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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.056

Establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 21 de noviembre, 2016. Mensaje en Sesión 108. Legislatura 364.

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS QUE INCENTIVAN MEJORAS DE LAS CONDICIONES DE REMUNERACIONES Y EMPLEO DE LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A LAS MUNICIPALIDADES, EN RECOLECION, TRANSPORTE O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS.

___________________________________

Santiago, 21 de noviembre de 2016.

MENSAJE Nº 280-364/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

Vengo en someter a vuestra consideración un proyecto de ley que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

I. ANTECEDENTES

Las municipalidades, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, tienen entre otras funciones privativas, el aseo y ornato de la comuna. Según dispone dicho cuerpo legal, las referidas funciones privativas pueden ser realizadas de manera directa por las propias municipalidades con personal de su dependencia; o de forma externalizada, mediante contratos que suscriben con empresas externas. En este último caso, los servicios los realizan trabajadores de dichas empresas.

En la actualidad, quien presta un servicio externalizado de las funciones habituales del municipio, lo hace previa adjudicación mediante licitación pública, regida por la ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, en virtud de la ley N° 20.355, se modificó expresamente la citada ley orgánica constitucional de Municipalidades, haciendo aplicable las normas sobre compras públicas contenidas en la ley N° 19.886.

Las licitaciones públicas que realizan las municipalidades para contratar servicios externalizados de sus funciones habituales se rigen por los principios de libre concurrencia de los oferentes y de igualdad, sin embargo, estos principios no son suficientes para mejorar las remuneraciones y condiciones laborales de los trabajadores que prestan los servicios aludidos.

La disposición contenida en el inciso primero del artículo 6 de la ley 19.886, que prescribe el otorgamiento de un mayor puntaje o calificación a aquellos postulantes que exhibieren mejores condiciones de empleo y remuneraciones, en el caso de la prestación de servicios habituales que deban proveerse a través de licitaciones o contrataciones periódicas fue un primer paso para cumplir el fin perseguido, lo que es especialmente relevante respecto de quienes prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios. Con todo, esta disposición no ha garantizado un piso mínimo de ponderación al factor remuneratorio y condiciones laborales, que es vital en licitaciones como la de la especie, sobre todo, en atención a que las municipalidades, como mandante de dichas empresas, son solidariamente o subsidiariamente responsables en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, de acuerdo lo dispone la ley N°20.123.

II. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

La presente iniciativa incorpora un inciso segundo nuevo, al artículo 6 de la ley N° 19.886, sobre Contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que establece una regla especial que será aplicable a los procesos licitatorios municipales de servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

Dicha disposición obligará a los municipios a considerar, en las pautas de evaluación, a lo menos en un 10% de la ponderación total, el criterio referido a las mejores condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores.

Para evaluar este criterio, la municipalidad deberá considerar el nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo y el reajuste de éstas, pudiendo además incorporar otros factores de relevancia para los trabajadores tales como la extensión y flexibilidad de la jornada de trabajo, la duración de los contratos, la existencia de incentivos y otras condiciones laborales que resulten de importancia, en relación a la naturaleza de los servicios contratados.

Asimismo en dicho factor se deberá ponderar a aquellas oferentes que incorporen en su dotación a los trabajadores que a la fecha presten servicios en la empresa que esté terminando su contrato, con el fin de lograr que dichos trabajadores tengan continuidad laboral.

En mérito a lo expuesto, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 6 de la ley N° 19.886, de la siguiente manera:

a) Reemplázase en el inciso primero la expresión “inciso siguiente” por “inciso tercero”.

b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero y así sucesivamente:

“En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 10% de la ponderación total de la evaluación. Asimismo, en la evaluación de dicho criterio se deberá considerar, además, que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior.”.”.

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA

Presidenta de la República

MARIO FERNANDEZ BAEZA

Ministro del Interior y Seguridad Pública

RODRIGO VALDÉS PULIDO

Ministro de Hacienda

ALEJANDRA KRAUSS VALLE

Ministra del Trabajo y Previsión Social

1.2. Informe de Comisión de Trabajo

Cámara de Diputados. Fecha 11 de abril, 2017. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 15. Legislatura 365.

? BOLETÍN N° 11.012-13-1

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS QUE INCENTIVAN MEJORAS DE LAS CONDICIONES DE REMUNERACIONES Y EMPLEO DE LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A LAS MUNICIPALIDADES, EN RECOLECCIÓN, TRANSPORTE O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS.

________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley del epígrafe, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. la Presidenta de la República, contenido en el Boletín N° 11.012-13, sin urgencia.

A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron el señor Ricardo Cifuentes Lillo, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; el señor Francisco Díaz Verdugo, Subsecretario del Trabajo; el señor Gabriel de la Fuente Acuña, Subsecretario General de la Presidencia; la señora Rosa Huerta Reyes, Fiscal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; el señor Nemesio Arancibia Torres, Jefe de la División de Municipalidades de la SUBDERE y don Francisco Del Río Correa, Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen, como se ha dicho precedentemente, en un Mensaje de S.E. la Presidenta de la República, y se encuentra contenido en el Boletín N° 11.012-13, sin urgencia.

2.- Discusión general.

El proyecto fue aprobado en general y particular por 9 votos a favor, 0 en contra y ninguna abstención.

(Votó a favor la diputada señora Pascal, doña Denise y los diputados señores Andrade; Barros; Boric; Carmona; De Mussy; Jiménez; Vallespín y Walker).

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de vuestra Comisión, el texto del proyecto en informe no contiene normas orgánicas constitucionales, ni sus normas requieren ser aprobadas con quórum calificado.

4.- Diputado Informante.

La Comisión designó al señor Barros, don Ramón, en tal calidad.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

El proyecto que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social somete a vuestro conocimiento establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

1.- Consideraciones preliminares.-

El Mensaje, con el cual S.E. la Presidenta de la República acompaña este proyecto, hace presente que las municipalidades, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, tienen entre otras funciones privativas, el aseo y ornato de la comuna. Según dispone dicho cuerpo legal, las referidas funciones privativas pueden ser realizadas de manera directa por las propias municipalidades con personal de su dependencia; o de forma externalizada, mediante contratos que suscriben con empresas externas. En este último caso, los servicios los realizan trabajadores de dichas empresas.

Agrega que, en la actualidad, quien presta un servicio externalizado de las funciones habituales del municipio, lo hace previa adjudicación mediante licitación pública, regida por la ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, en virtud de la ley N° 20.355, se modificó expresamente la citada ley orgánica constitucional de Municipalidades, haciendo aplicable las normas sobre compras públicas contenidas en la ley N° 19.886.

Hace presente a continuación, que las licitaciones públicas que realizan las municipalidades para contratar servicios externalizados de sus funciones habituales se rigen por los principios de libre concurrencia de los oferentes y de igualdad, sin embargo, estos principios no son suficientes para mejorar las remuneraciones y condiciones laborales de los trabajadores que prestan los servicios aludidos.

Añade que la disposición contenida en el inciso primero del artículo 6 de la ley 19.886, que prescribe el otorgamiento de un mayor puntaje o calificación a aquellos postulantes que exhibieren mejores condiciones de empleo y remuneraciones, en el caso de la prestación de servicios habituales que deban proveerse a través de licitaciones o contrataciones periódicas fue un primer paso para cumplir el fin perseguido, lo que es especialmente relevante respecto de quienes prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios. Con todo, esta disposición no ha garantizado un piso mínimo de ponderación al factor remuneratorio y condiciones laborales, que es vital en licitaciones como la de la especie, sobre todo, en atención a que las municipalidades, como mandante de dichas empresas, son solidariamente o subsidiariamente responsables en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, de acuerdo lo dispone la ley N° 20.123.

2.- Objetivo del proyecto.-

El proyecto que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social somete a vuestro conocimiento establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

3. Contenido del proyecto aprobado por la Comisión.

La presente iniciativa, aprobada por la Comisión, incorpora un inciso segundo nuevo, al artículo 6 de la ley N° 19.886, sobre Contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que establece una regla especial que será aplicable a los procesos licitatorios municipales de servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes.

Dicha disposición obligará a los municipios a considerar, en las pautas de evaluación, a lo menos en un 15% de la ponderación total, el criterio referido a las mejores condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores.

Para el sólo efecto de la ponderación del criterio, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio. El porcentaje antes mencionado se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto a las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñen dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la Municipalidad establezca en cada caso.

Por otra parte, será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

III.- MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.

En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto es establecer normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes.

Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en un artículo único.

IV.- ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.

En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni que requieran para su aprobación de quórum calificado.

V.- DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.

Vuestra Comisión, en su discusión general y particular, contó con la presencia del señor Ricardo Cifuentes Lillo, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; del señor Francisco Díaz Verdugo, Subsecretario del Trabajo; del señor Gabriel de la Fuente Acuña, Subsecretario General de la Presidencia; de la señora Rosa Huerta Reyes, Fiscal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; del señor Nemesio Arancibia Torres, Jefe de la División de Municipalidades de la SUBDERE; y de don Francisco Del Río Correa, Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

VI.- ARTICULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, su articulado no requiere ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda por no incidir en materias presupuestarias o financieras del Estado.

VII.- DISCUSIÓN GENERAL

El artículo único original del Mensaje establecía lo siguiente:

“Modifícase el artículo 6 de la ley N° 19.886, de la siguiente manera:

a) Reemplázase en el inciso primero la expresión “inciso siguiente” por “inciso tercero”.

b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero y así sucesivamente:

“En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 10% de la ponderación total de la evaluación. Asimismo, en la evaluación de dicho criterio se deberá considerar, además, que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior.”.

Durante la discusión del proyecto, que se inició el 3 de enero del año en curso, el señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, don Ricardo Cifuentes Lillo, recalcó que el artículo 3 de Ley 18.695 determina que las municipalidades tienen, entre otras funciones privativas, el aseo y ornato de la comuna, las que pueden ser realizadas de manera directa por las propias municipalidades con personal de su dependencia; o de forma externalizada, mediante contratos que suscriben con empresas externas. Agregó que quien presta un servicio externalizado de las funciones habituales del municipio, lo hace previa adjudicación mediante licitación pública, regida mediante la Ley de Compras N° 19.886. Tanto el principio de libre concurrencia de los oferentes, como el otorgamiento de mayor puntaje en la evaluación de las licitaciones a los proveedores que exhibieren mejores condiciones de empleo y remuneraciones fueron el primer paso, sin embargo, no ha sido suficiente para resguardar un piso mínimo de ponderación al factor remuneratorio y condiciones laborales, sin olvidar que los municipios en estos casos, actúan como mandantes de dichas empresas, siendo solidariamente responsables en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de las mismas.

En la ocasión, el diputado señor Walker manifestó su acuerdo con el proyecto, en la medida en que incentiva, en las licitaciones, la mejor ponderación de las condiciones laborales de los trabajadores recolectores de basura. Sin perjuicio del avance que este proyecto significa, afirmó, no tiene certeza de que la iniciativa se haga cargo de todas las vulnerabilidades que experimentan este tipo de trabajadores, como por ejemplo, el hecho de perder la continuidad laboral una vez terminada la licitación.

Por su parte, el diputado señor Andrade valoró el proyecto de ley en la medida en que responde a un compromiso pendiente, sin embargo manifestó contar con algunas dudas. En primer lugar, recordó que una iniciativa de similares características fue aprobada respecto de los contratos de las manipuladoras de alimentos, sin que se hayan observado resultados positivos destacables. En este escenario, sugirió precisar lo que se entiende por condiciones del empleo y las remuneraciones, pues de lo contrario, su determinación queda muy sujeta a la apreciación de la Comisión que evalúa la licitación. Ello, especialmente considerando la alta accidentabilidad de esta labor.

Adicionalmente, lamentó la exclusión de los trabajadores de aseo y ornato, quienes también son objeto de licitación y que sufren similares vulnerabilidades laborales. En este sentido, sugirió ampliar el universo de trabajadores beneficiados por la iniciativa legal, pudiendo discutir respecto de la incorporación de los trabajadores de vertederos y plantas de transferencia.

Del mismo modo, el diputado señor Campos manifestó que cabe hacer presente que trabajadores que realizan las mismas funciones pueden experimentar diversos criterios de remuneración y bonos dependiendo de la comuna para la cual presten servicios, incluso cuando se trata de las mismas empresas. En este sentido, comparte la preocupación por el guarismo del 10%, señalando que lo ideal sería que la variable mejores condiciones de empleo y remuneraciones fuese aquella que definiera el resultado de la licitación.

Asimismo, el diputado señor Melero coincidió con el cuestionamiento hacia la decisión de establecer un porcentaje del 10%, si el objetivo del proyecto pretende potenciar las condiciones de empleo y remuneraciones. En este contexto sugirió separar la ponderación que se efectúe de las remuneraciones que pagan los postulantes, de las condiciones de empleo, las cuales no se encuentran especificadas, siendo aconsejable singularizarlas en materia de higiene y seguridad, baños, colación, jornada, entre otras.

Por su parte, el diputado señor Monckeberg, don Nicolás, coincidió con la necesidad de especificar lo que se entiende por condiciones de empleo y solicitó mayor explicación respecto a la suficiencia del guarismo 10%. Por otra parte, consideró audaz dar mayor ponderación a una empresa que comprenda el mayor número de contrataciones, pues esto podría ser contraproducente precisamente para el nivel remuneracional de dichos trabajadores.

En la ocasión, el señor Subsecretario Cifuentes manifestó que existe una restricción de financiamiento relacionada con el tipo de trabajadores resguardado por el protocolo de acuerdo de año 2013, en particular, los recolectores de residuos domiciliarios.

Respecto a la ponderación de las bases de licitación y la especificación de lo que se entiende por condiciones de empleo, el señor Subsecretario señaló estar disponible a estudiar y eventualmente mejorar el proyecto en este sentido, sin embargo, recordó que la iniciativa legal nunca será capaz de resolver la totalidad de casos particulares que pudiesen existir.

Por otra parte, manifestó que para los efectos de esta ley se consideran incorporados aquellos trabajadores que ejercen los tres procesos relacionados con la basura: el retiro domiciliario, transporte, y disposición final de residuos. En este sentido, el señor Subsecretario indicó que entiende que los trabajadores que desarrollan sus labores en vertederos y rellenos sanitarios estarían contemplados como beneficiarios de esta iniciativa. Por su parte, en su opinión, cabría analizar la situación de los trabajadores de las plantas de transferencia y los efectos que su inclusión podría generar.

Respecto al guarismo del 10%, el señor Cifuentes recordó que es primera vez que se incorpora específicamente un porcentaje mínimo de ponderación de las condiciones laborales en la licitación, indicando que este detalle se omitió en la ley que benefició a los trabajadores manipuladores de alimentos. En relación a la suficiencia del guarismo, indicó que al ser una medida inédita no existe ningún parámetro que permita definir dicha pertinencia.

En relación a la alternativa de separar las remuneraciones de las condiciones laborales, el señor Subsecretario manifestó que su pertinencia puede ser materia de estudio por parte del Ejecutivo.

Por su parte, el señor Francisco Díaz, Subsecretario del Trabajo, manifestó que el reglamento de la ley de compras públicas deberá especificar de forma más específica aquello que se entenderá por mejores condiciones de empleo. Sin perjuicio de lo anterior, indicó que la iniciativa legal contempla específicamente un aspecto que se considera como un mejor factor de ponderación de las condiciones de empleo relacionada con la contratación del mayor número de trabajadores que hayan desempeñado funciones en virtud del contrato anterior.

Para continuar con el estudio del proyecto de ley, la Comisión recibió, en su sesión de fecha 10 de enero del año en curso, al señor Armando Soto Valdés, Presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresas e Inter-empresas de Servicios, Aseo, Jardines, Ornatos y Rellenos Sanitarios de Chile - FENASINAJ; al señor Ricardo Erba Muñoz, Presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Aseo, Servicios, Rellenos Sanitarios y Afines de Chile, FENASERCH; y al señor Marcelo Segura Uauy, Subsecretario Ejecutivo de la Asociación Chilena de Municipalidades.

El señor Soto, Presidente de la FENASINAJ, manifestó que este proyecto avanza en un sentido de justicia para los trabajadores ligados a la recolección de basura, quienes fueron, en su opinión perjudicados al haber sido traspasados del sector municipal al mundo privado, quedando sometidos a una menor regulación. Al respecto, indicó que la federación que representa se encuentra esperanzada por las modificaciones propuestas por la iniciativa legal, en la medida en que se fomenta la protección de la remuneración y condiciones laborales de los trabajadores en las bases de licitación de los servicios.

Sin perjuicio de lo anterior, el señor Soto manifestó que este proyecto de ley no resuelve el hecho de que en cada nueva licitación se tema por la estabilidad laboral, por la destrucción del sindicato, y por las nuevas condiciones de contratación. En este sentido, y en concordancia con los contenidos de la reforma laboral, el expositor solicitó velar por asegurar que en la nueva licitación las empresas no puedan ofrecer a sus trabajadores remuneraciones inferiores a las que se venían pagando en el período anterior, aun cuando se trate de una empresa nueva. En otras palabras, solicitó incorporar el concepto de piso de negociación en las bases de licitación.

Por su parte, el señor Erba, Presidente de FENASERCH, indicó que su Federación aspira a que se reglamente de forma particular la labor relacionada con la recolección, transporte y disposición final de la basura, especialmente en materia de reconocimiento de las enfermedades profesionales ligadas a este rubro, las cuales actualmente son ignoradas como tales por las mutualidades de seguridad.

En dicha sesión, el diputado señor Jiménez manifestó que el proyecto de ley avanza en materia de protección de derechos laborales y remuneraciones, sin embargo, consultó a los expositores respecto de posibles adiciones o mejoras.

Por su parte, el diputado señor Boric consideró importante analizar alguna fórmula que permita mantener vigente un determinado sindicato a pesar del término de una licitación, especialmente en el caso de que una nueva empresa contrate a parte de los trabajadores que ya habían ejercido funciones en virtud de un contrato anterior.

Al mismo tiempo, el diputado señor Melero sugirió, tal como en la sesión anterior, separar la ponderación que se efectúe de las remuneraciones que pagan los postulantes, de las condiciones de empleo, las cuales no se encuentran especificadas, siendo aconsejable singularizarlas en materia de higiene y seguridad, baños, colación, jornada, entre otras. Por otra parte, sugirió analizar la posibilidad de extender la aplicación de la iniciativa legal a otro tipo de trabajadores municipales, por ejemplo, aquellos que se dedican al aseo y ornato, a la mantención de jardines, a la vigilancia privada, entre otros.

Por otra parte, el diputado señor Walker consultó respecto del origen del guarismo 10% y si este satisface o no las aspiraciones de los trabajadores. Adicionalmente, consideró relevante estudiar la forma de asegurar la continuidad laboral del trabajador que es recontratado en un nuevo proceso de licitación.

Los señores Soto y Erba coincidieron en reiterar que los trabajadores relacionados con la recolección de basura requieren de una institucionalidad propia, distinta a la actualmente vigente que los asimila a los “trabajadores transportistas”. Dicha asimilación, afirmaron, no permite distinguir las particularidades propias de la labor, especialmente aquello que dice relación con el reconocimiento de las enfermedades profesionales y la alta tasa de accidentabilidad. Por otra parte, los expositores abogaron por la específica inclusión de los trabajadores de aseo y ornato, y de aquellos relacionados con los rellenos sanitarios. Finalmente, manifestaron que es esencial que el proyecto de ley asegure el piso de la negociación al momento de establecer los mínimos exigidos en materia de condiciones laborales y remuneraciones.

Por su parte, el señor Segura, Subsecretario Ejecutivo de la Asociación Chilena de Municipalidades, manifestó que el proyecto de ley contó con la aprobación de la entidad que representa, según consta en el acta de una reunión de directorio, celebrada el año pasado en la ciudad de Valdivia, donde se produjo acuerdo unánime de los presentes al texto que se ha sometido a consideración de la Comisión.

Sin perjuicio de lo anterior, el señor Segura manifestó que, en relación a los problemas planteados por las federaciones de trabajadores presentes, cabe considerar que existe un problema endémico en el sistema municipal que dice relación con la escasez de recursos, lo cual se ve exacerbado justamente en este ámbito, toda vez que existe un derecho de aseo que se cobra por el servicio prestado, teniendo presente las realidades tan diversas en las diferentes comunas del país.

En su opinión, si bien el proyecto de ley no cabe más que apoyarlo, pues genera beneficios inmediatos para los trabajadores, no debe perderse de vista la discusión y eventual solución de problemas endémicos relacionados con el financiamiento de las actividades municipales.

En la misma sesión, la Comisión acordó oficiar al señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo y al señor Subsecretario del Trabajo, a fin de transmitir la inquietud de sus integrantes respecto a las propuestas expuestas en esta sesión, solicitando que dichas inquietudes puedan ser discutidas durante la próxima sesión ordinaria de la Comisión, invitando a las referidas autoridades.

Para continuar con el estudio del proyecto de ley, la Comisión recibió en su sesión de fecha 7 de marzo del año en curso, al señor Nemesio Arancibia Torres, Jefe de la División de Municipalidades y a la señora Rosa Huerta Reyes, Fiscal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), quienes manifestaron que respecto a separar la ponderación del 10% referida a mejores condiciones de empleo y la ponderación de remuneraciones ofrecidas en las respectivas bases de licitación, el Ejecutivo acoge dicha propuesta, estimando que correspondería ponderar en un 70% el tema remuneracional y en un 30% el resto de las condiciones de empleo (higiene y seguridad, baños, colación, etc.), tal y como lo han planteado los trabajadores.

En relación a la propuesta de incorporar a los beneficios de esta ley a los trabajadores que se desempeñen en las plantas de transferencia de dichos residuos y en los rellenos sanitarios, como, asimismo, a los trabajadores que laboran en aseo y ornato, el señor Arancibia indicó que respecto de los primeros, ellos se encontrarían considerados dentro de los beneficiarios pues corresponden a trabajadores ligados a la disposición final de residuos sólidos domiciliarios. Sin embargo, los trabajadores de aseo y ornato no se encuentran considerados como beneficiarios de la ley, pues su incorporación implicaría costos fiscales, debido a que en gran mayoría son servicios externalizados pagados por las municipalidades. En este sentido, no existe un estudio de la cantidad de trabajadores afectados ni los costos asociados a su incorporación. Tampoco existe aún una opinión respecto de este punto de las asociaciones de municipalidades.

Por su parte, la señora Huerta, Fiscal de la Subdere, agregó que incorporar como criterio de evaluación de la licitación las condiciones laborales y las remuneraciones obliga a todos los oferentes a proponer mejores condiciones laborales en favor de los trabajadores. En este sentido, este proyecto incorpora una ponderación mínima de 10% al momento de evaluar cada propuesta en las licitaciones de los servicios de residuos sólidos domiciliarios, lo cual, sin duda constituye una mejora respecto de la ausencia de los procesos licitatorios anteriores.

Respecto de la inclusión de los trabajadores de aseo y ornato, la señora Huerta reiteró que ello tiene costo municipal, no fiscal y por tanto se requiere contar con una opinión de parte de las asociaciones de municipalidades.

Por su parte, el diputado señor Andrade criticó que las razones que impiden incluir a los trabajadores de aseo y ornato sea la falta de una estimación de costos y de la ausencia de una opinión por parte de las asociaciones de municipalidades. Al respecto, señaló que la Comisión de Trabajo debe velar por la equivalencia de derechos laborales frente al cumplimiento de funciones similares por parte de los trabajadores. Aún más, cuando consideró que el aumento de costos es un problema de las empresas, pues ellos deberán mejorar las condiciones de contratación para hacer más atractiva sus propuestas, precisamente por ello se licitan estos servicios. Parece inaceptable, sentenció, que la variable laboral se incorpore en las bases de licitación de algunos trabajadores y de otros no, aun cuando realizan funciones similares.

Asimismo, el diputado señor Melero consideró que es complejo imponerle a los municipios una carga económica nueva y pretender que ello no va a repercutir en el presupuesto fiscal, considerando que se sabe que los municipios deficitarios están permanentemente recurriendo al Ejecutivo para financiar las demandas en salud, educación y todo aquello que exige la ciudadanía. En su opinión, la Comisión debería darle tiempo al Ejecutivo para que pueda coordinar soluciones a las inquietudes que se han planteado en sesiones anteriores con todos aquellos actores involucrados en este tema, presentando las indicaciones que correspondan.

En razón de las diversas inquietudes manifestadas por los señores Diputados integrantes de esta instancia legislativa, el Ejecutivo presentó, en sesión de fecha 11 de abril recién pasado, una indicación para reemplazar, en la letra b) del artículo único, la expresión: ", la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 10% de la ponderación total de la evaluación. Asimismo, en la evaluación de dicho criterio se deberá considerar, además, que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior.", por la frase: "y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo, no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación. Para el sólo efecto de la ponderación del criterio, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio. El porcentaje antes mencionado se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto a las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la Municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.", que recogía dichas aprehensiones.

El señor Arancibia, Jefe de la División de Municipalidades de la Subsecretaría de Previsión Social, indicó que la indicación precedente incorpora las solicitudes que se habían realizado por parte de las señoras y señores diputados en las sesiones anteriores. En efecto, la indicación establece la separación de la ponderación de las remuneraciones respecto de las otras condiciones laborales de los trabajadores, aumentando dicha ponderación desde un 10% a un 15%. Adicionalmente, la indicación agrega a los trabajadores que se desempeñan en áreas verdes, incorporando también que será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo.

El diputado señor De Mussy destacó que el Ejecutivo haya acogido las propuestas parlamentarias discutidas en sesiones anteriores. Por otra parte, consultó respecto de los fundamentos que permiten llegar a una ponderación basada en una distribución de 70% para remuneraciones y 30% para las demás condiciones de empleo.

El diputado señor Andrade manifestó que no es lo mismo hablar de “mantención de áreas verdes” y “trabajadores de aseo y ornato”.

El señor Arancibia indicó que los “contratos de mantención de áreas verdes” requieren ser analizados caso a caso para determinar si corresponde a la labor de aseo y ornato. Por otra parte, indicó que el guarismo 70/30 fue concordado a través de conversaciones realizadas con los trabajadores, quienes se manifestaron en favor de este equilibrio.

En la ocasión, los diputados Carmona y Andrade coincidieron en la necesidad de explicitar la inclusión de los trabajadores de aseo y ornato. Al respecto, el señor Andrade (Presidente) sugirió proceder a la votación del proyecto, solicitando que el Ejecutivo analice la posibilidad de incluir una indicación en este sentido durante la discusión del proyecto en la Sala de la Corporación.

-- Sometido a votación el proyecto de ley, en general y particular, considerando la indicación propuesta por el Ejecutivo, se aprobó por 9 votos a favor, 0 en contra y ninguna abstención.

