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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.752

CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL RVDO. PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Sergio Benedicto Elgueta Barrientos, Pedro Pablo Álvarez Salamanca Büchi, Carlos Valcarce Medina, Maximiano Errázuriz Eguiguren, Harry Jurgensen Caesar, Erick Villegas González, Claudio Alvarado Andrade, Sergio Ojeda Uribe, Víctor Reyes Alvarado y Gabriel Ascencio Mansilla. Fecha 09 de mayo, 1996. Moción Parlamentaria en Sesión 72. Legislatura 332.

CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL RVDO. PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT

El Señor FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT, nació el 9 de Marzo de 1921 en Fronan, pueblo de 300 habitantes en la "Selva Bávara", cerca de la frontera checoslovaca en Alemania estado de Baviera.

Sus padres Gottlich Braun, obrero forestal, y Ana Hecht, costurera, tuvieron 8 hijos, siendo el padre Francisco Javier el menor Desde muy niño sintió la vocación al sacerdocio y a la edad de 10 años entró al Seminario Menor de la Congregación del Verbo Divino, que en Alemania se llama "Misioneros de Sleyl" y allí realizó sus estudios secundarios.

El 1° de Diciembre de 1939 tomó el hábito de la Congregación del Verbo Divino, en el Seminario Mayor en San. Agustín, haciéndose miembro pleno de la Congregación el 6 de Marzo de 1941, con los votos religiosos.

El 10 de Marzo de 1941 interrumpió sus estudios, porque fue llamado al servicio militar, en tiempo de guerra, como enfermero y después corno suboficial de sanidad. Estuvo 2 años en Rusia y 2 años en Italia, donde fue condecorado con la "Cruz de Hierro", por haber sacado heridos en situaciones de alto peligro. El 10 de Marzo de 1945 fue enviado a Viena, como ya no apto para el frente de batalla, ya que en 1944 fue herido en la cabeza y parte de su cráneo destruido.

El 24 de Septiembre de 1949 fue ordenado Sacerdote.

El 1° de Enero de 1951 comenzó su vida de trabajo sacerdotal en Sudamérica.

Por 3 años fue Vicario Cooperador de una Parroquia en Buenos Aires, Argentina.

El 17 de Febrero de 1954 llegó a Chile como párroco de la Parroquia San Mateo de Osorno, cargo que ocupó hasta el 26 de Febrero de 1960.

El 28 de Febrero de 1960 juró como Párroco de Fresia, llevando ya 36 años en el cargo.

La Iglesia Parroquial estaba en construcción, pero el terremoto del 22 de Mayo de 1960 lo destruyó todo. Consiguió ayuda en Alemania y gracias a su esfuerzo y, al apoyo de la comunidad fue construida la actual Iglesia. El 22 de Marzo de 1964 se celebró la primera misa en esta iglesia.

En 1969 comenzó con el programa de "Construcción de Capillas" siempre buscando el apoyo de la comunidad y de congregaciones de Alemania. Así el padre Javier lleva construidas 13 capillas rurales.

Como Párroco y con la autorización correspondiente, ha sido profesor de religión en las escuelas rurales.

Ha colaborado con el Colegio de Religiosas; con los Hogares de Menores del Verbo Divino para niños de situación irregular; con Centros de Rehabilitación de Alcohólicos y en forma especial con el Hogar de Ancianos San Francisco Javier de Fresia.

El 26 de Febrero de 1985, fecha en que celebraba 25 años de párroco fue distinguido por la I. Municipalidad con el nombramiento de Hijo Ilustre de Fresia, gracias a la fecunda labor que habría realizado para la comunidad.

En esa misma fecha se inaugurará el Hogar de Ancianos "San Francisco Javier", que es su gran obra, de la que él sigue siendo su Presidente. El mismo impulso su iniciativa y torno un papel decisivo en su construcción, consiguiendo financiamiento especialmente de Alemania.

El Padre Javier dice ser alemán de nacimiento, pero nunca se ha sentido extranjero en Chile. La "Parroquia de Fresia es el campo de trabajo más lindo del mundo", ha expresado últimamente el Padre Francisco Javier.

Las obras del Padre Javier son extensas e interesantes, que surgen de su inspiración de su Inteligencia y de su espíritu de abnegación y caridad.

El Padre Francisco Javier se merece el reconocimiento de la comunidad de Fresia y del país, porque su obra ha sido extraordinaria, noble, desinteresada e inmensamente útil para los niños, ancianos y los más necesitados y sus familias; porque ha suplido la acción y la participación de los organismos del Estado, en la atención de las necesidades y requerimientos públicos.

Queremos considerarlo como uno de los nuestros, así como él nos ha considerado como uno de los suyos.

Estimo que el mejor reconocimiento es el de otorgarle POR. ESPECIAL GRACIA la nacionalidad chilena de acuerdo a como lo establece el Art. 10 Nº 5 de la Constitución Política de la República de Chile. Por grandes servicios prestados a la patria y como un honor público por ser un gran servidor, en los términos coincidentes del Art. 60 Nº 5 de la nuestra Carta Fundamental.

PROYECTO DE LEY

ARTICULO ÚNICO

CONCÉDASE LA NACIONALIDAD CHILENA POR ESPECIAL GRACIA, AL RELIGIOSO ALEMÁN, REVERENDO PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT.

HARRY JÜRGENSEN C

DIPUTADO

1.2. Informe de Comisión de Derechos Humanos

Cámara de Diputados. Fecha 07 de agosto, 1996. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 30. Legislatura 333.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, SOBE EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL REVERENDO PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT.

BOLETÍN Nº 1855-17

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía informa el proyecto originado en moción de los señores Diputados Harry Jürgensen, Claudio Alvarado, Pedro Pablo Alvarez-Salamanca, Gabriel Ascencio, Sergio Elgueta, Maximiano Errázuriz, Sergio Ojeda, Víctor Reyes, Carlos Valcarce y Erick Villegas, que tiene por objeto conceder la nacionalidad chilena al Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.

En el conocimiento de esta iniciativa legal, la Comisión requirió el máximo de información para acordar el otorgamiento del beneficio propuesto en el proyecto en análisis, teniendo en consideración algunas observaciones que se han formulado con motivo del despacho de otras proposiciones de ley similares.

