que su comuna, frente a la división regional tiene hoy día un pronunciamiento claro, esto es, que la actual provincia de Osorno se incorpore a la nueva Región de Los Ríos, pues esto constituye una gran oportunidad para su territorio y su gente.

Reiteró que el ser parte de la nueva región es indudablemente una gran oportunidad, pero para que ella se cristalice deben concurrir algunos requisitos, los cuales se indican a continuación:

1. Mecanismos objetivos de distribución de recursos: Necesariamente deben existir reglas claras que faciliten el desarrollo armónico de las tres provincias que conformarán la nueva región: Valdivia, Lago Ranco y Osorno, y las que deben construirse a partir de indicadores mínimos como territorio, población y niveles de pobreza, con una asignación porcentual acorde con la unidad territorial respecto de los fondos sectoriales y manteniendo la competitividad en el acceso a los de carácter regional. La distribución comunal de los recursos regionales debe considerar necesariamente la implementación de acciones de asociatividad municipal con el fin de equilibrar los equipos técnicos frente a un sistema donde impera la competencia.

2. Mantención de la unidad territorial actual: Se debe mantener la conformación territorial actual de la provincia de Osorno, con la Gobernación Provincial en Osorno y con sus siete comunas, ya que un desmembramiento atentaría contra un sentido de pertenencia de sus habitantes con el espacio territorial, con un arraigo histórico reconocido.

3. Modificación en materia de división del país para efectos electorales: El distrito electoral Nº 55 debería modificarse, incorporando la comuna de Osorno que hoy pertenece al Nº 56, lo que permitiría que la actual XVI circunscripción senatorial quede compuesta por los distritos 53, 54 y 55, lo que fortalecería el accionar de la región y la identidad territorial.

4. Distribución equitativa de los servicios públicos, secretarías ministeriales y direcciones regionales: El equilibrio de los territorios pasa, en parte, por una adecuada localización de las secretarías regionales ministeriales, resultando pertinente ubicar en la provincia de Osorno a las de Obras Públicas, de Agricultura, de Economía, de Educación y de Vivienda, con sus respectivas direcciones regionales.

5. Creación de la Corte de Apelaciones de Osorno: Considerando que actualmente la Corte de Apelaciones de Valdivia tiene jurisdicción sobre las comunas de las actuales provincias de Valdivia y Osorno, la que por su distancia perjudica puntual y objetivamente a su comuna, entre otras, ya que restringe considerablemente el acceso a un bien público como la justicia, en ámbitos de su competencia, con lo cual se vulnera el principio de igualdad, básico para el desarrollo armónico de la sociedad.

6. Fortalecer la inversión dirigida a la actividad turística: La riqueza en recursos naturales de la comuna de Río Negro y la puesta en marcha de un proyecto de connotación internacional de área marina protegida, hace necesario el desarrollo de inversiones que favorezcan el fomento y consolidación de la actividad turística en el territorio comunal como una actividad económica importante, para lo cual resulta necesario la existencia de compromisos presupuestarios-financieros enmarcados en una programación trienal.

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También se refirió a este proyecto, el señor Emeterio Carrillo, Concejal de la Comuna de Osorno, manifestándose contrario a la división regional mientras no se haga un estudio serio de lo que ha sido la regionalización en el país. Señaló que su opinión más bien pasa por fortalecer las regiones, dándole mayor autonomía, con una real descentralización del poder económico, político y administrativo y una distribución más ecuánime en las provincias que componen la región y no concentrar el desarrollo y el poder en las capitales regionales.

Osorno, siempre ha sido una provincia postergada y para integrarse a una nueva región debe clarificar algunos aspectos:

a) Estima inconveniente dividir la región por un compromiso político y no por un estudio serio acerca del actual modelo de regionalización que ha sido postergado para muchas provincias de este país, en especial la suya.

b) Dadas las circunstancias y en la actual situación de hechos casi consumados, considera que Valdivia, para ser región, requiere que la provincia de Osorno esté incorporada. Lo preocupante es que no se sabe qué tipo de modelo de región ofrece el Gobierno, que no menoscabe aún más el desarrollo de la provincia.

Por lo tanto, para aceptar ser parte de esta nueva región Capítulo Provincial de Concejales plantea los siguientes puntos:

1. Que la nueva región esté integrada por las provincias de Osorno y de Valdivia eliminando la provincia de Ranco.

2. Que la capital regional quede en el eje central de las comunas de Río Bueno, La Unión (existiendo la factibilidad de negociar que la capital de la región quede en la comuna de Valdivia).

3. Que se incorporen a la provincia de Osorno las comunas de La Unión, Río Bueno y Lago Ranco.

4. Unificar políticamente la provincia de Osorno que hoy día se encuentra separada por dos distritos (55-56).

5. Otorgar algunas direcciones regionales y seremías a la provincia de Osorno.

6. La creación de la Corte de Apelaciones en esta ciudad.

7. Fortalecimiento de las oficinas de Serplan en el aspecto técnico, con el fin de entregar un mayor apoyo a los municipios más pobres y con menos capacidad técnica para generar proyectos de desarrollo.

De no ser escuchados en estos planteamientos, la comunidad de Osorno prefiere mantenerse en la actual Región de Los Lagos y comenzar a luchar por crear la Región de Los Volcanes.

Por último, manifestó su agradecimiento a la Comisión por trasladarse a esta región y en particular a esta provincia, para recoger en terreno el sentir de su gente.

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La concejal de la comuna de Osorno, señora Marta Henke, planteó que intervenía en esta sesión como secretaria del Capítulo Provincial de Concejales.

Expresó que su opinión es contraria a la división regional, optando por fortalecer las regiones con mayor autonomía y recursos; haciendo primero un estudio serio de lo que ha sido la regionalización en el país.

Agregó que considerando las enormes necesidades que tienen los sectores de menores ingresos con su secuela de pobreza y cesantía, los problemas en educación y salud (hospitales con enormes déficit y mala atención por falta de recursos), la delincuencia, el hacinamiento en los hospitales, casas de 28 mts² en los cuales deben convivir familias completas, todo esto debería ser prioridad para el Gobierno antes de pensar en formar una nueva región que significa un gran gasto para su implementación.

Hizo presente que Osorno siempre ha sido una provincia postergada y para integrarse a esta nueva región necesita primero solucionar algunos aspectos urgentes:

1. Que las siete comunas de la provincia sean un mismo distrito. Se han perdido servicios públicos que se deben recuperar, como también las inversiones que han favorecido a la capital regional.

2. Esta división corresponde a un compromiso pre-electoral por lo que solicita que la provincia de Osorno sea beneficiaria de mayores recursos y autonomía para integrar la nueva Región de Los Ríos. En caso contrario es preferible permanecer en Región de Los Lagos y presentar un proyecto para lograr la formación de la Región de Los Volcanes.

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El concejal de Osorno, señor Víctor Bravo, inició su intervención expresando que un país no es propiedad privada de un grupo de hombres y mujeres. Un país que goza del privilegio de una verdadera democracia debe dar la oportunidad para que todos sus habitantes participen en los temas trascendentales que determinan su calidad de vida. Agregó que en oportunidades no se entiende cómo intereses egoístas pueden sobrepasar demandas que no pueden esperar.

Expresó que son intereses egoístas pues se quiere dividir una región potente con un inmenso futuro turístico, ganadero, forestal y acuícola, donde sus habitantes piden descentralización y más recursos para los gobiernos comunales. Y no dividir por dividir improductivamente, que sólo va a fomentar la burocracia. Si tanto dinero posee el Gobierno chileno, éste debe emplearse para superar la cesantía, terminar con los altos índices de delincuencia, con el inhumano hacinamiento en las cárceles y en las salas de espera de los hospitales y consultorios, y también con el que viven miles de chilenos de extrema pobreza.

Los recursos que dispone el Estado, además de lo señalado, deben ser utilizados en programas que realmente rehabiliten y prevengan el masivo consumo de drogas, como también para aumentar las pensiones de la tercera edad y otras múltiples necesidades que posee el país.

Concluyó señalando que una vez que se satisfagan estas justas demandas de la sociedad, bienvenida la regionalización con un nuevo sistema de gestión descentralizadora, ampliamente analizado por expertos nacionales e internacionales donde democráticamente se dé la oportunidad a cada provincia de Chile que presente un proyecto región, que sea una propuesta integral de ordenamiento territorial para el Chile de los futuros 30 años.

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Por la Federación de Sindicatos de Trabajadores Agrícolas Agroindustriales y afines de Osorno, el señor Pablo Martínez hizo la siguiente declaración:

La Federación la componen quince sindicatos de las empresas más importantes de Osorno.

1. La división de la Región de Los Lagos es un proyecto propuesto y promovido por la provincia de Valdivia desde que se produjo la regionalización durante el gobierno militar.

2. El pensamiento de los trabajadores del sector productivo privado de Osorno era que no hubiese división de la región, pero ante la inminente creación de una nueva región se suman a la inserción de Osorno en la Región de Los Ríos.

3. Adhieren a la nueva región debido a que les une:

3.1. La situación geográfica de las dos provincias tienen varias similitudes, lagos, ríos, volcanes y terrenos aptos para producción.

3.2. La situación económica productiva con áreas afines en agricultura, lechería, ganadería mayor y menor, forestal, acuicultura, turismo.

3.3. La integración de Osorno a la Región de Los Ríos le otorgaría un real aporte en producción y otras áreas conformando una región potente.

4. Con la incorporación de Osorno aspiran a:

4.1. Una mejor distribución porcentual del ingreso en beneficio de la provincia.

4.2. Contar con una infraestructura adecuada para el funcionamiento de la Inspección Provincial del Trabajo en Osorno, ya que la actual no se condice con la cantidad de personas que asisten diariamente.

4.3 Una demanda de muchos años y gran aspiración es tener en Osorno un juzgado del trabajo para que sean más expeditos los juicios laborales, ya que los más cercanos son por el norte Concepción y por el sur Punta Arenas.

4.4. Contar con una mayor dotación de funcionarios para la oficina provincial del trabajo de Osorno.

Actualmente, la distribución de funcionarios se desglosa así: Puerto Montt 26 funcionarios, más la oficina comunal Puerto Varas con 4 funcionarios; Valdivia 24 funcionarios, más la oficina comunal de La Unión con 5 funcionarios, y Osorno, 12 funcionarios para la atención de todas las comunas de la provincia.

4.5. La instalación de una oficina provincial del SENCE para hacer más accesible este servicio a los trabajadores.

4.6. Es de suma urgencia contar con una sala multiuso para realizar capacitaciones y reuniones.

Todos los requerimientos de los puntos 4.2 al 4.6 son para contar con trabajadores capacitados, tecnificados y especializados en sus respectivas áreas de trabajo, como es la demanda de estar insertos en la globalización de la economía por medios de los T.L.C. y exportar una diversidad de productos como es carne, leche y sus derivados, maderas, en igualdad de condiciones.

5. Al obtener Valdivia la capital regional se deberán distribuir las seremías y direcciones regionales equitativamente entre las provincias. También proponen la alternancia de los Intendentes.

6. Se reestructurarán los distritos y circunscripciones electorales, recuperando la unidad política electoral de la provincia.

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El representante de la Central Unitaria de Trabajadores (Osorno), señor Carlos Silva, señaló que ante la inminente creación de la Región de Los Ríos, su representada no comparte ni la forma ni el fondo de todo el proceso que a este respecto se ha realizado.

Por un lado, no parece que la justificación para llevar adelante un cambio tan importante como lo es la división de la Región de Los Lagos, sea la de dar cumplimiento a un compromiso asumido durante la campaña presidencial por el ex Presidente de la República, señor Ricardo Lagos.

Por otra parte, dejó constancia que esta es la primera vez que se solicita de parte de la autoridad su opinión sobre el tema.

Agregó que el problema no es crear una o más regiones, sino la forma en que ellas funcionarán. A este respecto, cree que es necesario impulsar un proceso de descentralización, necesario frente al excesivo centralismo que hoy impera.

La CUT es partidaria de regiones con gran autonomía, dotadas de personalidad jurídica de derecho público, con patrimonio propio, con un gobierno regional independiente de la intendencia y con autoridades electas.

Quiere regiones donde haya una gran participación de la ciudadanía, tanto en la generación como en la supervisión y control de las políticas regionales. En lo particular, este proceso de descentralización debiera solucionar problemas tales como:

1. La creación de tribunales del trabajo en Osorno.

2. El mejoramiento material y humano de la Dirección Provincial del Trabajo. Es necesario contar con un mayor número de fiscalizadores e inspectores y al mismo tiempo dotarlos de infraestructura y presupuesto que permita realizar el trabajo en todas las comunas.

3. Prolongar en forma indefinida los programas extraordinarios de absorción de mano de obra, a jornada completa, mientras se acuerda una forma de solución más estable y definitiva a los trabajadores que en ellos participan.

4. Mayor autonomía regional que permita el desarrollo de una política de industrialización de la provincia, a través de:

- Impulso de la agricultura familiar y creación de poderes compradores de productos agrícolas y sus derivados.

- Apoyo al pequeño empresario agrícola e industrial, fomentando la producción frutícola alternativa -mosqueta, murta- y sus derivados.

- Impulsar el desarrollo de proyectos urbanos que se han venido postergando o que se están realizando de forma muy lenta. Es el caso de:

El proyecto de creación del Parque de Los Ríos, que contempla -entre otras materias- la construcción de dos puentes a fin de agilizar la comunicación dentro de la ciudad de Osorno, lo que de paso permitiría desahogar el flujo vehicular por los puentes San Pedro y San Pablo.

La instalación de un puerto seco a las afueras de Osorno, que se justifica merecidamente sólo considerando que por la aduana circula un promedio mensual de 800 vehículos de carga, 200 vehículos de transporte de pasajeros y más de 200 vehículos particulares.

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A continuación expuso el señor Iván Navarro Abarzúa, Académico de la Universidad de Los Lagos, quien dijo que a través del Centro de Desarrollo Regional, ha participado intensamente en la discusión regional contribuyendo con antecedentes técnicos e investigativos a enriquecer este debate y a posibilitar la toma de decisiones. No ha sido fácil para la Universidad pensar la división territorial y una eventual división de su espacio circundante, dado que históricamente su crecimiento y parte importante de su actividad de investigación y docencia se ha concentrado en Osorno, Llanquihue y actualmente en la Región de Aysén. Este “crecimiento hacia el sur”, ciertamente complica la posibilidad de formar parte de un territorio que no contemple esta realidad. Sin embargo, y a pesar de este nudo crítico, han tratado de contribuir desde su especificidad, para una mejor toma de decisiones.

Agregó que en este marco general se inscribe el tema de la nueva región de Los Ríos que, sea cual sea su desenlace, involucra la configuración territorial de la actual región de Los Lagos e involucra muy especialmente a la provincia de Osorno. Como está hoy el tema, los valdivianos están teniendo éxito en sus legítimas aspiraciones de constituir una nueva región y tener la sede regional en su territorio y el Gobierno tiene la voluntad política para crear esta nueva región, aunque aún no se conozca un proyecto particular que lo justifique, o de uno general sobre regionalización que resultará después de las divisiones de esta región y de la de Arica, lo que naturalmente provocarán consecuencias para todo el proceso de regionalización. Pareciera que deberá seguir esperando la descentralización, nuevamente “oculta” tras la actual discusión sobre división territorial, pero manteniendo “el estado natural de las cosas”, salvo algunos procesos de desconcentración que han acercado algo más el poder a la gente, pero sin llegar a traspasar cuotas importantes de éste: las dificultades para dar tratamiento expedito a la ley que modifica la regionalización actual así lo comprueba, entre otras expresiones.

Se preguntó enseguida, ¿representa todo esto una “oportunidad” para la provincia de Osorno? Desde la provincia de Osorno no se manifestó ningún ánimo de secesionismo territorial respecto de la actual regionalización, pero sí de mayor descentralización y de una necesaria unidad político electoral y, en consecuencia, político administrativa de la provincia; se han demandado mejores oportunidades para el desarrollo de sus grandes potencialidades productivas, especialmente vinculadas con la leche y la carne, para una diversificación productiva que se asoma exitosa en los cultivos de bulbos y berries y que podría expandirse a nuevas áreas de producción más allá de la agricultura tradicional; se ha demandado una mejor infraestructura para dinamizar la diversificación productiva y las nuevas áreas de desarrollo, como el turismo por ejemplo; se ha demandado más respaldo para el mejoramiento del capital humano, factor estratégico fundamental en el desarrollo y crecimiento futuro de la provincia, y se ha demandado respeto por las identidades culturales y humanas que enriquecen el acervo propio de los osorninos. Pero la provincia de Osorno no ha iniciado ni participado de ningún secesionismo territorial.

Sin embargo, continuó, ha sido involucrada en esta división territorial y debe tener una postura clara y definida sobre ello, si es que se quiere transformar estos hechos en una oportunidad: primero, para recuperar su unidad político electoral y político administrativa que nunca debió perder: para que los habitantes de sus comunas elijan los mismos representantes ante el Parlamento, de manera que éstos “representen” un interés común provincial, que tiene legítimo sentido en la casi totalidad de los distritos y circunscripciones del país, a excepción de las siete comunas de la provincia de Osorno; segundo, para exigir un modelo de gestión regional distinto al actual, evitando que el territorio en el que permanezca Osorno sea una simple clonación del gobierno nacional y distribuya el poder y la administración de acuerdo a las potencialidades propias de las unidades territoriales que compondrán la región, sea la nueva o la remanente, que contribuya efectivamente al desarrollo equitativo de las mismas; tercero, se abra la posibilidad de generar una nueva agenda de competitividad y crecimiento de la provincia de Osorno, esta vez “amarrada” a las nuevas condiciones que debe significar la modificación territorial. Por último, aunque no menos importante que las razones anteriores, la modificación territorial ha sido y es una buena oportunidad para que los osorninos se miren a sí mismos y descubran sus propias identidades, sus potencialidades y sus anhelos de desarrollo y crecimiento que sin este remezón tal vez hubiese hibernado largamente.

Estas aspiraciones osorninas se han recogido con insistencia. Hay razones poderosas que sugieren como buen alternativa una región de Los Ríos formada por las provincias de Osorno y Valdivia, pero hay demasiadas interrogantes como para pensar que estos objetivos de la provincia de Osorno encuentren allí una adecuada acogida. Parte de ello se explica por distanciamientos y desencuentros esporádicos, pero principalmente por la falta de claridad y participación efectiva en el proceso de creación de la nueva región, incluido un proyecto técnico que la justifique. Los temas de la descentralización, de un nuevo modelo de gestión regional y de la unidad político-electoral de la provincia de Osorno no están resueltos.

Señaló que si en la discusión y análisis de la nueva región hay espacio y acogida a estas materias podrá decirse que Osorno ha tenido una oportunidad real de participar en el proceso. Si así no fuere, puede todo ello transformarse en causa de frustración que ciertamente los osorninos no se merecen.

En todo caso, las decisiones deben ser tomadas con soporte técnico, con responsabilidad y sin mezclarlas ni condicionarlas a estados de ánimo o sentimientos que, por legítimos y comprensibles que sean, no deben condicionar el presente y el futuro de próximas generaciones.

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Por los consejeros regionales de la provincia de Osorno usó de la palabra, a continuación, el señor Alfredo Fröhlich, quien opinó que al dividir una región ya existente, se debe pensar en los siguientes puntos:

1. Unidad política de cada provincia, con similar número de comunas.

2. Equilibrios internos (equidad en el número de consejeros por provincia). Funcionalidad.

3. Capital de la región en lugar estratégico, lo más equidistante de todas las comunas integrantes.

4. Proyección de futuro en el desarrollo, basado en la integración de los servicios.

5. Modificación de las formas de entregar los recursos de inversión fiscal.

6. Definición de funciones de cada actor en la región.

7. Reparto de los fondos propuesto en el proyecto de ley.

8. Descentralización de los servicios públicos.

Desarrollando los puntos precedentes, explicó que el primero se refiere a la situación de Osorno en cuanto posee cuatro comunas representadas por un Senador y un Diputado que son diferentes a los representantes de las tres comunas restantes.

Es impresentable esta condición de representación, más aun cuando los Senadores obtienen la mayoría de sus votos fuera de ellas.

Para el punto dos, debieran existir tres provincias. En la provincia de Valdivia seis consejeros regionales; en la de Osorno, seis consejeros regionales, y en la de Ranco, cuatro consejeros regionales.

El punto tres indica que por razones de costo de funcionamiento se debe dejar la capital de la región en el eje Río Bueno-La Unión.

Para el punto cuatro, el desarrollo debe complementarse con la presencia de los servicios públicos que por su cercanía permitan mayor agilización, transformando al sector privado en un grupo activo.

Los recursos que destina el Estado a cada región, ya sea como parte del FNDR o por intermedio de los servicios como inversión, deberían tener el siguiente tratamiento:

a) Los servicios deberían tener sólo el financiamiento para el gasto operacional de funcionamiento de ellos.

b) Todos los fondos destinados al desarrollo de estudios, diseños y ejecución de proyectos, debieran pertenecer a la región, que los concursaría a los servicios. De esta forma, cada proyecto tendría el visto bueno de la comuna, la provincia y la región.

Consideró que el proyecto de ley ha de señalar que los fondos nacionales se repartirán a contar del año dos por el número de regiones existentes.

Agregó que es conveniente descentralizar intraregionalmente secretarías ministeriales y sus respectivas direcciones regionales, dejando, por ejemplo, a Valdivia las de turismo, justicia, educación, y a Osorno con obras públicas, economía, agricultura y salud, e insistió en que la provincia de Osorno no debe estar dividida geopolíticamente, y que cualquiera sea la situación final alcanzada desea ser representada por sus Senadores como por sus Diputados.

Enseguida, propuso dentro de un nuevo modelo de gestión la elección directa de los consejeros regionales, con dedicación exclusiva, y con una renta acorde a las nuevas responsabilidades, y se pronunció en favor de la elección indirecta del presidente del consejo regional por sus pares.

Sugirió que Osorno deber ser la capital económica de la región, lo que quedaría reflejado en las seremías otorgadas, ya que en ella confluyen el Paso Cardenal Samoré, la ruta 5 sur, la cercanía de las ciudades intermedias como Purranque, La Unión, Río Bueno y Río Negro. Para la sustentabilidad y desarrollo agrícola, ganadero, forestal y turístico, es que se solicitan las seremías y direcciones regionales vinculadas a estos temas de desarrollo y respaldadas por el aporte que hace la provincia a las arcas fiscales.

En materia de consejeros regionales declaró su opción por elevar los requisitos académicos de los postulantes, y consideró necesario que ellos no sean funcionarios públicos ni municipales, para evitar que sus decisiones sean influenciadas por autoridades superiores.

Finalmente, expresó que se requiere un plan de inversiones para la provincia de Osorno, en la implementación de la nueva región, que debe considerar los fondos para la Corte de Apelaciones, el mejoramiento del corredor bioceánico y un nuevo puerto.

Concluida la serie de ponencias de que se ha dado cuenta precedentemente, el señor Presidente de la Comisión abrió un espacio para que formularan sus planteamientos respecto de esta iniciativa de ley las personas presentes en la reunión. En dicho espacio, hicieron una breve exposición con sus opiniones personales don Héctor Baría, profesor jubilado; la señora Mónica Villarroel, concejal de Río Negro; el señor Luis Alberto Guzmán, ex parlamentario, y don Bernardo Antriao, consejero regional. También se conoció el contenido de una carta enviada a la señora Presidenta de la República por el señor Gabriel Venegas, en representación de la Asamblea Ciudadana de Osorno, mediante la cual le solicitan su intermediación para que el proyecto de ley sea debatido en el Senado sin calificaciones de urgencia, y para que la nueva región quede integrada sólo por las provincias de Valdivia y Osorno, con capital regional en el eje La Unión Río Bueno. Solicita además que las comunas de La Unión, Río Bueno y Lago Ranco pertenezcan a la provincia de Osorno; que las secretarías regionales ministeriales y las direcciones de servicios públicos se distribuyan equitativamente en ambas provincias; que se replanteen los distritos y circunscripciones electorales en la provincia de Osorno y finalmente, que se instale en esta última ciudad una Corte de Apelaciones.

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Cual se señaló en un acápite precedente, el 7 de julio pasado la Comisión sesionó en la ciudad de Valdivia, con asistencia de los Honorables Senadores señores Víctor Pérez (Presidente); Jorge Arancibia (señor Hernán Larraín), y Ricardo Núñez. Estuvieron presentes, además, los Honorables Senadores señores Andrés Allamand y Eduardo Frei; y el señor Ministro del Interior, don Andrés Zaldívar.

En la referida sesión, el señor Raúl Basso, en representación del Comité Provincia de Valdivia Nueva Región, formuló la siguiente declaración:

“1.- Nuestro apoyo decidido y entusiasta al proyecto de ley aprobado por amplia mayoría en la Cámara de Diputados que crea la Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio. El representa con fidelidad los anhelos de todos los habitantes de la provincia de Valdivia que desde 1974 ha luchado incansablemente para obtener la autonomía regional. Esta iniciativa toma cuerpo con la reforma constitucional que promovida por el gobierno del Presidente Ricardo Lagos, permite hoy la creación de la nueva región. Corresponde también a su voluntad la firma del proyecto de ley en la ciudad de Valdivia y su envío al Parlamento. La Presidenta señora Michelle Bachelet le ha otorgado también la urgencia necesaria y su significativo avance es producto del apoyo conseguido en todos los sectores políticos. Reconocemos la decisiva participación que le cupo, en el primer trámite legislativo, al señor Ministro del Interior, don Andrés Zaldívar Larraín. Para todos ellos la sentida expresión de valdivianos agradecidos.

2.- La aprobación de la creación de la Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, significa que se acogerá democráticamente la voluntad ciudadana pues proviene legítimamente de una larga y compartida aspiración de todos sus habitantes.

3.- No solicitamos compensación alguna después de nuestra larga y obligada dependencia de Puerto Montt, a pesar de la evidente discriminación de que fuimos objeto en la distribución de recursos públicos. De modo especial, en materia de infraestructura vial entre los años 1974 y 1990, el porcentaje de la pavimentación de caminos interiores en la provincia de Valdivia fue del 35% de lo que se pavimentó en la provincia de Osorno; del 30% de lo que se pavimentó en la provincia de Llanquihue y del 44% de lo que se pavimentó en la provincia de Chiloé. Para el mismo período en la distribución del Fondo Social sólo le correspondió el 9,6% y del F.N.D.R. el 16,8%. Tendencias que se mantuvieron en el tiempo.

Además, se le cercenó a su territorio en 1976, la parte norte del Lago Calafquén.

4.- No tenemos nada en contra de Osorno y sus habitantes. Simplemente tenemos historia, proyectos e identidad regional diferentes, de las que ellos y nosotros estamos concientes. De lo anterior se deduce que ambas provincias no pueden generar un proyecto socialmente concertado de región.

5.- Tan pronto se inició el proceso de regionalización, la Universidad Austral de Chile aportó con los primeros estudios, como lo fue el “Plan Indicativo Provincia de Valdivia” que permitieron al Gobierno en el año 1983 anunciar la división regional, lo que no fue viable porque significaba una modificación de la Constitución de 1980. Posteriormente en 1996 el estudio “Conflictos Regionales y Políticas Públicas” del PNUD reconoce el movimiento social valdiviano y que el territorio de la provincia constituye una región real, lo que es ratificado por el estudio “Diagnóstico y Propuesta Metodológica para Modificar la División Político Administrativa del País”, del Instituto de Geografía de la Pontificia Universidad Católica de Chile, que generó un instrumento para evaluar la creación de regiones, provincias y comunas, donde se comprueba técnicamente que la provincia de Valdivia se ubica en el séptimo lugar en el conjunto de las actuales regiones.

Parece oportuno establecer claramente algunas de las potencialidades de la provincia de Valdivia:

a) Posee una de las universidades más importantes del país, la Universidad Austral de Chile, el Centro de Estudios Científicos del Sur, sedes de universidades privadas, institutos profesionales y centros de educación superior en constante desarrollo. Entendemos que el conocimiento es poder.

b) La industria forestal representada por millonarias inversiones, posee el 80% del total de las plantaciones de la actual Décima Región.

c) El turismo cuenta con campos de nieve, lagos, red fluvial navegable, termas, costas y mar, así como castillos y fuertes españoles, museos y actividades culturales.

d) Ser los primeros productores de leche del país con el 27% del total nacional. Asimismo, la producción de carne es la más importante a nivel nacional, con el 37% de la producción regional.

e) Corral, considerado el mejor puerto natural, por la profundidad de su poza y el abrigo que otorga, conecta al Océano Pacífico con el Océano Atlántico, a través del corredor bioceánico por el paso Hua Hum, cuya altura es similar a la de la Plaza Italia en Santiago. El puerto de Corral constituye un gran desafío para la región y la zona sur austral.

f) Los tradicionales astilleros y la moderna industria naval, con la construcción de pesqueros, grandes naves y yates de lujo destinados a la exportación, se sitúan entre los mejores de América. La carrera de Ingeniería Naval de nuestra Universidad aporta profesionales a nivel nacional e internacional.

g) Los deportistas valdivianos en diversas disciplinas han prestigiado al país. Así sus remeros por más de 100 años han sido los mejores de Chile y hoy compiten con los mejores del mundo.

6.- La identidad regional además de ser un requisito para la regionalización, es en el caso de Valdivia tan potente y definida que excede a otras características. Una larga y fecunda historia donde le cupo un rol preponderante, forjó en los habitantes de la provincia un sello muy particular que les permite salir airosos al enfrentar los mayores desafíos. La mejor herencia ha sido el sello de su cultura reflejada hasta hoy en los más diversos acontecimientos, en la ciencia, la técnica y el arte.

7.- El resultado de estos antecedentes implica el desarrollo armónico y equilibrado de todo el territorio de la provincia; hecho histórico que está demostrado con el crecimiento de sus comunas que representan en la actualidad el 63% de sus habitantes.

Finalmente, deseamos testimoniar públicamente nuestro reconocimiento a los ex Senadores que nos representaron, señor Gabriel Valdés Subercaseaux y señor Marco Cariola Barroilet, en cuyo trabajo legislativo la provincia hizo valer su demanda en el Honorable Senado de la República.

Reiteramos nuestra firme adhesión al proyecto de ley que crea la Región de los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, aprobado por la Honorable Cámara de Diputados. Nos asiste la firme convicción que la provincia de Valdivia convertida en región será un gran aporte para el desarrollo del país.”.

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Enseguida, el señor Raúl Alcaíno, en representación de la Corporación de Desarrollo de la provincia de Valdivia, se dirigió a la Comisión expresando que a los empresarios de la provincia nunca les resultó indiferente la decisión gubernamental en 1975, de establecer una división administrativa que los alejaba de los interlocutores del sector público, con quienes por tantas causas deben relacionarse desde el momento en que desean emprender alguna actividad económica. Hubo conciencia que las decisiones políticas que estaban determinando que el sector privado se moviera con libertad para transformarse en el principal factor del desarrollo económico del país, dejando al Estado un rol subsidiario, en esta provincia resultaría un proceso con mayores dificultades, porque la toma de decisiones resultaría más lenta al crearse nuevos espacios de centralización, adicionales a los que representaba la capital del país.

No obstante, la circunstancia de haber transcurrido apenas quince años desde que la naturaleza había puesto a prueba la entereza de los valdivianos y haber iniciado prontamente la reconstrucción en todos los ámbitos, hacía que compartiendo el desacuerdo de la comunidad con las decisiones del Gobierno, se tuviera la decisión de afrontar las nuevas dificultades con visión de país desarrollando las actividades con mayores costos y propiciando la formación de entidades que pudieran representar la visión local en las instancias gubernativas.

Continuó diciendo que hace 18 años los empresarios convocaron a la formación de la Corporación de Desarrollo de la Provincia de Valdivia, con la firme decisión de aunar los intereses del sector privado, objetivo logrado en gran parte desde sus inicios, por cuanto agrupa a empresas individualmente consideradas o representadas por su respectiva asociación gremial. La Universidad Austral de Chile ha tenido desde siempre en nuestro directorio un representante de su rector, lo mismo que los trabajadores que han estado representados por dos directores, que lo han sido a su vez de la Central Unitaria de Trabajadores. De sus actividades dan cuenta las memorias anuales, las que siempre han estado desprovistas de visiones legítimas de partidos políticos; religiosas; sociales o de algún otro carácter particular y cuando ha correspondido, con total y absoluta disposición para dialogar con las autoridades de gobierno y legislativas, nacionales, provinciales o municipales.

Por gestiones del entonces Senador don Gabriel Valdés, se obtuvo financiamiento internacional para la realización de un estudio por parte de expertos de reconocido prestigio internacional, independientes y externos a los intereses locales, para que objetivaran la realidad valdiviana conforme su situación geográfica, histórica, sociológica, cultural, económica y social. Estos expertos, los señores Sergio Boissier; Esteban Marinovic y Eduardo Dockendorff establecieron con absoluta claridad la realidad provincial en el contexto de la división administrativa del país. Este estudio fue la base para que el Presidente Eduardo Frei Ruiz Tagle impartiese un instructivo presidencial para la administración de las provincias de Valdivia y Arica, aunque respecto de esta última se ignoran los antecedentes que respaldaban tal decisión.

Se buscaba de este modo descentralizar la gestión pública regional otorgando facultades al Gobernador y a los directores de servicios para conducirse con mayor autonomía, pero esta buena intención pronto encontró las lógicas dificultades de estar insertas en el marco constitucional que se mantenía sin alteraciones y con una ley orgánica de administración regional que establece claramente las responsabilidades jerárquicas y funcionales para todas las regiones y provincias del país. Los sectores público y privado confeccionaron la Agenda Pactada con nuestras capacidades y recursos, y para ejecutarla han tenido que vencer la indiferencia de quienes no tienen necesidad de estos instrumentos para agilizar sus decisiones.

En este contexto y teniendo presente el motivo de esta convocatoria, y como respuesta a las debilidades para la gestión denunciadas en el estudio anterior, en 1997 esta Corporación, con el respaldo formal de todo el sector privado de la provincia y en conjunto con el Gobernador, don Jorge Vives D. para convocar también al sector público, iniciaron un proceso de consulta ciudadana para precisar un diagnóstico sobre la potencialidad económica provincial y las fortalezas y debilidades con las que se contaba para hacerla posible o para dificultarla. La activa participación de todos los valdivianos en una u otra forma representados dio lugar a un documento donde concurrían intereses opuestos pero capaces de concordar en una planificación que se reconocía como necesaria para el desarrollo económico de la provincia y contribuir de este modo al bienestar de quienes la habitan. A tal instrumento de planificación se le denominó “Agenda Pactada para el Desarrollo de la Provincia de Valdivia” documento del que se hizo entrega al entonces Presidente de la República, hoy Senador, don Eduardo Frei Ruiz -Tagle.

Complementariamente don Sergio Boissier, en forma individual e independiente, publicó un estudio que comprueba cómo la provincia de Valdivia cumple con todas las características que la teoría de la administración pública exige para que un territorio conforme una región real.

Continuó diciendo que en el transcurso del Gobierno del Presidente señor Ricardo Lagos, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo licitó un estudio obtenido por la Pontificia Universidad Católica de Chile que estableció una metodología que permite determinar un índice para la creación de nuevas regiones, con el objeto de aplicarlo a las pretensiones de las provincias de Arica, Ñuble y Valdivia de conformar por sí solas regiones independientes. Entre las conclusiones se destaca la que advierte que de las tres nombradas, Valdivia es la única que accede a los parámetros fijados por el citado índice, y otra que determinó que Valdivia está por sobre otras seis regiones actuales si las variables con las cuales se determina el índice señalado se aplicaran a todo el país.

Los empresarios de Valdivia; los empresarios de la micro, pequeña y mediana empresa -MIPYMES- no consideramos que el hecho de conformar una región independiente vaya a constituir, por sí sola, una instancia de desarrollo económico. Tampoco desconocen las enormes carencias de descentralización que el país tiene y por lo mismo las dificultades que los empresarios que desarrollan sus actividades en provincia deben enfrentar por esta causa. De lo que tienen certeza es que si han podido desarrollar sus respectivas actividades no obstante las objetivas dificultades existentes, con cuánta mayor razón lo harán si dinamizan el proceso de toma de decisiones.

Expresado lo anterior, para quienes representan el sector privado, que ha asumido por treinta años los mayores costos en sus respectivas actividades, para no perder competitividad, tener que adoptar decisiones por medio de un proceso que cuando se involucra a agentes del sector público que deben atender los requerimientos de una zona geográfica de 800 kilómetros de norte a sur, se hace extremadamente lento, es del todo evidente los antecedentes objetivos que hacen que la solicitud de conformar una región independiente esté absolutamente respaldada. Por ello al sector privado no le resultó sorpresiva la decisión de la Cámara de Diputados de aprobar esta iniciativa. Es totalmente lógica en la mentalidad de empresarios: se ha tomado la decisión que los antecedentes respaldan y por lo mismo hoy solicitan del Honorable Senado que confirme tal proyecto en los términos ya aprobados para que la Región de los Ríos sea una realidad a contar del 1 de enero de 2007.

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El señor Baldomiro González, por la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Valdivia destacó el notable ejercicio democrático puesto en práctica por esta Comisión, en que los interlocutores de Valdivia tienen la oportunidad de expresarse.

Agregó que desde hace más de 30 años la comunidad valdiviana está luchando para revertir la marginación de que ha sido objeto por la denominada Corporación Nacional de Reforma Administrativa “CONARA”, única responsable del desmantelamiento administrativo de la provincia y de la postergación sistemática del desarrollo de las comunas que la componen.

Señaló que desde el sismo del año 1960 y posteriormente, por más de 30 años, la comunidad se ha unido para recuperar la dignidad de la provincia y transformarse en una moderna y ejemplar nueva región. Esto no es un capricho de las autoridades, si no tan sólo cumplir la voluntad de la gente y por otra parte soltar las ataduras que la mantenían cautiva a la Región de Los Lagos, lo que permitirá proyectar libremente su propio destino, porque tiene las potencialidades y el mejor proyecto para constituirse en región.

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El señor Rubén Delgado, por la Comisión Provincial de Consejeros Regionales, provincia de Valdivia, expresó que el Consejo Regional aprobó en su oportunidad, por amplia mayoría, manifestar a la Honorable Cámara de Diputados su opinión positiva acerca del proyecto de ley que presentó el Ejecutivo con relación a esta nueva región. Este acuerdo interpreta la opinión mayoritaria de los habitantes de la X Región en su conjunto.

Agregó que quienes conocen la X Región saben de las enormes distancias de este territorio. Por ejemplo un viaje de un extremo a otro, vale decir de Lanco/Futaleufú requiere aproximadamente 8 horas de viaje por tierra y 12 por mar. El Gobierno Regional debe atender los requerimientos de 42 comunas en las que hay algunas prósperas y otras muy pequeñas y pobres (San Juan de la Costa en Osorno es la más pobre de Chile). Los consejeros regionales han sido testigos que la gran extensión territorial afecta en forma negativa la administración y el desarrollo equitativo de la X Región, y este es el principal motivo que justifica dividirla.

Afirmó que la actual provincia de Valdivia reúne las condiciones necesarias para constituirse en región, en mérito a su extensión territorial, número de habitantes y diversas otras circunstancias que abordará enseguida.

La nueva región exhibe una importante producción silvoagropecuaria en este mismo territorio. La remolacha es procesada en la planta IANSA de La Unión; el trigo en diversos e importantes molinos harineros ubicados en Valdivia y La Unión; la leche que recibe la planta Colún de La Unión y otras ubicadas en Los Lagos y Máfil. La madera es procesada por Celco, Apsa y otras industrias menores.

Valdivia cuenta con una infraestructura turística importante como también la industria naviera; la Universidad Austral que, como se sabe, goza de gran prestigio siendo una de las más importantes de Chile. Además, está la Universidad San Sebastián.

En relación con la creación de la provincia de Ranco, señaló que su territorio constituye por razones naturales una unidad geográfica alrededor del Lago Ranco.

La capital de esta provincia, la ciudad de La Unión, ubicada a 8 kilómetros de la ruta 5, tiene dos accesos desde esa ruta, lo que permite que un viaje de Futrono o Paillaco a La Unión sea más corto que a Valdivia. Además se realiza por una mejor ruta. Por otra parte Río Bueno dista de La Unión sólo 12 kilómetros.

En conjunto estas dos ciudades podrían constituir en el futuro un importante polo de desarrollo.

En materia de desarrollo expresó que la nueva región tiene un potencial enorme, y con una administración propia será posible lograr aspiraciones de muchos años y verdaderamente importantes:

El corredor oceánico paso Cardenal Samoré-Entre Lagos-Río Bueno-La Unión-Corral será un aporte extraordinario para un desarrollo directo de las comunas de Río Bueno, La Unión y Corral e indirecto para todo el sur de Chile.

A su turno, el puerto de Corral constituye una reserva del país y debe convertirse en una realidad. Como se sabe, la selección de este puerto la hicieron en su época los mejores navegantes del mundo, los españoles en sus conquistas. Hoy Chile casi no lo usa.

Las diversas actividades indicadas en otro párrafo serán complementadas con desarrollo turístico. Se dispone de la materia prima de primera calidad: ríos, lagos, mar, bosques, nieve, termas. Sólo falta mejorar la red vial (la ruta interlagos, por ejemplo) y algunas instalaciones en lagos y ríos.

Cabe hacer presente que la actual provincia de Valdivia cuenta con dos ríos navegables: el Calle Calle y el Bueno, y con un borde costero de mar protegido lo que constituye un importante recurso futuro.

En varias oportunidades, continuó, se han escuchado opiniones favorables a la incorporación de otro territorio que estimamos fortalecería aún más esta nueva unidad territorial, pero debe prevenirse respecto de ciertas condiciones que alterarían el proyecto, cual es cambiar tres comunas importantes de una provincia y eliminar la propuesta en el proyecto que es la provincia de Ranco.

En una democracia los representantes del pueblo deben tomar las decisiones más apropiadas para sus representados. En esa idea, solicitó el apoyo legislativo para este proyecto, que cuenta con el respaldo de todos los parlamentarios de Valdivia, los alcaldes y concejales, y la mayoría del Consejo Regional, todos los consejeros regionales de la provincia de Valdivia.

La única bandera política de todos los actores indicados, concluyó, es el desarrollo de la nueva región sin disidencias

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A continuación, se hicieron presentes los Colegios Profesionales de Valdivia, encabezados por una directiva presidida por el señor Gustavo Serrano, quien expuso la opinión de las entidades gremiales de abogados, arquitectos, cirujanos dentistas y periodistas, respecto de lo que significa para la provincia de Valdivia, el proyecto de la Región de Los Ríos. En algún caso, y por el tiempo disponible luego que se solicitó elaborar una presentación común, las opiniones son a título personal del dirigente respectivo. Sin embargo, ellas provienen de profesionales de alto nivel que han sido elegidos por sus pares para representarlos.

En relación con el estamento de periodistas, señaló que esta exposición no pretende entregar argumentos que en extensión y profundidad han debido o deberán entregar organismos que, como el Comité Nueva Región, han venido trabajando y acumulando en las tres décadas de esta lucha, en la cual el Colegio de Periodistas de Chile, Consejo Regional de la Décima Región, ha sido testigo a través de la labor profesional de sus colegiados durante la larga etapa previa al proyecto en discusión.

Pero no sólo han sido testigos y transcrito aquellos acontecimientos que han jalonado esta lucha. También han sido actores y sustentadores de este anhelo, tanto en el reporteo de la noticia como en la búsqueda de opiniones y, a veces con insistencia majadera pero fructífera al fin, en el acicate de las autoridades para que se responda a lo que los valdivianos siempre consideraron una injusticia, desde los albores del proyecto de regionalización.

Recordó, enseguida, a las instituciones creadas por la necesidad de defender a Valdivia. La Confederación de Gremios, Colegios Profesionales e instituciones de bien público que dieron origen al Consejo de Desarrollo de la Provincia de Valdivia, CONDE, entidad que lideró los primeros años las acciones para revertir la anexión a la X Región con capital Puerto Montt.

La imposibilidad de lograr en poco tiempo datos estadísticos exactos, no significa empero que no recuerden los valdivianos que en 1974 esta ciudad tenía el mayor número de habitantes de la zona comprendida al sur de Concepción hasta Punta Arenas. Puerto Montt tenía poco más de la mitad de la población que ostentaba Valdivia y Osorno también era mayor que la actual capital regional.

El crecimiento de Valdivia se estancó virtualmente, y ya en el censo de hace 12 años, Puerto Montt había llegado a casi 130 mil habitantes, Osorno a 127 mil habitantes y Valdivia a sólo 122 mil habitantes.

Según el Censo de 2002 Puerto Montt tiene 153 mil habitantes, Osorno 132 mil y Valdivia 127 mil habitantes.

Continuó señalando que en 1977 hubo un intento de revisar la situación de Valdivia, y el Presidente de la República dio instrucciones a CONARA para analizar el problema. El CONDE solicitó la división de la región y propuso que Valdivia y Osorno constituyeran región aparte. No tuvo mayor suerte esta iniciativa, de la cual el Diario El Correo guarda en sus archivos las esperanzas y el desencanto posterior. Pero eso no hizo desfallecer la enconada resistencia valdiviana, y así fue como, en pleno régimen militar, en 1985 tuvo lugar la mayor asamblea popular que haya visto la ciudad cuando 25.000 personas reafirmaron la voluntad de seguir adelante esta lucha. Vuelta la democracia, ya han pasado 16 años más para que se vislumbre una luz al final de este camino escabroso y se respete la voluntad de un pueblo que ha dado buena muestra de fe, constancia y férrea unión tras el propósito de la región valdiviana.

Los periodistas registran también la marcha de proyectos emblemáticos para esta provincia: El paso internacional, treinta años tras su mejoramiento, recién este año se anuncian fondos para habilitar mejores instalaciones. El camino de acceso, aún sin pavimentar en su totalidad; el Complejo Turístico Mocho Choshuenco: sin solución en treinta años para un camino de 12 kilómetros que lleva a las mejores canchas de ski de todo el sur, con nieve hasta el mes de diciembre habitualmente; Puerto de Corral: sin solución para su aislamiento terrestre, hay sólo un camino de penetración construido por el gobierno militar, vía precaria que se corta todos los inviernos; Dragado del río: pese a ser considerada la vía fluvial como carretera, según el ex intendente y hoy alcalde de Puerto Montt, señor Quinteros, nunca se recibieron fondos para estos efectos. Hoy, cuando las grandes naves que se construyen en los astilleros valdivianos, los más importantes del país luego de ASMAR, deben salir, lo hacen previo dragado hecho con fondos privados, lo que equivale a que cada industria tuviera que construir un puente cada vez que sale un camión con carga de sus instalaciones. Ruta Interlargos, Ruta de la Costa, Camino La Unión a Corral, son proyectos cuyo avance a paso de tortuga demuestra la ninguna prioridad que se les da, y se arrastran año tras año con presupuestos anunciados y luego recortados o simplemente postergados.

En relación con el estamento médico, señaló que la distribución de recursos de toda índole desde el aparato estatal ha significado, sin ninguna duda, la postergación de aquellas ciudades cabeceras de provincia que no fueron designadas como capitales regionales. Ejemplos de lo anterior los señala el Colegio Médico, a continuación:

En la actualidad el Ministerio de Salud ha determinado polos de desarrollo en algunas especialidades, como radiología, para lo cual se ha elegido a Puerto Montt, lo cual significará que Valdivia no contará con resonancia magnética, aún disponiendo de un hospital docente asistencial. Otra necesidad en salud es el desarrollo de la cirugía cardiovascular, sin embargo, ésta ha quedado radicada en Temuco. Valdivia, como región, debe ser capaz de defender la implementación de estas especialidades.

Probablemente la distribución directa de fondos ministeriales y sectoriales beneficiará a la salud municipalizada y será capaz de elevar el nivel de resolución de los hospitales de las comunas, para que se transformen en un complemento real de las acciones del Hospital Clínico Regional.

Demás está recalcar lo absurdo de la centralización que lleva a que la administración de la ambulancia del SAMU sea hecha en forma directa por una central que tiene su base en Puerto Montt.

Agregó que lo anterior es sólo un botón de muestra de lo que ha significado para los profesionales valdivianos tener que realizar trámites de cualquier orden a 220 kilómetros de distancia. Aun cuando la tecnología pueda ahorrar tiempo, lo ciertos es que este ejemplo basta para imaginar las trabas que en todo orden de cosas resultan de mantener el actual orden de cosas.

Por lo que hace al Colegio de Arquitectos, recordó que su Presidente, el señor Carlos Dates Hofmann, ha señalado las situaciones de su sector, esto es la planificación urbana, la arquitectura y la construcción, que se verían favorecidas con la creación de una región con capital en Valdivia. Explica que por razones de tiempo, estas opiniones son personales, y por esta razón no han podido ser discutidas en asamblea, como es costumbre.

Dice: “Como introducción al problema a analizar, es pertinente referirse a nuestro ser político nacional, el cual está arraigado en un concepto extremo de concentración del poder en todas sus manifestaciones políticas, económicas y socio-culturales. Los múltiples intentos de descentralización han tenido magros resultados en el desarrollo del “hinterland” de Santiago que es el “resto de Chile”. Antes de la regionalización vigente, las provincias, sin poderes político-administrativos autónomos, basadas en gran parte en el espacio de poder que el gobierno nacional otorgaba a los gobiernos comunales, generaron una fuerte conciencia “microregional” en torno a las principales ciudades de nuestro país, en las cuales fructificaron muchas iniciativas, en su mayor parte no gubernamentales, las cuales con un gran esfuerzo local y por lo general con exiguos recursos, impulsaron el desarrollo regional.

La regionalización vigente, desconociendo la historia de nuestro país en lo referente a su progresiva estructuración provincial, creó una estructura regional con una nueva jerarquía de ciudades capitales, cuyo poder no se basó en restarle poder a la capital nacional, sino en una apropiación y empobrecimiento del nivel provincial, principalmente sus capitales con su variada institucionalidad, tanto pública como privada. El sistema actual de regionalización ha sido más bien un instrumento que favorece al poder central, a través de una institucionalidad aparentemente descentralizada, la cual, a través de las capitales regionales, ha tenido por consecuencia la pérdida de la participación local y un progresivo debilitamiento y desaparición de las instituciones en torno a las ciudades capitales de provincia, que no tuvieron la buena suerte de convertirse en capitales regionales.

En el campo profesional del urbanismo y de la arquitectura, con sus implicancias en lo social, económico, cultural y patrimonial, la ciudad de Valdivia con proyecciones provinciales, regionales, inclusive nacionales, a través de sus instituciones públicas, universitarias y gremiales, ha demostrado una centenaria capacidad de iniciativa y gestión. En mayor o menor grado, estas instituciones están enlazadas con una institucionalidad nacional, la cual, en la simplista perspectiva metropolitana, y sin reconocer las fuerzas existentes a nivel provincial, permanentemente limitan, hasta su desaparición, las instancias que no se ajustan a la estructura regional vigente.

Al respecto Valdivia puede demostrar la existencia de múltiples instituciones y organizaciones que sobreviven gracias a la iniciativa y dedicación de “valdivianos” del sector público, universitario, gremial y privado. En forma directa corresponde destacar la Delegación Zonal Valdivia del Colegio de Arquitectos de Chile A.G., y su participación en el Consejo Provincial de Monumentos Nacionales de Valdivia y la Delegación Valdivia de la Cámara Chilena de la Construcción. En forma indirecta, el rol que a nivel local juegan la Universidad Austral con sus organismos afines y las municipalidades.

En relación con su sector, debe destacarse que los temas referidos al ordenamiento territorial, la ciudad, sus espacios urbanos, la vivienda y los servicios, la identidad cultural y la preservación patrimonial, entre otros, son temas que difícilmente pueden ser resueltos satisfactoriamente a un nivel “macro”, sin una motivación y participación a nivel más local. La legislación actual desfavorece en este sentido a las provincias y sus capitales, las cuales con una fuerte identidad y gran capacidad de iniciativa y gestión, quedaron incorporadas en una “macro-región”, que a causa del sistema vigente, inevitablemente va restando posibilidades al “hinterland” regional.

Por las razones expuestas gran parte de la institucionalidad y las iniciativas que aún sobreviven en Valdivia, sólo ha sido posible al compromiso de muchos valdivianos, lo cual no garantiza su futuro ante la soslayada amenaza, principalmente del centro metropolitano, de someter a la estructura regional vigente, con las negativas consecuencias para Valdivia, causando el inevitable estancamiento de una promisoria provincia, otrora polo de desarrollo en el sur de Chile, estancamiento que en muchos aspectos ya es observable en las últimas décadas.”

Le correspondió referirse, enseguida, al Colegio de Abogados Valdivia Osorno A.G. Al efecto señaló que dicha entidad gremial, presidida por don Carlos Enrique Herrera Tardon y con la colaboración del consejero regional señor Claudio Novoa Araya, han puntualizado algunas de las situaciones que ocurren en esta actual Región de Los Lagos.

Desde el punto de vista del ejercicio de la profesión de abogado señalan: “se dificulta la tramitación de obtención de personalidad jurídica para corporaciones y fundaciones, ya que se obliga a recurrir a las secretarías regionales ministeriales con asiento en Puerto Montt, para trámites que van desde la presentación de estatutos, hasta la simple obtención de un certificado de vigencia.

En segundo lugar, las políticas de protección del medio ambiente natural, tan importantes hoy en día para el derecho ambiental, son aplicadas y su cumplimiento se fiscaliza desde la ciudad de Puerto Montt, en circunstancias que las necesidades son de carácter eminentemente local y turístico. Estos hechos se demuestran irrefragablemente con los recientes conflictos judiciales ventilados en los Tribunales de Justicia.

Como zona turística, Valdivia posee un perfil claramente definido, en contraposición con Puerto Montt, de naturaleza industrial, pesquera y comercial. Estos hechos corroboran que la protección del medio ambiente tiene especial connotación en Valdivia, “Ciudad saludable por antonomasia”, apreciándose lentitud e ineficiencia en la toma de decisiones reales y efectivas de los organismos competente, radicados actualmente en Puerto Montt.

En tercer término, las certificaciones y estudios de impacto ambiental, también imprescindibles hoy día para la instalación de empresas de relevancia nacional e internacional, deberían ser de competencia de organismos con sede en Valdivia, sobre la cual en definitiva va a incidir la actividad productiva, lo que no sucede en la actualidad con la división regional con capital en Puerto Montt.”

Como cuarta observación expresan: “La comunidad ha observado con impotencia el debate creado para instalar un casino en Valdivia, así como las iniciativas empresariales anexas a tal proyecto, y de cómo estas soluciones de trascendencia son adoptadas sin ningún entusiasmo en Puerto Montt.

Estas iniciativas que inciden en el desarrollo de Valdivia y del resto de las comunas deben debatirse y resolverse en el área geográfica dentro de la cual se pretende desarrollarlas, y no a cientos de kilómetros, con un desinterés y apatía morbosos.

Y por último, como corolario del punto anterior en cuanto al ejercicio de la profesión de abogado, el encuentro de asesorías jurídicas necesariamente debe centrarse en la capital regional: Puerto Montt, privando a los asociados de Osorno y Valdivia de las oportunidades de trabajar con quienes manifiestan interés en la creación de empresas en esas dos provincias.

En sexto lugar, Valdivia y sus comunas son por esencia turísticas. Y esta capital natural nunca podrá desarrollarse adecuada y fructíferamente si las decisiones económicas y de trascendencia patrimonial continúan adoptándose en Puerto Montt.

Finalmente, se refirió al estamento de cirujanos dentistas, cuyo Colegio -afirmó- es un ejemplo de cómo las entidades profesionales enfrentaron el problema suscitado con la regionalización. Simplemente adoptaron la conformación de consejos regionales, como en este caso, respetando las antiguas divisiones provinciales, y así continuaron funcionando bajo un esquema aparente.

No obstante, la opinión prevaleciente es la misma, y así lo expresan:

“El Consejo Regional Valdivia funciona en forma autónoma en la región, dependiendo sólo del Consejo Nacional del Colegio de Cirujanos Dentistas de Chile, por lo que a nivel gremial no le dificulta estar dentro de la misma región que Osorno y Puerto Montt.

Sin embargo, considera que la nueva región va a beneficiar a la ciudadanía debido a que se generarán polos de desarrollo con visión de la realidad local. La toma de decisiones también se hará sobre la base de problemas afectados y diagnosticados localmente.

Desde el punto de vista del Colegio de Dentistas- Regional Valdivia, el quehacer gremial se verá facilitado y potenciado por la cercanía de las autoridades pertinente.”

Finalizó expresando que en su largo ejercicio como periodista, ha sido testigo de la mayoría de los acontecimientos que han marcado la historia de Valdivia. Por lo tanto, da testimonio de que los ejemplos aquí anotados someramente son compartidos por la inmensa mayoría de los profesionales valdivianos, como asimismo por aquellos que, llegados en tiempos más recientes, han podido ver que este espíritu prevalece porque la razón y la justicia están de su parte.

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En representación de la entidad Comité Nueva Región Femenina, la señora Silvia Oyarzún, recordó que han transcurrido casi 40 años desde la puesta en marcha del proceso de regionalización por el Presidente Eduardo Frei Montalva, que persigue entre otros objetivos corregir distorsiones tales como la concentración y centralización que han dificultado el desarrollo armónico integral del país.

