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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.147

Autoriza erigir un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de José Miguel Ortiz Novoa, Adriana Muñoz D' Albora, Camilo Escalona Medina, José Pérez Arriagada, Ximena Vidal Lázaro y José Francisco Encina Moriamez. Fecha 22 de junio, 2005. Moción Parlamentaria en Sesión 10. Legislatura 353.

AUTORIZA A ERIGIR UN MONUMENTO EN LA LOCALIDAD DE CHAÑARAL ALTO, COMUNA DE MONTE PATRIA, EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS

BOLETÍN N° 3911-04

Lo dispuesto en los artículos 1°, 19° numeral 10) y 60° numeral 5) de la Constitución Política de la República.

Considerando:

1. Que reconocer la labor de ciudadanos destacados resulta muy importante para la sociedad, tanto en cuanto constituye un justo homenaje para quienes han entregado su esfuerzo al progreso espiritual y material de su pueblo, como en cuanto procura que su ejemplo aliente en sus conciudadanos la práctica de similares valores y actitudes.

2. Que, en ese sentido, existen muchas comunidades que buscan perpetuar la memoria de sus grandes servidores para las futuras generaciones.3. Que ese es el caso de Don Alejandro Chelén Rojas, destacado historiador, escritor y político, nacido en Chañaral Alto, comuna de Monte Patria el 21 de Septiembre de 1911.

Cursó sus estudios primarios en la escuela de su pueblo natal, que hoy lleva su nombre y cuyo cuerpo académico y estudiantes hoy pretenden testimoniarle su gratitud a través de la instalación de un monumento.

A continuación prosiguió sus estudios en el Liceo de Ovalle. Ingresó a la Facultad de Historia y Geografía de la Universidad de Chile donde obtiene su Licenciatura en 1936.

Se apasiona por la letras, cumpliendo una gran labor como escritor, especialmente en la prensa escrita, siendo colaborador, fundador y director de un sinnúmero de publicaciones a lo largo y ancho del país.

Los periódicos El Inca, El Deber, El Progreso, Unidad y Avance en Atacama; El Arado, Crónica, El Regional, El Chileno, La Provincia y El Reflector en Combarbalá, La Serena, Ovalle e Illapel; El Popular y el ABC en Antofagasta; La Calle, Arauco, Izquierda, Definición, la Hora y La Nación en la capital, supieron de su pluma rigurosa y punzante.

Asimismo, las revistas Hoy, Estrategia, Rumbos, Espartaco, y Claridad le tuvieron, también, entre sus más destacados columnistas y redactores.

Se ocupó de temas sociales, publicando diversos folletos y libros sobre la actividad minera; históricos, donde destaca su semblanza de personajes como Luis Emilio Recabarren, José Miguel Carrera y Manuel Rodríguez y políticos con una vasta obra acerca de las ideas socialistas. Fruto de dichos ensayos recibió el Premio Gabriela Mistral, de la I. Municipalidad de Santiago.

Ejerció como docente en la Universidad de Chile, que le confirió el Título de Profesor Honorario y participó como conferencista en diversas instituciones.

Incursionó, además, en la actividad política, siendo elegido regidor por Chañaral y Combarbalá, Diputado por la Provincia de Coquimbo por dos períodos legislativos y, finalmente, Senador por Atacama y Coquimbo.

Permaneció en el exilio en México, desde 1973 hasta 1985, año en el que retorna al país, falleciendo en Santiago en 1990.

En mérito de lo expuesto, los Diputados que suscriben, vienen en proponer el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en memoria del ex Regidor, Diputado y Senador de la República, Don Alejandro Chelén Rojas, en la escuela del mismo nombre, ubicada en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas respectivas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial a que se refiere el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Artículo 4°.- Créase, asimismo, una comisión especial ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un Diputado y un Senador designados por sus respectivas Cámaras; el Alcalde de la Municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá; un representante del Ministerio de Educación; el Director de la Escuela en que se emplazará la obra y el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

b) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

c) Disponer y supervigilar la construcción del monumento, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3°, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.

Artículo 7°.- La ubicación del monumento será acordada por la Comisión a propuesta del Director de la Escuela en que éste se emplazará.

Artículo 8°.- El monumento deberá erigirse en un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados de la forma prevista en el artículo precedente.

Artículo 9°-. Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados a la escuela aludida.

