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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.672

REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE ESTATUTO DE LOS EX-PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de José Antonio Viera Gallo Quesney, Hernán Larraín Fernández, Marcos Aurelio Aburto Ochoa, Juan Hamilton Depassier y Sergio Eduardo de Praga Diez Urzúa. Fecha 07 de septiembre, 1999. Moción Parlamentaria en Sesión 28. Legislatura 340.

MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES ABURTO, DÍEZ, HAMILTON, LARRAÍN Y VIERA-GALLO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE EL ESTATUTO DE LOS EX PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA (2397-07)

Honorable Senado:

Durante el debate habido acerca de diversos asuntos que en el último tiempo ha correspondido conocer a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, ha fluido una materia respecto de la cual existe consenso entre sus integrantes en torno a la conveniencia de abordarla.

Parece de justicia que aquellos ciudadanos que hayan desempeñado la más alta magistratura de la Nación, adquieran, una vez terminado su período, una condición acorde con los esfuerzos y las responsabilidades desplegados durante su mandato.

Se trata, entonces, de crear un estatuto que distinga, de por vida, a tan connotados servidores públicos y reconozca la calificada labor por ellos desarrollada. Este estatuto se materializará concediéndoles un beneficio pecuniario equivalente a una dieta parlamentaria y extendiéndoles el fuero consagrado en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Carta Fundamental

En relación a los ex Primeros Mandatarios que actualmente o en el futuro se desempeñen como senadores vitalicios se posibilita su renuncia a este último cargo, en cuyo caso adquirirán, de pleno derecho, la dignidad de Ex Presidentes de la República.

Esta dignidad se adquirirá inmediatamente de concluido el desempeño del cargo de Jefe de Estado y siempre que en ese momento el ex Primer Mandatario no forme parte del Senado.

Sólo quien haya desempeñado el cargo de Presidente de la República por el período completo, accederá a este rango En consecuencia, no alcanzará tal calidad quien llegue a ocupar la Presidencia por vacancia de la misma. Tampoco lo hará el ex Presidente que haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

Finalmente, parece conveniente establecer que si el Ex Presidente de la República resuelve asumir otra función remunerada con fondos públicos, dejará de percibir la dieta en tanto ejerza esta nueva función, manteniendo, en todo caso, el fuero.

En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, venimos en someter a la consideración del H. Senado el siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

"El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso adquirirá la dignidad de Ex Presidente de la República.

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El Ex Presidente de la República que asuma otra función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero.".

(Fdo.): Marcos Aburto Ochoa.- Sergio Díez Urzúa.- Juan Hamilton Depassier Hernán Larraín Fernández.- José Antonio Viera-Gallo Quesney.

1.2. Informe de Comisión de Constitución

Senado. Fecha 08 de septiembre, 1999. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 30. Legislatura 340.

?INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION, JUSTICIA Y REGLAMENTO, recaído en el proyecto de reforma constitucional iniciado en moción de los HH. Senadores señores Aburto, Díez, Hamilton, Larraín y Viera-Gallo, que modifica el artículo 30 de la Carta Fundamental, con el fin de establecer el estatuto de Ex Presidente de la República.

BOLETIN Nº. 2397-07.

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene el honor de informaros el proyecto de reforma constitucional indicado en el rubro.

Cabe hacer presente que la iniciativa -que incide en el Capítulo IV de la Constitución Política, sobre Gobierno- necesita para su aprobación del voto favorable de las tres quintas partes de los señores Senadores en ejercicio, en conformidad a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 116 de la Carta Fundamental.

Es dable mencionar, asimismo, que por tratarse de una iniciativa que consta de un solo precepto, vuestra Comisión la discutió en general y en particular a la vez, en los términos del artículo 127 del Reglamento de la Corporación, y os recomienda proceder de igual forma.

OBJETIVOS DE LA INICIATIVA

Los autores de la moción –todos los miembros de esta Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento- expresan, en primer lugar, que durante el debate habido acerca de diversos asuntos que últimamente les ha correspondido conocer, ha fluido una materia respecto de la cual existe consenso en torno a la conveniencia de abordarla.

Se trata de crear un estatuto que distinga, de por vida, a aquellos ciudadanos que hayan desempeñado la más Alta Magistratura de la Nación, otorgándoles, una vez terminado su período, una condición acorde con los esfuerzos y las responsabilidades desplegados durante su mandato. Estiman de justicia que a tan connotados servidores públicos se les reconozca la calificada labor por ellos desarrollada.

Proponen que esta dignidad se materialice extendiéndoles el fuero consagrado en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Carta Fundamental y concediéndoles los emolumentos a que alude el artículo 59 de la misma.

En relación a los ex Primeros Mandatarios que actualmente o en el futuro se desempeñen como senadores vitalicios, consideran conveniente posibilitarles su renuncia a este último cargo, en cuyo caso adquirirán, de pleno derecho, la ya mencionada dignidad de Ex Presidentes de la República.

A esta calidad se accederá inmediatamente de concluido su desempeño como Jefe de Estado y siempre que en ese momento el ex Mandatario no opte por formar parte del Senado.

Por otra parte, sugieren que sólo quien haya servido el cargo de Presidente de la República por el período completo acceda a este nuevo rango. No alcanzaría tal calidad quien llegue a ocupar la Presidencia por vacancia de la misma, como tampoco debería hacerlo el ex Primer Mandatario que haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

Finalmente, los autores de la iniciativa señalan que parece conveniente establecer que si el Ex Presidente de la República resuelve asumir otra función remunerada con fondos públicos, debiera dejar de percibir la dieta en tanto ejerza esta nueva labor, manteniendo, en todo caso, el fuero.

ESTRUCTURA DEL PROYECTO

La moción consta de un artículo único que agrega cinco incisos, nuevos, al artículo 30 de la Constitución Política de la República.

La referida disposición establece que el Jefe de Estado “cesará en su cargo el mismo día en que se complete su período y le sucederá el recientemente elegido”.

Los incisos que se propone incorporar son del siguiente tenor:

“El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso adquirirá la dignidad de Ex Presidente de la República.

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El Ex Presidente de la República que asuma otra función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero.”.

ANTECEDENTES

1. Disposiciones constitucionales.

Los artículos 24 a 32, del Capítulo IV de la Ley Suprema, sobre Gobierno, regulan la institución “Presidente de la República”. El 24 le confía el gobierno y la administración del país; el artículo 25 establece los requisitos de elegibilidad y la duración del mandato; los artículos 26 y 27 reglamentan la forma en que se elige al Primer Mandatario; los números 28 y 29 preceptúan lo relativo a las situaciones de impedimento temporal y vacancia en el cargo, y los artículos 31 y 32 se refieren a las atribuciones del Jefe de Estado.

El artículo 45, letra a), dispone que el Senado se integra, también, por los ex Presidentes de la República, por derecho propio y con carácter vitalicio.

Los artículos 48 y 49, en lo concerniente al juicio político de que puede ser objeto el Primer Mandatario. Igualmente el artículo 49, número 7), en cuanto a los casos de inhabilidad del Presidente y dimisión de su cargo.

El artículo 55 contempla, en su inciso primero, algunas incompatibilidades parlamentarias y sus excepciones y menciona, en su inciso tercero, las que afectan a los ex Presidentes de la República que se incorporen al Senado.

El artículo 58 consagra, en sus incisos segundo, tercero y cuarto, el denominado fuero parlamentario.

Finalmente, el artículo 59 alude a los emolumentos que percibirá un parlamentario.

DISCUSION GENERAL

En la sesión que dedicó a esta materia, la Comisión ponderó cuidadosamente la referida iniciativa, así como distintas ideas que sobre este particular se han presentado a tramitación legislativa con anterioridad.

Tuvo presente que, a raíz de otras mociones de miembros de esta Corporación, se ha constatado que existe acuerdo en torno al propósito de estudiar un rango o estatuto especial para los ex Presidentes de la República.

Recordó que la materia también fue considerada con motivo de un proyecto de reforma constitucional de la H. Cámara de Diputados sobre la composición del Senado, del año 1997.

En síntesis, se dijo, fue en virtud de estas consideraciones, que vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento estimó conveniente elaborar una proposición con las ideas antes mencionadas, de manera de dar curso a un proyecto de reforma constitucional que las materialice.

En mérito de lo anterior, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, HH. Senadores señores Aburto, Hamilton y Larraín, procedió a aprobar en general el proyecto.

DISCUSION PARTICULAR

Enseguida, vuestra Comisión se abocó al análisis de los nuevos incisos que se propone para agregar al artículo 30 de la Carta Fundamental.

En primer término, se connotó que la dignidad que se crea la adquirirán sólo quienes hayan desempeñado la Presidencia de la República por un período completo. Se precisó que ello implica que, evidentemente, no se encontrarán en esta situación los ex Presidentes que por cualquier causa no hayan completado dicho lapso, como es el caso de los que hayan hecho dimisión de su cargo, de los que hayan sido declarados inhábiles para el ejercicio de sus funciones, etc.

Ante una observación del H. Senador señor Aburto sobre este particular, se aclaró que los casos de quien accedió a la Presidencia de la República por vacancia del cargo y del ex Presidente declarado culpable en juicio político -que tampoco accederán a la condición que se crea-, se han mencionado en un inciso separado por tratarse de situaciones específicas que ameritan esta especial consideración.

En el primer caso, si bien se trata de una situación más en que no se cumple el período completo, se tuvo presente que la provisión del cargo vacante configura una fórmula diferente, expresamente regulada por la Ley Suprema, para ocupar la más Alta Magistratura de la Nación. En lo concerniente al ex Presidente declarado culpable en juicio político, se hizo notar que dicha declaración de culpabilidad puede tener lugar después de cumplido el período completo, en los términos de la letra a) del número 2 del artículo 48.

Por otra parte, el H. Senador señor Larraín observó que la dignidad de Ex Presidente se obtiene inmediatamente y “de pleno derecho”, una vez expirado el mandato. En consecuencia, en caso de producirse la renuncia de un ex Jefe de Estado a su cargo de senador vitalicio -como se prevé en el inciso tercero propuesto- el renunciante conserva su condición de Ex Presidente. Por esta razón, sugirió reemplazar, en el referido inciso tercero, la forma verbal “adquirirá” por “mantendrá”.

El H. Senador señor Hamilton puso de relieve que, en su concepto, es de la naturaleza de la condición de Ex Presidente de la República el disponer de medidas mínimas de seguridad y protección para su persona. Informó que ello es de común ocurrencia en otros países en relación a este tipo de personalidades. En todo caso, agregó que no procede contemplar lo anterior en normas de rango constitucional y que lo pertinente es entender que este cometido se confiará oportunamente a las instituciones correspondientes

Explicando el sentido del inciso final que se propone, el H. Senador señor Larraín puntualizó que la dignidad que se crea no constituye de ningún modo una función pública, como así tampoco un cargo, empleo o comisión de esta índole. Con el objeto de prevenir cualquier posible confusión en este sentido, sugirió reemplazar la oración inicial de este inciso que dice “El Ex Presidente de la República que asuma otra función remunerada con fondos públicos” por “El Ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada…”

A propósito de esta misma idea, la Comisión acordó exceptuar de esta incompatibilidad los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.

En último término, en relación a este inciso final se acordó dejar constancia que si bien la idea de la incompatibilidad de funciones remuneradas con fondos públicos ya está contemplada en el inciso tercero del artículo 55 de la Carta Fundamental, es igualmente pertinente establecerla en el artículo 30, toda vez que aquí se refiere a una institución nueva, que será propia, además, de un ámbito distinto del legislativo.

Las modificaciones propuestas fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, HH. Senadores señores Aburto, Hamilton y Larraín.

En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, tiene el honor de proponeros que aprobéis el siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

“El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El Ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.”.”.

Acordado en sesión celebrada el día 8 de septiembre de 1999, con asistencia de los HH. Senadores señores Hernán Larraín Fernández (Presidente), Marcos Aburto Ochoa y Juan Hamilton Depassier.

Sala de la Comisión, a 8 de septiembre de 1999.

NORA VILLAVICENCIO GONZALEZ

Secretario

RESEÑA

I. BOLETIN Nº: 2397-07.

II. MATERIA: Proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 30 de la Constitución Política, creando el estatuto de Ex Presidente de la República.

III. ORIGEN: Moción de los HH. Senadores señores Aburto, Díez, Hamilton, Larraín y Viera-Gallo.

IV. TRAMITE CONSTITUCIONAL: Primer trámite.

V. INICIO TRAMITACION EN EL SENADO: 7 de septiembre de 1999.

VI. TRAMITE REGLAMENTARIO: Primer informe.

VII.URGENCIA: No tiene.

VIII. DISPOSICIONES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA Constitución Política: Artículos Nºs 24 a 32, 45, 48, 49, 55, 58 y 59.

IX. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISION:

Proyecto de artículo único, que consta de cinco incisos.

X. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA

COMISION: Crear el estatuto de Ex Presidente de la República, confiriendo de por vida determinados beneficios a quienes hayan desempeñado la más Alta Magistratura de la Nación.

XI. NORMAS DE QUORUM ESPECIAL: En conformidad a lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución Política, la aprobación de este proyecto requiere el voto favorable de los tres quintos de los señores Senadores en ejercicio, por cuanto incide en su Capítulo IV, sobre Gobierno.

XII. ACUERDOS: Aprobado en general y en particular por unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, HH. Senadores señores Aburto, Hamilton y Larraín.

Valparaíso, 8 de septiembre de 1999.

NORA VILLAVICENCIO GONZALEZ

Secretario

INDICE

Página

Constancias reglamentarias… 1

Objetivos de la iniciativa… 1

Antecedentes… 3

Discusión general… 4

Discusión particular… 4

Aprobación en particular… 6

Texto del proyecto que se propone… 6

Reseña… 7

1.3. Discusión en Sala

Fecha 15 de septiembre, 1999. Diario de Sesión en Sesión 33. Legislatura 340. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

CREACIÓN DE ESTATUTO DE EX PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Corresponde tratar el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de diversos señores Senadores, que modifica el artículo 30 de la Carta Fundamental, con el fin de establecer el Estatuto de los ex Presidentes de la República , con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Los antecedentes sobre el proyecto (2397-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional: (moción de los señores Aburto, Díez, Hamilton, Larraín y Viera-Gallo)

En primer trámite, sesión 28ª, en 7 de septiembre de 1999.

Informe de Comisión:

Constitución, sesión 30ª, en 8 de septiembre de 1999.

El señor LAGOS ( Secretario ).-

De acuerdo con el artículo 116 de la Constitución Política, esta reforma requiere para su aprobación el pronunciamiento favorable de las tres quintas partes de los señores Senadores en ejercicio; vale decir, de 26 votos, a lo menos, ya que esta reforma recae en el Capítulo IV de la Carta Fundamental. En general, su objetivo es crear un estatuto para los ex Presidentes de la República , confiriendo, de por vida, determinados beneficios a quienes hayan desempeñado la más alta magistratura de la Nación.

El proyecto fue aprobado en general, y luego, en particular, por la unanimidad de los miembros presentes en la Comisión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

En la discusión general, tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente, quiero informar sobre esta iniciativa, que es producto del trabajo de la Comisión que tengo el honor de presidir, y que tuvo origen en moción presentada por los Honorables señores Aburto, Díez, Hamilton, Viera-Gallo y el Senador que habla, tras una serie de conversaciones que nos llevaron a concluir que, en este ámbito, había un vacío constitucional que era justo y correcto remediar. Se trata de crear un estatuto que distinga, de por vida, a los ciudadanos que hayan desempeñado el cargo de Presidente de la República . Consideramos que quien ha alcanzado esa distinción merece ser objeto de una diferenciación y de que, después de abandonar el ejercicio de sus funciones, por los servicios prestados al país, se le otorgue un reconomiento tal que lo acompañe por el resto de sus días.

Es efectivo que actualmente existe en la Carta Fundamental la institución de Senador vitalicio, en virtud de la cual éste puede integrarse al Senado para, desde ahí, contar en cierto modo con un reconocimiento a su dignidad. Pero, en verdad, esa calidad implica el ejercicio de una función parlamentaria y se inscribe, por lo tanto, en otra perspectiva. Por ello, hemos creído conveniente que esta dignidad se constituya independientemente de esa institución parlamentaria creada en la Constitución de 1980, con el propósito de destacar y realzar a quienes han alcanzado tan alta investidura.

La iniciativa se inspira en ciertos aspectos precisos que constituyen el cuerpo de la reforma que se propicia, la que establece principalmente las siguientes disposiciones.

En primer lugar, es un reconocimiento que se brinda a las personas que hayan desempeñado el referido cargo durante un período completo. Vale decir, no incluye a quienes lo hayan ejercido para terminar un período, a falta de una designación adecuada. Y por "período completo" estamos entendiendo el tiempo que le haya correspondido asumir en forma íntegra. Por ejemplo, el ex Presidente don Patricio Aylwin estaría incluido entre los beneficiados porque, no obstante que su período fue distinto del ordinario, ejerció durante un período completo esa función. Lo mismo sucederá mañana cuando termine su gestión el actual Mandatario, quien enterará un período completo el 11 de marzo. Este concepto, por lo tanto, se entiende en esa perspectiva, y de ahí que en el inciso cuarto del texto propuesto se dispone que "No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra".

Ciertamente, si ha habido esa declaratoria -que se puede producir una vez que el Presidente deje de ejercer su cargo-, pierde también esa dignidad, por razones obvias.

Esta distinción se adquiere también de pleno derecho, una vez que la persona ha dejado de desempeñar tal cargo y, en ese mismo momento, se hace acreedora a los beneficios. ¿Y en qué consisten éstos? Fundamentalmente, en lo establecido para los Parlamentarios en los artículos 58 y 59, excluyendo la inviolabilidad por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan, pues eso está directamente vinculado con el ejercicio de la calidad parlamentaria. De ahí que en el artículo 58 se hace extensiva a la dignidad del ex Presidente lo concerniente al fuero, en virtud del cual actualmente un Parlamentario no puede ser procesado o privado de libertad -ni lo será el día de mañana un ex Presidente -, salvo el caso de delito flagrante, a menos que el tribunal de alzada de la jurisdicción correspondiente autorice previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. Con ello estamos dando al ex Presidente un fuero procesal que lo dotará de respetabilidad -no de impunidad- y le evitará quedar expuesto por razones políticas a cuestionamientos públicos, como se estableció en el caso de los Parlamentarios.

Por otra parte, se le hace extensivo también el beneficio de la dieta, en la forma consignada en la Constitución; vale decir, equivalente a la remuneración de un Ministro , incluidas todas las asignaciones que a éste correspondan. Por lo tanto, habrá que incorporar a la dieta de los ex Presidentes las asignaciones adicionales que reciben actualmente los Parlamentarios.

Este beneficio se ha normado considerando también la situación existente en el caso de los Senadores vitalicios. Quien ejerce, siendo ex Presidente , la función de Senador vitalicio, ciertamente tiene la dignidad, pero no requiere de estos beneficios parlamentarios, porque los tiene por derecho propio. Sin embargo, a través de esta reforma abrimos la posibilidad de que una persona que ostente el cargo de Senador vitalicio pueda renunciar a esta calidad sin perder las dignidades otorgadas por medio de este estatuto. Es ésta una situación nueva que nos parece del mayor interés. O sea, quien actualmente o en el futuro se desempeñe como Senador vitalicio podrá renunciar a dicho cargo situación que hoy día no está contemplada en nuestra Constitución-, y desde ese momento adquirirá la dignidad de ex Presidente y, en consecuencia, gozará de fuero y de la dieta establecidos en los artículos 58 y 59, respectivamente.

En ese sentido, estamos dotando a la normativa de una flexibilidad que se pone en el caso de un Senador vitalicio que en el futuro, por alguna razón, no quiera o no pueda ejercer el cargo. Podrá terminar su mandato, pero, al mismo tiempo, seguirá gozando de estas prerrogativas, que nos parecen justas, por la dignidad que ostenta quien ha ocupado tal función.

Finalmente, se establece también una incompatibilidad en el sentido de que si el ex Presidente asume otra función -que puede no ser la de Senador vitalicio, sino, por ejemplo, la de Ministro de Estado -, remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero al que ha sido acreedor por su calidad de ex Presidente .

Consideramos que el estatuto que hemos elaborado y discutido los miembros de la Comisión quienes, por lo demás, hemos patrocinado esta moción-, está llamado a resolver problemas reales, pero sobre todo a crear una dignidad que los chilenos debemos a quienes han ejercido el cargo de Presidente de la República , y pensamos que los mecanismos y medios que hemos sugerido son razonables, convenientes y adecuados al objetivo que se persigue con esta reforma.

He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El señor HAMILTON .-

Señor Presidente, en noviembre de 1997, presenté una moción para reformar el artículo 45 de la Constitución Política de la República en el sentido de reemplazar la exigencia de haber permanecido seis años en el cargo de Primer Mandatario para que un ex Presidente pudiera tener acceso al Senado por haber gobernado un período completo.

Al margen de la opinión que se tenga sobre la institución de los Senadores vitalicios de la cual no soy partidario-, lo justo es que, mientras exista y no se reforme la Constitución, no se discrimine respecto de quienes han desempeñado el cargo de Presidente por un período completo.

Muchos señores Senadores, de distintas tendencias, antes de la presentación de ese proyecto o con ocasión de ella, estimaron de toda justicia tal planteamiento. No obstante, durante el largo período en que el asunto fue considerado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, se comprobó que en definitiva esa idea no tenía viabilidad política. Durante el mismo tiempo se trabajó también la idea de reemplazar la institución de los Senadores vitalicios por la de los Senadores presidenciales. Es decir, una vez cumplido su período constitucional, el Presidente saliente podría acceder al Senado, pero por un período determinado.

A lo largo del tiempo, esta situación permitiría un solo Senador presidencial, el último ex Presidente , cuya experiencia podría aportarse en la Cámara Alta, sin aumentar significativamente el número de Senadores no elegidos ni distorsionar la representación popular.

Esa idea se consideró, se consultó; pero, en definitiva, tampoco prosperó.

Surgió, entonces, la posibilidad, que inicialmente pareció contar con aceptación, de simplemente suprimir la institución: para unos, de inmediato, y para otros, a partir del 2005, cuando se inicia el nuevo período presidencial y se renueva la mitad de los Senadores elegidos.

Esa idea, al final, tampoco logró el consenso necesario para impulsar la respectiva reforma.

Con todo, y dentro de la discusión que he sintetizado, surgió la idea -no mereció reparos de nadie- de reconocer a los ex Presidentes que hubieran completado un período constitucional un estatuto que les garantice gozar de fuero y dieta a partir del término de su mandato y sin necesidad de integrar el Senado.

Se consideró que ambos beneficios son propios de la dignidad de quienes han desempeñado la Primera Magistratura de la Nación y que, en justicia, corresponde que les sea reconocida.

Fue así como en agosto último, junto al Senador señor Boeninger , presentamos un nuevo proyecto de reforma al artículo 30 de la Carta Fundamental que consagra esa idea. Ella había surgido de la propia Comisión y fue compartida por todos sus integrantes y aceptada en las consultas a las distintas bancadas.

En esas circunstancias, todos los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, más el Honorable señor Boeninger , decidimos patrocinar otro proyecto que contuviera la misma idea y sustituyera al anterior. Así, procedimos a suscribir la nueva iniciativa y retiramos las dos mociones precedentes.

E1 nuevo proyecto fue redactado, estudiado y aprobado por la unanimidad de la Comisión. Y, por acuerdo de los Comités, también unánime, se decidió someterlo a la consideración del Senado.

Se trata de un artículo único, que agrega al artículo 30 de la Constitución las siguientes ideas:

a) E1 que haya desempeñado el cargo de Presidente por un mandato completo adquiere la dignidad de ex Presidente;

b) En esa virtud, el ex Presidente adquiere el derecho a gozar de fuero y dieta, conforme a los artículos 58 y 59 de la Carta Fundamental, respectivamente;

c) Ese beneficio no alcanza a quien llegue a ocupar el cargo por vacancia del mismo, ni a quien fuere declarado culpable en juicio político;

d) E1 beneficio de la dieta se suspende en caso de que el ex Presidente asuma una función remunerada con fondos públicos, y

e) Quien desempeñe el cargo de Senador vitalicio (mientras la Constitución contemple esa institución) puede renunciar a él y acceder a la dignidad de ex Presidente .

Parece más que razonable -al margen de la discutible institución de los Senadores vitalicios- que quienes han desempeñado la más alta responsabilidad en el país durante un mandato presidencial completo gocen de una condición de alguna manera acorde con la dignidad del cargo que han ejercido.

Así ocurre en muchas otras democracias avanzadas con los respectivos Jefes de Estado cuando dejan de desempeñar el cargo.

He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.

El señor BOMBAL.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor MUÑOZ BARRA.-

Si Su Señoría desea una interrupción, con la venia de la Mesa, no tengo ningún problema en concedérsela.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Bombal.

El señor BOMBAL.-

Señor Presidente , creo que se producirá un contrasentido -y me gustaría que se despejara-, pues hoy el Primer Mandatario no goza de fuero especial y sí lo tendrán los ex Presidentes. Ahí habrá una incongruencia, puesto que tendrá un mejor estatuto y mayor fuero un ex Presidente que uno en ejercicio.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Recupera la palabra el Senador señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente , soy partidario de que los ex Presidentes de la República conserven un fuero y, además, tengan iguales ingresos económicos que un Parlamentario. En eso estoy absolutamente de acuerdo.

Asimismo, estoy convencido de que el país, mayoritariamente, verá con simpatía una legislación en ese sentido, pues entraña un acto de justicia, de reconocimiento y de respeto hacia quienes han ocupado tan alto cargo. Nuestros Presidentes de la República , cualquiera que haya sido su posición política, han prestigiado nuestras tradiciones cívicas. Al respecto, claramente, podemos ser ejemplo en América Latina.

Ahora bien, con el mismo entusiasmo con que apoyo la mantención de ese fuero para los ex Presidentes de la República, quiero señalar que no soy partidario de que dicho status sea extendido en la forma como se plantea en el proyecto.

Señor Presidente , soy contrario a los Senadores designados y, por supuesto, a los Senadores vitalicios. No me gustan esas instituciones, especialmente en el caso de nuestro país, donde prácticamente 20 por ciento de la Cámara Alta está integrada por Senadores designados y, hasta este minuto, por un Senador vitalicio. No existe precedente en el mundo de que una Cámara Alta se encuentre conformada en tan alta proporción por Senadores de aquellas procedencias. Y en los países donde existen estas figuras, el porcentaje es muy pequeño; inclusive, el rango es muy diferente del otorgado en Chile.

Por esta razón, voy a votar derechamente en contra de esta iniciativa, porque en uno de los incisos de su artículo único señala: "Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio"... Con esa redacción, si votara a favor este proyecto, yo estaría validando la existencia hacia el futuro de un cargo respecto del cual no participo.

Pienso que, con la mantención del fuero y con los otros aspectos señalados, hacemos un reconocimiento. ¿Pero estamos dando al sistema democrático la transparencia y representatividad que debe tener si 20 por ciento de la Cámara Alta está integrada por Senadores que no se han sometido al veredicto popular?

Tengo aquí intervenciones de quienes podrían acceder a ese cargo. Por ejemplo, el ex Presidente Aylwin señaló el 17 de noviembre de 1997: "No me interesa ser Senador vitalicio". En otra ocasión, el propio Presidente Frei , quien tiene todos los merecimientos para un cargo de esa índole, por su tradición democrática, expresó que, si llegara en esas condiciones a la Cámara Alta, lo primero que haría sería votar un proyecto que terminara con los Senadores designados y los Senadores vitalicios.

Por eso, manifestando mi reconocimiento a quienes han desempeñado tan alto cargo, pero siendo leal a lo que entiendo por sistema democrático, a la forma como se deben constituir en él los Poderes del Estado, reitero que votaré en contra de este proyecto. Porque, sin duda, no tendría autoridad moral frente a mi electorado para, por un lado, aprobar un proyecto que mantiene a futuro la institución de los Senadores vitalicios, y por el otro, indicar que soy contrario a esa representatividad.

He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO .-

Señor Presidente , tal vez sea útil recordar un ensayo de Ortega y Gasset sobre la República Romana. Mucho se ha discutido sobre por qué en tal período, antes de que aquélla entrara en crisis, Roma tuvo instituciones tan estables e importantes, que han motivado reflexión a lo largo de los siglos. Esas instituciones nacieron -dice Ortega y Gasset-, no de la aplicación de principios abstractos e históricos, sino de las luchas concretas del pueblo romano. Las luchas de la plebe y de la nobleza fueron generando ese complejo sistema constitucional que se dio en llamar "La República Romana".

En nuestro país sucede exactamente lo mismo: la Constitución no nace tanto de principios abstractos como de las luchas concretas que se van dando en un muy complejo proceso de transición. Y si uno apela sólo a principios abstractos, corre el riesgo de salirse de esas luchas y de ponerse al margen de los procesos y de la historia.

Por eso, cuando presentamos este proyecto estamos haciendo algo muy simple: reparar una injusticia histórica para con el ex Presidente Aylwin. Y cuando establecemos un estatuto permanente para los ex Presidentes de la República estamos señalando el deseo de que no sean Senadores vitalicios.

Eso, en primer término.

En segundo lugar, estamos permitiendo que quien ejerza el cargo de Senador vitalicio (hoy, el General Pinochet; mañana, don Eduardo Frei ) renuncie a él, si así lo quiere. O sea, estamos haciendo lo contrario de lo expresado por el Honorable señor Muñoz Barra .

El señor MUÑOZ BARRA.-

¿Me concede una interrupción, Honorable colega?

El señor VIERA-GALLO.-

Por cierto, con la venia de la Mesa.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Lo dicho por Su Señoría me produce una terrible duda. Porque el tercer inciso que se propone agregar a la Carta dispone lo siguiente: "Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio", etcétera. Entonces, ¿dónde no se está avalando la institución de los Senadores vitalicios, cuando se considera su existencia real para el futuro?

El señor VIERA-GALLO .-

Lo que estoy señalando -y también la Comisión- es algo muy simple. Los Senadores vitalicios existen en la Constitución. Y soy tan contrario como Su Señoría a ellos. Pero su existencia no depende de mi voluntad: es un hecho de la causa de esta transición compleja. Lo que estamos diciendo es que esas personas pueden renunciar, se pueden ir del Senado. O sea, el General Pinochet puede no estar sentado en este Hemiciclo. Y eso es algo que el Honorable señor Muñoz Barra quiere.

En lo que respecta al Presidente Frei -porque estamos hablando del futuro-, se le da la oportunidad de que, si desea presentar su candidatura a Senador o de nuevo a la Primera Magistratura , lo haga sin que nadie pueda cuestionarlo desde el punto de vista constitucional.

No es el ideal. El ideal sería, como dijo el Senador señor Muñoz Barra , haber podido aplicar plenamente los, a nuestro juicio, principios. Pero eso no se da tan fácilmente en la historia.

Gracias, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente, como es natural, a quienes nos animan principios plenamente democráticos nos habría gustado que esta Corporación estuviera integrada en su totalidad por Senadores elegidos popularmente. Eso es democracia. Y, sin duda, donde existen Senadores designados, muchas veces ellos están restringidos en su mandato y no tienen derecho a voto, sino sólo a opinar.

En el caso específico del proyecto en análisis, se trata de la dignidad de los ex Primeros Mandatarios. Debemos sentirnos muy orgullosos de todos ellos, pues han ejercido el cargo con mucha honestidad y honradez. Es muy distinto de lo que sucede en otras naciones. En el caso específico de México, los ex Presidentes no tienen relevancia posterior, pero todo mundo sabe que durante su mandato adquieren gran poderío económico. En Chile, por el contrario, nos sentimos orgullosos de quienes ejercieron la Primera Magistratura. Y no es propio que tras ella el día de mañana tengan dificultades para sobrevivir, e incluso, para aceptar muchas invitaciones que reciben.

Por lo tanto, reconocerles el rango o la categoría de Senador, con fuero y derecho a percibir la dieta y las asignaciones correspondientes, me parece muy legítimo.

