Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.512

AUTORIZA ERIGIR MONUMENTOS EN MEMORIA DEL TENIENTE HERNÁN MERINO CORREA, EN LAS CIUDADES DE COYHAIQUE Y SANTIAGO.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Fecha 17 de noviembre, 1994. Moción Parlamentaria en Sesión 18. Legislatura 330.

La Sala acuerda refundir los boletines 1438-04 y 1441-04 en este trámite constitucional.

MOCIÓN

DISPONE LA ERECCIÓN DE MONUMENTOS A LA MEMORIA DEL HÉROE NACIONAL TENIENTE HERNÁN MERINO CORREA.

SENADOR ANTONIO HORVATH KISS

El próximo año, 1995, se cumplen 30 años de la trágica muerte del Teniente Hernán Merino Correa, acaecida en la defensa de los derechos de pobladores y pioneros chilenos en el sector fronterizo de Laguna del Desierto.

Hernán Merino Correa nació en Antofagasta el 17 de Julio de 1930. Es hijo del Mayor de Carabineros don Carlos Merino Champentier y de doña Ana Correa de la Fuente. Es el segundo de cuatro hermanos. En sus estudios primarios, realizados en la Escuela Superior de Hombres Nº 92 de Limache, dejó positivas huellas por su calidad de buen estudiante, corroborada por sus profesores y por el director, y reflejada en las notas obtenidas entre los años 1943 y 1948. Continuó sus estudios en el Liceo Coeducacional "Abraham Vera Yanatiz", de la misma ciudad y luego los termina en el Liceo de Aplicación de Santiago.

Como una señal de lo que más tarde marcará su vida, en esa época fue miembro del Club Deportivo "Viva Chile" y fue el abanderado del liceo en los actos cívicos.

Los informes de la época, de sus compañeros y profesores, señalan fehacientemente su conducta irreprochable, su compañerismo ejemplar, su excelente don de gente y caballerosidad, el aprovechamiento total de sus estudios y las condiciones relevantes que lo colocaron en un lugar destacado de la actividad que desarrollaría en su futuro, vale decir, en Carabineros de Chile.

Todos estos informes son realizados en su momento. Lo destacamos por la muy arraigada costumbre de ensalzar a las personas después que fallecen. Estos son todos informes previos. Como señalábamos, su vocación la tenía definida a temprana edad. En la Escuela de Carabineros, también sus compañeros lo recuerdan como un individuo poco común.

En 1959, con sólo 23 años, en la Tenencia de Santa Bárbara, rescata heroicamente de las aguas del Bío-Bío a una madre embarazada que cayó al río a raíz del volcamiento de un camión.

En 1962, es destinado a Aysén. Más tarde, en lo posible, pide continuar en esas aisladas tierras.

En 1963, tuvo una labor destacada en el rescate del único sobreviviente del avión FACH, accidentado en pleno invierno en el cerro Pérez, junto al Fiordo Aysén, en el cual perdiera la vida, entre otras 18 personas, el Obispo de la zona, Monseñor César Gerardo Vielmo. El hombre baja al herido por entre la enmarañada selva pluvial, caminando de día y de noche, para lograr salvarle la vida.

Consultados los ex intendentes de Aysén de la época, don Atilio Cosmelli y don Gabriel Santelices, así como el entonces párroco de Puerto Aysén, Padre Victorino Bertocco, desde distintas perspectivas, todos concuerdan en que Hernán Merino Correa reunía los caracteres excepcionales del chileno por su arrojo, lealtad, picardía, valor, sentido de responsabilidad y don de mando. Son muchos los aspectos de su persona que aún deben ser investigados, para que sea conocido como se le merece él y el pueblo chileno que tanto amó y por el cual ofrendó su vida.

La emoción y el respeto con que se refieren a él sus amigos y sus familiares son un claro indicio de que ante nosotros tenemos a un ser excepcional.

La figura del Hernán Merino Correa es honrada mayoritariamente en las dependencias de la institución de Carabineros y en esferas sociales y organismos ligados a la Historia de Chile. Es la hora de que tenga la posibilidad de ser homenajeado y compartido además por la comunidad. En este sentido, más por razones de orden de concitar el interés por parte de los legítimos representantes del pueblo de Chile, que sólo por razones prácticas de erigir un monumento es que se propone una ley para tal objetivo.

Un monumento a Hernán Merino Correa significa reconocer y fomentar un sano amor a la Patria, a su territorio, sus habitantes, naturaleza e identidad cultural. Comprender y ejercitar un sentimiento de esta noble naturaleza significa también entender sentimientos de la misma naturaleza en el resto de los países y específicamente de los países vecinos.

La vida de Hernán Merino Correa no se habría sacrificado si se hubiese reflejado en los hechos las palabras y acuerdos de las autoridades de la época.

Con este respeto y entendiendo que su memoria enaltece el amor por la Patria y ejemplifica su condición de dignidad y honor, es que venimos a presentar la siguiente:

MOCION DE LEY:

Artículo 1º.-

Dispónese le erección de tres monumentos por suscripción popular en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

Artículo 2º.-

Los monumentos se erigirán: uno en la ciudad de Santiago, otro en la ciudad de Valparaíso, y otro en la ciudad de Coyhaique.

Artículo 3º.-

Las obras se financiarán mediante la realización de una colecta pública en todo el país el día 27 de Abril de 1995.

Artículo 4º.-

Créase un fondo con el mismo objeto, que estará constituido por erogaciones, donaciones y aportes privados.

Artículo 5º.-

Créase una Comisión Especial de siete integrantes ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por dos senadores, dos diputados y tres integrantes, uno perteneciente a Carabineros de Chile, otro al salón Teniente Merino Correa y uno a una Sociedad o Instituto vinculado a la Historia del País.

Los senadores y diputados serán nominados por las respectivas Cámaras.