Posteriormente, se crearon trece regiones.

Si bien es cierto que estas modificaciones son de carácter abstractos, es decir, se realizan mediante leyes y decretos, su puesta en práctica se traduce en manifestaciones concretas que afectan el desenvolvimiento cotidiano de los chilenos.

El proceso de regionalización que se realizó, como toda acción humana, es susceptible de ser mejorado. La regionalización es un proceso dinámico que evoluciona con impresionante rapidez, por lo cual lo de ayer ya no es válido. Desde el Parlamento hay voces que se elevan pidiendo una evaluación pues esta regionalización se implantó sin consulta ciudadana. La no revisión de este proceso se ha fundamentado en varias excusas basadas en la oportunidad y conveniencia de realizar modificaciones, otras de carácter burocrático.

El reclamo de Valdivia comenzó en el momento en que se implantó la regionalización el año 1974, con una concentración pública que reclamaba el derecho de ser su capital y que desde su fundación había tenido en la historia nacional un sitial destacado. El proceso de regionalización la dejó como un apéndice en la X Región, constituida por 5 provincias sin identidad alguna por la pérdida de su administración y su status territorial.

Siempre se mantuvo una actitud conciliadora con los gobiernos que se sucedieron, pero su actitud de defensa de la región perdida, estimulada día a día por los actores sociales, la universidad y, principalmente, por el Grupo Nueva Región fue paulatinamente enraizándose en Valdivia territorial. El largo periplo estaba sujeto al cambio constitucional que al fin pudo verificarse el año pasado, dando luz verde a la posibilidad de crear la nueva región.

La provincia de Valdivia en su proyecto de regionalización crea la provincia de Ranco con La Unión como capital más Río Bueno y Ranco. La provincia de Valdivia, por su tamaño territorial, es más grande que el área metropolitana y la V Región, por lo tanto merece por su situación demográfica, económica, institucional y productiva, sus bellezas naturales, su situación geográfica, por la fortaleza de su gente, ser considerada para ser región.

A menor tamaño de la región, continuó, mayores posibilidades de participación ciudadana. A menor tamaño de región, mayor identidad del grupo social con sus problemas. A menor tamaño territorial mayor acceso de la ciudadanía hacia sus instancias de gobierno. A menor tamaño de las regiones, mayor homogeneidad social. La concordancia entre el territorio administrativo y el territorio social fortalece la identidad regional y el compromiso con un proyecto común. A menor tamaño de la región, mayor capacidad para generar una dinámica de desarrollo y progreso

Considera que para hacer el desarrollo más eficaz, es prioritario atender y destacar al recurso humano.

Enseguida, expresó que comprende por desarrollo regional el que entrega el señor Boissier. Básicamente, 6 objetivos: crecimiento económico, sustentabilidad del crecimiento, equilibrio espacial, autonomía regional, inclusión social y protección del medio ambiente y recursos.

Agregó que el proceso de descentralización es la entrega de autoridad desde el Estado a la base, es un proceso democrático en que el Estado escucha las peticiones de los ciudadanos. Este proceso singular, caracteriza a nuestro país como un país eminentemente democrático y, en ese contexto, Valdivia deber ser región por voluntad política del Parlamento.

Por su parte, la señora Silvia Aguilar expresó que si bien la descentralización se concibe como un proceso eminentemente político que apunta a la redistribución del poder entre los distintos estamentos territoriales del Estado, esta redistribución no será completa si no se considera a todos los habitantes de dichos territorios, esto es, hombres y mujeres de la nueva región.

La propuesta política de descentralización y desconcentración reconoce la brecha existente entre los diversos territorios, regiones y comunas, pero omite la brecha existente entre hombres y mujeres.

Eliminar obstáculos que permitan el acceso de las mujeres a los recursos económicos de la región, del espacio local y de los instrumentos de inversión pública, asegura una distribución equitativa de ellos y aprovechará las potencialidades que este sector de la población puede aportar al desarrollo del país.

Agregó que desde la perspectiva cultural, una política de descentralización deberá reconocer las identidades territoriales y de género existentes, revalorando la relación de los chilenos y chilenas con su territorio, y fortaleciendo los actores regionales y locales.

Enumeró, enseguida, los compromisos que, como sector, debe cumplir el proceso de desarrollo de la nueva región:

1. Transversalizar la perspectiva de género en el diseño, ejecución, evaluación y seguimiento de las políticas públicas.

2. Promover un cambio cultural que destaque los nuevos paradigmas del desarrollo, como por ejemplo, las nuevas formas, la masculinidad y feminidad; el protagonismo de las mujeres en el desarrollo del país, y la efectividad y la subjetividad en el ámbito público.

3. Incorporar la equidad de género en los programas de capacitación a trabajadores y trabajadoras, para avanzar no solo en la equidad territorial y social, sino también en el análisis diferencial entre hombres y mujeres.

4. Promover una transformación cultural en organizaciones sociales y políticas, que permita la representación equilibrada de hombres y mujeres en los espacios de toma de decisiones.

Una sociedad que da espacio igualitario a hombres y mujeres, es una sociedad con mayores índices de democracia.

Con esta comunicación hay hombres y mujeres que tienen distintas necesidades, lo que obliga a hacer un análisis diferenciado de sus aspiraciones y valores en tanto hombres y mujeres, es decir, un análisis de género.

Con esta determinación de necesidades reales de hombres y mujeres podrán definirse mejores políticas, integrando las experiencias y perspectivas de unos y otras en el diseño, implementación y evaluación de dichas políticas, creando condiciones reales para la igualdad de oportunidades.

En consecuencia, incorporar en la perspectiva es una oportunidad de mejorar, profundizar y potenciar el proceso de regionalización, posibilitando mayores niveles de participación, que en definitiva, mostrará una región fuerte, moderna y capaz de enfrentar los desafíos del bicentenario que se avecina.

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Se dirigió a continuación a la Comisión el alcalde de Panquipulli, señor Alejandro Koehler, en representación, también, de la Asociación de Municipios de la Provincia de Valdivia.

Señaló que su asociación presta un apoyo irrestricto a la creación de la Región de Los Ríos. Agregó que cuando la Asociación de Municipios de la Provincia de Valdivia fue creada en el año 2003, con el denominado “Grito de Lago Ranco”, los alcaldes y concejales quisieron dar una señal potente en la dirección de materializar la institucionalidad de la nueva región. Decidieron liderar el tramo final de un largo camino que con memorables hitos históricos en el plano técnico y político iniciaron las organizaciones valdivianas hace más de 30 años.

El país se ha modernizado aceleradamente y avanza a paso firme inserto en un modelo de crecimiento abierto y competitivo, integrado al mundo, recorriendo un camino que ha sido muy exitoso desde la perspectiva nacional. Sin embargo, mirado desde las regiones, presenta grandes problemas y enfrenta una crisis de regionalización y del proceso de descentralización. Las regiones se han constituido en un verdadero lastre que impide un mayor crecimiento y, desde esta perspectiva, hay conciencia de la urgencia del cambio y de la necesidad de ajuste de la actual regionalización.

El país ha decidido avanzar y se está implementando una política de Estado que se impulsa con fuerza y claridad. Ya se han realizado las reformas constitucionales que posibilitan el indispensable cambio y la revisión del sistema existente, tanto en lo relacionado con el número de regiones como con la estructura y el modelo de gestión regional. Existe un proyecto de ley en discusión que enfrenta el rediseño y fortalecimiento de la regionalización y descentralización. Paralelamente y con ritmo propio, se ha decidido por iniciativa del Poder Ejecutivo crear las regiones de Arica y Parinacota y la de Los Ríos, generando escenarios nuevos de desarrollo territorial.

Agregó que la Región de Los Ríos es parte de la política nacional y se asume como tarea país, en un marco de condiciones políticas de alta viabilidad y en un contexto de crecimiento económico que favorece los cambios programados y los inevitables costos iniciales de la modernidad. Adicionalmente, en la provincia de Valdivia hay liderazgos que facilitan el proceso de cambio y la construcción de la nueva región.

Se respalda el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Diputados, que se construyó garantizando sus condiciones de admisibilidad parlamentaria y su viabilidad en los marcos legislativos vigentes. Adicionalmente, se minimizan los costos de diseño y del modelo de gestión que lo implementa. Además, este proyecto sin cambios legislativos complejos que condicionen su viabilidad, permite innovar en áreas claves del diseño y funcionamiento de la nueva región, en especial, en materias relacionadas con la gerencia pública integrada; con una mayor representación comunal; con gobernaciones fuertes y con servicios descentralizados; con la distribución territorial de los servicios públicos de acuerdo a vocaciones productivas, al fortalecimiento municipal y fomento del asociativismo municipal, y a modalidades innovativas de acuerdos público-privados.

El proyecto de ley que crea la Región de Los Ríos nace con un gran respaldo del Presidente Ricardo Lagos y la alta prioridad asignada es reiterada por la Presidenta Michelle Bachelet que mantiene su respaldo y la urgencia para el trámite parlamentario.

El CORE de la X Región, en una discusión histórica, aprobó y recomendó la división de la X Región de Los Lagos. En la Cámara de Diputados se discutió arduamente la posibilidad de incorporar a Osorno en el proyecto de la nueva región, pero las indicaciones del Ejecutivo al respecto fueron rechazadas por los propios parlamentarios osorninos. En definitiva, el 6 de junio de 2006, por amplia mayoría, la Cámara de Diputados aprueba la creación de la Región de Los Ríos considerando como base la provincia de Valdivia, reconociendo la validez de propuestas que técnica y políticamente han sustentado esta iniciativa.

Sin embargo, a su ingreso al Senado para su discusión final, se observan amenazas y dificultades que deben alertar a los defensores de la nueva región y preparar los argumentos que hagan posible su superación y logro de la meta final. La resistencia para aceptar la ya encaminada división regional de sectores importantes de la provincia de Osorno que insisten en impedir la nueva región. Por otro lado, aquellos que desde Osorno exigen un ingreso condicionado a la nueva región con la provincia de Valdivia, reclamando compensaciones institucionales y económicas que hacen imposible su aceptación y que demoran excesivamente una decisión al respecto. La asociación de municipios ha sido categórica en manifestar que no se opone a la incorporación de Osorno, siempre que no se discuta la capitalidad de Valdivia y no se cuestione la creación de la provincia de Ranco. Además, que este ingreso sea solicitado por la población osornina y se realice sin condicionamiento previos.

Agregó que debe evitarse mezclar los objetivos y condiciones del proyecto específico de creación de la Región de Los Ríos con el proyecto general de ajuste y fortalecimiento de la regionalización. Son proyectos que deben discutirse en paralelo pero no condicionar su aprobación.

Existen razones fundadas para temer que una demora en la discusión del proyecto que crea la región tendrá costos excesivos para la provincia de Valdivia, que ya se observan en el entrabamiento de decisiones regionales de inversión tanto públicas como privadas y en los cada vez mayores problemas de gobernabilidad que surgen por un trato conflictivo y crecientes dificultades de diálogo y coordinación intraregional.

Señaló que preocupa muy especialmente el excesivo centralismo del Gobierno en el diseño y definición técnica y operativa de la nueva región, con muy baja participación provincial y local, con espacios de diálogo y propuestas que recojan las inquietudes y aspiraciones de todas las comunas y abran un debate interno amplio y transparente. Hay importantes inquietudes y propuestas de comunas que no encuentran aún un cauce formal de debate técnico y político. A modo de ejemplo, cabe mencionar: los requerimientos de los municipios de Paillaco y Futrono que aspiran a mantener su dependencia y pertenencia político-institucional de la provincia de Valdivia y no de la nueva provincia de Ranco; las aspiraciones de Río Bueno de constituirse en capital de la provincia de Ranco y recuperar territorio perdidos al momento de hacerse realidad la actual regionalización. El interés de Los Lagos por ser sede de la Gobernación de Valdivia; las propuestas de Corral para ligar el puerto a la viabilidad de la nueva región; y así, en cada comuna, legítimas y sentidas aspiraciones que han sido reprimidas a la espera de que sea aprobada la gran aspiración de todos, cual es crear la nueva región.

En este contexto, frente a la visita que la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado hace a la provincia de Valdivia, la Asociación de Municipios estima pertinente resaltar algunas tareas que considera urgentes y de alta prioridad:

- Asegurar la urgencia del proyecto y evitar las demoras para su discusión y aprobación en el Senado.

- Apoyar a los Senadores de la zona para que cumplan su importantísima misión.

- Fortalecer la Asociación Provincial de Municipalidades transformándola en actor fundamental del diseño final de la región y de su instalación y marcha blanca.

- Acentuar y liderar el proceso de participación ciudadana organizada para seguir sustentando la lucha por la nueva región y asegurar su aprobación e instalación en los tiempos previstos.

La Asociación de Municipios de la provincia de Valdivia agradece a la Comisión de Gobierno del Senado su presencia en la Provincia y respalda plenamente su importante misión.

Los alcaldes y concejales de Valdivia miran con optimismo y confianza el futuro y están seguros que la nueva región de Los Ríos será buena para todos los valdivianos y un verdadero aporte a la tarea modernizadora y al desarrollo de Chile.

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A su turno, el señor Gastón Fuentes, alcalde de Paillaco, dijo que con motivo de la visita a Valdivia de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado, los paillaquinos, a través de la Asociación Provincial de Municipalidades, de la que son parte integrante, expresan lo siguiente:

1. Desde hace muchos años somos parte de un sentido anhelo de toda la provincia de Valdivia para constituirse como una región.

2. En este largo andar, juntos hemos dado muestras de cohesión y solidaridad con las restantes once comunas de la provincia.

3. Una vez conocido el proyecto de ley enviado por el ex Presidente Ricardo Lagos, ya analizado y aprobado por la Cámara de Diputados, los paillaquinos al apoyar con fuerza en todas las instancias que se han dado, pospusieron sus legítimos derechos y aspiraciones en la perspectiva de la nueva “Región de Los Ríos”, y dentro de ella la “provincia de Ranco”.

4. El referido proyecto de ley considera separar la comuna de Paillaco de la provincia de Valdivia para incorporarla a la futura provincia de Ranco, tomando como consideración el carácter ribereño de las comunas que la conformarían.

5. Los paillaquinos no compartimos las razones que se dan en el proyecto de ley en cuanto a considerar a Paillaco como comuna ribereña, por cuanto Paillaco no tiene límites con el Lago Ranco.

6. Hasta 1975 Paillaco perteneció al departamento de La Unión, con cabecera de gobernación en la comuna del mismo nombre, situación que no trajo ningún beneficio para los paillaquinos.

7. De darse la incorporación de Paillaco a la futura provincia de Ranco se producirían efectos negativos en distintos aspectos. A modo de ejemplo, un encarecimiento en el servicio de transporte y locomoción colectiva debido a la existencia de un peaje, y la atención en los servicios de salud. En ambos casos se produce una alta demanda por parte de la ciudadanía, afectando fuertemente a los de menores ingresos.

8. Los paillaquinos en una informada y transparente “Consulta Ciudadana”, efectuada a fines de mayo pasado, se expresaron de manera clara y categórica en un 99,41%, en el sentido de seguir perteneciendo a la provincia de Valdivia.

9. La agenda pactada de desarrollo de la provincia de Valdivia, en sus lineamientos estratégicos contempla una alianza entre las comunas de Valdivia y Paillaco.

10. La no incorporación de Paillaco en la futura provincia de Ranco no interfiere para nada en la configuración de la Región de Los Ríos, razón por la cual solicitamos:

- Apoyo real y efectivo del Supremo Gobierno para que envíe al Congreso las indicaciones necesarias en virtud de sus facultades privativas.

- Apoyo de los señores parlamentarios, tanto Senadores como Diputados, y de manera muy especial a quienes nos representan dentro del distrito y de la circunscripción.

Finalmente, consideramos que la participación ciudadana debe ser respetada en su real expresión, pues son los ciudadanos los que finalmente deben asumir los cambios que el Supremo Gobierno incorpora en la administración de los servicios del Estado.

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El señor Jorge Tatter, alcalde de Futrono, informó que esta comuna realizará una consulta ciudadana para determinar si los ciudadanos quieren pertenecer a Valdivia o a Ranco. La intención de la gran mayoría y del alcalde en particular, sin perjuicio de que aún no se cuenta con la aprobación de la población ni del Honorable Concejo Municipal de Futrono, es pertenecer a la provincia de Valdivia por las siguientes razones:

- Ubicación: el acceso a Valdivia es mucho más directo y fácil para la población en comparación con La Unión, para la cual no hay locomoción directa y existe de por medio un peaje que encarece los costos de transporte.

- Servicios Públicos: no hay claridad respecto de si la división de la provincia afectará el Conservador de Bienes Raíces, la Fiscalía, los Juzgados de Familia, el SII, lo cual obviamente no favorecerá a nuestra comuna.

- Carabineros de Chile: tampoco hay claridad si la Tenencia de Carabineros de Futrono estará bajo la Subprefectura de Valdivia, lo que significa seguir bajo el amparo de la Comisaría de Los Lagos.

- Servicios de Salud Pública: pertenecer a la provincia de Ranco significaría derivar pacientes a La Unión que hasta este momento no posee la misma infraestructura y servicios que actualmente posee y ofrece Valdivia.

Pese a todo lo dicho, el municipio aún debe esperar los resultados de la consulta popular para decir oficialmente la opinión municipal sobre el tema.

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El señor Waldo Flores, alcalde de Río Bueno, señaló que su comuna se ubica en el centro del territorio propuesto como nueva provincia. La conectividad vial existente y proyectada también coloca a la comuna de Río Bueno y a su centro urbano como inmejorable; a 13 kms. de La Unión; a 49 kms. de Lago Ranco; a 45 de Paillaco; a 67 kms. de Futrono y solo 4 kms. de la principal vía de conectividad del país, la doble vía.

Agregó que en materia de infraestructura la comuna tiene un espacio público de excelencia en pleno centro de la ciudad con características tradicionales y de alto valor histórico patrimonial, que puede adecuarse a un bajo costo; se dispone de salas de reuniones, conferencias, oficinas y posibilidad de amplios estacionamientos. Además ofrece facilidades de acceso y cercanía para las diferentes comunidades, personas e instituciones que llegan a Río Bueno con comodidad, ahorro de tiempo y recursos, sin tener que pasar por otra comunidad.

En cuanto a su capacidad económica, continuó, Río Bueno se caracteriza fundamentalmente por la crianza de ganado vacuno, producción de leche, carne y cultivos agrícolas en menor escala, elementos todos coincidentes con las capacidades económicas del resto de las comunas que conforman el proyecto de esta nueva provincia.

Destacó que esta comuna ocupa el tercer lugar de mayor territorio y el 51% de éste corresponde a praderas, es decir, a suelos de muy buena calidad.

Finalmente, la comuna de Río Bueno, aspira a recuperar los límites históricos de la comuna que son el río Traiguén al estero Molgüe, hasta desembocar en las aguas del Río Bueno por la ruta 5.

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Intervino a continuación el rector de la Universidad Austral, señor Víctor Cubillos, quien expresó que la Universidad Austral de Chile, desde su fundación hace más de 50 años, ha estado ligada profundamente al desarrollo del territorio de la zona sur austral del país. Prueba de ello es la presencia histórica que desde sus orígenes ha tenido en este vasto territorio a través de sus campus, sedes e instalaciones que se extienden desde Coyhaique a Chiloé, Llanquihue, Osorno, Valdivia, Temuco y Santiago.

La Universidad Austral nació como una iniciativa de hombres y mujeres decididos a dar lo mejor de sí para la construcción de una entidad académica con claro compromiso con su entorno regional, marcando para esa época un hito en la descentralización y desconcentración del país. A lo anterior se debe añadir que la Universidad nació vinculada a los grandes centros del pensamiento científico y cultural de Alemania, lo que la ha convertido en un referente permanente de cooperación a los más altos niveles de trabajos de investigación, intercambio de académicos y estudiantes.

La Universidad Austral ha hecho una contribución científica, tecnológica y cultural significativa en las áreas relacionadas con el desarrollo agropecuario, tecnología de los alimentos, mejoramiento de praderas y desarrollo ganadero, mediante el desarrollo de la ciencia y tecnología vinculadas a la inseminación artificial. Recientemente un grupo de investigadores han logrado la clonación de bovinos. También se debe destacar el aporte de la Universidad en el desarrollo forestal de Chile, los académicos e investigadores han trabajado permanentemente en el conocimiento de los bosques nativos y de las plantaciones (pino radiata y eucaliptos). La contribución hecha desde la Universidad en estas materias continúa siendo de vital importancia.

Agregó que en el ámbito de la medicina humana la Universidad Austral es un referente tanto de investigación, docencia y extensión como de prestaciones de servicios que se hacen a la comunidad desde la Facultad y el Hospital Regional de Valdivia. Es importante destacar el significativo número de médicos y profesionales de la medicina que trabajan en la macro región sur austral que proceden de esta universidad. La Facultad de Medicina tiene una sede en Osorno, lo cual permite tener relaciones estrechas con el hospital de esa ciudad en la formación de jóvenes médicos y, al mismo tiempo, establecer una línea de cooperación en investigación y docencia con facultativos que trabajan en Osorno y Valdivia ejerciendo la práctica de su profesión y la docencia.

Destacó que la Universidad Austral de Chile cuenta con científicos en el área de la medicina especialmente en la transmisión y tratamiento del virus hanta, así como en las enfermedades renales. En ambos casos se emplean laboratorios especializados y los académicos en estas materias están vinculados a prestigiosas universidades extranjeras.

Algunos de los investigadores del área de las ciencias veterinarias trabajan en la producción de medicamentos elaborados sobre la base de productos naturales, algunos de los cuales han sido patentados en el extranjero.

En el ámbito de la cultura y de las artes, la Universidad tiene un compromiso con su entorno regional que tiene diferentes manifestaciones y fuerte presencia y desarrollo en la música. El Conservatorio de Música ha sido impulsor de diferentes orquestas infantiles y juveniles, algunas de las cuales tienen entre sus integrantes niños y jóvenes en riesgo social. A lo anterior se añade el desarrollo e implementación de los museos de arte contemporáneo que ha significado vincular estrechamente la Universidad con el entorno, el museo histórico que significó un esfuerzo de rescate y conservación del patrimonio regional expresado en la diversidad cultural de los pueblos aborígenes y la cultura alemana. En el último tiempo, se ha incorporado a estas actividades el museo Rudolfo Philippi.

La educación ha sido también un pilar importante en el desarrollo de la Universidad y de la región. Sus académicos han investigado y difundido la cultura regional a través de su Facultad de Filosofía y Humanidades. Su centro de educación continúa trabajando en la formación de personal especializado en educación y de profesores y ofrece programas de formación laboral.

En el área de las ciencias, los investigadores de la Universidad han hecho grandes aportes al desarrollo de la limnología, los recursos hídricos, la botánica, los recursos pesqueros y los temas ambientales.

Continuó expresando que a través de sus académicos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas así como en las áreas relacionadas con el Derecho ha logrado investigar y proponer temas vinculados a la conformación de la nueva región, como ha quedado expresado en dos libros, el primero “Construcción de Regiones (2004). Un desafío pendiente”; y un segundo libro, “La Región de Los Ríos. Una mirada desde la Universidad” (2006), siendo autores de ambos libros académicos de esta Universidad.

Agregó, enseguida, que para el desarrollo de la nueva región, la universidad dispone de una infraestructura y laboratorios de nivel internacional, entre ellos uno de los hospitales veterinarios más modernos de América Latina, un laboratorio de geomática para realizar estudios georeferenciales de usos del suelo, planificación territorial. Esto último es de especial importancia para la construcción de la nueva región. La Universidad Austral de Chile está colaborando con CIREN y la Pontificia Universidad Católica de Chile en un sistema de información territorial para la nueva región, proyecto que partirá dentro de un mes probablemente.

La Universidad cuenta con especialistas en casi todas las áreas necesarias para apoyar a la construcción de una nueva región desde los ámbitos político-administrativos, económicos, culturales, educacionales entre otros.

Además, ha creado programas de formación para profesionales que podrían trabajar en la implementación de la nueva región, como es el magíster en economía y gestión regional, programa internacional que a partir del segundo semestre del presente año traerá a Valdivia estudiantes de postgrado provenientes de países de Asia, Africa y América Latina; y en un proyecto conjunto con la Universidad de Dortmund contribuirá a la investigación sobre materias de gestión del desarrollo regional de la Región Sur Austral de Chile.

Dada la importancia de estas materias, prosiguió, esta rectoría ha instruido la creación de una oficina para las relaciones regionales y municipales de manera de tener una vinculación directa y permanente con el quehacer universitario y el entorno regional.

En este importante momento de inserción internacional, la Universidad ofrece la oportunidad para vincular el desarrollo de esta nueva región a un ambiente dinámico y de alta exigencia como es el internacional. Para lograr este objetivo, está en condiciones de contribuir al fortalecimiento de las relaciones internacionales de esta nueva región especialmente con Alemania, otros países europeos, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Australia y nuestros vecinos de Argentina.

Señaló, también, que ante la compleja realidad de pensar y construir el territorio en una perspectiva de modernización del Estado que permita y haga posible un desarrollo que beneficie a todos sus habitantes, se deben considerar, a su juicio, los siguientes conceptos fundamentales:

En materia de centralismo, si se pretende impulsar un verdadero desarrollo regional habrá que analizar un conjunto de realidades complejas que limitan el progreso de las regiones, superando el centralismo metropolitano y el que se ha generado en algunas de las capitales regionales.

Por lo que hace a la identidad regional, la creación de una región, supone que una determinada zona geográfica posee identidad regional propia. Existen en el país culturas regionales diferenciadas entre sí por condiciones del medio geográfico, de recursos naturales, de formas de organización y estructuración social. Además de elementos paisajísticos, artísticos y de tradiciones. Desde este punto de vista la Región de Los Ríos, posee una indiscutible identidad regional y cumple con los requisitos esenciales para constituirse en nueva región.

Por su parte, avanzar en una auténtica descentralización supone considerar, entre otros aspectos, una efectiva distribución y delegación del poder a las administraciones territoriales dotándolas de mayor autonomía en sus decisiones. Supone también una cuota de descentralización financiera en un marco de democratización y participación ciudadana.

En otro orden, los cambios tecnológicos han transformado las sociedades modernas en realidades complejas afectadas por un fuerte dinamismo que tiene en el conocimiento y en la información el motor del desarrollo económico y social. Esto permite sostener que la educación superior en Chile y en el mundo debe revisar su concepto de identidad y misión; debe vincular su quehacer con las transformaciones científicos tecnológicos que ve la sociedad contemporánea, establecer vínculos con el desarrollo y el sector productivo y participar en los procesos de regionalización.

El desarrollo regional, continuó, está vinculado con el cambio tecnológico. En la realidad actual el bienestar de un país depende principalmente de su capacidad de crear conocimiento y de aplicarlo eficazmente; debe existir la capacidad de movilizar y utilizar la tecnología para actuar en la economía de un país. Una región que no incorpore la ciencia y la tecnología como parte integrante de su visión general del mundo y de su cultura difícilmente podrá utilizarla adecuadamente en la solución de problemas socioeconómicos específicos.

Finalmente, en lo tocante a la educación, afirmó que ésta está hoy en el centro de los desafíos y de las oportunidades de las sociedades del siglo XXI. En este contexto la universidad tiene la obligación de contribuir -junto con las autoridades regionales y comunales- a generar propuestas necesarias, que permitan contar con recursos humanos adecuados para el desarrollo regional.

Estas propuestas que han de ser innovadoras para generar un nuevo modelo de región distinta a la actual deben ser la base para la nueva región. En este nuevo proceso de regionalización debe y quiere tener una participación destacadísima la Universidad Austral de Chile.

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El señor Miguel Ramírez Carvajal, Director del Instituto de Economía de la Universidad Austral, expresó que desde el nacimiento de la República y hasta el año 1974, Chile estuvo dividido política y administrativamente en provincias. Es así como en 1811 el país contaba con solo tres provincias, y ante necesidades de administración pública éstas llegaron a ser 25.

En la década de los sesenta, la política regional y la regionalización se constituyeron en el instrumento fundamental de las políticas públicas. A partir de entonces, Valdivia ha transitado desde ser la capital de la región hasta la situación actual en que conforma una provincia de una región extremadamente extensa, heterogénea y desintegrada.

En el proceso de regionalización vivido por el país en el Gobierno del Presidente Eduardo Frei Montalva, las provincias de Valdivia, Cautín y Osorno formaban una región con capital en la ciudad de Valdivia. Esta región -de una amplia y diversificada base económica- carecía de una identidad cultural y de la fuerza psicosocial necesaria para mantenerla unida, lo que originó un fuerte movimiento separatista en Cautín que terminó con esta provincia como una nueva región con capital en la ciudad de Temuco, mientras que las provincias de Valdivia y Osorno integraron la Región de Los Lagos.

La región con capital Valdivia termina el 11 de junio de 1974 con la dictación del decreto ley Nº 575, que determinó la división del país en doce regiones y una Región Metropolitana. La nueva región es integrada por las provincias de Valdivia, Osorno, Llanquihue, Chiloé y Palena, y designa a Puerto Montt como capital regional. A partir de ese momento se han dictado varios decretos que han materializado gradualmente el proceso de regionalización.

Agregó que desde el momento en que se conoce la nueva división territorial, se levanta la voz de los valdivianos reclamando ante esta situación que rebajaba el status de Valdivia al quitarle su condición de capital regional. Lideran esta oposición la Asociación de Medianos y Pequeños Industriales y Artesanos de Valdivia, junto con la Cámara de Comercio e Industrias. El día 24 de septiembre de 1974 convocan a los gremios, oportunidad en que se reúnen 42 de estas agrupaciones.

El año 1977 nace, como oposición a esta medida, el Consejo de Desarrollo de la Provincia de Valdivia (CONDE), integrado por 66 instituciones y presidido por don Víctor Kunstmann, movimiento que es liderado por otros empresarios como Alberto Cristofanini, Francisco Luzzi, Guillermo Lunecke Gatica, Heriberto Weber, Héctor Herrera y Enrique Donoso.

La lucha de los habitantes de Valdivia rinde sus primeros frutos en el instructivo presidencial del año 1977, que reconoce el daño causado a la provincia otorgándole un status especial, al permitirle participar, proponer y decidir con mayor autonomía en el marco de las atribuciones y responsabilidades del gobierno regional, reconocimiento que a pesar de haberse materializado en un instructivo presidencial no produce ningún resultado concreto.

Se conforma, entonces, el primer Comité Nueva Región integrado por representantes de Valdivia, Osorno y La Unión, presidido por Guillermo Lunecke Gatica e integrado por Carlos Rojas, Heriberto Weber e Inés Philips.

El segundo efecto en el tiempo lo constituye la decisión presidencial de 1982 de crear la nueva región de Valdivia y Osorno, incluyendo una nueva provincia en el área de influencia de la ciudad de La Unión. Esta decisión fue detenida al reconocerse la necesidad de una reforma constitucional previa antes de asumirla, condicionada por la Constitución de 1980 que fija el número de regiones. La decisión refleja los alcances del reconocimiento gubernamental sobre la demanda valdiviana.

Expresó que la lucha del Comité Nueva Región termina molestando a las autoridades de la época, las que instan al Comité a terminar con su afán, a través de distintas acciones, entre otras cosas, con una amenaza de relegación de sus dirigentes.

En 1983 se da a conocer un instructivo gubernamental, respaldando una gestión más descentralizada de la provincia y compromisos de compensaciones para la materialización de proyectos de inversión estratégicos y de alta prioridad: el Puerto de Corral, que se licita a privados; el Paso Hua-Hum, que no se concreta; el Hospital Regional, que sólo se materializa durante el primer gobierno democrático.

Señaló, también, que al asumir las autoridades del primer gobierno democrático de la Concertación, en el año 1990, se reorganiza el Comité Nueva Región en la Cámara de Comercio Detallista de la ciudad de Valdivia, presidida en ese tiempo por don Miguel Ramírez Carvajal e integrada por los señores Leopoldo Rosales Leal, Enrique Larraín Ortiz, Adolfo Herrera, Edith Quiñones, Magali Pudín y otros. En esta reunión se acuerda crear un nuevo comité nueva región en vista que los antiguos dirigentes no aceptan revivirlo. Se fija fecha para una reunión ampliada con invitación a distintos gremios y personas interesadas, que se efectuó en uno de los salones de la Ilustre Municipalidad de Valdivia. En ella es elegido Presidente del Comité don Raúl Basso y lo integran como representantes del comercio los señores Enrique Larraín, Leopoldo Rosales Leal, Oscar Gayoso, Miguel Ramírez Carvajal, Heriberto Weber, en representación de los medianos y pequeños industriales y artesanos; Claudio Molina, en representación de los profesores; Luciano Vera, en representación de las Iglesias Evangélicas, y Luis Vásquez, en representación de las juntas de vecinos. Posteriormente se incorporan don Juan Deppe y don Néstor Santibáñez y en calidad de asesores los académicos de la Universidad Austral de Chile, señores Robinson Ampuero y Juan Carlos Miranda.

En el año 1995 surge el Comité Femenino por la Nueva Región, el que trabaja en forma paralela en la consecución del mismo objetivo. Destacan en esta agrupación la señora Silvia Oyarzún que lo preside, y las señoras Norma Andaur, Silvia Aguilar, Emilia Coronado, Selmira Esparza, Griselle Ferreira, Evita Araya, Sonia Fabrés, Eliana Carrasco, Lidia Oyarzún, Luz Almonacid, Carmen González, Nancy de La Paz, Albertina Marínez, Zobeida Valenzuela, María Teresa Loyola, Rosa Bustamante, Elena Pugin, Carmen de Haverbeck, Margarita Triviños, Teresa Rodríguez, Cecilia Arias, Marisol Cano, entre otras.

En el año 1991 se propone un proyecto de ley para reformar los artículos 45 y 99 de la Constitución Política del Estado. Esta iniciativa es promovida sin éxito por el Senador don Gabriel Valdés.

Frente a la presión del Comité, en 1996, durante el gobierno del Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle, se encarga el estudio “Conflictos Regionales y Políticas Públicas”, que es realizado por don Sergio Boisier, experto internacional, Director del Instituto Latinoamericano de Planificación Económica y Social ILPES de la CEPAL; el señor Eduardo Dockendorff, Director del Centro de Estudios para el Desarrollo, CED y el señor Esteban Marinovic, Consultor Internacional de las Naciones Unidas. El estudio concluyó en que la provincia de Valdivia posee características que la definen como una “región real”, pero que adolece de algunas falencias que deben ser subsanadas en forma previa a constituirse en una región formal. Entre ellas, la carencia de un proyecto político común, integrador de los principales actores provinciales, que le diera sentido y direccionalidad a una propuesta de esa naturaleza.

Frente a esta realidad, se adopta la decisión gubernamental de definir una estrategia de transición institucional en que jugará un papel fundamental la construcción de un “Proyecto Político de Desarrollo” avalado por los principales actores sociales, económicos e institucionales de la provincia. Así nace la denominada Agenda Pactada de Desarrollo Provincial, que sería luego respaldada por un instructivo presidencial que busca posibilitar su gestión e implementación. Esta solución tenía como objetivo generar un entorno institucional más amigable y dar mayores condiciones de gobernabilidad a la región mientras se crean las nuevas situaciones que posibiliten las modificaciones constitucionales.

Posteriormente, el Presidente Ricardo Lagos Escobar, al cierre de su campaña política en la ciudad de Valdivia, reconoce el derecho de la provincia de constituirse en una nueva región, comprometiéndose públicamente a apoyar su concreción.

El 21 de mayo del 2003, continuó, el Presidente Lagos anunció su patrocinio para las reformas constitucionales sobre la creación de nuevas regiones. La modificación de los artículos 45 y 99 es promulgada por el Congreso con fecha 12 de septiembre del 2005.

El último estudio que se ha realizado es solicitado oficialmente por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) a la Pontificia Universidad Católica de Chile, con la finalidad de elaborar una metodología que permita evaluar la posibilidad de crear nuevas regiones. La aplicación de dicha metodología a los casos de Arica, Ñuble y Valdivia da un resultado positivo sólo para el caso de Valdivia, que cumple todos los requisitos de acuerdo a las modalidades y características de las actuales regiones de Chile.

El 28 de mayo del año 2003 se creó la Asociación Provincial de Municipalidades de la provincia de Valdivia, como organismo independiente de la organización regional existente. El acto se lleva a cabo en Lago Ranco, por lo que se le denomina el “Grito de Lago Ranco”, siendo avalado además por convenios de cooperación y alianza estratégica con todas las organizaciones representativas del sector privado provincial y con la Universidad Austral de Chile.

En la oportunidad se acordó la visita oficial de los 12 alcaldes que componen la Asociación Provincial a los Presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados, al Poder Ejecutivo y a la Comisión de Gobierno Interior y Descentralización de la Cámara, entregando el documento “Nueva Región: una lucha permanente”.

En dicha ocasión, se aprobó el siguiente voto político: “En el marco del Capítulo Provincial de Municipalidades, los alcaldes, reunidos en sesión especial, acordamos respaldar plenamente la reforma constitucional que posibilitará crear la nueva Región de Valdivia. Además, adoptar las medidas necesarias para impulsar en cada una de las comunas los apoyos necesarios que aseguren su pronta concreción. Declaramos nuestro compromiso y decisión para que al alero del espíritu y contenido de la Agenda Pactada de Desarrollo Provincial, se puedan ir haciendo realidad los grandes objetivos acordados y asumidos por todos los actores sociales, económicos, políticos e institucionales de la provincia. Asimismo, solicitamos a los parlamentarios de nuestra provincia liderar este desafío y conseguir el apoyo para aprobar las modificaciones constitucionales que nos permitirán lograr nuestros objetivos.” (Valdivia, 28 de mayo de 2003).

Recordó, enseguida, que un paso importante fue la firma del proyecto de la Nueva Región de Los Ríos, el 19 de octubre del 2005, en la ciudad de Valdivia ante la presencia del Comité Provincia de Valdivia Nueva Región; el Ministro de Obras Públicas; la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Adriana Delpiano; el Intendente Regional, señor Jorge Vives; el Gobernador Provincial, señor René Vásquez y miles de personas que se concentraron para celebrar este acontecimiento, en el que se hicieron presentes todas las instituciones valdivianas.

Posteriormente, en enero del año 2006 el proyecto se votó favorablemente en las Comisiones de Gobierno Interior y de Hacienda de la Cámara de Diputados, esperándose entonces la presentación de indicaciones y la discusión en particular, para que una vez aprobado por la Cámara pasara al Senado.

Otro paso importante e indispensable es el que se dio el día miércoles 1 de marzo del 2006, al haber otorgado el Consejo Regional de Los Lagos su apoyo al proyecto de ley que crea la Región de Los Ríos, reunión que se efectuó en la ciudad de Valdivia en la sala Ainilebu de la Corporación Cultural Municipal de Valdivia. Votaron a favor 14 consejeros, siete votaron en contra y hubo una abstención.

El 19 de abril del año 2006, el proyecto de creación de la Región de Los Ríos fue aprobado en su conjunto incluidas las disposiciones de quórum de la Ley Orgánica Constitucional (4/7 de los diputados, equivalentes a 69 sufragios afirmativos), con excepción del artículo 5º permanente que requiere 72 votos (3/ 5 de la Sala) y recibió 43 afirmativos, 26 negativos y 36 abstenciones. El artículo rechazado asignaba a la circunscripción senatorial 16ª los distritos electorales de la nueva Región de Los Ríos, dejando a la circunscripción 17ª los distritos electorales 56, 57 y 58 de la X Región de Los Lagos.

Es importante destacar la participación en este trascendental paso de los Diputados señores Enrique Jaramillo, Alfonso de Urresti, Roberto Delmastro y Gastón Von Mühlenbrock, al igual que la de alcaldes y concejales de la provincia, dirigentes sociales y gremiales que se movilizaron junto a aproximadamente 250 valdivianos hasta Valparaíso para estar presentes en el Congreso en el momento de la discusión y votación del proyecto.

Esta ha sido una expresión más de la voluntad de los habitantes de esta provincia y del respaldo que tiene la concreción de la nueva Región de Los Ríos.

El haber llegado a este momento constituye la coronación de una larga lucha que muchos habitantes de esta provincia dieron, destacando el trabajo realizado por los medios de comunicación, quienes tuvieron un papel fundamental en esta lucha.

Una región se puede definir como un territorio organizado, estructuralmente complejo, dotado de identidad y de cultura. Conforma una unidad territorial con características geográficas e intereses económicos-sociales y culturales relativamente semejantes.

Cabe señalar que la regionalización pretende dar cumplimiento a ciertos objetivos de carácter nacional tales como la integración, la seguridad y el desarrollo socioeconómico. Es decir, el propósito es que cada región posea recursos naturales para impulsar su desarrollo económico; que tenga habitantes suficientes que actúen como trabajadores y consumidores; que cuente con servicios públicos y privados para satisfacer las necesidades de su población rural o urbana; y que tenga un tamaño que facilite la eficiencia desde el punto de vista administrativo, haciendo más expedito el manejo de recursos y estando de acuerdo con las medidas de seguridad nacional.

Al entregar la definición de región cabe concluir que la provincia de Valdivia es una región real pues reúne los atributos de las más exigentes definiciones de región. Posee una indiscutible identidad cultural; habitantes que se sienten valdivianos y comprometidos con el desarrollo de su provincia. Una base científica y tecnológica, y los liderazgos necesarios para impulsar el desarrollo.

La provincia tiene una superficie de 18.472 km² y cuenta con una población de 356.396 habitantes de acuerdo al último censo (2002). Está integrada por las comunas de Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Futrono, Corral, Máfil, Panguipulli, La Unión, Paillaco, Río Bueno y Lago Ranco.

La provincia de Valdivia posee importantes funciones administrativas, educativas e industriales, orientadas a los productos alimenticios y madereros. Un sector turístico con un buen desarrollo y un extenso comercio de bienes y servicios. Cuenta con el Puerto de Corral. La actividad más difundida es la ganadería bovina en la depresión intermedia, lo que ha dado origen a modernas plantas lecheras y mataderos refrigerados. También es importante la explotación maderera, especialmente de especies autóctonas. Se cultivan cereales, remolacha, papa y lino. Por otra parte, los lagos de la provincia constituyen importantes atracciones turísticas.

El proyecto de la nueva región es un proyecto anhelado por los habitantes de la provincia que se ha construido socialmente. En el mismo sentido en que Fernando Flores habla de toda organización como un “espacio conversacional”, hay que entender esta región y a sus comunidades como espacios en los cuales “se conversa su destino”, se han intercambiado ideas y se ha asumido compromisos.

Esta nueva región, por su fuerte identidad cultural, seguramente será capaz de conformar alianzas tácticas para el logro de objetivos determinados con otras regiones, con el fin de posicionarse mejor en el contexto regional, nacional e internacional; potenciará su capacidad de auto-organización, transformando una comunidad inanimada y segmentada por intereses sectoriales, poco perceptiva de su identidad territorial y -en definitiva- pasiva, en otra organizada, cohesionada, consciente de la identidad sociedad-región, capaz de movilizarse tras proyectos políticos colectivos, es decir, capaz de transformarse en sujeto de su propio desarrollo y en ser pionera de los cambios que las regiones deberán experimentar en el siglo XXI para proyectarse en un ambiente de paz y progreso en lo espiritual y material.

Es importante destacar que en el caso de la provincia de Valdivia existe el recurso quizás más valioso para potenciar su desarrollo, como es el recurso psicosocial: deseo colectivo de ser región, auto identificación socio-territorial, conflicto con su actual adscripción regional. Debe tenerse presente que el desarrollo regional es resultado principalmente de lo que la propia comunidad hace por sí misma, más de lo que el Estado o cualquier otro agente externo puede hacer o no hacer.

VENTAJAS DE LA CREACIÓN DE UNA NUEVA REGIÓN:

1. Se produce una mayor homogeneidad desde las perspectivas productivas, culturales, étnicas y del nivel de desarrollo socioeconómico en el área de la nueva región, al igual que del área comprendida por las provincias de Osorno, Llanquihue y Palena.

2. La nueva región cuenta con una base de recursos naturales y una estructura territorial y poblacional suficientes para impulsar el desarrollo, actuando como fuerza de trabajo y mercado de consumo, sin menoscabo de las otras provincias que hoy integran la actual Región de Los Lagos.

3. La nueva región cuenta con la base científica en capital humano e infraestructura de primera calidad con la Universidad Austral de Chile y el Centro de Estudios Científicos del Sur, ambas instituciones con reconocidos aportes al desarrollo científico y tecnológico.

4. El área considerada para la nueva región posee una estructura urbano-rural que garantiza un nivel de cobertura eficiente para estar adecuadamente cubierta por los sistemas de transportes y comunicaciones existentes.

5. Mejora las posibilidades de participación real de la comunidad en la definición de su propio destino, potenciándose los recursos psicosociales.

6. Favorece el desarrollo de la región residual (Región de Los Lagos) ya que se produciría una mayor integración de Puerto Montt con las áreas de Osorno, Chiloé y Palena, al tiempo que disminuye la conflictividad que actualmente produce la provincia de Valdivia, especialmente en el tema de la distribución de recursos económicos.

7. Disminuye los tiempos y costos de viaje de las autoridades regionales, que significan pérdida de eficiencia en la resolución de los problemas de los habitantes de la región.

8. Dos regiones de menor tamaño le permiten a las autoridades de ambas poder conocer mejor y estar más cerca de los sueños, aspiraciones y también de los problemas de sus habitantes, lo que posibilita un mayor diálogo para su solución.

9. Asimismo, la creación de la nueva región facilitaría una acción directa y deliberada del poder central, para superar la situación de mayor subdesarrollo económico y social de la zona de Chiloé y Palena en los aspectos presupuestarios y financieros. De esta manera, no se produciría distorsión en su verdadero nivel de desarrollo, como ocurre al integrar una región como Valdivia que la transforma en una región heterogénea desde el punto de vista de sus necesidades, pudiendo materializarse una estrategia de desarrollo regional más eficiente al conformar sus provincias un todo menos heterogéneo.

10. La provincia de Valdivia posee como ninguna otra una clara identidad regional, fruto de más de cuatro siglos de historia que siempre la situó en una posición especial, otorgándole una cultura que se destaca en el sur. Esta identidad es la que hace que el espíritu valdiviano esté presente en todos los ámbitos del territorio de la actual provincia y la hace capaz de albergar proyectos comunes que configuran nítidamente una región homogénea.

El costo de inversión para la implementación de la nueva región no le significa al país un desembolso mayor, ya que cuenta con la infraestructura física y humana adecuada.

Finalmente, da la oportunidad única al país de ser el primer ejemplo modelador para un proceso de regionalización democrático.

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Finalmente, se dirigió a la Comisión, en representación de la Central Unitaria de Trabajadores, el señor Guido Yobanolo, quien señaló que los trabajadores de la Provincia de Valdivia apoyan la creación de la nueva región, porque consideran que es una lucha histórica de los valdivianos, que a partir del Gobierno Militar, con la instauración de la regionalización vista desde el punto de vista de ellos y avalada por las autoridades provinciales de la época y por quienes apoyaron ese Gobierno, observaron como Valdivia se fue convirtiendo en un ramal, perdiendo todo su liderazgo y su capacidad emprendedora.

La descentralización del país es una necesidad vital para encontrar el camino hacia una mayor redistribución del ingreso y una eficiente y moderna administración pública. Los valdivianos quieren una región integrada, para mantener su propia identidad cultural, en la que lo urbano y lo rural sean considerados para su crecimiento social.

Agregó que la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones es fundamental para fortalecer la democracia. Debiera existir un sistema plebiscitario de consulta a los ciudadanos, para que las decisiones sean el reflejo de lo que el pueblo quiere.

Lo anterior ha de ser sin exclusiones, poniendo fin al sistema binominal donde todos estén representados y no como ocurre hoy día, con sectores sin representación, y otros sobre representados; sin discriminación, porque todos son iguales ante la ley y todos tenemos derechos que el Estado debe garantizar; y con autoridades elegidas: la democracia y la participación son el camino parar tener autoridades legítimas que representen al pueblo.

Señaló, a continuación, que es deseable una región con desarrollo sustentable y con justicia social, con derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. El desarrollo no puede traer consigo destrucción y muerte. La pobreza, la indigencia, el desempleo y la delincuencia no se solucionarán si no se cambia el modelo de desarrollo neoliberal por un nuevo modelo de desarrollo basado en la justicia social que garantice igualdad de derechos para todos.

También ha de haber una región con empleo decente, donde se respeten los derechos laborales y sindicales, con empresarios que acepten las leyes laborales y sindicales y un nuevo gobierno regional que garantice el cumplimiento de estos derechos fundamentales.

Debe terminarse con los obstáculos a la negociación colectiva, con la precarización del empleo, con el trabajo informal, con los bajos salarios y con la subcontratación. La estabilidad laboral debe ser preocupación permanente con contratos indefinidos para garantizar trabajo decente.

La comunidad quiere una región con igualdad de oportunidades, especialmente para los jóvenes y las mujeres. El desempleo en los jóvenes y en las mujeres normalmente es el doble del desempleo oficial. Deben enfrentarse estos temas entregando más oportunidades, focalizando recursos e implementando medidas conducentes a incentivar la contratación, garantizando siempre los derechos laborales.

La región debe practicar un diálogo social de verdad. Los países desarrollados que han tenido éxito son aquellos en los que el gobierno, los empresarios y los trabajadores han entendido que sin diálogo social institucionalizado no hay avance en los derechos. Con la asociatividad y la concertación de los actores en forma permanente se logran respuestas eficaces para resolver los grandes temas. Un gran acuerdo por el empleo y el crecimiento económico significaría avances sustanciales en la concreción de un proyecto novedoso para esta nueva región.

Una región debe aspirar a una educación de calidad que invierta en innovación y desarrollo tecnológico para mejorar la producción y el empleo.

No se sabe cuanto se invierte en esta región en innovación y tecnología, siendo éste un tema de mayor trascendencia en el mundo globalizado. Por otro lado, no es conveniente continuar con exportaciones de rodillos, chips o celulosa. Los valdivianos deben ser capaces de vender productos con mayor valor agregado en la producción de bienes y servicios. Es verdad que aquí existe un enorme potencial turístico pero la estacionalidad es gravitante en temas como el empleo permanente.

Debe volverse a la tradición industrial valdiviana, con parques industriales que podrían asegurar empleo de calidad, y con una infraestructura que es fundamental para atraer inversión.

Mencionó, también, otras características geográficas que redundan en la economía, como el Puerto de Corral que debe adecuarse para ser terminal del corredor bioceánico; o elementos de corte social como la capacitación, que aquí es escasa.

En el mismo sentido expresó el anhelo de una universidad técnica y profesional, que dé especial apoyo a los trabajadores de menores ingresos y que estimule la innovación y la tecnología.

Finalmente, dijo que un ideal de región debe apoyar a los profesionales, a los emprendedores y a los pequeños y medianos empresarios que concentran la mayor contratación de trabajadores, y a los cuales debe asegurárseles un desarrollo equilibrado, con apoyo técnico y económico. De la misma manera, apoyar a los nuevos emprendedores.

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Al igual que lo actuado en la sesión celebrada en Osorno, al término de las exposiciones que las distintas organizaciones y entidades comunitarias de la provincia de Valdivia hiciera respecto de este proyecto de ley, y a instancias del señor Presidente de la Comisión, intervinieron brevemente para expresar su parecer respecto de este proyecto de regionalización la señora María Angélica Astudillo, alcaldesa de La Unión; el señor Oscar Gayoso, y los concejales de Paillaco, señora Ramona Reyes y señor Oscar Aravena.

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En sesión de 16 de agosto de 2006, la Comisión escuchó al Ministro del Interior, señor Belisario Velasco, quien expuso sobre los principales aspectos relacionados con la creación de la nueva región de Los Ríos

Señaló, en primer término, que luego de la visita a la región, el Gobierno, a través del Ministerio del Interior, escuchó a los distintos actores involucrados y procedió a la realización de diversos estudios técnicos y jurídicos de los antecedentes reunidos, con el fin de satisfacer los planteamientos y requerimientos recibidos.

Así, destacó la necesidad de introducir ajustes y perfeccionamientos al texto del proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, considerando reformas legales que incluyen, entre otras, la ley electoral y el Código Orgánico de Tribunales.

De conformidad con la consideración señalada, indicó que el Ejecutivo está dispuesto a abordar los ajustes y perfeccionamientos sobre la base de los siguientes lineamientos generales:

a) Incorporación de la provincia de Osorno en la región de Los Ríos;

b) Conformación de la región con dos provincias: Valdivia y Osorno. Por consiguiente, se mantedrán dentro de la provincia de Valdivia las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno.

c) Establecer en La Unión la sede de la Gobernación Provincial de Valdivia. Lo anterior, según explicó, en el entendido de que Valdivia sea la capital regional, y por lo tanto sede del Gobierno Regional. Además de perseguir un propósito de descentralización, la razón de instalar la sede de la Gobernación Provincial fuera de Valdivia radica en que La Unión presenta características adecuadas para su puesta en marcha, generando con ello un nuevo polo de desarrollo en la zona.

d) Traslado de una comuna de Osorno a Llanquihue. Sobre el particular, el señor Ministro señaló que por razones de ubicación geográfica y de mejor conectividad, se considera adecuado trasladar la comuna de Purranque, actualmente parte de la provincia de Osorno, a formar parte de la provincia de Llanquihue. Respecto de la comuna de Puerto Octay, el Ejecutivo considera conveniente profundizar el análisis de su dependencia administrativa para presentar una propuesta viable.

e) Relocalización de Seremías y Servicios Públicos en las provincias. Hizo presente que como una manera de contribuir a la descentralización al interior de la región, se establecerá de manera expresa la facultad de instalar los servicios mencionados no sólo en la capital regional, sino, también, en algunas comunas de las dos provincias, de acuerdo a criterios de equilibrio, potencialidad y funcionalidad.

f) Modificación en la distribución de los Tribunales de Justicia. Atendida la especialidad de cada materia, las respectivas modificaciones deben previamente ser elaboradas con el Ministerio de Justicia, por lo que propuso que se invite a representantes de dicha cartera para su estudio particular.

g) Finalmente, se refirió a los aspectos electorales involucrados en esta iniciativa. La creación de la nueva región implica la afectación de algunos distritos (55 y 56), lo que significa introducir modificaciones en otro cuerpo orgánico constitucional, como es la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios.

Al término de la exposición del señor Ministro, e iniciado el debate, el Honorable Senador señor Núñez se manifestó partidario de votar de inmediato la idea de legislar, considerando que se han anunciado modificaciones sustanciales a la idea aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, con el objeto de provocar el debate en la Sala de las alternativas que ofrece el proyecto.

Recordó que ya se escuchó a las comunidades de las provincias de Osorno y de Valdivia; a todos sus actores sociales, de modo que las indicaciones que se formulen respecto del articulado tendrán un fundamento real sustentado en las opiniones recibidas.

El Honorable Senador señor Orpis precisó que los cambios anunciados por el Ejecutivo son de fondo, de manera que es partidario de posponer la votación acerca de la idea de legislar, a la espera de conocer los criterios del Ejecutivo ya anunciados.

Por su parte, el Honorable Senador señor Sabag coincidió con el planteamiento precedente, sugiriendo aplazar la votación acerca de la idea de legislar.

A su turno, el Honorable Senador señor Pérez optó por recabar mayores antecedentes, a la luz de los nuevos planteamientos del Ejecutivo, antes de pronunciarse acerca del proyecto.

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En sesión de 12 de septiembre de 2006, la Comisión escuchó al Ministro del Interior subrogante, señor Felipe Harboe, quien recordó que en agosto del año 2005 se promulgó la reforma constitucional que introdujo modificaciones a la Constitución Política. Entre éstas, destacó la que eliminó la referencia a la cantidad de regiones en su texto y la que uniformó el procedimiento para crearlas y suprimirlas, entregando a una ley orgánica constitucional la determinación de la división política y administrativa del país. A partir de entonces, señaló, es posible adecuar la división territorial de manera que ésta sea coherente con el proceso de descentralización del país. Para el caso de la región de Los Lagos, hizo presente que desde la fecha de su creación la provincia de Valdivia estimó que reunía requisitos de capitalidad regional, basándose en fundamentos de carácter económico, demográfico, territorial, histórico e institucional. De esta forma, precisó que diversos estudios realizados desde 1978, en los que se analiza la estructura territorial de la X Región de Los Lagos, han reconocido un desajuste original en la estructura de esa región, lo que motivó la aplicación de medidas de carácter económico, presupuestario, institucional y administrativo para resolver o atenuar los efectos derivados de la configuración territorial. De ahí que el proyecto original enviado al Congreso Nacional por la administración anterior estructuró la nueva región sólo con el territorio de la provincia de Valdivia. Sin embargo, fruto de los planteamientos y peticiones surgidos durante la discusión del proyecto en la Cámara de Diputados -los que en todo caso no fructificaron en ese primer trámite constitucional- y que han sido reiterados al pasar el proyecto al Senado, se ha solicitado considerar también la incorporación de la provincia de Osorno en la estructura de esta nueva región.