Evidentemente, yo habría preferido eliminar definitivamente la institución de los Senadores vitalicios. Eso habría sido sano, una buena señal. Pero comprendo que las condiciones todavía no están dadas. Esperamos que con el transcurso del tiempo vayamos mejorando en este aspecto. Y no me cabe duda de que, en algunos años más, muchos estaremos de acuerdo en suprimir la existencia, no sólo de los Senadores vitalicios, sino también la de los designados. Siento gran admiración y respeto por estos últimos. No estoy en contra de sus personas, sino de la institución. Y me alegra sobremanera, por ejemplo, que el Honorable señor Fernández , luego de ser Senador designado, haya llegado a esta Corporación por votación popular. Es algo realmente meritorio, que merece nuestro más absoluto respeto. Es la institución -insisto- lo que estamos objetando.

Por eso, aprobaré el proyecto, pues sé que se está haciendo justicia al menos con un gran ex Presidente de la República.

El señor NOVOA.-

¿Me concede una interrupción, Su Señoría?

El señor MUÑOZ BARRA.-

¿Me permite, señor Senador ?

El señor SABAG.-

Con todo agrado, con la venia del señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Puede hacer uso de la interrupción el Senador señor Novoa.

El señor NOVOA .-

Señor Presidente , sólo quiero dejar constancia de que no fue por oposición de estas bancadas que no se analizó el término de la institución de los Senadores vitalicios. De otras bancadas salió la exigencia de terminar con toda la institución. Y no se cumplió con lo que el Honorable señor Viera-Gallo decía: examinar cada cosa en su momento.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Con la venia de la Mesa, puede hacer uso de una interrupción el Honorable señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Simplemente, quiero manifestar que el proyecto podría perfectamente volver a Comisión para darle la forma de un artículo único con tres incisos, eliminando el tercero. Creo que ello concitaría la unanimidad del Senado. Porque nadie está en contra de reconocer a los ex Presidentes de la República el status que se plantea.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

No es necesario que vuelva a Comisión. Basta que Su Señoría pida dividir la votación.

El señor SABAG.-

Como éste es el primer trámite, pueden presentarse indicaciones. Y quizás se podría buscar un acuerdo para reunir la mayoría que se requiere.

En todo caso, votaré favorablemente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO .-

Señor Presidente , a propósito de la discusión producida, en primer lugar, quiero manifestar mi apoyo a la idea de reconocer la dignidad que se propone con respecto a quienes han ocupado un cargo tan alto como el de Presidente de la República , la institución máxima y más respetada de la nación. Y es bueno que quienes en un momento determinado, por voluntad popular, desempeñan esa función mantengan permanentemente la dignidad inherente a ella. La institución de la Presidencia de la República es demasiado importante en el funcionamiento democrático del país y forma parte de nuestras más ricas tradiciones, que es conveniente mantener siempre.

A mi parecer, la confusión generada en el debate respecto del objetivo del proyecto, que se confunde con la institución de los Senadores vitalicios, no corresponde. El fin de la iniciativa es establecer la nueva dignidad y reconocerla a las personas que han desempeñado el cargo. Aquí no está en cuestión si el sistema es más o menos democrático, ni tampoco la consecuencia de aprobar un proyecto de este tipo con respecto a nuestros electores. Me parece que eso es extremar los argumentos a un nivel inadecuado. Lo que se pretende acá es algo completamente distinto.

Yo no me considero desleal con nadie cuando en el Senado voto favorablemente una iniciativa que reconoce a los ex Presidentes la dignidad de tales, más aún cuando estamos corrigiendo una injusticia del propio ordenamiento jurídico, como aquí se ha manifestado.

Se hacen distingos, se discrimina respecto de la condición de quienes han desempeñado el cargo de Presidente de la República y la responsabilidad que pueden asumir otros que tienen ese status. Es lo mínimo que se puede hacer. Yo alabo el acuerdo adoptado por la Comisión de Constitución y la moción que presentaron distintos señores Senadores.

Ahora bien, quiero hacer una consulta -es un tema que he conversado con algunos Honorables colegas, particularmente con el Senador señor Cordero, quien planteó la inquietud-: ¿qué ocurre con el papel que juegan las Primeras Damas?.

Algunos estiman que ese punto no tiene absolutamente nada que ver. Es cierto. A lo mejor no corresponde considerarlo aquí. Pero las Primeras Damas juegan un papel dentro de la institucionalidad del Estado, y específicamente, en la Presidencia de la República : cumplen funciones, dirigen instituciones y fundaciones, desarrollan una labor vinculada más con el trabajo en equipo de quien ejerce la Primera Magistratura .

En la sociedad chilena, a las Primeras Damas se les reconoce también cierto status.

El señor VIERA-GALLO.-

¿Me concede una interrupción, Su Señoría, con la venia de la Mesa?

El señor PIZARRO.-

Encantado, si me puede aclarar este punto y el Presidente le otorga la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO .-

Deseo señalar al Senador señor Pizarro que las ex primeras damas viudas reciben trato especial en la legislación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Exactamente.

Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Pizarro.

El señor PIZARRO .-

Yo no lo sabía. Me gustaría saber en qué consiste ese trato especial.

En todo caso, volviendo al tema de fondo, pido que se vote el proyecto -yo por lo menos, me pronunciaré favorablemente en general-, para luego discutirlo en particular y, como al parecer sugerirá el señor Presidente , votar por separado la norma que ha sido objeto de mayor polémica.

Pienso que más bien hay un malentendido. En mi opinión, queda claro que se busca obtener una dignidad especial para quienes han ejercido tan alta función y que esto no tiene nada que ver con otras instituciones constitucionales relativas a Senadores.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Hago presente que 4 señores Senadores se encuentran inscritos para intervenir en su primer discurso, más el Senador señor Larraín en su segundo discurso, y que la sesión termina a las 14.

Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.

El señor URENDA.-

Señor Presidente , tal como se ha expresado, el proyecto se refiere fundamentalmente al respeto y dignidad que deben otorgarse a quienes han desempeñado la Primera Magistratura de la nación.

Sin embargo, algunas afirmaciones curiosamente han ido más allá del texto mismo para, de pasada, volver a tratar un tema que no está en discusión: los Senadores institucionales. Bien conoce el Senado mi criterio sobre el particular, por lo cual sólo deseo señalar que algunas afirmaciones de un señor Senador no corresponden a la realidad. Como tantas veces expresó el ex Senador señor Thayer , la inmensa mayoría de los Senados del mundo es de composición mixta y son escasos los que tienen origen permanente y directo en elecciones populares, ni siquiera el de Estados Unidos, donde quienes reemplazan a los fallecidos o a los que renuncian tampoco son elegidos popularmente. Se trata, como digo, de argumentos que no corresponden a la realidad y que apuntan a una materia que ahora no está en debate.

No puedo dejar de destacar -ya que se ha aludido a ello- el brillante papel y la gran función que han desempeñado todos los Senadores institucionales en la Cámara Alta. Aún más, jamás ha sido rechazado con sus votos un proyecto del Ejecutivo , salvo los que conciernen a modificaciones constitucionales que los afectan. Por lo tanto, han favorecido y mejorado la labor del Senado y han contribuido en todos los frentes, lo cual se aprecia especialmente en el trabajo de Comisiones.

Pero en las observaciones que se han formulado llama la atención que, en lo atinente a los Senadores vitalicios, simplemente se hace referencia a una situación existente en la realidad -como se ha subrayado- y, con respecto a ello, se agrega una circunstancia hoy no posible: su renuncia, porque la Constitución vigente no la contempla para el cargo que ejercen los Parlamentarios.

En consecuencia, el inciso que se desea votar por separado no está -como se señala- reforzando la institución de los senadores vitalicios, sino simplemente constatando el hecho de que existen y estableciendo algo hoy no normado en la Constitución: la posibilidad de su renuncia. Entonces, no debe menoscabarse un proyecto con tanto respaldo y tan justificado, y que incluso eliminará una injusticia con respecto a un ex Presidente de la República por una disquisición ajena a él y a este debate, en el sentido de que implícitamente habría un reconocimiento de la situación actual, en circunstancias de que ahora no se está tratando lo relativo a los senadores institucionales. Lo único que se establece es la posibilidad de que un senador vitalicio pueda renunciar, y se entrega un mecánica para su eventual desempeño, que obviamente es ampliamente ventajoso.

En consecuencia, no sólo estamos honrando a quienes han desempeñado el cargo de Presidente de la República , sino que, además, agregando una circunstancia inexistente hoy en la Constitución: la posibilidad de renunciar al cargo de senador vitalicio.

De allí que, a mi juicio, esta iniciativa debería merecer la aprobación unánime del Senado, porque un paso importante para reparar esa injusticia es otorgar, a quienes han ejercico la Primera Magistratura de la nación, respaldo y respeto, que se han ganado ampliamente de parte de la ciudadanía.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.

El señor BOENINGER.-

Señor Presidente, tengo la impresión de que se están confundiendo las prioridades relativas del tema, porque el objetivo principal del proyecto en debate es la creación de la dignidad y status de ex Presidente de la República -que hoy día no existe en Chile, pero sí en gran cantidad de países-, concibiéndolos como una institución permanente mediante una ley o, en este caso, de una reforma constitucional. Como existe de hecho la institución de los senadores vitalicios, no era posible dejar de considerar que cualquier ex Jefe de Estado podría ser simultáneamente ex Presidente con fuero, de acuerdo con este proyecto, y senador vitalicio. De manera que parece indispensable vincular ambas cosas si se pretende que la iniciativa en su conjunto sea coherente.

Si se examina más a fondo la normativa propuesta, no se ve ninguna aceptación de la institución de los senadores vitalicios ni desde el punto de vista doctrinario ni desde ningún otro. Simplemente se acepta un hecho, al igual como ocurre con los Senadores designados, quienes, en virtud de la Constitución vigente, nos encontramos presentes en la Sala y votamos a diario los distintos proyectos, lo cual evidentemente avala de alguna manera la existencia de la institución.

Creo que constatar un hecho y redactar un precepto en función de esa constatación, no implica aceptar la institución como tal. Me preocupa ese tipo de razonamiento, porque, por otro lado, podría inferirse que todos los que votemos a favor del inciso objeto de polémica, estaríamos automáticamente a favor de la institución de los senadores vitalicios, lo que no es así. La mejor prueba de ello -como lo hizo presente el Senador señor Larraín - es que en la Comisión no se pudo materializar la unanimidad de criterios porque la reforma apareció ligada a otras sobre las cuales no hay consenso, en el sentido de que esta institución no presenta un futuro de acuerdo general y será derogada.

La verdad es que el articulado -y termino, señor Presidente - configura un paso inicial hacia la eliminación de la calidad de Senador vitalicio, en primer lugar, por plantearse una opción en el sentido de que los ex Mandatarios pueden pasar a investir una condición u otra; segundo, por ser renunciable, en consecuencia, el cargo, y, por último, porque la lógica de la institución se debilita extraordinariamente, incluso desde el punto de vista de quienes han sido sus partidarios y, por tal motivo, se está generando un clima muy favorable a la derogación-, dado que el fuero y la dieta son elementos vitales que justificaron crearla. De manera que me parece que éste es un primer paso en la dirección de suprimirla y no observo coherencia, por lo tanto, en decir que se acepta, pero que no se puede nombrar algo existente de hecho.

Deploro, entonces, el razonamiento que se ha estado exponiendo, y, desde luego, me pronunciaré a favor de la totalidad del proyecto, en votación única o dividida, según se decida.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Núñez.

El señor NÚÑEZ.-

Señor Presidente , desgraciada o felizmente, creo que de nuevo nos hemos abocado a un debate sostenido durante bastante tiempo en el Senado. A mi juicio, siempre es bueno revivirlo, porque dice relación a cuestiones muy sustantivas, desde el punto de vista del ordenamiento institucional.

Estoy absolutamente de acuerdo con que es preciso enmendar un yerro. Media un error institucional, un error histórico en que los ex Presidentes de la República carezcan de fuero y de dieta. Considero que es algo fuera de discusión.

En lo personal, confieso que mi impresión era que ello no ocurría en Chile, porque en otros regímenes presidenciales todos los Mandatarios salen con algún tipo de dieta y con fuero. Este último es otorgado ya sea por la Constitución, por la ley o por el derecho consuetudinario.

Y pensaba no solamente en el caso del ex Presidente Aylwin , sino también en el de los futuros Jefes de Estado, quienes deben contar con algún tipo de respaldo institucional luego de haber ocupado altos cargos en la estructura de la República. Como es natural, cuando una persona llega a una posición tan alta es por haber recibido el respaldo ciudadano.

Pero, con franqueza, al reconocer el proyecto una institución como la de los Senadores vitalicios, es necesario, lamentablemente, entrar a ocuparse en el tema más de fondo, relativo a la composición de esta rama del Congreso.

Lo he dicho en varias oportunidades en esta Corporación: si rigiera un régimen no presidencial, fuese semipresidencial o parlamentario, no observaría ningún inconveniente en un Senado mixto, incluso con ex Presidentes, con personas elegidas a través de las Regiones, de los Gobiernos regionales.

Dada la característica del sistema vigente, sin embargo, que es presidencial y en el que ambas Cámaras cuentan con iguales atribuciones, cualquier integración exógena a la voluntad popular altera el sentido de la democracia, independientemente de que ello sea producto de una Constitución que sabemos cómo fue aprobada. En fin, este último no es el punto. La cuestión más de fondo que se plantea al Senado y a la discusión académica es lo anterior, en la medida en que importa que la composición de esta Corporación termina siendo vital.

Con prescindencia de que los Senadores designados pueden ser directa o indirectamente elegidos u originados mañana por los partidos de la Concertación, siempre seré partidario de eliminar una institución semejante. Deseo consignarlo derechamente. Y mi posición no deriva de la persona de los que hemos conocido desempeñando el cargo, con quienes hemos trabado amistad -incluso bastante estrecha con algunos de ellos-, ni del aporte que han efectuado, el cual efectivamente se debe reconocer, sino del régimen político del país.

Insisto en que en un sistema presidencial, con dos Cámaras de iguales atribuciones, los Senadores vitalicios y designados cambian muy sustantivamente la esencia misma de la democracia que estamos construyendo. Y ése es el asunto de fondo.

Por ello, no me gusta ni votaré favorablemente una disposición que apunte a la legitimación o permanencia en el tiempo de Senadores vitalicios, porque sería inconsecuente con lo que he sostenido durante diez años.

Y diferiré en un aspecto con mi Honorable colega y compañero de bancada señor Viera-Gallo . Creo que la República romana no fue solamente producto de la interrelación de las clases sociales que se dieron en su momento y de las instituciones de la época: lo fue, también, de los principios.

Si no sustentáramos principios, casi con entera seguridad todavía viviríamos en las cavernas. Han sido factor fundamental en el perfeccionamiento y desarrollo de las instituciones. Y, cuando se trata de uno de ellos que no dice relación a ninguna cuestión banal o pequeña, lo que intentamos afirmar -por lo menos, desde mi punto de vista- es que se necesita discutir definitivamente cómo se concibe un sistema y un régimen político en el Chile democrático que deseamos perfeccionar.

En virtud de tales consideraciones, concordando en la necesidad de que los Presidentes cuenten con un reconocimiento constitucional del tipo que señala la iniciativa, al mismo tiempo quiero ser muy claro en dejar establecido que votaré en contra de aquel que dice relación a una institución que no comparto.

El señor LARRAÍN.-

¿Me permite una interrupción, señor Senador ?

El señor NÚÑEZ.-

Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Simplemente, deseo manifestar al Senador señor Núñez y a quienes han abrigado la inquietud de que el texto implica un reconocimiento de la institución de los Senadores vitalicios que ello se encuentra lejos de los autores o del informe de la Comisión. Más bien, el espíritu era el contrario. En el análisis del tema se registró el ánimo, como lo recordará el Senador señor Boeninger , de una supresión. Pero, como ello implicaba abrir espacio a la discusión acerca de los Senadores designados, se decidió no dar tal paso.

Es un punto que se ha tocado especialmente sólo porque al hacer referencia a los ex Presidentes es inevitable, desde el punto de vista de la coherencia constitucional, dejar un precepto tocante a la situación de los vitalicios. No media la voluntad de efectuar un reconocimiento, sino que se requiere, repito, una norma de coherencia. Es lo que planteamos. Y el Honorable señor Muñoz Barra expondrá una fórmula que puede contribuir a dar todavía más claridad a que se trata de una cuestión de esa índole. Creo que si se aprueba la idea del Estatuto de Ex Presidentes, por lo tanto, es preciso ocuparse necesariamente en la correlación con el caso de los Senadores vitalicios, para compatibilizar ambas instituciones.

Y, ciertamente, al abrirse la posibilidad de que se deje de ser Senador vitalicio, existe una insinuación respecto del fondo que me parece que en esa parte, al menos, va en la dirección que desea el Senador señor Núñez .

He dicho.

El señor NÚÑEZ.-

Por mi parte, estoy de acuerdo: busquemos una fórmula. Aquí nadie ha caído en el empecinamiento. Lo que deseamos es que queden claramente expresadas nuestras ideas respecto del tema, porque son las que hemos sostenido siempre.

Segundo, escuché con mucha atención al Honorable señor Novoa . Si se ha llegado a un grado en que coincidimos notablemente respecto de cómo es preciso construir las instituciones, en particular una tan vital como el Senado, lo cierto es que se debiera tratar seriamente la eliminación pronta de dos casos ya conocidos.

Porque si vamos generando coincidencias que pueden incluso sacarse de la discusión política en que se encuentra inmerso el país, en especial a propósito de las elecciones del 12 de diciembre próximo, todos los que se hallan detrás de la candidatura del señor Lavín o de la del señor Lagos pueden dar a Chile una gran muestra de la intención seria de modernizar el sistema político. Si ello fuera posible, podríamos ponernos de acuerdo ya, siguiendo la lógica del planteamiento formulado por el Senador señor Novoa , y no se necesitaría buscar caminos tan tortuosos para llegar a objetivos que creo que se van compartiendo gradualmente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra, en su segundo discurso, el Honorable señor Muñoz Barra .

El señor MUÑOZ BARRA.-

No será discurso, Su Señoría.

Consulto, por su intermedio, si existe unanimidad en la Sala para eliminar, en el tercero de los incisos que agrega el artículo único del proyecto, las palabras "actualmente o en el futuro", con lo cual la norma quedaría así:

"Quien se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República .".

Si se registrara tal consenso, estaría dispuesto a dar mi aprobación al proyecto en general, pero solicitando, sí, que los incisos se votaran por separado.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Entiendo su proposición y estoy de acuerdo con ella, señor Senador. Lo que pasa es que se debe tomar la votación, porque, como se requiere un quórum de 26 votos favorables, no basta con la mera unanimidad.

Como entiendo que hay acuerdo para aprobar el proyecto en general, cuando lo analicemos inciso por inciso la Mesa indicará la norma que deberá votarse separadamente; luego se contabilizarán los votos, y si éstos son favorables quedarán suprimidas las expresiones "actualmente o en el futuro".

El señor MUÑOZ BARRA.-

¿Me permite, señor Presidente ? Necesito saber si existe unanimidad para aprobarlo en general.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Señor Senador, es posible la aprobación de la iniciativa y que después nos aboquemos a su proposición.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , creo que existe unanimidad para aprobarla en general y, al parecer, también hay acuerdo respecto de la proposición formulada. Es bueno dejar en claro eso para los efectos de que Sus Señorías se pronuncien.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

La Mesa tratará de manejar la situación de forma tal que ésta sea resuelta antes de la votación, para dar al Senador señor Muñoz Barra la seguridad que él pide.

Se encuentran inscritos para hacer uso de la palabra los Honorables señores Bombal y Cantero.

El señor HAMILTON .-

Perdón que lo interrumpa, señor Presidente , pero los dos señores Senadores aceptaron, con mucha generosidad, fundar su voto a fin de agilizar el despacho de la iniciativa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Al parecer, no es así, Su Señoría, porque ellos están manifestando su interés en participar. Luego de que lo hagan la Mesa formulará una sugerencia respecto de la votación del proyecto, la que deberá llevarse a cabo en la sesión de la tarde, a una hora que deberemos fijar.

Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.

El señor BOMBAL.-

Señor Presidente , tiene razón el Senador señor Hamilton al expresar que yo había renunciado a intervenir. Pero lo argumentado por el Honorable señor Muñoz Barra me induce a formular un planteamiento respecto del inciso cuarto, y dice relación a la posibilidad de eliminar la frase "No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo". La norma se refiere a la dignidad de ex Primer Mandatario.

Propongo lo anterior porque acá se ha hecho una gran exposición por todos acerca de lo que representa el cargo de Presidente de la República para quien llega a ocuparlo. Pienso que si una persona logra serlo por vacancia, naturalmente ella ostenta esa primera magistratura, la cual ha sido elevada aquí a la más alta dignidad, como es obvio.

En consecuencia, no me parece apropiado que si alguien asume dicho cargo por vacancia sea privado de tal condición y de los beneficios que otorga este proyecto de ley. En tal virtud, sugiero que se consulte la posibilidad de suprimir la mencionada frase del inciso cuarto, dejando sólo la parte final en la siguiente forma: "No la alcanzará" "aquel que sea culpable de juicio político seguido en su contra". Lo que estoy planteando corresponde a la alta dignidad que se reconoce a un Jefe de Estado , independientemente de si ha llegado al cargo por un acto electoral o por vacancia del mismo.

Finalmente, es del caso agregar que en el honor de la nación se halla también el trato que se brinda al Vicepresidente de la República, a quien incluso se rinden honores de alta magistratura.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Algunos señores Senadores se han acercado a la Mesa para indicarme que existe la posibilidad de votar el proyecto. Si así fuere, el Honorable señor Cantero , quien es el último orador inscrito, podría fundamentar el voto en su momento y se prorrogaría la sesión hasta el despacho del proyecto.

Por lo tanto, se someterá a votación la iniciativa.

Se procederá a tocar los timbres para llamar a los señores Senadores que se encuentran trabajando en las Comisiones unidas.

El señor BITAR.-

¿Me permite, señor Presidente ? Pido la palabra para aclarar lo relativo a la votación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Puede hacer uso de ella, Su Señoría.

El señor BITAR.-

Señor Presidente , con relación a la propuesta del Honorable señor Muñoz Barra , entiendo que existe unanimidad para eliminar una frase del inciso tercero. Siendo así, al igual que Su Señoría, estoy dispuesto a aprobar la idea de legislar. Pero, al mismo tiempo, solicitamos que dicha norma sea votada separadamente. De esta manera la aprobación del referido inciso, aun cuando algún Honorable colega no esté de acuerdo con la disposición, tendrá que ser sobre la base de la supresión previa de la mencionada frase. Deseo aclarar el asunto para los efectos de proceder a la votación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Señor Senador, la Mesa iba a formular precisamente ese mismo planteamiento.

En consecuencia, en primer lugar, se llevará a cabo la votación general del proyecto; en seguida, la Sala deberá pronunciarse norma por norma, pero dando prioridad al inciso tercero en lo que respecta a la frase que se pretende suprimir

En votación.

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero para fundamentar su voto.

--(Durante la votación).

El señor CANTERO.-

Señor Presidente , manifiesto mi posición favorable a este proyecto de ley. Al mismo tiempo, deseo precisar que no se está discutiendo lo relativo a la composición del Congreso Nacional, en orden a si éste es mixto o no lo es. Eso no corresponde al debate, como tampoco analizar el sistema político, en cuanto a si es presidencial o presenta otra opción, ni la institución de los Senadores designados o vitalicios. La discusión apunta a un algo muy distinto: simplemente, se pretende crear y reconocer en el país la dignidad del cargo de ex Presidente de la República , extendiéndole el beneficio del fuero consagrado para los Parlamentarios, como asimismo los emolumentos económicos pertinentes.

Ése es el sentido de la iniciativa, la que, a mi juicio, resulta altamente beneficiosa.

También se ha discutido lo referente a la vinculación entre el cargo de Senador vitalicio y el de Senador presidencial. Y quiero fijar mi posición al respecto: soy entusiasta partidario de introducir efectivamente una modificación en tal sentido, estableciendo la calidad de Senador presidencial sobre la base de que habrá sólo uno en cada período (el último Presidente , el que haya concluido recientemente su mandato) y eliminando, en consecuencia, el cargo de Senador vitalicio.

En cuanto a la discusión del inciso tercero establece: "Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo "-, no deja de sorprenderme lo argumentado sobre el tema. Tengo la impresión de que hay un prejuicio en esa interpretación, porque el sentido, la intencionalidad de la norma es completamente inverso al que se le ha dado. Precisamente, cuando se deja abierta esa posibilidad de renunciar, en definitiva, lo que se está haciendo es permitir que las personas, al no estar de acuerdo con ese cargo y teniendo la legítima opción de acceder a él, renuncien a ocuparlo y, en consecuencia, a la dignidad que corresponde a un ex Presidente .

Como si lo anterior fuera poco, hay otra opción, y se vincula con aquellos a quienes, aun cuando están de acuerdo con el cargo de Senador vitalicio, se les abre la posibilidad para que, por diversas razones, sean políticas, de interés nacional u otras esto es perfectamente entendible por el escenario político que se vive hoy día en el país-, renuncien a dicho cargo y se acojan a los beneficios relacionados con la dignidad que se pretende establecer, en el evento de que se apruebe el proyecto (espero que así ocurra) respecto de la figura de ex Presidente de la República .

Por todo ello, voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Si le parece a la Sala, obviaríamos la votación alfabética y aprobaríamos en general el proyecto, para luego analizar cada inciso por separado.

El señor GAZMURI.-

¿Me permite, señor Presidente ? Deseo fundamentar mi voto.

El señor BITAR.-

Yo también.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente, los señores Senadores que deseen fundamentar su posición que lo hagan.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

La Mesa no puede negar ese derecho a nadie.

Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri y, en seguida, el Senador señor Bitar.

El señor GAZMURI .-

Señor Presidente , considero que estamos frente a un problema bien complejo. Y lo entiendo de la siguiente manera: como no hay acuerdo institucional básico, cada vez que se pretende reparar ciertos asuntos nos encontramos con las dificultades aludidas por el Senador señor Viera-Gallo , relativas a los principios, a asuntos prácticos o a otros principios.

Votaré a favor por una razón básica que, a mi juicio, constituye el sentido práctico del proyecto, cual es que a un chileno muy ilustre se pretende dar el reconocimiento que merece. Me refiero al ex Presidente de Chile don Patricio Aylwin . Ése es el tema. Él fue elegido democráticamente, con una amplísima mayoría, e inició la transición, pero es el único que no tiene reconocimiento constitucional alguno.

Distinto es el caso del ex Primer Mandatario y Senador señor Pinochet , que tiene el cargo de Senador vitalicio, y cuyos títulos presidenciales, desde mi punto de vista, son más discutibles que los del ex Presidente Aylwin . Los próximos Jefes de Estado -entre ellos don Eduardo Frei , quien terminará su mandato en marzo- serán Senadores vitalicios, según lo dispone la Constitución Política. No concuerdo con ésta, pero todos ellos podrán ocupar ese cargo. Incluso, las primeras damas viudas perciben algún tipo de beneficio -según entiendo, se llama montepío-. Sin embargo, la única figura presidencial importante que no tiene reconocimiento alguno es el ex Presidente Aylwin . Esto constituye una enorme injusticia.

Pese a no estar de acuerdo con la institución de Senadores vitalicios, respaldaré el proyecto porque no hay otra manera de resolver un asunto que, a mi juicio, también tiene una dimensión de principios y ética, cual es que el país reconozca oficialmente la dignidad de Ex Presidente de la República a uno de sus más grandes servidores públicos en este siglo: al ex Jefe del Estado señor Aylwin .

Por esa sola razón, voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.

El señor BITAR.-

Señor Presidente, después del debate producido anuncio que votaré a favor del proyecto sobre la base de los siguientes criterios:

En primer término, considero de toda justicia aprobar los dos primeros incisos, que se refieren a la figura del ex Presidente Aylwin.

En segundo lugar, lo hago por idénticas razones y en los mismos términos expresados por el Senador señor Gazmuri . A ello quiero agregar que en los países desarrollados la práctica habitual es que al dejar su mandato los ex Presidentes dispongan de recursos que les permitan mantener buenas condiciones de vida y desenvolverse decentemente.

Con relación a los incisos restantes, al aprobar la idea de legislar -en el entendido de que hay consenso para eliminar la frase del inciso tercero "actualmente o en el futuro"- me mueve el ánimo de buscar un acuerdo y de que vayamos encontrando soluciones desde perspectivas distintas, de modo que algún día también podamos resolver otros problemas.

Señalo lo anterior porque, en lo personal y como Partido Por la Democracia, consideramos que desde el punto de vista institucional el Senado no deben integrarlo miembros vitalicios ni designados (lo digo con todo respeto por los señores Senadores designados presentes en la Sala; esto nada tiene que ver con sus personas). En ese sentido, cualquier modificación que pueda implicar la aceptación de esas calidades de Senadores se contrapone con nuestro pensamiento.

Por eso, desde ya manifiesto que al votarse separadamente cada inciso me pronunciaré en contra del tercero y aprobaré los dos primeros.

Por último, respecto de lo manifestado por algunos Honorables colegas de la Oposición en orden a que habría voluntad para avanzar en el tema de los Senadores vitalicios y su término como institución, sería conveniente proceder en la forma planteada por la Concertación: eliminar la institución tanto de Senadores vitalicios como de designados. Es indispensable seguir este camino.

Los Honorables señores Silva y Parra (ambos Senadores designados) han presentado un proyecto de reforma constitucional que suprime los Senadores institucionales y establece normas para Senadores vitalicios. Además, se fijan plazos en cada caso. Me parece que la iniciativa es perfectamente adecuada y debemos movernos en esa dirección.

Ahora, con el propósito de dar un paso favorable en una línea que nos acerque, apruebo la idea de legislar.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Como en este momento hay quórum y al parecer todos apoyamos la reforma en general, si le parece a la Sala, se aprobará.

El señor LARRAÍN.-

Muy bien.

El señor HAMILTON.-

Conforme.

--Por unanimidad, se aprueba en general el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional exigido, de que se pronunciaron favorablemente 33 señores Senadores.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Corresponde pronunciarse sobre el encabezamiento del artículo único y -en atención a que se ha solicitado votación separada- los dos primeros incisos.

¿Habría acuerdo para aprobarlos, con la misma votación anterior?

El señor PIZARRO.-

Sí.

--Se aprueban (33 votos favorables), cumpliéndose con el quórum constitucional exigido.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

En el inciso tercero, el Honorable señor Muñoz Barra propone eliminar la frase "actualmente o en el futuro".

Si le parece a la Sala, se aprobará dicho inciso excluyendo la frase mencionada.

El señor BITAR.-

Excúseme, señor Presidente . Yo señalé que votaría en contra del inciso tercero. Entiendo que cuando voté en general ya no incluía esa frase.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Bien.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , pido que se apruebe con la misma votación que las disposiciones anteriores pero restando los votos de quienes no lo acepten.

El señor RUIZ (don José).-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor RUIZ (don José).-

Deseo fundamentar mi voto a fin de evitar confusiones y para que quienes se han pronunciado en contra no aparezcan como los únicos partidarios de eliminar a los Senadores designados.

El señor LARRAÍN .-

No es necesario.

El señor RUIZ (don José).-

Es que quiero dejar esa constancia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Yo concurro con la misma constancia.

El señor HAMILTON .-

Está claro.

El señor RUIZ (don José) .-

Señor Presidente , estoy fundamentando mi voto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Está en su derecho, Su Señoría.

El señor RUIZ (don José ).-

Además, quiero dejar establecido que la eliminación del inciso tercero implicará que los Senadores vitalicios podrán cobrar, aparte de la dieta por su calidad de tales, la derivada de este proyecto.

El señor PÁEZ .-

No, no es así.

El señor HAMILTON .-

Está claro que no es así, señor Senador.

El señor BOMBAL.-

Por supuesto que no.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Ruego a los señores Senadores no hacer comentarios. El Honorable señor Ruiz está ejerciendo el derecho a fundamentar su posición.

