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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.100

Establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Patricio Vallespín López, Karla Rubilar Barahona, Fidel Espinoza Sandoval, Alfonso De Urresti Longton, Gabriel Silber Romo, Enrique Accorsi Opazo, Carolina Goic Boroevic, Guillermo Teillier Del Valle, Alejandra Sepúlveda Orbenes y David Sandoval Plaza. Fecha 10 de octubre, 2013. Moción Parlamentaria en Sesión 82. Legislatura 361.

Establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros, artificiales biodegradables en la Patagonia Chilena. Boletín N° 9133-12

VISTOS:

Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.

CONSIDERANDO:

1° Que, las bolsas de polietileno brindan utilidad con ocasión del transporte de mercadería, no es menos cierto que éstas se han convertido en la principal contaminación de la Patagonia.

2° Que, según cifras del Ministerio del Medio Ambiente,. en Chile se utilizan cerca de 250 millones de bolsas plásticas al mes, de las cuales el 90 por ciento termina en un vertedero. Además, se estima que cada persona utiliza en promedio 1,5 bolsas diarias, una cantidad más que considerable si pensamos que sólo las utilizamos en el trayecto desde el comercio hasta la casa. Lo anterior, constituye una cuestión que evidentemente impacta de manera importante a nuestro ecosistema.

3° Que, Los plásticos y los materiales sintéticos son los dos tipos de basura marina más común y son responsables de la mayor parte de los problemas que sufren los animales y aves marinas. Se conocen al menos 267 especies diferentes que se han enredado o han ingerido restos plásticos; entre ellas se cuentan aves, tortugas, focas, leones marinos, ballenas y peces. El lecho marino, especialmente cerca de las regiones costeras, también está contaminado, sobre todo con bolsas de basura. Los plásticos están también presentes en las playas, desde las regiones más pobladas hasta las costas de islas remotas y deshabitadas.

4° Que, atendidos los fundamentos esgrimidos en los considerandos de la presente iniciativa legislativa, el propósito de esta es lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia

5° Que, además, debiera constituir un firme propósito la implementación de acciones que tiendan a sensibilizar, concientizar y educar a la sociedad en su conjunto, sobre la necesidad de la racionalizar el uso de bolsas de material no biodegradable toda vez que, en particular en la Patagonia Chilena a causa de sus fuertes vientos, éstos agentes contaminantes se trasladan hacia sectores que constituyen un parque de naturaleza vivo de una riqueza invaluable.

POR LO TANTO,

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- "Sustitúyase por completo el uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y cualquier otro tipo de comercio para la contención y transporte de las mercaderías que expenden a sus clientes, quedando prohibido su uso dentro del territorio de la Patagonia chilena, siendo reemplazadas por aquellas de papel, género o algodón.

La total sustitución de las bolsas no biodegradables deberá verificarse transcurridos seis meses desde la publicación de la presente ley.

La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa que asciende desde una Unidad Tributaria Mensual"

1.2. Primer Informe de Comisión de Zonas Extremas

Cámara de Diputados. Fecha 22 de enero, 2014. Informe de Comisión de Zonas Extremas en Sesión 120. Legislatura 361.

?BOLETIN N° 9133-12-1

INFORME DE LA COMISION DE ZONAS EXTREMAS, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA PROHIBICION Y SUSTITUCION PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLIMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

_____________________________________________________________

HONORABLE CAMARA:

Vuestra Comisión de Zonas Extremas pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió la señora Ingrid Henriquez Cortez, Jefa de la División Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen en una moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, y se encuentra sin urgencia.

2.- Discusión general.

El proyecto fue aprobado, en general, por 5 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor la señora Goic, doña Carolina, y los señores Ascencio, don Gabriel; Baltolu, don Nino; Sandoval, don David, y Vargas, don Orlando).

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de vuestra Comisión, el texto del proyecto en informe no contiene normas orgánicas constitucionales ni de quórum calificado.

4.- Diputado Informante.

La Comisión designó como informante al Diputado señor Sandoval, don David.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

El proyecto que la Comisión de Zonas Extremas somete a vuestro conocimiento apunta a lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia.

1.- Consideraciones preliminares.-

Señalan los autores de la moción en informe, que si bien es cierto, las bolsas de polietileno brindan utilidad con ocasión del transporte de mercadería, no es menos cierto que éstas se han convertido en la principal contaminación de la Patagonia.

Agregan que, según cifras del Ministerio del Medio Ambiente, en Chile se utilizan cerca de 250 millones de bolsas plásticas al mes, de las cuales el 90 por ciento termina en un vertedero. Además, se estima que cada persona utiliza en promedio 1,5 bolsas diarias, una cantidad más que considerable si se piensa que sólo se las utiliza en el trayecto desde el comercio hasta la casa. Lo anterior, añaden, constituye una cuestión que evidentemente impacta de manera importante a nuestro ecosistema.

Hacen presente, asimismo, que los plásticos y los materiales sintéticos son los dos tipos de basura marina más común y son responsables de la mayor parte de los problemas que sufren los animales y aves marinas. Se conocen, agregan los autores, al menos 267 especies diferentes que se han enredado o han ingerido restos plásticos; entre ellas se cuentan aves, tortugas, focas, leones marinos, ballenas y peces.

Señalan, del mismo modo, que el lecho marino, especialmente cerca de las regiones costeras, también está contaminado, sobre todo con bolsas de basura. Los plásticos están también presentes en las playas, desde las regiones más pobladas hasta las costas de islas remotas y deshabitadas.

Concluyen expresando que, además, debiera constituir un firme propósito la implementación de acciones que tiendan a sensibilizar, concientizar y educar a la sociedad en su conjunto, sobre la necesidad de racionalizar el uso de bolsas de material no biodegradable toda vez que, en particular en la Patagonia Chilena a causa de sus fuertes vientos, éstos agentes contaminantes se trasladan hacia sectores que constituyen un parque de naturaleza viva de una riqueza invaluable.

2.- Efectos del uso del plástico.-

Según un estudio encargado a la Asesoría Técnica Parlamentaria de la Biblioteca del Congreso Nacional, una de las aplicaciones principales del plástico es el empaquetado. A nivel mundial se comercializa una gran cantidad de polietileno de baja densidad en forma de rollos de plástico transparente para envoltorios. Por su parte, el polietileno de alta densidad se usa para películas plásticas más gruesas, como la que se emplean en las bolsas de basura. Se utilizan también en el empaquetado: el polipropileno, el polietileno, el policloruro de vinilo (PVC) y el policloruro de vinilideno.

Agrega dicho estudio que la mayoría de los plásticos sintéticos no pueden ser degradados por el entorno. Al contrario de la madera, el papel, las fibras naturales o incluso el metal y el vidrio, no se oxidan ni se descomponen con el tiempo. Se han desarrollado algunos plásticos degradables, pero ninguno ha demostrado ser válido para las condiciones requeridas en la mayoría de los vertederos de basuras. En definitiva, la eliminación de los plásticos representa un problema medioambiental.

En términos generales, añade, los impactos del uso de bolsas plásticas se pueden clasificar en relación con a) el consumo de recursos y energía utilizados en su producción, b) las emisiones de gases de efecto invernadero que genera el proceso de producción y distribución y c) la generación de grandes volúmenes de basura.

Manifiesta, del mismo modo, que las bolsas de plástico consumen grandes cantidades de energía para su fabricación y además están compuestas de sustancias derivadas del petróleo, que pueden tardar en degradarse más de medio siglo. Asimismo, las bolsas serigrafiadas pueden contener residuos metálicos tóxicos.

Hace presente, asimismo, que otro problema ambiental está relacionado con que el plástico, al no descomponerse significativamente en plazos de tiempo medio a largo, se acumula tanto en vertederos como en el paisaje.

Por otra parte, señala que si estos residuos plásticos son incinerados contribuyen a la contaminación atmosférica emitiendo dioxinas, cadmio y plomo, entre otros compuestos peligrosos para la salud.

3.- Legislación comparada.-

Según el mismo estudio, en diversos países se han dictado leyes para prohibir o restringir el uso de bolsas plásticas desechables, tanto a nivel federal o nacional; estadual, provincial o regional; y local o municipal. Asimismo, la mayoría de las normativas son de carácter legal, y unas pocas de orden administrativo.

Desde el punto de vista material, las normativas establecen variadas medidas, las que se han clasificado en los siguientes tipos de normas:

1.- De prohibición total del uso de bolsas plásticas: Dentro de este grupo encontramos las normativas de Australia, Canadá, Argentina y México, pero sólo circunscrita a nivel estadual, es decir, algunos Estados han adoptado esta prohibición.

2.- Que establecen un impuesto o tasa de cargo de las empresas: Sólo Dinamarca cuenta con un impuesto de cargo de las propias empresas, sea a nivel de comercio minorista como de importadores y manufactureros, además de ser una de las primeras legislaciones sobre la materia.

3.- Que establecen un impuesto o tasa de cargo del consumidor: Tanto el Reino Unido (especialmente Gales e Irlanda del Norte) como Irlanda cuentan con impuestos que gravan a los consumidores o clientes de los establecimientos que proveen de bolsas plásticas.

Asimismo, existen casos en que coexisten normas de prohibición e impuesto: España, Francia y Estados Unidos de América cuentan con diversidad de normas sobre la materia, destacando el hecho de tratarse de países conformados por territorios (estados y comunidades autonómicas, respectivamente) facultados para dictar sus propias regulaciones.

Objetivo del Proyecto.-

Señala la moción original que el proyecto en análisis tiene por objeto lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia.

4.- Contenido del Proyecto.-

La moción consta de un artículo único por el cual dispone la sustitución completa del uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y cualquier otro tipo de comercio, prohibiéndose su uso dentro del territorio de la Patagonia Chilena. Dicha sustitución deberá verificarse dentro del plazo de seis meses contados desde la publicación de la ley. Su infracción será sancionada con una multa de una Unidad Tributaria Mensual.

III.- MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.

En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto que vuestra Comisión somete a consideración de la H. Camara de Diputados, es establecer la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en un artículo único.

IV.- ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.

En relación con esta materia, el proyecto que se somete a consideración de la Sala no contiene normas de rango orgánico constitucional ni requiere para su aprobación de quórum calificado.

V.- DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISION.

Vuestra Comisión, además de la representante del Ejecutivo, señora Ingrid Henríquez Cortez, Jefa de la División Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente, recibió al señor Ricardo Rozzi, Profesor Titular de la Universidad de Magallanes y Ph.D. de la Universidad de North Texas.

VI.- ARTICULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, el proyecto en Informe no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.

VII.- DISCUSION GENERAL

El proyecto en informe fue aprobado en general, por vuestra Comisión, en su sesión ordinaria de fecha 15 de enero del año en curso, con el voto favorable (5) de la Diputada señora Goic, doña Carolina, y los Diputados señores Ascencio, don Gabriel; Baltolu, don Nino; Sandoval, don David, y Vargas, don Orlando. No hubo votos en contra ni abstenciones.

En el transcurso de su discusión general, la señora Henríquez señaló que el Ejecutivo comparte el objetivo y el mecanismo para lograr la prohibición de las bolsas no biodegradables. Sin perjuicio de lo anterior, reparó en que el proyecto se encuentre enfocado en el consumidor, pues prohíbe el “uso”, lo cual dificulta la fiscalización. Al respecto, sugirió evaluar la posibilidad de incorporar otro tipo de prohibiciones, como por ejemplo, la importación, comercialización y distribución de bolsas plásticas.

Por otra parte, la expositora manifestó que no se observan fundamentos suficientes para limitar el alcance territorial de la ley únicamente a la Patagonia chilena, sugiriendo aplicar la normativa a todo el territorio nacional. En su defecto, sugiere definir el concepto de Patagonia chilena en la ley para evitar conflictos interpretativos.

Adicionalmente, estimó necesario definir el concepto de “material biodegradable” a fin de dar certeza al alcance de la prohibición. Asimismo, sugirió sustituir la mención a “bolsas de polietileno” por la frase “que contengan polietileno”, pues muchas bolsas de género contienen plástico no biodegradable.

Finalmente, la señora Henríquez manifestó que resulta relevante que la ley establezca la forma de fiscalización y la aplicación de sanciones en caso de infracción.

Adicionalmente, el señor Rozzi destacó los atributos únicos de la ecoregión sub-antártica de Magallanes y la conveniencia de preservar y conservar los atributos naturales de la zona que podrían verse afectados por el uso de materiales contaminantes como las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros.

Por su parte, la Diputada señora Goic y el Diputado señor Accorsi coincidieron en señalar que están en general de acuerdo con la opinión del Ministerio, recordando que este proyecto de ley tiende a ser una iniciativa piloto, que permita evaluar la conveniencia de aplicar la prohibición a nivel nacional. Asimismo, coincidieron en la necesidad de regular las formas de fiscalización y sanciones aplicables.

Del mismo modo, el Diputado señor Sandoval se mostró partidario de definir específicamente el concepto de Patagonia chilena para los efectos de la aplicación de la presente ley.

VIII.- SINTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACION EN GENERAL.

No existieron opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación general.

IX.- DISCUSION PARTICULAR.

Vuestra Comisión, en la sesión celebrada el día 22 de enero del presente año, sometió a discusión particular el proyecto de ley adoptándose los siguientes acuerdos respecto de su texto:

“Artículo único.- "Sustitúyase por completo el uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y cualquier otro tipo de comercio para la contención y transporte de las mercaderías que expenden a sus clientes, quedando prohibido su uso dentro del territorio de la Patagonia chilena, siendo reemplazadas por aquellas de papel, género o algodón.

La total sustitución de las bolsas no biodegradables deberá verificarse transcurridos seis meses desde la publicación de la presente ley.

La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa que asciende desde una Unidad Tributaria Mensual".

-- La señora Goic, doña Carolina, y los señores Ascencio, Sandoval y Vargas presentaron indicación para agregar un artículo segundo nuevo del siguiente tenor:

“Artículo segundo.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Patagonia Chilena, aquella extensión de territorio que comprende la Provincia de Palena y las Regiones de Aysén y Magallanes.”.

-- Sometida a votación fue aprobada por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor la señora Goic, doña Carolina, y los Diputados señores Ascencio, don Gabriel; Baltolu, don Nino; Sandoval, don David, y Vargas, don Orlando).

-- La señora Goic, doña Carolina, y los señores Accorsi, Ascencio, Sandoval y Vargas presentaron indicación para sustituir su artículo único, que ha pasado a ser primero, del siguiente tenor:

“Artículo primero.- Prohíbese, a contar de un año desde la publicación de la presente ley, dentro del territorio de la Patagonia Chilena, la entrega de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.

La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto.”.

-- Sometida a votación fue aprobada por cuatro votos a favor, ninguno en contra y una abstención.

(Votaron a favor la señora Goic, doña Carolina, y los Diputados señores Ascencio, don Gabriel; Sandoval, don David, y Vargas, don Orlando. Se abstuvo el señor Baltolu, don Nino).

X.- ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISION.

No existen disposiciones en tal carácter.

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Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Zonas Extremas os recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo primero.- Prohíbese, a contar de un año desde la publicación de la presente ley, dentro del territorio de la Patagonia Chilena, la entrega de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.

La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto.

Artículo segundo.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Patagonia Chilena, aquella extensión de territorio que comprende la Provincia de Palena y las Regiones de Aysén y Magallanes.”.

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SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE, A DON DAVID SANDOVAL PLAZA.

SALA DE LA COMISIÓN, a 22 de enero de 2014.

Acordado en sesiones de 8, 15 y 22 de enero del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina; y de los Diputados señores Ascencio; don Enrique; Baltolu, don Nino; Sandoval, don David; Santana, don Alejandro; y Vargas, don Orlando.

1.3. Boletín de Indicaciones

Fecha 08 de abril, 2014. Boletín de Indicaciones

INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLÍMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

Boletín N° 9133-12

Al artículo 1°

Inciso primero

- De los diputados señores René Saffirio Espinoza, Diego Paulsen Kehr, Marcelo Schilling Rodríguez y René Manuel García García, para sustituir la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional”.

- De los diputados señores David Sandoval Plaza y Juan Enrique Morano Cornejo, para incorporar en el inciso primero, luego de la palabra “entrega”, la expresión “, venta y,o uso”.

***

1.4. Discusión en Sala

Fecha 08 de abril, 2014. Diario de Sesión en Sesión 9. Legislatura 362. Discusión General. Se aprueba en general.

PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN DE BOLSAS NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9133-12)

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena.

Diputado informante de la Comisión de Zonas Extremas es el señor David Sandoval.

Antecedentes:

-Moción, en sesión 82ª de la legislatura 361ª, en 10 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 9.

-Informe de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, sesión 120ª de la legislatura 361ª, en 28 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 10.

El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor SANDOVAL (de pie).-

Señor Presidente , paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena.

Se trata de una iniciativa originada en moción de la exdiputada señora Goic, doña Carolina ; de los exdiputados De Urresti y Accorsi , de las diputadas Rubilar , doña Karla , y Sepúlveda , doña Alejandra , y de los diputados Espinoza, don Fidel ; Sandoval , Silber , Teillier y Vallespín .

El proyecto fue aprobado en general por cinco votos a favor. No hubo abstenciones ni votos en contra. Votaron a favor los entonces diputados señora Carolina Goic y señores Gabriel Ascencio , Nino Baltolú y Orlando Vargas , y el diputado que habla.

Los autores de la moción señalan que si bien es cierto que las bolsas de polietileno brindan utilidad con ocasión del transporte de mercadería, no lo es menos que estas se han convertido en la principal contaminación de la Patagonia.

Muchos municipios han empezado a dictar ordenanzas locales en las que prohíben, con extraordinario éxito, su uso, ello sobre la base de hacer un símil con los municipios argentinos que, en la práctica, tienen vigente esta prohibición.

Agregan que, según cifras del Ministerio del Medio Ambiente, en Chile se utilizan cerca de 250 millones de bolsas plásticas al mes.

Concluyen que, además, debiera constituir un firme propósito la implementación de acciones que tiendan a sensibilizar, concientizar y educar a la sociedad, en su conjunto, sobre la necesidad de racionalizar el uso de bolsas de material no biodegradable, toda vez que, en particular en la Patagonia chilena, a causa de los fuertes vientos existentes, esos agentes contaminantes se trasladan hacia sectores como parques de la naturaleza, caminos, cercos, etcétera.

Un estudio encargado a la asesoría técnica parlamentaria de la Biblioteca del Congreso Nacional hace presente que, entre otros problemas ambientales, aparece el relacionado con el hecho de que el plástico, al no descomponerse en plazos de tiempo medio a largo, se acumula en vertederos y también en paisajes de nuestras comunas y regiones.

Hemos sabido del interés de que este tipo de iniciativas se aplique a nivel nacional. El tema se encuentra planteado y ya habrá tiempo para abordarlo.

Según el mismo estudio, en varios países se han dictado leyes para prohibir o restringir el uso de bolsas plásticas desechables, a nivel federal o nacional, estadual, provincial o regional, local o municipal. Asimismo, la mayoría de las normativas son de carácter legal, y unas pocas, de orden administrativo. Mis colegas podrán encontrar los detalles en el informe que tienen en sus pupitres electrónicos.

La moción original constaba de un artículo único, que disponía la sustitución completa del uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable en supermercados, almacenes, tiendas, quioscos y cualquier otro tipo de comercio, y prohibía su uso dentro del territorio de la Patagonia chilena. Dicha sustitución debía verificarse dentro del plazo de seis meses, contados desde la publicación de la ley. Su infracción sería sancionada con una multa de una unidad tributaria mensual.

En la discusión particular del proyecto se propuso introducir una gradación en la multa, y se redactó un artículo segundo, que define lo que se debe entender por zonas extremas.

En representación del Ejecutivo , la Comisión recibió el aporte de la señora Ingrid Henríquez , en aquel entonces jefa de la División Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente, y del señor Ricardo Rozzi , profesor titular de la Universidad de Magallanes y doctor por la Universidad de North Texas.

En el transcurso de la discusión general, se analizaron los detalles del proyecto y la necesidad de ampliar las medidas que incluya a otros sectores.

La señora Henríquez manifestó que no se observan fundamentos suficientes para limitar el alcance territorial de la idea matriz contenida en la iniciativa. (Hoy se ha planteado para el caso de un territorio en particular, pero ojalá se pueda aplicar en todo el país). Adicionalmente, estimó necesario definir el concepto de “material biodegradable”, a fin de dar certeza al alcance de la prohibición.

Asimismo, sugirió sustituir la mención “bolsas de polietileno” por la frase “que contengan polietileno”, pues muchas bolsas de género contienen plástico no biodegradable.

Por otra parte, el señor Rozzi destacó los atributos únicos de la ecorregión subantártica de Magallanes y la conveniencia de preservar y conservar los atributos naturales de la zona, que podrían verse afectados por el uso de materiales contaminantes, como las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros.

Por su parte, los entonces diputados señora Carolina Goic y señor Enrique Accorsi coincidieron en señalar que estaban en general de acuerdo con la opinión del ministro de entonces. Recuerdan que el proyecto tiende a ser una iniciativa piloto que permite evaluar la conveniencia de aplicar la prohibición a nivel nacional. Asimismo, coincidieron en la necesidad de regular las formas de fiscalización y sanciones aplicables.

Del mismo modo, quien habla se mostró partidario de definir específicamente el concepto “Patagonia chilena” para los efectos de la aplicación de la ley en tramitación. Sobre tal concepto fui consultado recientemente por los diputados señores Jaime Bellolio y Arturo Squella .

Hasta Puerto Montt, el límite con Argentina se define por la línea de las más altas cumbres de la cordillera de los Andes, pero desde Puerto Montt al sur el concepto de demarcación limítrofe internacional cambia y se basa en las divisorias locales de aguas. Ese es el concepto que diferencia lo que nosotros llamamos “Patagonia”, que abarca desde la provincia de Palena al sur.

Como consecuencia de lo expuesto, la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena recomienda la aprobación del texto propuesto en el informe -los colegas lo tienen en su poder-, el que he procurado sintetizar para facilitar su discusión.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Patricio Vallespin.

El señor VALLESPÍN.-

Señor Presidente , hace algún tiempo me referí a este proyecto de ley. Entiendo que el paso de la iniciativa por la Comisión de Zonas Extremas obedecía a ratificar o no algunos conceptos.

La iniciativa -es bueno que esté presente el ministro del Medio Ambiente - debe aprobarse en favor de nuestra Patagonia, en las condiciones en que se encuentra y con las precisiones que se requieran; después se podrá evaluar su aplicación para el resto del territorio nacional. Además, ello entrega una señal clara de la prioridad que ese territorio tiene para Chile, no obstante las tareas pendientes en relación con el mismo.

Invito a mis colegas a aprobar el proyecto, a fin de que pase al Senado y avance su discusión. Allí, con mayores antecedentes, se podrá evaluar si amerita aplicar sus normas a todo el territorio nacional. Tiendo a pensar que la Patagonia es un muy buen punto de partida para ello. Esa zona comprende un territorio con características especiales, donde queremos impulsar un turismo y un desarrollo sustentables.

Por lo señalado, votaremos favorablemente el proyecto.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente , valoro el proyecto de ley, aunque me gustaría tener claridad sobre algunas materias.

Primero, quiero saber qué comprende el concepto de “Patagonia chilena”. Todo el mundo dice pertenecer a ella. Los habitantes de Pucón señalan que forman parte de la Patagonia porque esta nace en Neuquén. Entonces, ¿cuáles son los límites de la Patagonia chilena?

Aunque parezca raro, algunos diputados creen que la Patagonia chilena comprende solamente Punta Arenas. Ello no es así. Por ello, me gustaría que el ministro defina el concepto de “Patagonia chilena”, además de consultarle qué territorios considerará la iniciativa y qué se quiere impulsar.

Valdivia nunca ha sido parte de la Patagonia; es un ramal de la misma, lo que es diferente. ¿Vamos a incluir esa zona?

A algunos colegas que creen que han descubierto la pólvora, les quiero decir que desde hace mucho tiempo que se encuentra prohibido en Pucón -ello se impulsó a través de una ordenanza municipal- el uso de bolsas plásticas. Hubo que consultar a la Contraloría si se podía aplicar la medida. Hoy, en Pucón, ningún supermercado puede utilizar bolsas plásticas. La norma funciona en plenitud. O sea, cuando existe voluntad para adoptar medidas convenientes, estas se aplican. Cuando se trata de una zona turística, todos queremos sacar adelante buenos planes.

Los dos ejes de La Araucanía son la agricultura y el turismo. El segundo comenzó a progresar, lo que es muy bueno.

No tengamos miedo. Recuerdo que hace años leí un artículo sobre la instalación de la luz eléctrica en Nueva York. La discusión versó no sobre los beneficios de la luz eléctrica en las calles para la población, sino sobre el impacto que representaría para las fábricas de velas. Aunque parezca increíble, la discusión era esa. Al final, se impuso la luz eléctrica, y todos quedaron muy contentos. Esto es lo mismo: no se trata solo de la Patagonia; el plástico representa un tremendo daño a la ecología. Antes de que comenzara a debatirse la iniciativa, el diputado Patricio Vallespín me señalaba que una botella de plástico demora mil años en degradarse. En consecuencia, le estamos haciendo un favor a casi cien generaciones futuras. En verdad, creo firmemente que hay que impulsar y aprobar este proyecto.

Otra cosa: siempre se le tiene miedo a lo desconocido. ¿Con qué vamos a reemplazar el plástico? Hay muchas maneras de hacer las cosas.

Este es un buen comienzo; es una buena señal hacia el turismo. No solamente la Patagonia está cubierta de estos elementos. Muy rara vez voy a la Región Metropolitana, pero sé que sus calles y sus basureros, incluso los que están al lado del aeropuerto, están llenos de plásticos. O sea, no es un problema que se produce solo en la Patagonia, sino que abarca incluso zonas del norte, donde sopla viento todo el día. Los diputados de Antofagasta también están defendiendo esta causa.

No podemos zonificar la ecología. Con este proyecto estamos diciendo que en la Patagonia chilena debe respetarse la ecología. ¿Y el resto del país no importa? Las leyes deben aplicarse en todo el país. Tal vez, la norma pueda aplicarse en la Patagonia como una especie de plan piloto, pero creo que se justifica plenamente que rija para todo el país, porque todos estamos inmersos en esta plaga, en este mal que significa el uso de las bolsas plásticas.

Por lo tanto, este proyecto merece ser aprobado. Este es un primer paso adelante. El Senado lo tratará en segundo trámite constitucional. Si allí se establece que lo señalado en la iniciativa debe extenderse a todo el país, indudablemente que vamos a aprobar esa idea, porque creemos que significa dar un paso gigantesco hacia la descontaminación visual. Además, como se sabe, la basura plástica tarda muchos años en degradarse. Un país que tiene un ambiente libre de contaminación es un país que progresa, es un país que se preocupa y -¡ojo!- es un país que respeta su Constitución, que garantiza ese derecho.

Hay muchos tipos de contaminación: la visual, la acústica, la que afecta al agua, al aire, etcétera. Por lo tanto, este proyecto este un paso importante para la descontaminación.

Algunos diputados movían la cabeza, como adueñándose de la Patagonia. Señor Presidente , la Patagonia es de todos los chilenos. El territorio nacional es de todos, e, indudablemente, su cuidado es deber del Congreso Nacional.

Felicito a los diputados por Punta Arenas, que, a pesar de no ser autores del proyecto, están absolutamente de acuerdo con él. Eso habla bien de ellos; eso habla de que quieren ecología, de que quieren descontaminar una de las zonas más bellas del mundo.

Hace unos días me tocó ir a Argentina. Mientras estaba allá, me dio un poco de lata ver un tremendo letrero que decía: “Venga a ver las Torres de Paine argentinas”. De verdad, no le apuntamos a ni una. Las Torres del Paine son chilenas y hay que defenderlas. Por eso, hay que priorizar todas las medidas que permitan a la gente de nuestra Patagonia tener un turismo ecológico, limpio y libre de contaminación, sin bolsas plásticas enganchadas en los bordes de los cercos de las estancias aledañas a nuestra Patagonia, territorio que se inicia, como ya lo dije, en Pucón.

Señor Presidente, apoyaremos con fuerza este proyecto para, por lo menos con nuestro voto, poner un grano de arena en favor de la descontaminación de nuestro país.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente , saco conclusiones del proyecto y también repito lo que ya se ha dicho: si en Argentina todas las municipalidades prohíben el uso de bolsas plásticas y multan fuertemente a quienes las botan en las redes públicas o hacen abuso del plástico, me pregunto por qué nosotros no hacemos lo mismo. A pesar de nuestra modernidad, en esta materia estamos un poquito atrasados.

El proyecto nos da la oportunidad de iniciar la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas plásticas, lo que ya debiera haber comenzado en algunas regiones. Por eso, la Patagonia, territorio que cubre gran parte del sur de Chile, está solicitando la promulgación de una ley que le permita abordar el impacto que genera el uso de las bolsas plásticas y el plástico en general.

Señor Presidente , quiero destacar un hecho interesante para los autores de la moción. Quizá, ya tienen conocimiento de él.

En la Región de Los Ríos se está llevando a cabo un plan piloto, apoyado por el gobierno alemán, sobre los basurales modernos. El proyecto enseña cómo se tratan en Europa los residuos plásticos, especialmente las bolsas plásticas que se desechan en forma de basura. Piensen ustedes que con ocasión de la desaparición de un avión malasio en el espacio aéreo del océano Índico, gran cantidad de información que se ha recibido ha sido errónea, porque lo que se avistó como posibles restos del avión no era más que basura que flota en los distintos espacios en que se concentra la búsqueda. Bueno, eso habla de que prácticamente todo el mar estaría contaminado, cuestión que debe preocuparnos. Y qué bueno que así sea, porque tenemos un territorio marítimo de enormes dimensiones.

La basura que hoy nos preocupa resulta, en su gran mayoría, de residuos plásticos, bolsas, empaques, botellas, etcétera. Por estas razones, considero muy acertado el proyecto que han presentado nuestros colegas, con la finalidad de proteger la región patagónica.

Pero esa preocupación no debiera centrarse solo en la Patagonia. Tal como comentaba el colega René Manuel García , diputado de la Novena Región de La Araucanía , debiera preocuparnos Chile entero, porque este tipo de contaminación está afectando al territorio nacional y, por qué no decirlo, también al planeta.

Por ello, es necesario que la prohibición propuesta se amplíe a todo el territorio del país. A lo mejor, con una indicación al proyecto, cuestión que no es difícil, podríamos construir una política general de sustitución de bolsas plásticas por productos menos agresivos.

Señor Presidente , considerando que la iniciativa es buena y que su objetivo principal es proteger una de las pocas zonas del país que no tiene una gran intervención humana y, a su vez, evitar la destrucción y contaminación del medio ambiente, de manera de proteger la flora y fauna, y evitar que productos dañinos y de baja degradación puedan escalar la contaminación de zonas que son reconocidas mundialmente como santuarios de la naturaleza, creo conveniente, con el debido respeto a los autores de la moción, perfeccionar el proyecto mediante una indicación, a fin de hacer extensiva al país entero la prohibición a que se hace referencia.

Chile no puede estar ajeno a lo que ya otros países están haciendo. Como dije hace un momento, en la Región de Los Ríos organismos alemanes están ayudando, a través de un plan piloto, a tratar todo tipo de basura.

Ahora, si por alguna razón los autores del proyecto no pudieran presentar alguna indicación, dejaremos esa tarea al Senado.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Boric.

El señor BORIC.-

Señor Presidente , valoro el trabajo de la Comisión de Zonas Extremas del periodo anterior. Asimismo, mis saludos a la ciudad de Pucón. Se plantea que allí ya se implementó lo que persigue la iniciativa en debate. Me parecería muy estéril entrar en la discusión de quién lo hizo primero. Lo importante es que esto se haga.

Es triste llegar a Punta Arenas, donde a veces tenemos ráfagas de viento de más de 100 kilómetros por hora, y ver las bolsas de Unimarc y Líder, empresas recién llegadas a la región, enganchadas en los arbustos. La verdad, es muy molesto.

Me alegra que la iniciativa, que -entiendo- impulsó en un comienzo la exdiputada Carolina Goic desde la Comisión de Zonas Extremas, cuente con apoyo transversal.

Solo me resta invitar a la Sala a aprobarla. Ojalá que la prohibición se extienda al resto del país. Creo que nadie busca descubrir la rueda ni mucho menos, sino impulsar una medida en una materia en la que estamos todos de acuerdo.

Me parece bueno, aunque sea en estos temas, que podamos tener un consenso amplio y dar una demostración de que en este espacio también podemos avanzar en cuestiones concretas, sencillas, pero que tienen un gran impacto en la vida cotidiana, por lo menos en la Región de Magallanes y la Antártica chilena, cuyo distrito tengo el honor de representar.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.

El señor ROBLES.-

Señor Presidente , desde el punto de vista de las personas, la prohibición que nos propone el proyecto de ley tiene mucha lógica. Hoy existe suficiente tecnología para reemplazar las bolsas de polietileno, de polipropileno y de otros polímeros. Haciendo uso de herramientas tecnológicas podemos conservar la naturaleza. Por lo tanto, estoy de acuerdo con el proyecto.

Sin embargo, hay algo que siempre me ha molestado, y es importante decirlo.

La región que represento está llena de bolsas de basura. Resulta impresionante ver el desierto lleno de basura. Cuando uno transita por el desierto, ve volar las bolsas de basura de un lado a otro de la carretera. Esto ocurre porque las personas que viajan en vehículo abren sus ventanillas y tiran bolsas plásticas con basura. Incluso más, si uno recorre Chile, ve que aparecen bolsas esparcidas en cualquier lado.

El proyecto es muy bueno, pero lo lógico es que su contenido rija en todo Chile, sobre todo si se considera que existe la tecnología suficiente para ello. Es más, existe la posibilidad de volver a lo que ocurría en el pasado, cuando los chilenos iban a la feria con su bolsita de compras. Cuando esas bolsas ya no servían, se botaban, pero eran biodegradables.

Me habría gustado proponer una indicación para que la futura ley sea aplicable no solo en la Patagonia, sino también en la Región de Atacama -a uno de cuyos distritos represento-, que también puede considerarse una zona aislada. Si vamos a implementar la iniciativa en el sur, ¿por qué no hacerlo en el norte? ¿Cuál es la razón para considerar que es más fácil aplicar la iniciativa en la Patagonia que en el norte? No encuentro fundamento para no hacerlo en todo Chile.

Con todo, hay un argumento de los diputados Sandoval y Vallespín que me hace fuerza: si no aprobamos este proyecto hoy -con él, además, daremos una señal política en el sentido de no utilizar más bolsas plásticas-, va a volver a la Comisión y el proceso se va a enlentecer. Por eso, en mi opinión, lo mejor es que ese aspecto del proyecto sea examinado durante el segundo trámite constitucional en el Senado. Aunque no me gusta el sistema bicameral, quizá allí el proyecto sea visto con una mirada nacional, de manera que una vez que se convierta en ley se aplique en todo Chile.

Conversaré con la senadora Isabel Allende y con el senador Baldo Prokurica para que apoyen la idea de que la futura ley se aplique en todo el país. Son evidentes los beneficios derivados de sustituir bolsas de polietileno, de polipropileno y de otros polímeros artificiales por bolsas biodegradables. Eso ya ocurre en países más desarrollados. Aquí, la tecnología está. Si se logra llevar a cabo un cambio masivo, el precio de la bolsa biodegradable va a disminuir. De hecho, uno de los argumentos que se esgrimen para explicar por qué no ha habido cambios en esta materia es que el costo de una de esas bolsas es mayor que el de las de polietileno. Ese cambio masivo ocurrirá en la medida en que tengamos una cultura ambiental.

Por eso, tal vez este proyecto no debe ser examinado solo por el Ministerio del Medio Ambiente, sino también por el de Educación. Muchas veces hemos planteado que mediante la educación de las personas se puede incidir para que, finalmente, no ocurran este tipo de cosas. El acto de abrir la ventana de un vehículo y botar una bolsa de basura en la carretera o en un lugar deshabitado, demuestra falta de cultura y de educación ambiental. En consecuencia, me parece muy relevante que incluyamos estos temas en la educación de las personas. Si fuésemos ciudadanos más educados, podríamos reciclar esas bolsas. Va a demorar que la cultura ambiental llegue a todos los ciudadanos. Por lo tanto, es necesario avanzar en iniciativas que prohíban el uso de polímeros artificiales, con el fin de utilizar solo bolsas biodegradables.

Vamos a aprobar el proyecto, con la salvedad señalada. Al respecto, me habría gustado proponer una indicación para que el contenido de la ley en proyecto fuese aplicable en todo el territorio nacional, de manera de dar una señal clara de que a los parlamentarios nos interesa que nuestro país avance en cultura ambiental. Sin embargo, para no retrasar el despacho del proyecto, vamos a hacer las gestiones para que ella se presente en el Senado.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Poblete.

El señor POBLETE.-

Señor Presidente, estoy gratamente sorprendido por esta propuesta y por la actitud de la mayoría de los diputados, quienes se han mostrado muy proclives a apoyar la iniciativa.

Por intermedio del señor Presidente , quiero expresar al señor ministro que somos muchos los que en este país esperamos que tenga una destacadísima presencia en temas relacionados con su cartera, en particular aquellos relacionados con la ecología y con otros respecto de las cuales hemos hecho la vista gorda en beneficio del mercado.

Fue impactante ver en su momento el documental presentado por el periodista Amaro Gómez-Pablos sobre la isla de la basura. En él se aprecia cómo el plástico desechado en el mundo ha ido generando islas de ese material y cómo los habitantes del planeta, así como su flora y fauna, se han visto severamente afectados por esta situación. En el documental queda claramente demostrado que los seres humanos -también las aves- terminamos comiendo pescados contaminados por efecto de esos basurales flotantes. Muchas aves mueren porque consumen, como parte de su dieta, los residuos que hemos ido tirando.

Me parece que la iniciativa debería funcionar como un plan piloto para ver si somos capaces de cambiar de actitud en relación con el uso no solo de las bolsas plásticas, sino de los plásticos en general. Pronto deberíamos tener una ley de reciclaje que establezca que cada empresa que utilice envases de material plástico se haga cargo de su recuperación y reciclaje, de modo de reemplazar todo el plástico en circulación o bien darle un manejo inteligente, que es lo que Chile necesita y espera.

Reitero mi más profundo respeto por esta propuesta, que cuenta con mi apoyo.

El ministro debe saber que contará con aliados leales. Que la energía y la fuerza lo acompañen. Cuente con nosotros, pues todos los diputados se han mostrado proclives a apoyar la iniciativa.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Farcas.

El señor FARCAS.-

Señor Presidente, quiero apoyar lo que han expresado varios diputados y diputadas.

Esta medida es adecuada, pertinente y va en el sentido correcto. Ojalá se implemente en todo el territorio nacional.

Se ha esgrimido que hay que partir por algo. Hay ejemplos de medidas similares adoptadas en algunas localidades del país, las que han sido muy efectivas y exitosas. Por lo tanto, solicito que el Ejecutivo estudie la posibilidad de que, una vez aprobada esta medida -la celebramos y estamos de acuerdo con ella, pues va a contribuir no solo a cuidar el turismo y el medio ambiente, sino también al prestigio de nuestro país en el cuidado de este-, se extienda a todo el territorio nacional.

Es una posibilidad cierta. Por eso, esperamos contar con el apoyo del Ejecutivo para implementarla.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Sandoval.

El señor SANDOVAL .-

Señor Presidente , por su intermedio solo quiero hacerle algunas aclaraciones de contenido al diputado René Manuel García , quien se encuentra aquí presente, en relación con su duda sobre qué se entiende por “Patagonia chilena”. Ello se encuentra contenido en el artículo segundo del proyecto de ley en discusión.

Al respecto, los límites internacionales con Argentina se definen hasta Puerto Montt por la línea de las más altas cumbres. De Puerto Montt al sur, la demarcación limítrofe internacional no corresponde a la línea de las más altas cumbres, sino a las divisorias locales de agua, lo que se correlaciona precisamente con el carácter que tiene ese relieve. Por ello el carácter tan peculiar de los límites de la zona extrema sur de nuestro país.

Desde un punto de vista básico, la definición de “zona patagónica” comprende la actual provincia de Palena y las regiones de Aysén y Magallanes .

Por otra parte, valoramos el interés de que esta iniciativa tenga un nacional. Ello, obviamente, va en la dirección adecuada; sería lo correcto y lo que todos queremos.

También valoramos los esfuerzos realizados por varios municipios, no únicamente los aquí mencionados. Son muchos los que han elaborado normas en el sentido de la iniciativa, y con bastante buenos resultados. Lamentablemente, los municipios se sostienen sobre la base de ordenanzas municipales, que muchas veces chocan con las debilidades que ellos mismos tienen en cuanto a fiscalización y control. Por ello, esta materia a dado pie a la presentación de un proyecto de ley.

Asimismo, valoro la motivación y el interés de parlamentarios de otros distritos en este asunto. No es adecuado ver en parte del desierto bolsas plásticas volando.

Lo analizado en la Comisión constituye una idea que puede plantearse con carácter de plan piloto. Es más, se presentó una indicación en tal sentido. El artículo primero contiene la prohibición de entrega de bolsas no biodegradables.

La iniciativa va en la dirección de hacernos cargo de una realidad.

Por último, nos alegramos de que esta iniciativa genere entusiasmo en otros actores, que también tienen el legítimo derecho a eliminar este problema, presente en todos los pueblos, ciudades, comunas y regiones de nuestro país.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Rocafull.

El señor ROCAFULL .-

Señor Presidente , quiero sumarme a esta gran iniciativa. Aplaudo que diferentes sectores estemos prácticamente de acuerdo. Esto marca un hito importante en nuestro país.

Sin embargo, como habitante de una zona extrema, me gustaría que mi región y, lógicamente, el país se consideraran en esta idea.

El presente proyecto marca la real conciencia que tenemos respecto del medio ambiente, las generaciones futuras, el aumento de la calidad de vida y, por supuesto, el mejoramiento de nuestra imagen de país.

Por eso aprovecho esta oportunidad -es claro que existe unanimidad en la Sala para aprobar el proyecto- para pedir que realicemos un esfuerzo a fin de extender el alcance de esta iniciativa a todo el país. La situación que nos ocupa es una pesadilla en cada parte del territorio nacional. Creo que todo Chile merece la misma calidad de vida.

Por lo tanto, pido formalmente que se amplíe el alcance del presente proyecto a todo el país.

Muchas gracias.

He dicho

El señor CORNEJO (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor CORNEJO ( Presidente ).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena.

Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 108 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; De Mussy Hiriart Felipe; Edwards Silva José Manuel; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; Gahona Salazar Sergio; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernando Pérez Marcela; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Sommerhoff Felipe; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Mirosevic Verdugo Vlado; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto de ley vuelve a comisión para su segundo informe.

-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:

Al artículo 1°

Inciso primero

- De los diputados señores René Saffirio Espinoza, Diego Paulsen Kehr, Marcelo Schilling Rodríguez y René Manuel García García, para sustituir la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional”.

- De los diputados señores David Sandoval Plaza y Juan Enrique Morano Cornejo, para incorporar en el inciso primero, luego de la palabra “entrega”, la expresión “, venta y,o uso”.

1.5. Segundo Informe de Comisión de Zonas Extremas

Cámara de Diputados. Fecha 08 de abril, 2014. Informe de Comisión de Zonas Extremas en Sesión 12. Legislatura 362.

BOLETIN N° 9133-12-2

SEGUNDO INFORME DE LA COMISION DE ZONAS EXTREMAS Y ANTARTICA CHILENA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA PROHIBICION Y SUSTITUCION PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLIMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

_____________________________________________________________

HONORABLE CAMARA:

Vuestra Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena pasa a informar, en segundo trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen en una moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, y se encuentra sin urgencia.

2.- Discusión particular.

La indicación presentada en la Sala por los Diputados señores Saffirio, Paulsen, Schilling y García, para sustituir la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional” fue rechazada por 11 votos en contra, ninguno a favor y ninguna abstención.

La indicación presentada en la Sala por los Diputados señores Morano y Sandoval fue retirada por sus autores.

La Comisión aprobó dos nuevas indicaciones presentadas durante la discusión de este segundo informe, según él mismo da cuenta más adelante.

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de vuestra Comisión, el texto del proyecto en informe no contiene normas orgánicas constitucionales ni de quórum calificado.

4.- Diputado Informante.

La Comisión designó como informante al Diputado señor Sandoval, don David.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

En sesión celebrada el día 8 de abril del año en curso, la Sala de la Corporación prestó su aprobación, en general, al proyecto en informe y, acogiendo sendas indicaciones de algunos señores Diputados, lo remitió a esta Comisión para un Segundo Informe.

El proyecto de que se trata apunta a lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia.

La moción consta de dos artículos permanentes. El primero dispone la sustitución completa del uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y cualquier otro tipo de comercio, prohibiéndose su uso dentro del territorio de la Patagonia Chilena. Dicha sustitución deberá verificarse dentro del plazo de un año contado desde la publicación de la ley. Su infracción será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales. El artículo segundo establece aquello que se entiende por “Patagonia Chilena” para los efectos de esta ley.

-----------------------------------

En conformidad con lo preceptuado por el artículo 288 del Reglamento de la Corporación, en este Informe corresponde consignar:

III.- ARTICULOS QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES PARA LOS EFECTOS DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO 131, INDICANDO CUALES DE ELLOS CONTIENEN MATERIAS QUE DEBEN SER APROBADAS CON QUORUM ESPECIAL, PARA LOS EFECTOS DE SU VOTACION EN PARTICULAR, SEGÚN LO PREVIENE EL INCISO PRIMERO DEL ARTICULO 309 DE LA LEY N° 18.918.

En dicha situación se encuentra el artículo segundo del proyecto, el que no necesita, para su aprobación, de quórum especial.

IV.- ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.

En relación con esta materia, el proyecto que se somete a consideración de la Sala no contiene normas de rango orgánico constitucional ni requiere para su aprobación de quórum calificado.

V.- ARTICULOS SUPRIMIDOS.

No existen artículos en tal calidad.

VI.- ARTÍCULOS MODIFICADOS.

Ambos artículos del proyecto fueron modificados mediante las indicaciones que se señalan:

-- De los señores Morano y Sandoval, para intercalar en el inciso primero de su artículo primero, después de la expresión “la entrega” la frase “a cualquier título”.

-- Puesta en votación fue aprobada por unanimidad.

(Votaron a favor las señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).

-- De los señores Trisotti y Ward, para agregar en el inciso segundo de su artículo primero, después de su punto final (.), que pasa a ser coma (,), la expresión “el que deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia.”.

-- Puesta en votación fue aprobada por unanimidad.

(Votaron a favor las señoras Alvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).

VII.- ARTICULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.

No hay artículos en tal calidad.

VIII.- ARTICULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, el proyecto en Informe no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.

IX.- INDICACIONES RECHAZADAS.

Se encuentra en tal condición la indicación presentada por los señores Saffirio, Schilling y García, que tenía por objeto sustituir, en el inciso primero de su artículo 1°, la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional”, la que fue rechazada por la unanimidad de las señoras y señores Diputados presentes (11).

(Votaron en contra las señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).

Durante su discusión las señoras y señores Diputados estimaron que extender la prohibición de entregar bolsas plásticas a nivel nacional podría entrampar el avance legislativo del proyecto. En ese contexto, sugirieron mantener la actual redacción de tal forma que se pueda ejecutar un plan piloto de la iniciativa en la Patagonia Chilena, y que, en caso de que ésta resulte beneficiosa, hacer los esfuerzos para extenderla a nivel nacional.

Por otra parte, cabe hacer presente que la segunda indicación presentada en la Sala, que incorporaba en el inciso primero del mismo artículo, luego de la palabra “entrega”, la expresión “,venta y, o uso” fue retirada por sus autores señores Morano y Sandoval.

X.- TEXTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFIQUE O DEROGUE.

El articulado del proyecto no modifica ni deroga ningún cuerpo legal vigente.

----------------------------------

Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena os recomienda la aprobación del siguiente:

P R O Y E C T O D E L E Y:

“Artículo primero.- Prohíbese, a contar de un año desde la publicación de la presente ley, dentro del territorio de la Patagonia Chilena, la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.

La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia.

Artículo segundo.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Patagonia Chilena, aquella extensión de territorio que comprende la Provincia de Palena y las Regiones de Aysén y Magallanes.”.

************************

SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE, A DON DAVID SANDOVAL PLAZA.

SALA DE LA COMISIÓN, a 8 de abril de 2014.

Acordado en sesión de 8 de abril del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y de los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward.

Pedro N. Muga Ramírez

Abogado, Secretario de la Comisión

1.6. Discusión en Sala

Fecha 24 de abril, 2014. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 362. Discusión Particular. Pendiente.

PROHIBICIÓN DE USO Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE BOLSAS NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA(Primer trámite constitucional. Boletín N° 9133-12)

El señor CARMONA ( Presidente en ejercicio).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

Diputado informante de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena es el señor David Sandoval.

Antecedentes:

-Segundo informe de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, sesión 12ª de la presente legislatura, en 15 de abril de 2014. Documentos de la Cuenta N° 4.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor SANDOVAL (de pie).-

Señor Presidente , en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, me corresponde informar ante esta Sala, en su segundo trámite reglamentario y primero constitucional, respecto del proyecto de ley que establece la prohibición de uso y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena, iniciado en moción de las señoras Carolina Goic , Karla Rubilar y Alejandra Sepúlveda , y de los señores Accorsi , De Urresti , Espinoza, don Fidel ; Sandoval , Silber , Teillier y Vallespín, la que se encuentra sin urgencia.

Debo recordar a mis colegas que en la sesión celebrada el 8 de abril del año en curso, esta Sala prestó su aprobación en general al proyecto en informe y después de acoger indicaciones de algunos señores diputados, lo remitió a esta Comisión para un segundo informe.

El proyecto de que se trata apunta a lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y de los recursos naturales de la Patagonia.

La moción consta de dos artículos permanentes.

El artículo primero dispone la sustitución completa del uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable en supermercados, almacenes, tiendas, quioscos y cualquier otro tipo de comercio, prohibiéndose su uso dentro del territorio de la Patagonia chilena. Dicha sustitución deberá verificarse dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de la ley, y su infracción será sancionada con una multa de una unidad tributaria mensual.

El artículo segundo establece lo que se entiende por Patagonia chilena para los efectos de la ley.

Durante la discusión de la iniciativa en el segundo trámite reglamentario, la Comisión aprobó por unanimidad dos indicaciones.

La primera, presentada por los diputados señores Morano y Sandoval , para intercalar, en el inciso primero del artículo primero, después de la expresión “la entrega”, la frase “a cualquier título”.

La segunda, de los diputados señores Trisotti y Ward , para agregar, en el inciso segundo del artículo primero, después del punto final (.), que pasa a ser coma (,), la expresión “el que deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia.”. La indicación se refiere al reglamento.

Del mismo modo, la Comisión rechazó por unanimidad la indicación presentada por los diputados señores Saffirio , Schilling y García , que tenía por objeto sustituir, en el inciso primero del artículo primero, la expresión “de la Patagonia chilena” por el vocablo “nacional”, en atención a que se estimó que extender la prohibición de entregar bolsas plásticas a nivel nacional podría entrampar el avance legislativo del proyecto.

En ese contexto, se consideró pertinente mantener la actual redacción, de forma que se pueda ejecutar un plan piloto de la iniciativa en la Patagonia chilena, y, en caso de que esta resulte beneficiosa, hacer los esfuerzos para extenderla a nivel nacional, en el entendido de que las bolsas son un problema en todo el país.

Por otra parte, cabe hacer presente que la segunda indicación presentada en la Sala, que incorporaba, en el inciso primero del artículo primero, luego de la palabra “entrega”, la expresión “venta y, o uso”, fue retirada por sus autores.

Por último, es preciso señalar que el proyecto que se somete a la consideración de la Sala no contiene normas de rango orgánico constitucional ni requiere para su aprobación quorum calificado. Asimismo, que la iniciativa no requiere ser conocida por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia financiera o presupuestaria del Estado.

Por lo tanto, se somete nuevamente a la consideración de la Sala.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Daniel Farcas.

El señor FARCAS.-

Señor Presidente , el proyecto tendrá una radical preponderancia en las políticas que a futuro se puedan implementar en materia medioambiental a lo largo del país.

En debates anteriores acerca de esta temática, manifestamos que hay paradigmas que pueden ser implementados a partir de experiencias piloto en algunas zonas del país, las que podrían ser replicadas después en todo Chile.

En materia medioambiental es probable que esta sea, junto con otras, una de las iniciativas más innovadoras que hemos visto, respecto de las cuales muchos tenemos la esperanza de que puedan ser replicadas rápidamente.

Creo que no solo hay que apoyar tales iniciativas, sino también analizar la experiencia de otros municipios que implementaron medidas similares y adoptar otras, ojalá en el corto plazo, con la ayuda de la microempresa, para integrarlas y aplicarlas a la brevedad en todo el país.

Como manifesté, ojalá el ministro del Medio Ambiente adopte una política de esta naturaleza para todo Chile, que replique esto con urgencia.

Por lo tanto, anuncio que apoyaremos en forma muy especial el proyecto.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Juan Enrique Morano.

El señor MORANO .-

Señor Presidente , si bien la iniciativa abarca una porción del territorio nacional que conocemos como Patagonia, tenemos la esperanza de hacerla extensiva algún día al resto del país.

Ayer algunos colegas se preguntaban por qué no aplicar esta norma en Isla de Pascua o en Juan Fernández. Pero, como lo acaba de expresar el colega Farcas , este es el primer paso, que servirá para medir el impacto que tendrá la medida propuesta y para analizar de qué forma podemos mejorar lo que hoy acordemos.

La iniciativa es, además, la muestra de un trabajo colaborativo con todos los municipios de la región, cuyos alcaldes, en forma proactiva, han dictado ordenanzas municipales en el mismo sentido.

La ley reforzará esas normativas municipales, para que en el mediano plazo no se usen más bolsas plásticas no biodegradables en la Patagonia chilena, pues provocan mucho daño al medio ambiente.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente , algunos colegas han manifestado que la iniciativa debiera volver nuevamente a la comisión técnica, porque aquí no se trata solo de la contaminación de las bolsas plásticas no biodegradables, sino también de que podríamos analizar la forma de terminar con tanto daño que se le está haciendo hoy al medio ambiente.

Como muestra de ello me referiré a lo que sucede con el río Bueno, que es muy especial para la Región de Los Ríos.

Ayer, el consejo regional de Los Ríos aprobó un proyecto de piscicultura, de entre veinte que estaban postulando, en el río Bueno, el torrente más limpio y quizá el más hermoso del sur de Chile.

Contaminación y más contaminación. Y la institucionalidad medioambiental la permite mediante la autorización de tales proyectos.

Entonces, decimos que queremos elaborar proyectos de ley que beneficien al medio ambiente, y, sin embargo, por otro lado, le estamos dando duro a un país que todavía no se encuentra tan contaminado.

Cuando comenzamos a analizar el proyecto, expresé que lo consideraba muy bueno, ya que su objetivo principal es proteger a una de las pocas zonas del país que aún no sufren gran intervención humana, evitar la contaminación de santuarios de la naturaleza mundialmente reconocidos y proteger su flora y fauna.

Asimismo, manifesté que era deseable que la iniciativa incluyera a todo el territorio nacional. Seguramente, me calificarán de “fantasioso”; pero creo que, de una vez por todas, debemos concebir este proyecto de ley como un ejemplo para el futuro cercano de la debida actuación del Poder Legislativo en materia de medio ambiente, porque no solo una parte de Chile es valiosa, sino el país entero.

Por eso, lamento que la Comisión de Zonas Extremas haya desperdiciado la oportunidad de ampliar la aplicación de la futura ley a todo territorio nacional y se haya limitado únicamente a realizar modificaciones formales.

A mi juicio, lo peor es que cometió un error técnico-legislativo, al establecer la dictación del reglamento antes de la entrada en vigencia de la ley. No puede dictarse un reglamento antes de que la ley correspondiente entre en vigor.

Espero que eso se tome en cuenta y que quede establecido en el Boletín de Sesiones.

Repito, según entiendo, el reglamento se dicta a partir del imperativo legislativo y no al revés. La norma legal propuesta señala que el reglamento “deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia”. Lo correcto era establecer la dictación del referido reglamento en un plazo equis, contado desde la entrada en vigencia de la ley, ya que la fórmula empleada equivale, en buen chileno, a “colocar la carreta delante de los bueyes”. Así de simple.

Espero que se corrija el defecto, a fin de tener una buena norma regulatoria.

Parece que no se dieron las cosas para analizar este buen proyecto de ley en la presente sesión, pues ya se entiende rechazado y que volverá al primer lugar de la Tabla de la Comisión de Zonas Extremas.

Asimismo, pido, con el debido respeto a los autores del proyecto, la diputada Alejandra Sepúlveda , el entonces diputado Alfonso de Urresti , los diputados Fidel Espinoza , David Sandoval , Guillermo Teillier y Patricio Vallespín, que cuando la iniciativa vuelva a la comisión respectiva, tengan la deferencia de asistir a la discusión en esa instancia para analizar lo que considero un error técnico-legislativo sobre la dictación del reglamento, ya que, como manifesté, no se debe colocar “la carreta delante de los bueyes”.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada señora Jenny Álvarez.

La señora ÁLVAREZ (doña Jenny).-

Señor Presidente , el proyecto en discusión, que propone la prohibición de uso y sustitución progresiva de las bolsas no biodegradables en supermercados, almacenes, tiendas, quioscos y demás establecimientos del comercio para la contención y el transporte de las mercaderías que expenden a sus clientes, legisla sobre un problema en que han trabajado varios municipios durante mucho tiempo, debido a que las bolsas plásticas contaminan y afean el paisaje. Por ejemplo, Futaleufú, que es una de las comunas del distrito que represento y que pertenece a la provincia de Palena, ha iniciado varios proyectos con ese objetivo, para lo cual se han dictado los decretos municipales respectivos; a su vez, la comuna de Queilén ha implementado la campaña “Queilén sin bolsas plásticas”.

Debemos respaldar la iniciativa que se somete a nuestra consideración, porque si bien sus disposiciones solo dicen relación con la Patagonia, puede ser considerada como un plan piloto para la futura prohibición del uso de bolsas no biodegradables a nivel nacional, porque creo que nadie está en desacuerdo con que la utilización de bolsas plásticas contamina y colapsa los vertederos.

En consecuencia, junto con hacer un reconocimiento a los municipios de la provincia de Palena, que han trabajado con intensidad en eliminar la utilización de las bolsas plásticas, espero que se apruebe el proyecto en discusión, para que tengamos otras zonas libres de ese tipo de contaminación.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Iván Fuentes.

El señor FUENTES.-

Señor Presidente , felicito a los autores del proyecto, en especial a la entonces diputada y actual senadora señora Carolina Goic y al diputado señor David Sandoval , entre otros.

La irresponsabilidad del ser humano ha generado catástrofes como aluviones, tornados y el aumento del cáncer a la piel, debido al cambio climático. Los seres humanos nos hemos autoinferido muchas de las grandes heridas que hoy nos afectan al haber dañado la naturaleza.

Quiero decir con fuerza que la casa donde vivimos no es el techo que nos cubre, sino el entorno, el aire, el agua, la tierra. Cada vez que dañamos la naturaleza, perjudicamos un poco más la casa que alberga la existencia humana. Entonces, cobra mucha importancia el comienzo de la búsqueda de soluciones.

Alguien planteó por qué nos se extendía la prohibición del uso de bolsas plásticas a todo Chile; pero tenemos que empezar por alguna parte. ¡Qué mejor que una tierra bendita por la mano de Dios, como el extremo sur de Chile, para comenzar a establecer un llamado al orden, a la voluntad y a la responsabilidad con la vida y la naturaleza, para que heredemos un mundo diferente a los que vienen, a nuestros hijos, a nuestros nietos y a los que lo habitarán en ciento cincuenta años más!

Este debate es importante, porque cuando dejamos estas materias a la conciencia del ser humano, casi la totalidad de nosotros cesamos de ser responsables en algún minuto. Por eso, además de crear conciencia sobre el problema, hay que dictar una ley, a fin de que cumplamos con el cuidado de nuestro entorno porque queremos o porque existe una legislación. Hay gente que cumple porque quiere; pero es poca la que hace ese esfuerzo, son pocos los que sienten la naturaleza como algo que no es propio, sino de toda la humanidad. Al haber una ley, los que no entendieron por conciencia lo que debían hacer, tendrán que hacerlo de acuerdo con lo que establece la ley.

Por lo tanto, apoyo el proyecto con toda la fuerza de mi corazón, porque tiene que ver con mi tierra, con mi pueblo, con mis hijos y porque tendrá mucho que ver con la descendencia de esos hijos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Santana.

El señor SANTANA.-

Señor Presidente , me sumo a las felicitaciones a los autores de la iniciativa en debate, entre ellos la entonces diputada señora Carolina Goic , actual senadora, y el diputado señor David Sandoval , puesto que está en la línea de combatir los efectos y los impactos que han sufrido no solo la zona austral y la Patagonia chilena, sino todo el país.

Hemos sido víctimas y muchas veces cómplices de políticas medioambientales que no satisfacen ni resguardan los intereses de los ciudadanos, de la gente que vive en nuestro territorio. La utilización de bolsas no biodegradables genera efectos negativos en materia de sustentabilidad de los recursos naturales, los cuales abarcan todo el territorio. Muchas industrias dañan el borde costero y transforman muchos terrenos en grandes basurales llenos de bolsas plásticas, de manera que se deben valorar las iniciativas que tienen por objeto solucionar ese problema.

En consecuencia, el diputado señor David Sandoval ha hecho un excelente trabajo en ese sentido, puesto que ha establecido un gran compromiso con su comunidad y con Chile, al ser uno de los autores de esta futura ley, la cual debe ser vinculante no solo para la Patagonia chilena, sino para todo el país.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente , felicito a los autores de la moción, las diputadas señoras Karla Rubilar y Alejandra Sepúlveda ; la entonces diputada señora Carolina Goic , los diputados señores Fidel Espinoza , David Sandoval , Guillermo Teillier , Patricio Vallespín, y los entonces diputados señores Enrique Accorsi y Alfonso de Urresti, puesto que sin perjuicio de la utilidad que prestan las bolsas plásticas para la contención y el transporte de mercaderías, son una de las principales causas de contaminación. La utilización y el posterior desecho de las bolsas no biodegradables ha sido la causa la muerte de muchos animales y aves en la Patagonia, incluso de ballenas.