Adriana Muñoz Dalbora

Diputada

1.2. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 02 de agosto, 2005. Informe de Comisión de Educación en Sesión 27. Legislatura 353.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA LOCALIDAD DE CHAÑARAL ALTO, COMUNA DE MONTE PATRIA, EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS

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BOLETÍN Nº 3911-04

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, de origen en una moción de las Diputadas señoras Adriana Muñoz D’Albora y Ximena Vidal Lázaro, y de los Diputados señores Francisco Encina Moriamez y José Miguel Ortiz Novoa.

ANTECEDENTES

Don Alejandro Chelén Rojas, nació en Chañaral, el 21 de septiembre de 1912, siendo hijo de don José Chelén y de doña Deidamia Rojas; hizo sus primeros estudios en la escuela de su pueblo natal que hoy lleva su nombre, y terminó su educación en el Liceo de Hombres de Ovalle; cursó estudios superiores en la Facultad de Historia y Geografía de la Universidad de Chile, donde obtiene el grado de licenciado en 1936.

Incursiona en múltiples actividades del quehacer nacional; ingresa en las oficinas salitreras de Tarapacá y Antofagasta donde se desempeña hasta 1931, y, con posterioridad, en 1936, trabaja en las minas de Atacama, de Inca de Oro y de Taltal, hasta 1948. Se traslada a San Lorenzo, Coquimbo, lugar donde se dedica a la agricultura.

Se apasiona por las letras, y desarrolla una fructífera labor como escritor, especialmente en la prensa escrita donde destaca como colaborador, fundador y director de abundantes publicaciones.

Los periódicos El Popular y el ABA, en Antofagasta; El Inca, El Deber, El Progreso, Unidad y Avance, en Atacama; Crónica, El Regional, El Chileno, La Provincia y El Reflector, en Combarbalá, Ovalle e Illapel; La Calle, Izquierda, La Hora y La Nación, en la capital, supieron de su pluma rigurosa y punzante. Asimismo, entre los años 1936 y 1948, escribió cuentos y crónicas en las revistas Hoy, Estrategia, Rumbos, Espartaco y Claridad.

Fue fundador de los diarios Avance de Chañaral, El Inca de Oro y El Arado de Combarbalá y Crónica, de La Serena.

Publicó diversos folletos y libros sobre la actividad minera y social, donde destaca Flujo y reflujo del socialismo chileno, 1961; El guerrillero: Manuel Rodríguez y su hermano Carlos, precursores de la democracia y la libertad, 1964; Trayectoria del socialismo: apuntes para una historia crítica del socialismo chileno, 1967, y Pensamiento teórico y político del Partido Socialista de Chile, 1972.

Incursionó con gran éxito en la actividad política; militante activo del Partido Socialista de Chile, fue elegido regidor, luego diputado en representación de La Serena, Coquimbo, Elqui, Ovalle, Combarbalá e Illapel, por el período 1949-1953, y reelecto, en el período siguiente. Senador por Atacama y Coquimbo durante los años 1957-1965.

Posteriormente, y hasta septiembre de 1973, ocupa el cargo de Gerente General de la Editorial Quimantú. Permanece exiliado en México hasta 1985, año en el que retorna al país, falleciendo en Santiago, el 16 de mayo de 1990.

DEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO

La idea matriz del proyecto se orienta a rendir un homenaje en memoria de don Alejandro Chelén Rojas, escritor, regidor, diputado y senador, mediante la construcción de un monumento en la escuela de la localidad de Chañaral, lugar donde nació y estudió, con el propósito de perpetuar en las futuras generaciones su obra y su esfuerzo por aportar al progreso de su pueblo.

Tal idea, la que es propia de ley según lo establecido en el artículo 60, N° 5, de la Constitución Política, el proyecto la concreta por medio de ocho artículos.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS

1.- El proyecto no contiene disposiciones que sean propias de ley de rango orgánico constitucional o de quórum calificado.

2.- Ninguna de sus disposiciones es de la competencia de la Comisión de Hacienda.

3.- Fue aprobado en general y en particular, sin debate, por unanimidad, en los mismos términos contenidos en la moción, con las correcciones que autoriza el artículo 15 del reglamento de la Corporación.

********

Por la razones señaladas, y por las que expondrá oportunamente el señor Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto, con el siguiente texto:

Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en memoria del ex regidor, diputado y senador de la República, don Alejandro Chelén Rojas, en la escuela del mismo nombre, ubicada en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas respectivas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Artículo 4°.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un diputado y un senador designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Alcalde de la Municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá;

c) Un representante del Ministerio de Educación;

d) El director de la escuela en que se emplazará la obra, y

e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

1. Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

2. Administrar el fondo creado en el artículo 3°;

3. Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

4. Disponer y supervigilar la construcción del monumento, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y

5. Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.