(Votó a favor la diputada señora Pascal, doña Denise; y los diputados señores Andrade, don Osvaldo; Barros, don Ramón; Boric, don Gabriel; Carmona, don Lautaro; De Mussy, don Felipe; Jiménez, don Tucapel; Vallespín, don Patricio; y, Walker, don Matías.).

VIII.- SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL.

No existieron opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la discusión general.

IX.- ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.

No existen disposiciones en tales condiciones.

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Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 6 de la ley N° 19.886, de la siguiente manera:

a) Reemplázase en el inciso primero la expresión “inciso siguiente” por “inciso tercero”.

b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero y así sucesivamente:

“En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo, no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación. Para el sólo efecto de la ponderación del criterio, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio. El porcentaje antes mencionado se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto a las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la Municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.".”.

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SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE, al señor BARROS, don Ramón.

SALA DE LA COMISIÓN, a 11 de abril de 2017.

Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de la diputada señora Pascal, doña Denise, y de los diputados señores Andrade; Barros; Boric; Campos; Carmona; De Mussy; Jiménez; Melero; Monckeberg, don Cristián; Monckeberg, don Nicolás; Vallespín y Walker.

Pedro N. Muga Ramírez

Abogado, Secretario de la Comisión

1.3. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 11 de abril, 2017. Oficio

FORMULA INDICACIÓN AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS QUE INCENTIVAN MEJORAS DE LAS CONDICIONES DE REMUNERACIONES Y EMPLEO DE LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A LAS MUNICIPALIDADES, EN RECOLECCIÓN, TRANSPORTE O DISPO-SICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS. (BOLETÍN N° 11.012-13).

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Santiago, 11 de abril de 2017.

N° 030-365/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular la siguiente indicación al proyecto de ley del rubro, a fin de que sea considerada durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

AL ARTÍCULO ÚNICO

Para reemplazar, en su letra b), la expresión: “, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 10% de la ponderación total de la evaluación. Asimismo, en la evaluación de dicho criterio se deberá considerar, además, que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior.”, por la frase: “y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo, no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación. Para el sólo efecto de la ponderación del criterio, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio. El porcentaje antes mencionado se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto a las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la Municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.”.

Dios guarde a V.E.

MICHELLE BACHELET JERIA

Presidenta de la República

MARIO FERNÁNDEZ BAEZA

Ministro del Interior y Seguridad Pública

RODRIGO VALDÉS PULIDO

Ministro de Hacienda

ALEJANDRA KRAUSS VALLE

Ministra del Trabajo y Previsión Social

1.4. Discusión en Sala

Fecha 11 de mayo, 2017. Diario de Sesión en Sesión 23. Legislatura 365. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

INCENTIVO A MEJORAS DE REMUNERACIONES Y EMPLEO EN FAVOR DE TRABAJADORES QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A MUNICIPALIDADES EN RECOLECCIÓN, TRANSPORTE O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 11012-13)

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Ramón Barros .

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 108ª de la legislatura 364ª, en 13 de diciembre de 2016. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sesión 15ª de la presente legislatura, en 17 de abril de 2017. Documentos de la Cuenta N° 1.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Solicito el acuerdo para que ingrese a la Sala el subsecretario de Desarrollo Regional, señor Ricardo Cifuentes .

No hay acuerdo

En reemplazo del diputado señor Barros , rinde el informe el diputado señor Patricio Vallespín .

Tiene la palabra, señor diputado.

El señor VALLESPÍN (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mensaje de su excelencia la Presidenta de la República y sin urgencia, que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios (boletín Nº 11012-13).

A las sesiones que nuestra comisión destinó al estudio de la iniciativa legal asistieron el señor Ricardo Cifuentes Lillo , subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; el señor Francisco Díaz Verdugo , subsecretario del Trabajo; el señor Gabriel de la Fuente Acuña , subsecretario general de la Presidencia; la señora Rosa Huerta Reyes , fiscal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional; el señor Nemesio Arancibia Torres , jefe de la División de Municipalidades de la Subdere, y don Francisco del Río Correa, asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Se invitó además a representantes de organizaciones de trabajadores, como al señor Armando Soto Valdés , presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresas e Interempresas de Servicios, Aseo, Jardines, Ornatos y Rellenos Sanitarios de Chile (Fenasinaj); al señor Ricardo Erba Muñoz , presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Aseo, Servicios, Rellenos Sanitarios y Afines de Chile (Fenaserch), y al señor Marcelo Segura Uauy , subsecretario ejecutivo de la Asociación Chilena de Municipalidades, todos actores involucrados en el tema objeto de análisis de la comisión.

El mensaje con el cual su excelencia la Presidenta de la República acompaña el proyecto, hace presente que las municipalidades, de acuerdo con dispuesto en el artículo 3 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior, tienen, entre otras funciones privativas, el aseo y ornato de la comuna. Según dispone dicho cuerpo legal, las referidas funciones privativas pueden ser realizadas de manera directa por las propias municipalidades con personal de su dependencia o de forma externalizada, mediante contratos que suscriben con empresas externas. En este último caso, trabajadores de dichas empresas realizan los servicios.

Agrega que, en la actualidad, quien presta un servicio externalizado de las funciones habituales del municipio, lo hace previa adjudicación mediante licitación pública, regida por la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, en virtud de la ley Nº 20.355, se modificó expresamente la citada Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, haciendo aplicables las normas sobre compras públicas contenidas en la ley Nº 19.886.

Hace presente el mensaje que las licitaciones públicas que realizan las municipalidades para contratar servicios externalizados de sus funciones habituales, se rigen por los principios de libre concurrencia de los oferentes y de igualdad. Sin embargo, estos principios no son suficientes para mejorar las remuneraciones ni las condiciones laborales de los trabajadores que prestan los servicios aludidos, tema ratificado por la gran mayoría de los asistentes a la comisión en audiencia pública.

Añade que la disposición contenida en el inciso primero del artículo 6 de la ley 19.886, que prescribe el otorgamiento de un mayor puntaje o calificación a aquellos postulantes que exhibieren mejores condiciones de empleo y remuneraciones en el caso de la prestación de servicios habituales que deban proveerse a través de licitaciones o contrataciones periódicas, fue un primer paso para cumplir el fin perseguido, lo que es especialmente relevante respecto de quienes prestan servicios externalizados a las municipalidades en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

Con todo, esta disposición no ha garantizado un piso mínimo de ponderación al factor remuneratorio y condiciones laborales, que es vital en licitaciones como la de la especie, sobre todo en atención a que las municipalidades, como mandantes de dichas empresas, son solidaria o subsidiariamente responsables en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, de acuerdo con lo que dispone la ley Nº 20.123.

La presente iniciativa, aprobada por la comisión en general y en particular, por 9 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, incorpora un inciso segundo nuevo al artículo 6° de la Ley Nº 19.886, Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, que establece una regla especial, que será aplicable a los procesos licitatorios municipales de servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes.

Dicha disposición, que hoy se somete a consideración de la Sala, obligará a los municipios a considerar, en las pautas de evaluación, a lo menos en 15 por ciento de la ponderación total, el criterio referido a las mejores condiciones de remuneraciones y de empleo de los trabajadores.

Para el solo efecto de la ponderación del criterio, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.

El porcentaje antes mencionado se distribuirá en 70 por ciento respecto del monto de las remuneraciones, y en 30 por ciento respecto a las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñen dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso.

Por otra parte, será requisito de admisibilidad de la oferta, la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la política nacional de seguridad y salud en el trabajo.

Por último, me permito hacer presente que en el texto aprobado en forma unánime por la comisión no existen normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni que requieran, para su aprobación, de quorum calificado.

Asimismo, ella estimó que su articulado no requiere ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda, por no incidir en materias presupuestarias o financieras del Estado.

A base de este informe, doy por detallado lo discutido y aprobado en la Comisión de Trabajo.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero .

El señor MELERO.-

Señor Presidente, este proyecto de ley busca mejorar las condiciones salariales de quienes trabajan en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, como también de quienes participan en los trabajos de mantención de las áreas verdes.

La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades establece como función propia de los municipios las vinculadas al aseo y ornato de la comuna.

Los municipios pueden realizar esas tareas de manera directa, con personal de su dependencia, como ocurre con el municipio de Santiago, o en forma externalizada, por medio de licitaciones que se suscriben con empresas externas, como ocurre en la inmensa mayoría de los más de trescientos municipios del país.

El año 2016 la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo traspasó a los municipios cerca de 15.700 millones de pesos por concepto de personal de aseo, recursos que sirvieron para la contratación del orden de 15.000 trabajadores ligados a esta actividad, distribuidos en forma regional.

El principal problema que enfrentan esos trabajadores radica en las diferencias salariales que existen entre quienes realizan una misma función en los distintos municipios. A modo de ejemplo, en algunos municipios un chofer de un camión recolector de basura puede ganar menos de 600.000 pesos mensuales, y en otros, cifras superiores a ese monto. Así, en el caso de los aproximadamente 2.200 choferes de camiones de recolección de basura, 1.200 -alrededor del 55 por ciento tienen remuneraciones inferiores a 600.000 pesos mensuales, y 1.000 -aproximadamente el 45 por ciento reciben remuneraciones superiores a los 600.000 pesos mensuales.

Si llevamos eso al caso de quienes cumplen funciones de peonetas en los mismos camiones, de un total de 5.700, más o menos 3.400 -alrededor del 60 por ciento reciben remuneraciones inferiores a 400.000 pesos mensuales, y alrededor de 2.300 -cerca del 40 por ciento restante tienen remuneraciones superiores a 400.000 pesos mensuales.

Esta situación se repite en el caso de quienes cumplen la función de barredores en las empresas de mantención de aseo y ornato en los municipios.

¿Qué busca el proyecto de ley? Que en las licitaciones, la remuneración tenga una ponderación más alta que la que históricamente se le ha dado -en torno al 10 por ciento-, para que por ley sea de 15 por ciento. Es decir, que el monto que se paga influya prioritariamente respecto de una serie de otras variables, como la antigüedad de la empresa, el servicio que presta, la tecnología que ocupa, etcétera. De esta manera, la remuneración del trabajador pasará a ser gravitante.

La iniciativa no se queda solo en la remuneración. En efecto, la ley en proyecto establece que el 70 por ciento de ese 15 por ciento corresponderá al factor remuneración. Pero en la Comisión de Trabajo también quisimos asignar importancia a las condiciones de empleo que superen los mínimos legales. El trabajador necesita una buena remuneración, pero también buenas condiciones para desarrollar su trabajo: vestimenta, cotonas, zapatos, guantes y anteojos adecuados; en fin, todo lo que requiera para el manejo de la basura. Asimismo, las instalaciones de donde salen a trabajar requieren de servicios higiénicos, casino y otros elementos que aporten a la dignidad del trabajador.

En suma, el proyecto de ley pretende mejorar las ponderaciones para que las diferencias salariales sean cada vez menores.

Por eso, resulta importante establecer ciertos criterios que mejoren la situación de esas personas, quienes muchas veces presentan condiciones de trabajo deplorables.

A modo de ejemplo, un recolector de basura camina diariamente del orden de veinticuatro kilómetros, y muchas veces se encuentra imposibilitado, incluso, de hacer sus necesidades básicas. ¿Es digna esa condición? Indudablemente que no.

Este proyecto de ley busca avanzar en esa dirección, para que nuestros trabajadores que participan en la recolección domiciliaria y en la mantención del aseo y ornato de las comunas tengan mayor dignidad y mejores salarios y condiciones.

Anuncio que votaremos a favor esta iniciativa.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

En nombre de la Mesa y de la Corporación, saludo a los dirigentes sindicales de las organizaciones que tienen una estrecha relación con este proyecto: señores Armando Soto , Miguel Ramírez , Ricardo Erba , Pablo Muñoz , Jaime González , Jorge Leiva , José Parra , Claudio Naranjo y Claudio Morales .

Los dirigentes se encuentran en las tribunas, en compañía del subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes , a quien también saludo con mucho aprecio y de quien destaco el permanente apoyo que ha mostrado hacia las comunas, no solo de la Cuarta Región, sino de todo el país.

-Aplausos en la Sala y en las tribunas.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Juan Morano .

El señor MORANO.-

Señor Presidente, en la década del 2000 fui alcalde de la comuna de Punta Arenas y en esa época las características que se han mencionado ahora estaban incorporadas en las bases de licitación, esencialmente porque la incertidumbre que provocaba, cada seis u ocho años, en los trabajadores el tener que licitar nuevamente el servicio nos convenció de la necesidad de resguardar, primero, el empleo, y segundo, la calidad del mismo.

Se trata de una decisión de administración municipal que no requiere de ley, pero estamos elaborando una ley para hacerla obligatoria en todos los municipios del país.

Lamento profundamente que este proyecto no haya ido a la Comisión de Hacienda, y no porque tenga un especial aprecio por esa comisión, sino porque se optó por definir que este proyecto no implicaría gastos con cargo a los fondos del Estado.

Entonces, se definió que el gasto fuera solo municipal y que los municipios, que ya tienen muchas dificultades para mantener la educación, la salud, el alumbrado público, etcétera, agreguen una nueva dificultad, cual es absorber esta mejoría, que es justa, de los contratos que ellos liciten por este tipo de servicios.

Pido al subsecretario, presente en las tribunas, dado que no se tuvo la voluntad de aceptarlo como invitado en la Sala, que evalúe la posibilidad de suplir, en la cantidad que sea necesaria, el Fondo Común Municipal para aquellos municipios que no cuenten con recursos propios para hacerlo y quieran cumplir con esta expectativa.

A mi juicio, el segundo tema que no está abordado en el proyecto es qué sucederá en aquellas comunas donde estos servicios no se licitan, porque es el propio municipio quien administra, y seguramente la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo nos tiene preparada una sorpresa, que será ingresar un nuevo proyecto, que diga que estos mismos criterios de mejoramiento de renta o de continuidad laboral, por ejemplo, los podemos aplicar en los contratos de estacionamientos de vía pública que mantienen los municipios.

El mismo criterio y la misma solución podrían aplicarse, a mi juicio, a los servicios tercerizados por los municipios, prestados por empresas que contratan trabajadores.

No solo es fundamental mejorar la renta. En el caso de Punta Arenas, es mucho más importante contar con la ropa de trabajo adecuada. No es lo mismo recolectar basura a 15 grados de temperatura que a 5 grados bajo cero; no es lo mismo caminar en calles escarchadas y con nieve que caminar por el pavimento y bajo el sol. Por lo tanto, el vestuario es muy importante en nuestra región y es un costo relevante dentro de las especificaciones del contrato.

Me alegro mucho de lo que estamos logrando hoy para quienes trabajan en las empresas de recolección de basura y también, me imagino, en los vertederos o depósitos finales.

Votaremos a favor y nuevamente formularemos la petición a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para que suplemente el Fondo Común Municipal en la cantidad que sea necesaria para hacer efectivo lo que esta ley significará: un mejoramiento de rentas y de la continuidad laboral de quienes se desempeñan en esta dura y difícil tarea.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Una vez más, solicito, a petición de algunos colegas, la anuencia de los señores diputados para autorizar el ingreso a la Sala del subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes .

No hay acuerdo.

Tiene la palabra el diputado Luis Lemus .

El señor LEMUS.-

Señor Presidente, saludo muy especialmente al subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, que está siguiendo esta sesión desde las tribunas, porque lamentablemente no se autorizó su ingreso a la Sala.

Me interesa que el señor Cifuentes preste bastante atención, porque los trabajadores que se desempeñan en la recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios realizan un trabajo que, a mi juicio, debería estar calificado como pesado. Eso haría un reconocimiento especial a un grupo de trabajadores, de chilenos y chilenas, que laboran muchas horas y a veces los contratos no consideran esa extensión de la jornada.

Quiero decir algo que me parece muy importante, y espero que el subsecretario preste atención. Hay municipios que, lamentablemente, aún practican una forma directa de extraer y de disponer la basura, y la Contraloría no ha hecho mucho en este ámbito, porque ha permitido que se haga a través de contratos a honorarios, con una boleta de prestación de servicios que le da el propio municipio.

Muchos de esos trabajadores, que ganan aproximadamente el mínimo y algo más, que en su mayoría son de municipios que tienen muchas dificultades económicas, ni siquiera cotizan, porque tendrían que realizar una cotización individual, y lamentablemente esa realidad no está recogida en este proyecto.

Entiendo la buena intención de que en las bases de licitación se incorpore una variable de ponderación de ese contrato -15 por ciento, dice aquí-, pero no es la única variable ni la que va a ser determinante. Seguramente, es la que va a evaluar el comité técnico que tendrá cada municipio y, posteriormente, la autoridad política, que en este caso debería ser el concejo municipal con el alcalde.

Hay un elemento que va a ser positivo, y eso lo saludo y me parece adecuado, pero no creo que sea suficiente para garantizar que en cada comuna del país el reconocimiento a ese trabajo pesado pueda mejorar las remuneraciones de muchos trabajadores y trabajadoras que hoy laboran en este sector.

Quiero agregar algo más, ya que el subsecretario está escuchando: a pesar de los esfuerzos que han desplegado los sucesivos gobiernos, a través de programas para dotar de maquinaria a municipios, para construir vertederos o desarrollar tratamiento adecuado de la basura en muchas comunas, lamentablemente, estos programas no han sido acogidos con la intensidad que se necesita por parte de los municipios. Algo ha pasado en esta materia.

Quiero mencionar, particularmente, que se generó un incendio en la comuna de Punitaqui, a consecuencia de un basural que se ubica a pocos kilómetros de la parte urbana de la comunidad. Este no es, de ninguna manera, un vertedero controlado o un relleno sanitario, sino que sencillamente es un basural que ha provocado serios problemas ambientales a los vecinos que viven a su alrededor.

Es cierto que debemos intensificar nuestra política hacia un sector y un servicio que necesita nuestra comunidad, pero lamentablemente los recursos de muchos municipios para llevar a cabo esta tarea son muy escasos, por lo cual esta se hace muy difícil. Todavía existen situaciones de tratamiento de basuras muy mal llevadas en muchas comunas.

Conozco el trabajo que se realiza en las comunas de la Región de Coquimbo, donde existen municipios que con mucho empeño han logrado mejorar y modernizar sus servicios para contar con mejores condiciones laborales para sus trabajadores. Aún quedan varios municipios que no han incorporado estas mejoras y, por tanto, el trato hacia sus trabajadores no es de los mejores. Muchos trabajadores ejercen labores contra boletas de honorarios. ¿Quién vigila la cantidad de horas de trabajo pesado? Muchos de esos trabajadores, además, ejercen sus labores bajo temperaturas extremas y con lluvias.

Vamos a votar favorablemente el proyecto, porque lo consideramos una señal. El hecho de que las bases de licitación ponderen las condiciones de empleo y remuneraciones con 15 por ciento provocará, a lo mejor, que los trabajadores obtengan una mejor paga. Ello no está garantizado, pero de todas maneras lo consideramos positivo.

Por ello -repito-, votaremos a favor la iniciativa.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Tucapel Jiménez .

El señor JIMÉNEZ.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo con mucho afecto al señor Armando Soto , presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresas e Interempresas de Servicios, Aseo, Jardines, Ornatos y Rellenos Sanitarios de Chile (Fenasinaj), y a todos los trabajadores que representa. También saludo al señor subsecretario.

Para hacer un poquito de historia, no puedo dejar de recordar todas las peleas que han dado los trabajadores en esta materia. Me refiero a las paralizaciones y huelgas, todas las cuales han sido llevadas adelante con sentido, porque los trabajadores de esta área saben que aquellas comprometen la salud pública y el medio ambiente. Por ello, muchas veces han evitado llegar a esas instancias, porque saben lo que provocan.

Repito: han llevado a cabo las negociaciones con mucha responsabilidad. Siempre que han paralizado labores es porque se han agotado todas las instancias de diálogo.

Ellos saben que tienen en sus manos un arma. En dos días de paralización pueden dejar muy mal parada una ciudad. Así y todo, siempre han actuado con una tremenda responsabilidad y agotado todas las instancias de diálogo. Eso se valora.

Siempre he dicho -lo dijo mi colega Lemus que este trabajo es pesado, agotador e injusto, porque muchas veces se desarrolla en malas condiciones, con malos sueldos, en circunstancias de que en otros países, sobre todo en los desarrollados, es uno de los que proporciona mejores salarios, porque se reconoce que es un trabajo pesado y que muchos no quieren hacer. Por ello se paga muy bien, y quienes lo ejercen desarrollan su labor en buenas condiciones.

Lamentablemente, en Chile ocurre al revés. En el pasado, ese sector no tenía ninguna regulación. Los trabajadores se desempeñaban por más de setenta horas semanales en pésimas condiciones. Hoy, al menos, hemos avanzado para que desempeñen su labor en una forma un poquito más digna. Creo que este proyecto apunta a eso: a mejorar en algo sus condiciones y sueldo.

Como señaló un colega que me antecedió en el uso de la palabra, incluso existen diferencias entre sectores. Es común que en una empresa un chofer gane 600.000 o 700.000 pesos, y en otra, el sueldo mínimo. Esas cosas no debieran ocurrir.

Recuerdo que una de las grandes demandas terminó con la entrega de un bono compensatorio, que costó un mundo que se pagara. Incluso más, se firmó un protocolo de acuerdo del cual fui uno de sus garantes. Recuerdo que en esa oportunidad el gobierno entregó los recursos a los municipios, y estos los traspasaron a las empresas, muchas de las cuales hicieron descuentos. Fue un descaro realmente increíble, porque era plata de los trabajadores. Algunas empresas se quedaron con parte de ese bono, demostrando la codicia que las anima y el abuso hacia sus trabajadores.

Estoy contento por la presentación de este proyecto, cuya aprobación significará mejorar las condiciones laborales y de sueldos, pues se establecen porcentajes para que mejoren las licitaciones con los municipios. Creo que eso debiera ayudar a que en el futuro esos trabajadores puedan tener mejores condiciones laborales y mejores sueldos, que es lo que todos esperamos.

Tengo la seguridad de que este proyecto se va a aprobar por unanimidad, y espero que en el Senado ocurra lo mismo.

La iniciativa es un avance. En el futuro vamos a tener toda la disposición para seguir colaborando con los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, porque quien habla y la mayoría de los colegas valoramos mucho el trabajo que realizan.

Este proyecto significa un primer paso para que dichos trabajadores -muchos de los cuales nos acompañan en las tribunas desempeñen su labor en la forma más digna posible, con las mejores condiciones y con mejores sueldos, porque es realmente lo que se merecen.

Vaya mi saludo cariñoso para todos los trabajadores del sector y, por supuesto, para Armando Soto, líder que ha hecho un trabajo tremendamente destacable, siempre en la defensa de sus representados.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier .

El señor TEILLIER.-

Señor Presidente, este es un proyecto que establece nuevas normas para el servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes.

La importancia del proyecto es que por primera vez se incorpora un porcentaje mínimo de ponderación de las condiciones laborales de la licitación. Sin embargo, quiero dejar constancia de algunas opiniones de nuestra bancada.

A nuestro juicio, el 15 por ciento es insuficiente, ya que, en la práctica, la mano de obra es el elemento más importante en el proceso de recolección de residuos domésticos.

Hoy, en distintas municipalidades del país, el costo de la mano de obra representa entre 40 y 50 por ciento del total del contrato de provisión de mano de obra para el retiro de desechos domiciliarios. Por tanto, limitarlo solo a 15 por ciento es casi dejar las cosas tal como están.

Si de verdad queremos hacernos cargo de la precaria situación laboral en la que viven estos trabajadores, debemos asegurarnos de que las empresas proveedoras de la mano de obra destinen a lo menos el 50 por ciento del ingreso total para el pago de sueldos y beneficios de los trabajadores.

Pese a lo positivo e innovador que resulta el proyecto, no se hace cargo de todas las vulnerabilidades que experimentan este tipo de trabajadores, como, por ejemplo, el hecho de perder la continuidad laboral una vez terminada la licitación o la mantención de las condiciones laborales.

Asimismo, es lamentable que se excluya a los trabajadores de aseo y ornato, quienes también son incluidos en licitaciones y sufren similares precariedades laborales. En este sentido, es importante abordar este problema, pues se trata de trabajadores que prestan funciones similares.

El proyecto no resuelve el hecho de que en cada nueva licitación se compromete la estabilidad laboral, por la destrucción del sindicato o por las nuevas condiciones de contratación.

En este sentido y en concordancia con los contenidos de la reforma laboral, es de suma importancia velar por asegurar que en una nueva licitación las empresas no puedan ofrecer a sus trabajadores remuneraciones inferiores a las que se venían pagando en el período anterior, aun cuando se trate de una empresa nueva.

Votaremos a favor el proyecto. No obstante, es imprescindible mejorar esta iniciativa o elaborar otras en las que realmente se comprometa al Estado, a los municipios y a las empresas a que dispongan que los trabajadores que efectúan esta labor tan importante sean realmente compensados y tengan condiciones dignas de trabajo y de remuneración, y no se encuentren en una situación de explotación, como sucede en la actualidad.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señor Presidente, me parece que este proyecto es muy valioso en la medida en que incentiva en las licitaciones la mejor ponderación de las condiciones laborales de los trabajadores recolectores de basura, que, como sabemos, aun cuando realizan las mismas funciones que aquellos que forman parte íntegra de la planta municipal, suelen estar expuestos a diversos criterios sobre remuneración y bonos dependiendo de la comuna para la cual presten los servicios, incluso cuando se trata de las mismas empresas.

De ahí que todavía me parece discutible y mejorable el porcentaje, aun cuando se haya subido de 10 a 15 por ciento la ponderación. Lo ideal sería -de esto algo entendemos quienes fuimos alcaldes y debimos resolver al respecto que el porcentaje de la variable denominada “mejores condiciones de empleo y remuneraciones” fuese precisamente aquel que definiera más significativamente el resultado de la licitación, al menos a la par con las garantías de fiel cumplimiento del servicio. En verdad, no sé si el 15 por ciento asignado sea suficiente. Quizás un porcentaje un poco mayor, del orden del 20 al 30 por ciento, podría ayudar a garantizar mejor esas condiciones mínimas remunerativas y laborales.

Por otro lado, me gustaría que el proyecto precisara el término “mejores condiciones de empleo y remuneraciones”, ya que también existen otras vulnerabilidades, como la incertidumbre frente a la continuidad laboral cuando termina el plazo de la licitación y no se sabe si existe la posibilidad de renovación de la misma; las condiciones en materia de higiene y seguridad -baños, colación, etcétera-, de jornada laboral y turnos, de paridad de género, de incentivo a la capacitación, etcétera.