Artículo 6º.-

La Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Preparar las bases y el llamado a concurso público;

b) Determinar la ubicación de los monumentos;

c) Realizar la colecta pública según el artículo 3º, y

d) Administrar la cuenta especial correspondiente a los fondos recaudados.

Artículo 7º.-

La ubicación de los monumentos se coordinará con el Consejo de Monumentos Nacionales, la Municipalidad de Santiago, la Municipalidad de Valparaíso y la Municipalidad de Coyhaique.

ANTONIO HORVATH KISS

SENADOR

1.2. Moción Parlamentaria

Fecha 17 de noviembre, 1994. Moción Parlamentaria en Sesión 18. Legislatura 330.

MOCION CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR MONUMENTOS EN MEMORIA DEL TENIENTE HERNÁN MERINO CORREA, EN LAS CIUDADES DE COYHAIQUE Y SANTIAGO.

SENADOR ADOLFO ZALDIVAR LARRAÍN

En uso de las facultades constitucionales vengo en proponer el siguiente

PROYECTO DE LEY

"Artículo 1º.- Autorízase erigir dos monumentos, uno en la ciudad de Coyhaique y otro en la de Santiago, en memoria del teniente Hernán Merino Correa.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea por el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial de cinco miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un Diputado y un Senador, elegidos por las respectivas Cámaras; los intendentes de la XI Región y de la Región Metropolitana y el vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

b) Determinar los sitios en que se ubicarán los monumentos, en coordinación con los alcaldes de las respectivas municipalidades y con el Consejo de Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3º.

Artículo 6º.- Si al concluir la construcción de los monumentos resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.".

ADOLFO ZALDIVAR

Senador de la República

1.3. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 11 de enero, 1995. Informe de Comisión de Educación en Sesión 34. Legislatura 330.

?INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION Y CULTURA RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUTORIZAN ERIGIR UN MONUMENTO EN LAS CIUDADES DE SANTIAGO, VALPARAÍSO Y COYHAIQUE, Y EN LA PRIMERA Y LA ÚLTIMA DE ESTAS CIUDADES, RESPECTIVAMENTE, EN MEMORIA DEL TENIENTE DE CARABINEROS HERNÁN MERINO CORREA.

BOLETINES N° 1438-04 Y 1441-04

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Educación y Cultura tiene el honor de informaros los proyectos de ley individualizados en la referencia, en primer trámite constitucional, originados ambos en Mociones, de los HH. Senadores señores Horvath, Errázuriz, Huerta, Muñoz Barra y Urenda, el primero, y de los HH. Senadores señores Zaldívar, don Adolfo, Frei y Sule, el segundo.

Asistió a la sesión en que vuestra Comisión analizó estas iniciativas el H. Senador señor Vicente Huerta Celis. Hernán Merino Correa nace en Antofagasta el 17 de julio de 1936. Sus padres fueron el Capitán de Carabineros don Carlos Merino Charpentier y doña Ana Correa de la Fuente.

Inicia sus estudios en la Escuela Superior de Hombres Nº 92 de Limache, los prosigue en el Liceo Coeducacional "Abraham Vera Yanatiz", de la misma ciudad, para finalizarlos en el Liceo de Aplicación de Santiago.

En todos estos establecimientos se destaca como un estudiante ejemplar, lo que se refleja en sus excelentes calificaciones. Asimismo, informes entregados por sus maestros y compañeros dan cuenta de su conducta irreprochable, de su generoso compañerismo, de su carácter templado y de un especial don de gentes y caballerosidad.

El 16 de marzo de 1956 ingresa a la Escuela de Carabineros, de la que, como Subteniente, egresa el 16 de diciembre de 1957.

Sirve, a continuación, en diferentes unidades, a saber, la en ese entonces Prefectura General de Santiago, la Tenencia Santa Bárbara en la VIII Región, la 9º Comisaría de Santiago, la Tenencia Til-Til en Renca, y la Prefectura Móvil de Santiago.

Su hoja de vida consigna, en este período, una serie de situaciones destacadas en las que participa, como aquellas que cumple con motivo del sismo que afectó a la zona sur el 22 de mayo de 1960, por las que mereció una felicitación especial del Supremo Gobierno en razón de su abnegado y eficiente desempeño como Jefe de la Tenencia Santa Bárbara.

También se deja constancia, en este documento, de la labor que le cabe en la ubicación del avión FACH DC 3 Nº 953, que sufrió un accidente en Cerro Pérez, junto al Fiordo Aysén, el día domingo 6 de junio de 1963. El celo e iniciativa con que actúa le permiten ubicar y luego rescatar con vida al único sobreviviente de la catástrofe, en la que fallecen veintinueve personas.

Posteriormente, luego de aprobar un Curso de Perfeccionamiento para Tenientes, es destinado a la Jefatura de la Tenencia Cochrane, donde acude a salvaguardar la soberanía patria, perdiendo la vida en los sucesos acaecidos en Laguna del Desierto el 6 de noviembre de 1965. Tenia 29 años y ocho años de servicio en la Institución.

Los funerales del Teniente Merino, ascendido póstumamente al Grado de General y condecorado con el Premio al Valor, volcaron a las calles a un pueblo que lloraba su muerte de un extremo a otro de nuestro territorio.

En mérito de los antecedentes anteriores, vuestra Comisión, por la unanimidad de sus miembros, HH. Senadores señores Cantuarias, Diez, Muñoz Barra, Ruiz-Esquide y Thayer, acordó aprobar la idea de legislar en la materia. Ambos proyectos de ley persiguen rendir un homenaje público en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa mediante la autorización para erigir monumentos al efecto en las ciudades que más adelante se indica.

La primera de las iniciativas, correspondiente al Boletín Nº 1.438- 04, consta de siete artículos, los que se describen a continuación:

El artículo 1º dispone erigir tres monumentos por suscripción popular en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

El artículo 2º señala que dichas obras se levantarán una en la ciudad de Santiago, otra en la ciudad de Valparaíso y la tercera en la ciudad de Coyhaique.