Los señores Diputados autores de esta moción, expresaron que los antecedentes acompañados, justifican plenamente la concesión de la nacionalidad chilena al sacerdote alemán Francisco Javier Braun, por todas sus cualidades morales y sus actividades en favor de la comunidad. Lo señalaron como un sacerdote muy querido, respecto del cual existe un reconocimiento unánime de la localidad de Fresia, ubicada en la Décima Región, ya que no sólo ha desarrollado una labor religiosa y pastoral, sino que además se ha dedicado, en subsidio del Estado, a realizar una labor social de gran importancia, como es por ejemplo haber creado, en la comunidad de Fresia, un hogar de ancianos. De igual forma asiste, permanentemente, a los más pobres y no sólo con apoyo espiritual, sino que directamente atendiendo sus necesidades materiales. Ha hecho mucho por la gente menesterosa, con cariño y amor hacia este país, en forma anónima. Se dijo que este sacerdote desea el premio de tener la nacionalidad chilena, puesto que él se siente chileno. Los señores Diputados concuerdan en que conceder la nacionalidad chilena es un honor, que bien se merece el padre Francisco Javier Braun.

De los antecedentes aportados por los autores de la moción, se estima necesario hacer constar en este informe los siguientes datos biográficos del Padre Braun Hecht.

Procedente de una pequeña localidad de la selva bávara, cerca de la frontera con la antigua Checoslovaquia, nace en el pueblo alemán de Fronan, de una familia formada por Ana Hecht, de oficio costurera y por Gottlich Braun, obrero forestal, el 9 de marzo de 1921.

Sus estudios los inicia en 1931 en el Seminario Menor de la Congregación del Verbo Divino, que en Alemania se llama "Misioneros de Steyl", donde también realiza sus estudios secundarios.

Ingresa más tarde al Seminario Mayor de la misma Congregación y allí toma los hábitos y hace sus votos religiosos

La Segunda Guerra Mundial interrumpió sus estudios, porque fue llamado al servicio militar, desempeñándose como enfermero y suboficial de sanidad.

Estuvo en campaña, dos años en Rusia y dos años en Italia. Fue condecorado con la Cruz de Hierro por haber salvado heridos en situación de alto peligro. Casi al final de la guerra, en marzo de 1945, fue retirado de las filas por haber sido herido en la cabeza y haber resultado con parte de su cráneo destruido.

Terminada la guerra, el 24 de septiembre de 1949, se ordena Sacerdote, y dos años más tarde inicia su vida de trabajo sacerdotal en Sudamérica, en una parroquia de Buenos Aires, Argentina, como Vicario Cooperador.

En 1954, llega a Chile y se le destina como Párroco de San Mateo de Osorno, cargo que desempeña hasta 1960, fecha en que jura como Párroco de Fresia, en la Décima Región, donde se ha trabajado por más de 36 años.

Justamente cuando llega a Fresia, el terremoto de ese mismo año destruye la iglesia parroquial. Gracias a su esfuerzo, a la ayuda obtenida en Alemania y al apoyo de la comunidad, logra construir una nueva iglesia para su Parroquia.

A partir de 1969 inicia un programa mediante el cual consigue construir trece capillas rurales, para dar servicio religioso a diversas localidades de la zona cuyos lugares de oración, o habían sido arrasados por el terremoto de 1960, o carecían de ellos.

Su labor se ha centrado principalmente en el colegio de religiosas, en los hogares de menores del Verbo Divino, en los centros de rehabilitación de alcohólicos y en el hogar de ancianos San Francisco Javier, de Fresia.

Se ha desempeñado, además, como profesor de religión en las escuelas campesinas de la Región.

Al cumplir 25 años como párroco, fue distinguido por la I. Municipalidad de Fresia como Hijo Ilustre, en atención a la fecunda labor realizada en favor de sus habitantes.

En la actualidad sigue dirigiendo el hogar de ancianos "San Francisco Javier", que es su gran obra, reconocida por la comunidad.

El Padre Francisco Javier Braun dice que nunca se ha sentido extranjero en Chile y con igual reciprocidad los habitantes de Fresia lo consideran chileno, por su espíritu de abnegación y de caridad hacia nuestros compatriotas.

Toda una vida entregada en forma noble y desinteresada, y además inmensamente útil para los niños, los ancianos y los más necesitados de la comunidad de Fresia, merece el reconocimiento de la ciudadanía. La concesión del beneficio propuesto, que nuestra organización institucional sobre la nacionalidad establece, lo considera la comisión informante ajustado a los merecimientos exhibidos por el Sacerdote Braun Hecht.

Por ello, la Comisión aprobó la moción en informe por la unanimidad de sus miembros, y solicita a la H. Cámara darle igual asentimiento, por considerar totalmente cumplidos los requerimientos que justifican plenamente el otorgamiento de la gracia de la nacionalidad chilena a este benemérito sacerdote alemán.

Por las razones antedichas, sin perjuicio de las que pueda allegar el señor Diputado Informante, se propone a la Honorable Cámara la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

"ARTICULO ÚNICO.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al religioso alemán Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht ."

ºººººººººº

Se designó DIPUTADO INFORMANTE al H. señor Harry Jürgensen Caesar.

ºººººººººº

Acordado en sesión de fecha 7 de agosto de 1996, con asistencia de los Diputados señores Erick Villegas (Presidente), Andrés Aylwin, Harry Jürgensen, Arturo Longton, Rosauro Martínez, Iván Moreira, Jaime Naranjo, Sergio Ojeda, y Carlos Valcarce.

SALA DE LA COMISIÓN, a 7 de agosto de 1996.

JOSÉ VICENCIO FRÍAS

Secretario de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 05 de agosto, 1997. Diario de Sesión en Sesión 27. Legislatura 335. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

NACIONALIDAD CHILENA POR GRACIA AL PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT. Primer trámite constitucional.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

A continuación, corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley iniciado en moción que concede, por gracia, la nacionalidad chilena al Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.

Diputado informante de la Comisión de Derechos Humanos es el señor Harry Jürgensen.

Antecedentes:

-Moción, boletín Nº 1855-17, sesión 72ª, en 9 de mayo de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 5.

-Informe de la Comisión de Derechos Humanos, sesión 30ª, en 28 de agosto de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 5.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Jürgensen.

