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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.990

Dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Mensaje

Fecha 06 de enero, 2015. Mensaje en Sesión 77. Legislatura 362.

La sala acuerda refundir los boletines 10330-06/ 10422-06/ 10443-06 en este tramite constitucional de conformidad al articulo 17 A de la Ley Organica Constitucional del Congreso Nacional

Proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje de S.E. la Presidenta de la República, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

Boletín N° 9.834-06

MENSAJE N° 1053-362/

Honorable Senado:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de Reforma Constitucional que modifica la Constitución Política de la República con el fin de disponer la elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno Regional

ANTECEDENTES

1. Nuestra evolución institucional

La Constitución Política de la República configura nuestro Estado como un Estado unitario, a la vez que define el carácter democrático de nuestra República.

La ley N° 19.097, publicada el 12 de noviembre de 1991, dispuso modificó la Carta Fundamental reformando el sistema de administración regional y estableciendo los gobiernos regionales, como órganos de la Administración del Estado dotados de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio.

A los gobiernos regionales se les encomendó la administración superior de la región respectiva, avanzando en el proceso de descentralización del país. Dichos gobiernos regionales se concibieron desde un principio como órganos duales, conformados por un órgano unipersonal y ejecutivo, denominado intendente, y por un órgano colegiado, normativo, resolutivo y fiscalizador, denominado consejo regional.

Por otra parte, la reforma de 1991 mantuvo la estructura de Gobierno y Administración Interior en las respectivas regiones y provincias, encargada de las tareas de gobierno interior, a través de intendencias y gobernaciones.

Sin duda que el paso dado con dicha reforma constitucional constituyó el inicio de un proceso descentralizador inédito en nuestro país, el cual se ha ido consolidando, perfeccionando y profundizando de forma gradual.

En efecto, el 11 de noviembre de 1992, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, la cual estableció a nivel legal el nuevo sistema de administración regional. Así, se determinaron las funciones y atribuciones de los gobiernos regionales y se dispusieron las competencias que tendrían los intendentes en tres ámbitos: a) como titular de las tareas de gobierno interior, b) como ejecutivo del gobierno regional y c) como presidente del consejo. Asimismo, la normativa legal citada consagró las competencias de los consejos regionales, a la vez que dispuso que sus integrantes fueran elegidos por los concejales constituidos en colegio electoral provincial. Junto a ello, se determinó la configuración de la administración de los recursos del gobierno regional y el respectivo sistema presupuestario.

De este modo, entró en marcha un sistema institucional de descentralización que, poco a poco, se fue consolidando. Sin embargo, durante la década pasada se estimó que era necesario fortalecerlo en dos aspectos.

Por un lado, se hacía necesario disponer un sistema de elección de consejeros regionales, en votación directa por parte de los ciudadanos y, por otro, era necesario implementar un mecanismo eficaz de traspaso de funciones y atribuciones desde órganos del nivel central al regional.

Por ello, durante mi primer Gobierno impulsé decididamente la reforma constitucional, aprobada el año 2009 mediante ley N° 20.390, que, en primer lugar, permitió disponer de la elección de consejeros regionales por sufragio universal en votación directa; y, en segundo lugar, consideró las bases del procedimiento de transferencia de competencias desde ministerios y servicios públicos a uno o más gobiernos regionales en los ámbitos de fomento productivo, ordenamiento territorial y desarrollo económico, social y cultural.

La citada modificación constitucional consideró, además, la eliminación de la referencia a que las regiones deben ser identificadas mediante un número; la administración de áreas metropolitanas, y la obligatoriedad de los convenios de programación que suscriben los gobiernos regionales con órganos del nivel central.

Fruto de lo anterior es que en noviembre de 2013 se efectuaron las primeras elecciones de consejeros regionales por votación popular directa, lo que ciertamente ha afianzado el proceso de democratización de los diversos niveles territoriales del Estado.

Por su parte, como Gobierno introduciremos modificaciones al proyecto de ley hoy en trámite, que modifica la citada ley N° 19.175; disponiendo, entre muchas otras materias, la necesaria regulación legal que requiere el mecanismo de traspaso de funciones y atribuciones a gobiernos regionales, y la obligatoriedad de los convenios de programación. Con ello, dotaremos a los gobiernos regionales de nuevas competencias, tal cual lo señalamos en nuestro Programa de Gobierno.

Asimismo, en la lógica de fortalecer los consejos regionales, promulgué la ley N° 20.757 de abril del presente año, que regula el estatuto aplicable a los presidentes de consejos regionales y remití a consideración del H. Congreso Nacional una iniciativa destinada a mejorar las condiciones de desempeño de los miembros de dichos consejos.

Por otra parte, incorporamos en la ley de Presupuestos del Sector Público del Año 2015, por primera vez, el Fondo de Convergencia, que permitirá fortalecer el desarrollo de zonas rezagadas fortaleciendo la equidad territorial. Este instrumento busca compensar a los territorios rezagados y a las zonas extremas del país, en los que ya hemos iniciado programas específicos para fomentar especialmente su desarrollo o compensar su condición de aislamiento.

En este contexto, los gobiernos regionales han enterado ya 22 años de existencia, período en el cual han posibilitado que la toma de decisiones sobre materias tan diversas como ordenamiento territorial o inversión pública, se adopten en el propio territorio. Las regiones ya han incorporado plenamente a sus dinámicas este nivel dentro de la administración, incluso en las Regiones de Arica y Parinacota y de Los Ríos, creadas el año 2007, durante mi primer Gobierno.

Sin embargo, estimo que este proceso debe profundizarse aún más, tal como lo estipula mi Programa de Gobierno. De esta forma, como señalé en noviembre pasado con ocasión de recibir el Informe de la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional, el objetivo es elaborar propuestas concretas para promover el poder y el crecimiento de todas las regiones.

Existe un amplio acuerdo de que nuestro país necesita una política consistente y multisectorial en materia de desarrollo de las regiones, que considere la especificidad de cada una, siendo necesario que las soluciones a los diversos problemas que existen en las quince regiones del país sean definidas con creciente participación de los niveles sub nacionales.

Asimismo, creemos que el proceso de descentralización constituye un paso necesario para asegurar criterios de equidad en pos de la dignidad y calidad de vida de las personas, constituyendo una necesidad de nuestro crecimiento económico.

2. La autoridad del Intendente Regional

En nuestro sistema de Gobierno y Administración Interior del Estado, el Intendente es una figura compleja que, conjuntamente, representa al Presidente de la República en la Región y, además, dirige el Gobierno Regional.

En cuanto representante del Presidente, resulta lógico que sea nombrado por él. Sin embargo, hoy en día, cuando los ciudadanos eligen alcaldes, concejales, parlamentarios y consejeros regionales, y en circunstancias que el Intendente dirige un cuerpo constituido por autoridades electas democráticamente, su carácter designado resulta anómalo.

En dicho contexto, es imprescindible que la máxima autoridad ejecutiva de los gobiernos regionales sea elegida por la ciudadanía y no ya designada por el Presidente de la República.

Desde luego, ambas funciones, gobierno interior y administración superior regional, deben seguir existiendo. Es necesario precisar que el paso que estamos dando ahora es determinar la elección popular de la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Regional, con la plenitud de las funciones que la ley le otorga a éste. En cualquier caso, seguirá existiendo un representante del Presidente de la República, como es natural en un Estado unitario.

Finalmente, quisiera precisar, como lo he señalado en otras ocasiones, que para nuestro Gobierno la descentralización es un serio compromiso, que va mucho más allá de palabras y meras declaraciones, por lo que queremos avanzar decididamente en ella, comenzando por la reforma constitucional que permita la elección directa por sufragio universal del Intendente como órgano ejecutivo del Gobierno regional. Es la intención de mi Gobierno que esta reforma sea aprobada por el H. Congreso Nacional con la suficiente celeridad que permita materializar la primera elección directa de Intendentes junto con las elecciones políticas nacionales de 2017, de modo que los nuevos ejecutivos regionales asumen sus mandatos en marzo del 2018, junto con el nuevo mandato presidencial.

En consecuencia, el Gobierno ha considerado necesario presentar el presente proyecto de reforma a la Carta Fundamental, cuyos contenidos específicos y sus respectivos fundamentos se exponen a continuación.

II. CONTENIDOS DEL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL.

1. Elección de intendentes como órgano ejecutivo del Gobierno Regional

Se dispone la elección de intendentes, en tanto jefe del gobierno regional, por sufragio universal en votación directa. Lo anterior complementa la actual elección popular de consejeros regionales. Así, la totalidad de las autoridades de la administración regional y comunal, incluyendo a alcaldes y concejales, serán elegidas directamente por la ciudadanía, fortaleciéndose aún más nuestra democracia.

Para ser elegido intendente se requerirá la mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos, por lo cual se contempla la posibilidad de que haya una segunda vuelta entre los dos candidatos más votados.

Los mandatos durarán cuatro años, pudiendo postular sólo a la reelección inmediata. Ello posibilitará a la ciudadanía dar la oportunidad a que las administraciones ejerzan un nuevo período sucesivo, pero equilibrando dicha oportunidad con la necesaria renovación de autoridades y la alternancia democrática.

El intendente, dado su carácter electo, presidirá el consejo regional. Además, le corresponderá la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos que operen en la región y que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo. Ello le permitirá administrar un sistema de gestión que posibilitará satisfacer de modo descentralizado las necesidades de la comunidad regional.

En las normas transitorias se propone que la oportunidad de la primera elección se determine en una ley orgánica constitucional.

2. El gobernador regional como nueva autoridad de gobierno interior

Se dispone la creación de una nueva autoridad de gobierno interior, denominada “gobernador regional”.

El actual intendente hoy ejerce tareas como ejecutivo de gobierno regional (administración regional) y como representante del Presidente de la República en la región respectiva (gobierno interior). Es por ello que se dispone que este último ámbito de funciones continúe a cargo de un funcionario designado por el Presidente de la República. Éste se denominará “gobernador regional”, quien será el representante del Presidente de la República en la región, designado y removido libremente por éste, y tendrá a su cargo tareas propias de gobierno interior, tales como control del orden público, combate a la delincuencia, extranjería, emergencias y, en general, la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos que operen en la región y que dependen o se relacionen con el Presidente de la República a través de un ministerio.

De este modo, además, el gobernador regional coordinará, supervigilará y fiscalizará el accionar de los órganos públicos desconcentrados del nivel central en la región (por ejemplo, seremis y directores regionales de servicios). Debe considerarse que la Administración central presente en la región continuará existiendo, por lo que se requiere de una autoridad capacitada y facultada para liderarlo y coordinarlo. Las funciones y atribuciones que la legislación encomienda al Intendente Regional, que no sean relativas al Gobierno Regional, se entenderán referidas al gobernador regional.

Por su parte, seguirán existiendo las gobernaciones provinciales, como parte del Gobierno y la Administración interior; sin embargo, no habrá gobernador en la provincia que sea asiento de la capital regional. En ella, la autoridad de gobierno interior será el gobernador regional.

Finalmente, debe precisarse que el gobernador regional podrá ser sometido a juicio político por el Congreso Nacional del mismo modo que lo es hoy el Intendente en su carácter de autoridad desconcentrada.

3. Disposiciones transitorias.

Actualmente, la Constitución faculta al legislador para delegar en el Presidente de la República la facultad de dictar decretos con fuerza de ley, en el artículo 64 de la Constitución, con el límite de un año.

Con el objeto de posibilitar la transferencia de servicios públicos propiamente regionales que satisfagan necesidades de la población, mediante una disposición transitoria se permite que dicha facultad se extienda hasta por cuatro años. Sin embargo, esto sólo será posible dentro de los diez años siguientes a la fecha de publicación de la presente reforma constitucional.

En consecuencia, y en mérito de lo expuesto precedentemente, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

"ARTÍCULO ÚNICO.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese en el artículo 32, numeral 7°, la expresión “intendentes y gobernadores;”, por la siguiente: “gobernadores regionales y gobernadores provinciales;”.

2) Sustitúyese en el artículo 52, numeral 2°, literal e) la expresión “intendentes, gobernadores,”, por “gobernadores regionales, gobernadores provinciales,”.

3) Sustitúyese en el artículo 57, numeral 2°, la expresión “los gobernadores,”, por “los gobernadores regionales, los gobernadores provinciales,”.

4) Sustitúyese el artículo 111 por el siguiente:

“Artículo 111.- El gobierno de cada región reside en un gobernador regional que será de la exclusiva confianza del Presidente de la República. El gobernador regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente, de quien es su representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción.

Al gobernador regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

5) Sustitúyese el artículo 112 por el siguiente:

“Artículo 112.- La administración superior de cada región radicará en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un intendente y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio. El intendente será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo, y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.

El intendente será elegido por sufragio universal en votación directa, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido sólo para el período siguiente.

Si a la elección de intendente se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.”.

6) Suprímense los incisos quinto y sexto del artículo 113, pasando a ser el actual inciso séptimo, inciso quinto, y así sucesivamente.

7) Modifícase el artículo 116 de la siguiente manera:

a) En el inciso primero, sustitúyese la palabra “intendente” por la expresión “gobernador regional, salvo en la provincia donde se ubique la capital regional.”.

b) En el inciso primero, intercálase la palabra “provincial” a continuación de la expresión “Estará a cargo de un gobernador” y antes del signo “,”.

c) En el inciso segundo, intercálase la palabra “provincial” a continuación de la expresión “Corresponde al gobernador” y antes de la palabra “ejercer”.

d) En el inciso segundo, sustitúyese la expresión “instrucciones del intendente” por “instrucciones del gobernador regional”.

e) En el inciso segundo, intercálase la expresión “, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio”, a continuación de la palabra “provincia” y antes del punto seguido.

f) En el inciso segundo, sustitúyese la expresión “delegarle el intendente” por “delegarle el gobernador regional”.

8) Modifícase el artículo 124 de la siguiente manera:

a) En el inciso primero, sustitúyese la expresión “intendente o gobernador”, por “gobernador regional o gobernador provincial”.

b) En el inciso primero, intercálese la expresión “intendente,” a continuación de la expresión “y para ser elegido” y antes de la expresión “consejero regional”.

c) En el inciso segundo, sustitúyese la expresión “intendente, gobernador”, por “gobernador regional, intendente, gobernador provincial”.

d) En los incisos tercero, cuarto y quinto, sustitúyense las expresiones “intendente, gobernador o presidente del consejo regional”, por “gobernador regional, intendente o gobernador provincial”.

9) Intercálase en el artículo 125, la expresión “intendente,” a continuación de la expresión “en los cargos de” y antes de la palabra “alcalde”.

10) Agréganse las siguientes disposiciones transitorias:

“VIGÉSIMOSEPTIMA. La primera elección por sufragio universal en votación directa de intendentes se realizará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece el inciso cuarto del artículo 112.

Una vez que asuman los intendentes conforme las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al gobernador regional, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al intendente electo.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el Presidente del Consejo Regional permanecerá en funciones.

VIGÉSIMOOCTAVA. Durante los diez años siguientes a la publicación de la reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, la autorización dispuesta en el artículo 64 podrá otorgarse por un plazo máximo de cuatro años sólo con el fin de disponer las normas que sean necesarias para la efectiva transferencia, a los gobiernos regionales, de la dependencia de uno o más servicios públicos determinados que funcionen a nivel regional y que dependen o se relacionan con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.”.

Dios guarde a V.E.

1.2. Moción Parlamentaria

Moción de Lily Pérez San Martín, Antonio Horvath Kiss, Andrés Zaldívar Larraín, Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro Guillier Álvarez, Víctor Pérez Varela, Ena Von Baer Jahn, José García Ruminot, Alberto Espina Otero, Francisco Chahuán Chahuán, Andrés Allamand Zavala y Rabindranath Quinteros Lara. Fecha 07 de octubre, 2015. Moción Parlamentaria

Proyecto de reforma constitucional, iniciada en moción de los Honorables Senadores señor Horvath, señora Pérez San Martín y señores Guillier, Quinteros y Zaldívar, en materia de descentralización del Estado, y que instituye la elección de los intendentes mediante sufragio universal.

Boletín Nº 10.330-06

CONSIDERANDO:

1)El 30 de Diciembre 2014, en un acto público realizado en Puerto Montt, la Presidenta de la República firmó el “Proyecto de Reforma Constitucional que modifica la Constitución Política, con el fin de disponer la elección popular del Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional” y que actualmente se está analizando en la Comisión de Gobierno, Regionalización y Descentralización del Senado.

Este proyecto de ley, corresponde a un planteamiento histórico que han realizado las distintas organizaciones regionalistas del país, como CORCHILE, CONAREDE y los Federales. El año 2014, la Comisión Presidencial de Descentralización y Desarrollo Regional, entregó después de un amplio proceso participativo en las diversas regiones de Chile, su informe denominado “Propuesta de Política de Estado y Agenda para la descentralización y el desarrollo territorial de Chile. Hacia un país desarrollado y justo.”

2) Con el fin de revertir el centralismo y promover nuevos espacios para el desarrollo de las regiones a nivel nacional, la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y Desarrollo Regional, presidida por Esteban Valenzuela y Heinrich Von Baer, hizo entrega de su informe final, en una ceremonia que se realizó en el Salón de Honor del Congreso Nacional en Valparaíso.

Dentro de sus principales conclusiones, se presentan algunas medidas tan importantes como las reformas constitucionales esenciales para la descentralización, como son la elección popular del órgano ejecutivo, que priorizará la competencia programática en los temas relevantes da cada territorio.

Otro principio fundamental de esta Comisión, fue solicitar la introducción de reformas necesarias, que reviertan el excesivo centralismo actual y transfieran las competencias necesarias para un verdadero gobierno regional.

Con este objetivo, y sin que se destruya la unidad del estado, proponemos concentrarnos en un Estado descentralizado como regla general.

3) Los efectos del sistema centralista y concentrador, generan zonas de sacrificio y ha llevado a agotar o poner en riesgo, muchos de los recursos naturales e impedir el buen uso del extenso y diverso borde costero y del territorio nacional. Fenómeno similar, ocurre por la rica y diversa cultura que tenemos en el país. Cambiarlo desde luego no resulta fácil, en un esquema que tiende a polarizar y a ver las cosas en blanco y negro. Generar consenso y acuerdos que traspasen el poder a las regiones y a las personas, requiere de una mayor conciencia y de la participación vinculante y de educación cívica y ciudadana.

El Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile, CONAREDE, ha jugado un rol relevante, así como otras más ligadas a los Movimientos Sociales y Regionalistas, entre ellos los Federales.

4) Con la presentación del proyecto reforma constitucional que permita la elección popular del Intendente, se ha dado un paso importante en esta materia. Sin perjuicio de ello, existen algunas modificaciones que son imprescindibles para darle viabilidad al proyecto de reforma constitucional, presentado por el Gobierno y así lograr el cumplimiento de los objetivos planteados en el mensaje del mismo, sin por ello, demorar su pronta aprobación y puesta en práctica.

5) Las modificaciones que se proponen al proyecto de Reforma Constitucional responden a los siguientes criterios:

a) Se concentran en unas pocas normas claves para lograr una reforma constitucional, que cumpla con los propósitos definidos en el mensaje del proyecto enviado por el Ejecutivo, llevando a síntesis legislativa los elementos esenciales para esta reforma.

b) Contribuyen con propuestas de modificaciones normativas mínimas, que generen consensos amplios, que puedan ser asumidas y respaldadas ampliamente por ambas ramas del Congreso.

c) Conservan, dentro de lo posible, la estructura y términos de la actual Constitución Política de la República.

6) Por lo anterior, se propone una ampliación a las reformas propuestas por el ejecutivo, que se sintetizan a continuación:

a) Manteniendo la forma el Estado, se sugiere redactar la disposición del inciso segundo de modo que evidencie una preferencia constitucional por la descentralización por sobre la desconcentración, las que en el texto de la actual Constitución Política de la República, aparecen como alternativas indiferentes. En consecuencia, se propone un mandato constitucional en que impera la descentralización como regla general, pudiendo naturalmente el legislador justificar hipótesis de mera desconcentración, de modo excepcional. En segundo término, en el inciso tercero, se enfatiza que todos los órganos del Estado deben sujetarse al imperativo constitucional de promover la descentralización, y que ello, debe hacerse en conformidad a los principios que luego sugerimos incorporar como un nuevo artículo 125 bis.

b) En otro tanto, este proyecto se hace cargo de los posibles conflictos de competencia que puedan producirse entre el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales, o entre estos dos últimos, y deben ser objeto de resolución por un órgano jurisdiccional calificado, ya que está en juego la distribución del poder estatal en órganos territoriales diferenciados con competencias determinadas, regulados con normas y criterios estrictamente jurídicos. Por ello, esa decisión debe realizarse conforme a derecho, teniendo como elemento central las disposiciones constitucionales y legales que determinan las funciones y atribuciones del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales. En esta perspectiva, el órgano constitucional más adecuado para resolver tales conflictos en nuestro derecho, es el Tribunal Constitucional, fórmula que también se ha utilizado en el derecho comparado. Es cierto que en estos ordenamientos, a diferencia de nuestro caso, la distribución competencial específica entre el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales, la realiza la propia Constitución, por lo que la resolución de la controversia es una materia estrictamente constitucional. Sin embargo, ello no impide atribuir esta materia a dicho órgano, atendida su posición institucional y las atribuciones que ya ostenta en la resolución de conflictos entre órganos constitucionales.

c) También la propuesta de modificación del artículo 110 materializa la división territorial de la República, de modo tal que reserva el asiento provincial para el ejercicio de las potestades presidenciales de Gobierno interior. De esa manera, por otra parte, se consagra simplemente lo que hoy ocurre en la práctica. El Orden Público, Extranjería, Aduanas y Fronteras son materias que hoy se despliegan preferentemente a través de las Gobernaciones Provinciales. Adicionalmente, se resuelve en esta norma la cuestión del control sobre la administración desconcentrada. En efecto, es obvio que siempre existirá un ámbito en que el Estado se despliega en el territorio, pero que conviene mantener bajo control centralizado. Esas reparticiones públicas deben seguir actuando bajo el control de los ministerios respectivos, y la necesaria coordinación y supervigilancia local debe estar en manos del Delegado del Gobierno central a nivel provincial. Por otra parte, de acuerdo con el Informe de la Comisión Asesora Presidencial, distinguimos dos niveles de Gobierno descentralizado: la región y la comuna. Esto permite una clara delimitación de competencias y evita una tensión constante entre dos autoridades paralelas de nivel regional, como se propone en el proyecto del Ejecutivo. El inciso segundo, que reserva a la Ley Orgánica Constitucional las materias relativas a organización territorial, el que se mantiene igual que la actual norma fundamental, también de acuerdo al citado Informe de la Comisión, que en esta materia sólo agrega sugerencias respecto de los procedimientos previos a que el Ejecutivo someta una cuestión de esta índole a consideración legislativa, procedimientos que no requieren asiento constitucional

d) Se propone además un Art. 111 que asigne claramente las funciones de gobierno y administración de la Región al Gobierno Regional, constituido por el Intendente electo y el Consejo Regional, debidamente diferenciadas de las de gobierno interior, asignadas al Delegado Presidencial. Realizar una diferenciación entre “Gobierno de la región” y “Gobierno interior”, es de sumo importante para evitar un conflicto de roles entre las autoridades regionales existentes ya que este sobre posición de roles debilitaría al gobierno interior en el nivel de las provincias.

e) Dado que el artículo anterior asigna el gobierno y administración de cada Región a un Gobierno Regional, la siguiente propuesta de modificación delimita las funciones del intendente en cuento órgano ejecutivo del gobierno regional. Se trata entonces, por una parte, de establecer una competencia positiva (coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos que operen en la región); seguido de una delimitación negativa (aquello que corresponde al Delegado Presidencial provincial).

f) En coordinación con el texto propuesto para el artículo 110, que reserva el nivel provincial para el ejercicio de las potestades de gobierno y administración interior, así como de la coordinación de las entidades públicas desconcentradas, en el Artículo 116 se establece el órgano a cargo de dicha tarea: un “Delegado Presidencial” designado a nivel provincial directamente por el Presidente de la República y de su entera confianza. En sintonía con el Informe de la Comisión Asesora Presidencial, y con la experiencia comparada (que llama Gobernador a quien gobierna) hemos preferido el nombre de Delegado Presidencial, para evitar la extrema ambigüedad que produce asignar la tarea de gobierno a un órgano y llamar gobernador a otro distinto. Por otra parte, también se propone establecer que el Delegado Presidencial con asiento en la provincia donde se encuentre la capital regional, asuma las competencias de supervisión de la administración pública desconcentrada de nivel regional (o sea, sin expresión provincial) y de coordinación del resto de delegados en la Región, de modo de garantizar la eficiencia administrativa y evitar la duplicación de funciones y el sobrepeso del aparato público en las capitales regionales.

g) El actual texto constitucional del artículo 117 establece que “los gobernadores, en los casos y forma que determine la ley, podrán designar delegados para el ejercicio de sus facultades en una o más localidades.” Ese texto es naturalmente incompatible con una propuesta de modificación que sustituye a los Gobernadores por Delegados Presidenciales provinciales. La facultad de designar representantes, dentro de su área de competencias, en una o más localidades que pudieran tener los Delegados Presidenciales debiera, si se estima necesario mantenerla, quedar consagrada en la ley.

h) Así como es necesario e imprescindible que la Constitución se refiera a los Gobiernos regionales, también lo es que lo haga a los Gobiernos locales. Hasta hoy, apenas la administración de cada comuna queda en manos de la respectiva municipalidad. Por ello, se propone en la presente moción, un agregado menor pero muy significativo, al inciso primero del Art. 118, atribuyendo el gobierno local, además de la administración, a las municipalidades, constituidas por su Alcalde y por el Concejo Municipal. El resto del texto del artículo queda, naturalmente, en idénticos términos que los de la actual norma constitucional.

i) Se estima esencial que en la reforma se consagren constitucionalmente algunos de los principios constitucionales del Estado descentralizado, como los enuncia el Informe de la Comisión Asesora Presidencial, en cuya justificación (página 29) destaca que la inclusión de principios orientadores del proceso descentralizador reviste importancia política y jurídica, refiriéndose, entre otros, al desarrollo de las instituciones del Estado descentralizado, al control constitucional de las leyes respectivas y a la solución de contiendas de competencia.

j) En el momento actual del incipiente proceso de descentralización de nuestro país, resulta muy deseable distinguir nítidamente entre dos ciclos electorales: 1) Elecciones Nacionales: presidenciales y parlamentarias; 2) Elecciones Territoriales: municipales (alcaldes y concejales); regionales (Intendentes y Consejeros Regionales). La Comisión Asesora Presidencial, así como la mayoría de los 15 Diálogos Regionales realizados por ésta, reforzaron dicha lógica, con el fin de que en el caso de las elecciones territoriales (municipales y regionales) se asegure: a) que las propuestas de programas de los candidatos a Alcalde y a Intendente puedan ser conocidas y debatidas integradamente por la ciudadanía en relación a un mismo territorio y a objetivos propios del desarrollo local y regional. b) que los candidatos a Intendentes y Consejeros Regionales, así como sus respectivos programas y campañas, no resulten totalmente opacados y desplazados por la visibilidad política y mediática significativamente mayor de la elección presidencial y parlamentaria. Por lo anterior y por la necesidad de reforzar el compromiso ciudadano con los desafíos comunes del desarrollo de nivel local y regional, que atañen de un modo más cercano y directo a las comunidades y territorios, resulta en alto grado deseable que el hito de esta primera elección de intendentes alcance a lograr la significación histórica, participación y legitimación ciudadana que merece. En consecuencia, es necesario realizar el mayor esfuerzo por alcanzar a elegir Intendentes en octubre de 2016, o por excepción y única vez, en noviembre de 2017, en conjunto con las elecciones presidenciales y parlamentarias. Dejarla para el año 2020 no sería aceptable para las comunidades regionales que han cifrado tanta esperanza en el cumplimiento de éste compromiso, tan relevante para el efectivo avance del proceso descentralizador.

7) Es necesario hacer un reconocimiento, por el esfuerzo realizado por los señores Juan Andrés Varas, Heinrich von Baer, Esteban Valenzuela, Alejandro Ferreiro, Juan Carlos Ferrada, Humberto Nogueira y el apoyo de los comisionados, Manuel Ahumada, Diego Benavente, Jaime Bertin, Carlos Cantero, Marcelo Carrasco, Miriam Chible, María Ignacia Fernández, María Angélica Fuentes, Héctor Gaete, Ricardo Israel, María Ignacia Jiménez, Harry Jürgensen, José Marimán, Jorge Martínez, Manuel Millones, Luis Moncayo, Pedro Muñoz, Álvaro Palma, Jaime Tohá, Ismael Toloza, Teresa Valdés, Beatriz Vega, Esteban Velásquez, Patricio Vergara, quienes han colaborado de manera directa, a través de su documento “Reforma Constitucional de Descentralización: Modificaciones imprescindibles para la viabilidad del proyecto.”, y que son la base de las propuestas que realizamos en esta moción.

Por lo anteriormente expuesto, es que venimos a presentar la siguiente moción de reforma constitucional:

MOCION

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO Y QUE ESTABLECE LA ELECCIÓN POPULAR DE LOS INTENDENTES

Artículo Único:

Modificase la Constitución Política de la República, en el siguiente sentido:

1) Reemplazase el artículo 3º, por el siguiente:

Art. 3. “El Estado de Chile es unitario.

Su gobierno y administración serán funcional y territorialmente descentralizados, de conformidad a esta Constitución y a la ley, la que también establecerá los casos de administración desconcentrada.

Todos los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la descentralización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional, según los principios que esta Constitución establece.”

2) Modificase el artículo 93, de la siguiente manera:

a) Incorporase, después de su numeral 16, un 17 nuevo, del siguiente tenor:

17. Resolver los conflictos de competencia entre los órganos del Gobierno y la Administración del Estado central, los gobiernos regionales y las municipalidades.

b) Incorporase, después del inciso 18, el siguiente nuevo:

“En el caso del número 16°, el requerimiento deberá ser deducido por cualquiera de los órganos en conflicto, a través de las personas que poseen su representación judicial”

3) Sustitúyase el artículo 110, por el siguiente:

“Articulo. 110. Para el gobierno y la administración del Estado, su territorio se divide en regiones y éstas en comunas. Para el ejercicio de las potestades de gobierno y administración interior, y de coordinación, fiscalización y supervigilancia de los servicios y órganos desconcentrados, la región se divide en provincias. La creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas, la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de ley orgánica constitucional.”

4) Reemplazase el artículo 111, por el siguiente:

“Articulo. 111. El gobierno y la administración de cada región reside en el respectivo Gobierno Regional, cuyo objeto será el desarrollo social, cultural y económico de la región. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio.

El gobierno regional, estará constituido por el Intendente, quien será su órgano ejecutivo, y por el Consejo Regional.

El Intendente será elegido por mayoría simple, en votación universal directa, de conformidad a los mecanismos que establezca la ley orgánica respectiva. Los integrantes del Consejo Regional serán asimismo electos en votación universal directa conforme a la ley.”.

5) Sustitúyase el artículo 112, por el siguiente:

“Artículo 112. Al Intendente le corresponderá la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos regionales creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, con la excepción de las potestades que corresponda ejercer a nivel provincial al respectivo Delegado Presidencial. Al Intendente le corresponde además la presidencia del Consejo Regional.

Una ley orgánica constitucional determinará la forma en que el Intendente ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones”.

6) Reemplazase el artículo 116, por el siguiente:

“Artículo 116. En cada provincia existirá un Delegado Presidencial, el que será un órgano territorialmente desconcentrado del Presidente de la República, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.

Corresponde al Delegado Presidencial ejercer, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República, la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos nacionales desconcentrados existentes en la provincia, así como el ejercicio de las potestades de gobierno interior que competen de modo exclusivo al Presidente de la República.

El Delegado Presidencial con asiento en la capital regional, bajo el nombre de Delegado Presidencial Regional, asumirá adicionalmente, las funciones de coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos nacionales desconcentrados de alcance regional, así como la coordinación de las tareas de los demás Delegados Presidenciales de la región.

La ley determinará las atribuciones que podrá delegarles el Presidente, y las demás que le corresponden.

7) Suprímase el artículo 117.

8) Reemplazase el inciso primero del artículo 118, por el siguiente:

“El gobierno y la administración local de cada comuna o agrupación de comunas que determine la ley reside en una municipalidad, la que estará constituida por el alcalde, que es su máxima autoridad, y por el concejo municipal.”

9) Incorporase, después del artículo 125, un artículo 125 bis nuevo, del siguiente tenor:

“Articulo. 125 bis. En cumplimiento del mandato del artículo 3 de esta Constitución, los órganos del Estado actuarán siempre respetando y promoviendo la autonomía de los gobiernos regionales y de las municipalidades en el ámbito de sus respectivas funciones, competencias y atribuciones.

La ley, además, privilegiará la radicación de potestades públicas en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; promoverá la solidaridad interterritorial, buscando el desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.

El gobierno nacional no podrá ejercer tutela respecto de las atribuciones de los gobiernos regionales ni de las municipalidades, ni los gobiernos regionales podrán hacerlo respecto de las municipalidades; y deberá, cada vez que cree, transfiera o extienda las competencias de gobiernos regionales o municipalidades, atribuirles presupuestariamente los recursos necesarios para su correcto ejercicio, y en el caso de las transferencias, a lo menos los equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio.”.

10) Incorporase, una disposición transitoria vigesimoséptima nueva:

“VIGESIMOSEPTIMA: La elección por sufragio universal en votación directa de Intendentes y Consejeros Regionales se realizará cada cuatro años en conjunto con las elecciones municipales. En el evento que por alguna circunstancia la primera elección de Intendentes no se alcanzara a realizar en forma simultánea a la elección municipal de octubre de 2016, se deberá efectuar, por excepción y única vez, en conjunto con la elección presidencial y parlamentaria de noviembre de 2017. En tal caso, los 14 Intendentes electos y consejeros regionales servirán sus cargos, de modo excepcional, por un periodo abreviado, de modo tal que en estado de régimen las sucesivas elecciones de éstos coincidan con las elecciones municipales de alcaldes y concejales.”

ANTONIO HORVATH KISS

Senador

1.3. Moción Parlamentaria

Moción de Lily Pérez San Martín, Antonio Horvath Kiss, Andrés Zaldívar Larraín, Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro Guillier Álvarez, Víctor Pérez Varela, Ena Von Baer Jahn, José García Ruminot, Alberto Espina Otero, Francisco Chahuán Chahuán, Andrés Allamand Zavala y Rabindranath Quinteros Lara. Fecha 25 de noviembre, 2015. Moción Parlamentaria

Proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela, que reemplaza el artículo 111 de la Carta Fundamental, en materia de gobierno regional e instituye la elección de los intendentes mediante sufragio universal.

Boletín Nº 10.422-06

CONSIDERANDO:

Desde hace años que la oposición ha tomado la bandera de la descentralización, como un elemento fundamental de cohesión social y política de todos los chilenos, en vistas al pleno desarrollo material y espiritual de la persona.

Los proyectos de leyes ingresados al Congreso Nacional en materia de regionalización y descentralización, el informe de la comisión asesora presidencial que trabajó en la materia, lo propuesta por RN, UDI, EVOPOLI y el PRI y en especial las dos reformas constitucionales en trámite, que proponen la elección de la más alta autoridad regional, han sentado en los mocionantes la más plena convicción respecto de la necesidad de democratizar las decisiones que se tomen a nivel regional, dando un paso fundamental en la promoción de un gran acuerdo nacional que culmine con un Chile real y efectivamente descentralizado.

Este es un primer paso para avanzar hacia un Estado Unitario Descentralizado, mediante la reforma constitucional respectiva.

Para ello, resulta necesario que la elección directa del Intendente Regional, sólo puede tener lugar siempre que se trate de una figura fuerte con facultades de gobierno, de manera que represente libremente el interés de la región, y no dependa de la confianza del poder central. Es por eso que el Mensaje del Gobierno que actualmente se encuentra en trámite, no nos satisface, debido a la creación de la nueva figura del Gobernador Regional. No obstante lo anterior, concordamos en la necesidad de una figura de carácter regional y provincial, que posea facultades de gobierno interior, pero sin la existencia de un “intendente en las sombras” que opaque al líder regional que ha sido electo democráticamente.

En segundo lugar, proponemos que el Intendente Regional sea elegido por mayoría simple, en una sola vuelta, tal como se produce con la elección de alcaldes, que actualmente es la autoridad local con mayor legitimación democrática.

Finalmente, en el futuro, esperamos que este intendente regional, elegido democráticamente, sea quien deba proponer una terna al Ministro de Estado para la designación de los secretarios regionales ministeriales.

Por lo anteriormente expuesto, es que venimos a presentar la siguiente moción de reforma constitucional:

MOCION

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, INICIADA EN MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA VON BAER, SEÑOR PÉREZ VARELA Y SEÑOR ESPINA, EN MATERIA DE DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO, Y QUE INSTITUYE LA ELECCIÓN DE LOS INTENDENTES MEDIANTE SUFRAGIO UNIVERSAL.

ARTICULO ÚNICO: “Reemplácese el inciso primero del artículo 111 de la Constitución Política por el siguiente: “111.- El gobierno y la administración de cada región reside en el respectivo Gobierno Regional, quien ejercerá funciones en el ámbito del desarrollo social, cultural y económico de la región, con arreglo a la ley orgánica constitucional respectiva,

El gobierno regional, estará constituido por el Intendente, quien será su órgano ejecutivo, y por el Consejo Regional y gozará además de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio.

El Intendente será elegido por sufragio universal, en votación directa, y durará en su cargo cuatro años. Los integrantes del Consejo Regional serán asimismo electos en votación universal directa conforme a la ley orgánica constitucional respectiva”

1.4. Moción Parlamentaria

Moción de Lily Pérez San Martín, Antonio Horvath Kiss, Andrés Zaldívar Larraín, Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro Guillier Álvarez, Víctor Pérez Varela, Ena Von Baer Jahn, José García Ruminot, Alberto Espina Otero, Francisco Chahuán Chahuán, Andrés Allamand Zavala y Rabindranath Quinteros Lara. Fecha 15 de diciembre, 2015. Moción Parlamentaria

Proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro, que modifica la Constitución Política con el objeto de promover una descentralización efectiva, proponiendo el reemplazo del Intendente por un Gobernador Regional elegido directamente, y del actual Gobernador por un Delegado Presidencial en cada provincia.

Boletín N° 10.443-06

Exposición de motivos.

La descentralización es un proceso complejo tendiente a distribuir la centralidad en el marco de la búsqueda del equilibrio democrático entre los poderes existentes al interior del Estado, con la finalidad de profundizar la democracia, potenciar el desarrollo y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

Una definición de esas características conduce a entender la descentralización como un medio y no como un fin, vale decir, que no se agota en sí misma.

Pero también hay que comprender que la descentralización no busca acabar o eliminar la centralidad estatal, vale decir, del poder que tiene el Estado, sino que de distribuirlo en forma equitativa y democrática en su interior, para que en ese proceso, se redefinan las relaciones entre el Estado y la sociedad.

Y eso es lo que nuestro país precisamente necesita, porque como sostiene el especialista español Joan Prats, “Chile no será un país desarrollado si no es un país descentralizado”.

El citado académico agrega: “Compartimos la convicción que todo lo que se piensa del desarrollo de Chile es utópico si no avanzamos fuertemente en la descentralización del país”

Desde las regiones estamos pensando un Chile territorialmente más equitativo y por eso, capaz de llegar a ser efectivamente desarrollado. Porque resulta indudable que el país tiene una deuda muy grande con las regiones, que constituyen más del cincuenta por ciento de la nación.

El anhelo de contar con una descentralización real en la estructura territorial y administrativa del país, es una aspiración de antigua data, toda vez que la Constitución Política de 1925, consideraba en sus artículos 94 y siguientes la existencia de las denominadas Asambleas Provinciales, constituidas por representantes de las municipalidades, como cargos concejiles, pudiendo disponer de las rentas que determinare la ley, para aplicarlas en beneficio local y representar al Presidente de la República anualmente las necesidades de la provincia y las cantidades que se necesitaren para atenderlas.

No obstante que esta normativa fue un primer intento de descentralización, nunca llegó a materializarse, por cuanto no se establecieron las leyes necesarias para su funcionamiento, por lo que quedaron como meras disposiciones programáticas.

Cuando el Presidente Frei Montalva asumió su cargo en el año 1964, también intentó establecer reformas en este sentido, basándose en estudios elaborados en la década del 50 por la CORFO, complementados por otros trabajos efectuados por ODEPLAN en 1969, que tampoco llegaron a concretarse.

En el año 1974, el Gobierno Militar, mediante la dictación del Decreto Ley 573, dividió el país en regiones, y en virtud del Decreto Ley 575, del mismo año, se materializó la estructura de cada una de las regiones, con sus respectivas provincias y comunas, creándose también la Comisión Nacional de Reforma Administrativa.

Pero después de más de cuarenta años, el país ha evolucionado, y lamentablemente la descentralización que mediante dichos cuerpos legales se pretendió establecer, no ha sido posible hasta ahora lograrla.

Porque sin descentralización no solo no hay desarrollo económico sino que tampoco una democracia representativa que llegue a ser realmente participativa, ni una sociedad que aprenda a ser más responsable de sus decisiones y más solidaria, toda vez que ámbitos locales acotados es lo único que verdaderamente lo permite. Debe ser una descentralización que instale una efectiva dispersión del poder político, económico, social y financiero, desde las instancias nacionales a las regionales y locales.

En el mes de octubre del año recién pasado, tuvimos el privilegio de participar en la ceremonia llevada a cabo en esta Corporación, en el que el Presidente de la Comisión de la Comisión Presidencial Asesora en Descentralización y Desarrollo Regional, Esteban Valenzuela, entregó a la Presidenta de la República, las conclusiones de su extenso y arduo trabajo.

Y nos alegramos porque las conclusiones de esa comisión presidencial asesora, cobraban tanta importancia, ya que acogieron en gran parte los clamores de las distintas regiones, con sus diversas realidades, tales como la elección de sus máximas autoridades, las competencias con que necesariamente deben contar sus gobiernos regionales, y los recursos que son necesarios, para cuyo efecto, deben existir afectaciones de determinados tributos para atender a su desarrollo.

Asimismo expresamos nuestra satisfacción porque se hizo realidad el convencimiento de que las regiones no pueden permanecer postergadas por más tiempo, de modo que los anuncios efectuados por la Presidenta de la República en este sentido nos hizo abrigar las legítimas esperanzas de que por fin, el proceso de descentralización y regionalización del país, se haría realidad, pero hasta ahora no se han implementado las modificaciones legales y constitucionales que con dicho propósito se requieren.

En este orden de ideas, estimamos que el principio de descentralización que se contempla en el artículo 3° de nuestra Carta Fundamental, debe ser reforzado, de modo que no solo la administración estatal sea funcionalmente y territorialmente descentralizada, sino que también el Gobierno, y que constituya una obligación para toda la administración estatal fortalecer la descentralización efectiva.

En lo que respecta al gobierno y administración interior del Estado, consideramos que se hace necesario modificar el artículo 110, en el sentido de que las regiones se dividen en provincias, para el ejercicio de la supervigilancia de los servicios públicos.

En lo que concierne al gobierno de las regiones, contemplado en el artículo 111, estimamos que debe sustituirse el actual cargo de Intendente Regional, por el de un Gobernador Regional, que debe ser elegido en votación universal directa.

Para darle mayor representatividad a dicha autoridad, en su elección y solo para el evento de que un candidato no supere el cuarenta y cinco por ciento de los votos o más de un cuarenta por ciento y una diferencia de diez puntos porcentuales, se procederá a una segunda votación entre los dos candidatos que hayan obtenido las más altas mayorías relativas, resultando electo el que obtenga el mayor número de sufragios, de acuerdo a los mecanismos que establezca la ley respectiva.

También estimamos que es necesario sustituir el actual cargo de Gobernador Provincial, establecido en el artículo 116 de la Constitución Política, por la figura de un Delegado Presidencial, de la exclusiva confianza del Primer Mandatario, y que debe ejercer la supervigilancia de los servicios públicos, sin perjuicio de las demás atribuciones que le fije la ley pertinente.

Como ya señalamos, consideramos que con estas modificaciones, se podrá lograr una efectiva descentralización, que contribuya eficazmente al proceso de regionalización.

En mérito a lo expuesto, sometemos a la aprobación del Senado de la República, el siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

Artículo único: Modifícase la Constitución Política de la República, en la siguiente forma:

a)En su artículo 3°, sustitúyase el texto de sus incisos segundo y tercero, por el siguiente:

“El gobierno y administración del Estado son funcional y territorialmente descentralizados, o desconcentrados en su caso, conforme a la ley.

Constituye una obligación para los órganos del Estado promover y fortalecer la descentralización efectiva, como asimismo el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional”.

b) En su artículo 110, sustitúyase el texto de su inciso primero, por el siguiente:

“Para el gobierno y administración interior del Estado, el territorio de la República se divide en regiones, y éstas en provincias, a las que les corresponde la supervigilancia de los servicios públicos”.

c) Sustitúyase el texto del artículo 111, por el siguiente:

“El gobierno de cada región reside en un Gobernador Regional, que será elegido en votación directa. Para el evento de que un candidato no supere el cuarenta y cinco por ciento de los votos o más de un cuarenta por ciento y una diferencia de diez puntos porcentuales con el candidato que haya obtenido la segunda mayoría, se procederá a una nueva elección entre ellos, de acuerdo a los mecanismos que establezca la ley, resultando elegido el que obtenga mayor número de sufragios.

La administración superior de cada región radicará en un gobierno regional que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por el Gobernador Regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.”

d) Sustitúyase el texto del artículo 116, por el siguiente:

“Cada provincia estará a cargo de un Delegado Presidencial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.

Corresponde al Delegado Presidencial ejercer, de acuerdo a las instrucciones del Presidente, la supervigilancia de los servicios públicos existentes en la provincia. La ley determinará las demás atribuciones que le corresponden.”

1.5. Primer Informe de Comisión de Gobierno

Senado. Fecha 20 de enero, 2016. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 99. Legislatura 363.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, recaído en el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite constitucional, sobre elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, descentralización del Estado, elección de intendentes mediante sufragio universal, reemplazo del artículo 111 de la Carta Fundamental en materia de gobierno regional, y del Intendente por un Gobernador Regional elegido directamente.

BOLETÍNES Nºs 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos.

_________________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, tiene el honor de presentaros su primer informe sobre los proyectos de ley de la referencia, refundidos, en primer trámite constitucional, iniciados en Mensaje de Su Excelencia la señora Presidenta de la República y en Mociones de los Honorables Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela y Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro, respectivamente, con urgencia calificada de “simple”.

Cabe señalar que con fecha 10 de noviembre y 16 de diciembre del año 2015, la Sala del Senado acordó refundir los boletines antes señalados y autorizó su discusión por parte de la Comisión tanto en general como en particular.

A algunas de las sesiones en que vuestra Comisión trató este proyecto de ley asistieron, además de sus miembros, los Honorables Senadores señora Van Rysselberghe y señores Guillier y Navarro, y los Honorables Diputados señora Paulina Núñez y señor German Becker, además de las siguientes personas:

- El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes Lillo; la Jefa de la División de Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt y señor Osvaldo Henríquez; el Jefe de Gabinete, señor Eduardo Jara; los Asesores, señoras Rosa Ester Huerta y Doris Durán y los señores Rodrigo Ruiz, Manuel Tobar y Álvaro Villanueva; el Periodista, señor Rodrigo O’Ryan, y la Fotógrafa, señora Silvana Gajardo.

- De la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional el Presidente Señor Esteban Valenzuela Van Treek.

- De Fundación Chile Descentralizado Desarrollado el Presidente Nacional señor Heinrich Von Baer Von Lochow y el Coordinador de contenido señor Mario Rozas.

- De la Facultad de Gobierno, Universidad del Desarrollo – Concepción, la Coordinadora de Extensión señora Francesca Parodi y el docente señor Erwin Eschmann.

- De CORP ARAUCANIA su Director Ejecutivo señor Diego Benavente y el señor Luis Guillermo Hernández.

- De la Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE) el Presidente señor Marcelo Carrasco y los Consejeros Regionales señoras Eva Jiménez, Sandra Pastenes, Evelyn Mansilla y Claudia Faúndez y el señor Pablo Larenas.

- La Presidenta de la Asociación de Funcionarios del Consejo Regional Metropolitano señora María Álvarez.

- De la Federación Nacional de Funcionarios de los Gobiernos Regionales (FENAFGORE) el Presidente, señor Marco Mellado.

- De la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) el Vicepresidente, señor Ernesto Muñoz.

- Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia la asesora señora Tania Larraín.

- Del Consejo Regional Metropolitano los periodistas señores José Saffie y Cristian Mundaca.

- Del Centro Democracia y Comunidad la asesora señora Soledad Gutiérrez

- De la Biblioteca del Congreso Nacional BCN el asesor señor Rafael Hernández.

- El asesor del Honorable Senador señor Quinteros, señor Jorge Frites; los asesores de la Honorable Senadora señora Von Baer señora Ann Hunter y señor Jorge Barrera; el asesor del Honorable Senador señor Espina señor Andrés Longton y el Periodista Andrés Aguilera; el asesor del Honorable Senador señor Horvath señor Fernando Navarro y del Honorable Diputado señor Claudio Arriagada señor Cristian Mundaca.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

El proyecto de reforma constitucional en estudio busca descentralizar la administración del Estado modificando las normas sobre administración y gobierno regional, disponiendo la elección directa del intendente, en tanto ejecutivo del gobierno regional.

NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

El presente proyecto de reforma constitucional requiere para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 inciso 2° de la Carta Fundamental.

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han tenido en consideración, entre otros, el siguiente:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- Constitución Política de la República, artículos 111 y siguientes.

2.- Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

3.- Ley N° 19.097 que Modifica la Constitución Política de la República en materias de Gobiernos Regionales y Administración Comunal.

4.- Ley N° 20.390 Reforma Constitucional en materia de Gobierno y Administración Regional.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

El Mensaje que da origen al proyecto de reforma constitucional en estudio señala que producto de la modificación de la Carta Fundamental en virtud de la ley N° 19.097, publicada el 12 de noviembre de 1991, que reformó el sistema de administración regional estableciendo los gobiernos regionales como órganos de la Administración del Estado, dotados de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, a los gobiernos regionales se les encomendó la administración superior de la región respectiva, avanzando en el proceso de descentralización del país.

Destaca que dichos gobiernos regionales se concibieron desde un principio como órganos duales, conformados por un órgano unipersonal y ejecutivo denominado intendente y por un órgano colegiado, normativo, resolutivo y fiscalizador, denominado consejo regional.

Indica que posteriormente, el 11 de noviembre de 1992 se publicó la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, la cual estableció a nivel legal el nuevo sistema de administración regional. Hace presente que así se determinaron las funciones y atribuciones de los gobiernos regionales y se dispusieron las competencias que tendrían los intendentes en tres ámbitos: a) como titular de las tareas de gobierno interior, b) como ejecutivo del gobierno regional y c) como presidente del consejo.

Enfatiza que la normativa legal citada consagró las competencias de los consejos regionales, a la vez que dispuso que sus integrantes fueran elegidos por los concejales constituidos en colegio electoral provincial. Junto a ello, se determinó la configuración de la administración de los recursos del gobierno regional y el respectivo sistema presupuestario.

Recalca que con el paso del tiempo se hizo necesario fortalecer el sistema institucional de descentralización en dos aspectos; por un lado disponer un sistema de elección de consejeros regionales, en votación directa por parte de los ciudadanos y, por otro, implementar un mecanismo eficaz de traspaso de funciones y atribuciones desde órganos del nivel central al regional.

Destaca que ley N° 20.390, del año 2009, permitió la elección de consejeros regionales por sufragio universal en votación directa junto con considerar las bases del procedimiento de transferencia de competencias desde ministerios y servicios públicos a uno o más gobiernos regionales en los ámbitos de fomento productivo, ordenamiento territorial y desarrollo económico, social y cultural. Agrega que además la citada ley consideró la eliminación de la referencia a que las regiones deben ser identificadas mediante un número; la administración de áreas metropolitanas, y la obligatoriedad de los convenios de programación que suscriben los gobiernos regionales con órganos del nivel central.

Señala que los gobiernos regionales han enterado ya 22 años de existencia, período en el cual la toma de decisiones sobre materias tan diversas como ordenamiento territorial o inversión pública, se han adoptado en el propio territorio y las regiones han incorporado plenamente esas dinámicas dentro de su administración, incluso en las Regiones de Arica y Parinacota y de Los Ríos, creadas el año 2007.

Destaca que en nuestro sistema de Gobierno y Administración Interior del Estado el Intendente es una figura compleja, dado que en forma simultánea representa al Presidente de la República en la Región y, además, dirige el Gobierno Regional.

Sobre el particular, señala que en cuanto representante del Presidente, resulta lógico que sea nombrado por él, pero que en las actuales circunstancias en que los ciudadanos eligen alcaldes, concejales, parlamentarios y consejeros regionales, su carácter designado resulta anómalo.

Frente a este escenario considera imprescindible que la máxima autoridad ejecutiva de los gobiernos regionales sea elegida por la ciudadanía y no sea ya designada por el Presidente de la República y hace hincapié en que existe un amplio acuerdo en que nuestro país necesita de una política consistente y multisectorial en materia de desarrollo de las regiones, que considere la especificidad de cada una, siendo necesario que las soluciones a los diversos problemas que existen en las quince regiones del país sean definidas con creciente participación de los niveles sub nacionales.

En la misma línea, en las Mociones respectivas se hace presente que con el fin de revertir el centralismo y promover nuevos espacios para el desarrollo de las regiones a nivel nacional, la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y Desarrollo Regional, dentro de sus principales conclusiones contenidas en su Informe Final, destaca la necesidad de llevar adelante algunas reformas constitucionales esenciales para la descentralización, como son la elección popular del órgano ejecutivo, que priorizará la competencia programática en los temas relevantes da cada territorio.

Agregan que los efectos del sistema centralista y concentrador generan zonas de sacrificio lo que ha llevado a agotar o poner en riesgo, muchos de los recursos naturales e impedir el buen uso del extenso y diverso borde costero y del territorio nacional y que lo mismo ocurre con respecto a la rica y diversa cultura que tenemos en el país.

Sin perjuicio de ello, sostienen que existen algunas modificaciones imprescindibles para darle viabilidad al proyecto de reforma constitucional presentado por el Gobierno y así lograr el cumplimiento de los objetivos planteados en el mensaje del mismo, sin por ello, demorar su pronta aprobación y puesta en práctica.

Por último, proponen una ampliación de las reformas propuestas por el Ejecutivo concentrando los cambios en unas pocas normas claves para lograr una reforma constitucional que cumpla con los propósitos definidos en el mensaje del proyecto enviado, contribuyendo con propuestas de modificaciones normativas mínimas, que generen consensos amplios de modo que puedan ser asumidas y respaldadas ampliamente por ambas ramas del Congreso y conservando, dentro de lo posible, la estructura y términos de la actual Constitución Política de la República.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Al iniciarse el estudio de esta iniciativa el Honorable Senador señor Quinteros resaltó la importancia de la presente reforma constitucional, haciendo presente que ella es la consecuencia de compromiso del Gobierno con el proceso de descentralización, haciendo presente que en las distintas regiones están muy esperanzadas en que su aprobación permita avanzar en un verdadero proceso de desconcentración.

Enseguida, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, coincidió en que esta iniciativa obedece a un compromiso del Gobierno con una agenda de descentralización, donde la elección del intendente constituye un hito esencial en una nueva arquitectura de los gobiernos regionales, de mayores atribuciones y de un financiamiento propio, y subrayó que esta iniciativa es sólo una de las reformas que se pretende abordar sobre la materia.

En tal sentido, hizo referencia al proyecto de ley que actualmente se encuentra en segundo trámite constitucional en la Honorable Cámara de Diputados sobre traspaso de competencias[1] respecto del cual se presentaron indicaciones por el Ejecutivo y que espera esté aprobado en los próximos meses con el objeto de contar con nuevas competencias y con un proceso de transferencia de las mismas desde el nivel central a los gobiernos regionales, ya sea a solicitud de los mismos o a propuesta de la Presidenta de la República.

Agregó que en forma paralela se está redactando un proyecto de ley sobre financiamientos regional y responsabilidad fiscal que permita contextualizar estas nuevas competencias desde el punto de vista financiero, y que fije algunos elementos esenciales con respecto a la objetividad en la distribución de recursos, para que el intendente electo tenga asegurado cierto nivel de recursos para la región, indicando que la objetivación de la distribución de recursos será un hito central que permitirá generar autonomía en un ente que ahora va a representar a los ciudadanos y no el Presidente de la República en el territorio.

Desde el punto de vista de las reformas en su conjunto, hizo presente que esos proyectos se complementan con otros que dicen relación con el fortalecimiento de la institucionalidad municipal, que se encuentra en tramitación.

Finalmente, señaló que se están desarrollando experiencias piloto en paralelo con la discusión parlamentaria para el desarrollo de ciertas acciones en los gobiernos regionales que les permitan adquirir experiencia en materia de fomento productivo, de desarrollo social y de infraestructura y soporte productivo en las ciudades.

A continuación, el Asesor legislativo de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Álvaro Villanueva, indicó que la propuesta de reforma se da en un contexto en el cual no se introduce un cambio desde el punto de vista del modelo territorial, en términos que se conserva el Estado unitario.

Señaló que en el marco de lo que actualmente dispone el Artículo 3° de la Constitución Política de la República, que consagra el Estado unitario, se busca fortalecer el proceso de descentralización. En el mismo sentido, expresó que la misma norma distingue la función de administración, que en Chile se desconcentra o se descentraliza, de la función política o de Gobierno, radicada en el Presidente de la República y sus ministerios. La función de administración dice relación con la satisfacción de necesidades de la población en forma continua y regular, y se radica en los servicios públicos, municipios y gobiernos regionales.

Destacó que el proyecto de reforma en estudio propone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, manteniéndose la lógica de que dicho gobierno está compuesto por un ejecutivo y por un órgano normativo, resolutivo y fiscalizador, que es el consejo regional.

Señaló que, en síntesis, la propuesta del Ejecutivo es que las funciones que actualmente están concentradas en una sola figura con dos roles, pasen a ser desempeñado por dos figuras distintas. Para ilustrar la discusión recordó que actualmente los Intendentes son órganos ejecutivos del gobierno regional pero con ciertas peculiaridades muy especiales, como que el cargo de intendente no está en la planta de los servicios administrativos de dichos gobiernos, y porque son los representantes del Presidente de la República en el territorio y, en esa condición, titular de las tareas de gobierno interior.

Dado lo anterior, para el gobierno regional sólo se considera la modificación en la Constitución Política de la forma de nominación, ya que para la elección del intendente se establece el mecanismo de votación directa, un mandato con una duración de 4 años que sólo permite una reelección, y un sistema de elección a doble vuelta similar a la elección presidencial, si no se obtiene la mayoría de los sufragios válidamente emitidos.

Manifestó hizo presente que una vez electa la máxima autoridad del gobierno regional, ella asume su rol de presidente del consejo regional, que hoy es desempeñado por quien sea elegido por sus propios miembros. Indicó que se ha resuelto mantener el carácter normativo, resolutivo y fiscalizador del consejo, sin modificaciones en ese sentido.

Subrayó que otro aspecto a destacar dice relación con que persiste el aparato desconcentrado del Estado, pues el diseño que hay detrás de esta reforma es fortalecer los gobiernos regionales pero dentro de un modelo gradual, de tal manera que, en la medida que existan más competencias transferidas, el aparato desconcentrado del Estado va a ser de un menor peso.

Estimó que en el escenario anterior es necesario que exista una autoridad política de confianza del Presidente de la República que tenga, entre otras facultades, la posibilidad de coordinar, supervigilar y fiscalizar el accionar del aparato desconcentrado del Estado. En ese sentido señaló que ese rol, a la luz de este proyecto, se confía a una autoridad designada por la Presidenta de la República y que en la práctica tendrá las competencias que hoy en día tienen los intendentes como funcionarios del Ministerio del Interior, y que ahora corresponderá al Gobernador Regional.

Enfatizó en que dentro de las tareas que desempeñará se considera que coordine el accionar de las policías, las competencias en materia de extranjería, que esté a cargo de las tareas de control del orden público, del combate a la delincuencia y de todas aquellas competencias que naturalmente, en los modelos unitarios, no se descentralizan.

Expresó que dado que el nivel central seguirá existiendo a través de las Secretarías Regionales Ministeriales, es necesario que sea una autoridad de confianza política del gobierno central la que tenga atribuciones para coordinar, supervigilar y fiscalizar el accionar de estos órganos desconcentrados que siguen dependiendo del nivel central. A mayor abundamiento, hizo presente que este Gobernador Regional equivale a un prefecto o delegado de gobierno, el cual será designado y removido libremente por el Presidente de la República.

Luego, explicó que también subsisten las gobernaciones provinciales tal cual existen salvo en aquellas provincias cuyo territorio coincide con el de la capital regional, en cuyo caso dicha gobernación desparece para que sus funciones sean asumidas por la autoridad antes señalada.

Desde el punto de vista político, dado que el gobernador regional es una autoridad nombrada, designada y removida libremente por el Presidente de la República, también se mantiene la norma constitucional que permite al Congreso Nacional fiscalizarlo a través del juicio político.

En el caso del Intendente como ejecutivo del gobierno regional, precisó que respecto de él no existe el rol fiscalizador del Congreso Nacional puesto que se entiende que en el ámbito regional el órgano fiscalizador es el CORE.

Destacó que el proyecto establece algunas adecuaciones de tipo formal y una importante norma transitoria que permite resolver situaciones que pueden mediar entre la eventual aprobación de esta reforma y el período en que efectivamente se haga la elección popular de los intendentes.

Finalmente agregó que otra norma transitoria se refiere a la delegación de facultades legislativas. La Constitución permite que el Ejecutivo solicite dichas facultades al Congreso Nacional para dictar decretos sobre materias de ley cuya limitación dice relación con un plazo o con determinadas materias. En este sentido, la presente reforma propone ampliar el plazo de un año para dicha delegación a cuatro años, sólo para efectos de modificar la dependencia de los servicios públicos.

El Presidente Nacional de la Fundación Chile Descentralizado Desarrollado, señor Heinrich Von Baer - Von Lochow, comenzó recordando que la Presidenta de la República nombró una Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Regional altamente representativa y plural, a la cual le fue solicitado recorrer todo el país en intensos diálogos regionales con el objeto de sintetizar y sistematizar las propuestas y demandas de las comunidades regionales, a partir de las cuales, se alcanzaron acuerdos que en su gran mayoría, fueron logrados por unanimidad.

Indicó que el proyecto marcará historia, siendo a su parecer la madre de todas las batallas en materia de descentralización, puesto que en el caso que sea aprobado y funcione bien el resto del proceso, ya sea que se haga en forma gradual o progresiva, avanzará de manera expedita.

Señaló que expondría a la luz de un documento elaborado en conjunto por varios juristas, constitucionalistas y miembros de la Comisión presidencial antes señalada, quienes proponen una serie de modificaciones imprescindibles para la viabilidad del proyecto de Reforma Constitucional de Descentralización.

Con respecto al criterio básico sobre el que se trabajó, destacó que éste dice relación con modificar sólo el mínimo esencial o mínimos imprescindibles que responden a los siguientes criterios:

a) Los cambios se concentran en unas pocas normas claves para lograr una reforma constitucional que cumpla con los propósitos definidos en el mensaje del proyecto enviado por el Ejecutivo, llevando a síntesis legislativa los elementos esenciales para esta reforma.

b) Estas modificaciones mínimas contribuyen a generar consensos amplios, de tal manera que puedan ser tramitadas con cierta celeridad por ambas ramas del Congreso.

c) Conservan, dentro de lo posible, la estructura y términos de la actual Constitución Política del Estado.

Establecido lo anterior, precisó que resulta crucial definir el modelo de Estado que se quiere construir, ya que a partir de ello se puede hacer la planificación necesaria para lograr el objetivo que se proponga, lo que, en su opinión, no es una decisión trivial sino que condiciona todo el resto.

Así, señaló que por una parte está la mantención del Estado unitario centralizado que en palabras de algunos autores de las últimas décadas, como José Luis Cea[2] define como: “un modelo de Estado vertical, autoritario, burocrático, distante de los gobernados, disfuncional para dinamizar el desarrollo de los territorios y conectarse con la sociedad de la participación, y por tanto, obsoleto para bien asumir los desafíos del siglo XXI”.

Por otra parte, prosiguió, se trata de avanzar en un tránsito gradual y ordenado pero hacia un Estado que conserve la esencia del Estado unitario pero que sea descentralizado y, por lo tanto, capaz de abrir los cauces graduales y progresivos hacia el futuro. Agregó que la idea es que se descentralice la administración pero no el Gobierno, que es el criterio que mantiene la presente reforma constitucional.

En este sentido, reiteró que el Estado unitario descentralizado mantiene dicha condición pero que se descentraliza en territorios subnacionales (comunas y regiones) y en aquellas funciones de gobierno que sean propias de la competencia de un gobierno regional o local.

Destacó que en el Mensaje se distingue muy bien y con precisión la diferencia entre gobierno interior y gobierno regional. Sin embargo llamó la atención respecto del hecho que en el texto propuesto por el proyecto de reforma esa clara distinción no es suficientemente consistente.

Manifestó que el Estado unitario descentralizado distribuye, comparte y democratiza gradualmente una parte del poder central, que es la propuesta del grupo al cual representa. En la misma línea, hizo presente que existe experiencia comparada internacional en una y otra dirección, pero que la elección del camino dependerá de la voluntad que exista para transitar o no hacia un mayor grado relativo de descentralización con autonomía relativa en el ámbito de competencias de las entidades territoriales.

A continuación, hizo presente que desde su perspectiva el presente proyecto omite algunos principios básicos, orientadores y facilitadores del proceso de descentralización, en circunstancias que es esencial que en la reforma se consagren constitucionalmente algunos de los principios constitucionales del Estado descentralizado, que sería orientadores del proceso descentralizador debido a su importancia política y jurídica, refiriéndose, entre otros, al desarrollo de las instituciones del Estado descentralizado, al control constitucional de las leyes respectivas y a la solución de contiendas de competencia. Dado lo anterior, propuso considerar un nuevo Artículo 125 bis del siguiente tenor:

“Art. 125 bis. “En cumplimiento del mandato del artículo 3 de esta Constitución, los órganos del Estado actuarán siempre respetando y promoviendo la autonomía de los gobiernos regionales y de las municipalidades en el ámbito de sus respectivas funciones, competencias y atribuciones.

La ley, además, privilegiará la radicación de potestades públicas en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; promoverá la solidaridad interterritorial, buscando el desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.

El gobierno nacional no podrá ejercer tutela respecto de las atribuciones de los gobiernos regionales ni de las municipalidades, ni los gobiernos regionales podrán hacerlo respecto de las municipalidades; y deberá, cada vez que cree, transfiera o extienda las competencias de gobiernos regionales o municipalidades, atribuirles presupuestariamente los recursos necesarios para su correcto ejercicio, y en el caso de las transferencias, a lo menos los equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio”.”.

Respecto de los órganos públicos indicó que era muy importante que a nivel constitucional sea establecido que las potestades públicas se radicarán en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional y éste sobre el nacional, cuestión que está contenida en la Constitución de muchos países desarrollados, lo que significa que siempre en materia de facultades, recursos y decisiones, se privilegia al nivel local por sobre el regional, y estos dos por sobre el nacional.

A este respecto, indicó que en el país la pirámide es inversa, de modo que de mantenerse la lógica del Estado unitario sin descentralización, claramente no será posible poner esta reforma en práctica.

En cuanto al Gobierno Nacional, precisó que este no podrá ejercer tutela sobre las atribuciones de los gobiernos regionales ni de las municipalidades, y que cada vez que cree, transfiera o extienda competencias deberán estar a la par con los recursos para poder cumplir las tareas respectivas.

Refiriéndose a la figura del Gobernador Regional, dijo que si bien no es la única objeción que se ha recibido de todos los seminarios nacionales y regionales de descentralización, si es la más importante, toda vez que genera mucha controversia y por tanto su corrección resulta indispensable. Sobre el mismo tema planteó que esta figura debiera estar tratada en el articulado transitorio del proyecto de reforma, con plazos definidos, pero enfatizó que no debió haberse considerado en las normas permanentes.

Enfatizó que una de las normas contenidas en el proyecto del Ejecutivo que más preocupación ha causado a quienes elaboraron el documento en estudio, dice relación con el Artículo 111, que es una norma clave en relación a la directriz ideológica de cualquier esfuerzo descentralizador, y que dice lo siguiente: “El gobierno de cada región reside en un gobernador regional que será de la exclusiva confianza del Presidente de la República…”.

Lo anterior, según dijo, demuestra que el problema no dice relación sólo con el nombre que se le de esa figura, sino que con su rol o función dentro de lo que se quiere lograr en materia de descentralización.

Expresó que los tiempos son muy estrechos y que difícilmente se podrá cumplir con el plazo para organizar la respectiva elección. No obstante, enfatizó que la decisión que se adopte en esta materia será crucial y que además es la gran esperanza de las regiones, por lo que instó a perfeccionar en todo lo que sea necesario esta iniciativa y a apurar su tramitación dada la trascendencia que ella tiene.

Se deja constancia que el señor Von Baer - Von Lochow acompañó su presentación en un documento en formato word que fue debidamente considerado por los integrantes de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que actualmente la Comisión tiene varios proyectos con urgencia que deben ser estudiados, pero que no es posible hacerlo en forma paralela. Dado lo anterior, solicitó al Ejecutivo que priorice las iniciativas.

La Honorable Senadora señora Von Baer compartió lo antes expresado, e hizo presente que a la Comisión le parece que esta iniciativa es muy importante, pero que de acuerdo con las prioridades del Gobierno este proyecto no es considerado de la misma forma, de manera que quiso saber si la falta de urgencia se debe a una omisión y si va a tenerla a futuro.

El Honorable Senador señor Zaldívar hizo presente que se trata de una reforma muy de fondo que requiere un trabajo de largo alcance con el objeto de llegar a lograr una descentralización efectiva, y coincidió con que es necesario que el Gobierno de una pauta con respecto a los proyectos que se deben tramitar, no obstante que existen otros que pueden ser priorizados por las distintas comisiones sin necesidad de que el Ejecutivo les asigne urgencia.

El Honorable Senador señor Horvath señaló que existe total disponibilidad para avanzar en la tramitación de todos los proyectos pero que, sin embargo, ésta es a su juicio una oportunidad única para avanzar en la regionalización, de modo que solicitó al Ejecutivo que considere esta iniciativa como una prioridad, haciendo presente la urgencia respectiva.

Sobre el proyecto mismo, señaló que tenía profundas diferencias, por ejemplo, en cuanto al rol del Intendente que se quiere elegir, que estimó que tenía menos atribuciones que el actual. En este sentido, dijo que estos temas deben debatirse en profundidad pero que resultaba importante dar el paso inicial que permita avanzar en ello.

Compartiendo lo expresado con anterioridad, el Honorable Senador señor Quinteros manifestó su voluntad para avanzar en este proyecto, que consideró muy importante, no obstante que las diferencias de opinión que legítimamente existen, demuestran la necesidad de su estudio pormenorizado.

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Continuando con las exposiciones, el Presidente de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE), señor Marcelo Carrasco, hizo presente que como asociación les hubiese gustado participar en el proyecto sobre traspaso de competencias [3] y todos los proyectos en su conjunto. No obstante, reconoció que esta reforma constitucional representa un avance para las regiones.

Dicho esto, señaló que la iniciativa en estudio se refiere exclusivamente a la elección del presidente del Consejo porque se cambia la figura, se le da mayor atribución al Gobernador Regional y, por lo tanto, si bien se manifestó de acuerdo con que la primera autoridad regional sea electa popularmente y presida el consejo regional, al mismo tiempo expresó su desaprobación a la existencia de la nueva figura del Gobernador Regional.

Agregó que estaba dentro del interés de su asociación que la nueva autoridad que sea elegida popularmente mantenga las actuales facultades que poseen las autoridades designadas por el gobierno central. En ese sentido, señaló que esta reforma no se condice con la regionalización que se ha trabajado, de modo que solicitó la revisión en profundidad de este proyecto, ya que estimó necesario que la autoridad que va a ser electa tenga un poder real, sin improvisar como se hizo, a su parecer, con los consejeros regionales.

Recordó que como resultado de un proceso democrático resultaron electos los actuales consejeros regionales por los ciudadanos, pero que actualmente no tienen como responderles, ya que mantienen exactamente las mismas atribuciones que tenían los consejeros cuando eran elegidos via concejales y agregó que, además, hoy en día se les quiere quitar esas atribuciones.

Desde el punto de vista de las regiones, hizo presente la necesidad de contar con mayores atribuciones que vayan en beneficio de las personas que representan, ya que la ley de Presupuestos anualmente entrega muchos recursos a las regiones, pero el direccionamiento de la política centralista impide un desarrollo integral.

Indicó que esperaban que con esta reforma constitucional exista un representante del gobierno central en la región, pero que no tenga más facultades que la autoridad que va a ser electa en forma popular. Agregó que en el tema de traspaso de competencias lo ideal es que éste se produjera de conformidad a la realidad que tiene cada región y no a la mirada del gobierno central en cuanto a desprenderse de aquellos organismos públicos que prácticamente son un problema para este último.

Luego, planteó que frente a una discrepancia por traspaso de competencias apoyó la idea de que sea el Senado quien dirima el eventual conflicto entre el nivel central y los gobiernos regionales.

Además, indicó que en el tema del traspaso de competencias no se debía dejar de lado el hecho de que son las mismas plantas de funcionarios que existen en los gobiernos regionales las que tendrán que asumir las mayores funciones y responsabilidades, sin que se les haya otorgado mayor estabilidad ni los recursos suficientes para que puedan cumplir sus funciones.

El Presidente de la Federación Nacional de Funcionarios de los Gobiernos Regionales (FENAFGORE), señor Marco Mellado, señaló que la Federación congrega a las asociaciones de funcionarios de los quince gobiernos regionales, que representan a más de 2.000 personas.

Enseguida, manifestó su fuerte apoyo al regionalismo y justificó esta postura por cuanto no es posible influir en las decisiones a futuro de la región si sólo pueden disponer de un porcentaje mínimo del presupuesto asignado a cada territorio.

Por otra parte, llamó la atención respecto del hecho que ni este proyecto de reforma ni aquel referido al traspaso de competencias considera a las personas que tienen que desarrollar las medidas que se establezcan. En este sentido, hizo presente que sólo el 18% de los funcionarios pertenecen a la planta. Así señaló que las plantas fijadas en el año 1995 (Ley N° 19.379) consideraba 759 funcionarios y luego, la modificación del año 2007 (Ley N° 20.175) a 924, no obstante que actualmente sólo hay 379 en tal condición.

Dado lo anterior, y en relación con el artículo 10 del Estatuto Administrativo, enfatizó que el 82% de los funcionarios del gobierno regional están en una condición de vulnerabilidad contractual, razón por la cual, solicitó que se normalice la situación de la planta en cada uno de los gobiernos regionales.

En la misma línea, hizo presente que se ha cuadriplicado el presupuesto ejecutado de los Gobiernos Regionales desde que se crearon en el año 1995, y que se han quintuplicado la cantidad de iniciativas que financia el FNDR. No obstante, señaló que también ha habido pérdida de funcionarios especialmente jóvenes absorbidos por el sector privado dados los ínfimos incentivos y precariedad laboral; que existe una alta tasa de despidos de funcionarios a contrata y honorarios marcada por el cambio de Intendente y color político de la autoridad, y que además existe un staff político de asesores utilizado por la autoridad perjudicando así el presupuesto operativo del Servicio.

Dicho esto, enfatizó su apoyo a la descentralización y al traspaso de competencias pero considerando en todo ello a los funcionarios, que son quienes deben desempeñar la labor, sobre todo teniendo presente que la nueva autoridad electa deberá hacer campaña política y la idea es que no pueda utilizar la precariedad laboral existente como un mecanismo para pagar favores políticos.

En este escenario insistió en la necesidad de normalizar las plantas en los gobiernos regionales, de la misma forma en que se pretende hacer con la plantas municipales, hasta cumplir con la normativa vigente (80/20) privilegiando a los actuales funcionarios por el tiempo que han entregado al Servicio Público, con el objetivo de disminuir la incertidumbre y el poder del intendente de transformar el Gobierno Regional en un botín laboral todos los años, y más cuando hay cambio de administración.

En este sentido también planteó incorporar en la ley, una homologación al artículo 163 del Código del Trabajo, relacionado con la indemnización legal por años servicio, considerando dos aspectos o principios esenciales: la equidad, ya que valora el tiempo que un funcionario le ha entregado a la administración pública, y la restricción presupuestaria, ya que una autoridad no puede sobrepasar el presupuesto asignado para tal efecto.

Precisó que esta propuesta busca que se considere una indemnización por años de servicios con un tope de 6 meses, lo que implica un aumento de sólo el 4% del presupuesto anual para los funcionarios en calidad de contrata, equivalente a $ 598.496.258 de pesos, considerando una tasa de rotación (desvinculados o no renovaciones) del 8%, tasa promedio que considera dicha situación en los 15 Gobiernos Regionales, entre los años 2010 al 2013.

Finalmente, insistió en que participaron en varias etapas de la formulación de este proyecto de reforma adhiriendo a las propuestas pero que, sin embargo, en el texto legislativo no han sido considerados por el Ejecutivo, en circunstancias que serán ellos quienes realicen las mayores funciones.

Se deja constancia que el señor Mellado acompañó su presentación en un documento en formato power point que fue debidamente considerado por los integrantes de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

A continuación, en representación de CORP ARAUCANIA el señor Luis Guillermo Hernández, señaló que al inicio de este proceso emblemático era necesario considerar que en los últimos 10 años ha habido un detrimento progresivo del estatuto constitucional de la descentralización y de la región. En este sentido, recordó que las últimas reformas de los años 2005 y 2009 han considerado disposiciones que en lugar de fortalecer el proceso de descentralización han desvalorizado y afectado dicho proceso, que supone debía ser progresivo y consistente en el tiempo.

A modo de ejemplo, indicó que el año 2005 se modificó el artículo 3° de la Constitución Política para señalar programáticamente que los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización, y en la misma ocasión se eliminó el requisito de residencia de los parlamentarios, lo que refleja la afectación señalada. En la misma línea, destacó que se eliminó la mención a que el Estado unitario podría dividirse en regiones, lo que en la práctica significó la eliminación de la posibilidad de tener un estado unitario descentralizado.

Dentro de este contexto hizo presente que también en el año 2009 hubo una reforma regional democratizadora consistente en la elección de los consejeros regionales y del presidente regional pero que, sin embargo, al final también terminó en un detrimento para el estatuto regional constitucional toda vez que las pocas facultades constitucionales reservadas al gobierno regional fueron eliminadas.

Enseguida enfatizó que lo anterior implicaba una gran complicación al momento de resolver los recursos de FNDR, cuya distribución por parte de los consejeros no está amparada constitucionalmente, lo cual permite que mediante una simple modificación legal dicho fondo deje de ser competencia resolutiva de dichos consejeros. Indicó que la glosa respectiva que considera el 2% de deporte, seguridad y cultura señala un mecanismo sui géneris en el sentido que establece que se va a establecer un comité resolutivo del gobierno regional, compuesto por funcionarios públicos, donde se designará un representante externo por el consejo regional. Así, subrayó que una glosa del tenor de la consignada no hubiese sido posible si no se hubiese derogado la norma respectiva en el año 2009.

Manifestó que lo expuesto demuestra que la propuesta de establecer atribuciones a nivel constitucional para el gobierno regional, que pueden ser amparados por el estatuto constitucional, es esencialmente relevante, pues de lo contrario, en una glosa presupuestaria se borra lo que está considerado a nivel legal en la ley orgánica respectiva del Gobierno Regional.

En este contexto señaló que es necesario tener presente si se van a hacer reformas constitucionales, y eventuales modificaciones legales, si se mantendrá la situación como está y se consolidará el centralismo, ya que opinó que es esta última situación la que se ha repetido durante los últimos 10 años, siendo los gobiernos regionales y las regiones los que han terminado mayormente perjudicados. Así, advirtió que es necesario avanzar en una reforma constitucional evitando caer en defectos que provoquen que el efecto del proceso sea contrario al que se pretende en realidad.

Hecha la prevención, opinó que en materia de gobierno y administración sólo esta última es posible de descentralizar de conformidad a lo dispuesto en la Carta Fundamental. Sin embargo, instó por realizar una discusión más profunda respecto de los que se considera uno y otro. En ese sentido, hizo presente la discusión doctrinaria que existe en torno a estas materias la que hace necesario abandonar la estrechez conceptual entorno a relegar la administración a la función local o regional por sobre la nacional.

En cuanto al proyecto de reforma, recalcó que la figura del Gobernador Regional no sólo es un cambio semántico toda vez que tiene expresiones concretas, como las que se consideran en el proyecto de transferencia de competencias que establece, entre sus funciones, el velar porque el gobierno regional ejerza sus funciones en forma coherente y concordante con las políticas públicas nacionales, asegurando su efectiva aplicación, lo que significa establecer un rol de tutela o supervigilancia que actualmente no existe y que se contradice totalmente con la autonomía constitucional asignada el gobierno regional. En el mismo sentido, enfatizó que actualmente se considera al gobierno regional como un servicio público más en circunstancias que tiene autonomía constitucional, cuestión que en la práctica constitucional no se ha reconocido.

Sobre las disposiciones transitorias, dijo que la vigesimoséptima eleva a rango constitucional una disposición legal que está en la actual ley orgánica, lo que se opone totalmente al estatuto descentralizador, según dijo. En cuanto a la vigesimoctava, destacó que técnicamente se debe puntualizar como se realizará el cambio de competencia.

Por su parte el Presidente de Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional señor Esteban Valenzuela Van Treek puntualizó que el proyecto de reforma constitucional en estudio, desde el punto de vista histórico, es infinitamente mejor que lo que existe actualmente, y llamó la atención sobre la necesidad de alcanzar los acuerdos necesarios para terminar con el excesivo centralismo existente, y que en parte explica la actual situación de crispación social.

Señaló que, haciendo un poco de historia, el país más centralista de Europa fue Francia, que para poder destrabar su proceso descentralizador permitió un gobierno regional electo y una delegación central igualmente fuerte, de modo que lo ideal es que en este proyecto se recogiera la idea y se crearan tres servicios completos, no obstante se crean nuevas divisiones y por tanto, existe la posibilidad de ir avanzado incrementalmente los años que vienen.

Luego, señaló que al eliminar el gobernador regional y crear la instancia que permita que las regiones puedan pedir traspaso de competencias en forma explícita, en su opinión, la Comisión podria dar un gran paso y destrabar un tema que se está esperando por demasiado tiempo.

A continuación la Honorable Senadora señora Von Baer destacó el rol colegislador del Parlamento y en ese sentido, manifestó su preocupación por las señales que entrega el Ejecutivo en materia de descentralización, ya que la Comisión Presidencial generó gran expectativa y luego envía este proyecto de reforma constitucional que no es otra cosa que la elección del presidente del consejo regional.

Adicionalmente, hizo presente que este proyecto nunca ha tenido urgencia desde que se ingresó. No obstante, enfatizó que por decisión de esta Comisión el proyecto de reforma constitucional se encuentra en tabla. Dicho esto, manifestó que era necesario conocer la opinión del Ejecutivo respecto a la importancia asignada a esta iniciativa.

Además, expresó su preocupación por realizar una reforma que resulte similar a la de los consejeros regionales, en el sentido que si se entiende que la forma de ver este proyecto es que la fijación de políticas públicas es del Presidente de la República, y que el Gobernador tiene que preocuparse porque dichas políticas se ejecuten tal y como lo dispone la máxima autoridad, y luego se señala que el gobierno regional, los servicios y los municipios están a cargo también de la ejecución, entonces se pone al mismo nivel a los municipios y a los servicios, lo que a su parecer, no apunta hacia una efectiva descentralización.

Luego, hizo presente que se comete insistentemente el error de atribuirle a los municipios tareas que no pueden cumplir por falta de recursos, y que lo mismo está ocurriendo con los consejos de seguridad ciudadana y con esta iniciativa, de manera que estimó que avanzar de esta forma en una ley era un acto irresponsable por cuanto va a existir un intendente que no tendrá recursos ni atribuciones.

En materia de traspaso de competencias, hizo presente que ello tampoco es real porque quien define finalmente si se traspasan o no las competencias es el Presidente de la República, lo que hace previsible un conflicto futuro entre el Ejecutivo y los gobiernos regionales.

Finalmente, solicitó que el Ejecutivo se abra a reformular este proyecto de ley a fin de que no se genere en la ciudadanía expectativas que nuevamente se vean defraudadas.

La Honorable Diputada señora Núñez destacó que existe un compromiso con la descentralización por parte de su partido político, Renovación Nacional, y que desde que se implementó la Comisión Presidencial respectiva no sólo la apoyaron e impulsaron, sino que también la incentivaron y se reunieron con sus representantes.

Destacó que han coincidido en gran parte con el informe de dicha Comisión, pese a lo cual prepararon sus propias propuestas e ideas que fueron entregadas en su oportunidad al Ejecutivo.

Expresó que el Gobierno prometió una cosa pero finalmente ha propuesto otra, como que al elegir al intendente democráticamente éste tenga las características que tiene actualmente, es decir, recursos, facultades y gobierno, de modo que no puede haber inconsistencia entre lo que se dice y se hace pues coincidió que ésta es la reforma estructural sobre descentralización, y que el intendente que se elija debe ser quien pueda gobernar.

Enfatizó que, en su opinión, era importante entender que de acuerdo al proyecto el gobierno de cada región residirá en el Gobernador Regional, que además será el representante natural e inmediato en el territorio del Presidente de la República, lo que concentra todo el poder sin que exista verdaderamente descentralización. Adicionalmente, subrayó que la misma autoridad antes señalada es quien coordinará, fiscalizará y supervigilará las funciones administrativas que operen en la región o dependan o se relacionen con la primera autoridad, sin que se señalen otra serie de funciones relacionadas, por ejemplo, con la educación, que también debiese cumplir.

Señaló que el intendente tal como está concebido en el proyecto cumplirá con las funciones administrativas que operen en la región, y como ya se ha dicho, manifestó que el proyecto sobre transferencia de las competencias nuevamente las deja radicadas en el propio Presidente de la República, lo que va en sentido contrario a la descentralización.

El Honorable Senador señor Quinteros manifestó su conformidad con el hecho de que exista un amplio acuerdo respecto de la necesidad de elegir al intendente, lo que calificó como muy positivo, y al mismo tiempo destacó el carácter de reforma constitucional que tiene esta iniciativa, y que los parlamentarios tienen las facultades para ir modificando aquello que pueda ser mejorado.

Dentro de este mismo orden de ideas, hizo presente su más profundo convencimiento con respecto a que el país nunca podrá alcanzar el desarrollo si no se descentralizan en primer lugar las regiones. Así, dijo entender que es necesario perfeccionar este proyecto para darles reales atribuciones a los gobiernos regionales y convertir los municipios en verdaderos gobiernos locales, con mayor grado de autonomía, con financiamiento y con facultades.

El Honorable Senador señor Andrés Zaldívar también manifestó su complacencia frente a la existencia de un acuerdo con respecto a la necesidad de elegir a la autoridad regional.

Destacó que en virtud del trabajo de la Comisión Presidencial nombrada por la máxima autoridad del país hoy se ha abierto un espacio profundo para buscar efectivamente la descentralización apostando a la regionalización, para lo cual el informe evacuado por dicha Comisión da una pauta de cómo hacerlo.

En la misma línea hizo presente que dentro de las facultades de los Parlamentarios está la normativa constitucional existiendo plenitud en materia de iniciativa, de modo que no es necesario que el Ejecutivo presente una propuesta para avanzar decididamente hacia la descentralización. Dentro de este orden de ideas, agregó que el trabajo de la Comisión también se puede desempeñar con independencia de la existencia o no de urgencias.

No obstante lo anterior, precisó que existen temas que no es posible descentralizar y que es similar a lo que ocurre en Francia, que dicen relación con el orden público, la defensa y las relaciones internacionales, porque son asuntos de Estado. Así sobre el resto de la temática sectorial, es perfectamente posible llevar adelante este proceso en las condiciones necesarias para que opere.

Agregó que el proceso de descentralización debe desarrollarse en forma gradual y responsable porque es muy distinto gestionar un Estado como el que ha existido hasta ahora, a un Estado unitario descentralizado, que es algo diferente y señaló que se debe tener presente que en las propias regiones se tiende a hacer centralismo regional, todo lo cual requiere desarrollar un trabajo muy serio y responsable.

El Honorable Senador señor Horvath reiteró que la urgencia en esta materia es tal que tiene disposición para trabajar todo lo que sea necesario en tramitarla en forma rápida. Agregó que conocía el perfil regionalista del Subsecretario de modo que, a su parecer, cualquier modificación a esta iniciativa va a ir en la dirección correcta.

Por otra parte, refiriéndose al proyecto propiamente tal, señaló que considerar un Gobernador Regional como representante del Ejecutivo no resulta apropiado pues desde siempre se ha entendido que dichas autoridad será la que gobierna, de modo que es necesario cambiar esa denominación.

Señaló que insistir en la centralización va a provocar un conflicto social pues la regiones están cansadas no sólo de que las manden desde el centro sino que también, sean convertidas en zonas de sacrificio, pues desde el punto de vista del uso de sus recursos naturales se están desmoronando. En este sentido, enfatizó que el centralismo combinado con concentración económica es un modelo que ya tocó fondo y techo y que el malestar ciudadano en parte, se explica por aquello.

El Honorable Diputado señor German Becker señaló que si bien este proyecto de reforma no responde a las expectativas que al respecto tenían los regionalistas, igualmente es necesario avanzar en el mismo ya que en más de 20 años de trabajo en regionalización, éste es el primer proyecto importante sobre la materia.

Agregó que coincidía en que no es posible seguir esperando a que llegue el proyecto perfecto, e insistió en avanzar en la medida de lo posible. En la misma línea, subrayó que no es un tema menor que se plantee la elección del intendente por votación popular ni que este sea equivalente al presidente del concejo, toda vez que se realizarán transferencias de funciones.

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó que efectivamente se puede hacer la elección del intendente tal como se propone en este proyecto de reforma, pero al mismo tiempo, indicó, se debe tener claro que no se trata de la autoridad que la ciudadanía espera sino que sólo podrá decidir con respecto al 6% del presupuesto.

Para terminar, el Honorable Senador señor Espina solicitó al Ejecutivo que busque una priorización con respecto a los proyectos en tramitación en esta Comisión.

Enseguida hizo presente que en materia de regionalización es necesario realizar saltos audaces que obviamente tendrán detractores. No obstante, destacó que la elección del intendente es un cambio radical con respecto a la forma en que se gobierna la región pues actualmente este depende del Presidente de la República.

Con respecto a las competencias, señaló que era necesario avanzar en los mecanismos de traspaso de las mismas, ya sea que se hagan en forma gradual o con otra fórmula, pues si no se le entrega competencia al intendente en nada aportará este proyecto de reforma, y que lo mismo ocurre en materia de recursos.

Finalmente destacó que, si bien esta iniciativa no lo señala explícitamente, resulta imprescindible el establecimiento de responsabilidad en el uso de los recursos públicos tema que podría ser abordado a propósito de esta discusión.

Enseguida, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes destacó el profundo debate que ha tenido lugar en esta sesión y recalcó que el Gobierno estaba comprometido a dar urgencia a este proyecto pues está dentro de las prioridades del Ejecutivo.

Luego dijo que si bien es posible tener puntos de vista en esta materia que sean diametralmente opuestos, por primera vez en muchos años se ha impulsado un proyecto de reforma constitucional donde la Presidenta de la República entrega y delega parte del poder, lo que sin duda es un hecho inédito.

Por último, propuso exponer todos los proyectos relacionados con esta materia en forma más profunda, con el objeto de tener un panorama completo y puso de relieve que este proyecto está en el camino de instalar un modelo de descentralización en un período de a lo menos 10 años, de aquí en adelante.

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En sesión posterior, la Comisión abordó el estudio del Boletín N°10.330-06 iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Horvath, señora Pérez San Martín y señores Guillier, Quinteros y Zaldívar, en materia de descentralización del Estado, y que instituye la elección de los intendentes mediante sufragio universal.

El Honorable Senador señor Horvath hizo presente que para la presentación de esta moción parlamentaria los autores han coordinado su trabajo con la Comisión Presidencial por la Descentralización y Desarrollo Regional, toda vez que existen algunos elementos de la iniciativa del Gobierno que no guardan estricta consistencia con lo que fue el trabajo de dicha Comisión.

En ese sentido, destacó que los Parlamentarios pueden hacer todas las correcciones de fondo que les parezcan en estas materias como, por ejemplo, un cambio en la figura del Gobernador Regional que, como ya se ha dicho, no sólo se trata de hacer un cambio semántico sino que es parte de la cultura el entender quien gobierna.

Precisó que con esta iniciativa la intención es verdaderamente descentralizar y definir el Estado de Chile como unitario y descentralizado a la vez lo que es un tema clave porque, en su opinión, de continuar con la desconcentración todo seguirá resolviéndose a nivel central.

Dado lo anterior solicitó que esta iniciativa sea vista en conjunto con el proyecto de reforma constitucional presentada por el Gobierno, pues esta fórmula es efectivamente regionalizadora y complementaria de ella y además enfatizó que existe un acuerdo político transversal entorno a dar celeridad al despacho de este proyecto.

En este punto, el señor Presidente de la Comisión Honorable Senador señor Alberto Espina abrió debate con respecto a la posibilidad de refundir ambos proyectos y así tramitarlos en conjunto.

La Honorable Senadora señora Von Baer señaló que a su parecer existe un consenso bastante transversal con respecto a la necesidad de descentralizar y manifestó que era de la opinión de elegir a los intendentes al igual que varios otros integrantes de su partido.

Señaló que era importante establecer lo anterior desde un principio porque hoy en día existe la posibilidad de hacer una reforma de fondo, porque se da el momento político e histórico para hacerlo, pero que para ello se deben construir confianzas y actuar con responsabilidad.

Señaló que dicha responsabilidad desde su punto de vista significa hacer una mirada más completa e integral a lo que significa la reforma constitucional con el objeto que posteriormente la aprobación de cada proyecto en particular sea más expedita, razón por la cual solicitó tener un tiempo acotado para que el Subsecretario presente la mirada de la estructura institucional que se pretende construir en esta materia, para evitar que con el avance de los proyectos en forma paralela ocurra la misma situación que ocurrió con los Core, que ha significado que en la práctica se quedaron sin las competencias necesarias.

Reiteró que no se trata de frenar la elección del intendente sino que de hacer las cosas bien y en forma responsable, de modo que opinó que sería conveniente discutir ambos proyectos en forma paralela pero teniendo a la vista la estructura institucional en su conjunto, en caso de aprobarse todos los proyectos de ley relacionados con esta materia.

Finalmente, señaló que si existe acuerdo con respecto al financiamiento, estructura institucional y elección del intendente, es mejor tramitar la presente iniciativa en sintonía con dicho consenso.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que existen fundamentalmente cuatro temas que se deben abordar en materia de descentralización y que serían: la elección democrática del Intendente; nombre, designación y atribuciones del representante del Presidente de la República en la región; las atribuciones y competencias del intendente elegido por votación popular; y la fórmula de obtener recursos la región independientemente de los mecanismos actuales y la debida responsabilidad financiera en la administración de los recursos.

El Honorable Senador señor Horvath expresó que más que fusionar ambos proyectos, consideró que era necesario estudiarlos en forma paralela teniendo a la vista todas las opciones, pues ya se inició la discusión del proyecto del Ejecutivo.

Enseguida, el Honorable Senador señor Pizarro hizo presente que este tema ya ha sido largamente debatido a nivel público, nacional y a nivel de partidos, no obstante que era evidente que había que afinar algunos temas además de coordinarlos, razón por la cual manifestó que al hablar de fusión de proyectos ella contiene la búsqueda de acuerdos relativos a dónde y cómo funcionar.

Así, indicó que para los efectos de la fusión es necesario construir acuerdos con respecto a las atribuciones, rol del Gobernador o representante del Presidente de la República en la región y cómo se va a compatibilizar con el intendente electo que va a tener su propio rol, de modo que junto con fusionar, resulta necesario generar un cronograma de tramitación muy preciso.

Enseguida, el Honorable Senador señor Guillier se mostró de acuerdo con que se haga un trabajo en conjunto con los equipos técnicos y agregó que, en general, existe acuerdo sobre los principios básicos en el sentido de tramitar una reforma constitucional que consagre un Estado unitario descentralizado, para derivar a partir de allí todas las atribuciones en cuanto a la elección del intendente con facultades administrativas, políticas y financieras, a diferencia de las del Gobernador que requiere tener bastante menos perfil para evitar que se transforme en un contrapoder.

En ese entendido, dijo estar disponible para fusionar los proyectos y allegar otros, si es esa la línea en que se va a dirigir el Ejecutivo.

El Presidente de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE) señor Marcelo Carrasco señaló que lo esperable es que se trate la reforma sobre descentralización en forma integral, considerando tanto la elección del intendente, como también el traspaso de competencias, financiamiento y modelo de Estado para la región.

Enseguida, valoró que se apoye que el país siga siendo unitario al mismo tiempo que instó a que se consagre en la Carta Fundamental que Chile es un país descentralizado.

En este mismo orden de ideas hizo presente que apoyan la idea no sólo de la elección del intendente sino que también que presida el consejo y, con respecto al Gobernador, dijo estar de acuerdo con que exista una figura que represente al nivel central en la región pero que este debe ser un Delegado, y no un gobernador.

Igualmente consideró importante conocer cuáles serán las competencias de las que actualmente tiene el intendente designado que tendrá la nueva autoridad, pero sin quitárselas al consejo, toda vez que el proyecto prácticamente no considera nuevas atribuciones para el intendente electo. Agregó que el traspaso de competencia debe ser gradual de acuerdo a los requerimientos que tengan las regiones.

Luego, insistió en la necesidad de fortalecer el rol de los Consejeros Regionales, de contar con una estructura de gobierno en la región mucho más potente, eficiente y moderna, asociada a la entrega de herramientas y medios suficientes para que los funcionarios que van a estar en ese gobierno regional tengan una mayor protección y regulación de las plantas.

Por último, dijo que es necesario también generar una instancia de control que no tenga ni dependencia ni subordinación al intendente ni a los consejeros regionales, con el objeto de generar la mayor transparencia y que se produzca el control que los ciudadanos esperan.

Acto seguido, el Presidente de la Federación Nacional de Funcionarios de los Gobiernos Regionales (FENAFGORE), señor Marco Mellado, manifestó que los proyectos que actualmente se están tramitando más que a descentralización se refieren a ciertos procedimientos y a la elección directa del intendente que, tal como está, sólo es mayor democracia.

Manifestó estar a favor de la elección directa del intendente. No obstante, llamó la atención respecto de algunos elementos claves que debiesen estar considerados. Así, enfatizó que se partió de un diagnóstico errado en el sentido de suponer que los funcionarios de los gobiernos regionales estaban en una situación óptima, lo que constituye un error de fondo.

Dentro de este contexto reiteró que las diferentes autoridades no han tendido la voluntad de respetar la ley de plantas en las distintas regiones, al punto que tal como ya lo había mencionado, en una sesión anterior, sólo el 18% de los funcionarios de los gobiernos regionales son de planta.

Manifestó que el trasfondo es que existirán autoridades electas que tendrán que hacer campañas y luego pagar favores políticos, lo que le hace pensar que se afectará el trabajo de los funcionarios de los gobiernos regionales toda vez que en ninguno de los proyectos que actualmente se están tramitando se hace referencia a la situación de dichos trabajadores.

Frente a este escenario, solicitó que se considere una mayor estabilidad y protección laboral, de modo que sirva de base para que al momento de traspasar mayores competencias existan condiciones favorables para ello, toda vez que insistió en que pese a que han sido escuchados en todas las instancias sus planteamientos pero no han sido debidamente considerados.

Enseguida señaló que se trata de una situación previsible y que por tal razón no deben ser los funcionarios quienes a futuro deban asumir los costos de esta decisión, por cuanto actualmente tienen excelentes indicadores, los que no deben ser descartados debiéndose salvaguardar las condiciones laborales de los funcionarios que cuentan con las capacidades que se han ido agregando en el tiempo, evitando dejarlos sujetos al arbitrio de una autoridad política.

Finalmente, respecto a la figura de los consejeros regionales, manifestó que el proyecto de reforma en estudio les quita atribuciones, y que se debe considerar que no es razonable que el día de mañana el intendente tenga concentrado todo el poder.

El Honorable Senador señor Guillier expresó que ni el proyecto de reforma presentado por el Ejecutivo ni la moción parlamentaria respectiva agota el tema en materia de descentralización, pues existe acuerdo en oír a los diferentes gremios para incorporarlos en lo que sea necesario a este proyecto, sin olvidar que lo principal en este caso es tramitar la elección del intendente en forma expedita.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer apoyó la idea de escuchar la opinión de los funcionarios en el sentido que al elegirse el intendente, tal como está planteado, no es conveniente para dichos trabajadores. Agregó que es necesario tener una mirada global para tener claridad respecto de aquellos temas que deben tramitarse rápidamente para evitar situaciones complejas para los funcionarios frente a una elección de una autoridad de naturaleza política.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, resaltó que se trata de un momento histórico el iniciado con esta discusión en la que se modificará la estructura correspondiente a los últimos 200 años de la República, porque este debate con respecto a la elección del intendente cambiará la arquitectura de la administración pública y de los territorios en lo más profundo del país.

Manifestó que este es un proyecto de reforma constitucional que tiene un simbolismo especial con una mirada estratégica del futuro muy importante para el país, ya que existe el convencimiento que no sólo la elección del intendente sino que la descentralización, como una forma de administración del Estado, le dará al país un segundo aire de crecimiento y desarrollo, donde los ciudadanos se van a sentir más directamente representados.

Sobre la elección misma, indicó que también existe convicción en el Gobierno con respecto a que sólo la oportunidad de generar la discusión sobre esta elección abrirá una disposición distinta en muchos otros aspectos, lo que a su parecer, significará la revisión exhaustiva no sólo de los proyectos en tramitación sino que de muchos otros relacionados con descentralización.

Finalmente, reiteró que el Ejecutivo está en absoluta disposición para hacer todas las presentaciones y aclaraciones que sean pertinentes sobre este tema, entendiendo que se trata de un aspecto muy complejo respecto del cual, existe un modelo o arquitectura del proceso de descentralización que implica un modelo institucional, financiamiento y competencia, entre varias otras cosas.

La Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, señora Viviana Betancourt, señaló que el Ejecutivo respeta absolutamente la facultad que tiene esta Comisión para fusionar o no las iniciativas en estudio, lo que se entiende sin perjuicio de las facultades que tiene los Parlamentarios y el Gobierno para fundamentar caso a caso si esa fuera la forma, las posturas que se ven reflejadas en este proyecto de reforma.

- Requerido el acuerdo de la Comisión para solicitar a la Sala refundir ambos proyectos, dicha idea fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina y Guillier.

- Por la misma votación se aprobó la idea de solicitar en la misma instancia, que se autorice a discutir la moción parlamentaria en general y en particular, al igual que la iniciativa del Ejecutivo.

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Posteriormente continuando el estudio de ambas iniciativas ahora refundidas, la Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Viviana Betancourt, destacó que la agenda de descentralización va más allá de la elección del Intendente, no obstante que esta última es un símbolo del cambio y de la profundidad de lo que se quiere hacer.

A continuación, remarcó que algunas de las funciones que desempeñan los actuales intendentes dicen relación con la administración regional y otras se relacionan con la función de gobierno interior, e hizo presente que los tres proyectos básicos de descentralización del Gobierno son: la elección del Intendente; las Transferencias de Competencias y Servicios a las Regiones, y una ley de Rentas Regionales con responsabilidad fiscal.

Puso de relieve que, en términos generales, el presente proyecto de reforma constitucional considera la elección de intendente, la creación de una nueva figura de gobierno regional denominada Gobernador Regional y la facultad de crear servicios públicos regionales.

Precisó que la elección de intendente que se propone es por sufragio universal en votación directa, requiriéndose mayoría absoluta de sufragios, con segunda vuelta si es necesario, con una duración del periodo de 4 años, pudiendo postular sólo a una reelección inmediata y considerando que sea quien presida el Consejo Regional, correspondiéndole la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos que, operando en la región, dependan o se relacionen con el Gobierno Regional respectivo.

En cuanto al Gobernador Regional, señaló que se propone que sea quien represente al Presidente de la República en la región, con tareas propias de gobierno interior tales como control del orden público, combate a la delincuencia, extranjería y emergencias, entre otras. En la misma línea, también coordinará, supervigilará y fiscalizará el accionar de los órganos públicos desconcentrados del nivel central en la región (seremis y directores regionales de servicios).

Sobre el particular, la Honorable Senadora señora Von Baer consultó si era correcto entender que en virtud de la función de coordinación de todos los servicios públicos, de esta autoridad dependerían todos los Seremis.

Al respecto, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, señaló que no, ya que sólo tiene labores de coordinación pero no de jefatura y agregó que en el caso del actual intendente este tiene una función establecida en la Ley de Gobierno y Administración Regional, para que en el caso de la figura del Gobernador éste no tendría la función de designar a los Seremis, quienes en el modelo propuesto dependerían del Ministro respectivo.

Retomando la exposición, la señora Betancourt, respecto del Gobernador, recalcó que será designado y removido libremente por Presidente de la República, podrá ser sometido a juicio político por el Congreso Nacional y tendrá su asiento en la capital regional, no obstante que en las demás provincias seguirán existiendo las gobernaciones provinciales.

En relación a la creación de servicios públicos regionales, enfatizó que se trata de un proceso gradual donde los servicios públicos nacionales irán traspasando sus funciones y atribuciones a los regionales. En este sentido, señaló que la creación de estos servicios y todo lo que ello implica es materia de ley, razón por la cual el proyecto propone que el Congreso delegue al Ejecutivo la facultad de hacerlo vía DFL, por un plazo excepcional de 4 años, sólo para la transferencia efectiva a los gobiernos regionales de dependencia de servicios, considerando que el proceso gradual en su conjunto está proyectado a 10 años con el objeto de hacer operativo el sistema.

Indicó que el proyecto de Reforma a la Ley Orgánica Constitucional conocido como transferencia de competencias, considera como nuevas funciones de los Gobierno Regionales el planificar el desarrollo de la región, especialmente, en ámbitos de infraestructura pública y transporte, desarrollo económico productivo, social y cultural, y la administración de los recursos, vía fondos y programas de financiamiento de aplicación regional.

En la misma línea precisó que dicho proyecto también regula el mecanismo de transferencia de competencias junto con indicar que distribución de recursos de inversión será propuesta por el Intendente mediante ítems o marcos presupuestarios asociados a glosas que explicarán el uso de los recursos y las condiciones de tal uso.

Con respecto a los Secretarios Regionales Ministeriales de las áreas descentralizadas, indicó que les corresponderá velar porque las políticas, programas y proyectos de naturaleza regional se enmarquen dentro de las políticas nacionales.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes destacó que los Seremis serán desconcentrados en los ámbitos de infraestructura pública y transporte, económico productivo, social y cultural, de tal manera que perderán la facultad que actualmente tiene de administrar políticas públicas regionales. Por tal razón ahora ese Seremi será nombrado por el Ministro, para velar porque las políticas regionales se enmarquen dentro de las nacionales.

Enfatizó que los servicios públicos, que son los ejecutores, por ley se traspasan y se convierten desde servicios nacionales en servicios regionales, de manera que la descentralización finalmente se traduce en que toda a la ejecución de políticas públicas de las áreas competenciales descentralizadas se ejercen a nivel regional.

Dentro de este contexto reiteró que el proceso dura diez años, de modo que es necesario dejar instalado el modelo desde el punto de vista legal e iniciar algunas experiencias piloto en fomento productivo, no obstante que respecto de este último punto señaló que ya hay algunas en las regiones de Biobío, de Antofagasta y de Los Ríos.

El Honorable Senador señor Quinteros hizo presente que dentro de las áreas competenciales se debe considerar el programa que el candidato a intendente presente a la comunidad, para que ésta última sea la que decida lo que quiere para su territorio.

A este respecto, el personero de Gobierno agregó que existen mecanismos para que los compromisos que proponga la nueva autoridad sean coherentes con la política nacional y señaló que en todo el proyecto existe una preocupación permanente de hacer convergencia entre la política nacional de fomento productivo y la política regional, de tal manera que ambas sean concordantes para que haya consistencia en la aplicación de unas y otras.

La Honorable Senadora señora Van Rysselberghe solicitó que se explique más claramente la diferencia que existirá con esta reforma respecto de los programas nacionales que actualmente son ejecutados por los órganos regionales, como ocurre por ejemplo con el Programa Capital Semilla de Sercotec.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, hizo presente que hoy en día Sercotec se está descentralizando en 14 programas, y que la Corfo además está descentralizando 10 programas, todos los cuales si bien fueron diseñados a nivel nacional serán entregados al Gobierno Regional en un Comité presidido por el intendente, además de estar integrado por una entidad público-privada que va a rediseñar los programas obedeciendo a una política nacional, pero con un énfasis regional.

De los programas antes señalados, dijo que podrían quedar refundidos en 7 o en 15, según lo que la experiencia muestre y la región plantee. En ese sentido, precisó que quienes aprobarán esas políticas regionales serán los consejeros regionales y quien velará porque esa política regional sea coherente con la nacional será el Seremi de Economía, de acuerdo a la arquitectura diseñada.

En este escenario, destacó que se vuelve a la idea general con respecto a los Seremis en cuanto a que sólo tenían la facultad de diseñar, aplicar y armonizar las políticas públicas, pero nunca tuvieron la capacidad de ejecutar las mismas. A modo de ejemplo, indicó que en el caso del Ministerio de Obras Públicas, si se revisa la ley, el Seremi de dicha repartición no existe como figura dentro de la administración de esa Cartera y lo mismo ocurre con sus respectivos servicios regionales. Así, en este caso lo primero que se debe hacer es desconcentrar el ministerio, crear los servicios públicos regionales y luego traspasarlos.

El Honorable Senador señor Quinteros manifestó que es difícil imaginar un escenario distinto al centralismo que ha imperado hasta hoy pero que, sin embargo, lo verdaderamente importante será el plan que proponga para la región quien resulte ser elegido intendente.

La Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaria de Desarrollo Regional volviendo a su exposición, precisó que el proyecto también modifica la estructura administrativa de los Gobiernos Regionales haciéndolo funcional a este modelo de descentralización y creando tres nuevas de Divisiones (de Fomento e Industria, de Infraestructura y Transporte y de Desarrollo Social y Humano) y el cargo de Administrador Regional, que es un funcionario de confianza del intendente que va a coordinar la labor de estas nuevas divisiones.

En la misma línea, agregó que el proyecto también establece la elección de los encargados de dichas unidades por la alta dirección pública, regula los Convenios Mandato, haciendo obligatorios los Convenios de Programación, y también regula la participación de parlamentarios en Sesiones del Consejo.

Enseguida destacó que entre las nuevas competencias del Consejo se encuentra la de disponer la contratación de auditorías externas, que evalúen la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera, que significa una prerrogativa excepcional respecto de la norma que contempla que todo lo que implica gasto es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, tanto a nivel nacional como regional.

Respecto del trámite legislativo del proyecto indicó que mediante indicación sustitutiva presentada por el Ejecutivo, introdujo el principio de que en los Gobiernos Regionales debe existir coherencia entre el accionar de éstos y las políticas públicas nacionales y sectoriales. Asimismo, en materia de Plan de Ordenamiento Territorial, perfecciona profundamente las normas referidas a este.

Señaló que en materia de borde costero la indicación incorpora normas sobre zonificación borde costero y además permite que el intendente proponga al Core para que sea ésta quien finalmente sancione lo que propone al Ministerio de Defensa, que es quien toma la última decisión mediante Decreto Supremo.

Adicionalmente perfecciona el mecanismo de transferencia de competencias, plantea y crea en la planta de gobiernos regionales el cargo de auditor interno, en condiciones muy similares a las que este cargo tiene en municipios donde trabajan con bastante autonomía, y destacó que se crea el Consejo consultivo de la sociedad civil en los gobiernos regionales mediante la aplicación de normas de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.

Luego, enfatizó que con respecto a la identificación de regiones dispone la derogación de las normas legales que permiten identificarlas mediante números, y reiteró que la solicitud de delegación de facultades a la Presidenta de la República servirá para que modifique la dependencia de los servicios públicos nacionales, cree servicios públicos regionales y modifique estructuras, dependencias, traslados y plantas de funcionarios, velando al mismo tiempo, por los derechos de los funcionarios.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes agregó que el plan regional de ordenamiento territorial será la nueva gran competencia del gobierno regional, por cuanto el plan regional que existe se transforma en obligatorio, al punto que pasa a ser un nuevo plan regulador regional, pues ahí se definirán los usos de los territorios con su consecuente impacto en el desarrollo de cada región. Según dijo, se trata de una discusión muy profunda donde además la idea es considerar modelos exitosos aplicados en el mundo.

La Honorable Senadora señora Van Rysselberghe opinó que era muy adecuado que se busque una buena distribución del territorio. No obstante, dijo que normalmente el plan regional metropolitano se nutre de los planes comunales de modo que no puede haber una gran modificación sin considerar en esto a los municipios.

Sobre este punto en particular, el personero de Gobierno aclaró que el plano regulador se construye a partir de los planos comunales, pero que la coherencia en el mediano y largo plazo exige que primero todos los planes comunales estén actualizados, para que luego la política nacional oriente a los planes reguladores regionales que tienen que estar coordinados con los comunales.

Para terminar, la señora Betancourt enfatizó que para que esta agenda descentralizadora en su conjunto pueda materializarse, es necesario que se apruebe y termine de tramitar el proyecto de ley sobre recursos humanos en municipalidades[4]; tramitar un proyecto de ley sobre rentas regionales que el Ejecutivo ha comprometido para este semestre y que además, se legisle a tiempo con respecto a las materias electorales vinculadas a la elección directa del intendente.

El señor Subsecretario agregó que no se debe perder de vista que otra gran facultad que tendrán los gobiernos regionales, junto con el gobierno central, será la creación de áreas metropolitanas que serán una conurbación de más de 250.000 habitantes, lo que le permitirá trabajar en disposición final de residuos sólidos, transporte y movilidad urbana, y medioambiente. En este sentido, destacó que ese nivel de coordinación puede incluso generar instrumentos de financiamiento específico con planes de desarrollo acotados a las funciones señaladas.

En cuanto al financiamiento regional, indicó que la preocupación dice relación con objetivizar la distribución de recursos, aunque hoy en día parte del presupuesto de los gobiernos regionales está objetivado. Por ejemplo el FNDR tiene variables objetivas de distribución que en muchos casos se encuentran en reglamentos que administra la Subsecretaría, pero que se quieren llevar a la ley con el propósito de objetivarlas y transparentarlas lo más posible, que es un elemento básico si se considera una elección de intendente.

Además, destacó que se consideran al menos tres fuentes de ingreso para dichos gobiernos: los ingresos propios, transferencias desde el nivel central de libre disposición y, las transferencias condicionadas con destinos muy precisos (fondo de convergencia en la actual Ley de Presupuesto).

Finalmente, destacó que se considera el establecimiento de normas de responsabilidad fiscal para resguardo de los recursos que se utilicen tanto en materia de transparencia como en relación con el límite de gasto.

Se deja constancia que la señora Betancourt acompañó su presentación en un documento en formato power point que fue debidamente considerado por los integrantes de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

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En sesión posterior, el Honorable Senador señor Espina manifestó que se presentaría un agregado de reforma constitucional referido a la forma de elección del intendentes para que sea fusionado a estos proyectos de reforma constitucional. Adicionalmente, propuso que se vote la idea de legislar.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, destacó que con respecto a esta iniciativa ha existido un proceso profundo de conversaciones, análisis y reuniones con parlamentarios y representantes de distintos grupos de regionalistas, además de contar con la asistencia de Su Excelencia la señora Presidenta de la República, en que se plantearon distintos temas relacionados con la reforma constitucional.

Destacó que fruto de ese trabajo el Gobierno reafirmó como objetivo primordial la elección del intendente en el año 2017, junto con promover un cronograma que permita cumplir con dicho objetivo, para lo cual es necesario dar celeridad a su tramitación para luego, continuar con el estudio de otras leyes que viabilicen esa determinación.

Expresó que se planteó la posibilidad de modificar el nombre de la nueva figura de Gobernador Regional propuesto, toda vez que se ha generado cierto consenso con respecto a que esta denominación no representa bien el espíritu de descentralización que se visualiza para los próximos años.

En cuanto a la denominación de dicha autoridad, manifestó que esperaban que ella surgiera del debate respectivo, dejando claramente establecido que es fundamental para la nueva arquitectura de descentralización que existan dos entidades fuertes en el territorio: una descentralizada, y otra que sea una autoridad designada por el Presidente de la República, que también tenga atribuciones potentes, especialmente en materias de gobierno interior.

Adicionalmente, hizo presente que el proyecto de transferencia de competencias [5] se terminó de revisar en la Comisión respectiva de la Honorable Cámara de Diputados y no obstante seguir su tramitación en la Comisión de Hacienda de dicha instancia, dijo que esperaban que en los próximos meses retornara al Senado con el fin de tenerlo a la vista durante la tramitación de ésta y otras reformas, porque es absolutamente complementario a la reforma constitucional.

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó su conformidad con el hecho que el Ejecutivo recogiera la inquietud formulada respecto de la necesidad de tener la vista el proyecto de transferencia de competencias frente a este fuerte cambio estructural.

Agregó que es conveniente hacer el ejercicio de ver cómo funcionará la nueva arquitectura con el fin de evitar que ocurra algo similar a lo de los Consejeros Regionales, de modo que enfatizó la necesidad de legislar con mucha responsabilidad en este tema, lo que no significa retrasar sino que hacer las cosas bien.

Manifestó que adicionalmente al proyecto de transferencia de competencias le preocupa el financiamiento para las funciones que considera, y cómo el nuevo sistema tiene relación con los municipios, que es un aspecto que no ha sido abordado no obstante que los municipios financian parte de los proyectos a través del FNDR, y preguntó cómo va a funcionar todo ello en relación al intendente electo.

Expresó que apoyaba la idea de elegir al intendente, pero que también considera necesario construir una nueva institucionalidad o arquitectura que considere los temas debatidos.

Enseguida, consultó cuando se ingresaría el proyecto que considera dicho financiamiento, para comprender en su totalidad la arquitectura completa de la reforma.

El Honorable Senador señor Horvath señaló que esta es una oportunidad única para establecer la elección del Intendente, por lo que manifestó que votaría a favor la idea de legislar. En la misma línea, señaló que era necesario cambiar la figura del Gobernador regional por un delegado e incluso considerar la elección del Intendente en una sola votación.

Respecto del estado unitario, recalcó que consagrarlo como descentralizado en la Constitución Política de la República era bueno, no obstante que al igual que los temas antes planteados, ello se resolverá por la vía de la votación.

A su turno, el Honorable Senador señor Quinteros señaló que era necesario considerar que el proyecto enviado por la señora Presidenta de la República, y que va a permitir la elección de los Intendentes, separa las tareas en gobierno y administración, de modo que destacó que lo esencial es que habrá elección del órgano ejecutivo regional el año 2017.

Enseguida, hizo presente que hay muchas competencias que no se pueden entregar en el marco de la actual Constitución Política, de modo que propuso avanzar en aquellas facultades que si se pueden traspasar a los gobiernos regionales, no obstante que queden temas más de fondo pendientes para la discusión de la nueva constitución.

El Honorable Senador señor Zaldívar se manifestó de acuerdo con la elección de quien debe gobernar la región y además con que se le llame Gobernador. Agregó que en países como Francia se distingue entre el Gobernador y el Prefecto, siendo este último el que cumple las funciones relacionadas con el orden público y el rol más propio del Estado.

Señaló que era necesario hacer este cambio pues ello obligaría a hacer todos los demás, con el objeto de dar inicio al proceso que se deberá seguir para ir adecuando el sistema a la definición fundamental, que es que el Gobierno Regional sea elegido popularmente y que tenga facultades efectivas.

Sobre las transferencias de facultades, hizo presente que debe existir un mecanismo que no involucre el total de ellas sino que se vayan entregando en forma gradual, adecuándose al proceso. En este sentido se manifestó de acuerdo con que debe ser uno de los temas principales de la nueva constitución el nuevo régimen político y la descentralización, regionalización y municipalización.

A mayor abundamiento dijo coincidir en que el tema municipal también resulta fundamental, porque si se quiere profundizar en la descentralización es necesario involucrar en el proceso a las municipalidades, ya que en la medida que ellas tengan mayor autonomía y recursos habrá menos centralización dentro de este proceso de regionalización.

Señaló que en su momento se debe estudiar la forma de compatibilizar la gestión de gobierno de la región con la del Estado, definiéndose el papel del Seremi y las relaciones de éste con el gobierno regional y los ministerios, entre muchos otros temas que deben resolverse.

Destacó que en el tema de las transferencias se debe establecer un mecanismo permanente para ir haciéndolas efectivas ya que se comenzará con una parte de ellas de tal manera que no quede radicada en el que va a entregar sino en el que va a demandar el traspaso quedando establecida la forma de resolver los eventuales conflictos entre ambos. En la misma línea, destacó que deben considerarse los recursos pendientes en la ley de presupuestos de cada año.

En cuanto al sistema electoral, manifestó que se debe considerar un mecanismo que asegure un gobierno de mayoría, por lo que apoyó un sistema que asegure el mayor respaldo, y manifestó su voluntad en orden a votar a favor del proyecto de ley.

La Consejera Regional de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE), señora Eva Jiménez, manifestó su preocupación con respecto a la integralidad que debe tener este proceso de descentralización. Señaló que la elección del intendente es uno de los aspectos en materia de descentralización política y administrativa y fiscal que debe cumplirse para completar la reforma.

Enseguida, expresó su preocupación por el rumbo que tomó el proyecto sobre traspaso de competencias que ya fue votado, según dijo, en la Honorable Cámara de Diputados, lo que significa que varios de los temas que les complican quedaron zanjados pero no de la mejor manera.

Sobre el particular, destacó que en lo que se refiere a la resolución de controversias que surjan con ocasión del mencionado traspaso no se acogió una indicación, que presentaron en su oportunidad, que establecía que sería el Senado de la República el ente que resolvería, al igual que respecto a las funciones del Intendente, en el sentido que las propuestas no fueron acogidas.

Luego, hizo presente que la institución que representa ha trabajado mucho con la Subdere, en una actitud permanente de apertura al diálogo, aportando más de 100 indicaciones al referido proyecto de transferencias de competencias que no fueron consideradas. Asimismo, dijo que el Gobierno ha sido incapaz de escuchar a los Consejeros Regionales, razón por la cual en su momento se generaron otras medidas de presión, que fueron debidamente informadas y dialogadas con los ciudadanos.

Dentro de este contexto, estimó que aún hay muchos temas que se encuentran en el vacío, por lo que, a su juicio, es necesario conocer cómo se votó el proyecto en la Honorable Cámara de Diputados.

Respecto a las atribuciones, dijo que no había duda con respecto a que las funciones de gobierno interior deben estar radicadas en una figura como la del gobernador y que la discusión se plantea con respecto a las otras atribuciones que tendrá el intendente lo que no queda claro a la luz del proyecto de transferencias.

Manifestó su preocupación con respecto al FNDR del que actualmente sólo un 7% aproximadamente tiene decisión regional, de manera que al hablar de descentralización fiscal en dicho proyecto ello aún no se conoce. En la misma línea, llamó la atención respecto del tema de probidad y transparencia en el sentido que Ancore propuso la creación de una contraloría regional en los gobiernos regionales con dependencia de la Contraloría General de la República y conformada por Alta Dirección Pública, cuestión que no fue acogida y que en su opinión, era una buena medida de transparencia, sin que se considere otra medida sobre la materia en todo el proyecto.

El Honorable Senador señor Quinteros si bien compartió lo señalado por la representante de los consejeros regionales, enfatizó que sólo se trata de un proyecto de ley que está en discusión, de modo que no está zanjado el tema en forma definitiva.

Se manifestó de acuerdo con que exista un representante en la región de la Subdere y de Hacienda para evitar la excesiva tramitación de los proyectos que se aprueben en las regiones. Así también señaló ser partidario de que los gobiernos regionales tengan mayores facultades.

Por último, el Honorable Senador señor Espina dijo compartir las aprehensiones manifestadas en materia de fortalecimiento de las facultades fiscalizadoras del Core, y agregó que también era partidario de que el Core pudiera votar proyecto a proyecto.

Enseguida precisó que se someterá a votación la idea de legislar sobre a la elección democrática de los Intendentes, debiendo profundizarse durante el debate el área de las atribuciones, los recursos que administrará y cómo rendirá cuenta. Asimismo manifestó su intención de votar favorablemente este proyecto como también que la elección se realice al igual que se realiza la de los Alcaldes, sin segunda vuelta, para evitar un permanente acuerdo político entre los grandes bloques para asignar las regiones y quedando al margen los grupos emergentes regionales para gobernar.

- Puestos en votación los proyectos de reforma constitucional Boletines N°s. 9.834-06 y 10.330-06, refundidos, fueron aprobados en general, por la unanimidad de los miembros de la Comisión Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Quinteros y Zaldívar.

Posteriormente, con fecha 26 de noviembre del presente año, la Sala del Senado acordó refundir a estos proyectos correspondiente al Boletín N° 10.422-06 que reemplaza el artículo 111 de la Carta Fundamental, en materia de gobierno regional e instituye la elección de los intendentes mediante sufragio universal, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela.

En la sesión siguiente requerido el acuerdo de la Comisión para solicitar a la Sala que se autorice a discutir la moción parlamentaria en general y en particular, al igual que el resto de los proyectos de reforma constitucional sobre esta materia, dicha idea fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Quinteros y Zaldívar.

Cabe hacer presente que también con fecha 16 de diciembre del presente año, la Sala del Senado acordó refundir a estos proyectos el Boletín N° 10.443-06 proyecto de reforma constitucional que modifica la Constitución Política con el objeto de promover una descentralización efectiva, proponiendo el reemplazo del Intendente por un Gobernador Regional elegido directamente, y del actual Gobernador por un Delegado Presidencial en cada provincia, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro.

Luego, se solicitó el acuerdo de la Comisión para pedir a la Sala que autorice a discutir la moción parlamentaria en general y en particular, al igual que el resto de los proyectos de reforma constitucional sobre esta materia, idea que fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Quinteros y Zaldívar.

- En sesión posterior, puestos en votación los proyectos de reforma constitucional Boletines N°s. 10.422-06 y 10.443-06, refundidos a los anteriores, fueron aprobados en general, por la unanimidad de los miembros de la Comisión Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Quinteros y Zaldívar.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

Previo al estudio en particular de los proyectos de reforma constitucional en discusión, la Honorable Senadora señora Von Baer propuso escuchar los planteamientos de algunos constitucionalistas reconocidos con el objeto de tener un panorama completo de los alcances de dicha reforma.

Por su parte, el Honorable Senador señor Horvath manifestó que si bien resultaba valioso contar con revisiones o apoyo de especialistas, podría ser que se tengan tantas opiniones como especialistas hay, de modo que planteó que desde su punto de vista, independiente de las distintas posiciones existentes dentro de la Comisión, el proyecto tiene gran apoyo y por tanto sugirió que se voten uno a uno, y que en forma paralela se realice la revisión por parte de asesores y constitucionalistas.

La Honorable Senadora señora Von Baer insistió en que primero era mejor oír a los especialistas con el fin de que el análisis de los artículos en particular y la correspondiente discusión sea más expedita.

El Honorable Senador señor Espina se mostró de acuerdo con lo planteado anteriormente pues consideró que ello no era incompatible con lo que propuso a su turno el Honorable Senador señor Horvath, de tal manera que sugirió ir votando los proyectos ya refundidos independientemente de oír en su momento a algunos constitucionalistas.

Por su parte, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, destacó que el Gobierno quiere simplificar lo más posible la reforma en esta etapa, con el objeto de dejar para la discusión constitucional que viene, temas más complejos que van a requerir probablemente de un mayor tiempo para su aprobación.

Dado lo anterior, planteó que lo que se debiese resolver en esta instancia es precisamente el cambio en la Constitución para pasar de un intendente designado a uno electo por votación popular. En este sentido, destacó que la decisión con respecto a quien será el representante del Presidente de la República en la región o cuáles serán sus facultades, también son temas que se pueden definir en esta discusión.

Respecto del sistema electoral en materia de elección de intendente, planteó que si bien en el proyecto en discusión se consideró la existencia de una segunda vuelta, existe disponibilidad del Gobierno entorno a debatir este tema e incluso retirar la segunda vuelta como una alternativa.

A mayor abundamiento, hizo presente que se han considerado en las distintas mociones otras formas de elección entre el sistema de simple mayoría y el de segunda vuelta, como es la fórmula de la mayoría calificada que considera una de las mociones refundidas (Boletín N° 10.443-06) que es una situación intermedia ente los sistemas ya señalados.

Dentro de este contexto, enfatizó que existen diferentes fórmulas de elección y distintas opiniones al respecto, de modo que sugirió seguir conversando respecto de la fórmula electoral con el objeto de acercar las posiciones.

El Honorable Senador señor Quinteros sugirió que se avance en la discusión de estos proyectos aprobando determinadas ideas, de modo que posteriormente los distintos asesores elaboren en conjunto una propuesta de texto. Agregó que desde su punto de vista existe bastante consenso con respecto a la idea de elección del intendente, o cualquiera sea el nombre que se le quiere dar, de modo que existiendo acuerdo en ciertas ideas, es mejor ir avanzando.

Una opinión similar expresó el Honorable Senador señor Horvath quien señaló que era necesario sintonizar con el trabajo que realizó la Comisión presidencial Descentralizadora, de modo de no postergar una oportunidad histórica en el sentido que se deje para una nueva constitución la resolución de ciertos temas, en circunstancias que existe bastante consenso en ellos para decidirlo en esta instancia.

En la misma línea, el Honorable Senador señor Espina destacó que el Ejecutivo tiene un procedimiento que consiste en un período de seis meses de educación cívica y posteriormente un período similar en que se recogerá la opinión de la ciudadanía para presentar un proyecto de reforma constitucional. No obstante, destacó que en este capítulo de la descentralización, que es relevante dentro de la Constitución, dicho procedimiento no se replica, de tal manera que consultó como se podría compatibilizar el proceso de consulta con esta discusión que se está resolviendo en forma anterior a todo ello.

Pareciera ser, según dijo, un procedimiento contradictorio a la declaración que a este respecto ha formulado Su Excelencia la señora Presidenta de la República en orden a realizar un proceso de consulta amplio ciudadano, toda vez que en esta discusión esas condiciones no se dan. Así las cosas, consultó al Ejecutivo si el procedimiento propuesto resultaba contradictorio y en tal caso proponer una camino para resolver esta problemática.

Sobre el particular, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo señor Ricardo Cifuentes hizo presente que el Gobierno ha tomado la decisión de innovar ahora con la elección del intendente, lo que desde su perspectiva no es contradictorio con el proceso constitucional porque la idea era aprobar esta iniciativa antes de que comience la discusión de fondo de la Constitución Política, toda vez que siempre se puede revisar la ley a la luz de una nueva Carta Fundamental.

El Honorable Senador señor Zaldívar dijo entender los planteamientos del Ejecutivo en el sentido que era perfectamente compatible una cosa con la otra, y destacó que lo que el país espera ahora es que se decida si se va o no a elegir al intendente, no la transferencia de competencias que viene en otra ley y que se verá en su momento. Agregó que de la elección de intendente se deriva el tema de cómo se le dará representación al Presidente de la República dentro de un Estado unitario con presencia en el Gobierno Regional, sin interferir en la descentralización.

Expresó su respaldo a que dicho representante, como Delegado Presidencial sea el encargado de ver los temas correspondientes a un Estado unitario como lo son los de gobierno interior y fiscalización de servicios, entre otros. Asimismo, enfatizó que en su opinión el cargo de intendente tiene que pasar a llamarse Gobernador.

Luego, subrayó que el tema constitucional que viene debe considerar dos aspectos fundamentales: el régimen político, es decir si se innovará transitando de un presidencialismo a un sistema diferente; y la descentralización y la regionalización, es decir, la estructura del Estado, y apoyó la idea de ir avanzando en la tramitación de estos proyectos, refundidos.

Enseguida, el Presidente de la Comisión indicó que solicitaría pronunciarse sobre determinadas ideas, en virtud del artículo 130 del Reglamento del Senado, con el objeto de someter posteriormente a votación un texto único que recoja las observaciones, precisiones y comentarios que se formulen en esta y las posteriores sesiones en que se traten estos proyectos refundidos.

La Honorable Senadora señora Von Baer insistió en que antes de comenzar con la votación por ideas es necesario saber cómo se va a elegir al intendente, pues enfatizó que era necesario debatir las distintas posturas frente al tema del sistema de elección del intendente, el tipo de representante del Presidente de la República y sus facultades, y la forma de Estado.

Sistema de Elección del Intendente

El señor Presidente de la Comisión Honorable Senador señor Espina, puso en discusión el sistema de elección del intendente, que dice relación con el artículo 111 de la Constitución Política de la República.

El Honorable Senador señor Horvath hizo presente que la moción de que es coautor (Boletín N° 10.330-06) propone una votación directa como sistema de elección. No obstante, enfatizó que lo que se pretende es abrir la discusión en esta ley sobre la definición de Estado y no dejarlo para la instancia de reforma constitucional.

Enseguida el Honorable Senador señor Quinteros subrayó que para que el intendente, o como sea que se llame la autoridad elegida por votación popular, tenga potestad y respetabilidad debe contar con una alta mayoría, sin bajar del 40 ó 45% pues opinó que en caso contrario no existe representatividad.

En este sentido, propuso buscar alguna fórmula que permita que dichas autoridades se acerquen a esta realidad de tener potestad, reconocimiento y respaldo de la ciudadanía, de modo que insistió en la fórmula antes señalada para evitar una segunda vuelta.

A su turno, y en la misma línea el Honorable Senador señor Zaldívar señaló que si se quiere tener un intendente con poder y capacidad es absolutamente incompatible desde el punto de vista de la racionalidad que a dicha autoridad, que va a tener el gobierno de una región y que de alguna forma será contraparte del Presidente de la República a quien se le exige segunda vuelta, no se le haga la misma exigencia.

A mayor abundamiento, destacó que lo importante es velar por la forma en que mejor se estructure el Gobierno del Estado, y en este sentido manifestó que si al Presidente de la República se le exige mayoría en una segunda vuelta al intendente se le debe exigir lo mismo, para que tenga el mismo poder y pueda gestionar y contar con igual respaldo.

Respecto de las fórmulas planteadas, se inclinó por aquella que exige un determinado porcentaje para evitar una segunda vuelta, que dé cuenta de un respaldo mayoritario de la ciudadanía, y al mismo tiempo fue enfático en señalar que no estaba de acuerdo con un sistema de simple mayoría pues ello implica tener un gobierno débil que no va a cumplir el objetivo que se pretende.

La Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que en el caso del Presidente de la República si se elige por simple mayoría o con segunda vuelta en su opinión no significa que tenga más o menos fuerza, estimando que la razón de la segunda vuelta es generar bloques políticos fuertes.

Luego, agregó que era contradictorio que en primer término se impulse la idea que el intendente sea elegido con segunda vuelta en circunstancias que se haya hecho más proporcional el sistema electoral parlamentario. Dentro de este contexto opinó que la realidad del intendente no es comparable con la del Presidente de la República, sino que es mucho más comparable a la situación del alcalde, y resaltó que este último es electo por simple mayoría y ello no ha significado que los municipios sean más o menos ingobernables.

Destacó que los municipios políticamente se ordenan de la misma manera como lo hace el Gobierno Central porque siempre el sistema electoral que traspasa al sistema político completo es el más grande, en este caso, el sistema presidencial y el proporcional en reemplazo del binominal.

Dado lo anterior, señaló que este traspaso ocurriría tanto en la elección de Consejeros Regionales como en el caso de los concejales, de tal manera que si lo que se pretendía era un sistema más gobernable no se debió introducir un criterio proporcional.

Volviendo al criterio puesto en votación, manifestó que en su opinión lo importante era el sentido de la regionalización que es que las fuerzas regionales que no pueden tener representación a nivel nacional, si puedan contar con ella a nivel regional, y precisó que en caso de considerarse una segunda vuelta sólo se reproducirá la representación a nivel nacional.

A modo de ejemplo, señaló que en el caso de los Mapuches donde existe mayor representación es en los Municipios, porque el sistema no es de segunda vuelta, y manifestó además que la primera vuelta recoge con mayor fuerza la realidad mucho más diversa que existe en los niveles locales y regionales. En este sentido agregó que la representación a nivel regional es distinta de aquella que corresponde al nivel nacional donde es importante que existan mayorías fuertes.

Considerando lo anterior, indicó que en su opinión la simple mayoría permite que se exprese a nivel regional algo que no se va a expresar a nivel nacional, lo que desde su punto de vista constituye precisamente la idea de la regionalización, razón por la cual manifestó su voluntad en orden a aprobar la primera vuelta en los términos del Boletín N° 10.422-06.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que las diversas propuestas consisten en votación con segunda vuelta; aquella que propone un porcentaje del 45%, y que plantea una votación simple y directa.

Sobre esta última fórmula que es aquella que va a apoyar, dijo que en una elección con segunda vuelta del intendente sería imposible que grupos emergentes regionalistas puedan acceder a dichos cargos porque el problema de la regionalización es que al final son los grandes conglomerados políticos lo que al existir segunda vuelta, deban ponerse de acuerdo lo que finalmente deriva en que siempre será elegido un representante de la centro izquierda o centro derecha.

En el escenario descrito, manifestó que un grupo emergente que en una primera oportunidad logre obtener un 20 ó 27% en una segunda vuelta no tiene ninguna posibilidad de ganar siendo lo racional y sensato que se les de esa opción tal como ocurre en el caso de los alcaldes. En ese sentido, dijo que la fórmula de primera vuelta le parecía mucho más descentralizadora.

-Cerrado el debate, el señor Presidente de la Comisión Honorable Senador señor Espina puso en votación, en primer lugar, el criterio de existencia de una segunda vuelta electoral, propuesta que fue rechazada por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Quinteros y Zaldívar y en contra los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina y Horvath.

Al fundamentar su voto en contra el Honorable Senador señor Horvath señaló que esta propuesta obedece a dos conceptos: por una parte, no ligar la elección del intendente al resultado de la elección presidencial, porque una segunda vuelta obliga a que los grandes bloques se impongan en la región, y además, otra razón evidente es que los movimientos regionalistas emergentes tienen muchas más posibilidades de llegar a gobernar con la fórmula de primera vuelta.

Por su parte el Honorable Senador señor Quinteros junto con lamentar el resultado de la votación, destacó que por primera vez existe la oportunidad que grupos que no están en partidos políticos puedan acceder al cargo del Intendente. Hizo presente que el actual desprestigio que existe con respecto a la clase política es tremendo y en su opinión esta es la oportunidad de tener intendentes que no pertenezcan a determinados bloques políticos.

A continuación, el Honorable Senador señor Espina sometió a votación la forma de realizar esta elección directa y que corresponde a una fórmula intermedia entre los Boletines N°s. 10.330-06 y 10.422-06 que debe redactarse técnicamente, excluyendo la alusión a la ley orgánica.

-Puesto en votación este criterio fue aprobado por tres votos a favor, uno en contra y una abstención. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina y Horvath. En contra el Honorable Senador señor Quinteros. Se abstuvo el Honorable Senador señor Zaldívar.

Reelección

Respecto a este punto el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, hizo presente que la propuesta de reelección por una sola vez dice relación con que es importante que no se generen caudillismos locales, pues uno de los temores que también ha surgido en la discusión es que los intendentes como no serán solo simples figuras políticas sino que tendrán además facultades de administración significativa de recursos, pueden transformarse en verdaderos caudillos regionales de tal manera que una forma de precaver esa situación es estableciendo un límite a la reelección.

Agregó que un período de ocho años parece razonable para que un intendente pueda llevar a cabo un programa de gobierno regional, sin que se perpetúe en el poder.

Por su parte la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que en el caso de estos cargos que son más ejecutivos, donde la visión de los ciudadanos es muy cercana, es un error ponerle límite a la reelección, que es lo mismo que hoy ocurre con los Alcaldes. En este sentido agregó que al analizar los números de relección en Chile ellos no son muy altos, sino que en general las curvas son decrecientes.

Así, manifestó que dejar esta posibilidad por tan poco tiempo no es bueno para las regiones sino que en su opinión es mejor que se puedan establecer intendentes fuertes, de modo que apoyó la fórmula de reelección sin límite, tal como lo considera el Boletín N° 10.330-06 y el 10.422-06.

El Honorable Senador señor Quinteros manifestó su opinión en el sentido contrario, y precisó que es necesario limitar el número de reelecciones porque es un tema que le preocupa a la ciudadanía incluso a nivel parlamentario. En este sentido, indicó que era necesario dar una señal al electorado en cuanto a que se está limitando la reelección de los cargos de elección popular en todos los ámbitos.

Luego, consultó al Ejecutivo si quedaría plasmado en la ley la posibilidad de que el intendente pueda renunciar a mitad de su mandato para postular a otro cargo, pues dicha posición de poder podría ser utilizada como plataforma en perjuicio del gobierno regional.

El Honorable Senador señor Zaldívar, indicó que en el caso de aquellos cargos que son más ejecutivos es complejo el escenario, pues puede darse un problema de intervención electoral. Agregó que dos períodos son suficientes como para que la autoridad pueda desarrollar un programa de gobierno, de modo que manifestó su apoyo a la fórmula planteada por el Ejecutivo en el Boletín N° 9.834-06.

El Honorable Senador señor Horvath hizo presente que este es un proceso nuevo en el país y que por esa razón debe existir la posibilidad de optar por una reelección, que en caso que lo haga bien, sin caudillismo, pueda seguir haciéndolo, de modo que para partir podría ser en reelección indefinida.

A continuación, el Presidente de la Comisión Honorable Senador señor Espina puso en votación la existencia de reelección, la que resultó aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Quinteros y Zaldívar.

Enseguida se sometió a votación si la reelección sería indefinida, criterio que resultó aprobado por mayoría de votos. Votaron por la afirmativa los Honorable Senadores señora Von Baer y señores Espina y Horvath. En contra los Honorable Senadores señores Quinteros y Zaldívar.

En consecuencia el criterio adoptado fue el de reelección indefinida.

Denominación de la autoridad

Para comenzar, el Honorable Senador señor Horvath compartió el criterio de que la primera autoridad regional electa se debe denominar Gobernador, pues internacionalmente también quien encabeza una región es el gobernador, que tiene facultades de gobierno, en tanto que la figura del intendente se asimila más a temas administrativos delegados.

A este respecto el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, hizo presente que la guía al momento de formular la propuesta respectiva fue el argumento histórico en que el intendente ha sido reconocido en las regiones como la principal autoridad, de tal manera que la idea es que siga siendo considerada la primera autoridad pero ahora electa popularmente.

A mayor abundamiento, señaló que históricamente se ha entendido que el gobernador es en cierta medida un segundo del intendente, de tal manera que en el espíritu de no generar dificultades la idea es que se entienda claramente que la principal autoridad en la región es el intendente, que es su denominación actual.

El Honorable Senador señor Quinteros estuvo de acuerdo con que exista un gobierno regional, no obstante que destacó que la denominación de intendente está muy relacionada en la opinión pública, con el representante del Presidente de la República.

En este sentido, hizo presente que de mantenerse dicha denominación va a continuar esta asociación a la figura del primer mandatario, razón por la cual se manifestó partidario de denominarlo como Presidente del Gobierno Regional.

La Honorable Senadora señora Von Baer opinó que no era un tema muy sencillo de solucionar porque, tal como lo señaló que señor Subsecretario, cuando a la opinión pública se le diga que se va a elegir a un gobernador no se entenderá cual es la autoridad de que se trata.

En la misma línea, destacó que la ciudadanía espera que se elija al intendente y si ello no es así las personas siempre entenderán que eligieron a una autoridad con menos poder, aunque ello no necesariamente sea así. Luego, dijo que si bien el nombre de gobernador era mejor, tenía la preocupación de que los poderes actuales del intendente queden radicados en el mismo, en tanto que el gobernador sólo será un nombre sin facultades.

A continuación, el Honorable Senador señor Zaldívar manifestó su opinión en contrario y dijo que la autoridad debiese denominarse Gobernador debiese también eliminarse el cargo de intendente y considerar un Delegado Presidencial, cuyo rango queda prácticamente determinado por dicha denominación.

Sobre este último punto en particular, la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que si el representante del Presidente de la República es denominado Delegado Presidencial, y la autoridad elegida popularmente se denomina Gobernador se allana a dicha postura.

Luego, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Espina, puso en votación la denominación de Gobernador para primera autoridad regional electa por votación popular, en el entendido que posteriormente el representante del Presidente de la República pasará a llamarse Delegado Presidencial.

-Este criterio fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Quinteros y Zaldívar.

En consecuencia, la denominación será la de Gobernador.

En la sesión siguiente, la Comisión continuó con el debate respecto de los criterios adoptados y analizó una propuesta de texto por parte del Ejecutivo.

En este escenario, la Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Viviana Betancourt explicó que en base a los distintos criterios adoptados por la Comisión en la sesión anterior, se ha desarrollado un trabajo en conjunto con los asesores de los parlamentarios con el fin de concordar un texto, toda vez que dichos criterios impactan especialmente los artículos 11,112 y 116 de la Constitución Política, sin perjuicio de otras adecuaciones menores en el articulado.

Así, de mantenerse los criterios adoptados, señaló que el texto debiese quedar de la siguiente forma:

El artículo 111 se suprime el primer inciso y se mantienen los dos siguientes tal como están actualmente en la Constitución Política.

Luego, en el artículo 112 se señala que el gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa y durará custro años en el ejercicio de sus funciones. A ello se agrega, según dijo, que el gobernador será el órgano ejecutivo del gobierno regional correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva determine; asimismo dijo que le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

Por último, el inciso final de este artículo indica que la ley determinará la forma en que ejercerá estas facultades y las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.

En este punto, la Honorable Senadora señora Von Baer solicitó una explicación más acabada con el fin de comprender mejor el alcance de los cambios sugeridos.

Dando respuesta a la inquietud planteada, la personera de Gobierno precisó que en el caso del artículo 111 la modificación sólo consiste en suprimir el primer inciso, lo demás, según dijo mantener lo actual de la Constitución Política.

Respecto del artículo 112, precisó que se está cambiando la nomenclatura pues ya no se habla de intendente sino que de gobernador regional, y se señala además la forma de elección y votación, junto con establecer el plazo para desempeñar el cargo, con lo que se recoge el acuerdo de mayoría simple y reelección indefinida.

No obstante lo anterior, la Honorable Senadora señora Von Baer enfatizó que la propuesta presentada va más allá de los acuerdos adoptados en la sesión anterior y que es necesario discutir ciertos temas.

Acto seguido, el Honorable Senador señor Quinteros recordó que al momento de discutirse estos temas no existió unanimidad al adoptar una decisión y que se acordó que entre los asesores de los parlamentarios y el Ejecutivo propusieran un texto, que es lo que se ha presentado.

Tomando la palabra, el Honorable Senador señor Zaldívar compartió que es necesario votar por separado algunos incisos pues no existe acuerdo en lo planteado por el Gobierno.

La Honorable Senadora señora Von Baer insistió en su aprehensión con respecto a que el artículo 112 propuesto en la minuta que se ha presentado recoge criterios que aún no se han discutido, ni tampoco se han analizado sus posibles efectos respecto de la estructura y la institucionalidad. En el mismo sentido, agregó que es necesario saber que ocurrirá en el caso que se vote separadamente cada inciso.

Por su parte, el Honorable Senador señor Horvath recalcó que los conceptos o ideas primarias ya fueron acordadas, de modo que instó a que no se restrinja el sentido de lo que ya se acordó por la via de las modificaciones.

Enseguida, el Presidente de la Comisión Honorable Senador señor Espina puso en votación el texto presentado por el Gobierno para los artículos que se indican a continuación:

Modificación articulo 111 C.P.E.

Propuesta: “Artículo 111.- La administración superior de cada región radicará en un gobierno regional que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por el gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.”.

En este punto, el asesor del Honorable Senador señor Espina señor Andrés Longton señaló que la norma debiese referirse a la “administración y gobierno” y no a la administración superior. En la misma línea el Honorable Senador señor Horvath indicó que en la norma se recoge el órgano pero no a la función que consiste en gobernar y administrar.

La Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Viviana Betancourt, señaló que efectivamente la postura del Gobierno es mantener el concepto de administración, es decir, restringir el rol del gobierno regional a la administración, y precisó que el concepto es de fondo pues entender que el gobierno no es una facultad del gobierno regional sino que pudiera ser una facultad de cada región nos acerca al concepto federalista del gobierno. En este sentido, destacó que lo que distingue al Estado Federal del estado unitario es que se ejercen en los territorios, independiente del resto del país, facultades de Gobierno.

El Honorable Senador señor Zaldívar hizo presente que referirse al gobierno puede ocasionar dudas, toda vez que el Delegado Presidencial va a tener a su cargo todo lo que dice relación con el orden público en representación del Presidente de la República en cada provincia, de modo que no se puede señalar que tendrá la administración y gobierno cuando se refiere al gobierno regional.

Enseguida, el Honorable Senador señor Horvath hizo presente que si se quiere realizar una suerte de discriminación cuando se refiere al Gobierno, toda vez que no es completo, sino que sólo en aquello que las leyes le otorguen, entonces se debe hacer la diferenciación en orden a que la administración superior de la región estará en el Gobierno Regional.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que este tema requiere tomar una definición de fondo, de modo que instó que se haga una discusión más pausada al respecto.

Luego, solicitó al Gobierno mayor información y transparencia con respecto al alcance del Gobernador Regional con el objeto de evitar que se elija una autoridad que prácticamente no pueda hacer nada. En este sentido, agregó que es necesario detenerse un minuto para analizar cuál es la institucionalidad que se le dará al país en esta materia, de modo que es necesario saber por qué se está pensando en que solamente va a ser administración y no gobierno , entre varias otras dudas que el merece el texto.

Acto seguido, la personera de Gobierno señora Viviana Betancourt destacó que la Constitución Política actualmente plantea que al Gobierno Regional le corresponde la administración superior y entiende con esto que es aquella que tiene por objeto el desarrollo social, cultural y económico de esa región.

Agregó que las anteriores áreas señaladas son aquellas que se han considerado en el proyecto de ley sobre transferencia de competencias que actualmente se está tramitando en la Honorable Cámara de Diputados [6] que le entrega mayores prerrogativas a este intendente que además ya no es designado sino que electo, es decir, tiene un interés político específico en llevar adelante exitosamente esa gestión en esas tres áreas donde tiene las atribuciones existentes, más otras que se agregan, incluida la posibilidad de efectuar transferencias de servicios públicos que serán ahora regionales.

En la misma línea, destacó que a lo anterior debe sumarse que el proyecto sobre transferencia de competencias considera que es el Intendente, ahora Gobernador Regional, el que diseña el presupuesto proyecto a proyecto, con lo que se le está dando un prerrogativa fundamental.

No obstante lo anterior, la Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que actualmente los municipios postulan sus grandes proyectos a los fondos regionales, entonces si va a existir un intendente electo, consultó como se aseguraría que los municipios reciban los fondos.

El Honorable Senador señor Quinteros no estuvo de acuerdo con lo manifestado anteriormente, pues dijo que cuando se habla de los proyectos grandes de los municipios eso no es totalmente cierto. Agregó que la elección del intendente se realizará en base a la propuesta de desarrollo regional que este último haga, de modo que están contemplados los proyectos de desarrollo de la región y de sus comunas en general.

Luego, manifestó que le parece bien tal como se ha pensado, pues salvo honrosas excepciones, los proyectos que se presentan actualmente son pequeños proyectos que no dicen relación con el desarrollo regional.

Una opinión distinta manifestó la Honorable Senadora señora Von Baer quien destacó que para un municipio la construcción de, por ejemplo, un gimnasio, resulta muy relevante. Dicho esto, señaló que si los fondos van a ser de desarrollo regional entonces cabe preguntarse qué ocurrirá con el municipio que actualmente depende para proyectos como el señalado de esos mismos fondos, de tal manera que señaló que era necesario mirar el panorama completo.

Haciendo uso de la palabra, el Honorable Senador señor Espina manifestó que en su opinión, existen ciertas contradicciones en el texto presentado por el Gobierno pues se radica el gobierno regional en el gobernador y consejo regional, y se agrega que el órgano ejecutivo de dicho gobierno es el gobernador regional. Entonces, dijo que la duda queda en que si el gobernador regional va a ser quien tiene no sólo la administración sino que el gobierno regional, y en ello, según destacó, se produce un conflicto porque simultáneamente el gobierno regional también lo ejerce el delegado presidencial que gobierno sobre ciertas materias importantes.

Sobre este punto en particular el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo señor Ricardo Cifuentes precisó que el presupuesto del Gobierno Regional, conforme al proyecto de ley que se está tramitando en la Honorable Cámara de Diputados rebasa con mucho el FNDR que sigue siendo parte de un presupuesto regional, pero subrayó que se van a agregar a dicho presupuesto otros recursos en materia de fomento productivo, de desarrollo social, combate a la pobreza e infraestructura.

En este escenario hizo presente que actualmente los Gobiernos Regionales administran un billón cien mil millones (US$ 1.500 millones) y lo que se pretende es que al finalizar el Gobierno de la Presidenta Bachelet dicho presupuesto sea duplicado y luego al 2021 triplicarlo. En este sentido, remarcó que para esa entonces los gobiernos regionales administrarán tres veces lo que administran hoy en términos de recursos.

Dicho esto, enfatizó que los fondos de infraestructura se seguirán administrando tal como se hace actualmente de modo que los municipios podrán seguir postulando a ellos. Agregó que para asegurar que el sistema funcione, se debe poner especial énfasis en la distribución a nivel nacional entre las regiones, objetivando la distribución de los recursos del nivel nacional a las regiones, para lo cual se ha considerado en la ley de financiamiento los siguientes tipos de recursos:

-ingresos propios de los Gobiernos Regionales.

-transferencias del Gobierno Central de libre disposición para los gobiernos regionales.

-transferencias condicionadas, destinadas a determinados objetivos establecido en la Ley de Presupuestos.

En esta línea, indicó que para cada uno de estos recursos o ítems se están estableciendo indicadores objetivos y reglamentos de distribución de recursos para eliminar la subjetividad en la distribución.

Ahora, con respecto a la distribución regional- comunal, se resuelve de la misma manera en que se hace hoy en día y para eso destacó que existe un consejo regional que tiene integración heterogénea y representa prácticamente a todos los municipios de alguna u otra manera.

Dicho esto, se refirió a la relación entre el gobierno regional y el delegado provincial.

Sobre el particular planteó que la idea es que el Gobierno Regional tenga funciones de gobierno en tres ámbitos competenciales: desarrollo social, fomento productivo e infraestructura. En la misma línea destacó que al Gobierno Regional no le corresponderán funciones en materia por ejemplo, de administración de justicia.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina consultó por la diferencia existente entre el artículo 111 que consagra que la administración superior de cada región radicará en un Gobierno Regional y que se contiene en el Boletín N° 10.330-06 y la propuesta presentada en esta sesión por el Ejecutivo.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, señaló que en este caso habría que especificar las funciones de gobierno que tendría el Gobierno Regional, y en tal caso habría que proponer una nueva redacción que permita que los tres ámbitos competenciales que son funciones de gobierno estén consideradas en la Constitución.

A su turno, la Honorable Senadora señora Von Baer insistió en que es necesario aclarar el punto anterior. No obstante, reiteró que en el tema de los municipios el sistema funciona a veces mejor y otras no tanto, porque existe la supervigilancia del Presidente de la República que vela porque el país se desarrolle integralmente, pero enfatizó que ahora los consejeros regionales tendrán que votar el presupuesto completo y no proyecto a proyecto, de donde concluyó que lo planteado anteriormente no va a funcionar.

A modo de ejemplo, indicó que de votarse todos los proyectos de infraestructura en términos generales no significa que los recursos se estén asignando a proyectos determinados, de modo que a su vez los consejeros regionales no podrán defender los proyectos específicos de su comuna porque van a votar la globalidad.

Dicho esto planteó que tal vez este no era el mejor camino y en su lugar habría que pensar en traspasar directamente los fondos a los municipios pero a través de un cálculo general, y no como es actualmente en que dichos en que los municipios tienen que postular al gobierno regional, por cuanto los ámbitos de desarrollo son distintos.

Recogiendo al inquietud planteada el personero de Gobierno indicó que la solución era muy sencilla, pues en primer término los Gobiernos Regionales (intendente- gobernador - consejo) van a aprobar un presupuesto por glosas, que es donde se especifica la orientación focalizada de los recursos, sin que sea necesario especificar el proyecto sino que sólo el foco que se le quiere dar.

Luego, señaló que debe existir una cierta racionalidad en los proyectos para evitar que escapen del punto de vista del ámbito municipal, de modo que los proyectos de infraestructura tiene una lógica que no sólo impactan a una comuna, sino que también a otras, siendo una materia que de acuerdo a la metodología existente se viene resolviendo con éxito desde hace más de 40 años.

El Honorable Senador señor Zaldívar indicó que no debe perderse de vista que estos proyectos dicen relación con una reforma constitucional y que existe otro proyecto sobre transferencia de competencias que aún está en tramitación en la Honorable Cámara de Diputados y que en su opinión, será la oportunidad de discutir muchas de las cosas que aquí se han consultado.

Enseguida, señaló que existe una dualidad en el sentido que no hay un sistema federal y por lo tanto se mantiene un cierto gobierno que depende del centro que es lo que se transfiere al delegado provincial. Sin embargo, estuvo de acuerdo con que no está definido el alcance del Gobierno Regional, salvo por la limitación por exclusión que considera el artículo 116 de la propuesta del Ejecutivo, que aún no se ha analizado.

En este sentido, indicó que tal vez lo mejor sería precisar en el artículo respectivo que se le entregarán todas las facultades que le corresponden de acuerdo a la ley, con el objeto de hacer aplicable después, la ley sobre transferencia de competencias aún en tramitación.

A su turno, el Honorable Senador señor Espina compartió la propuesta del Ejecutivo para el artículo 111 pues señaló que desde su punto de vista no se presta para confusión alguna por cuanto en el párrafo segundo del artículo propuesto queda establecido con claridad que el Gobierno Regional tiene dos entidades: Gobernador Regional y el Consejo Regional.

Asimismo, señaló que queda perfectamente claro que al Gobierno Regional le corresponde la administración superior de la región y luego, en el artículo 116 consideró que era mejor nombrar a un delegado regional para evitar todo tipo de confusiones, además de considerar dentro de sus atribuciones todas aquellas que le señale la ley, pues es central determinar con cuáles atribuciones se va a quedar para distinguir su rol del de Gobernador Regional. Dado lo anterior, solicitó mayor claridad en la propuesta de texto para que sea analizado por la Comisión en la próxima sesión, pues se debe definir si ello quedará establecido en la Constitución Política o en una ley orgánica.

El Honorable Senador señor Quinteros dijo que a su parecer no hay mayor discusión con respecto a los artículos 111 y 112, pero que la figura del Delegado Presidencial es más confusa, de tal manera que es eso lo que debe clarificarse.

Por su parte el personero de Gobierno, señor Ricardo Cifuentes, reiteró que los textos establecen a lo menos dos propuestas: una que centra la figura del Delegado en la Administración y, otra que establece una combinación entre funciones de gobierno y administración. En este sentido, señaló que esto representa una discusión constitucional que resulta curiosa por cuanto en el mundo se entiende que gobernar es administrar, pero en Chile curiosamente se hace una distinción entre una y otra.

Así, señaló que para resolver el problema planteado, si la idea es juntar los dos conceptos (gobierno y administración) se debe distinguir claramente cuáles son las funciones de gobierno que se le van a delegar al Gobernador Regional y desde ese punto de vista, entonces enfatizó que se debe tomar el proyecto de transferencia de competencias que es la ley orgánica sobre gobierno y administración regional para distinguir los ámbitos de gobierno: fomento productivo, infraestructura y desarrollo social.

En este punto, el Honorable Senador señor Zaldívar insistió en que la norma constitucional es nada mas que enunciativa y normativa, en tanto que su desarrollo corresponde a una ley orgánica constitucional, con lo que se evitarán muchas confusiones.

Acto seguido, el Honorable Senador señor Espina señaló que en su opinión lo conveniente sería contar con un delegado Presidencial Regional y luego otra autoridad con un nombre distinto y facultades distintas. En el mismo sentido, el Honorable Senador señor Zaldívar señaló que se debe tener claridad en cuanto a que lo que se quiere es que exista un delegado regional que sea la contraparte del intendente, y luego, tiene que haber alguien que también represente al Presidente de la República en la provincia, para quien debe buscarse una nueva denominación.

Una opinión similar manifestó la Honorable Senadora señora Von Baer quien además agregó que el problema también es de jerarquía, por cuanto actualmente el Gobernador en la práctica depende del Intendente.

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En sesión posterior la Comisión se abocó al análisis de la propuesta elaborada en conjunto por los Asesores de los miembros de la misma, señores Jorge Barrera, Jorge Frites, Andrés Longton, Arturo Rodríguez y por la Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Viviana Betancourt, la cual refunde las mociones de acuerdo al siguiente texto:

Artículo 32

Esta norma constitucional establece las atribuciones especiales del Presidente de la República.

Numeral 1)

Con este numeral, la propuesta plantea sustituir en el artículo 32, numeral 7°, la expresión “intendentes y gobernadores;”, por la siguiente: “delegados provinciales;”.

- Puesto en votación el numeral 1), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath y Quinteros.

Artículo 52

Este artículo establece las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados.

Numeral 2)

Mediante este numeral se propone sustituir en el artículo 52, numeral 2°, literal e) la expresión “intendentes, gobernadores,”, por “delegados provinciales,”.

El Honorable Senador señor Espina consultó acerca de las razones que explican por qué no habría posibilidad de acusar constitucionalmente al Gobernador Regional.

La personera de Gobierno señora Viviana Betancourt señaló que no lo habrá porque dicha acusación es consecuencia de la fiscalización de los actos de Gobierno, que en este caso le corresponden al Consejo Regional.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Von Baer explicó que esta figura es más parecida a la del alcalde, y que la acusación constitucional opera en contra de quienes son dependientes directamente del Presidente de la República.

- Puesto en votación el numeral 2), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath y Quinteros.

Artículo 57

La norma constitucional indica quienes no pueden ser candidatos a diputados y senadores.

Numeral 3)

El numeral señalado propone sustituir en el artículo 57, numeral 2°, la expresión “los intendentes, los gobernadores”, por “los gobernadores regionales, los delegados provinciales,”.

- Puesto en votación el numeral 3), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath y Quinteros.

Artículo 93

Este artículo establece las atribuciones del Tribunal Constitucional.

Numeral 4)

Con este numeral se plantea sustituir el numeral 15° del artículo 93, por el siguiente:

“15º.- Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional en los términos de la letra e) del artículo 124 bis, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

Sobre el particular la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que con esta norma se trata de igualar la inhabilidad que tienen los parlamentarios al gobernador, es decir, más bien se trata de regular a su respecto la imposibilidad de renunciar. Agregó que sólo el Tribunal Constitucional puede calificar la circunstancia de inhabilidad.

- Puesto en votación el numeral 4), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath y Quinteros.

Artículo 111

Esta norma constitucional se refiere al gobierno y la administración regional.

Numeral 5)

Mediante este numeral se propone suprimir el inciso primero.

- Puesto en votación el numeral 5), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath y Quinteros.

Numeral 6)

Este numeral plantea sustituir en el inciso tercero, que pasa a ser segundo, la palabra “intendente” por “gobernador regional”

- Puesto en votación el numeral 6), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath y Quinteros.

Artículo 112

Esta norma constitucional establece las facultades que tiene el Intendente.

Numeral 7)

Con este numeral se propone sustituir el artículo 112 por el siguiente:

“112.- El gobernador regional será elegido por sufragio universal, en votación directa, por simple mayoría, y durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste, en su caso.

Una ley orgánica constitucional determinará las demás atribuciones esenciales que éste ejercerá. La ley establecerá la forma en que ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.”.

El Honorable Senador señor Quinteros en virtud del artículo 164 del Reglamento del Senado, solicitó la votación separada del inciso primero de este nuevo artículo, por cuanto hizo presente su desacuerdo con el hecho de que el Gobernador sea electo por simple mayoría, y agregó que debiese tener la posibilidad de ir a la relección por una sola vez.

Por su parte, el Honorable Senador señor Navarro señaló que no estaba de acuerdo con el período de cuatro años definido por el Ejecutivo, pues en materia de elección popular no debiese impedirse la reelección. Agregó que este plazo de tiempo es muy reducido o limitado para cualquier desarrollo de un proyecto regional y más bien es un plazo que puede jugar en contra de los procesos de construcción de las regiones.

A su turno, el Honorable Senador señor Horvath no observó mayores inconvenientes frente a la reelección indefinida, pues se trata de autoridades elegidas por la ciudadanía y en ese caso, opinó que era mejor que la gente tenga dicha opción.

Seguidamente, tomó la palabra la Honorable Senadora señora Von Baer y señaló que es la democracia la que debe decidir quien puede o no seguir ejerciendo determinado cargo. En ese sentido, indicó que en el caso de los Parlamentarios y alcaldes la renovación es muy alta, lo que es un dato que debe tenerse en consideración.

Luego, el Presidente de la Comisión Honorable Senador señor Espina, anunció que pondría en votación la opción de reelección indefinida y posteriormente la opción de relección por una sola vez.

-En primer término, recabó el acuerdo de los miembros de la Comisión en cuanto a la reelección indefinida, produciéndose un empate. A favor se manifestaron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Horvath, y contrarios a ella los Honorables Senadores señores Espina y Quinteros.

-Acto seguido, consultó a la Comisión respecto de la reelección por una sola vez, opción que contó con el respaldo unánime de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath y Quinteros.

En consecuencia, acordó modificar el artículo para así establecerlo.

Inciso 1°

“El gobernador regional será elegido por sufragio universal, en votación directa, por simple mayoría, y durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones.”.

Para mantener la debida armonía entre las normas aprobadas, la Comisión acordó agregar, antes del punto final, la frase “pudiendo ser reelecto por una sola vez”.

- Puesto en votación el inciso 1° del artículo 112 propuesto, fue aprobado con la modificación señalada, por la mayoría de los miembros de la Comisión. Por su aprobación votaron los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina y Horvath. En contra votaron los Honorables Senadores señores Pizarro y Quinteros.

El Honorable Senador señor Quinteros fundamentó su voto en el hecho de que no estaba de acuerdo con que la autoridad regional sea elegida con mayoría simple.

Incisos 2° y 3°

“El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste, en su caso.”.

Una ley orgánica constitucional determinará las demás atribuciones esenciales que éste ejercerá. La ley establecerá la forma en que ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.”.

- Puestos en votación los incisos 2° y 3° del artículo 112 propuesto, fueron aprobados por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Artículo 113

Este artículo es sobre el consejo regional, su carácter e integración.

Numeral 8)

Con este numeral se propone suprimir el inciso quinto del artículo 113.

El Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera explicó que el proyecto le entrega a la nueva autoridad la facultad de presidir el Consejo Regional, lo que eliminan la facultad del Consejo para elegir al Presidente, ya que éste último tendrá el mandato constitucional de presidirlo.

Agregó que con esto se operativiza la facultad que tiene el nuevo Gobernador Regional en su calidad de Presidente del Consejo que son atribuciones distintas, por eso debe mantenerse el inciso respectivo.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina consultó la razón de por qué no se señala que se trata del Gobernador Regional en lugar de hablar del Presidente del Consejo, lo que en su opinión, va a inducir a un error.

El Honorable Senador señor Pizarro manifestó su opinión en contrario, pues hizo presente que el cargo de Gobernador Regional no necesariamente tiene que ser el Presidente del Consejo, que es una función. Señalando que el Gobernador que será elegido, entre sus funciones, tendrá la de ser Presidente del Consejo.

La personera de Gobierno, señora Viviana Betancourt, indicó que hay facultades específicas del Presidente del Consejo que deben ser consagradas en esta norma que son muy relevantes como, por ejemplo, el voto dirimente que sólo lo tiene dicho presidente pero que nunca podrá tener el Gobernador.

No obstante, el Honorable Senador señor Espina consideró que la ley orgánica en la práctica va a determinar todas las funciones y atribuciones que tenga el Gobernador Regional. Por esa razón, sugirió que para que el texto constitucional sea claro, no debiesen estar ambas figuras porque se concentran en una misma persona.

Seguidamente, el Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera se manifestó contrario a lo antes señalado, por cuanto enfatizó que ello generaría un problema porque en caso de ausencia o impedimento del Gobernador Regional, el consejo debe elegir un Presidente suplente caso en el cual el cargo no lo ejercerá como Gobernador Regional.

- Puesto en votación el numeral 8), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Artículo 114

La norma constitucional se refiere a la transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales.

Numeral 9)

Mediante este numeral se plantea agregar en el artículo 114, luego del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente:

“Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.

Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de los gobiernos regionales irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

Sobre la expresión “atribución” del último inciso, el Honorable Senador señor Pizarro hizo presente que no quedaba claro a qué se refería por lo que propuso que señale simplemente recursos o asignación de los mismos.

Sobre el particular, el Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera explicó que el tenor de la norma es textual al que se contiene en la Constitución francesa con respecto a la transferencia de competencia.

La Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Viviana Betancourt, precisó que esto debiese estar en la ley orgánica constitucional. Sin embargo, es una condición importante del acuerdo alcanzado el que quede consagrado en esta norma. Agregó que ello supone que el recurso con que se cuenta cuando la está ejerciendo es el mismo que traspasa cuando transfiere aquella, y lo debe hacer el Presidente de la República porque en todo lo que es el procedimiento de transferencia de competencias esa es la tónica.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Navarro llamo la atención respecto de que la “asignación” puede ser sólo nominal, sin que se entreguen los recursos, de modo que inquirió mayor información con respecto al verbo “atribución” en el sentido de conocer su alcance. Agregó que se debe garantizar que el traspaso ocurra efectivamente y no sólo que se asigne, ya que ello no implica necesariamente dicha transferencia.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo señor Ricardo Cifuentes señaló que comúnmente en la administración pública el término más recurrido es el de “asignación” que se reconoce como transferir.

A su turno, el Honorable Senador señor Horvath señaló que en su oportunidad votó en contra de la transferencia de competencias que se encuentra en la Honorable Cámara de Diputados [7] porque opinó que ello no debe pasar por un acto voluntario del Presidente de la República, sino que debe ser forzado, obligatorio. Así, agregó que el hecho que dependa de la voluntad del Presidente de la República es, en su opinión, una aproximación muy débil a lo que es regionalización.

- Puesto en votación el numeral 9), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Artículo 116

Esta norma se refiere al gobierno y la administración provincial.

Numeral 10)

Este numeral propone sustituir el artículo 116 por el siguiente:

“116.- En cada provincia existirá un delegado provincial que será un órgano territorialmente desconcentrado del Presidente de la República y de su exclusiva confianza. El delegado provincial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente, de quien es su representante natural e inmediato.

El delegado provincial ejercerá las funciones de supervigilancia y coordinación de los servicios públicos existentes en la provincia que no dependan del Gobierno Regional.

Tratándose de la provincia asiento de la capital regional, al delegado provincial le corresponderá además la supervigilancia y coordinación de los servicios públicos con presencia en el nivel regional, y que no dependan del gobierno regional; así como de los demás delegados provinciales de la región respectiva.

Una ley orgánica constitucional determinará las demás atribuciones que les corresponderán a los delegados provinciales. La forma en que ejercerán sus facultades y atribuciones, así como los órganos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones, serán determinados por ley.”.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que para mantener el tenor de la norma constitucional la propuesta se debiera referir a la existencia de una “delegación provincial” para hacer consecuente el texto.

El Honorable Senador señor Navarro preguntó si era correcto entender que la ley orgánica va a determinar el tipo de relación de este delegado provincial con el Gobernador y sus condiciones, pues consideró que debe existir un espacio fijado dentro de la gobernanza para hacerlo.

Por su parte el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, agregó que esto corresponde a un modelo donde se separaron las funciones y se entregan competencias distintas y exclusivas a cada uno de esos órganos. Así, precisó que los gobiernos regionales tienen competencias distintas a las que tienen las delegaciones provinciales y que todo ello estaba en la ley orgánica.

Seguidamente, el asesor de la Honorable Senadora señora von Baer, señor Jorge Barrera, hizo presente que la norma del artículo 112 nuevo de la Constitución y esta norma en estudio, establecen que las normas que establezcan la coordinación entre otros organismos estarán determinadas por la ley.

Con respecto a las atribuciones de fiscalización, señaló que ellas recaen directamente en el Presidente de la República no existiendo problema en que ello no quede textualmente establecido respecto de los servicios públicos que no dependan del Gobierno Regional.

El Honorable Senador señor Espina sugirió que se agregue en el inciso segundo que al delegado provincial también le corresponderá la fiscalización de los de los servicios públicos existentes en la provincia que no dependan del Gobierno Regional.

Tomando la palabra, la Honorable Senadora señora Von Baer expresó que la supervigilancia cubre en parte la inquietud pues la fiscalización se realizará a nivel central. Así explicó que el órgano que representa a la región es el Gobernador y a futuro las capacidades se deben traspasar a él, de modo que si se establece que el Delegado de la capital regional va a tener las mismas atribuciones que el Gobernador, se va a generar un conflicto, razón por la cual opinó que es mejor que quede claro que es una atribución que viene del nivel central y que está desconcentrada en la región, de modo que sugirió que se mantenga la norma tal como se propone.

La Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Viviana Betancourt, expresó que el matiz está dado por quien tiene responsabilidad administrativa cuando fiscaliza o no lo hace, de modo que de acuerdo al texto propuesto el delegado provincial no va a tener responsabilidad administrativa por falta de fiscalización, la que eventualmente podrá recaer en un Ministro o Subsecretario.

- Puesto en votación el numeral 10), fue aprobado con la modificación señalada, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Artículo 117

Esta norma constitucional se refiere a la delegación de facultades por parte de los gobernadores.

Numeral 11)

Este numeral propone suprimir este artículo

En virtud del artículo 121 del Reglamento, la comisión acordó modificar la norma constitucional en el sentido de reemplazar la palabra “gobernadores” por la expresión “delegados provinciales”.

- Puesto en votación el numeral 11), con las modificaciones antes consignadas, resultó aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Pizarro y Quinteros.

Artículo 118

La norma constitucional se refiere a la administración local por parte de las municipalidades.

Numeral 12)

Con este numeral se plantea agregar en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto seguido lo siguiente:

“Toda transferencia de competencias a las municipalidades irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de las municipalidades irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

- Puesto en votación el numeral 12), resultó aprobado, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Pizarro y Quinteros.

Artículo 124

Esta norma constitucional dispone los requisitos para ser designado intendente o gobernador y para ser elegido consejero regional, alcalde o concejal.

Numeral 13)

Con este numeral se propone sustituir el artículo 124 por el siguiente:

“Artículo 124. Para ser designado delegado provincial y para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, delegado provincial, alcalde y concejal serán incompatibles entre sí.

Los delegados provinciales estarán inhabilitados para ser candidatos a gobernador regional dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la elección respectiva.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.

Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional cesará en el otro cargo, empleo o comisión incompatible que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica al cargo de Presidente de la República; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional o delegado provincial, desde el día de su designación o elección, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional o delegado provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional o delegado provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

Inciso 1°

“Para ser designado delegado provincial y para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.”.

El Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera, hizo presente que se debe cambiar la redacción de esta norma por cuanto la ley no puede señalar requisitos para la elección porque se está estableciendo un órgano con rango constitucional, por tanto debiese decir que se deben cumplir “los requisitos que la ley señale en su caso” y agregar, como requisito la edad de 21 años cumplidos que se aplica para intendentes, gobernadores y diputados.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina señaló que esta norma puede rigidizar la Constitución e indicó que no había razón para limitar la edad, por lo que instó a que se mantenga tal como está.

La Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que en la ley orgánica existe actualmente por la figura del intendente que en virtud de este proyecto de reforma va a desaparecer para darle paso al Gobernador, y ello explica que se tengan que establecer requisitos como la edad, en la Constitución. Destacó que no poner nada, significa que el requisito de edad corresponde al de ser ciudadano, es decir 18 años.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina enfatizó que de acuerdo a la actual norma constitucional los intendentes, gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales sólo requieren ser ciudadanos con derecho a sufragio, y por tanto la regla es de los 18 años.

La Honorable Senadora señora Von Baer agregó que ahora se está estableciendo una nueva figura que será electa y que antes no tenía ese carácter, de modo que es necesario resolver el tema de la edad.

- Puesto en votación el inciso 1° del numeral 13), fue aprobado con modificaciones formales, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Inciso 2°

“Los cargos de gobernador regional, consejero regional, delegado provincial, alcalde y concejal serán incompatibles entre sí.”.

- Puesto en votación el inciso 2° del numeral 13), fue aprobado, con la indicación de señalar primero al cargo designado, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Inciso 3°

“Los delegados provinciales estarán inhabilitados para ser candidatos a gobernador regional dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la elección respectiva.”.

El Honorable Senador señor Pizarro manifestó que la limitante establecida en esta norma es exagerada pues en los otros cargos de elección popular a lo más se exige la renuncia a algunos cargos un año antes. Así, recalcó que hacer renunciar dos años a un delegado provincial para que pueda ser candidato le parece excesivo.

Sobre este punto el Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera señaló que la norma es similar a la que se aplica a los fiscales del Ministerio Público, que es un lapso de dos años.

- Puesto en votación el inciso 3° del numeral 13), estableciendo el plazo señalado en un año, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Inciso 4°

“El cargo de gobernador regional es incompatible con todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.”.

La Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Viviana Betancourt, hizo presente que después de la palabra especial, se debe agregar un coma(,) para incorporar la frase “dentro de los límites que fije la ley”. Esto se explica porque según dijo, el estatuto administrativo regula la excepción para actividad docente señalando que son 12 horas como máximo.

Por su parte, el Honorable Senador señor Navarro recalcó que la norma regula ampliamente las conductas en el ámbito público, pero que sin embargo, nada se dice con respecto al ámbito privado.

- Puesto en votación el inciso 4° del numeral 13), fue aprobado con las modificaciones señaladas, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Incisos 5° al 10°

- Puestos en votación los incisos 5° al 10° del numeral 13), fueron aprobados, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

° ° °

Numeral 14)

Mediante este numeral se propone agregar un artículo 124 bis, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo 124 bis.- El gobernador regional cesará en su cargo en los siguientes casos:

a) Pérdida de la calidad de ciudadano;

b) Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente;

c) Remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes de acuerdo a lo dispuesto en la ley orgánica constitucional respectiva.

d) Haber infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral.

e) Renuncia en caso que le afecte una enfermedad grave que le impida desempeñarlo y así lo califique el Tribunal Constitucional.

Quien perdiere el cargo de gobernador regional por cualquiera de las causales señaladas precedentemente no podrá optar a ninguna función o empleo público, sea o no de elección popular, por el término de dos años, salvo los casos del inciso séptimo del número 15º del artículo 19, en los cuales se aplicarán las sanciones allí contempladas. Ahora bien, el gobernador regional que perdiere el cargo en virtud de la causal señalada en la letra d), no podrá optar a ninguna función o empleo público por el término de tres años, ni podrá ser candidato a cargos de elección popular en los dos actos electorales inmediatamente siguientes a su cesación.

Las causales establecidas en las letras b) y c) serán declaradas por el Tribunal Calificador de Elecciones de acuerdo al procedimiento que se establezca en la una ley orgánica constitucional. La causal establecida en la letra d) sólo podrá ser declarada a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral, y será una ley orgánica constitucional la que señale los casos en que existe una infracción grave.

El gobernador regional cuyo derecho a sufragio se suspenda por alguna de las causales previstas en el artículo 16 de la Constitución Política de la República, se entenderá temporalmente incapacitado para el desempeño de su cargo, debiendo ser reemplazado, mientras dure su incapacidad, de conformidad a lo establecido en los incisos siguientes.

El gobernador regional, en caso de ausencia o impedimento no superior a cuarenta y cinco días, será subrogado en sus funciones administrativas por el funcionario en ejercicio que le siga en orden de jerarquía dentro del gobierno regional. Sin embargo, previa consulta al consejo regional, el gobernador regional podrá designar como subrogante a un funcionario que no corresponda a dicho orden.

La subrogación no se extenderá a la atribución de convocar y presidir el consejo regional ni a la representación protocolar del gobierno regional, la que deberá ser ejercida en todo caso por un consejero regional, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta los consejeros regionales en ejercicio y en sesión especialmente convocada al efecto.

Cuando el gobernador regional se encuentre afecto a una incapacidad temporal superior a cuarenta y cinco días, el consejo regional designará, de entre sus miembros, un gobernador regional suplente, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio y en sesión especialmente convocada al efecto.

En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en las reglas de los incisos siguientes.

Si la vacancia se produjere faltando menos de dos años para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante.

Si la vacancia se produjere faltando dos años o más para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional convocará a los ciudadanos a elección para un nuevo gobernador regional para ciento veinte días después de la convocatoria, si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente. El gobernador regional que resulte elegido asumirá su cargo el décimo día después de su proclamación.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace y no podrá postular como candidato a la elección siguiente.”.

Inciso1°

“Artículo 124 bis.- El gobernador regional cesará en su cargo en los siguientes casos:

a) Pérdida de la calidad de ciudadano;

b) Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente;

c) Remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes de acuerdo a lo dispuesto en la ley orgánica constitucional respectiva.

d) Haber infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral.

e) Renuncia en caso que le afecte una enfermedad grave que le impida desempeñarlo y así lo califique el Tribunal Constitucional.”.

- Puesto en votación el inciso 1° del numeral 14), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Inciso 2°

“Quien perdiere el cargo de gobernador regional por cualquiera de las causales señaladas precedentemente no podrá optar a ninguna función o empleo público, sea o no de elección popular, por el término de dos años, salvo los casos del inciso séptimo del número 15º del artículo 19, en los cuales se aplicarán las sanciones allí contempladas. Ahora bien, el gobernador regional que perdiere el cargo en virtud de la causal señalada en la letra d), no podrá optar a ninguna función o empleo público por el término de tres años, ni podrá ser candidato a cargos de elección popular en los dos actos electorales inmediatamente siguientes a su cesación.”.

Sobre este punto el Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera señaló que para evitar una inhabilidad en caso de una enfermedad no imputable a la autoridad, es necesario que la norma debiese decir “Quien perdiere el cargo de gobernador regional por contravención de la norma sobre probidad administrativa o sobre notable abandono de deberes,…”.

- Puesto en votación el inciso 2° del numeral 14), fue aprobado con las modificaciones señaladas por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Inciso 3°

“Las causales establecidas en las letras b) y c) serán declaradas por el Tribunal Calificador de Elecciones de acuerdo al procedimiento que se establezca en la una ley orgánica constitucional. La causal establecida en la letra d) sólo podrá ser declarada a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral, y será una ley orgánica constitucional la que señale los casos en que existe una infracción grave.”.

El Honorable Senador señor Navarro planteó que a su parecer el concepto de “gravemente” no puede reemplazar el hecho de haber sido condenado, pues si bien se puede infringir gravemente una norma, perfectamente se puede no ser condenado por ello que es lo que trae aparejado la sanción.

Sobre el particular, el Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera indicó que en el inciso tercero se establece que la letra d) sólo podrá ser declarada a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral, y será una ley orgánica constitucional la que señale los casos en que existe una infracción grave.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina hizo presente que en el caso de la letra d) quien resuelve es el Tribunal Calificador de Elecciones, de modo que en la actual redacción ello no queda claramente establecido, al punto que podría ocurrir que baste con que se declare la causal para perder el cargo.

Dado lo anterior, planteó que sería mejor que la norma señalara claramente que las causales señaladas debiesen ser declaradas por el Tribunal Calificador de Elecciones, para lo cual se debe agregar la letra d) en el principio de este inciso.

- Puesto en votación el inciso 3° del numeral 14), con las modificaciones señaladas, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Inciso 4°

“El gobernador regional cuyo derecho a sufragio se suspenda por alguna de las causales previstas en el artículo 16 de la Constitución Política de la República, se entenderá temporalmente incapacitado para el desempeño de su cargo, debiendo ser reemplazado, mientras dure su incapacidad, de conformidad a lo establecido en los incisos siguientes.”.

El Asesor de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Jorge Barrera indicó que esta norma debiese estar propuesta en términos generales, de la siguiente forma: “El gobernador regional, en caso de ausencia o incapacidad temporal, deberá ser reemplazado conforme a los incisos siguientes”, para establecer las normas de subrogancia porque es para cualquier caso de incapacidad o ausencia temporal.

- Puesto en votación el inciso 4° del numeral 14), fue aprobado con las modificaciones señaladas, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Incisos 5° al 7°

- Puestos en votación los incisos 5° al 7° del numeral 14), fueron aprobados, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

Incisos 8° al 11

“En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en las reglas de los incisos siguientes.

Si la vacancia se produjere faltando menos de dos años para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante.

Si la vacancia se produjere faltando dos años o más para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional convocará a los ciudadanos a elección para un nuevo gobernador regional para ciento veinte días después de la convocatoria, si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente. El gobernador regional que resulte elegido asumirá su cargo el décimo día después de su proclamación.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace y no podrá postular como candidato a la elección siguiente.”.

En materia de vacancia, la Honorable Senadora señora Von Baer manifestó sus dudas con respecto a la consideración de una elección complementaria, que en su opinión en ocasiones pueden ser disruptivas. Agregó que esta nueva figura no debe verse como el caso del Presidente de la República, sino que más bien se parece a lo que ocurre con los alcaldes desde un punto de vista institucional.

Dado lo anterior, opinó que la vacancia debiera ser solucionada de la misma forma que ocurre con el caso del alcalde, porque en ese caso también existe un consejo regional, de modo que llamó a ser cauteloso con esta fórmula.

Enseguida, el Honorable Senador señor Horvath manifestó su opinión en contrario, en el sentido que hacer elecciones complementarias le parecía una buena solución, no obstante que puede ser revisado más adelante, pero consideró que era necesario votar en esta sesión este tema.

Por su parte, el Honorable Senador señor Navarro observó que en materia de vacancia esta podría producirse de manera intencionada buscando producir el efecto de que sea el Consejo Regional el que elija el reemplazo entre sus miembros. Para mayor claridad, señaló que podría ocurrir que declarada la vacancia exista consenso político entre los miembros del consejo para nombrar a otra persona para ocupar el cargo de Gobernador, situación que la norma en estudio no considera, pues sólo se pone la hipótesis de elegir entre sus miembros cuando dicha vacancia se produzca faltando menos de dos años para la próxima elección.

- Puestos en votación los incisos 8° al 11 del numeral 14), fueron aprobados, por la mayoría de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros. Se abstuvo la Honorable Senadora señora Von Baer.

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Numeral 15)

Mediante este numeral se propone agregar la siguiente disposición transitoria:

“VIGÉSIMOCTAVA. Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 116 entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales. Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al delegado provincial que corresponda, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el Presidente del Consejo Regional permanecerá en funciones.

Igualmente, mientras no ocurra la asunción de los gobernadores regionales, los intendentes designados por el Presidente de la República seguirán sujetos a las normas de los artículos 32, 52 y 57 de esta Constitución.”.

- Puesto en votación el numeral 15), fue aprobado, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Pizarro y Quinteros.

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TEXTO DEL PROYECTO

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de proponeros que aprobéis, en general, el siguiente proyecto de reforma constitucional:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese en el artículo 32, numeral 7°, la expresión “intendentes y gobernadores;”, por la siguiente: “delegados provinciales;”.

2) Reemplázase en literal e), del numeral 2°, del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores”, por “delegados provinciales”.

3) Sustitúyese en el numeral 2°del artículo 57, la expresión “Los intendentes, los gobernadores”, por “Los gobernadores regionales, los delegados provinciales”.

4) Reemplázase el numeral 15° del artículo 93, por el siguiente:

“15º. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional en los términos de la letra e) del artículo 124 bis, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

5) En el artículo 111, Introdúcense las siguientes enmiendas:

a) Suprímese su inciso primero.

b) Sustitúyese, en su inciso tercero, que pasa a ser inciso segundo, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

6) Reemplázase el artículo 112 por el siguiente:

“Art. 112. El gobernador regional será elegido por sufragio universal, en votación directa, por simple mayoría, y durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones, y podrá ser reelegido por una sola vez.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste, en su caso.

Una ley orgánica constitucional determinará las demás atribuciones esenciales que éste ejercerá. La ley establecerá la forma en que ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.”.

7) Suprímase el inciso quinto del artículo 113.

8) Agrégase en el artículo 114, luego del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.

Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de los gobiernos regionales irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

9) Sustitúyese el artículo 116 por el siguiente:

“Art. 116. En cada provincia existirá una delegación provincial que será un órgano territorialmente desconcentrado del Presidente de la República y de su exclusiva confianza. El delegado provincial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente, de quien es su representante natural e inmediato.

El delegado provincial ejercerá las funciones de supervigilancia y coordinación de los servicios públicos existentes en la provincia que no dependan del Gobierno Regional.

Tratándose de la provincia asiento de la capital regional, al delegado provincial le corresponderá además la supervigilancia y coordinación de los servicios públicos con presencia en el nivel regional, y que no dependan del gobierno regional; así como de los demás delegados provinciales de la región respectiva.

Una ley orgánica constitucional determinará las demás atribuciones que les corresponderán a los delegados provinciales. La forma en que ejercerán sus facultades y atribuciones, así como los órganos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones, serán determinados por ley.”

10) Reemplázase en el artículo 117 la palabra “gobernadores” por la expresión “delegados provinciales”.

11) Agrégase en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Toda transferencia de competencias a las municipalidades irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de las municipalidades irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

12) Sustitúyese el artículo 124 por el siguiente:

“Art. 124. Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal y delegado provincial, serán incompatibles entre sí.

Los delegados provinciales estarán inhabilitados para ser candidatos a gobernador regional dentro del año inmediatamente anterior a la elección respectiva.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley.

Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional cesará en el otro cargo, empleo o comisión incompatible que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica al cargo de Presidente de la República; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional o delegado provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional o delegado provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional o delegado provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

13) Agrégase como artículo 124 bis, nuevo, el siguiente:

“Art. 124 bis. El gobernador regional cesará en su cargo en los siguientes casos:

a) Pérdida de la calidad de ciudadano;

b) Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente;

c) Remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes de acuerdo a lo dispuesto en la ley orgánica constitucional respectiva.

d) Haber infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral.

e) Renuncia en caso que le afecte una enfermedad grave que le impida desempeñarlo y así lo califique el Tribunal Constitucional.

Quien perdiere el cargo de gobernador regional por contravención de la norma sobre probidad administrativa o sobre notable abandono de deberes, no podrá optar a ninguna función o empleo público, sea o no de elección popular, por el término de dos años, salvo los casos del inciso séptimo del número 15º del artículo 19, en los cuales se aplicarán las sanciones allí contempladas. Ahora bien, el gobernador regional que perdiere el cargo en virtud de la causal señalada en la letra d), no podrá optar a ninguna función o empleo público por el término de tres años, ni podrá ser candidato a cargos de elección popular en los dos actos electorales inmediatamente siguientes a su cesación.

Las causales establecidas en las letras b), c) y d) serán declaradas por el Tribunal Calificador de Elecciones de acuerdo al procedimiento que se establezca en la una ley orgánica constitucional. La causal establecida en la letra d) sólo podrá ser declarada a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral, y será una ley orgánica constitucional la que señale los casos en que existe una infracción grave.

El gobernador regional, en caso de ausencia o incapacidad temporal, deberá ser reemplazado conforme a los incisos siguientes.

En caso de ausencia o impedimento no superior a cuarenta y cinco días, será subrogado en sus funciones administrativas por el funcionario en ejercicio que le siga en orden de jerarquía dentro del gobierno regional. Sin embargo, previa consulta al consejo regional, el gobernador regional podrá designar como subrogante a un funcionario que no corresponda a dicho orden.

La subrogación no se extenderá a la atribución de convocar y presidir el consejo regional ni a la representación protocolar del gobierno regional, la que deberá ser ejercida en todo caso por un consejero regional, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta los consejeros regionales en ejercicio y en sesión especialmente convocada al efecto.

Cuando el gobernador regional se encuentre afecto a una incapacidad temporal superior a cuarenta y cinco días, el consejo regional designará, de entre sus miembros, un gobernador regional suplente, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio y en sesión especialmente convocada al efecto.

En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en las reglas de los incisos siguientes.

Si la vacancia se produjere faltando menos de dos años para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante.

Si la vacancia se produjere faltando dos años o más para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional convocará a los ciudadanos a elección para un nuevo gobernador regional para ciento veinte días después de la convocatoria, si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente. El gobernador regional que resulte elegido asumirá su cargo el décimo día después de su proclamación.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace y no podrá postular como candidato a la elección siguiente.”.

15) Agréguese la siguiente disposición transitoria:

“VIGÉSIMOCTAVA. Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 116 entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales. Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al delegado provincial que corresponda, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el Presidente del Consejo Regional permanecerá en funciones.

Igualmente, mientras no ocurra la asunción de los gobernadores regionales, los intendentes designados por el Presidente de la República seguirán sujetos a las normas de los artículos 32, 52 y 57 de esta Constitución.”.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 10 de agosto, 4 y 25 de noviembre y 16 de diciembre de 2015, y los días 6 y 20 de enero de 2016, con asistencia de los Honorables Senadores señora Ena Von Baer Jahn y señores Alberto Espina Otero (Presidente), señores Antonio Horvath Kiss, Rabindranath Quinteros Lara y Andrés Zaldívar Larraín (Jorge Pizarro Soto).

Sala de la Comisión, a 20 de enero de 2016.

JUAN PABLO DURÁN G.

Secretario de la Comisión

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RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, QUE DISPONE LA ELECCIÓN POPULAR DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO REGIONAL Y EN EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE EN MATERIA DE DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO, Y QUE INSTITUYE LA ELECCIÓN DE LOS INTENDENTES MEDIANTE SUFRAGIO UNIVERSAL.

(BOLETÍN Nº 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, Refundidos.)

I.OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El proyecto de reforma constitucional en estudio busca descentralizar la administración del Estado modificando las normas sobre administración y gobierno regional, disponiendo la elección directa del intendente, en tanto ejecutivo del gobierno regional.

II.ACUERDOS: Boletines N°s 9.834-06 y 10.330-06 aprobados en general por unanimidad (5x0).

Boletines N°s 10.422-06 y 10.443-06 aprobados en general por unanimidad (4x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: Consta de un artículo único.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: El presente proyecto de reforma constitucional requiere para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 inciso 2° de la Carta Fundamental.

V.URGENCIA: simple.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Senado. Mensaje de Su Excelencia la señora Presidenta de la República y Mociones de los Honorables Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García Ruminot y Pérez Varela y de los Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro, respectivamente.

VIITRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 05 de enero de 2015.

IX.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general.

X.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.- Constitución Política de la República, artículos 111 y siguientes. 2.- Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. 3.- Ley N° 19.097 que Modifica la Constitución Política de la República en materias de Gobiernos Regionales y Administración Comunal. 4.- Ley N° 20.390 Reforma Constitucional en materia de Gobierno y Administración Regional.

Valparaíso, a 20 de enero de 2016.

JUAN PABLO DURÁN G.

Secretario de la Comisión

[1]Boletín N°7963-06 Relativo al fortalecimiento de la regionalización del país
[2]Cea Egaña José Luis Profesor Titular Adjunto Departamento de Derecho Público Pontificia Universidad Católica de Chile
[3]Boletín N°7963-06 Relativo al fortalecimiento de la regionalización del país
[4]BOLETÍN Nº 10057-06 que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
[5]Boletín N° 7963-06 Relativo al fortalecimiento de la regionalización del país
[6]Boletín N°7963-06 Relativo al fortalecimiento de la regionalización del país
[7]Boletín N° 7963-06 Relativo al fortalecimiento

1.6. Discusión en Sala

Fecha 01 de marzo, 2016. Diario de Sesión en Sesión 101. Legislatura 363. Discusión General. Se aprueba en general.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL Y ESTABLECIMIENTO DE FIGURA DE DELEGADO PROVINCIAL

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, correspondiente a los boletines números 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos, iniciados en mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República y en mociones de los Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; de los Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela, y de los Senadores señores Chahuán y García-Huidobro, respectivamente, sobre elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

--Los antecedentes sobre el proyecto (9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional: Mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República, del primer proyecto; y Mociones, del segundo proyecto, de los Senadores señor Horvath, señora Lily Pérez y señores Guillier, Quinteros y Zaldívar; del tercer proyecto, de los Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela; y del cuarto proyecto, de los Senadores señores Chahuán y García-Huidobro. Se da cuenta en:

9.834-06, sesión 77ª, en 6 de enero de 2015.

10.330-06, sesión 59ª, en 7 de octubre de 2015.

10.422-06, sesión 77ª, en 25 de noviembre de 2015.

10.443-06, sesión 81ª, en 15 de diciembre de 2015.

Informe de Comisión:

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 99ª, en 27 de enero de 2016.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El principal objetivo de este proyecto es descentralizar la administración del Estado modificando las normas sobre administración y gobierno regional, disponiendo la elección directa del intendente, en tanto ejecutivo del gobierno regional.

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización discutió esta iniciativa en general y en particular en virtud del acuerdo adoptado por la Sala el 10 de noviembre y el 16 de diciembre de 2015, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros (Senadores señora Von Baer y señores Espina, Horvath, Quinteros y Zaldívar) en lo relativo a los boletines números 9.834-06 y 10.330-06 y por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Von Baer y señores Espina, Quinteros y Zaldívar) en lo que respecta a los boletines números 10.442-06 y 10.443-06.

Cabe hacer presente que para aprobar este proyecto de reforma constitucional se requieren las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, esto es, 23 votos favorables.

El texto que se propone aprobar solo en general se consigna en las páginas 73 a 83 del informe y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

Nada más, señor Presidente .

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Muchas gracias, señor Secretario .

En discusión general el proyecto.

Solicito el acuerdo de la Sala para abrir la votación manteniendo el tiempo de 10 minutos por Senador.

¿Les parece a Sus Señorías?

Acordado.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Tiene la palabra, en primer lugar, el Presidente de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, Senador señor Alberto Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente, estamos iniciando la discusión y votación de quizás uno de los proyectos más importantes que se han visto en este Parlamento durante décadas, relacionado con el proceso de regionalización y descentralización que nuestro país, y en particular las regiones, reclaman desde hace muchos años.

Quiero recordar que esta iniciativa de reforma constitucional, iniciada en mensaje, ingresó al Congreso para su tramitación el 5 de enero del 2015. Y, posteriormente, se fusionó con otros tres proyectos de origen parlamentario (también son reformas constitucionales): de los Senadores señora Lily Pérez y señores Horvath , Guillier , Quinteros y Zaldívar ; de los Senadores señora Von Baer y señores Allamand , García , Pérez Varela y quien habla, y de los Senadores señores Chahuán y García-Huidobro .

Al respecto, quiero destacar que la Comisión de Gobierno hizo lo que corresponde realizar siempre cuando se tramitan proyectos similares: incluirlos, fusionarlos para que el esfuerzo de cada Senador se vea reflejado en la discusión y en la aprobación de la iniciativa pertinente.

Para contextualizar ante Sus Señorías, debo señalar que este proyecto se enmarca dentro de un paquete de iniciativas de ley que se están debatiendo en el Parlamento en materia de descentralización.

El proyecto de reforma constitucional que estamos discutiendo y votando ahora establece, entre otras cuestiones, la elección popular del intendente, futuro "gobernador regional". Además, contiene otros elementos de tanta o mayor relevancia, a los que luego me voy a referir.

Pero también existen otras iniciativas que se están debatiendo en este momento en el Congreso Nacional. Por ejemplo, el proyecto sobre transferencia de competencias y fortalecimiento de los gobiernos regionales, que ingresó el 5 de octubre del 2011 (durante el Gobierno anterior) y que hoy día se encuentra en la Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados. Espero que se apruebe en breve, porque es una iniciativa complementaria de la que nos ocupa esta tarde.

Por lo tanto, hemos de aprobar todos esos proyectos si queremos realmente echar a andar un sistema de descentralización moderno, a la altura de lo que merecen un país como el nuestro y, sobre todo, sus regiones.

Otras iniciativas de ley son las atinentes al financiamiento de los gobiernos regionales y locales con responsabilidad fiscal (se hallan en proceso de redacción en el Ejecutivo).

Está por otro lado el proyecto sobre plantas municipales (boletín 10.057-06; también se vio en la Sala del Senado), que corresponde a la modernización de aquellas, factor decisivo para avanzar de verdad en una regionalización lo más cercana posible a la ciudadanía.

Y hay iniciativas que aún se encuentran en discusión en el Gobierno. Por ejemplo, la concerniente a financiamiento y responsabilidad fiscal en los ámbitos regional y municipal, y la relativa a financiamiento regional y responsabilidad fiscal.

¿Por qué hago mención de aquello? Porque es el contexto en que debemos votar el proyecto de ley que nos ocupa en este instante.

Señor Presidente , quiero destacar que desde 1990 hemos tenido cambios relevantes en cuanto al aumento de la descentralización, aunque no a la velocidad que nuestro país exige. Pero, como esta es la historia fidedigna de la ley, tengo la obligación de señalarlos.

En primer lugar, debo recordar que en noviembre de 1991 se reformó el sistema de administración regional estableciéndose los gobiernos regionales como órganos de la Administración del Estado dotados de personalidad jurídica, de derecho público y con patrimonio propio, a los que se les encomendó la administración superior de la región respectiva, lo que constituyó, sin duda, un avance en el proceso de descentralización.

Luego se dictó la ley N° 19.175, que consagró un nuevo sistema de administración regional y determinó las funciones y atribuciones de los gobiernos regionales y las competencias de los intendentes.

A continuación, mediante la ley N° 20.390, del año 2009, se dio paso a la elección de los consejeros regionales por sufragio universal, en votación directa. Ello significó que los ciudadanos elegidos debieran realizar un esfuerzo gigantesco para constituir los consejos, tarea en la que enfrentaron numerosas dificultades. Y, en este sentido, recojo una crítica legítima de ellos cuando señalan que no tuvieron ni los recursos ni los medios necesarios para enfrentar el enorme desafío de llevar adelante un proceso profundo de descentralización y regionalización.

¿En qué consiste, señor Presidente, el proyecto de ley que estamos debatiendo?

Esta iniciativa aborda distintas materias.

En primer lugar, establece la elección popular del actual intendente, a quien en lo futuro se denominará "gobernador regional".

Les solicito a Sus Señorías ir a la página 13 del boletín comparado, donde figura el primer cambio que se introduce a nuestra Constitución.

En efecto, se dispone que "La administración superior de cada región radicará en un gobierno regional que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.".

Es decir, hay una administración superior de la región, que corresponde al gobierno regional, el que, por su parte, comprende al gobernador regional, que es el órgano ejecutivo, y al consejo regional, que es el órgano normativo, al que le compete regular las normas relacionadas con las competencias de la región.

En la página 14 del comparado se definen las labores pertinentes.

El artículo 112 expresa: "El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste," -¡atención!, pues ya han surgido voces para en el segundo informe precisar el concepto "o se relacionen con éste"- "en su caso.".

Luego se mantiene la norma actual sobre el consejo regional, señalándose -tarea que les corresponde a los cores- que es el órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito de su competencia.

La denominación que la Comisión de Gobierno estableció para la nueva autoridad elegida democráticamente por la ciudadanía es la de "gobernador regional", y para quien representa al Presidente de la República , la de "delegado provincial".

¿Cómo se elige al gobernador regional?

Al respecto -y quiero plantearlo con absoluta franqueza-, hay una divergencia.

Los representantes del regionalismo en el Senado coincidimos (está en la página 14 del comparado) en que el gobernador regional sea elegido por sufragio universal, en votación directa, por simple mayoría; dure cuatro años en el ejercicio de sus funciones, y pueda ser reelegido solo por una vez.

El debate sobre el particular -voy a ser muy franco- es bien directo.

Algunos dicen que el gobernador regional debe ser elegido por mayoría absoluta. Otros sostenemos que ha de ser, al igual que los alcaldes, por mayoría simple.

La razón es muy sencilla.

Si surgen movimientos regionalistas -en una primera etapa, emergentes y sin suficiente fuerza electoral- y disponemos que solo pueda elegirse gobernador regional a quien obtenga 50,1 por ciento de los votos, lo más probable es que ninguno de ellos florezca como pueden hacerlo alcaldes que en su primera elección sacan 28, 29, 30 por ciento de los sufragios y sin embargo en la siguiente -todos lo vemos-, si hacen bien su gestión y representan a la ciudadanía, obtienen incluso 60 a 65 por ciento de las preferencias.

Conversamos esta materia con los Senadores Horvath , Guillier , y llegamos a un acuerdo político -de buena fe, abierto a la gente- para respaldar la posición de que el gobernador regional sea elegido por simple mayoría, en votación ciudadana directa, por un período de cuatro años y con una reelección.

Quisiera referirme a continuación, señor Presidente, a la transferencia de competencias.

Creo que en esta materia hay un aspecto muy relevante. Porque siempre se habla de que este proyecto de ley solo se relaciona con la elección democrática y popular del gobernador regional.

En cuanto a las competencias, el actual artículo 114 de la Constitución expresa: "La ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de su función", básicamente en tres ámbitos: ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.

En la página 15 del comparado hay un cambio a mi juicio muy profundo en la forma como se transfieren competencias. Ello, por lo siguiente.

Primero, porque se señala que cuando existan transferencias "se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.".

Ese es un cambio de fondo, pues muchas veces las transferencias de competencias se hacen desde el gobierno central a los gobiernos regionales y poco o nada llega a los gobiernos locales, a las comunas, a las municipalidades.

Este proyecto establece a nivel constitucional que cuando se transfieran competencias la autoridad deberá preocuparse especialmente de que quienes las ejecuten, las realicen, las lleven adelante sean las autoridades más cercanas a la ciudadanía, que son por naturaleza las municipalidades, los gobiernos comunales.

Pero no se contenta con eso, sino que agrega una norma que resuelve un problema eterno, derivado de que se les transfieren competencias a los gobiernos locales o a los gobiernos regionales pero no se les da plata.

Estamos llenos de leyes mediante las cuales se imponen muchas obligaciones. Sin embargo, cuando se pregunta si se consignaron los recursos indispensables para cumplirlas, la respuesta es negativa.

Por eso, en la página 16 del comparado vemos una norma que dice: "Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de los gobiernos regionales irá acompañada de los recursos determinados por la ley.".

O sea, "Si usted quiere transferir competencias o crear competencias nuevas, por mandato constitucional debe asignar los recursos necesarios para realizar adecuadamente la labor encomendada".

En tal sentido, señor Presidente , hago una precisión vinculada con una norma muy relevante propuesta por la Comisión y que figura en la página 18 del comparado. Dice relación con los municipios y resuelve un problema que la Constitución no soluciona.

Se dispone que la transferencia de competencias a aquellos debe prever los recursos respectivos. Y, al efecto, se agrega lo siguiente: "Toda transferencia de competencias a las municipalidades irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de las municipalidades irá acompañada de los recursos determinados por la ley.".

Señor Presidente , este proyecto de reforma constitucional no solo consagra la elección democrática del gobernador regional, sino que, además, regula adecuadamente sus atribuciones y dispone que cuando se transfieran competencias deberán consignarse los dineros correspondientes.

De lo contrario, habrá una regionalización de papel: anuncios con bombos y platillos; empero, sin plata la labor encomendada por el legislador -todos lo sabemos- no podrá realizarse.

Una última precisión, señor Presidente, se relaciona con las facultades del delegado provincial.

En esta materia hay una cuestión de fondo.

Nosotros estamos estableciendo la existencia de un gobernador regional elegido por la ciudadanía.

La pregunta es si sus facultades chocan o no con las del delegado provincial.

A decir verdad, de acuerdo a nuestro leal saber y entender, como está el precepto pertinente en la Constitución, no chocan.

Porque al gobernador regional le corresponderá, exactamente, "ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional", sin perjuicio de las transferencias de competencias que quiera hacerle el gobierno central, que están reguladas en la Carta Fundamental.

En cambio, el delegado provincial "ejercerá las funciones de supervigilancia y coordinación de los servicios públicos existentes en la provincia que no dependan del Gobierno Regional.".

Por lo tanto, uno está a cargo de las materias que no son propias del gobierno regional y que corresponden al nivel nacional; y otro, de las propias del nivel regional y que deben regularse en la ley orgánica respectiva.

Yo quiero recordar, particularmente a quienes nos acompañan en las tribunas, que la Constitución consagra en forma general las normas y delimita las competencias. Y por eso se está tramitando un proyecto de ley sobre transferencia de competencias, para precisar los casos en que pueda haber conflictos sobre esta materia.

En mi opinión, este proyecto de reforma constitucional viene a hacer justicia en cuanto a algo que por muchas décadas -por más de un siglo, diría yo- ha estado presente en nuestro país: el temor a confiar en que la gente va a resolver adecuadamente en el ámbito de las regiones lo que sea mejor para ella.

El centralismo no solo es de Santiago: es asimismo regional.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Su Señoría dispone de un minuto adicional.

El señor ESPINA.-

También en las capitales regionales muchas veces se desconfía de las comunas o de las provincias que conforman la región.

A mi entender, este es un hecho relevante. Se trata de un buen paso para Chile. Permitirá tener mayor equidad territorial. Va a empoderar a las regiones y les posibilitará desarrollar los proyectos según la realidad que se viva en cada una de ellas.

Por cierto, esta iniciativa deberá complementarse con las leyes de que he hice mención. Pero, sin duda, es un avance enorme para tener un país con mayor justicia social y con más equidad territorial.

He dicho.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Muchas gracias, señor Senador , por su completo informe.

Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente, "Chile será descentralizado, o no será desarrollado".

Esas palabras, de Joan Prats Catalá , han sido acuñadas por todos los regionalistas de nuestro país.

Por de pronto, por la Fundación Chile Descentralizado y Desarrollado; por CONAREDE; por los regionalistas inspirados en la fuerza que dan los consejeros regionales, los alcaldes, los concejales, cuyos representantes nos acompañan hoy día en las tribunas.

Además, por la bancada regionalista de Senadores y Diputados, quienes hemos impulsado con fuerza un cambio en la estructura del Estado como no lo ha habido en los últimos 40 años.

Y hemos dicho que este es el primer paso.

Por supuesto que la descentralización política es importante.

La elección del gobernador regional es un paso inicial para los efectos de avanzar también en la descentralización administrativa, con traspaso de facultades, de funciones; y también, en la descentralización fiscal, para que las propias regiones puedan articular sus presupuestos.

Nosotros hemos señalado que las actividades productivas con claro sello regional deben dejar en la región donde provocan externalidades negativas parte de los tributos que generan.

Por eso hemos levantado con tanta fuerza la ley de puertos. Por eso hemos planteado con tanto vigor, por ejemplo, que las empresas mineras o las forestales dejen en las regiones donde desarrollan sus actividades parte de los tributos a que dan lugar.

En definitiva, apelamos a que haya mayor equidad territorial.

Estamos frente a un agobiante centralismo; un centralismo en que la colusión de intereses de las élites políticas y económicas que habitan en cuatro comunas de la Región Metropolitana impide visibilizar el país.

Pareciera que para algunos, o para las cuatro cuadras del poder de la Región Metropolitana, Chile empieza y termina en Santiago.

Acá debemos ser capaces de situarnos en los diagnósticos hechos por países afines y que dieron un salto cualitativo y cuantitativo al desarrollo.

Corea del Sur, en la década de los 70, tenía el mismo diagnóstico que Chile.

Las naciones centralistas logran un primer impulso de desarrollo; sin embargo, luego el desarrollo se estanca.

Corea del Sur pudo poner sobre la mesa un modelo policéntrico para desarrollar sus distintas regiones con incentivos tributarios a fin de dar trabajo y, finalmente, fuerza a su progreso.

¡Eso es lo que no ha hecho Chile!

Aquí se sigue mirando la política desde Santiago y para Santiago . Se invisibilizan las regiones.

Por eso, quiero rescatar el esfuerzo colectivo habido a través de los diálogos regionales; del trabajo de la Comisión Asesora Presidencial; de la labor de la CONAREDE; del accionar de la Fundación Chile Descentralizado y Desarrollado; de la actuación de los consejeros regionales y de los alcaldes, que han hecho presente con fuerza la necesidad de introducir un cambio en la estructura del Estado. O sea, modernización del Estado.

En tal sentido, creo que esta es también una oportunidad.

Primero, para cumplir las promesas electorales.

Desde al año 1999, todos y cada uno de los candidatos presidenciales han planteado con energía la necesidad de desarrollar un proceso descentralizador político, administrativo y fiscal. Pero, hasta ahora, eso ha quedado simplemente en palabras.

Por ello, creo que el esfuerzo hecho por el Gobierno de la Presidenta Bachelet en términos de darle importancia al proceso descentralizador va en la dirección correcta.

Sin lugar a dudas, hoy tenemos la oportunidad histórica de brindarle a nuestro país equidad territorial, de empoderar a las regiones.

Nosotros presentamos uno de los proyectos de ley que se fusionaron. Mediante él se busca remplazar la figura del intendente por la de un gobernador regional capaz -como hemos señalado- y con facultades.

No queremos gobernadores o intendentes -como sucede hoy día- de juguete.

Deseamos gobernadores regionales empoderados, capaces de delinear el desarrollo de la región.

No queremos más que desde los ministerios centralistas, desde el Ministerio de Hacienda, desde La Moneda, finalmente, se determine qué requieren las regiones.

¡Qué sabe La Moneda -el Ministerio de Hacienda, en fin- de la realidad que sufre cada región!

¡Qué sabe del avance de la desertificación; de la sequía en las provincias de Petorca, de Los Andes, de San Felipe!

¡Qué sabe de las zonas de sacrificio de Puchuncaví y Quintero!

¡Qué sabe respecto de las definiciones urgentes y necesarias que debemos hacer, por ejemplo, en materia de puertos!

¡Qué sabe de los aspectos que dicen relación con regiones como la nuestra, que registra un tercio de los campamentos en Chile, con once mil quinientas familias!

¡Qué sabe en cuanto a las urgencias y velocidades en materia de reconstrucción, como las derivadas del incendio en Valparaíso!

¡Qué sabe con relación a la necesidad de generar urbanizaciones en comunas como Olmué, atrasadas en este sentido!

Las que mejor conocen cómo poder enfocar tales decisiones justamente son las autoridades más cercanas. Y no nos cabe la menor duda de que la elección directa del gobernador regional permitirá empoderarlas para los efectos de señalar cuáles son los lineamientos de desarrollo de la respectiva Región. Claramente, ello debe ser parte de una hoja de ruta. La designación de esa persona, que sucederá al intendente regional, es el comienzo.

Pero la descentralización administrativa es absolutamente necesaria. Tenemos que ser capaces de transferir funciones, atribuciones; de que el Gobierno Regional finalmente pueda decidir respecto de los recursos que se destinan al ámbito local. Acá se ha dado un primer paso: pasar del dieciocho por ciento al treinta y cinco. Eso es parte de lo que es preciso realizar.

Cabe recordar las compensaciones por externalidades negativas. Insisto en que la Ley de Puertos es imprescindible. Así que constituye un clamor desde las regiones.

Hemos consignado, además, que el principio de atomización del poder y el acercamiento de las decisiones a los ciudadanos van a devolver las confianzas. Al experimentarse una crisis al respecto, en un país en el que se ha destruido el sentido de comunidad y donde solo el trece por ciento de los chilenos confía en su vecino, la desconfianza interpersonal se transformó en institucional. Como vivimos en una cultura del metro cuadrado, del individualismo, y media una ausencia de un proyecto colectivo de nación, de miradas de mediano y de largo plazo, la única manera de recuperar las confianzas no es a través de líderes mesiánicos, sino por la vía de aproximar la toma de decisiones a los individuos y al territorio.

Por eso, creo que el proceso descentralizador no solo le hace bien a Chile en términos de modernizarlo y lleva a superar uno de los obstáculos que menciona la OCDE para lograr nuestro pleno desarrollo, sino que también permitirá recuperar las confianzas de los chilenos en los chilenos. Esa es la razón por la cual es tan importante lo que hoy día estamos votando.

Por supuesto que se originan cuestiones que son parte del debate. ¿Cómo se va a elegir? En la Comisión se han planteado dos posiciones que parecen irreconciliables: unos se inclinan por la mayoría absoluta, y otros, por la mayoría simple.

Pues bien, en el proyecto de ley que presenté hay un mecanismo compuesto, "a la argentina", que operaría solo en el evento de que un candidato no superara el cuarenta y cinco por ciento de los votos o más de un cuarenta y con una diferencia de diez puntos porcentuales.

Puede ser una alternativa. Es parte de la discusión. Pero los puntos de vista respecto del mecanismo no pueden frustrar una acción que es de verdad modernizadora en la Administración del Estado.

Además, deseo observar que se trata de un paliativo.

Y quiero insistirles al Subsecretario de Desarrollo Regional y al Subsecretario del Interior que es preciso entender que el proceso resulta necesario, urgente, pero que si no es acompañado de una transferencia de competencias y de descentralización fiscal vamos a tener un instrumento descentralizador anómalo.

Hago presente que Chile está enfermo de centralismo. Es el único país de América Latina y de la OCDE que no elige a sus autoridades regionales. Comparado con la situación de Corea...

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Dispone de un minuto para concluir, Su Señoría.

El señor CHAHUÁN.-

Por eso es tan importante que seamos capaces de avanzar en la materia.

Espero, por último, que hoy día estemos dando un primer paso. La descentralización política es indispensable, apremiante. Y estoy convencido, tal como alguna vez lo esbozó Joan Prats , quien fue capaz de representar a todos los regionalistas, que Chile será descentralizado o no será desarrollado.

Ojalá que la voluntad del Gobierno se mantenga hasta el final y sea capaz de vencer, en definitiva, las anquilosadas barreras del centralismo en algunos ministerios de las cuatro cuadras del poder en Santiago.

He dicho.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente, parto por destacar el proyecto de reforma constitucional, que consagra la elección democrática de la máxima autoridad regional.

Mas la iniciativa nos obliga a reflexionar sobre la estructura del Estado que necesitamos para lograr el desarrollo armónico que queremos. El Estado que tenemos actualmente no da cuenta de nuestra realidad territorial.

La necesidad de descentralizar que enfrentamos no dice relación solo, como dijo alguien, con descentralizar funciones, con descentralizar democracia, lo que siempre es importante. Se trata, en el fondo, de crear una arquitectura jurídica y administrativa que provea de la capacidad de ordenar el territorio en el territorio y no lo haga depender de las grandes estructuras centralizadas a nivel nacional.

Al respecto, quiero advertir, tal como lo hice con las autoridades de Gobierno, que hubiera preferido que discutiéramos primero los proyectos de transferencia de competencias, los proyectos sobre la visión estratégica de cómo vamos a desarrollar nuestro Estado para los próximos cincuenta años, y que, como consecuencia de ello, tomásemos la decisión de otorgarle la calidad de autoridad electa a quien le asignáramos el rol estratégico de conducir los destinos de la Región.

Pero esto no fue posible. El proceso ya se inició. Y lo que estamos reformando es la Carta Fundamental, porque la vigente no da cuenta de la realidad valórica, social, cultural ni territorial del Chile de hoy. Ella responde a una lógica y un momento histórico muy distinto del que vivimos. Por eso es que han tenido lugar sucesivas modificaciones y, tal como se ha planteado, hemos iniciado un proceso de revisión.

Los textos de esta índole no establecen meras normas: consagran valores, principios y reglas constitucionales. Los valores son principios filosóficos sobre los cuales se inspiran las normas que tienen que regularnos como comunidad. Los principios son elementos aglutinadores que nos permiten avanzar en ciertos aspectos, de descentralización en este caso. Y las reglas materializan todo lo anterior.

Dicho eso, entonces, cabe precisar que la descentralización no es un mero proceso de transferencia de competencias, el cual es muy importante. La descentralización que necesitamos para el Estado actual exige sincerar que se trata de entregar poder. Insisto en que no se trata solo de trasladar competencias. Ello es preciso hacerlo, pero tenemos que distribuir poder territorialmente. Se requiere proporcionarles a los funcionarios regionales la capacidad de decisión, porque, al final del día, creamos regiones o comunas o instalamos autoridades con un objetivo: mejorar la capacidad y la calidad de vida de nuestros ciudadanos en cada una de las zonas.

No sacamos nada con alguien que sea electo, pero que, para tomar decisiones y solucionar los problemas de los habitantes, deba consultarle al cuarto funcionario de la Dirección de Presupuestos y rogarle que en la asignación presupuestaria se digne aprobarle un proyecto aprobado en la Región.

Necesitamos el compromiso de la autoridad de Gobierno en el sentido de entregarles competencias -asimismo, presupuestarias- a las autoridades regionales.

¿Y por qué no avanzar también con relación a ciertos elementos en materia de autoridades municipales si los municipios finalmente son el brazo del Estado más cercano a los ciudadanos? Es ahí donde el desvalido llega a tocar la primera puerta, no al Congreso, ni al Gobierno central, ni al Gobierno regional.

En consecuencia, se requiere -insisto- iniciar un proceso de reflexión respecto de la visión estratégica que debemos mantener para administrar en mejor forma el territorio.

Es importante destacar -insisto- la democratización de las autoridades, pero lo es más que estas, como digo, cuenten con capacidades para resolver en el territorio las necesidades del territorio.

Hoy estamos discutiendo en general el proyecto. Y, desde ya, llamo a mis colegas a aprobarlo. Pero advierto también que en la discusión particular tendremos que hacer frente a algunos aspectos que al menos al Senador que habla le generan ciertas preocupaciones, entre ellos el de la relación entre el gobernador regional y el delegado provincial.

Alguien decía por ahí: "No se van a topar". Pero, cuando un servicio público de carácter local dispone de un financiamiento compartido -por convenios de programación con fondos regionales, por ejemplo-, hay una relación directa entre uno y otro, y se va a generar algún tipo de superposición de competencias.

Conforme a mi experiencia de Subsecretario del Interior , creo que siempre es bueno que la ley sea la encargada de prevenir cuando estas situaciones se pueden originar, porque, más allá del funcionario de turno, se requiere que el legislador cuente con la capacidad de establecer una regulación que no genere conflictos, en lo empírico, y no termine rompiendo la lógica de la autoridad o de la oferta unívoca del Estado en función del ciudadano.

Señor Presidente, voy a concurrir con mi voto a aprobar la idea de legislar, pero en la discusión particular haré ver aquellos aspectos que me parecen relevantes.

Estimo que tenemos que revisar los porcentajes de elegibilidad del nuevo gobernador regional. Es preciso buscar un sistema que le dé representatividad y estabilidad. Se requieren mecanismos que eviten la superposición de competencias.

Y necesariamente deben quedar consignados -no en la historia de la ley: en el debate legislativo- el compromiso del Gobierno respecto de la transferencia de competencias y la voluntad del Estado de distribuir el poder, particularmente en materia financiera.

A ello cabe agregar la necesidad de modificar la Ley de Rentas Municipales para que, de una vez por todas, las empresas paguen las patentes en las comunas donde realizan sus actividades productivas, y no en las grandes capitales, como ocurre hoy día.

Adicionalmente, creo que el Gobierno debiera iniciar una discusión acerca del financiamiento municipal. No es posible que los municipios que atienden a la población más rica sean los que obtengan más recursos. Debiéramos pasar del sistema actual, con el verdadero subsidio o paliativo que es el Fondo Común Municipal, a otro donde los municipios que atienden a la población más pobre sean los que dispongan de más recursos, porque es justamente ahí donde se requiere que el brazo del Estado vaya en su ayuda.

Ese es, finalmente, el rol de la política pública: hacer que la estructura estatal sea eficaz, eficiente, cercana, y que el poder se distribuya territorialmente para que el desarrollo de nuestro país sea equitativo.

He dicho.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA .-

Señor Presidente, no hay duda -y no vamos a reiterarlo hoy día- de que Chile sufre un problema fundamental y muy contundente de centralismo. No repetiremos que en distintos ámbitos, pero particularmente en el público, se da ese fenómeno en forma agobiante, expresado incluso en quienes hablan de regionalismo, de avanzar en la materia.

Estalla un incendio en una determinada Región y la primera decisión que se toma es nombrar un delegado presidencial, dejándose de lado a los alcaldes, elegidos por la ciudadanía, y a los intendentes, nombrados por el propio Gobierno para atender la zona. El delegado presidencial ha pasado a ser, diría, un elemento clave, identificativo de una mentalidad centralista que verdaderamente tenemos que superar.

Teniendo claro que el centralismo genera desigualdades, dificultades de desarrollo y problemas en provincias, comunas y regiones, la pregunta es si verdaderamente estamos avanzando en la línea correcta y dando a la ciudadanía respuestas adecuadas para creer que hemos iniciado un camino en que dicho factor está retrocediendo y va a ser derrotado.

Mi opinión personal es que estamos muy lejos de eso.

Voy a votar a favor de la idea general del proyecto, pero he expresado mi parecer en los foros en los cuales he participado.

¿Qué se le dice a la gente? "Usted va a poder elegir al intendente de su Región".

Por lo menos, le cambiaron ahora el nombre.

Y la interrogante del ciudadano es si va a ser la misma autoridad que hoy día.

Resulta que se elegirá un intendente o un gobernador extraordinariamente distinto y disminuido.

En la actualidad, es un funcionario con poder, aunque relativo. Primero, representa al Presidente de la República. Esta es una importante fuente de atribuciones. Y toda la gente y las organizaciones esperan que las reciba. Podrán criticarlo por una mayor o menor gestión, pero esa es su investidura. En segundo lugar, representa lo que se ha ido construyendo, que es el gobierno regional.

¿Vamos a designar una autoridad con similar poder y facultades?

La respuesta es claramente que no. Lo que hace significativo el cargo por la razón mencionada en primer término queda absolutamente de lado por una razón obvia, desde luego.

Por ende, elegiremos a una persona que va a presidir el gobierno y el consejo regionales y a administrar lo que el Primer Mandatario y el Gobierno estén dispuestos a transferirle.

A mi juicio, no basta con las declaraciones de intención en el sentido de que se verificará un traspaso de competencias. No basta con que se exprese correctamente, en la Constitución y en la ley, que no se entregará ninguna de estas sin recursos. Creo que podemos buscar en nuestro ordenamiento jurídico una serie de normas de esa naturaleza que claramente no se han cumplido.

Dicho traspaso se contempla en nuestra Carta actual y no ha tenido lugar. ¿Cuál es la razón? La falta de voluntad política.

Ahora mejoramos la redacción, pero a la medida no le damos ningún elemento vinculante ni obligatorio. Vamos a contar con un gobernador y un consejo regionales elegidos y la Región pedirá una determinada competencia. Si el Gobierno dice que no, ¿quién dirimirá? ¡Nadie! Este último es el que resuelve en definitiva.

Ello verdaderamente debiera tenerse presente como un elemento básico en la medida de que se trata. Porque, si no, se trataría de una decisión unilateral, de una concesión graciosa del Gobierno central.

Los gobiernos regionales y el gobernador regional tienen que disponer de esa posibilidad, caso en el cual el Gobierno tiene que resolver. Y si no es así, sin duda que ello debería corresponderle a un órgano distinto.

Con algunos Senadores propusimos -ya no me acuerdo, pero hará unos cinco o seis años- una reforma constitucional conforme a la cual el Senado se iba a transformar en un órgano dirimente de la discusión entre el Gobierno central y un determinado gobierno regional. Pero, sin duda, eso no está presente.

Por lo tanto, vamos a aprobar un proyecto que a lo mejor terminará generando una gran frustración o una gran decepción en la gente que elija un gobernador regional, con bombos y platillos. Porque, como todos sabemos, en materia de vivienda usted debe ir a hablar con el Seremi respectivo, quien no tiene ninguna relación ni vinculación con el gobernador regional. En consecuencia, pese a que la persona votó por ese gobernador regional, no sentirá necesidad de ir a hablar con él, pues sabe que debe hacerlo con la autoridad de Vivienda, que es nombrada por el Gobierno central.

Y así ocurrirá en todas y cada una de las materias.

Por ende, señor Presidente , nosotros deseamos mostrar nuestra voluntad política de avanzar en este tema. Pero no podemos ni queremos generar expectativas que el día de mañana no se van a cumplir y que provocarán frustraciones en nuestras regiones.

En la que yo represento, la del Biobío, esas frustraciones dicen relación, por ejemplo, con las atribuciones que tendrá la autoridad regional para enfrentar las dificultades de desarrollo de la provincia de Arauco, donde no se ha querido avanzar un centímetro en la definición de una zona de rezago.

¿Qué posibilidad va a tener ese gobernador regional, elegido con los votos de la ciudadanía, para encarar todo lo relativo al desarrollo forestal de nuestra Región?

Eso no va a estar dentro de sus atribuciones o prioridades. Eventualmente, vamos a quedar a la espera de que el día de mañana, a través de un acto unilateral, la autoridad central le entregue la atribución pertinente.

Si queremos avanzar en la descentralización o en la regionalización de nuestro país -creo que es urgente hacerlo-, debemos enfrentarla con la verdad, transparentando y visibilizando cada uno de sus inconvenientes. No basta decir que se trata de un compromiso de campaña, que ofrecimos en tal o cual fecha.

Hagamos las cosas bien.

Se han hecho muchas promesas en las campañas y ello ha motivado la tramitación de proyectos cuyos resultados podemos ver hoy. Hace menos de dos años se aprobó una reforma tributaria; hace algunos meses se despachó el Presupuesto de la nación, y somos testigos de lo que pasó en uno y otro caso.

Y, en esta materia, yo por lo menos no quiero generar frustraciones en la zona que represento, en la cual vivo, en la que mis hijos estudian, en la que verdaderamente quiero que se desarrolle el conjunto de personas con las que tengo vínculos afectivos.

Eso requiere tareas esenciales: primero, el traspaso de competencias real, efectivo y urgente, como una cosa prioritaria; segundo, la transferencia de financiamiento a las regiones, para que a la autoridad regional no le ocurra lo mismo que a los alcaldes, quienes lamentablemente deben ir a la oficina principal para su gestión: la del Subsecretario de Desarrollo Regional. Porque el edil que no va o que no tiene buena llegada en esa repartición enfrentará serias dificultades en su administración.

