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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.089

Modifica la ley N° 19.284, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Luis Rocafull López, Fidel Espinoza Sandoval, Daniel Farcas Guendelman, Karol Cariola Oliva, Clemira Pacheco Rivas, Daniella Cicardini Milla, Denise Pascal Allende, Joaquín Tuma Zedán, Jenny Álvarez Vera y Maya Fernández Allende. Fecha 06 de noviembre, 2014. Moción Parlamentaria en Sesión 88. Legislatura 362.

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 19.284, EN EL SENTIDO DE ESTABLECER LA OBLIGATORIEDAD DE JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD. BOLETÍN N° 9701-14

1. Antecedentes. El juego infantil es un instrumento idóneo para el armónico desarrollo de la personalidad del niño, y más aún, para que perciba su infancia como una etapa de bienestar y felicidad[1]. Este principio ha sido acogido por nuestra legislación en el artículo 31.1 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por Chile en el año 1990, que dispone “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.”

Este derecho se encuentra reforzado en la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, ratificada por Chile en el año 2008, la cual en la letra r) de su preámbulo establece “Reconociendo también que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño” y posteriormente en su Artículo 7.1 sobre niños y niñas con discapacidad declara que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas”.

En este contexto, la Administración del Estado y las municipalidades, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, han fomentado el juego infantil mediante la instalación, en espacios públicos, de juegos para los niños, creando en sus ciudades plazas que constituyen el punto de encuentro y esparcimiento de toda la ciudadanía, cuestión replicada por empresas privadas, al situar en sus jardines, juegos infantiles que aumentan la concurrencia de niños a sus establecimientos, como por ejemplo, los patios de comida de centros comerciales.

No obstante, esta cualidad integradora de los juegos infantiles, se ve fuertemente mitigada cuando sólo permite su uso a niños y/o niñas que no se encuentran en situación de discapacidad, desplazando o negando, taxativamente, el uso del mismo a un niño que sí lo está. Lo anterior, a juicio de este legislador, representa una discriminación que trasgrede el contenido del derecho internacional de los Derechos Humanos de los niños y de las personas en situación de discapacidad.

En efecto, en nuestro país, el diseño de los juegos infantiles, las plazas y parques está entregado a la discrecionalidad de quien las construye, sea el municipio, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o una empresa privada. No existe, o al menos de forma exclusiva, una ley que se encargue de regular esta materia.

La ley 19.284, sobre la Plena Integración de las Personas con Discapacidad, del año 1994, estableció en su artículo 21 la obligación para que las nuevas construcciones, sean edificios públicos o privados, que estén destinados a un uso que implica la concurrencia de público, así como también las vías públicas y de acceso a medios de transporte público, parques, jardines y plazas, deberán efectuarse de tal manera, que resulten accesibles y utilizables, sin dificultad, por personas que se desplacen en silla de rueda.

Si bien esta norma se preocupa del acceso de las personas que se desplazan en silla de ruedas, también es cierto que resulta ser muy limitada, tanto por el universo de beneficiarios de la misma como en sus exigencias, pues sólo abarca un tipo de situación de discapacidad, la motriz, y se limitó, en la práctica, a la construcción de rampas para dar cumplimiento a sus disposiciones.

Por su lado, la ley 20.422 que Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, en su artículo 28 dispone que todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Sin embargo, esta norma sigue sin abordar específicamente el tema del acceso a los niños y niñas en situación de discapacidad a juegos infantiles instalados en plazas públicas.

Hoy por hoy, edificios, lugares de esparcimiento, plazas y parques ya construidos, deben acondicionarse, es decir, realizarse los ajustes necesarios que permitan la participación de las personas en situación de discapacidad en éstos, en igualdad de condiciones con lo demás, como asimismo aquellos que están en fase de idea o planificación para su construcción, deben contar con diseño universal, esto significa que permitan que cualquier persona, sin importar si se encuentra en situación de discapacidad o no, pueda usar y gozar de ellas.

Todo lo anterior resulta tener más impacto cuando se trata de niños o niñas, quienes son más susceptibles a sufrir discriminación entre sus pares, especialmente cuando el niño o niña se encuentra en situación de discapacidad. En este sentido cobra fuerza, un nivel más intenso del principio de igualdad, como expresión del derecho al igual respeto y consideración. Lo anterior supone que el ser humano responde sólo por actos voluntarios, por lo que no se le puede reprochar ni maltratar por eventos o cualidades adscritas sobre los cuales carece toda posibilidad de control. Como bien señala el profesor Peña, “esta tercera dimensión del principio de igualdad es la que funda el enunciado final del artículo 19 número 2: discriminar arbitrariamente, significa hacer diferencias en atención a cualidades adscritas no voluntarias”[2]. De esta manera acudir a cualidades adscritas sobre las cuales el sujeto no tiene posibilidad de autodeterminación, para fundar la participación desfavorable de ese mismo sujeto en la distribución de bienes u oportunidades, es un acto discriminatorio que contraviene el texto constitucional.

En efecto, hoy en día la mayoría de los juegos no mecánicos construidos en espacios públicos o privados, no están acondicionados para que un niño en situación de discapacidad pueda jugar en ellos. Así, lo que para muchos constituye un momento de diversión, para muchos niños resultan una forma de exclusión, cuestión que constituye una limitación discriminadora de su derecho a participar de las actividades recreativas propias de su edad, y por consiguiente, su desarrollo como seres humanos.

El artículo 54 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño dispone “El niño no deberá sufrir debido a su raza, color, género, idioma, religión, nacionalidad, origen social o étnico, o por ninguna opinión política o de otro tipo; ni tampoco debido a su casta o por alguna discapacidad”, a la vez que impone a las autoridades del país el deber de protección del niño y de garantizar su desarrollo pleno-físico, espiritual, moral y social. Y tal como se expresó, estos mismos derechos se encuentran reforzados en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

En la misma línea, la ley 20.422, sobre la Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad, funda sus importantes disposiciones en los principios de vida independiente, accesibilidad universal, diseño universal, intersectorialidad, participación y diálogo social. La accesibilidad universal garantiza, según el artículo 3, letra b), que los entornos sean utilizados por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, en la forma más autónoma y natural posible, y entiende por derecho a la igualdad de oportunidades la ausencia de discriminación en razón de la discapacidad, así como la adopción de medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, educacional, laboral, económica, cultural y social.

2. Ideas matrices. El presente proyecto constituye una acción positiva, toda vez que entiende que el juego, en este caso representado por los juegos infantiles no mecanizados, es decir aquellos que se impulsan solo con la fuerza humana, es parte fundamental del desarrollo del niño, y por tanto debe poner especial énfasis en el acceso a ellos de niños y niñas en situación de discapacidad. De ahí que sea necesario une revisión legislativa expresa en esta materia, modificando la ley 19.284 que contiene normas de esta índole, pese a la dispersión normativa por las intensas derogaciones efectuadas por la ley núm. 20.422.

Por consiguiente, y con el mérito de los antecedentes expuestos, vengo en someter a la consideración de ésta H. Corporación, el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo Primero: Agréguese los siguientes incisos segundo y tercero nuevos en el artículo 21 de la ley 19.284, pasando el actual a ser cuarto:

“Los parques, jardines o plazas, públicos y privados, que contemplen juegos infantiles, deberán contar con diseño universal que permitan la participación de niños y niñas en situación de discapacidad garantizando su accesibilidad. Junto con lo anterior deberá contemplarse las disposiciones urbanísticas necesarias para que los niños o niñas en situación de discapacidad puedan ingresar de manera segura desde la calle al área de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas accesibles que permitan su continuidad en el desplazamiento”.

Artículo Segundo: “Lo indicado en el artículo precedente entrará a regir seis meses posteriores contados desde la entrada en vigencia de la presente ley”.

LUIS ROCAFULL

Diputado de la República

1.2. Informe de Comisión de Vivienda

Cámara de Diputados. Fecha 10 de abril, 2017. Informe de Comisión de Vivienda en Sesión 12. Legislatura 365.

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INFORME DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA, DESARROLLO URBANO Y BIENES NACIONALES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 20.422, EN EL SENTIDO DE ESTABLECER LA OBLIGATORIEDAD DE JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD.

Boletín N° 9701-14

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, de origen en una moción de los diputados (as) señores (as) Jenny Álvarez, Karol Cariola, Daniella Cicardini, Fidel Espinoza, Daniel Farcas, Maya Fernández, Clemira Pacheco, Denise Pascal, Luis Rocafull y Joaquín Tuma.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

1.- Idea matriz o fundamental del proyecto

Considera que los juegos infantiles no mecanizados, es decir aquellos que se impulsan solo con la fuerza humana, son parte fundamental del desarrollo del niño y, por tanto, se debe poner especial énfasis en el acceso a ellos de niños y niñas en situación de discapacidad en igualdad de oportunidades.

2.- Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado

No hay.

3.- Trámite de Hacienda

No hay.

4.- El proyecto fue aprobado en general por asentimiento unánime, con la indicación y las enmiendas introducidas en esta, por 9 votos a favor, de los diputados (as) señores (as) Álvarez, doña Jenny; Arriagada, don Claudio; Cariola, doña Karol; Carvajal, doña Loreto; Fernández, doña Maya; Jarpa, don Carlos Abel; Nogueira, doña Claudia; Tuma, don Joaquín, y Urrutia, don Osvaldo.

5.- Artículos sustituidos o indicaciones rechazadas

Los artículos 1° y 2° del proyecto fueron sustituidos.

6.- Se designó Diputado Informante al señor ROCAFULL, don LUIS.

La Comisión contó con la asistencia de la señora Paulina Saball, Ministra de Vivienda, del señor Daniel Concha, Director Nacional y del Jefe del Subdepartamento de Derechos Humanos y Asesoría Legislativa, señor Christian Finsterbusch, ambos del Servicio Nacional de la Discapacidad, Senadis y de la señora Jeannette Tapia, Asesora Legislativa del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y el señor Ricardo Leñam, Arquitecto del Minvu.

Concurrió también la señora Zoia Pedrero, Jefa Nacional de Desarrollo Social y Comunitario de la Fundación Teletón.

II.- ANTECEDENTES

Como se argumenta en la moción, el juego infantil es un instrumento idóneo para el armónico desarrollo de la personalidad del niño, y más aún, para que perciba su infancia como una etapa de bienestar y felicidad[1]. Este principio está contemplado en el artículo 31.1 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por Chile en el año 1990, que dispone “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.” .

Este derecho se encuentra reforzado en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Chile en el año 2008, la cual en la letra r) de su preámbulo reconoce también “que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas”, y recuerda “las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño” y, posteriormente, en su artículo 7.1 sobre niños y niñas con discapacidad declara que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas”.

En este contexto, la Administración del Estado y las municipalidades, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, han fomentado el juego infantil mediante la instalación, en espacios públicos, de juegos para los niños, creando en sus ciudades plazas que constituyen el punto de encuentro y esparcimiento de toda la ciudadanía, cuestión replicada por empresas privadas, al situar en sus jardines, juegos infantiles que aumentan la concurrencia de niños a sus establecimientos, como por ejemplo, los patios de comida de centros comerciales.

No obstante, esta cualidad integradora de los juegos infantiles, se ve fuertemente mitigada cuando sólo permite su uso a niños y/o niñas que no se encuentran en situación de discapacidad, desplazando o negando, taxativamente, el uso del mismo a un niño que sí lo está. Lo anterior, a juicio de los autores de esta iniciativa representa una discriminación que trasgrede el contenido del derecho internacional de los Derechos Humanos de los niños y de las personas en situación de discapacidad.

En efecto, en nuestro país, el diseño de los juegos infantiles, las plazas y parques está entregado a la discrecionalidad de quien las construye, sea el municipio, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o una empresa privada. No existe, o al menos de forma exclusiva, una ley que se encargue de regular esta materia.

La ley N° 19.284, sobre la Plena Integración de las Personas con Discapacidad, del año 1994, estableció en su artículo 21 la obligación para que las nuevas construcciones, sean edificios públicos o privados, que estén destinados a un uso que implica la concurrencia de público, así como también las vías públicas y de acceso a medios de transporte público, parques, jardines y plazas, deberán efectuarse de tal manera, que resulten accesibles y utilizables, sin dificultad, por personas que se desplacen en silla de rueda. Si bien esta norma se preocupa del acceso de las personas que se desplazan en silla de ruedas, resulta ser muy limitada, tanto por el universo de beneficiarios de la misma como en sus exigencias, pues sólo abarca un tipo de situación de discapacidad, la motriz, y se limitó, en la práctica, a la construcción de rampas para dar cumplimiento a sus disposiciones.

Por su parte, la ley N° 20.422 que Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, en su artículo 28 dispone que todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Sin embargo, esta norma sigue sin abordar específicamente el tema del acceso a los niños y niñas en situación de discapacidad a juegos infantiles instalados en plazas públicas.

Hoy por hoy, edificios, lugares de esparcimiento, plazas y parques ya construidos, deben acondicionarse, es decir, realizarse los ajustes necesarios que permitan la participación de las personas en situación de discapacidad en éstos, en igualdad de condiciones con los demás, como asimismo aquellos que están en fase de idea o planificación para su construcción, deben contar con diseño universal, esto significa que permitan que cualquier persona, sin importar si se encuentra en situación de discapacidad o no, pueda usar y gozar de ellas.

Todo lo anterior resulta tener más impacto cuando se trata de niños o niñas, quienes son más susceptibles a sufrir discriminación entre sus pares, especialmente cuando el niño o niña se encuentra en situación de discapacidad. En este sentido cobra fuerza, un nivel más intenso del principio de igualdad, como expresión del derecho a igual respeto y consideración. Lo anterior supone que el ser humano responde sólo por actos voluntarios, por lo que no se le puede reprochar ni maltratar por eventos o cualidades adscritas sobre los cuales carece toda posibilidad de control. Como bien señala el profesor Peña, “esta tercera dimensión del principio de igualdad es la que funda el enunciado final del artículo 19 número 2: discriminar arbitrariamente, significa hacer diferencias en atención a cualidades adscritas no voluntarias”[2]. De esta manera acudir a cualidades adscritas sobre las cuales el sujeto no tiene posibilidad de autodeterminación, para fundar la participación desfavorable de ese mismo sujeto en la distribución de bienes u oportunidades, es un acto discriminatorio que contraviene el texto constitucional.

Se refiere la moción a que hoy en día la mayoría de los juegos no mecánicos construidos en espacios públicos o privados, no están acondicionados para que un niño en situación de discapacidad pueda jugar en ellos. Así, lo que para muchos constituye un momento de diversión, para otros niños resultan una forma de exclusión, cuestión que constituye una limitación discriminadora de su derecho a participar de las actividades recreativas propias de su edad, y por consiguiente, en su desarrollo como seres humanos.

El artículo 54 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño dispone: “El niño no deberá sufrir debido a su raza, color, género, idioma, religión, nacionalidad, origen social o étnico, o por ninguna opinión política o de otro tipo; ni tampoco debido a su casta o por alguna discapacidad”, a la vez que impone a las autoridades del país el deber de protección del niño y de garantizar su desarrollo pleno-físico, espiritual, moral y social.

En la misma línea, la ley N° 20.422, sobre la Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad, funda sus importantes disposiciones en los principios de vida independiente, accesibilidad universal, diseño universal, intersectorialidad, participación y diálogo social. La accesibilidad universal garantiza, según el artículo 3°, letra b), que los entornos sean utilizados por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, en la forma más autónoma y natural posible, y entiende por derecho a la igualdad de oportunidades la ausencia de discriminación en razón de la discapacidad, así como la adopción de medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, educacional, laboral, económica, cultural y social.

III.- DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO

El diputado señor Luis Rocafull hizo presente que el proyecto en referencia ingresó a trámite legislativo el año 2014 y que su objeto es consagrar la obligación de dotar de juegos no mecánicos inclusivos todos los espacios públicos y privados de acceso público. Ello obedece a la responsabilidad que compete al Estado chileno de procurar la felicidad y el pleno desarrollo de los niños y niñas, emanada de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, aprobada por Naciones Unidas en 1989 y ratificada por nuestro país en 1990.

El problema es que hoy en día se instalan juegos no mecánicos donde pueden jugar niños con capacidades comunes, pero aquellos con capacidades distintas no lo pueden hacer. Reconoció, sin embargo, que actualmente hay mayor preocupación y algunas iniciativas particulares al respecto. No obstante, el Estado debe asumir el deber que le corresponde, pues el artículo 21 de la ley N° 19.284 regula la accesibilidad de los espacios públicos y de acceso público para las personas con discapacidades motrices, lo que se ha traducido básicamente en la construcción de rampas, pero no hay norma que garantice el acceso de los niños con discapacidad a los juegos existentes en plazas, parques, espacios comunes en condominios, etcétera.

Llamó a aprobar cuanto antes la iniciativa en comento, toda vez que hoy en día se está discriminando a los niños con capacidades diferentes al no facilitarles al acceso a lugares de esparcimiento, limitando sus posibilidades de desarrollo personal.

La señora Paulina Saball, Ministra de Vivienda y Urbanismo explicó que la Cartera a su cargo viene trabajando desde hace algún tiempo, en conjunto con el Senadis, tres líneas asociadas a la accesibilidad universal. Una, relativa a las viviendas, donde se ha avanzado sustantivamente; otra relacionada con los espacios públicos y particularmente con los parques urbanos, y una tercera destinada a identificar nuevos espacios que requieran esa cualidad. En ese contexto, compartió plenamente la motivación del proyecto en discusión porque, en materia de accesibilidad universal de los espacios públicos, los juegos infantiles y las posibilidades de esparcimiento tienen una connotación especial. Sostuvo que el Minvu tiene una experiencia muy exitosa al respecto, como es el parque Ecuador, de Concepción, que fue recuperado y rediseñado bajo ese concepto, con la ayuda de profesionales y de niños y adultos atendidos por la Teletón. Se ha observado que esto genera un gran cambio en la posibilidad que tienen los niños y niñas con discapacidad, y los adultos que los acompañan, de acceder a los juegos infantiles.

Sin perjuicio de lo anterior, formuló los siguientes reparos a la iniciativa en comento. El primero, se refiere a que la ley N° 19.284 ya no está vigente, por lo que la enmienda que se propone introducir debería afectar a la ley N° 20.422. El segundo apunta a redactar de manera distinta la norma propuesta en lo relativo a la accesibilidad universal de los juegos infantiles. Por último, consideró necesario dejar claramente establecido quién y cuándo debe fiscalizar el cumplimiento de dicha disposición.

El Director Nacional del Senadis destacó que el trabajo conjunto con el Minvu ha permitido desarrollar varias acciones que implican avances en materia de inclusión. Una de ellas es la modificación que se introdujo en la OGUC, posterior a la ratificación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (PcD) y acorde con la ley N° 20.422.

Planteó que el año 2016 el Senadis otorgó el sello "Chile Inclusivo" a espacios públicos accesibles, dentro de los cuales están el paseo costero de Playa Brava, en Arica; la playa Pucará, en Villarrica; la plaza inclusiva situada al interior del Instituto Nacional de Rehabilitación Pedro Aguirre Cerda (INRPAC), de Peñalolén, y la plaza Ecuador, en Concepción.

Por último, compartió las observaciones formuladas al proyecto por la señora Ministra de Vivienda y puso a disposición de la Comisión un documento sobre consideraciones técnicas en materia educativa y recreativa a través del juego, que debiera servir como insumo para el diseño de juegos infantiles con criterios de accesibilidad universal.

La Ministra de Vivienda y Urbanismo confirmó que la promulgación de la ley N° 20.422 trajo aparejada una modificación a la OGUC, cuyo objetivo es generar accesibilidad universal en todos los edificios y espacios públicos. Tales enmiendas son aplicables a toda obra que se ejecute con posterioridad a su entrada en vigencia, pero se contempla también un plazo para adaptar las preexistentes. De ahí que en la actualidad se esté trabajando en la adaptación de todos los colegios, jardines infantiles y demás espacios de uso público, para contar al año 2019 con rutas accesibles en todos ellos, esto es, que las PcD puedan acceder y transitar por esos lugares sin dificultad. En tal sentido, el proyecto en debate vendría a complementar esa tarea en un aspecto específico como son los juegos infantiles.

En cuanto a la implementación de la ley en proyecto, propuso introducir una norma que obligue a los directores de obras municipales a verificar el cumplimiento de las nuevas exigencias de accesibilidad cuando se otorgue un permiso de edificación.

Para terminar, recordó que el Senador Felipe Harboe planteó este tema cuando se discutió el presupuesto del Minvu, asumiendo la Cartera el compromiso de que su programa de rehabilitación de espacios públicos haría exigible el requisito de que los juegos infantiles incluidos en los proyectos financiados por él tuvieran diseño universal. Por tanto, en lo que atañe a la inversión pública, dicha exigencia se comenzaría a cumplir desde el presente año.

Por último, destacó que la redacción alternativa propuesta por el Ejecutivo al articulado del proyecto habla de diseño universal, que significa no generar diferencias entre las personas. Al respecto, señaló que es mucho más fácil cumplir esa exigencia en lo que atañe a las personas con movilidad reducida, a diferencia de lo que ocurre con la accesibilidad táctil, por ejemplo, que es más difícil y tiene mayor incidencia en los costos.

El Director Nacional del Senadis informó que, en colaboración con el Colegio de Arquitectos, los Serviu, las direcciones de obras y en su caso el MOP, dicho organismo está haciendo un diagnóstico de las adecuaciones que requieren los edificios públicos, el cual debería estar terminado a mediados del año en curso.

Respondiendo a diversas consultas e inquietudes de los diputados y diputadas presentes, la Ministra de Vivienda y Urbanismo coincidió en que los costos del diseño universal en el caso de los juegos infantiles no son significativos y, en el de la edificación, ellos ya están incorporados, por lo que si se contempla la construcción de una plaza de juegos en un condominio social solo habría que preocuparse de que estos sean accesibles.

El señor Ricardo Leñam, Arquitecto del Departamento de Planificación y Normas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo aseguró que el proyecto en debate resulta relevante para el Minvu, toda vez que implicaría un perfeccionamiento de la normativa vigente y un reconocimiento a las buenas prácticas que en materia de juegos infantiles se vienen observando desde hace algún tiempo en los parques y plazas, tanto por iniciativa del Ministerio como de los propios municipios y de particulares.

Solicitó tener en cuenta, sin embargo, dos aspectos importantes. El primero dice relación con la inclusión de la enmienda propuesta en el artículo 21 de la ley N° 19.284 y, el segundo, con los elementos técnicos que cabría regular en caso de prosperar esta iniciativa.

En el primer caso, la opinión del Minvu es que la norma que debiera modificarse es el artículo 28 de la ley N° 20.422. Esto, porque el artículo 21 de la ley N° 19.284 se refiere a los estándares de accesibilidad que debieran incorporarse en edificaciones anteriores al 14 de enero de 1994, que es la fecha de su entrada en vigencia. En cambio, la ley más reciente exige la observancia de nuevos estándares tanto para las edificaciones como para las obras que se ejecuten en el espacio público. Además, en cumplimiento de esta normativa, el Minvu dictó el decreto supremo Nº 50, que entró en vigencia el 4 de marzo de 2016, el cual fija los estándares aplicables a plazas, parques y áreas verdes, públicas y privadas.

En el segundo caso, puesto que nada se dice en los cuerpos normativos antes mencionados sobre los juegos infantiles, habría que referir el precepto legal respectivo a una normativa técnica aplicable a ellos, que deberá elaborarse separadamente para juegos mecánicos y no mecánicos.

Sugirió, en consecuencia, introducir la modificación propuesta en el inciso cuarto del artículo 28 de la ley N° 20.422, de modo que la obligación de dotar de juegos infantiles inclusivos a los parques, plazas y áreas verdes, públicas y privadas, quede establecida en un precepto de carácter general, para luego detallar técnicamente los estándares exigibles según el tipo de juego de que se trate. De hecho, el INN está trabajando actualmente en la elaboración de cinco normas técnicas relativas a juegos infantiles, por lo que sería el momento oportuno para conciliar la normativa legal, reglamentaria y técnica correspondiente.

Finalmente, propuso una nueva redacción para el nuevo inciso cuarto sugerido, en cuya primera parte se elimina la alusión a los jardines privados y se incluye una serie de conceptos técnicos para vincular la norma a la política nacional de infancia. En la segunda parte, se recoge la obligación que contempla el proyecto original, en orden a asegurar el ingreso y la continuidad de desplazamiento de los niños con discapacidad desde la calle hacia los parques, plazas y áreas verdes, y viceversa, y se exige que los juegos infantiles tengan un diseño universal y que su construcción cumpla ciertos estándares que garanticen la seguridad de los usuarios.

Planteó, además, la conveniencia de modificar el inciso quinto del citado artículo 28, para obligar a los directores de obras municipales a fiscalizar el cumplimiento no solo de las normas urbanísticas vigentes, sino también el de los estándares de diseño de construcción, tanto al momento de otorgar los permisos de edificación como al tiempo de la recepción de obras.

La señora Zoia Pedrero se refirió a la misión de la Fundación Teletón y a la cobertura que ofrece a sus usuarios a lo largo del país, destacando que su población objetivo son los niños y jóvenes de hasta 20 años de edad, de los cuales el 68% son menores de 14 años y el 60% de ellos presenta compromiso funcional moderado y severo. Da a conocer también las características socioculturales de los menores atendidos, resaltando que una de sus necesidades fundamentales es la falta de espacios de participación en los contextos que les son naturales, como son la escuela y el barrio, en lo que dice relación con la recreación y el juego, para poder desarrollarse de manera integral. Esto, porque las habilidades que ellos van adquiriendo durante la rehabilitación las ponen en práctica en los espacios cotidianos, y si el único espacio de este tipo que les permite jugar es la casa, evidentemente que su desarrollo se ve limitado.

En cuanto al proyecto en debate, planteó que la idea de establecer en la legislación nacional una cláusula específica sobre la materia pudiera considerarse innecesaria desde el punto de vista técnico, si se tiene en cuenta que los derechos del niño y de las PcD son universales, pero como la falta de norma lleva a la vulneración de tales derechos, estimó indispensable su incorporación en el derecho interno.

Asimismo, consideró necesario incorporar en la redacción de la norma propuesta los temas de diseño y accesibilidad universales como regla general, sin perjuicio de establecer una discriminación positiva a favor de los niños y niñas en situación de discapacidad para que no sean olvidados, pero en ningún caso una segregación de estos.

Intervinieron los diputados (as) señores (as) Rocafull; Urrutia, don Osvaldo; Arriagada y Sepúlveda. Plantearon, entre otras consideraciones, la necesidad de establecer reglas de uso preferente de los juegos de diseño universal para los niños en situación de discapacidad y de garantizar el financiamiento para implementar áreas verdes con juegos de este tipo.

La señora Zoia Pedrero destacó que el diseño y la accesibilidad universal deben ser la norma en materia de juegos infantiles, y la única forma de ir favoreciendo el respeto entre grupos de pares es que las personas, y los niños en este caso, aprendan a convivir, a conocerse y valorarse mutuamente. Así, en la medida en que haya juegos para todos, todos van a poder participar y no habrá esta lucha por definir quién los ocupa antes y quién después, porque todos tendrán que aprender a respetarse y a ocupar los espacios a su debido tiempo, pensando siempre en el bienestar del otro.

En relación con el financiamiento, señaló que crear espacios universalmente accesibles no implicaría para los municipios un requerimiento de recursos mucho mayor que el actual, pues el tema es el diseño, el tipo de juegos que se van a instalar, la distribución de los espacios, los desplazamientos, etcétera.

Texto del proyecto propuesto por la moción:

“Artículo Primero: Agréguense los siguientes incisos segundo y tercero nuevos en el artículo 21 de la ley 19.284, pasando el actual a ser cuarto:

“Los parques, jardines o plazas, públicos y privados, que contemplen juegos infantiles, deberán contar con diseño universal que permitan la participación de niños y niñas en situación de discapacidad garantizando su accesibilidad. Junto con lo anterior deberá contemplarse las disposiciones urbanísticas necesarias para que los niños o niñas en situación de discapacidad puedan ingresar de manera segura desde la calle al área de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas accesibles que permitan su continuidad en el desplazamiento”.

Artículo Segundo: “Lo indicado en el artículo precedente entrará a regir seis meses posteriores contados desde la entrada en vigencia de la presente ley”.”.

Los diputados (as) señores (as) Álvarez, Cariola, Fernández, Nogueira, Rocafull y Urrutia, don Osvaldo, formularon indicaciones para:

1. Sustituir el artículo 1° del proyecto, que pasaría a ser único, por el siguiente:

Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos segundo y tercero al artículo 28 de la ley Nº 20.422, pasando el actual inciso segundo a ser cuarto:

"Los parques, plazas o áreas verdes, públicas y privadas, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán confeccionarse a partir de un diseño universal que permita su uso por parte de todos los niños y niñas, incluidos aquellos en situación de discapacidad, garantizando además las condiciones de accesibilidad universal, para que los niños o niñas en situación de discapacidad puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos, y circular por las distintas dependencias a través de rutas accesibles que permitan su continuidad en el desplazamiento.

La dirección de obras municipales, previa entrega del permiso de edificación correspondiente, deberá fiscalizar el cumplimiento de la obligación impuesta en el inciso precedente.".

2. Eliminar el artículo 2° del proyecto.

La diputada señora Álvarez acotó que la indicación N° 1 acoge la redacción alternativa propuesta por la Ministra de Vivienda y Urbanismo, cuyo objeto es incorporar la enmienda contenida en el artículo 1° del proyecto en la ley N° 20.422 en lugar de la N° 19.284, y especificar que el cumplimiento de la norma será de cargo de las DOM al tiempo de autorizar la construcción de áreas verdes que incluyan juegos infantiles.

El señor Ricardo Leñam consideró acertada la indicación, pero estimó necesario precisar la redacción del nuevo inciso segundo propuesto, a fin de evitar dificultades a la hora de reglamentar dicha norma. En concreto, planteó que la expresión "niños en situación de discapacidad" no es el término jurídico que utilizan la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ni la propia ley N° 20.422, lo que podría acarrear problemas de interpretación.

Luego de un breve debate, la Comisión acordó introducir en el inciso segundo propuesto, las siguientes modificaciones:

a) Reemplazar la forma verbal "confeccionarse" por "construirse", por estar referida a los parques, plazas y áreas verdes, y no solamente a los juegos no mecanizados.

b) Sustituir la frase "su uso por parte de" por "el uso de", por razones de redacción.

c) Reemplazar la expresión "en situación de", la primera vez que aparece, por la preposición "con", a fin de adecuar la redacción de la norma a la legislación vigente sobre PcD.

d) Suprimir la frase "los niños o niñas en situación de discapacidad", por ser redundante.

La diputada señorita Cariola manifestó su desacuerdo con la sustitución del concepto de "niños y niñas en situación de discapacidad" por el de "niños y niñas con discapacidad", pues aunque este último está reconocido en la ley y el primero no, la discapacidad no es una característica personal de quienes presentan problemas de movilidad, sino una consecuencia de las barreras que la sociedad les impone. Observó que el Senadis también propuso una redacción alternativa, y en su presentación habla de "niños en situación de discapacidad", la cual sugiere acoger en este punto. Destacó que esto ya se ha hecho, incluso, en proyectos tales como la ley sobre deporte paralímpico o aquella que genera el tipo penal de violencia contra personas vulnerables. La diputada señora Fernández compartió esta apreciación, sin perjuicio de lo cual ambas anuncian su voto favorable a la iniciativa.

El señor Ricardo Leñam reconoció que la expresión utilizada por el Senadis permite dar una mirada distinta al problema de las PcD a la hora de comunicar al respecto, pero no procede establecerla en un texto jurídico, a menos que se modifique toda la legislación en el mismo sentido.

El diputado señor Rocafull coincidió con lo acordado por la mayoría de la Comisión.

El diputado señor Arriagada llamó a tener presente la tremenda inequidad territorial existente en Chile, citando como ejemplo la comuna de La Granja. Añadió que según los últimos informes del PNUD sobre Desarrollo Humano en Chile, y los antecedentes de la Subdere, en nuestro país hay tres categorías de municipios: los muy ricos, los medianos –que tienen ingresos importantes por patentes comerciales– y los que dependen completamente del FCM. Destacó que el presupuesto anual de la comuna de Las Condes equivale a 10 años de presupuesto de La Granja y a 15 años de presupuesto de Lo Espejo. Y de acuerdo al documento "Ciudad Justa" (del exministro Alberto Undurraga) existe también gran diferencia en materia de superficie de áreas verdes entre Vitacura y La Granja, entre otras.

En ese contexto, consideró necesario incluir en el proyecto de ley en comento una indicación que sugiera [sic] a los gobiernos regionales que, mientras no se superen estas inequidades, no se podrán aprobar proyectos de construcción de áreas verdes cuyo cumplimiento dependa de la capacidad económica de los municipios.

El diputado señor Tuma (Presidente) coincidió con el planteamiento del diputado Arriagada, pero advirtió que no es ésta la iniciativa donde se podría establecer esa prohibición.

La diputada señora Carvajal consideró importante contar con un decálogo de habitabilidad, que garantice a los niños de comunas vulnerables, especialmente rurales, el derecho a jugar y estar protegidos cerca de sus casas, entre otros. No obstante lo anterior, anunció su voto favorable al proyecto.

La diputada señora Fernández compartió lo señalado por los diputados señor Arriagada y señora Carvajal en relación con la desigualdad territorial.

Puesto en votación el proyecto, en general y particular a la vez, con la indicación y las enmiendas introducidas en esta, fue aprobado por asentimiento unánime, por 9 votos a favor, de los diputados (as) señores (as) Álvarez, doña Jenny; Arriagada, don Claudio; Cariola, doña Karol; Carvajal, doña Loreto; Fernández, doña Maya; Jarpa, don Carlos Abel; Nogueira, doña Claudia; Tuma, don Joaquín, y Urrutia, don Osvaldo.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las demás consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos segundo y tercero al artículo 28 de la ley Nº 20.422, pasando el actual inciso segundo a ser cuarto:

"Los parques, plazas o áreas verdes, públicas y privadas, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita el uso de todos los niños y niñas, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando además las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos, y circular por las distintas dependencias a través de rutas accesibles que permitan su continuidad en el desplazamiento.

La dirección de obras municipales, previa entrega del permiso de edificación correspondiente, deberá fiscalizar el cumplimiento de la obligación impuesta en el inciso precedente.".”.

Tratado y acordado en sesiones de fechas 25 de enero, 1, 15 de marzo, y 5 de abril de 2017, con la asistencia de los diputados (as) señores (as) Álvarez, doña Jenny; Arriagada, don Claudio; Cariola, doña Karol; Carvajal, doña Loreto; Fernández, doña Maya; García, don René Manuel; Jarpa, don Carlos Abel; León, don Roberto; Nogueira, doña Claudia; Norambuena, don Iván; Pilowsky, don Jaime; Sepúlveda, doña Alejandra; Tuma, don Joaquín, y Urrutia, don Osvaldo. Concurren, además, los diputados señores Alvarado, don Miguel Ángel; González, don Rodrigo; Mirosevic, don Vlado, y Rocafull, don Luis.

Sala de la Comisión, a 10 de abril de 2017.

JAVIER ROSSELOT JARAMILLO

Abogado Secretario de la Comisión

Anexo

* Documento preparado por la BCN sobre Espacios de juegos infantiles inclusivos. Casos de España, Estados Unidos, Inglaterra y Argentina

1.3. Discusión en Sala

Fecha 18 de mayo, 2017. Diario de Sesión en Sesión 26. Legislatura 365. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

OBLIGACIÓN DE DISEÑO INCLUSIVO EN CONSTRUCCIÓN DE LUGARES PÚBLICOS Y PRIVADOS CON JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9701-14)

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad.

Diputado informante de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales es el señor Luis Rocafull .

Antecedentes:

-Moción, sesión 88ª de la legislatura 362ª, en 6 de noviembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 10.