Artículo 6°.- La ubicación del monumento será acordada por la Comisión a propuesta del director de la escuela en que éste se emplazará.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados de la forma prevista en el artículo siguiente.

Artículo 8°.- Si al concluir la construcción resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, serán destinados a la escuela donde se erigió el monumento.

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Se designó Diputado informante al señor Carlos Montes Cisternas.

Sala de la Comisión, a 2 de agosto de 2005.

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a la sesión del día 2 de agosto de 2005, con la asistencia de la señora Vidal, doña Ximena (Presidenta); señor Becker, don Germán; señora Cubillos, doña Marcela; señor Kast, don José Antonio; señora Mella, doña María Eugenia; señor Montes, don Carlos; señor Olivares, don Carlos; señor Rojas, don Manuel, y señora Tohá, doña Carolina.

MARÍA EUGENIA SILVA FERRER

Abogado Secretaria de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 05 de octubre, 2005. Diario de Sesión en Sesión 48. Legislatura 353. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

MONUMENTO EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS . Primer trámite constitucional.

El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-

Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que autoriza erigir un monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas , en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

Diputado informante de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación es el señor Francisco Encina.

Antecedentes:

-Moción, Nº 3911-04, sesión 10ª, en 22 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 6.

-Informe de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes y Recreación, sesión 27ª, en 9 de agosto de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 15.

El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Encina.

El señor ENCINA.-

Señor Presidente, la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación pasa a informar, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas, en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, provincia de Limarí, región de Coquimbo.

Don Alejandro Chelén Rojas fue un conocido escritor y parlamentario por muchos años del Partido Socialista. Nació en Chañaral Alto, el 21 de septiembre de 1912, hijo de don José Chelén y de doña Deidamia Rojas. Hizo sus primeros estudios en la escuela de su pueblo natal, la que hoy lleva su nombre, y terminó su educación en el Liceo de Hombres de Ovalle. Cursó estudios superiores en la Facultad de Historia y Geografía de la Universidad de Chile, obteniendo el grado de licenciado en 1936.

Incursiona en múltiples actividades del quehacer nacional. Ingresa a las oficinas salitreras de Tarapacá y de Antofagasta, donde se desempeña hasta 1931. Con posterioridad, en 1936, trabaja en las minas de Atacama, de Inca de Oro y de Taltal, hasta 1948. Se traslada a San Lorenzo , comuna de Monte Patria, provincia de Limarí, lugar donde se dedica a la agricultura.

Se apasiona por las letras y desarrolla una fructífera labor como escritor, especialmente en la prensa, donde se destaca como colaborador, fundador y director de varias publicaciones.

Los periódicos “El Popular” y “El Aba”, en Antofagasta; “El Inca”, “El Deber”, “El Progreso”, “Unidad y Avance”, en Atacama; “Crónica”, “El Regional”, “El Chileno”, “La Provincia” y “El Reflector”, en Combarbalá, Ovalle e Illapel , y “La Calle”, “Izquierda”, “La Hora” y “La Nación”, en Santiago, supieron de su pluma rigurosa y punzante. Asimismo, entre los años 1936 y 1948, escribió cuentos y crónicas en las revistas Hoy, Estrategia, Rumbos, Espartaco y Claridad.

Fue fundador de los diarios “Avance”, de Chañaral; “Inca de Oro” y “El Arado”, de Combarbalá, y “Crónica”, de La Serena.

Publicó diversos folletos y libros sobre la actividad minera y social, entre los cuales se destacan “Flujo y reflujo del socialismo chileno”, en 1961; “El guerrillero: Manuel Rodríguez y su hermano Carlos , precursores de la democracia y la libertad”, en 1964, catalogada por los especialistas como su más grande obra; “Trayectoria del socialismo: apuntes para una historia crítica del socialismo chileno”, en 1967, y “Pensamiento teórico y político del Partido Socialista de Chile”, en 1972.

También incursionó, como militante activo del Partido Socialista de Chile, con gran éxito en la actividad política. Fue regidor; diputado, en representación de La Serena, Coquimbo , Elqui , Ovalle , Combarbalá e Illapel , por el período 19491953 y siguiente, y senador por Atacama y Coquimbo , por el período 19571965.

Posteriormente, y hasta septiembre de 1973, ocupa el cargo de gerente general de la Editorial Quimantú. Permanece exiliado en México hasta 1985, año en el que retorna al país, y fallece en Santiago, el 16 de mayo de 1990.