A propósito del proyecto de ley que ingresó a la Cámara de Diputados durante el año 2005, que crea la nueva Región XIV de Los Ríos teniendo como capital regional a Valdivia, conformada por las provincias de Valdivia, con capital Valdivia, y de Ranco, con capital La Unión, manifestó que la estructura propuesta establece la institucionalidad correspondiente en las áreas de gobierno interior (intendencia, gobernaciones), de la administración regional descentralizada (gobierno regional), de la administración pública nacional desconcentrada (secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales de servicios públicos), y, finalmente, la creación o adecuación de las plantas de personal respectivas. Hizo presente también que el proyecto se hace cargo de la nueva distribución territorial regionalizada de instituciones como el Servicio Electoral y el Ministerio Público, y la adecuación jurisdiccional de la administración de justicia (tribunales ordinarios penales y civiles, tribunales de familia, juzgados laborales).

Señaló que, por otra parte, se autoriza al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir el dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad que se encuentren situados en el territorio de la nueva región, y además se habilita el traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos que incidan en el territorio de la nueva Región.

En relación con el nombramiento de las autoridades regionales, expresó que esta ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se designará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco. Asimismo, se regula el establecimiento del primer Consejo Regional, que se integrará inicialmente con los actuales consejeros representantes de las provincias constitutivas de la nueva región; disponiéndose que estos consejeros durarán en sus cargos por el tiempo restante hasta completar el período de 4 años.

En relación con los recursos necesarios para el funcionamiento de la nueva institucionalidad regional, precisó que en la ley de presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de este nuevo cuerpo normativo se deberá considerar el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional. Adicionalmente, se prevé que la nueva región no implicará reducción, para las restantes regiones, de los ingresos que les correspondan al año de aprobación de esta ley por concepto del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

Agregó que el proyecto faculta también al Presidente de la República para modificar las plantas de personal de los ministerios y servicios públicos para dotar a la nueva región de los recursos humanos necesarios para su administración. En tanto no se instale en la nueva región la institucionalidad nacional desconcentrada (seremías y direcciones regionales), continuarán cumpliendo las respectivas funciones los órganos de la Región de Los Lagos, en ambas regiones.

Respecto a las modificaciones que se sugieren al proyecto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, el señor Ministro hizo presente que, tal como lo manifestara en el primer trámite constitucional, se ha accedido por parte del Ejecutivo a proponer la integración de la provincia de Osorno en la estructura de la nueva región, atendido a que esta conformación significará la creación de una región con dimensiones y fortalezas que permitirán imprimirle mayor potencia en aras del desarrollo y descentralización de sus territorios y población. Así también se ha podido constatar al conocer los diversos planteamientos y proposiciones emanados de las comunidades de las actuales provincias de Valdivia y de Osorno, con motivo de las sesiones que esta Comisión realizó recientemente en las ciudades capitales de ambas provincias. Para estos efectos, se han formulado las propuestas de indicaciones que se señalarán a continuación, sin perjuicio de otras que tanto el Ejecutivo como los señores Senadores sugieran durante la tramitación de la iniciativa.

En virtud de lo expuesto, y contando con los estudios técnicos y jurídicos de los antecedentes necesarios de considerar para dar satisfacción a los planteamientos y requerimientos formulados, señaló que las indicaciones del Gobierno dicen relación con la incorporación de Osorno a la nueva región, fijar en la ciudad de La Unión la sede capital de la provincia de Ranco (en definitiva, en su indicación -que se transcribirá más adelante- el Ejecutivo incorpora a la nueva región la provincia de Osorno, mantiene la de Ranco, con capital La Unión, y declara que la ciudad de Valdivia será capital regional y provincial); relocalizar las seremías y servicios públicos, y redistribuir los tribunales de justicia, aspectos todos que ya fueron abordados por el Ejecutivo en sesiones precedentes. Además, en lo que respecta a las materias electorales, el señor Ministro señaló que la creación de una nueva región implica que en ella se deba considerar una estructura electoral, al menos transitoria, que permita a los ciudadanos de su territorio tener representación política y ejercer debidamente su derecho a sufragio.

Por consiguiente se han formulado Indicaciones en materia electoral con los siguientes objetivos:

Que las dos circunscripciones senatoriales que hoy corresponden a la Región de Los Lagos, se distribuyan de la siguiente forma:

- La 16ª circunscripción (comúnmente denominada “Décima Norte”) quede conformada por los distritos electorales 53º, 54º y 55º, los que a su vez, corresponden todos a la nueva Región de Los Ríos.

- La 17ª circunscripción (comúnmente denominada “Décima Sur”) quede conformada por los distritos electorales 56º, 57º y 58º, los que a su vez, corresponderán todos a la Región de Los Lagos.

Como consecuencia de lo anterior, se ha hecho necesario modificar también la conformación de los distritos electorales Nºs 55 y 56, porque el actual distrito 56º quedaría integrado por comunas pertenecientes a regiones distintas, ya que cuatro de sus actuales comunas (Puyehue, Río Negro, Purranque y Puerto Octay) son parte de la provincia de Osorno, y por tanto pasarán a formar parte de la Región de Los Ríos, mientras que las otras cinco (Fresia, Frutillar, Llanquihue, Puerto Varas y Los Muermos) son parte de la provincia de Llanquihue, y continuarán perteneciendo a la Región de Los Lagos. De esta forma el distrito 56º quedará integrado sólo por las cinco comunas que permanecen en la Región de Los Lagos, mientras que al distrito 55º se le suman a sus actuales tres comunas (Osorno, San Juan de la Costa y San Pablo) las otras cuatro comunas de la provincia de Osorno, que pasan a integrar la nueva Región de Los Ríos.

Finalmente, entregó para ser considerado en la discusión particular una indicación de S.E. la Presidenta de la República, cuyo tenor es el siguiente:

“Honorable Senado:

En virtud de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo:

AL ARTÍCULO 1º

1) Para sustituir el artículo 1º, por el siguiente:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia, de Ranco y de Osorno.”.

AL ARTÍCULO 2º

2) Para sustituir el artículo 2º, por el siguiente:

“Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil y Panguipulli. Su capital es la ciudad de Valdivia.

La provincia de Ranco comprende las comunas de: La Unión, Paillaco, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

La provincia de Osorno comprende las comunas de: Osorno, San Pablo, Puyehue, Río Negro, San Juan de la Costa, Purranque y Puerto Octay. Su capital es la ciudad de Osorno.”.

AL ARTÍCULO 3º

3) Para modificar el nuevo numeral 14) que el artículo 3° incorpora al artículo 1º de la ley Nº 19.379, del siguiente modo:

a) En la línea correspondiente a “Jefes de Departamento grado 8”, reemplázase el guarismo “2” por “1”.

b) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “8” por “7”.

c) Elimínase íntegramente el acápite referido a “DIRECTIVOS-CARGOS DE CARRERA” y los guarismos “9”, “1” y “1” que lo integran.

d) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 8”, reemplázase el guarismo “4” por “5”.

e) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 9”, reemplázase el guarismo “3” por “4”.

f) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “25” por “27”.

AL ARTÍCULO 5º

4) Para eliminar en el actual artículo 5º, el numeral 2) en sus letras a) y b).

AL ARTÍCULO 11

5) Para intercalar, en el actual Artículo 11, a continuación de la palabra “Valdivia”, las expresiones “o a la provincia de Osorno”.

AL ARTÍCULO 13

6) Para eliminar el artículo 13, pasando el actual artículo 14 a ser artículo 13.

ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, NUEVO

7) Para incorporar el siguiente artículo Primero transitorio, nuevo, pasando los actuales artículos transitorios Primero y siguientes a ser Segundo y siguientes, respectivamente:

“Artículo Primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquel con cargo al presupuesto de la nueva Región.”.

AL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO ACTUAL

8) Para sustituir, en el artículo primero transitorio, que ha pasado a ser segundo transitorio, la frase “la provincia de Valdivia”, por la frase “las provincias de Valdivia y de Osorno”.

AL ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO ACTUAL

9) Para introducir, en el actual Artículo Séptimo Transitorio, que ha pasado a ser Octavo, las siguientes modificaciones:

a) Intercálase, en la primera oración, a continuación del verbo “instalar” la frase “y determinar la localización de las Secretarías Regionales Ministeriales y Direcciones Regionales o Provinciales”; y agrégase, a continuación de la expresión “Los Lagos”, la siguiente frase, precedida de una coma (,):”velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional.”.

b) Sustitúyese, en la segunda oración, la expresión “tercero transitorio” por “cuarto transitorio”

ARTÍCULO TRANSITORIO NUEVO

10) Para incorporar el siguiente Artículo Décimo Primero Transitorio, nuevo:

“Artículo Décimoprimero.- Mientras no se modifique el actual sistema electoral establecido en la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la 16ª circunscripción senatorial estará constituida por la XIV Región de Los Ríos y la 17ª circunscripción senatorial estará constituida por la X Región de Los Lagos.”.”.

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VII. IDEA DE LEGISLAR

En la misma sesión de 12 de septiembre pasado, habida consideración de los nuevos antecedentes aportados, el señor Presidente puso en votación la idea de legislar acerca de este proyecto de ley.

El Honorable Senador señor Núñez señaló su disposición a aprobar el proyecto en general para que en la Sala se discutan los planteamientos que ha formulado el Ejecutivo.

Expresó que en la creación de las dos nuevas regiones se echa de menos una visión estratégica de país. La modificación del mapa político administrativo del país debe hacerse de manera distinta, pues de seguir creando regiones como se ha hecho hasta ahora, se llegará a las 25 provincias que había antes, lo que alterará gravemente el mapa político institucional del país y afectará la descentralización a la que aspiran legítimamente las distintas regiones. Esto, por cuanto son las regiones las que verdaderamente tienen el peso específico del ejercicio del poder, en tanto que las provincias sólo pueden aspirar a aspectos que son, en la práctica, menores a los existentes en las regiones

Observó que en el caso de Puerto Octay es dable preguntarse a quién pertenece, ya que geográficamente está más vinculado con la Décima Región sur; la situación de Purranque también es difícil de establecer, pues sus relaciones institucionales pueden orientarse tanto a Valdivia como a Puerto Montt. Al fijar la capital regional en Valdivia, se les impondrá a los ciudadanos de varias comunas una vinculación artificial con un centro regional lejano, lo que puede implicar un costo mayor para dichos habitantes. También existen otras dificultades, como ocurre con el escaso interés de Paillaco de pertenecer a la provincia de Ranco, prefiriendo ser parte de la provincia de Valdivia, todo lo cual se justifica, a su juicio, por estar más cerca de la segunda que de la primera. Señaló que estos problemas, como muchos otros, deberán ser resueltos en la discusión particular.

Finalmente, anunció que a pesar de las prevenciones precedentes, se manifestará a favor de la idea de legislar.

A su turno, el Honorable Senador señor Orpis también manifestó su disposición favorable a legislar respecto de este asunto en el entendido que en la discusión particular habrán de considerarse todas las observaciones y reparos que se han advertido, de modo de hacer viable la creación de la nueva región.

Por su parte, el Honorable Senador señor Sabag valoró el trabajo realizado por el Ejecutivo, que se ve reflejado en las modificaciones que se propone introducir al texto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, razón por la cual también votará favorablemente el proyecto.

El Honorable Senador señor Bianchi consignó su inquietud por la creación de lo que denominó “regiones de papel”, puesto que puede dar pie a un proceso de instalación de nuevos territorios que no tienen una identidad determinada ni una necesidad manifiesta de convertirse en regiones. Expresó su interés de que el nuevo proceso regionalizador, o de revisión del mapa político administrativo del país, se haga con visión estratégica de futuro, a efectos de que la descentralización no sólo se represente en palabras que, en definitiva, no se plasman en la realidad. Sin perjuicio de lo anterior y de la reserva que formulará al momento de la discusión particular, señaló que votará a favor de la idea de legislar.

Finalmente, el Honorable Senador señor Pérez hizo presente que actualmente existen muchas comunidades que aspiran legítimamente a ser reconocidas como regiones, por lo que sugirió que, en adelante, debe generarse un amplio debate sobre qué regiones quiere el país y cómo tendrán que abordarse los diversos aspectos institucionales para llevar a cabo una gestión moderna y participativa. Expresó sus aprensiones respecto de la forma cómo se está llevando a cabo la creación de nuevas regiones, puesto que no es el óptimo para el desarrollo de la descentralización de los distintos gobiernos regionales. Crear nuevas regiones, agregó, no significa necesariamente aumentar la descentralización.

Anunció, por último, al igual que quienes lo precedieron, su voto favorable a la idea de legislar.

VIII. ACUERDO

Puesta en votación la idea de legislar respecto de este proyecto de ley, resultó aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Carlos Bianchi, Ricardo Núñez, Jaime Orpis, Víctor Pérez y Hosain Sabag. Su texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende la actual provincia de Valdivia, de la Región de Los Lagos y la nueva provincia de Ranco, a que se refiere el artículo siguiente. Los límites de la actual provincia de Valdivia se encuentran establecidos en el artículo 10 del decreto con fuerza de ley Nº 2-18.715, del año 1989, del Ministerio del Interior.

Artículo 2º.- Créase en la Región de Los Ríos la provincia de Ranco, capital La Unión, que comprende las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, de la actual provincia de Valdivia, la cual queda a su vez conformada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panguipulli.

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos

Artículo 13.- Autorízase al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región.

El traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos, con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos se efectuará en el plazo de 30 días contado desde la fecha de vigencia de esta ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del Intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Artículo 14.- La presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo segundo.- La Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la presente ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional.

La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo tercero.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación a los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo cuarto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo quinto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo sexto.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo séptimo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la presente ley.

Artículo octavo.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo noveno.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº 18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 6 de julio de 2006, con asistencia de los Honorables Senadores señores Víctor Pérez (Presidente), Jorge Arancibia (señor Hernán Larraín), Carlos Bianchi, Ricardo Núñez y Hosain Sabag; 7 de julio de 2006, con asistencia de los Honorables Senadores señores Víctor Pérez (Presidente), Jorge Arancibia (señor Hernán Larraín) y Ricardo Núñez; 16 de agosto, con asistencia de los Honorables Senadores señores Víctor Pérez (Presidente), Carlos Bianchi, Ricardo Núñez, Jaime Orpis y Hosain Sabag, y 12 de septiembre de 2006, con asistencia de los Honorables Senadores señores Víctor Pérez (Presidente), Carlos Bianchi, Ricardo Núñez, Jaime Orpis y Hosain Sabag.

Sala de la Comisión, a 26 de septiembre de 2006.

Mario Tapia Guerrero

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGIÓN DE LOS RIOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO.

BOLETÍN Nº 4.049-06

I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO: Este proyecto tiene por objeto crear la XIV Región de Los Ríos, conformada por las provincias de Valdivia y Ranco. Esta última también se crea mediante esta iniciativa.

II. ACUERDOS: Aprobar la idea de legislar de este proyecto (5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN:

Consta de 14 artículos permanentes y 9 transitorios.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL Y DISCUSIÓN GENERAL:

1. Hacemos presente que los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 9º, 10 y 13 permanentes, y los signados con los números 1º, 2º, y 3º transitorios, de aprobarse, deben serlo con rango de Ley Orgánica Constitucional, pues inciden en normas de esa jerarquía, como son la creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; el sistema electoral y la composición del Senado; la organización y atribuciones de los tribunales y, finalmente, la integración de los consejos regionales.

2. Dejamos constancia que de conformidad con el inciso sexto del artículo 36 del Reglamento de la Corporación, el proyecto de ley en informe se discutió solamente en general.

V. URGENCIA: No tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje del ex Presidente de la República, señor Ricardo Lagos Escobar.

VII. TRAMITE CONSTITUCIONAL: Segundo trámite.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 6 de junio de 2006.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 7 de junio de 2006.

X. TRAMITE REGLAMENTARIO: Primer informe, discusión en general.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1. Constitución Política de la República.

2. Código Orgánico de Tribunales.

3. Ley Nº 18.553, del Servicio Electoral.

4. Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

5. Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

6. Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobiernos Regionales.

7. Ley Nº 19.379, que fija plantas de personal de los servicios administrativos de los Gobiernos Regionales.

8. Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público.

9. Ley Nº 19.968, que crea los Tribunales de Familia.

10. Ley Nº 20.022, que crea los Juzgados Laborales y Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica.

Valparaíso, 26 de septiembre de 2006.

Mario Tapia Guerrero

Secretario de Comisiones

2.2. Discusión en Sala

Fecha 10 de octubre, 2006. Diario de Sesión en Sesión 59. Legislatura 354. Discusión General. Se aprueba en general.

CREACIÓN DE DECIMOCUARTA REGIÓN DE LOS RÍOS Y PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre creación de la Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

--Los antecedentes sobre el proyecto (4049-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 21ª, en 7 de junio de 2006.

Informe de Comisión:

Gobierno, sesión 56ª, en 3 de octubre de 2006.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN (Secretario).-

El principal objetivo de la iniciativa es crear la Decimocuarta Región, denominada "de Los Ríos".

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización discutió sólo en general el proyecto. Escuchó previamente a diversas entidades y organismos de Osorno y de Valdivia, y terminó por aprobar la idea de legislar sobre la materia por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Bianchi, Núñez, Orpis, Pérez Varela y Sabag, conforme al texto despachado en su oportunidad por la Cámara de Diputados, el que se consigna en la parte pertinente del informe.

Cabe tener presente que a una de las sesiones celebradas por la Comisión asistió el señor Ministro del Interior subrogante, quien dio algunas ideas que luego plasmó en una indicación, la que recoge varias de las sugerencias formuladas durante la discusión general. Su texto se transcribe también en el informe.

Los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 9º 10 y 13 permanentes y primero, segundo y tercero transitorios tienen rango de orgánico constitucional, por lo que requieren para su aprobación, hoy día, el voto conforme de veintidós señores Senadores.

Finalmente, es del caso destacar que esta iniciativa, cuando se discuta en particular, deberá ser analizada igualmente por la Comisión de Hacienda.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

En la discusión general del proyecto, tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, Senador señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA.-

Señor Presidente , la Comisión, al igual como procedió respecto de la creación de la Región de Arica y Parinacota, resolvió, por la unanimidad de sus miembros, celebrar sesiones en la Región correspondiente -en este caso, la Décima-, para escuchar, el 6 de julio, a la comunidad de Osorno, y al día siguiente, a la de la provincia de Valdivia.

Por lo tanto, el primer hecho que deseo dejar absolutamente claro frente a los señores Senadores es el esfuerzo de la Comisión para recibir de parte de quienes son los verdaderamente interesados en un proyecto de esta naturaleza -las organizaciones comunitarias y los ciudadanos- la mayor cantidad de información, datos y opiniones.

Por consiguiente, el trabajo de la Comisión, una vez de regreso a la sede del Congreso, en Valparaíso, fue procesar y analizar cada una de las posturas que las personas y dirigentes nos plantearon durante los dos días en que sesionamos en la Décima Región, ya sea en la ciudad de Osorno o en la de Valdivia. Creo que el ejercicio ahí desarrollado nos permitió a cada uno de nosotros tener una visión global de las necesidades que presentan las distintas Regiones del país y, en particular las provincias que visitamos.

En el informe que está en el escritorio de los señores Senadores aparece un detallado resumen de las posiciones que en esos días nos entregaron las organizaciones y los dirigentes. Pienso que, si uno puede sacar un común denominador de lo ahí planteado, necesariamente él debe coincidir con lo que en su oportunidad planteó la gente de la Primera Región , en especial la de las provincias de Arica y Parinacota: Chile es un país cultural, política y económicamente muy centralizado, donde las decisiones relevantes -incluso las medianamente importantes, pasan por en la Región Metropolitana, y a nivel comunal, en las distintas instancias de gobierno. Esa realidad de centralismo ha motivado que muchas provincias y regiones estén hoy en día anhelando la profundización del proceso de regionalización, ante el cual podemos tener diferentes opiniones y visiones, pero que en todo caso, sin duda, es imprescindible abordar a la brevedad.

En tal sentido, uno de los mecanismos -tal como lo dijimos al debatir lo concerniente a Arica y Parinacota- es la creación de nuevas Regiones, y, por cierto, es opinable. Incluso, algunas de las personas mencionadas en estudios que recoge el informe han planteado, en otros ámbitos, la necesidad de establecer macrorregiones. Pero, la decisión política se ha inclinado por dar lugar a nuevas Regiones. Así, el Senado ya aprobó la creación de la Región de Arica y Parinacota y la Comisión de Gobierno, que presido, acogió por unanimidad la idea de crear la Región de Los Ríos, capital Valdivia. Ése es un hecho sobre el cual debemos empezar a trabajar a lo largo de esta sesión, ...

--(Aplausos en tribunas).

... cuando vamos a votar en general el proyecto.

Señor Presidente , a diferencia de la Región de Arica y Parinacota, donde había una mayor comunión y unidad en las provincias que la integrarán, aquí nos encontramos con opiniones disímiles, distintas en Osorno y en Valdivia. Y como el propósito de esta sesión es votar la idea de legislar, en lo personal voy a hacer especial referencia al proyecto que aprobó la Cámara de Diputados, que es el que verdaderamente estamos discutiendo hoy...

--(Aplausos en tribunas).

... toda vez que la indicación ingresada por el Ejecutivo a efectos de incorporar a Osorno debe ser analizada y debatida, de acuerdo con el Reglamento, en una sesión posterior y seguramente también al interior de la Comisión de Gobierno.

Sin embargo, es cierto que la Comisión estudió esta materia en conocimiento de las indicaciones que fueron presentadas, primero, a través de una minuta, por el señor Ministro del Interior , don Belisario Velasco , y posteriormente, como aparece en el informe, por el Ministro del Interior subrogante , don Felipe Harboe. Pero a nadie escapa -y estoy seguro de que a ninguno de los miembros de la Comisión- que analizar la creación de la Región con la ciudad de Osorno o sin ella hace una diferencia importante y, sin duda, tenemos que examinar este punto con objetividad, seriedad, responsabilidad y apego a los datos.

Hoy, sí, queremos dejar absolutamente en claro -interpreto aquí a la Comisión y a mi bancada- que vamos a votar a favor de que exista la Región de Los Ríos, capital Valdivia. Ésa es una decisión que hoy esperamos ratificar aquí, en el debate del Senado.

Esa decisión nace, principalmente, en la sesión que desarrollamos en la Municipalidad de Valdivia, el 7 de julio. Sin duda, todas las personas que ahí intervinieron y las distintas organizaciones que nos hicieron llegar sus antecedentes demostraron fehacientemente y más allá de toda duda que crear una Región con capital en Valdivia no es un mero anhelo ni la expresión de un sentimiento, sino también una necesidad fundamental para desarrollar esa zona. Se trata de una decisión política basada en estudios, en antecedentes, en características que sin duda hablan de su conveniencia.

Valdivia lleva mucho tiempo luchando por ser la capital de una Región. Y esa lucha está fundada en características muy claras, en antecedentes muy fidedignos en materia económica, geográfica, poblacional, que dan cuenta de una realidad que verdaderamente impone hoy día al Senado la aprobación del proyecto -ojalá- en forma unánime.

Yo me quedo principalmente con las intervenciones que escuchamos ese día 7 de julio a las distintas organizaciones de Valdivia; pero no sólo con ellas, sino además con las opiniones provenientes de representantes del conjunto de comunas que en la actualidad conforman la provincia de Valdivia y, también, de las que integrarán en el futuro la provincia de Ranco.

De todas y cada una de esas intervenciones se desprende con claridad la existencia de actividades que hacen viable una Región: como la agrícola, forestal, ganadera, universitaria, de servicios. Y ello, en términos objetivos, basado principalmente en un estudio realizado por la Universidad Católica -en particular, de su Instituto Geográfico; el cual también se encuentra mencionado en el informe que Sus Señorías tienen sobre sus escritorios- que establece con nitidez que la provincia de Valdivia reúne todas las características que se pueden hacer exigibles a una Región.

Es más, dicha provincia -y cuando me refiero a ella lo hago también considerando a la de Ranco- presenta hoy día mejores condiciones y mayores particularidades de Región que, incluso, seis o siete de las actuales.

Ése no es un dato menor que pueda dejarse por completo de lado a fin de avanzar en algo fundamental para nuestro país: la profundización del proceso de regionalización. Para lograr un avance sostenido en materia de descentralización debemos tener absolutamente claro los elementos relativos a la identidad y al ámbito geográfico donde desarrollan su vida nuestros conciudadanos. Y no hay duda de que en la provincia de Valdivia éstos se encuentran presentes con largueza.

Así nos los hicieron ver el día 7 de julio distintas organizaciones. Y, de igual manera, lo hemos constatado a través de diferentes estudios que hemos tenido sobre la mesa con el propósito de resolver el tema que hoy día nos convoca.

Pero con la misma fuerza, señor Presidente , señalo que debemos tener presente que la sola creación de la Región de Los Ríos no solucionará los problemas de la gente de Valdivia. Por eso, es muy importante que el Protocolo de Acuerdo firmado por la Comisión de Gobierno con el Ejecutivo sea también aplicado a dicha Región, en el sentido de que haya un nuevo diseño institucional y un traspaso de competencias.

Nosotros anhelamos que los valdivianos tengan una nueva Región, pero que sea moderna, dinámica, con competencias, facultades y recursos. No deseamos condenarla a los mismos problemas que experimentan las distintas Regiones del país, las cuales siempre deben estar mirando y golpeando las puertas de Santiago.

Ése debe ser nuestro principal esfuerzo y preocupación, el cual debe llevarnos hoy a la convicción de que estamos dando un paso adelante en materia de descentralización y en el proceso de regionalización en que se encuentra nuestro país.

En definitiva, se trata de crear una nueva Región, pero que tenga las competencias necesarias, las facultades, los recursos que le permitan en verdad ser dueña de su propio destino.

A eso invito a los señores Senadores hoy día: a analizar y votar a favor la creación de la Región de Los Ríos, capital Valdivia , que, a mi juicio, representa un importante paso.

Como expresé hace algunos momentos, el tema de Osorno debe ser también motivo de un profundo análisis y de una reflexión muy a fondo, para ver si estamos resolviendo bien el problema o estamos adosando a la nueva Región un territorio en el cual primarán siempre ciertas incompatibilidades. No tengo juicios formados sobre el particular. Sólo llamo a una reflexión y a un estudio en profundidad, para resolver bien la materia que hoy tenemos sobre nuestros escritorios.

Señor Presidente , la Región de Los Ríos, con Valdivia como capital, va a contar sin duda con nuestros votos. El análisis pormenorizado de lo relativo a la incorporación de Osorno, a nuestro juicio, merece una mayor reflexión.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Ministro del Interior.

El señor VELASCO ( Ministro del Interior ).-

Señor Presidente , señores Senadores, el proyecto de ley que crea la Decimocuarta Región, denominada "de Los Ríos", y la provincia de Ranco en su territorio fue aprobado ya por la Honorable Cámara de Diputados e informado por vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización para su discusión en general, que es la que nos ocupa.

El texto que la Sala conoce hoy es el aprobado por la Cámara Baja, que consideró la creación de la Región de Los Ríos, conformada por las provincias de Valdivia y de Ranco.

Ya durante la discusión en la otra rama del Congreso, y en el marco del amplio proceso de consultas que se llevó a cabo con motivo de la tramitación del proyecto, fue tomando fuerza la idea de incorporar la provincia de Osorno en la nueva Región de Los Ríos, principalmente por la complementaria vocación productiva y de desarrollo que ésta conjuga con las de Valdivia y de Ranco.

A partir de lo anterior, y frente a la evidencia de los antecedentes que demostraban que esta nueva composición significaría la creación de una Región con dimensiones y fortalezas que permitirían imprimirle mayor potencia, en aras del desarrollo y descentralización del país, el Ejecutivo tomó la decisión de enviar una indicación que incorporaba la provincia de Osorno a la Región de Los Ríos.

Pese a que el Reglamento del Senado establece que la oportunidad para el estudio de las indicaciones es durante la discusión en particular, la decisión de los Senadores de la Comisión de conocer la voluntad del Gobierno nos llevó a presentar un conjunto de indicaciones que dan cuenta de la Región que queremos construir, a fin de facilitar el análisis y aprobación de este proyecto tan relevante.

El Ejecutivo cumplió con lo solicitado por los Senadores de la Comisión de Gobierno y, ratificando lo acordado después de escuchar y conversar con organizaciones y autoridades representantes de las provincias de Valdivia y de Osorno, elaboró y presentó formalmente las indicaciones que proponen la incorporación de la provincia de Osorno (manteniendo las de Valdivia y Ranco ya contenidas en el texto de la iniciativa) y las demás adecuaciones a la estructura institucional de la nueva Región.

Por lo expuesto, el proyecto debe entenderse como un todo: lo aprobado por la Cámara de Diputados más las indicaciones que el Ejecutivo presentó en vuestra Comisión de Gobierno. Ése es el compromiso y ésa es la voluntad del Ejecutivo.

Lo anterior, sin perjuicio de futuras indicaciones que pudieran ser formuladas tanto por el Gobierno como por los señores Parlamentarios durante el trámite legislativo.

La iniciativa sometida a vuestro conocimiento, que, como ya se ha dicho, será distinta una vez que se le incorporen formalmente las indicaciones ya presentadas por el Ejecutivo , crea la Decimocuarta Región , denominada "de Los Ríos", con Valdivia como capital regional, conformada por las provincias de Valdivia, capital Valdivia , y de Ranco, capital La Unión. Las indicaciones agregan a esta Región la provincia de Osorno, que íntegra pasa a ser parte de aquélla.

La estructura de la nueva Región propuesta establece la institucionalidad correspondiente en las áreas de gobierno interior (intendencia, gobernaciones), de administración regional descentralizada (gobierno regional) y de administración pública nacional desconcentrada (secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales de servicios públicos), disponiendo, al efecto, la creación o adecuación de las plantas de personal respectivas.

El proyecto también se hace cargo de la nueva distribución territorial regionalizada de instituciones como el Servicio Electoral y el Ministerio Público, así como de la adecuación jurisdiccional de la administración de justicia (tribunales ordinarios penales y civiles, tribunales de familia, juzgados laborales).

Por otra parte, se dispone que el gobierno regional de Los Lagos deberá transferir al de Los Ríos, a título gratuito, el dominio de los bienes inmuebles de su propiedad que se encuentren situados en el territorio de la nueva Región y, además, establece el traspaso de los créditos y obligaciones contraídos por el gobierno regional de Los Lagos que incidan en el territorio de la nueva Región.

Se establece que la ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

Asimismo, en el proyecto se regula el establecimiento del primer consejo regional, que se integrará inicialmente con los actuales consejeros representantes de las provincias constitutivas de la nueva Región, disponiéndose que durarán en sus cargos por el tiempo restante hasta completar el período legal de cuatro años.

Otra norma transitoria establece que en la Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de esta nueva normativa se deberá considerar el primer presupuesto del gobierno regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional. En forma adicional, se dispone que la creación de la nueva Región no implicará reducción para las restantes Regiones de los ingresos que les correspondan al año de aprobación de esta ley por concepto del 90 por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. Asimismo, se establece que los fondos de la Región originaria de Los Lagos se distribuirán entre ésta y la nueva Región de Los Ríos.

A la vez, se faculta al Presidente de la República para que, mediante decretos con fuerza de ley, modifique las plantas de personal de todos los Ministerios y servicios públicos correspondientes, a fin de dotar a la nueva Región y provincias de los recursos humanos necesarios para su administración.

Se dispone que, en tanto no se instale en la nueva Región de Los Ríos la institucionalidad nacional desconcentrada (seremis y direcciones regionales), los órganos correspondientes de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones en ambas Regiones.

A la vez, el proyecto asigna al Ministerio del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, el rol de coordinación y asesoría tanto a las autoridades de la Región originaria que traspasan funciones como a las que las asumen en la nueva Región.

Finalmente, pese a que, como ya se explicó, no es la oportunidad para conocer de ellas, pero ante lo importante que resulta para los señores Senadores tomar su decisión con la mayor información posible, quiero hacer referencia a las modificaciones que introducirán a la iniciativa que conoce la Sala las indicaciones presentadas por el Ejecutivo , y que terminarán siendo parte de su contenido.

Incorporación de la provincia de Osorno en la Región de Los Ríos

Se hacen todas las adecuaciones necesarias al texto para incluir a esta provincia de manera íntegra dentro de la estructura de la nueva Región, manteniéndose a Valdivia como capital regional. La nueva Región se estructurará con las provincias de Valdivia, de Ranco y de Osorno.

La provincia de Valdivia estará conformada por las comunas de Valdivia, Mariquina , Lanco , Los Lagos, Corral, Máfil y Panguipulli. Su capital será Valdivia.

La provincia de Ranco estará constituida por las comunas de La Unión, Paillaco , Futrono , Río Bueno y Lago Ranco. Su capital será La Unión.

La provincia de Osorno estará conformada por las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Río Negro, San Juan de la Costa, Purranque y Puerto Octay. Su capital será Osorno.

Relocalización de seremías y servicios públicos en las provincias

Como una manera de contribuir a la descentralización al interior de la Región , se facultará de manera expresa al Ministerio del Interior para instalar las diversas seremías y servicios públicos regionales, no sólo en la capital regional, sino también en algunas de las comunas de las tres provincias. Ello se hará conforme a los criterios de equilibrio, potencialidad y funcionalidad de las comunas con respecto al servicio o secretaría que se relocalice y, en forma simultánea, asegurando una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la Administración Pública regional.

Adecuaciones a las plantas de personal

Como consecuencia de la nueva estructura regional propuesta, se realizan las consiguientes adecuaciones a las plantas de personal y cargos de los servicios administrativos del gobierno regional.

Modificación de distribución de tribunales de justicia

Obviamente, bajo el nuevo marco regional y provincial, deben efectuarse adecuaciones a las disposiciones del texto referentes a la redistribución de los tribunales de justicia en la Región.

Aspectos electorales

Si bien el Gobierno reitera su opinión en orden a que los aspectos de índole netamente electoral debieran quedar resueltos y definidos en el nuevo cuerpo legal que reforme de manera completa nuestro sistema electoral, no es menos cierto que la creación de una nueva Región implica que en ella se deba proyectar una estructura electoral que permita a los ciudadanos de su territorio tener su correspondiente representación política y ejercer debidamente su derecho a sufragio.

Por consiguiente, se han formulado indicaciones en materia electoral con los siguientes objetivos:

Que las dos circunscripciones senatoriales que hoy corresponden a la Región de Los Lagos se distribuyan de la siguiente forma:

-Que la comúnmente denominada "Décima Norte" quede conformada por los distritos electorales 53º, 54º y 55º, todos los cuales, a su vez, corresponderán a la nueva Región de Los Ríos.

-Que la comúnmente llamada "Décima Sur" esté constituida por los distritos electorales 56º, 57º y 58º, todos los que, a su vez, corresponderán a la Región de Los Lagos.

Como consecuencia de lo anterior, se ha hecho necesario, entonces, modificar también la conformación de los distritos electorales números 55º y 56º. Ello, porque el actual distrito 56º, producto de la nueva estructura regional, quedaría integrado por comunas pertenecientes a regiones distintas, ya que cuatro de sus actuales comunas (Puyehue, Río Negro, Purranque y Puerto Octay) corresponden a la provincia de Osorno y, por lo tanto, pasarán a formar parte de la Región de Los Ríos, mientras que las otras cinco ( Fresia , Frutillar , Llanquihue, Puerto Varas y Los Muermos) son parte de la provincia de Llanquihue y seguirán en la Región de Los Lagos.

Por tal motivo, mediante indicación, se modifica la conformación tanto del distrito 56º como del 55º.

El distrito 56º quedará conformado por las cinco comunas que permanecen en la Región de Los Lagos, mientras que en el 55º se suman a sus actuales tres comunas (Osorno, San Juan de la Costa y San Pablo) las otras cuatro de la provincia de Osorno, que pasan a integrar la nueva Región de Los Ríos.

Señor Presidente , han pasado más de 30 años desde la creación de las actuales Regiones. Desde el primer minuto, las comunidades de la zona hicieron ver algunas discrepancias con la estructura propuesta. El Ejecutivo y el Congreso han recogido este anhelo y escuchado a las organizaciones y actores de la Región, lo que, junto a diversos estudios, constituye la base de lo que hoy discutimos.

Estamos planteando un proyecto que recoge aspiraciones para mejorar nuestra estructura regional. Ésta no es una iniciativa que privilegie una visión por sobre otras. Se trata de un esfuerzo de todos los sectores, consensuado, que, en nuestra opinión, ha dado como resultado la mejor Región de Los Ríos para el país y para la propia Región, lo que naturalmente no constituye un dogma y es perfectible por el mérito de la discusión y por la vía de las indicaciones.

La tarea de hoy, pues, consiste en cómo hacemos de la nueva Región, con Valdivia, Ranco y Osorno , una sola gran Región.

Gracias, señor Presidente.

--(Aplausos en tribunas).

El señor NARANJO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Frei.

El señor LONGUEIRA.-

Perdón, señor Presidente , pero quiero plantear una cuestión de Reglamento.

El señor NARANJO ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor LONGUEIRA.-

¿Es posible abrir la votación del proyecto, si hay acuerdo en la Sala?

El señor NARANJO ( Vicepresidente ).-

No existe acuerdo, señor Senador.

El señor LONGUEIRA.-

¿No hay acuerdo?

El señor NARANJO ( Vicepresidente ).-

No.

Tiene la palabra el Honorable señor Frei.

El señor SABAG.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor NARANJO (Vicepresidente).-

¿Es un asunto de Reglamento, señor Senador?

El señor SABAG.-

Sí, señor Presidente.

El señor NARANJO ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor SABAG.-

Estoy totalmente de acuerdo con la proposición del Senador señor Longueira, porque hay muchas Subcomisiones de Presupuestos citadas para las seis. Como es posible que la discusión de esta iniciativa se extienda más allá de esa hora, me parece del caso que por lo menos dejemos consignada nuestra votación.

El señor NARANJO ( Vicepresidente ).-

Ya se solicitó el acuerdo y hubo oposición. Más tarde volveremos a insistir.

Tiene la palabra el Honorable señor Frei.

El señor FREI (don Eduardo).-

Señor Presidente , quiero expresar mi profunda satisfacción por la pronta aprobación del proyecto de ley que crea la Región de Los Ríos. Se cumple así un anhelo de más de treinta años, se repara una injusticia histórica y se recupera la identidad que siempre caracterizó a la provincia de Valdivia.

En tal sentido, me parece importante destacar el esfuerzo que realizaron los valdivianos para organizarse y dar forma a este sueño, en el cual la sociedad civil ha tenido un rol protagónico.

Valoro enormemente que no se hayan quedado en las palabras y en el reclamo permanente, sino que hayan sido capaces de presentar propuestas y estudios para demostrar la desmejorada situación en que quedaron luego de la reforma de 1974.

La Región quedó definida a mediados de la década del 60, cuando se creó la Oficina de Planificación Nacional, que encabezaron Jorge Ahumada , autor de "En vez de la miseria", y Álvaro Marfán. En ese libro se señalaba la regionalización como una de las cuatro razones por las cuales Chile seguía siendo un país subdesarrollado. Ahí se crearon las macro regiones.

Originalmente, esta Región era parte de La Araucanía, más las provincias de Osorno y Valdivia. En 1968 se estructuró con las dos provincias, situación que se mantuvo hasta 1974.

Debo resaltar la labor desarrollada por la Confederación de Gremios, Colegios Profesionales e Instituciones de Bien Público para el Desarrollo de la Provincia de Valdivia; la Universidad Austral; la Fundación Pedro de Valdivia; la Confederación para el Desarrollo de la Provincia de Valdivia (CODEPROVAL), y, fundamentalmente, el Comité Nueva Región, entre otras muchas organizaciones.

En lo personal, también me siento partícipe -por cierto, en menor medida- en la gestación de esta iniciativa, y por eso soy partidario de la Región de Los Ríos.

En 1997, en mi calidad de Presidente de la República, promulgué tres instructivos para ordenar el inicio de procesos especiales de desconcentración.

Tales medidas, que marcaron un hito en la lucha por la creación de la nueva Región, no salieron de la nada. Un año antes mi Gobierno solicitó a los consultores Dockendorff , Boisier y Marinovic un informe sobre la demanda de Valdivia para conformar una Región aparte de la de Los Lagos. En ese estudio se planteó la conveniencia de ampliar el rango de competencias y atribuciones de las provincias y de su autoridad política, lo que finalmente se tradujo en dichos instructivos.

De paso logramos otorgar un soporte institucional al acuerdo público que previamente alcanzaron la Gobernación de Valdivia y CODEPROVAL, el cual dio origen a la Agenda Pactada de Desarrollo , que permitió definir un plan de trabajo a los efectos de concretar programas y proyectos prioritarios para la provincia. Algo similar se produjo después en la provincia de Osorno con la Agenda Estratégica de Desarrollo, que comenzó a funcionar el 2004.

Región de Los Ríos: un aporte a la regionalización

Pero todos esos procesos, que también se fueron dando durante mi Administración, van acompañados de un conjunto de estudios que avalan su viabilidad.

Largo sería enumerarlos, pero en todos ellos se concluyó que la división regional era el camino adecuado para resolver las dificultades surgidas siempre al implementar políticas públicas para el desarrollo económico y social de la Región de Los Lagos, dada la heterogeneidad de sus provincias.

Estoy convencido de que la regionalización es un proceso necesario para Chile y clave para su futuro. No podemos hablar de modernización del Estado sin atacar frontalmente el centralismo, fenómeno que ha condicionado negativamente el progreso de nuestro país.

Precisamente, desde el principio asumí esta iniciativa como una oportunidad para reinstalar una discusión, necesaria y pendiente, sobre la regionalización y su relación con el desarrollo regional, que el país debe realizar con urgencia.

La regionalización es vital para reforzar una dinámica de desarrollo y crecimiento económico. Los países avanzan cuando deciden dar a sus regiones y provincias mayor autonomía, así como también las herramientas legales, administrativas y financieras -que es muy importante- para adoptar sus propias decisiones.

Necesidad de debate abierto y respetuoso

Debemos enfrentar la iniciativa sobre la Región de Los Ríos con espíritu abierto. Para cumplir este objetivo, es fundamental que la discusión sea llevada con altura de miras, en forma reflexiva y respetuosa. Un grupo humano no puede avanzar si no tiene la capacidad de dialogar con quienes piensan distinto y de tolerar otras opiniones tan válidas como la propia. Una sociedad moderna se construye a partir de la diversidad y propiciando los acuerdos.

Estamos frente a un tema país que nos brinda la oportunidad de hacer algo distinto a lo ya conocido y que, si lo conducimos en forma adecuada, puede resultar en un modelo a aplicar en futuras iniciativas de este tipo o en la gran reforma regional que Chile debe encarar en el corto plazo.

Por eso, no puedo obviar que en numerosas ocasiones me han causado desagrado las continuas y permanentes descalificaciones que han proliferado durante la tramitación del proyecto. Muchas veces hemos asistido a un debate estéril, pobre en ideas e irreflexivo, que no les hace bien ni a los valdivianos ni a los osorninos y que está muy lejos del espíritu que animó a las personas que se dedicaron durante años a trabajar por la nueva Región. Esta iniciativa requiere -y la ciudadanía lo merece- una discusión que enriquezca y no empobrezca, que sume y no reste.

Por ello, advierto sobre la necesidad de aumentar los niveles de cooperación y diálogo, y de rechazar la tendencia a trabajar cada uno por su lado, buscando perjudicar a la contraparte.

En lo personal, no voy a caer en ese juego, y menos perderé el tiempo en responder a quienes han intentado desprestigiarme al atribuirme la intención de crear una Región de acuerdo con mis intereses personales. La ciudadanía me conoce y sabe que ése no es mi estilo. En cada una de las funciones que he ejercido como servidor público, siempre he buscado el bien superior del país y de su gente. Y así lo hice permanentemente durante la campaña senatorial y en los foros y seminarios que organizamos a lo largo de ella.

Valdivia y Osorno

Por eso -y aprovecho de hacer alusión al principal motivo de discordia en el proyecto-, siempre fui partidario de que la Región de Los Ríos estuviera integrada por las provincias de Valdivia y Osorno completas, sin perjuicio de crear una tercera. Lo dije desde el principio y hoy lo mantengo.

Hemos recibido las indicaciones del Ejecutivo , que explicitó en esta sesión el señor Ministro del Interior. Como señalé, soy gobiernista todos los días y en todo momento, no sólo cuando me conviene. Por lo tanto, voy a apoyar esta iniciativa y las indicaciones suscritas por la Presidenta de la República.

--(Aplausos en tribunas).

Esto no es un capricho personal. Soy un convencido de que las particularidades de cada una de sus provincias le darán mayor potencialidad a esta nueva unidad territorial, porque contará con una base económica diversificada, especializada y orientada al comercio internacional, lo que constituye un sólido pie para cimentar su futuro. Las provincias de Osorno, Valdivia y Lago Ranco en una misma Región posibilitarán que la Región de Los Ríos tenga una base productiva de primer nivel. A saber:

Una industria forestal consolidada.

Un sector agropecuario moderno y especializado.

Una industria pecuaria que concentra más del 90 por ciento de la masa ganadera de Chile.

Un sector lechero líder en el país.

Un desarrollo industrial con vocación marítima (pesca artesanal, industria conservera y de elaboración de harina de pescado, industria naval para la fabricación de barcos y embarcaciones relacionadas con las actividades pesquera, turística y comercial).

Una potente base científica.

Una industria turística de primer nivel (hoteles, restoranes, cruceros, termas y, ahora, también casinos de juego).

Facilidades para la integración binacional a través de enlaces terrestres y portuarios, y

Una infraestructura consolidada que debemos potenciar. Y para eso estamos trabajando, especialmente en el puerto de Corral y en los corredores bioceánicos, que son fundamentales para su desarrollo.

Además, se permitiría a la nueva Región tener centros de educación superior comprometidos con su desarrollo. Se trata de universidades que se han convertido en factores determinantes para el desenvolvimiento local; que han establecido lazos permanentes con su comunidad y el mundo empresarial; que pueden prestar apoyo científico y tecnológico, y que cuentan con capacidad para realizar estudios y otorgar asesorías a organismos públicos y privados.

Por ultimo, la Región poseería una malla urbana capaz de entregar eficientemente a todo el espacio geográfico los servicios económicos y sociales requeridos por la población y los sistemas productivos.

Diversos estudios demuestran que ésas son razones más que poderosas para incluir también a Osorno en la nueva Región.

Sinceramente, sostengo que los motivos que he descrito en forma breve son los que explicitamos -como mencioné recién- en el curso de la campaña, en foros, en seminarios y a través de todos los medios de comunicación.

Un llamado a pensar en el futuro

Aclarado ese punto, como es mi costumbre, centraré mi análisis en los temas del futuro. Mi invitación es a hacernos cargo de la próxima realidad regional y a entrar a una discusión de fondo con respecto a las capacidades organizacionales y de gestión que le vamos a dar a la nueva Región a los efectos de que efectivamente sea una herramienta de progreso para la zona.

En tal sentido, creo que tenemos tres desafíos inmediatos.

En primer lugar, alcanzar un acuerdo acerca del sistema institucional que vamos a implementar en la futura Región de Los Ríos. Aspiro a una radical innovación en cuanto a la naturaleza, función, ubicación y acción de los organismos regionales y provinciales, y a que se transfiera competencia desde el nivel central y desde los distintos servicios públicos al nuevo gobierno regional. No queremos que se repita lo que pasa en casi todas las Regiones de Chile, donde crece y crece la capital regional y el resto de las comunas, sobre todo del interior, quedan sumidas en el atraso permanente. Deseamos luchar contra el centralismo nacional, pero también contra el centralismo regional. Y eso tiene que transmitirse en el nuevo proyecto.

En segundo término, se trata de una función propia de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. Debemos colaborar en la confección de un Plan Estratégico que permita la puesta en marcha de la gestión del gobierno de Los Ríos y de los diversos organismos regionales.

Y el tercer desafío -a mi juicio, es lo más relevante-: una Estrategia de Desarrollo Regional y un Plan Maestro de Inversiones. A cada Región le corresponde formular una visión estratégica de su desarrollo y cumplir un papel a partir de sus capacidades en la estrategia país.

Queremos que esa estrategia sea integradora; que represente a todos los actores -sociales, políticos, económicos, universitarios-, y, sobre todo, que nazca de la misma Región. Y, además -no hemos escuchado un debate al respecto en el último tiempo; tampoco lo hubo durante la tramitación de esta iniciativa-, debe determinarse qué recursos vamos a necesitar para la implementación de la Estrategia de Desarrollo Regional y del Plan Maestro de Inversiones. Sin recursos nuevos no hay posibilidades de realizarlos.

Por eso, me parece importante y -yo diría- casi obligatorio elaborar un Programa Público de Inversiones en la Región, que detalle el conjunto del gasto público a efectuar en ella y las iniciativas de inversión. Y en esa línea estamos trabajando con los Ministerios de Obras Públicas y de Vivienda, más el gobierno regional actual, para elaborar los convenios de programación que aseguren el cumplimiento del Plan Estratégico.

Como expuse anteriormente, llegó el momento de mirar hacia el futuro. Quiero una Región de Los Ríos potente, innovadora, integradora; que sea ejemplo de descentralización, y, por sobre todo, que cumpla los sueños de los miles de personas que durante años trabajaron para hacer realidad ese anhelo.

Estoy seguro de que dentro de poco esa aspiración será concretada. Y en este desafío y bajo un espíritu constructivo, todos los habitantes de mi Región y de mi país contarán siempre con mi colaboración y mi apoyo.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor NARANJO ( Vicepresidente ).-

Solicito autorización para que ingrese al Hemiciclo la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Claudia Serrano.

--Se accede.

El señor NARANJO (Vicepresidente).-

Pido la aquiescencia de la Sala para abrir la votación.

Acordado.

Se comenzará con los oradores inscritos y luego se proseguirá por orden alfabético.

En votación nominal.

--(Durante la votación).

El señor NARANJO ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.

El señor ALLAMAND.-

Señor Presidente , sería impensable iniciar estas palabras sin mencionar con emoción y respeto a tantos hombres y mujeres -algunos, presentes en esta Sala, y otros, de seguro, atentos al debate desde el más allá- que durante muchos años dedicaron laboriosos, tenaces e inteligentes esfuerzos para la creación de una nueva Región en la actual Región de Los Lagos.

Los países progresan cuando logran movilizar las energías de todos sus miembros, cuando los asuntos públicos dejan de ser una parcela amurallada e infranqueable de algunos políticos o de algunos expertos, para incorporar la fuerza vital, la inteligencia, las experiencias de vida del tejido social.

Tras este proyecto de creación de una Región hay una experiencia inédita de extraordinario espíritu cívico. Creo que nuestra primera obligación es reconocerlo de esa manera.

Hay muchas definiciones de "región". Una de ellas establece que es "un territorio organizado, estructuralmente complejo, dotado de identidad y que conforma una unidad territorial con características geográficas e intereses económicos, sociales y culturales relativamente semejantes". Ésta me parece una buena definición.

Pero la mejor es la que dice que las regiones no son realidades "susceptibles de encontrarse en la naturaleza como un producto terminado, ni son solamente el resultado de la voluntad y de la fantasía humana", sino "una obra política colectiva". Y la futura Región de Los Ríos es precisamente eso: una obra política colectiva de gran envergadura.

Hace unas semanas, cuando debatimos en esta Sala la justificación de la división de la Primera Región , diversos señores Senadores plantearon argumentos de gran peso en términos de cómo abordar esta discusión. En particular, tengo presentes las opiniones del Honorable señor Núñez , quien hacía ver dos cosas que me parecen de extraordinaria importancia.

La primera, que no se justifica una división regional si se apoya sólo en las deficiencias de la actual institucionalidad. Porque, si fuera así, habría que dividir todas las Regiones.

Y la segunda, que, por lo mismo, tampoco al país le conviene una cascada de divisiones regionales que termine por desmembrar el territorio. A ello hizo alusión también el Senador señor Gazmuri.

Con esas dos premisas sobre la mesa, comienzo mi intervención justificando plenamente la creación de la Región de Los Ríos.

Hay a lo menos cuatro razones fundamentales que avalan esta iniciativa.

La primera tiene que ver con lo que se ha denominado "desajuste de origen". La actual Región es extraordinariamente extensa; carece de trayectoria histórica y de una identidad política común; tiene grados de heterogeneidad productiva que superan los umbrales aconsejables y alberga hoy día prioridades de desarrollo que, desde la lógica de las políticas públicas, anticipan conflictos que debieran evitarse.

Quienes apoyamos el proyecto estamos convencidos de que, más allá de los perfeccionamientos que haya que hacerle a la institucionalidad, la extensión territorial, la asimetría de intereses, la heterogeneidad productiva de la actual fisonomía de la Región, en definitiva, se van a transformar en un obstáculo para su desarrollo.

Pero no sólo eso. Hay un gran esfuerzo social en todos los ámbitos tras esta iniciativa. En el plano de los Gobiernos, tanto el del ex Presidente Lagos como el de la Presidenta Bachelet han hecho suyos este proyecto. Incluso en 1982 el propio Gobierno militar estaba pensando en una división regional.

Se trata de un esfuerzo que quiero destacar, y espero tener todo el tiempo para ello.

En 1977, ya surge el primer Comité de la Nueva Región, presidido por don Guillermo Lunecke , que -¡atención!- incorporaba a representantes de Valdivia, Osorno y La Unión.

El actual Comité se formó en 1990 bajo la presidencia de ese ciudadano ejemplar, alma y corazón de la organización, don Raúl Basso. Y también existe el Comité Femenino, encabezado por doña Silvia Oyarzún.

Además, cabe mencionar el documento Conflictos Regionales y Políticas Públicas, que dio lugar a la llamada "Agenda Pactada", la que constituyó un esfuerzo inédito de cooperación público-privada entre funcionarios del Gobierno y la CODEPROVAL (Corporación para el Desarrollo de la Provincia de Valdivia).

Desde el punto de vista de los organismos regionales, resalto lo hecho recientemente por el CORE de Los Lagos, que se manifestó a favor de la división regional, y el trabajo de la Asociación Provincial de Municipalidades de Valdivia.

Sobre esto último, hago presente que todos los alcaldes han trabajado con un fervor y una cohesión absolutamente notables. En este aspecto, tengo la obligación de destacar la figura del alcalde de Valdivia, don Bernardo Berger , porque debo manifestar que he vivido -¡iba a decir "he sufrido"¿!- en carne propia su apoyo comprometido, laborioso, infatigable e insistente en favor de esta nueva Región.

En cuanto al ámbito parlamentario, señor Presidente , cómo no hacer una referencia en la Sala a don Gabriel Valdés. El ex Presidente del Senado, ...

--(Aplausos en tribunas).

...a quien, estoy seguro,...

--(Aplausos en tribunas).

...le gustaría estar entre nosotros para empujar esta iniciativa, fue pionero de ésta, al igual que otros señores Parlamentarios, como los ex Senadores Larre y Cariola, los ex Diputados Juan Enrique Taladriz y Exequiel Silva , y los Diputados Roberto Delmastro , Enrique Jaramillo , Gastón Von Muhlembrock y Alfonso de Urresti.

Todos ellos...

--(Aplausos en tribunas).

... han demostrado que estamos frente a un objetivo transversal, que no se ajusta a los alineamientos normales de Gobierno y Oposición.

En tercer término -y algo mencionó al respecto el Presidente de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización-, aquí hay un conjunto de antecedentes técnicos que avalan fundadamente la creación de esta Región.

En mi opinión, sin duda el principal se relaciona con el texto Diagnóstico y propuesta metodológica para modificar la división político administrativa del país, estudio realizado por la Universidad Católica. ¿Cuál es su mérito? Plantear una metodología global para analizar cuándo se justifica la división regional, la división provincial y, eventualmente, la creación de comunas. Mediante un grupo de indicadores de gran nivel, se establece una estandarización, una serie de parámetros, y se crea el índice de evaluación de creación de una Región (IECR).

¿Qué señala ese índice sobre la futura Región? Que incluso, si sólo estuviera conformada por la provincia de Valdivia, se hallaría por sobre el promedio de las Regiones. En consecuencia, es plenamente viable.

--(Aplausos en tribunas).

Por último -y algo ya se señaló al respecto-, nos encontramos ante una Región por completo autosustentable en los ámbitos productivo y económico.

Y no solamente eso: en cuanto a su superficie, sería una Región más grande que la Metropolitana o la Sexta o la Quinta, casi del tamaño de Bélgica. Desde el punto de vista de la población, se hallaría más o menos entre la Octava o la Novena Región. Bajo la óptica productiva, podría efectuar una contribución gigantesca al esfuerzo que Chile debe enfrentar, como potencia agroalimentaria, forestal y como foco de desarrollo del turismo, el cual no será el tradicional, dado que apuntará al denominado "turismo de intereses especiales". Y -¡atención!- esta zona ya ha incursionado en él, pues en la actualidad una de cada cuatro personas que visitan parques nacionales lo hacen precisamente en los de nuestra Región.

Por supuesto que la Región tiene desafíos. El más importante, sin duda, es el de la conectividad. Necesitamos desarrollar corredores bioceánicos y que el puerto de Corral sea de envergadura, ya que no se justifica la inexistencia de un puerto entre San Vicente y Puerto Montt.

Debemos lograr que dicha conectividad se despliegue desde el sur (La Unión) y también desde el norte (Valdivia). Tenemos que desarrollar el paso Huahum, que es el más bajo de toda la frontera con Argentina.

En definitiva, la futura Región será plenamente sustentable.