-Informe de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, sesión 12ª de la presente legislatura, en 11 de abril de 2017. Documentos de la Cuenta N° 5.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor ROCAFULL (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara, en nombre de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, paso a informar sobre el proyecto de ley, iniciado en una moción de los diputados Jenny Álvarez , Karol Cariola , Daniella Cicardini , Fidel Espinoza , Daniel Farcas , Maya Fernández , Clemira Pacheco , Denise Pascal , Joaquín Tuma y de quien habla, que consiste en dotar de juegos no mecánicos inclusivos a los espacios públicos y privados de acceso público.

Como se argumenta en la moción, el juego infantil es un instrumento idóneo para el armónico desarrollo de la personalidad del niño y, más aún, para que este perciba su infancia como una etapa de bienestar y felicidad.

La administración del Estado y las municipalidades, por iniciativa propia o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, han fomentado el juego infantil mediante la instalación de juegos para los niños en espacios públicos, creando en sus ciudades plazas que constituyen el punto de encuentro y esparcimiento de toda la ciudadanía. Ello ha sido replicado por empresas privadas mediante la instalación de juegos infantiles en sus jardines, aumentando así la concurrencia de niños a sus establecimientos, por ejemplo, a los patios de comida de centros comerciales.

No obstante, esta cualidad integradora de los juegos infantiles se ve fuertemente mitigada cuando solo permite su uso a niños y/o niñas que no se encuentran en situación de discapacidad, desplazando o negando taxativamente la utilización de aquellos a un menor que sí lo está.

Lo anterior, a juicio de los autores de esta iniciativa, representa una discriminación que transgrede en su esencia los derechos humanos de los niños y las personas en situación de discapacidad.

En efecto, en nuestro país el diseño de los juegos infantiles, las plazas y los parques está entregado a la discrecionalidad de quien los construye, ya sea el municipio, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o una empresa privada. No existe, o al menos no de forma exclusiva, una ley que se encargue de regular esta materia.

La Ley N° 20.422, que Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, en su artículo 28 dispone: “Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida.”. Sin embargo, dicha norma tampoco aborda específicamente el tema del acceso de los niños y niñas en situación de discapacidad a los juegos infantiles instalados en plazas públicas.

Durante el debate de la comisión hice presente que el proyecto en referencia ingresó a tramitación legislativa en 2014.

Asimismo, que el problema que aborda la iniciativa radica en que actualmente se instalan juegos no mecánicos en los que pueden jugar niños con capacidades comunes, no así aquellos con capacidades distintas. Sin embargo, reconocí que hoy existe mayor preocupación y algunas iniciativas al respecto.

Por otra parte, llamé a los colegas a aprobar cuanto antes el proyecto en informe, toda vez que en la actualidad se está discriminando a los niños con capacidades diferentes al no facilitarles el acceso a lugares de esparcimiento, limitando de esa manera sus posibilidades de desarrollo personal.

La ministra de Vivienda y Urbanismo (Minvu), señora Paulina Saball , explicó que desde hace algún tiempo la cartera a su cargo viene trabajando, junto con el Senadis, tres líneas asociadas a la accesibilidad universal: la primera, relativa a las viviendas, en la que se ha avanzado sustantivamente; la segunda, relacionada con los espacios públicos, en particular con los parques urbanos, y la tercera, destinada a identificar nuevos espacios que requieran esa cualidad.

En ese contexto, compartió plenamente la motivación del proyecto porque, en materia de accesibilidad universal de los espacios públicos, los juegos infantiles y las posibilidades de esparcimiento poseen una connotación especial. Así, sostuvo que el Minvu tiene una experiencia muy exitosa al respecto, como es el Parque Ecuador, de Concepción, que fue recuperado y rediseñado bajo dicho concepto con la ayuda de profesionales y de niños y adultos atendidos por la Teletón. Manifestó que se ha observado que ese tipo de acciones generan un gran cambio en cuanto a la posibilidad que tienen los niños y niñas con discapacidad y los adultos que los acompañan de acceder a los juegos infantiles.

Sin perjuicio de lo anterior, la personera formuló los siguientes reparos a la iniciativa en informe.

El primero se refiere a que la ley N° 19.284 ya no está vigente, por lo que la enmienda que se propone introducir a dicho cuerpo legal mediante el proyecto en informe debería afectar a la ley N° 20.422.

El segundo apunta a redactar de manera distinta la norma propuesta en lo relativo a la accesibilidad universal a los juegos infantiles.

Por último, consideró necesario dejar claramente establecido quién y cuándo debe fiscalizar el cumplimiento de la referida disposición.

Por otra parte, el director nacional del Senadis informó que, en colaboración con el Colegio de Arquitectos, los Serviu, las direcciones de obras y, en su caso, el MOP, el servicio que encabeza está haciendo un diagnóstico de las adecuaciones que requieren los edificios públicos, el cual debería estar terminado a mediados del año en curso.

Respondiendo a diversas consultas e inquietudes de los diputados y diputadas presentes, la ministra de Vivienda y Urbanismo coincidió en que los costos del diseño universal en el caso de los juegos infantiles no son significativos y que los costos relativos a su edificación ya están incorporados, por lo que, si se contempla la construcción de una plaza de juegos en un condominio social, solo habría que preocuparse de que estos sean accesibles.

Las diputadas Jenny Álvarez , Karol Cariola , Maya Fernández y Claudia Nogueira , y los diputados Luis Rocafull y Osvaldo Urrutia formularon indicaciones para:

1. Sustituir el artículo Primero del proyecto, que pasaría a ser único, por el siguiente: “Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos segundo y tercero al artículo 28 de la ley N° 20.422, pasando el actual inciso segundo a ser cuarto:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicas y privadas, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita el uso de todos los niños y niñas, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando además las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos, y circular por las distintas dependencias a través de rutas accesibles que permitan su continuidad en el desplazamiento.

La dirección de obras municipales, previa entrega del permiso de edificación correspondiente, deberá fiscalizar el cumplimiento de la obligación impuesta en el inciso precedente.”.”

2. Eliminar el artículo Segundo del proyecto.

La diputada Jenny Álvarez acotó que el número 1 de la indicación acoge la redacción alternativa propuesta por la ministra de Vivienda y Urbanismo, cuyo objeto es incorporar la enmienda contenida en el artículo Primero del proyecto en la ley N° 20.422, en lugar de la N° 19.284, y especificar que el cumplimiento de la norma será de cargo de las direcciones de obras municipales, al momento de autorizar la construcción de áreas verdes que incluyan juegos infantiles.

El señor Ricardo Leñam consideró acertada la indicación, pero estimó necesario precisar la redacción del nuevo inciso segundo propuesto, a fin de evitar dificultades a la hora de reglamentar dicha norma. En concreto, planteó que la expresión “niños en situación de discapacidad” no es el término jurídico que utilizan la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ni la ley N° 20.422, lo que podría acarrear problemas de interpretación.

Luego de un breve debate, la comisión acordó introducir las siguientes modificaciones al inciso segundo propuesto:

a) Reemplazar la forma verbal “confeccionarse” por “construirse”, por estar referida a los parques, plazas y áreas verdes, y no solamente a los juegos no mecanizados.

b) Sustituir la frase “su uso por parte de” por “el uso de”, por razones de redacción.

c) Reemplazar la expresión “en situación de”, la primera vez que aparece, por la preposición “con”, a fin de adecuar la redacción de la norma a la legislación vigente sobre personas con discapacidad.

d) Suprimir la frase “los niños o niñas en situación de discapacidad”, por ser redundante. Puesto en votación el proyecto, en general y en particular a la vez, con la indicación y las enmiendas introducidas en esta, fue aprobado por asentimiento unánime.

Es cuanto puedo informar. He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, agradezco al diputado Rocafull que haya presentado esta moción y haberla llevado a la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.

Creo que, tal como ocurrió con esta iniciativa en dicha comisión, en general hay consenso entre los parlamentarios en cuanto a aprobar proyectos de ley de este tipo.

En la comisión escuchamos intervenciones que nos hablaban de la importancia de la integración en todos sus niveles, en especial entre los niños cuando empiezan a jugar en comunidad, porque es cuando tratan de integrarse de la mejor manera posible.

Se escucharon testimonios de familias -lo planteó en su minuto el diputado Rocafull que declararon haber visto cómo sus hijos jugaban mientras aquellos que usaban sillas de ruedas o tenían alguna discapacidad no podían hacer lo mismo, sino que debían permanecer a un lado, mirando. Esa es una injusticia que proviene de la sociedad, pero que nosotros podemos reparar, por ejemplo, a través de proyectos de ley como el que nos ocupa.

Una de las discusiones se centró en la posibilidad de destinar un porcentaje de los juegos para niños con capacidades especiales. También se abordó el costo que eso significaría para una empresa al momento de construir una villa o población. Sin embargo, ninguna de esas discusiones tenía que ver con el tema de fondo, que es lo que finalmente primó entre quienes integramos la comisión: que no es lógico destinar solo una parte de los juegos para los niños con discapacidad. En nuestra opinión, todos deberían tener la posibilidad de jugar en todos, independientemente de su capacidad o discapacidad.

Por eso, planteamos la alternativa de promover juegos universales, esto es, juegos a los que todos los niños tengan acceso. No me refiero solo a que los juegos ofrezcan la posibilidad de que todos los niños y niñas los puedan utilizar, sino también a incorporar accesos adecuados para todos ellos.

Respecto de los costos que ello supondría, en la comisión concluimos que son absolutamente marginales para las empresas constructoras.

El Ministerio de Vivienda está tratando de implementar plazas de juegos de ese tipo de manera paulatina, pero ese proceso se acelerará, sin duda, gracias a proyectos de ley como este.

A través del Minvu y del Senadis, tuvimos la oportunidad de conocer los costos estimados que eso supondría, por lo cual podemos aseverar que no tienen ninguna relevancia en comparación con la importancia que tiene el hecho de que niños y niñas con discapacidad puedan ejercer su derecho a jugar como cualquier otro, y, además, que su familia se sienta integrada a la sociedad.

Por eso, invito a todos los parlamentarios presentes a votar a favor este proyecto de ley, que ojalá se convierta lo antes posible en ley de la república.

Son bienvenidos todos los matices de redacción o que tengan que ver con la mejor comprensión de la ley en proyecto, pero lo más importante radica en que se trata de un proyecto de ley motivador para la sociedad, que nos permitirá integrar a los niños y niñas desde su más temprana edad.

Ojalá que todos los diputados y diputadas puedan concurrir hoy con su voto favorable.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Fernando Meza .

El señor MEZA.-

Señor Presidente, estamos discutiendo un proyecto de ley que, como acaba de decir la diputada Alejandra Sepúlveda , hace merecedores de una felicitación a sus autores, particularmente al diputado Luis Rocafull , porque nos ayuda en ese intento que estamos llevando adelante para lograr que se equiparen los derechos y los deberes de todos los habitantes de nuestro país.

En este caso se trata igualar el derecho de los niños y niñas con discapacidad a acceder a juegos infantiles con el mismo derecho que tiene el resto de los niños.

Como expresa la moción, el juego es muy importante para el desarrollo de los niños, no solo para su desarrollo psicomotor, sino también para el de su personalidad, así como también en la búsqueda de la felicidad, porque, como decía un poeta caribeño, los niños nacen para ser felices.

Más del 10 por ciento de la población nacional padece algún grado de discapacidad o tiene capacidades diferentes, como se le quiera llamar. Entre ellos figuran miles y miles de niñas y niños que no pueden acceder, para su distracción y esparcimiento, a los juegos infantiles que se instalan en los espacios públicos y en los recintos privados.

Como dicen los autores del proyecto de ley, “El juego infantil es un instrumento idóneo para el armónico desarrollo de la personalidad del niño,”.

Más adelante agregan que este derecho se encuentra reforzado en la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, ratificada por Chile en el año 2008, la cual en la letra r) de su preámbulo establece: “Reconociendo también que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas”, y recuerda “las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño”.

Posteriormente, en su Artículo 7.1, sobre niños y niñas con discapacidad, declara que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas”.

Debemos ratificar este derecho, lo que se hará mediante la aprobación del proyecto de ley, que da un importante impulso para incluir a esos niños, que muchas veces sufren no solo por su discapacidad, sino también porque son objeto de discriminación. Recordemos que se trata de una edad en la cual aparece un rasgo de crueldad llamado popularmente bullying. Además, cuando los niños en situación de discapacidad llegan a los parques, jardines o plazas donde se encuentran con otros niños que no tienen problemas físicos ni mentales y que están disfrutando, se sienten burlados.

Por eso, la bancada del Partido Radical Social Demócrata votará favorablemente este proyecto de ley tan importante, para que cuando se construyan parques, jardines o plazas, se instalen juegos infantiles que estén de acuerdo con esos niños y niñas en situación de discapacidad, juegos que les permitirán divertirse al igual que el resto de los niños.

De esta forma avanzamos y hacemos que nuestra sociedad sea más solidaria, justa y educada. En ese sentido, debemos entender que no todos somos iguales, que no todos pensamos igual; que somos diferentes y que debemos querernos en la diversidad, no contra la diversidad.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia .

El señor URRUTIA (don Osvaldo).-

Señor Presidente, el proyecto de ley sobre el que hoy nos pronunciaremos y que me correspondió estudiar en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, tiene un fundamento positivo y muy valorable, el cual fue ampliamente compartido por los integrantes de la comisión.

En ese sentido, avanzar en medidas de integración para las personas que poseen algún grado de discapacidad, especialmente niños, es un objetivo que debemos asumir como Estado y sociedad en general, lo que trasciende a cualquier regulación legal o política.

Durante el estudio de la iniciativa, recibimos a distintos representantes del Servicio Nacional de la Discapacidad, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y de la fundación Teletón , para conocer las políticas de discapacidad, sus opiniones sobre el proyecto de ley y cómo podíamos mejorarlo a base de las consideraciones por ellos planteadas.

Sin perjuicio de lo anterior, durante el análisis del proyecto surgieron bastantes dudas sobre la eficacia de una regulación de esa naturaleza. En ese sentido, quedaron pendientes las entregas de un detalle del costo de los juegos no mecánicos universales y su diferencia con los convencionales, así como un análisis comparado detallado sobre cómo operan en el mundo estas regulaciones y una evaluación en el tiempo de estas políticas.

Planteo lo anterior porque todos queremos la integración de los niños en situación de discapacidad, pero no deseamos aprobar iniciativas que se conviertan en leyes que solo queden en el papel. Por ejemplo, en la comisión discutimos sobre los problemas que pudieran generarse en la práctica al instalar este tipo de juegos en los espacios públicos, donde los niños, muchas veces por un exceso de energía y por su condición de tales, inconscientemente postergan a los niños de menor edad o a quienes no tienen habilidades físicas tan desarrolladas.

Respecto del tema relacionado con el costo de esos juegos y su implementación, planteamos que no existirían mayores problemas en el equipamiento público. No obstante, se señaló que algunos desarrolladores inmobiliarios quizás optarían por no instalar ninguna clase de juegos en las plazas de los condominios privados, atendido un eventual mayor costo.

En consecuencia, es muy importante que este tema se clarifique durante el segundo trámite constitucional.

Todos queremos que no sea necesario aprobar proyectos como este, sino que los cambios culturales se produzcan desde la sociedad civil, sin necesidad de una ley que los establezca, para que la integración de las personas en situación de discapacidad sea parte de la educación que viene desde cada casa, desde cada hogar, y que la discriminación arbitraria sea totalmente erradicada de nuestra sociedad.

Sin embargo, es necesario visibilizar los compromisos pendientes con aquellos que tienen mayores dificultades para desarrollarse, por lo que aprobar proyectos de ley como este contribuye a crear conciencia y a dar un puntapié inicial para avanzar hacia una plena integración y acogida de nuestros niños, con lo que contribuimos a otorgar igualdad de oportunidades a todas las personas.

Por consiguiente, hago un llamado a los colegas a aprobar el proyecto de ley, así como al Ejecutivo para resolver en el Senado las dudas pendientes, a fin de establecer una futura ley efectiva, que sea un instrumento de integración, que permita asegurar el derecho que todo niño tienen a jugar, recrearse, compartir con sus pares y ser plenamente feliz.

Votaré favorablemente la iniciativa.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Luis Rocafull .

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, por su intermedio agradezco a todos quienes patrocinaron esta moción, como también a todos los integrantes de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, con cuyo aporte y crítica constructivos logramos elaborar un mejor proyecto. Al final, lo importante es que la Cámara y el Senado despachen buenas iniciativas, y que las leyes en que se conviertan sean aplicables.

En esta oportunidad, quiero explicar en qué consiste el proyecto. Los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra lo han explicado en forma muy didáctica; pero también es importante señalar cómo nacen estas mociones.

¿Por qué pongo énfasis en eso? Porque las mociones nacen de las vivencias regionales, de lo que vivimos y vemos en las regiones.

Con sorpresa me enteré de que esto ya existe en algunas partes de Santiago.

Debemos considerar que, en ocasiones, propuestas regionales se convierten en nacionales. Entonces, ¡qué importante es que las regiones tengan un poco más de poder y mayor autonomía!

Quiero destacar que mi Región de Arica y Parinacota ha sido líder en estos temas. En 2009 tomó la iniciativa para ser la primera en tener, después de la Región Metropolitana, la famosa máquina de rehabilitación Lokomat , de la Teletón, a pesar de que se trataba de una región nueva, que no cumplía todavía los dos años desde su creación.

Asimismo, en 2016, por iniciativa del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, encabezado por su intendenta Gladys Acuña , Arica fue la primera ciudad de Chile que implementó playas inclusivas.

A propósito de mi ciudad, quiero narrar brevemente una vivencia. Una tarde estaba en una plaza mirando unos juegos mecánicos y cómo los niños se divertían en ellos. Un niño en una silla de ruedas miraba cómo los otros niños jugaban y se divertían. De seguro, su cabecita imaginaba estar jugando con su hermano, sus amigos y sus amigas, pero no lo podía hacer. Esa experiencia, por supuesto, inspira la presentación de este proyecto, que busca tener una sociedad igualitaria, justa e inclusiva, de la cual todos somos parte y en la que todos tenemos derechos. ¡Esa es la esencia del proyecto!

No es necesario inspirarse en legislaciones extranjeras, en la OCDE, en organismos internacionales o en las convenciones y tratados que nuestro país ha ratificado y que se encuentran vigentes, por los que válida y legítimamente hemos adquirido ciertos compromisos. Aquí lo que nos debe inspirar es lo que sienten y sufren nuestros hermanos chilenos.

La razón que inspira este proyecto es crear una sociedad más justa. Por esa razón, una vez aprobada la iniciativa, cualquier institución, sea pública o privada, que en su proyecto contemple la instalación de juegos infantiles no mecánicos, tendrá necesariamente que pensar en todos los niños y niñas, sin excepción.

Durante la discusión en la comisión, la ministra de Vivienda y Urbanismo informó que la implementación de esta medida tiene un costo marginal en lo monetario, pero representa una tremenda ganancia, una tremenda utilidad para el país, por cuanto posibilita que niños y niñas puedan desarrollarse plenamente, ser felices y convertirse en un aporte para nuestro país.

Por lo tanto, medir el costo económico del proyecto es mezquino; lo que hay que medir es la rentabilidad social y la felicidad que generará en niños y niñas.

Hago un llamado a aprobar este proyecto de ley, porque es importante para un conjunto de niños y de niñas que no son visibles, que no están en el diálogo ni en la discusión política de todos los días. Esos niños y niñas merecen nuestra atención, pues es nuestra responsabilidad como legisladores aprobar iniciativas de ley que apunten a la integración y a la inclusión.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Claudio Arriagada .

El señor ARRIAGADA.-

Señor Presidente, como integrante de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, felicito a los autores de este significativo proyecto.

No hay ningún proyecto que provoque mayor alegría que los que van dirigidos a los niños, pero especialmente aquellos destinados a los niños que tienen condiciones y capacidades diferentes.

Me tocó intervenir en la discusión realizada en la comisión, y efectué la misma valoración. Sin embargo, quiero advertir, tal cual lo hice en dicha instancia, que estos buenos proyectos no dan cuenta de una situación de inequidad en los territorios. Me refiero, con conocimiento de causa, a la Región Metropolitana, donde la proporción en materia de metros cuadrados de áreas verdes por habitante es muy dispar entre una comuna y otra.

No se trata de insistir, de ninguna manera, majaderamente en un resentimiento. Simplemente, todos aspiramos a ciudades construidas a escala humana, amables, en las que sea digno vivir.

Hace poco, a través de los medios de comunicación, conocimos los guetos en altura de la comuna de Estación Central. También tenemos conocimiento de la enorme cantidad de lugares donde los niños no cuentan con un jardín ni un patio donde jugar. Lamentablemente, muchos sitios eriazos, que podrían convertirse en áreas verdes, se han transformado en basurales por la acción de personas inescrupulosas. Al respecto, hace poco veíamos a la alcaldesa de La Pintana, Claudia Pizarro , junto con el intendente y otros alcaldes salir a enfrentar este problema con alguna estrategia.

Hemos construido ciudades donde segmentos significativos de chilenos -duele más cuando son niñosno tienen sitios de esparcimiento, en los que los niños no tienen un lugar donde jugar. Estoy hablando de niños que no tienen ninguna diferencia ni condición física especial; estoy hablando de niños que pueden correr perfectamente, pero que viven en departamentos de 14 metros cuadrados construidos. ¿Alguien puede creer que existen viviendas de 14 metros cuadrados? Los guetos de Los Morros, de Lago Chungará y de Bahía Catalina son un ejemplo impresionante de lo que acabo de señalar.

En la Comisión de Vivienda me referí a los denominados “palafitos en altura”, palafitos urbanos, es decir, construcciones aledañas a los departamentos que la gente instala para ampliar sus viviendas.

Considero un avance que en nuestro país cada día se adquiera mayor conciencia de la importancia de incorporar a las personas con capacidades diferentes y tratarlas en igualdad de condiciones. En ese sentido, la advertencia que hice en la comisión era que había algunas comunas donde esto se iba a cumplir, pero en otras, simplemente, no se iba a poder cumplir.

Proyectos de ley tan importantes y significativos como el que estamos discutiendo se pueden convertir solo en un saludo a la bandera si la Subsecretaría de Desarrollo Regional y los gobiernos regionales no invierten recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional en las comunas que tienen carencias financieras importantes.

Chile ha avanzado en integración e inclusión, pero ello debe ir acompañado de recursos económicos.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado David Sandoval .

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente, sin duda, merecen nuestro absoluto apoyo los proyectos que contienen una dimensión social, que están pensados en las personas y, en este caso en particular, en las personas que presentan discapacidad.

Felicito a los autores de la moción, que tuvieron la idea de avanzar un poco más allá de las normas que Chile tiene en ese sentido. Me refiero a la ley Nº 19.284, que Establece Normas para la Plena Integración Social de Personas con Discapacidad, y a la ley Nº 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.

A pesar de la existencia de dichas normas jurídicas aún nos falta mucho por avanzar para hacer efectiva la inclusión de las personas con discapacidad.

Como bien han relatado diferentes parlamentarios, no es un hecho aislado ver que ciudades, poblaciones e, incluso, proyectos habitacionales recientes no se hacen parte de la realidad que vive un porcentaje de nuestra población.

Bien decía el diputado Fernando Meza que alrededor del 10 por ciento de los chilenos presenta algún grado de discapacidad. Por ello, presentar un proyecto de ley de estas características tiene un profundo sentido humano, porque se orienta básica y esencialmente en el bienestar de la gente. Por eso, no debe existir duda alguna de que va a contar con todo el apoyo y respaldo de nuestra bancada.

Hace poco tramitamos en el Congreso Nacional el proyecto de ley que establece un sistema de garantías de los derechos de la niñez, en el cual se señala que deben existir accesos a los espacios públicos, como lo recomienda la propia convención internacional. Por ello, vemos que este proyecto va en la dirección correcta.

Queremos que ningún niño o persona con discapacidad sea enfrentado a condiciones que lo aíslen y lo obliguen a marginarse de su legítimo derecho a disfrutar de los espacios públicos, a acceder a estos con regularidad y a desarrollar su vida con la máxima normalidad posible.

A pesar de las normas legales sobre esta materia que se encuentran vigentes en nuestro país, aún nos falta mucho que avanzar. Esta iniciativa es un aporte sustantivo y, por esa razón, no cabe duda alguna de que nuestra bancada va a apoyarla, porque en nuestro país necesitamos incrementar y masificar los proyectos sociales, humanos y pensados para la gente. Por eso vamos a votar a favor este proyecto de ley.

Por último, reitero mis felicitaciones a quienes tuvieron la noble idea de presentar esta moción.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, en primer lugar, saludo a la alcaldesa de El Quisco y a toda la delegación de esa comuna que vino a presenciar la discusión del proyecto de ley ubicado en el primer punto de la Tabla.

En el debate no pudimos intervenir todos los diputados, porque, por acuerdo de los Comités, solo harían uso de la palabra los dos diputados del distrito pertinente. Sin embargo, adherimos a ese proyecto, porque le hace muy bien a El Quisco y a todo el país.

En relación con el proyecto que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad, debo señalar que es un avance en materia de inclusión social de las personas con discapacidad.

Junto con la diputada Alejandra Sepúlveda , me correspondió presidir la comisión especial cuando legislamos para establecer la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, la cual es muy importante, porque vino a hacer un cambio de paradigma. Siempre se había entendido que la persona con discapacidad tiene el problema. Sin embargo, la ley N° 20.422, haciéndose eco de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, cambió el paradigma, pues ahora la idea es que el entorno debe cambiar para ser inclusivo con todas las personas. De ahí nació el concepto de accesibilidad universal.

En todas las reparticiones públicas, en todos los edificios públicos y privados, debe haber accesibilidad universal, la cual no se encuentra plenamente implementada después de casi diez años de la entrada en vigencia de la ley. ¿Cuántas personas con discapacidad tienen que subir a un segundo piso en el Servicio de Registro Civil o en otras reparticiones públicas cuando van a hacer trámites? Pero también debemos reconocer que hemos ido avanzando gradualmente en esta materia.

También es un logro importante que los niños y las niñas en situación de discapacidad tengan acceso a los juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados.

Ciertamente, el proyecto de ley establece la obligatoriedad. Por eso hay que destacar a los municipios que lo han hecho voluntariamente, como la municipalidad de Concepción, que dirigen el joven alcalde Álvaro Ortiz y su concejo, que en el parque Ecuador han implementado todos los juegos con accesibilidad universal. Es el primero en Chile, y debemos destacarlo, porque la ley es igual para todos, pero algunos se han adelantado a la norma y nos están dando un ejemplo. Esperamos que en todos los parques de Chile los niños y las niñas con algún tipo de discapacidad puedan tener accesibilidad universal, porque nos hace bien una mirada inclusiva de la sociedad que queremos construir.

Cabe recordar que Chile ha ratificado distintos instrumentos internacionales, cuyo único fin es promover la inclusión y el respeto de los derechos de los niños, como la Convención sobre los Derechos del Niño, de las Naciones Unidas, y la ley N° 20.422, que aprobamos hace casi diez años.

Insisto en que este proyecto es un avance, por lo que felicito a su autor, el diputado por Arica señor Luis Rocafull . Espero que desde Arica a Punta Arenas podamos avanzar en la inclusión social de nuestros niños y niñas con algún tipo de discapacidad.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Daniel Farcas .

El señor FARCAS.-

Señor Presidente, brevemente, quiero referirme al proyecto de ley que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad, en la misma línea de los colegas que anteriormente se han expresado con elocuencia y con bastante certeza: Alejandra Sepúlveda , Osvaldo Urrutia , Fernando Meza y Luis Rocafull , que nos ilustró acerca de los ejemplos que se han considerado para tener una sociedad más inclusiva.

En esta materia, nos asiste la convicción de que las señales que se han dado por parte del Congreso Nacional, claramente, son una muestra de sintonía y de que se escucha activamente lo que dice la gente. En los barrios que recorremos habitualmente, de las comunas que tenemos el honor de representar, siempre encontramos segregación producto de que en muchos lugares, como en el sector norte de Santiago, existen pocos espacios de esparcimiento y áreas verdes.

Es más, algunos intentan, errónea y absurdamente, terminar con los parques, para construir recintos en ellos, en circunstancias de que existen otras alternativas. Pero más allá de entender que existen pocos lugares en que las personas puedan desarrollar sus actividades al aire libre, como plazas, además existe la segregación y la exclusión de aquellas personas que están en situación de discapacidad. Ello resulta aun más complejo de entender cuando afecta a nuestros niños y niñas, que no solo merecen nuestro respeto y consideración, sino también una señal de inclusión.

Tal como lo afirmó con mucha inteligencia el diputado Fernando Meza , necesitamos dar continuidad a las tareas en que hemos ido avanzando. El proyecto de ley tuvo como referencia las otras materias en que hemos avanzado en el establecimiento de normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

Tal como se ha hecho en edificios, espacios públicos y otros lugares, se han generado las condiciones para que, de una manera efectiva, exista un reconocimiento a la diversidad. Eso habla de un Chile más inclusivo y de una sociedad más abierta, que no solo se queda en las palabras, sino que llega a los hechos.

El mismo Vicepresidente Enrique Jaramillo ha promovido, en diversas oportunidades, la idea de que debemos escuchar a la ciudadanía para clarificar, a partir de una ley, lo relacionado con la inclusión social, especialmente de las personas que tienen alguna discapacidad.

Por lo tanto, este proyecto de ley establecerá, de manera muy concreta y efectiva, la obligatoriedad de un elemento que quizás pudiese parecer que no es muy importante ni significativo, pero que constituye una señal muy clara de cómo se puede materializar un sentimiento y una necesidad, para que la ciudadanía tenga la certeza y la convicción de que en esta materia vamos a seguir avanzando todos los días.

Todavía tenemos grandes desafíos en materia de inclusión, como los aspectos relacionados con que en el mundo laboral, en el mundo de las universidades y en el mundo de la empresa exista una inclusión mayor. Sin duda, ello es importante.

La iniciativa va en la dirección correcta. Además, demuestra la voluntad del Parlamento de tener una sociedad más inclusiva, justa y equilibrada, a fin de entregar espacios a todas y todos.

Qué mejor que ratificar lo anterior y abrir la posibilidad de que nuestras niñas y niños con discapacidad tengan un espacio garantizado para que disfruten del aire libre en nuestras plazas.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Maya Fernández .

La señora FERNÁNDEZ (doña Maya).-

Señor Presidente, hoy daremos un nuevo paso hacia un Chile mucho más inclusivo.

Sobre el proyecto, felicito al diputado señor Luis Rocafull , quien me invitó a patrocinarlo. En el momento en que me presentó el proyecto le recordé que en 2012, una madre y un padre, en Ñuñoa, se me acercaron con un proyecto en la mano para pedirme que en los parques de esa comuna tuviéramos este tipo de juegos no mecánicos inclusivos, porque su hija no podía disfrutar como los otros niños de los juegos tradicionales. Como el problema me afectó, conversé con el diputado Luis Rocafull sobre la necesidad de legislar sobre la materia.

Como se sabe, nuestro país suscribió la Convención sobre los Derechos del Niño, que señala: “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.”. Ese derecho se encuentra reforzado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, instrumento ratificado por Chile en 2008. En ella se señala: “(…) los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas,”.

Por lo tanto, el paso que estamos dando es muy importante. La iniciativa fue debatida en la Comisión de Vivienda, donde fue aprobada por unanimidad.

Creemos que todas las niñas y los niños tienen derecho a pasarlo bien, al esparcimiento, al juego y, sobre todo, a sonreír cuando van a un parque.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa .

El señor JARPA.-

Señor Presidente, en mi condición de médico me resulta grato anunciar que la bancada del Partido Radical Social Demócrata aprobará el proyecto en debate.

Si definimos la salud como el perfecto bienestar físico, mental y social, debemos entender que los seres humanos desarrollamos nuestra relación social en el espacio público. En este momento es muy importante preguntarnos cómo podemos formar ciudadanos conscientes de que debemos crear una sociedad más integrada.

Los esfuerzos del Ministerio de Vivienda para transformarse en una verdadera herramienta urbanista, a través del mejoramiento de plazas y espacios públicos, se enmarcan precisamente en cómo estamos creamos un país con una democracia más participativa e inclusiva y en cómo las personas, cualquiera que sea su condición física, mental o social, puedan desarrollarse en una sociedad más integrada.

Lo anterior es promovido por el proyecto que nos ocupa.

Por otra parte, ya no hablamos de discapacitados, sino de personas en situación de discapacidad. En tal sentido, el trabajo que debe hacer el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con la colaboración de los municipios, debe apuntar a desarrollar una ciudad donde se dé accesibilidad a las personas que por diferentes circunstancias, ya sea por patologías neurológicas, musculares o secuelas provocadas por algún tipo de traumatismo, tienen dificultades de ambulación.

Felicito al autor del proyecto, diputado señor Luis Rocafull , y también a quienes apoyaron el trabajo que desarrollamos en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, porque el proyecto promueve, a través de la accesibilidad a los juegos no mecánicos para personas en situación de discapacidad, que nuestras niñas y niños, desde su más tierna infancia, se conviertan en personas conscientes y solidarias. Desde esa perspectiva, debemos trabajar juntos por una sociedad más justa y buena.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada señorita Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, felicito al diputado señor Luis Rocafull por presentar este proyecto de ley. Hago presente, además, que nos invitó a patrocinarlo.

En la Comisión de Vivienda varios diputados y diputadas hemos impulsado el avance de la iniciativa. Por lo tanto, estamos muy contentos por su tramitación en la Cámara de Diputados.

El proyecto pareciera ser muy sencillo. Tal como lo hemos dicho en otras oportunidades, aborda temas a los cuales no se les da la importancia, como la situación de los niños con movilidad reducida o que por diversas razones, ya sea genéticas o adquiridas, sufren algún tipo de discapacidad.

Cuando debatimos la iniciativa lo hicimos con profundidad. Pusimos énfasis no solo en la modificación legal que permite llevar adelante una medida como la que se está proponiendo, que básicamente establece la obligatoriedad de que los juegos mecánicos infantiles que se construyan en espacios públicos y privados para niñas y niños en situación de discapacidad tengan un diseño universal.

La discusión que hubo en la comisión se orientó en el sentido de si en los parques debían instalarse juegos que permitieran la accesibilidad de niños con movilidad reducida, adicionales a los juegos que ya existen, o si debían diseñarse juegos integrados que permitieran su uso tanto por niños en situación de discapacidad como por niños sin reducción en su movilidad.

Hablar de inclusión implica buscar mecanismos para que nuestros niños en situación de discapacidad, que ya están suficientemente excluidos de nuestra sociedad, no se sientan aún más excluidos cuando se trata de jugar, de algo tan sencillo, simple y propio de la infancia como es divertirse y tener un espacio para el ocio y para relacionarse con sus pares.

El niño no tiene limitaciones en su cabeza; su capacidad de soñar y de crear es infinita. Las limitaciones se las ponemos nosotros, pues cada vez que van a un parque no pueden subirse a los juegos y se tienen que quedar mirando a los niños que sí pueden hacerlo. El daño que les provoca una situación como esa es tremendo, pero como sociedad no lo estamos dimensionando; no nos damos cuenta de cómo se sienten esos niños frente a una discriminación de ese tipo.

Eso es lo que estamos discutiendo con esta iniciativa. La discusión es más profunda que el mero hecho de dar atribuciones a la dirección de obras municipales para fiscalizar que las empresas constructoras cumplan con esta nueva normativa.

Creemos que este proyecto es un paso, quizá mínimo, pero tremendamente simbólico para que nuestro país deje de hacer sentir discapacitados a nuestros niños con movilidad reducida.

¿Por qué lo digo así? Porque la discapacidad se la generamos nosotros al no permitirles, por ejemplo, movilizarse por las calles, al no instalar rampas para que accedan a un lugar o al no diseñar e instalar juegos adecuados a los cuales puedan subirse. Provocamos una situación de discapacidad cuando limitamos a los niños sus posibilidades y sus acciones. Si les entregáramos las herramientas para que pudieran desarrollarse al igual que otros niños, al igual que sus pares, no se sentirían discapacitados.