El artículo 3º prescribe que las obras se financiarán mediante la realización de una colecta pública en todo el país, el día 27 de abril de 1995.

El artículo 4º crea un fondo con el mismo objeto, que estará constituido por erogaciones, donaciones y aportes privados.

El artículo 5º crea una comisión especial de siete integrantes ad honorem encargada de ejecutar los objetivos del proyecto de ley, la que estará constituida por dos Senadores, dos Diputados y tres integrantes, uno perteneciente a Carabineros de Chile, otro al Salón Teniente Merino Correa y uno a una Sociedad o Instituto vinculado a la Historia del País.

En su inciso segundo esta disposición señala que los Senadores y Diputados serán nombrados por sus respectivas Cámaras.

El artículo 6º enumera las funciones que corresponderán a la Comisión Especial.

El artículo 7º establece que la ubicación de los monumentos se coordinará con el Consejo de Monumentos Nacionales, y las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique.

La segunda de las iniciativas en informe, referida al Boletín Nº 1.441-04, está estructurado en seis artículos, los que en síntesis son del siguiente tenor:

El artículo 1º autoriza erigir dos monumentos, uno en la ciudad de Coyhaique y otro en la de Santiago, en memoria del teniente Hernán Merino Correa.

El artículo 2º señala que las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Agrega que las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la Comisión Especial que se crea por el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

El artículo 3º crea un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala la disposición precedente.

El artículo 4º crea una comisión especial de cinco miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos del proyecto de ley, integrada por un Diputado y un Senador, elegidos por sus respectivas Cámaras, los Intendentes de la XI Región y de la Región Metropolitana y el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

Su inciso segundo establece el quórum para sesionar y adoptar acuerdos.

El artículo 5º detalla las funciones de la Comisión Especial.

El artículo 6º prescribe que si resultaron excedentes, éstos se destinarán a los fines que determine la Comisión Especial.

Vuestra Comisión, teniendo en consideración que las dos iniciativas en informe persiguen idéntico propósito, cual es, rendir homenaje público en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa, acordó por la unanimidad de sus miembros proponemos la aprobación de un único proyecto de ley, cuyo texto es el que a continuación se describe. Este guarda concordancia con el formato aprobado con anterioridad para proyectos de esta naturaleza.

En consecuencia, vuestra Comisión, por unanimidad, os propone que aprobéis el siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Autorizase erigir tres monumentos, uno en la ciudad de Santiago, otro en la de Valparaíso y el tercero en la de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el articulo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por once miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Intendentes de las Regiones Metropolitana, V y XI;

e) Los Alcaldes de las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique;

d) Un Representante de Carabineros de Chile;

e) Un representante del Salón Teniente Merino Correa, y

f) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas señaladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Establecer los sitios en que se ubicarán los monumentos;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la Comisión determine.".

Acordado en sesión celebrada el día 11 de enero de 1995, con asistencia de los HH. Senadores señores Eugenio Cantuarias Larrondo (Presidente), Sergio Diez Urzúa, Roberto Muñoz Barra, Mariano Ruiz-Esquide Jara y William Thayer Arteaga.

Sala de la Comisión, a 11 de enero de 1995.

M. ANGELICA BENNETT GUZMAN

Secretario

1.4. Discusión en Sala

Fecha 18 de enero, 1995. Diario de Sesión en Sesión 38. Legislatura 330. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

MONUMENTOS EN MEMORIA DE TENIENTE HERNÁN MERINO CORREA

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Proyectos de ley, en primer trámite constitucional, que autorizan erigir un monumento en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique, informados por la Comisión de Educación y Cultura.

-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyectos de ley: (moción de los señores Horvath, Errázuriz, Huerta, Muñoz Barra, Urenda, Zaldívar (don Adolfo), Freí (don Arturo) y Sule).

En primer trámite, sesión 18a, en 17 de noviembre de 1994.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 34a, en 11 de enero de 1995.

El señor NUÑEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-

La Comisión hace constar que refundió en un solo proyecto de ley las dos iniciativas, originadas en sendas mociones: una de los Senadores señores Horvath, Errázuriz, Huerta, Muñoz Barra y Urenda, y la otra de los Senadores señores Zaldívar (don Adolfo), Frei (don Arturo) y Sule. Agrega que concurrió a la sesión el Senador señor Huerta (ex General Director de Carabineros ). En seguida hace un panegírico de la personalidad del Teniente Merino y destaca los logros que obtuvo en su carrera dentro de la Institución y la importancia que tuvo su presencia en la zona donde, infortunadamente, encontró la muerte.

Por último, observa que el proyecto fue aprobado, tanto en general como en particular, por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Cantuarias ( Presidente ), Diez, Muñoz Barra, Ruiz-Esquide y Thayer. Consta de 6 artículos.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

En discusión general.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-

Pido la palabra.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Puede hacer uso de ella Su Señoría.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-

Señor Presidente , en mi calidad de autor, junto con los Senadores señores Sule y Arturo Frei , de una de las mociones, y dado que la otra persigue el mismo objetivo, pienso que sería conveniente refundirlas...

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Ya lo hizo la Comisión, señor Senador.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-

Perfecto.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , la exposición de motivos de la moción presentada por quien habla junto con otros señores Senadores, es muy clara. El nombre del Teniente Hernán Merino Correa es bastante conocido a raíz del problema fronterizo de Laguna del Desierto. Su figura es destacable, no sólo por el sacrificio al cual fue llevado en ese territorio, por el cual, en conciencia, dio su vida, sino también por una serie de acciones descollantes en las cuales participó con anterioridad a esos hechos.

En ese sentido, nuestra idea es legitimar popularmente la iniciativa de erigir monumentos en su memoria en las ciudades de Coyhaique, Santiago , Valparaíso , y en otras que posteriormente quieran plegarse a ella. Sabemos que, en la práctica, un gran número de proyectos relativos a erección de monumentos que se aprueban, no se imple-mentaii. Empero, el hecho de que los legítimos representantes del pueblo en el Congreso Nacional los presenten y sancionen como leyes de la República proporciona a esas normativas una muy buena base para que la ciudadanía los materialice en el momento que corresponda.

