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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.947

Amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta Echaurren.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Guido Girardi Lavín, Hernán Larraín Fernández, Carlos Bianchi Chelech, Francisco Chahuán Chahuán y Isabel Allende Bussi. Fecha 16 de noviembre, 2011. Moción Parlamentaria en Sesión 69. Legislatura 359.

Boletín N° 8.038-04

Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Chahuán, señora Allende y señores Bianchi, Girardi y Larraín Fernández que amplía el plazo para la erección del monumento del artista Roberto Matta Echaurren.

Con fecha 17 de Noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial, la Ley N° 20.132, originada en un Mensaje Presidencial, mediante la cual se autorizó erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren.

Dicho texto legal estableció en su artículo 4° la creación de una Comisión Especial Ad Honorem, compuesta por un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras; el Alcalde de la Municipalidad de Santiago; un representante del Ministerio de Educación; un representante del Consejo de Monumentos Nacionales; dos decanos de facultades de arquitectura o de las artes y un representante de la familia del artista Roberto Matta Echaurren, los que deben cumplir las funciones que se enumeran en su artículo 5°.

Es del caso señalar que por diversos motivos, no se ha podido constituir la comisión ejecutoria de esta obra, y por ende, no ha resultado posible erigir el referido monumento en el plazo de cinco años, contado desde la publicación de la ley, que se establece el artículo 8° de la misma, ya que dicho plazo expira el 17 de noviembre del presente año.

En tal virtud, y existiendo plena voluntad para llevar a cabo la ejecución de este monumento, dada la importancia que ha significado para las artes de nuestro país, la figura del artista Roberto Matta Echaurren, que adquirió fama mundial, se hace necesario otorgar un plazo adicional para dicho propósito, el que para ejecutar cabalmente la obra, se estima en unos tres años más.

Por tal razón, es menester sustituir, en el texto del artículo 8° ya aludido, la expresión numérica “cinco” por “ocho”.

En mérito a lo anteriormente expuesto, sometemos a la aprobación del Senado de la República, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

Artículo único: Modifícase el texto del artículo 8° de la Ley N° 20.132, sustituyéndose la expresión numérica “cinco” por “ocho”.

FRANCISCO CHAHUÁN CHAHUÁN

SENADOR.

1.2. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 09 de mayo, 2012. Informe de Comisión de Educación en Sesión 17. Legislatura 360.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que amplía el plazo para la erección del monumento del artista Roberto Matta Echaurren.

BOLETÍN Nº 8.038-04

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene a honra emitir su informe acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán, señora Isabel Allende Bussi y señores Carlos Bianchi Chelech, Guido Girardi Lavín y Hernán Larraín Fernández.

Hacemos presente que, por tratarse de una iniciativa legal de artículo único, y de conformidad a lo dispuesto en artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió la iniciativa legal en general y en particular a la vez. Asimismo, acordó, unánimemente, proponer al Excelentísimo Presidente que en la Sala sea considerado del mismo modo.

A la sesión en que se analizó esta iniciativa legal asistieron, además de los miembros de la Comisión, las siguientes personas:

-De la Secretaría General de la Presidencia: el Asesor, señor Juan Pablo Rodríguez.

-De la Biblioteca del Congreso Nacional, el Asesor Parlamentario, señor Luis Castro Paredes.

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

La iniciativa legal tiene por finalidad ampliar de cinco a ocho años el plazo establecido en la ley N° 20.132 para erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren toda vez que ha expirado el plazo legal original para hacerlo, y ello no ha ocurrido, no habiéndose constituido la comisión encargada de ejecutar la obra.

- - -

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.-.Numeral 5 del artículo 63 de la Constitución Política de la República, que enumera como materia propia del dominio legal, las normas que regulen honores públicos a los grandes servidores.

2.- La ley N° 20.128, publicada el 17 de noviembre de 2006, que autoriza la construcción de un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren.

Su artículo 8° dispone que el monumento deberá erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de la publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos culturales que la comisión establezca.

II.ANTECEDENTES DE HECHO

Moción Parlamentaria.