No quiero que eso ocurra en el caso del gobernador regional.

Por último, señor Presidente -se me acaba el tiempo-, debo decir que tenemos la firme voluntad de avanzar en el proceso de regionalización, pero queremos hacerlo bien. Y en la discusión particular vamos a comprometer nuestro esfuerzo para progresar efectiva y eficientemente, de manera que las expectativas de la ciudadanía tengan las respuestas adecuadas respecto de algo que es urgente para el país: su regionalización.

He dicho.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

A propósito de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, aprovecho de saludar la presencia del señor Subsecretario, don Ricardo Cifuentes.

Ya habíamos saludado al Ministro del Interior subrogante, don Mahmud Aleuy.

Además, veo que han llegado a las tribunas varios presidentes de los consejos regionales; entre ellos, el de Aisén. También distingo a dos exintendentas de la misma Región.

Advertimos que este proyecto tiene mucho interés a nivel regional.

Me dicen que mencioné solamente a los representantes de Aisén, pero también se encuentran presentes los de otras Regiones.

Si después me mandan la información, los nombro a todos, porque al parecer hoy día todas las Regiones están representadas en las tribunas.

Les doy las gracias por estar acá con nosotros.

Tiene la palabra el Senador señor Ossandón.

El señor OSSANDÓN .-

Señor Presidente, seré muy breve.

Voy a votar a favor de este proyecto. Creo que constituye un tremendo avance. Pero la descentralización no consiste solo en elegir un intendente o una autoridad.

Hay un par de artículos transitorios muy importantes, que van a ser el alma de esta iniciativa si se otorgan las facultades para administrar y delegar.

Creo que en esta materia debe darse otro paso: los municipios. Porque la verdadera descentralización parte de ellos. Son trescientos y tantos a nivel nacional y todas sus autoridades se eligen democráticamente.

Ahora, como la que nos ocupa es una reforma política, yo extraño que en el proyecto del Ejecutivo no se establezca que los intendentes actuales deben renunciar un año antes.

Espero que existan indicaciones en tal sentido, porque me parece impresentable que los intendentes que hoy día ejercen, con todo el poder del Estado, se presenten como candidatos, porque lo hacen en condiciones absolutamente distintas a las del resto de los chilenos.

Yo era Alcalde de Puente Alto elegido democráticamente y tuve que renunciar antes de terminar mi período para cumplir con la norma pertinente.

Así que espero que el Ejecutivo tenga el sentido común y la prudencia para aceptar alguna indicación al respecto, con el objeto de que se trate de un proceso democrático justo.

Por estos días hablamos sobre la existencia de financiamiento irregular de las campañas y nos quejamos de que a veces se gana con trampa. Bueno, una de las maneras en que ello podría suceder es que se use toda la plataforma y el poder del Gobierno para ensuciar este proceso, porque los intendentes hoy día en ejercicio, que son designados, pueden ser candidatos después en forma directa a las intendencias.

Creo que ese es un tema muy importante, porque esta es una reforma política.

Voy a votar que sí, señor Presidente, pero confío en que en este proceso se den verdaderas atribuciones, porque de lo contrario el delegado presidencial va a ser el que manda.

El Senador Espina explicó que este personaje, que representa al Presidente de la República , solo se ocupa de ciertos Ministerios o tiene ciertas atribuciones, pero ellas son las que hacen funcionar en la práctica al país. Ahí radica su poder.

Entonces, si habrá un intendente elegido democráticamente debe tener poder. Normalmente, todos los candidatos hablan de descentralización, pero cuando llegan al gobierno toman estas medidas de parche, porque tienen miedo de entregar el poder.

Hago presente lo anterior, porque cuando entré a este Senado tuvimos que votar un proyecto para arreglar el problema de los presidentes de los consejos regionales, pues su gran atribución era manejar las tablas de una reunión. O sea, ¡un chiste!

Entonces, ojalá que este sea un intendente de verdad, con poder, con fuerza, elegido democráticamente, para que también pueda gestionar y no deba estar en una firme competencia con el delegado presidencial. Porque todos los proyectos de ley que se aprueban en el Senado dicen que consideran recursos, de acuerdo a lo que establece la Constitución, pero en la práctica no es así. Y bastaría cortarle la llave de financiamiento a este señor -o a esta señora- elegido democráticamente para que pese menos que un paquete de cabritas.

Apostemos a una verdadera descentralización, que espero se traspase después a los municipios, y establezcamos que los intendentes actuales -lo digo derechamente-, si quieren ser candidatos, deben renunciar un año antes.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.-

Señor Presidente, esta es una de las reformas constitucionales más anunciadas por los candidatos a parlamentarios en cada una de las campañas.

Pues bien, a pesar de que es un poco tarde, hoy la estamos debatiendo -y espero que aprobando-, en la esperanza de que dé cuenta de ese compromiso.

Pero, ¿cuál es el sentido de esta reforma? No es solamente elegir una autoridad de manera directa por parte de la ciudadanía. No tiene ese único objetivo. También busca empoderar a las regiones con autoridades que dispongan de la capacidad de llevar adelante el proyecto de cada una de ellas.

La Constitución del 25 sigue el principio portaliano de establecer ministerios a nivel nacional, que determinan políticas e instrumentos generales para todo el territorio de manera uniforme, como si todas las regiones fueran iguales; como si carecieran de especificidad; como si no tuvieran proyectos, sueños, ambiciones y anhelos distintos.

Este proyecto de reforma constitucional debe hacer realidad el compromiso asumido por todos los candidatos, durante tantas campañas, en términos de elegir a la autoridad regional, pero en el entendido de que ella contará con la competencia necesaria para llevar a cabo un proyecto colectivo.

Durante muchos años hemos visto delegaciones de todas las regiones viajando a Santiago, en distintos medios de transporte, para conversar con el Presidente o la Presidenta, con un Ministro, con un Subsecretario o con alguna otra autoridad de Gobierno, a fin de expresar un conjunto de demandas que son de las regiones, pero cuya solución no depende de ellas.

La descentralización debe tener la fuerza no solamente de una voluntad política de cambiar la Constitución; ella debe expresarse también de forma presupuestaria.

En el artículo 114 propuesto se establece que "Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio.".

Es decir, estamos diciendo que vamos a elegir a la autoridad, pero no sabemos cuáles serán sus competencias.

Además, lamento que lo estemos viendo en proyectos distintos, separados.

Pero haremos fe en que en esos proyectos otorgaremos las atribuciones suficientes para que las regiones tengan el poder de realizar los sueños y anhelos de cada uno de esos espacios territoriales.

Nadie nos garantiza que eso sea una realidad, porque en este mismo proyecto estamos diciendo: "No se entregan atribuciones si no van con los recursos".

Entonces, ¿con quién vamos a conversar cuando necesitemos los recursos regionales?

¿Con el Subsecretario de Desarrollo Regional? (Y aprovecho de saludarlo, como también a Mahmud Aleuy , Ministro del Interior subrogante , pues ambos han impulsado con mucha fuerza esta iniciativa de descentralización y de reforma constitucional).

¿O con el Ministro del Interior?

No, se conversa con Hacienda.

Me pregunto cómo va a ser el debate vinculado a los presupuestos; cómo transferimos al mismo tiempo competencias y recursos.

Y como aquí decimos "Mire, si no se transfieren recursos, no se transfieren competencias", a lo mejor la ley va a ser como un saludo a la bandera si se establece la elección de una autoridad que, en definitiva, no va a tener ni los recursos ni las competencias necesarios.

Por eso, es muy muy importante lo que hoy día vamos a aprobar -es un paso gigantesco desde el punto de vista de cómo iremos reformando esta Constitución y haciendo realidad la aspiración de las regiones-, pero también resulta imprescindible ver cómo hacemos un seguimiento respecto de los otros proyectos que están en la Cámara o en otras Comisiones del Senado y que se refieren a las atribuciones y a los presupuestos.

Ellos están estrechamente vinculados. Y espero que tengamos la oportunidad de debatir y de presentar indicaciones hasta donde se nos permita, porque algunas materias son de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Me gustaría que el Ministro del Interior , el Subsecretario , quienes han impulsado este proyecto con tanta fuerza, nos señalaran de cuántos recursos vamos a disponer; cuál va a ser el mecanismo; cómo se van a vincular estas atribuciones a los resultados de empoderamiento y ejecución, para que terminemos de una vez por todas con lo que hemos llamado "la autoridad con dos sombreros"; es decir, una autoridad que obedece al mismo tiempo al Ministro del Interior y a su región.

En definitiva, al momento de definir cosas importantes el intendente, o mañana los gobernadores regionales, no puede depender exclusivamente del Presidente de la República o del Ministro, pues así no resolvemos el tema de la independencia.

No basta elegirlos; tenemos que entregarles los recursos y las atribuciones necesarios.

Por eso, los tres proyectos, las tres materias deberían ser vinculantes.

Señor Presidente, yo voy a votar favorablemente y con entusiasmo este proyecto, pero con el compromiso de revisar en particular qué va a ocurrir con estas dos materias, que son tan importantes para realmente dar un paso significativo en la descentralización.

Por último, quisiera señalar que en mi opinión -que puede ser debatible- se debería contar con un gran respaldo ciudadano en la elección popular. Estas autoridades deberían ser electas con la mayoría absoluta de los votos, para dar legitimidad a su cargo, el cual tendrá un empoderamiento tal que podrá diseñar los programas de desarrollo y constituir un equipo para sacar adelante a cada una de las regiones.

Lo reitero: son materias debatibles.

Espero que en la discusión particular podamos presentar indicaciones y realizar un debate significativo para hacer realidad lo que las regiones estábamos esperando hace tantos años.

Voto a favor, señor Presidente.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Veo que siguen llegando autoridades a las tribunas.

Aprovecho de saludar al Presidente Nacional de los consejeros regionales, don Marcelo Carrasco; al Presidente de los Concejales de Chile; a varios alcaldes que reconozco: de Macul, La Granja, Huechuraba; al Intendente de la Región Metropolitana, don Claudio Orrego, en fin.

Si después me hacen un listado con los nombres, los podré saludar a todos.

Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER .-

Señor Presidente, los países desarrollados descentralizan el poder y generan mecanismos de participación ciudadana. Eso permite que el crecimiento económico se reparta con más equidad y que las políticas públicas representen mejor los intereses de los diferentes territorios: exactamente lo opuesto a lo que ha sido la tradición jurídica de Chile desde tiempos inmemoriales.

Solo como un detalle, puedo señalar que el nuestro es prácticamente el único país de Sudamérica que no elige por voto directo a las autoridades de nivel intermedio. Es un país unitario, centralizado, que aún hoy no elige a sus máximas autoridades regionales.

Por consiguiente, el problema es de poder. No se trata solo de descentralizar ciertas funciones o atribuciones del poder central, sino de empoderar verdaderamente a las regiones.

Quiero señalar en esta Sala que en el último tiempo -hace más de un año y medio, casi dos años- se ha venido trabajando, quizá silenciosamente para los criterios de la capital y de los círculos políticos que rodean a La Moneda, en un proceso de estudio y debate sobre el tema de la descentralización y la regionalización.

De hecho, este proyecto cuenta con el apoyo, no solo de la Fundación Chile Descentralizado, que ha hecho una gran labor, sino también de más de 32 organizaciones, que incluyen a las asociaciones de alcaldes y de concejales; a los cores; a los funcionarios municipales; a los funcionarios regionales; a la CUT; a la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo; a la Cámara de Comercio Minorista; a las universidades regionales; a los funcionarios públicos; a los funcionarios de salud, en fin. Todos estos sectores vienen planteando la histórica necesidad de proceder, aquí y ahora, a una verdadera descentralización de facultades, pero también de empoderamiento de las regiones.

Este proyecto simplemente responde al agotamiento de un modelo de regionalización elaborado bajo el régimen militar, basado en una configuración geopolítica y administrativa de las regiones que hoy ya no tiene sentido, primero, porque no da a estas últimas la capacidad de tomar decisiones obvias de políticas públicas para aprovechar las oportunidades y atacar con un criterio regional, con una mirada local, las urgencias y problemas que las afectan; y, segundo, porque de alguna manera promueve una fragmentación intrarregional que impide el diálogo entre los diversos actores, entre las diferentes provincias para construir proyectos de desarrollo que surjan de las capacidades de cada una de las regiones.

Por consiguiente, en muchas regiones de Chile no se generan capacidades y competencias, por esta verdadera profecía autocumplida de no darles los mecanismos para ello.

Un ejemplo de lo anterior es el desangramiento de las universidades regionales que, con las reformas que hemos ido aplicando, alienta finalmente la migración de los mejores estudiantes de regiones a Santiago sin que vuelvan después; un desangramiento en la parte más medular del poder de una región, que es el poder de las conciencias, de la intelectualidad, de la capacidad de emprender con los jóvenes líderes en el desarrollo.

Ahora, los intentos descentralizadores a lo largo de la historia de Chile han sido muchos. Desde los albores de la República, este ha sido un debate permanente que no se ha resuelto porque no se ha solucionado el problema del poder en favor de las regiones.

La elección por voto directo restablecerá el ejercicio del poder en nuestro país, dándoles a aquellas no solo mayor visibilidad, mayores facultades, sino, fundamentalmente, condiciones para generar en su interior un auténtico poder.

Por lo tanto, esta agenda hay que evaluarla en el conjunto de reformas que contiene.

Así, en la reforma constitucional para la elección del intendente debe aplicarse un mecanismo que también permita la formación de nuevas mayorías y no solo una suerte de acuerdo político final al que tengan que verse forzados los distintos actores, con exigencias altas en materia de quórum, para, en el fondo, eliminar esta suerte de concentración de poder.

En segundo lugar, debe haber transferencia de competencias y fortalecimiento de los gobiernos regionales, la llamada "descentralización administrativa".

Al respecto, quiero hacer presente que existen proyectos en desarrollo, y me llama la atención que algunos parlamentarios parezcan desconocer o no saber esta situación. Ha habido un debate que ya lleva más de dos años. Se establecen sistemas de transferencia de competencias administrativas desde el nivel central al Gobierno regional, particularmente en materia de planificación regional, administración de recursos, territorios rezagados, coordinación región-municipio, participación ciudadana. Se establecen también gobiernos metropolitanos en las áreas conurbanadas con más de 250 mil habitantes. Y se mantienen tres ejes fundamentales para los gobiernos regionales, cuyas funciones serán el fomento de la industria y del desarrollo económico, el desarrollo social y humano y el desarrollo de la infraestructura y el transporte, elementos esenciales para generar condiciones para un desarrollo sustentable en las regiones con respeto a su territorio, a su diversidad étnica, a la diversidad social.

Asimismo, se crean los Consejos de la Sociedad Civil y el Comité de Innovación como órganos del Gobierno regional. Y en los próximos días esperamos indicaciones para la instauración de una Unidad de Control Interno, de manera que este proceso tenga la fiscalización que corresponde.

Más todavía, se encuentra en maduración el eje que se suma a la elección del intendente mediante voto directo y ciudadano y la transferencia de competencias: el financiamiento de los gobiernos regionales y locales, con responsabilidad fiscal. Se trata de una iniciativa que está en proceso de redacción al interior del Gobierno y ha comenzado una discusión acerca de su naturaleza. Por cierto, preferiría un sistema donde parte de la riqueza que las regiones generan se quedara y se reinvirtiera en ellas. Además, existen fondos públicos que se construyen entre todas las regiones y que permiten que las zonas en rezago tengan un respaldo.

Este proyecto debe vincularse a otra relevante iniciativa como es la Ley de Plantas Municipales -en la cual tuvimos una importante participación-, que no solo modifica y actualiza, por primera vez en más de 20 años, las plantas de los funcionarios municipales, sino que también descentraliza esta facultad y se la entrega al alcalde con el concejo municipal respectivo; consagra un incremento de grados focalizado en los trabajadores de menor jerarquía dentro del escalafón; concede asignación profesional a no menos de 8.700 funcionarios; permite el paso de funcionarios de contrata a planta y de honorarios a contrata, y otorga recursos fiscales para comenzar a mejorar el Fondo Común Municipal, aumentándolo en forma significativa cada año.

Este proyecto ya se encuentra aprobado en segundo trámite en la Cámara de Diputados, de manera que hay avances que muchos aquí parecieran desconocer. Hay iniciativas para elegir al intendente y se está trabajando -esta información podría circular de mejor forma- en materia de transferencia de competencias, de financiamiento y en el modo de fortalecer el poder local, que es el poder municipal.

Resulta evidente que aún existen tareas pendientes, pero debo reconocer que este es uno de los proyectos estructurales más importantes y trascendentes que está tramitando el actual Gobierno, impulsado, de manera significativa, por la Presidenta de la República , Michelle Bachelet , como uno de aquellos en que ella, personalmente, ha jineteado y empujado, y que responde al clamor de las regiones, que durante más de doscientos años de vida republicana han sentido cómo el centralismo las agobia, concentra los recursos y, sobre todo, distorsiona la identidad nacional: hace desaparecer del ideario colectivo el valor de las regiones, su diversidad y su riqueza.

Por consiguiente, esta iniciativa tiene proyecciones insospechadas, y por eso la apoyo con toda mi fuerza.

--(Aplausos en tribunas).

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Quiero informar a las personas que se encuentran en las tribunas que no pueden aplaudir ni pifiar.

Si les gusta alguna intervención, pueden batir las manos en señal de apoyo, pero en silencio, porque las manifestaciones están prohibidas por nuestro Reglamento.

Aprovecho de saludar a algunas de las personas que hoy nos acompañan: don Gustavo Kausel, de La Araucanía; Pablo Arenas, de O'Higgins; Iván Jiménez y Claudia Fernández, de la Región Metropolitana; René Lues y Sandra Miranda, de Valparaíso.

También se encuentra presente el Alcalde de San Miguel.

Hay varias autoridades que de a poco iremos nombrando.

A continuación, tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente, estamos presenciando un debate de la mayor trascendencia. Como se ha dicho aquí, esta es una reforma sustancial a la Administración del Estado.

Me alegra mucho escuchar diversas intervenciones respaldando el proyecto, el que, sin duda, será aprobado por unanimidad.

Seguramente, si este debate lo hubiésemos hecho hace ocho o diez años, no serían los mismos los que estarían reclamando la elección del intendente. Por eso, el que se haya ido conformando un criterio común y transversal apoyando esta propuesta legislativa constituye un gran avance.

Tampoco debemos ser pesimistas y creer que no hemos avanzado nada en materia de regionalización y descentralización. No hemos conseguido, seguramente, todo lo que quisiéramos, pero hoy, por ejemplo, tenemos consejeros regionales elegidos por la ciudadanía. Y además existe un traspaso de recursos que si bien no es el que uno quisiera, llegará a ser casi el 25 por ciento en relación con los fondos regionales que se tenían anteriormente.

Aparte, hay diversas iniciativas que se están tramitando.

El Senador que me antecedió en el uso de la palabra mencionó la ley que aprobamos después de un largo debate, con participación de los alcaldes, la Asociación de Municipalidades de Chile y la entidad que agrupa a los funcionarios municipales, que no solo corrige problemas de planta, de grados o de asignaciones profesionales, que son muy importantes, sino que le da autonomía a la municipalidad para conformar sus propias plantas y, de ese modo, armar los equipos humanos que le permitan conducir la comuna.

Efectivamente, considero que en materia municipal se ha avanzado menos de lo que quisiéramos, porque, si pretendiéramos una real descentralización, esta debería partir por transferir recursos y responsabilidades al municipio, que es el gobierno más cercano a la gente.

Si no somos capaces de descentralizar recursos y facultades a los gobiernos municipales, vamos a encontrarnos con un problema que hoy ya existe: la centralización dentro de la propia región. Hay mucha gente que reclama contra el GORE porque siente que existe una concentración en la capital regional. Y ello se soluciona a través de la transferencia de competencias y de potenciar a los municipios para que estos cumplan las tareas que son más cercanas a la gente.

Por otra parte, también es cierto que aquí solo estamos determinando la elección del intendente. En lo personal, fui partidario de cambiarle el nombre por el de "gobernador", ya que de no hacerlo se confundirían las funciones si acaso existe un intendente y, a la vez, un gobernador designado por el Presidente de la República para la provincia correspondiente. Me parece que, si bien es solo un cambio de nombre, es importante para la trascendencia de lo que se quiere hacer, que es elegir al representante del Gobierno regional.

Su elección se efectuará en la forma en que establece el proyecto que estamos votando, el cual, aunque se halla bien estructurado, contiene una materia que fue objeto de discrepancia en la Comisión de Gobierno, donde una mayoría estableció que el intendente sería elegido por simple mayoría, lo que, en mi opinión, es un gran error.

Pienso que el intendente -ahora "gobernador regional"- tiene que ser elegido en una forma equivalente a como se elige al Presidente de la República , con un apoyo ciudadano fuerte, para que realmente tenga capacidad de gestión, la que dependerá de la votación que reciba de la gente.

Por eso, es necesario que su designación sea por mayoría absoluta, igual que como ocurre con el Primer Mandatario , o, de lo contrario, con segunda vuelta. Tal vez se podría llegar a una solución intermedia, como aquí se ha insinuado, con un sistema similar al que rige en Argentina, donde al ganador se le exige un 45 por ciento de los votos, o un 40 por ciento, con una diferencia de al menos 10 por ciento sobre el candidato que lo sigue.

Es un tema que deberíamos ver en su momento y que, a mi juicio, no deberíamos definir en esta reforma, sino en la ley orgánica constitucional que determine la estructura y conformación de los gobiernos regionales.

Ahora bien, la transferencia de competencias es de la esencia misma de la descentralización. Claro, no hemos conseguido todo lo que querríamos, pero estamos abriendo una puerta. Desde el momento en que el intendente sea elegido por la ciudadanía, el país va a empezar a transitar, más tarde o más temprano, por un camino que signifique transferir las competencias necesarias para la existencia de gobiernos regionales con poder de decisión. Se tendrá que buscar una descentralización administrativa efectiva.

Debemos ver cómo funciona el sistema en un Estado centralizado y unitario como el nuestro, cómo se conforma el Gobierno regional y qué pasa con los seremis (su designación y dependencia).

Además, dentro de la transferencia de facultades administrativas hay cosas muy simples.

¿Saben ustedes qué pasa en las Contralorías a nivel regional?

Las competencias de las Contralorías regionales son mínimas.

¿Saben ustedes cuánto se demora allí la tramitación de un plano regulador municipal?

¡Diez, doce años!

¿Y dónde se resuelve?

¡En la Contraloría General de la República, no en la Contraloría regional respectiva!

Por lo tanto, debemos descentralizar realmente materias que son de la esencia misma de una buena gestión y darles capacidad a las regiones para que cumplan sus objetivos.

Tenemos que avanzar en descentralización fiscal y buscar la manera de financiar a los gobiernos regionales a fin de que estos cuenten con los recursos necesarios para poder cumplir con sus tareas en todas las áreas sectoriales: vivienda, obras públicas y en todas aquellas donde haya traspaso de competencias.

¿Saben ustedes que los proyectos aprobados por los gobiernos regionales y cuyos fondos han sido previamente visados por el Parlamento a través de la Ley de Presupuestos deben volver al nivel nacional, específicamente a la Dirección de Presupuestos, para ser revisados nuevamente? Muchas veces llega junio, julio, agosto o septiembre y todavía no están en manos de los gobiernos regionales para su ejecución.

¿Qué se requiere, entonces? Una Dirección de Presupuestos regional que resuelva los temas correspondientes a la respectiva región.

Por lo tanto, debemos avanzar con mucha convicción en cuanto a que la descentralización es necesaria, aunque con responsabilidad. No podemos permitirles a los gobiernos regionales endeudarse sin límite y sin control. Tienen que estar regulados.

Y es necesario llevar a cabo una descentralización no solo administrativa, sino también política, acerca de la cual ya hemos hablado. Hay un tema bien importante que discutir, que es, según los autores especializados en la materia, la descentralización del recurso humano.

En estos días hemos visto que hay regiones que no cuentan con médicos especialistas para atender a su población. De ahí que debemos buscar la manera de fomentar y realizar igualmente una descentralización del recurso humano, porque los gobiernos regionales van a requerir capacidad de gestión y recursos humanos necesarios para cumplir bien sus funciones.

Por lo tanto, me sumo con mucho entusiasmo a la aprobación de este proyecto, porque creo en la descentralización y en la regionalización. Pienso que cuando llegue aquí la iniciativa sobre traspaso de competencias debemos efectuar un debate serio para concretar de verdad dicha transferencia e incluso dirimir la inquietud que planteó el Senador Pérez Varela en cuanto a qué pasa si el poder central niega una transferencia de competencia. ¿Quién resolvería la situación? Hemos discutido sobre si le correspondería al Senado o a otra autoridad, pero hay que solucionar el punto. No es posible que la transferencia de una competencia aprobada por los dos tercios del Consejo Regional quede en manos del Presidente de la República.

Todo eso debemos considerarlo, con realismo y responsabilidad, a fin de tener un país realmente descentralizado y moderno.

Por eso, voto que sí.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Antes de seguir dando la palabra, voy a continuar saludando a las personas que nos visitan: los ex Intendentes señor Jaime Jelincic, de Magallanes; señora Silvia Moreno, de Aisén (antes ya habíamos saludado a doña Viviana Betancourt, de la misma región), y a la señora Nora Barrientos, de La Araucanía; a los Alcaldes de la Región Metropolitana señores Carlos Cuadrado, de Huechuraba; Sergio Puyol, de Macul; Miguel Ángel Bruna, de Lo Espejo; Felipe Delpín, de La Granja; Florentino Flores, de San Pedro; Julio Palestro, de San Miguel, y Mario Gebauer, de Melipilla; a los Alcaldes de la Región de O´Higgins: señor Luis Barra, de Malloa; señor Adolfo Cerón, de Pichidegua, señora Gloria Paredes , de Palmilla, y señor Gastón Fernández, de La Estrella; a los Alcaldes de la Región de Valparaíso: señores Mauricio Carrasco, de Quintero; Patricio Aliaga, de Cabildo; Guillermo Reyes, de Putaendo, Oscar Sumonte, de Concón, y señora Macarena Santelices, de Olmué.

También saludamos al Rector de la Universidad de Playa Ancha, don Patricio Sanhueza, Presidente de la Agrupación de Universidades Regionales de Chile, y a representantes de Aconcagua Región, Ñuble Región, Placilla Comuna, y a dirigentes sociales de Villa Alemana.

Si hay más visitas, me hacen llegar sus nombres y los mencionamos.

A continuación, le ofrezco la palabra al Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente , la centralización del país no da para más y es una de las causas -no la única- de la crisis de la política y de la desconfianza generalizada en las instituciones que sufre nuestro país.

La crisis actual se debe, en buena parte, a la distancia cada vez mayor de la actividad política respecto de las comunidades, lo que es especialmente evidente en los territorios más alejados.

Incluso, diría que las primeras señales o las más nítidas de esta creciente desafección de la política las pudimos advertir en las regiones, cuando muchas veces las comunidades se encontraban con respuestas centralistas, alejadas de la realidad frente a sus problemas, o cuando no siempre sus autoridades máximas lograban representar los intereses de esas comunidades.

Tales fenómenos los hemos sufrido por décadas en las regiones, y el actual clima político solo ha agudizado ese cuadro.

Muchos de los conflictos que hemos vivido en los últimos años (las manifestaciones masivas que se produjeron desde el norte, en Tocopilla y Freirina, hasta el sur, en Chiloé, Aisén y Magallanes ) han sido no solo la expresión de una reivindicación específica, sino también la señal de que las instituciones locales o regionales no cuentan con el poder suficiente y que la autoridad central no advierte a tiempo los problemas.

De manera tal que hay razones políticas de fondo detrás del impulso descentralizador y, en especial, de la elección de la autoridad máxima en cada región.

Con esto estamos acercando la política a la gente, ampliando la democracia y devolviendo parte de la soberanía a los ciudadanos. Los futuros gobernadores regionales podrán representar sin limitaciones los intereses de su región, canalizar de mejor manera las demandas de cada territorio y anticipar más oportunamente los conflictos.

Las regiones tendrán ahora una voz potente, legitimada por sus comunidades.

La centralización no solo es una traba para la democracia; es también un obstáculo para el desarrollo económico de los territorios y, por ende, del país.

Lo he dicho innumerables veces: Chile no será un país desarrollado mientras no desarrollemos sus regiones.

La productividad, la innovación, la creatividad, la capacitación, la inversión, la sostenibilidad ambiental y la diversificación productiva y de la matriz energética son todas condiciones necesarias para el desarrollo que se estimulan y se potencian mejor desde territorios que dispongan de autonomía y de autoridades fuertes, dispuestas a atreverse a competir con sus propias ventajas y capacidades.

No es lo mismo bajar a la región una política nacional, que generar una política propia. Chile no necesita una política de turismo, ¡necesita quince! Y lo mismo pasa en todos los ámbitos de la economía.

Por otro lado, las políticas sociales pueden focalizarse de mejor manera en las regiones.

Las necesidades de las comunidades indígenas del norte no son iguales a las del sur. Y lo mismo pasa con relación a mujeres, jóvenes, niños y adultos mayores.

El enorme desafío de la reforma educacional supone también el fortalecimiento del nivel regional.

Asimismo, una planificación adecuada del territorio, que facilite la inversión pero que al mismo tiempo salvaguarde los intereses de las comunidades, y la administración eficiente de las zonas metropolitanas, que tanto incide en la calidad de vida de millones de personas, son tareas propias de una autoridad electa que responde a los ciudadanos que la eligieron y no a las metas de uno u otro ministerio.

En mi opinión, esos son los aspectos centrales que nos jugamos con esta reforma constitucional. Con la elección de la autoridad máxima de cada región estamos actuando sobre un factor clave para el desarrollo político, económico, social y territorial del país.

Así lo entendieron el programa de Gobierno de la Presidenta Bachelet y el programa de Gobierno que levantó la Oposición en la última elección.

Así lo concluyeron todos los estudios internacionales que demuestran que Chile es uno de los países más centralizados tanto en la OCDE como en América Latina.

Así también lo acordó de manera unánime una Comisión Asesora Presidencial de innegable autoridad y transversalidad.

Todos los esfuerzos que en materia de probidad y de transparencia se han hecho en este Senado podrían quedar en nada de no aprobarse esta reforma.

Nadie creerá que queremos cambiar las maneras de hacer política que han primado hasta ahora si no damos curso a la elección de la autoridad máxima de cada región ahora, y no en cinco ni en diez años más.

Las desconfianzas existentes sobre la eficiencia o la disciplina fiscal de los nuevos gobiernos regionales, la generación de caudillismos o los eventuales conflictos que surjan con la autoridad nacional no pueden impedir que demos este paso. La desconfianza de la ciudadanía en las instituciones es aún mayor, y esta reforma no se puede dilatar.

La descentralización por sí sola no se va a traducir en un desarrollo territorial inmediato. Pero, sin duda, es una herramienta no solo eficaz, sino también imprescindible.

Por cierto que esta reforma pudo ser más profunda e ir acompañada del otorgamiento de mayores potestades para los gobiernos regionales.

Igualmente, tiene aspectos opinables, como el de si los nuevos gobernadores regionales se elegirán por mayoría simple o absoluta, o si serán reelegibles.

Pero esos aspectos pueden ser zanjados en votaciones separadas y sus resultados no afectarán lo principal: la democratización de la función ejecutiva de los gobiernos regionales y el impulso decidido al proceso descentralizador de nuestro país.

Señor Presidente , fui intendente por 10 años con los Presidentes Aylwin y Frei , y ellos y sus colaboradores siempre me dieron espacio para expresar lo que yo interpretaba como los intereses de la Región de Los Lagos, que entonces incluía la actual Región de Los Ríos.

Pero en los tiempos actuales esto no es suficiente.

En el contexto de hoy la tarea es más compleja. Es imposible que una autoridad designada cuente con la legitimidad y el apoyo suficientes para liderar el camino al desarrollo de cada región.

Se requiere más participación, más diálogo, más articulación, y también más responsabilidad y rendición de cuentas ante la ciudadanía, y ello solo será posible con la generación democrática de los actuales intendentes y futuros gobernadores regionales.

Por eso, voto a favor.

--(Aplausos en las tribunas).

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, todos quienes aspiramos a que el país tenga un enorme fortalecimiento en sus estructuras regionales deseamos contar con verdaderos gobiernos regionales y no con meras administraciones regionales.

Es por eso que concurro con mi voto favorable, pero no sin antes hacer una sana autocrítica: ¿es este el proyecto que todos deseamos? ¿Es este el proyecto que de verdad nos va a permitir tener un país descentralizado? Claramente, no.

Hoy la presencia de quienes aquí nos acompañan: alcaldes, concejales, intendentes, autoridades, instituciones, universidades, demuestra la enorme necesidad de tener un país descentralizado. Entendemos que contamos con un Estado unitario, pero cuando hablamos de descentralizar el poder decimos con mucha fuerza que precisamos un país igualitario.

Tal cual lo manifestó un Senador que me antecedió en el uso de la palabra, Regiones como la que represento, la de Magallanes, al igual que muchas otras del país, constatan con pena e impotencia cómo los especialistas en materia de cáncer infantil, por ejemplo, están solo en Santiago y no en el resto del país. ¡Eso habla de una brutal desigualdad! Habla de lo distinto que es vivir en una región cualquiera a hacerlo en la Región Metropolitana de Santiago.

Es por eso que durante mucho tiempo, señor Presidente , hemos venido elaborando distintos proyectos. De tal forma, como integrantes de la Comisión de Gobierno, que en innúmeras veces me tocó presidir, discutimos reformas constitucionales.

Es importante decir lo siguiente: ¿era prioritario disponer la elección de la intendenta o del intendente, o permitir el traspaso de competencias?

Por supuesto que lo primero es definir la función, a qué se va a dedicar esa futura autoridad. Y para eso era muy necesario comenzar con el traspaso de las competencias; saber cuáles van a ser las obligaciones que esa persona, mujer u hombre, tendrá al momento de liderar determinada región.

Eso vendrá luego.

Yo fui uno de los que presentaron una iniciativa de reforma constitucional en esta materia. Por eso, cuando estamos frente a un proyecto de reforma a la Carta Fundamental a fin de permitir la elección de una intendenta o intendente, debemos decir que, sin lugar a dudas, habría sido mejor aprovechar esta enorme oportunidad para lograr además algo vital como lo relativo a las funciones que se traspasan.

Pero esas funciones que se traspasan, señor Presidente , han sido objeto de muchísima discusión, porque los gobiernos centralistas no quieren soltar el poder, no están dispuestos a entregárselo a las regiones.

¿Y qué dicen?: "Mire, a lo mejor no hay personas con la capacidad, con la expertise, con el conocimiento para el manejo de todos los recursos que determinada región puede llegar a solicitar".

O sea, volvemos a sostener esa mirada castigadora, centralista con respecto a las capacidades existentes en cada una de las regiones.

Y fue tanto así, señor Presidente , que en la reforma que hicimos en ese entonces dispusimos que, en la eventualidad de que una Presidenta o un Presidente de la República se negara a traspasar una atribución solicitada desde los gobiernos regionales, el órgano dirimente sería el Senado.

Ello, a fin de que exista una institución que permita dirimir entre la solicitud de esas autoridades regionales y lo que decida el Presidente o la Presidenta de turno.

Eso es tremendamente necesario.

De otra forma, seguiremos construyendo regiones de papel, donde solo se administra, donde no es posible gobernar, a las que no se les han traspasado todas las facultades.

Y esa situación, claramente, no nos va a posibilitar alcanzar la tan anhelada y verdadera descentralización.

Otro tema importante es el relativo a los seremis.

Aquí tenemos numerosas autoridades con un enorme conocimiento en materia regional. ¿Con una intendenta o un intendente que presida el consejo regional, vamos a alcanzar la descentralización, considerando que los seremis responden a los Ministros? ¿Dónde? En el gobierno central.

Hemos insistido en la necesidad -lo menciono de nuevo- de que desde el gobierno regional se designe una terna -al respecto queremos presentar una indicación, que lamentablemente es inadmisible, pero le pediremos al Ejecutivo que la estudie-, ojalá consensuada con la autoridad elegida por el voto popular (el intendente o la intendenta), que se envíe al gobierno central para que desde esa terna provenga el nombramiento de los seremis.

De ese modo vamos a conseguir, de alguna u otra manera, una atención particular y especial por quien asuma la labor de seremi, para responder a las autoridades en el orden regional.

Quiero saludar, tal como lo hizo el señor Presidente , a la Fundación Chile Descentralizado, al CONAREDE (Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización), porque el proyecto en debate tiene miles de madres y miles de padres.

Todos los aquí presentes y muchos de los que se encuentran en el resto del país tenemos algún grado de paternidad frente a un proyecto tan particular como el que nos ocupa.

Felicito a la Presidenta de la República por atreverse a dar un paso importante, fundamental en esta materia, porque este tema lo hemos discutido en innúmeras veces, en bastantes oportunidades. Era una promesa de campaña de todos nosotros.

¿Pero qué buscamos? ¿El titular de mañana en que se diga que a partir del 2017 vamos a tener intendentas o intendentes elegidos por el voto popular? ¿Eso se busca?

Espero que no, señor Presidente. Porque lo que tenemos que lograr es que en una nación como la nuestra, con un Estado unitario, sus quince regiones no solo se potencien, sino que también alcancen igualdad.

Reitero el ejemplo de la Región de Magallanes. Esta carece de especialistas. Por ello, un niño magallánico no recibe igual trato, no tiene la misma posibilidad de recuperarse de un cáncer. Y su mamá o papá debe ir a Santiago, con el riesgo de perder el trabajo, y presentar licencias médicas truchas o falsas, porque simplemente no tiene cómo justificar la ausencia laboral para salvar la vida de su hijo.

Hay dos categorías de chilenos: quienes viven en Santiago, que tienen a la mano todas las condiciones necesarias para salvar sus vidas, y los que habitamos en regiones extremas.

Y eso, por supuesto, no es justo.

Proyectos como el que nos ocupa van a permitir también la descentralización de los servicios públicos.

El Instituto Antártico Chileno se encuentra en Magallanes. Pero antiguamente se ubicaba en Providencia, por lo que cuando se conversaba respecto a qué hacer en la Antártica se resolvía en dicha comuna. Sin embargo, hoy se decide en la puerta de la Antártica: en nuestra Región.

Lo propio podría hacerse, por ejemplo, cuando se hable de minería en las regiones del norte o cuando se traten temas forestales en aquellas zonas que tienen la especialidad en esa área.

Asimismo, se necesita descentralizar la función pública. De esa manera, podríamos contar con una función pública mucho más igualitaria y no como la que tenemos hoy en materia de jubilación y en tantos rubros más.

Se establece un salario mínimo parejo para todo el país como si el costo de la vida a lo largo del territorio nacional fuera el mismo.

Entonces, cuando debatimos este tipo de iniciativas tenemos que decirle al país que a partir de 2017 habrá autoridades empoderadas, autoridades capaces de tomar decisiones regionales.

Yo felicito al Gobierno por esta iniciativa.

Sin lugar a dudas, no es lo que queremos, no es lo que esperamos.

¡Queremos más!

¡Queremos tener una verdadera descentralización para fortalecer nuestro país!

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Quiero saludar a los representantes de la Comisión de Concejales de la Asociación Chilena de Municipalidades: a su Presidente , don Marco Quintanilla, y a sus Vicepresidentes, señores Marco Espinoza, Ariel Ramos y señora Beatriz Lagos.

Muchas gracias por acompañarnos.

Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Señor Presidente , como bien lo ha hecho usted, saludo a quienes hoy nos acompañan y a los representantes de regiones.

La inmensa mayoría, prácticamente más del 90 por ciento, nos sentimos representados por los planteamientos vertidos por las señoras y los señores Senadores en cuanto a la postergación que históricamente hemos sufrido, que también es nuestra responsabilidad política, la cual muchas veces no han asumido los Gobiernos pero tampoco los Parlamentos.

En ese aspecto, creo que esta es una oportunidad muy importante para empezar a hablar en serio acerca de la descentralización y de lo que debe ser un proceso real de regionalización.

En primer lugar, me parece muy relevante hablar respecto de lo que será la transferencia de competencias.

Me habría gustado que hubiésemos comenzado por ese proyecto, toda vez que, si se traspasan competencias desde el gobierno central a los gobiernos locales y regionales la iniciativa que debatimos hoy, cuya idea de legislar vamos a apoyar, resultará obvia.

Por lo tanto, estamos partiendo un poco al revés, al igual que en la reforma educacional.

Habría preferido saber cuáles serán las atribuciones concretas que tendrán nuestros gobernadores regionales y conocer exactamente qué poder va a tener el Gobierno central con relación a las regiones.

Sin embargo, eso no ocurrió así.

Esperamos tener a la brevedad una respuesta legislativa a ello y que, con el apoyo del Gobierno, contemos con el financiamiento necesario, que resulta fundamental, porque no solamente debemos hablar de atribuciones, sino también de cuántos recursos se entregarán a este proceso de regionalización.

Considero muy importante el acuerdo que se plantea en el texto que aprobó en general la Comisión de Gobierno, en cuanto a que -como bien se establece- "Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 116 entrarán en vigencia" -es decir, la elección, el hecho de que el gobernador regional pueda operar- "una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.".

Eso me parece esencial.

Resulta relevante indicarles a los alcaldes, a los cores, a los representantes de las regiones y de las instituciones que han estado preocupadas de este proceso que estas enmiendas no van a operar mientras no se haya publicado la ley orgánica constitucional que fije las respectivas atribuciones.

Asimismo, "esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y la forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales.".

Eso es fundamental porque no tiene sentido elegir democráticamente a un gobernador regional si no se le han entregado las competencias necesarias.

En consecuencia, la determinación que tomó la Comisión, que va a aprobar en general el Senado, será una garantía muy importante de que este proyecto no solamente será una declaración de intenciones, un saludo a la bandera, sino que se convertirá en una realidad concreta.

Y por eso resulta primordial que el Ejecutivo les dé mayor celeridad a tales iniciativas.

Es imprescindible que el Gobierno le ponga una urgencia mayor al proyecto que tiene en agenda en esta materia (se encuentra con urgencia "simple"), toda vez que la transferencia de competencias y el fortalecimiento de los gobiernos regionales son sumamente relevantes.

Y después está lo relativo al financiamiento, que es fundamental.

¿Qué sacamos con transferir atribuciones y asegurar la elección democrática del gobernador regional si no se entregan los recursos necesarios?

Eso -bien lo sabe el Ejecutivo - va a ser difícil. En efecto, lograr que el Ministerio de Hacienda, a través de la DIPRES, aporte tales fondos no será fácil.

Para ello, resulta esencial la señal que el Parlamento dé en el día de hoy.

Otro aspecto importante es el concerniente a las plantas municipales.

Bien lo han dicho muchos Senadores que me han antecedido en el uso de la palabra: la verdadera desconcentración al interior de las regiones y la descentralización a nivel nacional parten en la acción de los municipios.

Estos son los organismos que están más cerca de la gente, los que solucionan sus problemas directos. En consecuencia, debieran tener más atribuciones, más recursos y más autonomía.

Quienes representamos a regiones estamos conformes con este primer paso. Consideramos que la presente iniciativa es fundamental para avanzar hacia lo que el país espera.

Asimismo, se habla de elegir al gobernador regional por mayoría simple, como sucede en la elección de alcaldes.

Es relevante reconocer que en tal caso se expresa la voluntad popular. Exigir a ese efecto la mayoría absoluta u otros umbrales altos es complejo, por cuanto, como se ha señalado, dejaría a muchos movimientos regionalistas o a líderes locales en la imposibilidad de acceder al mayor cargo de una región.

Lo primordial es transferir la decisión a la comunidad de cada una de las regiones: que las personas se expresen en las urnas con el fin de elegir a la autoridad que los represente.

Por otro lado, señor Presidente , se anticipa un problema sensible, que habrá que discutir cuando analicemos la transferencia de competencias. Me refiero a lo relativo a los directores de servicios: ¿a quiénes van a obedecer estos en ciertos casos?

Si bien el proyecto establece que se vincularán con los organismos que dependen de la región, cabe consignar que estos son muy pocos. La mayoría de las instituciones públicas pertenece al nivel central y depende de un Ministerio.

Ante ello, es esencial entender cómo los alcaldes en cada una de las regiones obtendrán los recursos, por ejemplo, a través del SERVIU. ¿Por qué no es posible contar con un SERVIU absolutamente regionalizado, que pueda tomar decisiones propias?

¡Para qué hablar de lo planteado en el ámbito de la salud con relación a la falta de especialistas! Es fundamental tener anestesistas y otros profesionales que apoyen el trabajo en las distintas regiones.

Hoy día estamos aprobando -hay que destacarlo- solamente la idea de legislar. En la discusión en particular ciertas situaciones abrirán un debate complejo de resolver.

Con todo, lo importante ahora es entregar una señal clara: estamos disponibles para generar una real descentralización, para posibilitar que las regiones se desarrollen como quieran.

Por ejemplo, me pregunto: ¿por qué CODELCO tiene sus oficinas centrales en Santiago si la mayor producción de cobre está en el norte y en las Regiones de O'Higgins y de Valparaíso?

¡Dicho organismo está en Santiago!

Algo similar pasa cuando una persona pide un crédito: ¡todo se consulta a la Capital!

Se trata de un tema cultural, que hay que empezar a cambiar. Nuestra vida política y social debe cambiar culturalmente.

Nosotros, como representantes de las regiones, tenemos la obligación de imponer nuestra visión desde el Parlamento. ¡No podemos continuar permitiendo que en esta materia nos impongan una forma de enfrentar la situación! Muchas veces se logran acuerdos políticos, pero a la larga el centralismo sigue mandando.

En consecuencia, señor Presidente , voto a favor de la idea de legislar, sin perjuicio de estar muy presente durante el debate en particular en la formulación de indicaciones, y no solamente respecto de esta iniciativa, sino también de otras tan o más importantes, como la que regula el proceso de transferencia de competencias desde el Gobierno central a las regiones.

He dicho.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Quiero saludar a don Marco Antonio Mellado, Presidente de la Federación Nacional de Funcionarios de los Gobiernos Regionales (FENAFGORE), y a través de él, a todos los funcionarios de los GORE, quienes obviamente están muy interesados en este proyecto.

Deseo saludar también al Alcalde de Valparaíso, don Jorge Castro -vi que llegó-, y a todas las concejalas y a los concejales que nos acompañan.

Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ ( doña Lily).-

Señor Presidente , parto saludando al Alcalde de Quintero , don Mauricio Carrasco ; al Alcalde de Cabildo, don Patricio Aliaga ; a los concejales de ambas comunas, y a la gente del Aconcagua, que aspira a que por fin nos convirtamos en región.

La actual Presidenta prometió durante su campaña que se iba a crear la Región de Aconcagua. ¡Obviamente, promesa incumplida!

Por lo mismo, reitero, una vez más, toda mi admiración a los regionalistas y municipalistas. En todos los gobiernos, de todos los colores políticos, les han ofrecido y prometido cosas, las que no se han concretado.

Deseo manifestar mi admiración a todos los sectores políticos, a los alcaldes, a las alcaldesas, a los concejales, a las concejalas, a los miembros de los gobiernos regionales, a los funcionarios municipales y a todos quienes trabajan por hacer de Chile un mejor país: uno más descentralizado y regionalista de verdad.

En general, durante las campañas hay mucho papel y se reúnen firmas; pero el resultado posterior suele terminar en promesas incumplidas.

Un ejemplo: durante la última campaña presidencial, en la plaza de San Felipe, en nuestra zona, la actual Presidenta se comprometió con la gente a crear la Región de Aconcagua, pero ya vamos en el tercer año de Gobierno y no hay atisbo de ella.

¡Para qué hablar de la sala itinerante que se ha pedido a la Corte de Apelaciones de Valparaíso! Una vez más se ha rechazado tal alternativa, por flojera. Y lo digo con todas sus letras: ¡por flojera! No es por otra cosa: este tribunal tiene la competencia y la jurisdicción para resolver lo solicitado.

Dicho eso, señor Presidente , cabe señalar que ningún gobierno, hasta el momento, ha tenido una visión estratégica para lograr una real descentralización y regionalización de carácter político, administrativo y económico.

Obviamente, voy a votar a favor el proyecto en general. Los regionalistas nos piden que lo apoyemos, y así lo haré. Pero hago presente que, en lo personal, su contenido me deja profundamente insatisfecha.

En materia política, si bien el gobernador regional va a ser elegido de forma directa, tendrá encima a una especie de comisario político perteneciente al gobierno de turno, fiscalizando y coordinando, lo cual le impedirá a aquel, en la práctica, representar realmente los intereses de la región.

Los intendentes en Chile desde siempre han sido funcionarios designados a dedo por la administración de turno.

En la Cámara Baja fui una de las primeras en firmar, junto con los entonces Diputados Víctor Barrueto y Esteban Valenzuela, un proyecto de ley para posibilitar la elección directa de los intendentes.

Hasta ahora se trata de funcionarios que no representan, salvo contadísimas excepciones, los intereses de las regiones, sino los de los gobiernos que los designan.

Y nosotros lo sabemos bien en la Región de Valparaíso Cordillera: los intendentes solo van al Aconcagua cuando se presenta algún desastre o una emergencia. ¡En general, nunca están!

Un segundo aspecto sobre la descentralización política es que no basta con la elección directa, aunque, por supuesto, constituye un paso importante.

¿Qué quiere la mayoría de los partidos tradicionales y más grandes? Que haya segunda vuelta y que se fije un porcentaje mínimo de votos. Es como exigirles a los parlamentarios, a algunos de los que están aquí sentados, que logren como mínimo un 20 por ciento de los votos en la elección.

¡Eso no les quita legitimidad!

Lo importante es que el gobernador regional, al igual como sucede con un alcalde, saque la primera mayoría de los votos. No me interesa si obtiene más del 50 por ciento; lo relevante es que tenga apoyo ciudadano, más allá del color político que represente.

Al respecto, hago un llamado de atención en esta Sala: muchos Senadores han hecho alarde hoy de su regionalismo y han expresado distintas citas; pero, cuando tuvieron la oportunidad de votar a favor de la existencia de partidos regionales -idea respaldada por algunos de nosotros-, ni se arrugaron para pronunciarse en contra. ¡Rechazaron tal posibilidad!

Entonces, cuando hablan aquí de darles espacio a los movimientos locales para que el regionalismo tenga expresión política, yo les recuerdo que en aquella oportunidad votaron en contra.

Que escuche bien la gente que está en las tribunas: no van a existir los partidos regionales con aportes del Estado, a diferencia de lo que sucederá con el resto de las colectividades políticas. Ello, porque para que aquellos reciban recursos estatales será necesario que tengan, a lo menos, cuatro parlamentarios electos en dos regiones distintas.

Cerrado ese paréntesis, cabe consignar que la descentralización política implica, en la práctica, perder poder. Y no veo a ningún Gobierno, ni al que yo apoyé -me refiero al del Presidente Piñera - ni al actual, haciendo una pega real en esa dirección, para propiciar de verdad una dispersión del poder.

En materia económica, ¿qué queremos los regionalistas? Que los gobiernos regionales (con sus cores y demás autoridades electas democráticamente) sean los que decidan qué hacer con las platas recaudadas de los impuestos que se pagan en las regiones.

El Ministerio de Vivienda es uno de los organismos más centralizados del país, al igual que el de Obras Públicas. ¿Por qué la Dirección de Vialidad es la que decide la pavimentación de una calle en la comuna de Santa María, en la zona del Aconcagua? ¿Por qué no toma esa decisión el propio GORE de Valparaíso?

Entonces, si no se logra una descentralización en el plano económico, todo se seguirá leyendo muy bonito en el papel, se oirá muy bien en el discurso, pero no vamos a tener una regionalización real.

Por último, me voy a referir a la descentralización de carácter administrativo.

Hay que traspasar competencias a las regiones, pero con recursos. Eso es lo óptimo. Siempre decimos lo mismo con relación a los municipios.

Yo fui concejala y estoy muy orgullosa de haber desempeñado ese cargo. Creo ser una de las pocas concejalas que han llegado al Senado, y por eso tengo muy clara la situación. Si se entregan atribuciones y no los fondos suficientes, vamos a generar solamente elementos para hacer buenos discursos, pero dejaremos a los gobiernos regionales sin posibilidad de efectuar una buena ejecución.

Por esa razón, el traspaso administrativo de competencias del GORE al nuevo delegado regional ¡quitará atribuciones a los cores!

¿Quién tendrá las facultades? El comisario político.

¿Dispondrá de ellas la autoridad regional que será elegida popularmente? Lo más probable es que no.

Sin duda, en la práctica las cosas van mejorando. El hecho de que a futuro podamos contar con un gobernador regional electo de forma directa nos dará más opciones para ir realizando, culturalmente, los cambios que las regiones necesitan.

Sin embargo, ello no será suficiente si no existe una real voluntad política. Da lo mismo el color político del Ejecutivo que impulse esos cambios: lo importante es concretarlos. La cuestión de fondo es que la Administración que lo haga debe estar dispuesta a perder poder. Y el problema es que las personas que llegan al Gobierno no lo quieren perder.

Descentralizar económicamente una región para que esta decida qué hacer con sus impuestos ¡es dispersar poder!

Permitir que existan partidos regionales y que ellos resuelvan quiénes serán sus cabezas ¡es dispersar poder!

Dejar que las regiones, a través de las autoridades electas de los gobiernos regionales, puedan decidir autónomamente cómo utilizar sus recursos ¡es perder poder!

Lo que me preocupa es que no veo esa voluntad, en general.

Por todo lo anterior y tal como me lo han pedido, voy a respaldar la idea de legislar. Pero votaré de acuerdo a lo que pienso cuando analicemos la iniciativa en particular: rechazaré algunas normas y presentaré varias indicaciones.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Quiero saludar al Presidente del Consejo Regional de Aisén, don Miguel Ángel Calisto, a quien veo en las tribunas.

También deseo solicitar a la Sala que, en caso de que se apruebe esta reforma constitucional, se establezca como plazo para presentar indicaciones el 24 de marzo, a las 12.

--Así se acuerda.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente, saludo a todas las personas que hoy nos acompañan en las tribunas y que usted ya ha nombrado: a todos los regionalistas, a los alcaldes, a los representantes de los cores, a los concejales.

Les quiero transmitir la alegría por estar viviendo un día histórico, uno muy importante. Quizás, no nos damos cuenta de lo relevante que será esta votación para nuestro país. Si la reforma constitucional en análisis se transforma en lo que espera el ciudadano de regiones, entonces se producirá un cambio fundamental en lo concerniente a la toma de decisiones en el aparato público de nuestro país.

Pero también podría suceder -como se advierte en parte de los discursos de los propios Senadores- que dicho paso no sea tan trascendente y que nuevamente estemos alimentando muchas esperanzas y llenando de expectativas a las regiones para terminar transformando aquellas en una profunda frustración.

Quienes crecimos y hoy vivimos en regiones sabemos que la gente que cree en la democracia no va a soportar una frustración más en manos del centralismo de nuestro país.

Ello obedece a un hecho básico, como se ha señalado acá: esta iniciativa busca asegurar la elección directa de la máxima autoridad regional, pero se trata solo de la reforma constitucional. Este marco no implica que se van a transferir las competencias pertinentes y tampoco que se entregarán los fondos necesarios a ese efecto. No está garantizada la transferencia de poder de decisión a las regiones.

Puede que en estas se celebre la reforma constitucional, pero luego las personas, en su día a día, no verán un cambio real y menos que las decisiones se tomen más cerca de ellas.

La mayoría de los ciudadanos -y esto lo muestran todas las encuestas-, así como la mayoría del Senado -acaso no, la unanimidad-, está a favor de la elección popular de la máxima autoridad regional. Todos creen -es lo que piensa la gente en regiones- que esta iniciativa significará una descentralización de verdad y que las decisiones se tomarán en el ámbito local.

Por ejemplo, se piensa que las regiones van a poder determinar cuáles obras públicas se realizarán primero y cuáles después, y que esa materia ya no se resolverá en Santiago. También se cree que los municipios definirán qué calles pavimentar y que parte del poder del Ministerio de Vivienda estará radicado en las regiones.

Pues bien, considerando el texto de la iniciativa que se nos presenta hoy, les cuento que todo aquello no va a ser así.

Probablemente, si le preguntamos a cualquier ciudadano qué implica elegir al gobernador regional, nos daremos cuenta de que él imagina que los seremis van a depender de dicha autoridad electa. Pero esto tampoco se encuentra consignado en la reforma constitucional.

Por lo tanto, puede ser que el "gobernador regional", como lo denominamos finalmente -después voy a explicar por qué-, luego de ser elegido, se sentará en su escritorio y tendrá muy poco que hacer. Y buscamos solucionar eso en parte, dentro de lo que se pueda, con la reforma constitucional que hoy día se presenta.

Yo sé que los consejeros regionales se encuentran muy preocupados por el tema en análisis, porque tampoco se resuelve aún cuál va a ser su nuevo rol.

¿Será uno mucho más disminuido que el actual? Es la preocupación existente hoy. ¿O serán reales fiscalizadores y ejercerán una efectiva injerencia sobre las decisiones que se tomen en regiones?

Esas cuestiones tampoco se resuelven en esta reforma constitucional.

Entonces, ¿podemos estar contentos aquellos que creemos realmente en la descentralización? Yo creo que sí, porque estamos encontrando un consenso -y lo decían algunos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra- en el sentido de que este es un tema importante: hay que elegir a la máxima autoridad regional.

Ahora bien, el texto que estamos votando hoy día es muy distinto al proyecto original enviado por el Gobierno.

La iniciativa presentada por el Ejecutivo en un principio básicamente hacía tres cosas: uno, decía que se iba a elegir al intendente; dos, establecía que el gobernador regional iba a ser nombrado por el Presidente o la Presidenta de la República , y tres, en su artículo transitorio disponía que "Una vez que asuman los intendentes conforme las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al gobernador regional".

Por lo tanto, ¿qué sucedía? Que todos los seremis y servicios que dependían del intendente pasaban a manos del gobernador regional, quien, a su vez, era nombrado por el Presidente de la República .

Y ello generó un rechazo bastante transversal en regiones. Allí se preguntaba: "¿Para qué vamos a elegir a una autoridad si finalmente todo el poder y los seremis van a quedar bajo la tutela de la persona (gobernador regional) nombrada por el Presidente de la República ?".

De ahí que en la Comisión de Gobierno, con la ayuda de los regionalistas y mediante la presentación de varias iniciativas en forma transversal, intentamos, a través de la reforma constitucional pertinente, darle mayor profundidad a la elección de la nueva autoridad regional, o sea, ir un paso más allá de lo que estaba planteando el Ejecutivo .

Por eso que, primero, se le cambió el nombre a la autoridad. Y ahora no se elige al intendente, sino al gobernador regional. Podemos discutir si se trata de la mejor denominación. Pero tratamos, de alguna manera, de colocar una señal en la Constitución en el sentido de que la persona electa es la más importante, de modo que esa noción rija luego en las reformas a la ley orgánica constitucional respectiva.

En segundo término, y lo creo tremendamente relevante -así lo manifestaron varios Senadores que hablaron con anterioridad-, con la elección de la autoridad el proceso no se agota. Uno podría señalar que la elección es un paso que debiera venir después de que definamos cuáles serán las competencias del nuevo gobernador.

La nueva autoridad regional puede quedarse sin ninguna competencia o con muchas.

No es posible regular lo anterior en la Constitución, pues eso ha de hacerse en la ley orgánica constitucional pertinente.

Y esa materia viene en el proyecto sobre transferencia de competencias, que en este momento se tramita en la Cámara de Diputados, por lo que no hemos podido discutir los temas en conjunto.

¿Qué buscamos hacer, entonces, en la reforma constitucional? Esta es una redacción de los parlamentarios. Nosotros pensamos que la transferencia de competencias tiene que venir en conjunto con la asignación de fondos para que las competencias traspasadas sean reales.

Y luego dijimos que la transferencia de competencias ha de ser real, o sea, que ojalá las decisiones se tomen más cerca, es decir, en los municipios cuando corresponda a temas de su ámbito; luego, en los gobiernos regionales cuando representen materias de interés regional, y en el gobierno central solo cuando no se puedan decidir en el gobierno regional ni en el comunal.

¿Qué debemos evitar?

Primero, que esta sea una reforma constitucional...

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Ha concluido su tiempo, señora Senadora.

Dispone de un minuto adicional.

La señora VON BAER.-

Muchas gracias.

Decía que tenemos que impedir que esta sea una reforma constitucional que frustre a las regiones.

Adicionalmente, debemos evitar entregar atribuciones a las regiones sin los fondos correspondientes, que es lo que ha ocurrido tradicionalmente con los municipios.

En tercer lugar, tenemos que impedir que exista poca claridad respecto al ámbito de competencia de la autoridad nombrada por el Presidente de la República y al ámbito de competencia de la figura electa por los ciudadanos.

Lo que no nos debe suceder es que tengamos dos autoridades a nivel regional que terminen peleando por las pocas atribuciones y por los escasos fondos disponibles. Eso no puede pasar. Y nos cabe la responsabilidad, como Congreso y también como Ejecutivo , de evitarlo.

Señor Presidente, nosotros buscamos que el texto de la reforma, tal como lo votamos en la Comisión de Gobierno, fuera como el de la Constitución francesa...

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Desgraciadamente, no le puedo dar más tiempo.

La señora VON BAER.-

Permítame terminar.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Muy bien.

La señora VON BAER.-

Decía que buscábamos que fuera como la Constitución francesa: que exista una salvaguarda en el sentido de que la transferencia de competencias vaya acompañada de los fondos.

Es nuestra responsabilidad, señor Presidente, que la reforma en análisis signifique realmente una descentralización y no sea nuevamente una frustración para nuestras regiones.

Muchas Gracias.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Informo a la Sala que hay dieciocho Senadores inscritos, si cada uno interviene diez minutos, será un poquito extensa la sesión.

Por eso, pido el acuerdo para limitar las intervenciones a cinco minutos.

El señor PROKURICA.-

¡Cómo! ¡Si los demás colegas tuvieron tiempo!

El señor LARRAÍN.-

Podemos seguir mañana.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

Sigamos mañana.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Estoy preguntando, solamente.

¡En pedir no hay engaño...!

¿Podemos rebajarlo a siete minutos?

El señor PROKURICA.-

No.

El señor LARRAÍN.-

Mejor sigamos mañana.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

No hay acuerdo.

Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

Voy a sintetizar, señor Presidente.

Quiero comenzar mi intervención con una reflexión personal.

Hasta fines de los años ochenta, prácticamente viví casi la mitad de mi vida en Magallanes. Y conocí verdaderamente lo que significaba el aislamiento, el estar solo, el que todas las decisiones se tomaran en la Capital. Por esas cosas de la vida, residí en Santiago más de veinte años. Y hoy día estoy viviendo ya prácticamente por casi tres años en la Región de Los Lagos.

Y el sentimiento que me embarga, al ver la realidad y volver a regiones, es que desde fines de los años ochenta hasta ahora es muy poco lo que se ha avanzado en materia de descentralización y regionalización.

Entendiendo eso, quiero señalar que no se halla en discusión el hecho de que la autoridad, hoy llamada "gobernador regional", sea electa democráticamente. Lo que está en debate es cómo hacemos una reforma constitucional y cómo avanzamos en la descentralización de manera correcta.

Sé que en las últimas décadas se puede haber ofrecido mucho, puede haber habido muchos discursos muy elocuentes sobre el particular, pero la evaluación final es que en materia de descentralización y regionalización hemos quedado estancados.

Para la historia de la ley siempre es bueno, aunque muchas veces se puedan repetir los argumentos, que uno como Senador, sobre todo de regiones, deje plasmadas algunas cosas que quizás ya se han dicho. Fundamentalmente, aprensiones acerca de por qué razón uno pudiese estar dispuesto a votar que no. Pero no porque no quiera elecciones democráticas, sino porque, lamentablemente, si bien el proyecto se fue modificando con el aporte de distintos actores y hoy tenemos un texto que, a mi juicio, es menos malo que el primero que presentó el Ejecutivo , tenemos aprensiones.

¿Cuáles son las aprensiones?

En primer lugar, si con la iniciativa el Gobierno busca una descentralización real, debe promover una modificación legal en la cual se indiquen claramente cuáles serán las competencias a traspasar, junto con los recursos tanto humanos como financieros para ejecutarlas, considerando que el gobernador regional tendrá entre sus funciones el ordenamiento territorial y no se puede poner en juego el destino de una región.

En paralelo a la reforma en análisis, se debe avanzar en materia de descentralización fiscal y administrativa, ya que sin haber claridad en estos puntos resulta difícil impulsar este proceso de manera efectiva.

No existe certeza -aquí se ha dicho- acerca de cómo se realizará administrativamente el traspaso de competencias, lo cual, sin duda, generará preocupación e incertidumbre en los funcionarios públicos que tendrán cambios de dependencia.

Lo más complejo quizás es que la elección de gobernador regional puede terminar siendo una traba mayor para la descentralización, pues cuando existan autoridades regionales electas de una coalición política distinta a la del Gobierno central será más difícil el traspaso de recursos y atribuciones desde el Gobierno central al regional. En este sentido, las únicas perjudicadas serán las comunidades, especialmente de zonas aisladas, que han sido postergadas por años en la solución de sus problemas reales.

Necesitamos mayor claridad respecto de los tiempos de aprobación y del detalle de los proyectos anexos a la reforma constitucional, como lo es la modernización del sistema municipal, pues sin un empoderamiento de los gobiernos locales esta reforma no tiene futuro.

Además, no solo es necesario flexibilizar las plantas de funcionarios, sino que además contar con un capital humano técnico con la capacidad de levantar proyectos, para que las comunas más pequeñas no se queden atrás en la adjudicación de financiamiento por la falta de capacidad de gestión técnica.

Represento a 32 comunas, desde San Juan de la Costa, pasando por San Pablo , Osorno , hasta Futaleufú, Palena y Chaitén . En atención a ello, a mi juicio, debe haber un trato especial para los municipios más aislados y extremos.

Finalmente, creo que es necesario saber cuánto le costará a nuestro país esta reforma, ya que no podemos seguir aprobando loables iniciativas pero que en definitiva constituyen cambios que no cuentan con un detalle, con recursos y con finanzas fiscales necesarias para asumirlos.

Pero lo que me motiva exclusivamente a votar a favor es el hecho de que se trata de un voto político, de decir: "En esta reforma voto a favor de la descentralización".

Voto que sí a favor de la descentralización.

Voto que sí porque no podemos contener la inercia. Aquí hay una inercia, un trabajo de personas que por años han liderado el proceso de descentralización, muchas organizaciones, muchos individuos que, en forma anónima y a través de distintas instituciones, han desarrollado un trabajo y no han sido escuchados.

Hoy conversaba con alguien de mucha experiencia en esta materia, y me decía: "No podemos contener esa inercia; si votamos que no y esperamos que el Gobierno mejore el proyecto, quedaremos entrampados y no avanzaremos".

Voto que sí porque no queremos contener esa inercia legislativa, esa voluntad de avanzar en forma gradual, independiente de los errores y de las aprensiones.

Y voto que sí por el inicio de un proceso, una señal política a las regiones.

Esperamos que en este proceso que comienza el día de hoy el Gobierno, los legisladores tengamos la capacidad de fortalecer esta legislación, hacernos cargo de las aprensiones, de ciertos detalles que son importantes para la convivencia de una región, precisamente por todo lo que se ha dicho acá.

En varias oportunidades se ha expresado: ¿Qué pasa cuando un gobierno es distinto al otro? ¿Cómo se nombran los seremis? ¿Cómo es el traspaso de las competencias? ¿Cómo se asignan los recursos? Entonces, hay temores fundados.

Por eso, señor Presidente , como señal política, como un premio a aquellas personas que durante años han perseverado en la lucha por la descentralización y la regionalización, por lo que representa esta reforma, voto que sí, esperando que corrijamos lo que hemos considerado errores.

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La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-

Antes de dar la palabra al Senador señor Navarro, saludamos a los amigos y las amigas presentes en las tribunas.

En primer término, a la Unión Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (UFEMUCH), representada por su Presidente , don Víctor Mora, de Temuco; por su Vicepresidenta, doña Marisol Pinto, de El Bosque; por su Secretario , don Antonio Parraguez, de Río Bueno, y por los directores Christian Gajardo, de Quinta Normal; Miguel Ángel Gómez, de Puerto Montt, y Ximena Órdenes, de La Calera.

También saludo a la Federación Regional Metropolitana de Funcionarios Municipales (ARMEFUM), representada por su Presidenta , la señora Teresa Román, de Pedro Aguirre Cerda, y por don Pedro Zúñiga, de Estación Central.

Saludos cordiales y muy bienvenidos.

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La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señora Presidenta, me prometí no volver a votar un parche a esta espuria, obscena y nauseabunda Constitución del 80. Porque seguir parchándola es continuar reparando algo que se cae, algo obsoleto, algo que ya no sirve para el siglo XXI, y que representa un pasado que queremos dejar atrás.

La Carta de 1980 tiene que dar paso a una nueva Constitución.

Hoy -digámoslo- le estamos poniendo un parche a esta nauseabunda Constitución. Además, necesitamos los votos de la Derecha. Se requieren 22 votos y la Nueva Mayoría tiene 21. Por tanto, incluso para este parche -la mera elección de una autoridad regional- se requiere el concurso de la Derecha.

Ojalá contemos con el voto faltante, porque espero que esta sea la última vez que vote una reforma constitucional. Y ojalá la próxima vez nos pronunciemos para establecer una nueva Constitución que ponga fin a la transición.

La transición en Chile terminará con una nueva Constitución, no con un Gobierno de Derecha, no con el regreso de un histórico Presidente . Concluye con una nueva Constitución.

¡Fin! ¡Fuera a la Constitución de Pinochet!

En esta reforma constitucional se establece un límite a la reelección de la autoridad regional: "podrá ser reelegido por una sola vez". ¡Pero si el Congreso no ha sido capaz de ponerle límites a la elección parlamentaria!

Este es el primer caso en que se limita la reelección de una autoridad popular.

Yo he sostenido que en el Parlamento lleguemos a tres períodos como máximo para los Diputados y a dos períodos para los Senadores, y que vayamos el 2017 a renovación completa. ¡Pero no!

En este caso incorporamos un límite a la reelección de la autoridad regional y hemos sido incapaces de limitar nuestra propia reelección. No parece coherente. ¡Es más bien una introducción incoherente! Porque los parlamentarios debieran haber sido capaces de poner límites a su propia reelección.

Este ha sido un largo camino, de doscientos años.

Cuando prometí, dije: "Prometo por una nueva Constitución".

¡No estamos dando un paso más! ¡Estamos gateando, para ser muy francos!

Si algunos califican esta reforma como un paso, creo que deben de ser demasiado optimistas. Cuando haya transferencia de atribuciones, habremos complementado este gateo con un paso preliminar.

Por cierto, aquí habrá una dificultad -y existe- de transferencia de poder.

Esta reforma es infinitamente superior a lo que hoy día tenemos. ¡Eso es claro! Lo decía Esteban Valenzuela: "Es mucho mejor que lo que tenemos". Pero sigue siendo insuficiente respecto a lo que esperamos.

Además, sigue siendo inexplicable que, habiendo esta abrumadora mayoría regionalista en un Senado en que, de los 38, ¡34 son Senadores de regiones!, hayan pasado 26 años o los últimos períodos sin poder hacer algo más a favor de la regionalización, ¡siendo 34 Senadores de regiones!

En mi Región son 14 Diputados y 4 Senadores, pero no tenemos Parlamento regional.

Más de alguna vez he convocado y planteado formar el Parlamento de la Región del Biobío (14 Diputados, 4 Senadores) para pelear por la Región. ¡Pero no hay caso! No existe posibilidad alguna de conformar un órgano que represente a nuestra Región. Y veo que esa es la experiencia en el resto de las regiones.

Hoy día, si establecemos la elección directa del intendente -lo quiero señalar claramente-, daremos un golpe a la monarquía presidencial.

Esa es la principal característica de la Constitución del 80: una anomalía de un país que centraliza todo en la figura del Presidente de la República .

Para una verdadera descentralización -en las tribunas se encuentra la mayoría de quienes han luchado firmemente por el regionalismo-, habría que partir por algo muy clave: llevarse de vuelta el Parlamento, cuya sede se halla radicada en Valparaíso. Porque para nada ha contribuido a una verdadera regionalización.

Yo estaría por dos ministerios para la Quinta Región, el de la Cultura y el de Pesca, y no tener acá este "adorno" que, además, cuesta miles de millones.

Le he preguntado al Gobierno diez, veinte veces cuántos miles de millones cuesta mantener el Parlamento en Valparaíso. Chile es el único país del mundo donde el Ejecutivo está separado del Legislativo.

Porque antiguamente este lugar lo ocupaba el Hospital Deformes. En él nació el capitán general. Hay, pues, todo un hecho significativo en ello.

Pero el Congreso en Valparaíso poco y nada ha contribuido a la descentralización.

Yo preferiría dos ministerios en la Quinta Región; CODELCO en Rancagua: es decir, una descentralización concreta y real más que nominativa o figurativa.

Aquí se ha hablado de los elementos centrales de este proyecto.

En primer lugar, del nombre: ¡bien!

Los intendentes vienen de la época de la monarquía española; también formaron parte de la naciente República de Chile.

Ahora se les va a llamar "gobernadores regionales".

En verdad, no hay que comprarse ese debate. No es importante si se denominan "intendentes" o "gobernadores regionales". Lo relevante es qué atribuciones van a tener.

Porque hoy día los intendentes cuentan con poder.

Aquí hay Senadores que han sido intendentes, y saben que efectivamente se puede ejercer poder.

El señor PROKURICA .-

¡O intendentas!

El señor NAVARRO.-

O intendentas, como me puntualiza un señor Senador.

Sobre el particular, hay que señalar que, con las facultades que les estamos entregando hoy a los intendentes, habrá una disminución en sus atribuciones. Es decir, existirá la contradicción de que cuando a este se le exija aumentar el número de viviendas tendrá que ir a Santiago a conversar con la Ministra respectiva, pues aquello no dependerá de él; o en momentos en que deba resolver materias vinculadas con salud, el intendente no va a desarmar la marcha: ¡tendrá que encabezarla hacia Santiago ! Ello, porque estará obligado a representar el interés de quienes lo eligieron.

Creo que ahí se formará un conflicto.

Entonces, si no queremos conflicto entre el Gobierno central y los gobiernos regionales, démosle poder al Gobierno regional para que tenga la capacidad de resolver sus propias contradicciones, sus propias demandas.

Aquí se evitó un debate paralelo entre las atribuciones y la elección. No fue posible. En tal sentido, me parece que el traspaso de las competencias debe ser paralelo al proyecto sobre elección directa de los intendentes.

Hay que decirlo: el intendente va a encabezar un proceso de autonomía.

Luego, ¿cuál es la dificultad de la fórmula de elección?

Digámoslo francamente: existe un problema político; hay un cálculo electoral.

Si se eligen por simple mayoría, existe la posibilidad de que los quince intendentes (hoy día se dividen en tres o cuatro partidos de la Nueva Mayoría y no en los siete que la conforman) deban renunciar. Porque con el referido quorum habrá liderazgos regionales; con mayoría absoluta, existirán acuerdos políticos: "Yo te apoyo en Arica, tú en Biobío".

Ese va a ser el asunto. Y la UDI va a renunciar, por ejemplo, a una candidatura legítima para intendente en la Novena Región por el apoyo en la Tercera.

Habrá acuerdo político legítimo, pues así opera la democracia en Chile.

Pero para ello debe existir un debate muy transparente ante la sociedad, a fin de que se sepa que la elección del intendente estará regulada por normas muy similares a las que rigen hoy día respecto de los comicios parlamentarios.

La Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE) ha señalado -cuestión que deberemos analizar- que el 82 por ciento de los funcionarios del gobierno regional están en una condición de vulnerabilidad contractual.

Hay que preocuparse de ello.

O sea, debe tratarse de un traspaso de atribuciones y de una elección que no conlleven a que al intendente electo -tal cual ocurrió en el pasado- le saquen los funcionarios de todos los servicios y que esos cargos se llenen con gente que nadie quiere.

Ciertamente, deben mantenerse los que están. Hay que efectuar evaluaciones. Tiene que asegurarse la estabilidad laboral de los actuales funcionarios de los gobiernos regionales si queremos continuidad.

Han de establecerse, además, impuestos regionales.

Se lo planteamos en su momento al Ministro Alberto Arenas: en la reforma tributaria deben contemplarse impuestos regionales. Ello, con el fin de que las regiones puedan dejarse una parte de la producción de materias primas, pues eso constituye de manera natural un elemento de su fortaleza.

Eso no ocurre hoy día ni siquiera con las patentes; pero se trata de una cuestión ineludible.

Si no tenemos capacidad para determinar impuestos regionales, ni una mínima autonomía financiera, las atribuciones no valdrán nada, ya que cada vez que exista la necesidad de construir una obra pública o de resolver cierto problema tendremos que ver cómo nos abuenamos con el Presidente de turno, con el monarca presidencial. Porque, por mucho que hoy día elijamos directamente a los intendentes, la Constitución nauseabunda que nos rige sigue siendo monárquica, presidencialista.

Aquí hay que sincerar el mecanismo para elegir a los intendentes, pero también hemos de ver con cuáles facultades no contarán.

No hay que engañar a la ciudadanía diciéndole que los intendentes poseerán las mismas atribuciones.

En Francia solo las facultades referidas al orden público, a la defensa y a las relaciones exteriores se hallan radicadas en el Presidente de la República. El resto de ellas están descentralizadas.

Acá un conjunto importante de funciones sociales, políticas, de infraestructura, de obras van a quedar en manos del Gobierno central.

Entonces, para los regionalistas de verdad, no los de papel lustre -porque, al final, después de tantos años uno ha conocido de todo-, vamos a apoyar este proyecto de ley. Pero también queremos que se efectúe un debate sobre la reforma real: el traspaso de atribuciones y, en particular, la forma como vamos a elegir al intendente.

Porque, como dijo la Senadora Lily Pérez , se mataron a los partidos regionales. Se llevó a cabo una acción deliberada para que un partido de regiones que tenga tres Diputados y 4,5 por ciento de la votación nacional se disuelva, sin tener siquiera la posibilidad de fusionarse.

Esa es parte de las cuestiones que se han realizado para disminuir el poder regional, pues se les teme a los caudillismos, a los liderazgos, a las regiones.

Señor Presidente , yo diría que ha llegado la hora de la verdad, no en el proyecto que ahora nos ocupa -porque todos estamos de acuerdo en que hay que elegir al intendente-, para ver qué atribuciones les vamos a dar a los intendentes, a los consejeros regionales y qué posibilidades reales de financiamiento tendrán las regiones.

Respecto de esos tres puntos sabremos si estamos hablando de verdad de descentralización y de regionalización, y no solo de elección popular.

¡Un intendente sin financiamiento y sin poder no le sirve a él, ni a la región, ni a su partido!

Voto a favor.

Durante la discusión particular expondremos los alcances de las materias que ahora planteé.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-

Quiero saludar al Presidente de la Junta de Adelanto del Maule, don Jorge Navarrete.

¡Bienvenido a esta sesión!

A continuación, tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.-

Señora Presidenta, en primer lugar, permítame saludar a don Heinrich von Baer, a Esteban Valenzuela y a todos quienes de alguna forma han sido responsables de esta lucha a favor de la regionalización. Ellos han trabajado durante largo tiempo; han recorrido nuestro país. Y a veces siento que aquello no se halla representado plenamente en este proyecto de ley.

Yo escuché a un Senador oficialista decir que "estamos dando un paso histórico y gigantesco".

Sobre el particular, estoy más cerca del Senador Navarro: a mi juicio, no se trata de un paso histórico ni gigantesco. Sí, es importante.

Nuestra nación es demasiado centralista: en lo político, en lo económico, en materia de infraestructura, en la educación, en la cultura, en fin. O sea, ¡en todo!

Los candidatos presidenciales -así lo hemos hecho quienes alguna vez realizamos campañas- hablan de las desigualdades. Yo creo que la mayor desigualdad que existe es la que experimenta una persona que vive en regiones versus aquella que lo hace en Santiago.

Hay muchos ejemplos al respecto.

En materia de transportes e infraestructura, la Carretera Austral, una de las obras más importantes de nuestro país, lleva 50 años sin terminarse. Y en Santiago, el Transantiago se comió 7 mil millones de dólares.

¡Así de simple!

En infraestructura, todo el norte de nuestro país, que con su cobre y sus minerales financiaron la construcción de la carretera Panamericana, que une a Chile entero, ¡es la única parte de nuestro territorio que carece de doble vía...!

¿No le parece injusto, señora Presidenta?

Solo este mes Atacama, después de un tremendo esfuerzo y de una lucha con todos los Gobiernos -y agradezco al Presidente Piñera , quien dio el primer paso-, se podrá unir a nuestro país con doble vía, con el riesgo que eso significa.

Pero aquí nadie ha hablado de una materia que concentra el principal punto de centralismo de Chile: los partidos políticos, que son las instituciones más centralistas de nuestro país.

¿Y por qué lo señalo? Porque aquí se habla de las regiones, ¡y en el Parlamento estamos llenos de santiaguinos que las representan...!

Esa también es una modificación que hemos de efectuar.

No nos equivoquemos, señora Presidenta : la gente en las regiones quiere que, a través de las cuestiones que estamos planteando, logremos los cambios necesarios para que puedan superar sus problemas históricos; para que nunca más -como lo señalaron acá algunos Honorables colegas- el hijo enfermo de una persona de Vallenar, de Copiapó, de Chañaral, de Diego de Almagro tenga que viajar a Santiago, o a Antofagasta, porque en la Región de Atacama no hay dónde tratar el cáncer.

Entonces, es preciso que la infraestructura sea del mismo nivel; que en las regiones productivas tengamos algunos beneficios derivados de las riquezas que se aportan al país.

Cada cinco años 400 mil chilenos de regiones se van a vivir a Santiago.

Ello les causa un tremendo daño no solo a las regiones, sino también al propio Santiago , ciudad colapsada, contaminada, con altos índices de delincuencia y que evidencia los problemas que todos conocemos.

Los profesionales más exitosos, los empresarios de regiones a quienes les va bien, ¿qué hacen? Se trasladan con sus instalaciones a la Capital.

En tal sentido -y aquí tengo ciertamente una opinión distinta del Senador Navarro-, me parece que el Congreso en la Región de Valparaíso ha sido un aporte y ha resultado bueno para nuestra democracia.

Pero digamos las cosas como son: hay un verdadero tsunami histórico en materia de centralismo en Chile.

La gente se va a Santiago; esa es su aspiración. Ello, porque allí puede acceder a una mejor educación, a más cultura, a una infraestructura mayor, a buenos precios, a mejor calidad de vida.

¿Y el resto? Bueno, se las arregla de alguna manera.

Ya lo señaló un Senador acá: pasan los años, uno recorre las regiones, incluso las más productivas, como Antofagasta y Atacama , y ve que las cosas siguen relativamente igual; pero viaja a Santiago, y observa todos los días edificios enormes, más y más infraestructura, más y más gente.

Entonces, ¿qué estamos construyendo? Una tremenda desigualdad entre las regiones y Santiago .

A través de los cambios propuestos no solo pretendemos que el gobernador regional se elija en forma democrática y directa.

Si voy a mi Región y les digo a las personas que elegiremos democráticamente al gobernador regional, reaccionarán sin duda con una risotada.

Señora Presidenta , la gente espera que este sea el mecanismo para resolver sus problemas históricos, que no necesariamente se hallan relacionados con la elección democrática. Las regiones necesitan mayores recursos, más profesionales.

Aquí un Senador se refirió a la calidad profesional en las regiones.

Yo encabezo una región que el 25 de marzo del año pasado sufrió un aluvión que destruyó cinco de sus comunas. Y todavía hay facturas impagas del Gobierno; no se ha construido una sola casa en ella para albergar a las personas damnificadas. Se levantaron esas viviendas que se ofrecen por el momento.

Si ese desastre hubiera ocurrido en Providencia, en Las Condes o en La Florida, la situación habría sido distinta.

¡Pero no: ocurrió en Atacama! Entonces, que esperen la solución a su problema.

Señora Presidenta, es verdad que damos un paso importante; que quebramos un poco la lógica histórica de lo que ha sucedido en Chile en esta materia.

Empero, quiero efectuar dos reflexiones.

En primer lugar, no podemos quedarnos solo en esta reforma constitucional. Esta constituye un cambio en el papel y debe ser, a través de las modificaciones que muy bien anunció el Presidente de la Comisión de Gobierno , Senador señor Espina, un paso hacia lo que todas las regiones quieren: mayor calidad de vida; mejores niveles de salud, de educación.

Señora Presidenta , los peores índices en educación en Chile se dan en las regiones. Quien desee que a su hijo le vaya bien en la vida debe mandarlo a estudiar a Santiago, ya que si lo deja en la región -salvo pocas excepciones-, no logrará obtener el puntaje necesario para ingresar a la universidad y carecerá de las herramientas para enfrentar el futuro.

Eso es lo que hemos de revertir.

¿Es fácil? No. Pero es el paso que debemos dar.

Hace un tiempo -y es la segunda reflexión que quiero hacer-, cuando se conversaba originalmente acerca del envío de esta iniciativa, mi compañero de banco, el ex Presidente Frei , dijo algo que voy a repetir hoy día: "En el mundo, en la naturaleza, hay animales con dos patas, con cuatro patas, con seis patas y con cien pies, pero no con dos cabezas".

Aquí puede ocurrir un hecho -lo señalaron algunos Senadores- que puede ser muy grave: habrá una autoridad empoderada y elegida con el voto popular, pero con pocas atribuciones. Porque como recursos tendrá los provenientes del FNDR: el 10 por ciento de las platas que se invierten en las regiones. Y existirán tres, cuatro, cinco delegados provinciales que van a tener el contacto con el Gobierno de turno, el teléfono directo con el Presidente de la República y el poder de los recursos.

No vaya a ser cosa que generemos acá un problema mayor que la situación actualmente existente. Porque por lo menos hoy día sabemos quién posee el poder, quién toma las decisiones, y tenemos claro hacia dónde ir.

Por eso, durante la tramitación particular de esta iniciativa debemos dejar claramente diseñado el referido problema. De lo contrario, vamos a producir un resultado peor. Chile y, en especial, sus regiones no merecen que se desmejore lo que hoy existe.

Con el cambio propuesto queremos iniciar aquello que nuestros antepasados, que nuestra gente, como Pedro León Gallo, quien impulsó la regionalización en Chile, anhelaban y pensaban: obtener algo para las regiones que tanto han aportado a Chile y que tan poco han recibido de Santiago. Estas personas entregaron parte de sus vidas hacia la consecución de dicho objetivo.

Ello debemos llevarlo a cabo mediante esta reforma constitucional, pero también, a través de los cambios reales de la gente. Si no, esto será papel picado.

La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.-

Señora Presidenta, pocas veces podría aplicarse mejor la expresión "una noticia en desarrollo" que ahora respecto de este proyecto.

En efecto, aquí no hemos culminado un proceso sino que estamos abriendo la puerta a la posibilidad de generar un grado de descentralización importante, en armonía con la lógica de un Estado unitario.

Sobre el particular, quiero partir señalando al menos lo que yo pienso.

Creo en un Estado unitario, no en uno federal. Si alguien estima que con lo propuesto deberemos cambiar la forma en que nos organizamos como país, me parece que se equivoca. Chile, además, se halla en una lógica más bien virtuosa en materia de estructura unitaria.

Lo que ocurre es que hay una concentración del poder tanto a nivel nacional como regional que irrita, que genera un creciente descontento. Y es lo que nos tiene discutiendo, con buenos argumentos, acerca de la manera de destrabar la situación compleja que se da entre buscar esa unidad y, al mismo tiempo, dar espacios muy distintos en lo tocante a la descentralización.

Porque el centralismo agobia. Eso es cierto.

Yo no haré un listado de la cantidad de cuestiones que podrían resolverse localmente y que, sin embargo, se ven a nivel nacional.

El ritmo de solución es completamente distinto según se logre llegar a una autoridad nacional o a una regional.

Hoy día aquello empieza a cambiar.

Alguien señaló con talento que las cuestiones que están pasando ahora en Chile se definen más en Estados Unidos, en China en función de determinadas circunstancias que se dan.

Ello es parte de un mundo globalizado. Y es verdad. Pero también está ese otro segmento de la modernidad, en que uno debe tener más nivel de decisión propia y no los endosos que generalmente se dan en las instancias de lógica administrativa.

Tenemos, pues, esta noticia en desarrollo. Y yo también quiero destacarla.

Porque este proceso ha sido largo, señora Presidenta.

Yo no he planteado como leitmotiv de mi vida la lógica de la naturaleza del intendente. Sí (he oído con atención las explicaciones), me genera extrañeza esto de que los intendentes se acaban y pasan a ser gobernadores regionales. Yo creo que, en el fondo, es demostrar en la práctica que lo que se estará eligiendo no será exactamente lo existente hoy día, que es lo que de alguna manera podría motivar una confusión relevante.

Sin embargo, creo que, en esta materia, tanto la Comisión de Gobierno cuanto el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, en representación del Ministerio del Interior, han hecho un esfuerzo muy importante -hay que reconocerlo- para intentar destrabar el problema.

Ahora, ¿dónde está la cuestión de fondo? En que a lo menos quedan -y por eso la discusión particular será la que al final va a definir el tipo de proyecto que despacharemos- pendientes de resolución tres temas muy relevantes.

Primero, el de las atribuciones.

Recordemos que estamos ante una reforma constitucional y que se requerirán leyes orgánicas para implementar los cambios planteados.

Entonces, hay que hacer un cambio de suiche significativo para imaginar el país del futuro en esta lógica, donde va a haber una convivencia bastante especial entre la autoridad presidencial, que es muy importante en la perspectiva unitaria, y la autoridad elegida, que es relevante desde el punto de vista de la conservación del poder.

Ahora, ¿en qué se traduce todo eso?

La cuestión es muy significativa.

Algunos dicen que hay que imaginar con más optimismo de qué manera se va a armonizar.

Sin embargo, a mí me cuesta todavía imaginar cómo ciertos seremis van a tener un tipo de nombramiento, y otros, uno distinto; cómo algunos van a poseer líneas de financiamiento, y otros, una situación diferente. Asimismo, qué va a pasar con el signo político; pero no solo cuando este sea diverso (porque los países van evolucionando; entonces, las lógicas partidistas no van a ser tan relevantes en el ejercicio de los cargos, mas sí en el nombramiento de las personas).

Sin duda, existe allí un asunto pendiente, el que puede ser decisivo.

Una idea mal resuelta es más grave que una idea dilatada en el tiempo. Eso sí que resulta complicado.

Si al final, tras este peregrinar, terminamos con un proyecto de ley aprobado por mayoría -porque, en último término, son los números los que mandan- y que desafine con los consensos requeridos en una materia tan importante como la de la descentralización, vamos a estar haciéndonos un daño mucho más grave que el derivado de mantener el actual esquema.

He visto que algunos Senadores han compartido ese mismo esquema, en cuanto a que en lo venidero habrá que tener mucho talento para no frustrar expectativas.

Los mundos modernos funcionan bastante más con las expectativas. Y las frustraciones son muy dramáticas, por su instantaneidad; ni siquiera van teniendo maduración en el tiempo.

En los países de lo inmediato, de lo de veinticuatro horas, aquello es demasiado decisivo.

Entonces, hay que pensar bien en cómo afirmamos el sistema para no trastabillar ni tener desencuentros que al final puedan destruir una idea que debería ser completamente distinta.

El segundo tema, señor Presidente, es el del financiamiento.

Yo me alegro de la doble lógica que aparece en este proyecto: se reitera una obligación, pero se le da carácter constitucional, categoría máxima, en el sentido de que todo esté debidamente financiado, pues de otra manera lo que se establezca será una gran utopía. Y también, de que para que se implemente este proyecto han de estar claros los itinerarios, los recursos, ya que de lo contrario a un mes de iniciado un gobierno podrá haber una suerte de caos a raíz de esta mezcla de electos y designados.

Tal situación -es verdad- hay que resolverla en la ley. Y la ley es demasiado importante como para no tenerla aquí, arriba de la mesa, para ver si el sistema va a funcionar o no.

Por último, coincido -y esto es bastante transversal- en que la forma de elegir también reviste importancia.

En esa línea, más allá de que algunos piensen que en la siguiente elección la marea electoral pueda venir más para el lado de acá, tal como fue para el lado de allá hace dos años, y de que, por tanto, a uno quizá le convenga aprovechar el vuelito para generar ahora instancias convenientes para su sector, creo que eso -lo digo honestamente- es un mal consejero.

A mi entender, más allá de los momentum-estos se usan mucho en las primarias americanas para tomar definiciones-, uno debe conocer el esquema permanente, para saber qué está ocurriendo realmente.

Se habla de tratar de instalar tal mecanismo en la idea de la negociación para una eventual segunda vuelta, para los acuerdos cruzados.

Al final, yo coincido con Senadores que piensan distinto desde el punto de vista político en el sentido de que aquello va a ser un muy mal consejero a la hora de dar espacio, aire, fuerza a lo que en su momento puede ser una mayoría perfectamente legítima -no tiene por qué ser de segunda vuelta-, tal como existe en el mundo municipal, que a mi juicio es bastante parecido a lo que pueda marcarse en el futuro mundo del gobernador regional.

La legitimidad está justamente en ganar la elección, no en hacer el mejor acuerdo de apoyo para una hipotética segunda vuelta.

Sabemos que cuando se instala la lógica de la segunda vuelta las elecciones son completamente distintas de cuando uno sabe que la primera es la vencida. En este último caso hay un sinceramiento de opiniones mucho más preciso, que a mí por lo menos me parece más adecuado.

Así que, señora Presidenta, estamos ante una noticia en desarrollo.

Mi impresión es que habrá apoyo unánime para dar este paso. Pero la cuestión empieza ahora. Entonces, el Subsecretario tendrá que entender que su tarea no ha terminado y que a partir de ahora deberá transpirar mucho más para tratar de generar las coincidencias que en mi concepto marcan la diferencia en las reformas profundas.

Las reformas relevantes no pueden ganarse o perderse por un voto: en lo posible, deben ser fruto de acuerdos amplios. Es la única forma de mantenerlas en el tiempo.

Si estamos cambiando una cultura en cuanto a la forma de gobernar regionalmente, ello tiene que ser fruto de una maduración amplia, maciza, convenida en el buen sentido, no discrepada, donde la campaña presidencial siguiente no consista en cambiar lo hecho en "esta pasada". Eso sería sobremanera dañino.

Por eso, esperamos que esta iniciativa siga por un buen rumbo. Porque -insisto- el partido recién está comenzando.

La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.-

Ha sido una jornada larga, señora Presidenta.

Tras escuchar las distintas visiones expuestas respecto de esta materia, me voy a quedar con la mirada positiva y no con algunos discursos que hacen hincapié en lo que nos falta, en la mitad vacía del vaso. Ello, en el sentido de que hoy día estamos debatiendo una reforma constitucional que permitirá decirles a los chilenos de regiones que vamos a elegir de manera directa a la persona que encabezará el gobierno regional.

Habrá una discusión amplia sobre muchos temas. Pero, como dije, quiero quedarme con una mirada positiva.

Ha costado harto llegar a este minuto. Y acá se va a aprobar la idea de legislar por amplia mayoría, si no por unanimidad.

En consecuencia, hagamos una lectura positiva en ese plano y dejemos anotado para la discusión particular todo lo que nos queda por hacer.

Esta iniciativa tiene aspectos que deben mejorarse. Su articulado sufrió modificaciones en la Comisión de Gobierno. No comparto algunas; y lo digo derechamente. Por ejemplo, la relativa al mecanismo de elección, que no está escrito en piedra como debe ser; hay visiones distintas sobre el particular.

Yo no creo que, para darle atribuciones al gobierno regional, decir que alguien podrá ser electo con 25 por ciento de la votación sea lo más representativo.

En la Quinta Región, por ejemplo, aquello va a implicar tal vez que la persona que gane sea de Valparaíso o de Viña y que los habitantes de San Felipe y Los Andes queden debajo de la mesa.

¡Si cuento con 20 a 25 por ciento, estoy listo...!

Entonces, me parece que todos esos conceptos hay que discutirlos con un poquito más de buena disposición, para ver qué es lo mejor.

Vamos a tener una discusión en lo concerniente a las atribuciones.

Como lo han expresado varios de ustedes -entonces, no estoy señalando algo muy inteligente-, es muy complejo el hecho de que, tras sancionarse en general este proyecto, se diga en los medios "Se aprueba elección directa de intendentes" (en realidad, de gobernadores regionales, de acuerdo al articulado).

Yo creo que al menos en la Región de Valparaíso, si hablo de gobernadores regionales, confundo y no ayudo en nada. Entiendo cuál fue el sentido; pero no ayudo en nada: confundo.

¿Qué es un gobernador regional?

Porque estamos acostumbrados a hablar de intendente.

Entonces, o mantenemos la expresión "intendente" o buscamos una mejor.

La pregunta siguiente será qué va a hacer el gobernador regional.

Eso, que está en un proyecto de ley -lo veo acá- que se halla en segundo trámite en la Cámara de Diputados, es fundamental.

O sea, si empezáramos de nuevo, estoy seguro de que partiríamos al revés: qué queremos hacer en materia de descentralización; dotemos de contenido; demos las atribuciones, y después pongámonos de acuerdo en cómo elegimos y por qué período.

No quiero ser negativo, pero debo recordar que aquí, en este mismo Senado -me parece que en el Gobierno anterior, el del Presidente Piñera-, aprobamos la elección directa de los consejeros regionales, quienes ¡no tenían claro qué debían hacer...!

Ese fue un pequeño bochorno -si Sus Señorías me permiten calificarlo así- que pasamos aquellos que participamos en la votación pertinente.

Hoy día -reitero- tenemos una tremenda oportunidad. Pero quedan los deberes.

Ahora, cuando hablamos de descentralización (así lo entiendo yo) estamos refiriéndonos a la distribución de poder.

Cuando reformamos el sistema electoral para pasar del binominal a un sistema proporcional corregido estábamos diciendo "El poder en Chile se va a distribuir de manera distinta".

A algunos puede no gustarles lo que hacemos. Pero lo que se persigue es distribuir poder: es la toma de decisiones en el curso, en el norte que queremos.

Cuando hablamos de descentralización -repito- nos estamos refiriendo a la distribución de poder.

Y al hablar de cómo distribuir poder, viniendo del centralismo que tenemos -centralismo grande, fuerte, histórico-, vuelvo al hecho de que la determinación de las atribuciones y las competencias es lo medular.

Es factible que tengamos el mejor mecanismo; podemos hasta ponernos de acuerdo en la forma de elegir al intendente, gobernador regional o como se quiera llamarlo. ¿Pero qué sucede si erramos en lo relativo a las atribuciones que le demos y ellas no son suficientes?

Ahora, yo pregunto: ¿Vamos a partir de modo gradual? ¿Estamos en condiciones de hacer algo global, grueso, inmediatamente? ¿O deberemos ir viendo de qué manera pasamos de lo que tenemos hoy día, que es (como decía alguien) un centralismo asfixiante, a un mecanismo conforme al cual vamos a dar una cantidad de atribuciones que tal vez nos lleven a fallar a la hora de fiscalizarnos nosotros mismos en la región? ¿Qué hacemos con los recursos?

Hoy día hay un compromiso.

En la minuta que nos han enviado están los cuatro pilares de la descentralización. Uno de ellos es el concerniente a los recursos. Y dice "en un proyecto que ingresará el 2016".

Entonces -lo expreso con mucho respeto al Ministro y al Subsecretario-, hoy día la noticia es "Se eligen los intendentes directamente. No tenemos las atribuciones ni las competencias. Y tampoco contamos con los recursos".

Bien: vamos a aprobar el proyecto.

Sin embargo, quiero ser cauto en el ámbito de las expectativas que se generan.

Porque se generan expectativas.

Yo soy Senador por Valparaíso: tengo acá un excelente apoyo; me fue muy bien en su oportunidad; he trabajado por esta Región. Y debo puntualizar -lo hago asimismo con gran respeto- que en las regiones, igual que en Santiago, habitan ciudadanos de carne y hueso que nos demandan cosas en nuestra condición de políticos que tomamos decisiones.

Los errores, los egoísmos, los individualismos, los partidismos existen también en regiones.

¡Si eso no es un pecado inventado ahora!

Entonces, como hay centralismo, las malas decisiones o los elementos que no nos gustan priman allá y, por ende, nos afectan acá.

Yo llevo seis años de Senador y conozco la historia: podemos estar muy descentralizados, pero hay cosas que corregir que son domésticas, de nosotros.

Al respecto, tengo una preocupación genuina en el sentido de si cuando discutamos las atribuciones y competencias vamos a actuar de tal forma que además podamos hacernos cargo de aquello.

Porque partimos trabajando con lo que somos, con lo que tenemos. Y yo no puedo aceptar que se piense que solo en Santiago existe gente con otras motivaciones; que solo en Santiago hay personas que tienen intereses particulares; que solo en Santiago existen grupos de interés; que solo en Santiago hay gente que hace presiones corporativas.

Eso ocurre también en nuestras regiones.

La pregunta es si vamos a tener un mecanismo y una fórmula para dar cuenta de ello.

El Senador Navarro mencionó -lo escuché por el parlante mientras discutíamos la cuestión laboral- un aspecto reimportante y que pasa casi colado.

Porque aquí se dice "vamos a replicar lo que existe hoy día a nivel unitario, pero lo haremos a nivel regional".

¿Qué ocurre con los servidores públicos? ¿Qué pasa con la carrera funcionaria? ¿Es el mismo sistema o se va a requerir alguna modificación? Cuando tengamos elecciones cada cuatro años, con reelección o sin ella, ¿habrá un espacio grande para llegar con los equipos de trabajo?

Hay temas opinables. Pero si vamos a partir de cero, tal vez podamos hacerlo corrigiendo aquello que ha sido muy difícil rectificar a nivel nacional.

Yo me pregunto: ¿vamos a tener un cambio de gobierno regional y eso implicará que la carrera funcionaria se vea afectada como sucede actualmente?

Señora Presidenta , yo podría poner una cara más alegre, pues vamos a despachar en general este proyecto. Empero, llamo a ser cautos en lo que estamos aprobando, porque nos falta lo medular: qué podrá hacer el gobernador regional -hombre o mujer- elegido directamente.

¡Eso mañana no va a ser la noticia!

La señora MUÑOZ ( Vicepresidenta ).-

Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Señora Presidenta, yo siempre digo que somos hijos de una pesada estructura político-administrativa de tipo borbónica.

Somos hijos de los borbones, quienes a fines del siglo XVIII, como colonizadores en la monarquía española, hicieron dos cosas: por una parte, liberalizaron el comercio: ¡bien!; por otra, recentralizaron todo el control político-administrativo: ¡mal!

Y ahí estamos, 230 años después de las reformas borbónicas de finales del siglo XVIII, con los intendentes.

Los borbones crearon las intendencias en esas reformas de 1870-1880 y establecieron una cultura, una estructura, una burocracia completamente centralista y del todo centralizadora.

Ese es el peso de la historia. Eso es lo que nos ha pesado durante 230 años, incluido todo el período de la Colonia.

Existió un respingo federalista en los ensayos constitucionales de la década de 1820.

Hubo en 1891 una ley de comuna autónoma muy importante, que descentralizó el poder desde el fortalecimiento comunal.

Existió una democratización de los municipios en 1992, en un escenario posautoritario que nos permitió elegir a los alcaldes.

Después tuvimos una variante significativa: la separación de la elección de alcaldes de las elecciones de concejales. Unos y otros tienen legitimidad democrática directa. Y fue un perfeccionamiento de nuestra estructura municipal.

Luego aprobamos la elección directa de los consejeros regionales.

Ha existido un proceso. No hemos estado de brazos cruzados mirando el techo.

Hay algo muy tímido en la administración financiera: del presupuesto de la nación, más o menos 15 por ciento se distribuye por decisión regional.

¡Casi simbólico!

Evidentemente, hay mucho que hacer en esa materia.

Ahora bien, en el contexto de esa pesada estructura burocrática político-administrativa borbónica, nosotros estamos dando un paso muy importante con la elección directa de los intendentes.

Creo ser uno de los autores -está aquí el Subsecretario don Ricardo Cifuentes , quien debe de recordarlo- de la idea de no hablar más de "intendentes elegidos democráticamente". Dije hablemos de "gobernadores regionales".

Así, estamos instituyendo a los gobernadores regionales, porque el concepto de intendencia es centralizador.

Por lo tanto, me parece bien elegir democráticamente un militante, un...

El señor LAGOS.-

Un ciudadano, un voto.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Perdón: un ciudadano, un voto.

También los militantes votan.

La gran mayoría son independientes.

En Chile hay 700 mil militantes en los partidos políticos.

A veces lo olvidamos, producto de esa cosa autoflagelante que tenemos: en nuestro país existen -repito- 700 mil militantes en los partidos.

El señor PROKURICA .-

¡Y algunos muertos...!

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Entonces, señora Presidenta, yo digo que está bien que la ciudadanía elija democráticamente, no intendentes -estos son un resabio de la vieja estructura administrativa que señalé-, sino gobernadores regionales, quienes van a presidir los consejos regionales; serán el órgano ejecutivo del gobierno regional, y tendrán dos grandes misiones: una, liderar la administración superior regional, y otra, coordinar, supervigilar y fiscalizar a los servicios.

Por lo tanto, no se trata de una estructura de papel, nominal. ¡No! Eso tiene un peso específico y un valor real que debemos resaltar.

Además de aquellos, existirán delegados provinciales. Creo haber sido parte de quienes los propusieron.

Obviamente, la comuna y la región son los dos grandes entes político-administrativos, desde el punto de vista de la regionalización y descentralización.

Soy municipalista. Creo en las comunas.

Son trescientos cuarenta y tantas. Aquí hay alcaldes, concejales. Ellos son la verdadera cara de la descentralización, de la regionalización. Es lo que la ciudadanía siente como el gobierno más cercano.

Y, por supuesto, siempre es preciso fortalecer la nueva estructura político-administrativa regional. En consecuencia, me parece bien que delegados provinciales cumplan con las labores de interior, de extranjería, de orden público, etcétera.

El Senador que habla prefiere que esas autoridades sean elegidas por mayoría absoluta.

Por cierto que el punto es opinable. En Chile designamos a los Presidentes por mayoría relativa, históricamente. Y eso no fue bueno, porque los gobiernos eran de minoría.

Hoy día tenemos Primeros Mandatarios que responden a una mayoría absoluta. Lo mismo debería existir a nivel de presidentes de consejos regionales, de gobiernos ejecutivos regionales, de gobernadores regionales, que pueden ser ratificados y elegidos en la misma forma, porque ello les da mayor legitimidad y representación.

Ahora, soy partidario de no contemplar el sistema electoral en la Carta. ¡Si esa materia tiene que estar en las leyes orgánicas constitucionales!

¡Cuánto nos costó sacar el binominal del texto! O lo que quedaba. Hubo un arreglo en 2005. ¡Fue un parto!

El sistema electoral no debiera ser parte de dicha estructura -repito- y dejarse a nivel de una ley orgánica constitucional. Es algo igualmente más opinable.

Evidentemente, también es digno de resaltar que hay un intento de transferencias de competencia, acompañadas de recursos. Y un proyecto en la Cámara de Diputados dice relación con la transferencia de competencia y el fortalecimiento de los gobiernos regionales, que es la descentralización administrativa. Aquí estamos haciendo referencia a la descentralización política, a través de una reforma constitucional.

La iniciativa mencionada es muy relevante, porque establece el sistema de transferencias de competencia administrativa desde el nivel central al gobierno regional; los gobiernos metropolitanos en las áreas de más de 250 mil habitantes, y tres nuevas divisiones de los gobiernos regionales: fomento de industria, desarrollo social y humano, e infraestructura y transporte. Algo muy importante es la distribución de recursos por ítem presupuestario, con glosa.

Dicho texto naturalmente es un complemento del que nos ocupa. Porque no se trata solo de elegir democráticamente a los gobernadores regionales, sino también de dotarlos de competencias, atribuciones y recursos para cumplir con la función de manera eficiente.

Y asimismo está la cuestión del financiamiento de los gobiernos regionales y locales, con responsabilidad fiscal, lo que se vincula con la descentralización en ese ámbito. Es un asunto mucho más complejo, que será preciso discutir en su momento, porque es algo que se halla en etapa de preparación, de redacción.

Se considera una reelección por una sola vez. A mi juicio, debiera ser al menos por dos veces. En la propuesta que hemos hecho respecto de Diputados, alcaldes y concejales planteamos tres períodos: doce años. Ello lo estimo razonable. Me parece poco una sola vez.

En fin, algunos dudan del concepto mismo del límite de la reelección. Toda la literatura comparada está en contra de ello, porque, al final, debe primar la voluntad popular.

La cuestión es opinable. Y va a haber indicaciones y una discusión particular.

¿Desde cuándo rige la elección? Ojalá desde 2017.

Pero seamos claros, porque no podemos hacer demagogia: es necesario dictar una ley orgánica constitucional. Y eso evidentemente va a tomar un tiempo.

Soy de aquellos que piensan en algún momento -ciertamente, en 2020, a más tardar- en que intendentes, consejeros regionales, alcaldes y concejales provengan de unos mismos comicios, porque se trata de la estructura comunal y regional del país.

Si no es posible la designación de intendentes en 2017 por las razones que he mencionado, resulta deseable una elección con un sello descentralizador en regiones y municipios, porque eso tiene su lógica, a diferencia de las correspondientes al Presidente y a parlamentarios.

Entonces, realmente celebro que demos este significativo paso adelante y que ello se acompañe de los otros cuerpos legislativos que he mencionado.

Por lo tanto, con mucho gusto voy a votar a favor del proyecto.

La señora MUÑOZ ( Vicepresidenta ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señora Presidenta, junto a saludar a regionalistas, consejeros regionales, intendentes, exintendentes y personas de distintas organizaciones que nos acompañan en este importante debate, quiero insistir, primero, en que el tema determina un punto de inflexión en la historia de nuestro país. Por lo tanto, todo el tiempo que demoremos en la discusión, pero para garantizar que las autoridades regionales sean electas el próximo año, resulta vital.

En seguida, observo cierta confusión en dejar de señalar que esta es una reforma constitucional, de modo que depende de nuestros votos. Desde luego, el Ejecutivo envió un mensaje, que se sumó a mociones, pero, en definitiva, los parlamentarios somos los que resolvemos. No es preciso traspasar una carga ni una responsabilidad al Gobierno como una excusa para omitir lo que nosotros podemos hacer en esta ocasión. Cabe destacar, sí, que el Ejecutivo puede jugar un rol más que relevante.

Lo digo porque Chile es uno de los países más centralistas del mundo entre los sistemas democráticos -entre comillas- actuales. Esta característica y una concentración económica determinan una combinación muy explosiva, desde los puntos de vista social, financiero, ambiental y en todas sus dimensiones.

El resultado es que las regiones gradualmente se han transformado hoy en día en zonas de sacrificio por un modelo centralista y concentrador. Ello incluye la Metropolitana, rodeada de vertederos que se están incendiando por la falta de planificación territorial. Son problemas que vienen desde hace muchas décadas, agravados por el cambio climático.

O sea, este es un momento clave para resolver en una línea correcta los desafíos que enfrentamos en el país.

En segundo lugar, el regionalismo -puede llevar otros nombres- es parte de nuestra historia.

Siempre hemos registrado este tipo de conflictos y desafíos. Cabe recordar lo ocurrido, en su minuto, en Atacama, Concepción y Santiago, con personalidades como José Miguel Infante , Ramón Freire o Pedro León Gallo .

Los movimientos sociales que han surgido en Chile, como en los casos de Aisén, de Magallanes, de Calama, de Antofagasta, de Atacama y de Valparaíso, con Puchuncaví, además de otras áreas, son una expresión clara de la falta de capacidad para decidir los destinos de las personas y de sus respectivas comunidades.

El regionalismo en los años setenta tomó cuerpo bajo una serie de entidades de desarrollo en cada una de las divisiones de nuestro territorio, bajo el alero de la Corporación para la Regionalización de Chile (CORCHILE). Nibaldo Mosciatti , Claudio Lapostol , Enrique von Baer -nos acompaña en la tribuna- y muchas personas y organizaciones han empujado con paciencia y perseverancia este tipo de cambios.

En verdad, por cada paso del regionalismo, el centralismo recupera diez; pero en el plazo de casi cincuenta años se han ido acortando las brechas. Hemos llegado a un punto que juzgo muy importante, como es el del trabajo de la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional. Esa fue una labor esencialmente participativa, con gente de todos los sectores de la diversidad que caracteriza a nuestro país. Entre otras medidas -hay muchas más por implementar-, propuso la que nos ocupa.

Se ha puesto énfasis en el mecanismo de elección. Es una materia que es preciso tocar, pero, desde luego, constituye la segunda fase del proyecto, porque cada sistema tiene sus virtudes y defectos. Si se lleva a cabo una designación en primera vuelta, como hoy día en relación con los municipios, se obtienen determinados resultados. Si se establecen umbrales, desde luego se coarta la participación de los movimientos emergentes y de los independientes. Y si se contempla una segunda vuelta, de alguna manera se vuelven a formar los dos grandes bloques que han generado una suerte de duopolio político en los últimos treinta años.

Esta es una cuestión que es preciso tomar en plenitud, por supuesto, y, de paso, asegurar la ausencia de centralismo regional, elemento este último que sí atentaría contra la esencia del proyecto.

La participación ciudadana juega un rol clave en la materia. Si la dejamos meramente en lo formal -es decir, se consulta sin que el resultado finalmente se vincule con las decisiones que se toman-, se genera frustración.

Eso se ve en el uso del territorio, del agua, del borde costero, donde claramente se aprecia que no contamos con los instrumentos mínimos de planificación participativa, como el manejo integrado de cuencas y el ordenamiento territorial.

Se registra un logro en la zonificación del borde costero, que siempre se intenta vulnerar, sin embargo, por intereses concentrados.

El manejo de los recursos naturales, del suelo, del agua, es clave. En estas materias están jugando permanentemente un rol relevante el centralismo y la concentración económica, para desgracia del interés nacional.

Quisiera destacar que la aplicación de la reforma es gradual, tal como tiene que ser, en los hechos, toda aquella que provocará profundos cambios positivos. Hoy día vamos a dar un paso importante. La puesta en práctica, sobre la base de la consideración de la experiencia de nuevos consejeros regionales con más empoderamiento, de las regiones, de las propias comunas, determinará un perfeccionamiento sobre la marcha.

No podemos prever hasta el último elemento en una ley, menos todavía si padecemos de centralismo, que de alguna manera se ha metido en la genética y la mentalidad del chileno, lo cual obviamente lleva a que muchas personas no se atrevan a hacer las cosas.

Digo lo anterior porque, en paralelo -y ya ha sido mencionado-, se está viendo en la Cámara de Diputados la transferencia gradual de competencias, medios, atribuciones y servicios públicos. En el Senado voté en contra, porque se hacía depender el proceso de la voluntad del Presidente de la República de turno y se dejaba a consejeros prácticamente sin capacidad de autonomía para gestionar sus propias regiones y localidades.

Para cerrar este importante tema, solicito que no se vote con calculadora. ¿Y por qué lo señalo? Porque, teóricamente, las regiones son mayoría en el Congreso Nacional. Eso tiene que expresarse en los resultados. Se trata de una reforma constitucional que depende de nosotros. Por lo tanto, cada uno de quienes las representan -incluida la Metropolitana, que es una gran víctima del centralismo por su deteriorada calidad de vida-, tiene que proceder de una manera amplia, generosa y con visión de futuro, prescindiendo de cómo va a irle en la próxima elección. Este último elemento es válido, pero, dentro de un contexto general, pasa a ser muy mínimo.

Para finalizar, hago presente que en la diversidad se halla la riqueza de la vida, en el fondo. Eso lo demuestran la cultura y la biología. En la homogeneidad, sinónimo del centralismo, se encuentra la muerte. O sea, nos estamos jugando una cuestión muy relevante para el país.

Por eso, hago un llamado, no solo a los parlamentarios, sino también a los ciudadanos, a las organizaciones, para el efecto de perseverar en esta importante reforma, a fin de que se pueda materializar a la brevedad -ya hay detrás cincuenta años de trabajo incansable-, y de que se vote por la nueva autoridad regional en 2017.

La señora MUÑOZ ( Vicepresidenta ).-

Puede intervenir el Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señora Presidenta, estimo que probablemente se registrará una votación unánime en favor del proyecto. Y me alegro sobremanera de que así sea y de que seamos plenamente conscientes de que el proceso de regionalización en nuestro país pasa, entre otras cosas, por la elección directa del que llamaré "intendente regional".

En efecto, una de mis observaciones respecto de la iniciativa es que, al crear la figura del gobernador regional, introducimos un elemento ajeno a la cultura, a la costumbre de la ciudadanía. Nos hemos acostumbrado a hacer referencia al "intendente regional".

La gente aprecia la figura de este último, independientemente de quién sirva el cargo, ya que lo siente una persona cercana. Advierte cuando se realiza un esfuerzo serio por resolver los problemas de la ciudadanía y, sobre todo, por materializar proyectos de inversión para mejorar la calidad de vida de los habitantes de las respectivas regiones. Eso es algo que se valora de manera muy importante.

Coincido con lo señalado por la mayoría de los que han intervenido en el sentido de que la sola elección del intendente regional o del gobernador regional -repito que esta última figura no me gusta- no garantiza que logremos una verdadera descentralización y regionalización.

Cabe recordar el proyecto de ley en trámite sobre la transferencia de competencia a los gobiernos regionales y el fortalecimiento de estos, y lo que se ha anunciado respecto de las rentas regionales.

Permítame un paréntesis, señora Presidenta . Seamos también francos: no es posible volver a aumentar la carga tributaria. El desafío actual del país es el crecimiento de la economía, para garantizar, entre otras cosas, más y mejores empleos. Tengamos cuidado en lo de los impuestos regionales.

Me parece que el Gobierno central, en una verdadera demostración de su voluntad de avanzar en la regionalización y la descentralización, tiene que deshacerse de la administración de una parte importante de los recursos fiscales que recibe. Esta debe ser la fórmula en el proyecto de ley de rentas regionales que se ha planteado.

Y resulta muy importante, por supuesto, la forma como vamos a resolver las competencias. Porque si se termina en un enfrentamiento entre el Gobierno central y los intendentes o gobernadores regionales electos, la ciudadanía simplemente no podrá entender que no hayamos encontrado el justo término medio para llevar adelante el proceso.

A mi juicio, una elección directa de estas autoridades es vital para las regiones, pero también lo es una muy buena ley de rentas regionales y que sepamos lograr una armonización casi perfecta respecto a las facultades y atribuciones. Este es un primer paso.

Por lo tanto, voto a favor.

La señora MUÑOZ ( Vicepresidenta ).-

Tiene la palabra la Honorable señora Van Rysselberghe.

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Señora Presidenta , estimo que si se hace una encuesta a nivel nacional y se pregunta: "¿Usted quiere que haya elección de intendente?", la gente mayoritariamente contestará que sí, sobre todo en regiones.

¿Por qué? Porque se halla absolutamente convencida de que en esa forma se van a resolver los problemas de regionalización, de postergación y de inequidad en la asignación de recursos.

¡Y eso no es cierto!

Lo anterior, al igual que de alguna manera se hizo pensar que la elección de consejeros regionales iba a solucionar, en parte, el centralismo. Ello no ha sido así. Hoy día tenemos consejeros regionales designados por votación directa y la descentralización no ha mejorado un ápice.

En consecuencia, tal como lo han planteado algunos señores Senadores que ya han intervenido, estimo que es preciso ser cautos en cuanto a las expectativas.

¿Por qué los habitantes de regiones están en contra del centralismo? ¿Por qué quieren una descentralización? Ello no obedece a un afán localista. Es porque sienten que esa vida importa, para ellos y sus familias, una potencialidad de desarrollo menor que en Santiago.

Quienes residimos en regiones abrigamos la certeza de que en la Capital probablemente existen cargos mejor remunerados. Quienes quieren desarrollarse profesionalmente miran en esa dirección. Quienes mantienen aspiraciones hacen lo mismo. Quienes desean desarrollar negocios proceden de igual forma.

Por lo tanto, ¿qué sucede en la práctica? Que las familias se desarticulan. Los jóvenes tienen que emigrar, buscar pega y desarrollarse profesionalmente en Santiago, porque, lamentablemente, en muchas regiones no existen oportunidades de desarrollo.

¿Qué tenemos en regiones? Allá no hay gerentes de empresa, sino administradores de empresa. Las decisiones se toman en la Capital.

En la Región del Biobío se produce madera, acero, bencina. Y resulta que la bencina es más cara en nuestra Región que en Santiago.

Si alguien quiere pedir un crédito, debe gestionarlo en la Capital.

¿Y nos quieren hacer creer que con la elección de intendente vamos a resolver todos estos problemas?

La verdad es que eso no es cierto.

Yo hubiese preferido, por responsabilidad con la gente que ha sufrido todo esto, partir no con la carreta delante de los bueyes, sino como corresponde: con los bueyes delante de la carreta, sabiendo qué va a hacer el intendente y cuáles van a ser las transferencias de competencias.

No sacamos nada con tener un intendente electo "de papel lustre", como dijo el Senador Navarro .

No sacamos nada con tener un intendente sin atribuciones o que no va a poder desarrollar efectivamente a su región.

De verdad, habría preferido que esto se hiciese bien, no para la foto o para conseguir titulares, como cuando se aprobó la elección de los consejeros regionales o como cuando se nos hizo creer que la regionalización pasaba por cambiar los nombres de las regiones y hablar de "la Región del Biobío" en lugar de "la Octava Región", como si eso fuera a afectar en algo la calidad de vida de la gente.

Quienes viven en regiones quieren tener oportunidades de desarrollo para sus hijos; quieren desarrollo productivo; quieren poder crecer, formarse y trabajar adecuadamente, en igualdad de condiciones con Santiago.

Voy a votar a favor de este proyecto. Pero, si no se mejora, no vamos a avanzar ni un ápice en regionalización, porque vamos a tener una figura de papel con dualidad de liderazgo; a un intendente electo y un representante del Presidente, quien va a seguir manteniendo el poder.

Cuando la discusión se empieza a centrar en cuál va a ser el mecanismo de elección del intendente, si va a ser por mayoría absoluta o por mayoría simple, a mí me da la impresión de que la preocupación deja de ser el regionalismo y pasa a ser, más bien, un tema electoral.

Y yo les aseguro que a quien vive en regiones no le interesa eso. Le interesa resolver lo que lo afecta en su cotidianidad, en su vida común y corriente, la de todos los días.

Por tanto, lamento profundamente que esto se haya hecho al revés.

Yo hubiese preferido que se hubiera analizado la situación y se hubiera decidido cuál va a ser la transferencia de funciones, que supiéramos bien qué va a hacer el intendente, para luego evaluar cómo podría realizarlo y cómo legitimarlo ante la ciudadanía.

Al final, terminamos con una solución muy a la chilena, que no es ni mucho ni muy poco.

Tenemos autoridades regionales electas, pero también tenemos, paralelamente, autoridades propias de un país unitario, con la figura del Presidente de la República detrás, con todos los poderes que eso conlleva.

En lo personal, dudo de si esta cosa, que termina siendo una especie de engendro, va a beneficiar a las regiones o a transformarse en un negocio electoral donde lo importante no es el desarrollo de ellas, sino cómo se reparten los cargos.

Si eso termina siendo así, creo que se habrá perdido una oportunidad enorme, porque no hay país en el mundo que haya podido desarrollarse con los niveles de centralismo que hoy día tiene Chile. Ello simplemente no es posible.

Por lo tanto, no podremos alcanzar un verdadero desarrollo si no somos capaces de transferir atribuciones y recursos; si no somos capaces de confiar en los municipios ni de creer en su autonomía. Recordemos que son la representación del Estado más cercana a la gente y de la cual todos, tanto el Ejecutivo como este Poder Legislativo, muchas veces desconfiamos, ya que cuando se aprueba una ley que tiene que ver con ellos ¡por Dios que les ponemos cortapisas!

Alguien se cuestionó aquí por qué la construcción de una determinada vía se tiene que decidir en Santiago; por qué no la puede impulsar el Seremi. Bueno, mi pregunta es más de fondo: ¿por qué no puede decidir el municipio qué vía se requiere pavimentar o mejorar? ¿Por qué tenemos todavía temas intermedios, en donde muchas veces las comunas que son más pequeñas, que están alejadas de la capital regional, siguen sufriendo el centralismo ya no nacional, sino regional?

Entonces, este proyecto de ley es un paso, una señal, aunque creo que todavía deja mucho que desear.

Me parece que centrar el tema en cómo se va a elegir al intendente habla más bien de un interés electoral que de un interés real de regionalizar.

Además, considero un error partir por el final y no por el comienzo. El hecho de no haber resuelto la transferencia de funciones puede terminar generando una figura más bien decorativa y de papel que una autoridad con poder real para tomar decisiones en los lugares que están más alejados de la Capital y del Gobierno central.

Yo voy a votar favorablemente, pero tengo serias aprensiones.

La mayoría de los parlamentarios representamos a regiones. Por lo tanto, debiéramos ser capaces de buscar acuerdos para generar una descentralización real, con verdaderos avances, y no una descentralización cosmética.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , la verdad es que este ha sido un debate muy interesante y muy honesto, quizá influenciado por la asistencia en las tribunas de representantes de todo el país. Ella es algo menguada a estas alturas, por la hora tal vez; sin embargo, hay algunos valientes que se mantienen en la Sala...

Asimismo, pareciera que cuando no hay prensa la sesión deja de ser interesante para algunos distinguidos parlamentarios.

Pero insisto: creo que este debate es importante, necesario y, al mismo tiempo, que las cosas han ido decantando en su justa dimensión.

Personalmente, soy santiaguino de nacimiento; criado y educado en la Capital. Pero las cosas de la vida me llevaron a las regiones.

Hace 25 años decidí entrar en la política, luego de que asesinaran a Jaime Guzmán .

Y, de nuevo, por cosas de la vida, llegué a una región donde tenía, efectivamente, intereses menores, por problemas políticos locales: Linares . Y llevo 25 años ahí.

La verdad es que me siento regionalista; me siento linarense, cauquenino, muy identificado con el Maule Sur. Y he aprendido a conocer a Chile de una manera distinta, pues nuestro país es muy diferente visto desde las regiones.

Honestamente, esta experiencia me ha vuelto total partidario de una efectiva y verdadera descentralización.

Me parece que el centralismo existente ahoga la fuerza local, la limita. Es tan fuerte que provoca incluso un problema cultural, pues en las propias regiones se piensa que la forma de resolver sus problemas depende de Santiago y no de ellas mismas. Se pierde la fe en la propia capacidad, se pierde la autoestima en lo que cada uno puede hacer desde su lugar.

Quizá esos son los efectos más difíciles, que han provocado que el país se haya ido recentralizando con el tiempo.

Yo me acuerdo de que hace 30, 40 años los bancos estaban repartidos en todo el territorio. Había bancos en el norte, bancos en el sur, bancos aquí, en Valparaíso. Hoy día no hay ninguno que no tenga su sede central en Santiago. Eso, como un ejemplo de que el proceso ha sido -y sigue siendo- muy fuerte. Y, probablemente, las economías de escala en las que vivimos en estos tiempos hacen más difícil que se produzca una descentralización mayor.

Además, por una estructura regional que no corresponde a la realidad, se verifica una disimilitud muy fuerte en las distintas regiones y, adicionalmente, en muchas de ellas se produce un doble centralismo.

Nosotros en el Maule Sur sentimos que el Maule Norte es una realidad completamente distinta y que, de nuevo, dependemos de otro centro. O sea, no solamente se depende de Santiago, sino además de Talca, lo cual genera -esto solamente lo doy como ejemplo, porque el proceso se produce en muchas partes del país- una situación muy compleja.

Por eso, es tan fuerte el centralismo que cuando se trata de resolver este problema, a pesar de que la mayoría de los representantes de este Senado son de regiones, no se avanza en serio.

Y, lamentablemente, el proyecto que nos ocupa es consecuencia del centralismo, porque la verdad es que se está dando un paso pequeño, muy tímido, solo en el ámbito político y únicamente para elegir ciertas autoridades.

Eso es lo que hace esta iniciativa.

Entonces, como bien expresaron quienes me antecedieron -recientemente la Senadora Van Rysselberghe y muchos que han argumentado en ese sentido-, nosotros no podemos decirle al país que este proyecto es un gran éxito de la regionalización, porque no lo es.

Esto se parece a lo que se sostuvo con respecto a la elección de los consejeros regionales. ¡No hubo ni un cambio en la situación de las regiones! Incluso, tal vez, se generó más frustración, porque los cores hoy día sienten que, a pesar de contar con una legitimidad democrática real y efectiva, no tienen poder, no tienen fuerza; es muy poco lo que pueden hacer.

En consecuencia, a ratos uno se pregunta si no estamos gatillando una imagen de muchas expectativas que, al final, se va a traducir en mucha frustración, porque la descentralización no es solo un proceso político.

El proceso político es importante, pero tiene sentido cuando cambiamos el diseño institucional.

Aquí no se realiza un cambio del diseño institucional y, por lo tanto, vamos a convivir en un país centralista, unitario, con una estructura a medio camino, cuya forma y fisonomía final desconocemos todavía.

En ese sentido, resulta evidente que no es posible avanzar sino de una manera integral.

Nosotros necesitamos una descentralización administrativa en donde las competencias, las atribuciones estén radicadas en las regiones, en sus distintas instancias internas -ya me referiré a ese tema más adelante-, y no tiene sentido hacer descentralización si no va acompañada de una descentralización del financiamiento, de los recursos, porque, de nuevo, aunque el intendente sea elegido, tendrá que estar golpeando las puertas del Ministerio de Hacienda en Teatinos.

¡Esa es la realidad! ¡Si es muy complejo este tema!

Y si ocurre, como va a pasar, que habrá gobernadores regionales -o como se los llame finalmente- de Oposición, será más difícil para ellos ir a golpear las puertas del Ministro de Hacienda , pues quedarán sujetos al juego en virtud del cual los Gobiernos, bajo su discrecionalidad, apoyan más a los amigos que a los que no son tan amigos.

Por tanto, también se introduce un factor complejo en la medida en que exista todavía un centralismo financiero.

Yo hablaba del tema cultural. Nosotros necesitamos hacer esfuerzos para generar cambios culturales locales fuertes.

En seguida, necesitamos dinamizar la actividad económica regional: que las empresas tengan sus cabezas de serie en las regiones; que los impuestos derivados de su quehacer se paguen ahí.

Le presentamos al Ministro de Hacienda la iniciativa cuyo propósito es que las contribuciones de bienes raíces que pagan las empresas con sedes regionales se paguen allí y no en Santiago. ¡Todas se pagan en la Capital!

Estos son hechos que me hacen pensar que el problema es muy complejo.

¡Y para qué hablar de la inserción internacional de las regiones! ¡Pasa toda por Santiago!

Yo planteé una vez por qué no teníamos, además de ProChile, un ProMaule, un ProBiobío, un ProAntofagasta, para que las regiones puedan expresar su voz propia.

El proyecto, además, es ambiguo, porque habla de competencias sin definir con claridad cómo se van a resolver. No sabemos cuáles va a tener el gobernador regional -alguna ley las va a definir-, porque la reforma constitucional dice que él va a ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia y fiscalización que no le correspondan al delegado presidencial o provincial y que, a su vez, este va a tener las atribuciones y competencias de supervisión y fiscalización que no tenga el Gobierno regional.

Bueno. Esa es la ambigüedad final, la incertidumbre total.

Entonces, bien preguntaba el Senador Lagos, si no me equivoco, qué opinará la gente cuando vea el diario de mañana:

-"¡Ah! Tenemos intendentes, gobernador. ¡Fantástico! ¿Y qué va a hacer este hombre?".

-"No sabemos".

-"¿Con qué plata?".

-"Tampoco sabemos".

-"¿Cómo va a funcionar este proceso?".

-"No sé. Vamos a ver. Iremos trabajando en el camino".

Eso podría haberlo dicho alguien en el Festival de Viña si oyera este relato, porque se presta para una situación un poco absurda.

En consecuencia, creo que no estamos haciendo bien las cosas.

Pienso, además, que en una mirada subsidiaria no solamente debemos descentralizar en las regiones, sino que, primero y principalmente, en las comunas, porque es en ellas donde reside la fuerza viva de un país.

Yo siempre recuerdo a De Tocqueville, quien en su libro dijo que la grandeza de Estados Unidos -y lo hizo en la primera mitad del siglo XIX, cuando esa nación aún no era lo que llegaría a ser después- descansa en dos elementos: uno, en su amor por la libertad, y dos, en la fuerza de las comunas, porque el poder se ejerce desde abajo. Y así se construye un país.

La democracia en América de Tocqueville tuvo razón. 

Y si nosotros queremos pensar en algo parecido tenemos que estructurar ese camino desde esas bases.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente, después de una tarde en que hemos escuchado muchas intervenciones y un debate muy constructivo que tiene que ver con nuestra mirada profunda del país, quiero justificar mi voto a favor de la idea de legislar.

Tal como se ha señalado aquí, nadie puede esperar que este proyecto sea la varita mágica que cambiará la postergación que han vivido las regiones. Una iniciativa de esa naturaleza debe enmarcarse -qué duda cabe- dentro de una reforma más amplia de la mirada regional, del fortalecimiento del municipio, de las tareas que cumple el gobierno local, para que tengamos claridad en cuanto a cuáles son sus atribuciones, que no deben depender de una solicitud que se eleva a nivel central para ver si algo se autoriza o no, sino más bien de una perspectiva que establece una relación distinta desde el territorio y del centro con el territorio.

No hay duda al respecto.

Sin embargo, a veces siento el temor de que, por el hecho de que no discutimos el proyecto o porque no tenemos claridad acerca de las transferencias de competencias, no avancemos en el mecanismo de elección o en la validación por votación popular -eso es finalmente lo que estamos discutiendo hoy día- de quien dirige los destinos de una región.

Por lo tanto, me parece que este proyecto marca un hito muy importante. Es la primera de todas esas reformas, y es necesaria por eso: desencadena un proceso.

Y nos corresponde a todos cautelar que avancemos con celeridad en los proyectos complementarios y en una agenda más amplia que le dé sustento a lo que hoy día se está planteando.

Esta iniciativa es, de alguna manera, un puntapié inicial, y me parece que en ese sentido resulta muy fundante y relevante.

Se reconoce que en nuestro país no vamos a poder enfrentar con decisión la desigualdad si no miramos también la dimensión territorial. Porque la desigualdad no solo dice relación con tener acceso a la educación -tema que enfrentamos con la reforma educacional- o una mejor distribución del ingreso -para ello hicimos una reforma tributaria-, sino fundamentalmente con la dimensión territorial.

Esos son los ejemplos que hemos escuchado aquí desde las distintas miradas de cada una de las regiones. Y podríamos hablar latamente sobre cómo se expresan. Pero mi impresión es que hay un diagnóstico compartido en cuanto a que nuestro país no solo pierde mucha potencialidad y capacidad cuando mantenemos este centralismo exacerbado que nos asfixia, sino que, efectivamente, si queremos llegar a ser un país desarrollado y que ello signifique una mayor equidad e igualdad de oportunidades para todos, debemos tener una mirada más territorial.

Lo anterior implica un cambio de relaciones, ceder poder, lo cual explica por qué nos ha costado tanto. Y eso debe hacerse potenciando un principio fundamental de la democracia, que es darles a los habitantes de cada lugar la facultad de decidir quién es su autoridad y quién los representa. Esto modifica la relación de los ciudadanos con el intendente en la medida en que este último sea elegido por votación popular. Existe la posibilidad de pedirle cuentas, se establece una relación que me parece que, sobre todo en estos tiempos, no solo es sana, sino que además resulta imprescindible.

Antes de ser Diputada yo trabajé en la Secretaría de Planificación de Magallanes. Partí como analista de inversiones y posteriormente fui seremi. Y siempre cuento una anécdota que grafica muy bien el centralismo existente.

En Magallanes se presentó un proyecto para la adquisición de un escáner para el hospital regional, el que, en el caso de zonas aisladas, es el principal centro asistencial de salud pública, ya que no hay instituciones privadas que puedan competir con él. Sin embargo, en el hospital no había un escáner porque ya existía uno en la clínica y se consideraba que uno solo era suficiente para 120 mil habitantes y que no se justificaban dos.

Yo me preguntaba cómo era posible que un criterio técnico no permitiera que con recursos públicos se comprara un escáner para el principal centro asistencial de la región, que es su hospital público.

Me acuerdo que fue una pelea dura con quien me supervisaba desde Santiago . Pero yo dije: "El proyecto para adquirir un nuevo escáner tiene recomendación técnica y no se puede aplicar un criterio en forma tan ciega desde el centro, sin entender que se debe garantizar un acceso oportuno para el caso de que se requiera hacer un examen básico, sin tener que trasladar a la persona que viene politraumatizada o enferma desde el centro asistencial".

Sin embargo, esas miradas tan sesgadas se repiten hoy día. Los intendentes vienen a discutir el presupuesto con nosotros en cada una de las Subcomisiones, con una perspectiva desde el territorio donde confluyen los recursos de cada uno de los sectores. Y el Ministerio de Obras Públicas, por ejemplo, plantea lo que quiere hacer en cada una de las regiones. Pero allí hay una mirada sesgada.

Reconozco que se han dado pasos, porque creo que es de justicia lo que se ha hecho con los planes de zonas extremas, lo que demuestra cómo decisiones muy simples, que cambian el criterio para definir la inversión, poniendo una mirada territorial al frente, nos han permitido avanzar en proyectos que estaban muy postergados.

Hoy, a propósito de la situación que se vive en la Unidad de Oncología Infantil de Magallanes, se evidencia lo mismo. Probablemente, si continuamos utilizando las mismas herramientas e incentivos para la formación de especialistas, seguiremos dándonos contra una puerta que está cerrada, sin resolver el problema.

Tenemos que pensar distinto, idear un plan especial que implique mirar la región con una lógica diferente. Seguramente no vamos a conseguir a todos los especialistas que quisiéramos, pero hay que abordar el tema por macrorregiones o quizás generar un incentivo para los becados que les permita una rotación permanente. Insisto: hay que cambiar la lógica. Se ha demostrado que, cuando existe voluntad política, ello es posible.

Este proyecto es un primer paso, aun cuando, sin duda, habrá que perfeccionar ciertos aspectos.

Coincido en que el mecanismo de elección no se halla asociado a un cálculo electoral, sino que se relaciona con el peso y la representación que debe tener la autoridad elegida. Por eso es importante establecer una fórmula electoral que exija mayoría absoluta, para que el ganador cuente con el respaldo ciudadano necesario; un respaldo que se traduzca -así lo espero-, tal como ocurre con un buen alcalde que es capaz de conversar con el Ministro o Ministra de Vivienda de uno u otro gobierno, en una mirada de mediano plazo, donde prime una perspectiva de desarrollo con los ciudadanos, con el territorio y con la región, y no decisiones centralistas como las que vemos hasta el día de hoy, que no solamente no ayudan a aprovechar las potencialidades de cada una de las regiones, sino que muchas veces generan una concentración que no nos hace bien como país ni permite que avancemos hacia delante.

Espero que este sea el primero de muchos proyectos que discutamos con celeridad. Para esto no hay mucho tiempo. Así que debemos explicitar hoy un compromiso en ese sentido, confiando en que -repito- esta sea una de varias iniciativas que nosotros podamos mostrar a los ciudadanos como formando parte de una agenda de descentralización potente, no solo en términos administrativos, sino también en aspectos financieros y en los ámbitos social y cultural, a través de una mirada integral como país.

Por eso, señor Presidente, mi voto es favorable.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE .-

Señor Presidente, quiero partir señalando que considero muy importante que se haya creado la Comisión de Descentralización, cuyos integrantes viajaron por el país para dialogar con los ciudadanos y las autoridades de las regiones y que presentó una serie de propuestas, bastante completas, que si bien no fueron, en definitiva, recogidas del todo, significaron el puntapié que ha permitido que hoy estemos en esta Sala discutiendo exactamente lo que fue el resultado concreto, más allá de la existencia de un compromiso presidencial.

Lo recuerdo perfectamente bien, porque yo era la Presidenta del Senado en ese momento y efectuamos una ceremonia inédita en el Salón de Honor del Congreso Nacional, con la presencia de la Presidenta Bachelet, para la entrega de las conclusiones de dicha Comisión, algunos de cuyos miembros han estado toda la tarde en las tribunas escuchando, con mucha paciencia, las intervenciones de los parlamentarios.

Así que parto por reconocer el trabajo realizado por esa instancia, que fue bueno, serio y comprometido desde su origen, sobre todo por los viajes que hizo a las distintas regiones para escuchar y dialogar con la gente y recoger sus inquietudes.

En segundo lugar, cabe destacar que aquí, en el Senado, hace bastante tiempo se constituyó la bancada regionalista, un poco para poder asumir de verdad el compromiso de no continuar con un país tan altamente centralizado. No creo que vayamos a convertirnos, por lo menos fácilmente o dentro de poco tiempo, en un Estado federal, pero otra cosa es tener un país completamente centralizado, donde existe la sensación y la impotencia de ver que todo se resuelve a nivel central, dejándoles a las regiones muy poco espacio real para la toma de decisiones, para ejercer atribuciones, para ejercer competencias, en fin.

En definitiva, quiénes mejor que ellas saben lo que son sus características, sus particularidades y sus potencialidades, porque lo más dramático de este nivel de centralismo es no permitirles desarrollar estas últimas.

La Región de Atacama, por ejemplo, que represento junto con el Senador Prokurica, tiene la particularidad de ser, probablemente, la zona de mayor radiación del mundo, lo cual implica un potencial en energías renovables realmente notable. Lo que nosotros debemos hacer -afortunadamente, el Ministro del ramo lo ha comprendido muy bien y lo está implementando- es dar un mayor impulso, sobre todo si estamos pasando por un ciclo, que puede durar cierto tiempo, de bajo precio del cobre, a las energías alternativas, creando un cluster que sea capaz de promover y desarrollar su uso, considerando la notable ventaja comparativa que tenemos en este ámbito. Atacama no es comparable con el sur de Europa y con ninguna otra zona del mundo, por la cantidad de horas de radiación solar que recibe.

Por lo tanto, si nosotros pudiésemos desarrollar esos proyectos, formando a la gente para que fuera capaz de montar los paneles, de darles mantenimiento, de exportar el sistema, daríamos un salto cualitativo.

Lo anterior requiere un compromiso con las regiones, darles espacio para que tomen decisiones y efectúen su propio diseño, su propia planeación, en función de lo que cada una podría o debería llegar a ser.

Atacama , por ejemplo, tiene esa condición. Otras exhiben ventajas distintas. Entonces, si somos capaces de invertir mucho más en innovación y de ver alternativas frente a la escasez del recurso hídrico para conseguir un mejor aprovechamiento del existente, vamos a poder desarrollar otras potencialidades que hoy resultan más complejas, dado el carácter restrictivo que hay.

Por eso, señor Presidente , creo que es muy importante la señal que dé el Senado en esta votación general.

A mi juicio, fue bueno haber tomado la decisión de poner este proyecto en el primer lugar de la tabla, como también el hecho de estar toda la tarde discutiendo su contenido, para que cada uno de los señores y señoras Senadores tuviera la posibilidad de manifestarse.

A mí me asiste una profunda convicción. Es cierto que resulta complejo para un Senador aprobar la idea de legislar cuando en la otra rama del Parlamento se están debatiendo las atribuciones, las competencias, el traslado de servicios, el financiamiento, pero debemos entender que en algún momento vamos a recibir los insumos que despache la Cámara de Diputados y que van a complementar este paso que, fundamentalmente, es una acción política para que haya una elección democrática de intendentes y sea la propia ciudadanía la que se pronuncie y los escoja directamente.

Ahora, como Chile no es un país federal y tampoco se va a transformar en uno de ellos de la noche a la mañana, tiene que haber una figura como la del delegado presidencial, que cumplirá un poco las funciones del actual gobernador; básicamente, seguridad interior, extranjería y otras.

Lo que importa es que seamos capaces de dar este paso, conscientes de que, cuando veamos el proyecto en particular, debemos determinar cuál va a ser, realmente, el traspaso de funciones de que se ha hablado, cuáles serán, en forma clara, las competencias, las responsabilidades que asumirán las autoridades regionales. También habrá que definir su nivel de financiamiento y si en algún momento tendrán capacidad para generar tributos y llevar a cabo un manejo financiero, lo cual resulta fundamental para desarrollar sus potencialidades y convertirlas en lo que todos queremos. Las regiones contribuyen al desarrollo nacional en virtud de potenciar lo que cada una de ellas puede entregar. Y qué mejor que hacerlo justamente desde sus propios territorios, contando con estas atribuciones.

Por eso, creo que las legítimas dudas que se pueden tener al no conocer en detalle cómo va a quedar, en definitiva, el traspaso de competencias, el tema de las mayores atribuciones, no nos pueden ni nos deben inhibir para tomar una decisión clara en cuanto a que estamos de acuerdo con la elección de intendentes, como un primer paso político que, obviamente, debe venir acompañado de las necesarias y fundamentales facultades y atribuciones. Porque nadie desea que los intendentes sean elegidos por el simple hecho de que sean elegidos, sino que para que ello les permita plantear, dirigir, diseñar; para que sean la voz que encabece las regiones y propicien el desarrollo de sus respectivos territorios, estableciendo los pilares básicos y profesionalizando el Gobierno regional.

Por supuesto, lo mismo vale para los municipios.

Necesitamos modernizar y profesionalizar cada vez más nuestro Estado, mejorar el desempeño de las instituciones públicas, porque ello redunda en mejores políticas públicas.

Señor Presidente , voy a aprobar esta iniciativa con mucha satisfacción y plena convicción. Lo he señalado desde el día uno, lo he defendido e incluso les he expresado a mis colegas presidentes de partido que este es el momento oportuno para dar este paso, el cual, evidentemente, vendrá acompañado de otros.

Es cierto -hay que reconocerlo- que estamos haciendo una especie de mixtura, porque, claro, somos un país altamente centralista que desea comenzar un proceso de descentralización y que está dando un primer paso en ese sentido, el cual -repito- deberá venir acompañado de muchos otros, pero, al mismo tiempo, no somos un Estado federal y, por lo tanto, durante algún tiempo va a existir cierta dualidad. Es ahí cuando tendremos que demostrar una madurez, una prudencia y una sabiduría que nos permita lograr un equilibrio armónico dentro de un sistema un tanto mixto, por llamarlo de alguna manera.

Señor Presidente , quiero reiterar la tremenda importancia que significa aprobar esta reforma constitucional y dar este paso, para así poder decirle al país, desde el Senado de la República, que hemos autorizado la elección de los intendentes.

Cada cual puede tener su propia visión respecto de cómo deben ser elegidos. Yo tengo la mía. A mí me gustaría que fueran elegidos por mayoría absoluta, para que tengan un gran respaldo y mayor representatividad.

En lo personal, me gusta más la denominación de "intendente" que la de "gobernador regional". Pienso que cambiarla no tiene mucho sentido. Estoy convencida de que la gente ya tiene internalizada en su cabeza la figura del intendente y no veo por qué ahora debemos ponernos tan "creativos". Creo que la ciudadanía entiende altiro y sabe de lo que se trata cuando le hablan de "intendente".

Señor Presidente, creo que este es un gran momento y un gran paso. Por eso, le doy todo mi apoyo al proyecto.

Para terminar, solo quiero reiterar que estimo decisivo el trabajo realizado por la Comisión de Descentralización, el cual nos ha permitido dar hoy este paso, el cual estoy segura de que vendrá acompañado de otros que nos permitirán avanzar, con responsabilidad y de manera gradual, en la clara dirección de descentralizar el país, que ya no puede seguir con un nivel de centralismo y de concentración que ahoga a las regiones y les impide expresarse, pues todas las decisiones son tomadas desde Santiago , lo que no corresponde en una auténtica y verdadera democracia.

He dicho.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.-

Señor Presidente, he seguido con mucha atención el debate.

No he tenido la suerte de mi amigo el Senador Larraín en el sentido de haber vivido un tiempo tan prolongado en regiones, pero sí tuve el honor de representar, entre los años 2005 y 2010, a la Región de Los Ríos y a Osorno. Y la experiencia de haber vivido y representado a esa zona me fue de enorme utilidad como dirigente político. Todos los días aprendí muchas cosas.

Aprovecho de recordar aquí la primera lección que me señaló el ex Diputado Juan Enrique Taladriz (que, entre paréntesis, se encuentra bastante delicado de salud y es una persona que siempre estuvo muy encima de los temas regionales), quien en una ocasión me dijo: "Mira, Andrés , aquí en Valdivia hay dos estaciones: el invierno y la estación del tren". Y agregó: "Aquí vas a aprender que Dios está en todas partes, pero atiende en Santiago".

Dicho eso, ¿qué está bien, qué está pendiente y qué creo que debiéramos revisar a fondo en este proyecto?

A mi juicio, la elección directa, definitivamente, está muy bien, por lo que no voy a referirme a ese tema.

Tiendo a coincidir con los colegas que no ven justificación para cambiar el nombre de "intendente" a "gobernador". Eso podrá revisarse y pensarse mejor.

Específicamente, me parecen muy adecuados los dos agregados que se le efectúan al artículo 114. Primero, el de la parte final, donde se establece que cada vez que se transfieran competencias a los gobiernos regionales ello deberá ir de la mano de los recursos pertinentes. Porque esa es una de las trampas del centralismo: se traspasan atribuciones, ya sea a los municipios o a los gobiernos regionales, pero, en definitiva, no se les entregan los fondos pertinentes. El resultado es que la ciudadanía le carga la responsabilidad a quien no le corresponde. Esta práctica de traspasar obligaciones sin otorgar recursos es -reitero- una trampa del centralismo que acá, en mi concepto, queda bien resuelta.

Creo que también es muy correcto haber acogido el denominado "principio de doble subsidiariedad". Como ustedes saben, el principio de subsidiariedad de primer grado es aquel que define qué cosas debe hacer el Estado y qué cosas deben hacer los particulares. Y el de segundo grado, que es el que se recoge en esta normativa, sin perjuicio de que se pueden introducir algunas modificaciones en el texto, es aquel que señala, una vez decidido que el Estado ejercerá determinada función, en qué nivel la va a ejercer.

En el artículo 114 se agrega: "Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos". Y me parece que la redacción correcta -voy a presentar una indicación en tal sentido- tendría que ser: "deberán radicarse en". Si se habla "privilegiar", queda una especie de situación indefinida. En cambio, la frase "deberán radicarse" es mucho más imperativa como principio.

Esa parte está muy bien y la apruebo con entusiasmo y optimismo.

¿Qué está pendiente?

Claramente, lo que está pendiente es la definición -diversos colegas ya se han referido a este punto- de las funciones del gobernador o intendente regional y las del delegado presidencial o como se llame.

Ahí hay que aplicar, diría yo, un rigor jurídico particularmente severo, porque esto puede transformarse en una especie de Campo de Marte para los conflictos.

Entonces, definir bien qué le corresponde a una y otra autoridad es extraordinariamente importante. Y diversos Senadores se han referido a la materia.

Ahora -aprovecho de reiterar lo que les manifestaba hace algunos segundos a los señores Ministro del Interior subrogante y Subsecretario de Desarrollo Regional en una conversación informal-, creo que sí debemos revisar un aspecto importante, que es, por así decirlo, "el principio con que se traspasan las facultades".

Hay dos formas de transferirlas.

Hasta ahora, una alternativa era asumir un esquema donde el traspaso de facultades -valga la redundancia- era facultativo. Es precisamente lo que dice el actual artículo 114: "La ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales". Es decir, dispone no una definición, sino una posibilidad.

La otra forma de hacerlo, y por la cual yo me inclino, no corresponde a una facultad, sino a un itinerario.

Cuando afirmamos que es una facultad, en la práctica estamos señalando, por así decirlo, que se refiere a todo o nada. Hasta ahora, ha sido nada. ¿Por qué? Porque -quizás me equivoque en la fecha, pero tengo la impresión de que la actual redacción del artículo 114 fue producto de la reforma del año 2005- nunca se votó y nunca se aprobó la iniciativa que permitiría el traspaso de facultades.

Entonces, la pregunta que surge es la siguiente: si este esquema no ha funcionado ¿por qué insistimos en él? ¿No será mucho más razonable establecer desde ya que "en el plazo de tal tiempo se transferirán a los gobiernos regionales esta, esta y esta facultad?".

Sé que eso, en parte, se puede incorporar precisamente en la ley que no se ha dictado. Pero consulto, señor Presidente , ¿queremos dejar este traspaso de facultades, como quien dice, en la indefinición?

Hasta el momento, todos los Presidentes de la República han sido renuentes a hacer transferencias. Pero ahora se afirma que "Como los gobernadores o intendentes van a ser electos, entonces ellos van a presionar para que efectivamente se traspasen facultades".

De ahí que pregunte lo siguiente: ¿Por qué no definimos desde ya qué debe traspasarse? ¿Por qué lo dejamos abierto? ¿Por qué lo dejamos sometido a una cosa que, entre paréntesis, se producirá innecesariamente? La Constitución dispone que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos.

Le quiero anticipar, señor Presidente, que eso no va a pasar.

Lo anterior ya lo discutimos en el Senado cuando aprobamos la creación de la Región de Los Ríos. ¿Qué propusimos con el Senador Frei? Que a las Regiones de Los Ríos y de Arica y Parinacota, recién creadas, les hiciéramos un traspaso categórico de facultades.

Y qué se argumentó en ese momento: "¡Ah, no! No se puede, porque no resulta razonable que tengamos dos regiones con dicho esquema de facultades y trece que no dispongan de él".

Señor Presidente , creo que se debe revisar tal aspecto. En definitiva, me inclino por una modalidad distinta: definir desde ya, dentro de cierto plazo, qué atribuciones vamos a traspasar y cuáles no. ¿Por qué dejarlo simplemente al devenir?

Por último, quiero hacer notar que lo dispuesto en el artículo 114, que estamos dejando igual, es muy incorrecto desde mi punto de vista.

Fíjense, por favor, estimados colegas, que al final del texto se establece que habrá una ley orgánica constitucional para traspasar "a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos", ¡y ojo con lo que señala a continuación!: "creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural".

¿Y energía, por ejemplo? No está aquí. ¿Y medio ambiente? Tampoco.

Entonces, ¿cómo va a ser razonable que tengamos que hacer el traspaso de competencias a esta trilogía que no tiene ninguna justificación?

Anuncio desde ya que voy a presentar una indicación a fin de eliminar toda la parte final del artículo 114, en el entendido de que mantendremos este esquema de traspaso de facultades, para que se señale que "podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos". ¡Punto!

Resulta completamente absurdo que mantengamos -repito- una trilogía sin ninguna justificación. ¿Cómo podríamos determinar qué queda adentro y qué queda afuera del listado?

Señor Presidente , termino haciendo presente que considero lógico revisar lo que planteo. Si seguimos dejando al libre albedrío de las autoridades determinar cuáles facultades se traspasan y cuáles no, nos pueden pasar dos cosas malas: que no se transfiera ninguna o que se consideren más de las que corresponden.

¿Por qué no definir el asunto legislativamente, lo cual, de alguna manera, hará el Gobierno en la ley orgánica respectiva?

Finalmente, me sumo a las expresiones formuladas por otros colegas en el sentido de que aquí ha habido un enorme trabajo de políticos, parlamentarios, partidos y, fundamentalmente, de la sociedad civil. Y estimo que don Heinrich von Baer merece el homenaje de todos nosotros. Él ha demostrado, en verdad, tales persistencia, tenacidad e inteligencia para plantear ese tema, que creo perfectamente razonable que nosotros, como Senado, valoremos en su persona el aporte de toda la sociedad civil a este proceso.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER .-

Señor Presidente, estimados colegas, voy a votar a favor de esta reforma constitucional en general. Pero debo reconocer que lo hago con cierta incomodidad no porque esté en contra de la descentralización y la desconcentración, a la vez, dentro de cada territorio, sino porque no me queda claro aún cuál modelo de descentralización va a tener nuestro país.

Resulta muy curioso que aquí se plantee elegir a una autoridad de un territorio y no sepamos cuáles serán sus atribuciones, y que eso no se halle en la Constitución.

Más curioso me parece que establezcamos en el debate sostenido hasta ahora que será el gobierno central, cualquiera que sea el Ejecutivo de turno, el que irá decidiendo qué atribuciones va traspasando a cada territorio, según considere que el territorio o la región se encuentren maduros para tal fin. Y ello, en el entendido, también, de que la Metropolitana es una región más.

En verdad, manifiesto cierta incomodidad con el tipo de modelo por aplicar, pues no conozco cuál es.

Comprendo que la aprobación del proyecto en debate significa iniciar un proceso. Algunos creen que, si lo hacemos, el resto de las iniciativas fluirán naturalmente.

Espero que así sea, por cuanto otros países tuvieron procesos históricos de constitución muy distintos al nuestro. Me refiero a aquellos con una estructura federal o estadual, que no corresponde a nuestra realidad.

Y también hay naciones que fueron objeto de procesos de descentralización como los de Perú, donde, en verdad -así lo escuché-, es posible decir que se registraron experiencias muy exitosas en determinados territorios.

Eso sí, debo señalar que en las más de 24 o 26 regiones peruanas donde se aplicó tal sistema el resultado fue muy debatible, con irregularidades muy duras en algunos casos.

Pero también el proceso se ha acompañado con algo aquí no contemplado: la autonomía financiera de las regiones.

En Estados Unidos una de las causas de la revolución norteamericana -o americana, como dicen sus connacionales- fue el cobrar impuestos sin representación. Eso se encuentra en el corazón del modelo de desarrollo descentralizado de ese país, donde cada Estado mantiene la potestad de cobrar ciertos tributos para garantizar la autonomía financiera de cada territorio o cierta solvencia económica.

Esa noción -hasta ahora, que yo sepa- no está presente en el modelo que se nos propone. Por lo menos no en este proyecto, aunque tal vez sí en los otros que se han discutido.

Manifiesto cierta confusión sobre qué autoridad queremos elegir, porque hemos entrado a un debate sobre los nombres. Entiendo que se propone, en términos del lenguaje cotidiano, elegir al presidente del CORE , que se llama "Gobierno regional", esto es, al presidente del Gobierno regional. Este tendrá las atribuciones de que hoy dispone y recibirá la asignación que se le transferirá en la Ley de Presupuestos de cada año (o sea, se trata de una descentralización bastante condicionada).

Además, gozará de algunas facultades absolutamente discutibles en cuanto a su preponderancia -no me refiero a la relativa al ordenamiento territorial-, porque los instrumentos de fomento productivo del Estado son bastante precarios en la actualidad, y atomizarlos, como se pretende, no sé si será figurativo o sustantivo.

Vamos a elegir al presidente del gobierno regional. Pero, considerando las atribuciones que le daremos, es muy importante que sepamos cuál será el ámbito de la delimitación de competencias con el representante del gobierno central, independiente de que este lleve el nombre de "delegado" o de que se mantenga el de "intendente" o "gobernador regional".

¿Qué va a pasar con las secretarías regionales ministeriales? ¿De quién van a depender?

¿Cuánto habrá de presupuesto propio en esos ámbitos?

Responsablemente, me parece que se debe realizar un debate para saber adónde queremos llegar, cuál es el modelo de convivencia entre nosotros que deseamos lograr. Y después deberemos definir la transición para alcanzarlo.

Yo represento a la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, donde padecemos lo que los mexicanos califican como el estar "muy cerca del diablo y muy lejos de Dios". Es decir, la cercanía con la Región Metropolitana conlleva hechos históricos, como el de que recién en el siglo XXI comenzó el debate para tener una universidad regional.

¡Eso no es casual! Se le impidió a una región tener universidad propia por razones, sin duda, vinculadas a nuestra cercanía con la Región Metropolitana, con la Capital.

Esa gran macrozona central nos trata de absorber desde el Metrotrén. Puedo citar una cantidad de ejemplos referidos a cómo nos condiciona la cercanía con la Región Metropolitana en forma bastante perversa. Quizás la mayor perversión es la ubicación del casino de la Región de O'Higgins, pues se encuentra al lado norte del peaje para que todos los santiaguinos puedan tener un casino.

En la Sexta Región somos varios los que estamos muy convencidos acerca de la importancia de la descentralización. Sin embargo, queremos descentralización con atribuciones claras, con presupuesto propio claro; que se defina si habrá impuestos para las regiones.

No entro al debate, que varios han planteado en otro momento, sobre qué pasará en las regiones mineras, o en las que pagan externalidades para el desarrollo del país y que no son compensadas.

Señor Presidente, sin duda, voy a votar a favor de esta reforma constitucional.

No soy partidario de que el sistema electoral esté a nivel de la Carta Fundamental. Creo que es propio de una ley orgánica constitucional o de otro tipo.

No soy de aquellos que piensan que en esta reforma constitucional debe existir el nivel de detalles que algunos consideran. Hay otros que somos partidarios de que eso quede para el debate en particular y de que lo dejemos para la ley orgánica. Pero sí estoy convencido de que hoy iniciamos un proceso que esperamos que no se detenga en esta formalidad.

Opino que con este proyecto de reforma a la Carta Fundamental no hacemos historia. Se hará historia cuando tengamos una ley que garantice atribuciones a esa autoridad regional que se elige en forma unipersonal, y cuando perfeccionemos las facultades del consejo regional.

Este tema no es menor.

Algunos piensan que la experiencia de la elección de los consejos regionales ha sido cuestionable.

Desde mi punto de vista, vivimos un proceso de adecuación de la elección de autoridades a nivel regional que ha sido muy positivo, ¡muy positivo!

Para mí, es un proceso -como alguien dijo aquí- de desprendimiento de poder del Ejecutivo y de desprendimiento de poder del Congreso Nacional hacia las regiones, en varios ámbitos.

Eso me parece favorable, señora Presidenta. Lo único que espero es que tengamos la voluntad (el Gobierno actual y los gobiernos futuros) de que el proceso de descentralización no sea meramente formal y de que efectivamente se traspasen atribuciones a los gobiernos regionales.

Tal como indicó el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, soy partidario de que la identificación y definición de la transferencia de atribuciones se consagre en la ley y de que no quede como una concesión graciosa del Gobierno de turno.

Me parece que aunque eso sea progresivo, constituye un avance. Es mejor que quede claramente establecido en la norma.

No existen regiones de primera ni regiones de segunda. Todas deben tener las mismas atribuciones. De lo contrario, no habrá el desarrollo equilibrado que el país requiere.

He dicho.

La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señora Presidenta , ingresé a la Cámara de Diputados en marzo de 2006, cuando me correspondió ejercer la presidencia de la Comisión de Gobierno Interior, y los principales proyectos que se abordaron durante la respectiva legislatura fueron los referidos a la creación de la Región de Los Ríos y de la Región de Arica y Parinacota.

Desde los años 1974 y 1975 se fue gestando un comité para lograr la anhelada instauración de la Región de Los Ríos. Y luego de varias modificaciones -primero en la Constitución, luego en el propio texto- pudimos lograr la primera región cuyo establecimiento se discutió en democracia, con amplia participación de sus habitantes y con importantes debates de la ciudadanía.

Se habló de una región modelo, de una región piloto, y se lograron avances significativos, principalmente en la localización de servicios: pudimos radicar la capital del agro en la provincia del Ranco, particularmente en la comuna de Río Bueno, y los servicios regionales del INDAP, del SAG, de la CONAF en la comuna de La Unión.

Se ha seguido avanzando desde el punto de vista de entenderla como una región distinta, nacida -como mencioné- en democracia, con plena participación.

También me tocó participar en la promulgación de la ley que creó la nueva Región de Arica y Parinacota.

Sin embargo, en nuestro país enfrentamos una cultura centralista.

Creo fundamental destacar el trabajo de la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional, establecida por la Presidenta de la República , que contó con la participación de todos los regionalistas. Disculpen que no nombre a todos sus integrantes; sé que muchos se encuentran en las tribunas. Solo quiero mencionar que encabezó esa Comisión Esteban Valenzuela, quien acumulaba un conjunto de experiencias y de conocimientos en materia académica, universitaria, en gobiernos regionales, importantes para llevar adelante esta tarea.

Hago esa referencia, señora Presidenta , porque creo que el problema que subsiste en Chile no es solo de legislación; no es solo una cuestión de instaurar normas para avanzar en una mayor autonomía regional.

Es más: creo en la región; hago mi vida en la región; soy de los pocos Senadores asentados en la región, en donde he estado permanentemente.

¡Miro el país y la política desde la región!

Pero aquí hay una cultura que obedece principalmente al modelo jacobino de la construcción del Estado de Chile, a ese modelo portaliano que se instauró y que muchas veces ha penetrado en nuestras élites y en nuestros actores nacionales.

Sin lugar a dudas, voy a apoyar esta iniciativa, pero creo que estamos todavía con un enorme déficit en materia de descentralización cultural, descentralización de la actitud, descentralización de la forma de abordar este país.

Lo hemos dicho en innumerables oportunidades: cuando hay un problema en una región, el problema es de la región; cuando hay un problema en Santiago, se trata de un problema país. Y esa visión no la cambiará la descentralización que se está planteando, menos si no se entregan todas las competencias.

Ha resultado fundamental permitir la elección directa de los consejeros regionales. Este ha sido un gran avance. Ellos hoy son los representantes electos de las provincias y canalizan la información en ese ámbito territorial.

Al respecto, estimo importante que se establezca la posibilidad de determinar programas y fijar marcos presupuestarios regionales a largo plazo, en lugar de que las regiones tengan una dependencia casi raquítica del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, instrumento que ha impedido al intendente -a futuro dicha autoridad será electa a través de la figura del gobernador regional- delinear un programa de gobierno.

Cuando la máxima autoridad regional, ya elegida democráticamente -para ello apoyaremos este proyecto-, trace la matriz productiva de su territorio y planifique su desarrollo con sus distintas divisiones, con su equipo, con su burocracia -lo digo en el buen sentido: "burocracia administrativa"-, estará concretado el acompañamiento por parte del Estado y será una realidad la transferencia de recursos, de funciones y de competencia, y no solo desde el punto de vista de las atribuciones, sino también del capital social.

Es esencial hacer eso y avanzar mucho más.

Por ello, considero fundamental que, además de la presente iniciativa -acá están el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo y el Ministro del Interior subrogante, pero echo de menos a los rectores (algunos Senadores hicieron ya la referencia)-, exista la posibilidad de generar capital regional. Estoy pensando en la capacidad de formar profesionales vinculados con el territorio, personas que aspiren a trabajar en la administración regional, en lugar de usar esto simplemente como un trampolín para terminar en Santiago.

Hay regiones donde es difícil retener a los profesionales. Debemos analizar ese problema.

No habrá efectiva descentralización sin una política importante de capacitación de profesionales que ya trabajan en el ámbito local, y de formación de estudiantes y futuros profesionales con una fuerte vinculación con el territorio. Si no, surgirán gobiernos regionales de primera y gobiernos regionales de segunda.

En Valdivia tenemos la suerte -y lo digo con sano orgullo- de contar con la Universidad Austral, que ha proyectado su labor incluso a la Región de Los Lagos. Dicha institución ha generado capital social profesional durante más de sesenta años.

Pero en otras regiones no existe tal posibilidad. Llevar un profesional hasta allá es tremendamente dificultoso y retenerlo es prácticamente inhumano, por cuanto los costos alternativos de residir ahí, desde el punto de vista de la vivienda, producen situaciones que atentan contra la formación de cultura, la densidad administrativa, la descentralización.

Señora Presidenta , debiéramos pedirle al Gobierno que considere ese punto a la hora de definir lo relativo a las universidades que se están creando. Su desarrollo está dentro de los planes de acompañamiento de la formación de los futuros gobiernos regionales.

No sacamos nada con tener autoridades electas cuando en muchas regiones, pese a su autonomía, persiste la cultura de preferir esperar la respuesta del nivel central. Se decide en la Capital, porque los funcionarios regionales no han sido formados para tomar decisiones. Y hay varios ejemplos al respecto: la autoridad territorial conoce la demanda social y la situación específica, pero la decisión la toma el ministro pertinente. Es decir, se traslada la responsabilidad.

Debemos responsabilizar administrativamente a las autoridades regionales y dotarlas de las competencias y los recursos necesarios. De lo contrario, terminaremos adoptando la misma cultura: los grandes proyectos surgirán desde el nivel central y el gobierno regional administrará -por así decirlo- solo los flecos, los remanentes.

Es preciso otorgar facultades al gobierno regional para que pueda optar en las grandes inversiones de obras públicas, responsabilizándose de sus decisiones. Así no ocurrirá lo que aconteció con nuestro famoso puente Caucau, en Valdivia -en estos días llegará el informe de Contraloría al respecto-: la iniciativa fue dirigida desde Santiago y hoy nadie se responsabiliza de ella.

¡Se diluye la responsabilidad!

No se le dio competencia a la Región porque se trataba de una obra demasiado relevante, pero al momento de los problemas nadie es responsable en el nivel central.

Urge dotar con más normas, facultades y competencias el avance histórico que constituye la elección directa de los gobernadores regionales.

Pero ello debe ir acompañado de formación en centros académicos. Es necesario un instituto nacional para formar profesionales, y no solo en el ámbito de los administradores públicos, como los que prepara el INAP o las escuelas de asuntos públicos en Francia, en España, entre otros países.

Por lo tanto, se requiere generar una significativa formación de capacidad para apoyar a los gobiernos regionales.

Este es un paso importante para construir un país distinto, uno que aborde el desarrollo desde las regiones. Pero queda todavía un enorme esfuerzo por concretar: cambiar la cultura centralista que impera con el fin de mirar a Chile desde y con las regiones.

La señora MUÑOZ ( Vicepresidenta ).-

Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.

El señor WALKER (don Patricio).-

Señora Presidenta, en primer lugar, quiero agradecer a todos los Comités por permitir poner al inicio de la tabla este proyecto de reforma constitucional, que estaba en cuarto lugar.

Igualmente doy gracias al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo , don Ricardo Cifuentes , y al Ministro del Interior subrogante , señor Mahmud Aleuy , por instarnos a tomar esta decisión.

Aprovecho de saludar de manera especial a la gente que hoy nos acompaña en las tribunas: concejales, alcaldes, consejeros regionales, intendentes, exintendentes, a Heinrich von Baer; en fin, a muchas personas que han luchado por este objetivo.

La verdad es que, sin la decisión unánime de los Comités y la sana presión de quienes en este momento están en las tribunas, hoy día no estaríamos votando esta reforma constitucional.

Meses atrás -recuerdo una conversación con Heinrich von Baer y otras personas- asumí el compromiso de votar este proyecto antes de dejar la Presidencia del Senado . No fue fácil, pero lo logramos. Al respecto, no quiero hacer uso de información privilegiada. Después daremos a conocer la votación.

Con todo, pienso que este va a ser un día muy importante, pues se dará un primer paso para avanzar en la descentralización.

Nos arriesgamos: estaban las invitaciones hechas y no teníamos este proyecto en primer lugar. Pero finalmente todos estuvieron a la altura del desafío.

Cabe señalar que esta decisión no es algo irracional; no obedece a un capricho.

Desde 1999 -en su oportunidad recibí una minuta de Heinrich von Baer con diez razones para aprobar esta reforma constitucional- ha habido compromisos de candidatos presidenciales para elegir a los intendentes por voto popular de forma directa.

La verdad es que genera mucha frustración en las regiones que esa promesa se traduzca solo en palabras y no en realidades.

Para alguien de Santiago -yo nací y estudié ahí-, cuesta mucho entender la sensibilidad de las regiones.

Similar a algunos colegas que han hecho uso de la palabra, yo llegué el 97 a la Región de Coquimbo como candidato y fui doce años Diputado por Coquimbo, Ovalle y Río Hurtado. Y ahora llevo seis años como Senador por Aisén.

Desde las regiones se entiende la sensibilidad regionalista y se siente la frustración. Muchas veces la gente sabe qué se debe hacer y cuáles son las prioridades. Sin embargo, por desgracia, hay que ir a Santiago a pedir los recursos para tomar decisiones y apoyar proyectos locales.

En la Región de Coquimbo -lo recuerdo muy bien y supongo que Ricardo Cifuentes también-, se debían resolver los problemas de los campamentos, de la población Bellavista.

Con la Vicepresidenta del Senado hablábamos sobre la situación de la Ruta 43 (entre La Serena, Coquimbo y Ovalle), conocida como "La ruta de la muerte" porque consta de una sola vía.

Por su parte, en casos relacionados con la Región de Aisén, varias veces debimos acudir a la Capital a solicitar los recursos pertinentes. Ahí se daban las soluciones, no en la Región, no obstante que en esta sabíamos perfectamente lo que había que hacer.

Por ejemplo, se planteó la necesidad de conseguir más recursos para la Beca Patagonia y la Beca Aysén, y de hacer menos discriminatorio el acceso a ellas. Para ese efecto, hablamos en su momento con distintos Ministros de Educación en Santiago , quienes nos dijeron: "¡Para qué!, si acá hay créditos y otras becas. ¿Por qué nos piden aumentar los montos de aquellas becas regionales?". Y ahí debíamos explicar que se trataba de un instrumento para costear el alojamiento de los jóvenes de nuestra región que seguían estudios superiores en otras partes de Chile porque no había universidad en la zona.

En otra ocasión invitamos al Ministro del Interior para solucionar un problema con el subsidio que reciben las tutoras familiares, quienes acogen en sus casas a jóvenes que llegan a terminar su enseñanza media desde cinco comunas de la Región de Aisén que carecen de liceo.

Respecto de la conectividad terrestre, invitamos al Ministro Undurraga para impulsar la pavimentación desde Cerro Castillo hacia el sur. Desde 1999 se plantea dicha aspiración. Pero le dijimos al Ministro : "Vaya a Cochrane en auto, no en helicóptero ni en avión, como lo han hecho sus predecesores. Así verá la realidad. ¡Vea la realidad!". Afortunadamente, se comprometió a pavimentar los primeros 12 kilómetros de ese tramo, y hoy se está avanzando en la obra.

Para el desarrollo de la ruta marítima, con el Senador Horvath, invitamos al Ministro de Transportes . Fuimos desde Tortel a Puerto Edén, y llegamos a Puerto Natales. Ahí se hizo un compromiso: en los próximos meses tendremos conectividad marítima para unir Aisén con Magallanes en la Patagonia de Chile.

Algo similar ocurrió con relación al Plan Especial de Desarrollo de Zonas Extremas (PEDZE). La Presidenta de la República prometió mil millones de dólares para llevar adelante un plan histórico para la Región de Aisén. ¿Dónde conseguimos los recursos? ¡En Santiago!

¿Cuántas cosas nos gustaría lograr? La mejor aplicación del decreto ley Nº 889, del subsidio a la contratación de mano de obra, del DFL Nº 15 sobre bonificación a las inversiones de las pymes en las zonas extremas.

Nos encantaría que ese último beneficio se otorgara a todos los proyectos de inversión o reinversión, sin tener que pasar por un concurso. Así lo hemos pedido desde hace mucho tiempo.

¿El huevo o la gallina?

Se nos señala: "Es que ustedes no cuentan con gente preparada en la región. No tienen la capacidad ni los recursos humanos para tomar sus propias decisiones". ¡Falso! Si se requiere más capital humano, basta asumir una decisión política.

En Aisén no había universidad estatal. Se tomó una decisión política, y ahora sí la habrá. Probablemente, al principio muchos profesores de esa futura casa de estudios vendrán desde fuera de la región. Con todo, este caso demuestra que con voluntad se pueden adoptar resoluciones en beneficio regional, en lugar de frenar ese desarrollo señalando que no hay capital humano necesario.

Por lo demás, creo que existe mucho capital humano en las regiones preparado para tomar decisiones y evaluar proyectos de manera adecuada.

Somos el único país en el mundo que no elige las autoridades regionales por voto popular, sino que son designadas por el Presidente de turno.

Somos la nación más centralizada de América Latina y de la OCDE.

Y no es un problema de nombres, pues hemos tenido grandes intendentes. Menciono, por ejemplo, en la Región de Coquimbo al Ricardo Cifuentes, y en la Región de Aisén a Viviana Betancourt y a Silvia Moreno , a quienes veo en las tribunas.

El problema es de diseño institucional.

En Chile los intendentes duran, en promedio, un año y un mes. ¡Eso duran! ¿Por qué? Porque en ese lapso suelen ponerse -permítanme la expresión poco académica- "chúcaros", rebeldes, al defender con mucha fuerza los intereses de la región. Ante ello, el Presidente de turno los cambia porque prima el criterio centralista y los intereses globales por sobre los regionales, sin entender que los anhelos de una región son fundamentales para que nuestro país sea descentralizado.

Se ha dicho muy bien acá: Chile será un país descentralizado o jamás será desarrollado.

Los intendentes son un resabio de una institución de los Borbón. En efecto, la Corona española creó la figura de los gobernadores para mantener el control en los virreinatos, conforme a la institucionalidad que existía en esa época.

Señora Presidenta , en esta materia distintos organismos han hecho un trabajo enorme: la Fundación Chile Descentralizado Desarrollado, los cores, la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional.

Además, se han efectuado muchos seminarios sobre el particular.

También quiero destacar el aporte de todos los que hoy nos acompañan en las tribunas.

Quiero simbolizar ese reconocimiento en la persona de Heinrich von Baer, quien ha dado una lucha por muchas décadas en este tema y hoy nos acompaña.

¡Qué bueno que aprobemos el traspaso de competencias con recursos! Si no, los alcaldes nos reclaman: "Nos dan más atribuciones, pero no las platas para ejercerlas".

Eso sí, tenemos que materializar la trasferencia de competencias. No puede depender de que un Presidente quiera trasladar facultades a los gobiernos regionales para que estos puedan tomar sus propias decisiones. En eso debemos avanzar mucho más.

Además, se requiere una ley que aborde el tema fiscal y lo relativo al financiamiento y a los tributos. Sin recursos y sin atribuciones, esta reforma va a ser insuficiente. Es un primer paso, uno muy importante y relevante, pero no bastará.

Necesitamos gobiernos regionales con atribuciones. Entendemos las figuras de los delegados presidenciales y provinciales para mantener el Estado unitario en materias de aduana, de seguridad ciudadana, de gobierno interior, pero queremos intendentes (futuros gobernadores regionales) y consejos regionales empoderados.

Y esperamos que no se produzca una duplicidad de funciones, un monstruo de dos cabezas, como decía Heinrich von Baer en un seminario que hicimos en Coihaique.

Señora Presidenta, este proyecto es importante y mejorable. Por eso en la discusión en particular vamos a presentar indicaciones.

Cabe precisar que la determinación respecto de la elección del intendente no podía estar supeditada a un acuerdo previo respecto del mecanismo de elección. Hubiéramos dado la sensación de que buscábamos primero ver qué nos conviene -o sea, asegurar el "arreglín"- para después tomar la decisión respecto de si se elige o no a los intendentes.

¡Eso no podía ser!

Es muy relevante lo que hoy se resuelve, y espero que lleguemos a acuerdo sobre el mecanismo de elección.

Actualmente, el 15 por ciento de los recursos del país se destina al nivel regional. Queremos llegar, ojalá, al promedio de los miembros de la OCDE, que nos cuadruplican. Solo así Chile será efectivamente descentralizado.

Estamos dando un paso trascendental.

Reitero mi gratitud a todas las personas que se han creído la causa regionalista y que se la han jugado por ella, en especial a la gente que representamos de regiones que están frustradas. A mi juicio, con esta reforma constitucional va a volver la esperanza.

Estoy cumpliendo el compromiso: antes de dejar la Presidencia del Senado se realizó la votación de esta iniciativa, lográndose un resultado contundente de apoyo, con la concurrencia de los 38 Senadores.

Este proyecto va a ser clave para el futuro de Chile; fundamentalmente, para el futuro de nuestras regiones.

La señora MUÑOZ ( Vicepresidenta ).-

Tiene la palabra el señor Secretario .

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

La señora MUÑOZ ( Vicepresidenta ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el proyecto de reforma constitucional en general (37 votos), y se deja constancia de que se reúne el quorum constitucional exigido.

Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Navarro, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

¡Ahora pueden aplaudir!

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

Queda aprobada en general la reforma constitucional que permite elegir gobernadores regionales por voto popular en cada una de las regiones de Chile.

Agradecemos la presencia de todos quienes nos acompañan: Heinrich von Baer, concejales, consejeros regionales, alcaldes, intendentes, exintendentes. Muchas gracias por el apoyo brindado en esta iniciativa tan especial.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , ¿está fijado el plazo para indicaciones?

El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-

Sí, ya se estableció.

1.7. Boletín de Indicaciones

Fecha 04 de abril, 2016. Boletín de Indicaciones

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, SOBRE ELECCIÓN POPULAR DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO REGIONAL.

INDICACIONES

04.04.16

BOLETINES Nºs 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos

ARTÍCULO ÚNICO

1.- Del Honorable Senador señor Guillier, para consultar un numeral nuevo, del siguiente tenor:

“…) Sustitúyese el artículo 3° por el siguiente:

“Art. 3°. El Estado de Chile es unitario y descentralizado.

Su gobierno y administración serán funcional y territorialmente descentralizados, de conformidad a esta Constitución y a la ley, la que también establecerá los casos de administración desconcentrada.

Todos los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la descentralización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional, según los principios que esta Constitución establece.”.”.

Número 1)

2.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para reemplazarlo por el siguiente:

“1) Sustitúyese en el artículo 32, numeral 7°, la expresión “intendentes y gobernadores;”, por la siguiente: “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales;”.”.

Número 2)

3.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para sustituirlo por el que sigue:

“2) Reemplázase, en el literal e), del numeral 2°, del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores”, por “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales”.”.

Número 3)

4.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para reemplazarlo por el siguiente:

“3) Sustitúyese, en el numeral 2° del artículo 57, la expresión “Los intendentes, los gobernadores”, por “Los gobernadores regionales, secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales”.”.

5.- Del Honorable Senador señor Navarro, para sustituir la expresión “Los gobernadores regionales” por “Los intendentes”.

6.- Del Honorable Senador señor Guillier, para agregar después de la expresión “delegados provinciales” lo siguiente: “y suprímese lo siguiente: “, los consejeros regionales, los concejales”.

7.- Del Honorable Senador señor Guillier, para suprimir el numeral 7) del artículo 57.

Número 4)

8.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para suprimirlo.

9.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, para sustituirlo por el siguiente:

"4) Reemplázase los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

"14°.- Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios, gobernadores regionales y delegados provinciales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional en los términos de la letra e) del artículo 124 bis, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y".".

Numeral 15°

10.- Del Honorable Senador señor Navarro, para reemplazar las palabras “gobernador regional” por “intendente”.

11.- Del Honorable Senador señor Guillier, para incorporar en el artículo 93 un numeral 17° del siguiente tenor:

“17.- Resolver los conflictos de competencia entre los órganos del Gobierno y la Administración del Estado central, los gobiernos regionales y las municipalidades.”.

12.- Del Honorable Senador señor Guillier, para agregar en el artículo 93, a continuación del inciso décimo octavo, el que sigue:

“En el caso del número 16°, el requerimiento deberá ser deducido por cualquiera de los órganos en conflicto, a través de las personas que poseen su representación judicial.”.

13.- Del Honorable Senador señor Guillier, para consultar el siguiente numeral nuevo:

“…) Sustitúyese el Artículo 110 por el siguiente:

“Art. 110. “Para el gobierno y la administración del Estado, su territorio se divide en regiones y éstas en comunas.

Para el ejercicio de las potestades de gobierno y administración interior, y de coordinación, fiscalización y supervigilancia de los servicios y órganos desconcentrados, la región se divide en provincias.

La creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas, la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de ley orgánica constitucional.”.”.

Número 5)

14.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para sustituirlo por el siguiente:

“…) Sustitúyese el artículo 111 por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo, y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos del Gobierno Regional, y que no estén contemplados en el artículo 115 bis.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

En caso de muerte de uno o de ambos candidatos a que se refiere el inciso sexto, se convocará a una nueva elección dentro del plazo de diez días, contado desde la fecha del deceso. La elección se celebrará noventa días después de la convocatoria si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente.”.”.

15.- Del Honorable Senador señor Guillier, para reemplazarlo por el que sigue:

“5) Reemplázase el artículo 111 por el siguiente:

“Art. 111. El gobierno y la administración de cada región reside en el respectivo Gobierno Regional, cuyo objeto será el desarrollo social, cultural y económico de la región. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio. El gobierno regional estará constituido por el Gobernador Regional, quien será su órgano ejecutivo, y por el Consejo Regional, todos elegidos por votación universal directa en conformidad a la ley.”.”.

Letra b)

16.- Del Honorable Senador señor Navarro, para suprimirla.

Número 6)

17.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para reemplazarlo por el siguiente:

“…) Derógase el artículo 112.”.

Artículo 112

18.- Del Honorable Senador señor Guillier, para sustituirlo por el que sigue:

“Artículo 112. Al Gobernador Regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos regionales creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, con la excepción de las potestades que corresponda ejercer a nivel provincial al respectivo Delegado Presidencial.

Al Gobernador Regional le corresponde además la presidencia del Consejo Regional.

Una ley orgánica constitucional determinará la forma en que el Gobernador Regional ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.”.

Inciso primero

19.- Del Honorable Senador señor Navarro, para reemplazar la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

20.- Del Honorable Senador señor Quinteros, para suprimir la expresión “por simple mayoría,”.

21.- Del Honorable Senador señor Navarro, para eliminar la locución “por una sola vez”.

Inciso segundo

22.- Del Honorable Senador señor Navarro, para reemplazar la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

23.- Del Honorable Senador señor Horvath, para agregar después de la expresión “en su caso”, lo siguiente: “, y promover la participación ciudadana en todos los asuntos de interés público regional, especialmente en la planificación territorial y marítima”.

Número 7)

24.- Del Honorable Senador señor Guillier, para agregar en el inciso primero del artículo 113 la siguiente oración final: "La Potestad Resolutiva del Consejo Regional será indelegable en todas las materias de competencia del gobierno regional.".

25.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, para reemplazar el inciso segundo del artículo 113 por el siguiente:

"El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.".

Número 8)

26.- Del Honorable Senador señor Horvath, para reemplazar en el artículo 114 la locución “podrá transferir” por “podrá o deberá transferir”.

27.- Del Honorable Senador señor Horvath, para agregar al artículo 114 la siguiente oración final: “Dicha ley establecerá, la participación vinculante de la comunidad local, en materia de ordenamiento territorial y marítimo.”.

28.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para sustituir el numeral 8) por el que sigue:

“…) Agrégase en el artículo 114, a continuación de la expresión luego del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “El procedimiento de transferencia de competencias contemplado en la referida ley deberá propender que éstas se realicen hacia los órganos más cercanos a la ciudadanía, buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios de la región, resguardando los principios de eficiencia y eficacia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3°.

Toda transferencia de competencias a los gobiernos regionales deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.”.

29.- Del Honorable Senador señor Navarro, para agregar después del vocablo “ciudadano” la siguiente expresión: “otorgando valor a la diversidad social y cultural del país”.

30.- Del Honorable Senador señor Navarro, para eliminar el inciso segundo propuesto.

31.- Del Honorable Senador señor Guillier, para agregar después de la frase “Toda transferencia de” la expresión “servicios o”.

32.- Del Honorable Senador señor Horvath, para introducir un nuevo numeral, del tenor que se señala:

“…) Intercálase en el inciso primero del artículo 115, después de la palabra “equitativo”, lo siguiente: “, con participación efectiva y vinculante de la comunidad local en la planificación territorial o marítima”.”.

33.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para consultar en seguida el siguiente numeral, nuevo:

“…) Intercálase a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la Región, en conformidad a la ley. El secretario regional presidencial será el representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El secretario regional presidencial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al secretario regional presidencial le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.”.

Número 9)

34.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para reemplazarlo por el siguiente:

“9) Modifícase el artículo 116 en el siguiente sentido:

a) Sustitúyese su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 116.- En cada provincia, existirá una secretaría provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del secretario regional presidencial, y estará a cargo de un secretario provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el secretario regional presidencial ejercerá las funciones y atribuciones del secretario provincial.”.

b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:

i. Sustitúyese la palabra “gobernador” por la expresión “secretario provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente” por la expresión “secretario regional presidencial” las dos veces que aparece.”.

Artículo 116

Inciso primero

35.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, para sustituir el inciso primero por el siguiente:

"Art. 116. En cada provincia existirá una delegación provincial que será un órgano territorialmente desconcentrado del Presidente de la República la cual estará a cargo de un delegado provincial de su exclusiva confianza. El delegado provincial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente, de quien es su representante natural e inmediato.".

Número 10)

36.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para sustituirlo por el que sigue:

“10) Modifícase el artículo 117 en el siguiente sentido:

a) Reemplázase la expresión “gobernadores” por “secretario provinciales”;

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por la expresión “encargados”.”.

37.- Del Honorable Senador señor Guillier, para reemplazarlo por el siguiente:

“10) Suprímese el artículo 117.”.

Número 11)

38.- De los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, para reemplazar el Título “Administración Comunal”, que precede al artículo 118, por otro denominado “Gobierno y Administración Comunal”. 39.- De los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, para sustituir en el inciso primero del artículo 118 la frase inicial “La administración local” por “El gobierno y la administración local”.

40.- De los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, para agregar en el inciso cuarto del artículo 118, después de la expresión “cuya finalidad”, la locución “, en cuanto gobiernos locales,”.

41.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para reemplazar el numeral 11) por el siguiente:

“11) Agrégase en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Toda transferencia de competencias a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.”.”.

42.- Del Honorable Senador señor Horvath, para sustituir la locución “recursos determinados por la ley” por “recursos determinados en la misma ley”.

43.- De los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, para consultar un nuevo numeral, del siguiente tenor:

“…) Reemplázase en el inciso primero del artículo 120 la frase “regulará la administración transitoria de las comunas” por “regulará el gobierno y la administración transitoria de las comunas”.

Número 12)

44.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para sustituirlo por el que sigue:

“12) Sustitúyese el artículo 124 por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado secretario regional presiden-cial o secretario provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

No podrán ser candidatos a gobernador regional los secretarios regionales presidenciales y los secretarios provinciales que se hayan desempeñado como en el cargo dentro de los doce meses anteriores a la elección referida.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, secretario regional presidencial y secretario provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, secretario regional presidencial o secretario provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, secretario regional presidencial o secretario provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, secretario regional presidencial o secretario provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.”.

Artículo 124

45.- Del Honorable Senador señor Navarro, para sustituir, todas las veces que aparece, la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

Inciso tercero

46.- Del Honorable Senador señor Espina, para reemplazarlo por los siguientes:

“No pueden ser candidatos a Gobernador Regional:

1) Los diputados y senadores;

2) Los Ministros de Estado;

3) Los delegados provinciales, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales y los subsecretarios;

4) Los miembros del Consejo del Banco Central;

5) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

6) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

7) El Contralor General de la Republica;

8) Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal;

9) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;

10) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Publico, y

11) Los Comandantes en jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Área, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Las Inhabilidades establecidas en este inciso serán aplicables a quienes hubieren tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del año inmediatamente anterior a la elección; excepto respecto a las personas mencionadas en los números 8) y 9), las que no deberán reunir esas condiciones al momento de inscribir su candidatura y de las indicadas en el número 10), respecto de las cuales el plazo de inhabilidad será de los dos años inmediatamente anteriores a la elección. Si no fueren elegidos en una elección no podrán volver al mismo cargo ni ser designados para cargos análogos a los que desempeñaron hasta un año después del acto electoral.”. Inciso cuarto

47.- Del Honorable Senador señor Navarro, para sustituirlo por otro del siguiente tenor:

“El cargo de intendente y el de delegado presidencial serán de dedicación exclusiva. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley.”.

Inciso quinto

48.- Del Honorable Senador señor Navarro, para reemplazarlo por el que sigue:

“Asimismo, el cargo de intendente y el de delegado presidencial es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades privadas o fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.”.

Inciso octavo

49.- Del Honorable Senador señor Espina, para suprimir la expresión “o delegado provincial”.

Inciso noveno

50.- Del Honorable Senador señor Espina, para eliminar las palabras “o delegado provincial”.

Inciso décimo

51.- Del Honorable Senador señor Espina, para suprimir la locución “o delegado provincial”.

Número 13)

52.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para reemplazarlo por el siguiente:

“13) Modifícase el artículo 125 por el siguiente:

a) Intercálase, en el inciso primero, entre las expresiones “cargos de” y “alcalde”, la expresión “gobernador regional,”.

b) Intercálase, en el inciso tercero, entre las expresiones “cargo de” y “alcalde”, la frase “gobernador regional,”.”.

Artículo 124 bis

53.- Del Honorable Senador señor Navarro, para reemplazar, todas las veces que aparece, la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

Inciso primero

Letra d)

54.- Del Honorable Senador señor Navarro, para suprimir el vocablo “gravemente”.

Incisos octavo, noveno, décimo y undécimo

55.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, para reemplazarlos por el siguiente:

"En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por los dos tercios los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante. Si en dos sesiones extraordinarias sucesivas no se lograre la mayoría de dos tercios requerida, se elegirá al nuevo gobernador regional por mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio, y en caso que no se produjere acuerdo, se citará a una nueva sesión extraordinaria donde el nuevo gobernador regional será la simple mayoría de los consejeros regionales en ejercicio.".

56.- Del Honorable Senador señor Horvath, para sustituirlos por los que siguen:

“En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante.

El gobernador regional elegido conforme al inciso precedente durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace y no podrá postular como candidato a la elección siguiente.”.

57.- Del Honorable Senador señor Guillier, para consultar un numeral nuevo, del tenor que se indica:

“…) Incorporase un artículo 125 bis nuevo, del siguiente tenor:

“Art. 125 bis. En cumplimiento del mandato del artículo 3 de esta Constitución, los órganos del Estado actuarán siempre respetando y promoviendo la autonomía de los gobiernos regionales y de las municipalidades en el ámbito de sus respectivas funciones, competencias y atribuciones. La ley, además, privilegiará la radicación de potestades públicas en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; promoverá la solidaridad interterritorial, buscando el desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común. El gobierno nacional no podrá ejercer tutela respecto de las atribuciones de los gobiernos regionales ni de las municipalidades, ni los gobiernos regionales podrán hacerlo respecto de las municipalidades; y deberá, cada vez que cree, transfiera o extienda las competencias de gobiernos regionales o municipalidades, atribuirles presupuestariamente los recursos necesarios para su correcto ejercicio, y en el caso de las transferencias, a lo menos los equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio.”.”.

58.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar un nuevo numeral, del tenor siguiente:

“…) Modifícase el inciso segundo del artículo126 de la siguiente manera:

a) Sustitúyese la expresión “intendente y” por “gobernador regional, sea con”.

b) Agrégase después de las palabras “consejo regional” lo siguiente: “o el delegado presidencial”.”.

59.- Del Honorable Senador señor Guillier, para agregar el siguiente numeral, nuevo:

“…) Intercálase en el inciso primero del artículo 126 bis, a continuación de la frase “Son territorios especiales los correspondientes a” la locución “región de La Araucanía”.

Número 15)

60.- De Su Excelencia la Presidenta de la República, para sustituirlo por el que sigue:

“15) Agréganse las siguientes disposiciones transitorias:

“VIGÉSIMOOCTAVA. La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se realizará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece el inciso cuarto del artículo 112.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, dejará de existir el cargo de presidente del consejo regional. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al secretario regional presidencial, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República, los que pasarán a llamarse secretarios regionales presidenciales. Durante el mismo período el Presidente del Consejo Regional permanecerá en funciones.

VIGÉSIMONOVENA. Durante los diez años siguientes a la publicación de la reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, la autorización dispuesta en el artículo 64 podrá otorgarse por un plazo máximo de cuatro años sólo con el fin de disponer las normas que sean necesarias para la efectiva transferencia, a los gobiernos regionales, de la dependencia de uno o más servicios públicos determinados que funcionen a nivel regional y que dependen o se relacionan con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.”.

Disposición vigésimoctava

Inciso primero

61.- Del Honorable Senador señor Guillier, para agregar después de la palabra “transferirán” la expresión “los servicios y/o”.

62.- Del Honorable Senador señor Espina, para introducir una disposición transitoria nueva, del tenor siguiente:

“…Los intendentes deberán dejar su cargo un año antes de la primera elección por sufragio universal del gobernador regional para poder presentarse a candidatos al referido cargo.”.

1.8. Segundo Informe de Comisión de Gobierno

Senado. Fecha 04 de octubre, 2016. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 52. Legislatura 364.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, recaído en el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite constitucional, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

BOLETÍN Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos.

__________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de presentaros su segundo informe respecto del proyecto de reforma constitucional de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia la señora Presidenta de la República y en Mociones de los Honorables Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela y Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro, respectivamente, respecto del cual, al día de hoy, no se ha hecho presente urgencia para su despacho.

A las sesiones en que la Comisión consideró esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros, los Honorables Senadores señoras Isabel Allende, Lily Pérez y señores De Urresti, García Ruminot, Guillier, Horvath, Lagos, Navarro, Walker don Patricio y los Honorables Diputados señora Paulina Núñez y señores Claudio Arriagada, Marcelo Chávez y Rodrigo González.

Asimismo, concurrieron las siguientes autoridades y personas, en la representación que se indica:

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Ministro, señor Nicolás Eyzaguirre; la Subsecretaria, señora Patricia Silva; el Jefe de División, señor Gabriel de la Fuente; el Abogado de la División Jurídica, señor Gabriel Osorio; los Asesores, señoras María Jesús Mella, María Fernanda Arenas, María José Solano y Bernardita Nazar y señores Hugo Arias, Nicolás Torrealba, Daniel Portilla, Giovanni Severín, Luis Batallé, Felipe Ponce, Exequiel Silva y Hernán Campos, y el Asesor de Prensa, señor Fernando Carrasco.

De la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo: el Subsecretario, señor Ricardo Cifuentes; la Jefa de División Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt; el Jefe de Gabinete del Subsecretario, señor Eduardo Jara; el Jefe de la División de Desarrollo Regional, señor Rodrigo Suazo; el Jefe del Departamento de Políticas y Estudios, señor Osvaldo Henríquez; la Jefa de Comunicaciones, señora María José Farías, y los Asesores señores Rodrigo Ruiz, Rodrigo Sánchez, José Luis Donoso y Erik Adio, y el Periodista señor Rodrigo O’Ryan

Del Ministerio de Hacienda: el Asesor Legislativo, señor Rodrigo González.

De la Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE): el Presidente Nacional, señor Marcelo Carrasco; el Secretario General, señor Felipe Mena; los Directores, señores Manuel Hernández, Héctor Rocha y Javier Aníbal Castillo, y los Consejeros Regionales, señoras Tania Concha y Franitza Mitrovic y señores Gustavo Kausel, Juan Andrade, Fernando Verdugo, Pablo Larenas, Claudio Cáceres, Julio Suazo, Henry Leal y Juan Carlos Beltrán.

De la Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarios del Ministerio del Interior y Servicios Afines FENAMINSA: el Presidente, señor Esteban Tumba; y los representantes, señoras Nubia Bouffanais y María Paz Cueto y señores Ricardo Salas y Claudio Utreras.

De Fundación Chile Descentralizado …Desarrollado: el Presidente Nacional, señor Heinrich Von Baer; el Vicepresidente Nacional, señor Patricio Vergara; el Coordinador de Contenidos, señor Nicolás Bravo; el Director Ejecutivo, señor Diego Portales, y el Encargado de Investigación Legislativa, señor José Pablo Núñez.

De Fundación Piensa: el Subdirector, señor Juan Pablo Rodríguez, y el Investigador de Descentralización, señor Guillermo Pérez.

Los Investigadores de la Biblioteca del Congreso Nacional, señora Gabriela Dazzarola y señores Pedro Harris y Rafael Hernández.

De Fundación Jaime Guzmán: los Asesores, señora Ericka Farías y señor Diego Vicuña.

De Libertad y Desarrollo: el Asesor, señor Sergio Morales.

Los Asesores de la Senadora Ena Von Baer, señores Jorge Barrera y Felipe Caro, y sus Asesoras de Prensa, señora Ann Hunter, y la Historiadora, señora Paula Schmidt; Los Asesores del Senador Carlos Bianchi, señores Claudio Barrientos y Manuel José Benítez; La Jefa de Gabinete del Senador Alberto Espina, señora Andrea Balladares; sus Asesores Legislativos señores Alexis Acevedo, Paul Krohmer, Andrés Longton y el Asesor de Prensa señor Mauricio Urjel; Los Asesores del Senador Rabindranath Quinteros, señores Jorge Frites y Claudio Rodríguez (PAL IGUALDAD); El Jefe de Gabinete del Senador Andrés Zaldívar, señor Christian Valenzuela.

El Asesor de la Senadora Isabel Allende, señor Cristian Arancibia; El Asesor del Senador José García, señor Felipe Cox; La Asesora del Senador Alejandro Guillier, señora Natalia Alviña; La Jefa de Gabinete del Senador Felipe Harboe, señora Deborah Bailey; El Asesor del Senador Antonio Horvath, señor Patricio Araya; La Asesora del Presidente del Senado, Senador Ricardo Lagos, señora Leslie Sánchez; El Asesor de la Senadora Lily Pérez, señor Eduardo Faúndez; La Asesora de la Bancada PC, señora Romina Polidori.

El Periodista del Comité Renovación Nacional, señor Gonzalo Rojas.

Del Diario El Mercurio: los Periodistas, señoras Fernanda Paúl, Paula Valenzuela y Consuelo Cifuentes y señor Guillermo Muñoz; Del Mercurio de Valparaíso: el Periodista, señor Cristián Rojas; De la Tercera: los Periodistas, señora Ximena Bertín y señores Javier Canales, Valentín Canales y señor Emmanuel Ganora; Del Diario Pulso: los Periodistas, señoras Lucy Aravena y Gladys Piérola, y señor Jaime Sánchez; De El Mostrador: la Periodista, señora Claudia Rivas; Del Diario La Segunda: el Periodista, señor Claudio Salinas; Del Diario Financiero: la Periodista, señora Claudia Rivas; De Radio UC: la Periodista, Josefina Díaz; y De Radio Cooperativa el Periodista, señor Patricio Andrade.

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NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Todos los numerales del presente proyecto de reforma constitucional, con la sola excepción de su numeral 4), requieren para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Carta Fundamental. Por su parte, el numeral 4), que recae en el Capítulo VIII de la Constitución Política de la República, requiere para ser aprobado del voto conforme de los dos tercios de los Senadores en ejercicio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127, antes citado.

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Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, se deja constancia de lo siguiente:

1.-Artículos que no fueron objeto

de indicaciones ni modificaciones: ninguno.

2.-Indicaciones aprobadas

sin modificaciones: números 14 bis, 17, 25 y 52.

3.-Indicaciones aprobadas

con modificaciones: números 2, 3, 4, 9, 26, 33, 34 36 ,44 bis, 58 letra a) y 60 bis.

4.-Indicaciones rechazadas: números 5, 8,10,16, 19, 21, 22, 23, 28, 29, 30, 32, 38, 39, 40, 41, 43, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 53, 54, 55, 56, 58 letra b) y 62.

5.-Indicaciones retiradas: números 1, 6, 7, 11, 12, 13,14, 15, 18, 20, 24, 27, 31, 35, 37, 42, 44, 57, 59, 60 y 61.

6.-Indicaciones declaradas inadmisibles: ninguna.

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En forma previa al estudio pormenorizado de las indicaciones, el Honorable Senador señor Quinteros manifestó que la presente iniciativa ha generado una gran expectativa para la ciudadanía, lo que le lleva a hacer presente que existe un problema respecto de los plazos y las fechas en que es necesario despacharla, ya que si se demora más de treinta días su tramitación es muy posible que no se alcance a realizar elecciones de Gobernador Regional el año 2017 pese a que la idea de legislar contó con apoyo unánime en la Sala, señalando que le parece conveniente no retrasar su discusión y entrar directamente al análisis de las diversas indicaciones.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes destacó que el Ejecutivo ha presentado un número muy acotado de indicaciones que se presentarán a continuación, después de un breve recuerdo sobre el sentido que para el Ejecutivo tiene la presente reforma.

A continuación la Jefa de División Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt, destacó que ésta iniciativa es la única reforma constitucional de toda la agenda de descentralización del Ejecutivo, y que en la propuesta que presentara a tramitación se contenían tres elementos centrales:

En primer término se propuso la elección de Intendente mediante sufragio universal en votación directa y por mayoría absoluta de sufragios, posibilitando segunda vuelta, y con un período de cuatro años, permitiendo postular sólo a la reelección inmediata.

Dentro de las funciones del Gobernador Regional, se consideró que presidiría el Consejo Regional, correspondiéndole la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos que, operando en la región, dependan o se relacionen con el Gobierno Regional respectivo.

En segundo término en el proyecto presentado se planteó la idea que una nueva autoridad llamada Gobernador Regional sería quien representaría al Presidente de la República en la región, con tareas propias de gobierno interior como el orden público, combate a la delincuencia, extranjería y emergencias entre otras. En la misma línea, señaló que tendría su asiento en la capital regional y en las demás provincias seguirán existiendo las gobernaciones provinciales.

Agregó que se consideró que coordinaría, supervigilaría y fiscalizaría el accionar de los órganos públicos desconcentrados del nivel central en la región (seremis y directores regionales de servicios) y que además sería designado y removido libremente por Presidente de la República y podría ser sometido a juicio político por el Congreso Nacional.

En un tercer lugar, señaló, el proyecto original consideraba que mediante un proceso gradual los Servicios Públicos nacionales irían traspasando sus funciones y atribuciones a los Servicios Públicos regionales.

Agregó que la creación de servicios públicos, fijación de sus funciones y atribuciones y la determinación de las plantas de sus funcionarios es materia de ley, por lo que se solicitaba al Congreso delegar en el Ejecutivo la facultad de hacerlo vía decreto con fuerza de ley, con una habilitación por un plazo excepcional de cuatro años, (sólo para transferencia efectiva a los gobiernos regionales de dependencia de servicios).

Enseguida, destacó que posteriormente la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización acordó que la autoridad regional electa se llamaría Gobernador Regional, y que el sistema electoral para elegirlo sería el de la mayoría simple, permitiendo la reelección por una vez.

Asimismo se acordó que el Gobernador Regional sería el Ejecutivo del Gobierno Regional y Presidente del Consejo Regional, y que fiscalizará los servicios que dependen del Gobierno Regional. Además, también se consideró que el representante del Presidente de la República sería el Delegado Provincial, que sería de su exclusiva confianza, y que el Delegado Provincial de la provincia capital regional estaría a cargo de coordinar y supervigilar los servicios públicos desconcentrados y a los demás delegados provinciales de la región.

Indico que también se establecieron inhabilidades e incompatibilidades para el Gobernador y el Delegado, y las causales de cesación en el cargo de gobernador regional, sistema de subrogancia y de reemplazo por vacancia, aprobándose un artículo transitorio respecto de la primera elección y sus condiciones.

Manifestó que, establecido lo anterior, las indicciones presentadas por el Ejecutivo dicen relación básicamente con los siguientes temas:

- Respecto del Sistema de Elección del Gobernador Regional, la indicación del Ejecutivo busca reponer el sistema de elección por mayoría absoluta, con segunda vuelta.

- Sobre el Nombre del representante del Ejecutivo, las indicaciones proponen que se radique el gobierno de la región en la autoridad denominada secretario regional presidencial.

- En cuanto al Principio de Subsidiariedad Territorial, el Ejecutivo viene proponiendo que la transferencia se realice hacia los órganos más cercanos al ciudadano y resguardando los principios de eficiencia y eficacia.

Dentro de este contexto enfatizó que este principio fue incluido por la Comisión, y que la indicación propone una redacción que acogiendo ese principio lo plantea en términos que hoy es posible respetar ya que, subrayó, si la reforma incluyera el principio en los mismos términos que está redactado ello significaría un cambio que volvería la discusión a fojas cero, pues ello sería difícil de llevar a la práctica.

- En materia de financiamiento, las indicaciones simplifican la redacción estableciendo que la transferencia que el Presidente realice o creación de competencias al Gobierno Regional o a una Municipalidad, irá acompañada de la determinación de la fuente de recursos para su desarrollo. Así la redacción es más reducida pero no deja lugar a dudas.

- Respecto del Representante Regional y Provincial del Ejecutivo, señaló que el Gobierno repone la necesidad de una figura de índole regional que haga posible la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos, creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas, que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.

- Sobre las Inhabilidades e Incompatibilidades, indicó que en general se mantienen las que ha propuesto la Comisión para ser elegido gobernador regional, adaptando las redacciones a la figura del secretario regional presidencial y del secretario provincial propuesto.

- En cuanto a las causales de cesación de cargo, el Ejecutivo propone entregar a la ley orgánica respectiva la determinación de las causales de cesación de cargo, evitando recargar el texto constitucional, tal como ya la Constitución entrega dicha regulación a la ley respecto de los consejeros regionales, alcaldes y concejales.

-Finalmente en cuanto a las causales de Inhabilidad, se propone eliminar la facultad del Tribunal Constitucional para pronunciarse y calificar la inhabilidad del Gobernador Regional, entregando su regulación a la ley orgánica respectiva y, por ende, radicándose ella en el Tribunal Calificador de Elecciones.

Terminada la presentación de las indicaciones del Ejecutivo, la Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que en la discusión habida con motivo de su primer informe y la aprobación de la idea de legislar la Comisión había llegado a ciertos acuerdos en lo que se entendía que había participado el Gobierno, de modo que dijo comprender que se estaba partiendo de cierto acuerdo político en relación a determinados puntos que son relevantes y que, sin embargo, ahora el Ejecutivo plantea cambiar.

En ese sentido, preguntó por las razones que han motivado al Gobierno a volver al proyecto original en temas muy de fondo relativos a lo que se quiere hacer como proceso descentralizador, señalando que una de las discusiones que se sostuvo se refería al sistema o institucionalidad que se le quiere dar al país cuando se habla de dicho proceso de descentralización.

En la misma línea, agregó, uno de los puntos más relevantes que se planteó en la primera discusión fue precisamente que cuando se establecía que existiría un Gobernador Regional, representante del Presidente de la República que coordinaría los servicios públicos y a los Seremis, y además se creaba la figura del Intendente electo, que sería el presidente del Consejo Regional con el 10% del presupuesto a su cargo, en la práctica habría dos figuras que competirían y generarían tensiones dentro de la región, ya que en esa competencia el representante del Presidente de la República tendría mucho más poder que la figura electa.

Manifestó que con ocasión del primer informe se llegó a un acuerdo unánime en la Comisión respecto a que la figura electa ya no se llamaría intendente sino que Gobernador, y que el representante del Presidente de la República sólo estaría a nivel provincial, con el objeto de dar una clara señal que la idea era avanzar hacia que la autoridad electa fuera teniendo un creciente poder de decisión.

De acuerdo a lo expuesto, continuó, resulta necesario conocer las razones que ha tenido el Ejecutivo para retroceder hacia su proyecto original, que es la misma situación que ocurre con respecto al principio de subsidiariedad, indicando que en su opinión lo que viene proponiendo el Gobierno constituye un retroceso más bien centralizador.

En materia de financiamiento, recalcó que se había avanzado hacia establecer que todo este proceso se produciría e iría avanzando de acuerdo a las posibilidades financieras, con el propósito de evitar que se pudiera llegar a entregar atribuciones sin que ello fuera acompañado del traspaso de los recursos correspondientes e indispensables para ejercer las nuevas competencias.

Expresó que, para terminar este punto, deseaba manifestar su preocupación ante la posibilidad que se apruebe esta reforma constitucional y que la persona que resulte electa termine como el Presidente del Consejo regional en tanto que, en el mismo territorio, exista un Secretario Regional Presidencial que concentre mayor poder, lo que generará un tensión constate entre ambas autoridades afectando la gobernabilidad de la región, lo que además significa volver a una discusión que ya se daba por superada.

El Honorable Senador señor Bianchi señaló que lo deseable habría sido comenzar por discutir los traspasos de competencia de modo que esta nueva figura de administración regional tuviese ciertas y determinadas potestades ya que, en su opinión, lo profundo de esta discusión radica precisamente en que esta administración debe tener traspasos de competencias desde el nivel central.

Luego, agregó, y siguiendo la línea argumental anterior, y en relación con el artículo 111 del proyecto que se refiere su vez al 115, consultó cuáles son las verdaderas atribuciones del nuevo Gobernador, ya que del texto se desprende que sólo le corresponderá presidir el Consejo Regional y nada más, salvo la eventual vigilancia de algunos pocos servicios públicos.

Manifestó que, para quienes quieren tener gobiernos regionales y no simples administraciones regionales, lo que ahora se está planteando en la iniciativa es un tremendo retroceso a las aspiraciones que existen en regiones. En el mismo sentido, señaló su preocupación ante el hecho que resulta necesario desentrañar la verdadera función que tendrá la futura figura del gobernador electo.

Agregó que lo deseable es contar con dos figuras que, desde su punto de vista, podrían llegar a potenciar la administración regional: Por un parte la figura de un Vicepresidente que permita la coordinación de las quince regiones del país, toda vez que un período presidencia del cuatro años sin reelección hace que el Presidente tenga múltiples funciones que cumplir sin que pueda priorizar los temas regionales y, lo segundo, que el CORE pueda elegir a los Seremis, por ejemplo de una terna que sea sancionada por las autoridades regionales, de modo que dichas autoridades (seremis), tengan algún sentido de pertenencia hacia y desde las distintas regiones.

Para terminar, insistió en que resulta indispensable el conocer cuáles serán las verdaderas atribuciones de quien ejerza el cargo de Gobernador Regional.

Enseguida el Honorable Senador señor Quinteros dijo que entendía de otra forma las indicaciones que se han presentado en el sentido de la separación que existe entre las dos figuras, teniendo presente que no se debe olvidar que el candidato a Gobernador debe presentar a la comunidad un proyecto de desarrollo de la respectiva región, que será fiscalizado por la propia comunidad.

Expresó que le parece claro que el Delegado Presidencial es la figura que tiene que estar encargada del orden público y, en general, de las tareas que hoy cumplen los gobernadores regionales, de modo que consideró que no es necesario seguir ahondando en ese tema.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes dijo que era necesario recordar que, al inicio de la discusión de este proyecto de reforma, en la Comisión se debatió acerca de la arquitectura del modelo o su diseño, respecto del cual se señaló que el mismo no se termina de implementar con esta reforma sino que, además, requiere de una serie de leyes orgánicas en un período de tiempo determinado, que descansan en el actual modelo de Estado unitario.

Manifestó que lo que efectivamente ha planteado el Ejecutivo en todo momento es la existencia de un Estado unitario descentralizado, y que en ese marco es indispensable mantener dos figuras porque ese modelo de Estado requiere de un representante del Presidente de la República en los territorios, que cuente con competencias claras y específicas. Agregó que otro principio básico es que las competencias entre ambas figuras no deben mezclarse ni tocarse, evitando así cualquier conflicto de competencia.

Enseguida destacó que siempre han sostenido que el representante del Presidente de la República en la región es el Secretario Regional, como se señala en la indicación del Gobierno, o el Delegado Provincial como se había planteado anteriormente en la Comisión, pero que en la práctica es casi un tema de nombres porque las funciones tienen que ver con las de gobierno interior y servicios desconcentrados.

Respecto de estos últimos, señaló que es la discusión que quedaría pendiente y respecto de la cual, el Ejecutivo ha planteado la descentralización en un período de al menos 10 años, lapso en el cual se transferirán las competencias que deben estar sujetas a este principio constitucional de modo que, indicó, en los próximos años lo que ocurrirá es que existirá un mecanismo por el cual se transfieren competencias desde el nivel central al gobierno regional en los ámbitos competenciales que antes se han señalado.

Dado lo anterior, el personero de Gobierno enfatizó que será ese principio constitucional el que podrá definir si un servicio determinado se transfiere o no. Por ejemplo, indicó, el Registro Civil e Identificación es un organismo que se relaciona con el Gobierno Interior y por ende con el Estado unitario, de manera que no requiere de ningún nivel de descentralización y, por tanto, tiene que seguir bajo la supervigilancia del representante del Presidente de la Republica.

Una situación distinta, prosiguió, es la de cualquier división del Ministerio de Obras Públicas, como la de Vialidad, que en el nivel regional no existe conforme a la ley ya que sólo hay delegaciones de competencias por parte del Director Nacional de Vialidad en el caso de las vías secundarias o terciarias, y planteó que en el contexto de esta iniciativa ese director de vialidad desaparece a nivel regional, y esas competencias son transferidas a la división de infraestructura del respectivo Gobierno Regional. En este sentido, destacó que todo esto se aclara en el proyecto de transferencia de competencias[1] que es la base de esta reforma constitucional.

La Jefa de División Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt, agregó que el tema de las atribuciones que tendrá el Gobernador es recurrente, y que dentro de lo más destacado es que será el órgano ejecutivo del Gobierno Regional y que su capacidad de actuar es superior a la sola presidencia del Consejo Regional, de modo que no se le debe subestimar.

En tanto órgano ejecutivo, manifestó, le corresponderá la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos que operen en la región, y que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo. Asimismo deberá efectuar la adecuación territorial de la política nacional y le corresponderán las funciones señaladas en la respectiva ley orgánica constitucional, en las cuales actualmente se está trabajando, y que resultan relevantes porque entregan al Gobierno Regional dirigido por su autoridad electa, secundado por su Consejo Regional también electo, una serie de competencias o nuevas funciones que van en la línea de la planificación estratégica de la región, en que se plasman las prioridades, las fortalezas, las ventajas competitivas y la vocación de cada región.

Indicó que en general el intendente tiene un rol propositivo frente al CORE que resuelve, y que en este caso corresponde al Gobernador, y que la planificación antes señalada es un proceso que dura sus cuatro años y eventualmente ocho, y que estará dentro de lo que el candidato a ocupar dicho cargo de Gobernador le propondrá a la ciudadanía.

Agregó que dicha propuesta en la etapa de candidaturas debiese ir en concordancia con las que hagan los candidatos a Presidente de la República, de modo que todo ello sirva de antecedentes para que al momento en que ambas autoridades sean electas celebren los denominados “Contratos Región”, que es una figura nueva y que implica que hay obligaciones formales entre ambas autoridades con miras a iniciativas con desarrollo en etapas.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, expresó que las anteriores son solo algunas de las competencias que crea el proyecto de transferencia de las mismas, respecto de lo cual se han considerado dos mecanismos: uno que considera que se solicite una transferencia de competencia, para lo que se definen una serie de criterios y se obliga a la Subsecretaría a establecer un reglamento para verificar que el Gobierno Regional cumpla con ellos para solicitar la transferencia y, otro que dice relación con competencias que la propia ley crea y que son algunas de las ya mencionadas.

A modo de ejemplo señaló que se considera que cada Gobierno Regional tenga la facultad de crear un área metropolitana que actualmente en el país no existe, lo que viene a resolver los problemas de las ciudades conurbadas en al menos tres ámbitos: en los residuos sólidos; en materia de medioambiente, y en el ámbito del transporte. Agregó que hoy no hay ningún Gobierno Regional que pueda resolver por sí o en colaboración con el Ministerio de Transportes el problema de la congestión vial en cada una de las ciudades intermedias.

Dado lo anterior, insistió en que el proyecto de ley antes señalado crea la unidad de gobierno metropolitano y genera una serie de cupos profesionales para poder contratar los especialistas necesarios, de tal manera que ese Gobernador Regional en conjunto con los alcaldes, puedan tomar decisiones apoyados con el nuevo Fondo de Área Metropolitana.

Otro de los ámbitos que destacó se refiere al Plan Regional de Ordenamiento Territorial, indicando que muchas veces el acento se pone en los recursos que gastarán los Gobiernos Regionales, lo que efectivamente es un tema relevante, y expresó que con el nuevo proyecto se espera que al menos en los servicios que ha comprometido transferir este Gobierno se eleve el presupuesto del actual 1 billón 170.000 millones a 3.3 billones. Así, los Gobiernos Regionales en aproximadamente cinco años más, podrían multiplicar por tres sus actuales ingresos.

Resaltó que lo más importante es la facultad que entrega el proyecto de ley sobre transferencia de competencias respecto al ordenamiento territorial, por cuanto el plan regional de ordenamiento territorial es un nuevo instrumento ahora obligatorio para todos los servicios públicos y, en consecuencia, para todas las autorizaciones que no sólo dependen del Gobierno Regional sino que también para cualquier servicio de carácter nacional desconcentrado.

Finalmente manifestó que la presente reforma constitucional, complementada con el proyecto sobre transferencia de competencias y con la ley de fortalecimiento municipal, constituyen un conjunto que genera efectiva regionalización.

A continuación, la Honorable Senadora señora Von Baer expresó que sería relevante para la discusión el poder conocer el proyecto sobre transferencia de competencias[2] a fin de dilucidar las dudas existentes en relación a su real contenido de acuerdo a lo planteado anteriormente por los representantes del Ejecutivo.

En el mismo sentido, destacó que a diferencia de lo que ha planteado el Ejecutivo, respecto a que dicho proyecto de ley soluciona las dudas respecto a las competencias de la nueva autoridad electa, en su opinión ello no es así, y que esa discrepancia es precisamente la que ilustra la necesidad de la discusión que es necesario realizar.

Agregó que, por ejemplo, la indicación N° 33 del Ejecutivo, que se refiere al nombre del representante del Presidente de la República en el territorio, es un retroceso en la discusión, ya que esas materias se habían debatido y se había acordado en términos distintos a los de la indicación ahora presentada, lo que se repite respecto de otras disposiciones.

En la misma línea, manifestó su preocupación debido a que la discusión en la Sala fue precisamente que no se eligiera a una autoridad que no tuviera ninguna potestad, ante lo cual surge de inmediato la necesidad de preguntar al Ejecutivo si hay espacio para que la ley de transferencia de competencias se aplique efectivamente en la forma en que se conversó antes de emitir el primer informe. Agregó que con las indicaciones presentadas se vuelve a la discusión inicial, que ya había sido superada.

El Honorable Senador señor Pizarro expresó que del debate se desprende que hay algunos que no quieren que exista una autoridad electa y que entendía que el desacuerdo es más bien político. Agregó que, de acuerdo a lo acordado previamente por esta Comisión, el sistema electoral no será con una elección que le permita a ese Gobernador Regional quedar empoderado por una mayoría absoluta de los electores de la región, lo que, en su opinión, es un tema de la esencia de la democracia. En el mismo sentido, señaló que esta experiencia ya se ha vivido años atrás y que genera un problema de legitimidad.

Señaló que el Ejecutivo vuelve a la propuesta inicial porque es elemental que si se va a elegir una autoridad, a la cual se le quiere dar rango, legitimidad, poder, capacidad de decisión y de liderazgo, es necesario a su vez entregarle legitimidad democrática, de modo que en su opinión quedan claras las razones que explican las indicaciones presentadas.

Por último, insistió en la necesidad de avanzar en la votación particular del proyecto, ya que estima necesario discutir esta reforma antes de entrar en la discusión sobre el traspaso de competencias.

Luego, la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que su sector está muy de acuerdo en llegar a un acuerdo político con la Nueva Mayoría y con el Gobierno en este tema, pero que es necesario tener presente que en la primera discusión en general y particular de este proyecto de reforma hubo varios acuerdos como, por ejemplo, respecto al principio de subsidiariedad en que hubo un acuerdo con el Gobierno quien ahora lo cambia, de modo que le parece de toda lógica saber la razones que impulsan al Ejecutivo a cambiar un acuerdo político al que ya había llegado.

Enseguida, manifestó no estar de acuerdo con la existencia de una segunda vuelta electoral porque, desde su perspectiva, es necesario que los movimientos regionales y locales se expresen en el Gobernador Regional, de modo que replicar lo que sucede a nivel nacional con la elección presidencial le parece un error, y agregó que, en esa línea, cuando el alcalde es electo por mayoría simple ello no genera ningún problema de gobernabilidad en las comunas.

Luego, indicó, es necesario tener una conversación política para avanzar en las diferencias de fondo que existen no obstante que ya se debatieron, y también es necesario avanzar para viabilizar esta reforma.

El Honorable Senador señor Bianchi señaló coincidir con la necesidad de buscar el mecanismo más prudente para destrabar la discusión, y agregó que es indispensable conocer claramente los planteamientos del Ejecutivo frente a determinados temas, que han ido cambiando, e incluso dijo que lo mismo había ocurrido con el proyecto sobre traspaso de competencias que fue modificado en la Honorable Cámara de Diputados.

En este escenario, señaló que la idea era avanzar de la forma más rápida posible en este proyecto de reforma para dar cumplimiento a los requerimientos que se plantean en todas las regiones del país.

Por su parte, el Honorable Senador señor Walker, don Patricio, dijo entender que existen temas por resolver en materia de traspaso de competencias, sistema electoral y otros, y solicitó que se busque la forma de avanzar en el traspaso de competencias y en la elección del Gobernador Regional, pero sin paralizar el trámite de estos proyectos a fin de evitar seguir frustrando las aspiraciones de las regiones.

La Honorable Senadora señora Von Baer dijo que en su oportunidad se solicitó al Ministro del Interior abrir un espacio de conversación política para poder avanzar en los acuerdos para la reforma constitucional, pero que ello no ocurrió. Indicó que a pesar de que existió un acuerdo con Segpres sobre una cronología para tramitar los proyectos, lamentablemente el de traspaso de competencias se fue atrasando y sin embargo, señaló, a pesar de no tener urgencia decidió poner en tabla de la Comisión este proyecto de reforma para agilizar su trámite.

En ese sentido enfatizó que su sector no quiere frenar esta iniciativa, sin perjuicio de lo cual es necesario discutir tanto el sistema de elección como otros temas de fondo que no se han debatido cabalmente, a lo que se agrega la necesidad de oír a los representantes de la sociedad civil.

Por su parte, el Honorable Senador señor Pizarro dejó constancia que además de representar al Honorable Senador señor Zaldívar representa a toda la Bancada Demócrata Cristiana, y que lo que ha planteado en términos políticos representa a su Bancada, que cree en un sistema electoral que para elegir una autoridad de esta importancia, para las regiones y para el proceso de descentralización, resulta lo más democrático posible y brinda la mayor legitimidad, materia donde evidentemente existe una clara discrepancia política.

Además, indicó que la Bancada está por descentralizar todo lo que se pueda, y que de no hacerse esta reforma constitucional no se saca nada con avanzar en el proyecto de traspaso de competencias, razón por la cual estima necesario tramitar ágilmente este proyecto.

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En sesión posterior la Comisión escuchó los planteamientos de diversas organizaciones de la Sociedad Civil respecto a las indicaciones presentadas a este proyecto de reforma constitucional.

Para comenzar el Presidente de la Fundación Chile Descentralizado Desarrollado, señor Heinrich Von Baer, señaló que entienden que se trata de una reforma constitucional de descentralización política con elección de Gobernadores Regionales, y que la Propuesta de su organización es para acercar posiciones y alcanzar un acuerdo político transversal. No obstante, hizo presente que por razones de tiempo no les fue posible consultar y consensuar esta propuesta con sus quince capítulos regionales, por lo que sólo los que suscriben asumen este documento.

Enseguida recalcó que la base de la propuesta apunta básicamente a validar los acuerdos ya alcanzado por la Comisión y que fueran aprobados el 1 de marzo en general por la Sala, con unos pocos ajustes necesarios, con el objeto de alcanzar en el escaso tiempo aún disponible buenos y prontos acuerdos entre gobierno, oposición e independientes, que permitan elegir Gobernadores Regionales, en noviembre de 2017, que estén dotados de las competencias para liderar el desarrollo de sus respectivas regiones.

En este escenario, indicó, es necesario sincerar lo que de verdad se quiere, es decir, si además del discurso descentralizador existe una efectiva voluntad para descentralizar y elegir Gobernadores Regionales, pero en noviembre de 2017.

Planteó focalizar en lo sustantivo y diferenciar entre lo que se puede avanzar en esta reforma y lo que habrá que dejar para perfeccionamientos futuros, con el objeto de actuar con realismo, ya que la experiencia internacional comparada demuestra que estos procesos es imposible completarlos en un período de cuatro años.

Señaló que se deben flexibilizar las posturas para alcanzar buenos acuerdos en el plazo aún disponible, en materia de contenidos, consistencia y también en la transversalidad deseable desde el punto de vista de la señal política que se quiere enviar desde el Senado al país, a la ciudadanía de regiones y a la Cámara de Diputados.

Seguidamente se refirió a los hitos de esta reforma, dentro de lo cual señaló que en el Programa de gobierno de la Presidenta la Bachelet, del año 2013, se decidió “dotar al gobierno regional de autonomía política y administrativa”, a lo que sucedió el Informe de la Comisión Asesora Presidencial del año 2014, que propuso una política de Estado de largo plazo con cinco ejes, setenta Medidas Estratégicas y diez de carácter esencial, de las cuales muy pocas han sido puestas en agenda hasta el momento.

Agregó que también propone una hoja de ruta para su implementación en al menos tres períodos de gobierno, ya que se trata del inicio de un proceso, y que en la misma línea dicha Comisión propuso una nueva organización territorial del Estado en el sentido que Chile es un “Estado descentralizado, con territorio indivisible y soberanía única y con entidades territoriales dotadas de autonomía de gestión (política, competencial, financiera), y potestad normativa territorial en el ámbito de sus respectivas competencias”.

Expresó que en enero de 2015 el Ejecutivo envía el proyecto de reforma constitucional centrado sólo en la elección de Intendentes, con un Mensaje que hacía un claro distingo entre gobierno interior y gobierno regional, no obstante que el texto era inconsistente con dicho mensaje, por lo que mantiene el artículo tercero de la Constitución de 1980.

Indicó que frente a ello, la Comisión Asesora realiza una propuesta de modificaciones imprescindibles al proyecto de reforma del Ejecutivo, donde entre otras cosas, se propone que:

“El Estado de Chile es unitario. Su gobierno y administración serán funcional y territorialmente descentralizados, de conformidad a esta Constitución y a la ley, la que también establecerá los casos de administración desconcentrada.”

En concordancia con lo anterior, manifestó, se realizó un Ciclo de Seminarios de Descentralización 2015 de la Fundación Chile Descentralizado, buscando convergencias mediante diálogo con parlamentarios de todos los partidos y autoridades de gobierno.

Agregó que esta Comisión realizó sustantivos avances respecto del proyecto original del Gobierno los que fueron aprobados por la unanimidad de sus cinco integrantes, salvo en el tema del sistema electoral. Añadió que la aprobación en general por la Sala del Senado fue histórica, por cuanto fue de una unanimidad 37-0.