La idea matriz del proyecto se orienta a rendir homenaje a don Alejandro Chelén Rojas , escritor, regidor, diputado y senador, erigiendo un monumento en su memoria en la escuela de Chañaral, localidad donde nació y estudió, con el propósito de perpetuar en las futuras generaciones su obra y esfuerzo por aportar al progreso de su pueblo.

Tal idea, propia de ley, según lo establece el artículo 60, Nº 5, de la Constitución Política, se plasma a través de este proyecto de ocho artículos.

Constancias reglamentarias.

El proyecto no contiene disposiciones de rango orgánico constitucional o de quórum calificado. Ninguna de sus disposiciones es de la competencia de la Comisión de Hacienda. Fue aprobado sin debate, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros de la Comisión.

Por estas razones, se recomienda aprobar el proyecto, que en su parte dispositiva señala lo siguiente:

El artículo 1º establece la autorización para erigir el monumento.

El artículo 2º consigna que las obras se financiarán mediante erogaciones populares, como establece la ley.

Por el artículo 3º se crea un fondo para recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Por el artículo 4º se crea una comisión especial integrada por miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un diputado y por un senador designados por sus respectivas Cámaras; el alcalde de la municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá; un representante del Ministerio de Educación, el director de la escuela donde se emplazará la obra, y el vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será la mayoría de sus miembros.

El artículo 5º especifica las funciones que tendrá dicha comisión.

Por último, el artículo 7º otorga un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la ley, para ejecutar la obra.

Para el Partido Socialista, y creo que también para todos los parlamentarios de la Cuarta Región, es un honor que se erija un monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas , gran escritor, diputado y senador, además de hombre entrañable en su tierra.

El proyecto se originó en una moción de las diputadas señoras Adriana Muñoz y Ximena Vidal y de los diputados señores José Miguel Ortiz y Francisco Encina.

He dicho.

Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:

El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-

En votación el proyecto, originado en moción, que autoriza erigir un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.

El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-

Aprobado.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique ; Aguiló Melo Sergio ; Alvarado Andrade Claudio ; Allende Bussi Isabel ; Araya Guerrero Pedro ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Burgos Varela Jorge ; Bustos Ramírez Juan ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Correa de la Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Delmastro Naso Roberto ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escalona Medina Camilo ; Espinoza Sandoval Fidel ; Forni Lobos Marcelo ; Galilea Carrillo Pablo ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Guzmán Mena María Pía ; Hales Dib Patricio ; Ibáñez Santa María Gonzalo ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kast Rist José Antonio ; Kuschel Silva Carlos Ignacio ; Leal Labrín Antonio ; Longton Guerrero Arturo ; Longueira Montes Pablo ; Lorenzini Basso Pablo ; Luksic Sandoval Zarko ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Mella Gajardo María Eugenia ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz Aburto Pedro ; Muñoz D'albora Adriana ; Navarro Brain Alejandro ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez San Martín Lily ; Pérez Varela Víctor ; Quintana Leal Jaime ; Recondo Lavanderos Carlos ; Riveros Marín Edgardo ; Robles Pantoja Alberto ; Rossi Ciocca Fulvio ; Saa Díaz María Antonieta ; Saffirio Suárez Eduardo ; Sánchez Grunert Leopoldo ; Seguel Molina Rodolfo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silva Ortiz Exequiel ; Soto González Laura ; Tapia Martínez Boris ; Tohá Morales Carolina ; Tuma Zedan Eugenio ; Ulloa Aguillón Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Varela Herrera Mario ; Venegas Rubio Samuel ; Vidal Lázaro Ximena ; Vilches Guzmán Carlos ; Walker Prieto Patricio.

Se abstuvieron los diputados señores:

Dittborn Cordua Julio ; Galilea Vidaurre José Antonio.

El señor NAVARRO (Presidente en ejercicio).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 05 de octubre, 2005. Oficio en Sesión 41. Legislatura 353.

VALPARAISO, 5 de octubre de 2005

Oficio Nº 5872

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la Moción, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en memoria del ex regidor, diputado y senador de la República, don Alejandro Chelén Rojas, en la escuela del mismo nombre, ubicada en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas respectivas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Artículo 4°.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un diputado y un senador designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Alcalde de la Municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá;

c) Un representante del Ministerio de Educación;

d) El director de la escuela en que se emplazará la obra, y

e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

1. Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

2. Administrar el fondo creado en el artículo 3°;

3. Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

4. Disponer y supervigilar la construcción del monumento, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y

5. Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.

Artículo 6°.- La ubicación del monumento será acordada por la Comisión a propuesta del director de la escuela en que éste se emplazará.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados de la forma prevista en el artículo siguiente.