La referida Moción tiene por finalidad ampliar de 5 a 8 años el plazo establecido en el artículo 8° de la ley N° 20.132 para erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren, ya que, expirado el plazo legal original, y hasta la fecha, la comisión encargada de ejecutar la obra no se constituyó.

Recuerda la Moción que con fecha 17 de Noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial, como se señalara precedentemente, la ley N° 20.132, originada en un Mensaje Presidencial, mediante la cual se autorizó erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren. Dicho texto legal, asegura, estableció en su artículo 4° la creación de una Comisión Especial Ad Honorem, compuesta por un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras; el Alcalde de la Municipalidad de Santiago; un representante del Ministerio de Educación; un representante del Consejo de Monumentos Nacionales; dos decanos de facultades de arquitectura o de las artes y un representante de la familia del artista Roberto Matta Echaurren, los que deberían cumplir las funciones que se enumeran en su artículo 5°.

Sobre el particular afirman que por diversos motivos, no se ha podido constituir la comisión ejecutoria de esta obra, y por ende, no ha resultado posible erigir el referido monumento en el plazo de cinco años, contado desde la publicación de la ley, que se establece el artículo 8° de la misma, ya que dicho plazo expiró el 17 de noviembre del año 2011.

En tal virtud, y existiendo plena voluntad para llevar a cabo la ejecución de este monumento, dada la importancia que ha significado para las artes de nuestro país la figura del artista Roberto Matta Echaurren, que adquirió fama mundial, los autores de la Moción en estudio estiman necesario otorgar un plazo adicional para dicho propósito, el que para ejecutar cabalmente la obra, se estima en unos tres años más.

- - -

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Analizada la propuesta legal y sus fundamentos, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión estimó conveniente aprobarla, toda vez que, tal como se expresó con ocasión de la discusión de la ley N° 20.132,[1] que autorizó erigir el monumento en memoria del destacado artista nacional, es relevante reconocer la vida y la obra de este arquitecto, artista y pintor chileno del siglo XX, cuya fama rebasó los límites de la nación adquiriendo una proyección internacional pocas veces conocida, y por ello es necesario otorgar un plazo adicional para que se materialice dicho reconocimiento.

-En consecuencia, puesto en votación el proyecto de ley, en general y en particular, a la vez, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero, Quintana y Navarro.

- - -

TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con el acuerdo adoptado, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología os propone aprobar, en general y en particular, el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único: Reemplázase en el artículo 8° de la ley N° 20.132, la expresión numérica “cinco” por “ocho”.”.

- - -

Acordado en sesión celebrada el día 8 de mayo de 2012, con asistencia de los Honorables Senadores señor Carlos Cantero Ojeda (Presidente), señora Ena Von Baer Jahn y señores Jaime Quintana Leal y Alejandro Navarro Brain.

Sala de la Comisión, a 9 de mayo de 2012.

FRANCISCO JAVIER VIVES D.

Secretario de la Comisión

- - - 

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA ERECCIÓN DEL MONUMENTO DEL ARTISTA ROBERTO MATTA ECHAURREN.

I.- OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Ampliar de 5 a 8 años el plazo establecido en la ley N° 20.132 para erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren toda vez que ha expirado el plazo legal original para hacerlo, y ello no ha ocurrido, no habiéndose constituido la comisión encargada de ejecutar la obra.

II.- ACUERDOS: Aprobado en general y en particular por unanimidad (4x0).

III.- ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: Consta de un artículo único.

IV.- NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No hay.

V.- URGENCIA: No tiene.

VI.- ORIGEN E INICIATIVA: Senado. Moción de los Honorables Senadores señores Chahuán y señora Allende y señores Bianchi, Girardi y Larraín Fernández.

VII.- TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Primero.

VIII.- INICIO DE TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 16 de noviembre de 2011.

IX.- TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

X.- LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.-Ley N° 20.132 por medio de la cual se autoriza erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren.

2.-Numeral 5 del artículo 63 de la Constitución Política de la República.

Valparaíso, 9 de mayo de 2012.

FRANCISCO JAVIER VIVES D.