En el país se usan 250 millones de bolsas plásticas al mes, de la cuales el 90 por ciento termina en los vertederos, a diferencia de lo que ocurre en otros países, en los que el uso de este tipo de bolsas ha sido totalmente prohibido o ha sido gravado con un impuesto.

En el caso del proyecto en discusión, se propone que la infracción de la prohibición que se establece será sancionada con una multa de 1 a 5 UTM.

En el curso de la discusión de la iniciativa, las autoridades del Ministerio del Medio Ambiente de la época plantearon algunos reparos, que compartimos, en cuanto a la dificultad para fiscalizar y a que esta proposición esté limitada a la Patagonia, los que fueron acogidos en forma parcial.

Coincido con los autores de la moción respecto de que la aplicación de la futura ley en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena servirá como experiencia piloto para su posterior extensión al resto del país. Espero que esa ampliación sea resuelta en el corto plazo, ante la evidencia que hay sobre el daño que ocasionan las bolsas plásticas al medio ambiente, oportunidad en la que espero se pueda discutir la prohibición de otros elementos de uso habitual hechos con el mismo material, como las botellas, ya que si se trata de evitar la contaminación con productos que no se reciclan con rapidez, no hay motivo para no estudiar todas las alternativas.

En consecuencia, el proyecto de ley en discusión es un avance en materia medioambiental que debemos apoyar.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Rathgeb.

El señor RATHGEB .-

Señor Presidente , antes de intervenir consulté por qué no se extendía la cobertura de lo que propone la iniciativa al resto del país. Me señalaron que había una serie de problemas en torno a esta situación que obligaban a avanzar de a poco.

Es importante destacar lo planteado por el colega Iván Fuentes respecto de lo que significa el cuidado del medio ambiente y de qué país dejaremos a nuestros hijos.

El proyecto que estamos debatiendo es muy loable, de manera que lo voy a apoyar, porque es el punto de partida para hacer extensivo este tipo de iniciativas al resto de Chile, a fin de entregar, como señalé, un mejor país a nuestros hijos para que puedan disfrutar de un medio ambiente libre de contaminación. La naturaleza está siendo devastada cada vez más en distintos aspectos, y la utilización de productos como los señalados contribuye a ello.

Señor Presidente , anuncio que votaré a favor el proyecto, porque nos permitirá salir muy fortalecidos para impulsar iniciativas de esta naturaleza para el resto del país.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor Roberto Poblete.

El señor POBLETE.-

Señor Presidente, me sumo a las felicitaciones a los diputados que presentaron la moción, porque es necesario e indispensable que nos hagamos cargo de muchas materias que hemos dejado un poco de lado.

Hace poco fuimos muy impactados por un documental de un periodista de Televisión Nacional, llamado “La isla de la basura”, que da cuenta de algunos lugares en los que se concentra el plástico que usamos, que tiramos y que va a parar al mar. En el océano Pacífico se formó una isla de desechos plásticos de 1.400.000 kilómetros cuadrados. El 80 por ciento de ese material fue aportado desde tierra y el 20 por ciento, desde los barcos.

Debemos preocuparnos de este tema en forma urgente. Está de más decir que todo lo que va a parar al mar vuelve a nuestra mesa, ya que la fauna marina consume esos plásticos y luego nosotros comemos productos de esa fauna marina, por lo que nos estamos envenenando en un círculo completamente vicioso.

Esta iniciativa, como proyecto piloto -así lo describió el diputado Daniel Farcas -, es un buen inicio. Pero me parece que debiéramos acelerar el proceso para que todo el país se haga cargo del destino de las botellas y de los envases de plástico. Una medida que podría aplicarse es que cada empresa que use esos productos se haga cargo de reciclarlos y de quitarlos de circulación una vez que ya no se utilicen.

Por lo expuesto, anuncio que votaré a favor el proyecto.

He dicho.

El señor CARMONA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.

El señor SANDOVAL .-

Señor Presidente , en nombre de los autores de la moción, agradezco las palabras, la apreciación, las visiones y el interés en que un proyecto de esta naturaleza también se aplique a nivel nacional.

Los autores de la iniciativa hemos acogido la observación oportuna e inteligente del diputado Enrique Jaramillo sobre un error técnico-legislativo contenido en la redacción del inciso segundo del artículo primero de la iniciativa, que debemos corregir. Dicho inciso dispone que el reglamento que se dicte “deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia.”. El señor diputado tiene toda la razón en que se trata de un contrasentido desde el punto de vista de la técnica legislativa, que hay que corregir. Esta materia se trató en la Comisión y se señaló que el reglamento debe publicarse seis meses después de que la ley entre en vigencia. Reitero, los diputados patrocinantes del proyecto hemos concordado en que debemos corregir la redacción del inciso. No queremos que esta muy buena idea, que ha sido destacada por todos los parlamentarios, se envíe con ese error al Senado.

Por ello, señor Presidente, solicitamos que el proyecto vuelva a la Comisión para efectuar la referida corrección.

He dicho.

El señor CARMONA ( Presidente en ejercicio).-

¿Habría acuerdo para acceder a la petición del diputado señor David Sandoval?

Acordado.

1.7. Nuevo Segundo Informe de Comisión de Zonas Extremas

Cámara de Diputados. Fecha 07 de mayo, 2014. Informe de Comisión de Zonas Extremas en Sesión 24. Legislatura 362.

?BOLETIN N° 9133-12-2-N

NUEVO SEGUNDO INFORME DE LA COMISION DE ZONAS EXTREMAS Y ANTARTICA CHILENA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA PROHIBICION Y SUSTITUCION PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLIMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

_____________________________________________________________

HONORABLE CAMARA:

Vuestra Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, en conformidad con lo preceptuado por la letra c) del artículo 111 del Reglamento de la Corporación, pasa a informar, en segundo trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen en una moción de las señoras Goic, doña Carolina, Rubilar, doña Karla, y Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Accorsi, don Enrique; De Urresti, don Alfonso; Espinoza, don Fidel; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel; Teillier, don Guillermo, y Vallespín, don Patricio, y se encuentra sin urgencia.

2.- Discusión particular.

La indicación presentada en la Sala por los Diputados señores Saffirio, Paulsen, Schilling y García, para sustituir la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional” fue rechazada por 11 votos en contra, ninguno a favor y ninguna abstención.

La indicación presentada en la Sala por los Diputados señores Morano y Sandoval fue retirada por sus autores.

La Comisión aprobó dos nuevas indicaciones presentadas durante la discusión de este segundo informe, según él mismo da cuenta más adelante.

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de vuestra Comisión, el texto del proyecto en informe no contiene normas orgánicas constitucionales ni de quórum calificado.

4.- Diputado Informante.

La Comisión designó como informante al Diputado señor Sandoval, don David.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

En sesión celebrada el día 8 de abril del año en curso, la Sala de la Corporación prestó su aprobación, en general, al proyecto en informe y, acogiendo sendas indicaciones de algunos señores Diputados, lo remitió a esta Comisión para un Segundo Informe.

El proyecto de que se trata apunta a lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia.

La moción consta de dos artículos permanentes. El primero dispone la sustitución completa del uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y cualquier otro tipo de comercio, prohibiéndose su uso dentro del territorio de la Patagonia Chilena. Dicha sustitución deberá verificarse dentro del plazo de un año contado desde la publicación de la ley. Su infracción será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales. El artículo segundo establece aquello que se entiende por “Patagonia Chilena” para los efectos de esta ley.

-----------------------------------

En conformidad con lo preceptuado por el artículo 288 del Reglamento de la Corporación, en este Informe corresponde consignar:

III.- ARTICULOS QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES PARA LOS EFECTOS DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO 131, INDICANDO CUALES DE ELLOS CONTIENEN MATERIAS QUE DEBEN SER APROBADAS CON QUORUM ESPECIAL, PARA LOS EFECTOS DE SU VOTACION EN PARTICULAR, SEGÚN LO PREVIENE EL INCISO PRIMERO DEL ARTICULO 309 DE LA LEY N° 18.918.

En dicha situación se encuentra el artículo segundo del proyecto, el que no necesita, para su aprobación, de quórum especial.

IV.- ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.

En relación con esta materia, el proyecto que se somete a consideración de la Sala no contiene normas de rango orgánico constitucional ni requiere para su aprobación de quórum calificado.

V.- ARTICULOS SUPRIMIDOS.

No existen artículos en tal calidad.

VI.- ARTÍCULOS MODIFICADOS.

Ambos incisos del artículo primero del proyecto fueron modificados mediante las indicaciones que se señalan:

-- De los señores Morano y Sandoval, para intercalar en el inciso primero de su artículo primero, después de la expresión “la entrega” la frase “a cualquier título”.

-- Puesta en votación fue aprobada por unanimidad.

(Votaron a favor las señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Núñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).

-- De los señores Trisotti y Ward, para agregar en el inciso segundo de su artículo primero, después de su punto final (.), que pasa a ser coma (,), la expresión “el que deberá estar publicado sesenta días después de que la ley entre en vigencia.”.

-- Puesta en votación fue aprobada por unanimidad.

(Votaron a favor las señoras Álvarez, doña Jenny, y Núñez, doña Paulina, y los señores Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Trisotti y Ward).

VII.- ARTICULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.

No hay artículos en tal calidad.

VIII.- ARTICULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, el proyecto en Informe no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.

IX.- INDICACIONES RECHAZADAS.

Se encuentra en tal condición la indicación presentada por los señores Saffirio, Schilling y García, que tenía por objeto sustituir, en el inciso primero de su artículo 1°, la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional”, la que fue rechazada por la unanimidad de las señoras y señores Diputados presentes (11).

(Votaron en contra las señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward).

Durante su discusión las señoras y señores Diputados estimaron que extender la prohibición de entregar bolsas plásticas a nivel nacional podría entrampar el avance legislativo del proyecto. En ese contexto, sugirieron mantener la actual redacción de tal forma que se pueda ejecutar un plan piloto de la iniciativa en la Patagonia Chilena, y que, en caso de que ésta resulte beneficiosa, hacer los esfuerzos para extenderla a nivel nacional.

Por otra parte, cabe hacer presente que la segunda indicación presentada en la Sala, que incorporaba en el inciso primero del mismo artículo, luego de la palabra “entrega”, la expresión “,venta y, o uso” fue retirada por sus autores señores Morano y Sandoval.

X.- TEXTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFIQUE O DEROGUE.

El articulado del proyecto no modifica ni deroga ningún cuerpo legal vigente.

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Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena os recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo primero.- Prohíbese, a contar de un año desde la publicación de la presente ley, dentro del territorio de la Patagonia Chilena, la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.

La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco Unidades Tributarias Mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado sesenta días después de que la ley entre en vigencia.

Artículo segundo.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Patagonia Chilena, aquella extensión de territorio que comprende la Provincia de Palena y las Regiones de Aysén y Magallanes.”.

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SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE, A DON DAVID SANDOVAL PLAZA.

SALA DE LA COMISIÓN, a 7 de mayo de 2014.

Acordado en sesión de 8 de abril y 7 de mayo del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Álvarez, doña Jenny; Hernando, doña Marcela, y Nuñez, doña Paulina, y de los señores Boric, Fuentes, Morano, Rocafull, Sandoval, Santana, Trisotti y Ward.

Pedro N. Muga Ramírez

Abogado, Secretario de la Comisión

1.8. Discusión en Sala

Fecha 05 de junio, 2014. Diario de Sesión en Sesión 30. Legislatura 362. Discusión Particular. Se aprueba.

PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLURIETANO Y OTROS POLÍMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9133-12)

El señor CORNEJO ( Presidente ).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena.

Diputado informante de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena es el señor David Sandoval.

Antecedentes:

-Nuevo segundo informe de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, sesión 24ª de la presente legislatura, en 14 de mayo de 2014. Documentos de la Cuenta N° 5.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor SANDOVAL (de pie).-

Señor Presidente , hoy 5 de junio se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente y por coincidencia la Cámara de Diputados tiene la tremenda oportunidad de aprobar este proyecto que apunta en esa dirección.

En mi calidad de diputado informante de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, paso a informar en segundo trámite reglamentario y primero constitucional sobre el proyecto de ley que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena, iniciado en moción de la exdiputada señora Goic, doña Carolina ; de las diputados señoras Rubilar , doña karla; y Sepúlveda , doña Alejandra ; y de los diputados señores Accorsi, don Enrique ; exdiputado De Urresti, don Alfonso ; Espinoza, don Fidel ; Sandoval, don David; Silber, don Gabriel ; Teillier, don Guillermo , y Vallespín, don Patricio, la que se encuentra calificada sin urgencia.

Debo recordar que en la sesión celebrada el 8 de abril del año en curso, esta Sala prestó su aprobación, en general, al proyecto en informe y, acogiendo indicaciones de algunos señores diputados, lo remitió a esta comisión para un segundo informe.

¡Qué gran oportunidad tenemos de aprobar este proyecto en un día como hoy!

El proyecto apunta a lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia Austral.

La moción consta de dos artículos permanentes. El artículo primero dispone la sustitución completa del uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de materiales no biodegradables en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y en cualquier otro tipo de comercio, prohibiéndose su uso dentro del territorio de la Patagonia Chilena. Dicha sustitución deberá verificarse dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de la ley, y su infracción será sancionada con una multa de una a cinco unidades tributarias mensuales. El artículo segundo establece lo que se entiende por Patagonia Chilena para los efectos de esta ley.

Durante su discusión en este segundo trámite reglamentario, la Comisión aprobó por unanimidad dos indicaciones. La primera, presentada por los diputados señores Morano y Sandoval , para intercalar en el inciso primero de su artículo primero, después de la expresión “la entrega” la frase “a cualquier título”, y la segunda, de los diputados señores Trisotti y Ward , para agregar en el inciso segundo de su artículo primero, después de su punto final, la expresión “el que deberá estar publicado sesenta días después de que la ley entre en vigencia.”.

Del mismo modo, rechazó, por unanimidad, la indicación presentada por los diputados señores Saffirio , Schilling y García , que tenía por objeto sustituir, en el inciso primero de su artículo primero, la expresión “de la Patagonia Chilena” por el vocablo “nacional”, en atención a que se estimó que extender la prohibición de entregar bolsas plásticas a nivel nacional podría entrampar el avance legislativo del proyecto. En ese contexto, se consideró pertinente mantener la actual redacción, de tal forma que se pueda ejecutar un plan piloto de la iniciativa en la Patagonia Chilena, y en caso de que esta resulte beneficiosa, hacer los esfuerzos para extenderla a nivel nacional.

Hoy, en este mismo momento, en la capital de la Región de Aysén se está celebrando un convenio entre los municipios de dicha región para propender, a través de ordenanzas municipales, a la eliminación progresiva del uso de bolsas plásticas.

Ahora bien, tal como lo plantearon los diputados Saffirio , Schilling y García , esperamos que se pueda eliminar del paisaje nacional este componente que tanto perjudica y afea los recursos naturales de nuestro país.

Por otra parte, cabe hacer presente que el proyecto que se somete a la consideración de la Sala no contiene normas de rango orgánico constitucional ni requiere para su aprobación de quorum calificado.

Asimismo, no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.

Por último, en la celebración del Día Mundial del Medio Ambiente pido el apoyo unánime de todos los diputados, a fin de dar una potente señal desde esta Cámara de Diputados de nuestro compromiso con el medio ambiente, en particular, con la necesidad urgente de perfeccionar y mejorar nuestra legislación para lograr un medio ambiente cada vez más libre de contaminación y más vivible para todos los chilenos.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra la diputada señora Jenny Álvarez.

La señora ÁLVAREZ (doña Jenny).-

Señor Presidente , el pasado 8 de abril conocimos en esta Sala el primer informe sobre este proyecto, que fue aprobado por 108 votos a favor. Luego, el 24 de abril, se inició la discusión en particular. En ese momento, se reiteró la necesidad de introducir algunas precisiones acerca del plazo en que debía dictarse el reglamento para su posterior aplicación.

Tal como ocurrió en el primer informe, se reiteró por parte de algunos parlamentarios la argumentación -legítima, por cierto- de ampliar la cobertura de la normativa propuesta desde el acotado territorio de la Patagonia Chilena al ámbito nacional.

Como integrante de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, instancia en la que surgió esta moción en la legislatura pasada, pude participar de la discusión en particular de este proyecto. Es así que junto con introducir los cambios necesarios para contar con una mejor redacción de los artículos que componen la propuesta, debatimos nuevamente acerca de la necesidad de que el proyecto tenga aplicación de rango nacional. Queremos que el segundo paso sea el avanzar hacia otros territorios, ya que en mi distrito esta iniciativa solo considera a la provincia de Palena, que es parte de la Patagonia. Pero queremos que en el futuro esta medida también se aplique en Chiloé, sobre todo, porque en comunas como Queilen han implementado iniciativas de este tipo que dan cuenta del interés de la comunidad por resguardar el medio ambiente.

Comparto la idea del diputado Vallespín en cuanto a que no podemos zonificar la ecolo-gía, porque las leyes deben aplicarse en todo el país, aunque también tenemos la opción de que su aplicación en la Patagonia sirva de plan piloto en esta materia. A ello se agrega el hecho de que se han adoptado medidas similares en las provincias de Chiloé, Palena , Aysén y Magallanes , especialmente en comunas como Queilen y Futaleufú, a través de ordenanzas municipales que, por cierto, también existen en otras zonas del país.

Por todo lo anterior, junto con valorar nuevamente que este proyecto provenga de una moción, reitero mi voto favorable a esta iniciativa, que confío pronto será ley de la república.

He dicho.

El señor CORNEJO ( Presidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente , es importante que este proyecto se extienda a todo el país y no quede circunscrito solo a la Patagonia Chilena. Ello, por una razón muy simple, ya que no solo apunta a eliminar el uso de bolsas plásticas no biodegradables, sino que es un instrumento de apoyo al turismo y a la preservación del ecosistema, especialmente de nuestras zonas turísticas.

No tengo el gusto de conocer San Pedro de Atacama, el altiplano ni los bofedales que se ubican en él, pero sé que esas zonas del país también sufren los efectos de la contaminación por bolsas plásticas, lo que produce un tremendo daño a nuestro ecosistema. Tenemos también el caso de nuestro mar, donde miles de tortugas debido a que confunden las bolsas plásticas con las medusas, que son su alimento.

A mi juicio, la eliminación de las bolsas plásticas debemos ampliarla a todas las comunas del país, en especial a las zonas turísticas. Sin embargo, en ese sentido, veo con preocupación que las comunas con menos recursos van a tener problemas para implementar esta medida. Digo esto por una razón muy simple. En las grandes comunas turísticas como Pucón y Villarrica , las empresas llegan solas a ofrecer bolsas de otros materiales para eliminar el plástico, pero ¿qué pasa con el almacén o el pequeño supermercado de un pueblo chico? Ellos no tienen recursos para suplir las bolsas plásticas. Por eso, sería bueno entregar un incentivo, no sé cuál, a estos pequeños comerciantes para que reemplacen las bolsas plásticas.

El alcalde de Pucón , don Carlos Barra, ha sido un gran promotor y ha dado un gran impulso a iniciativas de este tipo. De hecho, desde hace dos años que en Pucón se han implementado medidas para terminar con el uso de las bolsas plásticas.

Ahora, ¿cómo se soluciona ese problema? Doy el dato a las personas para que sepan más o menos cómo se trabaja este tema. No es que sea un erudito en la materia. Solo estoy relatando lo que pasa en la comuna de Pucón.

La municipalidad entrega bolsas de uso permanente a la gente -similares a las que se utilizaban antes, que no se botaban- con el objeto de desechar el uso de bolsas plástica los supermercados.

En Argentina, -no sé si será por pobreza o por lo apretados que son-, uno entra a un supermercado y le dan solo una bolsa plástica y le tienen una ruma de cajas atrás para echar la mercadería. Digo esto, porque en San Martín de Los Andes y en varias partes que he recorrido es así.

Cuando estamos analizando un proyecto de tanta importancia, me gustaría que los diputados del norte reconocieran que también tienen turismo y también tienen que lidiar con el uso de bolsas plásticas y desechos que van en desmedro de la limpieza y protección del medio ambiente. Por ende, no sé si la Sala estará dispuesta a que esta disposición se aplique no solo en la Patagonia Chilena, sino en todas las zonas de interés turístico, en especial en la zona norte y en la Región de La Araucanía, que está con un turismo grande y potente sobre todo ahora con la Carretera de la Costa, la ruta central y la conexión con las demás carreteras.

Lógicamente, queremos una Región de La Araucanía limpia y sin plástico. No solo la Patagonia debe tener el honor de contar con una ley especialmente para ella. Repito, aunque sea majadero, una iniciativa de esta envergadura debe ser para todas las zonas de interés turístico del país. ¡Qué muera el plástico y viva lo reciclable!

Anuncio mi voto favorable al proyecto.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente , quiero dar las gracias por el ejemplo que dan al país quienes han pensado que esta iniciativa que se ha aplicado en otras latitudes, también puede ser aplicada aquí. Digo esto, porque el país entero debiera tomar debida nota de lo que a diario nos preocupa, desde la perspectiva de la ciudadanía.

La visión que nos entregan las ciudades -hablo de todas, de algunas más que otras- es una situación que nos hace pensar que, a lo mejor, la juventud de hoy piensa diferente a la de ayer, porque nos da ejemplo acerca del medio ambiente. Eso nos debiera incentivar a quienes permanecemos constantemente en la Sala, a fin de que hagamos fuerza para que situaciones de este tenor se transformen en iniciativas.

La moción, que se tradujo en este excelente proyecto de ley, es de la exdiputada señora Carolina Goic , de las diputadas señoras Karla Rubilar y Alejandra Sepúlveda , de los exdiputados señores Enrique Accorsi y Alfonso de Urresti , y de los diputados Fidel Espinoza y David Sandoval -uno de los grandes luchadores del medio ambiente y que calza en su región-, Gabriel Silber , Guillermo Teillier y Patricio Vallespín .

Todos ellos debieran recibir nuestro agradecimiento, porque con seguridad se dirá que en la Cámara de Diputados se presentó una moción tan interesante, que vale la pena expresar que están haciendo su trabajo.

Estos proyectos nos ayudan a ser lo que somos: verdaderos legisladores y preocupados del quehacer de nuestro Chile.

En el transcurso del segundo trámite reglamentario de la moción, se arregló algo que ha-bíamos conversado con algunos colegas, que fueron temas de preocupación en su minuto durante el debate del primer informe.

En el punto dos del segundo informe se señala que el reglamento que se dicte deberá estar publicado en la fecha en que la ley entre en vigencia. Al respecto, como se recordará, en la primera instancia se establecía que el reglamento entraría a aplicarse antes que la ley misma, algo que legislativamente no corresponde.

Quien habla estuvo preocupado por ese tema durante el primer informe, lo que fue modificado en el segundo. Por lo tanto, se estableció que el reglamento deberá estar publicado después que la ley entre en vigencia.

Eso es válido para que quienes corregimos ese aspecto también seamos reconocidos en la Sala, junto a los que presentaron esta moción, y se diga que lo hicimos bien.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.

El señor LETELIER .-

Señor Presidente , según cifras del Ministerio del Medio Ambiente, en Chile se utilizan más de 250 millones de bolsas de plástico al mes.

El mundo está preocupado de esta situación. De hecho, la semana pasada, en la reunión del Parlatino, celebrada en Buenos Aires, que contó con la presencia de representantes de más de veinte congresos y parlamentos, el primer proyecto en discusión, que se aprobó por unanimidad, fue el relativo al uso de las bolsas de plástico, especialmente, las que se utilizan en los supermercados. Hay un cuadro estadístico detallado del distinto uso del plástico, como en mercancías, envases, transporte, etcétera. Esa es la tendencia mundial.

Por lo tanto, los discursos que hemos escuchado en esta Sala de las distintas bancadas apuntan a que esta iniciativa, instalada en la Patagonia Chilena, debería extenderse al país entero.

El mundo ya no resiste más el polietileno. Está inquieto por el exceso de contaminación de los océanos. Se dice que hay islas de plásticos muy grandes.

Por eso, junto con respaldar y felicitar a los autores de la moción, me sumo a la idea de que se haga extensiva a todo el país, a fin de que pongamos atajo a su consumo.

El senador Carlos Bianchi , representante de una de las regiones a la que está dirigida esta moción, alegaba que si terminábamos con el uso de las bolsas de plástico estaríamos quitando un espacio laboral a los jóvenes que trabajan en los supermercados. A mi juicio, ese argumento, tal vez bien intencionado lo considero válido, pero ello no obsta a que volvamos al pasado. Recuerdo que cuando niño las bolsas eran de género. Luego, podríamos llevar bolsas de género y pasárselas a los jóvenes para que pongan en ella la mercancía.

La iniciativa es relevante. En el Parlatino existe preocupación al respecto. De hecho, se está legislando sobre la materia y sobre educación medioambiental. Se ha recurrido a muchas conferencias mundiales que datan de más de cincuenta años, como las celebradas en Estocolmo, Moscú , la República de Georgia, que formaba parte de la ex Unión Soviética. En fin, hubo varios informes; también, varias convenciones que apuntan a esto. Hoy debemos poner atajo al uso del polietileno y de las bolsas plásticas.

Por supuesto, en la Cámara existe consenso para que la moción se extienda pronto a todo el territorio nacional.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.

El señor SANDOVAL .-

Señor Presidente , en su intervención el diputado Enrique Jaramillo , fruto de su atención, se refirió a una omisión que hubo en el proyecto original y que permitía la dictación del reglamento antes de que el proyecto fuera ley de la república. Esa observación es válida y legítima.

Hoy, 5 de junio, cuando se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente, estamos tramitando esta iniciativa, lo que constituye una gran oportunidad para que la Cámara de Diputados entregue una señal de nuestro compromiso con el medio ambiente, tal como lo han señalado los diputados que han intervenido y se han referido a este continente de plástico y al efecto negativo que está produciendo este material en diferentes instancias. En la Patagonia hemos visto bolsas plásticas pegadas en los cercos y también desparramadas en las estepas, lo que no es un problema menor.

La observación del diputado Enrique Jaramillo nos ha permitido hoy, en el Día Mundial del Medio Ambiente , dar la oportunidad a todos los parlamentarios para que aprueben una iniciativa de tanta significación ambiental para nuestro país.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Morano.

El señor MORANO .-

Señor Presidente , me complace que esa feliz coincidencia le permita a esta Cámara aprobar la primera normativa que está dirigida a una región específica, como lo dijo el diputado señor René Manuel García , y espero que sea señera respecto de lo que haremos prontamente para el resto del país.

En efecto, en la Patagonia argentina, como dijo recién el diputado señor García , se entrega un máximo de tres bolsas. Y le anticipo que, a partir del 1 de enero de 2015, el máximo será de cero bolsas. Ello corresponde a un acuerdo que tomaron desde Río Negro al sur. Espero, entonces, que nosotros podamos hacer lo mismo y progresivamente se implemente esta medida en todo el territorio nacional.

Agradezco la buena voluntad que han tenido todos mis colegas respecto del tema, ya que han dicho que, a pesar de querer que sus territorios queden pronto incluidos, han manifestado su interés en votar favorablemente el proyecto a fin de avanzar en la solución del problema.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente , a pesar de la utilidad del polietileno para el transporte de mercaderías, ese tipo de bolsas constituye una de las principales causas de contaminación, ya que no son biodegradables.

En el caso de la Patagonia, este material ha provocado la muerte de animales de toda clase, incluso de aves y ballenas.

En Chile se usan 250 millones de bolsas plásticas al mes, de las cuales el 90 por ciento termina en vertederos, a diferencia de lo que ocurre en otros países donde el uso de ese tipo de bolsas ha sido totalmente prohibido o su empleo gravado con un impuesto. La propuesta propone una sanción de 1 UTM.

En el curso de la discusión, los representantes del Ministerio del Medio Ambiente plantearon algunos reparos, que compartimos, respecto de la dificultad para fiscalizar; también, el hecho de que la medida esté limitada a la Patagonia, la que no ha sido ciento por ciento acogida.

Coincido con los autores de la moción en cuanto a que la aplicación de la iniciativa en la Región de Magallanes debe servir como experiencia piloto para su extensión luego al resto del país.

Espero que ello se resuelva en el corto plazo, ante la evidencia existente respecto del daño que ocasionan las bolsas plásticas. Además, espero se dé la oportunidad sirva para discutir sobre la prohibición de otros elementos de uso habitual y que son fabricados con el mismo material, tales como botellas y envases. Si se trata de evitar la contaminación ocasionada por productos que no se reciclan con rapidez, creo que no hay ningún motivo para no estudiar las alternativas posibles.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Issa Kort.

El señor KORT.-

Señor Presidente , felicito a los autores de esta importante iniciativa que nos recuerda -como lo hizo nuestro diputado informante , señor David Sandoval , en su informe- no solo que hoy es el Día Mundial del Medio Ambiente, sino dar un paso hacia el progreso y a atrevernos a defender nuestro medio ambiente y a cuidar el patrimonio increíble de nuestro paisaje natural. Y no me refiero solo a la Patagonia.

Este tipo de proyectos enriquece al país, porque nos permite cuidar algo está muy debilitado, como es el medio ambiente.

Podemos coincidir en que tenemos una situación climática compleja que pone en riesgo la salud de las personas. Sin embargo, debemos poner atención en qué le estamos dejando como herencia a las futuras generaciones.

En tal sentido, si bien la utilidad de las bolsas plásticas para las personas que van a comprar puede ser relevante en muchos aspectos, también creo que debemos ir avanzando en un tema cultural material. Hace poco, en San Francisco, en el Estado de California, prohibieron, por ejemplo, la venta de agua mineral en botellas de plástico, para apuntar al reciclaje en ese tipo de envases.

Señor Presidente , esta iniciativa constituye un primer gran avance. Al respecto, debemos seguir trabajando.

Por lo tanto, pido a mis colegas aprobar la iniciativa y ojala también se apruebe en el Senado.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Rathgeb.

El señor RATHGEB .-

Señor Presidente , en cuanto a las bolsas plásticas, hay un mercado importante que tiene su fuente de ingresos producto de su comercialización, pero la sustitución de ellas por biodegradables es algo que, como sociedad, debemos impulsar. De esa forma, las personas que comercializan ese tipo de bolsas se vayan preparando a futuro para comercializar las bolsas biodegradables y no las que hoy se ocupan en forma permanente.

En los últimos cuarenta años, el mundo ha cambiado en lo económico, en lo social y en lo cultural, pero también en el tema medioambiental. En la actualidad, han ido desapareciendo muchos bosques que protegían nuestra naturaleza y significaban una importante fuente para nuestras aguas. Además, es algo hermoso que no van a poder apreciar las futuras generaciones.

En el tema medioambiental debemos asumir el compromiso de proteger la naturaleza.

Hace cuarenta años, quienes vivíamos en ciudades más pequeñas no teníamos bolsas para sacar la basura a la calle, sino que la echábamos en un tarro y luego pasaba un camión y la retiraba. Ahora podemos ver en todas las ciudades la gran cantidad de bolsas plásticas que se lleva el camión recolector de basura y no se ve ningún tarro. Por supuesto, esa gran cantidad de bolsas va a dar a los vertederos.

Estoy de acuerdo con el proyecto y voy a votar favorablemente. No obstante, espero que, a futuro, se pueda extender la medida a nivel nacional.

Espero que todos nos vayamos adecuando a los requerimientos medioambientales que deberíamos tener como sociedad avanzada para proteger y resguardar nuestro medioambiente.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Roberto Poblete.

El señor POBLETE.-

Señor Presidente, por su intermedio, quiero felicitar a los diputados autores del proyecto, porque creemos realmente que es el inicio de una nueva visión sobre el tema relacionado con el medio ambiente.

Necesitamos más y mejores iniciativas que se preocupen de dar cuenta de todo lo que han significado los residuos en este bien o mal llamado progreso. Ciertamente, hemos avanzado mucho y el desarrollo ha traído muchos beneficios, pero, desgraciadamente, los residuos no han sido tomados en cuenta con la suficiente seriedad y hemos ido enfermando y contaminando el planeta. Incluso, hace algunos momentos un diputado recordó el tema de la isla de la basura, que abarca millones de kilómetros cuadrados cubiertos por bolsas plásticas que se han ido desintegrando y que hoy navegan en las aguas de los océanos.

También deseo agradecer el que esta iniciativa sea específica para una región. Si bien es cierto que todos manifestamos que esta medida también se debe aplicar en nuestra región, me parece muy bien que desde las regiones se impulsen iniciativas que, con el tiempo, sean consideradas como una ley de todo el país. Asimismo, estimamos que esto debe ser solo el inicio de una serie de medidas.

Por otra parte, cuando las empresas hablan sobre la responsabilidad social empresarial, creo que uno de los grandes abandonados dentro de eso es el reciclaje. Nos gustaría que surgiera desde las propias empresas la preocupación por recuperar todos los envases y las botellas y, además, lo que tenga que ver con el material de polímeros, como el plástico en general, que luego serán parte de la basura que iremos dejando en el continente y el planeta, para que, como se indicó, sea una especie de herencia no deseada para nuestros hijos y nietos. Debemos pensar no solo en la contingencia de nuestro país, sino que también en el mediano y largo plazos. Chile es un territorio bello y frágil. Sin embargo, si no nos preocupamos de mantener la naturaleza sana, de nuestros bosques nativos y de no ensuciar, estaremos atentando principalmente contra la flora y la fauna, que han sido muy afectadas por ese tipo de desechos tóxicos.

Finalmente, en este día tan especial quiero saludar esta iniciativa como el inicio de algo que esperamos que genere muchas otras medidas y se extienda a todas las regiones del país.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Felipe Ward.

El señor WARD.-

Señor Presidente , este es el típico proyecto de ley de los días jueves, por cuanto existe mucho consenso en torno a su contenido. De hecho, se aprueban mociones que tienen que ver con la modificación de la calidad de vida diaria de las personas, pero que no necesariamente llenan los titulares de los medios de comunicación ni logran llenar las tribunas de la Sala; no obstante, son iniciativas importantes. El consenso generado en el debate que hemos tenido en esta sesión nos permite comprender que este proyecto ojalá sea replicado a lo largo del país.

Como miembro de la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena, me correspondió participar en el debate de esta iniciativa, oportunidad en que nos dimos cuenta de que la iniciativa concitaba un gran nivel de sintonía entre los parlamentarios, porque era una buena idea. En este caso, se detecta un problema, se propone una solución y luego se logra un acuerdo entre los diputados de la comisión y se presenta en la Sala en el Día Mundial del Medio Ambiente , como me recuerda el diputado David Sandoval .

Así que esperamos que el proyecto sea aprobado por la unanimidad de los señores diputados, a fin de que sea un ejemplo para la Patagonia Chilena y se pueda replicar en otros territorios del país. Además, creemos que la iniciativa cumple con todas las características para ser aplicada en las zonas extremas, como, por ejemplo, en el norte del país.

En ese sentido, el problema al que aludió el diputado Sandoval de que la dictación de la ley coincidía, en términos cronológicos, con la del Reglamento, fue abordado y resuelto adecuadamente en una segunda discusión en la Comisión de Zonas Extremas y Antártica Chilena. De modo que al resto de los diputados que no forma parte de dicha comisión, pero que se encuentran presentes en la Sala, le presentamos esta solución, la cual esperamos que sea aprobada en forma unánime, para dar una señal muy clara de que el proyecto no solo es bueno, sino que también verdaderamente muy útil para el resto del territorio nacional. De esta forma, ojalá que pronto podamos presentar una iniciativa que resuelva esa falencia. Como manifestó el diputado Issa Kort , eso contribuye, en la práctica, a modificar la calidad de vida de las personas diariamente y a veces en asuntos que no son tan rimbombantes y que no tienen tan acaparada la atención de los medios de comunicación, pero que obviamente influyen en ello. A pesar de ser pasos pequeños, vamos avanzando en la dirección correcta.

Por ello, no me cabe duda de que esta iniciativa será aprobada en forma unánime, porque es fundamental para quienes vivimos en regiones y constituye un paso que agradecemos a la Corporación.

He dicho.

El señor CORNEJO ( Presidente ).-

Tiene la palabra el diputada señora Andrea Molina.

La señora MOLINA (doña Andrea).-

Señor Presidente , después de andar detrás del proyecto durante todo este tiempo, hoy nos sentimos muy contentos de tenerlo finalmente en Tabla para discutirlo y someterlo posteriormente a votación. Muchas veces habíamos estado ad portas de tratarlo y votarlo, pero nos habíamos quedado con gusto a poco al no tener este tipo de señales que nos invitan a tomar conciencia y a debatir los temas medioambientales. Ojalá esto se hiciera día tras día y no solo durante las campañas electorales o mediante anuncios rimbombantes. En verdad, debemos tomar conciencia diariamente del significado de esos temas y de su uso en los hogares, en las empresas e, incluso, en el Congreso Nacional. En particular, aquí debemos velar por bajar el nivel de contaminación, por impedir la utilización de ese tipo de bolsas, lo que evitará que generemos más desperdicios; por hablar de reciclaje, por poner en discusión el proyecto de ley sobre reciclaje, que ya se votó en general, y por seguir trabajando en esa línea.

Como indicó el diputado Ward , esta es una pequeña señal; pero, sin duda, es parte de lo que debemos seguir haciendo. Debemos unirnos en torno a estos temas y trabajar en forma transversal, como lo hemos hecho en la comisión. En ese sentido, pido a los colegas que sigamos trabajando en el tema, porque Chile es de todos y no solo de algunos ni de los que ganaron en uno u otro gobierno. Debemos tener la capacidad de abordar estos temas como corresponde en las zonas extremas, que son lugares donde la gente se sacrifica mucho para vivir. Actualmente, muchas comunas del país se encuentran saturadas y necesitan ser tomadas en cuenta y atendidas como si fueran personas enfermas. No podemos tener los mismos criterios y continuar tirando la tierra debajo de la alfombra para olvidarnos de los graves problemas que tenemos.

Señor Presidente , estoy feliz de que hoy aprobemos este proyecto; pero, sin duda, los problemas mayores y los temas realmente de fondo no se están tratando, para determinar cómo están afectando a la gente en las zonas de Quintero, Puchuncaví, Tocopilla , Coronel, Huasco y Arica, entre otras, cuyos habitantes lo están pasando mal y están pidiendo a gritos la aprobación no solo este tipo de proyectos, sino que se les tome en serio, porque también son chilenos.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-

Corresponde votar en particular el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena, con las modificaciones introducidas en el segundo informe.

Hago presente a la Sala que sus normas tratan materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Carvajal Ambiado Loreto; Ceroni Fuentes Guillermo; Chahin Valenzuela Fuad; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Fernández Allende Maya; Fuentes Castillo Iván; Fuenzalida Figueroa Gonzalo; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernando Pérez Marcela; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Mirosevic Verdugo Vlado; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Poblete Zapata Roberto; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Rocafull López Luis; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallejo Dowling Camila; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.

-Se abstuvo el diputado señor Godoy Ibáñez Joaquín.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-

El artículo 2° se da por aprobado ipso jure por no haber sido objeto de indicaciones en la discusión del primer informe ni de modificaciones en el segundo.

Despachado el proyecto.

1.9. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 05 de junio, 2014. Oficio en Sesión 23. Legislatura 362.

VALPARAÍSO, 5 de junio de 2014.

Oficio Nº 11.314

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Con motivo de la moción, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al proyecto de ley que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena, originado en una moción de los diputados señores Fidel Espinoza Sandoval, David Sandoval Plaza, Gabriel Silber Romo, Guillermo Teillier Del Valle y Patricio Vallespín López, de las diputadas señoras Karla Rubilar Barahona y Alejandra Sepúlveda Orbenes, y de los exdiputados señora Carolina Goic Boroevic y señores Enrique Accorsi Opazo y Alfonso De Urresti Longton, correspondiente al boletín N° 9133-12, del tenor siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- Prohíbese, a contar de un año desde la publicación de esta ley, dentro del territorio de la Patagonia Chilena, la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.

La infracción de esta prohibición será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado sesenta días después de que la ley entre en vigencia.

Artículo 2°.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Patagonia Chilena aquella extensión de territorio que comprende la provincia de Palena y las regiones de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena.”.

***

Dios guarde a V.E.

ALDO CORNEJO GONZÁLEZ

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Primer Informe de Comisión de Zonas Extremas

Senado. Fecha 11 de noviembre, 2014. Informe de Comisión de Zonas Extremas en Sesión 62. Legislatura 362.

?INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ZONAS EXTREMAS recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

BOLETÍN Nº 9.133-12

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión Especial de Zonas Extremas tiene el honor de informar respecto del proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Moción de las Honorables Diputadas señoras Karla Rubilar Barahona y Alejandra Sepúlveda Orbenes, de los Honorables Diputados señores Fidel Espinoza Sandoval, David Sandoval Plaza, Gabriel Silber Romo, Guillermo Teillier Del Valle y Patricio Vallespín López, y de los ex Diputados señora Carolina Goic Boroevic y señores Enrique Accorsi Opazo y Alfonso De Urresti Longton.

De la iniciativa se dio cuenta en la Sala de la Corporación en sesión de 10 de junio de 2014, acordándose, en la oportunidad, su estudio por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

Posteriormente, en sesión celebrada el 22 de julio de 2014, la Corporación dispuso que la iniciativa fuera considerada por la Comisión Especial de Zonas Extremas y no por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, como se había acordado originalmente.

La iniciativa fue discutida sólo en general, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento del Senado.

Concurrieron a las sesiones en que la Comisión trató esta iniciativa, del Ministerio del Medio Ambiente, el Jefe de la División Jurídica, señor Jorge Cash y la abogada señora Lorna Püschel; de la I. Municipalidad de Punta Arenas, el Alcalde señor Emilio Bocazzi y el Concejal y Presidente de la Comisión de Medio Ambiente, señor Mario Pascual; de la I. Municipalidad de Coyhaique, el Alcalde señor Alejandro Huala; y de la I. Municipalidad de Puerto Natales, el Alcalde señor Fernando Paredes.

De la Asociación Gremial de Industriales del Plástico (ASIPLA), el Presidente, señor Julio Compagnon; los Directores señora Paula Cambiaso y señor Pablo Escobar; la Gerente General, señora Mariela Formas; la Gerente de Proyectos de Reciclaje, señora Mónica Reyne; y las Asesoras señoras Marcela Alt y María Jesús Castro.

Asistió, especialmente invitado por la Comisión, el abogado, señor Patricio Zapata Larraín.

Se deja constancia que los documentos acompañados por quienes concurrieron a la Comisión y los informes elaborados por la Biblioteca del Congreso Nacional fueron conocidos por los señores Senadores integrantes de la misma, y copia de ellos se contienen en Anexo de este informe.

Dichos documentos, asimismo, han sido publicados en la página web del Senado (en www.senado.cl; ir a trámite de proyectos; ingresar N° de Boletín 9133-12; hacer click en pestaña “Presentaciones ante Comisión”).

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Establecer la prohibición, dentro de la Patagonia Chilena, de la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y el transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioskos y demás establecimientos de comercio.

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ANTECEDENTES

Para el estudio de esta iniciativa de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes antecedentes:

ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- Constitución Política de la República, artículo 19, numerales 8°, 21° y 26°.

2.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, artículo 2°, letras c), d), ll), m) y q).

ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción

Sostienen los autores de la iniciativa en la moción original, que las bolsas de polietileno brindan utilidad con ocasión del transporte de mercadería, no obstante ello, en la zona de la Patagonia se han convertido en el principal elemento de contaminación.

Agregan que de un total de 250 millones de bolsas plásticas, que se utilizan al mes en nuestro país, el 90% termina en un vertedero, según cifras entregadas por el Ministerio del Medio Ambiente. Además, se estima que cada persona utiliza en promedio 1,5 bolsas diarias, una cantidad más que considerable si se piensa que sólo se las utiliza en el trayecto desde el comercio hasta la casa. Lo anterior, añaden, constituye una cuestión que evidentemente impacta de manera importante a nuestro ecosistema.

Asimismo, aseveran que los plásticos y los materiales sintéticos son los dos tipos de basura más común que existe en el mar, y son responsables de la mayor parte de los problemas que sufren los animales y aves marinas. Se conocen, agregan los autores, al menos 267 especies diferentes que se han enredado o han ingerido restos plásticos; entre ellas se cuentan aves, tortugas, focas, leones marinos, ballenas y peces.

Añaden, que el lecho marino, especialmente cerca de las regiones costeras, también está contaminado, sobre todo con bolsas de basura. Los plásticos están también presentes en las playas, desde las regiones más pobladas hasta las costas de islas remotas y deshabitadas.

Concluyen expresando que, debiera constituir un firme propósito la implementación de acciones que tiendan a sensibilizar, concientizar y educar a la sociedad en su conjunto, sobre la necesidad de racionalizar el uso de bolsas de material no biodegradable toda vez que, en particular en la Patagonia Chilena a causa de sus fuertes vientos, éstos agentes contaminantes se trasladan hacia sectores que constituyen un parque de naturaleza vivo de una riqueza incalculable.

Durante la tramitación habida en la Cámara de Diputados, el proyecto devino en la prohibición de entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas tanto no biodegradables como biodegradables.

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DISCUSIÓN EN GENERAL.

Al inicio del estudio del proyecto, el Alcalde de la I. Municipalidad de Punta Arenas, señor Emilio Bocazzi, expuso que conjuntamente con el Concejal señor Mario Pascual han trabajado en distintas instancias el tema de la prohibición del uso de bolsas plásticas, así, mencionó, en enero del presente año la municipalidad dictó una ordenanza para regular el uso de dicho elemento, basada en la responsabilidad que dispone tanto la Constitución Política de la República como la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, sobre dicho órgano comunal para asegurar a las personas el derecho de vivir en un ambiente libre de contaminación, pese a la inexistencia de una ley que aborde el impacto ambiental causado por el uso indiscriminado de bolsas plásticas por clientes de establecimientos de comercio ubicados en centros urbanos de la Patagonia, como Punta Arenas. Lamentó que al recorrer el borde costero del Estrecho de Magallanes, entre dicha ciudad y Porvenir, en la Isla Grande de Tierra del Fuego, se observa el daño provocado por el material plástico, incrementado por el efecto causado por el viento, cuyas corrientes de aire esparcen las bolsas por todo el territorio austral.

El problema, anunció, debe ser considerado integralmente con otros fenómenos contaminantes a nivel local, como la presencia de perros abandonados en las calles, animales domésticos que forman parte de un círculo vicioso de contaminación, que incluye el uso de bolsas plásticas domiciliarias y residuos domésticos, ya que aquéllas son utilizadas no sólo como medio de transporte de mercaderías desde el supermercado a la vivienda particular, sino también como recipientes de basura residencial, que luego de ser acopiada en el espacio público es retirada por el vehículo municipal, dado que no siempre los municipios cuentan con recursos suficientes para contratar servicios externos de una empresa de aseo y ornato ni adquirir contenedores industriales para apilar residuos domésticos. Además, un marco legal que prohíba el uso de bolsas plásticas debiera contemplar financiamiento para promover una actitud ecológica en la ciudadanía y no confiar el cumplimiento de la norma sólo en el temor a una sanción.

Otro aspecto que destacó, fue la capacidad para avanzar en temas vinculados a la separación y reciclaje de basura domiciliaria. Tiempo atrás, comentó, tuvo la opción de conocer la experiencia de la I. Municipalidad de La Pintana, que ha sido pionera en Chile en reciclamiento de residuos, tema que, como ya señaló, se encuentra íntimamente ligado con el uso de bolsas plásticas. El proyecto de dicha comuna considera el uso de biotecnología para reciclar materia orgánica obteniendo lombrices y humus, herramienta de trabajo conocida como lombricultura y compostaje, que ha sido capaz de fidelizar el 40% de los hogares de la comuna, quienes separan los residuos orgánicos domésticos en receptáculos plásticos dispuestos por la municipalidad, que luego son retirados en forma aparte por camiones recolectores.

Ha habido avances durante el año, indicó, pero se mostró preocupado por la capacidad municipal de asumir los compromisos que le impone la entrada en vigencia de la nueva ordenanza, dado que el municipio no cuenta con recursos para contratar más personal, pilar necesario para cumplir con la fiscalización adecuada de la nueva normativa, luego que el personal de Carabineros de Chile y los inspectores municipales se encuentran abrumados por la alta demanda de las materias que deben controlar.

Si bien el comercio ha recibido de buena forma la idea de implementar una medida para reemplazar el uso de bolsas plásticas, señaló, aspecto que se une a la vocación turística regional, se requiere, también, abordar el problema del uso de dichos elementos como receptáculos de residuos domiciliarios, para el caso, el propio municipio debiera disponer de recursos adicionales para entregar a cada hogar una solución para el retiro de la basura particular, deteniendo la dependencia actual a las bolsas suministradas por los supermercados.

Hizo presente que la nueva ordenanza fue apoyada transversalmente en el Concejo Municipal, donde observan con atención el caso de las provincias vecinas de la Patagonia Argentina, cuyo régimen federal les ha facilitado la eliminación casi total de bolsas plásticas en espacios públicos. Asimismo, celebró la posibilidad de iniciar como Región piloto la eliminación del uso de bolsas plásticas; plan que debiera extenderse a todo el territorio nacional, para evitar el daño ambiental que ocasionan.

El Concejal y Presidente de la Comisión de Medio Ambiente, señor Mario Pascual, expuso que la industrialización del plástico como producto derivado del petróleo ha generado grandes beneficios a la humanidad, permitiendo múltiples avances en higiene y seguridad alimentaria, entre otros. Sin embargo, acotó, el uso indiscriminado y el desecho inadecuado de bolsas plásticas utilizadas para distintos fines, ha aumentado descontroladamente el nivel de contaminación, con el consiguiente efecto nocivo para el ambiente y la salud del ser humano. En el caso de la Patagonia, agregó, los fuertes vientos característicos de la Región, convierten a las bolsas plásticas en considerables agentes de contaminación, dispersándose en diversos puntos de la ciudad.

El trabajo del municipio, explicó, contempla un plan de difusión que considera charlas en colegios y jardines infantiles con entrega de bolsas reutilizables, que junto a otras campañas ambientales impulsadas en la comunidad, como la recuperación del Humedal Tres Puentes y los trabajos de restauración ambiental en la Mina Invierno, han permitido concientizar a la ciudadanía. Además, se han realizado reuniones con dirigentes de organizaciones comunitarias, distribución de afiches, volantes y folletería en sectores de masiva concurrencia, difusión de la ordenanza a través de los medios de comunicación de la comuna (radio, televisión y periódicos), distribución de bolsas reciclables y volantes en supermercados y difusión permanente de la ordenanza en la página web del municipio y sus redes sociales.

Reiteró que el mayor porcentaje de bolsas plásticas se usa como medio de transporte de mercaderías desde los establecimientos de comercio hacia la vivienda particular, mecanismo que pretenden revertir tanto con la aplicación de la ordenanza como con la futura vigencia de una ley que prohíba el uso de dichos elementos. También recalcó la necesidad de sociabilizar los efectos del uso de bolsas plásticas como recipiente final de residuos domiciliarios, tema estrechamente vinculado a la posible eliminación de su uso. En Magallanes, lamentó, no existe la opción de asociarse a otros municipios del país, dada la lejanía de los centros urbanos, de esta forma, Punta Arenas se ha convertido en el receptor de basura del 80% de la Región (Río Verde, San Gregorio, Laguna Blanca, Porvenir, Antártica), pese a contar sólo con un vertedero municipal, asimilado por ley a relleno sanitario. La situación ideal para la Patagonia sería la implementación de centros de reciclado, pero dicha iniciativa requiere el apoyo del Estado porque actualmente no es una actividad rentable para la Región de Magallanes.

El Alcalde de la I. Municipalidad de Punta Arenas, señor Emilio Bocazzi, complementó la exposición, señalando que la sustitución y futura eliminación del uso de bolsas plásticas en la Patagonia irá asociada a un plan de recolección y reciclaje de vidrio, programa similar al utilizado en Santiago, Concepción y Valparaíso. Es necesario avanzar en la implementación de medidas ambientales, apuntó, pero tales acciones no pueden sustentarse en la voluntad de unos pocos, sino que deben ser firmemente apoyadas por el Estado, comprometiendo recursos fiscales suficientes para abordar dichas tareas, tal como se ha hecho con programas del Ministerio del Medio Ambiente, como el sistema de certificación ambiental municipal.

El Alcalde de la I. Municipalidad de Puerto Natales, señor Fernando Paredes, expuso a su turno, que el municipio se encuentra inserto en el Sistema de Certificación Ambiental (SCAM) desde el año 2013, programa enfocado al cuidado del medio ambiente que procura obtener avances en la gestión ambiental municipal mediante diversas acciones a replicarse en cada comuna. Actualmente, Puerto Natales ha sido certificada en la fase intermedia con un 98% de efectividad, convirtiéndose en la comuna modelo a nivel nacional.

En el marco de dicho programa, añadió, se ha impulsado la campaña “Yo Quiero Cambiar Mi Bolsa”, campaña de gestión ambiental dirigida a mitigar el alto impacto negativo que generan las bolsas plásticas en una ciudad turística como Puerto Natales. Con diversos actores de la campaña han llegado a la conclusión que el factor determinante en la contaminación por uso de bolsas plásticas es la bolsa blanca de empaque final. La precisión es importante, señaló, porque el objetivo de la campaña es la eliminación del uso de la bolsa de polietileno, no la de polipropileno, comúnmente conocida como bolsa pre-picada, ya que la eliminación de la última ocasionaría un problema de higiene a las panaderías, carnicerías y comercio detallista en general.

Con dicha finalidad, indicó, el municipio de Puerto Natales dictó a inicios del presente año una ordenanza que busca reducir el uso de bolsas plásticas de empaque final. La vigencia de la normativa municipal se complementó con educación y concientización de los habitantes de la comuna, con activa participación de la I. Municipalidad de Puerto Natales, el Concejo Municipal, los funcionarios municipales, la Cámara de Turismo, la Cámara de Comercio, la empresa privada, los comerciantes de la ciudad, establecimientos educacionales y la comunidad en general.

La campaña se ha llevado a cabo, especificó, en diversas etapas, desde la dictación de la ordenanza municipal hasta la aplicación efectiva de su normativa, con instancias de coordinación, comunicación y entrega de bolsas reutilizables. Se ha promovido en el comercio local la sustitución de la bolsa plástica de empaque final mediante el cobro de su entrega al consumidor final, multando sólo a aquéllos que entreguen en forma gratuita dicho elemento. Hoy, afirmó, más del 50% de los hogares emplea las bolsas reutilizables. Resaltó que el cobro por bolsa plástica fue consecuencia de un acuerdo suscrito con los comerciantes locales, quienes manifestaron su acuerdo, siempre que no se prohibiera el uso de bolsas de polipropileno por razones de higiene, asunto al cual el municipio accedió.

Luego, expuso dos propuestas de la ciudad de Puerto Natales, primero, indicó, si bien la comunidad recicla artículos de papel, vidrio o latas, éstos deben ser embarcados hacia la zona centro del país porque en la Patagonia no existe una planta de reciclaje. La idea sería fortalecer dichas iniciativas mediante un financiamiento estatal para el transporte de tales productos. Asimismo, recordó que el municipio invirtió una cantidad importante de fondos municipales para desarrollar la campaña ambiental, y en ese sentido, apuntó, el Ministerio del Medio Ambiente debiera crear una línea de financiamiento municipal para ejecutar dichas actividades.

Finalmente, comentó que el presente proyecto de ley prohíbe el uso de todo tipo de bolsa plástica, quizás, sostuvo, se debiera evaluar dicha medida, centrándose en la eliminación del uso de la bolsa plástica de empaque final.

El Alcalde de la I. Municipalidad de Coyhaique, señor Alejandro Huala, compartió los planteamientos de los ediles, pues expresó que la realidad de los municipios de la zona austral del país es muy similar.

En el caso de Coyhaique, precisó, se ha estimado que cada persona usa 200 bolsas plásticas al año, acumulándose más de 50 toneladas en el relleno sanitario local, contaminación que afecta la flora y fauna de la zona. Para afrontar las tareas de aseo municipal, graficó, la municipalidad destina $1.326 millones anuales, cifra que no permite la adecuada limpieza de la ciudad. A ello, indicó, se debe sumar la falta de personal para cumplir con tareas de fiscalización.

Cuando se plantea la eliminación del uso de las bolsas plásticas, agregó, todo el mundo se manifiesta de acuerdo, sin embargo, al momento de comprar en los distintos establecimientos de comercio las personas no disminuyen el uso de bolsas plásticas, en parte, justificó, porque no se ha entregado a la comunidad ningún elemento para suplir su uso. Probablemente, acotó, el Ministerio del Medio Ambiente debiera proveer recursos a los municipios con el objeto de adquirir bolsas reutilizables que luego puedan ser entregadas a los habitantes de la comuna.

Manifestó que es cierto que existen municipios que han eliminado el uso de bolsas plásticas, como Chile Chico, pero son localidades cuya menor extensión y cantidad de habitantes facilita la aplicación de dichas medidas.

Informó que el municipio realizó en octubre del presente una campaña para la eliminación del uso de bolsas plásticas, logrando una alta participación de los establecimientos educacionales de la comuna. La idea es implementar una ordenanza similar a los municipios de Punta Arenas y Puerto Natales, aunque, advirtió, la fiscalización de tal normativa municipal será inviable por falta de recursos. Si Punta Arenas cuenta con un cuerpo de fiscalizadores de sólo 12 personas, afirmó, en el caso de Coyhaique es peor aún, ya que no tiene personal destinado a dicha labor, debiendo asignarles a funcionarios que cumplen otras labores en el municipio dicha tarea. La fiscalización de diversas materias municipales es urgente en la zona, por ejemplo, el problema asociado a la presencia de perros abandonados, donde se ha denunciado el ataque de jaurías de perros a rebaños de ovejas.

El trabajo, añadió, ha considerado también la participación de la Cámara de Comercio, la Cámara de Turismo, establecimientos educacionales, empresa privada y el colegio médico, cuyo objetivo primordial ha sido el estudio del mecanismo para abordar la eliminación del uso de bolsas plásticas. Asimismo, aseguró, como sucede en otras localidades de la Patagonia, se ha difundido la campaña mediante la entrega de folletos e información a través de los medios.

Por último, hizo hincapié en la necesidad de dotar de recursos suficientes a la presente iniciativa legal, de lo contrario, será imposible implementar medidas conducentes a su cumplimiento, como ha sucedido con disposiciones legales que han obligado a incorporar nuevas funciones al municipio, pero sin el correspondiente financiamiento.

El Honorable Senador señor Walker, don Patricio, saludó a los ediles presentes, a quienes felicitó por el esfuerzo y liderazgo emprendido para lograr una Patagonia más limpia.

Dentro de las exposiciones, destacó la opinión que sugiere no incluir en la prohibición propuesta por el presente proyecto de ley todo tipo de bolsa plástica, sino que apuntar a la bolsa de polietileno o bolsa de empaque final, como se ha denominado, apartando de la prescripción la bolsa de polipropileno, por las razones de higiene ya comentadas.

Asimismo, solicitó a los representantes del Ejecutivo acoger las peticiones relacionadas tanto con el incremento de recursos para el cumplimiento de labores fiscalizadoras a nivel municipal, así como la creación de fondos concursables para asumir campañas ambientales, como el reemplazo de la bolsa plástica por una bolsa biodegradable o reutilizable.

Resaltó también, que la integración de la Comisión Especial de Zonas Extremas es de carácter transversal, unidos por una característica común, como es la dificultad de desarrollo en zonas apartadas de Chile. Con este fin, valoró la posibilidad de visitar las Regiones para conocer en terreno las distintas sensibilidades locales, en temas tan relevantes como el desarrollo del turismo, la conectividad o la nivelación de la asignación de zona en el sector público, área donde el actual Alcalde de Coyhaique, señor Huala, ha sobresalido por mucho tiempo.

El Honorable Senador señor Bianchi agradeció la presentación de los alcaldes porque permite conocer las fortalezas y debilidades en la implementación de la medida que propone la actual iniciativa legal en estudio, pues cada municipio ha efectuado un trabajo pionero con la aplicación de las distintas ordenanzas municipales tendientes a sustituir el uso de las bolsas plásticas.

Por otra parte, solicitó la realización de un estudio científico que permita conocer con certeza el daño ambiental causado en la costanera de la ciudad de Punta Arenas. La primera milla marina, recordó, es un lugar vital para la incubación y alimentación de las especies marinas, por lo que la contaminación de dicha área sería un impacto ambiental negativo casi irreversible.

Posteriormente, coincidió con el Honorable Senador que lo antecedió en el uso de la palabra, en cuanto a la necesidad de fijar claramente el objeto de la prohibición del presente proyecto de ley, ya que como fue advertido por los alcaldes, la presencia de bolsas de polietileno constituye el principal elemento de contaminación en la zona.

Asimismo, concordó con el Alcalde de Punta Arenas, en la necesidad de otorgar un elemento de sustitución a la comunidad para el acopio de residuos domiciliarios, dado que actualmente las bolsas plásticas cumplen mayoritariamente dicha finalidad, por ende, si se prohíbe el uso de las mismas, debe compensarse con alguna otra medida. Con este objetivo, pidió al Ministerio del Medio Ambiente crear un fondo especial municipal para que cada localidad que implemente una medida de esta naturaleza pueda invertir los recursos necesarios en la adquisición de bolsas reutilizables, con el objeto de incentivar a la comunidad al reemplazo de las bolsas plásticas.

Finalmente, se refirió a la posibilidad de generar una industria de reciclaje en la Región, sugiriendo que en las bases de licitación para adjudicar el contrato de transporte y conectividad de la zona austral, se obligue al adjudicatario a trasladar el material reciclado en las Regiones de Coyhaique y Magallanes. Así, manifestó, las distintas comunas de la zona podrían celebrar convenios con localidades del centro y sur del país que cuenten con una planta recicladora, reaprovechando los artículos desechados en las Regiones extremas.