El señor JÜRGENSEN.-

Señor Presidente , paso a informar el proyecto de ley que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.

El proyecto se ha originado en moción de los Diputados señores Claudio Alvarado , Pedro Pablo Álvarez-Salamanca , Gabriel Ascencio , Sergio Elgueta , Maximiano Errázuriz , Sergio Ojeda , Víctor Reyes , Carlos Valcarce , Erick Villegas y quien habla.

La Comisión de Derechos Humanos estimó que los antecedentes justifican plenamente la concesión de la nacionalidad chilena al sacerdote alemán Francisco Javier Braun Hecht , por todas sus cualidades morales y sus actividades en favor de la comunidad; porque se trata de una persona muy querida, respecto de la cual existe reconocimiento unánime en la localidad de Fresia, ubicada en la Décima Región de Los Lagos, ya que no sólo ha desarrollado una labor religiosa y pastoral, sino que, además, se ha dedicado, en subsidio del Estado, a realizar una labor social de gran importancia; entre otras, la creación de un hogar de ancianos en la comunidad de Fresia, que funciona hasta hoy, y de centros de rehabilitación de alcohólicos, por ejemplo.

Ha hecho mucho por la gente de más escasos recursos. Lo ha hecho con cariño y con amor hacia Chile.

Este sacerdote alemán considera que el recibir la nacionalidad chilena, por gracia, constituiría el más alto premio, puesto que él se siente chileno.

El padre Francisco Javier Braun Hecht es procedente de una pequeña localidad de la selva bávara alemana.

Sus estudios los inicia en 1931 en el Seminario Menor de la Congregación del Verbo Divino, que en Alemania se llama “Misioneros de Steyl”, donde también realiza sus estudios secundarios.

Ingresa más tarde al Seminario Mayor de la misma congregación. Allí toma los hábitos y hace sus votos religiosos.

La Segunda Guerra Mundial interrumpió sus estudios, porque fue llamado al servicio militar, en el cual se desempeñó como enfermero y suboficial de sanidad.

Estuvo en campaña; dos años en Rusia y dos en Italia. Fue condecorado con la Cruz de Hierro por haber salvado heridos en situación de alto peligro. Casi al final de la guerra, en marzo de 1945, fue retirado de las filas por haber sido herido en la cabeza y resultado con parte de su cráneo destruido.

Terminada la guerra, el 24 de septiembre de 1949, se ordena sacerdote, y dos años más tarde inicia su vida de trabajo sacerdotal en Sudamérica, en una pequeña parroquia de Buenos Aires, Argentina.

En 1954, llega a Chile y se le destina como párroco de San Mateo de Osorno, cargo que desempeña hasta 1960, fecha en que jura como párroco de Fresia, en la Décima Región, donde ha trabajado por más de 36 años.

Justamente cuando llega a Fresia, el terremoto de ese mismo año destruye la iglesia parroquial. Gracias a su esfuerzo, a la ayuda obtenida en Alemania por él mismo y al apoyo de la comunidad fresiana, logra construir una nueva para su parroquia.

A partir de 1969, inicia un programa mediante el cual consigue construir trece capillas rurales, para dar servicio religioso a diversas localidades de la zona, cuyos lugares de oración o habían sido arrasados por el terremoto de 1960 o carecían de ellos.

Las obras del padre Francisco Javier son extensas e interesantes. Surgen de su inspiración, de su inteligencia, de su espíritu de abnegación y de caridad, con lo cual suple la acción y la participación de los organismos del Estado en la atención de las necesidades y de los requerimientos públicos.

Con base en las consideraciones precedentes, el artículo único del proyecto de ley propone conceder la nacionalidad chilena, por gracia especial, al religioso alemán reverendo padre Francisco Javier Braun Hecht .

La Comisión de Derechos Humanos aprobó la moción por la unanimidad de sus miembros, y solicita a la honorable Cámara darle igual asentimiento, por considerar totalmente cumplidos los requerimientos que justifican plenamente el otorgamiento de la gracia de la nacionalidad chilena a este benemérito sacerdote alemán.

Por lo expuesto, se propone a la honorable Cámara la aprobación del siguiente proyecto de ley:

“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al religioso alemán Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht .”

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

¿Habría acuerdo de la Sala para aprobar unánimemente el proyecto?

Aprobado.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 05 de agosto, 1997. Oficio en Sesión 22. Legislatura 335.

VALPARAISO,05 de agosto de 1997

Oficio Nº1.609

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la moción, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al religioso alemán Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.".

Dios guarde a V.E.

GUTENBERG MARTINEZ OCAMICA

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Derechos Humanos

Senado. Fecha 10 de junio, 1998. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 8. Legislatura 338.

?INFORME DE LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANIA, RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE CONCEDEN RESPECTIVAMENTE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA A LOS SACERDOTES MANUEL BAHL SACK, FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT Y ARMANDO BRIDAROLI PULINO.

BOLETINES NºS1995-17, 1855-17 Y 1988-17.

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HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de informaros los proyectos de la referencia, iniciados en moción de diversos señores parlamentarios.

En efecto, el proyecto de ley que concede, por gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote Manuel Bahl Sack, boletín Nº 1995-17, tuvo su origen en moción de los HH. Diputados, a la fecha de su presentación, señores Alejandro García Huidobro, Luis Valentín Ferrada, Juan Pablo Letelier, Sergio Ojeda, Alberto Cardemil, Sergio Morales y Juan Carlos Latorre.

Durante su tramitación en la Cámara de Diputados fue incluido en la Convocatoria a Legislatura Extraordinaria por S. E. el Presidente de la República y aprobado por la unanimidad de los HH. señores Diputados.

Entre los antecedentes del beneficiario se consigna que el padre Bahl nació en Argentina el 27 de junio de 1931, ingresando en 1957 al Seminario de la Congregación del Verbo Divino.

En 1958 arribó al Liceo Alemán de Santiago, pero al poco tiempo fue trasladado a Osorno, como párroco de la iglesia de dicha ciudad, cargo que sirvió por el lapso de 5 años.

Tras un período de ausencia del país, en 1968 fue enviado a la ciudad de Rancagua, iniciando en la Parroquia San José Obrero de la Granja su labor comunitaria en el campo de la urbanización, abocándose a la construcción de soleras, veredas y villas.