En cuanto a la incorporación de Osorno, en forma breve, deseo expresar mi coincidencia, primero, con que tiene que mantener su integridad territorial, y segundo, con que siempre debió estar abierta -como ocurre hoy día- la posibilidad de su incorporación.

Yo soy de los que creen que la integración de Osorno a la nueva Región, en la medida en que se le garantice, con un nuevo esquema institucional, que los recursos se van a administrar de manera equilibrada, es sin duda un aporte al fortalecimiento de esa zona.

Y quiero hacer un pequeño giro al sugerir pensar la nueva Región en forma un poco distinta.

Cuando discutimos un proyecto similar acerca de la Primera Región , pensamos mucho en qué ganaba ella con la división. Del mismo modo, al meditar acerca de la futura Región de Los Ríos, hemos analizado qué ganan Valdivia , Ranco y Osorno con esta división.

Sin embargo, quiero invitar al Senado a un pensamiento diferente: ¿por qué no reflexionar por un segundo sobre qué gana Chile con esta nueva Región?

Yo pienso que gana a lo menos cuatro cosas extraordinariamente importantes.

Primero, la nueva Región es un momento políticamente originario. En consecuencia, sí podemos, a partir de la relocalización de servicios públicos, del otorgamiento de nuevas atribuciones, empezar a derrotar a ese monstruo de tres cabezas que es el centralismo, el cual no sólo genera tensión entre Santiago y las capitales regionales, sino también entre éstas y las provincias, y entre éstas y las comunas.

Si somos capaces de introducir una gestión pública moderna y susceptible de ser replicada hacia el país, entonces el primer gran aporte que hará a Chile esta Región será precisamente el que se puedan repetir modelos de gestión autónomos, participativos, nuevos, exitosos.

En segundo lugar -ya lo he insinuado-, se trata de una Región que puede hacer una enorme contribución al desarrollo, que cuenta con una base productiva diversa, apoyada en recursos naturales, pero capaz de agregar valor. Chile tiene mucho que ganar, porque la nueva Región surgiría de cara a los desafíos de la globalización, no de espalda a ellos. Puede ser pionera en estas materias.

En el campo de la energía, ¿por qué no pensar que la Región de Los Ríos puede ser absolutamente emblemática? Tenemos en esta zona un potencial hidroeléctrico no aprovechado equivalente a 80 por ciento de la capacidad instalada en el Sistema Interconectado Central. Y lo podemos hacer de manera distinta, con centrales de pasada amigables con el medio ambiente, generando así formas de desarrollo diferentes. Además, el eventual aporte en materia de biocombustibles es enorme.

Por último, el mayor desafío que tiene Chile hoy día es abordar la innovación tecnológica. Y para eso debemos desarrollar clusters; articular esfuerzos de los sectores público y privado, de las universidades, para una cooperación intensa de todos los actores a fin de abordar los fenómenos de innovación.

Francamente, estoy convencido de que la futura Región de Los Ríos tiene todo el potencial necesario para ser un ejemplo de cómo Chile puede desarrollar clusters productivos con sentido de futuro.

Por lo tanto, no sigamos pensando en esta Región sólo con la lógica de valdivianos y osorninos. ¡Veamos todo lo que ella puede aportar al futuro del país!

Para terminar, señor Presidente , como sin duda se fijará un plazo para presentar indicaciones a fin de perfeccionar el proyecto, mencionaré sólo una idea: a mi juicio, la comuna de Paillaco debe quedar en la provincia de Valdivia y no en la de Ranco.

--(Aplausos en tribunas).

Es un tema discutible, pero lo importante es que el Senado dé un paso al frente, no sólo en un anhelo regional, sino también en un anhelo que se perfila como un enorme servicio al progreso de Chile.

Voto a favor.

--(Aplausos en la sala y en trubunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , deseo manifestar nuestra opinión sobre el proyecto que crea la Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, al cual damos, con entusiasmo, nuestro más absoluto respaldo.

Se trata de una iniciativa justa, que corresponde a una realidad regional, que entrega una señal de lo que el país debe hacer y permite formular reflexiones inspiradoras para el proceso de regionalización.

Pero lo más importante por ahora es ratificar la voluntad -ya lo anunció el señor Presidente de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, quien habló en nombre de dicho órgano técnico y también de mi bancada- de concretar lo antes posible la creación de la nueva Región.

Sin perjuicio de ello, aprovecho la ocasión para hacer ver la necesidad de que este proceso no se detenga en las Regiones que han tenido la fuerza y la capacidad de avanzar en la redefinición de su estructura regional.

Creemos que el diseño regional implementado hace más de treinta años debe ser revisado y sometido a una evaluación global.

Sobre el particular, el señor Ministro del Interior -aprovechamos su presencia, pues no siempre tenemos la suerte de contar con él en la Sala: los estudiantes, los profesores, los trabajadores de la salud, los funcionarios municipales y una cantidad de "otros amigos" lo han mantenido ocupado en el último tiempo- debe dedicarnos algún tiempo, porque en este debate subyace un problema de fondo que no se ha resuelto: la actual estructura regional de nuestro país, que fue diseñada en determinado momento, no ha sido nunca evaluada en su conjunto.

Me parece necesario realizar ese esfuerzo. Y ello, por cierto, sin detener los procesos que están en marcha, como lo hicimos con el proyecto de Arica y Parinacota y como lo estamos haciendo hoy día.

No puedo menos que felicitar a la comunidad valdiviana y a las personas que han estado trabajando desde hace muchos años en este proceso -me ha tocado reunirme en diversas ocasiones con ellas- por la labor que han llevado a cabo, porque gracias a ello hoy día en el sur veremos el nacimiento de una nueva Región.

¡Se lo ganaron con su esfuerzo! Y lo digo con sana envidia y cariño.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

Sin embargo, eso no debería impedir el trabajo que tanto el Gobierno como el Parlamento han de hacer para revisar qué ha ocurrido con el proceso de regionalización en el país: cuáles han sido sus fortalezas en la práctica y cuáles sus debilidades; dónde ha funcionado el esquema de regionalización que se diseñó; dónde no; cuáles han sido las fuerzas que han desarrollado las provincias; cómo han funcionado los consejos regionales.

En fin, hay varios elementos por evaluar. Pero los fundamentales son tres.

El primero dice relación a las atribuciones y los recursos de que disponen las Regiones. No podemos hablar de regionalización sin referirnos a la capacidad que cada una de ellas tiene para llevar adelante procesos. Sin atribuciones y sin recursos podemos sembrar ilusiones, pero no realidades. Así no sería factible avanzar a que las Regiones definan su destino al menos en parte de sus intereses.

Una segunda área de discusión apunta a cuál es la eficacia del funcionamiento de los gobiernos regionales. Es necesario saber si las estructuras facilitan estos procesos o no, si hay o no burocracia regional.

Diversos señores Senadores que ya han hecho uso de la palabra se han referido al doble centralismo. Porque no sólo existe una dependencia respecto de Santiago: también hay centralismos regionales y, a veces, provinciales que impiden que las decisiones a nivel regional sean eficaces.

Finalmente, hay que revisar tanto el número como la estructura de las Regiones. ¿Por qué trece, catorce o quince? ¿Por qué tenemos que estar sometidos a una definición que tal vez no representa la nueva realidad regional, lo que comprende la identidad local, un territorio adecuado, un tamaño gobernable y un funcionamiento administrativo eficiente?

Esto debería hacer revisar, no sólo el número, sino también la estructura y el sentido de las provincias que se crean. ¿Es ésa la mejor forma de organización? ¿Cómo debería ser el funcionamiento de los gobiernos regionales? ¿Requieren gobiernos provinciales? ¿Cuáles deberían ser sus funciones? Hoy uno ve a los gobernadores sin atribuciones, realmente. Son verdaderos relacionadores públicos y todo lo tienen que hacer vía gobierno regional. Por lo tanto, ¿tienen mucho sentido esas estructuras provinciales en la forma como actualmente se hallan diseñadas?

A eso es a lo que me refiero, señor Presidente : a la necesidad de aprovechar, de una vez por todas, un fenómeno que se da no sólo en las dos Regiones planteadas, que son las que han llegado más lejos -la de Arica y la de Los Ríos-, sino también a lo largo y ancho del país. Lo digo por aquella que represento, donde igualmente existe una inquietud muy generalizada para crear una nueva región en el Maule sur, y por otras cinco o seis que pasan por la misma situación, lo cual obliga a una definición y a una reflexión profunda que no se ha hecho.

Al revés, yo diría que en estos años, lejos de avanzar en el proceso de descentralización y desconcentración, hemos ido recentralizando Chile. En septiembre, en la sesión donde se discutió el proyecto que crea la Región de Arica y Parinacota, di muchos datos concretos de cómo el funcionamiento del país, en diversas áreas -no sólo públicas, sino también privadas-, se ha ido centralizando cada vez más durante los últimos 10 a 15 años. Y eso nos causa una enorme preocupación.

Como Senador que mira al país desde una Región, puedo ver que hay varios Chile: uno en Santiago y otros, a lo largo del territorio, que contemplan el desarrollo sin tener la misma capacidad para enfrentar los problemas. Existe desigualdad de ingresos a nivel de las personas, pero asimismo la hay a nivel de las Regiones. Y si esa situación no es corregida, muy pronto alentará una molestia generalizada en toda la población, que no puede aceptar la desigualdad regional.

En mi opinión, debe revisarse internamente la estructura regional con el fin de consolidar un proceso de descentralización que asegure una nueva visión de la regionalización desde los puntos de vista político, administrativo, económico y cultural. Son varias las miradas que necesitamos dar a la descentralización para lograr que ésta sea efectiva. Y es preciso avanzar, porque, de lo contrario, no se conseguirá resolver esta inquietud.

En cuanto al proyecto mismo, el señor Ministro del Interior hizo presente que el Ejecutivo tiene varias indicaciones al texto despachado por la Cámara de Diputados. Al respecto, quiero señalar que la iniciativa que estamos aprobando es la que viene de la otra rama del Congreso. Ahora no nos estamos pronunciando sobre tales indicaciones, que entran a la etapa de análisis que sigue a continuación.

Esto no es menor, porque, según lo que aquí se ha planteado, ellas -recogiendo, probablemente, las inquietudes de algunos- abordan, por ejemplo, la situación de la provincia de Osorno, que, obviamente, no puede ser resuelta de manera improvisada. ¿Qué piensan los osorninos? ¿Quieren realmente integrarse a la nueva Región? ¿Es posible considerar la idea de que, aparte de la Región de Los Ríos, propuesta en el texto que viene de la Cámara, se cree otra en Osorno: la de Los Volcanes, por ejemplo? ¿Se puede pensar en otras formas de estructurar la Región? ¿Por qué no aprovechamos este proceso, que está armado, pero -repito- sin obstaculizarlo, para pensar bien cómo resolver esa inquietud?

El señor Senador que me precedió en el uso de la palabra se refirió al caso de Paillaco. ¿La mejor ubicación de esa comuna es la que plantean el proyecto y las indicaciones? ¿Dónde debería quedar?

Aquí no podemos hacer las cosas a medias. Creo que lo razonable es trabajar con seriedad, pero sin volver atrás, avanzando en la iniciativa y resolviendo debidamente cada una de las situaciones. Porque, en la medida en que se establezcan precedentes, se generalizará una forma de solucionar los problemas a nivel de Regiones y se dará una señal acerca de cómo se van a desarrollar estos procesos hacia delante.

Termino, señor Presidente , reiterando nuestro entusiasta respaldo a la creación de la Región de Los Ríos y haciendo presente la imperiosa necesidad de que, aunque no se llevara a cabo una evaluación global, tengamos la convicción, cuando culmine nuestra labor, no sólo de haber constituido una nueva unidad territorial, sino también de haberla dotado de una estructura adecuada, de atribuciones que verdaderamente permitan desarrollar una regionalización y de recursos, para que la medida cuya concreción está comenzando sea real. De lo contrario, muchos van a pensar que con la simple creación de la Región se resolverán los procesos internos y se podrá avanzar en el cumplimiento de los sueños y estrategias de desarrollo de la zona. Sin esa estructura, esas atribuciones y esos recursos, difícilmente Valdivia -como probablemente tampoco Arica- logrará progresar.

Por eso, señor Presidente , debemos tratar de hacer bien nuestro cometido, para que el sueño iniciado hace muchos años en Valdivia no se quede simplemente en una nueva formalidad y cristalice como una Región de verdad, que posibilite a sus habitantes el sentirse orgullosos de un proceso que les haya permitido alcanzar la plena madurez y tener en sus manos su futuro y su desarrollo.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

¿Cómo vota Su Señoría?

El señor LARRAÍN.-

Con entusiasmo, voto que sí.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.

El señor NÚÑEZ.-

Señor Presidente , desde ya, anuncio que me pronunciaré a favor de la creación de la Región de Los Ríos, tal como lo hice en la Comisión luego de la larga discusión que allí sostuvimos y de la que dio cuenta su Presidente , el Senador señor Pérez.

Pienso que Valdivia lo merece. Y señalo, muy en particular, "Valdivia lo merece", porque son básicamente sus habitantes los que han luchado con denuedo por la medida que nos ocupa.

--(Aplausos en tribunas).

Y lo digo con autoridad, porque, aun cuando represento a una Región del norte ¿específicamente, la de Atacama-, me unen con Valdivia lazos personales y familiares desde hace muchos años y conozco con exactitud la naturaleza de los valdivianos. Sé perfectamente lo que piensan; las diferencias que sienten en el alma con respecto a Osorno; los sufrimientos que padecieron cuando, sin consultar a nadie, la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa (CONARA) -entidad creada por el Régimen militar- tomó la determinación de que quedaran en la Región de Los Lagos.

Todos sabíamos, de alguna manera, que Puerto Montt iba a ser su capital, no sólo por méritos propios -que, por cierto, los tiene-, sino, fundamentalmente, porque en el Régimen militar no existía una buena opinión de Valdivia, en particular por el hecho de ser una ciudad que siempre estuvo vinculada a los partidos de izquierda. En consecuencia, se podría decir que fue castigada por ese Gobierno, donde existía una opinión generalizada en cuanto a que debía quedar sometida a la lógica de la regionalización impuesta por CONARA en su tiempo.

¿Y por qué Valdivia posee singularidades? Desde luego, porque fue la puerta de entrada, en el siglo XIX, de la mayor inmigración europea que ha vivido nuestro país. No fue en Osorno ni en Puerto Montt, sino básicamente en Valdivia donde se materializó la llegada de los primeros alemanes que poblaron gran parte de la hoy llamada "Región de Los Lagos".

Segundo, porque es, seguramente, nuestra única ciudad fluvial -es mucho mayor que Cauquenes, por cierto, y no es comparable con ninguna otra-, ya que allí existe uno de los ríos más caudalosos y bellos de Chile.

Tercero, porque fue la región meridional de nuestro territorio, juntamente con Magallanes, que, felizmente, tuvo un proceso de industrialización bastante acelerado desde la década del 50. Valdivia fue, al sur de Concepción, la ciudad más industrializada de Chile.

Además, contaba con dos universidades, a falta de una.

En ella se realizaron las primeras construcciones de barcos de gran cabotaje.

Y no una, sino cuatro fábricas de calzado operaron hasta el terremoto de 1960, aparte todas las industrias relacionadas con la elaboración del producto. De modo que esta zona, junto con Peñaflor, fue donde más creativamente se desarrolló tal actividad.

No solamente eso: fue también la cuna de la industria forestal y el lugar de las primeras manifestaciones de su desarrollo y de la aplicación de la madera.

Por tales motivos, Valdivia no es comparable con Osorno. Y ni siquiera lo es con Puerto Montt. En consecuencia, me parece absolutamente justificable, por razones históricas, propias de la nueva realidad, que se convierta en la capital de una nueva Región. De eso no tengo la menor duda, como lo manifesté en la Comisión de Gobierno.

¿Cuáles son nuestras dudas, francamente? Primero, en dicho órgano técnico se presentaron dos o tres indicaciones del Ejecutivo , pues éste es el único que tiene potestad de formularlas. En otros términos, el Congreso -el Senado, concretamente, y desde luego la Comisión- carece de facultades para modificar alguna de las cuestiones planteadas. En eso hay que ser extraordinariamente honesto y decir siempre la verdad: nosotros no podemos hacerlo.

Y cuando se señala a la gente de Paillaco que presentaremos una indicación para que esa comuna quede en Valdivia, le estamos mintiendo. Y yo, por lo menos, no acostumbro a mentir.

Otros aseveran que Osorno debe permanecer en la Región de Los Lagos, en circunstancias de que la única que puede incidir en ello es la Presidenta de la República , conforme a las atribuciones exclusivas que le concede la Constitución.

Nosotros no tenemos la posibilidad de modificar límites, ni la de crear una comuna, una provincia o una Región. En consecuencia, seamos claros con las personas que en este momento se hallan expectantes, esperando que tomemos una resolución adecuada.

Pero existen otras dificultades -digámoslo con claridad-: la Comisión ha recibido de parte de las autoridades comunales de Paillaco el planteamiento de que no quieren pertenecer a la provincia de Ranco, en creación, sino que prefieren permanecer en la de Valdivia. Y lo cierto es que a los señores Alcalde y concejales se les debe explicar lo mismo: ésa no es atribución nuestra, sino que el Ejecutivo debe enviar una indicación, que nosotros votaremos favorable o desfavorablemente.

Segundo, todos hemos recibido presiones, indicaciones, puntos de vista -para ser mucho más suave-, de parte de algunas autoridades comunales. Y me voy a referir a dos de ellas.

Por un lado, la gente de Purranque ha manifestado, con justa razón, que no quiere pertenecer a la Región de Los Ríos. No estoy haciendo referencia a ciudadanos cualesquiera, sino a autoridades que ellos mismos han elegido: Alcalde y concejales.

Y nosotros tenemos la obligación de escuchar a las personas, tal como lo hemos hecho. Para eso estuvimos en Osorno y en Valdivia.

El motivo de dicho anhelo -que estimo obvio- es que de Purranque a Puerto Montt uno demora 45 minutos, y a Valdivia, capital de la Región que se crea, una hora y media. De manera que me parece de sentido común, por cierto, que la gente se sienta más cercana a Puerto Montt que a Valdivia, por razones estrictamente geográficas.

Por otra parte, algunos nos han expresado: "En el área del lago Llanquihue existen cuatro comunas. ¿Cómo va a quedar una de ellas en la Región de Los Ríos y las otras tres en la de Los Lagos? ¿Por qué no permanecen todas en esta última?".

Son razones absolutamente atendibles. ¿Por qué? Porque el lago Llanquihue da lugar a una unidad geográfica, humana, productiva y, en particular, social y cultural, debido a que toda la zona fue poblada por la misma gente de la cual descienden sus actuales habitantes. Puerto Octay se siente mucho más vinculado, por de pronto, con Puerto Varas, y éste con Frutillar. Y, por supuesto, allí existe una cierta comunidad, lo cual es lógico.

Considero absolutamente obvio que la población de esas cuatro comunas decida acerca de la pertenencia. Y según se nos ha informado, desea seguir siendo parte de la Región de Los Lagos.

En consecuencia, se enfrentan no pocas dificultades.

En lo personal, estoy por la creación -al igual que estas bancadas- de la Región de Los Ríos. Sin duda, existen motivaciones históricas, económicas, culturales y de todo tipo para ello, que concurren en mayor medida, en mi opinión -quiero decirlo muy francamente-, que las que justificaron la Región de Arica y Parinacota. Constituye una discusión pasada, pero hice presente mi punto de vista en esa oportunidad.

La cuestión radica en la diversidad. ¿Cómo juntamos los distintos elementos y hacemos posible que presenten un cierto orden? Lamentablemente, no estamos siendo capaces de proporcionarlo. ¿Por qué? Porque estamos creando una Región sobre la base de la "política del salame". Y al Gobierno al que adhiero le he señalado que ése no me parece el mejor camino.

Pienso que ahora, a propósito del establecimiento de las dos últimas Regiones, debiéramos haber aprovechado la ocasión para configurar el mapa político-administrativo, transcurridos tantos años desde que CONARA dio su veredicto y determinó 13 Regiones, 52 provincias y más de 320 comunas. Ya vamos en 345 comunas, luego de ser conformadas veintitantas en el tiempo de la democracia.

Sin embargo, básicamente, la estructura político-administrativa es la misma que heredamos del Régimen militar. Y los Gobiernos de la Concertación no han expuesto una visión de futuro acerca de cómo conciben el país que queremos construir, desde el punto de vista de la descentralización, la regionalización, la mayor autonomía que debe tener cada una de las Regiones.

Aquí se ha prometido que la Región de Los Ríos va a tener una gran autonomía. ¡No, señor! ¡Eso no es posible! ¡No digamos cosas que no son ciertas! ¡Si ha de tenerla, lo mismo debe ocurrir con todas las Regiones! El problema es que la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional no lo dispone así y éstas siguen dependiendo de la Región Metropolitana y, básicamente, del Ejecutivo. Mientras no modifiquemos ese cuerpo legal, todas ellas continuarán supeditadas a lo que les caiga del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y a sus escasos recursos propios.

¡No digamos a la Región de Los Ríos que tendrá recursos propios, porque no será así! Y aun cuando los tuviera, todas las empresas valdivianas seguirán tributando a Impuestos Internos en forma centralizada. En otros términos, aquellas que son grandes continuarán cumpliendo esa obligación, en Vitacura o en Providencia, en la ciudad de Santiago. No mintamos a la gente. ¡Eso es así!

Lo mismo ocurre con las empresas mineras de las Regiones del norte y con las que operan en Atacama, la Región que represento. No imponen nada, salvo las patentes mineras. Y ello, después de haberse dado una larga pelea. Pero los impuestos se los lleva el Gobierno central. Es decir, los tributos fundamentales, particularmente en primera categoría, llegan al Poder central, al Ejecutivo.

Por tanto, no afirmemos cosas que no corresponden. ¿Cuáles serán los recursos propios de Valdivia? No excederán de los que recibe actualmente esa provincia.

Mientras no modifiquemos la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional, repito, no se contará con mayores atribuciones en el nivel local. En consecuencia, si aquí se pronuncia tanto discurso favorable a una mayor autonomía, invito a que, de una vez por todas, nos pronunciemos por un Gobierno de Regiones autónomas...

--(Aplausos en tribunas).

...y no se mantenga un remedo de ellas.

Las trece Regiones actuales -catorce con Arica y Parinacota y quince con la que nos ocupa ahora- continuarán siendo dependientes del Gobierno central.

Por lo tanto, vayamos a una modificación sustantiva de la Constitución y no a hablar de un país federal, porque normalmente, cuando ello ocurre, algunas personas se ponen muy inquietas.

Yo no tengo miedo a ese debate. Lo cierto es que, a principios de la República o cuando nació la Patria, la gran discusión de los primeros patriotas fue si Chile debía ser o no ser un Estado federal. Y hubo graves discrepancias entre Concepción y Santiago, y entre Santiago y La Serena, con guerras civiles entremedio. La batalla de Lircay se debió a que algunos querían un Estado federal, y otros, uno centralizado. Ganó esta última opción. Después de casi dos siglos, tenemos un país centralizado. Y ello fue producto de una guerra interna.

Ahora, luego de toda la experiencia que hemos tenido, lo que corresponde no es hacer otra guerra, por supuesto -¡eso sería absurdo!-, sino, dada la unanimidad que advierto en el Senado, donde se encuentran los representantes de la Patria, otorgar la máxima autonomía a las Regiones, sea la de Los Ríos o cualquier otra.

Por lo tanto, señor Presidente , quiero invitar a los Parlamentarios tanto de Oposición como de Gobierno a que, junto con las autoridades del Ejecutivo , determinemos las modificaciones que se deben introducir en cuanto a la conformación de la Región de Los Ríos: si debe estar constituida por la provincia de Valdivia y la nueva de Ranco, y además por la de Osorno.

Ese último punto hemos de analizarlo en su oportunidad, por cuanto sé que mucha gente de Osorno no quiere nada con la de Valdivia. Y con justa razón, pues han venido peleándose desde hace mucho tiempo, casi un siglo. De modo que a lo mejor tienen toda la razón del mundo para no desear tal relación.

Por su parte, los valdivianos -digámoslo francamente- tampoco quieren mucho a los osorninos. Quizás aprecien un poco más a los habitantes de La Unión, porque se encuentran más cercanos. Pero no existe una empatía histórica entre aquéllos. Sé que desde antaño ha habido disputas entre Valdivia y Osorno.

Sin embargo, si logramos que Osorno y Valdivia integren la Región de Los Ríos y que esas dos grandes provincias efectivamente formen parte de un solo y común objetivo como Región, sería estupendo, fantástico. Vamos a apoyarlo.

Pero, independiente de aquello -hablemos en serio-, si deseamos autonomías reales en nuestro país, modifiquemos la Carta Fundamental y la Ley Orgánica Constitucional pertinente, a fin de que nuestras Regiones, aun cuando no sean como los Estados federales que existen en Francia, Estados Unidos, Brasil o Argentina, cuenten con verdadera autonomía. De otra manera, no sigamos construyendo castillos en el aire, porque eso es engañar a la gente.

--(Aplausos en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Escalona.

El señor ESCALONA.-

Señor Presidente , en primer término, debo señalar que respaldo el proyecto. Y no se trata de un respaldo surgido sólo en esta sesión, en el clima de unanimidad que se ha ido generando a lo largo del debate. Así lo anuncié públicamente en el curso de la última campaña legislativa, siendo candidato, en la circunscripción senatorial correspondiente a la Décima Región Sur, donde la opinión pública de la ciudad de Puerto Montt no era partidaria, al menos en ese instante, de esta nueva Región.

Por lo tanto, con la autoridad moral que me da el haber concurrido a apoyar esta iniciativa y el haberme sumado a la creación de la Región de Los Ríos, incluso con los riesgos electorales consiguientes, que, en el contexto de una estrecha contienda como la que hubo en la circunscripción que hoy tengo la honra de representar en esta Corporación, cualquier candidato no se hallaba dispuesto a asumir.

Señor Presidente , soy de las personas que se han jugado por la nueva Región de Los Ríos. Y quiero personificar el esfuerzo de muchos de los que han contribuido a su creación en la figura del ex Senador señor Gabriel Valdés. Creo que a él le cupo una participación muy importante, ya que, como Presidente de la Cámara Alta , en la nueva situación política abierta en los años noventa, se abocó a la tarea de sensibilizar a la ciudadanía y de convencerla con los mismos argumentos entregados ahora, con bastante extensión, por parte de los colegas que han hecho uso de la palabra, y con enorme lucidez y brillantez, por el Senador señor Núñez , quien a través de su exposición demostró que por algo ha sido Presidente del Partido Socialista en reiteradas ocasiones.

El señor PROKURICA.-

¡Ha dejado la vara muy alta...!

El señor ESCALONA.-

Efectivamente. Siempre ha dejado la vara muy alta.

--(Aplausos en tribunas).

Por eso, considero que no es del caso reiterar los argumentos en el sentido de que se justifica -tanto histórica cuanto económica, cultural y socialmente- la Región de Los Ríos. Y en esta instancia, en la que se discute la idea de legislar, podemos manifestar, con suma tranquilidad y nitidez, que concurriremos con nuestros votos a su aprobación.

No obstante, como es lógico, queda algo que estimamos necesario evaluar y a lo cual también se refirió el Senador señor Núñez en su intervención: la indicación del Ejecutivo para modificar la conformación de la nueva Región.

El proyecto que nos ocupa crea la Región de Los Ríos sobre la base de la provincia de Valdivia y de la nueva de Ranco; pero la indicación aludida altera esa composición al incluir también la de Osorno.

Yo desearía solicitar del Gobierno un estudio más detenido del caso, por las razones que expuso el Senador señor Núñez. La vida económica de algunas comunas que pasarían a formar parte de la nueva Región se encuentra vinculada a la provincia de Llanquihue, y en particular a la capital de la Región de Los Lagos: Puerto Montt. Ellas son las ubicadas en la cuenca del lago Llanquihue, sobre todo Puerto Octay.

Allí está la Asociación de Municipalidades, presidida por el Alcalde de Frutillar , señor Ramón Espinoza , la cual desarrolla una actividad muy intensa y donde hay pluralismo y diversidad política, a pesar de estar integrada por alcaldes del oficialismo y de la Oposición. Su presidencia es rotativa y los incluye a todos. Y existe un plan de desarrollo estratégico para la cuenca del lago Llanquihue.

Una situación similar se presenta en la comuna de Purranque. Allí, algunas cosas tan simples como ciertas actividades cotidianas o de fines de semana, las entretenciones y la vida cultural se ejecutan en Puerto Montt. Es muy difícil que sus habitantes vayan a efectuarlas a Valdivia, ciudad a la que ven como una localidad lejana, y no cercana como aquélla.

Entiendo que razones de tipo económico y cultural e históricas -como las citadas por el Senador señor Núñez - aconsejarían un estudio más concienzudo. No estoy diciendo que el Ejecutivo no lo haya hecho, pero siempre se puede profundizar en el análisis de la situación de las diferentes Regiones. Y éste es el caso.

A mi juicio, dentro de las razones que uno puede encontrar, la verdad es que la unidad histórica, económica y cultural que tiene una identidad que permite emerger a la Región de Los Ríos con todos los atributos para ello es la composición consignada en el proyecto original enviado por el Presidente Ricardo Lagos.

Señor Presidente, entiendo que nos daremos el tiempo necesario para efectuar a la ciudadanía consultas que nos permitan arribar a una conclusión con el mayor grado de acuerdo.

En realidad, ésta es una situación difícil para nosotros como legisladores. Se trata de comunidades de una larguísima historia; de provincias con centenares de años, que preceden a nuestra propia acción legislativa y que, con el esfuerzo de sus familias, abrieron paso, en condiciones muy complejas y difíciles, a la existencia del país.

No es una decisión fácil decir "Esta Región debe tener tal frontera y no esa otra" o "Esta provincia debe tener equis conformación y no aquélla".

En consecuencia, será un esfuerzo singular el que estamos llamados a realizar en el curso de las próximas semanas, de manera de no incurrir en alguna decisión arbitraria que pueda lesionar la actual configuración patrimonial -tanto desde el punto de vista histórico como cultural de las comunidades que residen en la actual Región de Los Lagos-, la cual se verá necesariamente alterada por las determinaciones que tomaremos en el Senado de la República.

Por lo tanto, deberá ser un raciocinio llevado a cabo con altura de miras, con la serenidad y la libertad de espíritu que requiere una decisión que, más allá de nosotros, para la gente afectada será trascendental. La creación de la nueva Región ha de modificar las condiciones de vida de conglomerados humanos y de muchas familias. Por ello, estamos obligados a adoptar una decisión con la tranquilidad que se necesita, a fin de no incurrir en eventuales lesiones o errores que involuntariamente pudieran ocasionarse a las comunas o localidades cuya suerte ahora pende de una decisión tan relevante de esta Alta Corporación.

Sin embargo, no quisiera que de mi reflexión quedase alguna duda en cuanto a que, independientemente de ciertas circunstancias y más allá incluso de las contingencias del momento a las que aludí en la primera parte de mi intervención, cuando el año pasado, en el curso de la última campaña electoral, nosotros concurrimos con nuestros votos favorables a la creación de la nueva Región de Los Ríos, lo que obedeció al hecho de estar convencidos de la existencia de razones históricas, culturales, económicas y sociales que así lo ameritan.

Por consiguiente, damos nuestro respaldo al proyecto.

--(Aplausos en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.

La señora ALVEAR.-

Señor Presidente, quiero partir expresando mi total acuerdo con la creación de esta nueva Región.

--(Aplausos en tribunas).

Y este apoyo obedece a que el espíritu y el deseo de regionalización y de descentralización de nuestro país pasen por iniciativas como ésta.

Como aquí se ha expresado, la nueva Región cuenta con los recursos necesarios para constituirse en un verdadero polo de desarrollo. En efecto, en ella hay desde una industria naviera; centros de investigación especializados; universidades que hace tiempo vienen desarrollando tareas en todos los ámbitos, desde la cultura a la investigación científica; estudios realizados respecto de la propia Región, hasta productos exportables tan importantes como los que se fabrican en sus astilleros.

Y una de las mayores gratificaciones que tuve en una de las tantas ocasiones en que he estado en Valdivia fue cuando, como Canciller, observé cómo se estudiaba la concreción de acuerdos de libre comercio. En ese entonces, eran temas muy debatibles. Incluso en la propia Región había voces desfavorables a tal decisión.

Me llenó de satisfacción la visita que hice a un astillero valdiviano, donde no sólo me manifestaron su total apoyo a que Chile avanzara más allá de la suscripción de un acuerdo con la Unión Europea, sino que también firmase uno con los países de la EFTA (Asociación Europea de Libre Comercio), que son los más desarrollados y no pertenecen a la Unión Europea. Y me lo decían, porque uno de los objetivos en que ellos pensaban era, precisamente, exportar barcos a naciones tan desarrolladas como Noruega.

Digo esto, señor Presidente , porque nos encontramos ante una Región con voluntad y mirada de futuro. Y ésta es viable cuando existe, en primer lugar, la decisión política expresada por dos Gobiernos de enviar esta iniciativa legal al Congreso. Además, se encuentra fortalecida con el trabajo realizado por los sectores público y privado, incluidos los ámbitos de las universidades y del conocimiento.

Todos sabemos que el desarrollo futuro de las Región y de nuestro país dependerá fundamentalmente de la mirada de futuro que tengamos en materia de innovación, emprendimiento, ciencia y tecnología. Y en la Región que se crea tenemos oportunidades inmejorables para llevar adelante tales tareas.

Señor Presidente , aparte todas esas fortalezas, considero relevante destacar que en cada visita que he realizado a la zona me he encontrado con una ciudadanía activa, que anhela ser Región y que ha hecho de tal objetivo su primera prioridad. En cada ocasión en que me he encontrado con valdivianos -y también con osorninos, quiero decirlo, porque he estado conversando con muchos de ellos-, me he dado cuenta de que todos ven en esta iniciativa una posibilidad enorme, no sólo para fortalecer la regionalización, sino también para dar, verdaderamente, un salto al desarrollo. Y resulta fundamental esa mirada de futuro, que debe enfocarse en las potencialidades de cada zona, en la constitución de clusters, y en las nuevas fortalezas que puedan tener, para lograr que los frutos del desarrollo a que aspiramos lleguen alguna vez a Chile y alcancen a todos.

Señor Presidente , por la decisión política que se advierte, por las condiciones de la Región y por la enorme voluntad mostrada -quiero reconocer aquí que, en verdad, me impresiona y emociona-, participo activamente de la decisión de crear esta nueva Región, porque estoy segura de que constituirá claramente un polo de desarrollo que muchas otras áreas del territorio estarán en condiciones de concretar.

Por ello, señor Presidente , apoyo entusiastamente la creación de esta Región y voto que sí a la iniciativa del Ejecutivo.

--(Aplausos en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.

El señor ORPIS.-

Señor Presidente , Honorable Senado, al iniciar mis palabras -y al igual que lo hice respecto de la creación de la Región de Arica y Parinacota-, quiero ser categórico en cuanto a que voy a apoyar esta iniciativa que da origen a la Región de Los Ríos.

--(Aplausos en tribunas).

Sin embargo, en esta oportunidad, deseo llamar la atención acerca del hecho de que, después de treinta años, se abre la posibilidad de discutir la formación de nuevas Regiones. Y, en verdad, pienso que asistimos a un momento histórico tremendamente importante en lo referente a la división política y administrativa del Estado y a su administración interior.

Asimismo, deseo profundizar un tema que abordó el Honorable señor Núñez. Porque, desde mi punto de vista, en el Chile del último tiempo, tal vez en las pasadas décadas, los diversos Gobiernos no han adoptado medidas para descentralizar el país. Todas ellas apuntan más bien a cómo decisiones del nivel central se pueden aplicar en el ámbito regional a través de autoridades que operan de manera desconcentrada. Pero la desconcentración es un concepto distinto de la descentralización. Ésta, en esencia y por definición, significa mayores grados de autonomía para que las propias Regiones definan sus prioridades en los distintos ámbitos. Hoy en día, si uno analiza toda la estructura interior del Estado y de los gobiernos regionales, advertirá que más bien responde a la lógica de un poder central desconcentrado, pero no regionalizado y descentralizado. Si a nivel regional y nacional -en esto quiero ser sumamente categórico- no se rompe la lógica de la desconcentración, será muy difícil avanzar decididamente en la descentralización. Y basta con analizar las competencias de intendentes y gobernadores, del gobierno regional, de los secretarios regionales ministeriales y de los jefes de servicio.

Ésas son las autoridades a nivel regional. Y vemos en cada una de ellas una dependencia muy directa del gobierno central, es decir, de un Estado desconcentrado, pero no descentralizado.

Señor Presidente -y quiero ser muy breve-, creo que aquí, en este minuto, tenemos una gran responsabilidad. Desde mi punto de vista, en la creación de estas dos nuevas Regiones, Chile va a perder una oportunidad histórica si no avanzamos en la descentralización y dejamos atrás la desconcentración.

Me parece que ése es el gran desafío que enfrentamos hoy día al establecer las dos nuevas Regiones: Arica y Parinacota y de Los Ríos. Pienso que sería una enorme frustración en este proceso si no somos capaces, a partir de estas dos nuevas Regiones, de hacer modificaciones -porque advierto que existe un gran acuerdo político en esta materia- de fondo, para que efectivamente descentralicemos el país, no solamente respecto de estas dos Regiones, sino en cuanto al sistema general.

He hecho un profundo análisis acerca de las distintas competencias que hoy tenemos y de la estructura de la Administración interior del Estado. Y, tal como lo señalo, creo que las grandes enmiendas administrativas en el plano regional han de concentrarse en torno a quién debería encabezar el gobierno regional y cuál es verdaderamente el gabinete regional. Porque hoy todos esos cargos no tienen un origen de carácter regional y dependen muy directamente del nivel central. Ello, sin perjuicio de perfeccionar la normativa respecto de esa materia.

Por eso, al terminar estas palabras, quiero decir que no sólo tenemos una gran responsabilidad con la dos Regiones que estamos creando, sino también con el proceso de descentralización del país. Y deseo reafirmar el concepto, de manera categórica, de que el gobierno regional en la actualidad es un órgano desconcentrado, pero no descentralizado, que ejerciendo su autonomía fija las prioridades de la Región.

Y quiero ser concluyente en el sentido de que lo que he planteado en ningún caso significa vulnerar lo que es un Estado unitario. Éste perfectamente puede funcionar con un Estado desconcentrado, pero paralela y adicionalmente también con uno descentralizado. Y creo que en esos conceptos, desgraciadamente, no se ha avanzado.

¿Qué hemos recibido aquí? Dos Regiones exactamente iguales a las que existían. Intentamos realizar un proceso con Arica y Parinacota, que debería replicarse también en el caso de Valdivia y de Los Ríos. Pero estas reflexiones deberían servir no sólo para dejarlas como un buen discurso en el Senado, sino para plasmarlas en forma categórica respecto de las dos Regiones que vienen por delante, a fin de que efectivamente podamos decir que aquí no estamos continuando con un Estado desconcentrado, sino que hemos avanzado en la creación de dos Regiones y, por sobre todas las cosas, en la descentralización del país, que es el tema de fondo que deberíamos discutir con motivo de esta materia.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.

El señor KUSCHEL.-

Señor Presidente , en esta oportunidad estamos viendo el proyecto que aprobó la Cámara de Diputados, que crea la Decimocuarta Región de Los Ríos, conformada por las provincias de Valdivia y Ranco.

Con motivo de la discusión del proyecto que nos ocupa, la Comisión del Senado fue a Osorno y a Valdivia. Y de 23 ó 24 opiniones que recogió en Osorno, prácticamente todas eran contrarias a la división regional. Y, en caso de que se produjera esta última, los distintos personeros se mostraron partidarios de que dicha ciudad dependiera de Puerto Montt.

En cuanto a las personas escuchadas en Valdivia, que fueron cerca de 20, por supuesto, se pronunciaron favorablemente respecto a la creación de la Región. No hubo mayores discusiones ni planteamientos.

Después de oír estos discursos, me queda la sensación de que basta con crear Regiones para que nuestro país se desarrolle. Pienso en Futaleufú, Chaitén , que ni siquiera poseen caminos y que, no obstante tener secretarías regionales ministeriales, servicios públicos, podrían progresar. Pero eso no es así.

Aquí se está diseñando equivocadamente el mapa de nuestras Regiones. En nada va a cambiar creándose una Región más. Me parece que ésta es una medida centralista, por cuanto vamos a tener a Santiago frente a más Regiones, más pequeñas, más débiles.

Por otra parte, desde un punto de vista económico, no observo estudio alguno sobre el particular. Ninguna Comisión ha visto un análisis serio y actualizado. Así que, como no hay nada, se puede decir cualquier cosa.

Hoy, nuestra Región de Los Lagos representa algo más de 7 por ciento del producto interno bruto del país, que es más o menos el equivalente a su población: un millón cien mil habitantes (a nivel nacional son 16 millones).

La provincia de Valdivia en la actualidad representa el uno por ciento del PIB (a no ser que haya otros datos, aunque no veo que exista un análisis al respecto); la de Osorno, otro uno por cierto; y las restantes provincias -Llanquihue, Chiloé y Palena-, el 5,5 por ciento.

Quiero decir a la Sala que en un tiempo más, tal vez la sola provincia de Chiloé tendrá más peso económico -quizás ya lo tiene- que las provincias de Osorno y de Valdivia, sin necesidad de constituirse en Región, gracias a la actividad salmonera de este momento, que en parte puede ser torpedeada -como hemos visto- por los ecologistas.

Por lo tanto, las consideraciones que tenemos a la vista son insuficientes, equivocadas. Y tampoco comparto la idea de que mientras no exista una política de regionalización debemos seguir creando Regiones. Eso me parece absurdo.

--(Manifestaciones en tribunas).

Por lo mismo, pienso que lo que debemos hacer -tal como dije la vez anterior con motivo de la otra discusión- es reducir el número de Regiones, el número de provincias y, tal vez, repensar el de las comunas.

Cuando se crearon las trece Regiones, había 25 provincias; hoy contamos con 52 provincias y hemos avanzado a 345 comunas. A mi juicio, es demasiada burocracia.

Por eso, cada vez que alguien plantea, ingenuamente por supuesto, reducir los impuestos, no hay espacio para ello, porque estamos creando andamiajes administrativos que no tienen impacto en el crecimiento económico y la solución real de los problemas de las personas.

Por las razones expuestas, voto que no.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

¡Ruego mantener silencio a los asistentes a las tribunas!

Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.

El señor GAZMURI.-

Señor Presidente, como dijo un ex candidato presidencial, con estas dos votaciones, me he visto enfrentado a una contradicción vital.

En verdad, se me presenta un desacuerdo muy sustancial con el camino que ha tomado el debate sobre la regionalización en el país, ya que tengo la convicción de que estamos empezando la discusión, que estimo indispensable, al revés. Nos encontramos discutiendo el ordenamiento territorial de las Regiones, que heredamos del tiempo de la dictadura, antes de efectuar lo que considero fundamental, esto es, un balance del proceso de descentralización, ver qué hemos conseguido y cuáles son sus principales falencias. Y en función de eso y de cierto debate general -que ya podemos realizar después de tantos años-, determinar cuáles son los criterios para establecer las Regiones en Chile.

Sin embargo, se nos pone en un camino distinto, que es discutir primero la creación de dos Regiones -que se dice, además, que son las únicas, cuestión que nadie puede afirmar, porque en razón de qué tendrán ese carácter- y después se nos señala que debemos ver los otros temas.

Tengo un gran respeto particularmente por la actual Región de Los Lagos -y, obviamente, por todo el país-; la conozco bien. Entiendo perfectamente las razones que llevan a los habitantes de la provincia de Valdivia a aspirar a una mayor autonomía y la frustración que significó la creación inconsulta de la Región de Los Lagos. Por tanto, valoro el hecho democrático de que ahí se haya producido -y lo dijo bien el Senador señor Frei - un movimiento de opinión fuerte, sostenido -lo cual no es obra de un día-, por lograr mayores niveles de autonomía regional.

¡Yo aprecio eso porque valoro la democracia!

Por consiguiente, aquello me induce a votar a favor del proyecto en análisis, y no en contra, como sería mi convicción en función del asunto general...

--(Aplausos en tribunas).

Pero, al mismo tiempo, deseo pedir al Ejecutivo y al Senado que avancemos en los otros temas, porque creo imprescindible hacerlo. A raíz de la división territorial de la nueva Región vamos a entrar en una discusión bien compleja y que se elude en este debate: la incorporación de Osorno.

¿Habrá que hacer plebiscito en esa ciudad? Pienso que sería razonable. Ahora, si es en Osorno, ¿por qué no en Chillán? Lo digo por cuanto los chillanejos -yo estuve ahí el otro día, y tengo antecedentes que me vinculan a esta ciudad- nunca en la historia han sido penquistas, ¡nunca! Por lo tanto, si Chillán quiere ser Región, desde el punto de vista histórico no habría ninguna razón para decir Valdivia "sí", Chillán "no".

Incluso, con respecto a mi Región: ¿por qué no Curicó? ¿Es bueno establecer una región con 100 mil o 200 mil habitantes, con capacidades productivas estrechas frente al "monstruo" de Santiago? ¿Descentralizar significa formar regiones pequeñas, o habrá que buscar fórmulas intermedias?

Afirma bien el Senador señor Frei al argumentar que Valdivia tiene un gran potencial científico, tecnológico, industrial y naviero. ¿No estará eso en combinación muy fuerte con todo el desarrollo acuícola, pesquero y naviero de Puerto Montt y Chiloé? ¿O van a construir lanchas para los lagos y para el turismo?

Ésos son lo temas que debemos abordar y que no están presentes en esta discusión.

En todo el mundo, la descentralización comienza como un fenómeno esencialmente político, después surgen las competencias y los asuntos administrativos.

¿Qué autoridad eligen las Regiones? Ninguna, ¡ninguna! Los consejeros regionales son escogidos de manera indirecta. Los únicos organismos existentes a nivel de gobierno regional son el CORE, el FNDR y su estructura administrativa. Por eso, me da risa cuando se dice que se reunirá el gabinete regional, por cuanto todo depende de Santiago. ¡Y ahí se "sacan la foto"!

Ahora bien, cuando se junta el CORE en mi Región importa mucho, ya que distribuye 50 millones de dólares. Vale decir, los consejeros regionales tienen más atribuciones presupuestarias que nosotros: aprueban proyectos, no partidas.

Se hizo una encuesta en la Región del Maule sobre cuántos conocen a los consejeros regionales: el 2 por ciento. Sin embargo, son autoridades fuertes.

La descentralización política, que significa elección universal y directa de los CORE por provincia, y la generación de autoridades políticas tienen gran resistencia en el Parlamento, porque no queremos competencia, toda vez que un consejero regional en Talca tendría 20 mil electores. Y eso hay que decirlo porque no se menciona.

Considero que nuestro país necesita más democracia, más descentralización.

En cuanto a las competencias de las Regiones, ¿qué asuntos deberían resolver ellas? No podrían solucionar la red troncal de caminos, pero sí lo concerniente a calles secundarias. Sin embargo, esto dice relación a un presupuesto regional y no a un asunto que deba discutirse aquí. Por eso, creo que convendría llevar a cabo un debate serio en materia de distribución de competencias.

Eso es en el aspecto institucional.

En lo que atañe a la revisión de procedimientos, me sucedió algo que yo no podía creer. Me enteré el otro día, a través de un llamado que me hicieron de la Región -porque los Parlamentarios, además, debemos cumplir otro tipo de funciones-, de que el FNDR había aprobado un proyecto que otorgaba un aporte al teatro regional. Ése fue un debate que tomó tres o cuatro meses en la Región y al final se resolvió que era razonable entregar una contribución a esa entidad.

El FNDR se halla establecido por ley. En su oportunidad aprobamos una glosa relacionada con dicho Fondo permitiendo que el 2 por ciento pudiera ser destinado a la cultura.

Ahora bien, a pesar de que dicho proyecto había sido aprobado por el CORE, se me dijo que el cheque debía ser firmado por el Ministro de Hacienda para que se cursara el pago correspondiente y, además, que requería una "mosca" de la Subsecretaria.

Yo me pregunto en qué mundo vivimos. Se trata de una partida que el Presupuesto nacional aprobó como regional, que la resuelve el CORE -entidad que tiene una estructura administrativa- a propuesta del intendente, y el cheque debe ir a la firma del Ministro de Hacienda. Por supuesto, éste se demoró quince días, ya que debía preparar la Cuenta Pública de la Nación.

En esto yo apunto a lo pequeño, porque lo pequeño significa un mes más...

El señor PROKURICA.-

¿No se pudo cambiar el cheque?

El señor PÉREZ VARELA.-

¡Llevan dieciséis años gobernando...!

El señor LARRAÍN.-

¡Tienen todo el poder y se quejan...!

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor Senador.

El señor GAZMURI.-

Termino de inmediato, señor Presidente.

Yo lo que deseo es conminarlos a todos, Gobierno y Parlamento, para que, a raíz del debate que se ha originado por la creación de las dos Regiones, el cual me parece que ha sido bueno ¿a objeto de concretar la de Los Ríos debemos llevar a cabo la difícil discusión de su composición territorial definitiva, lo que demorará un poco-, aprovechemos el tiempo para ver cómo avanzamos en algunos aspectos sustantivos. Porque, de lo contrario, por la vía de crear nuevas Regiones no vamos a descentralizar efectivamente el país.

Voto que sí.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Continúa la votación por orden alfabético.

El señor GÓMEZ.-

Señor Presidente, doy excusas por referirme al tema que nos ocupa en la votación, pues, lamentablemente, no dispuse de tiempo para hacerlo anteriormente.

Deseo señalar que, en lo que atañe a la regionalización y la instalación de distintas autoridades, nunca ha sido pacífica la discusión. Así lo apreciamos cuando el Senado se pronunció frente a la creación de la Región de Arica y Parinacota. Y hoy día ocurre lo mismo.

Nosotros, el Partido Radical, somos profundamente regionalistas, y creemos que una de las fórmulas para lograr salir adelante en términos del desarrollo de las Regiones es estableciendo criterios claros en cuanto a la toma de decisiones teniendo presente la distancia y la población. Pero creo que, más importante aun que la elección de los propios intendentes y consejeros regionales, como se ha señalado en algunas oportunidades, es la asignación de recursos para las Regiones y la autonomía que deben tener éstas para desarrollarse y llevar a cabo sus propios proyectos.

En Santiago y Valparaíso -en la Capital fundamentalmente- se analizan las Regiones conforme a criterios bastantes preestablecidos. Sin embargo, hay otras, como la Segunda, que cuentan con distancias enormes entre ellas y que a lo mejor su población, desde el punto de vista de una concepción normal, no da para conformar una Región. Sin embargo, existen formas de desarrollo que, según nuestra perspectiva, necesitarían tal vez el establecimiento de criterios y autoridades regionales que tengan la posibilidad de resolver los problemas de la gente en zonas extremadamente distantes.

Me parece que éste es un paso importante. Aquí estamos votando la idea de legislar. Todavía no hemos discutido las indicaciones del Ejecutivo. Pero nosotros, los Senadores radicales, por supuesto, nos pronunciaremos a favor del proyecto, por cuanto nos parece que la regionalización es lo mejor que le puede pasar al país.

Voto que sí.

--(Aplausos en tribunas).

El señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente , el Partido Por la Democracia, al igual como lo hizo en la Cámara con sus 22 Diputados, va a concurrir con los 3 Senadores que lo representamos en este Hemiciclo a la aprobación del proyecto que crea la Región de los Ríos.

--(Aplausos en tribunas).

Sin embargo, quiero plantear algunas ideas que deben ser tomadas en el sentido de su buena intención.

Varios colegas han dejado entrever que está bien descentralizar el país, crear Regiones, pero que lo importante es hacerlo con perspectiva de fortaleza para su desarrollo. Ello, porque en la actualidad, con el sistema vigente, aunque se han dado pasos en función de la regionalización, estamos muy distantes de poder responder a las expectativas de los aproximadamente 10 millones de chilenos que viven en las ya existentes. ¿Y por qué digo 10 millones? Porque, en este minuto, en el 2 por ciento de todo el territorio de este país, en Santiago, se encuentran 5 millones de habitantes, muchos de los cuales llegan precisamente de nuestras Regiones, incluida la de Los Lagos (ojalá ese proceso no siga con la de Los Ríos).

En tal sentido, quiero recordar que nosotros aún "hacemos Región" con los recursos que nos entrega la Capital. Baste señalar, por ejemplo, que el 75 por ciento de las industrias está en la Región Metropolitana; es decir, sólo el 25 por ciento se instala fuera de ella. Eso motiva que incluso el poder profesional se vaya a la metrópoli, donde por el mismo trabajo se paga el doble que en el resto del país.

Por consiguiente, la creación de Regiones tiene que ir acompañada de una resonancia: que el poder metropolitano no sólo entregue autonomía administrativa, sino también recursos.

¿Cómo no va a ser paradójico, señor Presidente , que el 70 por ciento de todos los depósitos bancarios se realice en Santiago? ¿Y ello por qué? Porque las pocas industrias que se van a las Regiones llevan sus contabilidades en esa ciudad. Tanto es así que las gerencias generales de las escasas industrias instaladas en ellas están en la Capital. Y cuando, por ejemplo, la Cruz Roja pide una donación a alguna para el desarrollo de sus actividades, se le contesta que la documentación debe ser remitida a la gerencia general, que funciona en Santiago.

Desde ese punto de vista, por supuesto que con mucho afecto y cariño los tres Senadores del Partido Por la Democracia entregaremos nuestros votos favorables. Pero insisto en que no sólo se debe dar mayor autonomía a las Regiones, sino también más recursos.

Por esa razón, y en el afán de no demorar la alegría que indudablemente veremos en quienes concurrieron al Senado desde Valdivia , desde La Unión, en fin, quiero terminar mi intervención diciendo: ¡Que les vaya muy bien y que la regionalización sea realmente una fuente de desarrollo para la Región de Los Ríos!

Voto que sí.

--(Aplausos en tribunas).

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente , en su oportunidad debatimos este proyecto de ley en la Cámara de Diputados, en la Comisión de Gobierno Interior, dando cuenta de un anhelo profundo tras haberse aprobado la modificación constitucional que permitió terminar con el vocablo "trece" y establecer las condiciones para la creación de nuevas Regiones.

El texto que aprobamos en esa rama del Congreso nos pareció oportuno, necesario. Por tanto, creemos que, en lo fundamental, debiera ser aprobado por el Senado.

En tal sentido, reafirmo que concurriremos con nuestros votos a la creación de la Región de Los Ríos, porque en definitiva constituye, no sólo una aspiración del sur de Chile, sino también un derecho ejercido por los ciudadanos.

--(Aplausos en tribunas).

Esencialmente, cuando uno adquiere derechos, también asume deberes (lo expreso como Senador de la Región del Biobío ). Y esos deberes dicen relación a ser capaces, no únicamente de coincidir en el discurso, sino, además, de perseverar en los hechos; o sea, a tener coherencia entre el decir y el hacer.

Porque, señor Presidente , se trata de una Región que estará sometida a desafíos, no sólo respecto de sus representantes, sino también de sus gobernantes. Y en general, dado que las autoridades serán designadas en Santiago, la contradicción básica se refiere a que todos los ciudadanos que ahora aplauden la aprobación del proyecto se van a encontrar con que, una vez nombradas los gobernantes pertinentes, habrá la posibilidad cierta -no digo que ello vaya a ocurrir- de una Región más centralista que la hoy día existente.

Cuesta mucho dividir el poder. Hay quienes afirman que, generalmente, el poder tiende a perpetuarse y que su entrega significa un gran esfuerzo para cualquier gobernante.

Al respecto, repetiré algo que ya he señalado: en Chile, con la Constitución de 1925 y la de 1980 y sus sucesivas modificaciones, tenemos una monarquía presidencial; es decir, un presidencialismo extremo, que debe variar.

Por lo tanto, invito a los ciudadanos que han apoyado la creación de la Región de los Ríos a que, una vez constituida como tal, se sumen a la lucha por la descentralización, por la regionalización, o sea, por un gobierno regional más participativo, más ciudadano, donde efectivamente se use la normativa sobre gobiernos regionales, que permite, por ejemplo, crear tributos, cosa que los intendentes no hacen, y establecer alianzas entre Regiones, las cuales tampoco existen.

Desde ya, debo señalar que en el período que me corresponde como Senador trataré de conjugar alianzas entre la Región de Los Ríos y la del Biobío. Porque, en definitiva, las Regiones nacen para hacer fuerte un sentimiento de descentralización, de regionalización, que pretende disputar la hegemonía del poder central.

--(Aplausos en tribunas).

Hemos señalado muchas veces nuestro anhelo de detener la expansión infinita de Santiago, de congelar su crecimiento. Anualmente, casi 300 mil ciudadanos son atraídos por la Capital, donde los profesionales (médicos, auditores, tecnólogos) ganan 40 por ciento más que los de Regiones. De manera que existe allí una clara discriminación en los niveles de sueldos. Santiago siempre se lleva a los mejores médicos, a los arquitectos más destacados, en fin, porque paga el doble de las remuneraciones que se ofrecen en Regiones. Y ello, debido a que en esa ciudad hay mayor concentración de poder y, por lo tanto, más expectativas.

