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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.565

Autoriza la Construcción de un Monumento, en la Ciudad de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Julio Lagos Cosgrove. Fecha 04 de octubre, 1995. Moción Parlamentaria en Sesión 2. Legislatura 332.

MOCIÓN

MOCIÓN DEL H. SENADOR D. JULIO LAGOS COSGROVE, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA LA CONSTRUCCIÓN DE UN MONUMENTO, EN LA CIUDAD DE IQUIQUE, EN MEMORIA DEL CONTRAALMIRANTE D. CARLOS CONDELL DE LA HAZA.

CARLOS CONDELL DE LA HAZA, nació el 14 de Octubre de 1843, y falleció en la ciudad de Quilpué el 24 de Octubre de 1887.

Ingresó el 29 de Julio de 1858 a la Escuela Naval, y siendo cadete, fue compañero de recordados y renombrados héroes de nuestro país, como Prat, Uribe, Serrano, Orella, Montt, Latorre entre tantos otros.

Como guardiamarina, participó en el Combate Naval de Papudo, el 26 de Noviembre de 1865, en "donde el buque Esmeralda apresó a la corbeta española Covadonga, que le tocaría comandar años más tarde en la Epopeya de Iquique del 21 de mayo de 1879, reafirmando así, su fiereza y valor en el Combate de Punta Gruesa, siendo conocido y nombrado cariñosamente como el Bravo de los Bravos, característica que combinada con su acertada inteligencia y pericia de gran marinero, pudo, a pesar de lo débil y pequeña que era la embarcación que comandada, vencer a la gran nave peruana Independencia, que a la sazón constituía uno de los grandes pilares del poderío naval del Perú, significando dicha captura para Chile, episodio clave y primordial, en la fórmula victoriosa que nuestro país en ese entonces seguía, dentro del marco de la Guerra del Pacífico.

Sin duda, que epopeyas como la relatada, constituyen un tesoro invaluable en nuestra Historia, que deben estar siempre respaldadas por testimonios materiales y reales para la memoria de nuestros habitantes. La ciudad de Iquique, que en los últimos tiempos ha crecido hacia el Sur, abarcará en poco tiempo dentro de su radio urbano, una explanada que bordea la bahía de Chuquinata, más conocida como Punta Gruesa, que junto al histórico faro ahí existente, darían el marco idóneo para erigir un monumento que recordara la persona de este gran marino.

La construcción de este monumento, significaría la garantía de que el Combate de Punta Gruesa, sería recordado por siempre, como un baluarte del turismo histórico, que Iquique, como dueña de tantos valiosos sucesos de antaño, debe resguardar.

La idea de construir un monumento se encuentra desde hace varios años ya planificada, pero como toda obra, requiere de los fondos y recursos económicos necesarios para su construcción.

En consecuencia, en mérito de los antecedentes antes expuestos, vengo en proponer siguiente Proyecto de Ley:

ARTICULO 1°: "Autorízase erigir un monumento en la explanada de Punta Gruesa de la ciudad de Iquique, en memoria del Contraalmirante Don Carlos Condell de la Haza.”

ARTlCULO 2º: "La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes provenientes tanto de personas naturales como jurídicas, públicas como privadas."

ARTICULO 3º: "Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo anterior."

ARTICULO 4º: "Créase una Comisión Especial, encargada de ejecutar, y de supervigilar la finalidad perseguida por este cuerpo legal, integrada por los siguientes cinco miembros ad honorem:

a) El Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Iquique, que la presidirá.

b) Un representante de la Armada de Chile, que será nombrado por la Comandancia en Jefe de la Armada.

c) Un representante del Intendente de la Primera Región.

d) Un representante del Colegio de Arquitectos de la ciudad de Iquique.

ARTICULO 5º: "La comisión especial de que trata el artículo precedente, tendrá las siguientes funciones:

a) Establecer el sitio específico en que se ubicará el monumento dentro de la explanada aludida en el artículo 1°.

b) Determinar la fecha y forma en que se efectuarán las colectas públicas de que habla el artículo 2°, como también realizar todo trámite o gestión para el buen logro de esta iniciativa.

c) Llamar a concurso público para la ejecución de la obra, fijar sus bases técnico-financieras y resolverlo. Dentro de las bases técnicas, será considerado el diseño que la Armada de Chile posee para estos efectos, que será proporcionado e informado por el representante de que trata la letra (b) del artículo anterior.

d) Administrar el fondo creado por el Artículo 3°.

e) Abrir una cuenta corriente especial para la administración del fondo aludido.

f) Realizar todo tipo de actuación u otra diligencia que dicha Comisión estime procedente para el completo cumplimiento de los fines de esta ley.”

JULIO LAGOS COSGROVE

Senador de la República

1.2. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 31 de julio, 1996. Informe de Comisión de Educación en Sesión 25. Legislatura 333.

?INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUTORIZA LA CONSTRUCCIÓN DE UN MOMUMENTO, EN LA CIUDAD DE IQUIQUE, EN MEMORIA DEL CONTRALMIRANTE DON CARLOS CONDELL DE LA HAZA.

BOLETÍN N° 1.709-04.

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en Moción del H. Senador señor Julio Lagos Cosgrove.

Don Carlos Condell de la Haza, hijo de don Federico Condell y doña Manuela de la Haza, nació en Valparaíso, el 14 de agosto de 1844.

A los cinco años de edad, don Carlos ingresó al Colegio de los Sagrados Corazones de Valparaíso. En ese mismo período fallecen su padre y su madre, quedando huérfano junto a sus nueve hermanos. Sus tutores, entonces, adoptan la decisión de incorporarlo al “Colegio Inglés”, donde terminará sus estudios primarios.

El 29 de julio de 1858, a la edad de catorce años, movido por una fuerte vocación marinera, ingresó como cadete a la Escuela Naval, para formar parte del llamado “curso de los héroes”, junto a don Arturo Prat, don Juan José Latorre, don Luis Uribe, don Ignacio Serrano y don Jorge Montt, entre otros próceres.

El 15 de julio de 1861 alcanza el grado de Guardiamarina de la Armada de Chile, siendo su primera destinación como oficial a bordo del vapor Maipo, en funciones de aprovisionamiento y traslado de tropas a La Araucanía y al norte del país.

Declarada la Guerra a España en 1865, don Carlos se embarca bajo las órdenes del Comandante don Juan Williams Rebolledo, desempeñando comisiones en Chiloé y en las islas Chinchas, en Perú, correspondiéndole participar, el 26 de noviembre de 1865, en el Combate de Papudo.

A bordo de La Covadonga, el 8 de febrero de 1866, interviene en el Combate de Abtao.

En el carácter de Teniente 2º de la marina chilena, y con dos condecoraciones a su haber, deja de prestar servicios el 5 de abril de 1867, para desarrollar otras actividades. Sin embargo, la añoranza de la vida marinera puede más, y siete meses más tarde se reincorpora a la Armada, con el cargo y rango que ostentaba, siendo inmediatamente destinado a La Esmeralda.

En esa condición, viajó en noviembre de 1868 a Lima con la misión de repatriar a Chile los restos mortales del General don Bernardo O’Higgins. Pasa, luego, a servir sucesivamente en el Abtao y la Chacabuco, a cuyo mando se encontraba el Comandante don Enrique Simpson. En 1869 es ascendido a Teniente 1º.

El 21 de marzo de 1872, guiado por intereses comerciales, se acoge nuevamente a retiro. Luego de cuatro años de ausencia se reincorpora a la Armada, la que lo comisiona a Tahiti y Pascua. Conoce en esa época a quien será más tarde su cónyuge, doña Matilde Lemus Valdivieso. Al regresar, es designado Ayudante de la Gobernación Marítima de Valparaíso, con el grado de Capitán de Corbeta.

Al declararse la Guerra del Pacífico, Carlos Condell asume el mando del vapor Abtao y concurre junto a la Escuadra Chilena al bloqueo de Iquique. En los primeros días de mayo de 1879, es nombrado Comandante de la goleta Covadonga. Poco después, le corresponderá continuar el bloqueo del puerto nortino con La Esmeralda, a la sazón al mando del Capitán Prat. El resto de la Escuadra siguió rumbo al norte.

El día 21 de mayo, alertados los bloqueadores por la presencia del Huáscar y la Independencia enfila su barco hacia el sur, entrando en combate con el enemigo. Perseguido por la Independencia y navegando a orillas de la costa, advierte que, frente a Punta Gruesa, la Covadonga ha tocado sus fondos en los arrecifes, lo que lo lleva a suponer que la nave enemiga, de continuar su persecución, habrá de encallar en ellos, dado su mayor calado y envergadura. Efectivamente, la Independencia es presa de los arrecifes, situación que permite a Condell hacerse con la victoria.

El hecho narrado representó para el Perú la pérdida del 50% de su capacidad naval, y para Chile el control de una parte del Pacífico, el que se afianzará posteriormente cuando el Comandante don Juan José Latorre, al mando de las acciones navales chilenas, logre capturar al monitor Huáscar en la Batalla de Angamos.

Con posterioridad a la Guerra del Pacífico, donde le cupo una participación destacadísima en diversas acciones bélicas, el 21 de mayo de 1881 es ascendido a Capitán de Navío, y es enviado a Europa por tres años en comisión de estudio. A su regreso, se desempeña como agregado al Ministerio de Guerra y Marina, para en 1886 servir como Mayor General del Departamento de Marina.

El 28 de octubre de 1886 asume la comandancia del blindado Cochrane, y más tarde, el 28 de marzo de 1887, la del Blanco Encalada.

El 12 de agosto de 1887, encontrándose gravemente enfermo, el Gobierno en reconocimiento a sus meritorios servicios le confiere el grado de Contralmirante de la Armada de Chile.