Por otra parte, se dedicó a la rehabilitación de jóvenes víctimas de la drogadicción y el alcoholismo, creando centros especializados al efecto. Asimismo, formó comunidades religiosas en Dinstrans, Rancagua, Centenario y Santa Julia, entre otras.

En apoyo a los antecedentes suministrados por los autores de la moción, se adjuntan diversos testimonios de pobladores, colegios y juntas de vecinos de la comunidad de Manzanar.

Finalmente, se consigna como principal fundamento de la moción, el reconocimiento a la valiosa, fructífera y enriquecedora obra que durante varias décadas ha realizado el padre Bahl en beneficio de los más pobres y marginados. Merecimientos que, conforme a los autores de la iniciativa, lo hacen acreedor al más alto honor que el país puede entregar a un extranjero: la nacionalidad por especial gracia.

En segundo lugar, el proyecto de ley individualizado con el Nº de boletín 1855-17, tiene por objeto conceder la nacionalidad por gracia al reverendo padre Francisco Javier Braun Hecht.

La iniciativa en informe tuvo su origen en moción de los HH. Diputados, a la fecha de su presentación, señores Harry Jürgensen, Claudio Alvarado, Pedro Pablo Alvarez-Salamanca, Gabriel Ascencio, Sergio Elgueta, Maximiano Errázuriz, Sergio Ojeda, Víctor Reyes, Carlos Valcarce y Erick Villegas.

Entre los antecedentes del beneficiario se señala que el sacerdote Braun Hecht nació el 9 de marzo de 1921 en el pueblo de Fronan, Alemania.

Desde muy pequeño sintió la vocación del sacerdocio y a la edad de 10 años entró al Seminario Menor de la Congregación del Verbo Divino, donde realizó sus estudios secundarios.

En 1939 tomó el hábito de la Congregación del Verbo Divino, en el Seminario Mayor de San Agustín, y en 1941 los votos religiosos, adquiriendo el carácter de miembro pleno de la misma congregación.

En 1941, durante la Segunda Guerra Mundial, fue llamado al servicio militar, donde ocupó los cargos de enfermero y más tarde de suboficial de sanidad, sirviendo durante dos años en el frente ruso y dos años en Italia. Como reconocimiento a sus servicios, fue condecorado con la “Cruz de Hierro”. En 1945 fue enviado a Viena, luego de haber sido seriamente herido.

El 24 de septiembre de 1949 fue ordenado sacerdote.

En 1951 viajó a Sudamérica y por 3 años fue Vicario Cooperador de una parroquia en Buenos Aires, Argentina.

En 1954 llegó a Chile como Párroco de la Parroquia de San Mateo en Osorno, cargo que ocupó hasta el año 1960, cuando asumió el cargo de párroco de Fresia, localidad en la cual han transcurrido los últimos 36 años de su vida.

Dentro de las labores más destacadas del sacerdote Braun Hecht, pueden señalarse la reconstrucción de su iglesia, destruida por el terremoto de 1960, así como la de otras capillas. Labor que concretó gracias a su esfuerzo personal y a la cooperación que consiguió tanto en Alemania como entre los miembros de la comunidad, logrando además, hasta la fecha, la construcción de 13 nuevas capillas rurales.

También ha colaborado con el Colegio de Religiosas, con los Hogares del Verbo Divino para niños de situación irregular, con Centros de Rehabilitación para Alcohólicos y en forma especial, con el Hogar de Ancianos de Fresia.

El año 1985, cuando celebraba sus 25 años como Párroco, fue distinguido por la I. Municipalidad como Hijo Ilustre de Fresia. En esa misma fecha se inauguró su gran obra, el Hogar de Ancianos “San Francisco Javier”, del cual es su Presidente. Este proyecto fue fruto de su gran dedicación y se pudo llevar a cabo, gracias a la cooperación que obtuvo en su país natal.

Los antecedentes precitados -que fueron expuestos por el H. Diputado señor Asencio ante vuestra Comisión, durante el período legislativo anterior- constituyen el fundamento que impulsó a los autores de la moción a sustentarla, y a solicitar la concesión por ley de la nacionalidad chilena por especial gracia al padre Braun Hecht.

Finalmente, el tercero de los proyectos de ley en informe es aquel que concede la nacionalidad por gracia al sacerdote Armando Bridaroli Pulino, boletín Nº 1988-17.

Esta iniciativa legal tuvo su origen en moción de los HH. Diputados, a la fecha de su presentación, señoras María Angélica Cristi y Evelyn Matthei y señores Alejandro García Huidobro, Alfonso Vargas, Andrés Chadwick, Alberto Cardemil, Aníbal Pérez y Juan Pablo Letelier.

Se reseñan las actividades del padre Bridaroli señalando sobre el particular que nació hace 78 años en Turín, Italia, optando prontamente por atender a su vocación religiosa e ingresando, a los 16 años, a la Congregación de San José, ordenándose sacerdote el año 1947.

Después de 25 años de sacerdocio en su país natal, -período en el cual realizó una profusa labor dedicada a niños y jóvenes huérfanos y abandonados-, llegó a Chile en enero de 1973.

Tras algún tiempo en Valparaíso fue destinado a Requínoa, Provincia de Rancagua, lugar donde se desempeñó como Rector del Colegio San José, dedicado a la educación de niños y jóvenes de escasos recursos.

En su tarea apostólica y social obtuvo el reconocimiento de la comunidad, el que se patentizó en un galvano recordatorio otorgado por la I. Municipalidad de Requínoa.

En 1986 asumió como párroco de la Parroquia Nuestra Señora del Carmen de la comuna de La Reina, donde también fue reconocido por su silenciosa labor, por la municipalidad respectiva.

En razón de lo anterior y al cumplir el padre Bridaroli -el año 1997- cincuenta años de sacerdocio, los autores de la moción han querido conferirle el más alto honor que la patria otorga a sus más preclaros servidores que no han nacido a su amparo: la nacionalidad por gracia.

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Antes de pronunciarse en particular respecto de cada una de las iniciativas en estudio, cabe tener presente que vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía ha venido abocándose con especial preocupación, desde que se constituyera el 11 de marzo pasado, al estudio en profundidad del recto sentido y alcance que corresponde asignar a las disposiciones constitucionales relativas al otorgamiento de especial gracia de nacionalización por ley.