Lograr que las Regiones sean fuertes implica sacrificios. Para ello se requieren cambios profundos y -como he dicho- revolucionarios en la institucionalidad administrativa de Chile, lo cual significa desafíos.

Espero que podamos elegir a los intendentes regionales y que la gente de la Región de Los Ríos, así como los Senadores, apoyen tal procedimiento, para que en definitiva se transfiera poder de verdad y no sólo un poder restringido al ámbito administrativo.

Por eso votaré a favor de la iniciativa,¿

--(Aplausos en tribunas).

¿pues confío en que la de Los Ríos será una Región combativa, comprometida con el regionalismo, y estará dispuesta permanentemente a trabajar para procurar que Santiago no sea Chile y que Chile sea todas las Regiones y todos los chilenos.

Voto que sí.

--(Aplausos en tribunas).

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , me encontraba en una de las Subcomisiones que analizan el proyecto de Ley de Presupuestos, así que daré un breve fundamento.

En mi concepto, la regionalización debe avanzar a pasos agigantados, pues por cada uno que se da en ella el centralismo avanza diez.

Ése es un punto no menor.

También deseo expresar mis felicitaciones por la creación de la Región de Los Ríos, porque responde a una unidad territorial, geográfica, cultural y también histórica.

Conozco la cuenca del río Valdivia desde el lago Lácar. La verdad es que ahí existe una vocación de integración con el vecino país centrada en Valdivia y su puerto, como señaló muy bien el Senador señor Allamand. Y lo mismo puede decirse del lago Ranco y del río Bueno.

Creo, pues, que se está configurando lo que sana y justicieramente permite hablar de la Región de Los Ríos.

En materia presupuestaria, debemos considerar que la iniciativa significará la creación, no sólo del gobierno regional en Valdivia, sino también de un gobierno interior, de un servicio electoral, de un ministerio público más fuerte en esa ciudad, de un poder judicial más descentralizado en el nivel regional, de secretarías ministeriales, de direcciones de servicios, etcétera. Todo eso tiene un costo inicial de 3 mil 800 millones de pesos y anual de 3 mil 180 millones.

Entonces, es necesario hacer un llamado para que haya servidores públicos en terreno que saquen adelante la nueva Región.

En el caso de Renovación Nacional, debo destacar la iniciativa, la fuerza y el empuje desplegados por el Senador señor Allamand y el Diputado señor Roberto del Mastro , quien incluso estuvo dispuesto a renunciar a su independencia para lograr la votación en la Cámara Baja. Eso habla muy bien de dichos Parlamentarios.

--(Aplausos en tribunas).

No puedo dejar pasar la oportunidad sin expresar que los gobiernos regionales son hoy una ficción: consejeros no elegidos, dirigidos por un intendente nombrado por la autoridad central, en fin. O sea, carecemos de gobiernos regionales. Debemos, pues, avanzar en forma paralela y con rapidez hacia la elección de los consejeros, pero descentralizadamente al interior de la Región, para no crear centralismos regionales.

En el caso de Osorno, creo que lo mejor es que decidan los propios osorninos. Ellos verán, mediante la fórmula del plebiscito, dónde se quedan.

--(Aplausos en tribunas).

Por último, felicito a la Región que se crea, que posee una larga tradición histórica y cuya capital tiene un significativo nombre, vinculado a Pedro de Valdivia. Y deseo a sus habitantes el mejor de los éxitos.

Voto a favor.

--(Aplausos en tribunas).

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (33 votos contra 1) y se fija el 27 de octubre, a mediodía, como plazo para presentar indicaciones.

Votaron por la afirmativa los señores Allamand, Alvear, Arancibia, Ávila, Chadwick, Coloma, Escalona, Flores, Frei, García, Gazmuri, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín, Letelier, Longueira, Matthei, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.

Votó en contra el señor Kuschel.

--(Aplausos en tribunas).

2.3. Boletín de Indicaciones

Fecha 13 de noviembre, 2006. Indicaciones del Ejecutivo y de Parlamentarios.

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSION GENERAL DEL PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO. BOLETÍN N° 4.049-06

13.11.06

Indicaciones

ARTICULO 1°.-

1.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para sustituir el artículo 1° por el siguiente:

“Artículo 1°.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia, de Ranco y de Osorno.”.

2.- Del Honorable Senador señor Allamand, para reemplazar el artículo 1°, por el siguiente:

“Artículo 1°.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las actuales provincias de Valdivia y Osorno y la provincia de Ranco, que se crea en virtud del artículo siguiente.”.

3.- Del Honorable Senador señor Escalona, para reemplazar la letra “y” que sigue a la denominación “Los Lagos” por una coma (,), e intercalar entre la palabra “Ranco” y la coma (,) que le sigue la expresión “y de Osorno”.

ARTÍCULO 2°.-

4.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para sustituir el artículo 2° por el siguiente:

“Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil y Panguipulli. Su capital es la ciudad de Valdivia.

La provincia de Ranco comprende las comunas de: La Unión, Paillaco, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

La provincia de Osorno comprende las comunas de: Osorno, San Pablo, Puyehue, Río Negro, San Juan de la Costa, Purranque y Puerto Octay. Su capital es la ciudad de Osorno.”.

5.- Del Honorable Senador señor Escalona, para reemplazar el artículo 2° por el siguiente:

“Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil y Panguipulli. Su capital es la ciudad de Valdivia.

La provincia de Ranco comprende las comunas de: La Unión, Paillaco, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

La provincia de Osorno comprende las comunas de: Osorno, San Pablo, Puyehue y San Juan de la Costa. Su capital es la ciudad de Osorno.”.

6.- Del Honorable Senador señor Allamand, para sustituir el artículo 2°, por el siguiente:

“Artículo 2°.- Créase la Provincia de Ranco, cuya capital será la ciudad de La Unión.”.

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ARTÍCULO NUEVO

7.- Del Honorable Senador señor Allamand, para incorporar como artículo 3°, nuevo, el siguiente:

“Artículo 3º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia. Sin embargo, por acuerdo del gobierno regional podrá instalarse o ejercer sus funciones en otra comuna de la provincia y también podrá disponerse que el Intendente Regional ejerza las funciones y atribuciones asignadas al Gobernador Provincial.

La provincia de Ranco, capital La Unión, comprende las comunas de La Unión, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, de la actual provincia de Valdivia.

La provincia de Osorno comprende las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Río Negro, San Juan de la Costa, Purranque y Puerto Octay. Su capital es la ciudad de Osorno.”.

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ARTÍCULO 3°.-

8.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para modificar el numeral 14) propuesto, de la siguiente forma:

a) En la línea correspondiente a “Jefes de Departamento grado 8”, reemplázase el guarismo “2” por “1”.

b) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “8” por “7”.

c) Elimínase íntegramente el acápite referido a “DIRECTIVOS-CARGOS DE CARRERA” y los guarismos “9”, “1” y “1” que lo integran.

d) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 8”, reemplázase el guarismo “4” por “5”.

e) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 9”, reemplázase el guarismo “3” por “4”.

f) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “25” por “27”.

ARTÍCULO 5°.-

9.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como número 2, nuevo, el siguiente:

“2) En el artículo 179, introdúcense las siguientes modificaciones:

a) Reemplázase el párrafo referido al distrito 55º, por el siguiente:

”55º distrito, constituido por las comunas de Osorno, San Juan de la Costa, San Pablo, Puyehue, Río Negro, Purranque y Puerto Octay.”.

b) Reemplázase el párrafo referido al distrito 56º, por el siguiente:

”56º distrito, constituido por las comunas de Fresia, Frutillar, Llanquihue, Puerto Varas y Los Muermos.”.”.

- - -

Número 2)

10.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para suprimir el numeral y sus letras a) y b).

ARTÍCULO 8°.-

Nº 1.-

letra a)

11.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para reemplazar la expresión “Futrono” por “Purranque”.

letra b)

12.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para agregar a continuación del punto aparte (.) que sigue a la palabra “Futrono”, como incisos finales, nuevos, los siguientes:

“Osorno, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de San Juan de la Costa, San Pablo, Osorno y Puyehue.

Río Negro, con un juez, con competencia sobre las comunas de Río Negro, Puerto Octay y Purranque.”.

Nº 2.-

letra a)

13.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para reemplazar la expresión “Río Bueno” por “Purranque”.

letra b)

14.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para agregar a continuación del punto aparte (.) que sigue a las palabras “Río Bueno”, como inciso final, nuevo, el siguiente:

“Osorno, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de San Juan de la Costa, San Pablo, Osorno, Puyehue, Río Negro, Puerto Octay y Purranque.”.

Nº 3.-

15.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para reemplazar la expresión “Lago Ranco” por “Purranque”.

Nº 4.-

16.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para reemplazar en el párrafo sexto del artículo 39 bis propuesto la conjunción “y” final y la coma que le antecede (,) por un punto y coma (;), y el punto final (.) del séptimo párrafo por un punto y coma (;) y agregar los siguientes párrafos finales, nuevos:

“Tres juzgados con asiento en la comuna de Osorno, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Negro, con competencia sobre las comunas de Río Negro y Purranque.”.

- - -

17.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como número 5), nuevo, el siguiente:

“5) En su artículo 55:

a) Reemplázase en la letra n) la frase “las provincias de Valdivia y Osorno, de la Décima Región de los Lagos”, por la siguiente: ”la Décimo Cuarta Región de los Ríos”.

b) Elimínase en la letra o) las expresiones “las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena de”.”.

- - -

ARTÍCULO 9°.-

Nº 1.-

18.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para reemplazar la expresión “Corral” por “Costa”.

Nº 2.-

19.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar en la letra n) propuesta, como párrafo final, nuevo, el siguiente:

“Osorno, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa.”.

ARTÍCULO 10°.-

Nº 2.-

letra a)

20.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para reemplazar la expresión “Lago Ranco” por “Purranque”.

letra b)

21.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para reemplazar en el párrafo quinto de su letra B.- la conjunción “y” final y la coma que le antecede (,) por un punto y coma (;), y el punto final (.) del párrafo sexto por un punto y coma (;) y agregar los siguientes párrafos finales, nuevos:

“Tres juzgados con asiento en la comuna de Osorno, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Negro, con competencia sobre las comunas de Río Negro y Purranque.”.

ARTÍCULO 11°.-

22.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para intercalar entre el nombre “Valdivia” y las palabras “se entenderán” la expresión “o a la provincia de Osorno”.

ARTÍCULO 13°.-

23.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para suprimirlo.

ARTÍCULO 14°.-

24.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para sustituir su texto por el siguiente:

“Artículo.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.”.

25.- Del Honorable Senador señor Allamand, para incorporar como inciso segundo, nuevo, el siguiente:

“Si la publicación fuere posterior al 31 de diciembre de 2006, la presente ley entrará en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, fecha a contar de la cual se nombrará el Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.”.

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26.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como artículo nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X región se entenderá que incluyen a la XIV región de Los Ríos.”.

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27.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como artículo nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.”.

- - -

28.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como artículo nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto Supremo N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59 letra e) y 146 N° 2 y N° 5 la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI regiones”.

- - -

29.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como artículo nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Modifícase la Ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X región” por “XIV y X regiones” y, en artículo 24 letra c), la expresión “X región” por “XIV región”.

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30.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como artículo nuevo, el siguiente:

“Artículo ….-El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.”.

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31.- Del Honorable Senador señor Frei, para incorporar, como artículo nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, se encuentra fijado en el DFL Nº 1 de 2005, del Ministerio del Interior:

1) Para agregar, en el Título Segundo, sobre Administración de la Región, el siguiente Capítulo VI bis nuevo:

“Capítulo VI bis

DEL CONSEJO REGIONAL DE AUDITORIA INTERNA DE GOBIERNO

Artículo 81 bis.- Créase el Consejo Regional de Auditoría Interna de Gobierno, como órgano encargado de asesorar y apoyar al Intendente Regional, en las tareas vinculadas al funcionamiento y fortalecimiento de los sistemas y órganos de control interno de la Administración Pública Regional, el cual deberá velar por el respeto y consolidación de los principios de probidad y transparencia en la gestión de las instituciones sometidas a su control y por la eficiencia en la gestión pública. Se excluyen de su competencia la Contraloría General de la República y las Municipalidades.

En ningún caso el Consejo podrá interferir en las políticas, planes y programas de gobierno e institucionales, ni pronunciarse sobre el mérito de los resultados de los mismos y sus funciones y atribuciones deberá llevarse a efecto de modo que no implique retraso o entorpecimiento de la gestión administrativa de las entidades sometidas a su control.

Artículo 82º bis.- El Consejo Regional de Auditoría Interna de Gobierno estará integrado por el Auditor Regional de Gobierno y por cuatro consejeros nombrados por el Intendente Regional con acuerdo de la mayoría absoluta del Consejo Regional. Sesionará y adoptará sus acuerdos con la mayoría de sus miembros en ejercicio.

Para ser nombrado consejero se deberá estar en posesión de un título profesional otorgado por universidades o institutos profesionales del Estado o reconocidos por éste del área de las ciencias jurídicas, auditoría, administrativas, económicas o contables y se deberá acreditar a lo menos cinco años de experiencia en cargos directivos de la Administración Pública.

El desempeño de las funciones de Consejero será compatible con el ejercicio de cualquier otra función pública.

Artículo 83º bis.- El Intendente Regional designará, de entre sus integrantes, al miembro que presidirá el Consejo. En caso de ausencia o impedimento será subrogado por el Consejero que corresponda de acuerdo con el orden de precedencia que fije la misma autoridad.

Artículo 84º bis.- Corresponderá especialmente al Consejo Regional de Auditoría Interna:

a) Proponer, coordinar e implementar políticas, planes y programas de auditoría interna y efectuar su seguimiento;

b) Verificar, analizar y evaluar los resultados, proyecciones y obstáculos de las auditorías y otras acciones desarrolladas por los órganos regionales de la Administración del Estado, informando al Intendente Regional, cuando correspondiere;

c) Conocer, hacer observaciones y aprobar la formulación de planes y programas institucionales de control interno y de auditoría de los órganos administrativos regionales, velando por su adecuada concordancia;

d) Requerir la ejecución de auditorías de carácter selectivo con el objeto de propender al fortalecimiento de la probidad, el buen uso de los recursos públicos, la corrección de los procedimientos y la prevención de riesgos asociados a la gestión de las entidades sujetas a control. Para estos efectos, el Consejo podrá requerir la contratación de consultorías externas.

e) Proporcionar orientaciones, instrumentos y normas técnicas necesarias para la prevención, desarrollo y mantención del sistema de control interno;

f) Someter a la consideración del Intendente Regional proposiciones tendientes a fortalecer el control interno, la probidad y la transparencia;

g) Evacuar informes en materias de su competencia requeridos por el Intendente Regional, y

h) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Intendente Regional dentro del ámbito de la competencia del Consejo.

Artículo 85º bis.- Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo podrá requerir de las distintas autoridades, jefaturas de servicios y funcionarios públicos en general, la información que estime necesaria, debiendo entregarse ésta de manera oportuna y completa.

Artículo 86º bis.- Todos los informes que se realicen por el Consejo Regional de Autoría Interna serán públicos y podrán ser requeridos a través del Intendente Regional.

Artículo 87° bis.- Corresponderá al Consejo y a los Auditores presentar al Intendente Regional informes escritos respecto a los hechos que hubieren constatado o tengan conocimiento y consideren que constituyen delitos o infracciones, conforme la normativa que rige al sector público y en lo específico, a cada institución.

Artículo 88° bis.- El Consejo Regional de Auditoría Interna establecerá las normas internas de funcionamiento. Será ministro de fe el Auditor Regional.

Artículo 89° bis.- Existirá un Auditor Regional de Gobierno, el cual será un funcionario de la exclusiva confianza del Intendente Regional y dirigirá las acciones necesarias para dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo Regional de Auditoría Interna de Gobierno.

Artículo 90 bis.- Para ser nombrado Auditor Regional, se deberá estar en posesión de un título profesional otorgado por universidades o institutos profesionales del Estado o reconocidos por éste del área de las ciencias jurídicas, auditoría, administrativas, económicas o contables. Asimismo deberá acreditar una experiencia en cargos directivos de la Administración Pública de a lo menos cinco años. El cargo de Auditor Regional, dependerá directa y jerárquicamente del Intendente Regional y dicho empleo estará afecto a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública de la Ley N° 19.882, correspondiendo a dicha autoridad su nombramiento y remoción y la suscripción del respectivo convenio de desempeño.

Artículo 91 bis.- Corresponderá, especialmente al Auditor Regional las siguientes funciones:

a) Ejercer las tareas de Secretaría Técnica,

b) Efectuar tareas de supervisión general, dentro de su ámbito, y de coordinación con los auditores institucionales, adecuándose a las directrices que imparta el Consejo.

El Auditor podrá efectuar labores de supervisión específicas de las auditorías internas de los servicios públicos regionales, sin interferir con ello las tareas propias que correspondan a los auditores institucionales;

c) Dirigir los estudios y hacer proposiciones al Consejo en materias de competencia de éste;

d) Informar al Consejo del resultado de las auditorías, y en especial de situaciones que sean relevantes, que se detecten del ejercicio de sus funciones;

e) Orientar técnicamente las actividades de capacitación en materia de control y auditoría interna de la Administración Regional;

f) Asumir acciones de coordinación, en el ámbito de su competencia, con la Cámara de Diputados, la Contraloría General de la República y otros órganos que de acuerdo a la ley ejercen fiscalización;

g) Ejercer las demás acciones de índole administrativas que sean necesarias para el funcionamiento del Consejo Regional de Auditoría Interna;

h) Requerir al Intendente Regional las contrataciones, destinaciones y cesaciones de servicio del personal de la Secretaría Técnica; e

i) Ejecutar otras tareas que el Consejo le encomiende o delegue, dentro del ámbito de sus atribuciones.

Artículo 92 bis.- Existirá una Secretaría Técnica que será el órgano técnico-administrativo de apoyo al Consejo Regional de Auditoria Interna de Gobierno. Corresponderá al Auditor Regional la dirección exclusiva de esta Secretaría y de su personal.

Sus funciones serán:

a) Realizar las tareas de índole técnica o administrativa que sean necesarias para el funcionamiento del Consejo y para la ejecución de las funciones que corresponden al Auditor Regional.

b) Cumplir las instrucciones que le imparta el Auditor Regional y realizar las tareas específicas y actos que le asigne dentro de sus atribuciones y las que disponga el Consejo a través de aquél; y

c) Ejercer las demás funciones que determine la ley o que dispongan los reglamentos, en conformidad a la normativa legal.

Artículo 93 bis.- Cada servicio público regional contará con un auditor con el objeto de apoyar, coordinar y supervisar las tareas de auditoría y control correspondientes a su sector. Tendrá la obligación de coordinase con el Auditor Regional y de remitir los informes de auditoría que se realicen al interior de la institución. Del mismo modo prestará apoyo en las tareas de control interno de su respectivo Ministerio o Servicio Público, de quién dependerá administrativamente, en forma directa.

Para el efecto de la provisión de estos cargos, se sujetarán a las mismas normas exigidas para el Auditor Regional y para su nombramiento, el Jefe Superior de Servicio deberá consultar la opinión del Intendente Regional.

Artículo 94 bis.- El Gobierno Regional prestará el apoyo administrativo y de servicios necesarios para el desarrollo de las funciones del Consejo Regional de Auditoría y de la Secretaría Técnica.

Para la provisión de todos los cargos de la Secretaría Técnica del Consejo Regional de Auditoría Interna estarán afecto a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública de la Ley N° 19.882, correspondiendo al Intendente Regional el nombramiento, remoción y la suscripción de los respectivos convenios de desempeño a propuesta del Auditor Regional.

El personal del Consejo Regional de Auditoría Interna estará afecto a las normas del Estatuto Administrativo de los Funcionarios Públicos y al sistema de remuneraciones del Decreto Ley N° 249, de 1974 y tendrá derecho a la Asignación de Modernización establecida por la Ley N° 19.553 y a acceder al Programa Especial de Becas Presidente de la República a que se refiere el artículo 27 de la Ley N° 19.595.

Este personal será de exclusiva confianza de la autoridad y deberán guardar reserva de los asuntos en que les corresponda intervenir, siendo de exclusiva responsabilidad del Auditor Regional, informar a las autoridades de las tareas e iniciativas que se desarrollen.

Artículo 95 bis.- El Auditor Regional, previa autorización del Consejo, podrá contratar servicios personales o de empresas auditoras en casos calificados, cumpliéndose las reglas generales que rigen dichas contrataciones y ajustándose al marco presupuestario respectivo.

Artículo 96 bis.- Los consejeros del Consejo Regional de Auditoría Interna, el Auditor Regional y todo el personal que se desempeñe en la Secretaría Técnica deberán hacer una declaración de patrimonio y de intereses de conformidad con la Ley N° 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.”.”.

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32.- Del Honorable Senador señor Frei, para incorporar, como artículo nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- El Gobierno Regional de Los Ríos, tendrá, todas las funciones vinculadas a estudios, planificación, asignación, administración, ejecución, evaluación, control y supervigilancia atingentes al desarrollo regional, actualmente asignadas a los ministerios y servicios públicos, de ejercicio regional, y que sean suprimidas del respectivo ámbito de competencia.”.

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ARTÍCULOS TRANSITORIOS

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33.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como artículo primero transitorio, nuevo, el siguiente:

“Artículo Primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquel con cargo al presupuesto de la nueva Región.”.

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ARTICULO PRIMERO.-

34.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para sustituir la frase “la provincia de Valdivia” por “las provincias de Valdivia y de Osorno”.

35.- Del Honorable Senador señor Allamand, para incorporar como inciso segundo, nuevo, el siguiente:

“Con posterioridad, el Consejo Regional será integrado, además del Intendente, por Consejeros que serán elegidos por los ciudadanos de cada una de las provincias respectivas, simultáneamente con la elección de Alcaldes y Concejales, en votación directa mediante un sistema de representación proporcional en conformidad con la ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.”.

ARTICULO SEXTO.-

36.- Del Honorable Senador señor Allamand, para incorporar como inciso primero, nuevo, el siguiente:

“Las secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que corresponden, deberán instalarse en el plazo máximo de tres meses contados desde la entrada en vigencia de la presente ley.”.

ARTICULO SÉPTIMO.-

37.- Del Honorable Senador señor Allamand, para sustituir el artículo por el siguiente:

“Artículo séptimo.- Si la fecha de publicación de esta ley fuere posterior al 31 de diciembre del 2006, corresponderá a un Delegado presidencial asumir todas las tareas relativas a la instalación del nuevo gobierno regional correspondiente a la Región de Los Ríos y del nuevo gobierno provincial de la provincial del Ranco. Igual responsabilidad deberá asumir en lo que respecta a la instalación de las secretarías regionales ministeriales, direcciones regionales y provinciales y servicios públicos en general. En tal instalación podrá establecerse una localización de las aludidas reparticiones en distintas provincias y comunas, velando por una gestión eficiente y desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional y provincial.

En el desempeño de sus funciones le corresponderá coordinar la acción de todos los ministerios, en especial, el de Interior y la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, y servicios públicos. Del mismo modo, coordinará todas las acciones que sean necesarias con el gobierno regional de Los Lagos para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente ley.

Dicho delegado será asesorado por un “Consejo de Instalación de la Nueva Región” nombrado por la Presidente de la República que incorporará a autoridades regionales y comunales y a personas relevantes del mundo privado, empresarial, gremial, sindical, universitario y, en general, de la sociedad civil. Dicho Consejo contribuirá al eficaz cumplimiento de la tareas asignadas al Delegado presidencial y propondrá el modelo de gestión administrativa y los lineamientos centrales de la estrategia de desarrollo de la nueva región.”.

38.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para introducir las siguientes modificaciones:

a) Intercalar, en la primera oración a continuación del verbo “instalar” la frase “y determinar la localización de las Secretarías Regionales Ministeriales y Direcciones Regionales o Provinciales”; y agregar, a continuación de la expresión “Los Lagos”, la siguiente frase, precedida de una coma (,):”velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional.”.

b) Sustituir, en la segunda oración, la expresión “tercero transitorio” por “cuarto transitorio”.

ARTICULO NOVENO.-

39.- Del Honorable Senador señor Allamand, para incorporar como inciso segundo, nuevo, el siguiente:

“Los secretarios regionales ministeriales podrán, a propuesta del Intendente regional, ejercer las funciones de directores de servicios públicos dependientes o relacionados con el respectivo Ministerio con presencia en la Región. En estos casos, no serán aplicables las normas de incompatibilidad de la ley Nº 18.834.”.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS, NUEVOS

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40.- De Su Excelencia la señora Presidente de la República, para incorporar como artículo transitorio, nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Mientras no se modifique el actual sistema electoral establecido en la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la 16ª circunscripción senatorial estará constituida por la XIV Región de Los Ríos y la 17ª circunscripción senatorial estará constituida por la X Región de Los Lagos.”.

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41.- Del Honorable Senador señor Allamand, para incorporar como artículo transitorio, nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Facúltase al Presidente de la República para transferir, a petición del Gobierno Regional de Los Ríos, los servicios públicos de nivel nacional para que operen en la región en forma autónoma o para que ejerzan sus funciones en forma autónoma.”.

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42.- Del Honorable Senador señor Allamand, para incorporar como artículo transitorio, nuevo, el siguiente:

“Artículo….-Facúltase al Presidente de la República para modificar la naturaleza, funciones y accionar de los organismo regionales y provinciales de la nueva Región de Los Ríos, transfiriendo competencias del nivel central y o de los servicios públicos al gobierno regional.”.

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43.- Del Honorable Senador señor Frei, para incorporar como artículo transitorio, nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de esta ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, cree los cargos de Auditores Regionales y auditores institucionales de servicios regionales, en las plantas de personal de los ministerios, servicios públicos y de los gobiernos regionales. Tratándose de ministerios que cuenten con dos o más subsecretarías, en el respectivo decreto con fuerza de ley, se determinará aquella en la que se creará el cargo de auditor ministerial.

Para este efecto, si resultare necesario se incrementará la dotación máxima del personal de los ministerios, servicios públicos y gobiernos regionales, en el número de cupos que resulten del ejercicio de esta facultad. La nueva dotación resultante constará en decretos exentos del Ministerio de Hacienda, expedidos bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República.

Facúltase al Presidente de la República, dentro del mismo plazo y procedimiento señalado en el inciso primero para que adecue a las normas, los actuales cargos de las plantas de personal de auditores, jefes de departamento de auditoría u otras unidades de auditoría, existentes en los ministerios, servicios y gobiernos regionales, debiendo asignarles la denominación, el grado de la escala de remuneraciones y el nivel jerárquico correspondiente para los efectos de la aplicación de la ley N° 19.882.

Los funcionarios titulares de planta que estén desempeñando actualmente la función de auditor institucional sin que el cargo que ocupan tenga la denominación propia de la función de auditoría, continuarán en aquél cargo de que sean titulares. El jefe superior del servicio, tendrá treinta días, contados desde la publicación de la presente ley para llamar a concurso el cargo de auditor ministerial de acuerdo a lo dispone el sistema de alta dirección pública contenido en la ley Nº 19.882.

Mientras no se concluyan los procesos de designación de los Auditores regionales e institucionales, los auditores en ejercicio a la fecha de publicación de esta ley, mantendrán sus cargos, cualquiera sea su calidad jurídica, de acuerdo con las normas en actual vigencia.”.

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44.- Del Honorable Senador señor Frei, para incorporar como artículo transitorio, nuevo, el siguiente:

“Artículo ….- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministerio del Interior coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales de servicios, que sean necesarias en la Región de Los Ríos.

El Ministerio del Interior deberá considerar en la localización de los respectivos organismos en la Región de Los Ríos, criterios de eficiencia en la gestión, de cercanía a los principales usuarios y de vinculación con las actividades regionales relacionadas con las competencias de dichos organismos, de acuerdo a la realidad geográfica, social, económica, productiva y demográfica de la Región de los Ríos.

La determinación de localización se deberá realizar dentro del plazo de sesenta días a contar de la publicación de la presente ley”.“

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45.- Del Honorable Senador señor Frei, para incorporar como artículo transitorio, nuevo, el siguiente:

“Artículo décimo tercero.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 16 de esta ley, el Presidente de la República, dentro del plazo de un año, mediante uno o más decretos con fuerza de ley dictados a través del Ministerio del Interior y con las firma del Ministro de la cartera respectiva, podrá suprimir, adecuar o modificar las normas contenidas en los cuerpos legales vigentes en lo relativo a sus funciones y atribuciones de clara competencia de las regiones, y podrá efectuar las demás innovaciones necesarias para evitar inconsistencias, duplicidades o contradicciones, entre la nueva normativa norma y las disposiciones contenidas en otros cuerpos legales. En el decreto con fuerza de ley respectivo, el Presidente de la República, determinará la naturaleza jurídica y las funciones y atribuciones que se traspasan a nivel regional, estableciendo, si fuere necesario, en el servicio público correspondiente, una nueva organización interna, una aumento, disminución o reorganización de su planta de personal, los requisitos de desempeño de los cargos respectivos, y demás regulaciones requeridas para el eficiente funcionamiento.”.

2.4. Segundo Informe de Comisión de Gobierno

Senado. Fecha 05 de diciembre, 2006. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 75. Legislatura 354.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio.

BOLETÍN Nº 4.049-06.

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HONORABLE SENADO:

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene a honra emitir un segundo informe acerca del proyecto de ley señalado en el epígrafe, en segundo trámite constitucional, iniciado en mensaje del ex Presidente de la República, señor Ricardo Lagos Escobar.

A las sesiones en que la Comisión se ocupó de este asunto asistieron, además de sus integrantes, el Honorable Senador señor Kuschel; los Honorables Diputados señores De Urresti, Delmastro, Hernández, Jaramillo y Von Mulehnbrock; el Ministro del Interior, señor Belisario Velasco; la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Claudia Serrano; los asesores del señor Ministro del Interior, señores Exequiel Silva y Tomás Jordán; el Jefe de Gabinete de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Axel Callis; el Director de Relaciones Políticas del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Patricio Rosende; el Jefe de la División Legislativa de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Rodrigo Cabello; el Jefe de la División Políticas de esa Subsecretaría, señor Luis Angulo; el Alcalde de Valdivia, señor Bernardo Berger; el Alcalde de Panguipulli, señor Alejandro Kohler; el Alcalde de Paillaco, señor Gastón Fuentes; la Concejala de Paillaco, señora María Reyes, y el asesor de la Municipalidad de Panguipulli, señor Alfonso González.

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Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento de la Corporación, se deja constancia de lo siguiente:

1. Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones: No hay.

2. Indicaciones aprobadas sin modificaciones: las signadas con los números 8; 23; 24; 26; 27; 28; 29; 30; 33 y 38a.

3. Indicaciones aprobadas con modificaciones: las identificadas con los números 3a y 6a.

4. Indicaciones rechazadas: la del número 1a.

5. Indicaciones declaradas inadmisibles: las contenidas en los números 2; 3; 5; 6; 7; 25; 31; 32; 35; 36; 37; 39; 41; 42; 43; 44 y 45.

6. Indicaciones retiradas: las de los números 1, 4, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 34, 38 y 40.

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CUESTIONES PREVIAS

1. Hacemos presente que los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10 y 13 permanentes, y los signados con los números 1º, 2º, 3º, 4º y 11 transitorios, de aprobarse, deben serlo con rango de Ley Orgánica Constitucional, pues inciden en normas de esa jerarquía, como son la creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; el sistema electoral y la composición del Senado; la organización y atribuciones de los tribunales y, finalmente, la integración de los consejos regionales. Los artículos 14, 15 y 17 permanentes son de quórum calificado pues establecen requisitos para la adquisición de determinados bienes.

2. Prevenimos de conformidad con el artículo 77 de la Constitución Política y el artículo 16 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, durante el primer trámite constitucional, la Honorable Cámara de Diputados recabó la opinión de la Excma. Corte Suprema con respecto a las normas del proyecto que tienen incidencia en la organización de los Tribunales de Justicia.

3. Dejamos constancia que durante el estudio en particular de la iniciativa, la Sala autorizó un nuevo plazo para formular indicaciones, hasta el lunes 4 de diciembre en curso.

4. Finalmente, destacamos que en la discusión particular de este proyecto, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo hizo llegar a esta Comisión un documento que contiene una minuta explicativa de las indicaciones del Ejecutivo para el proyecto de ley sobre la Región de Los Ríos, y una propuesta sobre nueva institucionalidad y competencias en materias de gobierno y administración regional.

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CONTENIDO Y DISCUSIÓN DE LAS INDICACIONES

Consignamos a continuación las disposiciones del proyecto que fueron objeto de indicaciones; el contenido de éstas y los acuerdos adoptados.

En primer término, y como indicación genérica que comprende todo el articulado del proyecto, en una indicación formulada dentro del plazo extraordinario autorizado por la Sala, el Honorable Senador señor Kuschel propone suprimir los artículos 1º al 14 permanentes y al 1º al 9º transitorios.

Esta indicación, signada como indicación Nº 1a, se rechazó con los votos de los Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis y Pérez Varela.

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Artículo 1º

El artículo 1º del texto aprobado en general crea la XIV Región de Los Ríos fijando su capital en la ciudad de Valdivia. Comprende las provincias de Valdivia y de Ranco. Señala también que los límites de la actual provincia de Valdivia están contenidos en el artículo 10 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2-18.175 del año 1989.

El artículo descrito fue objeto de tres indicaciones.

La indicación Nº 1, de S.E. la señora Presidenta de la República, sugiere sustituir la norma aprobada en general por otra que incluye la provincia de Osorno en la nueva región, en tanto que la indicación Nº 2, del Honorable Senador señor Allamand, propone un texto que también asigna la provincia de Osorno a la nueva región. Finalmente, la indicación Nº 3, del Honorable Senador señor Escalona intercala, entre la palabra “Ranco” y la coma que le sigue, la expresión “y de Osorno.”.

La indicación Nº 1 fue retirada por el Ejecutivo, en tanto que las indicaciones Nºs. 2 y 3 fueron declaradas inadmisibles por el señor Presidente de la Comisión, pues inciden en la división política del Estado, materia que la Constitución reserva a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Cual se ha señalado en un acápite anterior, dentro del nuevo plazo autorizado para formular indicaciones, S.E. la señora Presidenta de la República allegó una nueva indicación para este artículo, que signaremos con el Nº 3a, que sustituye su texto por otro que crea la nueva región conformada por las provincias de Valdivia y de Ranco.

Esta indicación fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis y Pérez Varela, con la sola enmienda de agregar una frase vinculada al artículo 2º que previene que la provincia de Ranco se crea en virtud de este último. Hacemos presente que la última enmienda descrita se apoya en el artículo 121 del Reglamento de la Corporación.

Artículo 2º

Este precepto aprobado en general crea en la Región de Los Ríos la provincia de Ranco, capital La Unión, que comprende las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, que actualmente conforman parte del territorio de la provincia de Valdivia. Esta última queda integrada por las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina y Panquipulli.

Este precepto fue objeto de las indicaciones Nºs. 4 a 6 del Boletín de Indicaciones.

Las indicaciones Nºs. 4 y 5, de S.E. la señora Presidenta de la República y del Honorable Senador señor Escalona, respectivamente, sustituyen el artículo 2° por otro en el que incluyen -dentro de la provincia de Valdivia- a las comunas de Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil y Panguipulli, fijando la capital provincial en la ciudad de Valdivia. En su inciso segundo dispone que la provincia de Ranco estará compuesta por las comunas de La Unión, Paillaco, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco, y la capital provincial será la ciudad de La Unión. En el inciso tercero, la indicación Nº 5 señala que la provincia de Osorno quedará conformada con las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue y San Juan de la Costa. La capital provincial es la ciudad de Osorno. La indicación Nº 4 agrega entre esas comunas a la de Río Negro, Purranque y Puerto Octay.

La indicación Nº 6, del Honorable Senador señor Allamand, reemplaza el artículo 2º por otro que crea la provincia de Ranco, con capital en la ciudad de La Unión.

La indicación Nº 4 fue retirada por el Ejecutivo, en tanto que las indicaciones Nºs. 5 y 6 fueron declaradas inadmisibles por el señor Presidente de la Comisión en atención a que recaen sobre normas cuya iniciativa corresponde al Presidente de la República.

Enseguida, y en reemplazo de la indicación Nº 4 que fue retirada, S.E. la señora Presidenta de la República formuló una nueva indicación, dentro del plazo complementario autorizado, que declara que la provincia de Valdivia estará conformada por las comunas de Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco, fijando su capital provincial en la ciudad de Valdivia. En su inciso segundo prescribe que la provincia de Ranco comprende por las comunas de La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco, con capital en la comuna de La Unión.

Esta indicación, que se signará como indicación Nº 6a, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis y Pérez Varela, con la sola enmienda, en el inciso segundo, de anteponer a su inicio la frase “Créase la provincia de Ranco”, también de conformidad con el artículo 121 del Reglamento de la Corporación.

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Enseguida, en la indicación Nº 7 el Honorable Senador señor Allamand agrega un artículo 3º, nuevo, que dispone que la provincia de Valdivia estará estructurada con las comunas de Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco, fijando su capital en la comuna de Valdivia. También prescribe que, por acuerdo del Gobierno Regional, éste podrá instalarse o ejercer sus funciones en otra comuna de la provincia, como también disponer que el Intendente ejerza las funciones y atribuciones del Gobernador Provincial.

En un inciso segundo señala que la provincia de Ranco, con capital en La Unión, comprenderá las localidades de La Unión, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno, incluidas actualmente en la provincia de Valdivia.

Finalmente, en su inciso tercero, previene que la provincia de Osorno comprenderá las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Río Negro, San Juan de la Costa, Purranque y Puerto Octay, con capital en la ciudad de Osorno.

Esta indicación fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión en atención a que, al igual que otras precedentes, se refiere a materias de la iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Artículo 3º

Esta norma del texto aprobado en general, que fija las plantas del Servicio Administrativo del Gobierno Regional consignadas en la ley Nº 19.379, incorpora a dicho texto legal un numeral 14, nuevo, que establece que el gobierno regional de Los Ríos dispondrá de tres directivos, cargos de exclusiva confianza; nueve directivos, cargos de carrera; veinticinco profesionales, dos técnicos; nueve administrativos, y siete auxiliares, lo que hace un total de cincuenta y cinco cargos.

Respecto de este precepto, se formuló la indicación Nº 8, de S.E. la señora Presidenta de la República, en cuyos literales a), b), c), d), e) y f) se introducen las siguientes enmiendas a dicho numeral:

1. Se rebaja en un cargo a los Jefes de Departamento grado 8, quedando este estamento con un total de 7 cargos;

2. Se suprime el acápite “Directivos – Cargos de Carrera” y los guarismos “9”, “1” y “1” que lo componen;

3. En el estamento correspondiente a “Profesionales grado 8”, se aumenta la planta de “4” a “5” cargos.

4. En la línea “Profesionales grado 9” se reemplaza el guarismo “3” por “4”.

5. Finalmente, en la columna “Total” se sustituye el guarismo “25” por “27”.

Esta indicación fue aprobada en los mismos términos propuestos con los votos de los Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis, Sabag y Pérez Varela.

Artículo 5º

Este precepto modifica la ley Nº 18.700, orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, adecuando sus disposiciones a la circunscripción senatorial correspondiente a la Región de Los Ríos.

La primera enmienda consiste en eliminar, en el artículo 180, la mención a la Región de Los Lagos. (En lo que interesa a este informe el referido precepto enumera las regiones en que habrá dos circunscripciones senatoriales electorales).

La segunda modifica el artículo 181, que establece las circunscripciones senatoriales:

a) Reemplaza en el párrafo referido a la circunscripción Nº 16 la frase “constituida por los distritos electorales Nºs. 53, 54 y 55 de la X Región de Los Lagos”, por las expresiones “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustituye en el párrafo relativo a la circunscripción Nº 17 la frase “constituida por los distritos electorales Nºs. 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;” por la oración “constituida por la X Región”.

Este precepto fue objeto de las indicaciones Nºs. 9 y 10, de S.E la señora Presidenta de la República.

La primera de estas indicaciones sugiere incorporar un nuevo número 2) a este artículo, que en sus literales a) y b) modifica el artículo 179 de la mencionada ley sobre votaciones populares y escrutinios, mediante el cual reemplaza el párrafo relativo al distrito 55° por otro que incorpora a ese distrito las comunas de Puyehue, Río Negro, Purranque y Puerto Octay. En su letra b) reemplaza la composición del distrito 56° por otro constituido por las comunas de Fresia, Frutillar, Llanquihue, Puerto Varas y Los Muermos.

A su turno, la indicación Nº 10 suprime el numeral 2) del artículo 5º del proyecto. El referido numeral introduce modificaciones al artículo 181 de la ley Nº 18.700. En efecto, en su literal a) reemplaza en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región de los Lagos;” por “la XIV Región de Los Ríos.”; y en el literal b) sustituye en el párrafo asociado a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región de Los Lagos;” por las expresiones “constituida por la X Región de Los Lagos.”.

Ambas indicaciones -Nºs. 9 y 10- fueron retiradas por el Ejecutivo.

Con ocasión del análisis de estas indicaciones, se suscitó un debate en la Comisión en el que se examinó la situación en que quedaría un vasto número de ciudadanos que se pronunciaron a favor de determinados candidatos a Senadores -hoy electos-, que con ocasión de esta enmienda pasarían a representar distintas comunidades electorales. Con el fin de no alterar la voluntad popular expresada en las urnas, que en su momento designó a sus parlamentarios, la Comisión estuvo por incluir en este proyecto un precepto transitorio que declara que la actual situación de los votantes de los Senadores hoy en ejercicio, involucrados en esta partición regional, no se alterará hasta que no advenga el próximo proceso electoral. A este efecto, y según se explicará en su oportunidad, se aprobó una norma que mantiene la representación política de los actuales Senadores de la X Región del país.

El acuerdo precedente, sin perjuicio de la votación que se expresará en un artículo transitorio posterior, fue adoptado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores Allamand, Núñez, Orpis y Pérez Varela.

Artículo 8º

Este precepto traslada tribunales desde la actual Región de Los Lagos a la nueva región, con mención de sus territorios jurisdiccionales, para lo cual propone enmiendas al Código Orgánico de Tribunales.

De este modo, suprime en el artículo 16 de dicho cuerpo legal, en el acápite correspondiente a la X Región de Los Lagos los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina” la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono”.

Incorpora también, a continuación del acápite correspondiente a la XII Región de Magallanes y la Antártica Chilena, la expresión “XIV Región de Los Ríos”, y le asigna a Mariquina un juez con competencia en Mariquina y Lanco; a Valdivia, tres jueces con competencia en Valdivia y Corral; y en Los Lagos, un juez con competencia sobre Máfil, Los Lagos y Futrono.

A su turno, en el artículo 21 suprime en el acápite correspondiente a la Región de Los Lagos el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece y “Río Bueno”, e incorpora a continuación del acápite “XII Región de Magallanes y la Antártica Chilena” la expresión “XIV Región de Los Ríos”, asignándole a ésta seis jueces con competencia en las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.

Enseguida, suprime en el artículo 37 los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos” la primera vez que aparece y “Lago Ranco”.

Agrega, a continuación, un artículo 39 bis, del siguiente tenor:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Este precepto fue objeto de las indicaciones Nºs. 11 a 16 del Boletín de Indicaciones.

La indicación Nº 11, de S.E la señora Presidenta de la República, reemplaza en el artículo 16 del Código Orgánico de Tribunales la expresión “Futrono” por “Purranque.”, en tanto que la indicación Nº 12 agrega dos nuevos incisos finales a este artículo. El primero de ellos dispone que la ciudad de Osorno contará con cuatro jueces, los que tendrán competencia sobre las comunas de San Juan de la Costa, San Pablo, Osorno y Puyehue. El segundo prescribe que en Río Negro habrá un juez con competencia sobre las comunas de Río Negro, Puerto Octay y Purranque.

La indicación Nº 13, de S.E. la señora Presidenta de la República, reemplaza en la proposición de modificación del artículo 21 contenido en el texto aprobado en general, la expresión “Río Bueno” por “Purranque”, y la indicación Nº 14, también de autoría de S.E. la señora Presidenta de la República, agrega en la letra b) que modifica dicho artículo 21, a continuación del punto aparte que sigue a las palabras “Río Bueno”, como inciso final, el siguiente:

“Osorno, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de San Juan de la Costa, San Pablo, Osorno, Puyehue, Río Negro, Puerto Octay y Purranque.”.

Por lo que hace al artículo 37 la indicación Nº 15, de S.E. la señora Presidenta de la República, reemplaza la expresión “Lago Ranco” por “Purranque”; y en lo tocante al artículo 39 bis, la indicación Nº 16, también del Ejecutivo, sustituye en el párrafo sexto la conjunción “y” final y la coma que la antecede por un punto y coma y el punto final del séptimo párrafo por un punto y coma y agrega los siguientes párrafos finales, nuevos:

“Tres juzgados con asiento en la comuna de Osorno, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Negro con competencia sobre las comunas de Río Negro y Purranque.”.

Finalmente, por lo que atañe a este artículo la indicación Nº 17 de S.E. la señora Presidenta de la República, incorpora como Nº 5, nuevo, el siguiente:

“5) En su artículo 55:

a) Reemplázase en la letra n) la frase “las provincias de Valdivia y Osorno, de la X Región de Los Lagos”, por la siguiente: “la XIV Región de Los Ríos”.

b) Elíminase en la letra o) las expresiones “las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena de”.”.

Estas indicaciones Nºs. 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 fueron retiradas por S.E. la señora Presidenta de la República.

Artículo 9º

Este precepto del proyecto aprobado en general modifica el artículo 4º de la ley Nº 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

En un numeral 1) suprime en la letra j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral”, y en el numeral 2) incorpora una nueva letra n) del siguiente tenor:

“n) Decimocuarta Región de Los Ríos.

Valdivia, con cuatro jueces con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral”.

En este artículo recayeron las indicaciones Nºs. 18 y 19 del Boletín.

La indicación Nº 18, de S.E. la señora Presidenta de la República, reemplaza en el número 1) la expresión “Corral” por “Costa”.

Por su parte, la indicación Nº 19, también de autoría de S.E. la señora Presidenta de la República, incorpora un inciso final nuevo a la letra n), por medio del cual se instituyen tres jueces en la ciudad de Osorno, con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa.

Ambas indicaciones fueron retiradas por el Ejecutivo.

Artículo 10

El texto aprobado en general introduce modificaciones a los artículos 1º, 13 y 14 de la ley Nº 20.022 que crea los Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsión.

En lo tocante con el artículo 13, el proyecto suprime en el numeral 6 el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos” la primera vez que aparece en el texto y los vocablos “Corral, y”, y los párrafos comprendidos entre las expresiones “Un”, la primera vez que aparece y la denominación “Lago Ranco”.

La indicación Nº 20, de S.E. la señora Presidenta de la República, reemplaza la expresión “Lago Ranco” por “Purranque”.

Enseguida, en el nuevo artículo 39 bis que propone el proyecto, se establece en una letra B, párrafo quinto, que habrá un juzgado en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna.

En la indicación Nº 21, S.E. la señora Presidenta de la República propone agregar a este párrafo otros dos que prescriben que en la comuna de Osorno habrá tres juzgados con competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa, y un juzgado con asiento en la comuna de Río Negro y Purranque.

Ambas indicaciones, signadas con los Nºs. 20 y 21, fueron retiradas por el Ejecutivo.

Artículo 11

Este precepto dispone que la legislación vigente que aluda a la provincia de Valdivia se entenderá referida a la Región de Los Ríos. La que mencione a la Región de Los Lagos o a la X Región comprenderá a ambas regiones.

En la indicación N° 22, S.E. la señora Presidenta de la República, intercala entre la denominación “Valdivia” y las palabras “se entenderán” la expresión “o a la provincia de Osorno”.

Al igual que las indicaciones precedentes, esta propuesta fue retirada por S.E. la señora Presidenta de la República.

Artículo 13

El artículo 13 autoriza al Gobierno Regional de Los Lagos para transferir en dominio y gratuitamente a la nueva región los inmuebles de propiedad del primero situados en el territorio de esta última (inciso primero).

Enseguida, precisa que la transferencia de los créditos y obligaciones del Gobierno Regional de Los Lagos, contraídos con anterioridad a esta ley, que incidan en el territorio de la nueva región, se practicará en los 30 días siguientes a su vigencia, y, finalmente, en un inciso tercero, impone al conservador de bienes raíces que corresponda la obligación de inscribir los inmuebles transferidos, a requerimiento del intendente de la nueva región, gratuitamente y libre de impuestos.

La indicación N° 23, de S.E. la señora Presidenta de la República, propone la supresión de este artículo.

Esta indicación fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis, Pérez Varela y Sabag.

Artículo 14

El artículo 14 establece la modalidad de vigencia de esta ley: el primer día hábil del mes de enero del año siguiente al de su publicación. En esa fecha (primer hábil de enero) se nombrará al Intendente de la nueva región y al Gobernador de la provincia de Ranco.

Este artículo fue objeto de las indicaciones N°s 24 y 25.

La indicación N° 24, de S.E. la señora Presidenta de la República, modifica el texto aprobado en general en el sentido de que la presente ley entrará en vigor 180 días luego de publicada, fecha a partir de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la Provincia de Ranco.

La indicación Nº 25, del Honorable Senador señor Allamand, incorpora un nuevo inciso segundo que prescribe que si la publicación fuere posterior al día 31 de diciembre de 2006, la presente ley entrará en vigencia seis meses después de publicada en el Diario Oficial, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la Provincia de Ranco.

La indicación Nº 24 fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores Señores Allamand, Núñez, Orpis, Pérez Varela y Sabag; en tanto que la indicación N° 25 fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión pues versa sobre materias reservadas a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

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A continuación, S.E. la señora Presidenta de la República, en las indicaciones Nºs. 26, 27, 28, 29 y 30, propone otras tantas enmiendas a la legislación pesquera.

En la indicación Nº 26, incorpora un nuevo artículo al texto aprobado en general que, en su inciso primero, dispone que para los efectos de la operación de los pescadores artesanales que estén inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región, se entenderá que existe un área contigua respecto de la nueva región en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas a la fecha de publicación de esta ley.

En un inciso segundo prescribe que lo anterior regirá también para las organizaciones de artesanales que cuenten con áreas de manejo con planes o estudios de situación base aprobados, o en etapa de evaluación, que por efectos de esta ley resulten ubicadas en una región distinta del domicilio de la organización.

El inciso tercero prevé que las nuevas inscripciones artesanales posteriores a la publicación de esta ley habilitarán la operación de pesca en la región requerida conforme a los límites administrativos establecidos en esta ley. Igual norma se aplicará a los reemplazos y a los derechos por sucesión por causa de muerte que se transmitan de acuerdo con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Finalmente, expresa que los decretos y actos administrativos dictados conforme a la ley pesquera, aplicables a la X Región, incluirán a la XIV Región de Los Ríos. (Nuevo artículo 14).

En la indicación N° 27, incorpora un nuevo artículo que previene que los pescadores artesanales de la X Región, que por efecto de esta ley queden en la XIV Región, y que cuenten con autorización para operar en la XI Región, podrán continuar con sus actividades sometidos al procedimiento del artículo 50 de la Ley General de Pesca.

Agrega el nuevo precepto que no procederá la operación en el área contigua respecto de las inscripciones en el registro artesanal de la X Región, que sean objeto de reemplazos o de transmisión de derechos hereditarios. (Nuevo artículo 15).

La indicación Nº 28 agrega un nuevo artículo mediante el cual se modifica la Ley de Pesca en el sentido de reemplazar en los artículos 59 letra e), y 146 Nº 2 y Nº 5, la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI Regiones” por “XIV, X y XI Regiones”. (Nuevo artículo 16).

La indicación N° 29 modifica en la ley Nº 19.713 (estableció la medida de administración pesquera denominada límite máximo de captura) en el sentido de reemplazar en la letra d) de su artículo 2º la expresión “X Región” por “XIV y X regiones” y en la letra c) del artículo 24, la expresión “X Región” por “XIV Región”. (La primera de las disposiciones citadas aplica a la pesquería del jurel la medida del límite máximo de captura en el área marítima correspondiente a la X Región, y la segunda dispone que el fraccionamiento de la cuota global de captura entre el sector pesquero artesanal e industrial de la merluza del sur se aplicará en el área marítima comprendida entre el límite norte de la X Región y el límite sur de la XII Región para el sector pesquero artesanal y entre el paralelo 41º, 28, 6 latitud sur al 57º latitud sur para el sector industrial, por mitades). (Nuevo artículo 17).

Finalmente, por lo que hace a este grupo de indicaciones, la indicación Nº 30 agrega un nuevo artículo que obliga al Servicio Nacional de Pesca a reestructurar de oficio las inscripciones de las regiones X y XIV, según sea el domicilio de los pescadores artesanales. (Nuevo artículo 18).

Las indicaciones Nºs. 26, 27, 28, 29 y 30 fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis, Pérez Varela y Sabag, en los mismos términos propuestos.

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En la indicación N° 31, el Honorable Senador señor Frei, agrega un capítulo VI bis, nuevo, a la ley Nº 19.175, sobre Gobierno y Administración Regional, conformado por 16 artículos que se refieren al “Consejo Regional de Auditoría Interna de Gobierno”.

Esta indicación, en razón de las materias que aborda, fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión, pues incluye materias que son de competencia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República, como son la creación o modificación de funciones y atribuciones de autoridades o servicios públicos. No obstante, consignamos a continuación una breve descripción de su contenido.

La referida indicación crea el Consejo Regional de Auditoría Interna de Gobierno, órgano asesor del Intendente en las tareas vinculadas al funcionamiento y fortalecimiento de los sistemas y órganos de control interno de la administración pública regional. Estará integrado por el Auditor General de Gobierno y cuatro consejeros nombrados por el Intendente con acuerdo de la mayoría absoluta del consejo regional. Consigna enseguida, los requisitos para ser nombrado consejero y declara que este cargo es compatible con el ejercicio de cualquiera función pública.

En los preceptos que siguen, la indicación establece normas de funcionamiento y las atribuciones que tendrá el consejo, las cuales dicen relación con la elaboración de planes, políticas y programas de auditoría, verificación, análisis y evaluación de sus resultados, la orientación, instrumentos y normas técnicas para la prevención y desarrollo del control interno, y otras de similar naturaleza vinculadas a la fiscalización de la probidad y transparencia en la gestión de la instituciones sometidas a su control. También consigna normas que entregan atribuciones al consejo para el cumplimiento de sus funciones; la publicidad de sus actos y reglas internas de funcionamiento.

Consigna además la figura del Auditor Regional de Gobierno, de confianza exclusiva del Intendente, que será el órgano ejecutor de los acuerdos del consejo.

En los preceptos siguientes establece los requisitos y las atribuciones especiales que corresponden al Auditor Regional de Gobierno, otorgándole, además, la dirección exclusiva de una secretaría técnica, como órgano de apoyo al consejo regional.

Finalmente, previene que el Gobierno Regional dará apoyo administrativo al consejo, y que los cargos de la secretaría técnica estarán afectos al sistema de alta dirección pública; su personal quedará adscrito al Estatuto Administrativo y tendrá otros beneficios que en una de las normas finales se consignan, junto con diversos deberes que les imponen las normas sobre probidad como, por ejemplo, la declaración de patrimonio y de intereses señaladas en la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.

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Finalmente, por lo que hace a los artículos permanentes de este proyecto de ley, en la indicación Nº 32, el Honorable Senador señor Frei propone la agregación de un nuevo artículo que declara que el Gobierno Regional de Los Ríos tendrá funciones para estudios, planificación, asignación, administración, ejecución, evaluación y control de las actividades ligadas al desarrollo regional, actualmente asignada a los ministerios y servicios públicos, de ejercicio regional, que sean suprimidas del respectivo ámbito de competencia.

Esta indicación, al igual que la precedente, fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión, pues también se refiere a materias que la Constitución ha reservado a la iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

A continuación, S.E. la señora Presidenta de la República, en la indicación Nº 33, propone anteponer al articulado transitorio de este proyecto, un nuevo artículo primero que obliga al Gobierno Regional de Los Lagos a transferir, a título gratuito, al Gobierno Regional de la nueva región, los inmuebles situados en el territorio de esta última.

Seguidamente, este precepto previene que el conservador de bienes raíces que corresponda inscribirá la transferencia de esos inmuebles a requerimiento del Intendente de la Región de Los Ríos; y que la transferencia estará exenta de impuesto y de derechos de inscripción.

Finalmente, en un inciso tercero, la nueva disposición establece que los créditos y obligaciones del Gobierno Regional de Los Lagos, contraídos con anterioridad a esta ley, que afecten a la Región de Los Ríos, serán administrados por aquél con cargo al presupuesto de la nueva región.

Esta indicación fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis, Pérez Varela y Sabag, en los mismos términos propuestos.

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A continuación, la Comisión se ocupó de las indicaciones Nºs. 34 a 45 del Boletín de Indicaciones, que recaen en el articulado transitorio del proyecto aprobado en general.

Artículo primero transitorio

Pasa a ser artículo segundo transitorio.

Este artículo previene que el Consejo Regional de Los Ríos se instalará el día en que entre vigencia esta ley, integrado con los consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, los que permanecerán en sus cargos hasta que completen su actual período.