Falleció el 24 de octubre de 1887, en la ciudad de Quilpué.

En mérito de los antecedentes anteriores, vuestra Comisión, por la unanimidad de sus miembros, HH. Senadores señores Cantuarias, Díez, Muñoz, Ruiz Esquide y Thayer, acordó aprobar la idea de legislar en la materia.

La iniciativa legal en comentario persigue rendir un homenaje público en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza, autorizando al efecto erigir un monumento en la ciudad de Iquique. Este propósito se materializa en cinco artículos, que a continuación se describen brevemente.

El artículo 1º autoriza erigir un monumento en la explanada de Punta Gruesa de la ciudad de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell.

El artículo 2º indica el modo como se financiará la obra, a saber, mediante erogaciones populares.

El artículo 3º crea un fondo destinado a recibir las erogaciones de que se trata.

El artículo 4º establece una comisión especial ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos del proyecto, e indica su forma de integración.

El artículo 5º consagra las atribuciones que competen a la comisión especial.

Durante la discusión particular de la iniciativa, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros, armonizó sus diversas disposiciones con el formato aprobado con anterioridad para proyectos de esta naturaleza, incorporando al efecto algunas enmiendas formales y de redacción que se consignan en el texto que a continuación sometemos a vuestra consideración.

En consecuencia, vuestra Comisión de Educación y Cultura os propone que aprobéis el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º. Autorízase erigir un monumento en la comuna de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza.

Artículo 2º. La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º. Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º. Créase una comisión especial, integrada por siete miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por las Comisiones de Defensa del Senado y de la Cámara de Diputados;

b) Un representante del Intendente de la Iª Región;

c) El Alcalde de la I. Municipalidad de Iquique;

d) Un representante de la Armada de Chile, que será nombrado por la Comandancia en Jefe de la institución;

e) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales, y

f) Un representante del Colegio de Arquitectos, con sede en Iquique.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º. La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Establecer el sitio en que se ubicará el monumento;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º. Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.”.

Acordado en sesión celebrada el día 31 de julio de 1996, con asistencia de los HH. Senadores señores Roberto Muñoz Barra (Presidente), Eugenio Cantuarias Larrondo, Sergio Díez Urzúa, Mariano Ruiz Esquide Jara y William Thayer Arteaga.

Sala de la Comisión, a 31 de julio de 1996.

M. ANGELICA BENNETT GUZMAN

Secretario

1.3. Discusión en Sala

Fecha 04 de septiembre, 1996. Diario de Sesión en Sesión 36. Legislatura 333. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

MONUMENTO EN MEMORIA DE CONTRAALMIRANTE DON CARLOS CONDELL

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Lagos, que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Iquique, en memoria del Contraalmirante don Carlos Condell, con informe de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: (moción del señor Lagos).

En primer trámite, sesión 2ª, en 4 de octubre de 1995.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 25ª, en 6 de agosto de 1996.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

En discusión general y particular.

Ofrezco la palabra.

Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.-

Señor Presidente, quiero agradecer al Senado la aprobación de este proyecto de ley, porque con ello se hace justicia al brillante Contralmirante que, en la Guerra del Pacífico, realizó una de las grandes hazañas en Punta Gruesa, donde, a mi juicio, es conveniente instalar dicho monumento: mirando, precisamente, al sitio donde hizo encallar a la nave peruana, venciéndola.

En nombre de los habitantes de la Primera Región , lugar en que se libró dicha Guerra, reitero mis agradecimientos al Senado. Creo que más adelante seguiremos brindando homenajes a muchos héroes a lo largo del territorio nacional, particularmente en el extremo norte del país.

He dicho.

El señor MUÑOZ BARRA.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor MUÑOZ BARRA.-

La Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología aprobó por unanimidad la moción del Senador señor Lagos.

--Se aprueba en general y particular el proyecto.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 05 de septiembre, 1996. Oficio en Sesión 35. Legislatura 333.

Valparaíso, 5 de septiembre de 1996.

N° 10.313

A S.E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Con motivo de la Moción, informe y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º. Autorízase erigir un monumento en la comuna de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza.

Artículo 2º. La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º. Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º. Créase una comisión especial, integrada por siete miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por las Comisiones de Defensa del Senado y de la Cámara de Diputados;

b) Un representante del Intendente de la Iª Región;

c) El Alcalde de la I. Municipalidad de Iquique;

d) Un representante de la Armada de Chile, que será nombrado por la Comandancia en Jefe de la institución;

e) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales, y

f) Un representante del Colegio de Arquitectos, con sede en Iquique.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º. La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Establecer el sitio en que se ubicará el monumento;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º. Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.”.

Dios guarde a V.E.

SERGIO DIEZ URZUA

Presidente del Senado

RAFAEL EYZAGUIRRE ECHEVERRIA

Secretario del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 05 de agosto, 1997. Informe de Comisión de Educación en Sesión 40. Legislatura 335.

?INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION, CULTURA, DEPORTES Y RECREACION SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR DE UN MONUMENTO, EN LA CIUDAD DE PUNTA ARENAS, EN MEMORIA DEL CARDENAL DON ANTONIO SAMORE.

BOLETIN Nº 1.393-04 (S)

Honorable Cámara:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación viene en informaros, en segundo trámite constitucional, sobre el proyecto de ley de la referencia, originado en una moción del Senador señor José Ruiz de Giorgio.

ANTECEDENTES.

El Cardenal don Antonio Samoré nació el 4 de diciembre de 1905, en Bardi, Italia. Ingresó al Seminario Menor Diocesano a los once años de edad y pasó, en 1921, al Seminario Mayor, donde se doctoró en Teología. Más tarde, en el Ateneo Lateranense de Roma obtuvo su doctorado en Derecho Canónico. Recibió su ordenación sacerdotal el 10 de junio de 1928.

Llamado al servicio de la Santa Sede, fue enviado, en 1932, como Secretario, a la Nunciatura Apostólica de Lituania. En 1938 pasó a la de Suiza. Durante la Segunda Guerra Mundial, prestó servicios en la Secretaría de Estado. En 1947 fue destinado, en calidad de Consejero, a la Delegación Apostólica en Estados Unidos.

El Papa Pío XII lo nombró Arzobispo Titular de Trinovo y Nuncio Apostólico en Colombia el 30 de enero de 1950. Recibió la ordenación episcopal el 16 de abril del mismo año. En este país, la Universidad de Cauca, Popayán, le confirió el doctorado honoris causa.

Regresó al Vaticano en 1953, como Secretario de la Sagrada Congregación para los Asuntos Eclesiásticos Extraordinarios, cargo en el cual dedicó una atención preferente a los problemas religiosos de América Latina. Fue miembro de la comisión que preparó la I Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, celebrada en Río de Janeiro, en los meses de julio y agosto de 1955. Posteriormente, fue Secretario, Vicepresidente y Presidente, sucesivamente, de la Pontificia Comisión para América Latina, instituida por Pío XII en 1958, siendo uno de los inspiradores y creadores del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM).

Integró la comisión encargada de preparar el Concilio Vaticano II y la Comisión Conciliar para el Apostolado de los Laicos. Asimismo, fue consultor de las Sagradas Congregaciones para la Doctrina de la Fe, Consistorial e Iglesias Orientales; Presidente de la Pontificia Comisión para Rusia; consiliario del Círculo de Roma, y socio de la Diputación de Historia Patria de las Provincias Parmenses.

El Cardenal Samoré, no obstante sus ocupaciones y cargos, nunca descuidó su actividad pastoral. Así, en Roma fue confesor del Oratorio de San Pedro y de la cárcel de Regina Coeli, y más adelante dirigió Villa Nazaret, institución fundada por el Cardenal Tardini para la educación de jóvenes pobres. En Bogotá, Colombia, se destacó por su dedicación en favor de los más necesitados.

El Papa Pablo VI lo instituyó Cardenal en el Consistorio el 26 de junio de 1967, asignándole el título presbiterial de Santa María “Sopra Minerva”.

Siendo Presidente de la Pontificia Comisión para América Latina, en 1968 participó en la II Asamblea del Episcopado Latinoamericano, que tuvo lugar en Medellín. Se desempeñó como uno de los tres Presidentes de dicha Asamblea, inaugurada por el Papa Pablo VI en la Catedral de Bogotá.

Este Pontífice lo nombró, el 2 de noviembre de 1968, Prefecto de la Sagrada Congregación para la Disciplina de los Sacramentos. El 25 de enero de 1974 lo hizo Bibliotecario y Archivero de la Santa Iglesia Romana. En el Consistorio del 12 de diciembre del mismo año, le adjudicó el título de la Iglesia Suburbicaria de Sabina y Poggio Mirteto.

El 24 de diciembre de 1978, el Papa Juan Pablo II lo nombró Enviado Especial del Vaticano ante los Gobiernos de Chile y Argentina, para dirimir la controversia surgida entre ambos países sobre la zona austral del Canal Beagle. En aquella oportunidad, viajó a las capitales chilena y argentina, desplegando una intensa actividad hasta conseguir, el 8 de enero de 1979, la firma del Protocolo de Montevideo, en virtud del cual ambas naciones aceptaron someter sus diferencias a la mediación de la Santa Sede, renunciando al uso de las armas. A partir de ese momento, el Cardenal Samoré consagró todos sus esfuerzos a acercar las posiciones en conflicto, no alcanzando a presenciar la firma del Tratado de Paz y Amistad, puesto que falleció el 3 de febrero de 1983, antes de que éste se concretara.

Al ocurrir su deceso, se desempeñaba como miembro del Consejo para los Asuntos Públicos de la Iglesia, de las Sagradas Congregaciones para los Obispos, para las Iglesias Orientales y para la Evangelización de los Pueblos.

IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO Y SINTESIS DE SUS DISPOSICIONES DE ACUERDO AL TEXTO APROBADO POR EL SENADO.

La idea central del proyecto persigue, precisamente, rendir un homenaje público en memoria del Cardenal don Antonio Samoré, mediante la autorización para erigirle un monumento en la ciudad de Punta Arenas, en reconocimiento de los valiosos servicios prestados al país para lograr la firma del Tratado de Paz y Amistad entre Chile y Argentina.

Tal idea, la que es materia propia de ley de conformidad a lo establecido en el artículo 60, Nº 5, de la Constitución Política, el proyecto la concreta por medio de seis artículos, los que, en síntesis, establecen lo siguiente.

El artículo 1º autoriza erigir un monumento en memoria del Cardenal don Antonio Samoré, en la ciudad de Punta Arenas.

El artículo 2º establece que la obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas mediante colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Agrega que las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

El artículo 3º crea un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes referidos precedentemente.

El artículo 4º crea una comisión especial, de seis miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley en proyecto; señala que la integrarán a) un Senador y un Diputado, elegidos por sus respectivas Cámaras, b) el Intendente de la XII Región, c) el Alcalde de la Municipalidad de Punta Arenas, d) un representante del Ministro de Educación, e) el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales; y, finalmente, establece que su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será la mayoría de sus miembros.

El artículo 5º consagra las funciones que corresponderán a la comisión, las cuales serán: a) determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción; b) establecer el sitio donde se ubicará la obra; c) llamar a concurso público de proyectos para su ejecución, fijar sus bases y resolverlo; d) administrar el fondo creado, y e) abrir una cuenta corriente para gestionar el fondo.

El artículo 6º dispone que, si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.

DISCUSION Y VOTACION DEL PROYECTO.

La Comisión concordó plenamente con los objetivos del proyecto, el que estimó totalmente ajustado a los muchos méritos del Cardenal Samoré, y, sin mayor debate, procedió a aprobar la idea de legislar, por unanimidad.

Como se incluyera el proyecto en la tabla de Fácil Despacho, se procedió de inmediato a su discusión en particular y, luego de analizar cada disposición, se procedió a aprobar cada una de ellas por unanimidad, en los mismos términos propuestos, a excepción del artículo 5º, al cual, con el propósito de adecuarlo a criterios ya aprobados por la Comisión en relación con las funciones que deben corresponder a las comisiones especiales que se crean en los proyectos sobre monumentos, se introdujo, por unanimidad, la enmienda de sustituir su letra b) por la siguiente:

"b). Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales."

El objetivo específico que persigue la modificación no es otro que el de velar por que haya la debida coordinación entre los entes involucrados en la toma de decisiones relativas al lugar en el cual se ubicará la obra, como también que se cumpla con lo dispuesto en el artículo 18 de la ley sobre Monumentos Nacionales, que dispone que no podrán iniciarse trabajos para construir monumentos sin que previamente se presenten los planos de la obra en proyecto al Consejo de Monumentos Nacionales y que ella sólo podrá realizarse una vez aprobados por dicho Consejo.

CONSTANCIA.

Para los efectos de lo establecido en los números 4º, 5º, 6º y 7º del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:

1. Que el proyecto no contiene disposiciones que hayan sido consideradas como propias de ley con rango orgánico constitucional o de quórum calificado.

2. Que ninguna de sus disposiciones ha sido considerada como propia de la competencia de la Comisión de Hacienda.

3. Que no hubo artículos ni indicaciones rechazados por la Comisión.

4. Que la Comisión introdujo la siguiente enmienda en el texto aprobado por el Senado.

Sustituyó la letra b) del artículo 5º por la siguiente:

"b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales."

Por las razones expuestas y por las que os dará a conocer el señor Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto, al que se le ha introducido la modificación acordada, de acuerdo al siguiente texto:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º. Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Punta Arenas, en memoria del Cardenal don Antonio Samoré.

Artículo 2º. La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º. Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º. Créase una comisión especial, integrada por seis miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, elegidos por sus respectivas Cámaras;

b) El Intendente de la XII Región;

c) El Alcalde de la Municipalidad de Punta Arenas;

d) Un representante del Ministro de Educación, y

e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º. La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º. Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.”.

Sala de la Comisión, a 5 de agosto de 1997.

Se designó Diputado Informante al señor Edmundo Villouta Concha.

Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los Diputados señores Maximiano Errázuriz E. (Presidente), Nelson Ávila C., Rosauro Martínez L., Sergio Morales M., José Miguel Ortiz N., Víctor Pérez V., y Edmundo Villouta C.

ANDRES LASO CRICHTON

Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 12 de mayo, 1998. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 337. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

MONUMENTO EN MEMORIA DE CARLOS CONDELL DE LA HAZA. Segundo trámite constitucional.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto, iniciado en moción, que autoriza erigir, en la ciudad de Iquique, un monumento en memoria del Contraalmirante don Carlos Condell de la Haza.