En primer término se han analizado las disposiciones legales pertinentes, a saber:

-El artículo 10 Nº 5 de la Constitución Política de la República preceptúa que son chilenos: “5.º Los que obtuviesen especial gracia de nacionalización por ley”.

-El inciso final del artículo 10, a su vez, agrega: “La ley reglamentará los procedimientos de opción por la nacionalidad chilena; de otorgamiento, negativa y cancelación de las cartas de nacionalización, y la formación de un registro de todos estos actos.”. Cabe señalar que, no obstante lo anterior, esta ley aún no ha sido dictada.

El sentido de la norma constitucional es meridianamente claro a juicio de vuestra Comisión. Después de indicar en sus tres primeros números quienes son chilenos por nacimiento, el constituyente en el Nº 4 establece la norma respecto de quienes adquieran la nacionalidad, cumpliendo determinados requisitos y previa solicitud formulada por parte del interesado, quien deberá renunciar expresamente a su nacionalidad anterior.

El citado artículo 10 Nº 4 de la Constitución Política de la República y el artículo 2º, del decreto supremo Nº 5.142 del Ministerio del Interior, de 29 de octubre de 1960, constituyen la regulación de la norma general para adquirir la nacionalidad chilena por parte de un extranjero.

El Nº 5 del artículo 10 de la Carta Fundamental, contempla la norma de excepción respecto de adquisición de nacionalidad por un extranjero. En efecto, en la especie la nacionalidad no se solicita sino que se otorga por el ministerio de la ley a extranjeros preclaros, que la obtuvieren por especial gracia.

Se trata, a no dudarlo, de una modalidad “especial”, muy singular o particular y distinta ciertamente de la común o general recién relacionada.

Esta Comisión desea haceros presente la tradición sobre el particular, la que pone de manifiesto que en el pasado éste ha sido el criterio con que se ha aplicado la institución de la nacionalidad por especial gracia. Bástenos tan solo mencionar los nombres de don José Joaquín de Mora (1829), don Andrés Bello (1832), don Claudio Gay (1841), don Ignacio Domeyko (1848), don Lorenzo Sazié (1855), don Gabriel Ocampo (1858), don Juan Noé Crevani (1948), el padre Gustavo Le Paige (1972), don Pascual Gambino (1985), don Renzo Pecchenino (1987), don Baldo Santi (1994), don Anacleto Angelini (1994) y don Claudio Di Girólamo (1997), entre otros, para comprobar que en la mente del legislador han estado presentes el honor, los altos servicios prestados al país en el campo del derecho, de las ciencias, las artes, la literatura, la cultura, la actividad empresarial, religiosa y otros valores de la misma naturaleza, como elemento determinante de decisiones legislativas que han sido siempre excepcionales, especiales y de singular jerarquía.

Debe sin embargo indicarse que en 1866, mediante una sola ley, se otorgó esta calidad a 22 personalidades diferentes. Al respecto, consultadas las actas de las sesiones del Senado correspondientes a la época, no ha sido posible encontrar el fundamento para su aprobación.

Es útil finalmente en este orden de informaciones, que el H. Senado tenga presente que desde el inicio de estas disposiciones en 1822, se han dictado 58 leyes de nacionalización por especial gracia, hasta octubre de 1997, y que, a partir de 1992, el honor ha sido otorgado en 19 ocasiones, distinguiendo, en 15 casos a religiosos, en 2 a empresarios y en otras 2 a personalidades del mundo de la cultura.

Vuestra Comisión debe haceros presente también, que la preocupación de sus miembros actuales fue compartida por quienes la conformaron hasta marzo de 1998. Así se explica que se cometiera por ellos a su ex Presidente, el ex Senador don Ricardo Martin para realizar un estudio sobre el particular, quien, en cumplimiento de ese cometido hizo entrega de un pormenorizado informe en el que expresa que la nacionalidad por gracia es un honor que sólo debe otorgarse a sobresalientes y notables extranjeros que, sin renunciar a su nacionalidad natural, se hacen dignos de la nacionalidad chilena por excepcionales servicios al país.

Conceptos semejantes se contienen en la moción presentada en septiembre de 1997, por el H. Senador señor José Ruiz de Giorgio con la que inicia un proyecto de ley sobre obtención de especial gracia de nacionalización. En este proyecto, a las palabras ya reproducidas, se agrega textualmente: “Esta distinción podrá otorgarse a aquellos que residiendo en Chile se hayan destacado, durante a lo menos veinte años, por aportar al mejoramiento de la calidad de vida de los más necesitados y a aquellas que han tenido una labor meritoria en el desarrollo de las ciencias, las artes, la educación y la salud.”.

En otro orden de ideas, cabe señalar que las diferencias contempladas en los Nos º4 y 5 del artículo 10 de la Carta Fundamental, carta de nacionalización y nacionalización por especial gracia, respectivamente, son varias.

En el caso general, debe concederse el beneficio que se solicitó y se requiere la previa renuncia a la nacionalidad de origen antes de la concesión de aquél. Es decir, el individuo como norma general no puede tener dos nacionalidades. Tal acto se materializa en un decreto supremo. Hay, en consecuencia, un acto administrativo de concesión.

En el caso excepcional, estamos frente a una situación especial en que es el Estado de Chile, mediante una ley, es decir, un acto de imperio, quien otorga algo que constituye un honor por “especial gracia”, cual es, dar la calidad de chileno a quien, sin pedirlo, le es reconocida aquella condición, como consecuencia, sin duda, del reconocimiento de méritos, servicios excepcionales o conductas destacadas que hacen honor al otorgamiento de tal distinción.

Aquí no hay un particular que lo solicite, no existe el reconocimiento de un derecho que el sistema jurídico estatuye, no se requiere por tanto, presentación de antecedentes, ni curriculum informativos de ninguna especie que el particular deba presentar. Lejos de eso, ha de tratarse de una iniciativa que sólo puede tener origen en quienes constitucionalmente pueden tener la condición de colegisladores para iniciar un proyecto de ley, esto es: el ejecutivo mediante un mensaje, o uno o más parlamentarios, diputados o senadores, mediante una moción.