Respecto de este artículo, S.E. la señora Presidenta de la República formuló la indicación Nº 34, y el Honorable Senador Allamand, la Nº 35.

La primera de ellas sustituye en el precepto aprobado en general la frase “la provincia de Valdivia” por “las provincias de Valdivia y Osorno”.

Esta indicación fue retirada por el Ejecutivo.

A su turno, la indicación N° 35 agrega un inciso segundo al precepto descrito que señala que con posterioridad el Consejo Regional será integrado, además del Intendente, por consejeros elegidos por las provincias respectivas al mismo tiempo que los alcaldes y concejales, en votación directa y proporcional.

Esta indicación fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión, por tratarse de materias reservadas a la iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Artículo quinto transitorio

Este precepto faculta al Presidente de la República para designar en comisión de servicios en el Gobierno Regional de Los Ríos a cualquier funcionario público, por un plazo máximo de un año, con el fin de apoyar la instalación y gestión del mismo.

La unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, conforme lo autoriza el artículo 121 del Reglamento de la Corporación, acordó reemplazar en este artículo el vocablo “cualquier” por “un”. (Unanimidad de los Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis y Pérez Varela).

Artículo sexto transitorio

Pasa a ser artículo séptimo transitorio.

Esta norma del texto aprobado en general declara que en tanto no se instalen en la Región de Los Ríos las secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las de los servicios descentralizados, los órganos administrativos de la Región de Los Lagos cumplirán las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en ambas regiones.

En un inciso segundo agrega que los secretarios regionales ministeriales, durante el período mencionado en el inciso precedente, colaborarán con ambos Intendentes subordinándose a ellos en lo propio de cada región. Previene este inciso que si se produjere la vacancia de uno de estos cargos su provisión corresponderá al Intendente de Los Lagos.

En el inciso tercero de este artículo se establece que los directores regionales también quedan subordinados al respectivo Intendente, por intermedio del secretario regional ministerial y, finalmente, en el inciso cuarto, se declara que si a la fecha de esta ley existen secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales con sede en la provincia de Valdivia, los incisos precedentes serán aplicables a Los Lagos.

En la indicación N° 36 el Honorable Senador señor Allamand sugiere incorporar al inciso primero una norma que dispone que las seremías y las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y descentralizados se instalarán en el plazo máximo de tres meses contados desde la entrada en vigencia de esta ley.

Esta indicación fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión, pues se refiere a materias que dicen relación con la Administración del Estado que la Constitución reserva a la iniciativa del Presidente de la República.

Artículo séptimo transitorio

Pasa a ser artículo octavo transitorio.

Dispone que el Ministro del Interior, por intermedio de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, a la fecha de publicación de esta ley, coordinará la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales en ambas regiones; y prestará asesoría y coordinación al Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento del artículo tercero transitorio de esta ley.

En la indicación Nº 37, el Honorable Senador señor Allamand sustituye este artículo por otro que prescribe que si la publicación de esta ley es posterior al 31 de diciembre del año 2006, corresponderá a un delegado presidencial asumir la instalación del Gobierno Regional de Los Ríos y el provincial de Ranco.

El mismo precepto extiende competencia de este delegado a la instalación de las secretaría regionales ministeriales, direcciones regionales y provinciales y servicios públicos.

Agrega que en el proceso de instalación de estas autoridades podrá asignarse la localización de estas entidades en distintas provincias o comunas.

El inciso segundo del precepto propuesto dispone que corresponderá al delegado coordinar la acción de todos los ministerios y las que sean necesarias con el Gobierno Regional de Los Lagos para cumplir con esta ley.

Finalmente, previene que el delegado será asesorado por un “Consejo de Instalación de la Nueva Región”, designado por el Presidente de la República, e integrado con autoridades regionales y comunales y con personas relevantes de la sociedad civil.

Esta indicación fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión, por similares razones a las esgrimidas con anterioridad, esto es, por tratarse de materias cuya iniciativa es privativa del Ejecutivo.

Enseguida, respecto de este artículo, S.E. la señora Presidenta de la República, en la indicación Nº 38 intercala, en la primera oración a continuación del verbo “instalar” la frase “y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales”; y agregar, a continuación de la expresión “Los Lagos”, la siguiente frase, precedida de una coma: “velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional.”.

A continuación, en la segunda oración de este precepto, sustituye la expresión “tercero transitorio” por “cuarto transitorio”.

Esta indicación fue retirada por el Ejecutivo, y reproducida posteriormente en una nueva indicación con un texto similar dentro del plazo extraordinario que la Sala autorizó para formular nuevas indicaciones.

La nueva indicación posterior, signada como indicación Nº 38a, fue aprobada en los mismos términos en que se formuló, con los votos de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Allamand, Núñez, Orpis y Pérez Varela.

Artículo noveno transitorio

Pasa a ser artículo décimo transitorio.

Este artículo dispone que el Intendente de la nueva región designará al personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a contar desde la vigencia de esta ley y en calidad de titulares, a los funcionarios que desempeñen los cargos de jefes de división, y como suplentes, a los que ocupen los empleos de carrera que sean necesarios para constituir el comité de selección para el concurso de acceso a la Administración, y para asegurar el cumplimiento de las funciones del gobierno de la nueva región.

Sobre este artículo recayó la indicación N° 39, del Honorable Senador señor Allamand, por medio de la cual sugiere agregar un nuevo inciso segundo al texto aprobado en general que dispone que los secretarios regionales ministeriales podrán, previa propuesta del Intendente, ejercer como directores de los servicios públicos dependientes o relacionados con el respectivo ministerio con presencia en la región, sin que le sean aplicables las normas de incompatibilidad consignadas en la ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo).

Esta indicación fue declarada inadmisible por el señor Presidente de la Comisión, pues recae, cual se ha dicho a propósito de indicaciones precedentes, en materias que son de la exclusiva iniciativa del Ejecutivo.

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En la indicación N° 40 S.E. la señora Presidenta de la República propone la agregación de un nuevo precepto transitorio a este proyecto que dispone que mientras no se modifique el sistema electoral establecido en la ley Nº 18.700, la 16ª circunscripción senatorial estará constituida por la XIV Región de Los Ríos, y la 17ª lo estará por la X Región de Los Lagos.

Esta indicación fue retirada por el Ejecutivo.

No obstante dicho retiro, y cual se señaló con ocasión del debate de las indicaciones recaídas en el artículo 5º permanente de este proyecto, la Comisión acordó, ajustándose al nuevo plazo autorizado para formular indicaciones, consignar una norma transitoria que mantiene la situación de las circunscripciones electorales correspondientes a la X Región en sus actuales términos, hasta el período en que se formulen las declaraciones de las candidaturas senatoriales correspondientes a la próxima elección del año 2013. A este efecto, con los votos de los Honorables Senadores señores Allamand, Orpis y Pérez Varela y la abstención del Honorable Senador señor Núñez, se aprobó incluir un artículo transitorio decimoprimero, nuevo, que previene que las normas consignadas en el artículo 5º permanente entrarán en vigor 30 días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, esto es, 30 días antes de las 24 horas del nonagésimo día anterior a la fecha de la elección, que es la data que la ley pone como límite para hacer las declaraciones de candidaturas de senadores y diputados.

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Las indicaciones N°s 41 y 42, de autoría del Honorable Senador señor Allamand, introducen, la primera, una nueva norma transitoria que faculta al Presidente de la República para transferir, previa petición del Gobierno Regional de Los Ríos, los servicios públicos que sean necesarios para operar en la nueva región. La indicación N° 42 agrega una disposición que autoriza también al Ejecutivo para modificar las funciones y accionar de los organismos regionales y provinciales de la nueva región, transfiriendo las competencias que sean necesarias desde el Gobierno Central.

La indicación Nº 43, del Honorable Senador señor Frei incorpora un artículo transitorio mediante el cual se reconoce potestad al Presidente de la República para crear los cargos de auditores regionales y auditores institucionales de servicios regionales en las plantas de personal de los ministerios, servicios públicos y gobiernos regionales. En caso de que un ministerio cuente con dos o más subsecretarías, en el respectivo decreto se determinará aquella en la que se creará el cargo de auditor ministerial. Agrega este precepto que si es necesario, se incrementarán las dotaciones máximas de personal de las mencionadas entidades. Faculta enseguida al Presidente de la República para adecuar a estas normas los actuales cargos de las plantas de personal de auditores, asignándoles la denominación, grado y nivel jerárquico que corresponda para los efectos de la ley Nº 19.882.

El inciso cuarto del artículo propuesto prevé que los titulares de planta que actualmente desempeñen el cargo de auditor institucional sin una denominación propia de la función de auditoría, continuarán en sus cargos titulares. El jefe superior dispondrá de 30 días contados desde la publicación de esta ley para llamar a concurso el cargo de auditor ministerial de conformidad al sistema de alta dirección pública.

Finalmente, dispone que en tanto no concluyan los procesos de designación de los auditores regionales e institucionales los auditores en ejercicio mantendrán sus cargos cualquiera sea su condición jurídica.

La indicación Nº 44, también del Honorable Senador señor Frei, incorpora un nuevo artículo transitorio que aborda similares materias a las contenidas en el artículo 8º transitorio, ya aprobado, que atribuye al Ministerio del Interior la coordinación de los ministerios y servicios públicos para determinar la localización de las seremías y direcciones regionales de los servicios en la Región de Los Lagos, considerando criterios de eficiencia, de cercanía a los usuarios y de vinculación con las actividades regionales relacionadas con las competencias de dichos organismos. Finalmente, prevé que la determinación de la localización se hará en el plazo de 60 días a contar de la publicación de esta ley.

La indicación Nº 45, del Honorable Senador señor Frei agrega a este proyecto un nuevo artículo transitorio que señala que para los efectos del artículo 16 de esta ley, el Presidente de la República, mediante decreto con fuerza de ley, podrá suprimir, adecuar o modificar la normativa que contenga funciones y atribuciones de competencia regional, y efectuar las demás innovaciones para evitar duplicidades o contradicciones. En el respectivo decreto con fuerza de ley determinará la naturaleza jurídica y las funciones y atribuciones que se traspasan a nivel regional, pudiendo establecer una nueva organización interna o reorganización de los servicios públicos, si fuere necesario.

Las indicaciones descritas, signadas con los números 41, 42, 43, 44 y 45 fueron declaradas inadmisibles por el señor Presidente de la Comisión, en atención a que afectan normas sobre administración del Estado que competen exclusivamente al Ejecutivo.

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En virtud de las explicaciones precedentes, esta Comisión tienen a honra proponer a la consideración de la Sala el proyecto aprobado en general, con las siguientes enmiendas:

Artículos 1º y 2º

Reemplazarlos por los siguientes:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

(Unanimidad 4x0, indicación 3a, artículo 121 del Reglamento de la Corporación)

Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.”.

(Unanimidad 4x0, indicación Nº 6a, artículo 121 del Reglamento de la Corporación)

Artículo 3º

Consignar las siguientes enmiendas al numeral 14 que esta ley agrega al artículo 1º de la ley Nº 19.379:

uno) En la línea correspondiente a “Jefes de Departamento grado 8”, reemplázase el guarismo “2” por “1”.

dos) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “8” por “7”.

tres) Elimínase íntegramente el acápite referido a “DIRECTIVOS-CARGOS DE CARRERA” y los guarismos “9”, “1” y “1” que lo integran.

cuatro) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 8”, reemplázase el guarismo “4” por “5”.

cinco) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 9”, reemplázase el guarismo “3” por “4”.

seis) En la columna “Total”, reemplázase el guarismo “25” por “27”.

(Unanimidad 5x0, indicación Nº 8)

Artículo 13

Suprimirlo.

(Unanimidad 5x0, indicación Nº 23)

Artículo 14

Pasa a ser artículo 13.

Reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 13.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.”.

(Unanimidad 5x0, indicación Nº 24)

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A continuación, agregar los siguientes artículos 14, 15, 16, 17 y 18, nuevos:

“Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X región se entenderá que incluyen a la XIV región de Los Ríos.

Artículo 15.- Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 16.- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto Supremo N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59 letra e) y 146 N° 2 y N° 5 la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI regiones.”.

Artículo 17.- Modifícase la Ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X región” por “XIV y X regiones” y, en artículo 24 letra c), la expresión “X región” por “XIV región.”.

Artículo 18.- El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.”.

(Unanimidad 5x0, indicaciones Nºs. 26, 27, 28, 29 y 30)

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Artículos transitorios

Incorporar el siguiente artículo primero transitorio, nuevo:

“Artículo Primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquel con cargo al presupuesto de la nueva Región.”.

(Unanimidad 5x0, indicación Nº 33)

Artículos primero, segundo, tercero y cuarto

Pasan a ser artículos segundo, tercero, cuarto y quinto, respectivamente, sin enmiendas.

Artículo quinto

Pasa a ser artículo sexto.

Reemplazar el vocablo “cualquier” por la palabra “un”.

(Unanimidad 4x0, artículo 121 del Reglamento de la Corporación)

Artículo sexto

Pasa a ser artículo séptimo, sin enmiendas.

Artículo séptimo

Pasa a ser artículo octavo.

Sustituirlo por el siguiente:

“Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.”.

(Unanimidad 4x0, indicación Nº 38a)

Artículos octavo y noveno

Pasan a ser artículos noveno y décimo, respectivamente, sin modificaciones.

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Incorporar, a continuación, el siguiente artículo decimoprimero transitorio, nuevo:

“Artículo decimoprimero.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

(Mayoría de votos 3x1 abstención, indicación sin número de los Honorables Senadores señores Allamand, Orpis y Pérez Varela)

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En virtud de la relación y modificaciones precedentes, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

Artículo 13.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X región se entenderá que incluyen a la XIV región de Los Ríos.

Artículo 15.- Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 16.- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto Supremo N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59 letra e) y 146 N° 2 y N° 5 la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI regiones.”.

Artículo 17.- Modifícase la Ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X región” por “XIV y X regiones” y, en artículo 24 letra c), la expresión “X región” por “XIV región.”.

Artículo 18.- El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo Primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquel con cargo al presupuesto de la nueva Región.

Artículo segundo.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo tercero.- La Ley de Presupuestos correspondiente al primer año de vigencia de la presente ley considerará el primer presupuesto del Gobierno Regional de Los Ríos, tanto en lo relativo a gastos de funcionamiento como a inversión regional.

La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional el año señalado, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo cuarto.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación a los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo quinto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias.

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados.

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo sexto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a un funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo séptimo.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones.

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.

Artículo noveno.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo décimo.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº 18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.

Artículo decimoprimero.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 28 de noviembre de 2006, con asistencia de los Honorables Senadores señores Víctor Pérez Varela (Presidente), Andrés Allamand (señor Carlos Bianchi), Ricardo Núñez, Jaime Orpis y Hosain Sabag, y 4 de diciembre de 2006, con asistencia de los Honorables Senadores señores Víctor Pérez Varela (Presidente), Andrés Allamand (señor Carlos Bianchi), Ricardo Núñez, Jaime Orpis y Hosain Sabag.

Sala de la Comisión, a 5 de diciembre de 2006.

Mario Tapia Guerrero

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CREA LA XIV REGIÓN DE LOS RIOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO.

BOLETÍN Nº 4.049-06

I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO: Este proyecto tiene por objeto crear la XIV Región de Los Ríos, conformada por las provincias de Valdivia y Ranco. Esta última también se crea mediante esta iniciativa.

II. ACUERDOS:

Indicación Nº 1: Retirada

Indicación Nº 1a: Rechazada por unanimidad 4x0

Indicación Nº 2: Inadmisible

Indicación Nº 3: Inadmisible

Indicación Nº 3a: Aprobada por unanimidad 4x0

Indicación Nº 4: Retirada

Indicación Nº 5: Inadmisible

Indicación Nº 6: Inadmisible

Indicación Nº 6a: Aprobada por unanimidad 4x0

Indicación Nº 7: Inadmisible

Indicación Nº 8: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 9: Retirada

Indicación Nº 10: Retirada

Indicación Nº 11: Retirada

Indicación Nº 12: Retirada

Indicación Nº 13: Retirada

Indicación Nº 14: Retirada

Indicación Nº 15: Retirada

Indicación Nº 16: Retirada

Indicación Nº 17: Retirada

Indicación Nº 18: Retirada

Indicación Nº 19: Retirada

Indicación Nº 20: Retirada

Indicación Nº 21: Retirada

Indicación Nº 22: Retirada

Indicación Nº 23: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 24: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 25: Inadmisible

Indicación Nº 26: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 27: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 28: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 29: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 30: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 31: Inadmisible

Indicación Nº 32: Inadmisible

Indicación Nº 33: Aprobada por unanimidad 5x0

Indicación Nº 34: Retirada

Indicación Nº 35: Inadmisible

Indicación Nº 36: Inadmisible

Indicación Nº 37: Inadmisible

Indicación Nº 38: Retirada

Indicación Nº 38a: Aprobada por unanimidad 4x0

Indicación Nº 39: Inadmisible

Indicación Nº 40: Retirada

Indicación Nº 41: Inadmisible

Indicación Nº 42: Inadmisible

Indicación Nº 43: Inadmisible

Indicación Nº 44: Inadmisible

Indicación Nº 45: Inadmisible

Indicación sin número: Aprobada por 3x1 abstención

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN:

El proyecto aprobado por la Comisión consta de 18 artículos permanentes y 11 transitorios.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL Y DISCUSIÓN GENERAL:

Hacemos presente que los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10 y 13 permanentes, y los signados con los números 1º, 2º, 3º, 4º y 11 transitorios, de aprobarse, deben serlo con rango de Ley Orgánica Constitucional, pues inciden en normas de esa jerarquía, como son la creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; el sistema electoral y la composición del Senado; la organización y atribuciones de los tribunales y, finalmente, la integración de los consejos regionales. Los artículos 14, 15 y 17 permanentes son de quórum calificado pues establecen requisitos para la adquisición de determinados bienes.

V. URGENCIA: No tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje del ex Presidente de la República, señor Ricardo Lagos Escobar.

VII. TRAMITE CONSTITUCIONAL: Segundo trámite.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 6 de junio de 2006.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 7 de junio de 2006.

X. TRAMITE REGLAMENTARIO: Discusión en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1. Constitución Política de la República.

2. Código Orgánico de Tribunales.

3. Ley Nº 18.553, del Servicio Electoral.

4. Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

5. Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

6. Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobiernos Regionales.

7. Ley Nº 19.379, que fija plantas de personal de los servicios administrativos de los Gobiernos Regionales.

8. Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público.

9. Ley Nº 19.968, que crea los Tribunales de Familia.

10. Ley Nº 20.022, que crea los Juzgados Laborales y Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica.

Valparaíso, 5 de diciembre de 2006.

Mario Tapia Guerrero

Secretario de Comisiones

2.5. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 06 de diciembre, 2006. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 75. Legislatura 354.

?CERTIFICADO

Certifico que el día de hoy sesionó la Comisión de Hacienda, para tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio, Boletín Nº 4.049-06, iniciado en Mensaje del ex Presidente de la República señor Ricardo Lagos Escobar.

A la sesión en que la Comisión se ocupó de este asunto asistieron los integrantes de la Comisión, Honorables Senadores señor Ominami (Presidente) y señores García, Escalona, Novoa y Sabag. Concurrieron, asimismo, el Honorable Senador señor Kuschel y los Honorables Diputados señores Delmastro, De Urresti y Von Muhlenbrock.

Asistieron, además, el Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Rodrigo Cabello, y el Jefe de la División de Políticas de esa Repartición, señor Luis Angulo.

Estuvieron presentes, del mismo modo, Alcaldes y Concejales de la X Región.

El proyecto fue estudiado previamente por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

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La Comisión aprobó los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 6°, 7° y 12, permanentes, y primero, tercero, quinto, sexto, noveno y décimo, transitorios, por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señores García, Escalona, Novoa, Ominami y Sabag, en los mismos términos en que habían sido despachados por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, con excepción del artículo tercero transitorio, que fue aprobado, también por dicha unanimidad, con las enmiendas que se consignarán en su oportunidad.

- - -

El Informe Financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, señala lo siguiente:

“1.- Contenido del Proyecto: Creación de la nueva Región de Los Ríos y una Provincia adicional en su territorio.

2.- Costo Fiscal en personal: $ 2.517 millones para funcionamiento de las nuevas instituciones, así como para dotar de directivos a otras que tienen estructura regional o provincial.

3.- Detalle del Costo Fiscal por concepto de personal:

4.- Adicionalmente, para otros gastos de operación permanentes de las instituciones ya señaladas, se estiman $ 610 millones.

5.- A partir del año 2009 el proyecto de ley considera 9 consejeros regionales adicionales, con un costo anual de $ 54 millones.

6.- Gastos por una sola vez: se estima $ 714 millones asociados a inversión y equipamiento.

7.- Flujos Anuales.

8.- En síntesis, considerando la mantención de los niveles de actividad actuales y el territorio geográfico, cuya división política administrativa se modifica, el mayor gasto permanente anual en régimen ascenderá a $ 3.181 millones considerando 146 funcionarios y 6 consejeros regionales, adicionales. Cabe consignar que el número de funcionarios adicionales es un mínimo pues no se contempla personal profesional complementario o de apoyo para seremis y directores regionales o provinciales. Por otra parte, el mayor costo señalado considera los valores netos: i) el proyecto de ley incluye traslado de 8 funcionarios desde el Gobierno Regional de Los Lagos a la nueva Región de los Ríos y ii) a partir de 2009 se disminuye en 8 el número de consejeros regionales de la Región de los Lagos.

9.- Fuentes de Financiamiento.

El proyecto considera que el gasto en que puedan incurrir las distintas instituciones el año de aprobación de esta Ley para facilitar su entrada en vigencia a partir del primer día hábil del mes de enero del año siguiente, serán financiados con reasignaciones internas en los presupuestos vigentes de las mismas.

Los recursos necesarios para el primer año de operación de la Ley y siguientes serán considerados en los respectivos proyectos de ley de presupuestos que se envíen al Congreso Nacional para su aprobación.”.

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país.

MODIFICACIONES

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de ley despachado por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, con las siguientes modificaciones:

Disposiciones Transitorias

Artículo tercero

- Suprimir su inciso primero.

- Reemplazar, en su inciso segundo, que pasa a ser primero, la expresión “el año señalado” por la siguiente: “del primer año de vigencia de la presente ley”.

(Unanimidad 5x0).

En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las Comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

Artículo 13.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X región se entenderá que incluyen a la XIV región de Los Ríos.

Artículo 15.- Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 16.- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto Supremo N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59 letra e) y 146 N° 2 y N° 5 la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI regiones.”.

Artículo 17.- Modifícase la Ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X región” por “XIV y X regiones” y, en artículo 24 letra c), la expresión “X región” por “XIV región.”.

Artículo 18.- El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo Primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquel con cargo al presupuesto de la nueva Región.

Artículo segundo.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo tercero.- La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional del primer año de vigencia de la presente ley, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo cuarto.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación a los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo quinto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias.

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados.

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo sexto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a un funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo séptimo.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones.

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.

Artículo noveno.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo décimo.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº 18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.

Artículo decimoprimero.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

Valparaíso, 6 de diciembre de 2006

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario

2.6. Discusión en Sala

Fecha 06 de diciembre, 2006. Diario de Sesión en Sesión 75. Legislatura 354. Discusión Particular. Se aprueba en particular con modificaciones.

CREACIÓN DE REGIÓN DE LOS RÍOS Y DE PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la Decimocuarta Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, e informe de la Comisión de Hacienda.

--Los antecedentes sobre el proyecto (4049-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 21ª, en 7 de junio de 2006.

Informes de Comisión:

Gobierno, sesión 56ª, en 3 de octubre de 2006.

Gobierno (segundo), sesión 75ª, en 6 de diciembre de 2006.

Certificado de la Comisión de Hacienda, sesión 75ª, en 6 de diciembre de 2006.

Discusión:

Sesión 59ª, en 10 de octubre de 2006 (se aprueba en general).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

El proyecto fue aprobado en general en sesión del 10 de octubre pasado.

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización en su segundo informe deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que todos los artículos del proyecto fueron objeto de indicaciones o de modificaciones, precisando, además, cuáles indicaciones fueron aprobadas, rechazadas, declaradas inadmisibles y retiradas.

Las enmiendas realizadas a la iniciativa despachada en general se consignan en la parte pertinente del informe. Éstas fueron aprobadas en forma unánime, con excepción de la modificación referida al artículo decimoprimero transitorio, nuevo, que el señor Presidente pondrá en votación en su oportunidad.

La Comisión de Hacienda tomó conocimiento sólo de los artículos de su competencia y les dio su aprobación por la unanimidad de sus miembros (Senadores señores García, Escalona, Novoa, Ominami y Sabag), en los mismos términos en que fueron despachados por la Comisión de Gobierno, con la sola excepción del artículo tercero transitorio, al que realizó dos enmiendas, que se transcriben en la parte pertinente del certificado emitido por aquélla.

Cabe recordar que, al igual que en el proyecto anterior, las enmiendas acordadas por unanimidad deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador, antes del inicio de la discusión en particular, solicite discutir la proposición de la Comisión o que existan indicaciones renovadas.

Los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10 y 13 permanentes, y los artículos transitorios primero, segundo, tercero y cuarto, tienen rango orgánico constitucional, por lo que requieren para su aprobación el voto conforme de 21 señores Senadores. Los artículos 14, 15 y 17 permanentes son normas de quórum calificado, por lo que precisan para ser aprobados del voto conforme de 19 señores Senadores.

Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado de cinco columnas que transcriben la legislación pertinente, el proyecto aprobado en general, las modificaciones efectuadas por la Comisión de Gobierno, las enmiendas introducidas por la Comisión de Hacienda y, finalmente, el texto que resultaría si se aprobaran dichas modificaciones.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Señores Senadores, al igual que en el proyecto anterior, propongo dar por aprobadas todas las disposiciones que la Comisión pertinente despachó por unanimidad.

--Se aprueban (26 votos afirmativos), dejándose constancia de que se cumple con el quórum constitucional exigido.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

En discusión particular el artículo decimoprimero transitorio, nuevo, que fue aprobado por 3 votos a favor (Senadores señores Allamand, Orpis y Pérez Varela) y una abstención (Honorable señor Núñez).

Tiene la palabra el Senador señor Víctor Pérez.

El señor PÉREZ VARELA .-

Señor Presidente , como se ha señalado, la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización analizó las indicaciones tanto del Ejecutivo cuanto de diversos señores Senadores declaradas admisibles y las aprobó en forma unánime, salvo el artículo decimoprimero transitorio, que es el sometido a debate por Su Señoría.

No voy a repetir lo que ya planteé, a propósito de la creación de la Región de Arica y Parinacota, sobre los compromisos del Ministerio del Interior en cuanto a traspasar, a través de una legislación especial, las competencias y facultades para que la Región de Los Ríos sea un activo en el desarrollo nacional. Quiero expresar, sí, que respecto de esta última ha habido un elemento que se ha caracterizado con especial fuerza y que merece ser destacado: la participación ciudadana.

--(Aplausos en tribunas).

Ello, no sólo por el hecho -ya mencionado aquí- de que en diversas comunas de la provincia de Osorno, y en particular en la del mismo nombre, se realizó una consulta para conocer la opinión de sus habitantes acerca de una materia incorporada por el Gobierno vía indicación, sino también por lo siguiente.

Recuerdo que, cuando aprobamos en general la iniciativa, el artículo 1º del texto despachado por la Cámara de Diputados creaba la Región de Los Ríos, capital Valdivia , que comprendía dos provincias: la de Valdivia y la de Ranco, nueva. Posteriormente, el Ejecutivo envió una indicación para sustituir dicho precepto por otro, donde se incluyó la provincia de Osorno.

La comunidad de esta última provincia se organizó en cada una de las comunas, y sus representantes, en conjunto con las respectivas autoridades, concurrieron a la Comisión de Gobierno de esta Corporación para dar a conocer sus opiniones, sus anhelos y su interés sobre la materia. Ello concluyó en una consulta -no vinculante, pero de gran relevancia- a la ciudadanía de Osorno, en la que votaron más de 20 mil personas, de las cuales sobre 92 por ciento se pronunciaron por continuar en la Región de Los Lagos.

Tal circunstancia, a mi juicio, fue fundamental para que el Gobierno retirara la indicación respectiva. Por lo tanto, el proyecto que hoy analizamos es muy similar al que llegó de la Cámara Baja.

Es importante, asimismo, realzar la participación de distintas organizaciones y entidades de la provincia de Valdivia -no sólo en el último tiempo, sino en los pasados 30 años- en diferentes actividades orientadas a hacer conciencia en cuanto a que Valdivia debe ser capital de una nueva Región. Y ésa es la Región de Los Ríos.

Ello ha quedado marcado y establecido con claridad en las actas e informes pertinentes, porque desde que iniciamos el tratamiento de la iniciativa, allá por el mes de junio, todos los miembros de la Comisión conocimos y constatamos en la práctica la organización, interés, argumentos y propuestas que apuntaban a la creación de la Región que hoy estamos terminando de materializar en el Senado.

Por lo tanto, ésta es una Región que, a pesar de las dificultades con que va a nacer -las explicitamos en el discurso anterior-, replicando lo que es la surgida hace tres décadas, emerge con un gran espíritu y una fuerza que, en mi opinión, la ayudarán a superar los problemas que habrá de enfrentar en el futuro.

La Región de Los Ríos, capital Valdivia , es una realidad y, por ende, una gran oportunidad para desarrollar esa zona tan hermosa de nuestro país.

Quiero dejar clara constancia, también, de la participación permanente de sus diversas autoridades y parlamentarios en la discusión del proyecto en la Comisión de Gobierno.

Por ejemplo, debo hacer mención de un elemento que, a los ojos de una persona que viva en otra Región, puede parecer intrascendente y carente de significación.

En determinado momento, la proposición del Gobierno era establecer que Paillaco integrara la provincia de Ranco. Pues bien, la comunidad local se organizó, participó, y la presencia de sus fuerzas vivas, de su alcalde y concejales llevó a que la Comisión de Gobierno solicitara al Ejecutivo escuchar el clamor ciudadano en orden a que la comuna de Paillaco permaneciera en la provincia de la que verdaderamente se siente parte, que le da identidad y donde desea desarrollar su futuro.

Todo eso, a partir de una significativa participación ciudadana.

--(Aplausos en tribunas).

Señor Presidente, el precepto en debate dice relación a la representación senatorial.

La Décima Región, de acuerdo con la ley vigente, es de aquellas que excepcionalmente cuentan con dos circunscripciones. Al dividirse en dos, es indudable que, conforme a la regla general, cada una será una circunscripción: la de Los Lagos y la de Los Ríos.

Ahora bien, era preciso resolver el problema surgido con respecto a los dos Senadores ya elegidos por las provincias de Osorno y Valdivia, dado que ésta pasará a constituir la nueva Región de Los Ríos. La decisión de la Comisión -mayoritaria, por cierto, con la abstención del Honorable señor Núñez - fue que en los próximos comicios, el año 2014, se regularice tal situación eligiendo dos Senadores la Región de Los Lagos y dos la de Los Ríos.

Mientras, y hasta 30 días antes de la inscripción de candidaturas para dicho proceso electoral -si no me equivoco, se efectuará en el 2013-, los actuales Senadores seguirán representando a la provincia de Osorno.

La razón fundamental de esa decisión radica en que la voluntad popular expresada en las urnas no puede alterarse a través de una legislación posterior.

Ése fue el motivo que impulsó a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización a consignar el artículo decimoprimero transitorio, nuevo.

He dicho.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

El Senador señor Muñoz Barra solicitó abrir la votación.

Si le parece a la Sala, así se procederá.

Acordado.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Escalona.

El señor ESCALONA.-

Señor Presidente , quiero expresar mi apoyo a la iniciativa, independiente de que ahora sólo debamos pronunciarnos respecto del artículo decimoprimero transitorio, nuevo, incorporado en el segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización. Y, dado que su titular ha emitido juicios de carácter político, yo también haré lo propio.

Ésta es una aspiración muy sentida y profunda de la comunidad valdiviana, que tuvo la capacidad de hacerse escuchar por las autoridades, lo cual se reflejó, en su momento, en el proyecto de ley presentado por el Presidente Ricardo Lagos.

En tal sentido, cabe un mérito muy importante a la Administración Lagos, pues, en rigor, estamos aprobando ahora su texto original, con una leve modificación en lo referente a las provincias que van a constituir la Región de Los Ríos.

Es cierto que la comunidad osornina se pronunció por no integrar la nueva Región, como, asimismo, que el Gobierno de la Presidenta Bachelet , al retirar la indicación, por intermedio del Ministro del Interior , señor Belisario Velasco , escuchó la opinión ampliamente mayoritaria de Osorno y de las demás comunas consultadas -porque no solamente hubo consulta ciudadana en Osorno, sino también en otras comunas, como la de Purranque-, en todas las cuales los participantes se pronunciaron de manera abrumadora por permanecer en la Región de Los Lagos y permitir que la Región de Los Ríos se conforme sobre la base de la actual provincia de Valdivia y de la de Ranco, que ahora se crea.

Aquello obedece a causas profundas. La parte sur de la actual Región de Los Lagos tiene en Puerto Montt un referente cercano. Y esto no se debe a la situación político-administrativa. Razones de desarrollo económico y cultural han provocado un crecimiento muy elevado de Puerto Montt como ciudad y la han transformado en un referente de la Patagonia chilena, más allá de su condición de capital de la Región de Los Lagos propiamente tal. Ello motivó que comunas cercanas, como las ya mencionadas -Puerto Octay , Purranque, Río Negro- sintieran que tenían en la Región de Los Lagos una cercanía geográfica, física, y, además, una relación cultural que las hacía pensar que era enteramente lógico que la Región de Los Ríos se constituyera sobre la base de lo que es en la actualidad la provincia de Valdivia.

Por lo tanto, al operarse de esa manera hay correspondencia con el proyecto original enviado al Parlamento por el Presidente Lagos -según ya señalé- al expirar su mandato.

No menoscaba -por el contrario, lo enaltece, habla bien de él- al Gobierno de la Presidenta Bachelet el haber escuchado a la comunidad.

En lo que no se escuchó a la comunidad fue en la decisión que se tomó hace cerca de treinta años cuando, de manera absolutamente arbitraria y pasando por encima de las realidades histórica y cultural, de las idiosincrasias y de los sentimientos de las comunidades, la CONARA (Comisión Nacional de Reforma Administrativa), encabezada por el entonces coronel y luego general señor Julio Canessa Robert , impuso un tipo de regionalización que hoy se debe corregir.

Si hay una Región que en mi concepto, independiente de las razones económicas, tiene la identidad económica, cultural y social indispensable para configurarse como tal, es la de Los Ríos.

--(Aplausos en tribunas).

Por ello manifesté en la ciudad de Puerto Montt, en medio de la última campaña electoral, aun cuando ello podía ir en contra de mis propósitos como candidato en ese momento, mi disposición a votar favorablemente la conformación de la nueva Región de Los Ríos. Y por eso tengo autoridad moral para hablar en esta sesión. Porque, independiente de las dificultades que aquello pudo ocasionarme, entendí que por sobre los intereses inmediatos de corte electoral había una razón profunda, desde el punto de vista del desarrollo histórico de la comunidad valdiviana, que aconsejaba al Gobierno del Presidente Ricardo Lagos enviar al Congreso Nacional el proyecto pertinente y, ojalá, lograr acá las mayorías que permitieran aprobar la formación de la nueva Región.

En consecuencia, señor Presidente, creo que se ha actuado escuchando a la comunidad.

Es cierto que en determinado momento se pensó que la formación de una Región más amplia, incorporando en ella a la provincia de Osorno, podía tener, desde la perspectiva económica, fundamentos valederos. Sin embargo, la comunidad creyó otra cosa. Como ya señalamos, de manera ampliamente mayoritaria, se manifestó por el proyecto original, por la Región de Los Ríos, en los términos en que lo había enviado la Administración Lagos, salvo una enmienda en la composición de las comunas de una de sus nuevas provincias.

El Gobierno de la Presidenta Bachelet hizo oídos al sentimiento de la comunidad y retiró la indicación correspondiente.

Por lo tanto, en los hechos, independiente de un trámite por entero marginal, producto de la redacción equivocada de un artículo que alude a la Ley de Presupuestos, podemos decir que en esta sesión va a concluir, desde el ángulo de su contenido, el trámite legislativo de la iniciativa que crea la Región de Los Ríos.

O sea, hoy el Senado de la República procede a sancionar de manera definitiva el proyecto. Y eso -insisto- es mérito en primer lugar de Valdivia, que levantó la bandera de la Región que hoy se hace realidad.

--(Aplausos en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Terminó su tiempo, señor Senador.

El señor ESCALONA.-

El artículo decimoprimero transitorio -concluyo de inmediato, señor Presidente - extiende la circunscripción que yo represento (la decimoséptima) a la ciudad de Osorno.

Naturalmente, estoy dispuesto a asumir con gusto las tareas pertinentes. Pero deseo expresar que esa disposición de ninguna manera opaca, oscurece o cuestiona ni podría poner en duda la labor senatorial de quien nos preside, el Honorable señor Frei ...

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Gracias, Su Señoría.

El señor ESCALONA.-

...y del Honorable señor Allamand , electos por la soberanía popular para representar a la ciudad de Osorno en el Parlamento.

Señala el mencionado precepto -y esto es lo que me parece un poco raro en su redacción- que aquélla podría concluir treinta días antes, desde el momento en que se inscriban las nuevas candidaturas.

Ésa es una redacción muy especial, porque la representación emanada de la soberanía popular se extinguirá al terminar el período para el cual los afectados fueron elegidos. Por lo tanto, concluirá el 11 de marzo del año 2014. Y, lógicamente, cuando se presenten las candidaturas, para la nueva elección senatorial corresponderá aplicar la nueva configuración territorial de la decimoséptima circunscripción.

En todo caso, señor Presidente , por lo que pudiese ocurrir, ¡tomaré las medidas para instalar mientras tanto una secretaría en la ciudad de Osorno!

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

¡Previa autorización, señor Senador !

El señor PÉREZ VARELA .-

¡Eso lo vamos a estudiar!

--(Aplausos en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.

El señor NÚÑEZ.-

Señor Presidente , sólo deseo referirme a dos aspectos.

Primero haré una reflexión más general.

A diferencia de Arica y Parinacota -y lo digo con el permiso de sus representantes-, la Región de Los Ríos se ha constituido en lo fundamental no sólo por el esfuerzo que ha puesto el Ejecutivo -y en particular el entonces Presidente Lagos -, sino además por el empuje y la disposición que han tenido todas las autoridades de Valdivia, independiente de su color político.

He conocido muy de cerca los esfuerzos desplegados por el Alcalde, los Diputados y las organizaciones sociales para que hoy culminemos con la creación de dicha Región, de lo que me felicito.

Es muy importante, por lo tanto, que concedamos a las organizaciones sociales, y en especial a la comunidad civil, la posibilidad de luchar por sus intereses, lo que en este caso se ha expresado con mucha claridad.

En segundo lugar, quiero fundamentar la razón por la cual me abstuve en lo referente a la representación senatorial.

Aquí otra vez tendremos una suerte de anomalía: habrá Senadores de la Región de Los Ríos que al mismo tiempo lo serán, hasta el año 2014, de tres comunas de la provincia de Osorno.

Me parece que eso constituye una irregularidad, porque no necesariamente ellas van a quedar aseguradas en su representación, no necesariamente serán atendidas en forma adecuada por los señores Senadores, pues cuando se acerque la elección del 2014, por cierto, la preferencia de ellos, si han de ir a la reelección, será por la Región de Los Ríos y no por esas tres comunas.

Lo lógico es que entremedio, con el sentido del humor superior que tiene el Senador señor Escalona , él y el Honorable señor Kuschel asuman la representación de las referidas tres comunas, por cuanto sus habitantes van a necesitar parlamentarios que se preocupen de sus intereses.

La otra alternativa es que en los hechos existan tres comunas con cuatro Senadores.

Ello, ciertamente, constituye una anomalía. Porque también me gustaría que en mis comunas hubiera cuatro Senadores, lo que no va a suceder.

He dicho.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.

El señor ALLAMAND.-

Señor Presidente , la discusión del artículo decimoprimero transitorio permite hacer una pequeña reflexión respecto a su contenido y, simultáneamente, algunas consideraciones generales acerca del proyecto.

En cuanto al contenido específico de esa norma, quiero tranquilizar al Honorable señor Núñez diciéndole que quienes fuimos electos para representar a la provincia de Valdivia y a tres comunas de la provincia de Osorno tenemos el más pleno compromiso de respetar el mandato ciudadano y, tal como lo manifestó el Senador señor Escalona , cumplir hasta el último día la obligación proveniente de la soberanía popular.

Si seremos dos o cuatro los que nos preocupemos de esas comunas, es una cuestión que el tiempo dirá. Pero -y en esto creo representar al señor Presidente del Senado - Sus Señorías pueden tener la certeza de que sí cumpliremos hasta el último día, con la mejor de nuestras energías y fuerzas, ese mandato popular.

Ahora, con relación a los temas de fondo, quisiera hacer tres o cuatro consideraciones que me parece importante dejar registradas en el debate.

Cuando el 10 de octubre pasado, en esta Sala, aprobamos la idea de legislar sobre la formación de la nueva Región de Los Ríos, hice presente que crear una nueva Región era "una obra de arte política colectiva". Y en verdad, mientras más pienso en esa definición, más certeza tengo de que es correcta.

En esa oportunidad hice ver que se abría la posibilidad de que surgiera una suerte de gestión modelo; que a la nueva Región le iba a ser factible efectuar un aporte productivo de gran significación y también una contribución energética -por los problemas que el país tiene en ese ámbito-, y que se permitiría, al mismo tiempo, avanzar muy fuertemente en los clusters productivos, en las alternativas de innovación.

Todo eso hoy está plenamente vigente.

Además, como aquí se ha señalado, la forma en que se resolvió la incorporación de Osorno a la nueva Región ha sido notable, participativa, democrática y, ciertamente, inobjetable.

La verdad, señor Presidente , es que nadie puede ser obligado a participar en una obra de arte colectiva contra su voluntad. Osorno ha resuelto de manera democrática continuar su proceso de desarrollo unido a la Región de Los Lagos, y está en su pleno derecho de hacerlo.

Lo importante en este debate es dejar constancia de que la actual conformación de la Región de Los Ríos es plenamente viable a partir de la provincia de Valdivia.

El propio estudio que se ha mencionado del Instituto de Geografía de la Pontificia Universidad Católica de Chile, del año 2003, señala que, en consideración al peso administrativo, al peso territorial, al peso económico-productivo y al peso sociocultural, la provincia de Valdivia, transformada en Región, está en un índice más alto incluso que siete de las actuales Regiones. De manera que, desde el punto de vista de su fisonomía, es completamente viable.

Desde la perspectiva de su demografía y geografía, exactamente igual. Estamos hablando de una Región que territorialmente va a ser más grande, por ejemplo, que la Metropolitana y que la Quinta, y que va a tener más población que la Tercera.

Otro tanto se puede decir de los aspectos económico-productivos. Se trata de una Región que tiene una amplia matriz productiva, una enorme proyección interna y una marcada vocación hacia el exterior, pues puede establecer conexiones de gran importancia con Argentina y, a partir del puerto de Corral, transformarse, además, en una plataforma de expansión hacia el Pacífico.

Pero tal vez lo más importante, señor Presidente , sea remarcar que lo que anima a Valdivia es su profunda voluntad de ser Región; esto es, su capital social y la energía que durante treinta años la ha movido hasta alcanzar esta posición.

Por otra parte, hago presente que entre la aprobación en general y esta discusión hay a lo menos tres aspectos que han mejorado sustantivamente el proyecto, sin aludir al tema de Osorno, al que ya nos hemos referido.

En primer término, agradezco al Ejecutivo que haya hecho suya la indicación que en su oportunidad presentamos, en orden a que la comuna de Paillaco se mantuviese en la provincia de Valdivia sin anexarse a Ranco.

En segundo lugar, valoro que el Gobierno respaldara la propuesta de que entre la publicación de la ley y la instalación de la nueva Región, vía nombramiento del Intendente y del Gobernador de la provincia de Ranco , medien sólo seis meses y no un año.

Y, por último, destaco algo de extraordinaria importancia, a lo que hizo alusión el señor Presidente de la Comisión de Gobierno: el proceso de instalación de una Región es particularmente complejo y, en consecuencia, resulta fundamental que la Presidenta de la República designe a un funcionario de jerarquía, con atribuciones y potestades, para llevar adelante toda la compleja tramitación que ese proceso significa.

Señor Presidente, quiero terminar haciendo ver lo siguiente.

Desde hace treinta años, a lo menos, Valdivia sueña con ser Región. A contar de la aprobación de hoy, estará en condiciones de empezar a transformar ese sueño en realidad. Y estoy seguro de que lo va a llevar a cabo de la mano de los valores y las virtudes que la caracterizan y que la han acompañado durante todo este proceso: una notable unidad política, una incansable perseverancia colectiva y una gran diligencia para gestionar su causa.

He dicho.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.

El señor KUSCHEL.-

Señor Presidente , respecto del proyecto anterior, planteé que había presentado indicaciones para suprimir sus artículos permanentes y transitorios. Sin embargo, no fue considerado mi voto en contra, según me señaló el señor Secretario .

Por lo tanto, quiero decir ahora expresamente que no estoy de acuerdo con esta división regional, como tampoco con la propuesta en la iniciativa precedente.

Nuestro país tiene 16 millones de habitantes. Al momento de establecerse las trece Regiones, que hoy se están transformando en quince, había 25 provincias. Ahora se crean 2 sobre las 52 que ya existen, porque, junto con regionalizar, no dejamos de tener un apetito provincializador. Además, en esa época había 200 comunas; hoy existen 345. ¡En un país de 16 millones de habitantes!

En particular, en la Décima Región que se divide, Valdivia va a quedar significando el 0,7 por ciento del producto interno bruto, y el resto de la Región, el 7 por ciento. La Región de Los Lagos quedará con un tamaño económico casi diez veces mayor que el de la de Los Ríos.

Se ha planteado que la comunidad participó. Sí, pero lo hizo sobre un hecho consumado. Le preguntaron: "¿Se incorpora o no a Valdivia?". Pero nunca le consultaron: "¿Usted quiere que se divida la Región?". La ciudadanía en general no desea hacerlo, salvo los habitantes de la provincia de Valdivia, quienes siempre han estado en esta posición.

Como insistí muchas veces, no ha aparecido ningún estudio realmente serio y profundo -usando las palabras del señor Presidente de la Corporación- que analice las ventajas y desventajas, los costos y los beneficios de esta división. No ha aparecido. Y no sé quién de los presentes pudiera mostrarme alguno.

De otra parte, muchos Senadores votaron por la creación de esta Región porque el Ejecutivo -habría que revisar las intervenciones- dijo que se agregaría Osorno a Valdivia. Si no, la Región de Los Ríos quedaba muy pequeña, muy reducida, muy "pichiruche" (por usar una expresión más familiar).

--(Manifestaciones en tribunas).

Como señalé, no hubo verdadera consulta a la ciudadanía. La gente estaba "en otra". Osorno, por gran mayoría, y cada una de las comunas que tuvieron la oportunidad de expresarse, formal e informalmente -en realidad, no hubo espacios formales para hacerlo-, se manifestaron en contra de pertenecer a la nueva Región ante los hechos consumados. Pero nadie les preguntó si querían que la Región se separara. Porque ésta es una división sólo para Valdivia.

También se habló de una obra de arte colectiva. Creo que ésta es una obra de arte colectiva burocrática. Porque estamos aumentando sin justificación, sin estudio, capas burocráticas en un país de sólo 16 millones de habitantes.

Como lo he planteado otras veces, pienso que es bueno estudiar una reducción del número de Regiones y una disminución de los niveles administrativos que operan en Chile. Ello, porque los recursos financieros de nuestro Estado se orientan especialmente a la tercera edad y a la juventud. Y, aunque no dejamos de subir los impuestos, los cuales sirven para financiar programas de fomento social, de redistribución de ingresos, en fin, seguimos creando infinidad de organismos intermedios, de burocracia innecesaria, que no guarda relación con la capacidad de generación de riqueza, de producción, de inversión y, sobre todo, de empleo.

En consecuencia, insisto una vez más en mi voto en contra respecto de este proyecto, y también del anterior, pues creo que no quedó suficientemente registrado. Por eso lo reitero.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Señor Senador , la votación anterior estuvo abierta entre 15 y 20 minutos. Como se trata de una votación electrónica, si no queda registrado el voto es porque en el momento en que se cerró Su Señoría no se encontraba en la Sala.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Ruego a las tribunas guardar silencio.

Perdón, señor Senador , ¿usted votó por el rechazo o se abstuvo?

El señor KUSCHEL.-

Señor Presidente , estamos votando un artículo transitorio.

Yo estoy en contra de la división regional, pero Su Señoría, que está presidiendo, sabe mejor que yo que se ha sometido a votación una norma transitoria relacionada con la representatividad, aspecto en el que debo abstenerme por estar involucrado.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente , más allá de los legítimos debates que se han producido, debo señalar que una de las características más importantes de la idiosincrasia que se vive en el sur -particularmente, en Valdivia y en Puerto Montt- es sin duda la amplitud, la transversalidad para tomar una decisión como ésta.

En mi opinión, el ejercicio ciudadano realizado en Osorno dignifica la democracia. Es bueno consultar al pueblo antes de tomar decisiones. Es bueno que la gente se exprese. Ha habido allí un pronunciamiento efectivo, amplio y organizado. Si bien la consulta ciudadana no es un instrumento vinculante, ha servido para dilucidar un tema muy relevante.

Una expresión de esa amplitud y diversidad, sin duda, la constituye la presencia en las tribunas del Senado de los alcaldes señores Alejandro Koehler , de Panguipulli (Partido Socialista); Simón Mansilla , de Los Lagos (Partido Socialista); Luis Cuvertino , de Lanco (Partido Socialista); Bernardo Berger , de Valdivia (Renovación Nacional); Gastón Fuentes , de Paillaco (independiente), y de la señora María Angélica Astudillo , alcaldesa de La Unión (independiente).

Se encuentran, además, los concejales Ramona Reyes y Marcos Ilabaca , del Partido Socialista; Enrique Salinas , del Partido Radical; Francisco Eguiluz , de Renovación Nacional, y Omar Sabat, de la Unión Demócrata Independiente.

Lo anterior da cuenta de que efectivamente hay una transversalidad en pos de un objetivo común. Uno quiere ver¿

--(Aplausos en tribunas).

¿a las Regiones unidas, más allá de los temas políticos coyunturales y sustanciales. Cuando hay que enfrentar a la capital, al poder central, unidad. Ésa es la fórmula que, en mi opinión, ha dado resultados para conformar hoy esta nueva Región, y espero que vuelva a repetirse cada vez que tengamos que tomar una decisión.

Como lo expresé en la intervención pasada, aquí se está otorgando una facultad, una responsabilidad a todos los que nos acompañan en las tribunas, a la gente, a los ciudadanos de esta nueva Región.

Pero ahora viene la tarea de ejercer el gobierno. Y en ello se tendrán que dar muchas batallas para vencer el centralismo que, durante largas décadas, impidió que esto se consumara.

Por lo tanto, la labor recién comienza.

A partir de hoy, la Región de Los Ríos deberá demostrar que tenía razón y fundamento -no de ahora, sino de muchos años- para convertirse en una Región autónoma, capaz de tomar decisiones por sí sola.

En ese sentido, se requiere más poder para las Regiones.

--(Aplausos en tribunas).

Confío en que el futuro Intendente sea electo en forma popular por la ciudadanía. ¡Eso es lo que queremos: elecciones directas, reformas constitucionales que permitan autonomía verdadera! Porque hasta ahora el sistema es el de designación. Como lo he venido repitiendo constantemente, se debe revisar este punto en la Carta Fundamental para democratizar aún más la participación ciudadana.

La Región de Los Ríos va a ser grande cuando sus ciudadanos estén unidos, cuando sean capaces de tomar decisiones por sí solos, pensando en el país, pero también en la Región. Porque, al fin y al cabo, cuando finaliza la noche, las decisiones se adoptan en la comuna, en las juntas de vecinos, en la provincia y en la Región.

Yo sé que el camino no ha sido fácil, que ha estado lleno de dificultades y pugnas, pero va a terminar, felizmente, con un resultado positivo.

Como representante de la Región del Biobío -una zona también de ríos- siento que aquí no se le ha regalado nada a Valdivia. Más bien se le ha devuelto un derecho que siempre tuvo. En 1974, se generó una división administrativa absolutamente autoritaria, porque no se respetó la identidad regional ni se definió en forma clara qué significa ser Región. Y se tomó una decisión sin consultar a nadie.

Hoy se ha escuchado al Parlamento -que se ha expresado de manera prácticamente unánime- y a la ciudadanía.

En mi concepto, muchas Regiones deberán ser reformuladas. Comparto la idea de que tal vez no sea la hora de crear más y más Regiones. Pero la reformulación de algunas en democracia necesariamente llevará a efectuar ajustes positivos para todos. En ese sentido, lo que haga la Región de Los Ríos va a ser muy importante, pues marcará el camino para determinar si esta decisión fue buena o mala.

Algunos tal vez estén pensando que no va a resultar, que nunca debieron haber dejado a su ciudad madre, Puerto Montt. Creo que hoy tienen un desafío que enfrentar y les deseo lo mejor. Por lo menos, quienes vamos a estar en el Parlamento durante algunos años más cooperaremos por el éxito de esta decisión.

Espero que la nueva Región de Los Ríos y la de Los Lagos trabajen en forma mancomunada y cooperante. Ojalá deje de existir la disputa que hubo durante largo tiempo. Cuando uno escuchaba las canciones de Miguel Barriga con Sexual Democracia, en las que se reclamaba a Valdivia como capital, solidarizaba con eso. Pero ello llevaba a una pelea que va mucho más allá de lo que uno puede conocer. Eso estaba enraizado en la gente.

Confío en que a partir de ahora el espíritu del sur de Chile se transforme en uno de colaboración, de integración y de solidaridad con el resto de las zonas que hoy no han tenido la suerte de transformarse en Regiones y que van a demandar también la cooperación de ustedes. Es decir, ojalá que la nueva Región colabore de verdad con las demás Regiones y con el país, y no necesariamente con la Metropolitana.

En ese sentido, espero que exista una contraloría ciudadana sobre el comportamiento de las autoridades. Lo que han dicho aquí los Legisladores de la Región, las autoridades electas tiene que verse reflejado cuando ésta se gobierne. Porque a veces se es regionalista cuando se pelea por la Región, pero cuando ella se instala se es gobiernista y centralista. Porque en Santiago se toman las decisiones sobre el Presupuesto. Por lo tanto, enemistarse con la Capital no resulta ser un buen negocio. Sobre el particular, tendrán que tomar decisiones muy importantes para marcar de verdad un espíritu regional.

Por último, he conversado...

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Terminó su tiempo, señor Senador.

El señor NAVARRO.-

... con los Diputados señores Alfonso De Urresti y Enrique Jaramillo , ambos de la Décima Región. Y les manifiesto mi alegría, especialmente al primero, con quien he dado peleas ambientales y coincidimos en materia de regionalismo.

También debo mencionar a Exequiel Silva, que entiendo que está en las tribunas, ex Diputado que también dio una gran batalla.

Hay muchas personas que han colaborado. Espero que los Diputados señores Alfonso De Urresti y Enrique Jaramillo continúen luchando como siempre.

En consecuencia, aprobamos este proyecto de ley y nos comprometemos a seguir respaldando la nueva Región. Y confío en que exista reciprocidad para apoyar a la Región del Biobío .

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.

El señor GAZMURI.-

Señor Presidente , quiero decir que voy a votar a favor de la creación de la Región de Los Ríos, tal como lo hice en la discusión en general, básicamente por lo que ya se ha dicho: reconocer el esfuerzo y la movilización ciudadanos que se han desarrollado durante muchos años en Valdivia para concretar esta aspiración regional.

Concuerdo en que ése es un elemento fundamental para que una Región pueda efectivamente generar dinámicas de desarrollo y de integración. Por tanto, tal como apoyé la idea de legislar en su momento, respaldo ahora esta disposición en consideración al esfuerzo realizado por la sociedad civil y todos los representantes políticos de Valdivia.

Celebro también que se haya recogido la opinión de Osorno, con lo cual finalmente estamos aprobando una Región distinta de la que votamos en general hace poco tiempo.

Sin embargo, quiero levantar mi voz para decir que repruebo la forma en que estamos efectuando este debate a nivel nacional. Sobre el particular, no estoy disponible -por lo menos como Senador regionalista- para seguir por ese camino. Por lo tanto, no contará con mi voto favorable la creación de ninguna Región que no venga acompañada de un balance general del proceso de regionalización y de procedimientos establecidos en conjunto.

La división político-administrativa del país conlleva un vicio de nación, como dirían en el campo. Fue un acto de autoridad impuesto por un Gobierno dictatorial sin consultar a nadie, sobre un país cuyas identidades regionales eran fuertes, pero circunscritas principalmente a las viejas provincias.

Aquí hay curicanos, talquinos, linarenses, atacameños, antofagastinos, penquistas. Ésas son las identidades regionales que se construyeron a lo largo de varios decenios en la República.

Ése es el primer tema.