El Honorable Senador señor Horvath se sumó también a las expresiones de agradecimiento para los alcaldes presentes, por haber implementado una iniciativa orientada a disminuir la contaminación ambiental en la Patagonia, aunque, indicó, entre las modificaciones que debieran introducirse al presente proyecto de ley, debiera considerarse una extensión del área geográfica denominada Patagonia, pues, en su opinión, dicha zona incluye, también, la comuna de Cochamó, Puelo, Ralún y la Isla Grande de Chiloé.

En último término, invitó a los presentes a repensar el concepto de desecho, porque, aun cuando concuerda en la idea de generar un ciclo de reciclamiento con otras comunas del país, muchos artículos que hoy son desechados han sido reutilizados para la construcción de viviendas, como el caso acontecido en Ushuaia, Argentina, donde un reconocido arquitecto ha sido capaz de levantar una casa sólo con elementos reciclados, idea que pretende promover para la construcción de un centro de arte en Rapa Nui.

La Honorable Senadora señora Goic valoró las exposiciones de los ediles y el debate habido en la Comisión, elementos que ilustran los aspectos técnicos que debiera considerar el presente proyecto de ley. Asimismo, destacó que la eliminación del uso de las bolsas plásticas generó en un principio la resistencia de la comunidad, pero la implementación de las medidas municipales y la difusión de campañas mediáticas han permitido un cambio cultural en la población, favoreciendo la aplicación de este tipo de medidas.

El Honorable Senador señor Bianchi señaló que sería importante conocer la experiencia de construcción de viviendas con material reciclado, antes de enviar los desechos de la zona austral al centro del país, para lo cual, solicitó explorar la posibilidad de crear un proyecto financiado por el Estado que estudie la factibilidad de desarrollar un emprendimiento de tales características.

La Honorable Senadora señora Goic manifestó que el Ministerio del Medio Ambiente debiera referirse en su futura exposición ante la Comisión no sólo a la iniciativa en estudio, sino también a las acciones emprendidas en materia de reciclaje, con el objeto de conocer en profundidad las medidas y estudiar la opción de implementarlas en la Patagonia.

La Gerente General de la Asociación de Industriales del Plástico (ASIPLA), señora Mariela Formas, inició su exposición señalando que comparte el diagnóstico efectuado por los autores de la moción, ya que el problema manifestado en los considerandos de la iniciativa atañe a todos: ciudadanos, Estado, legisladores, sector privado y a la industria del plástico.

No obstante, aseveró, el problema se debe abordar integralmente y previo a buscar soluciones, estimó necesario destruir o combatir los mitos acerca del plástico, agregando que es fácil vestirse de “verde” atacando el plástico, en circunstancias que este material ha sido de gran utilidad y que, el gran pecado de los industriales ha sido la falta de comunicación de los beneficios del plástico para la sociedad.

Expresó que se escuchan frases tales como “si disminuye el consumo de plástico, disminuirá el consumo de petróleo”, refiriendo que el plástico básicamente es un subproducto de la refinación del petróleo obtenido de los gases, los que antiguamente se lanzaban a la atmósfera, y que hoy se condensan transformándose en polímeros: es decir, el plástico es un subproducto de la refinación del petróleo que de no mediar la existencia de los plásticos estarían en nuestro medio ambiente. Tanto es así, puntualizó, que sólo el 4% de este subproducto es utilizado para fabricar plástico, de manera que nadie puede afirmar que “si disminuye el consumo de plástico, disminuirá el consumo de petróleo”.

Enseguida, se refirió a otra expresión muy utilizada “los plásticos contaminan”, aseverando que los plásticos son inocuos y que están hechos del mismo material que los instrumentales quirúrgicos, las jeringas, las botellas plásticas e incluso los recubrimientos de remedios, afirmando que quienes contaminamos somos los usuarios, al no disponer de forma sustentable nuestros desechos plásticos.

También abordó el mito que afirma que el reciclaje de los plásticos es muy costoso económicamente y no factible medioambientalmente, refiriendo que en Chile el 23% de las bolsas plásticas que se consumen se fabrican de material reciclado. Refirió que la industria chilena importa más de 15.000 toneladas de residuos plásticos para abastecer las plantas de reciclaje, señalando que existen en el país 15 plantas grandes de reciclaje, tres de las cuales son las más grandes y modernas de Latinoamérica, planteándose la pregunta de cómo es posible que no seamos capaces de reciclar nuestro propio plástico y tengamos que importar basura plástica para abastecer las plantas, que, además, cumplen un rol importantísimo en el embalaje de la fruta chilena que se exporta, y que por el hecho de ser envases reciclados permiten la entrada a los mercados más exigentes ambientalmente, debido a la baja huella de carbono que ello implica.

Enseguida, manifestó que el problema real radica en que no existen rellenos sanitarios, no sólo en la Patagonia, agregando que la ciudadanía no tiene hábitos de reciclaje, no sabe cómo, dónde, y ni siquiera sabe que existe el reciclaje. Además, falta un marco regulatorio, precisando que el proyecto de ley que establece el Marco para la Gestión de Residuos y Responsabilidad Extendida del Productor (Boletín N° 9.094-12) posibilitará el reciclaje del plástico y otros productos que se enmarcan dentro de dicha iniciativa.

Luego manifestó sus temores por lo que ocurriría con la disposición de la basura una vez que se prohíba la entrega de bolsas plásticas, aseverando que la situación descrita en la moción en estudio, y también la que se muestra en las fotografías que exhibió del Vertedero Leñadura de Punta Arenas, no cambiará.

Refirió que la Asociación encargó un estudio a Adimark, en el que se encuestó a 800 personas de todo Chile, haciéndose un zoom en dos ciudades de la Región de Magallanes, en Pucón y Valparaíso, resultando que un 94% de los encuestados utiliza la bolsa que le entregan en los supermercados para botar la basura de su hogar.

Señaló que la preocupación de un 37% de los encuestados radica en que de aprobarse un proyecto como este a nivel nacional, tendría que gastar en bolsas de basura; en tanto un 34% afirma que no comprará bolsas de basuras, y que no tendrá donde depositar la basura domiciliaria, aseverando que el primer quintil de la población, tanto en Magallanes como en Aysén, considerando todos los ingresos autónomos alcanza un ingreso de $ 220.000, y la adquisición de bolsas de basura le significaría un gasto mensual de $ 7.000, vale decir, para este primer quintil, puntualizó, dicho gasto representaría un 4% de su ingreso autónomo; en tanto que para el segundo quintil, representaría entre un 2% a un 3% de su ingreso mensual.

Lo anterior, precisó, coincide con el estudio de Adimark, cuyo resultado arroja que el 34% de la población no comprará bolsas de basura, toda vez que sus ingresos no se lo permiten, siendo el resultado de ello la existencia de basura a granel en las calles, y basura al interior de los hogares.

Aseguró que se creará un serio problema de salud pública, con lo cual todas las políticas implementadas en los últimos 50 años, orientadas a erradicar enfermedades contagiosas como la hepatitis, el cólera, tifus se desmoronarán, y en términos medioambientales, acotó, tampoco habrá una ganancia, puesto que, aseveró, las bolsas plásticas que entregan en los supermercados, son las que dejan una menor huella de carbono entre todos sus homólogos, precisando que las bolsas de supermercados emiten 12.8 gramos de dióxido de carbono (CO2); su homóloga de algodón 3.800 veces más, o sea 50.000 gramos de dióxido de carbono (CO2), y las bolsas reutilizables, que son igualmente de plástico, emiten entre 20 y 200 veces más, y las bolsas de papel emiten 2,5 veces más. Además, existen problemas de contaminación cruzada si la gente utiliza bolsas recicladas y luego de usarlas no las lava.

Expresó que este desafío debe ser abordado, precisando que la primera tarea es la de educar, refiriendo que el mencionado estudio encargado a Adimark, señala que el 77% de la población encuestada no sabe que las bolsas plásticas son 100% reciclables, situación que es transversal a todo grupo socioeconómico, nivel de educación, ciudad y edad.

Además, el 81% se declara culpable de botar las bolsas, preguntando si la prohibición será realmente una solución, afirmando que, en su opinión, con la vigencia de esta iniciativa legal se cambiarán bolsas blancas y de colores por bolsas negras, ya que el 34% no comprará bolsas, sin solucionar el problema de la Patagonia, generándose un problema de salud pública.

Enseguida, abordó la legislación comparada, refiriendo que hay países que establecen la prohibición de utilizar las bolsas plásticas y botellas y otro tipo de productos, mencionando Argentina, (que la estableció en tres ciudades, en una de las cuales ya revirtió la medida), Bangladesh, Mauritania y Ruanda.

Mencionó otro grupo de países, con políticas públicas orientadas al reciclaje, hacia los cambios de hábito y que también cobran el valor de la bolsa plástica, entre los que nombró a Alemania, Austria, Dinamarca, Bélgica, más 25 ciudades en Estados Unidos de América, México y Brasil.

Señaló que recientemente se aprobó en Alemania y en Estados Unidos, el cobro en las tiendas de comercio de las bolsas de plástico (plastax) y papel que se entregan en las tiendas por departamento, advirtiendo que da lo mismo si se trata de un impuesto o un cobro, ya que lo importante es que se transparente el cobro de la bolsa plástica, de manera que el usuario sienta y sepa que está pagando por el producto. Refirió que cobrar es una herramienta más de política pública, siendo aconsejable que miremos la legislación de países como Austria, Alemania y México que han sido exitosos en la solución de este tema.

Luego, manifestó que, la solución real radica en fomentar y conversar extensamente sobre el proyecto de ley que establece un Marco para Gestión de Residuos y Responsabilidad Extendida del Productor, el que si bien no es perfecto, es un gran proyecto y constituye un gran avance como política pública.

Continuó afirmando que el proyecto de Responsabilidad Extendida del Productor reúne iniciativas privadas y públicas, coordinándolas estructuralmente bajo un marco regulatorio, genera cambios de hábito en las personas, atrae inversión y en definitiva, se traduce en la creación de un circulo virtuoso, prueba de ello, aseveró, que ha funcionado 25 años en más de 37 países.

Luego aludió a la importancia de educar acerca del reciclaje, refiriendo que los países exitosos en la materia además del cobro de la bolsa, lo primero que hacen es sensibilizar a la población acerca del tema, obligando al comercio a poner una leyenda en las bolsas que el producto es reciclable y el lugar donde destinarlo, siendo muy relevante aumentar los estándares de calidad de la bolsa, ya que no da lo mismo el tipo de bolsa que se utiliza, la bolsa que se ve volando no es aquella entregada en el supermercado, es la bolsa de la feria, que no tiene gramaje, resistencia, calidad, que se rompe y la gente no la vuelve a usar.

Concluyó señalando que hay pasos que dar y que el primero de todos es educar para cambiar los hábitos de la población y luego tomar la evidencia empírica de los países exitosos, y adaptarla a nuestra realidad.

La Honorable Senadora señora Goic expresó que percibe un contraste entre la opinión positiva de los Alcaldes que asistieron la sesión anterior, con la visión un tanto catastrófica de la expositora, aseverando que la solución que propone el proyecto avanza sin necesidad de legislación. Prueba de ello, aseveró, que algunos municipios ya han implementado la medida, mencionando a Puerto Natales, que lo hizo a través de una ordenanza municipal de manera exitosa.

Expresó que valora la presentación efectuada, concordando con que hay que potenciar el reciclaje, advirtiendo que se trata de temas complementarios entre sí.

Expresó que le llama la atención la cantidad de residuos plásticos que importa nuestro país, agregando que debieran existir los incentivos económicos para aumentar el reciclaje, refiriendo que en regiones es una actividad muy incipiente.

El Honorable Senador señor Walker, don Patricio, solicitó una breve explicación del proyecto de ley sobre Responsabilidad Extendida del Productor y porqué se cree que dicha iniciativa colaboraría en la solución del problema planteado en esta sesión.

La Gerente General de ASIPLA, señora Mariela Formas, explicó que el proyecto de ley establece nueve productos prioritarios, dentro de los cuales se consideran las bolsas y los embalajes, estableciendo, además una meta de recuperación de los productos prioritarios, que debe ser cumplida por los privados.

El Presidente de ASIPLA, señor Julio Compagnon, aseveró que a lo largo del país hay infinidad de iniciativas públicas y privadas todas descoordinadas entre sí, señalando que falta una regulación del reciclaje, que atenta contra la logística para que se transforme en un negocio económicamente eficiente.

Precisó que el proyecto de ley sobre Responsabilidad Extendida del Productor, coordina y permite generar volúmenes y cadenas logísticas que fomenta y permite que esta actividad se transforme en un negocio, al transformar residuos en recursos, siendo ese un cambio gigantesco en el manejo de residuos domiciliarios.

Añadió que, no obstante lo anterior, existen en provincias y en las zonas extremas, empresas exitosas que se dedican al reciclaje, citando el caso de Punta Arenas, Tarapacá y Puerto Aysén, aseverando que si se combina esta actividad con una política pública que ordene la actividad será mucho más exitosa en términos de escala.

La Gerente General de ASIPLA, señora Mariela Formas, señaló que actualmente se recicla de Arica a Punta Arenas, y que en las zonas extremas el costo mayor se debe al transporte, además, en el caso de las zonas francas existe un impuesto que encarece más la realización de la logística del sistema, ya que al transportar el producto fuera de la zona franca se somete al régimen general.

El Honorable Senador señor Walker, don Patricio, solicitó que se pidiera a la Biblioteca del Congreso Nacional una propuesta que permita dar solución al tema.

El Honorable Senador señor Quinteros señaló que si no se avanza en responder a la necesidad de las comunas de contar con un relleno sanitario, será complejo implementar medidas como la eliminación de las bolsas plásticas porque podrían ocasionar aún mayor contaminación por el manejo inadecuado de los residuos domiciliarios.

El abogado, señor Patricio Zapata, señaló que su participación obedece a una invitación cursada por la Comisión y es una contribución voluntaria al análisis del presente proyecto de ley, dado el interés público que merece la iniciativa en estudio, a diferencia del trabajo realizado en otras ocasiones en que se le ha solicitado un informe en derecho, actividad remunerada que por razones de transparencia es importante precisar.

Enseguida, expresó que sus comentarios se refieren a los aspectos específicamente jurídicos de la iniciativa, absteniéndose de incursionar en la evaluación de las consideraciones políticas, sociales o económicas que pudieren esgrimirse tanto a favor o en contra del proyecto en estudio.

Aclarado lo anterior, manifestó que teniendo a la vista la redacción de la Moción que conoce la Comisión Especial de Zonas Extremas del Senado, la misma le merece los comentarios que se expresan a continuación.

En primer término, observó que no parece constitucionalmente reprochable en sí mismo que el proyecto circunscriba el alcance de la prohibición al “territorio de la Patagonia”, precisando que aun cuando es efectivo que la actual Constitución Política de la República concibe a la ley como una norma general, predeterminada, permanente y abstracta, ello no obsta a que, existiendo razones fundadas, puedan aprobarse cuerpos legales que tengan un alcance personal, territorial o temporal que sea concreto y determinado. Prueba de ello, aseguró, es la existencia de normas explícitas de la Constitución que admiten la legitimidad de leyes con alcance acotado, citando la disposición del inciso segundo, del artículo 19 N°22, de la Carta Fundamental, que permite subsidios y exenciones para ciertas actividades y zonas.

Continuó expresando que la clave del asunto radica en que, al momento que el legislador decida aprobar una normativa particularista, se preocupe de dejar constancia suficiente, en la historia fidedigna de la ley, cuáles han sido las razones o antecedentes que justifican una normativa especial. Desde este punto de vista, opinó, sería conveniente un mayor desarrollo del tipo especial de impacto que ocasionan los desechos plásticos sobre la ecología en la Patagonia.

Luego, explicó que la decisión de prohibir la entrega de bolsas plásticas cabe dentro de las materias del dominio legal. Por lo mismo, consideró que el legislador sí tiene competencia para aprobar el proyecto de ley en análisis. Puntualizó que más que la disposición contenida en el artículo 63 de la Carta Fundamental, la fuente concreta de esta habilitación se encuentra en el precepto constitucional que, en aras de la defensa del medio ambiente y el deber del Estado de proteger la naturaleza, autoriza a la ley a establecer restricciones especificas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente. (Artículo 19, N° 8°, inciso segundo, Constitución Política de la República.)

Prosiguió, enfatizando que no advierte infracción alguna al principio de no discriminación que consagra nuestra Carta Magna en el N° 2°, del artículo 19, por el hecho que el proyecto sólo prohíba la entrega de bolsas plásticas cuando ella proviene de “supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio”. Aunque uno pudiere imaginar a otras entidades repartiendo bolsas plásticas, (colegios a sus alumnos, partidos políticos en el contexto de una campaña, etc.), entiende que no resulta arbitrario que la ley haya querido enfocarse en aquellos establecimientos o entidades comerciales que, vendiendo artículos que deben ser transportados regularmente hacia el hogar del consumidor, busquen facilitar dicho transporte proporcionando bolsas plásticas.

Más adelante señaló que, en razón de cuanto exige el principio de reserva legal, principio según el cual tratándose de derechos fundamentales, el legislador tiene una responsabilidad mayor, en términos que existen materias que no puede delegar, sugiere que el proyecto de ley evite una remisión amplia al reglamento, para lo cual propone que se consigne en esta iniciativa legal, de manera explícita, los actos ilegales y la sanción concreta que se aplicará, de manera de blindar la norma frente a una eventual objeción constitucional.

Sin perjuicio de lo anterior, apuntó, existen razones jurídicas para sostener que los municipios estarían habilitados para fijar este tipo de reglamentación sin necesidad de una norma de rango legal. Es un tema opinable, indicó, pero cuando se legisla sobre un tema específico que ha sido regulado por una normativa de menor rango, como un reglamento, pareciera implicar la necesidad de regular dicho tema mediante una ley, debilitando a los órganos públicos que han dictado una ordenanza municipal y que no se ubican dentro de los límites normativos establecidos por el presente proyecto de ley, como Villarrica y Pucón, dos municipios que no se localizan en la Patagonia, pero que han dictado normativas para regular el uso de bolsas plásticas.

Sin embargo, manifestó, dicho punto se podría salvar si el Parlamento hiciera constar que la falta de una ley que regule el uso de bolsas plásticas no debe entenderse como una exclusión de los municipios para actuar en materia de conservación ambiental, pero que la intención del legislador es abordar el problema con la finalidad de buscar una solución armónica para una zona determinada. La idea, insistió, es justificar la existencia de una legislación específica para un área geográfica determinada del país, que no obste la dictación de ordenanzas municipales en comunas ubicadas fuera de la Patagonia. Para el caso, propuso una redacción del siguiente tenor: “Sin perjuicio de las atribuciones de los municipios, prohíbase…”.

Concluyó su intervención señalando que, a su juicio, el proyecto de ley no presenta problema alguno de constitucionalidad; agregando que la materia no es común, y en ese sentido, llama la atención que sea para un sector del territorio; señaló, además, que efectivamente limita, pero no restringe, una actividad económica, precisando que nunca se ha excluido a la actividad empresarial de la posibilidad de ser sujeta a normas legales que la regulen (artículo 19, numeral 21°, de la Constitución Política), toda vez que lo importante es no afectar la esencia de un derecho.

El Honorable Senador señor Orpis señaló que le asiste una duda de constitucionalidad, ya que el proyecto de ley está prohibiendo la realización de una actividad económica, garantía constitucional establecida en el N° 21, del artículo 19 de la Constitución Política, que asegura el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, el orden público o a la seguridad nacional; añadiendo que se debería compatibilizar o armonizar dicha prohibición con lo preceptuado en el N° 8, del mismo artículo 19.

Agregó que el citado N° 8, del artículo 19, de la Carta Fundamental, en su inciso primero, asegura el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, preceptuando que es deber del Estado velar porque este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. No obstante ello, afirmó, el punto relevante se ubica en el inciso segundo del citado N° 8, que prescribe que la ley podrá establecer restricciones específicas en el ejercicio de determinados derechos, asegurando que el proyecto de ley en estudio no contiene una restricción, sino que una prohibición. De manera que, acotó, es válido cuestionarse de qué manera se compatibilizan ambas garantías.

El abogado, señor Patricio Zapata, declaró que la calificación de cuando una medida limitativa afecta la esencia de un derecho no debiera confundirse con la cuestión material, física, del grado de impacto que tiene una norma limitativa sobre algún tipo de actividad; lo que prohíbe la Constitución es afectar un derecho.

Como ejemplo, graficó, cuando el Estado expropia un bien y priva a una persona de la totalidad del objeto sobre el cual recae el derecho de dominio, no priva a la persona de su derecho de dominio, sino que priva a dicha persona de la cosa sobre la cual recae el dominio, y al ejercer tal privación de acuerdo a la Constitución, no se priva el derecho, sin embargo, la persona ya no tiene la cosa material sobre la cual ejercía el derecho real.

Lo mismo ocurre, afirmó, si un comerciante se le impide legalmente la entrega de bolsas plásticas, es una prohibición total desde el punto de vista material; antes de la vigencia de la ley podía entregar bolsas plásticas, ahora no, pero dicha exigencia no significa una prohibición a ejercer el derecho a desarrollar actividades económicas, puntualizando que este caso correspondería a una limitación, en que desde el punto de vista físico podría significar una actividad que la persona ya no puede realizar.

Enseguida, recordó que con ocasión del estudio de la normativa sobre restricción al consumo de tabaco, realizó un informe donde sostuvo que la noción de “orden público” no puede ser circunscrita a la idea de seguridad ciudadana o tranquilidad en la vía pública, afirmando que el concepto de “orden público” se entiende en el artículo 19, N° 21 de la Constitución, como aquellas determinaciones fijadas por el legislador sobre cuestiones que son de altísimo interés nacional y que quedan sustraídas al libre mercado, a la libre transacción; afirmando, en dicha oportunidad, que en el caso del tabaco existen convenciones internacionales que Chile ha suscrito, por las cuales se compromete a intentar erradicar una pandemia, y eso se traduce en que el productor de tabaco no puede invocar en su favor las mismas garantías que puede invocar el productor de otro tipo de artículos.

Las bolsas plásticas, prosiguió, no se reintegran a la naturaleza, permanecen como un daño perenne, por ende, podrían ser consideradas a la luz de los tratados internacionales que Chile ha suscrito sobre la materia, como una sustancia que entra en tensión con el orden público, entendido de la forma como ha desarrollado anteriormente este concepto.

El Honorable Senador señor Orpis manifestó que es un tema que requiere un estudio más profundo, ya que, a su juicio, la iniciativa en discusión establece una prohibición. Refirió que ha seguido el desarrollo de una serie de casos que se basan en la misma lógica expuesta por el abogado señor Zapata, donde la Corte Suprema ha sostenido una opinión distinta. Se refiere específicamente a la Resolución del Ministerio de Salud que prohibió la venta de efedrina, un medicamento que estaba siendo utilizado como una droga, determinación que fue dejada sin efecto por considerar que se trataba de una actividad económica lícita.

Aseveró que es partidario de analizar con mayor profundidad la jurisprudencia sobre la materia, sobre todo en la manera como se compatibiliza el artículo 19 N° 21 con el mismo artículo 19 N° 8, ya que reiteró, estima que se trata de una prohibición, siendo necesario establecer si el alcance de orden público económico admite establecer o no tal prohibición en concordancia con el artículo 19 N° 8, de la Carta Fundamental.

El abogado, señor Patricio Zapata, aseguró que las prohibiciones del artículo 19 N° 21, de la Constitución Política, no debieran ser resorte de la autoridad administrativa, sino que debieran ser una definición del legislador o de órganos creados por el legislador con ese propósito, como el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Es por ello, sostuvo, que el argumento expresado por el Honorable Senador señor Orpis reafirma aún más la idea que la prohibición se adecua a la norma constitucional.

Posteriormente, el Jefe de la División Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente, señor Jorge Cash, señaló que al Ministerio le preocupa el ámbito de aplicación territorial de la ley, situación que ha quedado clara luego de la exposición del abogado señor Zapata, agregando que por las competencias propias de su Ministerio se referirá a consideraciones estrictamente ambientales.

Expresó que en opinión de esa Secretaría de Estado, se trata de una buena iniciativa por cuanto asume desde el punto de vista de un poder legislativo, asuntos de política pública que ha sido difícil regular de otra manera, sin perjuicio de que la misma puede ser perfectible en la discusión particular mediante indicaciones tanto del Ministerio como de los Honorables señores Senadores que pudiesen recoger algunas sugerencias propuestas en la discusión.

Señaló que le merece dudas la expresión empleada en el artículo primero del proyecto, que prohíbe la entrega a cualquier título, ya que ello implicaría que no pudiese regalarse una bolsa, situación que debe quedar explicitada en el transcurso de la discusión del proyecto.

Respecto del ámbito territorial, recordó que en el primer trámite constitucional se presentó una indicación para extender el ámbito de aplicación a todo el país, la que se rechazó por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, reforzando la idea de que se trata de un proyecto que tiene un ámbito de aplicación restringido.

Enseguida, manifestó la conveniencia de explorar una regulación que entrara en vigor de manera gradual, para así evaluar el alcance e impacto que pudiese ocasionar en la economía y en el medio ambiente una legislación como la contenida en el proyecto en estudio.

El Honorable Senador señor Chahuán se mostró en desacuerdo con la oportunidad de la discusión del presente proyecto de ley, en circunstancias que se encuentra hace seis años en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, un proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que dice relación con la prohibición general de este tipo de bolsas en todo el país, sugiriendo que se fusionen las iniciativas, de manera de avanzar simultáneamente en ambas.

Al respecto, la Honorable Senadora señora Goic, expresó que el proyecto en análisis tiene un ámbito de aplicación territorial limitado, agregando que la presente iniciativa fue objeto de una indicación para que se aplicara a todo el territorio nacional, la que fue rechazada por unanimidad.

Más adelante, la abogada del Ministerio del Medio Ambiente, señora Lorna Püschel, señaló que antes de exponer sobre la iniciativa en estudio, se referirá a las acciones que el Ministerio está realizando en materia de gestión de residuos. El año 2013, el Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley Marco para la Gestión de Residuos y Responsabilidad Extendida del Productor (Boletín N° 9.094-12), refiriendo que este se encuentra en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esa Corporación, en etapa de recepción de indicaciones.

El proyecto en comento establece distintos instrumentos de gestión de residuos: uno, el denominado “ecodiseño”, se refiere a exigencias técnicas efectuadas a los productos que en el futuro se transformarán en residuos, agregando, que en este caso, el instrumento habilitaría el establecimiento de exigencias de calidad a bolsas plásticas; y además, establece un instrumento denominado responsabilidad extendida del productor, que consiste en exigir a los productores de determinados artículos o productos denominados prioritarios – por productores se entiende tanto a importadores como a fabricantes– a responsabilizarse tanto desde el punto de vista de la logística como del punto de vista financiero de la recolección y valorización de los residuos que deriven de esos productos, cuando pierdan su vida útil.

Continuó señalando que uno de los productos prioritarios a los que aplica la mencionada iniciativa, son los envases y embalajes en todos los materiales, de manera que las bolsas plásticas son un envase que estaría cubierto por dicho proyecto, responsabilizando así a los productores de bolsas de plástico, estableciendo a la vez metas precisas de recolección y de valorización de esos residuos, que se harán progresivas en el tiempo.

Además, declaró que para el Ministerio es importante que se aclare los reales objetivos del proyecto en estudio, señalando que en el preámbulo que acompaña a la Moción, se habla de contaminación y, consecuentemente, la prohibición que establecía originalmente el proyecto era la de entregar bolsas no biodegradables; sin embargo, precisó, a medida que se avanzó en su tramitación, se consideraron tanto las bolsas plásticas biodegradable como las no biodegradables.

Continúo afirmando que establecer cuál es el real objetivo de la prohibición tiene consecuencias, porque es evidente que influye en la prohibición que se pretende establecer, puntualizando que si se trata sólo de la protección del medio ambiente, sería mejor regirse por las normas del proyecto de ley que establece la Responsabilidad Extendida del Productor, en tanto que si, además, se pretende la protección del paisaje se podrían contemplar otras consideraciones.

La Honorable Senadora señora Goic precisó que tanto el valor paisajístico de la Patagonia, asociado a las condiciones climáticas y a su vocación turística, como el valor medio ambiental, asociado a la conservación de su especial fauna son los objetivos reales de la iniciativa en estudio.

La abogada del Ministerio del Medio Ambiente, señora Lorna Püschel, indicó que también le preocupa el alcance territorial del proyecto, coincidiendo con los planteamientos del abogado señor Zapata, en el sentido que una ley puede establecer diferencias en su aplicación territorial, pero tiene que existir un fundamento para ello. Agregó que hasta el momento no observa claridad sobre dichos fundamentos técnicos desde el punto de vista de las consideraciones ambientales, para distinguir entre la Patagonia y el resto del territorio nacional, señalando que es preciso efectuar un trabajo más profundo sobre el particular.

Sugirió como alternativa considerar este proyecto como un plan piloto, de manera de observar cómo se comporta una legislación en una zona acotada del país, para lo cual debiera plantearse una entrada en vigencia progresiva en el territorio nacional, como ocurrió con la Reforma Procesal Penal.

Otra materia que es ineludible abordar, afirmó, es el régimen de fiscalización y sanción, materias que conllevan recursos presupuestarios, efectuando un llamado a reflexionar sobre ello, y así también especificar en la ley cuál es el Ministerio que dictará los reglamentos a que aludió el abogado señor Zapata.

Desde el punto de vista de la efectividad del instrumento, planteó que en el Derecho Comparado han existido aproximaciones de distinta naturaleza al problema: existen países que efectivamente prohíben el uso, la importación y la producción de bolsas plásticas, citando a Italia, Francia, Bangladesh y algunas provincias argentinas; otro grupo, lo constituyen aquéllos países desarrollados que desincentivan el uso, ya sea a través de cobros, o bien a través de impuestos, agregando que se requiere mayor tiempo para estudiar la idoneidad de este instrumento.

Finalizó señalando que el Ministerio que representa comparte la preocupación que motiva a los autores de la Moción, señalando que el fin principal de toda gestión de residuos debe ser la prevención en la generación de esos residuos, y que esta prohibición va en esa línea, ya que desaparecería un residuo en particular, insistiendo que el instrumento se debe estudiar con mayor profundidad para que produzca los efectos que se desea, ofreciendo desde ya la colaboración del Ministerio para perfeccionar el proyecto.

El Honorable Senador señor Horvath señaló que esta Comisión no ha considerado el riesgo que implica para los vuelos en los aeródromos del sur del país, la existencia de estas bolsas plásticas, refiriendo que el aeropuerto de Balmaceda está lleno de bolsas plásticas desparramadas, expresando que en el caso de los aviones grandes, las turbinas las deben hacer pedazos, pero tratándose de aviones chicos y otras aeronaves menores debe haber algún grado de riesgo, que es necesario prospectar.

Prosiguió refiriendo, que el proyecto puede ser analizado desde otro ángulo, ya que la bolsa plástica es utilizada para juntar las basuras, y botar las basuras de alguna manera concentrada; entonces, aseveró, si se quitan las bolsas plásticas habría que hacer un trabajo paralelo para que las personas tengan como juntar sus residuos y botarlos.

La Honorable Presidenta Senadora señora Goic señaló que se ha avanzado en los aspectos que se tienen que perfeccionar en la discusión en particular del proyecto; seguidamente agradeció la disposición del Ministerio del Medio Ambiente, señalando que en ciertos temas el rol del Ministerio es fundamental, sobre todo respecto a quien le corresponde la reglamentación, la fiscalización, el rol de los municipios; finalmente, aseveró que los argumentos constitucionales expuestos por el profesor Zapata han sido ilustrativos para la Comisión, agradeciéndole su participación.

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-Enseguida, la Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Carolina Goic Boroevic puso en votación, en general, el proyecto de ley, el que fue aprobado por cinco votos a favor y una abstención.

Votaron a favor la Honorable Senadora señora Carolina Goic Boroevic (Presidenta) y los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán, Antonio Horvath Kiss, Ricardo Lagos Weber y Rabindranath Quinteros Lara, en tanto se abstuvo el Honorable Senador señor Jaime Orpis Bouchon.

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TEXTO DEL PROYECTO

A continuación, se transcribe literalmente el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, y que vuestra Comisión Especial de Zonas Extremas os propone aprobar en general:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Prohíbese, a contar de un año desde la publicación de esta ley, dentro del territorio de la Patagonia Chilena, la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.

La infracción de esta prohibición será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado sesenta días después de que la ley entre en vigencia.

Artículo 2°.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Patagonia Chilena aquella extensión de territorio que comprende la provincia de Palena y las regiones de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 13 de agosto, 3 de septiembre, 15 y 22 de octubre, de 2014, con la asistencia de los Honorables Senadores señora Carolina Goic Boroevic (Presidenta), y señores Carlos Bianchi Chelech, Francisco Chahuán Chahuán, Antonio Horvath Kiss, Ricardo Lagos Weber, Jaime Orpis Bouchon, Rabindranath Quinteros Lara y Patricio Walker Prieto.

Sala de la Comisión, a 10 de noviembre de 2014.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretaria de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ZONAS EXTREMAS RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLÍMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

(BOLETÍN N° 9133-12)

I.-PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: establecer la prohibición, dentro de la Patagonia Chilena, de la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y el transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioskos y demás establecimientos de comercio.

II.-ACUERDOS: aprobado en general (5x1abstención).

III.-ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de 2 artículos permanentes.

IV.-NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No contiene disposiciones que requieran un quórum especial.

V.-URGENCIA: no tiene.

VI.-ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de las Honorables Diputadas señoras Rubilar y Sepúlveda, de los Honorables Diputados señores Espinoza, Sandoval, Silber, Teillier y Vallespín, y de los ex Diputados señora Goic y señores Accorsi y De Urresti.

VII.-TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.-APROBACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por 72 votos a favor, ningún voto en contra y una abstención.

IX.-INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 10 de junio de 2014.

X.-TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general.

XI.-NORMAS CONSTITUCIONALES O LEGALES QUE MODIFICA O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Constitución Política de la República, artículo 19, numerales 8°, 21° y 26°.

2.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, artículo 2°, letras c), d), ll), m) y q).

Valparaíso, a 11 de noviembre de 2014.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretaria de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 03 de marzo, 2015. Diario de Sesión en Sesión 94. Legislatura 362. Discusión General. Se aprueba en general.

PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE BOLSAS NO BIODEGRADABLES EN PATAGONIA CHILENA

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

En seguida, corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena, con informe de la Comisión Especial de Zonas Extremas.

--Los antecedentes sobre el proyecto (9.133-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 23ª, en 10 de junio de 2014.

Informe de Comisión:

Especial de Zonas Extremas: sesión 62ª, en 11 de noviembre de 2014.

La señora ALLENDE (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Señores Senadores, el objetivo principal de la iniciativa es prohibir en la Patagonia chilena la utilización de bolsas plásticas por los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, quioscos y demás establecimientos de comercio.

Cabe hacer presente que, cuando se dio cuenta del proyecto en el Senado, se dispuso su estudio por parte de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales. Posteriormente, se acordó que fuera considerado por la Comisión Especial de Zonas Extremas y no por la instancia señalada en primer término.

La Comisión Especial ya referida discutió la iniciativa solamente en general y aprobó la idea de legislar con los votos favorables de los Senadores señora Goic y señores Chahuán, Horvath, Lagos y Quinteros. Se abstuvo el Honorable señor Orpis.

El texto que se propone aprobar solo en general se transcribe en la parte correspondiente del primer informe de la Comisión.

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

En discusión general el proyecto.

Ofrezco la palabra.

Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señora Presidenta , la Patagonia chilena corresponde, más o menos, al 34 por ciento de la superficie del país y está considerada a nivel internacional como una de las zonas ecológicamente más prístinas del mundo.

Recientemente, con motivo del anuncio de la creación de la Universidad de Aysén, más los trabajos que han hecho distintos centros de investigación y el nacimiento del Instituto Internacional de Innovación, se ha ido demostrando que la mayor biodiversidad del mundo, no solamente en lo terrestre sino también en lo marino, se encuentra precisamente en esa zona.

Como un ejemplo didáctico, baste señalar que, si uno sigue el perímetro de los fiordos, canales y millares de islas que existen al sur de Chiloé, observará que hay del orden de 60 mil kilómetros de costa. Pues bien, a lo largo de esa extensión se hallan distintos ecosistemas: glaciares (Campos de Hielo Patagónico Norte y Sur), microclimas, un atravieso longitudinal de la Cordillera de los Andes.

Ello permite que en muy poca distancia se acceda a ecosistemas naturales muy variados, los que presentan un gran potencial desde el punto de vista de la ciencia, de los medicamentos, de los alimentos, de la cosmética, de las tinturas; en fin.

Todo ese patrimonio, que en su mitad está resguardado por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, al que se han sumado algunas iniciativas privadas, debe tener cierta consistencia en cuanto a su valoración y protección.

Una alternativa en esa dirección es procurar que en esa parte del país exista un ordenamiento territorial distinto. Tal medida es un compromiso presidencial, respecto del cual hay que avanzar para que haya una vinculación como la que se aprecia en la zonificación del borde costero.

Otra opción es establecer que el desarrollo de cualquiera actividad humana cuente con los resguardos correspondientes para reciclar residuos, para guardar los productos en lugares adecuados y para evitar la contaminación.

En esa línea, incluso antes de que en la Cámara de Diputados se presentara la moción que dio origen al proyecto que nos ocupa, algunos municipios de las Regiones de Magallanes y de Aisén resolvieron, por la vía de las ordenanzas, la prohibición del uso de bolsas plásticas no biodegradables, con el objeto de impedir el problema que genera su utilización, considerando que este de alguna manera deteriora la condición de privilegio ecológico de la Patagonia chilena.

La Comisión de Zonas Extremas, porque esta situación atañe a varios lugares (comuna de Cochamó, provincia de Palena, Regiones de Aisén y Magallanes), analizó este proyecto en forma integral, pues sabemos que otras regiones del país piensan avanzar en la misma dirección.

Pero reitero que tal prohibición ya ha sido puesta en práctica por la vía de las facultades municipales.

Asimismo, entendemos que, mediante el camino legal, también se debe establecer un respaldo, porque simultáneamente hay que buscar por la vía política la existencia de acciones tendientes a que las personas puedan usar bolsos o cajas alternativos a las típicas bolsas plásticas y que permitan resolver lo relativo a la disposición final de los residuos.

Debe haber una ley que promueva el reciclaje.

En términos didácticos, tiene que dejarse de lado el concepto "basura", pues no hay nada desperdiciable si uno asume esta materia en su conjunto.

Por tales razones, en términos generales se escuchó a las distintas autoridades comunales, regionales y, también, a empresas que promueven la utilización de bolsas reciclables. Ello, al objeto de que esta iniciativa tenga avances durante su tramitación legislativa.

Entendemos que la Patagonia es un territorio especial. Sin embargo, también lo es Chile en su conjunto.

Hay que pensar, por ejemplo, en Isla de Pascua, en el Archipiélago de Juan Fernández. La Antártica ya tiene implementado este tipo de iniciativas: no se puede dejar ningún tipo de residuos allí, sino que hay que traerlos de vuelta al continente.

Creemos, pues, que la ley en proyecto apunta en la dirección correcta, mediante el mecanismo de la educación, de la prohibición y, también, como ejemplo para el resto de nuestro país.

Por todas esas razones, la respaldamos unánimemente en la Comisión Especial de Zonas Extremas, y solicitamos a la Sala que la apruebe en general.

He dicho.

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La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

Antes de ofrecerle la palabra al Senador señor Patricio Walker, solicito el asentimiento de la Sala para que el Honorable señor Zaldívar asuma como Presidente accidental por unos minutos.

Acordado.

--Pasa a presidir la sesión el Senador señor Zaldívar, en calidad de Presidente accidental.

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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente accidental ).-

Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.

Acordado.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente accidental ).-

Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker, para fundar el voto.

El señor WALKER (don Patricio).-

Señor Presidente, este es un proyecto bien importante.

Pensemos que a nivel nacional se utilizan al mes 250 millones de bolsas plásticas, y el 90 por ciento termina en vertederos.

En lo que respecta a la Región de Aisén, quiero quedarme con las palabras del Alcalde de Coihaique (concurrió a la Comisión Especial de Zonas Extremas), quien señaló que "se ha estimado que cada persona usa 200 bolsas plásticas al año, acumulándose más de 50 toneladas en el relleno sanitario local". Tal contaminación, por cierto, afecta la flora y la fauna de nuestra Región.

Eso significa, por ejemplo, que el referido municipio destina 1.326 millones de pesos anuales para afrontar las tareas de aseo, cifra que, obviamente, no permite la adecuada limpieza de la ciudad.

Ahora, ese problema afecta no solo a la capital regional, sino también a toda la Región.

En la Región de Aisén, que tiene más ríos que la de Los Ríos, más lagos que la de Los Lagos; que posee paisajes maravillosos, uno ve cómo los turistas y, por supuesto, nuestra gente se molestan porque a la orilla del lago General Carrera u otros lagos o ríos extraordinarios, como el Baker, se encuentran con bolsas plásticas tiradas.

Entonces, se trata de un asunto relevante para nuestra Región, para la Patagonia chilena.

Se planteó la existencia de fondos públicos a fin de ayudar a que la gente compre bolsas biodegradables.

Naturalmente, hay que hacer algunas distinciones, pues esas bolsas más delgaditas y transparentes que la gente usa cuando compra mortadela, jamón, queso, en fin, deben permitirse. Eso se halla contemplado en esta iniciativa.

Por consiguiente, se establece, dentro del territorio de la Patagonia de Chile (provincia de Palena y Regiones de Aisén y de Magallanes), a partir de un año desde la entrada en vigencia de esta ley, la prohibición de entrega de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio.

También se dispone que la infracción de esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, según determine el reglamento que se dicte al efecto.

Reitero: este es un proyecto trascendente.

Cuenta con amplio apoyo. Algunas comunas de nuestra Región están implementando determinados planes pilotos, y con ello suscribo también las palabras del Alcalde de Coihaique , Alejandro Huala . Así es que esperamos que la Sala lo apruebe en general.

Voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente accidental ).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, la verdad es que existen diversos proyectos que buscan limitar, no solo en la Patagonia, el uso de bolsas plásticas.

El propio informe dice que de un total de 250 millones de bolsas plásticas que se utilizan mensualmente en nuestro país, el 90 por ciento termina en un vertedero, según cifras entregadas por el Ministerio del Medio Ambiente. Además, se estima que cada persona usa en promedio 1,5 bolsas diarias.

Eso es algo brutal.

Los Alcaldes Emilio Boccazzi , de Punta Arenas, y Fernando Paredes , de Puerto Natales, señalaron la implementación de diversos programas que buscan limitar el uso de ellas.

Está claro -ya lo estamos viendo en los supermercados de mi Región-, existe un paulatino decrecimiento, se ha ido limitando la entrega de bolsas plásticas. Antes era ilimitado; ahora se dan 2, 3 o 4, y se utilizan cajas de cartón.

Ello ha sido bien recibido; ha habido una adaptabilidad ciudadana importante.

Sin embargo, quiero fijar dos criterios.

Primero, voy a apoyar este proyecto, pero voy a hacer un alcance: no solo debiera regularse la entrega de bolsas plásticas para los habitantes de la Patagonia chilena, sino que tendría que normarse también el ingreso de ellas por los turistas. Porque quienes llegan a los denominados "lugares turísticos" no son los habitantes de esa zona.

Chile tuvo este año una cifra récord de turistas: 1,5 millones.

Entonces, si respecto de las Torres del Paine establecimos la prohibición de hacer fuego (se sancionó a turistas norteamericanos por ello), debiéramos prohibir también el ingreso de bolsas plásticas a los turistas, y no limitar esta acción solo a los habitantes. Porque, entonces, la presencia de bolsas plásticas tendrá un origen externo.

Señor Presidente, hemos compartido mucho con los recolectores de basura en torno a su tarea.

La Asociación de Industriales del Plástico -por cierto, su interés es producir plástico- dio a conocer cifras que debieran llamarnos a la reflexión, por los efectos colaterales que pudiera tener en el uso generalizado (también en la Patagonia).

Se refiere a un estudio que encargó a Adimark.

Señaló que la preocupación de un 37 por ciento de los encuestados radica en que, de aprobarse un proyecto como este a nivel nacional, tendría que gastar en bolsas de basura; en tanto un 34 por ciento afirma que no comprará bolsas de basura y que no tendrá dónde depositar la basura domiciliaria. Aseveró, asimismo, que el primer quintil de la población, tanto en Magallanes como en Aisén, considerando todos los ingresos autónomos, alcanza una remuneración de 220 mil pesos, y la adquisición de bolsas de basura le significaría un gasto mensual de 7 mil; vale decir, para este primer quintil dicho gasto puede llegar a representar un 4 por ciento de su ingreso autónomo, y para el segundo quintil, entre 2 y 3 por ciento de su ingreso mensual.

Lo anterior, precisó, coincide con el estudio de Adimark, que arroja que el 34 por ciento de la población no comprará bolsas de basura, toda vez que sus ingresos no se lo permiten.

Estamos, pues, ante una situación concreta. Porque hoy se ha hecho un hábito generalizado que la bolsa plástica del supermercado se utilice para el depósito final de los residuos que van a los vertederos. Entonces, ahí tendremos un problema práctico que ha de ser abordado desde el Estado.

Los industriales del plástico señalan que el 77 por ciento de la población encuestada no sabe que las bolsas plásticas son 100 por ciento reciclables; que el 81 por ciento se declara culpable de botar las bolsas. Se preguntan si la prohibición será realmente una solución. En su opinión, con la vigencia de esta iniciativa legal se cambiarán bolsas blancas y de colores por bolsas negras, ya que el 34 por ciento de la población no comprará bolsas.

O sea, igual habrá bolsas, que debieran ser negras, para el destino final de la basura. Porque ese es el mecanismo: traslado del domicilio al lugar de recolección por el camión, para luego llegar al relleno sanitario.

Lo señalo porque ello equivaldrá a una política pública de educación. Si queremos minimizar el uso de bolsas plásticas, se requerirá educar, tener pedagogía.

Si deseamos que el primer quintil siga teniendo la factibilidad de acumular sus residuos de manera adecuada y no desparramados en las calles, deberemos establecer una política pública que subsane aquello. Porque si no hay bolsas, no imagino cómo lo van a hacer.

Necesariamente debe haber intervención del municipio, que, asociado al mayor trabajo por la dispersión de los residuos, tendrá mayores costos. De manera que todo indica que lo mejor sería poner a disposición bolsas de cargo municipal, al objeto de mantener el ciclo de resguardo de la basura.

Ciertamente es una muy buena iniciativa despejar de bolsas plásticas a la Patagonia; parece necesario limitar su uso a nivel nacional. Pero espero que durante la tramitación de este proyecto incorporemos una dosis importante de realismo, restrictivo siempre, alternativo, en materia de cuidado del medio ambiente.

No considero justo -se los señalo a los parlamentarios de la zona- que la limitación propuesta se establezca solo para los habitantes de la Patagonia chilena, de Aisén y de Magallanes. Los turistas tendrán que cumplir con esta normativa, no en cuanto recomendación, sino como una exigencia.

Si entran a la zona más prístina del planeta; si van a los lugares turísticos de mayor afluencia y hay una restricción a la que están sometidos sus habitantes, no es justo que ella no rija respecto de los visitantes. Debiera haber un criterio equilibrado: ¡no pueden ingresar bolsas plásticas, pues quienes viven ahí tienen la prohibición de hacerlo!

En tal sentido, pienso que es posible mejorar la ley en proyecto e incorporar un conjunto de elementos que la hagan viable. Ello, para no quedarnos en una declaración de principios ante la imposibilidad de su realización.

Los alcaldes van a demandar mayores recursos; más apoyo del Estado; mayor aporte del sector privado, el cual hasta ahora se limita a dar menos bolsas y a conseguir cajas de cartón.

La solución práctica en esta materia, para que no tenga efecto alternativo, debe ser una política público-privada que garantice ambas cosas. De lo contrario, estaremos resolviendo un problema, pero creando otro.

Voto a favor, señor Presidente. Y espero que durante las distintas etapas de la tramitación podamos mejorar este buen proyecto, de tal manera de hacer factible el objetivo que persigue, el cual comparto plenamente.

¡Patagonia sin represas!

¡Patagonia sin bolsas plásticas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

Voto a favor.

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

¡Su Señoría agregó algo nuevo! ¡Nos terminará convenciendo por cansancio!

El señor DE URRESTI .-

¡Sin bolsas plásticas a contar de ahora!

La señora ALLENDE (Presidenta).-

Tiene la palabra el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señora Presidenta , a mi juicio, la propia intervención que acabamos de oír y, en general, los antecedentes que se han vertido sobre esta materia dan cuenta de que una cosa son los ideales, y otra, las realidades prácticas y concretas. Y, quizás, en nombre de un ideal, de una buena idea, de un objetivo compartido podemos estar apresurando el tranco de esta iniciativa generando más problemas que soluciones.

Ojalá que en Chile no existiera el plástico. Pero eso me parecería una irrealidad gigantesca. Porque ello no solo envuelve un problema de encarecimiento, sino también produce una cantidad de dificultades adicionales muy significativa.

A mi juicio, la ley en proyecto, teniendo un noble objetivo, no contempla una transición adecuada, no resuelve los problemas inmediatos que provoca.

La verdad es que a mí me habría gustado -fue un descuido- no haberlo votado ahora. Porque no quiero -ni nadie- aparecer rechazando una buena idea. Pero, al mismo tiempo, cuando legislamos debemos cuidar que las iniciativas que proponemos sean viables, que las normas tengan aterrizaje y, por lo tanto, capacidad real para darle una solución a la gente y no crearle nuevos problemas en nombre de una buena causa.

Pienso que aquí estamos avanzando demasiado rápido. Porque si lo propuesto fuera posible de implementar, deberíamos establecerlo no solo en la Patagonia. Porque no únicamente el lugar más limpio tendría que seguir siéndolo. Deberíamos preocuparnos también por el que está más sucio.

El señor DE URRESTI .-

¡Como Linares!

El señor LARRAÍN.-

No, señor Senador , Linares no es de los lugares más sucios. Pero hay otras ciudades que sí tienen altos índices de contaminación y que deberían ser las primeras en trabajarse.

Hay objetivos públicos que se están logrando de distintas maneras. Y, en tal sentido, creo que vale la pena tomar un camino más paulatino y gradual para conseguir este propósito que imponerlo por ley en determinada región.

Por eso, me cuesta rechazar un proyecto de esta naturaleza. Nadie quiere hacerlo. Pero, al mismo tiempo, aprobarlo me parece que es asumir una responsabilidad que no podremos sostener, pues vamos a generarles a los habitantes de la Patagonia -ya se señalaron cifras económicas-, en particular al sector más vulnerable, dificultades reales, concretas. Porque por muy beneficioso que sea en su conjunto producirá problemas que no se resolverán bien.

Habría querido mayor discusión; a lo mejor, darle una segunda vuelta. Porque se trata de una manera de entender el respeto al medio ambiente que necesitamos asumir con mucha responsabilidad y fuerza, sacrificando lo que haya que sacrificar, pero sin generar problemas que hoy no tienen solución.

Por eso, me abstengo.

La señora ALLENDE (Presidenta).-

Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.-

Señora Presidenta , me hallaba en la Comisión de Pesca (fue autorizada para sesionar paralelamente con la Sala) viendo una iniciativa que también involucra a la Patagonia (Regiones de Aisén y de Magallanes), con la relocalización de las concesiones acuícolas.

Por eso no estuve al inicio del debate de este proyecto.

Sin embargo, me parece importante entregarles a Sus Señorías, quienes deben pronunciarse sobre esta iniciativa, algunos antecedentes de la discusión habida en el seno de la Comisión Especial de Zonas Extremas y que no se ven reflejados en el informe.

Se trata de un proyecto que en su momento presentamos en la Cámara de Diputados, en donde fue aprobado. Y luego llegó al Senado para su discusión.

Inicialmente fue planteado circunscrito a la Patagonia, pero entendiendo también los avances que se han registrado sobre todo en materia de ordenanzas municipales en las distintas comunas del territorio que señalamos. De hecho, en la Comisión recibimos a buena parte de los alcaldes de las comunas con mayor población: de Punta Arenas, de Puerto Natales, de Coihaique, entre otras.

También recibimos la opinión de las Alcaldesas de Torres del Paine y de Cabo de Hornos, comunas donde ya tienen implementadas normativas o acuerdos con los vecinos y el comercio para eliminar las bolsas plásticas.

En materia de ordenanzas, yo diría que la más compleja fue la dictada por el municipio de Punta Arenas, la cual fue cuestionada por la Contraloría -en parte, es lo que busca resolver este proyecto-, porque el municipio (el alcalde y el consejo) no tiene las atribuciones para establecer la prohibición del uso de bolsas plásticas y, consecuentemente, aplicar una multa por ello.

Lo anterior ha llevado a que hoy en Punta Arenas tengamos en vigor una ordenanza, pero sin que se pueda aplicar la multa que ella contempla. En la práctica, su acatamiento es voluntario. Pero tampoco se ha cambiado la ordenanza.

La misma Contraloría en su dictamen hizo referencia a la necesidad de avanzar en una iniciativa legal -y específicamente menciona el proyecto que ahora nos ocupa- tendiente a que los municipios cuenten con las facultades para dictar ordenanzas y puedan avanzar con mucha más fuerza en el objetivo de eliminar las bolsas plásticas.

Hemos discutido esta iniciativa. Y créanme que si los parlamentarios que representamos a esas circunscripciones la respaldamos es porque vemos que en la práctica refuerza lo que se ha estado realizando en las distintas comunas.

Se toma en cuenta también la experiencia de nuestros vecinos argentinos, quienes desde hace tiempo han implementado normativas de este tipo en muchas localidades que han funcionado en forma exitosa, generando un cambio de hábito en la gente en lo que respecta al uso de bolsas plásticas, sobre todo para las compras en el supermercado.

Hoy, al aprobar en general este proyecto somos conscientes de que se necesita una serie de indicaciones.

Al respecto, debo señalar que el último día de enero tuvimos un seminario en la comuna de Pucón, cuyo municipio dictó la primera ordenanza para la eliminación progresiva de bolsas plásticas, llevando a cabo una experiencia que ha sido muy exitosa.

Ese evento fue convocado en conjunto por la Municipalidad de Pucón y el Ministerio del Medio Ambiente, y participaron además la Asociación Chilena de Municipalidades, la Asociación Gremial de Industriales del Plástico de Chile (Asipla), el Instituto Nacional de Normas. Durante su desarrollo se entregaron las distintas visiones existentes sobre la materia, las que servirán precisamente para alimentar la discusión particular de la iniciativa de ley que nos ocupa esta tarde. Y ya comprometimos la acción pertinente con el Ministro Pablo Badenier a contar de esta semana, al retomar el trabajo legislativo.

En esta materia, señora Presidenta, quiero entregar los antecedentes con harta franqueza, partiendo por la forma como se define el concepto de "bolsa plástica". Porque estamos hablando de la bolsa de disposición final.

Sobre el particular, reconocemos que en la normativa debemos establecer distintos tipos de plástico, tanto más cuanto que hoy la bolsa reutilizable que usamos habitualmente muchas veces también es de dicho material.

Eso es parte de lo que hemos comprometido para el debate particular, en una actuación conjunta -insisto- de la Asociación de Municipalidades, especialmente con quienes ya han trabajado ordenanzas, y del Ministerio del ramo, en la idea de resolver un problema sobre el cual la Contraloría ha hecho observaciones específicas.

Por eso, les pido a Sus Señorías respaldarnos aprobando la idea de legislar.

La señora ALLENDE (Presidenta).-

Finalmente, tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.-

Señora Presidenta , quizás por la hora un tanto surrealista en que nos toca analizar esta materia, después de habernos ocupado en siete proyectos, uno, a pesar de que la iniciativa viene de la Comisión con votación dividida, tiende a resolver de forma más o menos rápida.

Creo que este proyecto es bien complejo, interesante (no todas las cosas complejas son malas y carentes de interés). Por ende, desde mi perspectiva, hemos de ser exigentes en el análisis del resultado que se procura.

La primera reflexión, entonces, es qué busca la iniciativa que nos ocupa.

Cuando uno lee su texto por primera vez, da la impresión de que, de alguna manera, el propósito es que el plástico como tal quede prohibido en la Patagonia chilena.

Consecuente con eso, uno debe reflexionar desde el punto de vista jurídico: si algo es malo para una zona, ¿por qué va a ser bueno para otra? Porque si uno cree que hay un problema estructural, debe decir: "Aquí tenemos que establecer una prohibición global".

Empero, entiendo que algo hay de sentido común para darse cuenta de que ahora no estamos ante ese tipo de situaciones. Y quiero hacer una pregunta a los autores del proyecto, con la mejor disposición.

Yo comparto la idea de que la Patagonia -he ido a la zona- ojalá sea prístina y nunca muestre nada vinculado con el plástico. Pero el argumento es por qué no se hizo una política pública a nivel de país. ¿En términos de qué? De considerar los malos efectos de ese material, que presenta problemas de precio, de higiene, en fin; pero también, que en los hospitales, en los campos y en otros lugares él es fundamental para el desarrollo de la sociedad (ello, a menos que uno diga: "Quiero una sociedad sin plástico", una especie de sociedad regresiva, anclada en otra época).

Entonces, desde mi perspectiva, teniendo la mejor buena voluntad, hay un problema de enfoque consustancial a este proyecto, pues se trata de generar en un espacio físico de nuestro país algo que no se exige a otros sectores del territorio nacional.

Pienso, en consecuencia, que en esta materia debemos procurar establecer una política general respecto, por ejemplo, del reciclaje, de los usos debidos o indebidos.

Quiero dejar en claro que esta iniciativa de ley se refiere solo a algunas actividades. Porque si alguien cree que va a desaparecer el plástico, debo decirle que ello no ocurre tratándose de las obras de riego, de los procesos industriales, de los procesos aeronáuticos (era parte de la discusión).

Entonces, comparto el deseo, la voluntad de avanzar hacia una sociedad más limpia. Entiendo que tal es la idea. En todo caso, estimo que la forma de lograrlo no pasa porque en un sector del país se haga una restricción en cuanto a determinado tipo de bolsas, pero sin abordar otra realidad y sin asumir los efectos que ello genera.

¿Se remplaza por qué? Por otro tipo de bolsa. ¿Es más limpio ese tipo de bolsa? ¿Qué pasa con el lavado? ¿Qué sucede con el grado de contaminación? ¿Hay un estudio serio al respecto?

Convengo con un Senador que me antecedió en el uso de la palabra en que es menester reflexionar más a fondo sobre esta materia. No se trata de oponerse. Empero, no me parece que la idea quede completa si en nuestro país la temática del plástico se aborda sobre la base de que algunos sectores quedan excepcionados de la regla general; no asumen las obligaciones vinculadas con el uso y el reciclaje, y no soportan los efectos de la medida adoptada.

Prefiero, por tanto, abstenerme. Quiero colaborar. Y ojalá que en la discusión particular -mi impresión es que ella tendrá lugar- se entienda de buena manera cuanto he planteado.

Estuve mirando el informe. Países que generaron una situación como la que se nos plantea vienen de vuelta: debieron deshacer leyes equivalentes -lo dice la Comisión; no tengo más conocimiento- por los efectos que provocaron.

No me gustaría, señora Presidenta , dar una sensación equivocada. Tampoco, que por una maduración insuficiente al final tuviéramos que revertir el proceso.

Valoro el esfuerzo de los parlamentarios que están impulsando esta idea. Leí con detalle lo dicho por los alcaldes. Algunos han buscado voluntariamente una ordenanza que considero más adecuada.

¿Me da un minuto adicional para concluir, Su Señoría?

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

Termine, señor Senador.

El señor COLOMA.-

Muchas gracias.

En mi concepto, señora Presidenta , se requiere un análisis de tal índole.

Esta materia es súper relevante: tiene que ver con los desechos; con los productos derivados del petróleo; con la limpieza; con el futuro de los hospitales, donde el plástico se utiliza mucho; con el futuro de la agricultura; con el futuro del comercio; con la modernidad y con la forma como ella se armoniza con el turismo, con el mantenimiento de territorios con protección social especial.

Eso es lo que hemos de abordar, más allá de decir "Hay un lugar del país que se va a decepcionar". ¡Abordémoslo! La invitación es a estudiar este asunto en su globalidad y a no creer -quiero subrayarlo- que simplemente con lo que se plantea vamos a resolver el conflicto.

Por eso, me abstengo.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

Un momento, señor Secretario, pues viene entrando a la Sala el Senador señor Navarro.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Su Señoría ya votó.

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

¡Ah!

El señor NAVARRO .-

Pero quiero rectificar mi voto.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

Hay un problema: el resultado de la votación en general es 16 votos a favor, 1 en contra...

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

Perdón, señor Secretario : el Senador señor Navarro desea rectificar su voto.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Figura en el resultado el voto en contra del Senador señor Navarro , quien se equivocó.

La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

Sí: se equivocó.

La Sala escuchó toda la argumentación de Su Señoría. Por tanto, creo que podemos considerar su rectificación.

Muy bien: rectificado el voto del Senador señor Navarro.

--Se aprueba en general el proyecto (17 votos a favor y 2 abstenciones).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic y Lily Pérez y los señores Chahuán, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Montes, Navarro, Ossandón, Prokurica, Quintana, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Se abstuvieron los señores Coloma y Hernán Larraín.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Hay que fijar plazo para presentar indicaciones.

Como me parece que debe haber amplitud a este respecto, propongo el 23 de marzo.

--Así se acuerda.

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La señora ALLENDE ( Presidenta ).-

Habiéndose cumplido su objetivo, voy a levantar la sesión. Pero antes de hacerlo daré curso reglamentario a las solicitudes de oficios que han llegado a la Mesa.

2.3. Boletín de Indicaciones

Fecha 06 de abril, 2015. Boletín de Indicaciones

BOLETÍN Nº 9.133-12

INDICACIONES

06.04.15

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLÍMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

ARTÍCULO 1°

Inciso primero

1.- De la Honorable Senadora señora Allende, para reemplazar la frase “de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables” por “de bolsas plásticas tipo camiseta no reciclables”.