Vuestra Comisión coincidió respecto a la utilidad de precisar la alta inconveniencia para el fin querido de admitir presentaciones o acompañamientos de información por parte de quien podría suponerse como beneficiario del honor de que se trata ya que, repetimos, no hay en el caso ni un beneficio ni un derecho que requiera de solicitud.

Se estima necesario aclarar esto, porque se ha podido observar el acompañamiento tanto a la Comisión como a sus miembros individualmente considerados, o a los integrantes del Senado, de cúmulos de antecedentes para demostrar que se cumple con una calidad que no necesita ser probada por parte del supuesto favorecido con la eventual ley.

En suma, existe coincidencia entre los miembros de la Comisión en precisar que: las calidades que justifican la dictación de la ley de que se trata sólo deben y pueden ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicia el proyecto de ley respectivo, como antecedentes justificatorios del mismo.

Lo demás, como en los hechos analizados ha podido comprobarse más de una vez, simplemente es distorsionar el sentido del constituyente, y practicar un “lobby” que aparece absolutamente fuera de contexto.

A las precedentes consideraciones debe agregarse, reiterando lo que esta Comisión ya os ha informado, que la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, en Acta de la 95º Sesión Ordinaria, de la 335 Legislatura Ordinaria, estimó que para conceder la nacionalidad por ley de especial gracia, los señores Diputados debieran respetar factores tales como: "haber prestado servicios o haber entregado beneficios notables al país"; "que estos servicios notables se hayan brindado por un tiempo prolongado"; "que se considere la edad, ya que en general es un reconocimiento a una persona que ha hecho toda una vida en Chile, que se siente chileno y que no opta a la nacionalidad chilena porque tiene que renunciar a su nacionalidad de origen"; "que sea un líder en su comunidad y que ésta lo reconozca como tal", y "que se trate de personas que no utilicen ese beneficio con un fin ajeno al que se le concedió”.

Del análisis de lo citado precedentemente, se puede apreciar que existe un notable grado de coincidencia en la interpretación de las normas que se están indicando.

Muchas de estas consideraciones se han traducido en el boletín Nº 1885-17, informado por esta Comisión y que figura el Orden del Día del H. Senado, que recae en el proyecto de ley que otorga la nacionalidad al ciudadano boliviano don Hugo Saucedo Vaca.

Con todo, teniendo presente el ingreso de tres nuevos proyectos de ley, aprobados en primer trámite constitucional por la H. Cámara de Diputados, que otorgan este honor a personalidades del mundo religioso, a saber, Manuel Bahl Sack, Francisco Javier Braun Hecht y Armando Bridaroli Pulino y que dan origen al proyecto en informe, vuestra Comisión se ha abocado a un nuevo, detenido y profundo estudio de cada caso, para concluir que, sin perjuicio de reconocer que hay conductas normales de desempeño eficiente y, por razones obvias, de generosidad hacia la colectividad respectiva y hacia la sociedad, no se dan en ninguno de estos casos esas características que materializan una acción notable por parte de personalidades que justifican el honor que una decisión de esta índole lleva implícita como ha quedado demostrado.

La afirmación precedente, que en momento alguno puede implicar una calificación de demérito para las personas de que se trata, sino que simplemente de una ubicación distinta en la realidad del análisis, nos ha llevado a recomendar al H. Senado el rechazo de todos estos proyectos, como única manera de buscar un camino en que tal vez, por la vía de la Comisión Mixta u otro que se estime pertinente, pudiera encontrarse solución al problema que significa la necesidad, a nuestro juicio inevitable, de centrar esta materia dentro del contexto de la interpretación adecuada de la norma constitucional del artículo 10 Nº 5 de la Constitución Política de la República.

En consecuencia, vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía -luego de someter los asuntos a votaciones secretas de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 159 del Reglamento de la Corporación- tiene el honor de proponeros, por la unanimidad de sus miembros, el rechazo de los tres proyectos de ley de la H. Cámara de Diputados que conceden por especial gracia la nacionalidad chilena a los sacerdotes individualizados en la referencia.

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Acordado en sesiones celebradas los días 3 y 10 de junio de 1998, con asistencia de sus miembros HH. Senadores señores Enrique Silva Cimma (Presidente), Jorge Lavandero Illanes, Beltrán Urenda Zegers, Mario Ríos Santander y José Antonio Viera-Gallo Quesney.

Sala de la Comisión, a 10 de junio de 1998.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 19 de agosto, 1998. Diario de Sesión en Sesión 24. Legislatura 338. Discusión General. Pendiente.

Concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al Rvdo. Padre Francisco Javier Braun Hecht.

Ha llegado a la Mesa un oficio del Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, Honorable señor Silva Cimma, en el que pide recabar el parecer de la Sala a fin de que seis proyectos que otorgan la nacionalidad chilena por gracia vuelvan a dicho organismo técnico, que -entiendo- está realizando un trabajo más acucioso en esta materia con su homólogo de la Cámara de Diputados.

¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado?

Acordado.

2.3. Nuevo Primer Informe de Comisión de Derechos Humanos

Senado. Fecha 27 de julio, 2001. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 16. Legislatura 344.

?NUEVO INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL RELIGIOSO ALEMÁN REVERENDO PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT.

BOLETÍN Nº 1855-17.

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de informar el proyecto de la referencia, que otorga la nacionalidad chilena, por especial gracia, al religioso Francisco Javier Braun Hecht.

La iniciativa en informe tuvo su origen en una moción de los ex parlamentarios señores Harry Jürgensen, Carlos Valcarce y Erick Villegas y de los HH. Diputados señores Claudio Alvarado, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, Gabriel Ascencio, Sergio Elgueta, Maximiano Errázuriz, Sergio Ojeda y Víctor Reyes.

El proyecto en estudio fue aprobado por unanimidad en su primer trámite constitucional en la H. Cámara de Diputados y actualmente se encuentra en su segundo trámite constitucional ante esta H. Corporación.