El señor RUIZ (don José ).-

Estoy tratando de interpretar estas disposiciones. No sé si al reconocerse la dignidad de Ex Presidente de la República se reconocen también los derechos involucrados.

El señor HAMILTON .-

No.

El señor RUIZ (don José ).-

Si se trata sólo de la dignidad, sin los derechos, entonces.

El señor HAMILTON .-

No es ni una ni otra cosa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Honorable señor Ruiz , ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa y únicamente para fundar su voto.

El señor RUIZ (don José ).-

Según lo que aquí se expresa, al eliminarse el inciso tercero.

El señor MUÑOZ BARRA .-

No se elimina.

El señor RUIZ (don José ).-

Algunos señores Senadores plantean la supresión del inciso tercero. Me referiré a las consecuencias que ello tendría.

Esa disposición establece que un Senador vitalicio "podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República .

¿Qué ocurrirá si uno de esos Senadores no renuncia al cargo?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa. En la fundamentación de voto no cabe hacer consultas.

El señor RUIZ (don José) .-

Señor Presidente , creo preferible mantener el inciso tercero con las observaciones que se han hecho. Eso es mucho más correcto y está más acorde con lo sucedido aquí en la Sala.

Voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Conforme.

¿Habría acuerdo para aprobar el inciso tercero con 30 votos a favor y 3 en contra?

El señor PÁEZ.-

Sí.

El señor LARRAÍN.-

Claro.

--Se aprueba el inciso tercero, excluyendo la frase "actualmente o en el futuro", con los votos en contra de los Honorables señores Núñez, Muñoz Barra y Bitar, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que se pronunciaron positivamente 30 señores Senadores.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Si le parece a la Sala, los incisos cuarto y quinto se aprobarán con la misma votación con que el proyecto se aprobó en general.

El señor PÁEZ.-

De acuerdo.

El señor LARRAÍN.-

Conforme.

El señor HAMILTON.-

Muy bien.

--Por unanimidad, se aprueban los incisos cuarto y quinto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que se pronunciaron favorablemente 33 señores Senadores.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Queda despachado el proyecto en este trámite.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 17 de septiembre, 1999. Oficio en Sesión 1. Legislatura 341.

Valparaíso, 17 de septiembre de 1999.

N° 15.048

A S.E. LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS

Con motivo de la Moción, informe y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

“El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El Ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.”.”.

Hago presente a V.E. que el proyecto de reforma constitucional ha sido aprobado, en la votación general, con el voto afirmativo de 33 señores Senadores de un total de 44 en ejercicio, y en la votación en particular, con la misma votación, salvo respecto del inciso tercero propuesto agregar al artículo 30 de la Constitución Política de la República, que fue aprobado por 30 votos de un total de 44 Senadores en ejercicio, dándose cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 116 de la Carta Fundamental.

Dios guarde a V.E.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente del Senado

JOSE LUIS LAGOS LOPEZ

Secretario del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Constitución

Cámara de Diputados. Fecha 18 de enero, 2000. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 25. Legislatura 341.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 30 DE LA CARTA FUNDAMENTAL, CON EL FIN DE ESTABLECER EL ESTATUTO DE EX PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN Nº 2397-07(S)-1)

"Honorable Cámara:

Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de reforma constitucional individualizado en el epígrafe, iniciado en moción de los senadores Marcos Aburto, Sergio Díez, Hernán Larraín, Juan Hamilton y José Antonio Viera-Gallo.

Cabe hacer presente que para el despacho de esta iniciativa se ha hecho presente la urgencia en carácter de "suma", con fecha 19 de enero de 2000.

Durante el estudio de esta iniciativa en este trámite reglamentario, la Comisión contó con la asistencia y colaboración de los profesores universitarios señores Jorge Ovalle Quiroz y Raúl Bertelsen Repetto.

El profesor Alejandro Silva Bascuñán, que también fuera invitado, excusó su inasistencia por razones personales, dando su parecer por escrito.

Se hace constar que, dada su naturaleza jurídica de normas constitucionales y por incidir en el Capítulo IV, "Gobierno", las disposiciones que se contienen en el proyecto que se propone aprobar requerirán, para su aprobación, del voto conforme de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio, por así disponerlo el artículo 116 de la Carta Fundamental.

Se hace constar, asimismo, que el proyecto fue aprobado por la Comisión en los mismos términos en que lo hiciera el Senado.

El proyecto de reforma constitucional aprobado por el Senado adiciona el artículo 30 de la Carta Fundamental.

Este artículo dispone lo siguiente:

"El Presidente cesará en su cargo el mismo día en que se complete su período y le sucederá el recientemente elegido".

A este artículo se le agregan los siguientes incisos:

"El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de ex Presidente de la República.

En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de ex Presidente de la República.

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial".

En la moción que sirve de antecedente a esta reforma constitucional se hace saber que el proyecto busca crear un estatuto que distinga, de por vida, a aquellos ciudadanos que hayan desempeñado la más alta magistratura de la Nación, la de Presidente de la República, otorgándoles, una vez terminado su período, una condición acorde con los esfuerzos y las responsabilidades desplegados durante su mandato.

Estiman sus autores de justicia que a tan connotados servidores públicos se les reconozca la calificada labor por ellos desarrollada.

Proponen, al efecto, que esta dignidad oficial -la de ex Presidente de la República- se materialice extendiéndoles el fuero consagrado en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Carta Fundamental, y concediéndoles los emolumentos a que alude el artículo 59 de la misma, esto es, una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan.

En relación a los ex Primeros Mandatarios que actualmente o en el futuro se desempeñen como senadores vitalicios, consideran conveniente posibilitarles su renuncia a este último cargo, caso en el cual adquirirán, de pleno derecho, la ya mencionada dignidad de ex Presidente de la República.

A esta calidad accederán inmediatamente y de pleno derecho, concluido su desempeño como Jefe de Estado y siempre que en ese momento el ex Mandatario no opte por formar parte del Senado como senador vitalicio.

Sólo quien haya servido el cargo de Presidente de la República por el período completo accederá a este nuevo rango.

No alcanzará tal calidad quien llegue a ocupar la Presidencia por vacancia de la misma, como tampoco deberá hacerlo el ex Primer Mandatario que haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

Si el ex Presidente de la República resuelve asumir otra función remunerada con fondos públicos, deja de percibir la dieta en tanto ejerza esta nueva labor, exceptuándose los empleos docentes y las funciones y comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial. Mantiene, en todo caso, el fuero.

Con fecha 13 de julio de 1994, el Gobierno presentó un proyecto de ley basado en el artículo 60, Nº 5), de la Constitución, que señala que son materias de ley las que regulen honores públicos a los grandes servidores, que establece la dignidad oficial de ex Presidente de la República y otorga beneficios que señala (bol. 1288-05), acogiendo una expresa proposición de los diputados Gutenberg Martínez Ocamica y Andrés Allamand Zavala.

A juicio del Gobierno, quienes se han desempeñado en la más alta magistratura del país como Presidentes de la República, se merecen, al término de su mandato, no sólo los honores públicos que corresponden a la función que desarrollaron, sino el reconocimiento y la gratitud de la ciudadanía, asegurándoles la posibilidad de dar a conocer su correspondencia y documentos relevantes, los objetos que les han acompañado durante su mandato y los recursos necesarios para continuar desarrollando una vida compatible con la investidura que tuvieron, aportando con sus conocimientos e ideas a la solución de los problemas de interés nacional.

Los ex Presidentes pasan a ser beneficiarios de una pensión vitalicia mensual equivalente a la dieta de un senador, la que, en caso de fallecimiento, cede en beneficio de su cónyuge e hijos menores y estudiantes.

Se les permite acogerse a los beneficios de salud que correspondan, para lo cual deben efectuar las cotizaciones del caso.

Los ex Presidentes tienen derecho a una asignación mensual equivalente a la que se otorga a los senadores para la contratación de personal de asesoría y servicio.

El Estado debe cubrir los gastos en que incurran para el arriendo de oficinas y su alhajamiento, hasta un monto mensual equivalente al que reciben los senadores para estos mismos efectos.

De igual forma, el Estado entregará en comodato los equipos de automatización, comunicaciones y mobiliario que corresponda a los senadores.

La pensión es compatible con cualquier otra que el beneficiario perciba o pueda percibir, siendo sólo incompatible con la dieta que se pueda percibir como senador vitalicio.

Se obliga a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos a crear un archivo epistolar y documental especial, con los materiales que cada ex Presidente resuelva donar para el conocimiento público.

La misma Dirección debe crear una colección especial con todos los objetos, piezas y obras de arte que los ex Presidentes donen.

Además de los beneficios económicos señalados, el Estado velará permanentemente por la seguridad personal de los ex Presidentes de la República, su cónyuge e hijos menores.

Este proyecto fue archivado a petición del Ejecutivo con fecha 8 de julio de 1997.

La Comisión, atendida la circunstancia de tratarse de una iniciativa que consta de un artículo único, que introduce una modificación puntual y específica en la Constitución Política de la República, acordó discutirla en general y en particular a la vez.

Después de analizar someramente la iniciativa original y el texto aprobado por el Senado, así como las opiniones que se han vertido sobre esta materia, hubo coincidencia de pareceres acerca de la necesidad de legislar sobre la materia a que se refiere, la que fue catalogada de la mayor importancia, por la dignidad de los ex Presidentes de la República, que deben gozar de ella y de los beneficios consecuentes.

Cerrado el debate y puesta en votación la idea de legislar, fue aprobada por unanimidad de los diputados presentes, Francisco Bartolucci, Juan Antonio Coloma, María Pía Guzmán, Enrique Krauss, Zarko Luksic e Ignacio Walker.

El profesor Bertelsen, aceptando la idea general de crear un Estatuto de los ex Presidentes de la República, formuló algunos comentarios críticos sobre la iniciativa en informe.

El primero es que no todo ex Presidente de la República quedaría cubierto por esta dignidad, incluso alguno que haya sido elegido en votación popular. Porque hay dos normas que son contradictorias entre sí y que, combinadas, hacen un efecto influyente multiplicador, que son los incisos primero y cuarto. El primero, al decir que asumirá la dignidad oficial de ex Presidente de la República el que haya desempeñado este cargo por el período completo, y el cuarto, al preceptuar que no alcanzará la dignidad el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo.

Los efectos de estas dos normas indican que, por ejemplo, si el Presidente electo estuviere impedido de asumir el cargo el día correspondiente, y después no desaparece el impedimento y debe convocarse a nueva elección presidencial, este Presidente de la República reemplazante no ha ocupado el cargo por un período completo y, por lo tanto, no tendría derecho a la dignidad que se instituye.

En cuanto a la vacancia del cargo, al parecer, los senadores que aprobaron el texto del proyecto estaban pensando en el Presidente de la República que llega a ocupar el cargo por elección del Congreso Pleno, pero ocurre que el reemplazante puede llegar a ocupar el cargo por elección popular, según el tiempo que le ha faltado al impedido para completar su período presidencial.

Resumiendo, este inciso cuarto del proyecto contiene una defectuosa formulación en cuanto a las personas a las que se aplica.

El segundo comentario se refiere al alcance de las prerrogativas, que son el fuero y la dieta parlamentaria.

En Estados Unidos, existe un Estatuto de los ex Presidentes de la República que va bastante más allá, como que les otorga protección por parte del Servicio Secreto, pagos para mantener oficina y para que atiendan su correspondencia.

Si se quiere dar un rango especial a los ex Presidentes de la República, deben complementarse las prerrogativas, para lo cual se pueden incluir los beneficios en una ley orgánica constitucional y no dejarlos establecidos en la Constitución.

El profesor Ovalle expresó que, de aprobarse la redacción propuesta, tendría que incorporarse al Senado el ex Presidente Aylwin.

No resulta coordinado que aquí se le otorgue la dignidad a quien ha cumplido un período completo y en la norma de composición del Senado se le exijan seis años.

Aprobada la reforma, resultará con mayor claridad la antinomia entre dos disposiciones, una que implica el desconocimiento de la calidad que tuvo el ex Presidente Aylwin y la otra que le reconoce su calidad de ex Presidente de la República, con lo cual se establece una excepción odiosa y una falta de armonía y criterio en la Constitución.

En una democracia, los ex Presidentes de la República pueden tener beneficios previsionales y deben otorgárseles rentas compatibles con la dignidad que ostentaron.

Pero no es necesario otorgarles participación en el proceso político, a menos que sean elegidos senadores o diputados.

El profesor Silva estimó que no debe olvidarse, como un impedimento para obtener la calidad de ex Presidente de la República, el haber sido condenado por el Tribunal Constitucional por la responsabilidad en los hechos que fundamenten la declaración de inconstitucionalidad de un partido o grupo político.

A su juicio, se impone esclarecer que la obtención de pleno derecho de tal calidad debe entenderse sin perjuicio de la vigencia del plazo de seis meses establecido en el artículo 48 de la misma Carta.

Sería conveniente, finalmente, que en lugar de la expresión "...con fondos públicos" pudiera agregarse: "...incompatible con la función parlamentaria de acuerdo con el artículo 55, salvo que se comprenda en la excepción en él señalada".

En seguida, la Comisión se abocó al análisis de los nuevos incisos que se propone agregar al artículo 30 de la Carta Fundamental.

En primer término, se observó que la dignidad que se crea la adquirirán sólo quienes hayan desempeñado la Presidencia de la República por un período completo.

Se precisó que ello implica que, evidentemente, no se encontrarán en esta situación los ex Presidentes que por cualquier causa no hayan completado dicho lapso, como es el caso de los que hayan hecho dimisión de su cargo, de los que hayan sido declarados inhábiles para el ejercicio de sus funciones, etc. Tampoco serán beneficiados los que hayan accedido a la Presidencia de la República por vacancia del cargo y los ex Presidentes declarados culpables en juicio político.

En esta materia, algunos diputados expresaron que la persona que haya sido elegida en caso de vacancia, ya sea por el Congreso Pleno o en elección popular, debería gozar de la dignidad de ex Presidente de la República, cualquiera que haya sido el tiempo que permaneció en el cargo.

En la misma situación debería quedar la persona que es elegida en caso de impedimento absoluto del Presidente electo.

Ante algunas afirmaciones de los profesores invitados, hubo claridad en la Comisión en cuanto a que el proyecto no busca alterar la integración del Senado, permitiendo que el ex Presidente Aylwin asuma como senador vitalicio, para lo cual habría sido necesario modificar el artículo 45.

El tema indicado no fue objeto de discusión en el Senado, por lo que, una vez aprobado el proyecto, a lo único a que tendrá derecho es al fuero y a la dieta. Lo mismo sucedería si el senador Augusto Pinochet Ugarte renuncia a su cargo.

Hay dos instituciones diferentes: una, la condición de ex Presidente y otra, la de senador vitalicio, las que resultan irreconciliables entre sí.

Cerrado el debate, se procedió a votar el proyecto, el cual resultó aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera el Senado, con el voto favorable de los ocho diputados presentes, Sergio Elgueta Barrientos, Francisco Bartolucci Johnston, Juan Bustos Ramírez, Juan Antonio Coloma Correa, Pía Guzmán Mena, Enrique Krauss Rusque, Zarko Luksic Sandoval e Ignacio Walker Prieto.

En mérito de las consideraciones anteriores y por las que os pueda dar a conocer en su oportunidad el señor diputado informante, vuestra Comisión os recomienda que prestéis aprobación al proyecto aprobado por el Senado, que a continuación se transcribe.

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

"Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

"El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de ex Presidente de la República.

En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de ex Presidente de la República.

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial."."

Se designó diputado informante al señor Juan Antonio Coloma Correa.

Sala de la Comisión, a 18 de enero de 2000.

Tratado y aprobado, conforme se consigna en las actas de las sesiones del 4 y 18 de enero de 2000, con asistencia de los diputados y diputadas Sergio Elgueta Barrientos (Presidente), Francisco Bartolucci Johnston, Juan Bustos Ramírez, Juan Antonio Coloma Correa, Aldo Cornejo González, Pía Guzmán Mena, Enrique Krauss Rusque, Zarko Luksic Sandoval e Ignacio Walker Prieto.

(Fdo.): ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ, Secretario de la Comisión".

2.2. Discusión en Sala

Fecha 25 de enero, 2000. Diario de Sesión en Sesión 25. Legislatura 341. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

ESTATUTO DE LOS EX PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA. Segundo trámite constitucional.

El señor MONTES ( Presidente ).-

En el Orden del Día, corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto de reforma constitucional que establece el estatuto de los ex Presidentes de la República .

Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Coloma.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, boletín Nº 2397-07, sesión 1ª, en 5 de octubre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 20.

-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 14, de esta sesión.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor COLOMA .-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de reforma constitucional propuesto por los senadores Marcos Aburto , Sergio Díez , Hernán Larraín , Juan Hamilton y José Antonio Viera-Gallo , que establece el estatuto de ex Presidentes de la República .

Quiero dejar constancia de que, por tratarse de una modificación constitucional que afecta al capítulo IV, Gobierno, de la Constitución Política, sus disposiciones deben ser aprobadas por las tres quintas partes de los diputados en ejercicio, de conformidad con el artículo 116 de la Carta Fundamental. Así lo hizo el Senado.

La idea central del proyecto es crear un estatuto que distinga, de por vida, a aquellos ciudadanos que hayan desempeñado la más alta magistratura de la nación, la de Presidente de la República , otorgándoles, una vez terminado su período, una condición especial, acorde con los esfuerzos y las responsabilidades desplegados durante su mandato.

Con ese objeto, se adicionan al artículo 30 de la Carta Fundamental cinco incisos que conceden tal calidad.

Dicho artículo dispone lo siguiente: “El Presidente cesará en su cargo el mismo día en que se complete su período y le sucederá el recientemente elegido”.

A esto se le agregan los siguientes incisos:

“El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de ex Presidente de la República ”. Subrayo la palabra “completo”, porque tiene mucho efecto en el texto de la reforma.

“En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

“Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de ex Presidente de la República .

“No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

“El ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial”.

De la lectura de estas disposiciones queda bastante claro el sentido de la proposición que el Senado ha formulado. Repito: la idea central es establecer un estatuto especial que distinga, de por vida, a aquellos ciudadanos que hayan sido presidentes de la República, que sea el reflejo, de alguna manera, de los esfuerzos y responsabilidades que desplegaron durante su mandado. Esta idea es la que, en el artículo 30, confiere la calidad de ex Presidente de la República .

¿Qué beneficios presenta tal calidad? En conformidad con la disposición constitucional, lo que se establece en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y en el artículo 59. La naturaleza de estas disposiciones es distinta y lo explicaré separadamente.

El artículo 58, en los incisos correspondientes, establece:

“Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o designación, o desde el de su incorporación, según el caso, puede ser procesado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.

“En caso de ser arrestado algún diputado o senador por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

“Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el diputado o senador acusado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente”.

O sea, el fuero es el primer beneficio que se adquiere por la nueva declaración del artículo 30 de la Constitución. De alguna manera, las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 lo establecen -cuestión que no existe hoy-, pero, por la referida declaración, en forma automática, el ex Presidente de la República tiene fuero.

El segundo beneficio está relacionado con el artículo 59, que señala:

“Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan”. En virtud de esta disposición, el beneficio consiste en la renta equivalente a la de un ministro de Estado , concepto que en la actual Constitución no existe.

Los tres incisos siguientes del proyecto tienen que ver con compatibilidades o requisitos del cargo para producir sus efectos.

El primero se refiere a una incompatibilidad. Se establece que quien se desempeñe como senador vitalicio podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de ex Presidente de la República . Esto, dicho sea de paso, también surge para evitar la duda del profesor Ovalle en cuanto a si a través de la norma propuesta se estaría dando la calidad de senador vitalicio al ex Presidente Alywin , cuestión que la Comisión -al igual que el Senado- no reconoció, porque el senador vitalicio se rige por reglas distintas de las del artículo 30, que dispone la calidad de ex Presidente de la República .

Entonces, el primer tema es la relación que debe haber entre senador vitalicio y ex Presidente de la República.

El otro inciso dispone que el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo o quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra, no tiene la calidad de ex Presidente.

Hay dudas de interpretación respecto del significado de esta norma. El espíritu es que quien ocupe una parte del período como Presidente de la República -quizás, el legislador estuvo pensando en aquellos casos del artículo 29, donde es nombrado por el Congreso Pleno-, no alcanzará la calidad de ex Presidente de la República .

Ahora, en derecho público, una interpretación estricta de esta norma tampoco permitiría que un Presidente de la República alcance la calidad de ex Presidente una vez que termine su mandado si éste, aun cuando haya sido elegido por votación popular -ejemplo, artículo 28 de la Constitución-, no ocupa el período completo.

Incluso, podría interpretarse que en el caso de un Presidente de la República que recién ha ganado una elección pero que no alcanza a asumir por estar impedido de ocupar el cargo, quien resulte elegido en la elección realizada para efectos de completar el período, tampoco tendría la calidad de ex Presidente de la República .

Quiero dejar constancia de que, incluso, se pensó en incorporar una indicación al respecto, pero como en materias constitucionales no hay comisión mixta, se entendió que era mejor aprobar el proyecto del Senado y no rechazar una norma que apunta en un sentido correcto.

El inciso final del artículo único establece la siguiente incompatibilidad: “El ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial”.

Después de la correspondiente discusión, el proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión, en el entendido de que es bueno que el país distinga de por vida a quien ha ejercido la Presidencia de la República por un período completo con, a lo menos, algunas de las características relevantes de las autoridades públicas, como son el fuero y la dieta, más la distinción consagrada en la Constitución por su calidad de ex Presidente de la República .

La Comisión recomienda a la Sala aprobar la iniciativa, ojalá por unanimidad. Reitero que según el artículo 116 de la Carta Fundamental, se requiere el voto a favor de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Sergio Elgueta.

El señor ELGUETA.-

Señor Presidente , no obstante que, al dictarse, la Constitución de 1980 fue calificada de pétrea, en los hechos hemos visto que ha sido objeto, a lo menos, de una docena de modificaciones. Por ejemplo, las plebiscitadas en 1989 afectaron a 54 preceptos, y las otras han abordado temas como la igualdad ante la ley de hombres y mujeres, la regionalización, los actos terroristas, el Ministerio Público, la educación parvularia, la reducción del período presidencial, la segunda vuelta, la Corte Suprema, los informes que debe emitir la Corte Suprema, etcétera.

Hoy se nos presenta una nueva reforma constitucional, con la finalidad de que los ex Presidentes de la República puedan gozar del estatuto descrito por el diputado informante.

En 1994, los diputados señores Gutenberg Martínez y Andrés Allamand presentaron al Gobierno una propuesta para otorgar ciertas prerrogativas o derechos a quienes se hayan desempeñado como Presidente de la República . Según ellos, no sólo les corresponden los honores públicos por la función que desarrollaron, sino también el reconocimiento y gratitud de la ciudadanía, asegurándoles la posibilidad de dar a conocer su correspondencia y documentos relevantes, los objetos que les han acompañado durante su mandato y los recursos necesarios para continuar desarrollando una vida compatible con la investidura que tuvieron, aportando con sus conocimientos e ideas a la solución de los problemas de interés nacional.

Dicha idea prospera mediante una reforma constitucional, que comienza diciendo: “El que haya desempeñado este cargo por el período completo,...”. Sobre el particular, en la Comisión, los profesores señores Jorge Ovalle y Raúl Bertelsen expresaron sus dudas sobre la compatibilidad o armonía entre el inciso que se refiere a la expresión “período completo” y el que consigna la vacancia del cargo, motivo por el cual no alcanzaría la dignidad de ex Presidente de la República .

Al analizar el tema, pareciera que hubiese absoluta claridad en cuanto a que, según el artículo 25 de la Carta Fundamental, el período completo lo ejercen quienes han desempeñado el cargo durante seis años. Sin embargo, existen otras situaciones. Por ejemplo, que el Presidente de la República , elegido por votación popular, se hallare impedido de tomar posesión del cargo. Si el impedimento fuere absoluto o indefinido, según el artículo 28 de la Constitución, procede llamar a elección por el tiempo que falta. Es decir, si el actual Presidente electo estuviese impedido, se llama a nueva elección, con lo cual su mandato podría ser superior a cinco años y a los cuatro años señalados en la propia Carta Fundamental respecto del primer período, o sea, desde 1990 a 1994. Ese es un caso que se puede estimar como período completo.

Otro tanto sucede en el caso de vacancia. Si ésta se produce cuando faltan más de dos años para la próxima elección de parlamentarios, el Presidente elegido durará en el cargo hasta 90 días después de la segunda elección parlamentaria que se verifique durante su mandato. El nuevo gobernante, que asume por estar vacante el cargo, puede durar, a lo menos, un período de cuatro años. O sea, hay diversas circunstancias en que la Carta Fundamental fija el período que debe durar un Presidente de la República elegido por votación popular. En consecuencia, cabe preguntarse si esas personas cumplen un período completo.

Esas dudas se plantearon en la Comisión. Debido a la imperfección de esta norma, se impedirá aplicar el estatuto de ex Presidente de la República a quien ocupe el cargo por vacancia del mismo. Así, podría cometerse la injusticia de que una persona, elegida por votación popular, que ejerce el cargo de Presidente de la República por más de cuatro o cinco años, no pueda hacer uso de estos beneficios.

Debido a que la tramitación de las reformas constitucionales no siguen los procedimientos de una ley común, pues no va a comisión mixta, de no aprobarse la propuesta del Senado, no habría reforma constitucional. Nosotros consideramos beneficioso que quienes han ejercido esta alta investidura puedan, después de cesar en el cargo, continuar viviendo con la dignidad que se merecen.

Por ello, no obstante las imperfecciones del proyecto, cuya única oportunidad de mejoramiento sería a través del veto presidencial después de ser sancionado por el Congreso Pleno, soy partidario de aprobarlo en la forma propuesta por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Gustavo Alessandri.

El señor ALESSANDRI.-

Señor Presidente , comprendo que por tratarse de una reforma constitucional, lamentablemente, no podemos cambiar ni un punto ni una coma del proyecto. Pero, de todas maneras, deseo formular algunas consideraciones.

En mi opinión, estamos en presencia de un proyecto tímido e incompleto. Durante casi veinte años hemos escuchado la más fuerte oposición de la Concertación a los senadores vitalicios, y ahora, que nos han convencido a muchos de nosotros, están blanqueando esta institución que, en cierta medida, resulta inoperante.

Como generalmente lo hago, digo lo que pienso, y con ello no involucro a nadie.

La verdad es que al único senador vitalicio no le ha servido para nada su condición de tal. Lamentable e incomprensiblemente, sigue vejado y preso en Londres. Nuestra dignidad de nación, pisoteada. El Senado de la República, funcionando normalmente.

Ahora, se ha presentado un proyecto de reforma constitucional en el cual se da continuidad a los vitalicios, aunque se les permite renunciar a su calidad y se otorgan beneficios a los ex Presidentes de la República, entregándoles una suerte de jubilación por vida y un fuero eterno.

Hasta aquí, podríamos estar de acuerdo con la proposición por lo relevante que es alcanzar la primera magistratura de la nación; pero, de ahí a mantener la calidad de senador vitalicio por parte de quienes siempre renegaron de esta prebenda, me parece inconcebible.

Centrándonos exclusivamente en los beneficios a los ex Presidentes de la República , estoy de acuerdo en que se les otorgue la dieta y el fuero a perpetuidad. Sin embargo, no es justo que este beneficio alcance sólo a los que han desempeñado el cargo por un período completo, como pasaré a demostrarlo, ni tampoco es justo que sus viudas y sus hijos menores no puedan gozar de beneficio alguno.

¿Qué nos muestra en esta materia la historia contemporánea? Don Juan Esteban Montero , elegido Presidente por una amplia mayoría ciudadanía, es privado de su cargo por un golpe militar. Don Salvador Allende , de no haber fallecido, tampoco habría podido tener beneficio alguno, pese a haber sido elegido democráticamente. Ambos, por no haber terminado su mandato.

Comprendo que no es el momento de entrar a analizar en profundidad esta situación, pero, en lo medular, habría sido una buena ocasión para terminar, en esta oportunidad, con los senadores vitalicios, otorgándoles a los ex Presidentes de la República los beneficios a que me he referido y que se están tratando.

En resumen -carece de objeto extenderse más-, soy partidario de terminar con los senadores vitalicios y de conceder a los ex Presidentes de la República el fuero y la pensión de gracia, y que ésta, en alguna forma, alcance a sus viudas y a sus hijos menores, de existir.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Queda pendiente la votación.

-Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor MONTES ( Presidente ).-

En votación el proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 30 de la Carta Fundamental con el fin de establecer el estatuto de ex Presidente de la República .

Este proyecto requiere un quórum de 80 diputados para poder ser aprobado.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 6 abstenciones.

El señor MONTES (Presidente).-

Ya que no se registró el voto de dos diputados, solicito el acuerdo de la Sala para votar nuevamente.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

En votación el proyecto.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 8 abstenciones.

El señor MONTES (Presidente).-

La diputada María Antonieta Saa señala que su voto no ha quedado registrado.

Tiene la palabra el diputado Elgueta para exponer un punto de Reglamento.

El señor ELGUETA.-

Señor Presidente, tengo entendido que el quórum para votar esta reforma es de tres quintos, es decir, 72 votos.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene toda la razón señor diputado.

Por lo tanto, se da por aprobada la reforma constitucional.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Acuña, Aguiló, Alvarado, Álvarez, Allende ( doña Isabel), Ávila, Bartolucci, Rozas (doña María), Ceroni, Coloma, Cornejo (don Aldo), Correa, Cristi ( doña María Angélica), Dittborn, Elgueta, Encina, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, Gutiérrez, Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Huenchumilla, Ibáñez, Jaramillo, Jarpa, Jiménez, Jocelyn-Holt, Krauss, Leal, Leay, Letelier ( don Juan Pablo), Lorenzini, Luksic, Martínez ( don Gutenberg), Masferrer, Mesías, Monge, Montes, Mora, Moreira, Mulet, Muñoz ( doña Adriana), Naranjo, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Palma (don Andrés), Palma (don Joaquín), Pareto, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Víctor), Pollarolo ( doña Fanny), Recondo, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Seguel, Soto (doña Laura), Tuma, Ulloa, Van Rysselberghe, Velasco, Venegas, Villouta, Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bertolino, Delmastro, Fossa, Longton, Palma (don Osvaldo), Pérez ( doña Lily), Prokurica y Vargas.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 25 de enero, 2000. Oficio en Sesión 22. Legislatura 341.

Valparaíso, 25 de enero de 2000.

Oficio N° 2697

A S.E. el Presidente del H. Senado

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación, en los mismos términos que lo hiciera ese H. Senado, al proyecto de reforma constitucional que establece el Estatuto de los ex Presidentes de la República.

Hago presente a V.E., para los efectos previstos en el inciso primero del artículo 117 de la Carta Fundamental, que el proyecto fue aprobado en esta Corporación con esta fecha.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 15.048, de 17 de septiembre de 1999.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

CARLOS MONTES CISTERNAS

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de LA Cámara de Diputados

3. Ratificación Reforma Constitucional

3.1. Discusión en Sala

Fecha 25 de marzo, 2000. Diario de Sesión Ratificación Reforma Constitucional.

CREACIÓN DE ESTATUTO DE EX PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 30 de la Carta Fundamental con el fin de establecer el Estatuto de los ex Presidentes de la República.

--Los antecedentes sobre el proyecto (2397-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional: (moción de los señores Aburto, Díez, Hamilton, Larraín y Viera-Gallo)

En primer trámite, sesión 28ª, en 7 de septiembre de 1999.

Informe de Comisión:

Constitución, sesión 30ª, en 8 de septiembre de 1999.

Discusión:

Sesión 33ª, en 15 de septiembre de 1999 (se aprueba en general y particular).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

En atención a que debe votarse sin debate y a que los señores Parlamentarios tienen derecho a fundamentar su postura, para los efectos de desarrollar la votación en la forma más ordenada posible hemos conversado con el señor Presidente de la Cámara de Diputados y con los representantes de los diversos Comités -por lo tanto, hay acuerdo al respecto- y hemos resuelto ceñirnos al procedimiento que paso a indicar.