Por ello, bien podrían ser motivo de estudio nuevas indicaciones por el Ejecutivo que definieran con certeza y precisión cuáles son esas “mejores condiciones de trabajo”, ya que dejarlas abiertas no garantiza, a mi gusto, que se aseguren las condiciones básicas o de sentido común, que son aquellas en las que se generan las vulnerabilidades para los trabajadores del aseo.

Por lo expuesto, apoyaré el proyecto a fin de no demorar más su tramitación, pero insisto en me gustaría ver la presentación de indicaciones por el Ejecutivo que afiancen mejor los puntos que acabo de mencionar.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado David Sandoval .

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente, quienes fuimos alcaldes conocimos los servicios de manejo de residuos domiciliarios, de mantención de áreas verdes y otros, y vimos que recurrentemente surgían problemas asociados a una serie de circunstancias de precariedad, de inestabilidad, etcétera.

La disparidad de realidades en los municipios también genera una serie de diferencias en relación con las empresas que prestan el servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios.

Perdónenme, pero creo que este proyecto no resuelve absolutamente nada del fondo del problema. Me refiero a la precariedad, la inestabilidad, las bajas remuneraciones y el carácter rotativo del sistema.

Lo que se pretende con esta iniciativa es única y exclusivamente avanzar en un incremento de la ponderación respecto del valor que debe asignar un municipio en el proceso de licitación y adjudicación del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios. Lo único que hace el proyecto es aumentar la ponderación de 10 a 15 por ciento, y disponer que ese 5 por ciento de incremento adicional se desglose en 70 por ciento para remuneraciones y 30 por ciento para insumos asociados al trabajador.

¿Cómo podemos estar contentos con un proyecto que, supuestamente, significa una mejora para esos trabajadores, pero que no contempla ni un peso de gasto? Lo único que podría suceder es que cuando una empresa se presente a una licitación y tenga que cumplir con las ponderaciones que exige esta iniciativa, la cual –reitero no contempla recursos, deberá ajustar el personal. Y el personal que deberá ajustar no es precisamente el encargado del retiro de residuos domiciliarios, porque para ello se requiere un equipo acotado -chofer y peonetas-, sino el que se dedica a la mantención de áreas verdes, al barrido de calles, a la limpieza de sifones, de alcantarillas, etcétera. Por eso, debemos tener cuidado con este asunto.

El año pasado se llevó a cabo una movilización nacional que generó un fuerte revuelo y obligó a la Subdere a asignar un aporte fiscal a los municipios para compensar, de alguna manera, las precarias condiciones laborales de los trabajadores.

Hoy se intenta abordar la situación, no con recursos, sino con una iniciativa que -créanmeen definitiva no resolverá el problema de fondo. Por lo demás, si quisiéramos resolverlo, se debería asignar a los municipios la tarea de responder por ello, ya que son los mandantes directos. Por eso este proyecto de ley no pasó por la Comisión de Hacienda.

Ahora, ¿qué proyecto de ley en materia de remuneraciones es positivo sin que contemple recursos? Lo único que hace esta iniciativa es modificar una ponderación para el proceso de adjudicación en una licitación de un servicio de recolección de residuos. ¡No se asignan recursos en este proyecto! Por lo tanto, alguien va a pagar los costos. En mi opinión, lo que va a acontecer en la práctica –insisto es que una empresa que postule a la licitación del servicio simplemente tendrá que ajustar su planta de personal para generar los mayores mecanismos de remuneración a los que la obligará esta normativa.

Creo que el proyecto no apunta a nada. Esa es la verdad. A ello debemos sumar la disparidad de criterios que existe entre las propias municipalidades. En efecto, existen municipios tipo A, B y C. Algunos municipios manejan el servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios directamente; por tanto, el chofer del vehículo que realiza esa labor pertenece a la dotación municipal, tiene un grado, asignaciones complementarias y estabilidad laboral, a diferencia del chofer de un servicio externalizado, que es objeto de precariedad laboral, de inestabilidad, de bajas remuneraciones, de rotación, etcétera. Cabe preguntar cómo nivelamos el sistema.

Estamos ante una deuda cuya resolución seguirá pendiente, porque esta iniciativa no va en la dirección que quisiéramos.

Es más, el año pasado la Subdere asignó recursos a todos los municipios para compensar remuneraciones, pero, a raíz de una interpretación de la ley, un número no menor de trabajadores no recibió el bono que se otorgó. Tengo en mi poder las presentaciones que hizo el Sindicato de Áreas Verdes de Coyhaique. La Contraloría se pronunció a favor de que se les otorgase el bono. Sin embargo, esos trabajadores que se dedican al barrido de calles y a la limpieza de sifones todavía no reciben el beneficio porque aún existe un conflicto de interpretación de la norma entre la Subdere y la Contraloría. En definitiva, los únicos afectados son los trabajadores que no han recibido el bono en la comuna de Coyhaique.

Por eso -reitero-, este proyecto no soluciona el problema de fondo, sino que solo maquilla una situación para hacer parecer que se está resolviendo un problema a los trabajadores. Es más, cuando se definen las acciones operativas del servicio, se mencionan los servicios de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, y mantención de áreas verdes, lo que afortunadamente se agregó al proyecto durante su discusión. Pero, ojo, en muchos de los contratos de esos trabajadores dice: “barrido de calles, limpieza de sifones y similares”. O sea, volvemos a dejar una colita de trabajadores en una condición de precariedad, porque se los debió incorporar.

Me habría gustado que el subsecretario estuviera presente en la Sala.

Lamento que no se haya aprobado una disposición en tal sentido, pues, para los efectos de la historia de la ley, habría sido bueno que se hubiera incorporado también a aquellos trabajadores que por contrato se dedican al área del barrido de calles. ¡A cuántos de ellos vemos en las ciudades barriendo hojas, sacando tierra; limpiando, veredas, soleras y calles! Sin embargo, este proyecto no contempla los contratos a que me referí, sino que –reitero solo habla de servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes.

Miren lo que está pasando hoy día con todos aquellos trabajadores que se dedican al barrido de calles, a la limpieza de sifones y de redes de aguas lluvia en todos los municipios de nuestro país: la presente iniciativa no los contempla.

Los colegas me perdonarán, pero me da la impresión de que estamos aprobando algo que es un mero maquillaje para dar una respuesta a una demanda legítima de los trabajadores en cuanto a establecer para ellos niveles mínimos adecuados de sueldos. Sin embargo, sin plata en el bolsillo no sé cómo se pueden mejorar las condiciones remuneratorias de esos trabajadores. Sería extremadamente creativo e imaginativo que con un simple proyecto y sin plata para financiarlo mejoraremos los sueldos de los trabajadores que se dedican a esa área tan sensible.

Los vemos en las calles. Nadie quiere la basura en sus viviendas; todos queremos que sea retirada oportunamente. En este sentido, hay un grupo enorme de trabajadores que con mucho esfuerzo se dedican a esa noble labor, pero que no reciben la retribución económica adecuada que dignifique la labor que realizan.

Reitero, este proyecto no es bueno, sino una mera pincelada, un simple maquillaje, y no resuelve el problema de fondo.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Silber .

El señor SILBER.-

Señor Presidente, por su intermedio quiero saludar a quienes nos acompañan en las tribunas: al subsecretario señor Ricardo Cifuentes y a su equipo de profesionales, compuesto por los señores Arancibia y Jorge Pinochet , y particularmente a los trabajadores de la Fenasinaj, encabezados por el señor Armando Soto .

¡En buena hora se presentó a tramitación este proyecto! De alguna manera, con él se va instalando y haciendo justicia social con un enorme sector de trabajadores de servicios tercerizados, principalmente en municipios y servicios donde la precariedad laboral muchas veces es sinónimo de inestabilidad en el empleo.

Aquí se destacó el rol que cumplen los trabajadores de servicios de aseo, que en algunos municipios derechamente son funcionarios que gozan de todas las garantías que les otorga el estatuto administrativo para funcionarios municipales. Sin embargo, en gran parte de las municipalidades esos trabajadores siguen una suerte distinta. En la Sala ya se mencionó la incerteza que se genera en ellos cuando comienza una nueva administración municipal o cuando ella cambia a una empresa por otra para la prestación del servicio que requiere. El cambiar a una empresa por otra representa una amenaza para la continuidad laboral de esos trabajadores por la eventual pérdida de los derechos adquiridos, de las conquistas laborales, como los bonos obtenidos en negociaciones.

Por tanto, ese tema se instala en el corazón de las demandas laborales de dichos trabajadores. Este proyecto es la punta de lanza de lo que debemos trabajar. Me hace mucha fuerza lo que algunos colegas señalaron sobre incorporar en este proyecto a otros trabajadores del área que nos ocupa. Entiendo que la iniciativa incluye a los trabajadores de áreas verdes y de aseo y ornato. Por eso, me hubiera gustado tener la suerte de contar con la presencia del citado subsecretario en la Sala, para que interviniera y aclarara dudas sobre esta materia.

Por desgracia, por una cuestión de miopía no se entiende que la presencia del subsecretario Cifuentes hace la diferencia para que este debate sea mucho más de frente, oportuno, directo, porque se pueden hacer preguntas para enriquecerlo. Pero, lamentablemente, algunos hacen de esto una suerte de tribuna política, negando al Ejecutivo la posibilidad de intervenir, negando la riqueza y la oportunidad del debate.

El proyecto se refiere a las condiciones de los procesos de licitación del servicio de que se trata, estableciendo en tal sentido un factor sustantivo sobre las pautas de evaluación: que respecto del 15 por ciento de la ponderación total, que considerará el criterio referido a las mejores condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores, el 70 por ciento corresponderá al monto de las remuneraciones y el 30 por ciento a las condiciones de empleo, de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso, como la vestimenta en el que nos ocupa.

Yo habría esperado más, sobre todo en un área en que la licitación de los servicios de transporte o disposición final de residuos domiciliarios, los vertederos son temas llenos de opacidades que hoy están en boca de la opinión pública en lo que dice relación con la transparencia de los procesos licitatorios y también con la adecuación tecnológica. En este sentido, lo relativo al medio ambiente también debe estar de por medio. Siento que en este tema nos encontramos casi en la prehistoria respecto de otros países. ¡Para qué hablar de Estados Unidos de América o de continentes como Europa o Asia!

Por tanto, respecto de dicho sector hay que ponerse pantalones largos.

Sobre el particular, siento que, como Estado, tenemos una ausencia total de una gran política nacional sobre disposición final de residuos sólidos domiciliarios, que está a la postre también con el tema laboral que hoy se pone en el tapete.

A futuro debería existir, de Arica a Punta Arenas, una suerte de salario único, mucho más digno, que dé cuenta de las condiciones laborales de esos trabajadores.

Quiero compartir con usted, señor Presidente, que en esta materia hace algunos años, junto con el senador Navarro, me tocó participar en una jornada laboral completa. Desde la madrugada de ese día hasta el final de la jornada trabajamos como peonetas arriba de un camión y recorrimos muchos kilómetros de la comuna de Puente Alto recolectando basura y residuos sólidos domiciliarios. En verdad, hay que estar en los zapatos de esos trabajadores para dimensionar genuinamente el esfuerzo y el trabajo pesado que realizan esos -con mayúsculas servidores públicos.

Por tanto, señor Presidente, votaremos favorablemente este proyecto. Apoyaremos el rol del Ejecutivo en esta materia, particularmente el de la Subdere.

No obstante, vuelvo a insistir en que esto es la punta de lanza de una legislación que se halla en pañales. Acá hay que dignificar cada vez más la labor de estos trabajadores. Existe una importante agenda de trabajo que debemos robustecer, y no quedarnos de brazos cruzados.

Reitero: aquí es necesario el establecimiento de una gran política nacional sobre disposición de residuos sólidos domiciliarios, respecto de la cual desde hace tiempo nuestro país está al debe. Hoy, ese servicio se entrega a través de todas las comunas del país; entonces, existen cerca de 350 políticas o decisiones sobre esta materia. No hay decisiones con sentido de Estado respecto de un sector tan sensible para nuestro país en materia ambiental, laboral y, sobre todo, de dignidad de los trabajadores que sirven en él.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Felipe de Mussy .

El señor DE MUSSY.-

Señor Presidente, hoy estamos frente a un proyecto que aborda una problemática nacional, una problemática que viven miles de trabajadores que son del Estado a través de los municipios.

Además, sabemos que muchos de ellos viven una realidad bastante indigna, no solo en cuanto a salarios, sino también en materia de condiciones laborales.

Quizás muchos de quienes están viendo la presente sesión a través del canal de televisión de la Cámara de Diputados no saben que muchos de los trabajadores que recogen la basura en nuestras ciudades no cuentan con baño o no disponen de un lugar donde almorzar en forma digna. Se trata de una realidad que abarca a casi 15.000 trabajadores, que financia el Estado a través de los municipios.

Este proyecto busca hacerse cargo de eso en cierta medida. ¿Soluciona todos los problemas? No. No soluciona todos los problemas. ¿Pero es un paso hacia adelante? Sí, es un paso hacia adelante.

Hubo un buen proceso de discusión en la Cámara de Diputados.

Al respecto, señor Presidente, quiero saludar por su intermedio al subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo -el personero se encuentra en las tribunas-, porque también fue uno de los que formularon críticas constructivas a este proyecto, lo que finalmente determinó su aprobación por unanimidad en nuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social.

Estamos hablando de casi 15.000 barredores de calles, choferes y peonetas, personas de carne y hueso que, como dije, realizan su trabajo en condiciones indignas.

Se ha criticado mucho que el proyecto de ley no haya pasado por la Comisión de Hacienda, lo que se debió a que no incurre en un mayor gasto para el Estado. Si es bueno o malo, dependerá de los esfuerzos que realice el gobierno en los próximos meses y años.

Me habría encantado que hubiese sido de otra forma, lo que me hace comprender el disgusto de mi colega diputado David Sandoval , quien, con justa razón, dijo que el Estado no está poniendo más recursos. Efectivamente, podríamos entrar a discutir de manera política o económica por qué el Estado no aporta más recursos, pero creo que la ciudadanía lo tiene muy claro.

Asimismo, se dice que en las próximas licitaciones las empresas deberán preocuparse de mejorar las remuneraciones y las condiciones laborales de esos trabajadores. En el 15 por ciento de las licitaciones habrá un porcentaje mayor de remuneraciones y de mejoras en las condiciones laborales.

¿Se solucionan los problemas con eso? No, no se solucionan, pero se avanza. Los municipios deben tener claro que al elaborar los términos técnicos de referencia (TTR) de una base técnica de licitación, tendrán que contemplar esas mejoras y esos temas, tan importantes para los casi 15.000 trabajadores de nuestro país que son financiados con recursos del Estado, o sea, de todos los chilenos.

No obstante, el hecho de que el proyecto no haya pasado por Hacienda y de que no exista un informe financiero no significa que el gobierno no pueda hacer un esfuerzo a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere) para entregar mayores recursos a los municipios para financiar esta materia.

Al respecto, debo informar que la Subdere transfirió más de 15.691 millones de pesos para que los municipios pudieran abordar ese tema en 2016. En caso de que el país vuelva a crecer y tenga recursos suficientes, o priorice sus gastos, ¿qué impide que entregue más recursos en 2017 y en 2018 para que las mejoras remuneracionales y las condiciones laborales sean una realidad de las que puedan gozar estos más de 15.000 trabajadores?

También quiero recordar que el mayor empleador de Chile es el Estado -en este caso, hablamos de empleos financiados con recursos de todos los chilenos-; desgraciadamente, es el peor patrón de Chile, ya que tiene el mayor porcentaje de trabajadores a honorarios y no entrega las mejores condiciones laborales, como en este caso. Podrán decir que empresas y no el Estado son las que contratan a estos trabajadores, lo que es efectivo, porque los municipios realizan procesos de licitación que son adjudicados a empresas externas; pero el Estado pone finalmente las reglas del juego a través de las bases de licitación, y paga esos recursos.

Si tanto nos preocupamos de las condiciones laborales y sociales, del desarrollo de las personas y de que las empresas son injustas, entonces hago un llamado a que, no solo en relación con este proyecto, sino también con los próximos, partamos dando el ejemplo por casa.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Claudio Arriagada .

El señor ARRIAGADA.-

Señor Presidente, nadie podría oponerse a que se entregue a los trabajadores de servicios de recolección de residuos domiciliarios los beneficios que merecen. No obstante, esa legítima aspiración está siendo encarada, a mi juicio, de manera parcial, en circunstancias de que debiera ir por un carril distinto.

Tenemos que hacer todo lo posible para que ningún trabajador, sea de cualquier servicio o categoría, de empresa privada o pública, vea sus derechos desmedrados. Tenemos que seguir trabajando para evitarlo. Por eso, aspiramos a una profunda reforma laboral, que no pudimos conseguir en plenitud. Debemos modificar el Código del Trabajo y un conjunto de otras normas.

En relación con esa materia, la Subdere nos envió un proyecto que, a mi juicio, era inconstitucional, dado que establecía el aporte de 15.000 millones de pesos para resolver un problema entre corporaciones de derecho público con patrimonio propio y empresas privadas que les prestaban servicios vía contrato. Finalmente, se aprobó, lo que permitió resolver el problema sindical con aportes especiales del Estado, lo que no correspondía.

En relación con el proyecto, es interesante plantearse a quién se le traspasará el costo de esa ponderación en las bases de licitación. ¿Quién lo asume? ¿Los municipios? ¿En qué condiciones?

Hablemos del Fondo Común Municipal. El presupuesto de un año de la comuna de Vitacura equivale al presupuesto de diez años del de La Pintana, La Granja o Lo Espejo. No obstante, estamos gravando económicamente a todas esas comunas en iguales condiciones, como si vivieran la misma realidad. Por supuesto, el presupuesto de las comunas de Las Condes o de Providencia permitirá cumplir sin problemas lo que legítimamente votaremos a favor de los trabajadores; pero la comuna de Lo Espejo verá incrementado ese costo sin que se le aumente el aporte del Fondo Común Municipal.

Este es el tema de fondo. Lo que uno espera para aprobar un proyecto de esta naturaleza son los antecedentes necesarios que permitan determinar un aspecto que es complejo, en el que hay que meterse de manera seria y responsable.

Tenemos diversas categorías de contratos, ya que en las comunas ricas pasan camiones del año 2016, echando perfume por las calles cuando recogen la basura. En cambio, en comunas como La Granja o La Pintana, los camiones recolectores de basura tienen diez o quince años de uso, para abaratar el contrato, y van echando líquido percolado por las calles.

¿Existe un estudio serio acerca de cómo se incrementan los costos de ese servicio? ¿Hay un estudio que señale que a pesar de que existe igual cantidad de población y de recolección, se produce una diferencia brutal en los contratos?

Creo que el país no puede seguir encarando ese tema si no se mete real y profundamente en la situación. Además, debe incorporar los factores que señaló mi colega diputado Silber , es decir, retomar el reciclaje y el tema ambiental en forma seria y no como una caricatura, como se hace en algunos lugares donde no existe ningún sentido serio y real.

Aprobaremos el proyecto, pero no sin antes dejar planteado que tanto la iniciativa anterior como esta no han ido al fondo del tema. Debemos garantizar los derechos laborales; pero, al mismo tiempo, hay que tener presente que la economía de los municipios no es igual en todo Chile, ya que algunas municipalidades tienen una riqueza extrema y otras administran pobreza, pues aún no somos capaces de resolver las finanzas municipales.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señorita Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, al igual que mis colegas, reconozco que existe un avance y una buena intención en el proyecto.

Sin embargo, como ya se dijo, no cabe duda de que cuando se trata de la externalización de servicios, de la externalización laboral y de la subcontratación, las consecuencias quedan a la vista. Eso es algo que vemos permanentemente en los municipios con los trabajadores de servicios licitados, especialmente con los vinculados a la recolección, el transporte o disposición de residuos sólidos domiciliarios, ya que nos muestran la situación precaria a la que tienen que enfrentarse al momento de realizar su labor.

Si bien no son trabajadores que dependan directamente del Estado, desarrollan su jornada laboral para instituciones públicas, como son los municipios, por lo que se entiende que trabajan indirectamente para el Estado, elemento del que tenemos que hacernos cargo.

Por lo tanto, creo que el principal valor que tiene el proyecto de ley es poner sobre la mesa este debate. En ese sentido, sin lugar a dudas, es importante que se deba establecer un porcentaje mínimo como criterio en la licitación, respecto de las condiciones laborales de los trabajadores para la valoración de la licitación.

A nuestro juicio, aumentar de 10 a 15 por ciento la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones es absolutamente insuficiente, porque la mano de obra es el elemento más importante en el proceso de recolección de residuos domésticos y demás servicios antes mencionados.

En distintas municipalidades el costo de la mano de obra representa entre 40 y 50 por ciento del total del contrato para el retiro de desechos domiciliarios. Por lo tanto, limitar ese ítem a 15 por ciento nos parece insuficiente.

Considero que si de verdad queremos hacernos cargo de la precaria situación que viven los trabajadores y trabajadoras que prestan servicios en las empresas de aseo, por lo menos el 50 por ciento del ingreso de esas empresas debe estar destinado al pago de sueldos y a otros beneficios, por ejemplo, acceso a servicios sanitarios, alimentación durante su jornada de trabajo y espacios habilitados para el descanso, entre otros aspectos.

Si bien considero que este proyecto es positivo e innovador, claramente queda en deuda, porque no se hace cargo de la vulnerabilidad e inestabilidad que experimentan los trabajadores cuando finaliza el periodo de concesión de la empresa. Ellos pierden continuidad laboral y no mantienen sus condiciones laborales.

Asimismo, el proyecto queda en deuda porque excluye a los trabajadores de aseo y ornato, cuyas labores también son objeto de licitaciones, quienes sufren similares precariedades laborales. En ese sentido, me parece importante abordar el problema, porque se trata de trabajadores que están en las mismas condiciones y que prestan funciones similares.

El proyecto tampoco resuelve el hecho de que en cada nueva licitación se tema por la estabilidad laboral, la destrucción de los sindicatos y las nuevas condiciones de contratación. No se consideran los aspectos en los que se avanzó en la licitación anterior.

En esta materia, la Cámara de Diputados tiene un gran desafío; pero también lo tienen los alcaldes y las administraciones municipales, que deben incentivar a sus propios trabajadores a organizarse para que puedan acceder a mejores condiciones laborales. Cito el ejemplo de la comuna de Recoleta, cuyas autoridades incentivaron a los trabajadores de aseo y ornato del municipio a crear su propia cooperativa y, a partir de eso, transformarse en sus propios jefes. De esa manera, se dejó fuera a empresas externas que ofrecen los mismos servicios tras un proceso de licitación, pero que se llevan la mayor parte de las ganancias a costa de los trabajadores.

Si bien vamos a votar a favor el proyecto, porque representa un avance importante, creo que en la Cámara de Diputados debemos dar el ejemplo en el sentido de generar mejores condiciones para muchos trabajadores y trabajadoras que forman parte de nuestra Corporación y que pertenecen indirectamente al Estado. Debemos habilitar espacios para el descanso y buscar que se que otorguen mejores condiciones a quienes, por ejemplo, cumplen la noble labor de conducir a los parlamentarios.

Relaciono esta situación con la idea matriz del proyecto, porque nuestra Corporación debe dar el ejemplo en el buen trato a sus trabajadores y trabajadoras, lo cual debe hacerse extensivo a todas las instituciones del Estado. El desafío queda sobre la mesa.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES.-

Señor Presidente, saludo al subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, Ricardo Cifuentes , quien lamentablemente está sentado en las tribunas, en circunstancias de que debiera estar al interior de la Sala, en el lugar reservado a los representantes del Ejecutivo, donde creo que le corresponde según su investidura. Saludo además a los dirigentes gremiales de los trabajadores que realizan la importante tarea descrita en la iniciativa legal que estamos discutiendo.

Al debatir un proyecto de ley que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de empleo y remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, por fin abordamos un problema del cual el país solo pareciera tomar conciencia cuando tienen lugar paralizaciones de servicios, a consecuencia de las cuales se genera un verdadero caos en diferentes ciudades a lo largo del país.

Como sabemos, las municipalidades tienen a su cargo el aseo y ornato de sus respectivas comunas. Actualmente, el servicio está externalizado de las funciones habituales del municipio, lo que se realiza previa adjudicación mediante licitación pública, haciendo aplicables las normas sobre compras públicas contenidas en la ley N° 19.886.

Las licitaciones públicas que realizan las municipalidades para contratar tales servicios se rigen por los principios de libre concurrencia de oferentes y de igualdad. Sin embargo, esos principios han demostrado ser insuficientes para mejorar las remuneraciones y las condiciones laborales de los trabajadores que prestan esos servicios.

La iniciativa aprobada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social incorpora un inciso nuevo sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que establece una regla especial que será aplicable a los procesos municipales de licitación de servicios de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes. Si tal disposición se aprueba, obligará a los municipios a considerar en sus pautas de evaluación, por lo menos en 15 por ciento de la ponderación total, el criterio referido a mejoras de condiciones laborales y de remuneraciones de los trabajadores aludidos.

Sin duda, este es un avance importante; comenzamos a ser un poco más solidarios con los miles de trabajadores que realizan esta labor dura, pesada y de alto riesgo. Hablo de un riesgo múltiple, que considera un aspecto sanitario evidente por la posibilidad de contraer enfermedades, así como las consecuencias traumáticas por eventuales caídas o atropellos.

¿Quién no ha visto cómo esos trabajadores trotan incansablemente -y si se cansan, se aguantan, porque no tienen otra alternativa detrás del camión, cómo se suben a la carrera y viajan colgados en las pisaderas, con riesgo de su integridad? También está en riesgo su condición física debido a las características de nuestro país: el duro sol del norte y, en nuestro caso, el frío y la permanente lluvia del sur hacen que su trabajo sea uno de los más pesados del mercado laboral.

Lo concreto es que siempre se le ha sacado el cuerpo a la obligación de otorgar mejores condiciones a dichos trabajadores. No se ha actuado con generosidad con quienes desempeñan esa labor.

Es cierto que este proyecto de ley está lejos de entregarles certezas de mayor estabilidad en su trabajo o mayor justicia en sus remuneraciones, pero es el punto de partida en un proceso de verdadero reconocimiento a la dura tarea que realizan.

Quiero felicitar a los dirigentes gremiales y al subsecretario Cifuentes por iniciar este proceso, que espero que siga avanzando en mayor justicia para con esos trabajadores.

Voy a apoyar este proyecto, por lo cual anuncio que concurriré con mi voto favorable, y espero que también lo haga la Cámara de Diputados en su totalidad.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Farcas .