En segundo lugar, en aquel proceso de regionalización, no existió la participación ciudadana ni la generación de poder político regional, que sí se está dando hoy. Porque de eso se trata.

La descentralización no es un proceso burocrático administrativo: o es un proceso político, donde se transfieren competencias y poderes, o no va a lo esencial. Y en estos 16 años, en general, la consolidación de poder político en las Regiones y el traspaso de competencias a ellas han sido muy lentos.

En aquella que represento, todas las señoras y señores del gabinete regional -quienes se sacan fotos al momento de constituirlo, al igual como lo hace el gabinete nacional con el Presidente de la República -, obedecen a los Ministros, que están en Santiago. El intendente apenas -¡apenas!- propone una terna. Los programas son todos nacionales. Servicios regionales casi no hay. Lo único que reviste este último carácter es el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, que es un instrumento importante, porque se trata de recursos cuantiosos, los cuales son objeto de la resolución de una asamblea de ciudadanos.

Este año, en la Región del Maule, al debatirse asuntos significativos que fueron materia de controversia -por ejemplo, cuánto se asignaba a cultura, a desarrollo, etcétera-, una encuesta arrojó como resultado que a los consejeros regionales no los conoce ni 2 por ciento de los consultados, en circunstancias de que ya manejan millones de dólares.

¡Para qué decir los de la Región Metropolitana! Allí la gente ni siquiera sabe que existe un consejo regional, con un presupuesto que ignoro, pero que debe de ascender a unos 200 millones de dólares.

Sin embargo, esos temas no se han puesto en debate.

La elección directa de los consejeros constituye un elemento central para dar poder efectivamente a las Regiones.

A lo anterior se suma la elección directa del jefe del gobierno regional. No me refiero al intendente, porque es obvio que en un país centralizado debe haber un representante del centro.

Y también cabe considerar la generación de servicios regionales, dependientes de los gobiernos respectivos. Por mi parte, represento a una zona agropecuaria que necesita servicios de esa índole en este último rubro. El SAG seguirá siendo nacional, porque es evidente que la protección fitosanitaria no es un asunto regionalizable.

Pero esos asuntos no están en la discusión.

El señor ORPIS.-

Sí se encuentran considerados, señor Senador.

El señor GAZMURI.-

Y destinamos mucho tiempo, en cambio, a tratar dos proyectos -respecto de ellos me pronunciaré, mas por última vez en este tipo de materias- que no resuelven los aspectos planteados. Porque las Regiones que creamos disponen de las mismas competencias que las anteriores, los consejos regionales -que, además, desconozco cómo se van a constituir- tienen la misma poca legitimidad democrática que los actuales y los servicios siguen siendo centralizados. Por lo tanto, es una ilusión creer que con más divisiones de este tipo estamos efectivamente apuntando a los problemas gruesos de la regionalización.

Pero el debate que nos ocupa sí demuestra -y lo tomo en forma positiva- que la movilización ciudadana impacta en tales procesos, como en el caso de la gente de la provincia de Valdivia, que tiene una vieja y larga tradición de identidad. Si una zona registra identidad histórica, desde la Colonia, es la de Valdivia. Y eso explica por qué ha tenido fuerza para constituirse en Región.

Es el factor al que también obedece la voluntad de los osorninos de no querer quedarse donde deseaba ponerlos la burocracia central con un buen argumento tecnocrático. Efectivamente, una Región con mayor potencial, con economías complementarias, con más habitantes, es mejor que una más chica. Pero sucede que ello tenía un solo problema: no querían una Región con los valdivianos y preferían quedarse con Puerto Montt.

Felizmente, eso se recogió, porque no está la CONARA, sino un gobierno democrático y este Parlamento. Entonces, la voz de la gente tiene peso.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Terminó su tiempo, señor Senador.

El señor GAZMURI.-

Concluyo de inmediato, señor Presidente.

La cuestión que plantea el artículo de que se trata es insoluble, porque la verdad es que, como todo esto se ha hecho por parte, se mantienen elegidos representantes de Regiones que ya están en otro lado.

Y celebro tanto la disposición del Senador señor Escalona de representar a una ciudad que no lo eligió como la afirmación del Honorable señor Allamand en el sentido de que va a mantener su compromiso hasta el último día.

Sin embargo, está claro que el asunto no se halla bien resuelto. Las cosas hechas a medias tienen soluciones a medias. Y, en mi concepto, la cuestión no se puede solucionar fácilmente. Así que en esto voy a acompañar al colega Núñez y me voy a abstener respecto de esa norma.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Orpis, quien es el último inscrito.

El señor ORPIS.-

Señor Presidente, quise intervenir porque creo importante no dejar pasar algunas cosas.

No es efectivo que el tema de la descentralización no haya sido parte del debate. Invito al Honorable señor Gazmuri a que lea el boletín de indicaciones Nº 4.048-06, de 13 de noviembre de 2006, donde encontrará un proyecto alternativo de descentralización en que se plantea parte de lo que expresa Su Señoría, incluidos los servicios públicos regionales, entre otras cosas. Pero se presenta un esquema completo. Son, prácticamente, 90 artículos que expuse en cuanto a lo regional. Por lo tanto, no es que la cuestión no haya sido parte del debate, sino que el Gobierno no quiso ponerla en él, lo cual es radicalmente distinto.

Como lo juzgo muy relevante para los efectos de la historia de la ley en proyecto, quiero referirme a los documentos mencionados por el Honorable señor Núñez.

El primero corresponde a la presentación del Ministro del Interior en la Comisión de Gobierno. Al final de la primera página se señala que se ha puesto en conocimiento de ese órgano técnico "una propuesta sobre Nueva Institucionalidad y Nuevas Competencias en el ámbito regional, la que deberá dar origen a diversas reformas a la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional, mediante el correspondiente proyecto de ley.".

Al menos, en la Comisión se manifestó que en los próximos días se enviará una iniciativa al Parlamento y que dentro de los seis meses correspondientes al nacimiento de las nuevas Regiones iba a quedar despachada.

Un segundo texto, complementario del que acabo leer, se titula "Nuevas Regiones y Competencias, Gobierno Interior y Administración Pública descentralizada, Subsecretaría de Desarrollo Regional, noviembre de 2006".

Lo anterior no está firmado por nadie. Simplemente, es un documento de la SUBDERE.

En cuanto a esas dos redacciones, me interesa mucho que se pueda consignar en la historia de la ley el compromiso del señor Ministro ante el Senado -porque aquí se requieren decisiones políticas del más alto nivel- en el sentido de que en los próximos días van a ingresar las modificaciones de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. Considero muy importante que aclare el punto.

Para completar los antecedentes -y aprovechando su presencia-, agregaré que un tercer texto, que también emana de la SUBDERE y tampoco presenta ninguna firma, dice relación a medidas reactivadoras para Arica y Parinacota.

Estimo conveniente que haya una responsabilidad política del Ministro del Interior en cuanto a ratificar que los contenidos de los tres documentos se materializarán en el plazo respectivo, en particular las medidas reactivadoras para Arica y Parinacota. Juzgo trascendente su intervención.

Para terminar, señor Presidente , agradezco a todos los Parlamentarios -en el caso de Valdivia, al Diputado señor Von Mühlenbrock - y autoridades por haber contribuido a la materialización del proyecto.

He dicho.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Ministro del Interior.

El señor VELASCO ( Ministro del Interior ).-

Señor Presidente , la verdad es que coincidimos con los planteamientos del Presidente de la Comisión de Gobierno , Honorable señor Pérez Varela , y con las intervenciones de los integrantes de dicho órgano técnico, motivo por el cual no creo necesario referirme a las razones del Ejecutivo para, por ejemplo, proponer la incorporación de Osorno a la Región de Los Ríos. Posteriormente, después de la votaciones realizadas en comunas como Osorno, Purranque, oyendo la voz de la ciudadanía, resolvió presentar la indicación a que hacía referencia el Senador señor Pérez Varela .

Lo que sí deseo manifestar es que la discusión de ambas iniciativas de modificación de la división política administrativa ha permitido también coincidir, entre Gobierno y Parlamentarios, en la necesidad de avanzar, profundizar e innovar en nuestro actual sistema de Gobierno y Administración Regional.

En tal contexto, debo hacer presente que, recogiendo proposiciones planteadas por diversos señores Senadores durante las discusiones en particular de ambos proyectos, el Ejecutivo ha elaborado un conjunto de reformas de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en materia de nueva institucionalidad y nuevas competencias para los gobiernos regionales. La iniciativa correspondiente ingresará próximamente a tramitación en el Congreso Nacional, con el propósito de que esté despachada y en vigencia dentro del plazo previsto para la instalación de las nuevas Regiones que hoy se han analizado.

Gracias.

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Antes de proclamar la votación, quiero acoger las palabras del señor Ministro , porque durante todo el debate hemos planteado la necesidad de disponer una mayor autonomía, competencia y localización de servicios en la Región.

Me parece que, de todas las indicaciones que presentamos, la más importante es la recaída en el artículo octavo transitorio, que señala claramente que la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo debe "coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional".

Así como ésa, esperamos que en la modificación de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional se incluyan otras indicaciones que presentamos respecto a competencias, localización, auditorías y otros puntos que nos parecen fundamentales para estas Regiones que nacen, y especialmente para la de Los Ríos.

Antes de cerrar la votación, y ya que se han dado tantos nombres de personas que han luchado por la Región, quiero recordar al Senador a quien sucedí en la circunscripción que represento y que también ocupó la testera: el señor Gabriel Valdés . Fue un gran luchador por la zona, y estimo necesario que quede en la Versión Oficial una constancia de su esfuerzo para crear la nueva Región.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

Y, por el honor de haber presidido la sesión durante la aprobación del proyecto, deseo manifestarles a muchos señores Senadores interesados en "tomarse" mis comunas que no se preocupen, porque voy a seguir, hasta el 2014, representando a todos los electores en mis oficinas en las respectivas provincias para que no haya ningún problema¿

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el artículo decimoprimero transitorio, nuevo, y queda despachado en particular el proyecto (26 votos a favor y 4 abstenciones).

Votaron a favor los señores Allamand, Alvear, Arancibia, Ávila, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Flores, Frei, García, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín, Longueira, Matthei, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Ruiz-Esquide, Sabag y Vásquez.

Se abstuvieron los señores Gazmuri, Kuschel, Núñez y Ominami.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

2.7. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 12 de diciembre, 2006. Oficio en Sesión 106. Legislatura 354.

Valparaíso, 12 de diciembre de 2006.

Nº 28.841

A S. E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio, correspondiente al Boletín N° 4.049-06, con las siguientes modificaciones:

Artículos 1º y 2º

Han sido reemplazados por los siguientes:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.-

La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.”.

Artículo 3º

Ha introducido las siguientes enmiendas al número 14 que este precepto agrega al artículo 1º de la ley Nº 19.379:

Uno) En la línea correspondiente a “Jefes de Departamento grado 8°”, ha sustituido el guarismo “2” por “1”.

Dos) En la columna “Total”, ha reemplazado el guarismo “8” por “7”.

Tres) Ha eliminado el acápite referido a “DIRECTIVOS-CARGOS DE CARRERA”, el término “Directivos” y los guarismos “9°”, “1” y “1” que lo integran.

Cuatro) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 8°”, ha sustituido el guarismo “4” por “5”.

Cinco) En la línea correspondiente a “Profesionales grado 9°”, ha reemplazado el guarismo “3” por “4”.

Seis) En la columna “Total”, ha sustituido el guarismo “25” por “27”.”.

Artículo 13

Lo ha suprimido

Artículo 14

Ha pasado a ser artículo 13, reemplazado por el siguiente:

“Artículo 13.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.”.

- - -

A continuación, ha agregado los siguientes artículos 14, 15, 16, 17 y 18, nuevos:

“Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una Región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X Región se entenderá que incluyen a la XIV Región de Los Ríos.

Artículo 15.-

Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X Región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV Región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI Región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X Región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 16.-

Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto Supremo N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59 letra e) y 146 N° 2 y N° 5 la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI Regiones.”.

Artículo 17.-

Modifícase la Ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X región” por “XIV y X Regiones” y, en el artículo 24 letra c), la expresión “X región” por “XIV Región.”.

Artículo 18.-

El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.”.

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Disposiciones Transitorias

Ha incorporado el siguiente artículo primero, nuevo:

“Artículo primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva Región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa Región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquél con cargo al presupuesto de la nueva Región.”.

Artículo primero

Ha pasado a ser artículo segundo, sin enmiendas.

Artículo segundo

Ha pasado a ser artículo tercero con las siguientes enmiendas:

Uno) Ha eliminado su inciso primero, y

Dos) Ha reemplazado, en su inciso segundo, que ha pasado a ser inciso primero, la expresión “el año señalado” por “del primer año de vigencia de la presente ley”.

Artículos tercero y cuarto

Han pasado a ser artículos cuarto y quinto, sin modificaciones.

Artículo quinto

Ha pasado a ser artículo sexto, reemplazando el vocablo “cualquier” por la palabra “un”.

Artículo sexto

Ha pasado a ser artículo séptimo, sin enmiendas.

Artículo séptimo

Ha pasado a ser artículo octavo, sustituido por el siguiente:

“Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.”.

Artículos octavo y noveno

Han pasado a ser artículos noveno y décimo, respectivamente, sin modificaciones.

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A continuación ha incorporado el siguiente artículo undécimo, nuevo:

“Artículo undécimo.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

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Hago presente a Vuestra Excelencia que el proyecto fue aprobado en general con el voto conforme de 33 señores Senadores de un total de 38 en ejercicio, y que, en particular, los artículos 1°, 2°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10 y 13 permanentes, y los artículos primero, segundo, tercero, cuarto y undécimo transitorios, fueron aprobados, en el carácter de normas orgánicas constitucionales, con el voto conforme de 26 señores Senadores, de un total de 37 en ejercicio.

Los artículos 14, 15 y 17 permanentes fueron aprobados en particular, en el carácter de normas de quórum calificado, con el voto conforme de 26 señores Senadores, de un total de 37 en ejercicio.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 6.188, de 6 de junio del presente año.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 19 de diciembre, 2006. Diario de Sesión en Sesión 109. Legislatura 354. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

CREACIÓN DE LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS Y LA PROVINCIA DE RANCO. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.

El señor LEAL (Presidente).-

A continuación, corresponde conocer las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio.

Aplausos en las tribunas.

Antecedentes:

- Modificaciones del Senado, boletín N° 4049-06, sesión 106ª, en 12 de diciembre de 2006. Documentos de la Cuenta N° 8.

El señor LEAL (Presidente).-

Para iniciar el debate, tiene la palabra el honorable diputado Gastón Von Mühlenbrock .

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señor Presidente, honorables colegas, en esta mañana de primavera nos encontramos escribiendo, una vez más, la historia de una nueva división políticoadministrativa para el norte y para el sur de nuestro país que, no obstante estar separados por miles de kilómetros, el destino los ha puesto más cerca que nunca, como hermanos siameses que se encuentran en el vientre de la Madre Patria, con su vida ya gestada, esperando salir del vientre e independizarse del cordón umbilical para dar origen, con el llanto de alegría, de paz y de vida, a dos nuevos seres, llenos de fuerza, cariño, ilusiones y sueños y con la esperanza de convertirse en nuevos hijos pródigos, modelos para la patria.

Considero necesario, para el establecimiento de la historia fidedigna de este memorable proyecto de ley, consignar un breve resumen de él, porque estamos en tercer trámite constitucional y a punto de cambiar la división políticoadministrativa del país.

En agosto de 2005, se promulgó la reforma contenida en la ley N° 20.050, que introdujo diversas modificaciones a la Constitución Política, entre las cuales está la eliminación de la referencia a la cantidad de regiones. Se uniformó el procedimiento para crearlas y suprimirlas, dejando entregado a una ley de rango orgánico constitucional lo relativo a la división políticoadministrativa del país.

A partir de entonces, es posible adecuar la división política territorial, de manera que ella sea coherente con el proceso de descentralización.

En el caso de la Región de Los Lagos, desde la fecha de su creación, hubo frustración y reclamaciones de los habitantes de la provincia de Valdivia, porque nuestra comunidad consideraba que reunía los requisitos para ser capital regional, basándose en fundamentos económicos, demográficos, territoriales, históricos e institucionales.

Diversos estudios realizados desde 1978 en los que se analiza la estructura territorial de la Décima Región de Los Lagos reconocen desajustes originales en la estructura de dicha región, lo que motivó la aplicación de medidas económicas, presupuestarias, institucionales y administrativas, destinadas a resolver o a atenuar los efectos derivados de la configuración territorial.

De ahí que el proyecto original, enviado al Congreso Nacional por la anterior Administración, estructuró la nueva Región de Los Ríos, considerando sólo el territorio de la provincia de Valdivia. Sin embargo, a raíz de los planteamientos y peticiones surgidas durante la discusión del proyecto en la Cámara de Diputados, que, en todo caso, no fructificaron en el primer trámite constitucional y que han sido reiterados en el Senado, en el segundo trámite constitucional del proyecto, se solicitó considerar también la incorporación de la provincia de Osorno en la estructura de la nueva región. Pero, antes de que el proyecto fuera votado en el Senado, se hicieron consultas en distintos pueblos de la provincia de Osorno. En definitiva, por una aplastante mayoría, los habitantes optaron por seguir perteneciendo a la Región de Los Lagos y no integrar la nueva Región de Los Ríos.

Así se pronunció la ciudadanía de Osorno, debido a lo cual el Ejecutivo echó pie atrás y retiró la incorporación de esa provincia en la nueva Región de Los Ríos.

Del mismo modo, se escuchó la voz de los habitantes de Paillaco, en cuanto a pertenecer a la provincia de Valdivia. Un conjunto de parlamentarios apoyamos la voz del pueblo.

Salvo algunas modificaciones introducidas por el Senado que apuntan a perfeccionar el proyecto que votaremos dentro de breves minutos, estamos ante la misma iniciativa que aprobamos en forma mayoritaria en la Cámara de Diputados.

Es así como el Senado reemplazó los artículos 1° y 2° por los siguientes: “Artículo 1°.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia , que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco, que se crea en virtud del artículo siguiente.

“Artículo 2°.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina , Lanco , Los Lagos, Corral , Máfil , Panguipulli y Paillaco . Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de La Unión, Futrono , Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión”.

Asimismo, los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la ley general de pesca y acuicultura y que sean aplicables en la Décima Región se entenderá que incluyen a la XIV Región de Los Ríos.

La futura ley entrará en vigencia 180 días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al intendente de la Región de Los Ríos y al gobernador de la provincia de Ranco.

Es digno de ejemplo que en esta lucha permanente por la nueva región las fuerzas vivas de la comunidad se hayan organizado, dejando de lado sus intereses partidistas o políticos, por el bien superior de no cesar de luchar hasta conseguir la creación de la nueva Región de Los Ríos y la provincia de Ranco.

Voy a nombrar sólo algunas asociaciones de personas que apoyaron esta iniciativa: la Confederación de Gremios y Colegios Profesionales e Instituciones de Bien Público, la Fundación Pedro de Valdivia, el Comité Nueva Región, la Corporación de Desarrollo de la Provincia de Valdivia, los medios de comunicación, la agenda pactada de desarrollo provincial, acuerdo público y privado, Comité de Mujeres por la Nueva Región, Asociación Provincial de Municipalidades, acuerdo provincial de Futrono, voto político de trabajo, Unión y Frente Común de las 12 Municipalidades de la Provincia de Valdivia. Las comunidades de Valdivia, Lanco , Corral , San José de la Mariquina, Máfil , La Unión, Río Bueno, Panguipulli , Los Lagos, Lago Ranco , Futrono y Paillaco .

Con este contundente apoyo hemos derrumbado muros y movido montañas; nada es imposible cuando luchamos con la verdad, la justicia y la fuerza del poder de las ideas.

La lucha por crear la nueva Región de Los Ríos es un bien superior, pensado en rectificar una deuda histórica y generar un modelo de región del siglo 21, que potencia la autonomía y rapidez de las decisiones y con un alto impacto en el robustecimiento de las políticas públicas y sociales, todo por y para la gente.

Es de vital importancia lo que se juega por las personas y las generaciones futuras; por eso no hemos permitido que poderes fácticos o manos moras transen este bien superior por un botín electoral y mezquino conseguido entre gallos y medianoche.

En momentos tan importantes para nuestras comunas y su gente, debemos luchar por mantener la unión política, económica y social, que se transforma en una roca dura y monolítica que nos asegura el sueño de una mayor independencia, igualdad y autonomía en nuestras decisiones, que significará, más temprano que tarde, más oportunidades, más trabajo, mejor distribución económica y social y que es luz de esperanza para las nuevas generaciones.

Es tan importante y fundamental lo que está en juego, que debemos ser cuidadosos y estar alertas para enfrentar las voces mezquinas que siembran la desconfianza, los celos y la envidia en nuestras comunas vecinas.

Luchamos y apoyamos a La Unión como capital provincial, para que potencie el desarrollo y bienestar de Río Bueno, Lago Ranco y Futrono . Es la esencia de la descentralización y no de la concentración, ya que en el Chile del siglo 21 no queremos centralismos regionales ni provinciales. Necesitamos defender con valentía y coraje la capital regional de Valdivia, la capital provincial de La Unión y las comunas que integrarán las nuevas provincias. No debemos dividirnos ni odiarnos. No necesitamos rencor ni celos, sino amor, sabiduría y justicia para ayudar a todas las personas desempleadas y subempleadas; a las nuevas generaciones, para que, con el tiempo, puedan salir de su estado y gozar de una patria más justa.

El desarrollo desequilibrado de Chile es causa fundamental de su atraso.

Por eso, la Unión Demócrata Independiente, con mucho ardor y entusiasmo, aprobará este paso fundamental. ¡Viva la nueva Región de Los Ríos y la provincia de Ranco, para engrandecer a Chile!

He dicho.

Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro .

El señor DELMASTRO.-

Señor Presidente, saludo al alcalde de Valdivia, don Bernardo Berger , que se encuentra en las tribunas; a don Alejandro Köhler , alcalde de Panguipulli; a don Luis Cuvertino , alcalde de Lanco; a doña Angélica Astudillo , alcaldesa de La Unión; a los concejales de Valdivia y de las otras comunas de la provincia, al Comité Nueva Región, que ha luchado incansablemente por esta idea brillante; al Comité Femenino de la Nueva Región, y a uno de los ideólogos de este proyecto, don Esteban Marinovic , que también se encuentra en las tribunas.

Además, deseo saludar a las autoridades y representantes de la segunda ciudad más linda de Chile: Arica, capital de la futura región de Arica y Parinacota .

Señor Presidente, pocas comunidades de otras regiones del país han venido con tanta frecuencia a las tribunas de la Cámara de Diputados y del Senado durante el último año como los valdivianos. El interés y la preocupación permanente de la comunidad valdiviana por este proyecto son dignos de destacar y demuestran una vez más la solidez de esta idea fuerza de recuperar la autonomía perdida en el pasado.

El proyecto que crea la nueva región de Los Ríos y la provincia de Ranco es uno de los pocos que tiene su origen en la ciudadanía. Su génesis no proviene de una iniciativa del Ejecutivo ni de una moción parlamentaria, sino que se ha originado en el clamor de una comunidad que perduró durante muchos años, luego de los cuales las autoridades se convencieron de que se trataba de una iniciativa coherente, justa, viable y, sobre todo, de gran beneficio para la región y para el país.

En la historia legislativa de nuestro país no es muy común encontrar leyes de origen ciudadano como este proyecto, que fue aprobado en la Cámara de Diputados con 93 votos, y en el Senado con 33 contundentes votos.

Durante su tramitación, el Ejecutivo decidió incorporar a la provincia de Osorno. Toda la comunidad valdiviana y el Comité Nueva Región, en un claro gesto de generosidad y una positiva visión de país, concordaron con la idea de incorporar dicha provincia, no obstante que en estos treinta años de lucha Osorno nunca vio con buenos ojos la división territorial de la Region de Los Lagos, y menos la independencia administrativa de Valdivia.

En este nuevo escenario, en una demostración de cultura cívica, pero esta vez de la comunidad de Osorno, se decidió convocar a una consulta ciudadana que fue un ejemplo de educación cívica, de orden y de participación para el país, donde votaron más de veinte mil personas y cuyo 93 por ciento decidió quedarse en la Región de Los Lagos.

Este contundente resultado condujo al Ejecutivo a retirar la indicación introducida en el Senado, lo cual despejó el camino para la tramitación del proyecto. Sin embargo, se introdujeron modificaciones, muchas de ellas de iniciativa del senador Andrés Allamand , las cuales debieron ser patrocinadas por el Ejecutivo por tratarse de materias de iniciativa exclusiva de la Presidenta de la República.

Una de ellas incorpora la comuna de Paillaco a la provincia de Valdivia en vez de a la provincia de Ranco.

Por otra parte, el proyecto original establecía que la ley que crea la nueva región entraría en vigencia el 1° de enero del año siguiente al de su promulgación. Estamos muy cerca de fin de año, por lo cual si se hubiera mantenido esa disposición habría significado posponer la instalación de la nueva región hasta enero de 2008. El Senado modificó el artículo 14, que pasó a ser 13, a fin de establecer que la ley entrará en vigencia ciento ochenta días después de su publicación. Con eso se soluciona el problema, al otorgar un plazo prudente para su instalación, de manera de efectuar las adecuaciones administrativas requeridas, como el traspaso de bienes raíces, el nombramiento de funcionarios, etcétera.

La cámara alta incorporó un artículo undécimo transitorio, que establece que los senadores de la 16ª circunscripción seguirán en funciones hasta el término de su período. De esa forma, las comunas de Osorno, San Pablo y San Juan de la Costa no quedarán sin representación popular en el Senado.

El Senado agregó los artículos 14, 15, 16, 17 y 18, nuevos, referidos a la pesca artesanal. Como se sabe, dicha actividad se regula por regiones, mediante decretos del Ministerio de Economía. Por lo tanto, la nueva región que se crea quedaría fuera de los límites establecidos en las leyes y en los reglamentos vigentes. En consecuencia, dichas disposiciones aseguran que la nueva región obtendrá en materia de pesca artesanal las mismas condiciones que posee en la actualidad como territorio de la Décima Región.

No hay palabras para agradecer a tanta gente que se involucró de manera directa o indirecta en este sueño que hoy se convierte en realidad. Sólo a modo de ejemplo en su momento, durante el primer trámite constitucional, efectuamos un merecido reconocimiento, deseo recordar a los ex diputados Juan Enrique Taladriz y Exequiel Silva , quienes nos antecedieron en esta larga carrera, y a los ex senadores Marco Cariola y Gabriel Valdés . Todos ellos cumplieron su rol en años en que no se veía la factibilidad del proyecto, porque en ese momento el cambio territorial de la Décima Región carecía del piso constitucional requerido.

Asimismo, mi recuerdo para los senadores Eduardo Frei y Camilo Escalona , quienes, a pesar de todo, al final escucharon la voz de la gente y apoyaron el proyecto. En forma especial, deseo hacer un reconocimiento al senador Andrés Allamand , quien se mostró consecuente con el planteamiento que hizo desde el primer momento en que pisó las tierras del sur como candidato a senador.

También deseo realizar un reconocimiento a los colegas Gastón von Mühlenbrock , Alfonso de Urresti y Enrique Jaramillo , quienes supieron postergar sus naturales diferencias políticas en pro de un interés superior, como es ver cristalizado este sueño.

Cómo no recordar a ex alcaldes de la provincia de Valdivia y a los que se encuentran en ejercicio, encabezados por Bernardo Berger y Alejandro Köhler , quienes concurren en representación de la Asociación de Municipalidades de la provincia de Valdivia. Ellos, de manera permanente, han impulsado a las comunidades de la provincia a adherir a esta cruzada.

Mención especial merece el comité Nueva Región de Valdivia, conducido por don Raúl Baso, instancia que dio nuevos aires a esta iniciativa y empuje para que este sueño se convirtiera en realidad.

Un agradecimiento muy especial a todos los medios de comunicación, que siempre estuvieron de lado del proyecto que crea la nueva Región de Los Ríos y colaboraron en forma generosa en su difusión y promoción.

En nombre de toda la gente de Valdivia, agradezco a los diputados y senadores que concurrieron con su voto favorable a la iniciativa en los trámites anteriores, en especial a los de mi bancada, la de Renovación Nacional, que desde un comienzo se pronunciaron en bloque en su favor.

En la medida en que la nueva región crezca y se desarrolle, habrá que construir nuevas calles, avenidas y parques que deberán recibir alguna denominación. Por lo tanto, llamo a los alcaldes aquí presentes a estudiar en el futuro la posibilidad de otorgar a algunas obras el nombre de parlamentarios que hicieron posible que este sueño se convirtiera en realidad. Sin perjuicio de ello, siempre estaremos muy agradecidos por su apoyo y su voto favorable para la consecución de este hermoso regalo de Navidad para Valdivia.

He dicho.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Lorenzini .

El señor LORENZINI.-

Señor Presidente, pido citar a reunión de Comités.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.

Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda .

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, no voy a hacer un análisis de fondo, porque se hizo en su oportunidad. Hoy no vale la pena entrar en el terreno de las discusiones, porque la creación de la Región de Los Ríos es una realidad.

En consecuencia, felicito a los valdivianos aquí presentes por este gran logro.

Asimismo, felicito y expreso mi reconocimiento a los diputados señores Roberto Delmastro y Alfonso de Urresti , caras visibles en la defensa del proyecto, y a los colegas Enrique Jaramillo y a Gastón von Mülenbrock , quienes defendieron la incorporación de la provincia de Ranco a la nueva región.

Un saludo a las autoridades locales presentes en las tribunas, en especial al alcalde de Valdivia, señor Bernardo Berger , y, en su persona, a los demás jefes comunales que nos acompañan. Asimismo, nuestro saludo a los representantes de organizaciones sociales e institucionales presentes en las tribunas.

Reitero mis felicitaciones a los valdivianos aquí presentes por este gran logro y por su mística, marcada por la convicción y la persistencia en el tiempo, lo que les permitió no desmayar en la búsqueda del objetivo cuya consecución celebran con justicia.

Admiro a los valdivianos, pero me siento orgulloso de ser osornino. En su momento, junto a otros parlamentarios apoyamos la indicación del Ejecutivo que incorporaba la provincia de Osorno a la nueva Región de Los Ríos. Lo hicimos porque estimamos que era una muy buena opción para Osorno y Valdivia , porque las potenciaría y las haría más sustentables. Sin embargo, tras la consulta ciudadana, se estableció el rechazo de la comunidad a dicha opción, y como demócratas, acatamos el pronunciamiento ciudadano.

A los amigos valdivianos, que hoy ven concretado su sueño, en forma sincera les digo que con muchos osorninos teníamos la esperanza de alcanzar un futuro junto a ustedes. Por desgracia, dicha consulta ciudadana y la discusión que se originó con motivo de la tramitación del proyecto demostraron la existencia de rivalidades y odiosidades entre ambas provincias. Con absoluta sinceridad, deseo que ellas terminen, porque nos impiden avanzar juntos y hacer patria. En ese sentido, debemos recordar que somos hermanos y, además, que las tendencias actuales nos muestran la necesidad de lograr unidad, de establecer interdependencias y alcanzar pactos a nivel nacional e internacional.

En forma concreta, quiero referirme al contenido del artículo séptimo transitorio, que pasó a ser octavo transitorio. Al respecto, solicito que en la Región de Los Lagos se aplique el nuevo concepto de modelo de gestión, al que nos referimos y que tanto defendimos durante la discusión del proyecto en su primer trámite constitucional. En dicho artículo se establece que corresponderá al ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar las acciones de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las regiones de Los Ríos y de Los Lagos.

Por lo tanto, queremos conocer si la disposición responde a una desconcentración efectiva en la Región de Los Lagos o si se trata de una redistribución con la Región de Los Ríos. Ello, por cuanto en una declaración de la ministra publicada en el diario Austral se establece que existiría un error en la definición de esa disposición legal.

Resulta muy poco serio hablar de errores y que éstos permanezcan, que se nos esté otorgando por casualidad y por error una ventaja o un beneficio por la relocalización o reinstalación de las seremías. No podemos beneficiarnos por errores porque, aparte de ser una simplicidad, es una falta de consideración para nosotros.

Quiero decir, interpretando el sentir de los osorninos, que vamos a continuar una lucha propia por una etapa que será nuestra, con un proyecto que nos reinstale en la Región de Los Lagos de manera distinta a la de ahora. No más de lo mismo, sino con un modelo de la región que queríamos con la de Los Ríos, de modo de aprovechar todos los conceptos, ideas, buenos deseos, buenas intenciones del Ejecutivo y de nosotros.

Por ello, valoro las declaraciones de la subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Claudia Serrano , en orden a transformar las regiones de Los Ríos y de Los Lagos, que es la que a nosotros nos interesa, en territorios modelos que permitan experimentar el nuevo diseño de administración regional.

Podemos establecer planes pilotos, planes modelos o nuevos modelos de gestión que sirvan para las futuras regiones que se creen. Que el nuevo modelo de gestión se aplique también a la Región de Los Lagos. Por eso queremos que el Ejecutivo continúe su trabajo sobre la base de la relocalización de las seremías y servicios regionales, de manera que se redistribuyan de acuerdo con las condiciones y características de cada provincia.

Queremos una redistribución de los tribunales de justicia que implique la creación de una nueva corte de apelaciones.

Acabo de recibir un oficio en el que del Ministerio del Interior se me informa que la creación de la corte de apelaciones está supeditada a la creación de la Región de Los Ríos. Entonces, pido está la ministra Secretaria General de Gobierno, señor Paulina Veloso que se mantenga esa idea y se aplique a Osorno, en la Región de Los Lagos. Queremos la recuperación de nuestras unidades geopolíticas para adaptar y coordinar la situación de los senadores y que la provincia de Osorno, como estaba en el proyecto que crea la Región de Los Ríos, sea un solo distrito para diputados y una circunscripción para senadores.

Queremos una redistribución equitativa y equilibrada de los recursos regionales. Queremos que se traspase a la Región de Los Lagos todo lo que se nos estaba dando por parte del Ejecutivo. Creemos que si se nos estaba otorgando estos beneficios, era porque en verdad se había estimado que Osorno tenía falencias y que, por tanto, era la oportunidad para revertirlas. O sea, que se apliquen a la Región de Los Lagos todos los conceptos que implica la modernización y la descentralización administrativa.

Osorno tiene riquezas. Su tradición y cultura son un aporte considerable para la región y debe ser aprovechado como corresponde. Osorno va a quedar entre dos capitales de regiones y puede ser succionado y asfixiado, y esto nos preocupa.

Por último, deseamos compartir con la Región de Los Lagos y con las provincias que la integran, pero de la manera que he señalado. Alguna vez se reencontrará Osorno con Valdivia en nuevos proyectos.

Valdivianos presentes, y también los que nos escuchan: por el bien de Chile y el progreso y bienestar en la nueva región, que les vaya tremendamente bien. ¡Felicidades!

He dicho.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente, voy a hablar como vecino de la Décima Región. Soy parlamentario de un distrito de la Novena.

De verdad, quiero rendir un homenaje a esos miles de valdivianos que trabajaron para tener la nueva región, algunos de los cuales no han podido estar presentes y otros han dejado de existir, como es el caso del doctor Sabat , al que hace algunos días le rendimos un homenaje. También fue un hombre que luchó permanentemente para lograr este objetivo.

Además, ¡cómo no recordar a mi amigo Juan Enrique Taladriz ! ¡Cómo no recordar a toda la gente que ha peleado por la nueva región!

Hace pocos días, en el avión de regreso, me encontré con mi amigo Javier Hernández , diputado por Osorno . Venía muy contento porque en un plebiscito el 97 por ciento de los osorninos manifestó su deseo de no unirse a la nueva región.

La verdad es que durante muchos años nunca se han puesto de acuerdo osorninos con valdivianos. Como he dicho en otras ocasiones, estudiaba en el Instituto Adolfo Matthei y ya existía la pugna entre Osorno y Valdivia . Bueno, se decidió su destino y Osorno se quedará con Puerto Montt. Valdivia tendrá autonomía, autoridades nuevas; será una región pujante. En definitiva, esperamos que salga de la pobreza y del subdesarrollo.

Pero a propósito de las nuevas regiones, vemos a gente de Arica, al alcalde de esa ciudad, Carlos Valcarce ; vemos a gente de Valdivia, a su alcalde, Bernardo Berger . Todos contentos, pero falta una parte importante. Para que las regiones funcionen, deben tener autonomía. Si no la tienen, no se saca nada con crear nuevas regiones. Por el contrario, si una región elige sus autoridades y decide su destino, se ven los frutos.

En general, a los gobiernos les ha faltado grandeza, porque todos han considerado que la autonomía regional significa pérdida del poder. Pero no se trata de más o menos poder, sino de más desarrollo, bienestar, buenos caminos, mejores universidades, distribución equitativa del ingreso. En el fondo, eso es lo que queremos para las nuevas regiones de Arica y Parinacota y la provincia del Tamarugal en la Región de Tarapacá y de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio.

He estado preocupado por la gente de Valdivia. En realidad, con la mano en el corazón, creo que se ha dado un paso gigantesco. Ojalá no sea un paso al abismo, sino de unidad, que el país necesita más que nunca. Lo que han logrado con unidad los ciudadanos de Valdivia demuestra que cuando se dejan de lado las mezquinas pasiones políticas, se logra mucho más que con la pelea entre unos y otros.

Lo mismo ocurrre con los habitantes de Arica y Parinacota .

Ha llegado el momento de felicitar a todas las personas que trabajaron por la creación de las nuevas regiones. Al Gobierno también.

Los osorninos se sienten postergados, pero esperamos que con la decisión que tomaron obtengan la autonomía que necesitan para redistribuir sus recursos y sacar adelante a la provincia.

Ojalá las autoridades que se elijan para regir los destinos de las nuevas regiones sean las mejores y tengan el corazón puesto en el desarrollo de su gente y de sus regiones.

Un país que no tenga regiones fuertes está condenado al subdesarrollo. Por eso, los que somos de regiones, las necesitamos fuertes, sólidas y autónomas; repito, autónomas. En democracia, todas las autoridades deben ser elegidas por el pueblo. Para una verdadera autonomía es necesario que el soberano elija a sus consejeros regionales; a sus intendentes y gobernadores; a todas las autoridades que administrarán los destinos de la región.

Nunca he entendido la descentralización. Me pregunto qué tiene que hacer los ministerios de Minería y de Agricultura en Santiago, en circunstancias que las minas están en el norte y, la agricultura, en el sur. Eso no es descentralización.

El turismo es la segunda actividad productiva más importante del país; sin embargo, no tenemos Ministerio del Turismo. Uno de los grandes potenciales de la Región de Los Ríos será el turismo, y no tenemos un ministerio del rubro. En la región que represento, Pucón , Villarrica y toda la zona lacustre, necesitamos un ministerio del turismo. Esa es la manera de progresar.

Necesitamos un país descentralizado, en el que los recursos queden donde se generan. No es justo que grandes tiendas como Falabella, Ripley o Almacenes París, y que obtienen grandes utilidades en regiones, tributen en Santiago. No es justo que esos miles de millones de IVA que se pagan en regiones vayan a parar en Santiago. Esos tributos debieran quedar donde se generan, porque es la gente de regiones la que está comprando en esas tiendas. Por eso, la autonomía es fundamental.

En las personas de los alcaldes de Arica y de Valdivia, felicito a las regiones que se crean. Los dos son grandes ediles. Lo digo, no porque sean de mi partido, sino porque conozco sus capacidades e independiente del lado político al que pertenezcan las autoridades, hay que reconocer cuando las cosas se hacen bien. No en vano, el alcalde de Valdivia fue reconocido como el mejor alcalde de Sudamérica.

Tenemos la gente, tenemos la belleza; por lo tanto, apelamos al gobierno central por la autonomía regional.

He dicho.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela .

El señor VALENZUELA.-

Señor Presidente, deseo recordar que José Miguel Infante fue un activo promotor de la autonomía regional, cuyas ideas quedaron impresas en el Valdiviano Federal, periódico que fundara en 1821 y que valdría la pena reeditar.

También deseo recordar que el uso de la legitimidad popular ayudó a destrabar la tramitación de los proyectos que crean las nuevas regiones. Con inteligencia y osadía, un grupo de ciudadanos de Osorno convocó a la comunidad para definir qué región querían integrar. La legitimidad de un plebiscito comunal ayudó a que la política y el Ministerio del Interior escucharán la voz del pueblo, que es la voz de Dios, como dice la tradición.

He puesto el tema en el debate, a fin de que valoremos y profundicemos el mecanismo de consulta a la ciudadanía para temas controversiales relevantes y nos acostumbremos a utilizarlo.

Reitero las felicitaciones no es zalamería al diputado Roberto Delmastro y al ex diputado Exequiel Silva ; a los alcaldes Berger , de Valdivia, y Köhler , de Panguipulli, este último, presidente de la asociación de alcaldes de la Región de Valdivia, por el excepcional trabajo mancomunado que realizaron por su región, demostrando, como dice Nicanor Parra , que “la izquierda y la derecha unidas jamás serán vencidas” cuando se trata de luchar por lo que se quiere y se ama. También deseo felicitar a Esteban Marinovic , intelectual y consultor que, entre otros muchos valdivianos y valdivianas, luchó por el objetivo de la región. Igual manifestación para la diputada Ximena Valcarce , el diputado Iván Paredes y la ex diputada Rosa González , todos de la Primera Región.

Hoy podemos concluir que las promesas se cumplen. El Presidente Lagos, la Presidenta Bachelet y los principales líderes de la oposición se comprometieron a crear las dos nuevas regiones, y los conglomerados estamos honrando la palabra empeñada.

Esperamos, así lo manifestó el diputado René Manuel García , y los compartimos, que la Alianza por Chile, dentro de sus propuestas programáticas, se jueguen por avanzar hacia una mayor autonomía regional y sin miedo. En mi coalición veo mucho miedo, en circunstancias que los grandes partidos socialdemócratas y socialcristianos del mundo apuestan a gobiernos regionales y autónomos. En los grandes países desarrollados, el 50 por ciento de los ingresos públicos está en manos de los municipios y de los gobiernos regionales. En todos los países desarrollados se eligen los gobiernos regionales. En las ocho 8 economías emergentes o en las medianas, que en los 80 vivían bajo regímenes autoritarios y que en los 90 lograron la democracia, en todos esos países se eligen gobiernos regionales; Corea y Tailandia, entre otros. Igual cosa ocurre en todos los países, medianos y grandes, de América Latina. Faltaba Perú, pero ya los elige hace bastante tiempo. Lamentablemente, en esta materia, nuestra política es brutalmente reaccionaria. Somos un pobre país mirando La Moneda, como hemos dicho, preocupado de lo que hace o deja de hacer un ministerio. Los federales, los regionalistas, decían que el Ministerio de Transportes ha invertido, durante los últimos cinco años, el 97 por ciento de su presupuesto sólo en el gran Santiago, y nada relevante en las ciudades intermedias.

A las puertas del bicentenario no podemos seguir reclamando, como niños quejosos contra Santiago . Queremos que nos dejen ser grandes; que nos dejen madurar; que nos dejen elegir nuestras autoridades regionales; que la democracia se exprese; que haya diversidad; que la oposición o las oposiciones y conglomerados regionales tengan espacios de poder, de gestión y de administración.

Es necesario abandonar los fantasmas o los temores que crean las dos nuevas regiones Se ha escuchado decir que igual camino van a querer seguir Calama , Quillota , Aconcagua , Linares , Melipilla u otras muchas provincias. Volvemos a nuestro sistema institucional reaccionario. Las mayores democracias permiten que los grandes gobiernos regionales tengan autonomía. Si Osorno , Chiloé o Llanquihue quieren tener su propio fondo de desarrollo regional, que lo tengan. Si la comunidad de Loncoche ve que su comuna está mal administrada por la región de la Araucanía y quiere integrarse a la nueva región de Los Ríos, porque es más eficiente, que lo haga, previo plebiscito.

Las grandes democracias tienen flexibilidad y madurez en sus marcos institucionales, las que permiten que esas oportunidades se puedan dar en casos relevantes y justificados y, por lo tanto, obliga a los gobiernos territoriales a hacer las cosas adecuadamente.

El diputado Jaramillo , que también es un gran impulsor de esta iniciativa, me dijo en una conversación que en algunas comunas aledañas a La Araucanía había temor de quedar en la nueva región, pero es algo que los instrumentos democráticos pueden ir fortaleciendo.

Éste es un gran paso. Hemos llegado al fin de un camino largo, de una lucha que, como recordamos, los valdivianos, de izquierda y de derecha, fueron de los primeros disidentes del gobierno militar, cuando reclamaron y levantaron la voz hace más de treinta años porque no se designó a Valdivia como región.

Arica tiene la posibilidad maravillosa de ser una región potente para Chile, porque es una gran ciudad. En consecuencia, hago votos para que le vaya muy bien y que trabaje adecuadamente para lograr su desarrollo.

He dicho.

Aplausos.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández .

El señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente, hace poco más de ocho meses me tocó intervenir en este hemiciclo cuando se discutía este mismo proyecto: la división de la actual Décima Región de Los Lagos y la creación de la Región de Los Ríos.

Me gustaría comenzar reiterando lo mismo que dije aquella vez: No tengo nada en contra Valdivia ni en contra de su aspiración de convertirse en región. Mi formación universitaria la realicé en esa ciudad, por lo que le tengo mucho cariño. Lo que lamento y seguiré lamentando es la forma en que se desarrolló este proceso.

Efectivamente, no me parece serio ni adecuado que se dé un paso tan importante sin antes realizar un estudio respecto de cómo ha funcionado la regionalización en Chile. En las regiones tenemos un problema grave de centralismo con sus capitales. Ése es el sentimiento que ha movido históricamente a Valdivia en su proyecto de separarse de la Décima Región. Ni hablar del centralismo nacional, con un Santiago que lo absorbe todo y se queda con la mayor tajada de los recursos.

Sobre estos temas debimos discutir y legislar antes de proceder a dividir regiones.

Tampoco podemos olvidar la nula disposición del Gobierno a escuchar a Osorno en todo este proceso. Se nos prometieron múltiples instancias de diálogo que jamás se cumplieron. Sólo la Comisión de Gobierno Interior del Senado, gracias a la voluntad de su presidente, el senador Víctor Pérez Varela , tuvo el gesto de ir hasta nuestra ciudad y preguntar a los osorninos qué queríamos y qué esperábamos de este proyecto. De parte del Gobierno no hubo ninguna disposición de escuchar, ya que su autoridades sólo se dedicaban a sacarnos y a ponernos en una región u otra, o a quitarnos comunas con absoluta liviandad, seguramente encerrados en alguna oficina de la Moneda, con un mapa encima de la mesa.

Sólo la ciudadanía de Osorno fue capaz de cambiar el curso de esa situación, ya que mediante una consulta ciudadana expresó categóricamente en qué región quería quedar, a pesar de los ofertones de servicios públicos y de seremías que a última hora realizó el Gobierno, ya que como se dio cuenta de que no tenía sustento crear una región con base en una sola provincia, trató de incluirnos, una vez más de manera inconsulta, en la nueva región.

Más del 92 por ciento de las más de veinte mil personas que llegaron voluntariamente a votar se pronunciaron en contra de la idea del Gobierno de incluirnos en la Región de Los Ríos. Quienes dijeron que la consulta no era vinculante o que era extemporánea se quedaron mudos.

El tema es claro. Si en Osorno existe el convencimiento de no pertenecer a la nueva región y en Valdivia se desea que Osorno se incorpore a la región que se crea, ¿cómo es posible que desde Santiago se pretendiera unir dos provincias a la fuerza? Esto, señor Presidente, es otra muestra de centralismo.

Finalmente, por la potente señal de los osorninos, el Gobierno se vio obligado a retirar las indicaciones que incluían a la provincia de Osorno en la nueva región.

El artículo séptimo transitorio del proyecto de ley que crea la Región de Los Ríos, que ha pasado a ser octavo transitorio, establece que, dentro del plazo de 180 días, a contar de la publicación de la ley, se podrá localizar servicios públicos en distintas ciudades de la Región de Los Ríos y de la Región de Los Lagos. Con esto se abre la puerta para que en la Región de Los Lagos pueda realizarse una distribución de servicios públicos de acuerdo con la vocación productiva de cada provincia, tal como se nos ofreció cuando se nos deseaba incluir en la nueva región. La concreción de esta idea es un tema netamente de voluntad del Gobierno, ya que el proyecto establece que el Ministerio del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, será el encargado de coordinar con los ministerios la relocalización de servicios en las regiones de Los Ríos y de Los Lagos. En consecuencia, los osorninos tenemos todo el derecho a pedir medidas de este tipo, ya que lo que se nos ofreció para integrar la nueva región perfectamente se nos puede otorgar cuando formemos para de la Región de Los Lagos. Por lo tanto, sería una nueva inconsecuencia del Gobierno que no haga realidad esta aspiración, a pesar de existir la posibilidad legal de hacerlo. Además, demostraría que el ofrecimiento obedecía sólo a dar sustento a la nueva región y no a una real voluntad por descentralizar.

Reitero, no existe ninguna excusa para no descentralizar la Región de Los Lagos. Si el Gobierno no lo hace, no nos queda más que pensar que se está castigando que la voluntad ciudadana de los osorninos haya cambiado en las urnas el destino de un proyecto del Ejecutivo.

Si el Gobierno no accede a iniciar el proceso de descentralización regional en las regiones de Los Ríos y de Los Lagos, a la provincia de Osorno no le queda más que iniciar su camino propio, pensar en su proyecto de desarrollo y en convertirse en una región.

Con la creación de dos nuevas regiones a partir de una provincia, para bien o para mal, el Gobierno está mandando una potente señal en cuanto a que la solución a los problemas de descentralización en nuestro país pasa por crear unidades territoriales más pequeñas.

Debido a los movimientos que se están levantando en este sentido en El Loa, Ñuble , Aconcagua y Chiloé, entre otros, oficié al Ministerio del Interior hace un par de meses para que inicie todos los pasos necesarios para la creación de la región de Osorno.

Señor Presidente, deseo que Valdivia tenga suerte en el camino que emprende. Ojalá que encuentre el anhelado desarrollo; pero, lo más importante, que no se olvide de todas sus comunas. Si en algunos años vemos que Valdivia encontró su camino de desarrollo y progreso, pero que Los Lagos, Lanco , Panguipulli , Mariquina , Paillaco , Lago Ranco, La Unión, Río Bueno, Futrono o Máfil se quedaron estancados, entonces este proyecto será un fracaso, porque sólo se habrá creado una región más, igual a todas las otras, en que únicamente crece la capital regional. En definitiva, estaríamos ante otra región centralizada.

También quiero hacer un llamado a mis colegas diputados para que iniciemos una discusión de verdad, profunda, sobre regionalización y descentralización, porque considero que con este caso hemos perdido una gran oportunidad para hacer una revisión acabada respecto de estos temas.

Busquemos la forma para que nuestro país se desarrolle de manera homogénea; traspasemos recursos y posibilidades reales de decisión a las regiones, provincias y comunas.

He dicho.

Aplausos.

El señor BURGOS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fulvio Rossi .

El señor ROSSI.-

Señor Presidente, hoy ha sido un día muy especial y trascendente para el norte y para el sur de Chile, porque finaliza un proceso legislativo que cierra una etapa, pero abre otra. Estoy convencido de que la etapa que se abre hoy es mucho más importante que todo el proceso legislativo que se dio en la Cámara y que contó con la participación activa de todas las comunidades involucradas y de sus autoridades. Digo esto, porque es importante que quienes nos acompañan hoy entiendan que la simple división política y administrativa no es garantía de solución de todos los problemas, como el subdesarrollo económico, la pobreza, el desempleo. Lo más importante es que las regiones que estamos creando sean capaces de definir un perfil económico y uno humano; es decir, trazar un camino en relación a ciertos objetivos fundamentales.

La creación de nuevas regiones lo decía muy bien el diputado Esteban Valenzuela sólo tiene sentido si se nos permite innovar en la gestión y en el desarrollo de políticas públicas frente a los actuales problemas y a los nuevos desafíos. Eso tiene que ver con la verdadera descentralización y regionalización.

Al respecto, quiero decir algunas cosas que son presupuestos básicos para mejorar la calidad de vida de la gente de esas regiones.

En primer término, inversión en capital humano. Esta es la base del desarrollo. En la actualidad, en la comuna de Iquique, que represento, tenemos pésimos resultados en la calidad del aprendizaje. Si se analizan la prueba Simce y el Sned Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño en la evaluación de desempeño docente, nos daremos cuenta de que estamos fallando en la educación, y sin educación no hay capital humano, no hay desarrollo, crecimiento ni futuro.

Por eso es muy importante el rol de las universidades y los centros de formación de profesionales y técnicos. La investigación que hagamos es fundamental. Si hablamos de descentralización y de dar poder a las regiones, debemos crear, innovar, investigar, producir inteligencia. Es un tremendo desafío, especialmente para las zonas mineras, donde existe el royalty, recurso que debemos utilizar justamente para formar nuevas generaciones de técnicos, profesionales e investigadores que hagan posible el desarrollo.

En segundo término, se ha hablado mucho del cluster, del encadenamiento productivo. Cada zona del norte es minera. Por tanto, hay que trabajar para que haya distintas empresas con certificación de calidad que provean de servicios a esa actividad económica dominante. No es posible que la mayoría de los insumos que consume la minería sean importados por representantes de empresas internacionales en Chile. Debemos ser capaces de generar las condiciones, con herramientas de fomento productivo, para que pequeñas y medianas empresas generen empleo, desarrollo y provean de servicios a esa actividad.

Sin encadenamiento productivo y sin capital humano no hay desarrollo.

En tercer término, un tema muy importante, que también tiene que ver con la descentralización, es la participación ciudadana. Se necesita más democracia, mejorar la calidad de la democracia, generar instancias de participación.

En ese sentido, no entiendo por qué no hemos avanzado en la elección directa, transparente y democrática universal de los consejeros regionales. Éstos determinan donde se colocan los recursos en las regiones, la forma de priorizarlos. En la actualidad son elegidos por los concejales a puerta cerrada, entre cuatro paredes. La ciudadanía no participa ni conoce ningún proyecto ni propuesta de los consejeros regionales. Debemos ayudar a desentrampar el debate de ese tema tan importante, para tener modelos participativos de construcción de regiones.

Por otro lado, tenemos una gran responsabilidad y un gran desafío: modernizar el Estado. Se crean nuevas regiones, pero no podemos seguir con el mismo modo de hacer las cosas; con la misma manera de ejecutar los proyectos; con la misma forma de hacer políticas públicas. Así como dije que hay que fomentar la participación ciudadana, también debemos incorporar mecanismos de rendición de cuentas, mejorar la calidad del aparato público, gestión más eficiente, utilizar los recursos de mejor manera. Esa es la forma de superar los problemas de los más pobres y más desamparados.

Finalmente, sobre todo en el norte, tenemos el gran desafío de proyectarnos como región hacia el Asia Pacífico y hacia Estados Unidos buscando nuevos mercados, no sólo exportando materias primas, sino vendiendo desarrollo, tecnología e inteligencia.

Si bien es cierto que todos estamos muy contentos porque se termina una etapa legislativa importante, tenemos un futuro lleno de desafíos. Estoy convencido de que, si seguimos haciendo las cosas de la misma manera, con seriedad, con altura de miras, con responsabilidad, incorporando a la ciudadanía, sacaremos adelante a estas regiones. Les daremos más poder. Los desafíos son más educación, más innovación, más democracia y participación. Constituyen la única estrategia para mejorar la calidad de vida de la gente de nuestra tierra.

He dicho.

Aplausos.

El señor LEAL (Presidente).-

Hago presente que estamos en tercer trámite, por lo cual las intervenciones deberían estar centradas en las modificaciones del Senado. Ya se realizó la discusión general de esta materia.

Tiene la palabra la honorable diputada señora Karla Rubilar .

La señora RUBILAR (doña Karla).-

Señor Presidente, hace algunos meses me tocó hablar por primera vez en este hemiciclo. Aunque soy diputada por la Región Metropolitana, me referí a un hecho relacionado con las regiones de Arica, Parinacota y de Los Ríos, que es clave para cambiar las cosas.

Sin duda, la tramitación de estos proyectos de ley ha reactivado el interés y el diálogo en la descentralización, exigiendo a las autoridades concreción de cambios comprometidos durante años y respecto de un proceso que parece estar estancado desde hace más de una década.

Dan cuenta de ello no sólo las iniciativas que se discuten en el Parlamento, sino también la expresión local de otros problemas, como la educación, la focalización del gasto social, el acceso a las zonas aisladas, que destacan la necesidad de abordarlos a través de herramientas descentralizadas que permitan mayor autonomía de recursos y de gestión por parte de los niveles regionales y comunales.

Son temas respecto de los cuales se está pidiendo urgentemente un modelo distinto de atención, cuya respuesta no puede seguir pasando por lo que se dice en la Región Metropolitana. Chile tiene una evidente heterogeneidad en sus distintas localidades y regiones, realidad categórica para los efectos de enfrentar los problemas y sus soluciones.

De esa forma, la descentralización constituye un imperativo para lograr un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios. Existen suficientes experiencias que muestran que las instancias descentralizas son mucho más eficientes en la provisión de bienes y servicios a la comunidad, como también en la inversión que se ejecuta en el territorio específico donde opera.