Tiempo total de votación: dos horas, o sea 120 minutos, distribuidos proporcionalmente entre los Comités de Senadores y Diputados como sigue: Comité Demócrata Cristiano, 34 minutos; Comité UDI, 20 minutos; Renovación Nacional, 19 minutos; Comité PPD, 12 minutos; Comité Socialista, 10 minutos; Comité Institucionales 1, 5 minutos; Comité Institucionales 2, 5 minutos; Comité Independientes, 5 minutos, Comité Radical, 5 minutos, y Comité Unión Centro-Centro, 5 minutos.

He solicitado a los señores Senadores y Diputados distribuirse el tiempo de su respectivo Comité y me han hecho llegar una lista de quienes intervendrán.

Advierto a los oradores inscritos que deberán cumplir con los tiempos que se han autofijado, porque como la votación se tomará por orden alfabético, si alguien excede el lapso que le corresponde dentro de su Comité dicho exceso se le restará al Senador o Diputado del mismo Comité que continúa en la lista.

Antes de iniciar la votación, el señor Secretario leerá el texto de la reforma.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-

"Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

"El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

"En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

"Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.

"No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

"El Ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.".".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

En votación.

Los señores Senadores y Diputados que lo deseen pueden acercarse desde ya a la Mesa para dar a conocer su pronunciamiento.

--(Durante la votación).

El Diputado señor AGUILÓ.-

Señor Presidente, el Diputado señor Juan Bustos fundamentará el voto en nombre de los Diputados y Senadores socialistas.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Así me han informado.

El Diputado señor ALESSANDRI.-

Señor Presidente, Honorable Congreso, nadie podrá decir, después de aprobar la reforma constitucional que hoy nos ocupa, que ésta es "algo que no tiene nombre". No, señor Presidente. La normativa que ahora tratamos, en su aspecto inmediato, tiene nombre y apellido, lo que la torna en una modificación de conveniencia y coyuntura.

Beneficia, en primer término, a don Patricio Aylwin y, posiblemente, a don Eduardo Frei Ruiz-Tagle, si éste último decide más tarde, por sí y ante sí, renunciar a su calidad de Senador vitalicio. Al Senador señor Pinochet, en cambio, el despacho de esta nueva norma constitucional le resulta indiferente. Nadie lo podrá privar, ni hoy ni mañana, de su calidad de Senador. Ya en Inglaterra lo ultrajaron hasta la saciedad como persona. Igual sucede con nuestro país, cuya soberanía fue vergonzosamente avasallada.

Digo que esta enmienda constitucional beneficia al señor Eduardo Frei Ruiz-Tagle porque, manteniendo a los Senadores vitalicios, se le permitió no sólo asumir el cargo, sino también que el día de mañana vuelva a postularse a la Presidencia de la República simplemente ejerciendo el sencillo expediente de la renuncia personal.

Señor Presidente, durante largos años hemos oído de la Democracia Cristiana y de sus principales personeros la más fuerte y sostenida campaña de oposición a la idea de los Senadores vitalicios como institución constitucional. Y ahora, cuando parecería que con ese discurso público se hubiese convencido a la mayor parte del país, incluidos muchos de nosotros, acerca de la necesidad de eliminarlos, los antiguos detractores exhiben el deseo de blanquear esta institución, añadiéndole el expediente de su renuncia meramente potestativa.

Señor Presidente, Honorable Congreso, lo que habría correspondido hacer en esta ocasión, en homenaje a la consecuencia y a la honradez política, era terminar derechamente con la institución de los Senadores vitalicios y no adorar hoy, disimulada y torpemente, lo que la mayoría dominante execró tan sólo ayer. Estoy consciente de que esta posición de eliminar a los Senadores vitalicios no fue siempre la mía en el pasado. Tengo vivo el recuerdo de los alegatos que a favor de esta idea hizo en otra época don Jorge Alessandri Rodríguez. Pero, con el correr del tiempo y observando la experiencia vivida, he alcanzado la íntima convicción de que, al iniciarse este nuevo siglo, en una sociedad ávida de mayores expresiones de democracia, si algún ex Presidente de la República desea ingresar al Senado, debe hacerlo por medio de elecciones democráticas, como innumerables de ellos lo hicieron en el pasado, incluido don Eduardo Frei Montalva, y no por esta vía que, sometida a tan largas y ácidas críticas, ha llegado a constituir, no un honor o una distinción como fue inicialmente concebida, sino una pesada herencia obligatoria que se hace cargar sobre la Primera Magistratura de la Nación. Es decir, la insidia, el repudio, la propaganda partidista de tantos años, convirtió en la conciencia pública la institución de Senador vitalicio, en vez de un honrado destino, como se pensaba originalmente por los autores de la reforma que la creó, en un malquerido y repudiado legado que nadie querría ni querrá aceptar sin avergonzarse.

Hace algún tiempo escuchábamos de distinguidos líderes de la Democracia Cristiana que los Senadores vitalicios ingresaban por "la ventana" al Senado de la República. Hoy nos preguntamos si consideran que don Eduardo Frei Ruiz-Tagle ha ingresado también por esa vía.

En resumen, fui partidario de haber terminado ahora con la institución de los Senadores vitalicios y, ciertamente, de conceder a los ex Presidentes de la República la pensión de gracia propuesta en el proyecto en votación. Esta última, en nuestro criterio, debería haber alcanzado incluso a todos aquellos ciudadanos que fueron elegidos democráticamente Presidentes de la República y que por alguna razón no terminaron su período, con el agregado de que esta pensión tendría que alcanzar también a la viuda e hijos menores o incapacitados, si los hubiere.

De otra parte, estamos por hacer posible que el Gobierno que recién se inicia tenga éxito al servicio de los auténticos intereses nacionales permanentes, que son los únicos que de verdad interesan a la ciudadanía, entre los cuales, por cierto, no se encuentran ni se han encontrado nunca las iniciativas pirotécnicas de acomodo político circunstancial.

Por éstas y otras razones, y porque no deseo dejar congelado de por vida al último Senador vitalicio que conocerá nuestra República, voto que sí.

El Senador señor BOENINGER.-

Señor Presidente, votaré favorablemente la ratificación de este proyecto con mucha convicción, por las razones siguientes:

1º Se trata de un proyecto aprobado por abrumadora mayoría tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado; de modo que las razones que pudieran tenerse hoy para abstenerse o votar en contra cabe atribuirlas solamente a hechos ocurridos con posterioridad a la reforma, y no a su sustancia. Es obvio que el evento que ha influido visceral y emocionalmente en este sentido es el retorno del General Pinochet y las particulares circunstancias en que hoy se encuentra, en especial la petición de desafuero en su contra.

2º La reforma sometida a nuestra ratificación aborda esencialmente dos cuestiones. Por una parte, repara una injusticia histórica que afecta a un ex Presidente de la República, pero lo hace creando una dignidad permanente a favor de todos los ex Presidentes, pasados o futuros, a semejanza de lo que existe en otros países, en vez de recurrir a la poco razonable fórmula de una excepción personalizada.

En segundo lugar, permite a los Senadores vitalicios renunciar a sus cargos de tales si así lo desean, para acogerse a la dignidad de ex Presidente. Esta norma resulta de toda lógica si se considera que la tendencia general apunta a que los mandatarios sean cada vez más jóvenes y con mayores expectativas de vida, por lo que resulta absurdo forzarlos a desempeñar una misma función durante 30 ó 40 años.

Además -y esto es medular-, facilita la salida del Senado del General Pinochet, algo que la Concertación desea fervientemente y que se torna viable con esta fórmula, al permitir que su eventual retiro se produzca de modo digno, condición necesaria para que el afectado pueda decidir acogerse a la norma respectiva.

Por otro lado, hacer renunciable el cargo de Senador vitalicio es un primer paso hacia la derogación de esa institución.

3º Para hacer más factible la renunciabilidad de los Senadores vitalicios, la reforma les mantiene el fuero y la dieta que les confiere su investidura parlamentaria.

Esta norma ha dado origen al temor de diversos Parlamentarios y dirigentes políticos de que por esta vía se estaría otorgando al General Pinochet un segundo fuero e, incluso, tornando imposible su desafuero.

Debo afirmar del modo más categórico que eso no es así; que tales temores no pasan de ser una sospecha infundada, surgida de la exigente demanda de justicia que, con razón, determina sus conductas.

Todos los informes jurídicos coinciden en que al señalar el inciso segundo del artículo único del proyecto, de modo explícito, que serán aplicables a los Senadores que se acojan a la calidad de ex Presidente las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Constitución, se les está conservando expresamente el mismo fuero que actualmente poseen. De acuerdo con lo que señala el distinguido jurista don Alfredo Etcheberry, la reforma no agrega ni siquiera una cláusula -como suele hacer la Constitución- que indique que una ley reglamentará la forma de hacer efectiva la norma o que postergue su aplicación hasta que se dicte una ley reglamentaria. La aplicación del artículo 58, que dispone la posibilidad de desafuero y el procedimiento para llevarlo a cabo, es pura y simple, de modo que si se admite que los ex Presidentes van a adquirir el fuero en forma inmediata, forzoso es admitir que en la misma forma adquirirán la posibilidad de ser desaforados.

Por otra parte, la historia de la ley es clara. En el curso de su tramitación, jamás se planteó que se podría estar concediendo a los ex Presidentes un fuero distinto y más pétreo que el que les corresponde como Senadores.

Sin perjuicio de lo anterior, es razonable, en cuanto entre en vigencia esta reforma, tramitar un proyecto de ley que añada a las normas referentes al desafuero del Código de Procedimiento Penal la referencia a los ex Presidentes de la República, con meros fines de congruencia de textos.

4º Como lo reconoce la mayoría de quienes tienen dudas o disienten hoy del proyecto, se trata, pues, de un problema de imagen pública interna y externa, ligado al retorno del General Pinochet y a los procesos en su contra. Comprendo y respeto profundamente tales prevenciones; más aún, creo que son inevitables dadas las pasiones que generan los problemas pendientes de nuestro pasado.

Quiero sostener, sin embargo, que cuando una imagen no responde a un hecho cierto, como ocurre en el presente caso, corresponde precisamente a la elite política ejercer liderazgo, persuadir y convencer a la opinión pública acerca de la realidad de la situación; es decir, que la reforma no cambia en lo más mínimo la situación procesal del General Pinochet, tan susceptible de ser desaforado mañana como lo es hoy.

5º Finalmente, entiendo que a muchos les resulte difícil reconocer al General Pinochet la calidad de ex Presidente de la República. Al respecto, sólo quiero recordar que de hecho se la han reconocido al aceptar su desempeño -con protestas, es cierto- como Senador vitalicio y al solicitar el desafuero, dado que su fuero proviene, precisamente, de esa calidad.

Voto que sí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Bustos.

El Diputado señor VILCHES.-

¿Me permite, señor Presidente? Pido que se lea el artículo 8º del Reglamento del Senado, porque, a mi juicio, de acuerdo con esa norma el Diputado señor Bustos tiene derecho a hablar pero no a votar, en razón de que se halla involucrado en las querellas contra el Senador señor Pinochet.

Pido dar lectura a la parte pertinente del Reglamento.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Debo responder al señor Diputado que la interpretación del Reglamento corresponde al Presidente del Senado y, en mi calidad de tal, digo que cada señor Parlamentario decide si se acoge o no a la norma indicada; de modo que, en este caso, es el propio Diputado señor Bustos quien debe tomar una decisión en un sentido o en otro.

Tiene la palabra el Diputado señor Bustos.

El Diputado señor BUSTOS.-

Honorable Congreso Pleno:

El proyecto de reforma constitucional que hoy se somete a votación ha tenido por finalidad reparar una omisión en lo relativo al respeto y consideración que ha de tener una sociedad hacia quienes han llegado a ser la máxima autoridad de la nación.

Este propósito cobra aun mayor vigor debido a que la mezquindad de la Oposición ha permitido mantener al primer Presidente de la restauración democrática, que merece nuestro mayor respeto y afecto, en una posición desmejorada, aun con relación a quien brutalmente usurpó el poder constitucional durante largos años.

Lamentablemente, esta loable intención fue contaminada por la búsqueda de una solución oblicua respecto de los Senadores vitalicios, cuyo término sólo es posible de una manera transparente, esto es, mediante su eliminación pura y simple, al igual que en lo referente a los Senadores designados. Por eso, se hace evidente la necesidad de concordar una reforma constitucional sobre el particular.

Pero hoy la reforma constitucional resulta todavía más grave por el hecho de que frente al desafuero presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de Augusto Pinochet se han levantado diferentes interpretaciones jurídicas, que han tenido repercusión tanto en la sociedad chilena como en la comunidad internacional.

Más allá de la validez jurídica que posean dichas interpretaciones, por la trascendencia que tiene el proceso criminal en curso, en el que el Partido Socialista ha presentado dos querellas, creemos que no es dable siquiera en apariencia interferir en la acción de la justicia, sin perjuicio de que comprendemos y respetamos las diferencias de opinión con nuestros colegas democratacristianos, con quienes compartimos idénticos propósitos de verdad y justicia.

Lo anterior no significa desconocer nuestro error al haber concurrido con nuestros votos a aprobar esta reforma; pero con razón el legislador, por la significación que reviste una reforma constitucional, estableció un plazo de 60 días y la necesidad de un Congreso Pleno para ratificarla, con el objeto de que hubiese la suficiente reflexión y la rectificación del voto, llegado el caso.

Por las razones dadas, la bancada de Diputados y Senadores Socialistas votará en contra de esta reforma constitucional.

Voto que no.

El Diputado señor CARDEMIL.-

Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Puede fundamentar el voto Su Señoría.

El Diputado señor CARDEMIL.-

Señor Presidente, anuncio el voto favorable de los Parlamentarios del Partido Renovación Nacional a esta reforma constitucional, de alguna forma atípica, que flexibiliza la participación de los ex Presidentes de la República dentro de la organización del Estado.

Tomamos tal decisión porque consideramos que éste es un paso en la dirección correcta. Pero sólo un paso hacia la concreción de objetivos nacionales mucho más acuciantes y de mayor envergadura y profundidad, que requerirán de todos nosotros -Gobierno y Oposición, Alianza y Concertación- tanto más claridad, objetividad, voluntad y sentido de futuro.

Aprovecho, por ende, la oportunidad de un Gobierno recién electo, que ha dado señales de prudencia, y de una Oposición que está dispuesta a recoger y a respaldar esa prudencia, así como la instancia solemne de este Congreso Pleno para, en mi calidad de Presidente del Partido Renovación Nacional, hacer algunas proposiciones concretas y anunciar las actividades que nuestra colectividad desarrollará en los próximos días.

A nuestro juicio, la solución concreta de los problemas de las personas y el avance económico y social, tan necesario -en suma, el progreso social-, no corren por una ruta separada de la paz social. El mejoramiento de la calidad de vida sólo se da en un ambiente de amistad cívica, como se ha probado por todas las naciones en todos los tiempos históricos.

El punto es que todavía hoy, en el año 2000, las dirigencias políticas, que no fuimos capaces de conjurar las crisis del pasado, no hemos podido cerrar aún la transición chilena, que aparece, no desde un punto teórico, sino vivo y percibido por el sentido común, como un período interminable de tensiones.

Digámoslo claramente, señor Presidente, el cierre de la transición debe atender a lo menos a tres elementos que se desarrollan con su espiral de conflictos ante nuestros ojos, todos los días.

El primer elemento está constituido por las legítimas aspiraciones en sí mismas, pero que obviamente tienen una dosificación difícil de discernir entre la pasión política y la pura juridicidad. Con ello estamos traspasando a nuestros jueces la responsabilidad de resolver conflictos que otros Poderes Públicos no hemos querido, no hemos sabido o no hemos podido resolver.

El segundo elemento que nos está afectando es la existencia de temas no resueltos que afectan a los derechos humanos, y sus consecuencias: la sucesión de procesos, que mantienen abiertas las heridas del pasado y necesitan una solución que armonice el legítimo derecho de las víctimas con la certeza jurídica que toda nación necesita para progresar.

El tercer elemento es la necesidad de definir, en un acuerdo bien formulado, bien pensado y ejecutado, que no aparezca como una agresión de unos contra otros, la estabilidad definitiva y permanente de la Constitución, mediante reformas que dejen claro al país que sus actores políticos debaten dentro de ella, y no respecto de ella.

Señor Presidente, más que la contingencia, lo que a nuestro juicio Chile necesita, reclama y percibe hoy más que nunca es la oportunidad de lograr un auténtico, claro y definitivo tratado de paz social. Un acuerdo nacional de cierre de la transición chilena que dé al país la seguridad de que sus posibilidades de futuro no están condicionadas por los problemas del pasado, y el cual, si tiene el respaldo de los Poderes Públicos, pueda ser eventualmente plebiscitado por el poder soberano originario para que constituya un hito histórico permanente de una voluntad nacional.

En la última campaña, señor Presidente, los dos candidatos presidenciales -de los dos grandes conglomerados que afortunadamente llenan el espacio político chileno y no dejan vacíos- expresaron claramente su voluntad de avanzar hacia esos altos objetivos, los que han sido corroborados en estos últimos quince días por las acciones del Gobierno y de la Oposición.

El Partido Renovación Nacional baja hoy sus cartas ante el Congreso Nacional y declara que sus Parlamentarios -especialmente sus Senadores en la instancia de la Cámara Alta, dentro de la Alianza por Chile, y en el necesario trato de ésta con el Gobierno y la Concertación- trabajarán desde hoy mismo, con prudencia pero con constancia y firmeza, en el logro de este objetivo, que ha sido consubstancial a mi Partido desde hace más de una década, y que en el evento de haber sido Gobierno constituía una de las metas prioritarias.

En el año 1997, los Diputados de Renovación Nacional impulsamos una reforma constitucional, aprobada por la unanimidad de nuestra bancada y por una amplia mayoría en la Cámara Baja, que proponía el término de los Senadores designados al finalizar su período; elevaba el quórum para la aprobación de la leyes orgánicas importantes para el país; establecía que los ex Presidentes de la República podían ejercer el derecho optativo para asumir por ocho años como Senadores presidenciales -se creaba esa institución-, o bien, incorporarse al Senado, manteniendo siempre los fueros y garantías propios del cargo que habían ejercido.

Simultáneamente, hoy se tramita en la Cámara de Diputados una reforma constitucional que fortalece las facultades de fiscalización de los señores Diputados, permitiendo a la Oposición la formación de comisiones investigadoras; facultando a un tercio de los Parlamentarios para exigir la concurrencia de los Ministros de Estado a las sesiones, en las que podrán ser interpelados respecto de los actos de su gestión, y obligando a las autoridades del Ejecutivo a dar respuesta a los oficios que se le envíen consultando materias de su competencia.

No está de más señalar y recordar que una democracia estable requiere de un justo equilibrio entre los Poderes; un Gobierno de mayoría, que efectivamente gobierna y administra, y una minoría que puede fiscalizar y tiene la capacidad de hacerlo.

Ante este Congreso Pleno, cumplo hoy con el deber, como Presidente del Partido Renovación Nacional e inspirado en el propósito de hacer un aporte concreto a la paz social, de bajar nuestras cartas en los temas del cierre de la transición y, en esta ocasión, en el ámbito constitucional, así como más adelante lo haremos en los asuntos pendientes y no resueltos de los derechos humanos, con proposiciones concretas.

Por ello, señor Presidente, en nombre de mi Partido, pongo a disposición de Sus Señorías los proyectos de reforma y las ideas en torno del cierre de la transición expuestos precedentemente, no como un punto de término, sino como el inicio de un análisis serio, desapasionado y constructivo, al que invito hoy a todas las fuerzas políticas, de Gobierno y de Oposición, con el propósito de fortalecer nuestra democracia, terminar con la transición y afianzar la paz social, de la que tanto se ha hablado en los últimos meses y respecto de la cual el país tiene cifradas esperanzas en que seremos capaces de conquistarla.

Por lo expuesto, votamos a favor del proyecto de reforma constitucional.

He dicho.

--(Aplausos).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Coloma para fundamentar el voto.

El Diputado señor COLOMA.-

Señor Presidente, en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política, nos reunimos hoy en sesión de Congreso Pleno para ratificar la reforma constitucional que crea un estatuto especial para quienes han desempeñado el cargo de Presidente de la República.

Éste es para nosotros, sin duda, un proyecto de la mayor trascendencia, no sólo en cuanto significa un acto de justicia hacia quienes han ostentado tan alta responsabilidad, sino, y especialmente, porque refleja el importante grado de madurez política de una sociedad que es capaz de reconocer y valorar la tarea de quienes, desde sus particulares visiones políticas, han entregado sus mejores esfuerzos por el bien del país.

La reforma constitucional que hoy ratificamos concitó en todos sus trámites legislativos un amplio consenso, quizás uno de los mayores que haya logrado una reforma a la Carta Fundamental. Surge de una iniciativa del Senador institucional señor Aburto, junto con Senadores representativos de prácticamente todas las bancadas parlamentarias: Honorables señores Díez, Hamilton, Larraín y Viera-Gallo.

En virtud de este estatuto especial, se confiere a los ex Primeros Mandatarios la seguridad procesal inherente al fuero parlamentario, así como la tranquilidad de una vida digna en lo material.

Estimo esencial reafirmar aquí una vez más que lo que se busca con ella es conferir a los ex Presidentes el mismo fuero de que gozan hoy los Parlamentarios en ejercicio, con sus atributos de forma y de fondo. No ha habido jamás en el ánimo del constituyente la intención expresa o tácita de crear un fuero de mayor alcance que éste.

En consecuencia, de aprobarse esta reforma, para que un ex Presidente de la República pueda ser detenido o procesado, será necesario que previamente el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, tenga que autorizar a proceder judicialmente en su contra, declarando que ha lugar a la formación de causa, salvo, por supuesto, que se trate de un delito flagrante.

Como se aprecia de inmediato, esta reforma tiene una dimensión particular, en cuanto establece beneficios para personas determinadas. Probablemente, en esta dimensión ella sigue generando el más amplio consenso.

Sin embargo, en las últimas semanas se han alzado voces que, a mi juicio, equivocadamente, han creído ver en ello la posibilidad de que se esté institucionalizando una vía para sacar del ámbito de imperio del Derecho a determinadas personas o legitimándose instituciones que les merecen reparos. Lamentablemente, ésta es la lógica en que permitimos que sigan imperando muchas de las cargas y miedos atávicos de nuestro pasado. Los mismos prejuicios y temores que por demasiado tiempo han determinado negativamente nuestras decisiones.

Creo, señor Presidente, que Chile, nuestra democracia, nuestra convivencia cívica, viven hoy uno de sus momentos más cruciales. Siento que estamos al borde de resolver muchos de los conflictos que nos han dividido y paralizado por décadas, pero que también estamos ante la posibilidad cierta de volver a equivocarnos y frustrar con ello grandes oportunidades para el reencuentro de los chilenos y su abrazo con la paz social.

En todo grupo humano que sufre alguna crisis profunda normalmente se rompe con un valor fundamental: la confianza. Sin duda que ella es lo más difícil de reparar; pero, al mismo tiempo, es lo primero que se necesita recomponer para comenzar a resolver y cicatrizar todas las demás heridas pendientes.

Señor Presidente, si creo que hoy estamos en un momento crucial, es, precisamente, porque percibo que en el último tiempo hemos dado pasos verdaderamente importantes para el restablecimiento de un clima de confianza entre los actores políticos.

La elección presidencial recién pasada, los gestos que se han producido desde el mismo día 16 de enero tanto de parte de la Oposición como del nuevo Gobierno, han permitido que en muchos de nosotros se abriguen esperanzas fundadas de una posibilidad concreta de avanzar hacia consensos que ya a estas alturas son indispensables y que parecen cada día más necesarios.

En este contexto, considero que la reforma constitucional que hoy día ratificamos constituye en verdad un gran avance. Ella abre una puerta razonable para ir generando un espacio con la dignidad que merecen los ex Presidentes de la República.

Así se entendió en su momento en ambas Cámaras y, por ello, se aprobó casi por unanimidad. Buscarle hoy otros alcances, otras interpretaciones a su texto, cuyo objetivo final sea votar exactamente al revés de la forma como se sancionó y fundó hace 60 días, sólo nos impide artificialmente dar un paso que es sano desde el punto de vista del interés general y que es de justicia desde la perspectiva de cada uno de los casos en que esta normativa se aplicará.

Permítame, señor Presidente, una última reflexión. El debate que se ha producido en los últimos días sobre este tema y desde hace algunos años, respecto de muchos otros, me recuerda una película muy notable exhibida recientemente en nuestro país. En ella los espectadores descubren en el último minuto que el personaje central de la historia que han visto durante una hora y media es un fantasma.

No quisiera que descubriéramos demasiado tarde que hemos perdido décadas, que pueden ser de progreso y de trabajo conjunto, por seguir mirando al pasado, por continuar luchando artificialmente y que, al final del día, los políticos seamos los únicos que no nos hemos dado cuenta de que para el resto del país nos convertimos en verdaderos fantasmas, ajenos por completo a la dimensión de sus problemas reales, para los que nos exigen a todos soluciones urgentes y eficaces.

Por todo esto, señor Presiente, estimo necesario aprobar esta reforma constitucional. Ella apunta en el sentido correcto, ella apunta a resolver y no a complicar las dificultades que aún persisten en nuestra convivencia. Estoy seguro de que ella ayudará a que sigamos recomponiendo nuestra mutua relación de confianza.

Por eso, todos los Parlamentarios de la UDI aprobamos la reforma.

El Senador señor DÍEZ.-

Señor Presidente, señores Parlamentarios, nos hemos reunido para modificar una vez más nuestra Carta Fundamental como lo hemos hecho con relativa frecuencia en los últimos años.

Las constituciones no sólo deben organizar políticamente a las naciones, explicitar y proteger los derechos de las personas y precisar el poder de la autoridad frente a ellas, sino que, además, han de ser el principal vínculo de unión de la sociedad política e interpretar el gran consenso nacional.

La Constitución de Chile debe unirnos; no dividirnos. Sus disposiciones deben ser símbolo de protección para la ciudadanía, de seguridad del sistema jurídico y de estabilidad general. Por el contrario, nuestra Carta Fundamental ha sido objeto de debates permanentes, lo que nos indica nuestro deber de afrontar, con profundidad, nuestras diferencias al respecto y encontrar juntos el consenso democrático que haga que ella sea la Ley Suprema de todos los chilenos.

En las pasadas elecciones presidenciales coincidimos en la necesidad de avanzar en el perfeccionamiento y profundización democrática de la Constitución. Es nuestra obligación hacerlo ahora, con la intención de cumplir íntegramente y con prontitud y eficiencia nuestras promesas a la ciudadanía.

La elección popular de la totalidad del Senado se presenta como un deber ineludible para todos los actores políticos, superando las desconfianzas pasadas que hicieran fracasar los propósitos de muchos de nosotros.

Chile merece que los actores políticos le demostremos que no tenemos miedo a la democracia, sino que es nuestro deseo perfeccionarla y profundizarla.

La participación de todos en la conducción de nuestra propia historia tiene como nivel mínimo la elección popular de todas las autoridades políticas.

Al mismo tiempo, tenemos una exigencia perentoria que nos imponen la edad moderna, la transparencia y la publicidad de los actos del Estado. Eso hace necesario que, en un país de presidencialismo acentuado como el nuestro, tengamos una fiscalización dotada de mayores facultades e instrumentos. El requerir la mayoría política para ello es un contrasentido, porque la fiscalización debe ejercerse, fundamentalmente, por las minorías no gobernantes.

Por otra parte, la publicidad de los actos del Estado y de la administración debe fortalecerse, para que no nos suceda nuevamente que empresas estatales o creadas por ley desconozcan la obligación de informar al Parlamento y que, cuando sean sancionadas por la Contraloría General de la República, en un acto increíble de rebeldía, entablen demandas civiles contra el órgano contralor, buscando por medios indirectos e ilegítimos menoscabar o desconocer la función del Congreso Nacional. Esto, agregado a mayores garantías que exige la prensa con la modificación de la Ley sobre Seguridad del Estado, hace que debamos favorecer de todas maneras en nuestra Constitución la transparencia y la publicidad. La luz es requisito de nuestra democracia, además de la elección popular.

Hagamos todo esto hoy. Renovación Nacional los invita a ello.

La reforma que nos ocupa debe ser juzgada a la luz de lo permanente. Y resulta conveniente en un sistema democrático que ella otorgue a quien ha desempeñado el más alto cargo por seis años o por el período que señale la Constitución, los medios adecuados y la dignidad cuando lo deja.

Hablemos las cosas con franqueza. Somos un país en el que, sin ninguna excepción en nuestra historia, los Primeros Mandatarios han sido honestos. Démosles la tranquilidad para que cuando dejan el mando, después de sacrificar sus años en bien del país abandonando todo, tengan la dignidad y los medios que les permitan continuar su vida personal.

Por eso, voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Hales para fundamentar el voto por tres minutos.

El Diputado señor HALES.-

Señor Presidente, me habría gustado que al votar esta reforma constitucional hubiésemos tenido la posibilidad de invocar y, quizás, recordar a don Juan Egaña y su Constitución moralista; o a las reinterpretaciones parlamentarias después del derrocamiento del Presidente Balmaceda; o a don Arturo Alessandri, o a las reformas de don Eduardo Frei Montalva de 1969 y su aplicación en 1971.

La tensión que me afecta en este instante se debe a que estamos realizando un cambio en la Carta Fundamental todavía en el camino de la despinochetización. Eso marca esta reforma.

Soy uno de los que quieren que Pinochet salga de la vida política; que se vaya del Congreso. Por eso, votaré favorablemente esta reforma. Ojalá Pinochet pese cada vez menos en la vida política. No me gusta, y me molesta, que mi vida personal en la política haya estado marcada siempre por un dictador. Pero ésos son los hechos que nosotros mismos no fuimos capaces de evitar.

Le hemos dicho a Chile y al mundo que deseamos que el ex dictador Pinochet deje la vida política. Hoy tiene un fuero; puede ser desaforado. Pero, además, tiene esta alfombra roja que adorna el Salón y tiene derecho a ocupar un sillón en el Congreso.

Ahora, al votar a favor de la reforma, se abre esa puerta y existe la posibilidad concreta, definitiva y real de que Pinochet no vuelva a tener jamás un escaño aquí, en el Salón de Honor del Congreso, ni en el Senado de la República de Chile. Por eso, voto a favor.

Ya habrá, señor Presidente, un nuevo tiempo en nuestra patria, en que las tensiones que se nos presenten se relacionen más bien con pensar en más democracia, en más justicia social y en la posibilidad de que el Congreso Pleno, cuando se reúna lo haga en relación con una reforma constitucional y sólo con el recuerdo, ya más despinochetizado, de tiempos dolorosos y difíciles que empapan, incluso, nuestras palabras y el clima en que se discute ahora. Basta verlo en la gente que hoy día, frente a las puertas del Parlamento, portando fotos de sus parientes, espera que les permitan su ingreso a él.

Ya vendrán tiempos en que solamente quede el recuerdo de lo doloroso. No olvidaremos nada de lo pasado, pero con serenidad, con apertura, con democracia y sin sectarismos seremos capaces de sentarnos aquí Parlamentarios de Izquierda, Derecha e independientes, para construir realmente reformas constitucionales cada vez más democráticas, como la que se comienza a producir al abrir esta puerta para la despinochetización.

Por lo tanto, voto que sí.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Advierto al público que está prohibido realizar manifestaciones.

Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El Senador señor HAMILTON.-

Señor Presidente, señoras y señores Parlamentarios:

En noviembre de 1997, presenté una moción para reformar el artículo 45 de la Constitución, a fin de reemplazar la exigencia de haber permanecido seis años en la Presidencia de la República para que un ex Jefe de Estado pudiera acceder al Senado, por el requisito de haber gobernado un período constitucional completo.

Al margen de la opinión que se tenga de la institución de los Senadores vitalicios -de la cual no soy ni nunca he sido partidario-, lo justo es que mientras ella exista y no se derogue, no se discrimine entre quienes hayan desempeñado el cargo de Presidente de la República por un período constitucional completo, cualquiera que éste haya sido.