2.- Del Honorable Senador señor Horvath, para suprimir la expresión “y biodegradables”, y agregar después de la frase “y demás establecimientos de comercio” lo siguiente: “, incluidas las ferias libres”.

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3.- De la Honorable Senadora señora Allende, para incorporar un nuevo inciso segundo del siguiente tenor:

“Sin perjuicio de lo anterior, estas bolsas deberán cumplir con la normativa europea denominada UNE 53257, sobre requisitos para la confección de bolsas tipo camiseta, o la que la reemplace en lo futuro, o la que se determine en el reglamento respectivo.”.

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4.- De la Honorable Senadora señora Allende, para intercalar el siguiente inciso tercero:

“Se entiende por bolsas plásticas reciclables, aquellas que cumplen con la normativa y estándares establecidos en la norma denominada ASTM D7611, que determina los tipos de plásticos que son susceptibles de ser reciclados, las que además, deberán identificarse con el triángulo denominado corno banda de Moebius.”.

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5.- Del Honorable Senador señor Horvath, para introducir los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto:

“Sin perjuicio de lo anterior, se permitirá la entrega de bolsas plásticas biodegradables, entendiéndose por aquellas las que cumplan con la normativa y estándares que se establezcan como norma chilena. Esta norma identificará los tipos de plásticos susceptibles de ser reciclados, incluyendo a aquellos a partir de los cuales se manufacturan dichas bolsas.

Para efectos de difusión y educación a la comunidad sobre la reciclabilidad de las bolsas plásticas biodegradables, aquellas que cumplan con dicha normativa, deberán llevar impreso el denominado triángulo Moebius, el que deberá visualizarse en al menos un 30% de una de las caras principales de la bolsa.

Además, las bolsas plásticas, deberán contener un porcentaje mínimo de 50% de materiales plásticos reciclados en su manufactura, composición que se determinará según la metodología descrita en el respectivo reglamento.”.

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Inciso segundo

6.- Del Honorable Senador señor Horvath, para eliminarlo.

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7.- De la Honorable Senadora señora Allende, para contemplar como inciso cuarto el actual inciso segundo, con la siguiente redacción:

“La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, según el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado 60 días después de que la ley entre en vigencia. Este reglamento deberá contener a lo menos los siguientes indicadores: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje, y tamaño mínimo de la banda de Moebius.”.

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8.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un nuevo artículo 2° del siguiente tenor:

“Artículo 2°.- Toda bolsa plástica regulada por esta ley deberá tener impreso un claro y preciso mensaje que tenga por objeto promover en las personas su reutilización y reciclaje. Este mensaje será diseñado por el Ministerio del Medio Ambiente y establecido mediante decreto supremo de este Ministerio.”.

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ARTÍCULO 2°

9.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar después de la expresión “Antártica Chilena” lo siguiente: “, la comuna de Cochamó y la provincia de Chiloé”.

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10.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un nuevo artículo 3° del siguiente tenor:

“Artículo 3°.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar de un año desde su publicación.”.

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11.- Del Honorable Senador señor De Urresti, para intercalar el siguiente artículo 3°:

“Artículo 3°.- Respecto de las demás regiones del país, el establecimiento de la prohibición que dispone el artículo 1° de la presente ley, será facultativa y por tanto, será cada comuna o agrupación de comunas quienes podrán regular esta situación, a través de una ordenanza municipal.

Se aplicará también la sanción que establece el inciso segundo del artículo 1° en aquellas comunas que hagan efectiva la facultad de prohibición otorgada en la presente ley.”.

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12.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar un artículo 3° del siguiente tenor:

“Artículo 3º.- Las bolsas plásticas tipo camiseta reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

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13.- Del Honorable Senador señor Horvath, para introducir el siguiente artículo 3°:

“Artículo 3º.- Las bolsas plásticas reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

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14.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar un artículo 4° del siguiente tenor:

“Artículo 4°.- Toda contravención a esta ley será sancionada por el Juzgado de Policía Local competente con multa en los casos que se describen a continuación:

a) Será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, la persona natural que entregue a título gratuito, bolsas plásticas de aquellas que no sean de las consideradas en el inciso primero del artículo 1º de esta ley. Si se tratase de personas jurídicas, dicha multa será de hasta diez unidades tributarias mensuales.

b) Será sancionado con multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies, al que entregue o transfiera al vendedor final, a cualquier título, aquellas bolsas no contempladas en el artículo 1º de esta ley.

c) El que produzca, fabrique o importe bolsas plásticas biodegradables, sin cumplir con los estándares técnicos que establezca el reglamento, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

d) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables que no cumpla con la impresión del triángulo Moebius a que se refiere el artículo 1º de esta ley, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

e) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables cuyo producto no contenga el porcentaje mínimo de materiales reciclados a que alude el artículo 1º, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluyendo su comiso.

f) El comerciante que entregue a cualquier título que no sea el autorizado por la ley, bolsas de las permitidas por esta norma, será sancionado con multa de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.”.

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15.- Del Honorable Senador señor Horvath, para intercalar el siguiente artículo 5°:

“Artículo 5º.- Las bolsas plásticas autorizadas por esta ley para ser entregadas a los consumidores finales, conforme a los artículos anteriores en cuanto a su tipo, composición y otras características a que esta ley se refiere, deberán ser trasferidas a aquellos consumidores a título oneroso, debiendo pagar los clientes dicho precio en forma directa, no estando permitida su entrega a título gratuito.”.

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16.- Del Honorable Senador señor Horvath, para consultar el siguiente artículo 1° transitorio:

“Artículo 1º transitorio.- La norma Chilena que se establezca para efectos de la reciclabilidad de los materiales plásticos, homologará la denominada norma internacional ASTM D7611. El reglamento que regule la calidad y estándares mínimos sobre dimensiones, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta, deberá basarse en la norma europea denominada UNE 53257.”.

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17.- Del Honorable Senador señor Horvath, para contemplar un artículo 2° transitorio del siguiente tenor:

“Artículo 2° transitorio.- Los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, continuarán vigentes en lo pertinente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en esta ley, la cual se aplicará en carácter de supletoria.”.

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18.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar el siguiente artículo 2° transitorio:

“Artículo 2° transitorio.- Sin perjuicio de lo señalado por esta ley, los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, podrán ser aplicados íntegramente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en esta ley, la cual se aplicará en carácter de supletoria.”.

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19.- Del Honorable Senador señor Horvath, para consultar el siguiente artículo 3° transitorio:

“Artículo 3° transitorio.- Para los efectos contemplados en el artículo 1º inciso cuarto de esta ley, en cuanto al porcentaje de material reciclado que deben contener las bolsas plásticas, esta tendrá en el tiempo una aplicación gradual y progresiva de la forma que sigue:

a) Un 15% de material reciclado a contar del primer año de aplicación de esta ley.

b) Un 25% de material reciclado a contar del tercer año de aplicación de esta ley.

c) Un 35% de material reciclado a contar del quinto año de aplicación de esta ley.

d) Un 45% de material reciclado, a contar del séptimo año de aplicación de esta ley.

e) Un 50% de material reciclado, a contar del décimo año de aplicación de esta ley.”.

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2.4. Boletín de Indicaciones

Fecha 01 de junio, 2015. Boletín de Indicaciones

BOLETÍN Nº 9.133-12

INDICACIONES

01.06.15

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLÍMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

ARTÍCULO 1°

Inciso primero

1.- De la Honorable Senadora señora Allende, para reemplazar la frase “de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables” por “de bolsas plásticas tipo camiseta no reciclables”.

2.- Del Honorable Senador señor Horvath, para suprimir la expresión “y biodegradables”, y agregar después de la frase “y demás establecimientos de comercio” lo siguiente: “, incluidas las ferias libres”.

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3.- De la Honorable Senadora señora Allende, para incorporar un nuevo inciso segundo del siguiente tenor:

“Sin perjuicio de lo anterior, estas bolsas deberán cumplir con la normativa europea denominada UNE 53257, sobre requisitos para la confección de bolsas tipo camiseta, o la que la reemplace en lo futuro, o la que se determine en el reglamento respectivo.”.

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3 bis.- Del Honorable Senador señor Navarro, para agregar el siguiente inciso segundo nuevo, pasando el actual a ser tercero:

“Asimismo, prohíbase a todos los visitantes y/o turistas el ingreso de bolsas plásticas de todo tipo al territorio de la Patagonia Chilena. Los servicios de aduana y los administradores de reservas naturales o zonas protegidas deberán impedir la entrada de visitantes y/o turistas que entre sus pertenencias porten bolsas de cualquier tipo.”.

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4.- De la Honorable Senadora señora Allende, para intercalar el siguiente inciso tercero:

“Se entiende por bolsas plásticas reciclables, aquellas que cumplen con la normativa y estándares establecidos en la norma denominada ASTM D7611, que determina los tipos de plásticos que son susceptibles de ser reciclados, las que además, deberán identificarse con el triángulo denominado corno banda de Moebius.”.

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5.- Del Honorable Senador señor Horvath, para introducir los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto:

“Sin perjuicio de lo anterior, se permitirá la entrega de bolsas plásticas biodegradables, entendiéndose por aquellas las que cumplan con la normativa y estándares que se establezcan como norma chilena. Esta norma identificará los tipos de plásticos susceptibles de ser reciclados, incluyendo a aquellos a partir de los cuales se manufacturan dichas bolsas.

Para efectos de difusión y educación a la comunidad sobre la reciclabilidad de las bolsas plásticas biodegradables, aquellas que cumplan con dicha normativa, deberán llevar impreso el denominado triángulo Moebius, el que deberá visualizarse en al menos un 30% de una de las caras principales de la bolsa.

Además, las bolsas plásticas, deberán contener un porcentaje mínimo de 50% de materiales plásticos reciclados en su manufactura, composición que se determinará según la metodología descrita en el respectivo reglamento.”.

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Inciso segundo

6.- Del Honorable Senador señor Horvath, para eliminarlo.

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7.- De la Honorable Senadora señora Allende, para contemplar como inciso cuarto el actual inciso segundo, con la siguiente redacción:

“La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, según el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado 60 días después de que la ley entre en vigencia. Este reglamento deberá contener a lo menos los siguientes indicadores: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje, y tamaño mínimo de la banda de Moebius.”.

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8.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un nuevo artículo 2° del siguiente tenor:

“Artículo 2°.- Toda bolsa plástica regulada por esta ley deberá tener impreso un claro y preciso mensaje que tenga por objeto promover en las personas su reutilización y reciclaje. Este mensaje será diseñado por el Ministerio del Medio Ambiente y establecido mediante decreto supremo de este Ministerio.”.

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ARTÍCULO 2°

9.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar después de la expresión “Antártica Chilena” lo siguiente: “, la comuna de Cochamó y la provincia de Chiloé”.

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10.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un nuevo artículo 3° del siguiente tenor:

“Artículo 3°.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar de un año desde su publicación.”.

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11.- Del Honorable Senador señor De Urresti, para intercalar el siguiente artículo 3°:

“Artículo 3°.- Respecto de las demás regiones del país, el establecimiento de la prohibición que dispone el artículo 1° de la presente ley, será facultativa y por tanto, será cada comuna o agrupación de comunas quienes podrán regular esta situación, a través de una ordenanza municipal.

Se aplicará también la sanción que establece el inciso segundo del artículo 1° en aquellas comunas que hagan efectiva la facultad de prohibición otorgada en la presente ley.”.

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12.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar un artículo 3° del siguiente tenor:

“Artículo 3º.- Las bolsas plásticas tipo camiseta reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

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13.- Del Honorable Senador señor Horvath, para introducir el siguiente artículo 3°:

“Artículo 3º.- Las bolsas plásticas reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

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14.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar un artículo 4° del siguiente tenor:

“Artículo 4°.- Toda contravención a esta ley será sancionada por el Juzgado de Policía Local competente con multa en los casos que se describen a continuación:

a) Será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, la persona natural que entregue a título gratuito, bolsas plásticas de aquellas que no sean de las consideradas en el inciso primero del artículo 1º de esta ley. Si se tratase de personas jurídicas, dicha multa será de hasta diez unidades tributarias mensuales.

b) Será sancionado con multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies, al que entregue o transfiera al vendedor final, a cualquier título, aquellas bolsas no contempladas en el artículo 1º de esta ley.

c) El que produzca, fabrique o importe bolsas plásticas biodegradables, sin cumplir con los estándares técnicos que establezca el reglamento, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

d) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables que no cumpla con la impresión del triángulo Moebius a que se refiere el artículo 1º de esta ley, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

e) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables cuyo producto no contenga el porcentaje mínimo de materiales reciclados a que alude el artículo 1º, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluyendo su comiso.

f) El comerciante que entregue a cualquier título que no sea el autorizado por la ley, bolsas de las permitidas por esta norma, será sancionado con multa de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.”.

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15.- Del Honorable Senador señor Horvath, para intercalar el siguiente artículo 5°:

“Artículo 5º.- Las bolsas plásticas autorizadas por esta ley para ser entregadas a los consumidores finales, conforme a los artículos anteriores en cuanto a su tipo, composición y otras características a que esta ley se refiere, deberán ser trasferidas a aquellos consumidores a título oneroso, debiendo pagar los clientes dicho precio en forma directa, no estando permitida su entrega a título gratuito.”.

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16.- Del Honorable Senador señor Horvath, para consultar el siguiente artículo 1° transitorio:

“Artículo 1º transitorio.- La norma Chilena que se establezca para efectos de la reciclabilidad de los materiales plásticos, homologará la denominada norma internacional ASTM D7611. El reglamento que regule la calidad y estándares mínimos sobre dimensiones, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta, deberá basarse en la norma europea denominada UNE 53257.”.

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17.- Del Honorable Senador señor Horvath, para contemplar un artículo 2° transitorio del siguiente tenor:

“Artículo 2° transitorio.- Los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, continuarán vigentes en lo pertinente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en esta ley, la cual se aplicará en carácter de supletoria.”.

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18.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar el siguiente artículo 2° transitorio:

“Artículo 2° transitorio.- Sin perjuicio de lo señalado por esta ley, los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, podrán ser aplicados íntegramente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en esta ley, la cual se aplicará en carácter de supletoria.”.

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19.- Del Honorable Senador señor Horvath, para consultar el siguiente artículo 3° transitorio:

“Artículo 3° transitorio.- Para los efectos contemplados en el artículo 1º inciso cuarto de esta ley, en cuanto al porcentaje de material reciclado que deben contener las bolsas plásticas, esta tendrá en el tiempo una aplicación gradual y progresiva de la forma que sigue:

a) Un 15% de material reciclado a contar del primer año de aplicación de esta ley.

b) Un 25% de material reciclado a contar del tercer año de aplicación de esta ley.

c) Un 35% de material reciclado a contar del quinto año de aplicación de esta ley.

d) Un 45% de material reciclado, a contar del séptimo año de aplicación de esta ley.

e) Un 50% de material reciclado, a contar del décimo año de aplicación de esta ley.”.

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20.- Del Honorable Senador señor Navarro, para agregar el siguiente artículo transitorio nuevo:

“En no más de 180 días contados desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial, todos los servicios del Estado a nivel regional y de administración comunal deberán publicar un plan de manejo de sus residuos plásticos, este plan deberá a lo menos contemplar los siguientes aspectos:

Adquisición y uso de bolsas de plástico, debiendo siempre privilegiar aquellas bolsas de plástico que sean fabricadas en base a plásticos reciclados.

Metas de progreso en la eliminación gradual de la generación de residuos plásticos, en especial de todos los desechos plásticos que generan las actividades de atención sanitaria.

Metas y mecanismos de reciclaje, en general, de todos los residuos plásticos que los diferentes servicios generen.”.

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2.5. Boletín de Indicaciones

Fecha 07 de mayo, 2018. Boletín de Indicaciones

BOLETÍN Nº 9.133-12

INDICACIONES

07.05.18

INDICACIONES FORMULADAS AL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLÍMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

TÍTULO

1A.- De los Honorables Senadores señoras Allende, Goic y Órdenes y señores De Urresti y Sandoval, para reemplazarlo por el que se indica:

“Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional.”.

1B.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para sustituir el proyecto de ley por el siguiente:

“PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE LA ENTREGA DE BOLSAS PLÁSTICAS DE COMERCIO

Artículo Primero. Apruébese la siguiente ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Artículo 2°. Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada en el punto de pago de un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías; o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Artículo 3°. Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Artículo 4°. Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero, del artículo 5 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior.

Artículo 5°. Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287, que establece los procedimientos ante los juzgados de policía local.

Artículo 6°. Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

Artículo 7°. Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación, incluyendo su reutilización y reciclaje.

Artículo Segundo: Agrégase, en la letra c) del artículo 13 de la ley N° 15.231 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia, el siguiente numeral 14, nuevo:

“14°- A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.

Artículo Transitorio. Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contados desde su publicación en el Diario Oficial, con excepción de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2° de la Ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos establecidos en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

1C.- De la Honorable Senadora señora Goic, para incorporar un título I denominado “Disposiciones generales”.

ARTÍCULO 1°

1D.- De la Honorable Senadora señora Goic, para sustituirlo por el siguiente:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente, mejorando la calidad de las bolsas de comercio, y fomentando su reutilización y reciclaje.”.

Inciso primero

1.- De la Honorable Senadora señora Allende, para reemplazar la frase “de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables” por “de bolsas plásticas tipo camiseta no reciclables”.

2.- Del Honorable Senador señor Horvath, para suprimir la expresión “y biodegradables”, y agregar después de la frase “y demás establecimientos de comercio” lo siguiente: “, incluidas las ferias libres”.

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3.- De la Honorable Senadora señora Allende, para incorporar un nuevo inciso segundo del siguiente tenor:

“Sin perjuicio de lo anterior, estas bolsas deberán cumplir con la normativa europea denominada UNE 53257, sobre requisitos para la confección de bolsas tipo camiseta, o la que la reemplace en lo futuro, o la que se determine en el reglamento respectivo.”.

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3 bis.- Del Honorable Senador señor Navarro, para agregar el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual a ser tercero:

“Asimismo, prohíbase a todos los visitantes y/o turistas el ingreso de bolsas plásticas de todo tipo al territorio de la Patagonia Chilena. Los servicios de aduana y los administradores de reservas naturales o zonas protegidas deberán impedir la entrada de visitantes y/o turistas que entre sus pertenencias porten bolsas de cualquier tipo.”.

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4.- De la Honorable Senadora señora Allende, para intercalar el siguiente inciso tercero:

“Se entiende por bolsas plásticas reciclables, aquellas que cumplen con la normativa y estándares establecidos en la norma denominada ASTM D7611, que determina los tipos de plásticos que son susceptibles de ser reciclados, las que además, deberán identificarse con el triángulo denominado corno banda de Moebius.”.

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5.- Del Honorable Senador señor Horvath, para introducir los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto:

“Sin perjuicio de lo anterior, se permitirá la entrega de bolsas plásticas biodegradables, entendiéndose por aquellas las que cumplan con la normativa y estándares que se establezcan como norma chilena. Esta norma identificará los tipos de plásticos susceptibles de ser reciclados, incluyendo a aquellos a partir de los cuales se manufacturan dichas bolsas.

Para efectos de difusión y educación a la comunidad sobre la reciclabilidad de las bolsas plásticas biodegradables, aquellas que cumplan con dicha normativa, deberán llevar impreso el denominado triángulo Moebius, el que deberá visualizarse en al menos un 30% de una de las caras principales de la bolsa.

Además, las bolsas plásticas, deberán contener un porcentaje mínimo de 50% de materiales plásticos reciclados en su manufactura, composición que se determinará según la metodología descrita en el respectivo reglamento.”.

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Inciso segundo

6.- Del Honorable Senador señor Horvath, para eliminarlo.

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7.- De la Honorable Senadora señora Allende, para contemplar como inciso cuarto el actual inciso segundo, con la siguiente redacción:

“La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, según el reglamento que se dicte al efecto, el que deberá estar publicado 60 días después de que la ley entre en vigencia. Este reglamento deberá contener a lo menos los siguientes indicadores: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje, y tamaño mínimo de la banda de Moebius.”.

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8.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un nuevo artículo 2° del siguiente tenor:

“Artículo 2°.- Toda bolsa plástica regulada por esta ley deberá tener impreso un claro y preciso mensaje que tenga por objeto promover en las personas su reutilización y reciclaje. Este mensaje será diseñado por el Ministerio del Medio Ambiente y establecido mediante decreto supremo de este Ministerio.”.

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ARTÍCULO 2°

8 bis.- De la Honorable Senadora señora Goic, para reemplazarlo por el que se señala:

“Artículo 2°.- Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa de comercio: Bolsa elaborada con resinas plásticas que es entregada en el punto de pago para el transporte de mercaderías.

c) Bolsa compostable: Bolsa de comercio susceptible de degradación por procesos biológicos durante el compostaje industrial para producir agua, dióxido de carbono, compuestos inorgánicos y biomasa, de acuerdo a lo establecido en la norma técnica que dicte el Ministerio del Medio Ambiente.

d) Bolsa reciclable: Bolsa de comercio susceptible de servir de insumo para la elaboración de nuevos productos plásticos a través de un proceso de fundición, de acuerdo a lo establecido en la norma técnica que dicte el Ministerio del Medio Ambiente.

e) Bolsa reutilizable: Bolsa de comercio susceptible de ser utilizada sucesivas veces y que cumple con el estándar de capacidad mínima establecido en la norma técnica que dicte el Ministerio del Medio Ambiente.

f) Consumidor: Consumidor según lo dispuesto en el artículo 1 N°1 de la Ley 19.496.

g) Proveedor: Proveedor según lo dispuesto en el artículo 1 N°2 de la Ley 19.496.

h) Reciclaje: Empleo de un residuo como insumo o materia prima en un proceso productivo, incluyendo el coprocesamiento y compostaje, incluyendo la valorización energética.

i) Valorización energética: empleo de un residuo con la finalidad de aprovechar su poder calorífico.”.

9.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar después de la expresión “Antártica Chilena” lo siguiente: “, la comuna de Cochamó y la provincia de Chiloé”.

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9 bis.- De la Honorable Senadora señora Goic, para incorporar un título II del tenor que sigue:

“Título II

Uso y calidad de las bolsas de comercio

Artículo 3°.-

Restricción del uso y entrega de Bolsas de Comercio. Los proveedores solo podrán poner a disposición de los consumidores bolsas de comercio que reúnan las siguientes características copulativas:

1) Ser reutilizables.

2) Ser reciclables o compostables.

3) En el caso de las bolsas de comercio reciclables, contener material reciclado.

Un reglamento establecerá la proporción de material reciclado que deberán contener las bolsas de comercio. En cualquier caso, dicha exigencia no podrá impedir el cumplimiento de las normas técnicas aplicables.

4) Destinar un porcentaje de su superficie a informar y educar de forma clara y precisa acerca del adecuado uso y manejo de la misma, según la proporción y condiciones establecidas en el reglamento respectivo.

5) Señalar, de forma clara y visible, la norma técnica con la que cumplen, de acuerdo a lo establecido en el reglamento respectivo.

Artículo 4°.-

Municipalidades. A fin de colaborar con el adecuado cumplimiento del objeto de esta ley, las municipalidades, a través de sus ordenanzas, podrán exigir a los proveedores una o más de las siguientes medidas, sin perjuicio de sus funciones relacionadas con la protección del medio ambiente:

1) Recibir y reciclar bolsas de comercio. La recepción de las bolsas de comercio será a título gratuito.

2) Diseñar e implementar estrategias de comunicación, sensibilización u otros incentivos destinados a reutilizar y reciclar las bolsas de comercio.

Los municipios podrán igualmente otorgar sellos a los proveedores que acrediten la implementación efectiva de estrategias de comunicación, sensibilización u otros incentivos destinados a reutilizar y reciclar las bolsas de comercio. El procedimiento aplicable para solicitar y obtener dichos sellos se determinará a través de ordenanza municipal.

El incumplimiento de la presente ley, verificado y sancionado según las reglas del Título III, producirá la pérdida temporal del sello previamente otorgado y en consecuencia quedará prohibida su posterior exhibición, por cualquier medio por parte del infractor sancionado.

Artículo 5°.-

Normas técnicas aplicables. Un reglamento del Ministerio del Medio Ambiente establecerá las normas técnicas aplicables en el marco de la presente ley y establecerá las condiciones de acreditación del cumplimiento de dichas normas.”.

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9 ter.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un título III, nuevo, del tenor que se indica:

“Título III

Fiscalización y sanción.

Artículo 6°.-

Fiscalización y seguimiento. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar y dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 3°.

Artículo 7°.-

Sanciones. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley será sancionado con multa de hasta tres mil unidades tributarias anuales, las que serán aplicadas por los Juzgados de Policía Local.

El cien por ciento de lo recaudado por multas impuestas por los Juzgados de Policía Local, por infracciones o contravenciones a la presente ley, quedará a beneficio de la municipalidad en que se hubiere aplicado la multa respectiva.

Artículo 8°.-

Circunstancias para la determinación de la sanción. Para la determinación de la sanción señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) Beneficio económico del infractor;

b) Conducta anterior del infractor;

c) Capacidad económica del infractor.”.

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10.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un nuevo artículo 3° del siguiente tenor:

“Artículo 3°.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar de un año desde su publicación.”.

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11.- Del Honorable Senador señor De Urresti, para intercalar el siguiente artículo 3°:

“Artículo 3°.- Respecto de las demás regiones del país, el establecimiento de la prohibición que dispone el artículo 1° de la presente ley, será facultativa y por tanto, será cada comuna o agrupación de comunas quienes podrán regular esta situación, a través de una ordenanza municipal.

Se aplicará también la sanción que establece el inciso segundo del artículo 1° en aquellas comunas que hagan efectiva la facultad de prohibición otorgada en la presente ley.”.

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12.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar un artículo 3° del siguiente tenor:

“Artículo 3º.- Las bolsas plásticas tipo camiseta reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

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13.- Del Honorable Senador señor Horvath, para introducir el siguiente artículo 3°:

“Artículo 3º.- Las bolsas plásticas reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

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14.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar un artículo 4° del siguiente tenor:

“Artículo 4°.- Toda contravención a esta ley será sancionada por el Juzgado de Policía Local competente con multa en los casos que se describen a continuación:

a) Será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, la persona natural que entregue a título gratuito, bolsas plásticas de aquellas que no sean de las consideradas en el inciso primero del artículo 1º de esta ley. Si se tratase de personas jurídicas, dicha multa será de hasta diez unidades tributarias mensuales.

b) Será sancionado con multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies, al que entregue o transfiera al vendedor final, a cualquier título, aquellas bolsas no contempladas en el artículo 1º de esta ley.

c) El que produzca, fabrique o importe bolsas plásticas biodegradables, sin cumplir con los estándares técnicos que establezca el reglamento, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

d) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables que no cumpla con la impresión del triángulo Moebius a que se refiere el artículo 1º de esta ley, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

e) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables cuyo producto no contenga el porcentaje mínimo de materiales reciclados a que alude el artículo 1º, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluyendo su comiso.

f) El comerciante que entregue a cualquier título que no sea el autorizado por la ley, bolsas de las permitidas por esta norma, será sancionado con multa de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.”.

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15.- Del Honorable Senador señor Horvath, para intercalar el siguiente artículo 5°:

“Artículo 5º.- Las bolsas plásticas autorizadas por esta ley para ser entregadas a los consumidores finales, conforme a los artículos anteriores en cuanto a su tipo, composición y otras características a que esta ley se refiere, deberán ser trasferidas a aquellos consumidores a título oneroso, debiendo pagar los clientes dicho precio en forma directa, no estando permitida su entrega a título gratuito.”.

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15 bis.- De la Honorable Senadora señora Goic, para sustituir el artículo transitorio por el siguiente:

“Artículo primero.- Plazo para dictar el reglamento. El reglamento referido en el artículo 5°, deberá dictarse dentro del plazo de doce meses contados desde la publicación de la presente ley.”.

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16.- Del Honorable Senador señor Horvath, para consultar el siguiente artículo 1° transitorio:

“Artículo 1º transitorio.- La norma Chilena que se establezca para efectos de la reciclabilidad de los materiales plásticos, homologará la denominada norma internacional ASTM D7611. El reglamento que regule la calidad y estándares mínimos sobre dimensiones, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta, deberá basarse en la norma europea denominada UNE 53257.”.

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16 bis.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir el siguiente artículo segundo transitorio, nuevo:

“Artículo segundo.- Plazo para la entrada en vigencia de la ley. La presente ley entrará en vigencia, dentro del plazo de doce meses a contar de la publicación de los reglamentos señalados en el artículo precedente.

Con todo, la obligación referida en el artículo 3° número 3) no será exigible a las empresas de menor tamaño sino transcurridos dos años desde la entrada en vigencia de esta ley.”.

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17.- Del Honorable Senador señor Horvath, para contemplar un artículo 2° transitorio del siguiente tenor:

“Artículo 2° transitorio.- Los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, continuarán vigentes en lo pertinente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en esta ley, la cual se aplicará en carácter de supletoria.”.

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18.- Del Honorable Senador señor Horvath, para incorporar el siguiente artículo 2° transitorio:

“Artículo 2° transitorio.- Sin perjuicio de lo señalado por esta ley, los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, podrán ser aplicados íntegramente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en esta ley, la cual se aplicará en carácter de supletoria.”.

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19.- Del Honorable Senador señor Horvath, para consultar el siguiente artículo 3° transitorio:

“Artículo 3° transitorio.- Para los efectos contemplados en el artículo 1º inciso cuarto de esta ley, en cuanto al porcentaje de material reciclado que deben contener las bolsas plásticas, esta tendrá en el tiempo una aplicación gradual y progresiva de la forma que sigue:

a) Un 15% de material reciclado a contar del primer año de aplicación de esta ley.

b) Un 25% de material reciclado a contar del tercer año de aplicación de esta ley.

c) Un 35% de material reciclado a contar del quinto año de aplicación de esta ley.

d) Un 45% de material reciclado, a contar del séptimo año de aplicación de esta ley.

e) Un 50% de material reciclado, a contar del décimo año de aplicación de esta ley.”.

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20.- Del Honorable Senador señor Navarro, para agregar el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“En no más de 180 días contados desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial, todos los servicios del Estado a nivel regional y de administración comunal deberán publicar un plan de manejo de sus residuos plásticos, este plan deberá a lo menos contemplar los siguientes aspectos:

Adquisición y uso de bolsas de plástico, debiendo siempre privilegiar aquellas bolsas de plástico que sean fabricadas en base a plásticos reciclados.

Metas de progreso en la eliminación gradual de la generación de residuos plásticos, en especial de todos los desechos plásticos que generan las actividades de atención sanitaria.

Metas y mecanismos de reciclaje, en general, de todos los residuos plásticos que los diferentes servicios generen.”.

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2.6. Segundo Informe de Comisión de Medio Ambiente

Senado. Fecha 18 de mayo, 2018. Informe de Comisión de Medio Ambiente en Sesión 18. Legislatura 366.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que Establece la Prohibición y Sustitución Progresiva de las Bolsas de Polietileno, Polipropileno y otros Polímeros Artificiales no Biodegradables en la Patagonia Chilena.

BOLETÍN Nº 9.133-12

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HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales tiene el honor de presentar su segundo informe respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los ex Diputados y actuales Senadores señora Carolina Goic Boroevic y señores Alfonso De Urresti Longton y David Sandoval Plaza, de los Honorables Diputados señora Alejandra Sepúlveda Órbenes y señores Fidel Espinoza Sandoval, Gabriel Silber Romo y Guillermo Teillier del Valle y de los ex Diputados señora Karla Rubilar Barahona y señores Enrique Accorsi Opazo y Patricio Vallespín López, con urgencia calificada de “suma”.

A las sesiones en que la Comisión se ocupó de este asunto asistieron, además de sus miembros, los Honorables Senadores señora Goic y señor De Urresti.

Concurrieron, además, especialmente invitados, en representación de las entidades que se indican, las siguientes personas:

-Del Ministerio del Medio Ambiente: la Ministra, señora Marcela Cubillos; la Jefa de la División Jurídica, señora Ingrid Henríquez; la Abogada del Departamento de Legislación Ambiental, señora Ma. Alejandra Guerra; el Encargado de la Oficina de Implementación Legislativa y Economía Circular, señor Pablo Fernandois; el Asesor Legislativo, señor José Pablo Núñez; la Jefa de Comunicaciones, señora Denise Peró; y el Periodista, señor Guillermo McPherson.

-Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: El Asesor, señor Agustín Figari.

-Del Ministerio Secretaría General de Gobierno: El Periodista, señor Patricio Díaz.

-De la Fundación Terram, el señor Christian Paredes.

-De TV Senado: El Periodista, señor Christian Reyes.

-De la Biblioteca del Congreso Nacional: El Asesor, señor Enrique Vivanco.

-De la oficina de la Honorable Senadora señora Allende, el Asesor señor Alejandro Sánchez.

-De la oficina de la Honorable Senadora señora Órdenes, los Asesores señora Susana Figueroa y señor Francisco Rodríguez.

-De la oficina del Honorable Senador señor Prohens, el Asesor señor Rafael Castro.

-De la oficina del Honorable Senador señor Sandoval, el Asesor señor Mauricio Anacona.

-De la oficina del Honorable Senador señor Girardi, los Asesores señora Victoria Fullerton y señor Juan Walker.

-De la Fundación Jaime Guzmán, los Asesores señores Juan Eduardo Díaz y Cristóbal Alzamora.

De Libertad y Desarrollo, la Asesora señora Pilar Hazbún.

De El Mercurio, el Periodista señor Nicolás Álvarez.

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Cabe hacer presente que el proyecto de ley en estudio fue analizado durante su primer trámite reglamentario por la Comisión Especial de Zonas Extremas, por disponerlo así la Sala del Senado, en sesión celebrada el día 22 de julio del año 2014. Sin embargo, la referida instancia acordó, el día 18 de abril de 2018, que sería la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales la encargada de conocer del segundo informe del proyecto. En consecuencia, esta Comisión no conoció la propuesta legal antes de abocarse a su estudio en particular.

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El Senado aprobó en general la iniciativa legal en informe en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2015, fijando como plazo para formular indicaciones el día 23 del mismo mes y año. En dicha oportunidad se presentaron 19 indicaciones, de los Honorables Senadores señoras Allende y Goic y señores De Urresti y Horvath. Posteriormente, se otorgaron seis nuevos plazos para presentar indicaciones. Sólo en una de dichas oportunidades se formularon proposiciones de enmienda, de autoría del Honorable Senador señor Navarro. Finalmente, se solicitó por la Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Allende, un último plazo para formular indicaciones, el que venció el día 7 de mayo de 2018. En esta última oportunidad se presentaron nueve indicaciones, una de Su Excelencia el Presidente de la República, sustitutiva de todo el proyecto, otra, de los Honorables Senadores señoras Allende, Goic y Órdenes y señores De Urresti y Sandoval, para sustituir su título y las siete restantes de la Honorable Senadora señora Goic.

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NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Es necesario hacer presente que los artículos 1° y 3° del Artículo Primero del proyecto tienen el carácter de ley de quórum calificado, según lo dispuesto en el inciso segundo del número 23 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental. Por lo anterior, requieren para su aprobación el voto favorable de la mayoría absoluta de los Senadores en ejercicio, de conformidad a lo establecido en el inciso tercero del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Asimismo, cabe consignar que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 118 de la Constitución Política de la República, el artículo 4° de la iniciativa de ley tiene el rango de ley orgánica constitucional. Igual rango tienen el inciso segundo del artículo 5° y el artículo segundo de la propuesta legal, según lo establece el artículo 77 de nuestra Constitución. En consecuencia, estas normas deben ser aprobadas por las cuatros séptimas partes de los Senadores en ejercicio, conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

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Cabe hacer presente que el proyecto no debe ser considerado por la Comisión de Hacienda, toda vez que el texto despachado por la Comisión no irroga gastos. En efecto, el informe financiero acompañado a la indicación número 1B, formulada por Su Excelencia el Presidente de la República, y aprobada para sustituir el proyecto, de fecha 4 de mayo de 2018, consigna expresamente que ésta no conllevará un mayor gasto fiscal.

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En cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 77 de la Constitución Política de la República y del artículo 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, mediante Oficio N° MA/020/2018, recabó la opinión de la Excelentísima Corte Suprema en relación con Artículo Segundo de la iniciativa de ley.

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Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, cabe dejar constancia de lo siguiente:

I.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones: ninguno.

II.- Indicaciones aprobadas sin modificaciones: 1A y 1B (con excepción del título, de la letra c) del artículo 2° y del artículo 7°).

III.- Indicaciones aprobadas con modificaciones: título, letra c) del artículo 2° y artículo 7° de la indicación número 1B y números 1D, 2, 8 bis, 9 ter, 10, 11, 14, 15 bis y 16 bis.

IV.- Indicaciones rechazadas: números 1C, 5, 6, 9, 12, 13, 15, 16, 17, 18 y 19.

V.- Indicaciones retiradas: números 1, 3, 4, 7 y 9 bis.

VI.- Indicaciones declaradas inadmisibles: números 3 bis, 8, letras c), d) y e) de la indicación número 8 bis y 20.

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DISCUSIÓN PARTICULAR

A continuación, se efectúa una relación de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Honorable Senado, que se describen o transcriben, según el caso, y de los acuerdos adoptados a su respecto por vuestra Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

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Título

La propuesta legal objeto de análisis lleva por epígrafe “Proyecto de ley que Establece la Prohibición y Sustitución Progresiva de las Bolsas de Polietileno, Polipropileno y otros Polímeros Artificiales no Biodegradables en la Patagonia Chilena.”.

Sobre él recayó la indicación número 1A, de los Honorables Senadores señoras Allende, Goic y Órdenes y señores De Urresti y Sandoval, para reemplazarlo por uno que consigna claramente que la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio se aplicará a lo largo de todo el país y no quedará circunscrita solamente a la Patagonia Chilena. El título propuesto es el siguiente:

“Proyecto de ley que Prohíbe la Entrega de Bolsas Plásticas de Comercio en todo el Territorio Nacional.”.

Sometida a votación la indicación referida, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Girardi y Sandoval.

Artículos 1° y 2°

La propuesta legal objeto de análisis se compone de dos preceptos, a saber:

El artículo 1° de la iniciativa de ley consta de dos incisos. El inciso primero prohíbe en el territorio de la Patagonia Chilena la entrega de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y demás establecimientos de comercio, un año después de la fecha de publicación de la ley.

El inciso segundo, por su parte, precisa que la infracción a la referida prohibición se sancionará con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, de conformidad a lo dispuesto en el reglamento que se dicte al efecto. Agrega el inciso mencionado que esta norma deberá estar publicada sesenta días después de que la ley entre en vigencia.

El artículo 2°, en tanto, define lo que se entiende por Patagonia Chilena. Al respecto, explica que ella es la extensión de territorio que comprende la provincia de Palena y las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Respecto a los preceptos indicados, Su Excelencia el Presidente de la República presentó la indicación número 1B, para sustituirlos por los que siguen:

“Proyecto de ley que Prohíbe la Entrega de Bolsas Plásticas de Comercio

Artículo Primero. Apruébese la siguiente ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Artículo 2°. Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada en el punto de pago de un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías; o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Artículo 3°. Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Artículo 4°. Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero, del artículo 5 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior.

Artículo 5°. Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287, que establece los procedimientos ante los juzgados de policía local.

Artículo 6°. Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

Artículo 7°. Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación, incluyendo su reutilización y reciclaje.

Artículo Segundo: Agrégase, en la letra c) del artículo 13 de la ley N° 15.231 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia, el siguiente numeral 14, nuevo:

“14°- A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio”.

Artículo Transitorio. Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contados desde su publicación en el Diario Oficial, con excepción de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2° de la Ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos establecidos en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

Explicando la indicación de Su Excelencia el Presidente de la República, la Ministra de Medio Ambiente, señora Marcela Cubillos, indicó que la idea de formular una indicación sustitutiva a una moción existente y no presentar un nuevo proyecto de ley que prohíba la entrega de bolsas plásticas de comercio obedece a la necesidad de conseguir prontamente una ley sobre el particular.

Puso de relieve que en la actualidad los chilenos han tomado conciencia del daño ambiental que generan las bolsas plásticas, sustituyendo su uso por otras. A mayor abundamiento, resaltó que en cincuenta y cinco comunas del país la prohibición ya existe, gracias a ordenanzas municipales, y alabó el comportamiento protector del ecosistema de aquellas, el que, sentenció, motiva la necesidad de replicarlo a lo largo de todo el país, a través de esta propuesta legal.

Continuando con su intervención, aseguró que la aludida indicación sustitutiva recoge, además de las prácticas de las comunas que han prohibido su uso, los planteamientos contenidos en las distintas mociones existentes sobre el particular, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.

Ahondando en este último comentario, subrayó que existen diez mociones en el Congreso Nacional referidas a la regulación, prohibición o restricción del uso de bolsas de plástico, hecho que da cuenta del gran interés que existe en su pronta regulación. Detallándolas, indicó que ellas son las que siguen:

1) La que prohíbe el uso de bolsas plásticas, del Honorable Diputado señor Mulet y de los ex Diputados señoras Goic y Pérez y señores Accorsi, Bauer, Chahuán, Enríquez-Ominami, Escobar, Girardi, Lobos, Palma, Sepúlveda y Vallespín, contenida en los Boletines N° 6.585-12, 6.520-12, 6.080-12 y 6.045-12, refundidos, y que se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado.

2) La que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena, de los ex Diputados y actuales Senadores señora Goic y señores De Urresti y Sandoval, de los Honorables Diputados señora Sepúlveda y señores Espinoza, Silber y Teillier y de los ex Diputados señora Rubilar y señores Accorsi y Vallespín, contenida en el Boletín N° 9.133-12 y que se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado.

3) La que prohíbe el uso de bolsas plásticas no biodegradables, de los ex Diputados señores Ávila y Ominami, contenida en el Boletín N° 6.046-12 y que se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado (Archivada el día 22/9/2010).

4) La que modifica la ley orgánica constitucional de Municipalidades, encomendando a una ordenanza la regulación de la utilización de bolsas plásticas, del Honorable Diputado señor Sabag y de los ex Diputados señores Chahín, Chávez, Farías, Fuentes, Morano, Pilowsky, Sandoval y Vallespín, contenida en el Boletín N° 9.878-06, en segundo trámite constitucional en el Senado.

5) La que regula el uso de plásticos desechables de un solo uso, de los Honorables Senadores señora Goic y señor Girardi y de los ex Senadores señores Horvath y Walker, don Patricio, contenida en el Boletín N° 10.054-12, en primer trámite constitucional en el Senado.

6) La que modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para exigir que se proporcione información relativa al material de los envoltorios plásticos de los productos, de los Honorables Diputados señora Fernández y señores Bellolio, Morales y Núñez y de los ex Diputados señora Molina y señores Campos, Chahín, De Mussy, Edwards y Vallespín, contenida en el Boletín N° 11.301-03, en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

7) La que prohíbe la utilización de bolsas plásticas en los establecimientos de comercio, de los Honorables Diputados señores Coloma, Gahona, Hernández, Kort, Melero, Morales, Trisotti y Van Rysselberghe y de los ex Diputados señora Molina y señor Hasbún, contenida en el Boletín N° 11.418-12, en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

8) La que prohíbe el uso y entrega de bolsas plásticas sean o no biodegradables a los consumidores finales, del Honorable Senador señor Navarro, contenida en el Boletín N° 11.429-12, en primer trámite constitucional en el Senado.

9) La que exige el uso de bioplásticos a la industria y el comercio para envasar productos o mercancías, de los Honorables Diputados señoras Cariola, Carvajal y Girardi y señores Auth, Boric y Monsalve y de los ex Diputados señores Alvarado, Farías, Letelier y Mirosevic, contenida en el Boletín N° 11.578-12, en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

10) La que prohíbe la utilización de envases plásticos no degradables en el comercio, de los Honorables Diputados señores Álvarez, Carter, Coloma, Hernández, Lavín, Morales, Moreira, Noman, Sanhueza y Von Mühlenbrock, contenida en el Boletín N° 11.651-12, en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

Afirmó que la intención del Ejecutivo es reconocer el trabajo parlamentario realizado sobre el particular, valorando los aportes efectuados por los legisladores mencionados. Resaltó que la labor del Gobierno se limita a apurar la tramitación del proyecto y a recoger en la indicación sustitutiva lo mejor de las iniciativas citadas.

Finalmente, anheló que la indicación fuera apoyada, de manera de prohibir, en un breve plazo y a lo largo de todo el país, la entrega de bolsas plásticas de comercio, habida consideración de que la contaminación que ellas producen afecta a todo Chile y no sólo a la Patagonia Chilena.

La Honorable Senadora señora Allende manifestó su preocupación respecto a que la iniciativa de ley no tuviera urgencia.

Al respecto, la señora Ministra de Medio Ambiente informó que el Ejecutivo hizo presente la urgencia en carácter de simple para la propuesta legal y que de ella se daría cuenta en la próxima sesión ordinaria que celebre el Senado. Con todo, señaló que es posible que dicha urgencia sea sustituida por una suma.

Por su parte, el Honorable Senador señor Girardi solicitó a la Secretaria de Estado que explicara por qué la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República no se había presentado a la iniciativa de ley contenida en el Boletín N° 10.054-12, de autoría de los Honorables Senadores señora Goic y señor Girardi y de los ex Senadores señores Horvath y Walker, don Patricio.

Destacó que el Gobierno anterior se había inclinado por dar su apoyo a aquella y lamentó que la nueva Administración no continuara tal camino. Adicionalmente, agregó que la propuesta de ley contaba con indicaciones, algunas de ellas formuladas por la ex Presidenta señora Michelle Bachelet.

La señora Ministra de Estado insistió en que la decisión de presentar una indicación sustitutiva a este proyecto y no al de autoría de los Honorables Senadores señora Goic y señor Girardi y de los ex Senadores señores Horvath y Walker, don Patricio, se fundamenta en que esta iniciativa de ley se encuentra en segundo trámite constitucional, lo que permitiría acortar los plazos de tramitación y contar prontamente con una ley que prohíba el uso de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional.

Hizo presente que si bien la propuesta legal contenida en los Boletines Números 6.585-12, 6.520-12, 6.080-12 y 6.045-12, refundidos, reunía también las condiciones de apoyo transversal y de estar en segundo trámite constitucional, requisitos indispensables para asegurar un pronto despacho, su tramitación se encuentra detenida desde el mes de junio del año 2010.

La Honorable Senadora señora Allende consideró razonable que si el objetivo era contar en el más breve plazo con una norma legal que prohíba el uso de bolsas plásticas en todo el territorio nacional, se formularan enmiendas a este proyecto y no al mencionado por el Honorable Senador señor Girardi, y recordó que así lo acordó también la Comisión.

Refiriéndose al mismo punto, el Honorable Senador señor Sandoval hizo hincapié en que el objetivo principal es conseguir lo más rápido posible que la prohibición de entrega de bolsas plásticas se convierta en ley y se extienda a todo el país. Con todo, consideró que en el documento que contiene la indicación sustitutiva no sólo debía hacer referencia al número de boletín de las mociones sino también a sus autores, de manera de reconocer el aporte realizado por ellos.

Aludiendo al proyecto aprobado en general por la Sala del Senado, sostuvo que éste nació de la práctica observada en el extremo sur del país. Asimismo, remarcó que la iniciativa de ley originalmente presentada en la Cámara de Diputados contó con un amplio respaldo al momento de ser votada en general y tuvo una rápida tramitación.

En cuanto a por qué la iniciativa sólo se circunscribía a la Patagonia Chilena, aseguró que ello obedeció a que al momento de su presentación no había consenso respecto a ampliarla a todo el territorio.

Precisado lo anterior, advirtió que en la actualidad la realidad supera a la legislación, toda vez que muchos municipios prohíben la entrega de ellas e incluso algunas empresas, de iniciativa propia, también lo hacen.

Finalmente, y en otro orden de consideraciones, solicitó analizar una a una las normas de la enmienda propuesta por Su Excelencia el Presidente de la República, votándolas separadamente.

En otro orden de ideas, la Honorable Senadora señora Allende informó a los Honorables Senadores presentes en la sesión que la Asociación Gremial de Industriales del Plástico (ASIPLA) solicitó ser recibida en audiencia en el marco del estudio en particular de esta iniciativa de ley. Al respecto, descartó que la instancia pudiera escuchar sus planteamientos, toda vez que en la sesión en curso se despacharía la propuesta legal. Con todo, hizo hincapié en que dicha organización se había reunido con algunos Parlamentarios, con sus asesores y con representantes del Gobierno anterior. Además, agregó, su Director Ejecutivo fue recibido con ocasión de la discusión en general del proyecto por la Comisión Especial de Zonas Extremas y Territorios Especiales.

Precisado lo anterior, manifestó que pese a que la Comisión no los recibiría en audiencia, sería conveniente dar respuesta a las críticas que han formulado a la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República. Solicitó profundizar, especialmente, en la crítica a que se prohibiera también la entrega de bolsas plásticas biodegradables.

Siguiendo con su intervención, puso de relieve que si bien existe oposición a la iniciativa legal por parte de algunas organizaciones, la ciudadanía ha reaccionado positivamente en las comunas en donde se ha regulado, por medio de ordenanzas municipales, la entrega de bolsas plásticas.

Finalmente, anheló que la prohibición en estudio fuera sólo el primer paso de muchos dirigidos a proteger el medio ambiente. En efecto, recordó que otros materiales plásticos, tales como bombillas, cucharas y botellas, dañan también el ecosistema. Sobre el particular, consultó a la Secretaria de Estado si su Ministerio tenía medidas en esa dirección.

Refiriéndose a la petición realizada por la Asociación Gremial de Industriales del Plástico, la señora Ministra de Medio Ambiente remarcó que la mencionada organización se reunió, además, con el Subsecretario de la Cartera que encabeza. Con todo, adelantó que daría respuesta a las críticas realizadas a la indicación sustitutiva. En ese contexto, aseveró que la prohibición de entrega de bolsas plástica propuesta por el Ejecutivo se extienda a las biodegradables, toda vez que ellas no lo son realmente, porque requieren procesos de degradación industrial.

Coincidió con la Presidenta de la Comisión en que si bien el proyecto ha dado pie a voces disidentes, la ciudadanía ha manifestado su intención de adaptarse a las nuevas exigencias, de manera de contribuir en la protección del medio ambiente.

Resaltó que no obstante que la medida propuesta en el proyecto es insuficiente para dar solución a los problemas medioambientales, es un primer paso en tal dirección. Afirmó que el Ejecutivo impulsará otras medidas para ellos y acotó que muchas de ellas se consideran en el decreto de envases y embalajes de la ley N° 20.920, que Establece un Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. Añadió que a ellas se sumarán otras que se darán a conocer en su oportunidad. No obstante, remarcó que muchas podían tener su origen en buenas prácticas de las empresas y de la población.

Por último, resaltó que para el éxito de esta ley será fundamental la educación ambiental y el fomento del reciclaje por parte de los Municipios.

Respondiendo las críticas efectuadas en relación a incluir dentro de la prohibición a las bolsas biodegradables, el Ingeniero encargado del Área de Gestión de Residuos del Ministerio del Medio Ambiente, señor Pablo Fernandois, explicó que la decisión de extenderla a aquellas obedece a la inexistencia de un esquema de certificación que permita al Ministerio del Medio Ambiente acreditar la condición de biodegradabilidad de las bolsas plásticas. Agregó que el desarrollo de aquel supondría al menos un año, plazo incompatible con la pronta necesidad de disminuir el impacto que genera la sobreproducción de bolsas y su mal manejo en el medio ambiente.

Adicionalmente, informó que el esquema reconocido a nivel internacional da cuenta de que la condición de biodegradabilidad de una bolsa se logra a través de ensayos controlados, los que conllevan procesos de compostaje, que tienen una duración cercana a los 120 días.

En sintonía con el punto anterior, señaló que un informe elaborado por la Dirección de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de la Pontificia Universidad Católica (Dictuc) indica que los productos plásticos o materiales que cumplen satisfactoriamente con requisitos establecidos se pueden rotular como compostables en plantas de compostaje municipales o industriales o como biodegradables, mediante el proceso de compostaje en planta de compostaje. Sobre el particular, fue enfático en sostener que nuestro país carece de lo necesario para manejar las bolsas biodegradables.

Por lo anterior, y en atención a que uno de los ejes de la ley N° 20.920 es el de jerarquía para el manejo de residuos, que consiste en que el mejor de ellos es el que no se genera, sentenció, se decidió prevenir la generación de residuos mal manejados que inevitablemente afectarán el medio ambiente.

El Honorable Senador señor Sandoval comunicó que, al igual como lo hicieron algunos legisladores, se reunió con la Asociación Gremial de Industriales del Plástico, organización que manifestó su preocupación por la extensión de la prohibición a las bolsas biodegradables y por el impacto en materia laboral de la iniciativa de ley.

Indicó que bien son legítimas las aprensiones expresadas, los ciudadanos han tomado conciencia de la necesidad de cuidar el medio ambiente y del aporte que pueden hacer con medidas como el no uso de bolsas plásticas. A esa realidad, notó, se suma la necesidad de contar prontamente con una ley que prohíba el uso de las mismas en todo el territorio nacional, tal como ocurre en muchas comunas del país.

El Honorable Senador señor De Urresti consultó a la señora Ministra de Medio Ambiente qué medidas propondría el Ejecutivo respecto a los plásticos de único uso, los que, recordó, generan igual o mayor impacto que las bolsas plásticas en el medio ambiente y son de uso cotidiano.

Asimismo, preguntó si se contemplaba la idea de entregar subsidios a los Municipios, Gobiernos Regionales o Privados para realizar procesos de compostaje. Estimó que Corfo podría otorgar beneficios para ello.

Abocándose a la última interrogante formulada por el Honorable Senador señor De Urresti, el señor Fernandois puso de relieve que, en el mes de noviembre del año 2017, se creó la Política Nacional de Residuos, la que considera entre sus líneas de acción el manejo de la fracción orgánica de los residuos municipales. Añadió que desde el Ministerio del Medio Ambiente se están generando incentivos para desarrollar la infraestructura necesaria para valorizar, a través del compostaje, los residuos que se generan a nivel municipal.

Apuntó que a lo anterior se suma el hecho que la ley N° 20.920 considera el Fondo para el Reciclaje, instrumento disponible para financiar proyectos, programas y acciones que ejecuten los Municipios para colaborar en la implementación de dicha ley. Precisó que el aludido fondo considera en la actualidad $360.000.000.

En cuanto a la consulta referida a los plásticos de único uso, en tanto, manifestó que el objetivo es regular los “envases de servicio”. Sostuvo que cuando se implemente la ley citada, que regula, entre otros aspectos, la responsabilidad extendida del productor, se considerarán ellos en el decreto de envases y embalajes. Sin embargo, coincidió con la señora Ministra de Medio Ambiente en que las empresas y la población pueden adoptar medidas para reducir significativamente su uso.

Iniciando el análisis de la indicación y de cada uno de los preceptos que la componen, la señora Ministra de Medio Ambiente indicó que la enmienda propuesta sustituye el título del proyecto y sus dos artículos.

En cuanto a la modificación del epígrafe, aseveró que ella apunta a dejar claramente establecido que la prohibición aludida regirá en todo el país, tal como lo hace la indicación 1A, de los Honorables Senadores señoras Allende, Goic y Órdenes y señores De Urresti y Sandoval.

-Como consecuencia de la aprobación de la indicación número 1A, la propuesta de Su Excelencia el Presidente de la República en lo que al título del proyecto respecta, fue aprobada con modificaciones, en los términos consignados en la indicación anterior, por la unanimidad de los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Girardi y Sandoval.

Refiriéndose al Artículo Primero de la indicación sustitutiva, la señora Ministra de Medio Ambiente precisó que éste consta de ocho normas, las que se refieren al objeto de la ley, a ciertas definiciones, a detallar la prohibición y a precisar su fiscalización y la sanción en caso de infracción. Agregó que a dichas materias se suma una norma de educación ambiental, la que es indispensable para asegurar el éxito de la nueva ley, demostrándolo así la realidad de las comunas en donde la prohibición de entrega de bolsas plásticas ya existe en virtud de una ordenanza municipal.

En cuanto al artículo 1°, relativo al objeto de la ley, señaló que éste prescribe que su objeto radica en proteger el medio ambiente, mediante la prohibición de entrega de bolsas de comercio.

-Puesto en votación el artículo 1 de la indicación número 1B, éste contó con el respaldo de la totalidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Girardi y Sandoval.

En lo que al artículo 2° respecta, la señora Ministra de Medio Ambiente expresó que dicha norma define, en los términos ya indicados, bolsa, bolsa plástica, bolsa plástica de comercio y establecimiento de comercio, expresiones utilizadas en la ley.

La Secretaría de la Comisión advirtió que la definición sugerida para la expresión “bolsa” es idéntica a la propuesta en las indicaciones números 9, de la ex Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, 10, de la Honorable Senadora señora Goic, 11, de la Honorable Senadora señora Allende, 12, de la Honorable Senadora señora Allende, y 13, del ex Senador señor Walker, don Patricio, formuladas al proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que Regula el uso de plásticos desechables de un solo uso, contenido en el Boletín N° 10.054-12, y a la prevista en la letra a) de la indicación número 8 bis, de la Honorable Senadora señora Goic.

Asimismo, informó que la definición de bolsa plástica es similar a aquella propuesta en las indicaciones números 9, de la ex Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, 11, de la Honorable Senadora señora Allende, 12, de la Honorable Senadora señora Allende, y 13, del ex Senador señor Walker, don Patricio, referidas al proyecto de ley contenido en el Boletín N° 10.054-12.

-El artículo 2° fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señor Sandoval.

En sesión posterior, la Honorable Senadora señora Allende solicitó reabrir el debate respecto a la letra c) del artículo 2°, a fin de perfeccionar la definición de bolsa plástica de comercio.

La solicitud de la Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Allende, contó con el respaldo de todos los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

Ahondando en la enmienda aludida, la Honorable Senadora señora Allende consideró fundamental sustituir la frase “en el punto de pago de” por la voz “por” evitando así que las tiendas vulneren la prohibición impuesta, entregando bolsas plásticas en otros sectores de sus establecimientos, como en el punto de embalaje.

Indicó que de acogerse su propuesta, la definición contenida en la letra c) del artículo 2° sería la que sigue:

“c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías; o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.”.

La Ministra de Estado compartió la sugerencia propuesta por la Honorable Senadora señora Allende. No obstante, recalcó que lo fundamental de la definición no radicaba en el momento de su entrega. Adicionalmente, subrayó que esa definición debía interpretarse a la luz de la prohibición contenida en el artículo 3°.

- La enmienda sugerida por la Honorable Senadora señora Allende a la letra c) del artículo 2° de la iniciativa de ley, recientemente transcrita, contó con el respaldo de la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

En relación con el artículo 3°, la Secretaria de Estado hizo presente que éste prohíbe la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas a los establecimientos de comercio. Agregó que se exceptúan de dicha prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos y que sea necesario por razones higiénicas o para prevenir el desperdicio de alimentos.

La Secretaría de la Comisión hizo presente que la prohibición aludida es similar a la propuesta por el Honorable Senador señor Navarro en el artículo único del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que prohíbe el uso y entrega de bolsas plásticas sean o no biodegradables a los consumidores finales, contenido en el Boletín N° 11.429-12.

Deteniéndose en la excepción recientemente aludida, la Honorable Senadora señora Allende solicitó que se ahondara en ella y manifestó su preocupación en orden a que ella pudiera impedir la aplicación de la ley.

Abocándose a la consulta formulada, la señora Ministra de Medio Ambiente afirmó que la norma citada persigue dejar claramente consignado en la ley que no quedarán prohibidas las bolsas que constituyan el envase primario de los alimentos y que sean necesarias por motivos de higiene o para prevenir el desperdicio de alimentos. Aseguró que la excepción planteada fue tomada de las indicaciones números 18, de la Ex Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, y 19, de la Honorable Senadora señora Allende, formuladas al proyecto de ley que Regula el uso de plásticos desechables de un solo uso, contenido en el Boletín N° 10.054-12, aludido por el Honorable Senador señor Girardi.

- Sometida a votación la indicación sustitutiva en lo referido a la norma mencionada, la totalidad de los legisladores presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, la respaldó.

Respecto al artículo 4°, la Secretaria de Estado explicó que dicha norma dispone que las municipalidades serán las encargadas de fiscalizar el cumplimiento de la ley.

La Secretaría de la Comisión notó que el artículo mencionado es idéntico al contenido en la indicación número 35, de la ex Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, formulada al proyecto de ley contenido en el Boletín N° 10.054-12 y similar a la prevista en las indicaciones números 33, del Honorable Senador señor Navarro, y 37, de la Honorable Senadora señora Allende, realizadas a la misma iniciativa legal.

El Honorable Senador señor Sandoval valoró la norma, mas puso de relieve que el proyecto encomienda la función de fiscalización a las Municipalidades sin entregarle nuevos recursos para realizar tal labor.

La Honorable Senadora señora Allende compartió la crítica de legislador que le antecedió en el uso de la palabra, pero solicitó tener en consideración que los Municipios que en la actualidad regulan el uso de las bolsas plásticas fiscalizan el cumplimiento de sus ordenanzas.

Subrayó que a la realidad anterior se suma el hecho que, de conformidad a lo prescrito en el artículo 5° de la indicación sustitutiva en estudio, la multa aplicada en caso de infracción irá en beneficio de las Municipalidades.

La Honorable Senadora señora Goic, compartiendo los planteamientos de la Presidenta de la instancia, resaltó que la ley, en muchos Municipios, se limitará a reconocer una práctica, razón por la cual el precepto en estudio no debiera generar inconvenientes a aquellos.

En otro orden de ideas, el Honorable Senador señor Sandoval solicitó a los representantes del Ejecutivo presentes en la sesión hacer reconocimiento expreso de las Municipalidades que, por medio de ordenanzas, regulan el uso de bolsas plásticas de comercio, adelantándose a esta ley.