Secretario de la Comisión

[1] Corresponde al Boletín N° 3.225-04.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 13 de junio, 2012. Diario de Sesión en Sesión 26. Legislatura 360. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA ERIGIR MONUMENTO A DON ROBERTO MATTA ECHAURREN

El señor ESCALONA (Presidente).-

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Chahuán, señora Allende y señores Bianchi, Girardi y Larraín (don Hernán), en primer trámite constitucional, que amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta Echaurren, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

--Los antecedentes sobre el proyecto (8038-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Chahuán, señora Allende y señores Bianchi, Girardi y Larraín (don Hernán):

En primer trámite, sesión 69ª, en 16 de noviembre de 2011.

Informe de Comisión:

Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: sesión 17ª, en 15 de mayo de 2012.

El señor ESCALONA (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

El propósito de la iniciativa es ampliar de 5 a 8 años el plazo establecido en la ley N° 20.132 para erigir un monumento en memoria del señalado artista, dado que ha expirado el plazo original para hacerlo, sin que se haya constituido la Comisión encargada de ejecutar la obra.

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología discutió este proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y le dio aprobación por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Von Baer y señores Cantero, Quintana y Navarro.

El texto que se propone aprobar se consigna en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

El señor ESCALONA (Presidente).-

Si le parece a la Sala, se aprobará.

--Por unanimidad, se aprueba en general y en particular el proyecto.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 13 de junio, 2012. Oficio en Sesión 43. Legislatura 360.

Valparaíso, 13 de junio de 2012.

Nº 618/SEC/12

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín N° 8.038-04:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázase, en el artículo 8° de la ley N° 20.132, la expresión numérica “cinco” por “ocho”.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

CAMILO ESCALONA MEDINA

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Cultura

Cámara de Diputados. Fecha 16 de junio, 2016. Informe de Comisión de Cultura en Sesión 36. Legislatura 364.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CULTURA, ARTES Y COMUNICACIONES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA ERIGIR EL MONUMENTO AL ARTISTA ROBERTO MATTA ECHAURREN

__________________________________________________________________

BOLETÍN N° 8.038-04 (S)

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones viene en informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en moción de los senadores (a) señora (es) Isabel Allende Bussi, Carlos Bianchi Chelech, Francisco Chahuán Chahúan, Guido Girardi Lavín y Hernán Larraín Fernández.

I.-CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS

1.-La idea matriz o fundamental del proyecto es hacer posible la ejecución de la ley N°20.132, de 17 de noviembre de 2006, que autoriza la construcción de un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren, en la ciudad de Santiago, mediante la ampliación del plazo concedido en la referida ley para la materialización de la obra, por encontrarse éste vencido.

2.- El artículo único del proyecto fue sustituido.

3- El proyecto fue aprobado, en general y particular, por la unanimidad de los seis diputados presentes señores Claudio Arriagada, Ramón Farías (Presidente), Issa Kort, Roberto Poblete, Guillermo Teillier y Víctor Torres.

4.-El proyecto no tiene normas de carácter orgánico constitucional, de quórum calificado o que requieran trámite de Hacienda.

5.- Diputado informante: Don Víctor Torres Jeldes.

II.- ANTECEDENTES

1.-De derecho La ley N° 20.128, publicada el 17 de noviembre de 2006, que autoriza la construcción de un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren.

Su artículo 8° dispone que el monumento deberá erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de la publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos culturales que la comisión establezca.

2.-De hecho

La referida moción tiene por finalidad ampliar de 5 a 8 años, el plazo establecido en el artículo 8° de la ley N° 20.132, de 17 de noviembre de 2006, para erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren en la ciudad Santiago, toda vez, que ha expirado el plazo legal original y hasta la fecha, la comisión encargada de ejecutar la obra, no se constituyó.

Hace presente la iniciativa que con fecha 17 de noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial, como se señalara precedentemente, la ley N° 20.132, originada en un Mensaje Presidencial, mediante la cual se autorizó erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren.

Dicho texto legal, estableció en su artículo 4° la creación de una Comisión Especial Ad Honorem, compuesta por un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras; el Alcalde de la Municipalidad de Santiago; un representante del Ministerio de Educación; un representante del Consejo de Monumentos Nacionales; dos decanos de facultades de arquitectura o de las artes y un representante de la familia del artista Roberto Matta Echaurren, los que deberían cumplir las funciones que se enumeran en el artículo 5° de la citada ley, todo ello, conducente a la materialización de la obra, en el plazo de cinco años contado de la publicación de la ley que la autoriza.