Este debate es mucho más profundo y debemos afrontarlo integralmente. Por ejemplo, deberíamos comenzar por establecer disposiciones que obliguen a que en los colegios construidos con dos o más pisos en altura existan mecanismos que permitan a los niños y niñas en situación de discapacidad acceder a cualquier sala o a cualquier parte de ese establecimiento. No puede ser que tengan limitaciones para ser parte de un curso debido a que, por ejemplo, no existe un ascensor en su establecimiento escolar.

Debemos partir por esas pequeñas cosas, cuya solución sí está en nuestras manos. A lo mejor, resolver el problema funcional y estructural en el cuerpo de un niño o niña en situación de discapacidad no es una medida que dependa de la voluntad de quienes determinan los espacios públicos. Pero algo como lo que se plantea ni siquiera implica más recursos. Se trata solo de voluntad.

Hago el llamado a votar a favor este proyecto de ley que establece la obligación de desarrollar diseños universales para los juegos infantiles en las plazas públicas y en aquellos lugares donde exista este tipo de construcciones, para que niñas y niños con movilidad reducida nunca más tengan limitaciones para jugar en igualdad de condiciones con sus amigos y con sus pares, y para que su capacidad de soñar no esté limitada por una sociedad normativa que genera discriminaciones de distinto tipo frente a situaciones como esta, más allá del discurso de la inclusión. Debemos lograr que la inclusión sea una realidad a partir de las acciones que tomemos de aquí en adelante.

Agradecemos la buena disposición de la ministra de Vivienda y Urbanismo en orden a impulsar la inclusión a través de la construcción de plazas, de condominios sociales y de diferentes espacios públicos orientados al desarrollo comunitario.

Agradecemos la iniciativa del diputado Rocafull y como bancada la votaremos a favor. Estamos contentos de que un paso como este sea asumido como política pública.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Alvarado .

El señor ALVARADO.-

Señor Presidente, este proyecto da cuenta de la mirada distinta que tiene una sociedad que va evolucionando. La discriminación puede ser un proceso que viene desde la biología. No obstante, va pasando el tiempo y van surgiendo otras forma de discriminación. Por ello, nuestro país debe tener las herramientas para adelantarse a lo que va a ocurrir. En nuestra sociedad tanto hombres como mujeres vamos a vivir muchos más años y también vamos a necesitar -al igual que los niños necesitan lo que se propone en este proyecto otras formas de entretención y de convivencia. Hay que generar cambios en una sociedad que, como se ha dicho, tiene un carácter hedonista y en la que se privilegia lo material.

Felicito a los autores del proyecto y los invito a apoyar otras iniciativas que abordan situaciones que también constituyen discriminación en nuestro país. En la Comisión de Desarrollo Social desde hace largo tiempo discutimos un proyecto sobre incorporación del lenguaje de señas. Muchos chilenos legítimamente deberían poder estar al tanto de lo que acontece en nuestro país si se incorporara esa forma de lenguaje que ellos manejan. Medidas como esta no generarán un quiebre en nuestro PIB ni deteriorarán la balanza de pago de nuestro país. Por el contrario, quizás al ser integradas, esas personas serán seres productivos y darán mayor felicidad a su entorno y a su familia.

Hay que recordar que el respeto que merecen las personas y su derecho no se funda en la vitalidad o actitud mental de cada individuo -estos aspectos no tienen ninguna relación ni en la utilidad que puede aportar a la sociedad, sino en la común naturaleza humana que poseen. En definitiva, es la dignidad humana lo que está en juego.

Felicito al diputado Rocafull , un diputado de región, porque nos interpreta plenamente con este proyecto que modifica la ley N° 20.422.

Necesitamos seguir avanzando. No olvidemos que, como la medicina va progresando, probablemente más personas en situación de discapacidad se integren a lo que muchos consideran un ámbito de desarrollo normal. Hemos tenido avances significativos en esta área, pero todavía nos falta avanzar.

Invito a apoyar esta iniciativa y otras que irán en beneficio de una sociedad más humana que dignifica a cada uno de sus miembros. También debemos pensar en el futuro, sabiendo que en treinta o cuarenta años tendremos que legislar para personas con ochenta, noventa o incluso cien años de edad.

Por lo expuesto, anuncio que el Partido por la Democracia va a votar a favor el proyecto.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada Marcela Hernando .

La señora HERNANDO (doña Marcela).-

Señor Presidente, me siento feliz de que estos temas sean cada vez más visibles. No creo que la realidad que existe en materia de discapacidad sea consecuencia de una sociedad que desea discriminar. Más bien tiene que ver con el desconocimiento de muchas materias relacionadas con este ámbito.

Grafico lo anterior con algo que ocurrió en el Consejo Comunal de la Infancia de la Municipalidad de Antofagasta, cuando fui alcaldesa hace varios años, organización que integraban niños y adolescentes de la comuna pertenecientes a diferentes estratos sociales y económicos, quienes hicieron sugerencias con cierta periodicidad.

Una de las primeras iniciativas que nacieron de esos niños fue la de instalar juegos inclusivos en plazas y en diversas obras que estábamos construyendo en ese minuto como municipio.

La verdad es que para nosotros ese fue un descubrimiento, y no pudimos menos que sentir agrado por ello.

A partir de esa experiencia, se instruyó a la Secoplan de la Municipalidad de Antofagasta incorporar siempre juegos de ese tipo en el diseño de los espacios públicos.

Me parece que ese es un cambio social que se ha ido dando en todas partes, cual es visibilizar temas que no advertimos los adultos, en particular quienes no tienen en su entorno a alguien con alguna capacidad diferente. Por tanto, como representantes de toda la ciudadanía, es nuestro deber el hacerlos ver.

Felicito al diputado Rocafull por esta iniciativa, y al Ministerio de Vivienda, que la ha ido incorporando. Sin embargo, considero que se trata de un tema que no solo corresponde al sector público, sino también al privado.

En tal sentido, cabe mencionar lo que ocurre con las salas de cines, especialmente las de regiones. Por ejemplo, en Antofagasta los cines no tienen ascensor, lo cual genera una situación indigna para los niños que se movilizan en silla de ruedas, pues cuando llegan a esos locales deben ser llevados en brazos a la sala correspondiente -sus sillas de ruedas son transportadas de la manera que sea posible para que tengan acceso a ver las películas que allí se exhiben.

Mi llamado también es al sector privado, en especial a las agencias inmobiliarias, en orden a que consideren la discapacidad cuando proyecten realizar inversiones de esta naturaleza.

Por lo expuesto, obviamente que la bancada radical aprobará este proyecto.

He dicho.

-Aplausos.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal .

La señora PASCAL (doña Denise).-

Señor Presidente, son varios los diputados que aquí se han referido a los compromisos asumidos por el Estado de Chile en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada mediante el decreto supremo N° 201, de 2008.

Al respecto, debo señalar que como Estado parte de dicha convención, nos obligamos a adoptar las medidas necesarias para asegurar que los niños y las niñas con discapacidad tengan igual acceso que los demás niños y niñas a la participación en actividades recreativas, pues lo merecen.

Estamos en 2017, y nos alegra que después de casi diez años desde que nuestro país ratificó la referida convención, nos encontremos legislando sobre la obligatoriedad de instalar juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas discapacitados, de manera de garantizar su acceso en igualdad de oportunidades.

No hace mucho aprobamos en esta Sala el proyecto de ley que establece un sistema de garantías de los derechos de la niñez. En su discusión nos referimos precisamente a los derechos que tienen todos los niños con capacidades diferentes.

Se trata de una necesidad de país, aun después de que hemos legislado más de una vez sobre el particular. Cito como ejemplo de ello la ley N° 19.284 y la N° 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.

Por su parte, la ley N° 20.422 considera entre sus disposiciones el acceso y uso en forma autovalente de edificios y espacios públicos con el fin de permitir la inclusión social de las personas con capacidades diferentes y de facilitar su movilización y acceso a los diferentes servicios y lugares de entretención.

No cabe duda de que somos un país que legisla y que está preocupado por la discapacidad, por asegurar la igualdad y el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad en nuestra sociedad y por crear diferentes instancias para que ello se cumpla. Sin embargo, ejecutar lo comprometido y cumplir es el camino que nos falta por recorrer.

Esperamos que lo que dispone el proyecto en discusión -agradezco al diputado Luis Rocafull por habernos impulsado a acompañarlo en esta iniciativa y a firmarla-, cuyo objetivo es que los niños y las niñas en situación de discapacidad puedan acceder a los juegos infantiles de que se trata, es decir, ejercer su derecho a participar en igualdad de condiciones en actividades recreativas, se cumpla una vez que se convierta en ley.

Asimismo, que tanto las instituciones del Estado, más allá de los gobiernos de turno, como las privadas cumplan efectivamente lo establecido en las leyes cuyos proyectos aprobamos, y que respecto de dichos cuerpos legales se pueda controlar y fiscalizar su cumplimiento.

Elaboramos y aprobamos muchas iniciativas y avanzamos con ellas. Pero una vez que ellas se convierten en ley, cuando vamos a los lugares que representamos, donde está nuestra gente -me refiero en mi caso a las provincias de Talagante y de Melipilla-, vemos que los espacios y edificios públicos no consideran el acceso para los discapacitados.

Por tanto, debemos comprometernos no solo a aprobar esta iniciativa en la Sala, lo que me parece súper importante, sino también a fiscalizar en nuestros distritos el cumplimiento de sus normas cuando sea ley de la república. De esa manera, podremos avanzar en materia de igualdad en nuestra sociedad, derecho que no solo se refiere a los niños y niñas discapacitados, a quienes se dirige este proyecto, sino también a todas aquellas personas con capacidades diferentes, a las que muchas veces vemos movilizarse por las calles en sus sillas de ruedas sin poder acceder a ciertos lugares porque no están dadas las condiciones para ello. Vemos la forma en que los niños y niñas con capacidades diferentes miran a la distancia a otros niños que se columpian o se balancean en juegos infantiles no mecánicos; aquellos no pueden hacer lo mismo.

En consecuencia, además de legislar sobre esta materia, invito a todos los colegas a fiscalizar en terreno que nuestros municipios e instituciones del Estado cumplan las leyes cuyos proyectos aquí firmamos y aprobamos.

Por último, anuncio que la bancada del Partido Socialista aprobará esta iniciativa.

He dicho.

-Aplausos.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Iván Fuentes .

El señor FUENTES.-

Señor Presidente, seré breve en mi intervención.

Aprovecho este espacio para enviar un mensaje a todos los candidatos a la Presidencia de la República: estos son los momentos en que hay que recibir el mensaje de nuestro Chile. Son ustedes quienes deberán tomar nota de los pasos que daremos de aquí en adelante.

¿Es muy importante este proyecto? ¡Por supuesto que sí, pues! Es muy importante porque no queremos separación, sino integración. Y cuando hablamos de integración podemos referirnos a muchas cosas que no están pasando.

¿Hemos avanzado como país? ¡Sí, pues! Hemos avanzado. Y hay legislaciones que ustedes, el sector político que estuvo acá antes que nosotros, trabajaron, con lo cual lograron ampliar algunas cosas en esta materia. Por ejemplo, cuando hoy se construyen poblaciones, si hay cuatro personas en situación de discapacidad, se hacen cuatro casas.

La invitación es -por eso hago este llamado a todos los candidatos a la Presidencia de la República a ser capaces como país de lograr que todas las casas tengan las condiciones adecuadas para ser habitadas por discapacitados, porque en cualquier minuto uno puede verse enfrentado a una situación de esta naturaleza. De lo contrario, lo que sucederá es que para solucionar ese problema se deberá agarrar un combo y romper la escalera de una casa para hacer una rampita. ¡Para construir esa rampita se ocuparán las mismas cuatro bolsas de cemento que se necesitan para hacer una escalera!

Lo único que debemos hacer es cambiar la política nacional de vivienda en cuanto a cómo construimos las casas para hacerlas inclusivas, de manera que si hay alguien que tenga alguna situación de discapacidad quiera ir a visitar a otro que no la tenga. Así, podrá entrar a esa casa y no tendrá que dejar su silla de ruedas afuera porque no cabe por la puerta, y podrá entrar al baño sin tener que depender de alguien que lo lleve si no puede entrar con su silla de ruedas.

Tenemos que cambiar esas cosas para que seamos capaces de crecer como país. ¡No podemos detenernos en aquello! Si hemos sido capaces de hacer otras cosas, también podemos hacer esto.

Es cierto que la política está dañada. Proyectos como el que conocemos hoy son importantes, pero es probable que lo que aquí estamos tratando no salga publicado en la prensa mañana. Espero que los minutos me acompañen, porque hay muchas cosas que decir aún.

En cuanto a las situaciones de discapacidad, tenemos que, por ejemplo, las distrofias no están incorporadas ni en el AUGE ni en la ley “ Ricarte Soto ”. Entonces, debemos modificar colegios y hospitales construidos en las décadas de los 80 o 90, porque tienen escalas tortuosas. Lo mismo ocurre con las casas construidas en esa época; también hay que modificarlas.

Por consiguiente, si para modificar aquello vamos a tener un gasto tremendo, entonces ¿por qué vamos a seguir ampliando el gasto? Construyamos las casas y los centros de entretención de manera distinta. ¡Hagámoslos inclusivos de verdad! Creo que es una tarea bonita.

Ayer pudimos acompañar el proyecto de lenguaje de señas… No podemos dar una señal diferente cuando se trata del Festival de Viña porque nos convenga. Claro, como todo el mundo lo está viendo, tratamos de mostrarles que somos inclusivos. Lo mismo pasa con la Teletón: damos una señal para mostrar que utilizamos el lenguaje de señas, ya que, como también la ve todo el mundo -insisto-, tratamos de mostrarles que somos inclusivos. Pero cuando la Teletón y el Festival de Viña terminan, volvemos a ser apáticos y desabridos con nuestro país.

Debemos ser inclusivos de verdad, sentir el dolor ajeno y que todos somos un equipo de ciudadanos chilenos que nos queremos. Tenemos diferencias, pero igual nos queremos, razón por la cual nos hacemos un gesto humano.

He dicho.

-Aplausos.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad.

Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 80 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Cariola Oliva, Karol ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; Edwards Silva, Rojo ; Espinosa Monardes, Marcos ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; Lorenzini Basso, Pablo ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Provoste Campillay, Yasna ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Silva Méndez, Ernesto ; Squella Ovalle , Arturo .

El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular.

Despachado el proyecto al Senado.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 18 de mayo, 2017. Oficio en Sesión 17. Legislatura 365.

VALPARAÍSO, 18 de mayo de 2017

Oficio Nº 13.336

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad, correspondiente al boletín N° 9.701-14, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos segundo y tercero al artículo 28 de la ley Nº 20.422, pasando el actual inciso segundo a ser cuarto:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicas y privadas, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita el uso de todos los niños y niñas, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando además las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas accesibles que permitan su continuidad en el desplazamiento.

La dirección de obras municipales, previa entrega del permiso de edificación correspondiente, deberá fiscalizar el cumplimiento de la obligación impuesta en el inciso precedente.”.”.

Dios guarde a V.E.

ENRIQUE JARAMILLO BECKER

Presidente en ejercicio de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Primer Informe de Comisión de Vivienda

Senado. Fecha 08 de septiembre, 2017. Informe de Comisión de Vivienda en Sesión 45. Legislatura 365.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y URBANISMO, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad.

BOLETÍN N° 9.701-14.

_________________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Vivienda y Urbanismo tiene el honor de informaros respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los Honorables Diputados Jenny Álvarez, Karol Cariola, Daniella Cicardini, Fidel Espinoza, Daniel Farcas, Maya Fernández, Clemira Pacheco, Denise Pascal, Luis Rocafull y Joaquín Tuma.

Se hace presente que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único, y acordó, unánimemente, proponer al señor Presidente que sea considerada del mismo modo por la Sala.

A una o más de las sesiones en que se analizó esta materia concurrieron: el Honorable Diputado señor Luis Rocafull; la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, doña Paulina Saball, junto a su asesora legislativa, doña Jeannette Tapia, y del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), el Director Nacional, señor Daniel Concha, la Subdirectora Nacional, señora Viviana Ávila, y la Jefa del Subdepartamento de Derechos Humanos y Asesoría Legislativa, señora Natalia Nesbet.

También estuvieron presentes: Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la asesora legislativa, señora Constanza González. De la Asociación Chilena de Municipalidades, el Coordinador Nacional, señor Miguel Moreno. De la Biblioteca del Congreso Nacional, la analista, señora Verónica de la Paz. Del Comité DC, el asesor, señor Luis Espinoza. Asimismo, concurrieron los siguientes asesores parlamentarios: del Senador señor Montes, don Luis Díaz; del Senador señor Moreira, don Héctor Mery; del Senador señor Ossandón, doña Israela Rosenblum, doña María Angélica Villadangos y don José Huerta, y del Diputado señor Rocafull, don Fernando García.

- - -

OBJETIVOS DEL PROYECTO

Establecer la obligación de que los respectivos juegos infantiles no mecanizados cuenten con un diseño que permita su utilización por niños en situación de discapacidad, garantizando su accesibilidad en igualdad de condiciones.

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

1) Ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

2) Ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.

3) Ley General de Urbanismo y Construcciones.

4) Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

5) Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, promulgada por decreto supremo N° 830, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 14 de agosto de 1990, publicada en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1990.

6) Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, promulgada por decreto supremo N° 201, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 25 de agosto de 2008, publicada en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 2008.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción que da origen a esta iniciativa de ley indica que el juego infantil es un instrumento idóneo para el armónico desarrollo de la personalidad del niño y para que perciba su infancia como una etapa de bienestar y felicidad, principio que ha sido acogido por nuestra legislación en el artículo 31.1 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por Chile en el año 1990, que dispone: “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.”.

Los impulsores del proyecto añaden que tal derecho se encuentra reforzado en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Chile en el año 2008, la cual en la letra r) de su preámbulo establece: “Reconociendo también que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño,” y posteriormente en su Artículo 7.1, sobre niños y niñas con discapacidad, declara que: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas.”.

Sostienen que, en ese contexto, la Administración del Estado y las municipalidades, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, han fomentado el juego infantil mediante la instalación de juegos para niños en espacios públicos, creando en las urbes plazas que constituyen el punto de encuentro y esparcimiento de toda la ciudadanía, cuestión replicada por empresas privadas al situar en sus recintos juegos infantiles que aumentan la concurrencia de menores, como, por ejemplo, en los patios de comida de centros comerciales.

Afirman que, no obstante lo señalado, la cualidad integradora de los juegos infantiles se ve fuertemente mitigada cuando solo permiten su uso a niños y niñas que no se encuentran en situación de discapacidad, desplazando o negando, taxativamente, su utilización a aquellos que sí lo están. Lo anterior, a juicio de los autores, representa una discriminación que transgrede el contenido del derecho internacional, en cuanto a los derechos humanos de los niños y de las personas en situación de discapacidad.

Expresan que, en efecto, en nuestro país el diseño de los juegos infantiles en plazas y parques estaría entregado a la discrecionalidad de quien las construye, sea el municipio, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o una empresa privada, ya que no existe una ley que regule esta materia de forma específica.

Así, la ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad, dispone en su artículo 21 que “Las nuevas construcciones, ampliaciones, instalaciones, sean éstas telefónicas, eléctricas u otras y reformas de edificios de propiedad pública o privada, destinados a un uso que implique la concurrencia de público, así como también las vías públicas y de acceso a medios de transporte público, parques, jardines y plazas, deberán efectuarse de manera que resulten accesibles y utilizables sin dificultad por personas que se desplacen en sillas de ruedas.”.

Sin embargo, a juicio de los autores, el precepto citado resulta ser muy limitado, tanto por el universo de beneficiarios de la misma como en sus exigencias, pues solo abarca un tipo de discapacidad, cual es la motriz, y porque, en la práctica, se concretó solamente en la construcción de rampas para sillas de ruedas.

Por otro lado, comentan que la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, en su artículo 28 señala que: “Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida.”; pero el tema del acceso para niños y niñas en situación de discapacidad a juegos infantiles instalados en plazas públicas sigue sin ser abordado específicamente.

Así, advierten que los edificios, lugares de esparcimiento, plazas y parques ya construidos deben ser acondicionados para permitir el disfrute de las personas con discapacidad, tal como aquellos que están en fase de idea o planificación de construcción, para que, contando con un diseño universal, cualquiera pueda usar y gozar de sus instalaciones.

Los autores subrayan que lo anterior resulta tener mayor impacto cuando se trata de niños o niñas, por ser más susceptibles a sufrir discriminación entre sus pares, especialmente cuando tienen algún tipo de discapacidad. En este sentido cobra fuerza un nivel más intenso del principio de igualdad, como expresión del derecho al igual respeto y consideración, ya que no se les puede reprochar ni maltratar por eventos o cualidades adscritas sobre los que carecen de toda posibilidad de control.

De acuerdo a lo consignado en la Moción, el profesor Carlos Peña González habría expresado que “esta tercera dimensión del principio de igualdad es la que funda el enunciado final del artículo 19, número 2°, de la Constitución Política de la República: discriminar arbitrariamente, significa hacer diferencias en atención a cualidades adscritas no voluntarias”.

Los impulsores enfatizan en que -actualmente- la mayoría de los juegos no mecánicos construidos en espacios públicos o privados no están acondicionados para que un niño con discapacidad pueda jugar; entonces, lo que para muchos constituye un momento de diversión, para otros se convierte en una forma de exclusión, conllevando una limitación discriminadora de su derecho a participar de las actividades recreativas propias de su edad y, por consiguiente, su desarrollo como seres humanos.

A mayor abundamiento citan la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño que en uno de sus preceptos dispone que: “Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.”. Además, indican que el documento impone a las autoridades de los países el deber de protección del niño y de garantizar su pleno desarrollo tanto físico, como espiritual, moral y social, y tal como se expresó, dichos derechos se encuentran reforzados en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

A su vez, mencionan que, en la misma línea, la ley N° 20.422 funda sus importantes disposiciones en los principios de vida independiente, accesibilidad y diseño universal, intersectorialidad, participación y diálogo social. Según su artículo 3°, letra b), la accesibilidad universal garantiza que los entornos -entre otros- sean utilizables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible, y su artículo 7° prescribe que: “Se entiende por igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, la ausencia de discriminación por razón de discapacidad, así como la adopción de medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, educacional, laboral, económica, cultural y social.”.

A este respecto, connotan que la presente iniciativa legal constituye una acción positiva, toda vez que concibe el juego -en este caso representado por los juegos no mecanizados, es decir, los que se impulsan solo con la fuerza humana- como fundamental en el desarrollo de los menores y, por lo tanto, es preciso poner especial énfasis en el acceso a ellos de quienes tienen alguna discapacidad.

Por las razones señaladas, en opinión de los impulsores del proyecto, se hace necesaria la modificación de la normativa del rubro.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El proyecto consta de un artículo único, que modifica el artículo 28 de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

El precepto actual dispone lo que se indica a continuación:

“Artículo 28.- Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Asimismo, estarán sometidas a esta exigencia las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos, y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público. Si las edificaciones y obras señaladas en este inciso contaren con ascensores, estos deberán tener capacidad suficiente para transportar a las personas con discapacidad de conformidad a la normativa vigente.

Las edificaciones anteriores a la entrada en vigencia de la ley N° 19.284 quedarán sometidas a las exigencias de accesibilidad contenidas en el artículo 21 de dicha ley y sus normas complementarias. Del mismo modo, las edificaciones colectivas destinadas exclusivamente a vivienda, cuyos permisos de construcción fueron solicitados entre la entrada en vigencia de la ley Nº19.284 y la entrada en vigencia del presente cuerpo legal, continuarán siendo regidas por el artículo 21 de la ley N° 19.284 y sus normas complementarias.

Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo, corresponderá al Ministerio de Vivienda y Urbanismo establecer las normas a las que deberán sujetarse las nuevas obras y edificaciones, así como las normas y condiciones para que las obras y edificaciones existentes se ajusten gradualmente a las nuevas exigencias de accesibilidad.

La fiscalización del cumplimiento de la normativa establecida en los incisos precedentes será de responsabilidad de las direcciones de obras municipales que deberán denunciar su incumplimiento ante el juzgado de policía local, aplicándose al efecto las disposiciones del Título VI de esta ley. Para el mejor cumplimiento de la fiscalización, las municipalidades, a requerimiento de las direcciones de obras, podrán celebrar convenios con personas naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro, para que colaboren con aquéllas en el ejercicio de esta facultad.

La denuncia por incumplimiento podrá ser realizada por cualquier persona, ante el juzgado de policía local, en conformidad a lo establecido en el inciso precedente.”.

La iniciativa en análisis intercala los siguientes incisos segundo y tercero al precepto transcrito:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicas y privadas, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita el uso de todos los niños y niñas, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando además las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas accesibles que permitan su continuidad en el desplazamiento.

La dirección de obras municipales, previa entrega del permiso de edificación correspondiente, deberá fiscalizar el cumplimiento de la obligación impuesta en el inciso precedente.”.

Primeramente, el Honorable Senador señor Moreira manifestó sus aprensiones en cuanto a que el inciso tercero propuesto pudiera importar el otorgamiento de nuevas atribuciones a los directores de obras municipales.

Al respecto, se hizo presente que no se trataría de nuevas atribuciones, ya que estarían comprendidas en facultades actuales de tales funcionarios, establecidas, por ejemplo, en los artículos 116, 142, 144 y 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

A su vez, se tuvo en cuenta que el Ejecutivo adelantó que sugeriría enmarcar lo relativo a la fiscalización en lo que, sobre la materia, ya contempla el actual inciso cuarto del artículo 28, precepto que es objeto de las modificaciones propuestas en la iniciativa en debate.

Enseguida, el Honorable Diputado señor Rocafull expresó su preocupación en lo relativo a que en la actualidad los juegos no mecánicos, instalados en muchas partes del país, no dan la posibilidad de utilización a niños con discapacidad, y aun cuando reconoció el surgimiento de medidas puntuales en pos de la inclusión, por ejemplo, en playas y ciertos juegos infantiles, hizo ver que ello se ha debido a la mera voluntad de quienes las han financiado, mas no a una legislación que establezca su obligatoriedad.

Atendido lo anterior, se propone que cualquier parque, plaza o área verde en que se construyan juegos no mecanizados deban hacer posible su uso por parte de niños con discapacidad.

Señaló que, además, con esta normativa se estará cumpliendo con los tratados internacionales ratificados por Chile en relación con el derecho de los menores al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas, y a asegurar que la totalidad de los niños con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás -Convenciones de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad-.

La señora Ministra de Vivienda y Urbanismo estuvo de acuerdo con el sentido, la propuesta y el espíritu de la iniciativa.

Mencionó que, como país, se ha hecho un esfuerzo importante por aumentar la inversión estatal en espacios públicos, mejorando su calidad; sin embargo, un asunto muy relevante es quiénes pueden utilizarlos y disfrutarlos, por lo que sostuvo que toda la regulación que se ha venido aprobando sobre el acceso universal significará un cambio trascendental para más de dos millones de personas que sufren de problemas de movilidad.

Explicó que, en el caso específico, se quiere atacar la discriminación consistente en que los niños con discapacidad no puedan utilizar los juegos infantiles y compartir con los demás menores.

Asimismo, comentó que, a propósito de la restauración del Parque Ecuador -en Concepción-, cuyo diseño se trabajó con profesionales y niños de la Teletón, se llegó al convencimiento de que la inclusión es una medida que cambia la vida de las ciudades en general y no solo la de aquellos que se ven habilitados para acceder, ya que el resto de la comunidad puede reconocer la realidad de personas con distintos tipos de discapacidad, generando un cambio de percepción para todos.

Por otra parte, sostuvo que es preciso realizar ciertos ajustes menores al texto aprobado por la Cámara de Diputados, por ejemplo, aclarar que esta normativa no afectará a parques, plazas o áreas verdes privadas, a menos que sean de uso público; además, expresó la conveniencia de que lo relativo a la fiscalización sea modificado, de manera de adaptarlo a la normativa existente, como se consignó con anterioridad.

La señora Israela Rosenblum, asesora del Senador señor Ossandón, coincidió con el espíritu del proyecto de ley, pero detalló ciertas aristas que podrían acarrear problemas desde el punto de vista de su ejecución, como la falta de financiamiento respecto de las municipalidades para cumplir con el plazo de tres años para adaptar colegios, postas y otras edificaciones -que de ellas dependan- a las nuevas exigencias de los accesos; también comentó que lo relativo a la “carga de ocupación”, por un lado, queda a la absoluta discrecionalidad de los directores de obras y, por otro, la Contraloría General de la República habría reparado gran parte de los pronunciamientos sobre el particular; asimismo, opinó que la normativa que se propone es difícil de cumplir en muchas zonas del país, por sus especiales características geográficas y climáticas.

La Secretaria de Estado aclaró que la iniciativa en discusión solo se refiere a los juegos infantiles no mecanizados que se construyan en espacios de uso público y no a la regulación apuntada por la aludida asesora, recientemente reglamentada por medio de una modificación a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que consiste en garantizar la accesibilidad universal en las calles y en todos los edificios públicos -por la vía de una ruta especial-, que ya es exigible para la nueva infraestructura y a la cual deberá adecuarse la antigua en el respectivo plazo de tres años.

Además, expuso que durante el debate de la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente se solicitó al MINVU que cuando se evaluara el diseño y construcción de espacios públicos con juegos infantiles se cumpliera con la política de diseño y accesibilidad universal.

El señor Daniel Concha, Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), concordó con lo expresado por la señora Ministra y detalló que los edificios públicos a construir deben presentar un plano y un expediente de accesibilidad, y, los existentes, un plano de los ajustes que necesitan realizar en un plazo de tres años. Comentó, a modo ejemplar, que el Metro habría dado a conocer un presupuesto de cincuenta y seis millones de dólares para que las estaciones antiguas cuenten con sus respectivos ascensores.

Por otra parte, mencionó que en el artículo 21 de la ley N° 19.284 -“antigua Ley de Integración”- se exige que parques, jardines y plazas se construyan de manera que resulten accesibles y utilizables sin dificultad por personas que se desplacen en sillas de ruedas y que la ley N° 20.422 se refiere al derecho de las personas con discapacidad a acceder y utilizar parques, plazas y áreas verdes en forma autovalente y sin dificultad.

Respecto a la experiencia comparada, entregó antecedentes de Brasil, Reino Unido y Estados Unidos, y expuso que, en materia de parques accesibles e inclusivos, dichas naciones serían pioneras a nivel mundial. En Estados Unidos, la normativa se extiende a parques propiamente tales, parques de diversiones, zoológicos y otros lugares de recreación y se determina el porcentaje exacto de ellos que debe ser accesible universalmente. En Canadá, se regulan las áreas de juego al aire libre.

Resaltó que SENADIS apoya el espíritu y sentido del proyecto de ley, ya que explicita una materia que no se había regulado de modo expreso ni en la ley N° 20.422 ni en la OGUC; además, ayuda a promover el derecho de los niños y niñas con discapacidad a tener acceso pleno a juegos infantiles, con lo que, eventualmente, el diseño universal podría llegar a referirse a la totalidad de los espacios, con suelo y accesos adecuados para ser utilizados con más o menos asistencia de terceros.

Anotó que el MINVU ha apoyado la iniciativa y eso ayudará a establecer, a futuro, que los juegos en general tengan un diseño universal, pensando en todo tipo de discapacidad, lo que conlleva a pensar que se trata de un proyecto de ley bastante innovador, acercándose a las realidades de los países que más avanzados están.

Reflexionó que al invertir en espacios para personas con discapacidad no solo se beneficiarán ellas, sino que la mayoría de los usuarios, por lo que esta iniciativa iría en la línea de un cambio cultural.

La señora Ministra, en concreto, propuso modificaciones al texto, a saber: especificar que se estarían regulando áreas públicas y privadas de uso público, y contemplar la fiscalización en el inciso cuarto del artículo 28.

El Honorable Diputado señor Rocafull manifestó que su motivación para presentar la Moción parlamentaria fue haber observado en su ciudad cómo un niño en silla de ruedas aplaudía y contemplaba a los demás -sin discapacidad- disfrutar los juegos infantiles, y no poder utilizarlos.

Comentó que Arica fue la primera localidad en contar con acceso para sillas de ruedas en las playas, por medio de rampas. Además, recientemente, se logró que las personas con discapacidad puedan, también, bañarse ocupando sillas anfibias.

Destacó que este tipo de medidas y normativa benefician a todos, ya que los niños sin impedimentos físicos podrán disfrutar de los juegos con su hermano o amigo que sí los tiene, por lo que es muy importante que Chile se sume a los países vanguardistas en esta materia.

El Honorable Senador señor Ossandón sostuvo que, en su opinión, los juegos para niños con discapacidad deben ser obligatorios, aunque anotó que el problema es que su valor es mucho mayor.

Manifestó su aprensión en cuando al “diseño universal” y señaló que sería más viable establecer que en toda plaza o parque exista al menos un juego apto para las necesidades de personas con discapacidad y preguntó cuál es el fundamento de mencionar aquel concepto.

Asimismo, comentó que el asunto relativo a los juegos infantiles es relevante, tanto por sus costos y mantención, como por su mala utilización, e hizo ver que en ciertos barrios los metálicos son destruidos y convertidos en armas, o que las cadenas de los columpios se lanzan al tendido eléctrico para provocar cortes de energía.

El Honorable Senador señor Montes también coincidió con el sentido y el propósito del proyecto de ley; sin embargo, expresó que está de acuerdo con lo planteado por el Senador señor Ossandón en cuanto al “diseño universal”, ya que pareciera ser que se alude a un tipo de juego más complejo y muy integrado, y consideró que para introducir esta obligatoriedad se necesita flexibilidad, permitiendo cumplir con la ley al incorporar, en una plaza o parque, un juego utilizable por niños con discapacidad.

A su vez, recordó que hace algunos años la señora Paulina Saball, mientras se desempeñaba en el Ministerio de Bienes Nacionales, llevó a cabo un seminario en Concepción sobre los espacios públicos. El señor Senador, en esa línea, reconoció los grandes avances en inversión estatal en este campo, aun cuando indicó que ciertas formas de concesión de tales espacios acarrean dudas sobre su conveniencia.

Enfatizó en que es necesario potenciar actividades y participación de más personas en los espacios públicos. Por ejemplo, en México, se le da la misma relevancia a la inversión como a las actividades que se desarrollan en plazas, canchas y parques; así, los militares se encargan de prestar un servicio, siendo árbitros, monitores de baile o de ejercicios, etc. Por lo anterior, subrayó que también se avanza disponiendo de personal dedicado a orientar y ayudar a los usuarios.

El Honorable Senador señor Ossandón preguntó si el proyecto de ley se refiere a los juegos que ya existen o a los que se construirán en el futuro, puesto que sería muy diferente establecer que dentro de cinco o diez años todos los juegos infantiles de espacios públicos deban ser aptos para ser utilizados por niños con discapacidad.

Agregó que para llevar adelante este tipo de medidas sería conveniente revisar la Ley de Rentas Municipales, dado que la mayoría de los municipios chilenos no cuenta con los recursos suficientes, por lo que recurrirán a las concesiones, y opinó que éstas, en el ámbito de parques y plazas, son demasiado caras debido a la mantención, porque las empresas presupuestan el 100% de la destrucción de la infraestructura.

El Honorable Senador señor Montes expresó que la redacción aprobada por la Cámara de Diputados contiene cierta ambigüedad respecto a si la ley operaría solo para los nuevos juegos infantiles o si también se incluye a los ya edificados.

La señora Ministra aclaró que “diseño universal” es un concepto y no conlleva una uniformidad respecto de los juegos infantiles.

El Honorable Senador señor Ossandón opinó, entonces, que es un concepto demasiado ambiguo.