Artículo 8°.- Si al concluir la construcción resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, serán destinados a la escuela donde se erigió el monumento.”.

Dios guarde a V.E.

ALEJANDRO NAVARRO BRAIN

Presidente en Ejercicio de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 22 de noviembre, 2006. Informe de Comisión de Educación en Sesión 72. Legislatura 354.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza erigir un monumento, en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas

BOLETÍN N° 3.911-04.

_________________________

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Diputados señoras Adriana Muñoz D’Albora y Ximena Vidal Lázaro y señores Camilo Escalona Medina, Francisco Encina Moriamez, José Miguel Ortiz Novoa y José Pérez Arriagada.

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Se deja constancia que la Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz–Esquide, acordó considerar esta iniciativa de ley en general y en particular, con el objeto de agilizar su tramitación, atendiendo que, como se consigna más adelante, los acuerdos respecto a la misma se adoptaron por la unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión.

A la sesión en que la Comisión estudió esta iniciativa asistieron, además de sus miembros, los Honorables Senadores señores Pablo Longueira Montes, Baldo Prokurica Prokurica, Pedro Muñoz Aburto y Jaime Naranjo Ortiz.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

En lo fundamental, el propósito de la iniciativa aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, es el de honrar a escritor, regidor, diputado y senador don Alejandro Chelén Rojas, autorizando la construcción de un monumento en la escuela de la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, lugar donde nació y vivió.

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ANTECEDENTES

Para la cabal comprensión de esta iniciativa de ley, se ha tenido en consideración, entre otros, lo siguiente:

I. ANTECEDENTES JURÍDICOS

1) La Constitución Política de la República en sus artículos 1°; 19, numerales 10 y 23; y artículo 63, numeral 5), y

2) La ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción que inició el proyecto de ley en estudio, en lo fundamental, destaca lo siguiente:

Don Alejandro Chelén Rojas nació el 21 de septiembre de 1912 en la localidad de Chañaral Alto, realizó sus primeros estudios en la escuela de su pueblo natal, que actualmente lleva su nombre, y terminó su educación en el Liceo de Hombres de Ovalle; cursó estudios superiores en la Facultad de Historia y Geografía de la Universidad de Chile, obteniendo el grado de licenciado en 1936.

Refiere que don Alejandro Chelén desarrolló diversas actividades del quehacer nacional; ingresó a las oficinas salitreras de Tarapacá y Antofagasta donde se desempeñó hasta 1931, y, con posterioridad, en 1936, trabajó en las minas de Atacama, de Inca de Oro y de Taltal, hasta 1948. Posteriormente, se trasladó a San Lorenzo, Coquimbo, lugar donde se dedicó a la agricultura.

Paralelamente, arguye, desarrolla una fructífera labor como escritor, particularmente, en la prensa escrita, destacando como colaborador, fundador y director de abundantes publicaciones.

Destaca entre los periódicos que supieron de su pluma rigurosa, El Popular y el ABA, en Antofagasta; El Inca, El Deber, El Progreso, Unidad y Avance, en Atacama; Crónica, El Regional, El Chileno, La Provincia y El Reflector, en Combarbalá, Ovalle e Illapel; La Calle, Izquierda, La Hora y La Nación, en la capital. Asimismo, entre los años 1936 y 1948, escribió cuentos y crónicas en las revistas Hoy, Estrategia, Rumbos, Espartaco y Claridad.

Asimismo, fundó los diarios Avance de Chañaral, El Inca de Oro y El Arado de Combarbalá, y Crónica de La Serena.

Continúa señalando que don Alejandro Chelén publicó diversos folletos y libros sobre la actividad minera y social, destacando Flujo y reflujo del socialismo chileno, 1961; El guerrillero: Manuel Rodríguez y su hermano Carlos, precursores de la democracia y la libertad, 1964; Trayectoria del socialismo: apuntes para una historia crítica del socialismo chileno, 1967, y Pensamiento teórico y político del Partido Socialista de Chile, 1972.

Asevera que participó con éxito en la actividad política; militante activo del Partido Socialista de Chile, fue elegido regidor, luego diputado en representación de La Serena, Coquimbo, Elqui, Ovalle, Combarbalá e Illapel, por el período 1949-1953, y reelecto, en el período siguiente, además, fue elegido Senador por Atacama y Coquimbo para el período 1957-1965.

Posteriormente, y hasta septiembre del año 1973, ocupa el cargo de Gerente General de la Editorial Quimantú.

Arguye que fue exiliado, permaneciendo en México hasta el año 1985, año en el que retorna al país, falleciendo en Santiago, el 16 de mayo de 1990.