Deteniéndose en la solicitud anterior, la Honorable Senadora señora Goic la compartió, calificando como indispensable valorar la contribución a la protección del medio ambiente realizada por los Municipios que prohíben la entrega de bolsas plásticas y cuyo ejemplo motivó la presentación de la iniciativa de ley en estudio, así como las demás existentes sobre la materia, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados.

- La indicación de Su Excelencia el Presidente de la República en lo que al artículo 4° respecta fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

Con relación al artículo 5°, la señora Ministra de Medio Ambiente señaló que éste prescribe que la infracción a la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio se sancionará con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa entregada.

Añadió que el inciso segundo del precepto en estudio precisa que las sanciones serán aplicadas por los Jueces de Policía Local, de conformidad al procedimiento previsto en la ley N° 18.287.

La Secretaría de la Comisión hizo presente que la redacción del artículo en estudio es similar al contenido en las indicaciones números 38, de la ex Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, y 40, del Honorable Senador señor Navarro, formuladas al proyecto de ley contenido en el Boletín N° 10.054-12.

La Honorable Senadora señora Allende valoró que la norma dispusiera que las multas derivadas de la ley fueran en beneficio de las Municipalidades respectivas y no del fisco, como ocurre habitualmente. Aseguró que ello contribuiría a fiscalizar el cumplimiento de la ley.

- Puesto en votación el artículo 5° de la indicación sustitutiva, la totalidad de los parlamentarios presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, se pronunció a favor.

En lo referido al artículo 6, la Secretaria de Estado apuntó que esta norma complementa la disposición anterior, proporcionando elementos que determinarán el monto exacto de la multa a aplicar. Detalló que los propuestos son: el número de bolsas entregadas, la conducta previa del infractor y la capacidad económica de éste.

La Secretaría de la Comisión notó que la redacción propuesta para el artículo 6°, en estudio, es idéntica a la prevista en la indicación número 41, de la ex Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, formulada al proyecto de ley recogido en el Boletín N° 10.054-12. Añadió, además, que la redacción es similar a propuesta por la Honorable Senadora señora Goic en la indicación número 9 ter.

- La indicación sustitutiva, en lo que al artículo citado respecta, fue aprobada por la totalidad de los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

Deteniéndose en el artículo 7°, la señora Ministra de Medio Ambiente resaltó que dicha norma es de suma importancia por cuanto obliga al Ministerio que encabeza a promover e implementar programas de educación ambiental relativos al uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación para la ciudadanía. Agregó que dichos programas deberán promover su reutilización y reciclaje.

La Secretaría de la Comisión advirtió que la idea de incorporar una norma relativa a la educación ambiental está prevista también en las indicaciones números 23, del Honorable Senador señor De Urresti, y 53, del Honorable Senador señor Navarro, recaídas en la iniciativa de ley contenida en el Boletín N° 10.054-12.

La Honorable Senadora señora Órdenes, habida consideración de la importancia que tiene para el éxito de la prohibición la educación ambiental, propuso sustituir la frase “, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación, incluyendo su reutilización y reciclaje”, por la que se indica: “concientizando sobre el uso del plástico y su impacto sobre el ecosistema, fomentando conductas de consumo responsable, reducción, reutilización y reciclaje, con especial énfasis en los establecimientos educacionales del sistema nacional de certificación ambiental de establecimientos educacionales y en los municipios que integran el sistema de certificación ambiental municipal”.

El Honorable Senador señor Sandoval estimó que si bien la propuesta de la Honorable Senadora señora Órdenes era razonable, en cuanto sugería concientizar a la ciudadanía respecto al uso de todos los plásticos y no sólo respecto al de bolsas confeccionadas con ese material, discrepó de ella por cuanto el proyecto de ley se circunscribe a estas últimas.

En un sentido similar al manifestado por el Honorable Senador señor Sandoval, la señora Ministra de Medio Ambiente aseguró que si bien la intención de la actual Administración es avanzar hacia el uso adecuado de los plásticos, no pareciera adecuado extender la norma de educación ambiental a todos ellos en una propuesta legal referida sólo a las bolsas plásticas, toda vez que escapa al objetivo previsto en ésta.

Agregó que la propuesta de la Honorable Senadora señora Órdenes podría acogerse en la ley N° 20.920, que Establece un Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje.

La Honorable Senadora señora Allende compartió las observaciones anteriores, mas propuso acoger parte de la enmienda propuesta por la Honorable Senadora señora Órdenes, de manera de dejar claro que la prohibición de entrega de bolsas plásticas radica en el impacto que ellas tienen en el ecosistema. Precisando sus planteamientos, acotó que de acogerse la modificación sugerida, la redacción del artículo 7° sería la que a continuación se transcribe:

“Artículo 7°. Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.”.

- Sometida a votación la indicación sustitutiva, en lo que al artículo 7° respecta, ésta resultó aprobada con la enmienda recientemente consignada, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

Adentrándose en el análisis del artículo segundo, la Secretaria de Estado hizo presente que dicha disposición modifica el artículo 13 del decreto N° 307, del Ministerio de Justicia, de 1978, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, a fin de incluir dentro de sus competencias el conocimiento de esta ley.

La Secretaría de la Comisión notó que el artículo analizado es idéntico al sugerido en las indicaciones números 45, de la ex Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, y 46, de la Honorable Senadora señora Allende, recaídas en el proyecto de ley contenido en el Boletín N° 10.054-12.

- Puesta en votación la indicación en estudio, en lo que al Artículo Segundo se refiere, la totalidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, se pronunció favorablemente.

Finalmente, en lo que dice relación con el artículo transitorio, la señora Ministra de Medio Ambiente manifestó que éste precisa la entrada en vigencia de la ley. Acotó que el texto normativo tendrá fuerza de ley seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, pero que dicho plazo se ampliará a dos años para las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2° de la Ley que Fija normas especiales para las Empresas de Menor Tamaño.

Siguiendo con el desarrollo del punto anterior, fue enfática en señalar que, no obstante lo consignado, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y su entrada en vigencia, los establecimientos de comercio sólo podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas por cada compra.

La Honorable Senadora señora Allende estimó que el plazo otorgado para las micro, pequeñas y medianas empresas era excesivo y, en consecuencia, sugirió disminuirlo a un año. Fundamentó su opinión en que doce meses era un plazo suficiente para adaptarse a las nuevas exigencias, más aún si se tiene en consideración que en muchas comunas la prohibición ya es una realidad.

La Secretaria de Estado discrepó de la idea planteada por la Presidenta de la Comisión, y justificó su parecer en que se requerirá de un lapso razonable para que las Municipalidades manejen los residuos y para educar a la población sobre el particular. Advirtió, además, que si bien el periodo podía parecer excesivo, durante esos dos años las micro, pequeñas y medianas empresas sólo podrán entregar un máximo de dos bolsas por compra.

Sumándose a la postura del Ejecutivo, el Honorable Senador señor Prohens solicitó tener en consideración que la elaboración y venta de bolsas plásticas son fuentes laborales de muchas personas, razón por la cual el plazo de dos años es necesario.

La Honorable Senadora señora Órdenes, en tanto, coincidió con la demanda formulada por la Presidenta de la Comisión, y llamó a tener en consideración que la prohibición es realidad en muchas comunas del país, a lo que se suma la larga tramitación de los proyectos que regulan el uso de bolsas plásticas.

La Honorable Senadora señora Allende, en atención a la necesidad que la ley funcione a lo largo de todo el país y a que no se critique una excesiva celeridad en su implementación, se allanó a mantener el plazo de dos años citado en la disposición transitoria.

- Sometido a votación el artículo transitorio previsto en la indicación en estudio, la unanimidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, lo respaldó.

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Por otro lado, se presentó también la indicación número 1C, de la Honorable Senadora señora Goic, para incorporar un título I a la iniciativa de ley, denominado “Disposiciones Generales”.

- La indicación fue rechazada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Artículo 1°

El precepto mencionado se compone de dos incisos.

El primero de ellos prohíbe, en la Patagonia Chilena, la entrega, a cualquier título, de bolsas no biodegradables y biodegradables que utilizan los clientes para la contención y transporte de mercaderías en supermercados, almacenes, tiendas, kioskos y demás establecimientos de comercio. Precisa que dicha prohibición se hará efectiva un año después de la publicación de la ley.

El segundo, por su lado, señala que la infracción a la prohibición aludida será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, de conformidad al reglamento que se dicte al efecto, norma que deberá publicarse a más tardar sesenta días después de la entrada en vigencia de la ley.

Sobre el artículo en estudio recayó la indicación número 1D, de la Honorable Senadora señora Goic, para sustituirlo por uno que modifica el objeto de la ley, reemplazando la prohibición mencionada por la obligación de mejorar la calidad de las bolsas de comercio y por la de fomentar su reutilización y reciclaje. El tenor literal del precepto propuesto es el siguiente:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente, mejorando la calidad de las bolsas de comercio, y fomentando su reutilización y reciclaje.”.

En relación con el inciso primero de la disposición aludida, en tanto, se presentaron dos indicaciones, las números 1 y 2, de la Honorable Senadora señora Allende y del ex Senador señor Horvath, respectivamente.

- La indicación fue aprobada con modificaciones, en los términos previstos en el artículo 3° del artículo primero de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por la totalidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

La indicación número 1, de la Honorable Senadora señora Allende, reemplaza la expresión “bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables” por “bolsas plásticas tipo camiseta no reciclables”.

- La indicación fue retirada por su autora.

La indicación número 2, del ex Senador señor Horvath, a su vez, limita la prohibición a las bolsas no biodegradables, pero la extiende a las ferias libres.

- La indicación fue aprobada con enmiendas, en los términos previstos en el artículo 3° del artículo primero de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por todos de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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A continuación, la Honorable Senadora señora Allende formuló la indicación número 3, para incorporar al artículo 1° un nuevo inciso segundo, a fin de asegurar que las bolsas entregadas cumplan con la normativa europea denominada UNE 53257, sobre requisitos para la confección de bolsas tipo camiseta, o la que la reemplace en lo futuro o bien por la que se determine en el reglamento respectivo.

- La indicación fue retirada por su autora.

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Por su lado, el Honorable Senador señor Navarro presentó la indicación número 3 bis, para agregar un nuevo inciso segundo que prohíba a todos los turistas de la Patagonia Chilena el ingreso de bolsas plásticas de todo tipo al territorio. Dicho inciso prescribe, además, que los servicios de aduana y los administradores de reservas naturales o zonas protegidas deberán impedir la entrada de turistas que entre sus pertenencias porten bolsas de cualquier tipo.

- La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión, de conformidad a lo dispuesto en el número 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

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Seguidamente, la Honorable Senadora señora Allende propuso la indicación número 4, para intercalar un inciso tercero que defina qué se entiende por bolsas plásticas reciclables. El tenor literal del inciso sugerido es el que se indica a continuación:

“Se entiende por bolsas plásticas reciclables, aquellas que cumplen con la normativa y estándares establecidos en la norma denominada ASTM D7611, que determina los tipos de plásticos que son susceptibles de ser reciclados, las que además, deberán identificarse con el triángulo denominado como banda de Moebius.”.

- La indicación fue retirada por su autora.

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El ex Senador señor Horvath, por su parte, sugirió, mediante la indicación número 5, la incorporación de los nuevos incisos segundo, tercero y cuarto. En ellos se permite la entrega de bolsas plásticas biodegradables, se define qué se entiende por ellas y se les impone la obligación de llevar impreso el triángulo Moebius y la de contener al menos un 50% de materiales plásticos reciclados en su manufactura.

La redacción de los mencionados incisos es la que se transcribe a continuación:

“Sin perjuicio de lo anterior, se permitirá la entrega de bolsas plásticas biodegradables, entendiéndose por aquellas las que cumplan con la normativa y estándares que se establezcan como norma chilena. Esta norma identificará los tipos de plásticos susceptibles de ser reciclados, incluyendo a aquellos a partir de los cuales se manufacturan dichas bolsas.

Para efectos de difusión y educación a la comunidad sobre la reciclabilidad de las bolsas plásticas biodegradables, aquellas que cumplan con dicha normativa, deberán llevar impreso el denominado triángulo Moebius, el que deberá visualizarse en al menos un 30% de una de las caras principales de la bolsa.

Además, las bolsas plásticas, deberán contener un porcentaje mínimo de 50% de materiales plásticos reciclados en su manufactura, composición que se determinará según la metodología descrita en el respectivo reglamento.”.

La Comisión consideró que la indicación en estudio no se recogía en la indicación sustitutiva presentada por Su Excelencia el Presidente de la República, toda vez que la prohibición de entrega que regula se extiende a las bolsas biodegradables.

- Sometida a votación la indicación, resultó rechazada por la totalidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Inciso segundo

Sobre el inciso segundo de la disposición en estudio recayeron dos indicaciones, las números 6 y 7.

La indicación número 6, del Honorable Senador señor Horvath, para eliminarlo.

La indicación número 7, de la Honorable Senadora señora Allende, por su lado, para precisar que el reglamento aludido en él deberá contener algunos indicadores básicos, tales como dimensiones mínimas, resistencias, espesor, gramaje y tamaño mínimo de la banda de Moebius.

- La indicación número 6 fue rechazada por la unanimidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

- La indicación número 7, en tanto, fue retirada por su autora.

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Complementando la propuesta contenida en la indicación número 1D, la Honorable Senadora señora Goic presentó la indicación número 8, para introducir un nuevo artículo 2°, en el que se impone a toda bolsa plástica regulada por esta ley la obligación de llevar impreso un claro y preciso mensaje que tenga por objeto promover en las personas su reutilización y reciclaje. Detalla que este mensaje será diseñado por el Ministerio del Medio Ambiente y establecido mediante decreto supremo dicha Cartera.

- La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión, por contravenir lo prescrito en el número 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

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Artículo 2°

Define qué se entiende por Patagonia Chilena para los efectos de esta ley. Al respecto, indica que aquella es la extensión de territorio que comprende la provincia de Palena y las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Con respecto a él, se formularon dos indicaciones, las números 8 bis y 9.

La indicación número 8 bis, de la Honorable Senadora señora Goic, está en sintonía con lo sugerido en la indicación número 1D, y persigue reemplazarlo por uno que defina algunos conceptos básicos de esta ley.

El tenor literal del precepto aludido es el que sigue:

“Artículo 2°.- Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa de comercio: Bolsa elaborada con resinas plásticas que es entregada en el punto de pago para el transporte de mercaderías.

c) Bolsa compostable: Bolsa de comercio susceptible de degradación por procesos biológicos durante el compostaje industrial para producir agua, dióxido de carbono, compuestos inorgánicos y biomasa, de acuerdo a lo establecido en la norma técnica que dicte el Ministerio del Medio Ambiente.

d) Bolsa reciclable: Bolsa de comercio susceptible de servir de insumo para la elaboración de nuevos productos plásticos a través de un proceso de fundición, de acuerdo a lo establecido en la norma técnica que dicte el Ministerio del Medio Ambiente.

e) Bolsa reutilizable: Bolsa de comercio susceptible de ser utilizada sucesivas veces y que cumple con el estándar de capacidad mínima establecido en la norma técnica que dicte el Ministerio del Medio Ambiente.

f) Consumidor: Consumidor según lo dispuesto en el artículo 1 N°1 de la Ley 19.496.

g) Proveedor: Proveedor según lo dispuesto en el artículo 1 N°2 de la Ley 19.496.

h) Reciclaje: Empleo de un residuo como insumo o materia prima en un proceso productivo, incluyendo el coprocesamiento y compostaje, incluyendo la valorización energética.

i) Valorización energética: empleo de un residuo con la finalidad de aprovechar su poder calorífico.”.

- Las letras c), d) y e) de la indicación fueron declaradas inadmisibles, de conformidad a lo prescrito en el número 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

- El resto de la indicación, por su lado, fue aprobado con modificaciones, en los términos previstos en el artículo 2° del artículo primero de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por la totalidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

La indicación número 9, en tanto, del ex Senador señor Horvath, apunta a incluir dentro ámbito de aplicación de la ley a la comuna de Cochamó y a la provincia de Chiloé.

La Comisión estimó que la indicación debía rechazarse, habida consideración de que la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, aprobada, extendía la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio a todo el territorio nacional.

- En consecuencia, la indicación fue rechazada por todos los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Posteriormente, la Honorable Senadora señora Goic, insistiendo en el objetivo previsto en la indicación número 1D, propuso la indicación número 9 bis, para incorporar un título II, relativo al uso y calidad de las bolsas de comercio. Componen dicho título los artículos 3°, 4° y 5°, los que precisan las características que deben reunir las bolsas de comercio que se entreguen, las facultades que tendrán las municipalidades en el marco de esta ley y las normas técnicas aplicables.

A continuación se transcribe el título II, aludido:

“Título II

Uso y calidad de las bolsas de comercio

Artículo 3°.- Restricción del uso y entrega de Bolsas de Comercio. Los proveedores solo podrán poner a disposición de los consumidores bolsas de comercio que reúnan las siguientes características copulativas:

1) Ser reutilizables.

2) Ser reciclables o compostables.

3) En el caso de las bolsas de comercio reciclables, contener material reciclado.

Un reglamento establecerá la proporción de material reciclado que deberán contener las bolsas de comercio. En cualquier caso, dicha exigencia no podrá impedir el cumplimiento de las normas técnicas aplicables.

4) Destinar un porcentaje de su superficie a informar y educar de forma clara y precisa acerca del adecuado uso y manejo de la misma, según la proporción y condiciones establecidas en el reglamento respectivo.

5) Señalar, de forma clara y visible, la norma técnica con la que cumplen, de acuerdo a lo establecido en el reglamento respectivo.

Artículo 4°.- Municipalidades. A fin de colaborar con el adecuado cumplimiento del objeto de esta ley, las municipalidades, a través de sus ordenanzas, podrán exigir a los proveedores una o más de las siguientes medidas, sin perjuicio de sus funciones relacionadas con la protección del medio ambiente:

1) Recibir y reciclar bolsas de comercio. La recepción de las bolsas de comercio será a título gratuito.

2) Diseñar e implementar estrategias de comunicación, sensibilización u otros incentivos destinados a reutilizar y reciclar las bolsas de comercio.

Los municipios podrán igualmente otorgar sellos a los proveedores que acrediten la implementación efectiva de estrategias de comunicación, sensibilización u otros incentivos destinados a reutilizar y reciclar las bolsas de comercio. El procedimiento aplicable para solicitar y obtener dichos sellos se determinará a través de ordenanza municipal.

El incumplimiento de la presente ley, verificado y sancionado según las reglas del Título III, producirá la pérdida temporal del sello previamente otorgado y en consecuencia quedará prohibida su posterior exhibición, por cualquier medio por parte del infractor sancionado.

Artículo 5°.- Normas técnicas aplicables. Un reglamento del Ministerio del Medio Ambiente establecerá las normas técnicas aplicables en el marco de la presente ley y establecerá las condiciones de acreditación del cumplimiento de dichas normas.”.

- La indicación fue retirada por su autora.

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Continuando con sus planteamientos, la Honorable Senadora señora Goic formuló la indicación número 9 ter, para incorporar un título III, nuevo, referido a la fiscalización y sanción, el que considera tres preceptos. El primero de ellos, relativo a la fiscalización, ordena a la municipalidades fiscalizar el cumplimiento de la ley. El segundo, por su lado, precisa que la infracción a lo dispuesto será sancionada con multa a beneficio municipal de hasta tres mil unidades tributarias anuales, las que serán aplicadas por los Juzgados de Policía Local. El último, a su turno, establece elementos para la determinación de la sanción a aplicar.

La redacción del título mencionado es la que sigue:

“Título III

Fiscalización y sanción.

Artículo 6°.- Fiscalización y seguimiento. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar y dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 3°.

Artículo 7°.- Sanciones. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley será sancionado con multa de hasta tres mil unidades tributarias anuales, las que serán aplicadas por los Juzgados de Policía Local.

El cien por ciento de lo recaudado por multas impuestas por los Juzgados de Policía Local, por infracciones o contravenciones a la presente ley, quedará a beneficio de la municipalidad en que se hubiere aplicado la multa respectiva.

Artículo 8°.- Circunstancias para la determinación de la sanción. Para la determinación de la sanción señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) Beneficio económico del infractor;

b) Conducta anterior del infractor;

c) Capacidad económica del infractor.”.

- La indicación fue aprobada con enmiendas, en los términos previstos en los artículos 4°, 5° y 6° del artículo primero de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por todos de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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A continuación, la Comisión conoció la indicación número 10, de la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un nuevo artículo 3° que señala que las disposiciones de esta ley regirán un año después de su publicación.

- La indicación fue aprobada con modificaciones, en los términos previstos en el artículo transitorio de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por la unanimidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Por su lado, el Honorable Senador señor De Urresti propuso la indicación número 11, la que incorpora un artículo 3°, norma que consigna que las demás regiones del país podrán establecer la prohibición a través de ordenanzas municipales y que la infracción a ella será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales.

- La indicación fue aprobada con modificaciones, en los términos previstos en los artículos 1° y 3° del artículo primero de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por la totalidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Seguidamente, y en sintonía con lo propuesto en las indicaciones números 2 y 5, el ex Senador señor Horvath formuló la indicación número 12, para incluir un artículo 3° a la iniciativa de ley, el que dispone que las bolsas plásticas tipo camiseta reciclables deberán cumplir en su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento, detallando las materias mínimas que deberá abordar dicho instrumento.

El artículo 3° sugerido en la indicación en estudio tiene el tenor literal que se indica:

“Las bolsas plásticas tipo camiseta reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

En atención a que el contenido de la indicación escapa al texto aprobado, la Comisión consideró oportuno rechazarla.

- Puesta en votación la indicación, resultó rechazada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Asimismo, el ex Senador señor Horvath formuló la indicación número 13, para introducir el siguiente artículo 3°

“Artículo 3º.- Las bolsas plásticas reciclables, deberán cumplir para su confección con los estándares de calidad que establezca el respectivo reglamento.

El reglamento deberá abordar al menos las siguientes materias: dimensiones mínimas, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta y la identificación del fabricante.”.

La Comisión hizo presente que la indicación no se ajustaba al texto aprobado.

- En consecuencia, sometida a votación la indicación, fue rechazada por la totalidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Continuando con sus planteamientos, el ex Senador señor Horvath propuso la indicación número 14, a fin de incorporar un artículo 4° a la propuesta legal, el que dispone que la contravención a esta ley será sancionada por el Juzgado de Policía Local competente y que las multas a aplicar serán las siguientes:

a) Será sancionada con multa de una a cinco unidades tributarias mensuales, la persona natural que entregue a título gratuito, bolsas plásticas de aquellas que no sean de las consideradas en el inciso primero del artículo 1º de esta ley. Si se tratase de personas jurídicas, dicha multa será de hasta diez unidades tributarias mensuales.

b) Será sancionado con multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies, al que entregue o transfiera al vendedor final, a cualquier título, aquellas bolsas no contempladas en el artículo 1º de esta ley.

c) El que produzca, fabrique o importe bolsas plásticas biodegradables, sin cumplir con los estándares técnicos que establezca el reglamento, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

d) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables que no cumpla con la impresión del triángulo Moebius a que se refiere el artículo 1º de esta ley, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluido el comiso de las especies.

e) El productor, fabricante o comercializador de bolsas plásticas biodegradables cuyo producto no contenga el porcentaje mínimo de materiales reciclados a que alude el artículo 1º, será sancionado con multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, incluyendo su comiso.

f) El comerciante que entregue a cualquier título que no sea el autorizado por la ley, bolsas de las permitidas por esta norma, será sancionado con multa de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.”.

- La indicación fue aprobada con enmiendas, en los términos previstos en el artículo 5° del artículo primero de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por todos de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Ahondando en las ideas propuestas en las indicaciones números 2, 5, 12, 13 y 14, el ex Senador señor Horvath presentó la indicación número 15, para precisar que las bolsas plásticas de comercio autorizadas por la ley deberán ser entregadas a título oneroso a los consumidores.

La Comisión consideró necesario rechazar la indicación, toda vez que el texto aprobado impide la entrega de bolsas plásticas de comercio a cualquier título.

- En atención a lo anterior, la indicación fue rechazada por los cuatro Senadores presentes en la sesión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Posteriormente, la Honorable Senadora señora Goic sugirió la indicación número 15 bis, con el objeto de incluir un artículo transitorio, referido al plazo para dictar el reglamento aludido.

El tenor literal del precepto citado es el que se señala:

“Artículo primero.- Plazo para dictar el reglamento. El reglamento referido en el artículo 5°, deberá dictarse dentro del plazo de doce meses contados desde la publicación de la presente ley.”.

- La indicación fue aprobada con enmiendas, en los términos previstos en el artículo transitorio de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por todos los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Adicionalmente, el ex Senador señor Horvath propuso la indicación número 16, para consultar un artículo transitorio del tenor que sigue:

“Artículo 1º transitorio.- La norma Chilena que se establezca para efectos de la reciclabilidad de los materiales plásticos, homologará la denominada norma internacional ASTM D7611. El reglamento que regule la calidad y estándares mínimos sobre dimensiones, resistencias, espesor y gramaje de las bolsas tipo camiseta, deberá basarse en la norma europea denominada UNE 53257.”.

- En atención a que la norma propuesta en la indicación no dice relación con la indicación sustitutiva aprobada, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, la rechazó.

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En sintonía con las indicaciones anteriormente presentadas, la Honorable Senadora señora Goic formuló la indicación número 16 bis, con el objetivo de introducir un artículo segundo transitorio, nuevo, que precise la entrada en vigencia de la ley.

La norma propuesta dispone que la ley entrará en vigencia en el plazo de doce meses desde la publicación de los reglamentos señalados. No obstante, precisa que la obligación que las bolsas de comercio reciclables contenga material reciclado no será exigible a las empresas de menor tamaño sino transcurridos dos años desde la entrada en vigencia de esta ley.

- La indicación fue aprobada con modificaciones, en los términos previstos en el artículo transitorio de la indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República, por la totalidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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El ex Senador señor Horvath propuso, por medio de la indicación número 17, incorporar un artículo segundo transitorio, a fin de regular la situación de las comunas que por medio de ordenanzas municipales han regulado o prohibido el uso de bolsas plásticas de comercio. Al respecto, prescribe la disposición mencionada que los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, continuarán vigentes en lo pertinente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en la ley, aplicándose en tal caso esta última de manera supletoria.

Sobre el particular, la Honorable Senadora señora Allende propuso aprobarla con modificaciones, a fin de incorporar una disposición a la iniciativa de ley que faculte a los Municipios a prohibir o regular el uso de otros plásticos. Precisó que la norma sugerida tendría el tenor que sigue:

“Agrégase en el inciso tercero del artículo 5° de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades la siguiente oración final:

“Además, mediante ordenanza, y previo informe de la unidad encargada de la función de medio ambiente, aseo y ornato respectiva, las Municipalidades podrán regular, restringir o prohibir a establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de plásticos desechables de un solo uso.”.”

La señora Ministra de Medio Ambiente fue enfática en señalar que la norma propuesta escapaba de los objetivos del proyecto, los que sentenció, sólo se circunscriben a la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Adicionalmente, resaltó que la incorporación de una norma en tal sentido es materia de iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República, de conformidad a lo prescrito en el número 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

El Honorable Senador señor Sandoval consideró innecesaria la idea de incluir una disposición del tenor señalado por la Honorable Senadora señora Allende. En efecto, argumentó, las facultades con las que cuentan en la actualidad les permiten dictar ordenanzas para regular el uso de los plásticos de un solo uso en sus comunas, tal como ha ocurrido hasta ahora con las bolsas plásticas de comercio.

Al argumento anterior, sumó el hecho que el proyecto de ley está circunscrito sólo a la protección del medio ambiente mediante la prohibición de bolsas plásticas y no a otros fines.

La Honorable Senadora señora Allende coincidió en la idea que los Municipios cuentan con las facultades necesarias para regular el uso de plásticos al interior de sus comunas y que, en consecuencia, la norma propuesta sería innecesaria. No obstante, estimó que su incorporación podría conducirlos a adoptar otras prohibiciones tendientes a proteger el ecosistema, motivo por el cual aconsejó su inclusión.

El Honorable Senador señor Sandoval hizo presente que la norma podría atentar en contra de la autonomía de las Municipalidades. A mayor abundamiento, hizo hincapié en que ellas fueron pioneras en la prohibición de entrega de bolsas plásticas sin que existiera una ley que los indujera a ello y que, probablemente, lo mismo ocurrirá respecto a otros plásticos.

La Honorable Senadora señora Órdenes compartió la demanda de la Honorable Senadora señora Allende, y adujo que su incorporación ampliaría el desafío para los Municipios sin afectar su autonomía. En efecto, remarcó, el precepto sugerido utiliza la voz “podrán” y no “deberán”.

Complementando los argumentos esgrimidos con anterioridad, la Ministra de Estado advirtió que la inclusión de un artículo como el referido podría conducir a que existieran distintas regulaciones a lo largo del país, en circunstancias que lo que se busca con el proyecto en trámite es la uniformidad en el territorio nacional.

Atendidos los argumentos esgrimidos por el Ejecutivo y por el Honorable Senador señor Sandoval, la Honorable Senadora señora Allende se retractó de su propuesta.

- Sometida a votación la indicación, ésta fue rechazada por la totalidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Girardi, Prohens y Sandoval.

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Además, el ex Senador señor Horvath presentó la indicación número 18, con el objeto de incorporar un artículo segundo transitorio, nuevo, que reproduce en términos similares lo propuesto en la indicación anterior. La redacción del aludido artículo es la que se indica:

“Artículo 2° transitorio.- Sin perjuicio de lo señalado por esta ley, los actos administrativos emanados de las municipalidades que se encuentren en el territorio comprendido en la aplicación de esta ley, relativos a la prohibición o regulación sobre el uso o comercialización de bolsas plásticas, podrán ser aplicados íntegramente, aun cuando impongan prohibiciones mayores a las establecidas en esta ley, la cual se aplicará en carácter de supletoria.”.

Con ocasión de esta indicación, se reiteraron los argumentos dados en el análisis de la indicación anterior.

- En consecuencia, la indicación fue rechazada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Girardi, Prohens y Sandoval.

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Ahondando en lo dispuesto en el inciso cuarto de la indicación número 5, que exige que las bolsas plásticas tengan en su manufactura al menos un 50% de materiales plásticos reciclados, el ex Senador señor Horvath formuló la indicación número 19, a fin de dar cumplimiento en forma gradual y progresiva a dicha obligación.

El tenor literal de la norma mencionada es la que transcribe a continuación:

“Artículo 3° transitorio.- Para los efectos contemplados en el artículo 1º inciso cuarto de esta ley, en cuanto al porcentaje de material reciclado que deben contener las bolsas plásticas, esta tendrá en el tiempo una aplicación gradual y progresiva de la forma que sigue:

a) Un 15% de material reciclado a contar del primer año de aplicación de esta ley.

b) Un 25% de material reciclado a contar del tercer año de aplicación de esta ley.

c) Un 35% de material reciclado a contar del quinto año de aplicación de esta ley.

d) Un 45% de material reciclado, a contar del séptimo año de aplicación de esta ley.

e) Un 50% de material reciclado, a contar del décimo año de aplicación de esta ley.”.

La Comisión notó que el texto aprobado por ella impide la entrega de todo tipo de bolsas plásticas de comercio.

- Sometida a votación la indicación, fue rechazada por la totalidad de los integrantes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Girardi, Prohens y Sandoval.

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Finalmente, el Honorable Senador señor Navarro sugirió, por medio de la indicación número 20, incorporar un artículo transitorio nuevo en el que se obliga a todos los servicios del Estado a nivel regional y comunal a publicar, dentro del plazo de 180 días, contados desde la publicación de la ley, un plan de manejo de residuos plásticos, el que contemplará al menos lo siguiente:

-Adquisición y uso de bolsas de plástico, privilegiando aquellas bolsas de plástico que sean fabricadas en base a plásticos reciclados;

-Metas de progreso en la eliminación gradual de la generación de residuos plásticos, en especial de todos los desechos plásticos que generan las actividades de atención sanitaria y

-Metas y mecanismos de reciclaje de todos los residuos plásticos que los diferentes servicios generen.

- La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión, por contravenir lo prescrito en el número 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

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MODIFICACIONES

En conformidad con los acuerdos adoptados precedentemente, vuestra Comisión tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado en general por el Honorable Senado:

TÍTULO

Reemplazarlo por el que se indica:

“Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional.”.

(Indicación N° 1A, aprobada por unanimidad, 4x0, e Indicación N° 1B, aprobada con modificaciones por unanimidad, 4x0).

Sustituir el proyecto de ley por el siguiente:

“Artículo Primero. Apruébase la siguiente ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio:

(Adecuación formal).

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 4x0, e Indicación N° 11, aprobada con modificaciones por unanimidad, 4x0).

Artículo 2°. Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 3x0, e Indicación N° 8 bis, aprobada con enmiendas por unanimidad, 4x0).

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 3x0).

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías; o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

(Indicaciones Números 1B y 8 bis, aprobadas con enmiendas por unanimidad, 4x0).

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 3x0).

Artículo 3°. Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 4x0, e Indicaciones Números 1D, 2 y 11 aprobadas con modificaciones por unanimidad, 4x0).

Artículo 4°. Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica constitucional de Municipalidades.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 4x0, e Indicación N° 9 ter, aprobada con enmiendas por unanimidad, 4x0).

Artículo 5°. Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287, que establece los procedimientos ante los juzgados de policía local.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 4x0, e Indicaciones Números 9 ter y 14, aprobadas con enmiendas por unanimidad, 4x0).

Artículo 6°. Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 4x0, e Indicación N° 9 ter, aprobada con enmienda por unanimidad, 4x0).

Artículo 7°. Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.

(Indicación N° 1B, aprobada con modificaciones por unanimidad, 4x0).

Artículo Segundo: Agrégase, en la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, del Ministerio de Justicia, de 1978, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, el siguiente numeral 14, nuevo:

“14°- A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 4x0).

Artículo Transitorio. Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contados desde su publicación en el Diario Oficial, con excepción de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2° de la Ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos establecidos en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

(Indicación N° 1B, aprobada por unanimidad, 4x0, e Indicaciones Números 10, 15 bis y 16 bis, aprobadas con modificaciones por unanimidad, 4x0).

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TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional.

Artículo Primero. Apruébase la siguiente ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Artículo 2°. Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías; o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Artículo 3°. Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Artículo 4°. Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica constitucional de Municipalidades.

Artículo 5°. Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287, que establece los procedimientos ante los juzgados de policía local.

Artículo 6°. Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

Artículo 7°. Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.

Artículo Segundo: Agrégase, en la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, del Ministerio de Justicia, de 1978, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, el siguiente numeral 14, nuevo:

“14°- A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.

Artículo Transitorio. Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contados desde su publicación en el Diario Oficial, con excepción de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2° de la Ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos establecidos en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

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Tratado y acordado en sesiones celebradas los días 8 y 15 de mayo de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señora Isabel Allende Bussi (Presidenta), señora Ximena Órdenes Neira y señores Guido Girardi Lavín, Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza.

Sala de la Comisión, a 18 de mayo de 2018.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretario Abogado

RESUMEN EJECUTIVO

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE LA PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE LAS BOLSAS DE POLIETILENO, POLIPROPILENO Y OTROS POLÍMEROS ARTIFICIALES NO BIODEGRADABLES EN LA PATAGONIA CHILENA.

(BOLETÍN Nº 9.133-12)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: La presente iniciativa de ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el país.

II. ACUERDOS: Indicaciones:

Números

1A.- Aprobada por unanimidad (4x0).

1B.- Título: Aprobada con enmiendas por unanimidad (4x0).

Artículo Primero: Aprobado por unanimidad (4x0).

Artículo 1°: Aprobado por unanimidad (4x0).

Artículo 2°, letra a): Aprobado por unanimidad (3x0).

Artículo 2°, letra b): Aprobado por unanimidad (3x0).

Artículo 2°, letra c): Aprobado con modificaciones por unanimidad (4x0).

Artículo 2°, letra d): Aprobado por unanimidad (3x0).

Artículo 3°: Aprobado por unanimidad (4x0).

Artículo 4°: Aprobado por unanimidad (4x0).

Artículo 5°: Aprobado por unanimidad (4x0).

Artículo 6°: Aprobado por unanimidad (4x0).

Artículo 7°: Aprobado con enmiendas por unanimidad (4x0).

Artículo Segundo: Aprobado por unanimidad (4x0).

Artículo Transitorio: Aprobado por unanimidad (4x0).

1C.- Rechazada por unanimidad (4x0).

1D.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

1.- Retirada.

2.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

3.- Retirada.

3 bis.- Inadmisible.

4.- Retirada.

5.- Rechazada por unanimidad (4x0).

6.- Rechazada por unanimidad (4x0).

7.- Retirada.

8.- Inadmisible.

8 bis.- Letras c), d) y e): Inadmisibles.

Resto de la indicación: Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

9.- Rechazada por unanimidad (4x0).

9 bis.- Retirada.

9 ter.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

10.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

11.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

12.- Rechazada por unanimidad (4x0).

13.- Rechazada por unanimidad (4x0).

14.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

15.- Rechazada por unanimidad (4x0).

15 bis.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

16.- Rechazada por unanimidad (4x0).

16 bis.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

17.- Rechazada por unanimidad (5x0).

18.- Rechazada por unanimidad (5x0).

19.- Rechazada por unanimidad (5x0).

20.- Inadmisible.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa de ley consta de dos artículos permanentes y de una disposición transitoria. La primera de las normas permanentes, por su parte, contiene siete artículos.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: Los artículos 1° y 3° del Artículo Primero del proyecto tienen el carácter de ley de quórum calificado, según lo dispuesto en el inciso segundo del número 23 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental. Por lo anterior, requieren para su aprobación el voto favorable de la mayoría absoluta de los Senadores en ejercicio, de conformidad a lo establecido en el inciso tercero del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Asimismo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 118 de la Constitución Política de la República, el artículo 4° de la iniciativa de ley tiene el rango de ley orgánica constitucional. Igual rango tienen el inciso segundo del artículo 5° y el artículo segundo de la propuesta legal, según lo establece el artículo 77 de nuestra Constitución. En consecuencia, estas normas deben ser aprobadas por las cuatros séptimas partes de los Senadores en ejercicio, conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

V. URGENCIA: suma, desde el día 15 de mayo de 2018.

VI: ORIGEN: Cámara de Diputados, Moción de los ex Diputados y actuales Senadores señora Carolina Goic Boroevic y señores Alfonso De Urresti Longton y David Sandoval Plaza, de los Honorables Diputados señora Alejandra Sepúlveda Órbenes y señores Fidel Espinoza Sandoval, Gabriel Silber Romo y Guillermo Teillier del Valle y de los ex Diputados señora Karla Rubilar Barahona y señores Enrique Accorsi Opazo y Patricio Vallespín López.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: Aprobado en general por 72 votos a favor, ninguno en contra y una abstención.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 10 de junio de 2014.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: Segundo informe.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Artículo 19 números 8°, 21°, 23° y 26° de la Constitución Política de la República.

2.- Artículos 77 y 118 de la Carta Fundamental.

3.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

4.- Decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Interior, de 2006, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

5.- Ley N° 18.287, que Establece el Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.

6.- Decreto N° 307, del Ministerio de Justicia, de 1978, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local.

7.- Ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las Empresas de Menor Tamaño.

8.- Ley N° 19.496, que Establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

9.- Ley N° 20.920, que Establece un Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje.

Sala de la Comisión, a 18 de mayo de 2018.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretario Abogado

2.7. Oficio de Comisión a la Corte Suprema

Oficio de Comisión a la Corte Suprema. Fecha 29 de mayo, 2018. Oficio

Oficio N° MA/031/2018

Valparaíso, 29 de mayo de 2018

La Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, ha despachado el segundo informe del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que Establece la Prohibición y Sustitución Progresiva de las Bolsas de Polietileno, Polipropileno y otros Polímeros Artificiales no Biodegradables en la Patagonia Chilena, correspondiente al Boletín N° 9.133-12. (Con urgencia calificada de “suma”).

En atención a que los artículos 5° del Artículo Primero y el Artículo Segundo del proyecto mencionado, contienen normas referidas a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, cúmpleme remitir a Vuestra Excelencia el texto aprobado por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, recabando su parecer, en cumplimiento de lo preceptuado por la Constitución Política de la República.

Lo que me permito solicitar a Vuestra Excelencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 77, incisos segundo y siguientes de la Carta Fundamental, y 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

Adjunto copia del texto aprobado.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ISABEL ALLENDE BUSSI

Presidenta

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Abogada Secretaria

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA

DON HAROLDO BRITO CRUZ

PALACIO DE LOS TRIBUNALES

SANTIAGO

2.8. Discusión en Sala

Fecha 29 de mayo, 2018. Diario de Sesión en Sesión 18. Legislatura número 366. Discusión Particular. Se aprueba en particular con modificaciones.

PROHIBICIÓN Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE BOLSAS NO BIODEGRADABLES EN PATAGONIA CHILENA

El señor MONTES ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena, con segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales y urgencia calificada de "suma".

--Los antecedentes sobre el proyecto (9.133-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 23ª, en 10 de junio de 2014.

Informes de Comisión:

Especial de Zonas Extremas: sesión 62ª, en 11 de noviembre de 2014.

Medio Ambiente y Bienes Nacionales (segundo): sesión 18ª, en 29 de mayo de 2018.

Discusión:

Sesión 94ª, en 3 de marzo de 2015 (se aprueba en general).

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

La iniciativa fue aprobada en general en sesión de 3 de marzo de 2015 y cuenta con un segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, que deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no existen artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.

El órgano técnico propone diversas enmiendas al proyecto de ley aprobado en general, todas las cuales acordó por unanimidad.

Se hace presente que la Comisión sustituyó la denominación de la iniciativa por la siguiente: "Proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional".

Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.

De estas enmiendas unánimes, las recaídas en los artículos 4° y 5°, inciso segundo -contenidos en el artículo primero-, y en el artículo segundo, deben ser aprobadas con 24 votos, porque inciden en normas de rango orgánico constitucional, mientras que las recaídas en los artículos 1° y 3° del artículo primero deben acogerse por 22 votos favorables, por incidir en normas de quorum calificado.

Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado en que se consignan las modificaciones introducidas por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales y el texto como quedaría de ser aprobadas.

Nada más, señor Presidente .

El señor MONTES (Presidente).-

En discusión particular la iniciativa.

Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE .-

Señor Presidente , en mi calidad de Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, quiero partir señalando que esta iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados, en una moción de los entonces Diputados y actuales Senadores señora Carolina Goic y señores Alfonso de Urresti y David Sandoval junto a los Diputados señora Alejandra Sepúlveda y señores Fidel Espinoza , Gabriel Silber y Guillermo Teillier y a los entonces Diputados señora Karla Rubilar y señores Enrique Accorsi y Patricio Vallespín .

El objetivo inicial de la iniciativa era la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena.

Con acuerdo de la propia Comisión Especial de Zonas Extremas y Territorios Especiales, el proyecto pasó a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales para su segundo informe.

Asimismo, deseo hacer ver a las señoras y a los señores Senadores que en el boletín comparado que tienen en sus escritorios pueden darse cuenta de que el título aprobado en general se cambió en la Comisión de Medio Ambiente por el siguiente: "Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional". Ese es el verdadero título del proyecto, porque obviamente ya quedó atrás el que inicialmente apareciera, como expliqué, en el origen de la iniciativa.

Quiero también mencionar que se acogió la idea del Gobierno de presentar una indicación sustitutiva. Así lo convenimos unánimemente, por el hecho de que el texto que nos planteó el Ejecutivo recogía no solo esta moción original, sino once iniciativas presentadas por distintos parlamentarios en diferentes momentos, lo cual refleja el interés, la preocupación y el compromiso por legislar sobre la materia que nos ocupa.

En definitiva, se aprobó en la Comisión de Medio Ambiente el proyecto que se presenta ahora a la Sala, el cual, como ya mencioné, establece en su título: "Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional".

En su artículo 1° señala que el objeto de la ley en proyecto es "proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio".

En el artículo 2° se consideran una serie de definiciones:

"Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos".

"Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo".

"Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías; o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final".

"Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios".

En el artículo 3° se señala: "Prohíbese en los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio".

Sin embargo, el mismo artículo establece luego: "Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos".

Resulta importante indicar que la fiscalización de la prohibición aludida va a quedar como responsabilidad de las municipalidades, que se encargarán de ella.

El incumplimiento de tal prohibición se sancionará con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones previstas por la ley en proyecto serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, conforme a los procedimientos establecidos respecto de ese tipo de tribunales en la ley N° 18.287.

Para la determinación de la multa, los juzgados tendrán en consideración tres circunstancias:

-El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

-La conducta anterior del infractor.

-La capacidad económica del infractor.

De otro lado, se dispone que el Ministerio del Medio Ambiente será responsable de la realización de programas de educación ambiental (esto es muy importante) dirigida a la ciudadanía.

El artículo transitorio que aprobó la Comisión dice:

"Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contados desde su publicación en el Diario Oficial, (...) con excepción de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, (...) para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

"Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos establecidos (...) los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.".

Por último, señor Presidente , debo señalar que este proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Medio Ambiente.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI .-

Señor Presidente , yo había pensado pedir votación separada del artículo 1°, pues el proyecto cambió absolutamente.

No voy a hacerlo. Y explicaré la razón.

Esta iniciativa -felicito a los Diputados (hoy, algunos de ellos, Senadoras y Senadores) que la presentaron- originalmente buscaba prohibir la entrega de bolsas plásticas biodegradables y no biodegradables por el comercio de la Patagonia. De hecho, Natales fue una de las comunas que iniciaron el proceso pertinente; lo propio ocurrió en Pucón y otras comunas (entiendo que asimismo en Coihaique).

Luego el Ejecutivo -tal como muy bien señaló la Senadora Allende- envió una indicación sustitutiva del proyecto primitivo. Así, a través del artículo 1° procura proteger el medio ambiente mediante una prohibición absoluta en cuanto a la entrega de bolsas plásticas de cualquier tipo en el comercio.

Señor Presidente , todo el mundo sabe de la brutal contaminación existente, que daña de manera grave a nuestros océanos.

Por supuesto, no quiero discutir eso -porque, obviamente, conozco tal situación y comparto la idea del proyecto de ley en debate-, sino referirme a la cuestión que explicitaré en seguida.

A mi juicio, no se observó una situación que provoca un extraordinario perjuicio a quienes ni siquiera tuvieron la posibilidad de cambiar de actividad comercial.

Pero la cuestión es más grave en otros aspectos, señor Presidente , que tienen que ver con el objetivo del proyecto: ¿estamos solucionando el problema de la contaminación con el hecho de eliminar solo las bolsas plásticas?

Sin duda, es factible observar otro tipo de contaminación: por ejemplo, la relacionada con el uso de plumavit; con el empleo de plástico en la industria (en la pesquera, en la minera).

Es decir, claramente la utilización del plástico en todas partes es lo que ha dañado a nuestro planeta, al que ha contaminado por completo.

¿Resuelve ese problema la eliminación de solo las bolsas plásticas?

¡Obviamente que no!

Entonces, siento que aquí se quiere entregarle a nuestro país un mensaje en el sentido de que de este modo estamos resolviendo toda la cuestión de la contaminación vinculada al uso del plástico.

Pero no es así. Se necesita avanzar con mecanismos que vayan mucho más allá que la eliminación de las bolsas plásticas en el comercio.

Sin embargo, quiero hacer el punto para la historia de la ley.

Aquí se ha afectado de manera extraordinaria a personas a las que se las ha sindicado casi como criminales por tener una industria dedicada a la fabricación de bolsas plásticas, de bolsas plásticas tipo camisetas. En paralelo, el Estado chileno no les ha dado ninguna posibilidad, les ha cortado los brazos y las ha dejado en la más total indefensión con respecto a la factibilidad de convertirse en otra industria, como la de fabricación de bolsas biodegradables.

Lo conversaba denantes con la Ministra, quien me dijo que en nuestro país no existe codificación para las bolsas biodegradables.

A decir verdad, técnicamente desconozco la cuestión de fondo. ¿Pero de qué manera se resuelve el problema? ¿Y para quién es el negocio? El negocio es para el retail, para los supermercados, para las farmacias, que han visto en esto otra oportunidad lucrativa: cuando los clientes no llevan bolsa de género, ellos le venden una, la que además tiene la publicidad y el logo del respectivo establecimiento comercial.

Entonces, ¿a quién le estamos haciendo el negocio?

Señor Presidente , por su intermedio, quiero pedir que el Gobierno -aquí está la Ministra - vea de qué forma puede contribuir para que a las industrias pequeñas, aquellas donde hay cuarenta, treinta, veinte o menos trabajadores, se les dé la oportunidad, a través de la CORFO o de otros entes, de reconvertirse y de esta manera no generar una cesantía bastante mayor.

Con este proyecto estamos avanzando. Pero que no se diga que se da una solución total al problema de la contaminación provocada por el uso de plástico en nuestro país y en el resto del mundo.

He dicho.

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El señor MONTES (Presidente).-

El señor Secretario va a leer un punto agregado a la Cuenta.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:

Oficio

Del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias, por medio del cual remite su Resolución N° 04, del día de hoy, que regula el uso de los recursos para el cumplimiento de la función parlamentaria.

La regulación pertinente, en cuanto a su normativa general, regirá desde el 1 de julio próximo.

El referido Consejo está enviando las copias, las que se remitirán a las oficinas de Sus Señorías.

--Se toma conocimiento.

El señor MONTES (Presidente).-

El Consejo entregará a las 18: 30 los documentos a cada parlamentario.

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El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Ossandón.

El señor OSSANDÓN .-

Supongo, señor Presidente , que vamos a hacer una sola votación.

A mi entender, nos hallamos ante un muy buen proyecto.

Por cierto, es un inicio.

Independiente de que en el futuro exista una política de eliminación del plástico, constituye un tremendo avance que la iniciativa no se limite a la Patagonia, sino que se amplíe a todo el territorio nacional. En este sentido, me parece muy adecuada la indicación sustitutiva.

Yo me voy a pronunciar a favor, y espero que haya solo una votación.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.

El señor SANDOVAL .-

Señor Presidente , sin duda, el proyecto en debate está fuertemente enraizado en el sentimiento -yo diría- de la ciudadanía toda.

La Encuesta Nacional de Medio Ambiente estableció no hace mucho tiempo que prácticamente el 95 por ciento de los chilenos valoraban una iniciativa de esta naturaleza.

Porque -hay que señalarlo-, a pesar de todas las limitaciones y de todos los esfuerzos, es incuestionable que últimamente ha habido una valoración respecto de la condición ambiental, de la protección del medioambiente, de la protección de nuestros entornos. Y eso habla muy bien de las proposiciones, de las ideas que van en tal dirección.

Por ello este proyecto, que nace en la Cámara Baja desde el territorio austral, desde la Patagonia, gracias a la entonces Diputada (hoy Senadora ) Carolina Goic , es un mensaje potente, pues, a través de una indicación sustitutiva del Ejecutivo que en la Comisión respaldamos por unanimidad, tenemos un texto que va absolutamente, independiente de todas sus limitaciones, en la dirección correcta.

¡3 mil 400 millones de bolsas plásticas se utilizan en Chile anualmente! ¡Y quienes hemos sido alcaldes sabemos bien adónde van a parar normalmente!

A pesar de todas las buenas voces que escuchamos acerca de su biodegradabilidad y de la forma como se van incorporando en otros elementos, sabemos que la inmensa mayoría de los residuos terminan en las calles, en los vertederos, en los cercos, diseminados en los prados y en los campos, incrementando la contaminación ambiental.

Repito: ¡3 mil 400 millones de bolsas plásticas!

Ya tenemos testimonios del efecto que aquello provoca en diversos ámbitos. Para qué hablar del mundo marino, donde incluso se han encontrado especies afectadas por la ingesta de plástico.

Es del caso señalar que hoy día cerca de sesenta municipios de nuestro país -la gran mayoría, grandes; algunos de ellos, correspondientes a capitales regionales- ya cuentan con esta clase de regulación.

En cuanto a la adaptación a iniciativas de esta índole en el ámbito local, debo señalar que curiosamente, a pesar de todas las aprensiones y críticas planteadas, nos hemos reunido con diversos personeros. Por ejemplo, con los directores de ASIPLA, a quienes recibimos en una audiencia de lobby con posterioridad a la tramitación de este proyecto en la Comisión.

Sin embargo, en la mayoría de los referidos municipios la adaptación al cambio se ha realizado de manera muy positiva y clara. Ello, no por la prohibición, sino fundamentalmente porque la misma ciudadanía, la misma comunidad ha entendido que debemos efectuar aportes en materia medioambiental.

Se ha criticado el hecho de que esta iniciativa no incluya otro tipo de plásticos, como el que se está utilizando en la fabricación de bombillas, de envases para llevar alimentos a domicilio, en fin.

Señor Presidente , si ha costado tanto llegar a este punto para aprobar una ley que elimine el uso de las bolsas plásticas de comercio, ¡imagine lo que significaría la prohibición en el caso del plástico destinado a otros fines...!

Se trata de un desafío que deberemos asumir.

No tengo ninguna duda de que la eliminación de las bolsas plásticas de comercio va a abrir la posibilidad de incursionar en otras áreas.

Recordemos que se encuentra publicada la ley sobre responsabilidad extendida del productor en materia de fomento al reciclaje; solo faltan los reglamentos pertinentes. Ello permitirá empezar a incorporar otras variables, de las que necesariamente habremos de hacernos cargo.

No olvidemos que en los últimos años se han presentado, con mayor o menor énfasis, nueve mociones destinadas a conseguir el mismo propósito que persigue la iniciativa en discusión.

Si en el Parlamento hay una coincidencia transversal sobre la materia (ella se expresa a través de las aludidas mociones, que provienen de todos los sectores políticos) y a ello se suma el enorme respaldo ciudadano surgido de modo espontáneo a raíz de que la comunidad ha entendido que debe ser parte de la solución, creemos que esta iniciativa, que aborda un aspecto del problema que hemos de enfrentar, va en la dirección adecuada.

Por consiguiente, deberemos seguir avanzando en esta tarea.

Ahora bien, el proyecto que nos ocupa -y esto resulta curioso- es reactivo; porque, en definitiva estamos reaccionando ante una situación que algunos municipios ya habían abordado.

En consecuencia, deseo felicitar a todas las municipalidades que se hicieron parte de esta realidad con antelación y pusieron sobre la mesa el problema en comento.

Es bueno, pues, destacar el esfuerzo, el trabajo realizado para abordar la situación y dictar de las respectivas ordenanzas.

Reitero: este proyecto va en la línea correcta, y, sinceramente, espero que lo aprobemos esta tarde.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente , tal como se ha recordado acá, este proyecto tuvo origen en una moción que presentamos con los Diputados Sandoval (ahora, Senador), Accorsi , De Urresti (también Senador actualmente), Espinoza , Rubilar , Sepúlveda , Silber , Teillier y Vallespín .

Además de esa moción -lo señaló la Presidenta de la Comisión al rendir su informe a la Sala-, se presentaron diversas iniciativas.

La nuestra ingresó en 2013, es decir, hace más de cinco años.

Entonces, me parece muy importante destacar la señal que ha dado el Congreso Nacional, tanto desde la Cámara de Diputados cuanto desde el Senado, en el sentido de avanzar en la materia que nos ocupa.

Asimismo, quiero agradecerle a la Ministra del Medio Ambiente , Marcela Cubillos , quien nos acompaña en esta tarde, el que haya reconocido el trabajo del Parlamento y apoyado con una indicación sustitutiva del Ejecutivo esta historia, que tiene que ver con la manera como avanzamos en el ámbito de la conciencia ambiental: modificación de nuestros hábitos; cambio cultural; enfrentamiento a los intereses que se ven amenazados, como los de la industria del plástico.

En tal sentido, existe un ejemplo que debemos reconocer: la forma en que partieron los municipios a que se ha hecho referencia en esta Sala.

Hubo iniciativas locales. Esas municipalidades partieron con mucha audacia y gran fuerza para implementar normas como las que se proponen en esta oportunidad.

En justicia, debemos recordar a las municipalidades que comenzaron con iniciativas de esta índole.

Creo que la primera fue la de Pucón, que lo hizo con una ordenanza destinada a generar acuerdos entre los comerciantes y la comunidad.

También están las Municipalidades de Punta Arenas (a la sazón era Alcalde Emilio Boccazzi ) y de Natales (con el Alcalde Paredes ).

En el caso de Punta Arenas fue la Contraloría la que señaló que no se podía continuar con la ordenanza pertinente, porque los municipios no tenían facultad para prohibir.

A raíz de ello, presentamos la iniciativa de 2013.

Por eso, considero un gran paso que este proyecto se apruebe unánimemente; que todos estemos detrás de él; que de cierta manera vayamos a la par con algo que ya hicieron la comunidad y distintos municipios a través de ordenanzas que contemplan de diversas formas la eliminación de las bolsas plásticas de comercio, la disposición final, etcétera.

Todos estamos de acuerdo en que con ello no solucionamos el problema de la contaminación por plástico en nuestro país. Y esta iniciativa no pretende hacerlo: es otra proposición de ley, que sin duda ayuda, y de modo sustantivo.

Yo invito a mis Honorables colegas que no conocen la Patagonia a dar vueltas por esa zona.

Hoy día por la radio se hablaba con espanto de vientos de cincuenta y cinco kilómetros por hora en Santiago. ¡El último fin de semana cruzamos el Estrecho de Magallanes con vientos de más de cien kilómetros por hora...!

Este tipo de vientos arrastra las bolsas plásticas que se botan en las calles: algunas quedan pegadas en las rejas de las casas; otras cruzan el Estrecho y llegan al mar.

Yo recuerdo que en enero de este año, a propósito de la versión regional del Congreso del Futuro, Chris Jordan , fotógrafo, investigador, activista norteamericano, nos mostró un video sobre una isla bastante remota ubicada en medio del océano Pacífico; en él aparecían polluelos de albatros que morían reventados a raíz del plástico que había llenado su vientre.

Esa isla se halla a muchos kilómetros de los centros poblados. ¡Y hasta ahí llega el plástico desechado!

Hay evidencia que demuestra que en los lugares más recónditos de los mares existe contaminación por plástico.

Las bolsas biodegradables no se degradan: se separan en pedacitos; y eso también contamina.

Por consiguiente, este proyecto constituye un avance sustantivo.

No queremos que los pescados que se sirven en las mesas de nuestras familias estén contaminados de la manera que señalé.

La ley en proyecto tendrá una aplicación progresiva, respetuosa de las pequeñas empresas; a las más grandes les otorga un plazo de seis meses, con una restricción en cuanto a la cantidad de bolsas que podrán entregar.

A mi juicio, eso está bien logrado.

Sin embargo, quiero dejar planteado el desafío de avanzar (y fue parte del debate en la Comisión) hacia la eliminación de otro tipo de plásticos y aditivos químicos también contaminantes que están en los juguetes, en los cepillos de dientes, en las botellas de agua, en fin.

Incluso, debemos considerar la prohibición en el caso de los vasos de plumavit que usamos a diario para servir bebidas calientes, pues está demostrado que el agua hervida provoca el desprendimiento de elementos cancerígenos.

Entonces, no solo se trata de una relación distinta con nuestro medio ambiente; de ser capaces de ir emigrando hacia una cultura que proteja efectivamente nuestro patrimonio natural: esto también tiene que ver con el cuidado de la salud de las personas.

En el ánimo que hemos tenido en la discusión, estimo que el compromiso de las empresas en esta materia es fundamental.

Desde tal perspectiva, quiero reconocer a muchos que, habiendo teniendo al inicio una posición de rechazo, hoy día entienden que deben participar en la solución del problema.

De eso trata, por lo demás, la ley sobre responsabilidad extendida del productor en cuanto al fomento del reciclaje.

Esperamos que en el próximo Presupuesto haya más recursos, para permitir el financiamiento de iniciativas locales en dicho ámbito, particularmente en las regiones extremas, donde, desde la normativa sobre zonas francas hasta la distancia, el reciclaje resulta más difícil.

Señor Presidente , quiero agradecer la disposición transversal de todos los sectores para que hoy día la prohibición propuesta, que partió restringida a la Patagonia chilena -ello ya ha sucedido: a lo largo de nuestra historia, muchas veces hemos sido pioneros-, se extienda al de todo el territorio nacional, para beneficio de la comunidad tanto nacional cuanto internacional.

He dicho.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

¿Les parece a Sus Señorías abrir la votación?

Acordado.

En votación las enmiendas introducidas por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

--(Durante la votación).

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE .-

Señor Presidente , en primer lugar, quisiera sumarme al reconocimiento hecho -ya lo señalé en mi informe a la Sala- a la moción original, presentada por diversos Diputados (algunos hoy día son Senadores y otros siguen perteneciendo a la Cámara Baja).

Asimismo, es importante destacar el acuerdo unánime de la Comisión Especial de Zonas Extremas en cuanto a que el segundo informe fuera emitido por la Comisión de Medio Ambiente, lo cual posibilitó que la aplicación del proyecto no quedara limitada a la Patagonia chilena, sino que -ya fue explicado- se extendió a todo el territorio nacional.

De otro lado, quiero reconocer -también se hizo aquí- otro hecho relevante: cómo algunos de nuestros alcaldes han sido capaces de anticiparse a través de ordenanzas, y ya 55 comunas contemplan la situación.

La Presidenta Bachelet , durante el Gobierno pasado, anunció la prohibición de bolsas con relación al borde costero. Deseo reconocer que la señora Ministra del Medio Ambiente , con quien sostuvimos conversaciones, dio un paso mucho más adelantado -y, para algunos, tal vez más ambicioso, pero muy correcto- en la dirección de decir: "Avancemos, como país, con la aplicación de la medida en todo el territorio nacional y no solo en el borde costero".

Las proyecciones para el año 2050 son que las toneladas de plástico van a superar las toneladas de peces en los océanos. Así de brutal. Así de claro. Chile aporta a una de las cinco islas gigantes del material -han sido mostradas incluso en algunos videos y se han visto en medios de comunicación- existentes en el océano. Ella se encuentra en el Pacífico Sur y se estima que su superficie supera los 260 millones de hectáreas, constituyendo una sopa flotante de contaminación cuya cobertura ¡triplica la superficie del territorio nacional continental! Una parte ha sido registrada tanto en la isla de Pascua como en el archipiélago de Juan Fernández , amenazando, por supuesto, nuestro patrimonio natural, cultural, social de la Región de Valparaíso.