Si bien existe un acuerdo transversal sobre la importancia del asunto que nos ocupa, no ha sido posible observar la voluntad política para concretar los instrumentos que se requieren para consolidar definitivamente el proceso de descentralización. En ese sentido, creemos que reconocer un proceso como el señalado precisa no sólo de herramientas aisladas como ésta, por muy buenas que sean, sino también de la implementación de un criterio de descentralización que actúe como orientador del diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas tendientes a acercar a los ciudadanos a la toma de decisiones, sin que ello signifique en ningún caso la pérdida del carácter unitario del Estado.

Pero este día de alegría tiene caras visibles, caras de personas, de hombres, mujeres y niños; tiene sentimientos y emociones. ¿Cómo no saber que en ambas futuras regiones eso es lo importante la gente ya está festejando? Me permito saludar con enorme cariño a todas las autoridades que trabajaron por ese sueño, pero muy especialmente hago un reconocimiento muy grande a los alcaldes Carlos Valcarce , de Arica; Gregorio Mendoza , de Parinacota, y Berger , de Valdivia, y a nuestros diputados de la bancada de Renovación Nacional Ximena Valcarce y Roberto Delmastro , quienes han sabido transmitirnos como nadie lo que se siente por sus amados territorios.

¡Qué diferente es cuando los diputados nos damos un tiempo para conocer las realidades de las regiones! Otra cosa es con guitarra.

Hoy estamos contentos, pero las cosas realmente cambiarán cuando la Región Metropolitana se sintonice definitivamente con la descentralización y dé un espacio a las regiones. Porque su gente lo merece. ¡Viva la Región de Arica y Parinacota y la Región de Los Ríos! Hoy, Renovación Nacional está de fiesta.

He dicho.

(Aplausos)

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo .

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente, saludo a las doce comunas de la provincia de Valdivia, al Comité Nueva Región, por la Región de Los Ríos, al Comité de Mujeres por la Nueva Región de Valdivia, y al Comité de Mujeres por la Provincia de Ranco y a todos quienes trabajaron por la creación de la Región de Los Ríos.

En la historia de los pueblos y de su gente, treinta años son nada. Sin embargo, cuando se trata de una lucha de ideas, de un clamor de justicia, treinta años dejan huellas. La petición de una ciudad se transformó en la fuerza de toda una provincia: recuperar una división territorial injustamente arrebatada por quienes no estudiaron ni la geografía ni la tradición de esos hermosos lugares en que vivimos. Digo que quedan huellas, porque jóvenes de ayer iniciaron esta firme idea de recuperar la condición de Valdivia como región independiente. Hoy, como respuesta a esa idea, se crea la Decimocuarta Región de Los Ríos a través de un proyecto que cumple su tercer trámite constitucional y que será apoyado por la mayoría de los diputados.

Los miembros del Comité por la Nueva Región pasarán a la historia de la hermosa y querida provincia de Valdivia. Los nombro y destaco por su modestia: Raúl Basso , Néstor Santibáñez , Juan Depe , Silvia Oyarzún , Silvia Aguilar , Claudio Molina , Óscar Gayoso , Heriberto Weber , Luciano Vera , Miguel Ramírez y tantos otros. Vaya para ellos mi homenaje y reconocimiento.

El artículo 1º de las modificaciones del Senado establece: “Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia , que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.”

El artículo 2º dispone: “La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina , Lanco , Los Lagos, Corral , Máfil , Panguipulli y Paillaco . Su capital es la ciudad de Valdivia.”

“Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono , Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.”

Sin duda, los diputados aprobaremos las modificaciones del Senado y con nuestro voto haremos realidad lo que las comunas de la provincia de Valdivia quieren: ser parte de un nuevo modelo de gestión administrativa.

Todos esos años de trabajo de los valdivianos, de quienes soy parte, han llevado a la creación de esta nueva región, que será un ejemplo de administración de acuerdo con la modernidad del siglo 21. Por eso, es bueno destacar la importancia de esta futura ley como modelo en el desarrollo del país.

En la elaboración de esta iniciativa, modificada por el Senado, hubo un importante y responsable trabajo de profesionales del Ministerio del Interior, de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Claudia Serrano , del jefe de la División Jurídica de la Subdere, señor Rodrigo Cabello , y del jefe de la División de Políticas y Estudios de ese organismo, señor Luis Angulo . También hubo aportes de los alcaldes de las doce comunas de la provincia de Valvidia, de su asociación de municipalidades, presidida por el señor Alejandro Khöler , e integrada, entre otros, por Luis Cubertino , Bernardo Berger y María Angélica Astudillo . Cómo no nombrar a don Esteban Marinovic , un estudioso profesional que prestó su apoyo constante al Comité Nueva Región.

Ahora, esta iniciativa no estaría en su tercer trámite constitucional si no hubiese contado en su momento con el compromiso de los presidentes Eduardo Frei y Ricardo Lagos y de nuestra Presidenta Michelle Bachelet . La discusión parlamentaria de las modificaciones del Senado, que hoy culmina, permitirá cumplir con el sueño de esta tierra sureña de hospitalidad y acogida conocidas. Hoy, como representante orgulloso de la provincia en que nací, pido a las señoras diputadas y a los señores diputados que apoyen la creación de la Región de Los Ríos.

El diputado Manuel Rojas me dijo: “Diputado Jaramillo , que hoy hable el corazón.” Por su intermedio, señor Presidente, le digo a mi estimado amigo Manuel Rojas que estamos hablando con el corazón y apoyados por la razón.

Hoy es un día muy importante, pues se unen el norte grande con el verde sureño en pos de un anhelo común: crear dos nuevas regiones, independientes, potentes, que serán un modelo para el país.

No en vano la gente del sur y del norte trabajó durante más de treinta años. Su lucha ha dado resultados. La Cámara de Diputados, que representa la democracia, con su voto hará realidad un sueño: la creación de la Decimocuarta Región de Los Ríos.

He dicho.

(Aplausos)

El señor LEAL (Presidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para prorrogar el Orden del Día por treinta minutos, a fin de que se alcance a tratar el proyecto sobre otorgamiento de permisos para operación de casinos de juego.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado señor

Marcos Espinosa .

El señor ESPINOSA (don Marcos).-

Señor Presidente, hoy no vamos a votar la creación de nuevas regiones, sino la reivindicación de miles de hombres y mujeres que, como en el caso de la gente de Valdivia, llevan una lucha de más de treinta años.

Con Arica sucede lo mismo. Ya que es sabido que, desde 1978, la comunidad de Arica ha manifestado su disconformidad con la división políticoadministrativa que se gestó en el marco del proceso de regionalización, pues no fue considerada ésta como capital de la Región de Tarapacá. Hoy esperamos que esta lucha se vea coronada con el más completo de los éxitos y podamos irnos con la satisfacción de haber logrado dos nuevas regiones para el país.

La reciente modificación de la Constitución Política flexibiliza y, por ende, facilita la creación de nuevas regiones. Como consecuencia de ello, las diversas demandas por crear nuevas regiones, modificando así la actual división administrativa y política, será un tema recurrente en la agenda pública.

De ese modo, al igual que ustedes, en mi distrito, representado por Calama , Tocopilla , María Elena, San Pedro de Atacama y Ollagüe, estamos iniciando también este proceso. Una lucha que dice que desde los Andes al mar se construye el futuro de El Loa Región.

Por eso, he seguido y analizado muy atentamente el proceso de la creación de las nuevas regiones que se proponen, cómo se han organizado quienes hoy se encuentran en las tribunas, junto con sus autoridades, alcaldes, concejales, diputados y senadores, entre otros. Los aplaudo, porque he llegado a la conclusión de que lo más importante es que éste es un tema de todos; no es de Izquierda ni de Derecha, de Concertación, o de Alianza. Es una lucha transversal que nos involucra a todos. Quienes hoy están en las tribunas son la mejor demostración de que unidos jamás seremos vencidos. Ustedes son el ejemplo a seguir como los propugnadores de nuevas regiones. Así se lo he hecho saber a uno de sus parlamentarios, Roberto Delmastro .

En especial, quiero agradecer públicamente al diputado Alfonso De Urresti , presidente de la Comisión de Gobierno Interior, por su gentileza, paciencia y apoyo para recibir en reiteradas oportunidades a la Comisión de El Loa Región.

Nosotros hemos aprendido de la experiencia de ustedes. Por eso, nuestra lucha también es transversal. La creación de El Loa Región no es una cuestión de una u otra persona, no hay un afán por figurar. Este es un tema de todos quienes comformamos esta nueva región.

Además, quiero destacar que los beneficios que traería la creación de la Región de El Loa son básicamente dos: uno, de carácter administrativo, puesto que permitirá que los recursos económicos provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional sean usados en lo que efectivamente necesita la región y que sean gastados, y no como ocurre hoy, donde la capital regional Antofagasta decide en qué los utiliza, dejando postergadas algunas necesidades urgentes que de hecho tienen otras localidades de la Segunda Región.

En segundo término, la nueva Región de El Loa tiene aspectos económicos independientes de la actual región, que le darían sustentabilidad a través del tiempo. Por ejemplo, el turismo en San Pedro de Atacama; la pesca artesanal, en el borde costero de Tocopilla; el cobre, en Calama; el salitre, en María Elena , y la posibilidad de establecer a Ollagüe como un paso importante entre Chile y Bolivia, tanto para el comercio como para el turismo general de toda la zona.

Nuestra lucha se basa en nuestro anhelo de que se nos devuelva lo que se nos debe, que se recuerde que los de la provincia de El Loa y la de Tocopilla, donde se produce la mayor cantidad de cobre…

El señor LEAL (Presidente).-

Perdón, señor diputado. Se está refiriendo a una materia distinta de la que está en debate.

El señor ESPINOSA (don Marcos).-

Por último, quiero manifestar mi más completa adhesión a la creación de estas dos nuevas regiones.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Alfonso De Urresti .

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente, en primer lugar, deseo saludar a todas las delegaciones de vecinos y vecinas que hoy nos han venido a acompañar en esta sede legislativa en la discusión final del anhelado proyecto que crea la Región de Los Ríos.

Un fraternal saludo a Lanco, y a su alcalde Luis Cubertino ; San José, Máfil ; Corral , futuro puerto de la nueva región; a Valdivia capital y a su alcalde, Bernardo Berger ; a Los Lagos, Panguipulli , Paillaco , y a las comunas de la nueva provincia del Ranco, como son Río Bueno, Futrono , Lago Ranco y La Unión, futura capital provincial, hoy representada por su alcaldesa, María Angélica Astudillo .

También un saludo fraterno a la delegación de Arica Parinacota, que hoy también nos acompaña en las tribunas. Vaya también un saludo caluroso a todos los valdivianos y valdivianas que, seguramente, en este momento nos siguen a través de los diversos medios de comunicación en la plaza de La República, esperando ansiosos la votación de este proyecto.

Está culminando un largo proceso de más de treinta años, en los cuales, con fuerza y energía, decenas de ciudadanos han dado lo mejor de sí para ir dibujando en el territorio una nueva región.

Vaya igualmente un saludo a quienes conforman el Comité Provincia de Valdivia Nueva Región, representado por su presidente , don Raúl Basso ; al comité femenino de la nueva región, que nos acompaña; a las organizaciones sindicales que se han hecho presente en las tribunas; a todos quienes, de una u otra manera, han colaborado para que hoy estemos discutiendo y dispuestos a aprobar este proyecto inédito para reestructurar efectivamente las regiones de nuestro país.

En este proceso hubo avances y retrocesos. A última hora, quisieron incorporar de manera antojadiza y forzada a la provincia de Osorno, haciendo un traje a la medida para algunos que pretendían dibujar el territorio desde Santiago o mirando intereses locales. Fue ahí, precisamente, donde Valdivia y sus comunas se pusieron de pie, y en una histórica concentración realizada el 1° de septiembre de 2006, se demostró a todo Chile que con nuestros sueños y esperanzas no se juega, que con nuestros sueños y esperanzas de treinta años no íbamos a permitir que desde Santiago trataran de dibujar el ordenamiento territorial.

Asimismo, quiero rendir un homenaje a aquellos diputados y diputadas, quienes, con su voto, se hicieron presente y denunciaron esta situación. Un particular recuerdo a mi compañero de bancada, diputado Fidel Espinoza , quien de manera clara señaló en ese momento que se le consultara a la ciudadanía de Osorno si querían incorporarse o no. El resultado fue avasallador: el 93 por ciento de osorninos y osorninas dijeron que no querían pertenecer a la nueva región. Preguntémosle a nuestra ciudadanía. Hagamos regiones participativas. Hagamos regiones consultando a nuestros ciudadanos, y no simplemente imponiéndola.

En el sur, existe gente trabajadora y abnegada que desea contar con una región fuerte y autónoma, como lo ha sido a lo largo de toda la vida su historia, el sur austral valdiviano.

Hoy existen las bases para que esta nueva región sea un referente histórico dentro de la regionalización del Estado. Quiero enumerar sólo algunos temas importantes.

Para implementar la Región de Los Ríos, hoy contamos con una asociación de municipios, señera e histórica a nivel nacional, que abarca a todos los alcaldes de la provincia de Valdivia. Quiero destacar en la persona de su presidente, el alcalde Alejandro Köhler , el abnegado trabajo de poder llevarlo adelante; lo mismo respecto del alcalde de Valdivia, Bernardo Berger . El trabajo transversal y propositivo y la energía dinámica que imprimieron en este desarrollo permitieron incorporar no sólo a las regiones, sino que también al territorio comunal, ese espacio donde se hace la vida local, donde se hace la vida de nuestros territorios. Vaya para ellos un abrazo y mi reconocimiento.

Asimismo, en relación con estos proyectos, tenemos una bancada parlamentaria cohesionada que permanentemente ha jugado un rol unitario, sin diferencias y sin distingos, a la hora de votar una iniciativa de futuro que, sin duda alguna, será reconocida por nuestros ciudadanos.

De igual manera, en nuestra región, existen como base acuerdos que permitirán relanzar la Agenda Pactada II, para llegar a un entendimiento con los sectores público y privado que permitan a esa región instalarse en forma adecuada, progresista y visionaria, tal como lo soñara, en algún momento, uno de los precursores de esta iniciativa, mi amigo y gran consultor Esteban Marinovic .

También existe en el país y debemos aprovecharlo un ciclo económico expansivo. El gobierno central dispone de recursos que deben servir para instalar adecuadamente la nueva región. Queremos una buena infraestructura: edificios sólidos y permanentes, que permitan instalar y radicar la administración regional como corresponde. Queremos una intendencia junto al río Calle Calle, un barrio cívico, en el ex barrio de la estación de Ferrocarriles del Estado de nuestra ciudad. Queremos allí la capital, el epicentro cívico de nuestra región. Queremos, igualmente, que la reforma que se estableció para designar un delegado presidencial que lleve adelante el proyecto de instalación de la nueva región cuente con el máximo respaldo y apoyo de toda la comunidad. Debemos buscar a los mejores para llevar a cabo esta tarea, puesto que no podemos fallar; no podemos darnos el gusto de enviar a cualquier persona. Así lo señalamos en la Comisión de Gobierno Interior del Senado: queremos a alguien que tenga el máximo rango posible para que instale efectivamente la nueva región y responda al sentimiento y al anhelo de tantos valdivianos y valdivianas que ven en este proyecto grandes posibilidades de desarrollo.

Ésta es la oportunidad de reconocer a los grandes impulsores de la iniciativa. Junto al comité Nueva Región, encabezado por don Raúl Basso y su comitiva, debo destacar lo ocurrido en octubre del año recién pasado, cuando el Presidente Ricardo Lagos firmó, junto al río, en la concentración más grande que se recuerde en la ciudad de Valdivia, el mensaje de un proyecto de ley que hoy se ve coronado con el término del tercer trámite legislativo.

Hoy quiero agradecer la iniciativa y perseverancia de nuestra Presidenta, Michelle Bachelet, a través de la subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Claudia Serrano , que lograron el avance de este proyecto, a pesar de las muchas presiones que pretendían, simplemente, diseñar nuestra región mirando desde Santiago, desde el centralismo, que cree poder dibujar el territorio de nuestras regiones. Nosotros hemos colaborado y vamos a seguir colaborando, desde Valdivia , desde nuestro territorio, para diseñar una región moderna, progresista, innovadora.

Desde esta tribuna quiero invitar a nuestra Presidenta, Michelle Bachelet , a firmar junto a nuestro río Calle Calle, ya no el proyecto de ley, sino la ley que crea definitivamente la Región de Los Ríos, con Valdivia como su capital, y con La Unión como capital de la provincia de Ranco.

(Aplausos en las tribunas).

La esperamos, Presidenta, y a todos los que han colaborado en este proyecto, para que vean cómo trabajamos en el sur. A no sentir temor por lo que viene; éste es un gran desafío para todo el país y para nuestro territorio. Vamos a construir regiones como corresponden a un Chile democrático.

Hoy, se devuelve a nuestra zona, a Valdivia, lo que nunca se le debió haber quitado. Estamos orgullosos de recobrar lo nuestro, de recuperar el protagonismo que le corresponde a Valdivia, en Chile, y especialmente en el sur. Les devolvemos a nuestras doce comunas el protagonismo de ser señeras, de ser propietarias de nuestro destino. Vamos a trabajar ...

El señor LEAL (Presidente).-

Señor diputado, está terminando su tiempo.

El señor DE URRESTI.-

Éste es un hecho inédito, y creo que quienes han recorrido 800 ó 900 kilómetros para estar aquí merecen escuchar a sus diputados.

Para que nos escuchen en el norte y en el centro, reitero que vamos a construir una gran región y vamos a invitar a nuestra Presidenta a que firme, junto al río Calle Calle, la promulgación de la ley que crea definitivamente la Región de Los Ríos.

He dicho.

Aplausos en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Para cerrar el debate, ofrezco la palabra a la ministra secretaria general de la Presidencia, señora Paulina Veloso .

La señora VELOSO, doña Paulina (ministra secretaria general de la Presidencia).-

Señor Presidente, teniendo presente que el proyecto se encuentra en tercer trámite constitucional, hago uso de la palabra sólo para agradecer, en breves palabras, a los señores parlamentarios que han participado en su debate durante los meses que demoró su tramitación, así como también a los habitantes de la Primera y Décima regiones que lo han apoyado en forma constante y con tesón.

Estamos realmente contentos porque estos dos proyectos de ley constituyeron compromisos contraídos durante la campaña de la Presidenta Michelle Bachelet , y los compromisos hay que cumplirlos.

Estamos contentos porque ambas iniciativas fueron apoyadas por todos los parlamentarios. Creemos que es bueno para el país, más allá de los debates, muchas veces tan ásperos, que se producen en la arena política, que existan proyectos que reciban el apoyo de todos los parlamentarios de Gobierno y de Oposición. Por eso, estamos muy contentos.

También estamos contentos de que, a propósito de esta iniciativa, se haya escuchado la voz de la gente que se manifestó a través de un plebiscito. Como Gobierno, creemos en este instrumento; no en algunos casos, sino que siempre. Por eso, celebramos que en este caso se haya recurrido a un plebiscito y que hayamos sido capaces de recoger sus resultados.

Por último, tenemos un compromiso con la regionalización del país, y recogeremos la propuesta de región modelo en las modificaciones a la ley sobre gobiernos regionales, con el objeto de que todas las regiones puedan dar un gran paso en ese sentido. Creemos que es necesario avanzar en el proceso de regionalización para lograr un mejor desarrollo y para que sus efectos lleguen a todos los habitantes del país, desde la región más al norte, hasta la última región del sur.

Muchas gracias, señor Presidente.

Aplausos en las tribunas.

El señor LEAL (Presidente).-

Cerrado el debate.

Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor LEAL (Presidente).-

Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, para cuya aprobación se requiere quórum de ley orgánica constitucional, esto es, 69 votos afirmativos, con excepción del artículo undécimo transitorio, que requiere para su aprobación 72 votos afirmativos, es decir, tres quintos de los diputados en ejercicio.

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 105 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 3 abstenciones.

El señor LEAL (Presidente).-

Aprobadas.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo, Enrique ; Alinco Bustos, René ; Allende Bussi, Isabel ; Alvarado Andrade, Claudio ; Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro ; Araya Guerrero, Pedro ; Arenas Hödar, Gonzalo ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Barros Montero, Ramón ; Bauer Jouanne, Eugenio ; Becker Alvear, Germán ; Bertolino Rendic, Mario ; Bobadilla Muñoz, Sergio ; Burgos Varela, Jorge ; Bustos Ramírez, Juan ; Cardemil Herrera, Alberto ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Correa De La Cerda, Sergio ; Cristi Marfil , María Angélica ; Cubillos Sigall, Marcela ; Chahuán Chahuán, Francisco ; De Urresti Longton, Alfonso ; Delmastro Naso, Roberto ; Díaz Del Río, Eduardo ; Díaz Díaz, Marcelo ; Dittborn Cordua, Julio ; Duarte Leiva, Gonzalo ; Egaña Respaldiza, Andrés ; Eluchans Urenda, Edmundo ; Encina Moriamez, Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio, Marco ; Errázuriz Eguiguren, Maximiano ; Escobar Rufatt, Alvaro ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Estay Peñaloza, Enrique ; Farías Ponce, Ramón ; Forni Lobos, Marcelo ; Fuentealba Vildósola, Renán ; Galilea Carrillo, Pablo ; García García, René Manuel ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Hales Dib , Patricio ; Herrera Silva, Amelia ; Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge ; Isasi Barbieri, Marta ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Latorre Carmona, Juan Carlos ; Leal Labrín, Antonio ; León Ramírez, Roberto ; Lobos Krause, Juan ; Martínez Labbé, Rosauro ; Masferrer Pellizzari, Juan ; Melero Abaroa, Patricio ; Meza Moncada, Fernando ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Montes Cisternas, Carlos ; Moreira Barros, Iván ; Mulet Martínez, Jaime ; Muñoz D’Albora, Adriana ; Nogueira Fernández, Claudia ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Olivares Zepeda, Carlos ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Palma Flores, Osvaldo ; Paredes Fierro, Iván ; Pascal Allende, Denise ; Pérez Arriagada, José ; Robles Pantoja, Alberto ; Rojas Molina, Manuel ; Rossi Ciocca, Fulvio ; Rubilar Barahona, Karla ; Saa Díaz , María Antonieta ; Sabag Villalobos, Jorge ; Saffirio Suárez, Eduardo ; Salaberry Soto, Felipe ; Sepúlveda Hermosilla,Roberto ; Silber Romo, Gabriel ; Soto González, Laura ; Sule Fernández, Alejandro ; Súnico Galdames, Raúl ; Tarud Daccarett, Jorge ; Tohá Morales, Carolina ; Tuma Zedan , Eugenio ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Uriarte Herrera, Gonzalo ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Valcarce Becerra, Ximena ; Valenzuela Van Treek, Esteban ; Vallespín López, Patricio ; Vargas Lyng, Alfonso ; Venegas Cárdenas, Mario ; Venegas Rubio, Samuel ; Verdugo Soto, Germán ; Vidal Lázaro , Ximena ; Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ; Walker Prieto, Patricio ; Ward Edwards, Felipe .

Votó por la negativa el diputado señor Norambuena Farías, Iván

Se abstuvieron los diputados señores:

Hernández Hernández, Javier ; Paya Mira, Darío ; Recondo Lavanderos, Carlos .

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 19 de diciembre, 2006. Oficio en Sesión 81. Legislatura 354.

VALPARAÍSO, 19 de diciembre de 2006

Oficio Nº 6539

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto que crea la XIV Región de los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, boletín N° 4049-06.

Hago presente a V.E. que la sustitución de los artículos 1°, 2° y 13 permanentes, así como la incorporación de los artículo primero y undécimo transitorio y las enmiendas recaídas en el artículo tercero transitorio, han sido aprobadas con el voto afirmativo de 104 Diputados, de 120 en ejercicio, dándose cumplimiento a lo preceptuado en los incisos segundo y tercero del artículo 66 y la disposición decimotercera transitoria de la Carta Fundamental.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio N° 28.841, de 12 de diciembre de 2006.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

ANTONIO LEAL LABRÍN

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Tribunal Constitucional

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio de Ley Consulta Facultad de Veto. Fecha 19 de diciembre, 2006. Oficio

S.E. La Presidenta de la República comunica que no hará uso de la facultad de Veto en fecha 23 de enero de 2007.

VALPARAÍSO, 19 de diciembre de 2006

Oficio Nº 6540

A S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, boletín N° 4049-06.

Sin embargo, y teniendo presente que el proyecto contiene normas propias de ley orgánica constitucional, la Cámara de Diputados, por ser Cámara de origen, precisa saber si V.E. hará uso de la facultad que le confiere el artículo 73 de la Constitución Política de la República.

En el evento de que V.E. aprobare sin observaciones el texto que más adelante se transcribe, le ruego comunicarlo, a esta Corporación, devolviendo el presente oficio, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional, en conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 93 de la Carta Fundamental, en relación con el Nº 1º de ese mismo precepto.

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

Artículo 13.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una Región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X Región se entenderá que incluyen a la XIV Región de Los Ríos.

Artículo 15.- Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X Región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV Región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI Región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X Región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 16.- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59, letra e) y 146, N° 2 y N° 5, la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI Regiones”.

Artículo 17.- Modifícase la ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X Región” por “XIV y X Regiones” y, en el artículo 24 letra c), la expresión “X Región” por “XIV Región”.

Artículo 18.- El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva Región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa Región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquél con cargo al presupuesto de la nueva Región.

Artículo segundo.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo tercero.- La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional del primer año de vigencia de la presente ley, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo cuarto.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación con los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo quinto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias.

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados.

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo sexto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a un funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo séptimo.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones.

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.

Artículo noveno.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo décimo.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.

Artículo undécimo.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

Dios guarde a V.E.

ANTONIO LEAL LABRÍN

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.2. Oficio al Tribunal Constitucional

Oficio de examen de Constitucionalidad. Fecha 23 de enero, 2007. Oficio

VALPARAÍSO, 23 de enero de 2007

Oficio Nº 6622

A S. E. EL PRESIDENTE DEL EXCMO. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Tengo a honra transcribir a V.E. el proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, boletín N° 4049-06.

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

Artículo 13.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una Región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X Región se entenderá que incluyen a la XIV Región de Los Ríos.

Artículo 15.- Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X Región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV Región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI Región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X Región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 16.- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59, letra e) y 146, N° 2 y N° 5, la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI Regiones”.

Artículo 17.- Modifícase la ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X Región” por “XIV y X Regiones” y, en el artículo 24 letra c), la expresión “X Región” por “XIV Región”.

Artículo 18.- El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva Región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa Región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquél con cargo al presupuesto de la nueva Región.

Artículo segundo.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo tercero.- La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional del primer año de vigencia de la presente ley, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo cuarto.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación con los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo quinto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias.

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados.

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo sexto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a un funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo séptimo.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones.

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.

Artículo noveno.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo décimo.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.

Artículo undécimo.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

*****

De conformidad con lo estatuido en el inciso segundo del artículo 93 de la Constitución Política de la República, informo a V.E. que el proyecto quedó totalmente tramitado por el Congreso Nacional en el día de hoy, al darse Cuenta del oficio N° 609-354 mediante el cual S.E. la Presidenta de la República manifestó a esta Corporación que había resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Carta Fundamental.

******

En virtud de lo dispuesto en el N° 1° del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política de la República corresponde a ese Excmo. Tribunal ejercer el control de constitucionalidad respecto de los artículos 1°, 2°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 y 13 permanentes, y primero, segundo, tercero, cuarto y undécimo transitorios del proyecto.

Para los fines a que haya lugar, me permito poner en conocimiento de V.E. lo siguiente:

La Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, aprobó los artículos 1°, 2°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10 y 13 permanentes y los artículos segundo, tercero y cuarto transitorios en general con el voto favorable de 74 Diputados, de 120 en ejercicio, en tanto que en particular, con el voto conforme de 91 Diputados, de 116 en ejercicio. A su turno, el artículo 5° permanente, incorporado en el segundo trámite reglamentario, fue aprobado con el voto afirmativo de 91 Diputados de 116 en ejercicio.

El H. Senado, en segundo trámite constitucional, aprobó en general el proyecto con el voto conforme de 33 Senadores, de 38 en ejercicio, en tanto que en particular, los artículos 1°, 2°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10 y 13 permanentes; los artículos segundo, tercero y cuarto transitorios, y la incorporación de los artículos primero y undécimo transitorios, fueron sancionados con el voto a favor de 26 Senadores, de 37 en ejercicio.

En tercer trámite constitucional, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones recaídas en los artículos 1°, 2°, 3° y 13 permanentes y tercero transitorio, y la incorporación de los artículos primero y undécimo transitorios, con el voto afirmativo de 104 Diputados, de 120 en ejercicio,

En conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 77 de la Carta Fundamental, en relación con el artículo 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, esta Corporación envió en consulta a la Excma. Corte Suprema el proyecto, la que emitió opinión al respecto.

Adjunto a V.E. copia de la respuesta de la Excma. Corte Suprema.

*****

Por último, me permito informar a V.E. que no se acompañan las actas respectivas por no haberse suscitado cuestión de constitucionalidad.

Dios guarde a V.E.

JORGE BURGOS VARELA

Presidente en Ejercicio de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.3. Oficio del Tribunal Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional. Fecha 26 de enero, 2007. Oficio en Sesión 126. Legislatura 354.

Santiago, veintiséis de enero de dos mil siete.

PRIMERO.- Que, por oficio Nº 6622, de 23 de enero de 2007, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia de Ranco en su territorio, a fin de que este Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10 y 13 permanentes, y primero, segundo, tercero, cuarto y undécimo transitorios del mismo;

SEGUNDO.- Que el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución establece que es atribución de este Tribunal ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales, antes de su promulgación;

NORMAS DE LA CONSTITUCION QUE ESTABLECEN EL AMBITO DE LAS LEYES ORGANICAS CONSTITUCIONALES APLICABLES AL CONTENIDO DEL PROYECTO

TERCERO.- Que el artículo 18 de la Constitución Política estatuye que:

“Habrá un sistema electoral público. Una ley orgánica constitucional determinará su organización y funcionamiento, regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios, en todo lo no previsto por esta Constitución, y garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos.”;

CUARTO.- Que el artículo 49 en su inciso primero establece que: “El Senado se compone de miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país. La ley orgánica constitucional respectiva determinará el número de Senadores, las circunscripciones senatoriales y la forma de su elección.”;

QUINTO.- Que el artículo 77, incisos primero y segundo, de la Constitución dispone lo siguiente:

“Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República. La misma ley señalará las calidades que respectivamente deban tener los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados.

La ley orgánica constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales, sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema de conformidad a lo establecido en la ley orgánica constitucional respectiva.”;

SEXTO.- Que el artículo 84 de la Carta Fundamental, en lo pertinente, establece: “Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones del Ministerio Público, señalará las calidades y requisitos que deberán tener y cumplir los fiscales para su nombramiento y las causales de remoción de los fiscales adjuntos, en lo no contemplado en la Constitución”.

El inciso segundo señala: “La ley orgánica constitucional establecerá el grado de independencia y autonomía y la responsabilidad que tendrán los fiscales en la dirección de la investigación y en el ejercicio de la acción penal pública, en los casos que tengan a su cargo.”;

SÉPTIMO.- Que el inciso segundo del artículo 110 de la Constitución

Política de la República indica que: “La creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de ley orgánica constitucional.”;

OCTAVO.- Que el artículo 113, inciso primero, de la Carta Fundamental dispone que: “El consejo regional será un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional y ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva le encomiende, la que regulará además su integración y organización.”;

NORMAS SOMETIDAS A CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

NOVENO.- Que las disposiciones del proyecto remitido sometidas a control disponen:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia,que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.-

La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco.

Su capital es la ciudad de Valdivia.

Artículo 5º.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.-

Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7°.-

Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma:”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la

“Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la

“Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la

“Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la

“Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones

“Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la

“Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 13.-

La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva Región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa Región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquél con cargo al presupuesto de la nueva Región.

Artículo segundo.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre

Gobierno y Administración Regional.

Artículo tercero.- La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional del primer año de vigencia de la presente ley, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo cuarto.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento.

Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación con los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo undécimo.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

DÉCIMO.- Que, de acuerdo al considerando segundo, corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre las normas del proyecto remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el Constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional;

DÉCIMO PRIMERO.- Que el artículo 1º del proyecto remitido, que crea la XIV Región de Los Ríos, y el artículo 2º del mismo proyecto que junto con establecer las comunas que comprende la provincia de Valdivia, crea la provincia de Ranco, fijando, asimismo, las comunas que esta última comprende, son propios de la ley orgánica constitucional a que hace referencia el artículo 110, inciso segundo, de la Constitución;

DÉCIMO SEGUNDO.- Que las normas contenidas en el artículo 5º, que introduce modificaciones a las circunscripciones senatoriales que indica, son propias de la ley orgánica constitucional a que alude el inciso primero del artículo 49 de la Constitución;

DÉCIMO TERCERO.- Que las disposiciones contempladas en los artículos 8º, que introduce modificaciones al Código Orgánico de Tribunales; 9º, que modifica el artículo 4º de la Ley Nº 19.968, que crea los Juzgados de Familia; y 10, que reforma la Ley Nº 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Provisional, todos del proyecto sometido a control, son propias de la ley orgánica constitucional de que trata el artículo 77, incisos primero y segundo, de la Constitución Política, en atención a que legislan sobre la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República;

DÉCIMO CUARTO.- Que las normas contempladas en los artículos primero, segundo, tercero y cuarto transitorios del proyecto remitido son propias de la ley orgánica constitucional a que se refiere el artículo 113 de la Carta Fundamental, puesto que establecen atribuciones y la integración del Consejo Regional;

DÉCIMO QUINTO: Que el inciso primero del artículo tercero transitorio, al referirse a la forma de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, hace mención a las variables establecidas en el artículo 75 de la Ley Nº 19.175.

A su vez, el inciso segundo de la misma disposición se refiere a la última oración del inciso final de dicho artículo 75;

DÉCIMO SEXTO.- Que esta Magistratura entiende que la referencia al artículo 75 debe ser hecha al artículo 76 de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que es la que efectivamente contiene las variables a que alude la disposición sometida a control de constitucionalidad;

DÉCIMO SÉPTIMO.- Que el artículo undécimo transitorio es propio de la ley orgánica constitucional a que se refiere el inciso primero del artículo 49 de la Constitución Política, puesto que señala la fecha en que entrarán en vigor las normas del artículo 5º permanente del mismo proyecto que contiene una materia propia de dicha legislación orgánica constitucional, según se observó en el considerando décimo segundo;

NORMAS PROPIAS DE LEY COMUN

DÉCIMO OCTAVO.- Que el artículo 6º del proyecto de la especie, que modifica la planta de personal del Servicio Electoral, no dice relación con las materias que se indican en la ley orgánica constitucional de que trata el artículo 18 de la Constitución Política y, en consecuencia, no es propio de aquélla;

DÉCIMO NOVENO.- Que los preceptos contemplados en el artículo 7º del proyecto remitido no se refieren a materias que deban ser reguladas por la ley orgánica constitucional de que trata el artículo 84 de la Constitución Política y, en consecuencia, no son propios de ella;

VIGÉSIMO.- Que el artículo 13 del proyecto remitido no dice relación con las materias que se indican en la ley orgánica constitucional de que trata el artículo 113 de la Constitución Política y, en consecuencia, no es propio de ella;

QUORUM DE APROBACION E INFORME DE LA CORTE SUPREMA

VIGÉSIMO PRIMERO.- Que consta de autos que las normas sometidas a control del proyecto remitido han sido aprobadas en ambas Cámaras del

Congreso Nacional con las mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República y, en el caso particular de los artículos 5º permanente y undécimo transitorio, con el quórum especial exigido en la disposición Decimotercera Transitoria de la misma Carta;

VIGÉSIMO SEGUNDO.- Que, asimismo, consta de autos que se ha dado cumplimiento al artículo 77, inciso segundo, de la Constitución;

VIGÉSIMO TERCERO.- Que los artículos 1º, 2º, 5º, 8º, 9º y 10 permanentes y primero, segundo, tercero, cuarto y undécimo transitorios del proyecto sometido a control de constitucionalidad no son contrarios a la Constitución Política.

Y VISTO lo prescrito en los artículos 18, 66, inciso segundo, 49, inciso primero, 77, incisos primero y segundo, 84, 93, inciso primero, Nº 1º, e inciso tercero, 110 y 113, inciso primero, de la Constitución Política de la República, y lo dispuesto en los artículos 34 al 37 de la Ley Nº 17.997, orgánica constitucional del Tribunal Constitucional,

SE DECLARA:

1. Que los artículos 1º, 2º, 5º, 8º, 9º y 10 permanentes y primero, segundo, cuarto y undécimo transitorios del proyecto sometido a control de constitucionalidad, son constitucionales.

2. Que el artículo tercero transitorio del proyecto remitido es constitucional en el entendido de lo expresado en el considerando décimo sexto de esta sentencia.

3. Que este Tribunal no se pronuncia sobre los artículos 6º, 7º y 13 permanentes del proyecto remitido, por versar sobre materias que no son propias de ley orgánica constitucional.

Devuélvase el proyecto a la Cámara de Diputados, rubricado en cada una de sus hojas por el Secretario del Tribunal, oficiándose.

Regístrese, déjese fotocopia del proyecto y archívese.

Rol Nº 720-07-CPR.

Se certifica que el Ministro señor don Enrique Navarro Beltrán concurrió a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, pero no firma por encontrarse ausente con permiso.

Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente don José Luis Cea Egaña y los Ministros señores, Juan Colombo Campbell, Raúl Bertelsen Repetto, Hernán Vodanovic Schnake, Mario Fernández Baeza, Jorge Correa Sutil, Marcelo Venegas Palacios, señora Marisol Peña Torres, Enrique Navarro Beltrán y Francisco Fernández Fredes. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, don Rafael Larrain Cruz.

5. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 07 de marzo, 2007. Oficio

VALPARAÍSO, 7 de marzo de 2007

Oficio Nº 6648

A S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra poner en conocimiento de V.E. que la Cámara de Diputados, por oficio Nº 6622, de 23 de enero de 2007, remitió al Excmo. Tribunal Constitucional el texto del proyecto de ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio, boletín N° 4049-06, en atención a que diversas disposiciones contienen materias propias de normas de carácter orgánico constitucional.

En virtud de lo anterior, el Excmo. Tribunal Constitucional, por oficio Nº 747, el que se ha dado Cuenta en esta Corporación el día de hoy, ha remitido la sentencia recaída en la materia, en la cual declara que el proyecto de ley en cuestión, es constitucional.

En consecuencia, y habiéndose dado cumplimiento al control de constitucionalidad establecido en el artículo 93, Nº 1, de la Constitución Política de la República, corresponde a V.E. promulgar el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.-

La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

Artículo 3°.-

Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

“14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Artículo 4°.-

Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Artículo 5°.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión “Bíobío” por una coma (,) y agrégase la conjunción “y”, y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,”.

2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la XIV Región, de Los Ríos;”, y

b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase “constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;”, por las expresiones: “constituida por la X Región, de Los Lagos;”.

Artículo 6º.-

Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

Artículo 7°.-

Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma: ”Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.”.

Artículo 8º.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) En su artículo 16:

a) Suprímese en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos” los párrafos comprendidos entre las expresiones “Mariquina”, la primera vez que aparece en el texto, y “Futrono.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.”.

2) En su artículo 21:

a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la “Décima Región de Los Lagos”, el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Río Bueno.”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena”, el siguiente:

“Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.”.

3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

Artículo 9°.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral.”.

2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, el siguiente:

“n) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.”.

Artículo 10.-

Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica:

1) En su artículo 1°:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral; y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

2) En su artículo 13:

a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones “Dos”, la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones “Corral, y”, y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión “Un”, la primera vez que aparece en el texto, y “Lago Ranco;”.

b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

“7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

“Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.”.

3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones “Valdivia”, la primera vez que aparece en el texto, y “Corral, y”.

b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la “Región Metropolitana de Santiago”, lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

“m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;”.

Artículo 11.-

Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 12.-

El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

Artículo 13.-

La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

Artículo 14.-

Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una Región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X Región se entenderá que incluyen a la XIV Región de Los Ríos.

Artículo 15.-

Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X Región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV Región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI Región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X Región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 16.-

Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59, letra e) y 146, N° 2 y N° 5, la expresión “X a XII” por “XIV, X, XI y XII” y en los artículos 150 y 152 la expresión “X y XI regiones” por “XIV, X y XI Regiones”.

Artículo 17.-

Modifícase la ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión “X Región” por “XIV y X Regiones” y, en el artículo 24 letra c), la expresión “X Región” por “XIV Región”.

Artículo 18.-

El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva Región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa Región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquél con cargo al presupuesto de la nueva Región.

Artículo segundo.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

Artículo tercero.- La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional del primer año de vigencia de la presente ley, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

Artículo cuarto.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación con los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

Artículo quinto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias.

2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados.

Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

Artículo sexto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a un funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

Artículo séptimo.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones.

Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.

Artículo noveno.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

Artículo décimo.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.

Artículo undécimo.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.”.

Acompaño copia de la sentencia.

Dios guarde a V.E.

ANTONIO LEAL LABRÍN

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 20.174

Tipo Norma
:
Ley 20174
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=259774&t=0
Fecha Promulgación
:
16-03-2007
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cwgx
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
CREA LA XIV REGION DE LOS RIOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO
Fecha Publicación
:
05-04-2007

LEY NUM. 20.174

CREA LA XIV REGION DE LOS RIOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley

    Proyecto de ley:

    Artículo 1º.- Créase la XIV Región de Los Ríos, capital Valdivia, que comprende las Provincias de Valdivia y la de Ranco que se crea en virtud del artículo siguiente.

    Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia.

    Créase la provincia de Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.

    Artículo 3°.- Agrégase el siguiente número 14 en el artículo 1° de la ley N° 19.379:

    "14) Planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos:

Planta/Cargo                  Grado  N° Cargos   Total

DIRECTIVOS-CARGOS DE

EXCLUSIVA CONFIANZA

Jefes de División               4°        3        3

DIRECTIVOS-CARGOS DE CARRERA REGIDOS POR EL ARTICULO

8° DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 29, DE 2004, DEL

MINISTERIO DE HACIENDA

Jefe de Departamento            5°        2

Jefe de Departamento            6°        2

Jefe de Departamento            7°        2

Jefe de Departamento            8°        1        7

PROFESIONALES

Profesionales                   4°        1

Profesionales                   5°        2

Profesionales                   6°        3

Profesionales                   7°        3

Profesionales                   8°        5

Profesionales                   9°        4

Profesionales                  10°        3

Profesionales                  11°        3

Profesionales                  12°        2

Profesionales                  13°        1       27

TECNICOS

Técnicos                       10°        1

Técnicos                       13°        1        2

ADMINISTRATIVOS

Administrativos                12°        1

Administrativos                13°        1

Administrativos                14°        1

Administrativos                15°        1

Administrativos                16°        1

Administrativos                17°        1

Administrativos                18°        1

Administrativos                19°        1

Administrativos                20°        1        9

AUXILIARES

Auxiliares                     19°        1

Auxiliares                     20°        1

Auxiliares                     21°        1

Auxiliares                     22°        1

Auxiliares                     23°        1

Auxiliares                     24°        1

Auxiliares                     26°        1        7

TOTAL                                             55".

    Artículo 4º.- Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 60-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:

Planta/Cargo                  Grado  N° Cargos   Total

AUTORIDADES

DE GOBIERNO

Intendente                      1A        1

Gobernador                      3°        1        2

DIRECTIVOS-CARGOS DE CARRERA REGIDOS POR EL ARTÍCULO

8° DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 29, DE 2004, DEL

MINISTERIO DE HACIENDA

Jefe de Departamento            6°        1

Jefe de Departamento            8°        2

Jefe de Departamento            9°        2

Jefe de Departamento           10°        1        6

PROFESIONALES

Profesionales                  10°        1

Profesionales                  12°        2        3

TÉCNICOS

Técnicos                       14°        1

Técnicos                       15°        1        2

ADMINISTRATIVOS

Administrativos                15°        1

Administrativos                16°        1

Administrativos                17°        1        3

AUXILIARES

Auxiliares                     20°        1

Auxiliares                     22°        1        2

TOTAL                                             18.

    Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

    1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;) que sigue a la expresión "Bíobío" por una coma (,) y agrégase la conjunción "y", y elimínase la oración "y X, de Los Lagos,".

    2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 181:

    a) Reemplázase en el párrafo referido a la circunscripción 16ª la frase "constituida por los distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de Los Lagos;", por las expresiones: "constituida por la XIV Región, de Los Ríos;", y

    b) Sustitúyese en el párrafo referido a la circunscripción 17ª la frase "constituida por los distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de Los Lagos;", por las expresiones: "constituida por la X Región, de Los Lagos;".

    Artículo 6º.- Créanse en la planta de personal del Servicio Electoral, fijada por el artículo 1° de la ley Nº 18.583, los siguientes cargos:

ESCALAFON/CARGO     NIVEL  GRADO  Nº CARGOS  TOTAL

                          EUS

DIRECTIVOS

Director Regional   II       6º       1        1

OFICIALES ADMINISTRATIVOS

Oficiales

Administrativos     II      16º       1

Oficiales

Administrativos     II      18º       1        2

CHOFERES

Choferes             I      22º       1        1

Total                                         4.

    Artículo 7º.- Modifícase el artículo 72 de la ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, creando en la planta de personal veintisiete cargos, que incrementarán el correspondiente número que para cada uno de ellos establece esta norma:

"Fiscal Regional, un cargo; Director Ejecutivo Regional, un cargo; Jefe de Unidad, 2 cargos; Profesionales, 8 cargos; Técnicos, 5 cargos; Administrativos, 7 cargos, y Auxiliares, 3 cargos.".

    Artículo 8º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

    1) En su artículo 16:

    a) Suprímese en el acápite correspondiente a la "Décima Región de Los Lagos" los párrafos comprendidos entre las expresiones "Mariquina", la primera vez que aparece en el texto, y "Futrono.".

    b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena", el siguiente:

    "Decimocuarta Región de los Ríos:

    Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.

    Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.

    Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.".

    2) En su artículo 21:

    a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la "Décima Región de Los Lagos", el párrafo comprendido entre las expresiones "Valdivia", la primera vez que aparece en el texto, y "Río Bueno.".

    b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena", el siguiente:

    "Decimocuarta Región de los Ríos:

    Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.".

    3) Suprímense, en su artículo 37, los párrafos comprendidos entre las expresiones "Dos", la primera vez que aparece en el texto, y "Lago Ranco;".

    4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis:

    "Artículo 39 bis.- En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

    Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

    Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

    Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

    Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

    Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

    Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

    Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.".

    Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N° 19.968, que crea los Juzgados de Familia:

    1) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones "Valdivia", la primera vez que aparece en el texto, y "Corral.".

    2) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Región Metropolitana de Santiago", el siguiente:

    "n) Decimocuarta Región de los Ríos:

    Valdivia, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.".

    Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.022, que crea Juzgados Laborales y de Cobranza Laboral y Previsional en las comunas que indica:

    1) En su artículo 1°:

    a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones "Valdivia", la primera vez que aparece en el texto, y "Corral; y".

    b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Región Metropolitana de Santiago", lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

    "m) Decimocuarta Región de los Ríos:

Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;".

    2) En su artículo 13:

    a) Suprímese en su numeral 6) el párrafo comprendido entre las expresiones "Dos", la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones "Corral, y", y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión "Un", la primera vez que aparece en el texto, y "Lago Ranco;".

    b) Incorpórase el siguiente numeral 7 bis):

    "7 bis) Reemplázase el artículo 39 bis de la siguiente forma:

    "Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

    A.- JUZGADOS CIVILES:

    Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

    B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMUN:

    Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

    Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

    Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;

    Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con competencia sobre la misma comuna;

    Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

    Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.".

    3) Introdúcense en su artículo 14 las siguientes modificaciones a su numeral 2), en lo referido al artículo 415 del Código del Trabajo:

    a) Suprímese en su literal j) el párrafo comprendido entre las expresiones "Valdivia", la primera vez que aparece en el texto, y "Corral, y".

    b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Región Metropolitana de Santiago", lo siguiente, pasando el punto final (.) del referido acápite a ser punto y coma (;):

    "m) Decimocuarta Región de los Ríos:

    Valdivia, con un juez, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;".

    Artículo 11.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la provincia de Valdivia se entenderán referidas a la Región de Los Ríos. Las que actualmente se refieren a la Región de Los Lagos o a la X Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

    Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año de su publicación en el Diario Oficial se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

    Artículo 13.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Ranco.

    Artículo 14.- Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la X Región de Los Lagos, se entenderá que existe área contigua respecto de la XIV Región de Los Ríos en cuanto a las pesquerías que tuvieren inscritas y vigentes a la fecha de publicación de la presente ley.

    La misma excepción regirá respecto de las organizaciones de pescadores artesanales que tengan áreas de manejo con plan de manejo o estudio de situación base aprobado, o que tengan en trámite una propuesta de estudio de situación base ante la Subsecretaría de Pesca, respecto de un área de manejo que por efectos de esta ley resulte ubicada en una Región distinta a aquélla del domicilio de la organización respectiva.

    Toda nueva inscripción en el registro pesquero artesanal que sea practicada a partir de la fecha de publicación de la presente ley, habilitará la actividad pesquera en la Región en que sea requerida conforme a los límites administrativos fijados en esta ley. A la misma norma se someterán los reemplazos y la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

    Los decretos supremos reglamentarios y los actos administrativos que hayan sido dictados en conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura y que sean aplicables en la X Región se entenderá que incluyen a la XIV Región de Los Ríos.

    Artículo 15.- Los pescadores artesanales inscritos en el registro pesquero artesanal de la X Región, que por efectos de esta ley queden inscritos en la XIV Región, y que estén habilitados para ejercer actividades pesqueras extractivas en la XI Región de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, podrán continuar desarrollando dichas actividades sometidos a las condiciones establecidas de conformidad con dicho procedimiento.

    No procederá la operación en el área contigua indicada precedentemente respecto de las inscripciones en el registro pesquero artesanal de la X Región que sean objeto de reemplazos o de la transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.

    Artículo 16.- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de reemplazar en los artículos 59, letra e) y 146, N° 2 y N° 5, la expresión "X a XII" por "XIV, X, XI y XII" y en los artículos 150 y 152 la expresión "X y XI regiones" por "XIV, X y XI Regiones".

    Artículo 17.- Modifícase la ley N° 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en el sentido de reemplazar en el artículo 2º letra d), la expresión "X Región" por "XIV y X Regiones" y, en el artículo 24 letra c), la expresión "X Región" por "XIV Región".

    Artículo 18.- El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de la X y XIV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

    Artículo primero.- El Gobierno Regional de Los Lagos transferirá en dominio, a título gratuito, al Gobierno Regional de Los Ríos, los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva Región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

    El Conservador de Bienes Raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieran a nombre del Gobierno Regional de Los Ríos en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa Región. La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.

    Los créditos y obligaciones contraídos por el Gobierno Regional de Los Lagos con anterioridad a la vigencia de la presente ley, que correspondan o incidan en el territorio de la Región de Los Ríos, serán administrados por aquél con cargo al presupuesto de la nueva Región.

    Artículo segundo.- El Consejo Regional de la Región de Los Ríos se constituirá el día de entrada en vigencia de la presente ley, integrándose con los actuales consejeros elegidos en representación de la provincia de Valdivia, quienes permanecerán en sus cargos por el tiempo que reste para completar el respectivo período, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

    Artículo tercero.- La distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional del primer año de vigencia de la presente ley, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente y el monto que resulte para la Región de Los Lagos se distribuirá entre la nueva Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos ya modificada, considerando las dos variables establecidas en el artículo 75 de la ley N° 19.175.

    No obstante lo señalado en la última oración del inciso final de dicho artículo 75, el segundo año de vigencia de esta ley se actualizarán los coeficientes de distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y se dispondrán en la Ley de Presupuestos correspondiente las provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que, en la distribución del 90% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año 2006, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región de Los Lagos.

    Artículo cuarto.- Entre la fecha de publicación de esta ley y la de su vigencia, el Gobierno Regional de los Lagos deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Los Ríos y para asegurar su adecuado funcionamiento. Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afecten el territorio de la Región de Los Ríos; como asimismo en relación con los bienes muebles e inmuebles a que se refieren las letras f) y h) del artículo 7º de la ley Nº 19.175; al presupuesto del Gobierno Regional a que alude la disposición precedente, comprendiendo además toda información que afecte el territorio de la nueva región. Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Los Ríos dentro de los primeros diez días de vigencia de esta ley.

    Artículo quinto.- Otórganse las siguientes facultades al Presidente de la República:

    1. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la publicación de la presente ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda y suscritos además por el ministro del ramo, modifique las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Los Ríos y a la provincia de Ranco del personal necesario para el funcionamiento de aquéllos en el nivel regional y provincial, según corresponda. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias.

    2. Para que en el plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el Ministro del Interior, traspase al Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Ríos, sin alterar la calidad jurídica de la designación y sin solución de continuidad, a ocho funcionarios de la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

    Los cargos que quedaren vacantes se suprimirán de pleno derecho en la planta de personal del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región de Los Lagos. Del mismo modo, la dotación máxima de éste disminuirá en el número de cargos traspasados.

    Los traspasos de personal que se dispongan de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral.

    La aplicación de esta norma no significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de los derechos estatutarios y previsionales de los funcionarios traspasados. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquélla de las remuneraciones que compensa.

    Artículo sexto.- El Presidente de la República, durante el primer año de vigencia de la presente ley, podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Los Ríos a un funcionario público de la Administración Central o descentralizada, por un plazo máximo de un año, con el objeto de apoyar la instalación y gestión del mismo.

    Artículo séptimo.- Mientras no se establezcan en la Región de Los Ríos las respectivas secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, que correspondan, los órganos de la Administración de la Región de Los Lagos continuarán cumpliendo las respectivas funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones.

    Los secretarios regionales ministeriales, mientras ejerzan su competencia en la forma señalada en el inciso precedente, serán colaboradores directos de ambos intendentes, entendiéndose igualmente subordinados a los mismos, en relación a lo propio del territorio de cada región, para efecto de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley Nº 19.175, correspondiéndoles integrar, asimismo, los gabinetes regionales en las dos regiones. En todo caso, en el evento de quedar vacante el cargo mencionado precedentemente, la terna para su provisión será elaborada por el Intendente de la Región de Los Lagos.

    A su vez, los directores regionales quedarán subordinados al respectivo intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial, para efecto de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el Gobierno Regional de que se trate.

    En el caso de que, a la fecha de vigencia de esta ley, existan secretarías regionales ministeriales o direcciones regionales de servicios públicos con sede en la provincia de Valdivia, las normas previstas en los incisos precedentes serán aplicables a la Región de Los Lagos.

    Artículo octavo.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, corresponderá al Ministro del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las Regiones de Los Ríos y de Los Lagos, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional. Asimismo, prestará asesoría y coordinará la acción del Gobierno Regional de Los Lagos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la presente ley.

    Artículo noveno.- Para los efectos del primer pago a los funcionarios del Gobierno Regional de Los Ríos de los incrementos por desempeño institucional y colectivo, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 3º de la ley Nº 19.553, dentro de los primeros noventa días de vigencia de la presente ley se fijarán los objetivos de gestión señalados en el artículo 6º y se suscribirá el convenio de desempeño a que alude el artículo 7º de dicha ley, procediendo tal pago a contar del primero de enero del segundo año de vigencia de esta ley.

    Artículo décimo.- El Intendente de la Región de Los Ríos procederá a designar en la planta del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, a que se refiere el artículo 3º, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, en calidad de titulares, a quienes desempeñarán los empleos de jefes de división y, en carácter de suplente, a las personas que ocuparán los cargos de carrera que sean necesarios para efectos de constituir el comité de selección a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº18.834, y de asegurar el debido y oportuno cumplimiento de las funciones propias del Gobierno Regional en la región antes mencionada.

    Artículo undécimo.- Las normas consignadas en el artículo 5º permanente de esta ley entrarán en vigor treinta días antes de la oportunidad señalada en el inciso primero del artículo 6º de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

    Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Valdivia, 16 de marzo de 2007.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.- Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Felipe Harboe Bascuñán, Subsecretario del Interior.

Tribunal Constitucional

Proyecto de Ley que crea la XIV Región de Los Ríos y la provincia de Ranco en su territorio

    El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto de ley, enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto de los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, y 10 y 13 permanentes, y primero, segundo, tercero, cuarto y undécimo transitorios del proyecto y que por sentencia de 26 de enero del año en curso en los autos Rol Nº 720-07-CPR.

    Declaró:

    1º. Que los artículos 1º, 2º, 5º, 8º, 9º y 10 permanentes y primero, segundo, cuarto y undécimo transitorios del proyecto sometido a control de constitucionalidad, son constitucionales.

    2º. Que el artículo tercero transitorio del proyecto remitido es constitucional en el entendido de lo expresado en el considerando décimo sexto de esta sentencia.

    3º. Que este Tribunal no se pronuncia sobre los artículos 6º, 7º, y 13 permanentes del proyecto remitido, por versar sobre materia que no son propias de ley orgánica constitucional.

    Rafael Larraín Cruz, Secretario.