Diputado informante de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación es el señor Edmundo Villouta.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, boletín Nº 1709-04 (S), sesión 35ª, en 9 de septiembre de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 13.

-Informe de la Comisión de Educación, sesión 40ª, en 9 de septiembre de 1997. Documentos de la Cuenta Nº 2.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Edmundo Villouta.

El señor VILLOUTA.-

Señor Presidente , debo entregar el informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, sobre el proyecto que autoriza erigir en la ciudad de Iquique, un monumento en memoria de este distinguido y gran héroe naval, contraalmirante Carlos Condell , que ocupa un lugar preferente en nuestra historia naval.

Don Carlos Condell, hijo de don Federico Condell y doña Manuela de la Haza, nació en Valparaíso, el 14 de agosto de 1844.

A los cinco años de edad, ingresa al Colegio de los Sagrados Corazones de Valparaíso. En ese mismo período fallecen su padre y su madre y queda huérfano junto a sus nueve hermanos. Sus tutores, entonces, adoptan la decisión de incorporarlo al Colegio Inglés, donde termina sus estudios primarios.

El 29 de julio de 1858, a la edad de catorce años, movido por una fuerte vocación marinera, ingresa como cadete a la Escuela Naval, para formar parte del llamado “curso de los héroes”, junto a don Arturo Prat, don Juan José Latorre, don Luis Uribe, don Ignacio Serrano y don Jorge Montt , entre otros próceres.

El 15 de julio de 1861, a los 17 años, alcanza el grado de guardiamarina de la Armada de Chile. Su primera destinación es como oficial a bordo del vapor “Maipo”, en funciones de aprovisionamiento y traslado de tropas a la Araucanía y al norte del país.

Declarada la guerra a España, en 1865, se embarca bajo las órdenes del Comandante Juan Williams Rebolledo . Desempeña comisiones en Chiloé y en las islas Chinchas, en Perú, correspondiéndole participar, el 26 de noviembre de 1865, en el combate de Papudo.

A bordo de la ?Covadonga?, el 8 de febrero de 1866, interviene en el combate de Abtao.

En el carácter de teniente 2° de la Marina chilena y con dos condecoraciones a su haber, deja de prestar servicios el 5 de abril de 1867, para desarrollar otras actividades. Sin embargo, la añoranza de la vida marinera puede más y, siete meses más tarde, se reincorpora a la armada, con el cargo y rango que ostentaba, siendo inmediatamente destinado a la “Esmeralda”.

En esa condición, viajó en noviembre de 1868 a Lima, con la misión de repatriar a Chile los restos mortales del General don Bernardo O’Higgins .

Luego, pasa a servir sucesivamente en el ?Abtao? y en la ?Chacabuco?, a cuyo mando se encontraba el comandante don Enrique Simpson .

En 1869, es ascendido a teniente 1°.

El 21 de marzo de 1872, guiado por intereses comerciales, se acoge nuevamente a retiro. Luego de cuatro años de ausencia se reincorpora a la armada, la que lo comisiona a Tahití y Pascua. Conoce en esa época a quien será más tarde su cónyuge, doña Matilde Lemus Valdivieso . Al regresar, es designado ayudante de la gobernación marítima de Valparaíso con el grado de capitán de corbeta.

Al declararse la Guerra del Pacífico, Carlos Condell asume el mando del vapor “Abtao” y concurre, junto a la escuadra chilena, al bloqueo de Iquique. En los primeros días de mayo de 1879 es nombrado comandante de la goleta “Covadonga”. Poco después, le corresponderá continuar el bloqueo del puerto nortino con la “Esmeralda”, a la sazón al mando del Capitán Prat. El resto de la escuadra siguió rumbo al norte.

El 21 de mayo, alertados los bloqueadores por la presencia del “Huáscar” y la “Independencia”, enfila su barco hacia el sur y entra en combate con el enemigo. Perseguido por la “Independencia” y navegando a orillas de la costa, advierte que, frente a Punta Gruesa, la “Covadonga” ha tocado con sus fondos en los arrecifes, lo que lo lleva a prever que la nave enemiga, de continuar su persecución, habrá de encallar en ellos, dado su mayor calado y envergadura. Efectivamente, la “Independencia” es presa de los arrecifes, situación que permite a Condell hacerse con la victoria.

El hecho narrado representó para el Perú la pérdida del 50 por ciento de su capacidad naval, y para Chile, el control de una parte del Pacífico, el que se afianzará posteriormente cuando el comandante don Juan Latorre , al mando de las acciones navales chilenas, logre capturar al monitor “Huáscar” en el combate de Angamos.