Luego, expresó que se referiría a los principales temas aún en debate, a la espera de lograr acuerdos amplios que desde su punto de vista deben ser estudiados:

En primer término, en cuanto al sistema electoral del Gobernador Regional señaló que el proyecto original del Ejecutivo proponía mayoría absoluta con segunda vuelta en forma análoga a elección presidencial y que la Comisión en votación dividida aprobó la elección por mayoría simple, de manera similar a la elección municipal. Señaló que después de eso la Presidenta de la República da un mandato para flexibilizar y buscar una fórmula intermedia para alcanzar acuerdo, para lo cual la Fundación que representa en base al trabajo de Julieta Suárez Cao[3] propone un sistema intermedio o híbrido.

Para fundamentar su propuesta, indicó que era necesario asumir la responsabilidad de optar por el mejor sistema para las regiones para los próximos cincuenta años, y no sólo para la próxima elección. Agregó que el sistema electoral importa más allá de los resultados electorales por cuanto influye sobre el tipo de compromisos de los candidatos y el contenido del debate que se instala durante la campaña. Así, el sistema de mayoría absoluta tiende a privilegiar más los temas de nivel nacional, en desmedro de aquellos de relevancia regional, tendencia que se reforzará dada la simultaneidad de esta elección con la presidencial y parlamentaria de noviembre de 2017.

En este mismo orden de ideas recalcó que los sistemas de mayoría simple, y los intermedios o híbridos, generan mayores espacios para debatir y comprometer temas de interés local y regional, subrayando que los sistemas híbridos armonizan mejor entre diferentes objetivos: gobernabilidad, representación, proyección de movimientos regionales y también en la prevención de una excesiva fragmentación, es decir, es más bien una solución intermedia.

Indicó que apoyan la idea de instituir un sistema intermedio o hibrido entre mayoría absoluta y mayoría simple, a decidir entre los siguientes rangos:

-Un piso a negociar de entre el treinta y cuarenta por ciento de los votos

-Distancia de 5% con el principal competidor o segundo candidato más votado, lo que según la académica Suárez Cao “producirá buenos resultados si en la mayoría de los casos se evita la segunda vuelta. Si la diferencia exigida fuese 10% queda muy restrictivo y va a terminar funcionando como un ballotage tradicional, como podría ocurrir si se adopta el sistema argentino de un piso de 40 o 45% y una diferencia de 10% con el segundo candidato más votado”.

-Piso de al menos veinte o treinta por ciento -a negociar- de los votos en cada una de las comunas de la región, señalando que en palabras de la académica Suárez Cao: “de no seguirse este criterio, otra alternativa podría ser un piso de al menos 30% en la mitad más una de las comunas de la respectiva región”.

Luego, si no existen estas alternativas, entonces habría segunda vuelta entre los dos candidatos más votados.

En cuanto a la reelección, señaló que compartían el acuerdo de la Comisión en cuanto a que exista sólo una reelección inmediata de los Gobernadores Regionales electos.

Con respecto al ámbito de acción y denominación del representante del gobierno central, recordó que la Comisión Presidencial sugirió un Delegado Presidencial, a nivel de Provincia, y que las entidades desconcentradas de cobertura regional fueran coordinadas por el Delegado Provincial que tenga asiento en la capital regional.

En ese sentido, el proyecto original del Ejecutivo hablaba de un Gobernador Regional designado, lo que fue descartado por el rechazo que ello generaba en las distintas regiones.

Resaltó que la Comisión y la Sala del Senado mantuvieron la figura del Delegado Presidencial a nivel provincial, con entidades de alcance regional coordinadas por el Delegado Provincial con asiento en la capital regional. A este respecto, indicó que la indicación reciente del Ejecutivo propone la nueva nomenclatura de “Secretarios Regionales Presidenciales” y “Secretarios Provinciales”, nombrados por Presidente.

Sobre este punto, destacó que el constitucionalista señor Humberto Nogueira, que los asesora en este tema, en su última exposición en el seminario realizado el efecto señaló que: “esta función la puede cumplir perfectamente bien el Delegado Presidencial de la provincia capital de la región, evitando así establecer un servicio y una autoridad adicional. Agrega que se deben considerar los riesgos de conflictos entre dos autoridades de nivel regional: el Gobernador Regional y el Secretario Regional Presidencial”.

Por su parte, dijo que la académica Julieta Suárez Cao en base a un rastreo de la experiencia internacional comparada advierte que ello “Significaría tener una autoridad regional electa por muchos votos, con poco poder real; en paralelo a otra designada, también de nivel regional”.

Expresó que nadie puede asegurar que un futuro Presidente y sus ministros del Interior, Hacienda o SEGPRES, van a tener una real convicción y voluntad descentralizadora, y que la denominación de Secretario Regional Presidencial puede generar una inconveniente confusión ciudadana con la figura de los actuales Secretarios Regionales Ministeriales, razón por la cual propone mantener lo decidido por la Comisión de Gobierno en orden a que exista un Delegado Presidencial a nivel provincial, con entidades de alcance regional coordinadas por el Delegado Presidencial con asiento en la capital regional.

Sobre los principios constitucionales de descentralización, señaló que a la Comisión Asesora Presidencial le llamó mucho la atención que en el proyecto del Ejecutivo no hubiera uno solo, pese a los ocho o nueve que se le propusieron en base a la experiencia internacional comparada, tales como: autonomía, subsidiariedad territorial, solidaridad, prohibición de tutela, coordinación, suficiencia en el financiamiento de competencias y resolución de conflictos de competencias constitucionales.

En la propuesta de los treinta comisionados, prosiguió, que se envió a esta Comisión, se integra en un solo artículo (125° bis.) los principios de: autonomía, subsidiariedad territorial, coordinación, prohibición de tutela de los órganos mayores, solidaridad territorial y suficiencia de financiamiento en el traspaso de competencias.

Luego, como forma de salvar las diferencias entre el texto aprobado por la Comisión para el inciso segundo del artículo 114, y el que propone ahora el Ejecutivo, propuso la siguiente redacción:

“El procedimiento de transferencia de competencias contemplado en la referida ley deberá propender a que éstas se radiquen en los órganos más cercanos a la ciudadanía, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional, buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país, y resguardando siempre los principios de eficiencia y eficacia”.

Enseguida, con el mismo objeto anterior, propuso la siguiente redacción para el inciso tercero del mismo artículo:

“Toda transferencia, creación o extensión de competencias a los gobiernos regionales deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.”.

En lo que dice relación con los requisitos para el traspaso de competencias al Gobierno Regional, señaló que se trata de una materia que si bien no es propia de la reforma constitucional si se trata de un tema que debe ser objeto de un acuerdo político.

Luego, señaló que estaban de acuerdo en reconocer como piso mínimo común de traspaso de competencias a todos los gobiernos regionales aquellos ámbitos o sectores considerados en el proyecto del Ejecutivo: Fomento Productivo e Industria, Desarrollo Social y Humano, Infraestructura y Transporte, agregando que ello debiese ser común a todas las regiones sin distingo de sus fuertes diferencias.

Manifestó que a diferencia de un cronograma les parecía mejor que se comprometa un programa de implementación progresiva, a partir del año 2017 y hasta el año 2020, que reconozca con realismo la complejidad de dichos procesos, las particularidades e intereses regionales y los derechos de los trabajadores involucrados, considerando la posibilidad de experiencias piloto susceptibles de ser extendidas gradualmente a otras regiones.

Refiriéndose a la composición de la Comisión para el traspaso de competencias, que considera el proyecto de ley relativo al fortalecimiento de la regionalización del país (Boletín N° 7.963-06), estimó que se debe tratar de establecer una composición más equilibrada del mismo, por cuanto en dicho proyecto se considera a tres representantes de los ministerios del gobierno central (Interior, Hacienda, y Ministerio sectorial que corresponda al respectivo traspaso de competencia), más representantes de todas las direcciones nacionales de servicios públicos requeridos para dichas trasferencias.

Agregó que por el gobierno regional sólo se consideran dos representantes: el Intendente y el Presidente del Consejo Regional pero que, considerando que la presente reforma constitucional de elección de Gobernadores Regionales establece que éstos también ejercerán como Presidentes del CORE, la representación regional se reduciría a un representante. En ese sentido, dijo que de aprobarse así esa Comisión será una instancia de decisión absolutamente unilateral y discrecional del gobierno central, y por ello notoriamente contrapuesta y paralizante del proceso descentralizador.

Considerando lo anterior, agregó, se propone instituir una comisión de traspaso de competencias de composición equilibrada entre el gobierno central y los gobiernos regionales, capaz de analizar en forma objetiva los argumentos a favor y en contra de una solicitud de traspaso de competencia y, en caso necesario, de arbitrar eventuales controversias entre las partes.

Enseguida, subrayó que la condición propuesta en la disposición transitoria vigésimo octava ya aprobada pone en severo riesgo alcanzar a elegir gobernadores regionales en noviembre de 2017, y agregó que el constitucionalista Humberto Nogueira advierte que “si esa disposición subsiste, no habrá elección de Intendentes el año 2017”, y que “Esa es una disposición de máximo peligro si es que existe realmente, y no solo nominalmente, la voluntad de elegir Gobernadores Regionales el año 2017.”.

Indicó que la organización que representa considera esencial lograr con prontitud los acuerdos transversales que permitan elegir gobernadores regionales en noviembre de 2017, dotados de las competencias para liderar el desarrollo de sus respectivas regiones, para lo cual es necesario que el Ejecutivo mantenga la suma urgencia y que una vez aprobada la reforma se tramite también con suma urgencia la ley orgánica que define la forma de elegir los gobernadores regionales, suma urgencia que además debiera mantenerse respecto del proyecto de traspaso de competencias, y finalmente solicitó que se envíe a la brevedad la ley de financiamiento regional y municipal con responsabilidad fiscal.

Se deja constancia que el señor Von Baer acompañó su presentación en un documento en formato power point, el cual fue debidamente considerado por los integrantes de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

Por su parte el Director de la Fundación Piensa del Área Legislativa, señor Juan Pablo Rodríguez, indicó que su fundación es un centro de estudios regional radicado en la región de Valparaíso, cuyo principal objetivo el poder colaborar con ideas, propuestas y estudios para mejorar la calidad de vida de la gente de la región, sentido en el cual la descentralización y en especial la desconcentración del poder es un tema esencial.

Manifestó que este proyecto de reforma constitucional que permite la elección por sufragio universal de la máxima autoridad regional lleva demasiado tiempo en el Senado, por lo que señaló que ante esa realidad debe evitarse caer en dos tentaciones.

La primera es aprobar un proyecto de escasa densidad descentralizadora so pretexto de que iniciada así la descentralización política en nuestro país a futuro se podrá avanzar progresivamente en la materia, señalando que las expectativas de las regiones en el proceso son muy altas, al igual que el eventual costo de defraudarlas.

La segunda, en el extremo opuesto, consiste en que tampoco parece adecuado sólo estar dispuesto a aprobar proyectos que satisfagan plenamente los anhelos descentralizadores de las regiones, ya que en tal caso el riesgo cierto es que por sólo estar dispuesto a aceptar el óptimo no se obtiene nada, es decir, que las cosas queden tal como están puede tener el nocivo efecto de generar oposiciones locales al proceso que se canalicen por vías extra institucionales.

El Investigador de Descentralización de la Fundación Piensa, señor Guillermo Pérez señaló que apoyaban el sistema híbrido de elección que se ha propuesto y también el que la reelección sólo se haga por una sola vez.

En cuanto al denominado Traspaso de Competencia, manifestó que existían ciertas modificaciones constitucionales relacionadas con dicho traspaso que consideraban necesario discutir.

Expresó que era necesario establecer en el artículo 114 los servicios que se traspasarán inmediatamente una vez aprobada la reforma constitucional y calendarizar las que se traspasen después, e indicó que la Fundación Piensa considera que es necesario señalar en la Constitución no sólo una indicación al traspaso de competencias en materias de fomento productivo, ordenamiento territorial y desarrollo social y cultural, sino que además establecer los servicios públicos hoy desconcentrados que se traspasarán a los Gobiernos Regionales.

Para tales efectos, proponen que dichos servicios sean CORFO, SERCOTEC (ya hay planes piloto en algunas regiones), INDAP, SERVIU y FOSIS. Asimismo, planteó que el artículo también debe considerar una calendarización del traspaso de otros servicios públicos desconcentrados, entre ellos SERNATUR, IND, SENCE, SERNAM, SENAME, INJUV, DIBAM y CMN (Consejo Monumentos Nacionales).

Bajo la misma perspectiva y cuidando la autonomía de estos traspasos, propuso que el principio de prohibición de tutela se consagre en el inciso posterior al del señalamiento de los servicios que se traspasarán inmediatamente y los que se calendarizarán para un futuro traspaso.

Asimismo sugirió que la redacción del principio sea la estipulada en la indicación número 57 realizada por el Senador Guillier, quien recoge además lo señalado en su momento por la Comisión Asesora Presidencial sobre Descentralización, esto es: “El gobierno nacional no podrá ejercer tutela respecto de las atribuciones de los gobiernos regionales ni de las municipalidades, ni los gobiernos regionales podrán hacerlo respecto de las municipalidades.”.

Luego, estimó que los puntos críticos del proyecto, que se deben analizar en profundidad a la hora de legislar en tercer trámite, es la posibilidad de apelación ante el Senado o, en su defecto, se equilibre la Comisión que decidirá los traspasos.

Sobre las condiciones del traspaso, propuso la creación de un marco objetivo de condiciones que pueda imponer la Comisión, instaurando parámetros que permitan poner un límite a la discrecionalidad de ésta última, y respecto de la revocación de competencias por parte del poder central señaló que las razones en las que puede fundarse deben estar taxativamente señaladas y no referirse a “entre otros motivos”, y que las razones que deberían ser consideradas son la deficiente prestación de servicios, ineficacias e ineficiencias en la asignación y utilización de recursos públicos, falta de coherencia con las políticas nacionales en la materia transferida o la no aplicación de éstas en el ejercicio de las competencias y la duplicación o interferencia de funciones y atribuciones con otros órganos de la administración del Estado.

Respecto de las indicaciones en particular, manifestó que la indicación número 1 propuesta por el Honorable Senador señor Guillier recoge la opinión de la Comisión Asesora Presidencial en materia de descentralización, y las del documento presentado por ex miembros de la misma Comisión titulado “Modificaciones imprescindibles para la viabilidad del proyecto”.

Expresó que los informes de las Comisiones Unidas del Senado de 1991 relativos a la actual redacción de este artículo apuntaban, bajo una redacción negativa, a que no toda la administración del Estado se descentralizará progresivamente sin establecer taxativamente las funciones que no se descentralizarán.

Luego hizo presente su apoyo a la indicación, no obstante lo cual llamó la atención sobre el hecho de que la reforma hacia un Estado Unitario Descentralizado debe comenzar en la Constitución, pero implica también un debate de mucho más largo aliento que el que se está dando hoy y tiene que ver con reformas de fondo a la administración territorial de Chile.

Estimó que las indicaciones números 14 y la número 15 propuestas por el Ejecutivo y por el Honorable Senador señor Guillier respectivamente, al artículo 111, señalan dos formas diferentes de entender la función de la máxima autoridad regional. Así, el Ejecutivo plantea que la nueva autoridad electa tendrá simplemente la administración superior de la región, en tanto que el señor Senador da a entender que el Intendente o Gobernador Regional electo no tendrá a cargo sólo la administración de la región sino que también el gobierno de la misma.

Sostuvo que, si se está pensando en la línea de transferir competencias y servicios del poder central a los gobiernos regionales, es necesario redactar el artículo 111 en la perspectiva de lo señalado por el Senador Guillier en torno a que no sólo sea la administración sino que también el gobierno de cada región el que esté a cargo de la autoridad electa.

En lo que respecta a las indicaciones número 17 y 18 presentadas a los artículos 112 y 113, tanto por el Ejecutivo como por el Honorable Senador señor Guillier, señaló que son adecuaciones a una necesidad de ordenar mejor lo que cada uno propone, ya que las propuestas del Gobierno y del señor Senador es bastante parecidas, y señaladas en artículos distintos en razón de que cada uno dispone de una redacción diferente para el artículo 111.

Indicó que la indicación número 28 presentada por el Ejecutivo viene a modificar el artículo 114 generando varias dudas, pues el artículo propuesto por la Comisión de Gobierno en su oportunidad reconocía varios principios que es importante señalar en la Constitución, y que la indicación no reconoce, precisando que el principio de subsidiariedad territorial se encuentra recogido pero muy matizadamente ya que considera que el procedimiento “deberá propender” a que se realicen hacia los órganos más cercanos a los ciudadano, en circunstancias que era mucho más clara la redacción que acordó esta Comisión, que indicó que el procedimiento se hará “prefiriendo” a los órganos más cercanos.

En materia de recursos, manifestó que a su respecto también existe diferencia cuando el Gobierno propone que deberá “señalar la fuente de recursos”, porque lo aprobado en su oportunidad fue que la transferencia “irá acompañada de la atribución de recursos”.

Luego, insistió en la necesidad de establecer en la ley el traspaso inmediato de servicios públicos hoy desconcentrados, además del principio de prohibición de tutela con el objetivo de que el gobierno nacional no cometa arbitrariedades.

Acto seguido, expresó su absoluto rechazo a las indicaciones que señalen la existencia de una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial, por cuanto ello significa un incumplimiento de las promesas del Ejecutivo en torno a otorgarle más autonomía a las regiones, señalando que la representación del Presidente de la República debe darse exclusivamente a nivel provincial, como señala el texto aprobado por la Comisión en su artículo 116.

A su vez, señaló que el Gobierno propone reformar el artículo 116 cambiándole el nombre a la autoridad designada a nivel provincial, la que pasaría a llamarse “secretario provincial”, postura que no apoya debido a que el vocablo “delegado presidencial provincial” define de mejor manera la verdadera naturaleza de la autoridad.

En cuanto a la indicación número 40 con que el Ejecutivo propone modificar el inciso final del artículo 118 bajo la misma perspectiva del artículo 114, señalando que “toda transferencia de competencias a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo”, planteó que es mejor que ello se establezca tal como lo aprobó esta Comisión en su oportunidad, es decir que “toda transferencia de competencias a las municipalidades irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio”, cuestión que es similar a lo que plantea el Honorable Senador señor Horvath en la indicación número 42.

Continuando su análisis, expresó que la indicación número 57 propuesta por el Honorable Senador señor Guillier plantea la creación de un nuevo artículo 125 bis que consagre algunos de los principios constitucionales de un Estado Unitario Descentralizado. En este sentido, puso de relieve que la aprobación de este artículo y de estos principios es sumamente importante y necesario, no obstante, debe ir acompañado de una modificación del artículo 3º ya que, de no ser así, habría una suerte de antinomia entre la concepción de Estado Unitario consagrada en el artículo 3º y los principios descentralizadores, que podría resolverse por criterios de cronología en la aprobación de reformas constitucionales pero que tarde o temprano se va a tener que modificar.

Luego, respecto de la indicación número 60, postuló que la disposición transitoria vigésimo octava debe ser la aprobada en su oportunidad por la Comisión, no obstante que dijo no compartir de dicha disposición la referencia al cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales. Esa calendarización, en caso llevarse a acabo, debiese ocurrir a nivel constitucional, tal como se señaló anteriormente, pero sin retrasar esta reforma.

Enseguida, dijo rechazar la indicación sustitutiva a la disposición transitoria vigesimonovena por considerar sumamente riesgoso dejar la dictación de normas respecto a traspaso de competencias o de servicios a los Decretos con Fuerza de Ley, toda vez que ello puede dar origen a situaciones abusivas que poco condigan con el desarrollo regional y respondan más bien a equilibrios políticos.

Para terminar, subrayó que de acuerdo a la literatura especializada, es la perspectiva de carácter político la que desencadena procesos irreversibles de descentralización fiscal y administrativa, y que ella debe estar por sobre los equilibrios políticos o las miradas cortoplacistas.

En esa perspectiva, dijo que el país está cerca de la meta pero también muy lejos, y destacó que este Gobierno ha decidido avanzar más que cualquier otro en este ámbito, y que esperaban que pueda por lo menos alcanzar a desencadenar la irreversibilidad de la descentralización.

Se deja constancia que la Fundación Piensa acompañó su presentación en dos documentos en formato power point, los cuales fueron debidamente considerados por los integrantes de la Comisión, y se contienen en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia de los cuales quedan a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

A su turno, el Presidente Subrogante de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE), señor Manuel Hernández, hizo presente que se debe reconocer a Chile como Estado unitario pero que al mismo tiempo tomar las medidas para que éste sea descentralizado, por cuanto la difusión respecto de este tema ha llevado a que algunos sectores crean que discutir sobre descentralización equivale a fragmentar el país, tema que por su importancia requiere estar así consignado en la Carta Fundamental.

En cuanto a la elección de Gobernador Regional por la ciudadanía, manifestó apoyar la idea que el mecanismo a utilizar sea similar al de la elección de alcalde, es decir, mayoría simple, y destacó que el representante del Presidente de la República debiera tener entre sus atribuciones las materias que dicen relación con el orden público y seguridad y la coordinación de los servicios no traspasados a los Gobiernos Regionales.

Estimó que el proyecto del Ejecutivo para los Secretarios Regionales Presidenciales (representantes gobierno Central), mantiene las atribuciones del actual intendente y además, salvo en cuanto considera al Gobernador ejecutivo del gobierno regional, priva de algunas atribuciones a los consejeros regionales para entregárselas al intendente, de manera que no se plantean nuevas atribuciones reales, ya que en la práctica el 92% de la administración promedio continuará a cargo del representante del gobierno de turno en cada Región.

Planteó que de mantenerse lo anterior en el hecho se priva de atribuciones al Gobernador electo para dárselas al Secretarios Regionales Presidenciales que son en definitiva los representantes Gobierno Central, situación que refleja que si bien esta iniciativa es un avance no es un proyecto completo o un cambio estructural de la Constitución Política en esta materia.

Agregó que esta reforma debiera abordar las materias a regular en su conjunto, ya que no se hace cargo de una regulación completa y orgánica de la figura del Gobernador Electo pues solo lo considera ejecutivo del Gobierno Regional y Presidente del Core, y por tanto participará de la decisión de entre un 8 % al 10 %, de la inversión regional, en circunstancias que el poder real en la región, estará en los designados Secretarios Regionales Presidenciales o representantes del gobierno Central.

En el fortalecimiento de la regionalización, dijo que esta reforma también debería ocuparse del traspaso de competencias, el cual debe ser real, efectivo, gradual y ajustado a la realidad Regional. Agregó que en la Honorable Cámara de Diputados se dio una discusión bastante intensa en que se rechazaron los contenidos restrictivos de las atribuciones de los consejeros regionales y del CORE, y que es una aspecto que el Ejecutivo tendría que considerar.

Continuando con las características que debiera tener el traspaso de competencias, indicó que cada región debiera priorizar que competencias requiere su territorio, que es un proceso que no debe ser mecánico.

En la misma materia, opinó que ante un conflicto entre el Gobierno Central y la Región la normativa no entrega una solución, y estimó que ello debiese ocurrir a través del Senado, de modo que exista un ente que pueda ser intermediario entre estos dos factores pues de lo contrario el daño puede ser mayor. En cuanto al plazo para que el Ejecutivo responda la solicitud de los Consejos Regionales respectivos en relación al traspaso de competencias, estimó que no debiese ser tan extenso, es decir, con un plazo no mayor de noventa días.

En este contexto indicó que la estructura de los Gobiernos Regionales debe modificarse desde la Constitución, y ya que existe actualmente un gran debate sobre este tema opinó que los actuales administradores regionales deben transformarse en verdaderos gobiernos regionales y subrayó que todo traspaso de competencias debe considerar el correspondiente traspaso de recursos de todo tipo para su ejercicio, resguardando los derechos de los funcionarios.

Sobre este último punto en particular, hizo presente que ni la reforma ni la ley de fortalecimientos de los Gobiernos Regionales considera a los trabajadores ni consideran la normalización de las plantas de los gobiernos regionales, una nueva ley de plantas, mayor protección laboral a través de indemnización por años de servicio, cuando corresponda, el cumplimiento gradual de la normativa 80/20, el compromiso político de llamar a concurso los cargos vacantes de las plantas vacantes y el respeto a la carrera funcionaria a través de la política de gestión de personas.

Respecto a las finanzas y los recursos de los Gobiernos Regionales puso de relieve que ellos deben contar con estructuras modernas y flexibles que permitan eficiencia y eficacia en el gasto, con una asignación presupuestaria, con una unidad de presupuesto regional que elabore los Decretos de asignación presupuestaria para los proyectos regionales (FNDR) y para las transferencias. Planteó que, a mayor abundamiento, el trámite ante la Contraloría debiera simplificarse y realizarse en las regiones a través de las Contralorías Regionales y, por lo tanto, el presupuesto regional descentralizado también debiese ser de definición flexible.

Luego puso especial énfasis en que la reforma constitucional en trámite necesariamente debe abordarse en conjunto con el traspaso de competencias y sus atribuciones financieras, porque de no haber una mirada de conjunto e integral se continuará con la improvisación en las regiones del país. Añadió que en la actual mirada del Ejecutivo no hay traspaso de servicios y programas desde el Estado central a las regiones, de manera que seguirá centralizada en los hechos.

Sobre las indicaciones, dijo que no contemplan una salida intermedia para el caso que una región solicite el traspaso de competencias y el gobierno central se niegue a hacerlo o viceversa, y expresó fundamental establecer la forma de resolver esas contiendas.

Además estimó que la presente iniciativa no contempla modificaciones legales que terminen con las inhabilidades que hoy tienen los Consejeros Regionales para optar a otro cargo de elección popular.

Para finalizar, señaló que esta es una oportunidad única para poder buscar un entendimiento y una forma de lograr una salida flexibilizada entre las distintas posturas. En ese sentido, agregó, en Ancore tienen una mirada transversal respecto a este proceso de transferencia de competencias, en el sentido que se debe desarrollar en función de no disminuir las actuales atribuciones de los consejeros regiones y el CORE, que son aquellas para ejercer las cuales las ciudadanía los eligió.

A continuación, el Honorable Senador señor Bianchi expresó que considera que siempre es bueno profundizar en temas que ya se han discutido con la sociedad civil. Agregó que desde hace más de diez años viene siguiendo este proceso de descentralización, y que incluso el año 2008- 2009 presentó un proyecto de reforma constitucional para hacer efectivamente el traspaso de competencias, y que comparte varios de los temas expuestos.

En primer término, indicó, coincide en que efectivamente debe existir un órgano que dirima las dificultades del traspaso de competencias cuando ésta sea solicitada por el gobierno regional al central, y que en su oportunidad también propuso que sea el Senado dicho órgano dirimente.

En segundo lugar, concuerda en que debiera existir un empoderamiento de la estructura regional, como, por ejemplo, que en la región los seremis provengan de una terna de la cual los gobiernos regionales decidan quienes ejercerán dichos cargos para que éste responda a los criterios de la estructura regional y no del ministerio nacional.

Indicó que así como las distintas estructuras políticas partidarias se dividen las estructuras municipales, quien se haga cargo de los gobiernos regionales debiera suspender su militancia para dar garantía a toda la región, sin que ello quede sólo en el empoderamiento de las estructuras de los partidos políticos.

Finalmente subrayó que el traspaso de competencias es vital al punto que mientras no exista total claridad con respecto a las atribuciones de la autoridad electa no está dispuesto a emitir su voto, y señaló que lo ideal es conocer al mismo tiempo, el proyecto sobre transferencia de competencias. (Boletín N°7.963-06).

Por su parte el Honorable Senador señor Quinteros expresó que en primer término debía realizar un reconocimiento al actual Gobierno por su actitud descentralizadora que Su Excelencia la señora Presidenta de la República ha impulsado decididamente, no obstante que puede haber sectores que no se interesen por dicha descentralización.

Agregó que durante muchos años se ha trabajado para imponer la idea de una descentralización y regionalización de verdad, y que si bien entendía que no a todos les va a satisfacer el traspaso de competencias era relevante comenzar de una vez por todas con el mismo, porque al cabo de una par de años seguramente las competencias que se van a transferir hoy serán insignificantes en diez años más, como viene sucediendo en el país desde el año 1990 a la fecha.

Enseguida agregó que obviamente el traspaso no puede ser absoluto pues las regiones deben aprender a tener gobiernos de verdad en el sentido que se encuentren empoderados, con facultades, con autonomía y con financiamiento. Dado lo anterior, compartió todas las inquietudes que se han planteado, pero al mismo tiempo insistió en que éste es sólo el inicio, de modo que subrayó la necesidad de ir avanzando y viendo las capacidades de los gobiernos regionales de acuerdo a un proceso gradual.

Respecto de la figura del Gobernador Regional, destacó que de acuerdo a este proyecto tendrá un compromiso con su región, ya que para ser candidato deberá presentar un proyecto de desarrollo regional donde esten incluidos los proyectos, gastos y otros, que deben ser ratificados con el gobierno central, es decir, se trata de buscar el desarrollo de una región conforme a una idea de la misma compartida por esa comunidad.

En este contexto indicó que no le preocupa que los traspasos de competencias se demoren un par de meses, ya que enfatizó que se ha solicitado que el traspaso de facultades se haga en forma paulatina de acuerdo a las capacidades que los gobiernos regionales vayan demostrando o vayan adquiriendo.

Respecto a los fondos que los municipios distribuyen, señaló que a lo mejor no es lo principal si ellos son el 8, el 12 o el 15% regional y municipal, ya que los compromisos que como gobierno regional se establezcan pueden obligar a los ministerios sectoriales a invertir en cada región de acuerdo a los convenios que celebren, por lo que los recursos no son necesariamente sólo los que se entreguen para invertir pues ellos pueden ser incrementados con innovaciones en las formas de financiamiento.

Por último, manifestó su deseo por realizar las elecciones de la autoridad regional en el año 2017 no obstante que consideró que la tramitación del proyecto ha resultado muy demorosa.

Luego, el Honorable Senador señor Guillier manifestó que aunque presentó una serie de indicaciones, en temas que le preocupan, se encuentra en la mejor disposición para alcanzar los acuerdos que sean necesarios con el objeto de agilizar la tramitación.

Enseguida dijo que más allá de la redacción y del articulado existen ciertos ejes que el proyecto no debe perder, ya que se trata de descentralizar el poder que actualmente toma las decisiones en un núcleo territorial y funcional dentro de determinadas instituciones, y que tiene que transformarse en un poder regional donde la toma de decisiones se haga en la región y en forma participativa con la comunidad, de modo que igualmente deben generarse mecanismos de participación en la región.

Agregó que ello también significa que las facultades reales deben incluir no sólo las de índole administrativa sino que también la decisión de políticas, porque precisamente de eso se trata, de traspasar poder a los intendentes y también a los Consejos Regionales, por lo que consideró que es necesario mejorar el proyecto en ese aspecto, estimando que los CORE deben ser los fiscalizadores reales y eficientes de la autoridad electa para evitar que se transforme en un oligarca.

Compartió sobre la necesidad de establecer un mecanismo que dirima las contiendas de competencias que se puedan generar dentro de la jerarquía; y en ahondar en el tema del traspaso de los funcionarios públicos lo que, en su opinión, requiere mayores garantías sobre la manera en cómo se harán dichos traspasos y en el reconocimiento de derechos sociales y mecanismos eficaces para avanzar en el 80-20, ya que cuando se hacen reformas de esta envergadura, es necesario enviar señales importantes en esa materia.

Dentro de este mismo orden de ideas planteó que es necesario fortalecer la carrera funcionaria con mecanismos que sean estimulantes para que los profesionales se queden en las regiones, pues lo que ocurre en la realidad es que ello se desalienta. A modo de ejemplo indicó que en materia de educación, si el CRUCH (Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas) da un beneficio de cien para un estudiante en Santiago, en regiones le da sesenta, lo que determina que los mejores estudiantes se desplacen a estudiar a Santiago y luego no regresan a su región, que es la misma situación que ocurre con los funcionarios públicos.

Dado lo anterior, enfatizó que se deben poner los incentivos si se quiere realizar una descentralización efectiva y no sólo considerar una descentralización más bien administrativa.

Enseguida señaló que estima necesario revisar el tema de los recursos ya que si el Gobierno finalmente será el que asigne los recursos a cada región, y si se va a elegir una autoridad regional, que puede ser de distinto color político al del gobierno central, debe tener la garantía de que podrá desarrollar su plan de trabajo estratégico, de manera que el financiamiento no puede ser sólo una arbitrariedad del Gobierno Central.

Por último, señaló que la idea articuladora del proyecto debe ser que exista una verdadera descentralización del poder, es decir de la toma de decisiones, lo que pasa por modificar el principio jerárquico de la institucionalidad existente, ya que la Constitución Política en su artículo 3° habla de estos temas pero con un hilo de jerarquía respecto del Gobierno Central que atraviesa todo el aparato estatal, y a la larga toda la interpretación termina en la aplicación de ese principio jerárquico, que debe reformarse y entregarse funciones a las regiones que no se tocan con las del Gobierno Central.

El Honorable Senador señor Zaldívar hizo presente que su postura ya fue planteada en sesiones anteriores con ocasión de la discusión en general, sin perjuicio de lo cual reiteró que es partidario de la descentralización y de la elección de la autoridad regional.

Agregó que puede estar pasando la oportunidad histórica de hacer este cambio, ya que el debate se ha mantenido por bastante tiempo en circunstancias que consideró que era más importante llevar la institucionalidad a la práctica, no obstante que sea posible volver sobre el tema.

Enseguida señaló que lo primero que requiere este proyecto es definir si se aprobará ahora la elección de la autoridad regional y cuando ello ocurriría, y en ese sentido dijo que era partidario que sea el año 2017 el de su primera elección, para lo cual se debe simplificar la discusión e identificar los temas que causan conflicto, que hasta ahora son fundamentalmente el sistema de electoral y cómo se compatibiliza la descentralización con la estructuración del Estado unitario a través de las autoridades que ejecuten el gobierno nacional y regional.

Destacó que se acordó en su momento que la autoridad electa seria el Gobernador, no obstante que el Gobierno propone una necesaria autoridad paralela llamada a coordinar el aparato del Estado y que no será descentralizada, tema respecto de la cual se debe alcanzar un acuerdo con el Ejecutivo sobre si insistirá en una figura que vaya más allá de la coordinación.

Señaló que otro tema a resolver es el de transferencia de competencias, lo que claramente no se puede hacer en la instancia de esta reforma constitucional porque ella corresponde a la discusión del respectivo proyecto de ley, que corresponde al Boletín N° 7.963-06, instancia en que se debe resolver cómo solucionar los conflictos que eventualmente puedan darse, cómo hacer la transferencia en términos objetivos y como realizar dichas transferencias cuando exista dificultad, todo lo cual no debe estar resuelto en la normativa constitucional sino en la ley orgánica respectiva.

Además indicó que para determinar el mecanismo de transferencia de competencia y si habrá o no arbitraje, se debe tener especial cuidado en determinar si tendrá la supremacía el gobierno regional o el Ejecutivo nacional, pues en el funcionamiento y ejercicio de las diversas autoridades y facultades se debe exigir responsabilidad fiscal.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina señaló que compartía que lo que se debe resolver básicamente es si se quiere que la autoridad electa sea sólo el presidente del CORE que ya existe actualmente pero que no tiene ninguna atribución, y que es un camino que significa no avanzar en nada en el proceso de descentralización.

Expresó que cree profundamente en los procesos de descentralización y que el proceso actual para los Intendentes es tan engorroso al punto que la burocracia les ha impedido llevar adelante iniciativas consensuadas para inversiones regionales, y agregó que se debe dejar de tener temor a dispersar el poder.

Enseguida, indicó que tiene el convencimiento formado de que el sistema electoral que mejor se aviene a la posibilidad de que grupos emergentes en regiones tengan la posibilidad de gobernar la región es el de elección directa, como el de los alcaldes, como lo demuestra el que hasta hoy no haya habido ninguna crisis municipal con este sistema en las más de trescientas comunas en que se lleva adelante este tipo de elección.

Expresó que, a mayor abundamiento, lo bueno de ese sistema es que permite que se presentan candidatos a alcalde que si bien sacan entre el 15 ó 20% de los votos en una primera elección luego sacan porcentajes mucho más altos, 60 ó 70%, en virtud de que una buena gestión les permite ser reelectos con gran mayoría. En ese sentido, agregó, si esos candidatos no hubiesen tenido la oportunidad de presentarse en un sistema de una vuelta no habrían tenido posibilidad de ser alcalde, ya que en la actualidad son las grandes coaliciones las que mayoritariamente presentan las candidaturas.

Sobre el mismo tema, insistió en que se debe dar la posibilidad a que grupos emergentes puedan presentarse y que ello no les hace perder legitimidad democrática, tal como ocurre con los alcaldes en que nunca ella se ha puesto en duda.

En cuanto al sistema híbrido que se ha planteado, dijo que le parecía muy engorroso y que por lo mismo, en su opinión, es un sistema electoral que no va a operar, lo que es un tema que tendrá que resolverse en su momento.

Señaló que si están claras las competencias de cada uno no ve ningún obstáculo de fondo para que exista una autoridad del gobierno central que rija para toda la región, si también las facultades están claras para el representante de la región, no obstante que recordó que la Comisión acordó que esa representación sea a nivel provincial.

Asimismo, indicó que también previamente se había acordado que las funciones de la nueva autoridad electa quedarían claramente establecidas en la Constitución Política, no obstante que ahora el Ejecutivo cambia el criterio y entrega su determinación a la ley orgánica pese a que fue un tema largamente discutido. Enfatizó que también se discutió extensamente el principio de subsidiariedad, que siendo clave para las regiones llevó a que se acordara privilegiar la radicación de competencias en el órgano más cercano al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional y nacional.

Finalmente señaló que, en síntesis, lo esencial de la discusión es definir políticamente cuál será el sistema electoral, qué competencias tendrá la nueva autoridad regional electa, y cómo transferirán dichas competencias.

La Honorable Senadora señora Von Baer solicitó a los representantes del Ejecutivo que en una próxima sesión realicen una presentación respecto del proyecto de ley de transferencia de competencias (Boletín N°7.963-06) en relación con los temas que se han planteado en esta sesión.

Enfatizó que es muy relevante conocer la postura del Ejecutivo en materia de composición de la comisión que resuelve los traspasos de competencias o para establecer un piso de traspaso mínimos de servicios por ley entre otros aspectos, y manifestó la preocupación que genera el no tener certidumbre en cuanto a las competencias que se le entregarán a los CORE, lo que es necesario armonizar con este proyecto de reforma.

Finalmente, manifestó que esperaba que se pudiera volver sobre los acuerdos que se alcanzaron en esta Comisión anteriormente, sobre todo en cuanto al principio de subsidiariedad territorial que en su opinión resulta clave, y además manifestó su inquietud ante el establecimiento de una autoridad paralela, planteado la posibilidad de concordar el traspaso efectivo por ley de algunos servicios al gobierno regional, así como su financiamiento.

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En una sesión posterior el Ejecutivo se refirió al traspaso de competencias contenido en el Boletín N°7.963-06, en el marco de este proyecto de reforma constitucional.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, dijo que para los efectos que interesan en este momento a la Comisión el proyecto se explicará en torno a cinco puntos muy específicos, los cuales serán los siguientes:

-Nuevas Competencias (funciones) en el proyecto de ley;

-Procedimiento para la transferencia de competencias;

-Competencias actuales del Intendente y Consejo Regional;

-Adecuación de la organización del Servicio Administrativo del Gobierno Regional; y

-Competencias en Áreas Metropolitanas.

A continuación, el Asesor de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Osvaldo Henríquez, hizo presente que dentro de las competencias que entran en vigencia una vez promulgada la ley se encuentran las de elaborar y aprobar el Plan Regional de Ordenamiento Territorial (PROT); el elaborar y proponer un proyecto de zonificación del borde costero de la región al Ministerio de Defensa; la de financiar estudios y proponer las condiciones de localización para la disposición de los distintos tipos de residuos y los sistemas de tratamiento. (Decidirá la localización en caso de que no exista acuerdo entre las municipalidades de la región) y aprobar la identificación de territorios como zonas rezagadas en materia social, en coherencia con la política nacional.

Enseguida, indicó que al modificarse el artículo 18 de la ley orgánica se agregan competencias en materia de fomento productivo, tales como aprobar el Plan Regional de Desarrollo Turístico; promover y diseñar acciones para el Fomento Productivo en coordinación con la acción nacional y municipal; promover la implementación de oficinas comunales de fomento productivo e innovación; fijar la Política Regional de Innovación y Desarrollo propuesta del Comité Regional de Innovación y Desarrollo; formular Políticas Regionales de fomento de las Actividades Productivas e integrar y aplicar en su gestión las Políticas Nacionales considerando las prioridades regionales.

En materias de competencias en Desarrollo Social, hizo presente que se considera el proponer en coordinación con las autoridades competentes programas y proyectos con énfasis en grupos vulnerables o en riesgo social, así como su financiamiento; financiar y difundir actividades y programas de carácter cultural; promover el fortalecimiento de la identidad regional, y proponer, en coordinación con autoridades competentes, programas y proyectos que fomenten la práctica del deporte, así como su financiamiento.

Con respecto a las competencias en materia de Inversión Pública, existe una que se transfiere totalmente a la nueva autoridad electa con la aprobación del Consejo, cual es la elaboración y aprobación del Anteproyecto Regional de Inversiones (ARI) que concentra toda la inversión regional, y además se incorporan los municipios en los convenios de programación que serán íntegramente obligatorios para todas las partes celebrantes.

Sobre este punto en particular, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, destacó que estas nuevas competencias son trascendentales tanto para el nuevo Gobernador como también para el respectivo CORE, por cuanto al Anteproyecto Regional de Inversiones (ARI) concurren obligatoriamente, de acuerdo a este proyecto de ley, todos los servicios públicos, de manera que cualquier inversión que se desarrolle en una región determinada a partir de la aprobación de esta ley tiene que ser revisada en el CORE y aprobada por el mismo. En la misma línea, aclaró que no es obligatorio que todo lo que se apruebe tenga que ser ejecutado, no obstante insistió que en esta materia los Consejos Regionales van a conocer obligatoriamente toda la inversión regional.

En este punto el Honorable Senador señor Quinteros consultó por la situación de los Gobiernos Regionales que actualmente ven lo que dice relación con el borde costero, ya que de hecho existe una comisión regional para ese efecto. Agregó que el presupuesto tal como se ha planteado también se hace hoy directamente con el Ministerio de Hacienda.

A este respecto el señor Subsecretario señaló que la diferencia es que el ARI reunirá la inversión de todos los sectores y no solo del presupuesto del Gobierno Regional.

El Honorable Senador señor Quinteros enfatizó que se debe destacar este punto porque existe la creencia que en la práctica no habrá traspaso de funciones, y en su opinión es claro que la situación es exactamente la contraria. En ese sentido, dijo que lo ideal es comenzar con este proceso para posteriormente ir agregando otras funciones en forma gradual.

Continuó el Asesor de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo señor Osvaldo Henríquez señalando que los Gobiernos Regionales a través de una resolución podrán suscribir convenios territoriales para la ejecución de iniciativas con municipalidades y/o servicios públicos, los cuales pueden ser anuales o plurianuales.

En cuanto a la forma de realizar la transferencia de competencias, indicó que básicamente se consideran dos modalidades. La primera consiste en que el gobierno regional podrá desarrollar, total o parcialmente, previo acuerdo con el ministerio y servicio público respectivo la competencia de que se trate y si requiere de recursos para la ejecución y gestión de las competencias traspasadas ellos deberán contemplarse anualmente en la partida correspondiente al respectivo Gobierno Regional en la Ley de Presupuestos del Sector Público.

Otra modalidad, consiste en que dicha transferencia sea implementada mediante programas, para lo cual el gobierno regional podrá administrar y ejecutar programas nacionales de claro impacto regional, previo acuerdo con el ministerio y servicio público respectivo. En este caso, indicó, los recursos para la ejecución y gestión de las competencias traspasadas también deberán contemplarse anualmente en la partida correspondiente a dicho ministerio o servicio en la Ley de Presupuestos del Sector Público.

Desde el punto de vista del procedimiento para efectuar la trasferencia respectiva, señaló que este puede iniciarse a petición del Gobierno Regional (Intendente y/o Consejo Regional (2/3) o por parte del Gobierno Nacional.

Luego, en el primer caso la solicitud del gobierno regional al Presidente de la República deberá contar con un estudio que fundamente los beneficios de la propuesta de transferencia, incluyendo informes de impacto financiero, eficacia y eficiencia.

Enseguida, a petición del Presidente de la República dijo que se formará una Comisión integrada por un representante del Ministerio requerido; un representante del Ministerio de Hacienda; un representante del ministerio sectorial que corresponda y el o los directores nacionales de servicios, según sea el caso, cuyas competencias hayan sido solicitadas o se pretenda transferir, el presidente del consejo regional y el intendente o gobernador electo de la respectiva región.

Dentro de este contexto, señaló que esta solicitud será discutida y que el plazo para emitir opinión que es de 90 días, contados desde la publicación del decreto supremo indicado, que podrá ampliarse hasta seis meses en caso que se requieran informes complementarios u opiniones externas o se propongan modificaciones.

En caso que el informe de la Comisión sea favorable a la trasferencia, indicó, se requerirá la aprobación por la mayoría de los miembros en ejercicio del respectivo Consejo Regional respecto a las condiciones por ella fijadas para realizar la transferencia. Si no existe aprobación, el proceso se entenderá terminado sin que proceda la transferencia.

Transcurrida la etapa anterior el Presidente de la República resolverá con arreglo a lo dispuesto en el presente párrafo, tomando en consideración el informe dispuesto en el literal e) y la aprobación del respectivo Consejo Regional por la mayoría de sus miembros y luego deberá dictarse el respectivo decreto supremo, el que contendrá lo siguiente: las competencias, los recursos humanos, los recursos físicos, los recursos financieros que se transfieren, la modalidad en que se materializará dicha transferencia, el plazo fijo o indefinido, las condiciones de inicio que se exigirán al gobierno regional para materializar la transferencia de competencias, las condiciones con que el Gobierno Regional deberá ejercer las atribuciones transferidas, la forma en que se hará el seguimiento de la transferencia efectuada y las demás materias necesarias para asegurar un adecuado ejercicio de las competencias transferidas en el nivel regional.

A continuación indicó que existe la posibilidad de revocabilidad, y al respecto precisó que las competencias a plazo fijo no podrán tener una duración inferior a un año y podrán ser renovadas por igual periodo previo informe favorable de la Comisión. Agregó que también procede la revocación en caso de una deficiente prestación de servicios a la comunidad, ineficiencias e ineficacias en la asignación y utilización de recursos públicos, falta de coherencia con las políticas nacionales en la materia trasferida o por la no aplicación de éstas en el ejercicio de las competencias, o bien en caso de duplicación o interferencia de funciones y atribuciones con otros órganos de la Administración del Estado.

En este contexto, subrayó que dicha revocabilidad puede tener origen tanto en el Gobierno Regional como en el Gobierno Nacional, mediante decreto supremo expedido por el Presidente de la República.

Abordando el tema de las competencias del intendente o nueva autoridad electa y el Consejo Regional, el personero de Gobierno indicó que en general, salvo disposición expresa en contrario, cuando la ley requiera la opinión o acuerdo del gobierno regional el intendente en su calidad de órgano ejecutivo de aquel deberá someterlo previamente al acuerdo del consejo regional.

Precisando, recalcó que el Intendente podrá:

a) Formular y elaborar la Estrategia Regional de Desarrollo, PROT, Políticas y Planes para el desarrollo de la región, en materias de fomento e industria, social y cultural, ordenamiento del territorio, infraestructura y transporte, entre otras.

b) Someter al Consejo Regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones, así como proveer a su ejecución.

c) Someter al Consejo Regional, el Proyecto de Presupuesto y la distribución de recursos (FNDR, Ingresos Propios).

d) Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, y que dependan o se relacionen con el gobierno regional; y

e) Solicitar al Presidente de la República la transferencia de competencias previo acuerdo del Consejo Regional.

Con respecto a las competencias del Consejo Regional, indicó que este a su vez podrá:

-Aprobar, modificar, sustituir o rechazar los proyectos y proposiciones que le presente el Intendente en materia de políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones, así como proveer a su ejecución; proyecto de Presupuesto del Gobierno Regional; la distribución del FNDR, ISAR (Inversión Sectorial de Asignación Regional), e ingresos propios; convenios de programación; plan de Zonas Rezagadas, ante Proyecto Regional de Inversiones; Plan Regional de Desarrollo Turístico y la Solicitud de Transferencia de Competencias.

-Aprobar el Plan Regional de Ordenamiento Territorial, Zonificación del Uso del Borde Costero.

En este escenario, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, señaló que este proyecto supone el establecimiento de obligaciones nuevas que no son menores dentro del territorio, como es el plan regional de ordenamiento territorial o el plan de zonas rezagadas, dos instrumentos nuevos de carácter nacional pero que son absolutamente descentralizados.

Respecto al plan de zonas rezagadas explicó que en el plan de financiamiento ya se ha estudiado la creación de un nuevo fondo paralelo al FNDR, que tendrá como objetivo el hacer converger o resolver brechas en los territorios de modo que sean los Gobiernos Regionales quienes se hagan cargo del trabajo en materia de desarrollo social y fundamentalmente en materia de pobreza, dentro del escenario actual. Al respecto, agregó que la pobreza ya no es una situación generalizada en Chile sino que, por el contrario, se encuentra focalizada en los territorios y, por tanto, requiere de políticas distintas para su resolución.

Dicho esto, enfatizó que se combinarán políticas que se han aplicado con éxito en otros países y que dicen relación con el tema de la brecha, es decir, establecer las causas por las cuales una persona en un territorio determinado no logra salir de la pobreza, es decir, determinar las brechas que las personas no han podido resolver como en educación y atención médica, entre varios factores. En esta línea, recalcó que esta situación es distinta de región en región, por lo que esa será una política que tendrá que ejecutar cada gobierno regional dentro de una política nacional.

Destacó especialmente el plan regional de ordenamiento territorial, y señaló que hasta el momento hay varias regiones que han tratado de elaborar un plan en ese sentido que son documentos que lamentablemente han terminado guardados en los gobiernos regionales.

Indicó que el plan regional en sí mismo no es obligatorio, pero que a partir de este proyecto de ley lo que se hace es transformarlo en un instrumento obligatorio para los servicios públicos, de tal manera que la macrozonificación de la región y el uso de sus territorios preferentes serán una condición para la aprobación de proyectos de parte de los servicios públicos descentralizados o desconcentrados.

Continuó la exposición el Asesor de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Osvaldo Henríquez, recordando que los gobiernos regionales ya tienen la facultad de aprobar el plan regulador comunal, el plan intercomunal y el plan regional regulador metropolitano, por tanto, señaló, se establece una integralidad en todo el proceso de definición de la planificación u ordenamiento de la región, todo lo cual supone una nueva organización que sea capaz de llevar adelante este proceso.

Así, resaltó que el nuevo Gobierno Regional considera un Presidente elegido por sus pares, el Ejecutivo que es el Intendente, se crea la figura del Administrador Regional, se modifica la ley N° 20.500[4] para tener la posibilidad de incorporar a la sociedad civil mediante un consejo, pero su funcionamiento debe ser resuelto por el Gobierno Regional a través de reglamentos.

Luego, hizo presente que se crea el Comité Regional de Innovación y Desarrollo y se establece el Comité Consultivo de Alcaldes para el área metropolitana, y que además se crea la figura del Jefe de Control, que revisará los actos del jefe regional, el Intendente actualmente.

En este punto, el Honorable Senador señor Bianchi en relación a la zonificación del borde costero consultó al Ejecutivo quien será el administrador de dicho borde costero, en el sentido si seguirá siendo de cargo de la Armada de Chile o si el Gobierno Regional tendrá alguna injerencia en ello.

El señor Henríquez señaló que actualmente la ley establece que es el Ministerio de Defensa quien regula esa materia, y lo que hace este proyecto es traspasar las autorizaciones o actividades económicas que se realizan en dicho borde costero desde el punto de vista nacional, ahora, hacia el punto de vista del desarrollo de las comunas en materias económicas o turísticas, acuícolas o pesqueras, entregando su planificación a un instrumento que define el uso del borde costero, razón por la cual no se puede definir en forma arbitraria el uso de dicho borde.

Enseguida, para precisar lo antes dicho, enfatizó que el Administrador Regional colaborará con el Intendente Regional o Gobernador electo en la administración del Servicio Administrativo del Gobierno Regional, y adicionalmente se crean tres divisiones:

-Una División de Infraestructura y Transportes encargada de proponer y promover planes y programas de alcance regional; obras de infraestructura y equipamiento regional; y gestión de transporte.

- Una División de Desarrollo Social y Humano encargada de proponer y promover planes y programas de alcance regional, conducentes a la igualdad de derechos y oportunidades y la cohesión social.

- Una División de Fomento e Industria encargada de proponer y promover planes y programas de alcance regional, destinados a estimular el desarrollo de la innovación y de nuevas capacidades empresariales, facilitando la incorporación de las nuevas tecnologías que propendan a favorecer el crecimiento sostenido, integrado y sustentable de la región respectiva, proponiendo y promoviendo instrumentos de fomento productivo.

Luego, el señor Subsecretario enfatizó que en este aspecto se está ensanchando el aparato del Gobierno Regional con la creación de tres nuevas divisiones, con lo que ahora tendrán seis divisiones, y destacó asimismo la figura del Administrador Regional como un ente de carácter técnico que colabora con el Intendente o Gobernador en la administración del Gobierno Regional y, por otro lado, la creación del cargo de Jefe de Control, que reporta administrativamente al Gobernador (Intendente) pero que desde el punto de vista de la fiscalización y de las auditorías deberá reportar al CORE, ya que este órgano colegiado o cada consejero puede solicitar que efectúe un control o auditoría a un proyecto determinado.

Agregó que en este esquema el rol del CORE será fundamental, ya que además de todas las funciones que se han señalado tendrá un rol de auditoria, de modo que si se mantiene la selección de proyecto en este consejo tal como está hoy en día habrá inevitablemente una colusión de intereses, por cuanto habrá consejeros que seleccionan proyectos y los aprueban y luego deben fiscalizarlos.

A mayor abundamiento, explicó que para que hoy los Gobiernos Regionales puedan construir un colegio o cualquier obra que determinen, tienen que hacerlo en forma obligatoria a través de los servicios públicos y que en consecuencia si el día de mañana quiere construir un camino secundario o pavimentarlo tiene que obligatoriamente recurrir a la Dirección de Vialidad. Dicho esto, puso de relieve que este proyecto entrega al Gobierno Regional capacidad de ejecución, lo que en su opinión resulta tremendamente relevante porque dicho gobierno podrá organizarse sobre la base de las materias de interés particular en que una región puede especializarse.

Agregó que lo anterior debe complementarse con a respectiva Ley de Financiamiento y las atribuciones que tendrá el Gobierno Regional en materia de administración de recursos, de modo que ya no tendrán que recurrir al Ministerio de Hacienda en busca de asignaciones. En este sentido, señaló que ya se tiene acordado que en la Ley de financiamiento que se presentará el Gobierno Regional será autónomo, podrá asignar en la región, y que las tomas de razón se realizarán en las Contralorías Regionales.

El Honorable Senador señor Zaldívar señaló que en su momento tendrán que analizarse varios temas como el de obras públicas, en que consideró que podrían existir problemas debido a que o se tendrá que desconcentrar dicha repartición o bien el gobierno regional deberá crearla en ese nivel, y en este último caso, dijo, en su opinión se creara una doble estructura, por lo que llamó a analizar con mayor fineza ese tema.

Luego, agregó que es más lógico desconcentrar la decisión del Ministerio de Obras Públicas en regiones, con una relación o convenio con el Gobierno Regional, a que sea el Gobierno Regional el que entre a crear toda una infraestructura paralela para ejecutar obras de ese rubro.

Por otra parte, también consideró que sería necesario estudiar la figura del Administrador Regional y del Comité de Alcaldes de áreas Metropolitanas, y sobre este último agregó que debiese existir dicho comité en todos los Gobiernos Regionales.

A continuación el señor Subsecretario destacó que en materia de servicios y ejecución de proyectos una de las dificultades que tiene el proceso de descentralización en Chile es que los servicios públicos tienen distinta creación legal. A modo de ejemplo, señaló que la Dirección Regional de Vialidad no existe formalmente, y que sólo existe el Director Nacional de vialidad que delega atribuciones a una persona que dice llamarse Director Regional.

Enseguida enfatizó que el proceso es complejo y es dinámico y que deberá analizarse las formas de llevar adelante la descentralización de la responsabilidad de la administración de los caminos y todos sus temas relacionados, lo que explica que no se pueda tener un calendario para descentralizar todos los servicios, y con la misma lógica, ya que todos tienen realidades distintas.

Seguidamente el Asesor de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo señor Osvaldo Henríquez continuó analizando la figura del Jefe de Unidad de Control Regional, el que será nombrado por el Intendente a través de un concurso público cuyas bases y nombramiento es una atribución del Consejo Regional, de acuerdo a la proposición del Intendente. Agregó que la Unidad dependerá del Intendente y Asesorará al Consejo Regional en su facultad de fiscalización.

Enseguida destacó que en cada Gobierno Regional existirá:

- Un Comité Regional de Innovación y Desarrollo, el que podrá ser constituido con participación ad honorem de integrantes de los sectores público y privado. Señaló que un reglamento del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, establecerá las normas relativas a su integración y las modalidades de funcionamiento, así como las demás necesarias para su ordenado funcionamiento; y

- Un Consejo de la Sociedad Civil, que serán órganos de carácter consultivo conformados de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con las competencias de gobierno regional.

Con respecto a las competencias en materia de Áreas Metropolitanas, señaló que el gobierno regional en esos casos se constituirá precisamente en las regiones donde se establezcan las áreas metropolitanas o conurbaciones de comunas de más de 250 mil habitantes, y que será su administrador.

En este caso, dijo, el gobierno regional se denominará gobierno regional metropolitano, tendrá un Comité Consultivo compuesto de los Alcaldes de las comunas integrantes del área metropolitana,y contará con las siguientes competencias:

- Elaboración del plan maestro de transporte urbano metropolitano y sus modificaciones.

- El Plan intercomunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y sus modificaciones.

- La operación directa de la recolección, transporte y/o disposición final de los residuos sólidos domiciliarios, previa conformidad de las municipalidades respectivas.

- El sentido del tránsito vehicular de las vías urbanas definidas como intercomunales, en coordinación con la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones.

El Señor Subsecretario destacó en este punto que lo anterior corresponde a una atribución totalmente nueva para el gobierno regional pues actualmente dicha atribución no existe y ello representa una significativa cantidad de competencias. En este sentido, señaló que la disyuntiva aquí corresponde a si se toma un cuarto nivel de administración que vendría a ser una ciudad conurbada, administrada por un alcalde mayor, como ocurre en otras ciudades del mundo, o como lo considera el proyecto no crear dicho nivel pero si un Consejo distinto con atribuciones al tercer nivel, de modo que lo que se busca es entregar funciones al Gobernador Regional en materia de ciudades pero consultando en forma obligatoria a los Alcaldes de dicha conurbación en las áreas más urgentes que se han detectad, como son:

- disposición final de residuos sólidos, porque se da una economía de escala.

- medio ambiente, por cuanto este no es un problema exclusivo del Gobierno Nacional.

- el transporte, dado que las problemáticas son distintas en los distintos territorios.

En la misma línea, enfatizó que se crea un Fondo de Área Metropolitana ya que todo lo que se ha mencionad debe contar con recursos, pero no necesariamente nuevos recursos sino que en su opinión, el FAR (Fondo de Asignación Regional) que se conoce como los fondos espejos del Transantiago constituye una fuente de recursos que no se ha aprovechado suficientemente precisamente porque no existe descentralización.

Dentro de este mismo orden de ideas, señaló que el 50% de ese FAR que actualmente asciende a los $900.000 millones, es casi el 80% de todo el presupuesto de los Gobiernos Regionales y que la mitad queda el Ministerio de Transportes para gastos que son razonables y el resto se entrega al Gobierno Regional. En ese sentido, recordó que el origen de este fondo era acudir a resolver los problemas de transporte público de las ciudades, pero que no existen proyectos en esas materias debido a la falta de profesionales en las regiones.

El señor Henríquez, agregó que el Departamento de Áreas Metropolitanas deberá velar por la coordinación e interacción del Gobierno Regional con los órganos administrativos de la Administración Central, por la coordinación de los planes maestros de transporte urbano metropolitano y sus modificaciones, por Plan intercomunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y sus modificaciones y deberá actuar como Secretaría ejecutiva del comité consultivo de Alcaldes.

Por su parte, el Comité Consultivo de Alcaldes, según dijo, será presidido por el Intendente y se pronunciará sobre todas las iniciativas del gobierno regional en el Área. Tendrá una participación obligatoria de a lo menos dos veces al año y sus propuestas serán aprobadas por mayoría de los alcaldes, regulando su funcionamiento un reglamento regional.

Se deja constancia que el señor Henríquez acompañó su presentación en un documento en formato power point, el cual fue debidamente considerado por los integrantes de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

Enseguida, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, hizo presente que muchas veces la discusión respecto de las transferencias de competencias se queda en el tema de los recursos, y que en su experiencia ese no es el tema fundamental ya que si se quiere hacer gestión regional a veces no se necesita tener más recursos sino que más facultades, y más posibilidades de intervenir al momento de tomar las decisiones en materia de proyectos.

En ese sentido, reiteró que en los próximos tres año se aumentara de 1 billón 170.000 millones a 3 billones 300.000 millones los recursos, y además agregó que no es posible hacerlo en forma más rápida ya que inyectar más recursos a los Gobiernos Regionales hoy en día generaría un riesgo en la ejecución de proyectos. No obstante, insistió que el problema no es de recursos y que son estas las competencias que requieren los Gobiernos Regionales, para lo cual se necesita que se encuentren preparados con profesionales y especialistas en diversas áreas, que hoy en día no existen.

El Honorable Senador señor Quinteros coincidió en que a veces sin tantos recursos se puede hacer una buena gestión, señalando que hoy en día a los Gobiernos Regionales se les está dando la facultad de la asociatividad que antes no existía. Agregó, respecto de los fondos del transantiago, que en su opinión sería bueno que quedara establecido que deben ser empleados por los GORE en la conectividad, toda vez que hoy en día se utilizan con varios otros fines.

Luego, señaló que dentro de las facultades de los CORE se ha señalado que pueden aprobar, modificar, sustituir o rechazar un proyecto del Intendente (Gobernador Regional), razón por la cual consultó que pasaría si ese proyecto está dentro de la estrategia de desarrollo o de inversión establecida por el candidato en su plan para la región y propuesta a la ciudadanía, la que además fue aprobado al momento de su elección. En la misma línea, preguntó si el Jefe de Control es solamente jurídico o si también tiene un carácter técnico.

Enseguida, manifestó su acuerdo con que los Gobiernos Regionales puedan ejecutar obras, pues a diferencia de lo que se ha dicho Obras Públicas no se ocupa de los caminos secundarios o vecinales.

Por último, quiso saber si los proyectos que se acuerden en las respectivas regiones también deberán tener rentabilidad social, pues ello puede ser un gran obstáculo e impedir que los distintos proyectos se materialicen.

A su turno, el Honorable Senador señor García Ruminot subrayó que hay importantes recursos de la ley espejo del transantiago guardados como activos del Tesoro Público que ni siquiera han podido distribuirse a las regiones, lo que en su opinión es un problema. En ese sentido señaló entender que no se puedan entregar recursos sin que se sepa en qué los van a invertir, pero consideró que tampoco es correcto que finalmente la hacienda pública haga ahorros y mejore las finanzas nacionales con ahorro de las regiones y no del Gobierno Central, sobre todo si se considera que la acumulación de esos fondos dura hasta el año 2.022 .

Enseguida, inquirió mayor información con respecto al ARI en el sentido de saber cada cuánto tiempo se va a actualizar o se va a poder aprobar, ya que dijo que entendía que esto sería una especie de listado de proyectos sector por sector con sus respectivas estimaciones de inversión, los que en su opinión debieran ser relativamente dinámicos para permitir que se incorporen nuevas necesidades o nuevos proyectos en la medida que, además, dichos proyectos van teniendo la correspondiente recomendación económica.

Con respecto a las atribuciones de los CORE, indicó que esto se está transformando en un problema que tendrá que resolverse de la mejor manera posible, porque no puede ser que una ley de esta índole se paralice por acción de los CORE. Así, manifestó que no tenía problemas con que los Consejeros vayan aprobando proyecto a proyecto dentro de presupuestos anuales, pero siempre que esos proyectos se encuentren debidamente recomendados desde el punto de vista económico por parte del Ministerio de Desarrollo Social y Administrativo.

Luego, el Honorable Senador señor Bianchi manifestó su alegría por estar conociendo este proyecto y felicitó al Ejecutivo por recoger importantes innovaciones. Enseguida, consultó al representante del Gobierno respecto de las urgencias o los tiempos que se están manejando, por cuanto señaló que era necesario ordenar la discusión de ambos proyectos.

A continuación, la Honorable Senadora señora Von Baer con respecto al proyecto mismo señaló que establece una serie de estructuras o divisiones nuevas que ensanchan el aparataje regional. No obstante, dijo que su preocupación recurrente es que se le están entregando ciertas decisiones al Gobierno Regional pero sin que exista claridad respecto a cómo hará realidad esas atribuciones.

Para mayor precisión, señaló que si se decide que es muy importante la pavimentación de ciertos caminos o el desarrollo productivo en el área agrícola era necesario saber qué herramientas tiene el GORE, tal como está aquí concebido, para hacer esas decisiones realidad, por cuanto si bien existen en la actualidad ciertos planes pilotos donde están SERCOTEC y CORFO, estas instituciones siguen organizadas a nivel central.

En este contexto, enfatizó que se debe establecer de alguna manera y en forma clara cuál es el área de acción que le corresponde al GORE y cuál le corresponde al Gobierno Central, y además dar efectivamente al nivel regional las herramientas que necesite para hacer realidad las decisiones que adopte.

A mayor abundamiento, dijo que le parecía que se estaba dando un espacio de decisión al GORE pero no el respectivo aparato de ejecución del servicio público, y que tal como está tendrá que pedir al nivel central. En este sentido, dijo que sería conveniente saber si a cada división podría traspasársele al menos un servicio público para que pueda ejecutar efectivamente lo que se decida.

En lo que dice relación con el rol de los CORE señaló que efectivamente cree que esto se puede transformar en un problema, ya que efectivamente se les está quitando la única atribución que tienen en forma personal o individual que les es propia, a diferencia de las que plantea el proyecto que considera atribuciones colectivas.

Dado lo anterior señaló que quizás la salida es entregarles algunas atribuciones como, por ejemplo, de fiscalización, que no sean colectivas (del Consejo), e incluso planteó la posibilidad que se les entreguen atribuciones cruzadas porque todos los servicios que no estarán regionalizados dependerán del Secretario Regional Presidencial, entonces los CORE podrían tener atribuciones de fiscalización respecto de los servicios regionalizados.

Por último, manifestó que le parece adecuado que se establezca un número mínimo de servicios públicos que serán entregados para su ejecución el GORE, y además consultó si existe disposición en el Ejecutivo para modificar el traspaso de competencias con respeto a sus mecanismos.

A lo anterior, el Honorable Senador señor Quinteros agregó que en lo que dice relación con el traspaso de las facultades a los CORE, cuando se negoció el aumento de la dieta se habló de este tema y hubo un compromiso en tal sentido con ellos.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Guillier respecto de la Comisión para negociar la transferencia, hizo presente que ella queda 3-2 a favor del Gobierno Central, y dado que el principio es el de descentralización estimó que debiese buscarse una forma para que exista equilibrio en dicha instancia con un tercer dirimente que, en su opinión, podría ser una persona nombrada por el Senado o bien en donde el Senado juegue algún rol sobre la base de la solidez institucional.

Por otro lado, en materia de control, hizo presente que cada vez existe mayor manejo de recursos en las regiones y por lo tanto, es necesaria una mayor fiscalización no sólo administrativa sino que de calidad de gestión e incluso de transparencia para evitar corrupción, de modo que recalcó que allí se necesita un control que los municipios ya tienen, y también es necesario que al Jefe de Control se le garanticen las facultades fiscalizadoras autónomas tanto del Intendente cono del Gobierno Regional, es decir, una suerte de contraloría interna o doble fiscalización.

En cuanto al rol de los CORE, hizo presente que no se trata de personas que sean técnicos o administrativos, sino que se trata de políticos que quieren hacer carrera política, y por tanto es necesario darles la posibilidad de que compitan, de manera que de alguna forma no sólo el intendente este empoderado sino que también los CORE para que le den un cierto equilibrio al Gobierno Regional, ya que de otra manera el intendente podría terminar con tal nivel de atribuciones y facultades que termine gobernando sin control.

Finalmente, indicó que compartía la idea de gradualidad siempre que ello vaya acompañado de la respectiva capacitación o plan de formación de competencias en regiones y de estímulos, de modo que los mejores y mejor preparados tengan aliciente para quedarse en las respectivas regiones.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina afirmó estar convencido que estos son procesos graduales ya que realizar un cambio cultural de esta envergadura de la noche a la mañana ha demostrado tener malos resultados como, por ejemplo, ocurrió con los Tribunales de Familia. En este sentido, dijo que ello no significa avanzar lento sino que se trata de ir agotando las etapas y consolidando los procesos para lograr ser eficientes.

Enseguida, indicó que el tremendo mérito que tiene la descentralización es ir permitiendo que la región tome las riendas de su desarrollo, y que en esa línea la complejidad está dada por el hecho que ese desarrollo no entre en conflicto, en un Estado unitario, con el Gobierno Central, que termine en la paralización de una determinada labor.

Establecido lo anterior, en materia del plan regional de ordenamiento territorial, consultó cuál es la forma de compatibilizar una política nacional en materia, por ejemplo, de energía, con un instrumento regional que no considere esa materia, o que significa “en coordinación nacional y municipal”, ya que resaltó que no hay claridad con respecto a la forma de llevar adelante dicha coordinación.

Para terminar, preguntó al Ejecutivo cómo se resuelven los conflictos que puedan suscitarse entre el nivel central y el regional.

Por su parte el Honorable Senador señor Bianchi destacó que la administración en las regiones va a cambiar, razón por la cual solicitó si se puede revisar por parte del Gobierno la posibilidad de establecer a través de las universidades regionales algún diseño de implementación de todo lo que este proyecto va a significar con el objeto de tener, a través de una escuela virtual o de las mismas universidades regionales, una capacitación que permita que no se inicie el proceso cometiendo errores o con desconocimiento, e insistió en que es necesario analizar el proyecto de transferencia y además, incluso exigir la capacitación de quien quiera postularse a cargo de Gobernador, de tener esta capacitación previa para no llegar al aprendizaje una vez que detente el cargo.

Finalmente, dijo ser firme partidario de tener la primera elección de intendente el año 2017, pero al mismo tiempo hizo hincapié en que es necesario tener de parte del Ejecutivo un cronograma claro con respecto a la tramitación de los proyectos de transferencia de competencias y el de elección de intendente.

Recogiendo las inquietudes planteadas, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, comenzó por afirmar que se trata de un proyecto muy complejo respecto del cual se han explicado los aspectos fundamentales que se abalizarán en detalle una vez que se inicie el estudio del mismo.

Sobre la atribución del CORE para la modificación o sustitución de proyectos, indicó que el Consejo tal como fue definido en su oportunidad por el Senado, ya no tiene la selección de proyecto a proyecto sino que debe dar su aprobación en base a glosas y programas presupuestarios, que es una decisión que el Gobierno apoya y que tendrá que discutirse en el marco del proyecto de transferencia de competencias.

Destacó que no se está eliminando la facultad de discusión proyecto a proyecto del Consejero Regional, sino que se pretende eliminar la responsabilidad en la selección del proyecto de modo que efectivamente después lo pueda controlar, pues de lo contrario habría que crear una tercera instancia de control distinta del CORE.

Para mayor claridad, señaló que actualmente el CORE tiene la facultad de seleccionar proyecto a proyecto de un listado que le entrega el Intendente, pero dijo que en muchos gobiernos regionales ni siquiera hay propuestas del Intendente y simplemente se reparten un monto entre ellos y se asignan los proyectos, lo que ha ido generando una serie de problemas. Dicho esto, insistió en que el Gobierno quiere que no exista vinculación entre el CORE y determinada institución, porque después no le es posible fiscalizar.

Con respecto al ARI, dijo que tal como se ha dicho corresponde a un listado de proyectos que tiene cierto orden, que se aprobará anualmente, y que por tanto el CORE conocerá de todos los proyectos de inversión que se quieran desarrollar en una región, incluidos los del FNDR y todos los ingresos del Gobierno Regional. En este sentido, recalcó que los conocerá en su conjunto y que por tanto tendrán una gran discusión.

Enseguida, hizo presente que el Ejecutivo en la Ley de Financiamiento que enviará creará un nuevo instrumento denominado “Contrato Región” en virtud del cual se programará la inversión y las acciones que desarrollarán un Gobierno Regional y el Gobierno Nacional en la respectiva región, y que es un instrumento que se sacó del modelo francés, en que ha funcionado muy bien.

Para explicarlo dijo que la idea es que cuando haya un candidato a Gobernador Regional en determinada región, y concurra a dicha región el candidato Presidencial, existirá una discusión programática respecto de lo que se quiere hacer en ese territorio, de modo que ya esa sola discusión, en su opinión, va a generar descentralización. Así, la idea de este instrumento (contrato región) es que los ganadores de ambas elecciones lo suscriban en base al programa que ofrecieron y que discutieron en su oportunidad.

Por otra parte, indicó que cuando se analizó el aumento de dieta para los CORE no hubo un acuerdo formal respecto a las materias planteadas anteriormente.

En lo que se refiere a la figura del Jefe de Control, señaló que es una entidad que se dedicará a la fiscalización de las materias financieras y jurídicas, pero a diferencia de lo que ocurre hoy en los municipios con la misma figura no será un tomador de razón. Para precisar, señaló que la idea es que esa persona sea totalmente ajena al proceso, sin ninguna responsabilidad, y que controle ex-ante o ex-post, pero jamás dentro del proceso, porque ello le permitirá realizar auditorías y controles a los distintos proyectos.

Con respecto a la ejecución de obras, indicó que precisamente la facultad que se está entregando a los GORE de ejecutar es la que va a permitir generar mayores competencias. No obstante, hizo presente que si el GORE quiere ejecutar un camino, evidentemente el mejor ejecutor será la Dirección de Vialidad, pero como a veces ella está tan ocupada la idea es que se puedan llevar adelante los proyectos que ha determinado el respectivo Gobierno Regional con criterio y con recomendación económica, tal como opera actualmente.

Asimismo, señaló que se está haciendo una intervención complementaria a través de un nuevo fondo de convergencia paralelo al FNDR y contenido en la nueva Ley de Financiamiento cuyo objetivo es trabajar con las zonas rezagadas, es decir, con las zonas que pueden ser designadas en esa categoría por el Gobierno Regional, ya que se debe trabajar con políticas públicas diferenciadas según las zonas de que se trate.

Indicó que actualmente los proyectos del sistema nacional de inversiones se evalúan con la metodología denominada beneficio-costo, que lo que hace es poner el acento en los flujos o beneficios que entrega un proyecto. Así a modo de ejemplo, dijo que si se va a pavimentar un camino los flujos los mide la dirección de vialidad a través del tráfico medio, diario o anual (TMDA) y a cada proyecto dependiendo del tipo se le exige una tasa de TMDA. En el caso de las áreas rezagadas, destacó que se cambia la metodología y ahora se realiza por Decreto Supremo, es decir, no se usa la metodología beneficio-costo sino que se emplea una denominada “mínimo costo”, porque a diferencia del flujo en este caso se decide hacer el proyecto y luego la metodología tiene que señalar la forma de hacerlo al mínimo costo posible.

En lo que dice relación con los fondos espejos del transantiago, dijo que en la Ley de Financiamiento se combinarán fuentes complementarias de financiamiento como dichos fondos y las transferencias de competencias.

Agregó que el Gobierno se ha comprometido a transferir cinco servicios públicos, los cuales no se consideran en la ley por cuanto ello obligaría a transferir a futuro por ley y entonces se genera una diferencia en el mecanismo, por cuanto el que propone el Ejecutivo es más expedito y da mayor flexibilidad frente a los funcionarios. En este sentido, señaló que se quiere transferir Serviu, Corfo y Sercotec.

El Honorable Senador señor Bianchi que era necesario para transparentar toda la discusión que se tenga la certeza que esos servicios serán traspasados de todas maneras, de modo que le solicitó proponer algún mecanismo para zanjar esa situación.

Continuando, el señor Subsecretario señaló que el ARI era una tremenda nueva competencia, ya que hacer que el Consejo Regional revise todos los proyectos de inversión para la región de un año al otro es una herramienta que le dará más armonía a las inversiones públicas en las distintas regiones, y se ganará, en su opinión, en la posibilidad de hacer que los proyectos converjan de mejor manera a una estrategia de desarrollo regional.

En cuanto a las urgencias de los proyectos, indicó que la idea siempre fue tomar el proyecto de transferencia de competencias, que ya se había presentado, hacerle indicaciones sustitutivas e iniciar una profunda discusión, y en paralelo presentar el proyecto de reforma constitucional en el Senado. Agregó que la idea era que en algún momento ambos proyectos se reunieran, de modo que recalcó que para el Gobierno esto es una sola agenda que tiene tiempos de implementación, y que la idea es tener elección de autoridad regional el año 2017, para lo cual se requiere aprobar la ley de transferencia de competencia, la ley de financiamiento y este proyecto de reforma antes del mes de agosto.

Dado lo anterior, subrayó que la prioridad la tendrá el proyecto de reforma constitucional en estudio para luego ver la ley orgánica respectiva. Agregó que en materia de transferencia de competencias lo ideal es aprobarla antes de la Ley de Presupuestos para contar con los recursos necesarios.

Refiriéndose a las herramientas que mencionó la Honorable Senadora señora Von Baer, indicó que el modelo que se ha planteado es generar tres nuevas divisiones que básicamente tendrán una labor de planificación a nivel regional y que como se entregan competencias de ejecución a los Gobiernos Regionales si un GORE tuviera alguna dificultad de ejecutar con algún servicio público especializado un determinad proyecto podría efectivamente hacerlo por sí mismo, de modo que desde el punto de vista de la ejecución ello está resuelto, aunque no era lo ideal.

Enseguida agregó que en el modelo que se está aplicando las competencias se van transfiriendo paulatinamente en no menos de 10 años desde el Gobierno Central al Regional y llegan a las nuevas divisiones, de manera que cuando se habla de los 10 programas de Sercotec y los 14 de Corfo, que hoy en día están descentralizados en 3 regiones en forma piloto, ellos llegarán a la División de Fomento Productivo con capacidad de ejecución.

Seguidamente el Asesor de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo señor Osvaldo Henríquez hizo presente que la posibilidad de que ejecute se da con el proyecto aprobado, y que será el mismo proyecto de ley el que mediante un D.F.L. permitirá a la Presidenta de la República, durante un año, hacer las modificaciones necesarias para poder instituirlo como servicio público.

Así, si un GORE quisiera intervenir en un proyecto de caminos no enrolados, podría a través de un proceso de concesión entregar la ejecución y administración de dichos caminos y tendría que hacer el seguimiento. No obstante, subrayó, en términos de servicio público ello es materia de ley, y por ello se solicita conceder facultades legales delegadas para la Primera Mandataria.

El señor Subsecretario sobre este punto en particular, hizo presente que el artículo transitorio Vigésimo Noveno del boletín N°7.963-06, relativo al fortalecimiento de la regionalización del país (Transferencia de Competencias) le entrega al Presidente de la República dicha facultad por el plazo de 10 años.

En ese sentido, dijo que ella era la facultad que les permite transferir competencias en materia de servicios públicos, de modo que la figura no está clara porque cada GORE tiene que ir creándola en virtud de la solicitud de transferencias que hace.

Luego, reiteró que respecto de los CORE se debe definir cuál será el rol del Consejo Regional, y que una vez definido con todas las atribuciones que tiene actualmente más las que se le agregan, se debe crear un canal institucional para que la fiscalización se realice en el marco del mismo Consejo.

Por su parte el Honorable Senador señor Espina hizo hincapié en que la clave es la facultad de fiscalización y que al entregársela a la mayoría política ella se debilita, razón por la cual, sugirió que un determinado porcentaje del CORE pueda requerir determinada información, además de que cada CORE pueda hacerlo en forma individual mediante un oficio.

El personero de Gobierno se manifestó dispuesto a trabajar una indicación en ese sentido, e hizo presente que también se le entrega a los CORE la facultad de citar a determinadas autoridades, que es una facultad que actualmente no tiene.

Por su parte, el Honorable Senador señor Zaldívar estimó que era necesario estudiar la forma en que se abordarán ambos proyectos, y en especial solicitó llegar a un acuerdo respecto al sistema electoral de la elección de Intendente o Gobernador.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer manifestó su inquietud respecto al traspaso de determinados servicios públicos lo que, al igual que otros señores Senadores, le gustaría que fuera un compromiso legal y de Estado, que quedara así establecido en la ley.

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En sesión posterior, el Honorable Senador señor Zaldívar expresó que frente a las altas expectativas que tiene la ciudadanía con respecto a la elección de Intendente, es necesario llegar a un acuerdo respecto a la forma de elección antes de seguir adelante con su tramitación, pues de lo contrario lo más probable es que no haya reforma.

En ese sentido señaló que no se saca nada con discutir el proyecto sobre transferencia de competencias si no se ha resuelto previamente el tema de la elección del Intendente o Gobernador. Así, insistió en la necesidad de abrir instancias de discusión para acercar las posiciones y tratar de llegar a un acuerdo, ya que en su opinión ambos proyectos son complementarios y no corresponde traspasar competencias a una autoridad que no sea electa democráticamente.

Una opinión similar manifestó el Honorable Senador señor Quinteros quien dijo que si bien hay distintas posiciones en materia de sistema electoral estima fundamental establecer en esta sesión si se van a realizar o no las elecciones de intendente el año 2017 como primera cuestión, para luego consensuar la forma de elección.

El Honorable Senador señor Bianchi expresó una opinión contraria ya que señaló que en esta materia no está dispuesto a aceptar la imposición de una determinada forma de elección que se ha acordado entre los distintos partidos políticos. Agregó que es partidario de tener intendentes electos pero con atribuciones, de modo que no hay razón para no determinar las funciones antes de votar esta reforma.

A su turno, la Honorable Senadora señor Von Baer indicó que también hubiese querido discutir en primer lugar el proyecto sobre transferencia de competencias. No obstante, señaló que en su opinión no se ha dado el espacio para llegar a los acuerdos a que se ha hecho alusión y señaló que habiéndose hecho presente urgencia para su despacho es necesario empezar con la votación de las indicaciones.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

A continuación, se efectúa una relación de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Honorable Senado, que se describen, y de los acuerdos adoptados a su respecto por vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

Artículo Único

o o o

La indicación número 1, del Honorable Senador señor Guillier, es para consultar un numeral, nuevo, del siguiente tenor:

“…) Sustitúyese el artículo 3° por el siguiente:

“Art. 3°. El Estado de Chile es unitario y descentralizado.

Su gobierno y administración serán funcional y territorialmente descentralizados, de conformidad a esta Constitución y a la ley, la que también establecerá los casos de administración desconcentrada.

Todos los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la descentralización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional, según los principios que esta Constitución establece.”.”.

La Jefa de División Políticas y Estudios señora Viviana Betancourt señaló que, sin perjuicio que esto se discutió en el debate en general y se dejó finalmente afuera, en su opinión resultaba inadmisible esta indicación por cuanto excede lo que fue definido como el marco por esta Comisión y posteriormente por la Sala del Senado.

Por su parte la Honorable Senadora señora Von Baer estimó que esta es una discusión central, especialmente para las regiones. Agregó que en la primera discusión se alcanzó un buen equilibrio en la redacción completa del proyecto de reforma constitucional, pero que ahora frente a las indicaciones presentadas se pierde dicho equilibrio.

Enseguida recordó que al proyecto que fue a la Sala fue un texto refundido de cuatro boletines, dentro de los cuales efectivamente se consideraba esta normativa, de modo que esta indicación en su opinión estaría dentro de las ideas matrices, no obstante que recalcó que la normativa final obedeció a un acuerdo previo con el Ejecutivo que ahora se desconoce.

El Honorable Senador señor Pizarro opinó que esta indicación excede el espíritu de la reforma ya que se refiere a la forma básica de organización del Estado de Chile que nunca ha estado en discusión ni está dentro de la idea matriz de la reforma constitucional. Agregó que si además el Ejecutivo tiene una postura al respecto, es claro que esta indicación va mucho más allá de una elección de una autoridad regional con determinadas atribuciones.

Dicho esto, señaló que de aprobarse esta indicación ello significa un cambio no sólo a la forma del Estado sino que prácticamente a todo el sistema institucional, de modo que enfatizó que las experiencias de otro países con estados federados han llevado a Chile a reafirmar su carácter de Estado unitario con un fuerte régimen presidencial, con atribuciones potentes, pero siempre en un marco claramente acotado.

Luego, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes dijo que se trata de un tema que efectivamente se trató durante la discusión en general y manifestó que el Ejecutivo tiene la idea que este es una materia que idealmente podría discutirse en el marco de una nueva Constitución, ya que se trata de la concepción más profunda del Estado.

En la misma línea, señaló que del análisis de su redacción aparecen cuestiones mucho más delicadas como, por ejemplo, la prioridad por la descentralización ya que, según dijo, de establecerse una prioridad absoluta en ese tema obligaría al Legislador y al Ejecutivo a que en todas las políticas públicas que se emprendan, primero debiesen ser descentralizadas, es decir, obligan a demostrar por qué no se descentraliza una política pública nacional, lo que corresponde a una discusión mucho más compleja.

Para terminar, destacó que el hecho de que sólo se establezca el principio deriva en una discusión mucho mayor, como lo que ocurriría en materia de inversiones, ya que en el país existe un sistema nacional de inversiones que trata de precaver precisamente que una decisión de política promueva una discusión estrictamente técnica.

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En sesión posterior, la Jefa de División Políticas y Estudios señora Viviana Betancourt señaló que el Ejecutivo ya había planteado su postura frente a esta indicación en la sesión pasada, en el sentido que esta indicación excede el acuerdo al que había llegado la Comisión en esta materia y lo aprobado por la Sala en su oportunidad, pues constituye una discusión de orden mayor que podría significar dejar de lado gran parte del proyecto en estudio.

El Honorable Senador señor Quinteros se manifestó de acuerdo con lo expresado, haciendo presente que en su opinión esta indicación excede el marco de esta reforma en particular.

A continuación, el Honorable Senador señor Zaldívar señaló que se debe tener conciencia que las normas constitucionales deben ser concentradas y precisas, por lo que no son el medio idóneo de establecer principios sino que su naturaleza es fijar preceptos obligatorios de aplicación general, y que una cosa distinta es que ellos reflejen principios aceptados en una determinada sociedad.

Luego, la Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que efectivamente esta indicación excede el acuerdo al igual que lo hacen las indicaciones presentadas por el Ejecutivo.

Agregó que en su momento en virtud de ese acuerdo efectivamente se rechazó una norma semejante, pero como desconoce cómo será la votación de las indicaciones del Ejecutivo se generan muchas dudas sobre lo previamente acordado.

El Honorable Senador señor Espina enfatizó que existía un acuerdo respecto a no tocar este artículo, de modo que se manifestó a favor del acuerdo original.

Luego, la Honorable Senadora señora Von Baer solicitó la votación separada del primer inciso, ya que en su opinión esta propuesta recoge más claramente el tipo de país que se quiere construir con la reforma de descentralización.

Sobre el particular, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes dijo que se trata de buscar una aprobación amplia de este proyecto, pero que entrar en una discusión de este carácter respecto a la forma del Estado corresponde a una discusión constitucional profunda que ello tiene implicancias sobre otras esferas que también habría que discutir. En ese sentido, recordó que de acuerdo a la indicación en cualquier materia se tendrá que explicar por qué una determinada política del Estado no es descentralizada, en circunstancias que existen políticas que en un Estado unitario tienen que ser centralizadas o no serlo, y que en cada caso se tendrá que explicar la razón por la cual se opta por una u otra tornando muy compleja la administración del Estado.

Agregó que al experiencia internacional muestra que, por ejemplo, el sistema nacional de inversión requiere de una visión de país, especialmente en países pequeños y que no han logrado ingresos importantes. Así, esa política que es la recomendación técnica de los proyectos, requiere, según dijo, de políticas centralizadas, por ejemplo, para estimar la rentabilidad de los proyectos y una mirada descentralizada para ver en que territorio se exceptúa ese tipo de evaluación, que es lo que el Gobierno quiere hacer en la ley de transferencia de competencias y en la de financiamiento.

El Honorable Senador señor Zaldívar se manifestó a favor de mantener lo que se había acordado porque se debe distinguir entre el concepto de Estado y el concepto de Administración, es decir, claridad en relación con lo que se va a descentralizar, que es sin lugar a dudas la administración dentro del concepto de Estado unitario.

La Honorable Senadora señora Von Baer señaló que en el acuerdo alcanzado existía un principio de subsidiariedad que permitía definir donde radicar una política pública cada vez que se haga, es decir, a nivel nacional o en la región, y agregó que la indicación número 28 del Ejecutivo retrotrae el proyecto a su forma previa a los acuerdos alcanzados eliminando el aludido principio de subsidiariedad. Dicho esto, señaló que en su opinión es momento de pensar las políticas públicas de una manera distinta, y sobre dónde se van a radicar debe estar establecido en la Constitución Política, para que ello sea en los órganos más cercanos a las personas y así ir subiendo en los dichos niveles.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina indicó que el Ejecutivo se salió del acuerdo que se alcanzó en su oportunidad, razón por la cual, ya que el Gobierno se retractó del acuerdo, propuso que para avanzar se mantenga la norma acordada por la Comisión.

Luego, la Honorable Senadora señora Von Baer dijo que mientras el Ejecutivo mantenga sus indicaciones, insistirá en la votación separada del inciso primero, y que en caso contrario de respetarse el acuerdo, se podría avanzar en forma más rápida.

Por su parte el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes hizo presente que no es sólo el Ejecutivo quien realizó indicaciones, sino que también los miembros de la Comisión lo hacen no obstante haber participado del mencionado acuerdo. Enseguida, indicó que pretenden generar el debate respecto de algunos aspectos que deben ser reforzados, e hizo hincapié en que el Gobierno tiene visiones claras respecto a varios puntos del acuerdo, lo que a su juicio no hace sino mejorarlo.

Respecto de la indicación, sostuvo que cualquier cosa que se haga en sentido distinto a la votación que se dio en la Comisión y posteriormente en la Sala, va a generar mayores dificultades en las posteriores discusiones, de modo que instó a buscar fórmulas que permitan viabilizar este proyecto, de modo que la discusión mayor que ya subrayó anteriormente debe estar en el marco de lo que será la nueva constitución.

El Honorable Senador señor Espina recalcó que existía un punto medular que es que a este respecto se resolvió no entrar en el debate de este artículo de la Constitución Política, de modo que la forma de avanzar en este tema era tal como se consignó en el artículo 114, por lo que insistió en que el Ejecutivo retire la indicación número 28 para avanzar en este tema.

En la misma línea, la Honorable Senadora señora Von Baer dijo estar dispuesta a retirar todas las indicaciones que presentó y al mismo tiempo destacó que todas las indicaciones del Gobierno van a temas medulares respecto de los cuales ya se había alcanzado un acuerdo después de varias discusiones. Frente a este escenario, consultó si el Ejecutivo estaba dispuesto a retirar la mencionada indicación número 28.

Sobre el particular, el señor Subsecretario insistió que en función del espacio que abrió el Senado el Gobierno ha reflexionado, tal como lo hicieron varios miembros de esta Comisión, y por tanto se sienten en el derecho de defender las indicaciones presentadas.

A continuación el Honorable Senador señor Zaldívar manifestó que partiendo de la base que existe un acuerdo, habrá que ver cuál es la objeción que se hace a la redacción que tiene actualmente la aludida indicación 28.

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En sesión posterior, continuando con este debate, la Honorable Senadora señora Von Baer consultó al Ejecutivo si estaba dispuesto a retirar la indicación número 28 antes de seguir adelante con el debate, o si se respetaría el acuerdo previamente alcanzado, pues en caso de perseverar en dicha indicación se vería obligada a solicitar votación separada de cada inciso para analizarlos en su propio mérito.

Por su parte, el Honorable Senador señor Horvath hizo presente que hay varias indicaciones en esta materia de modo que consultó cómo se procedería para su tratamiento.

La señora Presidenta de la Comisión explicó que el debate comenzó con la indicación número 1 que tiene directa relación con la indicación número 28 del Ejecutivo, y manifestó su intención que se mantenga el texto como está, tal como se aprobó en el acuerdo alcanzado en su oportunidad.

Enseguida, la Jefa de División Políticas y Estudios señora Viviana Betancourt, insistió en que en la indicación número 28 no es contrario al texto que en su minuto fue aprobado por esta Comisión, sólo que tiene matices que la hacen distinta ya que en uno privilegia una situación y en el otro propende a la misma.

Luego, enfatizó que el artículo 3° de la Constitución Política de la República y las indicaciones que se propusieron en su momento a él mediante los proyectos que se refundieron, escapan a las ideas matrices del proyecto presentado por el Ejecutivo, ya que nunca se discutió ni se entendió que esas ideas matrices se habían ampliado a las contenidas en las distintas mociones refundidas.

Agregó que cuando la Sala del Senado zanja el primer informe en general, entiende que ese es el ámbito de la discusión, independiente de las posturas que pueda adoptar la Comisión frente a las distintas indicaciones. En ese sentido, dijo que agregar hoy cualquier otra materia fuera de esas ideas matrices hace inadmisibles las respectivas indicaciones ya que en este proyecto de reforma la idea central era la elección del intendente, a la cual se agregaron algunas materias via indicaciones, pero también se agregaron otras que no fueron recogidas en el acuerdo.

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó una opinión distinta señalando que al fusionarse los proyectos esta indicación queda dentro de las ideas matrices, y agregó que hay una postura distinta con respecto a la del Ejecutivo, por lo que reiteró la solicitud de votación separada respecto de esta indicación.

Luego, el Honorable Senador señor Espina explicó que esta indicación dice relación con establecer que Chile es un país descentralizado que fue un tema ya debatido, en que se indicó que establecer ello puede ocasionar un impacto muy fuerte en esta etapa, de modo que se acordó discutirlo en otras propuestas concretas.

Enseguida destacó que la indicación número 28 al número 8) significa un cambio radical respecto del acuerdo que se adoptó en su oportunidad, pues lo que se aprobó es establecer la obligación de preferir la comuna, la provincia y la región. Agregó que este es un aspecto esencial en las regiones porque las políticas públicas difícilmente llegan a las comunas, de modo que la subsidiariedad territorial planteada es un tema relevante y, en su opinión, es el verdadero principio de la descentralización.

En consecuencia, solicitó que se vote coherentemente lo que unánimemente se acordó en el primer informe, y ojalá pudiera retirarse esta indicación entendiendo la gradualidad con que tiene que darse el proceso de descentralización.

Por su parte, el Honorable Senador señor Quinteros compartió los argumentos antes expresados y señaló que no se puede ligar la aprobación de ambas normas debido a que el Estado de Chile es unitario y la indicación en estudio no sigue la línea que señala la Carta Fundamental, ya que, por ejemplo, no es posible descentralizar el Congreso Nacional.

Dicho esto, recalcó que sólo la administración puede ser descentralizada, de tal manera que no pueden confundirse ambos temas, y en consecuencia la indicación en estudio claramente excede el marco de la presente reforma.

El Honorable Senador señor Guillier dijo entender las razones y expresó que con el ánimo de avanzar en este proyecto está dispuesto a retirar la indicación, aprobando el número 8) ya aprobado en el primer informe.

Dentro de este contexto, el Honorable Senador señor Espina recalcó que tanto esta indicación como la número 28 deben tratarse en conjunto, pues en el caso de persistir en la indicación 28 del Ejecutivo en la práctica significa no avanzar en nada. En este sentido, enfatizó que el tema central es la subsidiariedad territorial.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Zaldívar indicó que la diferencia entre Estado y Administración es fundamental, no pudiendo descentralizarse el Estado, salvo que se establezca un Estado Federal.

Luego, manifestó estar más de acuerdo con la redacción que se aprobó en el primer informe en lugar de la indicación presentada por el Ejecutivo, ya que opinó que no conlleva ningún problema el que se defina claramente que la radicación de las competencias se realizará en los órganos más cercanos al ciudadano, salvo que se expresen argumentos en cuanto a que dicha indicación tiene la misma intencionalidad y logra el mismo objetivo.

Manifestó que de votarse el artículo 3° propuesto en la indicación lo hará en contra porque es totalmente antagónico con lo que se quiere efectivamente realizar en esta materia.

Luego, el Honorable Senador señor Quinteros señaló que no ve mayores diferencias entre la norma aprobada por la Comisión y la indicación número 28, pues en su opinión, son prácticamente iguales. Dicho esto, enfatizó que lo fundamental es avanzar en el proceso de la descentralización.

Por su parte el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes insistió en que se debe tener claro que la discusión se basa en un principio que habilite y permita la transferencia de competencia, pues en caso de dejar un principio genérico en la Constitución Política que prefiera instalar las políticas públicas en lo local y luego en lo regional, puede ser muy complejo desde el punto de vista de la administración y particularmente de los temas referidos a la desconcentración. Agregó que servicios como el Registro Civil e Identificación o el SAG, no serán descentralizados.

En segundo término, indicó que es necesario considerar el momento en que se está planteando esta reforma, ya que se considera un mecanismo de transferencia de competencias que sea gradual, pues la experiencia internacional muestra que la precipitación pone en riesgo el proceso de descentralización.

Dicho esto, manifestó que se encuentran disponibles para discutir un programa en el marco de la ley de transferencia de competencia, de la ley de financiamiento y otras, pero consignar un principio constitucional como el que se ha enunciado es un serio peligro para el Estado, dado que debe existir un criterio de objetividad para el establecimiento de las políticas públicas. En la misma línea, señaló que en ese caso se generaría un riesgoso precedente en cuanto a que cada política o decisión gubernamental para implementar algún programa puede terminar siendo discutido en un tribunal.

El Honorable Senador señor Espina se manifestó en desacuerdo con lo antes expresado por cuanto no se está discutiendo acerca de uno u otro servicio, sino que la norma habla de la radicación de competencias, es decir, que frente a cada uno de los órganos que se va a establecer la decisión que se toma respecto de su funcionamiento práctico y operativo se hace sobre la base de la decisión que exista en la comuna.

Establecido lo anterior, señaló que esta es la misma política que se aplica en materia de municipalidades, ya que el Gobierno actualmente tiene muchos programas que se llevan adelante en los municipios, de modo que sólo se pretende establecer que las competencias comiencen bajo el principio de la subsidiariedad, es decir, que primero se analice si pueden ejecutarlas las propias comunas y así hacia los demás niveles superiores. Así, insistió en la redacción del número 8) tal como se aprobó en el primer informe de esta Comisión.

La Subsecretaria del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señora Patricia Silva, consultó si lo que se está señalando es que al momento de crearse un servicio nuevo habría primero que crearlos a nivel local para luego justificar, en caso que no se pueda, su creación en el siguiente nivel y así sucesivamente, por cuanto, enfatizó que todo ello está en el marco de la Constitución Política de tal manera que si se “prefiere el nivel local” y así hasta el nacional, en materia de una nueva institución también habría que considerarlo o justificar por qué no existe a nivel local.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Zaldívar manifestó su preocupación por la posibilidad que se pueda dar la interpretación antes señalada, ya que significaría un grave problema para la administración del Estado que debe ser aclarado.

En este punto, la Honorable Senadora señora Von Baer indicó que este fue un texto (el del numeral 8) concordado con el Ejecutivo en su momento, teniendo siempre presente que se refiere a la competencia y no a una institución. En este sentido, precisó que la redacción recoge el que, al revés de la forma de hacer política pública hoy en día en que automáticamente se hace a nivel nacional, la idea es que al definir una competencia se vea primero si es mejor privilegiar el nivel local o si ello no tiene ningún sentido, como ocurriría exactamente con el SAG.

Enfatizó que el cambio en el inciso segundo también es muy relevante porque se refiere a los recursos, y que en su oportunidad se había acordado que en el caso de traspaso de competencia ella debía ir acompañada de la misma cantidad de recursos que tenía a nivel central, pero la indicación cambia totalmente ese principio.

El Honorable Senador señor Bianchi solicitó al Ejecutivo que explique las razones por las cuales no se ha respetado el acuerdo previamente alcanzado, ya que aclaró que aunque no participó en es discusión, respeta los acuerdos celebrados.

Al respecto, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes mantuvo sus argumentos y agregó que el Ejecutivo está ejerciendo la facultad de presentar indicaciones.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina hizo presente que lo que se votó se hizo sobre la base de un texto que se concordó y que fue fruto de un acuerdo político. Dicho esto, dijo que se puede cambiar de opinión por distintas razones, pero que no se puede desconocer la existencia de un acuerdo.

Enseguida, el Honorable Senador señor Quinteros dijo que el Ejecutivo tiene legítimas aprehensiones no obstante que se haya llegado a un acuerdo previo, incluso, agregó, está de acuerdo con varias de ellas, y que aunque su voluntad es elegir lo más pronto posible a un Gobernador con atribuciones, facultades y financiamiento, ello no debe ser obstáculo para no respetar las observaciones que legítimamente puedan surgir durante este trámite.

La Honorable Senadora señora Von Baer enfatizó que se debe tener claro que se está discutiendo en el marco de la transferencia de competencia, y que lo único que se quiere es establecer a nivel constitucional que al fijarse una competencia se piense primero en el sector municipal y no se determine inmediatamente que el mismo no será eficiente o capaz de ejercerla.

Luego, el Honorable Senador señor Zaldívar señaló que efectivamente se votó por unanimidad, pero consultó al Subsecretario si existió un acuerdo político, ya que eso es distinto e independiente de la votación unánime que se haya producido, haciendo presente que si ha existido un acuerdo político esperaba oír argumentos respecto a que la norma aprobada podría ir en contra de la efectividad de hacer la descentralización, ya que entonces estaría dispuesto a corregirla.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes enfatizó que durante la discusión el Ejecutivo siempre se allanó con el objeto que cada uno de los artículos se votara con el mayor acuerdo posible, pero ello no ocurrió en todo el articulado, de modo que en esas circunstancias, es difícil decir que hubo en acuerdo.

Luego, el Honorable Senador señor Espina insistió en que hubo un acuerdo político y que fue en ese marco en el que se concordó el texto para luego proceder a votar en forma unánime, salvo el tema del sistema electoral.

- Cerrado este debate, se realizó la votación de la indicación número 28, la cual se consigna en el número respectivo.

- La indicación número 1, fue retirada por su autor.

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Número 1

Mediante este numeral se introduce una modificación al artículo 32 de la Carta Fundamental, el cual se refiere a las atribuciones especiales del Presidente de la República.

La indicación número 2, de Su Excelencia la señora Presidenta de la República, propone reemplazarlo por el siguiente:

“1) Sustitúyese en el artículo 32, numeral 7°, la expresión “intendentes y gobernadores;”, por la siguiente: “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales;”.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer indicó que se trata de un tema de fondo porque esta fue precisamente la discusión que se tuvo y respecto de la cual se llegó al acuerdo que el nombre de la autoridad electa sería el de Gobernador, y que la representación del Presidente de la República no sería regional.

Así, aclaró que el acuerdo fue que el representante del Presidente de la República lo sería a nivel provincial y la persona electa sería el Gobernador Regional, de tal manera que insistió en que no se trata de un cambio de forma simplemente, sino que la indicación va más allá.

El Honorable Senador señor Pizarro consultó si el acuerdo entonces fue que se elimine cualquier figura representativa a nivel de la región, y en ese caso cuál sería la razón por la cual el Ejecutivo cambia dicha representación.

La Honorable Senadora señora Von Baer explicó que el acuerdo que alcanzó la Comisión en conversación con el Ejecutivo fue que la representación del Presidente de la República fuese a nivel provincial y que dicha autoridad que correspondiera a la capital regional tendría la coordinación “primus inter pares” (el primero entre iguales), de modo que existía una figura a nivel regional pero no igual que al Gobernador. Agregó que la idea era que quedara de manifiesto que se quería avanzar hacia que el representante regional tuviese mayor poder que el representante del Presidente de la República.

La Jefa de División Políticas y Estudios señora Viviana Betancourt indicó que hubo un planteamiento del Ejecutivo en orden a acoger o comprender las propuestas de Chile Descentralizado y algunos señores Senadores en cuanto a evitar una figura regional, entendiendo que sería posible una suerte de sombra o competencia de poderes.

Sin embargo, hizo presente que una vez que ello fue aprobado también hubo una discusión al interior del Gobierno que la Señora Presidenta hizo propia a través de esta indicación, señalando que si bien ello suena muy bien, en la práctica lamentablemente, genera una serie de problemas de administración que no son menores.

En este escenario, planteó que la discusión de fondo es si efectivamente se generan las sombras o contiendas entre ambas figuras cosa que a su parecer no ocurre porque tendrán competencias distintas en materias distintas. En la misma línea, enfatizó que renunciar a la representación del Presidente en el territorio en función de una teórica disputa de poderes si genera una gran cantidad de problemas en la administración del Estado chileno que no es difícil de imaginar.

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En la sesión posterior la Honorable Senadora señora Von Baer indicó que en el proyecto del Ejecutivo se establecían dos autoridades regionales (Gobernador e Intendente), y la discusión en su momento fue que existirían dos autoridades regionales que competirían todo el tiempo, y que el Intendente tendría menos atribuciones que el Gobernador Regional porque ellas estarían radicadas en los servicios públicos y seremis y el resto, en el FNDR.

Así, dijo que la discusión fue cómo dar mayor gobernabilidad a la región, razón por la cual se acordó que fuese el Gobernador la autoridad electa y que el representante del Presidente de la República sería un Delegado provincial que sería una suerte de “primus inter pares” con un rango algo menor que el Gobernador electo, encargado de la coordinación de servicios.

Dado lo anterior, nuevamente consultó el Ejecutivo acerca de las razones por las cuales se altera el acuerdo que se logró en torno a este tema en su oportunidad.

Sobre el particular el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, dijo que se analizó esta norma y se presentó una dificultad en el sentido que la diversidad de circunstancias a las que una autoridad de este carácter va a estar sometida, y tratando de tener casos prácticos de aplicación, surgió la necesidad efectiva de tener una autoridad regional fuerte en materia de delegado presidencial.

Para mayor claridad, señaló que hay materias que dicho delegado tendrá que resolver y que no son fáciles como, por ejemplo, los temas de seguridad pública o el manejo de las fuerzas de orden y seguridad. En este sentido, agregó que no se puede tener dudas o interpretaciones distintas respecto a su responsabilidad, y que tal como quedó en la redacción aprobada ello podría generar una cierta debilidad en su actuación.

Dicho esto, sostuvo que la intención del Gobierno es descentralizar al país pero siempre dentro del marco del Estado unitario que obliga a tener dos figuras: una que administre el gobierno regional y otra que administre potestades del Presidente de la República. No obstante, dijo que están abiertos a la posibilidad de cambiar el nombre de “Secretario” por el de “Delgado”, pues la primera denominación también podría prestarse a errores.

El Honorable Senador señor Espina se manifestó su acuerdo con la explicación, especialmente desde el punto de vista de la seguridad pública que ello requiere de la existencia de una sola autoridad clara y categórica que pueda mantener estos temas, que tiene que tener la jerarquía y el nivel necesario para que no se discutan sus facultades y atribuciones, lo que le parece un problema decisivo.

Agregó que si bien existía un acuerdo en esta materia, de la reflexión en el marco de la seguridad pública y de los antecedentes que recabó con personeros del actual y del pasado gobierno, está de acuerdo con que el nombre de esta autoridad debiese ser “Delegado Regional Presidencial”.

Enseguida, señaló que los problemas de competencia no se resolverán porque existan dos personas con cargos similares, sino que ellos se superarán o evitarán en la medida que esas dos autoridades tengan claramente delimitadas sus atribuciones.

A su turno, el Honorable Senador señor Zaldívar dijo que se debe cuidar que no existan dos autoridades en el mismo territorio, y en ese sentido indicó que la figura del “primus inter pares” no le parece la más adecuada por cuanto es necesario que exista una autoridad que tenga el carácter regional y no provincial, especialmente desde el punto de vista de las funciones que va a cumplir. Agregó que la coordinación también es fundamental y tiene que estar radicada en la misma persona que, en este caso, estuvo de acuerdo que se llamara “Delegado Presidencial Regional” y enque tiene que estar por encima del delegado provincial.

Enseguida hizo presente que actualmente todos los Gobernadores son iguales y que lo lógico sería que se elimine el término “Secretario” para llamar a esta autoridad “Delegado Presidencial Regional” que tendrá como tarea el orden público y demás tareas, y la coordinación, por cuanto al estructurar el gobierno regional ello será necesario.

El Honorable Senador señor Bianchi por su parte agregó que debe mantenerse el carácter regional de esta autoridad, ya que no sólo por el tema de seguridad pública sino que también por las catástrofes y otros de seguridad del Estado, ya que hay regiones del país que están permanentemente en situaciones complejas con la vecindad, de modo que tiene que existir una autoridad que no se llame “secretario” sino que sea un “Delegado Presidencial Regional”.

Enseguida, el Honorable Senador señor Quinteros se manifestó de acuerdo con el cambio de nombre para la autoridad representativa del Presidente en la región, ya que en dicho territorio existen Seremis y por tanto, a la figura del Delegado Presidencial Regional se le debe dar la coordinación de los servicios.

A su turno, el Honorable Senador señor Guillier manifestó su aprehensión en cuanto a que se deben tener claramente definidos los roles, por lo que sugirió avanzar con cuidado con el fin de evitar la colisión de poderes regionales entre el Delegado Presidencial y el Gobernador electo. Agregó que para evitar los conflictos la delimitación de funciones entre uno y otro tiene que quedar absolutamente clara.

La Honorable Senadora señora Von Baer dijo coincidir con lo expuesto en el sentido que en política los nombres no dan lo mismo, y agregó que esta discusión ya se había tenido anteriormente por cuanto actualmente, de mantener esta estructura existirá un “Delegado Presidencial Regional” que tendrá debajo suyo todos los seremis y la coordinación de todos los servicios públicos, de modo que no sólo se trata de seguridad pública, sino que es básicamente todo lo que hay en la región menos la administración del FNDR.

Luego, hizo presente que al mirar la ley de transferencia de competencias las atribuciones no son tan claras, por lo que manifestó su preocupación al respecto, especialmente en el tema de lod posibles conflictos entre autoridades, ya que habrá un Gobernador electo sin atribuciones que las estará reclamando todo el tiempo, por lo que dijo no quedar tranquila ante el establecimiento de estas dos figuras dispares.

- La Comisión acordó aprobar la indicación número 2, con la siguiente modificación: en el artículo 32 de la Constitución Política se sustituye la expresión Intendente por “Delegado Presidencial Regional”, y la palabra Gobernadores por “Delegados Presidenciales Provinciales”.

En la forma antes expuesta, sometida a votación la indicación número dos fue aprobada por cuatro votos a favor y un en contra. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Fundamentando su votación, la Honorable Senadora señora Von Baer insistió en que no es una buena señal el que existan dos autoridades a nivel regional, estimando que en la Constitución Política de la República debe reflejarse que la autoridad que tiene la legitimidad es la autoridad electa.

Agregó que es ésta última quien debe tener mayor rango, razón por la cual estaba de acuerdo con que el representante del Presidente de la República tuviese nivel provincial con sus facultades y competencias, y que siendo partidaria de dar una señal política en ese sentido vota en contra de esta indicación.

Número 2

Con este número se modifica el artículo 52 de la constitución Política de la República, norma que establece las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados.

La indicación número 3, de Su Excelencia la señora Presidenta de la República es para sustituirlo por el que sigue:

“2) Reemplázase, en el literal e), del numeral 2°, del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores”, por “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales”.”.

La Comisión acordó sustituir en el artículo 52 de la Constitución Política las referencias a Intendentes por otra a Delegados Presidenciales Regionales, y a Gobernadores por a Delegados Presidenciales Provinciales.

Sometida a votación, en los términos antes expuestos, la indicación número 3 fue aprobada por cuatro votos a favor y uno en contra. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 3

Este numeral propone modificar el artículo 57 de la Constitución Política, que establece normas comunes para los diputados y senadores respecto de las personas que pueden ser candidatos para dichos cargos.

Para este número se presentaron tres indicaciones:

La indicación número 4, del Ejecutivo, propone reemplazarlo por el siguiente:

“3) Sustitúyese, en el numeral 2° del artículo 57, la expresión “Los intendentes, los gobernadores”, por “Los gobernadores regionales, secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales”.”.

- La Comisión acordó modificar el artículo 52 de la Constitución Política para sustituir la expresión Intendentes por Delegados Presidenciales Regionales, y la palabra Gobernadores por Delegados Presidenciales Provinciales.

Sometida a votación la indicación número, 4, modificada en la forma antes expuesta, fue aprobada por cuatro votos a favor y uno en contra. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

La indicación número 5, del Honorable Senador señor Navarro, es para sustituir la expresión “Los gobernadores regionales” por “Los intendentes”.

La Honorable Senadora señora Von Baer señaló que esta es una discusión que se tuvo con anterioridad, por cuanto la palabra Gobernador viene de la idea de darle a la autoridad electa un rango más alto, y en ese sentido dijo que en su opinión esta indicación prefiere la denominación de Intendente a la de Gobernador para la autoridad electa.

Luego, el Honorable Senador señor Espina, planteó que hay quienes siendo partidarios de este proyecto creen que se está produciendo una situación comunicacional que será difícil de entender, ya que se habla actualmente de elección democrática de “intendente” y se termina en elección del “gobernador”.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer recalcó que lo que se va a elegir no es el Intendente actual sino que una figura distinta, de modo que en su opinión, la denominación de Gobernador ayuda en cierta manera a que ello se entienda, dándole mayor legitimidad.

- Sometida a votación, la indicación número 5 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorable Senadora señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

La indicación número 6, del Honorable Senador señor Guillier, propone agregar después de la expresión “delegados provinciales” lo siguiente: “y suprímese lo siguiente: “, los consejeros regionales, los concejales”.

El Honorable Senador señor Guillier señaló que se está asistiendo en el país a una creciente dificultad para participar en política, además que dijo que el actual sistema tiene absurdas limitaciones que son obvias en la competencia política, de modo que sólo ve arbitrariedad en ello.

Agregó que si los CORE o concejales, hacen o no bien su trabajo, deben ser los ciudadanos quienes lo eligen o no para otro cargo de representación.

Enseguida, el Honorable Senador señor Quinteros señaló que esta indicación se refiere a una norma que considera varias inhabilidades, y se manifestó totalmente de acuerdo con poner término a esta inhabilidad ya que no ve razones para mantener una limitación a la democracia y a la necesaria renovación de cargos de que tanto se ha debatido.

El Honorable Senador señor Espina solicitó mayores antecedentes respecto de la actual situación del CORE y esta indicación.

Seguidamente el Honorable Senador señor Guillier dijo que por las funciones que asumirá el CORE ya no cumplirá con la asignación de recursos proyecto a proyecto, y por tanto será un representante elegido por votación popular que se destacará por una gestión de fiscalización y aprobación de proyectos de desarrollo con visiones más estratégicas, lo que en su opinión, elimina las aprehensiones planteadas al respecto en la discusión en la Cámara de Diputados.

Luego, expresó que en el sistema actual la situación de un Ministro de Estado es muy distinta, como también lo es el caso de un Ministro de Corte, pero que respecto de un concejal o consejero regional se trata en su opinión más un prejuicio de los incumbentes que una limitación real debido al rol que van a ejercer.

Al respecto, el Honorable Senador señor Bianchi hizo hincapié en que los Parlamentarios pueden ejercer su cargo hasta el último día antes de una reelección e igualmente participan en la votación de la ley de presupuesto. Dicho esto, dijo que no hay razón para hacer la diferencia con los CORE y concejales.

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En sesión posterior, retomando el debate de esta indicación, se planteó la inadmisibilidad de la misma por exceder de las ideas matrices de este proyecto de reforma constitucional.

Al respecto, el Honorable Senador señor Espina se manifestó contrario a dicha postura por cuanto enfatizó que cuando se trata de reformas constitucionales, las ideas matrices son mucho más amplias, y además, recalcó que este proyecto en específico trata de todo el sistema regional de elección.

El Honorable Senador señor Bianchi señaló que la indicación no sólo se refiere a los Consejeros Regionales sino que también alude a los concejales, lo que en su opinión, claramente excede de la idea matriz de este proyecto, no obstante compartir que en una reforma las ideas son mucho mas amplias.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina dijo que efectivamente ello puede ocurrir tratándose de los concejales, pero insistió en que los Core son parte de esta discusión. En este sentido, agregó que no se puede restringir las atribuciones del Parlamento, de modo que es necesario discutir respecto de ellos.

El Honorable Senador señor Quinteros indicó que se manifestó de acuerdo con la indicación en estudio. Sin embargo, dijo compartir el criterio expresado en cuanto a que la extensión de la misma excede de la idea de este proyecto que es la elección del órgano ejecutivo del Gobierno Regional.

A continuación, el Honorable Senador señor Guillier indicó que la mejor solución para esta controversia es recoger esta inquietud a través de un proyecto de reforma constitucional que modifique el artículo 57 de la Constitución Política de Chile, para lo cual, sometió a consideración de los miembros de la Comisión una propuesta para tal fin, para no establecer una discusión que pueda demorar la tramitación de este proyecto.

Enfatizó que la propuesta de reforma que se ha presentado tiene por objeto facilitar a los Consejeros Regionales, a los concejales e incluso a los dirigentes gremiales o vecinales, la posibilidad de postular a determinados cargos de elección popular, razón por la cual, indicó, retiraba la presente indicación.

La Honorable Senadora señora Von Baer expresó su acuerdo con la solución propuesta.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina insistió en que las ideas matrices de este proyecto de reforma en nada se ven afectadas con esta indicación, y señaló que no se podía seguir haciendo una interpretación restrictiva que resulta abusiva respecto de las facultades del Parlamento.

El Honorable Senador señor Bianchi agradeció la solución mediante este proyecto de reforma presentado por al Senador Guillier y al mismo tiempo agradeció su generosidad. Enseguida, recalcó que en esta Comisión nadie objeta la posibilidad de abrirse a que exista una participación por parte de los dirigentes sociales, de los Core y de los concejales, que es lo que quedará de manifiesto, y que salva la discusión sobre la admisibilidad de la indicación en estudio.

Por último, el Honorable Senador señor Quinteros señaló que es absurdo e injusto que se inhiba a las personas señaladas a ser candidatos a Parlamentarios. Asimismo, señaló que en esa línea se deben retirar todas las indicaciones sobre el mismo tema.

- La indicación número 6, fue retirada por su autor.

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- La indicación número 7 del Honorable Senador señor Guillier, plantea suprimir el numeral 7) del artículo 57 de la Constitución Política de la República, el cual excluye como candidatos a diputados o senadores, a las personas que desempeñan un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal .

- La indicación número 7, fue retirada por su autor.

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Número 4

El artículo 93 de la Carta Fundamental enumera las atribuciones del Tribunal Constitucional y mediante este número se propone reemplazar su numeral 15, que se refiere a la calificación de una inhabilidad invocada por un parlamentario.

La indicación número 8, de Su Excelencia la Presidenta de la República, es para suprimirlo.

La Honorable Senadora señora Von Baer señaló que la propuesta del Senado fue que la razón de la renuncia del Gobernador electo también sea calificada por el Tribunal Constitucional, por lo que consultó al Ejecutivo por que se propone eliminar dicha norma.

A este respecto, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes señaló que desde su perspectiva, dicha evaluación es materia del Tricel y por ello se quiere dejar dicha facultad allí radicada.

El Asesor de la Subsecretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio, indicó que con esta indicación se entrega a la ley orgánica respectiva las causales de cesación del cargo, subrogación y otras, dentro de las cuales, el Ejecutivo pretende que además se considere la causal invocada para la renuncia y su conocimiento sea entregada al Tricel y no al Tribunal Constitucional.

Sobre el particular, el Honorable Senador señor Zaldívar hizo presente que el Tricel tiene otras funciones y la inhabilidad en el caso de los Diputados y Senadores que son cargos de elección popular, van al Tribunal Constitucional, por lo que no ve razón ara que en este caso tratándose de un cargo equivalente tenga que ir al Tribunal Calificador cuyo objeto es calificar elecciones y no pronunciarse sobre el carácter de la renuncia.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que lo que se está cambiando porque ahora se trata de una autoridad electa y que en el caso de los Senadores y de los Diputados efectivamente la potestad la tiene el Tribunal constitucional por lo que es raro dársela al Tricel, y coincidió en que ello debe quedar en el Tribunal Constitucional.

El Honorable Senador señor Bianchi también estuvo de acuerdo en que debiera tener igual trato que los Parlamentarios.

A continuación, el Honorable Senador señor Espina indicó que es necesario que se aclare si la indicación busca suprimir íntegramente el numeral 15 o sólo aquello que se agregó. Enseguida, si fuera sólo eliminar esto último respecto del Gobernador Regional, no tiene, según dijo, absolutamente ningún fundamento porque esta autoridad será electa por elección popular al igual que los Parlamentarios, por lo que anunció su voto en contra.

La Subsecretaria del Ministerio Secretaría general de la Presidencia, señora Patricia Silva, hizo presente que las inhabilidades respecto de las otras autoridades electas en el marco que se ha señalado, no considera ni a los alcaldes, ni concejales, de modo que indicó que les pareció mejor aumentar las competencias al Tricel.

Acto seguido, el Asesor de la Subsecretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio precisó que lo que hace la indicación es eliminar el número 4 del texto en general, y por tanto el número 15 de la Constitución Política vigente queda igual.

Enseguida señaló que el dicho número 15 del artículo 93 de la Constitución Política establece la calificación de la inhabilidad invocada por un Parlamentario que es una enfermedad, no una renuncia, y el Tribunal Constitucional califica dicha enfermedad para efectos de la renuncia al cargo por esa inhabilidad especial. Así, añadió que lo que hace el texto aprobado en general, agrega que también califica dicha enfermedad, no la renuncia, respecto del Gobernador Regional.

Establecido lo anterior, indicó que el Tricel no sólo califica elecciones sino que también aplica determinadas sanciones establecidas, por ejemplo, en la ley orgánica constitucional de Municipalidades, de modo que lo que se pretende es otorgar esa facultad, que ya está establecida para los alcaldes, para los concejales y consejeros regionales, respecto de los Gobernadores Regionales, ya que son elecciones de carácter eminentemente territorial.

Por último, dijo que este numeral 15 nuevo aprobado por la Comisión, recarga el texto constitucional al considerar los casos de cesación y subrogación del Gobernador Regional, cosa que generalmente en técnica constitucional, se entrega a la ley orgánica constitucional respectiva, para precisamente no recargar el texto constitucional, tal como ocurre en materia de alcaldes y concejales, que es la línea que siguió el Ejecutivo.

El Honorable Senador señor Zaldívar estuvo de acuerdo con que en materia de reforma constitucional las normas de ese tipo se entreguen a la respectiva ley orgánica, no obstante, reconoció que en este caso no ocurrió así. Dicho esto, señaló que no es comparable el caso de los consejeros regionales o de los alcaldes con el caso del Gobernador Regional que va a ser elegido para gobernar toda una región, pues en este caso, es lógico que en materia de inhabilidad se considere al Gobernador igual que a los Parlamentarios, de modo que señaló que eta calificación no debe estar entregada al Tricel porque no le corresponde, porque a la autoridad electa le corresponde una mayor rango.

- Vuestra Comisión rechazó la indicación número 8, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

La indicación número 9, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, propone sustituirlo por el siguiente:

"4) Reemplázase los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

"14°.- Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios, gobernadores regionales y delegados provinciales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional en los términos de la letra e) del artículo 124 bis, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y".".

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó que se debe eliminar a los “delegados provinciales” en el número 14 propuesto, ya que ellos son funcionarios de confianza del Presidente de la República.

Por tanto el Número 14° quedaría de la siguiente forma:

"14°.- Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

Enseguida, el Honorable Senador señor Guillier señaló que más adelante existen alguno temas que podría tornarse más complejos y que tienen que ver con los conflictos de competencia que se pudieran suscitar entre el Gobierno Central y los Gobiernos Regionales y las municipalidades, pues de la revisión del proyecto, falta el mecanismo que pueda resolver dichos conflictos.

Señaló que si bien le complica entregar tantas atribuciones al Tribunal Constitucional, tampoco ve la manera de resolver este tipo de conflictos.

- Sometida a votación la indicación número 9, fue aprobada, con la modificación señalada, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

La indicación número 10, del Honorable Senador señor Navarro, es para reemplazar las palabras “gobernador regional” por “intendente”.

- Puesta votación la indicación número 10, fue rechazada, por cuatro votos a favor, de los Honorables Senadores señora von Baer y señores Espina, Quinteros y Zaldívar, y la abstención del Honorable Senador señor Bianchi.

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La indicación número 11, del Honorable Senador señor Guillier, es para incorporar en el artículo 93 un numeral 17° del siguiente tenor:

“17.- Resolver los conflictos de competencia entre los órganos del Gobierno y la Administración del Estado central, los gobiernos regionales y las municipalidades.”.

El Honorable Senador señor Guillier reiteró que de la revisión del proyecto comienza a aparecer la necesidad de recurrir a un órgano que resuelva situaciones en el caso que se produzcan conflictos de competencia entre los distintos niveles, local, regional y nacional.

Expresó que no está a entera satisfacción con entregar la materia al Tribunal Constitucional, pero enfatizó que no vislumbra otro órgano que pueda hacerlos, ya que si bien se ha planteado que pueda ser el Senado, desde su perspectiva éste no puede estar resolviendo ese tipo de conflictos pues ello un proceso inorgánico y lento.

Agregó que no se puede desconocer que hay un vacío en este tema, por lo que planteó la necesidad de encontrar un camino de solución, aunque en una primera aproximación planteó que puede ser efectivamente el Tribunal Constitucional.

Por su parte, el Honorable Senador señor Zaldívar indicó que este es uno de los temas más complejos y difíciles de resolver porque dice relación con las competencias institucionales, y que no le parece que esté entregado al Tribunal constitucional que está llamado a resolver problemas de constitucionalidad relacionados con la interpretación de las leyes y otros.

Luego, señaló que en caso de entregársela esta nueva atribución el tribunal pasaría a ser una especie de supra poder, sin embargo, manifestó estar de acuerdo con lo expuesto en el sentido de buscar una fórmula para resolver los conflictos y planteó que tal vez debieran fijarse otras reglas para efectuar las transferencias.

El Honorable Senador señor Bianchi recalcó que este es uno de los artículos más complejos, y recordó que en el año 2008-2009 presentó junto a otros Senadores una reforma constitucional en que se ponía el acento en que tiene que haber un órgano que dirima, y lo que no puede ocurrir es que sea el Tribunal Constitucional o el propio Ejecutivo a través de distintos ministerios.

En la misma línea, señaló que en esa oportunidad se propuso que fuera el Senado porque se ve la Ley de Presupuestos año a año y en este caso precisamente se trata de ese tipo de materias. Agregó que políticamente corresponde prever cualquier situación de conflicto, por lo que insistió en que sea el Senado considerado como el órgano dirimente en esta materia.

Por su parte, el Honorable Senador señor Quinteros señaló que se están confundiendo los temas, pues a lo que se refiere esta norma es a resolver los conflictos entre autoridades regionales y comunales, no entre el Gobierno Regional y el Central cuando el primero pide competencia y el segundo se la niega, y consideró que ello es parte de otra materia y que se encuentra totalmente delimitado por cuanto actualmente los conflictos jurídicos los resuelve la Contraloría General de la República.

En la misma línea, dijo que entregar más competencia al Tribunal Constitucional sólo politizará los conflictos porque si hay un Gobernador Regional de una postura, y el Gobierno Central de otra, todo terminará alegándose ante el Tribunal Constitucional.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina dijo que efectivamente el problema va a ser quien resuelve los conflictos de competencias, y sugirió dejarlo para el final del debate junto con el tema del sistema electoral.

Luego, señaló que para resolver esos conflictos no es el Tribunal Constitucional el más indicado, sin perjuicio que en todas las democracias constitucionales existe la Justicia Constitucional y que el Tribunal no sea un vestigio de un régimen autoritario, sino que muy por el contrario, ya que en las democracias modernas constitucionales dicha justicia se expresa tanto a través de la Corte Suprema, como en el caso de Estados Unidos, como por el Tribunal Constitucional. A mayor abundamiento, señaló que el propio Presidente Allende recurrió en varias oportunidades a dicha instancia, en que ganó la mayoría de las veces.

Sin embargo la controversia de que se trata no se encuentra dentro de su ámbito natural ni doctrinaria, ya que aunque dicho tribunal resuelve conflictos que digan relación con la constitucionalidad de ciertas materias no puede ser el órgano llamado a resolver los conflictos permanentes de carácter político.

El Honorable Senador señor Zaldívar se manifestó de acuerdo con lo expresado por el Senador Quinteros en el sentido que se debe precisar el conflicto de competencia que hoy existe y que es resuelto por la Contraloría General de la República en su caso.

Señaló que era lógico preocuparse en este nuevo escenario por determinar quien puede resolver un conflicto en el caso que se denieguen competencias u otras, por lo que también estuvo de acuerdo con dejarlo pendiente hasta el final.

Asimismo, señaló que el Senado ha tenido incidencia en esta materia ya que se encuentra radicada en él la posibilidad de resolver conflictos de competencia en determinados casos, pero agregó, que en este caso tal vez debiera considerarse además que quien pida la competencia lo haga por un alto quórum al igual que quien resuelva, con lo que se precaven la exacerbación de conflictos.

El Honorable Senador señor Guillier manifestó en el ánimo siempre de ir avanzando estaba dispuesto a retirar esta indicación, pues dijo que sólo le interesaba generar este debate. Agregó que la Contraloría General de la República, para cierto tipo de conflictos más administrativos es una buena solución, pero queda pendiente la resolución de de conflictos políticos, siendo necesario estudiar otra solución.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que es en este tema donde se cruza este proyecto de reforma con la ley de transferencia de competencias, pues es en ésta última donde se considera una fórmula para solicitar dicha competencia, y en ese caso el problema es que la decisión final radica en el Presidente de la República.

Luego, indicó que si bien no tiene una solución tampoco le parece que la fórmula planteada en dicha ley sea la más adecuada porque, a su juicio, puede terminar en una inmovilidad total y además puede terminar radicando el conflicto en el Ejecutivo todo el tiempo, lo que puede terminar siendo un problema a largo plazo. Agregó que es un tema que debe resolverse en uno u otro proyecto.

Enseguida, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, dijo que en realidad en el proyecto de transferencia de competencias el tema planteado está resuelto, no obstante lo cual están disponibles para perfeccionar ese mecanismo pero partiendo de la base que se trata de atribuciones que la institucionalidad ha delegado al Presidente de la República y que, por tanto, es en ese escenario en que se debe entender el mecanismo de resolución.

Agregó que también se está estudiando otro mecanismo que consiste en objetivar la solicitud, de modo que por vía reglamentaría se pueda establecer una metodología para demostrar las capacidades institucionales como se hace en otros países, de modo que puede normarse que esas aptitudes estuviesen establecidas y a partir de ellas se pueda solicitar la transferencia.

El Honorable Senador señor Bianchi enfatizó que se debe cuidar que la resolución de conflictos quede entregada el Presidente de la República previa fundamentación, ya que ello vuelve a ser una medida absolutamente centralista, y subrayó que no debe quedar en manos del nivel central, por lo que estuvo de acuerdo con que se soliciten altos quórum, lo que salva y resguarda todo tipo de situación, e insistió en que es el Senado el llamado a una función como ésta.

La Subsecretaria del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señora Patricia Silva, también estuvo de acuerdo con que este es un tema muy importante y que debe ser resuelto ya sea en este o en el otro proyecto en tramitación, por cuanto es uno de los pilares para poder avanzar en descentralización.

Luego, dijo que considerando que se trata de un proceso de descentralización en el marco de un estado unitario, tal vez sería bueno escuchar opiniones respecto de esta materia o solicitar informes en derecho, por cuanto no es un tema sencillo y se debe estar analizando caso por caso. Agregó que tampoco puede recogerse una fórmula que genere permanente conflicto, sino que se debe facilitar que esto sea fluido e integral, todo lo cual debe tenerse presente al momento de definir el mecanismo en cuestión.

Sobre el particular, la Honorable Senadora señora Von Baer dijo que si bien se va a discutir estos temas en el proyecto sobre transferencia de competencias esto si tiene injerencia en el presente proyecto porque la Constitución Política establece que quien transfiere las competencias es el Presidente de la República. En ese sentido, dijo que de cambiarse el mecanismo en el proyecto de traspaso de competencias va a generarse un problema en la constitución.

- La indicación número 11 fue retirada por su autor.

La indicación número 12, del Honorable Senador señor Guillier, propone agregar en el artículo 93, a continuación del inciso décimo octavo, el que sigue:

“En el caso del número 16°, el requerimiento deberá ser deducido por cualquiera de los órganos en conflicto, a través de las personas que poseen su representación judicial.”.

- La indicación número 12 fue retirada por su autor.

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El artículo 110 de la Constitución Política de la República establece la división político administrativa del país.

La indicación número 13, del Honorable Senador señor Guillier, es para consultar el siguiente numeral nuevo:

“…) Sustitúyese el Artículo 110 por el siguiente:

“Art. 110. “Para el gobierno y la administración del Estado, su territorio se divide en regiones y éstas en comunas.

Para el ejercicio de las potestades de gobierno y administración interior, y de coordinación, fiscalización y supervigilancia de los servicios y órganos desconcentrados, la región se divide en provincias.

La creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas, la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de ley orgánica constitucional.”.”.

El Honorable Senador señor Guillier destacó que la idea de esta indicación es fortalecer la regionalización, razón por la cual se propone eliminar la alusión a las provincias, considerando sólo las regiones y comunas desde el punto de vista del de gobierno y administración, y para efectos del gobierno y administración interior se pueden considerar las provincias.

Agregó que en la práctica lo que pretende es separar el gobierno de la administración de la región, y además considera entregar a una ley orgánica constitucional la creación, supresión y denominación de dichas unidades territoriales.

Por su parte, el Honorable Senador señor Quinteros indicó que en caso de estar de acuerdo con esta indicación claramente ella corresponde a una reforma más estructural, y a modo de ejemplo hizo presente no estar de acuerdo con el número de regiones, pues cree en las macro regiones, pero claramente ese es un tema que no corresponde plantear en esta instancia.

Dicho esto, señaló que considerar este tipo de indicación en este proyecto sólo retardará más su tramitación, que no es la instancia para discutir este tema.

La Honorable Senadora señora Von Baer consultó cuál era el sentido de la indicación al sacar a las provincias de la administración regional y luego volver a incluirlas en el ejercicio de las potestades de gobierno y administración interior.

El Honorable Senador señor Guillier señaló que el articulado quedó un poco suelto porque esta indicación tiene directa relación con la indicación número 1 que retiró y que hablaba del Estado unitario y descentralizado.

- La indicación número 13 fue retirada por su autor.

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Número 5

Introduce, mediante dos letras, modificaciones al artículo 111 de la Carta Fundamental, referido al gobierno y administración regional. Su texto, en lo pertinente, se transcribirá a continuación de las modificaciones que se proponen.

La indicación número 14, del Ejecutivo, es para sustituirlo por el siguiente:

“…) Sustitúyese el artículo 111 por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo, y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine.

Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos del Gobierno Regional, y que no estén contemplados en el artículo 115 bis.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

En caso de muerte de uno o de ambos candidatos a que se refiere el inciso sexto, se convocará a una nueva elección dentro del plazo de diez días, contado desde la fecha del deceso. La elección se celebrará noventa días después de la convocatoria si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente.”.”.

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En sesión posterior, la Jefa de División Políticas y Estudios señora Viviana Betancourt, dijo que en general se conserva el esquema que en esta materia planteó la Comisión y agregó que la modificación tiene que ver con que, a diferencia de lo que sancionó en su minuto ella misma, se repone una autoridad en representación del Ejecutivo de carácter regional, de modo que se vuelve al esquema de tratar en ese orden por un lado al electo, y por el otro al designado.

Indicó que se repite el propósito de los Gobiernos Regionales que es la administración superior, con el objeto tridimensional que se ha mencionado en forma reiterada; se establece que el Gobernador Regional es Gobierno Regional junto con el Consejo; se dice expresamente que será un órgano ejecutivo, entre varios otros aspectos. En síntesis, enfatizó que se repone la fórmula original del Ejecutivo, agotando primero el nivel regional.

La Honorable Senadora señora Von Baer señaló que el primer inciso propuesto por el Ejecutivo corresponde al segundo de la Constitución Política vigente; luego el tercer inciso cambia y por ello consultó la razón de dicho cambio.

El Asesor de la Subsecretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio, subrayó que en virtud del proyecto de reforma constitucional que dispone la elección del Ejecutivo del Gobierno Regional, y siguiendo la tradición de aquellos Estados unitarios que también tienen una forma compuesta de organización como Francia, Italia, España y otros, se hace una distinción clara entre lo que es el Gobierno y la Administración. Agregó que se entrega la administración superior de la región, en conformidad al inciso primero, y tal como está en el inciso segundo del actual artículo 111, al Gobierno Regional.

Así, tal como lo indica el inciso segundo del artículo 112, dijo que el Gobierno Regional está constituido por el Gobernador y el Consejo Regional de acuerdo con la nueva nomenclatura. Asimismo, destacó que el inciso tercero hace la distinción respecto de las atribuciones de la autoridad electa, al que le corresponderá presidir el Consejo, ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional le establezca, y también se le entrega la coordinación, supervigilancia y fiscalización de todos los servicios públicos del GORE que no estén considerados en el artículo 115 bis.

Para aclarar este último punto, señaló que actualmente, el Intendente en su calidad de representante del Presidente de la República tiene la coordinación, supervigilancia y fiscalización de todos los servicios públicos que dependan o se relacionen con la máxima autoridad del país a través de un ministerio, y en razón que ello se está reformando, pues que habrá servicios públicos que dependan del Gobernador Regional, es que se hace esta distinción entre los servicios que dependerán del Gobierno Regional, cuya coordinación, supervigilancia y fiscalización va a estar en manos del Gobernador, respecto de aquellos servicios públicos que no van a ser objeto de transferencia de competencias, que no se van a descentralizar y que por tanto van a continuar dependiendo del Presidente de la República, en virtud del mencionado artículo 115 bis.

Así, prosiguió, es que se introduce esta modificación con el fin de hacer una clara distinción entre aquellos servicios públicos que van a depender o se van a relacionar con el Gobierno Regional, respecto de aquellos que van a seguir dependiendo en forma directa o indirecta del Presidente de la República.

Luego, la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que la indicación del Ejecutivo no está en concordancia con lo que se acordó en su oportunidad por la Comisión en el texto del artículo 112, es decir, esta indicación no cambia el texto actual de la Constitución Política de la República sino que cambia el texto que se votó favorablemente por esta Comisión.

Respecto de este último punto, aclaró que se acordó en su oportunidad la elección por simple mayoría del Gobernador Regional y que el fraseo de los incisos era distinto. Con el objeto de facilitar la discusión solicitó que la comparación se efectúe con el texto aprobado por la Comisión y no con la Carta Fundamental.

Enseguida, dijo que el Ejecutivo respecto del inciso tercero que propone cambia las atribuciones del Gobernador Regional, restringiéndolas desde su punto de vista, y adicionalmente cambia la forma de votación entregándola a una ley orgánica constitucional.

Por su parte, el Honorable Senador señor Espina consultó a los representantes del Ejecutivo respecto de la presentación que haría el Ministro en el tema del traspaso de competencias, que si bien es un proyecto distinto a este es fundamental para las decisiones que se adopten en el presente proyecto de reforma constitucional.

Luego, señaló que el inciso tercero de la propuesta de la Ejecutivo es una verdadera definición constitucional respecto de la transferencia de competencias y que es distinto a lo que considera el proyecto sobre transferencias.

A continuación, el Asesor de la Subsecretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio, recordó que se estableció la figura de un Delegado Presidencial (regional y provincial) que tendrá determinadas atribuciones al igual que ocurrirá con el Gobernador Regional. Enseguida, al separar la figura del intendente y en razón del procedimiento sobre transferencia de competencias y del programa de descentralización que se pretende llevar a cabo, es necesario establecer cuáles son los servicios que se van a relacionar con el Gobierno Regional y con el respectivo Delegado.

Dado lo anterior, dijo, es evidente que debe hacerse la distinción y que en esa línea la indicación del Ejecutivo señala por una parte que el Gobernador Regional va a coordinar, fiscalizar y supervigilar todos aquellos servicios que se relacionen o dependan del GORE, que no dependerán en nada de la administración central. Luego, indicó que el artículo 115 bis al que hace referencia, considera a aquellos servicios públicos que dependan o se relacionen con el Presidente de la República.

Por su parte, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, indicó que tal como se ha señalado esta norma es compatible absolutamente con lo que señala el proyecto de ley sobre transferencia de competencias, e incluso, enfatizó que como una forma de especificar en forma más precisa las competencias que se van a transferir, pudiendo definirse una primera etapa en este proceso, el Ejecutivo pretende introducir más adelante un nuevo artículo que especifique los roles, en el sentido que todo el papel de diseño de política e instrumentos normativos de carácter nacional no sean materias que puedan descentralizarse, y sean propias de los ministerios a nivel nacional.

En la misma línea, dijo que las materias asociadas a la ejecución de políticas deben ser las que en esta etapa se descentralicen, lo que es coherente con el principio que se ha planteado y que más adelante se complementará.

El Honorable Senador señor Bianchi señaló que en tanto se mantenga la incertidumbre respecto de la forma de elección del Gobernador, que para el Ejecutivo es directamente relacionado con el porcentaje de transferencias de competencias que ocurrirá, no se podrá avanzar. No obstante destacó que el Gobierno se ha allanado a introducir otro artículo que especifique los traspasos, y que exista acuerdo en que debe existir gradualidad en los traspasos de competencias.

Luego, el Honorable Senador señor Espina indicó que de las indicaciones presentadas por el Ejecutivo ninguna es capaz de aclarar cuáles son las competencias que se traspasan. De hecho, agregó, comparando el inciso tercero con el artículo 115 bis, en ambos casos se trata de exclusiones, lo que no parece una buena forma de legislar.

En esas circunstancias, enfatizó que en la redacción debiesen quedar claramente establecidas las atribuciones que va a tener el Gobernador y el Delegado, pues sólo se indica lo que no pueden hacer.

Dentro de este contexto, la Honorable Senadora señora Von Baer manifestó que también considera que se trata de una doble exclusión y agregó que en la forma en que originalmente lo aprobó la Comisión se señalaba expresamente que:

“El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste, en su caso.

Una ley orgánica constitucional determinará las demás atribuciones esenciales que éste ejercerá. La ley establecerá la forma en que ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.”.

Enseguida, destacó que la redacción antes señalada está hecha en forma positiva, pero que la propuesta del Ejecutivo va en sentido contrario, negativo. Agregó que si bien se ha hecho presente por parte del Gobierno que se introducirá otro artículo que definirá los servicios públicos que se traspasarán, mientras no se conozca es difícil definir el rol del Gobernador.

El Honorable Senador señor Quinteros enfatizó que toda esta discusión está demás, pues el artículo 115 bis debe ser eliminado por el Gobierno, considerando las modificaciones ya efectuadas anteriormente en el articulado.

A su turno, el Honorable Senador señor Zaldívar señaló que no se puede adelantar una discusión si no se cuenta con el artículo anunciado por el Ejecutivo, porque no es posible emitir una opinión a ese respecto. Agregó que tal vez sería bueno discutir en conjunto tanto la forma de elección del Gobernador Regional como la forma de transferencia de las competencias.

Para terminar, la Honorable Senadora señora Von Baer sugirió que se opte por la redacción aprobada inicialmente por la Comisión y enfatizó que esperaba contar con la redacción del nuevo artículo para la próxima sesión.

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En la sesión siguiente la Subsecretaria del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, señora Patricia Silva, indicó que efectivamente el Gobierno se comprometió a traer una propuesta respecto a la votación para la elección del Gobernador Regional y en relación con el nivel de transferencia de competencia, que es donde se va a materializar la descentralización. No obstante, señaló que si bien están ad-portas de llegar a un acuerdo completo con los distintos sectores no es posible presentar en esta sesión un texto que sirva de base para ello, por lo que solicitó que se aplace esta discusión para la próxima semana, con el compromiso de retirar las urgencias.

La Honorable Senadora señora Von Baer enfatizó que existe una preocupación de esta Comisión en el sentido que quede claramente establecido para la opinión pública que siempre el espíritu ha sido que exista elección del Gobernador Regional el año 2017, pero que las urgencias que ha puesto el Ejecutivo la han clocado en una situación incómoda considerando que es el mismo Ejecutivo el que no ha entregado lo comprometido para seguir la discusión.

Enseguida, el Honorable Senador señor Bianchi enfatizó que el Gobierno no ha tenido una actitud respetuosa una vez más al no presentar la solución esperada, lo que no parece adecuado. Agregó que le molesta profundamente que el Ejecutivo siga evadiendo la situación que dice relación con los traspasos de competencia lo que permitiría destrabar la discusión acerca de la forma de elección del Gobernador Regional.

Señaló que no corresponde que se le pida por favor al Gobierno que cumpla, sino que se debe simplemente sancionar el tema cuando se cite a la Comisión llegue o no la propuesta del Ejecutivo, pues en las regiones se culpa a esta Comisión del retraso en la reforma, todo lo cual constituye una situación grave e injusta.

El Honorable Senador señor Quinteros señaló que este proyecto se está tramitando porque no existen dos opiniones en el país respecto a este tema, en el sentido que se quiere una verdadera descentralización, y que se ha ido avanzando con el mejor de los espíritus. En relación con este tema, planteó que se debe terminar con las inhabilidades existentes para los consejeros y concejales que no pueden optar a un cargo parlamentario, debiendo renunciar con un año de anticipación.

Luego, destacó que igualmente se ha ido avanzando en el traspaso de competencias, no obstante lo cual le es necesario manifestar su aprehensión al respecto ya que, en su opinión, si no existe una ley de rentas regionales poco y nada se podrá a avanzar en dicho tema, a pesar que destacó que la elección del Gobernador Regional es un paso muy importante.

Enfatizó que si bien aún falta bastante para comenzar tener esa descentralización ideal a la que todos aspiran, el primer paso de elegir al Gobernador Regional, lo que va a marcar un hito que permitirá ir avanzando en estas materias. Añadió que lo importante es asegurar que el año 2017 se elegirá al representante de la ciudadanía a nivel regional, no dilatar más la iniciativa y que no queden dudas que esta Comisión apoya lo anterior.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Espina hizo presente que los puntos centrales para la descentralización dicen relación, en primer, término, con la elección del Gobernador Regional que va a terminar con una situación que impide en definitiva que las regiones puedan defender sus propias decisiones. En la situación actual, dijo que frente a un conflicto legítimo entre el Gobierno central y la región, es evidente que la situación del intendente es imposible.

En segundo lugar, indicó que para su sector no es indiferente el sistema electoral y de hecho, recordó, propusieron un sistema en que los intendentes sean elegidos con votación de simple mayoría al igual como lo son los alcaldes, en tanto el Gobierno propuso un sistema de mayoría absoluta con segunda vuelta.

Agregó que es legítimo pensar que dependiendo de quién gane la elección presidencial muy probablemente los intendentes serán también de la misma corriente o afines con su postura, de modo que la opción por la simple mayoría, dice relación con la posibilidad que grupos emergentes de regiones puedan asumir el GORE, lo que en otro escenario como el dela mayoría absoluta se les haría prácticamente imposible.

En la misma línea, insistió en que existen fuertes grupos regionalistas que no tendrán opción en caso de perseverar en el sistema de la mayoría absoluta y, a modo de ejemplo, señaló que muchos alcaldes resultaron electos con un porcentaje menor y luego producto de su buena gestión obtuvieron mayores porcentajes, de modo que en su opinión, el sistema de simple mayoría en nada perjudicaría al Gobierno de la región.

Agregó que con el sistema de mayoría absoluta se producirá un cuoteo entre partidos que en nada ayuda al desarrollo de las regiones, lo que en su opinión no es correcto porque no es la forma de elegir cargos que representan intereses regionales.

Como una forma de encontrar acuerdos en esta materia, recalcó que han recogido la indicación presentada por el Honorable Senador señor Guillier que propone una elección con un porcentaje del 35%, de modo que enfatizó que no obstante haber propuesto la mayoría simple estaban de acuerdo en el porcentaje señalado, pero que no se ha podido llegar a una acuerdo sobre este tema.

Lamentó que nuevamente el Ejecutivo no cumpla con traer especificadas las competencias que se van a traspasar a las regiones, pues votar el proyecto de elección de intendente desconociendo las competencias que se le van a transferir constituye una gran irresponsabilidad y un engaño absoluto a las regiones.

El Honorable Senador señor Bianchi insistió en que el Gobierno no cumplió lo prometido y que no basta con retirar las urgencias, haciendo presente que fue la Comisión la que solicitó al Ejecutivo no ver los proyectos por separado, y se antepuso esta votación a conocer el traspaso de competencias.

Por último, indicó que no basta con definir las competencias que se van a traspasar sino que además, es necesario conocer cuál será el órgano que va a dirimir en caso de conflicto en una petición de traspaso de competencia.

Enseguida, a modo de resumen, la Honorable Senadora señora Von Baer indicó que el año pasado se trabajó en un texto que se votó de manera unánime en la Sala y que contenía un acuerdo con el Ejecutivo. Luego, hizo presente que el Gobierno le presentó indicaciones a dicho texto y como la Comisión entiende que no se trata de un tema ideológico sino que, institucional y sumamente importante para el país ha insistido en ver ambos proyectos en conjunto.

Sobre el traspaso de competencias, subrayó que existe bastante inquietud respecto como estos dos temas se complementan, de modo que el traspaso de competencias, el órgano dirimente, o el piso mínimo para los Gobernadores Regionales, son los temas que la Comisión ha insistido en despejar y dibujar muy bien cuál es el tipo de autoridad que se quiere tener.

Agregó que en su oportunidad el Ministro del ramo indicó que los temas a resolver básicamente eran el porcentaje de elección y el tipo de institucionalidad que se va a tener y que dice relación con el traspaso de competencias, y en este sentido, subrayó que también se manifestó que el Gobierno era partidario de la mayoría absoluta, en tanto la oposición por la mayoría simple, y en un plano intermedio está la indicación del Honorable Senador señor Guillier que propone el 35%.

Recalcó que la intención de todos es que la elección del intendente se realice el año 2017, pero ello debe hacerse de manera responsable y con un buen dibujo institucional, de modo que instó al Ejecutivo a cumplir sus compromisos para no seguir retrasando este proyecto.

La Subsecretaria del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señora Patricia Silva, reiteró el compromiso que tiene el Gobierno de la Presidenta Bachelet con la descentralización e hizo presente que no obstante estar ambos proyectos en distintos trámites constitucionales, se ha acordado darles viabilidad política e institucional para permitir la descentralización de las regiones en el país.

Estuvo de acuerdo con que para cumplir lo anterior se requiere de un acuerdo transversal al que sin embargo hasta ahora no ha sido posible alcanzar ya que, como se ha expresado en esta Comisión, la idea es que las regiones no sean de papel, y precisamente por esa razón se debe establecer un sistema que permita seriedad y responsabilidad en una transferencia que contemple un período transitorio y luego un sistema en régimen.

Por último, agregó que también se considerará el sistema que permita dirimir los conflictos que puedan darse en el traspaso de competencias, y enfatizó que todos estos temas se están trabajando para darles viabilidad política e institucional, como se dijo, con la seriedad que corresponde de modo de darle respuesta al país en un tema central como lo es la descentralización.

Para terminar, el Honorable Senador señor Lagos manifestó su preocupación respecto a la forma en que se va a establecer el mecanismo para elegir a los Gobernadores Regionales, y expresó que lo mínimo, por la dignidad que tiene que las regiones en Chile por primera vez puedan elegir a quien los va a conducir, es que tenga un respaldo ciudadano importante y sustantivo.

Sobre las diferencias, en este caso, entre un sistema de simple mayoría a uno de mayoría absoluta, indico que es difícil explicar que si la idea es traspasar verdaderas atribuciones en el marco de una descentralización fuerte se tenga Gobiernos Regionales compuestos por una minoría, y que desde el punto de vista de la dignidad y atributos que debe tener un Presidente de la República para gobernar el país y los que debe tener el Gobernador para dirigir las regiones no debiera existir diferencias en el sistema electoral, ya que optar por la forma de elección del alcalde no genera mayoría sustantiva ni visión de conjunto de la región y, aun mas, puede que ser que minorías permanentes puedan controlar una región impidiendo una mayor representación.

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En una sesión siguiente el Ministro Secretario General de la Presidencia señor Nicolás Eyzaguirre, señaló que existen dos proyectos en trámite en forma paralela que se interrelacionan y que también lo harán con un tercero que ingresará prontamente y que dice relación con el financiamiento.

Antes de recibir las opinión del Ejecutivo, la Comisión escucho al Honorable Senador señor Espina, quien estimó necesario rebatir las declaraciones formuladas por el Presidente de la Corporación Senador Lagos Weber, en el sentido que la derecha estaba chantajeando al Gobierno respecto del sistema electoral, y enfatizó que no existe ningún ánimo de dilación respecto de este proyecto de modo que la afirmación es totalmente inexacta e injusta porque precisamente la tramitación de este proyecto se agilizó mientras le tocó presidir esta Comisión.

Indicó que lo que se ha sostenido siempre es que un verdadero proceso de descentralización va de la mano con cuatro elementos: -elección democrática del intendente respecto de lo cual, existieron distintas visiones; -atribuciones y competencias, que es un tema que no ha logrado hacer conciencia que es necesario que exista claridad a este respecto para que no sea una autoridad de papel y, por tanto, subrayó que debe existir una transferencia razonables de competencias que esperaba que el señor Ministro pudiese señalar.

El Honorable Senador señor Bianchi recordó que en su momento solicitó que ambos proyectos (intendentes y transferencia de competencias) se analizarán en conjunto, lo que fue respaldado por la Comisión porque el Ejecutivo solo había presentado la elección, lo que podría haber sido una anuncio político importante pero que no iba a la fondo de la situación.

Manifestó su alegría porque la Comisión, a pesar de los plazos que el propio Ejecutivo incumplió reiteradamente, ha continuado tratando ambos temas en conjunto a pesar de las presiones, y agregó que si hasta esta fecha se sigue tratando este tema es porque el Gobierno no ha podido llegar al acuerdo para la elección de la futura autoridad.

Destacó que gracias al trabajo de esta Comisión el Ejecutivo entendió que era imposible que solo la mera elección de la futura autoridad bastara si ello no estaba acompañado de atribuciones que permitan hablar de una verdadera descentralización a lo largo del país, y reiteró que no estaba dispuesto a votar la sola fórmula de lección de la futura Gobernadora o Gobernador si ello no va con atribuciones.

Enseguida, el Honorable Senador señor Lagos, señaló que lo que se está haciendo es tremendamente importante en materia de descentralización, que es histórico en el país, y que se trata de un proyecto que para el caso de las elecciones, requiere de un quórum especial, de modo que debe existir un acuerdo al respecto.

En este sentido hizo presente que el Ejecutivo envió un proyecto original muy compartido dentro de la coalición de Gobierno, que era elegir un intendente con el 50% más uno de los votos, y que en el transcurso del ejercicio democrático de este proceso se presentó una indicación que resultó aprobada para que la elección se verifique por simple mayoría.

Así las cosas, precisó que nuevamente el Gobierno insistió con la mayoría absoluta a través de una nueva indicación, propuesta que no cuenta con los votos suficientes y que en este escenario, sostuvo que durante muchos años, muchos sectores de distinta naturaleza han señalado que a veces no se dieron las peleas que deberían haber dado con mucha fuerza y que el argumento de no tener los votos no es suficiente.

Continuó indicando que lo que quiso decir en sus declaraciones es lo que se ha recibido de parte del Gobierno en esta materia, que no fue posible encontrar un punto de entendimiento y se prefirió una fórmula distinta, de tal manera que su crítica va dirigida a la falta de convicción del Ejecutivo.

Por último, señaló que esta decisión tiene un costo en el sentido que no se conseguirá más financiamiento que el que se conoce ni más atribuciones, pero insistió que en un proceso nuevo como este es muy fuerte lo que ocurrirá en materia de descentralización, por lo que en su opinión el próximo líder de la región debiera tener un gran apoyo para poder administrar correctamente esos recursos adicionales y competencias que aún no se tiene, de modo que el 40% del que se ha hablado va a generar una dificultad para conseguir el apoyo.

Luego, la Honorable Senadora señora Von Baer precisó que desde la oposición siempre han tenido la convicción que el mejor sistema es la mayoría simple, habiendo una razón técnica para ello que dice relación con que en general en el mundo las elecciones territoriales se hacen con esa forma de votación, al igual que en el país en el caso de los alcaldes, porque que era una forma de tener una discusión a nivel regional mucho más potente que hacer una elección similar a la presidencial y casi al mismo tiempo, pues en tal caso se replicaría a nivel regional la misma discusión que se produce a nivel nacional, en lugar de privilegiar el necesario debate regional.

Agregó que también existen diferencias en materia de transferencia de competencias, que es un tema que debe discutirse a fondo en el seno de la Comisión.

Por su parte, el Honorable Senador señor Zaldívar indicó que efectivamente en política se puede tratar de lograr lo óptimo dentro de las realidades que existen, y enfatizó que en este caso se ha discutido entre una y otra fórmula de elección en forma bastante profunda.

En este escenario, dijo que se está tratando de posibilitar algo que es muy importante y que es que la autoridad regional sea elegida por los ciudadanos de la región respectiva, y en cuanto a cómo elegirla, manifestó que lo ideal sería que se elija con la mayor fuerza posible, ojalá mayoría absoluta, pero si ello no es posible le parece que la fórmula del 40% tiene más fuerza que la mayoría simple.

También destacó que otro tema relevante es el de transferencia de competencias ya que no se saca nada con elegir a una autoridad que no tenga la capacidad de ejercer dicha autoridad, por lo que dijo que esperaba que a lo largo del debate se lograra definir dicha transferencia, e insistió en que para lograr el objetivo, muchas veces no se tienen los recursos o votos necesarios y se deben buscar los acuerdos que sean precisos.

Con respecto a la simple mayoría, reiteró que le parece un sistema riesgoso porque en su opinión en el próximo tiempo habrá una gran dispersión, por lo que sería muy posible que un intendente resulte electo con un 20% lo que es una situación muy distinta a lo que ocurre con los alcaldes, y en ese sentido el Gobierno tomó una decisión en cuanto a que la elección del intendente se haga con un 40% y es esa opción la que apoyará.

El Honorable Senador señor Bianchi dijo que no se debe tener temor a la verdad en el sentido que pareciera existir un discurso dentro de esta sala y otro afuera, por cuanto lo cierto es que el Gobierno ha tenido siempre la mayoría para sacar adelante este proyecto si hubiese querido votarlo hace semanas atrás.

Enseguida, indicó que los Senadores independientes han tenido el convencimiento absoluto de respaldar este proyecto de ley, pero ocurrió que al interior de la propia Nueva Mayoría había divisiones, pues se trata de un tema político que ocurre con los municipios en la actualidad.

Recordó que el Gobierno no presentó los traspasos de competencia pues primero quería saber el porcentaje con el cual se elegiría al Gobernador Regional, y que parece existir un temor o desconocimiento o bien un ánimo centralista en cuanto a la descentralización.

Para terminar, reiteró que la votación actual permite avanzar en este proyecto, no obstante que lo deseable es que fuera apoyado por la unanimidad de los Parlamentarios.

Luego, el Honorable Senador señor Quinteros compartió lo dicho por el Senador Zaldívar y agregó que el 40% es casi lo mismo que la mayoría absoluta, en el sentido que es una mayoría bastante contundente y que si tiene una leve diferencia con la segunda mayoría quiere decir que no hubo una tercera alternativa que pueda poner en riesgo una segunda vuelta.

En otro tema, señaló que en materia de competencias el proyecto original consideraba atribuciones bastante más modestas que las que hoy en día se están considerando, e hizo presente que en esta ocasión se trata de una reforma constitucional.

Así, enfatizó que lo fundamental en esta discusión es despejar la elección del Gobernador Regional ya que las facultades de las que tanto se ha hablado están en la ley y no en la Constitución Política de la República, de tal manera que esta discusión sobre competencias termina en la práctica dilatando esta reforma.

Hizo presente que hace 27 años que se viene discutiendo este mismo tema, de modo que no es posible esperar otro cuatrienio antes de poder elegir a la autoridad regional, y llamó a que no se confundan más lo temas ya que la presente reforma sólo se refiere a la elección de la autoridad regional.

Acto seguido, el Ministro Secretario General de la Presidencia señor Nicolás Eyzaguirre, hizo presente en que se han tratado dos temas relacionados, pero con lógicas propias.

Así, señaló que en este caso se trata de discutir una reforma constitucional que habilita la posibilidad de que las regiones elijan a su intendente, y agregó que el Gobierno tiene la convicción en cuanto a que el país tiene un grado de descentralización que es ineficiente y de alguna forma derogatorio de las capacidades que están en las regiones.

Indicó que no hay dudas con respecto a que en un estado unitario es bueno que ciertas cosas se mantengan como una política común a todos, y al mismo tiempo no hay duda que hay un conjunto de otra decisiones que deben ser tomadas en forma cercana al territorio, pues sólo él puede saber lo que es mejor para sí mismo.

El excesivo centralismo, prosiguió, lleva a que muchas veces por economías de escala o globalización las partes se fracturen del todo, y por tanto se debe tener flexibilidad en el sentido de ir acomodando las estructuras a la necesidad de avanzar en este tema.

Enfatizó que la descentralización debe ser un política de Estado, toda vez que se está cambiando una forma de estructura política decisional a nivel país y que posiblemente sea el cambio más importante que se ha hecho en esta materia en mucho tiempo, y por tanto se ha tratado de tener un marco común sobre un tema muy complicado y costoso y que además supone un hito.

Enseguida, manifestó que por más clara que pueda ser la ley respecto de las competencias para el centro y para las regiones se va a producir algún nivel de tensión entre ellos, pues descentralizar competencias significa descentralizar poder. En ese sentido, dijo que se debe lograr un balance que evite que dicha Litis termine trozando al país en un grado tal que le haga perder la necesaria unidad para tener un propósito común.

En la misma línea, señaló que al Ejecutivo le parecía que Gobiernos Regionales minoritarios iban a tener incentivos para tratar de desafiar el Gobierno Central a objeto de suscitar el mayor apoyo regional para lograr mayores competencias, y que para el equilibrio del sistema se requiere que tanto el Gobierno Central como los Gobiernos Regionales tengan una representatividad suficiente, y por ello la primera aproximación del Ejecutivo fue considerar la mayoría absoluta.

No obstante, hubo sectores que legítimamente sentían que ello no era necesariamente así simplemente porque la evidencia política comparada muestra que hay otros lugares donde no se ha resuelto así. Frente a eso, optaron por buscar un acuerdo y una cifra significativa que evita las potenciales aventuras regionales pero no necesariamente de mayoría absoluta, lo que es efectivamente un punto de encuentro potencial.

En este contexto, señaló que la indicación de la Presidenta de la República que se presentara en su oportunidad propone que el Gobernador Regional debe ser elegido con un umbral del 40% de los votos, y si no lo alcanzara debe haber una segunda vuelta entre las dos primeras mayorías, y si dos pasan de dicho porcentaje gana el que se sacó más.

En materia de transferencia de competencias recalcó que no se trata de un tema simple y por ello es necesario razonarlo con mucha profundidad, pues en primer término es necesario alcanzar un acuerdo en relación a un primer grupo de competencias a objeto de no elegir Gobernadores Regionales de papel, pero como se sabe que se trata de un proceso dinámico, tal como ha ocurrido en otros países, debe existir un Protocolo respecto de cómo esto avanza dinámicamente en el tiempo lo que es una tarea doblemente compleja porque primero se deben identificar las competencias que ya estarían listas para ser transferidas en un tiempo breve, y luego, como evitar que esa situación escale a un enfrentamiento entre el Centro y Regiones.

Teniendo lo anterior en consideración se comenzó por definir ciertos criterios que son bastante directos, ya que es evidente que la cercanía al territorio le da ventajas enormes al diseñador y ejecutor de políticas respecto de algo que está más alejado. Al mismo tiempo, la carencia de políticas únicas puede llevar, en un estado unitario a un caos de regulación que haga que las reglas del juego sean tremendamente complejas de entender, y por tanto, se debe tener la virtud de lo homogéneo y lo diferente, cosa que es muy compleja.

Dado lo anterior, señaló que los criterios son los siguientes:

1.- Se demuestre que en una particular competencia, es más ventajosa la decisión regional, en términos de adaptación de política o provisión de un servicio público, que la decisión nacional;

2.- El Estado central no pueda hacerlo mejor.

3.- Que tenga alguna aplicación general, no sólo en una región en particular, sino que en un conjunto.

4.- No exista lo que se conoce como “Arbitraje Regulatorio” (arreglar algo a expensas de otro) al momento de transferir una competencia.

Sobre la base de los criterios generales antes señalados el señor Ministro dijo que se ha establecido un protocolo de cómo se resolvería o probaría que dichos criterios se cumplen o no, a través de la formación de una Comisión Técnica integrada por el Gobierno Central con participación de la región y del ministerio a quien corresponde entregar la competencia, para tratar de mantener el equilibrio. Así, dijo que se establece un procedimiento de cómo debe ser resuelto, como se eleva al Presidente de la República, como se hacen las observaciones y eventualmente, una segunda opinión de un Comité experto que califica si las peticiones son o no razonables.

Señaló que están planteando que durante el primer período en que serían elegidos estos Gobernadores (2018-2022), sólo se puedan transferir competencias de oficio desde el Gobierno central al Gobierno regional, y luego de esta transición, durante los 18 primeros meses de elección de un gobierno regional, a objeto de evitar dicha litis, la región pedirá las competencias que pasarán por este proceso de decisión.

Por último, destacó que cuando la Comisión lo determine puede poner a disposición de sus miembros, el conjunto de competencias que se pondrían en la ley para ser transferidas en el primer período, y a las 23 competencias que existen actualmente más las 51 competencias que vienen de la Cámara de Diputados, a as que se agregarían del orden de 30 competencias adicionales que pueden ser detalladas y que son bastantes sustantivas en los ámbitos de desarrollo productivo, infraestructura, transporte y ordenamiento territorial y en el ámbito de desarrollo social.

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Continuando con la sesión, el Ministro Secretario General de la Presidencia señor Nicolás Eyzaguirre, reiteró que se dejó planteada la idea que una vez que el sistema esté en régimen, durante los primeros 18 meses, el Gobernador Regional electo por el 40% de los votos válidamente emitidos, podría solicitar al Gobierno central la transferencia de competencias.

Sobre las competencias, enfatizó que se ha planteado que lo que se estipularía en la ley de transferencia de competencias es que durante los primeros 4 años (2018-2022) la autoridad electa tendría las 23 competencias ya existentes más las 51 que contempla el mismo proyecto, pero si eso aún fuere insuficiente se propondrá incorporar otras 30 nuevas competencias.

Desde el año 2022 en adelante y durante el periodo de los primeros 18 meses del ejercicio del cargo, los Gobernadores podrán solicitar nuevas competencias, conforme a los criterios anteriormente explicados, que también contempla el procedimiento para hacerlo.

En cuanto al tema de la gobernanza de las regiones, expresó que ha existido una cierta tensión en relación a cuáles son las funciones propias de la autoridad electa y cuales las de los consejeros regionales.

Sobre el particular manifestó que, como ocurre en la mayoría de las organizaciones, es inconveniente que un cuerpo colegiado haga el micro manejo de una determinada institución, y siguiendo el mismo modelo general de pesos y contrapesos (un ejecutivo y una suerte de consejo que da lineamientos), se concluyó que en lo principal el Core deberá ser contrapeso del Gobernador Regional, que tiene un cuerpo de funcionarios y tres divisiones bajo su dependencia.

No obstante, la labor del Core también debe ser potenciada para lo cual se propone que tanto los estudios como la realización de grandes proyectos deban ser aprobados de manera unitaria por los Core, a fin de evitar la asignación de grandes cantidades a un solo proyecto por parte del ejecutivo regional. Provisoriamente se ha estimado que los proyectos por sobre las 20.000 UTM deben ser aprobados uno a uno por el consejo, no obstante que para evitar un detrimento de la capacidad del ejecutivo regional se dispone que los proyectos de menor envergadura no sean aprobados uno a uno, por cuanto ello no es eficiente desde el punto de vista del gobierno corporativo.

Agregó que con razón el Core querrá contar con un control bastante directo del Ejecutivo regional a objeto que no se produzca una suerte de poder incontrarrestable de este último en comparación con el consejo, que también es electo, y que para eso debiera aprobar el presupuesto general del Gobierno regional, con sus grandes ítems presupuestarios.

Resaltó que un nuevo elemento de control de gestión que es característico en la gobernabilidad corporativa es que con sujeción al Core exista una Unidad de Control o Auditoría, que sería elegida por el Core a propuesta del gobernador regional, e indicó que el Auditor podría ser removido por la mayoría del Core.

Destacó que ese punto es muy relevante porque la Unidad de Control o Auditoría tendrá facultades para poder fiscalizar no sólo en la legalidad sino que fundamentalmente la gestión, de modo que los recursos aprobados por el Core efectivamente se apliquen conforme al espíritu en que el presupuesto fue aprobado. Lo anterior, según dijo, logra darle expedición el Ejecutivo regional y también el suficiente control a través de la unidad señalada que dependen del Core, y además este último tendrá la facultad de aprobar los proyectos que son de gran envergadura.

Volviendo al tema de las competencias que el Ejecutivo estima que ya podrían ponerse a disposición de la autoridad electa a contar del 2018, el señor Ministro indicó que actualmente hay 23 competencias ya instaladas que se suman a las 51 que considera el proyecto de ley de transferencias, que básicamente se refieren a temas como las definiciones de áreas metropolitanas en materia de transporte y disposición de residuos y los programas de ordenamiento territorial. Asimismo, destacó que se crean tres nuevas divisiones en los gobiernos regionales que corresponden a las tres áreas que se establecen en la Constitución Política del Estado como descentralizables.

No obstante, el Gobierno consideró que ello aún podría resultar insuficiente en términos de un listado con el que se pudiera comenzar, y luego de un trabajo complejo, y que aún puede seguir evolucionando hacia otras competencias que pueden descentralizarse, se estimó posible que los gobiernos regionales dispusieran de competencias en el área de fomento productivo porque en la actualidad Corfo y Sercotec tienen una cantidad enorme de programas o ventanillas que son aplicadas a cada región, sin que esta última no sea más que un usuario.

En el nuevo esquema, indicó, se permitiría que, dependiendo de la realidad productiva de cada región, esta haga las decisiones respecto de la oferta exacta de facilidades de Corfo y Sercotec con las que quiere contar.

Agregó que si bien no es proyecto a proyecto, porque se aplican sistemas de concurso de nivel nacional, si aumentaría significativamente la participación de la región en la determinación de estos concursos, que en la actualidad, lo decide un comité Corfo que está en Santiago, y ahora habría un comité integrado por 7 personas de la región de un total de 10, que será presidido por el Jefe de la División de Fomento Productivo.

Además, en el ámbito de ciudad, territorio e infraestructura, fuera del plan de ordenamiento territorial también se considera la importante labor que en regiones desempeña el Serviu, para lo que se propone que la región decida donde se ejecuta la vialidad urbana.

En cuanto a la rehabilitación de espacios públicos, señaló que ello también pasaría a ser definición de la región, a diferencia de lo que ocurre actualmente en que se decide centralizadamente. Lo mismo ocurriría con los pavimentos participativos, y destacó que mientras la vialidad urbana es en general entregada a terceros, y por tanto descentralizable en forma inmediata, la rehabilitación de espacios públicos se descentralizaría gradualmente dentro del período de cuatro años, porque se necesita instalar las capacidades técnicas para poder hacer esas definiciones.

También en este ámbito, le correspondería a la región coordinar el plan regional de infraestructura y transporte.

Enseguida señaló que actualmente ni la Constitución ni la ley le dan de manera genérica a la región la facultad de ejecución de políticas y programas, lo que ahora si estaría considerado en la ley siempre que cumpla con los criterios explicados anteriormente, y lo mismo respecto de la ejecución o servicios, y así lo estima la Comisión respectiva.

En materia del Fosis: hizo presente que así como Corfo tiene una gran cantidad de facilidades, en este caso Fosis tiene básicamente tres estructuras programáticas que son el subsidio directo, un programa de micro emprendimiento y una línea de empleabilidad que corresponde a programas de capacitación gratuitos. Dichas estructuras, según precisó, también serían gradualmente descentralizadas dentro del mismo período, en forma completa.

Finalmente, indicó que lo que se ha identificado en las áreas madres de la descentralización que son: desarrollo productivo, donde había poco o nada, en materia de infraestructura, transporte, ciudad y territorio, donde se considera lo del Serviu, y en desarrollo social y cultural donde virtualmente no había nada, ya se ha establecido por parte de la Subdere las líneas a descentralizar. Añadió que se trata de un trabajo de Estado muy complejo y difícil, por lo que agradeció a los equipos su trabajo en este proyecto.

A continuación, el Honorable Senador señor Espina reiteró que le parecía un muy buen camino lo propuesto por el Ejecutivo, y solicitó que se explique claramente de qué forma se agregan las 51 competencias que considera el proyecto de transferencia de competencias a las 23 que ya están traspasadas a regiones.

El personero de Gobierno señaló que en forma inmediata se agregan las 51 competencias consideradas en el proyecto de transferencias, más las 30 que el Ejecutivo agregará en la misma iniciativa, y a partir del año 2022[5] se pueden agregar otras, a solicitud de las partes.

Por su parte, el Honorable Senador señor Quinteros destacó que se haya explicitado el tema de las competencias y manifestó su acuerdo con que el proceso se realice en forma gradual, ya que es muy difícil que exista una descentralización rápida y en un 100%, de modo que iniciar el traspaso de las 30 nuevas competencias en fomento productivo, en ciudad y territorio y en desarrollo social, es precisamente lo que las regiones están esperando.

Indicó que si en su momento la Región de Los Lagos hubiese contado con las facultades que ahora tendrá no estaría lamentando los daños de la marea roja, porque habría sido posible focalizar mejor los recursos de Corfo, del Fosis, de Sercotec, a lo que es productivo en cada región, y dijo no tener dudas que cualquier intendente que asuma en cualquiera de las regiones del país conoce cuáles son las fortalezas de las mismas, y tendrá las herramientas para hacer una política de desarrollo integral de su región.

En otro sentido, manifestó no estar de acuerdo en seguir creando más regiones, señalando ser partidario de las macro regiones, porque en su opinión algún día se pensará en el desarrollo productivo en esos términos debido a que la economía del norte del país es muy distinta a la de la Patagonia o la zona Austral, de modo que felicitó que se considere una parrilla de propuestas a nivel regional, como por ejemplo el que se pueda decidir dónde y qué se va a pavimentar, o la construcción de viviendas y sus características, entre otros muchos temas.

El Honorable Senador señor Bianchi coincidió en que efectivamente los traspasos de competencias no pueden venir en un paquete cerrado que se entrega de golpe, de modo que destacó que se está en la línea de fortalecer a las regiones, empoderarlas e ir traspasando gradualmente las funciones que se han determinado.

Enseguida, consultó al Ejecutivo quién va a dirimir en la eventualidad que algún Gobierno regional pida el traspaso de alguna competencia y le sea negada, pues se ha planteado que podría ser el propio Presidente de la República o, tal como lo ha propuesto, también podría ser el Senado el órgano que pudiera efectuar dicha resolución, y en ese sentido, dijo que era clave dejar en claro cuál es la postura del Gobierno en esta materia.

En cuanto a las atribuciones que se han esbozado, solicitó mayor información respecto a las que le corresponden al Core, pues señaló que se debe tener más confianza en esta institución, pues no conoce a nivel del país a ningún Core que haya tenido problemas en materia de transparencia, de modo que instó a que no se ponga en duda el funcionamiento de los gobiernos regionales.

Por último, sostuvo que los votos ya están para aprobar el proyecto y, por tanto, el año 2017 habrá elección de Gobernadores, con traspaso de competencias, faltando sólo establecer los tiempos para terminar de tramitar esta reforma.

El Honorable Senador señor Zaldívar señaló que la exposición del señor Ministro resulta bastante ilustrativa y lleva a tener un convencimiento de cómo hacer la descentralización, destacando que todos están de acuerdo en que ella es necesaria y que tiene que ser gradual, ya que es una experiencia de mucha trascendencia donde cualquier error y falla se volverá en su contra. Indicó que no es posible comenzar con lo óptimo, sino que se debe partir con lo que se tiene, ya que a medida que avance el proceso se irá encontrando el camino para fortalecer la descentralización.

Agregó que lo ideal es que pudieran definirse las competencias en un ámbito que fuera neutro para el Ejecutivo central y el Gobierno regional, pero enfatizó que lo cierto es que dicha instancia no existe ni se cuenta con un arbitraje, a pesar de lo que se ha planteado en cuanto a que pudiera ser el Senado.

En este contexto, destacó que para comenzar lo que ha planteado el Ministro son normas generales con las cuales se debe regir el proceso para ir viendo cómo se va descentralizando el país, y que a su vez el mecanismo del Comité de alto nivel en relación con los gobiernos regionales y la nueva estructura planteada permitirá mayor transferencia de competencia, en la medida que dichos gobiernos regionales muestren más fuerza y la capacidad de gestión necesaria para llevar adelante las tareas que actualmente no tienen.

Enseguida indicó que, además de los ámbitos claramente explicados por el ministro, en el próximo tiempo se debería pensar en incluir el tema de la educación, pues si se está pensando en un sistema de educación desmunicipalizado básico y medio se debe definir si ello se hará centralizando o regionalizando, expresando ser partidario que los Gobiernos regionales en ese ámbito tomen una acción muy directa en lo que dice relación con la gestión.

Por otra parte, mencionó que también el tema de la salud actualmente está descentralizada administrativamente, por lo que existen servicios de salud a nivel regional y en algunas regiones existen dos servicios que no sólo podrían ser representantes del nivel central sino que también podría dárseles gestión, todo lo cual puede hacerse dentro del ámbito del accionar de la nueva descentralización, que refleje una política de Estado responsable, y un proceso delicado.

A su turno, la Honorable Senadora señora Lily Pérez, hizo presente que en esta región ha habido grandes escándalos en materia de transparencia entre Core y Gobierno regional.

Al margen de lo anterior, destacó que hay un elemento crucial pues una cosa es perder poder y descentralizar y otra cosa es regionalizar, lo que a veces pareciera ser lo mismo, ya que si bien se ha anunciado que habrá una descentralización en una serie de ámbitos, consultó que ocurre con la descentralización de carácter económico, en cuanto al pago de impuestos territoriales, para que los Gore puedan disponer de esos recursos y decidir cómo se van a gastar.

La Honorable Senadora señor Von Baer agradeció la exposición del señor Ministro y consideró que plantea un buen camino que permitirá ir tomando definiciones, ya que se trata de una política que debe ser de Estado y es un cambio importante que debe permanecer en el tiempo, construyendo así una nueva institucionalidad que funcione.

Indicó que se hace una reconocimiento mayor al rol del Core lo que le entrega una mayor dignidad a los consejeros que, en su opinión, no han sido suficientemente valorados en la importancia de su labor. En ese sentido, indicó que se vislumbra de lo expuesto un mayor contrapeso respecto del Ejecutivo, y que también se les entrega mayor atribución en el tema de la fiscalización.

Sobre este último punto en particular, solicitó que se aclare si es el Gobernador regional es quien propone al auditor y lo ratifica o propone el Core y lo ratifica la autoridad electa.

En cuanto al rol del Core, dijo que podría avanzarse más especialmente en el ámbito de fiscalización, aprovechando de revisar el respaldo que tendrá para cumplir sus funciones y así generar el debido equilibrio en su relación con el Ejecutivo.

En materia de competencias manifestó su preocupación debido a que en la ley de transferencia de competencias se consideran algunas que son parte de una competencia que sigue radicada en un ministerio mayor como, por ejemplo, en el ordenamiento territorial. Agregó que se debe revisar este caso con el objeto que exista la debida coherencia entre lo que baja del ministerio al Gobierno regional, y cómo se evita el conflicto entre las políticas regionales y nacionales, dando la suficiente autonomía al Gore.

Otro ámbito de preocupación, según dijo, dice relación con que se ha señalado que el presupuesto se descentraliza en el caso de Corfo y Sercotec, por lo que esos recursos entrarían al Gore, pero como esas instituciones seguirán dependiendo del Gobierno central los recursos vienen de Economía, llegan a Corfo y Sercotec y luego se entregan en la región. Así, esas instituciones siguen dependiendo del Ministro de Economía, y aunque los recursos son los que se descentralizan y el Gobierno regional define qué cosas toma de esta cartera de programas, siguen siendo Corfo y Sercotec quienes ejecutan la política de que será responsable el gobierno regional.

Dicho esto, recordó que el Presidente de Ancore, señor Marcelo Carrasco, planteó en su oportunidad que hay un problema con este tema porque eso ya lo hacen los Gobiernos Regionales. Por ejemplo, en materia de pesca quien ejecuta es un servicio que depende del nivel nacional, y lo que dicen los Core es que pierden todo control sobre los recursos una vez que son transferidos a ese tercero. Luego, dijo entender la problemática que significa descentralizar el servicio completo, aunque estimó necesario encontrar un mecanismo para que no se pierda el control por parte del Gobierno regional en el momento en que elige el programa.

Sobre el Serviu, indicó que se debe seguir trabajando para clarificar si en ese caso si se está creando un servicio regional en los ámbitos que se señalaron, cosa en la que estuvo de acuerdo pues, tal como se ha planteado, en los demás casos sólo se estarían descentralizando los recursos pero no la ejecución.

En cuanto al Fosis, expresó que también le generaba duda su capacidad de ejecución, e inquirió mayor información respecto de los subsidios directos que están definidos por ley, para saber qué es lo que se está descentralizando en relación a ellos.

Por último, manifestó que podría avanzarse más en otras competencias, pues hizo presente que no se considera al Ministerio de Obras Públicas que, en su opinión, es la cartera más centralizada que existe y que debiera considerarse a futuro.

A continuación, el Honorable Senador señor Espina señaló que en el proceso de descentralización hay básicamente cuatro pasos que deben llevarse adelante: -la elección democrática de las autoridades de las regiones; - transferencia de competencias; - recursos y - responsabilidad fiscal.

Enseguida, manifestó su preocupación por el tema de la responsabilidad fiscal debido a que existen experiencias de varios países en que se transfieren facultades o competencias y se eligen las autoridades, pero porque no hay un mecanismo de control eficiente que evite que los territorios se endeuden más allá de lo que corresponda terminan recurriendo gobierno central por más recursos. Por lo anterior, señaló que se debiera considerar normas muy claras y categóricas en esta materia, las que también pueden recogerse a nivel constitucional.

Sobre el control de gestión, indicó que una cosa es que se puedan realizar obras por las autoridades regionales pero otra es considerar establecer la forma de evaluar la calidad de los proyectos que se trasladen a regiones, en el sentido que realmente sean proyectos que cumplen con los objetivos que se desarrollaron, además de estar financiados.

Finalmente, la Comisión planteó al Ejecutivo la necesidad de contar con un protocolo que considere el marco para las transferencias de competencias, los principios que se van a incorporar en la Constitución Política de la República, y un cronograma de trabajo para despachar este proyecto de reforma constitucional y la ley de transferencia de competencias.

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En sesión posterior, la Honorable Senadora señora Von Baer a modo de resumen indicó que el Ejecutivo presentó a los señores Senadores miembros de la Comisión, un protocolo para poder llegar a un acuerdo y viabilizar la elección de intendente y el traspaso de competencias, el cual ha sido trabajado en conjunto con el Ministro fuera de sesión, con el objeto de llegar a un acuerdo.

El Honorable Senador señor Quinteros indicó que ya no se le deben dar más vueltas al tema del protocolo, pues la transferencia de competencias ya se viene discutiendo hace bastante tiempo, por lo que en su opinión ya no hay nada más que afinar sino que simplemente establecer un nuevo plazo de indicaciones para proceder a votar inmediatamente.

Señaló que de acuerdo a su experiencia de 10 años como Intendente, al revisar las transferencias de las que se ha hablado, resulta que todas ellas ya se hacen como, por ejemplo, en materia de caminos secundarios, agua potable rural o pavimentación de calles.

Dado lo anterior, enfatizó que no ve que más se podría agregar al mencionado protocolo, y dijo que si se quiere una verdadera descentralización se debe avanzar porque los tiempos transcurren rápidamente, si es que se quiere tener elección el año 2017.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Espina se manifestó totalmente en desacuerdo con la opinión anterior e hizo presente que este proyecto se activó hace un año, cuando los miembros de la Comisión que son representantes de regiones estuvieron por comenzar a trabajar en un buen proyecto.

Indicó que se podría pensar que se quiere dilatar la tramitación del proyecto y señaló que lo único que no apoyará será un mal proyecto, porque las observaciones planteadas por Ancore, en su opinión, deben ser consideradas, y del trabajo realizado en conjunto con el Ministro se ha concluido que las observaciones al proyecto de reforma son muy de fondo y apuntan a obtener una buena ley.

Luego, indicó que se puede elegir al intendente el día de mañana pero no se debe cometer el error de no especificar con claridad las competencias y atribuciones que se traspasan y el cómo se traspasan. Agregó que no basta con decir que se traspasarán las competencias, sin especificar la forma en que ello se realizará.

En la misma línea, hizo presente que se establece que “al Gobernador Regional le corresponderá la función de coordinar, supervigilar o fiscalizar los servicios públicos creados por la ley que dependan o se relacionen con el Gobierno regional”, en circunstancias que que actualmente no existe ningún servicio público en Chile que por ley dependa de dicho Gobierno regional, lo que le motiva a pensar que no es responsable firmar un protocolo respecto de cosas que no existen.

En cuanto a la Unidad de Control, hizo hincapié en que será nombrada por el Gobernador regional y aprobada con la mayoría de los Core, y que sólo puede ser destituida por 4/7 de los mismos, de modo que planteó que en una institución de esta naturaleza tal vez son necesarios quórums más altos para que efectivamente se produzca el control. Agregó que la propuesta de los Core va mas allá y plantea que debería crearse una unidad mucho más profunda para los efectos que no sólo fiscalice la política pública sino que, además, vea cómo se están ejecutando dichas políticas.

Indicó que no le parecía legítimo aceptar que todo está listo y que sólo se quiere dilatar porque ello no es así y se trata de una materia en que se debe poner especial atención pues se trata de una legislación que regirá los próximos 50 años.

Por su parte, el Honorable Senador señor Bianchi reiteró que la indicación del 40% ya está concordada y, por tanto, no debe tramitarse más allá de lo necesario. Sin embargo, hizo presente que no tuvo la oportunidad de tener un diálogo con el Ministro como el que sostuvieron otros miembros de esta Comisión. Inmediatamente agregó que dado que el Ejecutivo está disponible para perfeccionar el protocolo de acuerdo, es la oportunidad que se debe aprovechar.

Expresó que esperaba que todos tuvieran la oportunidad de participar en las conversaciones tendientes a concordar una solución, por lo que manifestó que no debiesen existir distintas consideraciones de parte del Ejecutivo respecto de los miembros de la Comisión, y debido a que todos los votos tienen el mismo valor manifestó su disposición para llegar al tan esperado acuerdo.

Por último, enfatizó que por largas semanas los Parlamentarios solicitaron las indicaciones necesarias, pero que el Ejecutivo no estuvo en condiciones de cumplir los plazos debido a que no era capaz de llegar a un acuerdo con miembros de la propia coalición de gobierno.

El Honorable Senador señor Quinteros, llamó la atención sobre el hecho que se señale que se debe ser muy cuidadoso con este proyecto por las expectativas que puede generar en las regiones, y que se debe tener mucho cuidado con la implementación de las políticas públicas para asegurar su eficiencia, pero sin embargo se insiste en aumentar las competencias.

Desde su punto de vista, reafirmó que es la gradualidad la clave en este proceso, pues va a depender de cada región y de cada Gobernador Regional, toda vez que es imposible que se traspase todo en forma inmediata.

Enseguida, destacó que todas las materias indicadas por el Senador Espina, son propias de la ley de transferencia de competencias, y que lo único que tiene plazo fatal es la elección del intendente, de modo que solicitó que no se confundan los temas ni a las personas.

Luego, el Honorable Senador señor Espina señaló que para algunos era mucho más atractivo sólo discutir el tema del sistema electoral del intendente, aunque en su opinión ello debe estar necesariamente acompañado de la entrega de atribuciones a la nueva autoridad electa, en forma progresiva, sin generar conflictos con el Gobierno Central. Agregó que en caso contrario los costos a pagar serían muy altos, tal como les ha ocurrido a otros países que lo han hecho mal desde el principio.

Reitero su opinión en el sentido que el proceso de descentralización tiene cuatro requisitos: -la elección democrática de las autoridades de las regiones; - transferencia gradual de competencias; - recursos y - responsabilidad fiscal, punto este último que es una petición efectuada por el Core, de modo que la elección no está separada de estos aspectos, e indicó que mientras el protocolo no se encuentre adecuadamente afinado no votará a favor.

Enseguida, señaló que no es cierto que la Carta Fundamental no requiera modificaciones ya que en mismo el protocolo que le fue entregado se indica que “dicha autoridad ejercerá las funciones del ejecutivo del Gobierno Regional con la colaboración de las divisiones ya existentes y las tres nuevas divisiones que se crean, Fomento Productivo, Desarrollo Social, Infraestructura y Transporte”, pese a que el actual artículo 114 de la Constitución Política de la República señala, en lo pertinente, que “el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.”, todo lo cual no coincide con la nueva propuesta.

En la misma línea, hizo hincapié en que la reforma constitucional nada dice respecto de la fiscalización, de modo que se concordó que en la Constitución se pondrían ciertos principios básicos respecto de ese tema, sin que sea suficiente aprobar la reforma constitucional toda vez que ella debe ser concordante con lo que dirá la ley y el mecanismo de fiscalización.

La Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que la disposición de todos siempre ha sido que se haga la elección de intendentes el año 2017, pero al mismo tiempo siempre se ha dicho por parte de la oposición y los independientes que es relevante poner ambas discusiones en la mesa, que fue lo que finalmente se ha hecho.

Destacó que no se trata de una discusión ideológica sino que de un tema de Estado, tal como lo planteó el ministro en su oportunidad, toda vez que el cambio institucional que se pretende hacer es muy profundo y debe ser bien hecho para que sea duradero y fructífero. Para que tenga ese soporte, dijo, sería muy bueno que tuviera el apoyo transversal de todos los sectores políticos, e instó a llegar a un acuerdo en todos los temas.

El Ministro Secretario General de la Presidencia señor Nicolás Eyzaguirre, indicó que de alguna forma este no es un ejercicio tradicional, y que en este caso, se ha intentado hacer un ejercicio genuino en el sentido que todos se sientan representados, ya que pasarán los gobiernos pero la descentralización continuará porque una vez que comience no habrá vuelta atrás.

Agregó que se debe tener claridad respecto de la transferencia de competencias, pero dijo que al mismo tiempo es difícil conocer el equilibrio exacto como para poder tenerlas totalmente definidas para votar la elección de intendente, razón por la cual se debe seguir trabajando en acercar las posiciones.

Enseguida, señaló que todos comprenden que el traspaso de competencias y la definición exacta de cómo se desarrollará en el futuro es un tema de gran envergadura y complejidad y que no es posible desarrollarlo en forma completa en un protocolo. Sin perjuicio de ello, indicó que se tratará de dejar en la ley aquello que razonablemente pueda avizorarse hacia el futuro, ya que lo más seguro es que ella sufra muchas modificaciones.

Luego indicó que se ha reunido con los Senadores que así lo han solicitado, pues el ministro tiene una política de puertas abiertas para todos quienes quieran hacer llegar sus redacciones respecto de los puntos que se han acordado.

Por último, respecto de las competencias que se transferirán en los distintos ámbitos, estimó que ello no requiere de expresión constitucional, no obstante conocer que existen distintas posiciones al respecto.

Acto seguido, el Honorable Senador señor Quinteros consultó por qué se debe dejar especificado en la Constitución Política el tema del transporte, si en la actualidad la atribución se tiene y a nivel regional, por ejemplo, el Gobierno Regional lleva adelante iniciativas en este ámbito.

La Honorable Senadora señora Von Baer especificó que en esta sesión se trata de dilucidar las competencias que se transferirán en el período de transición hasta el año 2022, y luego con el mecanismo de transferencia de competencia desde el 2022 en adelante, de modo que el protocolo debe despejar básicamente las competencias a transferir hasta el año 2022 y el mecanismo de transferencia de competencias desde ese año en adelante.

Señaló que se debe despejar lo que se incluirá en la reforma constitucional y definir lo que se integrará en el proyecto de transferencia de competencias, para lo cual propuso que los asesores de los señores Parlamentarios y el Ejecutivo hagan un trabajo paralelo para ir avanzando en los textos respectivos.

Enseguida, el Honorable Senador señor Bianchi destacó que existe apertura para incluir algunos criterios que no están dentro del protocolo presentado el fin de semana por el Ministro a los miembros de la Comisión, y agregó que deben considerarse las propuestas de Ancore dentro del acuerdo al que se arribe.

Para finalizar, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo señor Ricardo Cifuentes, enfatizó que en la ley de Gobierno y Administración Regional vigente se establecen las competencias y se consideran las de transporte e infraestructura, de modo que esa interpretación ya se hizo, al igual que la aprobación del Tribunal Constitucional cuando se aprobó la ley de Gobierno antes señalada en el año 1991, no obstante que no ve inconveniente que ello se agregue.

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Al iniciarse la sesión siguiente el Honorable Senador señor Quinteros reiteró su preocupación sobre la necesidad de avanzar derechamente en el trámite de la iniciativa, pues la Comisión no puede quedar paralizada ante la falta de algunas definiciones.

El Honorable Senador señor Espina coincidió con lo antes expuesto, pero reiteró que la elección de intendentes debe ir acompañada del establecimiento de atribuciones precisas, concretas y diferenciadas de aquellas que va tener el delegado presidencial, pues de lo contrario es previsible que se producirá un enorme conflicto institucional.

Indicó que también es necesario establecer las competencias a transferir, y que debido a que se trata de un cambio estructural del Estado de Chile ello no resulta sencillo y no permite descuidar el contenido de la reforma con tal de elegir rápidamente a los intendentes.

Por su parte el Honorable Senador señor Quinteros reiteró que la mayoría de las personas está de acuerdo con que se elija al Intendente o al Gobernador Regional y agregó que condicionar la aprobación del proyecto a la entrega de atribuciones es un error debido a que no se crea ningún servicio sino que se trata de una reforma constitucional, pues los gobiernos regionales ya existen, operan y nadie los desautoriza porque no tienen las suficientes atribuciones.

En la misma línea, enfatizó que esta reforma constitucional tiene dos objetivos primordiales: separar la figura del representante del Presidente de la República de la del Ejecutivo del Gobierno Regional y, en segundo término, elegir a este último mediante votación popular.

Añadió que nunca esta reforma consideró ampliar las atribuciones de los Gobiernos Regionales, ya que ese es precisamente el objetivo del proyecto sobre Fortalecimiento de la Regionalización (Boletín N° 7.963-06), más conocido como de transferencia de competencias, iniciativa que presentó el Gobierno anterior y que se encuentra en trámite.

Por último, señaló que para que la reforma sea exitosa debe ser gradual, lo que permitirá tener claridad respecto de las verdaderas necesidades de los distintos gobiernos en materia de competencias. Las regiones, continuó, reclaman por un desarrollo equitativo de sus territorios en un marco en que estás demandas surgen y se expresan a lo largo de todo el país, de modo que se requiere de autoridades que representen a esas comunidades para que puedan canalizar sus demandas, peticiones, propuestas y reclamos.

A continuación el Honorable Senador señor Zaldívar señaló que ha existido una gran ánimo en participar y hacer posible una reforma de fondo en materia de descentralización a través de una Comisión Presidencial, Seminarios, Reuniones e intercambio de opiniones entre otras, de tal manera que subrayó que no se puede desconocer la seriedad con que se ha abordado la elaboración de la legislación respectiva.

Destacó que se trata de una reforma muy profunda que viene a cambiar lo que históricamente ha sido la estructura político-administrativa del país, y que por primera vez en más de 200 años que de vida independiente se hará una reforma de este tipo, lo que es normal que despierte la preocupación por hacerla bien.

Indicó que debe distinguirse entre los tres tipos de descentralización que se debe afrontar: uno, que está en esta reforma, que es la descentralización política; otra que es la descentralización administrativa que está en el proyecto denominado de transferencia de competencias y, por último, la descentralización fiscal.

En este escenario, manifestó que la indicación formulada por el Ejecutivo liga la elección de intendente a la aprobación de la ley orgánica constitucional de transferencia de competencias, de tal manera que estos proyectos efectivamente están unidos, y por tanto, no debe existir duda para votar la propuesta del Gobierno ya que en nada afecta la tramitación del otro proyecto ya mencionado.

El Honorable Senador señor Guillier manifestó que es necesario dar una señal ya que las personas no entienden que esto se esté alargando indefinidamente, porque al votar la reforma constitucional de la elección de los intendentes el proceso no sólo se desencadena jurídicamente sino que también socialmente. Así, dijo que efectivamente la descentralización resulta ser un poco tibia y con plazos muy largos, de modo que recalcó que se debe pensar en una gradualidad más eficiente o rápida además de una transferencia progresiva.

Enseguida, agregó que se deben asegurar unos pisos mínimos de modo que al momento de elegirse al intendente se tenga claridad que esta reforma tendrá más profundidad y se pueda comenzar a avanzar hacia una mejor descentralización, lo más consensuada y convincente posible.

La Honorable Senadora señora Von Baer subrayó que no se está eligiendo al Intendente tal como se conoce actualmente, de modo que cuando se señala que existirán conflictos entre las distintas autoridades no es efectivo, o lo es completamente, como consecuencia que la reforma en sus términos actuales no entrega al intendente o gobernador electo ninguna capacidad para resolver problemas de ningún tipo.

Señaló que tal como lo han señalado los Core, si se quiere elegir al presidente de dicho consejo entonces ello debe transparentarse de esa forma frente a la ciudadanía, que es lo que en definitiva propone la reforma constitucional.

En materia de transferencia de competencias, indicó que efectivamente se transfieren muchas competencias, pero que la ejecución de las mismas se mantiene radicada en un servicio público centralizado, de manera que se la competencia que se le da al Gobernador electo en su ejecución está entregada al gobierno central.

Enfatizó que se trató de llegar a un acuerdo en ambos proyectos ya que la ciudadanía quiere elegir al intendente tal como lo entiende hoy día, con capacidad de mando sobre los seremis y los servicios públicos, lo que implica que la entrega de competencias va acompañada del desprendimiento de la misma por parte del gobierno central.

Adicionalmente indicó que se ha manifestado que este es un primer paso capaz de generar la descentralización, pero que en su opinión de aprobarse la ley de transferencia de competencia tal como está los Core pierden poder y a su respecto ya ha existido una mala experiencia.

Enseguida, el Honorable Senador señor Zaldívar hizo presente que en este proyecto de reforma sólo se vota la elección popular del intendente o gobernador regional, y que en el otro proyecto corresponde discutir sobre las competencias, de manera que existe garantía en que debe existir un acuerdo para viabilizar ambos proyectos.

Por su parte, el Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre, destacó que se ha trabajado con todos los sectores para alcanzar un acuerdo en esta materia, de manera que el futuro gobernador electo tenga las suficientes competencias para ser reconocido por la ciudadanía que lo eligió. Asimismo, destacó que el método de transferencia debe ser gradual y que para ello deberá existir un método y un acuerdo, en lo que el Gobierno ha puesto mucho empeño.

Por su parte, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, señaló que se han supuesto cosas que no son reales, ya que el proyecto de transferencia de competencia además de posibilitar transferirlas genera un mecanismo de solicitud de competencias, de modo que siempre ha sido claro que no se están entregando o transfiriendo todas las competencias que un gobierno regional va a tener en el futuro, sino que es el comienzo de un proceso.

Agregó que no es efectivo que el Gobierno Regional con el gobernador electo no tenga competencia, ya que lo cierto es que actualmente dicho gobierno ya tiene 23 competencias a las que el proyecto de transferencia agrega 49 nuevas que no sólo corresponden a diseño de política, pues también son de ejecución y, además, en conjunto se han ido construyendo otras 29 que combinan diseño y ejecución con recursos directos.

Dado lo anterior, dijo que señalar que no existen competencias o que el gobernador electo no tendrá atribuciones no guarda relación con la realidad.

El Honorable Senador señor Bianchi manifestó que estaba de acuerdo con que en materia de traspaso de competencias se debe avanzar mucho más, y que ello está íntimamente ligado con el proyecto de elección de los gobernadores. Además, dijo que era necesario considerar las fechas de elección y enfatizó que se debe insistir en dicho traspaso pues de lo contrario, de mantenerse el proyecto tal como está, no se causará el impacto deseado en materia de descentralización, que resulta necesario parfa romper la inercia centralista.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina hizo presente que la elección del intendente ya fue aprobada en general de acuerdo a la discusión y acuerdos que alcanzó la Comisión, todo lo cual ocurrió cuando no se había hecho presente urgencia, de modo que no es efectivo que no se quiera dicha elección sino que sólo se ha insistido en que si no va acompañada de las suficientes competencias para que el nuevo jefe regional desarrollar una labor adecuada no puede aprobarse, pues se han generado enormes expectativas en la ciudadanía respecto a que se podrá elegir al intendente, pero si éste no tiene las necesarias facultades la comunidad se sentirá engañada.

Además, planteó que el Ejecutivo debería incluir en su indicación una norma sobre responsabilidad financiera de los gobiernos regionales, a fin de evitar enormes colapsos económicos.

- La indicación número 14 fue retirada por el Gobierno.

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En sesión posterior, la Comisión oyó los planteamientos formulados por la Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarios del Ministerio del Interior y Servicios Afines FENAMINSA, en palabras de su Presidente, señor Esteban Tumba.

Comenzó por señalar que era relevante para los funcionarios que el tema se defina en esta sesión, de modo que simplemente hizo presente que en el artículo 116, que es donde se configuran las gobernaciones e intendencias, el proyecto establece que en las provincias asiento de la capital regional habría un organismo llamado Delegado Provincial, en la línea del servicio gobierno interior, donde actualmente existe una intendencia y una gobernación provincial.

Agregó que existen 14 provincias a lo largo de todo el país que involucran aproximadamente más de 800 trabajadores, de los cuales, alrededor de 100 son de planta, pero que la mayoría se encuentra en una situación de precariedad como gran parte de los funcionarios del Estado.

Es en este ámbito en que dijo que se visualiza un problema debido a que el proyecto señala un organismo único en la provincia donde actualmente existen dos, sin indicar como se va a resolver esa situación, solicitando adoptar algún compromiso que disminuya la incertidumbre que existe en los funcionarios, considerando la posibilidad de introducir fórmulas que garanticen la empleabilidad o que incluso pudieran mejorar la dotación del servicio de Gobierno interior.

Por último, reiteró que los funcionarios tienen incertidumbre y temen por su estabilidad, siendo la Comisión una instancia adecuada para que el Ejecutivo se comprometa en alguna de las medidas propuestas.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativos, señor Ricardo Cifuentes, señaló que en distintas ocasiones se ha conversado el tema con los funcionarios, y aprovechó de agradecer la posición de esta organización a lo largo de todo el proceso apoyando la reforma constitucional.

Enfatizó que desde el inicio han garantizado a todos los funcionarios del Ministerio del Interior a su estabilidad en sus puestos de trabajo.

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Dentro del nuevo plazo de indicaciones que dispuso la Sala del Senado con fecha 7 de septiembre del presente, el Ejecutivo presentó la siguiente nueva indicación:

La indicación número 14 bis, de Su Excelencia la Presidenta de la República, es para sustituir el número 5), que ha pasado a ser 4), por el siguiente:

4) Sustitúyese el artículo 111 por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, a un cuarenta por ciento más uno de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos un cuarenta por ciento más uno de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer, consultó por qué el Ejecutivo toma la decisión en el inciso séptimo de dejar las inhabilidades para la ley orgánica en circunstancias que siendo el Gobernador Regional una nueva autoridad constitucional lo natural es que las inhabilidades y las causales de cesación en el cargo estén también en la propia Constitución.

El Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre, señaló que la norma general en la Constitución Política del Estado es que sólo en el caso de Diputados y Senadores dichas causales se establecen a nivel constitucional, y que para el resto de las autoridades la regulación sea materia de una ley orgánica, salvo las incompatibilidades que sin están reguladas en la Carta Fundamental.

La Honorable Senadora señora Von Baer solicitó la votación separada de los incisos de esta norma.

Inciso primero

Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

-En votación el inciso primero, fue aprobado por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

Fundamentando su voto, el Honorable Senador señor Espina señaló que si se transforma la elección del Gobernador en una escala para acceder a otros cargos de poder en realidad no se está eligiendo una autoridad con verdadero interés en la región.

Lamentó que con la fórmula propuesta en este proyecto no se le dé una verdadera opción a los grupos emergentes de las regiones y que, además, las competencias que se consideran son insuficientes, pues sólo a partir del año 2022 comenzarán a transferirse más competencias que tampoco son adecuadas y que al final dependerán del gobierno central.

El proyecto de transferencia de competencias, no transfiere las potestades suficientes o adecuadas al nuevo Gobernador, y si lo hace, lo hace por goteo, de tal manera que de elegirse la nueva autoridad el año 2017, ésta no contará con las facultades necesarias para cumplir con las expectativas de las regiones, por ello señaló que no puede votar favorablemente esta reforma.

Por último, señaló que este es un proyecto que está muy mal planteado y que lo razonable sería que esta Comisión se abocara de lleno al proyecto de transferencia de competencias con el fin de determinar cuáles son las que se traspasan, la forma y como se resuelven los conflictos, ya que en ese escenario podrían darse las condiciones para la elección del Gobernador Regional.

El Honorable Senador señor Bianchi señaló que se ha tratado con la mayor seriedad y responsabilidad este proyecto, lo que ha llevado a buscar mecanismos que de manera absolutamente responsable, obligue a todos a sacar adelante esta iniciativa.

Dijo que desde el principio planteó que lo deseable era ver primero los traspasos de competencias, y así fue como solicitó en su oportunidad que ambos proyectos se discutieran a lo menos en forma paralela. Agregó que el Ejecutivo debe poner urgencia al proyecto de transferencia con el objeto que la nueva autoridad electa cuente con las facultades necesarias.

El Honorable Senador señor Quinteros indicó que esta iniciativa aumenta las atribuciones para el futuro Gobernador Regional, las que seguirán aumentando en forma paulatina, y agregó que todos entienden que una reforma tan trascendental como esta necesita gradualidad.

Señaló que esta norma consagra la elección del Gobernador Regional y constituye el corazón de esta reforma, no obstante lo cual hubiese preferido que la elección fuere por mayoría absoluta aunque igualmente aceptó la fórmula propuesta con el objeto de iniciar el proceso de descentralización.

Enseguida, manifestó que el proyecto se ha visto tensionado en distintas direcciones, pero enfatizó que los problemas de la democracia se resuelven con más democracia, y que si surgen conflictos en regiones ello no será porque existen autoridades electas sino porque las demandas de los territorios no han sido escuchadas oportunamente.

El Honorable Senador señor Zaldívar enfatizó que se trata de determinar si se quiere elegir o no a la autoridad regional y la forma en que ello debe hacerse, autoridad que en su opinión incluso debiese tener responsabilidad política.

Indicó que la parece muy mal que se diga se está legislando de manera improvisada ya que ello no corresponde a la realidad, pues la discusión de la reforma se trata de establecer o no la elección, y l las competencias se tratarán en el proyecto respectivo, en forma separada.

En la misma línea, dijo que la responsabilidad está en cómo hacer este cambo tan profundo en forma gradual, de manera que la regionalización tenga éxito.

La Honorable Senadora señora Von Baer señaló que en una reforma tan importante lo ideal hubiese sido votarla transversalmente a favor, lo que no ha sido posible debido a que no se pudo llegar a un acuerdo con el Gobierno.

Expresó que si bien se trata de dos proyectos distintos el de elección de la autoridad regional y el de traspaso de competencias, lo cierto es que el problema radica en que en materia de competencias los parlamentarios prácticamente no tienen iniciativa y es allí donde está el problema debido a que no se conoce la postura que adoptará el Ejecutivo.

Agregó que el proyecto de traspaso de competencias funciona bien sobre la base del intendente designado y no con la óptica de un gobernador electo, y que por ello la idea era lograr un acuerdo en ambas iniciativas.

Sobre la gobernabilidad, dijo que los problemas se producirían no por la elección del Gobernador sino que por la falta de atribuciones autónomas, toda vez que para implementar sus políticas requiere de un servicio público que ejecute pero que depende del gobierno central.

En síntesis, indicó, tal como lo ha señalado en sesiones anteriores, en realidad no se elegirá al Ejecutivo del Gobierno Regional sino que simplemente al Presidente del Consejo Regional, y de ahí que el problema radique en las competencias que se transferirán.

El Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre, señaló que este es el tema central de la reforma y aseguró que el Gobierno tiene toda la disposición para ponerle suma urgencia al proyecto sobre transferencia de competencias y enfatizó que en cualquier caso es ésta la votación que habilita para seguir avanzando.

Dijo que es histórico que una autoridad se deshaga del poder, como en este caso, y subrayó que transferencia de competencias sin elección significa que no hay transferencia ninguna sino que sigue existiendo una absoluta dependencia.

Por último, insistió en que de no aprobarse esta reforma constitucional todo los demás proyectos no son viables.

Enseguida, el Honorable Senador señor Horvath opinó que sin duda el proyecto se hace cargo de la gradualidad, de las experiencias piloto y de la supletoriedad, de modo que apoyó que se de este paso porque lo consideró un avance muy importante.

El Honorable Senador señor Guillier recalcó que no hay descentralización si no se eligen los intendentes por votación popular de tal manera que todo el resto de la discusión no tiene sentido alguno si esto no prospera.

Además, expresó la disposición de los Senadores independientes de ayudar a que este proceso sea de verdad uno de transferencia de competencias, con recursos para las regiones y además, con una especial preocupación por los funcionarios del Estado que se vean afectados por este proceso.

Inciso segundo

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

- En votación el inciso segundo, fue aprobado por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

Fundamentando su voto, la Honorable Senadora señora Von Baer enfatizó que el Gobernador Regional sólo podrá administrar la región y no gobernarla. Indicó que sólo se da al Gobernador la administración superior.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que el Gobierno nada concede en términos de despojarse del poder por cuanto ello comienza a contar del Gobierno siguiente. Agregó que la elección nunca ha estado en duda y que sólo se ha intentado tener antes, definidas las competencias para que se sepan las facultades de la autoridad que se elegirá por la ciudadanía, expresado que nada se le está entregando a las regiones en materia de atribuciones.

Inciso tercero

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.

- Sometido a votación, el inciso tercero fue aprobado por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

Fundamentando su voto, la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que para elegir al Gobernador se requiere de una ley orgánica que establezca la fórmula de elección, lo que nada tiene que ver con la ley de transferencia de competencia, de modo que no existe una relación de causalidad.

Luego, hizo presente que no existen servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional de modo que debiera regionalizarse el servicio o una parte de él pues de lo contrario el Gobernador que se elija no tendrá facultades de ejecución, y es ello es lo que producirá conflictos entre las regiones y el gobierno central.

Indicó que esta norma está vacía porque mientras no se generen servicios públicos regionales este artículo no tiene sentido ni aplicación.

Inciso cuarto

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, a un cuarenta por ciento más uno de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

- Puesto en votación, el inciso cuarto fue aprobado por mayoría de votos. Por la aprobación votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Espina. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Fundamentando su voto, la Honorable Senadora señora Von Baer manifestó que siempre se apoyó la opción de la elección por simple mayoría porque ella permite que exista verdadera representación regional. Agregó que al realizarse la elección al mismo tiempo que la Presidencial se replicará a nivel regional lo mismo que a nivel nacional, de modo que los movimientos e intereses regionalistas no tendrán opción real de competir salvo casos excepcionales.

Señaló que era partidaria que se produjera una discusión a nivel territorial y que por eso, en general, las votaciones a nivel territorial que se hacen en el país y en el mundo, se hacen con simple mayoría. Más aún, agregó, esta elección debiese ser en conjunto con los alcaldes para que efectivamente se produzca una discusión a nivel regional.

Inciso quinto

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos un cuarenta por ciento más uno de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

- En votación el inciso quinto, fue aprobado por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Espina. En contra votó la Honorable Senadora señora Von Baer.

Inciso sexto

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

- En votación el inciso sexto, fue aprobado por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Espina, y votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Inciso séptimo

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.

- En votación el inciso séptimo, fue aprobado por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar, y por la negativa los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

Fundamentando su votación, la Honorable Senadora señora Von Baer recordó que con anterioridad se aprobó una norma que señala que es el Tribunal Constitucional el que debe pronunciarse respecto de las inhabilidades e incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de Parlamentarios y Gobernadores Regionales, de modo que ellas ya están consideradas en la Constitución aunque ahora se proponga dejarla en la ley orgánica. Dado lo anterior, destacó que las inhabilidades deben quedar con rango constitucional para dar mayor dignidad al cargo de Gobernador electo.

- Sometida a votación la indicación número 14 bis, fue aprobada, por mayoría de votos. Por su aprobación votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar, y por su rechazo los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

La indicación número 15, del Honorable Senador señor Guillier, propone reemplazarlo por el que sigue:

“5) Reemplázase el artículo 111 por el siguiente:

“Art. 111. El gobierno y la administración de cada región reside en el respectivo Gobierno Regional, cuyo objeto será el desarrollo social, cultural y económico de la región. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio. El gobierno regional estará constituido por el Gobernador Regional, quien será su órgano ejecutivo, y por el Consejo Regional, todos elegidos por votación universal directa en conformidad a la ley.”.”.

- La indicación número 15, fue retirada por su autor.

Letra b)

b) Sustitúyese, en su inciso tercero, que pasa a ser inciso segundo, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

La indicación número 16, del Honorable Senador señor Navarro, es para suprimirla.

- Sometida a votación la indicación número 16, fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

Número 6

Mediante este número se propone reemplazar el artículo 112 de la Constitución Política de la República, el cual se refiere a las atribuciones y funciones del Intendente. Su texto es el siguiente:

6) Reemplázase el artículo 112 por el siguiente:

“Art. 112. El gobernador regional será elegido por sufragio universal, en votación directa, por simple mayoría, y durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones, y podrá ser reelegido por una sola vez.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste, en su caso.

Una ley orgánica constitucional determinará las demás atribuciones esenciales que éste ejercerá. La ley establecerá la forma en que ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.”.

La indicación número 17, de Su Excelencia la Presidenta de la República, propone reemplazarlo por el siguiente:

“…) Derógase el artículo 112.”.

- Vuestra Comisión aprobó la indicación número 17, por tres votos a favor y os abstenciones. Por la aprobación votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

La indicación número 18, del Honorable Senador señor Guillier, es para sustituirlo por el que sigue:

“Artículo 112. Al Gobernador Regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos regionales creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, con la excepción de las potestades que corresponda ejercer a nivel provincial al respectivo Delegado Presidencial.

Al Gobernador Regional le corresponde además la presidencia del Consejo Regional.

Una ley orgánica constitucional determinará la forma en que el Gobernador Regional ejercerá estas facultades, las demás atribuciones que le correspondan y los organismos que colaborarán en el cumplimiento de sus funciones.”.

- La indicación número 18, fue retirada por su autor.

Inciso primero

Este inciso dispone lo siguiente:

“Art. 112.- El gobernador regional será elegido por sufragio universal, en votación directa, por simple mayoría, y durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones, y podrá ser reelegido por una sola vez.”.

La indicación número 19, del Honorable Senador señor Navarro, plantea reemplazar la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

- La indicación número 19 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

La indicación número 20, del Honorable Senador señor Quinteros, es para suprimir la expresión “por simple mayoría,”.

- La indicación número 20, fue retirada por su autor.

La indicación número 21, del Honorable Senador señor Navarro, propone eliminar la locución “por una sola vez”.

- Sometida a votación, la indicación número 21 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

Inciso segundo

Su texto es el siguiente:

“El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste, en su caso.”.

La indicación número 22, del Honorable Senador señor Navarro, es para reemplazar la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

La indicación número 23, del Honorable Senador señor Horvath, propone agregar después de la expresión “en su caso”, lo siguiente: “, y promover la participación ciudadana en todos los asuntos de interés público regional, especialmente en la planificación territorial y marítima”.

- Sometidas a votación, las indicaciones números 22 y 23 fueron rechazadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

Número 7

Este numeral modifica el artículo 113 de la Carta Fundamental, referido al consejo regional.

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Inciso primero

Su texto es el siguiente:

“Art. 113. El consejo regional será un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional y ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva le encomiende.”.

La indicación número 24, del Honorable Senador señor Guillier, es para agregar en el inciso primero del artículo 113 la siguiente oración final: "La Potestad Resolutiva del Consejo Regional será indelegable en todas las materias de competencia del gobierno regional.".

-La indicación número 24, fue retirada por su autor.

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El inciso segundo es del siguiente tenor:

“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.”.

La indicación número 25, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, propone reemplazar el inciso segundo del artículo 113 por el siguiente:

"El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.".

La Honorable Senadora señora Von Baer, señaló que el objetivo de la indicación es aumentar la capacidad fiscalizadora de los consejeros regionales, pues sus facultades actuales son colegiadas a diferencia de la de los Diputados que, por ejemplo, si tienen la posibilidad de ejercer dichas facultades de manera individual.

El señor Ministro dijo que desde su perspectiva, con la instalación de gobiernos relativamente nuevos, habida cuenta que ya existe una facultad colegiada de fiscalización, darla en forma individual puede significar un trabajo de respuesta y atención que actualmente, el Estado es capaz de resolver frente a cada Diputado, pero para un Gobierno Regional dijo que podría resultar un poco excesivo en su inicio.

Por su parte, el Honorable Senador señor Bianchi estimó que esta es una indicación absolutamente necesaria ya que efectivamente permite que al inicio de esta nueva figura permita tener un mayor control, lo que a su juicio, en nada afecta sino que transparenta mucho más y permite un mayor empoderamiento para los Consejeros regionales.

- Sometida a votación la indicación número 25, fue aprobada por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina y Zaldívar. Por su rechazo votó el Honorable Senador señor Quinteros.

Fundamentando su voto, el Honorable Senador señor Espina señaló que efectivamente los Core no tienen facultades de fiscalización y destacó que las herramientas necesarias quedan entregadas a la ley respectiva para que allí queden claramente establecidas.

El Honorable Senador señor Quinteros, fundamentando su voto en contra señaló que esta norma recarga innecesariamente a la administración regional.

Por su parte, el Honorable Senador señor Zaldívar dijo que se estaría agregando que en la ley orgánica se establezca algún sistema de fiscalización individual, y señaló que en ese aspecto se debería buscar un símil con la Cámara de Diputados en cuanto a que ella cuenta con acciones de fiscalización de mayor y menor rango.

Así, indicó que en la ley orgánica se debe establecer el mecanismo de diferenciación entre lo que es la fiscalización de mayor rango y la de menor rango, estableciendo una clara reglamentación entre lo que es colectivo y lo que es individual.

Fundamentando su votación, la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que mientras más fuerte sea el sistema de fiscalización, tiene que estar bien reglamentado pero entregar también la facultad de fiscalización en forma individual a los Consejeros Regionales.

Número 8

Introduce, modificaciones al artículo 114 de la Carta Fundamental el cual se refiere a la transferencia de competencias a los gobiernos regionales, agregando un párrafo final al inciso primero e incorporando un inciso segundo, nuevo. Su texto, en lo pertinente, se transcribirá a continuación de las modificaciones que se proponen.

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El texto del artículo en estudio es el siguiente:

“Art. 114. La ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.”.

La indicación número 26, del Honorable Senador señor Horvath, es para reemplazar en el artículo 114 la locución “podrá transferir” por “podrá o deberá transferir”.

El Honorable Senador señor Horvath hizo presente que no todas las atribuciones pueden ser facultativas del Presidente de la República y la ley deberá establecer una diferenciación a ese respecto, de modo que esta indicación, según explicó, abre una mejor posibilidad de empoderar los Gobiernos Regionales con las gradualidades y todo lo que ya se ha planteado.

La Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que en su oportunidad plantearon que en la reforma debía considerarse un piso mínimo y que a partir de allí las regiones crecieran de acuerdo a sus propios intereses. La indicación entonces propone que ese piso mínimo lo establezca la ley orgánica.

El Honorable Senador señor Horvath señaló que evidentemente lo ideal sería que quedara en la constitución, pero como se trata de gradualidad sujeta a una ley orgánica, lo lógico es que en ella se establezca el piso, tanto lo que deberá y lo que será facultativo caso a caso.

Enseguida el Honorable Senador señor Espina propuso que se utilice el término “transferirá” ya que ello es más genérico, y agregó que utilizar las palabras deberá o podrá es redundante. Señaló que entiende que hay algunas que se deben transferir siempre y habrá otras competencias que son facultativas y que van a depender de lo que soliciten los gobiernos regionales o porque el Gobierno central las quiere transferir, lo que a su juicio, debiese ser el régimen permanente.

El Honorable Senador señor Zaldívar indicó que la propuesta es buena, en orden a establecer en la constitución que se “transferirá”.

En consecuencia, de aprobarse la indicación con la modificación señalada, quedaría de la siguiente forma:

“La ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República transferirá, a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.”.

- Puesta en votación la indicación número 26, fue aprobada con la modificación señalada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

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La indicación número 27, del Honorable Senador señor Horvath, propone agregar al artículo 114 la siguiente oración final: “Dicha ley establecerá, la participación vinculante de la comunidad local, en materia de ordenamiento territorial y marítimo.”.

El Honorable Senador señor Horvath indicó que esto tiende a la buena administración regional del territorio terrestre y marítimo y una buena forma de hacerlo es que exista participación ciudadana vinculante, es una gobernanza que efectivamente integra a las comunidades porque la participación hasta le fecha sólo ha sido formal.

El Honorable Senador señor Zaldívar dijo que entendiendo la intención se debe tener claro que una norma de este tenor llevaría casi a un sistema de plebiscito permanente, de modo que apoyó la participación, pero sin que sea vinculante.

Por su parte, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, hizo presente que el fondo es compartido pero esta norma implica un riesgo en el sentido que se parece mucho al Convenio N° 169 de la OIT que obliga a una consulta en casos calificados en temas indígenas, y en ese caso, se regula hasta el procedimiento de consulta, de modo que habría que regular también este procedimiento. Agregó que la norma es poco clara al referirse al ordenamiento marítimo.

El Honorable Senador señor Espina enfatizó que la participación ciudadana es relevante y muy importante, y al mismo tiempo señaló que la palabra vinculante no debe ir en la Constitución. Por ello, propuso que esta norma se deje en la ley orgánica para que en ella se establezcan los mecanismos de participación ciudadana.

El Honorable Senador señor Bianchi estuvo de acuerdo en dejar pendiente la materia para la ley orgánica, para así evitar las dudas o las posibles situaciones de judicialización frente a las distintas interpretaciones que la norma genera.

- La indicación número 27, fue retirada por su autor.

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El numeral 8 que propone el presente proyecto de reforma constitucional es del siguiente tenor:

“8) Agrégase en el artículo 114, luego del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.

Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de los gobiernos regionales irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

La indicación número 28, de Su Excelencia la Presidenta de la República, es para sustituir el numeral 8) por el que sigue:

“…) Agrégase en el artículo 114, a continuación de la expresión luego del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “El procedimiento de transferencia de competencias contemplado en la referida ley deberá propender que éstas se realicen hacia los órganos más cercanos a la ciudadanía, buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios de la región, resguardando los principios de eficiencia y eficacia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3°.

Toda transferencia de competencias a los gobiernos regionales deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.”.

- Sometida a votación, la indicación número 28 fue rechazada por mayoría de votos. Votaron por su rechazo los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi y Espina, por su aprobación el Honorable Senador señor Quinteros, y se abstuvo el Honorable Senador señor Zaldívar.

La indicación número 29, del Honorable Senador señor Navarro, plantea agregar después del vocablo “ciudadano” la siguiente expresión: “otorgando valor a la diversidad social y cultural del país”.

- Sometida a votación, la indicación número 29 fue rechazada por mayoría de votos. Votaron por su rechazo los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Espina, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Bianchi.

La indicación número 30, del Honorable Senador señor Navarro, es para eliminar el inciso segundo propuesto.

- Puesta en votación, la indicación número 30 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

La indicación número 31, del Honorable Senador señor Guillier, propone agregar después de la frase “Toda transferencia de” la expresión “servicios o”.

- La indicación número 31, fue retirada por su autor.

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El artículo 115 de la Constitución Política de la República establece como principio básico para el gobierno y la administración interior del Estado, la búsqueda de un desarrollo territorial armónico y equitativo.

La indicación número 32, del Honorable Senador señor Horvath, propone introducir un nuevo numeral, del tenor que se señala:

“…) Intercálase en el inciso primero del artículo 115, después de la palabra “equitativo”, lo siguiente: “, con participación efectiva y vinculante de la comunidad local en la planificación territorial o marítima”.”.

- Vuestra Comisión rechazó la indicación número 32, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

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La indicación número 33, del Ejecutivo, es para consultar en seguida el siguiente numeral, nuevo:

“…) Intercálase a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la Región, en conformidad a la ley. El secretario regional presidencial será el representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El secretario regional presidencial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al secretario regional presidencial le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer reiteró que de acuerdo a esta norma el Gobernador Regional tendrá a su cargo los servicios que dependan del gobierno regional, lo que actualmente no existe, y que esta norma además plantea que es el representante del Presidente en la región quien cumplirá las tareas de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley, lo que significa que los que existen al día de hoy no dependerán del gobierno regional de modo que la nueva autoridad no tendrá capacidad alguna para ejecutar las facultades que se le entregan, requiriendo de la voluntad de esos servicios públicos que siguen dependiendo de una autoridad central.

El señor Ministro Eyzaguirre enfatizó que los Gobiernos Regionales son un servicio público, y que en consecuencia la ley de transferencia de competencias les dotará de la facultad de ejecución, de modo que en su opinión esta indicación es casi una obviedad en el sentido que aquellas facultades de ejecución que no estén en el gobierno regional continuarán dependiendo del Delegado Presidencial Regional, porque no puede haber un vacío en ese tema.

La Honorable Senadora señora Von Baer destacó que si los Gore son servicios que pueden ejecutar existirá duplicidad de funciones, porque si no se le quitan al servicio público central y se la entregan al Gore ese será el resultado.

Por otra parte, dijo que no es que se produzca un vacío sino que se cambia el nombre a lo que hoy en día le corresponde al intendente que supervigila todos los servicios públicos, y nada se deja en manos del Gobernador Regional.

El señor Subsecretario insistió en que su punto de vista es totalmente distinto y que existe una diferencia técnica, ya que efectivamente los Gore tienen capacidad de ejecución a través de sus nuevas divisiones pudiendo ejecutar los programas que define. Agregó que en la actualidad los gobiernos regionales lo que normalmente hacen es transferir recursos a otros servicios públicos, en cambio las nuevas divisiones que se crean tendrán capacidad de ejecución, por sí o a través de un tercero.

El Honorable Senador señor Zaldívar destacó que esta norma es esencialmente declarativa y que como ya no habrá un intendente como representante del Presidente de la República en la región y existirá un Gobernador Regional electo, se nombra un Delegado, pero estimó que debe ser la ley de transferencia de competencias la que determine cuáles son las atribuciones de uno y otro, y la tarea es fijarlas claramente para que no se produzca una confusión.

La Comisión tuvo presente armonizar la norma con otras indicaciones ya aprobadas en cuanto al nombre de las autoridades y, por tanto, el texto sería el siguiente:

“En cada región existirá una Delegación Presidencial Regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la Región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.”.

- La indicación número 33 fue aprobada con las modificaciones señaladas, por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

Al fundamentar su voto la Honorable Senadora señora Von Baer señaló que esta norma es más que declarativa debido a que los servicios públicos creados por ley son los que existen actualmente, de modo que el problema es que no se está creando un servicio público regional, y es claro que el poder que hoy tiene el intendente para supervigilar todos los servicios públicos se le entrega al representante del Presidente de la República en la región.

En cuanto a convenir para ejecutar con otros servicios, reiteró que no funcionará bien porque el convenir ejecutar a través de servicios centralizados funciona bajo la lógica de que el intendente es designado por el gobierno central.

En la misma línea el Honorable Senador señor Espina fundamentó su abstención expresando que esta norma es la más palpable demostración que no hay cambio de atribuciones respecto de las que actualmente tiene el intendente. Enfatizó que en materia de competencias, la diferencia radica en que es necesario fijar en primer lugar, las competencias y definir su forma de transferencia, de tal manera que lo lógico es concentrarse en tramitar ese proyecto.

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Número 9

Este numeral reemplaza el actual artículo 116 de la Constitución Política de la República, el cual se refiere gobierno y la administración provincial. Su texto, en lo pertinente, se transcribirá a continuación de las modificaciones que se proponen.

Para este número se presentaron dos indicaciones.

El inciso primero y segundo de la propuesta corresponden a los siguientes:

“Art. 116. En cada provincia existirá una delegación provincial que será un órgano territorialmente desconcentrado del Presidente de la República y de su exclusiva confianza. El delegado provincial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente, de quien es su representante natural e inmediato.

El delegado provincial ejercerá las funciones de supervigilancia y coordinación de los servicios públicos existentes en la provincia que no dependan del Gobierno Regional.”.