El señor Daniel Concha señaló que el “diseño universal” no es una suerte de marca registrada por una empresa, sino que se trata de un concepto que proviene de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Explicó que la “accesibilidad universal” se refiere solo a la infraestructura, en cambio, el “diseño universal” va mucho más allá, incluso desde adaptaciones curriculares; a modo ejemplar, mencionó que la Academia Judicial derogó el impedimento de ingreso a la misma por parte de abogados ciegos y sordos.

Indicó que la noción de “diseño universal” también abarcaría la instalación de juegos sensoriales para niños ciegos o con estimulación para personas con discapacidad intelectual.

Asimismo, aludió al denominado “All Abilities Playground”, utilizado por Australia, y que se habría iniciado con la implementación de 17 juegos. Acotó que con este tipo de entretenimientos no solo se obtiene su utilización por un mayor grupo de individuos, sino que también se gana en seguridad para todos.

Añadió que el “diseño universal” se aplica en las cadenas hoteleras; por ejemplo, en España, los hoteles invirtieron en la infraestructura de sus habitaciones y baños, adaptándolos para personas con movilidad reducida, lo que impulsó su economía en época de crisis, razón que lo llevó a concluir que esto, que se ve como un alto costo, se trata más bien de una inversión para el país, porque perdura y lo beneficia.

La señora Ministra agregó que en las viviendas con subsidio estatal se ha introducido el concepto de acceso universal, en concreto en el ancho de puertas, rampas de acceso y distribución del baño, lo cual no ha implicado un mayor costo, sino que un diseño distinto.

La accesibilidad universal dentro de las áreas verdes ya está consagrada en la ley del ramo, por lo que no existe diseño de espacio público que no deba cumplir con ella, mediante una ruta que permita recorrerlos, rampas, etc.

Lo que incorpora el proyecto de ley en debate es que los juegos contengan un diseño universal, abarcando desde los más sofisticados hasta otros muy sencillos; así, por ejemplo, en el parque Ecuador hay balancines y toboganes con un ancho distinto, para permitir el desplazamiento y utilización de personas con discapacidad.

Además, aseveró que se ha aumentado la cantidad de espacios públicos, y los juegos infantiles incentivan un mayor uso de ellos, lo cual conlleva a la convivencia entre personas de edades diferentes, dejando de ser lugares de simple paseo.

Comentó que, en un nuevo parque que cuenta con espacios deportivos en Arica, se reunió con dirigentes vecinales cuya única preocupación se refiere a lo que ocurre en dicho espacio durante la noche, por lo que ellos mismos se habrían organizado para llevar a cabo distintas actividades.

El Honorable Senador señor Montes anotó que, respecto de las viviendas, aún no se da solución al diseño de las escaleras para personas con algún tipo de discapacidad, aun cuando reconoció avances en la materia.

En cuanto a la redacción del proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, señaló que debe ser flexibilizado, para que sea capaz de adaptarse a las distintas realidades del país, ya que, de lo contrario, se frenarán las intenciones de construir nuevos juegos infantiles.

Insistió en que es necesario pensar en espacios públicos con gente que se ocupe de guiar, cuidar, apoyar y enseñar a los usuarios, y mencionó que en La Florida hay canchas a las que los niños no concurren por temor a la delincuencia.

El Honorable Senador señor Ossandón estuvo de acuerdo con don Daniel Concha en cuanto a que este tipo de iniciativas son una inversión en beneficio del país; sin embargo, se requiere analizar la viabilidad en la concreción de las medidas que conllevaría la ley, pues está convencido de que implicará nuevos desembolsos para los municipios, que no se han considerado en el proyecto en debate, por lo que si, además, no se flexibiliza su cumplimiento -juegos mixtos y no diseño universal total-, a su juicio, será inaplicable en la práctica.

En esa línea, apuntó, a modo ejemplar, que para la mayor concurrencia de adultos mayores a las plazas y parques se debe partir por instalar asientos con respaldo.

Finalmente, sugirió difundir la utilización del CPTED -“Crime Prevention Through Environmental Design”- que consiste en aprovechar el diseño medioambiental de los espacios, permitiendo, por ejemplo, que un abuelo se sienta seguro y cómodo llevando a su nieto a jugar a una plaza o parque.

La señora Ministra de Vivienda y Urbanismo expresó que el planteamiento de Su Señoría, en cuanto a los adultos mayores, es exactamente lo que propone el proyecto de ley, pues el diseño universal se refiere a que el equipamiento, la infraestructura, las rutas, etc., permitan que acceda el mayor número de personas posible.

Añadió que, a su entender, la implementación de la ley en la práctica no necesariamente acarreará un mayor gasto, ya que muchas veces basta con juegos simples, como en el parque Inés de Suárez -en Providencia- en que existe un pequeño cerro con una especie de fuerte en la cima; entonces, si la ruta para llegar ahí tiene determinada pendiente y ancho calificará dentro del diseño universal.

El Honorable Senador señor Ossandón opinó que lo descrito por la señora Ministra no sería propiamente un juego, sino que un diseño de parque, y explicó que un municipio, al licitar los juegos de un parque, no lo haría respecto de dicho cerro, sino que del fuerte de la cumbre.

Consideró muy positivo el diseño universal, aun cuando lo peligroso sería interpretar que todo juego, en sí mismo, deba tener tal carácter.

El Honorable Senador señor Montes indicó que le preocupa que con la actual redacción se presente un proyecto de construcción a la dirección de obras municipales y ésta lo rechace por no tener el “diseño universal”, por lo que sugirió plantear el texto de la iniciativa de ley de un modo que permita cierta gradualidad en su implementación, por ejemplo, exigir a todo parque o plaza que contenga algunos elementos inclusivos, como rampa y ruta con ancho suficiente.

La Secretaria de Estado aclaró que lo que sugiere Su Señoría ya se encuentra vigente, por medio del acceso universal. Añadió que el proyecto en cuestión apunta a que los juegos no mecánicos sean inclusivos, es decir, universales.

El Honorable Diputado señor Rocafull, a propósito de la falta de recursos para implementar el diseño universal en los juegos infantiles de la especie, manifestó que se trataría de una obligación hacia todos los habitantes del país. Además, comentó que en regiones ningún municipio, a excepción del de Iquique, financia proyectos y prácticamente todos se ejecutan por medio del Fondo Nacional de Desarrollo Regional o convenios-mandato.

El Honorable Senador señor Montes hizo ver que existe acuerdo con el objetivo de la iniciativa y que solo bastaría afinar ciertos puntos relativos a la gradualidad y flexibilidad de la obligatoriedad de los juegos infantiles con diseño universal.

El Honorable Senador señor Moreira consideró que lo más apropiado sería realizar algunas precisiones a la redacción, en atención a los planteamientos consignados, y sugirió un trabajo conjunto entre el Ejecutivo y los asesores de los señores Senadores para arribar a un texto de consenso, dentro del marco de la idea matriz de la Moción, cuestión en la que concordaron los demás miembros presentes de la Comisión y los representantes del Gobierno.

En la siguiente sesión, el Honorable Diputado señor Rocafull expresó que, atendiendo a las inquietudes manifestadas con anterioridad por los miembros de la Comisión, se idearon algunas correcciones para mejorar el texto aprobado por la Cámara de Diputados, fórmula -añadió- con la que el Ejecutivo estaría de acuerdo.

Doña Jeannette Tapia, asesora de la señora Ministra, aclaró que tal proposición pretende salvar ciertos puntos discutidos en la sesión pasada; así, lo primero es dejar absoluta certeza en cuanto a que esta normativa solo regirá en relación con parques, plazas o áreas verdes ubicados en espacios públicos (bienes nacionales de uso público) y aquellos cuya propiedad es privada, pero de uso público.

La otra sugerencia consiste en recoger lo que se contiene en el nuevo inciso tercero que la Cámara de Diputados propone introducir en el artículo 28, en el actual inciso cuarto de este precepto, dado que se refiere a las facultades de fiscalización que ya detentan las direcciones de obras municipales.

Lo anterior se materializaría, concretamente, de la siguiente forma:

a) Intercalando, en el aludido artículo 28, un nuevo inciso segundo que dispone que los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su uso de forma autónoma por todos los niños y niñas, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando a su vez las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que permitan su continuidad en el desplazamiento, y

b) Precisando, en el actual inciso cuarto, que pasaría a ser quinto, que la facultad con que ya cuentan las direcciones de obras municipales para fiscalizar el cumplimiento de la normativa del rubro podrán ejercerla “tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones”.

El Honorable Senador señor Ossandón indagó si los juegos de los condominios quedarán afectos a esta regulación, a lo que la aludida asesora contestó negativamente.

El Honorable Senador señor Moreira consultó a la señora Jeannette Tapia si, en su opinión, el nuevo texto consignado resuelve las preocupaciones manifestadas por los señores Senadores, a lo que ella contestó que sí, subrayando que se abordaron todas aquellas vinculadas a la idea matriz del proyecto de ley.

El Honorable Senador señor Ossandón preguntó si, normalmente, el director de obras municipales otorga permisos para la construcción de juegos infantiles.

La asesora explicó que precisamente esa materia -contenida en el inciso tercero propuesto por la Cámara de Diputados- fue motivo de observación por parte del Ejecutivo, puesto que carecería de fundamento, ya que -a su parecer- dicho funcionario municipal no debe dar permiso alguno para la instalación de tales juegos, razón que aconseja contemplar este asunto en el actual inciso cuarto del artículo 28, porque, así, la dirección de obras los fiscalizará durante su uso y no en otro momento, pudiendo -eventualmente- cursar una infracción a su propietario en caso de no cumplir con la legislación.

El Honorable Senador señor Ossandón replicó que la gran mayoría de las plazas son construidas por los municipios, por lo que el director de obras tendría que denunciar a la institución a la que pertenece, lo que cree bastante improbable.

Por otra parte, reiteró que establecer la idea del diseño universal podría ser malinterpretado y utilizarse como negocio, y señaló que -en su concepto- lo óptimo es que toda plaza pública tenga juegos aptos para niños con discapacidad, en tanto los hubiere en el sector, bastando con una petición de la junta de vecinos a la municipalidad respectiva.

Además, apuntó que la obligación de acceso expedito desde la calle es evidente y nada tiene que ver con los juegos infantiles.

El señor Daniel Concha, Director Nacional de SENADIS, aclaró que el diseño universal no se relaciona con costos, sino, más bien, con creatividad en la forma de hacer las cosas.

Dio a conocer que, de acuerdo al segundo Estudio Nacional de la Discapacidad (ENDISC 2015), el 5,8% de la población entre dos y diecisiete años se encuentra en situación de discapacidad, lo que se traduce en 229.904 personas; de ellas, 85.696 son mujeres y 144.208, hombres; sobre los 18 años prevalece el número de mujeres.

Enseguida, destacó dos tratados internacionales relevantes sobre la materia en análisis: la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia, de la Organización de Estados Americanos, y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la ONU, ratificada por Chile en el año 2008.

Mencionó que en el segundo instrumento se ha tenido una importante participación por medio de la abogada con discapacidad visual, María Soledad Cisternas, que estuvo en el equipo redactor y puso a nuestro país en el lugar de gestor y promotor del tratado.

Anotó que la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) fue ratificada con mayor celeridad, por los Estados miembros, que la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, lo cual denotaría que la discapacidad ya no se centra en el individuo; así, por ejemplo, todas las organizaciones sociales a nivel mundial concuerdan en que el término correcto no es “discapacitado”, sino que se debe separar a la persona de la discapacidad, ya que sería la interacción con el entorno la que la genera.

Luego, comentó que el año 2010 comenzó a regir la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, que en su artículo 3° consagra los principios rectores: vida independiente, accesibilidad universal, diseño universal, intersectorialidad (transversal a los rubros de vivienda, transporte, salud, cultura, deporte, etc.), participación y diálogo social.

Añadió que, sobre la accesibilidad, el artículo 9°, número 1, de la CDPD dispone que: “A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso…”.

A su turno, indicó que el artículo 3° de la ley N° 20.422 define, en la letra b) del inciso segundo, accesibilidad universal como: “La condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible.”.

Ahora bien, la CDPD establece, en el inciso final del artículo 2°, que: “Por “diseño universal” se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El “diseño universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten.”.

Y la Ley sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, en la letra c) del inciso segundo del artículo 3°, consigna que diseño universal es: “La actividad por la que se conciben o proyectan, desde el origen, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos o herramientas, de forma que puedan ser utilizados por todas las personas o en su mayor extensión posible.”.

Hizo hincapié en que el diseño universal no es una marca registrada, sino que depende del lugar, sus circunstancias y de los recursos con que se cuente, ya que apunta a la creatividad, respetando los diálogos sociales con las personas con discapacidad que habitan en el entorno de una locación particular. A su vez, expresó que los espacios deben ser accesibles y tender a la estimulación para personas con discapacidad intelectual o sensorial.

Comentó que el BCI ganó el Sello Chile Inclusivo hace cuatro años y no solo por la responsabilidad social empresarial, sino porque sus políticas tienden a beneficiar a los clientes por medio del diseño estratégico de productos financieros, como, por ejemplo: tarjetas de débito con braille, cajeros automáticos que hablan para personas con discapacidad visual, atención al público con intérprete de lengua de señas on line, inclusión laboral y página web accesible. Además, tendrían un plan, hasta el 2020, para implementar accesibilidad universal en todas sus oficinas.

Otro ejemplo es el Instituto de Previsión Social, que ha incorporado sistemas inclusivos de atención al público, que van desde bajar los mesones para personas en sillas de ruedas, atención on line con intérprete de lengua de señas e instrumentos en braille.

Enseguida, señaló que SENADIS ha impulsado una estrategia de desarrollo local inclusivo en municipios pequeños que, por medio de fondos que no superan los setenta millones de pesos, ha logrado inaugurar cierta infraestructura con diseño accesible, como en Perquenco -en la Región de la Araucanía-.

Resaltó que, en atención al espíritu de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, no bastaría con instalar un juego para menores con discapacidad por plaza o parque, ya que implicaría una segregación y no la inclusión total de ellos.

Por otra parte, adujo que el artículo 31 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño consagra el derecho al juego de la siguiente manera: “1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes. 2. Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.”.

En el mismo sentido, citó la letra r) del preámbulo y el número 1 del artículo 7° de la CDPD, que son del siguiente tenor: “r) Reconociendo también que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño,” y “1. Los Estados Partes tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas.”.

Finalmente, mostró imágenes de juegos inclusivos de distintos países.

El Honorable Senador señor Moreira preguntó si la normativa se aplicaría solo a los juegos que se construyan hacia el futuro o si los actuales tendrán que ser adaptados y cuál sería la manera de hacerlo.

La señora Ministra contestó que este proyecto de ley regirá para los juegos que se vayan a construir en el futuro.

Reafirmó lo señalado por el señor Daniel Concha, en el sentido de que nuestro país ya ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; que tenemos una ley propia que define los conceptos de acceso y diseño universal, y un reglamento sobre accesibilidad universal y que esta iniciativa busca poner el foco en los juegos infantiles.

Indicó que la idea es que, simplemente, al momento de diseñar una plaza se trabaje pensando en niños con discapacidad, a fin de proyectar que un mismo juego pueda tener una ruta accesible (rampa y ancho mayor) para ellos y que sea susceptible que lo utilicen. Aclaró que este proyecto de ley no implica que deban comprarse juegos determinados.

El Honorable Senador señor Ossandón apuntó que alguien tendrá que construir esos juegos con un diseño universal, a lo que la Secretaria de Estado arguyó que en materia de accesibilidad universal en edificios públicos, en ciertos casos, se han llevado a cabo medidas muy sencillas y a bajo costo.

La señora Ministra destacó que se requiere que en Chile la inclusión pase a ser un asunto natural, permitiendo a los niños con discapacidad ejercer sus derechos de la misma manera que el resto, y que todo conlleva una disposición a incorporar en el diseño de los espacios esta nueva dimensión.

El Honorable Senador señor Ossandón opinó que el proyecto de ley, en la forma en que ha sido planteado, tiene serios problemas para ser llevado a la práctica; primero, porque la gran mayoría de las plazas de Chile ya está construida, por lo que si esta normativa no las obliga a adaptarse en un lapso determinado habrá muy pocas que tengan juegos para ser utilizados por niños con discapacidad; en segundo lugar, consideró que sería más prudente comenzar por medidas progresivas, incluyendo en los parques algún juego apto para menores con discapacidad en las comunas en que se acredite la necesidad, lo cual no cree que sea discriminatorio; todo lo contrario, pues la idea es crecer hacia la inclusión, pero siendo realistas.

Además, reiteró que le parece altamente improbable que el director de obras denuncie a la municipalidad por no atender al criterio del diseño universal.

En otro ámbito, advirtió que en torno a las plazas surge una serie de problemas, como, por ejemplo, que los skaters se toman las rutas -para hacer piruetas- malográndolas, en ciertos sectores no es posible instalar basureros porque son quemados, las cadenas de los columpios las sacan para provocar cortes de energía eléctrica, etc.

El Honorable Senador señor Moreira valoró el fundamento de la iniciativa, pero solicitó contar con ideas para hacerla más viable en la práctica y no dejar abierta la posibilidad de interpretaciones equívocas. Destacó que lo principal es lograr que los niños con discapacidad puedan acceder a los juegos infantiles de plazas y parques.

El señor Daniel Concha sostuvo que el conflicto que se puede llegar a dar entre el director de obras municipales y el alcalde respectivo es un punto a analizar.

En su rol de Director Nacional de SENADIS y transmitiendo los planteamientos de las organizaciones sociales internacionales, indicó que la instalación de juegos para niños con discapacidad solo en un determinado sector sería peligroso, y reiteró el ejemplo de los hoteles españoles que adaptaron todos sus espacios de forma general, ya que se llegó a la convicción de que disponer solo de una habitación para personas en sillas de ruedas era insuficiente.

Asimismo, comentó el caso del documentalista y actor Felipe Orellana, que recorrió Chile en su silla de ruedas y colaboró con SENADIS para realizar un diagnóstico sobre los lugares accesibles.

Insistió en que esta legislación pretende regular situaciones futuras y que es muy importante contar con un marco obligatorio para darle sentido a la vida inclusiva, ya que así los niños con discapacidad tendrán la certeza de que podrán visitar y disfrutar cualquier parque a lo largo del país.

El Honorable Senador señor Ossandón recalcó que apoya la idea de que los niños con discapacidad tengan acceso a todos los parques, lo que ya es una obligación regulada por la ley. Sin embargo, en lo referido a los juegos infantiles, opinó que debe reforzarse su aplicación en los ya instalados y discrepó con el señor Daniel Concha en su negativa a considerar que se comience por un juego apto para personas con discapacidad en las plazas y parques construidos.

Propuso establecer un plazo determinado para que en los espacios públicos que ya existen se habilite al menos un juego para niños con discapacidad, en las comunas en que se constate la necesidad de ellos por medio de las juntas de vecinos u otras organizaciones de la sociedad civil.

La señora Natalia Nesbet, Jefa del Subdepartamento de Derechos Humanos y Asesoría Legislativa de SENADIS, hizo ver que el artículo 57 de la ley N° 20.422 establece que toda persona que por causa de una acción u omisión arbitraria o ilegal sufra amenaza, perturbación o privación en el ejercicio de los derechos consagrados en la aludida ley, podrá concurrir, por sí o por cualquiera a su nombre, ante el juez de policía local competente de su domicilio para que adopte las providencias necesarias para asegurar y restablecer el derecho afectado.

Además, mencionó que el inciso final del precepto que se intenta modificar (artículo 28) dispone que: “La denuncia por incumplimiento podrá ser realizada por cualquier persona, ante el juzgado de policía local…”, por lo que se concluye que la fiscalización no solo quedará en manos del director de obras municipales.

Agregó que las nociones de accesibilidad universal y diseño universal siempre enfrentan muchas reservas.

Hizo saber que en lo que atañe a la construcción plural de los derechos humanos, si bien existen muchos instrumentos, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, etc., siempre quedan grupos que continúan siendo discriminados en el tiempo -por ejemplo, las mujeres, los niños y las personas con discapacidad-, por lo cual a nivel internacional se ha llegado al consenso de que es necesario contar con herramientas específicas para que dichos grupos dejen de estar al margen.

El acceso y diseño universal es una manera de adaptar el lenguaje de los derechos humanos a las personas con discapacidad; entonces, en la medida en que no seamos capaces de incorporar tales conceptos en nuestra sociedad, seguiremos discriminando y segregando.

Finalmente, recalcó que el derecho al juego es básico en el desarrollo de los niños e hizo un llamado para encontrar una fórmula destinada a sacar adelante este proyecto.

La señora Ministra añadió que lo que se quiere es introducir modificaciones al artículo 28 de la ley N° 20.422 solo respecto de los juegos infantiles, pero lo referente al acceso universal y la fiscalización ya se encuentra regulado por el mismo precepto, por lo que, con la redacción propuesta, no se estaría imponiendo a la dirección de obras municipales una nueva obligación acerca de la materia.

Apuntó, en todo caso, que comparte la preocupación del Senador señor Ossandón respecto a la transitoriedad y adaptabilidad de los juegos infantiles existentes.

El Honorable Diputado señor Rocafull señaló que no le cabe duda que los directores de obras continuarán realizando su fiscalización de manera eficiente, aun cuando el dueño de la obra sea el municipio, y comentó la situación de la escuela rural N° 55 de Chaca -localidad de la comuna de Arica-, en que la dirección de obras paralizó la construcción de un comedor por no cumplir con alguno de los estándares.

Observó que Chile aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y, mediante esta Moción, se intenta su concreción en un ámbito específico.

También indicó que nuestro país crece y se desarrolla en la medida en que es inclusivo, por lo que no se trata -simplemente- de agregar juegos.

El Honorable Senador señor Walker, don Patricio, expresó su total acuerdo con el proyecto de ley, ya que son demasiados los lugares (plazas, espacios públicos y áreas verdes) en que da la sensación de que más que haber personas discapacitadas somos una sociedad discapacitada para acoger a muchos niños que viven esa realidad.

Señaló que el concepto de diseño universal abre muchas alternativas para su cumplimiento, ya que no exige que un municipio de escasos recursos cuente con infraestructura de primer nivel.

Asimismo, consideró que las direcciones de obras municipales son muy autónomas en su labor y, además, existe la posibilidad de denunciar, por cualquier persona, ante el juzgado de policía local.

No descartó que se pueda mejorar el proyecto, acogiendo algunos de los planteamientos consignados.

El Honorable Senador señor Ossandón aclaró que concuerda con la idea central de la iniciativa, pero quiere darle mayor viabilidad en la práctica y aplicación para los juegos existentes.

Explicó que el caso comentado por el Diputado señor Rocafull, sobre la paralización de la construcción de un comedor al interior de un colegio, no sería lo mismo que las plazas y juegos, porque éstos no requieren permiso de construcción.

El Honorable Senador señor Montes indicó estar de acuerdo con la iniciativa legal.

Comentó que participó en la discusión de la ley N° 19.284 -que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad- y recordó que en aquélla se dispuso una serie de exigencias forzadas para mejorar las condiciones de desplazamiento de las personas con discapacidad en el área urbana, así como medidas en materia de educación, pero pasaron muchos años entre la aprobación de dicha ley y la concreción de la misma.

A raíz de lo anterior, señaló que, aun cuando está de acuerdo con la inclusión, es necesario idear algún proceso que asegure que se avanza en esa dirección, sin pretender que desde el comienzo sea 100% así, porque no es posible.

Concordó con que el diseño sea muy exigente, pero el problema se daría en su ejecución, por lo que debería haber un mecanismo de incorporación gradual de juegos con diseño universal, para que la ley no sea letra muerta.

A su vez, reiteró que es necesario impulsar la utilización de los espacios públicos por medio de seguridad, sistema de monitores, actividades, etc.

- Puesto en votación en general el proyecto, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Montes, Moreira, Ossandón y Walker, don Patricio.

En la última sesión, y a propósito de la consideración en particular del proyecto, la Comisión analizó, primeramente, dos indicaciones presentadas por el Honorable Senador señor Ossandón, del siguiente tenor:

Indicación número 1

Para reemplazar el artículo único por el que se transcribe a continuación:

“Artículo único.- Intercálase el siguiente artículo 28 bis a la ley Nº 20.422:

“Artículo 28 bis.- Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su uso de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando a su vez las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que permitan su continuidad en el desplazamiento.

Las juntas de vecinos podrán solicitar la adecuación, en los términos señalados en el inciso anterior, de los juegos infantiles no mecanizados de los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público de su respectivo sector, acompañando la certificación a que alude el inciso final del artículo 4° de la presente ley.”.”.

Indicación número 2

Para reemplazar el artículo único por lo siguiente:

“Artículo único.- Intercálase el siguiente artículo 28 bis, nuevo, a la ley Nº 20.422:

“Artículo 28 bis.- Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su uso de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando a su vez las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que permitan su continuidad en el desplazamiento.”.

Artículo transitorio.- Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados y que se encuentren construidos a la fecha de publicación de la presente ley, deberán ser adecuados en los términos descritos por el artículo 28 bis de la ley N° 20.422, a solicitud de las juntas de vecinos del respectivo sector acompañando la certificación a que alude el inciso final del artículo 4° de la misma ley. Tal adecuación deberá realizarse dentro de los dos años siguientes contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.”.

Al respecto, el Honorable Senador señor Ossandón explicó sus propuestas y advirtió que, en primer lugar, de acuerdo con los lineamientos de la Real Academia Española, no correspondería referirse a “niños y niñas”, sino que simplemente a “niños”, puesto que englobaría ambos géneros.

En segundo término, recalcó que sus indicaciones no abordan directamente lo referente a la fiscalización de la normativa por parte de los directores de obras municipales, ya que, en su opinión, en la práctica, dichos funcionarios no denunciarán a la institución a que pertenecen, e hizo ver que tanto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones como en la ley N° 20.422 ya se contempla lo relativo al control del cumplimiento.

Por otra parte, insistió en que lo ideal es que todos los juegos infantiles de plazas, parques o áreas verdes del país sean aptos para ser utilizados por menores con discapacidad, razón que lo llevó a plantear, en la indicación número 2, un artículo transitorio que establece la obligación de adecuar -a la regulación en debate- los juegos que se encuentren construidos o instalados actualmente, a solicitud de las juntas de vecinos, en un plazo de dos años, contado desde la presentación de tal petición.

Señaló que, frente a la posibilidad de que la indicación número 2 sea declarada inadmisible y no cuente con el patrocinio del Ejecutivo, también propuso -en la indicación número 1- habilitar expresamente a las juntas de vecinos para solicitar la aludida adecuación, acompañando la certificación de la discapacidad emitida por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), respectivas.

A su turno, la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo estimó importante contemplar la regulación en debate en el artículo 28 de la ley N° 20.422, pues en dicho precepto se contextualiza la materia relativa a la universalidad, fiscalización y la reclamación respecto del cumplimiento de la misma disposición.

En cuanto a la adaptación de juegos en parques, plazas o áreas verdes existentes, señaló que comparte la propuesta de habilitar expresamente a las juntas de vecinos para que la requieran; sin embargo, no estuvo de acuerdo con fijar un plazo ni con la simple adecuación de las instalaciones solamente cuando niños con discapacidad habiten en el sector, porque el Ejecutivo busca consagrar la universalidad, tanto para el acceso como para el diseño.

El Honorable Senador señor Ossandón replicó que para justificar la adaptación de los juegos infantiles construidos debe haber una razón de fondo, cual es la necesidad en virtud de la existencia de menores con discapacidad viviendo en las cercanías.

El Honorable Senador señor Tuma expresó que el proyecto de ley apunta a llenar un vacío legal referente a cómo el Estado garantiza que los niños puedan disfrutar y compartir en condiciones de seguridad. Así, hizo ver que en la Región de La Araucanía hay muchas villas y poblaciones antiguas que no cuentan con espacios propicios para que los menores jueguen y se desarrollen en un ambiente protegido.

Añadió que le inquieta que la propuesta de redacción del MINVU solo aborde la situación de los juegos que se instalen en el futuro y, entonces, reflexionó de qué manera se reconoce y garantiza la seguridad de los menores respecto de lo existente.

Sostuvo que no queda claro qué ocurrirá con los parques y plazas construidas, y preguntó a la señora Ministra quién hará la inversión, ya que no le pareció conveniente que lo haga el municipio, sino que instó al Ejecutivo a explorar un financiamiento compartido con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), a través de los servicios de vivienda y urbanización (SERVIU), etc., de modo de establecer un plan de adecuación de los juegos a lo largo del país, todo lo cual solo podría provenir de la iniciativa de la Presidenta de la República.

La Secretaria de Estado observó que la preocupación del Senador señor Tuma ha sido una constante en el debate de la iniciativa y sostuvo que, al respecto, habrían dos alternativas: 1) la propuesta del Ejecutivo, que no considera un plazo de adecuación de los juegos infantiles de parques, plazas o áreas verdes, ya que se partió de la base de que estos tienen una duración limitada y breve, por lo que en la medida en que se fueran renovando tendrían que cumplir con la normativa; asimismo, indicó que significaría sobre exigir el presupuesto de los entes locales, y 2) lo planteado por el Senador señor Ossandón, que fija un plazo de dos años contado desde la presentación de la solicitud de la respectiva junta de vecinos.

En cuanto al financiamiento de los juegos infantiles, añadió que hasta ahora su edificación se ha cargado al presupuesto de cada municipio o a proyectos de habilitación de espacios públicos -como el programa “Quiero Mi Barrio”-, o postulando al Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL).

Apuntó que la posición del Ejecutivo en relación con el proyecto de ley en debate se orienta más bien a la normativa, porque en su momento SENADIS realizó el cálculo de cuánto significaba ejecutar esta regulación y se llegó a la conclusión de que no era significativo, razón por la cual se dejó de lado lo relativo al financiamiento.

Además, reiteró que la iniciativa se enfoca en el diseño universal y no en la adquisición o construcción de juegos específicos, tal como lo graficó el Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad en su exposición.

El Honorable Senador señor Ossandón hizo ver que la vida útil de los juegos infantiles varía según su materialidad, uso, ubicación, etc., por lo que reiteró su sugerencia de que las juntas de vecinos puedan solicitar la adaptación de los existentes. Estimó que la adecuación paulatina, y en la medida de lo necesario, representará un gasto menor para los municipios.

- Acto seguido, el señor Presidente de la Comisión declaró inadmisible la indicación número 2, por referirse a materias de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, según lo dispuesto en el artículo 65, incisos tercero y cuarto, número 2°, de la Constitución Política de la República.

Luego, la señora Viviana Ávila, Subdirectora Nacional de SENADIS, mencionó que está conforme con lo propuesto por el Ejecutivo y que concuerda con lo señalado por la señora Ministra.

Por otra parte, destacó que el inciso final del artículo 28 establece que la denuncia por incumplimiento podrá ser realizada por cualquier persona, ante el juzgado de policía local, por lo que, en su opinión, estaría demás el rol que se le quiere atribuir a las juntas de vecinos.

A su turno, la señora Natalia Nesbet agregó que, al igual que las representantes del MINVU, SENADIS no apoyaría la propuesta del inciso segundo del artículo 28 bis de la indicación número 1 del Senador señor Ossandón; primero, porque la junta de vecinos ya se encuentra habilitada para realizar una denuncia por incumplimiento -de acuerdo a lo antes señalado-, y segundo, ya que la certificación de discapacidad que se pretende exigir consiste en un trámite voluntario que las personas realizan para obtener determinados beneficios legales -como rebajas arancelarias y utilización de estacionamientos preferenciales-, por lo que obligar a un niño a certificarse no parece pertinente.

Adicionalmente, insistió en que la incorporación del diseño y accesibilidad universal tiene que ver con cómo se construye la sociedad en general, por lo que no correspondería adecuar ciertos parques, plazas o áreas verdes, y otros no, sino que se debe apuntar a que todos los espacios tengan el carácter anhelado.

Igualmente, advirtió que el inciso cuarto del artículo primero transitorio de la ley N° 20.422 dispone que parques, plazas y áreas verdes, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida, dentro del plazo de ocho años contado desde la publicación de la ley y que le corresponde al Ministerio de Desarrollo Social, en conjunto con los Ministerios competentes, establecer las normas y programas para asegurar este cumplimiento.

Observó que, si bien lo recién consignado no ha sido aún llevado a la práctica, la obligación de adecuación ya existe, por lo que en el SENADIS siempre se ha entendido que la iniciativa legal en debate solo regiría hacia el futuro.

El Honorable Senador señor Ossandón aclaró que su propuesta se refiere a la solicitud y no a la denuncia de incumplimiento. Sostuvo que contemplar de forma expresa la posibilidad de presentar una petición por parte de la junta de vecinos implicará la concreción de la normativa de una forma progresiva, lo cual no mermaría el espíritu del proyecto de ley, sino que todo lo contrario.

Por otra parte, reconoció que sería más apropiado eliminar, del inciso segundo del artículo 28 bis de su indicación número 1, lo relativo a la certificación de la discapacidad.

- Puesta en votación la indicación número 1, con la modificación recién consignada, se produjo el siguiente resultado: Votaron a favor los Honorables Senadores señores Moreira y Ossandón, y en contra, los Honorables Senadores señores Montes y Tuma.

Al fundamentar su voto, el Honorable Senador señor Tuma expresó que concuerda con el Senador señor Ossandón en cuanto a que lo correcto sería referirse a “niños” y no a “niños y niñas”, pero respecto a dar la posibilidad a las juntas de vecinos de presentar una solicitud de adecuación de los juegos infantiles, consideró que actualmente dichas organizaciones están habilitadas para hacerlo, por lo que no sería necesario establecerlo de modo expreso.

Enseguida, el Honorable Senador señor Moreira, en atención a diversos planteamientos formulados, solicitó a la señora Ministra que aclarara si disponer expresamente la posibilidad de que las juntas de vecinos presenten la solicitud de la especie perjudica en algo la normativa.

A su vez, el Honorable Senador señor Ossandón preguntó a las representantes del Ejecutivo si preceptuar explícitamente tal requerimiento conlleva a que el municipio respectivo esté en la obligación de responder y de acceder a aquél.

La Secretaria de Estado enfatizó en que la iniciativa legal busca que los juegos infantiles no mecanizados de parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, se construyan bajo el concepto de diseño universal.

Sostuvo que suprimiendo lo relativo a la certificación de la discapacidad, contemplado en la parte final de la indicación número 1 del Senador señor Ossandón, no habría problema con recoger, en el texto del proyecto, lo relativo a la posibilidad de que las juntas de vecinos presenten solicitudes de adecuación de los juegos infantiles que ya estén construidos, aun cuando insistió en que la modificación debe quedar contenida en el artículo 28, porque es ahí donde se contextualiza la materia dentro del marco de la generación del estándar de universalidad.

Además, contestando la pregunta del Senador señor Ossandón, señaló que presentada la solicitud por parte de la junta de vecinos, la municipalidad -en su caso- estará obligada solo a responder, mas no a acceder a ella.

El Honorable Senador señor Ossandón expresó estar dispuesto a que la materia en debate se aborde en el artículo 28, tal como sugirió la Secretaria de Estado.

Por otra parte, insistió en que es necesario fijar un plazo para que los juegos infantiles de parques, plazas o áreas verdes del país sean adaptados a este nuevo principio de universalidad, lo que no significaría un gran gasto municipal, sobre todo si se proyecta para dos o tres años. En la misma dirección, preguntó al representante de la Asociación Chilena de Municipalidades si ese planteamiento afectaría mayormente los presupuestos de los entes locales.

El señor Miguel Moreno, Coordinador Nacional de dicho gremio, hizo ver que la idea del Senador señor Ossandón no tendría mayor incidencia dentro de los presupuestos de las municipalidades, porque los Consejos Comunales de Seguridad Pública se valen del mismo espíritu de seguridad para toda la comunidad, por lo que consideró viable la adecuación de los juegos infantiles ya instalados.

La señora Ministra aseguró no estar en condiciones de patrocinar una iniciativa de ese tipo.