El señor FARCAS.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo al subsecretario Ricardo Cifuentes y comparto el criterio de que ojalá hubiese estado en el lugar que corresponde a las autoridades ministeriales. Saludo, además, a los dirigentes sindicales que nos acompañan.

Con mucho entusiasmo, adhiero a un proyecto de ley que va en la línea correcta de generar las condiciones para que las personas que hoy están prestando servicios en un área tan compleja y difícil como la que aborda este proyecto de ley tengan las mejores condiciones sanitarias, de seguridad, alimentación y acceso a cosas tan básicas como un baño, y de buscar la manera de entregarles mejores condiciones laborales. Evidentemente, tampoco quedan resueltas todas y cada una de las variables que afectan a las personas que desarrollan esta labor, pero sí es una clara señal de un camino que se está construyendo en ese sentido.

También resultan relevantes los porcentajes a los cuales se alude para que, al tomar una decisión, se consideren no solo las remuneraciones, sino también las condiciones laborales de los trabajadores al cumplir esas tareas, porque lo que está en juego es un servicio básico y absolutamente indispensable para la ciudadanía, muy valorado por las personas que tenemos la posibilidad y el honor de representar, y debe ser cumplido en condiciones absolutamente adecuadas y pertinentes.

Como se dijo anteriormente, hemos visto que, por desgracia, no siempre se han cumplido las condiciones mínimas para que se realice esta labor en forma digna, y eso dice relación con espacios de horarios para colación, seguridad, aspectos sanitarios y otros relacionados con la labor específica que les toca desarrollar a esos trabajadores.

Por lo tanto, apoyaremos este proyecto, porque me parece que va en el camino adecuado y pertinente que debemos seguir para estas áreas y materias, en que hay licitaciones públicas en las que debemos garantizar el correcto marco para que esta labor se desarrolle de la forma más digna posible. Además, esto tiene un efecto espejo para otras áreas que deberían ser concesionadas, en las cuales también deberemos abordar, paulatina y sistemáticamente, todas aquellas materias que tienen relación con los aspectos laborales de estas licitaciones, para que se desarrollen adecuadamente al momento de tomar una decisión sobre a quién adjudicar y cómo fiscalizar posteriormente.

Por todo lo anterior, anuncio que apoyaremos esta iniciativa con mucho entusiasmo.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Germán Verdugo .

El señor VERDUGO.-

Señor Presidente, sin duda, apoyaremos este proyecto de ley que beneficia a los trabajadores que realizan una función fundamental en cada ciudad y en cada pueblo, en condiciones que no siempre son las mejores o, derechamente, para decir la verdad, en muy malas condiciones.

Desde mi experiencia en una municipalidad, en ese entonces como secretario municipal, conocí la realidad cuando los servicios dependían de la municipalidad y, posteriormente, en el proceso de externalización, con licitaciones a diferentes empresas.

Creo que se trata de un tema que requiere un análisis y una reflexión mucho más profunda que la que podemos desarrollar en esta instancia, porque hay situaciones muy complejas que hemos conocido a través de la prensa y que están en los tribunales de justicia, muchas de ellas muy difíciles de controlar y de manejar.

Las externalizaciones, en algunos casos, han favorecido la función de las municipalidades, porque tienen una menor responsabilidad. Es decir, basta con licitar para entregar la responsabilidad a una empresa externa, pero la despreocupación por los trabajadores que esas empresas contratan siempre ha sido un tema importante. Recuerdo algunos casos en que las empresas, aunque eran de una misma sociedad, cambiaban de nombre y postulaban con uno distinto, para contratar a los trabajadores con el sueldo mínimo y para que estos perdieran todos los beneficios que habían adquirido en una cierta cantidad de años, lo cual, desde mi punto de vista, era realmente repugnante. No sé si ese tema está resuelto, y por eso digo que esto requiere un análisis más profundo.

También se ha planteado el tema de los trabajadores de mantención de áreas verdes, que también habría que analizar.

Además, se mencionó la cuestión de las cooperativas. Existe una experiencia en Maipú, donde se organizó una cooperativa de trabajadores que está llevando a cabo las labores de mantención. No sé cómo habrá funcionado hasta ahora, pero hasta el momento en que tuve información eso había funcionado en muy buenas condiciones y había cambiado la forma en que trabajan esas personas, que además se sentían dueños del material, de la maquinaria y de toda la implementación que requieren para realizar su función, que les duraba mucho tiempo más, lo que significaba un tremendo ahorro. Es decir, habían cambiado y mejorado su situación, fundamentalmente desde el punto de los ingresos.

Por lo tanto, son temas que debemos analizar con más atención y, en lo posible, habría que estudiar fórmulas que permitan que los trabajadores que realizan esas funciones lo hagan en mucho mejores condiciones y con salvaguardias mayores que las que tienen actualmente.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Loreto Carvajal .

La señora CARVAJAL (doña Loreto).-

Señor Presidente, primero, quiero saludar a los representantes de todas las federaciones de trabajadores que se dedican a la recolección de basura en todo el país. Miles de ellos están -como dijo el diputado que me antecedió en el uso de la palabra en un mundo que a veces no queremos ver, un mundo del trabajo respecto del cual debiéramos tener una discusión más profunda sobre las condiciones, garantías y normativas laborales que involucran a los recolectores. ¡Qué bueno hubiera sido ver sentados en esta Sala al subsecretario del Trabajo o a la ministradel Trabajo y Previsión Social, porque este es un tema muy profundo!

Cuando nos encontramos con muchos de ellos, desde la madrugada, al amanecer, alrededor de las 4 o 5 de la mañana, cuando comienzan su trabajo, consideramos que la realidad que viven y las situaciones a las que se enfrentan no se condicen con la remuneración, las garantías mínimas o las condiciones que cualquier trabajador se merece en un país en vías de desarrollo, como este. Lo digo porque, si bien este proyecto colabora a establecer condiciones y garantías mínimas, y una ponderación mayor en las pautas de evaluación cuando se trata de observar una licitación por parte de los municipios, bastaría con que las empresas licitadoras agregarán mil pesos más en la propuesta de licitación para que finalmente se la adjudicaran. Es decir, eso en nada va a mejorar, en un sentido absoluto, las condiciones laborales o de remuneración que requieren esos trabajadores.

Dejo planteado el tema, porque el hecho de que las municipalidades deban tercerizar estos servicios no nos parece justo ni conveniente. Ahí hay un tema respecto de las plantas, los fondos municipales y los presupuestos municipales, lo que, por supuesto, acarrea la situación a la que estamos haciendo referencia.

En definitiva, las empresas tercerizadas son las que se llevan la gran ganancia o, más que ello, las utilidades, lo que no se traduce en los beneficios que debieran tener los trabajadores recolectores.

Por tanto, en el mundo laboral hay un universo que debemos mejorar, por lo que es importante la norma que obligará a los municipios a considerar en las pautas de evaluación, con al menos 15 por ciento de la ponderación total, el criterio que se refiere a las mejores condiciones de remuneración y empleo de los trabajadores.

La bancada del PPD va a concurrir a la aprobación de este proyecto. Sin embargo, creemos que no es suficiente; necesitamos mayores garantías, mayor reconocimiento, mayor fiscalización y, por supuesto, mayor incorporación en el mundo laboral, con normas claras y sueldos justos. Creemos que eso es posible en la medida en que haya voluntad política e intención de los ministerios por incorporar estos temas.

Finalmente, quiero hacer un reconocimiento a todos los trabajadores que hacen tanto por la salubridad y el embellecimiento de nuestras comunas. El proyecto en debate entrega la posibilidad de mejorar las condiciones laborales de los recolectores, así como las de todos quienes colaboran con nuestras comunidades y ciudades.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Robles Pantoja, Alberto ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .

-Votó por la negativa el diputado señor Sandoval Plaza, David .

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular.

Despachado el proyecto.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 11 de mayo, 2017. Oficio en Sesión 15. Legislatura 365.

VALPARAÍSO, 11 de mayo de 2017

Oficio Nº 13.321

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, correspondiente al boletín N° 11.012-13, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Modifícase el artículo 6 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de la siguiente manera:

1. Reemplázase en el inciso primero la expresión “inciso siguiente” por “inciso tercero”.

2. Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero, y así sucesivamente:

“En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación. Para el solo efecto de la ponderación del criterio, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio. El porcentaje antes mencionado se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.”.”.

***

Dios guarde a V.E.

FIDEL ESPINOZA SANDOVAL

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Trabajo

Senado. Fecha 06 de octubre, 2017. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 53. Legislatura 365.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, iniciado en mensaje de S.E. la Presidenta de la República, que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

BOLETÍN Nº 11.012-13

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HONORABLE SENADO:

La Comisión de Trabajo y Previsión Social informa acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en mensaje de S.E. la Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet Jeria.

Se hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único, y acordó, unánimemente, proponer al señor Presidente que en la Sala sea considerado del mismo modo.

Asimismo, la Comisión, teniendo presente que el proyecto de ley no incide en materias presupuestarias o financieras del Estado, acordó que no requerirá del informe de la Comisión de Hacienda y solicita a la Sala proceder en ese sentido.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

Establecer para las licitaciones que efectúen las municipalidades, respecto de los servicios de recolección, transporte y disposición de basura domiciliaria, barridos y mantención de áreas verdes, una regla especial de evaluación en lo que se refiere a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones de los trabajadores, la que deberá alcanzar al menos el 15% de la ponderación total. Asimismo, la remuneración que se ofrezca pagar no podrá ser inferior al promedio devengado en los tres últimos meses previos a la licitación.

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A las sesiones en que se analizó esta iniciativa legal asistieron, además de los miembros de la Comisión, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE), señor Ricardo Cifuentes, el Jefe de la División Municipalidades de la Subsecretaría, señor Nemesio Arancibia, del Departamento de Finanzas Municipales de la misma entidad, el señor Jorge Pinochet, la abogada, señora Doris Durán y los asesores señores Eduardo Suárez y José Luis Donoso; el Jefe del Área Legislativa del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Ariel Rossel, el coordinador legislativo del mismo Ministerio señor Francisco del Río y el asesor de dicha Cartera de Estado, señor Claudio Fuentes; la abogada analista de la Biblioteca del Congreso Nacional, señora Paola Álvarez; la asesora del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señora Paola Fabres; el asesor del Ministerio de Hacienda, señor Roberto Godoy; la coordinadora legislativa del Ministerio de Salud, señora Paulina Palazzo y la asesora del mismo Ministerio, señora Carolina Mora; el asesor del Instituto Libertad y Desarrollo, señor Sergio Morales; el asesor de la Fundación Jaime Guzmán, señor Cristóbal Alzamora, la asesora y el asesor legislativo de la misma Fundación, señora Mikaela Romero y señor Hernán Valenzuela; la asesora legislativa del Instituto Igualdad, señora Vanesa Salgado; el asesor del Comité Democracia Cristiana, señor Gerardo Bascuñán; el asesor del Senador señor Letelier, señor José Fuentes; la periodista de La Ventana Cine, señora Javiera Zaccarelli; el periodista de la SUBDERE, señor Rodrigo O’Ryan y el fotógrafo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Pablo Yovane.

En la sesión celebrada el 5 de julio de 2017, estuvo presente el Senador señor Carlos Bianchi Chelech.

INVITADOS

Especialmente invitados a la sesión celebrada el día 12 de julio de 2017, concurrieron el Presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresa e Interempresas de Servicios, Aseo, Jardines, Ornatos y Rellenos Sanitarios de Chile (FENASINAJ), señor Armando Soto, acompañado por el Secretario, señor Miguel Ramírez, el Tesorero, señor Jaime González y el Director de la V Región, señor Ricardo Ortiz. El Presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Aseo, Servicios, Rellenos Sanitarios y Afines de Chile (FENASERCH), señor Ricardo Erba, acompañado por el Secretario, señor Pablo Muñoz y del Tesorero, señor Claudio Naranjo.

Especialmente invitados a la sesión efectuada el día 2 de agosto de 2017, asistieron los abogados de la Asociación Chilena de Municipalidades, señores Marcelo Segura y Omar Ahumada.

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I. ANTECEDENTES JURÍDICOS

La ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, publicada el año 2003.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

a) El mensaje que da origen al proyecto de ley en estudio fundamenta su propuesta legislativa en las siguientes consideraciones.

Explica que las municipalidades, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, tienen, entre otras funciones privativas, el aseo y ornato de la comuna. En efecto, según dispone dicho cuerpo legal, tales funciones pueden ser realizadas de manera directa por las propias municipalidades, con personal de su dependencia, o de forma externalizada mediante contratos que suscriben con empresas externas, en cuyo caso los servicios los realizan trabajadores de dichas empresas.

En ese contexto, el mensaje describe que, en la actualidad, quien presta un servicio externalizado de las funciones habituales del municipio lo hace previa adjudicación mediante licitación pública, regida por la ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, añade que, en virtud de la ley N° 20.355, se modificó expresamente la citada ley orgánica constitucional de Municipalidades, haciendo aplicable, en su caso, las normas sobre compras públicas contenidas en la ley N° 19.886.

Habida cuenta de lo anterior, detalla que las licitaciones públicas que realizan las municipalidades para contratar servicios externalizados de sus funciones habituales se rigen por los principios de libre concurrencia de los oferentes y de igualdad. Sin embargo, sostiene que estos principios no son suficientes para mejorar las remuneraciones y condiciones laborales de los trabajadores que prestan los servicios aludidos.

En tal sentido, añade que el inciso primero del artículo 6° de la ley 19.886, que prescribe el otorgamiento de un mayor puntaje o calificación a aquellos postulantes que exhibieren mejores condiciones de empleo y remuneraciones en el caso de la prestación de servicios habituales que deban proveerse a través de licitaciones o contrataciones periódicas, constituye un primer paso para cumplir el fin perseguido, lo que es especialmente relevante respecto de quienes prestan servicios externalizados a las municipalidades en funciones de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios. No obstante, agrega que dicha disposición no ha garantizado un piso mínimo de ponderación al factor remuneratorio ni condiciones laborales mínimas, lo que resulta de vital importancia en este tipo de licitaciones, considerando que las municipalidades, como mandante de dichas empresas, son solidariamente o subsidiariamente responsables en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, según dispone la ley N°20.123.

Enseguida, la expresión de motivos del proyecto expone el contenido de la iniciativa legal.

Al efecto, expone que la propuesta de ley incorpora un inciso segundo, nuevo, al artículo 6° de la ley N° 19.886, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que establece una regla especial que será aplicable a los procesos licitatorios municipales de servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios. Dicha disposición, en los términos consignados en el mensaje, obligará a los municipios a considerar, en las pautas de evaluación, a lo menos en un 10% de la ponderación total, el criterio referido a las mejores condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores. (Ese 10% fue aumentado a un 15% por indicación del mismo Ejecutivo formulada en la Cámara de Diputados).

Del mismo modo, propone que, para evaluar este criterio, la municipalidad deberá considerar el nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo y el reajuste de éstas, pudiendo, además, incorporar otros factores de relevancia para los trabajadores, tales como la extensión y flexibilidad de la jornada de trabajo, la duración de los contratos, la existencia de incentivos y otras condiciones laborales que resulten de importancia en relación a la naturaleza de los servicios contratados.

Finalmente, establece que en dicho factor se deberá ponderar a aquellos oferentes que incorporen en su dotación a los trabajadores que, a la fecha, presten servicios en la empresa que esté terminando su contrato, con el fin de lograr que dichos trabajadores tengan continuidad laboral.

b) MOCIONES QUE REGULAN MATERIAS VINCULADAS CON LA INICIATIVA EN ANÁLISIS.

1) Moción de los Senadores señores Carlos Bianchi Chelech, Francisco Chahuán Chahuán, Antonio Horvath Kiss y Baldo Prokurica Prokurica, cuyo objetivo es establecer la obligación de las empresas y de los proveedores del servicio de recolección, transporte y depósito de residuos sólidos, y de aseo y ornato público, de proporcionar a sus trabajadores el uniforme, calzado e implementos de seguridad necesarios para realizar tales labores y los medios requeridos para la limpieza personal y de sus uniformes, correspondiente al Boletín N° 9.334-13, que se encuentra pendiente en la Comisión.

En la fundamentación de este proyecto se manifiesta que este cambio no sólo mejoraría objetiva y cuantificablemente la salud de los trabajadores y su grupo familiar, además, sería una manifestación concreta del respeto que nos merecen quienes desempeñan esta función, al darles la posibilidad por ejemplo, de hacer algo tan sencillo como circular por las calles o entrar a una tienda sin exponerse a la discriminación derivada de la falta de aseo.

Agrega que la implementación de esta normativa tendrá además la propiedad de generar al menos un piso de igualdad frente a las distintas empresas que entregan estos servicios, ya que independiente de sus contratos particulares, estarán sujetos a garantizar estas prestaciones básicas a sus empleados.

2) Moción del ex Senador señor Muñoz Aburto, del ex Senador señor Escalona y del Senador señor Letelier, que propone establecer medidas de protección en favor de los trabajadores que se desempeñan en la vía pública, imponiendo al empleador la obligación de otorgarles ciertas prestaciones, ya sea directamente o por intermedio de terceros (protección de las inclemencias del tiempo y de la exposición al frío, calor y radiación solar, baño, disposición de agua potable y comedor), correspondiente al Boletín N° 5.517-13, que se encuentra pendiente en la Comisión.

Entre sus fundamentos la moción expresa que existen trabajadores cuyas faenas se desarrollan íntegramente a la intemperie y, peor aún, en la vía pública. Tal es el caso de encuestadores, propagandistas, promotoras y los denominados “tarjeteros” o cobradores de parquímetros. En dichos casos, su labor se lleva a efecto, íntegramente en las calles, muchas veces en forma continua, sin reemplazo en horas de colación, como el caso de los “tarjeteros” e incluso, en ocasiones, sin pasar en ningún momento por algún lugar de la empresa respectiva o sólo haciéndolo al inicio o fin de sus jornadas.

Comenta, además, que la Constitución Política de la República asegura a todos sus habitantes la protección de la vida y de su integridad física y psíquica, lo que tiene especial relevancia en materia laboral, debiendo las faenas realizarse de tal modo que no pongan en riesgo estos derechos y, en general, quedando bajo la responsabilidad del empleador disponer de las condiciones necesarias para ello.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El texto aprobado por la Cámara de Diputados, mediante un artículo único, propone establecer que en las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación, considerando únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.

SESIÓN CELEBRADA EL 5 DE JULIO DE 2017

Al iniciarse el estudio del proyecto de ley, hizo uso de la palabra el Jefe de la División Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Nemesio Arancibia, quien informó a la Comisión que las municipalidades tienen la función privativa de aseo y ornato de la comuna y, que en algunos casos, este servicio lo prestan de manera directa y, en otros, por medio de empresas externas.

Añadió que en Chile, de las 345 municipalidades existentes, 263 (correspondiente al 76% de los municipios) efectúan la función mediante empresas externas y los trabajadores que prestan servicio a estas empresas, realizan una labor imprescindible para el país, que se traduce en una mejor calidad de vida para toda la población, sin embargo, ellos adolecen de malas condiciones de empleo y remuneración.

Entregó la cifra de los trabajadores que prestan servicios mediante su contratación por empresas externas, choferes 3295, barredores 6980, a los que se suman los peonetas.

También explicitó la cantidad de recursos que se entregan a dichos trabajadores por el Gobierno, en la Ley de Presupuestos, bajo el concepto de bonos, que alcanza a 16 mil 101 millones de pesos, suma que beneficia a 15.101 trabajadores en todo el país.

En lo que respecta al proyecto de ley, recordó que la normativa vigente que regula las contrataciones públicas no garantiza que en las licitaciones se considere un porcentaje mínimo y obligatorio referida a al criterio de condiciones de empleo y remuneración, en las pautas de evaluación, por lo que el Ejecutivo propuso, a solicitud de los representantes de los trabajadores, que tal porcentaje mínimo se incorpore en los procesos de licitación.

La abogada de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Doris Durán, especificó que la iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados intercala un inciso segundo en el artículo 6 de la ley N° 19.886, referida a las compras públicas, puesto que el texto legal actual si bien obliga a que se considere en la licitación el criterio sobre remuneraciones y mejores condiciones laborales, no contempla un porcentaje respecto de esas materias, que cobra mayor relevancia cuando se trata de los trabajadores del aseo y ornato haciéndose necesario que la ley señale a lo menos un porcentaje mínimo que establezca una obligación a los municipios de respetarlo.

Destacó que el texto aprobado por la Cámara de Diputados contiene el siguiente propósito:

-Que en las licitaciones municipales que tengan por objeto el servicio de recolección, transporte y/o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y aquellas referidas a áreas verdes, se evalúe en un 15% del valor total de la licitación, aquel criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones de los trabajadores.

-La ponderación del 15% se divide en un 70% para el factor referido a las remuneraciones que superen los mínimos legales y en 30% al factor referido a las mejores condiciones del empleo.

-Se deja expresamente establecido que dicha ponderación, sólo se refiere al personal operativo de dichos servicios, esto es, no incluye al personal administrativo de las empresas.

-Se incorpora como requisito de admisibilidad de la oferta, un programa de gestión de riesgos presente en el trabajo y que se considere la continuidad de los trabajadores. Aclaró que cuando los municipios vuelven a licitar siempre existe la incertidumbre de los trabajadores respecto a mantener su puesto de trabajo en la nueva empresa que se adjudique la licitación.

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CONSULTAS Y COMENTARIOS

La Senadora señora Muñoz comentó que luego de haberse reunido con representantes de trabajadores de este ámbito, puede informar a la Comisión que ellos hacen hincapié en el guarismo del porcentaje, fundamentados en que existen municipios que valoran con un porcentaje mayor.

La Senadora señora Goic opinó que el proyecto de ley establece un piso que cada municipio puede elevar según sus capacidades.

El Jefe de la División Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Nemesio Arancibia, destacó que la iniciativa regulariza una situación que actualmente queda al libre arbitrio, dando como resultado que finalmente el factor preponderante es el correspondiente a la parte económica en desmedro de los trabajadores.

El Senador señor Larraín quiso conocer cuáles son los factores que habitualmente se ponderan.

La abogada de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Doris Durán, indicó que la mayoría de las licitaciones establecen el criterio económico (precio total del contrato) con la más alta ponderación, luego lo que corresponde al programa técnico que ofrezca la empresa y en lo tocante a las condiciones de empleo y mejores remuneraciones algunas licitaciones no lo contemplan o lo incluyen en el criterio económico. Por ello, la iniciativa legal busca establecer como obligatorio tal factor y en forma individual y diferenciado.

El Jefe de la División Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Nemesio Arancibia, ejemplificó ponderaciones, sin identificar el municipio, 80% el factor económico, remuneraciones el 4%; otro municipio dispuso un 85% para el criterio económico y un 15% para las remuneraciones; otra municipalidad un 12% a la oferta técnica, factor económico un 68%, remuneraciones un 15 % y experiencia un 5%.

Agregó que no todas las municipalidades con mayores recursos entregan mejores porcentajes al mejoramiento de remuneraciones y condiciones de empleo.

Enfatizó que el objetivo del proyecto de ley es fijar un piso mínimo en las licitaciones.

El Senador señor Bianchi manifestó que esta iniciativa permite conocer la realidad de cada uno de los municipios del país, entendiendo que la mayoría de ellos, por medio de los concejos municipales, llegan a un acuerdo en las bases de licitación para realizar ponderaciones en lo que respecta a las remuneraciones, tecnología y otras materias. Sin embargo, señaló tener preocupación por lo que pueda acaecer con aquellas ponderaciones que actualmente alcanzan un 25% en circunstancias que el proyecto de ley establece un 15%.

Además, puso de manifiesto la necesidad de regular el tema de las ropas que utilizan las personas que recogen la basura, porque una vez finalizada su jornada presenta una alta contaminación que puede extenderse hasta el hogar de dichos trabajadores, ya que es ahí donde son lavadas. Por lo tanto, tal como se consigna en el proyecto de ley correspondiente al Boletín N° 9.334-13, de su autoría, expresó que sería deseable que las empresas provean los mecanismos destinados a la limpieza de los uniformes.

Dio lectura al texto del artículo que en la iniciativa pendiente ante la Comisión se propone agregar al Código del Trabajo:

“Artículo 211 K.- "Las empresas o proveedores del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos y los que provean aseo y ornato público, deberán proporcionar a sus empleados el uniforme, calzado e implementos de seguridad necesarios para realizar dicha labor.

Igualmente proveerá los medios destinado al aseo de sus trabajadores y mecanismos o recursos destinados a la limpieza de uniformes con el fin de disminuir los factores de riesgo y evitar posibles enfermedades.”.

El Senador señor Bianchi, en atención a que su proyecto de ley dice relación con la idea matriz de la materia en discusión, solicitó que sea tenido en consideración.

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A continuación, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, puntualizó que el origen del proyecto de ley se remonta al año 2013, época en que hubo movilizaciones de los trabajadores del aseo y recolectores que se canalizaron en un acuerdo que obligó al Gobierno a efectuar una modificación presupuestaria para entregar un bono por compensación. Más adelante, dicho bono fue perfeccionado mediante una ley y hasta la fecha se mantiene, porque es la manera de resolver un problema de sueldos precarios para una función de carácter crítico.

Prosiguió explicando que el diagnóstico realizado por la Subsecretaría revela un problema de remuneraciones como también un problema sobre las condiciones de trabajo en cuanto a higiene, jornada laboral y responsabilidades patronales, ya que existen trabajadores que laboran en más de un municipio y con más de un contrato debido a que hay empresas que licitan en dos o más comunas continuas y hacen que trabajadores de una comuna también ejerzan en otros municipios.

Reiteró que la iniciativa en análisis trata de dar una solución definitiva al tema del bono, de modo que en el transcurso del tiempo vaya disminuyendo su monto, porque la licitación debiera asumir una mejor remuneración para los trabajadores y por ello se establece un piso mínimo para la ponderación correspondiente.

Asimismo, señaló que la normativa propuesta regula las condiciones de trabajo y hace explícito que las condiciones de empleo contemplen condiciones de bienestar para los trabajadores, como también la presentación por parte de la empresa postulante de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo.

Insistió en que el texto propuesto establece un criterio preponderante y el que no sea inferior al 15% es bastante razonable.

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Enseguida hizo uso de la palabra el Senador señor Larraín, quien expresó una duda respecto a la calificación de la norma en cuestión, porque se le está dando un criterio a las municipalidades para el ejercicio de sus atribuciones y, en consecuencia, implicaría una modificación a la ley orgánica propia, puesto que aunque se incorpora la enmienda en la ley de compras públicas se estaría incidiendo en el ejercicio de las atribuciones de las municipalidades.