La indicación número 34, de Su Excelencia la señora Presidente de la República, es para reemplazarlo por el siguiente:

“9) Modifícase el artículo 116 en el siguiente sentido:

a) Sustitúyese su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 116.- En cada provincia, existirá una secretaría provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del secretario regional presidencial, y estará a cargo de un secretario provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el secretario regional presidencial ejercerá las funciones y atribuciones del secretario provincial.”.

b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:

i. Sustitúyese la palabra “gobernador” por la expresión “secretario provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente” por la expresión “secretario regional presidencial” las dos veces que aparece.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer llamó la atención sobre el hecho que el texto tal como se está aprobando ahora parte de la base de que los servicios públicos dependen todos del nivel central, a diferencia del texto aprobado en general en que se partía del supuesto de la existencia de una mayoría de servicios regionales y que la excepción sería que el servicio público fuera nacional.

Por otra parte, la Comisión tuvo presente que su texto debe armonizarse de acuerdo a las indicaciones previamente aprobadas, en lo que dice relación con la denominación de las autoridades, y por tanto el texto sería el siguiente:

“En cada provincia, existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:

i. Sustitúyese la palabra “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente” por la expresión “delegado presidencial regional” las dos veces que aparece.”."

- Puesta en votación la indicación número 34, con las modificaciones señaladas, fue aprobada por mayoría de votos. Por su aprobación votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar, y se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

Inciso primero

La indicación número 35, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, es para sustituir el inciso primero por el siguiente:

"Art. 116. En cada provincia existirá una delegación provincial que será un órgano territorialmente desconcentrado del Presidente de la República la cual estará a cargo de un delegado provincial de su exclusiva confianza. El delegado provincial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente, de quien es su representante natural e inmediato.".

- La indicación número 35, fue retirada por uno de sus autores.

Número 10

El artículo 117 de la Carta Fundamental señala lo siguiente:

“Art. 117.- Los gobernadores, en los casos y forma que determine la ley, podrán designar delegados para el ejercicio de sus facultades en una o más localidades.”.

Mediante este numeral se modifica el artículo antes transcrito reemplazando la palabra “gobernadores” por la expresión “delegados provinciales”.

La indicación número 36, de Su Excelencia la señora Presidenta de la República, plantea sustituirlo por el que sigue:

“10) Modifícase el artículo 117 en el siguiente sentido:

a) Reemplázase la expresión “gobernadores” por “secretario provinciales”;

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por la expresión “encargados”.”.

Para armonizar la norma con otras previamente aprobadas, respecto de la denominación de las autoridades, su texto sería el siguiente:

“Modifícase el artículo 117 en el siguiente sentido:

a) Reemplázase la expresión “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”;

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por la expresión “encargados”.”.

- Vuestra Comisión aprobó la indicación número 36 con la modificación antes señalada, por mayoría de votos. Por la afirmativa votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

La indicación número 37, del Honorable Senador señor Guillier, es para reemplazarlo por el siguiente:

“10) Suprímese el artículo 117.”.

- La indicación número 37 fue retirada por su autor.

Número 11

Mediante este numeral se agrega un inciso final al artículo 118 de la Constitución Política de la República referido a la administración local de cada comuna o agrupaciones de comunas, bajo el Título “Administración Comunal”.

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La indicación número 38, de los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, es para reemplazar el Título “Administración Comunal”, que precede al artículo 118, por otro denominado “Gobierno y Administración Comunal”.

- Sometida a votación, la indicación número 38 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

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La indicación número 39, de los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, propone sustituir en el inciso primero del artículo 118 la frase inicial “La administración local” por “El gobierno y la administración local”.

- Puesta en votación, la indicación número 39 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

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El inciso cuarto del artículo 118 es del siguiente tenor:

“Las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.”.

La indicación número 40, de los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, es para agregar en el inciso cuarto del artículo 118, después de la expresión “cuya finalidad”, la locución “, en cuanto gobiernos locales,”.

- Sometida a votación, la indicación número 40 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

El texto del presente numeral es el siguiente:

11) Agrégase en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Toda transferencia de competencias a las municipalidades irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de las municipalidades irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

La indicación número 41, de Su Excelencia la señora Presidenta de la República, es para reemplazar el numeral 11) por el siguiente:

“11) Agrégase en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Toda transferencia de competencias a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.”.”.

El Honorable Senador señor Espina indicó que aquí la diferencia es de fondo, pues lo que se aprobó en forma unánime en su oportunidad es que no se aceptaría que al transferir competencias a las municipalidades éstas no fueran acompañadas de los recursos equivalentes a los consagrados en su ejercicio, ya que es eso lo que permite verdaderamente descentralizar.

Así, la diferencia es dramática en comparación con lo que ahora propone el Gobierno que sólo señala que se debe indicar la fuente de los recursos, lo que en ningún caso significa que transferirán los recursos, de modo que no se resolverá el tema de fondo de la descentralización, lo que es contradictorio con lo que se acordó en su momento.

El Honorable Senador señor Quinteros dijo que esta reforma es trascendental y que la misma limitación sólo existía en el rango legal. Sin embargo al tener hoy rango constitucional pasa a ser obligatoria para el legislador, de modo que de aquí en adelante habrá que justificar los recursos que financien las nuevas competencias asignadas a los municipios, lo que es una sentida demanda de estos últimos.

En su opinión, los municipios están mejor asegurados porque antes una ley podía dejar sin efecto otra, lo que ya no será posible al tener la norma rango constitucional.

El Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre, señaló que lo que fue aprobado por la Comisión fue una fusión de mociones y no lo que exactamente propuso el Ejecutivo.

Desde el punto de vista de la administración financiera, dijo que el empleo del término “equivalentes” en materia de recursos establece una rigidez absoluta, por cuanto al transferirlo al municipio puede que se soliciten más recursos que los destinados originalmente y también es posible que se produzcan ahorros por eficiencia, en cuyo caso se requerirían menos recursos, de modo que la transferencia de competencia puede estar asociada a un financiamiento distinto del original, por lo que corresponde desde el punto de vista de la transparencia presupuestaria identificar los recursos que se necesitan y su fuente, lo que es propio de una administración financiera moderna.

El Honorable Senador señor Zaldívar consideró que la norma propuesta por el Ejecutivo es mucho más precisa y entendible que la norma aprobada originalmente que se refería a la atribución de recursos, la que a su juicio es una expresión bastante más equívoca. Agregó que en ese entendido la expresión equivalente debe definirse, en tanto que la norma propuesta es mucho más precisa al disponer que debe señalarse la fuente de los recursos, lo que desde el punto de vista del manejo de hacienda es claro y al mismo tiempo resguarda los intereses municipales.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina indicó que el argumento del Ministro le parece equivocado desde el punto de vista de la interpretación de la norma constitucional, porque la expresión recursos equivalentes necesariamente debe entenderse como recursos que tengan la misma potencia o eficacia como fluye de su propio tenor literal, ya que la idea era que al transferir la competencia ésta no estuviera desfinanciada todo lo cual no dice relación con el origen de ls recursos.

El Honorable Senador señor Bianchi dijo que no respaldaría al Ejecutivo en esta materia pues se trata de resolver un problema muy serio para los municipios, en el sentido de que se le traspasan responsabilidades sin los recursos necesarios para atenderlos y se les genera un enorme daño, razón por la cual anunció su voto en contra.

La Honorable Senadora señora Von Baer indicó que en esta materia la indicación del Gobierno significa un retroceso con respecto a lo que se aprobó en general por el Senado, ya que se entregan tareas a las municipalidades pero no los recursos necesarios, de modo que consideró indispensable que la norma obligue al Gobierno a transferir los mismos recursos que se tenían presupuestados para determinada competencia a la hora de hacer el traspaso de la misma a los municipios.

- Sometida a votación, la indicación número 41 fue rechazada por mayoría de votos. Votaron por su rechazo los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi y Espina. Por la aprobación votaron los Honorables Senadores señores Quinteros y Zaldívar.

Fundamentando su voto el Honorable Senador señor Quinteros señaló que le parece una muy buena disposición para los alcaldes porque ella asegura que las competencias que se traspasan irán acompañadas de los respectivos recursos.

El Honorable Senador señor Zaldívar insistió en que la indicación del Ejecutivo resulta más precisa y señaló que si se pretendiese establecer que no se debe indicar la fuente de recursos sino que determinar la cantidad de recursos para la respectiva competencia se estaría infringiendo la norma constitucional y suprimiendo las facultades del Ejecutivo en la materia.

La Honorable Senadora señora Von Baer al fundamentar su voto indicó que es necesario asegurar que exista una obligación de atribuir estos recursos a la municipalidad más que solo señalar su fuente o el origen de los mismos, y que también debe asegurarse que ellos sean de la misma entidad de los que se tenían destinados para cumplir con la competencia respectiva.

El señor Ministro lamentó que por las desconfianzas existentes no se haya logrado un acuerdo en un tema que es netamente técnico, toda vez que la indicación corregía algo técnicamente incorrecto, de modo que con el rechazo de esta norma sólo se rigidiza y se incrementan los gastos de una forma completamente innecesaria.

La indicación número 42, del Honorable Senador señor Horvath, propone sustituir la locución “recursos determinados por la ley” por “recursos determinados en la misma ley”.

- La indicación número 42 fue retirada por su autor.

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El artículo 120 de la Carta Fundamental es del siguiente tenor:

“Artículo 120.- La ley orgánica constitucional respectiva regulará la administración transitoria de las comunas que se creen, el procedimiento de instalación de las nuevas municipalidades, de traspaso del personal municipal y de los servicios y los resguardos necesarios para cautelar el uso y disposición de los bienes que se encuentren situados en los territorios de las nuevas comunas.

Asimismo, la ley orgánica constitucional de municipalidades establecerá los procedimientos que deberán observarse en caso de supresión o fusión de una o más comunas.”.

La indicación número 43, de los Honorables Senadores señores Ossandón, Guillier y Quinteros, es para consultar un nuevo numeral, del siguiente tenor:

“…) Reemplázase en el inciso primero del artículo 120 la frase “regulará la administración transitoria de las comunas” por “regulará el gobierno y la administración transitoria de las comunas”.

- Sometida a votación, la indicación número 43 fue rechazada por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

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Número 12

Este numeral sustituye el actual artículo 124 de la Constitución Política de la República, el cual se refiere a los requisitos para ser designado intendente o gobernador y para ser elegido consejero regional, alcalde o concejal. Su texto, en lo pertinente, se transcribirá a continuación de las modificaciones que se proponen.

El texto de este numeral es el siguiente:

12) Sustitúyese el artículo 124 por el siguiente:

“Art. 124. Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal y delegado provincial, serán incompatibles entre sí.

Los delegados provinciales estarán inhabilitados para ser candidatos a gobernador regional dentro del año inmediatamente anterior a la elección respectiva.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley.

Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional cesará en el otro cargo, empleo o comisión incompatible que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica al cargo de Presidente de la República; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional o delegado provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional o delegado provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional o delegado provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

La indicación número 44, de Su Excelencia la Presidenta de la República, es para sustituirlo por el que sigue:

“12) Sustitúyese el artículo 124 por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado secretario regional presidencial o secretario provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

No podrán ser candidatos a gobernador regional los secretarios regionales presidenciales y los secretarios provinciales que se hayan desempeñado como en el cargo dentro de los doce meses anteriores a la elección referida.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, secretario regional presidencial y secretario provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, secretario regional presidencial o secretario provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, secretario regional presidencial o secretario provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, secretario regional presidencial o secretario provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.”.

- La indicación número 44, fue retirada por Su Excelencia la señora Presidente de la República.

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Dentro del nuevo plazo de indicaciones que dispuso la Sala del Senado con fecha 7 de septiembre del presente, el Ejecutivo presentó la siguiente nueva indicación:

La indicación número 44 bis, de Su Excelencia la Presidenta de la República, propone sustituir el número 12) por el siguiente:

“12) Sustitúyese el artículo 124 por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado regional presidencial o delegado provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado regional presidencial y delegado provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semi-fiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semi-fiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado regional presidencial o delegado provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado regional presidencial o delegado provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado regional presidencial o delegado provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.”.

Para armonizar la norma con las previamente aprobadas en cuanto a la denominación de las autoridades, su texto diría:

“Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional o provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semi-fiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semi-fiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.”.

- Sometida a votación la indicación número 44 bis fue aprobada con las modificaciones antes destacadas, por mayoría de votos. Por la afirmativa se pronunciaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Espina. Votó en contra la Honorable Senadora señora Von Baer.

La indicación número 45, del Honorable Senador señor Navarro, propone sustituir, todas las veces que aparece, la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

- La indicación numero 45 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

Inciso tercero

La indicación número 46, del Honorable Senador señor Espina, es para reemplazarlo por los siguientes:

“No pueden ser candidatos a Gobernador Regional:

1) Los diputados y senadores;

2) Los Ministros de Estado;

3) Los delegados provinciales, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales y los subsecretarios;

4) Los miembros del Consejo del Banco Central;

5) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

6) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

7) El Contralor General de la Republica;

8) Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal;

9) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;

10) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Publico, y

11) Los Comandantes en jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Área, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Las Inhabilidades establecidas en este inciso serán aplicables a quienes hubieren tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del año inmediatamente anterior a la elección; excepto respecto a las personas mencionadas en los números 8) y 9), las que no deberán reunir esas condiciones al momento de inscribir su candidatura y de las indicadas en el número 10), respecto de las cuales el plazo de inhabilidad será de los dos años inmediatamente anteriores a la elección. Si no fueren elegidos en una elección no podrán volver al mismo cargo ni ser designados para cargos análogos a los que desempeñaron hasta un año después del acto electoral.”.

- Sometida a votación, la indicación número 46 fue rechazada por mayoría de votos. Por la negativa se pronunciaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Espina. Votó por su aprobación la Honorable Senadora señora Von Baer.

Inciso cuarto

La indicación número 47, del Honorable Senador señor Navarro, propone sustituirlo por otro del siguiente tenor:

“El cargo de intendente y el de delegado presidencial serán de dedicación exclusiva. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley.”.

- Sometida a votación, la indicación número 47 fue rechazada por mayoría de votos. Por su rechazo se pronunciaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Espina. Votó por su aprobación la Honorable Senadora señora Von Baer.

Inciso quinto

La indicación número 48, del Honorable Senador señor Navarro, plantea reemplazarlo por el que sigue:

“Asimismo, el cargo de intendente y el de delegado presidencial es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades privadas o fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.”.

- Puesta en votación, la indicación numero 48 fue rechazada por mayoría de votos. Votaron por su rechazo los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo el Honorable Senador señor Espina y votó por su aprobación la Honorable Senadora señora Von Baer.

Inciso octavo

La indicación número 49, del Honorable Senador señor Espina, para suprimir la expresión “o delegado provincial”.

Inciso noveno

La indicación número 50, del Honorable Senador señor Espina, propone eliminar las palabras “o delegado provincial”.

Inciso décimo

La indicación número 51, del Honorable Senador señor Espina, es para suprimir la locución “o delegado provincial”.

- Puestas en votación las indicaciones números 49, 50 y 51 fueron rechazadas por mayoría de votos. Por el rechazo se pronunciaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar, y por su aprobación la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 13

Mediante este numeral se introduce un artículo 124 bis, nuevo, del siguiente tenor:

13) Agrégase como artículo 124 bis, nuevo, el siguiente:

“Art. 124 bis. El gobernador regional cesará en su cargo en los siguientes casos:

a) Pérdida de la calidad de ciudadano;

b) Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente;

c) Remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes de acuerdo a lo dispuesto en la ley orgánica constitucional respectiva.

d) Haber infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral.

e) Renuncia en caso que le afecte una enfermedad grave que le impida desempeñarlo y así lo califique el Tribunal Constitucional.

Quien perdiere el cargo de gobernador regional por contravención de la norma sobre probidad administrativa o sobre notable abandono de deberes, no podrá optar a ninguna función o empleo público, sea o no de elección popular, por el término de dos años, salvo los casos del inciso séptimo del número 15º del artículo 19, en los cuales se aplicarán las sanciones allí contempladas. Ahora bien, el gobernador regional que perdiere el cargo en virtud de la causal señalada en la letra d), no podrá optar a ninguna función o empleo público por el término de tres años, ni podrá ser candidato a cargos de elección popular en los dos actos electorales inmediatamente siguientes a su cesación.

Las causales establecidas en las letras b), c) y d) serán declaradas por el Tribunal Calificador de Elecciones de acuerdo al procedimiento que se establezca en la una ley orgánica constitucional. La causal establecida en la letra d) sólo podrá ser declarada a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral, y será una ley orgánica constitucional la que señale los casos en que existe una infracción grave.

El gobernador regional, en caso de ausencia o incapacidad temporal, deberá ser reemplazado conforme a los incisos siguientes.

En caso de ausencia o impedimento no superior a cuarenta y cinco días, será subrogado en sus funciones administrativas por el funcionario en ejercicio que le siga en orden de jerarquía dentro del gobierno regional. Sin embargo, previa consulta al consejo regional, el gobernador regional podrá designar como subrogante a un funcionario que no corresponda a dicho orden.

La subrogación no se extenderá a la atribución de convocar y presidir el consejo regional ni a la representación protocolar del gobierno regional, la que deberá ser ejercida en todo caso por un consejero regional, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta los consejeros regionales en ejercicio y en sesión especialmente convocada al efecto.

Cuando el gobernador regional se encuentre afecto a una incapacidad temporal superior a cuarenta y cinco días, el consejo regional designará, de entre sus miembros, un gobernador regional suplente, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio y en sesión especialmente convocada al efecto.

En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en las reglas de los incisos siguientes.

Si la vacancia se produjere faltando menos de dos años para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante.

Si la vacancia se produjere faltando dos años o más para la próxima elección de gobernador regional, el consejo regional convocará a los ciudadanos a elección para un nuevo gobernador regional para ciento veinte días después de la convocatoria, si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente. El gobernador regional que resulte elegido asumirá su cargo el décimo día después de su proclamación.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace y no podrá postular como candidato a la elección siguiente.”.

La indicación número 52, de Su Excelencia la Presidenta de la República, es para reemplazarlo por el siguiente:

“13) Modifícase el artículo 125 por el siguiente:

a) Intercálase, en el inciso primero, entre las expresiones “cargos de” y “alcalde”, la expresión “gobernador regional,”.

b) Intercálase, en el inciso tercero, entre las expresiones “cargo de” y “alcalde”, la frase “gobernador regional,”.”.

- Puesta en votación, la indicación número 52 fue aprobada por mayoría de votos. Por la aprobación votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar, y por su rechazo votó la Honorable Senadora señora Von Baer.

La indicación número 53, del Honorable Senador señor Navarro, es para reemplazar, todas las veces que aparece, la expresión “gobernador regional” por “intendente”.

- Sometida a votación, la indicación numero 53 fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar.

Inciso primero

Letra d)

La indicación número 54, del Honorable Senador señor Navarro, propone suprimir el vocablo “gravemente”.

- Sometida a votación, la indicación número 54 fue rechazada por mayoría de votos. En contra se pronunciaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. A favor votó la Honorable Senadora señora Von Baer.

Incisos octavo, noveno, décimo y undécimo

La indicación número 55, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Pérez Varela, es para reemplazarlos por el siguiente:

"En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por los dos tercios los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante. Si en dos sesiones extraordinarias sucesivas no se lograre la mayoría de dos tercios requerida, se elegirá al nuevo gobernador regional por mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio, y en caso que no se produjere acuerdo, se citará a una nueva sesión extraordinaria donde el nuevo gobernador regional será la simple mayoría de los consejeros regionales en ejercicio.".

- Puesta en votación, la indicación número 55 fue rechazada por mayoría de votos. Por su rechazo votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Por su aprobación la Honorable Senadora señora Von Baer.

La indicación número 56, del Honorable Senador señor Horvath, plantea sustituirlos por los que siguen:

“En caso de vacancia del cargo de gobernador regional, el consejo regional deberá nombrar, de entre sus miembros, a un nuevo gobernador regional que lo reemplace, elegido por la mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio. La elección se efectuará en sesión extraordinaria que se celebrará dentro de los días siguientes a la fecha en que se hubiere producido la vacante.

El gobernador regional elegido conforme al inciso precedente durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace y no podrá postular como candidato a la elección siguiente.”.

- Puesta en votación la indicación número 56 fue rechazada por mayoría de votos. Votan por su rechazo los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar, y por su aprobación la Honorable Senadora señora Von Baer

o o o

La indicación número 57, del Honorable Senador señor Guillier, es para consultar un numeral nuevo, del tenor que se indica:

“…) Incorporase un artículo 125 bis nuevo, del siguiente tenor:

“Art. 125 bis. En cumplimiento del mandato del artículo 3 de esta Constitución, los órganos del Estado actuarán siempre respetando y promoviendo la autonomía de los gobiernos regionales y de las municipalidades en el ámbito de sus respectivas funciones, competencias y atribuciones. La ley, además, privilegiará la radicación de potestades públicas en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; promoverá la solidaridad interterritorial, buscando el desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común. El gobierno nacional no podrá ejercer tutela respecto de las atribuciones de los gobiernos regionales ni de las municipalidades, ni los gobiernos regionales podrán hacerlo respecto de las municipalidades; y deberá, cada vez que cree, transfiera o extienda las competencias de gobiernos regionales o municipalidades, atribuirles presupuestariamente los recursos necesarios para su correcto ejercicio, y en el caso de las transferencias, a lo menos los equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio.”.”.

- Esta indicación fue retirada por su autor.

o o o

El artículo 126 de la Constitución Política de la República dispone lo siguiente:

“Artículo 126.- La ley determinará la forma de resolver las cuestiones de competencia que pudieren suscitarse entre las autoridades nacionales, regionales, provinciales y comunales.

Asimismo, establecerá el modo de dirimir las discrepancias que se produzcan entre el intendente y el consejo regional, así como entre el alcalde y el concejo.”.

La indicación número 58, del Honorable Senador señor Horvath, propone incorporar un nuevo numeral, del tenor siguiente:

“…) Modifícase el inciso segundo del artículo126 de la siguiente manera:

a) Sustitúyese la expresión “intendente y” por “gobernador regional, sea con”.

b) Agrégase después de las palabras “consejo regional” lo siguiente: “o el delegado presidencial”.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer indicó que esta indicación se pone en la hipótesis que exista una discrepancia entre el Gobernador electo y la autoridad que represente al Presidente de la República en la respectiva región.

El señor Ministro indicó que no hay problema en que una ley resuelva problemas entre el consejo y el alcalde, pero subrayó que no se puede incluir al Delegado Presidencial en la misma norma por que ya se ha establecido que el proceso de traspaso de competencias no se puede llevar a un conflicto legal porque es una facultad del Ejecutivo, de modo que esta indicación propone una extraña forma de resolver eventuales discrepancias.

El Honorable Senador señor Zaldívar, señaló que en caso que se produzca un conflicto entre ambas autoridades es necesario establecer quién va a resolver.

El señor Ministro Eyzaguirre manifestó que toda la lógica de transferencia de competencia está elaborada sobre la base de que es una facultad que le pertenece al Presidente de la República y es él quien decide si delegar o no esa competencia, lo que no puede ser objeto de una litis entre la autoridad regional elegida y la autoridad presidencial, pues lo contrario, explicó, seria cambiar completamente la lógica de transferencia de competencia.

La Honorable Senadora señora Von Baer señaló que la indicación está hecha sobre la base que no sea el Presidente de la República quien resuelva sino que otra instancia. Además, dijo que tal como está estructurado este proyecto, lo más probable es que efectivamente exista un conflicto entre las autoridades regionales, tanto la electa como la designada.

La Comisión acordó votar separadamente las letras de esta indicación.

- Sometida a votación, la letra a) de la indicación número 58 fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Quinteros y Zaldívar. Se abstiene la Honorable Senadora señora Von Baer.

- En votación, la letra b) de la indicación número 58 fue rechazada por mayoría de votos. Por su rechazo votaron los Honorables Senadores señores Quinteros y Zaldívar. Se abstuvo la Honorable Senadora señora Von Baer.

o o o

El artículo 126 bis de la Carta Fundamental establece lo siguiente:

“Artículo 126 bis.- Son territorios especiales los correspondientes a Isla de Pascua y al Archipiélago Juan Fernández. El Gobierno y Administración de estos territorios se regirá por los estatutos especiales que establezcan las leyes orgánicas constitucionales respectivas.

Los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la República, garantizados en el numeral 7º del artículo 19, se ejercerán en dichos territorios en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio, las que deberán ser de quórum calificado.”.

La indicación número 59, del Honorable Senador señor Guillier, es para agregar el siguiente numeral, nuevo:

“…) Intercálase en el inciso primero del artículo 126 bis, a continuación de la frase “Son territorios especiales los correspondientes a” la locución “región de La Araucanía”.

- La indicación número 59, fue retirada por su autor.

o o o

Número 14

Mediante este numeral se agrega a la Constitución Política de la República una disposición transitoria, nueva, del siguiente tenor:

14) Agréguese la siguiente disposición transitoria:

“VIGÉSIMOCTAVA. Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 116 entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales. Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al delegado provincial que corresponda, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el Presidente del Consejo Regional permanecerá en funciones.

Igualmente, mientras no ocurra la asunción de los gobernadores regionales, los intendentes designados por el Presidente de la República seguirán sujetos a las normas de los artículos 32, 52 y 57 de esta Constitución.”.”.

La indicación número 60, de Su Excelencia la Presidenta de la República, es para sustituirlo por el que sigue:

“14) Agréganse las siguientes disposiciones transitorias:

“VIGÉSIMOOCTAVA. La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se realizará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece el inciso cuarto del artículo 112.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, dejará de existir el cargo de presidente del consejo regional. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al secretario regional presidencial, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República, los que pasarán a llamarse secretarios regionales presidenciales. Durante el mismo período el Presidente del Consejo Regional permanecerá en funciones.

VIGÉSIMONOVENA. Durante los diez años siguientes a la publicación de la reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, la autorización dispuesta en el artículo 64 podrá otorgarse por un plazo máximo de cuatro años sólo con el fin de disponer las normas que sean necesarias para la efectiva transferencia, a los gobiernos regionales, de la dependencia de uno o más servicios públicos determinados que funcionen a nivel regional y que dependen o se relacionan con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.”.

- La indicación número 60 fue retirada, por S.E. la señora Presidenta de la República.

o o o

En el nuevo plazo de indicaciones que se consideró para este proyecto, el Ejecutivo presentó la siguiente indicación, nueva:

La indicación número 60 bis, de Su Excelencia la Presidenta de la República, para sustituir el número 15) por el siguiente:

“15) Agrégase la siguiente disposición transitoria:

“VIGÉSIMOOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se realizará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece el artículo 111.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer indicó que si se quiere elegir al Gobernador el año 2017 se debe tener la real obligación de tramitar la ley sobre transferencia de competencias con facultades de ejecución y un cronograma real. Dicho esto, indicó que si el Ejecutivo estuviese realmente dispuesto a hacer una transferencia de competencias que le entregue a los gobernadores facultades con capacidad de ejecución no debiese tener problemas con la fórmula aprobada en general para esta norma. Sin embargo el Gobierno propone eliminar ese acuerdo.

El señor Ministro señaló que el Gobierno está muy lejos de querer un sistema en que los Gobernadores Regionales sean elegidos sin que las competencias sean debidamente asignadas, de modo que la nueva autoridad electa no puede asumir el cargo sin que sus atribuciones estén debidamente aclaradas.

Agregó que el problema es de índole práctico pues el período de insinuación de candidaturas conforme a la ley electoral, es una fecha bastante próxima, de tal manera que aun cuando ya se ha puesto urgencia al proyecto de transferencia de competencias, si por cualquier razón se retrasa la reforma de nada sirve todo el esfuerzo que se ha hecho.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que el texto de la norma en discusión no tiene relación con lo que se ha discutido ni con lo que ha mencionado el señor Ministro, porque una cosa es la ley de transferencia de competencias y otra muy distinta es el tema electoral, por lo que indicó que no se está condicionando la elección del Gobernador al traspaso de competencias. Agregó que tampoco es efectivo que no quede tiempo para terminar de tramitar el proyecto de transferencia de competencias.

El Honorable Senador señor Zaldívar dijo que efectivamente ambos proyectos no están ligados porque existen dos visiones distintas, y en ese sentido, dijo que se puede aprobar el proyecto de transferencia de competencias habiendo aprobado previamente el proyecto de reforma constitucional. Dijo que entendía que algunos Parlamentarios querían que no se aprobara este proyecto de reforma mientras no estuviese despachado el de transferencia, lo que es legítimo, pero manifestó que el problema es que no se puede llegar a un acuerdo mientras no se tenga confianza en el Gobierno en cuanto a que tendrá la voluntad de hacer transferencia de competencias.

Enseguida, el Honorable Senador señor Bianchi señaló que efectivamente siempre tuvo la postura de tener tramitado el proyecto de transferencia de competencias antes de aprobar la reforma, pero que sin embargo ello no ocurrió así dada la incertidumbre que se tuvo con respecto a la forma de elegir a la autoridad regional. Indicó que a futuro se debe trabajar en mejorar el proyecto de transferencia de competencias y así empoderar a la futura autoridad electa.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que siempre el Ejecutivo sostuvo que la aprobación de la elección del Gobernador Regional estaba ligada al proyecto de transferencia de competencias, pero que ello no se condice con el texto que ha presentado.

En cuanto a los plazos, enfatizó que basta con que el Ejecutivo ponga urgencia simple al proyecto de transferencia para que se tenga aprobada mucho antes de la insinuación de candidaturas, de modo que esos argumentos no se sostienen. Manifestó que no puede ocurrir que se haga una elección de intendente, llamado ahora Gobernador, sin la ley de transferencia de competencias, tal como ocurrió con los Core.

El inciso final de la indicación, debe armonizarse con otras normas previamente aprobadas en relación a la denominación de las autoridades de la región, por lo que su tenor es el siguiente:

“Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.

- Puesta en votación, la indicación número 60 bis fue aprobada con las modificaciones antes señaladas, por mayoría de votos. Votaron por la afirmativa los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Votaron por su rechazo los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

Disposición vigésimo octava

Inciso primero

La indicación número 61, del Honorable Senador señor Guillier, propone agregar después de la palabra “transferirán” la expresión “los servicios y/o”.

- La indicación número 61 fue retirada por su autor.

° ° °

La indicación número 62, del Honorable Senador señor Espina, es para introducir una disposición transitoria nueva, del tenor siguiente:

“…Los intendentes deberán dejar su cargo un año antes de la primera elección por sufragio universal del gobernador regional para poder presentarse a candidatos al referido cargo.”.

- Puesta en votación, la indicación número 62 fue rechazada por mayoría de votos. Votaron por su rechazo los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar. Por su aprobación votaron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor Espina.

- - -

MODIFICACIONES

En conformidad a los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado en general por el Honorable Senado:

Artículo Único

Número 1

Reemplazarlo por el siguiente:

“1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la expresión “intendentes y gobernadores;”, por la siguiente: “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”.”.

(Mayoría 4x1. Indicación número 2, con modificaciones)

Número 2

Sustituirlo por el que sigue:

“2) Reemplázase, en el literal e) del número 2) del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.”.

(Mayoría 4x1. Indicación número 3, con modificaciones)

Número 3

Reemplazarlo por el siguiente:

“3) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la expresión “Los intendentes, los gobernadores”, por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales,”.”.

(Mayoría 4x1. Indicación número 4, con modificaciones)

Número 4

Sustituirlo por el siguiente:

"4) Reemplázase los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

"14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y".".

(Unanimidad 5x0. Indicación número 9, con modificaciones)

Número 5

Reemplazarlo por el que sigue:

“5) Sustitúyese el artículo 111 por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, a un cuarenta por ciento más uno de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos un cuarenta por ciento más uno de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.”.

(Indicación número 14 bis. Incisos primero, segundo y tercero por mayoría de votos 3x2 abstenciones; incisos cuarto, quinto y sexto por mayoría de votos 3x1 y 1 abstención; inciso séptimo por mayoría de votos 3x2)

Número 6

Sustituirlo por el siguiente:

“6) Derógase el artículo 112.”.

(Mayoría 3x2 abstenciones. Indicación número 17)

Número 7

Reemplazarlo por el que sigue:

“7) Modifícase el artículo 113 en la siguiente forma:

a) Reemplázase su inciso segundo por el siguiente:

"El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.".

(Mayoría 4x1. Indicación número 25)

b) Suprímese su inciso quinto.

(Unanimidad 5x0. Artículo 121 del reglamento del Senado)

Número 8

Sustituir su encabezado por el siguiente:

“8) En el artículo 114 introdúcense las siguientes modificaciones:

a) Reemplazar la expresión “podrá transferir” por “transferirá.”.”.

(Unanimidad 5x0, Indicación número 26, con modificaciones)

Considerar el texto del número 8) como letra b), eliminado las palabras “en el artículo 114” y la coma (,) que le sigue.

(Unanimidad, 5x0. Artículo 121 del reglamento del Senado)

o o o

Número 9, nuevo

Ha incorporado el siguiente número 9), nuevo:

“9) Intercálase a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la Región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.”.

(Mayoría 3x2 abstenciones. Indicación número 33, con modificaciones)

o o o

Número 9

Ha pasado a ser número 10), reemplazado por el que sigue:

“10) Modifícase el artículo 116 en el siguiente sentido:

a) Sustitúyese su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 116.- En cada provincia, existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:

i. Sustitúyese la palabra “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente” por la expresión “delegado presidencial regional”, las dos veces que aparece.”.

(Mayoría 3x2 abstenciones. Indicación número 34, con modificaciones)

Número 10

Ha pasado a ser número 11), sustituido por el siguiente:

“11) Modifícase el artículo 117 en el siguiente sentido:

a) Reemplázase la expresión “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”;

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por la expresión “encargados”.”.

(Mayoría 3x2 abstenciones. Indicación número 36, con modificaciones)

Número 11

Ha pasado a ser número 12), sin enmiendas.

Número 12

Ha pasado a ser número 13), reemplazado por el que sigue:

“13) Sustitúyese el artículo 124 por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.”.

(Mayoría 3x1 y 1 abstención. Indicación 44 bis, con modificaciones)

Número 13

Ha pasado a ser número 14, reemplazado por el siguiente:

“14) Introdúcense en el artículo 125 las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase en el inciso tercero la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.”.

(Mayoría 3x1. Indicación número 52)

o o o

Número 15, nuevo

Consultar como número 15, nuevo, el siguiente:

“15) Reemplázase en el inciso segundo del artículo 126 la palabra “intendente” por “gobernador regional”.”.

(Mayoría 2x1 abstención. Indicación número 58, letra a), con modificaciones)

o o o

Número 14

Ha pasado a ser número 16).

Sustituir el texto de la disposición transitoria propuesta por el que sigue:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se realizará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece el artículo 111.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.”.

(Mayoría 3x2. Indicación número 60 bis, con modificaciones)

- - -

TEXTO DEL PROYECTO:

En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto queda como sigue:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la expresión “intendentes y gobernadores;”, por la siguiente: “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”.

2) Reemplázase, en el literal e) del número 2) del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

3) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la expresión “Los intendentes, los gobernadores”, por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales,”.

4) Reemplázase los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

"14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y".

5) Sustitúyese el artículo 111 por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, a un cuarenta por ciento más uno de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos un cuarenta por ciento más uno de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.

6) Derógase el artículo 112.

7) Modifícase el artículo 113 en la siguiente forma:

a) Reemplázase su inciso segundo por el siguiente:

"El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.".

b) Suprímese su inciso quinto.

8) En el artículo 114 introdúcense las siguientes modificaciones:

a) Reemplazar la expresión “podrá transferir” por “transferirá.”.

b) Agrégase luego del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional; buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.

Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de los gobiernos regionales irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

9) Intercálase a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la Región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

10) Modifícase el artículo 116 en el siguiente sentido:

a) Sustitúyese su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 116.- En cada provincia, existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:

i. Sustitúyese la palabra “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente” por la expresión “delegado presidencial regional”, las dos veces que aparece.”.

11) Modifícase el artículo 117 en el siguiente sentido:

a) Reemplázase la expresión “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”;

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por la expresión “encargados”.

12) Agrégase en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “Toda transferencia de competencias a las municipalidades irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de las municipalidades irá acompañada de los recursos determinados por la ley.”.

13) Sustitúyese el artículo 124 por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

14) Introdúcense en el artículo 125 las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase en el inciso tercero la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

15) Reemplázase en el inciso segundo del artículo 126 la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

16) Agrégase la siguiente disposición transitoria:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se realizará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece el artículo 111.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.”.

- - -

Acordado en sesiones celebradas los días 6, 13 y 19 de julio; 2, 9,16 y 31 de agosto; y 6, 14 y 28 de septiembre de 2016, con asistencia de los Honorables Senadores señora Ena Von Baer Jahn (Presidenta), y señores Carlos Bianchi Chelech, Alberto Espina Otero, Rabindranath Quinteros Lara y Andrés Zaldívar Larraín (Jorge Pizarro Soto).

Sala de la Comisión, a 4 de octubre de 2016.

JUAN PABLO DURÁN

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN ACERCA DEL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL, QUE DISPONE LA ELECCIÓN POPULAR DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO REGIONAL.

(BOLETINES N0S 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 Y 10.443-06, REFUNDIDOS.)

I.OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El proyecto de reforma constitucional en estudio busca descentralizar la administración del Estado modificando las normas sobre administración y gobierno regional, disponiendo la elección directa del intendente, en tanto ejecutivo del gobierno regional.

II.ACUERDOS: Indicaciones:

Números

1.-retirada

2.-Aprobada con modificaciones 4x1.

3.-Aprobada con modificaciones 4x1.

4.-Aprobada con modificaciones 4x1.

5.-Rechazada 5x0

6.-retirada

7.-retirada

8.-Rechazada 5x0

9.-Aprobada con modificaciones 5x0

10.-Rechazada 4x1 abst.

11.-retirada

12.-retirada

13.-retirada

14.-retirada

14 bis.- -inc.1° Ap. 3x2 abstenciones.

-inc. 2° Ap. 3x2 abstenciones.

-inc.3°Ap. 3x2 abstenciones.

-inc.4° Ap. 3x1 abst. y 1 contra.

-inc.5° Ap. 3x1 abst. y 1 contra.

-inc.6° Ap. 3x1 abst. y 1 contra.

-inc.7° Ap. 3x2.

15.-retirada

16.-Rechazada 5x0

17.-Aprobada 3x2 abstenciones.

18.-retirada

19.-Rechazada 5x0

20.-retirada

21.-Rechazada 5x0

22.-Rechazada 5x0

23.-Rechazada 5x0

24.-retirada

25.-Aprobada 4x1.

26.-Aprobada con modificaciones 5x0

27.-retirada

28.-Rechazada 3x1abst.

29.-Rechazada 4x1 abst.

30.-Rechazada 5x0

31.-retirada

32.-Rechazada 5x0

33.-Aprobada con modificaciones 3x2 abstenciones.

34.-Aprobada con modificaciones 3x2 abstenciones.

35.-retirada

36.-Aprobada con modificaciones 3x2 abstenciones.

37.-retirada

38.-Rechazada 5x0

39.-Rechazada 5x0

40.-Rechazada 5x0

41.-Rechazada 3x2.

42.-retirada

43.-Rechazada 5x0

44.-retirada

44 bis.-Aprobada con modificaciones 3x1 abst. y 1 contra.

45.-Rechazada 5x0

46.-Rechazada 3x1 abst. y 1.

47.-Rechazada 3x1 abst. y 1.

48.-Rechazada 3x1 abst. y 1

49.-Rechazada 3x1.

50.-Rechazada 3x1.

51.-Rechazada 3x1.

52.-Aprobada 3x1.

53.-Rechazada 5x0

54.-Rechazada 3x1.

55.-Rechazada 3x1.

56.-Rechazada 3x1.

57.-retirada

58.--letra a) Aprobada con modificaciones 2x1 abst.

-letra b) Rechazada 2x1 abst.

59.-retirada

60.-retirada

60 bis.-Aprobada con modificaciones 3x2.

61.-retirada

62.-Rechazada 3x2.

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: Todos los numerales del presente proyecto de reforma constitucional, con la sola excepción de su numeral 4), requieren para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Carta Fundamental. Por su parte, el numeral 4), que recae en el Capítulo VIII de la Constitución Política de la República, requiere para ser aprobado del voto conforme de los dos tercios de los Senadores en ejercicio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127, antes citado.

V.URGENCIA: No tiene.-.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Senado. Mensaje de Su Excelencia la señora Presidenta de la República y Mociones de los Honorables Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García Ruminot y Pérez Varela y de los Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro, respectivamente.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 5 de enero de 2015.

IX.TRÁMITE REGLAMENTARIO: segundo informe.

X.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.- Constitución Política de la República, artículos 111 y siguientes. 2.- Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. 3.- Ley N° 19.097 que Modifica la Constitución Política de la República en materias de Gobiernos Regionales y Administración Comunal. 4.- Ley N° 20.390 Reforma Constitucional en materia de Gobierno y Administración Regional.

Valparaíso,4 de octubre de 2016.

JUAN PABLO DURÁN G.

Secretario de la Comisión

[1]Boletín N° 7963-06 Relativo al fortalecimiento de la regionalización del país
[2]Boletín N° 7963-06 Relativo al fortalecimiento de la regionalización del país
[3]Profesora Asistente De la Pontificia Universidad Católica de Chile en el área de Política Comparada Doctora (PhD) en Ciencia Política por la Universidad de Northwestern Estados Unidos con la disertación titulada "Partidos y Competencia Partidaria a través del Territorio: Estabilidad y Cambio en los Sistemas Federalizados de Partidos" Obtuvo su título de Licenciada en Ciencia Política en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y su Magíster en la Universidad de Northwestern
[4]Ley N° 20500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública
[5]LEY N° 20877 INTRODUCE MEJORAS AL TRANSPORTE PÚBLICO REMUNERADO DE PASAJEROS artículo 1° letra a) número 9

1.9. Discusión en Sala

Fecha 05 de octubre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 53. Legislatura 364. Discusión Particular. Se aprueba.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL Y ESTABLECIMIENTO DE FIGURA DE DELEGADO PROVINCIAL

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Conforme a lo resuelto por los Comités, corresponde discutir en particular el proyecto de reforma, iniciado en mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República y en mociones de los Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela, y señores Chahuán y García-Huidobro, respectivamente, en primer trámite constitucional, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Regionalización y Descentralización y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional: Mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República, del primer proyecto; y Mociones, del segundo proyecto, de los Senadores señor Horvath, señora Lily Pérez y señores Guillier, Quinteros y Zaldívar; del tercer proyecto, de los Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela; y del cuarto proyecto, de los Senadores señores Chahuán y García-Huidobro. Se da cuenta en:

1) 9.834-06, sesión 77ª, en 6 de enero de 2015.

2) 10.330-06, sesión 59ª, en 7 de octubre de 2015.

3) 10.422-06, sesión 77ª, en 25 de noviembre de 2015.

4) 10.443-06, sesión 81ª, en 15 de diciembre de 2015.

Informes de Comisión:

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 99ª, en 27 de enero de 2016.

Gobierno, Descentralización y Regionalización (segundo): sesión 52ª, en 4 de octubre de 2016.

Discusión:

Sesión 101ª, en 1 de marzo de 2016 (se aprueba en general).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Las mociones ya individualizadas se refundieron para dar lugar a una sola reforma.

Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 1 de marzo de 2016.

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización deja constancia en su segundo informe, para los efectos reglamentarios, de que no existen artículos que no hayan sido objeto de indicaciones o de modificaciones.

Dicho órgano técnico efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general. De ellas, cuatro fueron aprobadas por unanimidad, y las restantes, solo por mayoría de votos, por lo que se pondrán en discusión y votación oportunamente.

Cabe recordar que las modificaciones unánimes deben votarse sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.

De las enmiendas unánimes, la recaída en el número 4 del artículo único debe aprobarse por dos tercios de los Senadores en ejercicio, esto es, por 25 votos favorables.

Las modificaciones recaídas en la letra b) del numeral 7 y en el numeral 8 del artículo único deben aprobarse por tres quintos de los Senadores en ejercicio, o sea, por 22 votos afirmativos.

De otra parte, el número 11, que pasó a ser 12 en el segundo informe, no tuvo enmiendas en este y debe aprobarse en particular con 22 votos favorables. Pero en este número el Ejecutivo renovó una indicación.

Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe el texto despachado en general, las enmiendas realizadas por la Comisión de Gobierno y el texto como quedaría si estas se aprobaran.

Nada más, señor Presidente .

El señor LAGOS (Presidente).-

Muchas gracias, señor Secretario.

Se solicitó autorización para que ingresen a la Sala la Subsecretaria General de la Presidencia, señora Patricia Silva, y el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, don Ricardo Cifuentes.

¿Les parece a Sus Señorías?

Acordado.

En la discusión particular del proyecto, tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , la unanimidad de esta Sala aprobó en general la iniciativa en debate en sesión celebrada el 1 de marzo del año en curso.

El proyecto que se discutió luego en particular en la Comisión ya no fue el mismo que se votó en este Hemiciclo: se debatieron las indicaciones presentadas por el Ejecutivo, que finalmente dieron lugar al texto sobre el que deberemos pronunciarnos esta tarde.

Con ello quiero decir que el proyecto que votamos hoy día es totalmente distinto o muy distinto de aquel que la Sala aprobó en general por unanimidad.

El texto cuyas dos disposiciones más relevantes vamos a discutir determina, primero, la sustitución del artículo 111 de la Constitución, que establece que "El gobierno de cada región reside en un intendente que será de la exclusiva confianza del Presidente de la República ".

El cambio es por el siguiente precepto:

"La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

"El gobierno regional estará constituido por el gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

"El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, a un cuarenta por ciento más uno de los votos válidamente emitidos,...". "Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente solo para el período siguiente".

Por lo tanto, se contempla la elección directa de esta autoridad por dicho porcentaje. Si ello no se logra, se realizará una segunda vuelta, con una sola posibilidad de reelección.

Eso es lo que expresa al respecto la disposición que reemplaza al artículo 111.

Las inhabilidades han estado señaladas en la Constitución, lo que se mantenía en el texto que votamos en la Sala. En el proyecto que vamos a discutir en particular hoy día, las correspondientes al gobernador regional dejan de estar en la Carta y se pasa a determinar que una ley orgánica constitucional va a consignar las causales de su inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo.

Expongo lo anterior porque varios Senadores han preguntado cuáles son las inhabilidades. Estas no se encuentran en el texto que vamos a debatir, porque el Ejecutivo presentó una indicación y las trasladó -repito- a la ley orgánica constitucional respectiva.

Luego, la otra parte importante en el proyecto es la sustitución del artículo 112 de la Constitución, relativo a que "Al intendente le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región".

Esta disposición es reemplazada por el nuevo artículo 115 bis, que señala lo siguiente:

"En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la Región , en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes", etcétera.

Como explicación, cabe puntualizar que vamos a tener a nivel regional -es lo que propone el proyecto- la elección de un gobernador regional, a cargo del gobierno regional, por una parte, y, por la otra, un delegado presidencial regional, que será nombrado por el Primer Mandatario.

El inciso siguiente dice que "Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio".

El delegado regional presidencial es, entonces, quien va a supervigilar los servicios públicos, tarea que le compete hoy al intendente.

Por otra parte, el gobernador provincial, contemplado actualmente en el artículo 116, es sustituido por la delegación presidencial provincial, con un delegado presidencial provincial que será nombrado y removido libremente por el Primer Mandatario. Es la autoridad que ejercerá la supervigilancia y coordinación de los servicios públicos en la provincia.

El proyecto consigna que para poder elegir a los gobernadores regionales se tendrá que promulgar la ley orgánica constitucional que establezca la forma de hacerlo, exactamente del mismo modo como se procedió, en su momento, en relación con el voto de los chilenos en el extranjero.

En consecuencia, el articulado crea dos nuevas autoridades: el gobernador regional y el delegado presidencial regional, cada uno de ellos con una parte de las tareas que el intendente realiza en la actualidad.

Es todo cuanto puedo informar.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Ministro del Interior.

El señor FERNÁNDEZ ( Ministro del Interior y Seguridad Pública ).-

Señor Presidente , el Senado de la República resolverá en esta sesión sobre la democracia en todas las regiones de Chile.

Materia de la decisión es el proyecto de reforma constitucional enviado al Congreso por el Gobierno de la Presidenta Bachelet, el cual establece el cargo de gobernador regional y su elección directa por el pueblo en cada región del país.

Se trata de un paso gigantesco, para culminar el proceso de democratización territorial, iniciado con la elección popular de alcaldes y concejales en el año 1992, así como de consejeros regionales, dispuesto en la reforma del año 2009.

La elección popular de gobernadores regionales se completa con tres cuerpos jurídicos que se tramitan simultáneamente en el Congreso: el que regula las competencias que se transfieren al gobierno regional; el que dispone las normas sobre su elección, incluidas la fecha y las modalidades, y el destinado al financiamiento regional.

No escapa a la atención del Gobierno la complejidad que ha presentado la tramitación de esta legislación, no solo en lo concerniente a las dificultades para formularla, sino también, desde luego, para negociar su aprobación parlamentaria.

Por cierto, el texto original ya ha sufrido modificaciones, manifestadas en las indicaciones respectivas, y la tramitación futura, especialmente en materia de competencias, seguramente será objeto de perfeccionamientos tan necesarios como inevitables.

Si bien resulta obvio, es necesario destacar que el esfuerzo legislativo de descentralización en el que estamos empeñados configura un conjunto armónico y sistemático de normas en los tres proyectos ya descritos.

Con todo, es deber del Ministro que habla señalar con claridad que el Gobierno tiene posiciones muy ciertas sobre los puntos medulares de dichas iniciativas. Por lo pronto, cabe reiterar que este se encuentra convencido de que la primera elección de gobernadores regionales debe celebrarse en noviembre de 2017.

Es nuestra convicción que la descentralización política debe catalizar la descentralización administrativa, pues los liderazgos regionales legitimados por el pueblo pueden conducir sólidamente el ejercicio de las competencias transferidas y el proceso de traspasarlas.

Señor Presidente , señoras Senadoras y señores Senadores, estamos optimistas en cuanto a que seremos capaces de avanzar y encontrar acuerdos amplios y transversales sobre este conjunto de normas, todas ellas necesarias para permitir el cumplimiento de la meta de 2017 y la elección de gobernadores regionales ese año por parte de las regiones.

Como Ministro de Estado , en representación del Gobierno de la Presidenta Bachelet , me permito solicitarles el apoyo a esta reforma constitucional. Es hora de que las regiones sepan con claridad que su clamor de participación efectiva ha sido escuchado y que sus habitantes serán dueños de su propio destino.

Muchas gracias.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Muchas gracias a usted, señor Ministro .

A quienes nos acompañan en las tribunas con motivo de esta discusión tremendamente importante les solicito que nos ayuden a despachar el proyecto en la mejor forma posible. Para bien o para mal -o para mal o para bien-, pido evitar las manifestaciones, que es la regla que nos rige.

Son ustedes bienvenidos, por lo demás.

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , esta es una de las más importantes reformas para el desarrollo armónico de nuestro país. Sin pecar de exagerado, es algo que no se ha visto en Chile desde hace 185 años, cuando se planteó un intento de gobierno federal con Infante, seguido de las asambleas provinciales en la Constitución de 1925, institución que nunca se materializó. Hoy en día hemos llegado, por distintas vertientes, a la elección de la autoridad regional.

Muchas organizaciones han trabajado en la materia desde hace casi 35 años. Por ejemplo, recuerdo la formación de la Corporación para la Regionalización de Chile (CORCHILE), con organizaciones en todas las regiones. O sea, es algo surgido en los años ochenta.

Después se armó el Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización (CONAREDE), con entes participantes de todos los sectores sociales y parlamentarios.

También se ha realizado la Cumbre de las Regiones. Ello, siempre antes de los comicios presidenciales, habiéndose comprometido los distintos candidatos, entre otras cosas, con la elección de la autoridad regional.

En el actual Gobierno surgió la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional, que decía relación con un proceso participativo, casi de cabildos, en las distintas regiones. Se formuló una serie de propuestas que finalmente se presentaron en un Congreso pleno, con todos los ministros, parlamentarios y autoridades, y el compromiso formal de estos de avanzar al menos en el traspaso de competencias a las regiones y en la elección libre y democrática de quienes las conduzcan.

Fue así como la Primera Mandataria firmó en el año 2014, en Puerto Montt, como un símbolo de la descentralización, la iniciativa de reforma para la elección de la autoridad regional. Como ello no sintonizaba claramente con la Comisión Presidencial participativa, algunos parlamentarios presentamos modificaciones adicionales, que son las que se vieron en la Comisión de Gobierno del Senado. De ahí nace el proyecto que finalmente llega a la Sala.

Quisiera recordar que hemos escuchado por distintos medios, a la fecha, que las regiones no estarían preparadas, que las facultades y el traspaso de funciones no serían suficientes y una serie de razones de la más variada índole. Todo eso tiene su fundamento, como es obvio -estamos en el Congreso y, en definitiva, es preciso considerarlo-, pero estimamos fundadamente que, dada la perspectiva histórica, no pasa de ser una excusa para no elegir a la autoridad en esta ocasión.

Lo digo porque es cierto que hay aprensiones, que las atribuciones no son suficientes, pero también se puede recurrir a la realidad comparada de países como Perú, Uruguay , Colombia, en Latinoamérica, y España. Si en ella no hay gradualidad ni experiencias piloto ni una especie de supletoriedad del Estado para que las regiones logren equilibrar progresivamente el proceso, desde luego que la conclusión puede ser no del todo buena. No quiero significar que sea mala.

Por ejemplo, Raúl Eberhard , un artista de Valparaíso que expone en el Centro de Extensión del Senado, nos cuenta que las provincias han generado una duplicidad de burocracia increíble en España, con un costo enorme para el Estado, y ya es muy difícil, políticamente, establecer una suerte de recorte si se avanza en esa línea. Por otro lado, se dan absurdos como el de que los sistemas computacionales en una de ellas de repente no son compatibles con los de otra o el de quién paga si es necesario atender la salud en una distinta, en fin.

No queremos que ocurran estas cosas. Por eso es que el proyecto -y el compromiso paralelo- se hace cargo de 23 competencias que las autoridades regionales ya poseen y de 54 adicionales, a las cuales se han ido agregando otras, como la definición regional en Obras Públicas de todo lo que es mantención vial, agua potable rural, más un traspaso paulatino en cuanto al FOSIS, CORFO , SERCOTEC, SERVIU, etcétera.

Es decir, el texto se viene trabajando también en forma simultánea, y ahí se advierten instancias en las cuales las dudas expuestas todavía pueden ser mejoradas. Evidentemente, lo mejor es votar de la misma manera, pero, para las personas que experimentan aprensiones en el sentido de que las atribuciones no son suficientes, de que hay elementos de incompatibilidad entre el delegado presidencial y el gobernador regional, existe un margen muy importante para resolver en forma paralela a la iniciativa de reforma constitucional.

Ahora, en el año 2011, cuando se remitió, durante la Administración de Sebastián Piñera, el proyecto de fortalecimiento regional en cuanto al traspaso de competencias, varios formulamos observaciones en el Senado, en el primer trámite, en el sentido de que ese robustecimiento se supeditaba demasiado a los ajustes y requerimientos de nuestro sistema centralizado. Pero esa iniciativa se aprobó y fue mejorada sustancialmente en la Cámara de Diputados.

Ella contó con el apoyo, entre otros, de las Senadoras señoras Allende y Von Baer y de los Honorables señores Bianchi, Chahuán , Coloma , Espina , García , García-Huidobro , Hernán Larraín , Pérez Varela , Quintana y Rossi . ¿Por qué lo menciono? Porque todavía se experimentan aprensiones, pese a haber tenido lugar -en la instancia del Ejecutivo , producto de sus indicaciones, y en la Cámara de Diputados- un enriquecimiento del texto que en su minuto fue aprobado en la Sala. Creo, en ese sentido, que conviene hacer memoria y generar una línea de continuidad y de una mínima consistencia.

Estimo que nos hallamos ante una oportunidad única. Chile vive, producto del centralismo exacerbado y de una concentración económica exagerada, un proceso de deterioro gradual en las relaciones sociales, económicas y financieras, como también desde el punto de vista del medioambiente e incluso moral.

Somos parte de un sistema global que está siendo cada día más complicado por ambos factores, al igual que por efectos como el del cambio climático. Para eso se requiere saberse preparar. Un país centralizado no está en condiciones de asumir estos desafíos.

¡Y qué decir de la gente, que se siente cada día más abusada por la concentración y el centralismo!

Juzgo que si logramos traspasar poder a las regiones, elegir a su autoridad y dejar, de una vez por todas, a los intendentes -o como se quieran llamar- designados por el Gobierno de turno, dicha autoridad va a tener que ser consistente con su propia región de una manera participativa.

Nosotros éramos opositores, en principio, del umbral planteado del 40 por ciento. Queríamos que saliera electo, al estilo de los alcaldes, el que obtuviera un voto más. Pero también hay un riesgo de caudillismo, de populismo, de que la persona no cuente el día de mañana con la capacidad de generar consensos regionales, como tampoco de pararse en forma digna ante la autoridad nacional y conseguir acuerdos, por lo cual dicho porcentaje resulta más que efectivo. Y si dos candidatos superan el 40 por ciento, tendrán que ir a segunda vuelta.

Por lo tanto, en esta materia estimo que no podemos dilatar una decisión de esta naturaleza, en una perspectiva de 185 años de historia de nuestro país. Si alguien piensa que estaremos maduros el año 2021 y no el 2017, le pido que mire hacia atrás, porque esto se ha planteado reiteradamente y se ha trabajado en todos los niveles (ciudadano, académico, político) y con experiencia comparada.

Por consiguiente, tenemos todos los antecedentes, de todos los sectores políticos, como para asegurar una votación significativa de una vez por todas, para las regiones, para la gente de nuestro país y para tener un Chile armónico.

Muchas gracias.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Le ofrezco la palabra a continuación a la Senadora señora Lily Pérez.

La señor PÉREZ ( doña Lily).-

Señor Presidente , hago míos todos los argumentos que ha señalado el Senador Horvath, a los cuales quiero agregar algunas consideraciones de carácter político.

¿Por qué todos los candidatos presidenciales han suscrito, durante las últimas campañas, los últimos veinte o veinticinco años, un compromiso con las regiones, y una de las medidas comprometidas con su firma ha sido la elección directa de los intendentes, o gobernadores regionales, como los llama el actual proyecto?

¿Por qué en todas las campañas senatoriales -salvo honrosas excepciones- una de las preguntas -a mí me tocó en varios debates acá, en Valparaíso, cuando era candidata a la Cámara Alta, y me imagino que se replicó en muchas otras circunscripciones- era cuál iba a ser nuestro comportamiento, como Senadores de región, para el voto de las máximas autoridades regionales?

Yo siempre escuché a todos decir que estaban a favor, en una situación muy parecida a la que se daba con el límite a las reelecciones, que todos, en general, también apoyaban durante los períodos eleccionarios.

Durante las campañas presidenciales y parlamentarias yo vi a muchos ponerse la chaqueta del regionalismo; chaqueta que, una vez sentados en los cargos, varios han ido olvidando.

Y por esa razón quiero hacerme cargo de tres argumentos que he leído profusamente en las últimas semanas, planteados por quienes señalan no ser partidarios de la elección directa de intendentes o gobernadores regionales para el año próximo: noviembre de 2017.

Algunos afirman que primero, antes de elegirlos directamente, hay que asegurar mayor autonomía.

Dado este escenario inicial, es probable que en esta discusión prevalezca el interés del Gobierno central sobre el regional. Esto se reflejaría en intendentes designados con más competencias, pero con el mismo presupuesto, lo cual aumentaría la dependencia de sus "jefes". Es decir, una real asimetría.

Si partimos hoy por la elección de intendentes, en cambio, las posteriores discusiones nos van a permitir emparejar la cancha del escenario inicial. La autoridad electa, sin duda alguna, va a abogar, con el peso de sus votos regionales, por los necesarios traspasos de competencias y recursos.

Yo he sido Senadora con un intendente puesto y designado por el Gobierno del Presidente Piñera, gobierno al que yo apoyé. Y en este período he sido Senadora con intendentes designados por el actual Gobierno de la Presidenta Bachelet . Y la verdad es que he visto pocas diferencias en su arraigo hacia la región y en su preocupación hacia zonas como la provincia de Petorca (la falta del agua) y hacia zonas como la de Aconcagua, "región" que hemos peleado tanto, pero la situación no funciona. ¿Por qué? Porque los intendentes, con todo el respeto que me merecen -todos muy preparados y buenísimas personas; no estoy haciendo un punto de su pertenencia política-, presentan un problema común: todos representan al gobierno de turno, no los intereses de la región. Y me imagino eso pasa en todos los lugares del país.

Por esa razón, cuando en este debate se alerta, de manera incorrecta, en cuanto a que la elección debe ser posterior al traspaso de competencias, me parece injusto, porque la reforma constitucional sobre traspaso de competencias se aprobó el año 2009. Sin embargo, el proyecto de ley que la implementa, ya en tercer trámite, lleva cinco años en el Congreso Nacional. Y la reforma constitucional sobre elección, recién en primer trámite, lleva dieciocho meses en el Parlamento, sin que todavía haya una ley que la materialice.

¿Por qué, entonces, tenemos que seguir postergando este debate? Deben discutirse, a mi juicio, ambas iniciativas. Hace mucho tiempo que no se vota ninguna de ellas. Pero lo más importante es que las dos están en trámite y que hoy día llegó el momento de la verdad para sacar adelante la elección directa y democrática de la máxima autoridad regional.

En tercer lugar, hay quienes advierten como riesgo que habrá autoridades regionales de signo político distinto al del gobierno de turno. Bueno, pero así es la competencia, así es la democracia: significa perder poder. La descentralización económica, fiscal y política implica perder poder. Lo que pasa es que hay grupos que no quieren perder poder en manos de las regiones, por desconfianza hacia ellas, porque no quieren competencia política, por un sinfín de motivos que uno podría elucubrar, pero que no vale la pena reiterar.

Con todo, creo que hoy día tenemos una oportunidad histórica de perderle el miedo a tomar una decisión que sea buena para el país, no con la calculadora en la mano de quién eventualmente puede ser el próximo Presidente o Presidenta de la República , sino pensando primero en las regiones.

¿Qué necesita la gente que vive en ellas? Tener un intendente o una intendenta que, cuando haya un incendio, un caso de violencia, un terremoto, un tsunami, no solo tenga competencias, sino que esté ahí representando los intereses de la región y no únicamente porque lo o la llamó el Presidente o la Presidenta de la República para decirle lo que tenía que hacer.

Por todo lo anterior, obviamente voy a aprobar la elección directa, como lo vengo anunciando desde que era Diputada y firmé un proyecto de mi autoría sobre la materia.

Me parece muy importante que hoy día demos señales, desde el Senado, en cuanto a que lo que defendíamos en campaña, ahora, coherentemente, lo votamos a favor, y que la chaqueta del regionalismo se mantiene siempre, sobre todo para darles apoyo a las regiones: en traspaso de competencias; en fiscalización y control, que es un tema al que igualmente tenemos que hincarle el diente con fuerza, y también en materia de elección de nuestros máximos representantes populares.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Ruego a las tribunas abstenerse de hacer manifestaciones, en cualquier sentido.

Tiene la palabra a continuación la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , qué duda cabe de que para fortalecer el desarrollo de nuestro país, en todos sus ámbitos, y para que Chile siga avanzando económica, cultural e institucionalmente, se requieren reformas estratégicas y profundas para potenciar el desarrollo de nuestras regiones. Desde estas existe un clamor, que es real, por mayor descentralización, y yo creo que tenemos que escucharlo.

Escucharlo significa avanzar decididamente en políticas que pongan su acento en una verdadera descentralización. Esta no solo debe adaptarse, sino impulsar las características, oportunidades y necesidades específicas de cada región, contraponiéndose a lo que vivimos actualmente: un país muy concentrado en términos demográficos y económicos, que perpetúa una disparidad regional importante, porque Santiago conserva la mayor parte del capital político, económico y humano de Chile, y porque nuestra economía depende de sectores estratégicos que están ubicados en todas las regiones. De la manera en que hoy estamos organizados, se limita nuestra capacidad de crecimiento a nivel global.

Es por eso que nuestro futuro desarrollo requiere políticas públicas territoriales que tomen en consideración las condiciones locales ligadas a las oportunidades de crecimiento de cada una de nuestras regiones, pero cuyos recursos hoy permanecen subutilizados, mermando la productividad y competitividad del país. Por lo tanto, entreguemos a la gente de regiones -es lo que nosotros queremos hacer- la posibilidad de decidir y de vivir su propio futuro.

Hoy en esta Sala, señor Presidente , podríamos estar dando un paso histórico, donde transversalmente estaríamos celebrando un avance hacia la descentralización real. En la discusión general nosotros votamos a favor de la elección del intendente, y ahora quisiéramos votar en el mismo sentido.

Por desgracia, el proyecto cambió profundamente y volvimos al texto presentado originalmente por el Ejecutivo , que había recibido críticas transversales desde todos los sectores políticos.

Es por ello que quiero explicar por qué, lamentablemente, no podemos acompañar al Ejecutivo en este caso.

Buscamos y nos esforzamos por llegar a un acuerdo con él en torno a los proyectos de descentralización, pero esto no fue posible debido a que el Ejecutivo insistió en un diseño institucional que exhibe graves falencias. Es así como el día de hoy, que podría ser de celebración, de unidad, se ha transformado, desde mi punto de vista, en un día triste, doloroso, marcado nuevamente por la división.

Tras un análisis crítico, hemos llegado a la conclusión de que la reforma para la elección de gobernadores y su contraparte, la transferencia de competencias, propuesta por el Ejecutivo , carece de una visión estratégica y no se hace cargo de los desafíos reales de un necesario proceso de descentralización, pero, sobre todo, promete algo que no cumplirá. No avanza en la descentralización. Y esto afectará, especialmente, las expectativas de aquel 60 por ciento de compatriotas que no vivimos en la Región Metropolitana y que seguimos esperando recibir una merecida, justa y verdadera descentralización, el diseño de un proyecto de elección de intendentes y una implementación que respondan realmente a nuestras necesidades.

Me explico.

Se plantea que con la reforma de hoy se va a permitir la elección del intendente. Eso no es así: no se va a elegir al intendente. Los invito a revisar nuestra Constitución y el comparado que tienen en sus pupitres.

El intendente tiene en la actualidad tres grandes tareas:

Es el coordinador regional de los secretarios regionales ministeriales, conocidos como "seremis" y, por lo tanto, tiene injerencia en la aplicación de las políticas públicas a nivel regional.

Supervigila los servicios públicos desconcentrados (artículo 112 de la Carta Fundamental, que hoy será sustituido por el artículo 115, que figura en la página 28 del comparado). El intendente, en consecuencia, tiene poder sobre la ejecución de todos los programas estatales. Por ejemplo, del servicio de salud, del SERVIU, del INDAP. Ustedes lo saben mejor que yo.

Tercero: es el ejecutivo del Gobierno regional. Por ende, en conjunto con los consejeros regionales define la asignación del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, que es el 10 por ciento del presupuesto que el Estado invierte en las regiones (artículo 111 de la Constitución).

Si el Gobierno estuviera proponiendo la elección del intendente, tendría que entregarle a la autoridad electa, la máxima a nivel regional, esos tres poderes.

Sin embargo, en la reforma que estamos votando hoy se propone que a nivel regional haya dos autoridades, ninguna de ellas por sobre la otra. Una será nombrada por el Presidente de la República : el secretario regional presidencial, en cuyas manos estarán dos de las actuales tareas del intendente que significan el mayor poder que hay en las regiones: la coordinación de los seremis y la supervigilancia de los servicios públicos (artículo 115, nuevo, página 28 del comparado).

En tanto, el gobernador regional, electo con el 40 por ciento de los votos, solo se quedaría con el ejecutivo del Gobierno regional, que tiene a su cargo la definición del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, o sea, el 10 por ciento del presupuesto que se invierte en las regiones.

Entonces, ¡no se propone elegir al intendente!

¿Quién se queda con el poder real? El secretario regional presidencial, que ¿desde dónde es nombrado? Desde Santiago.

Frente a la realidad de que el Gobierno está proponiendo la elección de una autoridad disminuida, se ha señalado que ello no importa, porque con el tiempo se va a avanzar en aumentarle el poder. El problema, sin embargo, es mayor. Si vamos a hacer un cambio de esta magnitud, entonces debiera haberse planteado un nuevo diseño institucional, pero el Gobierno no hace esto, sino únicamente separar las tres facultades del intendente, entregándole dos al secretario regional presidencial, nombrado desde Santiago , y solo una al nuevo gobernador.

El problema que se genera es que hoy el intendente designado como ejecutivo del Gobierno regional posee una serie de atribuciones -de hecho, no son pocas- que ejecuta a través de los servicios públicos centralizados. Por ejemplo, tiene competencia para establecer las prioridades regionales destinadas a la erradicación de la pobreza en la región (artículo 19 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, hoy vigente). El intendente, en conjunto con los consejeros regionales, le entrega fondos al FOSIS para ejecutar su política. Todo bien. Funciona porque el intendente es el jefe regional del Fondo de Solidaridad e Inversión Social. El problema va a empezar cuando el gobernador regional, ahora electo, en conjunto con el consejo regional, quiera ejecutar la misma política pública de hoy día. ¿Saben por qué va a haber un problema? Porque el FOSIS, al igual que todos los servicios públicos, va a seguir dependiendo del secretario regional presidencial nombrado desde Santiago .

Así, el gobernador electo va a tener que pedirle por favor al secretario regional presidencial que le indique al FOSIS que ejecute la política de la región, que él, gobernador electo con el 40 por ciento de los votos, y sus consejeros electos han determinado.

Pero a esto se suma un problema mayor: el Gobierno le está diciendo a la ciudadanía que vamos a elegir al intendente.

Entonces, cuando sea electa esta autoridad, los ciudadanos de un campamento, por ejemplo, van a ir a pedirle que les solucione sus problemas al nuevo gobernador, quien les señalará: "Lo siento mucho. La política de vivienda no depende de mí. No puedo hacer nada. Eso depende del SERVIU", el que, a su vez, dependerá del secretario regional presidencial.

Y lo mismo ocurrirá con las catástrofes, con los problemas de la agricultura y el INDAP, con el desarrollo productivo y el SERCOTEC, con los hospitales y los servicios de salud. Frente a todas estas materias, el señor gobernador dirá: "No puedo hacer nada. Vaya usted, por favor, donde el secretario regional presidencial", autoridad que dependerá de Santiago.

Nosotros, en las negociaciones que tuvimos con el Gobierno, pedimos que se regionalizaran ciertos servicios públicos. Nos contestaron que era difícil. Luego les expresamos: "Entonces, creemos servicios públicos regionales para que los gobernadores puedan ejecutar sus políticas en forma autónoma, tal como lo hacen hoy los municipios". Nos respondieron que era muy difícil, porque significaba quitarles competencias a los ministros. Pero, ¿no se trata justamente de eso: de un proceso difícil que implica quitarle poder a Santiago y entregárselo a las regiones?

Pero los problemas no terminan ahí.

¿Me da un minuto adicional, señor Presidente?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Un minuto, señora Senadora .

La señora VON BAER.-

Gracias.

Hoy, parte de los programas del Gobierno central se financia a través de platas de Fondo Nacional de Desarrollo Regional. Un ejemplo está aquí, en la Ley de Presupuestos que actualmente estamos analizando. Y lo vimos anoche, con el Senador Montes, en la Cuarta Subcomisión Especial.

Resulta que el Ministerio de Bienes Nacionales, para llevar a cabo parte de su programa de regularización de títulos de dominio y solucionar 40 mil problemas de su Cartera, en Santiago, dice que necesita utilizar recursos del FNDR.

Hoy día esto funciona perfecto. ¿Por qué? Porque el intendente es designado. Su jefe es el mismo que el del Ministerio. Insisto: ¿Funciona hoy día? Sí. Me pregunto si el gobernador electo le va a entregar los escasos fondos de que dispone: 10 por ciento del presupuesto de la región, para ejecutar los programas del Gobierno central.

Frente a nuestro reclamo: se va a elegir a una autoridad con más votos que los requeridos para un Senador o a un Diputado, sin ningún poder, el Gobierno ha dicho: "esto se soluciona con la ley de transferencia de competencias".

¡Pero si ahí está el problema...!

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Ya no podemos extender más su tiempo, señora Senadora .

Dispone de treinta segundos adicionales, que es todo lo que podemos concederle.

La señora VON BAER.-

Decía, señor Presidente , que la cuestión radica en la ley de transferencia de competencias, porque el problema del diseño institucional se focaliza ahí. Si no arreglamos el diseño institucional completo vamos a producir ingobernabilidad en nuestro país. Intentamos convencer al Gobierno. Tratamos de buscar un acuerdo. Pero no fue posible.

Por eso, hoy es un día triste.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , comparto lo señalado por quienes sostienen que esta es una reforma profunda, que modifica sustantivamente la forma de gobierno y la administración interior del Estado. Y un cambio de tal envergadura naturalmente que presenta dudas, inquietudes, problemas que no se resolverán en esta reforma constitucional ni en las leyes que tendrán que dictarse más adelante.

Yo comparto ese diagnóstico.

Sin embargo, llevamos ya bastantes años ofreciéndole a la ciudadanía la elección directa del ejecutivo del gobierno regional. Muchas veces hablamos de "la elección directa del intendente". Hoy día entendemos que, en realidad, es posible la elección directa del ejecutivo del gobierno regional, pues son autoridades distintas.

Y porque llevamos más de veinte años señalándole a la ciudadanía que vamos a votar a favor y que estamos disponibles para avanzar en descentralización, en regionalización, y que un paso sustantivo de ese proceso es la elección directa del ejecutivo del gobierno regional, hoy, cuando disponemos de la oportunidad de hacerlo, no puedo votar en contra.

Reconociendo todas las dudas, reconociendo las imperfecciones que presenta este proyecto de reforma constitucional, considero que el paso hay que darlo.

Como en muchas otras reformas, tengo la seguridad y la confianza (porque creo en los ciudadanos de mi país, y sobre todo en los de las regiones y particularmente de nuestra Araucanía) de que vamos a ser capaces de llevar adelante un proceso serio, responsable, participativo, y que poco a poco vamos a ir modificando las legislaciones para ir ampliando las competencias que ahora echamos de menos.

Yo, al revés de lo que han planteado varias señoras y señores Senadores de manera pública, a través de los medios de comunicación o en esta Sala, pienso que el proceso ha de ser gradual, paulatino. No podemos partir con todo de una sola vez. A veces decimos: "Votemos en contra porque no están todas las facultades; no están todas la atribuciones; esto es insuficiente". Es una forma de ver las cosas. Otra forma es señalar: "Si no partimos ahora, no vamos a partir nunca".

Señor Presidente , estoy de acuerdo con la forma en que se presenta esta reforma constitucional, que establece que "La administración superior de cada región reside en un gobierno regional" y que ese gobierno regional "estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional", que es muy similar a lo que hoy día ocurre con las municipalidades.

Señala además que "El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional". Y agrega: "Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional".

Señor Presidente , señoras Senadoras, señores Senadores, yo fui alcalde de tres comunas: una comuna pequeña como Toltén, una mediana como Lautaro y una más grande como Temuco. Y puedo afirmar con conocimiento de causa que no hay ningún servicio público que no se relacione con el Gobierno regional. De una u otra manera se vinculan.

Por lo tanto, entiendo que el artículo 111 que estamos aprobando -por lo menos yo voy a concurrir con mi voto favorable-, le entrega al gobernador regional electo la "coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional". O sea, ¡prácticamente todos! Tal vez no se incluyan aquí las Fuerzas Armadas o algunos servicios muy especiales, pero la gran mayoría se relaciona con el gobierno regional. De ahí que, en virtud de esta norma constitucional, quedan sometidos a la supervigilancia, a la coordinación, a la fiscalización de este gobernador regional.

Estoy de acuerdo también, señor Presidente , con lo que dispone el inciso primero del artículo 115 bis, que crea la figura del delegado presidencial provincial, que será el representante del Presidente de la República en cada provincia, y si es en la cabecera de provincia, pasará a tener la calidad de delegado presidencial regional. Pero no estoy de acuerdo con lo establecido en su inciso segundo, porque va a ser una fuente permanente de conflicto, y estimo que debemos tener cuidado de no despachar normas constitucionales que sean origen de conflicto entre dos autoridades.

¿Qué dice el inciso segundo del artículo 115 bis?: "Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio".

¡Pero si es lo mismo! O sea, les estamos dando al gobernador regional elegido y al delegado presidencial regional la misma función de supervigilancia, fiscalización, coordinación de los servicios públicos.

¡Eso va a ser materia de conflicto!

Por lo tanto, señor Presidente , simplemente anuncio que voto a favor del artículo 111, a favor del inciso primero del artículo 115 bis y en contra del inciso segundo del artículo 115 bis, porque en este superponemos tareas, superponemos funciones, superponemos atribuciones, y eso implica un conflicto permanente. Y, si partimos con un conflicto permanente, esto seguirá muy mal.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Muchas gracias, Su Señoría, por ajustarse al tiempo asignado.

Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , nosotros votamos a favor en general del presente proyecto, pues tenemos la convicción de que la descentralización es muy buena para el país cuando reúne tres requisitos: primero, que las autoridades sean elegidas democráticamente por la ciudadanía, en este caso el gobernador regional; segundo, que a este se le traspasen competencias y facultades para que pueda priorizar las políticas públicas y llevarlas adelante, porque una autoridad elegida sin poder es una autoridad amarrada de manos; y, tercero, que se le den recursos.

Esto, señor Presidente , no lo digo yo. Lo señala la Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Regional, cuyos principales líderes elaboraron un muy buen documento donde precisan que se requiere un abordaje sistémico de la materia.

En la página 18 de su informe precisan: "Eso significa, por ejemplo, que siendo muy importante elegir a los Intendentes Regionales (...) no es suficiente para el desarrollo de las regiones tener autoridades electas, si éstas a su vez no están dotadas de las suficientes competencias y recursos de uso autónomo," -repito: suficientes competencias y recursos de uso autónomo- "indispensables para poder realizar un buen gobierno regional.".

Señor Presidente, tenemos que preguntarnos si en este proyecto, aparte de elegir al gobernador regional -unánimemente votado a favor por la Sala-, le estamos otorgando las facultades y los recursos necesarios.

Porque tendremos dos autoridades: un delegado presidencial, que va a representar al Presidente (designado por él) y un gobernador regional.

Veremos qué ocurrirá.

Y destaco algunas competencias de la lista de las 52 que se transfieren de acuerdo al proyecto de ley de competencias.

"Proponer un proyecto de zonificación del borde costero de la región al Ministerio de Defensa". ¡Pero si esto lo puede hacer hoy día sin ningún problema!

"Aprobar la identificación de territorios como zonas rezagadas en materia social". ¡También lo puede hacer hoy!

A mí me habría gustado que se consignara que podrá determinar el otorgamiento de recursos a las zonas rezagadas, sin tener que empezar con los telefonazos al Subsecretario de Desarrollo Regional -como ha pasado en todos los Gobiernos-, o con una fila de parlamentarios pidiendo audiencia al Ministro del Interior para que, si así lo quiere, le dé recursos a esas zonas.

Agrega -¡en un acto de gran innovación...!: "Promover la implementación de oficinas comunales de fomento productivo e innovación" coordinando su acción.

"Promover oficinas". ¡Lo vamos a tener de promotor...!

Señor Presidente , no lo digo con ironía, sino con molestia. Porque si uno lee las atribuciones que hoy se están asignando, notamos que no tienen en la práctica ningún valor adicional a las actualmente existentes en las regiones.

Sin embargo, luego viene una segunda norma, que dice que habrá un período transitorio entre el próximo año y el año 22, que se refiere a la gradualidad.

Quiero recordar que, cuando se dice que estos proyectos no están vinculados, no es efectivo. Nosotros votamos a favor de la elección del gobernador, pues el Gobierno tenía el compromiso de redactar un protocolo, que íbamos a firmar -lo tengo aquí, en mis manos-, donde se establecía lo que pedíamos: qué va a transferir de verdad a las regiones: qué poder y qué facultades.

Este protocolo señala que entre el año 18 y el año 22 no se transferirá ninguna facultad que no sea por decisión del Presidente de la República . Pero, además -¡atención!-, cuando se transfiera se deberá realizar una experiencia previa de ejercicio de un mínimo de un año y máximo de dos, con el acompañamiento técnico del nivel central, y después se va a resolver si se quita o se deja.

Yo quiero saber qué va a hacer un gobernador regional cuando entre el año 18 y el año 22 todo lo que haga dependa de la voluntad del Presidente de la República desde Santiago .

Luego se afirma que el Gobierno se compromete a entregarle tres facultades: las relativas a Corfo y Sercotec, pero -¡ojo!- solo en cuanto a la definición de los ámbitos, no de los proyectos. Además, habrá un programa vinculado con infraestructura, pero únicamente en lo que dice relación con urbanismo: no hay una sola palabra acerca de la pavimentación intermedia, de la posibilidad de desarrollo en obras de infraestructura, puentes, ¡nada!

Posteriormente, viene la tercera etapa, a contar del año 22. En ella, la decisión de autorizar el traspaso de competencias siempre va a estar depositada en el Presidente de la República.

Entonces, la pregunta que me hago es la siguiente: ¿Qué le pedimos al Gobierno? Le dijimos al Ministro Eyzaguirre , al Subsecretario: "Díganos qué están transfiriendo en concreto"; "díganos qué servicio"; "¿por qué no transfiere el personal de Sercotec?"; "¿por qué no transfiere a los funcionarios de la Corfo"; "por qué no transfiere funcionarios de servicios, para que realmente tengamos una autoridad dotada de poder a fin de ejecutar estas funciones".

Y hasta ahora la respuesta ha sido "¡No!".

Por lo tanto, no digan que nosotros no queremos la elección del intendente o del gobernador. Por supuesto que la queremos. Si fuimos nosotros quienes pusimos en tabla el proyecto; gracias a eso se pudo votar en la Sala unánimemente.

¡No quiero una autoridad amarrada de manos, que no tenga poder ni atribuciones!

Y cuando le pedimos al Gobierno que nos dijera cuáles atribuciones va a dar, nos entrega unas -créanme-, respecto a las cuales cualquiera que las lea se dará cuenta de que no tienen nada de nuevo.

¿Qué va a ocurrir? Va a ir la autoridad electa de la región -por ejemplo, en el caso de La Araucanía- a las zonas rurales. Y los agricultores y los parceleros le van a pedir que, por favor, les diga cómo se va a resolver el problema de las cien mil familias que no tienen agua potable.

Y ¿qué contestará el gobernador? Va a tener que levantar las manos y decir: "Es que no tengo atribuciones, pues estas las posee el delegado presidencial".

¿Quiénes van a ser los responsables? Los parlamentarios, a quienes les va a señalar: "Ustedes hicieron una ley en la que no me entregaron atribuciones".

De eso no voy a ser cómplice. Lo digo con toda franqueza: ¡no voy a ser cómplice de eso!

Ocurrirá un terremoto -Dios no lo quiera- en algún lugar de Chile -porque en nuestro país lamentablemente ocurren estas desgracias- y el gobernador electo no tendrá ni una atribución sobre la ONEMI, sobre nada. Y el delegado presidencial va a decir: "¡Momentito, las atribuciones son mías!".

Después van a ir vecinos a hablar con los seremis, quienes son los representantes de los Ministerios y dependen del delegado presidencial y no del gobernador. Y cuando el gobernador electo le diga a un seremi de Vivienda o de Obras Públicas: "¡Oiga, yo necesito que me resuelva esto!", ¿qué le va a contestar el seremi?: "Pero si usted no es la autoridad que me manda: es el delegado presidencial".

Sería como tener un Presidente de la República sin ningún Ministro bajo sus órdenes. ¿Ellos dependen de otra autoridad? ¡No! No tienen nada que ver en esto.

Señor Presidente, perdone que lo diga: ¡esto está mal hecho!

El Gobierno tiene en sus manos corregirlo. En dos meses puede sacar adelante una buena iniciativa de competencias. Y podría señalar: "Perfecto, echemos a rodar el proyecto de competencias y hagamos, entonces, la elección de la autoridad". No obstante, sepamos de qué competencias se trata, porque hasta ahora se ha negado a trasladarlas y atribuirlas, como se lo hemos solicitado.

Eso, señor Presidente, no es correcto con las regiones.

No se puede hablar de "regionalización" si realmente no se está dispuesto a dar el paso verdadero, que es transferir poder y recursos.

Lo demás -perdónenme- es tener una autoridad decorativa sin ninguna facultad, sin ningún poder real. Entonces, como no los va a tener, los va a exigir. Y como la ley dirá que no puede hacerlo, va a culpar al Parlamento y a todas las autoridades por no darle poderes, como ocurre habitualmente con las leyes mal redactadas.

Por lo tanto, señor Presidente, esta ley en proyecto tiene una falla geológica.

Termino -si me da un minuto- invocando a las autoridades de la Comisión de Descentralización, porque ellos, en la página N° 37 de su informe, señalan que hay tres tipos de competencias: las constitucionales exclusivas, las constitucionales compartidas y las delegadas.

¿Saben qué encuentro increíble? Que ninguna de esas competencias quedó en la Constitución. Y no los he visto reclamar por eso.

¡Lean, por favor, si hay una letra en la reforma constitucional sobre lo que ellos redactaron o propusieron! ¡No hay ninguna competencia exclusiva; no hay ninguna competencia delegada, y no hay ninguna competencia compartida clara!

¡Y nos piden que votemos a favor de este proyecto...!

Entiendo que vienen años electorales, pero llevo demasiado tiempo en el Parlamento como para no tener conciencia de que cuando una iniciativa de ley está mal hecha, pudiendo perfectamente mejorarse, no es posible aprobarla. Lo demás, y lo digo con el mayor respeto, es engañar a la ciudadanía, y yo a lo menos no me presto para eso.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , la verdad es que en el último tiempo hemos puesto un esfuerzo enorme como Gobierno por llegar a un acuerdo transversal en esta materia, que no es ideológica, sino de Estado.

No obstante, hasta el momento nuestras aspiraciones se han visto frustradas.

Yo creo que es perfectamente legítimo en esta discusión, que es muy antigua en la ciencia política, analizar cuál debe ser la secuencia adecuada entre la descentralización política y la administrativa.

También es perfectamente legítimo, para quienes tienen aprensiones respecto de la descentralización política, pensar que si esta no va acompañada de una descentralización administrativa consistente, puede ocasionar frustraciones.

Ahora bien, lo que no contribuye al debate, en mi opinión, es caricaturizar la posición de los otros. Se sabe muy bien que esto ha sido conversado y que existen antecedentes históricos que se orientan más bien en el sentido contrario.

Señor Presidente , la Constitución Política de 1925 estableció la posibilidad de que hubiesen asambleas provinciales para compartir el poder con los entonces intendentes. Tal medida no se materializó nunca.

Posteriormente, en el año 92, se aprobó una pequeña transferencia de competencias, junto con la elección indirecta de los cores. Desde ese entonces, las competencias trasladadas al nivel regional han sido nimias.

Se cuestiona: ¿por qué poner la carreta delante de los bueyes, al aprobar la elección respectiva primero y transferir las competencias después?

Yo les pregunto: ¿no fue la Presidenta Bachelet en 2008 la que posibilitó la elección de los cores a través de una reforma constitucional y el Presidente Piñera el que reguló dicho proceso mediante una ley orgánica sin contar en ese momento aún con la transferencia de competencias pertinente?

Entonces, los antecedentes apuntan a concluir que, en la medida en que no se galvaniza el traslado de competencias por medio de la descentralización política, los procesos tienden a estancarse.

Es cierto que uno puede partir por descentralizar competencias antes de descentralizar políticamente. Ante ello, cabe preguntarse: la designación del intendente por el Presidente de la República ¿constituye realmente un acto de descentralización o es un mero cambio de flechas en un organigrama, teniendo en consideración que dicha autoridad regional debe responder ante la autoridad central?

Ello no es más que un paso en la decisión presidencial. No es una desconcentración objetiva de poder hacia las regiones.

Por otra parte, en este debate se ha omitido decir que la reforma original disponía lo siguiente: "El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, y le corresponderá presidir el consejo regional, y ejercer las funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del Gobierno Regional o se relacionen con éste, en su caso.".

¿Cuál es la solución de esta aparente contradicción?

Es completamente imposible, en un proyecto responsable, trasladar todas las competencias y todos los servicios en el día uno. Por tanto, se precisa un largo período de transición en el cual las facultades y los servicios descentralizados dependerán del gobernador regional, pero los que aún están centralizados ¡no pueden quedar en el aire o depender de una república vecina! Deben seguir bajo el control del Presidente de la República , pues tiene que haber, por cierto, un principio de unidad de mando.

En consecuencia, se propone simplemente el resultado lógico de una transferencia de competencias: ser gradual.

Y hago presente que estamos discutiendo dicha materia.

Por otra parte, la argumentación de la Senadora Von Baer, en último término, descansa en que no cree que exista descentralización efectiva en la medida en que la ejecución de las políticas no se materialice en las regiones; o sea, que no se descentralicen los servicios. Yo le digo a Su Señoría -después de una larga experiencia, que incluye al sector privado- que no se descentraliza una firma, un país o cualquier política pública partiendo por la ejecución. Hay que comenzar por generar las capacidades de diseño de lo que se busca y, posteriormente, viene la ejecución.

Eso fue lo que dijimos en la Comisión de Gobierno.

El proyecto de transferencia de competencias se está analizando con suma urgencia, y en la Comisión respectiva hemos dicho que queremos calendarizar el itinerario de traslado de competencias y de ejecución de estas a través de los servicios públicos. Pero eso no se puede hacer de la noche a la mañana. ¡Sería irresponsable!

Termino, señor Presidente, expresando la siguiente idea.

Pongámonos una mano en el corazón: considerando que a este Gobierno le queda menos de un año y medio -prácticamente ya nos vamos retirando-, ¿qué le habría costado a la Presidenta Bachelet haber incorporado en esta iniciativa una lluvia de propuestas para descentralizar los servicios? Si lo hubiera hecho, sería la próxima Administración la que tendría que ver cómo echar andar servicios segmentados que históricamente -¡por 188 años!- han funcionado en una lógica de Estado unitario.

No se actuó de esa manera, por un principio elemental de responsabilidad.

Todo eso toma tiempo, pero evidentemente estamos disponibles para calendarizar las transferencias de competencias y de servicios.

Cuando ustedes determinen mediante ley orgánica el año exacto en que se van a materializar las elecciones de gobernadores regionales, tengan a la vista de manera clara y precisa lo que hemos avanzado en materia de traslado de competencias y de ejecución.

Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE .-

Señor Presidente , esta discusión es de una profunda importancia para nuestro país. Ella ha tomado mucho tiempo, pues desde hace bastantes años se ha venido hablando de esta materia.

No hay ninguna duda de que el clamor creciente en nuestras regiones es contar con un efectivo y real proceso de descentralización. Estas exigen la relevancia que merecen; necesitan ser escuchadas; deben potenciarse; tienen identidades, y requieren que eso que nace desde ellas sea acogido como tal.

Pienso que ha sido fundamental que la Presidente de la República constituyera una Comisión en este ámbito, la cual viajó por el país; realizó distintos talleres; escuchó a la población, e hizo una serie de propuestas. Al final, la Primera Mandataria envió la presente reforma constitucional, además de las leyes que se tramitarán en paralelo.

¡Pero eso es un todo, evidentemente!

Por supuesto, ahora solo votaremos la reforma constitucional que permitirá la elección directa de los gobernadores regionales -y no es menor la señal que estamos dando-, pero también es cierto que ello implica un complemento fundamental e indispensable: una iniciativa que está empezando a tramitarse y que dice relación con lo que aquí se ha llamado "transferencia de competencias y de servicios".

Señor Presidente, considero sumamente relevante este paso.

Tengo la profunda convicción de que Chile no resiste más un centralismo tan alto como el que nos rige. Crecientemente, se generan frustraciones y se producen movilizaciones. No digo que estas se resuelven con una legislación como la propuesta o con las autoridades que se van a elegir, pero claramente -¡claramente!- muchos de esos conflictos se pueden solucionar en forma más temprana, en lugar de permitir que se prolonguen innecesariamente, y sin necesidad de que desde el Gobierno central se tomen todas y cada una de las decisiones.

Señalo lo anterior porque en la Región de Atacama tuvimos dos conflictos.

El primero, que se prolongó por más de 60 días, se originó a raíz de la petición de la mesa del sector público de Atacama. La verdad es que este problema perfectamente se pudo haber resuelto desde la Región, ya que al final la solución que se dio fue un bono que salió del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. No hubo un peso del Gobierno central.

¡Todo eso se resolvió con fondos propios!

Durante 60 días estuvimos pendientes de que el intendente viajara a Santiago o de que las autoridades centrales se desplazaran a la Región para dialogar, situación que al final, si uno saca la cuenta, se pudo haber arreglado en una semana. La solución era tan simple como decir: "Adelante, utilicen los recursos del FNDR". Para ello la ciudadanía estaba disponible y los gremios también.

Ese es un solo ejemplo, que evidencia hasta qué punto estamos enfermos de centralismo: ¡todo debe resolverse en Santiago!

¿Podremos ser capaces de dar el puntapié inicial?

Tengo la profunda convicción -y desde hace mucho rato- de que necesitamos comenzar este proceso y llevarlo a cabo del modo en que lo estamos haciendo: con prudencia y gradualidad. ¡No es posible realizar una transferencia total de la noche a la mañana! Chile sigue siendo un Estado unitario y no pretendemos crear uno federal. Esto último no está en la idea del actual Gobierno, y espero que tampoco en la de futuras administraciones. A mi juicio, no nos encontramos preparados -ni cultural ni financieramente, ni de otra manera- para volcarnos hacia un modelo federal.

Chile es un Estado unitario, y seguirá siéndolo, con la diferencia de que empezará a descentralizarse. Comenzaremos a potenciar a nuestras regiones desde lo más elemental: la elección directa de su máxima autoridad.

¡Qué mejor participación para la ciudadanía que elegir directamente a su autoridad! Esta se deberá a sus electores y no va a depender del Gobierno central para su legitimidad.

Lo anterior es muy importante porque ya no se trata solo de la elección de intendente, que se denominará "gobernador regional". Hemos creado un gobierno completo en las regiones, donde será electo de manera directa quien lo presidirá y también el resto de los integrantes de dicho órgano colectivo.

¡Eso es lo que estamos haciendo!

Queremos entregarles autonomía a las regiones para que piensen por sí mismas; para que puedan planificar y elaborar las políticas, los planes y programas que se van a aplicar en sus territorios; para que organicen de mejor manera su sistema de transporte; para que fomenten los sectores productivos; para que suscriban convenios de programación con las municipalidades.

Además, se les dará una serie de otras atribuciones y competencias -como ya se explicó- a través de la ley orgánica que acompañará a esta reforma.

Se plantea crear tres nuevas divisiones con perfiles muy relevantes en las áreas de fomento productivo, ordenamiento territorial y desarrollo social y cultural. Y, ¡claro!, con ello se les entrega la capacidad de ejecución.

Es cierto que uno podría tener algún grado de aprensión -lo digo honestamente- respecto de si la figura del delegado presidencial generará cierta confusión.

Me parece relevante que esa duda se despeje en momentos en que se está tramitando la iniciativa sobre las atribuciones y competencias en esta materia.

Considero que hay espacio para reflexionar. Podemos revisar el punto con cuidado y tendremos la capacidad de reaccionar en caso de establecer una dualidad que se preste para confusión.

Pero somos un estado unitario y nuestras políticas nacionales son precisamente ¡nacionales! Lo que buscamos es llevarlas a cabo desde las regiones a través de la transferencia de algunos servicios y competencias.

El hecho de que la elección será directa; de que se responderá ante la ciudadanía; de que esta tendrá absoluta claridad de quien dirige la región -¡porque la gente escogerá a sus autoridades!-; de que los ciudadanos se sentirán identificados con su gobernador regional, quien va a contar con legitimidad, ¡constituye un cambio muy grande y de enorme trascendencia!

Creo que nosotros no debiésemos vacilar en tal sentido.

Todas las normativas son perfectibles. No vamos a resolver inmediatamente todas las dudas legítimas que surjan. Estos procesos son graduales. Si no, miremos todas y cada una de las legislaciones más relevantes que hemos tramitado y que significaron transformaciones fundamentales. Con el paso del tiempo, descubriremos que quedamos corto con alguna atribución; que se generó una dualidad de funciones, o que se deben acelerar ciertas transferencias de servicios.

A lo mejor esa va a ser una de las primeras conclusiones a que lleguemos cuando veamos el proyecto que se está tramitando en paralelo. Es probable que tengamos que acelerar determinadas transferencias. Pero lo haremos de manera responsable.

Por otra parte, he escuchado -desde hace varios meses ya- a algunos decir: "No voy a votar porque no hay suficientes transferencias de competencias y servicios". En cambio, otros señalan: "No lo podemos hacer de esa forma porque prácticamente estamos transformando a Chile -aunque no lo expresan con estas palabras- en un país demasiado descentralizado en materia de competencias".

Nos debería animar -estoy segura de que es así- la búsqueda de lo mejor para nuestra nación. Y no tengo ninguna duda de que para eso deberíamos empezar por escuchar el sentir de los ciudadanos de a pie en nuestras regiones.

¿Qué sienten? Que se vive en un país enfermo de centralismo.

¿Qué sienten? Que todo se decide desde Santiago.

¿Qué sienten? Que su voz no cuenta.

¿Qué sienten? Lo mismo que se sintió en Atacama cuando veíamos que el intendente tenía que trasladarse a Santiago para resolver un problema que pudo haberse solucionado -como dije- en 48 horas. ¡Si al final lo único que hicimos fue usar recursos propios del Fondo Nacional de Desarrollo Regional!

Estoy segura de que, con una autoridad elegida en forma democrática y soberana, el diálogo en ese caso habría sido distinto; más aún, si se contara con las tres divisiones mencionadas y las nuevas competencias.

Entiendo que existe voluntad del Gobierno para mejorar, para dialogar y para revisar lo que no nos parezca bien.

Tenemos que dar ese paso. ¡No nos estamos equivocando!

Unas últimas palabras, señor Presidente.

Uno de los Senadores que intervinieron señaló que este proyecto no podría aprobarse, por apetitos presidenciales.

Francamente, pienso que el Senado no merece siquiera una alusión de ese tipo. Estoy convencida de que quienes estamos aquí hace mucho rato tenemos la convicción profunda de que resulta necesario dar este paso, que comienza con la elección de los gobernadores regionales. Si no, vamos a seguir año tras año tras años encontrándole la quinta pata al gato, y al final no vamos a hacer nada.

La única manera de lograrlo es comenzar ya.

Decir aquello nos disminuye a todos nosotros, en especial a los habitantes de las regiones, a quienes representamos.

Se recuerda que esta iniciativa se relaciona con una promesa electoral. Es cierto. La Presidenta Bachelet lo señaló, quien cumplió su palabra al enviar este proyecto al Parlamento. ¡Pero no se puede sostener que a quienes estamos por este cambio nos anima otro interés! Hemos dicho lo mismo públicamente desde hace mucho rato y en todas las instancias posibles.

Por lo menos en mi caso, he señalado con claridad que estoy a favor de este proceso de descentralización, de iniciarlo de una vez y de hacerlo de manera gradual y responsable, de cara al país, mirando el bienestar superior y viendo cómo somos capaces de avanzar sin convertir esta reforma en una fuente de conflictos. Por el contrario, debemos generar soluciones que les den respuesta a esos ciudadanos que todavía la esperan.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala: "Chile será descentralizado o no será desarrollado". Estas sabias palabras de Joan Prats-Catalá cobran hoy más vigencia que nunca.

Durante todo mi ejercicio parlamentario me he jugado por una reforma a la Administración del Estado que consolide un modelo unitario descentralizado.

Debemos ser capaces de avanzar en la descentralización política mediante la elección de la máxima autoridad regional; en la descentralización administrativa a través de la transferencia de competencias y atribuciones, y en la descentralización fiscal, para que parte importante de los tributos que generen las regiones quede en aquellas zonas donde se producen externalidades negativas, como la actividad portuaria, la forestal o la minera, entre otras.

También hemos abogado por la responsabilidad fiscal, por que las autoridades regionales electas rindan cuentas a sus electores de los usos de los recursos públicos.

Esos cuatro elementos que se conjugan responden al principio de la dispersión del poder político, económico, social y financiero; responden a un diagnóstico.

La OCDE señala que los países altamente concentrados logran un nivel de crecimiento, pero llegan a un techo. El modelo de desarrollo de Chile tocó ese techo.

Naciones que estuvieron en el mismo paradigma que el nuestro en la década del 70, como Corea del Sur, optaron finalmente por generar un modelo de desarrollo policéntrico, que dio un impulso a sus regiones mediante incentivos tributarios, creación de empleos, desarrollo y entrega de poder al nivel local.

En la actualidad Corea del Sur es un país desarrollado cualitativa y cuantitativamente.

Por lo tanto, abogar por esta reforma responde a una cuestión de principios, pero también a una de diagnóstico.

En los tiempos actuales, donde se pueden hacer uso de la potestad reglamentaria, vemos que los gobiernos regionales finalmente miran las cuatro cuadras de poder alrededor de La Moneda para actuar o ejecutar políticas públicas en sus respectivas regiones.

Salvo el caso de Aisén, que desarrolló algunas políticas en materia de descentralización y que se atrevió con un golpe de audacia a usar la potestad reglamentaria, el resto del país se contenta con mirar hacia La Moneda.

Y en tiempos en que más que nunca se hace necesario oxigenar el sistema político, recuperar las confianzas, acercar la toma de decisiones a los ciudadanos, claramente esta es una reforma que responde a ello y que se transforma en un imperativo ético y urgente para nuestro país.

La descentralización une a Chile.

La descentralización es capaz de responder a un clamor ciudadano, para que finalmente sean los propios habitantes en sus respectivas regiones quienes establezcan cuál es el modelo de desarrollo.

Y yo desafío a los Senadores presentes en esta Sala a que piensen en cuál fue la última gran política pública ejecutada en sus respectivas regiones que transformó o que movilizó las energías para generar un modelo de desarrollo capaz de pensar en los próximos veinte, treinta años.

En la Región de Valparaíso se encuentran el acceso sur al puerto, del Presidente Lagos , o el soterramiento de la línea férrea (cuarta etapa de la avenida España), del Presidente Frei Ruiz-Tagle .

Pero, claramente, acá ha faltado voluntad para que las regiones generen la masa crítica para delinear su propio desarrollo.

Es cierto, ha habido experiencias exitosas y otras no tanto.

Por ejemplo, el caso del ejercicio descentralizador que llevó adelante el Perú. En dicho país se ha procesado a cerca de 29 gobernadores regionales. Y ello se produjo porque han faltado normas de responsabilidad fiscal.

Entonces, cuando se plantea el proceso descentralizador en términos de transferencia de competencias o atribuciones, uno tiene que apelar a la gradualidad. Y hemos tenido conversaciones con el Subsecretario de Desarrollo Regional, con el Ministro del Interior y con el Ministro Eyzaguirre a fin de ir consolidando un proceso de transferencia de competencias que no impida visualizar que estamos frente a un Estado unitario y -esperamos- descentralizado.

Este es un tema de larga data.

La autonomía regional siempre colisionó intereses en nuestro país.

En tal sentido, habría que remontarse a las tres guerras civiles del siglo XIX. En marzo de 1830 en Lircay, al norte de Talca, el autoritarismo portaliano borró el tiempo federal de Infante y Freire. En Loncomilla, el año 1851, para asentar claramente un orden impuesto por Montt y Varas frente al General De la Cruz de Concepción. O lo que ocurrió con la generación igualitaria libertaria de Bilbao, Vicuña Mackenna , Arcos y Lastarria , y al héroe José Pablo Muñoz de La Serena .

Y aquí me atrevo a citar a Esteban Valenzuela , que lideró la Comisión de Descentralización encargada por la Presidenta Bachelet para este efecto.

Entonces, claramente esta ha sido una batalla de, a lo menos, un siglo y medio en nuestro país.

El llamado que hacemos, señores Senadores, es a entender la trascendencia de la reforma que estamos votando hoy. Ciertamente, es la reforma a la Administración del Estado más importante de los últimos treinta años.

Es verdad: hay muchas excusas para votar en contra de este proyecto.

En efecto, algunos sostienen -lo han planteado públicamente- que una reforma en esta dirección atentaría contra el Estado unitario (algunos han dicho "Yo he estado sentado en el Gobierno"); otros señalan que las transferencias de competencias son escasas; otros hacen mezquinos cálculos electorales y expresan que la elección directa de gobernadores regionales en esta oportunidad podría dejar a los dos potenciales candidatos presidenciales, que ya se asumen en La Moneda, con un dificultad en términos de tener representantes de signos distintos si esta elección finalmente se realiza.

Por tanto, debemos ver si este Parlamento estará a la altura de las circunstancias.

Le quiero pedir -por su intermedio, señor Presidente - al Subsecretario de Desarrollo Regional que los compromisos se cumplan y que seamos capaces de avanzar en descentralización fiscal. Espero que parte de los recursos y los tributos que generan las ciudades portuarias por su actividad -puertos que se han ido envejeciendo y empobreciendo y que están de espaldas al mar- queden en la respectiva región. Ojalá que la actividad minera, que la actividad forestal dejen también parte de los recursos que generan en las regiones donde se producen las externalidades negativas.

La descentralización fiscal es absolutamente necesaria en un proceso de accountability, en un proceso de rendición de cuentas.

Hoy día, más que nunca, es preciso entender que la transferencia de competencias es necesaria. Y resulta vital llevarla a cabo con la gradualidad necesaria, tanto para que la nueva autoridad no sea un gobernador regional de papel como para que no afecte...

¿Me da un minuto adicional, señor Presidente , para terminar la idea?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Tiene treinta segundos, Su Señoría .

El señor CHAHUÁN.-

Gracias.

Como decía, para que no afecte la unidad del Estado.

En ese contexto, les pido a los parlamentarios que seamos consistentes. Desde 1999, todos los programas de gobierno de los distintos candidatos y signos políticos han señalado su compromiso en avanzar en esta dirección. En este sentido, tuvimos la valentía y la audacia de la Presidenta Bachelet para hacerlo.

Y espero que el Parlamento se encuentre a la altura de resolver favorablemente la reforma a la Administración del Estado más importante de los últimos treinta años.

Señor Presidente , la descentralización une a Chile. Y ojalá que este Parlamente así lo entienda.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

Les reitero a quienes nos acompañan desde la tribuna que nos ayuden a generar un ambiente positivo.

Les recuerdo que cada Senador tiene diez minutos para intervenir, y hasta ahora a lo menos hay 22 inscritos, con lo cual solo de debate nos quedan alrededor de tres horas.

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente , ¿qué es lo que estamos votando hoy? La futura elección de las gobernadoras o los gobernadores en nuestro país, con el porcentaje del 40 por ciento.

Eso es lo que hoy estamos votando.

Lo digo porque hubo un momento en esta discusión en que pensé que estaba equivocado, en un día distinto, en una fecha diferente, cuando escuchaba argumentaciones que no tenían absolutamente nada que ver con lo que hoy estamos votando. Es más, si por aquí hubiera un cineasta, hasta tendría fundamentos probablemente para crear alguna película de terror sobre la base de las regiones.

Escuché intervenciones de colegas que claramente nos harían pensar -si no conociéramos el proyecto en análisis- que nuestro país se extingue, que las regiones desaparecen y que estamos en la peor crisis como nación.

Pero afortunadamente sabemos lo que estamos haciendo. ¡Y lo sabemos bien! ¡Y hemos sido serios en nuestro trabajo!

Alguien por allí manifestó en algún momento: "Se están creando futuras autoridades de papel". Yo quiero señalar, responsablemente, que hoy día podemos ver parlamentarios de papel, que no consideran lo que dicen representar: ni más ni menos que el territorio regional. Y eso sí que sería triste, señor Presidente .

Están los que leen la historia y están los que la hacen. Hoy día este proyecto de reforma constitucional nos convoca para hacer historia.

¿Y qué tipo de historia estamos llevando adelante hoy día en nuestro país? Cambios profundos: económicos, políticos, administrativos, culturales.

Pero lo principal, lo que más nos demanda nuestro país hoy día es un cambio moral, ¡moral!, para hacer valer la importancia de las regiones; un cambio moral que permita el verdadero fortalecimiento de las estructuras regionales. La idea es que dejemos de tener administraciones y pasemos a contar con gobiernos regionales.

Por eso, este voto para la elección de los futuros gobernadores no tiene nada que ver con toda la ciencia ficción, las películas de horror y de terror que me ha tocado escuchar en el transcurso de este debate.

Vamos a sacar ese pronóstico negativo y vamos a apelar a algo que hoy es tremendamente escaso en el mundo político: la confianza.

En la Comisión de Gobierno señalé en algún momento que lo peor no es que a uno le falten el respeto, sino que uno se falte el respeto a sí mismo. Lo digo porque hemos sido tremendamente serios. Y sobre la base de ese trabajo responsable, hoy día, en el último encuentro que hemos tenido en la Comisión de Gobierno, junto con el Ministro Eyzaguirre , el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo y todas las autoridades que han venido trabajando en ella, se ha asumido un compromiso, y ese compromiso ha de venir de la mano con la confianza.

Señor Presidente , es verdad lo que dijo el Senador Espina en el sentido de que yo pedí siempre que no se avanzara en este proyecto si no teníamos la transferencia de competencias. Eso es efectivo. Pero el proyecto de transferencia de competencias se encuentra en tercer trámite constitucional. Y este que hoy día nos convoca está en primer trámite. Por lo tanto, hay un avance mayor en el traspaso de competencias.

Y si el proyecto en debate no se perfeccionara y los traspasos de competencias quedaran solo en este acuerdo al que llegó el Gobierno con algunos parlamentarios, ciertamente estaríamos ante una mala iniciativa. De eso no hay duda.

En esa lógica, señor Presidente , el Ministro Eyzaguirre no solo cumplió la palabra comprometida de colocar "suma" urgencia al proyecto de traspaso de competencias -se hizo no sé si el 16 o el 18 de septiembre-: hoy día, en la Comisión de Gobierno -y este es el mensaje que hay que entregarle al país, a las regiones-, se ha comprometido a tener como mínimo, como piso 56 competencias, algunas muy malas y otras algo mejores. Pero, claramente, ¿alguien cree que nosotros vamos a conformarnos solo con eso? ¡Obviamente que no! Por supuesto que estamos dispuestos a llegar a mejores acuerdos, a perfeccionar el proyecto de traspaso de competencias y garantizar al país, a las regiones que la futura autoridad estará empoderada.

Es efectivo que habrá dos autoridades: el delegado regional, puesto allí por la Presidenta o el Presidente de la República -somos un Estado unitario y no vamos a dejar de serlo con este fortalecimiento de las estructuras regionales-, y la gobernadora o el gobernador, quien además elegirá al administrador del Gobierno regional, una figura muy parecida a la municipal.

Ahora bien, no puede haber cruce de competencias. Aquí se dice: "¡Mire, estamos frente a cruces de competencias y esto va a generar un caos!". Pero ¡por favor!, es obvio que vamos a llevar adelante acuerdos responsables, serios para que eso no ocurra y para que exista un empoderamiento de verdad de esa nueva estructura, de esa nueva autoridad, la cual va a liderar con un sentido de pertenencia lo que dice relación con la administración regional.

¡No queremos autoridades de papel! ¡No queremos regiones de papel! ¡Queremos un Estado unitario, pero con el fortalecimiento de las estructuras regionales!

Hay muchas organizaciones, personas que a lo largo de los años han venido participando en estos procesos.

Señor Presidente , yo pediría consecuencia en los razonamientos. El 2008 presentamos un proyecto de reforma constitucional para el traspaso de competencias. Y lo perdimos porque el entonces Ministro Viera-Gallo vino a este Congreso a hacer lobby para que no se aprobara. Así fue. Y lo dije en ese momento. El señor Viera-Gallo no deseaba el empoderamiento de las estructuras regionales. En definitiva, el proyecto se perdió por los votos en contra del ex Senador Romero y del Senador Allamand y la abstención del ex Senador Muñoz, mi colega de la Región de Magallanes. Nos faltaron tres votos. ¿Y qué decíamos allí? Que debía haber un traspaso de competencias. O sea, estábamos poniendo los bueyes delante de la carreta y no al revés. ¡Y no quisieron aprobarlo!

Entonces, excusas más, excusas menos, ¿qué país, qué Estado queremos? Hay candidatos a la Presidencia que tienen a lo mejor el pensamiento de que las regiones son como sucursales comerciales cuya casa matriz está en Santiago. Entonces, ¡claro que deben de estar preocupados! ¡Porque no van a poder colocar a los gerentes de las sucursales! ¡Los gerentes los va a colocar el pueblo, la gente, con el voto!

¡Ese es el empoderamiento, esa es la verdadera convicción de quienes hemos sido consecuentes! Y hoy día vamos a seguir siendo consecuentes y votaremos favorablemente este proyecto, que debe mejorarse, perfeccionarse. Y será responsabilidad de este Gobierno cumplir su compromiso en la materia.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente, ante todo, deseo dar los fundamentos de mi voto.

Lo que las regiones necesitan claramente, como se ha dicho aquí, es poder tomar sus decisiones en cuanto a los proyectos de inversión, los presupuestos, las políticas públicas regionales.

Nada de eso va a ser efectivo con un proyecto que solo otorga un cargo, sin el poder y las atribuciones para decidir lo que las regiones quieren.

Ninguna región es igual a otra. Cada una tiene sus dificultades y necesidades propias, que son resueltas desde el desconocimiento de la realidad por parte de los Ministerios que están en Santiago.

¡Gracias por su atención, señor Presidente ...!

Precisamente, estas diferencias son las que hacen imprescindible contar con independencia en la toma de decisiones que permitan resolver los problemas que se dan a nivel local. Por ejemplo, la necesidad de una política regional para la agricultura, la definición de políticas regionales para la aplicación de subsidios de vivienda y, por sobre todo, la capacidad de resolver conflictos locales, como los que suscitó la marea roja en Los Lagos.

La descentralización supone, entonces, la transferencia de poder de decisión del Ejecutivo a los gobiernos locales en los ámbitos político, administrativo y social. Sin embargo, este principio básico no será efectivo con la figura del gobernador regional, que solo administrará los recursos que actualmente tenemos a través del Gobierno regional.

Por eso, señor Presidente, quiero puntualizar que cuando hablamos de una política de Estado no podemos arreglar la carga en el camino.

Si no, ¡pregúntenle al Transantiago, pregúntenle a la reforma tributaria...!

No podemos ser irresponsables tratándose del organigrama del aparato estatal y de la solución de los problemas de la gente: debemos actuar con responsabilidad.

En esta Sala no hay nadie que no desee que los intendentes sean elegidos democráticamente, que no quiera una descentralización verdadera. Todos deseamos lo uno y lo otro. Sin embargo, cada cual tiene su parecer. Y nosotros pedimos un poco más de respeto hacia quienes opinamos de manera distinta.

Señor Presidente , es factible que una reforma equivocada en el plano de la descentralización o regionalización de Chile genere una crisis de funcionamiento interno tan grave que podría perjudicar irreversiblemente el avance hacia el desarrollo.

La Senadora Von Baer y el Senador Espina han sido muy didácticos y prácticos para señalar las cosas que podrían suceder.

Nadie pretende caricaturizar el proyecto de la Presidenta Bachelet : tenemos visiones distintas, y deben respetarse.

La Senadora Allende dijo algo muy importante: hay que escuchar a la ciudadanía.

Sí: hay que escucharla.

¿Pero en qué? En que todos queremos un país ordenado, que crezca, que se desarrolle; donde se generen inversiones y empleo; en que la economía no retroceda.

¡Eso deseamos los chilenos!

Yo he escuchado encendidos discursos, de todos los parlamentarios, de un sector y otro, para llamar a la gente a votar. Y aquí me dicen: "La gente quiere votar por un intendente o gobernador regional".

¡Eso no es así! ¡Los chilenos desean algo distinto: que las cosas se hagan bien!

También se ha expresado: "Comencemos ya".

Por supuesto: comencemos ya. ¡Pero comencemos bien, no de manera equivocada!

Señor Presidente , yo soy de Magallanes, donde viví toda mi vida. Allí no me dieron las oportunidades, y las fui a buscar a Santiago, ciudad en la que estuve veinte años. Pero el destino me llevó a ganar en una elección muy difícil. Y a la gente solo le prometí que iba a trabajar por ella y la iba a defender.

Ahora, cuando hablo de defender a la gente de mi Región hablo también de defender su posibilidad de desarrollarse, de progresar, de tener empleo, y de lograr una ley justa para los pescadores.

¡Eso no es proselitismo político: es lo que pienso!

Yo no le he ofrecido nada a nadie, y durante toda mi vida he dado la cara con consecuencia y lealtad.

Entonces, ¡no acepto ni permito amenazas ni intimidaciones de funcionarios pagados por el Gobierno para conseguir que uno vote de cierta manera!

Seguramente piensan que uno llegó aquí por casualidad, que se va a dejar intimidar.

El señor NAVARRO .-

¿Quién lo amenazó?

El señor MOREIRA.-

¡Cállese, por favor, Senador Navarro!

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Orden en la Sala!

Ruego no interrumpir.

El señor NAVARRO .-

¿Quién lo amenazó?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Por favor, Senador señor Navarro , escuche; ya tendrá oportunidad de intervenir.

El señor NAVARRO .-

¿Quién lo amenazó?

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Por favor, señor Senador!

El señor NAVARRO .-

Solo pregunto quién lo amenazó.

El señor MOREIRA.-

¡No estamos en Venezuela, sino en Chile, donde se respeta a las personas!

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Senador señor Moreira!

El señor MOREIRA.-

Hay personas, señor Presidente , que han liderado este proceso como representantes de la sociedad civil. ¡Y esas personas son contratadas y pagadas por el Gobierno para ejercer una función múltiple, amedrentando, llamando por teléfono, intimidando, acosando!

Nadie se va a dejar amedrentar, menos los Senadores que tenemos una posición distinta.

Por otra parte, nos dicen: "¡Los vamos a señalar con el dedo porque traicionan a las regiones!".

¿Saben quiénes traicionan a las regiones? Precisamente, aquellos que quieren perjudicar a Chile con un proyecto de esta naturaleza, que va a generar ingobernabilidad.

¡Esas personas traicionan a los chilenos: aquellas que tratan de imponer un proyecto de ley que claramente es publicidad engañosa, porque no va a permitir cumplir los objetivos que se persiguen!

¡Sincerémonos!

¿Qué le dicen a uno cuando conversa en los pasillos con autoridades del Ejecutivo y, en la confianza de la amistad cívica, les hace ver las deficiencias de este proyecto? "Sí, tenís razón. Lo que pasa es que la Jefa está empecinada con esto".

¡Esa es la verdad!

Y lo dicen los ministros en privado, pues dentro del Gobierno no hay claridad.

Esta iniciativa, lamentablemente, le hace daño a Chile, es mala para nuestro país.

Yo no voy a felicitar a nadie. Pero me parece bueno que en la Nueva Mayoría -porque esta es una cuestión de Estado- algunos parlamentarios que sustentan una opinión discrepante sean valientes y voten en contra de la posición del Gobierno.

No sé cuántos serán; no sé si se aprobará este proyecto. Pero sí sé cómo voy a pronunciarme. Y asumo mi responsabilidad.

Yo voy a abstenerme, señor Presidente .

¿Y por qué no voto en contra? Porque creo que los intendentes deben ser elegidos democráticamente.

Y una cosa más, en el minuto que me queda.

También he escuchado a algunos parlamentarios que en privado nos dicen: "¿Sabís? Tenís razón. Yo opino que la elección del intendente, como es territorial, debe hacerse junto con la de los CORE, con la de los alcaldes".

De verdad, no sé a quién creerle cuando hablo con algunas personas de la Nueva Mayoría: un discurso público por lealtad equivocada y un discurso privado en cuanto a que esta cosa está mal.

¡Esto es política de Estado! ¡Esto es política seria!

En ese contexto, yo, a lo menos, me voy a abstener en este proyecto de ley.

Repito: quienes están traicionando a la gente son aquellos que con esta iniciativa van a terminar engañándola.

Si este proyecto se aprueba, que esas personas asuman su responsabilidad en el futuro.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Tuma.

El señor TUMA.-

Señor Presidente , soy un Senador que nació y se crió en la Región de La Araucanía: conozco todas sus ciudades, todos sus pueblos, casi todos sus sectores rurales, y también, casi todos sus caminos, que en su mayoría son aún de tierra y se determinan en función de políticas públicas decididas en Santiago, en el Ministerio de Obras Públicas.

La Región que represento es la más pobre de nuestro país, con todos sus conflictos de pobreza, pero también con sus conflictos con el pueblo mapuche.

Yo no solo respaldo la descentralización: como todos los parlamentarios regionalistas, la exijo.

¡No basta con anunciar un proyecto como este, en el que estamos entrampados hoy día!

Hemos estado debatiendo en torno a cuáles son las limitaciones de la Región de La Araucanía.

Como la conozco, sé de sus dificultades.

Le cuento, señor Presidente , que desde hace 20 años -¡20 años!- estamos tramitando un permiso de acuicultura para algunos pescadores artesanales en la caleta de Nehuentúe, a través, primero, de la Subsecretaría de Marina, y luego, de la Subsecretaría de Guerra.

Eso, aparentemente, no lo resuelve la elección por la ciudadanía de un gobernador o de un intendente.

¿Qué les van a decir a los pescadores artesanales los candidatos que concurran a la caleta de Nehuentúe -o a la de Queule, en fin- cuando vayan a hacer su campaña? ¿Que les va a resolver de la noche a la mañana el problema del certificado de acuicultura?

¡Van a pasar veinte años más si no definimos qué tipo de autoridad se va a elegir!

Aquí tengo un decreto del Ministerio de Transporte, del mes de septiembre, vinculado con lo siguiente.

En Temuco, Villarrica y otras ciudades -las conozco bien, pues las recorro-, algunos automovilistas debieron hacer cola de un día para otro en una planta de revisión técnica al objeto de obtener el documento necesario para renovar su permiso de circulación.

En La Araucanía, el crecimiento del parque automotriz ha provocado un atochamiento de tal envergadura que no se puede resolver con las actuales plantas. De manera que había que dictar un decreto a los efectos de prorrogar por 90 días la vigencia de las revisiones técnicas vencidas. ¿Pero qué ocurrió? ¡Durante dos meses estuvimos solicitando la resolución del Ministerio de Transportes...!

¿Por qué no se pudo hacer aquello en la Región? ¿Por qué debe resolver el Ministerio de Transportes?

¿Qué va a pasar, entonces, con la nueva autoridad? ¿Tendrá facultades?

Para los efectos que señalé, según la revisión que hice, no. Así, la nueva autoridad, en un caso como el que señalé, deberá pedirle al Ministro de Transportes , en la ciudad de Santiago, que amplíe por 90 días la vigencia de los certificados de revisión técnica vencidos.

De hecho, en la situación de La Araucanía, cuando salió el decreto los permisos de circulación tenían más de tres meses de atraso.

¡Cuántas veces los parlamentarios debemos concertar una cita para hablar con el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo!

Saludo al señor Subsecretario, por quien tengo el mayor de los respetos. Sin embargo, con la venia de la Mesa, quiero decirle que, dados los términos del proyecto que vamos a votar hoy, seguiremos yendo a su oficina, por ejemplo, cuando de construir una sede social se trate. ¡Una sede social! Ello, porque la nueva autoridad no tendrá atribuciones ni recursos para resolver una situación de tal naturaleza.

Señor Presidente , los vecinos de Victoria y los de muchas otras comunas de nuestro país deberán seguir esperando para disponer de terrenos destinados al Ejército o a otras ramas de las Fuerzas Armadas y que nunca se han utilizado. Y esto, a pesar de la determinación de la Contraloría en el sentido de que deben restituirse.

Por lo demás, para ello basta una resolución de la seremi: así lo establece el decreto de destinación.

La Contraloría le dice a la seremi: "Dicte el decreto y devuelva los terrenos a Bienes Nacionales para que los redestine".

Sin embargo, eso no ha ocurrido.

Con la nueva autoridad tampoco va a ocurrir. Porque la seremi seguirá dependiendo del Ministro , quien, como no quiere pisarle los callos a otra Cartera, no permite la restitución de los terrenos. Así, los habitantes de Victoria y los de otras comunas de nuestro país van a seguir esperando, aun cuando hoy demos nuestra aprobación y digamos "¡Ahora queremos elegir al intendente!".

Señor Presidente, mi discurso como parlamentario ha sido siempre -¡siempre!- "Elijamos al intendente". Pero, ¡por favor!, elijamos a un intendente que al menos disponga de las mismas facultades que tiene el actual. Por lo menos, eso. Partamos con tal piso.

Sin embargo, aquí se dice: "Esto hay que hacerlo con responsabilidad".

Claro, señor Ministro : hagámoslo con responsabilidad.

Aquí hay un debate entre los parlamentarios regionalistas y el poder central, que está representado por el Ejecutivo, es decir, por mi querida Presidenta, a quien respeto mucho y felicito por ser la primera que presenta un proyecto tan innovador en el sentido de que por fin la máxima autoridad de la región será elegida por sus habitantes.

Este Gobierno tiene esa voluntad descentralizadora. ¿Pero cree usted, señor Presidente , que otra Administración va a tener la misma voluntad para entregar algunas -no digo todas- competencias?

Yo digo: entréguelas ahora, Ministro .

Hagámoslo con gradualidad, con responsabilidad. Pero al menos señáleme qué va a otorgar y cuándo. Deme una carta Gantt . En algún momento, presente una indicación al proyecto que está en el Parlamento y exprese: "En 2019 se darán estas competencias, y en los años 2022, 2025, 2040, estas otras". Pero dígame cuáles son las competencias que va a tener la autoridad que vanos a elegir.

Señor Presidente , las regiones han esperado por años una nueva ley de rentas, la que debería beneficiar a aquellas que disponen de puertos; a las que tienen explotaciones mineras; a las forestales, como la nuestra, que concentra la mayor pobreza y no recibe nada -¡ni un solo veinte!- por concepto de patentes, por ejemplo.

¿Cuánto maneja el Gobierno Regional? Un 10 por ciento. El 90 por ciento restante se administra y se maneja en Santiago, donde se reciben las contribuciones de todas las regiones de nuestro país.

Chile vive gracias al aporte de las regiones. Pero hasta el día de hoy no se ha tomado ninguna decisión a aquel respecto.

No lo haga ahora, Ministro . Pero dígame que va a hacerlo, expréseme una voluntad.

Aquí no veo voluntad a los efectos de avanzar en la descentralización.

Para las regiones agrícolas, como la nuestra, ¿va a seguir el INDAP dirigiendo las políticas nacionales de acuerdo al diseño portaliano, según el cual Santiago decide lo que se hace en el mundo agrícola de cada zona?

Tales políticas no se hallan diseñadas para el mundo rural de La Araucanía, ni mucho menos para los mapuches.

En consecuencia, los problemas de las regiones no se resolverán eligiendo una autoridad política.

El proyecto que nos ocupa está incompleto; corresponde a un proceso parcial, y, además, revela mucha improvisación.

Agradezco la disposición de los Ministros a buscar un acuerdo con este parlamentario al objeto de agregar hoy día, entre las facultades otorgadas a los gobiernos regionales, la de aprobar el Programa Regional operativo del INDAP. Y me dicen que van a destinar 5 por ciento del presupuesto del Programa a los gobiernos regionales.

¡Yo creo que se están desangrando con esa propuesta...!

--(Aplausos en tribunas).

A decir verdad, eso no tiene mérito para los parlamentarios que estamos esperamos una señal de descentralización que permita no solo la elección de nuestra autoridad regional sino también resolver los problemas de la región.

Finalmente, quiero decirle a la Presidenta de la República que aquí están los votos para aprobar un proyecto de descentralización que posibilite elegir a una autoridad con competencias para atender las demandas de las regiones.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.-

Señor Presidente , quiero efectuar dos recuerdos históricos.

Hace algunos años se preparó un gran proyecto -con técnicos, estimaciones estadísticas y matemáticas, proyecciones, cálculos económicos, etcétera-, el que, entero, se puso en acción un día, a determinada hora. Y se lo llamó "Transantiago".

Sé de otra experiencia: la de 1992, cuando, gracias a un conjunto de reformas electorales, se comenzó a votar por los alcaldes y, por el solo hecho de esa elección popular, se fueron trasladando, en la medida que mejoraba la gestión de los municipios, los recursos financieros, mayores facultades administrativas, en fin, mediante una serie de cambios posteriores que fueron fortaleciendo la administración municipal.

Ojalá en el futuro avancemos más hacia el gobierno local.

En Chile la gracia de la política consiste en hacer grandes reformas por consenso y aplicarlas gradualmente, de manera de entrar en un proceso de aprendizaje y de ajuste a la capacidad de maduración en la medida que se desarrollan las capacidades para la toma de decisiones.

En un país que lleva más de 200 años con un régimen muy jerárquico, muy centralista y autoritario, es evidente que asusta el hecho de sacar poder de esos mismos centros tradicionales, llevarlos a las regiones y democratizar la toma de decisiones, sobre todo en asociación a los territorios.

Entiendo que esta es la mayor reforma institucional que podamos imaginar en estos 200 años. Pero llegó la hora. A mi juicio, ya nadie puede aceptar ni creer que el Gobierno Central, radicado geográficamente en un espacio y en un grupo pequeño de instituciones, puede gestionar con éxito el desarrollo y el avance de Chile.

La pérdida de oportunidades que las regiones tienen por el hecho de que las decisiones se toman en ministerios que ni siquiera dialogan entre sí, donde se hacen reformas que tampoco dialogan entre sí, ha significado para las regiones una creciente depreciación de sus recursos y la incapacidad de avanzar en reformas audaces, para ir hacia un Chile descentralizado, con una economía más diversificada, con cadenas de valor, con un mayor equilibrio territorial entre las distintas actividades y emprendimientos, y con el desarrollo de la cultura y las artes.

Quiero recordar solo que si analizamos la política universitaria y el gasto fiscal, una misma universidad estatal paga becas de un millón de pesos en Santiago y de seiscientos mil en regiones, lo cual les quita a estas la esencia de sus mejores alumnos, quienes se van a estudiar a los planteles de enseñanza superior capitalinos, que cuentan con más capacidades y recursos. Por consiguiente, las regiones ven cada año cómo son "descremadas" de sus mejores jóvenes, que luego tejen relaciones en Santiago y ya no vuelven.

Llevamos diecisiete años de excusas para impedir la descentralización. Todos los gobiernos la han comprometido, pero nunca se han materializado la voluntad y el avance necesarios.

Creo que llegó la hora de sincerar las posturas.

Se trata de delegar poder, y no todos quieren hacerlo.

Se trata de generar capacidad para la toma de decisiones en las regiones, y muchos están sacando cálculos de cómo les iría.

¡Digamos las cosas como son!

Por lo tanto, no hay dos alternativas. Nosotros recibimos un reclamo de nuestras zonas, transversal, de todos los sectores, que nos exigen avanzar a la regionalización, a la capacidad de tomar decisiones localmente conforme a los intereses del territorio y buscando un mayor equilibrio, de manera que el desarrollo de Chile presente armonía y no asimetrías en función de dicho factor.

La desigualdad entre el centralismo y las regiones se expresa en una de las peores disparidades. Basta ver los estándares de calidad, las formas de vida y las oportunidades para los jóvenes. Por eso, Santiago termina absorbiendo lo mejor del resto del país.

Si no avanzamos ahora y no desencadenamos el proceso, vamos a seguirlo lamentando y a seguir postergando una decisión.

¡Siempre habrá razones! ¡Siempre habrá un Transantiago!

"¡Debería hacerse mejor!".

"¡Debería ser perfecto para el lanzamiento!".

Y el resultado es el Transantiago.

Pido que se confíe más en las regiones.

Evidentemente, no existe una cultura de participación ni de toma de decisiones en ellas, porque nunca ha sido así. Es preciso crearla.

Necesitamos un proceso gradual, de transición, y avanzar en la medida en que las capacidades se vayan desarrollando y las regiones demostrando que pueden gestionar los recursos mejor que desde el centro. En esa negociación permanente, con un itinerario claro y decidido y con voluntad política, vamos a adelantar muy rápido.

Por esa razón, quiero consignar mi compromiso de apoyar la elección de los intendentes.

Lo que estamos realizando aquí no es más que definir la manera de elegirlos y el quorum, y desencadenar el proceso, como lo hicimos con las reformas que permitieron la elección popular del alcalde y de los concejales. Este solo hecho precipitó un fortalecimiento de los gobiernos locales. Ahora tenemos que hacer lo mismo.

Confiamos en la inteligencia del Congreso, para que, junto al Ejecutivo y a la participación de más de una treintena de instituciones y organizaciones que están apostando y contribuyendo a la descentralización, podamos mejorar el proyecto de traspaso de competencias y luego entrar a la transferencia financiera, que les permita a las regiones decidir con autonomía en relación con un porcentaje de los recursos, para promover el desarrollo en la forma como lo entienden.

Hemos visto a Chile desde Santiago durante doscientos años. La invitación es a atrevernos a verlo desde sus regiones.

Elijamos a intendentes con competencias.

Creemos mecanismos fiscalizadores. Empoderemos a los consejos regionales, para evitar que el intendente o el gobernador futuros se transformen en autócratas. Necesitamos que el Gobierno regional sea democrático. Por lo tanto, precisamos consejos regionales empoderados, con capacidad de fiscalización y de participar en el cogobierno de la Región, de manera que sea colectivo, con representación de la diversidad política y social.

También hacen falta recursos que se puedan manejar con autonomía en las regiones.

¡Estamos todos de acuerdo con ello! Entonces, ¿por qué esa desconfianza en ser capaces de avanzar realmente en un proceso descentralizador?

¡Votemos! El voto es el que abre las puertas.

Elijamos a los intendentes y después mejoremos el proceso descentralizador, y avancemos en forma gradual, ojalá con un gran consenso nacional.

Esta es una reforma que la ciudadanía, más allá de las diferencias ideológicas, aprecia y valora en nuestras regiones.

No se va a entender un pronunciamiento negativo y sería preciso dar demasiadas explicaciones.

Además, esta es la oportunidad. Si no elegimos por voto popular al intendente y no fijamos un quorum razonable, se cae todo el sistema, y en tres o cuatro años estaremos discutiendo nuevamente la promesa de la descentralización del país.

Estimo que llegó la hora de aprender de nuestra propia historia. ¡No a los Transantiagos! ¡No a quienes creen tener un conocimiento perfecto y pleno de un proyecto!

Construyamos un proceso de descentralización entre todos -que esto sea una política de Estado-, en el que avancemos gradualmente según las capacidades y competencias que vayamos desarrollando en las regiones. Algunas de ellas podrán hacerlo más rápido. Otras quizás demorarán un poco más. Pero ya existiría un horizonte, un rumbo de país.

Por estas razones, mi voto es un sí rotundo.

Y llamo a perder la desconfianza en ser capaces de realizar grandes cosas.

Muchas gracias.

--(Aplausos y manifestaciones en tribunas).

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Reitero la solicitud de abstenerse de aplaudir, a fin de evitar dificultades y mantener un clima positivo.

Puede intervenir el Honorable señor Quintana.

El señor QUINTANA.-

Señor Presidente , parto por destacar la convicción, el coraje y la determinación de la Presidenta Bachelet en esta y otras reformas prometidas al país y que importan cambios sustantivos, estructurales.

También quisiera consignar que hace ya bastante tiempo, cuando fui candidato a Diputado , suscribí un compromiso, como lo hicieron muchos otros en regiones -incluso, con algunos amigos que nos acompañan en las tribunas-, para respaldar los procesos de descentralización. Y es lo que hemos hecho.

Esta no es la primera votación -Sus Señorías lo saben y lo han dicho- sobre cómo afianzar estos últimos. Quien piense que se gatillan de la noche a la mañana se equivoca completamente.

Vivo en la Región que represento, por lo que creo firmemente en la necesidad de elegir democrática y directamente a los gobernadores regionales.

Naturalmente, algunas cosas me preocupan de sobremanera.

Incluso quienes han manifestado el mayor de los entusiasmos por el texto han planteado muchas dudas y empleado expresiones como "Bueno, vamos viendo", "En el camino se arregla la carga", "Ya vendrán las atribuciones", "Ya lo iremos mejorando".

La pregunta que debemos hacernos los que creemos en las regiones es si ellas soportarán o no una consecuencia no deseada, un error no forzado o una frustración en el intento.

Estoy profundamente preocupado por eso.

No he escuchado a nadie afirmar: "¡El proyecto está impecable!"; "¡El proyecto está perfecto!", "Aquí se desencadena un sinnúmero de atribuciones".

Todos sabemos -lo dijo el Ministro del Interior al comienzo- que tres leyes deben complementar la reforma de la Carta: la de financiamiento, la ley orgánica constitucional electoral y, por supuesto, la de competencias, y que el terreno está bastante verde en estas materias.

¡Si esa es la verdad!

Ello, a menos que alguien esté con una calculadora, como un intendente que nos criticaba en la mañana. No sé con qué sombrero estaba hablando: si con el de designado, hoy, o con el de candidato eventual en el futuro.

Mas también sería preciso observar, a propósito del punto -y es parte de lo que no quisiera mencionar: la improvisación-, que no existe claridad. Incluso esos intendentes que han criticado a algunos que hemos pedido una mayor precisión están en la duda y con la calculadora: "¡Chuta! ¿Tendré o no que renunciar antes del 18 de noviembre?". Porque tenemos la idea de la elección en 2017.

¡Por favor, estimados colegas! ¡Las inhabilidades se encuentran en suspenso! ¡Díganme en qué otra discusión de tipo electoral alguien lo haya recordado!

¡Nadie tiene una respuesta! "¿Renuncio o no?". "¿Para qué? Para un cargo en que no sé qué va a pasar".

Además, el proyecto de ley orgánica constitucional que regirá la elección será sometido a debate. Esa es la verdad. A menos que el Gobierno quiera sorprendernos nuevamente con una "discusión inmediata", como la de hoy día, en plena tramitación del Presupuesto.

No creo que desee eso. Juzgo que está por hacer bien las cosas.

En plena elección del cargo -todavía no conocemos las atribuciones, al parecer pocas-, tendríamos que estar abordando hoy día las inhabilidades y haciendo campaña.

Me parece que este es el momento de la seriedad. Todos sabemos que una verdadera agenda de descentralización descansa al menos en tres pilares: el político, naturalmente; el financiero, y el administrativo. Y aquí estamos resolviendo solo el del sillón en la primera fila del protocolo, o sea, el primero de ellos.

Me pregunto, ante las encuestas que algunos han mal usado, si es eso lo que realmente espera la ciudadanía. ¿Más cargos políticos para resolver qué cosas?

Una señora Senadora lo decía recién. ¡Si no hay atribuciones! Las estamos partiendo en tres. Y vamos a enfrentar ahí una colisión profunda. Eso lo sabe la gente que vive en las regiones y cree en ellas, y no los regionalistas fashion de última hora, con miras a ganar minutos en la televisión.

¡Seamos serios para pensar en el ámbito local! Vamos a tener un descalabro si no hacemos las cosas bien.

¿Por qué el Presidente Aylwin , cuando partió con la descentralización, en 1992, instaló de manera paulatina la figura de los consejeros regionales?

Lo que pasa es que algunos son aquí los campeones de la gradualidad en algunas materias, como la educación y otras. Respecto de este criterio, el Senador que habla probablemente es el último en ponerse en la fila.

Ello también dice relación con los grandes acuerdos. ¡A esos señores los echo de menos! ¡No los he escuchado hoy día!

¡A matacaballo, pues!

Entonces, uno sospecha que a lo mejor había una calculadora encendida respecto de algunos procesos y algunas regiones. Y eso es lo peor que podemos hacerle a Chile, porque se tiene que proceder sobre la base de la serenidad, de una reflexión profunda, como la que ha habido en el debate de hoy día, y no sobre la base de la calculadora electoral.

Alguien hacía referencia a "gatillar procesos": "Eligiendo hoy día vamos a gatillar un proceso".

O sea, ¿se podría afirmar que Pinochet "gatilló un proceso" cuando decidió construir este edificio del Congreso Nacional hace 28 años?

O sea, ¿Chile es más descentralizado, estimado señor Ministro -por su intermedio, señor Presidente -, porque estamos funcionando aquí?

¡Por favor!

¡Basta de darles señales a las regiones! Estas quieren una resolución, como lo han manifestado muchos colegas.

Por mi parte, represento a una que es extremadamente compleja. Lo han expresado los Honorables señores Espina, García y Tuma.

¿Seguridad ciudadana? ¡Si no se cuenta con ninguna atribución! ¿Sus Señorías creen que la gente no va a plantearle al candidato a gobernador, cuando haga campaña: "Oiga, acuérdese de la delincuencia, pues"? La respuesta será: "No dispongo de facultades. No puedo abordar ese problema".

El Senador que habla se alegra de que en la Región de La Araucanía nos vayan a dar los pavimentos participativos. Mi Honorable colega Tuma ponía otros ejemplos. Pero la gran obra pública que se lleva a cabo en esa zona -saludo a los consejeros regionales que nos acompañan y al señor Marcelo Carrasco , Presidente Nacional de ANCORE , quienes han hecho ver varios puntos en la discusión- es la interconexión Temuco-Padre Las Casas. Bueno, con esta aprobación, eso lo va a seguir decidiendo Santiago .

Hay algo más grave: la Región de La Araucanía duplica la pobreza -y eso es una vergüenza para todos, de lo que no me excluyo-, según la última encuesta CASEN. Santiago va a seguir decidiendo el FOSIS.

Nos tranquilizan un poco las palabras expresadas hace un rato por el Ministro señor Eyzaguirre en el sentido de que todas las atribuciones no se pueden dar en un mismo día y de que ello tiene que hacerse en forma gradual.

En consecuencia, seamos serios. ¿Por qué la cuestión tiene que ir amarrada a la elección de 2017?

Escuché ayer una intervención de alguien que ha impulsado el asunto con mucha convicción. Tengo el mayor de los respetos por el Honorable señor Quinteros , quien forma parte de la Comisión especializada. Comparto plenamente lo que expuso en orden a que la elección de los gobernadores regionales debe despresidencializarse: no tiene nada que hacer con la de Senadores y Diputados y la de Primer Mandatario.

¡Si se trata de una elección respecto del territorio! Va con la de concejales -probablemente, con la de consejeros regionales, pues habrá que verlo- y de alcaldes. Porque es con el jefe comunal con quien el candidato a gobernador regional ofrecerá el puente, no con el candidato a Diputado o a Senador. Si no, estaríamos retrocediendo y borrando con el codo lo que hicimos el año pasado en materia de probidad y volveríamos al clientelismo.

Insisto en que hagamos una discusión en serio. Incorporemos todas estas dimensiones en el debate.

A mí me preocupan muchas cosas, una de las cuales es el ecosistema político de convivencia entre el gobernador y el delegado. O sea, existirá una tensión permanente.

Algunos colegas señalaban varios ejemplos. No quiero ahondar más.

Los votos se manifestarán en la medida en que estén las atribuciones, las competencias, y tengamos claridad en cuanto a los plazos. Existe una gradualidad. A las regiones no les da lo mismo. No se trata de que todo siga siendo igual con la votación. No. Van a cambiar las dinámicas culturales, los procesos, la asignación.

¿Por qué Aylwin parte en 1992 y después de veintiún años, en 2013, tiene lugar recién la primera elección de consejeros regionales? Bueno, porque estas cosas son graduales, no a matacaballo, a diferencia de lo que algunos quieren.

Señores Ministros de mi Gobierno, espero más claridad hoy día, a menos que ustedes realmente quieran desatar una carrera electoral, en la que cada uno es libre, finalmente.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

No es por poner presión, pero, para que todos lo tengamos claro -porque vienen a preguntarme-, hay 23 inscritos. Al ritmo que vamos, si cada uno de ellos usa los diez minutos que le corresponden, el debate acerca de esta parte del proyecto terminará recién alrededor de las 23.

Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , creo que el centralismo es algo que se bate cada día en retirada en la Sala y probablemente en el país. Hay una voluntad bastante consensuada, sobre todo en las regiones, de la necesidad de reformular la estructura institucional.

Como Senador de regiones en los últimos veintidós años, he sufrido no solo el centralismo nacional, sino también el regional, porque, lamentablemente, el Maule sur dice relación con una zona más pequeña dentro de la Región y sufre el castigo de depender de Santiago y, además, de Talca. Es preciso, muchas veces, pasar por esta última ciudad para llegar a la Capital.

Que nadie venga aquí, entonces, a hacerse el dueño de la descentralización ni el profeta del cambio ante una medida determinada. Estamos todos en la misma línea.

Es preciso que aquellos que sienten una cierta superioridad moral por coincidir con una fórmula respeten, por favor, a quienes estamos de acuerdo con el destino, pero no con el camino seguido, porque el proyecto en votación es malo, lamentablemente. Y lo que tenemos que hacer no es sumarnos con entusiasmo a la primera iniciativa de descentralización que aparentemente resolverá la cuestión, sino obrar con responsabilidad.

Eso nos exige la gente, que no está esperando que le entreguemos simplemente un moñito, como la elección de intendente, para sentirse tranquila y contenta por haber ya sobrevenido realmente el cambio de la historia, que será un hito en el futuro. ¡No es así!

La iniciativa es retórica, porque a las regiones no les da verdaderas atribuciones ni efectúa una verdadera descentralización. Es más bien de carácter político: toma una sola dimensión de las muchas que presenta la descentralización, pues lo que realmente resuelve es la elección de una de las autoridades regionales que existirán en el futuro.

Lo más grave es que contiene un muy mal diseño, desde el punto de vista institucional. Porque no solo se hace referencia a la elección del futuro gobernador regional, como decía un señor Senador, sino que también se aprueba en la Constitución una estructura en la que coexiste con un delegado presidencial designado. Y eso es crear en una región un monstruo de dos cabezas, es decir, diseñar la ingobernabilidad y garantizar el caos en la conducción.

Esta es mi mayor inquietud sobre el particular. Y creo que por eso es necesario hacer un análisis específico de esta parte, que es, para mi gusto, la más grave y delicada.

Ya se ha dicho suficientemente: el artículo 111 hace referencia a un gobernador regional que "será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine".

No tiene un campo de atribuciones claras: solo preside el consejo.

El artículo 115 bis, en tanto, dispone que "En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la Región , en conformidad a la ley". En otras palabras, es el que realmente maneja el negocio.

"Al delegado presidencial regional" -dice el inciso segundo- "le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio".

Estimado Senado, esto consagra una situación impresentable desde el punto de vista del diseño institucional. Hay un gobernador elegido con el respaldo ciudadano que no tiene poder. Y hay un delegado presidencial designado por la autoridad que tiene todo el poder. Es decir, generamos el conflicto por el solo diseño institucional.

El representante del pueblo, ¿qué va a ser? ¡Un mirón! Porque aquí el delegado presidencial va a hacer los anuncios; va a ser el que invite a cortar la cinta, y el gobernador va a tener que ir. ¡Va a ser el mayordomo de la región! ¡El relacionador público! Y es el representante del pueblo.

Entonces, esto es una burla para los ciudadanos.

Eso es lo que estamos haciendo.

Y yo me pregunto, quienquiera que vaya a ser el Presidente de la República en el próximo período -aquí hay varios candidatos; y estoy mirando a uno-, ¿cómo se va a gobernar este país? ¿Quién va a ser el responsable de las decisiones que se tomen cuando tengamos dos autoridades que se van a estar disputando la conducción de cada región?

Me parece que esto, francamente, constituye un voluntarismo irresponsable, del cual nosotros no nos podemos hacer eco. Nosotros debemos responderles a nuestros ciudadanos.

¿Qué le voy a decir yo a mi gente? Que vamos a elegir a un gobernador. ¿Para qué: para que sea el acólito del sacerdote, que dice la misa, predica y hace todo?

¡No, pues! ¡Nosotros no queremos gobernadores acólitos!

Mucho más honesto sería decir que al que vamos a elegir es al intendente, con todas las atribuciones que le corresponden.

¡Eso es más correcto! ¡Es directo! Uno podrá pensar que es bueno o es malo, pero por lo menos es claro.

En mi opinión, señor Presidente, estamos dando un paso con muchas consecuencias negativas.

Por lo demás, aquí se ha recordado algo que yo no quiero dejar pasar, en el sentido de que la propia Comisión descentralizadora del Gobierno sostiene que "esta elección de intendentes (hoy día gobernador regional) no tendría sentido alguno si ellos no son dotados del suficiente poder o atribuciones, pero otorgados desconcentradamente". Es decir, quienes han estudiado la materia y hecho una propuesta señalan que, si el intendente o gobernador regional elegido no tiene atribuciones, es perder el tiempo.

Lo mismo plantea un serio informe de la Universidad Católica. ¿Qué sostiene esta casa de estudios superiores? Que "el debate ha sido apresurado por parte del Gobierno y enfocado en lo político, más que en lo técnico"; que "La eficacia de las reformas propuestas resulta bastante cuestionable", y que "el impacto de la reforma resulta muy imprevisible".

Deseo recordar estos antecedentes, porque son elementos de juicio objetivos. No se trata de opiniones personales que a algunos podrían satisfacer más que a otros.

Y quiero reiterar, porque pareciera que aquí no ha quedado claro, que este proyecto no le entrega atribuciones reales al gobernador regional.

La disposición vigésimo octava transitoria establece en su inciso cuarto: "Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional". No se les ha asignado ninguna, más que dos o tres, que son como repartir maní. Y añade: "Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda".

¡Pero por favor! ¡Esto es lo que estamos aprobando!

Es decir, el delegado presidencial tiene todo. Y al gobernador le entregan maní, que son tres o cuatro leseras chicas.

Ustedes dirán: "No, lo que pasa es que hay un compromiso de que se le van a otorgar más competencias y de que habrá gradualidad".

¡No, señor! ¡No hay ningún compromiso! ¿Dónde se indica que está atado un cronograma?

Y quiero decirle al Ministro Eyzaguirre que aquí hubo voluntad para tener un cronograma, pero no la hubo de parte del Ejecutivo para proponerlo. Nunca lo propuso en la Comisión de Gobierno, según he sido informado.

Por lo tanto, aquí estamos en una situación realmente compleja. En realidad, es un caso de publicidad engañosa.

Quiero terminar, señor Presidente , expresando que este proceso no tiene algo central en su diseño. ¿Dónde están los municipios? ¡Si el desarrollo de una región tiene su base central en el municipio! El desarrollo comunal es la clave del desarrollo de una región. Aquí no hay ninguna integración. Y vamos a seguir eligiendo, por un lado, a los alcaldes y concejales, y por otro lado, a los cores, a los intendentes, como si no fueran una sola unidad.

Yo les pido, por favor, que no cometamos el acto irresponsable de aprobar una reforma que puede causar grave daño a la institucionalidad del país y que traerá frustración a las regiones.

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminó su tiempo, señor Senador.

Le voy a dar un minuto más, para concluir.

El señor LARRAÍN.-

Gracias, señor Presidente.

Deseo insistir en que no aprobemos una reforma que, por su diseño institucional, le va a producir grave daño al país, pero, sobre todo -lo digo como Senador regional, luego de haber conversado con mis consejeros regionales y con mucha gente de mi circunscripción-, va a frustrar expectativas. Y se va volver a sentar en el banco de los acusados a los políticos, a quienes pareciera que lo único que nos importa es que se elijan las autoridades, pero no descentralizar de verdad, dándoles poder a las regiones. ¡Y aquí no se les está otorgando poder!

¿Por qué no lo hacemos? ¿Cuál es el temor a darles poder?

Creo que lo único que provoca este camino es hacerle sentir nuevamente a la gente de regiones que está siendo engañada por el centro.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Antes de ofrecerle la palabra al Senador señor Andrés Zaldívar, me la ha pedido el Ministro Eyzaguirre.

Señor Ministro , somos todo oídos.

El señor LARRAÍN.-

¡El Ministro ya habló!

El señor PIZARRO.-

¡Puede hablar todas las veces que quiera! ¡Lo han interpelado varias veces acá!

El señor LARRAÍN.-

¡Los Ministros tienen el mismo derecho que los Senadores, salvo cuando ya estamos votando!

El señor LAGOS ( Presidente ).-

No estamos en votación, señor Senador. Y segundo, los representantes del Ejecutivo no han ocupado sus 10 minutos. Así que el señor Ministro tiene tiempo. Y además creo que amerita escucharlo luego de todo lo que hemos discutido.

El señor LETELIER.-

¿No lo quiere escuchar, Senador Larraín?

El señor LARRAÍN.-

Sí quiero.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Yo también, porque puede ayudar a formarnos una opinión.

Señor Ministro , tiene la palabra.

El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).-

Señor Presidente, solo con el propósito de aclarar, porque en las intervenciones escuchamos algunas cuestiones que sugieren que al parecer no nos hemos logrado explicar adecuadamente.

En primer lugar, tal como muchos lo han indicado, este es un proyecto de descentralización, no de construcción de un Estado federal.

De todos los países de la OCDE -Senador Larraín, usted puede revisar la información-, solo un subconjunto se rige por una Constitución federal. Y todos, salvo Chile, tienen autoridades regionales elegidas.

Son dos modelos distintos.

Cuando el gobierno no es federal y hay autoridades regionales elegidas, siempre coexiste un delegado presidencial junto con el gobernador regional, por definición. Y nadie, que yo sepa, ha hablado del fenómeno del "monstruo de dos cabezas".

Estamos acostumbrados a una forma de hacer las cosas, pero también hay otras, que son las que las regiones están solicitando.

Yendo al tema de fondo, señor Presidente , una reforma constitucional tiene que preceder a la respectiva ley orgánica. No se pueden hacer las dos cosas al mismo tiempo. Por lo tanto, hoy día no estamos determinando el modo y fecha de la elección del gobernador regional, sino modificando la Constitución para que esta autoridad pueda ser elegida.

El Gobierno, el Ministro del Interior y yo en particular hemos expresado que entendemos las inquietudes planteadas. Hay quienes acusan que sin descentralización administrativa no es posible siquiera pensar en descentralización política. Y hemos argumentado que muchas experiencias históricas, incluida la de Chile, indican que solo con descentralización política es posible la descentralización administrativa.

Para no situarnos en un lado o en el otro, hemos propuesto llevar a cabo el proceso pari passu. Para ello, antes de que se vote la fecha de elección del gobernador regional, el Gobierno hará todos los esfuerzos para llegar y concluir un acuerdo, lo más transversal posible, respecto de las competencias que asistirán en su labor a esa gobernadora o ese gobernador.

Hoy día, lo que estamos posibilitando es simplemente que se elijan.

Entendemos perfectamente que puede haber justas aprensiones en cuanto a las competencias de que dispongan, incluyendo el diseño de políticas y la ejecución de las mismas a través de los servicios.

Estamos con "discusión inmediata". Todos sabemos -la Comisión de Gobierno también- que iremos a Comisión Mixta, y concluir aquello lo podemos hacer con la celeridad que Sus Señorías estimen. El Gobierno tiene la disponibilidad, sin populismo. No vamos a descentralizar a un ritmo excesivo para conseguir votos, porque eso es ganancia para hoy, pero un daño para el país.

Eso no lo vamos a hacer, pero sí vamos a tener una discusión seria y absolutamente fundamentada para que las competencias delegadas a los gobernadores sean, por así decirlo, una cancha de aterrizaje, más de la que ya tenemos, que les permita contar con la posibilidad de desarrollar las labores para las cuales el pueblo los elegirá.

Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

A usted, señor Ministro.

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , escuchando atentamente el debate, se me vino a la memoria que hoy, 5 de octubre, fue el día en que el país decidió avanzar a la democracia, derrotando en ese momento al gobierno de turno.

Eso nos ha posibilitado tener, al día de hoy, seis elecciones de Presidente de la República, seis elecciones parlamentarias, cinco o seis elecciones municipales y una elección de consejeros regionales.

Esa es la manera de ir avanzando en democracia. Y creo que lo que estamos discutiendo ahora es, precisamente, cómo seguir avanzando en una materia que aún está pendiente: cómo descentralizar el país manteniendo su carácter unitario y haciéndolo en forma responsable.

Todos estamos de acuerdo en ello. Yo no he escuchado a ningún Senador ni a ningún dirigente de partido, de un lado o del otro, decir que es contrario a la elección de intendentes. En los programas de gobierno e incluso en los diseños que proponen los posibles candidatos se habla de la necesidad de descentralizar el país y de elegir a los intendentes.

Y lo que estamos discutiendo hoy día en este proyecto de reforma constitucional, salvo algunos problemas que podemos aclarar, relacionados con la posible confusión que podría producirse entre una autoridad y otra, apunta nada más que a la elección de los intendentes, no a la fecha en que ellos sean elegidos ni a cuántas competencias puedan tener.

En materia de competencias, amigas Senadoras y amigos Senadores, ya votamos en esta Sala el proyecto sobre transferencia de competencias, que pasó a la Cámara de Diputados, donde fue aprobado, y que en estos momentos se encuentra en nuestra Comisión de Gobierno cumpliendo su tercer trámite constitucional.

¿Y para qué estamos trabajando? Para modificar lo mismo que quienes hoy día objetan votaron a favor, o votamos a favor. Lo votamos bien o mal, pero lo votamos a favor.

Y lo que queremos hacer en este tercer trámite es, precisamente, efectuar las transferencias de competencias que correspondan para que exista una descentralización con respeto al Estado unitario y sin que haya confusión entre lo que significa la representación del Presidente de la República en la región con lo que le corresponde a la autoridad elegida por sus habitantes.

Si hay algo que corregir, lo haremos en esa ley. Es lo que tenemos que discutir. Y yo seré el primero en estar ahí, para que salga una ley responsable, como creo que es el deseo de todos y cada uno de los Senadores.

No puedo prejuzgar que unos quieren hacer una mala ley y que otros quieren hacer una buena ley. ¡No! Vamos a jugarnos. Para eso tendremos un plazo: treinta, sesenta, noventa días.

Y quiero decirles, a quienes han hablado en un sentido o en otro, que la mayoría de los votos -recuerdo que es una ley orgánica constitucional la que determinará cómo y cuándo efectuar la elección- puede determinar aquello. Si yo calculara en estos momentos el quorum, existirían los votos necesarios, independiente de lo que ha planteado incluso la Presidenta de la República , en lo cual yo la acompaño.

Perfectamente en la discusión de esa iniciativa de ley, con el quorum que aquí se ha reunido, que es transversal...

El señor PIZARRO .-

¡No, no es transversal!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Casi transversal. Pero perfectamente podrían conseguir una aprobación distinta de lo que nosotros creemos que hay que hacer, porque, sinceramente, me parece que, si hoy día se rechaza esta reforma constitucional por falta de quourum, no habrá descentralización en el país por muchos años más, y habremos votado en contra de lo que la gente quiere.

Otros pensarán distinto. Es legítimo que digan: "No, no es efectivo. Zaldívar está exagerando". Sin embargo, en lo personal abrigo el sentimiento de que esto nuevamente va a quedar en el limbo de la discusión.

Estoy convencido de que el Parlamento tiene la capacidad, junto con el Ejecutivo, para, en forma seria, responsable y más aún en un posible proceso electoral presidencial, y con el aporte que unos y otros puedan hacer, fijar este tema con claridad.

Yo he escuchado a otros señores Senadores muy seriamente, porque creo que es bueno aprender de lo que otros le dicen a uno. Algunos sostienen: "Hay que fijar inmediatamente todas las facultades". Y yo les respondo: "Pero eso es contradictorio con lo que se afirma por ustedes mismos en el sentido de que no hay que apresurarse a efectuar una transición respecto de una situación cultural tan importante y profunda en Chile, país que ha vivido doscientos años bajo un sistema centralizado, con intendentes que responden a la concepción borbónica del poder.

No podemos decir que lo vamos a hacer de la noche a la mañana. ¡No! ¡Si este proceso va a demorar muchos años! Y yo les he escuchado a Senadores, de un lado y del otro, que se debe realizar una transferencia de competencias responsable, madura, progresiva, de acuerdo con la realidad.

Incluso, algunos me han dicho -y alguna razón pueden tener-: "No apliquemos esto en todas las regiones. Hagamos una experiencia piloto, al igual que como se llevó a cabo la reforma procesal penal".

Es cierto que también podemos reflexionar sobre esos temas. Pero eso será materia de la ley que viene. No es lo que estamos discutiendo ahora. Hoy día, amigas y amigos Senadores, estamos debatiendo si se elige o no a la autoridad regional. Estoy seguro -y creo que no voy a cometer una exageración- de que cuando independentistas y monárquicos discutían sobre la independencia del país, estos últimos decían: "Vayamos con cuidado. No abandonemos la tutela de la monarquía, pero veamos si podemos alcanzar algún grado de independencia". Y los independentistas sostenían: "No. Rompamos ahora". Y así ocurrió. Rompieron, consiguieron la independencia y no esperaron que el Estado estuviera en forma para dar ese paso. Claro, eran otros tiempos, otras las condiciones.

Pero ahora, para que haya descentralización, debemos dar este paso y luego ponernos de acuerdo, en forma seria, unos y otros, en el proyecto que -insisto- se halla en tercer trámite constitucional y que fue aprobado en el Senado con los votos de la mayoría de los contradictores de hoy día y de la mayoría de los nuestros, y con la votación de unos y otros en la Cámara de Diputados. No lo hicimos bien. Y estamos de acuerdo en que hay que complementarlo. Están los votos para ello y habrá voluntad para hacerlo, porque creo que es la única manera de responder a lo que el país nos está pidiendo.

No hacerlo hoy día, amigas y amigos Senadores -acuérdense de mí-, significará que nuevamente quedaremos en el limbo.

Y deseo agregar algo más.

Sabemos que la descentralización y la desconcentración del poder tienen tres ámbitos de acción: el político, que es la elección de la autoridad; el administrativo, que es la transferencia de competencias, y el fiscal, que consiste en la entrega de los recursos necesarios para que la región funcione como corresponde, de acuerdo con los dineros existentes. Y yo he añadido uno más en los seminarios en los que me ha tocado intervenir: también tenemos que propiciar la descentralización de los recursos humanos. Muchas regiones necesitan más recursos humanos para cumplir una buena gestión y poder salir adelante.

Pienso que eso lo podremos hacer en la medida en que nuestro país dé este paso. Muy bien lo dice la estrofa de una canción: "Se hace camino al andar". Y creo que así es: vamos a abrir caminos hacia adelante trabajando por la descentralización.

Y les insisto: a los que hoy día pretenden oponerse les sería posible infligir una derrota al Gobierno, porque podrían tener los votos de la Oposición y también de algunos de los nuestros.

Señor Presidente , si usted impone la votación hoy día, se va a cerrar el paso a la descentralización, mientras que, cuando discutamos el proyecto de ley de transferencia de competencias o el que establece una ley orgánica constitucional para determinar cuándo y en qué condiciones se hacen las elecciones, esos votos van a estar, y seguramente también los de nosotros, que hoy día podríamos estar en otra posición.

Yo quiero apostar con fuerza a favor de que haya descentralización, de que realmente avancemos en ese sentido y de que no nos quedemos en el pasado.

--(Aplausos en las tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Montes.

El señor MONTES.-

Señor Presidente, con claridad y con responsabilidad, quiero decir que votaré en contra de este proyecto.

Me cuesta mucho no votar con la mayoría y no respaldar la iniciativa del Gobierno. Muy pocas veces lo he hecho, y me duele. Pero, en conciencia, estoy convencido de que tal como está planteada, será para empeorar y no para mejorar.

Hay críticas muy descalificadoras y caricaturescas sobre quienes no están de acuerdo. Podemos estar equivocados, podemos tener diferencias, pero no somos traidores. Y les pediría a las personas que conozco por años presentes arriba en las tribunas que no confundamos los términos: una cosa es tener diferencias y otra cosa es descalificar a los que las tienen.

En mi opinión, la disputa básica no es entre centralistas y regionalistas. Tampoco entre progresistas y conservadores. No creo que sea entre los parlamentarios de Santiago y los de regiones. Creo que aquí hay una base común, en términos de que la mayoría quiere descentralizar y elegir intendentes. Aquí estamos discutiendo otra cosa: el modelo dentro del cual esto se inserta.

No estoy de acuerdo con la tesis de que lo único que puede dinamizar la descentralización es la elección de intendentes en cualquier situación y en cualquier condición. Depende de cómo y en qué condiciones se haga.

Hay que tener cuidado con el marco en el cual se eligen. Puede ser un paso adelante, y a lo mejor estamos equivocados. Sin embargo, puede ser también un paso en falso para las regiones y para el país, ¡no solo para las regiones, para el país!

Y es lo que creo más probable.

La experiencia internacional es variada. En Perú se realizó algo similar en la década pasada. Se entregaron incluso dos puntos del IVA a las regiones. Hoy tratan de revertirlo sin éxito, pues es muy difícil volver atrás.

Francia acaba de reducir de 22 a 13 sus regiones, para disminuir la burocracia y optimizar los recursos. No hay que olvidarse, además, de que la historia de Francia y de Europa es muy distinta a la nuestra. En Europa el Estado y el centralismo surgieron de la propia sociedad. En Chile es el Estado el que va construyendo la sociedad con el ejército y la ocupación territorial. La diferencia histórica y cultural es determinante, no hay que olvidarlo en la estrategia transformadora. ¡No porque sí en la Constitución del 25 se establecieron asambleas provinciales y nunca se implementaron! Aquí existe algo más fuerte, que hay que hacer con mucha inteligencia y con una buena estrategia transformadora.

Yo estoy convencido profundamente de la necesidad de superar el modelo de regionalización que nos impuso en 1974 la dictadura, encabezada en esto por el general Canessa, con criterio geopolítico y de control social.

En democracia se han hecho modificaciones, pero sin alterar ni la distribución territorial ni su lógica de poder. Creo que debe haber una superación sustantiva del modelo de regionalización. ¡Cuánto antes!, pero con solidez.

¿Por qué no comparto el proyecto? En lo principal, porque el intendente no es un eslabón aislado; es parte de un sistema de gobierno y de administración del país. Integra una estructura intermedia regional condicionada por todo el sistema de organización del Estado.

Es clave y fundamental el cambio en el gobierno central a fin de que esta modificación adquiera algún sentido, y entregar poder real, modificar la lógica de funcionamiento, redefinir el modelo de desconcentración. Las secretarías regionales ministeriales hacen agua por todos lados, no operan adecuadamente.

Y son claves también los cambios en los gobiernos locales para que haya efectiva descentralización y capacidad de impulsar desarrollo. No podemos seguir postergando un cambio real en los municipios que están con problemas.

En definitiva, se trata ni más ni menos que de uno de los pilares centrales de la nueva Constitución. Y los que queremos un proceso constituyente y una nueva Carta no entendemos por qué no ponemos esto como un aspecto fundamental y central del debate: una nueva distribución y organización del poder del gobierno del Estado, en todos los niveles. Esto es clave -insisto- en la nueva Constitución. De ahí la importancia de este debate.

El intendente no es un eslabón aislable del resto de la organización del país.

Un segundo argumento que me lleva a no compartir lo que se plantea es que para tener sentido debe ser parte de una nueva visión del desarrollo de Chile. El modelo de exportación de recursos naturales articulado con el sector financiero y comercial es, por definición, desigual y centralista. Nuestro país necesita un nuevo modelo de desarrollo, especialmente después de la crisis del cobre. Y en ese nuevo modelo es fundamental revalorar el territorio y el desarrollo desde ahí. El avance en generar valor agregado e innovación tecnológica tiene más dimensión territorial que central.

En esa perspectiva, creo que hay que reorganizar el Estado central desconcentrando de otra manera. Y estoy por establecer cuatro o cinco macrozonas de desarrollo como forma de desconcentración.

Insisto, los representantes de los ministerios, los seremis, están superados, y su papel hay que replantearlo. ¿Cuál es el sentido de tener tres seremis de minería en el norte? ¿Por qué tener un equipo minero para un conjunto de problemas que presentan numerosos elementos en común?

Pienso que en ese nuevo marco hay que disponer de opciones para la estructuración y funciones de las estructuras intermedias regionales descentralizadas.

¿Qué gobiernos intermedios se necesitan? Esto lo veo muy ausente del debate.

En primer lugar, hay que considerar el territorio.

Definitivamente, pienso que las actuales regiones en muchos casos no reflejan la realidad ni histórica, ni social, ni cultural del país. Todos los meses aparece una antigua provincia que demanda ser región: Arica, Valdivia , Ñuble, Aconcagua. Seguirán seguramente Los Ángeles , Chiloé, etcétera.

Lo real en Chile es más parecido a las provincias del pasado que a las actuales regiones. Asumamos esto con seriedad, o si no vamos a seguir hasta llegar a las 25 que teníamos antes. Pensemos de otra manera la distribución territorial.

En segundo término, sobre las competencias y atribuciones se han dicho bastantes cosas aquí, varias de las cuales comparto. La redefinición de las competencias y atribuciones, y la forma de integrarse entre el nivel central e intermedio local es una condición indispensable. ¡Perdónenme!, aquí no se puede pretender transferir todas las competencias. Aquí hay competencias exclusivas y competencias compartidas, como es incluso en el caso municipal. Y hay algunas compartidas con el gobierno central, pero también con los gobiernos locales.

Este diseño no se ve. Al menos yo no lo veo en el debate y en lo que ha habido. No basta con enumerar 120 competencias. Tenemos que pensar el concepto del rol de esta instancia intermedia.

La tercera cuestión se refiere a los recursos. El rol del nivel intermedio regional supone finanzas consistentes. ¿Cuáles recursos dependerán de su esfuerzo y se asignarán con plena autonomía? Esto ya se discutió en 1992 con el Ministro Boeninger . ¡Y se quiso transferir un punto del IVA! No se hizo pues había -como decía el Ministro - poca capacidad en las regiones para administrarlo. ¡Pero eso fue el 92!

¿Qué recursos vienen de programas y servicios centrales, y cómo se concuerdan? ¿Cómo se definen? ¿Cómo se concretan? Ya se han dado muchos ejemplos. ¿Cómo se distribuyen los recursos y proyectos dentro de las comunas del sector? Porque las comunas no van a aceptar que un intendente electo haga lo que quiera en la región y se producirá un conjunto de dificultades.

Un cuarto punto tiene que ver con la resolución de controversias.

Este es un tema central en la literatura respecto a la descentralización. ¿Cómo y quién resuelve las controversias? En el interior del nivel intermedio regional, entre el nivel regional y el gobierno central, entre el gobierno regional y los gobiernos locales habrá muchas controversias, muchas diferencias. Y eso no puede quedar así no más.

Por ahí alguien decía que el Senado tenía que verlas. ¡Es imposible!

En cuanto a la gradualidad en la implementación, no cualquiera es positiva. Yo soy bastante más favorable a una gradualidad que considere a regiones reales, como Atacama y Magallanes , a estar haciendo algo extensivo sin perspectiva.

Respecto a las capacidades estoy de acuerdo: lo relativo a los pavimentos se transfirió hace bastante tiempo, y no ha funcionado bien porque le cuesta el doble a las regiones.

En el nivel del gobierno intermedio regional que queremos crear no basta con el voto de los ciudadanos. Es importante elegir al intendente, pero no es suficiente. Debe ser un nuevo motor de desarrollo regional, de democracia y participación.

La idea de un intendente con un delegado-secretario presidencial ya existió en Chile antes a nivel municipal. Hasta el golpe existían los subdelegados. Una cosa era el alcalde electo y otra cosa era el subdelegado al lado. ¡Y los conflictos que había eran tremendos! Tanto es así que durante el Gobierno de Eduardo Frei Montalva, por ejemplo, quien designó a su subdelegado -y también Allende en cada una de las comunas-, hubo una rebelión de los alcaldes encabezada por Rafael Señoret y los radicales con el fin de reequilibrar las cosas.

En conclusión, estimados colegas, votaré en contra del proyecto porque no está inscrito en opciones consistentes; porque creo que, en vez de avanzar, hará retroceder (ojalá que no sea así, pero puede ser); y porque no hay acuerdos básicos para un cambio tan sustancial.

Quiero dejar en claro lo siguiente:

Estoy por una desconcentración en macrozonas del Estado central.

Estoy por una descentralización en regiones, en provincias, que refleje de mejor modo la identidad social y cultural del país.

Creo que hay que elegir democráticamente a las autoridades intermedias; que se deben acercar las decisiones a la ciudadanía y fomentar la participación, especialmente mediante la transformación de los municipios; que hay que fortalecer las capacidades de los gobiernos territoriales; que debemos desplegar las potencialidades locales y generar polos de desarrollo.

En definitiva, falta madurar conceptual, política y técnicamente la propuesta global en que se inscribe la elección de intendentes.

¡Hay riesgos grandes!

Voto en contra.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente , después de escuchar a tantos colegas solo deseo remitirme a algunas expresiones vertidas en la sesión del 1° de marzo del año 2016 por algunos señores Senadores:

"Señor Presidente , estamos iniciando la discusión y votación de quizás uno de los proyectos más importantes que se han visto en este Parlamento durante décadas, relacionado con el proceso de regionalización y descentralización que nuestro país, y en particular las regiones, reclaman desde hace muchos años.".

Después, se agrega en otro acápite de esa misma intervención:

"Yo quiero recordar, particularmente a quienes nos acompañan en las tribunas, que la Constitución consagra en forma general las normas y delimita las competencias. Y por eso se está tramitando un proyecto de ley sobre transferencia de competencias, para precisar los casos en que pueda haber conflictos sobre esta materia.

"En mi opinión, este proyecto de reforma constitucional viene a hacer justicia en cuanto a algo que por muchas décadas -por más de un siglo, diría yo- ha estado presente en nuestro país: el temor a confiar en que la gente va a resolver adecuadamente en el ámbito de las regiones lo que sea mejor para ella.".

Otro señor Senador expresa:

"Señor Presidente , esta es una de las reformas constitucionales más anunciadas por los candidatos a parlamentarios en cada una de las campañas. Pues bien, a pesar de que es un poco tarde, hoy la estamos debatiendo -y espero que aprobando-, en la esperanza de que dé cuenta de ese compromiso.".

Y un tercer señor Senador afirma.

"La inmensa mayoría, prácticamente más del 90 por ciento, nos sentimos representados por los planteamientos vertidos por las señoras y los señores Senadores en cuanto a la postergación que históricamente hemos sufrido, que también es nuestra responsabilidad política, la cual muchas veces no han asumido los Gobiernos pero tampoco los Parlamentos.".

Y por último, para no citar tanto, quiero relatar que un señor Senador le manifestó un día a un amigo común lo siguiente:

"Mira -le dice-, acá hay dos estaciones: el invierno y la estación del tren". Y agregó: "Aquí vas a aprender que Dios está en todas partes, pero atiende en Santiago.".

Quise referirme a lo anterior porque no me explico, señor Presidente , cómo podemos cambiar tanto de parecer en un par de días. No puedo entender que hoy día, cuando se está aprobando una reforma constitucional para elegir por la ciudadanía al gobernador regional, empecemos a confundir los términos.

Aquí se habla, en primer lugar, de que previo a la generación democrática de las autoridades intermedias, como los gobernadores regionales, se requiere discutir el marco general de la organización del Estado y de la distribución del poder, por lo que esta reforma debiera estar incluida en el marco de una reforma constitucional integral o de la discusión de una nueva Constitución.

Sin duda, yo estoy de acuerdo en que se requiere un debate integral sobre la institucionalidad, y eso debe expresarse en una nueva Carta Fundamental. Incluso más, la modernización del Estado es una tarea pendiente de la mayor importancia y cruza el debate constitucional y numerosas reformas legales, no solo las de descentralización.

No obstante, si hiciéramos depender de una nueva Constitución todos los avances, entonces correríamos el riesgo de estancarnos, de paralizar toda innovación. Además, no habríamos aprobado la reforma electoral ni tenido elecciones de alcaldes o de cores, de haber esperado una reforma global.

Se sostiene también que antes de discutir este proyecto deberíamos debatir una división político-administrativa del país en que se privilegiara a las macrorregiones y se revisara el rol de las provincias.

Estoy de acuerdo con esa revisión, pero la reforma no debe subordinarse a ella. Si así fuera, no podríamos haber creado dos nuevas regiones, ni menos aprobar la creación de una nueva.

Eventuales conflictos entre las dos autoridades

Se habla de un monstruo de dos cabezas: de un gobernador electo y de un delegado del Presidente de la República, que entrarían en conflicto.

En primer lugar, la existencia de dos autoridades es propia de todo Estado unitario con generación democrática de la autoridad intermedia. Si vamos a tener un gobernador electo, tiene que haber una autoridad con atribuciones sobre la parte del aparato del Estado con presencia en la región que siga dependiendo del nivel central.

Ahora bien, en cuanto a la posibilidad de que surjan conflictos entre ambas autoridades, ¡por cierto que puede ser así! Es una posibilidad. Pero de ninguna manera creo que será la regla general.

La crítica es contradictoria. Por una parte, se rechaza que los delegados presidenciales sigan coordinando a los seremis porque retendrían mucho poder, y por otra, se teme que los nuevos gobernadores electos se empoderen demasiado frente a la autoridad central.

En mi opinión, se trata de dos poderes de distinta naturaleza. El gobernador regional tendrá bastante poder político, sobre todo si es elegido por una buena mayoría, y su acción se concentrará en articular el gobierno nacional, el regional y los locales.

Falta de atribuciones

Otra de las críticas a esta reforma apunta a que los nuevos gobernadores no tendrían suficientes atribuciones o que estas no estarían claras.

El argumento de que no se entregan suficientes atribuciones es falaz.

Primero, porque no se está creando un nuevo servicio. Los gobiernos regionales ya existen, operan, y nadie los desautoriza por no tener suficientes atribuciones.

Esta reforma constitucional tiene dos objetivos: separar la figura del representante del Presidente de la República de la del Ejecutivo del gobierno regional, y proceder a la elección de este último.

Nunca fue el propósito de esta reforma ampliar las atribuciones de los gobiernos regionales. Ese es precisamente el objetivo del proyecto sobre fortalecimiento de la regionalización (más conocido como de "transferencia de competencias", que se encuentra en tercer trámite constitucional, como acá se ha dicho, y que se inició en mensaje del Presidente Piñera y se amplió por una indicación de la Presidenta Bachelet) , y también de la iniciativa de rentas regionales.

Yo les pido a los estimados colegas que aprobemos el texto que fuimos llamados a discutir en esta sesión. Las dudas que tengamos, los poderes que haya que traspasar a los gobiernos regionales veámoslos en los dos proyectos de ley que tienen que debatirse próximamente. Ahí habrá oportunidad. Pero no podemos rechazar hoy día esta reforma constitucional, porque van a pasar no 27 años, como hasta ahora, sino más de un siglo ¡y no vamos a descentralizar este país!

Por eso, llamo con mucha modestia a que de una vez por todas confiemos en las regiones, a que confiemos en que tenemos la capacidad para decidir por nosotros mismos.

Es falso que no se han traspasado facultades. Por primera vez los gobiernos regionales van a tener atribuciones que nunca han tenido. Depende exclusivamente de la capacidad de gestión del gobernador regional hacer una alianza público-privada y con los ministerios correspondientes para que los recursos del FNDR se multipliquen y se puedan efectuar las inversiones que cada región priorice.

En consecuencia, señor Presidente, llamo a los colegas a aprobar la reforma constitucional sobre elección del gobernador regional y a discutir las facultades que se traspasarán en los otros dos proyectos de ley.

He dicho.

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El señor LAGOS (Presidente).-

Pido la autorización de la Sala para que asuma como Presidente accidental el Senador señor Tuma.

Acordado.

¡Un excelente reemplazo!

--Pasa a dirigir la sesión el Senador señor Tuma, en calidad de Presidente accidental.

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El señor TUMA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente , si hay una lección que yo entendí asumida por el Parlamento y por quienes ejercen labores públicas, es la tremenda responsabilidad que implica el diseño de políticas públicas destinadas a enfrentar problemas a largo plazo.

Creí que ello estaba claro al constatar el drama que significó el Transantiago, por aplicarlo de manera apresurada. A raíz de ello, se ha generado no solo la sangría económica más potente que han tenido los últimos gobiernos en materia de gasto público, sino también la frustración de millones de habitantes, quienes vieron cómo, por un error de la autoridad, se afectaban sus propias vidas y expectativas.

Quizás, ingenuamente pensé que esa lección iba a alumbrar cualquier otro proyecto que no armonizara el diagnóstico con la solución.

Y, lamentablemente, veo que aquí están todos los elementos para llegar al segundo gran fracaso de una política pública: esta iniciativa es un Transantiago 2, pero no desde el punto de vista de su concepción -fue distinta-, sino desde el profundo divorcio que se observa entre el diagnóstico del problema y la búsqueda de la solución.

Como dijo el señor Belisario Velasco , ex Ministro del Interior de la Presidenta Bachelet en su anterior mandato: "Conozco animales de dos, cuatro, ocho y cien patas, pero no conozco animales de dos cabezas". Ello, en referencia a que este proyecto lograba que el Transantiago pareciera un juego de niños, por los conflictos que provocaría en su implementación a lo largo del país.

Señor Presidente , realmente no pensé que íbamos a llegar a definir una política pública con este grado de convencimiento. Más allá de la votación que pueda darse, debe quedar constancia de que aquí no estamos haciendo una buena tarea. De hecho, a nadie he visto entusiasmado con el proyecto.

Algunos Senadores dicen: "Mire -seamos francos-, esta reforma no es nada más que la elección popular de una autoridad, pero en la otra iniciativa vamos a arreglar todo".

¿Esa es la forma adecuada de hacer políticas públicas serias, señor Presidente ? ¿Diciendo que pasaremos esta prueba y que después veremos lo que se necesita para su implementación?

¡Es la peor forma de hacer políticas públicas!

¡Es la peor forma de traicionar a las regiones!

¡Es la peor forma de traicionar las expectativas legítimas que hay en materia de descentralización del poder!

Yo sé que otros ya han leído las funciones de los organismos que aquí se crean, pero quiero llamar a la conciencia de cada uno. Al gobernador regional le corresponde "la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional".

Dígame, señor Presidente , ¿cuáles son esos servicios públicos dependen del Gobierno Regional? ¡No existen!

Y a la otra autoridad le corresponde "la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.".

¿Cuáles son esos servicios? Todos. ¡Esa es la verdad!

La primera cita se refiere a las facultades del gobernador regional elegido y la segunda, a las del delegado presidencial regional.

Eso es lo que dice la iniciativa que estamos votando ahora.

Si alguien cree que estamos dando un paso significativo hacia la regionalización, que me explique cómo entender esta superposición de funciones y cuál será la más importante.

Y me dicen: "No. Es que esto lo veremos al final, cuando analicemos el proyecto de ley que transfiere competencias".

Pero -¡oh, sorpresa!- la disposición VIGÉSIMO OCTAVA aprobada originalmente en el Senado decía que los artículos que estamos viendo "entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales".

¡Pero eso cambió!

La norma ahora dice: "La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.". ¡Entonces, digamos la verdad, señor Presidente!

Aquí yo no juzgo intenciones, pero sí los hechos. Si fuera verdad que la fijación de facultades solucionaba los problemas, que es legítimo plantear, de completa incoherencia entre unas y otras funciones, además de la total preponderancia del delegado versus el gobernador, se habría mantenido la norma VIGÉSIMO OCTAVA, con lo cual se habría acabado el 80 por ciento de los problemas.

¡Pero no la cambiaron!

Entonces, ¿por qué debo asumir, como representante de los ciudadanos, que se va a arreglar el asunto mágicamente a través de una ley que fijará las competencias, en circunstancias de que la disposición transitoria aludida fue modificada por mayoría (3x2) en la Comisión de Gobierno?

He oído la opinión del Senador Zaldívar, con quien comparto amistad y la misma representación senatorial, y le pregunto por qué no se mantuvo la norma original. De haber sido así, todo lo que hoy día se está suponiendo se habríamos podido leer en la página 41 del boletín comparado.

Entonces, uno tiene todo el derecho a decir que aquí las cosas no se están haciendo bien. Más allá de la voluntad comprometida, yo sé que esta materia no es fácil. ¡Jamás diría que es papa! ¡No! Es muy compleja.

Tiene razón el Ministro Eyzaguirre al dar a entender que debemos ser muy cuidadosos de no caer en el populismo y debemos tener mucha visión para entender que estas son materias grandes.

¿Pero quién dice que está bien hecha la solución? Nadie.

Nos están pidiendo un cheque en blanco, un voto de confianza para tirarse al vacío, suponiendo que un ángel de la guarda nos salvará en el camino. Y ese ángel es la teórica dictación de una ley que no sabemos cuándo se despachará.

Eso es lo que está ocurriendo. Y no quiero que la Región del Maule, ni ninguna otra, dé un salto al vacío. Deseo saber cómo se va a dar cada uno de los pasos y cómo se va a concretar la regionalización.

Además, hago presente que recibí llamadas de todos los cores de mi Región, pertenecientes a los más diversos partidos. Hasta ahora, todos me han pedido que no apruebe este proyecto; todos me han dicho que es una locura. ¡Consejeros regionales elegidos me lo han manifestado!

Entonces, no me vengan a decir que estas son las regiones. ¡No! Oigamos también a las autoridades que ahí han sido elegidas. ¿O acaso hay un representante regional que no sabe quién lo eligió y que manda más que todos? ¡No, pues!

No demos facultades a organizaciones que, aunque son muy legítimas, no tienen más poder que el Congreso ni que las personas que han sido elegidas por los ciudadanos para el consejo regional.

Señor Presidente , francamente imaginé -y entiendo los esfuerzos que ha hecho la Comisión- que esto iba a terminar de forma muy distinta. ¿Alguien cree que una política pública de esta naturaleza -y se va a ganar o perder por un voto; eso es lo que va a pasar- tiene el sentido de estabilidad y el grosor adecuado para decir que estamos frente a una gran transformación del Estado?

Señor Presidente , no sé si ello será parte de la reflexión interna de mis colegas. Yo no soy ni más ni menos que otro. Pero deberían ser materias que estén arriba de la mesa.

Con razón, cualquiera podría manifestar que el presente proyecto es muy importante. ¡Sí! Pero sería mucho más grave -¡mucho más grave!- equivocarse en una política pública de este tipo, ya que deshacerla o enmendarla después es virtualmente imposible.

Entonces, yo los invito a no dar un salto al vacío. Aquí hay una voluntad transversal para avanzar en un proceso de regionalización relevante. No he oído a alguien que no lo diga. Incluso el Senador Montes, quien va a votar en contra, lo plantea pero mediante otra fórmula. No menciona que discrepe de aquello. En todos los demás he visto solo un ánimo constructivo.

¡Cómo no va a ser capaz el Gobierno de convocar esas voluntades para aprobar proyectos de esta naturaleza por amplias mayorías!

¡Así es el Chile que -entiendo- deberíamos tratar de construir entre todos!

Ya hemos sido capaces de llegar a acuerdos más duraderos en temas mucho más complicados que el que nos convoca.

Esa es la gracia de las institucionalidades.

¿Por qué desandar el camino y deshacer lo avanzado? ¿Por qué ir por otra vía y dar un salto al vacío? ¿Por qué ganar por un voto o perder por un voto?

Honestamente, señor Presidente, ese no es el Chile que a mí me gusta.

He dicho.

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Señor Presidente , a mi juicio, hoy es un día histórico.

No estamos creando los gobiernos regionales. Ellos ya existen y han evolucionado. Estamos proponiendo hacer dos cosas con tales entidades: democratizarlos y descentralizarlos.

Por eso digo que hoy es un día histórico. En la evolución de los gobiernos regionales, esta iniciativa constituye un punto de inflexión: hay un antes y un después.

Muchos hemos venido esperando este momento hace diez, quince o veinte años.

Se plantea avanzar en la descentralización y regionalización del Estado de Chile, haciendo dos cosas: elegir democráticamente a los gobernadores regionales y, posteriormente -pero de la mano con dicha decisión-, dotar de competencias y traspasar las atribuciones pertinentes.

Todo ello está dentro de un proceso. Y subrayo el concepto "proceso", pues esta propuesta no ocurre de la noche a la mañana; más bien, se inserta en la evolución histórica de nuestro país.

Y como todo buen proceso, el que nos ocupa es necesariamente gradual y efectivo.

Hoy votamos uno de los dos aspectos mencionados: la elección democrática del gobernador regional. Después discutiremos con calma, sin apuro -un año-, el proyecto de ley orgánica sobre traspaso de competencias.

El problema, señor Presidente, no es que estemos apurados, sino que estamos atrasados. Esta decisión debimos haberla tomado hace mucho tiempo. Pero la estamos asumiendo hoy día.

Llevamos 230 años con intendencias. Porque estas no nacieron con la república, no nacieron con el Chile independiente, sino con las reformas borbónicas de 1770 y 1780, en plena Colonia.

Los borbones hicieron dos cosas: liberalizaron la economía y recentralizaron administrativamente el control sobre las colonias. Y dentro de tales reformas centralizadoras, crearon las intendencias.

¡Y 230 años después ahí siguen funcionando las intendencias! Ya no para que España controle a las colonias, sino para que Santiago controle a las regiones.

Esa es la realidad. Esto no es poesía; no son metáforas. Corresponde a la cruda verdad de la historia de Chile en este aspecto.

Por supuesto, dicha historia ha experimentado evoluciones notables desde la creación del Estado en el siglo XIX hasta la democratización de nuestras estructuras. Pero en el ámbito mencionado se ha mantenido una línea de continuidad histórica: el atávico centralismo, que mata, que ahoga, que mutila.

Hubo cierto respiro, cierta pausa, después de la independencia en la Constitución de 1828, cuando los intendentes nombrados por el Presidente de la República eran propuestos por las Asambleas Provinciales. En ese entonces se crearon estas instituciones, pero fueron flor de un día, porque las Cartas Fundamentales de 1833, de 1925 y de 1980 tuvieron dos características: muy presidencialistas y completamente centralizadoras.

Y esa unidad se ha mantenido a través de la historia de Chile: ¡nada ha cambiado en esa materia!

Ahí permanecen las intendencias creadas por la monarquía borbónica a fines del siglo XVIII.

Eso -no otra cosa- estamos votando hoy día: seguir con un Estado unitario centralista y centralizador en torno a la figura de las intendencias, que denotan el control de Santiago sobre las regiones, o avanzar hacia un Estado unitario descentralizado o, como algunos lo llaman también, "Estado regional".

Señor Presidente , además de que las intendencias son un legado de las reformas borbónicas de fines del siglo XVIII, hay otra cosa que aquí no se ha dicho: Chile es -escúchenme bien- el único país de la OCDE y de toda América Latina que no elige a sus autoridades regionales.

¡No hay otro!

Lo reitero: no existe entre las democracias de la OCDE y de Latinoamérica otra nación que no elija a dichas autoridades. Solo Chile posee ese récord.

Entonces, no es que andemos apurados. ¡Estamos muy atrasados! Somos vagón de cola en materia de descentralización y estamos queriendo pagar una deuda histórica.

Elegir un gobernador regional, democratizar y descentralizar el gobierno regional, que ya existe -¡no lo estamos creando!-, conlleva un doble efecto: democratizar esa institución, lo que implica un valor en sí mismo, y gatillar el proceso de descentralización y democratización, que son dos palabras que van de la mano.

En el fondo, si no hay liderazgos regionales con legitimidad democrática, es impensable avanzar en la democratización.

Entonces, la figura de los bueyes y la carreta resulta clara: hay que democratizar para descentralizar. Se requieren liderazgos regionales que puedan crear las capacidades para traspasar competencias.

A mí no me asusta el 2017, aunque aquí no estamos legislando respecto de lo que ocurrirá entonces. No me asusta porque hay que gatillar una democratización y generar liderazgos regionales que nos permitan crear capacidades para descentralizar.

Y, por cierto, junto con el gobernador regional, elegido democráticamente, tendrá que haber un delegado presidencial regional, que represente al Presidente de la República. Porque nos hallamos insertos en un proceso.

¿Qué ámbito de injerencia tendrá dicho delegado? El que no sea de competencia del gobernador regional. Ese es un aspecto de esta transición, de esta gradualidad.

No habrá problema en esta coexistencia transitoria en la medida que las competencias queden claramente definidas y delimitadas.

Y ese proceso, que no es el que votaremos hoy día, recién comienza.

Según el artículo 111 de la Constitución, en el gobierno regional radica la administración superior de cada región.

En las reformas de los años 90, se estableció que habrá un gobierno regional y un consejo regional. El primer órgano, que es de carácter ejecutivo, ahora lo asumirá el gobernador regional.

Señor Presidente , el sistema de intendencias, como símbolo del Estado unitario centralizado, ¡está agotado!

¿Qué poseen en común los conflictos y movimientos sociales de Magallanes, en 2010; de Aisén, en 2012; de Chiloé, este año, y de Arica, Antofagasta, Atacama , Freirina y tantos otros? Llegaron tarde a Santiago. Repito: llegaron tarde a Santiago .

Por lo tanto, reventaron, porque estaban lejos del centro de poder, que es Santiago.

Si hubiera habido gobiernos regionales democráticamente electos, ¿qué habrían podido hacer? Milagros, no. Pero habrían podido identificar a tiempo, anticipar, procesar políticamente los conflictos en las regiones, porque hubiera existido un cauce de expresión institucional.

Hablamos de la historia reciente, de los últimos años, no de los borbones.

En cuanto al traspaso de competencias...

Termino, si me da un minuto, señor Presidente .

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Continúe, Su Señoría.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Señor Presidente , seamos claros, este ha sido un proceso que partió en 1991 con la reforma constitucional que modificó el sistema de administración regional, en el cual establecimos los gobiernos regionales.

Ya lo he dicho: yo trabajaba como un modesto asesor de Edgardo Boeninger durante la transición.

El señor PROKURICA .-

¡Modesto sí que no...!

El señor WALKER (don Ignacio) .-

¡Bueno, solo asesor...!

Y creamos esta orgánica dual: el intendente, como autoridad unipersonal y ejecutiva; y el consejo regional, colegiado, normativo, resolutivo y fiscalizador.

Después vino la Ley Orgánica sobre Gobierno y Administración Regional.

Luego, en 1992, tenemos la elección de los alcaldes (después fueron elegidos en forma directa).

Posteriormente, establecimos la ley de elección popular directa de los consejeros regionales, que fueron electos en 2013.

Perdón , señor Presidente , pero aquí hay un error.

Se habla del traspaso de competencias como si nadie supiera nada. ¡Pero si ya está en tercer trámite constitucional el proyecto de ley orgánica sobre traspaso de competencias! La acordamos aquí y la aprobamos en enero de 2014. Después pasó a la Cámara de Diputados, que la despachó en marzo de 2016. Y ahí se establecen las tres nuevas divisiones -si no se trata de una hoja en blanco, está escrita-: de fomento productivo e industria, de desarrollo social y humano, infraestructura y transporte, como parte de este proceso...

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Concluyó su tiempo, señor Senador.

Tiene un minuto adicional para terminar su intervención.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Hoy estamos haciendo una sola cosa: aprobando un proyecto para elegir democráticamente a los gobernadores regionales.

Anuncio mi voto a favor.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Señor Presidente , probablemente este sea uno de los proyectos más anhelados por la ciudadanía, por el 60 por ciento de nuestro país que vive en regiones.

Asimismo, coincido en que ante la pregunta respecto de cuál es el país que queremos, independientemente de si uno vive en regiones o en Santiago, la respuesta es: un país equilibrado, que crezca de manera armónica, que en todo su territorio les permita a cada uno de sus hijos tener las oportunidades de crecimiento y desarrollo en el lugar donde nacieron.

Uno espera de un proyecto que apunta a la regionalización justamente eso: que genere y cree regiones poderosas, que entreguen oportunidades a sus habitantes; que permita que las regiones crezcan de manera armónica y que los hijos de las familias que habitan en ellas no tengan que irse a Santiago en busca de oportunidades porque las regiones cada vez están más empobrecidas.

¡Eso es lo que quieren las regiones!

En regiones se entiende que para poder crecer se necesita descentralizar el poder.

La elección del gobernador regional es un medio, no un fin en sí mismo.

Lo que quieren las personas que habitan en regiones es tener oportunidades allí donde viven.

Y tal como dijo la Senadora Von Baer, este es un día triste, porque esa gran expectativa de las regiones hoy día no se va cumplir. Por el contrario, creo que esto entorpecerá el desarrollo de las regiones.

Acá se ha sostenido que con la elección de esta nueva autoridad tendremos mayor capacidad de decisión. ¡Eso no es cierto!

Los alcaldes -yo fui alcaldesa durante diez años-, para postular sus proyectos, para construir sedes vecinales, para pavimentar caminos, para resolver los problemas locales, tendrán que seguir yendo a la SUBDERE. No sacarán nada con ir a hablar con este señor, que contará con los votos, pero que no tendrá facultades para resolver los problemas.

Por ejemplo, cuando la gente de Yungay quiera pavimentar un camino, deberá hablar con el Ministerio de Obras Públicas en Santiago.

Y cuando tú quieras resolver un problema de vivienda, tampoco podrás hacerlo con el nuevo gobernador regional.

Entonces, yo creo que esta es una gran mentira hacia las regiones.

Lo que hacemos es vender una ilusión, debido a que la gente en regiones tiene la esperanza de que con esto va a cumplir sus expectativas, y eso no es cierto.

Este proyecto se enmarca en la típica reforma que se ha hecho durante esta Administración, que apela a un sentimiento colectivo, pero cuya solución finalmente es muy mala.

Por lo tanto, tomando lo que decía un Senador que me antecedió en el uso de la palabra, cuando se generen conflictos sociales, como el de Freirina, como el de Aisén, ¡continuarán resolviéndose en Santiago, porque el gobernador regional no tendrá atribuciones para solucionarlos! Seguirán llegando tarde. Y quienes están allí y esperan que con esto se va a resolver, verán frustradas sus expectativas.

Ello es lo que finalmente termina desprestigiando la labor que realizamos.

Acá el Ejecutivo planteó que no nos preocupáramos, porque se iba a aprobar el proyecto de traspaso de competencias.

Efectivamente, en la Comisión se discutieron paralelamente ambos proyectos, para poder llegar a un acuerdo. Pero resulta que en el proyecto de traspaso de competencias tenemos títulos vacíos. No sacamos nada con decirle a alguien que puede hacer algo si no le estamos entregando las herramientas para que ejecute las acciones pertinentes.

Son verdades a medias.

¿Les estamos traspasando competencias? Sí, es cierto. Pero no les estamos transfiriendo los servicios para que puedan ejecutar y llevar a cabo esas competencias.

En la Comisión le preguntaron al Ministro , al Ejecutivo -tal como lo dijo la Senadora Von Baer-, por qué no traspasaban los servicios. Mi respuesta es que no hay voluntad política para hacerlo.

Este tema se discutió durante tres meses en la Comisión. ¿Y dicen que lo van a hacer ahora?

Si existía voluntad de parte nuestra para llegar a un acuerdo y no tener esta discusión que finalmente es lamentable, ¿por qué no se firmó el protocolo en ese minuto? ¿Por qué no se hizo en ese momento, cuando se dijo expresamente que avanzáramos en tal sentido para alcanzar un acuerdo transversal?

Nosotros no queremos una lluvia de traspasos de servicios. Entendemos que ello debe ser paulatino y progresivo. Pero acá ni siquiera es eso. ¡Es nada!

Le diremos al gobernador regional: "Usted tiene la competencia del desarrollo social". Pero este no posee las herramientas para poder implementarlo. Tendrá que pedírselo a la otra autoridad, nombrada por el Presidente de la República , que obedece a los mismos criterios del actual intendente, quien tiene las herramientas para llevar adelante esta política pública que está proponiendo el nuevo gobernador.

¿Y ustedes me dicen que eso va a traer desarrollo a las regiones?

¡Eso no es cierto! Lo que va a traer es un tironeo, una pugna de liderazgos que entrampará el desarrollo de las regiones.

Es triste y desesperanzador observar que Santiago crece, crece y crece y las regiones se empobrecen, empobrecen y empobrecen.

Detrás de esta iniciativa hay una mala implementación, porque no existe la voluntad política de una descentralización real.

Solo establecemos la elección de una autoridad política que no traerá desarrollo a las regiones; por el contrario, lo que va a lograr es estancar finalmente este desarrollo.

Pregunto cosas superpuntuales.

¿Por qué esta iniciativa? Porque esto fue una promesa de campaña, nada más que por eso.

Acá, tal como se mencionó, hay improvisación.

¿Cómo es posible que ahora digan: "No, si nosotros vamos a hacer un cronograma"?

¿Por qué no lo hicieron antes?

Porque no existía voluntad política.

¿Y ahora va a existir?

El señor LETELIER .-

¿Y usted la tiene?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

¿Y ahora va a existir?

¡No lo creo! De verdad que no lo creo. Porque lo que aquí hay es solo la intención de poder elegir a una autoridad.

Yo de verdad lamento profundamente la situación, por cuanto somos más del 60 por ciento los chilenos que vivimos en regiones; más del 60 por ciento de los chilenos teníamos la esperanza de que este proyecto fuera el inicio de un desarrollo de las regiones. Pero finalmente esto no va a ser así. Deberemos seguir solucionando nuestros problemas en Santiago, en los ministerios; el 90 por ciento de los recursos continuará decidiéndose en cada ministerio. Y, en definitiva, lo que estaremos haciendo será elegir autoridades de papel.

Y hay algo más grave aún. Alguien sostuvo que íbamos a poder elegir democráticamente a la máxima autoridad de gobierno en la región. ¡Eso no es cierto!, porque ya no habrá una máxima autoridad de gobierno. ¡Para que haya una máxima autoridad de gobierno debe haber una sola! Pero aquí habrá dos que van a competir entre sí, que además no tendrán bien definidas sus funciones y deberán trabajar en conjunto en ámbitos en los que pueden tener criterios distintos, pues es posible que piensen distinto con relación al desarrollo de la región.

Por lo tanto, estimo que esto en verdad no solo es una pantalla, sino que es -como alguien dijo- "publicidad engañosa", pues aparece como que vamos a beneficiar a las regiones. ¡Y eso no es cierto! Tanto es así que todos los cores de mi Región, transversalmente, están en contra de esta normativa. Y no es porque ellos tengan miedo de algo, sino porque les están restringiendo las pocas, ¡las pocas! atribuciones que hoy día poseen.

En definitiva, estamos avanzando un paso y retrocediendo otro, porque a aquellas autoridades que fueron elegidas democráticamente también les vamos a restringir, a través de este proyecto, sus atribuciones.

Así que lamento profundamente lo que está sucediendo, porque tenía la esperanza -tal como se dijo cuando se aprobó en general la iniciativa; nosotros nos pronunciamos a favor de la idea de legislar- de que saliera un buen proyecto y de que hubiera efectivamente un interés real por avanzar...

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Terminó su tiempo, señora Senadora .

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Solo le pido unos segundos, señor Presidente .

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Bien, Su Señoría.

Continúe.

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Decía que tenía la esperanza de que hubiera un interés real de avanzar hacia la regionalización. Pero, lamentablemente, esto de verdad no es así.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Araya.

El señor ARAYA .-

Señor Presidente , sin duda, para todos quienes vivimos en regiones y nos toca estar día a día allá, el sentimiento regionalista es algo que, obviamente, nos acompaña.

Desde que uno se incorpora a la actividad pública, no solo ocupando cargos parlamentarios, sino también participando en partidos políticos, en organizaciones sociales, ve que un anhelo muy sentido de las regiones es avanzar en un mayor grado de descentralización y regionalización.

Obviamente, con el transcurso del tiempo se han ido dando distintos pasos en tal sentido. Así, en primer término, hemos establecido municipios democráticos, eligiendo a sus alcaldes y concejales. Posteriormente, hemos ido avanzando en una estructura administrativa a nivel de gobiernos regionales, dando un paso importante con la elección de los consejeros regionales.

Quiero decir con mucha claridad que cuando el Ejecutivo planteó esta iniciativa -venía precedida con una discusión de la época del Presidente Piñera - varios teníamos una serie de dudas respecto de cómo se iba a llevar adelante el proceso de descentralización y regionalización. Y en el momento en que el Gobierno anunció que le daría prioridad a la elección de intendentes fui uno de los detractores de esta normativa. No es que estuviera en contra de la elección democrática de los intendentes, sino que entendía que era necesario tener una estructura orgánica clara de los gobiernos regionales respecto de cuáles iban a ser las atribuciones de los gobernadores electos, de cuáles serían las facultades del delegado presidencial, y por otra parte, cuál sería el rol que jugarían los municipios en este nuevo diseño. Porque lo que no queríamos era que al final del día les dijéramos a los ciudadanos: "Miren, ustedes van a elegir a su gobernador regional, pero este no va a tener atribuciones".

Y eso me llevó a tener una posición en contra de lo que se votaría el día de hoy. Pero como la democracia consiste en poder dialogar, discutir con las autoridades, tuvimos una serie de reuniones con el Gobierno, especialmente este último tiempo con el Ministro del Interior , y logramos avanzar en aquellos temas que a mí, en lo personal, me preocupaban.

Por esa razón, agradezco que el Ejecutivo se haya abierto a suscribir un compromiso, ya que por lo menos para quienes representamos a las distintas regiones, especialmente a la de Antofagasta, es importante avanzar a fin de que el proyecto sobre transferencia de competencias, que se está discutiendo aquí, en el Senado, tenga ciertos grados de correcciones. Porque esa iniciativa, a nuestro juicio, no cumple realmente el anhelo de avanzar en la descentralización.

El Ministro del Interior se ha comprometido a realizar una serie de correcciones a ese proyecto. Entre otras cosas, que la comisión que va a establecer las transferencias de competencias solicitadas por los gobiernos regionales -originalmente estaba constituida por cinco miembros, tres nombrados por el Gobierno central (principalmente Ministros de Estado ) y dos por el Gobierno regional- cambie su composición de forma tal que haya una equiparidad entre sus integrantes. La idea es que sea un órgano compuesto por seis personas, tres provenientes del Gobierno central y tres designadas por el Gobierno regional, y en caso de que ellas no lleguen a acuerdo, que dirima el Presidente de la República . Asimismo, se van a revisar cuáles son las competencias que se están transfiriendo y qué atribuciones se le traspasan al nuevo gobernador regional.

La segunda preocupación que le planteamos al Gobierno apuntaba a que en el conjunto de proyectos que se están discutiendo -transferencia de competencias, elección directa de intendentes- no hubiera una sola palabra respecto de qué ocurre con los municipios, sobre todo teniendo presente que la nueva estructura de Gobierno regional que se está proponiendo y las nuevas atribuciones que poseerán los gobernadores electos y los consejos regionales se van a traslapar con muchas facultades de los concejos municipales y de los alcaldes.

En tal sentido, hago un comentario acerca del otro proyecto que se discute y que plantea la posibilidad de crear lo que se denominan las "áreas metropolitanas", en que el Gobierno regional podrá determinar un grado de influencia o de decisión en distintas comunas de la región sobre temas que son propiamente del gobierno municipal, como la extracción o recolección de residuos domiciliarios.

El Gobierno entendió el punto que hicimos en el sentido de que era necesario avanzar en introducir ajustes a la Ley Orgánica de Municipalidades de modo tal que los alcaldes, los concejales y los municipios puedan ajustar sus atribuciones y funciones a la nueva orgánica que tendrá el Gobierno regional.

Una tercera preocupación, que obviamente constituye un aspecto central para las regiones, radica en que entendemos que la descentralización y regionalización no será un proceso real solo con la elección de gobernadores regionales con atribuciones. Ello no será posible si la región no es capaz de retener como tributo parte de lo que se genera en la zona.

Por eso, celebro que también vayamos a contar con un proyecto de ley que establecerá de qué manera aquellas actividades de identificación claramente regional, como hoy día lo establece la Constitución, podrán tributar para que esos recursos queden en la zona donde se desarrolla la labor productiva.

En tal sentido, deseo destacar, por ejemplo, que es un viejo anhelo de la Segunda Región que la actividad minera efectivamente tribute en Antofagasta y que una parte de los cuantiosos ingresos de la minería, que terminan en arcas del Gobierno central, quede en la zona, para enfrentar las externalidades negativas del negocio minero.

Así como existe este reclamo en Antofagasta, ocurre lo mismo en otras regiones del sur con distintas actividades productivas.

Conforme a lo señalado, creo que este proyecto forma parte de un conjunto de otros temas que nos llevarán a descentralizar nuestro país.

Después del acuerdo logrado con el Ministro del Interior , anuncio que votaré favorablemente la iniciativa, en el entendido de que lo que permite es avanzar en la elección directa de los gobernadores regionales, de forma de poder desatar este proceso de descentralización. Y esperamos los próximos proyectos, que sin duda tendrán una discusión bastante compleja, relativos al traspaso de competencias y a la tributación regional, que es donde, a mi juicio, estará el corazón de la descentralización.

Señor Presidente , soy un convencido de que llegó el momento, si nuestro país desea efectivamente progresar y desarrollarse, de que las regiones sean protagonistas de lo que quieren. Y eso pasa porque sus autoridades puedan decidir lo que se pretende hacer en cada zona, con una mirada de la región, creyendo en el capital humano que cada una tiene.

No podemos seguir con este sistema centralista, en que todas las decisiones de la región que implican un grado de inversión importante necesariamente las tiene que visar un analista en Santiago, quien muchas veces no conoce la realidad de la zona o no sabe por qué una región o una comuna está priorizando tal o cual proyecto.

Eso es algo que se debe acabar.

Parte importante del escaso desarrollo que hemos tenido, especialmente en el norte de Chile, dice relación con el hecho de que muchas veces en la Capital no se entiende lo que están pidiendo las regiones y se postergan proyectos que son relevantes.

Cómo no vamos a reclamar, por ejemplo, por un tema que fue central en la ciudad de Antofagasta, que tiene un problema complejo en materia de transporte urbano. Se hacen planteamientos acerca de cómo resolver esas dificultades, y cuando se va a Santiago, producto de los distintos análisis, el Ministerio de Desarrollo Social rechaza el proyecto por no tener rentabilidad social. Pero a las pocas semanas vemos que por los medios de comunicación nacionales se anuncian soluciones viales para la Región Metropolitana, como construcción de nuevas líneas del Metro, tranvías para algunas comunas, etcétera. Y los proyectos en comento, que recogen anhelos propios de las comunas pertenecientes a las regiones que uno representa, son rechazados en Santiago por analistas que no conocen la realidad local.

Por eso, soy un convencido de que este proyecto, que permite la elección de los intendentes, si bien no va a resolver todos nuestros problemas, es un gran avance y significa un primer paso para desatar una descentralización y una regionalización efectivas en nuestro país.

He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.

El señor WALKER (don Patricio).-

Señor Presidente , yo he sido parlamentario de regiones durante gran parte de mi vida.

Naturalmente, como ex Diputado de la Región de Coquimbo y como actual Senador por la Región de Aisén, comprendo a cabalidad la demanda potente, fuerte, persistente de las regiones para contar con mayor poder, con más democracia, y, en definitiva, para tener capacidad al objeto de elegir a sus gobernadores regionales.

Al ver en las tribunas la presencia de Heinrich von Baer me acordaba de un seminario que hicimos el año pasado. Estaban, entre otros, los Senadores García, Víctor Pérez , Andrés Zaldívar (se me olvidan algunos nombres), y todos coincidimos en la necesidad de reformar la Constitución. Y se dijo: "Si no lo hacemos ahora, no lo vamos a hacer nunca".

Durante nuestras conversaciones, muchos expresaron: "Esto no va a ocurrir, los plazos nos sobrepasarán.

Recuerdo que adoptamos un acuerdo de Comités en el sentido de que el proyecto de reforma constitucional para elegir intendente lo íbamos a votar sí o sí, tuviera o no tuviera urgencia puesta por el Gobierno.

Nos coordinamos con el Subsecretario señor Cifuentes , y en la sesión anterior a aquella en la que me tocó dejar la Presidencia del Senado estaba en tabla esa iniciativa -al principio no tenía urgencia-, que fue aprobada en general por unanimidad.

Ahí se crearon muchas expectativas, muchas esperanzas.

Tengo la sensación de que usamos argumentos para algunos casos y otros argumentos para casos que pueden ser distintos pero que tienen la misma lógica: donde existe la misma razón existe la misma disposición.

Hoy día recuerdo cuántos temores se expresaron en su minuto ante la posibilidad de elegir a los consejeros regionales. Pero todos -creo- coincidimos en que fue un acierto permitir su elección por voto popular: uno los ve en terreno, conectados con la gente, representando los intereses de sus provincias.

Donde existe la misma razón -repito- existe la misma disposición.

No es lógico que el intendente no cuente con la legitimidad de origen que tiene el consejero regional. Y muchas veces los intendentes sienten una capitidisminución frente a los consejeros regionales.

En reiteradas oportunidades se ha hablado de un monstruo de dos cabezas; de la existencia de dos autoridades: el delegado presidencial y el gobernador regional, en fin, como asimismo, de los problemas que puede haber en el ámbito de la coordinación, en el de las atribuciones.

No obstante, siempre existen dificultades de coordinación entre los concejales y los alcaldes, entre los consejeros regionales y los intendentes; y ellas se resuelven en la práctica: dialogando, estableciendo mecanismos de solución.

En un Estado unitario es imprescindible que haya un delegado presidencial -lo otro sería avanzar hacia un Estado federal-, y por cierto con una autoridad elegida por la región que permita gobernar con los gobiernos regionales, con los consejeros regionales.

La verdad, señor Presidente , es que yo también fortalecí o profundicé mis esperanzas cuando llegamos a un acuerdo con respecto al mecanismo de elección de los gobernadores regionales.

Recuerdo que en un seminario de la Fundación Chile Descentralizado... Desarrollado que tuvimos durante el año 2015 en Coihaique -estaban los Senadores García , Pérez Varela y Zaldívar , entre otros, y Heinrich von Baer - todos identificaban este problema como el más complicado, pues en la Nueva Mayoría queríamos elegir a los gobernadores regionales por mayoría absoluta, y en la Oposición, por mayoría relativa. Al final, llegamos a un acuerdo: 40 por ciento. Y todos decíamos: "Bueno, acá hay un avance importante".

De otra parte, se discute en torno a si las atribuciones son suficientes o no.

Al respecto, debo decir, primero, que no podemos quitarle atribuciones al delegado presidencial, pues somos un Estado unitario.

Pero les estamos dando a los gobiernos regionales atribuciones importantes: vamos a pasar de 23 competencias a 54 nuevas competencias que van a tener una vez que entre en vigencia la nueva ley. Y esto es importante para generar capacidades de dirección estratégica del territorio, así como capacidad de ejecución suficiente.

Asimismo, podemos ver que el Gobierno Regional va a incorporar tres nuevas divisiones administrativas, las que permitirán, en un período de cuatro años, incorporar nuevas capacidades técnicas y humanas, y, mediante un proceso gradual -de 2017 a 2022-, perfeccionar todo el sistema.

¡Y eso es lógico!

Alguien decía: "No queremos un nuevo Transantiago. Esto puede ser un Transantiago". Está bien. Entonces, actuemos con gradualidad: capacitemos; preparemos. Y es lo que se contempla hoy día en el proyecto.

¡Eso es actuar con responsabilidad!

Además, nosotros aprobamos la iniciativa de ley sobre transferencia de competencias. Bien, mal, más o menos, ¡la aprobamos, y con grandes mayorías! Entiendo que está en tercer trámite constitucional. Y a través de ella dimos atribuciones reales, las que irán mejorando con el tiempo.

Yo tengo la convicción de que es ahora o nunca. Porque abrigo la fundada sospecha de que, si no se aprueba hoy día el proyecto que nos ocupa, esto ocurrirá en mucho tiempo más o no sucederá nunca.

Con todas las imperfecciones o críticas que pueda haber, aprobar esta reforma constitucional permitirá provocar, impulsar un proceso de descentralización importante.

¡Lo perfecto es enemigo de lo bueno! ¡Es imposible tener todos los cabos atados en este minuto!

Con gobernadores regionales que se deban a la gente y que no estén en el cargo solo para cuidarlo porque si se juegan mucho por la región el Presidente de la República puede cambiarlos vamos a provocar un proceso de transferencia de competencias a las regiones.

¡No hay descentralización política si no tenemos consejeros (ya cumplen el requisito) y gobernadores regionales elegidos por voto popular!

Yo creo que si no se aprueba este proyecto va a haber una tremenda frustración en las regiones.

Nos criticarán a todos. Porque yo voy a votar a favor; pero, finalmente, será el Senado de Chile el que rechace esta reforma constitucional. Y los sueños de las regiones -dicen que más del 80 por ciento de la gente aprueba la posibilidad de elegir gobernadores regionales por voto popular- van a sufrir una gran desilusión.

Señor Presidente , yo decía al comenzar mi intervención que he sido parlamentario en representación de las Regiones de Coquimbo y de Aisén. Pues bien: como Senador por esta última, puedo asegurar que la solución definitiva a que se llegó en Santiago a fines de marzo de 2012 para terminar con las movilizaciones en Aisén fue la misma que propuso Rodrigo Álvarez durante el mes de febrero en la Gobernación de esa provincia; sin embargo, porque no le dieron atribuciones, pues el Gobierno Central se complicó por la señal que estaban dando, hubo que pasar por un proceso largo, doloroso (a cinco personas les mutilaron ojos), con enormes costos humanos y financieros (por ejemplo, para las pymes), etcétera.

Si para lo mismo que se hizo a fines de marzo de 2012 se hubiera facultado al delegado Rodrigo Álvarez, se habría resuelto el problema sin necesidad de lamentar los costos que mencioné.

Señor Presidente , cuando uno invita a un Ministro a la Región le dice: "Tenemos que aumentar la beca Patagonia". "¿Qué es la beca Patagonia?". " Ministro , como no tenemos universidad, los que van a estudiar a otras regiones deben pagar pensión. Para eso hay una beca que se llama `Patagonia'. Y hay que aumentarla". "¡Ah! ¡No sabía!".

Recuerdo que a un Ministro del Interior que se la jugó le dije: "Vamos a hablar sobre las tutoras familiares". "¿Qué son las tutoras familiares?". "Es que en cinco comunas de la Región, Ministro , no hay liceos. Entonces, los niños, en vez de ir a un internado, llegan a una casa; y la tutora recibe 118 mil pesos al mes. ¿Aumentémoslos?". El Ministro lo comprendió, y subimos a 200 mil pesos mensuales.

¿Por qué eso no puede resolverlo la región?

Muchas veces los ministros no conocen la realidad regional, sobre todo la de las zonas extremas, a una de las cuales represento.

Estamos de acuerdo en que no exista superposición de poderes. Pero eso se puede regular. Hay coordinaciones, mecanismos de interacción. Nadie quiere un monstruo de dos cabezas, como dije anteriormente.

Se ha sostenido que en las regiones no hay capital humano para asumir las nuevas atribuciones. Yo creo que sí existe.

Si es necesario capacitar, ¡bueno! Como señalé, hay un proceso: tres divisiones permitirán capacitar a los profesionales para que asuman las competencias del caso.

En Chile, ¿qué porcentaje de los recursos se asigna a las regiones? Un 15 por ciento.

Esa cifra es bajísima.

Por supuesto, acá hay un todo integral.

Necesitamos reformas políticas: elección de intendentes.

También, reformas administrativas: traspaso de competencias y atribuciones. Ya aprobamos un proyecto sobre la materia; podemos perfeccionarlo; y es factible que a lo largo del tiempo haya otras iniciativas.

Por último, tenemos lo de los recursos.

Al respecto, me alegra que esta iniciativa diga que cuando el Presidente de la República, en la tercera etapa, transfiera competencias a las regiones deberá entregar los recursos indispensables. De lo contrario, la ley en proyecto va a ser letra muerta.

¿Puede un Estado unitario convivir con más atribuciones para regiones con la figura que hemos contemplado? Puede, perfectamente. Acá se está planteando algo serio, responsable.

Tenemos la posibilidad...

Le solicito un minuto adicional, señor Presidente , para terminar mi exposición.

El señor LAGOS (Presidente).-

Lo tiene, Su Señoría.

El señor WALKER (don Patricio).-

Gracias.

Señor Presidente, yo quiero que la elección de gobernador regional sea el 2017. Tengo total convicción. En ese aspecto, apoyo a la Presidente Bachelet.

Sin embargo, eso no lo estamos definiendo acá: se definirá en la ley orgánica constitucional.

Vamos a necesitar quorum especial. No tenemos los votos suficientes.

Por lo tanto, no me parece como argumento de aquellos que son contrarios a que los gobernadores regionales se elijan en 2017 que rechacen esta reforma constitucional.

¡Si eso está entregado a la ley orgánica constitucional! ¡Lo dice expresamente la iniciativa!

Señor Presidente , reitero: o Chile es un país descentralizado, como han dicho varios expertos en esta materia, o jamás será una nación desarrollada.

Por eso, voy a votar a favor de esta reforma constitucional.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO .-

Señor Presidente , creo que este debate ha sido interesante, atractivo: hemos aprendido de historia; han salido a relucir la realidad de cada región, la forma como nuestro país se ha ido organizando y estructurando.

Empero, yo soy un convencido de que acá se discute otra cosa y de que la decisión que estamos tomando no tiene mucho que ver con las facultades de un gobernador regional elegido, de un intendente elegido: tiene que ver -como dijo alguien- con el manejo y la distribución más equilibrada del poder en nuestro país.

Cuando digo "del poder en nuestro país" estoy hablando de la institucionalidad -del Gobierno, de los distintos organismos del Estado, del Parlamento, de los municipios-, pero también del poder crudo de los partidos políticos o del poder crudo de lo que representa cada parlamentario en el Congreso Nacional.

Dicen que para hacer tortillas hay que quebrar algunos huevos.

En tal sentido, parece que aquí no se quiere sincerar la postura de cada cual. Y lo digo con todo respeto.

Yo puedo entender que la Derecha vote en contra de este proyecto. Porque cuando Sus Señorías dicen que se abstienen lo que están haciendo es (valga la redundancia) votar en contra. Y este es un proyecto de quorum especial. Entonces, si ustedes se abstienen y no se reúnen los votos exigidos, quiere decir que están rechazando la reforma constitucional.

Si Sus Señorías se pronuncian así, sabrán por qué lo hacen. Es propio de la Oposición tratar de sacar un provecho político, de ver la situación electoral en la que se puede encontrar.

A eso apuntaba hace un momento el Senador Patricio Walker cuando se refería a la negociación llevada a cabo para ver cómo íbamos a elegir a los ejecutivos del nivel regional.

Eso fue parte de una negociación. ¿Por qué? Porque en cierto momento la Derecha dijo: "Yo no voy a dar los votos, lisa y llanamente, porque no estoy de acuerdo con que sea la mayoría absoluta en primera o en segunda vuelta". Entendible. Entonces, se buscó un acuerdo.

Pero, más allá de la Derecha, aquí importan las señales políticas que damos, Y las señales políticas que le estamos entregando hoy día a nuestro país son las peores.

Primero, porque desde las bancadas de la Derecha están haciendo (voy a parafrasear al Presidente de la UDI) publicidad engañosa. Y engañan a la gente, pues le dicen que se hallan a favor de que la gente elija a su autoridad regional, pero llegado el momento de pronunciarse votan en contra.

Hablo fundamentalmente de la UDI, porque entiendo que en Renovación Nacional hay posturas un tanto distintas.

También quiero, señor Presidente, sincerar lo que ha sido el debate dentro de la Nueva Mayoría. Porque la verdad hay que contarla completa.

A mí me parece que aquí no se puede afirmar gratuitamente que este proyecto es improvisado, no se ha discutido, está mal hecho.

Sobre el particular, debo recordarle al Senador Montes -lamento que no esté en la Sala- el dicho de que lo ideal es enemigo de lo bueno.

Su Señoría quiere la perfección. Pero habla de otra cosa, que nada tiene que ver con la realidad que se vive en nuestro país y sobre la cual ya estamos discutiendo hoy día en el Senado.

Mi Honorable colega señala que vota en contra, pero quiere una cosa completamente distinta, un modelo del todo diferente.

Eso no se encuentra en discusión ahora. Y no estamos en condiciones de llevarlo adelante.

Sin embargo, Su Señoría se pronuncia en contra.

Con mayor razón, quiero plantearles a otros colegas que han dicho que van a votar en contra, por distintas razones, que cada decisión que tomamos en el Senado quienes formamos parte de la Nueva Mayoría tiene efectos posteriores y significa costos políticos.

Cuando uso la expresión "significan costos políticos" quiero decir que estamos dejando en la debilidad más absoluta a la Presidenta de la República y al Gobierno en su conjunto: un Gobierno que ya está débil; un Gobierno que no cuenta con respaldo popular; un Gobierno que paga los costos por los desórdenes o por las diferencias que tenemos dentro de la propia coalición de que formamos parte.

En este tema -quiero decirlo con toda claridad-, hicimos campaña con la Presidenta actual para señalar que íbamos a elegir democráticamente a los intendentes. Y la mayoría de la gente entiende eso. No entiende lo del traspaso de competencias, en fin. Quiere elegir a sus propios intendentes. ¿Por qué? Porque de lo que estamos hablando acá es de una cuestión de poder.

¿Imaginan Sus Señorías a un delegado presidencial frente a un gobernador regional electo con el 50 por ciento de los votos, con mayoría en el Consejo Regional? ¡Qué va a hacer ese delegado!

¡Si esto es política!

¿A quién va a acudir la ciudadanía?

¿Quién va a tomar el liderazgo? ¿Quién va a asumir la solución de los problemas frente al Gobierno Central o a la propia Región? ¡El que tenga el respaldo de la gente!

Así lo hacen lo alcaldes, así lo hacen los presidentes.

Entonces, ¡por favor!, no pretendamos hacer todas las cosas al mismo tiempo, porque es imposible.

Si Patricio Aylwin no hubiera ejercido el liderazgo que le entregó la gente no habría podido hacer la transición que realizó en Chile: no habríamos avanzado en protección de derechos humanos; no habríamos avanzado en la verdad; no habríamos avanzado en la lucha contra la pobreza; no habríamos construido un país que hoy día nos ofrece mucho de lo cual alegrarnos; no habríamos derrotado en parte la pobreza; no habríamos construido un esquema bastante más justo, más equilibrado.

Eso se hizo en una transición, gradualmente.

Y ello siguió con Frei, con Lagos, con la Presidenta Bachelet, y también con Piñera.

¡No me vengan a decir a mí que actualmente los cores no tienen poder político, pues lo tienen! ¿Por qué? ¡Porque representan a la gente!

Los intendentes deben negociar día a día con los cores. ¿Por qué? Porque tienen una situación de poder.

¿Quieren más poder? Están en su derecho a pedirlo.

Otra cosa son las atribuciones.

Pero si alguien ejerce un liderazgo porque tiene legitimidad democrática, el avance en la descentralización -no me cabe duda- va a ser mucho mayor, pues el Gobierno Central deberá negociar, conversar y llegar a acuerdos con el Gobierno Regional elegido popularmente.

Quiero decirles a los colegas de la Nueva Mayoría que si dejamos en la estacada a la Presidenta al votar en contra del proyecto, habremos estado engañando a los millones de chilenos a quienes les manifestamos que íbamos a salir adelante.

Lo que resulta peor es que vamos a ponerle fin a la gestión del Gobierno dieciocho meses antes de su término. ¿Por qué? Porque el asunto se discutió en el nivel político: en los partidos, en las bancadas, entre los Senadores, entre los Diputados. Se le dio un mandato a la Presidenta para que presentara acá una fórmula, de la cual algunos discrepamos, pero que aceptamos, porque lealmente entendemos que tenemos la responsabilidad de gobernar. Para eso se eligió a la Primera Mandataria y nos eligieron a nosotros.

¡Y cuando llega el momento de tomar decisiones responsables, de avanzar en un compromiso ciudadano, entonces empezamos a considerar, o la cuestión electoral, o que a lo mejor no vamos a tener tantos intendentes, o que conviene postergar la elección no sé para cuándo, o que es preferible priorizar, o que vamos a perder la facultad de influir en los nombramientos, de modo que pediremos cuotas de poder!

Francamente, el país no está para que nos demos estos gustos. El Gobierno no se halla en condiciones de soportar un rechazo de su coalición a esta reforma estructural. ¡Si no conseguimos los votos porque la Derecha se pronuncia por el rechazo, lo acepto! ¡Pero lo que me parece inaceptable es no contar con los de la Nueva Mayoría! Es una situación que provoca efectos políticos para el Gobierno y para lo que puede ser la proyección de una coalición que quiera aspirar a seguir gobernando.

¿Qué vamos a ofrecerle a la gente el próximo año o en las elecciones locales que se celebrarán en el mes en curso? ¿Sus Señorías creen que este tipo de decisiones no va a afectar a nuestra gente?

Sé que algunos podrán decirme: "Conversemos eso adentro". Pero estas cosas son públicas.

Repito que se está dejando en la estacada a la Presidenta de la República . Nosotros no caeremos en ello. Vamos a cumplir una vez más con nuestro compromiso. Lo hemos hecho durante todo el Gobierno y será así hasta el último día. Pero deseo consignar que las decisiones que se adoptan aquí implican costos y efectos políticos de los cuales creo que podemos arrepentirnos después.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¿Necesita un minuto adicional, Su Señoría? Se les ha dado a todos.

El señor PIZARRO .-

Terminé, señor Presidente .

Con el debido respeto, lamento que la Mesa no haya escuchado nada de lo que dijimos varios Senadores, porque, entre otras cosas, me estaba dirigiendo a usted.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Haré una excepción y también me dirigiré a usted, señor Senador. Escuché atentamente todo lo que dijo y estoy preparado para responderle punto por punto.

Me hubiera gustado ver el mismo compromiso con mi Gobierno en materia de interrupción del embarazo, en la reforma laboral, en la reforma educacional, etcétera.

Le hago presente lo anterior ahora porque usted me increpó encontrándome en la testera.

Muchas gracias.

El señor PIZARRO .-

Lo conmino a no confundir las cosas.

El señor LAGOS (Presidente).-

Repito que lo escuché atentamente.

El señor PIZARRO .-

Nosotros aprobamos completamente la reforma laboral.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

No voy a hacer un número...

El señor PIZARRO .-

La despenalización del aborto terapéutico no forma parte del Programa de Gobierno. ¡Así que no venga acá con chanchullos ni publicidad engañosa ni intentos de embolinar la perdiz!

¡Hay decisiones políticas...!

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Los aplausos están prohibidos!

La política especial de la Presidenta Michelle Bachelet sobre el embarazo no es un chanchullo.

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Honorable señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , hemos sostenido un debate muy legítimo, con diferentes posturas, pero no habíamos escuchado, en general, descalificaciones, ni menos intentos de enrostrar supuestas deslealtades a quienes pensamos distinto, como es mi caso, lo que puse en conocimiento de la Primera Mandataria , con mucha lealtad, desde antes de ser Senador.

No voy a aceptar que aquellos que han cuestionado duramente y muchas veces condicionado sus apoyos a mi Presidenta vengan hoy día a darme clases de cómo pronunciarme acerca de proyectos que considero que corresponde votar en conciencia, por el bien del país. No son ellos los que van a decirme cómo hay que ser leal.