Con posterioridad a la Guerra del Pacífico , donde le cupo una participación destacadísima en diversas acciones bélicas, el 21 de mayo de 1881 es ascendido a capitán de navío y enviado a Europa por tres años en comisión de estudio. A su regreso, se desempeña como agregado al Ministerio de Guerra y Marina, para en l886 servir como mayor general del Departamento de Marina.

El 28 de octubre de 1886 asume la comandancia del blindado “Cochrane” y, más tarde, el 28 de marzo de 1887, la del “Blanco Encalada”.

El 12 de agosto de 1887, encontrándose gravemente enfermo, el Gobierno le confiere el grado de Contraalmirante de la Armada de Chile, en reconocimiento a sus meritorios servicios.

Falleció el 24 de octubre de 1887 en la ciudad de Quilpué, a los 43 años.

Dado que en mayo se celebra justamente el Mes del Mar, espero que la honorable Cámara apruebe el proyecto que he informado.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Señores diputados, restan tres minutos para el término de la tabla de Fácil Despacho.

Solicito el acuerdo de la Sala para extenderla hasta por 10 minutos para poder despachar el proyecto.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Están inscritos los Diputados señores Jorge Ulloa , la señorita Sciaraffia y el señor Juan Bustos .

Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa, hasta por tres minutos.

El señor ULLOA .-

Señor Presidente , intervengo en mi calidad de integrante de la Comisión de Educación y en nombre de la bancada de la Unión Demócrata Independiente para apoyar en forma entusiasta la idea de erigir un monumento en memoria del Contraalmirante don Carlos Condell .

Es importante señalar que el Contraalmirante Condell pertenece claramente al “curso de los héroes”, el mismo que integró el Comandante de máxima gloria de nuestra Armada Nacional, don Arturo Prat ; el almirante Juan José Latorre , el teniente Luis Uribe, don Ignacio Serrano y don Jorge Montt , todos ellos grandes patriotas que han servido a la patria desde la Armada Nacional.

Es importante destacar que, en la práctica, el Contraalmirante Condell fue el triunfador en la hazaña del 21 de mayo de 1879, lo que refleja la característica de un marino valiente, honesto, honrado, que con sus dotes de piloto y de buen comandante mostró la posibilidad de restarle a quienes entonces eran nuestros enemigos, el 50 por ciento de su poderío naval.

Sin duda alguna, el Contraalmirante don Carlos Condell de la Haza merece no sólo éste, sino el reconocimiento verdadero que le ha dado la historia, junto a Prat, como también la ciudadanía, porque fue un hombre que, además de salir victorioso en el combate, prestó servicios muy distinguidos a la patria.

Sinceramente, me parece que éste es un reconocimiento mínimo, y por esa razón la Unión Demócrata Independiente apoya con entusiasmo el proyecto.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra, hasta por tres minutos, la Diputada señorita Antonella Sciaraffia

La señorita SCIARAFFIA (doña Antonella).-

Señor Presidente , mayo es un mes particularmente significativo para todos los iquiqueños, por lo cual no puede ser más propicia la ocasión para que la Cámara apruebe el proyecto de erigir un monumento en memoria del Contraalmirante Carlos Condell, quien no sólo ha dado prestigio al país, sino que también ha demostrado que, con inteligencia y creatividad, sin grandes recursos -como ocurrió en la batalla en que salió victorioso-, las cosas se pueden hacer bien.

Para quienes hemos nacido en Iquique es muy reconfortante y satisfactorio este proyecto. Por eso, en nombre de la gente de Iquique y de la bancada de la Democracia Cristiana, que me acompaña, solicito su aprobación.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Finalmente, tiene la palabra, hasta por tres minutos, el Diputado señor Juan Bustos.

El señor BUSTOS (don Juan) .-

Señor Presidente , quiero hablar en nombre de todos los habitantes de Quilpué -parte de mi distrito-, porque para ellos constituyó un gran honor el hecho de que Carlos Condell eligiera esa ciudad -donde fa-lleció- para vivir los últimos años de su vida.

Este homenaje se lo merece un héroe como Carlos Condell ; porque héroe es quien representa a todo un pueblo, aquel que permite la unidad de un pueblo con su persona y, por lo tanto, en ese momento, con sus Fuerzas Armadas. Por eso es de toda justicia conferir hoy el honor -que puede ser mínimo- de erigir un monumento en Iquique a quien justamente logró expresar la unidad entre pueblo y persona.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Cerrado el debate.

En votación general y particular el proyecto.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Álvarez, Arratia, Alessandri, Bustos (don Manuel), Bustos (don Juan), Caminondo, Caraball ( doña Eliana), Cornejo (don Patricio), Delmastro, Dittborn, Elgueta, Encina, Espina, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), Gutiérrez, Guzmán (doña María Pía), Hales, Hernández, Ibáñez, Jaramillo, Letelier ( don Juan Pablo), Lorenzini, Martínez ( don Rosauro), Martínez (don Gutenberg), Masferrer, Mesías, Molina, Monge, Montes, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma ( don Andrés), Palma (don Joaquín), Pollarolo ( doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Riveros, Rocha, Rojas, Sciaraffia ( doña Antonella), Soto ( doña Laura), Ulloa, Urrutia, Valenzuela, Van Rysselberghe, Vargas, Velasco, Venegas, Vilches y Villouta.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 12 de mayo, 1998. Oficio en Sesión 15. Legislatura 337.