Durante 29 años en las distintas Comisarías del país hubo silencio con relación a lo acaecido al Teniente Hernán Merino Correa , en circunstancias de que es un ejemplo para la juventud y para los valores de la chilenidad.

Por eso presentamos la moción, y solicitamos aprobarla en los términos en que fue despachada por la Comisión de Educación y Cultura.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Entiendo que el Senado concuerda en los valores morales y en el patriotismo inherentes a la personalidad del Teniente Merino, de modo que no sería pertinente que, a propósito de este proyecto de ley, volviéramos a rendirle un homenaje. En la ocasión apropiada, obviamente, se lo tributaremos otra vez. Ahora, lo importante es despachar la iniciativa.

Como se ha informado, la Comisión refundió en un solo proyecto las dos mociones presentadas y los autores de ellas han expresado su conformidad.

Por lo tanto, sugiero aprobarlo en general.

La señora FREÍ (doña Carmen).-

Pido la palabra.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

La tiene, Su Señoría.

La señora FREÍ (doña Carmen).-

Señor Presidente , con mucho agrado concurriré a. la aprobación del proyecto, especialmente/ porque, al leer el informe de la Comisión, me he enterado de que el Teniente Merino nació el 17 de julio de 1936 en Antofagasta. Como representante de la Segunda Región, al igual que el Senador señor Alessandri , a quien creo interpretar con estas palabras,...

El señor ALESSANDRI.-

Así es.

La señora FREÍ (doña Carmen).-

...debo manifestar que nos congratulamos de que una ciudad de nuestra circunscripción haya sido cuna de una persona que se ha hecho merecedora al homenaje que se le rinde a través de la ley en proyecto, que autoriza para erigirle diversos monumentos.

El señor NUÑEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Urenda.

El señor URENDA.-

Señor Presidente, la iniciativa en debate reviste enorme importancia, tanto por los extraordinarios méritos personales del Teniente Merino, que aquí se han destacado y que se detallan en las mociones, como porque él simboliza la labor de Carabineros de Chile, que, entre otras funciones, cumple la de resguardar nuestras fronteras, tarea silenciosa y difícil que realiza con mucha eficiencia.

Cabe hacer notar que la policía uniformada no sólo se encarga de ese aspecto de seguridad nacional, sino que también se constituye en una garantía de que los límites de nuestro territorio no serán traspasados en cualquier momento por delincuentes o traficantes.

La circunstancia de que este hombre joven se haya destacado siempre al servicio de Carabineros y de la patria, y de que haya afrontado con enorme valentía una situación en extremo difícil, hace que este homenaje sea extraordinariamente merecido.

Para quienes tuvimos oportunidad de honrar su memoria en el lugar en que falleció (integrando la Comisión de Relaciones Exteriores), esta moción posee especial significado.

Por tanto, reitero el propósito que nos a presentar la iniciativa y, también, el homenaje a la memoria del Teniente Merino.

He dicho.

El señor HAMILTON.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor OTERO.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El señor HAMILTON.-

Señor Presidente, ocurre una cosa curiosa con el Teniente Merino.

En verdad, para erigir un monumento público se requiere de una ley. Sin embargo, creo que existen muchos monumentos que % han levantado espontáneamente en su recuerdo a lo largo y ancho de nuestra geografía, porque la epopeya que él vivió en Laguna del Desierto caló muy hondo en todos los chilenos, por encima de cualquier legítima discrepancia existente.

Me tocó conocerlo -como señalé aquí, en el Senado- cuando ya había fallecido, porque el Gobierno de la época, a petición del Ministro de Relaciones Exteriores , y actual Presidente titular del Senado , me envió a recoger los restos del Teniente Merino, que fueron entregados en Río Gallegos, y a repatriarlos.

El Teniente Merino murió en circunstancias muy especiales. Cuando la patrulla de

Laguna del Desierto, al mando del mayor Torres, se aprestaba a retirarse del lugar siguiendo instrucciones recibidas de su superioridad, y ésta del Gobierno, el grupo fue emboscado por una patrulla argentina de gendarmería que lo superaba inmensamente en número. Entonces, el mayor Torres, al darse cuenta de que entre los árboles que rodeaban el campamento había movimiento, se acerca y con la mano extendida pregunta quién va. El Teniente Merino , tan pronto advierte de qué se trata, toma su fusil y se ubica inmediatamente al lado del mayor para defenderlo. En ese momento recibe el balazo en la frente que terminó con su vida.

Como aquí se expresó, no sólo por su acto realmente heroico o porque haya muerto en servicio, sino por la actitud de toda su vida, es que el Teniente Merino, un hombre extraordinariamente joven dedicado al servicio de su patria a través de Carabineros, merece el homenaje y reconocimiento de sus conciudadanos, de manera que pueda ser un ejemplo permanente para las generaciones futuras.

Por eso, voto que sí.

El señor NUNEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Otero.

El señor OTERO.-

Señor Presidente , concurro con mi aprobación y, además, aplaudo esta iniciativa, porque, como profesor de la Escuela de Carabineros, en el pasado, y hoy del Instituto Superior de Ciencias Policiales, he podido comprobar la importancia que tiene el ejemplo del Teniente Merino para la juventud.

En Carabineros ha sido un símbolo de lo que significa el amor a la patria y el honrar un juramento que obliga a rendir la vida cuando fuese necesario. Y tal como se manifestó aquí en el Senado, el sacrificio del Teniente Merino , fue, precisamente, el riguroso cumplimiento de ese juramento que realiza todos los años su Institución, y que se demuestra día a día en el actuar policial.