Muchos Senadores, de distintas tendencias, estimaron de toda justicia ese planteamiento. No obstante, durante el largo período en que el proyecto fue considerado en la Comisión de Constitución, se comprobó que, en definitiva, no tenía viabilidad política.

Simultáneamente, se trabajó en la idea de reemplazar la institución de los Senadores vitalicios por la de "Senadores presidenciales". Es decir, una vez cumplido su período constitucional, el Presidente de la República saliente podría acceder al Senado sólo por un lapso determinado. Este sistema permitiría un solo Senador presidencial -el último que haya ejercido la Primera Magistratura-, quien podría aportar su experiencia a la Cámara Alta sin distorsionar la representación popular. Esta idea se consideró y se consultó, pero, en definitiva, tampoco prosperó.

Surgió también la posibilidad de suprimir la institución de los Senadores vitalicios de inmediato o a partir de 2006, cuando se inicie el próximo período presidencial y se renueve la mitad de los Senadores elegidos. Esta proposición, al final, tampoco logró el consenso necesario para impulsar la respectiva reforma.

Con todo y dentro de la discusión que he sintetizado, el único punto en que hubo permanente acuerdo fue en el de reconocer a los ex Presidentes un estatuto que les garantizara fuero y dieta, a partir del término de su mandato, sin integrar el Senado. Ambos beneficios se consideraron propios de la dignidad de quienes han desempeñado la Primera Magistratura de la Nación y que en justicia corresponde que les sean reconocidos.

Fue así como en agosto último, junto con el Senador señor Boeninger, propusimos formalmente la respectiva modificación del texto constitucional, la que había surgido de la Comisión, había sido compartida por todos sus miembros y aceptada en todas las consultas a las distintas bancadas, por lo que todos sus integrantes decidimos patrocinarla.

Se trata de un artículo único, que establece lo siguiente:

a) El Presidente que haya desempeñado el cargo por un período completo adquiere la dignidad de ex Presidente, consistente en el derecho a gozar de fuero y dieta, conforme a los artículos 58 y 59 de la Carta, respectivamente.

b) Ese beneficio no alcanza a quien llegue a ocupar el cargo por vacancia del mismo ni al ex Presidente que fuere declarado culpable en juicio político.

c) El beneficio de la dieta se suspende en caso de que el ex Presidente asuma una función remunerada con fondos públicos.

d) Quien desempeñe el cargo de Senador vitalicio puede renunciar a dicho cargo y mantener los beneficios que incluye el Estatuto de los ex Presidentes.

Parece más que razonable que quienes hayan desempeñado la más alta responsabilidad en el país gocen de una condición acorde con la dignidad de ese cargo, tal como ocurre en muchas democracias avanzadas cuando los respectivos Jefes de Estado dejan de desempeñar sus altas funciones.

La iniciativa fue aprobada en el Senado por unanimidad, en lo que dice relación con la idea matriz y en todos sus incisos, con excepción del inciso tercero, relativo a la posibilidad de renunciar al cargo de Senador vitalicio, que se aprobó por treinta votos contra tres.

Con posterioridad a la aprobación de la reforma por ambas ramas del Congreso se han formulado públicamente dudas que quiero aclarar o críticas que deseo desvirtuar.

En primer lugar, se ha cuestionado si la reforma produce efectos desde su promulgación o si sería necesario previamente modificar las normas del Código de Procedimiento Penal relativas al desafuero de Diputados y Senadores.

Dejamos constancia de que, sin duda alguna, la reforma rige en el acto:

a) Ella hace aplicable el artículo 58 de la Constitución, referente al fuero y desafuero de Diputados y Senadores y que, en forma sucinta, contempla el tribunal competente y el procedimiento por seguir.

Como esas reglas están desarrolladas en el Código de Procedimiento Penal para los Parlamentarios y la voluntad del constituyente es someter a los ex Presidentes a esas mismas normas respecto del fuero y dieta, resulta lógico y armónico que tales preceptos legales se apliquen a los ex Mandatarios.

b) Como lo sostiene el Tribunal Constitucional, las normas de la Carta deben interpretarse armónicamente, desechándose toda eventual colisión que pueda conducir a dejar sin aplicación alguna de ellas. Por tanto, no se puede sostener que no se aplicaría la norma constitucional propuesta por la supuesta falta de desarrollo de la misma en la legislación común. Más aún si, como se aprecia de la sola lectura de la reforma aprobada, ninguno de sus incisos se remite a la ley como necesaria para su aplicación.

c) El tribunal llamado a resolver un desafuero no podría negarse aduciendo que faltaría alguna norma legal, toda vez que el artículo 10 del Código Orgánico de Tribunales establece que, reclamada su intervención conforme a la ley -y la Constitución es la ley fundamental- en negocios de su competencia -también definidos en este caso por la Carta- el tribunal no podrá excusarse de ejercer su autoridad ni aun por falta de ley que resuelva la contienda sometida a su decisión.

d) Por último, afirmar que el desafuero no procedería respecto de los ex Presidentes mientras no se dictara una ley regulatoria del mismo importaría aceptar el absurdo de que algunas autoridades, como los Parlamentarios, tendrían fuero y podrían ser desaforadas, más los ex Presidentes gozarían de fuero pero no podrían ser desaforados. No se advierte la razón jurídica ni lógica que pudiera sustentar esa conclusión. Más aún, esa afirmación llevaría al absurdo de que los ex Presidentes podrían cometer cualquier delito y jamás podrían ser juzgados.

Por otra parte, se ha sostenido que la reforma importaría una suerte de ratificación de la institución de los Senadores vitalicios, en cuanto dispone que podrían renunciar a dicho cargo, manteniéndose el Estatuto de los ex Presidentes de la República. Nada más ajeno a nuestra voluntad y al texto y objetivo de la reforma. Lo cierto es que el inciso respectivo no obedece a otro propósito que el de insertar adecuadamente la nueva institución de los ex Presidentes de la República en el ordenamiento constitucional vigente, con absoluta independencia del mérito que éste merezca. Las normas vigentes no requieren ningún reconocimiento. Aceptar su existencia -como lo hemos hecho todos solemnemente al asumir nuestros cargos- no significa estar de acuerdo con ellas, ni tampoco renunciar a la modificación o derogación, de acuerdo con las reglas que la misma Constitución establece.

Finalmente, se ha sostenido -sin fundamento serio alguno- que, de ratificarse la reforma, se favorecería la situación procesal del Senador Pinochet. Quiero reiterar que el único derecho que la iniciativa le reconoce es el de renunciar al Senado y dejar de ser Senador de por vida. No advierto quién de los actuales detractores de la reforma se opondría a ello.

Lo que sí está claro y no merece dudas es que, en el hipotético caso de que el Senador señalado quisiera renunciar al cargo, mantendría el fuero de que actualmente goza, en los mismos términos hoy establecidos. A este último respecto el proyecto no contempla ningún cambio.

Opiniones tan ilustradas como las del constitucionalista Alejandro Silva Bascuñán, del penalista Alfredo Etcheberry, del jurista y ex Ministro Francisco Cumplido y de otras distinguidas personalidades de la comunidad jurídica, solicitadas a propósito de las dudas planteadas a raíz de la aprobación de la reforma, concluyen todas en el mismo sentido: en que la reforma se basta a sí misma y que las eventuales interpretaciones que distorsionan su texto y objetivo carecen de fundamento serio.

Atendidas las razones y antecedentes expuestos, vengo en ratificar la reforma y voto favorablemente.

El Diputado señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente, los Diputados democratacristianos, gracias al aporte de nuestros colegas Sergio Elgueta, Zarko Luksic, Aldo Cornejo e Ignacio Walker, hemos superado los reparos jurídicos que teníamos respecto de esta reforma constitucional, y, desde ese punto de vista, éste último fundamentará nuestra posición. Es así como la bancada de Diputados de nuestro partido la votará favorablemente.

Valoramos el que a través de ella se reconozca la condición del ex Presidente Patricio Aylwin y su inmenso aporte al proceso de democratización de nuestro país.

Entendemos que el escenario político ha cambiado con el regreso del Senador vitalicio Augusto Pinochet. Pero tenemos la convicción de que no es argumento suficiente para rechazar esta enmienda constitucional. Más aún cuando ella abre un claro espacio para que Pinochet se retire de la vida política, sentida aspiración de la inmensa mayoría de los chilenos.

Lamentamos la decisión de Parlamentarios de la Concertación, especialmente del Partido Socialista, de oponerse a la reforma. Por ello, es legítimo pensar que no fueron capaces de construir la ecuación de equilibrio entre la razón y la pasión. Esta actitud siembra dudas acerca de los vínculos necesarios para lograr el éxito del tercer Gobierno de la Concertación.

Valoramos el gesto de los Diputados del Partido por la Democracia en el sentido de dar su aprobación. Su actitud constituye una clara demostración de que han entendido que el desafío para los chilenos es el futuro.

Los Diputados de la Democracia Cristiana no permitiremos que, una vez más, se pretenda, implícita o explícitamente, hacernos aparecer como queriendo legitimar o proteger a Pinochet. No es justo que aquellos incapaces de conciliar la razón con la pasión se presenten ante el país como los verdaderos demócratas, como los únicos comprometidos en la lucha por los derechos humanos. Aquí no estamos votando la inmunidad para Pinochet. Como democratacristianos, hemos dado muestras más que suficientes acerca de nuestro compromiso democrático y de nuestra profunda y permanente preocupación por el respeto a los derechos humanos.

Voto favorablemente.

El Senador señor LARRAÍN.-

Señor Presidente, señoras y señores Parlamentarios, en esta mañana, cuando votamos esta reforma constitucional, hemos escuchado una serie de discursos y planteamientos sobre aspectos muy relevantes de nuestra historia política actual, e incluso, de algunas de las instituciones contenidas en la Carta.

Sin embargo, el proyecto que nos ocupa tiene un objeto claro y preciso, y a eso me quiero referir, en particular por mi personal vinculación con su texto. Y creo importante hacerlo, para que el sentido y alcance de la norma constitucional, una vez que entre en aplicación, sea precisamente el que quisimos darle todos los que participamos en su elaboración y posterior aprobación.

El Senador señor Hamilton recordó recién la discusión a propósito de la cual se originó esta iniciativa. Efectivamente, fue a raíz de una inquietud promovida por Su Señoría en una reforma constitucional que sugerí la idea de crear el Estatuto de los ex Presidentes de la República, como una manera de dar una solución definitiva a muchos problemas. Y junto a otras personas había participado sobre el tema en instancias diferentes, pero en ese minuto me pareció oportuno propiciarla.

Los miembros de la Comisión de Legislación, luego de los debates mencionados, hicieron suya la iniciativa y patrocinaron esta reforma constitucional, que ha tenido un enorme respaldo durante su tramitación en ambas Cámaras.

Los objetivos planteados en el proyecto nos llevaron a prestarle nuestra aprobación. En términos generales, la reforma propicia un reconocimiento a quienes hayan desempeñado la Primera Magistratura de la Nación. Y, precisamente -como se señaló- porque nuestra historia reconoce que ex Presidentes han destacado por su sobriedad y dignidad durante el ejercicio del cargo, se apunta a que, una vez expirado el mandato, quien lo haya desempeñado tenga derecho al fuero y al privilegio de la dieta, lo que permitirá dedicarse en lo sucesivo a lo que se estime más conveniente. Esa dignidad hace acreedor a un reconocimiento ciudadano de por vida.

Pero, aparte de estas consideraciones generales, también había otras de orden particular que se solucionaban con esta iniciativa.

La primera ya se mencionó: una reparación justa y merecida al ex Presidente Aylwin, quien, por lo demás, no la solicitó, pero que nosotros consideramos equitativa y conveniente, reconociendo su trayectoria pública y particularmente su desempeño en tales funciones.

Con respecto a los Senadores vitalicios, actuales y futuros, pensamos que uno de los problemas que se presentan podía ser superado, cual es la renuncia de tal responsabilidad. La Constitución Política impide concretarla al ex Presidente que ocupa aquel cargo.

Y había situaciones particulares. Por de pronto, la del Senador señor Pinochet, respecto de quien se consideró que, de tener la posibilidad, podría abrirse un espacio para su retiro (si así lo estimara él) que contribuyera a la paz en los ánimos, habida consideración de que una parte del espectro político quiere que no continúe actuando en política.

Era una alternativa que permitía hacer uso de ese derecho al Honorable señor Pinochet, al que también podrían acceder otros Senadores vitalicios, actuales o futuros, como el Honorable señor Frei, si deseara presentarse como candidato a Senador de la República. Hoy día la Constitución se lo prohíbe. Por ese motivo, una adecuada flexibilidad constitucional hacía pensar en la conveniencia de que pudiera tener el derecho a renunciar como Senador vitalicio y a postular a algún cargo parlamentario, como ha sido parte de la tradición republicana de nuestro país, donde muchos ex Presidentes han vuelto a la actividad política en esa forma.

Éstos eran los objetivos que animaron al proyecto de reforma constitucional, y por eso fue aprobado en ambas Cámaras. De ahí, entonces, que no tengo mucha claridad en cuanto a por qué han surgido con posterioridad consideraciones que habrían hecho variar la opinión de muchos señores Parlamentarios, quienes incluso hoy lo han hecho presente manifestando su rechazo.

La verdad es que no hay ni segundas intenciones ni alcances distintos de los aquí manifestados. Por ese mismo motivo, lo lógico y razonable, desde el punto de vista de la coherencia política, es mantener lo que se dijo en ambas Cámaras cuando se aprobó el proyecto.

Los problemas que han surgido se despejan con mucha facilidad.

Se dice que se estaría otorgando un fuero especial a los ex Presidentes. Y el texto expreso de la reforma señala que, precisamente, se les confieren las mismas disposiciones que en esta materia establece hoy la Constitución para los Parlamentarios. Mal podría inferir alguien que eso otorga derechos adicionales a los que éstos poseen en la actualidad.

En consecuencia, no puede pensarse que porque no hay una norma en el Código de Procedimiento Penal que aplique respecto de los ex Presidentes el fuero en la parte procesal estaríamos creando una situación especial de privilegio. Tanto es así, que, sobre la base de un texto elaborado por el Senador señor Viera-Gallo, hemos firmado un proyecto de ley que tiene como propósito (si ésa es la voluntad y para disipar toda duda) modificar las normas del mencionado Código para que las disposiciones de fuero parlamentario se apliquen también a los ex Presidentes, una vez que esta reforma sea promulgada en el Diario Oficial. A mi juicio, esto viene a ratificar la real voluntad de quienes hemos participado en esta materia.

Se ha dicho que las circunstancias han cambiado, puesto que actualmente un Senador vitalicio se encuentra en un proceso de desafuero, y que aprobar la reforma podría constituir una señal. Pregunto: ¿señal de qué? No cabe la menor duda de que ese desafuero, por la probidad e independencia de nuestros tribunales, será resuelto en su mérito. Y lo que obremos hoy en nada puede afectar lo que allí ocurra, ni para apoyarlo ni para reprobarlo. Son cuestiones absolutamente distintas, que no tienen, ni en su formulación ni en su elaboración, ningún alcance respecto del proceso judicial de desafuero que se lleva adelante.

En consecuencia, los cambios que tienen lugar en la vida política, que suceden siempre (y seguirán ocurriendo), dando nuevas dimensiones respecto de los alcances de las normas legales, no pueden significar un entrabamiento del sentido genuino de la enmienda, que no es otro que entregar a los ex Presidentes los mismos derechos de que gozan hoy los Parlamentarios.

También se planteó el tema de la institución de los Senadores vitalicios o de los designados, como si la aprobación de la reforma constitucional tuviera que ver con la validez de esa institución.

En el pasado hemos discutido esta materia, y probablemente lo seguiremos haciendo en el futuro. Pero lo que hoy día señalamos en nada dice relación con ese debate. Al aprobar el Estatuto de los ex Presidentes de la República, no estamos ni validando ni desdibujando aquella institución. Ella también puede ser objeto de debate; lo ha sido en el pasado, y lo será quizás en el futuro. Pero no estamos discutiendo su importancia, su validez o, al contrario, sus efectos negativos, sino, simplemente, haciendo algo que nos parece justo y correcto.

Finalmente, no puedo dejar de mencionar que otro de los argumentos dados es el de que, de aprobarse esta reforma, se estaría reconociendo la calidad de ex Presidente de la República al Senador señor Pinochet.

Creo que también hay allí un error. Porque, por definición constitucional, sólo se puede ser Senador vitalicio si se ha sido Presidente de la República.

Luego, no estamos agregando nada que ya no esté zanjado en los términos constitucionales. Por lo demás, así lo han validado el Tribunal Constitucional y la propia Contraloría General de la República. Nada nuevo hay tampoco en estas materias.

En consecuencia, lo que un grupo de Senadores inició con el propósito de generar un reconocimiento a la dignidad de los ex Presidentes de la República de Chile y de permitir a los Senadores vitalicios renunciar a su cargo y, al adscribirse al nuevo estatuto, gozar de los privilegios, fuero y dieta que tienen los Parlamentarios, sigue siendo el único objetivo válido que nos hace pensar en la conveniencia de aprobar esta reforma constitucional.

Toda otra interpretación, todo otro alcance, no guardan relación con el proyecto que nos ocupa. Quizás algunos quieren aprovechar esta reforma para enviar otros mensajes. Allá ellos; tienen derecho a hacerlo. Pero no me parece correcto que se tergiverse el sentido de esta enmienda a la Carta, la cual -estoy cierto- es justa y conveniente; permite el reconocimiento a un servidor público -no hacerlo, a mi juicio, representa un agravio-, y posibilita flexibilizar la institución de los Senadores vitalicios, cuestión que, de aprobarse en el sentido genuino que tiene, contribuiría en un momento dado a la pacificación de los ánimos o a franquear el ejercicio de derechos que de otra manera estarían vedados, por la imposibilidad de postularse.

Por todas estas consideraciones, señor Presidente y señores Parlamentarios, los Senadores independientes y de la UDI que integramos el respectivo Comité de la Cámara Alta, así como todos los Diputados de nuestra colectividad, aprobamos esta iniciativa.

He dicho.

El Senador señor LAVANDERO.-

Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Señor Senador, debo recordarle que los tiempos están distribuidos por los Comités y que hay un acuerdo unánime al respecto. Pido a Su Señoría que respetemos...

El Senador señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, conversé con mi Comité y me asiste el derecho a fundamentar el voto por cinco minutos. Ese es el acuerdo interno que tengo con él.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Indiscutiblemente, Su Señoría puede hacer fuerza sobre su derecho, pero también debe considerar que hay un acuerdo unánime de los Comités.

El Senador señor LAVANDERO.-

Así será, señor Presidente,...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Sin embargo, si insiste en hacer fuerza sobre su derecho, no puedo impedírselo.

El Senador señor LAVANDERO.-

...pero ése es el acuerdo a que llegué con mi Comité.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

De ese modo, seguramente disminuirá el tiempo del Diputado señor Ignacio Walker.

El Senador señor PIZARRO.-

¿En qué proporción, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Estamos llevando la contabilidad exacta, señor Senador. Por tanto, no habrá problemas.

Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.

El Senador señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, señores Senadores y señores Diputados, quiero mirar este proyecto desde otra perspectiva.

Desde la Revolución Francesa, los pueblos soberanos han ido rescatando privilegios a sus gobernantes. Este es el principio democrático que está en juego.

El fuero se ha establecido para entrabar y dificultar al Poder Judicial y a los Parlamentos la acusación de ciertas autoridades. En una democracia, y especialmente en una presidencialista, todos los ciudadanos son acusables por los actos de su desempeño cuando han sido elegidos por el pueblo.

En Chile, todos los Presidentes elegidos y votados por el pueblo son susceptibles, en consecuencia, de ser acusados constitucionalmente hasta seis meses después de extinguido su período como gobernantes. Ni don Patricio Aylwin ni don Eduardo Frei Ruiz-Tagle, elegidos democráticamente, han tenido temores de ser acusados judicialmente, a título personal o en nombre del pueblo.

El señor Pinochet, no elegido de manera democrática, es el único gobernante que nunca ha podido ser acusado libremente. Para el período posterior a su dictadura, se autoconfirió -y los ha utilizado- tres elementos constitucionales y legales a fin de tratar de impedir ser acusado: la Ley de Amnistía, la jurisdicción militar y el artículo 3º transitorio de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que impide fiscalizar a Pinochet y su Gobierno desde 1990 hacia atrás, durante sus 17 años de dictadura.

Ahora, el proyecto que hoy nos ocupa configurará un doble fuero, que, según ciertos juristas, dificultará las más de 70 acusaciones y querellas contra Pinochet que ha recibido el juez Guzmán, en quien han confiado los países europeos que han sufrido el asesinato de algunos de sus ciudadanos.

Cuando Pinochet ejerció el mando, fue acusado de apropiación indebida de terrenos en El Melocotón. El Ministro Chaigneau determinó que había mérito para procesarlo. La Corte de Apelaciones señaló que debía ser desaforado. Acudimos a la Junta Militar -que en ese entonces era el Congreso Nacional-, la cual manifestó que no tenía jurisdicción ni autoridad. Y, en consecuencia, debido solamente a esta circunstancia, la apropiación en comento quedó impune. Pasado el tiempo, ahora sería imposible juzgarlo por ese mismo hecho, pues, luego de 17 años, prescribió.

Pinochet quedó impune, durante el ejercicio del poder y después de él, por las tres razones que he señalado. Nunca ha podido ser acusado como cualquier Presidente chileno elegido democráticamente, por todos estos vericuetos legales y constitucionales que se han creado.

Estas son razones muy importantes para poder consolidar una democracia. Todos los ciudadanos, todos los gobernantes, son susceptibles de ser acusados, sin que haya fueros especiales que entraben o impidan la acusación que en nombre del pueblo se les pueda entablar.

Por eso, voto en contra.

El Diputado señor LEAL.-

Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Puede hacer uso de ella durante tres minutos, señor Diputado, según la distribución del tiempo que hizo su Comité.

El Diputado señor LEAL.-

Señor Presidente, estimadas y estimados colegas, considero completamente legítimo que sobre el tema de la reforma constitucional que establece la dignidad de ex Presidente de la República, confiriendo fuero y dieta, haya opiniones distintas entre los Parlamentarios del Partido Por la Democracia, de la Concertación, y entre los Senadores y Diputados en general. Y respeto profundamente la opinión de quienes han decidido votarla a favor.

Lamento y rechazo la discriminación de que ha sido objeto el ex Presidente Patricio Aylwin y me manifiesto de acuerdo con legislar para que los ex Presidentes democráticos tengan una consideración especial en el momento de abandonar sus funciones.

Voto en contra de esta reforma constitucional porque creo que retrasa y confunde el objetivo central de la Concertación y de sus Gobiernos de terminar con los Senadores designados y vitalicios, como con los demás enclaves autoritarios, para garantizar un Senado completamente elegido y un Estado de Derecho y democrático pleno, que aún no tenemos en el país.

Esta reforma es además inútil, porque, desde el regreso del ex General Pinochet al país, no se ha conocido ningún gesto suyo que indique la voluntad de renunciar a su calidad de Senador vitalicio.

Si queremos que Pinochet deje de ser un factor de la política chilena; si queremos que Pinochet salga de nuestras vidas y que el siglo XXI se construya sin él, terminemos entonces con los residuos autoritarios que le impuso al país y no recurramos a subterfugios legales, como el que estamos debatiendo esta mañana.

No se elimina a Pinochet de la vida política de Chile si se legisla a su medida para mantener privilegios ajenos a la democracia. No debe flexibilizarse la institución de los Senadores designados y vitalicios: hay que eliminarla.

Esta reforma es también inoportuna, dado que se vota en el momento en que la Corte de Apelaciones de Santiago ha acogido a tramitación la solicitud de desafuero en contra del ex General Pinochet para encausarlo por la querella relacionada con la Caravana de la Muerte. La aprobación del proyecto que nos ocupa puede enviar una señal negativa a los tribunales de justicia y al país sobre un tema donde corresponde que la magistratura asuma su responsabilidad con independencia y autonomía y garantice que el ex General Pinochet no está por sobre la ley y por sobre los demás ciudadanos.

Habiéndose asumido con el mundo el compromiso de que Pinochet sería juzgado en Chile, aparece como un contrasentido difícil de explicar a la comunidad internacional el que se apruebe una reforma constitucional que establece el fuero de ex Presidente de la República, que sólo podría ser usado por el ex General Pinochet, ya que ni el ex Presidente Aylwin ni el ex Presidente Frei requieren fuero alguno para continuar desempeñándose en la vida pública y privada de nuestro país.

En Chile, nunca un Presidente democrático, de Izquierda, de Centro o de Derecha, ha necesitado fuero, porque jamás ha habido motivos para poner su gestión en tela de juicio ante los tribunales y porque siempre se ha considerado que cuando los Presidentes de la República dejan de serlo vuelven a ser ciudadanos comunes y corrientes.

Eso es lo democrático, eso es lo transparente. Y es bueno preservar en la historia de Chile el principio de que el Presidente de la República no tiene sino el fuero de su propia dignidad, de su probidad y de la moralidad de sus actos.

Me parece de extrema dignidad (y con esto concluyo) el gesto del ex Presidente Eduardo Frei al anunciar que asumía la calidad de Senador vitalicio para utilizar su voto a favor de las reformas institucionales y del propio fin de los Senadores designados y vitalicios, cuestión que también fue claramente establecida en su momento por los Senadores señores Silva Cimma, Parra y Boeninger.

Por todo ello, junto a varios Parlamentarios de mi bancada, voto en contra de esta reforma constitucional, que considero inoportuna, innecesaria, ahistórica y que no sirve para reforzar las instituciones democráticas de Chile.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Advierto al Comité Partido Por la Democracia que ha ocupado cuatro minutos de su tiempo. Por lo tanto, los dos oradores que restan dispondrán en conjunto de sólo cinco minutos.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente, me referiré de manera muy breve -por los minutos que se nos han entregado- a la reforma constitucional en debate, analizándola desde el punto de vista de lo que es en sí, es decir, centrándola hacia dónde va dirigida: hacia las instituciones. No haré mi examen en términos de personas, como una forma de no rebajar el nivel de la discusión de tanta trascendencia que realiza este Congreso Pleno.

En primer lugar, debo señalar que el Partido Por la Democracia resolvió, dentro de sus responsabilidades políticas, dar libertad de acción a sus Parlamentarios para aprobar o rechazar la reforma que nos preocupa. La diferencia de opiniones en esta materia es absolutamente legítima y no comporta ninguna discrepancia en nuestra colectividad respecto de valores democráticos, ni mucho menos en cuanto al rol permanente y trascendente de la justicia.

Los dos Senadores del Partido Por la Democracia rechazamos en la Sala de la Cámara Alta, cuando se trató esta materia, toda alusión que significara el acomodamiento o la permanencia de una institución que absoluta y categóricamente, en nuestro concepto, no debe existir.

Ese es el tema que deberíamos estar discutiendo: la vigencia o no de Senadores vitalicios o de Senadores institucionales. Y tres fuimos los integrantes de la Cámara Alta que en la Sala de ésta así nos expresamos. Por eso, hoy tenemos el derecho a refrendar la decisión que tomamos en aquella oportunidad.

Una de las ideas de esta reforma es posibilitar la renuncia de los Senadores vitalicios.

Señores Parlamentarios, somos contrarios a tal renunciabilidad. ¿Por qué? Porque al aceptarla estaremos dando legitimidad precisamente a una figura legislativa con la cual no estamos de acuerdo.

Esa posición nuestra fue de ayer, es de hoy y será de siempre. Estamos en contra de la existencia de los Senadores vitalicios e institucionales -sean de Izquierda, de Centro o de Derecha-, porque así entendemos la democracia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Ha terminado su tiempo, señor Senador.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

Pido la generosidad de Su Señoría para que se me dé un minuto más.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Se descontará del tiempo de su Comité, señor Senador.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente, estamos comprobando en esta discusión que la idea de la renunciabilidad es ineficaz, pues en el caso de uno de los beneficiados con la reforma que nos ocupa observamos que ello no va a ocurrir.

Por último, estimo que lo relativo al fuero es de las cosas que en el último tiempo nos deberían provocar cierto rubor. ¡Chile es el único país en el hemisferio -sí, señores Parlamentarios- que está entregando este tipo de inmunidad a ex Presidentes!

¡De nuevo seremos una nación muy extraña y con una curiosa forma de entender la democracia en los últimos diez años...!

¡Esa es la verdad!

No creemos en el fuero, señores Parlamentarios. El mejor fuero de un ex Presidente de la República, de un demócrata, es el que tiene Patricio Aylwin, quien puede caminar por este país y por el resto del mundo sin que nadie lo proteja: ahí está la respetabilidad de la ética de lo que hizo en su Gobierno. Eduardo Frei Ruiz-Tagle tampoco necesita fuero.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Concluyó su tiempo, señor Senador.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

La tradición cívica de este país nunca entregó fuero a ningún ex Presidente de la República.

Por eso, los Senadores del Partido Por la Democracia votamos "no" a esta reforma constitucional.

El Senador señor OMINAMI.-

Señor Presidente, por las razones que dio el Diputado señor Bustos y otras que se puedan agregar, voto en contra.

El Diputado señor ORTIZ.-

Voto a favor.

Lo contrario sería una enorme injusticia para el gran ex Primer Mandatario señor Patricio Aylwin.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

El Diputado señor Pérez dispone de un minuto para fundamentar su voto.

El Diputado señor PÉREZ (don Aníbal).-

Trataré de entregar en ese tiempo los fundamentos de mi decisión.

Señor Presidente, Honorable Congreso, desde ya anuncio mi voto a favor de esta reforma constitucional. Lo hago por lo siguiente:

En primer lugar, para terminar con la discriminación inaceptable que afecta a un ex Presidente de la República a quien el país le debe mucho en la vuelta a la democracia. Me refiero al ex Mandatario señor Patricio Aylwin Azócar.

En segundo término, porque en caso de aprobarse, desde el punto de vista legal no existe ni la más mínima posibilidad de que el General Pinochet no pueda ser desaforado. Esta enmienda no entrega un doble fuero, ni refuerza alguno existente. Tampoco constituye una mala señal para el Poder Judicial, como se ha dicho. Sostener eso es pensar muy mal de la justicia y del Ministro señor Juan Guzmán que lleva los procesos en contra del General Pinochet. La justicia es independiente de los demás Poderes del Estado.

En tercer lugar, porque -como se ha expresado aquí- hace posible que el General Pinochet renuncie al cargo de Senador vitalicio. No lo queremos en el Senado de la República. La reforma abre la puerta para que él deje la política, deje el Congreso.

Por eso, voto que sí.

El Senador señor VALDÉS.-

Deseo fundar mi posición.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

El Comité Demócrata Cristiano me informa que Su Señoría puede ocupar dos o tres minutos.

El Senador señor VALDÉS.-

Señor Presidente, señoras y señores Parlamentarios, creo mi deber expresar algunas razones que fundamentan mi voto.

Desde el día en que se promulgó la Constitución Política que nos rige rechacé numerosas de sus disposiciones, por considerarlas reñidas con la definición universalmente aceptada de democracia.

La Carta Fundamental de una nación es el marco que fija las normas de convivencia de los ciudadanos, establece sus derechos y obligaciones, y fija y regula también las autoridades que ordenan la sociedad.

Por esencia, la legitimidad de una Constitución descansa en el consenso de los ciudadanos. El respeto que merece no se sustenta ni se obtiene por la fuerza, sino mediante la participación, el consenso, la justicia que ella implica y la libertad que otorga. Por ello es tan legítima la Constitución de los Estados de América, que comienza diciendo: "Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos".

La reforma de la Carta Política que nos rige fue muy parcial antes de la restauración democrática. Y aquí hemos aprobado otras enmiendas, todas relativamente menores, que no han tocado instituciones básicas como la constitución del Senado o la del Consejo de Seguridad Nacional.

Me veo en la obligación de manifestar que no considero digno para Chile mantener disposiciones fundamentales que impiden la legítima representación política de los ciudadanos. Creo que se toca un punto de ética social muy profundo. Por eso hemos considerado y seguimos considerando que debe imperar la regla de oro de la democracia: la de la mayoría elegida, no designada, ni menos vitalicia. Espero que no caigamos en mayorías hereditarias.