- Repetida la votación de la indicación número 1, en virtud de lo dispuesto en el artículo 182 del Reglamento, ella fue rechazada por tres votos en contra, de los Honorables Senadores señores Montes, Moreira y Tuma, y uno a favor, del Honorable Senador señor Ossandón.

A continuación, se consideró la propuesta del Ejecutivo. Cabe recordar que plantea reemplazar el artículo único del proyecto, a fin de modificar el artículo 28 de la ley N° 20.422, de la siguiente manera:

a) Intercalar, en el aludido artículo 28, un nuevo inciso segundo que dispone que los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su uso de forma autónoma por todos los niños y niñas, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando a su vez las condiciones de accesibilidad universal, para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que permitan su continuidad en el desplazamiento, y

b) Precisar, en el actual inciso cuarto, que pasaría a ser quinto, que la facultad con que ya cuentan las direcciones de obras municipales para fiscalizar el cumplimiento de la normativa del rubro podrán ejercerla “tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones”.

La señora Jeannette Tapia recomendó insertar lo relativo a la solicitud de adecuación de los juegos infantiles de que se trata, por parte de las juntas de vecinos, al final del nuevo inciso segundo del artículo 28, con lo que concordó la Secretaria de Estado y los miembros presentes de la Comisión, acogiéndose, asimismo, la idea de que en el citado inciso solo se haga referencia a “los niños”, siguiendo los lineamientos de la Real Academia Española y lo preceptuado en el artículo 25 de nuestro Código Civil.

- Sometida a votación la proposición del Ejecutivo -precedentemente descrita-, con las modificaciones recién consignadas, fue aprobada, con enmiendas formales, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Montes, Moreira, Ossandón y Tuma.

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MODIFICACIONES

En conformidad con los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Vivienda y Urbanismo propone a la Sala la aprobación del proyecto de ley despachado por la Cámara de Diputados, con la siguiente enmienda:

Artículo único

Reemplazarlo por el que se transcribe a continuación:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 28 de la ley N° 20.422, de la forma en que se consigna enseguida:

a) Intercálase el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero, y así sucesivamente:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.”.

b) Introdúcese en el actual inciso cuarto, que pasa a ser quinto, después de la expresión “incisos precedentes”, lo siguiente: “, tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones,”.”.

(Unanimidad 4x0).

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TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de la modificación anterior, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 28 de la ley N° 20.422, de la forma en que se consigna enseguida:

a) Intercálase el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero, y así sucesivamente:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.”.

b) Introdúcese en el actual inciso cuarto, que pasa a ser quinto, después de la expresión “incisos precedentes”, lo siguiente: “, tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones,”.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 8 y 22 de agosto, y 5 de septiembre de 2017, con asistencia de los Honorables Senadores señores Iván Moreira Barros (Presidente), Carlos Montes Cisternas, Manuel José Ossandón Irarrázabal, Eugenio Tuma Zedán y Patricio Walker Prieto (Jorge Pizarro Soto).

Sala de la Comisión, a 8 de septiembre de 2017.

Jorge Jenschke Smith

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y URBANISMO, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad. (BOLETÍN N° 9.701-14).

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I. OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: establecer la obligación de que los respectivos juegos infantiles no mecanizados cuenten con un diseño que permita su utilización por niños en situación de discapacidad, garantizando su accesibilidad en igualdad de condiciones.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único, compuesto por dos letras.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de los Honorables Diputados Jenny Álvarez, Karol Cariola, Daniella Cicardini, Fidel Espinoza, Daniel Farcas, Maya Fernández, Clemira Pacheco, Denise Pascal, Luis Rocafull y Joaquín Tuma.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 80 votos a favor y 2 abstenciones.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 30 de mayo de 2017.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1) ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad; 2) Ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad; 3) Ley General de Urbanismo y Construcciones; 4) Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; 5) Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, promulgada por decreto supremo N° 830, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 14 de agosto de 1990, publicada en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1990, y 6) Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, promulgada por decreto supremo N° 201, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 25 de agosto de 2008, publicada en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 2008.

Valparaíso, 8 de septiembre de 2017.

Jorge Jenschke Smith

Secretario de la Comisión

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2.2. Discusión en Sala

Fecha 28 de noviembre, 2017. Diario de Sesión en Sesión 66. Legislatura 365. Discusión General. Pendiente.

JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.284, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad, con informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo.

--Los antecedentes sobre el proyecto (9.701-14) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 17ª, en 30 de mayo de 2017 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Vivienda y Urbanismo: sesión 45ª, en 12 de septiembre de 2017.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( presidente ).-

Esta iniciativa es de artículo único.

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, usted nos sorprende con estos cambios en la tabla. Pero está bien.

Ahora, sobre este proyecto, puedo decir que hay una iniciativa de mi autoría, en la misma lógica, que no se ha refundido, subsumido y ni siquiera considerado en esta otra. Y, por lo tanto, pido que se estudie esa posibilidad.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

No puedo hacer eso en la Sala, señor Senador.

El señor BIANCHI.-

Entonces, solicito que el proyecto vuelva a la Comisión, para que se analice ahí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tampoco es factible acceder a esa petición, Su Señoría, porque ambas iniciativas están en trámites constitucionales distintos.

El señor BIANCHI.-

En ese caso, pido segunda discusión.

--El proyecto queda para segunda discusión.

2.3. Discusión en Sala

Fecha 29 de noviembre, 2017. Diario de Sesión en Sesión 68. Legislatura 365. Discusión General. Se aprueba en general.

JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.422 en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad, con informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo.

--Los antecedentes sobre el proyecto (9.701-14) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 17ª, en 30 de mayo de 2017 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Vivienda y Urbanismo: sesión 45ª, en 12 de septiembre de 2017.

Discusión:

Sesión 66ª, en 28 de noviembre de 2017 (queda para segunda discusión).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el señor Secretario .

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El objetivo de la iniciativa es establecer la obligación de que los respectivos juegos infantiles no mecanizados cuenten con un diseño que permita su utilización por niños en situación de discapacidad, garantizando su accesibilidad en igualdad de condiciones.

La Comisión de Vivienda y Urbanismo discutió el proyecto en general y en particular, por ser de artículo único, y lo aprobó en general por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Montes, Moreira, Ossandón y Patricio Walker), y en particular, con la modificación que consigna en su informe, por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Montes, Moreira, Ossandón y Tuma).

El texto de la iniciativa se encuentra en las páginas 32 y 33 del informe respectivo y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

El señor ALLAMAND.-

"Si le parece".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Me piden que se apruebe solo en general.

Si le parece a la Sala, se aprobará en general, fijando plazo para presentar indicaciones.

--Se aprueba en general el proyecto y se fija plazo para formular indicaciones hasta el lunes 8 de enero de 2018.

2.4. Boletín de Indicaciones

Fecha 08 de enero, 2018. Boletín de Indicaciones

BOLETÍN Nº 9.701-14

INDICACIONES

08-01-2018.

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSION EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY N° 20.422, EN EL SENTIDO DE ESTABLECER LA OBLIGATORIEDAD DE JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD

ARTÍCULO ÚNICO

Letra a)

Inciso segundo propuesto

1.- De los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, para agregar después de la voz “niños” las palabras “y niñas”.

2.- De los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, para reemplazar la expresión “con discapacidad” por “en situación de discapacidad”.

3.- De los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, para agregar a continuación de la expresión “accesibilidad universal” lo siguiente: “, su plena inclusión social y una efectiva igualdad de oportunidades”.

4.- De los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, para agregar después del vocablo “rutas” la expresión “o servicios de apoyo”.

5.- De los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, para agregar luego de la expresión “desplazamiento.” la siguiente oración: “La señalética de las instalaciones deberá ser simple y clara y estar disponible en formato auditivo y en sistema braille.”.

6.- De los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, para sustituir la locución “la adecuación” por “las exigencias de accesibilidad y los ajustes necesarios”.

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2.5. Segundo Informe de Comisión de Vivienda

Senado. Fecha 11 de abril, 2018. Informe de Comisión de Vivienda en Sesión 9. Legislatura 366.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y URBANISMO, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad.

BOLETÍN Nº 9.701-14.

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Vivienda y Urbanismo tiene el honor de presentar su segundo informe respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los Honorables Diputados Jenny Álvarez, Karol Cariola, Daniella Cicardini, Fidel Espinoza, Maya Fernández y Luis Rocafull, y ex Diputados Daniel Farcas, Clemira Pacheco, Denise Pascal y Joaquín Tuma.

A la sesión en que se analizó esta materia concurrieron: el Honorable Senador señor Iván Moreira; el Honorable Diputado señor Luis Rocafull; el señor Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, don Guillermo Rolando, junto a los asesores señora Pamela González y señor Manuel José Errázuriz; del Ministerio de Desarrollo Social, la asesora del Ministro, señora Ximena Rivas, y el Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), señor Daniel Concha, acompañado del asesor legislativo de la entidad, don Mario González.

También estuvieron presentes quienes se identifican a continuación: Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la analista, señora Katherine Porras. De la Asociación Chilena de Municipalidades, el Coordinador Nacional, señor Miguel Moreno. De la Biblioteca del Congreso Nacional, la analista, señora Verónica de la Paz. De la Fundación Jaime Guzmán, el asesor parlamentario, don Hernán Valenzuela. Del Comité PPD, el asesor, señor Rodrigo Suazo, y el periodista, don Gabriel Muñoz. Asimismo, concurrieron los siguientes asesores parlamentarios: de la Senadora señora Aravena, don Renato Rodríguez, y la periodista, doña Tania Cabezas; del Senador señor Navarro, don Jamadier Uribe; del Senador señor Sandoval, don Mauricio Anacona; del Senador señor Soria, don Cristián Beltrán, y del Diputado señor Rocafull, don Fernando García.

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Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, se deja constancia de lo siguiente:

1.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni modificaciones: letra b) del artículo único.

2.- Indicaciones aprobadas sin modificaciones: ninguna.

3.- Indicaciones aprobadas con modificaciones: no hay.

4.- Indicaciones rechazadas: ninguna.

5.- Indicaciones retiradas: 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

6.- Indicaciones declaradas inadmisibles: no hay.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

A continuación, se efectúa una relación de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Honorable Senado, así como de los acuerdos adoptados a su respecto por la Comisión de Vivienda y Urbanismo:

Artículo único

Modifica, mediante dos letras, el artículo 28 de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

El precepto actual prescribe lo siguiente:

“Artículo 28.- Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Asimismo, estarán sometidas a esta exigencia las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos, y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público. Si las edificaciones y obras señaladas en este inciso contaren con ascensores, estos deberán tener capacidad suficiente para transportar a las personas con discapacidad de conformidad a la normativa vigente.

Las edificaciones anteriores a la entrada en vigencia de la ley N° 19.284 quedarán sometidas a las exigencias de accesibilidad contenidas en el artículo 21 de dicha ley y sus normas complementarias. Del mismo modo, las edificaciones colectivas destinadas exclusivamente a vivienda, cuyos permisos de construcción fueron solicitados entre la entrada en vigencia de la ley Nº19.284 y la entrada en vigencia del presente cuerpo legal, continuarán siendo regidas por el artículo 21 de la ley N° 19.284 y sus normas complementarias.

Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo, corresponderá al Ministerio de Vivienda y Urbanismo establecer las normas a las que deberán sujetarse las nuevas obras y edificaciones, así como las normas y condiciones para que las obras y edificaciones existentes se ajusten gradualmente a las nuevas exigencias de accesibilidad.

La fiscalización del cumplimiento de la normativa establecida en los incisos precedentes será de responsabilidad de las direcciones de obras municipales que deberán denunciar su incumplimiento ante el juzgado de policía local, aplicándose al efecto las disposiciones del Título VI de esta ley. Para el mejor cumplimiento de la fiscalización, las municipalidades, a requerimiento de las direcciones de obras, podrán celebrar convenios con personas naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro, para que colaboren con aquéllas en el ejercicio de esta facultad.

La denuncia por incumplimiento podrá ser realizada por cualquier persona, ante el juzgado de policía local, en conformidad a lo establecido en el inciso precedente.”.

Cabe destacar que solo se describe la letra a) del artículo único, atendido que las indicaciones que se formularon recaen nada más que en el inciso segundo que ella propone.

Letra a)

Intercala el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero, y así sucesivamente:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.”.

La indicación número 1, de los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, agrega después de la voz “niños” las palabras “y niñas”.

La indicación número 2, de los mismos señores Senadores, es para reemplazar la expresión “con discapacidad” por “en situación de discapacidad”.

La indicación número 3, de los Honorables Senadores ya individualizados, añade a continuación de la expresión “accesibilidad universal” lo siguiente: “, su plena inclusión social y una efectiva igualdad de oportunidades”.

La indicación número 4, de los referidos señores Senadores, es para agregar después del vocablo “rutas” la expresión “o servicios de apoyo”.

La indicación número 5, de los mismos señores Senadores, incorpora luego de la expresión “desplazamiento.” la siguiente oración: “La señalética de las instalaciones deberá ser simple y clara y estar disponible en formato auditivo y en sistema braille.”.

La indicación número 6, de los aludidos señores Senadores, sustituye la locución “la adecuación” por “las exigencias de accesibilidad y los ajustes necesarios”.

En primer término, don Daniel Concha, Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), formuló los siguientes comentarios respecto de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Senado.

En cuanto a la indicación número 1, señaló que, en opinión del Servicio, no sería necesario incorporar la expresión “y niñas”, debido a que el artículo 1° de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño establece que: “para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad (…). Por tanto, afirmó, no resulta aconsejable acoger la aludida indicación.

En relación a la indicación número 2, explicó que SENADIS estima que no se requiere efectuar un cambio de expresión, en razón de que, tanto en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, como en la ley N° 20.422, se utiliza el término “persona con discapacidad”.

En lo relativo a la indicación número 3, precisó que el Servicio considera que no es necesario incorporar la expresión sugerida, ya que los términos de que se trata se encuentran contemplados en distintas definiciones legales; por ejemplo, “accesibilidad universal”, en el artículo 3°, inciso segundo, letra b), de la ley N° 20.422, e “igualdad de oportunidades”, en su artículo 7°.

Más aún, el artículo 1° de la citada ley, al establecer su objeto, contempla términos como: “la inclusión social”, “la igualdad de oportunidades”, “el disfrute de derechos” y la “eliminación de la discriminación”.

Respecto de la indicación número 4, señaló que lo que ésta persigue ya se logra con la utilización de los términos “accesibilidad universal” y “diseño universal”; por otro lado, la expresión “servicio de apoyo", definida en el artículo 6°, letra c), de la ley N° 20.422, no se enmarca, necesariamente, en la línea de fomentar el uso de forma autónoma de los juegos de que se trata.

En relación con la indicación número 5, manifestó que podría considerarse pertinente por ser consistente con lo dispuesto en el artículo 9, párrafo 2, letra d), de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que contempla: “Dotar a los edificios y otras instalaciones abiertas al público de señalización en braille y en formatos de fácil lectura y comprensión.”.

Sin perjuicio de ello, precisó que, quizás, sería inconveniente sujetarse a una redacción que, a futuro, podría no ser funcional para las personas con discapacidad, ya que, particularmente las que tienen deficiencia visual, no están habituadas del todo a la lectura del sistema braille y ocupan, mayormente, diversas aplicaciones. Lo anterior, en consonancia con la Observación General N° 2, del año 2014, del Comité de Expertos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Finalmente, y en cuanto a la indicación número 6, expresó que el Servicio considera más apropiado que la norma en que ella recae utilice la expresión “la adecuación” de los referidos juegos.

A continuación, la señora Ximena Rivas, asesora del Ministro de Desarrollo Social, manifestó que, eventualmente, podría debatirse si es o no necesario incorporar en la ley N° 20.422 una disposición como el nuevo inciso segundo que se propone agregar al artículo 28, debido a que aquélla ya exige la accesibilidad en favor de todas las personas con cualquier tipo de discapacidad y, más bien, es el respectivo reglamento -a saber, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones-, el llamado a regular la forma en que se dará cumplimiento a las adaptaciones pertinentes.

Así, subrayó que podría ser una mejor fórmula que dicha Ordenanza sea la que consagre las especificaciones requeridas, para dar mayor claridad a los profesionales que diseñan los espacios en cuestión.

Explicó que, en su concepto, introducir en la ley N° 20.422 el texto del nuevo inciso segundo del artículo 28 podría significar que determinadas especificaciones técnicas se rijan por aquélla y, otras, por lo establecido en la Ordenanza. A su juicio, sería más adecuado que los detalles técnicos se grafiquen en esta última, la cual se puede modificar y actualizar más fácilmente.

El Honorable Senador señor Navarro, en cuanto a la opinión consignada precedentemente, esto es, contemplar en la Ordenanza General las especificaciones que el proyecto propone introducir en la ley N° 20.422, expresó que debe tenerse presente que esta iniciativa ya se encuentra en segundo trámite constitucional y ha sido latamente analizada y debatida por ambas Cámaras, las que han considerado adecuado utilizar la vía legislativa para perfeccionar la normativa en análisis.

El Honorable Senador señor Sandoval consultó por el alcance de la expresión “diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad”, ya que, de su lectura, pareciera que se da a estos últimos un trato distinto que a la generalidad de los menores.

La señora Ximena Rivas manifestó que tal expresión no es discriminatoria, y más bien lo que busca es que se tome conciencia de este requerimiento, dándole el énfasis pertinente.

El Honorable Senador señor Soria recordó que durante sus períodos de Alcalde en Iquique decidió, junto al Concejo Municipal, dotar a los espacios públicos de juegos infantiles para que todos los niños pudieran disfrutar de ellos, lo que significó montar 180 módulos completos. Si bien fue una gran decisión, manifestó que, en esa oportunidad, no advirtieron que los niños con discapacidad requerían condiciones adecuadas de accesibilidad para ingresar, de manera segura, desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hicieran posible su continuidad en el desplazamiento.

El Honorable Senador señor Navarro consignó que, actualmente, tanto los municipios como el Estado, financian juegos infantiles que no necesariamente facilitan a los niños con discapacidad acceder a ellos, produciéndose, a su juicio, discriminación. Manifestó que la legislación debiera obligar a que las obras del Estado sean inclusivas.

En todo caso, destacó que el debate que se ha producido durante esta discusión en particular es positivo, porque, al menos, ha permitido analizar la necesidad de regular estos temas, más allá de que, posteriormente, se decida el mecanismo más adecuado para la mayor efectividad de las medidas.

A su turno, el Honorable Senador señor Montes precisó que es relevante determinar la forma de llevar adelante estos procesos, pero de manera realista, ya que hay evidencia de la existencia de diversas disposiciones legales que no se han cumplido, tanto por parte de los organismos públicos como privados. La reglamentación del caso, prosiguió, debiera establecer incentivos, sistemas de control y fórmulas de gradualidad, de tal manera de asegurar su implementación; de otra manera, se desacredita el rol del parlamento y del gobierno.

El Honorable Senador señor Navarro señaló que, en consideración a los planteamientos formulados en el debate, particularmente por el Director Nacional de SENADIS, procedía a retirar la totalidad de las indicaciones presentadas a esta iniciativa.

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TEXTO DEL PROYECTO:

En mérito de lo precedentemente expuesto, vuestra Comisión de Vivienda y Urbanismo tiene el honor de proponer la aprobación en particular del proyecto de ley en informe, en los mismos términos en que fue aprobado en general por el Senado, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 28 de la ley N° 20.422, de la forma en que se consigna enseguida:

a) Intercálase el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero, y así sucesivamente:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.”.

b) Introdúcese en el actual inciso cuarto, que pasa a ser quinto, después de la expresión “incisos precedentes”, lo siguiente: “, tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones,”.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 10 de abril de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señor Alejandro Navarro Brain (Presidente), señora Carmen Gloria Aravena Acuña y señores Carlos Montes Cisternas, David Sandoval Plaza y Jorge Soria Quiroga.

Sala de la Comisión, a 11 de abril de 2018.

Jorge Jenschke Smith

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y URBANISMO, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad. (BOLETÍN N° 9.701-14).

_____________________________________________________________

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: establecer la obligación de que los respectivos juegos infantiles no mecanizados cuenten con un diseño que permita su utilización por niños con discapacidad, garantizando su accesibilidad en igualdad de condiciones.

II. ACUERDOS: Indicaciones:

Números:

1. Retirada.

2. Retirada.

3. Retirada.

4. Retirada.

5. Retirada.

6. Retirada.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único, compuesto por dos letras.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de los Honorables Diputados Jenny Álvarez, Karol Cariola, Daniella Cicardini, Fidel Espinoza, Maya Fernández y Luis Rocafull, y ex Diputados Daniel Farcas, Clemira Pacheco, Denise Pascal y Joaquín Tuma.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 80 votos a favor y 2 abstenciones.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 30 de mayo de 2017.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: segundo informe.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1) ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad; 2) ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad; 3) Ley General de Urbanismo y Construcciones; 4) Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; 5) Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, promulgada por decreto supremo N° 830, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 14 de agosto de 1990, publicada en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1990, y 6) Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, promulgada por decreto supremo N° 201, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 25 de agosto de 2008, publicada en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 2008.

Valparaíso, 11 de abril de 2018.

Jorge Jenschke Smith

Secretario de la Comisión

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2.6. Discusión en Sala

Fecha 11 de abril, 2018. Diario de Sesión en Sesión 9. Legislatura 366. Discusión Particular. Se aprueba en particular con modificaciones.

JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD

El señor MONTES ( Presidente ).-

Corresponde discutir en particular el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.422 en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos, en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad, con segundo informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo.

--Los antecedentes sobre el proyecto (9.701-14) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 17ª, en 30 de mayo de 2017 (se da cuenta).

Informes de Comisión:

Vivienda y Urbanismo: sesión 45ª, en 12 de septiembre de 2017.

Vivienda y Urbanismo (segundo): sesión 9ª, en 11 de abril de 2018.

Discusión:

Sesiones 66ª, en 28 de noviembre de 2017 (queda para segunda discusión); 68ª, en 29 de noviembre de 2017 (se aprueba en general).

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Este proyecto fue aprobado en general en sesión de 29 de noviembre de 2017 y cuenta con segundo informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, la que deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que las seis indicaciones que se presentaron al texto aprobado en general fueron retiradas por sus autores, por lo que se propone la aprobación en particular de la iniciativa en los mismos términos en que se despachó en general.

Nada más, señor Presidente .

El señor MONTES ( Presidente ).-

Solo podría agregar que esta materia fue tratada en la Comisión ayer y que estuvieron de acuerdo con los términos del proyecto el representante del Servicio Nacional de la Discapacidad y, también, la asesora del Ministro de Desarrollo Social .

En la discusión particular, ofrezco la palabra.

En este momento el Presidente de la Comisión no se halla en la Sala.

Entonces, tiene la palabra la Honorable señora Aravena.

La señora ARAVENA.-

Intervendré de manera breve, Su Señoría, en remplazo del Presidente de la Comisión , quien está participando en otro órgano técnico de la Corporación.

Señor Presidente , el proyecto sobre el cual recae el segundo informe en examen se halla en segundo trámite constitucional y se inició en moción de los Honorables Diputados Jenny Álvarez , Karol Cariola , Daniella Cicardini , Fidel Espinoza , Maya Fernández , Luis Rocafull , Daniel Farcas , Clemira Pacheco , Denise Pascal y Joaquín Tuma .

La iniciativa consta de un artículo único que modifica el artículo 28 de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, con la finalidad de consagrar la obligación de que los respectivos juegos infantiles no mecanizados cuenten con un diseño que permita su utilización por niños con discapacidad, garantizando su accesibilidad en igualdad de condiciones.

Cabe señalar que durante la discusión particular asistieron el Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, don Guillermo Rolando ; la asesora del Ministro de Desarrollo Social , señora Ximena Rivas , y el Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), señor Daniel Concha , acompañado del asesor legislativo de la entidad, don Mario González .

Así, la Comisión se abocó al estudio de las seis indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Senado.

Al respecto, se produjo el correspondiente debate, durante el cual el Director Nacional de SENADIS formuló diversos planteamientos técnicos, sosteniendo en definitiva que, a juicio de ese Servicio y atendido lo contemplado en la ley N° 20.422 y en las Convenciones de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, había argumentos para sostener que no era necesario acoger las indicaciones en cuestión. De manera que, sobre esa base, ellas fueron retiradas.

En consecuencia, la Comisión de Vivienda y Urbanismo propone la aprobación en particular del proyecto de ley en informe en los mismos términos en que fue despachado en general por el Senado.

Es cuanto puedo señalar, Honorable Sala.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palaba el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente , quiero hablar precisamente porque me tocó presidir la Comisión.

Deseo destacar la presencia aquí del Diputado Rocafull, quien es uno de los autores de este proyecto de ley.

Para aquellos que no lo conocen, debo señalar que está al lado de la Senadora Allende.

Yo solo quiero hacer un pequeño comentario.

Vimos este proyecto en la Comisión cuando me tocó presidirla, y el Senador Montes dio sus apreciaciones y, de alguna manera -lo reconozco-, llevó adelante proposiciones para mejorar el texto, a lo cual nos incorporamos todos.

Como bien se ha dicho, el diseño de juegos infantiles, plazas y parques está entregado a la discrecionalidad de cada uno de los municipios que los construyen, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o de la empresa privada. Por lo anterior, estimamos que el proyecto claramente es un avance, ya que exige que los primeros sean construidos en consideración al acceso y uso por parte de quienes enfrentan una discapacidad.

Si bien es cierto que una ley contempla la situación de los minusválidos, nos hemos encontrado con que en muchos servicios públicos no existen hasta el día de hoy facilidades para ellos, pues el Estado no la cumple. Por eso, la cuestión es de interés con mayor razón, porque se hace referencia a niños con un impedimento.

Nuevamente nos encontramos ante un texto que establece exigencias y obligaciones para las municipalidades sin asignarles recursos adicionales. Si bien algunas ya pueden instalar juegos infantiles para discapacitados, otras cuentan con pocos recursos económicos y, con la ley en proyecto, se las obliga a destinar fondos muchas veces no disponibles. A modo de ejemplo, el presupuesto anual de la Municipalidad de Las Condes equivale a diez años del correspondiente a la de La Granja.

Destacamos, finalmente, la importancia de enseñar a la población lo que implica usar juegos infantiles destinados exclusivamente a niños con discapacidad. En 2015 falleció una menor de doce años en Puente Alto por utilizar un columpio destinado a los que presentan una capacidad reducida. Ello refleja falta de instrucción y la necesidad de desarrollar un programa tendiente a informar y educar a las familias en el empleo correcto de las instalaciones.

A mí me parece que en el proyecto se da una mirada correcta. Tenemos que buscar la forma de allanar recursos a los municipios que carecen de ellos; pero, tratándose de la discapacidad y de la preocupación que debe asistirnos como sociedad, obviamente se verifica un avance.

Por eso, la Unión Demócrata Independiente votará a favor.

El señor MONTES ( Presidente ).-

Puede intervenir la Honorable señora Allende.

La señora ALLENDE .-

Señor Presidente , parto por felicitar y saludar al Diputado señor Rocafull -está sentado a mi lado, para quienes no lo conocen-, autor de la moción, justamente, en lo cual fue acompañado de otros y otras colegas.

Se ve algo simple, pero este es el tipo de iniciativa y de asunto del cual debiéramos hacernos cargo como país. Más de 299 mil niños se encuentran hoy día en situación de discapacidad, lo que corresponde, más o menos, a un 5,8 por ciento del total. Y si se juntan a los adultos, se trata de una población que supera los dos millones 800 mil personas.

Por cierto, tenemos que seguir avanzando en políticas de integración de estos menores en diversas áreas. No olvidemos que hace poco aprobamos -creo que ello fue bien importante- la inclusión en materia laboral, con una cuota mínima de contratación. Aquí estamos haciendo referencia a modificar la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e incorporación de personas con discapacidad.

Este último cuerpo legal dice relación, en general, con que los edificios públicos o de instituciones que presten un servicio a la comunidad debieran ser accesibles sin dificultad, lo que realmente no ocurre. Pero ahora se trata específicamente de parques, plazas y áreas verdes. Lo que conversábamos con el Diputado señor Rocafull es que no se puede afectar lo que ya está.

En seguida, se contempla un diseño universal. No significa que se destine solo a niños con discapacidad, sino a una utilización indistinta de todos los menores, con tal condición o sin ella.

Cabe consignar que, cuando se construyen estos juegos en dichos lugares, los municipios no ocupan recursos propios, en general. Normalmente, los proyectos son apoyados por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

Es perfectamente posible implantar un criterio en adelante para que nos pongamos al día con los estándares más exigentes y universales, como lo están haciendo los países más desarrollados, donde existe una serie de innovaciones que hacen posible un mejor uso y goce de los espacios, y nos transformemos en una sociedad que de alguna manera permita menos discriminación y más acceso, particularmente si se trata de parques, plazas y áreas verdes, en relación con los niños.

En consecuencia, estimo tremendamente importante el diseño tendiente a una utilización por el mayor número de personas, sin necesidad de adaptaciones.

Por eso, votaré a favor.

Ahora, el texto presentará desafíos, por cierto, y asignará una tarea fiscalizadora más a la municipalidad, la cual, a través del Director de Obras, tendrá que cerciorarse del cumplimiento cuando otorgue un permiso de edificación.

Sin embargo, a mí me parece que ello es parte del reto que enfrentamos. No cabe olvidar lo que hemos vivido en los últimos tiempos con la cantidad de niños en el SENAME que incluso han muerto, más de la mitad de ellos con algún tipo de discapacidad. No podemos amparar el que esta última sea sinónimo de vulnerabilidad, por lo cual necesitamos un Estado más proactivo.

Creo que estamos dando un paso relevante. Felicito al Diputado señor Rocafull y a quienes lo acompañaron. El Senado tiene hoy día la posibilidad de despachar el proyecto tendiente a hacer obligatorios juegos infantiles no mecánicos para que puedan ser disfrutados por niños con discapacidad.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente , me sumo a las felicitaciones al Diputado señor Rocafull .

En la misma línea se presentó en esta Corporación una iniciativa de mi autoría, a la que concurrieron varios señores Senadores y señoras Senadoras de la época. Se pretendía introducir en el artículo 28 de la ley N° 20.422, con similar objetivo, una disposición en el sentido de que el Estado debía promover condiciones para que en todos los bienes nacionales de uso público se pudiera contar con instalaciones a fin de que los niños con discapacidad gozasen de sus legítimos derechos en plena igualdad con las demás personas.

Repito que adhiero, por lo tanto, a las congratulaciones dirigidas al señor Diputado. En el Senado planteamos un proyecto conforme a la misma lógica.

Pero quiero exponer el punto de lo que se ha venido haciendo en el último tiempo en el Congreso y desde el Ejecutivo.

Logramos establecer la obligación de que al sector público o a las empresas ingrese a trabajar un uno por ciento -¡solo eso!- de personas con capacidades distintas. Un incremento al respecto configura una tremenda deuda.

Ayer, si mal no recuerdo, mi Honorable colega Pugh hizo ver en la Comisión de Defensa una situación que me pareció del todo interesante. Desarrollaremos pronto un trabajo que tiene que ver con la ciberseguridad, con el ciberespacio, y nos decía que esta gente podría hacer un tremendo aporte en relación con la primera de esas materias. Tal consideración no había sido hecha.

En una enorme cantidad de funciones, tanto en lo público como en lo privado, no se ha logrado incorporar el criterio de que estas personas pueden efectuar una gran contribución a nuestra sociedad.

Ahora estamos haciendo algo del todo evidente. Me lo decía recién el Honorable señor Guillier . ¡Cómo en el Estado, cuando se construyen viviendas, poblaciones, áreas verdes, no se piensa en algo lógico: que existe la realidad de niños con capacidades distintas!

¡Y debiera incluirse a muchos adultos mayores que hoy día se ejercitan permanentemente en lugares públicos, en lo que también queremos avanzar!

La última reflexión que quiero hacer es que siento que el Estado se encuentra al debe hace mucho rato respecto de quienes presentan capacidades distintas.

Fíjese, señor Presidente , que la Teletón -esa iniciativa comenzó con aportes de privados y el Estado financió después una canasta de prestaciones- desarrolla la recuperación de nuestros niños y se ocupa en personas con discapacidad.

En la Región de Magallanes, a la que represento, tenemos nuestra propia Teletón, nuestras propias jornadas, que atienden a miles de miles de niños, de adultos, y el Estado mira hacia el lado, se desentiende.

Lo propio hace también -me observa el Senador señor Sandoval- en Coihaique, en la Región de Aisén.

Entonces, nosotros, que enfrentamos el aislamiento, la rigurosidad del clima, las distancias, etcétera, advertimos que no hay un Estado presente, como debiera ser, en la rehabilitación de aquellos a quienes hago referencia.

Compartimos el proyecto. No alcanzamos a subsumir el que preparé en la misma línea, para que hubiera quedado dentro de la misma discusión. Pero eso no es lo importante. Lo significativo es que se está avanzando y que el Estado, cuando levante poblaciones, hospitales, escuelas o cualquier construcción -o lo haga un privado-, no debe dejar jamás de incorporar espacios para personas con capacidades distintas, para adultos mayores, para las familias, en general.

Así que celebro el texto y participo, por supuesto, en su aprobación.

El señor MONTES ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo para abrir la votación, con la mantención de los tiempos?

El señor DE URRESTI.-

Sí.

El señor MONTES (Presidente).-

Acordado.

El señor COLOMA.-

Deseo hacer una pregunta.

El señor MONTES ( Presidente ).-

Su Señoría podrá formularla inmediatamente después de que use de la palabra el Senador señor Durana.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor MONTES ( Presidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Durana.

El señor DURANA.-

Señor Presidente , saludo al amigo y Diputado señor Rocafull , representante de la Región de Arica y Parinacota.

Concurro también con mi voto a favor y celebro la normativa, que permitirá hacer justicia con los menores en condición de discapacidad.

Cabe alertar, sí, en el sentido de que el diseño de juegos infantiles en plazas y parques obviamente puede corresponder al Ministerio de Vivienda, a la municipalidad, como también al sector privado, y de que es necesario que se halle muy bien considerado en los planes reguladores, en los cuales las regiones pueden contemplar, cada cierta cantidad de años, cada una de las disposiciones sobre las cuales hoy día se legisla, no solo en cuanto a instalaciones inclusivas, sino también, fundamentalmente, a que los espacios sean adecuados y accesibles.

Es preciso considerar -comparto lo manifestado por mi Honorable colega Moreira- que los municipios necesariamente tendrán que ir generando o asignando recursos para la mantención de los juegos en cada uno de los parques y espacios públicos.

Además de ser ello tan importante para nuestros niños, es de esperar, ante la diversidad de las regiones, que sea posible conservar el respeto por la identidad cultural. Muchas veces, los juegos son universales, de características distintas de aquellas a las cuales están acostumbrados los menores, lo que también debemos respetar en las zonas o los territorios a los cuales representamos, con frecuencia aislados o de cultura originaria.

Por lo tanto, reitero mi saludo a Luis Rocafull , agradezco el proyecto y, obviamente, concurro con mi pronunciamiento a favor.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente , quisiera hacer una reflexión que tiene que ver -no sé si alguien de la Comisión puede ayudarme a despejar el punto- con el "diseño universal" al cual hace referencia la disposición que se incorpora.

Si Sus Señorías observan, la ley N° 20.422 -no se trata de un cuerpo legal que lleve dos décadas, sino que es bastante nueva- apuntó a un objetivo parecido en el momento de establecer la necesidad de que los edificios públicos y todo aquel que cumpla con determinados requisitos deben ser accesibles y no ofrecer dificultades a personas con discapacidad. Esa es la norma actual.

Ahora se agregaría un artículo en virtud del cual se establece la obligación de que parques, plazas o áreas verdes "deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma".

A mí me parece bien la idea, pero no tengo claro quién determina el diseño universal. ¿Qué se considera como tal? Porque imagino que puede haberlo para lugares medianos o para lugares pequeños. Si es algo universal, supongo que tiene que existir una cierta uniformidad.