Por lo tanto, este monumento no sólo honrará la persona de un joven oficial de Carabineros, sino que constituirá el reconocimiento de la ciudadanía a la fidelidad del juramento de rendir la vida si fuese necesario, en defensa de la patria, de sus habitantes, y en el combate contra la delincuencia.

Por eso, en nombre de los Senadores de Renovación Nacional, adhiero plenamente al proyecto en análisis.

Voto que sí.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Huerta.

El señor HUERTA.-

Señor Presidente , Honorables colegas, al Senador que habla le correspondió estar al mando de la Institución cuando se perdió a este oficial.

Sobre el particular se ha dicho bastante, pero no todo. No me voy a extender sobre la materia. Empero, sf solicito que los conceptos vertidos en esta Sala se hagan llegar a la Dirección General de Carabineros de Chile, para fortalecer el espíritu de servicio y sacrificio de sus efectivos.

En lo personal, agradezco emocionada-mente estas intervenciones. Y contribuyo con mi voto favorable, dejando constancia de que se trata del último chileno que derramó su sangre en resguardo de las fronteras de nuestra patria.

He dicho.

El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-

Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.

Acordado.

-Se aprueba en general el proyecto, y por no haberse formulado indicaciones, queda aprobado también en particular.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 19 de enero, 1995. Oficio en Sesión 42. Legislatura 330.

Valparaíso, 19 de enero de 1995.

N° 8268

A S.E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Con motivo de la Mociones e informe que, tengo a honra pasar a manos de V.E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Autorízase erigir tres monumentos, uno en la ciudad de Santiago, otro en la de Valparaíso y el tercero en la de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuaran en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por once miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Intendentes de las Regiones Metropolitana, V y XI

c) Los Alcaldes de las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique;

d) Un representante de Carabineros de Chile,

e) Un representante del Salón Teniente Merino Correa, y

f) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas señaladas en el artículo 2º, así como realizan las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Establecer los sitios en que se ubicarán los monumentos;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Si una vez constituidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos destinados al fin que la Comisión determine.".

Dios guarde a V.E.

RICARDO NUÑEZ MUÑOZ

Presidente del Senado

Subrogante

RAFAEL EYZAGUIRRE ECHEVERRIA

Secretario del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 11 de junio, 1996. Informe de Comisión de Educación en Sesión 15. Legislatura 333.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE DISPONE LA CONSTRUCCIÓN DE UN MONUMENTO EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, OTRO EN LA CIUDAD DE VALPARAÍSO, Y UN TERCERO EN LA DE COYHAIQUE, EN MEMORIA DEL TENIENTE DE CARABINEROS DON HERNÁN MERINO CORREA. (BOLETÍN Nº 143804) (S)

“Honorable Cámara:

La Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación viene en informar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de la referencia, originado en dos mociones, la primera de los señores Senadores Francisco Javier Errázuriz Talavera, Antonio Horvath Kiss, Vicente Huerta Celis, Roberto Muñoz Barra y Beltrán Urenda Zegers, y la segunda de los señores Senadores Arturo Frei Bolívar, Anselmo Sule Candia y Adolfo Zaldívar Larraín.

Ambas mociones fueron refundidas en un sólo proyecto por el Senado y despachado a esta Cámara en el primer trámite constitucional.

En atención a la sencillez de la iniciativa, la Comisión acordó prescindir del trámite de las audiencias públicas a que se refiere el artículo 211 del Reglamento de la Corporación.

ANTECEDENTES

Don Hernán Merino Correa nació en Antofagasta el 17 de julio de 1930, siendo hijo del Mayor de Carabineros don Carlos Merino Champentier y de doña Ana Correa de la Fuente.

Efectuó sus estudios primarios en la Escuela Superior Nº 92 de Limache y luego en el Liceo Coeducacional “Abraham Vera Yanátiz” de la misma ciudad, terminando sus estudios secundarios en el Liceo de Aplicación de Santiago.

Los antecedentes que se poseen de la época, provenientes de sus profesores y compañeros de estudios, lo demuestran como un estudiante ejemplar, dotado de un gran sentido de compañerismo, de conducta irreprochable y de actitud muy caballerosa.

El 16 de marzo de 1956 ingresa a la Escuela de Carabineros de la que egresa con el grado de subteniente el 16 de diciembre de 1957.

Sirve, a continuación, en diversas unidades de Carabineros, empezando en la Prefectura General de Santiago, luego en la Tenencia Santa Bárbara en la 8a. Región, en la 9a. Comisaría de Santiago, en la Tenencia Til-Til en Renca, en la Prefectura Móvil de Santiago.

Durante este tiempo, diversos actos de servicio suyos, como el salvataje de una mujer de las aguas del Bío-Bío o la labor que desempeñara durante el sismo del 22 de mayo de 1960 estando a cargo de la Tenencia Santa Bárbara, lo que le mereció una felicitación especial del Gobierno de la época y, posteriormente, cuando ya se encontraba destinado a Aisén, el rescate del único sobreviviente de un accidente aéreo en que perecieron 18 personas, demostraron en él un claro sentido de servicio público y, especialmente, un temple fuera de lo común.

Finalmente, luego de aprobar un curso de perfeccionamiento para tenientes, es destinado a la Tenencia de la localidad de Cochrane, en la 11a. Región, lugar desde el que el 5 de noviembre de 1965, parte, integrando un destacamento a cargo de un Mayor, a verificar las denuncias de un colono chileno en el sector de Laguna del Desierto. Como consecuencia de ello, al día siguiente, al momento de retirarse la patrulla chilena por orden de la autoridad en base al acuerdo entre los Gobiernos chileno y argentino, muere alcanzado por los disparos de un destacamento de Gendarmería.

El acto de heroísmo del Teniente Merino le significó, póstumamente, ser condecorado con el Premio al Valor y el ascenso al grado de General.

IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO Y SÍNTESIS DE SUS DISPOSICIONES DE ACUERDO AL TEXTO APROBADO POR EL SENADO

La idea central del proyecto consiste en rendir un homenaje en memoria del Teniente don Hernán Merino Correa como un reconocimiento a su arrojo y patriotismo en defensa de los derechos y de la dignidad de Chile, en los desgraciados hechos ocurridos el 6 de noviembre de 1965, en el sector de Laguna del Desierto.

Tal idea, la que es materia de ley de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 Nº 5 de la Constitución Política, el proyecto la concreta por medio de seis artículos que, en síntesis, establecen lo siguiente:

Por el artículo 1º se autoriza la construcción de tres monumentos en memoria del señor Merino, en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique, respectivamente.

Por el artículo 2º se señala el financiamiento de las obras, lo que se hará mediante colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Por el artículo 3º se crea un fondo destinado a recibir los aportes que se efectúen.

Por el artículo 4º se crea una comisión especial encargada de ejecutar los objetivos del proyecto, la que estará integrada por las siguientes personas: un Senador y un Diputado; los Intendentes de las Regiones Metropolitana, V y XI; los Alcaldes de las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique; un representante de Carabineros de Chile; un representante del Salón Teniente Merino Correa, y el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

Por el artículo 5º se señalan las funciones que cumplirá la comisión, las que consisten en determinar la fecha y forma en que se efectuarán las colectas públicas; establecer los sitios en que se ubicarán los monumentos; llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo; administrar el fondo creado para la recepción de las erogaciones, y abrir una cuenta corriente especial para gestionar el citado fondo.

Por el artículo 6º se señalan los fines a que se destinarán los posibles excedentes que resulten una vez erigidos los monumentos, lo que será decidido por la comisión especial.

DISCUSIÓN DEL PROYECTO

El proyecto en informe fue incluido en la Tabla de Fácil Despacho de tal modo que se lo discutió en general y en particular a la vez, mostrándose la Comisión plenamente de acuerdo con la razón de ser de estos homenajes, toda vez que tienen por objeto rememorar un acto de heroísmo en defensa de los intereses patrios. En consecuencia, procedió a aprobar la idea de legislar por unanimidad.

Durante la misma discusión, la Comisión procedió a aprobar en iguales términos, también por unanimidad y sin mayor debate, los artículos 1º, 2º, 3º, 5º y 6º.

Respecto del artículo 4º, que se refiere a la constitución de la comisión especial, se acordó, por unanimidad, suprimir de entre sus integrantes a los Intendentes por cuanto quienes tienen mayor interés por las construcciones que se realizan en las comunas son los alcaldes respectivos.

Asimismo, el Diputado señor Gutiérrez, con el copatrocinio de la señorita Saa y de los señores Álvarez-Salamanca, Bayo y Ortiz, presentó una indicación para agregar un inciso final a este artículo del siguiente tenor:

“Presidirá la comisión el Senador que haya sido designado, quien, además, tendrá voto dirimente en caso de empate.”.

Sostuvieron los patrocinantes que resultaba necesario designar a alguien que presidiera la comisión y para ello lo más acertado sería nombrar una autoridad que figurara como unipersonal respecto de las demás que la integran, ya que así se evitaría tener que elegir.

Igualmente, siendo par el número de los integrantes de la comisión como consecuencia de la supresión de los intendentes, resultaba procedente dar a quien presidiera un voto dirimente en caso de empate.

Se aprobó la indicación por unanimidad.

Puesto en votación el artículo, conjuntamente con el acuerdo y la indicación presentada, se lo aprobó, asimismo, por unanimidad.

CONSTANCIA

Para los efectos de lo establecido en los Nºs. 4º, 5º, 6º y 7º del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:

1ºQue ninguna de las disposiciones del proyecto fue calificada como propia de ley con rango orgánico constitucional o de quórum calificado.

2ºQue ninguna de sus disposiciones es de la competencia de la Comisión de Hacienda.

3ºQue no hubo artículos o indicaciones rechazados por la Comisión.

4ºQue la Comisión aprobó las siguientes enmiendas al texto propuesto por el Senado:

Introdujo las siguientes modificaciones al artículo 5º:

a) Reemplazó en la frase inicial la expresión “once” por “ocho”.

b) Suprimió el texto de la letra b), y

c) Agregó el siguiente inciso final:

“Presidirá la comisión el Senador que haya sido designado, quien, además, tendrá voto dirimente en caso de empate.”.

Por las razones expuestas y las que dará a conocer en su oportunidad el señor Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Autorízase erigir tres monumentos, uno en la ciudad de Santiago, otro en la de Valparaíso y el tercero en la de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Alcaldes de las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique;

c) Un representante de Carabineros de Chile;

d) Un representante del Salón Teniente Merino Correa, y

e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Presidirá la comisión el Senador que haya sido designado, quien, además, tendrá voto dirimente en caso de empate.

Artículo 5º.- La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas señaladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Establecer los sitios en que se ubicarán los monumentos;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.”.

Sala de la Comisión, a 11 de junio de 1996.

Se designó Diputado Informante al señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Büchi.

Aprobado en sesión de igual fecha con la asistencia de los señores Diputados Edmundo Villouta Concha (Presidente), Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Büchi, Francisco Bayo Veloso, Homero Gutiérrez Román, Víctor Pérez Varela, Claudio Rodríguez Cataldo, María Antonieta Saa Díaz, Jorge Ulloa Aguillón y Felipe Valenzuela Herrera. En reemplazo del Diputado señor Valentín Solís Cabezas asistió el señor Maximiano Errázuriz Eguiguren.

Asistió, asimismo, a la sesión el Diputado señor José Miguel Ortiz Novoa.

(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO, Secretario.

2.2. Discusión en Sala

Fecha 10 de julio, 1997. Diario de Sesión en Sesión 18. Legislatura 335. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

MONUMENTOS EN MEMORIA DEL TENIENTE DE CARABINEROS HERNÁN MERINO CORREA. Segundo trámite constitucional.