Ha llegado la hora de lograr un gran acuerdo político, que despeje de una vez por todas las herencias construidas sobre el temor y sobre las heridas que están tan vivas y son tan respetables.

Ese acuerdo político se puede alcanzar en muchas partes, pero estoy convencido de que debe ser de carácter político y de cara al pueblo, a los ciudadanos. Me interesa usar y recalcar el término "ciudadanos" más que la expresión "la gente", que se ha puesto de moda.

Estimo que ese acuerdo político es fundamental porque, en definitiva, la democracia se defiende con más democracia, como lo estableció el fundador de la democracia en América, Abraham Lincoln. En ese camino, y para corregir situaciones de injusticia evidente, se propuso y se votó la reforma que nos ocupa. Aunque la consideré insuficiente, me pronuncié a su favor en el Senado por estimarla justa y útil.

Las razones que tuve hace algunos meses para proceder así no han desaparecido por la situación o circunstancias en que se encuentra una de las personas que toca esta modificación. Hay que ser coherentes. Voté a favor como lo hicimos casi todos, y hoy día no veo razón alguna que me mueva a cambiar mi posición. Que algunas personas estén en un lugar o en otro no altera mi criterio. Además, creo que las Constituciones deben dictarse para que sean permanentes, con valores y principios, y no para determinadas personas, sean éstas una, dos o tres. Sin embargo, es evidente que en este caso se ha tratado de corregir injusticias y de dar facilidades con miras a crear mayor transparencia en nuestras instituciones.

Por otra parte, a los que han sido Presidentes se les otorgan aquí los mismos beneficios que han tenido. Como abogado, he estudiado personalmente esta situación; me he asesorado también por algunas personas que me merecen gran respeto desde el punto de vista académico. No tengo la menor duda de que, cuando se habla de fuero, no se está modificando el que tienen los Parlamentarios, y creo que puede considerarse que esta modificación no va a constituirse en un tropiezo para la justicia.

De este modo, mantengo hoy las mismas razones que en el Senado me movieron a votar favorablemente esta reforma constitucional.

Voto que sí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Debo hacer una aclaración que se me ha pedido por un señor miembro del Congreso Pleno. El tiempo de que dispone la Democracia Cristiana es de 34 minutos, de los cuales quedan todavía 12. Por lo tanto el Honorable señor Valdés no ha ocupado tiempo en exceso; sólo ha disminuido el que restaba a su bancada.

El Diputado señor WALKER (don Ignacio).-

Señor Presidente, señoras y señores Senadores y Diputados:

El 15 de septiembre de 1999, hace sólo seis meses, en su sesión 33ª extraordinaria, la unanimidad del Senado votó a favor, en general, el proyecto de reforma constitucional que hoy se somete a la consideración del Congreso Pleno. Es más. La unanimidad de las Senadoras y Senadores se manifestó también a favor de los incisos primero y segundo del artículo único de la iniciativa, que establecen lo medular de ésta: primero, la dignidad oficial de ex Presidente de la República para quienes hubieren desempeñado tal cargo por un período completo; y segundo, los beneficios de fuero y dieta contemplados en los artículos 58 y 59 de la Constitución. No hubo ni un solo voto en contra.

Incluso los Senadores señores Muñoz Barra, del Partido Por la Democracia, y Ricardo Núñez, que objetaron el inciso tercero del proyecto, referido a la renunciabilidad de la condición de Senador vitalicio, se manifestaron explícitamente a favor de esta institución y de los beneficios que conlleva. Es así como el Senador Muñoz Barra declaró que "nadie está en contra de reconocer a los ex Presidentes de la República el status que se plantea", y que "Soy partidario de que los ex Presidentes de la República conserven un fuero y, además, tengan iguales ingresos económicos que un Parlamentario". El Senador señor Núñez afirmó que "Media un error institucional, un error histórico en que los ex Presidentes de la República carezcan de fuero y de dieta. Considero que es algo fuera de discusión.".

Pues bien, hace exactamente dos meses, el 25 de enero pasado, la unanimidad de los Diputados de la Concertación, incluyendo los 7 del Partido Socialista, los 12 del Partido Por la Democracia y los 29 del Partido Demócrata Cristiano -insisto, en votación unánime, sin una sola excepción- votó a favor de este proyecto, tanto en general como en particular. Sólo se registraron 8 abstenciones de Diputados de Renovación Nacional.

En síntesis, puede decirse que en la tramitación de esta reforma constitucional la unanimidad del Senado y de los Diputados de la Concertación dio aprobación formal y solemne al establecimiento de la institución de ex Presidente de la República y a los beneficios de fuero y dieta para quienes se encontraren en esa situación. Sólo hubo tres votos en contra de Senadores de la Concertación -decisión perfectamente respetable, por cierto- en lo que se refiere a la renunciabilidad de la condición de Senador vitalicio, pues, según ellos, dicha disposición contribuiría, al menos tácitamente, a otorgar un reconocimiento a la institución de Senadores designados, opinión compartida por el Diputado de Renovación Nacional señor Gustavo Alessandri.

Lo cierto es que, tanto en su letra como en su espíritu, el proyecto que aprobamos y que esperamos ratificar en esta sesión solemne del Congreso Pleno es exactamente al revés. El inciso tercero del artículo único señala expresamente: "Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.". La expresión "mantendrá" viene a confirmar que no se crea nada que actualmente no exista.

El espíritu de esta disposición fue muy bien expresado por el Senador señor Viera-Gallo, quien, relacionándola con el origen de esta moción, expresó: "cuando presentamos este proyecto estamos haciendo algo muy simple: reparar una injusticia histórica para con el ex Presidente Aylwin. Y cuando establecemos un estatuto permanente para los ex Presidentes de la República estamos señalando el deseo de que no sean Senadores vitalicios". De igual forma, el Senador de la Unión Demócrata Independiente señor Hernán Larraín -lo ha ratificado hoy día-, haciendo uso de una interrupción concedida por el Honorable señor Núñez en el debate del Senado, dice a ese Senador "y a quienes han abrigado la inquietud de que el texto implica un reconocimiento de la institución de los Senadores vitalicios que ello se encuentra lejos de los autores o del informe de la Comisión. Más bien" -concluye- "el espíritu era el contrario. En el análisis del tema se registró el ánimo, como lo recordará el Senador señor Boeninger, de una supresión.".

Señor Presidente, ¿por qué me he remitido a los hechos y a la forma en que fue aprobado este proyecto, tanto por el Senado, hace seis meses, como por la Cámara de Diputados, hace dos meses, por la unanimidad de aquél y la de los Diputados de la Concertación en esta última?

Porque en la votación a la que ha sido convocado el Congreso Pleno en conformidad al artículo 117 de la Constitución, uno tiene derecho a pedir y a exigir coherencia en relación a nuestras propias actuaciones recientes. No se entendería con facilidad que quienes ayer votábamos de determinada manera, hoy lo hiciéramos en el sentido exactamente inverso.

Las razones que tuvieron en vista los autores de esta moción, representativos de un amplio espectro partidario de Gobierno y de Oposición, y sobre todo las que tuvo presente la unanimidad de los Senadores y Diputados de la Concertación, sin un solo voto en contra en lo que se refiere a lo medular del proyecto, siguen plenamente vigentes.

Deseo señalar que ni las razones jurídicas ni las políticas que se invocan para proceder en sentido contrario, borrando con el codo lo que ayer escribíamos con la mano, se sostienen de manera alguna.

En efecto, se afirma que, desde un punto de vista jurídico, habría un vacío legal a partir de la inexistencia de una norma en el Código de Procedimiento Penal referida a los ex Presidentes, lo cual podría derivar en que el fuero contemplado para éstos, en el caso específico de que Augusto Pinochet pudiera renunciar a su calidad de Senador vitalicio, bien pudiera acercarnos a una virtual situación de impunidad para él.

La verdad es que no hay tal. El proyecto que analizamos se remite expresamente a las normas constitucionales sobre fuero y dieta establecidas para Diputados y Senadores, por lo que, en virtud del principio de supremacía constitucional, aquéllas prevalecen sobre cualquier otra de rango legal.

Por otro lado, si bien no cabe una interpretación extensiva o por analogía, por tratarse de normas de derecho público, en este caso existiría lo que los tratadistas denominan un "implícito constitucional", que significa que, en la situación concreta que analizamos, serían aplicables las normas sobre fuero contempladas en el Código de Procedimiento Penal para Senadores y Diputados.

Adicionalmente, un principio de interpretación comúnmente aceptado relativo a las normas jurídicas es el de que debe tratarse de una interpretación útil; es decir, las normas han de ser interpretadas en un sentido en que surtan efectos, y no en uno en que no los produzcan. Un corolario de lo anterior es que la interpretación de una norma jamás puede conducir al absurdo, y es de la naturaleza misma del procedimiento sobre fuero que la autoridad en favor de la cual se halla establecido puede ser desaforada.

Señor Presidente, confundir fuero con impunidad es, simplemente, ignorancia jurídica inexcusable.

En virtud de lo anterior, consideramos improcedente e inconveniente un veto constitucional en relación con este proyecto, e incluso innecesaria una norma aclaratoria, salvo, por cierto, que ella pudiera despejar las dudas.

Las consideraciones de tipo político que se esgrimen son aún más débiles que las anteriores. Por de pronto, no se advierte por qué estas razones no fueron expuestas hace seis meses, cuando la iniciativa se aprobó por unanimidad en el Senado, o hace dos meses, cuando fue aprobada en la Cámara Baja por la unanimidad de los Diputados de la Concertación.

Ya en ambas oportunidades anteriores había decenas de querellas criminales en contra del General Pinochet y existía, para los que deseamos verdad y justicia, al igual que ahora, un ministro de fuero conociendo de las mismas. La situación procesal de Pinochet no ha variado en estos dos meses en lo que se refiere a los tribunales chilenos.

Adicionalmente, el proyecto que analizamos no agrega a Pinochet nada que no tenga ahora: ex Presidente de la República, sin lo cual no habría podido asumir como Senador vitalicio; fuero, y dieta.

Lo anterior, sin perjuicio de reiterar, por enésima vez, que desde el punto de vista de los Partidos de la Concertación y de la Democracia Cristiana, aspiramos, como una cuestión de principios democráticos, a eliminar la institución de los Senadores vitalicios, así como la de los Senadores institucionales.

Termino, señor Presidente, diciendo que para los democratacristianos no es ni puede resultar indiferente la situación que afecta al ex Primer Mandatario don Patricio Aylwin. Él ya es objeto de una discriminación en la actual Constitución en lo que se refiere al estatuto de los ex Presidentes de la República. Creemos que Chile está en deuda con el Presidente Aylwin, y que la forma de saldar esa deuda es otorgándole la calidad y la dignidad de ex Presidente de la República, con los beneficios de dieta y fuero.

Por eso, votamos a favor del proyecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

En los dos minutos que restan al Comité Demócrata Cristiano voy a hacer algunas breves reflexiones.

En primer lugar, aclaro que voto con la convicción jurídica de que la reforma que estamos aprobando en relación con el tema del posible fuero no otorga ningún privilegio ni doble fuero a nadie, y tampoco al Senador vitalicio don Augusto Pinochet. Voto con esa tranquilidad y con esa conciencia.

En segundo término, y en el mismo sentido, pienso que el hecho de que exista una discrepancia política en esta materia no constituye una señal, en un sentido u otro, al Poder Judicial, por muy respetables que sean las posiciones. Para determinar la procedencia o improcedencia de un desafuero, los tribunales deben actuar de acuerdo con fundamentos jurídicos, y no guiándose por lo que se haya dicho o expresado en este Congreso o por las diferentes posiciones políticas sustentadas sobre el particular.

En tercer lugar, voto a favor con la convicción de que el Parlamento, al aprobar el estatuto de los ex Primeros Mandatarios, termina con una grave discriminación que afecta a un Presidente de la República de Chile que cumplió una tarea trascendental en la recuperación de la democracia de este país.

Por lo tanto, voto absolutamente convencido de la necesidad de la reforma.

Por último, me alegro y ojalá tomemos nota de la voluntad expresada durante el debate por personeros políticos de diferentes Partidos, especialmente de Oposición, en orden a buscar un acuerdo constitucional. Convoco a este Parlamento a que sumemos nuestros esfuerzos con miras a lograr un acuerdo que nos permita contar con una Carta Fundamental como la que requiere el país, que evite discusiones innecesarias y que una -y no divida- a los chilenos.

Por todas estas razones, voto a favor de la reforma.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-

¿Algún señor Parlamentario no ha emitido su voto?

El Diputado señor GIRARDI.-

¡Para evitar futuros tiranos que quiten la vida, voto en contra!

El Diputado señor NAVARRO.-

Voto en contra, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba la reforma (111 votos por la afirmativa, 29 por la negativa y 3 abstenciones).

Votaron por la afirmativa los Senadores señores Aburto, Boeninger, Bombal, Canessa, Cantero, Cariola, Cordero, Chadwick, Díez, Fernández, Foxley, Hamilton, Horvath, Lagos, Larraín, Martínez, Matta, Matthei, Moreno, Novoa, Páez, Pizarro, Ríos, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Urenda, Valdés, Vega y Zaldívar (don Andrés), y los Diputados señores Acuña, Alessandri, Álvarez, Arratia, Ávila, Bartolucci, Bertolino, Caminondo, Cardemil, Coloma, Cornejo (don Aldo), Cornejo (don Patricio), Correa, Delmastro, Díaz, Dittborn, Elgueta, Espina, Fossa, Galilea, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, González, Gutiérrez, Guzmán, Hales, Hernández, Huenchumilla, Ibáñez, Jarpa, Jeame, Jiménez, Jocelyn-Holt, Krauss, Kuschel, Leay, León, Longueira, Luksic, Martínez (don Rosauro), Martínez (don Gutenberg), Masferrer, Melero, Mesías, Molina, Monge, Mora, Moreira, Mulet, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Pareto, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Víctor), Prochelle, Prokurica, Recondo, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Saa, Salas, Seguel, Ulloa, Urrutia, Van Rysselberghe, Vargas, Vega, Velasco, Vilches, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).

Votaron por la negativa los Senadores señores Bitar, Gazmuri, Lavandero, Muñoz Barra, Núñez, Ominami y Ruiz (don José), y los Diputados señores Aguiló, Allende, Ascencio, Bustos, Ceroni, Encina, Girardi, Jaramillo, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Montes, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Naranjo, Navarro, Pérez (don José), Pollarolo, Sánchez, Soria, Soto, Tuma y Valenzuela.

Se abstuvieron de votar el Senador señor Viera-Gallo y los Diputados señores Errázuriz y Lorenzini.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Habiéndose cumplido el objetivo de este Congreso Pleno, se levanta la sesión.

3.2. Discusión en Sala

Fecha 25 de marzo, 2000. Diario de Sesión Ratificación Reforma Constitucional.

CREACIÓN DE ESTATUTO DE EX PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 30 de la Carta Fundamental con el fin de establecer el Estatuto de los ex Presidentes de la República.

--Los antecedentes sobre el proyecto (2397-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional: (moción de los señores Aburto, Díez, Hamilton, Larraín y Viera-Gallo)

En primer trámite, sesión 28ª, en 7 de septiembre de 1999.

Informe de Comisión:

Constitución, sesión 30ª, en 8 de septiembre de 1999.

Discusión:

Sesión 33ª, en 15 de septiembre de 1999 (se aprueba en general y particular).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

En atención a que debe votarse sin debate y a que los señores Parlamentarios tienen derecho a fundamentar su postura, para los efectos de desarrollar la votación en la forma más ordenada posible hemos conversado con el señor Presidente de la Cámara de Diputados y con los representantes de los diversos Comités -por lo tanto, hay acuerdo al respecto- y hemos resuelto ceñirnos al procedimiento que paso a indicar.

Tiempo total de votación: dos horas, o sea 120 minutos, distribuidos proporcionalmente entre los Comités de Senadores y Diputados como sigue: Comité Demócrata Cristiano, 34 minutos; Comité UDI, 20 minutos; Renovación Nacional, 19 minutos; Comité PPD, 12 minutos; Comité Socialista, 10 minutos; Comité Institucionales 1, 5 minutos; Comité Institucionales 2, 5 minutos; Comité Independientes, 5 minutos, Comité Radical, 5 minutos, y Comité Unión Centro-Centro, 5 minutos.

He solicitado a los señores Senadores y Diputados distribuirse el tiempo de su respectivo Comité y me han hecho llegar una lista de quienes intervendrán.

Advierto a los oradores inscritos que deberán cumplir con los tiempos que se han autofijado, porque como la votación se tomará por orden alfabético, si alguien excede el lapso que le corresponde dentro de su Comité dicho exceso se le restará al Senador o Diputado del mismo Comité que continúa en la lista.

Antes de iniciar la votación, el señor Secretario leerá el texto de la reforma.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-

"Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

"El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

"En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

"Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.

"No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

"El Ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.".".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

En votación.

Los señores Senadores y Diputados que lo deseen pueden acercarse desde ya a la Mesa para dar a conocer su pronunciamiento.

--(Durante la votación).

El Diputado señor AGUILÓ.-

Señor Presidente, el Diputado señor Juan Bustos fundamentará el voto en nombre de los Diputados y Senadores socialistas.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Así me han informado.

El Diputado señor ALESSANDRI.-

Señor Presidente, Honorable Congreso, nadie podrá decir, después de aprobar la reforma constitucional que hoy nos ocupa, que ésta es "algo que no tiene nombre". No, señor Presidente. La normativa que ahora tratamos, en su aspecto inmediato, tiene nombre y apellido, lo que la torna en una modificación de conveniencia y coyuntura.

Beneficia, en primer término, a don Patricio Aylwin y, posiblemente, a don Eduardo Frei Ruiz-Tagle, si éste último decide más tarde, por sí y ante sí, renunciar a su calidad de Senador vitalicio. Al Senador señor Pinochet, en cambio, el despacho de esta nueva norma constitucional le resulta indiferente. Nadie lo podrá privar, ni hoy ni mañana, de su calidad de Senador. Ya en Inglaterra lo ultrajaron hasta la saciedad como persona. Igual sucede con nuestro país, cuya soberanía fue vergonzosamente avasallada.

Digo que esta enmienda constitucional beneficia al señor Eduardo Frei Ruiz-Tagle porque, manteniendo a los Senadores vitalicios, se le permitió no sólo asumir el cargo, sino también que el día de mañana vuelva a postularse a la Presidencia de la República simplemente ejerciendo el sencillo expediente de la renuncia personal.

Señor Presidente, durante largos años hemos oído de la Democracia Cristiana y de sus principales personeros la más fuerte y sostenida campaña de oposición a la idea de los Senadores vitalicios como institución constitucional. Y ahora, cuando parecería que con ese discurso público se hubiese convencido a la mayor parte del país, incluidos muchos de nosotros, acerca de la necesidad de eliminarlos, los antiguos detractores exhiben el deseo de blanquear esta institución, añadiéndole el expediente de su renuncia meramente potestativa.

Señor Presidente, Honorable Congreso, lo que habría correspondido hacer en esta ocasión, en homenaje a la consecuencia y a la honradez política, era terminar derechamente con la institución de los Senadores vitalicios y no adorar hoy, disimulada y torpemente, lo que la mayoría dominante execró tan sólo ayer. Estoy consciente de que esta posición de eliminar a los Senadores vitalicios no fue siempre la mía en el pasado. Tengo vivo el recuerdo de los alegatos que a favor de esta idea hizo en otra época don Jorge Alessandri Rodríguez. Pero, con el correr del tiempo y observando la experiencia vivida, he alcanzado la íntima convicción de que, al iniciarse este nuevo siglo, en una sociedad ávida de mayores expresiones de democracia, si algún ex Presidente de la República desea ingresar al Senado, debe hacerlo por medio de elecciones democráticas, como innumerables de ellos lo hicieron en el pasado, incluido don Eduardo Frei Montalva, y no por esta vía que, sometida a tan largas y ácidas críticas, ha llegado a constituir, no un honor o una distinción como fue inicialmente concebida, sino una pesada herencia obligatoria que se hace cargar sobre la Primera Magistratura de la Nación. Es decir, la insidia, el repudio, la propaganda partidista de tantos años, convirtió en la conciencia pública la institución de Senador vitalicio, en vez de un honrado destino, como se pensaba originalmente por los autores de la reforma que la creó, en un malquerido y repudiado legado que nadie querría ni querrá aceptar sin avergonzarse.

Hace algún tiempo escuchábamos de distinguidos líderes de la Democracia Cristiana que los Senadores vitalicios ingresaban por "la ventana" al Senado de la República. Hoy nos preguntamos si consideran que don Eduardo Frei Ruiz-Tagle ha ingresado también por esa vía.

En resumen, fui partidario de haber terminado ahora con la institución de los Senadores vitalicios y, ciertamente, de conceder a los ex Presidentes de la República la pensión de gracia propuesta en el proyecto en votación. Esta última, en nuestro criterio, debería haber alcanzado incluso a todos aquellos ciudadanos que fueron elegidos democráticamente Presidentes de la República y que por alguna razón no terminaron su período, con el agregado de que esta pensión tendría que alcanzar también a la viuda e hijos menores o incapacitados, si los hubiere.

De otra parte, estamos por hacer posible que el Gobierno que recién se inicia tenga éxito al servicio de los auténticos intereses nacionales permanentes, que son los únicos que de verdad interesan a la ciudadanía, entre los cuales, por cierto, no se encuentran ni se han encontrado nunca las iniciativas pirotécnicas de acomodo político circunstancial.

Por éstas y otras razones, y porque no deseo dejar congelado de por vida al último Senador vitalicio que conocerá nuestra República, voto que sí.

El Senador señor BOENINGER.-

Señor Presidente, votaré favorablemente la ratificación de este proyecto con mucha convicción, por las razones siguientes:

1º Se trata de un proyecto aprobado por abrumadora mayoría tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado; de modo que las razones que pudieran tenerse hoy para abstenerse o votar en contra cabe atribuirlas solamente a hechos ocurridos con posterioridad a la reforma, y no a su sustancia. Es obvio que el evento que ha influido visceral y emocionalmente en este sentido es el retorno del General Pinochet y las particulares circunstancias en que hoy se encuentra, en especial la petición de desafuero en su contra.

2º La reforma sometida a nuestra ratificación aborda esencialmente dos cuestiones. Por una parte, repara una injusticia histórica que afecta a un ex Presidente de la República, pero lo hace creando una dignidad permanente a favor de todos los ex Presidentes, pasados o futuros, a semejanza de lo que existe en otros países, en vez de recurrir a la poco razonable fórmula de una excepción personalizada.

En segundo lugar, permite a los Senadores vitalicios renunciar a sus cargos de tales si así lo desean, para acogerse a la dignidad de ex Presidente. Esta norma resulta de toda lógica si se considera que la tendencia general apunta a que los mandatarios sean cada vez más jóvenes y con mayores expectativas de vida, por lo que resulta absurdo forzarlos a desempeñar una misma función durante 30 ó 40 años.

Además -y esto es medular-, facilita la salida del Senado del General Pinochet, algo que la Concertación desea fervientemente y que se torna viable con esta fórmula, al permitir que su eventual retiro se produzca de modo digno, condición necesaria para que el afectado pueda decidir acogerse a la norma respectiva.

Por otro lado, hacer renunciable el cargo de Senador vitalicio es un primer paso hacia la derogación de esa institución.

3º Para hacer más factible la renunciabilidad de los Senadores vitalicios, la reforma les mantiene el fuero y la dieta que les confiere su investidura parlamentaria.

Esta norma ha dado origen al temor de diversos Parlamentarios y dirigentes políticos de que por esta vía se estaría otorgando al General Pinochet un segundo fuero e, incluso, tornando imposible su desafuero.

Debo afirmar del modo más categórico que eso no es así; que tales temores no pasan de ser una sospecha infundada, surgida de la exigente demanda de justicia que, con razón, determina sus conductas.

Todos los informes jurídicos coinciden en que al señalar el inciso segundo del artículo único del proyecto, de modo explícito, que serán aplicables a los Senadores que se acojan a la calidad de ex Presidente las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Constitución, se les está conservando expresamente el mismo fuero que actualmente poseen. De acuerdo con lo que señala el distinguido jurista don Alfredo Etcheberry, la reforma no agrega ni siquiera una cláusula -como suele hacer la Constitución- que indique que una ley reglamentará la forma de hacer efectiva la norma o que postergue su aplicación hasta que se dicte una ley reglamentaria. La aplicación del artículo 58, que dispone la posibilidad de desafuero y el procedimiento para llevarlo a cabo, es pura y simple, de modo que si se admite que los ex Presidentes van a adquirir el fuero en forma inmediata, forzoso es admitir que en la misma forma adquirirán la posibilidad de ser desaforados.

Por otra parte, la historia de la ley es clara. En el curso de su tramitación, jamás se planteó que se podría estar concediendo a los ex Presidentes un fuero distinto y más pétreo que el que les corresponde como Senadores.

Sin perjuicio de lo anterior, es razonable, en cuanto entre en vigencia esta reforma, tramitar un proyecto de ley que añada a las normas referentes al desafuero del Código de Procedimiento Penal la referencia a los ex Presidentes de la República, con meros fines de congruencia de textos.

4º Como lo reconoce la mayoría de quienes tienen dudas o disienten hoy del proyecto, se trata, pues, de un problema de imagen pública interna y externa, ligado al retorno del General Pinochet y a los procesos en su contra. Comprendo y respeto profundamente tales prevenciones; más aún, creo que son inevitables dadas las pasiones que generan los problemas pendientes de nuestro pasado.

Quiero sostener, sin embargo, que cuando una imagen no responde a un hecho cierto, como ocurre en el presente caso, corresponde precisamente a la elite política ejercer liderazgo, persuadir y convencer a la opinión pública acerca de la realidad de la situación; es decir, que la reforma no cambia en lo más mínimo la situación procesal del General Pinochet, tan susceptible de ser desaforado mañana como lo es hoy.

5º Finalmente, entiendo que a muchos les resulte difícil reconocer al General Pinochet la calidad de ex Presidente de la República. Al respecto, sólo quiero recordar que de hecho se la han reconocido al aceptar su desempeño -con protestas, es cierto- como Senador vitalicio y al solicitar el desafuero, dado que su fuero proviene, precisamente, de esa calidad.

Voto que sí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Bustos.

El Diputado señor VILCHES.-

¿Me permite, señor Presidente? Pido que se lea el artículo 8º del Reglamento del Senado, porque, a mi juicio, de acuerdo con esa norma el Diputado señor Bustos tiene derecho a hablar pero no a votar, en razón de que se halla involucrado en las querellas contra el Senador señor Pinochet.

Pido dar lectura a la parte pertinente del Reglamento.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Debo responder al señor Diputado que la interpretación del Reglamento corresponde al Presidente del Senado y, en mi calidad de tal, digo que cada señor Parlamentario decide si se acoge o no a la norma indicada; de modo que, en este caso, es el propio Diputado señor Bustos quien debe tomar una decisión en un sentido o en otro.

Tiene la palabra el Diputado señor Bustos.

El Diputado señor BUSTOS.-

Honorable Congreso Pleno:

El proyecto de reforma constitucional que hoy se somete a votación ha tenido por finalidad reparar una omisión en lo relativo al respeto y consideración que ha de tener una sociedad hacia quienes han llegado a ser la máxima autoridad de la nación.

Este propósito cobra aun mayor vigor debido a que la mezquindad de la Oposición ha permitido mantener al primer Presidente de la restauración democrática, que merece nuestro mayor respeto y afecto, en una posición desmejorada, aun con relación a quien brutalmente usurpó el poder constitucional durante largos años.

Lamentablemente, esta loable intención fue contaminada por la búsqueda de una solución oblicua respecto de los Senadores vitalicios, cuyo término sólo es posible de una manera transparente, esto es, mediante su eliminación pura y simple, al igual que en lo referente a los Senadores designados. Por eso, se hace evidente la necesidad de concordar una reforma constitucional sobre el particular.

Pero hoy la reforma constitucional resulta todavía más grave por el hecho de que frente al desafuero presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de Augusto Pinochet se han levantado diferentes interpretaciones jurídicas, que han tenido repercusión tanto en la sociedad chilena como en la comunidad internacional.

Más allá de la validez jurídica que posean dichas interpretaciones, por la trascendencia que tiene el proceso criminal en curso, en el que el Partido Socialista ha presentado dos querellas, creemos que no es dable siquiera en apariencia interferir en la acción de la justicia, sin perjuicio de que comprendemos y respetamos las diferencias de opinión con nuestros colegas democratacristianos, con quienes compartimos idénticos propósitos de verdad y justicia.

Lo anterior no significa desconocer nuestro error al haber concurrido con nuestros votos a aprobar esta reforma; pero con razón el legislador, por la significación que reviste una reforma constitucional, estableció un plazo de 60 días y la necesidad de un Congreso Pleno para ratificarla, con el objeto de que hubiese la suficiente reflexión y la rectificación del voto, llegado el caso.

Por las razones dadas, la bancada de Diputados y Senadores Socialistas votará en contra de esta reforma constitucional.

Voto que no.

El Diputado señor CARDEMIL.-

Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Puede fundamentar el voto Su Señoría.

El Diputado señor CARDEMIL.-

Señor Presidente, anuncio el voto favorable de los Parlamentarios del Partido Renovación Nacional a esta reforma constitucional, de alguna forma atípica, que flexibiliza la participación de los ex Presidentes de la República dentro de la organización del Estado.

Tomamos tal decisión porque consideramos que éste es un paso en la dirección correcta. Pero sólo un paso hacia la concreción de objetivos nacionales mucho más acuciantes y de mayor envergadura y profundidad, que requerirán de todos nosotros -Gobierno y Oposición, Alianza y Concertación- tanto más claridad, objetividad, voluntad y sentido de futuro.

Aprovecho, por ende, la oportunidad de un Gobierno recién electo, que ha dado señales de prudencia, y de una Oposición que está dispuesta a recoger y a respaldar esa prudencia, así como la instancia solemne de este Congreso Pleno para, en mi calidad de Presidente del Partido Renovación Nacional, hacer algunas proposiciones concretas y anunciar las actividades que nuestra colectividad desarrollará en los próximos días.

A nuestro juicio, la solución concreta de los problemas de las personas y el avance económico y social, tan necesario -en suma, el progreso social-, no corren por una ruta separada de la paz social. El mejoramiento de la calidad de vida sólo se da en un ambiente de amistad cívica, como se ha probado por todas las naciones en todos los tiempos históricos.

El punto es que todavía hoy, en el año 2000, las dirigencias políticas, que no fuimos capaces de conjurar las crisis del pasado, no hemos podido cerrar aún la transición chilena, que aparece, no desde un punto teórico, sino vivo y percibido por el sentido común, como un período interminable de tensiones.

Digámoslo claramente, señor Presidente, el cierre de la transición debe atender a lo menos a tres elementos que se desarrollan con su espiral de conflictos ante nuestros ojos, todos los días.

El primer elemento está constituido por las legítimas aspiraciones en sí mismas, pero que obviamente tienen una dosificación difícil de discernir entre la pasión política y la pura juridicidad. Con ello estamos traspasando a nuestros jueces la responsabilidad de resolver conflictos que otros Poderes Públicos no hemos querido, no hemos sabido o no hemos podido resolver.

El segundo elemento que nos está afectando es la existencia de temas no resueltos que afectan a los derechos humanos, y sus consecuencias: la sucesión de procesos, que mantienen abiertas las heridas del pasado y necesitan una solución que armonice el legítimo derecho de las víctimas con la certeza jurídica que toda nación necesita para progresar.

El tercer elemento es la necesidad de definir, en un acuerdo bien formulado, bien pensado y ejecutado, que no aparezca como una agresión de unos contra otros, la estabilidad definitiva y permanente de la Constitución, mediante reformas que dejen claro al país que sus actores políticos debaten dentro de ella, y no respecto de ella.