Se dio cuenta de la iniciativa en sesión de Sala del H. Senado, con fecha 6 de agosto de 1997, disponiéndose su estudio por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

El 14 de julio de 1998, fue informado negativamente por la Comisión a su cargo. Con posterioridad, a solicitud del Presidente de la época, H. Senador señor Enrique Silva Cimma, y producto de conversaciones celebradas con su homónimo de la H. Cámara de Diputados, de las que se dará cuenta en la parte pertinente del presente informe, se accedió a que dicho organismo técnico estudiara la materia y emitiera un nuevo pronunciamiento.

ANTECEDENTES

1.- Legales. Cabe señalar que la nacionalidad por honor se encuentra consagrada en nuestro ordenamiento constitucional en el artículo 10, Nº 5, de la Carta Fundamental, que dispone que son chilenos, entre otros, “los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”.

Esta forma excepcional de nacionalización se diferencia de la ordinaria, -consistente en obtener la carta pertinente en conformidad a la ley, de acuerdo a lo dispuesto en el Nº 4, del mencionado artículo 10, de la Constitución Política- en aspectos bastante relevantes, entre los que cabe destacar los siguientes:

a) no requiere de solicitud previa;

b) no es necesario acreditar cumplimiento de requisitos determinados;

c) no exige la renuncia expresa a la nacionalidad anterior;

d) debe ser otorgada directamente por ley y,

e) quienes obtienen la nacionalidad por este medio, no quedan sujetos a la limitación establecida en el párrafo segundo del Nº 4, artículo 10, de la Ley Fundamental, que establece que los nacionalizados por tal procedimiento, “tendrán opción a cargos públicos de elección popular, sólo después de cinco años de estar en posesión de sus cartas de nacionalización”.

2.- Personales. La Moción que da origen al proyecto en informe efectúa una relación de la vida y obra del Padre Braun Hecht, destacando lo siguiente:

Nace el 9 de marzo de 1921, en una pequeña localidad de la selva bávara, cerca de la frontera con la antigua Checoslovaquia, en el pueblo de Fronan, Alemania.

Desde muy pequeño sintió la vocación del sacerdocio y, a la edad de 10, años entró al Seminario Menor de la Congregación del Verbo Divino, donde realizó sus estudios secundarios.

En 1939 tomó el hábito de la Congregación, en el Seminario Mayor de San Agustín, y en 1941, los votos religiosos, adquiriendo el carácter de miembro pleno de la misma Congregación.

El mismo año de 1941, durante la Segunda Guerra Mundial, fue llamado al servicio militar, ocupando los cargos de enfermero y más tarde de suboficial de sanidad, durante dos años en el frente ruso y dos años en Italia. Como reconocimiento a sus servicios, fue condecorado con la “Cruz de Hierro” por haber salvado heridos en situación de alto riesgo.

Posteriormente, casi al final de la guerra, en el año 1945, fue retirado de las filas por haber sido herido gravemente en la cabeza.

El 24 de septiembre de 1949 fue ordenado sacerdote. Dos años más tarde, en 1951, inicia su trabajo pastoral en Sudamérica y por 3 años fue Vicario Cooperador de una parroquia en Buenos Aires, Argentina.

En 1954 llegó a Chile a la Parroquia de San Mateo en Osorno, cargo que ocupó hasta el año 1960, cuando asumió las funciones de párroco de Fresia, Décima Región, localidad en la cual han transcurrido sus últimos 36 años de vida.

Entre las labores más destacadas del sacerdote Braun Hecht, pueden señalarse la reconstrucción de la iglesia, destruida por el terremoto de 1960, y las de otras capillas. Labor que concretó gracias a su esfuerzo personal y a la cooperación que consiguió tanto en Alemania como entre los miembros de la comunidad, logrando además, hasta la fecha, la construcción de 13 nuevas capillas rurales.

También ha colaborado con el Colegio de Religiosas, con los hogares del Verbo Divino para niños en situación irregular, con centros de rehabilitación para alcohólicos y, en forma especial, con el Hogar de Ancianos San Francisco Javier, de Fresia.

El año 1985, cuando celebraba sus 25 años como Párroco, fue distinguido por la Municipalidad nombrándolo Hijo Ilustre de Fresia. En esa misma fecha, inauguró su gran obra, el Hogar de Ancianos “San Francisco Javier”, del cual es su Presidente. Este proyecto fue fruto de su gran dedicación y se pudo llevar a cabo gracias a la cooperación que obtuvo en su país natal.

El Padre Braun nunca se ha sentido extranjero en Chile, y con igual reciprocidad los habitantes de Fresia lo consideran chileno, por su espíritu de abnegación y de caridad hacia los compatriotas.

Finalmente, la vida del sacerdote Francisco Javier, entregada en forma noble y desinteresada hacia los más desposeídos, merece el reconocimiento de la ciudadanía y justifica otorgarle la nacionalidad chilena, por especial gracia.

DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR

Vuestra Comisión, teniendo presente que la iniciativa consta de un artículo único, así como lo prescrito por el artículo 127 del Reglamento del Senado, acordó proponer su discusión en general y particular a la vez.

Cabe recordar que vuestra Comisión, con fecha 3 de julio de 1998, informó la presente iniciativa y recomendó su rechazo. Fundó su parecer, entre otros considerandos, en la necesidad de cautelar el propósito del constituyente al establecer esta institución especialísima, cual es, honrar excepcionalmente a extranjeros notables y destacados cuya actuación justifique dicha distinción, permitiéndoles acceder a la nacionalidad chilena sin renunciar a su nacionalidad de origen.

En la referida ocasión, se hizo presente que tal rechazo en ningún caso implicaba importaba el descrédito o menoscabo a la labor efectuada por el Padre Braun, cuyas abnegadas acciones, por el contrario, provocaban la admiración de la Comisión y comprometían la gratitud de la comunidad nacional, pero que, no obstante, no reunían el carácter de excepcionalidad y trascendencia propio de esta modalidad de nacionalización.

Sin perjuicio de lo anterior, y considerando que la iniciativa en estudio se origina en una moción de diputados y se inscribe en el marco de diversos rechazos de la misma índole, se llevó a efecto una reunión entre los Presidentes de ambas Corporaciones y los correspondientes a las Comisiones respectivas de la época de los acontecimientos, donde se acordó formar una comisión especial compuesta por igual número de senadores y diputados.

Esta Comisión, tras debatir la materia, convino en formular algunas pautas comunes para el otorgamiento de la nacionalidad por especial gracia, las que serían de general aplicación en lo sucesivo. Adicionalmente se acordó reconsiderar, entre otros, el proyecto en informe.