La política sin técnica es populismo y la técnica sin política es mera teoría o puede ser fuente de conflicto. Así ha ocurrido cuando se han diseñado muy buenos planes o programas que no han considerado la realidad política y social del país.

A diferencia de algunos, me ha tocado participar en el diseño y la implementación de diversas políticas públicas y trabajar coordinadamente, y con mucho respeto, con intendentes y gobernadores, con intendentas y gobernadoras.

Pero también agradezco el haber aprendido en estos últimos años a mirar Chile desde una región que, además, todavía no es capital regional. ¡Por Dios que es distinto el país cuando se observa desde el norte o el sur que cuando se mira desde Santiago ! Estoy reconocido de mis colegas, de los dirigentes políticos y sociales de mi circunscripción, quienes me han ayudado a comprender la forma de hacer política pública desde las regiones.

Lo digo porque los habitantes de esas zonas no quieren, necesariamente, una pega política más. Escucho acá a ciertos personajes que se erigen en representantes de la regionalización y dicen: "Esto es lo que la ciudadanía clama en las regiones". Perdóneme, señor Presidente : lo que la gente quiere es una autoridad capaz de resolver los problemas en el territorio y no que tenga que venir de rodillas, todos los meses, a la Dirección de Presupuestos, a la SUBDERE, al Ministerio del Interior a pedir facultades o presupuestos o la designación de funcionarios. Se desea que las dificultades se puedan resolver allá.

No es posible que se pretenda radicalizar las posiciones entre los que están a favor de la regionalización y los que no lo están. Y lo digo con mucha convicción, pero también con mucha preocupación.

Hoy no se vota ni una sola transferencia de competencias, para que se sepa. El proyecto de reforma constitucional lo único que hace es establecer que la autoridad regional se va a elegir con un cuarenta por ciento de los votos y, adicionalmente, que se va a crear un delegado presidencial.

Los que afirman que acá hay un compromiso para transferir competencias me perdonarán, pero tengo el protocolo de acuerdo. Porque alguien expresó en una intervención anterior: "El proyecto en la materia se halla en tercer trámite". Invito a revisarlo, como también lo hice. Esa iniciativa dice relación con la estructura actual, no con la futura,...

El señor PROKURICA .-

Así es.

El señor HARBOE.-

... porque supone autoridades designadas. En consecuencia, el Gobierno, para el efecto de la implementación, tendrá que mandar iniciativas legales.

Por mi parte, digo: muy bien, discutamos el modelo de desarrollo regional y una transferencia de competencias reales. Pero de verdad, pues. Porque en el protocolo de acuerdo leo 102 competencias, 97 de ellas de ejecución. Es decir, el gobernador regional va a ser un ejecutor de las políticas que se diseñen en Santiago.

Eso no es adecuado. La gente quiere que su autoridad regional sea capaz de asumir los problemas locales y de transformarlos en soluciones.

Tenemos un problema. ¿Soy partidario de la elección de gobernadores regionales? Sí. Pero el orden de los factores altera el resultado. Lo que se está haciendo hoy día es una solución de la política para la política. Vamos a crear una pega política más, pero no lograremos resolver el asunto en forma apropiada, porque, primero, ese eventual gobernador regional que se elija tendrá que disputar el poder con un delegado presidencial, pero, adicionalmente, contará con un conjunto de competencias insuficientes para resolver las dificultades.

"Es preciso proceder gradualmente", se dice. ¡Estupendo! Discutamos las competencias; armemos un paquete de las que se transferirán que sea mucho mayor que el planteado por el Gobierno y luego elijamos a la autoridad. Pero me parece irresponsable hacerlo al revés y puede dañarse la gobernabilidad del país.

Pensemos en lo siguiente. Nuestra Presidenta ha enviado un proyecto destinado a elegir a las autoridades regionales, y felicito esa decisión. Pero no me cabe ninguna duda de que el Gobierno debió acelerar el proceso de transferencia de competencias y no llegar tarde en esto otro, porque enfrentamos hoy una dificultad.

Consideremos, por ejemplo, lo que ocurrirá cuando se elija un intendente en el año 2017, eventualmente, y en marzo de 2018 sus electores le digan: "Ya. Solucione ahora aquello a lo cual se comprometió en su campaña".

Resulta que la principal preocupación de la población, en nueve de las quince regiones del país, es la seguridad ciudadana. Revise el protocolo de acuerdo, señor Presidente : no figura ninguna facultad en la materia.

¿Quién tendrá que resolver la situación? El nivel central.

¿Qué dirá la autoridad electa, que se comprometió en la campaña a enfrentar la cuestión y tendrá que pedir autorización a Santiago?

¡Constituirá una fuente de frustración ciudadana!

La respuesta será: "¿Sabe qué pasa? Creamos la figura, pero la transferencia será gradual".

Tenemos un problema.

Pensemos ahora en la tremenda frustración que puede significar para la ciudadanía que el gobernador regional de Biobío , luego de escucharla con motivo de un plan de ordenamiento territorial planificado seriamente, de acuerdo con la facultad que se transfiere, decida: "Es clave para el desarrollo de la Región la aprobación de la zona logística y del corredor bioceánico por la comuna de Lebu, en la provincia de Arauco, o por el paso Pichachén". Y viene el Ministro de Obras Públicas y dice: "No. Desde el punto de vista de la Cartera a mi cargo, lo más importante para el Biobío es la ruta Nahuelbuta".

¿Quién cuenta con los recursos? El Ministerio.

¿En qué se transforma la decisión regional? En un mero intento malogrado.

Soy partidario de la descentralización, pero real. Alguien dijo por aquí: "Ha llegado la hora de la verdad". Sí, el populismo está golpeando la puerta. Es más fácil aprobar el proyecto hoy y sacar un aplauso. Pero estoy dispuesto a pagar los costos, porque quiero una regionalización efectiva. Le pido al Gobierno que avancemos en este sentido.

Por ejemplo, en el protocolo de acuerdo no se contempla nada respecto de un trámite que consejeros regionales e intendentes sufren en sus zonas. Sepa usted, señor Presidente , que, cuando un consejo regional aprueba soberanamente un proyecto del FNDR, transcurre un promedio de cinco meses y diez días para su ejecución, entre la creación de la asignación presupuestaria de la SUBDERE, la visación de la Dirección de Presupuestos y la toma de razón de la Contraloría General de la República en el nivel nacional. Y de eso nada se dice.

Repito que soy partidario de la descentralización, pero siempre que sea gradualmente responsable en materia fiscal, y de llevarla a cabo en los ámbitos político y administrativo. No se regionaliza solo nombrando más funcionarios o eligiendo a uno, sino también entregando competencias.

El proyecto correspondiente al boletín N° 8.986-05, presentado en 2013, establece un elemento de justicia redistributiva y de descentralización, para que, de una vez por todas, las empresas que operan en nuestras regiones paguen las patentes municipales en sus comunas y no en Santiago, a diferencia de lo que ocurre hoy día. Celulosa Arauco , que desarrolla actividades en la comuna de Arauco, pagó 5 mil 723 pesos de patente municipal en el año 2012. ¿Pero fue a hacerlo adónde? A la comuna de Las Condes, donde se encuentra su matriz.

Ello es parte de la descentralización que hemos pedido y que no se ha entregado.

Desafío también a mi Gobierno a avanzar fuertemente en el estudio de un proyecto de ley de rentas regionales, a fin de que gradualmente se establezca un porcentaje de impuestos que les permita a las autoridades electas contar con los recursos suficientes para solucionar los conflictos.

¿Alguien supo acá, en medio del conflicto de Chiloé, cómo se llamaba el Intendente en la Región de Los Lagos? No, porque no era un interlocutor válido. El señor Ministro de Economía tuvo que ir desde Santiago a resolver el problema.

Lo mismo pasó en Calama, en Aisén.

La autoridad nacional resuelve dificultades locales por no existir capacidad presupuestaria. Y mientras eso se mantenga, no habrá capacidad de decisión. Y mientras no haya capacidad de decisión, los ciudadanos, a la vuelta de la esquina, después de la aprobación de esta autoridad electa, nos dirán: "Ustedes nos expresaron que podíamos resolver los problemas en el territorio al elegirla". Lamentablemente, eso no se ha podido lograr.

Con total lealtad, convicción y responsabilidad, deseo consignar que no concurriré con mi voto a favor del proyecto de no contar con un compromiso.

Se lo dijimos honestamente a los representantes del Gobierno. Hace más de tres meses que venimos conversando y les hemos expuesto que estamos disponibles para aportar en la medida en que exista un compromiso escrito en orden a un conjunto de competencias previo a la elegibilidad del intendente.

Sepa usted, señor Presidente -hagamos política ficción-, que de aprobarse la reforma y ser elegido un intendente en 2017, los actuales funcionarios de Gobierno deberían renunciar el próximo mes, un año antes. Nada se dice al respecto.

En el caso de que esa elección sea el próximo año, la pregunta es a qué se van a candidatear quienes se presenten si no saben cuáles son sus competencias. Porque el Congreso tendrá que discutir tres leyes orgánicas constitucionales durante 2017: la electoral, la de competencias y la de política fiscal. Sabemos cómo es la tramitación legislativa, y la verdad es que resulta bien difícil lograrlo antes de los comicios.

Por eso, hago un llamado al Gobierno para asimismo pensar, por ejemplo, en la enmienda de la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA, la cual establece, como condición para aplicar el artículo 111 que se está discutiendo, la publicación de la ley orgánica constitucional que determina las competencias.

Deseo autoridades regionales electas -sí, señor-, pero que puedan hacer lo que quieren los ciudadanos: resolver sus problemas en el territorio. Y, para ello, la transferencia de competencias es requisito sine qua non de la aprobación de la reforma.

He dicho.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.

El señor PROKURICA.-

Señor Presidente , valoro mucho el debate que hemos sostenido -incluso, el de hace algunos minutos-, a la luz del cual afloran las realidades que viven las regiones, con sus carencias y dificultades, y aprecio las intervenciones con altura de miras y sin descalificación.

He sido y seré partidario de la regionalización y la descentralización, ya que el centralismo agobiante existente en Chile, no solo le hace mal a Santiago, sino también a las regiones, que registran una mala calidad en educación, salud, empleo y otros rubros. En definitiva, el desarrollo no les ha llegado. Nadie va a explicarme lo que sufren, porque lo vivo a diario con la gente de Atacama.

La interrogante que nos formulamos hoy es si el proyecto de ley en examen y los demás que se han anunciado resolverán el problema.

Destaqué como un momento histórico el trabajo realizado en el año 2014 por la Comisión de Descentralización, presidida por Esteban Valenzuela y Heinrich von Baer , quien nos acompaña en las tribunas. Ello quedó plasmado en un informe de setenta medidas, con las que se pretendía impulsar un proceso de descentralización y regionalización del país. Mas me pregunto en qué parte de las iniciativas se reflejan estas ideas.

Algunos expresan: "Demos el paso, porque es el primero". Créanme, Sus Señorías, que he aprendido a desconfiar en los primeros pasos para llegar a un final que realmente les sirva a las regiones.

Aquí se plantea que no hemos cumplido; que decimos una cosa y votamos otra. No es así. Todos los Senadores presentes votamos ya, en su minuto, una enmienda constitucional para la elección democrática de los intendentes.

La reforma en discusión tiene por objetivo descentralizar la Administración del Estado al modificar las normas sobre administración y gobierno regional y disponer la elección directa de intendente, mas ¿cumple con ese propósito?

Soy partidario de la elección democrática de intendentes, pero siempre que por lo menos se mantengan las capacidades y atribuciones actuales.

En las tribunas se exhiben letreros con la frase "Elección democrática de intendentes". ¿Ello es así? No, señor Presidente . Ahora será un cargo distinto. Por eso, el Gobierno cambió el nombre: se tratará de un gobernador regional. ¿Por qué lo hizo? Porque si bien será alguien elegido por el voto democrático, tendrá al lado a una persona que dispondrá del poder y de los contactos con el Gobierno.

Entonces, el delegado regional presidencial, quien será el verdadero "intendente en la sombra y va a tener las atribuciones del Ejecutivo en la región, es quien va a ejercer el real poder político administrativo.

Y quiero hacer una reflexión más holística, mayor, respecto de las modificaciones que hemos hecho en el último tiempo. Algo ya insinuó, de alguna manera, el Senador Larraín .

Hace poco, señor Presidente , terminamos con un sistema electoral que impulsaba la existencia de dos grandes bloques, que negociaban y daban estabilidad política y gobernabilidad.

Se creó el financiamiento público de los partidos políticos.

Se permitió, a solicitud de una señora Senadora , la creación de partidos políticos con el 0,25 por ciento del electorado que hubiere sufragado en la última elección de diputados.

Y ahora estamos proponiendo una especial dualidad para la figura del intendente: una persona sin atribuciones, pero elegida por la gente, y otra, no elegida por la ciudadanía, pero con facultades y recursos.

Con este análisis, señor Presidente, y con la realidad que vivimos, muy bien presentada por el Senador Pizarro hace unos minutos, debemos considerar un valor que es tan importante como la regionalización: la gobernabilidad.

Yo les pregunto: con estos cuatro elementos que les he dado, ¿va a ganar Chile en gobernabilidad, o vamos a transformarnos, como lo vemos todos los días, en parlamentarios que van renunciando a sus partidos, dado que los bloques ya no sirven?

¿Cómo se va a gobernar el país, señor Presidente?

Yo les pregunto derechamente: ¿con quién va a negociar el gobierno que venga cuando estamos atomizando la situación de la política chilena?

Lo dijo el Senador Pizarro hace un rato: votar en contra de esta reforma es demostrar que el actual Gobierno terminó, que no hay relación entre lo que se está haciendo y lo que la gente quiere.

Quiero manifestar, señor Presidente ¿aunque ya lo dije en una oportunidad-, que soy partidario de la elección democrática de los intendentes, pero quiero que venga acompañada de las facultades pertinentes. No hagamos un ejercicio democrático para generar una situación de ingobernabilidad, con autoridades que en la práctica no van a tener poder alguno.

Ya lo dijo un Senador aquí: las principales preocupaciones de los chilenos, en todas las regiones del país, tienen que ver con los temas de seguridad ciudadana.

¿Va a tener alguna facultad este señor gobernador regional, elegido democráticamente, respecto de ese problema? ¡No, señor Presidente!

Entonces, ¿cómo va a responder a la realidad que tuvo en vista la gente que lo eligió?

Notamos, señor Presidente , cómo se ha ido desgranando, de alguna manera, algo tan importante como la gobernabilidad.

Lo vemos aquí. Y lo han planteado los propios Senadores de Gobierno.

Esta iniciativa tiene una sana inspiración, pero creo que no cumple sus objetivos. Basta leer el informe de Gabriel Bocksang, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, que señala: "Temo que este proyecto se transforme en una reforma ineficaz que frustre las expectativas que sobre él se están gestando, o -aún peor- en un polvorín de imprevisibles consecuencias para nuestro país".

Termino diciendo que el Gobierno está perdiendo, con este mal proyecto, una gran oportunidad histórica para hacer un avance real en la regionalización del país y cumplir realmente con las esperanzas que la gente tiene depositadas en sus regiones.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Girardi.

El señor GIRARDI.-

Señor Presidente, pienso que efectivamente este no es un buen proyecto, pero a veces las malas iniciativas se pueden transformar en oportunidades.

¿Cuáles son mis cuestionamientos?

Comparto el deseo de que las regiones tengan atribuciones que sean efectivas, reales. Lamentablemente, ellas no aparecen en las disposiciones que hoy estamos aprobando.

Aquí más bien se ha privilegiado una decisión política, electoral, pero no la dimensión funcional, la dimensión fisiológica de cómo debiera funcionar una efectiva descentralización.

Me parece que falta mucho para que haya descentralización. Y lo que me preocupa es cierta visión, que considero anacrónica. Creo que aquí hay una anacronización de lo que podría ser un nuevo diseño y una nueva institucionalidad para el país y las regiones.

¿Por qué digo esto? Porque tengo la convicción de que lo que hay es una obsolescencia de toda la institucionalidad chilena. A mi juicio, nuestro Estado es totalmente centralista, sectorialista, vertical, y no contiene los nuevos desafíos. No es un Estado colaborativo, que mire, justamente, desde la intersectorialidad, la transectorialidad, cuando los problemas están unidos, son complejos. Hay una insuficiencia dentro de nuestro Estado para resolver los problemas del país.

En mi opinión, aquí nos estamos perdiendo una inmensa oportunidad, porque la verdadera descentralización debiera tener un énfasis, un eje. Y el eje de la descentralización en un país como Chile debieran ser los territorios: la vocación de uso de los territorios, sus potencialidades. En estos territorios están los habitantes, están las capacidades, pero también los maravillosos laboratorios naturales que tiene Chile.

Los países que no poseen justamente esta riqueza, esta especificidad, esta vocación de territorio, pueden darse, claro, un tipo de descentralización que es más bien homogénea.

Yo lamento que en Chile no se entienda que, en materia de descentralización, no es lo mismo descentralizar un ecosistema como el del desierto de Atacama que hacerlo con el de la zona central del país o con el ecosistema subantártico, que presentan realidades totalmente distintas.

Lo que tenemos en este momento es la imposición de una forma, de una lógica, de una matriz de descentralización que no se hace cargo de aquella diversidad.

Por lo tanto, aquí no existe una efectiva descentralización, porque todos los territorios tienen vocaciones distintas y necesitan una reflexión diferente, requerimientos diversos. Es más, requieren una institucionalidad que debiera ser plástica, que debiera ser de geometría variable para cada uno de ellos.

Es muy distinto, por ejemplo, pensar en la fortaleza y en el desarrollo de una zona con un ecosistema como el que se da en el desierto de Atacama, que podría poner a Chile como el centro mundial en materia de energía solar. Porque esta misma reflexión no se podría efectuar, evidentemente, respecto del ecosistema subantártico.

Lo anterior hace que, al hablar de descentralización, no se pueda dejar de lado, por ejemplo, la descentralización de la educación. Chile no se puede plantear tener la misma enseñanza, la misma formación en educación superior, formar los mismos doctores, los mismos técnicos, para la zona central, que tiene una vocación muy potente en el desarrollo de alimentos funcionales -que son los alimentos del futuro- que para el ecosistema del desierto de Atacama, vinculado más bien a la minería del siglo XXI, a la biotecnología, a la resolución del agua, de la energía, y con vocación de ser el principal centro mundial de energía solar o de convertirse en el complejo astronómico más importante del planeta.

Lo mismo sucede a la hora de pensar cómo hay que descentralizar la CORFO, cómo hay que descentralizar la salud. El ecosistema del desierto de Atacama no presenta los mismos problemas de salud que se observan en la zona central. Es como si fueran países distintos.

Sin embargo, acá tenemos la imposición de una matriz única, porque no se hizo la reflexión de abajo hacia arriba. Lo que se debiera haber hecho es, justamente, haber permitido que cada territorio estableciera macrorregiones, con un sentido sistémico o ecosistémico, y mediante una participación de abajo hacia arriba, con sus centros científicos, con sus universidades, con sus ciudadanos, con sus comunidades indígenas, con sus innovadores, con sus emprendedores, determinara, primero, cuál es su vocación de uso, y luego, definiera qué instituciones, qué tipo de salud y qué tipo de recursos se necesitan.

Yo lamento que acá nos encontremos con la reafirmación de una lógica que tiene cuarenta años, con la reafirmación de una división administrativa que responde a un concepto geopolítico que, como digo, es de hace cuatro décadas. A lo mejor, cuando lo ideó la dictadura pudo haber tenido algún sentido, pero, para mí, nunca lo ha tenido.

Y tratar de proyectar y trasladar al futuro un concepto de división administrativa, un chasis institucional obsoleto que, además, no logra potenciar o darle fuerza a lo que son, justamente, las oportunidades que tiene Chile, me parece francamente lamentable. Creo que nos estamos perdiendo y farreando una inmensa oportunidad.

Ese es el problema.

Esto, más bien, significa un retroceso respecto de lo que debiéramos haber hecho, porque cuando uno toma una decisión de esta envergadura ya es irreversible. Vamos a seguir con una división administrativa que no da cuenta del futuro, que no da cuenta de los territorios, que no da cuenta de nuestras potencialidades, que no entiende que las relaciones económicas y sociales tienen que ver, justamente, con las características de los territorios.

Ahora, frente a esta anacronización, ¿cuál es la alternativa?

Yo, a diferencia de otros, pienso que la alternativa es la elección directa, aun cuando se elijan autoridades que no posean poder. Porque, de lo contrario, ¿saben qué va a pasar? Que las regiones van a marchar sobre Santiago . Y yo no quisiera que fuera así.

Los líderes locales van a tener que construirse espacios de poder. Habrá movilizaciones como las que hubo a propósito de las AFP, de HidroAysén, de la educación. Pues bien, estos líderes locales elegidos, que seguramente serán de distinto signo político, van a movilizar a sus comunidades para lograr construir los espacios de atribuciones que les corresponden.

Yo esperaba una normativa distinta. Creo que se podría haber consensuado de otro modo. Pero lo peor que le puede pasar a Chile es mantener estas dos dimensiones: una división administrativa anacrónica, un centralismo mutilador y, encima, la imposibilidad de desplazar y mover estas instituciones anacrónicas.

Debemos entender lo que estamos haciendo aquí.

En mi opinión, al no haberse construido un acuerdo o un consenso, en cierta forma le estamos dejando la resolución del problema al poder popular. No creo que ningún líder electo se vaya a quedar tranquilo con las atribuciones que tiene. Pienso que lo que haría cualquiera de nosotros, en su lugar, es movilizar a la comunidad, a la gente del territorio, para obtener las atribuciones y los mandatos que se necesitan para poder cumplir, justamente, con aquello para lo cual los ciudadanos y las ciudadanas de la región lo eligieron.

A mi juicio, este no es el mejor camino; puede ser el menos bueno, pero es el único que nos dejan.

Yo, evidentemente, me lo he preguntado mucho. Sin embargo, para mí sería muy difícil negar la posibilidad de que estas autoridades sean elegidas democráticamente, pues aun cuando -insisto- la estrategia escogida no es la mejor, creo que la peor de todas sería no elegir a nadie y mantenernos en statu quo, con una institucionalidad que tiene pulso cero para abordar los problemas que presenta el país, y perdernos una gran oportunidad.

Serán las ciudadanas y los ciudadanos los que tendrán que asumir la responsabilidad de obtener aquellas atribuciones que nosotros, en este Congreso, no hemos logrado entregar a las regiones para que puedan cumplir con su deseo de construir y dibujar ellas mismas su futuro.

He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS .-

Señor Presidente , como señalé en la reunión de Comités y al comienzo de esta sesión, creo este es uno de los proyectos más importantes sobre los cuales nos vamos a tener que pronunciar este año y tal vez en toda la presente legislatura en el Parlamento, incluso a la misma o superior altura que el de la gratuidad de la educación superior u otras reformas, por cuanto cambia drásticamente el modo en que hemos pensado Chile durante muchos años.

Aquí la mayoría está por mayor descentralización, por darles más poder a las regiones, por la elección directa de los intendentes, por que las regiones tengan más atribuciones y competencias, así como recursos para llevarlas a cabo.

Creo que el trabajo que hizo la Comisión presidencial es, en lo grueso, compartido. Y una prueba de ello es que cuando el Gobierno, mi Gobierno, presentó el proyecto, este fue aprobado en general por la unanimidad de todos los Senadores presentes. Todos lo aprobamos de buena gana. Se manifestó preocupación respecto de cómo iban a estar delineadas sus normas, pero hubo buena disposición para acogerlo.

Por lo tanto, que no queden dudas de ello.

A mí me hubiera gustado venir acá hoy día más optimista de lo que estoy, pues veo que nos falta poco para poder ponernos de acuerdo.

Este proyecto, como bien dijeron los Ministros Fernández y Eyzaguirre, no busca resolver ahora el tema de las competencias y las atribuciones; tampoco el asunto del financiamiento. Es una reforma constitucional para ver cómo se elegirán los próximos intendentes de Chile, llamados de ahora en adelante "gobernadores regionales".

Ese es el acto jurídico que tenemos que resolver. Pero, cuando uno escucha a los distintos oradores, incluidos los señores Ministros, se da cuenta de que, junto con la elección, se quiere determinar cuáles son las atribuciones, dónde están los recursos, cuáles son las competencias, qué se va a desconcentrar; qué servicios se va a enviar a regiones. ¿Por qué? Porque esto tiene una lógica, si ustedes quieren, holística, completa. Y eso es lo complejo de esta decisión.

Uno podría preguntarse: ¿por qué el timing? Alguien podría decir: "¿Sabe qué es lo más fácil? Ponerse de acuerdo, reunir los 22 votos y establecer el mecanismo de elección. Total, será 40, 50 por ciento, pero es de fácil decisión".

¿Me explico?

Podemos tener preferencias, pero es fácil: si quiero 50, si quiero 40 por ciento; si quiero primera vuelta o mayoría simple, como fue lo que se propuso en algún minuto.

Mucho más difícil es ponernos de acuerdo en las atribuciones y las competencias, sobre todo en un país como Chile, unitario, centralista y excesivamente presidencialista.

Pero a poco andar vemos que surgen legítimas dudas respecto a cómo van a trabajar, coordinarse y conversar la autoridad elegida por todos nosotros -ya sea con 50 por ciento, 40 por ciento o con simple mayoría- con aquella que designe el futuro Presidente o Presidenta de la República .

Es lo que ha estado permeando todo el tiempo el debate.

Podría hablar largo rato acerca de esto, pero quero abocarme a otro tema.

Yo tengo una incomodidad, porque el proyecto original del Gobierno establecía, para la elección del intendente, el mismo principio y criterio que para elegir al Presidente de la República , esto es, mayoría absoluta y, si no, segunda vuelta entre las dos mayorías relativas. Así se elegía al intendente. Y yo creía que era bueno para la descentralización, porque vamos a iniciar un proceso único. ¡Si es muy violento lo que vamos a hacer en Chile! Yo quería que el próximo intendente o intendenta de Valparaíso tuviera la máxima capacidad de apoyo posible. ¿Para qué? Para contar con un gran respaldo ciudadano que permitiera tomar las decisiones correctas. No quería, como otros, que fuera elegido con simple mayoría, al igual que los alcaldes, con el respeto que estos me merecen. Quería que tuviera la misma dignidad que el Primer Mandatario.

Sin embargo, en una Comisión compuesta por asesores y por los Senadores autores de distintas mociones se hizo una fusión entre estas últimas y el proyecto original del Gobierno, eliminándose la mayoría absoluta y estableciéndose en su lugar la simple mayoría. Esto ocurrió entre diciembre del 2015 y enero del 2016 y -tiene razón el Senador Zaldívar- obedeció a un acuerdo adoptado por mayoría y no por unanimidad. Hubo votos de minoría de la Nueva Mayoría.

¿Qué sentí yo? Que al Gobierno no le importó, que no fue tema para él. ¿Hasta cuándo? Hasta julio o agosto, cuando empezamos a hablar de un cónclave y de cómo lo íbamos a resolver.

Les consta a los señores Ministros que muchos le planteamos al Subsecretario de Desarrollo Regional que no nos parecía conveniente ese mecanismo de elección, porque debilitaba la descentralización y porque requeríamos gobiernos fuertes en la región para comenzar el proceso que se avecinaba, que era completamente nuevo.

Pero, más profundo que eso, la desconfianza o la preocupación surge en algunos a propósito de las atribuciones y las competencias. Tanto es así, que acá se ha señalado: "¡Cómo vamos a dar, comillas -digo comillas porque no es correcto- una suerte de cheque en blanco al permitir la elección del intendente si no están claras sus atribuciones!".

Sin embargo, los Ministros Fernández y Eyzaguirre han sido claros en expresar: "Miren, el 2017 es nuestra opción de elección, pero entendemos que tenemos que avanzar muy rápido en atribuciones, competencias y rentas regionales".

Lo señalaron acá, el Ministro Fernández una vez, y el Ministro Eyzaguirre al menos dos veces.

¿Y saben por qué están de acuerdo en eso? Porque era el espíritu original del Gobierno. Me corrijo: era la letra original del Gobierno.

Invito a leer la disposición transitoria vigesimoctava, que me gustaría que el Ejecutivo explicara por qué no podemos retomar. Decía textualmente: "Las modificaciones que se introduzcan al artículo111" -relativo a la elección directa y que vamos a votar- "entrará en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.".

En castellano, lo que aprobemos hoy día, sea que el gobernador regional se elija en elección directa con 40 por ciento de los votos, o con 50 -yo quiero aprobarlo-, ¿cuándo entrará en vigencia? Cuando esté lista y publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones, que es lo que han pedido todos acá.

Eso lo planteó el Ejecutivo en su proyecto original. Y fue despachado en general por todos quienes estamos acá, incluso el Senador que se halla ausente. Porque la aprobación la hizo el Senado en su conjunto.

Pero la semana pasada se introdujo una indicación que elimina aquello.

Eso es lo que estamos solicitando. Lo señalo para que nadie tenga duda, ni los que están en la Sala ni quienes se hallan en las tribunas: ¡queremos elección directa de los gobernadores regionales!

¿Qué decía la iniciativa primitiva? Sí, se eligen directamente. Y simultáneamente exigimos, como dispone la norma a la que me referí, que esté "publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales". Y se agrega: "Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y la forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales.".

Entonces, quién es más regionalista: ¿el que solo elige directamente a los intendentes, o quien, junto con ello, propone un link, establece la condición de que vayan de la mano atribuciones con elección directa?

Porque yo escucho las críticas; uno no es impermeable. Otra cosa es cómo uno se las toma.

"Sí, señor Presidente , yo quiero elección directa". ¡Todos la desean! He escuchado eso toda esta semana. He visto los memes y he oído los argumentos de quienes están en contra o de los que tienen miradas distintas del país y de las macrorregiones.

Además, qué planteaba el proyecto de mi Gobierno: "¡Ojo! Eso solo en la medida que esté publicada la ley que otorga las atribuciones y competencias".

Yo le pregunto al Ejecutivo , con cariño, respeto y muy sosegadamente: ¿Podríamos ponernos de acuerdo para elegir directamente a los intendentes con la fórmula del 40 por ciento -a mí no me gusta, pero estoy dispuesto a aceptarla pues existe una mayoría que concordó en ella- y, simultáneamente, establecer lo que propuso el mismo Gobierno, con la firma de la Presidenta , esto es, la condición de que la elección directa entrará a regir una vez que esté publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones?

Entonces, la solución es muy fácil: se rechaza el texto propuesto por la Comisión que aparece en la cuarta columna del comparado, que acordó solo la semana pasada, y después se aprueba lo que despachamos en general, es decir, lo que el Ejecutivo propuso en su proyecto original desde el día uno.

Si alguien me dice que con esto le falto el respeto, que estoy siendo desleal al Gobierno, que no quiero a las regiones, le debo puntualizar que acá estamos dando el "dos por uno": elección directa y atribuciones de la mano, amarradas.

Ello, a menos que me señale "Las atribuciones me importan poco; yo quiero elegir gente". ¡Ah! Entonces, yo no quisiera creer que lo que algunos desean son cargos políticos.

Eso no ayuda. Al contrario, tenemos la llave en el Senado para hacer dos cosas simultáneamente. Y no propongo nada original. Esto lo planteó el Gobierno: las modificaciones introducidas al artículo 111 (el que consagra la elección de los intendentes, página 41 del comparado) "entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.". Y, asimismo, exige un cronograma que señale expresamente la oportunidad y la forma en que estas se transferirán.

Alguien me dirá que eso puede retrasar la entrada en vigencia de esta reforma.

Señor Presidente , además, hay un truco acá. Porque ¿cuál es el problema de que se atrase, si los mismos Ministros acaban de manifestar que es muy importante avanzar en las atribuciones y competencias?

¡Avancemos, pues, en atribuciones y competencias!

Y si alguien plantea una dificultad con la ley orgánica electoral, la cuestión es muy fácil: se tramitan los dos asuntos a la vez: atribuciones y ley orgánica electoral. Porque sé que no puedo introducir una modificación a la Constitución en una ley orgánica si no está vigente el texto.

Pues bien, lo que tengo acá es el seguro. Porque soy regionalista como el que más, por cuanto, junto con elegir directamente a los intendentes, quiero lo que dijo mi Presidenta Bachelet en el proyecto original: atribuciones y competencias al mismo tiempo.

Eso estaba consignado en la iniciativa del Gobierno hasta hace siete días.

Que alguien me explique por qué se cambió y por qué eso es mejor que solo elegir los intendentes y no tener atribuciones.

Llamo, entonces, a lograr un entendimiento, a alcanzar un acuerdo sobre el particular.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Está claro el punto que plantea Su Señoría. Se ha hecho una propuesta bien concreta, la cual deja en evidencia que aquí no hay Senadores que estén en contra de la elección directa de los intendentes, sino todo lo contrario: se ofrece una opción que incluye al resto de las atribuciones faltantes.

Eso es real. De manera que el Gobierno tiene la palabra.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar, para un punto de Reglamento.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

Señor Presidente , lo que quiero plantear puede servir incluso para que los Senadores alcancen a comer alguna cosa, pues estamos muy avanzados en la hora.

¿Por qué no citamos a reunión de Comités, y que estos vean si acaso es factible lograr una aproximación en esta materia? Porque si no, vamos a seguir en esta discusión y no tendremos ninguna solución. Y deberemos proceder a votar nomás.

El señor ROSSI.-

¡Sin suspender la sesión!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

Le he planteado esto al Gobierno, y me dicen que están dispuestos a escuchar. De manera que pido que suspendamos la sesión por 20 minutos al objeto de que se reúnan los Comités. Luego de ello retomaríamos la discusión.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

No hay disposición para suspender la sesión, señor Senador.

El señor PROKURICA.-

¡Estamos en votación!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

¡No estamos en votación!

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

No hay acuerdo. Se reunirán los Comités sin suspender la sesión.

Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , en primer lugar, quiero señalar que ingresé al Parlamento, específicamente a la Cámara de Diputados, en marzo del 2006 con el firme propósito de sacar adelante la Región de Los Ríos.

Fui Presidente de la Comisión de Gobierno Interior, en la cual realizamos la épica tarea de crear dos nuevas regiones en nuestro país: la de Los Ríos y la de Arica y Parinacota.

Lo recuerdo porque los respectivos proyectos se discutieron no solo en la Cámara de Diputados, como corresponde, sino también en el Senado. Y me alegra ver el cambio de visión de muchos que hoy día defienden el regionalismo, la elección de intendentes o de gobernadores regionales, cuestión que en aquella época planteaban como algo absolutamente imposible.

Hago esa salvedad para señalar desde dónde me sitúo: soy Senador regionalista, que reside en una región, que hace su vida política, familiar allí. ¡Lo digo con mucho orgullo!

Considero importante esa clarificación, para efectos de no confundir las cosas. Porque súbitamente en las últimas semanas se han levantado banderas de regionalismos que no habíamos visto antes, que comienzan a mostrar intereses que no necesariamente pasan por las regiones.

Y lo señalo con mucha fuerza: somos quienes vivimos en las regiones los que vamos a ser tributarios de una buena o mala reforma, no los burócratas de Santiago, quienes muchas veces, de manera técnica, hacen un proyecto, pero no desarrollan sus vidas en ellas.

En eso hay que ser claros. Porque llama tremendamente la atención que esta iniciativa, que puede generar un amplio consenso -y felicito al Senador Lagos por lo que expresó-, que puede situarnos a la vanguardia en cuanto a la discusión de una norma sobre descentralización efectiva en nuestro país, ha dormido el sueño de los justos durante años.

Acá tengo la información: en marzo de 2014 se constituyó la Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Regional.

Felicito a Teo Valenzuela y al equipo que trabajó en ella. Me constan su trabajo y su convicción. No tengo duda alguna de Esteban. Con él y otros parlamentarios, durante el primer Gobierno de la Presidenta Bachelet , redactamos la Ley Espejo, cuando muchos decían simplemente "apoyemos y otorguemos más recursos al Transantiago".

Ahí se estableció dicha normativa. Por eso, reconozco en Esteban Valenzuela su constancia, su dedicación: es un genuino representante de las demandas regionales.

En octubre de ese mismo año asistimos al Salón de Honor del Congreso Nacional para la entrega del macizo documento elaborado por la referida Comisión, en el que se consignaron las distintas propuestas para avanzar en materia de descentralización.

En el informe pertinente se estableció -y creo que debe de ser la pluma de Esteban también- que no es suficiente si las nuevas autoridades "no están dotadas de competencias y recursos".

En 2015 transcurrió el tiempo sin que se movieran estos proyectos.

En marzo de 2016 aprobamos en la Sala el proyecto por unanimidad. Y le dije expresamente al Gobierno -tengo aquí mi intervención de esa ocasión- que avanzáramos en la dotación de recursos humanos, de personal, de formación de conciencia regional.

No todas las regiones son iguales.

Tengo el orgullo y la satisfacción de conocer la Región de Los Ríos, donde se generó un conjunto de atribuciones, primero, a través del denominado "delegado presidencial" y la Agenda Pactada de Desarrollo. A través de este trabajo, cuando aún formábamos parte de la Región de Los Lagos, se consideró una serie de medidas precisamente para dotarla no solo de infraestructura física, de competencias, sino también de capacidad institucional, burocrática -en el buen sentido de la palabra-, a fin de contar con una institucionalidad regional que luego pudiera albergar al delegado presidencial.

Hago un reconocimiento a mi colega Andrés Allamand , porque, entre otras cosas, en esa oportunidad se incorporó una indicación para crear un delegado presidencial que implementara el establecimiento de la Región. Y esa mejora se hizo aquí, en el Senado. Por lo tanto, valga la referencia al Senador Allamand con quien participamos en esa instancia.

Señor Presidente , en marzo pasado se aprobó en general el proyecto, y hasta el día de hoy no hemos visto un trabajo de fortalecimiento de la capacidad instalada, humana, regional, que permita desarrollar esa importante transformación.

Además de lo planteado, ocurre lo que muy bien consignó el Senador Lagos, en el sentido de que en ese traspaso se eliminó lo que venía en la norma transitoria vigesimoctava, que señalaba: "Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y la forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales".

Eso, que figuraba en el proyecto original, ¿en qué momento desapareció?

Insisto: mi voto es para elegir autoridades, pero con competencias, con un cronograma y con seriedad. No estoy disponible, por mi experiencia de vivir en mi Región y de mirar a la cara a los vecinos y vecinas todas las semanas, para que hagamos un mal proyecto.

Tenemos la oportunidad de elaborar una buena iniciativa. Hay consenso. Espero que en la reunión de Comités que se realiza ahora se llegue a una solución.

Vaya todo mi esfuerzo para que se celebren elecciones. Vaya todo mi esfuerzo para apoyar, pero con un cronograma, con competencias, con facultades. Porque -repito- aquí hay consenso, seamos claros: no he escuchado a nadie que diga que este es un buen proyecto, bien elaborado.

¿Que esto va a detonar lo que se ha dicho? Está bien, lo concedo. A veces, hay que hacer gestos. Sin embargo, las detonaciones tienen que ser efectivas. Las detonaciones tienen que ser en positivo. Las detonaciones tienen que ser para desarrollar una competencia, no solo para constituirla. Se lo digo -por su intermedio, señor Presidente - al Ejecutivo : una cosa es determinar la norma y otra distinta el desarrollo normativo y la capacidad humana, la capacidad regional, las divisiones, la capacidad de inversión, la capacidad analítica.

Entonces, el llamado es a consagrar el esfuerzo. Si todos estamos por la regionalización efectiva, mi voto está disponible. Sin embargo, hagámoslo bien, ¡hagámoslo bien! Podemos hacer un esfuerzo para que la prisa no nos lleve a una situación no deseada.

Aquí no hay dilación. Ahí están mi historial, mis votaciones, mis intervenciones.

Recuerdo que muchos me señalaban en 2006 que sobre sus cadáveres se iba a votar la elección directa de intendentes o, como se llaman hoy día, de "gobernadores regionales", e incluso de cores. ¡Cómo han cambiado las cosas!

Yo mantengo lo mismo que argumenté y voté en 2006. Estoy disponible para ello. Pero seamos claros. Aquí tenemos una figura híbrida: la del gobernador regional. Y también está la del delegado presidencial. Se van a constituir servicios regionales. Obviamente, el gobernador regional deberá desarrollar una capacidad con el fin de implementar dichos servicios. Y tenemos servicios centralizados, de modo que habrá superposición de funciones, lo cual no es una buena solución técnica.

Solicito que el Ejecutivo busque y encuentre la solución para esas normas, para el desarrollo normativo, para que esta contradicción no sea una herramienta en contra de la gente de nuestras regiones, sino precisamente un elemento positivo, un elemento de desarrollo, un elemento de identificación con el territorio, un elemento para sentirse orgulloso de que tendremos más autonomía.

Yo creo absolutamente en eso. Pero necesito contar con la responsabilidad y el compromiso del Gobierno respecto a qué se va a realizar. Porque aquí no estamos traspasando competencias; no estamos señalando un camino.

Y ojalá que luego de la reunión de Comités que se está llevando a cabo se pueda explicar en qué momento...

¿Me concede un minuto, señor Presidente?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Sí, señor Senador.

El señor DE URRESTI.-

Gracias, señor Presidente.

Decía que espero saber en qué momento desapareció la norma que vinculaba, que desarrollaba, la cual obviamente -ahí está nuestro compromiso regionalista- queremos impulsar.

Señor Presidente, deseo que la sensatez se instale en el Hemiciclo.

Solo como una información de referencia, quiero decir que hay tres regiones piloto en Chile en donde se llevan adelante los programas de los Comités Regionales de Desarrollo Productivo de la Corfo: las de Antofagasta, del Biobío y de Los Ríos. En esta última ello ha funcionado bastante bien por la capacidad de las autoridades de la Dirección Regional.

Sin embargo, aquí no tenemos programas piloto de desarrollo y de fortalecimiento de las nuevas divisiones, de las nuevas competencias. Claramente, ahí queda un tremendo trabajo por realizar.

He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente , a mi juicio, este ha sido un buen debate y, tal vez, también lo ha sido para quienes lo observan por televisión con gran paciencia y, probablemente, con gran interés. Porque se trata de un tema que, sin duda, ha interesado por años a muchos en regiones.

Debe ser difícil seguir la discusión y entender qué estamos llamados a votar hoy día. Porque, de repente, se piensa que el dilema es si entregamos atribuciones a los intendentes o gobernadores regionales o si elegimos por votación popular al intendente o al llamado "gobernador regional". Podría pensarse que ese es el debate. Y no es lo que estamos llamados a discutir y a votar hoy.

Creo necesario clarificarlo, pues aquí pareciera existir una falsa tensión, que más bien tiene que ver con procedimientos y con un tema que aquí se ha señalado en forma reiterada: las confianzas, más que una cuestión de fondo.

Todos y todas deseamos entregar mayores atribuciones a los intendentes. Entendemos que eso es fundamental en el proceso de descentralización. Y hoy día estamos llamados a votar si hacemos la reforma constitucional que permita la elección directa, es decir, por votación popular, de la principal autoridad regional, a fin de que no siga siendo designada por el Presidente o la Presidenta de la República .

A la par, se ha dicho en forma reiterada que hay un proyecto de transferencia de competencias y el compromiso de dictar la Ley de Rentas Regionales, que son materias que vienen a continuación de esta primera discusión y votación de una reforma constitucional que gatilla, que abre la llave de un proceso que, por supuesto, continúa en el debate.

Deseo aclarar que no existe una falsa tensión entre la elección por votación popular y la entrega de atribuciones. Porque, a veces, pareciéramos estar un poco perdidos en eso.

A mi juicio, son legítimos los argumentos que se han dado. Pero estimo que, al resaltar esto de los procedimientos, escondemos temores legítimos. Y así quiero señalarlo.

Cuando hablamos de descentralización, esto tiene que ver con ceder poder. Y eso cuesta. Baste recordar la historia de la participación de las mujeres en política. Siempre sosteníamos que tenía que ver con los espacios que debían dejar los hombres para las mujeres. Probablemente, si no hubiese sido así, habría sido más fácil ganar dichos espacios. Y tuvimos que elaborar una ley de cuotas para impulsar algo que finalmente tiene que ver con mejor democracia y más democracia.

Lo mismo pasa con las regiones.

Señor Presidente , permítame recordar mi experiencia previa a ser Diputada .

Fui Seremi de Planificación y me desempeñé como profesional en dicha repartición. Eso hace varios años ya (alrededor de doce). Pues bien, en ese tiempo el intendente regional tenía mucho más poder del que goza hoy día. Por ejemplo, firmábamos convenios de programación que permitían de manera efectiva apalancar recursos para la región, distinto de como ocurre en la actualidad, en que se sustituyen esos recursos por los del nivel central, con las deficiencias presupuestarias que implica no cumplir con las expectativas o las necesidades de las regiones.

Además, había intendentes capaces de manifestar diferencias fuertes con los Ministros, en defensa de los intereses regionales.

Hoy día no es así.

Sabemos que hay regiones donde el modelo funciona mejor, pero ellas están sujetas más bien a la voluntad y a las capacidades individuales que a un diseño tendiente a fortalecer los liderazgos que ahí se expresen y el desarrollo efectivo de la región.

Y esto, que tiene que ver con ceder poder, por supuesto que genera temores. Es mucho más fácil tener una sola oficina, con todo ordenado, y controlar desde ahí lo que sucede en cada uno de los territorios.

Sin embargo, debo señalar con mucha claridad que hoy día nos enfrentamos a una decisión que no solo es una oportunidad, sino también una obligación. De alguna manera debemos responder a una realidad que supera el control que quiere ejercerse de forma centralizada.

Y hay ejemplos de sobra al respecto.

Nosotros debemos canalizar la necesidad que expresan los ciudadanos de regiones en orden a participar en una democracia que se fortalece. Valga dicho planteamiento hoy día, en una fecha emblemática, cuando se recuerda el plebiscito que se realizó hace 28 años, después del cual recuperamos la democracia, tras un alto costo para nuestro país.

Me parece muy bien que la gente vaya avanzando en esa materia.

Por eso esta reforma genera buen ánimo, a la que muchos aspiran y respecto de la cual nos dicen: "Muestren su compromiso".

¿Qué sucede si no canalizamos la necesidad de participación efectiva en la elección de las autoridades regionales?

El ejemplo de Magallanes -podría usar otro, pero evidentemente conozco mejor el de mi Región- a raíz de la crisis del gas es, probablemente, uno de los conflictos más grandes que se ha registrado en la historia regional.

¿Qué sucedió ahí? El intendente se vio absolutamente superado. No pudo conducir un proceso frente al cual la Región sí fue capaz de autodeterminarse y generar un modelo de gestión política para establecer los términos del acuerdo. Con ello se anuló absolutamente la figura del intendente designado -y de más de uno-, pues no fue reconocido como la autoridad políticamente válida.

Entonces, creo que debemos ser capaces de confiar en las regiones.

Tuvimos en Magallanes la habilidad política y también la responsabilidad de conducir una crisis en una mesa que se conformó casi de manera espontánea, pero que dio cuenta de cómo se superaba una autoridad que no estaba legitimada -¡no lo estaba!- políticamente.

Entiendo el temor que subyace en esta discusión respecto a si transferimos competencias antes o después. De igual modo, comprendo lo difícil que ha sido para el nivel central, sobre todo para Hacienda, entregar tales facultades a las regiones.

Esto es muy parecido a lo que nos pasa a los padres y a las madres con los niños pequeños que tienen que aprender a caminar. Los llevamos de la mano y no nos atrevemos a soltarlos para que no se caigan. Obviamente, los papas queremos protegerlos; no queremos que se golpeen. Pero si no los soltamos, nunca van a aprender a caminar.

Lo mismo sucede con las regiones.

Probablemente en este proceso se van a cometer errores, habrá dificultades. Sería difícil que no ocurriera así.

Sin embargo, si no las soltamos, si no les damos la confianza necesaria, si no generamos la validación política, si no asumimos una democracia que se fortalece con la gente que quiere participar e incidir, finalmente los conflictos se desbordan.

Ahí tenemos el ejemplo de Magallanes, el de Aisén, el de Atacama, en fin.

Hoy día estamos llamados a votar si asumimos el cambio que las regiones nos están pidiendo.

Durante este mes, con motivo de la campaña municipal, he recibido el gran regalo -así lo califico yo- de recorrer distintas regiones. Estuve en la Pampa del Tamarugal y en el valle de Azapa -¡son tan distintos esos lugares!-; aterrice en Balmaceda -con el Senador Patricio Walker estuvimos trabajando ahí-, y fui a Primavera, una comuna pequeña.

Ante ello, uno se pregunta cómo hacer que las regiones se expresen en sus diversidades; cómo enfrentamos las diferentes manifestación de la pobreza en cada una de las localidades, y cómo dejar de imponer criterios uniformes, que muchas veces causan pérdida de recursos.

Estoy convencida de que Chile no llegará a ser un país desarrollado si no les damos poder a las regiones. El poder político es prerrequisito para una descentralización efectiva desde los puntos de vista administrativo y de las finanzas regionales.

Este es un gatillante que garantiza no solo la representatividad y validez de la primera autoridad regional, sino también su permanencia durante un período de cuatro años. Iniciemos la etapa de pensar en una realidad mucho más dinámica para ver cómo conducir el destino de cada uno de los territorios de este país.

Por eso, con entusiasmo, voy a votar a favor del proyecto.

Ojalá hoy día aprovechemos la oportunidad de dar un paso que, por muchos muchos años, hemos estado esperando desde las regiones.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , una dosis de sinceridad le haría bien al debate.

Hoy día la contradicción en el seno de la sociedad no es Izquierda o Derecha , Gobierno u Oposición, liberales o conservadores. Son dos las contradicciones vitales: corrupción versus transparencia y, por cierto, regionalismo versus centralismo.

Por lo tanto, estamos discutiendo un asunto que es fundamental para el ordenamiento político nacional, en el cual participa la ciudadanía.

El 80 por cierto de los chilenos quiere elegir a los intendentes, porque cree que con liderazgos regionales va a haber una autonomía de verdad.

Recuerdo un viejo cuento que me relataba mi padre (obrero, ebanista), que había leído en una revista Reader's Digest. Trataba sobre dos hermanos que discutían y peleaban fuertemente en la cocina, por lo cual el padre los llamaba al orden diciéndoles: "Por favor, dejen de pelear. Ustedes son hermanos". Sin embargo, seguía la dura discusión entre ambos en la cocina y el padre los volvía a reprender: "¡Por qué no se ponen de acuerdo si somos una familia!". Pero los niños seguían peleando, hasta que el padre les preguntó: "¿Por qué están discutiendo? ¿Por qué no se ponen de acuerdo en honor a la familia?". Y el menor de los niños le contesta: "Papá, estamos de acuerdo". "¡Cómo! Entonces, ¿por qué discuten?", señala el padre. Y uno de los hijos le responde: "Estamos de acuerdo: los dos queremos la manzana más grande".

Todos manifiestan que quieren regionalizar y descentralizar. ¡Están todos de acuerdo!

Por lo tanto, la disputa no es respecto de si habrá descentralización, sino de si esta será efectiva.

Soy de los que creen que en todos los argumentos que se han entregado aquí (populismo, pagar costos, "no me den lecciones a mí", deslealtad con el Gobierno, "¿qué es primero el huevo o la gallina: descentralizar y después transferir facultades?) subyace otra contradicción: los campeones de la gradualidad versus los impetuosos revolucionarios.

La Oposición es campeona de la gradualidad: "Se equivocaron con el Transantiago. Ese fue el peor error del Gobierno de Lagos y de la Concertación. Había que implementarlo de manera gradual".

Nos piden gradualidad en todo: en la economía, en el gasto fiscal, en materia de libertades civiles, en el ámbito valórico.

¡Para todo gradualidad!

Pero en el asunto que nos ocupa nos ponen el argumento de que debemos hacerlo todo de inmediato. ¡Ahí no hay gradualidad! Y la Oposición se pone al frente con un "ahora todo o nada" y ofrece el voto en contra de una aspiración tan esencial como es la elección de los gobernadores regionales.

El trasfondo de eso guarda relación con porcentajes.

¡La partidocracia! ¿Cuál es el temor de los partidos?

Tres de la Nueva Mayoría se reparten las quince intendencias, ¡a dedo! No tienen que competir con nadie: se las asigna el Presidente de la República.

Y como hay elecciones de Senadores en la mitad de Chile el 2017, varios sacan sus cuentas y dicen: "A ver, si también corresponde elegir gobernadores regionales, me afecta un factor distinto y puede haber incidencia".

Siento que el debate sobre el 40 o 50 por ciento es real. ¡Real! Porque puede haber liderazgos regionales que no obtengan el 50 por ciento. Con este porcentaje van a correr los acuerdos políticos. Uno podrá decir: "Yo respeto las mayorías", pero ello también puede frenar la posibilidad efectiva de los liderazgos regionales. En este mismo Congreso se aprobó el que los partidos regionales no pueden asociarse entre regiones.

Es una contradicción: queremos dar poder de verdad a las regiones, pero en los hechos concretos las restringimos.

Señor Presidente , yo soy partidario de la elección de los gobernadores regionales ahora, considerando que la historia de Chile y la del mundo nos muestran que el poder jamás se cede ni se regala: ¡se conquista! Nadie entrega poder si no es a través de una batalla.

De hecho, en una salita aquí al lado del Hemiciclo ahora un grupo de parlamentarios están tratando de ponerse de acuerdo. Yo prefiero buscar consensos con la ciudadanía. Hay que elegir a los 15 gobernadores regionales ¡y marchar con ellos a Santiago a pedir mayores facultades! ¡Junto a la ciudadanía!

Los intendentes, que hasta ahora han reprimido las marchas y ejercido la ley del orden, una vez electos tendrán la tarea ética, moral, política, social de encabezar la lucha por más facultades.

Prefiero una lucha política y social para conseguir verdaderas atribuciones. Con una autoridad electa encabezando el parlamento regional (en el caso del Biobío, está compuesto por cuatro Senadores y doce Diputados) y con el respaldo de la ciudadanía, hay que exigir a Santiago, al centralismo, a la monarquía presidencial competencias reales. ¡Reales!

Me pregunto: ¿se puede negociar como lo están haciendo aquí al lado ahora mismo? En este minuto estamos transmitiendo en directo desde la Sala del Senado y en la oficina contigua hay una mesa de negociación funcionando.

¿Es posible conquistar facultades allí? Consideremos, además, que el Parlamento ¡fue creado por el sistema binominal! La actual composición del Congreso es un resabio del binominal. Recién vamos a tener elecciones verdaderas y reales, ¡sin subsidio!, el 2017.

Creo que una negociación como la señalada, la llamada "cocina" -está Zaldívar ahí al lado-, va a llegar a una alternativa precaria de acuerdo. ¡Precaria!, porque los que están negociando son los partidos que hoy están en crisis.

Yo prefiero un debate con la ciudadanía. Prefiero gobernadores regionales electos que luchen para ganar esa batalla.

Lo planteó el Senador señor Ignacio Walker : este no es un tema nuevo. En el régimen borbónico esta materia se manifestó a través de la disputa entre pelucones y pipiolos. Tras la batalla de Lircay, se resolvió el conflicto instaurando el orden conservador: "el peso de la noche", la monarquía sin rey de Portales.

Ahí se introdujo en el sistema el concepto conservador. Y no les fue bien a quienes no estuvieron de acuerdo: el Presidente Freire y todos los generales victoriosos de la batalla de Maipú fueron destituidos en 1833 por el régimen portaliano, que instauró el concepto del orden.

Por cierto, ganaron los pelucones, quienes eran realistas, conservadores, mercaderes. En definitiva, se impuso el conservadurismo.

¿Y qué se disputaba? El tipo de orden institucional y constitucional que nos iba a regir. Pues bien, desde 1833 se impuso un orden conservador en Chile.

En ese sentido, creo que no habrá un nuevo orden si no tenemos la posibilidad de discutirlo con la ciudadanía. Y eso parte con la elección de los gobernadores regionales.

El poder no se regala.

Chile es el único país de América Latina y de la OCDE que no elige sus autoridades regionales. Esta es la contradicción más grande para los liberales y también para la Izquierda. Ni Piñera ni los Gobiernos de la Concertación fueron capaces de hacer lo esencial: delegar poder.

¡Nadie quiere delegar poder!

Les aseguro que, de todos los presidenciables que hoy día están en disputa, el que llegue a La Moneda, si no sacamos una ley real, no va a descentralizar. Porque así ha sido la constante desde 1833.

¡Es un chiste!

Este país neoliberal, este país democrático, este país que derrotó una dictadura, ha sido incapaz de aprobar la elección de sus representantes territoriales, facultad que sí tienen naciones como Haití. Los países más pequeños de América y los más grandes eligen a sus gobernadores. ¡Chile no! ¡Los designa a dedo!

Por lo tanto, no nos extrañemos de que en la Región de O'Higgins haya habido tres intendentes en quince años, mientras que en la Primera Región , seis intendentes en un solo gobierno. Más encima, se dice que quienes eligen a dichas autoridades son los Senadores y que tenemos a un Gobierno a merced o de rodillas, ¡cuando en realidad lo que se impone es una monarquía presidencial que ya no da para más!

En definitiva, se expresa la misma vocación y se mira el mismo objetivo, pero existen dos tesis. Aquí hay dos estrategias: la real, verdadera y efectiva descentralización ¿se logra con un acuerdo político, como se está haciendo aquí al lado, o con la ciudadanía, en colaboración con parlamentarios que tienen que decidirse?

Somos 38 Senadores y 34 son de regiones. ¡34! Alguien podría llamar a la coherencia. Si 34 somos de regiones, ¿por qué no tenemos una propuesta audaz, revolucionaria, combativa para conseguir poder real?

Bueno, ¡hay cuentas, pues! No todos están dispuestos a que las regiones se autonomicen.

Está presente el fantasma del federalismo, que ha recorrido América . Pero el continente sigue en orden y prospera en regímenes tanto socialistas como capitalistas, pese a que los países cuentan con elección popular y directa de gobernadores.

Seamos claros: nos han llenado de temores y de falsas promesas.

En verdad, no creo que este Gobierno, como no lo hizo el del Presidente Piñera , esté dispuesto a ceder poder. Hay una tradición, una mochila ideológica sobre todos (Derecha e Izquierda) que lo impide.

El poder lo va a conquistar la ciudadanía organizada, liderada por los gobernadores regionales, que ya no reprimirán la marcha, sino que la encabezarán sobre Santiago .

Espero ver esa movilización con los quince gobernadores regionales, la ciudadanía y los parlamentarios, rodeando La Moneda para exigir: "Ahora queremos poder, no negociación. ¡Queremos poder de verdad!".

Voy a votar a favor de esta iniciativa, señor Presidente, porque creo en la regionalización de verdad y no en la de papel lustre.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.

El señor ALLAMAND.-

Señor Presidente , estimados colegas, este ha sido un muy largo debate. Si alguien lo está viendo, podría preguntarse: "¿Cuál es el problema de fondo en este proyecto?". Porque si todos los señores Senadores son partidarios de la descentralización y no se ha escuchado a nadie hablar en contra de la elección democrática de las autoridades regionales, ¿por qué todo este revuelo?, ¿por qué tanta discrepancia?

Digamos las cosas como son. No quiero hacer una comparación que resulte odiosa, pero, de la serie de intervenciones que hemos escuchado en estas largas horas, muchas de las más contundentes en contra del actual Gobierno provienen de sus propios partidarios.

Alguien podría sostener que a la Oposición, por distintas razones, no le gusta este proyecto. Pero ¿alguien cree -por mencionar solamente tres casos- que los Senadores Montes, Quintana y Lagos Weber son miembros de la Oposición?

Si hubiera algo de racionalidad, el Ejecutivo debería entender lo que explica esa aparente paradoja: ¡este es un pésimo proyecto! Fue mal concebido y está lleno de ripios. ¡Es tremendamente defectuoso!

¡Cómo el Gobierno es tan ciego que no se da cuenta de lo que le dicen sus partidarios más fervorosos! ¡Cómo puede haber tanta sordera! ¡Cómo puede haber tanta miopía para no recoger los argumentos que le formulan sus propios partidarios!

Aquí se manifiesta una obcecación verdaderamente enorme.

Dicho eso, ¿cuál parece ser el problema central? Que hay una ruta lógica y otra ilógica para lo que estamos discutiendo. La ruta lógica es muy simple: definir en forma concreta qué atribuciones y recursos se van a traspasar, generar un rodaje a partir de ese traspaso y, posteriormente, proceder a la elección de las autoridades.

En cambio, lo que se plantea en esta iniciativa es exactamente la la ruta ilógica. En este sentido, diversos señores Senadores han sostenido que hay que elegir autoridades, aunque no tengan facultades, porque eso va a gatillar un proceso supuestamente positivo, porque, como algunos metafóricamente plantean, esos gobernadores, sin ningún tipo de atribuciones, serán los encargados de marchar sobre Santiago .

Es decir, sería la negación del proceso legislativo. Exactamente lo contrario a lo que debe hacer un Senado serio.

¡Cómo va a ser razonable que aquí se sostenga que esta Corporación -negándose a sí misma- tiene que generar, supuestamente, un impulso mágicamente positivo para que dichas autoridades, que no dispondrán de ninguna atribución bien definida, provoquen una verdadera marcha sobre Santiago para que entonces aparezcan las facultades!

¡Pero quién puede sostener de manera razonable que esa es la forma correcta de abordar una de las definiciones políticas más importantes de un país: ni más ni menos que decidir cómo se da su gobierno interior!

Entonces, esto es una gran insensatez.

En tercer lugar, yo no quiero insistir en los diversos argumentos entregados aquí que señalan que se viene un total conflicto sobre competencias y facultades. Y no estamos hablando sobre hipótesis.

Al respecto, simplemente pido a los señores Senadores que destinen un segundo para ver lo que dice la reforma propiamente tal, que ahora debatimos.

El artículo 111 propuesto -esto lo mencionó el Senador García, pero al parecer hay poco ánimo de escuchar aun las cosas más obvias- dispone que al gobernador regional "le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.".

Hago presente que no existe ningún servicio público que dependa del Gobierno regional. Pero no solo eso, sino que nadie ha pretendido crearlos. No hay ninguna iniciativa, ni de este Gobierno ni de otros, para establecer servicios públicos dependientes de regiones.

¿Alguien puede explicar entonces por qué en una reforma constitucional se introduce una figura que nadie ni siquiera ha imaginado?

Eso es derechamente surrealista.

Se habla de "servicios públicos que dependan de los gobiernos regionales", pero nadie ha planteado nunca que vayan a existir. No obstante, ¡se les incorpora en la Constitución!

Y la norma también dice: "o se relacionen con el Gobierno Regional.". ¡Pero si esto ya lo explicó el Senador García!

Señor Presidente , todos los servicios públicos, al final, en algún punto se relacionan con los gobiernos regionales, porque estos muchas veces financian objetivamente programas y políticas que llevan a cabo estos servicios, que hoy día existen.

Pero fíjense en lo que establece el artículo de la reforma constitucional que se refiere a las facultades del delegado presidencial. Leo textualmente: "Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley".

Es decir, exactamente la misma atribución que se le entrega al gobernador.

Señor Presidente, esto es chapucería máxima.

¡Cómo este Senado, que se presume serio, con el texto arriba de la mesa, va a darles a dos figuras distintas la misma atribución o función constitucional: la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos!

¡Quién puede razonablemente aprobar una norma de esta naturaleza!

Yo llamo a los señores Senadores a un mínimo de rigurosidad. Las dos normas que he leído son simplemente incoherentes. Desde el punto de vista técnico, este Senado no puede aprobarlas. Y esto no tiene nada que ver con la discusión de fondo, ¡si se trata de una cuestión elemental! ¡Cómo les vamos a dar las mismas atribuciones a dos órganos diferentes! Nosotros mismos estamos patentando el conflicto de competencia.

¿Y qué manifiestan los señores asesores o las autoridades del Gobierno? Entregan una interpretación absolutamente irrisoria de algo que se desprende del texto.

Señor Presidente , hago una última apelación al sentido común.

¡Qué diría cualquier profesor de Derecho Constitucional acerca de esta reforma!

¡Si esto es chapucería absoluta!

Pero, frente a eso, simplemente el silencio.

Quiero terminar agregando que quizás el sello final de este Gobierno estará en que lo veamos no solo como el que, desde los años 90, ha tenido la peor aprobación, sino como el que hace las cosas mal.

El que en este minuto, a última hora, a las diez y cuarto de la noche, se esté negociando a los tirones cómo resolver un problema de esta magnitud habla muy mal del Gobierno y, ciertamente, de nosotros si aprobamos tal proceder.

Esta reforma debería haberse aprobado por unanimidad. Y que se esté acogiendo con un votito más, con un votito menos, a última hora, en una cocina aquí o en un cuartito allá, es una falta de seriedad completa.

¿Por qué tenemos que ser cómplices de esta chapucería, de esta falta de seriedad, de esta verdadera vocación por hacer todo mal?

Yo, por cierto, voy a rechazar este proyecto.

Me parece que esta es la mejor señal de cómo se pueden hacer las cosas mal; de cómo se pueden defraudar las expectativas, y de cómo puede haber -lo digo con todas sus letras- ¡irresponsabilidad!

Cuando está a la vista que hacemos algo mal y que todo el mundo simplemente diga "Echémosle pa' adelante" habla muy mal de esta Corporación y de nosotros mismos.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.

La señora MUÑOZ.-

Señor Presidente , quiero valorar este debate, que dura ya más de seis horas, porque se ha hecho con seriedad y sin temor.

Y digo que se ha desarrollado sin temor porque hemos expresado nuestras opiniones y diversas visiones acerca del proceso de regionalización urgente que requiere nuestro país pese a que desde las redes sociales, o incluso desde nuestras propias tribunas, se ha hecho un esfuerzo por caricaturizar esas distintas miradas.

Justamente un 5 de octubre, hace ya muchos años, recuperamos la democracia, o el pueblo se pronunció para decirle "No" a una dictadura, con el objeto de rescatar estos espacios democráticos, de debate, desde las distintas visiones u opiniones, sin temor a ser caricaturizado o amordazado.

Hoy día, claro, existen las redes sociales, donde los memes y esos cartelitos que dicen que les da vergüenza lo que opinan ciertos parlamentarios recorren las regiones, intentando inhibir las opiniones.

Sin embargo, considero que este es un ejercicio y una materia tan importante que, como recién han señalado otros Senadores y otras Senadoras que me antecedieron en el uso de la palabra, debería ser parte de un gran acuerdo nacional y de una política de Estado.

Dicho eso, señor Presidente , todos los que estamos aquí sentados, como representantes de regiones -los Senadores de la Región Metropolitana también son de regiones-, sabemos lo que en ellas se vive. El centralismo asfixia y agobia a las regiones. Y día a día estamos luchando para que ellas tengan mayores potestades y autonomía de la Administración central.

Sin embargo, aquí lo que está en debate es qué poder les estamos transfiriendo a las regiones.

Ese es mi problema: qué poder les estamos transfiriendo a las regiones.

Y la situación de agobio, de grave debilidad de las regiones requiere respuestas y soluciones potentes, decididas, integrales, como ya lo han señalado otros colegas que me antecedieron en el uso de la palabra.

No bastan las señales ni tampoco las consignas. La caricatura, el revuelo en las redes, el interpelarnos, de verdad no sirven para dar una respuesta seria como representantes de nuestras regiones.

Sobre el particular, señor Presidente , yo me pregunto qué poder transferimos. Al parecer, se trata de un poder simbólico: la realización de elecciones de gobernadores regionales. ¿Y por qué digo que es simbólico? Porque son potestades políticas, justamente hoy día, en tiempos en que la política goza de una total desafección.

¿Por qué los ciudadanos y las ciudadanas no nos creen o nos tratan como personas que no los representamos? ¿Tenemos realmente poder? ¿Hoy día hay poder en la política para tomar las decisiones respecto de cómo ejercer los poderes? ¿Dónde está el poder actualmente? ¿Lo tendrán los intendentes electos? ¿Lo poseemos nosotros aquí, en esta silla, con las atribuciones que nos da la ciudadanía cuando vota por nosotros? Esta nos dice: "Pero ustedes no me solucionan los problemas, señores parlamentarios". ¡Y qué poder tenemos nosotros!

¿Dónde radica el poder hoy día, en la política o en las finanzas y en las esferas de la economía? ¿Se encuentra en nuestro país o en Wall Street y en los bancos mundiales, que condicionan los créditos, los apoyos económicos a decisiones que mandatan lo que los políticos en el país deben hacer?

Hoy la política no tiene poder. ¡No tiene! Y, como consecuencia de ello, los ciudadanos no nos creen.

¡En el peor momento de desafección ciudadana de la política, lo único que transferimos a las regiones con esta iniciativa son potestades políticas!

Está muy bien. Por supuesto que estoy de acuerdo con que se elija a los intendentes. Es un proceso democratizador, movilizador de las capacidades de nuestras regiones. Pero ¿qué intendente elegiremos?

No repetiré todos los argumentos que han expuesto los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra. Pero, de verdad, considero que el ordenamiento cronológico de esta reforma tendría que haber sido al revés. Primero, deberían haberse traspasado competencias reales y financiamiento. Por lo tanto, en mi opinión, la normativa sobre elección de los intendentes tendría que haberse visto al final.

No hay un traspaso efectivo de recursos, no se ha querido discutir en este momento -se le ha planteado al Ministro de Hacienda - una ley de rentas regionales. Frente a ello, silencio. ¡Y ahí está el poder! ¡De esa forma transferimos poder con recursos reales! Pero el poder lo tiene Hacienda, y dicha Cartera no está dispuesta a transferir, a través de una ley de rentas regionales, el poder efectivo de contar con los recursos para tomar decisiones. No hay transferencia de poder si no existe ese respaldo económico y presupuestario.

Las competencias se van a ir traspasando. Se dice que los servicios públicos regionales se crearán según el avance del proceso de descentralización y las necesidades y particularidades de cada territorio.

Se ha manifestado que las solicitudes para cesión de transferencias se harán en los primeros 18 meses. A la vez, se ha indicado que el proceso podrá considerar una gradualidad que parta con la cesión de decisiones que impliquen focalizar o priorizar en temas de política y presupuesto, y avance hasta la transferencia de la ejecución directa.

Según los protocolos a los que hemos tenido acceso, se estima que este proceso podría concluir el año 2022. O sea, los intendentes electos en 2017 pudieran no tener en todo su mandato nuevas atribuciones. Y tampoco existe claridad acerca de los recursos con los que contarán.

Señor Presidente, creo que el orden para provocar una verdadera regionalización está invertido.

En mi opinión, primero deberían haberse traspasado competencias de poder real, que corresponde al poder económico, para que las regiones cuenten con facultad de decisión.

Por otra parte, creo que esta reforma también contiene dos problemas complicados.

Por una parte, se ha bajado el umbral de elección al 40 por ciento. Ello constituye un verdadero polvorín que reduce la posibilidad de tener intendentes con suficiente legitimidad.

Lo anterior detonará presiones por nuevas regiones al interior del sistema. Esto ocurrirá en cada región con ciudades con alta concentración de población, cuando sean elegidos intendentes con votos mayoritarios de alguna zona en particular pero con escaso apoyo en otras.

Por ejemplo, en mi Región, la de Coquimbo, con este umbral, un intendente podría ser elegido teniendo como base solamente una de las provincias y contando con apoyos marginales en las restantes.

Por cierto, ello aumentará el malestar de zonas menos pobladas, como la provincia de Choapa, tradicionalmente postergada en las decisiones y físicamente distante del centro del poder local, que está en La Serena.

Por otro lado, creo que no ha sido bien resuelto el tema de la mantención del carácter unitario del Estado -como aquí ya se ha señalado- a través del delegado presidencial.

Se fomenta un paralelismo de funciones y una competencia que hará mucho daño.

Es evidente que el delegado contará con más atribuciones y recursos para solucionar los problemas que el propio intendente o gobernador regional.

En mi opinión, la nueva autoridad surge ya opacada, en un sistema político en el cual sabemos que prima el Presidente y en que además, por cultura, las decisiones se buscan en Santiago.

Por último, señor Presidente , quiero hacer una observación en materia puramente formal.

No me gusta la manera en que se tramitó este proyecto.

Lamento que el Gobierno se haya empeñado en una lógica de obtener uno a uno los votos para aprobarlo, en lugar de buscar el consenso amplio que una iniciativa de esta envergadura merece.

Es muy mala señal si se hace lo mismo en los próximos proyectos.

Como todos los Senadores que estamos en esta Sala, soy una parlamentaria de región. Quiero una región fuerte. Anhelo robustecer la democracia aumentando las posibilidades de la ciudadanía para elegir a sus autoridades.

Sin embargo, en esta iniciativa no están nítidos los elementos de poder reales que transferiremos a las regiones.

No me gusta este proyecto, señor Presidente. A mi juicio -para decirlo en palabras bien simples-, engaña a las regiones con la idea de que nos hallamos en presencia de un proceso real de descentralización y empoderamiento de nuestra zona.

No obstante, estoy alerta a que podamos enmendar rumbos, fortaleciendo primero de manera decidida las atribuciones y los recursos que otorguen poder a nuestras regiones.

De lo contrario, no estamos descentralizando efectivamente y, en cambio, estamos avanzando mucho en desilusionar a la gente, en romper las expectativas de muchos ciudadanos que desean que sus intendentes o autoridades regionales electas sean las que les resuelvan efectivamente los problemas. Esto afecta también la credibilidad de muchas instituciones de nuestro sistema democrático y siembra un germen de nuevas desagregaciones territoriales.

He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Señor Presidente , en primer lugar, quiero aclarar que la disposición transitoria vigésimo octava fue la que provocó la aprobación en general de este proyecto por unanimidad en la Sala.

Por ello para nosotros es muy curioso, por decir lo menos, el hecho de que se haya eliminado en la Comisión lo que aprobamos unánimemente.

Eso, de alguna forma, clarifica que no se privilegió lo planteado por la mayoría de las señoras y los señores Senadores. Porque el texto original disponía que la reforma entrará en vigencia cuando se publique "la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales." -obviamente, son fundamentales- "Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias".

Lamentablemente, lo anterior fue eliminado en la Comisión. Tengo información de que fue en una votación de 3 contra 2. De haberse mantenido, se habría subsanado toda la discusión que ha existido.

En segundo lugar, es muy importante señalar que inclusive algunos Senadores manifestaron que estamos frente a la elección de la máxima autoridad regional.

¿Quién va a tener más poder, el delegado presidencial o el gobernador regional?

Lo que estamos haciendo hoy día -también lo manifestó otro Senador- es solo disponer la elección directa del presidente del Gobierno regional, en vez de que sea elegido por sus pares.

En el fondo, esa es la cosmética que se está instalando hoy día respecto a la posibilidad de elegir al gobernador regional o, entre comillas, "intendente". Porque la comunidad piensa que estamos propiciando la elección del intendente. Esa es la imagen pública que existe, cuando en realidad no es así.

El intendente, con las atribuciones que se están manteniendo, tendrá las mismas facultades con que cuenta hoy día.

Por lo tanto, es fundamental decir toda la verdad.

De otro lado, supongamos que el próximo año se elige al gobernador regional -tal como lo está exigiendo la Presidenta de la República a las señoras y a los señores Senadores de la Nueva Mayoría- y que esa autoridad no tiene atribuciones.

¿Qué nos ocurre a nosotros, los parlamentarios?

En mi Región, la gente me dice: "¡Cuándo nos van a subir las pensiones!", "¡Cuándo se solucionará el problema de la salud!", "¡Cuándo nos van a ayudar ustedes para que se acabe la delincuencia!".

En verdad, no son atribuciones del Parlamento.

Sin embargo, esa es la imagen pública existente.

Ahora, ante la posibilidad de que se apruebe esta reforma constitucional, yo me pregunto qué funciones va a tener el gobernador regional.

La comunidad le va a decir: "Esperamos que usted solucione todo lo que no se ha resuelto en nuestra región".

¿Qué podría ofrecer en su campaña un candidato a gobernador regional? ¡Solo la presidencia del core...! Es lo único.

Yo me pregunto cuál será la respuesta de la ciudadanía de nuestras regiones.

Por eso estuvimos disponibles para votar afirmativamente con la indicación que se presentó.

Lo primero era la entrega de competencias en materia de atribuciones y recursos. Pero si ella no existe, carece de sentido permitir hoy la elección de un intendente o gobernador regional, pues, en el fondo, no se sabe qué va a hacer.

Muchos me pueden decir: "Ahí se va a expresar la voz de la región".

No es esa la manera de legislar. No es la forma como -imagino- entiende la situación cada persona representada por nosotros.

Todos estamos de acuerdo, señor Presidente , en que hay que elegir a la autoridad regional. Pero debemos saber qué función tendrá.

Por otro lado, hemos de recordar -y bien lo señalaban algunos Senadores- un momento duro: cuando nos solicitaron nuevos recursos para el Transantiago y nació la "ley espejo".

¡Hemos tenido que luchar para poder conseguir los dineros provenientes de ella!

Aprovecharemos la discusión del proyecto de Ley de Presupuestos para fiscalizar a ese respecto, pues tenemos la impresión de que no se han entregado las platas como corresponde.

En todo caso, siempre que se analiza un proyecto que involucra al Metro -nos ocurrió el año pasado-, ahí están los recursos.

Hoy día necesitamos sincerar las cosas. Pero desgraciadamente, por la forma como se halla concebida, no podemos aprobar la iniciativa que nos ocupa.

Sin duda, quedan etapas.

Primero, debemos tener claramente definidas las atribuciones de los gobernadores regionales. Si eso no ocurre, carece de sentido seguir engañando al pueblo de Chile, en especial a los habitantes de nuestras regiones.

Todos estamos disponibles para aprobar este proyecto, pero con la condición de que sepamos claramente cuáles serán las funciones del gobernador regional.

En este momento, eso no está claro.

Como bien se dijo, este monstruo de dos cabezas presenta diferencias: una de ellas no podrá expresarse, aunque disponga de los recursos (da lo mismo, pues contará con el poder central); la otra no va a tener dientes y solo podrá opinar, sin posibilidad alguna de liderar y satisfacer los requerimientos de cada región.

Señor Presidente , yo pido -y lo han solicitado todos: parlamentarios tanto de la Nueva Mayoría cuanto de la Oposición- que, si se alcanza un acuerdo, ante todo se tenga claridad sobre las atribuciones, la delegación de competencias y la asignación de fondos, pues nada sacamos con la delegación si no hay recursos.

He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA .-

Señor Presidente , quiero partir con una afirmación, porque en algunos momentos del debate, haciéndose una caricatura, se ha sostenido que quienes están en contra de este proyecto no son regionalistas; que algunos se visten de regionalistas. Otros han dicho "¡Llegó la hora de la verdad!".

Yo soy de una Región: estudié en el Liceo de Hombres de Concepción y en la Universidad de Concepción; vivo en Los Ángeles, donde han nacido mis hijos. Por lo tanto, conozco los problemas que viven una provincia, una región, y las dificultades existentes en ellas; sé de qué manera las afecta el centralismo, y cómo a partir de ahí se puede entrar a las soluciones.

La pregunta que surge es si esta iniciativa avanza en la línea correcta.

A mi juicio, estamos ante un proyecto en el que la retórica ha ido cambiando.

Porque, si la ciudadanía lee en la prensa sobre lo que estamos haciendo hoy día, se informa de que estamos discutiendo la elección de intendentes.

Entonces, esto es lo primero que uno debe preguntarse: ¿Es verdad aquello? ¿Estamos debatiendo la elección del intendente como lo conoce la ciudadanía: aquel que dirige y, por tanto, tiene injerencia en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y los Servicios de Vivienda; en la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas y los servicios del sector, y, en definitiva, en todos los entes públicos? ¿Es la elección de ese intendente?

La respuesta, claramente, es no.

Tanto es así que el proyecto se da cuenta de eso y cambia de nombre. Así, se coloca una denominación nueva, que ni siquiera forma parte de nuestra tradición, y se incorpora al gobernador regional.

Entonces, a la gente hay que decirle la verdad: no va a elegir al intendente que ella conoce en su región, quien, más allá de su representatividad, tiene conducción, mando.

La segunda pregunta que hay que contestar, por consiguiente, es si ese gobernador va a ser la máxima autoridad de la región.

Si uno lee el proyecto que está sobre nuestros escritorios se percata de que no es así, pues, como dice expresamente -y lo han expresado así muchos Senadores: entre ellos, los señores Hernán Larraín y Andrés Allamand y la señora Ena von Baer-, el delegado presidencial va a tener la fiscalización, la coordinación, la supervigilancia de todos los servicios públicos relacionados con los ministerios, que son los servicios cuyo funcionamiento les importa a las regiones.

Ese trabajo lo realizará el delegado presidencial regional.

¿Qué va a hacer el gobernador regional? ¿Qué nos dice sobre el particular el proyecto (no se trata de lo que creemos ni de lo que deseamos nosotros, sino de lo que señala la iniciativa)? Que va a coordinar y a fiscalizar "los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional".

¿Cuáles son esos servicios? No existen. No hay ningún servicio regional; no existe una ley que los haya creado, y ni siquiera se está discutiendo un proyecto que los establezca.

En consecuencia, vamos a tener por un lado una autoridad fuerte, el delegado presidencial regional, con una serie de atribuciones, y por otro, un gobernador regional elegido por la ciudadanía pero sin facultades.

¿A qué lleva eso? Al conflicto.

En tal sentido, es importante recoger lo que dijeron los Senadores Girardi y Navarro . O sea, el gobernador regional, para validarse ante la ciudadanía por todo lo que prometió en la campaña y que no podrá cumplir por no tener atribuciones, deberá movilizar a la gente y rodear La Moneda, como señaló el colega Navarro .

¿Es razonable que estemos haciendo una reforma constitucional para eso?

¿Es sano; es políticamente adecuado o correcto; corresponde a nuestra responsabilidad modificar la Constitución Política del Estado para impulsar un conflicto, un disenso, y generar una dificultad.

El Senador Navarro , sí, comete un error. Porque dice: "El intendente, quien manejaba a los carabineros, ahora tendrá que encabezar las marchas". Pero el problema radica en que el gobernador regional jamás va a poder llamar al prefecto, al jefe de zona, pues esa será una atribución del delegado presidencial, quien, en consecuencia, a lo mejor en determinado momento deberá analizar la necesidad de reprimir una manifestación que esté realizando el gobernador.

En todo caso, lo que dicen los Senadores Girardi y Navarro es cierto: al gobernador regional no le quedará otro camino que el señalado, para no ser irrelevante. Porque nadie entra en la política y gana una elección para ser irrelevante, para quedarse en una oficina esperando que le lleguen las atribuciones.

Por lo tanto, seamos claros: aquí no estamos avanzando ni dando un paso histórico en el proceso de regionalización, sino que estamos incubando un conflicto debido a una reforma constitucional mal hecha.

Y la situación es peor aún, ya que existen los votos y está la voluntad política de las distintas fuerzas para hacer un camino de verdad.

Aquí hubo un esfuerzo de tres meses para negociar, discutir y construir gobiernos regionales robustos, con capacidades y facultades.

Creo que ningún gobierno se había enfrentado a un Senado con voluntad política para avanzar en la materia. Y ahí está la votación unánime en general para la elección del intendente, que ha cambiado sustancialmente a la de un gobernador regional absolutamente disminuido.

Ahora, lo principal es la falta de voluntad política para resolver el problema de fondo. Ello provocará incertidumbre, frustraciones, y va a generar un conflicto que en determinado momento será inmanejable y causará daño esencialmente a las regiones y, por tanto, a todo país.

¿Por qué no podemos hacer bien las cosas y avanzar en serio en esta materia cuando están los votos para ello?

Yo no logro comprender que el Gobierno esté buscando con tanta pertinacia caminar por esa senda, cuando lo único claro es que va a generar un conflicto absolutamente innecesario y que afectará fuertemente a las regiones.

Todas las normas van encaminadas hacia ese fin.

¡Por favor!, leamos el proyecto. La última disposición es la VIGÉSIMO OCTAVA. En ella se establece con claridad que una vez elegidos los gobernadores regionales van a operar de pleno derecho para ellos las normas constitucionales y legales que les corresponden como órgano ejecutivo del Gobierno Regional.

O sea, ¡el sombrero más chico de lo que son el gobierno y la administración interior de la región!

¡Todas las demás atribuciones, de pleno derecho, al delegado presidencial regional!

En consecuencia, señor Presidente , se está generando una situación inverosímil; por un lado, se debilita la autoridad presidencial, y por otro, no se fortalece la autoridad de la región.

¡El peor de los mundos!

Si se llega a aprobar eso, ¡va a ser un error político mayúsculo!

Tenemos capacidad para enmendar. Tenemos voluntad política para avanzar en serio en una reforma que verdaderamente le dé respuestas a la ciudadanía de las regiones.

Cuando la gente se dé cuenta de que no estará eligiendo a un intendente, ello le generará frustración y, en muchos casos, indignación. Cuando la gente se dé cuenta de que no estará eligiendo a la autoridad fuerte de la región, a la máxima autoridad de esta, el desapego y la mirada desdorosa hacia el trabajo del Senado y la Cámara de Diputados aumentarán considerablemente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Rossi.

El señor MOREIRA.-

¿Va a cerrar la discusión?

El señor ROSSI.-

No: falta el Senador Letelier, quien -creo- tiene las conclusiones de esta larga jornada.

Señor Presidente, uno de los problemas que se registran al cometer el error de apretar tarde el botón para solicitar la palabra es, primero, que suceden hartas cosas, como ha ocurrido en esta oportunidad (algunos acuerdos, en fin), y segundo, que se reiteran muchos argumentos.

Bueno: yo voy a esforzarme por no repetir lo que se ha dicho.

Quiero, sí, partir por una apreciación que tiene que ver con la forma como políticas...

Señor Presidente , pido, no que me escuchen, sino que haya silencio.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

¡Silencio, por favor!

El señor ROSSI.-

Señor Presidente, creo que tenemos un problema serio en nuestra democracia.

Debo decir que voy a votar a favor, pese a las profundas dudas, y que no tengo ninguna convicción en el sentido de que este proyecto vaya a avanzar en descentralización.

El señor COLOMA.-

Entonces, ¡vote en contra...!

El señor ROSSI.-

¿Cuál es la reflexión que quiero hacer? Y por ello primero planteo cuál será mi votación, pues me llama poderosamente la atención la tendencia que veo a la descalificación que hacen grupos de interés con respecto a las legítimas opiniones o a los puntos de vista que expresamos los parlamentarios cuando enfrentamos una votación relevante.

¡Considero que eso es inaceptable!

Había una persona -me señaló el Senador Montes que se trataba de una destacada intelectual- con un cartel que decía "No traicionen a sus regiones".

Me parece que esa no es la manera adecuada de tratarse entre personas que conviven en un país y que se supone quieren contribuir a que él sea mejor.

Sin respeto a las ideas del otro es imposible avanzar en tal dirección.

Entonces, lamento mucho los prejuicios que se instalan.

En este caso, si alguien es contrario al proyecto que nos ocupa quiere decir no solo que está en contra de la descentralización, sino además que tiene algún interés creado y, por lo tanto, no desea que haya nuevas autoridades.

Algunos decían que temían a la competencia. ¿Por qué? Porque es parte de la lógica del prejuicio.

También escuché aquí, en esta Sala, argumentos de parlamentarios en aquella dirección.

Yo podría decir a contrario sensu, poniéndome en la otra vereda, que los parlamentarios que apoyan esta iniciativa quieren más espacios de poder. Y se están creando más cargos: otro intendente, mayor burocracia.

En mi concepto, debemos aprender a, en vez de evaluar desde el prejuicio, desde la desconfianza en los argumentos del otro, valorar los razonamientos desde el punto de vista de su significado, de su fondo.

Eso es vital en una conversación que puede provocar consenso, lo que es básico para la democracia.

Pienso que hoy día se está generando un consenso fruto justamente de un diálogo fecundo y asentado en la confianza.

Quiero puntualizar aquello porque he visto que respecto de muchos colegas que habían planteado, por razones muy legítimas, su votación contraria a esta iniciativa existe en las redes sociales un acoso tremendo: descalificaciones hechas por instituciones que se dicen serias, que vienen al Congreso a plantear sus puntos de vista y actúan con respeto cuando están frente a las Comisiones pero no cuando proceden por la espalda.

¡Eso no me parece adecuado!

Por ello dije "Voy a votar a favor".

Pero quiero subrayar aquello, porque tal situación se da en todos los debates.

Empecemos a argumentar con fundamentos. Escuchemos la opinión del otro; critiquémosla; planteemos otro punto de vista, en fin. Así se gana, se avanza, se retrocede; pero, al final del día, se dialoga.

Eso, por un lado.

En cuanto a este proyecto, señor Presidente , ¿por qué no tengo convicción en cuanto a que vaya a hacer avanzar en descentralización?

Ello, no solo por lo que se ha sostenido aquí de manera reiterada en el sentido de que no hay atribuciones o competencias claras para los futuros gobernadores regionales.

No por nada se les llama "gobernadores regionales", no "intendentes". La prensa dice "intendentes". Y la gente cree que son intendentes como los que hoy día designa la Presidenta de la República : con múltiples funciones, con todo el poder ejecutivo, encabezando el Gobierno Regional. ¡No! Los intendentes son los delegados presidenciales del futuro, quienes serán designados por la Presidenta o el Presidente de la República y van a significar un contrapeso o, más bien, el peso sobre la figura del gobernador regional, al que se elige con muy pocas facultades.

Pero esa es una parte del problema.

Vamos a la otra.

Si uno analiza las funciones que se pretende transferir (supongamos que se van a transferir competencias y atribuciones) ve que ellas son más bien ejecutivas.

¿Dónde están las facultades de diseño de políticas públicas, de elaboración de políticas públicas? ¿Dónde se piensa la región?

Si no cambiamos este proyecto, la región se seguirá pensando en Santiago y en la región se ejecutará lo que se piensa en la Capital.

Entonces, aquí estamos avanzando en democracia porque elegimos autoridades, porque hay autonomía política. Pero la autonomía política no tiene que ver necesariamente con la descentralización, la cual está relacionada con otros aspectos relevantes en el ejercicio del poder, como el de la capacidad de pensar justamente en la región; el de contar con una visión de largo plazo y una estrategia de desarrollo regional, y el de definir políticas públicas relacionadas con el contexto geopolítico, social, cultural e histórico; con la identidad.

Tratándose del transporte en el extremo norte, los taxis básicos funcionan como colectivos y los taxibuses cumplen un rol distinto que en Santiago. Sin embargo, todo se define en el Ministerio de Transportes.

¡Si no median cambios, de qué sirve elegir autoridades sin atribuciones ni funciones! ¡Esta es la reflexión!

Por eso, lamento que se haga una caricatura de las personas que mantenemos legítimos reparos al proyecto de ley.

Además, juzgo que ha habido problemas políticos en la tramitación, porque evidentemente no se entiende que el mismo acuerdo al que se llegó a las 23 no se haya podido alcanzar antes. Hace unos siete días se modificó el texto, al sacarse un punto que era fundamental y por el que dimos nuestra aprobación en general. De manera majadera se ataca a quienes votaron, por haberse "dado vuelta la chaqueta". ¡No es así!

Antes se decía que no se iban a realizar elecciones mientras no existieran atribuciones claras. Pero el asunto se encuentra contemplado en el proyecto. Entonces, frente a un cambio, estimo legítimo que se verifique otro en la conducta, la actitud y el voto.

Desde ese punto de vista, valoro que se esté generando un acuerdo para un pronunciamiento a favor, porque es lo que queremos todos, efectivamente.

Una cosa más. En cuanto al mecanismo para elegir al gobernador regional, no creo que el cuarenta por ciento -lo expresó bien la Senadora señora Muñoz - garantice la debida legitimidad. Si consideramos que esa autoridad será el Presidente de la República en la región, debería ser electo por mayoría absoluta y efectuarse una segunda vuelta.

Una última reflexión da cuenta, justamente, de que estamos improvisando y falta planificación y de que estamos actuando a matacaballo.

Me llama la atención que algunos colegas de una bancada -no veo a muchos- hagan referencia, muchas veces, a la gradualidad y a legislar con calma para hacer las cosas bien y no cometer errores. Y aquí: legislemos rápido y cometamos errores. Los yerros se pagan y el costo es de cargo de la gente. Y después uno tiene que asumir la responsabilidad como legislador.

Por ejemplo, ¿el Ministerio del Interior ha trabajado en algún minuto con los gobiernos regionales y las universidades? ¿Hay algún convenio con los planteles de enseñanza superior para ver si en la región existen la capacidad instalada y el capital humano?

¡Si la descentralización la hacen las personas, no solo las leyes que elaboramos en el Congreso! Necesitamos capital humano para ser capaces de diseñar políticas públicas, ejecutarlas con éxito y ser eficientes.

¿Dónde está el Gobierno? ¿Qué ha hecho con la Universidad Arturo Prat, con la Universidad de Tarapacá, con la Universidad de Magallanes? ¿Hay algún trabajo con los intelectuales, con los académicos, con los técnicos, con la gente que está viviendo el día a día?

Cuando expresamos que no se están haciendo bien las cosas, ello tiene que ver con eso: una planificación.

Quería formular todos estos comentarios porque me parece necesario hacerlos ver cuando se vota un asunto relevante.

Sinceramente, pongo toda la esperanza y la fe en que a partir de ahora procedamos en forma apropiada y en que con la aprobación del proyecto logremos crear un país efectivamente descentralizado, en la medida en que ello resulte eficiente y traiga prosperidad, no conflictos.

Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier, último inscrito en esta parte del debate.

El señor LETELIER .-

Señor Presidente , estimados colegas, he escuchado una cantidad de ideas que en algunos momentos me hacen pensar que vivimos en países distintos. Explicaré el porqué de esta afirmación en su momento.

Voy a votar a favor. Entre elegir y no elegir a quien preside el Gobierno regional, prefiero que sea elegido. Y sé que es el inicio de un proceso. Pero me referiré después también a ello.

Deseo consignar que existen deficiencias en el proyecto, de lo cual pido dejar constancia. Las facultades fiscalizadoras no son del cuerpo del consejo regional, sino de cada consejero. A mi juicio, esta es una cuestión para discutirla. Constituye un cambio de modelo.

Tampoco se encuentra establecido cómo resolver las contiendas de competencia que se puedan generar.

Me parece que son dos falencias de la reforma constitucional. Espero que sean abordadas en el próximo paso.

Respecto del texto en sí, cabe tener presente que somos un país que cree en la regionalización, la descentralización y la desconcentración. Por mi parte, coincido con ello, pero en el marco de un Estado unitario. No me parece conveniente un sistema federal en Chile.

Esta definición tira al piso, por ende, todos aquellos discursos -un poco demagógicos, a mi juicio- relativos a una "dualidad de poderes". No. Existen atribuciones: los alcaldes tienen algunas; el Gobierno central, otras, y los gobiernos regionales, otras. Y es necesario precisar de cuáles se trata.

Esta discusión es muy nítida en países de carácter federal. En los Estados Unidos, los municipios ejercen control sobre la policía. La salud y la educación se hallan al nivel de los gobiernos regionales, de las gobernaciones. El Gobierno central fija ciertos estándares. Dependiendo del Estado, se dispone de facultades en materia de transportes.

Todos los Estados federales cuentan con algo de lo que carecen los de carácter unitario -es un debate pendiente-, que dice relación con la facultad de cobrar impuestos, con la autonomía financiera.

La existencia de diferentes autoridades con distintas funciones es natural en un Estado unitario. No se trata de elegir una que sea la máxima.

Me parece muy importante que en la discusión sobre las atribuciones podamos precisar qué queremos que se contemple en la próxima ley.

Entiendo que el uso del suelo vamos a radicarlo en las regiones, como también las políticas habitacionales. Son materias de una tremenda trascendencia. Discrepo por completo de la visión de algunos que las consideran irrelevantes.

Hay debates, sin duda, acerca de cuáles son las otras atribuciones. Quiero plantear una que resulta fundamental para que la elección, en la primera fase, adquiera proyección. ¡No puede ser que el Gobierno central determine las recomendaciones satisfactorias, es decir, en qué debe invertir cada región sus recursos! Eso se relaciona con una política nacional de inversiones que tiene que quebrarse y sufrir una mutación con el paso que se da hacia la regionalización.

Pero en lo concerniente a esta última tenemos que definir, asimismo, otro elemento que a mí me preocupa.

En la Región de O'Higgins, el 24 por ciento de la población vive en Rancagua. Estimo conveniente que exista claridad, si se me permite decirlo así, ante el hecho de que la autoridad electa: el Presidente del Gobierno regional, cuyo símil sería hoy el Presidente del Consejo Regional -aprovecho de saludar a Fernando Verdugo , quien ocupa ese cargo en la Región que represento y nos acompaña en las tribunas junto a quienes han estado presenciando el debate durante todo el día-, contará con atribuciones respecto de algunas cosas que hoy día no resultan precisas. Entiendo que necesitamos definir de mejor forma.

No soy partidario -comparto lo planteado en el debate que hemos sostenido con mi Honorable colega Montes- de que el FOSIS esté a nivel de los gobiernos regionales. Debería ser una política comunal. Opino que la lucha contra la pobreza dice relación con una política local y no regional. Por lo tanto, tenemos que determinar cuál es la autoridad que ejercerá ciertas funciones en nuestros territorios.

Mas igualmente deseo recordar que no todas las regiones son iguales. Enfrentamos un problema real: llevamos a cabo esta discusión a partir de aquellas que fueron divididas por el general Canessa de acuerdo con la sede de los regimientos y no de la realidad geográfica e histórica.

¿Tendremos que abordar la cuestión? Sí. Pero no por ello creo que no se debe avanzar en este tranco, que permitirá elegir a una autoridad -no es la máxima: no tiene por qué serlo- con competencias y atribuciones claras. Es necesario establecer qué políticas públicas podrá definir.

A mi juicio, lo frustrante, muchas veces, es que incluso las platas del Gobierno regional -las del Fondo Nacional de Desarrollo Regional- dependen de lo que hace la Dirección de Presupuestos.

¡Ninguna región ha podido administrar autónomamente los recursos espejo derivados del Transantiago!

Estos son los puntos que necesitamos precisar, no frenar que el Presidente del Gobierno regional sea electo ni aspirar -como algunos, al parecer- a transformar la situación en un falso federalismo, porque no se trata de eso.

Voy a votar a favor. Juzgo que el proyecto es tremendamente relevante y significa un paso en la dirección correcta, pero hay otros debates pendientes.

Espero que alcancemos a definir bien la iniciativa sobre atribuciones antes de cierto plazo en el próximo año. Si no se logra, no se logra. Mas eso no afecta esta reforma constitucional ni incide en lo más mínimo disponer que el presidente del Gobierno regional sea elegido. Me parece que esta no es solo una señal, sino que también se establece una obligación.

Algunos son medio catastróficos en el debate. Tengo una interpretación de por qué: existe pánico a democratizar el poder. Estimo que en el nivel del Gobierno central hay gente que experimenta pavor ante la entrega de potestades a las regiones.

Creo que el Congreso Nacional también pierde poder al ser ellas empoderadas en el aspecto de que se trata.

El debate me parece legítimo.

Pienso que descentralizar le hace mejor al país. Pero, a pesar de que daré mi aprobación y de que la cuestión depende del debate sobre las atribuciones que llevemos a cabo con motivo del proyecto de ley orgánica constitucional que se tramitará con posterioridad, tengo una duda en cuanto a cómo el esquema de regionalización o de descentralización afecta dos cosas.

La primera de ellas es el modelo de desarrollo nacional. Somos un país que extrae y exporta recursos, sea del mar, sea de las montañas, sea de los bosques. ¿Cuál va a ser el rol del Gobierno central en la promoción de directrices de esa índole?

Por ello, no soy partidario -lamento que se haya ausentado el Ministro señor Eyzaguirre , quien tuvo que salir para conversar sobre un asunto, según entiendo, pero se encuentra presente la señora Subsecretaria- de debilitar a la CORFO, que ya presenta esa condición. Necesitamos instrumentos públicos para que en ciertos territorios sea posible promover el desarrollo en una forma que las regiones solas no lograrán.

Por otro lado, espero que aseguremos que la administración de recursos de las regiones no quedará en las grandes ciudades. Como indiqué antes, Rancagua implica el 23 o 24 por ciento de la población de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y la provincia de Cachapoal, más del 72. Si la elección del gobernador regional solo dependerá de la votación, se invertirá únicamente en Cachapoal, mientras que las provincias de Colchagua y de Cardenal Caro van a quedar en situación de rezago.

En consecuencia, necesitamos desconcentrar el Presupuesto. Tenemos que propender a que los consejeros regionales de Cardenal Caro o de Colchagua cuenten con un peso específico o con un piso garantizado. Es como el criterio del Fondo Común Municipal en orden a la redistribución de recursos en todo el territorio. Se trata de estándares mínimos.

Ese debate todavía no se ha hecho presente.

Reitero que votaré a favor. Estimo que se da un paso en la dirección correcta.

Comprendo a los que tienen aprensiones. Respeto muchísimo la opinión del Senador señor Montes , con quien hemos discutido acerca del asunto desde hace muchos años. Su duda tiene que ver con qué tipo de regiones queremos crear.

Cabe entender también que la Metropolitana, con todas sus provincias, es una región, que muchas veces se ve agobiada por el Gobierno central al no estar claras sus atribuciones para sacar adelante su propio modelo de desarrollo.

El señor LAGOS (Presidente).-

No hay más inscritos.

Les recuerdo a Sus Señorías que ahora comenzará la votación. Le pido al señor Secretario que haga sonar los timbres.

Les agradezco su paciencia. Hemos debatido durante seis horas y media -desde las 16:30 y son las 23- y queda un número importante de pronunciamientos.

Solo deseo puntualizar que el compromiso es votar primero los artículos 111 y 115 bis.

Les pido a las bancadas avisarles a los Senadores.

Tiene la palabra el señor Secretario para exponer el proceso que sigue a continuación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Como lo acaba de explicar el señor Presidente , se acordó pronunciarse en primer término sobre el artículo 111 propuesto por la Comisión.

El Honorable señor Harboe ha pedido votación por inciso.

El primero de ellos expresa:

"La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región".

La aprobación de todas las normas del proyecto requiere 22 votos, con excepción del número 4), que exige el pronunciamiento conforme de 25 Senadores en ejercicio.

Quienes estén de acuerdo tienen que acoger la recomendación del órgano técnico.

El señor LAGOS (Presidente).-

En votación.

--(Durante la votación).

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente , más allá de la fundamentación del voto, considero necesario despejar un punto.

Al respecto, los Senadores señores Guillier y Horvath , la Honorable señora Lily Pérez y quien habla sosteníamos recién una conversación con el señor Ministro .

Aquí se está tejiendo -el país tiene que saberlo- un acuerdo que, desde nuestra perspectiva, probablemente determinará una situación engañosa en cuanto a la elección en 2017.

Y voy a decir por qué. Para que se pueda contar hoy con los votos de algunos señores parlamentarios que no estaban de acuerdo con el proyecto de ley, se le ha dicho al Gobierno que es preciso "amarrar un trencito": la elección del gobernador regional en 2017 queda supeditada a la condición de que esté también zanjada la cuestión de la competencia.

¡Una cosa con otra!

Para explicarlo aún más fácil: si no llega a haber traspaso de competencias, un acuerdo en esa materia, no habrá elección de gobernadores el año 2017.

¡De eso se trata, señor Presidente!

En consecuencia, no solo es una situación del todo extraña, sino que lo más probable es que lo que hemos señalado -tener elecciones el 2017- simplemente se caiga porque dudamos de que exista verdadera voluntad para zanjar el proyecto de ley sobre traspaso de competencias.

El señor Ministro ha expresado que tiene un camino adoptado -si así lo hace ver luego- para poder despejar esta duda. Nosotros hemos defendido absolutamente esta iniciativa. Y este acuerdo acaba de ocurrir hace pocos minutos. Es un acuerdo de última hora, que le permite al Gobierno evitar el probable bochorno de no contar con los votos necesarios.

Frente a esta situación, señor Presidente , voy a votar favorablemente, porque así lo he marcado y porque quiero confiar en lo comprometido por el Gobierno y el señor Ministro , pero quiero decirle al país que tengo dudas, legítimas dudas, de que haya una verdadera voluntad para llevar a cabo elección de intendentes el año 2017.

El señor MOREIRA.-

¡Graves acusaciones para ustedes!

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , yo no quería intervenir, pero hay dos afirmaciones que, francamente, no puedo dejar pasar.

En primer término, yo suponía que todos entendíamos que para que hubiera elección de gobernador este debía tener competencias. De lo contrario, sería el único caso en la historia de Chile en que habría una autoridad elegida que no contara con competencias. ¡Ninguna! Y no tendría ninguna porque la normativa que las debe regular es justamente la ley sobre competencias. Por lo tanto, la existencia de esta ley es requisito sine qua non para que el gobernador ejerza algún poder.

Supongamos que no hay ley de competencias, que no hay, por ende, facultades, y que se elige al gobernador. ¿A qué oficina se va a ir? ¿Qué va a hacer, si no tiene atribuciones, no tiene competencias, no tiene nada, solo un marco constitucional que le dice que va a ser elegido por la ciudadanía y que sus funciones serán supervigilar y coordinar los servicios? ¡Pero no tiene atribuciones, no tiene nada! Nunca he visto en la historia de Chile algo más insólito como que alguien pretenda tener una autoridad elegida pero sin ninguna facultad.

Podemos estar en desacuerdo. Nosotros consideramos que este proyecto es malo. El 95 por ciento de las señoras y señores Senadores que han intervenido lo han señalado. Y ahora además tenemos que decir que la máxima autoridad regional será elegida sin ninguna atribución.

Quiero advertir que al menos con nosotros no hay ningún acuerdo.

Lo que algunos -algunos- vamos a hacer, fundados en los argumentos que hemos dado, es señalar que, mientras no se fijen y no se diga cuáles van a ser las competencias, no aprobaremos el proyecto, porque el acuerdo primario con el Gobierno, cuando votamos esta iniciativa en la Sala, era que íbamos a firmar un protocolo que mencionaría cuáles iban a ser las competencias.

¡Ese fue el acuerdo!

El propio Senador Bianchi reclamaba, sesión por sesión, que se le indicaran cuáles eran las competencias. Y ahora estamos votando un proyecto en que no se conocen las facultades de la autoridad que será elegida.

No creo que exista otro caso en que se haya procedido así.

Si aprobamos este proyecto, siendo plena y totalmente partidarios de la elección del gobernador -de hecho, el año pasado lo pusimos en tabla sin que el Gobierno le fijara urgencia-, fue porque al frente teníamos a autoridades de Gobierno que nos dijeron: "No se preocupen. Habrá un protocolo donde se van a acordar las competencias y las facultades".

Pero ahora desaparecieron y estamos en el aire, sin saber qué facultades podrían darse. Y además en una materia que es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Más aún, no llegamos a acuerdo en el protocolo que el Gobierno nos había entregado, precisamente porque no concordábamos con las atribuciones que allí se citaban.

La propia Comisión de Descentralización señala que hay competencias exclusivas. ¿Decía eso el protocolo? ¡No!

Señala que hay competencias compartidas. ¿Decía eso el protocolo? ¡No!

Señala que hay competencias delegadas. ¿Decía eso el protocolo? ¡No!

O sea, el protocolo no indicaba nada de lo que se señalaba que había que fijar.

Yo, señor Presidente , simplemente intervengo ahora porque creo que aquí cada uno tendrá que dar razón de sus dichos, legítimamente, ante la ciudadanía.

Por lo tanto, quiero expresar que al menos quienes nos vamos a abstener -otros votarán en contra- lo haremos porque -ya lo hemos explicado hasta la saciedad- el acuerdo era mucho más profundo que simplemente hablar de una ley de competencias.

El Senador Tuma fue muy claro al respecto. "¡Pero díganme cuáles son!", planteó.

Indiquen cuáles son concretamente, dónde están, cuáles serán reales.

Y eso no se ha hecho.

He dicho.

La señora PÉREZ (doña Lily).-

¡Estamos en votación, señor Presidente!

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Así es. Estamos en votación, pero se puede fundamentar el voto, señora Senadora.

Las intervenciones han estimulado a los colegas y ya hay seis inscritos, entre los cuales no estoy yo.

Tiene la palabra, a continuación, el Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , doy mis disculpas a las señoras y señores Senadores porque entiendo que a esta hora todos estamos cansados.

Sin embargo, y dado que el Senador Bianchi lo ha puesto en discusión, yo voy a votar a favor del artículo 111, que dispone lo que es el gobierno regional y la elección directa del gobernador.

Y voy a votar en contra de la disposición vigésimo octava transitoria, porque a eso se refiere el Senador Bianchi .

Fíjese, señor Presidente , que el artículo 111 habla tres veces de ley orgánica constitucional.

Primero, cuando establece que el gobernador regional será el órgano ejecutivo, señala que deberá "ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine".

Segundo, expresa que el gobernador regional será elegido por sufragio universal, "en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva".

Y tercero, cuando en su inciso final dispone que "La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad".

Ahora miren lo que dice la disposición Vigésima Octava transitoria: "La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se realizará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece el artículo 111".

¿A cuál de las tres leyes se refiere? ¿O es una sola ley?

Yo puedo entender perfectamente bien que es una sola ley, pero también se puede entender, legítimamente, que son dos o tres leyes distintas.

A mi juicio, está mal redactada la vigésima octava disposición transitoria. Y por eso voto en contra, señor Presidente , porque nosotros debemos tener normas constitucionales claras, precisas. Si no, lo único que hacemos es que se generen más conflictos, más dificultades, y que, en definitiva, no saquemos una reforma constitucional. No estamos hablando de una ley cualquiera: estamos hablando de disposiciones constitucionales, que en este caso están mal definidas, mal redactadas.

Entonces, que no se nos vengan a suponer dobles intenciones ni intenciones oscuras. Yo les ruego por favor que leamos lo que estamos aprobando. Simplemente eso.

En mi opinión, hay que votar en contra de la disposición vigésimo octava transitoria, tal como aparece en las páginas 41 y 42 del comparado.

Muchas gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Seré muy breve, señor Presidente , porque no quiero abusar.

Lo único que quiero decir es lo siguiente.

Primero, al Senador Espina, que parece que no está sacando bien los porcentajes. ¡Ojalá que no siga así en el próximo tiempo...! Porque la verdad es que el 95 por ciento no sé dónde está. Y es muy importante no equivocarse en los porcentajes.

En segundo término, estamos votando el artículo 111.

Yo entiendo la observación que hace el Senador García, pero nos referiremos al tema cuando discutamos la disposición vigésimo octava transitoria.

Ahora estamos votando el artículo 111, que voy a aprobar, pues considero que no ofrece ninguna dificultad, ninguna complicación.

Y, por último, al Senador Carlos Bianchi le puedo asegurar que existe el compromiso para que, dentro de un plazo razonable -el Ministro incluso ha hablado de "suma urgencia"-, veamos el proyecto sobre transferencia de competencias, así como la ley orgánica constitucional relativa a la elección de intendentes.

Es un compromiso que hemos asumido. Y yo puedo dar mi palabra de que eso será cumplido por nosotros.

Voto que sí.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.-

Señor Presidente , solo quiero expresar que voy a votar a favor de este proyecto porque hemos acordado garantizar que la autoridad regional contará, previo a su elección, con una ley que le fijará sus atribuciones. De ese modo, garantizamos que los candidatos sepan a qué cargos van, y los ciudadanos, qué potencialidad y qué atribuciones tendrán quienes resulten electos.

Por eso, no gustándome el proyecto, que venía incompleto, gracias a la resistencia de algunos Senadores, hemos logrado dos por uno: aprobar la elección democrática de las autoridades y, al mismo tiempo, garantizar que ellas contarán con atribuciones para atender las demandas de las regiones.

He dicho.

El señor BIANCHI.-

¡Pero obvio! ¡El problema es cuándo!

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente , a mi juicio, aquí ha habido una denuncia a través de las cámaras de televisión del Senado, con la transmisión directa de todos los canales en este minuto, y se ha emplazado a este Parlamento...

El señor NAVARRO .-

¡Nos están viendo todos...!

El señor MOREIRA.-

¡No estamos en Venezuela, Senador Navarro!

El señor NAVARRO .-

¡Allá habría decidido el pueblo hace rato!

El señor MOREIRA.-

¡El pueblo le va a dar la espalda...!

Lo que quiero señalar -y disculpe, señor Presidente - es muy simple...

El señor NAVARRO .-

Pero, Senador,...

El señor MOREIRA.-

¿Lo puede hacer callar, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

Yo les pediría a todos los presentes que hiciéramos un esfuerzo por escucharnos, o al menos para no interrumpirnos.

El señor MOREIRA.-

Gracias, señor Presidente , por su liderazgo.

Un señor Senador ha dicho que aquí prácticamente hay un contubernio, porque no va a haber elecciones el 2017 y el Gobierno terminó convenciendo a los parlamentarios.

Yo quiero señalar que nosotros no estamos en ningún contubernio, porque NO ESTAMOS DE ACUERDO CON ESTE PROYECTO (con mayúscula), que consideramos malo, malísimo para Chile. Y no me vengan a decir que con las elecciones va a cambiar el país y va a haber mayor descentralización, porque yo veo, especialmente a la Nueva Mayoría, detrás de los ciudadanos para que vayan a votar en las elecciones municipales. La gente no está esperando la elección de intendentes; la gente está esperando solución a los problemas que viven. Esa es la realidad.

Ahora, ¿votar a favor o en contra va a tener algún costo electoral? ¡Cero! La gente está cansada de las promesas que se han hecho. La gente está cansada de políticas públicas como el Transantiago, como la reforma tributaria.

¡Por Dios que estoy contento de haberme abstenido en la reforma tributaria! Ya hemos visto lo que está pasando con ella en el último tiempo.

Señor Presidente , sería bueno escuchar si existe o no un contubernio, como ha señalado acá un Honorable Senador de regiones. A mi juicio, es una acusación tremendamente grave. Yo quiero desentenderme de ella y aclararles que nosotros no estamos en ningún contubernio. Vamos a decirle "no" a este proyecto con nuestra abstención. Queremos elecciones democráticas, pero con una ley justa, realista, y no la pugna que se va a generar en cada una de las regiones. Nosotros vamos a demandar a quienes voten a favor cuando eso ocurra.

Por último -y con esto termino, señor Presidente -, quiero destacar que yo no he visto a ningún Senador convencido de este proyecto. "Sí, vamos a votar a favor, pero tenemos una aprensión", se oye decir. Escuché discursos con convicción, con solidez, pero parece que a las 23 horas cambiaron de opinión, porque ahora hablan del "dos por uno", del "tres por dos", del "cuatro por seis". ¡O del "cuatro por cuatro", del "todo terreno"...! Entonces, como que las cosas cambiaron de la noche a la mañana.

Pero nosotros no vamos a cambiar de opinión, porque este proyecto no es malo, es muy malo, y además contiene publicidad engañosa, pues se está engañando a todos los chilenos.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro, por cinco minutos.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , ya lo advertí durante mi intervención inicial: este es el campo de batalla en contra del centralismo y la monarquía presidencial. Algunos han elegido que esa lucha se dé en la oficina que está aquí al lado, la pequeñita; otros, en el Hemiciclo.

Porque lo que ha planteado el Senador Bianchi no está en el proyecto, pero, por cierto, me preocupa. Basta que se dilate el debate sobre atribuciones -que va a ser extraordinariamente largo, porque yo quiero muchas, fuertes y grandes atribuciones para la Región del Biobío, y creo que tienen que ser diferenciadas por región- para que no haya elección de intendentes el 2017. Y habrán conseguido su objetivo quienes no las desean en esa fecha, objetivo no confesado en esta Sala.

Yo no he participado del acuerdo que menciona el Senador Bianchi, el cual, efectivamente, no está hoy día en el proyecto. No sé cuándo lo va a introducir el Gobierno. Y les quiero preguntar a los tres Ministros que están en la Sala cómo se va a materializar lo que ha planteado mi colega en el sentido de que va a haber una condición: si no están fijadas las atribuciones, no habrá elección de intendentes.

Quiero advertir que podemos pasarnos todo el último año del Gobierno de la Presidenta Bachelet y los primeros del próximo discutiendo facultades. Porque algunos dirán: "¿Para qué nos vamos a apresurar si las próximas elecciones son el 2021?". Por tanto, podemos tener un tiempo larguísimo: nos podemos pasar tres, cuatro años discutiendo facultades, cuando lo que yo quiero es que efectivamente haya elecciones. Como he dicho, un líder regional, una lideresa regional tendrá que encabezar el proceso de exigir y conquistar atribuciones. El poder no se regala. Ni este Gobierno ni el que venga va a regalar poder a las regiones. Habrá que conquistarlo.

Si aquí la idea es prolongar, extender, dilatar el proceso de elección, el objetivo se estaría consiguiendo. Por eso, es bueno que los señores Ministros nos informen. Porque yo he apoyado lealmente el proyecto, con la convicción de que este es un paso gradual, pero decisivo.

Serán los propios intendentes -reitero- los que tendrán que marchar, junto a la ciudadanía. Y ahí vamos a poner a prueba a los Senadores.

Yo emplazo a la Senadora Van Rysselberghe, al Senador Pérez Varela , al Senador Harboe a que definan de qué lado van a estar. ¿Van a estar con el intendente, que va a demandar mayores facultades, o van a estar en la retaguardia, procurando que eso tome más tiempo? Porque ya me imagino la argumentación: "Tenemos cinco años más". No habrá el peso de la elección, del juzgamiento popular si se eligen o no, salvo si Ñuble se conforma como región y debe elegir intendente.

Hay quienes tal vez no quieren que se elija en esa "región", hasta que sea suficientemente fuerte para tener un intendente propio. Yo lo considero legítimo. Sin embargo, no estoy disponible para que esto se dilate cuatro o cinco años más, porque las regiones lo que quieren de verdad es descentralización, terminar con la monarquía presidencial ahora.

La Región del Biobío tiene cuatro senadores, doce diputados. ¡Por favor! Lo he pedido cientos de veces: "Hagamos un parlamento regional, juntémonos por la región, trabajemos juntos por la región".

¡No se escucha, padre!

Porque aquí la partidocracia es clara. Aquí hay un discurso regionalista, un regionalismo de papel lustre y un actuar que desentona, incoherente. Por lo tanto, lo quiero advertir: no habrá elección de intendentes el 2017. Digámoslo con franqueza. Porque, efectivamente, el debate sobre las facultades va a ser largo, extenso, necesario y riguroso.

Yo prefiero dar ese debate con la ciudadanía, en la calle, en la región, y no entre cuatro paredes, en la salita de al lado o en este Hemiciclo, con un parlamento elegido con el sistema binominal. ¡Por favor, estimados colegas! ¡Este Senado, este Parlamento ha estado condicionado por un sistema binominal que ha tenido subsidio! ¡Aquí no está representada toda la diversidad de Chile! ¡Aquí se ha conformado una elite que ha excluido a una parte determinante de los chilenos, entre ellos el Partido Comunista!

Por lo tanto, para una elección histórica tan importante, si no hay acuerdo, yo prefiero discutir el tema con la ciudadanía en cada una de las regiones. Y serán los intendentes los que marchen sobre Santiago a conseguir y conquistar facultades, sin esperar que lleguen de migajas o regaladas.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente, me voy a referir al final a lo que acaba de señalar el Senador Navarro.

Me parece que la intervención del Senador Bianchi fue muy clarificadora.

Quiero decir, primero, que yo no iba a intervenir en el debate sobre este inciso porque no he participado en ningún acuerdo, y, segundo, que lo voy a votar a favor pues me parece adecuado: establece cuál es la administración superior, dónde radica.

Sin embargo, ha quedado de manifiesto la intención del Senador Bianchi: dan lo mismo las competencias que tenga la autoridad. Él quiere elegir una pega política, y le es igual que se elija y las facultades que tenga.

Él dice: "Mire, ¿sabe qué? Aquí hay un acuerdo espurio". Yo no tengo idea de eso. Él tendrá información que no manejo.

Yo quiero que exista una autoridad regional electa, efectivamente, pero que cuente con capacidad de decisión. Por eso, es muy importante que haya una transferencia de competencias efectiva.

A propósito de la presentación del informe de la Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Regional, recuerdo que cuando estaba aquí, en la Sala, le manifesté a uno de sus miembros, el señor Heinrich von Baer , la necesidad de que se incorporara dentro del texto, por ejemplo, la existencia de competencias fiscales -o que se potenciara al Gobierno en tal sentido-, para que la autoridad regional tuviese atribuciones y pudiera resolver temas con recursos propios.

Incluso se planteó una discusión respecto de la posibilidad de endeudamiento para el desarrollo de infraestructura regional para la competitividad.

Nada de eso se discute hoy día en la iniciativa de ley de transferencia de competencias, lamentablemente. Y yo espero que esa ley exista.

En ese punto tengo una diferencia con el Senador Bianchi, que es muy legítima, por cierto. Él expresa: "Mire, no esperemos la ley de transferencia de competencias, sino que elijamos a la autoridad".

El señor BIANCHI .-

¡No es eso, Senador Harboe!

El señor HARBOE.-

Lo que yo digo es: "Mire, ojalá que el Gobierno mande rápidamente -así por lo menos lo ha señalado el Ejecutivo - una ley de transferencia de competencias que involucre capacidad de decisión".

Porque no puede ocurrir que nosotros le digamos al país que va a elegir a una autoridad regional y, al poco andar, señor Presidente, esta deba pedir permiso a Santiago para cada una de las cosas que deba realizar. Al final del día, efectivamente la gente quiere democratizar sus regiones. Pero, sobre todo, que le solucionen los problemas en el territorio y que no deba preguntarlo todo a Santiago.

Respecto del planteamiento del Senador Navarro, es muy legítimo que exprese una duda. Pero quiero recordarle que lleva sentado veintitrés años en el mismo Parlamento que critica, y que fue elegido con el sistema binominal.

El señor NAVARRO .-

¡Fui primera mayoría, Senador Harboe!

El señor LAGOS (Presidente).-

No interrumpa, por favor, señor Senador.

El señor HARBOE.-

Nosotros contribuimos de manera determinante a derogarlo. Y creo que fue un avance importante.

Pero aquellos que estamos en el Congreso también nos encontramos conminados por mandato a realizar las transformaciones dentro del sistema y a hacer las modificaciones institucionales con nuestro voto, lo que está dentro de nuestras facultades.

Si alguien cree que las modificaciones se hacen en la calle, eso es legítimo. Sin embargo, nos eligieron no necesariamente para estar en la calle, sino también para escucharla y para ser capaces de transformar la institucionalidad del país al interior del Parlamento. Y considero que se debe contribuir con aquello.

Creo que, al final, eso es mucho más efectivo que levantar un cartel o gritar en la calle.

El señor BIANCHI .-

¡Señor Presidente , me siento aludido!

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Su Señoría fue aludido. Pero no existió menoscabo en la forma en que el Senador señor Harboe se refirió a su persona.

El señor BIANCHI .-

¡Lo hubo, señor Presidente!

El señor LAGOS (Presidente).-

En mi opinión, no.

Sin perjuicio de aquello, podrá hacer sus descargos cuando fundamente su voto en la siguiente votación.

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente, nosotros hemos dicho que es importante que se establezca una ley de transferencia de competencias y que se sepa de cuáles se trata.

Se plantea que dicha normativa se va a tramitar de manera rápida y que corresponde a la misma iniciativa de ley de transferencia de competencias que actualmente se encuentra en la Comisión de Gobierno del Senado.

Nuestro problema radica justamente en eso.

Ese proyecto sobre transferencia de competencias, aunque fue objeto de una indicación sustitutiva, viene del Gobierno anterior. Y está redactada con cierta lógica: la del intendente designado. Por eso no conjuga bien con la elección del intendente.

De ahí que fuera tan importante establecer la ley de transferencia de competencias respecto de la elección de intendentes. Y eso es lo que tantas veces tratamos con el Ejecutivo.

Entonces, yo espero que en la tramitación de esa iniciativa cambiemos la lógica. Pues si no lo hacemos, todos los problemas planteados hoy seguirán subsistiendo.

Tanto es así que quiero dar un ejemplo expresado por el señor Ministro Secretario General de la Presidencia en la Comisión de Gobierno. Él expuso que una de las grandes e importantes competencias que se les van a entregar al gobernador electo y a los gobiernos regionales era poder definir el plan de ordenamiento territorial de manera específica y vinculante.

Pero si ese gobernador electo puede definir dicho plan de ordenamiento territorial en forma autónoma podría desordenar el ordenamiento territorial de todo el país.

Entonces, el señor Ministro señaló que para que eso no sucediera se establecería en esas políticas una coordinación con la política nacional.

¿Saben cuál es la coordinación con la política nacional que propone el Ejecutivo ? De hecho, figuraba en el proyecto de ley de transferencia de competencias y se cayó en la Cámara de Diputados.

La solución que plantea el Gobierno es que el gobernador regional, electo con 40 por ciento de los votos, más que los Senadores y los Diputados -excepto que reciban una votación muy alta-, va a tener que someter esa gran atribución que se le entrega a la venia -¿de quién?- del seremi. ¿Y de quién depende este? Del delegado regional presidencial. Y, por lo tanto, no podrá definirla solo.

Aquí se señala "Es que eso va a cambiar". Yo espero que cambie, ya que hoy en la mañana en la Comisión de Gobierno el señor Ministro hizo alusión a esa misma norma.

Entonces, cuando a nosotros nos dicen que va a cambiar, yo me pregunto si eso va a suceder. ¡Y por qué no lo hizo en todos estos meses en que tratamos de hacerlo! ¿Por qué cambiaría ahora si se tramita rápidamente la ley de transferencia de competencias?

No lo sé. Nosotros le propusimos al Ejecutivo que entregara al gobierno regional quizás menos atribuciones, pero de verdad: con financiamiento, con servicios públicos, con autonomía.

Nos dijeron que eso no se hacía de la noche a la mañana.

¡Pero si empezamos a conversar hace por lo menos tres o cuatro meses! ¡Por qué lo resolverían ahora!

Espero que lo hagan. Sin embargo, yo perdí la confianza, pues no entiendo por qué tampoco quisieron entregar un cronograma, como figuraba en el transitorio.

Creo que quieren dejar la ley de transferencia de competencias tal como está. Y si se deja así, este proyecto tendrá todos los problemas que transversalmente se han planteado.

Por lo tanto, espero que cuando nosotros veamos la ley de transferencia de competencias todos nos acordemos de esta discusión, y la arreglemos. Que si decimos que se va a cambiar, se cambie Y que se entreguen a los nuevos gobernadores atribuciones reales, con financiamiento y de manera autónoma.

El señor LETELIER.-

Punto de Reglamento, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Estamos en votación.

Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Señor Presidente, la verdad es que estoy absolutamente sorprendida con las argumentaciones expresadas.

Lo cierto es que cuando escuchamos los planteamientos generales al inicio de esta sesión, yo entendía que con la elección de intendentes todo el mundo pretendía el desarrollo de las regiones.

Sin embargo, con los argumentos presentados ahora veo que las intenciones son distintas. Es decir, acá queremos elegir autoridades, no buscar el desarrollo de las regiones.

Y veo que algunos, además -y en eso me hago cargo del emplazamiento del Senador Navarro-, quieren generar protestas, marchas y desorden en las regiones.

¡Yo no quiero eso!

Yo quiero que por la vía institucional se entreguen las competencias para que las regiones puedan ir creciendo, desarrollándose y generando oportunidades para sus habitantes.

En consecuencia, si lo que se quiere es generar autoridades de papel que tengan que marchar y sitiar La Moneda para ejercer algo de poder, no estamos desarrollando las regiones.

Lo que se quiere acá es generar movimientos sociales. Pero eso no corresponde a lo que inicialmente se nos dijo con relación a esta elección cuando la aprobamos en general.

Quiero recordar que todos aprobamos en general la elección del órgano ejecutivo del gobierno regional. Fue acogida por unanimidad, y la gran mayoría de los Senadores que lo hicimos, o un porcentaje muy importante, planteamos que no se podía poner la carreta delante de los bueyes y que esto debía quedar amarrado a funciones reales para esta nueva autoridad.

Sin embargo, hoy día vamos a tener dos autoridades: una con votos, pero sin poder; y otra con poder, pero sin votos. Van a tener que tironearse entre ellas. ¿Y ustedes me dicen que así vamos a desarrollar las regiones? ¡Para poder hacerlo tendríamos que marchar con la gente, tal como se hace en Venezuela, generando caos y desorden!

¡No! Lo que yo quiero es crear desarrollo y crecimiento en las regiones, y eso se hace con orden y consensos, y generando crecimiento en cada uno de los lugares del país.

De verdad, sigo creyendo, y, sinceramente, espero -tal como planteó la Senadora Von Baer-, que los compromisos que está asumiendo el Gobierno en el sentido de tramitar competencias reales sean ciertos.

No veo ninguna razón para que, después de haber trabajado durante meses en este tema, por arte de magia, sabiendo que se iba a dar esta difícil discusión, sabiendo que el debate daría en estos términos, no se haya llegado a un acuerdo previo.

Yo creo que acá se va a tramitar la iniciativa de ley de competencias tal como está, lo cual generará un estancamiento de las regiones, pues habrá dos autoridades que competirán entre sí.

Me voy a abstener. No voy a votar en contra, porque quiero dar una muestra de que nosotros queremos de verdad que haya regionalización, que haya democracia en la elección de los intendentes, pero también que estas autoridades regionales tengan no solo votos, sino también poder.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, para manifestar un punto de Reglamento, el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, quiero pedir que se fundamente respecto a lo que se está votando.

La señora ALLENDE.-

¡Lo que se está votando!

El señor LETELIER .-

En este caso, se trata del primer inciso del artículo 111, que señala que el gobierno regional es un órgano a cargo del desarrollo económico, social y cultural de cada región.

Eso estamos votando, y pido a la Mesa que asegure que la fundamentación tenga que ver con eso y no con todo el proyecto de nuevo.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Así es.

Solo el primer inciso.

El señor LETELIER .-

Ya hicimos ese debate durante seis horas.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Señor Secretario .

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueban las modificaciones al inciso primero del artículo 11 (26 votos a favor y nueve abstenciones), dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional exigido.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, García, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Navarro, Ossandón, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Coloma, Espina, García-Huidobro, Moreira, Pérez Varela y Prokurica.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señoras y señores Senadores, el Honorable señor Harboe había pedido un pronunciamiento separado de todos los incisos, pero le ha manifestado a la Mesa que solo desea que se voten aparte los incisos tercero y cuarto, no sé si en conjunto,...

El señor HARBOE .-

Sí, en conjunto.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

...que están en la página 21 del comparado. Para el resto de los incisos no tiene inconveniente en que se voten juntos.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Se agradece la buena disposición del Senador señor Harboe para avanzar más rápido.

El Honorable señor Bianchi ha pedido la palabra. Sin embargo, el Presidente titular le señaló que no corresponde que haga uso del derecho a vindicación, porque no fue dañado su buen nombre.

Entiendo que por eso desea intervenir.

El señor BIANCHI.-

Esa es la opinión del Presidente , pero no la comparto en lo más mínimo.

Efectivamente, hubo el ánimo de hacer una caricatura -y así lo recibo- por parte del Senador Harboe con relación a lo que mencioné en mi fundamento del voto.

No quiero profundizar en el tema, sobre todo con quien durante todo el último tiempo señaló que iba a votar en contra y ahora lo hace favorablemente. Me parece bien que se sume a la votación a favor.

Estoy hablando con la consecuencia que me caracteriza, no con el doble estándar de señalar una cosa de manera pública, y luego hacer otra en la votación.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Nos estamos apartando del tema.

El señor BIANCHI.-

Quiero manifestar lo siguiente, señor Presidente.

Nadie de los que estamos acá desea que existan autoridades sin traspaso de competencias. ¡Nadie! Y voy al punto.

Lo que pasa -y así lo señalé- es que efectivamente existe un acuerdo -por eso hay muchas personas que están votando distinto, afortunadamente de manera favorable- para que esa discusión no quede zanjada este año. Ciertamente, debe haber un gobernador o gobernadora con atribuciones. Eso no se discute, ¡por favor! Y yo he sido el que más ha insistido en que esa autoridad disponga de atribuciones y esté absolutamente empoderada.

Yo quiero pedir -por su intermedio, señor Presidente - que, si el Ministro lo estima conveniente en algún momento de esta votación, nos señale si es posible o no fijar una fecha para discutir la materia, de tal suerte que esto no quede pendiente para el próximo año y podamos zanjar lo relativo a todas las atribuciones en un debate durante los próximos meses. Eso permitirá dejar absolutamente garantizado que el 2017 tendremos gobernadores electos con atribuciones.

De otra forma, este proceso va a quedar postergado hasta el año 2022.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señores Senadores, en seguida se votarán en forma conjunta los incisos tercero y cuarto, sobre los cuales pidió pronunciamiento separado el Senador Harboe. Ambos se hallan en la página 21, y en ellos se dispone que el gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional y que se elegirá por sufragio universal.

El señor COLOMA .-

¿Vamos a votar el inciso segundo?

El señor LAGOS (Presidente).-

Señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El Senador Harboe ha retirado su petición de votar separadamente el inciso segundo. De consiguiente, se deberá votar junto con los incisos quinto, sexto y séptimo.

El señor COLOMA.-

Entonces votemos eso.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

No hay problema en pronunciarse sobre lo que Sus Señorías decidan votar primero.

Lo que pidió el Senador Harboe es lo lógico, vale decir, pronunciarse sobre los incisos tercero y cuarto en una sola votación.

El señor ESPINA.-

Antes hay que ver el inciso segundo.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Si quieren se puede ver antes.

Es decir, ¿el segundo, el quinto, el sexto y el séptimo, juntos?

El señor LAGOS (Presidente).-

Sí. En conjunto, señor Secretario.

Tengo un grupo de señores Senadores inscritos, pero al parecer era con relación a otra materia.

Voy a ir preguntando en orden.

Senador señor Harboe , usted ya habló. ¿Desea intervenir de nuevo?

El señor HARBOE.-

No, ya se resolvió lo que quería preguntar.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Honorable señor Pizarro , ¿usted quiere que le dé la palabra?

El señor PIZARRO.-

Yo quiero hablar sobre los incisos tercero y cuarto, señor Presidente, pero entiendo que se van a votar los otros primero.

Entonces, deme después la palabra.

El señor LAGOS (Presidente).-

El señor Secretario va a repetir, por última vez, los incisos que vamos a votar.

Señor Secretario , por favor, léalos lentamente.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Correspondería votar el inciso segundo, que comienza en la página 20 y termina en la 21; los incisos quinto, sexto y séptimo, que van desde la página 21, en su parte final, hasta la 22.

El señor LAGOS (Presidente).-

Esos son los incisos que se van a votar ahora, y tengo tres Senadores inscritos.

El señor NAVARRO .-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Senador señor Navarro , ¿es por esta votación o por algo anterior?

El señor NAVARRO.-

Es por los incisos tercero y cuarto.

El señor LAGOS (Presidente).-

Bien, eso es posterior.

Vamos a votar los incisos segundo, quinto, sexto y séptimo, y después nos pronunciaremos sobre el tercero y el cuarto, para los cuales ya han solicitado usar de la palabra los Senadores señores Pizarro y Navarro.

Honorable señor Espina , ¿usted pidió intervenir para hablar de los incisos en votación o para referirse al tercero y al cuarto?

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , creo que el Senador Harboe comete un pequeño error, porque los incisos cuarto y quinto versan sobre el mismo tema. Entonces, cómo vamos a votar el quinto separado del cuarto, considerando que el quinto se vincula con qué pasa si nadie alcanza el 40 por ciento de los votos.

Entonces, pienso que hay un error. Sería absurdo votar por que se elija al candidato que obtenga el 40 por ciento de los sufragios y, en seguida, pronunciarnos por separado sobre el inciso quinto, que señala que en caso de que ningún candidato alcance el 40 por ciento habrá segunda vuelta. No los podemos votar por separado, porque se hallan anexados.

Entiendo que el Senador Harboe quiere que se voten los incisos cuarto y quinto, que dicen relación con la elección de los gobernadores regionales.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Por favor, Senador señor Harboe, ayúdenos a despejar esta duda para votar lo que resta del artículo 111.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente, el inciso primero ya fue aprobado.

El segundo establece cómo se constituirá el gobierno regional.

El tercero indica que "el gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional".

Y los incisos cuarto, quinto y sexto tratan sobre la elección.

Son estos últimos los que habría que votar en conjunto.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¿Y también pide votación separada respecto de los incisos segundo y séptimo?

El señor HARBOE.-

No, señor Presidente. Esos se pueden votar aparte.

El señor LAGOS (Presidente).-

Entonces, nos pronunciaremos primero respecto de esos.

El señor HARBOE.-

De acuerdo.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

En votación los incisos segundo y séptimo del artículo 111.

--(Durante la votación).

La señora VON BAER.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , solo quiero señalar que en el planteamiento original las inhabilidades se iban a abordar cuando se analizara la ley orgánica constitucional respectiva, porque se consideraba que el gobernador regional electo tenía ese rango.

Con la modificación que estamos votando en este minuto, que se originó en una indicación del Ejecutivo, se incorpora en la Constitución la obligación de establecer todas las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional en una ley orgánica. Y en esto los parlamentarios no tenemos atribución.

Esas materias van a ser definidas por el Ejecutivo. Nosotros solo podremos decir que sí o que no.

Estamos perdiendo la iniciativa y entregándosela al Gobierno.

Al respecto, llamo la atención, especialmente, de quienes siempre defienden con tanta fuerza el poder de los parlamentarios: en este momento se lo estamos cediendo al Ejecutivo.

He dicho.

El señor PÉREZ VARELA.-

¡A la monarquía presidencial...!

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueban los incisos segundo y séptimo del artículo 111 (26 votos a favorables y 9 abstenciones), dejándose constancia de que se reunió el quorum constitucional requerido.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, García, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Navarro, Ossandón, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Coloma, Espina, García-Huidobro, Moreira, Pérez Varela y Prokurica.

El señor LAGOS (Presidente).-

Ahora veremos los demás incisos.

El señor WALKER, don Ignacio .-

Votemos, señor Presidente .

El señor LAGOS (Presidente).-

En votación los incisos tercero, cuarto, quinto y sexto del artículo 111.

--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.

El señor PIZARRO .-

Señor Presidente , seré muy breve.

Estos incisos son la esencia de la reforma constitucional. Ahí se establece la elección del gobernador regional "por sufragio universal en votación directa". Si no aprobamos dichas normas, carece de sentido el resto del articulado de esta iniciativa.

Esa es la razón por la cual nosotros vamos a votar a favor.

Además, estamos convencidos de que es posible realizar la elección el próximo año, el 2017, con las máximas atribuciones posibles, gracias al debate que aquí se ha desarrollado y a las modificaciones que se realizarán a la ley orgánica respectiva.

Quiero hacer un solo comentario, a propósito de toda la discusión habida esta noche.

Algunos rechazan el proyecto porque dicen que no se puede elegir a una autoridad que no contará con las competencias necesarias. Y, a la vez, señalan que, si existieran dichas atribuciones, sí se justificaría esta propuesta legislativa.

Lo que no nos puede pasar es que entreguemos competencias al gobierno regional y después no podamos aprobar la elección de los gobernadores regionales. Porque en este caso estaríamos fortaleciendo todavía más la autoridad del actual intendente, quien seguirá dependiendo del Presidente de la República .

Entonces, este debate resulta bastante absurdo, y refleja muchos prejuicios y desconfianzas.

Uno lo puede entender. Pero la gente debe saber que, si no aprobamos los incisos mencionados -son los que establecen la elección por sufragio universal del gobernador regional-, no sacamos nada con legislar lo relativo al traspaso de competencias. ¿Por qué? Porque no tendremos una autoridad regional elegida.

Nada más, señor Presidente .

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, entiendo que, de ser rechazados estos incisos, se elimina toda posibilidad de elección el 2017, que es principalmente lo que he planteado.

Entonces, díganlo francamente: "¡No queremos elecciones el 2017!".

El Senador Harboe no ha argumentado por qué ha pedido esta votación separada. Pero el resultado es evidente: si se caen los incisos, no hay elección del próximo año y no se establece un porcentaje mínimo de piso. ¡Ese podría ser el resultado de la votación!

Todo el día hemos estado discutiendo porque hay quienes queremos elecciones el próximo año, fijando una mayoría de 40 por ciento, a fin de impedir el duopolio.

Y si se fija el 50 por ciento, como algunos han propuesto -a estas alturas no sé si se ha llegado a un acuerdo con el Gobierno para reponer tal porcentaje-, se producirá la prolongación absoluta del duopolio. En tal caso, asumirán los más grandes y se anularán los liderazgos regionales. En definitiva, eso implica buscar la no elección.

Si alguien pide votación separada en esta materia, debiera manifestar su propósito. Que diga: "¡No quiero elecciones el 2017!". Que tenga la valentía suficiente para explicar el objetivo de lo que busca, en lugar de limitarse a expresar dicha solicitud, como si ello no generara ningún efecto.

¡Tiene un efecto!

Con ello, señor Presidente, se anula todo el debate que hemos hecho durante esta jornada. Me parece que eso no es justo, por el esfuerzo intelectual que hemos realizado y por la comprensión de quienes se han interesado en esta discusión, si es que alguien ha seguido este debate tan largo, tan extenso, tan contradictorio y tan confuso, como se torna con este tipo de peticiones.

Hasta donde yo sé, todos hemos afirmado que queremos que haya elección de gobernadores regionales y que esa autoridad cuente con muchas, grandes y fuertes facultades.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Ya lo sabemos.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , todos nos ganamos por votación popular el derecho a intervenir aquí, aunque al duopolio y al Senador Walker, que siempre interrumpe, les moleste que lo haga.

¡Hay algunos a quienes les incomoda que hablemos!

¡Qué bueno que les moleste! Les tengo una mala noticia: les va a seguir molestando hasta el 2021. ¡Y esperamos que eso continúe mucho más allá!

Señor Presidente, lo único que quiero es que cuando votemos haya coherencia y se expresen los temas de fondo.

Estamos haciendo esfuerzos en la discusión de este proyecto.

Y yo, por cierto, voy a votar en contra, porque sí quiero elección de gobernadores regionales el 2017 y deseo que sea con un 40 por ciento...

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Pero cómo va a votar en contra!

El señor LETELIER .-

¡A favor!

El señor PROKURICA .-

¡Es al revés!

El señor NAVARRO .-

¡Perdón! ¡Perdón!

El señor WALKER (don Ignacio) .-

¡En qué quedamos!

El señor LAGOS (Presidente).-

Guardemos silencio.

El señor NAVARRO .-

Perdón.

Voy a votar a favor de los incisos que nos ocupan, porque sí queremos elecciones el 2017 y sí queremos un piso de 40 por ciento para ser elegido.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

El señor CHAHUÁN.-

¡Ahí sí, pues!

El señor LAGOS (Presidente).-

Señores Senadores, les solicito guardar silencio.

Tiene la palabra el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , yo trato de contestar cuando veo que alguna intervención, en mi modesta opinión, puede desinformar.

En primer lugar, no es verdad que, si rechazamos estos cuatro incisos, el proyecto se cae. Quiero recordarles que se votó en general; por lo tanto, la tramitación sigue.

¿Cuál es la razón por la cual nos abstenemos en estas normas?

El compromiso del Gobierno no es decir que van a existir competencias, sino señalar cuáles serán estas. Y cuando le preguntamos sobre ese particular, el Ejecutivo nos entregó un documento. Sin embargo, las competencias que ahí se contienen son mínimas, básicas. Hasta el año 2022, prácticamente significan nada.

Entonces, cuando uno se abstiene, ¿qué es lo que está haciendo? Está diciendo: "Yo quiero elección de gobernadores. Pero le pido al Gobierno que cumpla el compromiso que asumió en la Comisión durante meses y nos diga cuáles son las competencias que tendrá esta autoridad; qué servicios traspasa; qué atribuciones serán exclusivas del gobierno regional; cuáles tendrá que compartir, y cuáles van a ser delegadas".

Pero el Ejecutivo nada dice al respecto.

¿Por qué debo creer que, si hasta ahora el Gobierno ha sido incapaz de señalarnos aquello, como por arte de magia nos lo va a indicar en un mes?

Como yo pienso que no habrá más competencias que las que el Ejecutivo planteó en el Protocolo, claramente tendremos gobernadores sin las atribuciones necesarias.

Sus Señorías se van a acordar de esto en unos meses más, cuando llevemos a cabo la discusión respectiva. Entonces les vamos a recordar que nosotros nos abstuvimos porque las competencias que el Gobierno va a atribuir son mínimas. Y cuando ello ocurra, expresaremos: "Elegimos un gobernador que no tiene atribuciones reales".

Eso, excúsenme -lo digo con el mayor respeto-, es engañar a la opinión pública de las regiones.

Por último, quiero hacerle una aclaración a mi distinguido colega el Senador Navarro .

Podemos estar en desacuerdo en muchas cosas, pero no en el hecho de que una autoridad debe contar con competencias. Cuando Su Señoría sostiene que vamos a tener una autoridad sin competencias, esa autoridad es fantasma.

Y le señalo algo más. Como las autoridades solo pueden realizar aquello que la ley expresamente les permite, si no se les entregan atribuciones, ¿qué van a hacer? ¡Nada! No pueden entrar a una oficina, tener empleados, mandar a alguien, en fin. Y eso...

El señor NAVARRO .-

¡Pueden marchar!

El señor ESPINA.-

Exactamente. Pero para ello no necesitan ser elegidas por la ciudadanía, a la que se engaña diciéndole que los gobernadores van a tener competencias.

En consecuencia, para que las cosas queden claras, uno se abstiene en estas normas -lo planteo con el fin de que no haya distorsión en esto- no porque no quiera que haya elección de gobernadores regionales, sino porque el requisito para que esta sea seria es que deben existir las facultades que el Gobierno dijo que entregaría, cuestión que hasta ahora no ha ocurrido.

Esa es la razón por la cual nos abstenemos, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueban los incisos tercero, cuarto, quinto y sexto del artículo 111 (25 votos a favor, 2 en contra y 9 abstenciones), dejándose constancia de que se reunió el quorum constitucional exigido.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, García, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Navarro, Ossandón, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Votaron por la negativa los señores Harboe y Montes.

Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Coloma, Espina, García-Huidobro, Moreira, Pérez Varela y Prokurica.

El señor LAGOS (Presidente).-

Vamos a la siguiente votación, señor Secretario.

El señor COLOMA.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente, me voy a demorar 30 segundos.

--(Aplausos en tribunas).

El señor COLOMA.-

¡Muchas gracias...!

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¡No sé si los aplausos son para usted, señor Senador ...!

El señor COLOMA.-

¡Pero los agradezco igual, por si acaso...!

Señor Presidente, deseo plantear un asunto estrictamente reglamentario, y lo hago con humildad.

Se trata de un cambio a lo que se acaba de votar.

Los incisos pertinentes ya se aprobaron, así que no hay ninguna discusión al respecto.

Sin embargo, quiero pedir la unanimidad de la Sala para introducir una enmienda sobre una cuestión técnica. A algunos podrá no importarles, pero a mí sí.

En los incisos cuarto y quinto recién aprobados se habla de "cuarenta por ciento más uno de los votos". Pero la expresión "más uno" en realidad se utiliza para el caso de la mayoría absoluta, que es el "cincuenta por ciento más uno". Si no, dicha mayoría no sería absoluta.

Como esto lo va a leer todo el mundo, pido que quitemos las palabras "más uno", que no molestan a nadie, y así hacemos estas disposiciones un poquito más coherentes.

Planteo lo anterior desde mi humilde perspectiva, señor Presidente .

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¿Habría unanimidad para ello? A menos que exista alguna razón técnica para mantener la expresión "más uno" en dichos incisos.

Acordado.

Gracias, Senador señor Coloma. ¡Ha sido un aporte hoy día...!

Ahora pueden aplaudir a Su Señoría.

--(Aplausos en la Sala).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señores Senadores, ruego dirigirse a la página 28 del boletín comparado. Conforme al acuerdo que se adoptó en su momento, corresponde ocuparse en el número 9, nuevo, que incorpora un artículo 115 bis al Texto Constitucional.

Respecto de esta disposición, ha pedido votación separada de su inciso segundo el Senador señor García . De consiguiente, habría que votar en primer lugar el inciso primero del referido artículo.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

En votación el inciso primero del artículo 115 bis, propuesto por la Comisión.

Señores Senadores, estamos en votación.

Corrijo: se está tratando de abrir la votación.

Algo ocurre con el sistema informático.

¡Nos pilló la medianoche...! ¡Se acabó el encanto...!

Nos informan que a las 12 de la noche se produce un reseteo automático del sistema. ¡En verdad es un efecto "Cenicienta"...!

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, entiendo que estamos viendo el numeral 9, que se consigna en la página 28 del comparado.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

No, señor Senador. Estamos votando el primer inciso del artículo 115 bis, que figura en la página 28 del comparado, cuarta columna.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, el segundo inciso señala que al delegado presidencial...

El señor LAGOS (Presidente).-

Excúseme, señor Senador.

Vamos a votar en primer lugar el inciso primero del referido artículo, y más tarde, el segundo.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El artículo 115 bis tiene dos incisos. Y el Senador señor García pidió votar separadamente el segundo.

El señor LAGOS (Presidente).-

Estamos esperando a que se pueda abrir la votación para pronunciarnos sobre el inciso primero.

Cuando pasemos al inciso segundo, le daré la palabra al Senador señor Navarro.

El señor PIZARRO.-

¡Ya votamos! ¡Aquí aparece el resultado!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

¡Ya está el resultado!

El señor MATTA.-

¿Qué estamos votando, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

Estamos tratando de votar el inciso primero del artículo 115 bis, que figura en la página 28 del comparado.

El señor WALKER (don Patricio).-

¡Ya votamos!

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Pero es que no se abre el sistema de votación en la Mesa!

El señor WALKER (don Patricio).-

¡Ya está abierta la votación!

El señor LAGOS (Presidente).-

¿La puede ver en su pantalla, señor Senador?

El señor WALKER (don Patricio).-

Sí, señor Presidente .

El señor LAGOS (Presidente).-

O sea, ¡ustedes tienen cosas que nosotros no vemos aquí...!

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Se puede tomar la votación a mano alzada, señor Presidente .

El señor LAGOS (Presidente).-

Proceda, señor Secretario.

El señor PIZARRO.-

¡Pero ya está el resultado de la votación!

El señor COLOMA.-

¡Ya votamos!

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¡Ustedes pueden verlo en sus computadores, pero acá no me figura!

El señor WALKER (don Patricio).-

¡Le enviaré una foto por WhatsApp...!

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Quienes estén de acuerdo con aprobar el inciso primero del artículo 115 bis propuesto por la Comisión, que levanten la mano: 26 votos a favor.

Los que rechazan el referido inciso, que levanten la mano: 2 votos en contra.

Quienes se abstienen, que levanten la mano: 10 abstenciones.

El señor COLOMA.-

¡Pero es imposible ese resultado! Hay más Senadores que los que estamos acá. ¡Sobran dos!

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Senador señor Coloma, voy a pedirle al Secretario que repita el resultado de la votación, ¡para ver si coincide con las almas que estamos presentes...!

Les solicito un poco de colaboración, porque el sistema informático no está funcionando en la testera.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

Resultado de la votación: 25 votos a favor, 2 en contra y 9 abstenciones.

El señor LAGOS (Presidente).-

En consecuencia, se aprueba el inciso primero del artículo 115 bis, dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional requerido.

Corresponde pronunciarse respecto al inciso segundo.

En votación.

Tiene la palabra el Senador señor Navarro, hasta por 5 minutos.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , el texto del inciso segundo del artículo 115 bis señala: "Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.".

Hasta donde tengo entendido, la Constitución establece que es una facultad privativa de la Cámara de Diputados la fiscalización de los servicios públicos. O sea, ¿cómo se va a fiscalizar a sí mismo? ¡Si el delegado presidencial es el Ejecutivo ! Se trata de una delegación de la representación del Gobierno. Es decir, al delegado presidencial se le entregan atribuciones para fiscalizar que competen a los Diputados de la región y del país, tal como lo estable la Carta Fundamental.

Este precario y débil Parlamento, frente a la monarquía, lo único que puede hacer es legislar, fiscalizar y, después de una gran batalla, representar. Pero si ahora se le entrega al delegado presidencial la facultad de fiscalizar, vamos a tener un choque de competencias. ¿Quiénes fiscalizan, la Cámara de Diputados o el delegado nombrado por el Presidente de la República ?

Aquí estamos ante una tautología política. Es decir, se le entrega a un delegado presidencial una atribución que hoy día constitucionalmente es privativa de los Diputados.

El delegado presidencial regional podrá supervigilar, porque representa al Ejecutivo , al Primer Mandatario , que continúa en un marco de la Consitución del 80, la de Pinochet, que lleva la firma del Presidente Lagos pero que sigue siendo la Constitución de Pinochet,...

El señor MOREIRA .-

¡Ya salió mi General!

El señor NAVARRO.-

... que establece esa perpetuidad que viene desde la Carta de 1925, agravada por la de 1980.

Deseo defender la facultad fiscalizadora. Veo en las bancas de enfrente a muchos colegas que fueron Diputados. Y este Senado reclama cuando los Senadores ejercen funciones de fiscalización.

Por eso, no restemos las escasas facultades que tiene este Congreso, de rodillas frente a la monarquía presidencial.

La facultad fiscalizadora pertenece a los Diputados y no puede ser de un delegado presidencial que no ha elegido nadie. Es como si me dijeran que un Director Regional del SERVIU, como no hay Director a nivel nacional, podrá fiscalizar al SERVIU. ¡No se puede ser juez y parte!

El Ejecutivo nombra a un delegado presidencial, que es fiscalizado por un órgano del Estado distinto, como la Cámara de Diputados, pero no se puede fiscalizar a sí mismo.

Por tanto, consulto al Ejecutivo por qué se le entrega la facultad fiscalizadora al delegado presidencial regional...

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Se refiere a la labor administrativa. Son cosas distintas.

El señor NAVARRO .-

Hoy día, en las provincias fiscalizan los Diputados, no los directores de servicios. Y el delegado presidencial será como un director de servicio o como un gobernador provincial actual -digámoslo francamente, en eso se convierte-, a quien se le entrega, a través de esta reforma constitucional, una facultad que hoy día no tiene.

Considero un exceso darle atribuciones fiscalizadoras, cuando estamos tratando de establecer un equilibrio entre Poderes del Estado tan desajustados.

Pido, entonces, que alguien explique cuál va a ser la lectura.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , voto en contra del inciso segundo del artículo 115 bis, porque la facultad de supervisión, fiscalización y coordinación de los servicios públicos que se le entrega al delegado presidencial regional es muy parecida a la que se le está dando al gobernador regional electo.

Cabe recordar que el artículo 111, en su inciso tercero, referente al gobernador regional, señala: "Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionan con el Gobierno Regional.".

Ya expliqué que, en mi opinión, prácticamente todos los servicios públicos se relacionan de una u otra manera, en mayor o menor medida, con el Gobierno regional. Por lo tanto, aquí está la supervisión, coordinación, fiscalización prácticamente de todos los servicios públicos.

En el caso del delegado presidencial regional, en el inciso segundo del artículo 115 bis, se hace una redacción un poco distinta, pero bastante parecida: "Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.".

O sea, son los mismos servicios públicos.

El Ministro Eyzaguirre me explicó, en algún minuto, que esto será mientras no se traspasen las competencias a los Gobiernos regionales. Pero si es así, esto debe estar en una norma transitoria y no en una permanente.

Para evitar conflictos y que después se diga que ambas autoridades van a tener las mismas atribuciones respecto a los servicios públicos, estimo que hay que votar en contra de la facultad que se le entrega al delegado presidencial regional.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , eliminar esta norma significa simplemente dejar al delegado presidencial regional sin ninguna facultad práctica.

Porque aquí hay dos temas que se han puesto en controversia.

En primer lugar, me voy a referir a lo que sostuvo el Senador Navarro, señalándole que está equivocado, porque el actual artículo 112 de la Constitución dice que "Al intendente le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos".

¡Esa atribución existe hoy!

Una cosa es la fiscalización con el propósito de tomar una acción política posterior. La fiscalización es un acto que comienza un procedimiento político que puede llegar incluso, cuando se trata de las autoridades superiores, a la acusación constitucional.

En cambio, la atribución fiscalizadora del actual intendente es para ver que los servicios públicos cumplan con sus obligaciones. Es vital que tenga esta facultad. ¡Es la más importante de todas! Porque podría no coordinar, no supervigilar. Pero si no le es posible fiscalizar en su Región el cumpliendo del trabajo, por ejemplo, del INDAP, de la CORFO, entonces, francamente, ¿quién lo va a hacer? No hay cómo hacerlo.

Ahora, en el caso del delegado presidencia regional, no comparto lo que sostuvo el Senador García, en el siguiente sentido.

El texto señala que el delegado presidencial regional tendrá la facultad de supervigilar, fiscalizar o coordinar. ¿Qué cosa? Los servicios públicos. ¿Cuáles? Aquellos que para el cumplimiento de sus funciones operan en la Región. O sea, no son dependientes del Gobierno regional, sino que operan en la Región, pero el mando respecto a ellos le cabe al gobernador regional. O sea, la jerarquía le corresponde a este último.

El inciso termina diciendo: "que dependan o se relacionen con el Presidente de la República".

A mí me parece que las dos normas son coherentes. Una dice relación con la labor del gobernador regional y la otra con la función que le corresponde al delegado presidencial regional. Ambos fiscalizan, ambos supervigilan, pero separadamente. El delegado presidencial regional, a las instituciones que dependen del Gobierno central. Y el gobernador regional supervigila a los organismos que van a depender o supuestamente deberían depender de él (porque hasta ahora no hay ninguno).

Por tanto, estimo que la norma está bien formulada.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , deseo hacer una advertencia.

Como bien sabe el Senado, este proyecto no pasó por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, a pesar de ser una reforma constitucional.

Una de las razones por las cuales voté en contra del inciso primero del artículo 115 bis radica en que no se establece con claridad el carácter de este delegado presidencial. Porque se señala que este va a cumplir en la región las funciones del Presidente de la República que establezca la ley. Entonces, sería bueno saber cuáles son las facultades del Presidente de la República con relación a la región y en qué ley están.

En segundo término, no se señala si el delegado presidencial regional se va a relacionar directamente con el Presidente de la República o con el Ministerio del Interior.

En tercer lugar, si no se establece aquello y solo se indica que el delegado es el representante del Presidente de la República, un error, un delito o una falta administrativa que cometa este funcionario puede comprometer la responsabilidad del Primer Mandatario.

Mi percepción es que todo este artículo -por eso yo voté en contra de su inciso primero- está muy mal logrado desde el punto de vista de la técnica constitucional y puede generar un problema mayor.

Dicho lo anterior, también voy a rechazar el inciso segundo, porque en mi opinión no está bien logrado y podrían provocarse dificultades mayores.

Ojalá el Gobierno, que no quiso cambiarlo, perfeccione esta disposición en la Cámara de Diputados.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , la razón por la cual se produce el problema que indica el Senador Harboe está en que el Gobierno no ha hecho un nuevo diseño institucional, porque si lo hubiese hecho todo el problema que acaba de exponer el colega se hubiese solucionado.

Lo único que hace el Ejecutivo es buscar la palabra "intendente" y reemplazarla por "delegado presidencial" y buscar otro lugar en que salga la palabra "intendente" y cambiarla por "gobernador regional".

¡Eso es lo único que hace esta reforma!

Por eso se generan tantos problemas.

En esta normativa no existe detrás un diseño institucional pensado. Lo único que hay es que el actual intendente tiene tres facultades, dos de ellas se le entregan al delegado presidencial (una está en la Constitución y la otra en la ley orgánica constitucional respectiva) y la tercera (también está en la Carta Fundamental) se le entrega al gobernador regional.

Por lo tanto, el Senador Harboe tiene toda la razón.

Este proyecto está mal hecho. Si hubiese estado bien elaborado, probablemente todos estaríamos votando a favor de él.

Sin embargo, está mal hecho, mal terminado, mal pensado. En definitiva, el diseño está mal.

Por eso, señor Presidente , desgraciadamente no pudimos tener una votación unánime hoy día.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el inciso segundo del artículo 115 bis, nuevo, contenido en el numeral 9, nuevo, del artículo único (23 votos a favor, 6 en contra y 7 abstenciones), dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional requerido.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Navarro, Ossandón, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Votaron por la negativa los señores Allamand, Chahuán, García, Harboe, Montes y Moreira.

Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Coloma, Espina, García-Huidobro, Pérez Varela y Prokurica.

El señor LAGOS (Presidente).-

Señores Senadores, se han aprobado los artículos 111 y 115 bis, sobre los cuales hicimos un debate de seis horas y media.

Ese era el corazón de la reforma.

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , para los efectos reglamentarios y con la finalidad de hacer un poco más ágil la votación, se ha dado una discusión en torno a la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA, con relación al texto que se aprobó en general y a la propuesta que sugiere la Comisión en la columna respectiva.

Después de conversar con algunos colegas de estas bancadas, queremos proponer que se rechace la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA despachada por la Comisión de Gobierno -nosotros somos partidarios de no aprobarla- y pronunciarnos sobre el texto acogido en general por el Senado, votando separadamente la parte final del inciso primero, que dice: "Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales.".

En cuanto al resto de la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA aprobada en general, nosotros estaríamos dispuestos a acoger su texto.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Si entiendo bien, señor Senador, usted está proponiendo que votemos ahora la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA, que figura en la página 41 del comparado.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Exactamente.

El señor LAGOS (Presidente).-

En esa línea, usted plantea rechazar -otra cosa es si el resto de los Senadores lo van a respaldar o no- el texto que propone la Comisión.

En el caso de que se aprobare ese rechazo, la Sala tendría que pronunciarse sobre el texto acogido en general, votando separadamente una parte del inciso primero.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Así es, la parte final del inciso primero.

El señor LAGOS (Presidente).-

Muy bien.

El señor COLOMA.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Ministro señor Eyzaguirre.

Luego, el Senador señor Coloma.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , los Senadores independientes me han pedido que haga una clarificación con relación a este punto. Por eso estoy molestándolo y hablando a esta hora de la noche.

El señor LAGOS (Presidente).-

Señores Senadores, les ruego guardar silencio, pues este es un tema delicado, al igual que todo el proyecto.

Le pido disculpas, señor Ministro .

Prosiga, por favor.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , lo que venía aprobado de la Comisión, que nació en una indicación que presentó hace poco tiempo el Ejecutivo , es que la elección del gobernador regional estuviese alineada a su propio mérito, esto es, que estuvieran hechas la reforma constitucional y, posteriormente, la ley orgánica constitucional sobre la elección, que es lo que la Constitución indica para elegir a una autoridad.

Se debatió extensamente acerca de cómo debía articularse este tema con las competencias.

Hay tres formas de hacerlo.

El Gobierno proponía una articulación por la vía de las urgencias, esto es, habida cuenta de que queríamos que los gobernadores regionales fueran elegidos con competencias, nosotros comprometimos -quedó constancia en la historia fidedigna de la ley- que íbamos a apurar ese tema.

Eso es lo que figura en la columna del extremo derecho.

Ahora bien, venía del texto refundido de la Comisión, que fue objeto de una indicación del Ejecutivo, otra forma de entender la secuencia de la elección: se daba por buena la reforma constitucional solo una vez que estuviese aprobada la ley orgánica sobre competencias.

En seguida, en consideración a que el proyecto sobre ley orgánica de elección no se puede presentar sino hasta que entre en vigor la reforma constitucional, en la práctica el texto que figura en la columna del medio implica que, tras la reforma constitucional, debe ser aprobada la ley orgánica sobre competencias y solo entonces se podría presentar el proyecto relativo a la ley orgánica de elección.

El señor TUMA .-

Muy bien.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Eso es lo que ustedes van a votar.

El Ejecutivo tiene disponibilidad -no hubo unanimidad para presentar una indicación- para afirmar la idea, dado que tantas veces se ha planteado acá que no quieren acceder a la elección de gobernadores sin las debidas competencias, de que no se realice la elección sino hasta que las competencias estén listas.

Pero eso no es lo mismo que comenzar a discutir recién la ley orgánica cuando las competencias estén listas, porque eso en la práctica significa que vamos a imposibilitar la elección en una fecha próxima.

La señora PÉREZ ( doña Lily ).-

¿Por lo tanto?

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Por ello, es vuestra decisión qué quieren definir.

Sin embargo, en la eventualidad de que quede el texto aprobado en general, esto es, que se comience a discutir la ley orgánica constitucional sobre elección solo una vez aprobada la normativa orgánica sobre competencias, nosotros en la Cámara de Diputados vamos a presentar una indicación para desarmar ese condicionamiento, es decir, que vaya en simultáneo con las competencias, pero no necesariamente que una cosa sea prerrequisito de la otra.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Señor Ministro , le agradezco que usted haya resumido la conversación que se sostuvo hace unos minutos.

Sin embargo, lo concreto es pronunciarnos sobre la propuesta de un sector político, formulada por el Senador señor Zaldívar.

Eso es lo que vamos a poner en votación.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Perdón, señor Presidente .

Solo respondí al requerimiento que me hicieron tres Senadores, en el sentido de aclarar cuáles eran las distintas posiciones.

El señor BIANCHI.-

Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

Está muy bien, señor Ministro.

El señor COLOMA.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Senador señor Coloma, ¿usted quiere agregar algo?

El señor COLOMA.-

Sí.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor COLOMA.-

Para entenderlo bien.

Lo que está pidiendo usted, señor Presidente , acogiendo la solicitud que se ha hecho, es votar ahora la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA.

Veamos qué pasa.

Si la proposición de la Comisión se cae, entiendo que usted pondrá en votación el texto aprobado en general, dentro del cual se ha pedido separación de la votación.

¿Es así?

El señor LAGOS (Presidente).-

Efectivamente.

El señor COLOMA.-

Entonces, señor Presidente , votemos la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA y veamos qué pasa.

El señor LAGOS (Presidente).-

Eso es lo que voy a sugerir, Su Señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El señor Presidente pondrá en votación las modificaciones propuestas por la Comisión al texto de la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA (páginas 41 y 42 del comparado).

Quienes están de acuerdo con las enmiendas votan que sí, y aquellos que las rechazan, que no. También es posible abstenerse.

El señor LAGOS (Presidente).-

En votación las modificaciones, para cuya aprobación se requieren tres quintos de los Senadores en ejercicio.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se rechazan las enmiendas (11 votos en contra y 23 abstenciones).

Votaron por la negativa la señora Muñoz y los señores Allamand, Espina, García, García-Huidobro, Harboe, Lagos, Moreira, Prokurica, Quintana y Tuma.

Se abstuvieron las señoras Allende, Goic, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, Girardi, Guillier, Horvath, Letelier, Matta, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Corresponde votar el precepto aprobado en general.

Para aprobar esta norma se requieren tres quintos de los Senadores en ejercicio.

Se pidió votación separada para la segunda oración del inciso primero.

De consiguiente, hay que votar en primer término la oración inicial del inciso primero, más los incisos segundo, tercero y cuarto (páginas 41 y 42 del comparado); y en seguida, la segunda oración del inciso primero.

El señor LAGOS (Presidente).-

En votación.

--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente , ¡aquí está el acuerdo!

Yo entiendo que, en su más legítimo derecho, algunos Senadores de Gobierno llegaron a un acuerdo en estas últimas horas.

Es probable que ese acuerdo motive que no tengamos elección de gobernadores el año 2017. ¿Y por qué? Porque nadie de los aquí presentes (insisto en el punto, pues no escuché a nadie decir lo contrario) está dispuesto a que exista una autoridad que no tenga atribuciones, que no esté empoderada y que no pueda llevar adelante un proceso para fortalecer las estructuras regionales.

¡No hay nadie que se encuentre en tal disposición!

Pero ese no es el punto: el punto es cuándo se va a llevar adelante el proceso de elección de los futuros gobernadores.

¡Ahí está la letra chica! ¡Y una letra muy pequeñita!

Yo sé que, a esta altura de la madrugada, algunos no se interesan en aquello, o son parte del acuerdo, o simplemente han aceptado que la situación sea así.

Pero el país tiene que saber y quienes estamos aquí debemos entender que en ese acuerdo, que efectivamente obliga a que la futura autoridad tenga atribuciones, no se establece un plazo; no se dice si las atribuciones de la nueva autoridad habremos de zanjarlas este año, o el próximo, o el subsiguiente.

Algunos dirán: "Salvamos ahora. Pasamos esto. No nos preocupemos". Otros, probablemente, van a hacer su postulación en cinco años más.

En esa convicción, ¡yo huelo mal!

¡Algo huele mal, y muy mal, señor Presidente!

El señor MOREIRA .-

¡Pobre Senador Prokurica...!

El señor NAVARRO .-

¿Qué pasa, Senador Prokurica...?

El señor BIANCHI.-

¡No! El Senador Prokurica no es parte del acuerdo. Así que ¡no huele mal...!

A esta hora, incluso un poco de humor es bueno.

Señor Presidente , aquí hay un acuerdo que, claramente, tiene letra minúscula. Y tal vez la letra más chica que pueda haber en un acuerdo político haga que en definitiva, producto de la discusión para lograr la transferencia de competencias, no tengamos una autoridad electa al año 2017.

Eso, señor Presidente , a mí -perdóneme- me parece grave.

Ahora, existe una situación a la que me voy a aferrar y en la que me apoyaré. Y lo expresó hace un momento el Ministro Eyzaguirre , quien prometió en esta Sala que en la Cámara de Diputados va a cambiar el acuerdo. ¡Acaba de decirlo!

Por lo tanto, eso es lo único a lo que quienes hemos creído en todo este proyecto y no compartimos dicho acuerdo nos vamos a aferrar para seguir apoyando la iniciativa, confiados en que tendremos elección de gobernador regional el año 2017 y en que el acuerdo con el que hoy día han pretendido postergar esa votación para el 2022 no pueda llevarse a cabo.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , esto es algo que sobrevive del acuerdo que alcanzamos en la Comisión de Gobierno. Y me alegra que subsista por lo menos una parte, aunque sea pequeña.

Ahora, la razón por la cual sobrevive esa partecita es que hemos insistido en que el Gobierno no tiene un proyecto de competencias real. Y por eso llegamos a este punto. De otra manera la iniciativa se habría votado tal como estaba.

Por ello, es sumamente importante que se haya asumido tal posición. De lo contrario estaríamos ante una reforma constitucional con una autoridad respecto de la cual no se sabe si habrá o no proyecto sobre transferencia de competencias.

Ahora, yo sigo teniendo una inquietud sobre el tipo de competencias que se transferirán -y no me cansaré de decirlo-, porque se trata no solo de traspasar muchas competencias, sino también de que ellas estén acompañadas de capacidad de ejecución, al igual que en la descentralización de los servicios públicos.

Ahora, hay algo que hoy día no se ha escuchado.

La Agenda de Descentralización planteada por la Presidenta Bachelet tenía tres partes: la reforma constitucional (estamos discutiéndola ahora); la ley sobre transferencia de competencias (la amarraremos hoy a esta reforma de la Carta, si se aprueba), y la ley de rentas regionales, acerca de la cual nadie ha dicho nada.

El señor CHAHUÁN .-

Yo, sí.

La señora VON BAER.-

Perdón, señor Senador: no lo escuché.

Señor Presidente , varios Senadores han dicho que es factible (yo creo que puede ser así) que finalmente haya un gobernador electo que quizás cuente con atribuciones, e incluso, con servicios públicos; pero es posible que no tenga plata, excepto los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

Entonces, solo quiero pedirles a Sus Señorías que después nos acordemos de aquello, para que insistamos en las tres cosas que se nos prometieron: primero, reforma constitucional; segundo, ley sobre traspaso de competencias -ojalá que no sea con la lógica del intendente designado como ha sido hasta ahora -, y tercero, ley de rentas regionales.

Es importante que no olvidemos eso. De otra manera vamos a tener un gobernador regional sin atribuciones y sin plata.

Por lo tanto, como expresé, es bueno que esto haya sobrevivido.

Sí, lamento que la votación sea separada. Y quiero decir por qué.

La segunda parte del inciso primero señala algo tremendamente relevante: "Esta ley deberá además determinar un cronograma" -o sea, tendrá que decir cuándo- "que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales.".

Yo no sé por qué el Gobierno no se halla dispuesto a firmar también el cronograma. Porque ahí está el fondo del asunto: en que se exprese que realmente se quiere transferir competencias y se diga cuándo, con cuáles servicios públicos, con qué plata. O sea, que todo eso se establezca en un cronograma.

¿Por qué no se quiere votar a favor aquello?

De ahí nace la desconfianza. Porque si el inciso primero se aprobara completito, uno diría: "Ya: por lo menos hay un cronograma". Pero se afirma que este no puede establecerse.

A partir de ahí, uno empieza a dudar.

¿Por qué no se puede establecer un cronograma? ¿Por qué no puede haber un amarre también con la ley de rentas regionales?

De nuevo, uno duda y piensa que se va a terminar con un gobernador electo sin atribuciones que puedan ejercerse realmente y sin fondos.

Habría sido bueno fijar un cronograma.

El señor LAGOS (Presidente).-

Hay siete Senadores inscritos para fundar el voto.

¿Existe voluntad para reducir las intervenciones?

El señor COLOMA.-

¡A treinta segundos!

El señor LAGOS (Presidente).-

No, señor Senador. Se trata de establecer un tiempo razonable. Por ejemplo, tres minutos.

No hay unanimidad.

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , nosotros tenemos la obligación constitucional -¡obligación constitucional!- de dictar la ley que determina funciones y atribuciones del nuevo gobernador regional.

Esa autoridad no podrá ejercer mientras no exista una ley que establezca claramente cuáles son sus funciones y atribuciones.

Señor Presidente , yo no soy abogado. Sin embargo, sé que el artículo 7° de la Constitución es clarísimo.

Ese precepto dice:

"Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.

"Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.

"Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale.".

¡Tiene que haber una ley que determine facultades, atribuciones, competencias! Si no, esa autoridad no va a poder ejercer.

Gracias, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

Solicito la atención de la Sala para escuchar las diversas intervenciones.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Especialmente, la atención del colega Bianchi , porque le voy a dar una explicación.

Señor Presidente , ante todo, debo reiterarle al Senador Bianchi que aquí no hay gato encerrado, ni letra chica, ni letra grande, sino una cuestión práctica: cómo sacar adelante este proyecto.

Cuando se planteó el problema en cuanto a la forma de correlacionar la elección del intendente o gobernador regional con la aprobación de las leyes orgánicas constitucionales relativas a la transferencia de facultades y a la implementación de la elección de dicha autoridad, el Ministro nos explicó que para darle curso a esta última previamente debía aprobarse la concerniente al referido traspaso.

Una manera de zanjar el punto fue la propuesta de la Comisión consignada en la tercera columna del boletín comparado.

Ante la desconfianza que había en el sentido de que la elección de gobernadores regionales podría no quedar condicionada a la aprobación de la ley orgánica sobre transferencia de competencias, el Ministro planteó en la Comisión una indicación, para cuya incorporación se requería unanimidad. Dicha indicación procuraba precisamente dejar en claro que tal elección y la fecha quedaban condicionadas a la aprobación del traspaso de competencias y de...

El señor BIANCHI .-

¡Veamos el acuerdo!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Perdón, Su Señoría. Permítame completar mi explicación.

Yo confiaba, Senador Bianchi , en que aquello se le había transmitido con mucha claridad, pues estaban presentes el colega Horvath y la Senadora Lily Pérez . Conversamos al respecto con mucha franqueza. Y se llegó a un acuerdo.

Como desde las bancadas de la Oposición se negó la unanimidad exigida para aceptar la mencionada indicación, que aclaraba la situación, se optó por recurrir a la disposición transitoria VIGESIMOCTAVA aprobada en general -ahora la estamos votando sin la segunda oración del inciso primero, sobre el que nos pronunciaremos a continuación-, con el compromiso del Gobierno y del Ministro de incorporar en la Cámara de Diputados la indicación en comento, que, según expresé, no pudimos incluir aquí, no por decisión nuestra, sino porque se nos negó la unanimidad requerida.

La voluntad al menos de los parlamentarios a los que creo representar en esta intervención es -quiero dejarlo en claro- que haya elección de intendentes el año 2017.

Ahora, ¿por qué deseamos la eliminación de la oración final del inciso primero de la disposición VIGESIMOCTAVA, que dice: "Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias..."?

A muchos Senadores -también a miembros de la Comisión; con el Senador Espina hemos hablado sobre el punto- les he escuchado decir que la transferencia de competencias debemos hacerla en forma prudente, responsable, acorde con la realidad. Incluso, algunos han sostenido que hay que diferenciar según el tipo de región, para transferir más competencias a unas que a otras.

La aplicación de la norma en comento con la rigidez de la oración final del inciso primero llevará a una permanente judicialización de tipo constitucional en el sentido de si la transferencia de competencias se hace o no conforme al cronograma: dentro de veinte o treinta días, al mes o a los seis meses.

La idea es que el traspaso de competencias se realice en forma responsable, prudente y acorde con la realidad una vez elegida la autoridad por la ciudadanía.

Esa es la razón por la cual pedimos votar la disposición transitoria VIGESIMOCTAVA aprobada en general por la unanimidad de la Comisión, pero excluyendo el segundo párrafo del inciso primero, que no es conveniente incluir por ser excesivo. No corresponde.

Esa es la razón por la cual hemos pedido este tipo de votación.

Y le garantizo al Senador señor Bianchi que no han existido ni una colusión ni un contubernio.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , he escuchado atentamente la observación del Senador señor Zaldívar . Sin duda, es precedida por la buena fe.

El inciso primero consta de dos partes, la segunda de las cuales dice relación con el cronograma. Mas deseo consignar que este ya se encuentra establecido. Si queremos cumplir con el principio de que habrá elecciones en 2017, el SERVEL tendrá que fijar los plazos, que serán similares a los que regirán para Senadores y Diputados, porque es una sola votación. Por lo tanto, no habrá una diferencia. Son los mismos aplicables a la inscripción de las candidaturas de la mitad de los integrantes de esta Corporación, que van a la reelección o se renuevan, y la totalidad de los miembros de la otra rama del Congreso. Este último trámite se efectuará en junio o julio del próximo año.

Y si no se ha publicado la ley que contempla las atribuciones, no se celebrará la elección. Como en octubre y en noviembre se realiza el debate del proyecto de Ley de Presupuestos, hay unos cinco meses para tratarlas.

Creo que este plazo se acortará. Vamos a trabajar a matacaballo, con mucha presión. Y a los que nos interesa que la elección se efectúe en 2017, pero que también queremos muchas y muy buenas facultades, se nos pondrá en una disyuntiva: o se celebra o se prefieren buenas atribuciones. Ambas cosas no son posibles en forma simultánea.

Entonces, es preciso sacar primero la elección.

Y las facultades van a ser menguadas, porque se generarán bajo el apremio de que los comicios no tendrán lugar si la discusión se prolonga.

Es algo que se va a ganar en un debate más ciudadano. Y quiero formular una invitación dirigida a este ámbito. Porque llevar a cabo el proceso sin su participación es precisamente lo que tiene hundida a la política.

¿Qué más importante para las regiones que sus mismos habitantes puedan conocer las facultades que tendrá el gobernador regional?

Pero la Constitución monárquica no contempla mecanismos -no hay referéndum revocatorio, ni plebiscito vinculante, ni consulta ciudadana, ni defensor del pueblo- que permitan una discusión tan vital.

En la Región del Biobío hay cuatro Senadores. ¿Todos ellos representamos a esos dos millones de habitantes? ¿Podemos reemplazarlos para definir la situación? ¿Podemos restar la participación de la soberanía popular en una decisión tan importante?

Aseguro que el noventa y nueve por ciento de la ciudadanía está fuera del debate y no conoce la ley. Y no hay un procedimiento para que ello se supere. Las salas de las comisiones son tan pequeñas que, apurados, caben los Senadores y sus asesores. Si no es por la televisión,...

¡No hay ningún sistema de retroalimentación!

Por lo tanto, digamos francamente que mediará, de nuevo, un acuerdo político, igual al logrado ahora.

Vamos a terminar con una elección en 2017 y muy pocas facultades, o bien, ella no se realizará y tendrá lugar una discusión durante tres o cuatro años -porque se pierde la premura, es decir, si el acto no se efectuará, ¡para qué vamos a apresurarnos!-: lo que resta del Gobierno actual y dos o tres años del próximo.

No nos engañemos. Al eliminar el cronograma, lo hacemos en forma nominal. Reitero que este existe, pues lo fija el SERVEL. Imagino que los candidatos a gobernador regional tendrán que inscribirse -repito- en plazos muy similares a los de Senadores y Diputados.

No sé si...

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Puede concluir, Su Señoría.

Las conversaciones en la Sala han sido propias de estas horas de la noche.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , no sé si la Senadora señora Von Baer ha seguido el debate, pero, en relación con el acuerdo que ella no quiere y la eliminación de la segunda parte, que establece un cronograma, reitero que este existe. La fecha fatal para que haya o no elección de gobernadores regionales la fijará el SERVEL al determinar cuándo se inscriben los candidatos.

Hay una ligazón, porque se dispone que el artículo 111, relativo a los comicios, entrará en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional respecto de las atribuciones, que contendrá un cronograma.

Solo quiero observar que hay un plazo estrecho. Creo que no dispondremos del tiempo suficiente.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.

El señor PIZARRO .-

Seré bien breve, señor Presidente .

La intervención del Senador señor Zaldívar aclara muy bien lo que fue el diálogo en la reunión de Comités ampliada de hace un rato.

Quisiera exponerle al Honorable señor Navarro que la segunda parte de la disposición vigésimo octava tiene que ver con el cronograma "que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transfieren las competencias" a los gobiernos regionales. No se relaciona para nada con la cuestión electoral.

Es cierto que, de repente, el cansancio nos hace confundir los temas.

En seguida, deseo precisar, a propósito de algunas desconfianzas o prejuicios, que en nuestra bancada hemos dicho categóricamente -y es un acuerdo nacional de nuestro Partido- que queremos la elección de gobernadores regionales con atribuciones. Y, por supuesto, haremos lo imposible para que se pueda realizar en 2017. Deseamos consignarlo por si a algunas personas no les ha quedado claro.

Aquí hay una cuestión de voluntad política que depende de nosotros, del mismo modo que la búsqueda de acuerdos con el Gobierno. Este ha manifestado voluntad política para sacar adelante tanto la elección directa como las atribuciones necesarias para tener gobiernos regionales fuertes y que inicien un proceso gradual de descentralización efectiva.

Quería ratificar lo anterior, porque el debate ha sido muy arduo. Se han confundido muchas cosas. Lo que señalo es al menos la postura que hemos tenido como bancada.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , sé que es un poco tarde, pero igual pediré la máxima atención posible.

Creo que la situación se ha generado, fundamentalmente, por dos razones que se suman. Una de ellas es que la Nueva Mayoría no estaba completa para aprobar la votación acerca de la elección del intendente -el nuevo gobernador regional- en 2017. Por otro lado, un grupo de parlamentarios no está de acuerdo con la transferencia de competencias, pero sí la aprobaron el año pasado, con motivo de la discusión general en el Senado.

Ello hace que no se cuente con los votos suficientes. Y, por eso, tuvimos que llegar a un acuerdo con la Nueva Mayoría y los Ministros, para evitar el "trencito" al aprobar la reforma. Porque ella depende de nosotros, pero la ley no. Y son tres ordenamientos: el de transferencia de competencias, en tercer trámite; el de financiamiento regional, y el de elecciones.

Entonces, en el fondo, nosotros estamos haciendo una apuesta y dando fe de la voluntad del Gobierno de que todo ello se concretará, de manera que se efectúe la elección de gobernadores regionales en 2017.

Eso es lo que ha sucedido.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Ha sido muy claro, Su Señoría.

Tiene la palabra el Honorable señor Guillier.

El señor GUILLIER.-

Seré muy breve, señor Presidente .

Solo deseo consignar que abrigo una confianza plena -y creo que hay un muy buen aire en la Sala-, por lo que me parece innecesario votar la disposición, ya que juzgo que existe la voluntad política de avanzar en la transferencia de competencias y de recursos financieros a los gobiernos regionales. Me basta la palabra de las personas y considero que la modificación no se requiere.

Por lo tanto, voy a abstenerme y a confiar en que hay una real voluntad de avanzar con miras a 2017.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Puede intervenir el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.-

Señor Presidente, seré muy breve.

A mi juicio, la aprobación de la disposición es tremendamente importante, porque nos permite cumplir con el objetivo de elegir directamente a los gobernadores regionales -con un quorum que no todos deseábamos, pero que quiso la mayoría-, y, simultáneamente, vincularla a la condición de que dispongan de atribuciones. Va a depender de nosotros el tiempo que se destine a ello.

No me parece adecuado, en consecuencia, decir: "Descanso en buenas palabras". Este era el minuto para manifestar: "Quiero elección de gobernadores regonales y, al mismo tiempo, asignación de atribuciones".

Aprecio el esfuerzo que hemos hecho y el del Gobierno, que se ha abierto en la materia y, en particular, a los señores parlamentarios.

Valoro significativamente a aquellos que han creído posible obtener el propósito perseguido a partir de la votación de esta noche.

Considero que las abstenciones reflejan una cierta incredulidad, pero nadie podrá negar, de entre los que creen en la descentralización, que lo realizado hoy es importante y que era difícil conseguirlo.

Puedo entender que algunos abriguen la desconfianza de que se trata de una maquinación o de que hay algo escondido o de que no tiene el mejor de los aromas. Mas deseo consignar que no era presentable pensar solo en que la descentralización pasa por elegir personas: pasa por elegir personas con atribuciones. Entonces, lo lógico y consecuente es expresar: "Voto por la elección directa y para conseguir las facultades de manera simultánea", a fin de que nadie huela cosas raras, como que vamos a tener puros electos sin atribuciones o a "lentejear". Una excusa para no aprobar la elección de gobernadores regionales es no acoger las atribuciones.

Me parece que hemos dado un paso tremendamente significativo y valoro lo que se sancionará, ojalá, cuando escuchemos el resultado que se dará a conocer.

Gracias.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba la disposición transitoria VIGESIMOCTAVA, con excepción de la segunda oración de su inciso primero, dejándose constancia, para el efecto del quorum constitucional requerido, de que se registran 26 votos a favor, uno en contra y 8 abstenciones.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Lagos, Letelier, Matta, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Votó por la negativa el señor Navarro.

Se abstuvieron la señora Lily Pérez y los señores Allamand, Bianchi, Coloma, Guillier, Harboe, Horvath y Moreira.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir, Su Señoría.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , se debe facultar a la Secretaría para hacer una precisión en la primera frase del inciso primero, ya que, por el cambio que tuvo lugar, tiene que hacerse referencia al artículo 115 bis, no al 116.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Así se hará.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Corresponde votar la segunda oración del inciso primero de la disposición transitoria VIGESIMOCTAVA, que dice:

"Esta ley deberá además determinar un cronograma que fije expresamente la oportunidad y forma en que se transferirán las competencias que les deban corresponder a los gobiernos regionales".

Los que deseen suprimirla tienen que votar que no.

Se requieren 22 votos para la aprobación.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

En votación.

--(Durante la votación).

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra la Honorable señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , los que quieren establecer un cronograma específico para el efecto de determinarse qué competencias se van a transferir y cuándo, sin que ello quede en el aire, tienen que votar que sí, en la medida en que realmente deseen que la autoridad electa disponga de atribuciones reales que se le entreguen en cierta fecha.

Lo redactamos así en la Comisión de Gobierno porque queríamos que la ley de transferencia de competencias no fuera general, sino específica, y se estableciera, con un cronograma, cuándo se debería cumplir cada una de las etapas, de modo que los gobernadores regionales supieran en qué momento iban a tener qué atribución, con qué financiamiento y con relación a qué servicio público.

Si esperamos que lo anterior se traduzca en algo real, es necesario votar a favor.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se rechaza la segunda oración del inciso primero de la disposición transitoria VIGESIMOCTAVA (18 votos contra 10 y 3 abstenciones)

Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Horvath, Letelier, Matta, Ossandón, Pizarro, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Votaron por la afirmativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Moreira, Navarro y Prokurica.

Se abstuvieron la señora Muñoz y los señores Quintana y Tuma.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario para explicar las siguientes votaciones.

La señora ALLENDE.-

Hagamos una sola.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Se podrían agrupar las materias para el efecto de una votación, teniendo presente, en todo caso, que el número 4) del artículo único y que le otorga atribuciones al Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre las inhabilidades, es la única disposición que requiere dos tercios para ser acogida.

Si Sus Señorías quieren, eso se puede sumar a lo aprobado por unanimidad en la Comisión.

Lo que queda aparte dice relación con que el Ejecutivo ha renovado dos indicaciones. Podrían ser objeto de una sola votación o de pronunciamientos separados.

La primera de ellas expresa:

"Para sustituir el número 8, por el siguiente:

"8) Agrégase en el artículo 114, a continuación del punto y aparte, que pasa a ser punto y seguido, lo siguiente: "El procedimiento de transferencia de competencias contemplado en la referida ley deberá propender a radicarlas en los órganos más cercanos a la ciudadanía, buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios de la región, resguardando los principios de eficiencia y eficacia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3°.

"Toda transferencia de competencias a los gobiernos regionales deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.".".

Y la segunda indicación renovada señala:

"Para sustituir el número 12" -era el 11 y pasó a ser 12 en el segundo informe- "por el siguiente:

"12) Agrégase en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto y seguido, lo siguiente: "Toda transferencia de competencias a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.".".

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Vamos a votarlas por separado.

Puede intervenir el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , esta es la primera prueba de la blancura, realmente, sobre el interés en descentralizar, ya que aprobamos una disposición que establece un procedimiento de subsidiariedad respecto a la transferencia de competencias.

En la letra b) del número 8) se expresa:

"Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano," -expongo lo que el señor Von Baer ha defendido y consignó en un documento- "prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional;".

Es decir, cada vez que se transfiera una competencia, es lo natural y obvio, si creemos en la descentralización y en que las atribuciones serán bien elaboradas.

Vamos a ver la votación.

Porque la reforma constitucional que aprobamos en la Comisión señala que cuando se transfiera una competencia, se va a privilegiar que vaya primero a lo más cercano a la gente: al municipio.

La disposición señala -no me digan que no-: "Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional".

Esto es transferirle poder a las municipalidades. Es la única norma de todo el proyecto que se refiere a las municipalidades. ¡La única!

Todos comentábamos que queríamos poder para los municipios, descentralizar, entregarle poder a la gente. Y el texto obligaba a eso.

A continuación, la norma se refería al "cómo": "buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común".

¿Y qué hace el Gobierno? Cambia la palabra "privilegiará" por "deberá propender". O sea, lo deja como en el aire.

Nosotros decimos: "Privilegie", "Vaya a la comuna". Ahora, en cambio, se señala: "Propenda". O sea, no queda como una obligación, sino algo así como "Trate", "Haga lo posible", quedando a su discreción.

El resto se mantiene igual.

Entonces, aquí vamos a ver si realmente hay voluntad en las cosas concretas.

Porque se dice: "Vendrá una ley de competencias".

"Sí, confiamos en que vendrá una buena ley en esa materia".

Acto seguido se señala: "Esa buena ley de competencias va a descentralizar".

"Sí, va a descentralizar".

Y ahora viene la primera prueba de la blancura en la Constitución, donde nosotros planteamos: "Cada vez que se transfiera una competencia, en vez de mandarla al nivel regional, intente, privilegie la posibilidad de llevarla a la comuna, que es el lugar donde se desenvuelve. O sea, empodere más a las municipalidades".

Esta norma, según recuerdo, fue aprobada cinco por cero en la Comisión. ¡Cinco por cero! Pero el Gobierno, que supuestamente tiene profundo interés en regionalizar y descentralizar, en la primera oportunidad donde puede demostrar que quiere descentralizar de verdad ¿antes de la ley de competencias- presenta una indicación para aminorar la obligación de transferir facultades a las municipalidades.

¡Qué quedará para el resto, cuando se dicte la ley de competencias, si ya en algo que es elemental se procede de esta manera!

Si yo tengo un programa determinado y tengo la posibilidad, es elemental que prefiera desarrollarlo primero a nivel municipal, después a nivel regional y finalmente a nivel nacional.

Es algo expresamente señalado por la Comisión descentralizadora presidencial. Está copiado de su informe. Es un texto casi idéntico. Probablemente hay algunos cambios.

Esa fue la norma que nosotros presentamos.

Por consiguiente, de acogerse la tesis del Gobierno, en la práctica es posible que las competencias que se transfieran nunca lleguen a las comunas y se queden en el nivel regional. O sea, se van a quedar en la capital regional, sin llegar a las comunas, que es lo que a nosotros nos interesa.

Por eso, aquí se produce la primera demostración de por qué desconfiamos del Gobierno. Porque este principio, extraído del mismo informe que aquel encargó, cuando se trata de transformarlo en letra, se olvida.

Por lo tanto, señor Presidente, pido ser consecuentes y rechazar la indicación del Ejecutivo.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo para abrir la votación?

Acordado.

--(Durante la votación).

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El señor Presidente ha puesto en votación la indicación renovada del Ejecutivo para sustituir el N° 8 del artículo único, relativo a la transferencia de competencias, por el que figura en el documento que Sus Señorías tienen en sus escritorios.

Quienes estén de acuerdo con la indicación renovada deben votar que sí.

Su aprobación requiere los tres quintos de los Senadores en ejercicio.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , en esta norma estaba contenido el principio que, hasta antes de la indicación del Ejecutivo, permitía que las competencias se radicaran primero a nivel local; luego, si es que ello no era posible, a nivel regional, y por último, si esto tampoco era posible, recién a nivel nacional.

Tal principio fue apoyado unánimemente en la Comisión de Gobierno, incluso después de ser presentada esta indicación, la que ahí fue rechazada. Pero resulta que ahora el Ejecutivo vuelve a insistir en ella.

Es por eso que nosotros dudamos de la real intención del Gobierno de descentralizar. Si este efectivamente quisiera descentralizar, como tanto lo dice, no habría renovado esta indicación, que borra del principio a las regiones.

Fíjense que el texto despachado por la Comisión señala: "Con todo, se privilegiará la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano," -hasta aquí no hay diferencias- "prefiriendo el nivel local sobre el regional, -esta parte ya no está en la indicación del Ejecutivo- "y este" -o sea, el nivel regional- "sobre el nacional", parte que tampoco figura en la indicación del Ejecutivo.

O sea, el Ejecutivo quita del texto el nivel local y el nivel regional.

En la reforma constitucional que aprueba la elección del gobernador, el Ejecutivo , que dice que quiere radicar competencias, que dice que cree en la descentralización, está quitando el nivel regional, dejando que las competencias se radiquen solo lo más cerca de los ciudadanos. Y nada más. Borra el nivel regional.

Por algo, entonces, desconfiamos de que aquí haya una real intención de descentralizar.

Además, señor Presidente , esta indicación ya fue rechazada en la Comisión. Y el Ejecutivo ahora insiste en la Sala, lo que resulta muy difícil de comprender.

Dice la indicación: "buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios de la región". Nosotros expresábamos: "buscando un desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común". Esto último también se quita. Ahora las municipalidades tampoco podrán organizarse de manera común.

Y luego la norma que despachamos de la Comisión decía: "Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República " -¡ojo!- "a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio".

Esto -los recursos necesarios para ejercer la respectiva atribución- el Ejecutivo también lo está retirando a través del texto que propone.

Señoras y señores Senadores, si están a favor de la elección del gobernador regional, voten en contra de esta indicación, que le quita las atribuciones al gobierno regional y, adicionalmente, la posibilidad de tener los recursos.

Acá, señoras y señores Senadores, están los recursos. Y el Ejecutivo -repito- los está eliminando.

Reitero el texto despachado por la Comisión y que el Ejecutivo está borrando con su indicación: "Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio".

Yo los invito a que no lo borremos, a que rechacemos la indicación, y a que apoyemos la norma que despachó en forma unánime la Comisión, que establece que las competencias se radicarán a nivel regional, así como el financiamiento para llevarlas a cabo.

Y el texto despachado por nuestro órgano técnico terminaba expresando: "Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de los gobiernos regionales irá acompañada de los recursos determinados por la ley".

¿Qué pasa hoy día con los municipios? ¡No les entregamos los fondos!

¿Qué hace el Ejecutivo ahora? Quita también ese principio, fundamental para poner en práctica una real descentralización.

¿Por qué, entonces, no creemos en la voluntad del Ejecutivo? Por este tipo de indicaciones.

He dicho.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Antes de darle la palabra al Senador Letelier, quiero advertir que, incluyendo a Su Señoría, hay nueve oradores inscritos para intervenir sobre la indicación.

En todo caso, están ejerciendo el derecho que cada uno de nosotros tiene a fundamentar el voto.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

Yo no voy a hablar, señor Presidente .

El señor LAGOS (Presidente).-

El Senador Zaldívar se excluye.

Entonces, tiene la palabra a continuación el Honorable señor Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, anuncio que voy a votar a favor de la indicación.

Me incomoda la actitud del Senador Espina y de otros, que creen que su modelo de descentralización es "el modelo". Tampoco tiene por qué ser "el modelo" el que propuso la Comisión Asesora Presidencial, que estima que todas las atribuciones deben transferirse necesariamente a las comunas.

Respeto esa opción. No es la mía.

Es más, en materia de educación nos estamos moviendo precisamente en la dirección contraria: no estamos dejando el tema en los municipios.

Los municipios no son -y es parte del argumento que los colegas de las bancas de enfrente usan para rechazar esta indicación- el lugar predilecto. No tienen por qué serlo siempre.

Yo llamo al respeto. Aquí no se trata de ser o no consecuentes. Es el derecho a tener opiniones distintas.

Entiendo que ellos quieren que la radicación de competencias se privilegie siempre a partir de lo comunal antes que lo regional. Tenemos una opinión distinta cuando se trata de transferencias a nivel regional.

Yo voy a votar a favor de la indicación. Entiendo que eso depende.

Por otro lado, indicar, al menos en el ámbito constitucional, que toda transferencia de competencias a los gobiernos regionales y a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo, representa un tremendo avance, a la luz de la experiencia que hemos tenido en el pasado, no solo en el pasado lejano, sino también en el reciente.

Voto que sí.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , las dos modificaciones que propone el Ejecutivo son un claro retroceso.

El Senador Espina y la Senadora Von Baer tienen toda la razón, particularmente cuando se indica que se van a transferir competencias, facultades o atribuciones a los gobiernos regionales -en la primera modificación- y a las municipalidades -en la segunda-, pero que ellas no necesariamente van a estar acompañadas de los recursos que ya se destinan a esos fines.

Como se ha expresado, creo que la verdadera voluntad de regionalizar y de traspasar competencias a los gobiernos regionales y a las municipalidades se demuestra en acciones concretas. Y la indicación va en un sentido completamente opuesto a lo que hoy día ya hemos aprobado.

En consecuencia, hay que votar que no, señor Presidente.

Muchas gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Ministro para clarificar un punto.

El señor BIANCHI.-

¡Estamos en votación, señor Presidente!

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

¡Sí, estamos en votación!

El señor LAGOS (Presidente).-

Exactamente, pero es para aclarar algo puntual.

Señor Ministro , puede intervenir.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , hemos pretendido ser muy respetuosos con el diálogo, pero, cuando se afirman cuestiones que no son exactas, creo que, para mejor resolver, es bueno que por lo menos se escuche cuál es la posición que nosotros defendemos.

Si en la Constitución se establece una decantación rigurosa en cuanto a que cualquier competencia debe partir por el municipio y seguir hacia arriba, se abre una potencial constitucionalización en orden a que cualquier competencia que vaya, con o sin justificación, a un nivel o a otro, debe ser revisada por el Tribunal Constitucional.

Habitualmente, es la ley la que determina exactamente dónde corresponde hacer eso, porque ya existen criterios. Hay cosas que no se pueden llevar al nivel comunal, por su propia naturaleza. Eso, entonces, lo tiene que resolver la ley. De lo contrario, lo que va a ocurrir es que cualquier acción del Ejecutivo en materia de competencia deberá ser revisada y constitucionalizada por el Tribunal Constitucional.

En cuanto al segundo tema en discusión, ya di una larga explicación en la Comisión. Es completamente absurdo, contrario al más mínimo principio de finanzas públicas, decir que cuando se traslada una competencia debe entregarse un monto de dinero equivalente, porque una competencia puede sustituir a otra y porque puede estar asociada a una nueva fuente de financiamiento.

Esta concepción de "almacenero" -con todo el respeto que me merecen los almaceneros-, de que cada competencia tiene que ir con el cheque, no entiende lo que son fuentes y usos de fondos. O sea, objetivamente, si se otorga una nueva competencia, debe identificarse la fuente de financiamiento. Y las fuentes de financiamiento pueden ser variadas.

La norma está técnicamente equivocada, y por eso nosotros pretendemos modificarla.

Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Montes.

El señor MONTES.-

Muy breve, señor Presidente.

Solo quiero decir que la forma en que plantean las cosas el Senador Espina y la Senadora Von Baer distorsiona la naturaleza de los problemas.

¡Cómo puede argumentarse que las competencias deben ser locales, regionales o nacionales!

Un mismo problema puede tener distintos niveles. Las competencias son esencialmente compartidas.

El problema de la pobreza puede tener un rol muy importante en el nivel local, pero está claro que debe haber estándares nacionales, sistemas de medición.

Uno tampoco podría sostener que el tema de la seguridad ciudadana debería estar en manos de las comunas. Tienen que verlo las comunas, pero también el nivel regional y el nivel nacional.

Las migraciones, por su parte, requieren una política nacional y un rol local.

La droga, lo mismo.

Por eso, creo que es bueno que esto lo maduremos más, lo decantemos más, porque se necesita que haya un nivel de articulación con distintos roles en el gobierno interior, en la forma de gobernar.

En Chile, todos los problemas locales son expresión de problemas nacionales. No ocurre lo mismo que en México o en otros lados. Son -repito- expresión de problemas nacionales.

Por lo tanto, cuando se diseñan competencias, decir que tienen que ir allá o acá es no conocer la naturaleza de los problemas.

Para que ustedes sepan, hoy día una de las grandes distorsiones que existen es que los municipios chilenos no tienen ninguna responsabilidad en la pobreza. En todos los modelos del mundo los municipios tienen responsabilidad en ella. Pero acá no es así. Acá el municipio tiene un rol, el nivel regional otro, y el nivel nacional otro.

En ese sentido, yo trataría de profundizar mucho más aquello en el resto del debate.

Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.-

Señor Presidente , yo me imagino que si se pone un artículo es porque se quiere dar una señal. Por consiguiente, es una señal que lleva un concepto detrás que pretende expresar y destacar.

Ahora, como este es un proyecto de ley sobre regionalización, obviamente uno supone que debe definir y hacer prevalecer el criterio regional. Porque, si no, ¿para qué se pone el artículo?

Ahora bien, si uno compara el texto propuesto por la Comisión, acordado en forma unánime por sus integrantes, con la proposición que nos hace el Gobierno, como que se debilita la idea original, la que no tiene nada de drama, porque se habla de "privilegiar" y no de "determinar taxativamente". Es decir, se consagra un criterio de preferencia en caso de diferendo de competencia.

Además, en una democracia moderna es lógico que la mayoría de los problemas que afectan al ciudadano se resuelvan en el gobierno local. Aquello que no logra solucionar el nivel local se va al regional y, sucesivamente, al nacional. Pero en Chile pasa exactamente al revés.

En mi opinión, el texto original establecía el principio de que la resolución de los problemas que afectan a la persona en lo concreto, en lo cotidiano, en lo diario, quedara radicado en los órganos más cercanos al ciudadano. Por esa razón, tanto la Comisión Asesora Presidencial como la Fundación Chile Descentralizado, que ha hecho aportes en la materia, etcétera, han puesto mucho énfasis en establecer este principio, porque, de lo contrario, no sé de qué estamos hablando.

Me parece que la señal que se daba en el texto propuesto por la Comisión se debilita y no se afirma con la indicación del Ejecutivo, quedando más bien como una suerte de criterio vago.

Si vamos a jugarnos por algo, hagámoslo bien. Y la verdad es que no veo razones para que exista tanta desconfianza en los gobiernos locales.

No olvidemos, además, que los alcaldes se fueron empoderando en la medida en que comenzaron a ser elegidos popularmente. Progresivamente empezaron a ganar atribuciones. Pero recordemos que en numerosas ocasiones el propio Gobierno central les delega más responsabilidades sin entregarles los recursos correspondientes.

Por lo tanto, también es necesario hacer mención al hecho de que no basta con darle más responsabilidad a un gobierno local si paralelamente no se le proporcionan los medios económicos pertinentes.

Aquí no se dice cómo se van a obtener los recursos o de dónde se van a sacar; se dice que debe haber una asociación lógica entre transferencia de competencias y fondos para financiarlas.

Por estas razones, la verdad es que no me convence el cambio del texto de la Comisión por el que plantea la indicación formulada por el Gobierno, la cual, en ese sentido, prefiero rechazar.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente, solamente deseo agregar algo a lo que ya se ha manifestado.

Estamos frente a una norma despachada unánimemente por la Comisión. Y, si ustedes se fijan, verán que de paso se está borrando otra enmienda que fue aprobada por unanimidad.

En el artículo 114 se señala que "el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales". Nosotros, en la Comisión, mediante indicación parlamentaria aprobada unánimemente, cambiamos la expresión "podrá transferir" por "transferirá".

Por consiguiente, al sustituirse el numeral 8), eso también se cae, de tal manera que hay más razones aún para rechazar la indicación.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , creo que sería bueno que el Gobierno entendiera el viejo refrán popular: "Al que con una mano da y con la otra quita le sale una colita". Porque, claramente...

El señor CHAHUÁN .-

¡Le sale una jorobita...!

El señor NAVARRO .-

... aquí todos estos artículos fueron redactados por los Ministros de Hacienda. Aquí no hay nada de política. Aquí hay un frío cálculo de cómo administrar bien los recursos, pero ¡no hay nada de política!

Y siento que este camino no nos va a llevar a estar en el 15 por ciento de aprobación. Efectivamente, los Gobiernos serán cada vez más impopulares, pues se niegan a entregar facultades.

"La soberanía radica en el pueblo"; es el sentido esencial de la democracia, desde Grecia . Y aquí cada vez más este Gobierno y todos los Gobiernos restan facultades al pueblo. Entonces, podemos asignar un privilegio para lo local, lo regional, por sobre lo nacional, y se anula. Es la discrecionalidad de la "monarquía".

Yo no sé para qué mi Gobierno, que ha reiterado enormemente que está dispuesto a ceder facultades, nos mete en este debate si vamos a votar en contra.

No logro entender la lógica; no logro entender el temor a la ciudadanía. Por eso la política está tan alejada de la ciudadanía: porque cada vez que se la quiere empoderar, cada vez que se la quiere hacer pensar, participar, se produce la anulación.

Alguien tiene un manual de cortapalos en este Gobierno, y siempre que estamos haciendo algo bien, se preocupa de consultarlo para ver cómo podemos hacerlo mal. Se trata del manual de cortapalos de los errores sucesivos. Este es uno no forzado, pues había facultades para los municipios. ¿Y qué nos reclaman los alcaldes? Que les entregamos facultades y no recursos.

Cada vez que los alcaldes nos reclaman aquello se da cuenta de que lo único que se puede dar a los municipios es más pega, más trabajo, más obligaciones y no más recursos.

Entonces, lo que ha dicho el Senador Horvath ha relativizado todo. No sé cuál es el fundamento de la indicación. Me cuesta entenderlo, salvo en la lógica de los Ministros de Hacienda, que son todos cortados por la misma tijera: todos estudiaron en Harvard; da lo mismo si son del PPD, del PS, de RN, se comportan igual. A la hora de analizar la caja fiscal, de tomar decisiones, se parecen completamente.

Y aquí hemos tenido a Felipe Larraín , hemos tenido a Andrés Velasco , hemos tenido al Ministro Eyzaguirre y, al final del día, son superparecidos. No se diferencian mucho a la hora de establecer la posibilidad de la vinculación ciudadana.

Yo voy a rechazar esta indicación, señor Presidente . De verdad, no le encuentro lógica. Aquí se ha castigado de manera permanente a los candidatos independientes. Todo lo que signifique ceder un milímetro de poder tiene que ser corregido.

Y si alguna facultad tenían los parlamentarios para poner esta indicación, llega una del Ejecutivo a cercenarlo.

Yo no le encuentro sentido. Ojalá el Gobierno hubiera explicado por qué este cambio de "propender" por "privilegiará". El "privilegiará" es un imperativo mayor. En la Constitución aparece en todo el "deberá propender", es decir, el que tendrá que ponerle un poquito de empeño.

La Senadora Von Baer ha dado un argumento más extremo. Yo creo que no es tan así, pero en la esencia tiene toda la razón. Si queremos de verdad delegar competencias, hacer participar más a la ciudadanía, debemos empoderar a los órganos más cercanos a ella. Sin embargo, aquí se les resta esa posibilidad.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

Voto a en contra.

El señor MOREIRA.-

¡Vamos a votar igual que Navarro...!

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Hay que "propender" a no más AFP...!

Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.

El señor PIZARRO .-

Señor Presidente , creo que, lamentablemente, seguimos confundiendo el debate. Porque no veo de qué manera el Presidente de la República , un Gobierno central, le puede traspasar competencias a la gente si no es a través de una institución o de un órgano representativo de la ciudadanía, ya sea en lo local, provincial, regional.

La verdad es que no creo en ese tipo de fórmulas, pues ¿cómo y a quiénes traspasamos el manejo del INDAP? ¿A la ciudadanía? ¿A un grupo de profesionales? ¿A los usuarios de INDAP? ¿A personas elegidas en un concurso público en la plaza? ¿A gente que entienda o que no entienda?

Señor Presidente, pienso que en estos debates debemos hacer un esfuerzo por cuidar bien el lenguaje y los conceptos que usamos. Porque, si no, podemos caer en situaciones un poco absurdas, como la que planteaba recién.

El punto en discusión acá -como alguien lo dijo anteriormente- radica en si en la transferencia de competencias se privilegia por sobre todo lo local antes que lo regional.

Y a mí me parece que el principio establecido tanto en el texto que aprobó la Comisión como en la indicación apunta a que lo que se busca es radicarla en los órganos más cercanos a la ciudadanía.

Tenemos un debate que puede tener sentido, y, entonces, busquemos lo que sea más eficiente.

El texto de la Comisión dice "privilegiará la radicación". Cuando alguien me dice que "va a privilegiar", entiendo que puede privilegiar, como puede no hacerlo. Es vago, es ambiguo; no obliga.

Sin embargo, la indicación dice "deberá propender" a radicarla. Y cuando uno dice "deberá", le está diciendo al Gobierno central que tiene que ir en la línea de hacer transferencia de competencias a los niveles más locales posible.

Y es distinto. Para mí, tiene bastante más fuerza el "deberá propender" a radicarla "hacia los órganos más cercanos a la ciudadanía". Cumplimos con los tres objetivos: la transferencia, lo más cercano a la ciudadanía y que tiene que ser una a institución o a un órgano. No define cuál porque hay muchos a los cuales se les podría transferir y no hay para qué consignarlo en la ley.

En la segunda indicación se busca justamente evitar lo que ha pasado con otros proyectos de ley, en que se entregan facultades a los municipios, pero no se dice de dónde va a salir la plata ni menos se les entregan los recursos. Y aquí se establece con claridad que "Toda transferencia de competencias a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.". Y, en eso, creo que el Ministro Secretario General de la Presidencia ha entregado una explicación sumamente clara.

Por último, señor Presidente , yo también quiero reclamar por el tono un poco soberbio con que algunos colegas, sobre todo de la Oposición, descalifican así porque sí no más: "Esto es malo, ¿y por qué? Porque lo hizo el Gobierno", como si este fuera una manga de irresponsables donde no hay técnicos competentes o una visión política un poco distinta.

Y eso me parece también inaceptable, pues se cae en la descalificación por la descalificación.

Cada cual podrá tener sus argumentos y buscará los mejores. Pero el que así, a la rápida, se diga que todo es malo porque a alguien se le ocurrió que lo era, no considero que sea lo más adecuado. Yo por lo menos no estoy dispuesto a seguir aceptando ese tipo de lenguaje. Porque con ese mismo criterio entonces uno podría decirle a la Oposición que sus intereses van en la línea de no avanzar en nada en el proceso de descentralización, pues se han opuesto prácticamente a todo diciendo que hay un problema de transferencias. Por un lado les dicen a los ciudadanos que quieren votar a favor de la elección; y por otro lado, cuando llega el momento de los quiubos, lo hacen en contra.

Voy a votar a favor de la indicación.

El señor LAGOS (Presidente).-

Excelente. Muchas gracias.

Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Seré breve, señor Presidente .

Quiero llamar la atención de la Sala en cuanto a que cualquiera que sea la votación vamos a quedar sin una ni otra solución.

El señor BIANCHI .-

¿Por qué?

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Porque se requiere quorum especial para cada una, lo cual no va a permitir aprobarlas.

Por lo tanto, me quedo con lo del Ejecutivo , porque determina un procedimiento. Yo estoy de acuerdo con el Senador Pizarro en que el "deberá propender" es más explícito que lo que aprobamos en la Comisión. El hecho de cambiar de opinión no es ser débil, sino, al contrario, reconocer que uno cree que es mejor.

Y desde el punto de vista del manejo de las finanzas públicas de un Ministro de Hacienda, efectivamente el financiamiento puede hacerlo desde diferentes fuentes. Lo importante es que se entreguen los recursos necesarios.

Por lo tanto, al decir "deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo" hay una obligación constitucional. Y esta va a tener que cumplirse. Pero, si votamos conforme a lo que estamos señalando ahora, no nos vamos a quedar ni con una ni con otra frase.

Lo otro que quiero decir, en general, es que no olvidemos que esta ley en proyecto tendrá que aplicarse en un próximo Gobierno y en los próximos Gobiernos. Este no es un texto hecho para una Administración determinada: ni para la actual ni para la que vendrá.

Por lo tanto, cuidado con legislar en una forma en que el día de mañana se arrepientan de lo aprobado.

Voy a votar a favor de la indicación del Ejecutivo, pero con la convicción de que vamos a quedarnos sin pan ni pedazo.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Espina, quien es el último orador en esta votación.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente, ¿estamos votando las dos normas juntas?

El señor BIANCHI .-

¡No!

El señor ESPINA.-

Porque los señores Senadores han hecho referencia a las dos.

El señor LAGOS (Presidente).-

Una señora Senadora en particular se refirió a la segunda, pero lo dejamos pasar.

El señor ESPINA.-

Ya. Yo solo quiero reafirmar algo que escuché del Senador Guillier respecto de la norma que estamos votando en este momento, y que pone las cosas en su justo punto.

Nadie está diciendo que cuando se traspasa una competencia es obligación partir del nivel comunal. Lo que se afirma en la norma es que "se privilegiará".

Esto significa que se va a priorizar que la competencia vaya primero al nivel comunal.

Pongamos un ejemplo: las políticas del Indap.

Si uno dice que las políticas del Indap se desarrollan mejor en el nivel comunal, entonces tengo el deber de comenzar desde abajo hacia arriba: es decir, partir del nivel comunal.

Ahora bien, si no es susceptible de aplicar la transferencia de competencias a nivel comunal, voy al nivel regional. Y si en este tampoco lo es, porque se trata de un problema a nivel nacional y se requiere una política que se aplique solo sobre la superestructura nacional, parto de ahí.

Esta es una clara norma de carácter constitucional que indica una señal a la autoridad relativa a qué debe preferir.

Por otra parte, el argumento del Senador Zaldívar lo considero profundamente equivocado.

En primer lugar, porque discutimos esta norma en la Comisión. Entonces, él votó; hicimos el mismo debate; llegamos a un convencimiento, y preferimos la disposición que aprobamos en la Comisión 5x0.

Pero el argumento de que "si aprobamos la mejor norma vamos a quedarnos sin norma" yo lo podría aplicar al revés. Muy simple: "si todos los señores Senadores y las señoras Senadoras votan en contra de la indicación del Ejecutivo, y todos los señores Senadores y las señoras Senadoras mantienen lo que unánimemente hizo la Comisión de Gobierno en forma transversal, van a estar los 22 votos y nos vamos a quedar con una disposición claramente favorable a la descentralización".

Sin embargo, alguien podría señalar que esto de la descentralización es un capricho mío. ¡No! Está en el informe. Es uno de los ejes en que se sustenta la Comisión descentralizadora.

Entonces, ¿tenemos derecho o no a protestar cuando hemos estado toda la tarde señalando -y también gran parte de la noche- que el Gobierno no quiere transferir las competencias, a lo que ustedes nos han respondido -hemos escuchado muy atentamente- que no es así; que el Gobierno las va a transferir?

Sin embargo, cuando debemos tener la primera demostración de transferencia efectiva como una señal, ocurre que ahora nos dicen que no. ¡La primera! ¡A esta hora!

Aquí no hay falta de respeto. La descentralización se demuestra con hechos concretos, ¡hechos concretos!

Esto, perdónenme, no es una cuestión de la Oposición. Es de la Comisión Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional hecha por el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet , que además en este punto fue aprobado unánimemente, ¡unánimemente!, por la Comisión de Gobierno.

Entonces, admitan que nosotros tenemos todo el derecho a protestar pues frente a la primera demostración de realmente querer avanzar en descentralización nos vamos a quedar sin norma. Porque consideramos que el artículo que aprobamos en la Comisión de Gobierno, que es equivalente al señalado en la Comisión descentralizadora, es correcto.

Por lo tanto, si se rechaza la indicación del Gobierno pero no se aprueba la nuestra, y nos quedamos sin norma, la responsabilidad no va a ser de quienes simplemente estamos trasladando a la Constitución lo que la Comisión Asesora Presidencial, en forma unánime, quiso hacer.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se rechaza la indicación renovada del Ejecutivo para sustituir el número 8) del artículo único (16 votos a favor, 13 en contra y una abstención), por no reunirse el quorum constitucional requerido.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Araya, Girardi, Lagos, Letelier, Matta, Montes, Pizarro, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Votaron por la negativa las señoras Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Horvath, Moreira, Navarro y Prokurica.

Se abstuvo el señor Coloma.

El señor LAGOS (Presidente).-

En consecuencia, procederemos a votar inmediatamente la propuesta de la Comisión.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Quienes estén de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Comisión (página 25 del comparado) votan que sí.

Se requieren 22 votos para su aprobación.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¡Los que queremos que sí, votamos que sí...!

Debemos pronunciarnos acerca de las modificaciones que introdujo la Comisión al texto aprobado por el Senado.

No hay oradores inscritos. Así que, por favor, procedan a votar.

Señor Secretario, explique lo que estamos votando

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Solamente quiero decir lo siguiente.

En realidad, la enmienda es una sola, porque la segunda parte (página 26) es solo una adecuación del texto en dos letras. Lo que importa está en la página 25. Se trata de reemplazar, en el artículo 114, "podrá transferir" por "transferirá". Vale decir, se establece en el fondo una obligación.

El señor ESPINA.-

Señor Secretario , está equivocado.

Señor Presidente, el Secretario se traspapeló.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , el Secretario se traspapeló, pues lo que estamos votando es la norma que aprobó la Comisión, que dice que "privilegiará" el traspaso de competencias. Porque rechazamos la indicación del Ejecutivo , por ende, corresponde votar la disposición que aprobó la Comisión.

El señor LETELIER .-

Que no va a tener el quorum requerido.

El señor ESPINA.-

¿En qué página está esa norma? Perdón, ¿me puede decir el número?

El señor LAGOS (Presidente).-

Señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

Estamos en la página 25.

El señor ESPINA.-

26, señor Secretario .

El señor LAGOS (Presidente).-

Momento.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Vale decir, el votar que sí significa aprobar la norma, que está en el texto aprobado en general, con la modificación que la Comisión le hace. Y, si no se reuniera el quorum requerido, habría que votar de todas maneras el texto acordado en general.

El señor COLOMA.-

Pero eso está después.

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Les puedo pedir que pongamos un poco de esfuerzo?

Se rechazó la indicación del Ejecutivo. Corresponde ahora votar la modificación aprobada por la Comisión.

Señor Secretario, diga la página, la columna y el artículo que tenemos que votar.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

En la página 25, el número 8).

El señor ESPINA.-

No, es la 26.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Señor Secretario , por alguna razón los Senadores insisten en que es la página 26.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

No, es la página 25.

Lo que se está haciendo en el número 8) es sustituir su encabezamiento.

En el artículo 114 se introduce la siguiente modificación: "a) Reemplazar la expresión `podrá transferir' -que está subrayada en la primera columna- por `transferirá'.".

El señor LAGOS (Presidente).-

Eso es.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

La segunda parte, que figura en la página 26, no es más que una situación formal, porque como se está dividiendo en letra a) y b), se indica: "-Considerar el texto del número 8) como letra b), eliminando las palabras `en el artículo 114' y la coma (,) que le sigue. `Considerar el texto del número 8) como letra b)', que está eliminando las palabras `en el artículo 114' y la coma (,) que le sigue", para dejar solamente: `b) Agrégase luego del punto aparte'.".

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Estamos de acuerdo?

Los que están de acuerdo con esto...

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Quiero señalar algo muy importante. No sacamos nada con votar las correcciones al número 8) del artículo 114, porque si no lo aprobamos, o no hay quorum, las otras indicaciones no tendrán sentido.

Por lo tanto, pido que votemos primero el texto aprobado en general por el Senado, que dice: "Agrégase en el artículo 114". Y si aprobamos esto, nos pronunciaremos sobre las indicaciones que rigen sobre ese texto.

Entonces, lo primero que tenemos que aprobar es el texto en general, en el entendido de que después votaremos, si se aprueba, las indicaciones para corregirlo.

No se saca nada con votar aquí el reemplazo de la expresión "podrá transferir" si después, cuando votemos el artículo 114 propuesto, no se alcanza el quorum. ¿Qué se va a hacer ahí? ¿Dónde vamos a poner esa frase?

La señora VON BAER.-

Señor Presidente, está equivocado el Secretario.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Senador señor Zaldívar , trato de entender su razonamiento pero no logro captarlo, quizá por cansancio.

Lo que sé es que los miembros de la Comisión dijeron "no nos gusta" la norma constitucional, y por 5 a 0 decidieron reemplazar la frase "podrá transferir" por la palabra "transferirá".

El señor COLOMA.-

Está bien. Votemos.

El señor LAGOS (Presidente).-

Señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señores Senadores, la Constitución tiene un texto vigente, que está en la columna uno. La primera modificación de la Comisión a esa disposición consiste en sustituir la expresión "podrá transferir", que está subrayada, por "transferirá".

En seguida, en el numeral 8) que figura en la segunda columna de la página 26, se propone eliminar las palabras "en el artículo 114" y la coma que les sigue.

El señor COLOMA.-

Eso no se ha debatido.

El señor ESPINA .-

¡No, pues! ¡Está equivocado el Secretario!

El señor LABBÉ (Secretario General).-

Eso es lo que dice el boletín comparado.

El señor LAGOS (Presidente).-

Senadora señora Von Baer, ayúdenos.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , el Secretario tiene razón en la primera parte de su argumentación: lo que está en la página 25. Pero después no debemos irnos a la tercera columna, sino a la cuarta. Allí aparece lo que fue aprobado por la Comisión.

Nosotros no votamos ese texto, sino la indicación del Ejecutivo...

El señor LAGOS (Presidente).-

Fue rechazada.

La señora VON BAER.-

Así es. Por lo tanto, tenemos que pronunciarnos sobre el texto de la Comisión, que está en la última columna.

El señor COLOMA .-

Claro.

La señora VON BAER.-

Ese es el texto que debe ser votado.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Tiene razón.

El señor COLOMA.-

Efectivamente.

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Están todos de acuerdo en esto?

El señor ESPINA .-

Sí. De lo contrario, nunca vamos a votar esa enmienda.

El señor LAGOS (Presidente).-

Señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

En el segundo informe de una Comisión lo que la Sala vota son las modificaciones.

En este caso, el órgano técnico está enmendando el texto vigente de la Constitución en el inciso primero del artículo 114, para hacer obligatoria la transferencia y para agregar, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, lo que se indica en la página 26.

El señor ESPINA.-

A la derecha.

El señor LAGOS (Presidente).-

Sí, en la última columna.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Correcto.

El señor ESPINA.-

¡Es lo que he estado diciendo todo el rato!

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Si Sus Señorías lo deciden, se puede votar todo en conjunto a partir de lo señalado en la última columna. No hay problema.

El señor LAGOS (Presidente).-

Muy bien.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Pero no es la regla general.

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Puede ser el punto de inflexión de la noche...!

Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señor Presidente, de verdad, le pido disculpas por lo que voy a plantear.

Hoy día se rechazó la indicación presentada por el Ejecutivo respecto de la letra b) del número 8), que modifica al artículo 114. Los argumentos que se dieron para ello se resumen en que un grupo de Senadores quiere fijar un criterio que privilegie "la radicación de competencias en los órganos más cercanos al ciudadano, prefiriendo el nivel local sobre el regional".

En eso yo no estoy de acuerdo, razón por la cual voté a favor de dicha indicación. No se ganó porque no se alcanzó el quorum.

Pero sí comparto la enmienda, en el primer inciso del artículo 114, que busca reemplazar la expresión "podrá trasferir" por "transferirá", pues ello involucra una obligación.

Aunque se rechace la letra b), si se aprueba la letra a) -la obligación de transferencia-, el Ejecutivo podrá reponer su texto en la Cámara Baja, sobre la base de que hemos acogido, por lo menos, la sustitución indicada.

Entonces, señor Presidente, pido que votemos por separado las dos letras.

Debiéramos pronunciarnos primero sobre el reemplazo de la expresión "podrá transferir" por "transferirá". En eso hubo unanimidad en la Comisión y, a lo mejor, la Sala puede aprobarlo en los mismos términos.

El señor COLOMA.-

Démoslo por aprobado.

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Les parece que aprobemos la letra a), por unanimidad?

El señor COLOMA.-

Sí.

El señor WALKER (don Ignacio).-

Sí.

--Por unanimidad, se aprueba la letra a) del número 8) del artículo único, dejándose constancia de que hay presentes 27 señores Senadores.

El señor PIZARRO.-

En seguida, debemos pronunciarnos sobre la letra b), respecto de la cual me voy a abstener.

El señor LAGOS (Presidente).-

En votación la letra b) del número 8).

El señor GUILLIER .-

¿Cómo se vota?

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Quienes estén de acuerdo con el texto propuesto por la Comisión, que está en la última columna -la modificación se introduce al número 8) ya aprobado en general-, tienen que votar que sí, y quienes no estén de acuerdo, que no.

Para la aprobación de esta norma se requieren 22 votos favorables.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Por no reunirse el quorum constitucional requerido, se rechaza la letra b) del número 8) del artículo único (19 votos a favor, 6 en contra y 3 abstenciones).

Votaron por la afirmativa las señoras Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Moreira, Navarro, Prokurica, Quintana y Tuma.

Votaron por la negativa la señora Allende y los señores Matta, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Se abstuvieron la señora Goic y los señores Araya y Pizarro.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

¿Y qué ocurre ahora, si rechazamos la indicación del Ejecutivo y la propuesta de la Comisión?

El señor COLOMA.-

No queda nada.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

No hay ley en esa parte.

El señor LAGOS (Presidente).-

Sigamos, entonces.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señores Senadores, corresponde pronunciarse sobre la segunda indicación renovada del Ejecutivo , que busca sustituir el número 12) (página 33 del boletín comparado).

En la norma respectiva el texto aprobado en general no fue modificado por la Comisión.

La indicación renovada dice: "Agrégase en el inciso final del artículo 118, después del punto final que pasa a ser punto y seguido, lo siguiente: "Toda transferencia de competencias a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.".".

El señor COLOMA.-

Abra la votación, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Les parece abrir la votación?

Acordado.

En votación la indicación renovada.

Les recuerdo que, para aprobarla, se requiere quorum de tres quintos de los Senadores en ejercicio.

--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente, este es otro caso de centralización.

La enmienda aprobada por la Comisión -entiendo que no fue unánime- establece (página 33, columna de la derecha) que "Toda transferencia de competencias a las municipalidades irá acompañada de la atribución de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio.". Es decir, si se transfieren competencias a un municipio para lo cual se destinaban 100, debe acompañarse una asignación con los mismos 100. Eso es todo lo que dice la norma propuesta.

Distinguidos señores Senadores que fueron alcaldes han señalado que muchas veces a las municipalidades se les traspasan competencias sin financiamiento. La disposición solo busca terminar con eso.

Reitero: "equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio". Si un programa cuesta 100 millones de pesos y hay que traspasarlo a los municipios, también se deben transferir los 100 millones.

¡Miren qué simple y sencillo!

Por su parte, el Gobierno plantea reemplazar esa norma por un texto totalmente distinto: "Toda transferencia de competencia a las municipalidades deberá señalar la fuente de los recursos necesarios para su desarrollo.". O sea, establece la obligación de indicar de dónde se sacará la plata, pero no señala que otorgará una cantidad equivalente.

Además, como me comenta el Senador García, en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades ya existe una disposición como la que desea incorporar la Comisión en la Carta Fundamental. Dicho precepto dice: "Cualquier nueva función o tarea que se le asigne a los municipios deberá contemplar el financiamiento respectivo.".

Nosotros estamos proponiendo algo de todo sentido común.

Una de las grandes críticas es que se trasladan competencias que no se pueden ejecutar porque no hay recursos. Por eso estamos sugiriendo una disposición constitucional que obligue a transferir la plata que tiene asignado el programa respectivo. ¡Tan simple como eso!

El señor Ministro dice: "¿Qué ocurre si las fuentes son distintas?". Nadie está pidiendo precisar de dónde vendrá el dinero. Solo se plantea que, ante una transferencia de competencia, se entregue la misma cantidad que estaba asignada a esa atribución.

Entonces, el Ministro responde: "Es que puede que haya menos recursos". Bueno, si es así, se transferirá la competencia indicando que los fondos disponibles son para una menor cobertura.

Por ejemplo, si se trata de un plan de PRODESAL que abarca a 1000 agricultores o pequeños parceleros, debe asignarse la cantidad correspondiente a esos 1000 beneficiados. Si solo alcanza para 500, pues se transferirá para esos 500.

Así de elemental es esta norma.

Sin embargo, el Gobierno no la quiere aceptar, argumentado, como lo ha hecho el señor Ministro , algo que no comparto: limitarse solo a señalar la fuente. ¡Eso es todo!

Por eso votaremos en contra de la indicación renovada del Ejecutivo.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , he escuchado con atención lo planteado por el Senador Espina. Y está claro que la norma se vuelve genérica, nuevamente.