Sobre el particular, afirman los autores de esta iniciativa, por diversos motivos, no se ha podido constituir la comisión ejecutoria de esta obra, y por ende, no ha resultado posible erigir el referido monumento en el plazo de cinco años, contado desde la publicación de la ley, que establece el artículo 8° de la misma, ya que dicho plazo expiró el 17 de noviembre del año 2011.

En tal virtud, y existiendo plena voluntad para llevar a cabo la ejecución de este monumento, dada la importancia que ha significado para las artes de nuestro país la figura del artista Roberto Matta Echaurren, que adquirió fama mundial, los autores de la Moción en estudio estiman necesario otorgar un plazo adicional para dicho propósito, el que para ejecutar cabalmente la obra, estiman en unos tres años más.

III. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO

Consta de un artículo único, mediante el cual, se reemplaza en el artículo 8° de la ley N° 20.132, la expresión numérica “cinco” por “ocho”.

IV.-SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS

Discusión y votación

En general

La Comisión, compartió los objetivos y fundamentos tenidos en consideración por la moción, y procedió a dar su aprobación en general, por la unanimidad de siete de sus integrantes presentes, diputados señores Claudio Arriagada, Ramón Farías (Presidente), Roberto Poblete, Guillermo Teillier y Víctor Torres.

En particular

La Comisión advirtió, que el plazo propuesto de 3 años más, para la ejecución de la obra, contado desde el vencimiento del otorgado en la ley, esto es, a partir del 17 de noviembre de 2011, se encuentra igualmente vencido, toda vez, que ocurrió el 17 de noviembre de 2014.

Por lo anterior, los diputados presentes en la Comisión, señores Arriagada, Farías (Presidente), Kort, Poblete, Teillier y Torres, presentaron una indicación en el siguiente sentido:

“Artículo único.- Prorrógase, en cinco años, a partir de la vigencia de esta ley, el plazo concedido en el artículo 8° de la ley N° 20.132, para la ejecución de la obra”.

Lo anterior, estimaron, con el propósito de que efectivamente pueda concretarse la construcción del monumento al insigne artista chileno, don Roberto Matta Echaurren.

Puesto en votación el artículo único, en los términos expuestos, fue aprobado por la unanimidad de los seis diputados presentes, señores Claudio Arriagada, Ramón Farías (Presidente), Issa Kort, Roberto Poblete, Guillermo Teillier y Víctor Torres.

V.- TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo único.- Prorrógase, en cinco años, a partir de la vigencia de esta ley, el plazo concedido en el artículo 8° de la ley N° 20.132, para la ejecución de la obra”.

********

Se designó Diputado Informante a don Víctor Torres Jeldes.

Sala de la Comisión, a 16 de junio de 2016.

Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión de 9 de junio del año en curso, con asistencia de los diputados señores Claudio Arriaga Macaya, Ramón Farías Ponce, Issa Kort Garriga, Roberto Poblete Zapata, Guillermo Teillier del Valle y Víctor Torres Jeldes.

Maria Eugenia Silva Ferrer

Abogado Secretaria de la comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 04 de agosto, 2016. Diario de Sesión en Sesión 51. Legislatura 364. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA ERECCIÓN DE MONUMENTO AL ARTISTA ROBERTO MATTA ECHAURREN (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 8038-04[S])

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta Echaurren .

De conformidad con los acuerdos de los Comités adoptados el martes recién pasado, este proyecto se votará sin discusión.

Diputado informante de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones es el señor Víctor Torres .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 43ª de la legislatura 360ª, en 14 de junio de 2012. Documentos de la Cuenta N° 6.

-Informe de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones, sesión 36ª de la presente legislatura, en 21 de junio de 2016. Documentos de la Cuenta N° 1.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor TORRES (de pie).-

Señor Presidente, la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones viene en informar sobre el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en moción de la senadora Isabel Allende y de los senadores Carlos Bianchi , Francisco Chahuán , Guido Girardi y Hernán Larraín , que amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta Echaurren .