DISCUSIÓN GENERAL

Al iniciarse la discusión del referido proyecto de ley, el Honorable Senador señor Núñez expresó que con la construcción de este monumento se pretende rendir un homenaje en memoria del hombre de letras y político don Alejandro Chelén Rojas, autorizando la construcción de un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

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Sometida a votación la idea de legislar en la materia, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

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DISCUSIÓN PARTICULAR

El proyecto de ley en estudio, consta de ocho artículos, los que a continuación se describen brevemente, indicándose los acuerdos adoptados por la Comisión a su respecto.

ARTÍCULO 1°

El artículo 1º autoriza erigir un monumento en memoria del ex regidor, diputado y senador, don Alejandro Chelén Rojas, en la escuela del mismo nombre, ubicada en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

- Sometido a votación este artículo, fue aprobado, con enmienda formal, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

ARTÍCULO 2°

La disposición hace referencia al financiamiento de la obra, señalando que los fondos se obtendrán de erogaciones, por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

En relación a las colectas públicas, preceptúa que éstas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que crea el artículo 4° de la presente iniciativa, en coordinación con el Ministerio del Interior.

- Puesto en votación este artículo, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

ARTICULO 3°

El artículo 3º crea un fondo destinado a recibir el producto de las erogaciones, donaciones y demás aportes que se reciban.

- Sometido a votación este artículo, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

ARTÍCULO 4°

La disposición establece la creación de una comisión especial, integrada por seis miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un Senador y un Diputado, elegidos por sus respectivas Cámaras; el alcalde de la municipalidad de Monte Patria, quién lo presidirá; un representante del Ministerio de Educación; el director de la escuela en que se emplazará la obra, y, el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El inciso segundo hace referencia al quórum para sesionar y adoptar acuerdos.

- Puesto en votación este artículo, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

ARTÍCULO 5°

La norma enuncia las funciones de la Comisión.

- Sometido a votación este artículo, fue aprobado, con enmienda formal, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

ARTÍCULO 6°

El artículo 6º establece que la ubicación del monumento será acordada por la Comisión, a proposición del director de la escuela en que éste se emplazará.

-Puesto en votación este artículo, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

ARTÍCULO 7°

La norma dispone que el monumento deberá erigirse en el plazo de cinco años, transcurrido el cual sin que se hubiere construido la obra, los recursos obtenidos por concepto de erogaciones serán aplicados en la forma prevista en el artículo 8°.

-Sometido a votación este artículo, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

ARTÍCULO 8°

Dispone que si al concluir la obra resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, serán destinados a la escuela donde se erigió el monumento.

-Sometido a votación este artículo, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide.

- - - - -

MODIFICACIONES PROPUESTAS

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, con las siguientes enmiendas:

ARTÍCULO 1°

Suprimir la expresión “de la República”.

ARTÍCULO 5°

Numeral 4

Reemplazar la voz “supervigilar” por “supervisar”.

- - - - -

En mérito de los acuerdos consignados anteriormente, vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, os propone aprobar el proyecto de ley en informe, en los siguientes términos:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en memoria del ex regidor, diputado y senador, don Alejandro Chelén Rojas, en la escuela del mismo nombre, ubicada en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas respectivas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Artículo 4°.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un diputado y un senador designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Alcalde de la Municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá;

c) Un representante del Ministerio de Educación;

d) El Director de la escuela en que se emplazará la obra, y

e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

1. Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

2. Administrar el fondo creado en el artículo 3°;

3. Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

4. Disponer y supervisar la construcción del monumento, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y

5. Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.

Artículo 6°.- La ubicación del monumento será acordada por la Comisión a propuesta del director de la escuela en que éste se emplazará.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados de la forma prevista en el artículo siguiente.

Artículo 8°.- Si al concluir la construcción resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, serán destinados a la escuela donde se erigió el monumento.”.

- - - - -

Acordado en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2006, con asistencia de los Honorables Senadores señores Mariano Ruiz-Esquide Jara (Presidente), Andrés Chadwick Piñera, Carlos Cantero Ojeda y Ricardo Núñez Muñoz.

Sala de la Comisión, a 22 de noviembre de 2006.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretario accidental

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO, EN LA LOCALIDAD DE CHAÑARAL ALTO, COMUNA DE MONTE PATRIA, EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS

(Boletín Nº 3.335-04)

I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: en lo fundamental, persigue honrar al destacado hombre de letras y político don Alejandro Chelén Rojas, autorizando al efecto erigir un monumento en su memoria, en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular (4x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de ocho artículos permanentes.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de los Honorables Diputados señoras Adriana Muñoz D’Albora y Ximena Vidal Lázaro y señores Camilo Escalona Medina, Francisco Encina Moriamez, José Miguel Ortiz Novoa y José Pérez Arriagada.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 5 de octubre de 2005.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 12 de octubre de 2005.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE MODIFICA O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1) La Constitución Política de la República en sus artículos 1°; 19, numerales 10 y 23; y artículo 63, numeral 5), y

2) La ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

Valparaíso, a 23 de noviembre de 2006.