Al considerarse la prohibición para el borde costero, le expresamos al entonces Ministro señor Mena que eso no era suficiente; que se precisaba algo más. Por eso, me alegro de ver que la indicación sustitutiva progresa en tal sentido. Es muy importante que caminemos en la dirección correcta.

Incluso, la Unión Europea acaba de dar otro paso hace solo algunas horas: apunta a prohibir la venta de platos plásticos, bombillas y envases. Sabemos que estos objetos, utilizados universalmente, no evitan la contaminación, que es lo más tremendo.

El daño a los ecosistemas marinos es innegable. Por eso es que no podemos sino preocuparnos.

Como aquí se manifestó, hemos tomado la precaución de que la aplicación de la ley en proyecto sea gradual, fijándose dos años para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, porque entendemos que la idea es que puedan hacer una reconversión y que se generen otras posibilidades.

Claramente, lo que se persigue a través del plazo, entonces, es dar una oportunidad, para que efectivamente vayamos trabajando, como país, de la mano con la responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente en la educación ambiental.

Quiero reiterar algo consignado en la Sala -creo que por el Honorable señor Sandoval - y muy importante: el apoyo de la ciudadanía a la iniciativa. Las mediciones han demostrado que más del 75 por ciento dice estar muy de acuerdo. A mí me parece tremendamente relevante, no solo que los alcaldes se hayan anticipado a aquello respecto de lo cual hoy día vamos a legislar, sino también que la primera muestre su respaldo. Porque las personas entienden lo que está pasando en la humanidad.

Tenemos que hacer sacrificios, obviamente. Y, bueno, eso implica que vamos a tener que irnos reconvirtiendo, a tener que acostumbrarnos a bolsas de algodón o de otro género, las cuales se pueden utilizar varias veces, además.

Algunos países han recurrido a otras metodologías, a otros procedimientos, como el de cobrar. Y la gente, en la medida en que empieza a pagar más,...

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Se agotó su tiempo, Su Señoría.

Puede redondear la idea.

La señora ALLENDE.-

Gracias, señor Presidente.

En la medida en que se cobra, empieza a disminuir el uso. Ese sistema también ha exhibido un grado de eficacia.

Estamos dando un tremendo paso.

Cabe recordar también que en el Gobierno pasado aprobamos los lineamientos internacionales sobre la materia conocidos como "tres erres". ¿Qué significan? Reducir, reutilizar y reciclar, en ese orden. Lo primero es reducir el empleo de bolsas -es lo que estamos haciendo con la prohibición, justamente-, y luego, como es obvio, reutilizar y reciclar.

Ahora, las bolsas biodegradables no implican reducir ni reutilizar ni reciclar. Es preciso tener mucho cuidado al respecto, porque solo se degradan en condiciones ambientales muy específicas, muchas de ellas en plantas de compostaje, de las cuales solo existen dos en el país. Esta es una respuesta a los que abrigan la inquietud de por qué no fueron incluidas...

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede terminar, señora Senadora .

La señora ALLENDE .-

El punto es bastante importante, porque, además, tenemos que avanzar en la certificación de lo que realmente es una bolsa biodegradable. De otra manera, no lo estaríamos haciendo bien, y, al contrario, estaríamos acentuando la cuestión.

Esperamos la implementación de la ley sobre la responsabilidad extendida del productor (REP). Estamos fijando recién metas de reciclaje para los productos.

En resumen, me parece sumamente significativo dar el paso actual. En el futuro habrá muchos otros. Mas no vamos a pedirle al proyecto que signifique la solución final para todo el uso de plástico que hacemos como sociedad. ¡No! Aquí estamos empezando con algo muy concreto, pero la idea es lograr la capacidad de ir avanzando con el tiempo para que en el futuro podamos aplicar una medida análoga a la de la Unión Europea.

He dicho.

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Nos acompañan en las tribunas alumnos de cuarto año medio del Colegio El Redentor, de Maipú.

Bienvenidos al Congreso.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , saludo, por su intermedio, a la señora Ministra del Medio Ambiente y al señor Subsecretario General de la Presidencia .

Se avanza en el articulado. Desde el primer momento en que nos constituimos como Comisión del Medio Ambiente, el Ministerio, a través de su equipo, tomó y refundió distintas iniciativas, y creo que hubo un tremendo consenso. Ello es para agradecerlo y para entender que textos que en un momento dicen relación con una parte del territorio van ganando adhesión, apoyo, y, sin lugar a dudas, se hallan en camino de convertirse en una ley absolutamente extendida por todas partes y en una normativa básica de lucha contra la contaminación y la proliferación francamente inadmisible de bolsas plásticas. Hoy día, la cantidad y extensión de este material en cursos de agua, quebradas, vertederos y distintos lugares es algo que realmente angustia. Me parece que es el momento de dictarla.

Soy uno de los autores de un proyecto que presentamos cuando éramos Diputados, y, al cabo de un par de años, estamos seguros de que se convertirá en un cuerpo legal.

Juzgo importantes tres elementos, el primero de los cuales es no sucumbir al lobby de las empresas del plástico. ¡Fuerte y claro! El país y la ciudadanía, en su conjunto, enfrentan un desafío con relación a nuestro océano, a nuestro medioambiente, y esta es una iniciativa con un enorme respaldo. Es preciso no retroceder al respecto.

Segundo, es preciso adelantar en una política de educación; en una capacidad de gestionar especialmente en los colegios, en la opinión pública, de manera de lograr una formación que vaya cambiando la manera de ser y planificando e inculcando otro comportamiento. La antigua bolsa de género o cajas pueden vincularse con una modificación conductual.

Por último, estimo fundamentales iniciativas más fuertes de reciclaje. Hoy día, mucha gente y muchas organizaciones quieren reciclar, pero no cuentan con la capacidad de disponer. Y ello no se puede entregar solo a los municipios, porque los que carecen de recursos no pueden recolectar, o bien, si lo hacen, no tienen cómo distribuir, para que, en definitiva, la recolección separada se termine utilizando en lugares de reciclaje y no compactada después en un mismo vertedero.

Voto a favor.

Y no sucumbamos ante el lobby de los empresarios del plástico, de las bolsas. ¡La comunidad está primero!

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Ebensperger.

La señora EBENSPERGER .-

Señor Presidente , me pronunciaré por la aprobación.

A mi juicio, el proyecto es muy importante. Me hubiera parecido injusto que solo se hubiera acogido en relación con la Patagonia. Creo que la situación es compartida por todas las regiones. Así ocurre, al menos, en la que represento: Tarapacá, donde no solo el borde costero se halla fuertemente afectado por las bolsas plásticas, sino también todas las carreteras.

El Honorable señor Sandoval me mostraba recién fotos de Chile Chico, las cuales no son distintas de lo que vemos en todo el país.

Felicito a los autores de la moción, a las Comisiones que trabajaron para traer prontamente el asunto a la Sala y, por supuesto, a nuestra querida Ministra del Medio Ambiente , señora Marcela Cubillos , quien nos acompaña, por su empatía, su compromiso y su convicción para sacar adelante el articulado a través de las indicaciones sustitutivas presentadas.

Por otra parte, lo que se ha señalado deseo aprovecharlo para reafirmar que solo se trata, sin duda, de un punto de partida. Es preciso fortalecer en forma seria y profesional el reciclaje.

Algunas regiones, particularmente la de Tarapacá y la de Arica y Parinacota, carecen de plantas -aprovecho de consignarlo- para este efecto. El poco proceso que se registra se lleva a cabo a través de corporaciones sin fines de lucro. Al no contarse con instalaciones, lo reciclado se tiene que llevar a otras partes y pagar un impuesto por existir una zona franca. Nos parece que este es un punto por estudiar muy importante para avanzar en la materia.

Considero que estamos ante un muy buen proyecto.

He dicho.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir el Senador señor Pugh.

El señor PUGH.-

Señor Presidente , felicito por la iniciativa, que partió con la Patagonia, única e irremplazable. Por eso, quiero referirme a lo que significa tener algo valioso, que es preciso cuidar.

Ese territorio, de cuatro millones y medio de hectáreas protegidas y destino de turistas de largo alcance que llegan a representar, básicamente, casi el ochenta por ciento de nuestros visitantes, se ve resguardado por normativas como la que nos ocupa.

El plástico, tal como se ha explicado, está causando un daño medioambiental gigantesco, y, dados los vientos, normalmente termina en el mar.

El noventa por ciento de las aves marinas se hallan comprometidas.

Respecto del ejemplo puesto por la Honorable señora Goic -aprovecho de felicitarla-, el albatros es el ave de mayor tamaño en el mundo y habita precisamente en el Cabo de Hornos. Protegerlo significa cuidar un patrimonio intangible e inmaterial de nuestro país, ya que esta especie recibía a los navegantes de antaño, cuando no existía el canal de Panamá.

El plástico también se encuentra en los peces. Ello dice relación con todo el producto que consumimos en la actualidad, el cual está generando un problema.

El concepto de las tres erres y la fase inicial de reducir apunta precisamente a crear una cultura. Eso tiene que partir de todos, obviamente, en especial de los padres, que somos educadores de nuestros hijos, a fin de poder generar una conciencia nacional.

No solo se requiere una ley, sino también una actitud, como país, para estar a la altura de preservar nuestro planeta. Porque, finalmente, la disyuntiva es este o el plástico. Y cabe tomar una decisión para lograr un freno.

Chile, además, ha avanzado no solo en parques terrestres, sino también marinos. La normativa en examen contribuye, sin lugar a dudas, a que ambientes marítimos y acuáticos permanezcan protegidos.

Por eso, me alegro de la presencia de la señora Ministra del Medio Ambiente , quien se halla en la Sala para hacernos ver a todos la necesidad urgente de legislar sobre la materia y, así, avanzar en algo que para Chile es importante a fin de constituirse en un modelo en la región, en un ejemplo de desarrollo, y también de cuidar su medioambiente y economía.

Voto a favor.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Galilea.

El señor GALILEA .-

Señor Presidente , deseo partir saludando a la Ministra señora Cubillos , quien nos acompaña, y expresarle no solo mi apoyo, sino también que espero que este sea únicamente un primer eslabón en el combate que debemos dar contra el plástico.

Me gustaría hacer un poco de historia. Dicho material se masificó a contar de 1950, más o menos, época en que inició un vertiginoso crecimiento. Entiendo que en la actualidad el mundo produce anualmente más de 350 millones de toneladas métricas, lo que es una cantidad enorme.

El cinco por ciento termina en el mar. Ya lo han manifestado muchos. Por eso, la moción nace de los representantes de las regiones más vinculadas al medio marítimo.

A mí me toca ir con frecuencia a zonas teóricamente despobladas, como la de las islas Guaitecas, y la cantidad de desechos plásticos es considerable en lugares donde nunca ha vivido nadie.

Estudios en el mundo concluyen que dos tercios de las aves han comido y comen plástico.

Análisis del agua potable en países de todo orden, pobres o ricos, demuestran la existencia de micropartículas del producto.

Por ello, debemos emprender un combate frontal.

Probablemente, cuando la humanidad se embarcó en el plástico, mostrado como un gran descubrimiento, nadie pensó en las consecuencias. De hecho, el cien por ciento del fabricado a contar de 1950 todavía está en el planeta.

Solo para contar con una referencia, cabe tener presente que un producto orgánico se degrada en cuatro semanas, más o menos, y el papel, en aproximadamente un año. El vidrio lleva todas las de ganar, con cerca de cuatro mil años. Pero se necesitan de quinientos a mil años para una botella de plástico.

En consecuencia, los desafíos son enormes.

Ya se ha dicho: es preciso reducir y reciclar. Se requiere investigar. Necesitamos obtener bacterias -y ojalá Chile pueda cumplir un rol en ello- que de alguna manera aceleren el proceso.

La autorregulación y la cultura también son importantes. Hay estudiantes en las tribunas. Comprender que el plástico nos hace mal es algo que debemos aprender desde pequeños.

Así que felicito a los parlamentarios que impulsaron la moción, al igual que a la señora Ministra por haberle dado toda la prioridad que exige. Pero espero sinceramente, dadas las consecuencias globales del material -todas para mal-, que este sea solo un primer paso para seguir adelante en el combate por lograr un medioambiente mucho más sano.

Muchas gracias.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Girardi.

El señor GIRARDI.-

Señor Presidente, creo que hay un amplio consenso respecto del asunto. Eso es importante.

A veces cuesta entender que, durante tanto tiempo y con toda la evidencia científica de que el plástico constituye un grave problema para la humanidad y todos los seres vivos, haya resultado difícil la adopción de políticas.

Tenemos una dependencia muy profunda de este tipo de tecnología.

Estimo necesario reivindicar también el rol del producto, porque en el siglo XX contribuyó a mejorar el nivel de la calidad de vida de las personas.

Hoy día estamos invadidos por el mundo del plástico. Nos rodea por todas partes: en la ropa, los insumos, los útiles. De hecho, fue usado para fabricar los mismos computadores que se hallan frente a nosotros.

A mí me parece interesante que se comience a asumir la conveniencia de irse desprendiendo de los objetos de esa naturaleza que no cumplan una función de primera necesidad y contengan más elementos contaminantes.

Pero diría que esta es la civilización del plástico. Liberarnos totalmente de este aún es imposible, hasta que se generen nuevos materiales.

Tal vez la nanotecnología nos ayudará. Los nanotubos de carbono van a ser una alternativa al plástico, pero muy a futuro todavía.

¿Por qué se busca terminar con el plástico?

Porque, como se ha dicho, tiene una vida media muy larga; o sea, se biodegrada lentamente. El problema de este proceso es que el plástico se transforma en nanopartículas, en micropartículas, que son tremendamente tóxicas. Tal vez uno no entiende, no ve o no percibe la toxicidad de dicho material.

El plástico libera ftalatos y bisfenoles, que contaminan los alimentos.

Los bisfenoles son disruptores endocrinos que, en el fondo, engañan a los receptores hormonales haciéndose pasar por hormonas tiroideas o de otro tipo. Generan la aparición de cánceres y afectan aspectos mucho más cotidianos: por ejemplo, alteran la pubertad en los niños y las niñas. En definitiva, causan grandes problemas de salud.

Muchas de esas sustancias, al quemarse o al entrar en contacto con el medio ambiente, generan dioxina, que es uno de los contaminantes más tóxicos y cancerígenos que el ser humano ha producido.

Por lo tanto, corresponde evidentemente que eliminemos aquello que cuenta con una alternativa. Este proyecto pretende prohibir, fundamentalmente, los artículos de plástico que tienen un solo uso.

Imagínense que hay bolsas plásticas que se utilizan tres horas y luego se desechan. Y todas se terminarán transformando en nanopartículas.

Todos los seres vivos estamos siendo contaminados; todos los seres vivos estamos siendo alterados en nuestro metabolismo.

Estudios recientes demuestran que la mayoría de los seres humanos tiene nanopartículas de plástico en el cerebro. Estamos invadidos en nuestro torrente sanguíneo, en nuestro cerebro por este tipo de elementos.

Pero el problema no afecta solo a los seres humanos: también se están alterando las cadenas tróficas de peces y de otros seres vivos, que son fundamentales para la mantención de los ecosistemas y para preservar la propia vida de las personas.

Por lo tanto, me parece muy importante que se avance en este tipo de legislaciones.

Ojalá ello abra un espacio de reflexión respecto de cómo el ser humano está desarrollando un modelo de consumo y de vida que es autodestructivo. Y ese modelo no incluye solamente al plástico. Tal vez las bolsas de un solo uso son muy evocadoras de lo que somos los seres humanos. En general, nuestro modelo de consumo es de "úsalo y bótalo", pues nos vemos compelidos a la novedad, a buscar cada vez lo nuevo y a desechar lo que ya no lo es.

Tal modelo no tiene ninguna sustentabilidad, ninguna viabilidad. Ya no existen los bienes durables. La vida media de cualquier producto es acotada, desde la ropa hasta las tecnologías. Todo está hecho para que dure muy poco, para que el ser humano satisfaga sus necesidades de innovación a través de la llamada "innovación destructiva", que es usar por un período muy breve un producto y luego desecharlo; así se genera otra vez una ansiedad por lo nuevo.

Yo diría que la cultura del plástico es más profunda y no se resuelve solo con esta iniciativa, aunque considero que es un avance.

La humanidad enfrenta una catástrofe a corto plazo -la destrucción del planeta a raíz del cambio climático-, causada por la conducta de los seres humanos de ir devorando todo lo que nos rodea.

Ojalá esta reflexión abra un espacio para una conversación mayor que apunte a preservar nuestros ecosistemas y a no aceptar los grandes proyectos que buscan instalarse en zonas ecológicas protegidas, basados en una suerte de ideología en virtud de la cual se debe valorar el crecimiento a cualquier costo.

Espero que lo relativo al plástico se resuelva luego de un proceso de reflexión que inspire a los seres humanos a respetar su medio ambiente. Al final, el respeto a la ecología no es más que el respeto a nosotros mismos, pues somos parte del medio ambiente y estamos indisolublemente ligados a él.

Todo lo que el ser humano le haga al medio ambiente, a la ecología, se le devolverá.

Me parece que esta iniciativa es un buen punto de partida, pero evidentemente queda mucho por hacer para preservar el planeta.

Mi patria verdadera es la Tierra, y es ella la que hoy día está en riesgo y en conflicto.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, hace más de diez años, junto a un grupo transversal de parlamentarios, presentamos un proyecto que buscaba terminar con las bolsas plásticas en todo el territorio nacional. Posteriormente, hubo iniciativas cuyo propósito era prohibirlas en determinadas zonas geográficas, ya sean costeras o del sur.

Resulta evidente que esta materia es de preocupación transversal, por cuanto parlamentarios de todas las bancadas hemos propuesto mociones que buscan avanzar en esa dirección.

El Ministerio del Medio Ambiente decidió formular una indicación sustitutiva en uno de esos proyectos, que, a diferencia del que nosotros presentamos, el cual pretendía terminar con las bolsas plásticas en todo el territorio nacional, sugería prohibirlas solo en determinada zona geográfica.

Pues bien, más allá de las autorías, lo importante es avanzar en una iniciativa de ley que es absolutamente necesaria.

Es relevante acotar que 250 mil toneladas de desechos llegan al mar cada año. En 2050, por cada tonelada de peces en el océano habrá una tonelada de plástico.

El 12 por ciento de la basura que cada persona bota corresponde a ese tipo de residuos.

El 30 por ciento de los envases plásticos necesita un rediseño antes de ser reusado o reciclado.

Esos son datos sustantivos, y hablan de que es urgente imitar ejemplos llevados a cabo en otros lugares. Por ejemplo, en California (Estados Unidos) fueron capaces de prohibir el uso de bolsas plásticas.

El actual proyecto forma parte de un proceso. Debemos avanzar en otras materias relacionadas, como es el caso de las bombillas y otros utensilios plásticos que se usan solo una vez. Habrá que buscar fórmulas que permitan reemplazar, por ejemplo, tales bombillas por otras de papel. Ello, entre otros ejercicios que hay que realizar.

Sin duda, la prohibición y la sustitución progresiva de las bolsas plásticas representan un avance sistemático e implican un cambio cultural relevante.

Por otra parte, consideramos que es necesario abordar la disposición final o la venta al público de otros productos que incluyen bolsas plásticas. Ello será parte de un acuerdo nacional, que irá por una línea distinta. Al respecto, el Ministerio del Medio Ambiente ha señalado su intención de avanzar en esa dirección.

En consecuencia, yo diría que hoy estamos frente a un proyecto de ley histórico porque implica un cambio cultural.

Muchas veces se cuestiona si acaso una iniciativa es capaz de generar cambios de conducta. Mi respuesta es que sí.

Lo pudimos hacer con las leyes que prohibieron el consumo de tabaco en determinados lugares. Así logramos avanzar en una modificación cultural de envergadura.

También provocamos un cambio cultural con la Ley de Tolerancia Cero: actualmente los conductores tienen asumido que manejar un vehículo motorizado y beber alcohol produce un efecto pernicioso. En este caso urgía modificar la cultura, dado que tenemos las peores cifras de seguridad vial de los países de la OCDE.

En la materia de la iniciativa que nos ocupa, estamos a la vanguardia. Por lo mismo, deseo felicitar al Gobierno del Presidente Piñera y a la Ministra del Medio Ambiente, que se encuentra en el Hemiciclo, por tomar la decisión de concretar un tema de campaña, a poco andar, recogiendo proyectos originados en mociones que son transversales. Parlamentarios de todas las bancadas, como la Senadora Isabel Allende y tantos otros, han presentado propuestas legislativas de envergadura en este sentido.

Hay disposición a avanzar en una iniciativa, a ponerle urgencia y a sacarla adelante. Ello muestra voluntad para ejecutar un programa de Gobierno. Por lo tanto, felicito al Presidente Piñera , a la Ministra y a los parlamentarios que, de modo transversal, presentaron diferentes mociones.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Insulza.

El señor INSULZA.-

Señor Presidente, en realidad son tantos los cambios que se producen actualmente en los distintos aspectos de nuestra vida, que es complicado preguntarse si todos son históricos.

Yo creo que el proyecto que nos ocupa sí lo es. Es la primera señal que entregamos desde acá, y da cuenta de una era que va terminando para nosotros, al igual que para todo el mundo, la cual no ha sido tan larga después de todo.

Yo recuerdo una famosa película que marcó a mi generación, llamada "El graduado". Al comienzo de dicho filme, el padre de una amiga del protagonista se le acerca y le pregunta a qué se va a dedicar, y él responde con una sola palabra: "Plásticos". Porque en ese momento el plástico "la llevaba", como se dice hoy en día.

Y eso fue hace apenas cincuenta años.

Bueno, en esa película también fumaban mucho, al igual que en todas las cintas de ese tiempo.

Lo propuesto en este proyecto significa que avanzamos en algunos aspectos y que la humanidad progresa. Nos hemos dado cuenta, por la gran cantidad de evidencias científicas aquí entregadas, de que el plástico es un producto que cumplió una época, un período, que tuvo cierta utilidad, pero que al final resultó excesivamente contaminante y destructivo de nuestro medio ambiente.

Creo que la iniciativa representa un progreso y no debe ser saludada solo como una promesa de futuro. No la estamos aprobando únicamente para las futuras generaciones, sino también para la nuestra, que está marcada por la enorme cantidad de plástico existente en las playas, en el mar, en los lagos, en los bosques, en todas partes.

Ahora, ciertamente lo propuesto va a provocar reacciones. Ya leí por ahí que los industriales del plástico están empezando a reclamar. En contraste, es probable que se alegren los empresarios del papel, de la tela y de otros rubros, porque aquí se generará un cambio cultural.

Por lo tanto, vale la pena aplaudir este proyecto y alegrarnos de lo rápido que han avanzado distintas ideas en la materia.

Aquí se mencionaron algunos ejemplos en varias comunas. En el caso de Arica, recién en agosto del año pasado, se emitió una ordenanza para fomentar una disminución del uso de las bolsas plásticas. Se pedía a las empresas matricularse para participar en dicha iniciativa y se fijaban distintas etapas: en un primer momento, hacer difusión; posteriormente, proceder a la implementación, que consistía en entregar a cada cliente solo una bolsa plástica. ¡Y todo de manera voluntaria!

Pero, paralelamente a iniciativas de ese tipo, surgió un proyecto de ley que estaba dirigido a dos Regiones y a una parte de otra. Con posterioridad ello se modificó -en buena hora, como dijo la Senadora Ebensperger- haciendo extensivas sus medidas a todo el país.

Finalmente, da lo mismo si vivimos en la costa o en la montaña, en el norte o en el sur, en una zona fronteriza o no: el plástico nos tiene inundados y necesitamos reducir sustantivamente su utilización. ¡Reducir!

Luego podremos hablar también sobre el reciclaje; ahora no es el momento, aunque en mi Región, por cierto, hay que referirse a dicho asunto porque no tenemos ningún tipo de reciclaje. En otras partes sí existe.

Sin embargo, lo importante es que hoy estamos dando un paso gigantesco, señor Presidente.

Por lo tanto, me alegro mucho de que se haya tomado esta decisión.

Reitero mi voluntad de colaborar en esta materia, y ojalá no se busquen terceras alternativas u otros caminos, porque nuestra población merece vivir en un ambiente mucho mejor. Además, estamos comenzando con uno de los signos más visibles de la contaminación en nuestro país.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA .-

Señor Presidente , sin duda el debate de este proyecto hoy día a todos nos debiera dar satisfacción.

Aquí se dijo que un conjunto de señores Diputados -algunos de ellos actuales Senadores, como el colega David Sandoval , integrante de nuestra bancada- presentó esta moción hace algunos años.

Pero ha sido la voluntad política del Gobierno del Presidente Piñera la que ahora nos permite estar discutiendo y resolviendo este proyecto en la Sala. Esa voluntad política quedó expresada tanto en el programa de campaña, dado a conocer a lo largo y ancho de todo Chile, como en la decisión, a menos de tres meses de iniciada esta Administración, de ponerle urgencia a la iniciativa y formular la indicación sustitutiva que ahora nos ocupa.

Por eso hoy día estamos dando un paso importante.

Uno de los grandes desafíos en la actualidad es combatir la contaminación. Y, para ello, debemos utilizar las herramientas que en determinado momento se tienen a mano, como la propuesta legislativa que ahora analizamos.

Reitero que me parece bien que el Gobierno haya tomado la decisión política de avanzar en esto con la herramienta de que hoy dispone. Existen otras necesidades y problemas en materia de contaminación -¿quién lo va a discutir?-, pero no se cuenta con los instrumentos adecuados para enfrentarlos. Lo otro sería formular declaraciones de buenas intenciones, de deseos, de anhelos, pero carentes de alguna expresión en la práctica.

Además, la decisión política del Presidente Piñera está en absoluta consonancia con lo que ya ha avanzado la ciudadanía.

En diversas comunas he visto que lo ahora propuesto se encuentra institucionalizado. Existen ordenanzas al respecto, y la población se ha adecuado culturalmente a tales medidas con una rapidez sorprendente.

Chillán es una de esas comunas. Ahí se ha propuesto erradicar la utilización de bolsas plásticas. Y la ciudadanía respondió positivamente a la voluntad de su alcalde y del concejo municipal.

Hace algunos meses estuve en Pucón -no sé si fue pionera en esto, pero al menos se cuenta entre las primeras-, donde su gente, a pesar de que en la temporada de verano la población flotante suele triplicar a la que normalmente habita en esa hermosa comuna del centro sur chileno, también asumió ese desafío con gran disciplina.

Por lo tanto, en esta materia la ciudadanía tiene conciencia y sabe que debemos ir avanzando gradualmente.

Por eso, los esfuerzos de la Ministra Marcela Cubillos van en el camino correcto y las decisiones técnicas que se han adoptado apuntan en la misma dirección.

Hoy día estamos dando un paso histórico en la reducción sustancial del uso de las bolsas plásticas. No decimos "terminar" -ojalá lo pudiéramos hacer-, porque sería crear una ilusión imposible de concretar. Por ello hablamos de "reducir".

A mi juicio, con este proyecto vamos a disminuir drásticamente su utilización.

En cuanto a la adecuación de quienes se dedican a esta industria -muchos han planteado el punto-, bueno, la iniciativa propone seis meses para los grandes negocios y dos años para las pequeñas empresas.

Me parece que son plazos razonables, sobre todo considerando que la ciudadanía ya demostró, como elemento necesario e indispensable, su disposición a cambiar hábitos para lograr la aplicación de las medidas dispuestas, lo cual debiera ser un componente que ayude a la concreción de la futura ley.

Lo anterior llevó a que la iniciativa que presentaron algunos parlamentarios, que languidecía en el tiempo, consiguiera en el Gobierno del Presidente Piñera y en la acción de la Ministra Marcela Cubillos el respaldo político necesario para que hoy demos un paso significativo en la lucha contra la contaminación en nuestro país.

Nos falta mucho, sin duda. Pero representa un gran paso la aprobación de este proyecto.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Durana.

El señor DURANA.-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero agradecer y dar la bienvenida a la señora Ministra del Medio Ambiente.

En cuanto al presente proyecto de ley, que prohíbe la entrega de bolsas plásticas, debo señalar que concuerda, en general, con el sentir de toda la ciudadanía y, en especial, con la gente de la Región de Arica y Parinacota.

Nuestra Región cuenta con una ley contra la presencia de polimetales, debido a la contaminación a que fue expuesta en la década de los 80, normativa que el Congreso Nacional aprobó, gracias a la voluntad del Gobierno del Presidente Piñera y de todos quienes legislaron en favor de las familias expuestas a ese tipo de contaminación.

Nuestra región ha sufrido lo que es vivir en sectores contaminados: el de Los Industriales, en la provincia de Arica, y el de Copaquilla, en la provincia de Parinacota. Y es por eso que este proyecto es ampliamente compartido por la ciudadanía. Nuestra ciudad cuenta con una ordenanza municipal que se va a complementar plenamente con sus normas.

Pero tenemos que seguir avanzando. Tal como lo ha explicado la Senadora Luz Ebensperger, las regiones que tienen zona franca deben poder sacar sus materias primas a las plantas recicladoras, porque, si no, estarán almacenando aquellas que son contaminantes. Pensemos, especialmente, en las baterías.

Hago también un llamado al Gobierno del Presidente Piñera para que no solo trabaje en beneficio del cuidado del medioambiente a nivel nacional, sino que vea también la forma de incorporar fuertemente estos temas en los encuentros de frontera, en los consejos de integración Chile-Perú y Chile-Bolivia.

Para nuestra región, el cumplimiento de los tratados debe transformarse en una oportunidad, a diferencia de lo que sucede el día de hoy. Por lo tanto, para seguir protegiendo nuestro Parque Nacional Lauca, nuestra Reserva Nacional Las Vicuñas y nuestro humedal, tenemos que complementar estas normas nacionales con los acuerdos internacionales, de tal forma que el día de mañana no sigamos viendo en nuestra carretera internacional 11-CH cómo el transporte boliviano mantiene en esa zona verdaderos basurales de material contaminante.

Muchas gracias.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , saludo a la señora Ministra del Medio Ambiente , quien viene a participar en esta sesión que ya algunas Senadoras y algunos Senadores han calificado de "histórica". Es, sin duda, un gran gran paso en el cuidado de nuestro medioambiente, de nuestro planeta, de nuestro territorio.

Y porque se trata, precisamente, de un día histórico, yo quisiera, junto con sumar mi voto favorable a la iniciativa, recordar que fue Pucón, en la Región de La Araucanía, la primera comuna chilena que decretó la prohibición del uso de bolsas plásticas en el comercio. El proceso comenzó el año 2013, bajo la conducción de su Alcalde , don Carlos Barra , y de su concejo municipal. Ellos partieron por educar a la comunidad diciendo: "Vamos a prohibir las bolsas plásticas, no de la noche a la mañana, sino en un lapso de algo más de un año". Y le informaron a la ciudadanía por qué era necesario hacerlo, por qué siendo Pucón una comuna turística era muy importante que tomara el liderazgo en esta materia.

En principio, establecieron que el comercio pudiera entregar un máximo de tres bolsas por cada compra, y luego de seis meses, una sola, para prohibir completamente el uso de este implemento a partir de diciembre del año 2014.

Señor Presidente , creo que debemos hacer un reconocimiento especial a esta comuna, a su Alcalde , por su gestión municipal y por haber liderado esta iniciativa, que hoy estamos plasmando en un proyecto que, sin duda, será ley de la república en los próximos días y regirá en todo el territorio nacional.

Por supuesto, con entusiasmo, con alegría, con esperanza, voto a favor.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , quiero partir felicitando a los autores de la moción que dio origen al proyecto, donde se establecía la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de plástico para, específicamente, la Patagonia chilena.

Quiero agradecerles a la Ministra Marcela Cubillos y, por su intermedio, al Presidente Piñera por hacer realidad un compromiso de campaña, por cuanto este proyecto de ley responde a un compromiso que está en su Programa de Gobierno.

En ese sentido, saludo el hecho de que para ello se haya apoyado en una moción. No vemos muchas veces que el Ejecutivo recoja una iniciativa parlamentaria, respete el nombre de los Diputados o Senadores que la presentaron y la haga suya. Y en este caso no solamente la haga suya en su espíritu, sino que además la amplíe.

Aquí varios han agradecido a los autores de la propuesta, lo que está muy bien, pero el Presidente Piñera podría haber enviado su propio proyecto de ley, con lo que hubiésemos escuchado lo que tantas veces escuchamos: que por qué no se reconoció la moción equis, i griega o zeta.

Entonces, me parece que hay que agradecerle este gesto a la Ministra -que probablemente hizo porque también fue parlamentaria-, pero igualmente hay que agradecerle al Presidente Piñera , porque esta es una idea que viene en su Programa de Gobierno y hoy día está siendo aprobada de manera unánime.

Por otra parte, le planteé a la Ministra la inquietud de qué iba a pasar con las bolsas biodegradables. Y me interesa hacer común la explicación que se me dio. Cuando leí que no las estábamos aceptando, me preocupé, ya que existe tecnología que permite hacer bolsas que parecen de plástico pero que son de un material degradable -por ejemplo, de papa- y que se utilizan en muchos países. Al llegar a la casa, la gente las mete al agua y se descomponen completamente.

La Ministra me aclaró que el problema es que en Chile no podemos degradar esas bolsas en este momento, pero que sí están permitidas todas aquellas que no son de plástico aunque lo parezcan. Me explico: que sean de un material completamente degradable, como las que se utilizan en otras partes del mundo, que parecen de plástico pero en realidad son de otro componente, derivado, por ejemplo, de la papa.

En un principio, señor Presidente , yo había entendido mal. No es que no estemos permitiendo el uso de bolsas biodegradables. Sí lo estamos permitiendo, pero no de bolsas plásticas biodegradables. ¿Por qué? Porque estas últimas, para degradarse, necesitan un proceso que en Chile no existe. Y finalmente igual son plásticas. Insisto: sí estamos permitiendo bolsas que parecen de plástico, pero que son completamente biodegradables, por provenir de otros productos y que ya se utilizan en otras partes del mundo. En Chile no, porque no hay mercado y todavía empleamos el plástico.

Así que bienvenido sea este proyecto. Lo considero una tremenda iniciativa y un paso adelante muy importante, ojalá el primero en una política de más largo plazo, porque nosotros utilizamos otros envoltorios de plástico, de todo tipo de cosas, que no son necesarios y que se pueden hacer de papel o de otro tipo de material. Ahí tenemos todavía mucho por avanzar.

Por lo tanto, señor Presidente , esperamos que rápidamente podamos sustituir el uso de bolsas plásticas en todo nuestro comercio, prohibirlo completamente y que llegue al mercado chileno la innovación tecnológica que se observa en otras partes del mundo, donde se utilizan bolsas que tienen la misma funcionalidad que una de plástico, pero que son completamente biodegradables. Y me parece importante destacar que no quedan prohibidas las bolsas biodegradables de un material distinto del plástico.

Apoyo el proyecto de ley con mucho entusiasmo.

He dicho.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Aunque no resulta habitual intervenir desde la testera, quiero decir que comparto el punto expuesto por Su Señoría, que la señora Ministra podría aclarar una vez terminada la votación, ya que se trata de una materia extremadamente importante para todo el país.

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El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Insulza.

El señor INSULZA.-

Señor Presidente , la Comisión de Seguridad Pública tiene invitado hoy, a las 6 de la tarde, al Director General de la Policía de Investigaciones , que ya nos está esperando.

Por lo tanto, pido que se nos autorice para sesionar en forma simultánea con la Sala, lo cual no constituiría ningún obstáculo para la aprobación del proyecto que estamos discutiendo.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Si le parece a la Sala, así se acordará.

--Se autoriza.

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

A continuación, está inscrito para intervenir el Senador señor Kast.

El señor KAST .-

Señor Presidente , primero quiero felicitar a la Ministra porque, a tres meses de iniciado el Gobierno, hoy estamos votando un proyecto tan emblemático como este, que no solamente corresponde a un compromiso de campaña del Presidente Piñera , sino que además, recurre a las mejores prácticas políticas, rescatando una agenda legislativa que venía trabajándose aunque, por desgracia, todavía no se concretaba; amplía la cobertura de una muy buena idea, para tener una sociedad más solidaria, más limpia y más sustentable, y recoge un principio muy profundo de la política, relacionado con la solidaridad intergeneracional.

Por lo mismo, creo que el hecho de que Chile se apronte a aprobar esta iniciativa, que cuida el medio ambiente, nos transforma también en un país pionero en la materia. Y esta política no solamente es buena idea, sino que también demuestra que el Gobierno recoge buenas prácticas nacidas de los gobiernos locales.

Muchos decían que esto era casi imposible, que iba a generar una serie de problemas. Y lo cierto es que han sido varios los municipios, como bien señaló el Senador García, que han piloteado esta idea, sin ningún inconveniente.

Por lo tanto, que hoy día Chile se convierta en uno de los primeros países del planeta en decir "no más a las bolsas plásticas", creo que es motivo de orgullo en forma transversal.

Termino pidiéndole simplemente a la señora Ministra que, así como ha actuado con mucha celeridad en este proyecto, ojalá lo convierta en un primer paso de una agenda larga. Sin lugar a dudas, aún nos queda mucho por avanzar, pero resulta incuestionable que hoy podemos celebrar que estamos dando un paso sustantivo.

Voto a favor de esta muy importante iniciativa legal.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS .-

Señor Presidente , ciertamente, voy a concurrir con mi voto favorable a la aprobación del proyecto, que, si bien se circunscribía a la Patagonia chilena, genera, como varios colegas ya lo han indicado, un precedente tremendamente importante.

La vida marina, el ecosistema de los océanos, sufre un daño irreparable producto del uso del plástico.

Hay que entender que la vida y el progreso tienen distintas etapas. Cuando se comenzó a usar el plástico, por los años cincuenta y sesenta, fue "el" descubrimiento que revolucionó la producción, facilitó el comercio y elevó la calidad de vida de millones de habitantes del planeta Tierra.

El plástico comenzó a utilizarse en la construcción, en el área de la aerodinámica, en la vida cotidiana; permitió algo que hoy es cuestionado (los pañales desechables), así como la fabricación de botellas plásticas, adminículos para cirugía, implementos para la computación.

El plástico es resistente al tiempo, al medio ambiente, al frío; es impermeable; tiene todas las bondades que hace sesenta años llevaron a decir: constituirá una revolución en las estructuras de producción.

Sin embargo, producto de ese mismo éxito, hoy día tenemos todas las cifras que distintos colegas ya han dado; contaminación en los océanos (12 mil o 13 mil millones de toneladas anuales que invaden sus aguas); impacto negativo en la flora y, sobre todo, en la fauna, a raíz de que los animales marinos se enredan en los aparatos de pesca (léase redes), y no pocos -algo tremendamente importante tanto para los peces como para las aves- se alimentan de plástico. Lo confunden con alimento, en particular cuando el plástico se ha biodegradado en cierta forma.

Además, existen lo que los expertos llaman "giros oceánicos" -aquí tenemos un colega que fue vicealmirante-, los cuales son verdaderas corrientes -el más grande está en el Pacífico norte- que atraen los desechos plásticos. Desde la costa oeste norteamericana se demoran alrededor de seis años en llegar a un "punto de recolección" -si ustedes quieren llamarlo así-, y desde Japón , alrededor de un año. Y se generan tremendas islas, de superficies superiores a Manhattan, que flotan en el océano. Esto ocurre en cinco lugares del mundo.

Para dar una idea de lo que demora el plástico en biodegradarse naturalmente, les voy a mencionar el tiempo que ello toma en distintos artículos: un vaso de polietileno, alrededor de cincuenta años; una botella de plástico, aproximadamente 450 años; un pañal, lo mismo.

Otro dato interesante: una lata de aluminio, de esas que se usan para bebidas de fantasía o para chelas, demora 200 años en biodegradarse de manera natural. O sea, un tiempo equivalente a nuestra vida como república independiente. Si hubiéramos dejado una lata de aluminio cuando se firmó la declaración de independencia en 1810, el 2010 todavía hubiera estado allí, prácticamente desintegrada, biodegradada.

Todo es biodegradable: lo importante son los tiempos.

Por lo mismo, a propósito de la regulación que se quiere implementar en Chile respecto de productos biodegradables que parecen plástico, quiero precisar que el plástico es biodegradable: el punto es el tiempo que toma para ello, porque en ese lapso, demasiado largo, la contaminación ya es dañina y casi irreparable.

Por eso, en este paso tremendamente importante que estamos dando -creo que nadie se opondrá a él-, el desafío que tenemos no solamente abarca las zonas costeras: es, al final, la preservación del planeta. Porque son los países costeros los que terminan contaminando los océanos, pero el impacto negativo en ellos es, en definitiva, global.

Y termino con lo siguiente.

Felicito a los autores de la moción parlamentaria. Ciertamente, valoro que el Presidente de la República la apoye y le ponga urgencia. Y qué bueno que haga carne su Programa de Gobierno. Lo digo sin ninguna sorna. ¡Y era que no, si, como digo, la idea estaba en su Programa! ¡Cómo no lo iba a hacer! ¡Estaba cantado! El proyecto estaba avanzado y, si me permiten la expresión, solo tuvo que "empujar la pelota dentro del arco", porque estaban todas las condiciones para hacerlo. Pero eso no le resta mérito.

Y, si me dan unos cuantos segundos más, quiero pedirle a la Ministra del Medio Ambiente y a otros lo que sigue.

Hemos hecho un esfuerzo gigantesco para la protección de áreas marinas. Creo que somos uno de los países campeones en la materia; de América Latina, sin duda, por la cantidad de kilómetros cuadrados y superficie protegida, pero los recursos destinados a cautelar y supervigilar esas áreas marinas protegidas son ridículos, por lo pocos que son.

De ahí que -lo digo por este proyecto y por otros que estamos viendo, como el relativo a la biodiversidad- me gustaría que me indicaran si en la Ley de Presupuestos que tendremos que discutir en un par de meses más en el Congreso se incluirá alguna propuesta sistémica para la protección de las áreas marinas. No estoy pidiendo una solución inmediata, pero sí una idea, un esquema o un diseño de cómo lo vamos a hacer, con qué recursos, cuál es el rol que van a jugar la Armada y la institucionalidad en el tema.

Ya fuimos noticia mundial con la declaración de las áreas marinas protegidas. Algunos empujamos y participamos activamente, concurriendo a las conferencias. Pero lo que nos piden ahora es aplicabilidad. Y lo que estamos haciendo hoy día, con esta ley, es eso: hacernos cargo de la aplicación concreta de una medida de protección.

Por eso, señor Presidente, quiero aprovechar este "minuto millonario" que usted me ha dado para pedirle a la señora Ministra del Medio Ambiente, por su intermedio, que en la Ley de Presupuestos venga una mirada amplia sobre las áreas marinas protegidas.

Muchas gracias.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Elizalde.

El señor ELIZALDE .-

Señor Presidente , por su intermedio, saludo a la Ministra del ramo que nos acompaña en esta sesión y le deseo el mayor de los éxitos en la gestión que está desarrollando.

Son múltiples las iniciativas que se han debatido sobre la materia. Como señalaba el Senador Chahuán, esta no es la única de que ha tomado conocimiento el Congreso Nacional, pero es la que más ha avanzado y, obviamente, esperamos que se apruebe. Sin duda, constituye un precedente importante que tengamos que pronunciarnos sobre este proyecto, que se hace cargo del efecto pernicioso del plástico.

Quienes me han antecedido en el uso de la palabra han hecho referencia al efecto contaminante del plástico y de los materiales sintéticos, que son dos tipos de basura que tienen un especial impacto en la contaminación del mar y que afectan la vida de cientos de especies que, sin duda, ven perjudicada su existencia, y del cual los seres humanos somos los principales responsables.

Esa es la principal reflexión que yo quisiera compartir en esta Sala: que los agentes contaminantes somos los seres humanos.

En Chile, en general, existe mucha indignación con la contaminación. Y se tiende a creer que es un problema propio, pero de responsabilidad ajena, de otros. La verdad es que la contaminación es, sin duda, un drama propio, pero también una responsabilidad propia. Por tanto, si queremos evitar los efectos perniciosos, resulta imprescindible modificar nuestra conducta; es decir, la conducta de quienes contaminamos: las personas.

De ahí la importancia de esta iniciativa, que prohíbe el uso de bolsas plásticas en determinados contextos, particularmente con fines comerciales, porque contribuye a que quienes más contaminamos -reitero, las personas- no desarrollemos en adelante esa conducta.

Lo relevante -como lo decía el Senador Galilea- es que este proyecto de ley sea un primer paso y que venga acompañado de múltiples otras iniciativas que contribuyan, sin duda, a generar más conciencia sobre la materia.

Valoro el artículo 7° del proyecto, que establece la responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente para promover e implementar programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía.

Si bien la normativa se limita al efecto pernicioso que producen las bolsas plásticas entregadas en el comercio, lo cierto es que debemos aspirar a que esa formación sea más amplia, generando conciencia respecto a nuestra propia conducta. Porque a través de una legislación, que en algunos casos genera incentivos y, en otros -como ocurre con este proyecto-, prohibiciones, es imprescindible crear la toma de conciencia para que nosotros, los principales contaminantes, las personas, modifiquemos nuestra conducta y contribuyamos a preservar la vida en nuestra gran casa: el planeta Tierra.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Órdenes.

La señora ÓRDENES.-

Señor Presidente, saludo a los Ministros presentes.

Valoro esta iniciativa porque, evidentemente, marca un cambio significativo. Pero, a mi juicio, hoy día estamos enfrentados a un cambio más bien paradigmático en materia medioambiental y lo que propone el proyecto es solo un paso en un problema del cual debimos hacernos cargo antes.

Celebro que hoy día esto vaya a ser una realidad, porque los municipios nos llevaron la delantera durante mucho tiempo: 60 municipios en Chile ya tienen ordenanzas municipales sobre la materia.

En el caso de la Región de Aisén -que represento en este Senado-, de los diez municipios existentes, seis dictaron las respectivas ordenanzas. Y es importante valorar la conducta de los hombres y las mujeres de cada territorio en este sentido pues, no habiendo una normativa, la situación se acotó a través de una ordenanza.

Me parece que debemos transitar y avanzar significativamente, desde lo que podemos denominar una "cultura del plástico", hacia una cultura bastante más sustentable.

Me gustaría compartir algunos datos del territorio de Aisén. Allí somos cerca de 100 mil habitantes y se estima que utilizamos aproximadamente 20 millones de bolsas plásticas al año, lo que implica un peso de 100 toneladas. Esa es la magnitud de lo que estamos hablando.

Por lo tanto, dejar de enviar a nuestros rellenos o vertederos 100 toneladas de residuos es, sin duda, relevante. Sin embargo, pienso que uno de los desafíos que enfrentaremos a futuro -permítanme una reflexión- es avanzar en educación medioambiental, sobre todo con las generaciones más jóvenes, porque estamos en un tránsito y en una era distinta.

El impacto del uso indiscriminado del plástico sobre el medio ambiente nos obliga a promover conductas de mayor reciclaje, de reutilización de productos. Y siento que ese es nuestro desafío a futuro.

Por consiguiente, valoro esta iniciativa, pues considero que es un paso adelante.

Lo que no nos puede volver a pasar es que otros actores se nos adelanten y resuelvan de manera anticipada (esto fue parte de las reflexiones que tuvimos en la Comisión de Medio Ambiente). Debemos seguir avanzando en la materia; porque, a mi juicio, se viene un desafío global que va mucho más allá de lo establecido en una ley tan acotada como esta, relativa al uso de bolsas plásticas en el comercio.

El señor MONTES (Presidente).-

Ofrezco la palabra al Senador señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-

Señor Presidente , en primer lugar, saludo y felicito a nuestra Ministra del Medio Ambiente , Marcela Cubillos , pues, sin duda, es una persona que sabe de temas ambientales y tiene experiencia al respecto como Diputada . La verdad es que el Presidente Piñera tomó una decisión muy acertada al nombrar a alguien de una cultura extraordinaria, de una formación política y, a la vez, de un liderazgo muy relevante.

Por eso, el hecho de que su primer proyecto de ley en tramitación, el cual recoge todas las mociones que presentaron distintos parlamentarios, sea aprobado por unanimidad, habla del conocimiento que ella tiene del mundo de la política y también del Parlamento.

En segundo término, señor Presidente, estimo que, sin duda, esto es un avance, sobre todo en el tema cultural.

Sobre el particular, hay que valorar lo que se debe realizar a nivel de educación, porque tiene que crearse conciencia en las nuevas generaciones, y también en las actuales, de que el excesivo uso del plástico, en vez de solucionar problemas, ha ido creando otros.

Por otro lado, aquí se inicia una etapa distinta respecto a nuestra preocupación por la separación de los residuos domiciliarios, fundamentalmente, la basura.

En los países desarrollados se le da importancia a la separación de la basura, principalmente en las comunas que cuentan con recursos para ello. Sin embargo, en la mayoría de los municipios chilenos no existe esa preocupación.

Por lo tanto, a mi juicio, en una segunda etapa sobre el tema medioambiental debiéramos avanzar en la separación de los residuos domiciliarios a fin de aprovecharlos para reciclaje, para compost, etcétera.

En otros países, las verduras y los alimentos que se desechan son objeto de un proceso de trituración en las mismas casas y después se arrojan al alcantarillado.

Eso tal vez es para nosotros parte de un mundo soñado, pero es realidad en algunas partes del mundo, como en Estados Unidos, donde ustedes pueden ver esas acciones.

Es cierto, aquí tenemos una cultura del plástico, el cual ha sido bastante útil para el desarrollo de nuestras sociedades. Pero su uso excesivo nos ha llevado a la decisión que estamos tomando hoy día, que estoy convencido de que será por unanimidad.

Deseo consultarle a la señora Ministra respecto al tema de la fiscalización. Como bien dice el proyecto, la fiscalización corresponderá a las municipalidades. Eso está claro. Sin embargo, también debemos pensar en que tendremos que seguir dándoles recursos a los municipios, porque cada día les asignamos más funciones y es difícil fiscalizar -muchos de los Senadores presentes han sido alcaldes- si las autoridades comunales ven que los fondos no alcanzan y no cuentan con suficientes funcionarios para hacerlo. De modo que esa situación impediría que este nuevo proyecto fuera realidad.

Sin duda, señor Presidente, este proyecto de ley es un avance.

También valoro que en un comienzo, durante el proceso de transición que establece la iniciativa, a las pequeñas y medianas empresas del comercio se les permitirá entregar, a lo más, solo dos bolsas plásticas.

Me parece que se trata de un tema cultural muy importante, porque obligará a ir restringiendo paulatinamente su utilización durante ese tiempo, hasta la vigencia plena de la ley.

Por eso, señor Presidente, felicito también a los autores de esta iniciativa, originada en una moción.

Valoro la decisión adoptada por el Presidente Piñera de poner el tema en su programa presidencial, y que hoy día esté siendo aprobado por este Senado -ojalá que por unanimidad-, para ser promulgado como ley de la república.

Voto a favor.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, espero que el proyecto se convierta en ley a la brevedad y que en ella se incluya el nombre de los Diputados -algunos hoy son Senadores- que presentaron la respectiva moción.

Hace unos días sostuvimos un debate en cuanto a si era posible proceder de ese modo.

Aprovecho la oportunidad de que está presente la Ministra del Medio Ambiente para decirle que discutimos que este Parlamento es colegislador, y siendo esta una moción presentada por Diputados -algunos aún permanecen en sus cargos y otros son Senadores, entre ellos, el Senador De Urresti (no tengo a la mano el listado)-, la ley correspondiente debiera incluir sus nombres.

Lo anterior es lo justo, pues aquí se está colegislando, y lo que estamos haciendo ahora demuestra que los Senadores sí participamos en la formación de las leyes, y que no solo participa el Ejecutivo , el que termina firmando solito la ley.

Por otra parte, tenemos una deuda con el reciclaje de basura.

Actualmente, en muchas casas de Chile sucede que los niños, para reciclar la basura separan el vidrio, el cartón, todos los desechos, pero viene el camión recolector de residuos domiciliarios y los tira todos juntos arriba, de una sola vez. Y siento que cuando los niños descubren aquello, el esfuerzo pedagógico inculcado por las tías desde los jardines infantiles se va -literalmente- al tacho de la basura.

En esta sociedad en que los envoltorios lo son todo; o sea, en que hay la tendencia a que sean más sofisticados y a veces muchísimo más grandes que el propio contenido, se han disparado los índices de kilos de basura per cápita y por familia.

Por lo tanto, se requiere una verdadera política ambiental, en que se considere qué está pasando en el medio ambiente con el plástico y los desechos.

La mayoría de los envases distintos a las bolsas de plástico vienen recubiertos de algún tipo de este mismo material.

¡No podemos abordarlo todo!

Yo voy a votar a favor de este proyecto de ley, aunque hay que reconocer que seguiremos botando la basura en bolsas plásticas negras, las cuales se van a incrementar por millones.

¿Qué se usa en los hogares de menores y altos ingresos? Al lugar que se vaya, del nivel socioeconómico que sea, se observa que la bolsita que está en el tacho de la basura es de supermercado.

Pero, si ya no existirá esa bolsa porque estará prohibida, cabe preguntarse qué la va a remplazar. Por el incinerador de los edificios de departamentos se botará una comprada en un supermercado que será no biodegradable, e incluso mucho más fuerte, de mayor textura, de una composición distinta.

Entonces, señor Presidente, tenemos pendiente el tema del reciclaje.

Esta es una gran iniciativa, que da un paso sustantivo en pasar de la conciencia ambiental a la acción ambiental.

La labor conjunta de los alcaldes, apoyados por el Ministerio, por la Ministra, debiera dar lugar este año, mediante una Glosa presupuestaria, a una limpieza de las bolsas residuales de basura esparcidas por todo Chile.

Debiéramos hacer un esfuerzo por recogerlas y darles un destino adecuado porque, como desaparecen de la superficie después de 500 años y no se biodegradan, van a quedar diseminadas por todo el país en miles de cercos, en miles de árboles.

El paso siguiente a la aprobación de este proyecto de ley es hacer una campaña para recolectar y reciclar esas bolsas de basura. Eso es esencial.

Espero una iniciativa al respecto de los alcaldes, de los municipios, y también del propio Ministerio del Medio Ambiente.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

Voto a favor.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor MONTES (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueban las enmiendas propuestas por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales (38 votos favorables), dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional requerido, y el proyecto queda despachado en este trámite.

Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Montes, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Pugh, Quintana, Sandoval y Soria.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra la Ministra señora Cubillos.

La señora CUBILLOS ( Ministra del Medio Ambiente ).-

Señor Presidente , simplemente quería agradecer a todos los Senadores por el apoyo unánime a esta iniciativa, que efectivamente tuvo origen en una moción.

Quiero destacar que es cierto que fue una promesa de campaña del Presidente Piñera , y que está en el programa de Gobierno, pero hoy día se ha cumplido un compromiso mucho más importante: hacer del medio ambiente una política de Estado. Lo digo porque este tema llevaba diez años discutiéndose en el Congreso Nacional a través de mociones de distintos sectores; y, por lo tanto, correspondía activar e introducir la modificación que queríamos mediante una moción.

El criterio que se usó (y quiero agradecer a la Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, la Senadora Isabel Allende , porque desde el primer minuto apoyó ese criterio) es que esta indicación se introdujera en el proyecto que estuviera más avanzado en su tramitación, incluso si no fuera el que ella misma había presentado.

Creamos también en el Ministerio una página web para destacar todas las iniciativas parlamentarias que hay en esta materia, porque nunca hemos pretendido -por así decirlo- esconder que estamos haciéndonos eco de un trabajo de larga data.

Pero además de un trabajo parlamentario y de las distintas comunas que se habían adelantado en esta materia, existía uno de la Administración anterior -lo quiero decir-, pues el ex Ministro Mena había presentado una indicación poco antes de dejar el Gobierno.

Por lo tanto, es una causa ambiental ciudadana y transversal.

Asimismo, en cuanto a la biodegradabilidad que planteó el Senador Bianchi y otros Senadores, el objetivo de este proyecto de ley va en la línea del primer principio de la ley REP en manejo de residuos: la reducción, la disminución de los residuos plásticos, no la búsqueda de alternativas ni de sustitutos.

Hay que considerar que la biodegradabilidad no se certifica oficialmente en Chile; y, además, que quienes la certifican internacionalmente lo hacen en determinadas condiciones de manejo de residuos y de compostaje que no se cumplen hoy día en nuestro país.

Por lo tanto, esos residuos plásticos igual terminarían circulando en el mar o en el resto del medio ambiente.

Las Naciones Unidas, en su programa del 2015, eliminó también las bolsas biodegradables precisamente por lo mismo; porque si el objetivo es reducir los plásticos, la etiqueta de biodegradabilidad no contribuye a ese fin, pues nada se biodegrada automáticamente, sino que lo hace en muchísimo tiempo y requiere procesos complejos.

Esta iniciativa de ley es solo un primer paso, como lo han señalado todos los parlamentarios. Tenemos claro que no soluciona el problema de la contaminación por plásticos en el medio ambiente.

Sin embargo, había que dar este primer paso. Nos demoramos diez años, y era importante acordarlo hoy día.

Quisiera destacar que la unanimidad que hoy se ha dado en el Senado nos tiene que llenar de orgullo como país.

Para Chile, que posee una costa que lo atraviesa completamente, el que el Senado apoye por unanimidad un proyecto de ley que constituye un comienzo en la erradicación y la lucha contra la contaminación por plástico, nos pone una vara muy alta en cuanto a sello país en materia de medio ambiente como política de Estado.

Señor Presidente, reitero mis agradecimientos por el apoyo y el trabajo de todos los parlamentarios durante estos años en esta iniciativa.

El señor MONTES (Presidente).-

Muchas gracias, señora Ministra.

Esperamos que le vaya muy bien en su gestión.

¡Y nosotros vamos a seguir cuidando a este caballero, el Senador señor Allamand, con mucha dedicación...!

2.9. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 29 de mayo, 2018. Oficio en Sesión 28. Legislatura 366.

Valparaíso, 29 de mayo de 2018.

Nº 158/SEC/18

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena, correspondiente al Boletín Nº 9.133-12, con las siguientes enmiendas:

o o o

Ha antepuesto al artículo 1°, como denominación de la ley propuesta, la siguiente:

“Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional.”.

o o o

Artículo 1°

Lo ha reemplazado por el que se transcribe a continuación:

“Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Artículo 2°.- Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Artículo 3°.- Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Artículo 4°.- Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Artículo 5°.- Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento contemplado en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.

Artículo 6°.- Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

Artículo 7°.- Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.”.”.

Artículo 2°

Lo ha eliminado.

o o o

Ha incorporado un artículo segundo, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo segundo.- Modifícase la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, del Ministerio de Justicia, de 1978, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre organización y atribuciones de los juzgados de policía local, de la siguiente manera:

1) Reemplázase, en su numeral 12, la expresión final “, y”, por un punto y coma.

2) Sustitúyese, en su numeral 13, el punto final por la expresión “, y”.

3) Agrégase el siguiente numeral 14:

“14.- A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.”.

o o o

Ha agregado el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial, salvo respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del Artículo Segundo de la ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos contemplados en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

o o o

- - -

Hago presente a Su Excelencia que este proyecto de ley fue aprobado, en general, con el voto favorable de 17 senadores, de un total de 37 en ejercicio.

Posteriormente, el artículo 4° y el inciso segundo del artículo 5°, ambos preceptos contenidos en el artículo primero de la iniciativa legal, así como su artículo segundo, todos considerados durante la discusión en particular en el Senado, fueron aprobados por 38 votos a favor, de un total de 42 senadores en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Por su parte, los artículos 1° y 3° contemplados en el artículo primero del texto despachado por el Senado fueron aprobados por 38 votos favorables, de un total de 42 senadores en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 de la Carta Fundamental.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 11.314, de 5 de junio de 2014.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

CARLOS CISTERNAS MONTES

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

2.10. Oficio de la Corte Suprema a Comisión

Oficio de la Corte Suprema a Comisión. Fecha 31 de mayo, 2018. Oficio

Oficio N° 55-2018.-

INFORME PROYECTO DE LEY 14-2018

Antecedente: Boletín N° 9.133-12.

Santiago, 31 de mayo de 2018.

La señora Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, senadora Isabel Allende Bussi, mediante Oficio N° MA/031/2018, de 29 de mayo en curso -recibido en esta Corte Suprema en la tarde de ese mismo día- solicita informe al tenor de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 77 de la Constitución Política de la República y 16 de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, sobre el proyecto de ley que Establece la Prohibición y Sustitución Progresiva de las Bolsas de Polietileno, Polipropileno y otros Polímeros Artificiales no Biodegradables en la Patagonia Chilena (Boletín N° 9.133-12). Impuesto el Tribunal Pleno del proyecto en sesión del día de hoy, presidida por el titular señor Haroldo Brito Cruz y con la asistencia de los Ministros señores Milton Juica Arancibia, Sergio Muñoz Gajardo, Hugo Dolmestch Urra, Héctor Carreño Seaman, Carlos Künsemüller Loebenfelder y Guillermo Silva Gundelach, señoras Rosa María Maggi Ducommun, Rosa Egnem Saldías y María Eugenia Sandoval Gouët, señores Juan Eduardo Fuentes Belmar, Lamberto Cisternas Rocha y Ricardo Blanco Herrera, señoras Gloria Ana Chevesich Ruiz, Andrea Muñoz Sánchez, señores Carlos Cerda Fernández, Jorge Dahm Oyarzún y Arturo Prado Puga, acordó informarlo al tenor de la resolución que se transcribe a continuación:

A LA PRESIDENTA

SEÑORA ISABEL ALLENDE BUSSI

H. SENADO

VALPARAÍSO

“Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho.

Vistos y teniendo presente:

Primero. Que la señora Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, senadora Isabel Allende Bussi, mediante Oficio N° MA/031/2018, de 29 de mayo en curso -recibido en esta Corte Suprema en la tarde de ese mismo día- solicita informe al tenor de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 77 de la Constitución Política de la República y 16 de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, sobre el proyecto de ley que Establece la Prohibición y Sustitución Progresiva de las Bolsas de Polietileno, Polipropileno y otros Polímeros Artificiales no Biodegradables en la Patagonia Chilena (Boletín N° 9.133-12), calificado con suma urgencia.