La idea matriz o fundamental del proyecto se relaciona con la ejecución de la ley N° 20.132, de 17 de noviembre de 2006, que autorizó la construcción de un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren en la ciudad de Santiago. La idea es ampliar el plazo concedido en la referida ley para la materialización de la obra por encontrarse vencido.

La referida moción tiene por finalidad ampliar de cinco a ocho años el plazo establecido en el artículo 8° de la ley N° 20.132, de 17 de noviembre de 2006, que autorizó erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta en la ciudad de Santiago, toda vez que ha expirado el plazo legal original y hasta la fecha la comisión encargada de ejecutar la obra no se ha constituido.

Efectivamente, con fecha 17 de noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 20.132, originada en mensaje, mediante la cual se autorizó erigir un monumento en memoria del artista Roberto Matta Echaurren , texto que estableció en su artículo 4° la creación de una comisión especial ad honorem, integrada por un senador y un diputado designados por sus respectivas Cámaras; el alcalde de la Municipalidad de Santiago, un representante del Ministerio de Educación, un representante del Consejo de Monumentos Nacionales, dos decanos de facultades de arquitectura o de las artes, y un representante de la familia del artista Roberto Matta Echaurren , los que deberían cumplir las funciones conducentes a la materialización de la obra en el plazo de cinco años, contados desde la publicación de la ley que la autoriza, es decir, hasta el 17 de noviembre de 2011.

Sobre el particular, los autores de la iniciativa afirman que por diversos motivos la comisión no se ha podido constituir y que, por lo tanto, no ha resultado posible erigir el referido monumento. Señalan en los fundamentos que existe plena voluntad para llevar a cabo su ejecución, dada la importancia que ha significado para las artes del país la figura del artista Roberto Matta Echaurren , que adquirió fama mundial.

Los autores de la iniciativa en estudio consideran necesario otorgar un plazo adicional para dicho propósito, el que estiman en tres años.

En la discusión del proyecto, la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones advirtió que el plazo propuesto de tres años más para la ejecución de la obra, contados desde el vencimiento del otorgado en la ley original, es decir, el 17 de noviembre de 2011, se encuentra igualmente vencido, toda vez que ocurrió el 17 de noviembre de 2014.

Por lo tanto, los diputados presentes en la comisión, señores Claudio Arriagada , Ramón Farías (Presidente), Issa Kort , Roberto Poblete , Guillermo Teillier y Víctor Torres presentaron una indicación al proyecto para prorrogar en cinco años el plazo otorgado para concretar la obra, contados a partir de la vigencia de esta futura ley, con el propósito de que pueda concretarse efectivamente la construcción del monumento al insigne artista chileno don Roberto Matta Echaurren .

El artículo único del proyecto, con la indicación señalada, que sustituye el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por la unanimidad de los diputados anteriormente nombrados.

Es todo cuanto puedo informar. He dicho.

-o-

El señor ANDRADE (Presidente).-

Hago presente a la Sala que, de conformidad con los acuerdos adoptados por los Comités el martes 2 de agosto, la modificación introducida por el Senado al proyecto de ley que declara feriado el 10 de agosto para la Región de Tarapacá con motivo de la fiesta religiosa de San Lorenzo de Tarapacá (boletín 10271-06), y la enmienda introducida por el Senado al proyecto de ley que declara feriado el 8 de septiembre para la Región de Antofagasta (boletín 9611-06), que figuran con los números 2 y 3 en la Tabla, respectivamente, se votarán al término del Orden del Día, sin discusión.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que amplía el plazo para erigir un monumento al artista Roberto Matta Echaurren.

Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .

El señor ANDRADE (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular el texto sustitutivo propuesto por la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones.

Despachado el proyecto al Senado.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 04 de agosto, 2016. Oficio en Sesión 37. Legislatura 364.

VALPARAÍSO, 4 de agosto de 2016

Oficio Nº 12.720

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado el proyecto de ley que amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta, correspondiente al boletín N°8038-04, con la siguiente enmienda:

Al artículo único

-Lo ha sustituido por el siguiente:

“Artículo único.- Prorrógase por cinco años, a partir de la vigencia de esta ley, el plazo concedido en el artículo 8° de la ley N° 20.132 para la ejecución de la obra.”.