Magdalena Palumbo Ossa

Secretario accidental

2.2. Discusión en Sala

Fecha 05 de diciembre, 2006. Diario de Sesión en Sesión 73. Legislatura 354. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

MONUMENTO EN CHAÑARAL ALTO EN MEMORIA DE ALEJANDRO CHELÉN ROJAS

El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza erigir un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria del ex Senador don Alejandro Chelén Rojas, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

--Los antecedentes sobre el proyecto (3911-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 41ª, en 12 de octubre de 2005.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 72ª, en 29 de noviembre de 2006.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

El objetivo del proyecto de ley es honrar al destacado hombre de letras y político, don Alejandro Chelén Rojas. Al efecto, se autoriza para erigir un monumento en su memoria en Chañaral Alto.

La Comisión de Educación también debatió esta iniciativa tanto en general como en particular, y le dio su aprobación por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Cantero, Chadwick, Núñez y Ruiz-Esquide), introduciéndole sólo dos enmiendas al proyecto despachado por la Cámara de Diputados.

El texto de la iniciativa se transcribe en el informe que Sus Señorías tienen en sus escritorios.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-

Si le parece a la Sala, se aprobarán todas las iniciativas relatadas por el señor Secretario.

--Se aprueban en general y particular los proyectos mencionados, y quedan despachados en este trámite.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 05 de diciembre, 2006. Oficio en Sesión 105. Legislatura 354.

Valparaíso, 5 de diciembre de 2006.

Nº 28.777

A S. E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que autoriza erigir un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas, correspondiente al Boletín Nº 3.911-04, con las siguientes modificaciones:

Artículo 1°

Ha suprimido la expresión “de la República”

Artículo 5°

Numeral 4

Ha sustituido el vocablo “supervigilar” por el de “supervisar”

- - -

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 5.872, de 5 de octubre de 2005.

-.-.-

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 12 de diciembre, 2006. Diario de Sesión en Sesión 106. Legislatura 354. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

MONUMENTO EN MEMORIA AL EX PARLAMENTARIO DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.

El señor LEAL (Presidente).-

Corresponde tomar conocimiento de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas.

Antecedentes:

- Oficio del Senado, boletín N° 3911-04, sesión 105ª, en 7 de diciembre de 2006. Documentos de la Cuenta N° 2.

El señor LEAL (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.

La señora MUÑOZ (doña Adriana).-

Señor Presidente, el proyecto tuvo su origen en una moción que presenté el año pasado con el objeto de erigir un monumento en memoria de don Alejandro Chelén Rojas , ex diputado y ex senador nacido en Chañaral alto, comuna de Monte Patria, provincia de Limarí como una manera de resaltar su personalidad y trayectoria.

El monumento se erigirá en la escuela que lleva su nombre en la localidad de una provincia en la que hizo una gran contribución a su desarrollo.

La construcción de la escuela en la que se levantará el monumento se inició durante el Gobierno del Presidente Frei, se concluyó durante el Gobierno del Presidente Ricardo Lagos y se inauguró hace poco por el intendente Ricardo Cifuentes.

Reconozco que el proyecto se ha tramitado con bastante celeridad y solicito, por ende, que se aprueben las modificaciones del Senado sin mayor debate.

He dicho.

El señor LEAL (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este asunto de la de la siguiente manera.

El señor LEAL (Presidente).-

Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto que autoriza erigir un monumento, en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas.