En otro orden de ideas, el Senador señor Larraín señaló que en algunos municipios parte de los servicios de aseo y ornato quedan externalizados, pero en aquellos alejados de los centros urbanos cumplen tales servicios con sus propios funcionarios, lo que ha provocado problemas con el bono que se entrega vía ley de presupuestos, ya que éste no se entrega a los trabajadores propios de la municipalidad, en circunstancias que realizan una misma labor.

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El coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río, en lo que respecta a la duda sobre la incidencia del proyecto en la ley orgánica de municipalidades, señaló que una forma de esclarecerla es teniendo en cuenta que muchos organismos públicos que están sujetos a una ley orgánica y también los que no lo están, utilizan la ley de compras públicas para la formulación de sus licitaciones públicas. En consecuencia, no es la modificación a cada uno de los estatutos de esos organismos públicos lo que se está realizando en la iniciativa en estudio. Ejemplificó diciendo que todo el sector privado se rige en materia laboral por el Código del Trabajo, pero también algunos funcionarios municipales también se les aplica dicho Código y no por ello éste adquiere el rango de ley orgánica constitucional.

La Secretaría de la Comisión deja constancia que la ley N° 19.130, publicada el año 1992, sustituyó el artículo 8 de la ley orgánica constitucional de municipalidades, que regula en los incisos tercero, cuarto y quinto, el otorgamiento de concesiones -por parte de las municipalidades- para la prestación de determinados servicios municipales y la celebración de los contratos.

Tales incisos del artículo 8 fueron considerados por el Tribunal Constitucional como materias que no son propias de ley orgánica constitucional sino de ley ordinaria o común.

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La Senadora señora Goic coincidió con la preocupación que manifestó la Senadora señora Muñoz, respecto de aquellas empresas que actualmente ponderan más de 15 % en mejores condiciones de empleo y remuneraciones y opinó que el texto aprobado por la Cámara de Diputados es claro en establecer que se trata de un piso, puesto que la ponderación no podrá ser inferior al 15 %.

Advirtió que -con todo- existe el riesgo de que se interprete la norma de manera exegética, en desmedro de los trabajadores.

El Senador señor Larraín hizo una propuesta de redacción para incorporar aquellos casos en que las empresas hayan ponderado con un porcentaje mayor al 15%, la que consistiría en intercalar, a continuación de la frase “no podrá ser inferior”, otra del siguiente tenor: “a la que se efectuó en la última licitación y en ningún caso menor al 15%”.

El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Ricardo Cifuentes, precisó que los municipios ya cuentan con la atribución de licitar el servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes, por lo que este proyecto de ley no se vincula con el concepto de ley orgánica.

En lo que respecta al tema del bono que se entrega a las municipalidades por la ley de presupuestos, a los funcionarios municipales que llevan a cabo labores de aseo y ornato no les corresponde, puesto que se rigen por el estatuto propio de los empleados de los municipios, que en general entrega mejores condiciones de trabajo que el que reciben los trabajadores licitados.

SESIÓN CELEBRADA EL 12 DE JULIO DE 2017

En esta segunda sesión dedicada al estudio del proyecto de ley, la Comisión recibió en audiencia a representantes de las federaciones de trabajadores del aseo.

FEDERACIÓN NACIONAL DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE EMPRESA E INTEREMPRESAS DE SERVICIOS, ASEO, JARDINES, ORNATOS Y RELLENOS SANITARIOS DE CHILE (FENASINAJ) Y FEDERACIÓN NACIONAL DE SINDICATOS DE ASEO, SERVICIOS, RELLENOS SANITARIOS Y AFINES DE CHILE (FENASERCH)

El presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresa e Interempresas de Servicios, Aseo, Jardines, Ornatos y Rellenos Sanitarios de Chile (FENASINAJ), señor Armando Soto, expuso el parecer de la entidad respecto del proyecto de ley en estudio.

Al iniciar su exposición, señaló que las licitaciones públicas que se realizan actualmente, para contratar los servicios externalizados de retiro de basura, se rigen por los principios de libre concurrencia e igualdad de los oferentes. Sin embargo, afirmó que dichos principios resultan insuficientes para mejorar las remuneraciones y las condiciones laborales de los trabajadores, del mismo modo que ocurriría con la mayor ponderación que el proyecto asigna a tales ítems.

En efecto, afirmó que dicho indicador, correspondiente al 15% de la ponderación total de la evaluación, es el mismo instrumento utilizado en contratos de similar naturaleza, tal como aquel que suscriben las manipuladoras de alimentos de establecimientos educacionales, los que, aseveró, no habrían generado un efecto relevante en sus condiciones de trabajo.

Asimismo, afirmó que las condiciones de remuneraciones son muy distintas entre los municipios del país, lo que exige igualar los ingresos que perciben los trabajadores del sector.

Agregó que, respecto del monto de las remuneraciones que perciben, resulta adecuada su equiparación con el que reciben los funcionarios del sector público que desempeñan la misma labor, lo que requiere que las variables consistentes en las mejores condiciones de remuneraciones constituyan el elemento definitorio en los respectivos procesos de licitación o, en su defecto, importen un reajuste del 10% del último contrato vigente.

Enseguida, resaltó que dicha problemática constituye una de las demandas más sentidas por los más de quince mil trabajadores que se desempeñan en el sector, de modo tal que la iniciativa constituye una oportunidad para avanzar en esa dirección, incluyendo, además, a los trabajadores que se desempeñan como barredores.

A continuación, el presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Aseo, Servicios, Rellenos Sanitarios y Afines de Chile (FENASERCH), señor Ricardo Erba, expuso que los trabajadores del sector requieren una normativa que resuelva las problemáticas específicas que les afectan, tales como aquellas que derivan del tratamiento y de materiales o desechos peligrosos -de tipo biológico o químico, entre otros-, lo que genera una serie de enfermedades profesionales que no son resueltas por las respectivas mutualidades.

Asimismo, detalló que las condiciones laborales que deben enfrentar, tales como largas caminatas y manipulación de cargas pesadas, producen una serie de consecuencias desde el punto de vista ocupacional y de salud en el empleo, las que deben ser atendidas.

CONSULTAS

El Senador señor Larraín consultó acerca de las enfermedades que afectan, específicamente, a los trabajadores que se desempeñan en labores de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

El presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Aseo, Servicios, Rellenos Sanitarios y Afines de Chile (FENASERCH), señor Ricardo Erba, señaló que las enfermedades de mayor ocurrencia son aquellas que afectan al sistema óseo -incluyendo lumbago crónico, discopatías-, várices y frecuentes dolencias a las articulaciones, y cortes o heridas a raíz del contacto con elementos cortopunzantes de frecuente presencia entre los residuos domiciliarios, tales como jeringas, entre otros.

A continuación, el secretario de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresa e Interempresas de Servicios, Aseo, Jardines, Ornatos y Rellenos Sanitarios de Chile (FENASINAJ), señor Miguel Ramírez, expuso que el porcentaje propuesto por la iniciativa, en la práctica, podría ser desglosado por los empleadores atendiendo, por una parte, a las condiciones generales de empleo y, por otra, a las remuneraciones que recibirán los trabajadores.

De ese modo, sostuvo, no se cumpliría el propósito que persigue el proyecto, lo que da cuenta de la necesidad de elevar el índice que contempla la propuesta legal en estudio, a una cifra igual o superior al 30%, sobre todo considerando que, añadió, existe una gran disparidad entre las remuneraciones que reciben los trabajadores del sector.

Finalmente, aseveró que se han detectado una serie de incumplimientos en las normas laborales aplicables, lo que requiere un aumento de los planes de fiscalización que desarrolla la Inspección del Trabajo, y un mayor involucramiento de los municipios respecto de la condición laboral de los trabajadores externos.

La abogada de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Doris Durán, expuso que, en el caso de existir distintas licitaciones para las labores de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, y para los trabajadores barrenderos, éstos quedarían excluidos de la normativa propuesta en el proyecto.

Con todo, manifestó la voluntad del Ejecutivo se analizar su incorporación a la regulación contenida en la iniciativa, junto a un eventual incremento del porcentaje que contempla.

En cuanto al efecto que producen los porcentajes de ponderación para los procedimientos de licitación, detalló que se verifican resultados que difieren de un municipio a otro, toda vez que ello, en último término, depende de su capacidad económica.

La Senadora señora Muñoz opinó que, en general, existen vacíos regulatorios en materia de licitaciones públicas, en cuyo contexto la iniciativa puede avanzar para evitar inequidades entre los trabajadores del sector.

El coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río, afirmó que las licitaciones contemplan el marco general en que se debe prestar un servicio, el que, en ningún caso, puede exceder la regulación legal, por ejemplo, en lo que respecta a la duración de la jornada laboral.

El Senador señor Letelier consultó acerca de la posibilidad de proceder al fraccionamiento de la jornada de los trabajadores del sector; asimismo, solicitó información relativa al reconocimiento de la continuidad del vínculo laboral de los trabajadores.

El coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río, expuso que, en virtud de la legislación vigente, no está permitido el fraccionamiento de la jornada de trabajo, debiendo cumplirse al mismo tiempo, con las normas sobre jornada de trabajo.

El secretario de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresa e Interempresas de Servicios, Aseo, Jardines, Ornatos y Rellenos Sanitarios de Chile (FENASINAJ), señor Miguel Ramírez, expuso que se han verificado casos en que las empresas suscriben contratos a plazo fijo, con la finalidad de eludir el cumplimiento de las obligaciones laborales que derivan de los contratos a plazo indefinido.

SESIÓN CELEBRADA EL 2 DE AGOSTO DE 2017

En la sesión de fecha 2 de agosto de 2017, la Comisión recibió en audiencia a los representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades, abogados señores Marcelo Segura y Omar Ahumada.

ASOCIACIÓN CHILENA DE MUNICIPALIDADES

El abogado de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Marcelo Segura, se refirió a la iniciativa legal en estudio.

En primer lugar, afirmó que el proyecto surge a partir de las movilizaciones llevadas a cabo por trabajadores del sector durante el año 2006, a partir de las cuales se suscribieron una serie de acuerdos contenidos en la ley N° 20.238, que modifica la ley N°19.886, asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración del Estado, incluyendo el mejoramiento de las condiciones de empleo y de remuneraciones de los trabajadores, sin asignar una ponderación específica a dichos factores.

En ese contexto, agregó que, en enero de 2016, la Asociación Chilena de Municipalidades aprobó una propuesta de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, en orden a definir ese criterio de evaluación fijándolo en un 10%. Luego, añadió que la entidad analizó la posibilidad de incrementar esa cifra hasta un 15%, siendo aprobada por la organización, aun cuando, aseveró, ello podría afectar el principio de autonomía municipal.

Sin embargo, afirmó que un nuevo aumento de dicho porcentaje afectaría los procesos de licitación que desarrollan los municipios del país, toda vez que implicaría reducir los factores técnicos o de oferta económica, considerando que la realidad financiera es muy distinta entre cada uno de ellos. Asimismo, aseveró que, en general, las municipalidades deben enfrentar cuantiosas demandas, por cotizaciones previsionales adeudadas, y asumir un incremento de los gastos en gestión y administración, sin un incremento de sus recursos.

Por otra parte, en cuanto a la fiscalización que deben realizar los municipios respecto de la normativa laboral sobre higiene y seguridad, sostuvo que la mayor problemática radica en el incumplimiento en el pago de horas extraordinarias y además que tales entidades carecen de personal capacitado para asumir la fiscalización de normas ajenas al ámbito municipal, mientras que, en rigor, dichas disposiciones deben ser aplicadas por la Dirección del Trabajo o a las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Salud. Asimismo, aseveró que, al establecer una nueva atribución, ello requeriría modificar la legislación orgánica constitucional aplicable a las municipalidades.

En la misma línea, en cuanto al plan de prevención de riesgos, indicó que actualmente existe normativa que regula dicha materia en detalle, de modo tal que no resulta adecuado ampliarla, sobre todo considerando los efectos que ello puede producir en los procedimientos de licitación que se verifiquen en lo sucesivo.

Consultas

El Senador señor Letelier subrayó que durante el análisis de la iniciativa por la Comisión se debe tener en consideración que los municipios suscriben cuantiosos contratos con empresas licitadoras. Ello implica, añadió, considerar la responsabilidad que éstas adquieren con todos sus trabajadores, particularmente en lo que respecta a evitar las eventuales disminuciones de sus ingresos una vez que se verifican procedimientos de licitación.

Asimismo, sostuvo que los municipios son responsables por el cumplimiento de las normas sobre seguridad e higiene, particularmente de aquellos trabajadores que prestan servicios en empresas licitadoras.

El abogado de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Marcelo Segura, expuso que la disminución en los ingresos que perciben los trabajadores constituye una situación excepcional, en cuyo caso el establecimiento de una norma que impida disminuir las condiciones laborales vigentes en un contrato puede constituir una solución adecuada.

Por otra parte, reiteró la necesidad de mejorar los procedimientos de fiscalización en cuanto al cumplimiento y pago de horas extraordinarias, toda vez que, a raíz de una serie de circunstancias, tales como la mayor cantidad de trabajo durante jornadas específicas, se habrían vulnerado los derechos de los trabajadores.

El Senador señor Larraín sostuvo que en una serie de municipios del país los propios trabajadores municipales se ocupan de las actividades de aseo y retiro de residuos domiciliarios. Al efecto, consultó acerca de las diferencias existentes en las condiciones laborales de ambos grupos de trabajadores.

Asimismo, abogó por evitar que los empleadores extiendan la jornada laboral ordinaria de los trabajadores más allá de los límites legales, sobre todo en aquellos casos en que las empresas no ponen a disposición el material necesario para que puedan cumplir oportunamente con sus labores.

El abogado de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Marcelo Segura, afirmó que las diferencias dicen relación con la estabilidad en el empleo en favor del funcionario público municipal, en comparación a aquellos regidos por el Código del Trabajo.

En cuanto a las remuneraciones, sostuvo que, aun cuando son similares, existe una diferencia a raíz del pago de horas extraordinarias para los trabajadores de empresas externas, sin perjuicio de que se han verificado disminuciones de ingresos al producirse la renovación de la licitación.

El coordinador legislativo del Ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río, dio cuenta de la voluntad del Ejecutivo de comprometer un plan integral de fiscalización en materia del pago de horas extraordinarias en el sector.

Por otra parte, aseveró que la existencia de un plan de riesgo es absolutamente necesaria, habida cuenta de las condiciones ambientales en que se desempeñan los trabajadores.

-Puesto en votación en general el proyecto de ley, fue aprobado por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Senadoras señoras Goic y Muñoz y Senadores señores Larraín y Letelier.

DISCUSIÓN EN PARTICULAR

Al inicio de la sesión celebrada el 4 de octubre de 2017, la Presidenta accidental de la Comisión, Senadora señora Adriana Muñoz D’Albora, informó del fallecimiento de cuatro dirigentes de la Federación Nacional de Sindicatos de Aseo, Servicios, Rellenos Sanitarios y Afines de Chile (FENASERCH), en un accidente de tránsito ocurrido en Llay-Llay el día 12 de septiembre de 2017. La Comisión lamentó la pérdida de estas vidas y envió sus condolencias a la Federación y a las familias de los fallecidos.

Los trabajadores fallecidos son los señores Ricardo Erba Muñoz, Pablo Muñoz Pérez, Juan Pablo Méndez Espíndola y Luis Zapata González.

Esta Comisión contó con la presencia de dos de dichos dirigentes, en sesión del día 12 de julio de 2017, señores Ricardo Erba y Pablo Muñoz.

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Indicaciones formuladas

ARTÍCULO ÚNICO

Numeral 2)

Indicación 1

La indicación 1, del Senador señor Larraín, de las Senadoras señoras Goic y Muñoz y del Senador señor Letelier, propone reemplazar el epígrafe del número 2 del artículo único aprobado en general, con la finalidad de considerar la intercalación de un inciso tercero que se suma al inciso segundo agregado por el texto aprobado en general. Estos incisos se incorporan al artículo 6 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

-Esta indicación está directamente vinculada con la indicación número 6, respecto de la cual se consigna que su contenido se entiende subsumido en la indicación 5 del Ejecutivo que fue aprobada con modificaciones.

Indicación 2

La indicación 2, formulada por la Presidenta de la República, propone que la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones que establece el proyecto será aplicable a las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, incluyendo el barrido. La indicación agrega la acción de barrer que llevan a cabo determinados trabajadores.

El Senador señor Letelier expresó que entendía que la idea es incluir a los trabajadores que barren las calles.

El Jefe de la División de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Nemesio Arancibia, comentó que en las licitaciones se utiliza el concepto de barridos o de barridos de calles, pero como la actividad es más amplia que el solo barrido de calles, la indicación propone incorporar la palabra “barridos”.

La abogada de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Doris Durán, señaló que los municipios tienen como función privativa el aseo y ornato de la comuna, por lo que el servicio licitado sólo se refiere a espacios públicos.

La Senadora señora Muñoz propuso agregar una coma antes de la palabra barridos, dado que así se especifica de mejor forma la materia que se incorpora a los servicios que se licitan.

-Puesta en votación la indicación 2, fue aprobada con la enmienda indicada, por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Senadora Muñoz y Senadores señores Allamand y Letelier.

Indicación 3

La indicación 3, también presentada por la Presidenta de la República, propone que en las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, barridos y la mantención de áreas verdes, se deberá evaluar la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador, la que no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al inicio del proceso licitatorio. Asimismo, dispone que el municipio deberá indicar, en las bases de licitación, el referido promedio de remuneraciones de cada función concerniente al proceso licitatorio anterior.

-Puesta en votación la indicación 3, fue aprobada por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Senadora Muñoz y Senadores señores Allamand y Letelier.

Indicación 4

La indicación 4, formulada por la Presidenta de la República, agrega, a la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero del artículo 6 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el monto de las remuneraciones que recibe el personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.

El Jefe de la División de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Nemesio Arancibia, explicó que en los procesos de licitación se utilizan diferentes criterios para evaluar una propuesta, sean de tipo económico o relacionados con las condiciones laborales, por lo que se hace mención en el inciso propuesto al criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones, que alcanza al 15%. En consecuencia, en lo que dice relación con los trabajadores a quienes se les aplicará tal criterio, la indicación propone especificar también las remuneraciones.

La abogada de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Doris Durán, indicó que las condiciones esenciales que se deben tener presente al momento de licitar son las mejores condiciones de empleo y remuneraciones, que no podrán ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación, a lo cual se suma que la remuneración que se ofrezca no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al proceso licitatorio. Esto implica un piso de remuneraciones para las propuestas de licitación.

Agregó que tales condiciones se tendrán en consideración sólo respecto del personal que labore directamente en acciones operativas del servicio, esto es, no comprende al personal administrativo.

La Comisión concordó en ubicar como un inciso distinto la materia referida al personal que se le apliquen las condiciones ya explicadas con una redacción que identifica la ponderación del criterio del 15% y el cálculo de las remuneraciones.

-Puesta en votación la indicación 4, fue aprobada con modificaciones, por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Senadora señora Muñoz y Senadores señores Allamand, Larraín y Letelier.

Indicación 5

La indicación 5 presentada por la Presidenta de la República, propone agregar, dentro de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, la existencia de una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo y horas extraordinarias.

El Jefe de la División de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Nemesio Arancibia, manifestó que la propuesta busca que las empresas tengan el personal suficiente para dar cumplimiento a los recorridos exigidos y evitar las extensas horas de trabajo del personal operativo, el cual presta sus servicios incluso en distintas comunas.

En lo concerniente al transporte, materia contenida en la indicación número 6, expresó que el Ejecutivo lo considera una variable distinta que significaría un costo adicional.

El Senador señor Larraín recordó que la indicación del Ejecutivo tiene como objetivo evitar que se aprueben licitaciones de empresas que, a sabiendas, presentan un determinado personal que no va a poder cumplir con los horarios de trabajo, aprobándose una sobre carga de trabajo.

Atendido el contexto de la oración donde se sugiere agregar el tema de la dotación suficiente de trabajadores, opinó que la indicación se debiera insertar como un requisito de admisibilidad.

Los demás integrantes de la Comisión concordaron con dicha proposición.

La Senadora señora Muñoz, en lo concerniente en a las condiciones de empleo que superen los mínimos legales y que se ejemplifica con la contratación del mayor número de trabajadores que trabajaban en virtud del contrato anterior, opinó que debería ser una condición de admisibilidad de la oferta tal contratación.

El Senador señor Letelier dijo entender la idea de la Senadora Muñoz en el sentido de que sea un requisito de admisibilidad la continuidad laboral, situación que sería lo más cercano a un contrato indefinido, pero manifestó dudas sobre su constitucionalidad. Por lo tanto, se mostró favorable a mantenerlo como materia referida a las condiciones de empleo, la que será ponderada en la forma establecida.

-Puesta en votación la indicación 5, fue aprobada con modificaciones, por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Senadora señora Muñoz y Senadores señores Larraín y Letelier.

Inciso tercero, nuevo

Indicación 6

La indicación 6, del Senador señor Larraín, de las Senadoras señoras Goic y Muñoz y del Senador señor Letelier, agrega un inciso tercero, nuevo, al artículo 6 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, para establecer que será requisito de admisibilidad de la propuesta demostrar fehacientemente que las dotaciones y vehículos ofrecidos son suficientes para que los trabajadores puedan prestar sus servicios dentro de los límites de una jornada de trabajo ajustada a la legislación vigente. Con dicha finalidad, contempla que se deberá consignar, a lo menos, el número de personas y vehículos que se utilizarán en la operación, calculados en función de las distancias y tiempos estimados a recorrer en el proceso de recolección y transporte de los respectivos residuos.

-La Comisión entendió subsumido el contenido de esta indicación en la que fue aprobada anteriormente.

Asimismo, la Comisión acordó agregar un número 3 al artículo único, con la finalidad formal de darle el sentido adecuado al inciso referido a los contratos de prestación de servicios para establecimientos de educación y los contratos de las manipuladoras de alimentos. Dicho inciso pasó a ser inciso quinto del artículo 6 de la ley 19.886.

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El Senador señor Letelier hizo presente que los trabajadores que intermedian con residuos enfrentan problemas de contaminación e infecciosos, lo que da la razón a la redacción que exige como requisito de admisibilidad de la oferta la presentación de un programa de gestión de riesgos. Sin embargo, subrayó, ello no significa que van a tener acceso a exámenes médicos para controlar su situación de salud, de manera que manifestó su anhelo de que se considere darles un espacio de tiempo para el resguardo de su integridad sanitaria.

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MODIFICACIONES

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, en conformidad con los acuerdos adoptados propone las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados:

ARTÍCULO ÚNICO

Número 1

-Ha sustituido la expresión “inciso tercero” por “inciso quinto”.

(Unanimidad 4X0. Senadora Muñoz y Senadores Allamand, Larraín y Letelier).

Número 2

-Ha reemplazado el epígrafe por el siguiente:

“2. Intercálanse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando los actuales a ser incisos quinto, sexto y séptimo:”.

-Ha incorporado, a continuación de la locución “residuos sólidos domiciliarios”, la expresión “, barridos”.

(Unanimidad 3X0. Senadora Muñoz y Senadores Allamand y Letelier).

-Ha intercalado, a continuación de la frase “ponderación total de la evaluación”, el siguiente texto: “, y la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador, no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al inicio del proceso licitatorio. El municipio deberá indicar en las bases de licitación, el referido promedio de remuneraciones de cada función, concernientes al proceso licitatorio anterior.”.

(Unanimidad 3X0. Senadora Muñoz y Senadores Allamand y Letelier).

-Ha considerado como inciso tercero la segunda oración del inciso segundo, sustituyendo su texto por el siguiente:

“Para la ponderación del criterio señalado en el inciso anterior y el cálculo de las remuneraciones, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.”.

(Unanimidad 4X0. Senadora Muñoz y Senadores Allamand, Larraín y Letelier).

-Ha considerado como inciso tercero la tercera y la cuarta oraciones del inciso segundo, con las siguientes enmiendas:

Ha reemplazado la expresión “antes mencionado” por la frase “mencionado en el inciso segundo”.

Ha agregado, después de la locución “empresa postulante,” la siguiente frase: “de una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo, incluidas las horas extraordinarias y”.

(Unanimidad 3X0. Senadora Muñoz y Senadores Larraín y Letelier).

ooooooo

Ha contemplado el siguiente número nuevo:

“3. Reemplázase en el inciso segundo, que pasó a ser inciso quinto, la expresión “Asimismo, en” por la palabra “En”.”.

(Unanimidad 3X0. Senadora Muñoz y Senadores Larraín y Letelier).

TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad a los acuerdos adoptados, el texto del proyecto de ley es el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 6 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de la siguiente manera:

1. Reemplázase en el inciso primero la expresión “inciso siguiente” por “inciso quinto”.

2. Intercálanse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando los actuales a ser incisos quinto, sexto y séptimo:

“En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, barridos y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación, y la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador, no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al inicio del proceso licitatorio. El municipio deberá indicar en las bases de licitación, el referido promedio de remuneraciones de cada función, concernientes al proceso licitatorio anterior.

Para la ponderación del criterio señalado en el inciso anterior y el cálculo de las remuneraciones, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.

El porcentaje mencionado en el inciso segundo se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo, incluidas las horas extraordinarias y de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.”.

3. Reemplázase en el inciso segundo, que pasó a ser inciso quinto, la expresión “Asimismo, en” por la palabra “En”.

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Acordado en sesión celebrada el día 5 de julio de 2017, con asistencia de las Senadora señora Carolina Goic Boroevic (Presidenta), de la Senadora señora Adriana Muñoz D’Albora y de los Senadores señores Hernán Larraín Fernández y Juan Pablo Letelier Morel; en sesión celebrada el 12 de julio de 2017, con asistencia de la Senadora señora Carolina Goic Boroevic (Presidenta), de la Senadora señora Adriana Muñoz D’Albora y de los Senadores señores Hernán Larraín Fernández y Juan Pablo Letelier Morel; en sesión celebrada el 2 de agosto de 2017, con asistencia de la Senadora señora Carolina Goic Boroevic (Presidenta), de la Senadora señora Adriana Muñoz D’Albora y de los Senadores señores Hernán Larraín Fernández y Juan Pablo Letelier Morel y en sesión celebrada el 4 de octubre de 2017, con asistencia de la Senadora señora Adriana Muñoz D’Albora (Presidenta accidental) y de los Senadores señores Andrés Allamand Zavala, Hernán Larraín Fernández y Juan Pablo Letelier Morel.

Sala de la Comisión, a 6 de octubre de 2017.