El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-

Corresponde tratar, a continuación, el proyecto de ley, iniciado en mociones y en segundo trámite constitucional, que dispone la construcción de monumentos en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Coihaique, respectivamente, en memoria del teniente de Carabineros don Hernán Merino Correa.

Diputado informante de la Comisión de Educación es el señor Álvarez-Salamanca.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, boletín Nº 1438-04, sesión 42ª, en 2 de marzo de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 18.

-Informe de la Comisión de Educación, sesión 15ª, en 10 de julio de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 4.

El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Álvarez-Salamanca.

El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA .-

Señor Presidente, paso a rendir el informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, recaído en el proyecto de ley, iniciado en dos mociones, que dispone la construcción de tres monumentos en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Coihaique, respectivamente, en memoria del teniente de Carabineros, don Hernán Merino Correa.

Don Hernán Merino Correa nació en Antofagasta el 17 de julio de 1930, siendo hijo del mayor de Carabineros, don Carlos Merino, y de doña Ana Correa de la Fuente.

Efectuó sus estudios primarios en la Escuela Superior Nº 92, de Limache, y luego en el Liceo Coeducacional “Abraham Vera Yanátiz”, de la misma ciudad, terminando sus estudios secundarios en el Liceo de Aplicación, de Santiago.

Los antecedentes que se poseen de la época, provenientes de sus profesores y compañeros de estudios, lo demuestran como un estudiante ejemplar, dotado de un gran sentido de compañerismo, de conducta irreprochable y de actitud muy caballerosa.

El 16 de marzo de 1956 ingresó a la Escuela de Carabineros, de la que egresa con el grado de subteniente el 16 de diciembre de 1957.

Sirvió en diversas unidades de Carabineros. Comenzó en la Prefectura General de Santiago y, a continuación, en la tenencia Santa Bárbara , Octava Región; en la Novena Comisaría de Santiago; en la tenencia Tiltil, en Renca, y en la Prefectura Móvil de Santiago.

Durante ese tiempo, diversos actos de servicio suyos, como el salvataje de una mujer de las aguas del río Biobío o la labor que desempeñara durante el sismo del 22 de mayo de 1960, estando a cargo de la tenencia Santa Bárbara , lo que le mereció una felicitación especial del gobierno de la época, y, posteriormente, cuando ya se encontraba destinado a Aisén, el rescate del único sobreviviente de un accidente aéreo, en el que perecieron 18 personas, demostraron en él un claro sentido de servicio público y, especialmente, un temple fuera de la común.

Finalmente, luego de aprobar un curso de perfeccionamiento para tenientes, fue destinado a la tenencia de la localidad de Cochrane, en la Undécima Región, lugar desde donde partió, el 5 de noviembre de 1965, integrando un destacamento a cargo de un mayor para verificar las denuncias de un colono chileno en el sector de Laguna del Desierto. Como consecuencia de ello, al día siguiente, al momento de retirarse la patrulla chilena por orden de la autoridad, sobre la base de un acuerdo entre los gobiernos chileno y argentino, murió alcanzado por los disparos de un destacamento de la gendarmería argentina.

El acto de heroísmo del teniente Merino le significó ser condecorado, en forma póstuma, con el Premio al Valor y el ascenso al grado de general.

Las ideas matrices o fundamentales del proyecto consisten en rendir un homenaje en memoria del teniente don Hernán Merino Correa, como reconocimiento por su arrojo y patriotismo en defensa de los derechos y de la dignidad de Chile en los desgraciados hechos ocurridos el 6 de noviembre de 1965, en el sector de Laguna del Desierto.

Tal idea, que es materia de ley de acuerdo con lo establecido en el artículo 60, Nº 5º, de la Constitución Política, se concreta en el proyecto por medio de seis artículos que, en síntesis, establecen lo siguiente:

El artículo 1º autoriza la construcción de tres monumentos en memoria del teniente Merino en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Coihaique, respectivamente.

El artículo 2º señala el financiamiento de las obras, mediante colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

El artículo 3º crea un fondo destinado a recibir los aportes que se efectúen.

El artículo 4º crea una comisión especial encargada de ejecutar los objetivos del proyecto, la que estará integrada por las siguientes personas: un senador y un diputado , los intendentes de las Regiones Metropolitana, Quinta y Undécima, los alcaldes de las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coihaique, un representante de Carabineros de Chile, un representante del Salón Teniente Merino Correa y el vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El artículo 5º indica las funciones que cumplirá la comisión, que consisten en determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas; establecer los sitios en que se ubicarán los monumentos; llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo; administrar el fondo creado para la recepción de las erogaciones y abrir una cuenta corriente especial para gestionar el citado fondo.

El artículo 6º señala los fines a que se destinarán los posibles excedentes que resulten una vez erigidos los monumentos, lo que será decidido por la comisión especial.

Es cuanto puedo informar.

El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Queda pendiente la votación.

-Posteriormente, la Sala aprobó este proyecto en los siguientes términos:

El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-

Corresponde votar el proyecto, iniciado en moción, que dispone la construcción de monumentos en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Coihaique, en memoria del teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

En votación general y particular el proyecto.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.

El señor ROCHA (Vicepresidente).-

Aprobado en general y en particular.

Despachado el proyecto de ley.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Aguiló, Álvarez-Salamanca, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Bartolucci, Bayo, Ceroni, Cornejo, De la Maza, Dupré, Elizalde, Gajardo, García (don José), Gutiérrez, Huenchumilla, Letelier ( don Juan Pablo), Makluf, Martínez ( don Rosauro), Melero, Montes, Morales, Naranjo, Ojeda, Orpis, Ortiz, Palma ( don Andrés), Palma (don Joaquín), Pizarro, Pollarolo ( doña Fanny), Prokuriça, Reyes, Ribera, Rocha, Rodríguez, Saa (doña María Antonieta), Tohá, Ulloa, Urrutia (don Salvador), Valenzuela, Villouta y Walker.