El numeral 12) propuesto por la Comisión deja muy claro que toda transferencia de competencia a los municipios debe ser acompañada con recursos equivalentes a los que tenía la función en el órgano que la cede.

Y la norma agrega: "Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de las municipalidades irá acompañada de los recursos determinados por la ley.". Con esto se fortalece mucho más a los municipios, para que efectivamente tengan garantizada la ejecución de las nuevas atribuciones.

La indicación renovada del Gobierno establece que deberá señalarse la fuente de los dineros. ¡Ojo! No dice que los va a transferir. Se limita solo a indicar de dónde vendrán, pero no los asigna.

En cambio, la enmienda aprobada por la Comisión dispone que deberán transferirse montos equivalentes a los que efectivamente tenía la competencia en el órgano inicial. Y si aumentan los gastos, los recursos deberán ser señalados por la ley.

¡Nuevamente la mano de los Ministros de Hacienda!

Está claro, señor Presidente, que aquí se busca generar la menor responsabilidad, la menor capacidad de exigencia de los municipios. Ello da cuenta de una estructura del Estado, que comprendo.

Sin duda, aquello está inspirado en la verdadera y eficiente transferencia de facultades y recursos.

El Ejecutivo no ha argumentado su indicación, que solo se limita a indicar la fuente. ¡Pero esa fuente está seca, no tiene agua!

La norma aprobada por la Comisión establece: "De esa fuente saldrá la misma cantidad de agua". Y añade: "Si aumenta la necesidad, se garantizan más recursos".

Por lo tanto, señor Presidente , está claro que esta indicación del Ejecutivo disminuye las posibilidades de que los municipios cuenten con fondos, al menos los mismos que utiliza el órgano que transfiere la competencia. Además, si se eleva el gasto respectivo, se dispone incrementar recursos por obra de la ley.

Me quedo con la enmienda aprobada por la Comisión. Voto en contra de la indicación renovada del Gobierno, pues disminuye las posibilidades concretas de financiar las atribuciones que van a ser ejecutadas por los municipios.

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

Les recuerdo a Sus Señorías que aún faltan dos votaciones más.

Señor Secretario .

--Por no alcanzar el quorum constitucional requerido, se rechaza la indicación renovada del Ejecutivo recaída en el numeral 12) (18 votos a favor, 10 en contra y una abstención).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Guillier, Horvath, Lagos, Matta, Pizarro, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Votaron por la negativa la señora Van Rysselberghe y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Moreira, Navarro y Prokurica.

Se abstuvo el señor Harboe.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

En consecuencia, corresponde votar el numeral 12) aprobado por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, que es el mismo que fue acogido en general.

El señor PROKURICA.-

Con la misma votación.

El señor LAGOS (Presidente).-

Mejor votemos.

El señor BIANCHI .-

¡Me parece, señor Presidente!

¿En qué página figura el texto propuesto?

El señor LAGOS (Presidente).-

En la página 33 del comparado, cuarta columna.

En votación.

La Comisión aprobó este numeral por unanimidad y su texto es el mismo que fue aprobado en general.

Para su aprobación, se requiere el voto conforme de 22 señores Senadores.

Terminada la votación.

--Por no alcanzar el quorum constitucional requerido, se rechaza el numeral 12) del artículo único (15 votos a favor y 11 abstenciones).

Votaron por la afirmativa las señoras Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Horvath, Lagos, Navarro y Prokurica.

Se abstuvieron la señora Goic y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Harboe, Matta, Pizarro, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

El señor LAGOS (Presidente).-

Señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señores Senadores, hay dos normas que fueron aprobadas por unanimidad en la Comisión: la letra b) del número 7) (página 24 del comparado) y el número 4) (página 14) del artículo único.

Este último numeral, para ser aprobado, requiere 25 votos favorables.

Si Sus Señorías lo estiman conveniente, se puede hacer una sola votación.

El señor LAGOS (Presidente).-

Con el quorum señalado.

En votación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueban las modificaciones recaídas en la letra b) del numeral 7) y el número 4) del artículo único (26 votos favorables), dejándose constancia de que se cumplió con el quorum constitucional exigido.

Votaron las señoras Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Matta, Montes, Navarro, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señores Senadores, queda una última votación, que corresponde a las distintas normas que en la Comisión de Gobierno fueron aprobadas por mayoría y que no estaban incluidas en aquellas que Sus Señorías ya han despachado.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Feliz la abriría, pero alguien me va a preguntar cuáles son dichas normas.

Nómbrelas, señor Secretario , para saber cuáles son, sin perjuicio de abrir la votación.

Es una sola votación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Página 2, número 1; página 9, número 2; página 10, número 3; página 22, número 6; páginas 23 y 24, número 7; páginas 29 y 30...

El señor LAGOS (Presidente).-

Muy bien, señor Secretario.

Abramos la votación.

Vamos a hacer una sola votación respecto de todas estas normas.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Todas fueron aprobadas por mayoría.

El señor LAGOS (Presidente).-

Así es.

Se abre la votación.

El señor BIANCHI .-

Una sola.

El señor LAGOS (Presidente).-

Es una sola votación para todas las normas que fueron aprobadas por mayoría.

--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , es bien importante precisar algo.

Todas las primeras modificaciones, por lo menos hasta la página 22, dicen relación solo con el cambio de nombre: de "intendente" por "gobernador regional".

La señora PÉREZ ( doña Lily ).-

Son cambios de denominación.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

Por lo tanto, hay que ser consecuentes en cuanto a lo que vamos a aprobar, para que sea coherente con la forma en que nos hemos pronunciado con anterioridad.

En cuanto a la derogación del artículo 112, hay que efectuarla, pues lo que allí se dispone ya se halla incluido en el artículo 111, que ya aprobamos. En consecuencia, también habría que aprobar esa derogación.

El señor LAGOS (Presidente).-

Muy bien.

Ojalá que todos puedan votar.

Esta es la última votación, y corresponde a una norma de quorum especial.

Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , siguiendo la explicación que dio el Senador Zaldívar, creo que es importante precisar que, tal como él señala, las primeras modificaciones son adecuatorias, pero el numeral 7), que se consigna en la página 23 del comparado, dice relación con las facultades de los consejeros regionales, lo cual no tiene nada que ver con las modificaciones adecuatorias.

La señora VON BAER.-

Tiene razón.

El señor HARBOE.-

Entonces, no sé si la Sala va a decidir realizar una sola votación para todo. Es importante que exista conciencia de que se consigna una facultad distinta en la página 23.

El señor LAGOS (Presidente).-

Hay un acuerdo para hacer una sola votación.

El señor CHAHUÁN .-

No.

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Cómo que no!

Hay un acuerdo para votar de esa forma.

El señor ESPINA.-

Las facultades de los cores no tienen nada que ver.

La señora MUÑOZ .-

Votemos las adecuatorias primero.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Senador señor Harboe, ¿es solo la que usted menciona o hay otras disposiciones en la misma situación?

El señor HARBOE.-

Es solo esa.

La señora VON BAER.-

Así es.

El señor ESPINA.-

Es solo esa.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Si Sus Señorías lo desean, las que sean solo adecuaciones se pueden dar por aprobadas con el quorum correspondiente.

El señor ESPINA .-

¡No!

¡Que se voten!

La señora VON BAER.-

No, señor Presidente.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

No.

El señor LAGOS (Presidente).-

No. Se quiere votar.

Se van a votar todas las modificaciones que sean de adecuación.

¿Les parece?

En seguida, nos pronunciaremos sobre aquella disposición que dice relación con los cores.

¿Está bien eso?

Igual veo que ya no hay votos suficientes.

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , no hagamos las cosas mal hacia afuera. Porque cuando ocurre, como sucede hoy día, que no existe el quorum requerido,lo lógico es que la Secretaría quede facultada para adecuar los cambios que ya se aprobaron.

La señora VON BAER.-

¡No!

El señor PÉREZ VARELA .-

¡No es así!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Ya se aprobaron los cambios de nombres. Lo único que se está haciendo es adecuar.

Estoy de acuerdo con el Senador Felipe Harboe en cuanto a que lo relacionado con las facultades del consejo regional no corresponde a una adecuación. Y la derogación del artículo 112 surge como consecuencia de que aprobamos el artículo 111, donde se incorporó lo que allí se dispone. Entonces, tiene que adecuarse.

Esto puede ser perfectamente transferido a la Secretaría para que adecúe las aprobaciones que se han hecho en relación con los nombres.

Respecto al artículo 112 no tiene por qué haber pronunciamiento.

El señor PIZARRO.-

Pido la palabra.

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Para referirse a esta materia?

El señor PIZARRO.-

Sí, señor Presidente.

Lo que pasa es que el señor Secretario leyó todos los artículos y acordamos tener una sola votación. Y hay colegas que ya votaron entendiendo que estaba incluido el número 7), que figura en la página 23 del comparado.

El señor WALKER (don Patricio) .-

Así es.

El señor PIZARRO .-

Yo leí la página 23 cuando el señor Secretario la nombró y me di cuenta de que esa modificación era distinta, pues se trataba de facultades de los cores.

Entonces, pedir ahora una votación separada va a significar que algunos colegas que ya se pronunciaron pensando en la totalidad no podrán votar ahora porque ya no están.

No podemos cambiar las reglas del juego.

Y aquí tomamos un acuerdo. A lo mejor nos equivocamos; no lo sé.

Pero hay que tener respeto con la expresión planteada por los colegas cuando se dijo que era una sola votación que incluía todas las modificaciones, estando incluido el número 7), que se refiere al consejo regional.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Es una difícil situación la que me plantean, porque, efectivamente, se acordó votar en un solo paquete.

El señor HARBOE .-

Pero no hubo acuerdo.

La señora MUÑOZ .-

No hay acuerdo.

El señor PIZARRO .-

Si ya está votado. No sé cuál es el resultado, pero ya está votado.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

El señor Secretario leyó un tráfago de normas.

El señor ESPINA.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Déjeme terminar, Su Señoría, para explicar lo que yo recogí de lo que hicimos.

Le voy a dar la palabra inmediatamente, Senador señor Espina. Entiendo que estamos todos cansados.

Estoy haciendo un resumen de lo que ocurrió.

Se planteó hacer una sola votación y se dijo que sí.

El Senador señor Patricio Walker pidió que se indicaran las normas. Entonces, el señor Secretario leyó un número bastante grande de normas que íbamos a votar.

Comenzamos a votar, y hubo señores Senadores y señoras Senadoras que lo hicieron, pero que ahora no están en la Sala porque se retiraron.

Luego surgió la interrogante del Senador señor Harboe , quien planteó que no todas eran normas adecuatorias y que había una en particular, de los consejeros regionales, que debería recibir un tratamiento distinto.

El predicamento que tengo es que algunos señores Senadores, como he señalado, ya se han retirado y se manifestaron entendiendo que se votaba todo.

Dicho eso, y antes de tomar una resolución, les daré la palabra a los Senadores señor Espina y señora Von Baer , quienes la han pedido.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente, estoy tratando de ayudarlo a solucionar el problema.

En primer lugar, el argumento del Senador Zaldívar -lo digo con todo respeto- no lo había escuchado nunca; o sea, de aquí en adelante no votamos los artículos y le damos atribuciones al señor Secretario para adecuarlos.

Lo que sucede es que en esos artículos nosotros nos vamos a abstener, porque lo hemos hecho en toda esa línea. Por lo tanto, no puede adecuarse algo que no reúne el quorum requerido. Porque lo que les ocurre en estos momentos es que no tienen el quorum exigido para aprobar las normas.

Entonces, lo lamento mucho. Pero aquí deberían estar todos los Senadores, tal como nos quedamos nosotros.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-

Es que ellos ya votaron.

El señor ESPINA.-

Lo que ocurre es que la Secretaría cometió un error -involuntario, probablemente-, porque mezcló un artículo que no tiene absolutamente nada que ver, que es el de los cores. Esa no es una norma de adecuación.

Nosotros adherimos a votar todo de una sola vez porque el señor Secretario dijo que eran normas de adecuación. Pero resulta que después el Senador Harboe nos señala que no es así, porque el número 7) tiene que ver con las atribuciones de los cores y, por tanto, no es de adecuación.

Ahora, ¿nos podría decir cuál era la de los cores, en qué página está, para tratar de ayudarlo?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Un dato importante: se dijo que se trataba de normas que habían sido aprobadas por mayoría, no que fueran adecuatorias. Esto último fue interpretación de algunos Senadores acá, en la Sala.

En todo caso, todo esto es de quorum especial, y hasta ahora no está aprobado.

El señor PIZARRO.-

Estamos en votación, señor Presidente . Usted ya la abrió.

La señora VON BAER.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , el problema es que las mayorías están invertidas para un lado y otro.

Entonces, se señala que es por mayoría. Pero a lo largo de todo el proyecto la mayoría estaba constituida por los votos a favor de la Nueva Mayoría, en tanto que nosotros nos absteníamos. En el caso de los cores es al revés. ¿De acuerdo?

Por eso nos resulta complejo que las dos votaciones se hagan juntas, pues cuando usted dice "por mayoría", hay que considerar que no es la misma.

Ese es el problema.

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Y cómo lo soluciono?

La señora VON BAER.-

La solución es que votemos los dos temas.

No sé cuál es el problema: votemos los dos.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

No.

El señor WALKER (don Patricio) .-

Está votado.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Lo que pasa es que para proceder de esa manera tendrían que estar los Senadores y las Senadoras que ya se pronunciaron, quienes se retiraron porque era la última votación. Se llegó a un acuerdo, y ya no están.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente, pero votaron entendiendo que era solo la adecuación de los nombres.

El señor LAGOS (Presidente).-

¡No, no, no!

Eso sí que está en el record: se votaban las normas que fueron aprobadas por mayoría.

Eso lo repetimos tres veces: yo dos y el señor Secretario una.

En todo caso, nadie se ha pronunciado en contra. Y faltan dos votos para aprobar todas las normas.

El señor QUINTANA.-

La Senadora Von Baer está votando.

El señor LAGOS (Presidente).-

Listo.

¿Cuántos votos faltan?

Está aprobado.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , yo solo daré mi aprobación si en esta votación se está considerando el tema de los cores.

Si no es así, no lo haré.

El señor LAGOS (Presidente).-

Señor Secretario, ¿esto significa que lo relativo a los cores queda aprobado o rechazado?

El señor MONTES.-

¡Aprovechemos de eliminar a los cores...!

El señor LAGOS (Presidente).-

El señor Secretario me indica que queda aprobado.

La señora VON BAER.-

¿No me va a hacer votar después lo de los cores, cierto?

El señor DE URRESTI.-

Pido la palabra.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Senador señor De Urresti , ¿cuál es su inquietud?

El señor DE URRESTI.-

Explique el resultado de la votación, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Señores Senadores, les pido su atención, para poder terminar bien este punto y concluir bien esta jornada.

El resultado de la votación, en la que se entendía que se votaban en un solo acto todas las normas aprobadas por mayoría, indica que ahora ellas han sido ratificadas, al aprobarse por 23 votos -entiendo-, incluido el tema de los consejeros regionales.

En consecuencia, esta es la última votación.

¿Estaría despachado el proyecto, señor Secretario?

Algo ocurre.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señor Presidente , todavía no está terminada la votación: falta el Senador señor Harboe.

El señor LAGOS (Presidente).-

Senador señor Harboe, tiene la palabra.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , en mi percepción, aquí se ha cometido un error...

El señor BIANCHI .-

¡Un horror...!

El señor HARBOE.-

... porque se ha incorporado una nueva facultad de los consejeros regionales en una votación que no fue advertida.

Yo soy partidario de aprobar esa nueva atribución, y lo voy a hacer.

Sin embargo, quiero señalar que desde el punto de vista reglamentario no es adecuado mezclar normas adecuatorias con esta nueva atribución.

Entonces, para cerrar el debate de manera relativamente ordenada, podríamos decir que se trata de disposiciones que buscan adicionarles facultades a los consejeros regionales para fiscalizar al gobernador regional, lo que es muy importante.

Entonces, no me parece que en un debate respecto a un proyecto que ya está quedando bastante enredado no se haya dado cuenta al menos de la naturaleza de ese artículo.

El señor WALKER (don Patricio) .-

¡Pero ya se votó!

El señor HARBOE.-

A ver...

El señor WALKER (don Patricio) .-

¡Está cambiando las reglas del juego!

El señor HARBOE.-

Senador Walker , si quiere irse, ¡váyase!

El señor WALKER (don Patricio) .-

¡No me quiero ir!

El señor HARBOE.-

Pero le quiero decir...

El señor WALKER (don Ignacio) .-

¡No me quiero ir!

El señor HARBOE.-

Por favor, déjeme...

El señor WALKER (don Patricio) .-

¡No he dicho eso!

¡Hubo unas reglas del juego, y se quieren cambiar!

El señor HARBOE.-

¡Estoy hablando, Senador!

Entonces, señor Presidente, lo que le pido es que si ya se ha hecho la votación, que quede claro que se trata de las normas adecuatorias y, adicionalmente, la correspondiente a los consejeros regionales.

Para efectos de claridad, estamos aprobando las facultades fiscalizadoras de los cores respecto del gobernador regional.

Es todo, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.

El señor WALKER (don Patricio).-

Señor Presidente , usted, con toda claridad, señaló que se votaban las normas que tuvieron votación de mayoría en la Comisión.

¡Esas son las reglas del juego!

Por lo tanto, incluían las normas adecuatorias y el tema de los cores.

El señor LAGOS (Presidente).-

Y cualquier otra norma.

El señor WALKER (don Patricio).-

En consecuencia, lo que he pedido es que no se cambien las reglas del juego.

Entonces, ¡no acepto que el Senador Harboe diga que yo me quiero ir de la Sala! ¡Y creo que él tiene que excusarse, porque no he dicho eso!

El señor HARBOE.-

Estaba interrumpiendo.

El señor PROKURICA .-

¡Nadie se quiere ir...!

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Resultado de la votación: 26 votos a favor y 2 abstenciones.

Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Muñoz, Lily Pérez y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Matta, Montes, Navarro, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Se abstuvieron la señora Van Rysselberghe y el señor Coloma.

El señor LAGOS (Presidente).-

Por lo tanto, quedan aprobadas, con el quorum constitucional exigido, las modificaciones aprobadas por mayoría en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

Queda despachado el proyecto.

--(Aplausos en Sala y en tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

Por haberse cumplido su objetivo, se levantará la sesión, sin perjuicio de dar curso a las peticiones de oficios que han llegado a la Mesa.

1.10. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 06 de octubre, 2016. Oficio en Sesión 81. Legislatura 364.

Valparaíso, 6 de octubre de 2016.

Nº 283/SEC/16

A S.E EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, mociones, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente a los Boletines Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”.

2) Reemplázase, en el literal e) del número 2) del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

3) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales”.

4) Reemplázanse los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

“14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

5) Sustitúyese el artículo 111, por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.

6) Derógase el artículo 112.

7) Modifícase el artículo 113, en la siguiente forma:

a) Reemplázase su inciso segundo, por el que sigue:

“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.”.

b) Suprímese su inciso quinto.

8) Reemplázase, en el artículo 114, la expresión “podrá transferir” por “transferirá”.

9) Intercálase, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

10) Modifícase el artículo 116, en los siguientes términos:

a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Efectúanse, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

i. Sustitúyese la voz “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente”, las dos veces que aparece, por la locución “delegado presidencial regional”.

11) Modifícase el artículo 117, del modo que sigue:

a) Reemplázase el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”.

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por “encargados”.

12) Sustitúyese el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

13) Introdúcense, en el artículo 125, las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero, la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase, en el inciso tercero, la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

14) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 126, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

15) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 115 bis entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al delegado provincial que corresponda, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el presidente del consejo regional permanecerá en funciones.

Igualmente, mientras no ocurra la asunción de los gobernadores regionales, los intendentes designados por el Presidente de la República seguirán sujetos a las normas de los artículos 32, 52 y 57 de esta Constitución.”.”.

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Hago presente a Vuestra Excelencia que este proyecto de reforma constitucional fue aprobado, en general, con el voto favorable de 37 senadores, de un total de 38 en ejercicio.

En particular, los numerales del artículo único de la iniciativa fueron aprobados del modo que sigue:

- Los numerales 1); 2); 3); 5), respecto de los incisos primero, segundo y séptimo del artículo 111 que contiene; 6); 7); 10); 11); 12); 13); 14), y 15), por 26 votos.

- El numeral 5), respecto de los incisos tercero, cuarto, quinto y sexto del artículo 111 que contiene, por 25 votos.

- El numeral 8), por 27 votos.

- El numeral 9), en relación al artículo 115 bis que propone: el inciso primero, por 24 votos, y el inciso segundo, por 23 votos.

- Por su parte, el numeral 4), que recae sobre el Capítulo VIII de la Carta Fundamental, fue aprobado con 26 votos afirmativos.

En todos los casos respecto de un total de 37 senadores en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

RICARDO LAGOS WEBER

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Primer Informe de Comisión de Constitución

Cámara de Diputados. Fecha 12 de octubre, 2016. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 86. Legislatura 364.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO RECAIDO EN EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DISPONE LA ELECCIÓN POPULAR DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO REGIONAL

BOLETINES NROS. 9.834-06 10.330-06 10.422-06 10.443-06.

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en mensaje de Su Excelencia la señora Presidenta de la República y en mociones de los Honorables Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela y Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro, respectivamente.

Para el despacho de esta iniciativa, S.E. la Presidenta de la República ha hecho presente la urgencia la que ha calificado de “discusión inmediata” para todos sus trámites constitucionales, motivo por el cual esta Cámara cuenta con un plazo de seis días para afinar su tramitación, término que vence el 17 de octubre próximo pasado, por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala el 12 de octubre.

Durante el análisis de esta iniciativa la Comisión contó con la colaboración:

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Ministro, señor Nicolás Eyzaguirre; la Subsecretaria, señora Patricia Silva; el Jefe de División, señor Gabriel de la Fuente; el Abogado de la División Jurídica, señor Gabriel Osorio; los Asesores, señoras María Jesús Mella, María Fernanda Arenas, María José Solano y Bernardita Nazar y señores Hugo Arias, Nicolás Torrealba, Daniel Portilla, Giovanni Severín, Luis Batallé, Felipe Ponce, Exequiel Silva y Hernán Campos, y el Asesor de Prensa, señor Fernando Carrasco.

De la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo: el Subsecretario, señor Ricardo Cifuentes; la Jefa de División Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt; el Jefe de Gabinete del Subsecretario, señor Eduardo Jara; el Jefe de la División de Desarrollo Regional, señor Rodrigo Suazo; el Jefe del Departamento de Políticas y Estudios, señor Osvaldo Henríquez; la Jefa de Comunicaciones, señora María José Farías, y los Asesores señores Rodrigo Ruiz, Rodrigo Sánchez, José Luis Donoso y Erik Adio, y el periodista señor Rodrigo O’Ryan.

Del Ministerio de Hacienda: el Asesor Legislativo, señor Rodrigo González.

Del profesor de Derecho Administrativo señor Gabriel Bocksang; de la Gerente General de Libertad y Desarrollo, señora Bettina Horst; de la representante de Ancore, Consejera Regional del Gobierno Regional Metropolitano señora Eva Jimenez; del Asesor Legislativo de la Fundación Jaime Guzmán, señor Héctor Mery y el asesor de la Bancada del Partido Socialista, señor Enrique Aldunate.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto es descentralizar la administración del Estado modificando las normas sobre administración y gobierno regional, disponiendo la elección directa del intendente, en tanto ejecutivo del gobierno regional.

2) Quórum de votación.

Cabe hacer presente que el H. Senado señaló que todos los numerales del presente proyecto de reforma constitucional, con la sola excepción de su numeral 4), requieren para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Carta Fundamental. Por su parte, el numeral 4), que recae en el Capítulo VIII de la Constitución Política de la República, requiere para ser aprobado del voto conforme de los dos tercios de los Senadores en ejercicio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127, antes citado.

Sin embargo, vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento rechazó el citado numeral 4) del artículo único –atribuciones del Tribunal Constitucional-, por lo que la totalidad del texto requiere ser aprobado con el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Carta Fundamental.

3) Normas que requieren trámite de Hacienda.

De conformidad a lo establecido en el Nº 5 artículo 304 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que no existen disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

4) Comunicación a la Corte Suprema de las disposiciones incorporadas en este trámite o que han sido objeto de modificaciones sustanciales respecto de las ya conocidas por la Corte.

Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento no ofició a la Excma. Corte Suprema por cuanto sus normas no incurren en los supuestos del artículo 77 de la Constitución Política de la República.

5) El proyecto fue aprobado en general por mayoría de votos.

En sesión 225ª, de fecha 12 de octubre del 2016, se aprobó en general por nueve votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones.

Votaron por la afirmativa los diputados señores Andrade, don Osvaldo; Ceroni, don Guillermo; Cornejo, don Aldo; González, don Rodrigo; Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, don Marcelo; Sabag, don Jorge y Saldívar, don Raúl. Se abstuvieron los diputados señores Coloma, don Juan Antonio; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo.

5) Se designó Diputado Informante al señor Guillermo Ceroni.

I.- RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

El propio mensaje que origina el proyecto de reforma constitucional en estudio señala que producto de la modificación de la Constitución Política de la República de la ley N° 19.097, que estableció a los gobiernos regionales como órganos de la Administración del Estado, dotados de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, y se les encomendó la administración superior de la región. Todo en el sentido de avanzar en el proceso de descentralización del país.

Posteriormente, la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, generó el nuevo sistema de administración regional. Determinando funciones y atribuciones de los gobiernos regionales, y las competencias que tendrían los intendentes en materia de: a) de las tareas de gobierno interior, b) el carácter de ejecutivo del gobierno regional y c) presidente del consejo.

Además se consagró las competencias de los consejos regionales. Y se determinó la configuración de la administración de los recursos del gobierno regional y el respectivo sistema presupuestario.

Posteriormente se hizo necesario fortalecer el sistema institucional de descentralización en dos aspectos; disponer de un sistema de elección ciudadana directa de los consejeros regionales y, por otro, implementar un mecanismo eficaz de traspaso de funciones y atribuciones desde órganos del nivel central al regional.

Luego el mensaje señala que la ley N° 20.390, permitió la elección de consejeros regionales por sufragio universal en votación directa, y sentó las bases del procedimiento de transferencia de competencias desde ministerios y servicios públicos a uno o más gobiernos regionales en los ámbitos de fomento productivo, ordenamiento territorial y desarrollo económico, social y cultural. Y, además, eliminó la referencia a que las regiones deben ser identificadas mediante un número; la administración de áreas metropolitanas, y la obligatoriedad de los convenios de programación que suscriben los gobiernos regionales con órganos del nivel central.

Destaca, asimismo, que el Intendente es una figura compleja, representa al Presidente de la República en la Región y dirige el Gobierno Regional. En cuanto representante del Presidente, resulta lógico que sea nombrado por él, pero que en las actuales circunstancias en que los ciudadanos eligen alcaldes, concejales, parlamentarios y consejeros regionales, su carácter designado resulta anómalo, por lo que considera imprescindible que sea elegido por la ciudadanía.

En el mismo sentido, las Mociones hacen presente que con el fin de revertir el centralismo y promover nuevos espacios para el desarrollo de las regiones a nivel nacional, la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y Desarrollo Regional, dentro de sus principales conclusiones contenidas en su Informe Final, destaca la necesidad de llevar adelante algunas reformas constitucionales esenciales para la descentralización, como son la elección popular del órgano ejecutivo, que priorizará la competencia programática en los temas relevantes da cada territorio.

Agregan que los efectos del sistema centralista y concentrador generan zonas de sacrificio lo que ha llevado a agotar o poner en riesgo, muchos de los recursos naturales e impedir el buen uso del extenso y diverso borde costero y del territorio nacional y que lo mismo ocurre con respecto a la rica y diversa cultura que tenemos en el país.

Proponen una ampliación de las reformas propuestas por el Ejecutivo concentrando los cambios en unas pocas normas claves para lograr una reforma constitucional que cumpla con los propósitos definidos en el mensaje del proyecto enviado, contribuyendo con propuestas de modificaciones normativas mínimas, que generen consensos amplios de modo que puedan ser asumidas y respaldadas ampliamente por ambas ramas del Congreso y conservando, dentro de lo posible, la estructura y términos de la actual Constitución Política de la República.

II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

El proyecto de ley despachado por el Senado consta de un artículo único, que contiene 15 numerales.

El numeral 1 trata, en materia de las atribuciones especiales de S. E. el Presidente de la República, del artículo 32 de la Carta Fundamental, particularmente la de nombrar y remover, el cambio de las denominaciones “intendentes y gobernadores” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales”.

El numeral 2 trata, en materia de atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados, del artículo 52 de la Carta Fundamental, particularmente la de declarar si han o no lugar las acusaciones constitucionales, el cambio de las denominaciones “intendentes y gobernadores” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales”.

Por su parte, el numeral 3 trata, en materia de inhabilidades para ser candidato a diputado o senador, el cambio de las denominaciones “intendentes y gobernadores” por “los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales y los delegados presidenciales provinciales”.

El numeral 4, en materia de atribuciones del Tribunal Constitucional, se refiere a la facultad de pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios e incorpora a los gobernadores regionales, y en materia de inhabilidad invocada por un parlamentario y pronunciarse sobre su renuncia al cargo, incorpora, también, a los gobernadores regionales.

El numeral 5 sustituye el artículo 111 de la Constitución Política de la República, y señala que la administración superior de cada región reside en un gobierno regional, y que éste estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Agrega, además, que el gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional.

El numeral 6 deroga el artículo 112 de la Constitución Política de la República que se refiere a las facultades del intendente regional.

El numeral 7 modifica el artículo 113 de la Constitución Política de la República, reemplazando su inciso segundo por uno que señala que la ley orgánica constitucional deberá entregar las herramientas que permitan ejercer las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, se refiere a la duración en sus cargos, la posibilidad de ser reelegidos, la organización del consejo regional, el número de consejeros que lo integrará y su forma de reemplazo.

Suprime su inciso quinto –se refiere a la presidencia del consejo regional-.

El numeral 8 reemplaza en el artículo 114 de la Carta Fundamental la expresión “podrá transferir” por “transferirá”, en materia de competencias ministeriales y la posibilidad de que S. E. el Presidente de la República la transfiera a los gobiernos regionales.

El numeral 9 incorpora un artículo 115 bis a la Constitución Política de la República referido a la figura de la delegación presidencial regional, la que estará a cargo del delegado presidencial regional, en su calidad de representante de S. E. el Presidente de la República.

El numeral 10 por su parte modifica el artículo 116 de la Constitución, sustituyendo su inciso primero por uno que se refiere a la delegación presidencial provincial, en su calidad de órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencia regional, y reemplaza, en su inciso segundo los términos “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial” y la palabra “intendente” por “delegado presidencial regional”.

El numeral 11 modifica el artículo 117 –referido a la facultad de los gobernadores de designar delegados en una o más localidades- reemplazando el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales” y sustituye la palabra “delegados” por “encargados”.

El numeral 12 sustituye el artículo 124 de la Carta Fundamental, y el texto propuesto señala las calidades para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial. El régimen de incompatibilidades y el fuero de los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales y los delegados presidenciales provinciales.

El numeral 13 modifica el artículo 125 de la Constitución en materia de causales de cesación en el cargo de alcalde, consejero regional y concejal, incorporando al gobernador regional, y reemplazando en su inciso tercero la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

El numeral 14 modifica el artículo 126 de la Constitución, en materia de resolución de cuestiones de competencia entre autoridades nacionales, regionales, provinciales y comunales, reemplazando la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

Finalmente el numeral 15 incorpora un artículo transitorio a la Carta Fundamental que señala que las modificaciones a los artículos 111, 112 y 115 bis entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional.

Además, se refiere al cesa de funciones de los presidentes de los consejos regionales.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS.

1.- Discusión General.

En sesión 225ª, de fecha 12 de octubre del 2016, se aprobó en general por nueve votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones.

Votaron por la afirmativa los diputados señores Andrade, don Osvaldo; Ceroni, don Guillermo; Cornejo, don Aldo; González, don Rodrigo; Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, don Marcelo; Sabag, don Jorge y Saldívar, don Raúl. Se abstuvieron los diputados señores Coloma, don Juan Antonio; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo.

Durante la discusión general el Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre, señaló que este mensaje, que se encuentra en segundo trámite constitucional, contiene cuatro proyectos en el orden de elegir a los gobernadores regionales, que es la nueva denominación para los intendentes. Con todo, no basta la reforma constitucional, pues debe ser seguido por una discusión de una ley orgánica constitucional que determine la fecha en que se pondrá en ejecución todo el sistema. El proyecto en discusión no dispone ni la forma, ni el modo, ni la fecha, sino la autorización constitucional para que esto pueda hacerse de este modo.

Recordó que en tercer trámite constitucional se encuentra el proyecto sobre traspaso de competencias, fortalecimiento de la regionalización, y luego ingresará el de financiamiento regional, constituyendo los cuatro una unidad. La razón por la que se discute de este modo, es que para elegir a esta autoridad regional, primero debe reformarse la Constitución Política. Esto obedecía a una historia, que es prolongada, se veía en diversos hitos de los últimos 30 años de la historia patria. En la época militar se dispuso una forma de participación en las regiones, y esto viene de la constitución de 1925 con las asambleas provinciales que nunca se instalaron completamente, ello era un problema de larga data.

En todos los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (en adelante, ‘OCDE’), salvo Chile, todos tienen una elección de la autoridad regional, aun cuando ni la mitad son con estructuras federales, y toda en esta mitad de países convive un estado unitario, con representación de la presidencia en las regiones junto a una estructura democrática regional elegida por la ciudadanía. Esto tiene una larguísima tradición, sería un error conceptual completo confundir descentralización con estructura federal. La gente necesita que cierto ámbito de funciones esté cercano al territorio, en todos los países avanzados tales como los de la OCDE hay una estructura municipal, hay una regional donde se resuelven otros temas por la ciudadanía, y otra, nacional. La Constitución Política dispone determinadas materias como propias del ámbito regional, así, el desarrollo productivo, social, estructura y territorio son cuestiones susceptibles de ser resuellas por las autoridades elegidas por la región.

Esta necesidad de participar en las fuerzas vivas de la región, a nivel regional, data de 1987, con los Consejo de Desarrollo Regional; en 1991, con la elección indirecta de los Consejeros Regionales (en adelante, ‘Cores’), la directa era de los concejales municipales, y conforme se estructura el gobierno democrático en la región, en 1992 se traspasa un conjunto de competencias para el nivel regional. El proceso se movió lentamente y solo mediante leyes de presupuesto hay una cantidad de transferencia de competencia en los años sucesivos. El año 2009 se planteó la reforma constitucional para que los Cores fueran electos directamente. El presidente Piñera en 2013 dictó y se aprobó la ley orgánica constitucional que permitió la elección directa de los Cores.

Se ha discutido si era aconsejable que las autoridades regionales fueran elegidas junto a las autoridades locales, o a las autoridades nacionales. Esto quedó definido cuando el año 2013 se decidió, como primer año de elección de los Cores la misma oportunidad de la elección de las autoridades nacionales. Eso no quedó como decisión de este gobierno, pero es un tema que se puede conversar durante la discusión.

Los Cores ya no son designados ni elegidos indirectamente, y se estimó durante la presidencia de Sebastián Piñera que era relevante comenzar con la elección de los Cores y, solo posteriormente, iniciar la transferencia de competencias. El proyecto de Piñera no concluyó sino solo el primer trámite constitucional, y en esta Cámara se vio en segundo trámite. Ahora está en tercer trámite.

Esa es la historia, esto ha sido un proceso casi ininterrumpido, pero dilatado, con una leve tensión sobre si primero debía darse la transferencia de legitimidad política y luego la de competencias administrativas, o viceversa, habiendo argumentos para ambos lados.

En cuanto a los contenidos del proyecto, el gobernador regional es el órgano ejecutivo del gobierno regional (en adelante ‘Gore’), se sustituye al intendente en las funciones que son descentralizadas, las desconcentradas siguen en el representante de la Presidencia de la República. Toca supervigilar a quienes se relacionen con el Gore.

Agregó -para mayor explicación- que hoy los servicios públicos en su totalidad dependen del gobierno central y son desconcentrados, dependiendo de una jefatura central, y los gremios funcionarios son también nacionales. Uno de los grandes temas será ir descentralizando, a objeto que el gobierno regional determine lo que puede hacer y ejecutarlo. Hoy todos dependen del gobierno central, y como este proceso será paulatino, tendremos durante algún tiempo, algunos dependientes del nivel central que se relacionarán con la región a través de su desconcentración, y otros que pasaran a depender del Gore. Por tanto, al Gore corresponderá la supervisión de los servicios públicos que hayan pasado al estar bajo su dependencia y no los que siguen siendo del nivel central.

La elección será obteniendo el 40% de los votos. Si hay dos candidatos con esa cifra o superior, se va a una segunda vuelta, y se verá quien gana. Las facultades del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre las inhabilidades de cesación en el cargo, viene del Senado. Efectivamente fue una discusión relevante, que dicho tribunal se pronunciara sobre ellas.

Un gran tema que deberá resolverse más adelante, es el de las inhabilidades e incompatibilidades. Estos temas estarán en su inmensa mayoría en la ley orgánica constitucional. La Constitución Política dispone en primer lugar que para postularse a diputado o senador, cualquier autoridad que no sea congresista debe abandonar el cargo con un año de anterioridad. No se plantea tema al respecto, pues está fuera del proyecto, pero sí deberán resolverse las inhabilidades para postular a gobernador regional.

Eso no es parte de este proyecto, pero para dar una mirada de conjunto, tal como ocurre con los Core, concejal o alcalde, el cargo de gobernador regional es incompatible con otro cargo, por lo que si alguien postulara no podría continuar en las dos funciones, debiendo renunciar a sus cargos para postular, entendiendo que la figura del diputado es irrenunciable y, por tanto no puede ser sometida a inhabilidad, de lo contrario se diría que no pueden postular.

Recordó que la Constitución Política ya dispone en qué materias se puede descentralizar, lo que ocurre solo en tres ámbitos, productivo, social, infraestructura y territorio. Hay otros temas, como seguridad interna, que no han sido pensados como materias de descentralización. Refirió que en otros países, como por ejemplo Francia, existe el representante territorial del presidente, denominado prefecto, que es un representante del presidente en cada región para las áreas propias que no son transferidas al gobernador regional, pues el estado unitario así lo requiere.

Otro tema que es relevante, particularmente para los Cores, es que aunque pueda entrañar alguna carga administrativa fuerte para el gobernador regional recién nacido, pueden y deben tener facultades fiscalizadoras individuales, ya que cualquiera podrá pedir los datos de gestión que estime pertinentes.

Se verá en el proyecto de competencias la aprobación de proyectos individuales, pero como un principio mínimo de gobernanza no debiese ser competencia de un cuerpo colectivo la aprobación de tales proyectos, pero algunos más significativos debiesen sí serlo. Se está conversando con los Cores el tema y se planteó que aquellos proyectos superiores a 20.000 UTM requirieran su pronunciamiento, pero el micro manejo atenta contra una buena administración, esto era una necesidad para una buena sanidad administrativa.

Sobre la entrada en vigencia, como se sabe, ha habido una aguda discusión de si la primera elección debiese ocurrir el 2017 o en fecha futura, porque muchos planteaban que habría una dificultad con elegir a un gobernador regional mientras no estuviese vigente la ley de competencias. Pero en materia de competencias, el gobernador regional tendrá todo lo que el intendente tiene en administración regional, ya que se aprobaron 56 nuevas competencias en la Cámara de Diputados, y en el Senado se han insinuado 30 más, por tanto, más bien lo que se debe tener, porque este es un tema de Estado, es cautela para tener un tránsito ordenado para gobiernos más ordenados, y de cómo hacer el tránsito y la ejecución de las mismas, la descentralización de los servicios.

Señaló que no obstante que este punto, contenido en el artículo 28 transitorio, no ha calzado perfectamente y que no fue por indicación del Ejecutivo, éste último está disponible para mostrar su buena fe, para que los gobernadores regionales no fueran elegidos hasta que haya sido aprobada la ley de transferencias, para que no se tenga gobernadores de papel. Pero lo que salió del Senado es algo más complejo, la forma exacta era que los cambios constitucionales que se sometieran a aprobación entrarían en vigor cuando entren en vigencia las leyes orgánicas constitucionales que regulen el tema. Los constitucionalistas saben que no se puede ingresar la ley orgánica sino hasta que se haya reformado la Constitución, y esto genera un ‘trencito’. Le parecía del todo inoficioso que pueda estar este trencito, cuando el problema es que no se tenga un gobernador regional mientras no sean claras sus competencias. Eso es lo que ocurrió en el Senado, siendo una demora innecesaria.

El Subsecretario de Desarrollo Regional, señor Ricardo Cifuentes, complementó que la idea del gobierno ha sido avanzar en un proceso de descentralización, interesando que tuviera una gradualidad en el tiempo para asegurar su implementación. Las cuestiones planteadas eran estructurales, pero requieren que los territorios asuman condiciones, y esto es de la mayor relevancia, ya que se requiere de la aplicación de programas pilotos, que se han trabajado en algunas regionales, y que podrán fortalecerse durante el año. Estaban disponibles para entregar esa información.

El diputado señor Andrade señaló que en el gobierno había una legítima aspiración de que se tramite este proyecto con la celeridad que permita que los gobernadores regionales sean electos el año 2017, señaló la Presidenta en su presentación, habiendo una mayoría sustantiva para que los gobernadores sean electos democráticamente. Respaldaba el proyecto en tal sentido.

Añadió que entendía que esto era un entramado de cuatro iniciativas que se sustentan entre sí, y en la medida que se apruebe, esto activa las demás. Desde ese punto de vista, la dificultad que ha habido es que se ha discutido de todo, o demás también, y ello generaba confusión, pues si se acota o se discute lo propio del proyecto, veía difícil que los senadores se confundan, pero podía pasar.

Agregó que lo que se planteó era sustantivo. Para que la ley orgánica constitucional se tramite, el despacho de la reforma constitucional se volvía muy necesaria. Con todo, no sería mala idea que se señalasen algunas cosas, para tener tranquilidad cuando se vote, porque razonablemente hay gente interesada.

Mencionó que se ha hecho un señalamiento del cual discrepaba, pero en la misma dirección, quizás hay una dimensión olvidada, y dice relación con que no hay un estatuto claro del traspaso de los trabajadores de estos servicios. Ello, los funcionarios lo ven como amenazante, ya que podría implicar pérdida de conquistas, y no fuera a ser cosa que la oposición no fuera al contenido del proyecto, sino de los riesgos hacia los funcionarios. Esto, ya se vio esto con la municipalización que incluso hoy tiene problemas pendientes, es una cuestión relevante para los funcionarios.

Respecto del proyecto en sí, llama su atención que el gobernador regional no fuese acusado constitucionalmente. Algunos dirán que porque es electo democráticamente, pero también el Presidente de la República lo es. Asimismo, entendía que el gobernador regional tuviera fuero, pero no se le ocurría el mismo fuero para los designados por la Presidencia de la República, no veía razón alguna para que un designado tenga fuero al igual que un electo democráticamente.

En otra área, para que un ministro de Estado o una autoridad de gobierno, sea candidato debe dejar el cargo un año antes. Un intendente para ser candidato deja el cargo un año antes. Un intendente hoy para concursar al cargo de gobernador regional, requerirá tres meses. Le parecía que el año podía ser razonable, es parejo, puede ser más justo, pero que se tenga un plazo distinto que a todas las demás autoridades que concursan a este cargo, era conveniente aclarar y revisar el punto, pues estarán en una situación de desmedro desde el punto de vista de la información. Como puede haber interesados en diversos ámbitos, se debe tener claridad puede facilitar la votación, puede verse con mayor benevolencia la reforma que se plantea.

Lo diría con toda franqueza, si la reforma constitucional se aprueba ahora, cuando debe ser, y la ley orgánica constitucional entra en funcionamiento en marzo, ya pasó el año de inhabilidad, entonces habrá algunos con privilegios, y eso no parecía razonable ni justo. Los competidores podrían ser gente de su coalición, pero para una democracia sana, era bueno que las reglas fueran parejas.

El diputado Monckeberg, don Cristián, señaló que estaba bien lo planteado, había muchos intereses cruzados, el debate ha sido complejo porque se mezcla el deseo de elegir una autoridad regional de modo electoral, pero había gente que no quería el proyecto, los que quieren ser presidente de la república no quieren este proyecto, salvo el senador Guillier, y era entendible, porque el poder omnipotente siempre les gusta. El proceso constituyente tenía algo planteado en el tema, y los cambios a la Constitución Política de 1833, y la de 1925, buscaron fortalecer el presidencialismo, y hoy se buscaba entregar facultades a alguien que no es el presidente, y ello cuesta. Pero ello era similar a cuando se creó legislación electoral hacia los alcaldes, hubo alcaldes designados al principio del gobierno de Aylwin, por un tiempo, Ravinet fue alcalde designado en Santiago.

Agregó que se produce un entrabamiento en este tema, pero le gustaba esta elección. Es importante discutirlo desde lo positivo, más allá de los enredos. Consultó cual rol jugará cada cual, el delegado y el gobernador regional. Más allá de las sesiones que se destinarían, era bueno tener una película clara, y cuáles serían esas 50 y tantas, o 30 y tantas facultades que se refirieron, pues cuando los senadores estaban votando decían algunas cosas, y como el diario se imprimía muy temprano, se dijeron cosas que después no se informaron, por lo que era bueno saber en qué consiste es tema, en un cuadro comparativo.

El ministro debe profundizar en el tema. Siempre se recurre a la OCDE, y el ministro recordó al prefecto, que vendría a ser una suerte de delegado provincial, entonces, la cuestión es práctica. Le tocó estar en un desfile de fiestas patrias en algunas ciudades del país, y la consulta es quien presidirá ese desfile, a ese nivel de ejecución era el tema, porque si no la pelea será brava por esos detalles, qué edificio ocupará cada cual, como se revolverá eso, debía haber claridad desde el primer día. Quizás eran cuestiones domésticas, pero permitirán que el tema avance de buena manera.

Trataba de enterarse, leer sobre el tema y se plantea que el traspaso fuera hasta el año 2022, que esto sería un traspaso transitorio, pero en concreto qué funciones tendrá, como se compatibilizará con el delegado, si estas figuras han funcionado en otros países y si ello ha sido exitoso, en qué tiempo será la transferencia, interesa saber qué piensa el Gobierno.

Lo de la acusación constitucional o dejar el cargo un año antes, es comprensible, pero podía salvarse con una norma transitoria, para que quienes vayan a ocupar esa opción, puedan participar.

Se mostró con disposición favorable a estudiar el proyecto para obtener una buena reforma.

El diputado señor Coloma señaló que uno inmediatamente se acordaba de la discusión en el Senado, que fue hasta las 03:00 de la mañana, con los senadores oficialistas que se negaban a aprobar una ley mal hecha, pegándose cabezazos con los escritorios, y después votando a favor para cumplir una promesa de campaña. Este tema debía verse en las sesiones que fuera necesario, si no se haría otra reforma mal hecha, y llegarán los intendentes y gobernadores regionales a casi nada, por lo poco que se ha esbozado, era poquísimo lo que se logrará. Hacer puntos políticos no es la forma de obtener y sacar esto adelante.

Añadió que, lo primero, es saber qué hará esta persona electa, cuáles van a ser las funciones que tendrá, no era posible sacar una norma que dará forma a inhabilidades, pero que al momento de entrar en vigencia, por ejemplo en abril, se diga que la inhabilidad correrá desde el año anterior, lo que es absurdo. Acá lo que se pretende es sacar un compromiso de campaña, y se ha visto que esa no es la forma de tratar proyectos de ley. Esto cambiará la organización política en las regiones, y lo mínimo es saber cuáles serán las competencias. Si la cuestión era sacar el proyecto a matacaballo, este será el peor precedente en la manera de legislar.

Agregó que se debe entrar en el fondo, darse el tiempo para escuchar a las personas, y lo peor es que se sacara una mala ley. Se llegaba al absurdo en que una vez creada la función, con el tiempo se le dará la atribución, como en la frase “hagamos las cosas mal, total en el camino se arregla”.

Los senadores PPD se resistían a aprobar este proyecto, y sucumbieron bajo una promesa, el acuerdo al que se llegó en el senado fue la disposición 28ª transitoria.

El ministro Eyzaguirre señaló que ello no era así.

El diputado señor Coloma continuó señalando que cuando el diputado Monckeberg pidió un cuadro comparativo, ello debía haber estado desde un principio, de lo contrario, mejor cerrar la Cámara por fuera, que el gobierno diga cómo quiere que salga esto. La cuestión era saber si querían respetar a la Corporación, o si por cumplir un compromiso de campaña terminen argumentando que no, votando que sí.

Esto debe resolverse ahora, hay que oír a quienes sea necesario, ya que lo que pasó en el Senado fue bochornoso, la ciudadanía está cansada de ver cómo se sacan proyectos a la rápida. Igualmente será recordado como el proyecto que sacó la Presidenta Bachelet, se tendrá intendentes sin atribuciones, quienes terminarán siendo los jefes de campaña de cada protesta que haya. Sin atribuciones sobre los servicios, el poder que tendrán será el de la protesta pública, en eso se transformará a los intendentes.

Hay que darse el tiempo para discutir a fondo el proyecto. Siempre se dice que el Senado arregla los proyectos que despacha la Cámara de Diputados, y ésta es la ocasión para que la Cámara arregle el proyecto despachado por el Senado.

El diputado señor Soto señaló que ésta, en magnitud, es una de las reformas más importantes, y es bienvenida, porque el país necesita la descentralización, el poder debe acercarse a los ciudadanos. Añadió que es diputado de la capital, pero se imagina la situación de los que viven alejados del centro. Respaldando el proyecto, le quedan algunas dudas, pues en el marco del proceso de descentralización es difícil tomar decisiones casi a ciegas, sin tener la visión completa.

Mencionó que se necesita revisar el proyecto con profundidad. El Senado lo vio casi en un año, y acá se quiere ver en dos sesiones. Solicitó que se convocara a cuatro expertos, para conocer su opinión sobre la tramitación. Después de la semana distrital vienen cinco semanas de trabajo legislativo, y no creía que debía hacerse a la rápida.

Agregó que en cuanto a la creación de gobernadores regionales, en regiones con tamaño diverso, hay algunas con menos habitantes que ciertas comunas de Santiago, y ahí había ciertamente una asimetría que no lograba encuadrar dentro de un desarrollo armónico. Le tocó conocer en Colombia una forma distinta de organización, en Bogotá se dividía el área metropolitana en más partes. Algunos han planteado ese tema, si se habla de descentralización, podía revisarse esto para las zonas con mucha población.

Mencionó que llamaba su atención la dualidad de autoridades, gobernador y delegado, dos autoridades con competencias similares en el mismo territorio. Costaba imaginar que esto funcionaría fácilmente, por lo que una marcha blanca sería interesante, y ojalá esa fuese la vía que ocupara el gobierno. Qué personal ocuparía cada uno, la búsqueda de mayores competencias no era un tema que generara tranquilidad.

El diputado señor Squella señaló que le interesaba saber sobre lo último que se vio en el Senado, si hubo compromisos que no se reflejen en el texto, que deban agregarse al debate. Junto a ello, quería saber cuál era la predisposición para hacer cambios estructurales, entendía que en segundo trámite eliminar una de las figuras nuevas que se proponen, no en tanto en la ley de transferencia, como en las mismas figuras que se crean.

Por ejemplo, una de las quejas típicas, además de no contar con atribuciones, era la evidente tensión de tener dos cabezas en la región. Perfectamente podría prescindirse del delegado presidencial regional, y darles derechamente las tareas a los delegados provinciales, así la autoridad nítida sería la autoridad electa, y todas las atribuciones de la lógica centralizada, se verá no con 15 regionales, sino con los delegados provinciales. Ese era un ejemplo de cambio un poco más estructural, si hay espacio para algo así, versus pretender que sólo haya pasado por acá.

El diputado señor Sabag señaló que se ha supeditado la entrada en vigencia a la aprobación de las competencias del gobernador regional. Consultó cuando estará aprobado ese proyecto de traspaso de competencias. En materia financiera, que se mencionó como un hecho de la falta de descentralización, recordó que el día sábado pasado falleció en Chillan una chica de 18 años, a quien cuando le detectaron un cáncer, se inició una cruzada para que Ñuble tuviera un oncólogo, pues hoy se debe viajar a Concepción. Ella levantó esa bandera, y el Ministerio de Salud anunció que creará una unidad oncológica que en noviembre debiese comenzar a funcionar. Una cuestión tan básica como esa debiese iniciar un proceso de descentralización.

Este proyecto incentivará un proceso descentralizador, se podría generar una dinámica que en verdad permita a las regiones tener más autonomía, es un imperativo ético que no se podía solucionar a causa del centralismo. Ya el hecho que la ciudadanía elija a un gobernador regional, que al igual de los congresistas deben rendir cuenta, eso influirá en un proceso descentralizador.

El diputado señor Gutiérrez expresó que se sentía un mandado por su región, y lo que sin duda las regiones planteaban, como la que representa, Tarapacá, es una exigencia consistente. Ha tenido reuniones con dirigentes que exigen que el país sea descentralizado, es una demanda permanente en las regiones, y esta demanda se hace ostensible cuando se ve que un cuerpo relevante del quehacer regional, como es el Consejo Regional, le han quitado legitimidad al intendente, desde el momento mismo que son electos democráticamente.

Esto causa mofa, no tiene ascendencia sobre ese cuerpo de electos en la región. Esto debió tratarse en conjunto en su oportunidad, lamentablemente se hizo de manera diferenciada, y esto generó una crisis de legitimidad en las regiones. La elección popular de gobernadores regionales no puede soslayarse. Este proyecto tampoco es de tanto articulado, son 14 modificaciones constitucionales, no es un proyecto del que deba hacerse un gran estudio para que se adoptan conclusiones.

Pero de lo que se han cansado en las regiones es de no tener decisiones en la elección de su máxima autoridad. Y le hacía sentido lo que planteaban los senadores, pero ellos resguardan sus intereses. Casi durante doscientos años ellos han direccionado la política nacional, ellos son los senadores oficialistas direccionan el poder regional. No pueden entregarle a un senador oficialista el gobierno de la región, el legislativo debe cumplir sus normas y el senador está para legislar y no para conseguir casas o alcantarillados, no cumplen su rol de senador, los senadores direccionan la política y estaban cansado de eso.

Terminar con esta perversión de la política es altamente conveniente. El intendente hoy es una figura que está invalidada, deslegitimada por la forma en que hoy se eligen los Cores, por lo que el gobernador regional debe ser electo de la misma manera.

Ante la petición del Presidente de la Cámara, de ver esto en dos sesiones, debía examinarla, y él estaba de acuerdo en ella. Debía avanzarse en la elección popular de gobernadores regionales. Los senadores hicieron exabruptos, pero al final votaron a favor, porque se dan cuenta que estar contra de la elección popular es un precio caro que deberán pagar, y todos deben darse cuenta de eso. Se debe decir si se está a favor o no de la pronta elección de los gobernadores regionales. Su opinión es que la elección debe ser pronto, el 2017, y si debe avanzarse a mata caballo lo harían, porque es una petición creciente en las regiones. Al menos, él es un mandado de su región.

El diputado señor Ceroni (Presidente) señaló que los que representan a las regiones tienen toda la disposición para ver el tema de una manera pronta. Han estado en conversaciones con el gobierno, han estado en seminarios, y si bien la elección de los Cores fue un avance, qué duda cabe, lo que queda es la elección del gobernador regional. Debe aterrizarse el tema de forma tal que las cosas funcionen bien, y no había duda que el cómo aterrizarlo tiene que verse en la ley orgánica constitucional. Consultó los plazos que se calculan para que esto ocurra, pidió mayor aclaración.

Agregó que tenían la mejor disposición para tramitar el proyecto, pero no compartía esa mala costumbre del Ejecutivo, mala costumbre, de que la Cámara apruebe cosas que son significativas para el país, pero al Senado se le otorga una cantidad indecible de tiempo, y se termine diciendo que la Cámara no cumple su deber. Esto era algo que debía representarse.

El Ministro Eyzaguirre señaló que la elección de los Cores, coincidió con el diputado Gutiérrez, el pistoletazo de partida en esta materia se dio con la elección de los Cores. De ahí en más sostener el sistema tal cual se conocía, se hacía complejo.

Se lo planteó al senador Espina, que esto generaría litis, pero el contrafactual era estimar que las regiones esperarían hasta el año X, pero ello no era sensato, tal como en el tema de la gratuidad en la universidad, el monto de las pensiones, frente a estos temas debía actuarse a tiempo.

Como se tenía la ley de competencias en la otra cámara, el Senado se resistía a la discusión, pero la Cámara de Diputados está más equipada porque se vio el tema de competencias, y ahora se ve reformas. Esto no determina forma, modo ni fecha, sino que en algún momento se puedan elegir democráticamente. Esto es bastante simple, lo más complejo será la ley orgánica constitucional, esto es más que nada expresar una voluntad.

Sobre plazos de inhabilidades, es un tema que se discutirá en la ley orgánica constitucional, no tienen un juicio rígido en el tema. El quid del problema, es que hoy se tienen servicios públicos desconcentrados pero no descentralizados. Solo hay un organigrama de cómo se relaciona el centro con las regiones, es como la diferencia entre agencia y subsidiaria. Cuando se cambia eso, o se pude hacer de la noche a la mañana, o por etapas, por lo que deben convivir estas autoridades. Si le preguntan cómo ve esto en el futuro, la Constitución Política señala que somos un país unitario, y hay cuestiones que si somos un estado unitario, nunca se descentralizarán.

Quizás a lo futuro se verá el tema educacional. Los países que no son federales, en general no tienen los temas región a región, tampoco la salud, esos temas van a coexistir. No seremos un país federado, eso es por definición, no es nada raro, y se pude entregar más antecedentes.

Acá todos quieren hacer las cosas bien, habrá que trasladar servicio a servicio, competencia a competencia, se han anexado un montón de competencias, no llegar y hacer todo en un solo paso. SE Tiene que hacer el plan de ordenamiento territorial, el conurbano de la ciudad, los programas de agua potable rural (en adelante ‘APR’), los programas de agricultura, los pavimentos, vialidad rural y urbana, muchas cosas. Por ello, dificultaba que por lo que ya se lleva en los primeros años no tenga pocas cosas de qué encargarse el gobernador regional. Lo otro, sería del todo irresponsable trasladar a su suerte todas las competencias. Quizás se pueda conversar más a fondo, pero sí algo hará una persona con mucho empoderamiento. Pero si no se parte ahora, no se partirá nunca.

Sobre los plazos. Lo que ocurre es que esto es bastante simple, y si no se hace rápido, dado que después viene la ley orgánica constitucional, en la vía de los hechos se sacrificará el año 2017. Si no se quiere que esto salga el 2017, que se plantee, pero eso es otra discusión. Esto es más que nada una manifestación de voluntad.

Sobre indicaciones comprometidas. Había suficientes votos en el Senado para dispersar la noción de que podría haber un intendente de papel si se comprometía como Ejecutivo, de que no hubiese elección mientras no se definan las competencias. Pero se planteó una indicación sobre la votación y no se dio la unanimidad para discutirla y votarla, y la única forma de avanzar era colocar la disposición 28ª transitoria, que es un trencito algo redundante. Lo que dice el texto despachado es que competencias, al terminar competencias, recién se puede discutir la ley orgánica constitucional, y eso significa que no habrá elecciones el 2017.

El Subsecretario de Desarrollo Regional sobre el proceso, señaló que esta es una reforma que abre la puerta, pero se requiere un conjunto de legislación que está en trámite en este parlamento. Por eso se vio en paralelo estos temas entre Senado y Cámara, porque se quería evitar la discusión que esto estaba vacío. La Cámara conoció el proyecto de competencias, y hoy está en el Senado, lo están revisando en tercer trámite. El Ejecutivo ha participado, y en el curso de esa discusión se ha ido enriqueciendo el proyecto, y terminará en las próximas semanas, lo más probable en comisión mixta.

No se ha hecho nada que escape al procedimiento normal de la ley. Estimaban que lo que se ha discutido en el Senado enriquece el proyecto, muchos de estos temas ya se plantearon. Así como aquí se dice que esto se ve con celeridad, en el Senado dicen que el de transferencias de competencias también se ve con celeridad, y está ocurriendo algo similar en materia constitucional. Así, hay un balance entre ambas tramitaciones, porque la cuestión es que hubiese una discusión con las cartas abiertas, porque en todos los términos, a pesar de que no puede hacerse alusión a un gobernador regional, por un tema de técnica legislativa, es de eso de lo que se está discutiendo.

Sobre el tema específico de los recursos humanos. Eso habla de la complejidad de la tramitación de un proyecto estructural como este. Era vital la atención a los funcionarios públicos que están hoy, y estarán en el futuro. Por ello se incluye la noción de transferencia por etapas. Esto debe resolverse, teniendo claro el futuro de esta reforma constitucional.

El diputado señor Rincón manifestó su apoyo a la elección directa de la primera autoridad regional, pues al final los actuales intendentes responden a intereses de la región y del nivel central, estos dobles sombreros de parte de la máxima autoridad no eran positivos, pues a veces chocan los intereses de la región con los nacionales, y quienes son designados deben subsumir, eso se ve en las regiones.

Sin embargo, había que desmitificar algunos temas. Hoy los intendentes tienen algunas facultades, pero no las ejercen por incompetencia. La autoridad hace al cargo, y eso debe ser parte de la discusión. Para poder ir a Santiago para ver un sistema APR, que significa $27MM, se debe ir a Santiago, pero hoy tienen la competencia la región, eso es un tema de carácter del funcionario.

Por fin, en las regiones podrán resolver asuntos que no se resuelven porque no hay capacidad. Lo peor es generar falsas expectativas, pues si no hay gente con ánimo de solucionar los problemas, no vamos a cambiar absolutamente nada.

Aunque existe premura para sacar esto adelante, habría que hacer más que correcciones, algún potenciamiento. La existencia de un delegado provincial y uno regional podría revisarse, pero no para extinguirse, sino para ser trasladados, debería haber una vinculación con unidades más acotadas a lo territorial, a nivel de gobernación, y eso no es ningún esfuerzo económico más. El traspasar esos equipos de gobierno interior debiese ser el interés, pero no crear una burocracia adicional de los regionales sobre los provinciales. Debía aplanarse la cancha, y decidir que los provinciales son los que representan al nivel central.

Añade que debe haber un compromiso, la legislación de gobierno interior está obsoleta. Era cosa de ver lo que pasa en migración, deben reforzarse los equipos de extranjería. Solo de Haití el 2015 ingresaron 3.000 personas. Bienvenidos sean como fuerza de trabajo, pero el 2015 se disparó a casi 30.000. Hay que reforzar los equipos de las que pasarán a llamarse delegaturas provinciales. No hay que quedarse solo en el debate general, sino que hay que abordar la situación en sus detalles, como en el tema migratorio, porque ojo, que con cinco años de residencia en Chile, pasan a tener derecho a voto, y participan en las decisiones del país.

Estimó que las facultades de fiscalización debían ser como órganos, no individuales. Si es la Cámara la que tiene la facultad, no se entiende por qué en un nivel más acotado ello no puede ser. Hoy se citan a autoridades de gobierno a los consejos regionales, y si hay un problema en el Sename, a título de qué podrán hacer fiscalizaciones de actos de gobierno.

Cree en el proyecto, quiere apoyar el gobierno, pero esto debe ser acotado a las competencias, y con una redacción que dé cuenta de ello, el tema de la acusación debe estar a nivel del gobernador regional.

Pidió al Ejecutivo que se hagan las enmiendas a la redacción del proyecto para que este salga en debida forma.

El diputado señor Cornejo señalo que como no se sabe la forma de tramitar este proyecto, lo normal sería discutirlo en general, pero ya se está mezclando la discusión. Por ello, aprovechaba de referirse en general.

Este debate ha estado presidido de ciertas caricaturas, que no eran buenas para el proyecto ni las regiones. Hay que decirlo con claridad, algunos con interés por cierto, han caricaturizado el proyecto hacia los que no interponen trabas dilatorias, con unos letreros motivando, compeliendo, no sabe cuál es la frase más adecuada, instando por la aprobación del proyecto.

Casi unánimemente los congresistas son partidarios de la elección de intendentes, salvo algunos académicos, y otros miembros del gobierno central, que no les gustaba que los intendentes tuvieran más atribuciones que el propio ministro. No ha visto, no conoce que en democracia una autoridad se desprenda de sus poderes. A la ministra de Vivienda no le debe gustar que otros tomen las decisiones que son tradicionalmente de ella, a los ministros les encanta que los intendentes, diputados, o alcaldes vayan a sus oficinas al besamano, ello forma parte de la tradición entre los gobiernos regionales.

Para evitar toda suspicacia, el debate tiene que ver con un tema mucho más de fondo. El ministro planteó el tema de los Core, pero llevan dos, tres años con los Core, y con las mismas facultades que tenían antes de ser electos democráticamente. Hubo que dictar una ley corta para que la Contraloría no los metiera preso por los vale de almuerzo. La idea fue elegir los Core, y después se vería las competencias, y no le parece razonable, no le gusta que quien tiene observaciones sobre la calidad de las transferencias, sea tildado de anti demócrata, pues la democracia no solo es elecciones, también es respeto para expresar lo que uno piensa distinto.

En lo personal, le hubiera parecido más razonable que una discusión de esta envergadura se hubiese dado en una reforma de una nueva Constitución. No le parece razonable que una reforma de esta profundidad se debata al margen de ese debate constitucional. El año 2009 se aprobó la reforma constitucional del voto voluntario. Hoy una encuesta plantea que debía volverse al voto obligatorio. Esta discusión habría sido mucho más coherente para cuando se discuta qué tipo de país se quiere, por ejemplo si dos cámaras, esa debió ser la sede para tener esta discusión.

Dicho eso, el ministro señaló que la reforma constitucional era una forma de expresión de voluntad, es proyecto simple, eso es cierto como todo proyecto de ley, pero donde debe tenerse cuidado es que esa voluntad produce efectos. Se dice ‘elijamos, porque inicia’, pero es un detonante que produce efectos políticos, económicos y sociales, de los cuales el Gobierno y el Parlamento deben hacerse cargo.

No es un acto simple, no quiere polemizar, pero es un acto que tiene sentido, uno no sabe lo que el Gobierno más puede conceder en materia de transferencias. Señaló que leyó un artículo en la prensa sobre mayores competencias. Cuando no se conoce la ley de financiamiento regional, que será un sistema distinto al actual, tiene el derecho a saber hacia ‘dónde va la micro’ en materia de financiamiento regional.

Consultó al diputado Chávez cuándo y de qué manera las regiones tendrían más competencias en otros temas. Valparaíso es una región portuaria, pero los directores son santiaguinos, y por ello sus decisiones no son amigables con lo que piensa la ciudad, y entonces tendría derecho a saber cuándo, como en los demás países de la OCDE, los municipios tendrán derecho a administrar los puertos, cuando Valparaíso, Talcahuano, San Antonio, podrán decir que los recursos que los puertos generan, se inviertan en sus temas. Lo que ocurre con los puertos son mecanismos subrepticiamente centralistas.

Se han fijado solamente en cuántas atribuciones tendrá el gobierno regional, pero cabe preguntarse cuando los gobiernos locales serán gobiernos locales. No es un tema vital el de los pavimentos participativos, pero el alcalde administra los bienes nacionales de uso público, pero es el seremi el que define el recorrido de las micros. Eso debía ser planteado en la discusión.

Si se leen las atribuciones de la Cámara de Diputados, la facultad de fiscalizar corresponde a la Cámara. Los diputados individualmente piden antecedentes. En este Consejo Regional la facultad es individual, pero una facultad de fiscalizar debía ser del órgano, sin perjuicio que la petición de antecedentes sea individual. La atribución de fiscalizar en los municipios es del Consejo Municipal, los concejales sólo pueden pedir antecedentes.

Sin perjuicio que las demás observaciones las hará durante la discusión particular, no quiere dejar de hacerlo respecto de que sobre la disposición 28ª transitoria, en cuánto a que haría imposible que la elección sea el año 2017, lo que hay que sincerar que si eso es lo que se quiere, debe reformarse esa disposición. Es un tema respecto del cual habrá que definirse en su oportunidad.

El diputado señor Coloma comparte la totalidad de lo dicho por el diputado Cornejo, y esa es la decisión sobre cómo tramitar el proyecto. Si fuese tan fácil, que esto son unos artículos que deben aprobarse, la Comisión de Gobierno Interior del Senado no se habría tomado once meses en tramitarlo. El reordenamiento político territorial tiene consecuencias fundamentales.

Lo que cautela la disposición 28ª transitoria, es que esta norma, esta modificación tenga sentido respecto de lo que se quiere. Lo importante, se dice, es partir, pero se debe partir bien. Partamos con los Core, y en la práctica, ellos siguen repartiendo el 6%, y si alguien genera un problema repartirá el 6,5% de modo silencioso. Si lo que se quiere es que reparta el 5, 10, 12%, que se diga derechamente.

Cuando se destaca que los gobernadores tendrán 50 atribuciones, y quizás se agregan otras 30, tales como los programas de APR, la verdad es que esas atribuciones son demasiado débiles. Cuando hoy se habla de las atribuciones del MOP, la N°14 debe ser los caminos básicos o APR. El intendente realiza el plan, pero la ejecución queda entregado a terceros. Si el tercero no da el visto bueno, el Ministro de Transporte dice no, hasta ahí quedó la atribución del gobernador regional.

Eso es lo que importa respetarse. En el Senado tardaron dos años, y desde que le dieron celeridad, 11 meses. Un tercio de los senadores oficialistas votaron a favor solo para que no les digan que son antidemocráticos. Si se va a generar las mismas facultades, mejor hacerlo ahora, porque después se contentarán con dos cuestiones menores, pues no hay ministro que no quiera retener facultades.

Consultó que pasará el 12 de marzo de 2018, a quien se le pedirá audiencia, al gobernador regional o al delegado provincial, y la respuesta es al delegado, y la gente se preguntará para que elegimos al gobernador.

El ministro Eyzaguirre señaló que era responsable de sus palabras, y es caricaturizar el planteamiento de que esto era extremadamente simple. Esto echa a andar un proceso de suyo complejo, pero las decisiones son distintas en diferentes etapas. Lo que se discute hoy es si se acepta que los intendentes sean electos. La opinión contraria es que -lo que es legítimo- es que en un estado unitario la representación del Presidente a través del territorio se hace a través de un delegado, y que la forma local es la forma de entender la posición de la gente en el territorio.

Algunos lo plantean así, hay literatura en tal sentido, pero hay otros que plantean que, sin perjuicio, que el nivel comunal sea el primer nivel de ejecución, haya un nivel intermedio entre el local y el nacional. Esta es una decisión de ese tipo, si habrá un estado central y gobiernos comunales, o también un nivel regional. No es una decisión simple en el sentido de trivial, sino de claridad.

La Gerente General de Libertad y Desarrollo , señora Bettina Horst, señaló que el proyecto es el proyecto más importante en materia de descentralización, y quería hacer algunos alcances previos, más allá del detalle, algunas reflexiones iniciales en cuanto a avanzar en materia de descentralización. De acuerdo a la institucionalidad que rige hoy al país, toda ella se creó en base a autoridades designadas por el Presidente de la República, no está pensada para autoridades electas. Así, esta propuesta que solo busca esa elección, se montaría sobre una base no creada para ella.

En tal sentido, no se podía partir por elegir institucionalidad si no se conoce cómo funcionará, cómo se relacionará con los municipios y el nivel central, eso no está planteado, solo elegir o no elegir.

En la discusión en el Senado, más allá de estar o no de acuerdo, era clara la escasa competencia de los gobiernos regionales, en la ley era una cosa, pero en la práctica, refirió que fue Core en la región Metropolitana cuando eran designados, y las atribuciones que tenían eran limitadas.

No cabe confundir el poder del intendente, que lo tiene por ser representante del nivel central, y no por ser cabeza del ejecutivo regional. Básicamente, hay dos áreas que abordan los gobiernos regionales, asignar fondos del fondo nacional de desarrollo regional (en adelante, ‘FNDR’), y otros programas más pequeños de la Subsecretaría de Desarrollo Regional (en adelante, ‘Subdere’), pero gran parte del tiempo, las actas informan asignar fondos a proyectos de inversión.

Uno de los principales ámbitos fuera de la inversión púbica, la práctica según dan cuenta los datos del Ministerio de Desarrollo Social, era que no más del 25% de la inversión efectiva de la región se resuelve a nivel del gobierno regional. A la ciudadanía que piensa que tiene un rol relevante en la inversión, habría que decirle que solo decide uno de cada cuatro pesos, la cifra es del año 2012, pero al ver el 2015, es plausible insistir en que solo es el 25%. Gran parte del tiempo se dedica a definir proyectos de inversión, pero su impacto es minoritario comparado con el del nivel central, hoy ya tienen un rol menor en relación al nivel central.

Otro rol es el de ordenamiento territorial, eso es lo otro importante. El poder de los intendentes está dado por lo que será el delegado, no el gobernador regional, y la gente confunde lo que habrá, porque son instituciones que no se conocen y no está la armadura.

Entonces, por qué no se debe avanzar en descentralización política ahora. Es un error porque necesariamente se requiere una descentralización fiscal. Es un tema que se ha planteado todos los años del Gobierno, una ley de rentas regionales, en la agenda de descentralización, descentralización fiscal, administrativa y de competencia y no ha pasado nada. Solo habrá descentralización política, y en el resto no se hará nada. Se ha dicho que se avanzará, pero no hay nada concreto en materia de fuentes de financiamiento para inversión regional, y seguirán el FNDR y los programas de mejoramiento urbano, alojados en Subdere.

Todos conocen los gobiernos regionales. Quienes no tienen normas de responsabilidad fiscal generan una cartera de arrastre importante de proyectos, tienen proyectos mayores que su marco presupuestario, y no existen normas de responsabilidad fiscal.

El nivel central mantiene hace mucho años discrecionalidad en la asignación, lo que ha generado cuestionamientos en la asignación de esos fondos, por lo que debería avanzarse a no depender de la discrecionalidad del nivel central, se debería tener una institucionalidad fiscal responsable, y ello no está plantado en el proyecto de ley, en esta reforma constitucional, por lo que se estima importante, de tener autoridades electas, que sí se hacen cambios en financiación fiscal, se debía avanzar en ese importante aspecto para el país el día de mañana.

Sobre competencias administrativas, ha pasado el proyecto de transferencia de competencias por la Cámara, que dice que dota de competencias, pero en lo medular, crea una fórmula de transferencia, no entrega competencia. Si hay convencimiento, por qué no hacer una ley con cronograma de traspaso, más allá de una fórmula en base a solicitudes o iniciativas de parte del Ejecutivo. Esto que será vista por técnicos y una comisión, la decisión sigue en el nivel central, dependerá de una decisión política.

Si las autoridades son electas, y no tienen la capacidad para responder la demanda ciudadana, de quien será la culpa, la gente a quien culpara el día de mañana con personas electas, cuál será la culpa del gobernador regional, su respuesta será ‘es que no me están dejando, no me pidieron’, y así, se está dificultando la evaluación ciudadana de las personas hacia sus autoridades electas, y ello en nada ayuda a la descentralización. Esto debe verse como oportunidad de modernización, para mejores y más soluciones a la ciudadanía, y el diseño no está claro.

Sobre la elección propiamente tal, es un mecanismo único, no hay otro tipo de elección. No sabe si era necesaria tanta creatividad. Si las autoridades regionales se plantean como autoridades territoriales, deberían acercarse a los municipios, por lo que sería de toda lógica, y si bien no lo plantean Valenzuela y Von Baer, ellos plantean que son similares a las autoridades municipales, por lo que debería acercarse a ellos, le quita discusión e identidad territorial a esa situación. Deberían elegirse en el modo y calendario que a ellos, y no con las elecciones nacionales.

Estimó que avanzar en descentralización política, anhelo de quienes lo han impulsado, es un error y es probable que descentralización política antes que administrativa y fiscal, entrabará un proceso profundo y de largo plazo. Se ha planteado que no importa, que se elija y se desencadenará un proceso descentralizador, pero una vez que estén electas, como los alcaldes, no se ha avanzado en ellos. Entonces, que se discuta la institucionalidad, que madure, y después se avance en la elección.

Siente que no había falta de voluntad política, se ha propuesto y dialogado, pero hoy el único proyecto es éste, de descentralización política, que debiese ser el último y no el primero en la discusión. Perfeccionar el sistema de financiamiento con autoridades electas, es más difícil que al inicio de la discusión, sobre el tipo de regiones que se quieren.

Más allá de compromisos, no se conoce la ley de rentas regionales, qué gobiernos regionales se quiere tener, se informó un Subdere, pero consultó si existe un informe formal, no se ha visto, solo en prensa.

Un tema ausente en la discusión relevante por temas de transparencia, es el rol de los municipios, no se puede hablar solo de regiones y elegir las autoridades, debía ser un proyecto coherente, que permita otorgar más y mejores servicios a las personas, y no solo traspasar la burocracia del nivel central al regional.

El ministro Eyzaguirre planteó que se ingresarían tres indicaciones, y parte de eso podía dar motivo a especulación.

La primera de ellas es que, para ser transparente, no fue posible porque no se dio la unanimidad en el Senado, es establecer un compromiso que se había conversado con los diversos sectores, en que no se puede elegir gobernador mientras no esté lista la ley de traspaso. Solo se podría discutir la ley orgánica cuando se tenga la ley de competencia, lo que implica por secretaría no tener elecciones el 2017. Si el tema de fondo es que había un acuerdo en que no puedan ser elegidos mientras el tema no haya finalizado, esa era una legítima discusión que puede tenerse.

El segundo tema que dio lugar a diversas conversaciones, es que se ha debatido mucho respecto de si corresponde, en régimen, que el gobernador regional sea electo en el mismo acto electoral que las autoridades nacionales, o locales, habida cuenta que tiene prerrogativas distintas, dado que no es un gobierno nacional, sino de ejecución de políticas regionales y locales.

La elección de Cores quedó junto a los políticos nacionales, y como sería absurdo que el gobernador no fuera electo junto a los Cores, se planea que sea el 2017. Pero se quiere tener la prerrogativa de conversar el tema, de si la segunda elección, una vez celebrada la del año 2017, deba ser el 2020 o el 2021, y para ello se requiere un texto en la Constitución para armonizar en la ley orgánica hacia adelante la elección de los gobernadores regionales. Si se eligen el 2017, y no se resuelve ahora el punto, sería extraño hacer una reforma más adelante, y habría que esperar hasta el 2021 para analizar una recalendarización. Por ello conviene hacer la discusión ahora, más allá de lo que se resuelva en definitiva.

El tercer tema, de menor importancia, por equivoco quedó en el Senado que las inhabilidades de un gobernador regional fueran juzgadas ex ante por el Tribunal Constitucional, siendo que en Chile primero se pronuncian los tribunales electorales. El Tribunal Constitucional podría opinar una vez ya electo, y la cuestión es hacerlo simétrico.

Quería terminar excusándose por tomar el tiempo, señalando que lo que ha sido tan discutido, que es legítimo, respecto de la secuencia entre descentralización política o administrativa, no puede obviar que el país ya tomó una decisión. Le cuesta a ratos entender la seguridad en el debate, cuando en su oportunidad se definió la elección de Cores antes de cualquier competencia, y la elección popular de los gobiernos regional ya es una cosa juzgada por el Parlamento. Se ha testimoniado que las tensiones, que no las negaba que pudieran presentarse, salvo en el absolutismo, en democracia siempre hay pesos y contrapesos, van a haber tensiones y ellas ya comenzaron, y las competencias no fluyeron, pero los Cores ya fueron electos.

Sobre falta de proactividad en la transferencia, el gobierno de Piñera presentó un proyecto en el tema, que ya pasó a segundo trámite, el Gobierno ingresó una indicación en el tema, en que los gobiernos regionales podrían implementar programas, establecer convenios de programación, la posibilidad de solicitar a la Dirección de Presupuestos la creación de divisiones y aprobar inductivamente los ordenamientos territoriales.

En la indicación sustitutiva de la presidenta Bachelet a ese proyecto, se agregó la creación de 3 divisiones, una unidad de control, para que los Cores puedan controlar al gobernador regional, la creación de áreas metropolitanas para cuestiones de residuos, y transforma en vinculante el plan de ordenamiento territorial, y podría continuar en otras cosas, tales como los pronunciamientos sobre zonas rezagadas y planes de turismo. Se ha conversado con Subdere para añadir nuevas competencias, comité pro movilidad, subsidios en transporte público, obras públicas, mantenimiento vial y caminos básicos, APR, pavimento participativo, viabilidad urbana, entre otros.

Consultó, se sabía cuál ha sido su trayectoria en el Gobierno, y si había alguien que podría ser conservador era un ex ministro de Hacienda. Lo que se hace aquí es pintar un camino a objeto de no precipitarse y no generar problemas. Esto no se hace de un día para otro. Le planteó a la Comisión de Gobierno del Senado, que si querían hacer una aventura populista, qué costaba descentralizar servicios, pero eso no era responsable, y establecer un protocolo de cómo se va a ir trasladando los servicios de aquí en adelante porque las regiones requieren, sí lo es.

Se pide un cronograma, pero si no se tiene un catalejo, no se puede saber exactamente en que se podrá descentralizar, si Indap, el Serviu o la DGA. Se tiene un protocolo de condiciones para que la descentralización se produzca. Si se lee el tratado de Maastricht, no se pone plazo, sino condiciones para que ellas gatillaran las acciones futuras.

No se puede evitar la discusión sobre las competencias, pero formar nuevas entidades que lo tengan todo, eso rompería el estado unitario y no tendría sentido, esto es un tema de estado, no ideológico. Acá se produjo una proposición inicial del Gobierno, que fue rechazada, la posibilidad de tener cuatro años extendidos la facultad de regular el tema, se rechazó, y los plazos para dictar decretos con fuerza de ley duran sólo un año, y no es responsable decirle al próximo gobierno que tendrá solo un año para hacer el tema.

Si alguno cree con honestidad que el país no está preparado para elegir a los gobernadores regionales el 2017, está en su derecho, pero no es lo mismo decir eso que decir que no se puede por cuanto no está clara la situación de las competencias. Como no se puede descentralizar de un día para otro, hay que ponerse de acuerdo en cómo se hará en el tiempo.

La consejera de la Asociación Nacional de Consejeros Regiones, señora Eva Jiménez, señala que su organización agrupa a consejeros de todo el país, plural, desde los del partido Comunista hasta los UDI, incluyendo independientes, haciendo un trabajo serio.

El proyecto en discusión era de la máxima relevancia para el país. La descentralización no puede seguir esperando, y es relevante que se pudiera elegir a las autoridades regionales, pero deben hacerse precisiones al respecto.

En primer término, respecto de la autoridad regional que hoy está planteada, se divide al intendente en dos; el gobernador regional, cuya función será ser presidente del Core y de definir el FNDR, fondo que hoy es menos del 10% de la inversión en la región y el delegado presidencial, que será la autoridad no electa, quien controlará los servicios desconcentrados y el presupuesto de la región que viene del nivel central, del 90%. El delegado tendrá tuición sobre los Seremi, y sobre todas las políticas nacionales.

Dicho eso, y dejando claro que como asociación de consejeros no les interesa hablar de quórum, la cuestión es como fortalecer la región. Incluso, en el proceso constituyente es algo que tiene impacto y de 10 personas que participaron, 8 dijeron que se necesita descentralización, pero en reuniones sociales, todos entienden distinto lo que es descentralización. Si se ve el trasfondo, lo que implica, es que las regiones quieren autonomía en la toma de decisiones. Como Core de la región Metropolitana, le pasa lo mismo, y lamentablemente, con este proyecto hay muchas expectativas que no se verán resueltas. Se vio una esperanza cuando se generó la indicación, donde se planteó que se avanzaría en la elección de la autoridad política, pero en paralelo mientras no se tenga clara las atribuciones o competencia no entraría en vigor. Ojalá se agregé el tema de los recursos, que es un tema capital. Se ha hablado, prometido más de dos años una ley de rentas regionales, pero ello no se ve, la preocupación es real.

Agrega que, siendo súper generosos, la cuestión es que se necesita una mejor distribución de los recursos entre las regiones. Cuando se veía el traspaso de competencias, efectivamente hoy, vigente la ley 19175 hay un traspaso de competencias, el proceso de pedir traspaso existe, hay gobiernos regionales que lo han pedido, pero algunas de las peticiones ni siquiera han sido contestadas. Si se revisa, si se comparaba lo vigente con lo que viene, era lo que viene y un par de pasos, que permite al Core hacer la petición, pero nada radical que haga pensar que la persona en el gobierno central no quiera, igual tendrá que darlo.

Se ha propuesto un mecanismo de solución de controversias, que fuese el Senado, un ente que dirimiera en caso de conflictos entre el nivel central y el regional. En otros países son los tribunales contenciosos, en Chile no están, pero la cuestión es que nadie quiere perder poder, y las regiones deben estar preparadas para tener poder. Había aspectos de gobernanza que no se veían en el proyecto.

Si se detallan las competencias que se asignan, la mayoría están radicadas en planes, y esos planes se ejecutar por quien, con qué recursos, y ese es el problema. En la región Metropolitana, de qué sirve tener un plan de transporte si no hay un coordinador de los sistemas de transporte, eso hoy, esa gobernanza no existe y no está dada por la definición de áreas metropolitanas, que es una definición bastante básica en el proyecto. Lo más rescatable era el manejo de residuos, pero en las otras áreas que deben trabajarse, zonas pesqueras, forestales, mineras, nada de eso se dice en este proyecto, y ahí la preocupación, y si se avanza rápidamente, también había que avanzar en eso. El proyecto, tal cual estaba hoy, no servía, había que mejorarlo rápido.

Otra cosa, los consejeros regionales, se habló que ellos fueron electos y no se vio el tema de las competencias, pero ello estaba en la Constitución Política desde Aylwin, y ello no se ha modificado. El problema era que ahora se hablaba de disminuir las competencias, y agradecía a la Cámara el apoyar el rechazo a esas posturas, eso fue importante.

En ese sentido, estima que, y se recordará, se tuvo que legislar en una ley express y hubo que sacar una ley porque la Constitución Política dispone que habría un presidente del Core, pero no como se elegía. Ese tipo de cosas no le hacen bien a Chile, legislar de esa manera. Entonces, quería señalar como consejera, que en la transferencia y la elección era capital que se tenga definida la atribución y gobernanza de modo previo a la elección, y que importante fortalecer la figura del gobernador, pues hoy, tal como está, no era más que presidente del Core y quien vería el tema del FNDR, que no es lo que pide la ciudadanía. Era algo muy complejo a la luz de las expectativas de la ciudadanía.

El profesor de Derecho Administrativo, señor Gabriel Bocksang agradece la invitación, y señala que su exposición se basada en un texto pre aprobado en el contexto del observatorio legislativo en el que participa , y que ha estado algo comentado en las últimas semanas. Desde una óptica académica, en este sentido, su presentación se funda no sólo en ese informe, sino también en sus estudios de historia del derecho y derecho administrativo.

Todos debían estar conscientes en que era una de las reformas administrativas más importantes, junto a la creación de la Contraloría General de la República o la determinación de las atribuciones de la Presidencia de la República. Esta iniciativa tenía gran relevancia dado el estado actual de la territorialización, había un problema de concentración demográfica importante, la Región Metropolitana concentra al 40% de la población nacional. Estos datos son suficientes para mostrar que una reforma era imperiosa, entendía el celo del Gobierno y el Parlamento en impulsar esta reforma, pero ello no solo era un llamado a obrar, sino también del modo mejor y más ordenado posible, para que se descentralice y evite problemas de funcionamiento que puedan motivar a una centralización 2.0.

Se debe hacer hincapié en que esto no es solo un tema de elección, es la modificación de la arquitectura del régimen interior del Estado. Para hacer presente todos los aspectos, hay razones subrayan la alternativa o posibilidad de no aprobar aun la elección de intendentes, que su introducción se hacía problemática en el contexto institucional chileno. Si entendieran perseverar en aprobarlo, cabría mejorarlo en ciertos aspectos.

Por qué no aprobar. En este rubro hay tres tipos de problemas, estructurales, de oportunidad y de diseño.

Estructurales, el primero es la hipertrofia de Santiago. Resulta curioso que en la tramitación no se reparó con energía en este aspecto de suma importancia, que es esta la causa del diagnóstico, pero la elección de los medios debe tener en cuenta esa realidad. Chile es atípico, países semejantes como Francia tienen 18,8% de concentración, estamos más del doble que eso, que es un modelo parangonable al nuestro. Si se establece, tal cual se plantea hoy, se tendrá un intendente de la región Metropolitana que tendrá un poder descomunal, mayor que cualquier otro intendente, tanto por capacidad demográfica, y sería un superintendente frente a los demás, y esto desfigura la institucionalidad, que será la segunda autoridad administrativa de la república, y eso no llamaba la atención.

Un segundo problema es la atomización de las regiones. Se ha pretendido crear regiones más pequeñas, pero ello refuerza el rol de la Metropolitana, y debería ser revertido mediante la fusión de regiones. Francia, referente para nosotros, ha disminuido a la mitad las regiones existentes. No debe olvidarse que la supremacía de Santiago se promovió mediante la división de las provincias, pues ellas desafiaban el rol de Santiago, y Santiago, entre otros factores, basó su supremacía dividiendo las provincias. Como hay hipertrofia de Santiago, habría que fundir regiones para que tengan un peso específico mayor.

El tercer problema es una falta de contextualización institucional. La regulación territorial hay tenido fallas congénitas, desde la ley de régimen interior, se dividieron los dos planos de municipio y gobernadores, y ello ha engendrado diversos conflictos e incompatibilidades, lo que pareciera replicarse ahora, pues esta propuesta hacía caso omiso de los problemas que están por encima o debajo, y que circundan al nivel regional.

En segundo lugar, sobre problemas de oportunidad. En primer término, se debe tener en cuenta la imprevisibilidad electoral, hay una modificación sustancial del régimen electoral chileno, se acabó el binomial y en ese contexto en países similares, en elecciones menores que la presidencial y municipal, el momento parece abrir la oportunidad para el voto duro y la aparición de caudillismo, cuestión que aumenta la conflictividad entre los diversos niveles.

Sobre el orden de tramitación, la secuencia era la inversa de la que debió seguirse. La primera es la definición de competencias y de recursos, y luego la innovación electoral. Se empezó al revés, colocando la carreta delante de los bueyes, aprobando disposiciones generales y abstractas, lo que técnicamente es muy riesgoso.

Sobre problemas de diseño, no hay signos concretos de la ley de rentas regionales y ello es central para entender el régimen de intendentes y régimen interior. Nada parece alterar la dependencia del presupuesto central, cuya determinación corresponde al Presidente de la República, financieramente el centralismo seguiría.

En segundo lugar, sobre transferencia de competencia, no es un tema desligado de la reforma constitucional. Se ha discutido el tema, cuantas competencias se establecerían, pero hay que poner atención en cuanto a las competencias tanto el número y ámbito, que en realidad sumen mucho en número pero poco en importancia. El tema era definir competencias materialmente claras.

La Cámara podría revisar con detención tanto la Constitución Política como en el proyecto de ley que subsiste una dependencia al decreto supremo presidencial, y esto se puede entender hacia los intendentes, pero no en un régimen electivo, donde el intendente electo puede ser distinto. Que se condicione la entrega de ciertas atribuciones, o su retiro, tal cual está en el proyecto, dependiendo de la sintonía que haya con el nivel central, es cuestionable.

La lógica republicana fue para evitar los excesos del poder, y esto es un llamado hacia el presidencialismo, pero este mecanismo de transferencia mediante decreto, el funcionamiento del territorio de la región dependerá del Presidente de la República, y no del Congreso Nacional. Esto es una cuña del nivel central sobre las regiones que es muy grave, y que excede largamente la institucionalidad actual, que se tiene hoy en el funcionamiento de nuestra institucionalidad. Esto no era un problema menor.

Continuó señalando que en el contexto actual, exceptuado el artículo 114, las atribuciones se establecen por ley, es el Congreso Nacional el que dispone las competencias, atribuciones y funciones que corresponde a cada autoridad, en particular, el régimen de las regiones. Acá lo que se propone es que el Presidente de la República sea quien defina, incluso podría considerar sintonía política para decidir. Es un mecanismo que era sumamente peligroso, se entendía bajo la lógica de intendentes designados, pero bajo electos, ello podía tener consecuencias negativas, pues los perjuicios derivados de esta escisión entre un nivel y otro, las consecuencias políticas deberían ser asumidas por los habitantes de las regiones respectivas.

No es un problema de la ley de transferencias, que no es lo que se discute hoy, pero invita a revisar el artículo 114, que dispone por vía constitucional la transferencia por decreto supremo. Ello se entendía bajo la lógica de autoridades designadas, pero no electas, y por lo tanto, no puede dejar de ser enfático en revisar ese artículo, y bajo este punto de vista revertirlo, porque las competencias que correspondan a las regiones deben definirse por ley. Eso debe destacarse con mucha nitidez.

Otro problema de diseño es la incertidumbre entre el delegado y la figura electa. En otros países existe una dualidad entre un designado por el Presidente y una autoridad electa, pero la regulación debe ser cuidadosa y acá se está precipitando el asunto, porque es relevante que no haya duplicación de funciones y omisiones, que puedan decir 'que al otro le corresponde hacer' lo que sea.

Todo esto hace anticipar, que más que la elección, esta participación que se motiva en la elección del gobernador regional no origina una descentralización, sino que por vía de transferencia y financiamiento terminará siendo un centralismo 2.0, participativo, pero centralismo.

En la lógica republicana se evoca los pesos y contrapesos. Naturalmente el Presidente tiene muchas atribuciones, pero resulta que las regiones e intendentes, no veía cual sería el contrapeso en relación al Presidente de la República, y habrá métodos de presión de facto a través de los servicios públicos, que dependerán de los delegados. Este diseño mal armado no puede ser menospreciado, y es amplificado por la posición intermedia, entre lo local y lo nacional.

Propone que se establezca por ley un régimen de competencias y financiamiento, luego, prudencia de él, las autoridades verán cómo se desarrolla, para que haya una mecánica virtuosa. Esto demora la implementación de la elección de los intendentes, y una vez que el mecanismo esté funcionado, revisar cómo se eligen las autoridades regionales. Esto lo destaca en cuanto no es conveniente hoy una elección de intendentes regionales.

En cuanto a colaborar respecto de aquellos que estaban por la aprobación de la reforma tal cual está, hace presente que hay cuestiones que pueden ser mejoradas. Esto es algo relevante desde el punto administrativo, se dirá que es técnico, pero podría complicar, y es el tema de la nomenclatura. Reemplazar intendente por gobernador regional complicaba, estaba apareciendo la figura del delegado regional provincial en varios artículos.

Desde el punto de vista del derecho administrativo, la delegación ya existe, pero dar prerrogativas a otro ente mediante un acto administrativo no es una delegación, sino una desconcentración y en este sentido, en el artículo 116, se sostiene que la delegación es un órgano territorialmente desconcentrado. Ese es el vocablo técnico que corresponde, y curiosamente, estas autoridades desconcentradas se denominan como delegados, y esto es un tema técnico del derecho administrativo. Esto repercute en el verdadero ejercicio de las delegaciones.

En el artículo 117 se ve que en el vigente los gobernadores pueden tener delegados, pero como se propone estos “otros” delegados, se pasan a llamar encargados, porque no quedaba otra palabra. Esto será un problema, debe evitarse la palabra delegado para estas figuras.

Es bien importante y no ha sido subrayado a través de la discusión masiva, el hecho que se estaría suprimiendo la acusación constitucional de los intendentes. Se encomienda el juicio político al Tribunal Constitucional modificando el artículo 93 N°15. La indicación del Ejecutivo, que se ingresó recién repone la acusación constitucional. La verdad es que tanto ese mecanismo como el propuesto por el Senado, es relevante ponderarlo con todas sus repercusiones políticas, pues ya sea el Congreso Nacional o el Tribunal Constitucional el competente, parecería inconveniente aceptar la propuesta anterior, que el juicio político estuviera encomendado al Tribunal Calificador de Elecciones.

En cuanto a la transferencia, pide que se examine el artículo 114 porque esa trasferencia mediante decreto supremo es políticamente peligrosa en el contexto de los gobernadores electos, y debiese estarse a la cuestión general, que se disponga por ley.

En cuanto al quorum de aprobación, que es un 40% de los válidamente elegidos, con eventual segunda vuelta. A fin de favorecer la mayor estabilidad, estaría por establecer una mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, la propuesta que en algún momento se discutió en el Senado.

Dos apreciaciones finales. En primer lugar, una cuestión técnica que podría ser corregida, reemplazar la palabra herramientas. No tenía nada contra los herreros pero debería preferirse la palabra atribución, que es más técnica. En cuanto al régimen de entrada en vigencia de la ley, no debería depender sólo de la ley de transferencia, sino también de la de financiamiento regional. De lo contrario, se multiplicará la incertidumbre entre los niveles nacionales, regionales y local. Asimismo, destaca que la Comisión Asesora Presidencial en el tema sugirió calzar la elección regional con la municipal, y no con la de autoridades nacionales.

Agradeció la invitación, sin perjuicio de estimar que la tramitación es apresurada. Por ello, recomienda no aprobar mientras no hubiese claridad en las competencias que tendrá la nueva autoridad, y los recursos que se le destinarán.

El asesor legislativo de la Fundación Jaime Guzmán, don Héctor Mery, señaló que en un proyecto de esta naturaleza, se deseaba aparecer pro positivo, con ánimo favorable, pero otra cosa es como se plantean los proyectos y no hay mucho de lo que hablar favorablemente, tanto por el proyecto como por los videos virales sobre la votación en el Senado, todos muy contrarios al proyecto y donde al final, los senadores igual terminaron votando a favor.

Los datos que han aparecido, de un proceso que no ha concluido, el proceso constituyente, sirven para compartir algunas apreciaciones. Todavía esto no es información consolidada, pero en materia de cabildos regionales, cuando se habló de valores y principios la descentralización apareció en tercer lugar, sobrepasando justicia, respecto, equidad, o estado laico. En cuanto a instituciones, junto a derechos y deberes, apareció en séptimo lugar. Si bien no acudieron en manera masiva, estos datos algo dan cuenta de la importancia que se le asigna a estos temas, y con mayor razón pareciera importante detenerse en los alcances y contenidos de este proyecto, de obtener la finalidad que se propone.

Una cosa es la necesidad de entregar poder y atribuciones, y otra los medios para lograr los objetivos. En apariencia, pareciera que el proyecto otorgara más poder por el rompimiento del binomio del de actuación y control. El gobierno y la administración del país es de parte del Presidente de la República y el Congreso Nacional controla. El gobierno regional recae en el intendente y los Core tienen rol normativo, resolutivo y fiscalizador. En lo local, el ejecutivo es el alcalde y el concejo municipal es consultivo, resolutivo y fiscalizador.

Este orden resulta diseñado en otros términos porque habrá tres nuevos sujetos, no más intendentes sino gobernador regional, lo que si se profundiza es una expresión algo enigmática, un delegado presidencial y el consejo regional, que conservará sus atribuciones.

El proyecto es prolijo, detallista en la manera de elegir a los que no se llamaran intendentes sino gobernadores regionales, pero es escueto en designar las atribuciones, y habla de administración superior, no se habla de gobierno y administración regional, estos quedan radicados en el delegado regional quien tendrá las facultades que según la Constitución Política, le asigne el Presidente de la República. Esto significa que los poderes del Presidente de la República, artículos 24 y 32 de la Constitución Política aparecen asignados preferentemente a aquel que es elegido por el pueblo, ese será quien seguirá actuando como representante del Presidente, se ocupan las mismas palabras desde 1831 en nuestro orden constitucional. En lugar de dárselas al elegido por el pueblo, se le dan al delegado.

Entonces, qué sería la administración superior. No puede ser las que tiene el Presidente ni el delegado. Son más difusas, se dice que la ley las establecerá, pero el legislador no puede obviar que las atribuciones serán aquellas que la Constitución Política y las leyes asignan al delegado. Así, se tendrá alguien de coordinador de servicios públicos y las que le dé la ley, facultades bastante menores. Alguien elegido por el pueblo, pero sin potestades. Es decir, para qué sirve este esquema, esta propuesta que es gobernador pero no gobierna, el gobierno seguirá en el delegado.

¿Por qué parte haciendo esta exposición sobre el proceso constituyente y el rol que aparece en los rankings de temas tratados en ese proceso? Porque no puede haber cosa más dañina que una promesa incumplida para satisfacer a las regiones, teniendo particularmente en cuenta que prevalecen los elegidos por las regiones. El poder seguirá centrado en el Presidente de la República, no es algo que quede liberado a las opiniones personales, el gobernador no será intendente.

Una paradoja histórica es que en 1826, un día como hoy, 12 de octubre, se aprobó una de las leyes federales que se estudiaban cuando estábamos en el colegio, que a instancia de Infante, quien planteaba que la modernización y la federalización pasaban por cambiarle el nombre a los gobernadores por intendentes. Hoy, 190 años después, se cambiará el nombre de intendente a gobernadores, y con qué potestades.

Esto es un homenaje bien particular, porque esas leyes que se señalan como un fracaso, finalmente no prosperaron, fueron 6 o 7, justamente porque las regiones se alzaron a este conjunto de reglas porque no había facultades explícitas hacia ellas. Hoy se les cambia el nombre, pero el problema subsiste.

¿Qué va a hacer un gobernador sin facultades, como va a ser su relación con el gobierno central, que va a estar representado por el delegado?, ello va a ser un foco permanente de conflicto, de expectativas de descentralización insatisfechas, y todos los expositores han ahondado en el punto. Más palabras sería majadería. Uno no puede sorprenderse que esto sea un avance concreto a favor de las regiones, cuando el poder seguirá en el Presidente de la República, no puede entenderse entonces que esto sea un avance concreto.

Por supuesto que es interesante que surjan los intendentes por elección, pero una reforma que no tendrá potestades financieras, sino de administración, donde las atribuciones seguirán en Presiente, pues la administración general no sirve para administrar nada en el nivel regional. La crítica no puede sino ser adversa al proyecto, no es posible recomendar de ninguna manera un proyecto de ley que no avanza en regionalización.

Si esto se aprueba no vendrán las siete plagas de Egipto, pero tendremos un régimen que no camina para ninguna parte. El poder seguirá concentrado en quien designe el Presidente de la República, y si bien le molesta la cita de Lampedusa, en el Gatopardo, que todo cambia para que todo siga igual, pues es un libro muy bueno que tiene varias cosas buenas, ninguna es más pertinente en este caso.

Un intendente, que no será intendente sino gobernador, pero que no gobernará, solo tendrá administración general y coordinación, pero con un delegado presidencial, es una figura que, no hay que ser muy astuto, se pueden imaginar el comportamiento de la ciudadanía para valorar el tema.

Por las razones expuestas, el proyecto no debiese ser aprobado, debiese aprovecharse para una discusión legislativa profunda, pero del modo propuesto, no hay manera que esto sea una propuesta exitosa.

El asesor de la bancada del Partido Socialista, señor Enrique Aldunate, señaló que si se sitúa la discusión en un contexto aristotélico, lo que podría entenderse por constitución, Aristóteles decía que era la forma de repartición del poder. En tal sentido, el proyecto era evidente, no se estaba poniendo en tela de juicio si al constituyente derivado le resultaba lícito o no discutir la legitimidad que la autoridad regional fuera electa por el presidente o la ciudadanía.

Ese era el trasfondo del proyecto, eso era lo que estaba en juego. Indudablemente, la Constitución Política debía hacerse cargo de la organización de las magistraturas y la determinación de aquellas finalidades que se tienen en ese ámbito, y por ello debía afincarse en alguna posición de descentralización, regionalización, con todas las definiciones que están disponibles en el análisis dogmático.

Al revisar la historia republicana, había tres modelos de régimen político. La de 1833, autoritaria, la de 1925, que surge luego de una revuelta, que con una serie de problemas rige hasta 1973, y el vigente, de 1980, con reformas a la carta fundamental. En ese contexto, se seguía en lo mismo, donde la máxima autoridad es la presidencia reforzada, quien determina quién es la autoridad superior en las regiones. Entonces la pregunta es si es lícito que esa autoridad siga bajo ese esquema y tenga una revisión, y sea aceptable que quienes sufragan, estén habilitadas para elegirlos.

No ve por qué eso podía ser objeto de cuestionamiento. Así, su opinión es favorable, pues en tanto aprueben la propuesta se podía proceder a la elección del gobernador, ello no planteaba problemas a la teoría democrática. En otras latitudes, hasta los fiscales los elige el pueblo y el mundo no se cae a pedazos. Por qué habría que tener miedo, desde ese punto de vista, jurídico, no se veía cual sería el punto de objeción al respecto.

El proyecto innova en la creación de la figura de quien ejerce el gobierno regional, y tiene figuras complementarias. Sobre ciertos presupuestos fácticos, tiende a estar de acuerdo en que el sistema tiene problemas estructurales en una serie de instituciones que no son coherentes, pero nuestro sistema estaba plagado de esas inconsistencias, no solo en gobierno regional. Si se quisiera un sistema teórico puro, no se puede, hay distribución de competencias discutibles. La Cámara de Diputados puede interpelar, pero este no es un sistema parlamentario. Si se quiere ser purista o razonar in extremis, el problema es que la Constitución Política mantiene esos problemas.

Así, en términos generales el cuestionar la elección no daba argumentos plausibles para estar contra esa decisión. Ello tiene un sinnúmero de consecuencias positivas, esto va a generar mayor participación de aquellas personas que tienen interés en participar en cuestiones políticas, y que la coyuntura obstaculiza. Se crean algunos inconvenientes, pero este sistema permite que en términos generales las alianzas podrán aspirar a ser elegidos, por lo que en términos políticos puros, esta estructura permitirá una cohesión de fuerza políticas para acceder a cargos de esta índole.

La Constitución Política podría adoptar decisiones, y decir ‘las competencias son estas’, de modo específico, detallado y taxativo, o en cambio disponer que la ley será la encargada de tales materias. Ello se puede hacer, por algo existen las leyes orgánicas constitucionales, se puede decidir que sea la ley orgánica la que defina tales materias.

El problema eventual que podría conllevar ello en la práctica, es que la reforma constitucional quedaría condicionada a dictar una ley orgánica que habilite el funcionamiento de estas autoridades. Pero ojo, si se revisa bien la Constitución Política, se ha esperado 30 años la creación de los tribunales contencioso administrativos, ello debe tenerse presente, podría haber razones idiosincráticas que lo expliquen.

Hay más. En cierta medida toma los argumentos de la Comisión Presidencial de Descentralización, y ahí se planteaba una cuestión que no solo giraba en torno a asuntos necesariamente establecidos en los principios de juridicidad y legalidad. Por ejemplo, a nivel ecológico, las regiones podrían tomar decisiones en esa materia, y no requieren norma expresa a nivel constitucional, pero a la luz del artículo 19 N°8 de la Constitución Política, era necesario una tipificación expresa. Por ejemplo, un gobierno regional podría adscribir a una tendencia ecológica, podría adoptar medidas en la materia, o habría que espera la decisiones del nivel central.

Este es un problema en que debe fijar decisiones la Constitución Política, y los tiempos que se viven no necesariamente eran un buen compañero, pero se necesitaba una repartición razonada y razonable del ejercicio del poder. Y si esta reforma ayuda en ese sentido, bienvenido sea.

Otro aspecto a considerar, es un tema que no ha sido sistemáticamente abordado en cuanto a cuáles serán los criterios para que las personas puedan aspirar a esos cargos. A nivel de inhabilidades, ese debate se dio en el Senado, y se dejó a ley orgánica regular el tema, salvo una tentativa de un senador que planteo que quería asimilar la posibilidad al régimen del artículo 57, en cuanto a las inhabilidades parlamentarias. Pero ello que sería un error, pues si se quiere participación social, obviamente establecer cortapisas por cálculos pequeños era un error.

En materia de inhabilidades no hay un estudio acabado, no es lo mismo alguien que no dispone de recursos a quien sí el intentar acceder al cargo, y esas distinciones no se hacen en esta sede. Habría que tenerlo presente, se ha especulado, pero son de las reglas estructurales que se deben despejar.

Si se revisa en términos globales la propuesta del Senado, asoman algunas dudas de lo que podría ser en cuanto a atribuciones del tribunal constitucional. Se planteaba una subsunción sobre esta cláusula. Le parecía que cual sería el estatuto que aquí operaría, si se ve lo vigente, las reglas sobre inhabilidades están en la propia constitución, pero cuál sería la de los gobernadores regionales.

Existe una regla escueta en la materia, pero sin la entidad de los parlamentarios. Para los parlamentarios era estricto, incluso si es abogado no puede ejercer, y eventualmente en el ámbito de la nueva estructura que se crea con la reforma, el tribunal constitucional se pronunciará sobre una inhabilidad pero con una asimetría en la regulación significativa.

Otro aspecto derivado a partir de la regulación propuesta es la 15ª causal de competencia al tribunal constitucional, sobre inhabilidades, sobre la renuncia al cargo respectivo. Esto es un problema que tiene la Constitución Política. Hay dos posiciones doctrinarias, aquellas que plantean como José Ignacio Nuñez, que no está vinculado necesariamente a temas de salud, la renuncia se da en términos generales; y en cambio la posición tradicional es acotar el tema a problemas de salud, y que en otros casos, todos han sido testigos que se sacan parlamentarios para nombrarlos ministros, se plantea que ahí hay una incompatibilidad. Aún en términos de renuncia, la regulación sigue siendo deficitaria, había que darle un perfeccionamiento a nuestro ordenamiento.

Nadie podía ser justiciero en causa propia. Podrá haber incentivos personales, pero acá había que optar por la mejor categoría de normas, y las reglas que permitan la igual posibilidad de competir, y eso exige determinadas reglas claras. Así, se requiere una revisión para la estructura definitiva de cómo se plasme esta reforma.

Finalmente, en términos generales de la modalidad de transferencia de competencias, observaba sobre el resquemor que esa transferencia se hiciese mediante decreto. Él reivindicaba el rol del parlamento, por lo que consideró relevante que se pueda considerar dentro de las hipótesis que se transfiera competencia, que si no es por la ley, se pueda crear mecanismos como el sistema comparado, donde eventualmente aspectos de relevancia regional puedan, para un caso específico, ser transferidos mediante ley.

El diputado señor Coloma justificó su abstención por lo que se ha hecho durante la tramitación. Estimó que simplemente se siguió con lo peor que le puede pasar a la Cámara de Diputados, sucumbir ante las presiones.

Acá se ven temas relevantes, como la transferencia de competencias, pero será el Presidente de la República el que podrá transferir, quedará facultativo. Se preguntó qué pasará mañana cuando el intendente sea del signo contrario, esto simplemente será jugar con la expectativa de la gente. Un intendente sin atribuciones, será una más de las reformas con rechazo. Acá se cumple un mandato presidencial, legislar a “matacaballo”.

El diputado señor Cornejo fundamentó su aprobación, en el sentido de que se podía tener reparos, pero uno no podía negarse a discutir los temas. En su intervención de ayer, planteó que acá no estaba en cuestión si se estaba a favor de la elección de los intendentes, independiente de cómo votara en particular algunos artículos.

El diputado señor González, don Rodrigo, señaló que vota favorablemente en cuanto a que se ha oído a los expositores, la iniciativa llevaba largo tiempo de tramitación, se inició en el periodo anterior, cuando se eligieron a los Cores. Esa fue una reforma inconclusa, se requería la elección del representante del Ejecutivo en el gobierno regional, gobernador regional como se llamará ahora, y ello fue un híbrido que se ha hecho insostenible.

Junto a ello, en sucesivos periodos presidenciales se ha comprometido avanzar en procesos de descentralización y regionalización, y este gobierno por primera vez se plantea el asunto de forma decidida con una transferencia de competencias, y un compromiso que se ha hecho explícito en diversas ocasiones, declaraciones presidenciales, protocolos en el Senado con quienes discutieron este proyecto, de que habrá una ley de rentas regionales, que es el complemento necesario para lograr un inicio de descentralización en el país.

Se ha discutido cuál de los procesos sería primero, si descentralización fiscal, administrativa o política, pero en verdad, estos tres aspectos han sido bien abordados tanto por la Comisión Presidencial para tratar este tema, como en los distintos proyectos que están en el Congreso. Uno de los problemas para abordar estos proyectos es que se radicaron en diversas cámaras, cuando si hubiese sido un proyecto integral planteado como complementarios, para completar el proceso ya iniciado, habría tenido una posibilidad de discusión mejor.

Creía que esto era, como pudiera ser planteado como la discusión sobre el huevo y la gallina, no se puede hacer descentralización política sin administrativa o fiscal. Pero los tres aspectos debían marchar en conjunto, pero nada se podría hacer si no se elige a la autoridad que tiene que ejercerla, y estando en este momento discutiendo una reforma constitucional sobre elección directa por voto popular, correspondía avanzar en esta elección, elegir intendentes, y proceder a continuar tratando y trabajando en perfeccionar el sistema de transferencia de competencia, y hacer que se cumpla.

Estaba seguro que el gobierno cumplirá, que el gobierno enviaría una ley de financiamiento para las regiones, y la ley que determine la forma de elección de estas autoridades. Porque las regiones no pueden seguir esperando, hoy se tenía una institucionalidad coja.

El diputado señor Gutiérrez, fundamento su voto a favor, señalando que reiteraba lo de ayer, y que hoy se ve corroborado por lo planteado por Valenzuela y von Baer, personas que han trabajado de modo esmerado en el tema de descentralización, con siete razones poderosas para aprobar esta reforma constitucional. Todas las razones le hacían sentido, y esta razón N°3, sobre respuesta a una demanda ciudadana eran categóricas y claras. Es decir, que lo que se requiere es la elección de las autoridades regionales, abrir la compuerta para luego discutir los otros temas. Se debía tener la grandeza para discutir la descentralización, no podía negarse a esta discusión.

El diputado Monckeberg, don Cristián, señaló que votaba a favor, ya que en algún minuto había que partir en la discusión, y partir eligiendo, tal como se hizo en su oportunidad con los alcaldes. Ya se vería cuáles serán sus facultades más de fondo, y que se están discutiendo en el Senado. Con la convicción de que el proyecto era perfectible, y habiendo estudiado bastante votaba a favor, pues no era solo un compromiso de este gobierno, también lo fue del presidente Piñera, y había que hacerlo bien.

Confiaba plenamente en el gobierno actual, era diputado y presidente de un partido opositor, pero confiaba en el ministro en que se lograría el anhelo de la descentralización que permita elegir una autoridad regional anhelada en las regiones por chilenas y chilenos, más allá de los argumentos a favor y en contra planteados.

Había que sacar un buen proyecto de ley. Tenía una mirada positiva de que las autoridades se elijan, y no una mirada temerosa de poder elegir autoridades que hoy no son elegidas. Era partidario de que se elijan, tengas sus facultades y partir en algún momento. El debate estaba maduro, nunca será el momento para producir ese inicio, no lo fue hace siete años, nunca será oportuno, y por eso, había que decidirse y partir ya.

El diputado señor Chávez justificó su voto a favor, refiriendo que se ha señalado insistentemente el tiempo que han esperado las regiones. Se elige en las regiones al Presidente, al Core, alcaldes, concejales y congresistas, pero la primera autoridad de la región todavía se designa en Santiago. Los argumentos están dados, esta era la votación de la idea de legislar, y era bueno avanzar en mayor democracia regional. Al menos esta cámara en materia de competencias, que tanto se había señalado, esta misma Cámara ya se pronunció en su oportunidad.

El diputado señor Sabag votó favorablemente la reforma, porque si bien la norma no era perfecta, permitirá avanzar en descentralización. Creía que el país se ha construido de arriba hacia abajo, no de la base como en otras partes. Creía que era importante que los ciudadanos pudieran elegir a sus autoridades.

Recordó lo relatado en la sesión anterior, sobre el caso de Yasna Godoy, quien murió esperando un oncólogo para la provincia de Ñuble. En esa zona tienen que viajar a Concepción o Santiago para una quimioterapia. Estos son pasos decisivos para comenzar a pensar el país desde las regiones.

El diputado señor Saldívar justificó su voto a favor, expresando que en función de un fin superior, la descentralización del país, estaba a favor de la reforma. Si bien había aspectos que perfeccionar, que no era un proceso súbito ni espontáneo, estimaba que más allá de manifestarse escéptico en la posibilidad de avanzar, el compromiso de avanzar en respuestas a una sociedad que esperaba más democracia, creía que era un deber ético de todos los presentes.

Si a partir del mandato que se da, de alcanzar más democracia, se consigue, se habrá obtenido un logro que se tendrá que ampliar en el proceso que se llevará a cabo, para darle más sustancia a un proceso que transforme a Chile en un país distinto, y acabar con el centralismo. Si Santiago generaba una hipertrofia, el presidencialismo también era un fenómeno que atrofia a las regiones.

El diputado señor Andrade señaló que votaba favorablemente pero que, aun cuando no tenía las mismas confianzas que el diputado Monckeberg, prefería iniciar un proceso y la presión que tendrá, cualquiera sea el gobierno, de avanzar en el tema teniendo autoridades electas, será imposible de resistir, y por eso era tan necesario lo que se estaba votando.

El poder tiene una virtud y un defecto. Por Dios que costaba compartirlo, y para hacerse de él se debía presionar, no se entrega dadivosamente, y quien presiona debía tener legitimidad, y no hay mejor legitimidad que tener la adhesión de la ciudadanía mediante el voto popular. Por ello era necesario, no tenía buena impresión del entramado completo, tenía dudas y discrepancias en materias de transferencia, la ley de rentas regionales era un pendiente.

Pero le hacía más sentido ver los procesos por parte de las comunas, ahí había un déficit tremendo, pero había que comenzar pues esto incluso beneficiaba a la región Metropolitana, que es la que tiene el peor aporte per cápita por ciudadano en este país, era bueno saber que reciben el peor aporte de recursos públicos. Por eso pedía tener presente que esa autoridad pesará 7 millones de votos, y confiaba que a su futuro gobernador provincial le garanticen que en la distribución de los recursos para las regiones, se tuviera presente la cantidad de personas que representaba.

El diputado señor Squella señaló que era promotor de la descentralización, lo ha mostrado cada vez que ha sido necesario, pero lo que se les estaba pidiendo era consignar el voto en relación a este proyecto. No se entendió la discusión del Senado, y no quería ser parte de eso.

Pronunciándose en general prefería abstenerse, sin perjuicio que en la votación particular, veía que había ánimo para aprobarla y si ello se extrapolaba a la Sala, habría una reforma, quería que fuera lo menos malo posible. No quería que la gente después le diga que ella quería votar por la persona que ahí tiene el poder, y no por el que está encabezando las protestas. Por ello, se abstuvo.

El diputado señor Trisotti señaló que era un diputado de región, que creía en la descentralización y evidenciaba que se necesitaba más descentralización. Pero era difícil legislar a ciegas, con la sola expectativa que el gobierno cumpliría. Era de los que dudaba, le faltaba confianza sobre todo cuando son muchos los ejemplos de compromisos que no se han cumplido, en particular con la región de Tarapacá. Por ello, se abstenía.

El diputado señor Ceroni (Presidente) señaló que sería muy breve. Muchos han luchado por años por el tema de la descentralización. Junto a varios diputados trabajaron con Esteban Valenzuela y Von Baer, quienes dieron su opinión favorable, y no había duda que no era el ideal que se quisiera. Los profesores no estaban de acuerdo, pero esto era un paso significativo en la descentralización.

2.- Discusión Particular.

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para sustituir su texto por el siguiente:

“1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “secretarios regionales y secretarios provinciales;”.”

Puesta en votación la indicación fue aprobada por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

2) Reemplázase, en el literal e) del número 2) del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para sustituir su texto por el siguiente:

“2) Sustitúyese, en el literal e) del número 2) del artículo 52, la frase “intendentes y gobernadores;” por “secretarios regionales y secretarios provinciales”.”

Por su parte el Ejecutivo y el diputado señor Andrade presentaron indicaciones idénticas para incorporar al texto aprobado por el Senado a los “gobernadores regionales”.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para incorporar al numeral, luego del punto a parte, el siguiente texto:

“Y agrégase, en el párrafo cuarto el número 2), luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional”.”

Puesto en votación el conjunto de indicaciones fueron aprobadas por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

*************

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para incorporar un numeral 3) nuevo, pasando el 4) a ser 5) y así sucesivamente, del siguiente tenor:

“3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional”.”

Puesta en votación la indicación fue aprobada por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

**************

3) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales”.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para sustituir su texto por el siguiente:

“3) Sustitúyese, en el numeral 2° del artículo 57, la frase “intendentes y gobernadores;” por “Los gobernadores regionales, secretarios regionales y secretarios provinciales”.”

Puesta en votación la indicación fue aprobada por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

4) Reemplázanse los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

“14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

Puesto en votación el numeral fue rechazado por once votos en contra, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno a favor y ninguna abstención.

5) Sustitúyese el artículo 111, por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.

El diputado señor Coloma observó la redacción 'durara por el término de cuatro años, solo para el periodo siguiente'. Tenía dudas sobre el segundo período, un gobernador leerá y consultará si puede repostularse sólo una vez, o si en total solo podrá ejercer ocho años.

El ministro Eyzaguirre señaló que reelegido sería consecutivamente. Si no ganara en el segundo intento, podrá postularse en la siguiente elección.

El diputado señor Browne señaló que estando de acuerdo en aclarar el tema de la reelección, sería bueno tener el compromiso del Ejecutivo de avanzar en el tema de las reelecciones de las demás autoridades. No era presentable que los gobernadores regionales tengan esta prohibición, pero los parlamentarios no lo tengan. Desde el 10 de octubre de 2012, el gobierno se comprometió que en 2014 esto ya estaría aprobado, pero no se ha avanzado en el tema.

El ministro Eyzaguirre expresó que el sentido de la propuesta es que se tendría un régimen donde no pueda ocurrir que el gobernador pueda estar tres períodos consecutivos en el cargo.

El diputado señor Squella manifestó que estando de acuerdo con el sentido, podría tenerse a la vista el artículo 25 inciso segundo de la Constitución Política, a propósito de la situación del Presidente de la República, y que esa redacción se adaptase a esta situación.

El ministro Eyzaguirre señaló que no es claro si lo que se está planteado, que es un tema opinable, que a los ocho años debe dejar de ser, o que ocho y no más. Era un tema opinable.

El diputado Monckeberg, don Cristián, expresó que el ministro, en quien confía, señaló que había que ver qué es lo que se quiere, que se reelija solo una vez y nunca más, o si en cambio, se permitirá una ventana, y luego, que pueda volver a postular e incluso estar 8 años otra vez.

El Ejecutivo presentó indicación para intercalar en su inciso cuarto, entre las palabras “será elegido” y “por sufragio universal” la frase “conjuntamente con la elección de consejeros regionales”.

El diputado señor Cornejo consultó cuándo entrará en vigencia esto.

El Subsecretario de Desarrollo Regional señaló que la cuestión es que no importando la fecha, lo importante es que las elecciones vayan juntas.

El diputado señor Cornejo expresó que si no se aprueba esto ahora, no habrá ley para elegir gobernador regional.

El Subsecretario de Desarrollo Regional manifestó que la idea es amarrar la elección del gobernador al de los Core. La lógica es que si no hay el 2017, será el 2021, salvo que se modifique la fecha de elección de Core.

El diputado señor Andrade expresó que con la aprobación de esta norma, no podía haber elección de Core y gobernador por separado.

El diputado señor Coloma compartiendo la preocupación del diputado Cornejo, señaló que esto generará un segundo problema, que el año 2017 o en lo sucesivo, en la fecha de elección que coincidirá con la presidencial, se podrá tener cinco elecciones, presidente, gobernador, Core, senador y diputado. El Gobierno no ha sido capaz de darle domicilio para votar a la gente, y se estaba legislando apresuradamente porque están entusiasmados por sacar esta norma, pero cuando se tiene esto, y no se discute que esta elección vaya aparejada a la elección de alcaldes y concejales, esto será difícil de modificar, y por lo tanto se quedarán con cinco votos el mismo día, la gente no entenderá nada. Ya cuando fueron cuatro candidatos en un proceso electoral, fue un colapso.

El abogado de la División Jurídica del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio, explicó que, precisamente, para ordenar la elección territorial, es que el Ejecutivo ha ingresado la indicación. La fecha de la elección de Core no está en la Constitución Política, sino en la ley orgánica respectiva, que establece que las elecciones de los Core será en la misma de las parlamentarias. Ahora bien, es posible que dicha ley orgánica sea modificada para cambiar la fecha de la elección, la indicación no obsta a ello, lo único que busca el Ejecutivo es que la elección de Core y gobernador sea en un mismo acto electoral.

El diputado señor Coloma difirió, pues quedaría en la norma establecido el gobernador con el Core juntos, pero va a quedar en la Constitución que es cada cuatro años, y si se quiere el 2017, se tendrá que modificar en lo futuro para poder juntar la elecciones, cuando se quiera para el año 2020 juntar las elecciones de alcalde y gobernador, habrá que hacer una reforma constitucional. De forma indirecta, está amarrado el que habrá cinco elecciones.

El diputado señor Squella, con la intención de ordenar, señaló que le parecía que estaban todos de acuerdo que, independiente del momento específico, la elección del gobernador fuera al mismo tiempo que el Core. No era de los que creía que quedará aquí amarrado con las parlamentarias, y en el articulado permanente, debía quedar lo que debe quedar en estado de régimen.

Era de la idea de revisar, recogiendo lo planteado por el diputado Coloma. Lo que se discutió en su minuto fue que era más apropiado igualarlo con las elecciones municipales, y dejar las elecciones nacionales solo para la elección parlamentaria y presidencial, y lo que se refiere a las elecciones locales, municipales y regionales al mismo tiempo. En régimen, habría que votarla a favor, y el resto, verlo en los transitorios.

El diputado señor Andrade manifestó que le seguía quedando la duda, hasta donde entendía lo que se dispondría era que el Core y gobernador fueran electos el mismo día. Pero si por ventura, no tuviésemos la posibilidad para que esto fuera el 2017, se tenía un problema. Lo que sugería era que entendiendo la voluntad del Ejecutivo, lo que sugería era aprobar y disponer un transitorio siendo explícito, hay uno, pero no es explícito. Convenía que fuera explícito.

El diputado señor Cornejo expresó que si bien era cierto lo que dijo el asesor señor Osorio, que el tema está en la ley orgánica, si se consagra un mandato en la Constitución Política ello era de rango superior. El problema práctico era que si la elección de los gobernadores no se podía efectuar, no se daría cumplimiento a una norma constitucional.

El asesor señor Osorio señaló la fecha no está en la Constitución Política, y para poder poner en vigencia esto, se requiere un artículo transitorio que disponga en líneas generales, que aparte de la reforma a la Constitución, se permita poner en práctica esta situación. Si no se alcanzase aprobar para que opere el año 2017, rige igual tanto el artículo 113 como la ley orgánica, para que los Core puedan ser electos.

Puesta en votación fue aprobada por diez votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade y Squella, y la abstención del diputado señor Coloma.

La Secretaría recibió una indicación del diputado señor Browne, para reemplazar en el inciso cuarto del artículo 111, contenido en el numeral 5) del texto aprobado por el Senado, la frase “cuarenta por ciento de los votos” por la frase “cincuenta por ciento de los votos”.

El diputado señor Browne explicó que la argumentación era simple. La ciudadanía no va a entender que la máxima autoridad salga electa con el 40% y no el 50% de los votos, con una segunda vuelta en caso de no alcanzarlo, es un hibrido. Cuando se busca una efectiva descentralización, esta propuesta no aportaba en tal sentido.

El diputado señor Coloma manifestó que la argumentación tendría lógica si no hubiese alcaldes en el país, y ellos son la máxima autoridad en la comuna. Ello es un error, acababa de ingresar una indicación para que los gobernadores sean electos por mayoría simple, pues si el alcalde se elige con mayoría simple, había que conservar esa lógica.

El diputado señor González expresó que esta norma fue muy discutida en el Senado, que el gobernador tuviera suficiente representatividad, se permite que se exprese una mayoría significativa, que no requiere una mayoría absoluta para no hacer rígida la situación. Él respetaría ese acuerdo, pues si la norma era modificada, podía constituir una norma insalvable con el Senado. En esto participaron todos los sectores políticos, era insuficiente la mayoría simple, un gobernador podría ser electo con el 20% de los votos.

El diputado señor Andrade señaló que cuando se habla de un gobernador, será un contradictor del gobierno central, y el gobierno central se elige con mayoría absoluta y en segunda vuelta en caso necesario. No parecía razonable que entre autoridades que tendrán tensión, una autoridad tenga una legitimidad distinta a la otra, y agregó que era tan extraña la situación que era posible que un concejal tuviera más votos que un alcalde en la misma comuna.

Desde el punto de vista lógico, ello es una atrocidad, era un muy mal argumento, y no le parecía que al presidente del país se le exija una legitimad mucho mayor que al gobernador. Para que tuviera la adecuada legitimidad era interesante lo que planteaba Browne, solo por esta vez.

El diputado señor Squella expresó que si se trataba de legitimidad, lo que le asignaba legitimidad a la autoridad era cuantos participaban en el proceso, y habría que empezar a pensar en sus propias elecciones para que participen más personas. Incentivar la participación, ese es el camino de legitimar. Si en una segunda vuelta, alguien que ya dio su opción lo obligan a votar por una segunda opción para él, no sabía si eso dotaba de mayor legitimidad a ese electo.

El diputado señor Ceroni (Presidente) manifestó que uno era de la opinión del diputado Andrade, pero debía serse realista, y hubo que construir un acuerdo político, y por ello votaba en contra.

El diputado señor Andrade señaló que el fundamento para negarse a la reforma y lo que se busca es que tengan muchas competencias, porque será la autoridad, pero no daba lo mismo el quorum con que se elija.

Puesta en votación fue rechazada por los votos en contra de los diputados señores Ceroni, Coloma, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag y Squella, los votos a favor de los diputados señores Andrade y Saldívar, y ninguna abstención.

La Secretaría recibió, además, una indicación del diputado señor Coloma, para reemplazar en el inciso cuarto del artículo 111, contenido en el numeral 5) del texto aprobado por el Senado, la frase “cuarenta por ciento de los votos” por la frase “mayoría simple”.

Puesta en votación fue rechazada por los votos en contra de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Chávez, Andrade, Sabag y Saldívar, los votos a favor de los diputados señores Coloma, Monckeberg, don Cristian y Squella, y ninguna abstención.

El diputado señor Chávez presentó indicación para sustituir en su inciso cuarto la frase “para el período siguiente” por la frase “por un período”.

El Ministro Eyzaguirre señaló que la cuestión es que el gobernador no pueda estar más de dos períodos consecutivos, puede ser tres separados, pero no seguidos.

El diputado señor Ceroni (Presidente) sugirió que la redacción se revisara al final.

La Jefa de la División Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, señora Viviana Betancourt, expresó que si el ánimo es que la persona se desempeñe ininterrumpidamente ocho años, y una ventana, lo que viene del senado es correcto.

El diputado señor Coloma señaló que era un error establecer un 40% para la elección del intendente.

El diputado señor Chávez manifestó, solo para que se considere, la frase “durara cuatro años, pudiendo...”

Puesta en votación la indicación fue aprobada por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y la abstención del diputado señor Coloma.

El diputado señor Andrade presentó indicación para incorporar nuevos incisos séptimo, octavo y noveno, del siguiente tenor:

“Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.”

El diputado señor Squella manifestó que la cuestión estaba acotada a la acusación constitucional, pero por qué no plantearlo para la vacancia en general.

El diputado señor Ceroni (Presidente) manifestó que le asaltaban dudas, pues terminaría siendo una elección indirecta. Si se ha elegido popularmente, en realidad sería una forma indirecta para la segunda mitad del periodo, era una facultad muy potente.

El diputado señor Chávez estaba de acuerdo con la propuesta, se concuerda con la vacancia de la Presidencia de la República, que distingue entre más o menos de dos años, era una propuesta coherente. Estaba de acuerdo en quitarle el apellido en el caso de la vacancia, no dejarlo solo en caso de acusación constitucional.

El diputado Monckeberg, don Cristián, señaló que tenía dudas sobre la acusación constitucional en este caso. Lo lógico era que la fiscalización del gobernador regional fuera de los consejeros regionales, y no el Congreso Nacional el que vea la continuidad del cargo del gobernador. Había que tener un debate más de fondo, si se tendrá una discusión sobre la acusación, que ello sea de modo autónomo y más adelante.

El diputado señor Andrade manifestó que veía una voluntad que esta regla opere por cualquier caso de vacancia. Entendía que el problema podría estar en acotarlo a la acusación constitucional.

El diputado señor Ceroni (Presidente) observó que la regla sería igual a la regla presidencial.

El diputado señor Andrade sugirió que quedara en dos años.

El Ministro Eyzaguirre señaló que la opción del Ejecutivo habría sido evitar que figurara en la Constitución Política este tema, a favor de regularlo en la ley orgánica constitucional, pues así ocurre con los alcaldes, Cores, concejales, por ello sugería evitar esta discusión y reabrirla en el momento de la ley orgánica.

El diputado señor Squella expresó que le daba la impresión que cuando de un órgano se dispone su forma de designación en la Constitución Política, lo general, por no decir la totalidad, era que las causales de cesación debiesen estar en la Constitución Política. Los casos referidos están en la ley orgánica porque ahí es donde se regulan en su integridad, no como en este caso. Por ello, podría haber sido bueno tener constitucionalistas para revisar esta reforma a la Constitución.

Es más, las causales de cesación en el cargo también debieron quedar en la Constitución, pero el reemplazo, el decir cómo se llega a ejercer en caso de vacancia, si es que se va a ver una vacancia, debiese verse para todas.

El diputado señor Andrade manifestó que este era un punto político, el gobierno tenía interés en que el gobernador fuera una autoridad potente, con lógica de legitimad política y respaldo institucional, por ello debían entregarle normativa para bien y para mal, del mayor nivel y rango. Le causaba extrañeza que el Ejecutivo, que le está dando al gobernador un rango importante, sugiera que esto deba quedar en una ley de menor rango. Quería ser coherente con que era un personaje muy importante, y si no, mejor todo a la ley común. Era importante para todos los efectos.

El diputado señor Squella sugirió que se replique la regla presidencial.

El Ministro Eyzaguirre señaló que en esto no hay una sola regla, incluso los parlamentarios en su modo de remoción tienen un procedimiento especial. Era un tema opinable, si quieren que la forma de reemplazo de vacancia quede en la Constitución Política, que así sea, pero sugirió eliminar la referencia a la acusación constitucional.

El diputado señor Squella manifestó que la cuestión era replicar la regla presidencial.

Puesta en votación fue aprobada por ocho votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Sabag, Saldívar y Andrade, ninguno en contra y la abstención del diputado señor Chávez.

El diputado señor Andrade presentó indicación para sustituir el inciso final por el siguiente:

“La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ella.”

El diputado señor Squella consultó cuál era la diferencia con lo vigente.

El asesor de la bancada del Partido Socialista, señor Rodríguez, manifestó que el objetivo era salvar tres aspectos, lo relacionado con el numeral 4), que otorga competencia al tribunal constitucional, y los numerales 12) y 13), en relación a los artículos 124 y 125.

Lo primero era que las modificaciones, en relación al estatuto en incompatibilidades, había que entenderlo en el contexto de las autoridades. Elección popular nacional, estas causales están en la Constitución Política, pero en autoridades de elección regional, estas incompatibilidades, inhabilidades, el artículo 125 lo dejaba en manos de la ley orgánica, salvo el inciso segundo del 124, que dispone que los cargos son incompatibles entre sí.

Para todos esos supuestos, el órgano encargado de pronunciarse era el tribunal electoral. Esto se refuerza con el artículo 93 de la Constitución Política, que otorga competencia al tribunal constitucional, que habilita a pronunciarse sobre inhabilidades e incompatibilidades.

Las causales de inhabilidad de estas tres autoridades están completas en la Constitución Política, no en la ley orgánica, entonces, o hay un estatuto completo del gobernador en la Constitución Política, o había que remitir las cuestiones específicas a la ley orgánica.

Las modificaciones que se proponen al artículo 124 no serían necesarias, porque al discutir la ley orgánica ahí se van a discutir, e incluso aprobando esta normativa, se hace incompatible al momento de discutir la ley orgánica sobre el órgano encargado de pronunciarse sobre esta incompatibilidades, que por coherencia debiese ser el tribunal electoral y no el constitucional.

El asesor señor Osorio expresó que, coincidiendo con criterio señalado, solo cabía hacer una observación. Cuando se dispuso la referencia a los artículos 124 y 125, se referían fundamentalmente a que la Constitución Política vigente, dispone que la incompatibilidad es entre autoridades, y acá se adaptaba la nomenclatura y el 125, en la letra b), establece en el inciso tercero la pérdida o cesación en el cargo, por materia de probidad en las elecciones, por ello se hacía la referencia.

Ahora, el asesor tiene razón en que si la ley orgánica dispone las causales de cesación, el órgano competente no puede ser el tribunal constitucional sino que tendría que ser otro órgano, y la regla general es que sea el tribunal electoral o el Calificador de Elecciones, en primera o segunda instancia.

Secretaría de la Comisión propuso, a fin de integrar ambas posturas, la siguiente redacción:

“La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ellas.”.

Se aprobó la propuesta de secretaría

El asesor señor Osorio expresó que, habiéndose aprobado tal propuesta, se entendía rechazado el numeral 4), que daba competencia al Tribunal Constitucional, por incompatible.

El diputado señor Squella señaló que había que ser explícita, que si no se quería que la materia fuera conocida por el tribunal constitucional se dijera en tal sentido, y no porque quedara la materia regulada dentro de una ley orgánica constitucional.

El diputado Monckeberg, don Cristián, expresó que se debía recoger la voluntad de la Comisión, que no sea el Tribunal Constitucional el órgano competente.

Puesta en votación la indicación fue aprobada por doce votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Coloma, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

El diputado señor Chávez presentó indicación para incorporar un inciso final del siguiente tenor:

“Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

El diputado señor Squella señaló que estaba de acuerdo en el contenido, pero debiese ser tema de la ley orgánica. No era coherente dejar fuera de la Constitución las causales de cesación, e incluir las autoridades a quienes se debe invitar a la cuenta pública.

El diputado señor Andrade sugirió que quedara sólo la obligación de cuenta pública.

El diputado Monckeberg, don Cristián, recomendó que quedara la obligación, y no a quienes se debe invitar, pues eso es procedimental. Incluso para el Congreso Nacional se modificó la Constitución Política para que la rendición fuese obligatoria.

El diputado señor Trisotti consultó por qué en mayo, y no una vez al año.

El diputado señor Andrade señaló sobre mayo que no hay dogma al respecto, pero en mayo ocurría la cuenta pública nacional.

Puesta en votación fue aprobada por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

Puesto en votación el resto del numeral, esto es los incisos primero, segundo, tercero, quinto y sexto –referido al artículo 111 de la Constitución-, se aprobaron por doce votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Coloma, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

6) Derógase el artículo 112.

Puesto en votación fue aprobado por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

7) Modifícase el artículo 113, en la siguiente forma:

a) Reemplázase su inciso segundo, por el que sigue:

“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.”.

b) Suprímese su inciso quinto.

El diputado señor Chávez presentó una indicación para reemplazar en el literal a) del numeral 7) la frase “a cada uno de los consejeros regionales” por la frase “del consejo regional”.

El diputado señor Chávez señaló que la cuestión es que el Core tenga la facultad fiscalizadora, y no los consejeros.

El diputado señor Cornejo expresó que debía quedar claro que la facultad de fiscalización queda en el órgano colegiado, se establece una obligación de respuesta, que la facultad pertenece al concejo. La indicación del diputado Chávez se limita a que la fiscalización sea del consejo, pero debía quedar explicitado que al concejo le corresponde la atribución, debe existir la obligación de contestar, dejando a salvaguarda que individualmente se puede pedir antecedentes.

El diputado señor Squella manifestó que esa alternativa sería replicar el artículo 52 de la Constitución. Acá las facultades de fiscalización de los congresistas son nulas, no se pretende que los parlamentarios puedan fiscalizar a los gobernadores regionales.

En los actos de fiscalización de los diputados, alguno podría tener la intención de fiscalizar la gobernación regional. Estaba claro que en los secretarios regionales era comprensible, porque era de la cadena presidencial, pero en el entendido que habrá un paulatino trasvasije, le quedaba cojo el rol que tiene la Cámara, y esto quedará en la Constitución Política.

El Ministro Eyzaguirre señaló que lo que se tenía que tratar era evitar una sobrecarga. El contrapeso natural fiscalizador del gobernador era el Core y la Contraloría General de la República, por tanto, no parecía necesario que otro poder del Estado opere sobre un tercer sector. Al decir de von Baer, el gobernado regional administra, el que gobierna es el gobierno. Preferiría que por el momento a nivel constitucional no envolver a la Cámara de Diputados en el tema.

El diputado Cornejo sugirió que el desarrollo del tema quede el en la ley orgánica.

Puesto en votación el artículo, con la indicación, fue aprobado por diez votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

8) Reemplázase, en el artículo 114, la expresión “podrá transferir” por “transferirá”.

El Ejecutivo presentó indicación para eliminar el numeral 8).

El ministro Eyzaguirre señaló que el programa de transferencia de competencia implicaba un costo político que aparece justificado. Pero no se podía obligar al Presidente a que lo haga, por ello no podía ser na voz imperativa, por ello se propone la indicación.

El diputado señor González estimó que la fórmula del Senado era la adecuada.

Puesta en votación fue aprobada por ocho votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, Gutiérrez, don Hugo, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade y Trisotti, en contra de los diputados señores González y Monckeberg, don Cristian, y la abstención del diputado señor Squella.

9) Intercálase, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

El Ministro Eyzaguirre señaló que algo ya se había dicho en la mañana, que esto suscito confusión en el Senado. Lo que se dice acá es que habida cuenta que el traslado de competencias será poco a poco, gradual, y eventualmente no total, porque habrá cuestiones que no serán transferidas, siempre será necesario que se coordine a los servicios públicos no transferidos. No pasan inmediatamente, ni todo, al gobernador regional, por lo que se necesita quien determine la situación, pues de lo contrario, se entendería que todos los servicios pasarían a ser concentrados nuevamente.

El diputado señor Gutiérrez expresó que lo que le preocupaba era que habría dos figuras que podrían tener las mismas potestades, que se verían como similares, y ello de verdad generará una disputa de poderes. Lo que se vería razonable era que existan los delegados provinciales, pero no alguien sobre ellos, de lo contrario, se generará alguien con más potestades que el que elige la ciudadanía, y ello sí tendrá un efecto perverso. Si lo que se busca es que alguien coordine los servicios, y ese alguien será el delegado, que era el intendente actual, tendrá una serie de atribuciones e impedirá que el gobernador regional mande. Al final del día, lo que ocurrirá es que los senadores oficialista que hacen la política interna en la región, la harán a través del delegado regional.

El Ministro Eyzaguirre manifestó que, solo a modo de conversación, compartiendo el sustrato, y como está de itinerante entre Cámara y Senado, olvida donde ha dicho qué, pero era menester recordar que se está descentralizando, que no es lo mismo que el federalismo. En la OCDE más de la mitad de sus integrantes no son federales y tienen autoridades elegidas a nivel regional. Al haber estado unitario, el presidente debe tener una expresión regional incluso cuando termine la transición. Así Italia, Francia, Portugal, se tiene una autoridad presidencial en la región, típicamente para aquellas actividades que nunca, era cierto, nunca digas nunca, pero el tema militar, relaciones exteriores, seguridad interior no podían transferirse.

Cuando son órganos desconcentrados, tienen una expresión regional, por lo que era necesaria una figura a nivel regional que coordine los servicios desconcentrados a nivel regional Era coherencia administrativa, y lo que pasará es que coordinará más servicios el delegado presidencial, y cada vez más serán los coordinados por el gobernador regional.

El diputado señor Squella expresó que cuando se presentó el proyecto, consultó si había posibilidad de repensar la figura del delegado presidencial regional, en el entendido que habría delegados provinciales. La desconcentración del gobierno central, que hoy recae en autoridades regionales, convendría que fuera directamente a nivel provincial eliminando la figura del regional y el fantasma de la superposición de jurisdicciones.

Le hacía sentido para cuando un servicio público tiene aplicación más allá de una provincia, pero qué pasaría si, y recién entrando a materias de descentralización, con lo interprovincial que sea el primer paso de descentralización, y todo aquello que sea manejable al interior de cada provincia, sea desconcentrado en el delegado provincial.

El diputado Monckeberg, don Cristián, señaló que en la misma línea, y lo planteó ayer, en temas tan domésticos como los desfiles o actos oficiales, había maneras de ejercer bien o mal el cargo, pero estos cambios institucionales también se construyen sobre la lógica del buen ejercicio del cargo.

Ese era un punto, había que darle una vuelta a cómo administrar distinto las regiones, generar dos autoridades, dejaba fuera los temas de relaciones exteriores, defensa, son cuestiones indelegables, pero en administración del Estado, para eso existe el delegado o el intendente, y van a chocar. Lo que se plantea en relación a desconcentrar al interior de la región en gobernadores provinciales, eliminando el delegado regional, se podía aprovechar la figura de los seremi, y los seremi de gobierno que coordinen al resto de las seremi, pero crear una nueva figura, esto sí era duplicar cargos, funciones y presupuesto. Se le podría dar una vuelta.

No porque en Colombia y Francia, o Perú, que ha dejado bastante que desear en materia de regionalización, no la hicieron bien, no porque lo tengan creado será bula papal. La idea era buscar una alternativa distinta, se ha buscado por los parlamentarios, era posible indagar en ello.

El diputado señor Saldívar manifestó que aquí nos topamos con un problema que subyace en la conversación, que no ha sido explicitado. Chile tiene estructura unitaria, era muy presidencialista, el Presidente de la República que es el jefe del estado por esa misma condición debe tener delgados en el país que en su representación supervigilen, pues la responsabilidad final recae en el jefe de Estado.

Había que pensar en este proceso descentralizador, que regula las facultades que tendrán el gobierno regional o el delegado, en que había que pensar que el propio Presidente también tiene que desprenderse de algunas facultades. Resultaba incompatible un estado unitario presidencialista con la efectiva descentralización, con aspectos centrales para el desarrollo de la región. El tema era complejo, y las tensiones que se generarán no solo estarán en el centro a través de esta figura que se está conversando. Era muy importante poner rigor en este examen.

El diputado señor Ceroni (Presidente) señaló que lo que veía era que mientras no se cambie el sistema de gobierno, tener un sistema presidencialista que no tiene que ver con la descentralización, el Presidente debe tener representantes en cada región y provincia. El gobernador regional tiene que ver con darle atribución a las regiones para gradualmente asumir responsabilidades. Se debía cambiar todo el sistema de gobierno, quizás hacia uno parlamentario, quizás uno semi presidencial, pero ello era otra discusión.

El diputado señor Squella expresó que nadie dice que no tenga representación, sino que en lugar de 15 regionales, sean solo en las provincias. Alguien podrá decir que es más tarea coordinarse con 54, pero las figuras de los seremi no se alteraban, y lo que ocurría hoy era que cada seremi tiene más relación con su ministerio a la hora de tomar decisiones que con el intendente, salvo en las tareas que requieren más de una disciplina.

Lo que encontraba que sí resolvía de buena forma era empoderar a los provinciales, pues ello despejaba la sombra por quién es la autoridad máxima regional. Por más poder que tenga, serán menos los habitantes que tendrá dentro de su provincia, no serán los mismos que los que serán gobernados por la autoridad regional.

Lo único que no quedará resuelto, y si el Subdere los convencía, era que no sería aplicable por los temas de los servicios públicos que se aplican más allá de la provincia, pero esas cosas quizás podrían asignarse a los gobernadores regionales.

El Ministro Eyzaguirre manifestó que eran dos temas. Uno el que los gobernadores con los consejeros tengan una gobernanza propia y crecientes atribuciones al interior de la región. Otra cuestión distinta es cómo el Ejecutivo se organiza a lo largo del territorio. El poder presidencial, en Chile por una larga historia, tenemos el nivel presidencial, el nivel regional y el provincial, y no se puede borrar el nivel regional, porque hay muchas cosas de la llegada del Presidente al nivel regional.

Las políticas generales las hacen los ministerios y bajan al territorio a nivel de los seremi, no hay equivalente de eso a nivel provincial. Toda la organización de los servicios públicos que se transfieran están desconcentrados a nivel región, y se haría un salto gigante si de una plumada se pasara de Presidente a provincia, porque toda la bajada del Estado descansa inicialmente en región. Puede ser una discusión legítima, pero no se puede hacer de la noche a la mañana.

En todos los países en que hay descentralización, hay muchas experiencias, se da esta duplicidad por naturaleza. Cómo se puede proceder, tratando que la superposición no exista, la única forma que no hubiese tal superposición sería en un régimen absolutista, pero en la república se persigue que siempre haya pesos y contrapesos, existirá siempre una tensión, y si lo urticante era el nombre, era una discusión. Pero debía haber un descanso del nivel presidencial en el nivel regional, de lo contrario se borra el mapa de la autoridad ejecutiva.

El Subsecretario de Desarrollo Regional señaló que para complementar, la descentralización en un Estado unitario debía darse sobre el principio de la exclusividad de la competencia, y había tres niveles competenciales. Toda la descentralización se haría a partir de entregar competencia y recursos en fomento productivo, desarrollo territorial e infraestructura. Así, la seguridad del estado no estaba en el esquema.

Había otros niveles que debían seguir su normal desenvolvimiento e incluso de ello se sigue el éxito de la descentralización. El general de carabineros se vincula con una autoridad regional, la corte de Apelaciones, el Registro Civil, a todos les interesaba que esos servicios sean eficientes, que haya expedición en la atención al público y no se descentralizará esos servicios porque lo que se debía hacer era que fueran muy bien desconcentrados, pero con buena supervigilancia, para no perder calidad en el servicio.

Era ineludible que la experiencia comparada ha tenido evolución. Cuando se analiza el caso francés, donde el año 1981 u ‘82 el presidente Mitterrand transformó el estado central a descentralizado, se consagró el presidente del consejo regional y mantuvieron la figura del prefecto, y lo que ha evolucionado es que el prefecto ha perdido notoriedad.

El ministro aludió a lo no contemplado, el cómo se desconcentra mejor el estado en el territorio, y cabe el rol de los seremi en el futuro, o la macroregión, pero no se debía necesariamente tener esa estructura en todos los territorios, el gobierno central podría agruparse de manera distinta según la materia que le incumbe.

Por ahora, en los primeros años de instalación de los nuevos gobernadores, la necesidad imperiosa de que el gobierno central mantenga la unidad de ciertas materias implicaba el éxito del proceso.

El diputado señor Andrade señaló que esta era una discusión equivocada, este era un problema político. El problema era simbólico, ese era el punto, porque le resta credibilidad cuando permanece en la región una autoridad designada por el Presidente, que a la vista del ciudadano tiene más poder que el gobernador electo democráticamente. No si tiene más o menor transferencias.

Lo que había que hacer era una decisión política que se haga cargo de esta dificultad, todas las demás se pueden resolver. Esto puede ser una autoridad que vaya despareciendo, pero el tema no era qué pasara en cinco años más, el problema era hoy día, el carácter y profundidad del tema.

Reconociendo que había un conjunto de cuestiones de carácter regional, se requería una autoridad que represente al gobierno, ok, eso se aprobará, pero haría bien a la imagen, a la vocación del proceso, dejar fuera de toda suspicacia que la autoridad representativa no sea un contrapeso a la autoridad elegida democráticamente, pues tienen una legitimidad distinta.

El seremi de gobierno cumple esa tarea, que es quien subroga al intendente en su ausencia. Así, podría asumir la totalidad de tales funciones. En el ámbito de la región, el seremi se puede entender con la corte de Apelaciones, le pueden pedir autorización para los desfiles, todas las cosas, y es una autoridad que ya está construida y no aparece como la antítesis que vamos a elegir, diremos “pueden elegir pero le pondremos este funcionario al niño que lo va a vigilar”.

Como evitar eso, eso era relevante, los procesos de descentralización cuando había desconfianza debían tener símbolos nítidos, y para eso podría el seremi ser el representante a nivel regional del Presidente.

El diputado señor Cornejo no corregiría al diputado Andrade, sino que profundizaría en lo mismo. Debía existir una autoridad, como se llame que es la proyección presidencial en el territorio, eso estaba fuera de discusión, si no estaríamos caminan hacia un estado no unitario, que las regiones tendrían policías propias, eso no se discute acá.

El tema era político, pero también estético. Que distintos servicios de la región no dependerán de él implicará que, cuando le pidan una obra pública, tendrá que decir que eso no era de su competencia, todo será del delegado presidencial. En la práctica coexistirá una autoridad electa democráticamente, electo por las personas para que resuelva problemas, que en la práctica no podrá resolver las demandas legítimas de las regiones.

Lo que puede eventualmente producirse es una coexistencia tensa. Esto se puede entender acá, pero era complejo explicarlo a la ciudadanía en un tiempo más la naturaleza de la autoridad que se elegirá, que estará impedida de actuar en plenitud.

Si mañana el gobernador llama al director de Serviu, y le dice que estima necesario pavimentar la avenida España en Valparaíso, el director Serviu le podría “decir yo me entiendo con el delegado provincial”.

El Subsecretario de Desarrollo Regional manifestó que cabía hacer una distinción entre la situación en régimen y durante el período de transición. En régimen, tendrá tres bloques de competencia, mientras tanto, se definió un mecanismo que resuelve el tema de la coordinación, el anteproyecto regional de inversiones, ahí tiene que haber una decisión.

El diputado señor Cornejo consulto si puede haber un conjunto de inversiones en esos temas.

El Subsecretario de desarrollo Regional, señaló que eran temas solo de inversión física los que se hablan cuando se habla de inversión.

El Ministro Eyzaguirre expresó que con todo el respeto, los argumentos han sido consistentes, pero todos estábamos mentalizados en una mentalidad presidencialista, en el sentido que hay una autoridad que “incuestionablemente la lleva”, esa era la forma que hemos vivido 200 años. Cuando el país decide descentralizar, pero seguir unitario, se debía asumir que se funcionará de otro modo, y que determinadas decisiones emanaran de arriba hacia abajo, y otras, de abajo hacia arriba. Va a coexistir esto, no cabía mentirse, lo contrario sería que habrá autoridades únicas.

O es un sistema como el que conocemos, o lo otro es federalismo. Cuando se va a modelos híbridos, que era necesario con una democracia horizontal, se tendrá que ver que habrá un representante del Presidente en cada región, pues el presidente tendrá un conjunto de atribuciones, y otro conjunto de cuestiones serán del gobierno regional, que emanará del electorado de la región, era un modelo de doble entrada.

Había que comenzar a pensarlo de otro modo si se quería avanzar en descentralización, pues lo otro es quedarse tal cual, o irse al federalismo completo.

El diputado señor Cornejo señaló que no quería abrir una polémica, entendía que debían coexistir los órganos, pero coexistir dos autoridades en un país que no tiene esa cultura, generará tensiones políticas. La seguridad pública no se estaba discutiendo, era así y estaba claro que fuera así, pero cuando el gobernador quisiera hablar el tema con el ministro del Interior, el ministro podría decir 'ese tema lo veo con el delegado'.

No solo se veía una aprehensión, que la hay, pero lo que pasaba era que el tema de los contrapesos funcionaba cuando había separación de poderes públicos, y en este caso no había un contrapeso, lo que hay son dos autoridades con facultades distintas que trabajan en un mismo espacio físico.

No debería por qué haber un mecanismo de solución de conflicto, aun cuando no exista el conflicto en la ley. Habrá un gobernador regional con el 50% de los votos y habrá materias en las que no se podrá meter, habría que decir eso antes de postular.

Por último, habría que decir que la influencia política eterna a la región no se manifestará en el gobernador, sino en el delegado presidencial. Por ejemplo, que había parlamentarios, senadores, u otros actores que opinan sobre la designación de las autoridades regionales.

El Ministro Eyzaguirre manifestó que no había escuchado nunca algo como eso.

El diputado señor Cornejo expresó que esto debía quedar expresado en la historia de la ley, debía quedar registrada esa aprehensión.

El Ministro Eyzaguirre El señaló que el diputado Cornejo había puesto un punto relevante, no era posible estructurar de modo científico que de aquí a la izquierda será de tu competencia y de acá, lo otro, y por ello se opusieron a un cronograma. Porque como bien dijo el diputado Cornejo, esto será objeto de negociación y experiencia, y cuando haya problemas ambientales o sociales, o del más diverso tipo, y algunas competencias las tenga uno u otro, la propia experiencia dará cuenta que esas materias son indivisibles y debiesen estar en una sola mano.

Por ello, al ver las competencias, se ha visto una forma de solución de competencias, y la práctica dirá como se verá en terreno, qué cuestiones son indivisibles, eso se verá en la práctica. Desde el momento que se ve que todos los poderes están adscritos en el intendente, todo descansa regionalmente en el intendente y el seremi, no puede de la noche a la mañana tener claridad qué resultará competencia de uno u otro.

Rabindranath Quinteros durante el debate en el Senado, señaló que cuando comenzó a ser intendente, tenía alcaldes que eran de la dictadura, y fueron encontrando campos de colaboración. Sin convivencia, solo a punta de conflicto, se tendría una parálisis. Si no somos capaces de transitar a un proceso de descentralización que tendrá conflictos, francamente entendía las aprehensiones, pero no veía otra solución. Será la práctica la que demostrará que se cortó incorrectamente el paño, y habrá que corregir.

El diputado señor Chávez expresó que ya se ha planteado el punto, y se puede compartir en un sentido u otro. Esto era parte de la distribución del poder y de la profundización democrática de la autoridad regional. Compartiendo el diagnóstico, el deber era aminorar lo más posible el eventual conflicto. Entendiendo que habría un aprendizaje, pero debía aminorarse.

Entonces, cuál era el tema práctico. Cuando el gobernador, investido de una representación regional no pueda revolver cuestiones prácticas, lo que se verá será minar su legitimidad, y ello era complejo. Tampoco había que mentirse ni pasarse películas, había un riesgo que los delegados intenten hacer paralelismo político en sus regiones. Se puede decir que eso no es malo, pero el problema que se produciría era el problema de tener un buen gobierno.

Para dibujar soluciones. Por ejemplo no le gustaba la solución propuesta por el diputado Andrade, solo cambiaba el sujeto, el seremi será el empoderado, dejaba el problema igual. Estimó que la solución pudiese ir por forzar lo más posible la coordinación de la actividad nacional con el gobernador regional. En este caso, en el artículo 111 cabía revisar que debía entenderse por relacionamiento, si solo para informar, o que el ministerio hará ‘x’ programa de inversión, se relacionará no solo para informar, sino si también para construir un acuerdo.

En esta situación, estamos en un estado unitario, se quería perseverar en ello, pero había contradicciones, era partidario de otra cosa, en este entendido la solución, se imaginaba, debería ir en forzar esta relación entre el gobernador y el delegado presidencial, esa era la única alternativa. Se han insinuado las asignaciones regionales de inversión, pero no se ha dicho que el Core incluso puede rechazarlo, entonces, se establece una especie de quiebre que deberá solucionarse, pero hay facultades que serán conocidas por el delegado que no se refieren a cuestiones presupuestarias, puede haber otras, se imaginaba algunas, y podría producir un problema de convivencia, y el problema puede erosionar la legitimidad del gobernador, frustración no solo en quien ostenta el cargo, sino en la ciudadanía.

Esa era la reflexión que daba vuelta acá, y la cuestión era buscar los mecanismos o fórmulas para que ello se produzca lo menos posible, y que sea lo menos dañino para lo que se plantea.

El diputado señor Gutiérrez señaló que el estado-nación estaba resguardado, las fuerzas de orden, seguridad, defensa, relaciones exteriores seguirían en el nivel central, la jurisdicción siguen siendo nacional, las leyes también, la unidad estaba preservada. Consultó que más habría que preservar.

La pregunta, para que quedara en la historia fidedigna, es que hoy la autoridad regional era el intendente. La pregunta era si la autoridad regional será el gobernador regional, o se llamará delegado presidencial, quien será la primera autoridad. Entendía que este proyecto era para crear el gobernador regional, no recordaba mucho, pero creía que esto ya se discutió en la ley de transferencias.

En lo que a uno le preocupaba, era quien sería la primera autoridad regional, y este proyecto debió ser más mínimo, y todo el tema relacionado con competencia debía ser tema de la ley orgánica sobre transferencia. Se había debatido sobre una figura que se crea a propósito de que se puede elegir a un gobernador regional.

Aparte de lo estético, la gente no entenderá. Si habrá facultades que tenga el gobernador que queden condicionadas a lo que diga el delegado presidencial, si habrá facultades que va a tener el día de mañana el gobernador regional que estén condicionadas a un sí del delegado. Quería preguntarlo, no estaba aseverando nada. Le interesaba que el gobernador fuera la primera autoridad de la región, Chile era un país unitario, y son suficientemente potentes las cuestiones del nivel central para que haya dudas en el tema.

Si se permitiera hacer normas jurídicas para el buen funcionamiento regional cabría la observación, pero nada de eso se está discutiendo. Esto es una reforma que crea el gobernador regional, pero parece que fuera un proyecto para crear el delegado presidencial, cuando lo prioritario debió ser el gobernador regional. Lamentablemente la centralidad está en el tema del delegado, por un tema estético, pues lo es.

Si se dice que la respuesta era negativa a la pregunta condicionada, pero si no era así, por los gestos que hacen los invitados, sería distinto. A la ciudadanía le podría parecer inconveniente tener la figura planteada, y ahí habría que ver qué competencia se dará al delegado, y por ahora concentrarse en el gobernador. Parecía que era una figura para controlarlo de que cometa exabruptos.

Consultó si no habría sido más sano discutirlo en la ley de transferencias. Se le dio una serie de facultades al intendente en la ley de transferencia, y que ahí se hubiese cambiado el nombre y tenido la discusión, pero se ve poco presentable discutir la elección popular de la primera autoridad, pero acompañado por este delegado.

El diputado señor González manifestó que lo primero era reconocer el problema, entre la autoridad que se quieren crear, las dos autoridades, y que ese tema de relación había que resolverlo lo mejor posible, sabiendo que tensiones siempre va a haber, y descoordinaciones en el estado unitario hoy ya ocurren.

Estimó que debía distinguirse las dimensiones del problema, que era el carácter simbólico, el que se crea una figura nueva que parecía muy potente y parecía concentrar la competencia, facultades y poder que tiene el intendente actual. El primer problema era que cuando se cambiaba el nombre de intendente a gobernador, pareciera que no se resalta y no se estaba potenciando el rol de esta nueva autoridad, la imagen pública era que el intendente era el que tenía el poder en la región.

Así, uno de los primeros asuntos, por la eminencia de dignidad y fuerza que tiene el cargo, sería volver a pensar en que el nombre que se le ha dado, para mejor resolver, cabría volver al uso de la voz intendente, porque ese es el nombre que la gente entiende que tiene el poder, eso es lo simbólico.

Lo otro, es la distribución de competencias. Había que ver las transferencias que el gobierno propone que se logre con la creación del gobernador regional, y había un campo muy importante de entender, que ha tratado de entender a fondo, y se refiere a las de planificación de la región, de ser capaz que en distintos ámbitos el gobierno regional de modo unificado tenga competencia tanto a nivel de ordenamiento territorial, como un plan de transporte de la región, un plan de desarrollo productivo, y un plan de desarrollo de vialidad, la infraestructura de todo lo que es el sistema de movilidad urbano. Si esos planes son bien hechos, sería un éxito.

Si todo lo que ocurre en la región, y que depende del gobernador y de los servicios públicos que son dependientes del Presidente de la República, queda explicitado en los planes, en el plan de desarrollo económico, sobre el sistema productivo, la vocación productiva de la región, y se establece por ley que ello debe quedar dentro de las políticas nacionales y que no pueda ser modificado, sería un campo común en que no pueden intervenir los seremi, era un campo donde la determinación del poder de decisión y lo que se haga en la región será determinado por el gobierno regional.

Todas aquellas facultades de planificación y ordenamiento, que se entregan, son funcionan para el conjunto del aparato del Estado, y no solo bajo la dependencia del gobernador

Un tercer elemento, debiera aplicarse la idea de coordinación. El Estado necesita coordinación entre la autoridad elegida y la delegada. En ese sentido, dentro de esa obligación de coordinación, debiese haber una instancia, un espacio, que obligue a coordinarse a la autoridad elegida entre el estado unitario y la autoridad elegida.

En ese sentido, el concentrar la autoridad que tiene el seremi de gobierno interior, ello ayudaría a solucionar el tema de imagen de un poder paralelo.

El Ministro Eyzaguirre, sobre la dependencia, los servicios públicos que dependan de ambos, el léxico era el mismo, se relacionan coordinadamente. Sobre cambios en la esfera simbólica. Quien crea que el conflicto era evitable, no estaba de acuerdo con esa persona, cuando las colonias fueron tomando grados crecientes de independencia, actuaban y tenían una suerte de delegado del rey, que era una persona no grata.

La tensión entre los Cores y el intendente era real, ya tenemos un problema. Recordó que fue ministro de Hacienda, lo más cercano al sueño del déspota ilustrado, y señaló que este problema será peor, porque cada vez más el delegado será alguien non grato, pero debía comenzar a caminar ahora. Sea cual sea la solución sobre el tema de las pensiones, no creían que algunos no seguirían gritando contra las AFP. Se ha hecho un tremendo cambio en la lógica de la educación, y se sigue con el voucher. El problema persistirá, y se puede elegir regularlo bien, o creer que no existe.

En el proyecto de competencias se debía tener la mayor claridad posible para saber qué hace quien, pero no había alternativas. Para lo simbólico estaban disponibles, pero una concepción distinta no lo era. Lo otro era tirarse al vacío en una especie de federalismos.

El diputado señor Ceroni (Presidente) manifestó que esto era relevante, ha habido discusión pero ninguna propuesta concreta de reforma. Aquí el problema era que si no se pone en votación, no se puede continuar con la discusión, el proyecto íntegro se basaba en esto y lo ya aprobado.

El diputado señor Andrade conminaba al ministro a no darse por derrotado. Por alguna razón, que no es técnica, se cambió la voz intendente, y ello no tiene relación con el intendente, era esencialmente simbólico, y uno era consiente por eso.

Pero la cuestión era cómo colaborar. Imagínese al gobernador de su región, a los delegados provinciales de sus provincias, el delegado provincial Cordillera representará dos millones de personas, de eso se hablaba, por dios que era relevante lo simbólico. No había escuchado al gobierno por qué no el seremi, pero aun no escucha por qué no el seremi.

Si se dice que el seremi no, porque es designado por el Presidente, ya tiene la facultad de subrogar el intendente cuando no está, tiene nivel de coordinación, enfrenta los problemas cuando los intendentes no dieron el ancho, la cuestión era hablar las cosas como son.

No se podía evitar las fricciones, pero sí se podía trabajar para que el tema no fuera tan complejo, ¡ay señor!, si el supremo gobierno dice que el seremi no por... habría alguna razón, quizás haya alguna explicación.

El Subsecretario de Desarrollo Regional expresó que se debía seguir un cierto diseño, y lo que se descentraliza es el ministerio del Interior, porque las facultades del intendente se relacionan a través del ministerio del Interior. Se podía estar de acuerdo en lo simbólico, se le cambia el nombre del delegado a un seremi, pero ello requiere, ya habría que modificar la estructura de la Secretaría General de Gobierno, y no sabía si era conveniente mejorar las dos figuras que se creaban o esa propuesta. Si lo simbólico era tan importante, la discusión era sobre cuál sería el nombre de esa figura.

Se discutió durante un año sobre el nombre. La propuesta del gobierno era mantener intendente para el gobernador regional, así se firmó la reforma constitucional, pero después de una larga discusión se acordó que el nombre debía ser gobernador regional para el electo, se acudió a la semántica del concepto, se revisó la historia para resolver el problema simbólico, pero el tema de las facultades o se corre para allá o acá, pero alguien debe tener las facultades.

Parecía ser claro que se requiere una figura del Presidente en la región, no de un ministro, entonces, ahí hay una diferencia. Una solución sería llamarse secretario regional coordinador, y ahí habría una solución, o secretario regional. Si eso solucionaba, no veía problema.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para sustituir en el texto del artículo 115 bis, del numeral 9), las referencias a “delegación presidencial regional” por “secretaría regional”, “delegado presidencial regional” por “secretario regional”. Y para incorporar, en su inciso segundo, luego de la palabra “región” una coma.

Puesto en votación el artículo con la indicación, fue aprobado por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

10) Modifícase el artículo 116, en los siguientes términos:

a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Efectúanse, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

i. Sustitúyese la voz “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente”, las dos veces que aparece, por la locución “delegado presidencial regional”.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para sustituir en el inciso primero del artículo 116, del literal a) del numeral 10), las referencias a “delegado presidencial regional” por “secretario regional”, a “delegación presidencial provincial” por “secretaría provincial”, y “delegado presidencial provincial” por “secretario provincial”.

Y para sustituir en su literal b) la expresión “delegado presidencial provincial” por “secretario provincial”, y delegado presidencial regional por secretario regional”.

Puesto en votación el artículo con la indicación, fue aprobado por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

11) Modifícase el artículo 117, del modo que sigue:

a) Reemplázase el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación para sustituir la expresión “delegados presidenciales provinciales” por “secretarios provinciales”.

Puesto en votación el literal con la indicación, fue aprobado por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por “encargados”.

Puesto en votación el literal, fue rechazado por once votos en contra, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno a favor y ninguna abstención.

12) Sustitúyese el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

Los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, presentaron indicación al artículo 124, propuesto en el numeral 12), para sustituir la expresión “delegados presidenciales regionales” por “secretarios regionales” y “delegados presidenciales provinciales” por “secretarios provinciales”.

El asesor señor Osorio señaló que actualmente, el artículo 124 de la Constitución Política reconoce esta atribución al intendente y al gobernador, ellos tienen fuero, y se dispone que deben ser desaforados. Así, lo que estableció el proyecto era agregar al gobernador regional electo la prerrogativa del fuero. No era el único caso en que se reconocía diversas calidades de fuero, los ministros de Estado tienen el fuero civil, cuando son demandados civilmente el Senado debe pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción.

El diputado señor Ceroni (Presidente) expresó que estaba claro el tema.

El diputado señor Andrade manifestó que los designados no debían tener fuero.

Puesto en votación la indicación, fue aprobada por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

El diputado señor Andrade presentó indicación para modificar el numeral 12 del artículo único, que sustituye el artículo 124, de la siguiente forma:

1.- suprímese en el inciso sexto la expresión “delegado presidencial provincial”, y la coma que le precede.

2.- suprímese en el inciso sexto la expresión “o designación, según sea el caso”.

3.- suprímese en el inciso séptimo la expresión “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial” y la coma que la precede.

4.- suprímese en el inciso octavo la expresión ““delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial” y la coma que la precede.

Puesto en votación el artículo con la indicación, fue aprobado por siete votos a favor, de los diputados señores González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, y cuatro en contra, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, Chávez y Sabag.

13) Introdúcense, en el artículo 125, las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero, la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase, en el inciso tercero, la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

Puesto en votación el numeral, fue aprobado por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

14) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 126, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

Puesto en votación el numeral, fue aprobado por once votos a favor, de los diputados señores Ceroni, Cornejo, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, ninguno en contra y ninguna abstención.

15) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 115 bis entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al delegado provincial que corresponda, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el presidente del consejo regional permanecerá en funciones.

Igualmente, mientras no ocurra la asunción de los gobernadores regionales, los intendentes designados por el Presidente de la República seguirán sujetos a las normas de los artículos 32, 52 y 57 de esta Constitución.”.”.

El Ejecutivo presentó indicación para sustituirlo por el siguiente:

“VIGESIMOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente referidas al delegado regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.

El Ministro Eyzaguirre señaló que lo que estableció el Senado, como explicó en la mañana, fue que se opusieron a dar la unanimidad para ingresar la indicación que estaba ahora en discusión, sobre que la secuencia de aprobación sea primero aprobar la ley de transferencias de competencias, y una vez ello, se puede ingresar la ley de elección de gobernadores regionales. Por eso, habida cuenta que no había ninguna relación lógica entre una cosa y otra, se planteaba esta indicación. Eso lo primero.

Lo segundo, habida cuenta que los Core fueron aprobados para ser electos el año 2013, tenemos una coincidencia en la elección presidencial, de diputados, senadores, consejero regional y ahora gobernador. Ya se resolvió que gobernador y consejeros sean el mismo año. Había quienes han argumentado, no sin fundamento, que la coincidencia fuese con alcalde y concejales, para que en otra fecha ocurran las elecciones nacionales.

Esta reforma lo que pretende es que se pueda ver una forma de recalendarizar, y así pueda haber elecciones el año 2017 y 2020, por ejemplo. Si no lo hacían acá, no se podrá recalendarizar a lo futuro.

El diputado Monckeberg, don Cristián, observó dos cosas, sobre redacción y los argumentos. La redacción del primer inciso, no sabía si técnicamente era viable, el papel aguanta todo y si se tiene los votos, ok, pero era raro que una reforma constitucional disponga que ella entrará en vigencia una vez que todas las leyes que la desarrollan entre en vigor. En caso de no estar esas leyes, se echaba todo por tierra, quizás no estaba bien lograda la redacción, era difícil entender que la reforma dependerá que produzca efecto el que sean electos.

Puesta en votación la indicación fue aprobada por diez votos a favor, de los diputados señores Ceroni, González, Gutiérrez, don Hugo, Monckeberg, don Cristian, Chávez, Sabag, Saldívar, Andrade, Squella y Trisotti, y la abstención del diputado señor Cornejo.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.

Vuestra Comisión no declaró inadmisible ninguna indicación, sin embargo, rechazó los siguientes numerales del artículo único e indicaciones:

1.- El numeral 4) del artículo único del texto aprobado por el Senado.

2.- Indicación del diputado señor Coloma, para reemplazar en el inciso cuarto del artículo 111, contenido en el numeral 5) del texto aprobado por el Senado, la frase “cuarenta por ciento de los votos” por la frase “mayoría simple”.

3.- Indicación del diputado señor Browne, para reemplazar en el inciso cuarto del artículo 111, contenido en el numeral 5) del texto aprobado por el Senado, la frase “cuarenta por ciento de los votos” por la frase “cincuenta por ciento de los votos”.

4.- El literal b) del numeral 11) del artículo único del texto aprobado por el Senado.

V.- ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

Vuestra Comisión incorporó las siguientes adiciones y enmiendas al texto aprobado por el H. Senado:

Artículo único

N°1

Se reemplazó la frase “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales” por la frase “secretarios regionales y secretarios provinciales;”.

N°2

Se reemplazó por el siguiente:

“2) Introdúcense en el número 2) del artículo 52, las siguientes enmiendas:

a) Reemplázase en el literal e) la expresión “intendentes, gobernadores” por “gobernadores regionales, secretarios regionales, secretarios provinciales”.

b) Agrégase, en el párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional,”.

N°3 (nuevo)

Se agregó el siguiente N°3, nuevo:

3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional”.

N°3 (pasó a ser N°4)

Se remplazó por el siguiente:

“4) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los secretarios regionales, los secretarios provinciales”.”.

N°4

Lo suprimió.

N°5

Se introdujeron las siguientes enmiendas:

a) En el inciso cuarto del artículo 111, contenido en este numeral, se incorporó a continuación de la expresión “elegido” la frase “conjuntamente con la elección de consejeros regionales,”. Y se sustituye, la frase “para el período siguiente” por la frase “por un período”.

b) Se agregaron al mismo artículo los siguientes incisos 7°, 8° y 9°:

“Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.”.

c) El inciso 7° del mismo artículo 111, que ha pasado a ser inciso 10°, se reemplazó por el siguiente:

“La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ellas.”.

d) Se agregó al referido artículo 111, el siguiente inciso final:

“Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

N°7

Se reemplazó la frase “a cada uno de los consejeros regionales” por la frase “del consejo regional”.

N°8

Lo suprimió.

N°9 (ha pasado a ser N°8)

Se introdujeron las siguientes enmiendas:

a) En el inciso primero del artículo 115 bis, contenido en este numeral se reemplazó la frase “una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional,” por la frase “una secretaría regional, a cargo de un secretario regional,”.

b) Y se reemplazaron las expresiones delegado presidencial” por la expresión “secretario”.

N°10 (ha pasado a ser N°9)

Se reemplazaron en el inciso primero del artículo 116, contenido en este numeral, las expresiones “delegación presidencial” por la palabra “secretaría” y las expresiones “delegado presidencial” por la palabra “secretario”, todas las veces que aparece.

N° 11 (ha pasado a ser 10)

Se reemplazó la expresión “delegados presidenciales provinciales” por la expresión “secretarios provinciales”. Se rechazó su literal b).

N°12 (ha pasado a ser N°11)

Se reemplazó en el artículo 124, contenido en este numeral, la expresión “delegado presidencial” por la palabra “secretario”, todas las veces que aparece. Y, suprimió en el inciso sexto la expresión “delegado presidencial provincial”, y la coma que le precede, la frase “o designación, según sea el caso”, en el inciso séptimo la expresión “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial” y la coma que la precede, y en el inciso octavo la expresión ““delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial” y la coma que la precede.

N°15 (ha pasado a ser N°14)

Se sustituyó por el siguiente:

“14) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGESIMOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente referidas al delegado regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.”.

VI. TEXTO DEL PROYECTO TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “secretarios regionales y secretarios provinciales;”.

2) Introdúcense en el número 2) del artículo 52, las siguientes enmiendas:

a) Reemplázase en el literal e) la expresión “intendentes, gobernadores” por “gobernadores regionales, secretarios regionales, secretarios provinciales”.

b) Agrégase, en el párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional,”.

3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional”.

4) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los secretarios regionales, los secretarios provinciales”.

5) Sustitúyese el artículo 111, por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

El gobernador regional será elegido conjuntamente con la elección de consejeros regionales, por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo por un período.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.

“La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ellas.”.

Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

6) Derógase el artículo 112.

7) Modifícase el artículo 113, en la siguiente forma:

a) Reemplázase su inciso segundo, por el que sigue:

“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras del consejo regional, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.”.

b) Suprímese su inciso quinto.

8) Intercálase, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una secretaría regional, a cargo de un secretario regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El secretario regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El secretario regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al secretario regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

9) Modifícase el artículo 116, en los siguientes términos:

a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una secretaría provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del secretario regional, y estará a cargo de un secretario provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el secretario regional ejercerá las funciones y atribuciones del secretario provincial.”.

b) Efectúanse, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

i. Sustitúyese la voz “gobernador” por la expresión “secretario provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente”, las dos veces que aparece, por la locución “secretario regional”.

10) Reemplázase en el artículo 117 el vocablo “gobernadores” por “secretarios provinciales”.

11) Sustitúyese el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado secretario regional o secretario provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, secretario regional y secretario provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, desde el día de su elección, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, quedará el gobernador regional imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

12) Introdúcense, en el artículo 125, las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero, la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase, en el inciso tercero, la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

13) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 126, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

14) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGESIMOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente referidas al delegado regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.

Tratado y acordado en sesiones de 11 y 12 de octubre de 2016, con la asistencia de los diputados señores Ceroni, don Guillermo; Coloma, don Juan Antonio; Cornejo; Gutiérrez, don Hugo; Monckeberg, don Cristián; Rincón, don Ricardo; Sabag, don Jorge; Saldívar, don Raúl; Soto, don Leonardo; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo.

Asistieron, además, la diputada señora Loreto Carvajal en reemplazo del diputado señor Farcas, el diputado señor Osvaldo Andrade en reemplazo del diputado señor Soto, el diputado señor Marcelo Chávez en reemplazo del diputado señor Rincón, y el señor Rodrigo González en reemplazo del diputado señor Farcas.

Asimismo, concurrieron al debate la diputada señora Paulina Núñez y los diputados señores Becker, Browne, Jiménez, León, Pérez, don Leopoldo y Schilling.

Sala de la Comisión, a 12 de octubre de 2016.

Mario Arturo Rebolledo Coddou

Secretario (a) de la Comisión

2.2. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 12 de octubre, 2016. Oficio

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DISPONE LA ELECCIÓN POPULAR DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO REGIONAL (BOLETÍNES N° 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06, 10.443-06, REFUNDIDOS).

________________________________

Santiago, 12 de octubre de 2016.

N° 188-364/

Honorable Cámara de Diputados:

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.

En virtud de mis atribuciones constitucionales, vengo en formular la siguiente indicación al proyecto de reforma constitucional del rubro, a fin de que sea considerada durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

AL ARTÍCULO ÚNICO

1) Para sustituir el número 2 por el siguiente:

“2) Reemplázase, en el literal e) del número 2) del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores” por “gobernadores regionales, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

2) Para intercalar, en el inciso cuarto del artículo 111 propuesto en el número 5; entre las expresiones “será elegido” y “por sufragio universal” la frase “conjuntamente con la elección de consejeros regionales,”.

3) Para eliminar el número 8.

4) Para sustituir el número 15, que ha pasado a ser número 14, por el siguiente:

“14) Agrégase como disposición vigesimooctava transitoria la siguiente:

“VIGÉSIMOOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al delegado provincial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.”.

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA

Presidenta de la República

MARIO FERNÁNDEZ BAEZA

Ministro del Interior y Seguridad Pública

NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN

Ministro Secretario General de la Presidencia

2.3. Informe de Comisión de Gobierno

Cámara de Diputados. Fecha 26 de octubre, 2016. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 88. Legislatura 364.

?CERTIFICADO

El abogado secretario de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización que suscribe, certifica:

Que el texto que se acompaña, debidamente autenticado, contiene el articulado íntegro del proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, originado en mensaje de su Excelencia la señora Presidenta de la República y en mociones de los Honorables Senadores señora Pérez San Martín y señores Guillier, Horvath, Quinteros y Zaldívar; Honorables Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela y Honorables Senadores señores Chahuán y García Huidobro, respectivamente. (Boletines N°s 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06), con urgencia de calificada de “discusión inmediata”, tal como fue aprobado por esta Comisión.

Concurrieron a las sesiones de la Comisión durante el estudio del proyecto, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Ministro, señor Nicolás Eyzaguirre; la Subsecretaria, señora Patricia Silva; el Jefe de División, señor Gabriel de la Fuente, y el Abogado de la División Jurídica, señor Gabriel Osorio. Además, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo: el Subsecretario, señor Ricardo Cifuentes, y la Jefa de la División de Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt.

Para la discusión y votación de la iniciativa legal se celebraron dos sesiones, una de carácter ordinario, el día 25 de octubre, y otra especial, con fecha de hoy, a la cual asistieron los siguientes integrantes de la Comisión: diputada señorita Daniella Cicardini (Presidenta) y diputados señores Sergio Aguiló, Claudio Arriagada, Germán Becker, Bernardo Berger, Marcelo Chávez, Ramón Farías, Rodrigo González, Vlado Mirosevic, Celso Morales, Sergio Ojeda y David Sandoval. Concurrió, además, el diputado Pedro Browne.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS

1) Quórum de votación.

Cabe hacer presente que el H. Senado señaló que todos los numerales del presente proyecto de reforma constitucional requieren para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Carta Fundamental, criterio que fue compartido por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y por ésta.

2) Por otra parte, corresponde consignar que conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 222 del Reglamento de la Corporación, corresponde a esta Comisión pronunciarse sólo respecto del texto del proyecto contenido en el informe de la comisión matriz, esto es la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

3) De conformidad a lo establecido en el Nº 5 del artículo 304 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que no existen disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

4) Se designó Diputado Informante al señor Ramón Farías.

MODIFICACIONES APROBADAS POR ESTA COMISIÓN AL TEXTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO[1]

1) Indicación de los diputados Becker y Farías por la que propusieron incorporar en todo el texto en referencia, después de las expresiones “secretarios regionales” y “secretarios provinciales”, la palabra “presidenciales”; y, además, sustituir en el inciso final del numeral 14) la expresión “delegado”, las dos veces que aparece, por “secretario”. Esta indicación se aprobó por la unanimidad de los diputados presentes (12x0). Tomaron parte en la votación la señorita Daniella Cicardini (Presidenta) y los diputados señores Sergio Aguiló, Claudio Arriagada, Germán Becker, Bernardo Berger, Marcelo Chávez, Ramón Farías, Rodrigo González, Vlado Mirosevic, Celso Morales, Sergio Ojeda y David Sandoval.

2) Indicación de los señores Farías, Becker y la señorita Cicardini (Presidenta) por la que propusieron agregar en el inciso quinto del artículo 111, contenido en numeral 5) del texto en referencia, a continuación del punto seguido (.) la siguiente oración: “Igual procedimiento se aplicará para el caso de que exista empate entre las dos más altas mayorías, debiendo procederse a una nueva votación.”. Esta indicación fue aprobada por idéntica votación y con la participación de los mismos señores diputados.

Cabe consignar que todos los numerales del artículo único aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento fueron aprobados por la unanimidad de los ya señalados diputados presentes, excepción sea hecha, de sus numerales 5) y 14), en los cuales se abstuvo el diputado señor Celso Morales.

INDICACIONES RECHAZADAS

1) De los señores Chávez y Ojeda por que proponían agregar en el inciso tercero del artículo 111, contenido en numeral 5) del texto en referencia, a continuación del punto seguido (.), lo siguiente: “Le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan del gobierno regional. Asimismo, dependerán del Gobernador Regional los secretarios regionales ministeriales y los servicios de la administración central cuando elaboren o ejecuten, planes, políticas, programas y proyectos que sean materias de la competencia del gobierno regional o financiados por el mismo.”.

El incumplimiento de estos deberes dará lugar a la petición de remoción de los citados funcionarios ante los ministerios respectivos por parte del Gobernador Regional.”.

2) Del diputado señor Sandoval por la que proponía sustituir la parte final del inciso tercero del artículo 111, contenido en numeral 5) del texto en referencia, a continuación del punto seguido (.), por la siguiente oración “Le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen del Gobierno Regional. Asimismo, los Secretarios Regionales Ministeriales y Directores Regionales se subordinarán al gobernador regional cuando ejerza competencias que corresponden al Gobierno Regional.”.

Ambas indicaciones precedentemente señaladas fueron sometidas a votación en un solo acto, siendo rechazadas por siete votos en contra y cuatro a favor.

3) Del diputado señor Browne por la que proponía reemplazar en el inciso cuarto del referido artículo 111 la expresión “cuarenta por ciento” por “cincuenta por ciento”, la que fue rechazada por diez votos en contra y uno a favor.

4) De los diputados Señores Morales y Sandoval por la que proponían reemplazar en el inciso cuarto del ya citado artículo, la frase: “conjuntamente con la elección de consejeros regionales”, por “conjuntamente con la elección de alcaldes y concejales”, la cual fue rechazada por diez votos en contra y una abstención.

TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN

En mérito de las consideraciones anteriores y de las que exponga ante la Sala el diputado informante, la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización recomienda la aprobación del siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales presidenciales;”.

2) Introdúcense en el número 2) del artículo 52, las siguientes enmiendas:

a) Reemplázase en el literal e) la expresión “intendentes, gobernadores” por “gobernadores regionales, secretarios regionales presidenciales, secretarios provinciales presidenciales”.

b) Agrégase, en el párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional,”.

3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o del gobernador regional”.

4) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los secretarios regionales presidenciales, los secretarios provinciales presidenciales”.

5) Sustitúyese el artículo 111, por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

El gobernador regional será elegido conjuntamente con la elección de consejeros regionales, por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo por un período.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Igual procedimiento se aplicará para el caso de que exista empate entre las dos más altas mayorías, debiendo procederse a una nueva votación. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ellas.

Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

6) Derógase el artículo 112.

7) Modifícase el artículo 113, en la siguiente forma:

a) Reemplázase su inciso segundo, por el que sigue:

“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras del consejo regional, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.”.

b) Suprímese su inciso quinto.

8) Intercálase, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El secretario regional presidencial será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El secretario regional presidencial ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al secretario regional presidencial le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

9) Modifícase el artículo 116, en los siguientes términos:

a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una secretaría provincial presidencial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del secretario regional presidencial, y estará a cargo de un secretario provincial presidencial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el secretario regional presidencial ejercerá las funciones y atribuciones del secretario provincial presidencial.”.

b) Efectúanse, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

i. Sustitúyese la voz “gobernador” por la expresión “secretario provincial presidencial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente”, las dos veces que aparece, por la locución “secretario regional presidencial”.

10) Reemplázase en el artículo 117 el vocablo “gobernadores” por “secretarios provinciales presidenciales”.

11) Sustitúyese el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado secretario regional presidencial o secretario provincial presidencial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, secretario regional presidencial y secretario provincial presidencial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, desde el día de su elección, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, quedará el gobernador regional imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

12) Introdúcense, en el artículo 125, las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero, la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase, en el inciso tercero, la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

13) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 126, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

14) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGESIMOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional que establece los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, asumiendo dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Desde que asuman los gobernadores regionales electos, tendrán éstos las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes otorguen expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al secretario regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al secretario provincial presidencial las funciones y atribuciones que la constitución y las leyes entregan al gobernador.”.

Sala de la Comisión, a 26 de octubre de 2016

SERGIO MALAGAMBA STIGLICH

Abogado Secretario de la Comisión

[1]Las modificaciones introducidas por esta Comisión al texto aprobado por la de Constitución Legislación
Justicia y Reglamento se encuentran destacadas con letra negrita en el acápite final del presente Certificado

2.4. Discusión en Sala

Fecha 02 de noviembre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 89. Legislatura 364. Discusión General y Particular . Pendiente.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 9834-06[S], 10330-06[S], 10422-06[S] Y 10443-06 [S])

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje y mociones, refundidos, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

Diputados informantes de las comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización son los señores Guillermo Ceroni y Ramón Farías, respectivamente.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado (mensaje y mociones refundidos N°s 9834-06 [S], 10330-06 [S], 1042206 [S] y 10443-06 [S]), sesión 81 de la presente legislatura, en 11 octubre de 2016. Documentos de la Cuenta N° 7.

-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, sesión 86ª de la presente legislatura, en 25 de octubre de 2016. Documentos de la Cuenta N° 12.

-Certificado de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, sesión 88ª de la presente legislatura, en 27 de octubre de 2016. Documentos de la Cuenta N° 12.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

El señor CERONI (de pie).-

Señor Presidente, en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, paso a informar sobre el proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mensaje y mociones, refundidos, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

La iniciativa se originó en un mensaje de su excelencia la Presidenta de la República y en mociones de las senadoras Lily Pérez y Ena von Baer , y de los senadores Alejandro Guillier , Antonio Horvath , Rabindranath Quinteros , Andrés Zaldívar , Andrés Allamand, Alberto Espina , José García , Víctor Pérez , Francisco Chahuán y Alejandro García-Huidobro.

La idea matriz del proyecto es descentralizar la administración del Estado para modificar las normas sobre administración del gobierno regional, disponiendo la elección directa del intendente en tanto ejecutivo del gobierno regional.

La iniciativa pretende que la autoridad máxima de la región -el intendente regional sea elegida por los ciudadanos. Con ello se da un paso importante en la descentralización del país.

El ministro Nicolás Eyzaguirre recordó que el proyecto sobre traspaso de competencias y fortalecimiento de la regionalización se encuentra en tercer trámite constitucional, y que luego ingresará el de financiamiento regional.

Para elegir al intendente regional, primero debe reformarse la Constitución Política de la República.

Uno de los asuntos que generó gran discusión en la comisión fue qué facultades tendría la nueva autoridad regional que se llamará “gobernador regional”, pues no existe claridad al respecto. El Ejecutivo señaló que tales facultades se están determinando en el proyecto de ley orgánica constitucional respectivo, que se tramita en forma simultánea con el presente proyecto de reforma constitucional.

Por cierto, para que pueda ponerse en práctica esta reforma constitucional, debe aprobarse la respectiva ley orgánica constitucional.

Reitero: se discutió mucho sobre qué hará el gobernador regional si no se cuenta con la ley orgánica constitucional que debe disponer sus facultades. Pero el gobierno señaló con firmeza que en el Senado se está tramitando el proyecto de ley orgánica constitucional que establecerá claramente las facultades del gobernador regional.

Ahora bien, en el proyecto aprobado por la Comisión de Constitución se modificó el nombre del representante del Presidente de la República en la región, que seguirá existiendo y que actualmente se denomina “intendente”. El nuevo nombre de este personero será “secretario regional”. Por su parte, en cada provincia al actual gobernador se le conocerá con el nombre de “secretario provincial”.

De esta manera, la administración superior de cada región residirá en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será elegido conjuntamente con la elección de consejeros regionales, por sufragio universal en votación directa. Será elegido el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente solo por un período. Es decir, un gobierno regional podría durar como máximo ocho años al ser reelegido por un periodo, sin perjuicio de que, transcurrido otro periodo de por medio, pueda ser elegido nuevamente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación, que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas, y en ella resultará elegido aquel de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios.

Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, este será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio. Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección.

Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal, y para ser designado secretario regional o secretario provincial, se establecen diversos requisitos. Los referidos cargos serán incompatibles entre sí.

En virtud de la disposición transitoria que se introduce en la Carta Fundamental, para que esta reforma constitucional produzca sus efectos, se deberá promulgar la ley orgánica constitucional respectiva, actualmente en tramitación.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

En reemplazo del diputado señor Farías, rinde el informe de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización el diputado señor Rodrigo González.

El señor GONZÁLEZ (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, paso a informar sobre el proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

En la comisión se debatió intensamente este proyecto, que tiene gran importancia para la reforma institucional del sistema de administración del Estado, pues establece la elección directa de los gobernadores regionales.

Esta reforma irá acompañada, como bien señaló el diputado informante de la Comisión de Constitución, de otras reformas que otorgarán nuevas competencias y facultades a los gobiernos regionales para que puedan tomar decisiones en las regiones, pues actualmente son adoptadas en el gobierno central.

Asimismo, se contempla la elaboración de una nueva ley de finanzas regionales, que otorgará mayores recursos a los gobiernos regionales, de manera que la nueva autoridad regional, con las nuevas competencias de que dispondrá, pueda ejercer sus funciones.

Como bien manifestó el diputado informante de la Comisión de Constitución, este proyecto de reforma constitucional va necesariamente ligado a que el conjunto de las reformas sea aprobado y no una sola por separado, porque nada sacaríamos con tener la posibilidad de elegir al gobernador regional si no están establecidas por ley sus nuevas competencias, si no se disponen los recursos necesarios y si no existe una ley que determine de manera adecuada la elección de dicha autoridad, que deberá rendir cuenta a las regiones y que no será dependiente directamente del Presidente de la República, sino de los ciudadanos de cada región.

Para la discusión y votación de la iniciativa, asistieron la diputada Daniella Cicardini y los diputados Sergio Aguiló , Claudio Arriagada , Germán Becker , Bernardo Berger , Marcelo Chávez , Ramón Farías , Vlado Mirosevic , Celso Morales , Sergio Ojeda , David Sandoval y quien habla. Concurrió, además, el diputado Pedro Browne.

Durante el estudio del proyecto, concurrieron a la comisión el ministro secretario general de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre ; la entonces subsecretaria de esa cartera, señora Patricia Silva ; el jefe de División, señor Gabriel de la Fuente; el subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes , y la jefa de la División de Políticas y Estudios de esta subsecretaría, señora Viviana Betancourt.

Dado que este es un informe auxiliar de dicha comisión técnica, no se discutieron en detalle las disposiciones del proyecto, sino especialmente las modificaciones introducidas por ella.

Al respecto, en general, la comisión aprobó, y en su mayoría por unanimidad, las enmiendas de la Comisión de Constitución. De esa manera, la Comisión de Gobierno Interior solo introdujo dos modificaciones importantes a la iniciativa en comento, las que deberán ser discutidas en la Sala.

La primera de ellas se refiere al nombre que tendrán los representantes del Presidente de la República en la nueva institucionalidad. Les recuerdo a sus señorías que, además del gobernador regional, el Ejecutivo nombrará en cada una de las regiones a la autoridad que en el proyecto aprobado por el Senado se llamó “delegado presidencial regional”, pero cuyo nombre en la Comisión de Constitución se cambió por el de “secretario regional”. Por su parte, la Comisión de Gobierno Interior, para poder tener mayor claridad en relación con las características y las funciones de este funcionario representante del Presidente de la República en la región, le agregó el adjetivo “presidencial”, de tal manera que el secretario regional pasará a llamarse “secretario regional presidencial”. Lo mismo ocurre respecto del representante del Presidente de la República en las provincias, que pasará a llamarse “secretario provincial presidencial”.

La indicación que dio origen a la referida enmienda se aprobó por la unanimidad de los diputados presentes: Daniela Cicardini , Sergio Aguiló , Claudio Arriagada , Germán Becker , Bernardo Berger , Marcelo Chávez , Ramón Farías , Vlado Mirosevic , Celso Morales , Sergio Ojeda , David Sandoval y quien informa.

La segunda modificación tiene su origen en una indicación de los diputados Ramón Farías , Germán Becker y Daniella Cicardini (Presidenta), mediante la cual propusieron agregar, en el inciso quinto del artículo 111, contenido en el número 5) del artículo único del proyecto, la aplicación del mismo procedimiento señalado al comienzo del inciso para el caso de que en la elección de gobernador regional exista empate entre las dos primeras mayorías.

Recuerdo a los colegas que la Comisión de Constitución aprobó la propuesta del Senado: que para ser elegido gobernador regional el candidato requerirá contar con la mayoría de los sufragios válidamente emitidos, siempre que dicha mayoría sea equivalente al 40 por ciento de aquellos. Sin embargo, dicha norma propuesta no contemplaba la posibilidad de que existiera un empate entre las dos primeras mayorías.

Por tanto, tal situación se reguló mediante la aplicación del siguiente procedimiento: una nueva votación entre las más altas mayorías, esto es, no se elegirá administrativamente al gobernador regional entre esos dos representantes, sino que deberá realizarse una nueva votación.

Cabe consignar que todos los números contenidos en el artículo único del texto aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, junto con las precitadas indicaciones, fueron aprobados en general por la unanimidad de los señalados diputados presentes, con excepción de los números 5) y 14), en cuya votación se abstuvo el señor Celso Morales.

Es todo cuanto puedo informar a la Sala.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra, por un máximo de diez minutos, el diputado señor Sergio Ojeda.

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, este proyecto de reforma constitucional no tiende al federalismo ni deja sin funciones ni debilita en forma alguna el poder del gobierno central. Respeta el artículo 3° de la Constitución Política, que señala que el Estado de Chile es unitario. Sencillamente, se trata de la elección del intendente regional, con funciones que se determinarán más adelante, y se da a las regiones el poder que no tienen.

En suma, busca descentralizar, elegir a una autoridad que de verdad represente y defienda auténticamente los intereses de su región, a una autoridad que resida y tenga raíces en ella.

No queremos que desde el poder central se continúe gobernando la región como con un control remoto. Desde Santiago no se perciben con la misma fuerza, claridad y crudeza los problemas o las necesidades locales o regionales que afectan y sufren sus habitantes.

¿Cuánto pagamos por el Transantiago? ¿Qué pasa con el ferrocarril de Chillán o de Temuco a Puerto Montt? Eso no se vislumbra desde Santiago.

Queremos elegir a nuestras propias autoridades regionales, de la misma forma como se resolvió elegir a los consejeros regionales.

La elección de los consejeros regionales fue un gran avance. Así como los concejales son elegidos por los ciudadanos de su comuna, los consejeros regionales lo son por los ciudadanos de su región. Y así como el alcalde es elegido en su comuna, ahora queremos que el jefe regional sea elegido por los ciudadanos de la región, como sucede en muchos países democráticos.

Mediante la iniciativa en discusión se trata de modificar el artículo 111 de la Constitución Política, referido a los gobiernos regionales y su integración, que estarán constituidos por un gobernador regional y el consejo regional. El gobernador regional será elegido conjuntamente con la elección de consejeros regionales, por sufragio universal en votación directa.

Eso es descentralización pura. Eso es avanzar.

Pero no queremos un jefe regional simbólico, con escasas facultades, con una autoridad paralela que le reste atribuciones, o, simplemente, con funciones y atribuciones aparentes. Queremos un gobierno regional con facultades reales, auténticas y taxativas; que el poder central efectivamente transfiera competencias para que, de esa forma, se adopten las decisiones propias y convenientes para la región, sin interferencias, sin limitaciones en materias administrativa y financiera, pero también con los recursos necesarios; queremos un verdadero gobierno regional con atribuciones suficientes, en el que no deba recurrirse a la autoridad central para consultas.

La elección de intendentes es una larga y sentida aspiración. Dentro de la evolución institucional hay etapas en nuestra historia política en que ello se ha propuesto e impulsado, pero sin alcanzar la aceptación política necesaria.

Entonces, no debemos desaprovechar esta oportunidad con disculpas, matices o pretextos que solo tienden a dilatar la tramitación de esta iniciativa.

Somos uno de los pocos países que no eligen a sus intendentes. No debemos renunciar a potenciar nuestro derecho soberano a participar y crear autoridades que den mayor legitimidad a nuestra democracia.

El proyecto cambia el nombre de “intendente” por el de “gobernador regional”, y el de “intendente designado” por el de “secretario regional presidencial”. Esperamos que la ciudadanía entienda y se acostumbre a estos conceptos.

También, la iniciativa establece la forma de elección. No entrega facultades ni atribuciones, por cuanto estas se determinarán en una ley orgánica constitucional, la que, una vez presentada por el Ejecutivo, ojalá con la rapidez y urgencia que amerita su tramitación, será aprobada.

Este proyecto se refiere solo a la elección de los intendentes. Más adelante veremos sus facultades.

La representación presidencial en las regiones y provincias no desaparecerá. En cada región existirá una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región; en las provincias habrá una secretaría provincial presidencial, a cargo de un secretario provincial presidencial.

No queremos que este proyecto se retrase ni que se introduzcan elementos que entorpezcan su tramitación. Las atribuciones, como dije, se discutirán más adelante.

En el Senado de la República hubo mucho tiempo disponible para debatir sobre las facultades, lo que fue inoficioso, porque el proyecto original solo contemplaba la elección del intendente. Si se presentan y se discuten indicaciones para ello, creo que eso será de parte de aquellos que se oponen a la descentralización. El compromiso de la Presidenta de la República establecido en el mensaje presidencial señala que la primera elección directa de gobernadores regionales se materializará junto con las elecciones presidencial y parlamentarias de 2017, de modo que los nuevos ejecutivos regionales asuman su mandato en marzo de 2018, junto con el Presidente de la República.

Queremos elegir al intendente regional; que se traspase la soberanía a las regiones; que seamos nosotros -las regioneslos que elijan a sus intendentes; pero intendentes que sean de la zona y que conozcan los problemas, que sean genuinos representantes de la región, y esperamos que eso ocurra lo antes posible.

Como expresa el mensaje que dio origen a este proyecto, “creemos que el proceso de descentralización constituye un paso necesario para asegurar criterios de equidad en pos de la dignidad y calidad de vida de las personas, constituyendo una necesidad de nuestro crecimiento económico.”.

Queremos elección de intendente, señor Presidente, y queremos que se realice el próximo año, junto con las elecciones presidencial y parlamentaria.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull.

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, soy de la región que se encuentra en el extremo norte del país, de la Región de Arica y Parinacota, por lo que siento que puedo hablar con propiedad, desde mi experiencia, acerca de lo que se vive a diario a consecuencia del centralismo, que afecta o golpea nuestro desarrollo local.

Para quienes vivimos en el extremo norte del país, donde debemos lidiar a diario con las limitaciones propias de una región fronteriza, este proyecto de reforma constitucional puede significar el comienzo de algo por lo cual venimos luchado desde hace años: un verdadero proceso de descentralización. Y qué mejor para avanzar en ese sentido que la posibilidad de elegir democráticamente, es decir, en forma directa y mediante sufragio universal, a la máxima autoridad regional, para profundizar la democracia que recuperamos a principio de los años 90.

Este proyecto de reforma constitucional no es una mera reforma a leyes heredadas de la dictadura; más bien lo que propone es un cambio al sistema de administración absolutista borbónico, heredado de la monarquía española, que impera desde antes de la emancipación de nuestro país.

Por ello, es de esperar que el 12 de febrero de 2018, cuando se cumplan doscientos años desde que se firmó la declaración de independencia, estemos próximos a la asunción de los primeros gobernadores regionales elegidos por la voluntad soberana de la ciudadanía.

Para llegar a eso el proceso se ve complejo, por lo cual se requiere actuar con mucha responsabilidad, enorme voluntad política y una labor legislativa responsable, ya que la idea es avanzar en equidad hacia las regiones, que viven agobiadas por las decisiones centralistas.

Por eso, más que entender este proceso como un simple cambio normativo, lo que debemos promover es una transformación de la relación que mantiene el gobierno con las regiones. Eso, sin duda, supone un cambio cultural recíproco: por un lado, una actitud más generosa del poder central hacia las regiones, y, por otro, madurez de los ciudadanos de regiones para administrar y decidir su futuro.

Esperamos que en la medida en que se vaya ganando experiencia y los gobiernos regionales se empoderen, puedan transferirse mayores competencias a los servicios públicos de regiones.

Colegas parlamentarios del centro del país: las regiones queremos mayor autonomía, queremos ser protagonistas de la construcción de nuestro futuro; sus habitantes estamos cansados de que piensen por nosotros y nos asuman, a veces, como incapaces de gobernar nuestro territorio.

Desde cada una de nuestras regiones, con su historia, su cultura, su identidad, queremos ser un aporte al desarrollo y construcción de nuestro Chile, porque precisamente en esa diversidad está la riqueza de nuestro país.

Por lo tanto, más allá de las ideologías políticas que representamos, llamo a apoyar este proyecto de reforma constitucional, pues permitirá que las regiones den un paso trascendental. Llegó el momento de otorgarles mayor poder.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado David Sandoval.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente, no obstante haber integrado la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, que trató el proyecto en debate, considero que se nos dio muy poco tiempo para su estudio. En efecto, tuvimos que despacharlo prácticamente en una sesión, dado que venía de la Comisión de Constitución, donde se analizó con más detalle, lo que debilitó sustantivamente la posibilidad de que en nuestra comisión pudiéramos mejorar sustantivamente un proyecto de esta naturaleza.

No quiero hablar de lo técnico, sino dirigirme a la comunidad.

En definitiva, ¿qué hace este proyecto? Fundamentalmente, cambiar la figura del intendente regional por la de un gobernador regional, elegido por la ciudadanía en cada una de las regiones que considera la división político-administrativa de nuestro país.

Para la actual figura del intendente el gobierno plantea un cambio de nombre y lo llama secretario regional. En la Comisión de Gobierno Interior se cambió esa denominación por la de “secretario regional presidencial”. Lo mismo pasa con la denominación de “gobernador”, que ahora pasa a llamarse “secretario provincial presidencial”.

Eso significa que habrá dos autoridades en cada región: el gobernador, elegido por los ciudadanos de la región, y el secretario regional, nombrado por el Presidente de la República.

Lamentablemente, en el diseño y construcción del proyecto se planteó de manera separada el proceso de elección, que ingresó a través del Senado, y el debate sobre funciones y atribuciones, que se regula a través de un proyecto que ingresó por la Cámara de Diputados, en el que no hemos logrado avanzar sustantivamente, como queríamos.

Pertenezco a una región extrema, la más linda de Chile, la de Aysén, y obviamente que desde las regiones vemos con horror y con lamentable pesar que el centralismo sigue asfixiando las condiciones de vida en las zonas alejadas del centro del país. Un solo ejemplo:

¿Podría alguien creer que el Estado chileno, para no hablar de un gobierno en particular, es tan irresponsable en la gestión pública de administración del territorio que más de un tercio de la superficie de Chile continental, formado por las provincias de Palena, Aysén y Magallanes , está desconectado del resto del país?

Si queremos trasladarnos por tierra, no tenemos forma de llegar al continente si no es por territorio argentino. El Estado chileno ha sido irresponsable e incapaz de gastar seiscientos millones de dólares, como se hizo con el Transantiago, para unir su territorio, para sacar a la zona austral del aislamiento crónico que, además, pesa sobre el propio desarrollo del país y de las regiones.

En Palena, Aysén y Magallanes vive menos del 2 por ciento de la población nacional, pero aportamos menos del 2 por ciento al producto interno bruto.

Si viéramos a una región desde el territorio y tuviéramos las capacidades, las fortalezas, las decisiones, los medios, los recursos y la autonomía, ¿no creen que habríamos resuelto hace muchos años estar unidos con el resto del país y tener los mismos privilegios que tiene cualquier ciudadano, como tomar su vehículo y trasladarse al punto del país que quiera?

Los habitantes de la zona austral no lo podemos hacer, y eso, obviamente, es una limitación que nos impone el centralismo exagerado, pues ha impedido al Estado administrar de manera eficiente su propio territorio.

¿Cuál es la particularidad de este proyecto?

En la comisión dijimos que crea un monstruo con dos cabezas, una de las cuales es el gobernador regional, con funciones precarias y básicas que ni siquiera han sido aprobadas. Por esto, no comparto los dichos del diputado Sergio Ojeda , y más adelante veremos por qué.

Cuando el gobierno se reunió con la bancada regionalista, nos dijo que harían la mayor revolución en materia de regionalización en los últimos cincuenta años. Hoy se nos quiere vender la idea de que por el solo hecho de elegir al gobernador regional vamos a tener regiones más descentralizadas. ¡No! La verdadera forma de descentralizar es tramitando la ley de funciones, atribuciones y competencias del gobernador regional.

Sinceramente, espero que el gobierno cumpla su compromiso en cuanto a que el proyecto que hoy debatimos solo se pondrá en ejecución una vez que tengamos una buena ley de funciones y atribuciones. Así lo señaló el ministro en la comisión y lo ratificó ahora.

Cuando debatamos el proyecto sobre funciones y atribuciones deberemos equiparar las dos cabezas que dirigirán la región. El gobernador regional, elegido por la comunidad, llamará a un gabinete regional en el que tendrá seis jefes de división -tres más que los que tiene ahora-, al administrador regional y a los consejeros regionales. Con ellos deberá resolver sobre los recursos concentrados básicamente en el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR).

Cuando el secretario regional -que ahora se denominará secretario regional presidencial-, que será el encargado del gobierno en la región -lo que nos parece lógico, porque debemos tener un interlocutor en la región-, llame a un gabinete regional, tendrá reunidos a todos sus secretarios, denominados ahora secretarios provinciales presidenciales; a todos los secretarios regionales ministeriales, a todos los directores regionales y, lo que es más, el manejo de los recursos y de la cartera regional.

Daré un solo ejemplo para graficar esto. El FNDR de la Región de Aysén asciende a 45.000 millones de pesos. Esa es la cartera que va a tener el gobernador regional elegido. Sin embargo, el seremi de Obras Públicas de dicha región dispondrá de 160.000 millones de pesos; es decir, solo ese seremi tendrá cuatro veces lo que va a tener la región. Sumémosle a eso los recursos de los seremis de Vivienda, de Educación, de Salud, de Agricultura, etcétera.

Por eso, hemos sido críticos al señalar que el trabajo es fundamental en esto. Sobre eso queremos llamar la atención de los parlamentarios.

En su desesperación, Heinrich von Baer nos dijo desde la región: “Aprobemos esto como está, lo mejoramos después.”. Bueno, ahora dice que no. A su vez, el diputado Ojeda nos dijo: “Veamos más adelante lo que hacemos con las funciones y atribuciones del gobernador electo.”.

Esa era la oportunidad de haber hecho un solo paquete armónico. Me quedo al final con el compromiso de que el proyecto será efectivo cuando se apruebe la ley sobre las funciones y atribuciones de esa autoridad. A eso hay que hincarle el diente de manera sustantiva, porque lo que se aprobó originalmente en la Comisión de Gobierno Interior y en la Cámara de Diputados son medidas absolutamente insuficientes. Incluso más, presentamos una indicación, que fue rechazada en esa última tramitación, para que el gobernador regional no fuera vinculado con la elección presidencial, porque se perdía el norte al vincular una elección de carácter territorial con una de carácter nacional, como son las elecciones de Presidente de la República y de parlamentarios.

¿Qué sugerimos nosotros? Que se realizara simultáneamente la elección de alcaldes, de concejales, de gobernadores regionales y de consejeros regionales, ya que tienen un carácter más territorial.

Esa indicación fue rechazada. Se nos dijo que la norma contemplaba una posibilidad el día de mañana. Bueno, pareciera ser que todo se va a corregir el día de mañana. Como dijo el diputado Ojeda : “Todo lo vamos a hacer más adelante.”.

Creo que aquí estamos perdiendo una gran oportunidad. Los que somos de regiones, que sentimos lo que significa la ausencia de esa autonomía, de esa capacidad de hacer región, de esa situación que tiene a muchas regiones postergadas precisamente por no tener la función y las atribuciones que corresponden, esperamos sinceramente que esto sea una oportunidad para que la ley sobre funciones y atribuciones resuelva derechamente los problemas de centralismo que tanto agobian a las regiones, en general, y, de manera especial, a las regiones extremas, particularmente a las de la zona austral de nuestro país.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Boric.

El señor BORIC.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los funcionarios y a las funcionarias públicos presentes, que están siguiendo el debate, quienes representan al Estado, cuyo carácter está en debate. Y lo representan en los rincones más recónditos de nuestra tierra, desde Visviri a Puerto Toro.

De acuerdo con nuestro compromiso adquirido con la mesa del sector público, anuncio desde ya mi rechazo a la propuesta de reajuste, que es la más baja en los últimos nueve años y que, en la práctica, congela las rentas de los trabajadores por tercer año consecutivo, sin considerar el caso de los trabajadores de zonas extremas, en particular de Magallanes, a quienes perjudica el corte debido a que se considera la asignación de zona como un privilegio, en circunstancias de que es un reconocimiento a las condiciones especiales que implica habitar en el extremo sur de nuestro país y del mundo.

Entrando al análisis del proyecto de reforma constitucional en discusión, permítame partir con un ejemplo, señor Presidente. A comienzos del 2011, al gobierno de Sebastián Piñera se le ocurrió subir el precio del gas en Magallanes porque, como nos dijeron, era muy barato. Ricardo Raineri , “el Breve”, entonces ministro de Energía, nos mandó a decir: “Se les acabó la fiesta”. Los magallánicos y magallánicas se movilizaron transversalmente y lograron poner en jaque al gobierno del Presidente Piñera en la primera movilización social de ese periodo.

La representante del gobierno regional, la intendenta Liliana Kusanovic , ante la dicotomía de defender los intereses de la región por la cual trabajaba o de cuadrarse con el gobierno, tomó la última decisión, por lo que terminó siendo una representante de los intereses del centralismo chileno frente a una demanda de toda la población magallánica.

Sin embargo, este no es un problema exclusivo de la derecha. El año pasado, en el marco de las negociaciones de la mesa del sector público regional por la asignación de zona, el gobierno central, mediante funcionarios de la Dipres, pateó la mesa después de más de nueve meses de prolífico trabajo conjunto entre el gobierno regional y los trabajadores. Y el intendente de la Nueva Mayoría, que hasta ese momento había facilitado el diálogo, terminó cuadrándose con el gobierno central, para lo que dejó de lado todo el buen trabajo realizado hasta la fecha junto con los trabajadores públicos magallánicos.

¿Qué pasó? Que apretó la máquina, y como tiende a suceder en nuestro país, de carácter centralista, finalmente los designios del gobierno central, que no conoce y no vive en carne propia las condiciones que implica residir en una zona extrema, terminaron decidiendo el futuro de los trabajadores públicos de nuestra región.

Vengo de Magallanes, cuya capital, Punta Arenas, queda a más de 3.000 kilómetros de la capital de Chile, Santiago , el lugar donde se toman las decisiones para todo el resto del país, se diseñan las políticas públicas, se deciden los presupuestos; el lugar donde la elite económica y política se reparte el resto de Chile, sacrificando territorios y comunidades.

Ya lo saben los habitantes del valle del Huasco, de Freirina, de Petorca y del norte; también lo sabemos en Aysén, en Puerto Montt, en Magallanes, donde el Estado central no ha sabido regular las condiciones especiales en que se desarrolla la industria de la salmonicultura en nuestra región.

Los magallánicos hemos visto muchas veces que decisiones tomadas en Santiago afectan negativamente nuestra vida. Ejemplo de ello son la ya mencionada crisis del gas, de 2011, o la falta endémica de especialistas en nuestros hospitales, particularmente en los de nuestras provincias, que se manifestó en la demanda de un oncólogo para Magallanes.

Magallanes es la región más grande de Chile, ya que el 17 por ciento del territorio nacional se concentra en la XII Región, sin contar la Antártica, por cierto, con la cual sería más del 60 por ciento. Sin embargo, concentramos solo el 1 por ciento de la población regional y, por lo tanto, como no hay muchos votos, al final del día las decisiones santiaguinas terminan imponiéndose por sobre los designios de la voluntad de quienes viven y habitan el territorio austral.

La descentralización es, sin duda, una de las mayores urgencias de Chile, pues sin ella estamos condenados a una democracia deficitaria, toda vez que esta es la aplicación radical del principio democrático y su manifestación concreta es la autonomía territorial.

En definitiva, la descentralización es un medio para un fin, la democracia mediante la autonomía regional.

Nuestro país ha sido centralista desde los primeros años de la construcción del Estado, momentos en que se impuso la oligarquía santiaguina al proyecto federalista de Freire e Infante. Desde 1830, después de la derrota de la batalla de Lircay, Chile, en particular sus regiones, vive bajo los designios del poder central.

En la actualidad, nuestro país es uno de los más centralizados del mundo en cuanto a poder, a recursos y a gente. Chile, desde la característica que tenemos hoy, es inviable. No puede existir una ciudad en donde habita prácticamente el 45 por ciento de la población nacional, como es Santiago.

Recién en los últimos años Chile ha empezado a pensar sobre la descentralización, para lo que ha trasladado gradualmente poderes desde Santiago hasta las periferias geográficas. Sin embargo, ese traspaso se ha venido haciendo desde arriba hacia abajo, empezando en el nivel nacional, para posteriormente bajar poder hacia las regiones, luego a las provincias y finalmente a los municipios.

La solución pareciera ser el principio de subsidiariedad. Desde luego, no me refiero al neoliberal Estado subsidiario, sino al principio de subsidiariedad territorial, el que, para la organización Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU), es la base del proceso de descentralización. De acuerdo con este principio, las responsabilidades públicas deben ser ejercidas por las autoridades elegidas más cercanas a los ciudadanos.

Como dijo el gobierno, este proyecto es parte de una agenda más amplia, por lo cual involucra solo una de sus dimensiones: la descentralización política, dejando para después la descentralización administrativa y económica, las que deberán tratarse en la ley de transferencias de competencias y en la ley de rentas regionales, respectivamente. También queda pendiente la presentación del proyecto de fortalecimiento de los municipios.

Por ello, gran parte de la regulación en detalle se deja para leyes orgánicas constitucionales que vendrán más adelante. La reforma en debate solo se limita a crear la figura del gobernador regional y del secretario regional, sus definiciones y sus formas de elección.

En Magallanes debatimos profundamente con nuestro equipo si correspondía aprobar un proyecto de reforma constitucional a todas luces insuficiente; pero cuando algunos senadores de la Nueva Mayoría señalaron que era mejor esperar y tener primero las competencias, el escenario que se comenzó a dibujar fue que se iba a postergar, una vez más, un avance significativo para la descentralización de nuestro país. Sin embargo, no me cabe ninguna duda de que con intendentes elegidos, la presión va a ser más grande, más fuerte y más real para que tengan las atribuciones que les corresponden, tanto en materia administrativa como, principalmente, económica.

Reitero: qué duda cabe de que este proyecto es insuficiente y genera dudas en torno a las futuras transferencias de competencias, los presupuestos con los que contarán los gobiernos regionales y los inexistentes mecanismos de solución de controversias, entre otros. Pero también tenemos un desafío, porque quienes somos regionalistas no podemos caer en un “peticionismo” hacia el gobierno central; debemos construir poder local y, desde nuestros territorios, debemos exigir y construir una forma de gobierno que haga inevitable ese traspaso de competencias.

No basta solo con pedir y quejarnos frente al poder de la capital; debemos construir nuevas formas de ejercer el poder desde nuestras regiones.

Por ello, esperanzado en que los otros proyectos de ley que forman parte de la agenda descentralizadora despejarán las dudas que nos genera este proyecto, me parece un avance histórico y sustantivo para las regiones que podamos elegir a nuestras autoridades ejecutivas.

Votaré favorablemente este proyecto con la esperanza de que no se impongan pequeños cálculos políticos, a fin de que el próximo año elijamos a nuestros gobernadores regionales. Sería impresentable que en el contexto político actual esto no sucediera. Hoy damos solo un primer paso, pero uno que es necesario dar.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

¿Habría acuerdo para autorizar el ingreso a la Sala del subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes ?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.

El señor FARÍAS.-

Señor Presidente, en primer lugar, ofrezco mis disculpas porque me correspondía leer el certificado de la Comisión de Gobierno Interior, pero las calles cercanas al Congreso Nacional estaban cerradas debido a manifestaciones, por lo que me fue imposible llegar a tiempo.

Quiero saludar afectuosamente a todos los funcionarios y funcionarias públicos que están en las galerías esperando la votación del proyecto que figura en primer lugar de la tabla.

Respecto de la iniciativa en discusión, quiero dejar en claro que se trata de una reforma constitucional que lo único que establece -hay que leer bien el proyectoes que se realicen elecciones de quienes hoy conocemos como intendentes, que pasarán a llamarse gobernadores regionales. Eso es lo que establece este proyecto, ¡nada más! No establece las competencias que tendrán, porque ellas serán establecidas en otro proyecto.

La razón por la que hay que votar a favor el proyecto de reforma constitucional en estudio es para que los futuros gobernadores regionales sean elegidos mediante sufragio popular. Las demás consideraciones que se han señalado no necesariamente tienen directa relación con este proyecto, pero serán fundamentales cuando discutamos qué es un gobernador regional, cuáles son sus atribuciones, cómo se relacionará con el gobierno regional, cuál será su presupuesto y dónde van a nacer los presupuestos que deben tener cada una de las regiones.

En la Comisión de Gobierno Interior nos tocó debatir dos indicaciones, que pueden parecer pequeñas, pero que son importantes cuando se realiza una elección. La primera, del diputado Becker , es para agregar al nombre “secretarios regionales” la expresión “presidenciales”, ya que serán delegados del Presidente de la República. ¿Por qué eso es importante? Porque hay que dejar establecida la diferencia que existirá entre un funcionario que va a ser nominado por el Presidente de la República y que va a tener atribuciones que dicen relación con aspectos relacionados con gobierno interior y seguridad pública, respecto del gobernador regional, que presidirá el Consejo Regional y tendrá otro tipo de atribuciones, y una autonomía distinta a la del secretario regional presidencial.

La indicación fue aprobada por todos los miembros de la comisión.

La segunda indicación, suscrita por el diputado Becker , por la presidenta de la comisión, la señorita Daniella Cicardini , y por quien habla, tiene por objetivo evitar que suceda lo que ocurrió en la comuna de Zapallar. Era casi imposible que se produjese un empate entre dos candidatos, pero se produjo.

El proyecto de reforma constitucional establece que será elegido gobernador regional el candidato que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos, siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al 40 por ciento de los votos válidamente emitidos.

No obstante, podría darse el caso -ya no es tan hipotético después de lo sucedido en Zapallarde que dos candidatos empaten. La actual ley señala que la forma de dirimir el empate es mediante una moneda al aire. No nos parece que una moneda defina quien será el gobernador regional si existiera un empate.

Por lo tanto, en ese caso, establecemos la necesidad de una nueva votación, lo que constituye un mecanismo más democrático que una moneda al aire.

La mayor parte de los diputados ha dicho que están de acuerdo con la elección de los gobernadores regionales, pero me gustaría que antes de realizarse se tuviera claridad respecto de sus atribuciones.

También entiendo, de acuerdo con lo que nos señaló el propio subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo -a quien doy la bienvenida-, que es importante que se establezca una escala en torno a las atribuciones que tendrá cada uno de los gobernadores regionales.

¿Por qué? Porque primero se deben definir diferencias entre una y otra región. Es obvio que la Región de Magallanes tiene necesidades distintas, económicas y de todo tipo, a las que tienen las regiones de Arica y Parinacota , Metropolitana, de Antofagasta, de Los Lagos, de Los Ríos, etcétera. Son regiones distintas y, por lo tanto, sus atribuciones y sus presupuestos también deben ser diferenciados, lo que se debe implementar poco a poco, porque no podemos establecer, a rajatabla, atribuciones iguales para todos. De lo contrario, estaríamos diciendo al país que tenemos un presupuesto de tal cifra que se dividirá entre todas las regiones, porque las atribuciones son iguales para todas. Eso no puede ocurrir, porque existen diferencias entre ellas; por lo tanto, se las debe estudiar y definir, poco a poco, a fin de que tengamos gobernadores regionales empoderados y con atribuciones relacionadas con las particularidades de cada una de sus regiones.

Muchos de mis colegas dicen que quieren elecciones, pero ponen diversas trabas que demoran la realización de esa elección. Por lo tanto, si dentro de los próximos quince días no aprobamos la posibilidad de que los gobernadores regionales sean electos, no nos alcanzará el tiempo para que lo sean en las próximas elecciones presidencial y parlamentaria. Si todos decimos que queremos la elección de los gobernadores regionales en el próximo acto eleccionario, tenemos que aprobar ahora el proyecto. Si no lo hacemos, ello no será posible.

Por lo tanto, no nos dejemos engañar con aquellos cantos de sirena que dicen que quieren que la elección de gobernadores regionales se realice el próximo año, pero ponen miles de trabas que, si bien se pueden considerar, no son problemas que no puedan solucionarse o enfrentarse en la medida en que se vayan entregando atribuciones escalonadas a esas autoridades regionales.

Por ello, hago un llamado a aprobar el proyecto de reforma constitucional y a que el gobierno le ponga la debida urgencia a aquellos proyectos que se están discutiendo en paralelo.

Quienes creemos en la regionalización -soy representante de la Región Metropolitana, pero creo en la regionalización del país, aunque siempre se nos ha estigmatizado que no creemos en las regionesy hemos trabajado fuertemente por ella, como el Partido por la Democracia, llamamos a todos los parlamentarios a aprobar este proyecto y trabajar rápidamente en los que vienen, de forma que se pueda realizar la elección de estas autoridades regionales.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.

El señor CARMONA.-

Señor Presidente, primero, saludo a la ministra y a los subsecretarios que la acompañan, así como a los dirigentes que están esperando con mucha expectativa el debate y la votación que se desarrollará en poco tiempo más respecto del reajuste de remuneraciones del sector público, pero que también han seguido con interés la discusión vinculada a la descentralización, porque este proceso también va a involucrar la orgánica de los trabajadores públicos, toda vez que son gremios de carácter nacional que ahora tendrán ciertas particularidades.

En cuanto al tema en discusión, como bancada hemos dicho varias veces que valoramos altamente la iniciativa programática de la Presidenta Michelle Bachelet de llevar adelante un debate que tiene incidencia directa en la democratización del país y que, por tanto, fortalece su democracia. ¿Por qué? Porque sobre la base de un Estado unitario se propone una real descentralización que incluye la elección de autoridades a nivel intermedio, en forma directa, sostenido en la soberanía ciudadana de cada región.

Esto significa acercar el poder a la base ciudadana, porque la ciudadanía y su soberanía podrán incidir de mejor forma en las decisiones que tomen los gobiernos regionales. Esta no es una aspiración irresponsable, pues existe experiencia comparada al respecto, porque es posible mantener el carácter unitario del Estado de Chile y, en beneficio de una cercanía con la ciudadanía y de un acierto mayor en las decisiones que se toman, llevar un espacio de decisiones a nivel de gobiernos regionales.

Como nuestro Estado es unitario, no me asombra ni me complica que exista una representación del Estado central a nivel de cada región. Eso es totalmente llevadero, de manera que el punto medular no debe ponerse ahí.

Algunos dicen que habrá una relación que no estará bien estibada, toda vez que hay regiones con una densidad electoral exageradamente mayor que otras. Se puede evaluar la densidad electoral, pero también se podría considerar de acuerdo al aporte de las regiones al ingreso per cápita del país, pues hay regiones con poca densidad poblacional pero cuyo aporte de recursos es muy grande, por lo que ese también podría ser un factor a tomar en cuenta.

Por consiguiente, debatir sobre la base de los desenlaces negativos por una mala interpretación o por la intencionalidad que se le quiera dar no es el camino para valorar el solo hecho de que las autoridades regionales sean electas por la soberanía ciudadana en forma directa.

Es indudable que habrá gobiernos regionales que tendrán un signo político distinto al gobierno central electo. Pero ello no tiene por qué ser motivo de una conflictividad a priori, sino que ahí deberá aplicarse la sabiduría política para poner en el centro lo que dé más beneficios.

Además, Chile tiene una geografía que permite entregar ciertas explicaciones, incluso, desde el punto de vista de la identidad cultural, porque sabemos que la cultura chilota es distinta a la cultura atacameña o que la cultura de La Patagonia no es igual a la del Norte Grande. Por lo tanto, hasta por razones de identidad cultural también es factible plantearse un camino con bases de seguridad al respecto.

Lo que se está promoviendo, esto es, que la elección de estas autoridades pueda realizarse el próximo año, está vinculado a que seamos capaces -lo dice el proyectode despejar el tema de las competencias, porque hay que decidir sobre un tema para dilucidar los otros, lo que permitirá que muchas fuerzas que no tienen aspiraciones o posibilidades de conducción a nivel de Estado sí muestren experiencia a nivel de las regiones, lo que también nos puede llevar a ampliar la democratización de los municipios con elementos similares a los que están en juego a nivel de región.

Todavía tenemos municipios con cuerpos de concejales que tienen tareas casi simbólicas, desde el punto de vista fiscalizador; con alcaldes con demasiadas atribuciones respecto de otras autoridades elegidas, como es el caso de los concejales; o de concejales que tienen dedicación parcial a la tarea, dados los ingresos que reciben.

En suma, hay muchas materias que se pueden seguir examinando, por ejemplo, el número máximo de reelecciones posibles, etcétera.

Desde esa perspectiva, no tengo ninguna duda de que habrá validación de la gestión, por ejemplo, cuando los gobiernos regionales sean capaces de someter a consulta directa -entiéndase plebiscito temas de incumbencia y de transcendencia para el conjunto de la región, que afectan no solo el presente, sino el futuro, la convivencia y la calidad de vida de los ciudadanos. Ese hecho es un avance, no solo frases de buena crianza.