*****

Lo que tengo a honra comunicar a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº618/SEC/12, de 13 de junio de 2012.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

OSVALDO ANDRADE LARA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 16 de agosto, 2016. Diario de Sesión en Sesión 41. Legislatura 364. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA ERIGIR MONUMENTO A DON ROBERTO MATTA ECHAURREN

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Conforme a lo resuelto por los Comités, corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta Echaurren.

--Los antecedentes sobre el proyecto (8.038-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Chahuán, señora Allende y señores Bianchi, Girardi y Hernán Larraín):

En primer trámite: sesión 69ª, en 16 de noviembre de 2011.

En tercer trámite: sesión 37ª, en 9 de agosto de 2016.

Informe de Comisión:

Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: sesión 17ª, en 15 de mayo de 2012.

Discusión:

Sesión 26ª, en 13 de junio de 2012 (se aprueba en general y en particular).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Este proyecto inició su tramitación en el Senado, y a su respecto la Cámara de Diputados efectuó una enmienda consistente en sustituir el artículo único propuesto por el Senado, que aumenta de cinco a ocho años el plazo establecido por la ley N° 20.132 para erigir el monumento a Roberto Matta, por una disposición que prorroga por cinco años el plazo concedido para la ejecución de la obra.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen en sus escritorios se transcriben el texto aprobado por el Senado y la modificación introducida por la Cámara Baja.

El señor LAGOS (Presidente).-

En votación la enmienda propuesta por la Cámara de Diputados.

--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , en reunión de Comités pedimos que esta iniciativa se discutiera como si fuera de Fácil Despacho, pues se trata de un homenaje más que justo y siempre oportuno a Roberto Matta Echaurren , un hombre que ha prestigiado a nuestro país y a su cultura.

Se requiere un plazo mayor para erigir el monumento al artista en Santiago. Por lo tanto, la modificación introducida por la Cámara de Diputados nos parece adecuada.

El señor LAGOS (Presidente).-

No hay más inscritos.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba la enmienda propuesta por la Cámara de Diputados (24 votos a favor), y el proyecto queda despachado en este trámite.

Votaron las señoras Allende, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Coloma, García, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Se deja constancia de la intención de voto afirmativo de los Senadores señores Espina y Chahuán.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 16 de agosto, 2016. Oficio en Sesión 57. Legislatura 364.

Valparaíso, 16 de agosto de 2016.

Nº 234/SEC/16

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado la enmienda introducida por esa Honorable Cámara al proyecto de ley que amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta Echaurren, correspondiente al Boletín N° 8.038-04.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 12.720, de 4 de agosto de 2016.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

RICARDO LAGOS WEBER

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 16 de agosto, 2016. Oficio

Valparaíso, 16 de agosto de 2016.

Nº 235/SEC/16

A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Prorrógase por cinco años, a partir de la vigencia de la presente ley, el plazo contemplado en el artículo 8° de la ley N° 20.132 para la ejecución de la obra.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en moción de los Honorables senadores señor Francisco Chahuán Chahuán, señora Isabel Allende Bussi, y señores Carlos Bianchi Chelech, Guido Girardi Lavín y Hernán Larraín Fernández.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

RICARDO LAGOS WEBER

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 20.947

Tipo Norma
:
Ley 20947
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1094455&t=0
Fecha Promulgación
:
30-08-2016
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cczw
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Título
:
AMPLÍA EL PLAZO PARA ERIGIR EL MONUMENTO AL ARTISTA ROBERTO MATTA ECHAURREN
Fecha Publicación
:
05-09-2016

LEY NÚM. 20.947

AMPLÍA EL PLAZO PARA ERIGIR EL MONUMENTO AL ARTISTA ROBERTO MATTA ECHAURREN

    Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de los Honorables senadores señor Francisco Chahuán Chahuán, señora Isabel Allende Bussi, y señores Carlos Bianchi Chelech, Guido Girardi Lavín y Hernán Larraín Fernández,

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Prorrógase por cinco años, a partir de la vigencia de la presente ley, el plazo contemplado en el artículo 8º de la ley Nº 20.132 para la ejecución de la obra.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 30 de agosto de 2016.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.