No sé si esta es una obligación que dice relación con el Ministerio de Vivienda, con el SERVIU o con algún organismo municipal.

Entonces, a mí me gustaría saber en qué se traduce y quién tiene que precisar el concepto. Si no, quedará instalada una frase que puede quedar en letra muerta al no establecerse responsabilidades. Por eso es que estimo importante ver dónde se halla la definición.

Del mismo modo, tal vez alguna norma transitoria -no sé si ello se habrá considerado- podría aclarar cómo se empieza a funcionar, cuál es la etapa en que se pasa a la exigibilidad, lo que no ocurrirá automáticamente solo por aparecer la ley. Ignoro el diseño universal para estos efectos.

Deseo saber un poco más qué tuvo a la vista la Comisión con la forma de redactar la norma y el requisito mencionado.

Quiero plantearlo ahora por ser el momento para despejar las interrogantes, en forma previa a la parte final de la tramitación. Si ello no queda claro, más adelante pueden generarse dudas mayores. Por eso formulo la consulta.

El señor MONTES ( Presidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , en la conceptualización del proyecto, cuya autoría es del Diputado señor Rocafull , hubo seis indicaciones -el Servicio Nacional de la Discapacidad formuló observaciones y se retiraron- a fin de aplicar una noción universal de acuerdo con la nomenclatura que el SENADIS usa en relación con la discapacidad.

La definición, sencillamente, se refiere a que, en una familia, un niño con todas sus capacidades puede participar en los mismos juegos que un hermano con una capacidad distinta, con una forma de discapacidad, en la medida en que las instalaciones se encuentren adaptadas para que ambos puedan hacerlo.

No sé si mis colegas han tenido la posibilidad de observarlo, pero de repente frustra que menores con alguna discapacidad o condición limitante no puedan hacer uso de los juegos diseminados por todo Chile, los cuales no están diseñados para ello.

El diseño universal es inclusivo, es decir, pueden utilizarlo los niños con todas sus capacidades y los que las presentan disminuidas. Por lo tanto, se entiende que es de libre acceso y en igualdad de condiciones.

El texto plantea en adelante una adaptación. Los alcaldes verán si es posible ir mejorando las instalaciones actuales. Mas la normativa regirá para las que se habiliten en el futuro, de modo que el criterio se encuentre incorporado en las direcciones de Obras Municipales cuando se lleven a cabo las licitaciones. La adopción de medidas será progresiva en todas las plazas. Y en el Presupuesto de este año debiéramos generar una glosa que a los jefes comunales les permita postular para un ajuste de lo ya existente, porque se ha avanzado mucho en ello. Por lo tanto, si una modificación tal vez no fuera posible, cabría adicionar juegos que permitiesen la integración universal.

El proyecto fue tratado y aprobado de manera unánime en la Comisión de Vivienda.

No pude estar presente al inicio de la sesión. En la Comisión de Derechos Humanos estábamos recogiendo la opinión de la ciudadanía respecto de una difícil decisión que tenemos que tomar en relación con el Defensor de los Derechos de la Niñez. Pero quiero asegurar que el texto fue discutido, y creo que haríamos bien en acogerlo, ojalá por unanimidad, y darle curso. Es sencillo, pero de un profundo impacto social.

Me expresa el señor Jorge Jenschke , Secretario de la Comisión de Vivienda , que la propia ley N° 20.422 determina que diseño universal es "La actividad por la que se conciben o proyectan, desde el origen, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos o herramientas, de forma que puedan ser utilizados por todas las personas o en su mayor extensión posible".

El señor COLOMA .-

¿Quién lo hace?

El señor NAVARRO.-

Está en la normativa.

Y como esto efectivamente obliga a la construcción de juegos a quien se adjudique la licitación, a quien construya el proyecto, los departamentos de Obras Municipales o el propio Estado tendrán que adaptarse a la Ley de Integración. Por lo tanto, deberán ir a la letra c) del artículo 3° de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

Lo que estamos haciendo es un alcance que lamentablemente no fue considerado en la ley. Hoy es posible hacerlo con el mismo costo. No significará un mayor gasto para los alcaldes el incluir juegos con accesibilidad universal. O sea, va a ser un diseño distinto. El tema económico tiene que ver con los juegos que ya están y que deben ser modificados. Espero que existan la voluntad y el sentimiento necesarios para incorporar una glosa que permita aquello a través del financiamiento en la Ley de Presupuestos.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor MONTES (Presidente).-

Usted le clarificó la consulta al Senador Coloma...

El señor COLOMA .-

¡Más o menos nomás...!

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Señor Presidente , sin duda comparto mucho de lo que se ha señalado acá. Nadie podría estar en desacuerdo con una legislación o un proyecto relacionado con esta materia. Sin embargo, una vez más me preocupa que se establezcan ciertas normas que les entregan obligaciones pecuniarias a los alcaldes. Y me refiero especialmente al caso de los municipios más pobres.

Siempre hemos hablado de que queremos que todos los chilenos sean iguales, que no existan personas de primera y de segunda categoría, dependiendo de la comuna en la que viven. Lo digo pensando en mi Región, en la que hay cinco comunas rurales bastante pobres, que cuentan con muy pocos recursos para destinar a inversión. Y, obviamente, cuando postulan a proyectos regionales tienen otro tipo de prioridades.

Me tranquiliza en parte lo que expresó el Senador Navarro en cuanto a poner eventualmente una glosa en la Ley de Presupuestos para que se beneficie a los municipios, pero no a todos por igual, sino que a aquellos que de verdad carezcan de los recursos necesarios para cumplir con esta norma cuando sea ley. Porque, si no, lo que ocurrirá es que los habitantes que tengan alguna capacidad diferente y que pertenezcan a las comunas más acomodadas podrán gozar de este tipo de juegos, pero aquellos que vivan en comunas rurales o sin recursos seguirán sin juegos o solo tendrán los que no son aptos para ellos.

Solamente quería expresar este punto, señor Presidente.

No olvidemos que hay comunas que no tienen la posibilidad de acceder a recursos.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente , deseo saludar al Diputado Luis Rocafull , autor de esta iniciativa que hoy está en su segundo trámite acá, en el Senado.

Quiero señalar la importancia de que podamos avanzar desde la legislación, pero sobre todo desde la sociedad, en comprender la perspectiva de las personas con discapacidad como sujetos de derecho, pasando de una concepción meramente asistencialista o de caridad a un esquema basado en derechos, con énfasis en la igualdad de oportunidades y en la no discriminación.

Cuando uno piensa en el derecho a la recreación y al juego de nuestros niños y niñas, no podemos sino apoyar iniciativas como la que se nos plantea hoy.

Por cierto, siempre vamos a tener un escollo importante que superar: los presupuestos. Pero para nadie es un misterio que los alcaldes participan en iniciativas de financiamiento que provienen de diversas fuentes. Y lo que uno espera en esa perspectiva es que cada vez que se logre concebir un proyecto en materia recreacional, se tengan en cuenta los derechos de las personas con discapacidad y, particularmente, de los niños y niñas.

Cuando Chile suscribió la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y cuando el año pasado fue a dar cuenta respecto de ella, una de las recomendaciones que nos hizo Naciones Unidas fue, precisamente, que intentáramos avanzar en temas de inclusión en todas las esferas de la vida. Cómo no va a ser necesario, cómo no va a ser importante y cómo no va a ser justo apoyar iniciativas que realmente nos permitan transitar hacia un enfoque de derechos para las personas que viven con discapacidad, y particularmente para que nuestros niños y niñas tengan una forma de recrearse en sus espacios comunitarios.

Deseo saludar iniciativas como la que llevó adelante el Ministerio de Vivienda y Urbanismo con el apoyo del municipio de Copiapó, de profesionales de la Fundación Teletón, que tras los aluviones del año 2015 logró rehabilitar el Parque Schneider con una zona de juegos diseñada especialmente para niños y niñas con capacidades distintas. Inclusive, esos juegos ayudan a los procesos de rehabilitación en espacios comunitarios, en familia. Y consideramos que lo que tenemos en la Región de Atacama es posible replicarlo en todo el país.

En ese sentido, apoyaré con gran entusiasmo la moción, para que pueda ser ley de la república. Y ojalá vaya iluminando el quehacer de toda la acción del Estado y de la sociedad, a efectos de que se entienda que estos pactos y convenciones que Chile suscribe no son un mero trámite administrativo, sino que realmente deben cambiar la forma como somos capaces de entender, respetar y promover la realidad de las personas con capacidades distintas desde la perspectiva de los derechos.

Votaré favorablemente el proyecto, señor Presidente.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.-

Señor Presidente , quiero saludar al autor de esta importante iniciativa, el Diputado Rocafull , y precisar algo. Porque en el proyecto aparece con mucha claridad que lo que se busca es la obligatoriedad de instalar juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad.

Y deseo poner énfasis en esta palabra. Porque hace un rato escuché a un Senador de las bancas del frente referirse a ellos como "minusválidos". Siento que es un término que a esta altura de la vida debiéramos erradicar de nuestro léxico. Porque, si uno va a la raíz etimológica de la palabra "minusválido", ve que viene del latín "minus", menos y "válido". Significa: "que vale menos". Yo esperaría que nunca más en este Senado se vuelva a hablar de minusválidos. Son personas con capacidades especiales, como bien lo planteaba el Senador Bianchi , o "discapacitados", como lo precisa la iniciativa presentada por el Diputado Rocafull .

En lo central, considero que no es un proyecto de alto costo. Lo que va a cambiar es que fundamentalmente pasaremos a un diseño universal. Tendremos que cambiar los diseños. Y quienes han sido alcaldes saben perfectamente que aquí la responsabilidad no estará sobre el mandante, sobre el que pone los recursos, sean la SUBDERE, los gobiernos regionales o los municipios.

Desde luego, no creo que tengan ninguna dificultad los municipios que están en controversia en estos días, como son los de Vitacura y Las Condes, para financiar este tipo de proyectos. Pero en general no debieran tener ningún problema las comunas de Chile, porque lo que va a cambiar simplemente es que deberá incorporarse la accesibilidad en el diseño, como bien lo indica la iniciativa. Ello significa contar con rampas y condiciones para que los niños y niñas puedan acceder a las plazas de juegos.

Creo que esto tiene un fundamento bien importante -la Senadora Provoste también lo mencionaba-: los tratados internacionales que Chile ha suscrito. En 1990, la Convención sobre los Derechos del Niño, reconoce el derecho al esparcimiento, a actividades recreativas propias de la edad y a la participación libre en la vida cultural. Eso reza la norma. Y la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Chile en 2008, ya señalaba "que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones".

Siento que el Senado está dando un paso realmente importante, que se suma a otros que se han señalado aquí. Concretamente, tenemos la Ley de Inclusión Laboral, que estableció la contratación de al menos el uno por ciento de personas con discapacidad, lo que claramente es insuficiente, y algunos empleadores se ciñen simplemente a ese mínimo porcentaje, pudiendo ir más lejos.

También debemos considerar lo que se hizo en materia de vivienda. Y deseo destacar el rol que jugó la Ministra Paulina Saball , porque se experimentó un avance, un salto en accesibilidad realmente gigantesco, especialmente con la modificación de la política habitacional, a mediados del Gobierno anterior.

De esta manera, estamos tomando la iniciativa y mostrando que el tema de la infancia no puede ser un eslogan ni un titular de prensa, sino que ha de traducirse en políticas concretas.

Hoy día, los niños con capacidades diferentes quedan mirando en las plazas de juegos infantiles, en los parques. Por lo tanto, la obligación, para públicos y privados, es mejorar la accesibilidad; pero, al mismo tiempo, disponer de ciertos elementos para que los menores en situación de discapacidad puedan jugar, de manera que el derecho al esparcimiento y a la diversión sea una expresión real.

Lo felicito, señor Presidente , por poner en discusión el asunto que nos convoca y, desde luego, saludo también a los autores de la moción. Considero que como Senado estamos dando un paso muy significativo en materia de inclusión.

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El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier para una cuestión de Reglamento.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente , solicito autorización para que la Comisión de Hacienda pueda funcionar simultáneamente con la Sala a los efectos de despachar el proyecto que moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del Servicio Nacional de Pesca, que es una de las cosas que nos han mandatado. Entendemos que podemos colaborar...

La señora ALLENDE.-

¿Cuándo?

El señor LETELIER.-

Desde este momento.

El señor MONTES (Presidente).-

¿Habría acuerdo? Porque se necesita avanzar en el proyecto mencionado.

¡Incluso el Senador Coloma está de acuerdo...!

La señora PROVOSTE.-

¡Y también el Senador Moreira...!

El señor MONTES (Presidente).-

Acordado.

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El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , confieso que inicialmente, cuando conocí este proyecto, me sorprendí, porque pienso que estas son las cosas en las que existe norma legal y, por lo tanto, obligación de cumplirla.

Por ejemplo, el artículo 21 de la ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad, de 14 de enero de 1994 -es decir, ya tiene 24 años-, señala:

"Las nuevas construcciones, ampliaciones, instalaciones, sean éstas telefónicas, eléctricas u otras y reformas de edificios de propiedad pública o privada, destinados a un uso que implique la concurrencia de público, así como también las vías públicas y de acceso a medios de transporte público, parques, jardines y plazas, deberán efectuarse de manera que resulten accesibles y utilizables sin dificultad por personas que se desplacen en sillas de ruedas".

Repito: se trata de una disposición que data desde hace 24 años.

Y si nos vamos a la ley N° 20.422, de 2010, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, vemos que su artículo 28 dispone obligaciones más o menos similares:

"Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Asimismo, estarán sometidas a esta exigencia las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos, y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público".

Quiero recordar que todas las plazas son bienes nacionales de uso público. Y, por supuesto, eso incluye a las que contienen juegos infantiles.

Por lo tanto, señor Presidente, en estricto rigor, uno podría sostener que no debiera ser necesaria una norma como la propuesta, porque ya hemos legislado con suficiente claridad y, a mi juicio, también con suficiente fuerza.

Sin embargo, claramente es cosa de recorrer nuestras plazas y parques infantiles para percatarnos de que muchas veces esto no se cumple.

Por esa razón, voy a respaldar este proyecto.

Porque, no obstante haber norma sobre la materia, creo que la ahora propuesta es mucho más específica y va a significar un muy buen recuerdo para que nuestras municipalidades, nuestros gobiernos regionales, nuestros ministerios, que diseñan plazas, que diseñan parques, que diseñan recintos que contemplan juegos infantiles, tengan presente esta exigencia de accesibilidad universal. Porque eso es lo que se está pidiendo: que cumplan con un diseño de accesibilidad universal.

Voto a favor, señor Presidente.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Galilea.

El señor GALILEA.-

Señor Presidente , a propósito de las intervenciones de algunos Senadores -en particular, la realizada por el señor Coloma-, quiero señalar que el origen de un parque, de un área verde puede ser diverso: pueden construirlo loteadores, el propio SERVIU o un condominio de viviendas dentro de su propiedad.

Por lo tanto, el hecho de contar con una norma clara acerca de qué se tiene que construir y qué se entiende por un juego de acceso universal me parece a mí de la principal importancia.

En ese sentido, en mi opinión, el tema se halla resuelto.

Recordemos que el proyecto modifica el artículo 28 de la ley N° 20.422, el cual, en su inciso tercero, señala expresamente que "corresponderá al Ministerio de Vivienda y Urbanismo establecer las normas a las que deberán sujetarse las nuevas obras y edificaciones".

Considero muy oportuno dejar claro en esta sesión que el Ministerio mencionado, probablemente a través de la Dirección de Desarrollo Urbano, debe especificar cuáles son las condiciones, los diseños, los tamaños mínimos -no sé si habrá un tamaño máximo-, en fin, cosa que, sea quien sea el que vaya a ejecutar el parque o la plaza pública o privada, sepa a qué atenerse.

Las direcciones de Obras o las direcciones de Aseo y Ornato de las municipalidades van a requerir de la orientación pertinente. Por lo tanto, esa norma, que ha de provenir necesariamente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, debe ser el complemento de la presente iniciativa, la cual, por supuesto, voy a apoyar.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Huenchumilla.

El señor HUENCHUMILLA.-

Señor Presidente, permanentemente estamos viendo en el Senado varios proyectos de ley que calificaría como de mucha justicia y de una gran intencionalidad positiva.

Sin embargo, quiero hacer presente que el Senado, la Cámara de Diputados y el Congreso, en general, tienen por finalidad producir una norma legal, una ley.

Y una norma debe reunir tres condiciones:

En primer lugar, tiene que ser válida. Por cierto, se supone que si la presente norma se transforma en ley de la república y cumple todos los trámites, va a ser válida, conforme a nuestro ordenamiento legal.

En segundo lugar, debe ser justa. Y, si uno toma en consideración esta moción parlamentaria, evidentemente, debe concluir que estamos en presencia de una norma justa.

Pero lo otra condición es que tiene que ser eficaz.

O sea, una norma debe ser válida, justa y eficaz.

Ahora, la eficacia va a depender fundamentalmente de los términos en que se concrete la obligación jurídica que aquí se establece.

Entonces, cuando la disposición dice que los parques o plazas "deberán construirse a partir de un diseño universal", considero que quiere decir simplemente que es a partir de un diseño que permita su utilización en los términos que ella señala seguidamente: de forma autónoma, pero que a su vez garantice las condiciones de accesibilidad universal.

Entonces, personalmente estimo que la norma debería ser mucho más explícita y no usar la palabra "universal", sino señalar que todo diseño debe ser construido de esa manera. De lo contrario, nos vamos a encontrar con distintas interpretaciones. Para el Ministerio encargado de la construcción de edificios públicos podría tener un sentido; para las construcciones privadas podría aplicarse otro criterio, y, en definitiva, la entidad que debería calificar aquello es la Dirección de Obras de cada municipalidad.

Entonces, la idea es que exista la menor cantidad de dudas, a fin de que esta moción, que es justa, y que si es ley también va a ser válida, sea lo más eficaz posible para los propósitos bien intencionados que tuvieron sus autores al momento de presentarla.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , algunos considerarán que este proyecto de ley no es necesario porque establece un nivel de detalle que perfectamente podría ser abordado, vía reglamentaria, a través de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Yo soy de los que creen que no. Pienso que hay que avanzar en iniciativas como esta.

Las plazas inclusivas son un logro importante. A mí me tocó participar en la primera que se construyó en Viña del Mar -hubo otra también en la comuna de Concón-, la cual fue posible gracias al trabajo colectivo de la sociedad civil, que puso en la discusión pública la necesidad de que niños, niñas y adolescentes con discapacidad contaran con un lugar de recreación.

Ello involucra la conveniencia de ir abordando, bajo el principio de accesibilidad, los espacios públicos y los espacios privados. Y acá estamos con una tremenda deuda, como país, como sociedad.

Basta recordar lo ocurrido en el mismo edificio del Congreso Nacional. Uno puede sostener, efectivamente, que aquí la accesibilidad para personas con discapacidad es compleja. Para el cambio de mando tuvimos la presencia del Presidente de Ecuador , quien se encontró con dificultades para entrar. Y se trataba de un líder que ha hecho muchos aportes en esta materia y que ha emprendido una dura lucha para establecer condiciones de equidad en favor de las personas con discapacidad en su país, donde el acceso a los espacios públicos y privados es determinante.

Por eso, algunos pueden sostener que el nivel de detalle a que se está llegando en la ley 20.422 significa abrir la puerta para ir introduciendo elementos demasiado específicos en una legislación que debiera ser general. Pero yo quiero decir que, si nosotros esperamos a que estos temas se resuelvan por la vía reglamentaria, puede pasar bastante tiempo, pues, lamentablemente, muchas veces no están en la agenda pública porque no son urgentes y porque, cuando la política se mira al ombligo, son otros los asuntos que cobran relevancia para los actores políticos.

Por lo tanto, felicito a los autores de esta iniciativa. Yo presenté una similar orientada a la creación de playas inclusivas, que trabajé junto al Senador Carlos Bianchi y que espero que los Diputados apoyen cuando pase a cumplir su segundo trámite constitucional.

Les pido su apoyo, pues he sido testigo de cómo cambia la relación de los niños con su entorno cuando cuentan con espacios, públicos y privados, y particularmente plazas, las que han significado un aporte determinante para mejorar sus condiciones de afinidad con el ambiente que los rodea.

En consecuencia, junto con felicitar a los autores de la iniciativa, anuncio mi voto a favor.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente , por cierto, saludo en primer lugar al Diputado señor Luis Rocafull , quien ha liderado este proyecto en un ámbito tan sensible, tan humano. Iniciativas como esta, con esa dimensión social, son aquellas de las cuales resulta difícil abstraerse y mucho menos no apoyar.

Como alcalde enfrenté esta realidad durante bastante tiempo. En el afán y entusiasmo que siempre ponemos por construir, por avanzar, por realizar este tipo de áreas recreativas para nuestros niños, a veces olvidamos que hay un sector de la población que requiere la implementación de servicios de recreación distintos, especiales, dada su condición. Y no por falta de sensibilidad, sino, simplemente, por la omisión de no tener permanentemente presente la existencia de niños con discapacidad que no pueden acceder, como todos los demás, a estos espacios.

Lo mismo pasa cuando una familia, una madre o un padre que tienen un niño con discapacidad lo llevan a estos juegos y se encuentran con que este termina quedándose en la silla junto a ellos, sin poder participar de la recreación legítima que obviamente le asiste.

Por eso, son estos proyectos sociales, humanos, los que tenemos que respaldar.

En la Comisión de Vivienda hicimos una observación respecto de un concepto que contiene la iniciativa cuando habla de que el diseño debe permitir el uso de todos los niños y niñas, "incluidos aquellos con discapacidad". Se refiere a "aquellos" como si fueran un grupo humano distinto. Si estuviera tan internalizado que todos tenemos los mismos derechos frente a la ley, con haber puesto "niños y niñas" debería haber sido más que suficiente. Esta especificidad que debemos incorporar dentro de los proyectos para reconocer que además existe esta otra situación es lo que nos pone, como sociedad, en la urgencia y en la necesidad de socializar el concepto de que la discapacidad no es una condición que amerite semejante excepcionalidad.

Los representantes del Ministerio de Desarrollo Social señalaron que hoy día se expresa esta condición en la norma internacional como una manera de poner de relieve dicha realidad. A algunos no les gusta, como a mí. Pero, sin duda, algún día nuestra sociedad entenderá que los niños y las niñas, independiente de cualquier otra circunstancia, son niños y niñas y que con eso basta. Sin embargo, se hizo la aclaración en el sentido que he indicado y aprovecho de plantear el punto porque creo que también tenemos que avanzar en esa dirección.

La iniciativa apunta a hacernos parte de una realidad y dar respuesta a una necesidad que tenemos en todas las ciudades, en todas las comunas a lo largo de nuestro país.

Aún más, en este mismo ámbito se nota la presencia de inequidades: hay comunas con amplios espacios, con grandes parques, con numerosos accesos para este tipo de circunstancias; en cambio en otras los espacios públicos destinados a equipamiento quedan en los rincones de los conjuntos habitacionales, cuestión que, afortunadamente, se ha ido superando en el último tiempo.

Es un tema que también, a propósito del proyecto que nos propone el Diputado Rocafull, nos pone en la necesidad de ampliar nuestra visión en este contexto.

Es una pena que tengamos que legislar sobre cosas tan normales, tan naturales, que ni siquiera debieran ser materia de ley. Debemos responder con una ley a una situación que debería ser connatural, más aún tratándose de un municipio, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Para ellos debería ser connatural hacerlo; no se debería requerir una ley. Pero bueno, esto nos demuestra que todavía nos falta mucho por avanzar en materia de inclusión.

Por cierto, felicitamos al Diputado Luis Rocafull por liderar este proyecto social, que vamos a apoyar.

Muchas gracias.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor MONTES (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en particular del proyecto (40 votos a favor), y queda despachado en este trámite.

Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Van Rysselberghe y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Kast, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

El señor MONTES (Presidente).-

Agradezco al Diputado Rocafull por este aporte al Congreso. Surgieron ciertas observaciones que, en verdad, tienen que ver con procesos del Ejecutivo.

2.7. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 11 de abril, 2018. Oficio en Sesión 12. Legislatura 366.

Valparaíso, 11 de abril de 2018.

Nº 96/SEC/18

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad, correspondiente al Boletín Nº 9.701-14, con la siguiente enmienda:

ARTÍCULO ÚNICO

Lo ha reemplazado por el que se transcribe a continuación:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 28 de la ley N° 20.422, de la forma en que se consigna enseguida:

a) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.”.

b) Introdúcese en el actual inciso cuarto, que pasa a ser quinto, después de la expresión “incisos precedentes”, lo siguiente: “, tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones,”.”.

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 13.336, de 18 de mayo de 2017.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

CARLOS MONTES CISTERNAS

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 18 de abril, 2018. Diario de Sesión en Sesión 14. Legislatura 366. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

OBLIGACIÓN DE DISEÑO INCLUSIVO EN CONSTRUCCIÓN DE LUGARES PÚBLICOS Y PRIVADOS CON JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9701-14)

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

En el Orden del Día, corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 12ª de la presente legislatura, en 12 de abril de 2018.

Documentos de la Cuenta N° 1.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

En discusión las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull .

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, inicio mi intervención con un agradecimiento a todos los diputados y diputadas que me acompañaron en esta moción, como también al resto de los diputados que formaron parte del Congreso Nacional hasta el 11 de marzo de 2018, quienes aprobaron este proyecto cuando cumplió su primer trámite constitucional. Asimismo, agradezco la preocupación de los senadores y las mejoras que introdujeron a la iniciativa.

Para que lo sepan las diputadas y los diputados nuevos, que hoy son mayoría, en términos simples, este proyecto busca ayudar a que tengamos un país más justo, un país de todos.

En lo textual, esta iniciativa, que modifica el artículo 28 de la Ley N° 20.422, expresa: “Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.”.

¿Qué quiere decir esta norma? Que toda institución, pública o privada, que diseñe y ejecute un proyecto que tenga que ver con juegos infantiles no mecánicos -columpios, resbalines, etcéteradeberá hacerlo de una manera que permita que todos los niños y niñas, independiente de sus capacidades, puedan disfrutar de ellos.

¿Qué buscamos? Nuestro país es muy injusto en muchos aspectos y, si bien hemos avanzado en terminar con muchas injusticias, aún discriminamos en muchas cosas, y también lo hacemos con los niños. Lo hacemos cuando privamos a algunos niños, por su situación de discapacidad, de que puedan ejercer un derecho tan importante, reconocido por nuestra institucionalidad e internacionalmente, como es el derecho al esparcimiento y a la recreación. Ello sucede cuando, guiados por mezquindades o finalidades mercantiles, buscamos abaratar costos a costa de los niños y niñas.

De la misma manera en que lo aprobó la Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional y con la misma fuerza que lo hizo el Senado, en el segundo trámite constitucional, solicito que aprobemos este proyecto en tercer trámite constitucional, para que sea ley de la república lo antes posible y para que nunca más encontremos en los juegos infantiles no mecánicos del país a niños como meros espectadores, privados de poder jugar en ellos a causa de que no los habilitamos para niños con discapacidad.

Queremos construir un Chile para todos, y para hacer realidad ese anhelo no podemos mirar lo que ocurre desde la vereda de enfrente, sino que debemos hacer causa común y hacernos cargo de lo que somos como país.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Bobadilla .

El señor BOBADILLA.-

Señor Presidente, difícilmente nos podemos restar ante una iniciativa como esta. Por cierto, reconozco la muy buena intención de quienes han propuesto esta moción para convertirla en ley.

Sin embargo, mi preocupación radica en que no es bueno ni sano que proyectos que pretenden resolver un tema tan importante como es la integración, se conviertan el día de mañana solo en declaraciones de buena voluntad. Por ejemplo, existe en Chile una ley que establece que todas las reparticiones públicas deben tener las condiciones que permitan el acceso a personas con discapacidad; sin embargo, vemos que muchos de esos servicios a lo largo del país no disponen de las condiciones que permitan la plena integración, entre otras, el Registro Civil, que en muchos casos tiene dependencias que se encuentran en el segundo piso de edificios que no cuentan con ascensores.

Mi segunda preocupación es que sigamos aprobando proyectos que impliquen un mayor gasto para los municipios, ya que algunos no disponen de los recursos para llevar a cabo iniciativas que tienen una incidencia importante en el presupuesto municipal.

En consecuencia, considero saludable y bueno que no solo entreguemos responsabilidades a los municipios, como en este caso, sino que también procuremos los recursos para que estas iniciativas se puedan concretar.

Por lo tanto, aprobaré el proyecto, pero con las salvedades señaladas.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, analizamos esta moción en la Comisión de Vivienda durante la legislatura anterior.

Felicito al diputado Rocafull , autor de la iniciativa, porque planteó una realidad que muchos hemos vivido, cual es que niños con capacidades diferentes, que están en sillas de ruedas o con complicaciones de movilidad, solo pueden mirar como juegan otros niños en las plazas, ya que no tienen ninguna posibilidad de acceder a ellas.

En la Comisión de Vivienda se planteó al comienzo la posibilidad de establecer en las plazas un porcentaje de juegos para niños con discapacidad, pero rechazamos ese planteamiento porque la idea era transformar completamente las plazas para que las pudieran usar todo tipo de niños y de niñas.

Queremos incorporar ese concepto en el país. No deseamos que se construya solo un porcentaje de casas para personas con discapacidad, sino que todas las construcciones se realicen con una visión de inclusión y de acceso universal. Creo que el ejemplo más importante lo da el proyecto, que busca la integración universal de todos los niños y niñas que quieren ir a los juegos de las plazas.

En segundo lugar, me hago cargo de las dos preocupaciones planteadas por el diputado Bobadilla .

Primero, en relación con la ley sobre igualdad de oportunidades e inclusión social, en su momento dijimos que lo más difícil es crear conciencia colectiva de que dicha normativa es necesaria. Como ello no ocurre, lamentablemente tenemos que ocupar una herramienta que a muchos no nos gusta -ojalá que el cumplimiento de esa ley fuera algo natural, pero no lo es-, cual es la fiscalización. En el caso del Registro Civil, que planteó el diputado Bobadilla , se debe aplicar todo el rigor de la ley, después de realizar la fiscalización correspondiente. O sea, no deben existir excepciones para los servicios públicos y para los edificios que los albergan. Por el contrario, el Estado tiene que dar el ejemplo en esta materia. No podemos exigir a los privados lo que los organismos públicos no cumplen.

La segunda preocupación planteada por el diputado Bobadilla dice relación con la entrega del financiamiento necesario para que las municipalidades no asuman los costos.

Al respecto, pedimos al Ministerio de Vivienda un estudio completo sobre la diferencias de los costos que se producían al construir una plaza convencional y una inclusiva. La respuesta fue que prácticamente no existían diferencias en el costo de una y de otra. Incluso, esa diferencia también resulta casi marginal en materia de construcciones habitacionales para personas con discapacidad.

Por eso solicito a todos los diputados y diputadas que voten favorablemente la iniciativa, porque no solo permitirá un cambio respecto de la posibilidad de acceso de los niños y niñas a las plazas, sino también que el Parlamento tenga una mirada permanente de inclusión universal en cada uno de los proyectos que debamos analizar.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, celebro la iniciativa del grupo de diputados que la propuso, porque establece en una política pública el objetivo de apoyar a las personas con discapacidad, entendiendo que esta no solo comprende a quienes utilizan sillas de ruedas, sino también a quienes tienen problemas de audición o de visión, lo que afecta a más de dos millones de habitantes de nuestro país, según el censo de 2012; hoy día deben ser cerca de dos y medio millones de personas.

Por eso, desde el punto de vista de la salud, es importante que la inclusión no solo tenga que ver con el acceso de todos los niños y niñas a las plazas, sino con propiciar que puedan sentirse capaces de divertirse junto a otros, de divertirse junto a sus compañeritos, niños y niñas, en las mismas condiciones y de disfrutar de un parque.

Si los parques en general consideraran la implementación de juegos infantiles inclusivos, incorporarían mayor espacio para los niños con discapacidad. Es decir, la concentración de juegos en un mismo parque disminuiría, lo que compensaría los costos para los municipios, como bien señalaron el diputado Sergio Bobadilla y la diputada Alejandra Sepúlveda .

Tenemos que ir pensando que todas las políticas públicas deben considerar la discapacidad y la inclusión en nuestro país. Lo mismo debe suceder respecto de las políticas constructivas de viviendas y de obras públicas, porque somos una sociedad diversa, que debe incluir a la gran cantidad de chilenos y chilenas con discapacidades.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Vlado Mirosevic .

El señor MIROSEVIC.-

Señor Presidente, junto con anunciar mi apoyo al proyecto de ley, daré lectura al inciso segundo que su artículo único intercala en el artículo 28 de la Ley N° 20.422, que considero que contiene el espíritu de la iniciativa. Dice: “Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias...”.

Voy a apoyar la modificación del Senado al proyecto, que introduce cambios a la ley que establece igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

Por último, agradezco y felicito el esfuerzo de quien ha sido el autor principal de la iniciativa. Me refiero al diputado Luis Rocafull , quien ha empujado tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado la aprobación de este proyecto, que está a punto de transformarse en ley, cuya finalidad es convertir los parques de Chile en espacios inclusivos.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Pedro).-

Señor Presidente, nuestro país tiene una deuda pendiente con las personas con discapacidad, hoy llamadas “con movilidad reducida”, porque la ley Nº 20.422, cuyo objetivo es la inclusión social y la facilitación de la vida diaria de esas personas, se tradujo simplemente en la instalación de rampas, pero sin fiscalización.

El sello Chile Inclusivo es adquirido voluntariamente por las instituciones que deciden someterse a los estándares que en él se establecen. Cuando se ha legislado en esta Corporación para las personas con discapacidad, no se ha pensando en el mejor modo para que ellas puedan vivir sin sentirse excluidas de la vida en sociedad.

Este sector de nuestra sociedad se encuentra tan marginado que, incluso, no fue contemplado en el censo de 2017, por lo que no tenemos cifras actuales a nivel nacional respecto de él. Sí sabemos, gracias al Estudio Nacional de la Discapacidad, que en Chile el 20 por ciento de las personas presenta algún tipo de discapacidad, y que si bien esta condición prevalece en la tercera edad, los menores de edad no están exentos de padecer un nivel de movilidad reducida.

Nuestras niñas y niños que tienen alguna discapacidad representan aproximadamente el 5,8 por ciento de la población total, porcentaje que no es menor, si consideramos que no tienen la oportunidad de pasar un tiempo lúdico de calidad.

El proyecto de ley que discutimos no se dirige en esa misma dirección. Los menores tienen derecho a desarrollarse en plena libertad y con las condiciones suficientes para ello. Tal como dice la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de las Naciones Unidas, ratificado por Chile hace diez años, ellos también tienen derecho al descanso, al esparcimiento y a la accesibilidad universal, por lo que no es concebible que crezcan en un entorno de aislamiento y que algo tan simple y provechoso como jugar se convierta en un indicador más de discriminación.

Cuando un padre o una madre lleva a su hija o a su hijo con movilidad reducida a un parque y no hay juegos que se adapten a la silla de ruedas que usa el menor, ¿cómo le explica que no puede jugar? ¿Por qué las autoridades no han tomado en cuenta la inclusión de esas personas? ¿Por qué no existe fiscalización al respecto?

Estados Unidos y España nos dan una lección sobre este tema, puesto que en su idiosincrasia no hay duda alguna de que cuando se construye un parque, una plaza o se remodelan los espacios de ocio debe haber un espacio inclusivo no solo para los niños, sino también para los adultos con movilidad reducida. En esos países se equipan los espacios con suelo de goma y se instalan columpios habilitados para sillas de ruedas, entre otros elementos que promueven un acto tan inocente para los menores como es el entretenerse. Ello no lo hacen desde una perspectiva asistencial, sino porque reconocen a las personas con discapacidad como sujetos de derecho en las mismas condiciones que el resto.