VALPARAISO, 12 de mayo de 1998.

Oficio N°

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación al proyecto de ley de ese H. Senado que autoriza erigir un monumento, en la ciudad de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza, con las siguientes enmiendas:

Artículo 4º

.

Ha sustituido su inciso final, por el siguiente:

"La comisión será presidida por el representante del Intendente de la I Región, funcionará en la ciudad de Iquique y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate, dirimirá el presidente de la comisión.".

Artículo 5°

.

Ha reemplazado la letra b), por la que se transcribe a continuación:

"b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;".

Lo que tengo a honra comunicar a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº10.313, de 5 de septiembre de 1996.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

GUTENBERG MARTINEZ OCAMICA

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 19 de mayo, 1998. Diario de Sesión en Sesión 16. Legislatura 337. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

MONUMENTO EN MEMORIA DE CONTRAALMIRANTE DON CARLOS CONDELL

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

En conformidad a lo resuelto, corresponde pronunciarse sobre el proyecto, en tercer trámite constitucional, que autoriza la construcción de un monumento en Iquique en memoria del Contraalmirante don Carlos Condell.

-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: (moción del señor Lagos).

En primer trámite, sesión 2ª, en 4 de octubre de 1995.

En tercer trámite sesión 14ª, en 13 de mayo de 1998.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 25ª, en 6 de agosto de 1996.

Discusión:

Sesión 36ª, en 4 de septiembre de 1996 (se aprueba en general y particular).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

La Cámara de Diputados ha introducido modificaciones en los artículos 4º y 5º.

Si le parece a la Sala, se aprobarían las enmiendas.

--Se aprueban y queda despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 19 de mayo, 1998. Oficio en Sesión 1. Legislatura 338.

Valparaíso, 19 de mayo de 1998.

N° 12.304

A S.E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Senado ha dado su aprobación a las enmiendas que introdujo la H. Cámara de Diputados al proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en la ciudad de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza.

Lo que comunico a V.E. en respuesta a su oficio Nº 1.950, de 12 de mayo en curso.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente del Senado

JOSE LUIS LAGOS LOPEZ

Secretario del Senado

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 19 de mayo, 1998. Oficio

Valparaíso, 19 de mayo de 1998.

N° 12.305

A S.E. El Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

“PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º. Autorízase erigir un monumento en la comuna de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza.

Artículo 2º

. La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º

. Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º

. Créase una comisión especial, integrada por siete miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por las Comisiones de Defensa del Senado y de la Cámara de Diputados;

b) Un representante del Intendente de la Iª Región;

c) El Alcalde de la I. Municipalidad de Iquique;

d) Un representante de la Armada de Chile, que será nombrado por la Comandancia en Jefe de la institución;

e) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales, y

f) Un representante del Colegio de Arquitectos, con sede en Iquique.

La comisión será presidida por el representante del Intendente de la I Región, funcionará en la ciudad de Iquique y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate, dirimirá el presidente de la comisión.

Artículo 5º

. La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º

. Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.”.”.

Dios guarde a V.E.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente del Senado

JOSE LUIS LAGOS LOPEZ

Secretario del Senado

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 19.565

Tipo Norma
:
Ley 19565
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=100538&t=0
Fecha Promulgación
:
20-05-1998
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cz7n
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA CIUDAD DE IQUIQUE, EN MEMORIA DEL CONTRALMIRANTE DON CARLOS CONDELL DE LA HAZA
Fecha Publicación
:
08-06-1998

AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA CIUDAD DE IQUIQUE, EN

MEMORIA DEL CONTRALMIRANTE DON CARLOS CONDELL DE LA HAZA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    P r o y e c t o  d e  l e y:

    "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la comuna de Iquique, en memoria del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza.

    Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

    Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

    Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

    Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por siete miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

    a) Un Senador y un Diputado, designados por las Comisiones de Defensa del Senado y de la Cámara de Diputados;

    b) Un representante del Intendente de la I Región;

    c) El Alcalde de la I. Municipalidad de Iquique;

    d) Un representante de la Armada de Chile, que será nombrado por la Comandancia en Jefe de la institución;

    e) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales, y

    f) Un representante del Colegio de Arquitectos, con sede en Iquique.

    La comisión será presidida por el representante del Intendente de la I Región, funcionará en la ciudad de Iquique y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate, dirimirá el presidente de la comisión.

    Artículo 5º.- La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

    a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

    b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

    c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

    d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

    e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

    Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 20 de mayo de 1998.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.

    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud., Marcelo Schilling Rodríguez, Subsecretario del Interior Subrogante.