Me parece que tenemos un desafío quienes creemos que acercar las decisiones y el poder político a la base ciudadana constituye la base democrática. Hay quienes van a enredarse en lo que podrá hacer el representante o delegado del Presidente; pero en esos temas hay experiencia internacional, y también pueden ser determinados con sentido común por la propia ciudadanía.

Por ello, como bancada, apoyaremos el proyecto en debate. Así como lo fueron las iniciativas sobre el fin del binominal y el que estableció el derecho a voto en el exterior, este proyecto también es un paso en la dirección de democratizar plenamente nuestra sociedad y nuestro Estado.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Bernardo Berger.

El señor BERGER.-

Señor Presidente, por su intermedio quiero saludar a los ministros y subsecretarios presentes en la Sala, especialmente a los funcionarios públicos que hoy han asistido a la Cámara de Diputados.

(Aplausos)

Quienes somos parlamentarios regionales hemos esperado largamente un proyecto que otorgue verdadera autonomía regional y descentralización.

La figura del gobernador regional elegido por vía popular y con verdaderas atribuciones hubiese sido lo óptimo, en lugar de una figura que, en la práctica, nace a la vida política sin ninguna atribución real y que, muy por el contrario de lo que se esperaba, representará un gasto innecesario y sin sentido al erario, ya que carece de total sentido situar al lado del gobernador democráticamente elegido por la región, la figura de un secretario regional presidencial que ejercerá todas las atribuciones presidenciales en la región.

Esta reforma viene a ser simplemente una especie de calmante para quienes tanto hemos luchado por la autonomía de las regiones, en pro de un gobierno regional que aborde las verdaderas necesidades locales y descentralice las funciones más necesarias dentro de cada región, evitando seguir con el abandono y la falta de desarrollo en que se encuentran actualmente las regiones.

Lo que es aún peor, el proyecto crea una figura que políticamente pasa a ser un elemento de discordia regional, ya que si el gobernador elegido resulta ser de una tendencia política diferente de la del gobierno de turno, se convertirá en una figura con cero atribuciones y sin sentido, que será constantemente contradicha por la figura del secretario regional presidencial.

Por lo que veo, es otra reforma muy mal diseñada que no es más que marketing político vacío y demagogia que se disfraza de democracia y de descentralización. Como señalé hace algunos días, es un proyecto que democratiza, pero no descentraliza. Lo único que traerá consigo son contradicciones políticas a nivel regional, además de un gasto innecesario.

No obstante lo anterior, apoyaré la reforma, con el único consuelo y esperanza de que el gobierno cumpla con el compromiso adquirido, cual es el ingreso al Congreso Nacional de una iniciativa que entregue atribuciones y funciones al gobernador regional, pues lo que finalmente hace el proyecto es dividir en dos el actual cargo de intendente. Muchas atribuciones importantes de ese cargo pasarán al secretario regional presidencial, quien será elegido por el Presidente de turno, tal como se hace hoy con los intendentes. Es decir, el verdadero reemplazante del intendente será el secretario regional presidencial y no el gobernador regional.

Votaré a favor el proyecto porque, como dijo alguien hace algunos días, peor es nada. Este es uno más de los proyectos “migajas” -o sea, pedazos y mal acabados a que desgraciadamente nos tiene acostumbrados esta administración.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Pedro Browne.

El señor BROWNE.-

Señor Presidente, primero que todo quiero saludar a los subsecretarios que hoy nos acompañan y también a la gente que está en las tribunas presenciando este debate.

Si bien no están claras las atribuciones que van a tener los gobernadores regionales, me parece que este proyecto es un primer paso correcto en tal sentido. Si esperamos a que esté completamente estructurado el proceso de cambio que se está produciendo en la descentralización del país, probablemente deberíamos haber seguido esperando muchos años para que se produjera este cambio.

El proyecto, una vez aprobado, va a forzar a que necesariamente tengamos que avanzar en dar mayor claridad en materia de atribuciones. Por eso, en lo personal, me he ido convenciendo de que es positivo apoyarlo, como una primera instancia en que haya autoridades elegidas democráticamente que puedan dar la lucha por cada una de las regiones en los temas de interés regional.

Como señala el proyecto, será elegido gobernador el candidato que obtenga la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos.

En esa misma lógica, me parece que no es una buena idea generar un híbrido en la elección de esa autoridad exigiendo esa cantidad de votos, más allá de que entiendo que eso fue lo que logró generar algún grado de consenso para avanzar en este proyecto en el Senado. A todas luces, esa autoridad debería ser elegida con el 50 por ciento de los votos, porque sin muchas atribuciones y recursos, va a tener que enfrentarse a la autoridad central, que es el Presidente de la República. Si tiene pocas atribuciones y, además, una representación política distinta de la que tiene el Presidente de la República, va a quedar en condiciones muy inferiores para representar a la ciudadanía y a su región.

Por eso, pido que se reponga la indicación que presentamos en la Comisión de Constitución -hicimos lo propio en la Comisión de Gobierno Interior para que esa autoridad sea elegida con el 50 por ciento de los votos en una segunda vuelta, a fin de que genere una mayoría sustancial en la región frente a la autoridad que represente al Presidente de la República.

Finalmente, quiero hacer un llamado de atención.

Me parece bien que el proyecto establezca una reelección para los gobernadores regionales, pues en el país se ha generado discusión respecto del límite de la reelección. Parece razonable que se establezca esa nueva autoridad con ese límite; pero es vergonzoso que el proyecto que limita la reelección de los parlamentarios lleve cuatro años durmiendo en el Senado. La Cámara de Diputados lo aprobó y, quizá, habrá que hacerle modificaciones; pero -repitolleva demasiado tiempo sin tramitarse.

Los senadores no han querido ponerlo en tabla y llevarlo a la Sala; sin embargo, con una facilidad tremenda aprueban límites de reelección para otras autoridades.

Como Cámara de Diputados deberíamos exigir al Senado que antes de que este proyecto sea despachado del Congreso, se apruebe en paralelo el proyecto de ley que limita la reelección de nuestros cargos. De lo contrario, nuevamente estaremos dando un espectáculo deplorable ante la ciudadanía.

En este punto, el gobierno tiene mucho que decir, porque en julio de 2014 firmó un acuerdo con los parlamentarios independientes y los representantes de los partidos nacientes -en ese entonces para terminar con el sistema binominal. Entre las materias que se acordaron en esa oportunidad está la de fijar un límite a la reelección.

Ese es un compromiso firmado por este gobierno, el que no ha tenido las ganas ni la fuerza para calificar con discusión inmediata el proyecto que contiene dicha materia.

Insisto: de la misma forma en que se calificó con discusión inmediata este proyecto, lo mínimo que puede hacer el gobierno es hacer lo propio con el proyecto que limita la reelección de los parlamentarios, radicado en el Senado.

Es posible que sea necesario introducirle modificaciones, pero, insisto, me parece que sería una vergüenza despachar este proyecto, que modifica normas sobre administración y gobierno regional, disponiendo la elección directa del intendente, en tanto ejecutivo del gobierno regional, con límite de reelección, y, al mismo tiempo, los parlamentarios que lo votamos continuemos dilatando la aprobación del proyecto que limita nuestra reelección, el cual –repito fue aprobado en la Cámara y se encuentra durmiendo en el Senado.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Andrea Molina.

La señora MOLINA (doña Andrea).-

Señor Presidente, durante el tiempo en que he ejercido como diputada he luchado incansablemente por la descentralización, porque me parece urgente y necesaria, pues la centralización en que estamos inmersos como país ha profundizado la desigualdad y ha provocado que los ciudadanos se sientan cada vez más abusados y molestos con este sistema de vida.

El hecho de que cada región no pueda definir cuáles son sus proyectos más preponderantes y deba estar siempre esperando lo que desde Santiago se decida al respecto constituye una situación que enrabia y ocasiona un ambiente desagradable. Las regiones exigen mayor autonomía. Tenemos mucho que abordar en ese sentido. Llevamos mucho tiempo conversando acerca de la elección del órgano ejecutivo del gobierno regional, que todos queremos que tenga una transferencia de competencias como corresponde.

No queremos generar un gasto para el Estado. El hecho de que la gente sepa que establecer una nueva elección representará un gasto para el Estado, pero que la figura que se elegirá no tendrá ninguna relevancia cuando entre a la intendencia, que será solo una figura de papel, dado que será el secretario regional presidencial quien en definitiva actuará como intendente, es un tema que nos preocupa, sobre todo ahora que debemos decidir si aprobaremos este proyecto de reforma constitucional que dispone la elección del órgano ejecutivo del gobierno regional. En efecto, no tenemos claro cuáles serán las competencias del gobernador regional.

Este proyecto de reforma constitucional lleva amarrada una situación puntual, cual es la aprobación y publicación de la ley orgánica constitucional respectiva. Es decir, si la ley orgánica no está definida y publicada, este proyecto de reforma constitucional no podría implementarse.

Por lo tanto, ¿por qué no invertimos el orden de la discusión de ambos proyectos? ¿Por qué no nos cuentan primero qué competencias tendrá el gobernador regional en la ley orgánica constitucional que se está tramitando, para cuya aprobación se requiere menor quorum que para la aprobación de este proyecto de reforma constitucional? Hoy quieren que aprobemos este proyecto, que requiere un quorum más alto; pero hacerlo sería como entregar un cheque en blanco, pues no sabremos cuáles serán las competencias del gobernador regional mientras no esté aprobada la ley orgánica constitucional respectiva, la cual –reitero requiere menos votos. Por ende, ¿cómo podríamos nosotros presionar o discutir con el Ejecutivo respecto de las competencias que se quieren establecer para el gobernador regional, si en definitiva el día de mañana podrán tener los votos fácilmente para aprobar la ley orgánica constitucional en tramitación? Es un tema no menor, del cual quiero hacerme cargo en esta discusión. Porque hoy se nos presenta un proyecto que es necesario, pues permite elegir a nuestras autoridades en las regiones, pero queremos tener claridad sobre cuáles serán sus competencias.

Cuando una entra a un trabajo, le dicen: “Usted va a hacer a, be o ce.”. No le dicen: “Ya, entre. Después le decimos qué va a hacer.”. No funciona así el mercado.

¿Por qué tenemos que votar un proyecto que es un cheque en blanco? Estoy absolutamente de acuerdo con la descentralización. Por ella he luchado minuto a minuto, y mientras siga estando aquí, lo seguiré haciendo. Pero no me parece justo que, a la luz de la información que tenemos, votemos a favor un proyecto de reforma constitucional sin que sepamos en qué se va a traducir. Solo está el hecho de que avanzaremos un peldaño más al tener la posibilidad de elegir al órgano ejecutivo del gobierno regional; sin embargo, no sabemos cuáles serán sus competencias. Además, tendremos la figura del secretario regional presidencial que, al parecer, será quien tomará el poder en las regiones. Es decir, una vez más estaremos centralizados y con una figura de papel. No es eso lo que queremos.

Por ello, la forma en que debemos votar está poco clara. Yo votaría a favor si nos dijeran qué competencias tendrá el gobernador regional. Pero hoy ¿qué nos queda? ¿Abstenernos o votar en contra? Porque no queremos mentir a la comunidad. No queremos que se gaste más plata del Estado en elecciones de una figura que no tendrá la relevancia y la importancia que debería tener como autoridad en cada una de las regiones.

Invito a los funcionarios públicos presentes en las tribunas, que esperan la votación de un proyecto tremendamente importante para ellos, a que también sean parte del debate; invito a la gente en su casa a que analice si los diputados deberíamos votar a favor un proyecto que permitirá la elección de una figura de papel, que no sabemos qué va a hacer, a la espera de la aprobación del proyecto de ley orgánica constitucional. ¿Cuándo se va a elaborar y a votar ese proyecto? ¿Qué dispondrá esa iniciativa?

En verdad, quedamos con una interrogante y no podemos legislar de esta manera.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Roberto Poblete.

El señor POBLETE.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los trabajadores públicos presentes en las tribunas, quienes con paciencia y con humor han aguantado todo este largo debate a la espera de la votación del proyecto que les otorga el tan anhelado reajuste de remuneraciones.

También saludo a los integrantes de la Comisión de Descentralización que constituyó la Presidenta de la República, quienes también nos acompañan desde las tribunas. Asimismo, saludo al ministro Nicolás Eyzaguirre y a los subsecretarios Ricardo Cifuentes , Gabriel de la Fuente y Mahmud Aleuy.

Hoy es, quizás, uno de los días más importantes para las regiones de nuestra república en los últimos años. Digo esto por cuanto la importancia de lo que hoy nos convoca es superlativa y absolutamente excepcional para nuestro conservador itinerario de cambios en la forma de gobernarnos.

Hemos tenido desde los albores de la república un solo centro de impulsión político que irradia el poder desde el centro hacia los rincones de esta larga y diversa faja en la que habitamos. Cabe hacerlo presente porque un Estado unitario como el chileno nunca ha tenido una excepción en la forma en que genera, distribuye y aplica el poder político sobre su territorio. Quizás lo fue el ejercicio constitucional de las leyes federales de 1826, colectivamente llamadas Constitución de 1826, que fuera el ensayo federalista de Chile dentro del periodo de organización de la república y que, aunque no tuvo el valor de una constitución formalmente aprobada -como otras-, al menos se hizo a la idea de tener una federación de territorios. Su principal organizador y gestor fue don José Miguel Infante.

Pero, fuera de esta singularidad histórica, el poder en nuestra historia constitucional ha sido lineal, concéntrico, aglutinante, antidemocrático, sordo y, por sobre todo, de fronda. Nada se ha hecho sin la venia de las oligarquías de la zona central. Ningún paso se ha dado, ningún recurso a gran escala se ha explotado, ningún tributo de carácter regional se ha autorizado sin la anuencia de quienes detentan desde siempre la fuerza en Chile: las élites santiaguinas y, por qué no decirlo, también algunas élites de provincia.

Por eso, hoy es un día de la máxima relevancia porque por fin comenzaremos a hablar de descentralización en la ley mediante este proyecto que permite la elección concreta y universal vía sufragio popular de las autoridades máximas de cada región.

Como sabemos, la descentralización implica un traspaso de competencias y recursos desde el nivel central a los niveles regionales y locales. Sin embargo, actualmente en nuestro país la administración superior que ostenta un gobierno regional recae en un gobierno que no es autogenerado por los territorios, los cuales son sometidos a la ley del jerarca central. Intendentes y gobernadores hasta hoy son designados por el Presidente de la República, que a su vez es el jefe de este Estado unitario.

Según establece la Constitución Política, la administración superior de cada región radica en un gobierno regional (GORE), que tiene por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región. Este gobierno regional es un órgano colegiado que a partir de 2013 es electo directamente por la ciudadanía, con facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras.

Sin embargo, el proceso descentralizador que nuestro gobierno ha impulsado por la vía de dar urgencia a los proyectos que ha presentado con ese objetivo se hace cargo de un tema que ha preocupado a muchos sectores de Chile a lo largo de su historia, cual es la cultura centralista que tenemos, que permite una débil dispersión del poder, especialmente en el nivel regional, y un recargo de mecanismos centralistas que limitan la capacidad de decisión local y regional.

Si bien se distinguen avances en el ámbito legal y en el traspaso de recursos y de atribuciones a los gobiernos regionales, de acuerdo a la opinión de casi todos los expertos, ellos aún no son suficientes.

También debo decir que esta coyuntura significa un inmenso avance, una puerta ancha que se abre para tener al menos una organización que nos permita la autogeneración de las autoridades en las regiones, lo que tanto nos ha costado lograr como país.

Asimismo, que el traspaso de competencias que se hará en otro proyecto de ley, el cual se encuentra en tercer trámite constitucional, fijará el marco de atribuciones y deslindes entre el poder central y el de las regiones.

Tenemos quejas, reparos y aprensiones respecto de esta iniciativa y la anteriormente indicada. Sin embargo, a pesar de los temas pendientes en esta materia, es posible señalar que los avances legislativos habidos desde 1990 hasta la fecha han sido patentes: se crearon los gobiernos regionales a través de la publicación, en 1992, de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; se introdujeron cambios, mediante la ley N° 20.035, de 2005, a la citada ley orgánica constitucional, especialmente en lo relacionado con la eficiencia y modernización de la administración regional; la reforma constitucional de 2005 facilitó la creación de nuevas regiones, y la Reforma Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Regional, ley N° 20.390, de 2009, incorporó, entre otras materias, la elección, a través del sufragio universal, de los consejeros regionales, lo cual se materializó con la publicación de la ley N° 20.678, de 2013.

Tenemos motivos para estar susceptibles, pero son muchos más los que tenemos para votar favorablemente y con un enorme entusiasmo este proyecto, que será el piso a partir del cual iremos construyendo una autonomía, un poder decisorio y un grado de emancipación respecto al poder central, que en más de dos siglos no habíamos tenido.

Señor Presidente, esto prueba que hay males que duran más de cien años y ciudadanos inertes que los soportan. Por eso, el empoderamiento y la exigencia de las personas de regiones hoy nos ponen en este feliz trance en el que nos aprestamos a votar favorablemente.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Claudio Arriagada.

El señor ARRIAGADA.-

Señor Presidente, quiero hacer presente una cuestión de reconocimiento y de contexto.

La iniciativa que estamos debatiendo se dio en el contexto de la aprobación del proyecto de ley de fortalecimiento de las regiones, de la promulgación de la ley de fortalecimiento de la gestión y profesionalización del personal municipal. Se encuentra pendiente, señor subsecretario -se lo señalo por intermedio del señor Presidente-, la corrección de una interpretación de la Contraloría que afecta a los funcionarios a contrata.

(Aplausos en las tribunas)

Es muy importante el contexto, porque se da además con la espera del envío del proyecto sobre financiamiento para las regiones.

Naturalmente, cuando se tramitó y se despachó el proyecto sobre fortalecimiento para las regiones en la Comisión de Gobierno Interior, que me tocó presidir, una de las preocupaciones que hubo fue la de volver a generar una etapa de audiencias. A los funcionarios públicos se les privilegió en el ser escuchados, porque sabemos que una reforma de esta magnitud tiene un efecto en las personas. Nos interesaba garantizar a los trabajadores del sector público de todo el país que sus derechos y el trato digno serían garantizados en todas las modificaciones que se hicieran. Así fue como escuchamos a todos los gremios en la comisión.

Esto es importante, porque en cuanto al reconocimiento la bancada regionalista se complementó y escuchó desde su origen a la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y el Desarrollo Regional, presidida por Teo Valenzuela y Heinrich von Baer , quienes -quiero aclarar el punto nunca dijeron que se tramitara cualquier proyecto, sino que siempre pelearon por uno bueno.

Ello es tremendamente relevante, porque permitirá terminar con situaciones como las que se generan cuando ocurre un terremoto: para poder despejar una vía se debe esperar la decisión del ministro de Obras Públicas. Eso representa todas las fallas que tenemos desde el punto de vista centralista.

Por lo tanto, resulta muy significativa la elección de intendentes.

La bancada de la Democracia Cristiana votará con mucha aceptación la presente iniciativa, reconociendo que tiene un conjunto de materias que quedarán pendientes. Una de las que más nos preocupan es que el gobierno envíe con urgencia el proyecto de ley orgánica constitucional que regulará la referida elección y nos permitirá elegir a tales autoridades en 2017.

También nos interesa el envío del proyecto de financiamiento para las regiones, por dos razones.

En la Comisión de Gobierno Interior y en los seminarios que organizó el grupo por la descentralización, que lidera Heinrich von Baer , el debate siempre se hizo sobre la base de que estábamos elaborando una iniciativa dentro de un Estado unitario. Por tanto, confiamos en que cuando debamos analizar el proyecto de ley de financiamiento para las regiones la discusión se dará en el contexto del necesario ordenamiento económico-fiscal, pues no queremos que en Chile ocurra lo mismo que en otras experiencias en América Latina: gobiernos regionales absolutamente quebrados y desfinanciados. No queremos en nuestro país “pataquitos” y “patacones”, sino economías sustentables en el nivel regional que sean parte de un ordenamiento nacional.

Por eso nos importa la experiencia piloto que se está desarrollando en tres regiones de nuestro país, donde gradualmente se están traspasando recursos y competencias.

A mi juicio, y así lo señalamos en la Comisión de Gobierno Interior, el proyecto de ley de traspaso de competencias -la iniciativa se encuentra en tramitación en el Senadono servirá de nada sin el debido financiamiento.

Por eso, el proyecto que reforma el sistema de financiamiento de los gobiernos regionales será la madre de todas las batallas, en el cual deberemos poner la mayor cantidad de argumentos posibles para que dichos organismos sean sustentables y los intereses regionales definidos por las nuevas autoridades elegidas por los ciudadanos no colisionen con el legítimo interés de los representantes de los gobiernos de turno.

A quienes esperan y critican que la reforma constitucional en proyecto no tiene sentido les señalo que están equivocados: representa un tremendo avance; es de una magnitud enorme, pues modifica absolutamente la representación en nuestro país. Por lo tanto, la forma en que ella se ha venido dando, la manera en que se han abordado los inconvenientes y las debilidades que, ciertamente, tiene todo proyecto de esta naturaleza, las resolveremos por el bien de Chile.

Por eso, con mucho agrado votaremos de manera favorable el proyecto.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Ha concluido el Orden del Día.

2.5. Discusión en Sala

Fecha 08 de noviembre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 92. Legislatura 364. Discusión Particular. Se aprueban modificaciones.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 9834-06, 10330-06, 10422-06 Y 10443-06) [CONTINUACIÓN]

El señor ANDRADE (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde continuar la discusión del proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje y mociones, refundidos, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

Antecedentes:

-La discusión del proyecto se inició en la sesión 89ª de la presente legislatura, en 2 de noviembre de 2016.

El señor ANDRADE (Presidente).-

De conformidad con los acuerdos de Comités adoptados hoy, para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos a cada diputado inscrito.

El plazo para solicitar votaciones separadas y para renovar indicaciones vence a las 12.00 horas.

Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.

El señor URRUTIA (don Ignacio).-

Señor Presidente, cuando se inició la discusión de este proyecto, la mayoría o casi todos los parlamentarios que intervinieron se refirieron enfáticamente al centralismo y al regionalismo, y expresaron que este proyecto avanzaba en la regionalización.

Efectivamente, el centralismo es muy fuerte y no solo a nivel de la Región Metropolitana; también se puede observar al interior de las propias regiones. En el caso de la Región del Maule, el centralismo de Talca y Curicó , es decir, el Maule Norte en comparación con el Maule Sur, es tremendo.

Algunos parlamentarios hemos tratado, por muchos años, de que esta región sea dividida en dos, precisamente para evitar ese centralismo. Otras regiones han logrado ese objetivo, para evitar que se produzca dicho centralismo. Nosotros todavía no hemos podido alcanzar esa meta.

Espero que algún día se realice un estudio general de todas las regiones, de manera que los recursos se distribuyan dentro de las regiones en forma equitativa y no sesgada, como se hace hoy, por lo menos en nuestra región.

En relación con el proyecto de reforma constitucional que permite la elección popular de los gobernadores regionales, autoridades que hoy son elegidas en forma directa, lo primero que uno siente y piensa es que se trata de un gran paso para tener más regionalización y menos centralismo. El problema radica en que vamos a elegir gobernadores regionales sin atribuciones. Estamos engañando a la ciudadanía, porque en el fondo le estamos diciendo que no se preocupe, porque, a partir de la próxima elección, va a poder elegir al gobernador regional por votación popular; sin embargo, luego se dará cuenta de que esa autoridad no tiene ninguna atribución, porque estas quedarán radicadas en el secretario regional presidencial. Entonces, ¿de qué regionalización estamos hablando?

Se dice que se presentará un proyecto de ley complementario. ¿Por qué hacer eso? ¿Por qué no se puede implementar todo en un mismo proyecto? ¿Por qué tiene que elaborarse un nuevo proyecto para entregar atribuciones? Lo lógico es que en la misma ley se establezcan claramente las atribuciones y lo que puede o no hacer esa nueva autoridad que se pretende elegir por votación popular. Esa es una incógnita tremenda.

Queremos regionalización y que, de una vez por todas, no se siga concentrando todo en la capital. En principio, lo lógico sería aprobar este proyecto; pero cuando uno escucha las intervenciones de algunos parlamentarios, se da cuenta de que la nueva autoridad no tendrá ninguna atribución.

Entonces, estamos eligiendo una especie de monito, es decir, un señor que va a estar mirando para el techo, sin atribuciones de ninguna naturaleza.

Cuesta tomar una decisión sobre este particular. Tengo serias dudas respecto de cómo debemos votar un proyecto de reforma constitucional que, como se ha planteado aquí, podrá ser muy interesante, pero que no tiene ningún asidero si no se establecen las atribuciones de los gobernadores regionales.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.

El señor CERONI.-

Señor Presidente, a pesar de las críticas, no hay duda de que este proyecto es un gran paso para descentralizar el país, pues establece la forma en que la ciudadanía puede sentirse más cerca de las autoridades que resuelven problemas muy directos que afectan especialmente el desarrollo de una región. Por consiguiente, va a contribuir enormemente a acercar la ciudadanía a la política.

Se pregunta qué va a hacer el gobernador regional, que aparece sin ninguna facultad en el proyecto en discusión. Parece que a muchos se les olvida que se trata de una reforma constitucional. En la Constitución no se detallan en forma minuciosa las atribuciones que puede tener una autoridad. En muchos casos las facultades se establecen en la ley orgánica respectiva.

En este momento se tramita en el Congreso Nacional un proyecto sobre traspaso de competencias, fortalecimiento de la regionalización y financiamiento regional. Esta reforma va a estar vigente cuando ese proyecto sea aprobado por el Congreso. Por lo tanto, no podemos criticarla tanto, considerando que se procederá en la forma que he señalado.

El proyecto establece que será elegido gobernador el candidato que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos. Nosotros queríamos que fuera elegido por mayoría absoluta de votos, pero se llegó a esa fórmula, porque tuvimos que transar muchas posiciones.

En la comisión se efectuó una modificación importante respecto de la vacancia del gobernador regional. Si la vacancia se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, el gobernador regional será elegido por el consejo regional por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio. Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

Esta reforma constitucional es muy importante para la descentralización. Desde ese punto de vista, nuestra bancada la votará a favor.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo González.

El señor GONZÁLEZ.-

Señor Presidente, este proyecto va a cambiar la faz del país desde el punto de vista de su organización institucional y administrativa, en la medida en que va a otorgar a las regiones un rol en la definición de sus grandes políticas de desarrollo productivo en los distintos ámbitos en los que hoy tiene competencia el gobierno central.

Sin duda, esta transformación no se puede producir de un día para otro, pero se da en el marco de una Constitución y de un Estado unitario. Esa es la razón por la cual podrán coexistir dos autoridades una vez que la reforma esté en plena ejecución. Se van a ir transfiriendo gradual y sucesivamente todas las competencias que un gobierno de carácter regional puede tener y desarrollar en un Estado unitario y descentralizado.

No debe sorprendernos la coexistencia de dos autoridades, pues esa realidad se ha producido en todos los países donde se ha desarrollado una reforma de estas características. Lo importante es que la autoridad política sea elegida, dependa de los ciudadanos, responda ante ellos y disponga de un conjunto de competencias que permitan avanzar en forma gradual y progresiva en la transferencia de las mismas. Las únicas competencias que definitivamente no se van a transferir son las relacionadas con la policía, la seguridad pública y las relaciones exteriores, las cuales corresponden al gobierno central.

Las 95 competencias que se han estado discutiendo en el Senado constituirán un tremendo desafío para los gobernadores regionales que serán elegidos por la ciudadanía.

Insisto, elegir a los gobernadores regionales constituye un paso decisivo y necesario para ejercer las nuevas competencias que se entregarán a los gobiernos regionales. Sin elección de los gobernadores regionales no habrá transferencia de competencias; sin elección de los gobernadores regionales no habrá mayor transferencia de recursos ni ley de financiamiento regional.

Por lo tanto, quienes deseen avanzar en descentralización, deberán ser consecuentes y votar a favor, primero, esta reforma constitucional, pues abrirá paso a la transferencia de competencias, las que crecientemente irán aumentando, y abrirá paso a nuevos recursos para las regiones.

Quien no quiera que se destinen más recursos a las regiones y se entreguen más competencias a los gobiernos regionales, no va a votar a favor este proyecto que dispone que el gobernador regional sea elegido por voto directo.

Que no se den más excusas. Es el momento de dar un paso decisivo en la elección del órgano ejecutivo del gobierno regional. Ello abrirá el camino para que avancemos crecientemente en el proceso de descentralización.

Esta oportunidad, que se ha dado en este gobierno, y que fue esperada por sucesivos gobiernos durante décadas, es un paso muy importante para ganar en confianza y en cercanía con las autoridades y, sobre todo, para que las regiones, que han estado postergadas tantos años, tengan un nivel de desarrollo propio, más autónomo y con un sello regional, más poder de decisión por sus autoridades y mayores recursos.

Por lo expuesto, anuncio que votaremos favorablemente este proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del gobernador regional.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Germán Becker.

El señor BECKER.-

Señor Presidente, sin duda, la elección del gobernador regional es de la mayor importancia para nuestras regiones.

Los actuales intendentes tienen muy poca capacidad de negociación y viven en un eterno conflicto con el poder central.

La elección del órgano ejecutivo del gobierno regional es una demanda histórica de las regiones. Hace diecisiete años que venimos hablando de ella. Han pasado varios gobiernos y, hasta ahora, ninguno o prácticamente ninguno, salvo el del Presidente Piñera , que permitió la elección de los consejeros regionales, había avanzado en esta materia.

Lamentablemente, una vez más tenemos que tratar un proyecto apurados. El Senado se tomó un año y medio para analizar la iniciativa; en la Cámara de Diputados, en cambio, tuvimos menos de un mes, lo que me parece poco razonable. Creo que deberíamos formular ese reclamo al Senado, pues siempre se demora mucho más en tramitar los proyectos, incluso pasando por encima de las urgencias dispuestas por el Ejecutivo.

Este proyecto es principalmente de participación, más que de descentralización. Por eso, es necesario saber qué atribuciones y competencias tendrá la nueva autoridad. Hay un proyecto en trámite -espero que el Senado lo despache pronto en el que sabremos cuál será la forma de traspaso de funciones y qué funciones se traspasarán.

Esta iniciativa representa un primer paso fundamental, una puerta que se abre a la descentralización. Si no aprobamos este proyecto, probablemente pasarán varios gobiernos, de izquierda y de derecha, pero ninguno estará disponible para traspasar todas o gran parte de las funciones que actualmente tienen los intendentes, de una sola vez, al nuevo gobernador regional elegido democráticamente. Eso es lo que piden algunos diputados. Sin embargo -reitero-, ello no será posible; ningún gobierno hará dicho traspaso de una sola vez. Además, sería muy peligroso, pues podríamos crear un nuevo Transantiago ; esta vez, un Transantiago institucional.

Por eso, no es negativo que aprobemos esta nueva institución con menos atribuciones de las que hubiéramos deseado como ideales. Un exintendente de la Región de La Araucanía que quiere postular a la intendencia me dijo: “Con el FNDR podría hacer maravillas, junto con mi Core, para avanzar en los proyectos que queremos implementar. Podríamos decidir de manera autónoma, fuera del poder central, qué queremos hacer con los 150.000 millones de pesos que llegan a La Araucanía.”.

No hay argumentos para oponerse a este proyecto. Algunos parlamentarios hablan del carácter unitario de Chile. Este se encuentra intacto. Pero muchos países unitarios de Sudamérica, como Colombia, Perú y Uruguay, eligen a sus autoridades intermedias o regionales. Chile es el único país de la OCDE, salvo Turquía, que no elije democráticamente a sus autoridades intermedias.

En relación con el proyecto, quiero referirme al nombre de las nuevas autoridades.

El nombre “delegado presidencial” me parece que da a entender que se trata de un representante del gobierno, pero se confunde con los delegados presidenciales para materias específicas. Creo que el mejor nombre para esta autoridad es “secretario regional”, al cual habría que agregar la palabra “presidencial”, como lo hicimos en la Comisión de Gobierno Interior.

En cuanto al umbral por el cual se elegirá al gobernador regional, me parece razonable que se haya establecido el 40 por ciento de los votos válidamente emitidos. Es una autoridad intermedia entre el presidente de la república, que se elige con el 50 por ciento, y el alcalde, que se elige por mayoría absoluta. Estimo que se llegó a un buen acuerdo.

La fecha de la elección es un asunto que tendremos que analizar más adelante.

La descentralización es un largo camino que debemos recorrer juntos en las regiones, de norte a sur y de izquierda a derecha. No podemos pretender dar por solucionados los problemas de centralismo solo con este proyecto, pero sin duda es una señal potente que puede ayudar a pensar en Chile, no desde Santiago , sino desde cada una de sus regiones. Así se construye al fin y al cabo un país del que todos nos sintamos orgullosos.

Los diputados regionalistas que queremos avanzar en descentralización, aunque sea de manera delimitada, debemos votar favorablemente este proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular de los gobernadores regionales. No vaya a suceder que, pretendiendo lo óptimo, nos quedemos finalmente sin nada.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Vlado Mirosevic.

El señor MIROSEVIC.-

Señor Presidente, sería muy difícil comenzar este discurso sin mencionar lo que grandes intelectuales quisieron hacer en el pasado. Me refiero a don José Victorino Lastarria y a don Benjamín Vicuña Mackenna , quienes, respectivamente y en períodos bastante similares, escribieron un libro en el que formularon un juicio a Diego Portales.

Reitero: es imposible comenzar esta discusión sin revisar, primero, de manera crítica, nuestra propia historia.

En Chile rendimos homenaje a Diego Portales , que representa la figura de un tirano, de un centralista que pretendió concentrar el poder en la capital, que lamentablemente logró aniquilar la democracia local de los cabildos democráticos que había en las provincias autónomas de Chile y que logro con éxito vencer al bando liberal que quería un país federalista. Obviamente, aquel era un bando democrático e inspirado en los valores de la Revolución Francesa. Pero ese no fue el Chile que venció. Ganaron Diego Portales y compañía, quienes, con un ejército mercenario, instalaron un Estado autoritario, centralista y con un profundo desprecio hacia las regiones.

Por lo tanto, que hoy seamos el país más centralista del mundo es parte del resultado de una vieja tradición que algunos todavía se esmeran en seguir reviviendo. Es necesario hacer un juicio histórico a esta tradición de Diego Portales. La historia oficial ha construido un mito en torno a ese personaje; sin embargo, es responsabilidad nuestra desmitificarlo, y en cambio poner en valor a figuras como Ramón Freire, un general civilista y democrático, que creyó en un Chile federal, dividido en ocho grandes provincias autónomas.

En los intentos constitucionales de 1826 -hace ciento noventa años se consideró la elección democrática del intendente. ¡Hemos debido esperar ciento noventa años para discutir sobre la elección de esta autoridad, elección que existe en todo el mundo desarrollado, en toda América Latina y en los países de la OCDE! Somos uno de los pocos países que no la tiene.

Lamentablemente, los senadores -para quienes hemos seguido esa discusión han sido exitosos en una cosa: en instalar el mito de que esto es una figura de cartón, de papel; un intendente elegido, pero que no va a tener atribuciones.

Eso es completamente falso, porque esta elección democrática viene con un proyecto de ley complementario: el de traspaso de competencias a regiones, que, según los cálculos de algunos, duplicará el presupuesto de los gobiernos regionales. Mediante dicha iniciativa se traspasarán atribuciones de la Corfo, del Sercotec, del Sernatur, del Fosis, de una parte del MOP y del Serviu a los gobiernos regionales. Asimismo, en el futuro se les podrá traspasar muchas más competencias.

Por lo tanto, decir aquí que estamos eligiendo solo una figura de papel es completamente falso.

¿Quiénes dicen eso? Aquellos que, siguiendo la tradición portaliana, autoritaria y desconfiada de distribuir poder a las regiones, en la práctica no quieren nada.

Los que hoy están por el maximalismo, que pareciera que por lo menos tienen discursos semifederales, como la UDI, son completamente falsos, porque en sus programas presidenciales sus candidatos jamás han avanzado un paso en esto -¡jamás!-, y no lo van a hacer.

Ellos dicen que quieren que los seremis dependan del intendente. Eso es falso, porque implicaría discutir, ir hacia un modelo federal.

Los parlamentarios de la UDI, que con suerte han estado a favor de algunas pequeñas reformas políticas y que siempre han tenido la sospecha de terminar con este Estado autoritario y centralista porque les conviene y desean seguir en eso, no me vengan a decir que ahora quieren que los seremis dependan del intendente. Eso es completamente falso. Es una forma de utilización para decir “queremos todo, pero en la práctica no queremos nada” porque tienen miedo y porque los senadores están sacando la calculadora y no quieren que el gobernador regional se elija democráticamente, puesto que distribuir el poder no refleja precisamente al Chile que venció en 1830 en la batalla de Lircay.

Pudimos haber tenido un país muy distinto con José Miguel Infante , quien imaginó un Chile federal. Espero que hoy sea el inicio de esa bonita historia y que no vuelvan a vencer los conservadores o autoritarios.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Alberto Robles.

El señor ROBLES.-

Señor Presidente, desde hace mucho tiempo, incluso desde que Chile, después de una dictadura compleja, volvió a la democracia, nuestras regiones no habían tenido un cambio tan significativo como el que hoy esperamos aprobar.

El gobierno militar creó este sistema de regiones entre cuatro paredes, con una mirada autoritaria, a mi juicio, absolutamente militar, en que los intendentes son designados por el Presidente de la República en un país presidencialista respecto del cual la historia del siglo XXI nos dice cada vez más que no resiste el sistema político que lo rige.

Por eso me parece fundamental que avancemos en una real descentralización, en una real regionalización.

Chile no solo debiera implementar rápidamente la elección popular del gobernador regional, sino también, tal como se ha expresado en este debate, la posibilidad de que la principal autoridad regional tenga las atribuciones necesarias para poder desempeñar su cargo, por lo menos para administrar y dar servicios integrales a la población que está bajo su mandato. Ello, por una razón muy simple: al ser elegido por la gente, el gobernador regional tiene el deber de abocarse a servir de la mejor forma posible a los habitantes del territorio que administrará, y para eso requiere atribuciones.

Hoy votaremos un proyecto que simplemente determina la elección directa del gobernador regional. Es fundamental que lo aprobemos sin cortapisas ni ningún tipo de condicionamiento; sin embargo, lamentablemente, en el Senado le colocaron uno: que para que entren en vigencia algunas modificaciones, entre ellas la relativa a la figura del gobernador regional, debía publicarse la ley orgánica que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.

No me gusta esa disposición transitoria, pues no soy partidario de condicionar la elección del gobernador regional a ningún otro elemento que no sea la votación popular.

Entiendo que la Comisión de Gobierno Interior le hizo un ajuste razonable a dicha disposición para poder avanzar en este proyecto en forma rápida y adecuada. Ese es el acuerdo existente al efecto.

Por cierto, en ese sentido no seré un impedimento para que avancemos en materia de descentralización, para que de verdad elijamos al gobernador regional. Pero, sí, me parece que el gobierno debe tener claro que deberá dar urgencia al despacho del proyecto de ley que le entrega atribuciones al gobernador regional.

Por cierto, en ese plano estamos avanzando un solo paso.

Como manifestó el diputado Mirosevic , me hubiera gustado muchísimo que tuviéramos un país federado; un país donde las regiones gozaran de muchas más atribuciones que las que hoy tienen; un país que mirara el siglo XXI en una forma mucho más dinámica y adecuada que la existente en la actualidad.

Sin embargo, este es un paso hacia adelante que hay que dar, pues avanza en descentralización y en una cultura cívica mucho más relevante.

También quiero decir -ello, para la historia de la leyque la indicación aprobada por la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados avanza en otro paso fundamental, porque con la sustitución que hace en el número 2) del artículo 57 permite a los consejeros regionales postular, por efectos de la ley en proyecto, a cargos parlamentarios en la próxima elección.

Evitar que los consejeros regionales puedan optar a otras candidaturas haciéndolos renunciar a su cargo con un tiempo de antelación para poder postular me parece un error, y este se corrige también con lo planteado por la Comisión de Gobierno Interior.

Considero que ese es el camino correcto.

Por lo expuesto, anuncio que votaremos favorablemente este proyecto de ley.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada señorita Daniella Cicardini.

La señorita CICARDINI (doña Daniella .-

Señor Presidente, después de una larga espera por fin estamos tramitando este proyecto de ley tan anhelado por las regiones, que, por lo demás, es muy significativo y marca un precedente en nuestra historia.

Los regionalistas hemos buscado dar más atribuciones a los gobiernos regionales, poder elegir al gobernador regional de forma democrática y, de esa manera, tener más autonomía y la posibilidad de tomar nuestras propias decisiones respecto de los problemas que tenemos como región.

En Chiloé, en Coquimbo, en Atacama hemos visto situaciones lamentables de demandas ciudadanas, de demandas de regiones, en que prácticamente teníamos que esperar a que llegara un ministro o un subsecretario para poder mover un clavo y dar solución a los problemas. Al respecto, nos habría gustado tener nuestros propios recursos y la autonomía para haber resuelto de forma oportuna tales dificultades.

Al hablar de descentralización nacen numerosas inquietudes y miedos. Miedo a repartir y a compartir el poder, pues llevamos mucho tiempo -doscientos años esperando dar inicio a la descentralización.

No sé por qué se enredan tanto el Senado y muchos de los que intervinieron antes de mí cuando se habla de competencias, es decir, de cuáles serán las atribuciones de los gobernadores regionales.

Recordemos que en 1992, cuando se eligió democráticamente a los alcaldes, sus atribuciones se fueron amoldando y ajustando de forma progresiva. Nadie reclamó en esa oportunidad. Obviamente, hubo muchas aprensiones y se hicieron bastantes observaciones, pero creo que hoy todo está funcionando, y de la mejor manera.

En ese sentido, con el presente proyecto de reforma constitucional lo único que estamos tratando de establecer es si podremos elegir en forma democrática a los gobernadores regionales. No es nada más que eso.

Por otra parte, hay quienes tienen aprensiones respecto de la fecha en que se elegirá dicha autoridad: si ello se hará el próximo año, lo que en lo personal me habría gustado. Pero creo que también era consecuente y coherente que se hubiera elegido en 2016; sin embargo, ello fue imposible por la falta de acuerdo, de diálogo y específicamente de acuerdos políticos.

Por tanto, hoy estamos en lo que estamos. Esperamos que dicha elección sea viable para 2017.

No obstante, lo que más me preocupa es lo que pasará con la ley orgánica constitucional. Considero que respecto de esa iniciativa debería darse el debate más profundo, porque en ella se establecerán las incompatibilidades, las atribuciones, las competencias, la forma en que se elegirán estas autoridades y, consecuentemente, la fecha en que se realizará la elección.

El proyecto sobre traspaso de competencias a regiones, actualmente radicado en el Senado, también nos da la oportunidad de concentrar esfuerzos para establecer lo que debe ser un verdadero gobierno regional, con la mayor cantidad de atribuciones posibles.

En todo caso, estoy segura de que si lo hubiésemos hecho de otra manera, empezando por las competencias y atribuciones que tendría el gobernador regional, también habría habido críticas, en ese caso bajo la excusa de que no se puede aprobar un proyecto así, sin saber a quién se le estarían entregando esas facultades: si serán para el intendente designado o para el gobernador elegido.

Excusas siempre habrá; nacen precisamente del pensamiento centralista que sustentan quienes no quieren compartir o repartir el poder para que las regiones puedan crecer y no seguir en la asfixia o ahogo en que las mantiene el centralismo.

Estoy muy contenta de que podamos dar este paso, que considero significativo, en materia de descentralización. Lo más importante es iniciar, por fin, este proceso, ya que se adquirió un compromiso al respecto y las regiones no pueden seguir esperando.

Votaré a favor el proyecto muy contenta y satisfecha. Es de esperar que en los próximos meses podamos despachar la respectiva ley orgánica, la ley de rentas regionales, las asignaciones de recursos y el fondo de convergencia regional.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

En el tiempo del Comité Mixto e Independientes, tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, espero que todos aprobemos este proyecto de ley, porque es muy importante para el país.

Siguiendo los argumentos del diputado Mirosevic , considero que esta iniciativa nos ofrece una gran oportunidad para impulsar un desarrollo armónico a nivel nacional, pero en el entendido de que lo mismo debe suceder al interior de cada región, esto es, que también exista descentralización dentro de ellas. Además, se trata de un proyecto muy anhelado por muchos de nosotros.

Es cierto que aún falta mucho por hacer, pero este es un buen comienzo para el camino que deberemos recorrer, porque si bien esta iniciativa no trata lo que tiene que ver con cómo desarrollaremos nuestras regiones, en términos de fomento productivo, de desarrollo social, de infraestructura, etcétera, me parece que contaremos con las herramientas necesarias para eso. Sin embargo, considero que es importante que esas herramientas se entreguen los antes posible, ojalá antes de la próxima elección, que debería realizarse a finales del próximo año.

Para nosotros en muy relevante lo que tiene que ver con la responsabilidad de los partidos políticos, que tendrán una oportunidad tremenda cuando enfrenten esa elección, pues tendrán que tomar decisiones que afectarán el desarrollo y la capacidad de crecimiento de las regiones.

Si tengo dudas sobre algo, señor Presidente, no es acerca de las atribuciones o de las capacidades de las regiones para desarrollarse, sino de cómo actuarán los partidos políticos, porque no sé si tendrán la visión y la responsabilidad suficientes como para nombrar a los mejores candidatos.

¡Eso es lo que me preocupa! Y me preocupa porque quiero que quienes vayan a liderar esos procesos, los futuros candidatos, sean los mejores, materia en la cual me parece que la Cámara de Diputados tiene una tremenda responsabilidad en términos de las características que deberían tener esas personas, para que no sean los que queden, los que sobran, sino -insistolos mejores. Diría que el éxito o el fracaso de esta reforma dependerán de la responsabilidad con que los partidos políticos asuman la tarea de elegir a quienes liderarán esos procesos y a quienes integrarán los equipos de gobierno que los acompañarán.

Señor Presidente, dado que se encuentra el ministro Eyzaguirre en la Sala y está recibiendo felicitaciones de algunos colegas diputados, quiero aprovechar la ocasión para decirle que si hay algo importante para el éxito de este proyecto es el desarrollo de los partidos regionales; si hay algo importante para este proyecto, no es el centralismo en la designación de los partidos nacionales, sino cómo se facilitaba la creación de una institucionalidad política a nivel regional.

Lamentablemente, con la complicidad y venia del ministro presente, el señor Eyzaguirre , eso se borró de un plumazo, no obstante que lo habíamos conversado con el entonces ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo.

(Manifestaciones en la Sala)

Lo hicimos con Peñailillo, así.

¡Por Dios, qué memoria! Quizás fue porque él es de Concepción y entendía el significado que tiene esto, o quizás fue un juego de doy para que des, y después no se cumple la palabra, ¡porque después no se cumplió la palabra!

Entonces, estamos entregando una institucionalidad preciosa, tremenda, que votaré a favor, pero no porque el gobierno la haya propuesto, sino porque es necesaria para el país. Sin embargo, no puedo dejar de decir que lamentamos que este gobierno, que nos dio su palabra, no cumpliera una vez más lo prometido. Miró al techo y dijo “no” porque esta es una iniciativa de los parlamentarios.

Miren, no nos vengan con cuentos. Este ministro es viejo; bueno, yo también lo soy. ¡Sí, pues! Este ministro es viejo, y yo también, ¡así que no me venga con cuentos! Como esa tontera que dijo cuando se disculpó. ¡Esa tontera vaya a decírsela a un cabro chico de cuarto básico, pero no la venga a decir aquí!

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Señora diputada, diríjase al ministro a través de la Mesa.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Las cuentas se pasan, señor Presidente, aunque solo sea así, hablando en el debate de la Sala.

Después te vienen a pedir los votitos. Cuando eso pase, les diré que busquen en otra parte, porque aquí no más. Acuérdense de que faltaron a su palabra.

Este proyecto tiene que ver con la institucionalidad que queremos fortalecer, pero también con la institucionalidad política de las regiones, y eso ustedes lo cortaron irresponsablemente…

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada.

Tiene la palabra el diputado Jaime Bellolio.

El señor BELLOLIO.-

Señor Presidente, obviamente el debate que nos convoca es relevante; pero creo que podemos estar en presencia de una trampa legislativa, porque se nos dice que vamos a elegir algo que en realidad no vamos a elegir. Me refiero a que podríamos estar firmando un cheque en blanco para que luego venga otro proyecto de ley, el que otorgará las competencias a los gobernadores regionales, y que no lo veamos nunca.

Nosotros, que creemos sinceramente en la descentralización, sabemos que este es un proyecto completamente enredado; lo es porque quien ostenta el poder, no quiere soltarlo. Hoy los intendentes cumplen, básicamente, tres labores. La primera de ellas es evidente: son los representantes del Presidente de la República y, por lo tanto, coordinadores políticos en una región; en segundo lugar, son quienes deben coordinar a las Seremis y a los servicios públicos, y en tercer lugar, son el Ejecutivo del gobierno regional, por lo que, junto con el Core, deben destinar los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que se asignan a la respectiva región.

En términos de platas, las primeras dos funciones que acabo de mencionar -ser representantes del Presidente y manejar los servicios públicos y coordinar a los seremisconstituyen el 90 por ciento de los recursos regionales; el Fondo Nacional de Desarrollo Regional significa solo el 10 por ciento de los recursos que administra la región.

Lo que este proyecto nos dice es que vamos a elegir a quien administrará solo el 10 por ciento de los recursos. ¿Y qué pasará con las otras funciones? Bien, gracias.

De hecho, el cambio de nombres que se propone enreda más las cosas, porque la gente supone que vamos a elegir al equivalente al intendente actual, con el poder que este tiene; sin embargo, lo cierto es que escogeremos un gobernador regional, al que le corresponderá presidir el Core.

No estoy diciendo que eso sea poca cosa, pero la verdad es que las otras atribuciones son las fundamentales. ¿Por qué? Porque si un intendente actual quiere abocarse al problema de los hospitales, debe hacerlo con la Seremi de Salud; si quiere abordar un tema vinculado con el Indap, debe hacerlo con la Seremi de Agricultura, labores que no le corresponderán a él, sino que serán del delegado presidencial. Es decir, será un experto en reclamar al gobierno de turno sobre materias en las que le gustaría avanzar, pero no tendrá los brazos ni los pies para hacerlo.

Por supuesto que podrá firmar convenios con las municipalidades y con otros servicios públicos; pero, ¿qué va a pasar cuando el color político del gobernador regional sea distinto al del delegado presidencial, que va a manejar el 90 por ciento de la inversión y que va a tener todas las labores?

Señor Presidente, como le gusta decir al ministro señor Nicolás Eyzaguirre , aquí hay algo clave, que tiene que ver con alinear los intereses, porque hay un problema de agente principal.

¿Qué deberíamos hacer si realmente nos gusta la descentralización? ¡Descentralizar los servicios públicos! Eso es fundamental. No estoy diciendo que a los seremis los escoja cada uno de los intendentes nuevos que elijamos; pero, ¿por qué no descentralizar los servicios públicos? Es obvio que las reglas del Indap o de Salud tienen que aplicarse en forma distinta en el norte y en el sur del país. Hay temas que son comunes, por lo que pueden ser parte de un plan nacional, pero los otros no lo son.

Si realmente queremos traspasar más poder a las regiones, incluyamos también a los servicios públicos y esas competencias.

¿Cómo se demuestra el verdadero interés en la descentralización? Con facultades, con capacidad de ejecución, con ampliar las atribuciones políticas para los intendentes, además de los servicios públicos.

En esta lógica de construcción institucional existen dos vías: la primera es una autoridad intermedia, con ámbitos de acción, definición y ejecución de política pública, y la segunda, una autoridad intermedia que solo puede definir, pero no puede ejecutar, y ahí se produce el conflicto.

De hecho, el gobierno pudo haber realizado los cambios la semana antepasada en el proyecto de transferencia de competencias, cuando estaba en el Senado, pero eso no ocurrió.

Por lo tanto, quienes sí queremos que se elija a los intendentes, quienes sí queremos descentralizar, quienes sí creemos en el poder de lo local, en la subsidiariedad territorial y no territorial, como dijo el otro día el diputado Boric , queremos traspasar realmente competencias a las regiones. ¡Basta de tomar las decisiones desde Santiago! Lo que pasará con este proyecto es que el 90 por ciento de las inversiones se decidirán en Santiago y solo el 10 por ciento las determinarán los gobiernos regionales.

Queremos realmente tener intendentes elegidos, que no sean solo floreros.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente, una mayoría silenciosa envió un mensaje elocuente el pasado 23 de octubre, ya que casi el 65 por ciento de los electores no fue a votar. Creo que ese porcentaje envió un mensaje elocuente porque el silencio también constituye manifestación de voluntad, que señala que hay miles y miles de personas que no se sienten representadas, sobre todo en las regiones, que es la gran extensión de nuestra loca geografía, las que quieren participar en la toma de decisiones locales. Por razones históricas, estas se han tomado en la capital, situación que se ha intentado revertir por mucho tiempo.

Hoy damos un paso muy importante con la elección del gobernador regional, ya que los electores de las regiones van a decidir quiénes conducirán sus regiones y representarán sus intereses ante el nivel central.

Es cierto que es un primer paso; después hay que entregar competencias a los gobernadores regionales para que puedan ejercer sus funciones. Incluso, ya tenemos una ley de financiamiento regional. Se ha dicho que solo el 8 por ciento de lo que se gasta en las regiones se decide en ellas y que el resto se determina en Santiago. Por ejemplo, para construir una multicancha en San Fabián de Alico, hay que ir a Santiago a pedir los recursos, situación que comenzará a cambiar cuando el proyecto se convierta en ley.

Evidentemente, esto no es lo definitivo, ya que falta entregar las competencias y la autonomía financiera de los gobernadores regionales, lo que iremos complementando más adelante.

Sin embargo, esta reforma constitucional tiene sentido, porque los pacientes de cáncer que viven en la provincia de Ñuble, que tiene 21 comunas, deben ir a Concepción o a Santiago a realizarse las quimioterapias. Yasna Godoy , una joven de 18 años que padecía cáncer renal y que falleció hace tres semanas, levantó la bandera para tener en Chillán un centro oncológico que atendiera a los pacientes de la provincia de Ñuble, el que se va a inaugurar el 15 de noviembre, gracias a los fondos que implementó rápidamente el Ministerio de Salud.

La lucha que dio esa joven por su vida se plantea en todos los aspectos, como en materia de conectividad, de salud y de emprendimiento. Por eso necesitamos que las regiones tomen sus propias decisiones.

El proyecto de descentralización permitirá la promoción de nuevas capas sociales que hoy están invisibilizadas con el sistema político que tenemos, pero que empezarán a levantar sus banderas y a tomar decisiones para conducir y ser arquitectas de su propio destino, lo cual ampliará también la base de sustentación de nuestra democracia.

¡Queremos que nuestra democracia sea sustentable y representativa de todos los habitantes de nuestro país!

Se dijo que el gobernador regional debiera ser elegido por mayoría absoluta. No obstante, se ha llegado a un acuerdo entre los distintos sectores políticos para que no sea necesaria una segunda vuelta cuando el gobernador obtenga el 40 por ciento de los votos. Creo que es un porcentaje muy importante como para obtener la base de sustentación del gobernador regional, autoridad que va a convivir por un tiempo con el delegado presidencial. Esperamos que no sea fuente de conflicto, ya que pensamos que en la medida en que se vayan entregando más competencias y, sobre todo, autonomía financiera a las regiones, serán ellos quienes irán decidiendo y, en definitiva, será la figura que se impondrá políticamente en cada región.

Señor Presidente, esta idea tiene mucho sentido para el proyecto de ley que crea la región de Ñuble, que se está tramitando en el Senado. Consideramos que esto no es un fraccionamiento del país, sino que va a permitir que se desplieguen las potencialidades que tienen la regiones en materias energética, turística, de desarrollo económico; también es importante en materia de consideración hacia la ciudadanía que vive más alejada del centro del país.

Este esfuerzo se ha venido haciendo desde hace mucho tiempo, como ocurrió con José Miguel Infante, quien intentó establecer el federalismo en el país, pero no funcionó.

Chile es un Estado unitario, y no va a dejar de serlo con esta modificación, que permitirá que la voz de las regiones se comience a sentir.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Issa Kort.

El señor KORT.-

Señor Presidente, nací, me crié, fui al colegio y tengo domicilio conocido en la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; no llegué allí por iluminación política.

Quienes nos encontramos en esa situación y representamos a regiones, queremos tramitar un proyecto de ley que descentralice el poder político, pero que sea algo real y no una cortina de humo.

Por lo tanto, me confunde esta propuesta del Poder Ejecutivo que habla de descentralizar. Entreguemos poder real a las regiones.

Al respecto, hago la siguiente pregunta, sobre todo a los oficialistas: ¿Qué pasó con el proyecto de ley que busca terminar con la educación municipal? Que pasamos de una educación que es administrada por cada comuna a una que dependerá del gobierno central. En otras palabras, hemos concentrado y centralizado el poder.

Ahora vendemos un discurso a la ciudadanía diciéndole que podrá elegir a los intendentes. En estricto rigor, siguiendo el planteamiento del diputado Bellolio , los futuros gobernadores regionales administrarán solo el 10 por ciento del presupuesto regional, porque finalmente serán los coordinadores políticos quienes administrarán el otro 90 por ciento, a partir de la coordinación política de los distintos servicios públicos.

Luego de las campañas políticas y de la época de “ofertones”, el candidato elegido no podrá satisfacer las necesidades de la gente y, con ello, la brecha de desconfianza entre la ciudadanía y los políticos será aún mayor.

¡No estamos en condiciones de seguir mintiendo a la gente! ¡Hablemos con transparencia!

¿Cuál será el rol del gobernador regional? ¿Qué facultades políticas, administrativas y presupuestarias tendrá? En el próximo periodo ¿serán ellos o seguirá siendo el ministro del Interior quien discuta y designe el presupuesto para cada región?

Estas son las reflexiones que quiero plantear en la Sala, pues, más allá de las ideas políticas, debemos construir confianza con la gente y no seguir creyendo que la solución se encuentra en La Moneda o encerrados en el Congreso Nacional. De una vez por todas debemos propiciar una real y efectiva descentralización de las regiones.

Todos aquellos que vivimos en las regiones que representamos sabemos cuáles son sus falencias y carencias. Por lo mismo, considero que este tipo de iniciativas no resuelve el problema de la descentralización del poder. Creo que esta solo producirá expectativas y aumentará la participación política de los partidos, pero no incrementará la participación de la gente.

Debemos trabajar en proyectos de ley que aumenten la confianza de la ciudadanía, lo que se logrará solo en la medida en que realmente resolvamos sus problemas. No estamos en condiciones de hacer “ofertones” políticos ni de vender humo.

Espero que legislemos con seriedad y de cara a la ciudadanía, para lo cual debemos enfrentar los problemas con soluciones reales. ¡A problemas políticos, soluciones políticas; a problemas reales, soluciones reales!

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo.

La señorita VALLEJO (doña Camila) .-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, este proyecto de ley es uno de los que más se ajusta a los principios fundamentales para la construcción del programa de la Nueva Mayoría, que busca combatir la desigualdad en nuestro país. Por ello, lo discutimos con alegría, con convicción y entendiendo las condiciones político-legislativas que se dan en este debate.

Tengo la convicción de que la democratización o la profundización democrática a la que muchos aspiramos y que se enmarca en el espíritu originario del programa de la Nueva Mayoría, requiere que Chile inicie un proceso de descentralización real, que resguarde un Estado unitario, pero descentralizado. Cuando hablamos de “descentralización”, básicamente nos referimos a la distribución del poder político.

En un país tan desigual como Chile, la concentración del poder político y económico es muy evidente. Esto se refleja en un sistema político presidencialista y en una economía en que las que verdaderamente deciden son las grandes empresas multinacionales y algunas grandes empresas nacionales. Claramente, el poder político y económico no lo maneja la ciudadanía, ni menos los habitantes de las regiones.

Una de las razones que explica el bajo número de votantes en las elecciones, especialmente en las pasadas elecciones municipales -sin perjuicio de reconocer que se trata de un fenómeno no solo nacional, sino mundial-, es que la gente no se siente partícipe del fruto de su trabajo, como lo vemos en la discusión sobre las AFP, en que la cotización de los trabajadores enriquece a algunos y aquellos no ven el resultado de su trabajo; la gente tampoco se siente partícipe de las decisiones políticas. Además, la política está concentrada y ha perdido su capacidad de transformación de la sociedad.

Somos parte de un sistema en que el poder económico interfiere en la política. Hemos combatido la corrupción, por ejemplo, a través de la reducción del financiamiento de las campañas políticas.

Queremos que la política vuelva a tener poder, que recupere la capacidad de transformar.

¡En eso consiste el poder!

Esta iniciativa tiene que ver con cómo descentralizamos el poder político. En la Cámara de Diputados se trata el proyecto que dice relación con la elección de estas autoridades mediante sufragio popular; en el Senado, se discuten las atribuciones de estas autoridades elegidas democráticamente.

Sé que para algunos el hecho de que ambos aspectos no vayan juntos hace que la iniciativa pierda garantías, pero de otra manera no podríamos avanzar lo suficiente. También sé que en la Cámara aprobamos muchas de las atribuciones que fortalecerán las capacidades del gobernador regional elegido democráticamente, para que su autoridad sea no solo testimonial. Tenemos, por ejemplo, las relacionadas con el traspaso de Corfo, de Fosis y la capacidad de construir un plan de ordenamiento territorial, que Chile no tiene y que las regiones demandan a gritos.

Son muchas las comunidades que reclaman por un ordenamiento territorial. La gente no quiere que se instale cualquier empresa minera o proyecto hidroeléctrico o energético en su comuna sin que antes se realicen estudios sobre los posibles impactos medioambientales.

Hablamos de atribuciones que ya aprobamos, que hoy están en el Senado y que son relevantes. A lo mejor, no es todo lo que quisiéramos, porque no es llegar y traspasar una Seremi, pues involucra a trabajadores que hoy dependen de un organismo centralizado a un ente que tendrá atribuciones regionales. Eso no es un Estado unitario, que muchos defendemos, pero sí se trata de un proceso de descentralización que dará más poder a las comunidades en áreas con recursos concretos, a través de programas del Estado que serán definidos e implementados por una autoridad elegida democráticamente, en relación con la Corfo, el Fosis y otras instituciones o programas.

Este es un paso. Debemos entenderlo así, porque si aprobamos esta iniciativa, pero en el Senado no avanza la que dice relación con sus atribuciones, esto no tendrá sentido. Si aprobamos la elección democrática de los nuevos gobernadores regionales -los actuales intendentes-, tendremos que otorgar más fuerza y empuje al traspaso de competencias, discusión que -reiterose realiza en el Senado. Una cosa va de la mano de la otra.

Si aprobamos el traspaso de competencias, pero no aprobamos la elección democrática, no tiene sentido seguir discutiendo en torno a la descentralización del país, a la que supuestamente todos aspiramos.

Por último, respecto de la nueva educación pública, justamente pretendíamos descentralizar, pues las regiones deben tener mayor empoderamiento en la definición de la educación pública.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Alvarado.

El señor ALVARADO.-

Señor Presidente, desde 1830 el país cambió su manera de constituirse; quizá no era la visión primigenia que tuvieron los libertadores de la patria. En ese entonces, el país era centralizado y con un poder casi monárquico de Santiago. De hecho, se decía que ir a Santiago era ir a Chile.

Así, surgieron en regiones y en provincias algunos brotes de un regionalismo incipiente, que soñaba con una repartición más homogénea de las bondades y de los sacrificios, porque muchas veces los sacrificios los realizan solo las regiones. Así lo acreditan testimonios históricos.

Así es como en Copiapó y en Coquimbo, en 1859 se enarbolaron las banderas de un movimiento separatista. No era un separatismo aislacionista, sino un separatismo integrado en pro de participar en un desarrollo que era y todavía es asimétrico.

Hoy debemos recordar esos testimonios, sobre todo al hablar de regionalismo. Hay que recordar la epopeya de los héroes de 1859, que involucra a la Región de Coquimbo, que represento. Ahí tuvieron lugar batallas y hubo hombres que perdieron la vida. Hubo gente dispuesta a perder la vida para que las regiones tuvieran la importancia que merecen. En la batalla de Cerro Grande -cuando vayan de vacaciones a La Serena, levanten la vista hacia el Cerro Grande-, las fuerzas de Pedro León Gallo y de Pedro Pablo Muñoz, un héroe de La Serena, fueron derrotadas y se perdieron muchas vidas.

Este espíritu quedó incubado en las regiones, así como en cada uno de nosotros, que para poder desarrollarnos tenemos que ir a Santiago para estudiar o para recibir atención en salud, lo que se refleja en índices que debieran avergonzarnos. Uno de ellos nos produce mucha vergüenza en Chile, el índice de Gini, que muestra las diferencias socioeconómicas, que también están determinadas por el lugar donde se nace, porque no es lo mismo nacer en Canela que en Vitacura o, incluso, en La Granja, y eso está demostrado.

Por más de doscientos años, las oportunidades de educación en este país se han sacrificado en pos de un pseudodesarrollo, pues ningún país del mundo tiene la calidad de desarrollado con un centralismo absoluto. Revisemos la historia: todos los países tienen ciudades más o menos homogéneas; pero en Chile no es así, pues Santiago es una ciudad del primer mundo que engulle todos los bienes, todas las patentes, beneficios, etcétera. ¿Qué deja para nosotros? Solo nos queda la historia.

En Choapa, por ejemplo, ubicada en nuestra región, la gran minería produce miles de millones de dólares. Pero un día el cobre se acabará y los cerros van a quedar horadados, con esos pasteles que contaminan como una sombra oscura y turbia, sin que nadie sea capaz de eliminar los residuos de los metales que se ven como unos falsos decorados en Andacollo, en Tambillos, en Illapel, en Salamanca. Eso es lo que queda en las regiones; incluso, muchas veces ni siquiera tenemos la posibilidad de estudiar allí.

Por ello, la posibilidad de elegir un intendente -que ahora se denominará gobernador regionales un primer paso.

Escuché las opiniones de quienes manifestaron que estas nuevas autoridades que serán elegidas no tienen todos los elementos para cumplir la función que se espera de ellas; pero, pese a que ello es efectivo, pregunto: ¿Qué ley que hayamos discutido y aprobado en esta Cámara lo ha tenido todo? ¡Ninguna!

Esto es muy importante, al igual como lo fue la elección de los cores.

Muchos dicen que las autoridades elegidas no tendrán un poder real, pese a que esta es una dualidad que también se da actualmente, incluso entre el presidente del Core y el intendente, por lo que este proyecto puede aportar mucho para aclarar esa situación.

Por otro lado, también se resguarda la homogeneidad del país, porque no se plantea ni se pretende establecer un federalismo anárquico, porque por sobre esa autoridad existirá la figura del Presidente de la República, que muchos ven como una restricción, pero no quien habla, en consideración al sentido de país que tiene Chile, por sus características homogéneas.

Este es un avance que el regionalismo ha esperado por siglos y que ha pagado con vidas, sangre y exilio. Su inexistencia nos ha significado un atraso en educación, en salud, en servicios, en los sueldos e, incluso, en la mirada cultural y atávica que tenemos los de regiones, lo que muchas veces también es nuestra culpa.

Por lo expuesto, anuncio que vamos a apoyar este proyecto. También agradezco sus gestos, señor Presidente.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.

El señor WALKER.-

Señor Presidente, primero, saludo al ministro Nicolás Eyzaguirre. Por fin vamos a tener la oportunidad de votar en la Cámara de Diputados un proyecto de reforma constitucional que consagra la elección popular de la figura del gobernador regional, nuevo órgano ejecutivo que se creará con la aprobación de este proyecto, tal como queríamos.

Se acabaron las excusas, llegó el momento de votar, llegó el momento para que cada parlamentario responda ante los ciudadanos de su respectiva región sobre este paso histórico que estamos dando en el Congreso Nacional.

Pueden entregarse muchas excusas para rechazar o dilatar este proyecto, como, por ejemplo, que la nueva autoridad no tiene las suficientes competencias, pero esa justificación ya no tiene sustento, porque, tal como el proyecto lo contempla, en el trámite en el Senado, en la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, y en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, existe el compromiso del Ejecutivo de que esta reforma solo va a entrar en plena vigencia y aplicación cuando se haya aprobado la ley orgánica de traspaso de competencias.

Por ello, desde ya debemos manifestar nuestra voluntad para aprobar cuanto antes ese proyecto de ley de traspaso de competencias, porque yo sé que, el próximo jueves, los presidentes de partido y los jefes de bancada de nuestra coalición -acá está mi jefe de bancada, el diputado Fuad Chahinse reunirán para acordar la agenda legislativa que es posible realizar durante los 15 meses que le quedan al actual gobierno, y no cabe duda alguna de que el primero de esos proyectos tiene que ser el traspaso de competencias, para que esta reforma constitucional que vamos a aprobar hoy no se transforme en letra muerta y los gobernadores regionales sean elegidos por votación popular, por primera vez, en 2017.

Es posible hacer ambas cosas al mismo tiempo: aprobar esta reforma constitucional y establecer la elección de los gobernadores regionales y también avanzar en la ya mencionada ley de traspaso de competencias, para que la primera elección de gobernadores regionales se realice el próximo año, junto con la elección de consejeros regionales, como lo establece este proyecto de reforma constitucional, además de la renovación del Congreso Nacional y la elección de la próxima Presidenta o Presidente de la República.

Por eso, no hay excusas. Se acabó la justificación de la derecha de que no se entregan suficientes competencias, que utilizaba para no aprobar este proyecto de ley. ¡No señores! Eso es materia de otra iniciativa y nuestro gobierno se ha comprometido a avanzar en esa dirección mediante el mecanismo de las urgencias. Este proyecto está desde hace tres años en el Senado y, dado que viene un nuevo proyecto, se ha establecido el compromiso de sacarlo cuanto antes.

Pero lo que hoy estamos llamados a aprobar -lo señalo a quienes buscan alguna excusa para su rechazo es simplemente una reforma constitucional que establece la elección democrática y popular del intendente, futuro gobernador regional.

Se podrá discutir si es el 40 o el 50 por ciento, pero lo cierto es que cualquier fórmula que signifique que los ciudadanos de las regiones elijan directamente a su gobernador regional, y no el Presidente de turno, va a ser mejor y más democrática, y hacia ese objetivo queremos avanzar.

¿Cuántas competencias debe tener? Las suficientes para descentralizar el país y, al mismo tiempo, para mantener la estructura de un Estado unitario. Esta reforma constitucional y el proyecto de ley de traspaso de competencias lograrán plenamente ambos objetivos: elegir democráticamente la figura de los gobernadores regionales y tener traspaso de competencias, para avanzar en la verdadera descentralización.

He dicho.

El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Paulina Núñez.

La señorita NÚÑEZ (doña Paulina) .-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo al ministro Eyzaguirre y a las personas que nos acompañan en las tribunas.

Para comenzar, quiero dejar muy en claro que si algún avance ha tenido este proyecto es gracias al senador Alberto Espina , quien presidió la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado y que, sin que el gobierno le pusiera urgencia, lo puso en tabla, por lo que empezó a ser discutido y pudo avanzar.

También se debe reconocer que hay parlamentarios que están en contra de la aprobación de este proyecto, pero ellos no son solo de derecha, como dijo el diputado Matías Walker , que me antecedió en el uso de la palabra, sino de diversos partidos, por distintas razones. No politicemos la discusión de este proyecto que tratamos de sacar adelante y que espero que se apruebe hoy.

Quiero referirme directamente al proyecto que estamos discutiendo y que votaremos.

Creo que el principal error en la tramitación de este proyecto es que la ciudadanía no sabe qué estamos discutiendo. Hoy debatimos la elección popular del intendente.

Además, es necesario partir de la base de que los gobiernos regionales cuentan con dos grandes brazos, y que uno de ellos es el que vamos a escoger popularmente. Me refiero al gobernador regional, a quien, entre otras funciones, corresponderá presidir el consejo regional. Es decir, elegiremos al presidente del Core, con nuevas competencias y facultades relevantes para el ejercicio del cargo.

Se trata de una modificación constitucional para establecer que el gobernador regional tendrá el carácter de órgano ejecutivo del gobierno regional, reforma que respeta el principio de Estado unitario. Además, ese gobierno regional tendrá un representante del Ejecutivo en la persona del denominado secretario regional presidencial. En el proyecto ingresó con la denominación de delegado presidencial. Se trata de otra de las modificaciones discutidas en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara. En materia de descentralización, es un gran avance contar con un gobernador regional, presidente del Core, quien responderá a la ciudadanía en materia de administración del FNDR. Hemos podido constatar cómo esos fondos regionales, destinados a apoyar las obras de la región, han sido invertidos en proyectos definidos desde Santiago. No puede ser que el destino de parte del FNDR sea decidido por el ministro de turno y luego falten recursos para levantar, por ejemplo, un estadio, una piscina o un hospital, marginando de las decisiones a la autoridad regional.

Por eso es importante que esa autoridad, con sus respectivas atribuciones, facultades y recursos, sea elegida por la población de la región que representa y deje de ser un personero de confianza del Presidente de la República.

Valoro el proyecto. He estado participando en su discusión tanto en el Senado como en la Cámara. También patrociné una propuesta de Chile Vamos para avanzar en materia de descentralización. Entendemos que no es el gran paso, pero, sin duda, es necesario.

Espero que en materia de descentralización no saquemos cuentas políticas. Es bueno tener autoridades que no respondan al Presidente de la República de turno. Hemos avanzado perfectamente con diálogo sobre esa materia.

Por eso, reitero que votaré a favor el proyecto, y espero que ya se encuentre en calidad de ley de la república en 2017.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, me resulta raro el proyecto. Conozco un país federado, Argentina, donde existen gobernadores provinciales. No conozco otra experiencia en el mundo.

Soy de aquellos que valora lo que estamos haciendo, porque hay que empezar por algo. Poner como condición que tiene que estar todo terminado -atribuciones, facultades, etcéteraes simplemente no querer hacer nada.

Me encantaría que se despachara un proyecto completo, sobre todo en los tiempos que corren. Desde 1990 venimos hablando de descentralización. Somos parte de las bancadas regionalistas, donde no solamente queremos promover el concepto de descentralización, sino que esta se desarrolle en términos reales.

Voy a poner un solo ejemplo.

El subdirector del Indap hace y deshace en las regiones. ¡Es una falta de respeto! Se nombra un director regional, pero esa autoridad no importa para nada, pues lo relevante es lo que diga el subdirector nacional, que instala o traslada personeros. Eso es lo que ejemplifica de mejor manera el centralismo existente. Como no quiero vivir más ese centralismo, apoyo la iniciativa.

Con todo, debe haber un compromiso del gobierno para que prontamente se legisle sobre las facultades del gobernador regional, cargo que me cuesta pronunciar porque no somos un país federado.

Repito: lo que no resiste más análisis es el centralismo. Tenemos muchos ejemplos. Al caso del Indap habría que agregar las distintas secretarías regionales ministeriales, muchas de las cuales son pauteadas por el poder central. Precisamente con eso queremos terminar.

El proyecto constituye un avance, por lo que invito a la Corporación a apoyarlo, de modo que el próximo año podamos elegir al gobernador regional. Muchos contábamos con que este año se iba a elegir al gobernador regional, junto con los alcaldes y concejales. Pero, ni modo; ya no podrá ser. Tal vez el año que viene.

Por supuesto que ya hay muchos interesados, porque es un tremendo cargo. Muchos piensan que el gobernador regional no tiene facultades. Incluso, hay quienes señalan que esa autoridad apenas va a manejar el 10 por ciento del poder. No creo eso. Las futuras iniciativas, las futuras normativas serán para posicionar a ese gobernador regional, primera autoridad de la región que a partir de ahora será elegida por el soberano, lo que no es una cosa menor.

Los parlamentarios vamos a tener una relación muy distinta con él, porque estaremos frente a una autoridad elegida por el pueblo. Nadie podrá hablar con el ministro del Interior o con alguien del poder central para que lo cambien porque no da el ancho o porque fue elegido por cuoteo político. ¡Se acabaron los cuoteos políticos para las intendencias! Desde ahora, será el pueblo el que elegirá a su gobernador regional.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

En el tiempo de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora María José Hoffmann.

La señora HOFFMANN (doña María José).-

Señor Presidente, pareciera que aprender de los errores es algo que a este gobierno no le interesa.

Una vez más hemos llegado a debatir un tema tan importante como es la elección directa de intendentes, a partir de un proyecto mediocre, que a primera vista parece tener buen lejos, pero que en realidad no está a la altura de las expectativas de una verdadera descentralización, o de dar el paso real hacia gobiernos regionales como realmente nos merecemos.

La agenda de descentralización prometida por este gobierno se ha retrasado constantemente. Pero no solo se ha retrasado, sino que se ha desdibujado hasta quedar prácticamente reducida a la creación de un cargo más bien simbólico.

Pido más seriedad por quienes desde las regiones esperamos avanzar hacia un gobierno regional con facultades y competencias reales.

Las pocas buenas noticias y anuncios positivos que llegan a las provincias -doy el ejemplo de la provincia de San Antonio provienen de los gobiernos regionales. Por lo tanto, estos organismos deben estar fortalecidos.

Existe consenso en que es importante avanzar en esta reforma constitucional que permitirá que exista una autoridad regional elegida directamente. Sin embargo, no comparto la opinión de aquellos que dicen que este proyecto es una primera piedra en el proceso de descentralización, pues olvidan que el futuro gobernador regional quedará en una situación de precariedad, toda vez que en la práctica verá limitada su acción frente a la figura del delegado regional.

Digamos la verdad: el verdadero intendente será aquel personero que seguirá siendo nombrado la Presidenta o el Presidente de la República en los próximos gobiernos. No engañemos más a las regiones con una promesa, para cuyo cumplimiento pongo totalmente en duda que exista la capacidad, más allá de lo que dispone el artículo transitorio propuesto. Este proyecto se agota en la elección de la nueva autoridad regional.

Quiero citar un artículo publicado por el diario La Tercera: “Déficit por gratuidad llega a $18.224 millones...”. En otros casos se habla de un déficit de 30.000 millones de pesos. ¡Este es el gobierno de Chile! Un gobierno que prometió una gratuidad mentirosa. Los gobernadores regionales también serán de mentira. No existe ni siquiera la capacidad técnica para avanzar en esta figura.

Por ello exijo la verdad. En materia de gratuidad en educación y en tantos otros proyectos, no es que no exista la voluntad; no existe la capacidad.

Me encantaría rechazar el proyecto. En verdad, es confusa la señal hacia las regiones. Ello entrampa a quienes queremos hacer las cosas de forma seria, en términos de empoderar a las regiones.

Me parece que estamos ante una situación supergrave. No podemos seguir creciendo a punta de leyes parche. Esta iniciativa es otra ley parche más: está incompleta y sobre todo mal diseñada. Las discusiones que hubo en torno a ella en la comisión llegaron a dar vergüenza. Este proyecto va camino a ser otra reforma mal hecha que no soluciona de fondo la necesidad que se planteó en su origen.

Al parecer el mensaje que dio la ciudadanía a la Nueva Mayoría el pasado 23 de octubre aún no se escucha en La Moneda. No queremos más reformas mal hechas ni menos aquellas que pretendan dar cumplimiento a una promesa sin hacerlo realmente. Lo que está detrás de esta reforma no es más que un simple check para decir “cumplimos”. Sin embargo, terminaremos corrigiéndola, como lo tendremos que hacer nuevamente mediante una glosa respecto de la promesa de la gratuidad, que tampoco se va a cumplir.

Nuestro llamado es a trabajar en forma seria. La oposición, la UDI y Renovación Nacional, tiene la mejor voluntad de avanzar hacia un proyecto de verdad y no hacia la vergonzosa propuesta de elegir intendentes de papel que se nos presenta hoy en la Sala.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Rincón.

El señor RINCÓN.-

Señor Presidente, comienzo mi intervención recordando que el proyecto en debate no se origina solo en un mensaje de su excelencia la Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet , sino también en mociones refundidas de los senadores señora Pérez San Martín , señores Guillier , Horvath , Quinteros y Zaldívar (boletín N° 10330-

06); de los senadores señora Von Baer y señores Allamand , Espina, García y Pérez Varela (boletín N° 10422-06), y de los senadores señores Chahuán y García Huidobro (boletín N° 10443-06), respectivamente.

Por cierto, la Presidenta de la República y el gobierno han tomado la decisión de avanzar en esta reforma constitucional con el objeto de abrir la discusión sobre la posibilidad de tener autoridades regionales electas por mandato popular. Sin esta reforma constitucional -actualmente el cargo es designado por el Presidente o Presidenta de la República ello no será posible.

Pero a esta voluntad política del gobierno, que apoyamos y que vamos a respaldar hoy en la Sala, se suma la voluntad política transversal de diversos senadores que representan a la derecha en el Parlamento y que han tomado la misma decisión. Luego de leer los proyectos que ellos han presentado, no se me ocurriría decir que son proyectos mediocres o que son propuestas absolutamente sin sentido, que no van a contribuir, que van a engañar y que provocarán que tengamos intendentes de mentira, para no decir “intendentes carentes de atribuciones”. No, porque ese no es el sentido de las mociones presentadas por senadores de oposición. Por eso mencioné a cada uno de los senadores que suscribieron las respectivas mociones, lo que está debidamente certificado por la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara. La idea es que no quede dejo alguno de duda de que lo que está haciendo el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet es construir un acuerdo transversal sobre la materia, porque se trata de un tema de Estado. No es un proyecto para un gobierno. Es una iniciativa que permitirá a todos los ciudadanos de la región elegir a sus autoridades regionales, de modo que sean ellos quienes elijan y no que decida el nivel central. Ese es el significado primario, básico, fundamental de la apuesta de la Presidenta de la República, la cual ha formulado con un sentido de Estado, de manera transversal, es decir, involucrándolos a todos. En efecto, podría haber impulsado una reforma sin fusionarla o sin autorizar la fusión. También podría haberla iniciado autoatribuyéndose ese impulso legislativo. Pero no lo hizo así, porque la Presidenta Michelle Bachelet ha querido responder a lo que debe ser una iniciativa de Estado, y la elección de la primera autoridad regional, con el nombre que se le quiera otorgar, es evidentemente un tema de Estado.

Por ello concurriremos con nuestra voluntad política en la Sala a apoyar esta iniciativa, pues creemos que si algo no puede seguir ocurriendo en el país es que quienes representan a sus regiones se vean obligados a decidir entre el legítimo interés regional y el legítimo interés nacional. Allí donde exista colisión, se va a subsumir el interés de la región al interés nacional; para eso está la primera autoridad nacional. Pero también necesitamos una autoridad regional empoderada, que responda a mandatos populares para representar en debida forma los intereses de la región.

Por eso, concurriremos con nuestro voto favorable a esta iniciativa. No debemos olvidar que este proyecto también cuenta con el apoyo legítimo -lo saludamos públicamente de senadores de todas las corrientes políticas, y que la Presidenta de la República recogió esa disposición en el minuto en que decidió fusionar las iniciativas y trabajar conjuntamente con el Senado y la Cámara de Diputados. Creo que lo mínimo que debemos hacer es tener un lenguaje a la altura de esa disposición y no uno que rebaje la discusión que debemos llevar a cabo en esta Corporación.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Saldívar.

El señor SALDÍVAR.-

Señor Presidente, elegir el órgano ejecutivo regional es una demanda muy sentida por los habitantes de las regiones, que vemos que las decisiones trascendentales son tomadas por quienes no necesariamente son afectados por tales medidas.

En la actualidad la más alta autoridad a nivel regional es designada por el Presidente de la República, con lo cual se impone una visión centralista, que no considera las inquietudes, perspectivas y expectativas de la ciudadanía de las regiones.

La excesiva centralización que vivimos es producto de un largo proceso histórico. En aquellos años en que éramos colonia del imperio español, se nos impuso una mirada centralista desde la que algunos hasta hoy consideran como “madre patria”. Lo mismo ocurre hoy desde la capital, Santiago , siguiendo un curso homogeneizador en virtud del cual se ha construido un colectivo social basado en la relación centro-periferia, en la que nosotros, los habitantes de las regiones, siempre hemos sido parte de la periferia.

Debemos valorar el camino trazado por el Ejecutivo y realzar este momento en que discutimos sobre un proceso inédito en Chile, en el que el poder voluntariamente se delegará y la transformación será pacífica.

Hacer esta reflexión no es baladí. Cabe recordar que nuestra institucionalidad se encuentra cimentada sobre una serie de acontecimientos violentos, y como señaló un viejo autor: “La violencia es la partera de la historia.”.

Al respecto, no debemos olvidar que la tensión entre centralización y descentralización viene desde los orígenes de nuestra vida como república independiente, y que ella fue zanjada en 1830, tras una sangrienta guerra fratricida que tuvo como vencedores a sectores conservadores, los cuales, mediante la Constitución de 1833, instauraron un orden jerárquico y centralizado propuesto por Diego Portales.

Señor Presidente, reitero que debemos valorar este proceso, pues significa un gran avance hacia la descentralización.

En relación con el proyecto que nos aprestamos a votar, debo manifestar que es realmente positivo que el gobernador regional sea elegido por votación popular. No obstante, el que se requiera contar con la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y que dicha mayoría deba ser equivalente solo al 40 por ciento de aquellos para ser elegido como tal me parece una exigencia baja y puede suscitar conflictos al no requerir una amplia mayoría que permita un nivel significativo de gobernabilidad. Sin embargo, los acuerdos deben cumplirse.

La elección del gobernador regional no es el fin de este proceso, pues debemos otorgarle las atribuciones necesarias para que su ejercicio tenga impactos reales en la región. En este sentido, él será el genuino representante del pueblo a nivel regional, y no existen dudas de que conocerá las particularidades y necesidades específicas de la región y su gente. Por tanto, este proceso se verá truncado si no se establece una correcta relación entre el gobernador regional y la figura que representa al Ejecutivo en la región.

Esperamos que los continuos cambios en la nomenclatura relativa a los representantes del gobierno regional no busquen aminorar el poder de su máxima autoridad. Ojalá que las denominaciones “delegado regional”, “delegado provincial”, “secretario regional presidencial” y “secretario provincial presidencial” no constituyan obstáculos para el desarrollo social, económico y político de las quince regiones de nuestro país ni un menoscabo a la voluntad general.

En suma, este proyecto es un paso más hacia la profundización y el afianzamiento de la democracia en nuestro país, y va en la dirección correcta.

Por último, tengo la convicción de que, aunque suene redundante, la democracia se profundiza con más y mejor democracia, para así construir juntos una sociedad plena y justa.

No es fácil hacer un cambio cuando hay casi doscientos años de historia centralista. Eso requiere transformaciones en la cultura, en la percepción del…

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Reitero a la Sala que el audio se corta automáticamente una vez terminado el tiempo asignado para intervenir. Por tanto, no es una decisión que pase por la Mesa.

Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.

El señor ESPINOZA (don Fidel).-

Señor Presidente, en primer lugar, por su intermedio saludo con mucho afecto a los alumnos del Liceo Hornopirén, de la comuna de Hualaihué, provincia de Palena, Región de Los Lagos, quienes se encuentran en las tribunas, invitados por la diputada Álvarez.

En segundo término, quiero manifestar que este proyecto -ello se ha dicho reiteradamente en las distintas intervenciones busca modificar nuestra Constitución Política de la República para que los intendentes, que, como todos sabemos, hoy son designados por el Presidente de la República, sean elegidos por sufragio universal a partir de los próximos años.

Asimismo, la iniciativa ayuda de manera muy importante a los procesos de descentralización y de regionalización, cuya importancia muchos de los parlamentarios que hoy se encuentran en la Sala, y también algunos que no lo están, pregonan en su diario quehacer. Ellos hablan de la relevancia de la descentralización y de apoyar a las regiones, pero, como se dice en Chile, cuando llega “la hora de los quiubos”, muchas veces esos mismos parlamentarios acá cambian sus discursos.

Así ha ocurrido con este proyecto de reforma constitucional: muchos parlamentarios han utilizado el subterfugio de que con él se está generando la figura de un gobernador regional elegido que no va a tener atribuciones, y, por tanto, han anunciado que lo votarán en contra.

Al respecto, quiero ser muy claro en señalar que, desde mi punto de vista, eso –reitero no es más que un subterfugio, porque en todas las materias relacionadas que han sido objeto de discusión el gobierno se ha comprometido a enviar con posterioridad a esta iniciativa otra que otorgue todas las atribuciones y competencias que los gobernadores regionales requieren para ejercer bien su labor y lograr la descentralización.

El proyecto en comento constituye una demanda de la ciudadanía y forma parte de los compromisos de la Presidenta de la República, quien en su campaña señaló que bregaríamos por sacarlo adelante. Eso hoy se está cumpliendo, pero, lamentablemente, sin una fecha establecida en lo que se refiere a la elección del gobernador provincial.

Nosotros tampoco queremos aprobar una iniciativa que explicite la elección de los gobernadores regionales sin una fecha concreta para su realización. Por tanto, es muy importante que el gobierno clarifique pronto el punto.

Nosotros queremos y consideramos relevante que dicha elección se efectúe en 2017.

Por otra parte, en todas las encuestas que se realizaron en el marco de las últimas elecciones municipales más del 80 por ciento de la gente consultada en las regiones señaló que este proyecto era esperado, necesario y que iba en la línea de entregarles más atribuciones y facultades a las regiones. Ello, para que no tengamos que mendigar ni el intendente deba ir golpear las puertas del nivel central, como muchas veces lo hacemos para ir en ayuda de la gente cuando se producen tragedias como las ocurridas en Los Lagos durante los últimos años: las erupciones de los volcanes Chaitén y Calbuco , y la marea roja, en las que quedamos supeditados a que llegaran delegaciones de Santiago a ver la situación y a resolvernos los problemas.

Entonces, creemos que con gobernadores regionales elegidos por la ciudadanía pueden entregarse más facultades a las regiones en esa línea.

Asimismo, es muy importante que tengamos claro que, de aprobarse este proyecto de reforma constitucional -es lo que queremos-, se generará además un nivel de participación muy importante de la ciudadanía en los procesos de toma de decisiones. Es lo que han dicho los dirigentes sociales cada vez que se han llevado a cabo foros para debatir sobre gobiernos regionales y descentralización: que sea la ciudadanía la que defina en los procesos de toma de decisiones. Y es la propia ciudadanía la que nos solicita que este proyecto se convierta en ley.

Esperamos que ello ocurra en el Parlamento y que no se sigan utilizando subterfugios como los que hemos escuchado: que esto no va a servir de nada, que es crear una ley que no servirá. Nosotros creemos que esta iniciativa sí constituye un paso importante para el país y las regiones.

Muchos tienen el discurso de la regionalización, pero en la práctica no la buscan. Esperamos que eso cambie con la aprobación de este proyecto.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahin.

El señor CHAHIN.-

Señor Presidente, este proyecto de reforma constitucional que nos encontramos discutiendo hoy en la Sala es, quizá, de los más centrales que hemos discutido en el último tiempo. Aquí se ha puesto a prueba nuestra vocación por descentralizar y dar legitimidad democrática a nuestras autoridades regionales, para que tengan la fuerza, la representación, el poder para constituirse en verdaderos líderes regionales, representantes de los sueños, anhelos y esperanzas de los ciudadanos que habitan sus territorios, y no en burócratas representantes del centralismo santiaguino.

Esa es la importancia de lo que estamos discutiendo. Estamos debatiendo, en definitiva, si la primera autoridad regional será un mero representante que dependerá solo de la confianza del Presidente de la República, que muchas veces responde a las peticiones que surgen del cuoteo parlamentario en la región, o si tendremos una autoridad investida de la legitimidad que otorga la elección popular, a fin de que realmente pueda impulsar el desarrollo estratégico de su región.

Algunos, para oponerse a este proyecto, han buscado argumentos que parecen ser muy nobles, como que las facultades no están definidas, que son muy escasas, o que no están claras las inhabilidades. Pero debemos ser sinceros, señor Presidente, y decirle con transparencia a la ciudadanía qué estamos discutiendo.

Lo cierto es que hoy solo estamos discutiendo la reforma constitucional que establece el órgano llamado “gobernador regional” como el ejecutivo del gobierno regional y a los delegados provinciales que reemplazarán a los actuales gobernadores provinciales, y del delegado regional que reemplazará al intendente en alguna de sus facultades.

Nada más que eso, porque en nuestra Carta Fundamental, en el texto constitucional, no corresponde incorporar las inhabilidades ni tampoco las competencias que esta autoridad tendrá como jefe del gobierno regional. Eso se está debatiendo en el marco de dos proyectos de ley distintos: uno, que ya está muy avanzado en el Congreso, sobre transferencia de competencias, que modifica la ley orgánica constitucional sobre gobiernos regionales, y otro, que tendremos que discutir en tanto se promulgue esta reforma constitucional, que es el correspondiente proyecto de ley orgánica constitucional que regulará, entre otras materias, el mecanismo de elección, las inhabilidades y las incompatibilidades relativas al gobernador regional.

Por lo tanto, lo que estamos haciendo con este proyecto es establecer la posibilidad de tener autoridades regionales elegidas democráticamente, que representen a los ciudadanos, para que tengan una legitimidad que va más allá del hecho de entregar facultades, que es lo que hace el proyecto sobre transferencia de competencias.

Lo importante es el liderazgo y la legitimidad de la autoridad. Ese poder se lo daremos a través de la elección democrática de la figura del gobernador regional, pues no dependerá de la mayor o menor simpatía que despierte en los actores políticos regionales o nacionales, o en del ministro del Interior de turno, como sí ocurre con la figura del actual intendente, que si no obedece una orden concreta de alguien que probablemente no conoce la región, pone en juego su cargo y, por lo mismo, eventualmente también el proyecto regional, lo que, en nuestra opinión, estanca el desarrollo en las regiones y trunca sus sueños.

De ahí que sea tan importante que aprobemos esta reforma constitucional, que considero histórica, porque nos permitirá dotar a las regiones de auténticos líderes, no solo de autoridades formales.

Hubo un debate muy legítimo respecto de si, para dar más legitimidad a los gobernadores regionales, se requería mayoría absoluta y no mayoría relativa, pero creo que se llegó a un acuerdo salomónico: el elegido será quien obtenga la primera mayoría relativa, siempre que supere el umbral del 40 por ciento de los votos; en caso contrario, habrá segunda vuelta. Eso, de alguna manera, también garantiza la adecuada legitimidad de los futuros gobernadores regionales.

Señor Presidente, no podemos tener doble estándar en estas materias; no podemos basarnos en lo que pueda ocurrir con otros proyectos de ley para negarnos a apoyar esta iniciativa y tener en nuestra Carta Fundamental, de una buena vez, gobernadores regionales, que hasta ahora llamamos intendentes, elegidos democráticamente.

Por eso, nuestra bancada respalda este proyecto con convicción y entusiasmo y lo votará favorablemente.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Melo.

El señor MELO.-

Señor Presidente, adelanto desde ya mi más entusiasta apoyo a esta reforma constitucional, que permitirá, de manera cabal, real y efectiva, avanzar en la democratización de la administración de nuestro Estado.

Hoy se constata un triunfo histórico para las regiones, que han debido soportar una estructura centralista y obsoleta que ha limitado sus capacidades de desarrollo, planificación y sustentabilidad prácticamente por más de un siglo.

Ejemplos para demostrar esta resistencia por parte de la autoridad central están a la mano, como lo que sucede en materia de evaluación ambiental, ámbito en el cual quienes tienen el poder de decisión, esto es, de aprobación o rechazo de un proyecto, son, por un lado, los secretarios regionales ministeriales, que jerárquicamente dependen de Santiago, y, por otro, el intendente regional, que es nombrado directamente por el Presidente de la República.

Ahora será una autoridad democrática, sujeta a control político y electoral, elegida directamente por la ciudadanía, la que tendrá a su cargo el desarrollo sustentable y armónico de los territorios, para lo cual contará con atribuciones capitales.

En este punto, señor Presidente, estoy absolutamente seguro de que serán más cautos y prudentes que los actuales intendentes a la hora de aprobar proyectos que depreden el medio ambiente y sus regiones.

La descentralización de nuestro país es una deuda de hoy que en algún grado saldaremos con la ciudadanía, esto, porque las regiones podrán recuperar la vocación de sus territorios, a través de la elección del gobernador regional, que podrá velar por los intereses de la región y de quienes la habitan, conociendo su realidad y, a su vez, asumiendo la responsabilidad de sus actuaciones y decisiones.

Sabemos que esta reforma se implementará en directa vinculación con otros proyectos de ley que se relacionan con la descentralización, lo que, desde mi punto de vista, se parece más a la decisión correcta.

Señor Presidente, con la elección del gobernador regional ganan los ciudadanos y gana nuestra democracia. La nueva autoridad regional permitirá el aumento de la inversión y el desarrollo de más políticas sociales, a través de la creación de tres nuevas divisiones: la de fomento productivo, la de desarrollo social y la de infraestructura y transporte, temas que son de especial interés para la ciudadanía en los lugares en que residen.

Por otra parte, es necesario señalar que entre las nuevas funciones que la ley asignará a los gobiernos regionales destacan las referidas a las áreas metropolitanas, como el plan regional de ordenamiento territorial, y la estrategia regional de innovación, herramientas esenciales para las regiones y la toma de decisiones territoriales.

Sabemos y tenemos claro que en el Senado se introdujo una enmienda a esta reforma constitucional, la cual postula que los efectos de esta solo entrarán en vigencia una vez que se apruebe toda la legislación complementaria en materia de atribuciones y traspaso de competencias.

Estaremos muy pendientes de aquello, pues no debe entenderse que al votar esta reforma estamos girando un cheque en blanco y que permitiremos que esta reforma se transforme en un simple saludo a la bandera, que nunca se materialice.

Entendemos que está comprometida la responsabilidad y el honor del Ejecutivo en esa materia, por lo cual toda la legislación necesaria para implementar esta reforma constitucional debe ser despachada en tiempo y forma, de manera tal que los nuevos gobernadores regionales sean elegidos en paralelo con la próxima elección presidencial de 2017.

Por eso, señor Presidente, anuncio mi voto a favor del proyecto.

Espero que podamos avanzar de manera decidida para alcanzar mayores grados de descentralización, democracia y, en definitiva, en la distribución del poder hacia los ciudadanos, hacia las regiones, hacia los espacios subnacionales.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente, sin lugar a dudas estamos frente a una reforma esencial para la organización política de nuestro país; sin embargo, quiero ser bien sincero y, aun a riesgo de ser impopular, decir que no me gusta este proyecto, que no me gusta la elección democrática de intendentes.

Creo que Chile es un país presidencialista y unitario, por lo que no nos hará bien la elección democrática de los intendentes.

Si uno se declara partidario de la descentralización, debe demostrarlo con hechos y señalar cómo hacerlo. Nosotros hemos dicho, y yo en lo personal lo creo así, que la descentralización debe partir por el mundo municipal. Lamentablemente, desde la Cámara de Diputados solo nos hemos dedicado a poner trabas y a imponer gastos al mundo municipal, porque nunca hemos creído en una verdadera descentralización.

Creo que es seguir haciéndonos trampa si pensamos que vamos a estar frente a una forma real de descentralización si determinamos que esa autoridad sea elegida, pero no se le entregan atribuciones.

Además, cuando uno analiza la iniciativa, se da cuenta de que estamos frente a un proyecto incompleto, lleno de argumentaciones con frases para el bronce, pero que, en el fondo, está vacío. Es decir, estamos frente a un proyecto cascarón, que está lleno de falacias y de sueños de descentralización, pero en el cual, en la práctica, no encontramos nada, porque no concede las facultades correspondientes.

Por eso estoy convencido de que con esta reforma para elegir a los intendentes mediante votación ocurrirá lo mismo que ha sucedido con las múltiples reformas que ha encabezado el gobierno, respecto de las cuales la ciudadanía se ha dado cuenta de que no llenan las expectativas, de que nos intentan vender un sueño que termina cayéndose a pedazos, como lo estamos viendo con la reforma educacional.

Además, señor Presidente, el proyecto tiene dos grandes problemas.

En primer lugar, hay que ser sincero: todos los que estamos acá sabemos que es mentira que se elegirá al intendente, ya que seguirá siendo nombrado por el Presidente de la República; él tendrá el 90 por ciento de las atribuciones, el poder por sobre los seremis y todas las atribuciones.

En consecuencia, la persona que sea elegida, quizás tendrá la posibilidad de presionar respecto de alguna materia, por haber obtenido una cierta cantidad de votos, pero prácticamente no tendrá atribuciones.

En segundo lugar, aquí solamente estamos generando expectativas, sujetas a una futura ley sobre transferencia de competencias, mediante la cual se quiere transferir poco y nada, para hacer las cosas de la forma más lenta que sea posible, porque lo que se quiere dar es una señal, es sacarse una foto, es vender humo; pero, al final del día, no va a ocurrir nada.

Finalmente, señor Presidente, cada vez que hemos debatido alguna de las reformas estructurales que pretende instaurar el gobierno, hemos terminado hablando de reformas que reciben un gran rechazo ciudadano.

Por la manera que tiene el gobierno de tramitar sus reformas, no le creo, razón por la cual votaré en contra el proyecto de reforma constitucional en estudio.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Chávez.

El señor CHÁVEZ.-

Señor Presidente, ha llegado la hora de avanzar decisivamente en materia de descentralización y regionalización.

Todos los que estamos aquí sabemos que en las regiones se elige Presidente de la República, senadores, diputados, alcaldes, concejales, consejeros regionales; pero la paradoja es que la primera autoridad de las regiones sigue siendo designada por el nivel central.

De eso se hace cargo precisamente esta reforma constitucional, cual es que los ciudadanos de las regiones puedan tomar decisiones en sus propias regiones, mediante la elección de su primera autoridad regional. Lo que buscamos con esta reforma es eso, no otra cosa. Ya se señaló aquí que esta reforma constitucional habilita a los ciudadanos de regiones para elegir a su intendente, futuro gobernador regional.

A mi modo de ver, aquí se ha intentado enredar el debate mañosamente, al decir que estamos eligiendo un gobernador regional que no va a tener atribuciones ni recursos, y haciendo ver que con esta reforma van a caer todos los problemas sobre las regiones, en lugar de confiar en ellas y en su gente.

Quien me antecedió en el uso de la palabra dijo que no se sabe cuáles serán las competencias de esa autoridad.

Al respecto, quiero aclarar que la Cámara de Diputados se pronunció, en segundo trámite constitucional, respecto del proyecto sobre traspaso de competencias. En consecuencia, es una verdadera falacia alegar desconocimiento sobre la materia.

Debo aclarar que ese proyecto se está tramitando en el Senado; ahora nosotros tenemos que pronunciarnos sobre este proyecto de reforma constitucional.

Por lo tanto, en esta reforma regional, que debe ser integral, debe existir un buen proyecto de traspaso de competencias, cuya tramitación está finalizando.

El gobierno se ha comprometido a enviar un proyecto de ley sobre financiamiento regional y responsabilidad fiscal, para tener una reforma regional integral, que es lo que todos queremos. Sin embargo, quiero señalar algunos elementos.

No podemos olvidar que Chile es el país más centralizado de América Latina; es el único que, por ejemplo, no elige directamente a sus autoridades regionales.

Si queremos seguir en ese statu quo, cada cual será responsable de eso; pero muchos queremos avanzar en esa materia.

Además, en relación con la población, territorio y economía, Chile sigue siendo el país más centralizado de la OCDE.

Si algunos quieren seguir en ese estado de cosas, bienvenido sea; pero en la bancada de la Democracia Cristiana no estamos de acuerdo con eso, porque creemos que una autoridad elegida también significa valores en la región, autoridades legitimadas, control ciudadano a la hora de llevar adelante los planes. Además, que la regiones toman en sus manos la posibilidad de construir la región que quieren, lo que se hace con autoridades que miren hacia su región, en lugar de terminar mirando siempre hacia Santiago.

Eso está detrás de esta iniciativa; por eso la apoyaremos entusiastamente.

Quiero señalar una inquietud que tengo en relación con el proyecto, que espero poder despejar durante su tramitación.

Existe una legítima inquietud respecto de las atribuciones que tendrá el gobernador regional, autoridad elegida por las regiones, versus las del secretario regional presidencial. Me parece que tenemos que buscar espacios en la misma reforma para que esa autoridad elegida por las regiones tenga el poder y las atribuciones suficientes para no deslegitimar su posición y no generar una frustración regional.

Presenté una indicación para resolver ese problema, la que, lamentablemente, fue rechazada. Sin embargo, aspiro a que durante lo que queda de tramitación del proyecto se corrija esa situación, con el objeto de que tengamos autoridades regionales con poder suficiente para hacerse cargo de las regiones.

Por lo dicho, señor Presidente, anunciamos con mucho entusiasmo que apoyaremos esta iniciativa de reforma constitucional, la que, sin duda, es histórica para las regiones y para nuestro país.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

Debo recordar que la amplificación de la Sala cesa automáticamente cuando se termina el tiempo asignado al orador.

Tiene la palabra el diputado señor Leonardo Soto.

El señor SOTO.-

Señor Presidente, somos el país más centralizado de la OCDE y el único de América Latina que no entrega a la voluntad popular la elección de sus autoridades regionales, lo que, sin duda, limita y asfixia el desarrollo de Chile y de los más de 10 millones de compatriotas que viven en regiones.

Por eso la reforma que hoy aprobaremos es una de las más importantes en décadas, porque da inicio, un comienzo a una verdadera descentralización, permitiendo que cada uno de los habitantes de las regiones elija en las urnas a sus intendentes, que ahora se llamaran “gobernadores regionales”.

En definitiva, mediante esta reforma constitucional se trata de transferir poder a la ciudadanía, de profundizar y ensanchar la democracia, transfiriendo el poder de la administración central, en Santiago, hacia todos los rincones del país, de modo tal que las comunidades locales definan, mediante la elección popular, a las personas que las van a gobernar, y, junto con ello, las prioridades para el desarrollo social, económico y cultural de sus propios territorios.

Señor Presidente, mi compromiso y el de mi partido es absolutamente claro: los socialistas consideramos de la mayor importancia que los ciudadanos, en este caso los de regiones, tengan mayor acceso a la información y al control, así como a la participación en las decisiones que toman sus autoridades y que les afectan.

Sin embargo, es necesario ser franco y sincero: esta reforma constitucional debe ser aprobada; pero las leyes que se dictarán posteriormente para ponerla en práctica tienen que ser repensadas, a fin de dotarlas de una mayor reflexión y de definir puntos que son claves para una adecuada descentralización y, por tanto, para el éxito de esta reforma.

No existen garantías de que los denominados “gobernadores regionales” democráticamente elegidos contarán con un catálogo de atribuciones, competencias, funciones precisas y financiadas para que sus cargos no terminen siendo solo de papel.

Sumado a lo anterior, sigue siendo una tarea pendiente resolver la superposición de autoridades propuestas. Ese es el caso del gobernador elegido mediante sufragio popular, con competencias a nivel regional, y el secretario regional presidencial, nombrado por el nivel central, quien también tendrá competencias a nivel regional.

Por su parte, la fecha de elección del gobernador regional es un tema. La comisión asesora presidencial propuso, con mucha fuerza y argumentos, que estas nuevas autoridades de las regiones debían ser elegidas simultáneamente con las autoridades de las comunas, o sea, junto con la elección de alcaldes y de concejales; sin embargo, algunos pretenden que su elección sea simultánea con la elección presidencial y parlamentaria, lo cual carece de justificación.

En definitiva, si queremos realizar una descentralización efectiva, no podemos arriesgarnos a implementar de mala forma esta política, que es tan necesaria y que ha sido largamente esperada, ni tampoco intentar subsanar sus deficiencias, una vez puesta en marcha, con leyes parche.

La más mínima prudencia y sentido de realidad indica -constituye otro punto que debería haberse debatido en profundidadla necesidad de realización de algún tipo de implementación diferenciada y gradual, tal como se ha hecho con otras reformas estructurales, por ejemplo, con la reforma procesal penal en materia de justicia.

Por todo lo anterior, espero que el Ejecutivo tome adecuada nota de las aprensiones que tenemos un grupo de parlamentarios que pedimos se acojan los cambios propuestos, y la reforma se tramite en consonancia y concordancia con el resto de las reformas legales que la complementarán.

Tenemos la convicción de que sin descentralización es imposible avanzar en un desarrollo armónico y equitativo del país, y que la presente reforma es necesaria para dar un primer paso en un cambio histórico para Chile.

Los socialistas llamamos a aprobar el proyecto, pues es el inicio de una reforma integral, que real y verdaderamente va a democratizar a nivel regional y local nuestro país.

He dicho.

El señor SILBER (Vicepresidente).-

No hay más parlamentarios inscritos para intervenir. Solicito la unanimidad de la Sala para autorizar la intervención del subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes.

Acordado.

Tiene la palabra el subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes.

El señor CIFUENTES (subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo).-

Señor Presidente, el proyecto en discusión forma parte del proceso de descentralización que lleva a cabo el gobierno de la Presidenta Bachelet. Quizá sea el proyecto más simbólico, porque es el que más reconocimiento ciudadano puede tener. No obstante, forma parte de una agenda integral, que inicia este proceso de descentralización en Chile.

Durante las discusiones respecto de la reforma constitucional, hemos sostenido que pretendemos mantener un Estado unitario fuerte, pero descentralizado.

Por ello, es imprescindible que, junto con la aprobación de esta reforma constitucional, se agilice la aprobación en comisión mixta del proyecto que perfecciona las competencias de los gobiernos regionales, proyecto que es absolutamente complementario con el que hoy se discute.

Una vez aprobado dicho proyecto, podremos iniciar la discusión respecto de la ley de financiamiento, que complementa de manera sustantiva el proceso de descentralización que está en marcha.

Al respecto, cabe recordar que el Parlamento aprobó en 2016 un proyecto de fortalecimiento de los municipios, que se encuentra en pleno proceso de implementación.

Espero que a partir de 2017 los municipios comiencen el estudio de las nuevas plantas municipales, lo que permitirá crear nuevas unidades, con mayor autonomía y competencia, que diseñarán la nueva institucionalidad municipal, la que estará acorde con el proceso de descentralización.

En nombre del gobierno de la Presidenta Bachelet , manifiesto que estamos muy expectantes ante la votación de esta reforma, que consideramos histórica.

Muchas gracias.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de reforma constitucional en los siguientes términos:

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje y mociones refundidos, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 71 señoras y señores diputados en ejercicio, con la salvedad del número 4) del artículo único, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de los 2/3 de los diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos; por la negativa, 7 votos. Hubo 22 abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Becker Alvear, Germán ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Cornejo González, Aldo ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernando Pérez, Marcela ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo , Vlado ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Tuma Zedan, Joaquín ; Vallejo Dowling, Camila ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto , Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Coloma Alamos, Juan Antonio ; Hoffmann Opazo , María José ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Norambuena Farías, Iván ; Silva Méndez, Ernesto.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Barros Montero, Ramón ; Bellolio Avaria, Jaime ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Gahona Salazar, Sergio ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Lavín León, Joaquín ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Molina Oliva, Andrea ; Morales Muñoz, Celso ; Nogueira Fernández, Claudia ; Sandoval Plaza, David ; Squella Ovalle, Arturo ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Ward Edwards, Felipe.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en general el número 4) del artículo único, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 79 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 111 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Vallejo Dowling, Camila ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe.

-Votó por la negativa el diputado señor Van Rysselberghe Herrera, Enrique.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en particular los números 6), 13), que pasaría a ser 12), y 14), que pasaría a ser 13), del artículo único, en los términos propuestos por el Senado, y los números 1), 2), nuevo número 3); 3), que pasaría a ser 4); 7), 9), que pasaría a ser 8); 10), que pasaría a ser 9); 11), que pasaría a ser 10), y 12), que pasaría a ser

11), con las modificaciones propuestas por la Comisión de Constitución, que requieren para su aprobación del voto favorable de 71 señoras y señores diputados.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 26 abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobados.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Becker Alvear, Germán ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Cornejo González, Aldo ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernando Pérez, Marcela ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo , Vlado ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Tuma Zedan, Joaquín ; Vallejo Dowling, Camila ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto , Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Coloma Alamos, Juan Antonio ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Silva Méndez, Ernesto.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Barros Montero, Ramón ; Bellolio Avaria, Jaime ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Gahona Salazar, Sergio ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hoffmann Opazo , María José ; Lavín León, Joaquín ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Morales Muñoz, Celso ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Sandoval Plaza, David ; Squella Ovalle, Arturo ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Ward Edwards, Felipe.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar el número 4) del artículo único en los términos propuestos por el Senado, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 79 señoras y señores diputados y que la Comisión de Constitución propone rechazar.

Para mejor entendimiento de la votación, el señor Secretario nos va a ilustrar sobre el particular.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Señor Presidente, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento propone suprimir las nuevas atribuciones del Tribunal

Constitucional que el Senado propone incorporar en la Constitución Política de la República en cuanto a pronunciarse sobre las inhabilidades e incompatibilidades en el cargo de gobernador regional y calificar la inhabilidad de la misma autoridad.

El señor ANDRADE (Presidente).-

La Comisión de Constitución propone rechazar el artículo pertinente.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos; por la negativa, 32 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa , Patricio ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Morales Muñoz, Celso ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Urrutia, Paulina ; Pacheco Rivas, Clemira ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Ward Edwards, Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Campos Jara, Cristián ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Cornejo González, Aldo ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Lorenzini Basso, Pablo ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Núñez Arancibia, Daniel ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pérez Arriagada, José ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rocafull López, Luis ; Sabag Villalobos, Jorge ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Soto Ferrada, Leonardo ; Torres Jeldes, Víctor ; Vallejo Dowling, Camila ; Venegas Cárdenas, Mario ; Walker Prieto , Matías.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Browne Urrejola, Pedro ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; Hernando Pérez, Marcela ; Melo Contreras, Daniel ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabat Fernández, Marcela.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Se ha rechazado que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre las inhabilidades e incompatibilidades en el cargo de gobernador regional y califique dicha inhabilidad.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló.

El señor AGUILÓ.-

Señor Presidente, tengo un matiz respecto de esa interpretación.

Lo que estamos votando no es el informe del Senado, sino lo propuesto por la Comisión de Constitución. Si recomienda rechazar y votamos a favor, afirmamos la recomendación que esta efectuó. Esa es mi interpretación.

En todo caso, no sería malo saber lo que votamos, cualquiera que sea la interpretación.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Como bien señala el diputado Sergio Aguiló , siempre es bueno saber lo que uno vota.

El Secretario va a explicar lo que acabamos de votar.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Señor diputado, le recuerdo que somos Cámara revisora; quizás por esa razón algunas de sus señorías se confunden.

En condiciones como esta, siempre se vota el texto del Senado, salvo que en la minuta expresamente se señale que se vota el texto del Senado más algún agregado propuesto por nuestras comisiones.

En este caso, se votó el texto del Senado, pero como no se alcanzó el quorum constitucional, se rechazó. Es decir, el Tribunal Constitucional no podrá pronunciarse sobre las inhabilidades de los gobernadores regionales.

Señor diputado, usted lleva muchos años acá y lo sabe muy bien: nunca se rechaza un rechazo, sino que siempre se vota positivamente.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en particular la letra a) del número 5) del artículo único, con las modificaciones propuestas por la Comisión de Constitución, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación del voto favorable de 71 señoras y señores diputados en ejercicio.

-Durante la votación:

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario para que explique la materia de que trata esta disposición.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Señor Presidente, la disposición que corresponde votar dice relación con la elección del gobernador regional.

Como los señores diputados ya saben, de acuerdo con el texto propuesto, para que el gobernador regional sea elegido requerirá obtener una mayoría equivalente, al menos, al 40 por ciento de los votos válidamente emitidos.

A ello se suman las propuestas de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados en orden a establecer que dicha elección se hará conjuntamente con la de consejeros regionales, y a sustituir la frase “para el periodo siguiente” por la frase “por un periodo”.

Si se rechazan estas propuestas, se deberá votar el texto en la forma original propuesta por el Senado.

El señor ANDRADE (Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 112 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en particular el resto del número 5) del artículo único, con las modificaciones propuestas por las comisiones de Constitución y de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 71 señoras y señores diputados.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 113 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar el número 8) del artículo único, en los términos propuestos por el Senado, que la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados propone rechazar y para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 71 señoras y señores diputados en ejercicio.

Tiene la palabra el señor Secretario para que explique la materia de que trata esta disposición.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Señor Presidente, el artículo 114 de la Constitución Política de la República establece que la ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.

El Senado, en el marco del primer trámite constitucional del proyecto, cambió la expresión “podrá transferir” que señala la Constitución por “transferirá”. La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados propone suprimir dicha enmienda del Senado, en cuyo caso el texto de la Constitución no quedaría en modo imperativo, sino facultativo, manteniendo la expresión “podrá transferir”.

El señor SAFFIRIO.-

Señor Presidente, solicito que aclare si vamos a votar la propuesta del Senado o la de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Señor Presidente, corresponde votar la enmienda a la Constitución Política propuesta por el Senado.

Quienes voten a favor lo harán por mantener la expresión “transferirá” propuesta por el Senado. Quienes voten en contra lo harán por mantener el texto constitucional vigente.

El señor ANDRADE (Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 109 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Sabag Villalobos, Jorge ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Andrade Lara, Osvaldo ; Cornejo González, Aldo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Rubilar Barahona, Karla ; Sabat Fernández, Marcela.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en particular el número 15) del artículo único, que pasaría a ser número 14), con las modificaciones propuestas por las comisiones de Constitución y de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 71 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 111 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Cornejo González, Aldo ; León Ramírez, Roberto.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en particular la modificación propuesta por la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, para incorporar en todo el texto del proyecto, después de las expresiones “secretarios regionales” y “secretarios provinciales”, la palabra “presidenciales”, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 71 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 111 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa, Marisol ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe.

-Votó por la negativa el diputado señor Andrade Lara , Osvaldo.

-Se abstuvo el diputado señor Ulloa Aguillón , Jorge.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Despachado el proyecto.

-o-

El señor ANDRADE (Presidente).-

Recabo la unanimidad de la Sala para incorporar en la Tabla de esta sesión el proyecto que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público.

El señor BORIC.-

Señor Presidente, ¿eso daría espacio a intervenciones?

El señor ANDRADE (Presidente).-

Podríamos establecer que se vote sin discusión o que se otorguen cinco minutos por bancada.

¿Habría acuerdo? No hay acuerdo.

2.6. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 08 de noviembre, 2016. Oficio en Sesión 60. Legislatura 364.

VALPARAÍSO, 8 de noviembre de 2016

Oficio Nº 12.965

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado el proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiente a los boletines Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos, con las siguientes enmiendas:

Al artículo único

Número 1

Ha reemplazado la frase “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales” por la frase “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales presidenciales;”.

Número 2

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“2) Introdúcense en el número 2 del artículo 52 las siguientes enmiendas:

a) Reemplázase en su literal e) la expresión “intendentes, gobernadores” por “gobernadores regionales, secretarios regionales presidenciales, secretarios provinciales presidenciales”.

b) Agrégase en el párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República”, la frase “o de un gobernador regional”.”.

Número 3 (nuevo)

Ha intercalado el siguiente número 3, nuevo:

“3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o de un gobernador regional”.

Número 3, que ha pasado a ser número 4

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“4) Sustitúyese, en el numeral 2 del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los secretarios regionales presidenciales, los secretarios provinciales presidenciales”.”.

Número 4

Lo ha suprimido.

Número 5

Ha modificado el artículo 111 que se propone de la siguiente manera:

-En su inciso cuarto, ha incorporado, a continuación de la palabra “elegido”, la frase “conjuntamente con la elección de consejeros regionales,”, y ha sustituido la frase “para el período siguiente” por la expresión “por un período”.

-En su inciso quinto, ha agregado, a continuación del punto y seguido que sucede a la palabra “sufragios”, la siguiente oración: “Igual procedimiento se aplicará para el caso que exista empate entre las dos más altas mayorías.”.

-Ha agregado los siguientes incisos séptimo, octavo y noveno:

“Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.”.

-Ha sustituido su inciso séptimo, que ha pasado a ser décimo, por el siguiente:

“La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ellas.”.

-Ha agregado el siguiente inciso final:

“Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

Número 7

Letra a)

Ha reemplazado la frase “a cada uno de los consejeros regionales” por “del consejo regional”.

Número 9

Ha modificado el artículo 115 bis que se introduce, de la siguiente manera:

-En su inciso primero, ha reemplazado la frase “una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional” por “una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial”.

-Ha sustituido la expresión “delegado presidencial regional” por “secretario regional presidencial”, todas las veces que aparece.

Número 10

Ha reemplazado, en el artículo 116 que propone, las expresiones “delegación presidencial provincial” por “secretaría provincial presidencial” y las expresiones “delegado presidencial regional” y “delegado presidencial provincial”, por “secretario regional presidencial” y “secretario provincial presidencial”, respectivamente, todas las veces que aparece.

Número 11

-Ha reemplazado la expresión “delegados presidenciales provinciales” por “secretarios provinciales presidenciales”.

-Ha rechazado su literal b).

Número 12

Ha modificado el artículo 124 que se propone de la siguiente manera:

-En sus incisos primero y segundo, ha reemplazado las expresiones “delegado presidencial regional” y “delegado presidencial provincial” por “secretario regional presidencial” y “secretario provincial presidencial”, respectivamente.

-En su inciso sexto, ha eliminado las expresiones “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial,” y “o designación, según sea el caso”.

-En sus incisos séptimo y octavo, ha suprimido la expresión “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial”, y la coma que la precede.

Número 15

Lo ha sustituido por el siguiente:

“15) Agrégase, como disposición vigesimoctava transitoria, la siguiente:

“VIGESIMOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional a que se refieren los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, y asumirá dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes otorgan expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al secretario regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al secretario provincial presidencial las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al gobernador.”.”.”.

*****

Hago presente a V.E. que el artículo único del proyecto de reforma constitucional fue aprobado, en general, con el voto favorable de 83 diputados, con excepción de su número 4, que fue aprobado con 111 votos a favor, en ambos casos de un total de 118 diputados en ejercicio.

En particular, en tanto, la votación de los numerales del artículo único se produjo de la siguiente manera:

-Los números 1 y 2, así como el nuevo número 3, y los números 3, que pasó a ser 4, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, fueron aprobados con 83 votos afirmativos.

-La letra a) del número 5 fue aprobada con 112 votos a favor.

-El resto del número 5 fue aprobado con el voto favorable de 113 diputados.

-El número 8 fue aprobado con 109 votos afirmativos.

-El número 15 fue aprobado con el voto favorable de 111 diputados.

En todos los casos anteriores, la votación se produjo respecto de un total de 118 diputados en ejercicio.

De esta manera, se ha dado cumplimiento a lo prescrito en el artículo 127, inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Lo que tengo a honra comunicar a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 283/SEC/16, de 6 de octubre de 2016.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

OSVALDO ANDRADE LARA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Informe de Comisión de Gobierno

Senado. Fecha 14 de noviembre, 2016. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 62. Legislatura 364.

?INFORME DE LA COMISIÓN de GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, recaído en el proyecto de reforma constitucional, en tercer trámite constitucional, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

BOLETÍN Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos.

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión Gobierno, Descentralización y Regionalización, en cumplimiento del acuerdo que adoptasteis en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2016, tiene el honor de informaros el proyecto de reforma de la referencia, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A la sesión en que la Comisión estudió esta iniciativa asistieron, además de sus miembros, las siguientes personas:

- Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Subsecretario, señor Gabriel de la Fuente, y los Asesores, señores Hernán Campos, Nicolás Torrealba y Gabriel Osorio.

- De la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo: el Subsecretario, señor Ricardo Cifuentes; la Jefa de División de Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt; el Jefe de Gabinete del Subsecretario, señor Eduardo Jara, y el Asesor señor José Luis Donoso.

- De la Fundación Jaime Guzmán: la Asesora, señora Ericka Farías.

- El Asesor de la Senadora señora Ena Von Baer, señor Felipe Caro.

- La Asesora de Prensa del Senador Jorge Pizarro, señora Andrea Gómez.

- El Asesor del Senador Rabindranath Quinteros, señor Jorge Frites.

- El Asesor del Senador Andrés Zaldívar, señor Christian Valenzuela.

NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Se hace presente que en caso de aprobarse las modificaciones propuestas que recaen en el artículo único, numerales 1, 2, 3 nuevo, 3, 5, 7, 9, 10, 11, 12 y 15, requiere el voto conforme de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Carta Fundamental.

Previo al estudio de las enmiendas propuestas por la Honorable Cámara de Diputados, el Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, hizo presente que, en lo sustantivo, se propone un cambio en la denominación de las autoridades designadas por el Presidente de la República, y se introduce la acusación constitucional para el Gobernador Regional considerando elevados quórum en ambas cámaras.

Señaló que, en lo que se refiere a las atribuciones que estaban entregadas al Tribunal Constitucional respecto de las inhabilidades ellas se eliminan y se entrega a la ley orgánica el determinar el órgano que deberá pronunciarse sobre inhabilidades, incompatibilidades, renuncia y causales de cesación en el cargo de los Gobernadores Regionales.

Manifestó que se establece expresamente que la elección del Gobernador Regional se realizará conjuntamente con la de Consejeros Regionales, y que se agrega una segunda vuelta adicional para el caso de empate entre las dos más altas mayorías en la segunda elección, incluyéndose, además, la elección complementaria en caso que se produzca vacancia faltando más de un año para la próxima elección.

Indicó que se agrega la obligación del Gobernador de dar cuenta pública una vez al año al Consejo Regional respecto del estado administrativo y político de la región y, expresó, se aclara que la facultad fiscalizadora de los Consejeros Regionales debe ejercerse como órgano y no en forma individual tal como, insistió, lo hace la Cámara de Diputados.

Señaló que se elimina el fuero del representante del Presidente de la República en la Región y que la norma transitoria que se propone contempla que la reforma constitucional, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno Regional, producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los Gobernadores Regionales electos y que, sin perjuicio de ello, una segunda modificación establece que podrá tramitarse la ley orgánica constitucional de elección de Gobernadores Regionales una vez publicada la reforma constitucional, siempre que se encuentre publicada la ley orgánica que determine la forma en que el Presidente de la República podrá transferir las competencias a uno o más Gobiernos Regionales.

Por último, señaló que en la misma disposición transitoria indica que los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes otorgan expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional y que las restantes funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al intendente deben entenderse referidas al secretario regional presidencial que corresponda, en tanto que al secretario provincial presidencial se entenderán atribuidas las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al actual gobernador.

El Honorable Senador señor Quinteros señaló que estimaba que las modificaciones que ha introducido la Cámara de Diputados mejoran el proyecto, no obstante que puedan existir algunas dudas respecto a la conveniencia de establecer una elección complementaria o la acusación constitucional respecto de la nueva autoridad electa pero, resaltó, a la larga se otorga una mayor potestad al Gobernador Regional.

Indicó que proponer quitar el fuero al representante del Presidente de la República en la región, es una clara señal para la ciudadanía de la importancia de la autoridad electa.

Respecto de las propuestas que se hacen en relación con los Consejeros Regionales, manifestó su acuerdo con las mismas, especialmente con aquella que establece que la elección del Gobernador Regional debe hacerse en conjunto con las de Consejeros Regionales, que son simultáneas con as municipales, por tratarse todas ellas individualmente consideradas de una elección territorial.

El Honorable Senador señor Pizarro también manifestó su acuerdo con todas las enmiendas introducidas en la Cámara de Diputados ya que, indicó, en general ellas mejoran el proyecto en el entendido que se busca una mayor claridad entre las denominaciones, funciones y atribuciones de las autoridades que van a estar en el nivel regional y provincial. Agregó que, para facilitar el despacho, solicitaba la apertura de la votación respecto de todas ellas, anunciando de inmediato su voto favorable,

- - -

A continuación, siguiendo el orden del articulado del proyecto, se efectúa una relación de las modificaciones que introdujo la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, al texto aprobado en primer trámite constitucional por el Senado, así como de los acuerdos adoptados por la Comisión respecto de las referidas enmiendas.

Artículo Único

Este artículo introduce diversas modificaciones en la Constitución Política de la República.

Número 1

El Senado, en primer trámite constitucional, aprobó este numeral en el que se sustituye en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”.

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, reemplazó la frase “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales” por la frase “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales presidenciales;”.

La Honorable Senadora señora Von Baer, hizo presente que la denominación de la autoridad en el primer trámite fue motivo de una larga discusión en que participaron los representantes del Gobierno, por lo que directamente recabó la opinión del Ejecutivo respecto de esta enmienda.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, dijo que sobre la materia el Ejecutivo en el primer trámite propuso la denominación “delegados” como también otra indicación que proponía denominarlos secretarios regionales, y agregó, al respecto, que siempre se manifestó que el nombre no era el tema central del proyecto, e hizo presente que permanentemente han estado llanos a llegar a un acuerdo con respecto al nombre de las autoridades.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer, dijo que el nombre propuesto por la Cámara generaría complicaciones debido a que la denominación no se distingue de la reconocida figura de los secretarios regionales ministeriales, todo lo cual resulta enredado y se prestará a equívocos y confusiones.

- Sometida a votación, esta enmienda fue aprobada por la mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros, y por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 2

En el primer trámite constitucional, el Senado aprobó este numeral que reemplaza, en el literal e) del número 2) del artículo 52, la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

En segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados, introdujo las siguientes enmiendas:

a) Reemplazó en su literal e) la expresión “intendentes, gobernadores” por “gobernadores regionales, secretarios regionales presidenciales, secretarios provinciales presidenciales”.

b) Agregó en el párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República”, la frase “o de un gobernador regional”.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer indicó que esta enmienda fue debatida en el primer trámite, y que era muy compleja debido a que la acusación constitucional en contra de un Gobernador Regional podría fácilmente transformarse en una forma de destituir a autoridades elegidas democráticamente a través de mecanismos políticos como el que se plantea.

Luego, agregó ser partidaria de la solución que a este respecto planteó el Senado, en cuanto a que el Gobernador Regional debiese estar sujeto al notable abandono de deberes al igual que un alcalde, ya que las lógicas y el origen de sus investiduras son distintas a la situación de un ministro u otras autoridades nacionales, como las de los actuales intendentes.

Por su parte, el Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, destacó que en el caso de los Gobernadores electos ellos se están circunscribiendo a la regla que se establece con respecto a la acusación constitucional del Presidente de la República, es decir, a una regla mucho más exigente en términos de quórum en relación con las otras acusaciones consideradas. Dijo que precisamente se trata de una regla más exigente para impedir cierta frivolidad en el manejo de esta atribución constitucional.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer subrayó que la lógica de la elección del Gobernador debiese ser la propia del ámbito regional ya que, en su opinión, resulta extraño que la acusación constitucional sea entregada a un órgano de nivel nacional cuya elección se realiza conjuntamente con la del Presidente de la República.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, señaló que es necesario considerar que se trata de un Gobernador Regional que tiene una potestad mayor que la de una autoridad local, pues actúan en niveles distintos, y además dijo que no se debe perder de vista que esas autoridades tienen facultades fijadas en la Constitución que están en tres ámbitos competenciales exclusivos, de modo que esta norma busca resguardar que ahora esa autoridad electa se haga responsable y se sujete a los principios constitucionales que le otorgan el soporte respectivo.

El Honorable Senador señor Quinteros hizo presente que la acusación constitucional es un procedimiento de carácter político, en tanto que la acusación por abandono de deberes es un proceso estrictamente jurídico, y que si se están dando mayores potestades a los Gobernadores Regionales es necesario que también existan respecto de ellos mecanismos de control como la acusación que se está planteando. Agregó que ello representa un mensaje muy potente a las autoridades regionales en el sentido que el Gobernador realmente va a representar los intereses de la ciudadanía regional, y también de que a mayores facultades mayores exigencias para la autoridad electa.

El Honorable Senador señor Bianchi, señaló que con esta enmienda, el Ejecutivo resguarda el Estado unitario y garantiza que efectivamente no existan autoridades que pudieren romper con la paz social o la unidad territorial, de modo que acogió en su totalidad la modificación propuesta.

Por último, la Honorable Senadora señora Von Baer, señaló que no se requiere de este mecanismo para cuidar el Estado unitario, de tal manera que insistió en que la autoridad regional electa no debiese estar sometida al mecanismo de la acusación constitucional.

- Puesta en votación esta enmienda, la Comisión la aprobó por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros, y votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 3, nuevo

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, agregó el siguiente número 3, nuevo:

“Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o de un gobernador regional”.”

- Sometida a votación fue aprobada por la mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros, y por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 3 (que pasa a ser 4)

El Senado, en primer trámite constitucional, aprobó con este numeral, sustituir en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales”.

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, reemplazósustituyendo, en el numeral 2 del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los secretarios regionales presidenciales, los secretarios provinciales presidenciales”.”.

- Sometida a votación, fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los votos de los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros, y por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 4

En el primer trámite constitucional, el Senado aprobó este numeral en los siguientes términos:

4) Reemplázanse los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

“14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

En segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados, lo ha suprimido.

El Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, hizo presente que el Ejecutivo desde el principio sostuvo que era importante que estas materias fueran reguladas no por el Tribunal Constitucional sino que por el Tribunal Calificador de Elecciones. Agregó que las indicaciones a este respecto fueron rechazadas en esta instancia, no obstante lo cual el Ejecutivo insistió en ello ante la Cámara de Diputados, que finalmente las aprobó.

Agregó que este es el mecanismo más adecuado porque las calificaciones de inhabilidad establecidas a través del Tribunal Constitucional no dicen relación, con excepción de los Parlamentarios, con autoridades electas y se refieren solamente a Ministros de Estado. Indicó que debe haber un órgano más político, como el Tricel, para los efectos de conocer estas materias.

La Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que le llama profundamente la atención que por una parte se eleve la figura del Gobernador incluyéndolo en la acusación constitucional pero que, por la otra, quien califique su inhabilidad ya no sea el Tribunal Constitucional sino que el Tricel.

Enseguida, el Asesor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio señaló que, entendiendo la importancia del Tribunal Constitucional, era necesario destacar que los miembros del Tricel son a su vez, miembros de la Excelentísima Corte Suprema.

Luego, hizo presente que dicho tribunal tiene una existencia bastante más antigua que el propio Tribunal Constitucional, y que se le ha entregado de manera sustantiva y reiterada, en todos los procesos electorales, y también respecto de las casuales de inhabilidad e incompatibilidad, la tarea de conocer de esas materias, de modo que se trata de un tribunal especializado que además tiene una jurisdicción particular que es la jurisdicción electoral, que comparte momentos constitucionales como también orgánicos constitucionales.

- Puesta en votación, la Comisión aprobó esta enmienda por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros, y votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 5

El Senado, en primer trámite constitucional, aprobó con este numeral, sustituir el artículo 111, por uno del siguiente tenor:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, lo modificó de la siguiente forma:

-En su inciso cuarto, ha incorporado, a continuación de la palabra “elegido”, la frase “conjuntamente con la elección de consejeros regionales,”, y ha sustituido la frase “para el período siguiente” por la expresión “por un período”.

-En su inciso quinto, ha agregado, a continuación del punto y seguido que sucede a la palabra “sufragios”, la siguiente oración: “Igual procedimiento se aplicará para el caso que exista empate entre las dos más altas mayorías.”.

-Ha agregado los siguientes incisos séptimo, octavo y noveno:

“Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.”.

-Ha sustituido su inciso séptimo, que ha pasado a ser décimo, por el siguiente:

“La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ellas.”.

-Ha agregado el siguiente inciso final:

“Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

Esta enmienda fue tratada y votada en forma separada.

Inciso cuarto

-En su inciso cuarto, ha incorporado, a continuación de la palabra “elegido”, la frase “conjuntamente con la elección de consejeros regionales,”, y ha sustituido la frase “para el período siguiente” por la expresión “por un período”.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, dijo que se trata de limitar la reelección, que sólo corresponde al período siguiente pues después sería una nueva elección y no reelección.

-La Comisión aprobó esta modificación por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Al fundamentar su voto, la Honorable Senadora señora Von Baer, hizo presente su duda respecto a la forma de redacción de esta norma, y solicitó dejar constancia que su nuevo texto no puede interpretarse en el sentido que una persona que reelecta una vez y nunca más, en el futuro, puede presentarse nuevamente al cargo.

Inciso quinto

-En su inciso quinto, ha agregado, a continuación del punto y seguido que sucede a la palabra “sufragios”, la siguiente oración: “Igual procedimiento se aplicará para el caso que exista empate entre las dos más altas mayorías.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer dijo que la enmienda es confusa, toda vez que se puede empatar en votos o en porcentaje y así debiese quedar claramente establecido en la norma.

Enseguida, el Honorable Senador señor Quinteros, indicó que se acordó que para resultar electo Gobernador Regional se requerían como mínimo un 40% de los votos, y que la enmienda resuelve el caso de un empate entre las más altas mayorías debajo del 40%, o bien por encima del mismo.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, subrayó que de acuerdo a su definición el empate es la “situación que se produce en un juego deportivo o en una votación cuando los dos contrincantes obtienen el mismo número de tantos o de votos”, y agregó que la relación matemática es exactamente igual en número de votos y en porcentaje.

Señaló que se trató de dar solución a la situación planteada por el Honorable Senador señor Quinteros, que es un escenario que perfectamente puede darse, y que con el objeto de evitar tener que definir la elección por el azar, tirando una moneda al aire, lo razonable es que haya una segunda elección.

-Sometida a votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Incisos séptimo, octavo y noveno, nuevos

-Ha agregado los siguientes incisos séptimo, octavo y noveno:

“Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.”.

La Honorable Senadora señora Von Baer, señaló que tener las elecciones complementarias junto con las de Gobernador Regional es una situación muy compleja y que la fórmula de reemplazo que existía era mucho mejor. Agregó que una elección complementaria puede verse cruzada con temas nacionales y perder el carácter territorial a que se ha referido el propio Ejecutivo, por ejemplo, para justificar que sea simultánea con la elección de consejeros regionales y alcaldes.

El Honorable Senador señor Quinteros, indicó que, en su opinión, estas reglas de sucesión en caso vacancia son lo más democrático, pues se recurre nuevamente a la decisión de la ciudadanía.

-Puesta en votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

La Honorable Senadora señora Von Baer, al fundar su voto, solicitó dejar constancia que lo democrático tiene que ver con el cumplimiento de todas las reglas del proceso electoral, y con las instituciones también, y no sólo con la forma de proveer un cargo cuando queda vacante por problemas de la autoridad electa. Además, agregó, las elecciones complementarias en el mundo han demostrado que tienen su complejidad y en Chile, de aprobarse esta enmienda, ésta sería la única de este tipo.

Por último, la Comisión acordó dejar constancia que cuando en el primer párrafo del inciso séptimo, nuevo, se dice “Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección”, debe entenderse la próxima elección a que se refiere es la de Gobernador Regional y no a cualquier otra elección.

Inciso séptimo, que ha pasado a ser décimo.

-Ha sustituido su inciso séptimo, que ha pasado a ser décimo, por el siguiente:

“La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125, y el órgano encargado de pronunciarse sobre ellas.”.

-Sometida a votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Inciso final

-Ha agregado el siguiente inciso final:

“Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

-La Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Pizarro y Quinteros aprobó esta modificación.

Número 7

Con este numeral, el Senado en el primer trámite constitucional, modificó el artículo 113, en la siguiente forma:

a) Reemplazó su inciso segundo, por el que sigue:

“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.”.

b) Suprimió su inciso quinto.

En segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados, modificó la letra a), reemplazando la frase “a cada uno de los consejeros regionales” por “del consejo regional”.

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó que el tema fue largamente discutido en su momento, y que la norma aprobada por el Senado es concordante con las facultades de los Diputados, que pueden fiscalizar de manera individual a través de oficios sin estar limitados a hacerlo de manera colectiva, y que era una facultad muy relevante para los Consejeros Regionales que ahora se les está quitando.

Agregó que esta enmienda no va en el sentido correcto porque constituye una pérdida de poder para los Consejeros Regionales, que insistentemente solicitaron a la Comisión que se les dieran más facultades fiscalizadoras, en especial porque en el tema de los recursos tienen una imposibilidad de fiscalizar a los servicios públicos que son los que finalmente ejecutan.

Por su parte el Honorable Senador señor Bianchi señaló que esta enmienda empodera al Consejo Regional evitando privilegiar actuaciones individuales que pueden entorpecer la fiscalización seria que tiene que haber en esta materia, y estimó apropiado que responsablemente el Gobierno Regional, como cuerpo colegiado, tenga las facultades fiscalizadoras, con una mayor consistencia.

-Sometida a votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 9

El Senado, en primer trámite constitucional, intercaló, un artículo 115 bis, del siguiente tenor:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

En segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados, modificó el artículo 115 bis propuesto, de la siguiente manera:

-En su inciso primero, reemplazó la frase “una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional” por “una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial”.

-Sustituyó la expresión “delegado presidencial regional” por “secretario regional presidencial”, todas las veces que aparece.

-Puesta en votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 10

Letra a)

Con la letra a) este numeral, el Senado en el primer trámite constitucional, sustituyó su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

La Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, modificó la letra a), reemplazando, en el inciso primero del artículo 116 propuesto, las expresiones “delegación presidencial provincial” por “secretaría provincial presidencial” y las expresiones “delegado presidencial regional” y “delegado presidencial provincial”, por “secretario regional presidencial” y “secretario provincial presidencial”, respectivamente, todas las veces que aparece.

-Sometida a votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 11

Con este numeral, el Senado, en el primer trámite constitucional modificó el artículo 117, de la siguiente forma:

a) Reemplazó el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”.

b) Sustituyó la palabra “delegados” por “encargados”.

En el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados reemplazó en la letra a) la expresión “delegados presidenciales provinciales” por “secretarios provinciales presidenciales”, y rechazó su literal b).

-Puesta en votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 12

Mediante este numeral, el Senado, en el primer trámite constitucional, sustituyó el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

En el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados modificó el artículo 124 que se propone, de la siguiente manera:

-En sus incisos primero y segundo, ha reemplazado las expresiones “delegado presidencial regional” y “delegado presidencial provincial” por “secretario regional presidencial” y “secretario provincial presidencial”, respectivamente.

-En su inciso sexto, ha eliminado las expresiones “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial,” y “o designación, según sea el caso”.

-En sus incisos séptimo y octavo, ha suprimido la expresión “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial”, y la coma que la precede.

El Honorable Senador señor Quinteros dijo estar de acuerdo con las enmiendas propuestas que enaltecen o destacan la figura del Gobernador Regional electo, estableciendo una gran diferencia con la del representante del Presidente de la República en el territorio.

La Honorable Senadora señora Von Baer, señaló que dado que el Secretario Presidencial Regional ejercerá las mismas tareas que actualmente tiene el Intendente debiera mantener el fuero que se le está quitando, toda vez que maneja muchos temas sensibles y relevantes, como los derivados del control del orden público, por lo que insistió en que mientras tenga dichas facultades debe contar con fuero pues no resulta razonable que quien ejerce el mando de la fuerza pública pueda ser arrestado o privado de libertad como cualquier otro ciudadano, y no sólo ante delito flagrante y para ser puesto a disposición de la Corte de Apelaciones respectiva, pues ello incluso en cierto grado disminuye su autoridad ante el personal de las instituciones encargadas de resguardar el orden público.

Agregó que es un error quitarle el fuero, porque en estricto rigor aun no se le ha quitado ninguna de las facultades al Secretario Presidencial Regional de las que hoy día tiene el Intendente en su calidad de representante del Presidente de la República.

-Sometida a votación, esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Pizarro y Quinteros. Votó por su rechazo la Honorable Senadora señora Von Baer.

Número 15

El Senado en el primer trámite constitucional, agregó, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 115 bis entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al delegado provincial que corresponda, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el presidente del consejo regional permanecerá en funciones.

Igualmente, mientras no ocurra la asunción de los gobernadores regionales, los intendentes designados por el Presidente de la República seguirán sujetos a las normas de los artículos 32, 52 y 57 de esta Constitución.”.”.

La Cámara de Diputados en el segundo trámite constitucional, la sustituyó por una del siguiente tenor:

“VIGESIMOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional a que se refieren los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, y asumirá dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes otorgan expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al secretario regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al secretario provincial presidencial las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al gobernador.”.”.”.

El Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, hizo presente que el Ejecutivo no compartía la forma en que quedó redactada esta norma en el primer trámite constitucional y que así lo hizo ver el señor Ministro Eyzaguirre en la Sala, porque, en definitiva, suspendía la vigencia de la elección de Intendente a la publicación de la ley sobre traspaso de competencias.

Con la modificación, dijo, se permite que efectivamente ello ocurra, pero que la elección de Intendente se produzca, sí o sí, sólo cuando la ley sobre transferencia de competencias se encuentre promulgada.

- La Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, acordó aprobar esta modificación, con los votos favorables de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Pizarro y Quinteros.

- - -

En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas y de las resoluciones pertinentes, la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, tiene el honor de proponeros que adoptéis los siguientes acuerdos respecto de las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley aprobado por el Senado en el primer trámite constitucional.

Artículo Único

Número 1

Aprobar el reemplazo (Mayoría 3x1 contra).

Número 2

Aprobar el reemplazo. (Mayoría 3x1 contra).

Número 3, nuevo de la Cámara de Diputados

Aprobar esta enmienda. (Mayoría 3x1 contra).

Número 3 (que pasó a ser 4)

Aprobar esta modificación. (Mayoría 3x1 contra).

Número 4

Aprobar la supresión. (Mayoría 3x1 contra).

Número 5

Al inciso cuarto

Aprobar esta enmienda. (Mayoría 3x1 contra).

Al inciso quinto

Aprobar esta modificación. (Mayoría 3x1 contra).

Incisos séptimo, octavo y noveno, nuevos

Aprobar esta enmienda. (Mayoría 3x1 contra).

Inciso séptimo, que ha pasado a ser décimo

Aprobar esta enmienda. (Mayoría 3x1 contra).

Inciso final

Aprobar esta modificación. (Unanimidad 4x0).

Número 7

Aprobar el reemplazo. (Mayoría 3x1 contra).

Números 9, 10 y 11

Aprobar estas enmiendas. (Mayoría 3x1 contra).

Número 12

Aprobar esta enmienda. (Mayoría 3x1 contra).

Número 15

Aprobar esta modificación. (Unanimidad 4x0).

- - -

Acordado en sesión celebrada el día 9 de noviembre de 2016, asistencia de los Honorables Senadores señora Ena Von Baer Jahn (Presidenta), y señores Carlos Bianchi Chelech, Rabindranath Quinteros Lara y Jorge Pizarro Soto.

Sala de la Comisión, a 14 de noviembre de 2016.

JUAN PABLO DURÁN G.

Secretario de la Comisión

3.2. Discusión en Sala

Fecha 22 de noviembre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 67. Legislatura 364. Discusión única. Se rechazan modificaciones.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL Y ESTABLECIMIENTO DE FIGURA DE DELEGADO PROVINCIAL

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Proyecto de reforma de la Carta, en tercer trámite constitucional, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno Regional, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el primer proyecto (9.834-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República):

En primer trámite: sesión 77ª, en 6 de enero de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el segundo proyecto (10.330-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señor Horvath, señora Lily Pérez y señores Guillier, Quinteros y Zaldívar).

En primer trámite: sesión 59ª, en 7 de octubre de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el tercer proyecto (10.422-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela).

En primer trámite: sesión 77ª, en 25 de noviembre de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el cuarto proyecto (10.443-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señores Chahuán y García-Huidobro).

En primer trámite: sesión 81ª, en 15 de diciembre de 2015 (se da cuenta).

En tercer trámite: sesión 60ª, en 8 de noviembre de 2016.

Informes de Comisión:

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 99ª, en 27 de enero de 2016.

Gobierno, Descentralización y Regionalización (segundo): sesión 52ª, en 4 de octubre de 2016.

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 62ª, en 15 de noviembre de 2016.

Discusión:

Sesiones 101ª, en 1 de marzo de 2016 (se aprueba en general); 53ª, en 5 de octubre de 2016 (se aprueba en particular).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Este proyecto inició su tramitación en el Senado, y en el segundo trámite constitucional la Cámara de Diputados efectuó diversas enmiendas a su texto.

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización aprobó, por las distintas votaciones que consigna en su informe, todas las modificaciones introducidas por la Cámara Baja.

En caso de que la Sala acuerde acoger la proposición de la Comisión, la totalidad de las enmiendas, con excepción de la consistente en suprimir el número 4) del artículo único, que no es de quorum especial, deben aprobarse por tres quintos de los Senadores en ejercicio, esto es, con a lo menos 21 votos favorables.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen en sus escritorios se transcriben el texto aprobado por el Senado y las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.

Nada más, señor Presidente .

El señor LAGOS (Presidente).-

Se abre debate sobre este proyecto, que está en tercer trámite constitucional.

Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , el texto que aprobó la Cámara Baja contiene enmiendas que a lo menos yo voy a rechazar, pues a mi juicio constituyen errores profundos.

Les pido a los señores Senadores que tratemos de legislar bien.

En el articulado que despachó la Cámara de Diputados algunas materias son opinables; otras, como se darán cuenta Sus Señorías, no lo son: según dije, constituyen errores en que incurrió la otra rama del Congreso Nacional.

Entiendo que para algunos es necesario sacar rápido este proyecto. Sin embargo, creo que no podemos hacer mal una reforma constitucional.

Comenzaré refiriéndome a dos de los principales errores cometidos. Pero para ello es importante que nos escuchemos. Si no, ¡más vale mandar las observaciones por escrito...!

En la página 29 del boletín comparado aparece una modificación de la Cámara Baja vinculada con la resolución del empate que se registre entre las dos más altas mayorías en la elección de gobernador regional (porque es posible que esa elección se empate; de hecho, hay elecciones de alcalde que se han ganado por un voto).

Al efecto, en la tercera columna de la página 29 se agrega al texto que despachó el Senado, después de la expresión "sufragios", la oración "Igual procedimiento se aplicará para el caso que exista empate entre las dos más altas mayorías.".

Eso es erróneo, pues se podría producir un empate entre tres candidatos. Y yo me pregunto, entonces, qué ocurre en este caso.

En todas las legislaciones, incluida la nuestra, se habla, cuando hay empate, de "dos o más mayorías". No puede hacerse referencia exclusivamente a "dos mayorías".

Por eso, allí existe una equivocación.

Si el día de mañana se registra un empate entre tres candidatos, explíquenme quién, con la enmienda que aprobó la Cámara Baja, será elegido gobernador regional.

Acabamos de ver en la última elección de alcaldes que en Zapallar hubo un empate. En Ercilla hace algunos años se ganó una elección por un voto. El Senador Prokurica me dice que en Alto del Carmen ocurrió algo parecido.

En consecuencia, yo solo quiero plantear que en la enmienda ya individualizada hay un error no menor.

Después ese tipo de errores se pagan caro. Porque, en tal hipótesis, sería necesario anular la elección. En efecto, si existe un empate entre tres candidatos y la situación no está resuelta por el legislador, hay un vacío.

El segundo problema es tan grave o más grave que el recién expuesto.

En la página 32 del comparado aparece un inciso relacionado con las facultades fiscalizadoras de los consejeros regionales.

El Senado resolvió que dichas facultades fueran individuales de tales autoridades.

Yo entiendo que eso puede ser controvertido.

Pero la Cámara Baja llega al extremo de decir que va a poder fiscalizar la mayoría, y la minoría, ¡nunca!

La Constitución Política establece en el artículo 52 la facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados (veo en la Sala, por ejemplo, al Senador Letelier, con quien, hace bastante tiempo, trabajamos en la otra rama del Parlamento en la modificación del mencionado precepto).

Dice la referida norma:

"Sin perjuicio de lo anterior, cualquier diputado, con el voto favorable de un tercio de los miembros presentes de la Cámara, podrá solicitar determinados antecedentes al Gobierno.".

Más adelante expresa: "Citar a un Ministro de Estado," (la interpelación) "a petición de a lo menos un tercio de los diputados en ejercicio,...".

La disposición aprobada por el Senado en este proyecto establece que la ley orgánica constitucional respectiva deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras "a cada uno de los consejeros regionales".

Admito que es discutible que lo pueda hacer cada uno.

Sin embargo, la Cámara de Diputados remplazó la expresión entrecomillada por la siguiente: "del consejo regional".

Cuando se habla de que el consejo regional tendrá la facultad fiscalizadora, es la mayoría de él. No hay una norma que le permita al core sostener que podrá fiscalizar con menos de la mayoría, pues eso, obviamente, sería contrario al texto constitucional.

Entonces, les hemos quitado a los consejeros regionales toda facultad de fiscalización, salvo que reúnan el 50 por ciento más 1 de los votos.

Habiendo un gobernador regional electo, ¡cómo la minoría del core no va tener las mínimas facultades legales para fiscalizar!

Porque si vamos a entregar la fiscalización a la mayoría, la regla general será que el sector político que ganó la elección de gobernador regional obtenga también la mayoría en el consejo.

Aquello implica cercenar las facultades fiscalizadoras.

Pero el problema se puede corregir perfectamente.

Hay un tercer punto, señor Presidente, al que -entiendo- se referirá más extensamente la colega Von Baer.

La Cámara de Diputados -les pido a Sus Señorías poner atención; y perdónenme por ser insistente- cambia (esto ocurre en todo el proyecto, es general) el nombre "delegados presidenciales regionales" por "secretarios regionales presidenciales".

De acogerse esa enmienda, ¡vamos a tener a los secretarios regionales ministeriales, a los secretarios regionales presidenciales, a los secretarios provinciales presidenciales!

Por consiguiente, la denominación en comento se va a prestar para la mayor de las confusiones.

Lo razonable, lo sensato era, o mantener el nombre "intendente", o colocar otro que se quisiera (no estoy emitiendo un juicio de valor; en todo caso, yo habría puesto lo que indicaba la tradición).

Ustedes dirán que no tiene importancia cambiar el nombre "delegados" por "secretarios". Para mí, reviste importancia, por la jerarquía, por la naturaleza del cargo.

Voy a dar un cuarto argumento.

Si hay algo básico es que los intendentes tengan fuero. Hoy día es así. ¿Saben mis Honorables colegas por qué? Porque manejan la fuerza pública. Ocurre que ahora -en el Senado mantuvimos el fuero del delegado presidencial- lo volaron de un plumazo.

Explíquenme Sus Señorías cómo podrá ejercer el control de la fuerza pública alguien a quien cualquiera le impute un delito el día de mañana y lo detengan. Ello se prestará para las mayores venganzas. Bastará que tres personas se pongan de acuerdo, se encuentren contestes en los hechos y las circunstancias, vayan a una fiscalía, acusen a un delegado presidencial de cualquier barbaridad y el juez de garantía tendrá que despachar una orden de detención o de citación. ¡Y el afectado será el que controle la fuerza pública! ¿Llegará la policía y le expresará: "Quiero detenerlo", y el delegado o secretario presidencial responderá: "Momentito, porque soy su jefe"?

Entonces, no estoy exponiendo cosas que no haya estudiado ni pensado -créanme, señores Senadores- con miras a una buena legislación.

Se planteaba la aprobación del sistema electoral y la transferencia de competencias, lo que puede explicar el Honorable señor Pérez Varela . Entiendo que basta un solo traspaso en una ley para que se gatille todo el proceso de elecciones. Reconozco que el punto lo menciono recién, porque no tuve tiempo de verlo. Mas reitero, sinceramente, que los otros aspectos los he analizado.

Por último, señor Presidente -le solicito un poco de tiempo más, por favor, ya que estoy tratando de hacer una narración de los hechos-,...

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Le he dado varios minutos, Su Señoría, pero está bien.

El señor ESPINA.-

Gracias.

Conforme a nuestro sistema de acusación constitucional -el juicio político-, la regla general es que la Cámara de Diputados declara por simple mayoría que ha lugar a ella respecto de todas las autoridades, salvo el Presidente de la República , en que se exige la mayoría en ejercicio. Y se requieren dos tercios de los Senadores en ejercicio para la declaración de culpabilidad de este último y la mayoría en ejercicio en los demás casos. O sea, el que recibe un tratamiento especial es el Primer Mandatario, y es obvio que sea así. ¿Y al gobernador regional lo hemos puesto en la misma condición?

Cabe advertir que se podría destituir a toda la Corte Suprema -sé que es raro- o a varios de sus ministros por la mayoría de los Senadores en ejercicio, pero no veo por qué se requerirán dos tercios para esta otra autoridad. Será una personalidad prácticamente intocable.

¿Por qué se determinaron dos tercios de los Senadores en ejercicio con relación al Primer Mandatario ? ¡Por tratarse del Presidente de la República , pues! Lo discutimos en la reforma constitucional de 2005 -participó el Senador señor Andrés Zaldívar , si mal no recuerdo-, cuando se vio mucho lo de la acusación, y se manifestó que el único privilegio iba a tenerlo el Jefe de Estado .

Imaginen Sus Señorías que un gobernador regional empieza el día de mañana a infringir abierta y resueltamente la ley. ¿El Congreso se quedaría amarrado a los dos tercios? A mí me parece que esta es una equivocación.

No estoy entrando en cuestiones de competencia. Ya lo discutimos largamente. Estoy pidiendo por favor que estas materias sean resueltas para hacer una buena ley. No se registraría ningún atraso, porque el otro proyecto está para citación a Comisión Mixta. Se puede avanzar en este momento a la misma velocidad, porque el texto va a salir después. Mas lo he leído en detalle, y deseo consignar, sobre la base del tiempo en que nos conocemos, que he tratado de que despachemos una normativa adecuada en los aspectos que he mencionado.

En consecuencia, soy partidario de que el proyecto en debate sea mandado a Comisión Mixta para que esos puntos se puedan arreglar.

El señor LAGOS (Presidente).-

Puede intervenir el señor Ministro.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , quisiera hacer una sola clarificación, aunque puedo estar en un error.

El Senador señor Espina planteaba lo del triple empate. Si el empate tuviera lugar en una cifra inferior al cuarenta por ciento, los comicios tendrían que repetirse por definición, porque nadie habría ganado. Y como un triple empate es imposible con una cifra superior a cuarenta, ya que la suma es más de cien, por eso se redactó de ese modo. En rigor, Su Señoría tiene razón en el sentido de que podría haber un triple empate; pero, por defecto, en ese caso siempre se verificaría una nueva elección.

El señor ESPINA.-

¿Y quiénes pasarían a la segunda vuelta?

El señor BIANCHI .-

Las dos primeras mayorías.

El señor PROKURICA .-

¡No, pues! Estarían empatadas.

Es preciso resolver el problema.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

La preocupación obedece a que en una primera vuelta puede ocurrir, efectivamente, un empate de tres que no sumen el cuarenta por ciento, y la disposición dice que tiene que haber una segunda. La pregunta es con quiénes de los tres se llevaría a cabo.

Entiendo que ese es uno de los aspectos expuestos por el Honorable señor Espina.

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , deseo invitar a mis colegas a que consideremos el proyecto más allá de la votación que efectuamos la primera vez. El problema de las indicaciones que vamos a discutir en el día de hoy es que dicen relación con aspectos técnicos mal resueltos. Por lo tanto, ya no se trata de si el articulado soluciona de un modo deficiente las cuestiones de competencia, sino más bien de la forma de la redacción.

Entonces, la invitación es a que nos escuchemos de verdad para que la materia quede bien en la Constitución, porque me parece posible definirla de buena manera en una Comisión Mixta, que puede funcionar quizás de una forma bastante rápida para tal efecto.

Insisto seriamente en que hay asuntos mal resueltos y que generarán dificultades. El Senador señor Espina los enumeraba.

Por mi parte, quisiera hacer también algunos comentarios sobre los que me parecen más relevantes.

Uno de ellos se refiere -disculpe, señor Ministro , pero pido silencio para poder concentrarme- a la acusación constitucional contra el gobernador regional. Nuestra Constitución establece hoy día este procedimiento solo respecto de cargos designados y del Presidente de la República . Es la primera vez que se dispondrá con relación a un cargo electo que no sea el de este último.

Creo que tenemos que pensar bien en cómo ello funcionará. Vamos a tener autoridades electas a nivel regional a las que quizás apoyen -y ojalá sea así- partidos correspondientes al mismo ámbito y que quizá no cuenten con representación en el Congreso. Y se puede presentar el caso de un gobernador regional que sea objeto de una acusación que termine siendo politizada y no tenga cómo defenderse -sabemos que puede ocurrir- en la sede legislativa, porque quizá no es parte de las grandes coaliciones que sí registran dicha representación. Por lo tanto, la acusación constitucional puede ser altamente politizada -repito- y dirigirse en contra de gobernadores regionales electos por colectividades más bien regionalistas.

Adicionalmente, de nuevo estamos cristalizando o reforzando el que una autoridad local o regional termine respondiendo a criterios de la política nacional. Estimo que eso contradice algo que todos quieren en relación con el proyecto, en el sentido de que realmente profundice las lógicas de las políticas regionales y el proceso de regionalización.

A mi juicio, es dable que la acusación constitucional en el caso de los gobernadores electos conduzca en el país a una lógica política que puede ser muy perversa en el corto plazo, pero sobre todo, probablemente, en el más largo.

Luego, también está mal resuelto lo del empate, porque no queda claro. De hecho, en la Comisión pregunté si es por voto o por porcentaje. No supieron contestarme. Puede que tres personas presenten el mismo porcentaje, de modo que se gatille la segunda vuelta. Pero ¿quién pasa a esta etapa?

Es una cuestión que fue expuesta por mi Honorable colega Espina, y, de hecho, la reconoció el señor Ministro .

Por otra parte, se introduce una elección complementaria en caso de registrarse la vacancia en el cargo cuando falte un año o más para los próximos comicios.

En general, la forma como la situación se soluciona hasta ahora, tanto en el caso del presidente del consejo regional como en el del alcalde, es la elección en el organismo colegiado.

La generación de comicios complementarios dará lugar de nuevo a que las lógicas de la política nacional se concentren en una elección local,...

El señor NAVARRO .-

¡El "naranjazo"...!

La señora VON BAER.-

... y van a permearla...

El señor LAGOS (Presidente).-

Concluyó su tiempo, señora Senadora.

Dispone de un minuto más.

La señora VON BAER.-

Gracias, señor Presidente.

Imaginen Sus Señorías que se celebrara ahora la elección complementaria de un gobernador regional y los criterios a que ello daría lugar, muy nacionales, además de suscitarse una pugna probablemente permeada con fuerza por lo que ocurre en el país.

Cuando las elecciones se verifiquen simultáneamente en todas las regiones, esperamos que la lógica electoral sea más bien local. Por eso, no parece adecuado realizarlas al mismo tiempo que la del Presidente de la República .

Creo que los comicios complementarios no son una buena solución para las regiones.

Por último, para no abusar del tiempo, quiero concluir en lo relativo a los consejeros regionales, a quienes de nuevo se les están cercenando fuertemente sus facultades.

Respecto del fuero, en la Cámara de Diputados se trató de enfrentar algo evidente, ya que el poder del gobernador regional electo palidece ante el del "secretario regional presidencial", como se llama ahora. Por eso, se llevó a cabo el cambio del nombre y se le quitó el fuero.

Quiero llamar la atención sobre lo complejo de privar del fuero al delegado presidencial o secretario regional presidencial. Como es quien maneja la fuerza pública, la medida es un error. No se lo podemos quitar al representante del Primer Mandatario, por ser el que maneja el orden público.

Comprendo la lógica planteada en la Cámara de Diputados. Desde el punto de vista de la imagen, quisieron arreglar el hecho de que el gobernador regional casi no dispone de poderes. Pero el camino no es el que se siguió.

Gracias.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, me gustaría despejar algunos puntos que se han expuesto.

En la elección de Presidente de la República , donde existe la segunda vuelta, no se contempla la hipótesis de un empate de tres. Tampoco se necesita un porcentaje. Cuando no hay una mayoría absoluta, los dos primeros pasan a la etapa siguiente.

Entiendo la inquietud en el sentido de que tres candidatos empaten con la misma cantidad de votos. Solo deseo señalar que es algo más sistémico. No se ha dado. No me niego a abordarlo, pero juzgo que es un caso bastante extremo.

Sí quisiera mencionar lo relativo a los requisitos para entablar la acusación constitucional. Existe un quorum para declarar si ha lugar o no a ella y otro distinto para aprobarla.

Lo que se dispone con relación al gobernador regional -entiendo que estaría en discusión el porcentaje de votos para acogerla en su caso- tiene que ver con que se trata de una autoridad a la que le estamos dando un peso específico grande. Me parece bien que se exija una mayor proporción de pronunciamientos respecto del Presidente de la República y de quien ocupe ese otro cargo.

A mi juicio, la diferencia de opinión sobre el particular es legítima.

Estimo que debemos poner atención en algunos aspectos y en cómo los resolvemos, lo que incluye lo atinente a la facultad fiscalizadora.

Lo expresado por el Senador señor Espina en su presentación quedó pendiente de nuestra aprobación en el primer trámite.

No soy partidario de la fiscalización por una persona. Eso es absolutamente inconveniente.

Mi duda se vincula con la redacción que ha quedado, la cual hace referencia a la generación de las condiciones para que se puedan ejercer las facultades fiscalizadoras. Quiero ver si tenemos que arreglar aquí o en la ley orgánica constitucional.

Comparto plenamente el argumento de mi Honorable colega.

El nuevo inciso segundo del artículo 113 de la Carta expresaría:

"El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas" -al consejo regional- "que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras".

Tal como el señor Senador reclamaba atención al respecto, pido pensar seriamente en ello.

Comparto que la minoría debe disponer de la facultad de fiscalizar. Mi duda es si el texto sobre el tercio del consejo para actuar tiene que estar aquí. Esta es mi primera interrogante.

La segunda es qué se entiende por "deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras". ¿Es la obligación del consejo de entregar la información? ¿Es la necesidad de proporcionar los recursos para que los consejeros se puedan desplazar?

Dejo abierto lo anterior, pero hago mía la reflexión sobre la necesidad de garantizarle a la minoría la facultad de poder fiscalizar, en este contexto, al jefe del gobierno regional.

Asimismo, hago mío el alegato respecto del fuero. Creo que es algo que se debe reparar. Me gustaría escuchar al Ejecutivo en relación con el punto, pues sus representantes no han hecho uso de la palabra hasta ahora.

Por último -disculpen si parece ecléctico lo que voy a decir, pero deseo hacerlo con mucho respeto para que no me entiendan mal-, el ciudadano común entiende que el intendente es el representante presidencial en un determinado territorio. El concepto -el Honorable señor Ignacio Walker lo ha precisado varias veces- viene de épocas pretéritas de nuestra historia.

El señor WALKER (don Ignacio).-

De los Borbones.

El señor LETELIER .-

Exacto.

Nos enredamos en el uso de nomenclaturas y estimo que hemos llegado a la peor de las soluciones. Comparto la reflexión del Senador señor Espina sobre el particular. Ya cambiamos la denominación de la autoridad electa: en vez de "intendente" se llamará "gobernador regional". Y el delegado presidencial no será tal, sino "secretario regional presidencial".

La verdad es que el punto no es menor. Creo que debemos tener la capacidad de lograr una reflexión más idónea, pues los conceptos presentan un sentido. Pido que busquemos una forma de reparar este último punto, ya que la nomenclatura que estamos dejando en la ley no es la más adecuada para una reforma de esta magnitud.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Solo quiero hacerle ver a Su Señoría que, para una modificación, o se llega a un acuerdo por unanimidad o se requiere una Comisión Mixta. Lo dejo planteado.

Me han pedido que se autorice el ingreso a la Sala de la señora Viviana Betancourt , Jefa de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; y el señor Gabriel de la Fuente , Subsecretario General de la Presidencia .

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, como lo hemos señalado reiteradamente, estamos frente a un proyecto de ley emblemático que dice relación con la posibilidad de que las regiones puedan elegir a sus autoridades. Esto forma parte de un principio rector que se vincula con la atomización del poder y con acercar la toma de decisiones a los territorios.

Creemos que esa es la manera de recuperar las confianzas en un Chile que se ha extraviado, en un Chile que no dialoga.

Por tanto, tal como hice en el primer trámite, voy a votar a favor, aun cuando sostengo que existen algunas materias que efectivamente son corregibles.

Una de ellas es la denominación de las autoridades que representan al Presidente de la República en las respectivas regiones: "secretarios regionales presidenciales" y "secretarios provinciales presidenciales". Este es un tema que perfectamente podría ser subsanado.

Del mismo modo, la acusación constitucional del gobernador regional es un asunto que debe ser revisado. Y si bien la Cámara de Diputados señala que ha modificado la norma que elaboró el Senado, en términos de establecer el mismo procedimiento que existe respecto de las autoridades elegidas territorialmente, se requiere una segunda revisión.

Un tercer elemento dice relación con la necesidad de establecer una segunda vuelta cuando exista un empate entre las dos mayorías más altas. Creemos que eso debe ser corregido.

Un aspecto que me gustaría que pudiera ser incorporado tiene que ver con la inhabilidad de los actuales consejeros regionales. Y si bien ese es un proyecto de ley que se estaba viendo en paralelo y que finalmente se logró aprobar en el Senado -ahora se encuentra en la Cámara de Diputados-, creemos que hay que establecer algún mecanismo que permita eliminar dicha inhabilidad, de modo que puedan ser candidatos al Parlamento. Esta también es una materia que me gustaría que se considerara. Por tanto, solicito la buena voluntad del Ejecutivo -por su intermedio, señor Presidente - para incorporar el punto en esta iniciativa.

Otro tema que también puede ser corregido se relaciona con el fuero a los representantes del Presidente de la República en la región. Tal como lo ha señalado la Senadora Ena von Baer, ellos son quienes deben velar por el orden público; por ende, nos parece que el fuero debe mantenerse.

Otra materia corresponde a la redacción que se le dio a la disposición transitoria en lo relativo al traspaso de facultades. Eso debiera ser corregido, pues quedó una norma absolutamente vaga.

Por consiguiente, el llamado que hago finalmente, siendo partidario de esta reforma -creo que hay que avanzar y que esta es la oportunidad de que los territorios comiencen a hablar-, es que vayamos a Comisión Mixta para permitir las correcciones que he señalado.

También hago un llamado al Ejecutivo -por su intermedio, señor Presidente - para que podamos incorporar el término de la inhabilidad de los consejeros regionales para ser candidatos, ya que esa es la manera de viabilizar una reforma de esta envergadura; de lo contrario, se estará impidiendo que aquello ocurra.

Creemos que esta es la reforma más importante de los últimos treinta años en materia de Administración del Estado. Por lo tanto, propongo aprobarla en sus ideas matrices y corregir aquellas que pueden ser perfeccionables. Llevarla a Comisión Mixta sería una alternativa para ello.

He dicho.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , la verdad es que la reforma constitucional que aprobó el Senado en esta materia era una muy mala reforma. Pero con los aditamentos que ha hecho la Cámara de Diputados ahora es pésima. Y ojalá que no haya más trámites, porque pareciera que estamos destinados a que cada vez incluso pueda ser peor.

El diseño institucional de esta reforma garantiza que no va a funcionar.

Pensar que una región va a tener un gobernador regional elegido, casi sin poderes, y una autoridad presidencial designada, con todos los poderes, y que van a funcionar simultáneamente, es garantizar en el diseño el fracaso en el funcionamiento de esta institucionalidad.

Quienes hemos estado reclamando por una verdadera regionalización nos sentimos frustrados por esta proposición.

Y creo que el entusiasmo que veo en muchos, porque lo importante es avanzar a cualquier precio, se va a ver frustrado cuando la gente advierta que este proyecto es muy malo; que no permite funcionar; que va a crear conflictos institucionales en todas las regiones, de una manera o de otra; que nos hará vivir con tensiones producto de su mal diseño.

Eso es lo que ha pasado.

Pero lo peor es que hemos agravado esta situación.

Yo sé que hay mucho interés en la Sala por este tema. Por lo menos, es lo que se dice públicamente, señor Presidente . Pero la verdad es que a los Senadores parece que nos les interesa, pues están ocupados de otros asuntos que son más relevantes que el que está en debate.

Así que, a pesar de este ruido ambiente que impide conversar y hablar...

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Ruego a los señores Senadores guardar silencio.

El señor LARRAÍN.-

Incluya a los Ministros también, señor Presidente , porque parece que vienen aquí a copuchar y no a trabajar.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Les pido a los señores Ministros y a los señores Senadores guardar silencio y escuchar las intervenciones.

Continúe, Su Señoría.

El señor LARRAÍN.-

Gracias, señor Presidente.

No seré exhaustivo en este análisis, del cual ya se han hecho cargo la Senadora Von Baer y el Senador Espina, entre otros. Pero la verdad es que aquí tenemos algunas situaciones que van desde lo negativo a lo ridículo. Por ejemplo, las denominaciones que se proponen.

Ya el intendente se cambió por un "gobernador regional", alterándose la tradición, como recordaba el Senador Letelier. Sin embargo, además se incluyen otras autoridades designadas por el Presidente que ahora se llaman "secretario regional presidencial" -me imagino que lo van a llamar "serepre"- y "secretario provincial presidencial" -será el "sepropre"-, que se suman a los seremis.

Esta situación es bastante ridícula, señor Presidente , y demuestra que la creatividad está llegando a un límite en la Cámara. Al parecer, el desgaste del año les impide ser un poquitito más imaginativos y más claros en el lenguaje con el cual se designa a nuestras autoridades.

Lo que se ha hecho con la acusación constitucional también es un absurdo, como aquí se ha demostrado; más todavía con los quorums que se están agregando.

Por otra parte, se le están quitando al Tribunal Constitucional atribuciones respecto de las inhabilidades y se entregan a un órgano que no se ha definido.

Ya se ha manifestado lo que significa agregar la segunda vuelta en caso de empate. Pero más grave que eso es que se contempla una elección complementaria, con lo cual va a terminar la existencia de elecciones concurrentes, que forman parte de los principios constitucionales que hoy día rigen en nuestra Carta.

En seguida, la situación del fuero. ¿Por qué se elimina el fuero del representante del Presidente de la República ? Como aquí se ha dicho: para tratar de buscar compensaciones que no tienen ningún sentido.

Señor Presidente , creo que lo único razonable a estas alturas, para salvar esta mala reforma, es que vaya a Comisión Mixta. Y la única manera de que eso ocurra es que se rechacen todos los cambios introducidos por la Cámara de Diputados, de modo de hacer un último esfuerzo para que esta mala reforma constitucional no sea pésima, sino que sea un poquitito menos mala.

He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente , una vez más este Senado tiene la ocasión de debatir sobre el proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular de los nuevos gobernadores regionales, que sucederán, en una parte de sus atribuciones, a los actuales intendentes.

¡Sería bueno que conversaran afuera los señores Senadores...!

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Voy a insistir en la solicitud de guardar silencio. La obligación de prestar atención a la intervención de los señores Senadores rige para todos quienes están en la Sala.

Puede continuar, Su Señoría.

El señor QUINTEROS.-

Gracias, señor Presidente.

En la primera ocasión, con motivo de la discusión en general del proyecto en la Sala, hubo unanimidad para aprobarlo.

En la discusión en particular surgieron mayores aprensiones, que especialmente giraban en torno a la idea de que antes de aprobar la elección de los gobernadores regionales debía conocerse el alcance del traspaso de competencias que se estaba tramitando en otra iniciativa, por cuerda separada.

Ahora, en tercer trámite, después de una rápida discusión en la Cámara de Diputados, vuelven a aparecer las objeciones de orden general, en circunstancias de que estamos llamados a pronunciarnos solo sobre las modificaciones introducidas por la otra rama legislativa.

Las modificaciones mencionadas son puntuales, no alteran lo sustancial de la presente reforma constitucional y, en todo caso, en lo que dice relación con su entrada en vigencia, el texto de la Cámara de Diputados es incluso más preciso, pues aquella queda condicionada a la dictación de la ley orgánica que regule la elección (así como también a la que establece un mecanismo para el traspaso de competencias), posibilitando la modificación del período de los consejeros regionales para ajustarlo a la primera elección de gobernador regional.

En concreto, no se fija un plazo para la primera elección de gobernadores regionales, sino que se establecen condiciones para ello. Además, si aquella se produce en una fecha distinta a la de los consejeros regionales, el período de estos podrá ajustarse para hacerlo coincidir con el de los gobernadores en la siguiente elección.

En consecuencia, señor Presidente , no debiera suscitar mayores aprensiones la presente discusión, a no ser que se pretenda volver a debatirlo todo.

Puede haber legítimas diferencias en relación con algunas de las modificaciones propuestas, pero ha primado en la Comisión el objetivo de viabilizar que la primera elección de gobernadores regionales pueda desarrollarse el año 2017, cumpliendo así no solo con el compromiso de la Presidenta Bachelet , sino con el antiguo y sentido anhelo de las comunidades regionales de todo el país.

Estoy convencido de que la generación democrática de las máximas autoridades regionales constituirá por sí sola un hito para el impulso a la descentralización y al desarrollo de las regiones, además de que permitirá ampliar nuestra democracia y fortalecer nuestro sistema político, seriamente afectados -como sabemos- por una grave crisis de confianza.

En cualquier caso, si se desestimara alguno de los cambios introducidos en el segundo trámite, habrá que zanjar con prontitud la discrepancia en una Comisión Mixta, la cual, a mi juicio, no puede ir más allá de uno o dos puntos, pero, en lo demás, no significa que haya diferencia con lo que aprobamos la primera vez en el Senado.

Para eso yo creo que no hay problema. Podemos discutir sobre estas modificaciones puntuales. Lo que no es aceptable es volver a debatirlo todo, volver a cuestionar la elección de gobernadores regionales, que ya ha sido aprobada en el Senado y en la Cámara de Diputados con los altos quorums que exige la Constitución.

Considero que las modificaciones mejoran el proyecto aprobado en primer trámite en este Senado, aunque -insisto- pueden ser objeto de discusión.

Lo esencial, en todo caso, es el pronto despacho de esta reforma, para que la primera elección de gobernadores regionales tenga lugar el próximo año, lo que se constituirá, sin duda, en uno de los pasos más significativos de la últimas décadas no solo en el proceso de descentralización del país, sino también en la profundización de nuestra democracia.

Por tales razones, voy a votar a favor.

Y si me permite un minuto adicional, señor Presidente ,...

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Puede continuar.

El señor QUINTEROS.-

... quiero recordar lo que señaló el ex Presidente Sebastián Piñera en su Gobierno, cuando se comprometió con estos proyectos:

"La reforma apunta en la dirección de terminar con lo que muchos consideran un centralismo asfixiante, que les quita el oxígeno a las regiones y, simultáneamente, tiene asfixiada a la Región Metropolitana, de forma tal de permitir, de una vez por todas, que la vida económica, que la vida cultural, que la vida política pueda no centralizarse en forma excesiva en Santiago, sino que encontrar sus raíces y su vitalidad en todas y cada una de las regiones y en todos y cada uno de los rincones de nuestro país".

A su vez, el Subsecretario de Economía señor Tomás Flores comentaba:

"Estas dos reformas tienen como objetivo principal empoderar y democratizar a los Gobiernos Regionales, consiguiendo así la tan anhelada descentralización de nuestro país".

Entonces, a veces no entiendo aquellas voces que en esa oportunidad estaban de acuerdo y hoy día se oponen a esta descentralización.

Gracias, señor Presidente.

El señor MOREIRA .-

¿Usted está convencido de votar a favor...?

El señor QUINTEROS.-

¡Totalmente!

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA .-

Señor Presidente , lo primero que quiero decir es que los conceptos vertidos en la lectura hecha por el Senador que me ha antecedido en el uso de la palabra los comparto absolutamente. Me refiero tanto a lo manifestado por el Presidente de entonces, Sebastián Piñera , como por su Subsecretario de Economía, en el sentido de que era absolutamente indispensable avanzar en un proceso de descentralización para darles poder a las regiones y para que todos los ciudadanos puedan tener una verdadera igualdad de oportunidades.

Por eso, resulta imprescindible contar con un texto constitucional eficiente, eficaz, que resuelva bien los problemas y que no genere dificultades mayores.

Tanto el Senador Espina como la Senadora Von Baer han expresado con precisión cuáles son los problemas que presenta esta reforma constitucional.

En primer lugar, la confusión que va a generar la denominación de la autoridad. Cuando en nuestras circunscripciones decimos a la gente: "va a elegir al nuevo intendente regional", las personas saben lo que significa eso. Ubica al intendente, sabe que maneja no solo a la policía, sino además a los seremis, a los directores de servicio. Pero resulta que acá le cambiamos hasta de nombre y la nueva autoridad no mandará a la policía, ni a los seremis, ni los servicios.

Por lo tanto, eso hay que explicárselo a la ciudadanía.

En segundo lugar, a mí me parece muy importante que el tema del fuero lo resolvamos adecuadamente. Si no...

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Discúlpeme que lo interrumpa, señor Senador.

Por tercera vez les voy a pedir silencio al señor Ministro y a los señores Senadores. Hay una sala contigua, de Comités, donde se puede conversar.

Continúe, Su Señoría.

El señor PÉREZ VARELA .-

El fuero es indispensable para quien va a tener la responsabilidad del orden público. Quitarle el fuero es debilitar la autoridad, menoscabar a la persona sobre la que recae el trabajo de garantizarle la seguridad a la ciudadanía.

En segundo término, la fiscalización.

Aquí yo quiero contradecir al Senador Letelier -lamentablemente, no está en este momento en la Sala-, quien explicaba que la dificultad estribaba en poder dilucidar qué significa que el consejo regional le deba dar los instrumentos para la fiscalización.

Si el problema no es ese. El problema es que nosotros habíamos aprobado que se le debieran entregar los instrumentos "a cada uno de los consejeros regionales", asunto discutible, pero eso resolvió el Senado. Y la Cámara dice "del consejo regional". Por lo tanto, establece que la mayoría puede fiscalizar.

En todo nuestro ordenamiento institucional, como lo mencionaba con claridad el Senador Espina, la minoría dispone de la facultad para fiscalizar, como ocurre en la Cámara de Diputados. Y eso hay que resolverlo adecuadamente. Si no, lo único que se va a generar es una dificultad y un conflicto que puede ser peor de lo que pensamos.

Pero, a mi juicio, donde se halla el elemento central de la discusión es en el traspaso de competencias.

Nosotros hemos dicho desde el principio: "Queremos elegir autoridades regionales con facultades y con competencias".

¿Y qué plantea la Cámara de Diputados? Una norma exactamente igual al actual artículo 114 de la Constitución Política de la República -¡exactamente igual!-, en circunstancias de que la discusión justamente ha sido que en la actualidad las autoridades regionales no reciben traspaso de competencias. Por lo tanto, ¡cómo es posible que para avanzar en esta materia repitamos la norma vigente, que ha demostrado ser absolutamente ineficaz, así como coherente y coincidente con el centralismo que hoy vivimos en el país! Y en el traspaso de competencias, señor Presidente , tenemos que avanzar, no retroceder.

Nosotros decimos con claridad que aprobamos la elección de gobernadores regionales, pero con la condición de que se dicte la ley orgánica constitucional sobre la materia -es de simple resolución- y se halle publicada la ley orgánica constitucional correspondiente a la transferencia de competencias. ¿Cuándo se cumplirá esto? Cuando el Presidente de la República transfiera una competencia a una región. Ahí estará absolutamente cumplida esta reforma constitucional.

Lo otro significa no avanzar en algo esencial para quienes representamos a regiones: elegir autoridades con facultades, con competencias fortalecidas, al revés de lo que aquí se propone, en que, si bien los gobernadores serán elegidos, no tendrán todo el poder y las atribuciones que la ciudadanía hoy día reclama.

Por eso, señor Presidente , es fundamental que este proyecto pase a Comisión Mixta para superar las dificultades que aquí se han planteado con toda nitidez y así lograr una reforma constitucional que verdaderamente sea considerada como un paso decisivo en la descentralización del país y que permita a las regiones, cualesquiera que estas sean, contar con mecanismos para su desarrollo territorial, y a sus habitantes, con instrumentos para su desarrollo personal y profesional, algo en lo que hoy día estamos claramente al debe.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , quiero referirme a la interpretación que hace tanto el Senador Letelier como el Senador Espina respecto de las funciones fiscalizadoras, en este caso del consejo regional.

El Senador Espina sostiene que, en la forma como está redactado el texto que se nos propone, la única forma de fiscalizar que tendría un CORE sería adoptando un acuerdo sobre la materia, naturalmente por mayoría. El Senador Letelier señala que, en su opinión, eso no está resuelto en la propuesta constitucional que se formula y que debiera definirse en la ley orgánica respectiva.

Si uno hace un símil con la Cámara de Diputados, que es otro órgano constitucional con facultades fiscalizadoras, verá que los quorums para fiscalizar están establecidos en la Constitución Política. Por eso, a mí me parece lógico lo que ha planteado el Senador Espina en el sentido de que los quorums de fiscalización para los consejeros regionales no deben quedar entregados a una ley orgánica, sino estar señalados en la Carta Fundamental.

Ahora bien, también se afirma que la interpretación correcta del texto propuesto indica que, para que un consejo regional pudiera fiscalizar, se requeriría la mayoría de sus integrantes, lo que, naturalmente, resulta absurdo, porque la facultad fiscalizadora es propia de las minorías, las que seguramente nunca obtendrían los votos suficientes para ello.

Para ilustrar, quiero señalar que el artículo 52 de la Constitución dispone que "Son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados: 1) Fiscalizar los actos del Gobierno", y que, "Para ejercer esta atribución la Cámara puede", entre otras cosas, "b) Citar a un Ministro de Estado , a petición de a lo menos un tercio de los diputados en ejercicio" y "c) Crear comisiones especiales investigadoras a petición de a lo menos dos quintos de los diputados en ejercicio".

A lo que voy, en definitiva, es a que, si la interpretación correcta que le debiéramos dar a la norma que se nos propone en materia de fiscalización es que se requeriría la mayoría de un consejo regional, sería imposible que una minoría fiscalizara, impidiéndole ejercer una de las tareas fundamentales que le corresponden.

De ahí que soy partidario de que las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados sean llevadas a Comisión Mixta.

Yo voté a favor de la elección directa de los intendentes en el proyecto original. Creo firmemente que es un paso trascendental para tener regiones con más facultades y mayores recursos.

También me hace lógica el sentido de prioridad que debe tener una reforma de esta naturaleza. Las regiones llevamos mucho tiempo esperando una iniciativa como la que estamos analizando. Pero una cosa es hacer las cosas rápido, y otra distinta, hacerlas mal.

Por eso, señor Presidente, creo que el proyecto debe pasar a Comisión Mixta.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Muy bien, señor Senador.

Yo espero que el Ejecutivo esté tomando nota de los planteamientos que de manera bastante transversal están haciendo los señores Senadores.

Como aún no hemos abierto la votación, los Ministros pueden intervenir en cualquier minuto, sobre todo si es para precisar.

A continuación, le ofrezco la palabra al Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Gracias, señor Presidente.

Una primera reflexión: en este Congreso no vamos a demorar ni a retrasar un proyecto que no solo es esperado por todo Chile, sino que constituye el compromiso de muchos de nosotros por tener un país descentralizado, que permita el desarrollo armónico de todas las regiones.

En esa línea, hemos conversado con el Ejecutivo , y los integrantes de la Comisión de Gobierno del Senado nos hemos allanado a reunirnos el día lunes, de 3 a 7 de la tarde, para estudiar los puntos que aquí han mencionado las distintas Senadoras y Senadores que han hecho uso de la palabra.

Entre los temas que analizaremos en la Comisión Mixta está, obviamente, la eliminación del fuero -sin lugar a dudas, uno de los que más hacen ruido-; también la situación de la acusación constitucional; la sustitución de la denominación de las autoridades signadas por el Presidente de la República (secretario regional presidencial y secretario provincial presidencial), y el rol fiscalizador de consejeros y consejeras regionales.

El compromiso, señor Presidente, es tratar y resolver cada uno de estos puntos el mismo día lunes, de tal suerte que no exista duda alguna sobre la disponibilidad del Congreso para resolver esta importante materia.

¿Por qué lo digo? Porque puede haber dudas, legítimas -yo también las tengo-, en cuanto a que a lo mejor quienes aspiran a ser candidatos a la Presidencia de la República no tengan interés en que esta iniciativa avance.

El señor NAVARRO .-

¡Yo estoy mirando a uno...!

El señor BIANCHI.-

Claro, porque puede que no sea de su agrado que no quede en sus manos la designación de una autoridad regional que ahora sería elegida a través del voto popular.

¡Eso molesta, hace ruido, no les gusta!

Yo entiendo que existan miradas que cuestionen lo que ha resuelto ahora último la Cámara de Diputados y antes el Senado, pero, para despejar cualquier duda al respecto, vamos a hacer todos los esfuerzos para cumplir con los plazos, porque, en la medida que esto se dilate, ocurrirá algo muy obvio: simplemente, no vamos a tener elección de gobernadoras o gobernadores el 2017.

Y la noticia que ahora podemos darle al país es que la Senadora Ena Von Baer citará a los integrantes de la Comisión de Gobierno, tanto del Senado como de la Cámara de Diputados, para que estos temas, que hoy día han sido de largo debate, puedan ser resueltos en definitiva en la correspondiente Comisión Mixta.

Entiendo que la disposición de todos mis colegas es resolver las diferencias a través de un trabajo responsable y serio, y que el Ejecutivo hará uso de la palabra para certificar lo que yo estoy expresando.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Le ofrezco la palabra al Ministro Nicolás Eyzaguirre.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Gracias, señor Presidente .

En efecto, tal como acaba de indicar el Senador Bianchi, hemos conversado con distintos parlamentarios y el Gobierno no tiene problemas en que se genere una Comisión Mixta que el lunes, de acuerdo al compromiso contraído por la Senadora Von Baer, se haga cargo de los cuatro o cinco temas que aquí se han mencionado.

Por eso, señor Presidente, si usted lo tiene a bien, podría abrirse la votación para que el proyecto pudiera tomar ese curso.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Muy bien.

¿Habría acuerdo, entonces, después de las palabras del Senador Bianchi, ratificadas por el señor Ministro , para abrir la votación (sería una sola), esperando un resultado que permita derivar la iniciativa a Comisión Mixta el próximo lunes?

El señor PÉREZ VARELA.-

Sí, señor Presidente .

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Entonces, en votación.

--(Durante la votación).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El señor Presidente ha puesto en votación las proposiciones efectuadas por la Comisión de Gobierno con relación a las enmiendas que la Cámara de Diputados le introdujo al proyecto en el segundo trámite constitucional.

Quienes estén de acuerdo con dichas proposiciones, que recomiendan aprobar tales enmiendas, deben votar que sí, en tanto que quienes no estén de acuerdo con ellas deben votar que no.

Se requiere quorum.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra para fundamentar el voto con los mismos cinco minutos que ya se estaban dando.

El señor BIANCHI.-

Previo a eso, señor Presidente , me gustaría plantear una cuestión de reglamento.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Senador Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Usted ya abrió la votación, señor Presidente , pero yo entiendo que lo que debiera votarse en contra son los puntos que hemos señalado, para que estos sean vistos por la Comisión Mixta. ¡No todo debiera votarse en contra!

El señor PÉREZ VARELA .-

¡Se vota todo!

El señor LARRAÍN .-

¡Los cinco puntos!

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Se vota el informe, Su Señoría.

El señor BIANCHI.-

O sea, se haría una sola votación, para todo.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Por supuesto.

El señor BIANCHI.-

Pero la Comisión Mixta vería los puntos que hemos señalado.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Así es.

El señor ESPINA.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Para un asunto reglamentario, tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , quiero pedir que miremos el informe de la Comisión. Sé que sus integrantes son muy acuciosos y, según se me indica, todos los aspectos están vinculados unos con otros, de tal manera que lo que correspondería es enviarlos todos a Comisión Mixta.

Segundo, noto una especie de desconfianza en mis colegas en el sentido de que lo que se busca con esto es dilatar. Al respecto, quiero señalar que el proyecto no se atrasa en nada, porque, para que esta reforma pueda entrar a regir, debe hallarse totalmente tramitada otra ley, que en estos momentos se encuentra en Comisión Mixta.

Entonces, todos estos argumentos de que si la iniciativa no se ve el lunes en la mañana o en la tarde va a haber una crisis institucional no son ciertos.

Yo les pido que por favor seamos rigurosos.

Si esta reforma constitucional sale -ojalá el lunes, el martes o el día que sea-, que salga bien redactada para que no nos dé vergüenza. Tal como está redactada ahora, contiene los errores cometidos por la Cámara de Diputados, involuntarios probablemente. Pero hagámosla bien. Y en nada la atrasa un día -¡un día!-, porque todo el paquete de reformas entrará a regir -así lo dice expresamente una disposición transitoria- una vez que se dicte la ley sobre cómo se elige a los gobernadores y la relativa a la transferencia de competencias.

No hay peor cosa que una Comisión Mixta quede amarrada a ciertas normas. (Entre paréntesis, son cuatro los temas; los tengo anotados aquí). Y, dado que están vinculados unos con otros, los mandaría todos a Comisión Mixta, de modo que esta no quede amarrada. Se pueden resolver en una sesión, porque no dan para más.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Muy bien.

Está claro el punto que plantea, Su Señoría.

A continuación, tiene la palabra, por cinco minutos, el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , desde Alaska y Canadá hasta el extremo sur austral, todos los países de América del Norte y del Sur, a excepción de Chile, eligen por votación popular a sus autoridades estaduales. Chile es la única nación que conserva esta figura de la designación por la monarquía presidencial: la "dedocracia". Y estamos terminando con aquello, en buena hora.

Es por eso que yo tiendo a pensar que hay buena fe en las observaciones que se han formulado a este proyecto de ley. Pero quiero cerciorarme, señor Presidente -aquí está el Subsecretario de Desarrollo Regional-, de si en definitiva este nuevo trámite de Comisión Mixta va a posibilitar o no elegir intendentes el 2017.

Es la pregunta que les hago a los presidentes de la UDI, de Renovación Nacional, de los partidos de la Nueva Mayoría, presentes casi todos en la Sala: ¿Existe voluntad política para que haya elecciones de gobernador regional ese año, o se quiere dilatar su aprobación, tal como ocurrió con la renuncia obligatoria de los consejeros regionales? Esta última el Senado la despachó, cumpliendo con un compromiso ético; en la Cámara de Diputados todos dijeron "Estamos de acuerdo", pero se dilató y se dilató y los cores tuvieron que renunciar. Es decir, se sacaron las castañas con la mano del gato.

Entonces, ¿aquí va a haber o no voluntad para esto? Porque, si la hay, se van a cumplir los plazos y vamos a tener elecciones de gobernadores regionales el 2017. Si no, la Comisión Mixta se puede dilatar -todos sabemos cómo funciona la técnica legislativa-, y lo que habremos hecho es introducir una excusa técnica para cumplir un objetivo político.

Por lo tanto, señor Presidente, confío en que, salvadas estas observaciones, que parecen duras, fuertes, graves, conflictivas y muy negativas, podamos avanzar.

Quiero señalar, además, que en materia de acusación constitucional se trata de equiparar al Presidente de la República con el gobernador regional. No puedo dejar de observar, al respecto, que este último, tal como están redactadas las normas, tendrá muy pocas o casi nulas facultades, a diferencia del Presidente de la República , que las tiene todas, y sin embargo quedan en la misma categoría.

Por eso, yo espero, igual que el Senador Bianchi, que el conjunto de facultades que se le transfieran sea lo suficientemente sustantivo e importante para conferirle autoridad y no dejarlo como una figura decorativa. Confío en que así será.

Lo he dicho y lo reitero en esta Sala: "El poder no se regala". Si alguien cree que se va a "esperar sentado" que la monarquía presidencial entregue poder, se equivoca. El poder se conquista. Y si, efectivamente, los elegimos pero quedan con pocas facultades, los dieciséis gobernadores marcharán sobre Santiago y van a rodear La Moneda exigiendo autonomía, poder y traspaso de facultades a las regiones.

Es la única manera. Han pasado demasiados años y créanme que así va a ser. Es cosa de tiempo. La historia lo dirá. Serán los gobernadores regionales quienes, haciendo uso de su facultad de representación regional, exigirán, por los medios que la ley establece, una delegación de facultades desde la monarquía presidencial. Porque no estamos tocando -mientras tengamos esta espuria Constitución del 80-...

El señor MOREIRA .-

¡Cómo que espuria!

El señor NAVARRO .-

... el corazón de una Constitución monárquica y presidencialista como la que hoy día tenemos.

Señor Presidente , a mí me hubiera gustado que en esta ley se hubiera incorporado en los gobiernos regionales a los parlamentarios. Se nos establece el derecho a voz, pero no a voto. Pero será voluntario, porque se habla de que "podrán" participar.

Creo que hemos perdido una extraordinaria oportunidad para haber conformado una instancia regional destinada a discutir y decidir los destinos de las regiones. En la Octava hay doce diputados y cuatro senadores. ¡Jamás nos hemos reunido a discutir, todos, problemas, propuestas y soluciones para el Biobío!

Esta era una gran oportunidad para habernos obligado a participar, manteniendo, por cierto, el derecho a voz y no a voto. Me refiero al funcionamiento del gobierno regional con sus legisladores, pues los parlamentarios representamos a la ciudadanía de las regiones.

Voy a votar a favor, señor Presidente, y espero que la Comisión Mixta despache este proyecto a la brevedad.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

El señor PROKURICA.-

¡Se equivoca! ¡Hay que votar en contra!

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Está claro, entonces, que esto va a ir a la Comisión Mixta.

Con tal fin, estamos rechazando en una sola votación -entiendo que ese fue el acuerdo- las enmiendas que efectuó la Cámara de Diputados al proyecto despachado por el Senado.

Sería imposible realizar más votaciones, porque estaríamos todo el día en ello y no podríamos analizar el proyecto de Ley de Presupuestos. Además, hay un acuerdo que comunicaron el Ministro y el Senador Bianchi .

Tiene la palabra el señor Subsecretario.

El señor DE LA FUENTE ( Subsecretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , solo deseo clarificar que, por economía procesal, hay que hacer una sola votación. De no ser así, tendríamos que hacer más de 14 votaciones para efectos de determinar qué normas efectivamente se rechazan y cuáles se aprueban.

Eso sí, quiero dejar en claro que se hace una sola votación para que la iniciativa vaya a la Comisión Mixta, pero en el contexto de solo cinco modificaciones.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-

¡No! ¡Son todas!

El señor DE LA FUENTE (Subsecretario General de la Presidencia).-

Eso es lo que acordamos hace un rato.

Las cinco modificaciones que estamos resolviendo llevar a la Mixta dicen relación con las denominaciones de las autoridades; con las facultades del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre las inhabilidades; con las normas relativas a la segunda vuelta cuando exista empate; con la facultad fiscalizadora de los consejeros regionales, y con las disposiciones relativas al fuero.

Eso es.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Simplemente para que no quede ninguna duda, señor Subsecretario , quiero decir que la Comisión Mixta puede, eventualmente, abrir la discusión respecto a cualquier materia.

Entiendo que lo que usted ha señalado de alguna manera nos obliga a los Senadores. Pero los Diputados no han sido parte de este acuerdo, y también van a integrar la Mixta.

Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente, comprendo que esta instancia de votar en conjunto tiene sus riesgos -como todas las cosas-, porque algunos elementos que introduce la Cámara de Diputados son importantes de salvaguardar, y yo no quisiera dejarlo pasar.

En primer lugar, deseo señalar el compromiso claro de que esta elección tiene que realizarse el año 2017. O sea, estas oportunidades de reformas legislativas se dan muy pocas veces: prácticamente, ha habido una en la larga historia republicana de nuestro país.

Respecto a los temas que introduce la Cámara de Diputados y que se someten a votación ahora, esto de cambiar la denominación de "delegado presidencial" por "secretario regional presidencial" y "secretario provincial presidencial" va a generar una confusión enorme. De partida, se confundirán con los secretarios regionales ministeriales.

Además, la función del delegado no es ser una autoridad más para gobernar, sino que es una, más bien, coordinadora. Creo que ahí hay un punto en cuanto a que el nombre puede tener después un significado complejo.

La acusación constitucional del gobernador regional es un tema discutible. Y, efectivamente, hay que analizarlo en la Comisión.

Ahora, la elección complementaria, en el caso de que todavía le quede más de un año de ejercicio en el cargo, me parece bien. No veo por qué un consejero regional tendría que tomar ese cargo de elección popular.

Después, la cuenta pública que debe dar ante el Consejo y ante la comunidad, desde luego que es positiva.

Y el que la facultad fiscalizadora, que -como había establecido el Senado- podía ser ejercida por un consejero regional, es traspasada por la Cámara de Diputados al Consejo regional completo. Es decir, la mayoría más uno. Estimo que en esta materia hay que llegar a un acuerdo con el fin de que sea un número menor, pero suficiente: un tercio del Consejo regional, el que pueda motivar una acción fiscalizadora. Porque, si no, cada consejero se va a dar el gusto de estar "fregando" -por así decirlo, en términos más populares- al gobernador regional, y creo que no podría ejercer bien su cargo, pues tendría que estar dedicado continuamente a defenderse.

Después, en cuanto a la disposición transitoria vigesimoctava -se lo he preguntado a una persona que ha impulsado fuertemente esta reforma, como es el Subsecretario de Desarrollo Regional-, ella se entiende en el sentido de que permite que en forma paralela se vean el proyecto de elección y el de traspaso de competencias. No necesitamos, como se dice popularmente, un trencito: que vaya uno, después el otro y el otro, porque eso nos juega en contra con respecto a los plazos.

Lo menciono para que en la Comisión Mixta se vea bajo ese contexto, no en el sentido de que rechazamos todos los puntos a favor que ha entregado la Cámara de Diputados.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Señor Presidente , en primer lugar, deseo valorar el hecho de que vayamos a Comisión Mixta respecto a todas las enmiendas que hizo la Cámara de Diputados.

Y me quiero referir a una norma que fue fundamental para que se aprobara este proyecto aquí, en el Senado: la disposición vigesimoctava transitoria, que establece: "Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 115 bis entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.".

¡Esa fue la condición que este Senado puso, justamente, para poder adelantar! Porque se estaba avanzando solamente en lo relativo a la elección y no en las atribuciones.

¿Pero qué ocurre?

La Cámara de Diputados rechaza esa norma, nos cambia el acuerdo que alcanzamos en el Senado, y dispone lo siguiente: "La reforma constitucional que consagra la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.". Primera etapa.

Sin embargo, después dice: "La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional a que se refieren los incisos cuarto y quinto del artículo 111" -¡y mire, señor Presidente !- "y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá" -¡ojo!, no es "entregará"- "transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.".

Este cambio me deja un poco perplejo. Porque creo que lo que tiene que ocurrir es volver a lo que el Senado aprobó en su oportunidad. Es decir, nosotros queremos atribuciones, queremos saber efectivamente qué funciones van a tener nuestros gobernadores regionales. Porque, si en el fondo esto va a quedar supeditado a la voluntad del Presidente de la República -esa es la consulta que nos hacemos-, ¿para qué? ¿Para tener a lo mejor intendentes electos por toda una Región -o un gobernador regional, pero estamos hablando de intendentes, en el fondo- que no van a tener atribuciones, o solo las que el Presidente de la República , en forma temporal o en forma permanente, resuelva entregar conforme a lo dispuesto en la Constitución?

Es lo que deseo consultar, señor Presidente.

Yo lamento que esto haya sido aprobado por la Comisión de Gobierno, y por eso es bueno que vaya a la Mixta. Porque el espíritu con que esto se aprobó fue justamente el de trabajar fuertemente en las atribuciones.

Es fundamental decirle al señor Subsecretario que esto tiene que revisarse en la Comisión Mixta, pues deja con una facultad omnímoda al Presidente de la República .

De ahí que creo que debe efectuarse un reanálisis completo, lo más rápido posible, si es necesario. Y repito que este artículo transitorio no contiene lo que nosotros aprobamos en su momento.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Senador señor Moreira, tiene la palabra.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente , no voy a entrar en detalles. Discúlpenme el vocabulario: no voy a latearlos, pues ya en repetidas oportunidades las señoras y los señores Senadores han hecho sus apreciaciones sobre este proyecto.

Por lo tanto, aparte de lo que uno pueda aportar y más allá del detalle de las cosas que se han conversado, que son muy relevantes, yo solo quiero dejar en la historia de la ley de esta sesión mi planteamiento.

En primer lugar, aquí de repente hay algunos Senadores que hablan de la "Constitución espuria", pero esta Constitución -modificada y legitimada por un Presidente elegido democráticamente: don Ricardo Lagos -, ha permitido que hasta el día de hoy Chile sea un ejemplo de democracia -entre comillas-, desde los hace más de 25 o 26 años de que esta volviera a nuestro país.

Por lo tanto, hablar de "espurio" es solamente un eslogan.

En segundo término, se manifiesta que "invocándose la democracia para seguir eligiendo a las autoridades, con las cuales nosotros estamos de acuerdo, no se puede legislar mal". Sin embargo, efectivamente, este es un mal proyecto. Llegó pésimo de la Cámara de Diputados.

En consecuencia, la Comisión Mixta lo definirá; se hará la tramitación necesaria respecto a cuándo serán las elecciones, pero todos sabemos que las competencias, las luchas de poder que habrá entre los actores de una región, en vez de dar gobernabilidad, indudablemente provocarán polarización.

Por otro lado, me llaman bastante la atención las contradicciones de numerosos señores Senadores y Diputados, que en los pasillos, en el ascensor, nos expresan: "Oye, voten ustedes en contra". Y cuando uno les dice: "Bueno, ¿y ustedes por qué no votan en contra si están convencidos de que este proyecto es malo?", nos responden: "¡No, poh! Es que la jefa lo quiere; está empecinada con esto".

Repito: eso me llama enormemente la atención.

Son muchos los Senadores que en privado señalan: "Esta iniciativa es muy mala", ¡y después escuchamos en esta misma Sala discursos elocuentes de lo importante que es...!

El señor NAVARRO .-

¡Quiénes son, Senador!

El señor MOREIRA.-

Y otros no vienen.

Yo diría que aquí hay dos personas que han dado la cara: los Senadores Montes y Harboe, quienes desde un principio dijeron: "Vamos a votar en contra de este proyecto".

Yo respeto esa consecuencia. Pero en cuanto a los demás, la verdad es que me sorprende su actitud.

Entonces, que quede claro: la Nueva Mayoría no está convencida de esta iniciativa de ley. Y, por una obligación ideológica y política de La Moneda, está votando a favor.

No hay consecuencia en un proyecto de esta naturaleza. Estamos en democracia. La Nueva Mayoría es mayoría aquí, en el Congreso, pero no en la calle.

Y veremos qué pasa en la Comisión Mixta.

No obstante, puedo decir que, desde que estoy en el Congreso, esta es una de las peores iniciativas que se han estado discutiendo no solamente por sus contradicciones, sino también porque es un muy mal proyecto en nombre de la democracia.

De esa forma no vamos a avanzar como país.

Por tal razón, en cuanto a esto, voy a votar que no.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Gracias, Senador señor Moreira, por su completa argumentación.

Señor Secretario .

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se rechazan las proposiciones de la Comisión de Gobierno, en tercer trámite constitucional, en relación con las enmiendas de la Cámara de Diputados (24 votos contra uno).

Votaron por la negativa las señoras Goic, Muñoz, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Hernán Larraín, Matta, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros y Patricio Walker.

Votó por la afirmativa la señora Lily Pérez.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Por lo tanto, esto pasará a una Comisión Mixta.

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , solicito que se agregue mi voto en contra, con las restricciones que planteé para que esto se resolviera en la Comisión Mixta.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Se deja constancia de la intención de voto en contra del Senador señor Horvath.

3.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Rechazo de Modificaciones. Fecha 22 de noviembre, 2016. Oficio en Sesión 102. Legislatura 364.

Valparaíso, 22 de noviembre de 2016.

Nº 325/SEC/16

A S.E EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS:

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha rechazado las enmiendas introducidas por esa Honorable Cámara al proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiente a los Boletines Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos.

Corresponde, en consecuencia, la formación de una Comisión Mixta que deberá proponer la forma y el modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras, conforme lo establece el artículo 71 de la Constitución Política de la República. Al efecto, la Corporación designó a los Honorables senadores miembros de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización para integrar la referida Comisión Mixta.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 12.965, de 8 de noviembre de 2016.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JAIME QUINTANA LEAL

Vicepresidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

4. Trámite Comisión Mixta: Senado-Cámara de Diputados

4.1. Informe Comisión Mixta

Fecha 14 de diciembre, 2016. Informe Comisión Mixta en Sesión 74. Legislatura 364.

?INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA, recaído en el proyecto de reforma constitucional, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

BOLETÍN Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos.

___________________________________

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS, HONORABLE SENADO:

La Comisión Mixta constituida en conformidad a lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución Política de la República, tiene el honor de proponer la forma y modo de resolver las divergencias surgidas entre el Senado y la Cámara de Diputados durante la tramitación del proyecto de reforma de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el señor Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

El Senado, cámara de origen, en sesión de 22 de noviembre del presente designó como miembros de la Comisión Mixta a los Honorables Senadores integrantes de su Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

La Cámara de Diputados, por su parte, en sesión de 24 de noviembre tomó conocimiento del rechazo de las enmiendas y designó como integrantes de la Comisión Mixta a los Honorables Diputados señora Daniella Cicardini Milla y señores Germán Becker Alvear, Marcelo Chávez Velásquez, Ramón Farías Ponce y Sergio Gahona Salazar.

Posteriormente el Honorable Diputado señor Ramón Farías Ponce fue reemplazado, por su Comité, por el Honorable Diputado señor Rodrigo González Torres.

Previa citación del señor Presidente del Senado, la Comisión Mixta se constituyó el día 30 de noviembre del año en curso, con la asistencia de sus miembros Honorables Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, Gahona y González. En dicha oportunidad, por unanimidad eligió como Presidente a la Honorable Senadora señora Von Baer.

Posteriormente el Honorable Senador señor Larraín reemplazó a la Honorable Senadora señora Ena Von Baer en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado, siendo elegido como Presidente de la Comisión Mixta, por unanimidad.

A una o más de las sesiones celebradas por la Comisión Mixta asistieron, además de sus integrantes, los Honorables Senadores señores García, Navarro y Pizarro y el Honorable Diputado señor Monckeberg, don Cristian.

Del mismo modo, concurrieron las siguientes personas:

- Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Subsecretario, señor Gabriel de la Fuente, y los Asesores, señores Hernán Campos, Gabriel Osorio, Felipe Cowley, José Ruiz, Fernando Carrasco, Nicolás Torrealba, Exequiel Silva y Alejandro Fuentes.

- De la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo: el Subsecretario, señor Ricardo Cifuentes; la Jefa de División de Políticas y Estudios, señora Viviana Betancourt; el Jefe del Departamento de Política, señor Osvaldo Henríquez, el Jefe de Gabinete del Subsecretario, señor Eduardo Jara; la Jefa de Comunicaciones, señora María José Farías; los Asesores, señores Erick Adio, Rodrigo Ruiz y José Luis Donoso, y el Periodista, señor Rodrigo O’Ryan y Silvana Guajardo.

- De la Fundación Jaime Guzmán: la Asesora, señora Ericka Farías y el señor Carlos Oyarzún.

- De la Biblioteca del Congreso Nacional: el Asesor, señor Rafael Hernández.

- De la Fundación Chile Descentralizado: el Asesor, señor José Núñez.

- Del Instituto Igualdad: el Asesor, señor Roberto Santa Cruz.

- De la Fundación Jaime Guzmán: el Asesor, señor Carlos Oyarzún.

- El Asesor del Senador Alberto Espina, señor Andrés Aguilera.

- El Asesor Legislativo de la Senadora Ena Von Baer, señor Felipe Caro.

- Los Asesores del Senador Carlos Bianchi, señores Manuel José Benítez y Claudio Barrientos.

- El Asesor del Senador Rabindranath Quinteros, señor Jorge Frites.

- El Jefe de Gabinete del Senador Andrés Zaldívar, señor Christian Valenzuela.

- La Asesora del Presidente del Senado, señora Leslie Sánchez.

- El Asesor del Comité PPD del Senado, señor Sebastián Abarca.

- De la Bancada de Renovación Nacional de la Cámara de Diputados: los Asesores, señora Ana Millanao y señor Pablo Celedón.

- De la Bancada de la Democracia Cristiana: la Periodista, señora Melanie Moraga.

- Del Comité de Renovación Nacional del Senado: el Asesor, señor Paul Krohmer.

- La Asesora de la Diputada Cicardini, señora Mariluz Valdés.

- La Periodista del Senador Hernán Larraín, señora Daniela Lazo.

- De La Tercera: el Periodista, señor Javier Canales.

- Del Diario Financiero: la Periodista, señora Claudia Rivas.

- - -

NORMAS DE QUÓRUM

Todos los numerales del presente proyecto de reforma constitucional, con la sola excepción de su numeral 5), requieren para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores y Diputados en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Carta Fundamental. Por su parte, el numeral 5), que recae en el Capítulo VIII de la Constitución Política de la República, requiere para ser aprobado del voto conforme de los dos tercios de los Senadores y Diputados en ejercicio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127, antes citado.

DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS EN CONTROVERSIA Y ACUERDOS DE LA COMISIÓN MIXTA

El Senado aprobó, en primer trámite constitucional, el proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

En segundo trámite constitucional, la Honorable Cámara de Diputados introdujo diversas modificaciones al proyecto aprobado, las cuales el Senado, en tercer trámite constitucional, rechazó.

A continuación se efectúa una relación de las diferencias suscitadas entre ambas Corporaciones durante la tramitación de la iniciativa, así como de los acuerdos adoptados a su respecto.

Artículo Único

Número 1

El artículo 32 de la Carta fundamental se refiere a las atribuciones especiales del Presidente de la República, y mediante este numeral se modifica la número siete que consiste en “Nombrar y remover a su voluntad a los Ministros de Estado, subsecretarios, intendentes y gobernadores”.

El Senado, en primer trámite constitucional, al aprobar la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, que denominó gobernador, sustituyó la denominación de los actuales “intendentes y gobernadores” que nombra y remueve el Ejecutivo por la de “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales”, en tanto que la Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, reemplazó dicha denominación por la de “secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales presidenciales”

En el tercer trámite constitucional, el Senado rechazó esta enmienda.

Cabe hacer presente que similar modificación introdujo la Cámara de Diputados en las restantes disposiciones del proyecto del Senado que mencionan al secretario presidencial regional o delegado presidencial provincial.

El Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, hizo presente que el Ejecutivo, analizando las dos opciones que se tienen a la vista, ha resuelto optar por la propuesta del Senado que además, se consideró en el proyecto original.

El Honorable Diputado señor Becker, hizo presente que si bien fue partidario de cambiarle la denominación, ya que el nombre de Delegado Presidencial se utiliza mucho para temas específicos, no hará mayor debate a este respecto pues su intención es que el proyecto sea despachado lo más pronto posible, de modo que se manifestó a favor de la propuesta del Senado.

El Honorable Senador señor Quinteros, sostuvo que estaba totalmente de acuerdo con que la propuesta del Senado que es más apropiada, por cuanto la denominación propuesta por la Honorable Cámara de Diputados, podría provocar confusiones con los cargos de secretarios regionales ministeriales.

A continuación, el Honorable Diputado señor Monckeberg explicó que el proyecto en discusión pasó por dos Comisiones en la Cámara, Constitución y Gobierno Interior, y que en la primera de ellas fue donde varias de estas enmiendas se aprobaron, y para este caso se propuso simplemente el nombre de Secretario Regional, y que en la Comisión de Gobierno Interior se le agregó el “presidencial”.

Enseguida, agregó que precisamente la idea era relevar en importancia el cargo de Gobernador Regional, pues la intención es empezar a dotar de cierta importancia a la autoridad regional electa, versus, el representante del Presidente de la República. Añadió que, además, al pensar en el nombre se tuvo en consideración el igualarlo a las denominaciones nombres que ya existen y que son los Seremis.

Por su parte, el Honorable Diputado señor González señaló que, si bien también suscribió las opiniones de la Cámara, en aras de avanzar la denominación no debiera ser objeto de una discusión más lata, y apoyó la idea de asumir la propuesta del Senado en esta materia.

La Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producidas entre ambas Cámaras, acordó realizar una única votación respecto de las enmiendas referidas al cambio de denominación de las autoridades representantes del Presidente de la República en la región y en la provincia, la que se reproducirá en cada ocasión, adoptando la fórmula propuesta por el Senado que sustituyó la denominación de los actuales “intendentes y gobernadores” que nombra y remueve el Ejecutivo por la de “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales”.

- Este acuerdo fue adoptado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señora Von Baer (Presidenta) y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y por Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Gahona, Chávez y González.

Número 2

Recae en el numero 2) del artículo 52 de la Carta Fundamental, relativo a la atribución exclusiva de la Cámara de Diputados de “Declarar si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las personas que indica en sus seis letras siguientes.

La letra e), que se modifica, se refiere a la acusación formulada en contra “De los intendentes, gobernadores y de la autoridad que ejerza el Gobierno en los territorios especiales a que se refiere el artículo 126 bis, por infracción de la Constitución y por los delitos de traición, sedición, malversación de fondos públicos y concusión”.

En el primer trámite constitucional, el Senado reemplazó la expresión “intendentes, gobernadores” por otra a “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

La Cámara de Diputados, en segundo trámite, incorporó entre las autoridades de la letra e) sujetas a eventual acusación constitucional a los gobernadores regionales; reemplazó la denominación delegados presidenciales regionales y provinciales por la de secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales presidenciales, y determinó que para declarar que ha lugar a su acusación se requiere el voto de la mayoría de los diputados en ejercicio, mismo quórum exigido actualmente para el caso del Presidente de la República.

Para realizar estos cambios introdujo las siguientes enmiendas:

a) Reemplazó en su literal e) la expresión “intendentes, gobernadores” por “gobernadores regionales, secretarios regionales presidenciales, secretarios provinciales presidenciales”.

La Comisión Mixta acordó, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, propuso aprobar el texto del Senado.

b) Agregó en el párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República”, la frase “o de un gobernador regional”.”.

En el tercer trámite constitucional, el Senado rechazó esta modificación.

El Honorable Senador señor Espina hizo presente que lo primero que se debe definir es si se quiere que el Gobernador Regional pueda ser objeto de acusación constitucional, por cuanto lo que hace la Cámara de Diputados es permitirlo y lo somete a la misma tramitación que la acusación que se formula al Presidente de la República, de manera que en dicha instancia se requiere de la mayoría de los Diputados en ejercicio para acusarlo y en el Senado, se necesita dos tercios para declarar culpabilidad.

Enseguida, el Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, subrayó que efectivamente en eso consiste la controversia, y que la acusación constitucional que se consideró lo fue con los exigentes quórums establecidos para la acusación del Presidente de la República.

Por su parte, el Honorable Diputado señor Becker señaló que en caso que se decida mantener la acusación constitucional, era muy importante a su vez mantener los quórums, porque estima que una persona electa en una región no puede ser destituida por quórums de simple mayoría.

La Honorable Senadora señora Von Baer hizo presente que no comparte la visión sobre el tema que ha planteado el Ejecutivo, en el sentido que, en su opinión, los Gobernadores Regionales no deben ser sujetos de acusación constitucional porque el orden institucional es tremendamente relevante.

En la misma línea, enfatizó que la acusación constitucional actualmente es procedente respecto del Presidente de la República y las personas nombradas por el mismo. Ese es el orden institucional vigente, y en el caso de los alcaldes opera el notable abandono de deberes. En este caso, prosiguió, se está estableciendo un gobierno intermedio que debiera seguir la misma línea, es decir, Gobernador- Consejeros Regionales, pero se está proponiendo que ese orden institucional se cruce hacia el Congreso sin que quede la definición de la situación en la región, con lo que se manifestó en desacuerdo.

Por otra parte, agregó, es posible que se acuse constitucionalmente a Gobernadores que no pertenecen a partidos con representación en el Congreso, lo que significaría una forma de dar tintes políticos a dicha herramienta, por lo que se manifestó partidaria de la fórmula planteada por el Senado que institucionalmente es mucho más ordenada.

El Honorable Senador señor Quinteros, también estuvo por no cruzar los órdenes institucionales, de modo que propuso eliminar la acusación constitucional y mantener el notable abandono de deberes, porque ello también dice relación con las inhabilidades, que se verán más adelante, que se entregan al conocimiento del Tricel.

El Honorable Diputado señor Chávez señaló que habiendo concurrido al acuerdo de la Cámara de Diputados en orden a que se consideró al Gobernador como una autoridad sujeta a acusación constitucional, del análisis del actual texto constitucional se desprende que la mencionada acusación es una consecuencia de los actos de gobierno, de modo que ciertas autoridades de gobierno pueden ser objeto de acusación constitucional.

Así, dijo, en estricto rigor, siguiendo el texto, se debiera asumir que autoridades que no son objeto de la fiscalización por parte del Congreso Nacional no debieran ser objeto de acusación constitucional, de modo que enfatizó que desde esa perspectiva no sería bueno incorporar a los Gobernadores Regionales como parte de un proceso de acusación constitucional, más aún cuando, en su opinión, ello debe quedar entregado al arbitrio de las normas propias de la ley orgánica constitucional de Gobierno y Administración Regional, para que a partir de ahí se genere un procedimiento especial, más allá de las normas comunes que dicen relación con el notable abandono de deberes.

Por último, indicó que para hacer más coherente el proyecto desde el punto de vista del texto, debiera existir un alejamiento de la idea de acusar constitucionalmente a los Gobernadores Regionales.

A su turno, la Honorable Diputada Cicardini señaló que no se puede ir haciendo un cruce de la institucionalidad, y que la bajada territorial hacia la región debe hacerse sobre la base de otro reglamento, de otra estructura, que podría quedar entregado a la ley orgánica constitucional que se refiera a este procedimiento, de modo que también se manifestó partidaria de no considerar la acusación constitucional para la nueva autoridad electa.

Enseguida, el Honorable Senador señor Zaldívar indicó que se trata de un tema discutible y que era partidario de la acusación constitucional a nivel del órgano nacional, por cuanto el rango que tendrá el Gobernador Regional será de un nivel muy superior al de una autoridad solamente territorial.

Señaló que es necesario preguntarse qué ocurriría con un Gobernador que se revela contra el cumplimiento de la ley o de la Constitución Política y si ello no sería susceptible de ser revisado por el Congreso Nacional precisamente a través de la acusación constitucional, por cuanto dijo que donde debe ser juzgada la conducta de ese Gobernador Regional elegido es en el Parlamento.

Agregó que no es posible que un Gobernador sencillamente se revele contra el cumplimiento de la Constitución y las leyes dejando la revisión de su conducta o juicio político a su consejo regional que, en su opinión, no es el órgano llamado a hacer esa revisión, por lo que insistió en mantener la norma de la Cámara, incluidos los quórums planteados.

En sesión posterior, el Honorable Senador señor Espina recalcó que al momento de despacharse este proyecto por parte del Senado, se consideró que el nuevo Gobernador Regional sería objeto de causales de cesación en el cargo, más o menos equivalentes a las que existen para los Parlamentarios y el resto de las autoridades, para lo cual se recurre ante el Tribunal Constitucional.

En la misma línea, indicó, no se estimó oportuno incorporar la acusación constitucional a diferencia de lo que ocurrió en la Cámara de Diputados, en que sin perjuicio de las causales de cesación en el cargo estableció que puede ser objeto de acusación constitucional al igual que el Presidente de la República y en las mismas condiciones, que es lo que en definitiva se debe resolver.

Dicho esto, planteó agregar una nueva situación en que se consideren ambos casos, es decir, tanto la acusación constitucional como también las causales de inhabilidad.

Enseguida, el Honorable Diputado señor Becker señaló que después de los debates que se han producido ha llegado a la convicción que se debe adoptar el criterio planteado por el Senado, por cuanto no le parece lo más lógico acusar constitucionalmente a una persona que ha sido elegida popularmente, que es del nivel regional, a la cual una mayoría parlamentaria pudiera sacar del cargo. Agregó que sería mejor mantener la línea que se tiene con los alcaldes ante el Tricel, por notable abandono de deberes.

Agregó que en caso que se llegue a la conclusión que si se debe acusar constitucionalmente al Gobernador Regional, solicitó que para ello se consideren los altos quórums planteados por la Cámara de Diputados, para evitar que una mayoría parlamentaria pueda destituir a la autoridad electa en forma popular.

El Honorable Senador señor Zaldívar dijo que es muy diferente lo que se está planteando en este proyecto de reforma, ya que un Gobernador Regional será una autoridad en toda una región que eventualmente podría dejar de cumplir la Constitución o alzarse contra la ley, de modo que la autoridad con capacidad para resolver si esa persona puede o no ser objeto de una acusación constitucional es precisamente el Parlamento, toda vez que se está en un Estado unitario descentralizado.

Señaló que lo unitario se expresa en que el Parlamento mantiene determinadas facultades sobre las autoridades regionales, por lo que manifestó estar de acuerdo con que se considere en este caso la acusación constitucional, sin perjuicio que se mantenga la remoción del cargo por las otras causales.

En la misma línea, agregó que en materia de acusación constitucional las causales consistirían en la infracción de la Constitución, delitos de traición, sedición, malversación de fondos públicos y concusión, que son elementos tan graves que justifican que una autoridad nacional, como es el Parlamento, como lo hace con el Presidente de la República, también pueda acusar a un Gobernador Regional.

El Honorable Senador señor Espina dijo compartir lo expresado anteriormente porque las causales de inhabilidad dicen relación con otro tipo de conductas, que no necesariamente constituyen las causales de cesación en el cargo. Agregó que el quórum de 2/3 de los Senadores en ejercicio para remover a un Gobernador era suficiente garantía para evitar conductas temerarias.

Enseguida, sugirió que en el caso de las inhabilidades estas se mantengan entregadas a la ley orgánica respectiva pues consideró que debieran ser ambas cosas en conjunto. Es decir, poder acusar constitucionalmente, sin perjuicio de mantener la norma del Senado relativas a otras causales de cesación en el cargo que no tienen que ver con la acusación porque son de una entidad distinta.

Luego, planteó que para resolver ambas cosas se debe aprobar la norma propuesta por la Cámara de Diputados en términos de la acusación constitucional y mantener la propuesta del Senado en cuanto a que las casuales de cesación en el cargo quedan sometidas a la ley orgánica.

Por su parte, el Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, reiteró que al Ejecutivo le interesa mantener la acusación constitucional del Gobernador Regional por las razones que ya se han expresado, por cuanto asimilarlo a la acusación del Presidente de la República en los quórums da garantías suficientes de seriedad respecto de una institución tan excepcional, como lo es esta acusación.

En este contexto, manifestó que el instituto de las inhabilidades e incompatibilidades debiera verse en su propio mérito ya que, en opinión del Ejecutivo, no deben ser materias de conocimiento del Tribunal Constitucional sino que deben estar entregadas en la ley orgánica al conocimiento del Tribunal Calificador de Elecciones, tal como lo aprobó la Cámara de Diputados.

Enseguida, el Presidente de la Comisión Mixta, Honorable Senador señor Larraín señaló que la estructura que se ha diseñado es mala, porque tener dos autoridades, como serán el Gobernador Regional y el Delegado Presidencial, va a generar muchas tensiones en el funcionamiento de los Gobiernos Regionales.

Indicó que si a ese mala estructura de poderes locales se le agrega la posibilidad de que una de ellas pueda ser objeto de acusación constitucional, como es lo que se está planteando respecto de los Gobernadores Regionales, el desequilibrio puede ser muy grave, y particularmente para aquellos Gobernadores Regionales que no pertenezcan a grandes coaliciones políticas, pues las minorías regionales no van a tener seguro político alguno y estarán expuestas a que las mayorías políticas parlamentarias puedan incluso aliarse para remover a una minoría regionalista capaz de romper los esquemas políticos tradicionales.

Hizo presente que, adicionalmente, se trata de autoridades electas que tienen una responsabilidad distinta frente a sus electores que son quienes deben pedir cuenta de sus actos.

Por último, señaló que hay sanciones para un Gobernador Regional que no desempeñe debidamente su cargo, pues se señala en el propio proyecto en discusión que serán las leyes orgánicas respectivas las que establecerán las causales de cesación en este cargo, de modo que un Gobernador Regional no quedará impune en el ejercicio de su función, y consideró que no es procedente ni pertinente que se incluya al Gobernador Regional en la acusación constitucional.

A continuación, el Honorable Diputado señor Schilling señaló que el Estado de Chile ha sido construido a imagen y semejanza del Estado Francés lo que incluye la mezquina descentralización vigente, y que en ese país se ha probado con dos autoridades como las que se plantean en este mismo caso.

Indicó que no obstante que en nada se está innovando en esta materia, ya que se ha probado este sistema en otros países, se debe prestar atención a las señales que envía la sociedad en el sentido de garantizar la permanencia de la unidad del Estado, por lo que se manifestó a favor de la idea de considerar en este caso la acusación constitucional. Agregó que es partidario de hacer lo necesario para asegurar la supervivencia de una manera de hacer las cosas, que es la que conoce la nación.

El Honorable Senador señor Zaldívar, sobre los riesgos de las minorías regionalistas al elegir un Gobernador Regional, de ser sometidos a los grandes bloques políticos, dijo que en teoría podría ocurrir pero, planteó, es más importante cautelar que esa autoridad electa no se revele contra la Constitución y la ley ni cometa los otros actos que se señalan en la norma respectiva.

Agregó que remover a un Gobernador regionalista por no contar con fuerte representación parlamentaria es una situación muy improbable pues se exige que la apruebe 2/3 de los Senadores, de modo que se manifestó partidario de la acusación constitucional y de mantener la norma del Senado en cuanto a las inhabilidades pues le parece mejor consignarlas en el texto constitucional para que sea el Tribunal Constitucional quien se pronuncie.

Luego, el Honorable Senador señor Bianchi, rescatando la labor del Parlamento no podría pensar en que se diera la situación de acusar a un Gobernador en los términos señalados anteriormente y debido a una escasa representación parlamentaria.

Hizo presente que se mantiene el carácter de Estado unitario y, por lo tanto, deben existir algunos resguardos y que precisamente lo que se está haciendo es dar un fortalecimiento distinto a las regiones en el sentido de pasar de tener administradoras regionales a algo parecido a gobiernos regionales, que permitan tener algo más de gobernanza y grados de autonomía, pero siempre manteniendo el carácter de Estado unitario. Así, lo que la acusación permite es que se resguarde y mantenga el orden, la seguridad, la paz social y la articulación de todo el país, por lo que se manifestó a favor de la acusación.

Por su parte, el Honorable Senador señor Quinteros manifestó que con los argumentos que se han expresado, está de acuerdo en mantener la acusación constitucional, y que se mantengan las inhabilidades e incompatibilidades en los términos establecidos.