-Se abstuvo el Diputado señor González.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 16 de julio, 1997. Oficio en Sesión 17. Legislatura 335.

Valparaíso,

Oficio N°

A S.E. El Presidente del Honorable Senado

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación al proyecto de ley de ese H. Senado que dispone la construcción de un monumento en la ciudad de Santiago, otro en la ciudad de Valparaíso, y un tercero en la de Coihaique, en memoria del Teniente de Carabineros don Hernán Merino Correa, con las siguientes enmiendas:

Artículo 4°.-

Ha reemplazado en su encabezamiento la expresión “once” por “ocho”.

Letra b)

La ha suprimido.

Letras c), d), e) y f)

Han pasado a ser b), c), d) y e), respectivamente, sin enmiendas.

Ha agregado el siguiente inciso final:

“Presidirá la comisión el Senador que haya sido designado, quien, además, tendrá voto dirimente en caso de empate”.

Lo que tengo a honra comunicar a V.E., en respuesta a vuestro oficio N°8268, de 19 de enero de 1995.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

(Fdo.): Armando Arancibia Calderón. – Carlos Loyola Opazo.

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 29 de julio, 1997. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 335. Discusión única. Se aprueba.

MONUMENTO EN MEMORIA DE TENIENTE HERNÁN MERINO CORREA

El señor ROMERO ( Presidente ).-

A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto, en tercer trámite constitucional, que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Santiago, otro en la ciudad de Valparaíso, y un tercero en la ciudad de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros don Hernán Merino Correa.

--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: (moción de los señores Horvath, Errázuriz, Huerta, Muñoz Barra, Urenda, Zaldívar (don Adolfo), Frei (don Arturo) y Sule).

En primer trámite, sesión 38ª, en 18 de enero de 1995.

En tercer trámite, sesión 17ª, en 16 de julio de 1997.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 34ª, en 11 de enero de 1995.

Discusión:

Sesión 38ª, en 18 de enero de 1995 (se aprueba en general y particular).

El señor LAGOS ( Secretario ).-

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto con las modificaciones que señala en el oficio respectivo.

El señor ROMERO (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , como uno de los autores del proyecto, sólo quiero señalar que las modificaciones de la Cámara son completamente atendibles: reduce de once a ocho los miembros integrantes de la comisión especial encargada de ejecutar los objetivos de la ley; suprime a los Intendentes de las regiones respectivas, y propone que el Senador elegido Presidente de la comisión tenga voto dirimente en caso de empate.

Creo que las enmiendas son absolutamente atendibles, y propongo la aprobación de la iniciativa.

El señor ROMERO (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.

El señor URENDA.-

Señor Presidente , junto con dejar constancia de que apruebo con mucho agrado el proyecto, hago presente que Viña del Mar ya erigió un monumento en memoria de ese ex oficial de Carabineros.

El señor ROMERO (Presidente).-

En la ciudad de San Felipe también hay un busto, aunque no de las dimensiones deseables.

En consecuencia, si le parece a la Sala, se daría por aprobado el proyecto con las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.

--Se aprueba.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 30 de julio, 1997. Oficio en Sesión 27. Legislatura 335.

Valparaíso, 30 de julio de 1997.

A S.E. El Presidente de la H. Cámara de Diputados:

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Senado ha aprobado las modificaciones introducidas por esa honorable Cámara al proyecto de ley que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Santiago, otro en la ciudad de Valparaíso, y un tercero en la ciudad de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros don Hernán Merino Correa.

Lo que comunico a V.E. en respuesta a su oficio Nº 1556, de 10 de julio de 1997.

Dios guarde a V.E.

(Fdo.): SERGIO ROMERO PIZARRO, Presidente del Senado; JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, Secretario del Senado.

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 01 de agosto, 1997. Oficio

Valparaíso, 1º de agosto de 1997.

N° 11.392

A S.E. El Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Autorizase erigir tres monumentos, uno en la ciudad de Santiago, otro en la de Valparaíso y el tercero en la de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la concisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Alcaldes de las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique;

c) Un representante de Carabineros de Chile;

d) Un representante del Salón Teniente Merino

Correa, y

e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Presidirá la comisión el Senador que haya sido designado, quien, además, tendrá voto dirimente en caso de empate.

Artículo 5º.- La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas señaladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Establecer los sitios en que se ubicarán los Monumentos;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la Comisión determine.".

Lo que comunico a V.E. en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a V.E.

SERGIO ROMERO PIZARRO

Presidente del Senado

JOSE LUIS LAGOS LOPEZ

Secretario del Senado

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 19.512

Tipo Norma
:
Ley 19512
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=75413&t=0
Fecha Promulgación
:
11-08-1997
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cz5d
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
AUTORIZA ERIGIR MONUMENTOS EN LAS CIUDADES QUE INDICA, EN MEMORIA DEL TENIENTE DE CARABINEROS HERNAN MERINO CORREA
Fecha Publicación
:
30-08-1997

AUTORIZA ERIGIR MONUMENTOS EN LAS CIUDADES QUE INDICA, EN MEMORIA DEL TENIENTE  DE  CARABINEROS  HERNAN  MERINO CORREA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    P r o y e c t o  d e  l e y:

    "Artículo 1º.- Autorízase erigir tres monumentos, uno en la ciudad de Santiago, otro en la de Valparaíso y el tercero en la de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.

    Art�culo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

    Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

    Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

    Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

    a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

    b) Los Alcaldes de las Municipalidades de Santiago, Valparaíso y Coyhaique;

    c) Un representante de Carabineros de Chile;

    d) Un representante del Salón Teniente Merino Correa, y

    e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.

    El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

    Presidirá la comisión el Senador que haya sido designado, quien, además, tendrá voto dirimente en caso de empate.

    Artículo 5º.- La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

    a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas señaladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

    b) Establecer los sitios en que se ubicarán los monumentos;

    c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

    d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

    e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

    Artículo 6º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la Comisión determine.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 11 de agosto de 1997.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.