Por ello, nuestra postura como bancada regionalista es favorable al proyecto de ley, a cuyo autor felicitamos, puesto que es lo mínimo que podemos hacer para que los niños se sientan mejor e incluidos en nuestra sociedad.

Las modificaciones del Senado dejan de manifiesto que los proyectos se fiscalizarán para que se cumpla su carácter inclusivo. Sin embargo, debemos tener claro que esto aún no es suficiente para saldar la deuda que tenemos como país en materia de inclusión de las personas con movilidad reducida, puesto que, si bien ya se hizo un cambio con la ley de Inclusión Laboral, las personas con movilidad reducida aún enfrentan situaciones de aislamiento, por ejemplo en el transporte público, porque no hay ninguna normativa que obligue a los sistemas de transporte regionales a adaptar las máquinas para la subida y bajada de personas en sillas de ruedas. Tampoco existe algún tipo de subsidio del Estado para ese objetivo.

Es importante promover la inclusión en la idiosincrasia de nuestra sociedad.

Se encuentra presente en las tribunas un grupo de jóvenes en sillas de ruedas. Les damos la bienvenida y les enviamos un gran abrazo.

Reitero nuestro apoyo al proyecto.

He dicho

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Los jóvenes a que hizo referencia el diputado Pedro Velásquez , a quienes reiteramos nuestra más cordial bienvenida, representan a la Escuela Especial Cedip, de Quillota. Son alumnos del 6°, 7°, 8° básico, y básico 10, y fueron invitados por el diputado Pablo Kast .

(Aplausos)

Tiene la palabra el diputado Hugo Rey .

El señor REY.-

Señor Presidente, estoy totalmente de acuerdo con la propuesta del proyecto. No obstante, quiero señalar algo que implica no solo el caso en particular que aborda la iniciativa, sino que va mucho más allá. Me refiero a que todo equipamiento ubicado en un espacio público debe considerar la accesibilidad universal, no solo los juegos infantiles. También existen las máquinas de ejercicios, el mobiliario urbano, los semáforos, los pasos peatonales, etcétera.

Si bien estoy de acuerdo con el proyecto, este solo se queda en algo atómico. Deberíamos haber generado una iniciativa que cubriera el resto de los espacios públicos.

Reitero: me gustaría que esta idea no se limitara a los juegos infantiles; deberíamos garantizar la accesibilidad universal en todas las inversiones que se hagan en espacios públicos y privados de forma obligatoria de ahora en adelante.

Con un grupo de diputados vamos a estudiar la forma en que a través de los FNDR y de las distintas iniciativas de inversión que hoy tiene el gobierno se pueda generar un fondo concursable para regularizar en esta materia los actuales espacios públicos. De lo contrario, como decía el diputado Bobadilla -a quien escuché atentamente-, los municipios van a recibir una carga para la cual definitivamente no tienen la capacidad económica. Por lo tanto, si logramos que el gobierno genere un fondo exclusivamente destinado a regularizar todos los espacios públicos se logrará la accesibilidad universal.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Enrique van Rysselberghe .

El señor VAN RYSSELBERGHE.-

Señor Presidente, el proyecto que hoy nos corresponde votar en su tercer trámite constitucional es una avance, sin duda alguna, en materia de inclusión y, en especial, respecto de la accesibilidad en espacios comunes.

En este ámbito hoy existe otro tipo de normas que no han sido del todo efectivas. Ejemplo de ello es la Ley Nº 19.284, de 1994, que Establece Normas para la Plena Integración de Personas con Discapacidad, que se preocupa del acceso de las personas que se desplazan en sillas de ruedas, pero que, sin duda alguna, resulta ser muy limitada, tanto por el universo de beneficiarios como por sus necesidades, pues solo abarca un tipo de situación de discapacidad, la motriz, y en la práctica se limitó solo a la construcción de rampas.

La otra es la Ley Nº 20.422, que Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, la cual también es insuficiente, ya que tampoco aborda el tema específico que hoy nos convoca.

El proyecto en discusión, que va muy de la mano con los objetivos del Plan Chile Accesible y con los avances que ha experimentado nuestro país en esta materia, es un paso importante, pero aún insuficiente, para lograr el objetivo final: un Chile donde la accesibilidad no sea una limitación a la inclusión de las personas con discapacidad.

Por eso, a través de este proyecto se busca la integración plena de las personas, en especial de los niños que sufren algún tipo de discapacidad, permitiéndoles jugar con otros niños de igual a igual, sin importar la condición especial que les afecte.

Estos juegos son el medio ideal para el desarrollo de la personalidad de un infante. Eso es lo que buscamos y queremos para todos los niños de nuestra patria, junto con su bienestar y felicidad.

Hoy, el diseño de los juegos infantiles, las plazas y parques está entregado a la discrecionalidad de quienes los construyen, pudiendo ser estos un municipio, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o una empresa privada. A pesar de la incorporación progresiva y voluntaria de este tipo de juegos inclusivos y siendo replicada la iniciativa por distintos actores de la sociedad a medida que avanza el tiempo, siempre se puede hacer mejor.

Ahora bien, en relación con el financiamiento, dado que normalmente este tipo de proyectos en el mundo público se financia vía Subdere o a través de los gobiernos regionales, me parece también necesario que a dichas unidades de gobierno se les ordene adecuar sus opciones de financiamiento para dar curso efectivo a una iniciativa tan noble como esta.

Por lo expuesto, llamo a votar favorablemente el proyecto porque, sin duda, permitirá agregar un escalón más a la incorporación plena de las personas con discapacidad a la vida en sociedad, avanzando, así, hacia un Chile más inclusivo en los hechos concretos.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Gastón Saavedra .

El señor SAAVEDRA.-

Señor Presidente, si la frase es “los niños primero”, ello es una pobre realidad en este proyecto.

Es necesario cambiar los conceptos del diseñador y del planificador para que nunca más una plaza sea parte de la exclusión. Por tanto, el diseño realizado por aquellos que trabajan en las secretarías comunales de planificación de los municipios del país tiene que considerar los conceptos de universalidad y de integración, para construir barrios y ciudades más amables, más integrados, y para cambiar nuestra lógica, pues los recursos empleados en eso no son un gasto, sino una inversión que va a producir tremendos réditos sociales, y que permitirán que los niños y niñas de nuestro país que tienen una situación de discapacidad compartan el momento tal vez más sublime de un niño, que es el de jugar y ser feliz en un espacio público.

El principal articulador de este proyecto de ley es el diputado Luis Rocafull .

El Parlamento puede sentirse orgulloso en relación con esta materia, porque ya con el camino emprendido con la entrada en vigencia de la ley Nº 19.284, que Establece Normas para la Plena Integración Social de Personas con Discapacidad, y de la Ley Nº 20.422, que Establece normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, se buscaba crear una situación de accesibilidad universal.

Este proyecto, en lo específico, se ocupa de la parte más débil de la población, aquellos que siempre son excluidos, nuestros niños y niñas, quienes de hoy en adelante tendrán un espacio para compartir con el otro y la otra, para estar con más amigos durante la etapa de mayor importancia en la formación del ser humano.

Por lo tanto, nuestro voto va a estar disponible para aprobar este proyecto, que contribuye a acercarnos a esa sociedad soñada y más inclusiva, en la cual los niños serán los primeros.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO.-

Señor Presidente, quiero iniciar mi intervención destacando algo que me llama la atención positivamente: qué bueno que se hable de la discapacidad.

En el gobierno anterior, cada cierto tiempo le ponían nombres más y más rimbombantes a una situación que afecta a muchos chilenos en nuestro país.

Aquí somos varios los que tenemos alguna discapacidad. Yo tengo una discapacidad: uso lentes para ver. Por eso me alegra mucho que se hable de discapacidad.

Me voy a permitir leer el artículo 28 de la ley que se modifica:

“Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Asimismo, estarán sometidas a esta exigencia las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos, y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público. Si las edificaciones y obras señaladas en este inciso contaren con ascensores, estos deberán tener capacidad suficiente para transportar a las personas con discapacidad de conformidad a la normativa vigente.”.

He escuchado a algunos colegas diputados decir que no se debe imponer más deberes a los municipios si no tienen recursos adecuados para cumplirlos. Comparto en parte esa afirmación, pero también creo que querer es poder. Hay autoridades comunales que han hecho el esfuerzo y han postulado proyectos para construir sedes comunitarias adecuadas para las personas con discapacidad, o para construir multicanchas aptas para la práctica del básquetbol en sillas de ruedas, etcétera. Así, por ejemplo, hace cinco años en la Región del Biobío se habilitó la primera playa inclusiva de la región y la tercera del país. Me refiero a Playa Blanca.

En tal sentido, en esta materia es necesario postular a programas o utilizar recursos económicos propios de los municipios. Querer es poder.

Es efectivo que deberíamos tener un proyecto de ley -estoy trabajando uno para presentarlo a la consideración de la Salapara que todas las playas donde se permita el baño sean inclusivas, tal como lo plantea la norma, con sillas anfibias, con un espacio de recreación, con estacionamientos, etcétera.

Hoy, si bien es cierto que los niños de nuestro país necesitan más inclusión, no es menos cierto que hay comunas donde el alcalde se ha esforzado para que las plazas y juegos infantiles sean accesibles, y se ha preocupado de trabajar con todos ellos y respaldarlos. En algunas comunas prácticamente nadie conoce a los niños con discapacidad, porque los padres no tienen la posibilidad de salir con ellos, no se dispone de espacios físicos adecuados y, además, nadie los respalda.

Uno se da cuenta de que son miles los hombres y mujeres afectados con diferentes grados de discapacidad en nuestro país.

Dado que hay lugares de difícil acceso -lo dijo muy bien el diputado Bobadilla -, como oficinas del Registro Civil situadas en el tercer o cuarto piso, y oficinas públicas que no cuentan con ascensores y en las que es claro que no se ha hecho el esfuerzo necesario, espero que nosotros acá, en el Parlamento, tomemos decisiones adecuadas para mejorar cada día más la situación de miles de millones de chilenos con algún grado de discapacidad.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Florcita Alarcón .

El señor ALARCÓN.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la Sala, en la cual me he sentido gratamente acogido por todos.

Con respecto al proyecto, debo felicitarme, también, por ser testigo en esta Cámara de la aprobación de muchas iniciativas de ley por unanimidad, lo que no aparece jamás en los medios de comunicación.

Facilitar que los niños con y sin discapacidad jueguen todos juntos no solo es abrir las puertas a que los niños con discapacidad puedan divertirse en las plazas como cualquier otro niño; es también dar un paso hacia la formación de una nueva generación que reconozca la importancia de la diversidad y que no conciba el desarrollo sin inclusión.

Construir plazas inclusivas es permitir que los niños crezcan juntos y formen vínculos de amistad. Ello, sin duda, contribuirá a crear una nueva mentalidad que no solo acepte o tolere lo distinto, sino que lo valore y busque el modo de garantizar que todos tengan grandes posibilidades de participación y desarrollo.

Entre paréntesis, ojalá que en el futuro incluso los músicos callejeros tengan ahí algún lugar.

Confiamos en que este pequeño avance en el diseño y construcción de nuestras plazas sea finalmente un paso más en la construcción de una sociedad al aire libre, ocupando todas las plazas chilenas.

He dicho.

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, quiero partir por celebrar este proyecto. Creo que, sin duda, es un avance muy significativo en lo que respecta a ir creciendo en inclusión y en que el desarrollo en Chile sea para todos, no solamente para algunos.

Un espacio es público en la medida en que esté abierto a todo el público, en la medida en que todos puedan acceder a él. Si una plaza o un parque no es un espacio público accesible a todos, entonces deja de ser un espacio público. Por lo tanto, anticipo mi apoyo y el de nuestra bancada al proyecto.

No obstante, quiero permitirme algunos comentarios que son importantes en el contexto de esta ley en proyecto.

Primero, si uno revisa la nomenclatura que se emplea -como sabemos, las palabras hacen historia y, por lo tanto, cultura-, la expresión “discapacidad” ha sido abandonada progresivamente a nivel mundial.

Si uno revisa la legislación más moderna en esta materia, de países como Alemania, España y Portugal, se dará cuenta de que la expresión “discapacidad” ha ido cambiándose por “movilidad reducida”, por “capacidad reducida”, por “necesidades especiales”, principalmente porque tenemos que pasar de una lógica negativa hacia una lógica positiva y hablar de necesidades especiales, de talentos especiales, respecto de personas que tienen alguna dificultad.

Lo digo como sobrino de dos personas que tuvieron que vivir un país que no tenía educación para las personas con necesidades especiales, por lo cual debieron salir adelante con el esfuerzo de mi familia.

Luego, creo que debemos cambiar la lógica hacia otra, parecida a la de la Convención de la Naciones Unidas, y, en particular, hacia las existentes en las legislaciones más modernas.

Si uno revisa la constitución alemana en su artículo 3°, se va a dar cuenta de que esta materia se establece como un deber del Estado -como un deber del Estado, queridos colegas-, que busca revisar toda la legislación, todas las políticas públicas, todas las medidas gubernamentales, y pasarlas por el colador de la inclusión en materia de necesidades especiales.

La gran tarea que tenemos como sociedad es autoimponernos un plazo para revisarnos como país, de manera que todas las políticas públicas implementadas por nosotros en materia de viviendas, en materia de espacios públicos, en materia de salud, en materia de edificios públicos, cumplan con los estándares de ser accesibles para todos.

Agrego la importancia -lo hemos planteado así con otros diputados en la Comisión de Educaciónde la educación con incorporación de necesidades especiales, muchas veces postergada en nuestros debates educacionales. Más de 600.000 niños están en colegios especiales. A muchos de nosotros nos ha tocado conocerlos. Es dramático el poco nivel de apoyo que tienen por parte del Estado.

Finalmente, quiero agregar algo que se ha ido consagrando cada vez más en el derecho internacional: el establecimiento de recursos, de acciones judiciales especiales para personas con necesidades especiales, de manera de hacer efectivo este tipo de legislación. Las declaraciones de principios de esas legislaciones tienen poco efecto real si una persona no puede reclamar para que se hagan efectivas.

Por lo tanto, me gustaría que en un futuro proyecto, además de establecer estos deberes generales del Estado, estableciéramos recursos administrativos, e incluso judiciales, para que las personas con necesidades especiales puedan hacer valer sus derechos ante la autoridad administrativa y judicial, de manera que estos proyectos no solamente sean bonitas declaraciones de principios, sino que se traduzcan en derechos sociales reales para los más necesitados en Chile.

He dicho.

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, si bien en nuestro ordenamiento jurídico existen leyes que cautelan el derecho a la accesibilidad universal de todas las personas con discapacidad, primero a través de la Ley N° 19.284, de 1994, sobre la Plena Integración de las Personas con Discapacidad; posteriormente, con la Ley N° 20.422, de 2010, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, y finalmente el decreto supremo N° 50, de 2016, emanado del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, regulación que exige cambios en los estándares de diseño y construcción, modificando la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, considero que la importancia de este proyecto se encuentra en que viene a saldar una deuda pendiente, que dice relación con la accesibilidad universal al equipamiento dispuesto en las áreas de esparcimiento, las cuales son de principal uso de nuestros niños y niñas.

En la actualidad, en nuestro país el diseño de los juegos infantiles en las plazas y parques está entregado al arbitrio de quien los construye, sea el municipio, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o una empresa privada. No existe, al menos de forma exclusiva, una ley que se encargue de regular esta materia.

El problema es que hoy la mayoría de los juegos no mecánicos construidos en espacios público-privados no está acondicionado para que un niño en situación de discapacidad pueda jugar en ellos.

Así, lo que para algunos constituye un momento de diversión, para muchos niños significa una forma más de exclusión, cuestión que constituye una limitación discriminadora de su derecho a participar de las actividades recreativas propias de su edad y, por consiguiente, de su desarrollo como seres humanos.

Nuestro principal desafío es que todos los edificios, lugares de esparcimiento, plazas y parques ya construidos también deban acondicionarse, es decir, que se realicen los ajustes necesarios que permitan la participación de las personas en situación de discapacidad en estos, en igualdad de condiciones con los demás, y que, asimismo, aquellas obras que están en fase de idea o de planificación para su construcción deban también contar con este diseño universal. Esto significa que permitan que cualquier persona, sin importar si se encuentra en situación de discapacidad o no, pueda usar y gozar de ellos.

Por todo lo anterior, considero que es indispensable contar con el apoyo de los municipios. Ellos serán los principales encargados de llevar a cabo la adecuación de todos aquellos espacios públicos que necesariamente tendrán que ser acondicionados para dar cumplimiento a la normativa que se pretende instaurar.

En Chile se ha dictado una serie de normas tendientes a pensar en la accesibilidad universal. Pero si hoy miramos cada una de las comunas que nos toca representar, los invito a hacer un simple juego: intentemos recorrerlas en silla de ruedas.

Hace dos años fui invitado por un grupo de amigos con discapacidad física a recorrer en silla de ruedas mi comuna, Valdivia . Resulta que el nivel de complejidad para poder movilizarse permanentemente es salvaje.

Intenten ingresar a cualquier edificio privado o público. Es una joda hacer siquiera el intento de acceder a ellos, a pesar de existir normas que los obligan.

¿Por qué el Estado, por qué los municipios no han adecuado correctamente la accesibilidad? ¿Qué sucede con las calles, qué sucede con los ascensores, qué sucede con las veredas?

¿Qué sucede respecto de la accesibilidad en atención dental para las personas con discapacidad intelectual? Es un tema que traté ayer.

Si queremos efectivamente hablar respecto de accesibilidad universal, requerimos no solamente de una ley: requerimos también que el gobierno asuma que esto trae costos e implica mayor inversión. Pero, además, tal como acaba de señalar el diputado Schalper -adhiero a sus palabras-, creo que es necesario entregar a la ciudadanía los recursos administrativo-judiciales tendientes a exigir a la autoridad el cumplimiento de normas básicas de accesibilidad.

Si esto no sucede, nuevamente estaremos dictando una ley que será letra muerta, cuestión que ninguno de nosotros quiere.

En mi caso, deseo felicitar y reconocer al diputado Luis Rocafull por esta gran iniciativa, y espero que en el marco de este debate entreguemos mejores herramientas para alcanzar una solución integral.

Finalmente, insisto en que esto no va a servir de nada si no contemplamos dos temas que son esenciales: primero, mayores recursos para que los municipios adecuen la implementación básica de manera de lograr la mayor accesibilidad, y segundo, recursos efectivos para que la ciudadanía pueda reclamar al Estado el cumplimiento de esto.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada Loreto Carvajal .

La señora CARVAJAL (doña Loreto).-

Señor Presidente, primero, felicito al diputado Luis Rocafull por ser el impulsor de esta importante iniciativa, cuyas modificaciones introducidas por el Senado estamos discutiendo, la que ingresó a trámite legislativo hace algunos años y fue aprobada en general por unanimidad en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, de la cual yo formaba parte.

El proyecto hace un llamado de atención y comparte muchos de los aspectos que aquí se han planteado, pues intenta crear conciencia, ojalá pública, para que en este período gubernamental se implementen nuevas políticas públicas y se tenga en consideración lo que aquí se ha mencionado: que cada proyecto e inversión del Estado lleve aparejada la inclusión de las personas en situación de discapacidad.

Creo que esta es una materia de la que no nos hemos hecho cargo, y sin duda hay mucho por hacer al respecto. Para eso está el Congreso Nacional y, particularmente, nuestra Corporación, para reforzar las iniciativas que tienen que ver, nada más y nada menos, con la igualdad de oportunidades para todos.

Sin duda, lo que se hizo en el gobierno pasado, nuestro gobierno, el establecimiento de una cuota mínima, del orden del 1 por ciento, para la incorporación de personas con capacidades diferentes en el mundo laboral, fue un avance gigantesco. En su momento, muchos planteamos que lo que se proponía era poco y que podíamos avanzar más, y esa es la tarea que debemos abordar en el nuevo Congreso Nacional y, por supuesto, en esta Sala.

Tal como se ha mencionado, este proyecto consagra la obligación de construir juegos infantiles no mecánicos e inclusivos en todos los espacios públicos y privados de uso público. Por supuesto, ello obedece a la responsabilidad que compete a nuestro Estado de procurar el mayor desarrollo, felicidad y dignidad para nuestros niños y niñas, lo que emana de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1989 y ratificada por Chile en 1990.

Como se sabe, hoy la mayoría de los juegos no mecánicos construidos en espacios públicos o privados no están acondicionados para que un niño en situación de discapacidad pueda jugar en ellos, lo que lamentablemente para algunos se transforma en un momento de exclusión más que de diversión, pues a causa de la limitación que los afecta se discrimina y entorpece el derecho que tienen a participar de las actividades recreativas en conjunto con otros niños en los diferentes parques.

Es relevante entender que es necesaria la inclusión de las personas en situación de discapacidad como un elemento rector en los todos los proyectos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, como en muchos otros en los que hay gran inversión, lo que efectivamente acarrea responsabilidades para los municipios. No obstante, bienvenidas sean esas responsabilidades cuando van aparejadas con la obligación de hacerse cargo, según lo establece la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

La igualdad de oportunidades es un objetivo central de la gestión municipal, de manera que, independientemente de si lo que propone el proyecto implica la utilización de más o menos recursos, creo que hay que llevarlo a cabo con la responsabilidad que conlleva, en conjunto y en coordinación con los diferentes estamentos del Estado.

Tanto para mi bancada como para quien habla, como diputada que suscribió este proyecto, es importante que las modificaciones del Senado sean aprobadas por unanimidad, a fin de que de una vez por todas tengamos mayor inclusión, mayor igualdad de oportunidades y que en esta misión no se agote nuestro esfuerzo para tener a la vista, y no solo desde el Ejecutivo, la inclusión, la igualdad de oportunidades y, por supuesto, la situación de discapacidad como elemento central de cada uno de los proyectos de ley que se presentan.

En consecuencia, junto con anunciar que votaré a favor las enmiendas del Senado a este proyecto, el que esperamos sea despachado hoy, quiero reiterar mis felicitaciones al diputado Luis Rocafull y a todos los que con este grano de arena vamos a hacer más en favor de nuestros niños y niñas, como siempre debiéramos tenerlo presente.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Karim Bianchi .

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, como han señalado algunos de los colegas que me han precedido en el uso de la palabra, hay normas que abordan esta materia, como la que establece que algunos edificios deben contar con la infraestructura que se requiere para hacerse cargo de la inclusión de las personas en situación de discapacidad.

Al respecto, se hizo mención del artículo 21 de la Ley N° 19.284, de 1994, cuerpo legal que tiene bastantes años, y del artículo 28 de la Ley N° 20.422. Pero como nuestro país es legalista y funciona con sanciones e imposiciones, toda norma que manifieste de manera explícita la obligatoriedad de respetar los derechos de las personas, en especial de aquellos que están siendo vulnerados, es bienvenida.

Cuando uno piensa en un parque, se imagina un lugar especial, donde se hace una pausa, donde pololean las parejas, donde los niños comparten con otros niños sin distinción, donde se respira aire limpio, donde los padres juegan con sus hijos, donde los abuelos recuerdan el pasado mientras le dan comida a las palomas y, por qué no, en el que los abuelos más modernos -también hay que pensar en ellos ocupan ese espacio para el deporte y la recreación.

Sin embargo, pareciera que en los parques donde no existe esa distinción casi siempre hay un grupo de personas que se queda mirando, y quizás este proyecto de ley nos convoca a preocuparnos de los niños que se limitan a mirar cómo otros comparten y juegan, debido a que tienen alguna capacidad distinta, y que son objeto de discriminación de parte del Estado al no incluirlos y al no preparar las condiciones que les permitan participar en los juegos junto con otros niños.

Es muy importante que esos niños no sigan mirando. Pero con el tiempo, cuando esos niños crecen, se dan cuenta de que laboralmente también son discriminados. Por lo tanto, somos un país que condena a la gente con capacidades distintas.

Esos casi 300.000 niños, que corresponden al 5,8 por ciento de nuestra población, sumado a los adultos, que son casi 3 millones, son totalmente excluidos, y el Estado tiene responsabilidad. Por eso es positivo que haya proyectos como estos.

Muchas veces se dice que el Estado no dispone de recursos para entregar a las municipalidades ni de dinero para inyectar al FNDR, pero cuando vemos que sí tiene para gastar en puentes, en armas y en la construcción de edificios, nos preguntamos en qué lugar se deja a quienes padecen de discapacidad cuando se establece que solo el 1 por ciento de las personas en situación de discapacidad sean incluidas laboralmente, cuando dejamos que la Teletón se haga cargo de lo que debiese ser de responsabilidad del Estado. En mi región ni siquiera tenemos Teletón; tenemos jornadas propias que se crearon justamente porque el Estado no se hizo cargo de la gente con capacidades distintas.

Por lo tanto, todos estos elementos hacen que los familiares de personas que sufren alguna discapacidad y que se dedican a ellos con mucho cariño y amor, muchas de ellas madres o padres que se postergaron laboralmente, no cuenten siquiera con una pensión. Una persona con capacidades distintas tampoco tiene una pensión decente para poder vivir o para cumplir con los requerimientos de salud que tiene.

Entonces, se valora este tipo de iniciativas, de manera que, tal como lo dijeron los colegas que hicieron uso de la palabra, es importante que lo aprobemos por unanimidad. Creo que esto es lo lindo de la política: no todo es negativo. Nosotros estamos aquí porque las personas nos pusieron aquí. Muchas familias que tienen a algún familiar con discapacidad quisieron que estuviéramos acá para cambiar el destino y la realidad de esas personas. Valoro este tipo de proyectos, porque en definitiva podemos hacer que ese niño pueda ejercer su derecho a jugar, a recrearse y pueda sonreír y ser feliz.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Luciano CruzCoke .

El señor CRUZ-COKE.-

Señor Presidente, celebro esta iniciativa por todos aquellos que vivimos de cerca la discapacidad en sus distintas formas. En Chile, aproximadamente el 20 por ciento de las familias tiene en su núcleo algún pariente con alguna discapacidad física o intelectual. Y toda la evidencia que hoy se rescata en el mundo respecto de la discapacidad no expresa que este sea un problema de salud o que atañe solo a la persona que la padece, sino, por el contrario, que discapacitados somos todos, porque es la sociedad la discapacitada para hacerse cargo de sus miembros con discapacidad.

Por ende, lo que debe cambiar aquí son las condiciones materiales y nuestra disposición humana y social con las personas con discapacidad. Somos nosotros los que tenemos que cambiar respecto de la discapacidad.

Por eso celebro la moción presentada por los diputados Jenny Álvarez , Karol Cariola , Daniella Cicardini , Fidel Espinoza , Daniel Farcas , Maya Fernández , Clemira Pacheco , Denise Pascal , Luis Rocafull y Joaquín Tuma .

Estoy seguro de que muchos colegas de nuestra coalición, y por supuesto de Evópoli, colaboraremos con los votos requeridos para que esto salga adelante.

Se trata de los juegos en que se entretendrán nuestros niños con discapacidad. Por tanto, debemos ponernos una mano en el corazón y decir si queremos que ellos tengan un mejor futuro y sean iguales al resto. Si eso es así, tenemos que manifestarlo votando favorablemente este proyecto.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Raúl Saldívar .

El señor SALDÍVAR.-

Señor Presidente, hoy tenemos el agrado de seguir la tendencia de incluir a las personas en situación de discapacidad en distintas áreas del desarrollo. Hemos aprobado distintos proyectos en materia de discapacidad, como el que dispone que las instituciones de educación superior deben contar con un sistema de admisión, permanencia y progreso para personas con discapacidad o el que incorpora el lenguaje de señas en los programas televisivos de contenido de relevancia social, los que, a pesar de sus diferencias, tienen como norte un derrotero en común: la inclusión.

En nuestro país, el 12,9 por ciento de los chilenos sufre alguna discapacidad. Dicho porcentaje corresponde a más de 2 millones de personas, de las cuales un número muy significativo corresponde a niños. En esa línea, me he formado la convicción de que como sociedad debemos avanzar incesantemente hacia una inclusión plena de las personas que sufren alguna discapacidad. Por tanto, este proyecto contará con todo mi respaldo.

Hasta hace pocos años, las personas en situación de discapacidad eran invisibilizadas y relegadas a la vida doméstica, viendo como un escenario imposible su incorporación en forma plena a nuestra sociedad. Tal situación se profundizaba en los niños, porque las barreras sociales y de infraestructura les hacían imposible el disfrute de dos de los aspectos más significativos y vitales para el ser humano: la niñez y el juego.

Por ello, establecer la obligación de acceso universal a los juegos infantiles no mecánicos permitirá a todos los niños, independientemente de si se encuentran o no en situación de discapacidad, hacer uso de ellos y jugar con otros niños en las plazas y parques, y que no deban quedarse sentados en las bancas de dichos lugares públicos mientras miran cómo otros niños disfrutan, ríen y se desenvuelven felices.

No debemos olvidar que, como especie humana, los hombres y las mujeres somos seres sociales. Sin embargo, por desgracia, hasta hace muy poco -lo señalé recién las personas con discapacidad vivían obligadamente recluidas en la vida íntima de sus hogares mientras eran sistemáticamente excluidas de una sociedad muchas veces indiferente con ellas, que ponía barreras a los niños discapacitados y, en general, a las personas en tal condición, por lo que ellas mismos terminaban automarginándose de la sociedad.

No obstante, gracias a que Chile ha suscrito convenios internacionales sobre esta materia, hemos podido avanzar contra la segregación de este importante sector de la población, segregación que muestra una de sus caras al constatarse que menos de 7 por ciento de las personas con discapacidad ha accedido a la educación superior.

Lamentablemente, nuestra sociedad, sobre todo los que construyen los juegos infantiles no mecánicos, es renuente a aceptar la diversidad, por lo que, de no existir una ley al respecto, muchos niños discapacitados no podrán jugar ni desenvolverse de igual forma que sus pares. Ello es indicador de una gran falta de empatía y fraternidad, ya que las empresas involucradas saben que tales juegos serán utilizados por niños y niñas con capacidades distintas, pero muchas veces los construyen pensando solo en quienes no presentan discapacidad.

En ese sentido, lamento que haya sido necesaria la presentación de una moción en esta materia, pero, sin duda, la apoyaré, aunque debo reconocer que pienso y siento que no deberíamos necesitar leyes que obliguen a la ciudadanía a incluir a todas las personas, sin distinción de ninguna especie, en las actividades que se desarrollan cotidianamente.

Lo que plantea específicamente este proyecto, que modifica la Ley N° 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, es disponer la accesibilidad universal a los juegos no mecánicos que se encuentran ubicados en parques y plazas, lo cual, no cabe duda, es beneficioso tanto para los niños como para sus padres y familiares, como asimismo para toda nuestra sociedad. Debemos incluir y aceptar a todos con sus diferencias, y esa aceptación debe partir precisamente en la infancia, por lo que la aprobación de una iniciativa como esta constituye un gran logro como sociedad.

Por todo lo expuesto, reitero mi pleno respaldo a este proyecto -reitero mis felicitaciones al colega Luis Rocafull -, que nos permite dar un importante paso más hacia la consecución de un país más justo e inclusivo.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente, todos sabemos que el 10 por ciento de la población chilena tiene capacidades diferentes. Aquí he escuchado planteamientos sobre lo que realmente se quiere lograr: que se solucione lo relativo a las pensiones, que haya gente que se dedique a cuidar a los enfermos postrados, pero este proyecto abarca solo una parte de aquello que se desea conseguir. Así, hay miles de cosas que podemos plantear aquí; sin embargo, ellas no están contenidas en la iniciativa en comento.

Quiero decir a los colegas que estudiaron este proyecto que todavía esto no es ley y que, en general, las leyes no tienen efecto retroactivo. Por tanto, en este caso, todos los juegos infantiles no mecánicos que hoy existen no sufrirán modificación alguna, pues en esta materia no hay efecto retroactivo. Los juegos que ya se construyeron y que en la actualidad se encuentran en funcionamiento no tendrán las condiciones que tanto necesitan nuestros niños con capacidades diferentes.

En consecuencia, cuando hablemos de la creación de una ley de esta naturaleza, digamos a la gente, a las personas que tienen puestas sus ilusiones en los cambios, que estos se implementarán a partir de la entrada en vigencia de la norma, es decir, de ahí para adelante.

Por otra parte, me parece increíble que ahora nos encontremos discutiendo una iniciativa de esta envergadura, cuando en nuestro país la discapacidad ha existido toda la vida.

En consecuencia, si podemos mejorar esta situación de ahora hacia adelante, bienvenido sea. Pero es bueno que la gente sepa que este proyecto no solucionará el problema para atrás.

Pero este problema no debió haber sido materia para la creación de una ley. ¿Saben cómo se hubiera solucionado? Simplemente, con incorporar en las bases de licitaciones de construcciones en espacios públicos y privados una parte relativa a los juegos infantiles no mecánicos para niños en situación de discapacidad. Así, ese tipo de juegos habría estado funcionando desde hace muchos años.

Indudablemente, la Sala aprobará por unanimidad este proyecto. Sin embargo, por desgracia, como manifesté, no habrá solución hacia atrás. Pero sí en espacios públicos o privados de acceso público se contemplará la instalación de este tipo de juegos para que nuestros niños, nuestra gente con discapacidad puedan hacer uso de ellos con entusiasmo y agrado, y que no suceda lo que muy bien señaló un colega: que niños con capacidades diferentes se sienten en una banca a mirar cómo juegan los otros niños.

Entonces, lo que debemos hacer es apelar a la conciencia del gobierno y hacer un llamado al Ministerio de Vivienda para que incluya este tipo de instalaciones y juegos en algunos espacios públicos, por ejemplo donde haya poblaciones grandes o en condominios de edificios. Sería fantástico que lo hicieran; nadie podría oponerse a eso. Sin embargo, si dejamos el proyecto tal como está, tendremos una ley que establecerá esta exigencia para todo lo que se construya a futuro, desde el momento en que sea promulgada la nueva ley, pero no solucionará el problema respecto de lo que ya existe.

Por lo tanto, creo que sería muy bueno, si la Cámara lo estima conveniente, oficiar al ministro de Vivienda para solicitarle que considere la instalación de este tipo de juegos infantiles en plazas u otros lugares públicos, a fin de que los niños y demás personas con capacidades diferentes puedan disfrutar de esos espacios.

Así y todo, considero importantísimo que este proyecto se apruebe, a fin de que demos un paso adelante en esta materia. Esa sería una muy buena señal en cuanto a que todos estamos preocupados de todos y cada uno de los chilenos que sufren alguna discapacidad o tienen capacidades diferentes.

Como dijo el diputado Florcita Alarcón , espero que aprobemos este proyecto por unanimidad, en beneficio de todas esas personas que tanto lo necesitan.

No quiero felicitar a nadie en particular por este proyecto, pero sí cuestionar que nos hayamos demorado tanto en advertir que teníamos este problema. No nos dimos cuenta de que esto estaba aquejando a nuestra población, en especial a quienes viven con alguna discapacidad.

Por lo tanto, Presidente, si bien considero que podría bastar con un decreto para dotar de este tipo de juegos a diversos espacios públicos, los diputados de Renovación Nacional vamos a votar con mucho entusiasmo a favor el proyecto. Ojalá vengan muchas más iniciativas de ley que apunten en esta dirección y que Dios nos ayude a que todo esto salga bien.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, saludo esta iniciativa de la que nos invitó a ser parte el diputado Luis Rocafull , a quien le doy las gracias por habernos incluido, porque es una iniciativa que generó un consenso transversal en la Comisión de Vivienda durante el período legislativo que acaba de terminar. Por eso pudimos despacharla tan rápidamente en el primer trámite constitucional, y estoy muy contenta de que ya estemos cumpliendo el tercer trámite, la última parte de su tramitación, por lo que pronto se transformará en ley.

Señor Presidente, es claro que este es un proyecto necesario. Varios de los colegas expresaron que les daba lástima tener que estar discutiendo esta iniciativa para imponer como una obligación esta medida inclusiva, en vez de que, como indica el sentido común, ese tipo de juegos infantiles fuera incorporado desde un comienzo y voluntariamente en el desarrollo de proyectos inmobiliarios, de construcción de plazas, etcétera.