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

_____________________________________________________

PRIMER INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS QUE INCENTIVAN MEJORAS DE LAS CONDICIONES DE REMUNERACIONES Y EMPLEO DE LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A LAS MUNICIPALIDADES, EN RECOLECCIÓN, TRANSPORTE O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS

(BOLETÍN Nº 11.012-13)

I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA OMISIÓN: Establecer para las licitaciones que efectúen las municipalidades, respecto de los servicios de recolección, transporte y disposición de basura domiciliaria, barridos y mantención de áreas verdes, una regla especial de evaluación en lo que se refiere a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones de los trabajadores, la que deberá alcanzar al menos el 15% de la ponderación total. Asimismo, la remuneración que se ofrezca pagar no podrá ser inferior al promedio devengado en los tres últimos meses previos a la licitación.

II. ACUERDOS: aprobado en general por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Senadoras señoras Goic y Muñoz y Senadores señores Larraín y Letelier. En cuanto a la aprobación en particular, las resoluciones fueron adoptadas por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único con tres números.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de S.E. la Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet Jeria.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 81 votos a favor y 1 voto en contra.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 16 de mayo de 2017.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: La ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, publicada el año 2003.

_____________________________________________________

Valparaíso 6 de octubre de 2017.

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 28 de noviembre, 2017. Diario de Sesión en Sesión 66. Legislatura 365. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

MEJORAMIENTO DE CONDICIONES DE REMUNERACIÓN Y EMPLEO DE TRABAJADORES DE EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS EXTERNOS A MUNICIPALIDADES EN MATERIA DE ASEO DOMICILIARIO Y ORNATO

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas que incentivan mejoras a las condiciones de remuneración y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.012-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 15ª, en 16 de mayo de 2017 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Trabajo y Previsión Social: sesión 53ª, en 11 de octubre de 2017.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el señor Secretario .

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El objetivo de la iniciativa es establecer para las licitaciones que efectúen las municipalidades respecto de los servicios de recolección, transporte y disposición de basura domiciliaria, barridos y mantención de áreas verdes, una regla especial de evaluación en lo que se refiere a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones de los trabajadores, la que deberá alcanzar al menos el 15 por ciento de la ponderación total.

Asimismo, la remuneración que se ofrezca no podrá ser inferior al promedio devengado en los tres últimos meses previos a la licitación.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió el proyecto en general y en particular por tratarse de aquellos de artículo único. Así, lo aprobó en general por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadoras señoras Goic y Muñoz y Senadores señores Larraín y Letelier, y en particular con las modificaciones y por las votaciones unánimes que se consignan en su informe.

Cabe hacer presente que la mencionada Comisión, teniendo en consideración que la iniciativa no incide en materias presupuestarias o financieras del Estado, acordó que no requerirá informe de su par de Hacienda y solicita a la Sala proceder en ese sentido.

El texto que se propone acoger se consigna en las páginas 22 y 23 del informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

En la discusión general y particular, ofrezco la palabra.

Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.

El señor BIANCHI.-

Yo había solicitado hablar antes.

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

No tengo problema en que intervenga primero Su Señoría, señor Presidente .

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Gracias, señora Senadora.

Señor Presidente , por supuesto que comparto absolutamente el criterio de que, en la medida que mejoren las remuneraciones de quienes trabajan en esta noble, importante y esforzada actividad de la recolección de la basura, las empresas tengan mejores opciones de quedarse con la función pertinente en los distintos municipios del país.

Eso lo comparto y voy a votar favorablemente en tal sentido.

Pero hace un buen tiempo presenté otro proyecto de ley relacionado con los utensilios que los trabajadores o trabajadoras usan para la recolección de la basura. Por ejemplo, los buzos, los guantes, los zapatos de seguridad. Tales prendas las deben trasladar a sus domicilios donde las lavan o las limpian.

Y todos comprenderán que es una situación del todo compleja. En un domicilio donde hay niños puede significar un foco de infección. Esas prendas, al no estar esterilizadas ni nada parecido implican un claro riesgo de transmisión de enfermedades.

Entonces, la iniciativa de mi autoría exige que las empresas que presten servicios de recolección de basura permitan que el trabajador o la trabajadora, una vez finalizada su labor, deje su implementación en un lugar que se estime conveniente y se le entregue otro juego limpio a fin de que no deba llevarla y limpiarla en la casa, con los riesgos de contaminación que ello significa.

Ese proyecto está aún en la Comisión de Trabajo. Y por su intermedio, señor Presidente , quiero pedir a quienes la integran que a lo menos le den alguna velocidad a un texto que va en la misma línea de buscar mejoras a una actividad que no cualquiera hace, que no todos realizan, y que implica un enorme sacrificio.

Ni hablar acerca de lo que envuelve recolectar la basura en la Región de Magallanes en la época de invierno, con nieve, con vientos sobre 80 kilómetros por hora, con el frío que se siente en esa temporada. Y lo mismo pasa en otras tantas regiones donde por cierto la situación climática hace que la recolección de basura sea una actividad extremadamente adversa, extremadamente dura y rigurosa.

Tratándose de tales personas, hoy día estamos dando la posibilidad de que los municipios manifiesten una preocupación y que a lo menos haya un 15 por ciento de ponderación especial, para que la empresa que ofrezca un mejor sueldo se quede con la licitación. También, se obliga a que con respecto a los implementos que se usen exista la precaución de que se esterilicen, se laven por la propia empresa y no tengan que ser llevados a los hogares, con los riesgos que ya he señalado.

Voy a pronunciarme -si usted abre la votación sería mejor todavía, señor Presidente - favorablemente por el presente proyecto de ley.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER .-

Señor Presidente , estimados colegas, la Comisión de Trabajo aprobó tanto en general cuanto en particular, por la unanimidad de sus integrantes presentes, la iniciativa que nos ocupa, cuyo fundamento es entregar mejores condiciones de empleo y de remuneraciones, así como también dignidad a los trabajadores de servicios externos de recolección, transporte y disposición de la basura domiciliaria, y asimismo de barrido y mantención de áreas verdes, de las distintas comunas del país.

Lo anterior tiene que ver con un esfuerzo que se realizó para establecer requisitos en los procesos de licitación de los servicios externalizados, dado que de las 345 municipalidades existentes en el país, unas 263 llevan a cabo la función de aseo y ornato por medio de empresas externas, considerando todo lo que es barrido de calles, así como la extracción de residuos domiciliarios.

No olvidemos que en la Región de Valparaíso hubo conflictos muy grandes en esta materia, lo cual llevó en un momento a otorgar un bono a los trabajadores de la extracción de basura.

En el fondo, lo que queremos hacer, a través de esta iniciativa, es generar un requisito vinculado con cómo se deben realizar las licitaciones en forma más adecuada.

Cuando se discutió el proyecto, se tomaron en cuenta iniciativas de otros colegas, incluyendo la del Senador que me antecedió en el uso de la palabra. Se tuvo a la vista su texto y se consideró que no era materia de este proyecto, dado que aquí se trata, en primer término, de modificar el artículo 6° de la ley N° 19.886, respecto a la base de contrato administrativo y suministro de prestación de servicios (es decir, de ChileCompra, por así decirlo), en que se incluyen ciertos criterios.

En términos generales, se establece que va a existir, cuando se evalúen los contratos, una ponderación en que a lo menos el 15 por ciento del total de la licitación tenga que tomar en cuenta...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

¿Me permite abrir la votación, señor Senador ?

El señor LETELIER .-

Muy bien.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

En votación general el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Puede continuar, Su Señoría.

El señor LETELIER .-

Como decía, señor Presidente , se debe a lo menos dar un 15 por ciento de la ponderación total de la licitación a la mejoría de condiciones de empleo y remuneraciones.

Se contempla, igualmente, como requisito el hecho de que no pueda ocurrir -y muchas veces constituye una práctica- que las personas que vienen laborando en un municipio donde se produce una licitación vuelvan a fojas cero; es decir, que todas las conquistas que hayan alcanzado los trabajadores organizados con una empresa durante cuatro años sufran un retroceso al licitarse nuevamente, lo que en numerosas oportunidades significa una pérdida de remuneraciones.

Por ello, se dispone -y es una de las modificaciones que se consagran- que la oferta no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas en los 3 últimos meses previos a la licitación. Y aquel antecedente debe ser incluido por los municipios en las bases de licitación: han de especificarse tales promedios.

Asimismo, se establece como requisito de admisibilidad, y es importante que así sea, que la empresa presente una dotación suficiente de trabajadores que posibilite la realización de las labores habituales dentro de la jornada laboral, de manera de evitar una sobrecarga (algo que pasa en algunos municipios con demasiada frecuencia), sin perjuicio del derecho a que exista el pago de las horas extraordinarias cuando corresponda.

Finalmente, en la línea de los requisitos de admisibilidad de las ofertas, es bueno destacar que en el texto aprobado por la Cámara de Diputados y por la Comisión de Trabajo se consigna la exigencia de presentar un programa de gestión de los riesgos que implican las labores de aseo y ornato, con sujeción a las disposiciones legales y la normativa que las regulan, como también a los criterios definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Señor Presidente, en el presente proyecto estamos hablando de miles de personas que trabajan en actividades de aseo y ornato o de barrido de calles o de extracción de residuos domiciliarios.

La ley en proyecto, de alguna forma, es muy parecida al esfuerzo que hemos hecho respecto de las manipuladoras de alimentos, quienes trabajan para empresas contratadas por el aparato público, normalmente por la JUNAEB.

En este caso...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Terminó su tiempo, señor Senador.

Le vamos a dar un minuto adicional para que pueda concluir.

El señor LETELIER.- Gracias, señor Presidente.

Decía que en este caso lo que se busca es que en los contratos de los municipios exista la posibilidad, para ciertos servicios pagados, de garantizar a los trabajadores condiciones dignas de remuneración, de seguridad y de higiene.

Estamos hablando de miles de trabajadores, y por eso la Comisión aprobó esta iniciativa en forma unánime. Constituye un tremendo avance, por lo cual esta invita a aprobarla de la misma forma.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente , quiero reiterar lo que hicimos en la Comisión de Trabajo, que es bien importante, en términos de algunas mejoras y de la especificación de algunos temas durante la tramitación del proyecto que venía de la Cámara de Diputados.

Además, es bueno para la historia de la discusión de este proyecto que se sepa que discutimos acerca de la pertinencia de aumentar el porcentaje. Todos teníamos la tentación de que se ponderaran en mayor medida aquellos elementos que tienen que ver con las remuneraciones, con las condiciones de empleo, que es el gran aporte que se hace: el fijar un piso de 15 por ciento.

Para eso revisamos, junto con distintos municipios y la Asociación Chilena de Municipalidades, las experiencias existentes. En definitiva, también se buscaba respetarlas.

De otra parte, no se trata de fijar un techo, sino un piso, un mínimo. Y ojalá que sea tomado de esa forma, porque aumentar más el porcentaje hacía que se pusieran en riesgo otras condiciones también relevantes, en términos de equipamiento, de la calidad de los carros. En fin, eso fue parte de lo que vimos en el detalle.

Es importante que hayamos incluido al servicio de barridos, no solamente de retiro de residuos domiciliarios y de mantención de áreas verdes, que no estaban incorporados inicialmente, y que se encuentran en iguales condiciones: es decir, muchas veces están sujetos a la misma licitación, o deben ser garantizados por el municipio que los contrata.

Por otro lado, respecto del detalle de lo que significan las condiciones de seguridad, de higiene, tuvimos una discusión, y es relevante que la pueda conocer el resto de los colegas en la Sala.

Era difícil empezar a determinar cada uno de los aspectos relacionados con el cumplimiento de las normas en materia de higiene y seguridad en el trabajo.

Su significación está consignada en el texto, entendiendo que hay puntos más en detalle que corresponde verificar a la Dirección del Trabajo en su inspección operativa. Pero el contenido está puesto sobre la mesa y en el texto específico.

Por último, quiero destacar que se haya establecido también un piso para siguientes licitaciones. Porque es habitual que cuando se termina una licitación, aunque siga la misma empresa y los mismos trabajadores, exista una merma en las remuneraciones de estos, incluso tras un proceso de negociación colectiva.

Entonces, establecimos que se tomen en cuenta los últimos tres meses de remuneraciones, y que sean considerados también en las bases de la licitación para marcar cuál es la referencia respecto a sus montos. Esto, a fin de que la existencia de una nueva licitación no sea la vía para disminuir o mermar las condiciones salariales y laborales.

Hemos visto que lamentablemente eso se da no solamente en el caso de estos trabajadores, sino también de las manipuladoras de alimentos y en otras áreas donde el Estado licita a terceros que proveen los servicios.

Así que esta iniciativa, tal cual la hemos aprobado en forma unánime en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y tras una revisión bastante exhaustiva junto con la Subsecretaría de Desarrollo Regional y el Ministerio del Trabajo, significa una mejora, un piso, en términos de mejores licitaciones, poniendo al centro a los trabajadores que, además, en esta área son fundamentales para cumplir con la tarea de mantener las áreas verdes, el aseo en la ciudad, la recolección de residuos domiciliarios.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Solicito la anuencia de la Sala para que el Senador señor Tuma me reemplace en la testera.

Acordado.

--Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidente accidental , el Honorable señor Tuma.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente, me quiero sumar a las consideraciones que han hecho presentes los Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra.

Efectivamente, este proyecto de ley busca mejorar las condiciones de remuneración y de trabajo de las personas que se desempeñan en empresas que prestan servicios externos a las municipalidades, en el ámbito de la recolección de basura, de residuos sólidos domiciliarios y de barrido.

Hoy día existe una norma que fija algunos criterios sobre cómo se hacen las bases de licitación, pero estas han probado ser insuficientes, y de ahí la conveniencia de avanzar en precisar algunos de ellos con carácter de mínimos.

Así, por ejemplo, la norma actual establece que "se otorgará mayor puntaje o calificación a aquellos postulantes que exhibieren mejores condiciones de empleo y remuneraciones.". Y este proyecto fija cuáles son esas condiciones mínimas, en un porcentaje bastante razonable.

Lo que se ha dicho, como se recordaba, es que "la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones (...) no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación.".

Uno incluso podría decir que es poco (los representantes de los trabajadores nos pedían que fuesen de 20 o 25).

Sin embargo, como bien se señaló, aquí se han hecho las ponderaciones de las posibilidades alternativas de las situaciones que afectan a los municipios. Y se estimó que ese porcentaje era razonable, sin perjuicio de lo cual se agregó un criterio adicional que, a mi juicio, es quizás tanto o más relevante que el anterior: la existencia de un piso. Así, se dice que, efectivamente, "la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador, no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses".

Este punto garantiza que la situación de los trabajadores no va a empeorar. La situación se va a ir estabilizando al alza, dentro de lo que razonablemente se pueda pagar, pero nunca en forma inferior.

Muchas veces estas licitaciones servían precisamente para rebajar, cuando había gran oferta, las condiciones del mercado en perjuicio de los trabajadores.

Por eso, este 15 por ciento parece razonable, sobre todo si se hace en conexión con el piso que se fija en el sentido de que las remuneraciones no puedan ser inferiores a las que percibían los trabajadores en los últimos tres meses.

Y eso ayuda enormemente.

En cuanto a cómo se pondera ese 15 por ciento: "se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales,".

Obtener una ponderación adicional si se hace un esfuerzo mayor por mejorar los mínimos legales es un incentivo para las empresas.

Finalmente, un factor que surgió en la discusión, que pareció muy interesante, es que en numerosas ocasiones la dotación que presentan las empresas prestadoras de servicios no se compadece con el número de horas de trabajo que realizan las personas en la recolección de basura.

Vale decir, se supone que los trabajadores deberían estar laborando ocho horas normales, o las 45 semanales, en total. Sin embargo, el tiempo efectivo de trabajo en la recolección de basura supera largamente aquello.

Entonces, desde el momento en que se presenta la licitación, se puede desprender que no van a tener el número de trabajadores, o la dotación suficiente para las horas de trabajo que supone la recolección de basura.

Por lo tanto, para asegurar que no se excedan los topes legales, se agregó una exigencia: "Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo, incluidas las horas extraordinarias".

Dicho de otra manera, si los trabajadores tienen que cumplir jornadas largas, estas no podrán ser superiores a las horas del contrato, más las horas extraordinarias autorizadas diariamente.

A los representantes de los trabajadores eso les pareció también una garantía que permite asegurar que no van a ser sobreexplotados más allá de las horas en que legalmente les corresponde cumplir funciones de acuerdo con las normas que rigen para todos los trabajadores.

Creo, señor Presidente, que esta normativa contribuye a mejorar las condiciones de los trabajadores de estas empresas, sin que ello constituya una merma o una dificultad económica para los municipios; y asegura, además, que las empresas que prestan estos servicios se adapten a las condiciones legales que son razonables de exigir para cualquier empresa.

En consecuencia, nos parece que este es un proyecto que avanza. Nosotros contribuimos a su perfeccionamiento en el debate habido en la Comisión y esperamos que la Sala tenga a bien aprobarlo, ojalá por unanimidad.

He dicho.

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Le ofrezco la palabra al Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.-

Señor Presidente, por cierto, me voy a sumar entusiastamente con mi voto a la aprobación de esta iniciativa.

Comparto y hago mías las expresiones del Senador Larraín y de otros Honorables colegas.

Voy a tratar de expresar lo mismo, pero puesto de otra forma.

Lo que hemos visto en el mercado laboral, en las economías modernas es una tendencia a la subcontratación, a la externalización de funciones. Y permanentemente el derecho laboral ha estado tensionado por las condiciones que existen en empresas o instituciones -léase "municipio", en este caso- que tienen dos categorías de trabajadores: los con contrato de trabajo y aquellos que prestan servicios a través de empresas subcontratadas o que licitan ciertos servicios.

Ahora bien, esta legislación -y en esto me cuelgo de las palabras del Senador Larraín- identifica tres criterios, tres elementos que tienden a equilibrar o a hacer menos gravoso para los trabajadores el tema de la subcontratación o la externalización de funciones.

Para comenzar, se exige una ponderación de por lo menos 15 por ciento respecto de las condiciones de remuneración de los trabajadores de las empresas que les ofrecen retirar la basura a los municipios.

Eso no existía antes. Alguien preguntará por qué se introduce esta legislación. Porque, de lo contario, eso no habría ocurrido. Lo que estamos haciendo mediante la presente iniciativa de ley, en relación con estas empresas -que siguen siendo tal vez importantes para el municipio, que no presta directamente la función, sino que la contrata en forma externa-, es exigirles ciertas condiciones respecto de sus trabajadores.

Por otro lado, está el tema del piso. Uno por definición habría pensado que una empresa subcontratada o externa a la cual se le compran los servicios no tiene vinculación con esto, pero se le exige de todas maneras un piso equivalente a un promedio no menor a tres meses de las remuneraciones devengadas.

O sea, nuevamente se establece un criterio.

Finalmente, está el tema de la dotación, que es bien interesante. No sé si ello se cumplirá del todo porque una cosa es cuando se licita, y otra si después, en la vida real, se va a fiscalizar. Pero, si entendí bien, la norma aprobada en la Comisión de Trabajo señala: "Mire, usted dice que desea prestar tal servicio de recolección de basura. Pero para estos efectos se requiere tanta dotación para cubrir tantas horas. Si lo que propone no me coincide, entonces podría quedar fuera de la licitación".

En otras palabras, se establece algo obvio: que no se pueden exceder las horas legales de trabajo. Eso es evidente.

En el fondo, la norma está señalando lo siguiente: "Usted, en su licitación inicial, en su propuesta debe hacer calzar las horas de trabajo con la dotación que está proponiendo".

Es decir, nuevamente se están fijando criterios para evitar ¿qué cosa? Que, al final del día, en función de la -comillas- "buena disposición" de los trabajadores, en aras de no perder su empleo o de no enemistarse con el empleador, ellos tengan que cumplir funciones incluso más allá de las horas extras para hacerse cargo de una situación.

Lo anterior impedirá tal vez la tentación de un empleador de presentar propuestas para llevarse el negocio de la basura con un número inferior de trabajadores.

Entonces, señor Presidente , la "belleza" -si usted me permite utilizar esa palabra- de este proyecto de ley es que trata de hacerse cargo de la externalización o la subcontratación de servicios, que es un tema bastante controvertido. Lo hemos visto en empresas nacionales como Codelco, pero esto trasciende a Chile: está presente también en países como Estados Unidos y otras potencias del mundo económico que hacen frente a la externalización incluso a nivel a internacional.

En definitiva, lo que se hace acá es decir: "Okay, ustedes pueden subcontratar, pueden tener externalización, pero para eso se deben cumplir algunos criterios desde el punto de vista de las condiciones laborales: higiene, seguridad, remuneraciones". Más allá de que no sean funcionarios de gobierno ni sean contratados directamente por el municipio, se les exige un piso mínimo.

Pienso que eso hace bastante más civilizatoria la situación.

En consecuencia, señor Presidente, voto entusiastamente a favor de este proyecto de ley.

El señor TUMA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor TUMA ( Presidente accidental ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (16 votos favorables y un pareo); por no haberse presentado indicaciones, queda aprobado también en particular y despachado en este trámite.

Votaron las señoras Allende, Goic y Van Rysselberghe y los señores Bianchi, García-Huidobro, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Montes, Ossandón, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

No votó, por estar pareado, el señor García.

El señor TUMA ( Presidente accidental ).-

Quiero señalar, Sus Señorías, que en la aprobación de esta iniciativa se da una situación bien especial.

En sesión celebrada el 4 de octubre de 2017, la Presidenta accidental de la Comisión de Trabajo, Senadora señora Adriana Muñoz, informó del fallecimiento de cuatro dirigentes de la Federación Nacional de Sindicatos de Aseo, Servicios, Rellenos Sanitarios y Afines de Chile (FENASERCH).

La referida instancia contó con la presencia de dos de esos dirigentes en la sesión del día 12 de julio de este mismo año.

Los trabajadores fallecidos son los señores Ricardo Erba Muñoz , Pablo Muñoz Pérez , Juan Pablo Méndez Espíndola y Luis Zapata González .

Creo que el mejor homenaje que este Senado les puede hacer es haber despachado este proyecto de ley, en el cual ellos estaban participando muy activamente.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 28 de noviembre, 2017. Oficio en Sesión 94. Legislatura 365.

Valparaíso, 28 de noviembre de 2017.

Nº 240/SEC/17

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, correspondiente al Boletín Nº 11.012-13, con las siguientes enmiendas:

ARTÍCULO ÚNICO

Número 1

Ha sustituido la expresión “inciso tercero” que propone, por “inciso quinto”.

Número 2

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“2. Intercálanse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto a ser quinto, sexto y séptimo, respectivamente:

“En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, barridos y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación, y la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al inicio del proceso licitatorio. El municipio deberá indicar en las bases de licitación, el referido promedio de remuneraciones de cada función, concernientes al proceso licitatorio anterior.

Para la ponderación del criterio señalado en el inciso anterior y el cálculo de las remuneraciones, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.

El porcentaje mencionado en el inciso segundo se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo, incluidas las horas extraordinarias y de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.”.”.

o o o

Ha contemplado el siguiente número 3, nuevo:

“3. Reemplázase en el inciso segundo, que ha pasado a ser inciso quinto, la expresión “Asimismo, en”, por la palabra “En”.”.

o o o

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 13.321, de 11 de mayo de 2017.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

EUGENIO TUMA ZEDÁN

Presidente (A) del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 07 de diciembre, 2017. Diario de Sesión en Sesión 99. Legislatura 365. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

INCENTIVO A MEJORAS DE REMUNERACIONES Y EMPLEO EN FAVOR DE TRABAJADORES QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A MUNICIPALIDADES EN RECOLECCIÓN, TRANSPORTE O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11012-13)

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar las modificaciones incorporadas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece normas que incentivan mejoras en las condiciones de remuneración y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 94ª de la presente legislatura, en 29 de noviembre de 2017. Documentos de la Cuenta N° 4.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Saludo con mucho aprecio a los dirigentes de los trabajadores de dichas empresas que nos acompañan en las tribunas.

Para iniciar el debate sobre las modificaciones del Senado, tiene la palabra el diputado David Sandoval .

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente, no cabe duda de que estamos frente a un proyecto que afecta a uno de los sectores más vulnerables del ámbito de la gestión y administración municipal: los trabajadores que prestan servicios externalizados a las municipalidades. Ellos cumplen una labor trascendente y forman parte de un servicio que da lugar a lo que muy probablemente sea el mayor contrato que un municipio suscribe con una empresa privada, ya que involucra el barrido de calles y el aseo y ornato de toda la comuna, ámbito en el que, indudablemente, se generan situaciones muy complejas desde el punto de vista del trabajo de quienes desarrollan esas labores.

Fui alcalde durante muchos años, de manera que sé de lo que estoy hablando.

Hace dos o tres semanas se acercaron a conversar conmigo algunas personas que se dedican al servicio de barrido de calles y mantención de áreas verdes en la ciudad de Coyhaique, capital de la Región de Aysén. Como acababa de terminar el proceso de licitación de los servicios que prestan y la nueva empresa que se adjudicó el contrato presentó una propuesta que considera una rebaja sustantiva en los costos, en los que se incluyen sus remuneraciones y otros beneficios que tanto les había costado conseguir, me manifestaron su preocupación.

Es indudable que la municipalidad de Coyhaique no previó que en ese proceso de licitación podrían verse afectados los trabajadores, razón por la cual debemos enfrentar de manera decisiva esa situación, ya que no es posible que sean esos trabajadores, que suelen ser los más vulnerables en la estructura orgánica de los municipios, dado que tienen menos protección institucional de sus derechos laborales, los que terminen pagando los costos y sean afectados por licitaciones como la que acaba de acontecer en Coyhaique, Región de Aysén, que perjudicará a decenas de trabajadores, pues el contrato con la nueva empresa significará para ellos una rebaja en sus remuneraciones, bonos y demás beneficios.

Este proyecto de ley apunta a corregir esa situación, así que los municipios deberán tener mucha precaución cuando liciten los servicios de aseo, de mantención de áreas verdes, de barrido de calles, etcétera.

Valoro la modificación que incorporó el Senado respecto de ponderar las remuneraciones de los últimos tres meses previos al proceso de licitación. Eso resguardará, al menos en parte, los legítimos avances, logros o conquistas que han alcanzado los trabajadores.

Debemos tener presente que la situación de estos trabajadores es especialmente precaria, dado que los contratos duran muy poco tiempo. Eso hace que estas personas estén en un estado permanente de incertidumbre, sobre todo respecto de lo que sucederá con sus remuneraciones cuando se realice el nuevo proceso de licitación.

Desde esa perspectiva, considero que la modificación apunta en la dirección correcta y que es una señal potente para los trabajadores y trabajadoras municipales de Coyhaique que se desempeñan en estas labores, pero también para la propia municipalidad, que no tuvo la precaución de prever que podía darse esta situación en el proceso de licitación, con lo cual terminó afectando a decenas de trabajadores, que hoy ven reducidas sus remuneraciones.