Señor Presidente, más que la contingencia, lo que a nuestro juicio Chile necesita, reclama y percibe hoy más que nunca es la oportunidad de lograr un auténtico, claro y definitivo tratado de paz social. Un acuerdo nacional de cierre de la transición chilena que dé al país la seguridad de que sus posibilidades de futuro no están condicionadas por los problemas del pasado, y el cual, si tiene el respaldo de los Poderes Públicos, pueda ser eventualmente plebiscitado por el poder soberano originario para que constituya un hito histórico permanente de una voluntad nacional.

En la última campaña, señor Presidente, los dos candidatos presidenciales -de los dos grandes conglomerados que afortunadamente llenan el espacio político chileno y no dejan vacíos- expresaron claramente su voluntad de avanzar hacia esos altos objetivos, los que han sido corroborados en estos últimos quince días por las acciones del Gobierno y de la Oposición.

El Partido Renovación Nacional baja hoy sus cartas ante el Congreso Nacional y declara que sus Parlamentarios -especialmente sus Senadores en la instancia de la Cámara Alta, dentro de la Alianza por Chile, y en el necesario trato de ésta con el Gobierno y la Concertación- trabajarán desde hoy mismo, con prudencia pero con constancia y firmeza, en el logro de este objetivo, que ha sido consubstancial a mi Partido desde hace más de una década, y que en el evento de haber sido Gobierno constituía una de las metas prioritarias.

En el año 1997, los Diputados de Renovación Nacional impulsamos una reforma constitucional, aprobada por la unanimidad de nuestra bancada y por una amplia mayoría en la Cámara Baja, que proponía el término de los Senadores designados al finalizar su período; elevaba el quórum para la aprobación de la leyes orgánicas importantes para el país; establecía que los ex Presidentes de la República podían ejercer el derecho optativo para asumir por ocho años como Senadores presidenciales -se creaba esa institución-, o bien, incorporarse al Senado, manteniendo siempre los fueros y garantías propios del cargo que habían ejercido.

Simultáneamente, hoy se tramita en la Cámara de Diputados una reforma constitucional que fortalece las facultades de fiscalización de los señores Diputados, permitiendo a la Oposición la formación de comisiones investigadoras; facultando a un tercio de los Parlamentarios para exigir la concurrencia de los Ministros de Estado a las sesiones, en las que podrán ser interpelados respecto de los actos de su gestión, y obligando a las autoridades del Ejecutivo a dar respuesta a los oficios que se le envíen consultando materias de su competencia.

No está de más señalar y recordar que una democracia estable requiere de un justo equilibrio entre los Poderes; un Gobierno de mayoría, que efectivamente gobierna y administra, y una minoría que puede fiscalizar y tiene la capacidad de hacerlo.

Ante este Congreso Pleno, cumplo hoy con el deber, como Presidente del Partido Renovación Nacional e inspirado en el propósito de hacer un aporte concreto a la paz social, de bajar nuestras cartas en los temas del cierre de la transición y, en esta ocasión, en el ámbito constitucional, así como más adelante lo haremos en los asuntos pendientes y no resueltos de los derechos humanos, con proposiciones concretas.

Por ello, señor Presidente, en nombre de mi Partido, pongo a disposición de Sus Señorías los proyectos de reforma y las ideas en torno del cierre de la transición expuestos precedentemente, no como un punto de término, sino como el inicio de un análisis serio, desapasionado y constructivo, al que invito hoy a todas las fuerzas políticas, de Gobierno y de Oposición, con el propósito de fortalecer nuestra democracia, terminar con la transición y afianzar la paz social, de la que tanto se ha hablado en los últimos meses y respecto de la cual el país tiene cifradas esperanzas en que seremos capaces de conquistarla.

Por lo expuesto, votamos a favor del proyecto de reforma constitucional.

He dicho.

--(Aplausos).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Coloma para fundamentar el voto.

El Diputado señor COLOMA.-

Señor Presidente, en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política, nos reunimos hoy en sesión de Congreso Pleno para ratificar la reforma constitucional que crea un estatuto especial para quienes han desempeñado el cargo de Presidente de la República.

Éste es para nosotros, sin duda, un proyecto de la mayor trascendencia, no sólo en cuanto significa un acto de justicia hacia quienes han ostentado tan alta responsabilidad, sino, y especialmente, porque refleja el importante grado de madurez política de una sociedad que es capaz de reconocer y valorar la tarea de quienes, desde sus particulares visiones políticas, han entregado sus mejores esfuerzos por el bien del país.

La reforma constitucional que hoy ratificamos concitó en todos sus trámites legislativos un amplio consenso, quizás uno de los mayores que haya logrado una reforma a la Carta Fundamental. Surge de una iniciativa del Senador institucional señor Aburto, junto con Senadores representativos de prácticamente todas las bancadas parlamentarias: Honorables señores Díez, Hamilton, Larraín y Viera-Gallo.

En virtud de este estatuto especial, se confiere a los ex Primeros Mandatarios la seguridad procesal inherente al fuero parlamentario, así como la tranquilidad de una vida digna en lo material.

Estimo esencial reafirmar aquí una vez más que lo que se busca con ella es conferir a los ex Presidentes el mismo fuero de que gozan hoy los Parlamentarios en ejercicio, con sus atributos de forma y de fondo. No ha habido jamás en el ánimo del constituyente la intención expresa o tácita de crear un fuero de mayor alcance que éste.

En consecuencia, de aprobarse esta reforma, para que un ex Presidente de la República pueda ser detenido o procesado, será necesario que previamente el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, tenga que autorizar a proceder judicialmente en su contra, declarando que ha lugar a la formación de causa, salvo, por supuesto, que se trate de un delito flagrante.

Como se aprecia de inmediato, esta reforma tiene una dimensión particular, en cuanto establece beneficios para personas determinadas. Probablemente, en esta dimensión ella sigue generando el más amplio consenso.

Sin embargo, en las últimas semanas se han alzado voces que, a mi juicio, equivocadamente, han creído ver en ello la posibilidad de que se esté institucionalizando una vía para sacar del ámbito de imperio del Derecho a determinadas personas o legitimándose instituciones que les merecen reparos. Lamentablemente, ésta es la lógica en que permitimos que sigan imperando muchas de las cargas y miedos atávicos de nuestro pasado. Los mismos prejuicios y temores que por demasiado tiempo han determinado negativamente nuestras decisiones.

Creo, señor Presidente, que Chile, nuestra democracia, nuestra convivencia cívica, viven hoy uno de sus momentos más cruciales. Siento que estamos al borde de resolver muchos de los conflictos que nos han dividido y paralizado por décadas, pero que también estamos ante la posibilidad cierta de volver a equivocarnos y frustrar con ello grandes oportunidades para el reencuentro de los chilenos y su abrazo con la paz social.

En todo grupo humano que sufre alguna crisis profunda normalmente se rompe con un valor fundamental: la confianza. Sin duda que ella es lo más difícil de reparar; pero, al mismo tiempo, es lo primero que se necesita recomponer para comenzar a resolver y cicatrizar todas las demás heridas pendientes.

Señor Presidente, si creo que hoy estamos en un momento crucial, es, precisamente, porque percibo que en el último tiempo hemos dado pasos verdaderamente importantes para el restablecimiento de un clima de confianza entre los actores políticos.

La elección presidencial recién pasada, los gestos que se han producido desde el mismo día 16 de enero tanto de parte de la Oposición como del nuevo Gobierno, han permitido que en muchos de nosotros se abriguen esperanzas fundadas de una posibilidad concreta de avanzar hacia consensos que ya a estas alturas son indispensables y que parecen cada día más necesarios.

En este contexto, considero que la reforma constitucional que hoy día ratificamos constituye en verdad un gran avance. Ella abre una puerta razonable para ir generando un espacio con la dignidad que merecen los ex Presidentes de la República.

Así se entendió en su momento en ambas Cámaras y, por ello, se aprobó casi por unanimidad. Buscarle hoy otros alcances, otras interpretaciones a su texto, cuyo objetivo final sea votar exactamente al revés de la forma como se sancionó y fundó hace 60 días, sólo nos impide artificialmente dar un paso que es sano desde el punto de vista del interés general y que es de justicia desde la perspectiva de cada uno de los casos en que esta normativa se aplicará.

Permítame, señor Presidente, una última reflexión. El debate que se ha producido en los últimos días sobre este tema y desde hace algunos años, respecto de muchos otros, me recuerda una película muy notable exhibida recientemente en nuestro país. En ella los espectadores descubren en el último minuto que el personaje central de la historia que han visto durante una hora y media es un fantasma.

No quisiera que descubriéramos demasiado tarde que hemos perdido décadas, que pueden ser de progreso y de trabajo conjunto, por seguir mirando al pasado, por continuar luchando artificialmente y que, al final del día, los políticos seamos los únicos que no nos hemos dado cuenta de que para el resto del país nos convertimos en verdaderos fantasmas, ajenos por completo a la dimensión de sus problemas reales, para los que nos exigen a todos soluciones urgentes y eficaces.

Por todo esto, señor Presiente, estimo necesario aprobar esta reforma constitucional. Ella apunta en el sentido correcto, ella apunta a resolver y no a complicar las dificultades que aún persisten en nuestra convivencia. Estoy seguro de que ella ayudará a que sigamos recomponiendo nuestra mutua relación de confianza.

Por eso, todos los Parlamentarios de la UDI aprobamos la reforma.

El Senador señor DÍEZ.-

Señor Presidente, señores Parlamentarios, nos hemos reunido para modificar una vez más nuestra Carta Fundamental como lo hemos hecho con relativa frecuencia en los últimos años.

Las constituciones no sólo deben organizar políticamente a las naciones, explicitar y proteger los derechos de las personas y precisar el poder de la autoridad frente a ellas, sino que, además, han de ser el principal vínculo de unión de la sociedad política e interpretar el gran consenso nacional.

La Constitución de Chile debe unirnos; no dividirnos. Sus disposiciones deben ser símbolo de protección para la ciudadanía, de seguridad del sistema jurídico y de estabilidad general. Por el contrario, nuestra Carta Fundamental ha sido objeto de debates permanentes, lo que nos indica nuestro deber de afrontar, con profundidad, nuestras diferencias al respecto y encontrar juntos el consenso democrático que haga que ella sea la Ley Suprema de todos los chilenos.

En las pasadas elecciones presidenciales coincidimos en la necesidad de avanzar en el perfeccionamiento y profundización democrática de la Constitución. Es nuestra obligación hacerlo ahora, con la intención de cumplir íntegramente y con prontitud y eficiencia nuestras promesas a la ciudadanía.

La elección popular de la totalidad del Senado se presenta como un deber ineludible para todos los actores políticos, superando las desconfianzas pasadas que hicieran fracasar los propósitos de muchos de nosotros.

Chile merece que los actores políticos le demostremos que no tenemos miedo a la democracia, sino que es nuestro deseo perfeccionarla y profundizarla.

La participación de todos en la conducción de nuestra propia historia tiene como nivel mínimo la elección popular de todas las autoridades políticas.

Al mismo tiempo, tenemos una exigencia perentoria que nos imponen la edad moderna, la transparencia y la publicidad de los actos del Estado. Eso hace necesario que, en un país de presidencialismo acentuado como el nuestro, tengamos una fiscalización dotada de mayores facultades e instrumentos. El requerir la mayoría política para ello es un contrasentido, porque la fiscalización debe ejercerse, fundamentalmente, por las minorías no gobernantes.

Por otra parte, la publicidad de los actos del Estado y de la administración debe fortalecerse, para que no nos suceda nuevamente que empresas estatales o creadas por ley desconozcan la obligación de informar al Parlamento y que, cuando sean sancionadas por la Contraloría General de la República, en un acto increíble de rebeldía, entablen demandas civiles contra el órgano contralor, buscando por medios indirectos e ilegítimos menoscabar o desconocer la función del Congreso Nacional. Esto, agregado a mayores garantías que exige la prensa con la modificación de la Ley sobre Seguridad del Estado, hace que debamos favorecer de todas maneras en nuestra Constitución la transparencia y la publicidad. La luz es requisito de nuestra democracia, además de la elección popular.

Hagamos todo esto hoy. Renovación Nacional los invita a ello.

La reforma que nos ocupa debe ser juzgada a la luz de lo permanente. Y resulta conveniente en un sistema democrático que ella otorgue a quien ha desempeñado el más alto cargo por seis años o por el período que señale la Constitución, los medios adecuados y la dignidad cuando lo deja.

Hablemos las cosas con franqueza. Somos un país en el que, sin ninguna excepción en nuestra historia, los Primeros Mandatarios han sido honestos. Démosles la tranquilidad para que cuando dejan el mando, después de sacrificar sus años en bien del país abandonando todo, tengan la dignidad y los medios que les permitan continuar su vida personal.

Por eso, voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Hales para fundamentar el voto por tres minutos.

El Diputado señor HALES.-

Señor Presidente, me habría gustado que al votar esta reforma constitucional hubiésemos tenido la posibilidad de invocar y, quizás, recordar a don Juan Egaña y su Constitución moralista; o a las reinterpretaciones parlamentarias después del derrocamiento del Presidente Balmaceda; o a don Arturo Alessandri, o a las reformas de don Eduardo Frei Montalva de 1969 y su aplicación en 1971.

La tensión que me afecta en este instante se debe a que estamos realizando un cambio en la Carta Fundamental todavía en el camino de la despinochetización. Eso marca esta reforma.

Soy uno de los que quieren que Pinochet salga de la vida política; que se vaya del Congreso. Por eso, votaré favorablemente esta reforma. Ojalá Pinochet pese cada vez menos en la vida política. No me gusta, y me molesta, que mi vida personal en la política haya estado marcada siempre por un dictador. Pero ésos son los hechos que nosotros mismos no fuimos capaces de evitar.

Le hemos dicho a Chile y al mundo que deseamos que el ex dictador Pinochet deje la vida política. Hoy tiene un fuero; puede ser desaforado. Pero, además, tiene esta alfombra roja que adorna el Salón y tiene derecho a ocupar un sillón en el Congreso.

Ahora, al votar a favor de la reforma, se abre esa puerta y existe la posibilidad concreta, definitiva y real de que Pinochet no vuelva a tener jamás un escaño aquí, en el Salón de Honor del Congreso, ni en el Senado de la República de Chile. Por eso, voto a favor.

Ya habrá, señor Presidente, un nuevo tiempo en nuestra patria, en que las tensiones que se nos presenten se relacionen más bien con pensar en más democracia, en más justicia social y en la posibilidad de que el Congreso Pleno, cuando se reúna lo haga en relación con una reforma constitucional y sólo con el recuerdo, ya más despinochetizado, de tiempos dolorosos y difíciles que empapan, incluso, nuestras palabras y el clima en que se discute ahora. Basta verlo en la gente que hoy día, frente a las puertas del Parlamento, portando fotos de sus parientes, espera que les permitan su ingreso a él.

Ya vendrán tiempos en que solamente quede el recuerdo de lo doloroso. No olvidaremos nada de lo pasado, pero con serenidad, con apertura, con democracia y sin sectarismos seremos capaces de sentarnos aquí Parlamentarios de Izquierda, Derecha e independientes, para construir realmente reformas constitucionales cada vez más democráticas, como la que se comienza a producir al abrir esta puerta para la despinochetización.

Por lo tanto, voto que sí.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Advierto al público que está prohibido realizar manifestaciones.

Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El Senador señor HAMILTON.-

Señor Presidente, señoras y señores Parlamentarios:

En noviembre de 1997, presenté una moción para reformar el artículo 45 de la Constitución, a fin de reemplazar la exigencia de haber permanecido seis años en la Presidencia de la República para que un ex Jefe de Estado pudiera acceder al Senado, por el requisito de haber gobernado un período constitucional completo.

Al margen de la opinión que se tenga de la institución de los Senadores vitalicios -de la cual no soy ni nunca he sido partidario-, lo justo es que mientras ella exista y no se derogue, no se discrimine entre quienes hayan desempeñado el cargo de Presidente de la República por un período constitucional completo, cualquiera que éste haya sido.

Muchos Senadores, de distintas tendencias, estimaron de toda justicia ese planteamiento. No obstante, durante el largo período en que el proyecto fue considerado en la Comisión de Constitución, se comprobó que, en definitiva, no tenía viabilidad política.

Simultáneamente, se trabajó en la idea de reemplazar la institución de los Senadores vitalicios por la de "Senadores presidenciales". Es decir, una vez cumplido su período constitucional, el Presidente de la República saliente podría acceder al Senado sólo por un lapso determinado. Este sistema permitiría un solo Senador presidencial -el último que haya ejercido la Primera Magistratura-, quien podría aportar su experiencia a la Cámara Alta sin distorsionar la representación popular. Esta idea se consideró y se consultó, pero, en definitiva, tampoco prosperó.

Surgió también la posibilidad de suprimir la institución de los Senadores vitalicios de inmediato o a partir de 2006, cuando se inicie el próximo período presidencial y se renueve la mitad de los Senadores elegidos. Esta proposición, al final, tampoco logró el consenso necesario para impulsar la respectiva reforma.

Con todo y dentro de la discusión que he sintetizado, el único punto en que hubo permanente acuerdo fue en el de reconocer a los ex Presidentes un estatuto que les garantizara fuero y dieta, a partir del término de su mandato, sin integrar el Senado. Ambos beneficios se consideraron propios de la dignidad de quienes han desempeñado la Primera Magistratura de la Nación y que en justicia corresponde que les sean reconocidos.

Fue así como en agosto último, junto con el Senador señor Boeninger, propusimos formalmente la respectiva modificación del texto constitucional, la que había surgido de la Comisión, había sido compartida por todos sus miembros y aceptada en todas las consultas a las distintas bancadas, por lo que todos sus integrantes decidimos patrocinarla.

Se trata de un artículo único, que establece lo siguiente:

a) El Presidente que haya desempeñado el cargo por un período completo adquiere la dignidad de ex Presidente, consistente en el derecho a gozar de fuero y dieta, conforme a los artículos 58 y 59 de la Carta, respectivamente.

b) Ese beneficio no alcanza a quien llegue a ocupar el cargo por vacancia del mismo ni al ex Presidente que fuere declarado culpable en juicio político.

c) El beneficio de la dieta se suspende en caso de que el ex Presidente asuma una función remunerada con fondos públicos.

d) Quien desempeñe el cargo de Senador vitalicio puede renunciar a dicho cargo y mantener los beneficios que incluye el Estatuto de los ex Presidentes.

Parece más que razonable que quienes hayan desempeñado la más alta responsabilidad en el país gocen de una condición acorde con la dignidad de ese cargo, tal como ocurre en muchas democracias avanzadas cuando los respectivos Jefes de Estado dejan de desempeñar sus altas funciones.

La iniciativa fue aprobada en el Senado por unanimidad, en lo que dice relación con la idea matriz y en todos sus incisos, con excepción del inciso tercero, relativo a la posibilidad de renunciar al cargo de Senador vitalicio, que se aprobó por treinta votos contra tres.

Con posterioridad a la aprobación de la reforma por ambas ramas del Congreso se han formulado públicamente dudas que quiero aclarar o críticas que deseo desvirtuar.

En primer lugar, se ha cuestionado si la reforma produce efectos desde su promulgación o si sería necesario previamente modificar las normas del Código de Procedimiento Penal relativas al desafuero de Diputados y Senadores.

Dejamos constancia de que, sin duda alguna, la reforma rige en el acto:

a) Ella hace aplicable el artículo 58 de la Constitución, referente al fuero y desafuero de Diputados y Senadores y que, en forma sucinta, contempla el tribunal competente y el procedimiento por seguir.

Como esas reglas están desarrolladas en el Código de Procedimiento Penal para los Parlamentarios y la voluntad del constituyente es someter a los ex Presidentes a esas mismas normas respecto del fuero y dieta, resulta lógico y armónico que tales preceptos legales se apliquen a los ex Mandatarios.

b) Como lo sostiene el Tribunal Constitucional, las normas de la Carta deben interpretarse armónicamente, desechándose toda eventual colisión que pueda conducir a dejar sin aplicación alguna de ellas. Por tanto, no se puede sostener que no se aplicaría la norma constitucional propuesta por la supuesta falta de desarrollo de la misma en la legislación común. Más aún si, como se aprecia de la sola lectura de la reforma aprobada, ninguno de sus incisos se remite a la ley como necesaria para su aplicación.

c) El tribunal llamado a resolver un desafuero no podría negarse aduciendo que faltaría alguna norma legal, toda vez que el artículo 10 del Código Orgánico de Tribunales establece que, reclamada su intervención conforme a la ley -y la Constitución es la ley fundamental- en negocios de su competencia -también definidos en este caso por la Carta- el tribunal no podrá excusarse de ejercer su autoridad ni aun por falta de ley que resuelva la contienda sometida a su decisión.

d) Por último, afirmar que el desafuero no procedería respecto de los ex Presidentes mientras no se dictara una ley regulatoria del mismo importaría aceptar el absurdo de que algunas autoridades, como los Parlamentarios, tendrían fuero y podrían ser desaforadas, más los ex Presidentes gozarían de fuero pero no podrían ser desaforados. No se advierte la razón jurídica ni lógica que pudiera sustentar esa conclusión. Más aún, esa afirmación llevaría al absurdo de que los ex Presidentes podrían cometer cualquier delito y jamás podrían ser juzgados.

Por otra parte, se ha sostenido que la reforma importaría una suerte de ratificación de la institución de los Senadores vitalicios, en cuanto dispone que podrían renunciar a dicho cargo, manteniéndose el Estatuto de los ex Presidentes de la República. Nada más ajeno a nuestra voluntad y al texto y objetivo de la reforma. Lo cierto es que el inciso respectivo no obedece a otro propósito que el de insertar adecuadamente la nueva institución de los ex Presidentes de la República en el ordenamiento constitucional vigente, con absoluta independencia del mérito que éste merezca. Las normas vigentes no requieren ningún reconocimiento. Aceptar su existencia -como lo hemos hecho todos solemnemente al asumir nuestros cargos- no significa estar de acuerdo con ellas, ni tampoco renunciar a la modificación o derogación, de acuerdo con las reglas que la misma Constitución establece.

Finalmente, se ha sostenido -sin fundamento serio alguno- que, de ratificarse la reforma, se favorecería la situación procesal del Senador Pinochet. Quiero reiterar que el único derecho que la iniciativa le reconoce es el de renunciar al Senado y dejar de ser Senador de por vida. No advierto quién de los actuales detractores de la reforma se opondría a ello.

Lo que sí está claro y no merece dudas es que, en el hipotético caso de que el Senador señalado quisiera renunciar al cargo, mantendría el fuero de que actualmente goza, en los mismos términos hoy establecidos. A este último respecto el proyecto no contempla ningún cambio.

Opiniones tan ilustradas como las del constitucionalista Alejandro Silva Bascuñán, del penalista Alfredo Etcheberry, del jurista y ex Ministro Francisco Cumplido y de otras distinguidas personalidades de la comunidad jurídica, solicitadas a propósito de las dudas planteadas a raíz de la aprobación de la reforma, concluyen todas en el mismo sentido: en que la reforma se basta a sí misma y que las eventuales interpretaciones que distorsionan su texto y objetivo carecen de fundamento serio.

Atendidas las razones y antecedentes expuestos, vengo en ratificar la reforma y voto favorablemente.

El Diputado señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente, los Diputados democratacristianos, gracias al aporte de nuestros colegas Sergio Elgueta, Zarko Luksic, Aldo Cornejo e Ignacio Walker, hemos superado los reparos jurídicos que teníamos respecto de esta reforma constitucional, y, desde ese punto de vista, éste último fundamentará nuestra posición. Es así como la bancada de Diputados de nuestro partido la votará favorablemente.

Valoramos el que a través de ella se reconozca la condición del ex Presidente Patricio Aylwin y su inmenso aporte al proceso de democratización de nuestro país.

Entendemos que el escenario político ha cambiado con el regreso del Senador vitalicio Augusto Pinochet. Pero tenemos la convicción de que no es argumento suficiente para rechazar esta enmienda constitucional. Más aún cuando ella abre un claro espacio para que Pinochet se retire de la vida política, sentida aspiración de la inmensa mayoría de los chilenos.

Lamentamos la decisión de Parlamentarios de la Concertación, especialmente del Partido Socialista, de oponerse a la reforma. Por ello, es legítimo pensar que no fueron capaces de construir la ecuación de equilibrio entre la razón y la pasión. Esta actitud siembra dudas acerca de los vínculos necesarios para lograr el éxito del tercer Gobierno de la Concertación.

Valoramos el gesto de los Diputados del Partido por la Democracia en el sentido de dar su aprobación. Su actitud constituye una clara demostración de que han entendido que el desafío para los chilenos es el futuro.

Los Diputados de la Democracia Cristiana no permitiremos que, una vez más, se pretenda, implícita o explícitamente, hacernos aparecer como queriendo legitimar o proteger a Pinochet. No es justo que aquellos incapaces de conciliar la razón con la pasión se presenten ante el país como los verdaderos demócratas, como los únicos comprometidos en la lucha por los derechos humanos. Aquí no estamos votando la inmunidad para Pinochet. Como democratacristianos, hemos dado muestras más que suficientes acerca de nuestro compromiso democrático y de nuestra profunda y permanente preocupación por el respeto a los derechos humanos.

Voto favorablemente.

El Senador señor LARRAÍN.-

Señor Presidente, señoras y señores Parlamentarios, en esta mañana, cuando votamos esta reforma constitucional, hemos escuchado una serie de discursos y planteamientos sobre aspectos muy relevantes de nuestra historia política actual, e incluso, de algunas de las instituciones contenidas en la Carta.

Sin embargo, el proyecto que nos ocupa tiene un objeto claro y preciso, y a eso me quiero referir, en particular por mi personal vinculación con su texto. Y creo importante hacerlo, para que el sentido y alcance de la norma constitucional, una vez que entre en aplicación, sea precisamente el que quisimos darle todos los que participamos en su elaboración y posterior aprobación.

El Senador señor Hamilton recordó recién la discusión a propósito de la cual se originó esta iniciativa. Efectivamente, fue a raíz de una inquietud promovida por Su Señoría en una reforma constitucional que sugerí la idea de crear el Estatuto de los ex Presidentes de la República, como una manera de dar una solución definitiva a muchos problemas. Y junto a otras personas había participado sobre el tema en instancias diferentes, pero en ese minuto me pareció oportuno propiciarla.

Los miembros de la Comisión de Legislación, luego de los debates mencionados, hicieron suya la iniciativa y patrocinaron esta reforma constitucional, que ha tenido un enorme respaldo durante su tramitación en ambas Cámaras.

Los objetivos planteados en el proyecto nos llevaron a prestarle nuestra aprobación. En términos generales, la reforma propicia un reconocimiento a quienes hayan desempeñado la Primera Magistratura de la Nación. Y, precisamente -como se señaló- porque nuestra historia reconoce que ex Presidentes han destacado por su sobriedad y dignidad durante el ejercicio del cargo, se apunta a que, una vez expirado el mandato, quien lo haya desempeñado tenga derecho al fuero y al privilegio de la dieta, lo que permitirá dedicarse en lo sucesivo a lo que se estime más conveniente. Esa dignidad hace acreedor a un reconocimiento ciudadano de por vida.

Pero, aparte de estas consideraciones generales, también había otras de orden particular que se solucionaban con esta iniciativa.

La primera ya se mencionó: una reparación justa y merecida al ex Presidente Aylwin, quien, por lo demás, no la solicitó, pero que nosotros consideramos equitativa y conveniente, reconociendo su trayectoria pública y particularmente su desempeño en tales funciones.

Con respecto a los Senadores vitalicios, actuales y futuros, pensamos que uno de los problemas que se presentan podía ser superado, cual es la renuncia de tal responsabilidad. La Constitución Política impide concretarla al ex Presidente que ocupa aquel cargo.

Y había situaciones particulares. Por de pronto, la del Senador señor Pinochet, respecto de quien se consideró que, de tener la posibilidad, podría abrirse un espacio para su retiro (si así lo estimara él) que contribuyera a la paz en los ánimos, habida consideración de que una parte del espectro político quiere que no continúe actuando en política.

Era una alternativa que permitía hacer uso de ese derecho al Honorable señor Pinochet, al que también podrían acceder otros Senadores vitalicios, actuales o futuros, como el Honorable señor Frei, si deseara presentarse como candidato a Senador de la República. Hoy día la Constitución se lo prohíbe. Por ese motivo, una adecuada flexibilidad constitucional hacía pensar en la conveniencia de que pudiera tener el derecho a renunciar como Senador vitalicio y a postular a algún cargo parlamentario, como ha sido parte de la tradición republicana de nuestro país, donde muchos ex Presidentes han vuelto a la actividad política en esa forma.

Éstos eran los objetivos que animaron al proyecto de reforma constitucional, y por eso fue aprobado en ambas Cámaras. De ahí, entonces, que no tengo mucha claridad en cuanto a por qué han surgido con posterioridad consideraciones que habrían hecho variar la opinión de muchos señores Parlamentarios, quienes incluso hoy lo han hecho presente manifestando su rechazo.

La verdad es que no hay ni segundas intenciones ni alcances distintos de los aquí manifestados. Por ese mismo motivo, lo lógico y razonable, desde el punto de vista de la coherencia política, es mantener lo que se dijo en ambas Cámaras cuando se aprobó el proyecto.

Los problemas que han surgido se despejan con mucha facilidad.

Se dice que se estaría otorgando un fuero especial a los ex Presidentes. Y el texto expreso de la reforma señala que, precisamente, se les confieren las mismas disposiciones que en esta materia establece hoy la Constitución para los Parlamentarios. Mal podría inferir alguien que eso otorga derechos adicionales a los que éstos poseen en la actualidad.

En consecuencia, no puede pensarse que porque no hay una norma en el Código de Procedimiento Penal que aplique respecto de los ex Presidentes el fuero en la parte procesal estaríamos creando una situación especial de privilegio. Tanto es así, que, sobre la base de un texto elaborado por el Senador señor Viera-Gallo, hemos firmado un proyecto de ley que tiene como propósito (si ésa es la voluntad y para disipar toda duda) modificar las normas del mencionado Código para que las disposiciones de fuero parlamentario se apliquen también a los ex Presidentes, una vez que esta reforma sea promulgada en el Diario Oficial. A mi juicio, esto viene a ratificar la real voluntad de quienes hemos participado en esta materia.

Se ha dicho que las circunstancias han cambiado, puesto que actualmente un Senador vitalicio se encuentra en un proceso de desafuero, y que aprobar la reforma podría constituir una señal. Pregunto: ¿señal de qué? No cabe la menor duda de que ese desafuero, por la probidad e independencia de nuestros tribunales, será resuelto en su mérito. Y lo que obremos hoy en nada puede afectar lo que allí ocurra, ni para apoyarlo ni para reprobarlo. Son cuestiones absolutamente distintas, que no tienen, ni en su formulación ni en su elaboración, ningún alcance respecto del proceso judicial de desafuero que se lleva adelante.

En consecuencia, los cambios que tienen lugar en la vida política, que suceden siempre (y seguirán ocurriendo), dando nuevas dimensiones respecto de los alcances de las normas legales, no pueden significar un entrabamiento del sentido genuino de la enmienda, que no es otro que entregar a los ex Presidentes los mismos derechos de que gozan hoy los Parlamentarios.

También se planteó el tema de la institución de los Senadores vitalicios o de los designados, como si la aprobación de la reforma constitucional tuviera que ver con la validez de esa institución.

En el pasado hemos discutido esta materia, y probablemente lo seguiremos haciendo en el futuro. Pero lo que hoy día señalamos en nada dice relación con ese debate. Al aprobar el Estatuto de los ex Presidentes de la República, no estamos ni validando ni desdibujando aquella institución. Ella también puede ser objeto de debate; lo ha sido en el pasado, y lo será quizás en el futuro. Pero no estamos discutiendo su importancia, su validez o, al contrario, sus efectos negativos, sino, simplemente, haciendo algo que nos parece justo y correcto.

Finalmente, no puedo dejar de mencionar que otro de los argumentos dados es el de que, de aprobarse esta reforma, se estaría reconociendo la calidad de ex Presidente de la República al Senador señor Pinochet.