Debemos aprovechar esta oportunidad para empezar a dar una lección al país respecto de la importancia que tiene que las construcciones públicas que se desarrollen a lo largo de nuestro país cuenten con mecanismos de inclusión que permitan que las personas con discapacidad puedan acceder a ellos sin dificultades.

Hoy estamos abordando en particular la situación de los niños y niñas con capacidades especiales y trabajando para que, tal como dijeron algunos colegas, no tengan que quedarse mirando en un parque mientras otros niños juegan libremente y hacen uso de los juegos infantiles que hay en esos lugares, a los cuales ellos no pueden acceder por encontrarse en una silla de ruedas o por usar muletas o por no contar con mecanismos de apoyo para sobrellevar su situación de discapacidad.

Muchas veces es la sociedad la que no entrega las condiciones para que los niños o los adultos con discapacidad puedan desarrollarse y acceder de manera natural a ciertos procesos de inclusión, de los que muchos hablamos y con los que nos encanta llenarnos la boca, pero para cuya concreción no adoptamos medidas en cuestiones tan pequeñas como permitir el acceso a un edificio. En los colegios públicos, por ejemplo, no hay ascensores para que los niños en situación de discapacidad puedan subir al segundo o tercer piso.

Lamentablemente, señor Presidente, nos hemos despreocupado de generar las condiciones para que las personas con discapacidad puedan desarrollarse libremente. Somos nosotros, finalmente, los que les generamos la discapacidad, no ellos por su situación particular, adquirida o genética. En efecto, dicha situación no debiera impedirles realizar una serie de acciones que podrían abordar si se les dieran las condiciones para ello.

Por eso es tan importante la forma como se utilizan los conceptos y el lenguaje. Lamentablemente, en nuestra propia legislación todavía tenemos un montón de retrasos en ese sentido. Por ejemplo, se habla de “pensión de invalidez”, es decir, se sigue hablando de personas con discapacidad como si fueran inválidos, como si fueran personas que no tienen validez. Escuchémonos hablar y nos daremos cuenta de que muchas veces el lenguaje crea realidad, y ese lenguaje, lamentablemente, también va creando un marco que hace que esta sociedad no se ponga a la altura de lo que reivindicamos como procesos de inclusión.

Es más, en algún momento hablamos de integración. ¿Por qué deberíamos integrar a personas que ya son parte? Es inclusión, en relación a que puedan tener acceso a los mismos procesos, a las mismas cosas, en las mismas etapas que vivimos todas las personas que, por alguna u otra razón, no tenemos la necesidad de utilizar un apoyo adicional para realizar nuestras labores cotidianas.

Estoy muy contenta de haber sido parte de este proyecto de ley.

Quiero despejar la duda que ha manifestado el diputado René Manuel García , quien planteó el problema de que esta obligación no sea retroactiva. Efectivamente, será desde la publicación de esta ley en adelante que la DOM tendrá la obligación de fiscalizar y de exigir que aquellas construcciones públicas o privadas que contemplen juegos infantiles consideren mecanismos de inclusión. Sin embargo, incorporamos un elemento que me parece muy importante: las juntas de vecinos tendrán la posibilidad y la potestad de exigir a la DOM de su municipalidad que se adapten aquellos juegos infantiles que estén en las plazas públicas y en los parques privados para que tengan accesibilidad para todos los niños y niñas por igual.

Por lo tanto, aprobado este proyecto de ley, señor Presidente, el llamado es a que también las juntas de vecinos, las organizaciones sociales, en los territorios que conocen esa realidad, puedan convocarse para exigir que los juegos que ya están implementados sean adaptados a la normativa que de ahora en adelante permitirá dar un paso más en las políticas de inclusión que hemos venido desarrollando.

Así que espero que la Cámara de Diputados apruebe hoy este proyecto, para que sea ley de la República lo antes posible. Quienes somos mocionantes de esta iniciativa estaremos muy orgullosos de haber hecho esta contribución al país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Marcela Hernando .

La señora HERNANDO (doña Marcela).-

Señor Presidente, por su intermedio quiero contarle a la Sala que si bien somos varios los diputados que estamos reaccionando por lo lento que hemos sido como país para incorporar esta clase de modificaciones en nuestra legislación, lo cierto es que este tipo de juegos existen en nuestro país desde hace más de diez años. Quizás existe una responsabilidad de las autoridades locales en términos de no ver esa realidad, pero es una responsabilidad que uno no les puede atribuir a título personal, pues las personas ven aquellas cosas que están disponibles para ser vistas.

Quiero contarles la experiencia de la municipalidad de Antofagasta, donde me desempeñé como alcaldesa hace nueve años. En ese momento teníamos un concejo municipal infantil de apoyo, conformado por niños. Ellos decidieron solicitarnos al concejo municipal y a la alcaldesa que incorporáramos juegos de este tipo en las plazas de la ciudad, lo cual para nosotros fue un descubrimiento. En el ejercicio de la democracia también uno va aprendiendo lo importante que es escuchar a los niños.

Fue así como hace nueve años se instaló este tipo de juegos en las plazas de Antofagasta.

Quiero hacer un llamado a la ciudadanía en general, porque creo que el proyecto de ley va a servir para que otras personas visibilicen lo que todavía no han sido capaces de ver ni de escuchar, y hacer un llamado para que además se fiscalice el cumplimiento de este tipo de normativa. En efecto, existe una ley que dispone que todos los lugares públicos deben ser accesibles.

Sin embargo, así como algunos niños con discapacidad tienen dificultades para acceder al segundo piso de su propio establecimiento educacional -lo señaló recién la diputada Karol Cariola -, también algunas personas tienen dificultades de acceso hasta para ir al cine. En consecuencia, si la recreación y la cultura es un derecho para todos, debería exigirse facilidades de acceso a todos los espacios públicos que tengan ese tipo de instalaciones.

Asimismo, pido a la ciudadanía que cuide los juegos que se instalan en las plazas para niños con discapacidad, porque como se trata de estructuras más grandes para permitir que los ocupen menores con sillas de ruedas, son objeto de vandalismos atroces por adultos que las ocupan y que terminan destrozándolas.

Por lo tanto, creo que hay que cuidar esas instalaciones que para muchos municipios es un sacrificio instalar y mantener, sobre todo para los que no cuentan con los recursos necesarios.

Felicito a los autores de la iniciativa, porque a través de estos proyectos lo que vamos haciendo es generalizar los avances en materia de inclusión, que se van dando en la medida en que somos capaces de ver aquellas cosas que antes no veíamos.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, debo expresar mi extrañeza porque creía que esto era algo que se daba por sentado; es decir, que las plazas debían incluir juegos para niños con capacidades distintas o con discapacidades de alguna naturaleza.

Me parece que el proyecto de ley apunta en el sentido correcto, ya que hace obligatoria la instalación de estos juegos para niños con discapacidad. No obstante, considero que no será una carga para los municipios; al contrario, será una tremenda oportunidad para contar con ciudades más amigables, más modernas y más distintas, en las cuales la inclusión será un hecho verdadero.

En la misma línea, debo decir que me genera un poco de duda que los municipios realmente cumplan con lo dispuesto en esta futura ley, porque aunque existe la Ley N° 19.284, que Establece Normas para la Plena Integración Social de Personas con Discapacidad, no han aplicado el suficiente celo para cumplir con sus normas, ya que en diversas ocasiones hemos sabido que muchos espacios públicos, incluyendo los recintos municipales, no cuentan con accesibilidad universal, por lo que no se puede pensar que esto será una cuestión significativa.

Por lo tanto, considero que estamos frente a una oportunidad importante para que los alcaldes y concejales de las distintas comunas cumplan con esta futura ley. Además, cuando se instalan juegos infantiles en espacios públicos o privados, se debe tener presente la inclusión como un hecho verdadero e importante, para que las ciudades sean más modernas e inclusivas, y cumplan con los convenios internacionales que Chile ha suscrito, como la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, suscrito en 2008, que establece los derechos de inclusión de los niños con discapacidad, como los derechos a jugar, a la diversión y al esparcimiento, derechos universales que debemos cuidar.

Por lo tanto, insisto en que el proyecto representa una tremenda oportunidad para Chile, para los municipios y para que la inclusión sea un hecho verdadero, que se haga carne en cada una de nuestras comunas.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Esteban Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Esteban).-

Señor Presidente, estoy de acuerdo con la pregunta que formuló el diputado René Manuel García : ¿por qué nos demoramos tanto?

Creo que, como Parlamento, como poder político, nos demoramos demasiado en discutir temas que son “de sentido común”, que están en la comunidad, en los territorios, en las regiones y en las ciudades que nos corresponde liderar en algún momento.

Varios diputados que fuimos alcaldes vivimos esa experiencia. Probablemente, se implementó este tipo de juegos, este espacio de inclusión, hace diez o quince años en muchas de nuestras comunas, por lo que es importante reconocer la experiencia adquirida en ellas, que no siempre es reconocida por el Estado a través de la Subdere.

Así como reconocimos los aportes de los municipios a la cultura y el deporte, también es bueno reconocer a las municipalidades que financian el ámbito de la inclusión con recursos propios. Sin embargo, hay que fortalecer la fiscalización, porque estos temas no se van a concretar si no existe un seguimiento al respecto.

Por supuesto que vamos a respaldar el proyecto de ley, porque corre fronteras y límites para contar con comunidades y barrios inclusivos. El hecho de que los parques y las plazas implementen ese tipo de juegos hará que el concepto de los derechos del niño sea más humano y más cercano.

Quiero hacer un reconocimiento al concejal de Renovación Nacional de la Ilustre Municipalidad de Calama, don José Astudillo , quien tiene una discapacidad y que permanentemente está colocando este tema sobre la mesa.

Los parlamentarios han indicado que respaldarán la iniciativa. Creo que también debemos quedarnos con la reflexión de que no debemos tardar en tratar otros temas. A veces, hacemos demasiado burocrático el trámite de ciertos asuntos, y por alguna mirada política o ideológica no los sacamos adelante, en circunstancias de que el vecino, el ciudadano, el amigo, el familiar se preguntan por qué no nos apuramos en legislar al respecto.

Por tanto, demos celeridad no solo a este proyecto, porque en algunas comunas “está agotado el tema”, pues los espacios están abiertos a la inclusión. Es cuestión de ver lo que en ellas se ha avanzado.

Por lo expuesto, voy a respaldar el proyecto.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón .

La señora OSSANDÓN (doña Ximena).-

Señor Presidente, agradezco a los diputados patrocinantes del proyecto de ley, porque lucharon por sacarlo adelante, a pesar de que parece un tema tan obvio. En ese sentido, me sumo a los parlamentarios que dijeron que casi hemos llegado tarde; pero es mejor llegar.

Votaré con mucha alegría a favor la moción, porque creo que la discapacidad no debe ser un impedimento para lograr el desarrollo personal de los niños, las niñas y todos los chilenos en general. Este es solo un camino distinto y más difícil, pero tenemos que mejorar esa situación a través de la legislación.

Quiero hacer una pequeña reflexión. Partamos por casa: ¿cómo entra y se desplaza una persona en silla de ruedas en esta Sala? No existe ninguna posibilidad de que lo pueda hacer.

En consecuencia, nos queda mucho trabajo por realizar en nuestro país respecto de la discapacidad, pero debemos partir por casa, porque realmente es imposible que una persona se pueda desplazar en silla de ruedas por esta Sala.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Nino Baltolu .

El señor BALTOLU.-

Señor Presidente, el diputado Esteban Velásquez preguntó por qué nos demoramos tanto. En verdad, creo que se debe a que no miramos, no vemos, ejercicio que sí hizo el diputado Luis Rocafull , a quien felicito. Mientras paseaba por Arica, el colega vio a un niño en silla de ruedas que “disfrutaba” al ver a otros niños jugar. Por eso, debemos poner mucha más atención.

Hay muchas iniciativas de la sociedad en materia de inclusión. Así, por ejemplo, en Arica tenemos la playa La Lisera, balneario inclusivo al que minusválidos llegan en silla de ruedas y se introducen al mar sin ningún problema.

Asimismo, una vez al año el Rotary Club Chinchorro, de Arica, organiza un campeonato deportivo cuyo lema es: “Juguemos juntos. Ponte en mi lugar.”. Iniciativas como esa han ido visualizando en la sociedad la existencia de personas que necesitan que las comprendamos.

En el marco del debate se ha hablado del desarrollo personal de quienes padecen alguna discapacidad; pero también debemos tener un desarrollo grupal. Para eso estamos presentando este tipo de proyectos.

La presente iniciativa modifica la Ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad. Estamos en la última etapa de su tramitación legislativa antes de convertirse en ley.

El proyecto, que consta de un artículo único, viene a aportar enormemente a la inclusión social y a la igualdad de oportunidades, por cuanto el esparcimiento y la recreación de los niños y las niñas son fundamentales para su desarrollo espiritual y emocional.

En ese sentido, el proyecto va en concordancia con el estándar reconocido internacionalmente. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad indican que los niños con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y de las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Francesca Muñoz .

La señora MUÑOZ (doña Francesca).-

Señor Presidente, el juego es una actividad esencial para la salud física y mental de todo niño, incluso para su aprendizaje. Por ello, la iniciativa es fundamental y será aprobada por unanimidad.

Agradezco todos los avances que se han logrado en la materia, pero quiero contar un hecho particular. Tengo una amiga llamada Valentina Ponce , estudiante universitaria en Valparaíso, quien me pidió que por favor destaque que las personas con discapacidad, como ella, tienen muchas dificultades para trasladarse. Me comentó lo difícil que es trasladarse en el metro, en taxibuses y en todo el transporte público.

Por lo tanto, si bien se ha avanzado mucho, debemos poner atención porque todavía quedan algunas situaciones pendientes que deben ser mejoradas.

En este momento soy la voz de Valentina, quien me solicitó que les dé a conocer esa inquietud.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Leiva .

El señor LEIVA.-

Señor Presidente, quiero destacar lo valioso que es este proyecto de ley. Tal vez, uno podría considerarlo una modificación menor a la ley sobre inclusión, pero representa una tremenda oportunidad para el desarrollo de nuestros niños y jóvenes.

Por eso, quiero felicitar a su autor, el diputado Luis Rocafull .

Debemos destacar que la más tierna infancia es la etapa en la cual se genera una real integración entre los niños.

Al hablar de derechos humanos, trabajo en común y desarrollo de la infancia, ¡qué más importante que permitir que los niños jueguen, se manifiesten y se sientan incluidos en un espacio tan propio como el de los juegos infantiles!

Algunos parlamentarios plantearon de qué forma el proyecto de ley va a incidir de manera real en el desarrollo de los proyectos que se ejecuten en lo sucesivo. Obviamente, al convertirse en una ley de la república debe considerarse en el Sistema Nacional de Inversiones.

Al respecto, cabe señalar que el costo de implementar juegos inclusivos, como lo hicimos en la Municipalidad de Talagante hace cinco años, es exactamente el mismo que el de instalar juegos no inclusivos. Además, los municipios, a través del Sistema Nacional de Inversiones, deben obtener el resultado del análisis técnico-económico (RATE) y la recomendación social favorable, considerando este aspecto.

Por eso, reitero la importancia de este proyecto, que esperamos se apruebe por unanimidad, de manera que a la brevedad se convierta en ley.

Finalmente, reitero mis felicitaciones al colega Rocafull .

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Eduardo Durán .

El señor DURÁN (don Eduardo).-

Señor Presidente, hay una frase muy conocida por todos, que dice: “En casa de herrero, cuchillo de palo.”.

Al observar la Sala y las tribunas, que son ocupadas por tantos niños y vecinos que diariamente nos visitan, me percato de que no cuentan con espacios que faciliten el desplazamiento de personas con discapacidad. Si bien es cierto el tema en cuestión no son las características de esta Sala ni del Congreso Nacional, sino los juegos infantiles, me pareció pertinente mencionarlo.

La iniciativa hace referencia a nuevos proyectos de construcción: nuevas plazas y nuevos espacios públicos. Sin embargo, es pertinente la creación de un programa de regularización del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y del Serviu para que las municipalidades y las organizaciones sociales puedan cumplir con la norma en estudio, que debe contemplar un grado de retroactividad, a fin de que los proyectos antiguos se pongan al día y se cumpla con la ley.

Por último, quiero señalar que si por cualquier motivo alguien aduce que el proyecto en estudio es improcedente, eso se debe, sin lugar a dudas, a que esa persona tiene discapacitados su alma y su espíritu.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, he escuchado con atención algunos argumentos entregados.

Sobre el particular, con muchísima humildad quiero invitar a las honorables y a los colegas a ser un poquito más cuidadosos en el uso del lenguaje y de los conceptos que tienen que ver con las personas en situación de discapacidad. La razón es muy simple: hemos transitado desde llamar a una persona con discapacidad “coja” o “discapacitada”, hasta llamarla “persona con capacidades especiales”. Al respecto, en una oportunidad una persona me dijo: “Yo no atravieso paredes; no tengo capacidades especiales”.

La respectiva Convención de las Naciones Unidas suscrita por Chile estandarizó el concepto en “personas en situación de discapacidad”.

En Chile, 9,2 por ciento de la población está en situación de discapacidad permanente no compensada, y casi 12 por ciento, en una situación de discapacidad que, mediante algún artefacto o mecanismo, se compensa y le genera una mejor condición de vida.

Por eso se habla de personas en situación de discapacidad, porque pueden transitar desde una situación de discapacidad permanente no compensada a una de discapacidad compensada.

En Chile, las personas en situación de discapacidad constituyen alrededor del 20 por ciento de la población, y en la Región de Los Ríos, a la que pertenezco, son cerca del 27 por ciento.

¡Imaginen lo que significa esto: una de cada cuatro personas en la Región de Los Ríos y casi una de cada cuatro personas en Chile tiene algún grado de discapacidad mental o motriz!

Además, en un país en que cada vez su población es más adulta, cada vez de mayor edad, obviamente el desgaste de la maquinaria corporal genera condiciones de discapacidad, como la pérdida auditiva o visual.

Entonces, les ruego que seamos un poco más cuidadosos en el uso de los conceptos y del lenguaje, porque la discapacidad afecta a casi la cuarta parte de la población de Chile.

Felicito al diputado Rocafull por impulsar esta iniciativa. Cuando transitamos por nuestras ciudades o pueblos y nos ponemos en el lugar de una persona en situación de discapacidad, lo que para nosotros puede ser muy simple y sencillo, para otros -visto aquello con ojos solidarios la vida puede convertirse en un desafío si no en una pesadilla. ¿Cómo una persona puede hacer un trámite bancario si el banco no tiene una escalera especial, o un ascensor, o un montacarga, o un carro o un “burrito” que pueda ser utilizado desde el nivel de la calle hasta los pisos superiores? ¿Cómo logramos que esas personas puedan hacer trámites cotidianos que para nosotros no revisten ninguna dificultad?

Chile está repleto de barreras arquitectónicas y constructivas, pero lo peor de todo son las barreras sociales y culturales. No logramos entender los conceptos ni mucho menos ponernos en el lugar de una persona que tiene dificultades. No es ella la que tiene la dificultad: somos nosotros quienes se la ponemos por delante; somos nosotros quienes tomamos malas decisiones a la hora de diseñar pavimentos, atraviesos, edificios o servicios públicos.

Como indicó la diputada Ossandón , el Congreso Nacional pasó una enorme vergüenza. Como se sabe, en la ceremonia de cambio de mando un presidente de la república no pudo entrar por el acceso por el que, de acuerdo con el protocolo, deben transitar los invitados. El Presidente de la República de Ecuador no pudo ingresar por donde correspondía porque no había rampa, ni ascensor ni nada que le permitiera acceder en silla de ruedas, lo que constituye una vergüenza nacional. Así, quedó comprobado que el Congreso Nacional no está preparado para recibir a nadie en condiciones de discapacidad.

En consecuencia, este proyecto trata de generar más justicia y menos discriminación en personas aún más sensibles a esta situación, como los niños. Cuando un niño en situación de discapacidad, junto con su familia, busca una plaza de juegos para hacer ejercicio o divertirse en sus primeros años de vida, se encuentra con la tremenda desilusión de no poder compartir ese juego ni participar de la alegría del resto de los niños. Ni siquiera puede observarlos de cerca, porque sencillamente no tiene acceso a la plaza ni a los juegos. Incluso, como ocurre en mi ciudad, hemos visto el absurdo de instalar un semáforo en medio de una rampa para personas con discapacidad. Primero construyeron la rampa y después le “enchufaron” un semáforo en medio. ¡Díganme ustedes si eso no es una desconsideración mayúscula para una persona que se ve obligada a transitar en un artefacto que le facilita un poco más la vida!

No voy a entrar en más detalles sobre el proyecto, porque los colegas lo han descrito suficientemente. He querido centrar el punto en que debemos comenzar a transitar por un país no solo más solidario, sino más comprensivo de la situación en que vive uno de cada cuatro compatriotas. Nuestro país no está hecho para entender las dificultades por las que atraviesan muchos para hacer su vida.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Andrés Celis .

El señor CELIS (don Andrés).-

Señor Presidente, en relación con el proyecto que modifica la Ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad, quiero aprovechar de señalar lo que me tocó vivir como concejal de la Municipalidad de Viña del Mar durante dieciséis años. Más allá de los discursos que me ha tocado escuchar, quiero poner el acento en un punto que personalmente me importa muchísimo.

En el marco de las normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con capacidades reducidas, el proyecto persigue que los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento.

Me parece una buena iniciativa legal. Por lo demás, el artículo 28 de la Ley N° 20.422 otorga al director de obras municipales la prerrogativa de fiscalizar el cumplimiento de la normativa, el que deberá denunciar su incumplimiento ante el juzgado de policía local correspondiente.

Ahora bien, no sacamos absolutamente nada con aprobar leyes si no transferimos recursos a las municipalidades para que, por ejemplo, puedan contratar más personal para que en los espacios públicos o plazas exista mayor fiscalización, de modo que las personas con capacidades diferentes puedan jugar y recrearse sin problemas.

La intención de la iniciativa es excelente y nadie lo puede negar; pero quiero saber qué pasará con aquellos municipios que, por ejemplo, tienen un mínimo de personal en la inspección de obras para fiscalizar que la normativa se cumpla.

Votaré a favor el proyecto. Ojalá que cuando sancionemos el presupuesto de la nación tengamos conciencia de que si vamos a dar mayores atribuciones y funciones a los órganos públicos, ello debe ir de la mano de un aumento efectivo y real de recursos, de manera de fiscalizar que la normativa se cumpla.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente, quiero intervenir muy brevemente para valorar el proyecto, que establece la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad.

En cuanto a la Ley N° 20.422, ella fue aprobada hace diez años. En aquel entonces tuve el honor de presidir la Comisión de Vivienda y Urbanismo. Junto con la diputada Alejandra Sepúlveda y otros parlamentarios sacamos adelante ese cuerpo legal que estableció un nuevo paradigma.

El problema no son las personas con discapacidad; es el entorno el que debe ser alterado o modificado para tener accesibilidad universal a los servicios. En otras palabras, todas las personas deben tener acceso a los espacios públicos, independientemente de su condición física.

Como sabemos que es una situación gradual de cambio, también se estableció una ley que señala que todo proyecto financiado con fondos públicos y para edificios públicos no obtendrá recursos, ni aprobación, ni RS si no cuenta con accesibilidad universal. Pero, repito, sabemos que es un proceso gradual que no será fácil. Hay municipios que motu proprio han avanzado en esta materia, como ocurre en Concepción, cuyo alcalde es el señor Álvaro Ortiz . Considerando que aún no hay una ley sobre el particular, él dispuso que todos los espacios públicos y juegos infantiles tuvieran accesibilidad universal.

Eso se valora; pero este proyecto, por cierto, viene a reforzar ese tipo de iniciativas.

Como señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, hay municipios que viven del Fondo Común Municipal y no tendrán recursos para diseñar políticas parecidas.

Insisto: este es un primer paso. Habrá que motivar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para que cree una línea especial de financiamiento para este tipo de instalaciones, de accesibilidad universal, y promover que parte de los fondos del gobierno regional se reserven para la discapacidad, como existen para el deporte y la cultura, indicación a la Ley de Presupuestos de 2008, que usted promovió, señor Presidente, y que hoy permite que los clubes deportivos tengan acceso a financiamiento.

Por lo tanto, esto es un paso adelante y va en línea con la ley de la discapacidad, que estableció un nuevo paradigma para que todos los espacios públicos tengan accesibilidad universal. Sabemos que estamos al debe. Incluso, si en la Cámara de Diputados asumiera un Presidente que usara silla de ruedas, no podría acceder con facilidad a la testera, como ocurrió con el Presidente de Ecuador, quien tampoco pudo acceder al Salón de Honor para el cambio de mando.

Como dije, tenemos muchas tareas por delante, porque la idea es crear una sociedad mucho más inclusiva, para lo cual debemos adaptar los espacios.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, en verdad, quiero hacer hincapié en que este proyecto modifica la Ley N° 20.422, para establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad. No estamos hablando de adultos o de gente que tiene escaza visión para poder caminar. Estamos hablando de los niños. Y creo que es tremendamente importante para cualquier padre que tiene hijos en situación de discapacidad que puedan entretenerse como corresponde en las plazas públicas y en las plazas privadas.

Pero eso no está sucediendo en el Chile de hoy, por lo que hago un llamado de atención -al igual que los colegas que me antecedieron-, primero, a los arquitectos que diseñan esas plazas públicas y privadas, porque muchas veces hacen preciosos diseños, muy buenos dibujos, pero en la práctica sirven poco para que los niños en situación de discapacidad puedan jugar en ellas.

En segundo lugar, las plazas o espacios públicos que ya están construidos deberían ser modificados, para que esta ley en proyecto sea aplicable; de lo contrario será letra muerta. Y en esto concuerdo con quienes me antecedieron en el uso de la palabra, en el sentido de que tiene que haber recursos para modificarlos.

En tercer lugar, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo tiene que dictar normas con prontitud, porque, de lo contrario -lo reitero-, todo lo que aprobemos será letra muerta, porque la normativa puede tardar años y mientras tanto las plazas no podrán ser utilizadas por los niños en situación de discapacidad.

Por último, respecto de la fiscalización, es necesario decir que si muchas direcciones de obras municipales están reventadas por la cantidad de trabajo y no pueden fiscalizar lo que ya establece la ley, imagínense lo que va a suceder con estas nuevas exigencias.

Por consiguiente, concuerdo con mi colega Andrés Celis , quien pidió mayores recursos en el presupuesto de la nación para que los municipios fiscalicen este tipo de obras, que me parecen extraordinariamente importantes para que los padres y sus hijos en situación de discapacidad se sientan felices y disfruten, como todos los niños, de las plazas públicas y privadas de Chile.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:

El señor UNDURRAGA.-

Señor Presidente, honorables diputados:

Anticipando que aprobaré este proyecto, quiero, en primera instancia, felicitar la labor legislativa tanto de la Cámara de Diputados como del Senado, que nos ha llevado hoy a estar ad portas de votar en tercer trámite constitucional esta iniciativa, que no hace más que seguir avanzando en la inclusión e igualdad que tanto anhelamos.

En segundo lugar, quiero hacer un llamado a que voten favorablemente este proyecto, espero de forma unánime, lo cual justifico en el innegable y sustancial beneficio que estos juegos diseñados universalmente proporcionarán no solo a ese 12,9 por ciento de niños que, según los datos de la Unicef, presentan alguna discapacidad, sino a todos los niños, que podrán crecer y disfrutar de una sociedad que no impone barreras al juego y que busca que se conozcan en su diversidad desde su más tierna infancia.

Este diseño y acceso universal no pretende yuxtaponer realidades, sino que hace del juego, considerado base de la educación, un espacio de integración y de desarrollo conjunto. Y es que el llamado a que los niños estén primero, más que un llamado en materias de educación o salud, es un llamado a que los niños crezcan al alero de los valores de comunidad, que esperamos puedan en un futuro gozar y ayudar a hacer crecer.

Además, es una iniciativa que va de la mano con lo planteado por la Organización Mundial de la Salud, la cual entiende que la rehabilitación de las personas con discapacidad implica pasar de un modelo de atención de parte de instituciones a uno centrado en la comunidad en que ellas se insertan, es decir, que en la realidad cotidiana cuenten con la atención y participación de todos los actores.

Para cumplir lo anterior, la única forma efectiva que tenemos es legislar bajo el prisma de que la principal barrera de las personas con discapacidad no es su propia condición, sino las barreras que día a día, en los aspectos más naturales de la vida, se les presentan. Se trata de barreras que deben ser eliminadas; barreras que es un deber del Estado derribar, por mandato constitucional y por los tratados que hemos firmado y ratificado.

A modo de conclusión, quiero volver a llamarlos a votar favorablemente esta iniciativa, y también a expresar mi profunda felicidad, porque con esta ley en proyecto el futuro de todas las personas con discapacidad va a ser más justo, más igualitario y más pleno.

Finalmente, quiero dejar en manifiesto que este es tan solo un primer paso, ya que aún falta mucho para que Chile cambie el paradigma y entienda que las personas con discapacidad somos un aporte y no una obligación.

He dicho.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley Nº 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 140 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas, Florcita ; Alessandri Vergara, Jorge ; Alinco Bustos, René ; Álvarez Ramírez, Sebastián ; Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Amar Mancilla, Sandra ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Auth Stewart, Pepe ; Baltolu Rasera, Nino ; Barrera Moreno, Boris ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Bernales Maldonado, Alejandro ; Bianchi Retamales, Karim ; Bobadilla Muñoz, Sergio ; Boric Font, Gabriel ; Brito Hasbún, Jorge ; Calisto Águila, Miguel Ángel ; Cariola Oliva, Karol ; Carter Fernández, Álvaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castillo Muñoz, Natalia ; Castro Bascuñán, José Miguel ; Celis Araya, Ricardo ; Celis Montt, Andrés ; Cicardini Milla, Daniella ; Cid Versalovic, Sofía ; Coloma Álamos, Juan Antonio ; Crispi Serrano, Miguel ; Cruz-Coke Carvallo, Luciano ; Del Real Mihovilovic, Catalina ; Desbordes Jiménez, Mario ; Díaz Díaz, Marcelo ; Durán Espinoza, Jorge ; Durán Salinas, Eduardo ; Eguiguren Correa, Francisco ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Flores García, Iván ; Flores Oporto, Camila ; Fuenzalida Cobo, Juan ; Gahona Salazar, Sergio ; Galleguillos Castillo, Ramón ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; González Gatica, Félix ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hertz Cádiz, Carmen ; Hirsch Goldschmidt, Tomás ; Hoffmann Opazo , María José ; Ibáñez Cotroneo, Diego ; Ilabaca Cerda, Marcos ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiles Moreno, Pamela ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Jürgensen Rundshagen, Harry ; Kast Sommerhoff, Pablo ; Keitel Bianchi, Sebastián ; Kort Garriga, Issa ; Kuschel Silva, Carlos ; Labra Sepúlveda , Amaro ; Lavín León, Joaquín ; Leiva Carvajal, Raúl ; Leuquén Uribe, Aracely ; Longton Herrera, Andrés ; Lorenzini Basso, Pablo ; Luck Urban, Karin ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Mellado Suazo, Miguel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Magofke, Andrés ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Moreira Barros, Cristhian ; Mulet Martínez, Jaime ; Muñoz González, Francesca ; Naranjo Ortiz, Jaime ; Noman Garrido, Nicolás ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia, Paulina ; Nuyado Ancapichún, Emilia ; Olivera De La Fuente, Erika ; Orsini Pascal, Maite ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Ossandón Irarrázabal, Ximena ; Pardo Sáinz, Luis ; Parra Sauterel, Andrea ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pérez Olea, Joanna ; Pérez Salinas, Catalina ; Prieto Lorca, Pablo ; Ramírez Diez, Guillermo ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rentería Moller, Rolando ; Rey Martínez, Hugo ; Rocafull López, Luis ; Rojas Valderrama, Camila ; Romero Sáez, Leonidas ; Rosas Barrientos, Patricio ; Saavedra Chandía, Gastón ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sanhueza Dueñas, Gustavo ; Santana Castillo, Juan ; Santana Tirachini, Alejandro ; Sauerbaum Muñoz, Frank ; Schalper Sepúlveda, Diego ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes , Alejandra ; Sepúlveda Soto, Alexis ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Soto Mardones, Raúl ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Tohá González, Jaime ; Torrealba Alvarado, Sebastián ; Trisotti Martínez, Renzo ; Undurraga Gazitúa, Francisco ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Urruticoechea Ríos , Cristóbal ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Velásquez Núñez, Esteban ; Velásquez Seguel, Pedro ; Verdessi Belemmi, Daniel ; Vidal Rojas, Pablo ; Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ; Walker Prieto, Matías ; Winter Etcheberry, Gonzalo ; Yeomans Araya, Gael .

-Se abstuvo el diputado señor Castro González, Juan Luis .

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 18 de abril, 2018. Oficio en Sesión 11. Legislatura 366.

VALPARAÍSO, 18 de abril de 2018

Oficio Nº 13.874

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, aprobó las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados para niños y niñas en situación de discapacidad, correspondiente al boletín N° 9.701-14.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 96/SEC/18, de 11 de abril de 2018.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

JAIME MULET MARTÍNEZ

Presidente en ejercicio de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 18 de abril, 2018. Oficio

VALPARAÍSO, 18 de abril de 2018

Oficio Nº 13.875

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha aprobado el proyecto de ley, originado en una moción de los diputados señores Luis Rocafull López y Fidel Espinoza Sandoval; las diputadas señoras Jenny Álvarez Vera, Karol Cariola Oliva, Daniella Cicardini Milla y Maya Fernández Allende; las exdiputadas señoras Clemira Pacheco Rivas y Denise Pascal Allende, y los exdiputados señores Daniel Farcas Guendelman y Joaquín Tuma Zedán, que modifica la ley N° 20.422, en el sentido de establecer la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad, correspondiente al boletín N° 9.701-14, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 28 de la ley N° 20.422, de la forma en que se consigna enseguida:

a) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

“Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.”.

b) Introdúcese en el actual inciso cuarto, que pasa a ser quinto, después de la expresión “incisos precedentes”, lo siguiente: “, tanto en el momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones,”.”.

Dios guarde a V.E.

JAIME MULET MARTÍNEZ

Presidente en ejercicio de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.089

Tipo Norma
:
Ley 21089
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1118806&t=0
Fecha Promulgación
:
14-05-2018
URL Corta
:
http://bcn.cl/257n5
Organismo
:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Título
:
MODIFICA LA LEY N° 20.422, EN EL SENTIDO DE ESTABLECER LA OBLIGATORIEDAD DE JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD
Fecha Publicación
:
23-05-2018

LEY NÚM. 21.089

MODIFICA LA LEY N° 20.422, EN EL SENTIDO DE ESTABLECER LA OBLIGATORIEDAD DE JUEGOS INFANTILES NO MECÁNICOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, PARA NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley iniciado en moción de los Honorables diputados señores Luis Rocafull López y Fidel Espinoza Sandoval; las diputadas señoras Jenny Álvarez Vera, Karol Cariola Oliva, Daniella Cicardini Milla y Maya Fernández Allende; las exdiputadas señoras Clemira Pacheco Rivas y Denise Pascal Allende, y los exdiputados señores Daniel Farcas Guendelman y Joaquín Tuma Zedán,

    Proyecto de ley:

    " Artículo único .- Modifícase el artículo 28 de la ley N° 20.422, de la forma en que se consigna enseguida:

    a) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

    "Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento. Las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados en el presente inciso.".

    b) Introdúcese en el actual inciso cuarto, que pasa a ser quinto, después de la expresión "incisos precedentes", lo siguiente: ", tanto en el momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones,".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 14 de mayo de 2018.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE.- Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Desarrollo Social.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.

    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Alejandra Candia Díaz, Subsecretaria de Evaluación Social.