- Puesta en votación la enmienda de la Cámara de Diputados en cuanto a incorporar la letra b), nueva, fue aprobada por la mayoría de los miembros de la Comisión Mixta. A favor votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y los Honorables Diputados señores Chávez, González y Schilling. En contra, votó el Honorable Senador señor Larraín (Presidente) y los Honorables Diputados señores Becker y Gahona.

- Sometido a votación el resto del número incorporado por la Cámara, cambiando la denominación de las autoridades, en concordancia a lo previamente acordado al tratar el número 1, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señora Von Baer (Presidenta) y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y por Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Gahona, Chávez y González.

Número 3, nuevo

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, agregó un número 3, nuevo, que propone modificar el artículo 53 de la Carta Fundamental que versa sobre las atribuciones exclusivas del Senado, en lo referido a la primera de ellas que consiste en “Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable con arreglo al artículo anterior”.

El párrafo tercero determina los quórums para que el Senado declare la culpabilidad, que es de dos tercios de los senadores en ejercicio cuando sea la del Presidente de la República, y de la mayoría de los senadores en ejercicio en los demás casos, y la modificación propuesta por la Cámara determina que la declaración de culpabilidad del gobernador regional debe reunir el mismo quórum que la del Presidente de la República.

Para ello, incorpora la siguiente modificación:

“Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o de un gobernador regional”.”

El Senado, en el tercer trámite constitucional, rechazó este número nuevo.

- Sometido a votación el número 3, nuevo, propuesto por la Cámara de Diputados fue aprobado por la mayoría de los miembros de la Comisión Mixta. Votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y los Honorables Diputados señores Becker, Gahona, Chávez, González y Schilling. Se abstuvo el Honorable Senador señor Larraín.

Número 3 (que pasa a ser 4)

El artículo 57 de la Carta Fundamental determina quienes no pueden ser candidatos a diputados ni a senadores.

Su número 2) dispone que no lo pueden ser “Los intendentes, gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, lo concejales y los subsecretarios.

El Senado, en primer trámite constitucional, sustituyó en ese numeral la locución “Los intendentes, los gobernadores” por otra referida a “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales”.

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, sustituyó la denominación delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales por la de secretarios regionales presidenciales y secretarios provinciales presidenciales.

Para ello reemplazó este número por el siguiente:

“4) Sustitúyese, en el numeral 2 del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los secretarios regionales presidenciales, los secretarios provinciales presidenciales”.”.

En el tercer trámite constitucional, el Senado rechazó esta enmienda.

- Sometido a votación, la enmienda de la Cámara fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señora Von Baer (Presidenta) y señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y por Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, Gahona y Gonzalez.

Por igual votación y unanimidad fue aprobado el número 3 del Senado, que ha pasado a ser número 4.

Número 4

(Ha pasado a ser número 5)

Mediante este numeral, en el primer trámite constitucional, el Senado modificaba el artículo 93 de la Carta Fundamental, relativo a las atribuciones del tribunal Constitucional, en lo que dice relación con sus numerales 14° y 15°, que indican:

“14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60 y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

La modificación proponía que, en el primer caso, también se pronunciara sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los gobernadores regionales y, en el segundo, que calificara la inhabilidad invocada por un gobernador regional y se pronunciara sobre su renuncia al cargo.

Para ello, el Senado propuso reemplazar los referidos numerales por los que siguen:

“14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

En segundo trámite constitucional la Cámara de Diputados suprimió este número y el Senado, en el tercer trámite constitucional, rechazó esta modificación.

El Honorable Senador señor Zaldívar señaló que se planteó que este tema era una contrapartida del tema de la acusación constitucional, diferenciando lo que podrían ser las inhabilidades e incompatibilidades de los otros que son actos más graves. Agregó que a objeto de que quede claro que ambas cosas juegan por sí mismas, se manifestó partidario de mantener la reforma constitucional tal como se aprobó en el Senado.

Enseguida, el Honorable Senador señor Espina, puntualizó que las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación no tienen nada que ver con la acusación constitucional porque ella es gatillada por hechos totalmente distintos, de modo que se deben considerar las causales señaladas, pues de lo contrario sería la única autoridad en el país que no las tuviera.

Hizo presente que lo lógico sería mantener la fórmula del Senado que no hace otra cosa que someterlo a las mismas inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo que los Parlamentarios, y agregó que lo que se debe definir es quien conocerá de ellas, porque en el caso de los Parlamentarios las conoce el Tribunal Constitucional, y lo que se propone es que respecto del Gobernador sea el mismo tribunal, por lo que sugirió que se apruebe el texto del Senado.

El Honorable Senador señor Larraín solicitó conocer la opinión del Ejecutivo, pues dijo que ya que se le dio un rango constitucional a la acusación respecto del Gobernador, la solución, dados los argumentos, es mantener cierto nivel de simetría y jerarquía constitucional adecuada a las disposiciones ya aprobadas, es decir, o se hace a nivel constitucional o a nivel de ley orgánica, pero tenerlas en distinto nivel parece ser una falta de simetría que deslava la Constitución.

El Asesor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio, hizo hincapié en que la acusación constitucional no es un instituto meramente de cesación del cargo del Gobernador Regional (en este caso), sino que es un instrumento de control político, y por tanto su naturaleza jurídica es distinta a la de cesación o inhabilidad o incompatibilidad que se pueden establecer en una ley.

Señaló que el artículo 93 número 14 y 15 actuales de la Constitución se refieren exclusivamente a las inhabilidades e incompatibilidades y causales de cesación del cargo de Parlamentario, porque precisamente estos últimos forman parte de un Poder del Estado, y los Gobiernos Regionales no son un poder del Estado.

Agregó que la Constitución regula en ciertos aspectos y de manera excepcional las causales de inhabilidad, por ejemplo, de los cargos parlamentarios, porque forman parte de un Poder del Estado y así se considera en el artículo 57 de la Constitución, tradición que viene del artículo 27 de la Constitución de 1925 en que se establecían las causales de inhabilidad de los Parlamentarios y no así de otras autoridades.

Subrayó que la Constitución determina un régimen distinto para el caso del Presidente de la República cuando establece causales exclusivas de cesación de cargo con las consecuencias, por ejemplo, de las normas de vacancia, porque el Presidente representa al Poder Ejecutivo.

Asimismo, indicó que el artículo 125 de la Carta Fundamental entrega específicamente a la ley orgánica las causales de cesación, inhabilidades e incompatibilidades del resto de las autoridades que la propia Constitución establece y que son electas mediante votación popular, lo que no significa que la Carta Fundamental deba considerar todas sus causales de inhabilidades e incompatibilidades y causales de cesación en el cargo.

Luego, enfatizó que la competencia que tiene el Tribunal Constitucional para conocer de determinados asuntos solamente puede arrancar de la Constitución, y que es ella misma la que tiene que establecer las causales de inhabilidad en caso que se optara por la fórmula del Senado. Agregó que lo que planteó el Ejecutivo, y que fue aprobado por la Cámara de Diputados, es que sea la ley orgánica la que establezca las causales de inhabilidad y el tribunal competente (Tricel) para conocer de ellas, como ocurre en todo el resto de las elecciones populares.

El Honorable Senador señor Zaldívar indicó que no es correcto señalar que el Tribunal Constitucional tiene cierto monopolio sobre determinadas autoridades del Estado, pues es el propio constituyente quien puede establecer cuáles son sus habilidades o capacidades, de modo que hay plena facultad para que en una reforma constitucional se entregue al Tribunal Constitucional, el pronunciamiento sobre esta u otras materias.

Hizo presente que en este caso, al igual que en el caso de los Parlamentarios, lo que hará es pronunciarse sobre las inhabilidades e incompatibilidades y causales de cesación en el cargo que establecerá una ley orgánica, de modo que es similar a lo que ya dispone. No obstante, dijo ser partidario de que la norma constitucional sea lo menos reglamentaria posible siendo más bien normativa general, por lo que manifestó que en este caso no se cumple lo que señala el Ejecutivo, sino que como poder constituyente se está ejerciendo una modificación en el Tribunal Constitucional para darle determinadas condiciones para pronunciarse sobre las inhabilidades e incompatibilidades de esta autoridad tan importante como puede ser un Gobernador Regional, de modo que se manifestó partidario de lo aprobado por el Senado.

El Honorable Senador señor Larraín indicó que no es incompatible que la norma constitucional remita al tribunal el juicio sobre las inhabilidades e incompatibilidades y causales de cesación que se establezcan en la ley. De hecho, hizo presente, en el caso de cesación de cargo de los alcaldes y gobernadores regionales (en conformidad a esta ley), se remiten a la ley orgánica. Agregó que no son argumentos contradictorios sino que se trata de opciones distintas.

El Honorable Senador señor Espina señaló que resultaría incoherente que para los diputados el tribunal que deba pronunciarse sea el Tribunal Constitucional y para el Gobernador Regional sea el Tribunal Calificador de Elecciones, pues ello sería de una desprolijidad absoluta. Así, manifestó que lo que está hoy en el Tribunal Constitucional se mantenga y luego se vea si modifican las siguientes.

El señor Presidente de la Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, puso en votación el texto aprobado por el Senado.

- Sometido a votación el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señores Becker, Chávez, Gahona, González y Schilling. Por la misma unanimidad y votación, fue rechazada la enmienda de la Cámara de Diputados.

Número 5

(Ha pasado a ser número 6)

Recae en el artículo 111 de la Carta Fundamental, que expresa:

“Artículo 111.- El gobierno de cada región reside en un intendente que será de la exclusiva confianza del Presidente de la República. El intendente ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente, de quien es su representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción.

La administración superior de cada región radicará en un gobierno regional que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por el intendente y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.”.

El Senado, en primer trámite constitucional, sustituyó el artículo 111, reemplazando los dos primeros incisos por uno nuevo, e incorporando a continuación cinco nuevos incisos.

El nuevo inciso primero establece que la administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

Como inciso segundo queda el actual inciso tercero, sin enmiendas.

El primero de los cinco nuevos incisos dispone que el gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, que presidirá el consejo regional, y que ejercerá las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, y que también le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

De acuerdo al siguiente inciso el gobernador regional será electo por sufragio universal en votación directa, resultando electo el candidato que obtuviere la mayoría de sufragios válidamente emitidos siempre que obtenga al menos el cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, y conforme a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Agrega que durará cuatro años en el cargo, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

La Cámara de Diputados, en el segundo trámite, modifico este inciso para señalar que la elección de gobernador regional se realizará “conjuntamente con la elección de consejeros regionales”. Además, modificó su oración final a fin de señalar que podrá ser reelegido consecutivamente sólo “por un período”.

En tercer trámite constitucional el Senado rechazó estas enmiendas.

El Honorable Diputado señor Schilling se manifestó a favor del texto aprobado por el Senado, por cuanto introduce el concepto de “consecutivamente”, porque en caso que se opte por la enmienda de la Cámara de Diputados podría interpretarse de distintas formas, y si la idea es que sea permitida la reelección en el período inmediatamente posterior, habría que mantener la fórmula del Senado.

El Honorable Diputado señor Becker hizo presente que la propuesta de la Cámara de Diputados de hacer una elección conjunta es algo muy lógico, más allá que se elijan con los alcaldes y concejales o con el Presidente y los Parlamentarios, por cuanto son una unidad.

Respecto de la propuesta del “período siguiente”, se manifestó a favor de la redacción del Senado. No obstante ello hizo presente que hay un tema de fondo pues se está restringiendo la reelección a un solo período en circunstancias que los Parlamentarios no tienen restricción de reelección, tema que debe retomarse pues al Gobernador Regional es a la primera autoridad a la que se le está estableciendo esta restricción.

El Honorable Senador señor Zaldívar señaló que en cuanto a la reelección era más clara la propuesta del Senado, y en cuanto a la elección conjunta consideró que ello se daba por entendido, de modo que solicitó una mayor explicación respecto a si era necesario considerar ese punto en este proyecto de reforma. Agregó que si se aprueba una elección complementaria no podría ser conjunta con los consejeros regionales, por lo que sugirió que la forma en que se hagan las elecciones se entregue a una ley orgánica.

El Honorable Senador señor Espina estuvo de acuerdo en que la elección no va a ser siempre con el Consejo Regional por diversas razones, de modo que opinó que estas materias deben ser reguladas por la ley orgánica sobre todo el sistema electoral, para no variar el criterio, y planteó que era partidario de aprobar el texto del Senado.

El Honorable Diputado señor González dijo que la elección del Gobernador Regional es un todo con la de Consejeros regionales. No obstante ello, agregó, si el espíritu de la ley es que sean en lo posible elecciones conjuntas está de acuerdo en dejar la regulación a la ley orgánica respectiva.

El Honorable Senador señor Larraín hizo presente que, de aprobarse esta norma tal como está podría entenderse que dado que hay elecciones de consejeros regionales el próximo año necesariamente habrá elecciones de Gobernador Regional, independiente de la otra norma, y que pudiera darse una colisión de normas que habría que resolver independientemente de la condición que considera la disposición transitoria.

El Asesor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel Osorio, recalcó que en la disposición transitoria se establece, como condición, que para la primera elección previamente se haya despachado el proyecto que le otorga atribuciones a los Gobernadores Regionales, de modo que al ser una condición suspensiva no va a poder existir una elección aun cuando la norma permanente de la Constitución así lo establezca, ya que al ser la transitoria norma especial prima hasta el cumplimiento de la condición.

La Comisión Mixta acordó dejar establecido en la historia de la ley que, en su opinión, la disposición transitoria por ser una norma excepcional prima sobre el texto permanente, de modo que si no se han despachado las normas sobre competencia no habrá elección de Gobernador Regional, aunque si la puede haber de Consejeros Regionales.

Por su parte el Honorable Diputado señor Chávez planteó que en cuanto a hacer coetánea la elección del Gobernador y Consejeros era importante dejar en claro que se incorporó esta frase en la Cámara de Diputados porque se estimó que la elección de la autoridad ejecutiva del Gobierno Regional debe ir acompañada con la del órgano Consejo Regional porque forma parte de un todo, y además porque el candidato al órgano ejecutivo debe ir acompañado de una lista de consejeros que van a adscribir a un programa de gobierno regional.

En la misma línea, señaló que era importante establecer criterios, por lo que manifestó que esa elección conjunta debe salvaguardarse ya sea en la ley orgánica o en la Carta Fundamental.

- Sometida a votación la primera parte de esta enmienda de la Cámara, fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señores Becker, Gahona, Chávez, González y Schilling.

- Por la misma votación y unanimidad se aprobó el texto del Senado.

- Puesta en a votación la segunda parte de esta enmienda, fue rechazada por la mayoría de los miembros de la Comisión Mixta. Votaron por su rechazo los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señores Gahona, González y Schilling. Se abstuvieron los Honorable Diputados señores Becker y Chávez.

- Por la misma votación, la Comisión Mixta aprobó el texto del Senado.

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Enseguida el nuevo inciso quinto dispone que si se presentan más de dos candidatos y ninguno obtiene al menos el cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación entre las dos más altas mayorías, resultando electo el que obtenga más sufragios, y agrega que la nueva votación que se efectuará en la forma que determine la ley.

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, modificó este inciso para establecer que igual procedimiento se aplicará para el caso que exista empate entre las dos más altas mayorías.

En el tercer trámite, el Senado rechazó esta modificación.

El Honorable Senador señor Larraín hizo presente que esta situación está resuelta desde hace mucho tiempo en el ordenamiento nacional, y que el problema se produce en el caso que empaten dos segundos lugares, que igual se resuelve por el sorteo, de modo que manifestó que la enmienda introducida por la Cámara era innecesaria.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, señaló que adicionalmente en que efectivamente se puede dar el caso que exista empate entre dos candidatos con más del 40%, ya que existe un espacio matemático para que ello se produzca.

El Honorable Senador señor Larraín hizo presente que no hay necesidad de considerar una norma de esta naturaleza porque en caso de empate se hace un sorteo, toda vez que la norma general de elecciones regula en forma supletoria las normas de toda elección, y en el caso de empate, se define por sorteo, porque no se repite la elección.

El Honorable Senador señor Espina planteó que en el caso señalado se debe pensar en cambiar la norma, porque considera inapropiado que se elija un Gobernador por sorteo, ya que la democracia actual ya no resiste esta fórmula.

Además, indicó que la norma debiera considerar que en caso que se produjera un empate entre tres mayorías deben ir a segunda vuelta las “más altas mayorías” y no las “dos más altas mayorías”.

El Honorable Senador señor Zaldívar indicó que el sorteo es la norma general que se aplica en la situación de empate entre diversas autoridades. No obstante ello, dijo que podría discutirse y legislar respecto de esta fórmula para lo cual, propuso dejar esta materia entregada a la ley orgánica.

El Honorable Senador señor Quinteros, dijo que podría iniciarse desde ya el cambio con una segunda elección que sirva de ejemplo para modificar la ley en general, evitando el sorteo.

El Honorable Diputado señor Becker, dijo no apoyar ni entender el cambio realizado por la Cámara ya que no aporta nada nuevo al ordenamiento, pues ello ya está considerado en la norma aprobada por el Senado.

El Honorable Diputado señor Schilling se manifestó partidario de aprobar la enmienda de la Cámara de Diputados, pero con la observación de eliminar la palabra “dos” cuando se refiere a las mayorías para precaver las distintas situaciones que pueden ocurrir.

Por último, el Honorable Senador señor Larraín recalcó que esta norma sólo se aplica para el caso de definir quienes pasan a segunda vuelta y no para elegir al ganador de la elección, de modo que insistió en que no es una buena técnica ir haciendo trajes a la medida respecto de cada elección, y que la propuesta del Senado le parece la más adecuada.

- Puesto en votación el texto propuesto por el Senado para el inciso quinto, fue aprobado por la mayoría de los miembros de la Comisión Mixta. Votaron favorablemente los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señores Becker, Chávez, Gahona y Schilling. En contra votó el Honorable Diputado señor González, haciendo presente que apoyaba modificar la enmienda eliminado la palabra “dos”. Por la misma votación, la Comisión Mixta rechazó la enmienda de la Cámara de Diputados.

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A continuación, el inciso sexto del texto del Senado expresa que para efectos de los dos anteriores los votos blancos y nulos se considerarán como no emitidos.

Enseguida, la Cámara de Diputados, en el segundo trámite, incorporó tres incisos nuevos referidos a la vacancia del cargo, del siguiente tenor:

“Si la vacancia del gobernador regional se produjere faltando menos de un año para la próxima elección, éste será elegido por el consejo regional, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Si la vacancia se produjere faltando un año o más para la próxima elección de gobernador regional, se convocará a los ciudadanos a una nueva elección en los términos que fije la ley orgánica respectiva.

El gobernador regional elegido conforme a alguno de los incisos precedentes durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplace.”.

El Senado, en el tercer trámite constitucional, rechazó esta modificación.

Finalmente, el nuevo inciso séptimo del Senado determina que la ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de las normas de los artículos 124 y 125.

Respecto de esta norma, la Cámara de Diputados, en el segundo trámite, introdujo dos modificaciones. La primera, consiste en eliminar la vacancia de entre las materias que debe regular la ley orgánica constitucional respectiva. La segunda, agregar una frase final a fin de establecer que en dicha ley orgánica se indicará el órgano encargado de pronunciarse sobre la inhabilidad, incompatibilidad, subrogación y cesación del cargo de gobernador regional.

En el tercer trámite constitucional el Senado rechazó estas modificaciones.

El Honorable Senador señor Espina, solicitó que esta materia sea entregada a la ley orgánica donde pueda verse con mayor detalle, y se manifestó de acuerdo con la rendición de cuenta incorporada por la Cámara de Diputados.

El Honorable Senador señor Zaldívar indicó que en este caso la vacancia es distinta a la del Presidente de la República, y que tal vez sería mejor repetir la misma normativa (más o menos de 2 años) pero en la ley orgánica respectiva.

Por su parte, el Honorable Diputado señor Becker, coincidió en que la materia debiese ir en la ley orgánica respectiva, al igual que el tema de la cuenta pública.

El Honorable Senador señor Larraín manifestó que resultaba muy complejo incorporar las elecciones complementarias que sólo existen respecto de la vacancia del Presidente de la República y no respecto de ninguna otra autoridad porque el principio es el de tener elecciones simultáneas. Agregó que en el caso del Presidente ello sólo ocurre si el Presidente falta por muerte u otra causa durante los dos primeros años de su mandato, ya que en el caso de los últimos dos lo elige el Congreso Pleno. Agregó que agregar la elección complementaria a nivel constitucional genera un desorden en la actual estructura institucional.

- Sometida a votación estas enmiendas de la Cámara, fueron rechazadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señores Becker, Gahona, Chávez, González y Schilling.

Por último, en el segundo trámite constitucional, la Cámara incorporó el siguiente inciso final:

“Una vez al año el gobernador regional dará cuenta pública del estado administrativo y político de la región ante el consejo regional.”.

El Senado rechazó esta modificación en el tercer trámite constitucional.

El Honorable Diputado señor Chávez solicitó que esta enmienda se deje en el texto constitucional ya que se está creando una autoridad a la cual se le quiere dar la relevancia que corresponde, además que ella dice relación con la forma de involucrarse con su comunidad regional, la que justifica que la cuenta pública está en la Carta Fundamental, tal como en el caso del Presidente de la República.

Enseguida, el Honorable Senador señor Larraín, se manifestó de acuerdo con considerar la cuenta pública en el texto constitucional, tal como en el caso de la cuenta del Congreso Nacional.

Enseguida, el Presidente de la Comisión Mixta puso en votación la incorporación de la cuenta pública en el texto constitucional con el siguiente resultado:

- Votaron por la afirmativa el Honorable Senador señor Larraín y los Honorables Diputados señores Gahona, Chávez, González y Schilling. Se pronunciaron por la negativa los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Quinteros y Zaldívar, y el Honorables Diputado señor Becker.

- Repetida la votación, en conformidad al artículo 182, se produjo la misma votación, quedando pendiente su resolución para la próxima sesión.

En la siguiente sesión, la Comisión Mixta tuvo en especial consideración que las normas de los artículos 26 y 30 ter de la ley orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, establecen la cuenta pública del Intendente y del Presidente del Consejo Regional, respectivamente.

Repetida la votación, se produce el siguiente resultado:

- Por la afirmativa votaron el Honorable Senador señor Larraín y los Honorables Diputados señora Cicardini y señores Chávez y Sandoval. Por la negativa se pronunciaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Quinteros, y los Honorables Diputados señores Becker y González.

Siendo rechazada la incorporación de la cuenta pública del gobernador regional en la Constitución, la Comisión Mixta deja constancia de su criterio en el sentido de la conveniencia de considerar en la ley orgánica constitucional respectiva, y que esa cuenta debe decir relación con la marcha administrativa de la Región.

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Posteriormente, el Honorable Senador señor Zaldívar solicitó abrir el debate respecto de la parte final del inciso tercero del artículo 111 propuesto, pues consideró que era necesario relevar la coordinación que imprescindiblemente debe existir entre el Gobernador y los organismos de la administración pública presentes en la región, respecto de las materias en que éste tiene competencia constitucional, la cual no es ni exclusiva ni excluyente.

Agregó que la autoridad electa estará a cargo de la administración superior de la región entendida como aquella referida al desarrollo social, cultural y económico de la misma, funciones y competencias que también tienen otras entidades de la administración que no dependen de él, por lo que se hace necesario considerar una interacción coordinada entre ellas.

Debatido el punto en el seno de la Comisión, el Ejecutivo propuso la siguiente redacción para este inciso tercero:

“El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.”.

El Honorable Senador señor Larraín, señaló que esta solución conlleva un problema complejo en orden a determinar quien tiene la responsabilidad de coordinar a los otros órganos y servicios públicos al interior de la región que no están supeditadas al gobernador regional, y sobre los cuales no tiene autoridad administrativa.

- Puesta en votación la propuesta del Ejecutivo para reemplazar el inciso tercero del Senado, fue aprobada por la mayoría de los miembros de la Comisión Mixta. Votaron a favor los Honorables Senadores señores Bianchi, Quinteros y Zaldívar, y los Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez y González. En contra, se pronunciaron los Honorables Senadores señores Espina y Larraín, y el Honorable Diputado señor Sandoval.

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Número 7

(Ha pasado a ser número 8)

Recae en el artículo 113 de la Carta Fundamental, referido al consejo regional.

El Senado en el primer trámite constitucional, modificó el artículo 113 en dos sentidos.

Primero, reemplazó su inciso segundo por el siguiente:

“El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, la cual además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional respectivo. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.”.

Esta norma modifica la disposición vigente, en el sentido de agregar una frase en su primera oración para indicar que la ley orgánica respectiva además deberá entregar las herramientas que permitan el ejercicio de las facultades fiscalizadoras a cada uno de los consejeros regionales, especialmente frente al gobernador regional.

La Cámara, en segundo trámite constitucional, modificó el inciso estableciendo que las facultades fiscalizadoras a que se refiere son del consejo regional y no de cada uno de los consejeros regionales.

El Senado, en tercer trámite constitucional, rechazó esta modificación.

Además, el Senado en el primer trámite constitucional suprimió el inciso quinto del artículo 113, que resulta contradictorio con las enmiendas previamente aprobadas para el artículo 111, supresión que fue aprobada por la Cámara de Diputados en el segundo trámite constitucional.

El Honorable Senador señor Espina manifestó que la propuesta de la Cámara haría imposible la fiscalización, y que además en la fórmula del Senado también puede realizarse individualmente, y sugirió que la fiscalización se haga en la forma que lo hace la Cámara, que es con la aprobación de 1/3 de sus miembros.

El Honorable Diputado señor Chávez consultó si las solicitudes de información están excluidas de la facultad de fiscalización, porque si para ello se requiere la facultad de fiscalización, significaría que se cercenaría la posibilidad a lo menos, de que un consejero regional pueda solicitar información respecto de cualquier iniciativa del Gobierno Regional, lo que sería un retroceso.

El Honorable Senador señor Larraín, manifestó que las solicitudes de información de cualquier consejero, están amparadas por la ley de transparencia, de modo que cualquier consejero puede solicitar toda aquella información pública que deba entregar la autoridad, para lo cual existe todo un procedimiento que es distinto a la facultad de fiscalizar.

El Honorable Diputado señor Chávez, coincidió en que cualquier ciudadano y no sólo el consejero puede solicitar información, agregando que lo que le preocupa es permitir que un consejero pueda solicitar antecedentes a través de un mecanismo más ágil y no sólo por los procedimientos de la ley de acceso a la información.

El Honorable Diputado señor Gahona hizo presente que muchas de las actividades que se desarrollan en las regiones se hacen en conjunto, entre el Gobierno central y los servicios públicos, de modo que hay mucha coordinación entre ellos, y que hoy día el Consejo regional solicita información a los servicios regionales y a los Seremis a través del gobernador regional, y que debiera necesariamente haber una instancia en que el Consejo Regional, aunque sea a través del Gobernador Regional, pueda solicitar información a los servicios públicos que dependan del Delegado Regional o al mismo Delegado Regional.

En sesión posterior, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, se propuso la siguiente redacción:

a) Agréganse los siguientes incisos, tercero, cuarto y quinto nuevos, al artículo 113:

“El Consejo Regional podrá fiscalizar los actos del Gobierno Regional. Para ejercer esta atribución el Consejo Regional, con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes, podrá adoptar acuerdos o sugerir observaciones que se transmitirán por escrito al gobernador regional, quien deberá dar respuesta fundada dentro de treinta días.

Las demás atribuciones fiscalizadoras del consejo regional y su ejercicio serán determinadas por la ley orgánica constitucional respectiva.

Además, para el inciso siguiente se plantean las siguientes redacciones alternativas:

Alternativa 1) Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional la información necesaria al efecto, quien deberá contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso anterior.

Alternativa 2) Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional o delegado presidencial regional la información necesaria al efecto, quiénes deberán contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso anterior.”.

- Puesto en votación el primer inciso propuesto, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín y Quinteros, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval.

- Sometido a votación el segundo inciso propuesto, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval.

- En votación la alternativa 1), fue rechazada por la mayoría de los miembros de la Comisión Mixta. Por el rechazo votaron los Honorables Senadores señores Bianchi, Espina y Larraín, y los Honorables Diputados Becker, González y Sandoval. A favor, los Honorables Senadores señores Quinteros y Zaldívar, y los Honorables Diputados señora Cicardini y señor Chávez.

- Puesta en votación la alternativa 2), fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval.

Con igual unanimidad y votación fue rechazada la enmienda propuesta por la Cámara de Diputados.

En consecuencia, fue aprobado el texto del Senado reemplazando su letra a) a fin de incorporar los siguientes incisos tercero, cuarto y quinto, nuevos:

“El Consejo Regional podrá fiscalizar los actos del Gobierno Regional. Para ejercer esta atribución el Consejo Regional, con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes, podrá adoptar acuerdos o sugerir observaciones que se transmitirán por escrito al gobernador regional, quien deberá dar respuesta fundada dentro de treinta días.

Las demás atribuciones fiscalizadoras del consejo regional y su ejercicio serán determinadas por la ley orgánica constitucional respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional o delegado presidencial regional la información necesaria al efecto, quiénes deberán contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso anterior.”.

Número 9

(Ha pasado a ser número 10)

El Senado, en primer trámite constitucional, intercaló, un artículo 115 bis, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

En segundo trámite constitucional la Cámara de Diputados modificó el artículo propuesto, reemplazando, en su inciso primero, la frase “una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional” por “una secretaría regional presidencial, a cargo de un secretario regional presidencial”, y sustituyó la expresión “delegado presidencial regional” por “secretario regional presidencial”, todas las veces que aparece.

El Senado, en tercer trámite constitucional, rechazó tales modificaciones.

El señor Presidente de la Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, puso en votación el texto aprobado por el Senado.

- Sometido a votación el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval. Por la misma unanimidad y votación, fue rechazada la enmienda de la Cámara de Diputados.

Número 10

(Ha pasado a ser número 11)

Mediante este numeral se modifica el artículo 116 de la Carta Fundamental, relativa a la gobernación y al gobernador.

El Senado en el primer trámite constitucional, sustituyó su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

Además, en el inciso segundo reemplazó la referencia al gobernador por otra al delegado presidencial provincial, y las dos referencias al intendente por otras tantas al delegado presidencial regional.

La Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, modificó el inciso primero, sustituyendo las expresiones “delegación presidencial provincial” por “secretaría provincial presidencial” y “delegado presidencial regional” y “delegado presidencial provincial”, por “secretario regional presidencial” y “secretario provincial presidencial”, respectivamente, todas las veces que aparece.

El Senado, en tercer trámite constitucional, lo rechazó.

El señor Presidente de la Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, puso en votación el texto aprobado por el Senado.

- Sometido a votación el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval. Por la misma unanimidad y votación, fue rechazada la enmienda de la Cámara de Diputados.

Número 11

(Ha pasado a ser número 12)

Recae en el artículo 117 de la Carta Fundamental.

El Senado, en el primer trámite constitucional reemplazó el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales” y sustituyó la palabra “delegados” por “encargados”.

En el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados reemplazó la expresión “delegados presidenciales provinciales” por “secretarios provinciales presidenciales”, y rechazó el reemplazo de la referencia a delegados por otra a encargados.

El Senado, en tercer trámite constitucional, rechazó tales modificaciones.

El señor Presidente de la Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, puso en votación el texto aprobado por el Senado.

- Sometido a votación el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval. Por la misma unanimidad y votación, fue rechazada la enmienda de la Cámara de Diputados.

Número 12

(Ha pasado a ser número 13)

Mediante este numeral, el Senado, en el primer trámite constitucional, sustituyó el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

En el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados modificó el artículo 124 que se propone, de la siguiente manera:

En sus incisos primero y segundo, reemplazó las expresiones “delegado presidencial regional” y “delegado presidencial provincial” por “secretario regional presidencial” y “secretario provincial presidencial”, respectivamente.

En el inciso sexto del Senado, que contemplaba el fuero del gobernador regional y delegados presidencial regional y provincial, lo eliminó respecto de los representantes del Presidente de la República y lo mantuvo sólo respecto del gobernador regional, al eliminar las expresiones “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial,” y “o designación, según sea el caso”.

En sus incisos séptimo y octavo, que regula el fuero de las máximas autoridades regionales eliminó de las mismas a los representantes del Presidente de la República, suprimiendo la expresión “delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial”, y la coma que la precede.

El Senado, en el tercer trámite constitucional, rechazó estas modificaciones.

El señor Presidente de la Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, puso en votación el texto aprobado por el Senado.

- Sometido a votación el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval. Por la misma unanimidad y votación, fue rechazada la enmienda de la Cámara de Diputados.

Número 15

(Ha pasado a ser número 16)

El Senado en el primer trámite constitucional, agregó, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- Las modificaciones introducidas a los artículos 111, 112 y 115 bis entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales. Asimismo, desde que asuman estas autoridades electas, las normas legales que atribuyan funciones al intendente se entenderán referidas al delegado provincial que corresponda, salvo aquéllas que, expresamente, le otorguen al intendente funciones en cuanto órgano ejecutivo del gobierno regional, las que se entenderán referidas al gobernador regional.

Mientras no ocurra esta asunción, las competencias ejecutivas de los gobiernos regionales serán desempeñadas por los intendentes designados por el Presidente de la República. Durante el mismo período el presidente del consejo regional permanecerá en funciones.

Igualmente, mientras no ocurra la asunción de los gobernadores regionales, los intendentes designados por el Presidente de la República seguirán sujetos a las normas de los artículos 32, 52 y 57 de esta Constitución.”.”.

La norma aprobada por el Senado en su inciso primero establece que la reforma de los artículos 111, 112 y 115 bis entrarán en vigencia una vez publicada la ley orgánica constitucional que fije las atribuciones entregadas a los nuevos gobernadores regionales, y en los tres incisos restantes regula el traspaso de funciones al gobernador regional en su calidad de presidente del consejo regional y de órgano ejecutivo del gobierno regional, y del actual intendente a las nuevas autoridades que en la región representan al Presidente de la República.

Cabe hacer presente que el inciso tercero del artículo 111 determina que al gobernador regional le corresponde “ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine”.

La Cámara de Diputados en el segundo trámite constitucional, la sustituyó por una del siguiente tenor:

“VIGESIMOCTAVA. La reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional producirá todos sus efectos a partir de la asunción de los gobernadores regionales electos.

La primera elección por sufragio universal en votación directa de gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que determine la ley orgánica constitucional a que se refieren los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determina la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

Sin perjuicio del período establecido en el inciso segundo del artículo 113, la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 podrá modificarlo para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales conforme a las elecciones reguladas en esta disposición transitoria, cesarán de pleno derecho en sus funciones los presidentes de los consejos regionales, y asumirá dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes otorgan expresamente al intendente como órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al secretario regional presidencial que corresponda. Asimismo, se entenderán atribuidas al secretario provincial presidencial las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes entregan al gobernador.”.

El Senado, en el tercer trámite constitucional, rechazó esta enmienda.

Como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, el Ejecutivo propuso el siguiente texto:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- La primera elección por sufragio universal en votación directa de los gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que señale la ley orgánica constitucional a que aluden los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determine la forma y modo en que el Presidente de la República transferirá a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias, conforme lo establece el artículo 114.

El período establecido en el inciso segundo del artículo 113 podrá ser modificado de forma transitoria por la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Una vez que asuman los gobernadores regionales electos, los presidentes de los consejos regionales cesarán de pleno derecho en sus funciones, y asumirá dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que las leyes otorgan expresamente al intendente en tanto órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, las funciones y atribuciones que las leyes entregan al gobernador se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial.

Mientras no asuman los primeros gobernadores regionales electos, a los cargos de intendentes y gobernadores les serán aplicables las disposiciones constitucionales vigentes previas a la publicación de la presente reforma constitucional.”

El Subsecretario del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente, señaló que con esta norma se aclaran las confusiones que existían con respecto a la fecha en que debe realizarse la primera elección, estableciéndose dos condiciones copulativas, la primera que esté la fecha de la elección en la ley orgánica, y segundo, que esté promulgado el proyecto sobre traspaso de competencias.

Asimismo, el Ejecutivo manifestó que siempre su disposición ha sido que la primera elección de Gobernador Regional sea en noviembre del año 2017 y en ese sentido se está trabajando en todos los proyectos relacionados.

El Honorable Diputado señor Chávez solicitó que se ratifique el compromiso político en cuanto a que la elección de Gobernador se lleve a cabo el próximo año, pues esta disposición propuesta establece dos condiciones que de no cumplirse, harían imposible dicha elección.

Por último, el Ejecutivo señaló que una vez que se publique esta reforma constitucional se debe ingresar una ley orgánica que considere todas las materias que se han hecho presente a lo largo del debate, respecto de las cuales ya se está haciendo un trabajo muy intenso para presentarla en cuanto esta se publique.

Finalmente, la Comisión debatió sobre la mejor redacción del inciso primero de la norma incluida la posibilidad de realizar una expresa mención al proyecto que fortalece la regionalización del país incluyendo su respectivo boletín. Asimismo, en el seno de la Comisión se discutió sobre la pertinencia de establecer que una ley pueda alterar el plazo constitucional de un cargo fijado constitucionalmente.

Para superar las observaciones, con acuerdo del Ejecutivo se introdujeron reformas formales a los dos primeros incisos que quedan con la siguiente redacción:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- La primera elección por sufragio universal en votación directa de los gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que señale la ley orgánica constitucional a que aluden los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley que establezca un nuevo procedimiento de transferencia de competencias a las que se refiere el artículo 114.

El período establecido en el inciso segundo del artículo 113 podrá ser adecuado por la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan.

Por último, la Comisión Mixta acordó que la ley que adecue el período del inciso segundo del artículo 113 deberá ser aprobada por las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.

- La proposición formulada por el Ejecutivo fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini y señores Becker, Chávez, González y Sandoval. Por la misma votación y unanimidad fue rechazada la enmienda de la Cámara de Diputados.

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En mérito de lo expuesto y de los acuerdos adoptados, vuestra Comisión Mixta tiene el honor de proponeros, como forma y modo de salvar las diferencias entre ambas Cámaras del Congreso Nacional, lo siguiente:

Número 1

(texto Senado)

Aprobar el texto del Senado que sustituye, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”

( unanimidad 10x0)

Número 2

(texto Cámara de Diputados)

Aprobar el texto de la Cámara de Diputados sustituyendo su letra a) por la siguiente:

“a) Reemplázase en el literal e) del número 2) del artículo 52 la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”. (mayoría 7x3).

Número 3, nuevo

(texto Cámara de Diputados)

Incorporar el número 3, nuevo, propuesto por la Cámara de Diputados que agrega en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o de un gobernador regional”.( mayoría 9x1 abstención)

Número 3 (que pasa a ser 4)

(texto Senado)

Aprobar el texto del Senado que sustituye en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales”. ;”

(unanimidad 10x0)

Número 4 (que pasa a ser 5)

(texto Senado)

Aprobar el texto del Senado que reemplaza los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

“14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”. ( unanimidad 10x0)

Número 5 (que pasa a ser 6)

(texto Senado)

Aprobar el texto del Senado reemplazando su inciso tercero por el siguiente:

“El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.”. ( unanimidad 10x0)

Número 7 ( pasa a ser 8)

Letra a)

(texto Mixta)

Reemplazar la letra a) del texto del proyecto del Senado por la siguiente:

“a) Intercalar como incisos tercero, cuarto y quinto, nuevos, los siguientes:

El Consejo Regional podrá fiscalizar los actos del Gobierno Regional. Para ejercer esta atribución el Consejo Regional, con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes, podrá adoptar acuerdos o sugerir observaciones que se transmitirán por escrito al gobernador regional, quien deberá dar respuesta fundada dentro de treinta días.

Las demás atribuciones fiscalizadoras del consejo regional y su ejercicio serán determinadas por la ley orgánica constitucional respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional o delegado presidencial regional la información necesaria al efecto, quiénes deberán contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso anterior.”

(inciso primero, unanimidad 9x0)

(incisos segundo y tercero, unanimidad 10x0)

Número 9 (pasa a ser 10)

(texto de Senado)

Aprobar el texto del Senado que intercala, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.” (unanimidad 10x0)

Número 10 (pasa a ser 11)

Letra a)

(texto Senado)

Aprobar el texto del Senado que modifica el artículo 116, en los siguientes términos:

“a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Efectúanse, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

i. Sustitúyese la voz “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente”, las dos veces que aparece, por la locución “delegado presidencial regional”.”. (unanimidad 10x0)

Número 11(pasa a ser 12)

(texto de Senado)

Aprobar el texto del Senado que modifica el artículo 117, del modo que sigue:

a) Reemplázase el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”.

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por “encargados”. (unanimidad 10x0)

Número 12 (pasa a ser 13)

(texto de Senado)

Aprobar la norma del Senado que sustituye el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”. (unanimidad 10x0)

Número 15 (pasa a ser 16)

(texto Mixta)

Reemplazar la disposición transitoria, por la siguiente:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- La primera elección por sufragio universal en votación directa de los gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que señale la ley orgánica constitucional a que aluden los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley que establezca un nuevo procedimiento de transferencia de competencias a las que se refiere el artículo 114.

El período establecido en el inciso segundo del artículo 113 podrá ser adecuado por la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan. Esta modificación requerirá, para su aprobación, del voto favorable de los 3/5 de los diputados y senadores en ejercicio.

Una vez que asuman los gobernadores regionales electos, los presidentes de los consejos regionales cesarán de pleno derecho en sus funciones, y asumirá dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que las leyes otorgan expresamente al intendente en tanto órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, las funciones y atribuciones que las leyes entregan al gobernador se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial.

Mientras no asuman los primeros gobernadores regionales electos, a los cargos de intendentes y gobernadores les serán aplicables las disposiciones constitucionales vigentes previas a la publicación de la presente reforma constitucional.”( unanimidad 10x0)

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A título meramente informativo, cabe hacer presente que de ser aprobada la proposición de la Comisión Mixta, el texto de la iniciativa legal queda como sigue:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”.

2) Introdúcense en el número 2) del artículo 52 las siguientes enmiendas:

a) Reemplázase, en el literal e) la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

b) Agrégase en el párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República”, la frase “o de un gobernador regional”.”.

3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República” la frase “o de un gobernador regional”.

4) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales”.

5) Reemplázanse los numerales 14° y 15° del artículo 93, por los siguientes:

“14°. Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios y gobernadores regionales;

15°. Calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario en los términos del inciso final del artículo 60, o por un gobernador regional, y pronunciarse sobre la renuncia al cargo respectivo, y”.

6) Sustitúyese el artículo 111, por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.

7) Derógase el artículo 112.

8) Modifícase el artículo 113, en la siguiente forma:

a) Intercálese como incisos tercero, cuarto y quinto, nuevos, los siguientes:

“El Consejo Regional podrá fiscalizar los actos del Gobierno Regional. Para ejercer esta atribución el Consejo Regional, con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes, podrá adoptar acuerdos o sugerir observaciones que se transmitirán por escrito al gobernador regional, quien deberá dar respuesta fundada dentro de treinta días.

Las demás atribuciones fiscalizadoras del consejo regional y su ejercicio serán determinadas por la ley orgánica constitucional respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional o delegado presidencial regional la información necesaria al efecto, quiénes deberán contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso anterior.”

b) Suprímese su inciso quinto.

9) En el artículo 114 introdúcense las siguientes modificaciones:

- Reemplazar la expresión “podrá transferir” por “transferirá.”.

10) Intercálase, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

11) Modifícase el artículo 116, en los siguientes términos:

a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Efectúense, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

i. Sustitúyese la voz “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente”, las dos veces que aparece, por la locución “delegado presidencial regional”.

12) Modifícase el artículo 117, del modo que sigue:

a) Reemplázase el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”.

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por “encargados”.

13) Sustitúyese el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial, serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

14) Introdúcense, en el artículo 125, las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero, la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase, en el inciso tercero, la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

15) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 126, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

16) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- La primera elección por sufragio universal en votación directa de los gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que señale la ley orgánica constitucional a que aluden los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley que establezca un nuevo procedimiento de transferencia de competencias a las que se refiere el artículo 114.

El período establecido en el inciso segundo del artículo 113 podrá ser adecuado por la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan. Esta modificación requerirá, para su aprobación, del voto favorable de los 3/5 de los diputados y senadores en ejercicio.

Una vez que asuman los gobernadores regionales electos, los presidentes de los consejos regionales cesarán de pleno derecho en sus funciones, y asumirá dichas funciones el respectivo gobernador regional.

Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que las leyes otorgan expresamente al intendente en tanto órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, las funciones y atribuciones que las leyes entregan al gobernador se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial.

Mientras no asuman los primeros gobernadores regionales electos, a los cargos de intendentes y gobernadores les serán aplicables las disposiciones constitucionales vigentes previas a la publicación de la presente reforma constitucional.”

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Acordado en sesiones celebradas los días 30 de noviembre y 12 y 13 de diciembre de 2016., con asistencia de sus miembros, Honorables Senadores señores Bianchi, Espina, Larraín (Von Baer), Quinteros y Zaldívar, y Honorables Diputados señora Cicardini (Schilling) y señores Becker, Chávez, Gahona (Sandoval) y González (Farías).

Sala de la Comisión Mixta, a 14 de diciembre de 2016.

JUAN PABLO DURÁN G.

Secretario de la Comisión Mixta

4.2. Discusión en Sala

Fecha 14 de diciembre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 74. Legislatura 364. Discusión Informe Comisión Mixta. Pendiente.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL Y ESTABLECIMIENTO DE FIGURA DE DELEGADO PROVINCIAL. INFORME DE COMISIÓN MIXTA

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Conforme a lo acordado por los Comités, corresponde poner en discusión el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno regional, con urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el primer proyecto (9.834-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República):

En primer trámite: sesión 77ª, en 6 de enero de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el segundo proyecto (10.330-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señor Horvath, señora Lily Pérez y señores Guillier, Quinteros y Zaldívar).

En primer trámite: sesión 59ª, en 7 de octubre de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el tercer proyecto (10.422-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela).

En primer trámite: sesión 77ª, en 25 de noviembre de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el cuarto proyecto (10.443-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señores Chahuán y García-Huidobro).

En primer trámite: sesión 81ª, en 15 de diciembre de 2015 (se da cuenta).

En tercer trámite: sesión 60ª, en 8 de noviembre de 2016.

Informes de Comisión:

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 99ª, en 27 de enero de 2016.

Gobierno, Descentralización y Regionalización (segundo): sesión 52ª, en 4 de octubre de 2016.

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 62ª, en 15 de noviembre de 2016.

Mixta: sesión 74ª, en 14 de diciembre de 2016.

Discusión:

Sesiones 101ª, en 1 de marzo de 2016 (se aprueba en general); 53ª, en 5 de octubre de 2016 (se aprueba en particular); 67ª, en 22 de noviembre de 2016 (se rechazan las proposiciones de la Comisión de Gobierno, en relación con las enmiendas de la Cámara de Diputados y pasa a Comisión Mixta).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras derivan del rechazo por parte del Senado, en el tercer trámite constitucional, de la totalidad de las enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputados.

La Comisión Mixta, como forma de resolver las divergencias entre ambas Cámaras, efectúa una proposición que se reseña sucintamente a continuación, la que acordó con las votaciones que consigna en cada caso en su informe:

-Número 1: mantener el texto del Senado.

-Número 2: aprobar el texto de la Cámara de Diputados, sustituyendo su letra a).

-Número 3: incorporar el número 3, nuevo, propuesto por la Cámara de Diputados.

-Número 4: aprobar el texto del Senado.

-Número 5: aprobar el texto del Senado.

-Número 6: aprobar el texto del Senado, reemplazando su inciso tercero.

-Número 8: reemplazar la letra a) del texto del proyecto del Senado.

-Número 10: aprobar el texto del Senado.

-Número 11: aprobar el texto del Senado para la letra a).

-Número 12: aprobar el texto del Senado.

-Número 13: aprobar la norma del Senado.

-Número 16: reemplazar la disposición transitoria propuesta.

Cabe hacer presente que todos los numerales del proyecto de reforma constitucional, con la sola excepción del numeral 5), requieren para su aprobación de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, esto es, 22 votos favorables. Por su parte, el numeral 5), que recae en el Capítulo VIII de la Constitución Política de la República, necesita para ser aprobado el voto conforme de los dos tercios de los Senadores en ejercicio, es decir, 25 votos a favor.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición figuran en las dos últimas columnas la proposición de la Comisión Mixta y el texto que quedaría de aprobarse el informe de ese órgano técnico.

El señor ESPINA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Espina y, después, los Senadores señores Harboe y Horvath.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente, quiero preguntar lo siguiente.

El Secretario mencionó una norma que requería para su aprobación el quorum de dos tercios. ¿En qué página está?

El señor LAGOS (Presidente).-

No estoy seguro, pero el numeral por el que pregunta el señor Senador, que debe aprobarse con 25 votos favorables, se refiere al Tribunal Constitucional.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Es el número 5) del artículo único, que se halla en la página 3 del boletín comparado y recae en el Capítulo VIII de la Constitución Política.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , para entender bien, en la página 3 del boletín comparado está el numeral 5), que se refiere a las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo. Estamos hablando de las atribuciones del Tribunal Constitucional.

El señor Secretario me señaló que era esa página y ese numeral. Lo que deseo saber es si esa norma es la que requiere un quorum de 25 votos favorables.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Sí, señor Senador. Se trata del numeral 4), que ha pasado a ser 5).

El señor ESPINA.-

Lo entiendo. Pero quiero saber si es el que se refiere a las facultades del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Así es.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

A mi entender, esa es la única norma de este proyecto -vamos a pedirle al señor Secretario que lo confirme- que requiere para su aprobación el voto favorable de dos tercios de los Senadores en ejercicio. El resto de los numerales del artículo único necesitan aprobarse con 22 votos positivos.

Tiene la palabra el Senador señor Harboe para una cuestión de Reglamento.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , en primer término, quiero recordar, una vez más, que esta reforma constitucional no ha sido vista por la Comisión de Constitución del Senado de la República, situación que me parece extremadamente delicada. Y tengo que hacerla presente porque no la considero adecuada.

En segundo lugar, manifiesto mi preocupación porque al calificar el Ejecutivo con urgencia de "discusión inmediata" este proyecto -legítimamente, por lo demás- se logró sortear un requisito propio de la democracia para que los Senadores y Senadoras tengamos todos los antecedentes a disposición: el informe de Comisión.

Lamentablemente, más allá del gobierno de turno, la Sala debatirá un proyecto de reforma constitucional trascendente para la Administración del Estado sin el informe de la Comisión, lo cual considero en extremo delicado. Por esa razón, deseaba hacerlo presente antes del inicio de la discusión.

Gracias.

El señor LARRAÍN.-

¿Puedo informar, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

Voy a dar la palabra primero a los tres señores Senadores que la han pedido.

Pero antes deseo manifestar, tras escuchar al Honorable señor Harboe , que la Mesa no tiene alternativa...

El señor HARBOE .-

Lo sé.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

No obstante, entiendo el predicamento de Su Señoría. Porque para una reforma de esta naturaleza tal vez habría sido conveniente contar con ese informe para que todos los señores Senadores y señoras Senadoras estuvieran informados sobre el texto propuesto y así procedieran después a votar en consecuencia.

Sin embargo, no existe alternativa desde el punto de vista reglamentario. La única opción sería que el Gobierno considerara retirar la urgencia a fin de discutir y votar el informe de la Comisión Mixta el próximo martes.

Pero entiendo que eso no es probable.

Me dicen que no. Me parece muy bien; están en su derecho.

Por lo tanto, nos pronunciaremos sin el informe respectivo.

Están inscritos los Senadores señores Horvath, señora Muñoz y señores Larraín y Moreira.

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , en primer término, me parece absolutamente extemporáneo pedir a estas alturas que este proyecto, que lleva casi dos años y medio de trámite legislativo, pase a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, ya que se ha tenido oportunidad de participar en el debate, se han llevado a cabo discusiones en la Sala y a este nivel los argumentos de algunos -se lo digo con mucho respeto al Senador Felipe Harboe - parecen más dirigidos a dilatar la tramitación que a superar algún problema.

En segundo lugar, le recuerdo a esta Sala que hubo un compromiso de todos los candidatos presidenciales, no solo de la actual Primera Mandataria , para avanzar en esta materia.

Además, la Presidenta Bachelet formó la Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Regional, cuya tarea se cumplió a cabalidad en todas las regiones de Chile, con un alto grado de participación.

Esta es apenas una fracción de las propuestas de ese organismo.

Por lo tanto, tenemos que decir si estamos o no por la elección de gobernador regional -o como se llame esa autoridad- y no buscar distintos tipos de razones para postergar la aprobación de esta iniciativa. Porque el tema está más que maduro y el país requiere una solución.

La labor de la mencionada comisión presidencial de descentralización continúa a través de la Fundación Chile Descentralizado... Desarrollado, presidida por Heinrich von Baer e integrada por Diego Portales , que tiene además presencia en todas las regiones de Chile. O sea, la gente que participó en esta tarea lo está requiriendo, por decirlo en términos breves. No es algo que se pueda postergar.

Ahora, las visiones encontradas que se produjeron entre el Senado y la Cámara de Diputados están -diría- razonablemente bien resueltas. Es lo que, dentro de lo posible, podíamos esperar.

Sin embargo, aparte de destacar que se mantiene el nombre de "delegado presidencial" para el representante del Presidente de la República -es obvio, porque el de "secretario presidencial" generaba confusión-, se resuelven algunos temas como el de la fiscalización, que será ejercida, al igual que en la Cámara de Diputados, con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales y no por cada uno de ellos, ya que eso implicaría un proceso infinito, impropio de un órgano que pretende desarrollar una buena labor.

Algunas materias sustanciales se dejan a una ley orgánica constitucional. Es una manera de zafarse del problema.

Estimo que, como dice la disposición transitoria VIGÉSIMO OCTAVA que se propone, debemos asegurar y garantizar que, en forma paralela, el traspaso de competencias y la ley orgánica constitucional sean tramitados en plazos que posibiliten que la elección se realice el año 2017.

Por eso llamo con bastante prudencia a que los parlamentarios, independiente de sus posiciones personales, también adopten un accionar más colectivo en cuanto al respeto de sus programas, de sus compromisos presidenciales, de la línea planteada no solo por el actual Gobierno, sino también por el anterior, para que votemos a favor de este proyecto de una vez por todas y demos garantías de que se tramitarán las iniciativas asociadas en enero próximo.

Gracias, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Se han inscrito varios señores Senadores.

Les recuerdo que estamos debatiendo el informe de la Comisión Mixta. Pueden intervenir por diez minutos y después procederemos a votar. Naturalmente, se puede fundamentar. Se hará una sola votación.

Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz para un asunto de Reglamento.

La señora MUÑOZ.-

Señor Presidente , pese a la complejidad de esta materia y al llamado de los colegas a debatir con premura un texto que recién estamos conociendo, solicito abrir la votación.

El señor QUINTEROS.-

Pero hay normas con especial quorum.

La señora MUÑOZ.-

Se llevará a cabo una sola votación.

El señor LAGOS (Presidente).-

Se ha pedido iniciar la votación, conservando los 10 minutos para intervenir.

El señor MOREIRA.-

Solicito la palabra para un punto de Reglamento, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Le voy a dar la palabra, Su Señoría.

No hay unanimidad para acceder a lo solicitado.

La señora MUÑOZ.-

Me tengo que retirar.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Moreira para un asunto reglamentario.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente , por su intermedio, el Senador Horvath señaló que debemos tener cierto grado de prudencia respecto a cómo estamos manejando esta situación. ¡Y respeto! Y yo quiero señalar que el Gobierno debe tener respeto por este Parlamento. Porque lo que se está haciendo aquí es generar un precedente.

Generalmente, la mayoría de las reformas -no digo todas, porque me puedo equivocar- pasan por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. No entiendo por qué razón en esta oportunidad se ha incurrido, a mi juicio, en un error garrafal. ¿Porque le conviene al Gobierno? ¿Porque el oficialismo no tiene los votos para aprobar el proyecto? Y lo que ha hecho el Senador Harboe es prevenirnos de una situación que puede generar complicaciones en el futuro.

Termino manifestando, señor Presidente , que me parece que aquí no se puede legislar a la voluntad del Gobierno. Si no tiene los votos suficientes para aprobar una reforma constitucional, es problema de él, no de nosotros. Y creo que este proyecto debiera ir a la Comisión de Constitución.

Estoy convencido -porque no voy a pedir la palabra para fundamentar mi voto- de que la abstención es la opción más adecuada frente al mal manejo en el trámite de esta iniciativa.

El señor LAGOS (Presidente).-

Voy a reiterar la solicitud que se ha hecho de abrir la votación manteniendo los tiempos.

No hay unanimidad.

Si no la están dando, no puedo forzarla.

Señores Senadores, este es un tema tremendamente delicado e importante, y les quiero pedir que en las intervenciones tratemos de fundamentar nuestro voto sin atribuir intencionalidades a las visiones distintas que existen sobre el proyecto o a la forma en que este ha sido tratado.

Previo a darle la palabra a quien presidió la Comisión Mixta, me ha solicitado intervenir el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Para un asunto reglamentario, señor Presidente . Hay que responderle al Senador Horvath .

El señor LAGOS (Presidente).-

Sí, pero no necesariamente tengo que darle la palabra inmediatamente.

El señor HARBOE.-

¿Cuándo entonces: al final de la sesión?

El señor LAGOS (Presidente).-

Al final de la sesión.

¿Sabe lo que pasa? Es que yo quiero cautelar el ambiente.

El señor HARBOE.-

Pero yo no puedo permitir, señor Presidente , que alguien diga algo que no es correcto. ¡Está equivocado!

El señor LAGOS (Presidente).-

Está bien.

Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , con mucho respeto y cariño al Senador Horvath -por su intermedio-, quiero decir que yo tengo una posición frente a este proyecto. Y lo que estoy planteando no tiene que ver con una medida dilatoria. Ni siquiera estoy pidiendo que vaya a la Comisión de Constitución. Estoy advirtiéndole a la Sala del Senado que esta reforma constitucional no pasó por dicha Comisión. Y lo hago presente porque esto va a servir de precedente para que en futuras reformas constitucionales alguien pueda argumentarlo.

En segundo lugar, deseo plantearle también al Senador Horvath que es complejo -insisto- que a todos nosotros se nos haya entregado un informe hace, digamos, un minuto. Es complicado cuando se trata de analizar un proyecto de reforma constitucional.

Solo eso. No pretendo dilatar la votación ni mucho menos. Únicamente quiero hacer presente a la Sala, porque me parece un acto de responsabilidad, que no considero adecuado, primero, que una reforma constitucional como esta no haya pasado por la Comisión de Constitución, y segundo, que recién se nos entregue el informe correspondiente, una vez iniciada la sesión.

Después debatiremos con fundamentos cada uno de los argumentos a favor y en contra del proyecto, con mucho respeto, como corresponde.

El señor LAGOS (Presidente).-

Reitero que lo ideal hubiese sido contar con el informe con anterioridad. Esta es una materia tremendamente importante, pero aquello no depende de la Mesa -insisto-, sino del Gobierno, que cambió la urgencia a "discusión inmediata", y en consecuencia no tenemos ninguna otra posibilidad en la testera,...

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

En la Cámara sí pasó por Constitución.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

... más allá de que en la Cámara haya ido a Constitución.

Dicho lo anterior, le quiero pedir al Senador señor Larraín, quien presidió la Comisión Mixta, que nos dé un informe sobre el contenido del proyecto.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , a nosotros, por las razones que aquí se han expuesto, nos parece altamente inconveniente que se abra la votación. Sin embargo, comprendemos la situación personal que afecta a una Senadora y por eso queremos pedir que se abra la votación solamente respecto de ella.

Entiendo que el Reglamento lo permite respecto de un Senador y que para el resto el proceso siga como corresponde.

No queremos tener ningún obstáculo personal...

El señor PIZARRO.-

¡Para dos Senadores, por razones de salud!

El señor LARRAÍN.-

¡Perdón!

Estoy diciendo que nosotros no queremos que se abra la votación y tenemos razones objetivas para ello. Creemos que este es un problema serio, donde se han saltado los plazos, donde se han saltado los informes de las Comisiones, como bien lo dijeron el Senador Harboe y el Senador Moreira.

Sin embargo, si hay una situación de salud que afecta a un o una colega, nosotros accedemos de inmediato a la solicitud, pero solo respecto de la persona que está invocando razones de salud, no para aquellos que tienen que irse a otra parte, aunque sea por motivos muy explicables, pues entendemos que primero está el deber con el Senado.

El señor LAGOS (Presidente).-

Estamos estudiando su requerimiento, Senador Larraín.

¡Ha tomado por sorpresa a la Mesa con su propuesta!

El señor PÉREZ VARELA .-

¡La Mesa vive sorprendida...!

El señor LAGOS (Presidente).-

Mientras, le voy a dar la palabra al Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señor Presidente, me alegra el planteamiento que acaba de formular el Presidente de la UDI, porque todos sabemos que de repente se presentan situaciones personales, humanas, de salud o de otro tipo que, al igual que en cualquier otro trabajo, obligan a salir a determinada hora, o bien se ha asumido un compromiso impostergable o se está frente a una coyuntura que es necesario resolver.

En el caso de nuestra bancada, respaldamos que se abra la votación respecto de la Senadora señora Muñoz , pero lo mismo pedimos para el colega Patricio Walker , por una situación personal que puedo explicar después a quienes les llame la atención.

El señor LAGOS (Presidente).-

Le voy a pedir al señor Secretario que se pronuncie sobre la solicitud que se le ha hecho a la Mesa.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

La verdad de las cosas, señor Presidente, es que el Reglamento no ha sido modificado.

Su artículo 168, inciso segundo, permite votar antes, pero "durante la votación". ¿Por qué? Lo voy a explicar en forma muy breve: porque antiguamente se votaba en orden alfabético, el cual iba cambiando de sesión en sesión. Siempre se partía por un Senador distinto y se permitía votar antes a quienes figuraran mucho más atrás en el listado.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

En estricto rigor, este no sería el caso, porque en la actualidad la votación es electrónica y todos votamos al mismo tiempo. Antes se consideraba la posibilidad de votar con anticipación, Senador Larraín, en la medida en que se votaba por orden alfabético, de modo que la Senadora Muñoz, en esas circunstancias, habría votado antes que el Senador Prokurica, por ejemplo.

El señor PIZARRO.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).-

¿Tiene alguna propuesta constructiva, señor Senador?

El señor PIZARRO .-

Señor Presidente , ¿por qué no solicita el asentimiento de la Sala para abrir la votación, manteniendo los tiempos de intervención?

Eso es todo lo que pedimos. Porque sería la misma situación. Y si alguien quisiera justificar su voto después, no habría ningún problema. Pero busquémosle una solución al asunto, lo cual se puede hacer por la unanimidad de la Sala, que puede suspender transitoriamente la aplicación del Reglamento.

Sin embargo, con la proposición que estoy formulando, ni siquiera sería necesario suspenderlo, pues, con la apertura de la votación, quienes quisieran fundamentar su voto lo podrían hacer.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Yo sé que esto me puede hacer ganar pocos amigos, pero entiendo que usted, Senador Pizarro , está planteando mantener los diez minutos y además dar la posibilidad de fundamentar el voto.

El señor PIZARRO.-

Para los que quieran, ya que algunos han dicho que les puede faltar tiempo.

El señor LAGOS (Presidente).-

Claro, porque estamos frente a un tema de tal envergadura que tal vez algunos Senadores quisieran usar los diez minutos del debate y los cinco minutos de la fundamentación del voto, que suman quince en total.

El señor PIZARRO .-

Exacto. Pero hay algunos que no vamos a intervenir en aras de un más pronto despacho.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Entonces, quizás se podría plantear abrir la votación manteniendo los quince minutos.

El señor COLOMA .-

¡No!

El señor LAGOS (Presidente).-

No hay unanimidad.

Les propongo lo siguiente: sigamos reflexionando; entretanto, escuchemos al Senador Larraín, y después veamos si ha cambiado el ambiente.

El señor MOREIRA.-

¡Reglamento, señor Presidente!

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Moreira, para un asunto reglamentario.

El señor MOREIRA.-

Muy breve, señor Presidente .

Así como nosotros estamos haciendo un gesto, ¿por qué el Gobierno no coloca el proyecto para el próximo martes, con "discusión inmediata"?

O, si quieren, también podemos citar a sesión para el jueves o el viernes.

Repito: así como nosotros estamos teniendo un gesto con una Senadora, o con un Senador -aunque, lamentablemente, ello lo impide el Reglamento-, ¿por qué el Gobierno no asume la misma actitud que se nos pide a nosotros?

Esto no es de vida o muerte. Por lo tanto, el Gobierno puede retirar la "discusión inmediata" y la Mesa colocar el proyecto en el primer lugar de la tabla del próximo martes o de otro día.

El señor LAGOS (Presidente).-

Ya se han hecho todo ese tipo de sugerencias, señor Senador, y por alguna razón seguimos en el mismo predicamento.

El señor COLOMA .-

¡El Gobierno no oye!

El señor LAGOS (Presidente).- Senador Larraín, tiene la palabra para dar cuenta del informe de la Comisión Mixta, en tanto Presidente de dicho organismo.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , quisiera insistir en que por acuerdo unánime de la Sala se autorizara a dos colegas a votar antes, a dejar sus votos, lo cual permitiría zanjar la inquietud que tienen todos y seguir en el orden normal de la sesión.

El señor PIZARRO .-

¡Es lo que yo planteé!

El señor MOREIRA.-

¡Es que no se entendió!

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

El Presidente de la Corporación señaló que eso no se podía hacer y la opinión de la Mesa es que reglamentariamente no corresponde.

El señor LARRAÍN.-

Por unanimidad podríamos adoptar ese acuerdo. Nosotros lo ofrecemos como una manera de resolver el problema que afecta a la Senadora Muñoz y al Senador Patricio Walker .

Le pido que recabe el parecer de la Sala, señor Presidente.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

¿Por qué mejor no escuchamos primero al Presidente de la Comisión Mixta y después vemos nuevamente si hay unanimidad al respecto?

Tiene la palabra el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Gracias, señor Presidente.

Me imagino que en el intertanto se podrá conversar para buscar una solución. Nosotros estamos llanos y hemos propuesto algunas alternativas.

Efectivamente, este ha sido un proyecto muy discutido, con temas bastante complejos, así que me gustaría exponer algunos de los elementos que dicen relación con su estructura central.

Sin perjuicio de ello, la labor de la Comisión Mixta, que me tocó presidir en reemplazo de la Senadora Ena von Baer, abordó las diferencias suscitadas entre ambas cámaras.

Me voy a referir a las principales, a manera de información, para que cada uno pueda tomar las decisiones del caso.

El primer tema se relaciona con la denominación. Primero se hablaba de "secretarios regionales presidenciales" y se usaban otros títulos. Finalmente, hubo acuerdo para que, por un lado, el nombre fuera el de "gobernador regional", que será elegido, y por el otro, tratándose de las autoridades designadas por el Presidente de la República , de "delegado presidencial regional" y de "delegado presidencial provincial", según el caso.

Este fue el primer acuerdo, que se obtuvo por mayoría, a partir del cual se hicieron muchos cambios menores a los que no me voy a referir.

El segundo consenso relevante tiene que ver con quién debe definir los conflictos sobre inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los gobernadores regionales. Existía la duda de si lo debía hacer el Tribunal Constitucional o el Tribunal Calificador de Elecciones. En definitiva, en la Comisión Mixta se acordó que esta materia fuera resuelta por el Tribunal Constitucional.

En seguida, se suscitó una discusión en cuanto a la labor que le correspondería efectuar al gobernador regional en relación con los servicios públicos que no se hallen bajo su dependencia. El delegado presidencial tendrá imperio sobre aquellos ubicados dentro de la órbita del Ejecutivo , en tanto que el gobernador regional lo tendrá respecto de aquellos que le delegue la ley que fije sus atribuciones y competencias.

Sin embargo, la duda era qué rol le iba a corresponder al gobernador regional respecto de servicios públicos que no estuvieran dentro de su esfera. Sobre el particular, se llegó a una fórmula de transacción, según la cual la principal autoridad regional -lo pueden ver en la página 4 del comparado- presidirá el consejo y ejercerá las funciones y atribuciones que la ley orgánica determine, pero en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Con ello se evita que tenga que coordinar directamente a los otros, pues eso podría generar un conflicto.

Debo dejar constancia de que, así y todo, en la discusión se suscitó la duda de si aquello iba a resolver las controversias que se presentaran por tener dos autoridades que deben actuar frente a situaciones concretas y donde el problema de la coordinación de los organismos puede llegar a ser una traba para resolver, del modo más efectivo y eficaz posible, las inquietudes que surjan.

En materia de fiscalización, donde también hubo un arduo debate, el acuerdo consiste, fundamentalmente, en permitir que el consejo regional fiscalice los actos del gobierno regional.

La discusión se centró en si un consejero podría -como se lo autoriza hoy día la ley- ejercer funciones de fiscalización o si estas tendrían que ser llevadas a cabo por el consejo regional, por mayoría.

Ambas posiciones fueron consideradas extremas y se prefirió seguir el modelo de fiscalización de la Cámara de Diputados, de tal manera que el CORE podría realizar actos de fiscalización sobre los órganos que le corresponda fiscalizar con el acuerdo de un tercio de sus miembros, sin perjuicio de lo cual se agregó, adicionalmente, la posibilidad de que cualquier consejero solicite del gobernador regional o del delegado presidencial informaciones de carácter público o antecedentes que sean relevantes para el ejercicio de su función.

Por lo tanto, el consejo regional podrá ejecutar acciones de fiscalización por mayoría, pero un tercio de sus miembros también podrá realizarlas al modo en que lo hace la Cámara de Diputados, de manera que las minorías efectivamente puedan ejercer tal responsabilidad, sin perjuicio de las solicitudes de información que podrá efectuar cada consejero individualmente considerado.

En cuanto a las disposiciones transitorias, se adoptaron los siguientes acuerdos.

El primero es que la presente normativa, en caso de aprobarse el informe de la Comisión Mixta, entrará a regir una vez que se hayan cumplido ciertos requisitos previos: uno apunta a la necesidad de modificar la ley orgánica de elecciones para adaptarla a lo que dispone esta reforma constitucional, y el segundo es que deberá estar aprobado el proyecto de ley que establece nuevas transferencias de competencias a las regiones.

Tales son los dos requisitos previos para que pueda operar la normativa en debate.

Por otro lado, se contempla la posibilidad de que sea la ley orgánica constitucional respectiva la que defina los plazos en que ella entrará a regir. Sin embargo, como eso importa una modificación del Texto Fundamental, se acordó que esta enmienda requiriera para su aprobación el voto favorable de los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio.

Vale decir, se le entrega a la ley orgánica la posibilidad de definir los plazos, pero, para mantener la sintonía constitucional, se le fija el quorum que para esta materia establece la Carta, porque, en definitiva, aquí podría modificarse una norma de carácter constitucional a través de una ley orgánica, lo que, ciertamente, sería cuestionable.

Por eso, tal como se ha hecho en otras oportunidades, se prefirió operar de esta forma.

Las demás disposiciones son de carácter operativo. Las sustantivas -aunque no todas acordadas por unanimidad; hubo mucha discusión y votos dispersos- son aquellas que le permitieron a la Comisión llegar al texto que hoy se somete a la consideración del Senado.

Las votaciones son dos, porque una materia específica, que importa una reforma constitucional, requiere dos tercios para su aprobación, en tanto que el resto son normas para las cuales solamente bastan los tres quintos, tal como lo indicó el Secretario General de nuestra Corporación.

He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).-

Muy bien.

Muchas gracias, Senador señor Larraín, por su exhaustivo informe.

Tiene la palabra el Ministro señor Eyzaguirre.

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , lamento profundamente la situación ocurrida, porque hay que recordar que la iniciativa pasó a Comisión Mixta por algunos temas que, siendo importantes, no eran de la esencia del proyecto.

En aquel entonces se comprometió que se iba a revisar la controversia rápidamente en esa instancia, para luego analizarla en la Sala. Eso fue un acuerdo transversal.

No obstante, la tramitación del proyecto se ha seguido demorando y demorando. Y hoy día hemos tenido una lamentable situación en que algunos Senadores, por razones de salud o por motivos impostergables, tienen que abandonar la Sala.

Más aún, no se ha querido abrir la votación, con lo cual no vamos a hacer un ejercicio plenamente democrático, pues no todas las Senadoras y los Senadores van a poder expresarse.

Reitero que lamento lo sucedido, porque había algunos señores Senadores que querían quedarse hasta el final.

Por tanto, vamos a tener que cambiar la urgencia a objeto de que el informe se pueda votar el próximo martes.

Gracias.

El señor ALLAMAND .-

Muy bien.

El señor LAGOS (Presidente).-

Si ese es el caso, surgen dos temas.

Uno, lo sucedido no impide que los señores Senadores que pidieron la palabra puedan intervenir o reservar sus planteamientos para cuando debatamos en propiedad el proyecto el martes que viene.

Lo quiero advertir. No puedo impedir que haga uso de la palabra alguien que la solicite.

El señor BIANCHI .-

Así es.

El señor PIZARRO.-

¡No siga dando la palabra, señor Presidente!

El señor LAGOS (Presidente).-

Senador señor Pizarro, solo hago el planteamiento porque...

El señor LARRAÍN .-

Se debe solicitar segunda discusión.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

En segundo lugar, para que tuviera efecto lo señalado por el señor Ministro habría que pedir segunda discusión.

Y si ese fuera el caso, procederíamos con el debate del siguiente proyecto del Orden del Día, con el compromiso...

El señor BIANCHI .-

¿Se pidió segunda discusión?

El señor LAGOS (Presidente).-

Entiendo que el Senador señor Larraín lo hizo.

El señor LARRAÍN .-

No hay otra alternativa, señor Presidente .

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Así debe procederse para que sea posible lo planteado por el señor Ministro , porque él no puede pedirla.

El señor LARRAÍN .-

Efectivamente, así se podrá discutir y votar el proyecto en trámite de Comisión Mixta.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Entonces, quiero saber si está claro el punto. El próximo martes se votará este informe. ¡Eso espero!

El señor MOREIRA.-

¡Que se presenten los Senadores de allá, del frente!

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , entiendo bien el acuerdo y comparto que votemos el próximo martes.

Ahora bien, en el proyecto hay normas con las que uno puede estar de acuerdo o en desacuerdo. Eso es legítimo y natural.

Sin embargo, a mi juicio -y esta es una pregunta dirigida al Presidente de la Comisión Mixta-, en el numeral 7 (ha pasado a ser 8), que se refiere a la fiscalización, hay un error de referencia.

En ese numeral se intercalan los incisos tercero, cuarto y quinto, nuevos. Pues bien, el inciso quinto dice:

"Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional o delegado presidencial regional la información necesaria al efecto, quiénes deberán contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso anterior.".

Si uno lee el inciso anterior a que se alude observa que no se establece ningún plazo. Este se indica en el inciso tercero.

Por lo tanto, pido que exista la buena voluntad -aclaro que no quiero postergar el debate y que voy a votar a favor- para que eso sea corregido. Porque no puede ocurrir que en una reforma constitucional tengamos un error de referencia.

Gracias, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Muy bien.

Ha sido clara la propuesta del Senador señor García. Y, ciertamente, se hará la corrección.

Honorable señor Larraín, ¿quiere complementar algo en esta materia?

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , tiene razón el Senador García .

Lo que ocurre es que el inciso último estaba antes del penúltimo. Y cuando se cambió de lugar, no se corrigió lo relativo al plazo.

Eso se debe enmendar. Se lo podemos encargar a la Secretaría, pues no hay una diferencia conceptual, sino que, simplemente, al cambiar el inciso de ubicación no se hizo la corrección correspondiente.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar, antes de continuar con el Orden del Día.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , quiero intervenir previamente con respecto a algo que considero importante.

Es posible suspender la aplicación del Reglamento cuando existe unanimidad en los Comités. Por lo tanto, si en un momento dado la Mesa creyó que tenía que modificar el Reglamento, como ocurrió en la discusión que sostuvimos, podría haber citado a reunión de Comités y, por unanimidad, haber suspendido su aplicación, a fin de permitir la votación en forma diferente a la establecida.

El otro punto -espero que votemos el próximo martes- es que debemos tener bien claro que el próximo martes se sesionará hasta el total despacho del proyecto en trámite de Comisión Mixta. Lo digo para que no haya discusión.

El señor PIZARRO .-

Una sola votación.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

¡Vamos a despachar la iniciativa el próximo martes!

El señor MOREIRA.-

¡Para eso tienen que venir los Senadores de la Nueva Mayoría!

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Senador señor Zaldívar , así será. Eso entendió la Mesa.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Pero quiero dejarlo en claro a fin de evitar cualquier discusión.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Está bien, Su Señoría.

Y nuevamente les reitero: esta es una sola votación.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Efectivamente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Entonces, estamos de acuerdo.

Entiendo que los demás Senadores no van a intervenir, y que reservarán sus palabras para la discusión propiamente tal.

En la primera discusión, ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

--El informe de Comisión Mixta queda para segunda discusión.

4.3. Discusión en Sala

Fecha 20 de diciembre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 75. Legislatura 364. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL Y ESTABLECIMIENTO DE FIGURA DE DELEGADO PROVINCIAL. INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Corresponde poner en segunda discusión el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno regional, con urgencia calificada de "discusión inmediata".

Por acuerdo de la Sala, la iniciativa se analizará hasta su total despacho.

--Los antecedentes sobre el primer proyecto (9.834-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República):

En primer trámite: sesión 77ª, en 6 de enero de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el segundo proyecto (10.330-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señor Horvath, señora Lily Pérez y señores Guillier, Quinteros y Zaldívar).

En primer trámite: sesión 59ª, en 7 de octubre de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el tercer proyecto (10.422-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señora Von Baer y señores Allamand, Espina, García y Pérez Varela).

En primer trámite: sesión 77ª, en 25 de noviembre de 2015 (se da cuenta).

--Los antecedentes sobre el cuarto proyecto (10.443-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los Senadores señores Chahuán y García-Huidobro).

En primer trámite: sesión 81ª, en 15 de diciembre de 2015 (se da cuenta).

En tercer trámite: sesión 60ª, en 8 de noviembre de 2016.

Informes de Comisión:

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 99ª, en 27 de enero de 2016.

Gobierno, Descentralización y Regionalización (segundo): sesión 52ª, en 4 de octubre de 2016.

Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 62ª, en 15 de noviembre de 2016.

Mixta: sesión 74ª, en 14 de diciembre de 2016.

Discusión:

Sesiones 101ª, en 1 de marzo de 2016 (se aprueba en general); 53ª, en 5 de octubre de 2016 (se aprueba en particular); 67ª, en 22 de noviembre de 2016 (se rechazan las proposiciones de la Comisión de Gobierno, en relación con las enmiendas de la Cámara de Diputados y pasa a Comisión Mixta); 74ª, en 14 de diciembre de 2016 (queda para segunda discusión).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Cabe recordar que la Comisión Mixta hace presente que todos los numerales del proyecto de reforma constitucional, con la sola excepción del numeral 5), requieren, para ser aprobados, el acuerdo de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, esto es, de 22 votos favorables.

Por su parte, para aprobar el numeral 5), que recae en el Capítulo VIII de la Constitución Política de la República, se necesita el voto conforme de los dos tercios de los Senadores en ejercicio, o sea, de 25 pronunciamientos afirmativos.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición figura la proposición de la Comisión Mixta y el texto que quedaría de aprobarse el informe del mencionado órgano técnico.

El señor LAGOS (Presidente).-

En segunda discusión el proyecto.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente , le cuento que está de cumpleaños la Senadora Goic.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Lo sabemos. Nos volvemos a hacer parte y saludamos a la Honorable señora Goic por su cumpleaños.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente , por su intermedio, saludo a todos los señores alcaldes y señoras alcaldesas que se encuentran en las tribunas y a los miembros de los concejos municipales.

La aprobación de la reforma que permite la elección directa de los gobernadores regionales constituye un hecho de la mayor relevancia para nuestro país.

Quienes siempre han mirado a Chile desde el centralismo probablemente no logren dimensionar la magnitud del cambio que estamos definiendo esta tarde. Por eso creo necesario abordar esta decisión desde al menos dos variables.

La primera apunta a situar esta reforma en la perspectiva histórica del proceso de democratización y descentralización del país en los últimos años.

Recordemos que la dictadura nos heredó un sistema de autoridades regionales y locales designadas por el nivel central.

El señor LARRAÍN .-

¡Qué tiene que ver la dictadura!

El señor MOREIRA .-

¡Se acabó la dictadura hace mucho tiempo!

El señor LAGOS (Presidente).-

Les pido a los señores Senadores que evitemos las interrupciones.

El que quiera nombrar a la "dictadura" de otra forma tiene el derecho a hacerlo.

El señor QUINTEROS.-

En todo caso, en otras oportunidades se ha llamado de ese mismo modo.

Conocí esa realidad, señor Presidente , de primera mano cuando asumí como intendente el año 1990 y me encontré con un Consejo Regional de Desarrollo (COREDE) conformado por cuatro miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden, junto a diversos representantes gremiales. En cada comuna había un órgano similar: el CODECO (Consejo de Desarrollo Comunal). Al igual que los COREDE, correspondía a la doctrina corporativa que imperaba en esos años.

Dicho de otro modo, se trataba de un precario espejismo de la descentralización, perfectamente sintonizado con el pobre espejismo de democracia que se había intentado construir durante los últimos años del Gobierno militar.

Las cosas comenzaron a cambiar en 1992, con la primera elección de concejales, y luego en 1993, con la nueva Ley de Gobiernos Regionales, que estableció un consejo regional elegido de manera indirecta a través de los concejales.

Posteriormente, vino la elección directa de los alcaldes, en el año 2004. Y recién en 2013 pudimos avanzar hacia la elección directa de los consejeros regionales.

Ahora estamos abriendo camino a la elección directa del órgano ejecutivo de los gobiernos regionales.

Si la primera elección se verifica en el año 2017, habrán transcurrido exactamente veinticinco años desde el primer paso, que fue la elección de concejales. Nos habremos demorado un cuarto de siglo en completar el círculo y contar con representantes plenamente elegidos a nivel local y regional.

Si la decisión de hoy es contraria a la reforma, probablemente transcurrirán otros veinticinco años antes de que podamos mostrar avances reales en descentralización. Y toda esta discusión pasará a convertirse en otro episodio de la extensa trama de discursos, foros, encuentros y declaraciones estériles en favor de las regiones.

Primero como intendente, luego como alcalde y ahora como senador, he sido insistente en la necesidad de profundizar el proceso de democratización y empoderamiento de las regiones y comunas.

Durante este tiempo, me he encontrado con muchas autoridades, dirigentes, académicos y expertos, como Sergio Boisier , Esteban Valenzuela y Heinrich von Baer -me imagino que está hoy acá-, que han sido incansables en este propósito. Y he conocido también las necesidades, las expectativas y las frustraciones de la gente, no solo de mi Región, que espera por un cambio que le permita avanzar y tomar sus propias decisiones.

Para mí y para todos quienes se han dedicado a esta causa, este es un momento histórico: con esta reforma se completa un ciclo en la tarea de profundizar la democracia a niveles local y regional.

Ya no queremos que las decisiones sobre la marea roja, la sequía, el desarrollo del turismo o la asignación de recursos para proyectos locales, por nombrar algunas áreas críticas, sean tomadas en Santiago.

Estamos ya cansados de que ante una crisis importante valga más la opinión de un Ministro o un delegado presidencial que la de las autoridades regionales y locales, que conocen el territorio y la identidad de sus habitantes.

Quienes se oponen a esta reforma se han apegado disciplinadamente al cuestionamiento relativo a las atribuciones, la autonomía y la disponibilidad financiera de los gobiernos subnacionales. Sin duda, ese es un tema de primera importancia. Nadie necesita una nueva autoridad ornamental.

Algunos personeros relativizan el valor de la elección del gobernador regional y sostienen que no servirá de nada si no hay nuevas facultades.

Otros, en tanto, afirman que no entregarán nuevas atribuciones a autoridades designadas.

La decisión del Gobierno de la Presidenta Bachelet es avanzar en ambos objetivos: democratizar y descentralizar.

Yo apoyo esa idea.

No veo inconveniente en aprobar la reforma para elegir al órgano ejecutivo del gobierno regional y resolver, a renglón seguido, el tema de las facultades.

Producida la elección del gobernador regional, lo que quedará será el paulatino pero sostenido proceso de fortalecimiento de los gobiernos regionales y de transferencia de nuevas funciones y recursos.

El ritmo y alcance de estas reformas será determinado por las realidades específicas de cada región, sus propias prioridades y sus propias capacidades humanas y de gestión.

El proyecto de fortalecimiento de la regionalización, más conocido como "de transferencia de competencias", contiene poderosas herramientas para las nuevas autoridades electas. Pero, más allá de las atribuciones que se le otorgan, lo más relevante será el capital político que tendrá el gobernador regional, que deberá utilizar para articular políticas, programas y proyectos de desarrollo regional.

Entiendo que hay quienes no se sienten cómodos con la idea de una nueva autoridad electa y empoderada.

Pero para mí esta es la clave: veo al gobernador regional como un gran articulador de autoridades de los niveles central, regional y local; de lo público y lo privado.

Me parece extraño que quienes reclaman por más facultades para los gobernadores regionales se nieguen a aumentar las competencias de los órganos públicos y que toda iniciativa que fortalezca el ámbito de la gestión pública les resulte sospechosa, e incluso inconstitucional.

Yo quiero un Estado más fuerte, que promueva el desarrollo de la mano del sector privado. Y esto es aún más válido para los territorios regionales.

Hoy día, frente a las iniciativas de inversión, el intendente actúa más bien como un vocero de los diferentes servicios públicos o como fiscalizador.

Esa función específica la seguirá cumpliendo el delegado presidencial. Pero el papel de promotor del desarrollo regional quedará reservado para los nuevos gobernadores regionales.

¡No sigamos perpetuando un modelo imperfecto por temor al cambio!

¡No sigamos dilatando decisiones que son importantes para el alma de un país que ha vivido ya por demasiado tiempo la frustrante distinción entre el centro y las regiones!

¡No defraudemos a los chilenos y a las chilenas que habitan a todo lo largo de nuestro territorio y que aspiran a tener un mayor control sobre las decisiones que les afectan!

Apruebo esta reforma constitucional y las proposiciones de la Comisión Mixta.

La elección popular de las nuevas autoridades permitirá recuperar, al menos en parte, las confianzas rotas con la ciudadanía.

Con gobernadores regionales elegidos por la gente, con atribuciones y con recursos, Chile va a estar más cerca del desarrollo.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Solicito autorización para que ingresen a la Sala el Subsecretario General de la Presidencia, señor Gabriel de la Fuente; el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, y el asesor del MINSEGPRES señor Gabriel Osorio.

--Se accede a lo solicitado.

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El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:

Informe

Segundo informe de la Comisión de Salud, recaído en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 20.261 en relación con la certificación de especialidades médicas cursadas o ejercidas en el extranjero (boletines Nos 9.906-11 y 10.924-11, refundidos) (con urgencia calificada de "suma").

--Queda para tabla.

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El señor MOREIRA.-

¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Me han pedido abrir la votación.

El señor NAVARRO.-

Pero manteniendo los tiempos, señor Presidente.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Así es.

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Si le parece a la Sala, se abrirá la votación en los términos descritos.

Acordado.

En votación el informe de la Comisión Mixta.

--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.-

Señor Presidente, este debate, que ha sido postergado por distintas razones en el Hemiciclo, hoy día llega a su final, para bien o para mal.

Yo deseo que este proyecto de reforma constitucional marque el inicio de un proceso largamente esperado durante mucho tiempo por las regiones, para que sus sueños, sus expectativas, sus planes, las esperanzas de un territorio determinado, cuyas especificidades son distintas a las de otros, puedan desarrollarse sin la intervención del Gobierno central o sin la orientación o intencionalidad que un Gobierno determinado, cualquiera que este sea, pueda mantener con relación a una determinada zona de nuestro país.

Los territorios se construyen sobre la base de la participación de los ciudadanos.

Vamos a materializar este proyecto de reforma constitucional. Pero también debe existir el compromiso de avanzar en un tema a mi entender indisoluble, pues no basta con elegir, también tenemos que saber para qué y con qué vamos a elegir.

Por lo tanto, este es un paso importante. Pero no es menos relevante el debate que vamos a sostener sobre las competencias, las atribuciones y el financiamiento. Porque lo que las regiones desean es hacer realidad sus expectativas, sus programas de desarrollo, las peticiones de los territorios, de los alcaldes -aprovecho de saludar a los alcaldes y concejales que nos acompañan hoy día-, porque la cara del Estado más cercana a la gente, sin duda, es el municipio. Y las municipalidades desean resolver y atender las demandas de los ciudadanos. Pero ello no se hace con una visión centralizada; se logra con una visión de participación en que ya no es el Presidente o la Presidenta de la República -en este caso- quien nomina a la máxima autoridad regional, sino los ciudadanos de cada territorio.

¿Qué va a decir el candidato a máxima autoridad regional cuando se postule en un proceso de elección a través del sufragio universal, de votación directa? Va a asumir un compromiso respecto de qué hará en la región. Y para que establezca ese compromiso tenemos que otorgarle facultades para que pueda cumplir realmente con las expectativas. Ahora el mandante será el ciudadano de la región.

Por eso es tan importante este paso para hacerse cargo de los temas de cada región, en que una es absolutamente distinta de las otras.

Yo represento, al igual que los Senadores García, Quintana y Espina, a una Región que tiene muchas más especificidades que otras que, quizás, son similares. Pero, sin duda, este es un paso para La Araucanía que va a significar hacerse cargo de sus temas conforme a una mayoría, si bien relativa, pues graduamos el modo de elegir a la primera autoridad y ya no será con el 50 por ciento más uno, sino con el 40 por ciento.

Hemos aprendido que en política, para avanzar, hay que llegar a acuerdos. Creo que estamos cediendo en un aspecto que para mí era importante: el tener mayoría significativa.

Sin embargo, ¿qué es lo más relevante? Que cambiamos el proceso de designación de autoridades regionales desde la Presidencia de la República , desde el centralismo hacia una elección directa por parte de los ciudadanos. En ese contexto, naturalmente, tendremos que decirles que vamos a avanzar en lo que serán sus utopías, sus ilusiones, pero también en programas concretos que contienen atribuciones para el desarrollo productivo, el desarrollo territorial, el desarrollo en materia administrativa, social y educacional.

¡Cómo no va a ser importante la transferencia de competencias a esta autoridad regional para materias administrativas que a veces son tan simples!

Hace un tiempo, en una intervención sobre esta materia, relataba los problemas que existían en determinadas ciudades, como Temuco y otras que han crecido de manera explosiva, donde no funcionan ciertos servicios, como las revisiones técnicas. Tuvimos que recurrir al Ministro de Transportes para extender la vigencia de estas revisiones técnicas. Y mientras se tramitaba en la Contraloría el decreto de 90 días de prórroga, mientras se tramitaba su publicación, ya habían pasado los 90 días.

Con esto quiero decir que no tenemos los instrumentos, las capacidades, la potestad en las regiones para resolver un tema tan simple como la prórroga de un permiso en una planta de revisión técnica.

Por esto, señor Presidente , le ponemos tanto empeño en que necesitamos no solo elegir a nuestros intendentes, sino también otorgarles las facultades necesarias e indispensables para administrar de buena manera los territorios.

Alguien decía: "Pero en el camino se arregla la carga". Está bien; no queremos que todo se resuelva de inmediato. No obstante, permítame señalar que la nueva autoridad al menos tendrá atribuciones administrativas mínimas, por ejemplo, para que no sea necesario pedirle al Ministerio de Defensa la autorización para entregar una concesión acuícola.

Existen materias como esas y muchas otras que debemos resolver en el debate de las competencias, tal como ha sido el compromiso de este Congreso.

La disposición transitoria vigésimo octava, que estamos analizando en esta reforma constitucional y que recogió la Comisión Mixta, dice: "La primera elección por sufragio universal en votación directa de los gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que señale la ley orgánica constitucional a que aluden los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley que establezca un nuevo procedimiento de transferencia de competencias a las que se refiere el artículo 114.".

Ese fue el debate que tuvimos en esta Sala cuando vimos cómo avanzábamos en esta reforma.

Creo que se están dando pasos concretos en la regionalización, en la descentralización cuando comprometemos nuestros votos para aprobar esta reforma constitucional y la transferencia de competencias, que no serán menos importantes.

Quiero señalar que no estoy a favor de esta iniciativa con algún fin electoral; no estoy esperando obtener cuotas para negociar cupos parlamentarios. Ojalá nadie lo haga. Lo que espero es que realmente pensemos en Chile, en las regiones, en la descentralización, para los efectos de que los ciudadanos de las comunas más apartadas de nuestro país puedan ver realizados sus sueños, a través de este gran proyecto de descentralización.

Voto favorablemente, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor BIANCHI.-

No está presente.

El señor LAGOS (Presidente).-

Ofrezco la palabra al Senador señor García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente , en nuestra Región de La Araucanía estuvimos 33 días con un intendente suplente. Luego de la renuncia de Andrés Jouannet para postularse a un cargo parlamentario en las elecciones del próximo año, el Gobierno central demoró 33 días en nombrar a la nueva autoridad titular, en una región azotada por la pobreza, azotada por la violencia.

Esto no es justo con La Araucanía en particular ni con las regiones en general, porque no ha ocurrido solo en la Novena Región. En distintos Gobiernos, en más de alguna oportunidad, ha ocurrido también en otras regiones.

Esto tiene que terminar.

El futuro y el destino de las regiones deben ser decididos por quienes las habitan.

No es posible que a estas alturas del siglo XXI todavía tengamos que seguir dependiendo de las resoluciones del nivel central.

Hay Senadores que han señalado que las competencias que se le están entregando a esta nueva autoridad llamada "Gobernador Regional" son insuficientes. Sin embargo, tengo la convicción de que es mejor avanzar lento a no avanzar; ir despacio y no apurarnos tanto, ya que es una reforma tan profunda en nuestro sistema de administración política que debemos hacerla paso a paso, para que estos sean más seguros y más exitosos.

Hoy día en nuestra Región de La Araucanía tenemos un bajo desempeño en la ejecución de los recursos de inversión del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

¡Esto es imperdonable -como dije- en una región con tantas necesidades y tanta pobreza!

Entonces, para mí un gobernador regional, con las facultades que ya sabemos que va a tener, con el solo hecho de que se dedique a administrar bien (en armonía con los alcaldes, equilibrando el desarrollo de los territorios que componen cada región), ya está haciendo una gran tarea.

¡Nosotros tenemos hoy día una institucionalidad absurda! En la última reforma dejamos que los intendentes presidieran los consejos regionales, y algunos ni se hablan con los cores. Mandan los proyectos de inversión; se producen negociaciones (tiras y aflojas); no existe ningún cuidado por el equilibrio en el desarrollo de las distintas comunas (unas se dejan olvidadas; otras, postergadas).

Tengo la certeza de que un gobernador regional electo no incurrirá en esos errores. No podrá cometer esos errores, porque dependerá de la voluntad ciudadana, de la voluntad popular.

Por lo tanto, abrigo la convicción de que es preciso votar a favor del informe que nos ocupa. Conviene dar el paso ahora, porque, si no, como bien lo dijo el Senador señor Quinteros , tendremos que aguardar quizás otros veinticinco años para poder hacerlo, y las regiones no pueden seguir esperando.

Creo, además, que la Comisión Mixta ha resuelto bien. Se había presentado una divergencia de opinión con la Cámara de Diputados en cuanto a si la autoridad que representara al Primer Mandatario debía llamarse "secretario regional presidencial" o "delegado presidencial". A mí me parece mucho más propia del cargo esta última expresión, como finalmente se resolvió. En cada Región habrá un delegado presidencial regional y delegados presidenciales provinciales.

Juzgo asimismo bien resuelta la fiscalización. Se trata de una labor propia de las minorías, por lo que requerir la mayoría del Consejo para poder llevarla a cabo era un absurdo. Estimo muy adecuado dejar la disposición que se contempla: se exige una mayoría razonable para tal efecto, y, al mismo tiempo, un consejero regional, igualmente originado en una elección popular, podrá solicitar información y antecedentes a los distintos servicios públicos.

Estimo igualmente acertado que la fecha de la elección quede sujeta a la promulgación del cuerpo legal que establecerá el traspaso de competencias. Vamos a tener que hacer un esfuerzo para ponernos de acuerdo al respecto. Es un articulado que también requiere quorum orgánico constitucional.

No estamos votando ahora, entonces, un día determinado en que se verificarán los comicios de gobernadores regionales. Simplemente estamos expresando que ello se fijará en la ley orgánica constitucional mencionada en el artículo 111 de la Carta y se concretará una vez que tenga lugar la promulgación referida.

Reconozco que el texto de la norma relativa a cómo se coordinará el gobernador regional, conforme a sus atribuciones, con las entidades regionales, con los secretarios regionales ministeriales, por ejemplo, y cómo lo hará el delegado presidencial regional es un tanto complejo, quizás un poco enredado, y que podría haber quedado mucho mejor.

Me gusta más la redacción actual.

Sin embargo, el informe de la Comisión Mixta se vota como un todo, y es lo que tenemos que hacer.

Considero que es preciso dar este paso, como lo manifesté. Pienso que las regiones han exhibido seriedad, responsabilidad, y demostrado con creces que quieren ser constructoras de su propio destino. Y así como fue histórico, en su minuto, pasar de consejeros regionales designados indirectamente, a través de los concejales, a elegidos directamente, es necesario, para completar el proceso, modificar la Constitución a fin de permitir que los llamados "gobernadores regionales" sean elegidos por la ciudadanía. Creo que eso es lo que corresponde.

Por supuesto, voto a favor.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Puede intervenir la Honorable señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ ( doña Lily).-

Señor Presidente , me pronunciaré por la aprobación, como es obvio; pero deseo tomar algo dicho por quien me antecedió en el uso de la palabra para consignar un aspecto que juzgo en una forma distinta.

La disposición transitoria vigésimo octava es, en el fondo, la "letra chica" del proyecto, como varios de nosotros lo señalamos en distintas oportunidades, porque transformará en una mera ilusión la creencia de mucha gente en el sentido de que en 2017 se celebrará una elección directa de gobernadores regionales. Ello no se materializará, en efecto, a pesar de haber sido parte de los programas de gobierno de la mayoría de los candidatos presidenciales, incluido el de la actual Primera Mandataria.

Y quiero que seamos tremendamente claros y asertivos al respecto. Pese a los esfuerzos y a que algunos de nosotros somos partidarios de concretar la medida, la "letra chica" determinó que primero se verifique la reforma constitucional. Una vez que sea despachada, se tiene que sacar adelante, legislativamente, todo lo que son las atribuciones y competencias. Y una vez que eso esté listo, se verá recién, como se ha manifestado, la fecha de los comicios.

Es importante puntualizar lo anterior, porque mucha gente ha anhelado -repito- la elección para el próximo año, la cual se ve realmente imposible y lejana de concretar. Y creo que es bueno que haya bastante transparencia en lo que estamos votando.

Otro artículo que quisiera destacar es el que dispone una sola reelección para el gobernador regional, que es la máxima autoridad en este ámbito. Y lo hago porque algunos de los presentes somos autores del proyecto tendiente a limitar tal posibilidad en el caso de todos los representantes populares. Como lo sostuve hoy día en la reunión de Comités y lo he hecho en otras ocasiones en el pasado, espero que esta iniciativa, cuya discusión general ya efectuó la Sala del Senado, llegue aquí nuevamente para su votación. En efecto, sería lo más coherente del mundo que si vamos a votar hoy una reforma constitucional que, entre otras normas, implica limitar a una sola la reelección de la máxima autoridad de cada región, hiciéramos otro tanto respecto de nosotros mismos, al igual que para el resto de los cargos de elección popular.

De hecho, en mi Partido, en Amplitud, se aplica ese mismo criterio en nuestros estatutos internos, porque me parece que no solo en una época de campaña es preciso ser coherente con lo que muchos de nosotros hemos impulsado y queremos que se practique.

Como aquí se ha abordado bastante lo relativo a cuáles son las particularidades de la reforma, deseo destacar que una de las cosas que a mí más me gustan -y me hizo ser una de las firmantes, cuando integraba la otra rama del Congreso, en orden a la elección directa de los intendentes, denominación que empleábamos en ese momento, lo que revistió un carácter transversal, ya que recuerdo que participaron el entonces Diputado señor Barrueto , del Partido por la Democracia, y otros, si bien éramos pocos- es que la máxima autoridad de la región deba ser electa popularmente.

No es lo mismo un intendente que obedece al Presidente de la República de turno que aquel que se debe a su región, quien no es un funcionario de gobierno que tiene que cuidar la pega, sino alguien que realmente ha de someterse al escrutinio popular y, además, defender con dientes, alma, uñas y corazón lo que requiera la zona.

Este último no es un intendente que se sentirá agobiado cuando los vecinos reclamen porque no se resuelven los problemas provocados por un incendio y la Administración no haya sido capaz de llegar rápidamente con una solución, sino que estará de parte de la gente, no del Gobierno de turno, en el momento en que sea preciso defender el interés local.

Por eso, a mí siempre me ha gustado mucho la figura del intendente -o del "gobernador regional", como vamos a llamarlo en este caso- electo popularmente, pues creo que una región funciona de una manera absolutamente distinta cuando su autoridad máxima proviene de su propia gente y no de una designación, la que al final obedece, obviamente, a criterios políticos o de equilibrio político de los partidos que gobiernan y no a los intereses locales.

Lo anterior explica que en la circunscripción Cordillera, a la que represento en el Senado, que es la zona más lejana de la costa y de Valparaíso, la capital regional, se reciban pocas visitas de los intendentes de turno. Y eso pasó en la época del Gobierno del Presidente Piñera y en el actual.

Entonces, la cuestión no tiene que ver solo con qué Administración efectúe la designación, sino también con un estilo. ¿A qué parte de las regiones se le presta más atención? Generalmente es aquella donde se encuentra el centro electoral o el centro de poder.

Por eso son importantes los comicios, de manera que toda la gente de la Región pueda influir definitivamente con su voto y que su voz sea escuchada y representada.

Así que me pronuncio a favor.

Y anhelo, al igual que mucha gente, que se concrete pronto la elección directa de gobernadores regionales.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro

El señor PIZARRO .-

Señor Presidente , este es uno de los temas respecto de los cuales se ha conversado más, seguramente, en la última década. Se han formado comisiones a nivel nacional, desde el punto de vista técnico, político, económico y social, para ver de qué manera se puede avanzar en un proceso de descentralización eficiente, oportuno y que cumpla con las expectativas de la ciudadanía.

Efectivamente, lo primero que se requiere es modificar la Constitución. Hoy por hoy, los intendentes son nominados por el Primer Mandatario. Por lo tanto, tratándose de un Estado centralizado, con un régimen presidencial, es de toda lógica que sean representantes del Ejecutivo , del poder central.

El primer paso era tomar la decisión política de ir o no a una elección directa y popular de quienes ocuparan el cargo. En el proyecto se llaman "gobernadores regionales", pero la opinión pública entiende que se designará a intendentes. Es una medida que me parece extraordinariamente positiva, porque se busca una autoridad empoderada, con facultades, con legitimidad democrática, con una mayor representación, y, sobre todo, un proyecto de desarrollo regional acorde con la realidad de cada región. Eso es muy difícil de ver, de planificar o de definir solo desde el nivel central. Muchas de las propuestas que estamos discutiendo en el Congreso dicen relación con problemas de orden nacional, pero la situación local es muy distinta para el efecto de la aplicación práctica.

Un ejemplo de lo anterior es la modificación del Código de Aguas que se está llevando adelante. Todos estamos de acuerdo con que el agua es un bien nacional de uso público, con que tiene que ser priorizada para el consumo humano, con que el Estado ha de entregarla para que se pueda hacer un buen uso de ella, ya sea en la agricultura, la agroindustria, el turismo, la minería, las sanitarias, etcétera. Pero ese proyecto, que estamos analizando en detalle, no distingue la realidad de cada una de las regiones respecto de un recurso tan escaso.

No es lo mismo la aplicación de la ley, de carácter nacional, en el norte, donde el elemento prácticamente no existe e incluso no se puede cumplir con los requerimientos medioambientales mínimos. Si solo se exigiera un caudal ecológico mínimo, nadie podría hacer uso de ninguna de las cuencas al menos hasta la Quinta Región. Entonces, uno siempre pregunta por qué en este tipo de materias, tan fundamentales para el desarrollo de una región, en el norte, el centro o el sur, no existe la posibilidad de opinar, de fijar una prioridad, de ver cómo concretar algo en términos prácticos.

La tentación de la centralización es demasiado grande. Por eso es que también costó mucho la elección directa de los consejeros regionales.

Aquí haría una salvedad. Esos cargos fueron elegidos primero por los cuerpos electorales de los municipios, de manera indirecta. Bastaba con tres, cuatro o cinco amigos concejales para ser designado, y después se les respondía solo a ellos o al alcalde de turno.

Hoy día, la representación democrática de los consejeros regionales es mucho mayor. Por lo tanto, su visión del rol que tienen que jugar es igualmente más amplia, con más sentido de región, con más sentido de desarrollo descentralizado. Porque es preciso consignar que la centralización asimismo existe en cada una de las regiones.

Fue un largo debate.

Celebro y felicito la decisión política con que el Gobierno puso todo su esfuerzo en el último tiempo para ir logrando acuerdos.

Brindo un reconocimiento al Ministro Secretario General de la Presidencia , quien coordinó el trabajo de búsqueda de coincidencias y apoyos políticos.

Congratulo al Subsecretario de Desarrollo Regional , señor Ricardo Cifuentes.

En cuanto al corazón del proyecto -no solo en lo relativo a la reforma que permite elegir a los futuros gobernadores regionales, sino también al trabajo de contenido y de traspaso de competencias-, ha sido fundamental recoger el trabajo de la Comisión nombrada hace un tiempo por la Presidenta de la República.

Todo el equipo del Gobierno -agrego al Subsecretario General de la Presidencia , señor De la Fuente - ha planteado la necesidad de avanzar en la descentralización, pero de manera gradual. Creo que es preciso ser bien responsable y advertir que es un proceso que no se verifica de la noche a la mañana; que no se efectúa solo con voluntarismo; que no se lleva a cabo únicamente con frases líricas. Se tiene que realizar de manera eficiente, progresiva, porque se necesitará ir adecuando la institucionalidad de los gobiernos regionales, pero también la de los ministerios y del Gobierno en el nivel centralizado, respecto de los distintos servicios.

Me parece que en el debate hubo un poco de hipocresía por parte de algunos actores. Ciertos partidos se preocupaban solo del aspecto electoral, de modo que la cuestión no se resolvía hasta tener claro con qué porcentaje se iba a designar a los gobernadores regionales.

Nosotros dijimos siempre que lo lógico y natural es elegir un ejecutivo fuerte, como debe ser un futuro gobernador regional, de la misma manera que en el caso del Presidente de la República : por mayoría absoluta. Y si no la hay en la primera vuelta, será en la segunda. Eso no fue posible.

Hubo un proceso de negociación. Llegamos a algo relativamente equilibrado, en que se pide un mínimo de un cuarenta por ciento para ser elegido. Y si no se consigue, bueno, se irá a una segunda vuelta.

En cuanto a la fecha de los comicios, lo que se ha dicho es cierto: hay un riesgo de que no se celebren en 2017. Y eso está ligado a lo que planteaba recién, ya que hay fuerzas políticas -no voy a decir cuáles- a las que no les parece adecuado, por distintas razones, realizarlos con tanta proximidad. No voy a calificarlas o descalificarlas. Por el contrario. Objetivamente, creen que a lo mejor es muy luego o no se hallan en condiciones de enfrentarlos.

Como lo expresé, el proceso tiene que ser gradual. Pero lo concreto es que si no partimos por implementar la elección directa de los gobernadores regionales, no vamos a avanzar en las otras materias. Y para eso es preciso aprobar una normativa electoral y apurar el despacho de la ley de traspaso de competencias.

Ello dice relación, por una parte, con la voluntad del Ejecutivo, en cuanto a fijar el tipo de discusión que corresponde para cumplir con los compromisos que asumimos con la ciudadanía, y, por la otra, con la generosidad y consecuencia de los actores políticos que intervenimos en el Senado y en la Cámara.

Debemos hacer todos los esfuerzos por celebrar la elección de gobernadores el próximo año. Eso es lo que tenemos que cumplirles a los chilenos. No debiera haber excusas, porque el aspecto electoral ya está resuelto y existe la voluntad política del Gobierno de seguir con las urgencias que permitan implementar a la brevedad la reforma constitucional.

Desde el inicio del debate, hace ya varias décadas, la bancada de la Democracia Cristiana ha estado siempre por la descentralización del país de manera eficiente, oportuna y, por supuesto, respetando la realidad de cada una de las regiones.

Voto a favor.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

Solicito la anuencia de la Sala para que pueda reemplazarme temporalmente el Honorable señor Tuma, mientras hago uso de la palabra.

Acordado.

--Pasa a dirigir la sesión el Senador señor Tuma, en calidad de Presidente accidental.

El señor TUMA.-

Puede intervenir el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS .-

Señor Presidente , estimados colegas, amigos que nos acompañan, creo que dentro de lo que a algunos nos ha tocado legislar -este es mi primer período como parlamentario- la que ahora nos ocupa es una de las reformas constitucionales más importantes respecto de las cuales deberemos pronunciarnos. Y lo digo porque ella va a generar un cambio cualitativo, sustantivo, fuerte en la forma en que opera administrativamente el Estado chileno.

Chile siempre ha sido un Estado unitario, desde antes de ser independiente. Ha sido un Estado centralista, dependiente de la Corona española. Y todo nuestro desarrollo administrativo se basó en esa mirada.

Entonces, lo que se está haciendo acá no es solo fruto del esfuerzo del Gobierno de turno, sino del empeño grande que ha habido, de la puja y la presión hechas en pos de generar más atribuciones para las regiones y un mayor desprendimiento del poder central en lo que dice relación con la toma de decisiones.

Y lo que ocurre hoy en las regiones es lo que uno busca que suceda a nivel general, sobre todo cuando se habla de una nueva Constitución; cuando se habla de reformar el sistema electoral y permitir que los partidos más pequeños puedan participar; cuando se habla de generar más espacios en el Parlamento con el objeto de que existan otras fuerzas que también puedan expresarse aquí.

Lo que estamos haciendo hoy día es aprobar una reforma constitucional muy potente para que cada región de Chile, a través del voto soberano de cada uno de sus habitantes, pueda elegir a quien la va a dirigir.

Algunos han empujado con mucha fuerza este proyecto; otros presentan severas dudas al respecto. Existen personas que ante la vacilación de estos últimos solo ven maquinaciones y excusas para no avanzar; otros parecen creer que los que desean ir hacia delante a toda costa lo hacen pensando en los cargos y no en el bien del país. Interpretaciones puede haber varias y uno puede hablar con más o menos fuerza, con más o menos adjetivos, a quien quiere uno que lo escuche.

Lo concreto es que vamos a hacer un cambio cualitativo fuerte, para generar algo que en Chile no existía.

La pregunta es si lo estamos haciendo de la mejor manera posible. Por mi parte, creo que estamos avanzando gradualmente.

Hoy vamos a aprobar -no me cabe duda- la reforma constitucional que permitirá la elección directa de los intendentes, tal como hoy día los conocemos, que se van a llamar "gobernadores regionales".

Pues bien, primer punto: cómo los vamos a elegir.

Y los vamos a elegir con un mecanismo bien sui géneris para el sistema chileno: con un 40 por ciento de los votos del electorado.

A mi juicio, pasar de un sistema extremadamente presidencialista y fuerte a otro en donde solo el 40 por ciento definirá quién va a gobernar una región, no es lo mejor. Pero ese fue el porcentaje que se acordó.

Yo me pregunto cómo vamos a defender en la Región de Valparaíso que los habitantes de Marga Marga , de Petorca, Cabildo, San Felipe y Los Andes , donde existe menos población, no queden subsumidos tal vez al poder que pudieran tener Viña del Mar o Valparaíso, donde viven más personas. De haberse establecido un 50 por ciento se obligaba a buscar alianzas para generar gobiernos más fuertes. El 40 por ciento quizá fomente el caudillismo de algunos partidos pequeños que con eso podrían obtener el cargo.

Hay un segundo elemento para la reflexión.

Si se replicara el nivel de participación que hubo en la elección municipal, que alcanzó un 35 por ciento en la Región de Valparaíso, el próximo intendente podría ser elegido para representar solo al 14 por ciento de la población de toda esta región. Y eso, en mi opinión, es poco. Por mi parte, bregué por un 50 por ciento que obligara a una segunda vuelta, para que existiera la misma dignidad con que se elige al Presidente de Chile . Porque ese era el símil que se hacía. No se comparaba al intendente con los alcaldes, sino con la figura del Presidente de la República.

Pues bien, lo ideal hubiera sido que se lo eligiera con la misma dignidad y en iguales condiciones. Pero no va a ser así; se hará con el 40 por ciento de los votos. Eso, en mi concepto, no nos va a ayudar y así lo veremos después.

En seguida, aquí mismo debatimos que para la entrada en vigencia de esta reforma constitucional, además de contar con una ley orgánica que regule la elección, debería hallarse promulgada la ley de atribuciones y competencias.

Algunos dicen: "Sí, obvio". Pero cuando hicimos ese argumento la respuesta fue: "Es una excusa, porque no quieren legislar".

Yo ahora quedo condicionado y creo que cae de suyo que es importante, porque si no cuenta con atribuciones y competencias, ¿qué va a hacer este intendente elegido por nosotros? ¿Cuáles serán sus atribuciones? ¿Cómo se va a compatibilizar su figura con la del delegado presidencial provincial, que será designado por el Presidente de la República ?

Y una cuestión muy relevante: ¿con qué recursos va a contar?

Yo entiendo que cuando se habla de atribuciones y competencias también se hace referencia a una ley de rentas regionales, que hoy día no conocemos y que no tiene plazo todavía.

Hay algunos que en vez de estar contentos porque vamos a aprobar una reforma constitucional nunca antes vista en Chile, que permitirá la elección directa de estas autoridades, se quedan con la mitad vacía del vaso: tal vez la elección no sea en el 2017, porque no está aprobada la ley de atribuciones y competencias. Bueno, pongámosle pino y aprobémosla, junto con los recursos. Porque, de no ser así, la interpretación de quienes quieren ver las cosas oscuras va a ser: ¿qué sentido tiene aprobar la elección popular de un intendente si carece de atribuciones, competencias y recursos?

"Estamos eligiendo cargos públicos solamente", dirán. Y tal vez haya quienes quieran elegir cargos públicos y no un gobierno regional fuerte.

Por eso, algunos bregamos porque existiera una aprobación simultánea con el objeto de que se elija por votación directa a esta autoridad, de que tenga atribuciones y competencias, de que se distinga entre el delegado presidencial provincial y el representante que escogerá la ciudadanía, y de que se asignen las rentas con que contará.

Por último, hay una tremenda responsabilidad de todos nosotros. Doy un solo ejemplo: sin que tengamos claridad respecto de las atribuciones y las competencias y sin que exista una ley de rentas regionales, yo no podría resolver la demanda que hoy se da en Valparaíso: royalty portuario. ¿Tiene o no atribuciones el intendente electo? Hoy día no sé. Yo voy a aprobar este proyecto ahora, pero ignoro si el intendente va a disponer de facultades para determinar que los puertos de Valparaíso, San Antonio y Quintero deberán dejar recursos en la región.

Yo quiero pedirles, para no generar falsas expectativas, a quienes nos apoyan fuertemente en esto de la elección de los intendentes o gobernadores regionales, que nos acompañen a fin de asegurarnos de que van a tener esa capacidad o, tal como sostuvo el Senador Tuma , al menos la facultad para determinar las concesiones acuícolas, que es una materia muy compleja para la Región de Valparaíso.

Todos estos temas concretos no están resueltos en la actualidad y, sin embargo, estamos aprobando la elección directa. ¿Por qué? Porque la entrada en vigencia de esto está condicionada a saber qué podrá hacer dicho intendente en materia de royalty portuario, en materia de concesiones acuícolas, etcétera.

Por último, a la ciudadanía se le asigna un rol nuevo que es bien importante: tendrá una elección más.

Me parece bien. Deberemos elegir Presidente de la República, Senadores, Diputados, consejeros regionales, alcaldes, concejales y, en adelante, intendentes. ¡En buena hora!

Me gustaría, sí, que junto con abrir el abanico a todo aquello también lo abriéramos a una reforma constitucional que permitiera una mayor participación a través de las consultas ciudadanas, de plebiscitos, de iniciativas populares de ley, de preguntarles a los habitantes no solamente si quieren elegir un intendente, sino qué opinan acerca del uso del borde costero, qué opinan sobre la interrupción del embarazo, qué opinan respecto de un sinnúmero de materias importantes para Chile.

A ratos siento que toda la fuerza se deposita en elegir el cargo. ¿Y qué hacemos con las atribuciones y competencias? No, esa es una excusa que usan los que no quieren aprobar el proyecto. ¿Y las rentas regionales? No, es otra excusa que se da para evitar que se elijan los cargos.

Yo quiero que tengamos un intendente elegido, cuestión que vamos a aprobar ahora; esa es la demostración.

Lo importante es avanzar en atribuciones y competencias, en las rentas regionales y en los espacios de participación para que más ciudadanos se pronuncien no solamente con relación a los cargos, que son importantes, sino también respecto de lo que vamos a hacer.

Muchas gracias.

--(Aplausos en tribunas).

El señor TUMA ( Presidente accidental ).-

A continuación, le ofrezco la palabra al Senador señor Andrés Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente, efectivamente estamos frente a un proyecto de reforma constitucional que establece algo que la ciudadanía viene reclamando desde hace muchos años. Y es, además, algo que ha estado en los planteamientos hechos por diversos partidos políticos en las campañas presidenciales: cómo descentralizar y dar más potencia a las regiones. Ello incluye el compromiso de elegir a la autoridad regional, que es lo que estamos discutiendo hoy día.

Aquí ya debatimos en general este proyecto de reforma constitucional y no hubo ningún Senador que se opusiera a la elección de los intendentes regionales o como los queramos llamar. Existió unanimidad al respecto. Todos decían -y dicen- estar a favor de la elección de los intendentes, hoy día llamados "gobernadores regionales". Pues bien, esta reforma no tiene otro objetivo.

Se dice: "Es que no podemos aprobar la reforma constitucional mientras no se promulgue la ley que otorga mayores facultades al gobernador regional".

Todos estamos de acuerdo en eso. Tanto es así que en la norma vigésimo octava transitoria de este proyecto se condiciona el momento de la elección del gobernador regional a la aprobación de la ley que establezca un nuevo procedimiento de transferencia de competencias hacia los gobiernos regionales.

Es decir, si no existe esa ley, que resolveremos nosotros por los quorums especiales establecidos, no habrá elección de gobernador regional. Y estoy convencido de que cuando hablemos ese tema derechamente llegaremos a un acuerdo sobre cómo hacer la transferencia de competencias.

Ahí se produce una cierta contradicción entre los que hacen esa objeción, porque señalan: "Es que el gobernador regional no tiene suficientes facultades". Y cuando uno conversa con ellos, les dice: "Sí, pero debemos ser moderados, prudentes. No se pueden traspasar todas las competencias de inmediato".

Estamos de acuerdo. Aquí, en el Parlamento, resolveremos cómo hacer, en forma progresiva, una transferencia de competencias responsable, para que los gobiernos regionales realmente puedan enfrentar los problemas señalados esta tarde, por ejemplo, por el Senador Tuma, quien se refirió a las facultades respecto de las concesiones acuícolas.

Yo les quiero decir lo siguiente. Casi todos somos Senadores de regiones y conocemos lo que pasa en materia de planos reguladores. En el caso de la que yo represento, hay planos reguladores que llevan tramitándose diez o doce años y que no se pueden resolver en la región. Hay que ir a la Contraloría General de la República en Santiago a resolverlos. Debemos terminar con eso. Lo lógico es que se resuelvan a nivel de la región a través de una Contraloría descentralizada.

Entonces, la transferencia de competencias la haremos con responsabilidad. No podemos condicionar la aprobación de esto mientras no tengamos lo otro. Aprobemos el informe de la Comisión Mixta, que me parece muy bien elaborado, ya que soluciona muchas de las objeciones que expusimos en la última discusión en la Sala.

Con la colaboración de todos, hemos llegado a un entendimiento en este informe, que establece que será facultad del Parlamento determinar cuándo se hace la elección de los gobernadores regionales en un próximo período, el que fije la ley electoral.

Algunos estamos convencidos de que esta elección debe realizarse el 2017. Por lo demás, ese es el compromiso que tomaron el propio Gobierno y la Presidenta Bachelet en los últimos mensajes. Y tiene que hacerse bien. Nadie va a hacer cosas apresuradas. Este Parlamento determinará en los próximos meses cómo concretar este objetivo y con qué itinerario.

Yo respeto mucho a los que creen que esto es demasiado apresurado. Pero estoy de acuerdo con lo que dice la canción: "se hace camino al andar".

Creo que hay que dar este paso y abrir la posibilidad -en eso concuerdo totalmente con el Senador García- de llegar realmente a un proceso de descentralización en el que elijamos a nuestras autoridades.

Si revisamos el informe de la Comisión Mixta más la disposición de la cláusula vigésimo octava transitoria, que determina que no habrá ninguna elección mientras no exista transferencia de competencias y mientras no se dicte la ley electoral que fije cómo elegir a los gobernadores regionales, veremos que se introduce una serie de modificaciones:

-Primero, se resuelve una diferencia que teníamos con la Cámara de Diputados en cuanto al nombre de la autoridad. Se determina que se llamará "gobernador regional" y que el representante del Presidente se denominará "delegado presidencial".

-En cuanto a la facultad de pronunciarse sobre inhabilidades, incompatibilidades, causales de cesación del cargo y renuncia del gobernador regional, se propone entregarla al Tribunal Constitucional, como sucede con otras autoridades.

-En lo relativo a eventuales empates -era una materia que aquí se objetó-, estos se resuelven de la misma forma que en la elección presidencial.

-En cuanto al fuero -porque también se reclamó por el hecho de que no había fuero para el representante regional del Presidente de la República -, la Comisión Mixta acordó consagrarlo en la Constitución.

-En relación con la acusación constitucional en contra del gobernador regional, se establecieron las mismas normas que rigen para el Presidente de la República.

-Respecto de las facultades fiscalizadoras del Consejo Regional, se replicó la misma fórmula que tiene la Cámara de Diputados, para dar un respaldo a las minorías en el proceso de fiscalización.

-En cuanto a las normas de vacancia y elección complementaria de los gobernadores regionales, se acordó que se encuentren reguladas en la ley orgánica constitucional respectiva y no en la Constitución.

-Finalmente, con relación a la disposición vigésimo octava transitoria que ya hemos mencionado, se establece con claridad que no habrá elección de gobernadores regionales hasta que no estén promulgadas la ley que fije la transferencia de competencias y la ley orgánica que determine cómo se elegirán nuestras autoridades.

Considerando lo anterior, yo les digo a los Honorables colegas: recordemos la discusión general de este proyecto de reforma constitucional. La totalidad de los Senadores aquí presentes votaron a favor y han manifestado que es necesaria la elección de los gobernadores regionales por votación popular.

Les pido que seamos consecuentes con ello. Demos este paso y aprobemos la reforma constitucional que permitirá la elección de los gobernadores regionales. Y luego, cuando debamos traer a la Sala la iniciativa que va a transferir competencias, tratémosla en forma prudente, inteligente, para que de verdad funcione la descentralización. Y lo mismo en el caso de la ley orgánica que determinará cómo elegir a los gobernadores regionales. Lo resolveremos acá y tendremos elecciones.

Soy partidario de acelerar este proceso. Y le solicito al Gobierno que ponga las urgencias necesarias para que los proyectos pendientes que tienen que completar esta reforma se tramiten en el plazo necesario para que haya elección de gobernadores regionales el 2017, como nos hemos comprometido.

Muchas gracias, señor Presidente.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , está claro que en Chile se romperá una larga tradición que no tiene justificación alguna, salvo en un presidencialismo monárquico, que espero termine con una nueva Constitución. Insisto: con una nueva Constitución y no con un parche más a la actual.

El propósito de tener gobernadores regionales electos nos hace caer en la cuenta de que Chile es el único país de América, incluidos Estados Unidos y Canadá, en el que no se elige ese tipo de autoridades por elección directa, sino por designación a dedo.

Estamos actualizándonos frente a un principio democrático, que es la elección popular de las autoridades que representan la soberanía territorial. En este caso, se trata de las regiones.

Y yo quiero decir que, dados los elementos que se nos entregan en la disposición vigésimo octava transitoria, no habrá elecciones de gobernadores regionales el 2017.

Tal como lo ha dicho la Senadora Lily Pérez , debemos estar muy claros en ello. Estamos votando una iniciativa que, en mi opinión, ha sido retrasada de manera inducida para no tener elecciones el próximo año.

Se ha alegado algo que comparto: la transferencia de facultades. Pero he dicho que ellas se conquistan, no se regalan. Nadie cede poder de manera gratuita.

Y cuando los intendentes, que hoy son nominados a dedo, sean elegidos popularmente, en vez de reprimir a los que marchen tendrán que unirse a ellos, tendrán que respaldar la voluntad popular, ya que serán elegidos por el pueblo.

Yo lo reitero: si los gobernadores regionales quieren poder para las regiones, tendrán que marchar sobre Santiago y rodear La Moneda. La monarquía presidencial no cederá verdadero poder si no hay presión popular de los gobernadores regionales electos.

No será una negociación en este Senado. Porque esto cuadra armónicamente con el duopolio. Ni Chile Vamos ni la Nueva Mayoría desean ceder la elección porque ambos calculan que pueden gobernar. Y creen que la elección de gobernadores regionales, sumada a la de Senadores y Diputados, podría ser extremadamente peligrosa e impredecible.

Por tanto, es un factor de competencia y de división. Y no lo quiere ni la Nueva Mayoría ni Chile Vamos, porque tendrían que competir y llegar a acuerdos. Y en momentos difíciles para la política, lo mejor es sacar de la cancha todo aquello que pueda dañar la unidad.

Yo lo entiendo, pero no lo comparto. Considero que la elección de gobernadores regionales para el 2017 marca un punto cualitativo y cuantitativo en la democratización real de la sociedad.

Si no hay elecciones, en los próximos cuatro años tendremos intendentes designados. ¡Designados! No va a haber gobernadores regionales. La figura del intendente se va a mantener hasta el 2020. Y eso no va a ser bueno para nadie. Va a ser rechazado y cuestionado por la ciudadanía.

Si hubiera real voluntad política, llegaríamos a acuerdo ahora, en enero, para poder tener una transferencia de facultades adecuada, potente y efectivamente incorporar, en este proceso, por complejo que sea, la elección inmediata.

Me gustaría saber qué piensan los nuevos presidentes de partidos políticos. Quisiera que la Senadora Van Rysselberghe, que llega a encabezar a la Unión Demócrata Independiente y quien ha señalado que no cree en la igualdad, indicara si cree en la voluntad popular y si la UDI va a votar coherentemente con lo que ha sostenido. Porque el doble discurso es lo que ha dañado terriblemente a la política.

Si se dice que se quiere democratizar, que se quiere participación, que se quieren elecciones, entonces hay que aprobar la elección inmediata de los gobernadores regionales y autorizar la transferencia de facultades.

He conversado con el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, Ricardo Cifuentes , quien me señala que el proyecto de ley respectivo está listo, que viene mejorado y con muchas transferencias. Yo quiero pesar cuán importantes son estos últimos, pero estoy dispuesto a votar a favor de esa iniciativa aun cuando no estén todas las transferencias que considero necesarias, porque el resto habrá que conquistarlas. No van a ser un regalo, una dádiva del poder central, de la monarquía presidencial. Tendrán que ser conquistadas, y serán progresivas.

En tal sentido, si tenemos ese acuerdo, lo que debemos debatir en la Sala es si vamos a aceptar que no haya elecciones el 2017. El voto favorable para este proyecto no va de la mano ni es copulativo con que ellas se celebren el 2020. Yo voto a favor porque el 2017 debe haber elecciones. Y es lo que debiéramos transparentar a la ciudadanía.

Si alguien piensa que efectivamente es lo que va a ocurrir, pero que dependerá de la velocidad del trámite legislativo, que sea franco. Aquí hemos despachado leyes en 24 horas, hemos despachado leyes sin siquiera un informe, solo con un certificado. Y, por lo tanto, lo que aquí se requiere no es acelerar los tiempos legislativos, sino un acuerdo político.

Ahora, si el acuerdo político indica que habrá transferencia de facultades, aunque no estén todas las que queremos, aprobemos el proyecto tal como está.

El Senador Espina ha hablado de "cero facultades". Y comparto su opinión. El Subsecretario , sin embargo, me ha expresado que las facultades vienen mejoradas. Pero yo digo: aunque vengan "cero facultades", aprobemos ahora. Una vez que tengamos a la autoridad regional electa, vamos a reunir a los 16 gobernadores para tener fuerza en la coordinación regional. Y el Ejecutivo monárquico presidencial deberá entender que se ha creado un nuevo estatus de representación de la soberanía popular y tendrá que responder a ello.

Así, despejamos completamente el debate para el 2017 y no andamos escondiendo la pelota, faltándole el respeto a la ciudadanía, porque a lo que se comprometió la Presidenta Bachelet es a elecciones el próximo año.

Yo emplazo a la coalición de Gobierno, a la Nueva Mayoría, a explicitar el debate. Y a la Derecha, a la Oposición, a que aclare las cosas.

La señora PÉREZ ( doña Lily ).-

¿Cuál Oposición?

El señor MOREIRA .-

¡Usted es Oposición!

El señor NAVARRO.-

Si se van a abstener, si van a rechazar el proyecto, o si lo van a dilatar. Porque lo van a dilatar. Van a sacar las castañas con la mano del gato, van a argumentar latamente, van a presentar decenas de indicaciones, de tal manera que no haya tiempo legislativo para aprobar la iniciativa en conjunto con las fechas electorales que el SERVEL ha estipulado.

El señor MOREIRA.-

¡Eso es lo que queremos!

El señor NAVARRO .-

Por lo tanto, señor Presidente , digámoslo francamente.

Vamos a ver cómo vuelven a sus regiones aquellos que se dicen regionalistas.

Tengo aquí, a mi lado, al Senador Guillier , quien ha encabezado la bancada regionalista.

Hay varios conspicuos ciudadanos Senadores,...

El señor BIANCHI .-

¡Acá! ¡Acá, Senador!

El señor NAVARRO .-

... como el ciudadano Senador Bianchi , que dicen que van a votar a favor.

Bueno, ¡llegó la hora de la verdad!

Están también la Senadora Van Rysselberghe, que es mi compañera de la Región del Biobío, el Senador Pérez Varela .

Pero ha llegado la hora de la verdad: cómo van a votar la elección directa de los gobernadores regionales; y segundo, si van a hacer el trámite extenso o el trámite adecuado para que haya elecciones.

¡Esta es la hora de la verdad!

Yo los emplazo a que nos digan en este debate cómo será lo que viene, señor Presidente , porque, si no, estamos engañando a la ciudadanía y nos estamos engañando a nosotros mismos.

Aquí se requiere mayor transparencia y ver si hay voluntad política...

El señor MOREIRA.-

¡Presidente! ¡Reglamento, Presidente!

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Deje que termine de hacer uso de la palabra el señor Senador.

El señor NAVARRO .-

Hay que ver si existe voluntad política del duopolio que mayoritariamente se da hoy en la Sala.

El señor MOREIRA .-

¡Nos está emplazando, señor Presidente ! ¡No nos puede emplazar!

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, por su intermedio, los emplazo, particularmente al Senador Moreira, para que haya coherencia entre lo que dicen y lo que hacen. Porque esta es la hora de las regiones.

Hay demasiados regionalistas de papel lustre, señor Presidente, que se arrugan a la primera.

¡Esta es la hora de la verdad!

Yo voy a votar a favor de la elección de los gobernadores regionales, pero mi voto lleva explícito, concreto, que haya elecciones el 2017.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

--(Aplausos en tribunas).

El señor TUMA ( Presidente accidental ).-

¡Muy bien la intervención...! ¡Mucho aplauso...! ¡Parece que lo importante es el 2017...!

El señor MOREIRA.-

¡Vamos a hacer lo mismo que hizo usted, Senador Navarro, en la discusión de la Ley de Presupuestos: vamos a dilatar, las veces que sea necesario!

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Senador Moreira, no le he dado la palabra.

El señor MOREIRA.-

¿Y arriba, señor Presidente?

¡Aplique el Reglamento!

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra a continuación el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.-

Señor Presidente , he escuchado muy atentamente el debate que se ha producido en la Sala, y, como Senador de La Araucanía, la región más empobrecida del país, tengo plena y absoluta conciencia de lo imperioso que resulta que la máxima autoridad regional sea elegida por la ciudadanía, que cuente con competencias y facultades para realmente poder tomar decisiones en beneficio de su comunidad, y que tenga plata, porque una autoridad elegida sin competencias y sin recursos es una autoridad decorativa.

Quiero decirles, particularmente a quienes nos están viendo por televisión y a quienes nos distinguen con su presencia en la Sala del Senado, que no es verdad que estamos eligiendo al intendente de la región al aprobar este proyecto, pues el intendente de la región pasa a llamarse "delegado presidencial" y sigue siendo designado por el Presidente de la República , con las mismas facultades que tiene actualmente.

Esa es la verdad.

Y quien asume en representación de la ciudadanía, llamado "gobernador regional", no posee, hasta ahora, ninguna facultad de fondo. ¡Ninguna facultad de fondo! Por lo tanto, lo que estamos eligiendo es una autoridad decorativa. Y eso -perdonen que se los diga- no es lo que la ciudadanía quiere ni aspira, ni es, tampoco, lo que corresponde cuando se desea descentralizar de verdad.

Quiero señalarles que esta reforma constitucional es incompleta -lo voy a demostrar-, absolutamente insuficiente y, además, especialmente contradictoria con el informe de la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización -nominada por la Presidenta de la República -, que es el órgano que más ha impulsado la elección del intendente, que no se produce en este proyecto.

En esta iniciativa, señor Presidente , se rechazaron y no fueron repuestos, hasta el día de hoy, dos artículos que eran claves para haber avanzado en materia de regionalización.

Uno de ellos -quiero recordárselo a los señores Senadores y, particularmente, a los que participaron en dicha Comisión y a todos quienes han hablado con mucho entusiasmo a favor de la regionalización, la que comparto; entre ellos el Senador Navarro, a quien veo, legítimamente, muy interesado en el tema- se refiere a la denominada "subsidiariedad territorial". ¡Subsidiariedad territorial! Esta, según el informe de la Comisión que encabezó el señor Von Baer , se estima clave en esta materia. Se señala textualmente que "Cada función pública debe radicarse en aquel nivel donde ésta se ejerce igual o mejor, privilegiando el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nivel nacional".

¿Qué significa esto, en castellano?

Que, cuando se traspasen atribuciones a las regiones, estas deben ir, primero, a la comuna; luego, a la provincia, y después, a la región, para que de verdad lleguen a las regiones y a los lugares más apartados.

Esa disposición fue objetada por el Gobierno y rechazada. ¡Rechazada!

Por lo tanto, les quiero advertir que la norma clave propuesta por la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización no se cumple, pues las transferencias de recursos no se harán a nivel local -para que lo sepan-, sino que seguirán haciéndose cupularmente, con suerte, al nivel máximo regional. Y eso no es descentralizar.

Y más grave aún, señor Presidente, es que se rechazara la entrega de recursos.

Quisiera que los señores Senadores que con tanto entusiasmo hablan de regionalización me explicaran cómo pueden aprobar una reforma constitucional en la que expresamente se rechaza una norma que dice: "Toda transferencia de competencias desde el Presidente de la República a los gobiernos regionales irá acompañada de las atribuciones de recursos equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio. Toda creación o extensión de competencias que aumente los gastos de los gobiernos regionales irá acompañada de los recursos determinados por la ley".

Quiero notificarles que lo que se rechazó, entonces, es que, cada vez que se transfiera una competencia a los gobiernos regionales, no se les dará plata. ¡No se les dará plata! Y me gustaría saber qué va a hacer un gobernador regional cuando le transfieran una competencia y conjuntamente le digan que la Constitución, claramente, no le da recursos.

Es bien fácil subirse arriba y declararse partidario de la elección del gobernador para que este sea elegido democráticamente. Pero yo no me voy a hacer cómplice de un gobernador decorativo bajo ninguna circunstancia, pues no estoy dispuesto a jugar con las ilusiones y esperanzas de los electores de La Araucanía, que me trajeron al Senado, ni con los 10 millones de chilenos que viven en regiones.

Esto, que expresamente pidió la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización, lo borraron de un plumazo. Y nadie lo dice.

Por lo tanto, vamos a elegir a un gobernador regional sin facultades.

El Senador Zaldívar expresa: "Esa materia la vamos a discutir en la ley sobre competencias". Pero, ¡momentito! Cuando, para tener la certeza de que no íbamos a hacer un papelón ante la opinión pública, le pedimos al Gobierno que nos indicara las competencias que estaba dispuesto a transferir, nos entregó un protocolo de acuerdo -aquí lo tengo- en el cual no se transfieren competencias reales.

Les voy a señalar cuáles son las más importantes.

Se transfiere al gobierno regional "Proponer un proyecto de zonificación del borde costero". ¿Lo puede hacer hoy día? Sí.

También "Aprobar la identificación de territorios como zonas rezagadas en materia social". ¡Si el problema no es aprobarlas, sino darles los recursos para que puedan salir como zonas rezagadas! Sin embargo, ¡cero recursos!

Otra transferencia es "Aprobar el Plan de Desarrollo de las Zonas Rezagadas en coherencia con la política nacional". O sea, el gobernador será un "planificador".

Luego: "Promover la implementación de oficinas comunales de fomento productivo". ¡Un "promotor de oficinas"!

¡Por favor! ¿Es eso regionalización? ¿Es eso descentralización? ¡No lo es, derechamente!

Se nos dice que no nos preocupemos, porque la aprobación del proyecto de competencias va a depender de nosotros. Pero la facultad de dar las competencias -que lo sepa la ciudadanía- no depende de nosotros, por cuanto es facultad exclusiva del Gobierno.

Por lo tanto, en enero podemos aprobar una ley de transferencias con competencias mínimas, absolutamente insuficientes, que gatille la elección de un gobernador sin facultades.

A mí me gustaría saber qué va a hacer ese gobernador cuando haga campaña, vaya a los barrios -como lo hacemos todos quienes hemos hecho campaña-, y la ciudadanía de La Araucanía le diga: "Oiga, resuélvame el problema de las cien mil personas que hoy no tienen agua potable".

¿Saben lo que tendrá que responder? "Perdón, no tengo facultades para eso como gobernador, porque le corresponden al señor delegado presidencial".

Entonces, ¿por qué usted no arregla la situación de seguridad ciudadana o por último participa en su solución? "Perdóneme, pero en esta materia yo no tengo nada que ver. Es un tema del delegado presidencial".

¿Y no me puede ayudar, por favor, a mejorar la infraestructura de los hospitales de mi ciudad? "No, perdón, yo no tengo nada que hacer. Eso es asunto del delegado presidencial".

¿Qué estamos eligiendo, entonces? A una autoridad que no tendrá atribuciones ni facultades.

Y yo quiero que se tenga recuerdo de esta sesión para que, si se llega a elegir a esas autoridades sin facultades, no nos quejemos después de que la ciudadanía nos acusa de no haber tenido la suficiente prudencia y responsabilidad para haberle exigido al Gobierno, que concentra el poder, la entrega de facultades.

Agrego, además, que, cuando firmamos el referido protocolo con las autoridades de Gobierno, nos dijeron que aquellas competencias que el Presidente de la República determinara -es decir, las regiones no se las pueden pedir- comenzarían a regir el año 2022. ¡El año 2022! Y las que se entreguen hasta esa fecha solo serán las que el Gobierno desee traspasar.

Por eso, yo al menos no estoy dispuesto a avalar un proyecto que va a sembrar expectativas, ilusiones y esperanzas en la ciudadanía en cuanto a que su autoridad será elegida democráticamente y tendrá poder, facultades para resolver los problemas, pero que, en la práctica, deberá estar permanentemente mirándole la cara al delegado presidencial, que será, en definitiva, quien "corte el queque".

Y tiene razón el Senador Navarro cuando dice que todos los gobernadores deberán partir a Santiago a reclamar. Y yo no quiero que el próximo Gobierno tenga que enfrentar marchas a la capital porque 14 o más regiones desean arrebatarle al Gobierno central atribuciones que no quiere entregar.

¡Esa es la verdad de este proyecto! Y lamento decirlo con toda franqueza.

Para terminar, un par de datos finales.

Primero, el gobernador tendrá tan poco poder que ni siquiera mandará a los seremis, los cuales seguirán dependiendo exclusivamente del delegado presidencial. Será como un Presidente que no manda a sus ministros.

Si el Gobierno está dispuesto a transferir facultades adecuadas, va a contar con mi voto a favor en el proyecto sobre traspaso de competencias. Pero, mientras tengamos estas omisiones, yo no me voy a hacer cómplice, señor Presidente -lo digo con el mayor respeto- de una reforma constitucional incompleta, que no garantiza atribuciones, y que va a generar falsas expectativas en la ciudadanía, que se merece una descentralización de verdad y no de papel.

He dicho.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Solicito a los asistentes a las tribunas que respeten el Reglamento.

El señor MOREIRA.-

¡Aplíquelo, señor Presidente!

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Enseguida, tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.-

Señor Presidente , creo que no nos equivocamos si decimos que esta reforma no solo es la más importante que ha iniciado el país en décadas desde el punto de vista de los cambios al Estado -lo es porque redefine, en lo esencial, las relaciones de poder entre los chilenos y redistribuye territorialmente la capacidad de toma de decisiones-, sino que además las reformas que el país está desarrollando en distintos ámbitos tienen dimensión regional. La educación, la salud, las políticas de infraestructura siempre muestran una faceta territorial, y es lo que pone de relieve esta iniciativa.

Lograr que la autoridad regional sea electa por voto popular es, por sí, un elemento gatillante de procesos políticos. La política no es solo el acto legislativo de aprobar un proyecto tal cual llega o de hacerle indicaciones: desencadena procesos de construcción de realidad. Y, por lo tanto, tengo confianza en que la elección del gobernador por voto popular va a generar, por sí misma, una dinámica de participación en las regiones y, consecuentemente, una amplitud de espacio para efectuar las reformas que sean necesarias para un efectivo traspaso de competencias, las que, por lo demás, se están tramitando en paralelo.

No hay que ver la política como algo estático, que se limita al papel, sino como un hecho de construcción de realidad.

Estoy convencido de que realizar el acto histórico de elegir al gobernador será un precipitante para probar las voluntades políticas descentralizadoras -incluso de quienes desconfían del proceso por estimarlo muy tímido- y para hacer del debate sobre transferencia de competencias un ejercicio real de facultades para garantizar que el gobernador electo tenga la capacidad de liderar el proceso de construcción del proyecto de desarrollo de cada región, especialmente en las dimensiones social, de fomento productivo, de políticas de infraestructura y, finalmente, de administración de los servicios básicos.

Por consiguiente, va a depender de la voluntad del Congreso Nacional frenar, una vez más, el proceso regionalizador, o comprometerse con él no solo para sacar adelante la elección del gobernador -que de alguna manera ya está establecida y aprobada en primera instancia-, sino también para desencadenar los procesos de delegación de competencias sustantivas que efectivamente permitan que las regiones se den su propio buen gobierno.

Asimismo, y tal como ya se ha mencionado, será necesario tramitar un proceso de financiamiento regional que represente una estructura tributaria distinta de la que actualmente tenemos -la cual se concentra, fundamentalmente, en fondos que llegan a una misma autoridad que redistribuye- y establecer, a partir del financiamiento de estructuras tributarias con base regional, mecanismos e incentivos que alienten la inversión y el desarrollo de proyectos sin la resistencia, muchas veces legítima, que producen las comunidades que no ven en ello un proceso real de crecimiento para las regiones o para las comunas.

Distinto es si las regiones participan de los beneficios que generan esas inversiones productivas.

Por lo tanto, no solo se trata de discutir qué porcentaje de recursos fiscales irá a cada región, sino también de crear condiciones para que las regiones generen mecanismos atractivos de inversión y desarrollo del territorio a lo largo de nuestro país.

Señor Presidente, podemos discutir esta materia de diversas maneras. Evidentemente, hay regiones que exhiben un desarrollo desigual producto, por lo demás, del mismo centralismo.

Confiamos en que este proceso vaya asociado a la formación y fomento de capacidades para un desarrollo gradual y progresivo en las regiones, sin que por esto haya horizontes acotados, cerrados por las normativas que despachemos. Al establecer una nueva dinámica social y política en Chile, alentada por una vocación descentralizadora, se generarán otros proyectos y otras dinámicas que nos permitirán acentuar dicha transformación, de manera que los actuales espíritus pesimistas se vayan convenciendo de que no tienen por qué sentir que lo que no se aprobó hoy no se pueda realizar. Por el contrario, en la medida que desencadenamos interesantes procesos de debate parlamentario, con buenos argumentos, indicaciones y proposiciones, iremos empoderando a los gobiernos regionales y avanzando en la dirección de una nación descentralizada y desarrollada.

Me asiste la convicción de que si Chile no se descentraliza, no será jamás un país desarrollado.

La regionalización es una condición de las estructuras políticas modernas más participativas, con gobiernos más cercanos a la gente; pero también con políticas de desarrollo de cada región de acuerdo a sus potencialidades, a sus fortalezas, a su cultura e identidad.

Por tal razón, apoyamos con la más absoluta convicción este proceso, que en el papel puede verse débil, pero que va a desencadenar -no me cabe duda- un cambio en la forma de hacer política en Chile acorde a lo que será el siglo XXI.

Voto a favor.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

A continuación, tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , pareciera a ratos, por las intervenciones que estamos escuchando, que acá hay algunos más regionalistas que otros. Pero, en verdad, yo pienso que el Senado, compuesto mayoritariamente por representantes de regiones, es enteramente regionalista.

En mi caso, ya con más de 20 años representando a una región, he logrado conocer a nuestro país desde otra perspectiva. Y aprendí a sufrir a Chile desde las regiones, pues no cabe la menor duda de que parte del retraso que muchas presentan -entre ellas, la nuestra- se debe al centralismo.

Mientras continuemos en ese espíritu, vamos a seguir limitados en nuestro horizonte de crecimiento y desarrollo.

Con todo, la pregunta es si la fórmula y el camino que estamos tomando en esta reforma constitucional nos van a permitir resolver las inquietudes que han afectado tan delicadamente a las regiones; que han impedido a muchas de estas desarrollarse y crecer en todo su potencial.

Lamentablemente, por más entusiasmo que haya sobre el particular, veo más voluntarismo que realismo.

Porque acá estamos aprobando dos cuestiones. Primero, la elección de los intendentes (mañana gobernadores regionales) por parte de la ciudadanía; y segundo, la instalación de dos autoridades en las regiones: el gobernador regional, quien será elegido, y el delegado presidencial, el cual va a ser designado por el Presidente de la República .

Mi pregunta es: ¿ello resuelve los problemas de las regiones? Lamento decir que no. Y lo lamento pues me encantaría que sí lo hiciera. Hemos peleado y buscado a través de numerosas propuestas cambios de verdad en materia de descentralización.

Pero la descentralización tiene muchas más dimensiones que la política, vale decir, la elección de las autoridades, o la del mero diseño institucional.

Aquí se requieren atribuciones reales y efectivas en manos de las regiones; se necesitan competencias eficaces a fin de implementar estrategias de desarrollo que hoy día no se pueden llevar a cabo desde las regiones; se precisa una descentralización del financiamiento que asegure que no se le estará mirando el rostro a Santiago para lograr los objetivos que se deben cumplir en regiones; se requiere, por tanto, un proceso de descentralización con bastantes facetas, no como existe hoy.

Señor Presidente , creo que acá hay una cuestión todavía más compleja y delicada. Porque la estructura planteada -ya lo señalé con anterioridad- empeorará las cosas en las regiones.

Hoy día el intendente al menos tiene unidad de mando. Dependen de él todas las autoridades ministeriales, los seremis, en fin, y se coordina con el resto de manera efectiva.

Si no avanza más no es porque no sea elegido. Ello ocurre porque no tiene atribuciones ni recursos para llevar adelante esas competencias.

Podemos hacer elegir al intendente. Sin embargo, si no le damos atribuciones y recursos, no habremos avanzado un metro.

Lo que estamos haciendo es eso.

Hemos instalado un principio de incertidumbre, pues no sabemos qué atribuciones va a tener.

Es cierto que la elección de esa autoridad va a estar supeditada a que se establezcan esas competencias en la ley respectiva. Pero desconocemos la transacción que se hará finalmente.

Ya lo recordó el Senador Espina: los primeros indicios hablan de que no hay voluntad para hacer traspasos muy relevantes.

Por lo tanto, estamos eligiendo a un gobernador legítimo por su autoridad democrática, pero inútil por su falta de atribuciones.

De otro lado, está el intendente, quien tendrá todo el poder, pero carecerá de la legitimidad de la gente, al ser designado por la primera autoridad nacional.

Aquello, aparte generar conflictos de atribuciones y tensiones, instalará un gobierno bicéfalo en las regiones. Estamos creando un monstruo de dos cabezas.

En la Comisión Mixta hicimos todos los esfuerzos por superar los problemas que se nos presentaron.

Me correspondió presidir dicha instancia -di cuenta de ello en la sesión pasada-, e informé de los acuerdos a que habíamos llegado. Yo diría que el 80 a 90 por ciento de estos son muy positivos y mejoran este proyecto.

Porque tampoco quisimos perjudicar lo que se había hecho sobre el particular.

No obstante, al momento de terminar la tramitación de esta iniciativa, no puedo dejar de manifestar una convicción: estamos haciendo una muy mala reforma constitucional y vamos a frustrar las esperanzas de quienes desde las regiones hemos estado esperando por algo distinto, que no sea solo elegir a las autoridades.

Yo no tengo ningún problema en que la elección del gobernador regional se realice el próximo año, o el día que se estime conveniente.

No es ese el problema.

Lo que quiero es que haya regionalización de verdad. Y acá estamos haciendo promesas y diciendo palabras: historia que se escribe con los labios, no con los hechos. Porque -repito- no estamos generando una regionalización de verdad.

Lo lamento mucho, pues numerosa gente tiene esperanzas en esta reforma constitucional, tal como ocurrió cuando se estableció la elección directa de los consejeros regionales. Pero no pasó nada con eso, pues a los consejeros regionales no se les dieron atribuciones.

Y eso mismo sucederá ahora.

De ahí que me parece muy importante que entendamos que el problema no es elegir a nuestras autoridades regionales, sino el diseño estructural de las instituciones que estamos creando.

Un monstruo de dos cabezas que va vivir en tensiones será simplemente algo ingobernable.

Vamos a tener disputas regionales que se trasladarán a nivel nacional cada vez que el gobernador regional se agarre del moño con el delegado presidencial. Ahí va a partir aquel con sus atribuciones y autoridad legítimas a reclamarles a las autoridades respectivas en Santiago. Y los conflictos regionales terminarán de nuevo resolviéndose en la Capital.

Mucho más limpio habría sido, como lo señalé desde el primer día, decir simplemente: "El intendente hoy día, con todas sus atribuciones, es elegido".

Sería bastante más claro. Tendríamos un esquema bastante más ordenado. Pero no, optamos por el camino más difícil: crear dos autoridades para que dirijan a una región.

Es una lástima. Porque así no se avanza; así se frustran las esperanzas. Y creo que de ese modo se va a considerar cuando se evalúe el progreso de esta reforma, la cual, si se aprueban las dos iniciativas de leyes orgánicas constitucionales: de competencias y atribuciones y de elecciones, podrá aplicarse el próximo año. Esto dependerá de la voluntad del Gobierno, no de nosotros. Si el Ejecutivo tiene ideas, tiene propuestas y fija urgencias, así va a ocurrir.

Por lo tanto, no depende de nadie más que del Gobierno que las elecciones de estas autoridades se hagan el 2017.

Sin embargo, el diseño elaborado no ayuda a resolver los problemas de las regiones.

Por eso, señor Presidente , lamentándolo mucho, porque hemos estado detrás de la regionalización y de la descentralización desde hace 20 años, siento una gran frustración, pues estamos dando puros pasos políticos, que parecieran gustarles a los políticos, y no pasos reales en cuanto a otorgarles atribuciones de verdad a las regiones.

Y mientras eso siga así, yo por lo menos no voy a ser parte de algo que finalmente puede terminar convirtiéndose en un gran engaño o hacer que la gente sienta una gran frustración.

No podría votar en contra de una iniciativa de esta naturaleza, pero me veo obligado a abstenerme. Porque votar a favor, a pesar de lo mejorado que queda su texto con el informe de la Comisión Mixta, significaría simplemente aumentar la frustración de las regiones.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente , es absolutamente necesario, habiendo escuchado algunas intervenciones de Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra, decir la verdad. Y la verdad es que hoy día estamos asistiendo efectivamente a la aprobación de una significativa reforma, de uno de los proyectos, sin lugar a dudas, más importantes que podemos sancionar en el Congreso.

De lo que se trata, señor Presidente, es de dejar de tener regiones "de papel", administradoras, y pasar a contar con verdaderos gobiernos regionales.

¿Y por qué lo digo? Porque aquí se ha dicho, con alguna liviandad, que lo que estamos haciendo ahora es establecer una futura autoridad que no tendrá ninguna atribución.

Claro: si solo estuviéramos votando la elección de los gobernadores regionales, efectivamente sería de ese modo. Pero no lo es, señor Presidente .

Tanto es así que, según lo conversamos con el Ejecutivo , en fecha próxima, en enero, vamos a empoderar a esta nueva autoridad regional, dándole cerca de 100 atribuciones. Para ser más preciso: ¡101 atribuciones!

Ese es el proceso que viene, ese es el proyecto que efectivamente va de la mano con lo que hoy día estamos sancionando. Y por eso, de manera absolutamente responsable, hoy día estamos haciendo que en el futuro más cercano tengamos verdaderos gobiernos regionales; no más estas administraciones -con suerte-, estas regiones que tienen una absoluta y completa dependencia de la estructura central de nuestro país.

A modo de ejemplo, señor Presidente , fíjese que entre las atribuciones que deberemos discutir ahora, en el mes de enero, están los programas de vialidad urbana; la rehabilitación de espacios públicos; los pavimentos participativos; el transporte y el ordenamiento territorial, en materia de infraestructura; la distribución general del presupuesto, para que se haga efectiva la priorización en la focalización regional; entre otras muchas atribuciones.

Además, la identificación de zonas rezagadas en materia social y su plan de desarrollo; financiar actividades y programas culturales; mantener información actualizada sobre la situación socioeconómica de las regiones; aprobar el plan regional de turismo; promover y diseñar programas, proyectos y acciones en fomento productivo; aprobar la política regional de innovación; etcétera.

Entonces, cuando uno escucha intervenciones en las que, probablemente para argumentar el voto en contra, se señala que "no se puede asumir la irresponsabilidad de lo que hoy día estamos haciendo", a uno, de verdad, le cuesta entender el verdadero sentido de la negación a avanzar en esto.

A lo mejor quienes desean postularse el próximo año a la Presidencia de la República tienen poco interés en que esto se dé, en que esto sea así. Es lo más probable; puede que sea hasta legítimo el querer volver a designar a esas autoridades regionales, y que ellas no sean electas por el voto popular.

Y es allí donde tenemos que detenernos. Porque tendremos que discutir más de 100 atribuciones.

Sin embargo, aquí hay que pasar la prueba de la blancura. Y en ese ámbito la única forma de demostrar por parte del Gobierno y este Congreso que efectivamente vamos a tener esta autoridad el año 2017 es colocarle urgencia ahora al proyecto de traspaso de competencias.

¡Eso es pasar la prueba de la blancura!

¡Eso es demostrar que existe verdadero interés en que el año 2017 contemos con esta autoridad electa!

Lo contrario simplemente es dilatar.

En este mismo Congreso hemos visto cómo durante largos meses se nos ha hecho casi imposible avanzar en esta iniciativa que hoy día votamos a favor en su trámite de Comisión Mixta.

Yo soy un hombre de regiones, como la gran mayoría de quienes estamos en este Hemiciclo, y puedo decir que todos queremos tener un país fuerte. Pero la única forma de que sea un país fuerte, un Estado potente, es fortaleciendo las estructuras regionales. Y por eso estamos realizando este empoderamiento de nuestras estructuras regionales.

Además, habrá un CORE, un consejo regional, que también tendrá muchas otras facultades de que carece el día de hoy.

Asimismo, debemos fortalecer las estructuras comunales, sin duda alguna; trabajarlas en conjunto con las regionales y, de esta forma, empoderar a Chile a través de las regiones.

Por eso, señor Presidente , no solo voy a votar una vez más a favor de esta iniciativa, sino que pido que se diga la verdad. Porque ninguno de los que hoy día la estamos apoyando nos vamos a prestar para engañar a un país, como tampoco para aprobar un solo proyecto en que, en definitiva, no se efectúe un empoderamiento de las estructuras regionales.

Haremos todo lo contrario, señor Presidente .

Pero para eso se requiere que el Gobierno le coloque urgencia a la iniciativa pertinente para tratarla ya en el mes de enero, y de esta manera, poder tener elecciones de gobernadoras o gobernadores el año 2017.

Por eso, voto que sí.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , la verdad es que esta votación ha estado llena de aprensiones, fantasmas, en fin. Y creo que es bueno dilucidar el punto. De hecho, como grupo parlamentario regionalista -todos se adscriben a ello- hoy tuvimos una reunión de trabajo con el Ministro del Interior y el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo. Estuvieron presentes Senadores; Diputados; la "Fundación Chile Descentralizado... Desarrollado" (con don Diego Portales y don Fernando Rivas , y en la que se encuentra en comisión de servicio el señor Heinrich von Baer en Aisén), lo cual me parece muy bien.

¿Qué aprensiones surgieron? Hay que darlas a conocer con transparencia a las personas que nos ven, y conversarlas entre nosotros.

Se trata de lo siguiente:

En primer término, un gobernador regional electo de la Región Metropolitana tendrá una cantidad de votos que le permitirá ser candidato a Presidente de la República en la elección siguiente. Y lo mismo podría suceder con alguien de la Región de Valparaíso o de la del Biobío.

Pero es bueno que haya caminos de servicio público para llegar a determinados cargos. Lo mismo pasará con los que pretendan ser Diputados o Senadores respecto a los gobernadores regionales, y también lo considero positivo.

En segundo lugar, el cálculo electoral está lleno de aprensiones porque hay gran incertidumbre respecto de los resultados.

De hecho, se ha planteado abiertamente que la reforma podría favorecer a los partidos chicos o, mejor dicho, a los emergentes, por el desgaste de los tradicionales. Basta ver la cantidad de personas que votaron en la elección pasada o cómo les ha ido en el refichaje a las colectividades grandes. Son cosas concretas.

Ello se resuelve con una visión realista y no con una mirada desde el centro. Luego vamos a hablar de eso.

Asimismo, la iniciativa en estudio llama a la gradualidad. No se piensa implementar de golpe y porrazo. Ha habido casos -por ejemplo, el de España- en los cuales reformas de este tipo no generaron todos los beneficios esperados inicialmente.

Por otro lado, el proyecto contempla la supletoriedad, lo que implica que, si una región falla o tiene un problema, va a contar con la asistencia debida y los indicadores a tiempo.

Además, es muy importante señalar que los distintos Gobiernos de los últimos períodos anunciaron esta reforma como un compromiso presidencial, ¡pero no lo cumplieron!

La actual Administración, en cambio, lo anunció y lo puso en el programa como corresponde, y formó una comisión asesora presidencial al efecto, en la que participaron todas las regiones del país. Dentro de las múltiples reformas propuestas por dicha instancia, se plantearon con prioridad la que nos ocupa y las iniciativas de ley que vienen aparejadas.

Ante ello, no deja de llamar la atención el hecho de que, por distintas razones, algunos parlamentarios se han ido desvinculando de este proyecto.

Con respecto a la transferencia de competencias, quiero señalar que aquí claramente hay un doble discurso.

Basta revisar lo que pasó cuando se votó una reforma similar en este mismo Senado con relación al período 2010-2014. Las personas que hoy dicen que no existe suficiente traspaso de atribuciones y competencias a las regiones entonces votaron a favor dicha iniciativa, que era verdaderamente aberrante. ¡Las regiones debían pedirle al Presidente de la República que autorizara la respectiva transferencia de facultades y competencias!

Yo voté en contra de ello en su minuto. Y ahora disponemos, como bien han manifestado varios señores Senadores, de una cantidad muy importante de atribuciones de verdad. Estoy hablando, por ejemplo, del Plan Regional de Ordenamiento Territorial, que existe, aunque no es legal ni vinculante y tampoco estrictamente participativo.

A ello se agregará la regulación de todos los sistemas de agua potable rural. Acabamos de sacar una ley que amplía dichas facultades al saneamiento, a los alcantarillados y a las plantas de tratamiento.

También se contempla todo el manejo de los caminos secundarios. De 80 mil kilómetros de red en Chile, más de la mitad se encuentran en esta condición.

Creo que en esa materia no hay que temer a equivocarse. Al revés, se debe asegurar en forma seria ante el país, ante las personas que nos ven, que el traspaso de competencias pertinente se hará antes de mayo del próximo año y que la ley orgánica relativa al acto eleccionario mismo se tramitará antes de abril. Solo eso garantizará que el 2017 haya elecciones de gobernadores regionales.

Con la presente reforma hoy estamos dando un paso con bastante fe, en la esperanza de que luego se verán otros proyectos relacionados.

La SUBDERE, en este Senado, logró destrabar el llamado "trencito legislativo": primero se abordará esta reforma; luego lo relativo a la transferencia de competencias y a la ley orgánica sobre elecciones, y finalmente, lo concerniente al financiamiento regional. Algunos de esos proyectos se podrán ver en paralelo.

Sin embargo, quiero ir un paso más allá.

Hace poco se nos expuso sobre el crecimiento económico del país. El Presidente del Banco Central señaló: "Es bajo, pero es crecimiento al fin y al cabo". Pero no nos engañemos. El sistema actual es centralizado y concentrador en lo económico, lo que lleva a que todas las regiones se transformen en zonas de sacrificio.

Nadie puede sostener que ese crecimiento permite mantener y valorar, por ejemplo, nuestro territorio, nuestro mar, las aguas, los recursos renovables, en circunstancias de que todo viene en bajada.

¡Para qué hablar de la pesca! ¡Todas las especies están en proceso casi de colapso!

En cuanto al bosque nativo, se queman 120 mil hectáreas por año y se plantan solo 7 mil. Por tanto, no hay certeza de que tal recurso tenga sustentabilidad en el tiempo.

Si a ese panorama agregamos lo relativo a los efectos del cambio climático, con mayor razón debemos pensar en una modificación.

Revisen el informe realizado por el Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile, titulado , en el cual se compara la situación de los distintos recursos entre los años 1999 y 2015. Ahí se encuentran los antecedentes concretos que fundamentan lo que estoy exponiendo.

El estado del medio ambiente en Chile

Pero los efectos del actual sistema de administración regional no solo se manifiestan en la variación de los recursos a través del tiempo, sino también en la calidad de vida de la gente y en el aumento de la contaminación. Basta mirar la situación de Coihaique, la ciudad más contaminada no de Chile, sino de América, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, que supera en cuatro veces y media la norma diaria, con una concentración de PM 2,5.

En definitiva, no podemos resistir más en un país centralista, concentrador en lo económico y que no se atreve a dar un paso mínimo, gradual, como el que aquí se propone en forma seria, para lograr la descentralización.

Considero que hicimos un gran avance con aprobar la elección directa de los alcaldes y con trasparentar la fórmula de elección de los consejeros regionales, a los cuales hay que darles, desde luego, más atribuciones y funciones. De hecho, gracias a esta futura reforma, podrán fiscalizar al gobierno regional y también al central.

No habrá un gobierno de dos cabezas en las regiones. Las funciones van a estar bien separadas. No olvidemos que este proceso se irá evaluando en forma dinámica. No es una foto de hoy. Si bien va a aplicarse el 2017, su impacto se verá por muchos años en nuestro país.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

A continuación, está inscrito el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.-

No voy a intervenir, señor Presidente .

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Entonces, tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, estamos votando hoy día la reforma más importante para la Administración del Estado en los últimos treinta años. Por tanto, no es baladí la opinión y el voto de cada uno de nosotros respecto de una iniciativa tan relevante.

Nuestra coalición defendió durante mucho tiempo como principio la atomización del poder y la generación de mayores facultades para las regiones y las comunas, con normas de responsabilidad fiscal.

Por lo mismo, quiero instar a que hoy día respaldemos de manera entusiasta este paso decisivo para que las regiones comiencen a resolver su propio destino.

Hemos dicho que basta ya de una figura como la del intendente, que mira de reojo a las cuatro cuadras del poder alrededor de La Moneda para no desagradar al Presidente de turno, mientras las bases regionales le piden que fije la línea de acción, el norte de desarrollo para despertar todo el potencial local.

No es baladí que la OCDE nos diga que uno de los obstáculos para que Chile logre un desarrollo cualitativo y cualitativo es que no seamos capaces de impulsar el potencial de nuestras regiones.

En la década del 70 Corea del Sur se encontraba en la misma posición que Chile: era un país altamente centralizado; capaz de crecer, pero con un techo, y que mantenía prácticamente en estado de abandono las zonas alejadas de la capital. El PIB de dicha nación y el grueso de la población estaban concentrados en el área metropolitana.

Un líder con visión regional en ese país logró generar un desarrollo policéntrico, lo que fue acompañado, eso sí, con competencias, con atribuciones, con recursos. Claro, se entendió que había que cambiar el modelo de desarrollo.

Eso es parte de lo que tenemos que hacer.

Otra tarea pendiente consiste en modificar el sistema político de gobierno: de un régimen hiperpresidencial a otro semipresidencial, con un mayor contrapeso entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, y un mayor control ciudadano de la actividad pública.

Pero ¿cuál es el primer paso para avanzar en aquello? La elección de los gobernadores regionales.

Nos darán muchos argumentos para no apoyar esta reforma. Algunos afirmarán: "No tenemos las suficientes competencias".

Ante ello, la Presidenta de la República ha mostrado audacia para impulsar una reforma estructural a la Administración del Estado, una iniciativa descentralizadora que une a los chilenos y que, en definitiva, permite compartir el poder, atomizar el poder, distribuir el poder y acercar la toma de decisiones a los ciudadanos.

Eso lo digo en medio de una crisis de confianza que vive Chile, situación que se originó porque se quebró el sentido de comunidad; porque los chilenos dejaron de confiar en el otro (solo un 13 por ciento confía en su vecino); porque hemos construido una cultura del metro cuadrado, una cultura de la individualidad.

Chile es el segundo país más individualista del mundo, después de Estados Unidos, según un informe de la Universidad de Sussex. Tenemos ausencia de proyectos colectivos y nos falta una mirada de largo plazo.

¿Cómo recuperaremos las confianzas? Lo iremos logrando a medida que los territorios hablen.

Por tanto, ¡esta reforma es sustantiva para recobrar las confianzas en nuestro país!

¡Esta reforma es sustantiva para recuperar el sentido de comunidad local!

¡Esta reforma es sustantiva para que Chile empiece a visualizar proyectos colectivos en las respectivas regiones!

Por eso dije que el primer paso es la elección de los gobernadores regionales.

Lo segundo es que esas autoridades tengan las competencias y facultades necesarias para liderar los procesos descentralizadores. Ya señalamos que algunos sostienen que tales atribuciones no existen.

Pues bien, habrá que poner todo de nuestra parte para que el proyecto de ley sobre traspaso de competencias, actualmente en tramitación en el Congreso, salga lo más robusto posible, entendiendo que tales transferencias deben ser graduales. ¡Deben ser graduales!

¿Por qué planteo lo anterior? Porque hemos conocido desaciertos en los procesos descentralizadores cuando la totalidad de las competencias se han transferido de una sola vez. Ahí está el caso peruano: ¡29 gobernadores regionales procesados por fraude al fisco!

Entonces, se debe generar un proceso continuo, gradual, sin prisa pero constante, que permita el empoderamiento de las regiones.

¿Traspaso de competencias? De todas maneras.

Sin embargo, también hemos señalado -se lo indico al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo , por su intermedio, señor Presidente - la necesidad de llevar adelante una descentralización fiscal.

¿Qué quiere decir eso? Que parte importante de los tributos que generan las regiones a través de sus actividades productivas con claro sello regional deben quedar allí radicados: por ejemplo, los de la actividad portuaria en Valparaíso y San Antonio , los del área forestal en el sur, los de la minería en el norte.

En la medida en que parte de los impuestos provenientes de dichas actividades quede en el lugar donde se originan, con las consiguientes externalidades negativas, lograremos tener territorios que se sienten compensados.

¿Y qué pasará con aquellas zonas donde no hay actividades productivas con claro sello regional? Para tales casos, debe haber un fondo de compensación.

En esa situación se hallan La Araucanía y otras regiones, que claramente no han podido despegar por ausencia de desarrollo productivo.

En consecuencia, señor Subsecretario -por su intermedio, señor Presidente -, por supuesto que vamos a respaldar de manera entusiasta la descentralización política. Para mí es un tema de principios.

Respecto de la descentralización administrativa, esperamos que se avance en el proyecto respectivo. Ojalá salga lo más robusto posible, pero con la gradualidad suficiente, a objeto de formar en las regiones la masa crítica necesaria.

Por último, la descentralización fiscal es un imperativo, porque guarda relación con la equidad territorial que nuestro país requiere.

Dicho lo anterior, creemos que se deben dejar de lado los lenguajes ambiguos. Si la coalición Chile Vamos ha puesto como una de sus banderas de lucha la descentralización, no caben votos sino de respaldo a esta iniciativa de ley.

Quiero manifestarlo claramente: lo relativo a la descentralización no admite doble estándar -¡no admite doble estándar!-, por eso me gustaría que los miembros de mi coalición me acompañaran con su voto favorable.

El señor NAVARRO .-

¡Muy bien!

El señor CHAHUÁN.-

En ese sentido, cabe señalar con fuerza que ¡los territorios tienen que comenzar a hablar! Hay que acercar la toma de decisiones a los ciudadanos, a las regiones, a las comunas.

Además -insisto-, se debe contar con normas de responsabilidad fiscal. ¿Por qué? Porque no queremos que nos suceda lo que está viviendo Brasil, donde tres estados federales se han declarado en quiebra.

Tales disposiciones evitarán el endeudamiento de las regiones y permitirán a cada territorio generar desarrollo y fijar un norte, pero siempre guardando en cada caso los equilibrios económicos.

Señor Presidente , por último, hago presente que Chile exige de sus parlamentarios coherencia; por lo mismo, espero que aquellos que hoy han manifestado una actitud distinta tomen la decisión adecuada, en consideración a los propios electores. La gente de nuestras regiones nos va a representar la coherencia que mostremos en esta votación.

Por eso les pido a los Senadores de mi coalición que sean coherentes con lo que hemos sostenido durante tantos años: que el proceso descentralizador es absolutamente necesario para que Chile cumpla alguna vez el anhelo de ser un país donde cada uno de sus hijos comparta un mismo proyecto colectivo y una mirada de largo plazo, y sea capaz de soñar con un desarrollo cualitativa y cuantitativamente sostenible.

Porque estoy convencido de que a partir de ahora estamos construyendo el futuro de Chile, voto favorablemente las enmiendas propuestas por la Comisión Mixta a esta reforma emblemática de la Administración del Estado.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.

El señor WALKER (don Ignacio) .-

Señor Presidente , llevo 22 años esperando este momento: desde 1994, cuando fui elegido Diputado por la Región de Valparaíso , a la que tengo el honor de representar en la actualidad como Senador.

En forma invariable, todos los Senadores y Diputados de la Democracia Cristiana siempre hemos abogado por una efectiva descentralización, una que implique una verdadera democratización del gobierno regional.

Aclaro que en estos 22 años no hemos estado mirando al techo o de brazos cruzados. Pero siempre hubo un argumento -entre comillas-, una excusa, un pretexto, para postergar o dilatar tal decisión.

Sin embargo, ha llegado la hora de democratizar y descentralizar los gobiernos regionales.

Se ha planteado el viejo dicho de los bueyes y la carreta. ¿Qué está por delante aquí? ¿Cuáles son los bueyes? La democratización.

Por lo tanto, la oración más importante de todo este proyecto es una sola y figura en el inciso cuarto del artículo 111 (página 4 del boletín comparado): "El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa.".

Esos son los bueyes que tiran la carreta, porque para descentralizar se requiere liderazgo. Por consiguiente, una vez electa la autoridad del gobernador regional -ya están los consejeros regionales-, vamos a contar con el liderazgo a nivel de las regiones para tirar la carreta.

¿Y qué es la carreta? Es el traspaso de competencias.

Al instalar a ese gobernador o gobernadora regional junto con los consejeros regionales, todos ellos electos por la voluntad popular, evidentemente que vamos a tener el liderazgo para hacer efectiva la descentralización, es decir, el traspaso efectivo de competencias.

Señor Presidente , en los últimos años -lo resalto como un modesto aporte-, cuando se habló de elegir a "intendentes", me opuse. Y argumenté lo siguiente (lo reiteré hace un par de meses cuando se votó este proyecto en el anterior trámite): "Hay que desterrar la figura de las intendencias, porque ellas responden a las reformas borbónicas de fines del siglo XVIII". En ese período se establecen dichas instituciones; ahí parten.

Por lo tanto, en esas reuniones me permití sugerir que era mejor hablar de "gobernadores regionales" que de "intendentes". No es una cuestión meramente semántica, aunque -por supuesto- la semántica, las palabras y el lenguaje importan.

En consecuencia, vamos a elegir a gobernadores regionales, en una nueva era de democratización y descentralización, y enterraremos la institución de la intendencia, que por definición -después de 230 años desde las reformas borbónicas- es una figura típicamente de carácter centralista.

Y la otra frase importante de este proyecto se señala en el inciso tercero del artículo 111 que se modifica, referido al traspaso de las competencias, que es la carreta, y que dispone: "El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo" -nada nuevo en eso- "y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine", etcétera.

Las dos frases que he leído son, lejos, el corazón de esta reforma constitucional que estamos votando.

¿Y qué significa este proyecto y los demás que vendrán?

Por una parte, una nueva organización del gobierno y administración regional.

Ello implica cinco cosas fundamentales, sustantivas:

1. Se separa la administración regional del Gobierno interior del Estado.

Es decir, existirán un gobierno regional, constituido por un gobernador regional electo por votación directa, y un consejo regional. Y, además, se establece el delegado presidencial regional.

Lo dije en su oportunidad: "Si vamos a avanzar en descentralización y democratización, no hablemos más de intendentes y gobernadores, sino de delegados". De ese modo estamos aprobando el proyecto: con un delegado presidencial regional y un delegado presidencial provincial.

2. El objetivo es crear las capacidades en la región para gestionar servicios públicos, es decir, una verdadera administración en la región.

Primero deben generarse las capacidades, para luego ir transfiriendo competencias en forma gradual y responsable. Posteriormente se dará un segundo paso, con mayores transferencias, incluida la creación de servicios públicos.

3. Se otorgan nuevas funciones al gobierno regional: aplicación de políticas y aprobación del presupuesto.

Ello no implica solo el diseño, elaboración, aprobación de políticas, planes y programas, sino que se agrega aplicación o ejecución de estos planes y programas, a través de tres nuevas divisiones: de fomento productivo, de ordenamiento territorial, de desarrollo social y cultural.

4. Se crea una nueva organización: la unidad de control y las tres nuevas divisiones ya mencionadas.

5. Se protege la coherencia con las políticas nacionales.

Se mantiene la estructura de un Estado unitario, pero descentralizado, no centralizado.

En un segundo orden de cosas, me referiré a las nuevas funciones para el gobierno regional.

Como primer paso, un gobernador electo asume todas las funciones actuales del ejecutivo regional.

En un segundo paso se proponen nuevas funciones del gobierno regional ejercidas conjuntamente por el gobernador electo y los consejeros. Hay nuevas atribuciones tanto a nivel general como en materias específicas. En este último caso se encuentran lo relativo a ordenamiento territorial (por ejemplo, aprobar el plan regional de ordenamiento territorial); a desarrollo social (entre otras materias, lo concerniente a las zonas rezagadas); a fomento productivo, y -muy importante- a las áreas metropolitanas, que serán administradas por el gobierno regional (además, habrá un departamento de áreas metropolitanas).

El tercer paso -muy relevante- es el siguiente: un régimen de transición gradual que prepara las capacidades locales.

El proyecto prevé avanzar gradualmente en la transferencia de competencias: un primer plazo de cuatro años -hasta marzo de 2022- y un mecanismo para pedir el traspaso.

Los gobiernos regionales contarán con 110 competencias, 54 de las cuales tendran aplicación inmediata y 33 mediante un proceso gradual. Hoy los gobiernos regionales poseen solo 23 competencias.

Por lo tanto, si esto no es real, si esto no es contenido sustantivo, ¡entonces yo no sé lo que pudiera ser!

El Ejecutivo compromete, a lo menos, la transferencia de competencias en las siguientes áreas.

-En materia de desarrollo productivo: se traspasan principalmente competencias de CORFO y SERCOTEC.

-En materia de infraestructura, transporte y ordenamiento territorial, se transfieren principalmente competencias desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (tres programas: vialidad urbana, rehabilitación de espacios públicos y pavimentos participativos), al igual que desde el Ministerio de Obras Públicas (mantenimiento vial; sistema de agua potable rural, en que estamos despachando un nuevo proyecto sobre la materia).

-En materia de desarrollo social, se transfieren principalmente competencias desde el FOSIS.

Por lo tanto, estamos hablando de un traspaso efectivo de competencias.

¡Esa es la carreta!

¡Eso es lo que viene, después de que los bueyes tiren esta carreta con un liderazgo efectivo, democratizado, que es la elección del gobernador regional por voluntad popular!

En un tercer orden de cosas, se establece un régimen de transferencia de competencias que asegura racionalidad e impulso desde las regiones.

Según la Constitución Política, la transferencia de competencias solo puede referirse a los ámbitos de ordenamiento territorial, fomento productivo y desarrollo social y cultural.

¡Estamos avanzando en eso y entregando nuevas competencias!

Y estamos transfiriendo competencias desde servicios o ministerios (Ministerio de Vivienda, FOSIS , CORFO).

Entonces, no hay excusa, argumento o pretexto para seguir postergando esta decisión.

Además, se crean una Secretaría Técnica y una Comisión de Transferencia de Competencias.

Para la transferencia el Primer Mandatario puede actuar de oficio o a solicitud del gobierno regional.

En definitiva, señor Presidente, no ha sido en vano esta espera.

Han transcurrido muchos años. Pero después de 230 años estamos poniendo fin a las intendencias e instaurando gobiernos regionales elegidos democráticamente y transfiriendo competencias efectivas a esos gobiernos.

Por eso, voto a favor.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente , mucho más importante que anunciar políticas públicas es desarrollarlas de buena manera.

Hemos visto en este mismo Parlamento cómo una política pública importante para Chile, como el Transantiago, que iba a modernizar el transporte en nuestro país, se llevó adelante equivocadamente de tal manera que esto, en vez de significar un beneficio para la comunidad, fue un profundo deterioro de su calidad de vida hasta el día de hoy.

Y esto pasa muchas veces.

Por tanto, lo que demuestra la importancia de este Parlamento es, precisamente, entender que la implementación de las normas es tanto o más importante que el simple anuncio o la simple planificación de la forma de enfrentar un problema.

Creo que en el fondo de la consciencia de muchos existe la convicción de que esta es una materia importante -nadie ha puesto en cuestión en el fondo si debe existir o no la elección de intendente-, pero pésimamente resuelta.

Más allá de los aplausos o no aplausos, este es el tema profundo que significa el acto de representar. La democracia -y esto se discutió durante el estudio de la Carta Fundamental de Estados Unidos, hace más de 200 años- siempre ha tenido estas dos tendencias: ser directa o representativa.

La función representativa tiene que ver con encargar a algunos -por esto se hace a través de votos- que traten de encarnar el bien público, y de una manera que esto conduzca al desarrollo de los fines individuales, en armonía con el bien común.

Y es exactamente lo que no se ha hecho en este proyecto.

Aquí, a partir de algo comúnmente deseado, se generó una respuesta del todo insuficiente. Estoy convencido de ello. Y me he sorprendido porque de entre los muchos Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra y que han votado a favor nadie haya dicho que se trata de una buena iniciativa. No he escuchado a nadie señalar: "Esto es lo que nuestro país necesita". No, han manifestado que el objetivo puede ser noble y hacen comparaciones respecto de situaciones análogas.

Pero nadie ha dicho lo que hay que decir: que el proyecto de fondo que se está estudiando sea bueno. Y no lo han señalado porque no lo pueden hacer. Esa es la verdad. Porque, al final, si uno entiende el meollo del asunto, es tan simple como preguntarse qué va a hacer la persona elegida.

Dicho sea de paso, al contrario de lo manifestado por el Senador Ignacio Walker, prefiero mil veces "intendente" a otro tipo de denominaciones bastante más deslavadas y que significan poco en la tradición cultural de Chile.

Al final, decimos que vamos a nombrar a alguien acerca del que no sabemos qué labor va a realizar. Lo único que conocemos es que hará algo muy curioso y muy raro en materia de simetría: solo se le encarga una especie de coordinación con otros servicios públicos cuyas autoridades serán nombradas no por él, sino por otros, que van a depender del Ejecutivo.

Entonces, si alguien cree que esto es lo que nuestro país necesitaba, es decir, alguien que coordine con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, y que con eso vamos a haber cumplido la tarea que nos fue encomendada, les quiero decir que considero que están completamente equivocados.

Y nos señalan: "No, si viene una ley de traspaso de competencias". Y algunos parlamentarios han manifestado que lo único que necesita dicha normativa para implementarse es que se traspase una facultad a un gobierno regional, y con eso se entiende por cumplido el requisito.

Señor Presidente, no estoy para un Transantiago 2 ni para crear algo que tiene muchas cabezas -más de dos-, porque me parece que es un desastre para Chile.

Por eso, con la absoluta convicción de que no voy a obtener el aplauso de la galería hoy día, pero también con la absoluta convicción de que estoy velando modestamente por el bien de Chile y por no generar espejismos políticos que al final desnuden las falencias de ideas de este proyecto y sobre todo consoliden una situación de incertidumbre regional, y porque además casi todos los consejeros regionales del Maule, que son las personas elegidas justamente para llevar adelante esto, me lo pidieron transversalmente, no votaré a favor de este proyecto.

Por la convicción de que aquí se puede hacer un trabajo mil veces mejor, que el procedimiento está mal diseñado y que será fuente de conflicto, no me pronunciaré a favor de este proyecto.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente , intervendré en forma muy breve para que podamos votar después el proyecto que establece feriado para el 2 de enero y así dar certeza también sobre aquello.

Solo quiero reafirmar la votación positiva, el respaldo a esta reforma constitucional. Como ya lo hemos señalado, para la Democracia Cristiana el que nos ocupa es un proyecto fundante en materia de descentralización; es la llave que hoy día nos permite avanzar en la consolidación de la desconcentración del poder político, entendiendo que se requiere, junto con aquello, la descentralización en materia administrativa y en materia financiera.

No hay duda de que delegar poder político y representación directa de los ciudadanos constituye un paso fundamental.

He escuchado los debates, y claramente podríamos tener primero transferencia de competencias, podríamos avanzar en otras materias. Pero, tal como lo ha enseñado la historia, en el desarrollo de la administración del Estado, aquí debemos marcar un hito que permita impulsar un proceso distinto; que posibilite, de alguna manera, cambiar la lógica con la cual hemos gobernado, con la cual tradicionalmente se han tomado las decisiones y que obedece más bien a lo que se ve desde Santiago y no a lo que podemos apreciar si miramos desde la óptica de las regiones.

Uno entiende que el proyecto no soluciona todos los problemas de descentralización, pero sí constituye un avance sustantivo.

Hace pocos días, la Presidenta de la República , Michelle Bachelet , en la ciudad de Punta Arenas hacía un gran anuncio...

Señor Presidente, ¿le puedo solicitar que pida silencio en la Sala, por favor?

El señor PROKURICA.-

A los Ministros.

La señora GOIC.-

A todos.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Ruego a la Sala mantener silencio para escuchar a la Senadora señora Goic y a todos quienes están inscritos.

La señora GOIC.-

Yo comentaba acerca de la última visita de la Presidenta Michelle Bachelet a la ciudad de Punta Arenas, a Magallanes. Lo hizo con un gran anuncio, que todos aplaudimos y agradecimos: poder contar con un horario diferido; poder mantener lo que se llama el "horario de verano" y con eso generar una diferencia que para muchos cuando lo planteamos parecía casi ridículo. Decían: "Pero cómo vamos a ser un país con dos horarios, cómo se van a poder adecuar los bancos, las líneas aéreas. Esto generará complicaciones". Esos eran los comentarios desde afuera, la medida se veía casi como una locura de los magallánicos.

Y para nosotros fue muy distinto, porque entendemos lo significativo que es disponer de una hora y media más de luz en invierno, para que los chicos puedan compartir con sus padres, para que las familias puedan estar juntas, en vez de pasar esas horas en oscuridad.

Más allá de las ventajas o los ahorros energéticos en términos de productividad, pensamos en lo que eso significa para la vida cotidiana de las personas.

Por eso agradecimos tanto que la Presidenta se hiciera eco de nuestro planteamiento. Pero, además, considero que en ello está no solo una mirada más amplia, más humana de lo que sucede en la Región y en el territorio, sino también una señal concreta de cómo podemos mediante tales medidas diferenciar territorios sin perder las características de un Estado unitario.

¿Y por qué pongo este ejemplo?

Porque contrasta mucho con lo que pasó en su momento con la decisión asumida en la Administración anterior en orden a subir el precio del gas aplicando criterios de mercado. En ese momento nos dijeron: "Se acabó aquí la fiesta del gas", en una mirada tan sesgada, que jamás tomó en cuenta lo que la Región necesitaba, lo que la Región sentía y nuestras características propias, que son distintas a las del resto de nuestro país, a las del norte. Somos un país muy rico y muy diverso.

Hoy día me alegro de que avancemos en decir: "Aquí podemos expresar esas diferencias". Yo no le tengo temor a que haya un intendente electo, o un gobernador en esta nueva denominación, que sea de otro partido, porque uno entiende que, tal como lo hacemos con los alcaldes, acá se está priorizando el territorio.

Podemos tener criterios nacionales que nos unen, pero si no damos espacio para la expresión de las regiones, vamos a seguir perdiendo una capacidad, un potencial de desarrollo enorme de nuestro país.

Yo señalaba en mi discurso de la vez anterior en que discutimos el proyecto cómo la pobreza tiene expresiones tan distintas en el norte (en Pica, en Pozo Almonte, en Alto Hospicio) en comparación con lo que sucede en Williams. En Chile tendemos a unificar programas, a unificar decisiones. Esto requiere efectivamente que abramos la llave a una forma distinta de gobernar las regiones, que permita la expresión de la riqueza que hay en cada territorio, la diversidad, pero que también entregue, tal como lo hemos mencionado acá, competencias efectivas, traspaso de atribuciones, fortalecimiento de los equipos humanos y técnicos que existen en los gobiernos regionales.

Yo estoy convencida de que, tal como lo hicimos con la ley de cuotas, si no damos un paso para la incorporación de las mujeres a través de una exigencia, probablemente por la vía de la historia no íbamos a generar una integración más acorde a la representación de nuestra sociedad en los espacios de decisión.

Lo mismo estamos haciendo hoy día. Y de ahí la importancia de aprobar este proyecto, de ojalá establecer el compromiso de tramitar con la mayor celeridad posible las iniciativas complementarias e igual de relevantes, tanto aquellas que van a definir el mecanismo de elección como las que tienen que ver con el traspaso de competencias y con la posibilidad de que las regiones administren financieramente los recursos.

Por eso, insisto en el respaldo y en la alegría de ser parte de la discusión.

Ojalá se puedan cumplir todos los compromisos contraídos para agilizar la tramitación de los otros proyectos, a fin de que el próximo año sea posible elegir autoridades regionales sobre la base de la opinión de todos los habitantes de la zona.

Muchas gracias.

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir la Honorable señora Allende.

La señora ALLENDE.-

Señor Presidente , seré muy breve.

Creo que la discusión de esta tarde ha sido bastante clara. Además, es como la tercera o cuarta vez que en la Sala estamos revisando la reforma constitucional.

Me parece que cada uno de nosotros ha ido definiendo su posición.

Hace mucho tiempo que estoy convencida de la necesidad de iniciar el proceso más profundo de descentralización y de avanzar en ello, y de darles vida, presencia, atribuciones y competencias a las regiones.

Sé que asimismo necesitamos una ley específica, la cual vendrá justamente ahora que aprobamos la reforma constitucional y permitirá que el gobierno local desarrolle y potencie a la región y asuma su liderazgo, como también que levante la voz de sus ciudadanos para representar lo que tanto anhelan.

Por eso, solo quiero decir, de manera muy sintética, que estoy absolutamente de acuerdo con el texto y voto a favor. Me parece que ha llegado la hora de decidirse a dar este paso.

Lo estamos haciendo, además, con bastante responsabilidad, porque procederemos de una manera gradual.

La reforma verdaderamente hará posible avanzar en el traslado de competencias y servicios, y demostrarles a los ciudadanos, de una vez, que en el país estamos enfermos de centralismo y que ha llegado la hora de que nuestras regiones puedan hacerse presentes y, sobre todo, tomar decisiones que les competen, ya que nadie sabe mejor que cada uno de sus habitantes lo que les conviene.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta, con excepción del número 5) del artículo único, dejándose constancia, para el efecto del quorum constitucional exigido, de que se registran 24 votos a favor, uno en contra y 9 abstenciones.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, García, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Navarro, Ossandón, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Votó en contra el señor Harboe.

Se abstuvieron la señora Van Rysselberghe y los señores Allamand, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín, Moreira, Pérez Varela y Prokurica.

--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir el señor Ministro .

El señor EYZAGUIRRE ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Señor Presidente , solo deseo agradecerle a toda esta Corporación el trabajo de la discusión particular en el primer trámite. El Senador señor Larraín presidió después la Comisión Mixta.

No logramos acuerdo en todo, pero al final prevaleció el esfuerzo desplegado.

Como este es un asunto nacional muy importante, será preciso trabajar ahora en la ley orgánica constitucional y en la relativa a las competencias, que será del mismo rango.

Hasta la próxima.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Subsecretario.

El señor CIFUENTES (Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo).-

Señor Presidente , quiero agradecer, al igual que el señor Ministro , el trabajo del Senado.

Discutimos la reforma durante casi dos años. Acabamos de materializar un hito histórico, porque ella realmente implica abrir la puerta a un proceso de descentralización, como lo hemos dicho.

No se resuelve todo. Este es el inicio del camino. Queda el avance en la transferencia de competencias, para lo cual esperamos iniciar en enero la discusión en la Comisión Mixta, así como comenzar, en paralelo, el debate respecto de la fórmula de elección del gobernador regional.

Felicidades a todos.

Creo que Chile ha ganado y que la Presidenta Bachelet ha cumplido su compromiso.

--(Aplausos en tribunas).

4.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 20 de diciembre, 2016. Oficio en Sesión 113. Legislatura 364.

Valparaíso, 20 de diciembre de 2016.

Nº 349/SEC/16

A S.E EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS:

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiente a los Boletines Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos.

Hago presente a Vuestra Excelencia que dicha proposición, en lo referente a los números del artículo único sobre los cuales ésta recae -con excepción del numeral 5)-, fue aprobada por 24 votos a favor, de un total de 37 senadores en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República.

Por otra parte, en lo relativo al mencionado número 5) del artículo único, cabe hacer presente que dicho numeral resultó rechazado por no alcanzar el quórum constitucional exigido para su aprobación.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JAIME QUINTANA LEAL

Vicepresidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

4.5. Discusión en Sala

Fecha 21 de diciembre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 113. Legislatura 364. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

ELECCIÓN DIRECTA DE GOBERNADOR REGIONAL (PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA. BOLETINES NOS 9834-06, 10330-06, 10422-06 Y 10443-06)

El señor ANDRADE (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje y mociones refundidos, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

De conformidad a los acuerdos adoptados ayer por los Comités, para el tratamiento de esta iniciativa se destinará a cada bancada un tiempo de cinco minutos.

Antecedentes:

-Informe de la Comisión Mixta. Documentos de la Cuenta N° 3 de este boletín de sesiones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Chávez .

El señor CHÁVEZ.-

Señor Presidente, parafraseando el título de una canción del cantautor catalán Joan Manuel Serrat , hoy puede ser un gran día para Chile y para sus regiones.

A mi juicio, la Comisión Mixta resolvió de buena manera las diferencias surgidas entre ambas ramas del Congreso Nacional durante la tramitación del proyecto, a saber:

Primero, en lo relativo al nombre con que se denominará a la figura que será designada como representante del Presidente de la República en cada una de las regiones.

Segundo, en relación con las incompatibilidades e inhabilidades de los gobernadores regionales, así como también respecto de su eventual renuncia.

Tercero, lo relativo al fuero de las autoridades designadas por el Presidente de la República. Cuarto, la posibilidad de acusar constitucionalmente a los gobernadores regionales.

Quinto, en cuanto a las facultades fiscalizadoras del Consejo Regional en lo relativo al gobernador regional, se hace un símil con lo que ocurre en la Cámara de Diputados, en el sentido de poder ejercer la facultad fiscalizadora con un tercio de los miembros del Consejo Regional, sin perjuicio de las facultades de información y de solicitud de antecedentes, que siempre van a estar a disposición.

Por último, tenemos lo referido a dejar en condición suspensiva la posibilidad de elegir a los gobernadores regionales si no está promulgada la ley orgánica que regula las competencias y atribuciones de los gobiernos regionales, de modo de eliminar todo atisbo de dudas en cuanto a que esta sería una figura elegida, pero sin competencia. Se trata de una cuestión que, a partir de la disposición aprobada por la Comisión Mixta, queda absolutamente aclarada.

A mi juicio, las críticas sobre este proyecto son tremendamente injustas, porque la posibilidad de elegir a la autoridad es mejor que lo que tenemos. Si alguien plantea que a partir de esta reforma se retrocede respecto de lo que hoy tenemos, a mi modo de ver está profundamente equivocado.

Necesitamos gobernadores regionales que sean verdaderos líderes regionales, que estén respaldados por su comunidad, y la forma de conseguirlo en democracia es a través de las urnas.

Además, queremos que sean genuinos representantes de los intereses, de los sueños y de las aspiraciones de la gente de las regiones. ¡Eso es lo que las regiones necesitan! Por supuesto, eso se logra con autoridades elegidas por voluntad popular y no como ocurre hoy, en que, más allá de las buenas intenciones de quienes ostentan el cargo de intendente, han sido designados por el nivel central, y, por lo tanto, frente a la disyuntiva de defender los intereses regionales versus los de quien lo designó, es lógico y natural que la tendencia va a ser la representación de los intereses de quien lo ha designado en dicho cargo.

Por lo tanto, con el acuerdo logrado en la Comisión Mixta tenemos un buen proyecto que habilita a las regiones para que puedan elegir a sus gobernadores regionales.

Respecto del tema de las competencias y las atribuciones, que se ha tratado de mezclar en este debate, la Comisión Mixta resolverá las diferencias que tenemos con el Senado, pero siempre en el entendido de otorgar más competencias y más atribuciones a los gobiernos regionales.

En consecuencia, solicito aprobar el informe de la Comisión Mixta, y espero probablemente será materia de debateque la elección de los gobernadores regionales se concrete en 2017, que es la aspiración que tenemos los regionalistas. Espero que en esta materia se cumpla el programa de gobierno, tal como lo señaló la Presidenta de la República.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Germán Becker .

El señor BECKER.-

Señor Presidente, este es un día muy importante para las regiones, ya que la elección popular del gobernador regional marcará un punto de partida en el proceso de descentralización que se debe producir en nuestro país.

Ningún gobierno avanzó tanto en la materia. La administración del Presidente Sebastián Piñera estableció la elección directa de los consejeros regionales. A partir de ese hecho, se hicieron más conocidos, tienen más poder y trabajan mejor. Por lo mismo, la elección del intendente o gobernador regional será otro paso fundamental.

En la Región de La Araucanía han ejercido tres intendentes durante este periodo presidencial, por lo que no ha habido continuidad en los mandatos, ya que cada uno ha tenido su propia opinión sobre lo que hay que hacer. Creemos que, al ser elegidos, los intendentes o gobernadores regionales tendrán una actitud muy distinta con la región, pues se deberán a ella, serán elegidos por una elección popular y, por lo tanto, ya no dependerán del Presidente de la República ni podrán ser removidos en cualquier momento.

En la Comisión Mixta, los cambios fueron mínimos y, en general, poco relevantes.

Se optó por denominar “delegados presidenciales regionales” y “delegados presidenciales provinciales” a las autoridades que serán nombradas por el Presidente de la República, no obstante que pensábamos que era mejor llamarlos “secretarios regionales presidenciales” y “secretarios provinciales presidenciales”. Sin embargo, no es un punto que obstaculice la aprobación de este proyecto de ley, pues con la palabra “delegado” se entiende que se trata de la persona que representará al Presidente de la República en cada una de las regiones.

Respecto del artículo 53 de la Carta Fundamental, sobre las atribuciones exclusivas del Senado, la Comisión Mixta recomienda aprobar la posibilidad de que se puedan entablar acusaciones constitucionales sobre los nuevos gobernadores regionales, siempre que la declaración de culpabilidad se adopte con un quorum elevado, lo cual parece muy lógico, porque una autoridad elegida democráticamente no puede ser destituida de su cargo con un quorum bajo, como ocurre con los ministros de Estado, que pueden ser destituidos por el voto de la mayoría de los senadores en ejercicio.

Específicamente, aquí pedimos que la declaración de culpabilidad fuese pronunciada por los dos tercios de los senadores en ejercicio, con lo cual se da garantía de que la destitución del gobernador regional se adoptará cuando se produzca un problema muy complejo.

Respecto del artículo 93, el Senado había propuesto que entre las atribuciones del Tribunal Constitucional estuviera la posibilidad de pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los gobernadores regionales. En el segundo trámite constitucional, en la Cámara de Diputados eliminamos esta proposición, con el objeto de mantener el articulado de la Constitución Política de la República y de que las causales de inhabilidad que afectaren a los gobernadores regionales las viera el Tribunal Electoral Regional (TER) y el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), como sucede en el caso de los alcaldes.

En el Senado se votó esta propuesta de la Comisión Mixta y, afortunadamente, no alcanzaron el quorum requerido, por lo que finalmente se rechazó y quedó lo propuesto por la Cámara de Diputados, en el sentido de que en la destitución del gobernador regional van a intervenir el TER y el Tricel.

Finalmente, otro artículo que también me parece interesante de analizar es la disposición

vigésima octava transitoria, la cual dispone que esta reforma constitucional o la primera elección de gobernadores regionales no empezará a regir hasta que se establezca el nuevo procedimiento de transferencia de competencias, un proyecto que está en Comisión Mixta, en que se debe evaluar cómo se transfiere la mayor cantidad de competencias al nuevo gobernador regional elegido popularmente. Obviamente, la elección también está supeditada a que se hagan las modificaciones correspondientes a la ley N° 18.700, de Votaciones Populares y

Escrutinios, para determinar la forma en que se elegirá el gobernador regional.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo .

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente, esperaba la presencia del diputado Rodrigo González , quien ha sido un arduo y entusiasta participante en este proyecto de ley. En la bancada del Partido por la Democracia nos hemos sentido representados por él de manera extraordinaria, gracias a su constante labor y empeño.

Teniendo a la vista el informe de la Comisión Mixta, creo que no queda más que aprobar esta reforma constitucional, ya que se dará uno de los pasos más importantes de los últimos años en materia de descentralización. De aprobarse esta iniciativa y las restantes iniciativas relativas al traspaso de competencias, estaremos frente a la reforma más importante realizada en periodo de democracia sobre regionalización.

No me referiré en extenso a las modificaciones propuestas, porque ya lo hicieron quienes participaron en la Comisión Mixta, como los diputados Marcelo Chávez y Germán Becker . Solo quiero enfatizar que la Cámara de Diputados debe apoyar este proyecto de ley de forma unánime, pues es el reflejo del sentir de las regiones, para que de una vez por todas se concrete la descentralización, que tantas veces hemos planteado.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Daniella Cicardini .

La señorita CICARDINI (doña Daniella) .-

Señor Presidente, no hay muchos reparos respecto de la propuesta de la Comisión Mixta.

Se hicieron algunas modificaciones, como respecto del nombre del representante del Presidente de la República, el fuero de los gobernadores regionales, consagrado en la Constitución Política de la República, y la aplicación de posibles acusaciones constitucionales, entre otras.

Sin embargo, quiero hacer un punto sobre la forma en que se ha producido el tratamiento de este proyecto de ley. Soy muy crítica al respecto, pues si bien es cierto hubo mucha voluntad política del Ejecutivo para impulsar este proyecto de ley, no he visto la misma voluntad de parte de los parlamentarios. Fui testigo de lo ocurrido en el Senado y en la Comisión Mixta para resolver los desacuerdos existentes y, en verdad, deja mucho que desear.

Hago una crítica profunda a los parlamentarios de oposición y de gobierno, aquellos que no quieren desconcentrar ni descentralizar el poder, porque tienen miedo, lo que considero un grave error en el contexto del complejo escenario que vivimos en nuestro país. Enfrentamos una crisis de confianza de parte de la ciudadanía hacia los servidores públicos, porque no estamos haciendo bien las cosas, sobre todo cuando no podemos resolver los problemas de manera local.

Este proyecto de ley será muy importante y significativo para todas las regiones. Por lo mismo, espero que centremos nuestros mayores esfuerzos en la ley orgánica constitucional, ya que ahí está la trampa. Habilitar la posibilidad de elegir a los intendentes, ahora denominados gobernadores regionales, democráticamente no sucederá en 2017 o en algunos años más, pues en dicha norma debemos establecer los plazos, las inhabilidades, las competencias, las atribuciones, el proceso electoral, etcétera.

Pese a todo, este es un buen inicio para abrochar un compromiso, porque las regiones no pueden seguir esperando.

Dejo hasta aquí mi alocución, para que otros parlamentarios del Partido Socialista también puedan intervenir.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Lautaro Carmona .

El señor CARMONA.-

Señor Presidente, no tengo ninguna duda de que el proyecto de ley en discusión, que está a punto de ser aprobado, podría haber sido perfectible desde muchas miradas.

Lo más importante, lo que vale, es que estamos en la puerta de una legislación que permitirá y dará un paso serio para avanzar en la descentralización del país. Es un hecho histórico en la descentralización del país. Es la primera vez, en más de doscientos años de república, que el Estado unitario de Chile se dispone a establecer una norma jurídica que traslade a nivel de regiones una cuota importante de la toma de decisiones y de poder. ¡En buena hora!

Cuando se acerca el poder a la ciudadanía es más directo y fácil realizar la fiscalización y ejercer el control; es más directo y fácil que por la vía de la participación la ciudadanía presente propuestas que le permitan influir en las tareas que se desarrollen en el ámbito de los gobiernos regionales.

Creo que este es un paso que va a quedar escrito no solo en la Constitución, sino en los datos de referencia histórica cuando se marque este punto de quiebre en la estructura de poder y en el mecanismo de funcionamiento del Estado de Chile.

Me entusiasmo porque soy, como todos saben, parte de una fuerza política que, desde la perspectiva del concepto democrático, asocia dicho concepto a la mayor participación directa de la ciudadanía. “Todo el poder para el pueblo”, “el poder es popular”, “pueblo en el poder” son conceptos que no se refieren a otra cosa que a organizar y a acercar la toma de decisiones a la base ciudadana.

Espero que el proyecto de reforma constitucional que discutimos ponga, entre otras cosas, por ejemplo, dentro de las competencias de las autoridades regionales elegidas -incluyendo los consejos-, la posibilidad de efectuar consultas directas, en calidad de plebiscitos o de simples consultas ciudadanas, cuando se deba decidir sobre temas que sean de trascendencia para toda la región y que marquen, históricamente, las condiciones de vida o de desarrollo de la región.

Espero que posteriormente se desarrolle el debate respecto de los tributos, en el cual se deberá discutir sobre el domicilio real que tiene mucha de la actividad económica que se desarrolla en el país, pues hoy por hoy las empresas resuelven este tema por la vía de la llamada casa matriz, es decir, se explota el recurso natural, se generan, incluso, pasivos ambientales; se sacrifica el recurso humano de las regiones, pero se tributa en un lugar donde ni siquiera por asomo -que no sea en un video se sabe lo que significa esa producción. Ello alcanza el mayor grado de exageración cuando un pool de vehículos que se usa para una determinada actividad industrial también paga sus patentes en la comuna donde está domiciliada la casa matriz.

Eso será un debate natural porque, obviamente, empoderadas las regiones, el legítimo derecho que arranca de las riquezas debe rendir frutos, también, en el territorio donde se producen.

Espero que la discusión que venga sea para decidir por ley la fecha en que se efectuará esta primera elección. No nos cabe duda alguna de que debe hacerse de manera coincidente con la próxima elección presidencial y parlamentaria de noviembre del próximo año.

Saludo la iniciativa y espero que la aprobemos por amplia mayoría, dando cuenta que provoca una gran expectación en la ciudadanía de nuestro país.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval .

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente, hemos discutido latamente este proyecto de reforma constitucional, que, sin duda, para quienes somos de regiones, constituye un aporte fundamental para el perfeccionamiento del desarrollo y del trabajo.

Al hablar desde las regiones podemos dar algunos ejemplos de lo que significa el centralismo. Veamos solamente lo que pasa en zonas australes, como Palena, Aysén y Magallanes , que juntas constituyen más de un tercio de la superficie de Chile continental.

Si la Región de Aysén estuviera localizada en la zona central abarcaría desde Santiago hasta Valdivia . Esa es la extensión territorial de una sola región. Si sumamos la provincia de Palena y la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, podemos tener una visión de lo que significa, territorialmente, la zona austral. Con todo, tenemos menos del 2 por ciento de la población del país y aportamos menos del 2 por ciento del producto interno bruto. La causa radica en la existencia de un Estado centralista e irresponsable que no ha sido capaz de conectar ese territorio con el resto del país.

Una de las grandes cadenas que hemos debido arrastrar en toda la zona austral es la dificultad para incorporarnos plenamente al desarrollo y dejar de ser la región con menos desarrollo en términos generales, consecuencia -reiterode la visión centralista de este país, que ve, probablemente, a Santiago y a dos o tres ciudades más como los centros neurálgicos del desarrollo y objeto de preocupación fundamental.

Este proyecto, que apunta fundamentalmente a transferir más poder a las regiones, fue ampliamente debatido, pero no por lo que ha sido mencionado. Aquí hubo variadas sensibilidades y diferentes visiones.

Como hemos señalado muchas veces, no obstante que el proyecto no satisface plenamente el objetivo de las regiones, vamos a aprobarlo, porque es cierto que constituye un avance. Sin embargo, lamentablemente, ese avance no es lo que declaró el primer ministro del Interior del actual gobierno de la Presidenta Bachelet , el connotado Rodrigo Peñailillo , quien en una reunión con todos los parlamentarios de regiones dijo que se llevaría a cabo la mayor reforma en materia de regionalización de los últimos cincuenta años.

También recuerdo que durante mi gobierno, el del Presidente Piñera, se dijo que llevaríamos adelante una verdadera revolución descentralizadora. Pero esa decisión terminó solo en un connato callejero por la simple elección de los consejeros regionales.

Ahora estamos discutiendo un proyecto de reforma constitucional pese a que, en orden secuencial, primero se debería haber aprobado la ley de transferencia de competencias y funciones para saber realmente qué va a hacer este gobernador elegido. Eso es lo que debió realmente haber pasado. Ahí se centraron gran parte de las discusiones políticas y no en una intención de rechazar un proyecto de regionalización.

Por eso, alertamos acerca de la situación que se va a producir en las regiones con la coexistencia de dos autoridades: por un lado, el gobernador regional, con su consejo regional y sus seis divisiones -será el gabinete de la región-, y por otro, el delegado presidencial, acompañado de todos los seremis y directores regionales. Además, si se enfrenta una situación de emergencia, también se debe incluir a las Fuerzas Armadas y de Orden. Esa es la diferencia.

Un solo ejemplo para graficar: gobierno regional de Aysén, autoridad elegida, 45.000.000.000 de pesos de financiamiento; por otro lado, el delegado regional solo llama a su jefe de gabinete y, por su parte, Obras Públicas de la Región de Aysén recibe 160.000.000.000 de pesos. Esa es la diferencia que se producirá. Por eso hablamos de un monstruo con dos cabezas.

El proyecto es un avance, pero, lamentablemente, a los diputados de regiones no nos deja total y absolutamente satisfechos, aunque el subsecretario muchas veces nos ha dicho que se trata de un proceso paulatino.

Una salvedad que deseo plantear en la discusión de este proyecto de reforma constitucional: la disposición vigésimo octava establece que la elección por sufragio universal se verificará una vez promulgada la ley orgánica constitucional que determine la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales una o más competencias.

Llamo la atención sobre la frase “una o más competencias”. Sinceramente, espero que el gobierno no utilice esta opción -una o más competencias para transferir una sola, la más insignificante de las competencias, con el objeto de promulgar la elección de los nuevos gobernadores regionales en un marco de atribuciones no solo reducidas, sino mínimas, porque esa no sería la concreción de lo que queremos los diputados regionalistas.

Votaremos favorablemente el proyecto, porque creemos que es un avance. Con todo, hemos perdido la oportunidad mencionada por el entonces ministro Peñailillo , esto es, construir una verdadera reforma a la regionalización del país, lo que posiblemente va a ocurrir dentro de unos cuarenta años, porque conocemos lo difícil que es para el Estado centralista traspasar poder a las regiones.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Marcela Hernando .

La señora HERNANDO (doña Marcela).-

Señor Presidente, con alegría, pero también con una cierta desazón, intervengo para señalar que por fin estamos viendo el resultado del trabajo de la Comisión Mixta. Me atrevo a decir que esta semana tendremos aprobado este proyecto de reforma constitucional tan trascendental, pero lamentaremos que este proceso haya tomado dos años.

El proyecto del Ejecutivo ingresó el 5 de enero de 2015. Vamos a cumplir dos años. Y luego del ingreso de ese mensaje se sumaron tres nuevos proyectos del Senado.

Creo que toda la ciudadanía ha sido testigo de la resistencia que ha tenido este cambio legal. Las conclusiones de la Comisión Mixta son bastante conservadoras, en el sentido de que, aparte de crear la figura del gobernador regional -yo diría que es lo más importante-, se homologan normas de elección y fuero de representantes del Ejecutivo a las elecciones presidenciales, lo cual quedará consagrado en la Constitución Política.

Asimismo, en el caso de la acusación constitucional en contra del gobernador regional, la Comisión Mixta propone que esta sea homologada a la acusación constitución en contra del Presidente de la República.

Por su parte, las facultades de fiscalización del consejo regional se han homologado a las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados.

Por lo tanto, los aspectos que ha abordado la comisión son más bien de forma.

La ciudadanía está esperando un cambio significativo; en efecto, muchos se han ilusionado con elegir a los gobernadores regionales a partir de 2017. Sin embargo, miro con cierta reserva que ello así ocurra, pues nos hemos demorado dos años para crear la figura del gobernador regional, y recién entraremos a la discusión sobre la ley orgánica constitucional que definirá los aspectos más trascendentales: cómo se elegirá esa autoridad, cuándo se elegirá y las competencias y facultades que tendrá. A todo ello se suma el grado de desconcentración del Estado que pueda hacerse o no efectivo a través de esa figura.

Estamos ante un cambio relevante. Hay muchos años detrás de todo esto. El proyecto de ley ingresó hace dos años, pero muchos años antes diversas agrupaciones, organizaciones, los propios gobiernos regionales y subsecretarios de desarrollo regional trabajaron en pro de la descentralización. Por ello, en ese contexto, me alegro de este paso trascendental hacia la creación de la figura del gobernador regional.

Sin embargo, manifiesto mi temor respecto de la dilación que ha habido para su aprobación y de la que pueda sufrir a futuro.

En tal sentido, pido al Ejecutivo que agilice los procesos que sean necesarios, de manera que no tengamos que esperar cinco años más para elegir a nuestros gobernadores regionales. Espero que podamos hacerlo a partir de 2017.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Rodrigo González .

El señor GONZÁLEZ.-

Señor Presidente, esta reforma es, tal vez, una de las más trascendentales de este período de gobierno y probablemente una de las más importantes del sistema institucional chileno, pues va a modificar sustantivamente las relaciones entre el centro político, el centro de decisiones, y las regiones de Chile.

Llevar a cabo esta reforma es una necesidad histórica, es una necesidad para el desarrollo económico, cultural y social del país, y es una gran aspiración de todas las regiones. Por ello, espero que aprobemos este proyecto por gran mayoría.

Quiero resaltar especialmente el carácter transversal que tendrá esta reforma constitucional, toda vez que dará solución a problemas que los parlamentarios vemos en cada una de nuestras regiones. La reforma no tiene un componente político-ideológico; su objetivo es hacerse cargo de la necesidad de que las autoridades regionales respondan a sus ciudadanos y a sus requerimientos de desarrollo, y especialmente que propendan al fortalecimiento de la capacidad de decisión, de los recursos y de la identidad de las regiones.

El carácter transversal que ha tenido esta reforma, junto con las otras que forman parte de la agenda de descentralización, se hace muy patente en la forma como se desarrolló la discusión en la Comisión Mixta. Hubo niveles de acuerdo muy potentes e importantes en esa instancia, que auguran que en el proceso de transferencia de competencias y en la discusión de la ley orgánica constitucional que debe acompañar a la reforma constitucional también avanzaremos con la misma celeridad y eficiencia. Muchos de los acuerdos adoptados en la Comisión Mixta concitaron el respaldo de la gran mayoría de los parlamentarios.

Por lo tanto, el cambio del nombre de “secretarios regionales presidenciales” por el de “delegados presidenciales regionales”, las facultades que se entregan a las distintas instancias, la aprobación del nuevo artículo 111 de la Carta Fundamental y cada una de las normas aprobadas en la Comisión Mixta deberían tener una aprobación similar en esta Sala.

Para los regionalistas y para quienes hemos luchado tantos años por la descentralización, este es un gran momento. Las regiones no pueden seguir esperando. Esta reforma abrirá las puertas para que las regiones tengan más competencias, más recursos y más posibilidades de desarrollo.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Melo .

El señor MELO.-

Señor Presidente, hoy se concreta un compromiso más del gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet , mediante el cual creo fehacientemente que se profundizará la democracia y la descentralización del país.

Es un proyecto necesario, ya que la ciudadanía requiere mayor conexión con las autoridades de sus territorios, con el fin de generar un lazo estrecho que haga crecer la diversidad en nuestras regiones.

Por eso celebro que la Comisión Mixta haya subsanado la mayoría de los puntos en que hubo cuestionamientos en la Cámara, y haya mejorado el proyecto. Ello permitirá que la iniciativa esté ad portas de llegar al final de su tramitación y se convierta pronto en ley de la República para iniciar el desafío de llevar a cabo una verdadera descentralización.

El Estado tiene una deuda con las regiones que se arrastra por décadas. Así lo han reconocido prácticamente todos los presidentes después de la recuperación de la democracia, lo que demuestra que el desafío no es fácil y que no todos lo han querido asumir debido a su enorme complejidad. Sin duda, hay una reforma pendiente: la que corresponde hacer al sistema municipal.

A pesar de estar contento por las regiones, quiero mencionar una cuestión que me preocupa: la instancia que generó la Comisión Mixta, cual es la acusación constitucional en contra del gobernador regional, cargo que será de elección popular y que viene a reemplazar el rol del intendente. Me parece un retroceso, porque si vamos a empoderar a las regiones, tenemos que ceder el poder de forma verdadera. Lamentablemente, las acusaciones constitucionales se han utilizado como show mediático y sin altura de miras. Por lo demás, se trata de un mecanismo para destituir a funcionarios que son de confianza del Presidente de la República.

Este único aspecto revela que existe desconfianza en la elección que pueda hacer la ciudadanía en las regiones, lo que no es una buena señal.

Por último, aun así, y a pesar de no estar de acuerdo con que se establezca dicha acusación constitucional, creo que el proyecto representa una oportunidad. Con el paso del tiempo todo puede perfeccionarse y ser subsanado, incluso aquellos temores que se han hecho presentes en este proyecto de reforma constitucional.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente, en verdad, todos los colegas y todos quienes somos de regiones queremos que el proyecto se apruebe pronto. Por lo tanto, hago un llamado a no hacer más discursos, a no dilatar más esta tramitación y a que la Presidenta de la República haga propio el proyecto y le ponga la urgencia que merece. De lo contrario, al final vamos a estar en un tira y encoje.

Voy a decir las cosas como son: el Senado no quiere que este proyecto sea una realidad. Pero no podemos parar un proyecto que todo el mundo quiere que sea una realidad en el corto plazo, porque los señores senadores no quieren que se elija al intendente.

En verdad, me parece de mal gusto decirle a la gente, cuando vienen los regionalistas, que están de acuerdo, y cuando les toca demostrar esa postura con su voto y dando celeridad al proyecto, no lo hacen.

Señor Presidente, lo importante aquí es: no más palabrerías y mayor efectividad para que este proyecto sea una realidad lo antes posible, a fin de que en 2017 tengamos intendentes elegidos democráticamente.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, le pido que recabe el acuerdo de la Sala para que el subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo pueda ingresar a la Sala durante la votación del proyecto de reforma constitucional en estudio, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

El señor ANDRADE (Presidente).-

¿Habría acuerdo para acceder a la solicitud del diputado señor Sabag ?

Varios señores DIPUTADOS.-

No.

El señor ANDRADE (Presidente).-

No hay acuerdo.

El señor FARÍAS.-

Esa es una mezquindad, diputados.

El Senado ayer autorizó el ingreso del personero a la Sala.

¿Por qué no pide de nuevo la unanimidad, señor Presidente?

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, le solicito que recabe nuevamente la unanimidad de la Sala para que ingrese el subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.

El señor ANDRADE (Presidente).-

La Sala ya se pronunció al respecto, señor diputado.

-Hablan varios diputados a la vez.

Un señor DIPUTADO.-

Hay acuerdo, señor Presidente.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Reitero que no hay acuerdo sobre el particular, señor diputado.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el informe de la Comisión Mixta en los siguientes términos:

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje y mociones refundidos, que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 79 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

Hago presente a la Sala que, conforme a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, por tratarse de una única votación se entenderán aprobadas solo aquellas normas que alcancen el quorum constitucional requerido.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 13 abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Cornejo González, Aldo ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Mirosevic Verdugo , Vlado ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Torres Jeldes, Víctor ; Tuma Zedan, Joaquín ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto , Matías .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Coloma Alamos, Juan Antonio ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hernández Hernández, Javier ; Kast Rist, José Antonio ; Melero Abaroa, Patricio ; Molina Oliva, Andrea ; Norambuena Farías, Iván ; Silva Méndez, Ernesto ; Squella Ovalle, Arturo ; Trisotti Martínez, Renzo ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Ward Edwards, Felipe .

-Aplausos.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Despachado el proyecto.

4.6. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 21 de diciembre, 2016. Oficio en Sesión 76. Legislatura 364.

VALPARAÍSO, 21 de diciembre de 2016

Oficio Nº 13.066

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiente a los boletines Nos 9.834-06, 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, refundidos.

Hago presente a V.E. que dicha proposición fue aprobada con el voto afirmativo de 96 diputados, de un total de 118 en ejercicio, dándose cumplimiento de esta manera a lo preceptuado en el artículo 127, inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V.E, en respuesta a vuestro oficio Nº 349/SEC/16, de 20 de diciembre de 2016.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

OSVALDO ANDRADE LARA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Trámite Finalización: Senado

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 21 de diciembre, 2016. Oficio

Valparaíso, 21 de diciembre de 2016.

Nº 354/SEC/16

A S.E LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA:

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase “intendentes y gobernadores;” por “delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;”.

2) Introdúcense en el número 2) del artículo 52, las siguientes enmiendas:

a) Reemplázase, en el literal e) de su párrafo primero la expresión “intendentes, gobernadores” por “delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales”.

b) Agrégase en su párrafo cuarto, luego de la expresión “Presidente de la República”, la frase “o de un gobernador regional”.”.

3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del inciso primero del artículo 53, luego de la expresión “Presidente de la República”, la frase “o de un gobernador regional”.

4) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución “Los intendentes, los gobernadores” por “Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales”. 5) Sustitúyese el artículo 111, por el siguiente:

“Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquel de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.”.

6) Derógase el artículo 112.

7) Modifícase el artículo 113, en la siguiente forma:

a) Intercálanse como incisos tercero, cuarto y quinto, nuevos, los siguientes:

“El consejo regional podrá fiscalizar los actos del gobierno regional. Para ejercer esta atribución el consejo regional, con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes, podrá adoptar acuerdos o sugerir observaciones que se transmitirán por escrito al gobernador regional, quien deberá dar respuesta fundada dentro de treinta días.

Las demás atribuciones fiscalizadoras del consejo regional y su ejercicio serán determinadas por la ley orgánica constitucional respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional o delegado presidencial regional la información necesaria al efecto, quienes deberán contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso tercero.”.

b) Suprímese su actual inciso quinto.

8) Reemplázase, en el artículo 114, la expresión “podrá transferir” por “transferirá”.

9) Intercálase, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

“Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.”.

10) Modifícase el artículo 116, en los siguientes términos:

a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

“Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.”.

b) Efectúanse, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

i. Sustitúyese la voz “gobernador” por la expresión “delegado presidencial provincial”.

ii. Reemplázase la palabra “intendente”, las dos veces que aparece, por la locución “delegado presidencial regional”.

11) Modifícase el artículo 117, del modo que sigue:

a) Reemplázase el vocablo “gobernadores” por “delegados presidenciales provinciales”.

b) Sustitúyese la palabra “delegados” por “encargados”.

12) Sustitúyese el artículo 124, por el siguiente:

“Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial serán incompatibles entre sí.

El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.”.

13) Introdúcense, en el artículo 125, las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyese, en el inciso primero, la expresión “los cargos de alcalde” por “los cargos de gobernador regional, de alcalde”.

b) Reemplázase, en el inciso tercero, la locución “el cargo de alcalde” por “el cargo de gobernador regional, de alcalde”.

14) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 126, la palabra “intendente” por “gobernador regional”.

15) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

“VIGÉSIMO OCTAVA.- La primera elección por sufragio universal en votación directa de los gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que señale la ley orgánica constitucional a que aluden los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley que establezca un nuevo procedimiento de transferencia de las competencias a las que se refiere el artículo 114.

El período establecido en el inciso segundo del artículo 113 podrá ser adecuado por la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan. Esta modificación requerirá, para su aprobación, del voto favorable de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.

Una vez que asuman los gobernadores regionales electos, los presidentes de los consejos regionales cesarán de pleno derecho en sus funciones, las que serán asumidas por el respectivo gobernador regional.

Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que las leyes otorgan expresamente al intendente en tanto órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, las funciones y atribuciones que las leyes entregan al gobernador se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial.

Mientras no asuman los primeros gobernadores regionales electos, a los cargos de intendentes y gobernadores les serán aplicables las disposiciones constitucionales vigentes previas a la publicación de la presente reforma constitucional.”.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que este proyecto de reforma constitucional tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo y en tres mociones parlamentarias. La primera de ellas, de los Honorables senadores señora Lily Pérez San Martín y señores Alejandro Guillier Álvarez, Antonio Horvath Kiss, Rabindranath Quinteros Lara y Andrés Zaldívar Larraín; la segunda, de los Honorables senadores señora Ena Von Baer Jahn y señores Andrés Allamand Zavala, Alberto Espina Otero, José García Ruminot y Víctor Pérez Varela, y la tercera, de los Honorables senadores señores Francisco Chahuán Chahuán y Alejandro García-Huidobro Sanfuentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

RICARDO LAGOS WEBER

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 20.990

Tipo Norma
:
Ley 20990
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1098725&t=0
Fecha Promulgación
:
29-12-2016
URL Corta
:
http://bcn.cl/24yad
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Título
:
DISPONE LA ELECCIÓN POPULAR DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO REGIONAL
Fecha Publicación
:
05-01-2017

LEY NÚM. 20.990

DISPONE LA ELECCIÓN POPULAR DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO REGIONAL

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de reforma constitucional

    Proyecto de reforma constitucional:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

    1) Sustitúyese, en el numeral 7° del artículo 32, la frase "intendentes y gobernadores;" por "delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;".

    2) Introdúcense en el número 2) del artículo 52, las siguientes enmiendas:

    a) Reemplázase, en el literal e) de su párrafo primero la expresión "intendentes, gobernadores" por "delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales".

    b) Agrégase en su párrafo cuarto, luego de la expresión "Presidente de la República", la frase "o de un gobernador regional".".

    3) Agrégase, en el párrafo tercero del número 1) del inciso primero del artículo 53, luego de la expresión "Presidente de la República", la frase "o de un gobernador regional".

    4) Sustitúyese, en el numeral 2) del artículo 57, la locución "Los intendentes, los gobernadores" por "Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales".

    5) Sustitúyese el artículo 111, por el siguiente:

    "Artículo 111.- La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región.

    El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica de derecho público y tendrá patrimonio propio.

    El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

    El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa. Será electo el candidato a gobernador regional que obtuviere la mayoría de los sufragios válidamente emitidos y siempre que dicha mayoría sea equivalente, al menos, al cuarenta por ciento de los votos válidamente emitidos, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

    Si a la elección del gobernador regional se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere al menos cuarenta por ciento de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquel de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

    Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

    La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo de gobernador regional, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 124 y 125.".

    6) Derógase el artículo 112.

    7) Modifícase el artículo 113, en la siguiente forma:

    a) Intercálanse como incisos tercero, cuarto y quinto, nuevos, los siguientes:

    "El consejo regional podrá fiscalizar los actos del gobierno regional. Para ejercer esta atribución el consejo regional, con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes, podrá adoptar acuerdos o sugerir observaciones que se transmitirán por escrito al gobernador regional, quien deberá dar respuesta fundada dentro de treinta días.

    Las demás atribuciones fiscalizadoras del consejo regional y su ejercicio serán determinadas por la ley orgánica constitucional respectiva.

    Sin perjuicio de lo anterior, cualquier consejero regional podrá requerir del gobernador regional o delegado presidencial regional la información necesaria al efecto, quienes deberán contestar fundadamente dentro del plazo señalado en el inciso tercero.".

    b) Suprímese su actual inciso quinto.

    8) Reemplázase, en el artículo 114, la expresión "podrá transferir" por "transferirá".

    9) Intercálase, a continuación del artículo 115, el siguiente artículo 115 bis:

    "Artículo 115 bis.- En cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un delegado presidencial regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El delegado presidencial regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él. El delegado presidencial regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

    Al delegado presidencial regional le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.".

    10) Modifícase el artículo 116, en los siguientes términos:

    a) Sustitúyese su inciso primero, por el que sigue:

    "Artículo 116.- En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial.".

    b) Efectúanse, en el inciso segundo, las siguientes enmiendas:

    i. Sustitúyese la voz "gobernador" por la expresión "delegado presidencial provincial".

    ii. Reemplázase la palabra "intendente", las dos veces que aparece, por la locución "delegado presidencial regional".

    11) Modifícase el artículo 117, del modo que sigue:

    a) Reemplázase el vocablo "gobernadores" por "delegados presidenciales provinciales".

    b) Sustitúyese la palabra "delegados" por "encargados".

    12) Sustitúyese el artículo 124, por el siguiente:

    "Artículo 124.- Para ser elegido gobernador regional, consejero regional, alcalde o concejal y para ser designado delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

    Los cargos de gobernador regional, consejero regional, alcalde, concejal, delegado presidencial regional y delegado presidencial provincial serán incompatibles entre sí.

    El cargo de gobernador regional es incompatible con todo otro empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial, dentro de los límites que fije la ley. Asimismo, el cargo de gobernador regional es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

    Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el gobernador regional electo cesará en todo otro cargo, empleo o comisión que desempeñe.

    Ningún gobernador regional, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en los incisos precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, esta disposición no rige en caso de guerra exterior; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de gobernador regional.

    Ningún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial, desde el día de su elección o designación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

    En caso de ser arrestado algún gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

    Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el gobernador regional, delegado presidencial regional o delegado presidencial provincial imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.".

    13) Introdúcense, en el artículo 125, las siguientes modificaciones:

    a) Sustitúyese, en el inciso primero, la expresión "los cargos de alcalde" por "los cargos de gobernador regional, de alcalde".

    b) Reemplázase, en el inciso tercero, la locución "el cargo de alcalde" por "el cargo de gobernador regional, de alcalde".

    14) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 126, la palabra "intendente" por "gobernador regional".

    15) Agrégase, como disposición vigésimo octava transitoria, la siguiente:

    "VIGÉSIMO OCTAVA.- La primera elección por sufragio universal en votación directa de los gobernadores regionales se verificará en la oportunidad que señale la ley orgánica constitucional a que aluden los incisos cuarto y quinto del artículo 111 y una vez promulgada la ley que establezca un nuevo procedimiento de transferencia de las competencias a las que se refiere el artículo 114.

    El período establecido en el inciso segundo del artículo 113 podrá ser adecuado por la ley orgánica constitucional señalada en los incisos cuarto y quinto del artículo 111 para que los períodos de ejercicio de gobernadores regionales y consejeros regionales coincidan. Esta modificación requerirá, para su aprobación, del voto favorable de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.

    Una vez que asuman los gobernadores regionales electos, los presidentes de los consejos regionales cesarán de pleno derecho en sus funciones, las que serán asumidas por el respectivo gobernador regional.

    Los gobernadores regionales electos, desde que asuman, tendrán las funciones y atribuciones que las leyes otorgan expresamente al intendente en tanto órgano ejecutivo del gobierno regional. Las restantes funciones y atribuciones que las leyes entregan al intendente se entenderán referidas al delegado presidencial regional que corresponda. Asimismo, las funciones y atribuciones que las leyes entregan al gobernador se entenderán atribuidas al delegado presidencial provincial.

    Mientras no asuman los primeros gobernadores regionales electos, a los cargos de intendentes y gobernadores les serán aplicables las disposiciones constitucionales vigentes previas a la publicación de la presente reforma constitucional.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 29 de diciembre de 2016.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Gabriel de la Fuente Acuña, Ministro Secretario General de la Presidencia (S).

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.