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor LEAL (Presidente).-

Aprobadas.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo, Enrique ; Aguiló Melo, Sergio ; Alinco Bustos, René ; Araya Guerrero, Pedro ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Becker Alvear, Germán ; Burgos Varela, Jorge ; Bustos Ramírez, Juan ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; De Urresti Longton, Alfonso ; Delmastro Naso, Roberto ; Duarte Leiva, Gonzalo ; Encina Moriamez, Francisco ; Enríquez-Ominami Gumucio, Marco ; Escobar Rufatt, Alvaro ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farías Ponce, Ramón ; Fuentealba Vildósola, Renán ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; Goic Boroevic, Carolina ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Kast Rist, José Antonio ; Latorre Carmona, Juan Carlos ; Leal Labrín, Antonio ; León Ramírez, Roberto ; Meza Moncada, Fernando ; Monsalve Benavides, Manuel ; Montes Cisternas, Carlos ; Mulet Martínez, Jaime ; Muñoz D’Albora, Adriana ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Olivares Zepeda, Carlos ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Paredes Fierro, Iván ; Pascal Allende, Denise ; Pérez Arriagada, José ; Quintana Leal, Jaime ; Saa Díaz, María Antonieta ; Saffirio Suárez, Eduardo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Soto González, Laura ; Sule Fernández, Alejandro ; Tarud Daccarett, Jorge ; Tuma Zedan, Eugenio ; Valenzuela Van Treek, Esteban ; Vallespín López, Patricio ; Venegas Cárdenas, Mario ; Venegas Rubio, Samuel ; Vidal Lázaro, Ximena ; Walker Prieto , Patricio.

El señor LEAL (Presidente).-

Despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 12 de diciembre, 2006. Oficio en Sesión 77. Legislatura 354.

VALPARAÍSO, 12 de diciembre de 2006

Oficio Nº 6511

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que autoriza a erigir un monumento en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas, boletín Nº 3911-04.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio N° 28.777, de 5 de diciembre de 2006.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

ANTONIO LEAL LABRÍN

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 12 de diciembre, 2006. Oficio

VALPARAÍSO, 12 de diciembre de 2006

Oficio Nº 6512

A S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de las Diputadas señora Adriana Muñoz D’Albora y Ximena Vidal Lázaro y de los Diputados señores Francisco Encina Moriamez, José Miguel Ortiz Novoa y José Pérez Arriagada y el entonces Diputado señor Camilo Escalona Medina

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en memoria del ex regidor, diputado y senador, don Alejandro Chelén Rojas, en la escuela del mismo nombre, ubicada en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas respectivas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Artículo 4°.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un diputado y un senador designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Alcalde de la Municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá;

c) Un representante del Ministerio de Educación;

d) El director de la escuela en que se emplazará la obra, y

e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

1. Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

2. Administrar el fondo creado en el artículo 3°;

3. Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

4. Disponer y supervisar la construcción del monumento, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y

5. Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.

Artículo 6°.- La ubicación del monumento será acordada por la Comisión a propuesta del director de la escuela en que éste se emplazará.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados de la forma prevista en el artículo siguiente.

Artículo 8°.- Si al concluir la construcción resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, serán destinados a la escuela donde se erigió el monumento.”.

Dios guarde a V.E.

ANTONIO LEAL LABRÍN

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 20.147

Tipo Norma
:
Ley 20147
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=256883&t=0
Fecha Promulgación
:
20-12-2006
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cwv3
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA LOCALIDAD DE CHAÑARALALTO, COMUNA DE MONTE PATRIA, EN MEMORIA DE DONALEJANDRO CHELÉN ROJAS
Fecha Publicación
:
30-12-2006

LEY NUM. 20.147

AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA LOCALIDAD DE CHAÑARAL ALTO, COMUNA DE MONTE PATRIA, EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO CHELÉN ROJAS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de las H. Diputadas señora Adriana Muñoz D'Albora y señora Ximena Vidal Lázaro y de los H. Diputados señores Francisco Encina Moriamez, José Miguel Ortiz Novoa y José Pérez Arriagada y del entonces Diputado señor Camilo Escalona Medina:

    Proyecto de ley:

    Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en memoria del ex regidor, diputado y senador, don Alejandro Chelén Rojas, en la escuela del mismo nombre, ubicada en la localidad de Chañaral Alto, comuna de Monte Patria.

    Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

    Las colectas respectivas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.

    Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

    Artículo 4°.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

    a) Un diputado y un senador designados por sus respectivas Cámaras;

    b) El Alcalde de la Municipalidad de Monte Patria, quien la presidirá;

    c) Un representante del Ministerio de Educación;

    d) El director de la escuela en que se emplazará la obra, y

    e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

    El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

    Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

    1. Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

    2. Administrar el fondo creado en el artículo 3°;

    3. Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

    4. Disponer y supervisar la construcción del monumento, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y

    5. Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.

    Artículo 6°.- La ubicación del monumento será acordada por la Comisión a propuesta del director de la escuela en que éste se emplazará.

    Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en un plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados de la forma prevista en el artículo siguiente.

    Artículo 8°.- Si al concluir la construcción resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, serán destinados a la escuela donde se erigió el monumento.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 20 de diciembre de 2006.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Felipe Harboe Bascuñán, Subsecretario del Interior.