Específicamente se consulta el artículo 5° del artículo Primero y el artículo Segundo.

Segundo. Que el proyecto consta de dos artículos permanentes y uno transitorio. El primero de ellos prohíbe la entrega de bolsas plásticas por el comercio; el segundo modifica la Ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, y el artículo transitorio establece normas respecto de la entrada en vigencia de la normativa propuesta.

El artículo Primero desarrolla el objeto del proyecto el que dice relación con “proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio” (art. 1°); efectúa diferentes definiciones (Bolsa, Bolsa plástica, Bolsa plástica de comercio y Establecimiento de comercio) (art. 2°); describe la conducta que sanciona: “Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio”, consagrando que excluye “las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos” (art. 3°); entrega la fiscalización del cumplimiento de la norma a las Municipalidades (art. 4°), y confiere al Ministerio del Medio Ambiente la tarea de educación ambiental en relación al uso de las bolsas y el impacto en el ecosistema (art. 7º).

La norma consultada del inciso primero del artículo 5° del artículo primero regula la infracción a la prohibición antes indicada y fija el monto de la multa, en los siguientes términos:

“El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.”

De esta forma se regula:

a.- Sujeto activo: Las personas que desarrollen actividades de intermediación comercial en establecimientos de comercio, para lo cual se entiende por tal “cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes y servicios”;

b.- Conducta sancionada: “entregar a cualquier título bolsas plásticas” de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena;

c.- Verbo rector: “entregar” (art. 3º);

d.- Bien jurídico protegido: el medioambiente por el impacto que tiene la disposición de las bolsas plásticas en el ecosistema;

e.- Sanción: Hasta cinco unidades tributarias mensuales, en que cada UTM tiene un valor de $ 46.692 y, por consiguiente, cinco totalizan $ 233.460.

f.- Beneficiario de la multa: La municipalidad respectiva.

La misma disposición en su inciso segundo contempla la norma de competencia para conocer de la conducta que sanciona, esto es, los juzgados de policía local correspondientes. También expresa que el procedimiento aplicable es el establecido en la Ley 18.287, pertinente a los mencionados tribunales, para lo cual, según se dirá más adelante, se modifica la Ley de Organización y Atribuciones de los mismos Tribunales, incorporando la conducta dentro de aquellas que son de competencia de los Juzgados de Policía Local.

En el artículo 6° del artículo Primero se establece una norma para la determinación de la multa, la cual si bien no ha sido consultada, sí se refiere a las facultades de los tribunales, razón por la cual procede igualmente informarla. En ella se señala que al regular el quantum de la multa se considerarán las siguientes circunstancias:

a. El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b. La conducta anterior del infractor.

c. La capacidad económica del infractor.

El artículo Segundo incorpora un nuevo ordinal, el número 14, a la letra c) del artículo 13 de la Ley N° 15.231 que regula la Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto N° 307, del Ministerio de Justicia, de 1978, normativa que el título II regula de un modo general la competencia de tales tribunales en su artículo 12 y luego, en el artículo 13, precisa competencias específicas, agregando ahora “la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio”.

Tercero: Que la normativa proyectada no ofrece reparos mayores y solamente se pueden hacer los siguientes comentarios:

a.- La forma en que se determina el sujeto activo puede resultar necesario precisarla, puesto que no se puede confundir al propietario de los establecimientos de comercio con sus dependientes, en atención al hecho que estos últimos actúan por cuenta de los primeros, sin embargo, es posible que sean las únicas personas que sea factible identificar, pero ciertamente se les podría eximir de responsabilidad al indicar la identidad del propietario o representante del mismo establecimiento. Lo anterior tiene importancia igualmente en cuanto a la determinación del monto de la multa, pues, entre otros aspectos debe considerarse la conducta anterior y capacidad económica del infractor.

b.- Las infracciones menores, sean faltas penales (art. 7° del Código Penal) o infracciones administrativas, se reprimen cuando se encuentren consumadas y al sancionarse solamente la “entrega” de las bolsas plásticas deja en la imposibilidad de castigar e incautar las bolsas plásticas que se puedan “tener” en el establecimiento de comercio destinadas a la entrega de los productos que venda. Por ello, la conducta sancionada debe ser igualmente la de tener para los efectos de hacer entrega de los bienes y productos en el establecimiento de comercio.

c.- En relación con el monto de la sanción podrían efectuarse dos precisiones. La primera respecto del mínimo, puesto que podría entenderse que es desde un peso, y la segunda se refiere al máximo, en atención al hecho que la conducta sancionada dice relación con “cada bolsa” “entregada”, pero luego el artículo 6° señala que para la determinación de la multa se considerará el “número de bolsas plásticas … entregadas”, evento en el cual existe la posibilidad de entender que el monto podría llegar solamente hasta cinco unidades tributarias mensuales, en circunstancias que, como se ha dicho, la infracción es por cada bolsa entregada y nada podría obstar a que conforme a los antecedentes el magistrado aplicara una multa de cinco unidades tributarias por cada bolsa que se acredite se entregó efectivamente.

d.- Existe normativa especial referente a las anotaciones que permiten abrir un prontuario penal y que se consignan en éste, por lo cual resulta procedente señalar el registro en que se consignarán estas infracciones menores, puesto que en cuanto al monto de la multa, el juez debe considerar la conducta anterior del infractor.

e.- Por el principio de objetividad administrativa y con el objeto que no se generen “incentivos no deseados” en la imposición de las multas, se podría señalar que, si bien el monto de la multa es en beneficio de las municipalidades, éste se incorporará al Fondo Común Municipal, evitando que el monto de la multa llegue directamente al municipio respectivo.

f.- Podría precisarse, además, que el Juzgado de Policía Local competente es aquel en cuyo territorio jurisdiccional se cometió la falta, puesto que la norma de competencia relativa del territorio vincula a la autoridad jurisdiccional y no a la autoridad municipal.

g.- Respecto de la entrada en vigencia de esta ley, podría precisarse lo que sucederá con las ordenanzas municipales actualmente vigentes en algunas comunas.

Cuarto: Que, según se ha indicado en el inicio, se deja constancia que el requerimiento de informe respecto del proyecto fue remitido vía correo electrónico el 29 de mayo del actual, en horas de la tarde. En el transcurso del día 30 de mayo, según la información disponible en el sitio web de la H. Cámara de Diputados, se advirtió que la urgencia suma fue modificada a discusión inmediata, con lo cual, conforme al artículo 26 de la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, el plazo para informar por esta Corte vencería el día 4 de junio próximo. En todo caso, de mantenerse la suma urgencia, el plazo para informar vencía, en el mejor de los casos, a las 24 horas del día 30 de mayo.

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 77 de la Constitución Política de la República y 18 de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, se acuerda informar en los términos precedentemente expuestos el proyecto de ley que que Establece la Prohibición y Sustitución Progresiva de las Bolsas de Polietileno, Polipropileno y otros Polímeros Artificiales no Biodegradables en la Patagonia Chilena.

Se previene que los Ministros señores Juica y Cerda sólo concurren al informe en aquello que se refiere al artículo 5º del artículo Primero y al artículo Segundo del proyecto de ley, considerando que este último constituye la única norma de la iniciativa que corresponde a una materia susceptible de ser informada con arreglo al artículo 77 de la Constitución Política de la República.

Se previene que el Ministro señor Künsemüller estuvo por dejar expresado su desacuerdo con el proyecto, por estimar que el empleo del Derecho Administrativo sancionatorio en una cuestión de bagatela jurídica constituye un exceso legislativo rechazable.

Se previene que la Ministra señora Muñoz estuvo por circunscribir el motivo tercero del informe a lo expuesto en sus letras d) y f).

Ofíciese.

PL-14-2018”.

Saluda atentamente a V.E.,

MILTON JUICA ARANCIBIA

Presidente subrogante

MARCELO DOËRING CARRASCO

Secretario subrogante

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 30 de mayo, 2018. Diario de Sesión en Sesión 28. Legislatura 366. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

PROHIBICIÓN DE USO Y SUSTITUCIÓN PROGRESIVA DE BOLSAS NO BIODEGRADABLES EN PATAGONIA CHILENA (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9133-12)

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

En el Orden del Día, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 193 del Reglamento de la Corporación, corresponde conocer las modificaciones del Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

Antecedentes:

Modificaciones del Senado. Documentos de la Cuenta N° 2, de esta sesión.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

En discusión las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra la ministra del Medio Ambiente, señora Marcela Cubillos .

La señora CUBILLOS, doña Marcela (ministra del Medio Ambiente).-

Señora Presidenta, voy a explicar en qué consiste el proyecto de ley en trámite y cuáles fueron las modificaciones introducidas por el Senado.

En primer lugar, este proyecto ha sido completamente transversal. Hace diez años, aproximadamente, distintos parlamentarios se propusieron regular la prohibición de las bolsas plásticas del comercio. Se trata de una preocupación existente no solo en el Congreso, sino también en más de 58 comunas que ya tienen esta regulación.

El gobierno del Presidente Piñera ha querido recoger el trabajo parlamentario y, en lugar de enviar un proyecto de ley propio, ha estimado conveniente trabajar sobre una moción transversal.

La moción respecto de la cual se presentó la indicación sustitutiva tiene entre sus autores a los diputados Fidel Espinoza , Gabriel Silber , Guillermo Teillier y Alejandra Sepúlveda , y a los entonces diputados Karla Rubilar , Patricio Vallespín , Alfonso de Urresti , Carolina Goic y David Sandoval .

Esta moción regulaba la prohibición de bolsas plásticas solo para la Patagonia. Lo que hizo el gobierno fue extender la prohibición a todas las bolsas plásticas y a todo el territorio nacional.

Los cambios introducidos fueron aprobados por la unanimidad del Senado en su sesión de ayer.

Junto con reconocer la transversalidad respecto de este proyecto, quiero señalar una cosa fundamental: la decisión sobre en qué proyecto el gobierno introduciría la indicación fue tomada con un criterio objetivo, cual es hacerlo en el proyecto cuya tramitación estuviera más avanzada, porque sentíamos que el Congreso estaba llegando tarde al apoyo ciudadano que ha tenido esta iniciativa.

Quiero reconocer que también han presentado mociones en esta materia los diputados Pepe Auth , Jaime Bellolio , Gabriel Boric , Karol Cariola , Álvaro Carter, Juan Antonio Coloma , Loreto Carvajal , Sebastián Álvarez , Maya Fernández, Iván Flores , Sergio Gahona , Cristina Girardi , Javier Hernández , Issa Kort , Joaquín Lavín , Patricio Melero , Vlado Mirosevic , Manuel Monsalve , Celso Morales , Cristhian Moreira , Jaime Mulet , Nicolás Noman , Daniel Núñez , Jorge Sabag , Gustavo Sanhueza , Renzo Trisotti , Enrique van Rysselberghe y Gastón von Mühlenbrock .

En verdad, el proyecto ha sido el resultado de un trabajo completamente transversal, y así lo reconocemos como gobierno. Más aun, durante el gobierno de la Presidenta Bachelet , el entonces ministro Marcelo Mena , mi antecesor, presentó una indicación en el Senado que apuntaba solo a la prohibición del uso de bolsas plásticas en las zonas costeras. Nosotros quisimos ampliarla a todo Chile.

El proyecto, aprobado ayer en el Senado, establece la prohibición de entrega de bolsas plásticas para todo el comercio, define qué es bolsa plástica de comercio y excluye expresamente de la prohibición las bolsas que constituyen el envase primario del alimento y las que sean necesarias por razones higiénicas o porque su uso ayuda a prevenir el desperdicio de alimentos.

Un asunto que ha sido objeto de discusión durante los últimos días es que, según algunos, existirían bolsas biodegradables de plástico. Las razones por las que en el gobierno hemos impulsado la prohibición de todas las bolsas plásticas de comercio, sin hacer distinción de las biodegradables, son fundamentalmente dos: primero, la prohibición apunta a cumplir con el primer principio en el manejo de residuos, contemplado en la ley REP, cual es la disminución de residuos y no la búsqueda alternativa. El plástico genera un daño muy grave por contaminación de los océanos, de nuestras costas y de nuestro medio ambiente. Por lo tanto, apuntamos a la disminución del plástico.

Segundo, quienes argumentan la biodegradabilidad son más bien empresas que hacen una autodeclaración de que sus productos serían biodegradables. Pero en Chile no existe un proceso de certificación oficial de biodegradabilidad. Más aún, las certificaciones internacionales de biodegradabilidad se dan en determinadas condiciones, que en Chile no existen, de manejo y de compostaje industrial de los residuos. Por lo tanto, hoy, una bolsa mal llamada “biodegradable” va a producir el mismo daño si llega a nuestros océanos o a nuestras costas que las no denominadas “biodegradables”.

Por lo tanto reitero, apuntamos a una reducción del plástico.

Entendemos que no es suficiente. Obviamente, la prohibición que establece el proyecto no solucionará el drama de la contaminación por plásticos, pero constituye un primer paso, que siento que nos hemos demorado en dar. Quizás, como gobierno, nos tocó dar el empujón final a un trabajo que ya llevaba años de desarrollo en las distintas bancadas y gobiernos de Chile.

¿Qué más establece el proyecto? En materia de fiscalización del cumplimiento de la prohibición, dispone que esta les corresponderá a las municipalidades, pero establece una salvedad, que fue especialmente destacada por la senadora Isabel Allende en la Comisión de Medio Ambiente del Senado, cual es que las multas que se cobren sean a beneficio municipal.

Por último, establece la obligación del Ministerio del Medio Ambiente de fortalecer la educación ambiental a la ciudadanía. Entendemos que este es un primer paso. La iniciativa debe ir acompañada de fuerte educación ambiental y también de fuerte fomento al reciclaje.

A nosotros nos corresponde implementar la ley REP, aprobada en el gobierno anterior. Esta norma incorpora el resto de los envases y embalajes plásticos, y nos obliga a establecer los decretos respectivos para la fijación de las cuotas, así como a fortalecer el fondo para el reciclaje.

Por último, se establece una transitoriedad en la aplicación de la futura ley, para que el sector se vaya adaptando. Se dispone que la ley entrará en vigencia en el plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial para los grandes establecimientos del comercio, y en el de dos años contado desde su publicación en el Diario Oficial para las pequeñas y medianas empresas.

Nos han preguntado mucho sobre cómo se adaptarían quienes trabajan en la industria del plástico. Obviamente, entendemos que los desafíos medioambientales producen cambios y obligan a adaptaciones. Lo que nos corresponde como gobierno es dar los medios para que esa adaptación se vaya produciendo en las mejores condiciones posibles; pero tenemos que ir avanzando en orden a enfrentar algo que ya es una constatación a nivel universal: el daño que nos produce el plástico.

Nos han dicho que seríamos el primer país de Latinoamérica en establecer la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio. Es cierto; pero creo que eso, en vez de desincentivarnos, tiene que hacernos sentir muy orgullosos. Ayer, esta iniciativa se aprobó por unanimidad en el Senado. Por tanto, es una señal muy importante para Chile, que tiene costa de norte a sur, que seamos pioneros en esta materia.

La medida ya ha sido aplicada en ciudades de otros países. Hace unos días, autoridades de California dijeron que cumplieron un año de prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio y que no se había acabado el mundo. En definitiva, todos los temores que se habían planteado en Chile en los últimos días, manifestados en lobby y en otras acciones, también se expresaron en otros países. Sin embargo reitero, la medida se aplicó, la gente se ha adaptado y no se ha producido ninguno de los problemas que se había dicho que ocurrirían.

Entendemos que la iniciativa no es un paso suficiente para eliminar la contaminación por plásticos. Es un primer paso, que, según la encuesta del medio ambiente realizada en el gobierno anterior, cuenta con el 95 por ciento de apoyo ciudadano. También entendemos que el proyecto ha sido el resultado de un trabajo transversal realizado por todas las bancadas parlamentarias y fuertemente impulsado por el entonces ministro del Medio Ambiente Marcelo Mena . Hoy nosotros queremos dar el paso final para que se convierta en ley, junto con las otras medidas que queremos tomar.

Esos son los aspectos fundamentales de los cambios introducidos en el Senado a la iniciativa. Estaré atenta a resolver cualquier duda que surja durante el debate a los señores parlamentarios.

He dicho.

El señor SILBER (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado José Miguel Castro .

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señor Presidente, por su intermedio agradezco a la ministra por estar presente en la Sala e impulsar este tremendo proyecto.

Efectivamente, desde hace algunos años, distintas ciudades costeras del país tomaron la iniciativa de eliminar las bolsas plásticas y de reemplazarlas por bolsas reutilizables, teniendo en consideración el gran daño y la contaminación que provocan. Vivo en una ciudad donde estas se eliminaron y, como bien señaló la ministra, no se cayó el mundo.

Uno de los grandes problemas de las bolsas plásticas es su lenta degradación: las bacterias demoran de 400 a 500 años en poder degradarlas. Como no se pueden biodegradar, las bolsas plásticas van a parar a distintos ecosistemas, uno de ellos el marino, lo que provoca un sinnúmero de problemas.

En mi visión y en mi experiencia como médico veterinario, conozco de primera fuente el daño que las bolsas plásticas causan a la fauna. Uno de los grupos más afectados es el de los animales marinos, a los que tuve que rescatar en más de una ocasión por tener bolsas plásticas que les cortaban la circulación o por ingerir plástico que consideraban alimento. Un ejemplo es el de las tortugas marinas, que creen que las bolsas son medusas, en circunstancias de que son solo bolsas plásticas que paran el tránsito intestinal y les provocan una terrible muerte.

Señor Presidente, como amante del medio ambiente marino y de los animales, y como buzo que conoce la realidad del fondo del mar, he podido constatar que nos maravillan las puestas de sol y la tranquilidad que nos entrega mirar el oleaje, pero lo cierto es que bajo el agua la realidad es otra; ahí no hay nadie que pueda hacer una limpieza total de nuestras costas. Por lo tanto, lo importante ahora es prevenir.

No solo el mar padece este problema; también lo encontramos en zonas áridas como la Región de Antofagasta, en la que vivo, donde incluso hay personas que han llegado a confundir el desierto florido con bolsas plásticas de colores en desuso.

Cuando se disgrega el plástico, se trasforma en diminutas partículas, imperceptibles para el ojo humano, pero que entran a la cadena trófica. Esto quiere decir que son consumidas por pequeños animales, los que luego son alimento de animales más grandes. Así, esas partículas se van bioacumulando y pueden incluso llegar a ser consumidas por el ser humano.

Como diputado, como veterinario y como integrante de la Comisión de Medio Ambiente, hago un llamado a las y los colegas hoy presentes a que voten favorablemente esta iniciativa, tan necesaria para poner fin a un problema que no puede esperar.

Me tomo las últimas palabras de la ministra: el mundo no se cae por esta decisión y hoy lo podemos cambiar.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi .

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señor Presidente, celebro la presentación de esta iniciativa, que recoge la voluntad de muchos parlamentarios que hemos presentado proyectos en el mismo sentido. También, felicito a la ministra del Medio Ambiente, por haber asumido que este no es un problema local o que atañe solo a un sector de nuestro territorio y haber comprendido que si no hacemos extensivos los alcances de esta propuesta a nivel nacional no tendrá mayor impacto.

Efectivamente, el plástico es un contaminante que finalmente termina en los océanos, que se va degradando en pequeños trocitos y contamina toda la cadena alimentaria. Por lo tanto, no sirve que apliquemos la normativa en un solo lugar, si el plástico también está presente en otras partes de nuestro ecosistema.

Por lo tanto, se ha tomado una decisión muy importante, digna de destacar.

Sin embargo, me gustaría puntualizar algunos detalles en relación con este proyecto.

Se propone un plazo de dos años para que las microempresas puedan implementar la medida y para las grandes empresas se establece un plazo de seis meses. Durante el proceso de transición se pueden entregar hasta dos bolsas plásticas por cliente, lo que debe ser fiscalizado por los municipios. Es aquí donde hago el punto, porque fui alcaldesa de una de las comunas más pobres del país, de manera que conozco con precisión el problema de los municipios en materia de recursos.

Al respecto, es imposible que dos o tres funcionarios municipales fiscalicen, en forma efectiva, que los proveedores entreguen solo dos bolsas por cliente, de modo que, en la práctica, esa disposición será letra muerta. Si para los municipios que cuentan con recursos podría resultar difícil llevar a cabo esa fiscalización, para los que no cuentan con ellos les va ser imposible. Por lo tanto, debiéramos eliminar esa medida y establecer que no se entregue ninguna bolsa plástica a partir de la aprobación del proyecto de ley.

Otro punto que deseo mencionar es que el proyecto plantea la posibilidad de implementar un fomento al reciclaje. En ese sentido, hay que hacer una distinción entre los municipios que pueden reciclar y aquellos que no pueden hacerlo. Hay científicos en el mundo que se han unido para pedir que se declare a las bolsas plásticas como un residuo peligroso; por lo tanto, debiéramos contar una política nacional de reciclaje.

Para graficar las diferencias presupuestarias entre los distintos municipios, cabe hacer presente que la comuna de Las Condes tiene un presupuesto cercano a los 400.000 millones de pesos; la municipalidad de Cerro Navia, que encabecé hace algunos años, tiene un presupuesto de 15.000 millones de pesos. Solo extraer la basura de la comuna de Cerro Navia implica un costo para el municipio de 2.500 millones de pesos. En la municipalidad de Santiago el servicio de extracción de basura es mucho más caro. Pero ¿quién lo paga? Los contribuyentes pagan el derecho de aseo a través de los impuestos territoriales.

Por lo tanto, el municipio de Las Condes gasta cero pesos en ese ítem. Como en Cerro Navia el noventa y seis por ciento de los predios están exentos de impuestos territoriales, el municipio paga prácticamente el ciento por ciento del costo de ese servicio. Esa situación de desigualdad hace que municipios como el de Cerro Navia son muchos los que presentan una situación similar no tengan ninguna posibilidad de reciclar. De allí que el proyecto debiera ir acompañado de una política en este sentido, con el objeto de asegurar que los municipios que tienen escasez de recursos puedan implementar políticas de reciclaje.

Finalmente, quiero hacer notar que en este hemiciclo hemos hablado de las bolsas plásticas, pero ¿han visto la cantidad de botellas plásticas que circulan por el Congreso Nacional? Cada vez que nos sirven un vaso de agua, abren una botella pequeña. Por lo tanto, aquí mismo no hay ningún esmero por proteger el medioambiente.

Los diputados miembros de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, presidida por la diputada Catalina Pérez , tomamos el acuerdo de empezar a reciclar las botellas plásticas, para empezar por casa con el ejemplo.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Ramón Barros .

El señor BARROS.-

Señor Presidente, primero, saludo a nuestra querida ministra y excompañera de bancada, señora Marcela Cubillos .

En relación con este proyecto, cabe señalar que la moción original fue presentada hace varios años, la que con posterioridad se ha refundido con diversas iniciativas.

La iniciativa propone evitar el uso de bolsas de polietileno y hace referencia a la Patagonia chilena. Es un proyecto muy positivo y quiero agradecer a la ministra, en primer lugar, por haber presentado una indicación sustitutiva, respetando la autoría de los diputados que iniciaron esta verdadera lucha.

Del mismo modo, quiero agradecer al gobierno del Presidente Piñera por haber calificado este proyecto, que es tan importante, con urgencia suma.

La iniciativa ha tenido muchos cambios y el gobierno del Presidente Piñera presentó una indicación sustitutiva al texto, refundiéndolo con otras propuestas con las mismas ideas matrices, que también se encontraban en discusión en el Congreso Nacional. Las indicaciones presentadas han generado un cambio total de lo que originalmente pretendía el proyecto, como el establecimiento de la prohibición a nivel nacional del uso de bolsas plásticas en el comercio.

Dentro de la regulación comparada respecto del tema no ha primado un criterio único. Sin embargo, ha habido países pioneros en cuanto a la prohibición absoluta, y me siento profundamente orgulloso de que nuestro país sea el primero en Latinoamérica en hacerse cargo de un tema tan radical.

Cabe mencionar que Chile es uno de los países con más alto consumo per cápita de plástico. Tal magnitud hace necesaria la regulación de esta materia. Anualmente, se consumen cerca de doscientas bolsas por habitante, las que terminan en rellenos sanitarios, después de tener no más de dos usos como máximo.

Chile requiere un cambio cultural muy importante. Las bolsas desechadas no solo terminan en los rellenos, sino también en lugares aledaños a ríos y esteros o en basurales ilegales.

Debemos tener en cuenta que este polímero está presente en más del 80 ochenta por ciento de las cosas que comemos a diario.

En Chile hemos intentado normar esta materia a través de diversas iniciativas. De hecho, desde 2008 a la fecha se han presentado varios proyectos para prohibir o regular la entrega de bolsas plásticas, dos de ellos bastante completos, uno de 2013 y otro de 2015; pero el gobierno de la época no mostró intención de avanzar decididamente en este ámbito de la protección medioambiental, por lo que solo presentó una indicación sustitutiva respecto de una de esas iniciativas, que no tenía mayor importancia, sin que ello significara dar un impulso decidido a la materia.

Con este nuevo proyecto, apoyado por la totalidad de los miembros de la Comisión de Medio Ambiente del Senado, que revisó las indicaciones presentadas por el actual gobierno, la prohibición de uso de bolsas plásticas en el comercio a nivel país se hace efectiva, completa, suficiente, y no solo en ciertas regiones o zonas de nuestro país, como el borde costero.

Esta iniciativa busca proteger nuestro entorno ambiental a través de medidas que han sido estudiadas y que resultan ser completas.

Deseo expresar que, en paralelo a este proyecto de ley, debemos provocar un cambio cultural importante, y la educación es decisiva para lograr ese cambio. Asimismo, junto con entregar más facultades a los municipios, hay que dotarlos de más recursos, para que puedan desarrollar las acciones de fiscalización que sean necesarias y, especialmente, acciones de educación, por ejemplo, a través de material audiovisual, porque es impactante ver las verdaderas islas que se han formado en el océano como consecuencia de la acumulación de kilómetros y kilómetros de botellas plásticas.

Debemos organizar mejor la fiscalización de los municipios en esta materia y entregarles recursos para esos efectos y para el desarrollo de acciones de educación en este ámbito. Si no lo hacemos, este proyecto será letra muerta.

Para terminar mi intervención, felicito a la ministra por esta iniciativa, que debe ser materia de orgullo para el gobierno del Presidente Piñera. Espero que la aprobemos por unanimidad, tal como ocurrió ayer en el Senado, porque será el puntapié inicial para el fin de las bolsas plásticas en nuestro país.

En consecuencia, señor Presidente, daré mi voto entusiasta en favor de este proyecto. He dicho.

Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Karim Bianchi .

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, si bien estas iniciativas son destacables para regiones como la que represento, lo cierto es que en la Región de Magallanes ya hemos impulsado medidas que han surtido efectos positivos en este ámbito. Quizás esos efectos no han sido tan notorios, por efecto de los vientos que caracterizan a la zona, pues hacen que las bolsas plásticas se desplacen de lugar; pero cuando uno se acerca a las alambradas de los campos, que es donde suelen quedar atrapadas esas bolsas, ve que ahora hay menos. Lo mismo ocurre en el fondo submarino.

Por ello, sin ser crítico de lo que se ha hecho, considero que es necesario ampliar la discusión y no escapar de la realidad de lo que ocurre. En este sentido, debo señalar que advierto cierta contradicción respecto del efecto real que produce una medida como esta en el ámbito de la concientización que estamos generando. Lo digo, señor Presidente, porque a veces podemos dar señales equívocas y pensar que lo estamos haciendo bien, cuando en realidad hay muchas cosas pendientes, no obstante que haya algunos avances.

Así, si vemos el contenido de una compra típica en el supermercado, encontraremos muchos productos envasados en plástico, como el cloro, las bebidas, las papas fritas y el arroz, o como el jamón, el queso y la carne, que ahora los venden previamente envasados en contenedores de plumavit, para ahorrar personal.

Si consideramos todos esos envases, la bolsa plástica no representa más del 4 por ciento del plástico incluido en la compra, y todos esos envases son inútiles después de abierto el producto, por lo cual se botan a la basura.

En Magallanes, donde se inició esta práctica de eliminar las bolsas plásticas, también se implementó una política de instalación de contenedores de reciclaje en los que se separaban los desechos plásticos, los de papel y los residuos biodegradables; pero resulta que cuando pasa el camión de la basura, agarra esos contenedores y mezcla todos los desechos, porque no tenemos plantas de reciclaje, ya que, como somos una región con pocos habitantes, no resulta rentable instalar una en la zona.

Otro problema que enfrentamos en la Región de Magallanes es el del reciclaje de los materiales que provienen de la zona franca, como los neumáticos o los aparatos electrónicos, dado que no pueden sacarse de la región, por las restricciones que impone el hecho de ser zona franca. Esa es la causa de que tengamos la ciudad llena de neumáticos, que generan gran contaminación.

Entonces, quiero ampliar un poco el debate de fondo hacia esos otros temas.

Algo parecido ocurre con el proceso de certificación de biodegradabilidad, a lo que se refirió la ministra en su presentación. Ahí hay un elemento importante en el cual trabajar, porque por ahora es solo una autodeclaración.

Entonces, lo que intento plantear como tema de fondo es que no porque demos este importante paso respecto de las bolsas plásticas debemos sentirnos conformes y pensar que estamos avanzando decididamente en esto, ya que en realidad falta mucho camino por recorrer, como establecer una exigencia a las industrias que envasan sus productos, en el sentido de reducir el uso de plástico para esa finalidad. Asimismo, debemos preocuparnos de la sanción y de la educación.

En este sentido, por ejemplo, el niño al que le compran un chocolate o un helado en el supermercado bota el envase al suelo y nadie le dice nada, quizás para evitar que se traume si le llaman la atención o le dicen algo. Allí falta un elemento sancionatorio contra los padres y un factor educativo.

Se genera también un efecto por la diferencia de capacidades que se observa entre el comercio grande y el comercio más chico. En mi zona al comercio chico se le exige el envase o el sustituto, en tanto que al supermercado no se le dice nada, porque ya se asumió que ellos no entregan bolsas plásticas.

Por lo expuesto, quisiera que se entregara una señal más completa. Piense usted que la gente más humilde le da otro uso a la bolsa plástica: como contenedor de basura, con lo cual elimina un gasto.

Lo que sucede, entonces, es que a veces aprobamos normas que generan grandes expectativas en la gente. Lo comparo, por ejemplo, con el programa “Elige vivir sano”. ¡Pero qué cresta va a elegir una señora si no tiene cómo elegir entre un jamón de pavo y un jamón de sándwich, si no tiene cómo elegir entre una cosa u otra! Acá le decimos lo mismo, pero no le entregamos el sustituto. Debemos hacer que la industria genere el sustituto y que rebaje sus niveles de uso de plástico.

Estoy a favor de este proyecto, porque creo que sí es un avance, una iniciativa que sirve, pero no quiero ser mentiroso y permitir que se genere una expectativa que no es real, como que se diga que estamos desarrollando conciencia ecológica, conciencia de reciclaje. Es paso muy pequeño que no debe llevarnos a engaño, porque eso nos impediría ver el verdadero fondo del problema y lograr avances reales.

Hoy estamos eliminando la bolsa, pero quizás ese sea el único plástico que presta alguna utilidad, de todo el plástico que recibimos al hacer nuestras compras, porque nos sirve como elemento transportador. Pero, bueno, tendremos que avanzar hacia eso; habrá que utilizar bolsas de género, de tela o de papel. Sin embargo, considero que debemos exigir a las grandes empresas que entreguen el sustituto.

Avancemos hacia eso, para que esta no sea una nueva carga para la gente, sino una ayuda real y un avance efectivo, acorde con lo que nos exigen la naturaleza, el cambio climático y los tiempos de hoy.

Exijámosle más a la industria, exijámosle que cambie y renueve este concepto de reciclaje. En ese sentido, me parece que, como señalé, el proceso de certificación es también muy importante.

He dicho.

Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, como expresaron los colegas que ya intervinieron, es difícil que haya muchas diferencias entre nosotros cuando tratamos este tipo de temas, porque respecto de ellos tenemos acuerdos bastantes transversales. Son iniciativas respecto de las cuales todos intentamos contribuir, porque hay un objetivo mayor: el resguardo del medio ambiente en nuestro país, y no solo en nuestro país, sino en todo el planeta.

Todos sabemos las difíciles condiciones que vive nuestro planeta a raíz del cambio climático, y sabemos de las consecuencias que resultan de la falta de cuidado de algunos países, de la falta de medidas, de la falta de acuerdos, al punto de que incluso hay presidentes que desconocen la existencia del cambio climático y toman medidas en contra de aquello, lo que es muy lamentable.

Es cierto que esta puede parecer una medida pequeña todavía, porque es bastante particular y coyuntural, ya que se circunscribe a la eliminación de bolsas plásticas en la Patagonia chilena, cuestión para la que quizás ni siquiera se necesita una ley, porque ya hay municipios que lo han implementado en algunas comunas del país. De hecho, quienes hemos tenido la oportunidad de estar en Villarrica, en Pucón y en otras localidades de nuestro país, sabemos que en los supermercados ya no están entregando bolsas plásticas, medida que fueron aplicando de a poco, pues entregaban una bolsa y cajas para trasladar las cosas que se compran en el supermercado.

Sin embargo, señor Presidente, es importante que la ministra, a quien saludo por su intermedio, tome en consideración algunas situaciones respecto del diagnóstico particular de nuestro país, ya que produce aproximadamente 6,7 millones de toneladas de residuos domiciliarios por año y genera más residuos por persona, cerca de 456 kilogramos, tendencia que va al alza. Ya hemos tenido dificultades por la forma como nuestro país maneja sus residuos. Incluso más, la Cámara de Diputados realizó una investigación hace unos años a raíz de las graves consecuencias que tuvimos por el incendio en un vertedero.

Debemos abordar esta situación desde la perspectiva de una política integral que involucre el reciclaje, la educación medioambiental, el desarrollo de la conciencia.

Comparto con el colega que me antecedió en el uso de la palabra que una sola medida no va a cambiar la conducta cultural que tiene un país completo. Probablemente, esto no va a resolver el problema de fondo, pero creo que nadie puede desconocer que contribuye y ayuda en su solución.

Por eso, consideramos que la prohibición de entregar bolsas plásticas en el comercio es un elemento fundamental para fomentar el desarrollo de nuevas pautas de comportamiento, consumo y educación ambiental, además de atacar directamente la proliferación de basurales ilegales y el crecimiento de vertederos y de rellenos sanitarios, los que se ubican cerca de sectores vulnerables.

En este sentido, pensamos que es necesario profundizar este tipo de políticas, que se debe avanzar en la prohibición de entregar otros elementos plásticos y que se debe fomentar con ello una economía a base del reciclaje, ampliando además la aplicación de la responsabilidad extendida al productor. Lo digo porque hoy se establece una prohibición para que los intermediarios, es decir, el comercio entregue bolsas plásticas, pero también creemos que los productores deben empezar a responsabilizarse. Hay mecanismos alternativos, hay otros medios de producción que han generado alternativas al material con que hoy se producen las bolsas que tienen este efecto tremendamente contaminante.

Por supuesto que valoramos las modificaciones del Senado, así como el aporte que hizo el gobierno al transformar esto en una política que cubre todo el territorio nacional, no solo acotada a la Patagonia. Creemos que es un paso que nos permitirá avanzar a la consecución de los objetivos que aquí se propusieron, pero no es lo único, pues hay que seguir profundizando en esa dirección.

Evidentemente, como bancada, estamos absolutamente de acuerdo con la necesidad de aprobar el proyecto de ley, del que, por lo demás, el presidente de nuestro partido, el Partido Comunista de Chile, es uno de sus mocionantes.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián).-

Señor Presidente, valoro el proyecto de ley, porque todos sabemos que el futuro trae cambios y desafíos para la humanidad.

Los antecedentes están sobre la mesa: 3.400 millones de bolsas al año entrega el comercio, las que tienen una vida útil de entre quince y treinta minutos, y que necesitan cuatrocientos años para su degradación.

Algo importante que marca el espíritu de los cambios de que estamos hablando en nuestro país lo entrega la última encuesta nacional de medio ambiente, de febrero de 2018, que señala que nueve de cada diez chilenos dicen estar a favor de la prohibición del uso de bolsas plásticas en el comercio.

Quiero referirme al origen de esta idea.

Con mucho orgullo digo que fui concejal de la comuna Pucón, cuyos habitantes entendieron con mucho ímpetu en 2011 que este era un tema importante y de futuro.

Valoro la labor de Roberto Nappe , Catalina Giadach y Andrea Chahuán , quienes a partir de ese movimiento generaron Pucón Verde, que inicia un proceso con la municipalidad para establecer, vía ordenanza municipal, la prohibición del uso de bolsas plásticas.

En 2013 se inició una marcha blanca que muchos cuestionaron y criticaron, con el argumento de que no era posible concretar la idea. No obstante, toda la comunidad comprometida con su medio ambiente, con su comuna y con su territorio fue capaz de adaptarse a esos cambios.

En consecuencia, cuando se aprobó la puesta en marcha oficial, en 2014, la comuna de Pucón dijo con mucho orgullo: “Hoy somos ejemplo para Chile.”. Efectivamente, fue un ejemplo para Chile, porque luego vimos que otras cincuenta y dos comunas adoptaron la prohibición del uso de bolsas plásticas vía ordenanza municipal. Hoy también podemos ser ejemplo para el mundo.

El mayor obstáculo que se enfrenta es el cambio de los hábitos de las personas. Se requiere realizar un poco de esfuerzo y preparación para llevar bolsas cuando se va al comercio; pero la verdad es que debemos entender que esa comodidad se acabó.

El desafío medioambiental es de todos. Por eso debemos trabajar en educar en estos cambios paradigmáticos. Por ejemplo, vimos que en Ciudad del Cabo se estableció, a principios de año, un sistema de turnos por hora para el consumo el agua potable debido a la escasez hídrica, lo que demuestra que el futuro trae grandes desafíos.

La comunidad debe comprometerse con esta prohibición del uso de bolsas plásticas. Es muy fácil criticar la situación medioambiental, pero sin poner un solo grano de arena con nuestra conducta como ciudadanos.

Este es un aporte real, más que salir a protestar en marchas contra el deterioro del medio ambiente. Cada uno debe hacer su esfuerzo para demostrar que contribuye a solucionar el problema.

Creo que en este momento histórico nadie se puede oponer al proyecto de ley; no le pongamos más “peros”. Tratemos, como lo hizo la comuna de Pucón cuando asumió este gran desafío histórico en nuestro país, que la iniciativa se convierta en una ley que rija en todo Chile.

Este es momento de sumar, no de restar. Descartemos todos los mitos existen muchos y abramos paso para escribir esta historia que nuestros hijos y nietos sabrán reconocer y apreciar. He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Matías Walker .

El señor WALKER.-

Señor Presidente, junto con saludar a la ministra del Medio Ambiente, Marcela Cubillos , quiero manifestar nuestra gratitud al gobierno y especialmente a la ministra por haber acogido este proyecto de ley, iniciativa de la entonces diputada, hoy senadora, Carolina Goic , que decía relación con la prohibición y sustitución progresiva de bolsas plásticas en la Patagonia chilena, pero que a raíz de la inquietud de muchos parlamentarios el Senado extendió su aplicación a todo el territorio nacional.

Destaco también a los otros patrocinantes de la iniciativa, los hoy exdiputados Patricio Vallespín y Marcelo Chávez y el diputado Gabriel Silber .

El proyecto pretende disminuir la cantidad de bolsas plásticas, primero en la Patagonia chilena, y después en el resto del país, pues el plástico es la mayor fuente de basura tanto en la tierra como en los océanos.

Una vez que la entonces Carolina Goic presentó este proyecto de ley, hicimos un seminario en Coquimbo, una de las comunas que tiene la mayor longitud de costa del país, en donde ya se había emitido una ordenanza con la prohibición de uso de bolsas plásticas en todos los supermercados. Luego, se sumó la comuna de La Serena, por lo que hoy en la región sus habitantes han experimentado un cambio cultural notable, pues todos acuden a los supermercados de ambas ciudades con bolsas biodegradables, porque ya no se entrega más de una bolsa plástica a cada consumidor. Por eso decimos que la ordenanza generó un cambio cultural.

Este nuevo hábito no ha estado exento de problemas para algunas personas, como los empaquetadores de supermercados, en su mayoría estudiantes que obtienen un ingreso económico por su labor. Este tema ha sido mencionado y debe ser analizado no solo por el Ministerio del Medio Ambiente sino también por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Sabemos que la medida impulsada por esta iniciativa es esencial para salvar nuestros océanos y nuestros ecosistemas de su principal fuente de contaminación. Por eso, considero positivos los cambios que se introdujeron durante el segundo trámite constitucional en el Senado.

Las modificaciones del Senado apuntan a extender el ámbito de aplicación de la prohibición de entrega de bolsas plásticas a todo Chile. Además, se define qué se entiende por “bolsa”, “bolsa plástica” y “bolsa plástica de comercio”, de forma de distinguir de mejor manera que la prohibición recae sobre las bolsas plásticas entregadas en un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o compras realizadas por medios electrónicos, que se entregan al consumidor final, excluyendo de la prohibición a aquellas bolsas que constituyen el envase primario de alimentos, que sean necesarias por razones higiénicas o para evitar el desperdicio de alimentos, y aquellas bolsas que no tienen como fin el transporte de mercaderías que entreguen al consumidor final. También se entregan las labores de fiscalización a las municipalidades y se mantiene la infracción de 5 UTM a beneficio municipal, sanción que será determinada por los juzgados de policía local, que ya han sido incluidas en algunas ordenanzas, como las de las comunas de Coquimbo y La Serena.

El cambio más importante es el cambio cultural. En este sentido, se entrega al Ministerio del Medio Ambiente la labor de promover e implementar programas de educación ambiental sobre el uso de bolsas plásticas.

Finalmente, se establece un período de transición, pues las normas del proyecto entrarán en vigencia al sexto mes de publicación en el Diario Oficial. De esta manera se producirá un cambio cultural gradual y educativo, y se preparará el comercio.

La iniciativa tuvo aceptación transversal y reitero mi agradecimiento al Ejecutivo por haber acogido un proyecto de origen parlamentario cuando podría haber presentado uno propio.

No me cabe duda de que la aprobación de este importante proyecto de ley que busca salvar a nuestros océanos y ecosistemas será unánime.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Pedro).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra del Medio Ambiente y le deseo éxito en sus altas y delicadas funciones. Ojalá se desarrolle un diálogo fluido con esta Cámara, para que todos los proyectos que tengan como objetivo la protección del medio ambiente y el hacer de Chile un país más sustentable cuenten siempre con nuestro apoyo.

La Organización Mundial de la Salud y el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP) han declarado conjuntamente que la disrupción endocrina, uno de los efectos del plástico, es una crisis global. Asimismo, un grupo de diez científicos de distintas nacionalidades ha solicitado que los gobiernos declaren el plástico como residuo peligroso.

Por lo tanto, esta iniciativa que nace de un grupo de parlamentarios en 2014 es un reconocimiento no solo para sus autores sino también para el gobierno que lo hace suyo.

El plástico es un material que el planeta no puede digerir pues tarda cientos de años en descomponerse en el medio ambiente, incluso hasta mil años, según el tipo de plástico. Utilizar masivamente un material tan duradero para objetos desechables es un error con consecuencias catastróficas a nivel mundial.

Los plásticos que entran en contacto con los alimentos envenenan a los seres humanos. Algunos de los adictivos tóxicos del plástico, como el potente disruptor endocrino bisfenol A, contaminan la sangre de más del 90 por ciento de la población mundial, incluidos los niños recién nacidos.

En el medio ambiente, el plástico se va fragmentando en trocitos cada vez más diminutos que atraen y acumulan sustancias tóxicas. Estos fragmentos no biodegradables contaminan todos los mares y costas del planeta, y están presentes prácticamente en todos los ecosistemas. Los fragmentos de plástico son ingeridos por animales, incluso por seres microscópicos como el plancton, contaminando la cadena alimentaria de la que dependemos.

El reciclaje de los plásticos es un fracaso y no una solución sostenible. La gran mayoría de los desechos plásticos recogidos para “reciclar”, en realidad son exportados a países pobres, incinerados, convertidos en objetos no reciclables o arrojados directamente al vertedero. La verdadera solución es rechazar el plástico de usar y tirar. La contaminación por plástico no es un problema de gestión de residuos, sino de mal diseño, de política mal diseñada por los gobiernos. La solución es ponerle fin a nuestra adicción a los plásticos de usar y tirar. El mal llamado reciclaje del plástico no funciona y los mal llamados plásticos ecológicos crean tantos problemas como los que resuelven.

Por lo anterior, valoramos esta iniciativa y, sobre todo, que la ministra esté presente. Espero que en la discusión de proyectos de tanto interés como este asistan los ministros o los subsecretarios.

La política de solucionar por goteo los problemas derivados de la contaminación es un avance, pero siempre será solo un goteo.

En nombre de la bancada Regionalista Verde Social e Independientes pido que se genere una política de Estado durante los cuatro años del gobierno del Presidente Piñera, con el fin de iniciar proyecciones mucho más fuertes y más grandes.

Finalmente, quiero pedir a los diputados, con algo que está de moda, que todos nos pongamos en la siguiente situación: el proyecto de ley ha sido aprobado, el Presidente lo promulga y en todas las cadenas de supermercados, tiendas y negocios de nuestro país la bolsa plástica ya no existirá. Por lo tanto, lo más probable es que tengamos bolsas de papel o de género. Veamos las alternativas.

Si voy a un supermercado, ya no va a estar la bolsa plástica. Por lo tanto, lo que compre lo voy a llevar en una bolsa de género o de papel que me van a entregar o me van a vender. Cuando termine de pagar ingresaré mis productos a esa bolsa de papel: una botella plástica de CocaCola, una botella de cloro de un litro y medio, una botella o un frasco de insecticida y, por cierto, bolsas plásticas para la basura. Así, me voy con todo ese plástico envuelto en una hermosa bolsa de papel o de género.

Por ello, quiero decir a la señora ministra que está bien el proyecto que establece la prohibición de uso de bolsas de plástico para sustituirlas por otras de papel, pero creo que es importante que también legislemos sobre los contenidos de esa bolsa de papel o de género, a fin de que los envases de esos productos tengan igual tratamiento.

He dicho.

Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Félix González .

El señor GONZÁLEZ (don Félix).-

Señor Presidente, por su intermedio quiero felicitar y agradecer al Ejecutivo por escuchar al movimiento ecologista, al movimiento ambientalista de Chile, porque no era presentable que se prohibieran las bolsas plásticas solo en la Patagonia o solo en las comunas costeras, dejando fuera a ciudades importantes como Concepción, que no es una ciudad costera; a Chillán, Los Ángeles, la Región Metropolitana, etcétera. Ello habría sucedido si se aprobaba el proyecto tal como se presentó originalmente.

Estoy de acuerdo con que se prohíban las bolsas plásticas en todo el territorio nacional, por el daño que causan a los ecosistemas, principalmente a los océanos. Existe todo un continente flotante de basura en el océano: bolsas, neumáticos, botellas, cajas, ropa, redes, escombros, basura que los humanos hemos arrojado a los ríos y directamente al mar, la que se ha ido acumulando por décadas y que va a ser por mucho tiempo más una sucia herencia que esta sociedad le ha dejado a los niños, niñas y jóvenes. Costará mucho tiempo eliminar esa basura de los océanos.

El proyecto se mejoró, pues la prohibición de bolsas plásticas ya no es solo para una comuna o una zona, pero hay que tener presente que la moción solo incluye las bolsas plásticas, como bien lo han dicho varios colegas. Por ejemplo, no aborda las botellas plásticas, el resto de los embalajes y toda la basura que adquirimos casi por obligación si queremos comprar cualquier cosa en un supermercado.

Este es un gran paso, y hay que celebrarlo, pero hay que hacer mucho más. Creo que la solución tampoco es que nos vendan otra cosa o una bolsa con ciertas cualidades biodegradables, porque hay gente que quiere hacer negocio, pero no que cambiemos los hábitos. Lo que hay que hacer es cambiar hábitos y volver a la bolsa del pan. Creo que la gran mayoría de quienes estamos acá, cuando comprábamos pan, llevábamos una bolsa de género, la cual había que lavar cuando se ensuciaba y volvíamos a comprar con ella.

La pilgua no sé si en otras regiones se utiliza esa palabra, pero sí en mi región, y es de raíz indígena es una bolsa reutilizable. Por cientos de años fue así. No se va a caer el mundo si se eliminan las bolsas de plástico; por el contrario, este va a ser un mejor planeta, más limpio, más respetuoso también con los animales, con las plantas y con nosotros mismos. También significará un ahorro para el país y para las personas.

Aquí quiero eliminar un mito. La industria que fabrica estas bolsas ha iniciado una campaña a través de las redes sociales para hacer creer a la gente que con este proyecto va a tener que pagar más, porque va a tener que comprar bolsas de basura, mientras que estas otras son gratis se supone. Las bolsas que se entregan libremente en los supermercados no son gratis, pues se incluyen en el precio de la compra, y tenemos que pagarla incluso si no usamos bolsas plásticas. La bolsa que se lleva el vecino también la pagamos entre todos.

Finalmente, me alegro por este proyecto y, por supuesto, lo votaré a favor. Además, estoy seguro de que este proyecto se aprobará por unanimidad. Es más fácil hacer cambios verdes cuando no incomodan tanto a los grandes grupos empresariales, como sería, por ejemplo, eliminar las termoeléctricas de carbón. Es más fácil que todos seamos verdes cuando no se incomoda a esos grupos.

Señora ministra por su intermedio, señor Presidente, la invito para que sigamos eliminando el plástico y la basura del planeta, así como las termoeléctricas a carbón y todas las industrias contaminantes.

He dicho.

Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Catalina Pérez .

La señorita PÉREZ (doña Catalina) .-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra y a nuestros invitados.

¿De qué hablamos cuando nos referimos a este proyecto? Hablamos de 3.400.000.000 de bolsas plásticas utilizadas anualmente en nuestro país.

¿De qué hablamos cuando nos referimos a este proyecto? Hablamos de que para 2050 es posible que nuestro mar tenga más plástico que peces. El volumen de bolsas plásticas y el impacto sobre los océanos son dos de las múltiples razones para incluir las bolsas plásticas de un uso como un objeto a eliminar de nuestras cadenas de producción.

Para nadie es un misterio que nuestra sociedad se enfrenta a un desafío mayúsculo, cual es compatibilizar el innegable crecimiento económico e innovación tecnológica que hemos experimentado en las últimas décadas con los cambios y modificaciones que han transformado drásticamente nuestro planeta.

De hecho, la comunidad científica internacional ha acuñado el concepto de antropoceno para referirse a la nueva era geológica caracterizada por transformaciones globales que se han originado por la actividad humana sobre nuestra biósfera.

Dentro de esa definición, un rol fundamental lo juega la forma en que hemos afectado ecosistemas y bienes comunes que históricamente se consideraron fuera de la capacidad de incidencia de los humanos. La generación de residuos con procesos de descomposición de larga duración y su persistencia en ecosistemas por años es una expresión cabal de esta situación.

Debemos tomar conciencia, señoras diputadas y señores diputados, sobre los efectos que las actividades económicas y los residuos producidos por ellas dejan en nuestros océanos, en nuestros ríos, en nuestros lagos y en nuestro territorio en general. El nivel de impacto de la humanidad, especialmente el provocado por las grandes industrias y el consumo desenfrenado e irreflexivo, debe ser mitigado en forma drástica.

En este marco, el uso de los plásticos de un solo uso es un aspecto esencial a considerar. Frente a la tradicional visión de considerar el reciclaje como una panacea frente al aumento de la generación de residuos, en particular aquellos de larga descomposición, el movimiento ambiental se ha rebelado y ha planteado lo limitada de esta visión.

Si bien el reciclaje debe formar parte de una política general de manejo de residuos, es solamente la última de las originalmente llamadas tres erres (3R): reducir, reutilizar y reciclar. A esta frase se le ha añadido en los últimos años un nuevo elemento: rechazar.

Esta idea plantea que hay ciertos tipos de productos frente a los cuales ya no cabe ni disminuir ni considerar usos alternativos, sino derechamente su eliminación de las cadenas de producción y consumo. En esta última categoría, por supuesto, se encuentran las bolsas plásticas.

Por otra parte, creo importante destacar que la entrega de la atribución a los municipios para cursar las multas necesarias apunta en la dirección correcta de fomentar economías locales sustentables, donde la utilización de este tipo de herramientas puede permitir un mejor manejo de ecosistemas a nivel comunal y disminuir rápidamente la degradación del territorio. Reitero mi compromiso, además, con localizar una mayor parte de las decisiones de administración ambiental del territorio ojalá a nivel local.

A pesar de la premura con que la Corporación debe analizar el proyecto me imagino que con miras a la Cuenta Pública, considero que debemos aprobarlo.

A pesar de su carácter limitado, puesto que no se refiere a otros productos plásticos de un solo uso, como los films, las botellas, las bombillas, los envases y embalajes plásticos negocio que, por lo demás, es mucho más grande que el de las bolsas plásticas, que igualmente deben sufrir restricciones en su uso y gravar su venta en el futuro, saludo la voluntad del Ejecutivo de poner urgencia a la protección de nuestros océanos y de nuestro territorio.

Espero ver similar urgencia en otros temas tan urgentes, como la ley para la protección de la biodiversidad, la legislación respecto del cambio climático y la aclaración de las influencias de Soquimich en la creación de la institucionalidad que dirige la ministra aquí presente.

Necesitamos el compromiso de acabar con las zonas de sacrificio ambiental, como, por ejemplo, en el distrito que represento: la Región de Antofagasta. A pesar de todas nuestras aprensiones, nuestro voto será a favor del proyecto, y esperamos que ese sea el mismo criterio de la gran mayoría de las diputadas y los diputados.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente, este proyecto no es nuevo, ya que se está tramitando desde 2014.

En la Sala hay un grupo de parlamentarios a los que califico de visionarios: los diputados Saffirio , Paulsen , Schilling y quien les habla, y les voy a decir por qué.

En 2014, los cuatro diputados presentamos una indicación para cambiar la expresión “Patagonia” por “‘nacional”. Por ende, en 2014 hubiese estado arreglado este problema. Eso es ser visionario. Cuando se vio el proyecto, dijimos que la iniciativa había nacido en Pucón, que allá la estaban llevando a cabo y que, por eso, había que felicitar al alcalde de esa comuna, don Carlos Barra .

Con mi amigo y excompañero de colegio Marcelo Schilling , y con Diego Paulsen y René Saffirio , decidimos presentar la indicación el 13 de mayo de 2014, pero fue rechazada por unanimidad, porque era mucho dar a todo el país la garantía que todos estaban pidiendo respecto de las bolsas plásticas.

Por eso, me alegra que los cuatro diputados hayamos impulsado ese cambio en el proyecto. En ese momento dijimos que no era justo que solo se limpiara una parte del país la Patagonia es muy importante por el turismo, porque el resto del país también clama por no tener bolsas plásticas.

Ahora, en el supermercado, con mucha pasión, dicen: “¿Sabe qué más, señor? Aquí hay una ley y nosotros somos ecologistas. Por consiguiente, le damos una bolsa.”. Si uno pregunta dónde echa las otras cosas, dicen: “Si quiere, pase y compre las bolsas de basura que están en tal parte.”. En verdad, si vamos a suprimir las bolsas plásticas, habría que suprimirlas para todo uso, porque hoy la gente tiene un solo reclamo, cual es en qué va a echar la basura para poder botarla.

Simplemente, estoy expresando lo que dice la gente, porque la segunda utilización de la bolsa plástica del supermercado es para botar la basura. Ese es un problema adicional que también tendremos que solucionar, aparte del problema de la basura que tienen todas las comunas del país.

Este es un buen proyecto. Reitero que hay que felicitar al alcalde de Pucón, señor Carlos Barra , quien comenzó en su comuna esta iniciativa que hoy es un ejemplo para todo Chile.

Si se querían hacer bien las cosas, ahora había que poner urgencia al proyecto. El Presidente Piñera no ha ordenado ponerle urgencia teniendo en la mira la Cuenta Pública. Todo el mundo quiere que se apruebe este proyecto, no solo el Presidente Piñera . No debemos demoramos más en hacer las cosas pensando en un tema político y no en el bien del país.

Felicito a la ministra por haber puesto la urgencia al proyecto pensando en su transversalidad. Esta es primera vez, en largos años que llevo en el Parlamento, que veo a una ministra nombrar a todos y cada uno de los parlamentarios que trabajaron en un proyecto. Nobleza obliga a reconocer. Muchas veces no se nombra a todos los involucrados.

¿Por qué lo hizo? Por una razón muy simple: ella fue parlamentaria y, por ende, conoce el trabajo que las personas hacen en el mundo parlamentario. Por eso, la ministra dijo: “Mis excolegas hacen un tremendo esfuerzo y nadie los reconoce. Así que vaya mi reconocimiento para todos y cada uno de los que han trabajado en el proyecto.”.

Es indudable que los parlamentarios de la Comisión de Medio Ambiente estudiaron el proyecto mucho más que todos los que estamos aquí, por lo cual también merecen una felicitación especial. Lo aprobaron por la unanimidad, pues el tema medioambiental está presente en el país, y las bolsas plásticas realmente han provocado un desastre. Una diputada dijo que había muchas botellas plásticas. En verdad, uno va por las carreteras y es terrible ver cómo están por todas partes.

Por otro lado, en los parques nacionales de Estados Unidos de América y de toda Europa permiten sacar todo lo que uno quiera, pero en fotos, y no entrar con alimentos, pues hay que comprarlos en los locales especializados para que no se produzca un deterioro al medio ambiente. No sé si será tan difícil implementar esa reglamentación en Chile, pero es una buena iniciativa para proteger nuestros parques y lugares de recreación. A lo mejor, esta idea se podría tomar en cuenta para más adelante hacer un decreto que imponga esas obligaciones.

Aquellos que votaron alguna vez en contra de que la prohibición fuera a nivel nacional, ahora van a votar a favor.

Anuncio que Renovación Nacional votará a favor el proyecto.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Celso Morales .

El señor MORALES.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra del Medio Ambiente y agradezco todo lo que está haciendo por impulsar este proyecto.

Desde hace décadas, nadie discute la necesidad de respetar y proteger el medio ambiente. Nadie discute que el proyecto constituye parte de nuestra orientación de desarrollo, a partir del principio de desarrollo sustentable abrazado por nuestra institucionalidad jurídica, y que el cuidado del medio ambiente forma parte de una necesidad natural que debe ser promovida y renovada año a año.

De acuerdo con esta perspectiva, la prohibición de las bolsas plásticas en el comercio constituye una manifestación y consecuencia del paradigma de cautela de nuestro entorno natural y del imperativo de su protección.

El número 8° del artículo 19 de nuestra Constitución asegura el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación como un derecho fundamental que orienta el actuar de las autoridades del Estado en torno a consagrar la conducta y las políticas públicas en resguardo de nuestro ambiente y de cada uno de sus componentes.

El presente proyecto de ley responde a una tendencia a nivel mundial respecto de la restricción o prohibición de las bolsas plásticas. A nivel local, cerca de cincuenta comunas cuentan con regulaciones de este tipo y hay otras tantas que evalúan adoptar alguna normativa al respecto.

De acuerdo con lo señalado, es fundamental incorporar herramientas jurídicas tendientes, a lo menos, a limitar la utilización de bolsas plásticas en nuestro país, siguiendo el modelo sustentado por las municipalidades a través de las ordenanzas, las cuales tienen un impacto muy importante en la población local y, especialmente, en las comunas que tienen un alto nivel turístico.

Tal como ha reconocido la señora ministra del Medio Ambiente, no es nueva la preocupación en torno a la eliminación de las bolsas plásticas. Junto con otros parlamentarios de la bancada de la UDI, hemos presentado diferentes proyectos de ley y de resolución tendientes a reforzar el principio protector del medio ambiente, haciendo con ello efectivas las recomendaciones y orientaciones generadas en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y en otros instrumentos internacionales ratificados por nuestro país.

Como indiqué, este parlamentario ha promovido una serie de iniciativas tendientes a la protección del medio ambiente, por ejemplo, la moción que exige proporcionar información relativa al material de los envoltorios plásticos de los productos (boletín N° 11301-03); la que prohíbe la utilización de las bolsas plásticas en los establecimientos de comercio (boletín N° 11418-12); la que prohíbe la utilización de envases plásticos no degradables en el comercio (boletín N° 11651-12), y tantas otras iniciativas vinculadas a este importante asunto de política pública en beneficio de nuestra población.

Así que debemos agradecer la iniciativa del Presidente Sebastián Piñera de tomar esta materia y ponerla prontamente en práctica.

Por ello, manifiesto desde ya mi voto favorable a este proyecto, con la plena convicción de que traerá beneficios y efectos positivos a nuestro país.

He dicho.

El señor ASCENCIO.-

(Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señorita NUYADO (doña Emilia) .-

Señor Presidente, saludo a las diputadas, a los diputados, a las visitas que nos acompañan en la tribuna y a la señora ministra.

La iniciativa es importante. Como señaló el diputado René Manuel García , también valoro el esfuerzo de todos los diputados y las diputadas que trabajaron en ella.

Este es un proyecto de ley que partió como una moción y que hoy el gobierno respalda. Por ello la señora ministra se encuentra aquí presente.

Es difícil pensar, señora ministra, que solamente se deben eliminar las bolsas plásticas como una de las medidas iniciales para evitar la contaminación en el mar y en los diversos lugares que nuestras familias frecuentan. Me gustaría que sea de análisis la solución de aquello. Si se eliminan las bolsas plásticas, ¿qué las va a reemplazar? ¿Bolsas de papel? ¿Bolsas biodegradables?

Me preocupa lo siguiente: si se reemplazaran por bolsas de papel, seguiremos exterminando y depredando los pocos bosques nativos y los diversos bosques, de los cuales quedan muy pocos en Chile.