Espero sinceramente que, al amparo de este proyecto, que ya está en su último trámite, se pueda revertir esa situación y se reconsidere lo que fue un muy mal proceso de licitación, donde, curiosamente, quizás por dar demasiada importancia a los aspectos técnicos de la concesión -está bien que haya preocupación por ellos-, lamentablemente no se previeron los efectos negativos que se producirían en las remuneraciones de los trabajadores.

No es lógico que cada vez que se realice un proceso de licitación de esta naturaleza los trabajadores deban comenzar toda su lucha de nuevo y corran el riesgo de perder conquistas que mucho les había costado alcanzar, como pasó en esa comuna. Espero sinceramente que esa situación se corrija al amparo de esta futura ley.

Si bien es cierto que la licitación ya concluyó y se adjudicó el contrato, espero que se dé alguna solución a esa injusticia y no se afecte a los trabajadores, que son los que hacen la pega de limpiar las ciudades y mantener las áreas verdes y el ornato en las ciudades. Ellos reclaman permanentemente para obtener mejores condiciones de trabajo y calidad de vida, así es que no es justo que pierdan lo que tanto les ha costado conseguir.

Por lo tanto, con el mayor entusiasmo, votaremos a favor las modificaciones del Senado a esta iniciativa de ley.

He dicho.

El señor SABAG (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Claudio Arriagada .

El señor ARRIAGADA.-

Señor Presidente, una de las funciones privativas de las municipalidades es la de mantener el aseo y ornato de las comunas respectivas, labor que cumplen principalmente los servicios de extracción, transporte y disposición final de los residuos domiciliarios, función que en la mayoría de los casos es externalizado.

Se trata de un mercado bastante complejo. Tal vez la mayor complejidad dice relación con las condiciones laborales, con la estabilidad en el empleo y con el cumplimiento de los derechos de los trabajadores por parte de las empresas que prestan esos servicios.

De ello dan cuenta una serie de conflictos anteriores que se resolvieron a través de un proyecto de ley que se aprobó al inicio del mandato de la Presidenta Michelle Bachelet , mediante el cual el Estado realizó un aporte extraordinario para que las municipalidades pagaran beneficios y derechos a los trabajadores cuyo cumplimiento estaban pendientes.

La prioridad era que las municipalidades pagaran los beneficios y derechos que se adeudaban a los trabajadores. El aporte era para ellos, no para la empresa privada que los había contratado; los recursos se les entregaron a las municipalidades, que son corporaciones derecho público con patrimonio propio, no a las empresas con las que el municipio había celebrado el contrato para que realizara el servicio de aseo y ornato en la comuna respectiva. En consecuencia, lo que el municipio debía hacer era exigir el cumplimiento de ese contrato. Pero, en fin, así se dieron las cosas y sigue pendiente el respeto a las condiciones laborales.

Recordemos también que se trata de personas que corren detrás de un camión durante varias horas, de conductores que enfrentan todo tipo de obstáculos en barrios muy precarios, especialmente en algunas regiones y en algunas zonas de Santiago.

¡Y para qué hablar sobre el cumplimiento de otros derechos laborales establecidos en la ley, como el respeto al horario de colación y disponer de lugar adecuado para que puedan alimentarse o el derecho a contar con baños dignos y con el vestuario apropiado!

Los contratos separados de barrido de calle y de mantención de áreas verdes aumentan mucho más la precariedad de esos trabajadores. Incluso, tenemos el descaro, como lo señaló el diputado David Sandoval , de que en comunas como La Granja haya un empresario de apellido Hernández que contrata a la gente desde marzo a noviembre, por lo que esos trabajadores no van adquiriendo permanencia laboral y, en consecuencia, no tienen derecho a la indemnización del mes por año ni a vacaciones proporcionales.

Por lo tanto, falta mucho por avanzar respecto del cumplimiento de los derechos laborales de estos trabajadores.

El planteamiento que hicieron los propios trabajadores motivó a la Presidenta de la República a enviar a tramitación el respectivo proyecto de ley al Parlamento, el que ha sido mejorado por el Senado.

La ponderación sobre la continuidad de los trabajadores de la empresa que cesan en sus funciones es un avance significativo que hoy aprobaremos con mucho gusto. Sin embargo, debemos insistir en que aún está pendiente el porcentaje total de esa ponderación, que no necesariamente pesa para que las comunas tomen la decisión de otorgar la concesión o el contrato de recolección de residuos domiciliarios, barrido de calles y mantención de áreas verdes a la empresa que ofrece mejores condiciones a sus trabajadores.

Este es un avance importante, pero aún no hemos discutido las enfermedades de tipo laboral que se producen por ejercer esta función. En comisiones investigadoras y en el trabajo que hemos hecho sobre esta materia en el Parlamento durante estos años no hemos analizado a este sector, a pesar de que es uno de los más expuestos a sufrir serios accidentes laborales en el trayecto desde sus casas a sus lugares de trabajo, así como durante la realización de sus labores.

Es muy importante lo que hoy ocurre en ese sector, porque presta un servicio muy especial, y cuando se ve alterado por distintas razones, la población lo sufre. En ese sentido, nos ha tocado ver la acumulación de basura en las calles cuando se produjeron conflictos laborales que afectaron a esos trabajadores.

No podemos olvidar que numerosos municipios mantienen este servicio con auxiliares, que es el sector más mal remunerado del sistema municipal. Estos auxiliares se ubican en los escalafones más bajos, tienen remuneraciones muy pobres y no han recibido los beneficios que aquí se han otorgado durante los últimos años para ese mercado laboral.

Aprobaremos con mucho agrado las modificaciones del Senado, porque son sinónimo de justicia y del respeto que debemos profesar a todos los trabajadores, en particular a esta área tan sensible del país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor SABAG (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Andrade .

El señor ANDRADE.-

Señor Presidente, este proyecto de ley, que vamos a respaldar, pone en el debate un tema más de fondo, cual es que los procesos de tercerización o subcontratación han significado fundamentalmente precarización de los derechos laborales.

Antiguamente, cuando este tipo de servicios estaban entregados a los funcionarios de las plantas de los municipios, esos trabajadores tenían las mismas condiciones del estatuto municipal. En la medida que esto se tercerizó y salió de las municipalidades, se generó una precarización de los derechos de esos trabajadores.

Por eso, tenemos que hacernos cargo de una subcontratación que es impropia, que genera la necesidad de tener este tipo de normativa, pero que no se hace cargo del problema de fondo. Si la recolección y el manejo de los residuos, y el barrido de las calles son parte del giro exclusivo de las municipalidades, es decir, si se trata de una facultad privativa de los municipios, no se entiende por qué no lo hacen con trabajadores propios, quienes estarían vinculados laboralmente con esas instituciones.

Reitero: así como otras facultades privativas de las municipalidades se desarrollan con trabajadores de las plantas municipales, no se entiende por qué los trabajadores que realizan la recolección y el manejo de la basura tienen que ser tercerizados y trabajar como empleados de otras empresas, en lugar de pertenecer a la misma municipalidad donde realizan sus labores.

Esto pone en tela de juicio una discusión que es muy de fondo y que no hemos sabido afrontar, cual es la tercerización impropia, es decir, tercerizaciones de labores que son propias del giro de la empresa, en este caso la tercerización de labores privativas del municipio.

¿Con qué perspectiva? Precarizar derechos y pagar menos, porque entre cada licitación se produce esta situación de precariedad de no saber si siguen contratados o son despedidos si gana otra empresa; esta es la precariedad hecha carne.

De una vez por todas debemos hacernos cargo de este debate, el que, por cierto, no aborda el proyecto, que es más bien exiguo en ese sentido. Cuando lo único que pretende la tercerización impropia es precarizar derechos y pagar menos, es una mala tercerización, en la que no debemos perseverar; pero, desgraciadamente, en este país se ha transformado en algo común y permanente. No obstante lo dicho, no queremos hacernos cargo del problema simplemente porque es muy grande.

Insisto: este es el tema de fondo que debiéramos afrontar en algún momento. Existe un proyecto para eliminar la subcontratación impropia. Desgraciadamente, mi gobierno no ha tenido la disposición ni la vocación de respaldarlo, pero está planteado. No puede haber subcontratación respecto de labores que corresponden al giro propio de la empresa, porque lo único que se pretende con eso es pagar menos a los trabajadores y precarizar sus derechos.

Por lo tanto, mientras no resolvamos ese problema, seguiremos tramitando proyectos paliativos para resolver una situación que es de fondo, pero que no afrontamos.

Dicho eso, creo que este es un buen proyecto que se hace cargo solo de una situación específica, pero no considera ciertas materias. Como bien dijo el diputado Claudio Arriagada , no se hace cargo del problema del trabajo pesado ni de las enfermedades profesionales, que son muy propias de este tipo de empleo.

Pregúntense cuántos kilómetros caminan diariamente estas personas, qué enfermedades o problemas les genera a los choferes de los camiones embragar constantemente para que opere el sistema hidráulico de la comprensión de basura. Cuando nos preguntemos esas cosas, nos daremos cuenta de que este es claramente un sector en donde el trabajo pesado está completamente instalado.

Otra pregunta es cómo se fiscaliza la jornada laboral. Es obvio que aquí debiera operar una negociación colectiva ramal, que permitiera a todos estos trabajadores establecer una negociación nacional que fijara pisos mínimos para su trabajo cotidiano. Lamentablemente no es posible, porque tienen que negociar con su empresa y, a su vez, con el mandante, lo que constituye una de las negociaciones más hipócritas, porque negocian con su empleador; pero, en realidad, están negociando con la municipalidad.

Esto es muy similar a lo que ocurre con las manipuladoras de alimentos que trabajan en una escuela para dar alimentación a los alumnos de un establecimiento educacional municipal, pero que trabajan para una empresa privada, en circunstancias de que se trata de una tarea propia del municipio. Es más, no solo dan alimento a los alumnos, sino que en muchos casos alimentan a los profesores. A pesar de eso, esas trabajadoras deben estar pendientes cada año de su situación laboral, como que en enero y en febrero se quedan sin trabajo y que viene una nueva licitación.

Como dije, esta situación es similar a la de los trabajadores que aborda el proyecto, lo que confirma que se viven precariedades debido a que en Chile se ha abusado de la tercerización o subcontratación.

Ya conocimos la iniciativa original, a la que se incorporaron algunas cosas interesantes en la Cámara.

En primer lugar, que para su admisibilidad se estableciera un programa en gestión de riesgo, cuestión muy importante, dada la naturaleza del empleo.

En segundo lugar, se aumentó al 15 por ciento la ponderación para efectos del servicio, porcentaje que debe tener además 70 por ciento aplicado en lo remuneracional y 30 por ciento respecto de las condiciones de empleo, lo que claramente mejoró el proyecto de ley.

El Senado también mejoró el proyecto. Por ejemplo, le incorporó el servicio de barrido de calles, que no figuraba en el proyecto original, que solo hacía referencia a la recolección de basura; se estableció una remuneración mínima, y se incorporó como requisito de admisibilidad la presentación de una dotación suficiente para la prestación de servicios, con lo que el proyecto mejoró.

Sin embargo, seguimos soslayando el problema de fondo. Aquí hablamos de más de 30.000 trabajadores: alrededor de 15.000 realizan labores de barrido y recolección de residuos, y 18.000 están dedicados al cuidado de áreas verdes, situación que fue incorporada en la Cámara, porque en el proyecto original no figuraban los trabajadores que laboran en la mantención de las áreas verdes. En la Cámara los incorporamos. Costó; no fue fácil. Hubo que convencer -por supuesto que con buenas artesal Ejecutivo para que lo hiciera. No obstante, reitero, sigue pendiente el problema de fondo.

La subcontratación es sana cuando se subcontratan labores que no son propias del giro de la empresa. En el caso de las municipalidades, la recolección y manejo de residuos domiciliarios y la mantención de las áreas verdes son facultades privativas del giro del municipio, por lo que no corresponde su tercerización o subcontratación.

Mientras sigamos con esa lógica, deberemos seguir aprobando proyectos de esta naturaleza, porque de lo contrario esos “viejos” todos los años y en cada licitación van a sufrir la precariedad que hemos conocido, esto es, si siguen o no trabajando y si la empresa en la que laboran gana la licitación.

No quiero meterme en los “negociones” respecto de las licitaciones, porque esta es una industria que no solo recoge basura, sino que hace muchas cosas más. No quiero meterme en eso. Simplemente, me preocupa que cada año las víctimas de este proceso sean los trabajadores, quienes en cada licitación sufren el estrés que significa no saber si continuarán en su trabajo.

¿Cómo se resuelve eso? Haciéndonos cargo, de una vez por todas, de un debate que en Chile está pendiente sobre la tercerización impropia. No corresponde la subcontratación de labores propias del giro de la institución, en este caso, del municipio.

Antiguamente, los trabajadores de aseo y ornato eran funcionarios de la municipalidad. Me podrán dar muchas razones para la tercerización; pero cuando la razón real es precarizar los derechos de los trabajadores, pagarles menos e impedir que puedan negociar sus condiciones laborales, estamos ante una institución -la subcontratación o tercerización que ha sido mal utilizada por el mundo empresarial. Mientras no nos hagamos cargo de eso, tendremos un problema.

Quiero pedir a mi gobierno que nos hagamos cargo del proyecto de ley que prohíbe la subcontratación impropia en el giro de la empresa.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Melero .

El señor MELERO.-

Señor Presidente, los diputados de la Unión Demócrata Independiente vamos a apoyar con entusiasmo este proyecto de ley, porque corrige distorsiones y hace justicia en materia de remuneraciones no solo respecto de los trabajadores encargados de la recolección y disposición de residuos domiciliarios, sino también, como lo recordaba el diputado Osvaldo Andrade , de los trabajadores a cargo de la mantención de las áreas verdes. En la Comisión de Trabajo dimos la pelea para que los trabajadores de las áreas verdes no quedaran fuera de este proyecto.

¿Cuál es el concepto que se corrige y qué se quiere hacer?

Se pretende que en las licitaciones que se hacen en todos los municipios del país en materia de recolección de basura, se incorporen con mayor importancia, además del nivel de remuneraciones, las condiciones de trabajo que ofrece el licitante, por ejemplo, uniformes, acceso a los servicios sanitarios; protección ante la exposición al sol, a la lluvia y a otras dificultades que estos trabajadores deben enfrentar.

No puede ser que lo único importante sea el monto de dinero que el trabajador recibe a fin de mes, lo que por cierto es importante, pero no es lo único a considerar al momento de adjudicar a una empresa la licitación.

En tal sentido, recordemos que durante 2016 la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo transfirió más de 15.000 millones de pesos a los municipios para efectuar estos pagos. Sin embargo, encontramos que existen diferencias salariales muy grandes. Así, por ejemplo, hay municipios en los cuales el chofer de un camión recolector de basura recibe menos de 600.000 pesos mensuales, mientras que el chofer de un municipio contiguo puede superar con creces esa cifra, a pesar de cumplir las mismas funciones.

Por lo tanto, resulta importante establecer criterios que mejoren las condiciones de trabajo de estas personas, porque muchas veces son deplorables. A modo de ejemplo, puedo decir que un recolector de basura camina cerca de 24 kilómetros diarios, y se ve imposibilitado incluso de hacer sus necesidades básicas. Esas son las condiciones en que muchas veces los trabajadores de recolección de basura ejercen su función.

¡Caminan 24 kilómetros al día sin tener la posibilidad de ir al baño o de hacer un paréntesis para tomarse un café o gozar de un momento de descanso! Aquí no existe la ley de la silla. Los derechos de esos trabajadores son vulnerados muchas veces. Por consiguiente, nos pareció fundamental que las condiciones de trabajo debían mejorarse.

En ese contexto surge esta iniciativa como una forma de mejorar las condiciones de trabajo y premiar a aquellas empresas que otorguen mayores beneficios y remuneraciones a sus trabajadores.

Como se recordará, esto también lo hicimos con las manipuladoras de alimentos y con otros trabajadores, de manera tal que las licitaciones no se centren solo en el aspecto económico, sino también en lo social y en las condiciones que tiene el trabajador para desarrollar su labor. Se trata de establecer una visión más humana que comprenda que el trabajo debe hacerse en buenas condiciones, porque de lo contrario se perjudica al trabajador, que sufre enfermedades y otros problemas, y, por ende, brinda un peor servicio.

El proyecto original traía una ponderación del 10 por ciento para las condiciones de los trabajadores. Nosotros la subimos a 15 por ciento, con el objeto de mejorar este factor. Además, se separaron la ponderación de las remuneraciones de la relativa a las condiciones del empleo.

Adicionalmente, la indicación que presentamos agregó a los trabajadores que se desempeñan en el cuidado y mantención de las áreas verdes, e incorporó que será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de riesgos presentes en el trabajo.

Apoyaremos con mucho entusiasmo este proyecto de ley porque incorpora mayor justicia social y mejora las condiciones de trabajo, y porque existe la necesidad urgente de buscar igualar las remuneraciones entre los municipios.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas .

El señor VENEGAS.-

Señor Presidente, no pude evitar inscribirme para intervenir en la discusión de este proyecto al recordar la conversación que tuve con los trabajadores que se desempeñan en las funciones de aseo, ornato y recolección de basura en Angol, ciudad que represento, capital de la provincia de Malleco.

Cuando visité el vertedero -recordemos que existe un problema gravísimo en relación con las condiciones para depositar los residuos en la mayoría de nuestras ciudades, o por lo menos, en la Región de La Araucanía pude comprobar que no reúne las condiciones mínimas para los trabajadores. Sus condiciones laborales son inimaginables para la mayoría de los ciudadanos comunes y corrientes.

Yo estuve en el vertedero con los trabajadores y las trabajadoras, y pude comprobar que no tienen lugares decentes donde hacer sus necesidades básicas o poder bañarse, limpiarse, alimentarse, etcétera. Además, existe una gran precarización de las condiciones laborales porque, como decía el diputado Andrade , no se trata solo del sueldo final, sino también de las condiciones de trabajo. En tal sentido, hay que preguntarse si los trabajadores cuentan con ropa adecuada, guantes, protecciones contra las inclemencias del tiempo, etcétera. La verdad es que uno queda muy impresionado cuando aprecia las condiciones de trabajo, porque hay una lógica que provoca que la empresa que postula a la concesión del trabajo o servicio reduzca al máximo los costos. Y tenemos un modelo en donde postulan grandes empresas a nivel nacional. En este sentido, me llamó la atención la empresa que licitó en Angol, pero que tenía su casa matriz en la Región Metropolitana. Solo mantenía un par de representantes en la ciudad para resolver los problemas de los trabajadores.

Tal como explicaba el diputado Andrade , un gran conocedor del tema, la tercerización de actividades propias de los municipios, como barrido, aseo, ornato y mantención de áreas verdes está en la raíz de esta situación, que guarda relación con otra crisis en la que el Estado, una vez más, tuvo que entregar plata adicional a los municipios para solucionarla. En el gobierno anterior se inyectaron del orden de 16.500 millones de pesos anuales -no es poco dinero con el propósito de mejorar las condiciones laborales de esos trabajadores y trabajadoras.

Para mejorar las condiciones de trabajo y de ingresos de los trabajadores, el proyecto da una señal clara cuando establece que la ponderación del criterio referido a mejores condiciones de empleo y remuneraciones no podrá ser inferior al 15 por ciento de la evaluación total de aquellas empresas que postulen a licitaciones para la recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

Todavía queda mucho por hacer en esta materia; sin embargo, estimo que el proyecto va en el sentido correcto. Doy testimonio nuevamente -lo he apreciado directamente de las precarias condiciones de estos trabajadores y trabajadoras. La gente que trabaja en el rubro no tiene garantizada la continuidad en su labor, pues cada vez que llega una nueva empresa, esta cambia su gente.

Cuando los trabajadores -como en el caso que comentaba se organizan para defender sus intereses, estas empresas, sin expresión concreta, utilizan prácticas antisindicales y echan a los dirigentes por ser molestosos, conflictivos, etcétera.

Con mucho entusiasmo apoyaré el proyecto. Estos trabajadores hacen una pega muy necesaria para todos, a veces bajo abusos y malas condiciones de trabajo.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Tucapel Jiménez .

El señor JIMÉNEZ.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los dirigentes que se encuentran en las tribunas.

Este proyecto, necesario por la realidad que vivimos en Chile, busca mejorar las remuneraciones de los trabajadores a través del establecimiento de mayores exigencias en las licitaciones que tengan por objeto la contratación, por parte de las municipalidades, de servicios externalizados para la recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

La subcontratación -mencionada por varios diputados, entre ellos Osvaldo Andrade y Mario Venegas no es más que sinónimo de precarización laboral. No hay otra palabra para ello, porque con la subcontratación se busca pagar menos a los trabajadores y bajar costos. Durante años hemos discutido sobre esta práctica laboral. Lo malo es que los aparatos públicos, como los municipios, también caen en el juego de la subcontratación y se abusa de los trabajadores. Se trata de una modalidad que se encuentra instalada en el mundo privado y contra la cual ha costado mucho luchar. Basta recordar que cuando se quiso eliminar la subcontratación fue la derecha, a través de la senadora Evelyn Matthei , la que planteó cuestión de constitucionalidad.

Hay visiones diferentes de cómo se construye, se hace crecer y se desarrolla un país. Son diferencias que es necesario tener en cuenta, sobre todo ahora que estamos ad portas de una elección presidencial. Nos jugamos un modelo de sociedad. Son legítimas otras posiciones, porque ellos creen que bajo su visión, en que todo está en manos del mercado y en que este regula todo, le va a ir mejor al país, y que en base a aquello, con pleno empleo -del que siempre hablan-, el mercado mejore las condiciones y eleve los sueldos de los trabajadores. Nosotros creemos que no es así, que tiene que ser distinto y que los trabajadores deben trabajar en las mejores condiciones.

Algunos diputados mencionaron el trabajo que realizan cada día. No sé cuántas horas caminarán por día. Uno los ve cuando se cruzan en las calles, y la mayoría de los conductores de vehículos no respetan su trabajo, por lo que me imagino que debe ser víctimas de muchos accidentes al tratar de cruzar la calle frente a algún vehículo o al caerse del camión, etcétera. Además, no tienen baño y no comen durante muchas horas, etcétera.

Yo siempre lo repito: en los países desarrollados esta es una pega muy bien pagada. Recuerdo que, cuando llegué a Suecia, era imposible entrar a trabajar en ese rubro, lo que me parecía muy raro, porque venía con la visión de Chile; pero resulta que es un trabajo muy bien pagado, por lo que significa el trabajo en sí mismo. Es sumamente reconocido y donde más se gana. Por lo tanto, no hay deserción laboral. ¡No se va nadie! Para entrar hay que esperar que alguien jubile.

Sé que estamos a años luz de esa experiencia, pero es un ejemplo para ilustrar las diferencias que tenemos con los países desarrollados.

Este proyecto es un avance, aunque pequeño, pero va en la dirección correcta. Algún día lograremos que la subcontratación cumpla con lo que tiene que cumplir. Es imposible, es ilógico y le hace mal al país entender que hay una subcontratación cuando se cumple la misma función y se crean trabajadores de primera y de segunda categoría. El mismo diputado Melero lo dijo, y hay muchos ejemplos. Un chofer contratado por un municipio -uno de los pocos que quedan que todavía se hacen cargo de esta función ganaba 600.000 o 700.000 pesos, mientras que otro, contratado por una empresa subcontratista, ganaba la mitad o un porcentaje mucho menor, y eso va creando diferencias entre los propios trabajadores, que no es conveniente y no ayuda, porque si todos cumplen la misma función, deberían tener el mismo sueldo. Con todo, insisto en que este es un avance.

Hago un reconocimiento, no solo a lo que han hecho los dirigentes, sino también a su responsabilidad. Ellos saben lo que pasa. Alguien se refirió a los sindicatos, a quienes les cuesta mucho organizarse, porque no es fácil, sobre todo cuando trabajan en empresas contratistas. Esos dirigentes son muy responsables, porque saben que si se paran, en dos días dejan la “escoba” en el país. De hecho, han paralizado dos veces, porque se han visto obligados, ya que han agotado todas las instancias previas de diálogo. Insisto: saben que tienen “la sartén por el mango” -como se dice en buen chileno-, pero han mostrado una responsabilidad pocas veces reconocida.

Por lo tanto, me saco el sombrero ante ustedes, ante lo que representan, por la labor que hacen y por la responsabilidad que tienen con el país.

Así como ha sucedido con este proyecto -que vamos a aprobar, porque veo que hay consenso para hacerlo-, espero que sigamos legislando mejores iniciativas, a fin de que ustedes continúen desempeñándose en mejores condiciones y con buenos sueldos, como debería ser en Chile para todos nuestros trabajadores y trabajadoras.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Rincón .

El señor RINCÓN.-

Señor Presidente, voy a partir por refrendar lo dicho por mi colega y amigo Tucapel Jiménez .

Creo que poco reconocimiento tiene esta labor, que de suspenderse o paralizarse, por cualquier razón -incluso un desastre de la naturaleza, como ha ocurrido en Chile, porque regularmente somos víctimas en tal sentido-, genera un impacto inconmensurable en las familias, en la sociedad y en el país. Este trabajo periódico, sistemático, constante, metódico, con una carga no menor -como conversábamos con el diputado Arriagada -, donde muchas veces los operarios tienen que correr detrás de un camión para hacer su trabajo, no tiene suficiente valoración en Chile. ¡No la tiene! Por eso inicié mi intervención con una adhesión a lo dicho por el diputado Tucapel Jiménez , pues este proyecto es un avance pequeño que debe ir también en la línea del reconocimiento a una actividad que está escondida e invisible. Algunos ni siquiera saben a qué hora pasan por sus casas y probablemente muchos ni siquiera los conocen. En general, no tienen rostro para las personas y sus familias. Y tal vez con ese sobre de fin de año -que bien podrían pasar todos los meses-, algunos reparan en su existencia.

Es un trabajo noble, sacrificado, pero invisible. Y la Cámara de Diputados hace bien en aprobar, ojalá unánimemente, este proyecto, aunque sea un avance pequeño. El guarismo de ponderación es de 15 por ciento -me gustaría que fuera más, y seguramente a mi colega y amigo Tucapel Jiménez también, al igual que a otros diputados-, y por eso debemos hacer esfuerzos para ver de qué manera seguimos legislando para que mejore. Es un paso, que va en la dirección correcta, pero que debe ir de la mano de la visibilización, del reconocimiento a una labor que es fundamental, pero que, lamentablemente, está invisibilizada en nuestra sociedad.