En mérito a lo anterior, vuestra Comisión solicitó a la Sala del Senado la remisión de los antecedentes referidos al proyecto, con el fin de elaborar un nuevo informe.

Asimismo, procedió a elaborar pautas básicas que justifiquen conceder la nacionalidad por especial gracia, a fin de uniformar los criterios aplicables en la materia por ambas Corporaciones, las que se mencionan a continuación:

1.- La nacionalidad por gracia constituye el más alto honor que se puede conferir a un extranjero en nuestro país, en consecuencia, sólo se deberá conceder a personas notables y destacadas, que trasciendan el término regular en el estado de actividad que les es propio.

2.- Para otorgar esta distinción especialísima deberá considerarse la existencia de una vinculación real del beneficiario con la comunidad nacional.

3.- Asimismo, será necesario que la actividad ejercida por el extranjero que se desea honrar se traduzca en un beneficio efectivo y relevante para el país, en el ámbito específico de que se trate y constituya un servicio destacado a la República.

4.- Las actividades del beneficiario deberán haber alcanzado relevancia nacional independientemente de que hayan tenido lugar en una zona determinada del territorio nacional o se hayan circunscrito a un sector específico de actividad. Resulta útil al efecto recoger el concepto procesal de hecho público y notorio, que es aquél que por evidente, patente, sabido y palmario, no es necesario acreditar.

5.- A los proyectos, deberán acompañarse antecedentes escritos y documentos fundantes de la concesión de nacionalidad, pudiendo, por ejemplo, oficiarse al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior con el propósito de obtener las referencias que se estimen conducentes, relativas a la individualización de la persona y su permanencia en nuestro país. Asimismo, puede estimarse como un antecedente valioso para apreciar el grado de reconocimiento comunitario, haber obtenido otros galardones que premien la labor efectuada en el ámbito respectivo.

6.- Finalmente, debe quedar asentado que el constituyente dispone que este honor se confiera por ley y, en consecuencia, las calidades que justifiquen la dictación de la misma deberán ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicie el proyecto de ley respectivo. De esta forma se pretende evitar que se distorsionen los fines del constituyente y que la obtención de la nacionalidad chilena, por especial gracia, pueda dar lugar a prácticas de “lobby” del todo ajenas a tan alta institución.

Por tanto, la comisión, tras un nuevo estudio, considerando las pautas formuladas al respecto y los demás antecedentes expuestos sobre la vida y obra del Padre Braun estimó que su persona era merecedora de tan alta distinción.

En consecuencia, vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía -luego de someter el asunto a votación secreta de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 159 del Reglamento de la Corporación- tiene el honor de proponeros, por la unanimidad de sus miembros presentes, que aprobéis, de conformidad a lo preceptuado por el artículo 127 del Reglamento del Senado, en general y particular a la vez, el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados, en los mismos términos que viene formulado, a saber:

“PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al religioso alemán Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 18 de julio de 2001, con asistencia de los HH. Senadores señores Gabriel Valdés Subercaseaux (Presidente), Enrique Silva Cimma, José Antonio Viera-Gallo Quesney, y Beltrán Urenda Zegers.

Sala de la Comisión, a 27 de julio de 2001.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

RESEÑA.

I. BOLETÍN: Nº 1855-17.

II. MATERIA: Proyecto de ley que concede, la nacionalidad chilena por especial gracia al religioso alemán Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.

III. ORIGEN: Moción de los ex parlamentarios señores Harry Jürgensen, Carlos Valcarce y Erick Villegas y de los HH. Diputados señores Claudio Alvarado, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, Gabriel Ascencio, Sergio Elgueta, Maximiano Errázuriz, Sergio Ojeda y Víctor Reyes.

IV. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo trámite.

V. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: Unánime

VI. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 6 agosto de 2001.

VII. TRÁMITE REGLAMENTARIO: Nuevo Informe.

VIII. URGENCIA: No tiene

IX. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Artículo 10, Nº 5, de la Constitución Política de la República.

X. ESTRUCTURA DEL PROYECTO PROPUESTO: Artículo único.

XI. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Conceder la nacionalidad chilena por especial gracia al religioso Francisco Javier Braun Hecht.

XII. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

XIII. ACUERDOS: Aprobado en general y en particular, por unanimidad (4x0)

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

2.4. Discusión en Sala

Fecha 01 de agosto, 2001. Diario de Sesión en Sesión 17. Legislatura 344. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL RVDO. PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT. SESIÓN SECRETA.

--Se constituye la Sala en sesión secreta a las 16:28 y adopta resolución, en primer lugar, sobre las solicitudes de concesión de nacionalidad chilena, por especial gracia, a la señora Karolina Mayer Holfbeck y a los señores Francisco Javier Braun Hecht, Manuel Bahl Sack y Ricardo Sammon O’Brian, y en segundo lugar, sobre las rehabilitaciones de ciudadanía de las señoras Magdalena Dariela Hidalgo Niño, Roxana del Carmen Gallardo Concha y María Carolina Rudolph Villarroel.

--Se reanudó la sesión pública a las 17:34.

2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 01 de agosto, 2001. Oficio en Sesión 23. Legislatura 344.

Valparaíso, 1º de Agosto de 2.001.

Nº 18.642

A S. E. El Presidente de la H. Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa H. Cámara, el proyecto de ley que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al religioso señor Francisco Javier Braun Hecht, correspondiente al boletín Nº 1.855-17.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº, 1.609, de 5 de Agosto de 1997.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 07 de agosto, 2001. Oficio

VALPARAISO, 7 de agosto de 2001

Oficio Nº 3460

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al religioso alemán Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.".

Dios guarde a V.E.

LUIS PARETO GONZALEZ

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 19.752

Tipo Norma
:
Ley 19752
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=188965&t=0
Fecha Promulgación
:
16-08-2001
URL Corta
:
http://bcn.cl/29lfs
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
CONCEDE LA NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA,AL PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT
Fecha Publicación
:
29-08-2001

CONCEDE LA NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA, AL PADRE FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de Ley:

    "Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al religioso alemán Reverendo Padre Francisco Javier Braun Hecht.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 16 de agosto de 2001.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.