Creo que también hay allí un error. Porque, por definición constitucional, sólo se puede ser Senador vitalicio si se ha sido Presidente de la República.

Luego, no estamos agregando nada que ya no esté zanjado en los términos constitucionales. Por lo demás, así lo han validado el Tribunal Constitucional y la propia Contraloría General de la República. Nada nuevo hay tampoco en estas materias.

En consecuencia, lo que un grupo de Senadores inició con el propósito de generar un reconocimiento a la dignidad de los ex Presidentes de la República de Chile y de permitir a los Senadores vitalicios renunciar a su cargo y, al adscribirse al nuevo estatuto, gozar de los privilegios, fuero y dieta que tienen los Parlamentarios, sigue siendo el único objetivo válido que nos hace pensar en la conveniencia de aprobar esta reforma constitucional.

Toda otra interpretación, todo otro alcance, no guardan relación con el proyecto que nos ocupa. Quizás algunos quieren aprovechar esta reforma para enviar otros mensajes. Allá ellos; tienen derecho a hacerlo. Pero no me parece correcto que se tergiverse el sentido de esta enmienda a la Carta, la cual -estoy cierto- es justa y conveniente; permite el reconocimiento a un servidor público -no hacerlo, a mi juicio, representa un agravio-, y posibilita flexibilizar la institución de los Senadores vitalicios, cuestión que, de aprobarse en el sentido genuino que tiene, contribuiría en un momento dado a la pacificación de los ánimos o a franquear el ejercicio de derechos que de otra manera estarían vedados, por la imposibilidad de postularse.

Por todas estas consideraciones, señor Presidente y señores Parlamentarios, los Senadores independientes y de la UDI que integramos el respectivo Comité de la Cámara Alta, así como todos los Diputados de nuestra colectividad, aprobamos esta iniciativa.

He dicho.

El Senador señor LAVANDERO.-

Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Señor Senador, debo recordarle que los tiempos están distribuidos por los Comités y que hay un acuerdo unánime al respecto. Pido a Su Señoría que respetemos...

El Senador señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, conversé con mi Comité y me asiste el derecho a fundamentar el voto por cinco minutos. Ese es el acuerdo interno que tengo con él.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Indiscutiblemente, Su Señoría puede hacer fuerza sobre su derecho, pero también debe considerar que hay un acuerdo unánime de los Comités.

El Senador señor LAVANDERO.-

Así será, señor Presidente,...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Sin embargo, si insiste en hacer fuerza sobre su derecho, no puedo impedírselo.

El Senador señor LAVANDERO.-

...pero ése es el acuerdo a que llegué con mi Comité.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

De ese modo, seguramente disminuirá el tiempo del Diputado señor Ignacio Walker.

El Senador señor PIZARRO.-

¿En qué proporción, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Estamos llevando la contabilidad exacta, señor Senador. Por tanto, no habrá problemas.

Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.

El Senador señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, señores Senadores y señores Diputados, quiero mirar este proyecto desde otra perspectiva.

Desde la Revolución Francesa, los pueblos soberanos han ido rescatando privilegios a sus gobernantes. Este es el principio democrático que está en juego.

El fuero se ha establecido para entrabar y dificultar al Poder Judicial y a los Parlamentos la acusación de ciertas autoridades. En una democracia, y especialmente en una presidencialista, todos los ciudadanos son acusables por los actos de su desempeño cuando han sido elegidos por el pueblo.

En Chile, todos los Presidentes elegidos y votados por el pueblo son susceptibles, en consecuencia, de ser acusados constitucionalmente hasta seis meses después de extinguido su período como gobernantes. Ni don Patricio Aylwin ni don Eduardo Frei Ruiz-Tagle, elegidos democráticamente, han tenido temores de ser acusados judicialmente, a título personal o en nombre del pueblo.

El señor Pinochet, no elegido de manera democrática, es el único gobernante que nunca ha podido ser acusado libremente. Para el período posterior a su dictadura, se autoconfirió -y los ha utilizado- tres elementos constitucionales y legales a fin de tratar de impedir ser acusado: la Ley de Amnistía, la jurisdicción militar y el artículo 3º transitorio de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que impide fiscalizar a Pinochet y su Gobierno desde 1990 hacia atrás, durante sus 17 años de dictadura.

Ahora, el proyecto que hoy nos ocupa configurará un doble fuero, que, según ciertos juristas, dificultará las más de 70 acusaciones y querellas contra Pinochet que ha recibido el juez Guzmán, en quien han confiado los países europeos que han sufrido el asesinato de algunos de sus ciudadanos.

Cuando Pinochet ejerció el mando, fue acusado de apropiación indebida de terrenos en El Melocotón. El Ministro Chaigneau determinó que había mérito para procesarlo. La Corte de Apelaciones señaló que debía ser desaforado. Acudimos a la Junta Militar -que en ese entonces era el Congreso Nacional-, la cual manifestó que no tenía jurisdicción ni autoridad. Y, en consecuencia, debido solamente a esta circunstancia, la apropiación en comento quedó impune. Pasado el tiempo, ahora sería imposible juzgarlo por ese mismo hecho, pues, luego de 17 años, prescribió.

Pinochet quedó impune, durante el ejercicio del poder y después de él, por las tres razones que he señalado. Nunca ha podido ser acusado como cualquier Presidente chileno elegido democráticamente, por todos estos vericuetos legales y constitucionales que se han creado.

Estas son razones muy importantes para poder consolidar una democracia. Todos los ciudadanos, todos los gobernantes, son susceptibles de ser acusados, sin que haya fueros especiales que entraben o impidan la acusación que en nombre del pueblo se les pueda entablar.

Por eso, voto en contra.

El Diputado señor LEAL.-

Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Puede hacer uso de ella durante tres minutos, señor Diputado, según la distribución del tiempo que hizo su Comité.

El Diputado señor LEAL.-

Señor Presidente, estimadas y estimados colegas, considero completamente legítimo que sobre el tema de la reforma constitucional que establece la dignidad de ex Presidente de la República, confiriendo fuero y dieta, haya opiniones distintas entre los Parlamentarios del Partido Por la Democracia, de la Concertación, y entre los Senadores y Diputados en general. Y respeto profundamente la opinión de quienes han decidido votarla a favor.

Lamento y rechazo la discriminación de que ha sido objeto el ex Presidente Patricio Aylwin y me manifiesto de acuerdo con legislar para que los ex Presidentes democráticos tengan una consideración especial en el momento de abandonar sus funciones.

Voto en contra de esta reforma constitucional porque creo que retrasa y confunde el objetivo central de la Concertación y de sus Gobiernos de terminar con los Senadores designados y vitalicios, como con los demás enclaves autoritarios, para garantizar un Senado completamente elegido y un Estado de Derecho y democrático pleno, que aún no tenemos en el país.

Esta reforma es además inútil, porque, desde el regreso del ex General Pinochet al país, no se ha conocido ningún gesto suyo que indique la voluntad de renunciar a su calidad de Senador vitalicio.

Si queremos que Pinochet deje de ser un factor de la política chilena; si queremos que Pinochet salga de nuestras vidas y que el siglo XXI se construya sin él, terminemos entonces con los residuos autoritarios que le impuso al país y no recurramos a subterfugios legales, como el que estamos debatiendo esta mañana.

No se elimina a Pinochet de la vida política de Chile si se legisla a su medida para mantener privilegios ajenos a la democracia. No debe flexibilizarse la institución de los Senadores designados y vitalicios: hay que eliminarla.

Esta reforma es también inoportuna, dado que se vota en el momento en que la Corte de Apelaciones de Santiago ha acogido a tramitación la solicitud de desafuero en contra del ex General Pinochet para encausarlo por la querella relacionada con la Caravana de la Muerte. La aprobación del proyecto que nos ocupa puede enviar una señal negativa a los tribunales de justicia y al país sobre un tema donde corresponde que la magistratura asuma su responsabilidad con independencia y autonomía y garantice que el ex General Pinochet no está por sobre la ley y por sobre los demás ciudadanos.

Habiéndose asumido con el mundo el compromiso de que Pinochet sería juzgado en Chile, aparece como un contrasentido difícil de explicar a la comunidad internacional el que se apruebe una reforma constitucional que establece el fuero de ex Presidente de la República, que sólo podría ser usado por el ex General Pinochet, ya que ni el ex Presidente Aylwin ni el ex Presidente Frei requieren fuero alguno para continuar desempeñándose en la vida pública y privada de nuestro país.

En Chile, nunca un Presidente democrático, de Izquierda, de Centro o de Derecha, ha necesitado fuero, porque jamás ha habido motivos para poner su gestión en tela de juicio ante los tribunales y porque siempre se ha considerado que cuando los Presidentes de la República dejan de serlo vuelven a ser ciudadanos comunes y corrientes.

Eso es lo democrático, eso es lo transparente. Y es bueno preservar en la historia de Chile el principio de que el Presidente de la República no tiene sino el fuero de su propia dignidad, de su probidad y de la moralidad de sus actos.

Me parece de extrema dignidad (y con esto concluyo) el gesto del ex Presidente Eduardo Frei al anunciar que asumía la calidad de Senador vitalicio para utilizar su voto a favor de las reformas institucionales y del propio fin de los Senadores designados y vitalicios, cuestión que también fue claramente establecida en su momento por los Senadores señores Silva Cimma, Parra y Boeninger.

Por todo ello, junto a varios Parlamentarios de mi bancada, voto en contra de esta reforma constitucional, que considero inoportuna, innecesaria, ahistórica y que no sirve para reforzar las instituciones democráticas de Chile.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Advierto al Comité Partido Por la Democracia que ha ocupado cuatro minutos de su tiempo. Por lo tanto, los dos oradores que restan dispondrán en conjunto de sólo cinco minutos.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente, me referiré de manera muy breve -por los minutos que se nos han entregado- a la reforma constitucional en debate, analizándola desde el punto de vista de lo que es en sí, es decir, centrándola hacia dónde va dirigida: hacia las instituciones. No haré mi examen en términos de personas, como una forma de no rebajar el nivel de la discusión de tanta trascendencia que realiza este Congreso Pleno.

En primer lugar, debo señalar que el Partido Por la Democracia resolvió, dentro de sus responsabilidades políticas, dar libertad de acción a sus Parlamentarios para aprobar o rechazar la reforma que nos preocupa. La diferencia de opiniones en esta materia es absolutamente legítima y no comporta ninguna discrepancia en nuestra colectividad respecto de valores democráticos, ni mucho menos en cuanto al rol permanente y trascendente de la justicia.

Los dos Senadores del Partido Por la Democracia rechazamos en la Sala de la Cámara Alta, cuando se trató esta materia, toda alusión que significara el acomodamiento o la permanencia de una institución que absoluta y categóricamente, en nuestro concepto, no debe existir.

Ese es el tema que deberíamos estar discutiendo: la vigencia o no de Senadores vitalicios o de Senadores institucionales. Y tres fuimos los integrantes de la Cámara Alta que en la Sala de ésta así nos expresamos. Por eso, hoy tenemos el derecho a refrendar la decisión que tomamos en aquella oportunidad.

Una de las ideas de esta reforma es posibilitar la renuncia de los Senadores vitalicios.

Señores Parlamentarios, somos contrarios a tal renunciabilidad. ¿Por qué? Porque al aceptarla estaremos dando legitimidad precisamente a una figura legislativa con la cual no estamos de acuerdo.

Esa posición nuestra fue de ayer, es de hoy y será de siempre. Estamos en contra de la existencia de los Senadores vitalicios e institucionales -sean de Izquierda, de Centro o de Derecha-, porque así entendemos la democracia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Ha terminado su tiempo, señor Senador.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

Pido la generosidad de Su Señoría para que se me dé un minuto más.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Se descontará del tiempo de su Comité, señor Senador.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente, estamos comprobando en esta discusión que la idea de la renunciabilidad es ineficaz, pues en el caso de uno de los beneficiados con la reforma que nos ocupa observamos que ello no va a ocurrir.

Por último, estimo que lo relativo al fuero es de las cosas que en el último tiempo nos deberían provocar cierto rubor. ¡Chile es el único país en el hemisferio -sí, señores Parlamentarios- que está entregando este tipo de inmunidad a ex Presidentes!

¡De nuevo seremos una nación muy extraña y con una curiosa forma de entender la democracia en los últimos diez años...!

¡Esa es la verdad!

No creemos en el fuero, señores Parlamentarios. El mejor fuero de un ex Presidente de la República, de un demócrata, es el que tiene Patricio Aylwin, quien puede caminar por este país y por el resto del mundo sin que nadie lo proteja: ahí está la respetabilidad de la ética de lo que hizo en su Gobierno. Eduardo Frei Ruiz-Tagle tampoco necesita fuero.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Concluyó su tiempo, señor Senador.

El Senador señor MUÑOZ BARRA.-

La tradición cívica de este país nunca entregó fuero a ningún ex Presidente de la República.

Por eso, los Senadores del Partido Por la Democracia votamos "no" a esta reforma constitucional.

El Senador señor OMINAMI.-

Señor Presidente, por las razones que dio el Diputado señor Bustos y otras que se puedan agregar, voto en contra.

El Diputado señor ORTIZ.-

Voto a favor.

Lo contrario sería una enorme injusticia para el gran ex Primer Mandatario señor Patricio Aylwin.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

El Diputado señor Pérez dispone de un minuto para fundamentar su voto.

El Diputado señor PÉREZ (don Aníbal).-

Trataré de entregar en ese tiempo los fundamentos de mi decisión.

Señor Presidente, Honorable Congreso, desde ya anuncio mi voto a favor de esta reforma constitucional. Lo hago por lo siguiente:

En primer lugar, para terminar con la discriminación inaceptable que afecta a un ex Presidente de la República a quien el país le debe mucho en la vuelta a la democracia. Me refiero al ex Mandatario señor Patricio Aylwin Azócar.

En segundo término, porque en caso de aprobarse, desde el punto de vista legal no existe ni la más mínima posibilidad de que el General Pinochet no pueda ser desaforado. Esta enmienda no entrega un doble fuero, ni refuerza alguno existente. Tampoco constituye una mala señal para el Poder Judicial, como se ha dicho. Sostener eso es pensar muy mal de la justicia y del Ministro señor Juan Guzmán que lleva los procesos en contra del General Pinochet. La justicia es independiente de los demás Poderes del Estado.

En tercer lugar, porque -como se ha expresado aquí- hace posible que el General Pinochet renuncie al cargo de Senador vitalicio. No lo queremos en el Senado de la República. La reforma abre la puerta para que él deje la política, deje el Congreso.

Por eso, voto que sí.

El Senador señor VALDÉS.-

Deseo fundar mi posición.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

El Comité Demócrata Cristiano me informa que Su Señoría puede ocupar dos o tres minutos.

El Senador señor VALDÉS.-

Señor Presidente, señoras y señores Parlamentarios, creo mi deber expresar algunas razones que fundamentan mi voto.

Desde el día en que se promulgó la Constitución Política que nos rige rechacé numerosas de sus disposiciones, por considerarlas reñidas con la definición universalmente aceptada de democracia.

La Carta Fundamental de una nación es el marco que fija las normas de convivencia de los ciudadanos, establece sus derechos y obligaciones, y fija y regula también las autoridades que ordenan la sociedad.

Por esencia, la legitimidad de una Constitución descansa en el consenso de los ciudadanos. El respeto que merece no se sustenta ni se obtiene por la fuerza, sino mediante la participación, el consenso, la justicia que ella implica y la libertad que otorga. Por ello es tan legítima la Constitución de los Estados de América, que comienza diciendo: "Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos".

La reforma de la Carta Política que nos rige fue muy parcial antes de la restauración democrática. Y aquí hemos aprobado otras enmiendas, todas relativamente menores, que no han tocado instituciones básicas como la constitución del Senado o la del Consejo de Seguridad Nacional.

Me veo en la obligación de manifestar que no considero digno para Chile mantener disposiciones fundamentales que impiden la legítima representación política de los ciudadanos. Creo que se toca un punto de ética social muy profundo. Por eso hemos considerado y seguimos considerando que debe imperar la regla de oro de la democracia: la de la mayoría elegida, no designada, ni menos vitalicia. Espero que no caigamos en mayorías hereditarias.

Ha llegado la hora de lograr un gran acuerdo político, que despeje de una vez por todas las herencias construidas sobre el temor y sobre las heridas que están tan vivas y son tan respetables.

Ese acuerdo político se puede alcanzar en muchas partes, pero estoy convencido de que debe ser de carácter político y de cara al pueblo, a los ciudadanos. Me interesa usar y recalcar el término "ciudadanos" más que la expresión "la gente", que se ha puesto de moda.

Estimo que ese acuerdo político es fundamental porque, en definitiva, la democracia se defiende con más democracia, como lo estableció el fundador de la democracia en América, Abraham Lincoln. En ese camino, y para corregir situaciones de injusticia evidente, se propuso y se votó la reforma que nos ocupa. Aunque la consideré insuficiente, me pronuncié a su favor en el Senado por estimarla justa y útil.

Las razones que tuve hace algunos meses para proceder así no han desaparecido por la situación o circunstancias en que se encuentra una de las personas que toca esta modificación. Hay que ser coherentes. Voté a favor como lo hicimos casi todos, y hoy día no veo razón alguna que me mueva a cambiar mi posición. Que algunas personas estén en un lugar o en otro no altera mi criterio. Además, creo que las Constituciones deben dictarse para que sean permanentes, con valores y principios, y no para determinadas personas, sean éstas una, dos o tres. Sin embargo, es evidente que en este caso se ha tratado de corregir injusticias y de dar facilidades con miras a crear mayor transparencia en nuestras instituciones.

Por otra parte, a los que han sido Presidentes se les otorgan aquí los mismos beneficios que han tenido. Como abogado, he estudiado personalmente esta situación; me he asesorado también por algunas personas que me merecen gran respeto desde el punto de vista académico. No tengo la menor duda de que, cuando se habla de fuero, no se está modificando el que tienen los Parlamentarios, y creo que puede considerarse que esta modificación no va a constituirse en un tropiezo para la justicia.

De este modo, mantengo hoy las mismas razones que en el Senado me movieron a votar favorablemente esta reforma constitucional.

Voto que sí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Debo hacer una aclaración que se me ha pedido por un señor miembro del Congreso Pleno. El tiempo de que dispone la Democracia Cristiana es de 34 minutos, de los cuales quedan todavía 12. Por lo tanto el Honorable señor Valdés no ha ocupado tiempo en exceso; sólo ha disminuido el que restaba a su bancada.

El Diputado señor WALKER (don Ignacio).-

Señor Presidente, señoras y señores Senadores y Diputados:

El 15 de septiembre de 1999, hace sólo seis meses, en su sesión 33ª extraordinaria, la unanimidad del Senado votó a favor, en general, el proyecto de reforma constitucional que hoy se somete a la consideración del Congreso Pleno. Es más. La unanimidad de las Senadoras y Senadores se manifestó también a favor de los incisos primero y segundo del artículo único de la iniciativa, que establecen lo medular de ésta: primero, la dignidad oficial de ex Presidente de la República para quienes hubieren desempeñado tal cargo por un período completo; y segundo, los beneficios de fuero y dieta contemplados en los artículos 58 y 59 de la Constitución. No hubo ni un solo voto en contra.

Incluso los Senadores señores Muñoz Barra, del Partido Por la Democracia, y Ricardo Núñez, que objetaron el inciso tercero del proyecto, referido a la renunciabilidad de la condición de Senador vitalicio, se manifestaron explícitamente a favor de esta institución y de los beneficios que conlleva. Es así como el Senador Muñoz Barra declaró que "nadie está en contra de reconocer a los ex Presidentes de la República el status que se plantea", y que "Soy partidario de que los ex Presidentes de la República conserven un fuero y, además, tengan iguales ingresos económicos que un Parlamentario". El Senador señor Núñez afirmó que "Media un error institucional, un error histórico en que los ex Presidentes de la República carezcan de fuero y de dieta. Considero que es algo fuera de discusión.".

Pues bien, hace exactamente dos meses, el 25 de enero pasado, la unanimidad de los Diputados de la Concertación, incluyendo los 7 del Partido Socialista, los 12 del Partido Por la Democracia y los 29 del Partido Demócrata Cristiano -insisto, en votación unánime, sin una sola excepción- votó a favor de este proyecto, tanto en general como en particular. Sólo se registraron 8 abstenciones de Diputados de Renovación Nacional.

En síntesis, puede decirse que en la tramitación de esta reforma constitucional la unanimidad del Senado y de los Diputados de la Concertación dio aprobación formal y solemne al establecimiento de la institución de ex Presidente de la República y a los beneficios de fuero y dieta para quienes se encontraren en esa situación. Sólo hubo tres votos en contra de Senadores de la Concertación -decisión perfectamente respetable, por cierto- en lo que se refiere a la renunciabilidad de la condición de Senador vitalicio, pues, según ellos, dicha disposición contribuiría, al menos tácitamente, a otorgar un reconocimiento a la institución de Senadores designados, opinión compartida por el Diputado de Renovación Nacional señor Gustavo Alessandri.

Lo cierto es que, tanto en su letra como en su espíritu, el proyecto que aprobamos y que esperamos ratificar en esta sesión solemne del Congreso Pleno es exactamente al revés. El inciso tercero del artículo único señala expresamente: "Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.". La expresión "mantendrá" viene a confirmar que no se crea nada que actualmente no exista.

El espíritu de esta disposición fue muy bien expresado por el Senador señor Viera-Gallo, quien, relacionándola con el origen de esta moción, expresó: "cuando presentamos este proyecto estamos haciendo algo muy simple: reparar una injusticia histórica para con el ex Presidente Aylwin. Y cuando establecemos un estatuto permanente para los ex Presidentes de la República estamos señalando el deseo de que no sean Senadores vitalicios". De igual forma, el Senador de la Unión Demócrata Independiente señor Hernán Larraín -lo ha ratificado hoy día-, haciendo uso de una interrupción concedida por el Honorable señor Núñez en el debate del Senado, dice a ese Senador "y a quienes han abrigado la inquietud de que el texto implica un reconocimiento de la institución de los Senadores vitalicios que ello se encuentra lejos de los autores o del informe de la Comisión. Más bien" -concluye- "el espíritu era el contrario. En el análisis del tema se registró el ánimo, como lo recordará el Senador señor Boeninger, de una supresión.".

Señor Presidente, ¿por qué me he remitido a los hechos y a la forma en que fue aprobado este proyecto, tanto por el Senado, hace seis meses, como por la Cámara de Diputados, hace dos meses, por la unanimidad de aquél y la de los Diputados de la Concertación en esta última?

Porque en la votación a la que ha sido convocado el Congreso Pleno en conformidad al artículo 117 de la Constitución, uno tiene derecho a pedir y a exigir coherencia en relación a nuestras propias actuaciones recientes. No se entendería con facilidad que quienes ayer votábamos de determinada manera, hoy lo hiciéramos en el sentido exactamente inverso.

Las razones que tuvieron en vista los autores de esta moción, representativos de un amplio espectro partidario de Gobierno y de Oposición, y sobre todo las que tuvo presente la unanimidad de los Senadores y Diputados de la Concertación, sin un solo voto en contra en lo que se refiere a lo medular del proyecto, siguen plenamente vigentes.

Deseo señalar que ni las razones jurídicas ni las políticas que se invocan para proceder en sentido contrario, borrando con el codo lo que ayer escribíamos con la mano, se sostienen de manera alguna.

En efecto, se afirma que, desde un punto de vista jurídico, habría un vacío legal a partir de la inexistencia de una norma en el Código de Procedimiento Penal referida a los ex Presidentes, lo cual podría derivar en que el fuero contemplado para éstos, en el caso específico de que Augusto Pinochet pudiera renunciar a su calidad de Senador vitalicio, bien pudiera acercarnos a una virtual situación de impunidad para él.

La verdad es que no hay tal. El proyecto que analizamos se remite expresamente a las normas constitucionales sobre fuero y dieta establecidas para Diputados y Senadores, por lo que, en virtud del principio de supremacía constitucional, aquéllas prevalecen sobre cualquier otra de rango legal.

Por otro lado, si bien no cabe una interpretación extensiva o por analogía, por tratarse de normas de derecho público, en este caso existiría lo que los tratadistas denominan un "implícito constitucional", que significa que, en la situación concreta que analizamos, serían aplicables las normas sobre fuero contempladas en el Código de Procedimiento Penal para Senadores y Diputados.

Adicionalmente, un principio de interpretación comúnmente aceptado relativo a las normas jurídicas es el de que debe tratarse de una interpretación útil; es decir, las normas han de ser interpretadas en un sentido en que surtan efectos, y no en uno en que no los produzcan. Un corolario de lo anterior es que la interpretación de una norma jamás puede conducir al absurdo, y es de la naturaleza misma del procedimiento sobre fuero que la autoridad en favor de la cual se halla establecido puede ser desaforada.

Señor Presidente, confundir fuero con impunidad es, simplemente, ignorancia jurídica inexcusable.

En virtud de lo anterior, consideramos improcedente e inconveniente un veto constitucional en relación con este proyecto, e incluso innecesaria una norma aclaratoria, salvo, por cierto, que ella pudiera despejar las dudas.

Las consideraciones de tipo político que se esgrimen son aún más débiles que las anteriores. Por de pronto, no se advierte por qué estas razones no fueron expuestas hace seis meses, cuando la iniciativa se aprobó por unanimidad en el Senado, o hace dos meses, cuando fue aprobada en la Cámara Baja por la unanimidad de los Diputados de la Concertación.

Ya en ambas oportunidades anteriores había decenas de querellas criminales en contra del General Pinochet y existía, para los que deseamos verdad y justicia, al igual que ahora, un ministro de fuero conociendo de las mismas. La situación procesal de Pinochet no ha variado en estos dos meses en lo que se refiere a los tribunales chilenos.

Adicionalmente, el proyecto que analizamos no agrega a Pinochet nada que no tenga ahora: ex Presidente de la República, sin lo cual no habría podido asumir como Senador vitalicio; fuero, y dieta.

Lo anterior, sin perjuicio de reiterar, por enésima vez, que desde el punto de vista de los Partidos de la Concertación y de la Democracia Cristiana, aspiramos, como una cuestión de principios democráticos, a eliminar la institución de los Senadores vitalicios, así como la de los Senadores institucionales.

Termino, señor Presidente, diciendo que para los democratacristianos no es ni puede resultar indiferente la situación que afecta al ex Primer Mandatario don Patricio Aylwin. Él ya es objeto de una discriminación en la actual Constitución en lo que se refiere al estatuto de los ex Presidentes de la República. Creemos que Chile está en deuda con el Presidente Aylwin, y que la forma de saldar esa deuda es otorgándole la calidad y la dignidad de ex Presidente de la República, con los beneficios de dieta y fuero.

Por eso, votamos a favor del proyecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

En los dos minutos que restan al Comité Demócrata Cristiano voy a hacer algunas breves reflexiones.

En primer lugar, aclaro que voto con la convicción jurídica de que la reforma que estamos aprobando en relación con el tema del posible fuero no otorga ningún privilegio ni doble fuero a nadie, y tampoco al Senador vitalicio don Augusto Pinochet. Voto con esa tranquilidad y con esa conciencia.

En segundo término, y en el mismo sentido, pienso que el hecho de que exista una discrepancia política en esta materia no constituye una señal, en un sentido u otro, al Poder Judicial, por muy respetables que sean las posiciones. Para determinar la procedencia o improcedencia de un desafuero, los tribunales deben actuar de acuerdo con fundamentos jurídicos, y no guiándose por lo que se haya dicho o expresado en este Congreso o por las diferentes posiciones políticas sustentadas sobre el particular.

En tercer lugar, voto a favor con la convicción de que el Parlamento, al aprobar el estatuto de los ex Primeros Mandatarios, termina con una grave discriminación que afecta a un Presidente de la República de Chile que cumplió una tarea trascendental en la recuperación de la democracia de este país.

Por lo tanto, voto absolutamente convencido de la necesidad de la reforma.

Por último, me alegro y ojalá tomemos nota de la voluntad expresada durante el debate por personeros políticos de diferentes Partidos, especialmente de Oposición, en orden a buscar un acuerdo constitucional. Convoco a este Parlamento a que sumemos nuestros esfuerzos con miras a lograr un acuerdo que nos permita contar con una Carta Fundamental como la que requiere el país, que evite discusiones innecesarias y que una -y no divida- a los chilenos.

Por todas estas razones, voto a favor de la reforma.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-

¿Algún señor Parlamentario no ha emitido su voto?

El Diputado señor GIRARDI.-

¡Para evitar futuros tiranos que quiten la vida, voto en contra!

El Diputado señor NAVARRO.-

Voto en contra, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba la reforma (111 votos por la afirmativa, 29 por la negativa y 3 abstenciones).

Votaron por la afirmativa los Senadores señores Aburto, Boeninger, Bombal, Canessa, Cantero, Cariola, Cordero, Chadwick, Díez, Fernández, Foxley, Hamilton, Horvath, Lagos, Larraín, Martínez, Matta, Matthei, Moreno, Novoa, Páez, Pizarro, Ríos, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Urenda, Valdés, Vega y Zaldívar (don Andrés), y los Diputados señores Acuña, Alessandri, Álvarez, Arratia, Ávila, Bartolucci, Bertolino, Caminondo, Cardemil, Coloma, Cornejo (don Aldo), Cornejo (don Patricio), Correa, Delmastro, Díaz, Dittborn, Elgueta, Espina, Fossa, Galilea, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, González, Gutiérrez, Guzmán, Hales, Hernández, Huenchumilla, Ibáñez, Jarpa, Jeame, Jiménez, Jocelyn-Holt, Krauss, Kuschel, Leay, León, Longueira, Luksic, Martínez (don Rosauro), Martínez (don Gutenberg), Masferrer, Melero, Mesías, Molina, Monge, Mora, Moreira, Mulet, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Pareto, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Víctor), Prochelle, Prokurica, Recondo, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Saa, Salas, Seguel, Ulloa, Urrutia, Van Rysselberghe, Vargas, Vega, Velasco, Vilches, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).

Votaron por la negativa los Senadores señores Bitar, Gazmuri, Lavandero, Muñoz Barra, Núñez, Ominami y Ruiz (don José), y los Diputados señores Aguiló, Allende, Ascencio, Bustos, Ceroni, Encina, Girardi, Jaramillo, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Montes, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Naranjo, Navarro, Pérez (don José), Pollarolo, Sánchez, Soria, Soto, Tuma y Valenzuela.

Se abstuvieron de votar el Senador señor Viera-Gallo y los Diputados señores Errázuriz y Lorenzini.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Habiéndose cumplido el objetivo de este Congreso Pleno, se levanta la sesión.

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 25 de marzo, 2000. Oficio

Valparaíso,

A S.E. El Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

“El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El Ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.”.”.

Lo que comunico a V.E. en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 117 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a V.E.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario (S) del Senado

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 19.672

Tipo Norma
:
Ley 19672
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=167168&t=0
Fecha Promulgación
:
19-04-2000
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cwkm
Organismo
:
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Título
:
REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTICULO 30 DE LA CARTA FUNDAMENTAL, CON EL FIN DE ESTABLECER EL ESTATUTO DE LOS EX PRESIDENTES DE LA REPUBLICA
Fecha Publicación
:
28-04-2000

REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTICULO 30 DE LA CARTA FUNDAMENTAL, CON EL FIN DE ESTABLECER EL ESTATUTO DE LOS EX PRESIDENTES DE LA REPUBLICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de Reforma Constitucional:

    ''Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 30 de la Constitución Política de la República:

    ''El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República.

    En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 y el artículo 59.

    Quien actualmente o en el futuro se desempeñe como senador vitalicio, podrá renunciar a dicho cargo, en cuyo caso mantendrá la dignidad de Ex Presidente de la República.

    No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

    El Ex Presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.''.''.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese, llévese a efecto como Ley de la República y ténganse por incorporadas sus disposiciones a la Constitución Política de la República, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del Artículo 119 de este cuerpo constitucional.

    Santiago,  19 de abril de 2000.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Alvaro García Hurtado, Ministro  Secretario General de la Presidencia.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Dockendorff Vallejos, Subsecretario General de la Presidencia.