En general, es una labor desempeñada por hombres -no he conocido mujeres, pero sé que hay, aunque pocas-, padres de familia, que sudan la gota gorda recorriendo calles, pasajes y avenidas para retirar la basura de nuestros hogares, que está invisibilizada. Y esos trabajadores tienen familias, tienen hijos, tienen hijas, esposas, madres, y con mucho esfuerzo realizan un trabajo para generar el sustento de su hogar.

En todo caso, nuestra preocupación debería ir mucho más allá, porque el tema de la basura abarca muchos aspectos. ¡Qué decir de los recolectores cartoneros, por ejemplo, que con su pequeña contribución aportan muchísimo, pero que no son considerados en esta escala!

En un planeta que se llena de basura, que trata de combatir las bolsas de plástico, los recolectores cartoneros, de bolsas, de chatarra, de plástico, de botellas de plástico y de botellas de vidrio deberían estar considerados en una cadena fundamental, que debería ser, incluso, fecunda en la generación de procesos productivos positivos a partir de la basura. Pero eso aún no ocurre en la debida forma en Chile. Aún disponemos la basura en lechos de tierra, donde con membranas de dudosa calidad y efectividad tecnológica se pretende proteger los suelos que se utilizan como depositarios de basura, donde ni siquiera se realiza un adecuado control de los líquidos que se generan y de los gases que de allí emanan.

Como país, tenemos una deuda pendiente en esta materia, que constituye una obligación no solo con los trabajadores que realizan directamente esa labor de recolección, casa por casa, sino también con quienes están relacionados con ellos, como los recolectores de vidrios, plásticos, cartones y desechos de todo tipo, y quienes desempeñan actividades complementarias, como el transporte y disposición final de los residuos, y el tratamiento de los mismos. Aún nada de eso ha sido desarrollado suficientemente en Chile.

Este proyecto, que incentiva condiciones laborales mínimas, adecuadas y humanas, va en la dirección correcta, aunque sea un pasito pequeño. Ello motiva su aprobación.

Por eso, al igual que lo hará la bancada del Partido Demócrata Cristiano, comprometo mi voto favorable a esta iniciativa.

He dicho.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Letelier .

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, todos los discursos han apuntado en una misma línea, con la diferencia de que cuando se menciona a Suecia, como lo hizo mi compañero y amigo Tucapel Jiménez , hay que aclarar que en ese país el municipio es dueño del camión y del servicio sin la intervención de terceros, y existen leyes laborales que están a años luz de las nuestras, porque allá incluso los conservadores en su momento estuvieron dispuestos a que los trabajadores tuvieran un trabajo y un salario dignos, para una vida digna. En cambio, en Chile, cuando se trata de hacer mejoras para los trabajadores, se recurre al Tribunal Constitucional.

Si queremos tener un país desarrollado, en el que, sobre todo -lo que más me preocupa-, haya paz ciudadana, paz social, obviamente los que ganan más deben tributar más -esto no significa meter la mano al bolsillo-, como lo hacen los suecos, los británicos, los alemanes, los holandeses, en fin, los países desarrollados con los que Chile, a veces, se compara.

Sin embargo, el de la basura es un negocio al que nadie se atreve a meterle mano, porque es un negocio negro, sucio, porque en él corre plata y porque muchas veces al alcalde no le importa cómo les va a los trabajadores; total, él ya se arregló.

¡Lo digo desde este pupitre responsablemente! ¡El negocio de la basura significa que corre plata! Por ello, es obvio que la situación de los trabajadores es algo absolutamente secundario para muchos alcaldes. No digo que sea así para todos.

En esta materia aún hay mucho que avanzar, pero avancemos con franqueza y transparencia. Siempre estamos poniendo parches y dando pinceladas sin resolver el problema de fondo: cómo lograr que este trabajo, que en muchos países es digno, bien remunerado, reconocido y altamente necesario, sea visto en Chile con esa misma mirada. Como somos un país clasista, obviamente la recolección de residuos domiciliarios es considerado como el último trabajo, sin tener conciencia de que se trata de un servicio super importante para que vivamos con dignidad, con higiene, con limpieza, con estética, etcétera.

Se habla de pagarles menos a los trabajadores. ¡En Chile existe una política institucionalizada de externalizar los servicios! Veamos el caso de Codelco: sus servicios están externalizados; contrata empresas terceristas. Existe la mentalidad de que el Estado no debe meterse o de que las instituciones del Estado como los municipios no deben meterse. Creo que hemos llegado a una exageración que no se ve en otra parte del mundo.

Obviamente estamos dispuestos a que este proyecto avance, porque agrega un inciso segundo nuevo en el artículo 6º de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Felicitamos a quienes trabajaron en este proyecto y valoramos que la labor de las comisiones apunte a esta línea.

No tengo la menor duda de que esta iniciativa será aprobada por unanimidad, dados los discursos que se han pronunciado. Lo menos que podemos hacer por aquellos que se preocupan día a día por la sociedad, por todos nosotros, es aprobar una normativa a la altura de sus demandas y necesidades, algo a lo que todos aspiramos.

He dicho.

El señor SABAG (vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES.-

Señor Presidente, me alegro de que nuevamente tratemos este tema y de que no estemos preocupándonos de la recolección de residuos sólidos y del tratamiento de las áreas verdes en las ciudades -que tanta falta nos hace solo cuando hay una paralización de ese servicio. En efecto, cuando esto ocurre, todos visibilizan la importancia de esa tarea, que es de las más duras que puede enfrentar un trabajador.

Celebro que estemos debatiendo este proyecto porque constituye un incentivo a la mejora, pues busca asegurar las condiciones de las licitaciones públicas de los servicios de recolección, transporte y disposición de la basura domiciliaria, y de mantención de áreas verdes; pero en sí mismo no mejora las condiciones laborales de quienes realizan ese trabajo.

Reitero: este es un proyecto que asegura las condiciones de la licitación, pero no garantiza una mejora efectiva en las condiciones laborales de los trabajadores. Lo que busca asegurar son las condiciones para que no se cometan abusos o no se provoque una pérdida de calidad en las condiciones laborales. En ese sentido, busca mantener el criterio al alza en el monto de las remuneraciones, pues se trabajará sobre la base de los promedios de las licitaciones anteriores, lo que permitirá asegurar que, a lo menos, las nuevas condiciones sean iguales o superiores; asegurar que se cumplan los horarios de la jornada laboral, de modo que si hay horas extras, estas sean debidamente reconocidas; que se haga una gestión para disminuir los riesgos a los que están sometidos los trabajadores o trabajadoras; y que exista una dotación básica en las empresas que van a participar en los procesos de licitación, a fin de asegurar que se cumplan las jornadas laborales y no se sobrecargue a los trabajadores por el hecho de que hay que cumplir con una exigencia de la ciudad o de la vida en comunidad.

Tenemos claro -en los discursos anteriores así se ha señalado que este proyecto constituye un logro, un avance; pero –insisto aún está lejos de generar la justicia laboral para uno de los rubros más exigentes, más difíciles y, tal vez, más desgastantes para un trabajador.

El colega Melero bien dijo que un trabajador del servicio de recolección podría recorrer entre 20 y 25 kilómetros durante su jornada; pero ocurre que ese trabajador no recorre esa distancia caminando. Represento a la Región de Los Ríos, donde llueve la mayor parte del año. Allí vemos a los trabajadores que, si bien tienen sus uniformes, como consecuencia de que van al trote al lado del camión se sacan la ropa de agua y se desplazan empapados mientras realizan su tarea. Y no van al trote como lo haría cualquiera de nosotros que practique footing en alguna vía pública, sino que lo hacen con zapatones de trabajo, con pantalones de agua y con varios kilos de residuos sólidos en las manos tratando de alcanzar el camión para depositarlos.

Debe ser uno de los trabajos más duros e ingratos. ¿Por qué ingratos? Porque si estuviéramos en Suecia, como dijo el diputado Tucapel Jiménez , recibirían una remuneración acorde con el tremendo esfuerzo físico que hacen y con el tremendo riesgo que significa para ellos manipular bolsas cuyo contenido puede generar daño a su salud: jeringas usadas, vidrios rotos y todo lo que contiene una bolsa de basura. Esa circunstancia no se condice con sus remuneraciones o con sus condiciones laborales.

Creo que debemos ser un poco más avezados en esta materia. Quisiera alguna vez discutir un proyecto que tenga por objeto que los trabajadores del aseo sean parte de la obligación municipal, porque eso es lo que establece la ley de municipios. Lo que dispone esa normativa es que las municipalidades tienen a su cargo exclusivamente el aseo y el ornato de las ciudades. Por lo tanto, los trabajadores que realizan esos trabajos debieran ser parte de esa obligación legal que tienen los municipios, ya que eso les permitiría tener otras ventajas, no solo un contrato mientras dure el plazo de vigencia de la licitación pública.

Señalo lo anterior porque lo que estamos discutiendo, para que no nos confundamos, es lo que propone establecer este proyecto, modificado por el Senado, exclusivamente en relación con las licitaciones públicas de esos servicios externalizados de las municipalidades. El objetivo es no solo asegurar las condiciones de competencia entre las distintas empresas oferentes, sino que no se abuse de esos trabajadores; es decir, que para maximizar las utilidades no se minimicen sus condiciones laborales. Lo que plantea no es más que eso.

De allí que si se ofrece lo mismo que en la licitación anterior, si no se presentan ofertas mejores, deberá quedar lo que había. Dicho de otro modo, si las condiciones laborales son las mismas que en las ofertas anteriores, estas deberán mantenerse.

Si bien no estamos avanzando en términos de lograr una justicia laboral plena para esos trabajadores, lo que propone la iniciativa constituye un avance. Por esa razón, voy a votar a favor las modificaciones del Senado, tal como creo que procederá la mayoría de los colegas en esta Sala.

El llamado es a legislar en favor de quienes realizan este tipo de trabajo, el cual tal vez la gran mayoría en nuestro país no está dispuesto a realizar, primero, porque se trabaja con las manos con algo que es despreciado por la mayoría de los ciudadanos; segundo, por el riesgo que tienen quienes lo realizan de herirse, cortarse, contaminarse, enfermarse o de caer desde el camión en el que van colgados en la pisadera. Además, son pocas las personas que están dispuestas a andar trotando con ropa de trabajo todo el día, desde la mañana hasta la noche.

Este tipo de trabajo obliga a contar con una remuneración especial, puesto que, tal como se ha dicho tantas veces, cada vez que los trabajadores que se desempeñan en estas faenas paralizan sus actividades, las ciudades se invaden de basura. Es en esos momentos cuando tomamos conciencia de que se debe hacer algo en favor de esos trabajadores; solo en esos momentos se dicen estas cosas.

Este proyecto es un avance, pero aún es insuficiente y está lejos de lo que los trabajadores de aseo y ornato necesitan, así como de lo que quienes vivimos en las ciudades requerimos para que esas personas puedan hacer cada vez mejor su trabajo, por duro que sea.

En consecuencia, anuncio que votaré a favor las enmiendas introducidas por el Senado, pero quiero señalar que me queda una sensación de dulce y agraz, pues hubiese preferido haber discutido un proyecto que en verdad diera cuenta del enorme esfuerzo que realizan y de los riesgos que corren los trabajadores que llevan a cabo la disposición final de los residuos sólidos domiciliarios.

He dicho.

El señor SABAG (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Rodrigo González .

El señor GONZÁLEZ.-

Señor Presidente, suscribo plenamente lo expresado por los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, en especial lo planteado por el diputado Iván Flores.

En las tribunas se encuentran los representantes de los trabajadores que prestan este servicio externalizado para las municipalidades. Ellos -a quienes saludo-, con gran interés han seguido este debate, puesto que dice relación con las modificaciones que ha introducido el Senado a un proyecto de ley que les hace mínima justicia, ya que se requeriría mucho más en favor del trabajo que realizan los esforzados trabajadores del área de aseo y de jardines en nuestros municipios.

No obstante, no cabe duda de que este proyecto constituye un avance, en el sentido de que obliga a las empresas concesionarias a que por lo menos puedan respetar las condiciones laborales y remuneracionales mínimas de esos trabajadores.

El sistema de concesiones, licitaciones y contrataciones externalizadas de los servicios públicos ha llegado a un límite en el cual a la mayor parte de los trabajadores se les paga siempre el mínimo aceptable, y cuyas condiciones de trabajo también son básicas.

En ese sentido, tanto los municipios como otros niveles del sistema público no han hecho el esfuerzo necesario para que esos trabajadores puedan contar con condiciones laborales y remuneraciones mínimas, tal como sucede en el caso de otras empresas del sector público y privado. Las formas en que se desarrollan esas licitaciones los dejan finalmente en condiciones tremendamente desmedradas.

Esa es la experiencia que se ha vivido en muchos municipios. Al respecto, recuerdo el período en que me correspondió encabezar el municipio de Viña del Mar, en el que establecimos criterios de mayor exigencia para las empresas en cuanto a las condiciones laborales para sus trabajadores.

En todos los casos se debieran establecer condiciones de remuneraciones y de trabajo en las bases de la licitación, a fin de que a las empresas de servicios externalizados se les diera la oportunidad de compartir con sus trabajadores las tremendas utilidades y los tremendos beneficios que obtienen.

Creo que, en general, la externalización de servicios no ha sido una buena experiencia en gran cantidad de sectores de servicios públicos, porque se presta para muchos abusos y genera enorme inseguridad laboral en los trabajadores. Lo señalo porque con posterioridad al período de licitación los trabajadores siempre se encuentran sobre la cuerda floja, con la espada de Damocles encima, con el temor de que su trabajo vaya a cesar y que una nueva empresa pueda llegar a licitar y nos les asegure su trabajo ni sus condiciones laborales.

Por lo tanto, tal como lo dijo el diputado Flores, lo que se requiere es un planteamiento más general. Se necesita que el Estado, a través del establecimiento de diferentes normas, regule mucho mejor esas condiciones y que dé garantías a los trabajadores de las empresas licitadas de que se les asegurarán las mínimas condiciones existentes en el mercado, en el sector general de las empresas.

Dicho esto, los avances que aquí se plantean son aceptables, de manera que vamos a votar a favor las modificaciones del Senado. No obstante, creo que debiéramos estimular la emulación de procesos que han sido muy ejemplares y estimulantes en varios municipios, los que han ofrecido a sus trabajadores la posibilidad de lograr, a través de autogestión y autoorganización, la constitución de entidades generadas por ellos mismos para poder participar en las licitaciones.

Conozco la experiencia de los trabajadores de Maipú, donde, a través de la empresa cooperativa Prymave , los trabajadores se han organizado y ganaron la licitación de los servicios de áreas verdes y de ornato. Por cierto, allí las remuneraciones y las condiciones de trabajo son mucho mejores, ya que las utilidades se distribuyen hacia los trabajadores. Con ello se logra mejor armonía, mayor interés e involucramiento de los trabajadores en las funciones que cumplen al interior de los municipios.

Ese ejemplo debiera empezar a generalizarse, y los municipios, dar mayores facilidades para que empresas autogestionadas por los trabajadores o cooperativas puedan ser licitantes. Por su parte, BancoEstado debiera favorecer las condiciones de crédito, y el Estado debiera brindar la asistencia técnica que se requiere, con el objeto de que sean los trabajadores los que organizadamente presenten las condiciones de licitación.

La experiencia de Prymave se ha ido multiplicando. De hecho, ayer tuve conocimiento de que en Valparaíso un sindicato de trabajadores, transformado en cooperativa, se ha adjudicado una licitación de servicio externalizado en algunos municipios.

Ese ejemplo debiera ser seguido, pero exige un esfuerzo por parte de los trabajadores para que se potencien, se profesionalicen y que mejoren el estudio de las condiciones de trabajo que se desarrollan en los respectivos servicios que prestan, lo que les permitirá generar condiciones laborales mucho más aceptables y solucionar los abusos que se han cometido.

Quiero recordar que en el caso de las manipuladoras de alimento, en el caso de la Junaeb, la Cámara legisló respecto de esa materia y estableció, por ejemplo, que los periodos de vacaciones y de descanso de los trabajadores también merecían ser remunerados, cosa que no sucedía en el caso de las manipuladoras. Además, se establecieron bonos de beneficio y de desempeño con la finalidad de mejorar sus remuneraciones.

Los casos señalados constituyen un ejemplo que debiera seguir un Estado garante, que se preocupa por la situación de sus trabajadores, porque en muchos casos ha demostrado ser bastante mal empleador.

En consecuencia, no obstante que este proyecto no reúne todas las condiciones para señalar que debe ser aprobado sin ninguna observación, quiero reiterar que apoyaremos las modificaciones del Senado.

Finalmente, esperamos que esta iniciativa sirva de ejemplo, y felicitamos a los trabajadores que serán beneficiados por este avance.

He dicho.

El señor SABAG (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo .

La señora VALLEJO (doña Camila).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los trabajadores que presencian este debate desde las tribunas, quienes han dado una gran pelea por mejorar sus condiciones laborales, tanto de ingresos como de estabilidad laboral en las empresas que prestan servicios a las municipalidades en el rubro del que trata esta iniciativa.

No fui parte del debate en particular del proyecto de ley, pues no integro la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, pero sí hemos tenido experiencias similares -lo mencionó el diputado Rodrigo González por nuestro trabajo en la Comisión de Educación y, particularmente, en la comisión investigadora de la Junaeb, en la que se analizó el caso de las manipuladoras de alimentos.

Ahí se planteó un debate muy interesante, que creo que es el fondo de este asunto: si es prudente, desde el punto de vista de los derechos laborales de los trabadores y trabajadoras en ese caso son mujeres-, estar licitando periódicamente funciones que corresponden al servicio público.

En el caso de las manipuladoras, ellas cumplen la función de alimentar a los niños y niñas de los establecimientos educacionales, pues no es posible que funcionen sin dar adecuada alimentación a los alumnos. Si ello no ocurre, el Estado no puede cumplir su obligación de garantizar el ejercicio del derecho a la educación.

Entonces, surgió la pregunta, más bien la inquietud, en cuanto a si era necesario mantener esa lógica de estar licitando cada tres años una función que es permanente y que requiere, además, que las trabajadoras se capaciten, se desarrollen, se formen y se perfeccionen constantemente para mejorar el servicio de alimentación y que por esa vía, a su vez, mejore el servicio educacional.

Ese debate se recogió en el informe de la comisión investigadora, en la cual, a modo de conclusión, se planteó la inquietud o posibilidad de avanzar hacia una especie de provisión directa del servicio de alimentación por los propios establecimientos educacionales, caso en el cual las manipuladoras pasarían a ser funcionarias directas de un servicio público.

Compartimos la misma opinión respecto a estas funciones permanentes del municipio. Es responsabilidad y obligación de la municipalidad respectiva mantener el aseo, el ornato, la recolección de residuos domiciliarios y la gestión de los residuos en general en la comuna, con todo lo que tiene que ver con el reciclaje y la reutilización. Hoy no solo se trata del residuo domiciliario que proviene de la alimentación, sino también de muchos otros residuos que, como hemos visto en La Pintana, se depositan en veredas y aceras de las calles, lo cual genera un problema que es responsabilidad del municipio atender y solucionar.

Por lo tanto, desde nuestro punto de vista, no es sostenible la fórmula de la licitación. Sin embargo, creemos que, en tanto no se revierta aquello, debemos avanzar para garantizar mayor estabilidad, mejores ingresos, mejores condiciones laborales, aunque nunca serán suficientes, porque ningún trabajador o trabajadora puede planificar su vida y la de su familia con solo tres años de estabilidad laboral; o sea, con trabajo seguro de uno a tres años, a lo más. ¿Y luego qué? ¿Cómo planifica su vida esa mujer trabajadora, a lo mejor madre soltera?

¿Cómo planifica el pago del dividendo de la casa que compró? ¿Cómo planifica el desarrollo de su vida familiar si vive con esa incertidumbre?

Por lo tanto, es necesario avanzar hacia un nuevo modelo. Mientras tanto, valoramos que se haya aumentado la ponderación de los sueldos en las bases de licitación. Creemos que eso debe asegurarse como piso, de manera que en los siguientes procesos de licitación no se pueda bajar de la base de lo que ya conquistaron los trabajadores.

Entonces -reitero-, me parece bien que las bases de licitación recojan el promedio de las remuneraciones. Esa fue una modificación del Senado para garantizar la continuidad de los buenos ingresos. También es importante que las demás condiciones laborales tengan una ponderación mayor.

Compartimos con los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra que este debate es un avance que no podemos rechazar. Es una pelea que ustedes han dado y la vamos a apoyar como bancada, pero pueden contar con nosotros para otras iniciativas legales que nos permitan avanzar más allá de lo que estamos logrando con esta iniciativa.

He dicho.

La señora PASCAL, doña Denise (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señora Presidenta, por su intermedio saludo a los dirigentes de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados de aseo y ornato a las municipalidades, quienes nos acompañan desde las tribunas. Asimismo, saludo al subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, quien se encuentra en la Sala.

En lo esencial, valoro este proyecto porque avanza, aunque tímidamente, en promover una mejora en las condiciones de trabajo y salariales de las personas que realizan labores de aseo en las comunas, por la vía de otorgar un mayor puntaje en las licitaciones a las empresas que aseguren un mejor trato a sus trabajadores en esos aspectos, lo que se ponderará con un 15 por ciento de la evaluación total.

Algo similar se hizo en el caso de las manipuladoras de alimentos que desarrollan su labor en los establecimientos educacionales al amparo de los municipios.

Se estima que en este sector trabajan más de 10.000 personas y que en 263 de las 345 comunas del país el servicio es proporcionado por empresas externas, por lo que la propuesta va en la línea correcta, ya que no se trata de funcionarios municipales a los que se les pueda garantizar un mejoramiento de sus condiciones laborales en forma directa.

Como ya se dijo en este debate, la idea es avanzar para terminar paulatinamente con la externalización y que se puedan garantizar de mejor manera los derechos laborales a estas personas que desarrollan una noble labor. Todos los trabajos son dignos, pero la verdad es que la labor que ellos realizan es loable, porque se exponen a contraer muchas enfermedades profesionales.

Por eso, es importante avanzar en ese reconocimiento. Es un trabajo pesado en el que se caminan muchos kilómetros diarios, y están expuestos a riesgos que no tienen los trabajos normales, razón por la cual espero que podamos avanzar también en una mejora a ese respecto.

Ya en el primer trámite constitucional el Ejecutivo había aumentando el porcentaje de ponderación de las remuneraciones y de las demás condiciones de trabajo en las licitaciones, de 10 a 15 por ciento. Lo que hizo el Senado fue extender la norma para los barrenderos, no solo para los recolectores de basura, y establecer que la remuneración ofrecida no podrá ser inferior al promedio de los últimos tres meses devengados por los trabajadores. Además, se realizaron algunas adecuaciones formales.

Esta normativa deberá quedar sujeta a revisión futura, para constatar si ha surtido efectos reales en cuanto a mejorar las condiciones de trabajo de esta gente. Estaremos atentos a aquello.

Como Cámara de Diputados, debemos valorar este mejoramiento en las condiciones laborales, pero pienso que no se ha abordado el tema de fondo que se ha mencionado, que es si debe continuar la externalización, así que seguiremos trabajando en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social para avanzar en los derechos laborales de estos y otros trabajadores del país.

He dicho.

La señora PASCAL, doña Denise (Presidenta accidental).-

Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Continúa la sesión.

Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Aprobadas.

-Aplausos.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez Vera, Jenny ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Browne Urrejola, Pedro ; Cariola Oliva, Karol ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; Edwards Silva, Rojo ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Girardi Lavín, Cristina ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Lemus Aracena, Luis ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Molina Oliva, Andrea ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Saffirio Espinoza, René ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Despachado el proyecto. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 07 de diciembre, 2017. Oficio en Sesión 71. Legislatura 365.

VALPARAÍSO, 7 de diciembre de 2017

Oficio Nº 13.643

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, correspondiente al boletín N° 11.012-13.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 240/SEC/17, de 28 de noviembre de 2017.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

FIDEL ESPINOZA SANDOVAL

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 07 de diciembre, 2017. Oficio

VALPARAÍSO, 7 de diciembre de 2017

Oficio Nº 13.642

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que establece normas que incentivan mejoras de las condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, correspondiente al boletín N° 11.012-13, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Modifícase el artículo 6 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de la siguiente manera:

1. Reemplázase en el inciso primero la expresión “inciso siguiente” por “inciso quinto”.

2. Intercálanse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto a ser quinto, sexto y séptimo, respectivamente:

“En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, barridos y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación, y la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al inicio del proceso licitatorio. El municipio deberá indicar en las bases de licitación el referido promedio de remuneraciones de cada función, concernientes al proceso licitatorio anterior.

Para la ponderación del criterio señalado en el inciso anterior y el cálculo de las remuneraciones, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.

El porcentaje mencionado en el inciso segundo se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo, incluidas las horas extraordinarias, y de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.”.

3. Reemplázase en el inciso segundo, que ha pasado a ser inciso quinto, la expresión “Asimismo, en” por la palabra “En”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

FIDEL ESPINOZA SANDOVAL

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.056

Tipo Norma
:
Ley 21056
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1113034&t=0
Fecha Promulgación
:
19-12-2017
URL Corta
:
http://bcn.cl/2ccv4
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
INCENTIVA MEJORAS DE LAS CONDICIONES DE REMUNERACIONES Y EMPLEO DE LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A LAS MUNICIPALIDADES, EN RECOLECCIÓN, TRANSPORTE O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS
Fecha Publicación
:
02-01-2018

LEY NÚM. 21.056

INCENTIVA MEJORAS DE LAS CONDICIONES DE REMUNERACIONES Y EMPLEO DE LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EXTERNALIZADOS A LAS MUNICIPALIDADES, EN RECOLECCIÓN, TRANSPORTE O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Modifícase el artículo 6 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de la siguiente manera:

    1. Reemplázase en el inciso primero la expresión "inciso siguiente" por "inciso quinto".

    2. Intercálanse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto a ser quinto, sexto y séptimo, respectivamente:

    "En las licitaciones que tengan por objeto la contratación por parte de las municipalidades del servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, barridos y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio referido a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones a que se refiere el inciso primero de este artículo no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación, y la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones devengadas a los trabajadores que cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al inicio del proceso licitatorio. El municipio deberá indicar en las bases de licitación el referido promedio de remuneraciones de cada función, concernientes al proceso licitatorio anterior.

    Para la ponderación del criterio señalado en el inciso anterior y el cálculo de las remuneraciones, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.

    El porcentaje mencionado en el inciso segundo se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso. Será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo, incluidas las horas extraordinarias, y de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.".

    3. Reemplázase en el inciso segundo, que ha pasado a ser inciso quinto, la expresión "Asimismo, en" por la palabra "En".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 19 de diciembre de 2017.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Alejandra Krauss Valle, Ministra del Trabajo y Previsión Social.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Macarena Lobos Palacios, Subsecretaria de Hacienda.