Creo que la responsabilidad es mayor con respecto a la contaminación de los mares y a la contaminación del suelo. Muchas veces se dice que esta es una gran iniciativa, que va a evitar la contaminación de los mares. Sin embargo, señora ministra, sería importante tener en consideración el caso de las diversas embarcaciones que botan todo el desecho en los mares. Muchas veces las empresas petroleras han derramado una gran cantidad de petróleo y de otros contaminantes en el mar. Es una responsabilidad que también se debe considerar.

Las empresas dedicadas a la piscicultura han contaminado ríos, lagos y el mar a través de la filtración. También debemos tenerlo en consideración.

Por otro lado, está la contaminación que producen la agricultura, la pesca y la ganadería.

Es importante tener presente aquello si queremos avanzar para tener menos contaminantes, para tener una vida más sana para cada una de las familias, para entregar a las nuevas generaciones un medio ambiente y una alimentación sana, para que todos puedan no quejarse ni enfermarse tanto, como ocurre hoy día. Es necesario saber de qué nos estamos alimentando.

Es importante, señora ministra, tomar en consideración aquello.

Como señalaron algunos parlamentarios, también es necesario avanzar en términos de que el Ejecutivo presente programas y proyectos que permitan apoyar a las personas que han impulsado alguna iniciativa de reciclaje. Es necesario apoyar a las empresas de reciclaje. Eso no se ha podido hacer. El reciclaje va a permitir que menos bolsas plásticas y que menos botellas plásticas estén tiradas por el suelo.

También es importante apoyar esas iniciativas con algún centro de investigación tecnológica, para que Chile se transforme en un país que entregue las condiciones y avance a gran nivel en materia de reciclaje. Hemos visto muchos neumáticos que contaminan el suelo, contaminación que finalmente se filtra a los mares.

Voy a votar favorablemente este proyecto, pero no es la solución para la contaminación. Usted, señora ministra, tiene una gran tarea y una gran responsabilidad para ofrecer a la ciudadanía y a las familias de Chile.

He dicho.

Aplausos.

El señor ASCENCIO.-

(Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Mario Venegas .

El señor VENEGAS.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo nuevamente a la señora ministra y le deseo el mayor de los éxitos en su gestión.

Este proyecto es comentado por la gente común. Son muchos los que opinan, y la opinión es claramente favorable. Sin duda, todos coincidimos en que es absolutamente necesario proteger nuestro medio ambiente de la contaminación de los plásticos.

¿La iniciativa no resuelve todos los problemas medioambientales? Por supuesto que no. Pero, sin duda, el de la contaminación de los plásticos es un problema que es muy importante abordar.

Quiero plantear a la señora ministra y, a través de ella, al gobierno, que la gente sencilla, común y corriente, estima que este es un proyecto que discrimina, pues carga la responsabilidad y el costo al consumidor, y no establece ninguna responsabilidad para los productores. Tanto es así que el inciso segundo del artículo 3° expresamente señala: “Se excluyen reitero: “se excluyen” de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos...”. Es decir, no se exige nada a la empresa. El arroz se vende en bolsas plásticas, los tallarines se venden en bolsas plásticas; todos los productos congelados, como verduras, también los aceites, etcétera, se venden en bolsas de material plástico.

Entendiendo las complejidades de lo anterior, debimos haber planteado en el artículo transitorio, como una meta, que se obligue a las empresas a que vayan transitando a envasar, en todo aquello que sea posible, con otros materiales que no sea el plástico. Me he encontrado con muchas personas que me han dicho: “Diputado, está bien; pero otra vez pagaremos el costo nosotros”. “Como ya no nos entregarán bolsas plásticas, tendremos que comprar bolsas de otro material”. El supermercado está haciendo un buen negocio, porque hoy vende bolsas de otro material a un precio de entre 500 y 900 pesos. Todavía no existe la cultura de volver a lo que hacíamos antes, cuando éramos niños, época en que íbamos con una bolsa a comprar pan, como alguien aquí lo recordó.

En ese aspecto, el proyecto se quedó corto. Apoyo y me parece muy bien que se haya dado carácter nacional a una iniciativa que originalmente tenía un alcance local o regional, pero queda trunca si no hacemos un esfuerzo en el ámbito de la industria.

Antiguamente, había muchos envases y bolsas que eran de papel, como las bolsas de harina, entre otras, y también recuerdo que cuando íbamos a comprar aceite teníamos que llevar una botella, porque así se vendía. Hemos cambiado las prácticas por comodidad. Pero si tenemos que hacer conciencia, el efecto que buscamos queda reducido si no nos ocupamos de dar señales a la industria, para que transite hacia un cambio de los envases en los que se comercializan muchos productos.

Tenía el deber de hablar en nombre del ciudadano común y corriente que se pregunta: “Qué pasa con las empresas”. Se aprecia desigualdad de trato en un proyecto que, sin duda, es positivo.

He dicho.

Aplausos.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo y felicito a la ministra Cubillos por la decisión que ha tomado respecto de este proyecto, así como a todos quienes han participado en su tramitación, entre ellos parlamentarios que presentaron indicaciones.

He leído que han existido varias iniciativas en este sentido, lo que demuestra cierta voluntad de avanzar, tal como lo dijo el colega René Manuel García , a propósito del interés que hubo en 2014 en relación con esta materia, lo que es un buen motivo para estar contento.

En la Región de La Araucanía, en particular en la provincia de Cautín, incluida en el distrito que represento, hay cuatro comunas que al día de hoy han avanzado en esta materia. Además de Pucón, que ya se mencionó, cabe mencionar a Temuco, Villarrica y Curarrehue, la cual, pese a ser una comuna pequeña, desde hace un tiempo ha avanzado en la sustitución progresiva de las bolsas plásticas.

Quiero relatar la experiencia que viví en la comuna de Temuco, en la que inicialmente existió cierta resistencia, lo que a mi juicio tiene relación con un cambio cultural importante que se debe abordar. Por eso, me alegra que el proyecto contemple algunos aspectos que tienen que ver con la educación, porque es muy importante avanzar en ese ámbito en relación con esta materia.

Entiendo que este es un primero paso, porque la gente se queja, tal como lo dijo el diputado Mario Venegas , de que se ha visto en la obligación de comprar una bolsa, pero la bolsa estará llena de productos con envoltura plástica. Asimismo, la mayoría de las botellas son plásticas, de manera que las personas están haciendo un esfuerzo que no está siendo acompañado de igual manera por la industria o por quien participe activamente en esta iniciativa.

Sin duda, este es un tema de la mayor importancia para el futuro del planeta. ¡Es muy importante! Por ello, felicito a la ministra por haber hecho presente la urgencia al proyecto y que su alcance se haya extendido a nivel nacional, como se sugirió en su oportunidad, lo que constituye un paso correcto.

Aún quedan aspectos pendientes, como volver a la utilización de las botellas retornables, cuestión que también es muy importante, porque este proceso debe ser gradual.

Parte de la banca, así como otras empresas, utiliza bolsas plásticas para envolver material dirigido a sus clientes que perfectamente podría ser enviado en un sobre de papel, por ejemplo, para hacer llegar información sobre la cuenta y las tarjetas. Existe una serie de elementos que contienen dos o tres envolturas plásticas, por lo que creo que también se puede avanzar en esa materia. Como primer paso, esto me parece importante y muy significativo.

Por lo tanto, este proyecto de ley contará con mi voto favorable, así como con los de la bancada del PPD, porque es una cuestión relevante.

Dentro de los aspectos educativos sobre la materia, se debe instruir y enseñar a los ciudadanos que las compras que realicen las hagan con bolsas de género, como se hacía antes. Se puede llevar una bolsa desde la casa; no es necesario comprar una bolsa que cuesta entre 600 pesos y 900 pesos cada vez que se vaya al supermercado. Se debería tener una bolsa en el automóvil de modo permanente o tenerla en la puerta de la casa, para llevarla consigo cuando se deba ir de compras. Insisto en que el tema educacional es relevante, de modo que me alegro que esté contemplado en el proyecto.

Asimismo, esta es una oportunidad para avanzar en aquellos aspectos que tienen que ver con la reutilización y el reciclaje, como primer paso; es un punto importante respecto del cual se puede avanzar a partir de este tipo de iniciativas.

Si me permite la señora ministra por su intermedio, señor Presidente, lo que debiera hacer el Ministerio del Medio Ambiente es desarrollar una campaña comunicacional potente, con la finalidad de que se nos enseñe a contribuir con el medio ambiente, a hacernos corresponsables y sentir que tenemos una tarea, y que no somos entes pasivos, que no somos espectadores, sino actores importantes para contribuir a la calidad de vida del planeta. A partir de este tipo de medidas y de iniciativas, podemos contribuir gradualmente a cambiar la cultura.

Para terminar, saludo a los cuequeros de las distintas comunas que se encuentran presentes en las tribunas, a los que se debe destacar como un elemento importante de nuestra cultura.

(Aplausos)

Para finalizar, reitero que la bancada del PPD apoyará esta iniciativa, porque nos parece de la mayor importancia, razón por la que nos alegramos que hoy esté en el debate. He dicho.

Aplausos.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Amaro Labra .

El señor LABRA.-

Señor Presidente, como saludo a los cuequeros y a las cuequeras que se encuentran en las tribunas, quiero decir que esta es una “cueca”.

(Aplausos)

Esta primera pata del tema de la defensa del medio ambiente, en este proyecto que prohíbe el uso de bolsas plásticas, es el primer acomodo de una cueca que debiera tener un final feliz.

En la cueca el interés es un estímulo erótico, amable y amoroso.

Desde el 2004 hasta la fecha, se han producido cambios en este Parlamento, que son importantes de considerar, sobre todo en relación con los estímulos que tienen que ver con la erótica y amable legislación que tenemos.

Me preocupa mucho esa expresión, y en ese sentido, me hubiera gustado que la Comisión de Medio Ambiente hubiese conocido esta iniciativa y que se hubiese considerado este nuevo impulso que tiene este Parlamento.

No obstante, votaré a favor, porque este proyecto es un avance en términos de lo que podemos hacer para enfrentar la contaminación ambiental.

Asimismo, me preocupa una contaminación que es mucho más dura y que la tenemos presente: la que produce la megaempresa y sus intereses cuando se trata de proyectos como este. En ese sentido, me hubiera gustado haber tenido la tranquilidad con este nuevo Parlamento y esta nueva Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados de haber discutido y habernos enterado mucho mejor de cuáles son los intereses que se están moviendo.

No quiero parecer dificultador de este avance, pero quiero hacer conciencia de que las discusiones deben tener un tiempo mayor que este apuro por mostrar, de repente, avances que deben tener más profundidad que la que tiene esta iniciativa.

No desconozco el trabajo que han hecho los parlamentarios anteriores, pero a nosotros nos hubiese gustado tener mayor participación en la discusión del fondo del proyecto, para que esta “cueca” tenga un final feliz, conforme a la visión de cada uno de los actores.

Aquí se incluyó a la megaempresa, pero como expresó mi compañera Emilia Nuyado , quien pertenece a la gente de la tierra, también es posible destruir algo al intentar producir mejoras aparentes.

Con la ministra sostuvimos una conversación acerca de la influencia de SQM en la legislación, de manera que vamos a presentar un proyecto de ley que modifique las normas aprobadas en ese tiempo y que son sospechosas porque, aparentemente, fueron influenciadas por el megaempresario Ponce Lerou .

Felicito a la ministra por agilizar la tramitación de la iniciativa que estamos debatiendo, por su interés en la materia y por haber logrado alinear al Senado para que despachara el proyecto a la Cámara de Diputados, a fin de poder despacharlo, pero creo que el apuro no es tan buen consejero cuando las cosas se quieren hacer bien, como dicen reiteradamente nuestros colegas, porque, para hacer bien las cosas, hay que estudiarlas mucho.

Creo que nosotros, los nuevos miembros del Congreso, merecíamos estudiar esta iniciativa que ingresó el 2014, pues han pasado cuatro años y la situación ha cambiado mucho. La información que tenemos hoy es distinta a la que tenían los parlamentarios de ese tiempo.

Con mucho respeto y cariño, espero que esta “cueca” termine muy bien y que celebremos hoy la aprobación de este proyecto, así como el que establece el Día Nacional del Cuequero y la Cuequera, con un Parlamento lleno de trajes hermosos, ya que veo trajes del norte y del sur del país.

Trabajemos por una patria amable, sin contaminación de ningún tipo, por los intereses de la mayoría y de nuestro pueblo, que crece, que es inteligente y que va a aprender a defender su medio ambiente con mucha fuerza y dignidad.

He dicho.

Aplausos.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Esteban Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Esteban).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la estimada ministra.

Sin duda, este proyecto debiera marcar un antes y un después como primera política pública que establece prohibiciones en la materia. Desde mi punto de vista, permitirá fortalecer muchos esfuerzos que se hacen en las unidades educativas, en los colegios, en las escuelas, en los que por años se practica el reciclaje de una serie de productos, sin que existan políticas públicas y prohibiciones de ese tipo por parte del Estado. Me parece que será un aliciente para continuar en ese camino, que es un buen inicio.

También sería importante que el ministerio felicitara y agradeciera las iniciativas territoriales sobre el particular. Una importante cantidad de municipalidades, cerca de 52, implementaron medidas en esa línea hace algunos años, y probablemente no estuvieron exentos de dificultades para sacarlas adelante. Lo importante es que partieron, que fueron proactivos y visionarios. Se trata de concejos municipales con muchas cualidades que quizás tuvieron que enfrentar el rechazo de algunas empresas de su comuna. Por ello, sería interesante que el ministerio destacara esas iniciativas que nacieron en comunas de distintas regiones de Chile.

Además, es importante ampliar la prohibición y la sustitución progresiva de las bolsas plásticas a todo el territorio nacional. Hay ciertas zonas de Chile que se consideran lugares de privilegio, que merecen ser conocidas, para recrearnos, pero a veces nos olvidamos de sectores más alejados, como los que se encuentran en pleno desierto, y también es importante cuidar nuestro mar y nuestros ríos.

El distrito que represento suele entenderse como una zona de sacrificio. En la Región de Antofagasta, por ejemplo, tenemos plantas termoeléctricas que probablemente son las más contaminantes, como las de Mejillones y de Tocopilla, y los relaves mineros están a escasa distancia de la población. Usted, ministra, conoce el territorio norte, así que debe saber que a pocos metros de la ciudad de Calama está el río Loa, que ha sido muy maltratado por la gran industria minera, que ha depredado el oasis calameño. También tenemos el problema del traslado y acopio de concentrado de cobre y de plomo en el puerto de Antofagasta, que según estudios de distintas universidades ha generado un alto grado de contaminación que está provocando altos índices de cánceres de todo tipo.

En ese sentido, me parece que esfuerzos como el presente provocan discusión, remecen y, por ello, se aplaude lo que se está haciendo.

Qué bueno que usted haya agilizado la tramitación de la iniciativa, como dijo el diputado Amaro Labra ; no obstante, ministra, pido que se amplíe al resto del país. He estado leyendo en los medios de comunicación lo que ha planteado, y se observan intensiones de querer hacer algo interesante en términos medioambientales. Por eso, en todo el territorio nacional, pero particularmente en el norte, en la región de sacrificio que es Antofagasta, esperamos se impulsen más iniciativas en esta materia. La ciudad de Calama, como usted sabe, está saturada de contaminantes; sin embargo, solo hace poco comenzó a regir el plan de descontaminación, cuya implementación estábamos esperando desde 2009. Durante dos gobiernos no se aplicó, pero hoy comienza a regir.

Es bueno poner atención a ese caso, porque no puede ser que algunos territorios seamos zonas de producción, de trabajo, de sacrificio y que prácticamente no existan políticas que los beneficien.

Aplaudo esta iniciativa, pero sin duda espero otra, en razón de una serie de antecedentes que hemos hecho llegar a su ministerio.

En consecuencia, por supuesto que vamos a votar a favor este proyecto de ley. He dicho.

Aplausos.

El seño ASCENCIO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Vlado Mirosevic .

El señor MIROSEVIC.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra que nos acompaña.

Estamos frente a un desastre ambiental global: el 70 por ciento de la basura marina es plástico, y no solo bolsas, sino productos plásticos en general.

El problema no se va a resolver únicamente por la vía del reciclaje. De hecho, la mayoría de los expertos son pesimistas sobre el devenir global producto del desastre ambiental y no ven que se vaya a resolver solo con reciclaje. Por lo tanto, hay que iniciar una guerra frontal en contra del plástico.

En ese marco, el lunes 28 de mayo, la Comisión Europea anunció que prohibirá diez tipos de productos de plástico, como platos y vasos. Por supuesto que la idea no es eliminar dichos productos, sino que se reinvente la manera en que se deberán producir, como una forma de hacerse cargo de ese 70 por ciento de la basura en el mar, que está directamente asociada a ese listado de diez tipos de productos.

Obviamente, esta guerra contra el plástico provocará una reacción de parte de la industria, pero lo cierto es que la industria deberá reinventarse, pues no podemos, frente a este desastre ecológico global, seguir produciendo de la manera en que se viene haciendo desde la era industrial.

Hay que cambiar definitivamente ese paradigma, y eso no sucederá, como dije, solo con reciclaje; se requiere un rediseño profundo de las formas de producción, porque, de lo contrario, la humanidad chocará de frente contra la muralla que constituye el desastre ambiental.

Nos haremos cargo de parte de eso con este proyecto, pero también con la voluntad de que la medida no solo se aplique en la Patagonia chilena, que la requiere de manera urgente, sino en todo el país, para lo cual esta medida debe convertirse en un proyecto nacional.

A nivel municipal existen muchísimas iniciativas para disminuir o prohibir las bolsas plásticas, pero como no existe una legislación nacional sobre la materia, una ordenanza municipal, que es de menor rango, no puede prohibir completamente su uso. De hecho, la Contraloría ha hecho observaciones al respecto, limitando el campo de acción de las ordenanzas municipales. Por ello, es urgente tramitar un proyecto de ley de cobertura nacional que permita a los municipios avanzar en la disminución del uso de bolsas plásticas.

En Arica, donde el municipio es liderado por el Partido Liberal, se llegó a un acuerdo con el comercio local, lo que no significa prohibición, dado que la ordenanza tiene límites, como dije, pero significa un acuerdo de buena fe o de buena voluntad para tener un sello verde libre de bolsas plásticas otorgadas por el comercio, por lo que los comerciantes pueden adherir de manera voluntaria a esta campaña que ha impulsado el alcalde.

Eso ha ido avanzando. No obstante, requerimos una legislación nacional que faculte a los municipios para prohibir o para regular la utilización de ese tipo de bolsas.

Por eso, como diputados del Partido Liberal, votaremos a favor esta iniciativa.

Sin embargo, por intermedio del señor Presidente, hago un llamado a la ministra del Medio Ambiente para que se estudie una política más audaz para ir incorporando otros productos plásticos a esta prohibición, de manera que podamos cambiar definitivamente el paradigma de producción. De lo contrario, quizás dejaremos de contaminar con bolsas plásticas, pero continuaremos con el desastre debido a otros productos.

La industria tendrá que reinventarse frente a la situación que está viviendo el mundo entero.

Por eso, solicito a la ministra que estudie y siga con la muy interesante discusión que se está dando en la Comisión Europea sobre esta materia. Incluso, se pretende que los países que la integran se hagan cargo del reciclaje el 90 por ciento de los envases plásticos de bebidas. Sabemos que el consumo de bebidas o de aguas minerales significa una producción gigantesca de ese tipo de envases, razón por la que la Comisión Europea está imponiendo ese porcentaje de reciclaje obligatorio. Debemos avanzar en esa dirección.

Por las razones expuestas, apoyaremos el proyecto, a la espera de una nueva batería de iniciativas para evitar el desastre ambiental.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).-

Recuerdo a los señores diputados dos cosas: primero, como todos queremos que el proyecto sea votado hoy y su discusión se extenderá hasta las 13.30 horas, les pido, sin ánimo de limitarlos, que cumplamos rigurosamente con ese plazo.

Segundo, no olvidemos que hoy se votará sin discusión y luego de rendido su informe, el proyecto de ley que fija el 4 de julio de cada año como el Día Nacional del Cuequero y de la Cuequera.

(Aplausos)

Por lo tanto, pido a los colegas que intervendrán a continuación que consideren tiempos acotados, ya que hay diez diputados inscritos para hacer uso de la palabra, a fin de que podamos votar ambos proyectos.

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Brito .

El señor BRITO.-

Señor Presidente, hoy estamos viendo en la Sala algo que no había evidenciado en los casi tres meses que llevo como diputado, cual es que estamos de acuerdo en gran parte de los dos proyectos que estamos tramitando. Es importante que siempre veamos las ideas que contienen las iniciativas, en lugar de quién las propone. Creo que le ha hecho harta falta actuar de esa manera al Congreso Nacional.

Por intermedio del señor Presidente, felicito a la ministra Cubillos , quien hoy lidera la institucionalidad que ella misma ayudó a construir cuando era Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente, junto con otros actores, como los integrantes de esa comisión y la Sala de la Cámara de Diputados, así como, lamentablemente, el casi senador Julio Ponce Lerou , controlador de SQM, quien, según investigaciones periodísticas de Ciper Chile, propició indicaciones que debilitaban la institucionalidad en lugar de robustecerla.

A pesar de eso, el Ejecutivo contará con nuestro fuerte apoyo cada vez que busque avanzar en el resguardo del medio ambiente.

Señor Presidente, por su intermedio quiero indicar a la ministra que ha hecho bien en poner suma urgencia al proyecto. Sigamos avanzando; por favor, no pierda este impulso inicial. Como ustedes saben, el consumo de bolsas plásticas en Chile alcanza en promedio a quinientas unidades por persona, por lo que urge adoptar medidas que nos permitan, como señaló la diputada Catalina Pérez , avanzar en las “tres r”, es decir, reducir, reutilizar y reciclar.

Desde que se comenzó a tramitar el proyecto, se han vertido, según datos del Ministerio del Medio Ambiente, casi 14.000 millones de bolsas plásticas en vertederos, rellenos y en el mar. Además, existe evidencia científica de que el 80 por ciento de las aves marinas contienen residuos plásticos en su estómago, lo que genera un importante impacto, ya que un producto que está cinco minutos en nuestras manos puede demorar cuatrocientos años en biodegradarse.

Como mencioné, en la actualidad hay casi cincuenta municipios, de un total de 345 en nuestro país, que han elaborado una ordenanza municipal para dejar de incentivar el consumo de bolsas plásticas. En una comuna de nuestro distrito, específicamente en Viña del Mar, lo propusimos hace un año, pero lamentablemente el municipio argumentó que era poco prudente. Ojalá que ahora, al escuchar las intervenciones de diputados y diputadas de su propio partido, la alcaldesa se convenza de la importancia de avanzar en esa materia.

Seremos el primer país de América en implementar este tipo de ley. Hacemos un llamado a que otros países también asuman esta responsabilidad. De lo contrario, se estima que para el 2050 existirá igual cantidad de plástico que peces en los mares del mundo.

Nos preocupa el medio ambiente, por lo que señalo a la ministra, por intermedio del señor Presidente, que es la principal ciudadana del país que puede trabajar por su resguardo y preservación. Por eso, le insisto en que cada vez que busque avanzar en el cuidado del medio ambiente, podrá contar con nuestro apoyo, así como cada vez que creamos que se está retrocediendo, se lo haremos notar respetuosamente.

Por eso, por intermedio del señor Presidente, consulto a la ministra si cree que el proyecto minero Dominga , que la expansión de la minera Andina, que la termoeléctrica Era, de la ENAP; que la minera Hilda Riesco , que Alto Maipo , que Cardones Polpaico o que el terminal 2 de Valparaíso, ¿serán un aporte al cuidado del medio ambiente en nuestro país? ¿Usted cree que es sostenible la sobreexplotación hídrica de zonas como Petorca para producir paltas y secar ríos? Consulto a la ministra: así como ocurre con las bolsas plásticas ,¿cree que es una amenaza a los ecosistemas marinos el funcionamiento de la pesca de arrastre en las costas de nuestro país?

Lamentablemente, muchas empresas y consultoras en Chile no quieren hacerse cargo de las débiles exigencias ambientales de nuestra institucionalidad y no están dispuestas a pagar por el daño que generan al medio ambiente. Por no querer asumir esos costos, hacen lo imposible por burlar el sistema de evaluación de impacto ambiental.

Asimismo, todo pareciera indicar, lo que me preocupa, que la Oficina de Gestión de Proyectos Sustentables, que anunció el Presidente Sebastián Piñera , viene a saltarse la débil institucionalidad ambiental existente. Nosotros queremos más evaluación ambiental estratégica, más evaluación ambiental de proyectos y menos atajos; más cuidado y menos destrucción.

Por eso, aprobaremos el proyecto, pero seguiremos preocupados de la situación.

Finalmente, reitero que apoyaremos cada iniciativa que vele por el resguardo del medio ambiente.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Torrealba .

El señor TORREALBA.-

Señor Presidente, en la Cámara de Diputados todos estamos contentos por el gran apoyo que tiene el proyecto en estudio.

Siempre hay que ser justos en política y rendir honores a las personas que impulsan este tipo de iniciativas. No solo hay que aplaudir a los diputados que nombró la ministra, sino también al gobierno anterior, que impulsó el proyecto. Asimismo, hay que aplaudir con mucha fuerza al Presidente Piñera , quien tiene una convicción total respecto de la protección del medio ambiente, lo que queda demostrado con este debate. Este gobierno seguirá en esa senda durante los próximos años.

A la gente del Frente Amplio le digo que no se equivoque, porque protegeremos el medio ambiente con mucha fuerza.

No se puede hacer todo de una sola vez. Sin duda, este proyecto es parte de los avances que se necesitan para la protección del medio ambiente. Creo que vamos por el camino correcto.

En el futuro deberemos prohibir la utilización de otros productos que contaminan el medio ambiente. La Ley que Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje (REP) nos ayudará a ir sacando del mercado productos que son utilizados pocas veces, pero que finalmente contaminan el medio ambiente.

Hoy votaré a favor la iniciativa, tal como lo anunciaron los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, porque es nuestro deber como Cámara de Diputados legislar por el futuro de los niños de nuestro país.

La prohibición de uso y la sustitución de las bolsas plásticas en el comercio va a permitir que en cada región de nuestro país luchemos seriamente contra los desechos plásticos que contaminan el mar, pero también los ríos, las montañas y los humedales.

El proyecto de ley busca producir un cambio cultural, que es la única posibilidad que tenemos realmente de hacernos cargo de la amenaza que sufre nuestro ambiente y que es urgente abordar. Este es solo un primer paso, pero decidido, para resguardar nuestras riquezas naturales y nuestro planeta, que es nuestra única casa.

Chile Vamos seguirá promoviendo medidas que apunten en esa dirección, más aún cuando es evidente que la ciudadanía busca con mucha fuerza promover estos cambios.

En esta tarea no sobra nadie; no hay colores políticos que primen sobre nuestra responsabilidad con el país y con el planeta.

La iniciativa es una muestra clara de continuidad de las políticas públicas del Estado y de la forma en que es posible lograr consensos. Como representantes de la ciudadanía, debemos redoblar nuestros esfuerzos para seguir construyendo consensos que, como en el caso de las bolsas plásticas, apunten al bienestar común.

Hoy, desde la Cámara de Diputados decimos: ¡Chao bolsas plásticas! He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma .

El señor COLOMA.-

Señor Presidente, quiero empezar mi intervención saludando a la alcaldesa de San Bernardo, señora Nora Cuevas , y a todos los cuequeros y cuequeras que nos acompañan en las tribunas.

(Aplausos)

Vayan también mi saludo y mis felicitaciones a la ministra Marcela Cubillos por tomar este tema en serio y lograr que se inicie su discusión. El Presidente Piñera ha calificado con urgencia este proyecto de ley que se espera desde hace mucho tiempo, pero sobre el que tan poco se ha hecho. Para mí es un honor que sea mi gobierno, el del Presidente Piñera, el que decida dar este paso en la protección del medio ambiente. ¡Cuánto se ha hablado del reciclaje, de las bolsas plásticas, pero nadie había hecho nada, salvo algunos alcaldes a quienes hay que destacar!

Queremos que a partir de hoy cambie nuestra cultura en esta materia. En Chile se usan anualmente tres mil cuatrocientos millones de bolsas pláticas, y eso lo debemos terminar. Tenemos que ser capaces de dejar un país mejor para nuestros hijos, y eso parte por el cuidado de la biodiversidad, por el respeto a los océanos y a los ecosistemas.

El fin de las bolsas plásticas es un tremendo paso, pero estoy consciente de que hay que avanzar en otros aspectos. Más adelante deberemos ver la forma de reducir a su mínima expresión las botellas, las bombillas y los recipientes de plástico, que tanto daño le hacen al ecosistema.

La protección de la biodiversidad, de los océanos, de los ecosistemas es parte fundamental de la labor de este gobierno, que también asumo como diputado de gobierno. Es un cambio cultural que llegó para quedarse, así como en otros temas hemos tenido cambios culturales potentes.

No obstante, tal como dijo la diputada María José Hoffmann , debemos preguntarnos cuántos de nosotros de verdad reciclamos, cuántos cuidamos lo que hacemos con los plásticos, cuántos nos detenemos a pensar cómo entregar un país mejor a nuestros hijos.

Agradezco a la ministra por haber puesto todo su esfuerzo, todas sus ganas y su dedicación para sacar adelante un proyecto tan importante.

¡Chao bolsas plásticas!

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Calisto .

El señor CALISTO.-

Señor Presidente, saludo a la ministra y felicito a los autores del proyecto, cuyo objetivo es prohibir la entrega de bolsas plásticas para disminuir la generación de residuos.

Me alegra que el alcance de este proyecto parta en la Patagonia y se extienda a todo el país, pero queda una deuda importante que debe ser saldada en futuras propuestas del gobierno: la educación ambiental. Ahí está la clave del problema de la contaminación, de la reutilización y de la disminución de la generación de residuos. Por eso es tan importante iniciar pronto la educación ambiental en el aula, en los colegios.

Represento a la Patagonia, a la Región de Aysén, que, contradictoriamente, se define como reserva de la vida, pero tiene los índices más altos de contaminación ambiental no solo del país, sino también de América y del mundo. Coyhaique, capital de Aysén, tiene índices que la ubican como la ciudad más contaminada de América. El problema es muy grave porque afecta no solo al medio ambiente, sino, principalmente, a la salud de las personas.

Expreso mi preocupación al gobierno por la contaminación ambiental de Coyhaique, de Puerto Aysén y de muchas otras localidades de nuestra región, en las cuales, debido al uso de leña húmeda, tenemos malos indicadores ambientales.

Es importante fortalecer el plan de descontaminación ambiental que se está aplicando en la Región de Aysén. En ese sentido, hay que aumentar la entrega y el recambio de calefactores, que hasta hoy es mínimo; hay que impulsar el recambio de la aislación térmica de las viviendas, que es clave para entender por qué se genera contaminación ambiental.

En consecuencia, votaré favorablemente el proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas, pero, aprovechando la presencia de la ministra, quiero pedirle su ayuda para enfrentar la contaminación ambiental existente en la Región de Aysén, que, lamentablemente, registra los índices más altos de América.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra el diputado René Alinco .

El señor ALINCO.-

Señora Presidenta, antes de iniciar mi intervención, por su intermedio quiero pedir al señor Secretario que respete el orden de inscripción de los diputados para hacer uso de la palabra. Todos los diputados merecemos el mismo respeto. En la Patagonia tenemos paciencia, pero también tenemos un límite.

Quiero felicitar sinceramente a todos quienes participaron en la elaboración de este proyecto de ley, cuya motivación, como anunciaba la señora ministra, fue descontaminar la Patagonia. Dicho sea de paso, agradecemos la visita de la señora ministra a la Región de Aysén.

Entonces, por ahí empezó la discusión acerca de cómo evitar seguir contaminando la Patagonia. Después se fue ampliando y se transformó en un proyecto nacional. Además de eso, hay que agradecer la calificación de suma urgencia que la señora ministra le ha dado a este importante proyecto.

Repito: la contaminación en Chile no es culpa de este gobierno ni de la señora ministra, porque ese fenómeno viene desde hace mucho tiempo. Chile está siendo contaminado año tras año.

Como dije, vengo de la Patagonia chilena. Dios nos proporcionó una gran naturaleza para vivir y desarrollarnos, para usarla en nuestro beneficio. Con el tiempo, a mi tierra fue llegando gente de otras partes, con otras costumbres, inversionistas que iban a lograr el desarrollo de los aiseninos, y pusieron cercos, tranqueras, candados y guardias. Para uno que fue criado a campo abierto, obviamente que esas nuevas costumbres fueron chocantes.

El discurso de la gente que llegó a la región era lograr el desarrollo a través de la inversión, pero, como dije al comienzo de mi intervención, hace tiempo que Chile está siendo contaminado, y por supuesto que también la Patagonia.

Reitero mis felicitaciones por este proyecto, pero me deja un espíritu vacío sin criticar a quienes han trabajado por muchos años en esta iniciativa, porque tal vez no se está tocando el tema de fondo.

Si bien este proyecto va a ayudar a descontaminar nuestro país, existe un sector que no se ha nombrado, pero pucha que contamina, especialmente el mar de la Patagonia. Me refiero a la industria del salmón, que ha contaminado todos los canales de la Región de Aysén. Voy a dar algunas cifras, aunque en algunas me puedo equivocar, porque pueden ser mayores o menores.

Existen aproximadamente 162 centros de salmón en la Región de Aysén, cada uno de los cuales tiene, en promedio, doce jaulas, lo que arroja un total de 1.944 jaulas. Cada una de esas jaulas ocupa aproximadamente 50 bolsas diarias de alimento de 25 kilos. Eso equivale a alrededor de 97.200 bolsas diarias de alimento para salmones, que son de plástico de alta resistencia.

Por su intermedio, señora Presidenta, le pido a la señora ministra que, con el interés que reconozco en su función y en su trabajo por descontaminar la Región de Aysén y todo Chile, en el más breve plazo incluya en este proyecto que constituye un inicio, sin lugar a dudas que las empresas salmoneras de mi región y de Chile sean obligadas a no seguir contaminando el mar con bolsas de plástico, como lo han estado haciendo por muchos años.

Anuncio mi voto a favor de este proyecto y confío en que el gobierno y la señora ministra lo mejoren ustedes conocen los conductos por los cuales ello se puede llevar a cabo en el Congreso, de modo que el mar de la Patagonia no se siga contaminando, lo cual, por supuesto, beneficiará no solo a la Región de Aysén, sino también a todo Chile. He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO.-

Señora Presidenta, al igual que el diputado Alinco , quiero reclamar, porque fui el séptimo inscrito para intervenir, y prácticamente estoy en el tramo final. Espero que se respete el orden de inscripción.

Dicho eso, quiero saludar, por su intermedio, señora Presidenta, a la ministra Marcela Cubillos . Gracias por estar acá; la felicito por el compromiso.

No voy a inventar la rueda ni la pólvora; tampoco voy a repetir gran parte de lo que se ha dicho, pero obviamente voy a apoyar la iniciativa de eliminar las bolsas de plástico. No me cabe duda de que, si no el ciento por ciento, la gran mayoría vamos a apoyar este proyecto. No obstante, me asaltan algunas dudas en cuanto a la facultad de los municipios para fiscalizar.

Existen municipios que tienen los recursos, la capacidad física y los funcionarios necesarios para fiscalizar, pero existen otros pequeños que no tienen tales recursos, ni el personal adecuado.

El proyecto, como han dicho mis colegas repetidamente, prohíbe que la señora Juanita o don Pedro salgan de un supermercado o de un local comercial con una bolsa plástica, pero todos los productos que llevan, o la gran mayoría, van en un envase de plástico. Así, planteo la siguiente pregunta: Si una persona compra un paquete de bolsas de basura en un supermercado y pone los demás productos que compre dentro de esas bolsas, ¿quién va a ser multado? ¿El cliente o el supermercado? Creo que en este aspecto existen varias falencias que me gustaría aclarar con tiempo, porque de otra manera vamos a generar más problemas.

Ojalá todas las comunas y los 345 municipios del país tuvieran esa ordenanza, de modo que no hubiese sido necesario llegar a esta instancia; pero, repito, algunos municipios tienen las capacidades y otros no.

Tuve la suerte de ser alcalde de Coronel, una comuna de 120.000 habitantes cuyos recursos están muy lejos de aquellos que tienen otras comunas de la Región Metropolitana y de otras regiones.

Felicito a la ministra y espero en Dios que nos vaya bien. No me cabe duda de que mayoritariamente vamos a votar a favor este proyecto, pero veamos cómo hacemos realidad este tema, porque se ha dicho que al comprar en un supermercado nos van a dar una caja o deberemos comprar una bolsa de género, pero el 99 por ciento de las mercaderías vienen envasadas en plástico, incluso hasta algunos tipos de pan que consumimos diariamente. ¿Qué haremos mañana ante eso?

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Recuerdo a los señores diputados que hoy acordamos, en reunión de Comités, rendir el informe del proyecto de ley que fija el 4 de julio de cada año como el Día Nacional del Cuequero y la Cuequera.

Por lo tanto, voy a otorgar la palabra por última vez, para seguir a continuación con el informe de dicho proyecto de ley.

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señora Presidenta, seré muy breve.

Valoro profundamente este proyecto que prohíbe la utilización de bolsas plásticas en el comercio; también valoro que se haya extendido a todo el territorio nacional y no solo a la Patagonia, que es un territorio maravilloso que debemos proteger. Sin embargo repito, el medio ambiente, los mares, los ríos y los lagos de todo Chile deben ser protegidos. Esta iniciativa es una buena noticia para el medio ambiente y para Chile.

Valoro que, en su momento, junto con el diputado Marcelo Chávez , hayamos presentado un proyecto que encomienda a los municipios, mediante una ordenanza municipal, la regulación de la utilización de bolsas plásticas. Cincuenta y cinco municipios en el país ya lo han hecho sin tener una ley, es decir, por la vía de una ordenanza. Felicito a esos municipios, como también al alcalde de Santa Juana, Ángel Castro , quien ha iniciado un proceso de reciclaje de la basura. Todos los vecinos de esa comuna de la Región del Biobío separan la basura; una parte se destina a compostaje, es decir, para abono, y la otra se retira en un día distinto para su reciclaje, lo cual ha generado nuevos puestos de trabajo.

Por su intermedio, señora Presidenta, le digo a la señora ministra que esa es una iniciativa piloto que debe ser destacada e imitada, y ojalá también se pueda transformar en un proyecto de ley el día de mañana.

Esta iniciativa encomienda la fiscalización a los municipios. No es una buena noticia, porque generalmente se imponen cargas a estos, pero no se les entregan los recursos. Felizmente, se introdujo una norma que establece que las multas producto de la fiscalización irán a beneficio municipal y, con ello, se compensará la carga que les establecerá la ley.

También valoro que se haya hecho un distingo entre la pequeña, la mediana y la gran empresa. Transcurridos seis meses desde la publicación de la ley, estará prohibido para las grandes empresas entregar bolsas plásticas. Sin embargo, para la pequeña y mediana empresa habrá una gradualidad de dos años, de manera que se les dará un tiempo para adecuarse a la nueva realidad.

Como han dicho muchos diputados, en Chile tenemos un verdadero continente flotante de basura. Esta iniciativa es un pequeño aporte para ir terminando con esa situación.

En la conferencia internacional Nuestro Océano realizada en Valparaíso, nuestro país se comprometió a la creación de áreas marinas protegidas, y esta iniciativa también va en la dirección de proteger nuestro mar.

Valoro este proyecto, así como también que podamos iniciar un proceso legislativo en estos cuatro años que permita cuidar nuestro medio ambiente.

Estamos dando un gran paso, pero falta mucho por hacer en la protección y el cuidado de nuestro medio ambiente.

Por otro lado, no puedo dejar de saludar a los cuequeros que están en las tribunas, esperando la discusión del próximo proyecto en Tabla. Hoy es un día histórico para la cueca chilena. Espero que se promueva la enseñanza de nuestro baile nacional en todos nuestros establecimientos educacionales.

He dicho.

Aplausos.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Dos comités de la Unión Demócrata Independiente han solicitado el cierre del debate, con el fin de votar hoy este proyecto de ley. ¿Habría acuerdo?

No hay acuerdo. Entonces, corresponde votar el cierre del debate. En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 104 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 1 abstención.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Aprobado.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara, Jorge ; Álvarez Ramírez, Sebastián ; AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Auth Stewart, Pepe ; Baltolu Rasera, Nino ; Barros Montero, Ramón ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Bianchi Retamales, Karim ; Bobadilla Muñoz, Sergio ; Brito Hasbún, Jorge ; Calisto Águila , Miguel Ángel ; Carter Fernández, Álvaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castillo Muñoz, Natalia ; Castro Bascuñán, José Miguel ; Castro González, Juan Luis ; Celis Araya, Ricardo ; Celis Montt, Andrés ; Cicardini Milla, Daniella ; Cid Versalovic, Sofía ; Coloma Álamos, Juan Antonio ; Crispi Serrano, Miguel ; CruzCoke Carvallo, Luciano ; Del Real Mihovilovic, Catalina ; Desbordes Jiménez, Mario ; Durán Salinas, Eduardo ; Eguiguren Correa, Francisco ; Flores Oporto, Camila ; Fuenzalida Cobo, Juan ; Galleguillos Castillo, Ramón ; García García, René Manuel ; Garín González, Renato ; Girardi Lavín, Cristina ; González Gatica, Félix ; Hernando Pérez, Marcela ; Hirsch Goldschmidt, Tomás ; Hoffmann Opazo , María José ; Ibáñez Cotroneo, Diego ; Ilabaca Cerda, Marcos ; Jiles Moreno, Pamela ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Jürgensen Rundshagen, Harry ; Kast Sommerhoff, Pablo ; Keitel Bianchi, Sebastián ; Kuschel Silva, Carlos ; Lavín León, Joaquín ; Leuquén Uribe, Aracely ; Longton Herrera, Andrés ; Luck Urban, Karin ; Marzán Pinto, Carolina ; Matta Aragay, Manuel ; Melero Abaroa, Patricio ; Mellado Suazo, Miguel ; Morales Muñoz, Celso ; Moreira Barros, Cristhian ; Muñoz González, Francesca ; Noman Garrido, Nicolás ; Núñez Urrutia, Paulina ; Nuyado Ancapichún, Emilia ; Olivera De La Fuente, Erika ; Orsini Pascal, Maite ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Ossandón Irarrázabal, Ximena ; Pardo Sáinz, Luis ; Parra Sauterel, Andrea ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pérez Olea, Joanna ; Pérez Salinas, Catalina ; Rentería Moller, Rolando ; Rey Martínez, Hugo ; Rocafull López, Luis ; Rojas Valderrama, Camila ; Romero Sáez, Leonidas ; Rosas Barrientos , Patricio ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sanhueza Dueñas, Gustavo ; Santana Tirachini, Alejandro ; Santibáñez Novoa, Marisela ; Sauerbaum Muñoz, Frank ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Tohá González, Jaime ; Torrealba Alvarado, Sebastián ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Undurraga Gazitúa, Francisco ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Urruticoechea Ríos , Cristóbal ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Velásquez Núñez, Esteban ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdessi Belemmi, Daniel ; Vidal Rojas, Pablo ; Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ; Walker Prieto, Matías ; Winter Etcheberry, Gonzalo ; Yeomans Araya, Gael .

Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas, Florcita ; Barrera Moreno, Boris ; Cariola Oliva, Karol ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hertz Cádiz, Carmen ; Labra Sepúlveda , Amaro ; Saavedra Chandía, Gastón ; Soto Ferrada, Leonardo ; Vallejo Dowling, Camila .

Se abstuvo el diputado señor Leiva Carvajal, Raúl

Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena, con excepción de aquellas referidas a los artículos 1, 3, 4 y 5, inciso segundo, todos ellos contenidos en el artículo primero del proyecto, así como su artículo 2, que se votarán a continuación, por ser de quorum especial.

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 134 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Aprobadas.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas, Florcita ; Alessandri Vergara, Jorge ; Alinco Bustos, René ; Álvarez Ramírez, Sebastián ; Álvarez Vera, Jenny ; AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Auth Stewart, Pepe ; Baltolu Rasera, Nino ; Barrera Moreno, Boris ; Barros Montero, Ramón ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Bianchi Retamales, Karim ; Bobadilla Muñoz, Sergio ; Boric Font, Gabriel ; Brito Hasbún, Jorge ; Calisto Águila , Miguel Ángel ; Cariola Oliva, Karol ; Carter Fernández, Álvaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castillo Muñoz, Natalia ; Castro Bascuñán, José Miguel ; Castro González, Juan Luis ; Celis Araya, Ricardo ; Celis Montt, Andrés ; Cicardini Milla, Daniella ; Cid Versalovic, Sofía ; Coloma Álamos, Juan Antonio ; Crispi Serrano, Miguel ; CruzCoke Carvallo, Luciano ; Del Real Mihovilovic, Catalina ; Desbordes Jiménez, Mario ; Díaz Díaz, Marcelo ; Durán Espinoza, Jorge ; Durán Salinas, Eduardo ; Eguiguren Correa, Francisco ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Flores Oporto, Camila ; Fuenzalida Cobo, Juan ; Galleguillos Castillo, Ramón ; García García, René Manuel ; Garín González, Renato ; Girardi Lavín, Cristina ; González Gatica, Félix ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernando Pérez, Marcela ; Hertz Cádiz, Carmen ; Hirsch Goldschmidt, Tomás ; Hoffmann Opazo , María José ; Ibáñez Cotroneo, Diego ; Ilabaca Cerda, Marcos ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiles Moreno, Pamela ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Jürgensen Rundshagen, Harry ; Kast Sommerhoff, Pablo ; Keitel Bianchi, Sebastián ; Kuschel Silva, Carlos ; Labra Sepúlveda , Amaro ; Lavín León, Joaquín ; Leiva Carvajal, Raúl ; Leuquén Uribe, Aracely ; Longton Herrera, Andrés ; Luck Urban, Karin ; Marzán Pinto, Carolina ; Matta Aragay, Manuel ; Melero Abaroa, Patricio ; Mellado Pino, Cosme ; Mellado Suazo, Miguel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Morales Muñoz, Celso ; Moreira Barros, Cristhian ; Muñoz González, Francesca ; Naranjo Ortiz, Jaime ; Noman Garrido, Nicolás ; Núñez Urrutia, Paulina ; Nuyado Ancapichún, Emilia ; Olivera De La Fuente, Erika ; Orsini Pascal, Maite ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Ossandón Irarrázabal, Ximena ; Pardo Sáinz, Luis ; Parra Sauterel, Andrea ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pérez Olea, Joanna ; Pérez Salinas, Catalina ; Prieto Lorca, Pablo ; Ramírez Diez, Guillermo ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rentería Moller, Rolando ; Rey Martínez, Hugo ; Rocafull López, Luis ; Rojas Valderrama, Camila ; Romero Sáez, Leonidas ; Rosas Barrientos, Patricio ; Saavedra Chandía, Gastón ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sanhueza Dueñas, Gustavo ; Santana Castillo, Juan ; Santana Tirachini, Alejandro ; Santibáñez Novoa, Marisela ; Sauerbaum Muñoz, Frank ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Soto, Alexis ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Soto Mardones, Raúl ; Tohá González, Jaime ; Torrealba Alvarado, Sebastián ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez ,

Renzo ; Undurraga Gazitúa, Francisco ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Urruticoechea Ríos , Cristóbal ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Velásquez Núñez, Esteban ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdessi Belemmi, Daniel ; Vidal Rojas, Pablo ; Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ; Walker Prieto, Matías ; Winter Etcheberry, Gonzalo ; Yeomans Araya, Gael .

Se abstuvo el diputado señor Norambuena Farías, Iván .

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Si le parece a la Sala, se darán por aprobadas, con la misma votación, las disposiciones del proyecto que tienen el carácter de ley orgánica constitucional o de quorum calificado.

¿Habría acuerdo?

Aprobadas.

Despachado el proyecto.

Aplausos.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 30 de mayo, 2018. Oficio en Sesión 20. Legislatura 366.

VALPARAÍSO, 30 de mayo de 2018

Oficio Nº 13.971

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley correspondiente al boletín N° 9.133-12.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 158/SEC/18, de 29 de mayo de 2018.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

MAYA FERNÁNDEZ ALLENDE

Presidenta de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Tribunal Constitucional

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio de Ley Consulta Facultad de Veto. Fecha 30 de mayo, 2018. Oficio

S.E El Presidente de la República comunica que no hará uso de la facultad de Veto en fecha 21 de junio de 2016.

VALPARAÍSO, 30 de mayo de 2018

Oficio N° 13.972

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, correspondiente al boletín N° 9.133-12.

Sin embargo, teniendo presente que el proyecto contiene normas propias de ley orgánica constitucional, ha de ser enviado al Tribunal Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 93 de la Carta Fundamental, en relación con el número 1º de ese mismo precepto.

En razón de lo anterior, la Cámara de Diputados, por ser cámara de origen, precisa saber previamente si V.E. hará uso de la facultad que le confiere el artículo 73 de la Constitución Política de la República.

En el evento de que V.E. aprobare sin observaciones el texto que más adelante se transcribe, le solicito comunicarlo a esta Corporación, devolviendo el presente oficio.

PROYECTO DE LEY

“Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional

Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Artículo 2.- Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Artículo 3.- Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Artículo 4.- Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Artículo 5.- Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento contemplado en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.

Artículo 6.- Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

Artículo 7.- Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.

Artículo 8.- Modifícase la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre organización y atribuciones de los juzgados de policía local, de la siguiente manera:

1. Reemplázase, en su numeral 12, la expresión final “, y”, por un punto y coma.

2. Sustitúyese, en su numeral 13, el punto final por la expresión “, y”.

3. Agrégase el siguiente numeral 14:

“14° A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.

Artículo transitorio.- Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial, salvo respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del Artículo Segundo de la ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos contemplados en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

*****

Dios guarde a V.E.

MAYA FERNÁNDEZ ALLENDE

Presidenta de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.2. Oficio al Tribunal Constitucional

Oficio de examen de Constitucionalidad. Fecha 21 de junio, 2018. Oficio

VALPARAÍSO, 21 de junio de 2018

Oficio N° 14.032

A. S.E. EL PRESIDENTE DEL EXCMO. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Tengo a honra transcribir a V.E. el proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, correspondiente al boletín N° 9.133-12.

De conformidad con lo estatuido en el inciso segundo del artículo 93 de la Constitución Política de la República, informo a V.E. que el proyecto quedó totalmente tramitado por el Congreso Nacional el día de hoy, al darse cuenta del oficio N° 040-366, de 19 de junio de 2018, cuya copia se adjunta, mediante el cual S.E. el Presidente de la República manifiesta a esta Corporación que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Carta Fundamental.

En virtud de lo dispuesto en el N° 1° del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política de la República, corresponde a ese Excmo. Tribunal ejercer el control de constitucionalidad respecto del artículo 4, del inciso segundo del artículo 5 y del artículo 8.

PROYECTO DE LEY

“Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional

Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Artículo 2.- Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Artículo 3.- Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Artículo 4.- Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Artículo 5.- Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento contemplado en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.

Artículo 6.- Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

Artículo 7.- Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.

Artículo 8.- Modifícase la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre organización y atribuciones de los juzgados de policía local, de la siguiente manera:

1. Reemplázase, en su numeral 12, la expresión final “, y”, por un punto y coma.

2. Sustitúyese, en su numeral 13, el punto final por la expresión “, y”.

3. Agrégase el siguiente numeral 14:

“14° A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.

Artículo transitorio.- Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial, salvo respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del Artículo Segundo de la ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos contemplados en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

*****

Para los fines a que haya lugar, me permito poner en conocimiento de V.E. lo siguiente:

El Senado, en segundo trámite constitucional, aprobó en general el proyecto de ley con el voto favorable de 17 senadores, de un total de 37 en ejercicio.

En tanto que, en particular, el artículo 4, el inciso segundo del artículo 5 y el artículo 8 fueron aprobados por 38 votos a favor, de un total de 42 senadores en ejercicio.

La cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, aprobó el artículo 4, el inciso segundo del artículo 5 y el artículo 8, todas disposiciones introducidas por el Senado, con el voto favorable de 134 diputados, de un total de 155 en ejercicio.

De esta forma, se dio cumplimiento, en todos los casos, a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

*****

La Cámara de Diputados consultó a S.E. el Presidente de la República, mediante oficio N° 13.972, de 30 de mayo de 2018, si haría uso de la facultad que le confiere el artículo 73 de la Constitución Política de la República, el que fue contestado negativamente a través del señalado oficio N° 040-366.

*****

Cúmpleme informar a V.E. que, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 77 de la Carta Fundamental, en relación con el artículo 16 de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, durante el segundo trámite constitucional, la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Naturales del Senado, mediante oficio N° MA/031/2018, de 29 de mayo de 2018, solicitó su opinión a la Excma. Corte Suprema acerca del proyecto, y, con lo anterior, le comunicó, de acuerdo con el inciso cuarto de la señalada norma constitucional, la urgencia “suma” hecha presente al proyecto.

Adjunto a V.E. copia del oficio de la Excma. Corte Suprema N° 55-2018, de 31 de mayo de 2018, dirigido a la señora Presidenta de la comisión antes mencionada, que contiene la respuesta al señalado oficio.

*****

Por último, me permito informar a V.E. que no se acompañan actas, por no haberse suscitado cuestión de constitucionalidad.

*****

Dios guarde a V.E.

MAYA FERNÁNDEZ ALLENDE

Presidenta de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.3. Oficio del Tribunal Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional. Fecha 10 de julio, 2018. Oficio en Sesión 48. Legislatura 366.

Santiago, diez de julio de dos mil dieciocho.

Proveyendo a fojas 17, a lo principal, no ha lugar a la solicitud de tener presente lo que indica, por no ser parte legitimada. Sin perjuicio de ello, agréguese a los antecedentes. Y a los otrosíes, estése a lo resuelto en lo principal.

Proveyendo a fojas 74, a todo, estése al mérito de autos.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

I. PROYECTO DE LEY REMITIDO.

PRIMERO: Por oficio Nº 14.032, de 21 de junio de 2018, ingresado a esta Magistratura con la misma fecha, la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional (Boletín N° 9.133-12), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 4, del inciso segundo del artículo 5 y del artículo 8 del proyecto de ley.

SEGUNDO: El Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, antes de su promulgación;”.

TERCERO: De acuerdo al precepto invocado en el considerando anterior, en estos autos corresponde a esta Magistratura pronunciarse sobre las normas del proyecto de ley remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el Constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional.

II. DISPOSICIONES DEL PROYECTO DE LEY SOMETIDAS A CONTROL PREVENTIVO DE CONSTITUCIONALIDAD.

CUARTO: Las disposiciones del proyecto de ley sometidas a control preventivo de constitucionalidad señalan:

“Artículo 4.- Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Artículo 5.- (inciso segundo) Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento contemplado en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.

Artículo 8.- Modifícase la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre organización y atribuciones de los juzgados de policía local, de la siguiente manera:

1. Reemplázase, en su numeral 12, la expresión final “, y”, por un punto y coma.

2. Sustitúyese, en su numeral 13, el punto final por la expresión “, y”.

3. Agrégase el siguiente numeral 14:

“14° A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.

III. NORMAS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA QUE ESTABLECEN EL ÁMBITO DE LAS LEYES ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES RELACIONADAS CON EL CONTENIDO DEL PROYECTO.

QUINTO: El artículo 77 de la Constitución Política señala, en sus incisos primero y segundo, lo siguiente:

“Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República. La misma ley señalará las calidades que respectivamente deban tener los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados.

La ley orgánica constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales, sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema de conformidad a lo establecido en la ley orgánica constitucional respectiva.”.

SEXTO: Por su parte, el artículo 118, inciso quinto, dispone:

“Una ley orgánica constitucional determinará las funciones y atribuciones de las municipalidades. Dicha ley señalará, además, las materias de competencia municipal que el alcalde, con acuerdo del concejo o a requerimiento de los 2/3 de los concejales en ejercicio, o de la proporción de ciudadanos que establezca la ley, someterá a consulta no vinculante o a plebiscito, así como las oportunidades, forma de la convocatoria y efectos”.

IV. NATURALEZA DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE LOS PRECEPTOS SUJETOS A CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD.

SÉPTIMO: El artículo 4 del proyecto de ley remitido, es propio de la Ley Orgánica Constitucional sobre Municipalidades, a que se refiere el artículo 118 inciso quinto, de la Constitución, toda vez que determina nuevas atribuciones y funciones a los Municipios, en orden a fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en el proyecto de ley que se viene controlando, en relación con la prohibición de entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio por parte de los establecimientos de comercio (en el mismo sentido, STC roles N°s 159, 185, 211,224, 284, 277, 341, 342, 378, 397, 414, 421, 422, 435, 446, 700, 1017, 1023, 1063, 1704, 1869, 2191, 2623, 2624, 2725 y 3221).

OCTAVO: Por su parte, el inciso segundo del artículo 5, y el artículo 8 del proyecto de ley bajo estudio, son propios de la Ley Orgánica Constitucional sobre Organización y Atribuciones de los Tribunales de Justicia, a que alude el artículo 77 de la Constitución Política, en sus incisos primero y segundo, ya que determinan nuevas competencias a los Juzgados de Policía Local a efectos de aplicar las sanciones (inciso segundo del artículo 5) que el mismo proyecto de ley dispone en caso de incumplimiento de la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio, y señalan que dichos Juzgados de Policía Local conocerán en primera instancia (artículo 8) de las infracciones a esta ley, para cuyos efectos se agrega el nuevo numeral 14° a la letra c) del artículo 13 de la Ley N° 15.231, sobre organización y atribuciones de los Juzgados de Policía Local (en el mismo sentido STC roles N°s 131, 359, 395, 409, 411, 700, 1208, 1270, 1352, 1456, 1536, 1561, 1567, 1604, 2285, 2401, 2810, 2831, 3203, 3428 y 4012).

V. NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES QUE EL TRIBUNAL DECLARARÁ CONFORMES A LA CONSTITUCIÓN.

NOVENO: Las disposiciones contenidas en el artículo 4, en el inciso segundo del artículo 5, y en el artículo 8 del proyecto de ley sometido a control de constitucionalidad, serán declaradas como ajustadas a la Constitución Política.

VI. INFORME DE LA CORTE SUPREMA, CUMPLIMIENTO DE LOS QUÓRUMS DE APROBACIÓN DEL PROYECTO Y NO CONCURRENCIA DE CUESTIONES DE CONSTITUCIONALIDAD.

DÉCIMO: Consta en autos que se ha oído previamente a la Corte Suprema, dándose cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental; que la norma del proyecto bajo análisis fue aprobada en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental, y que no se suscitó cuestión de constitucionalidad durante su tramitación.

Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, e inciso segundo, y en las demás disposiciones de la Constitución Política de la República citadas, y lo prescrito en los artículos 48 a 51 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional,

SE RESUELVE:

Que las disposiciones contenidas en el artículo 4, en el inciso segundo del artículo 5, y en el artículo 8 del proyecto de ley remitido por el Congreso Nacional, se encuentran ajustadas a la Constitución Política de la República.

PREVENCIONES

Los Ministros señor Iván Aróstica Maldonado (Presidente), señora María Luisa Brahm Barril y señor Cristián Letelier Aguilar previenen que estuvieron por declarar como propias de la Ley Orgánica Constitucional sobre Organización y Atribuciones de los Tribunales de Justicia, a que se refieren los incisos primero y segundo del artículo 77 de la Constitución Política, y ajustadas a la Carta Fundamental, las disposiciones contenidas en el artículo 6 y en el artículo transitorio del proyecto de ley.

Respecto del artículo 6, este reviste carácter de ley orgánica constitucional ya que, al establecer reglas para la determinación del quantum de la multa por parte del Juez de Policía Local (a. el número de bolsas plásticas de comercio entregadas; b. la conducta anterior del infractor, y c. la capacidad económica del infractor), incide desde luego en las atribuciones de los Tribunales de Justicia. Asimismo lo consignó la Corte Suprema en su informe evacuado durante la tramitación del proyecto de ley, que rola a fojas 12 de estos autos constitucionales.

Y, en cuanto al artículo transitorio del proyecto, dicho precepto es igualmente parte de la Ley Orgánica Constitucional sobre Organización y Atribuciones de la Judicatura, en cuanto establece la regla de entrada en vigencia de la ley y, por ende, el momento desde el cual los tribunales harán ejercicio de sus nuevas competencias.

El Ministro señor Domingo Hernández Emparanza previene que estuvo por declarar como propio de la ley orgánica constitucional sobre Organización y Atribuciones de los Tribunales, únicamente la primera parte del inciso segundo del artículo 5 del proyecto (hasta la coma [,]), toda vez que la segunda parte del precepto alude al procedimiento que rige ante los Juzgados de Policía Local, asunto que es de ley simple.

El Ministro señor Nelson Pozo Silva previene que estuvo por declarar como propio de la ley orgánica constitucional sobre Organización y Atribuciones de los Tribunales, únicamente el numeral 3 del artículo 8 del proyecto, atendido que sólo este precepto dispone una nueva atribución de los tribunales, siendo los numerales 1 y 2 meras adecuaciones de lenguaje.

DISIDENCIAS

Acordado el carácter de ley orgánica constitucional de la disposición contenida en el artículo 4 del proyecto remitido, con el voto en contra de los Ministros señores Gonzalo García Pino, Domingo Hernández Emparanza y Nelson Pozo Silva, quienes estiman que dicho precepto reviste el carácter de ley simple, pues se trata de una mera pormenorización de la facultad fiscalizadora de los Municipios, ya dispuesta dentro de las atribuciones esenciales de dichas entidades, conforme al artículo 5°, inciso 3°, de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Acordado el carácter de ley orgánica constitucional de la disposición contenida en el inciso segundo del artículo 5 del proyecto remitido, con el voto en contra del Ministro señor Gonzalo García Pino, quien considera dicho precepto como propio de ley simple o común, toda vez que no confiere una nueva atribución a los Juzgados de Policía Local, sino que remite su sanción al “procedimiento contemplado en la Ley N° 18.287, que establece procedimiento (sic) ante los juzgados de policía local”. Una norma similar fue estimada como no LOC por este Tribunal relativo a la ley sobre fiscalización del transporte público frente a sus evasiones, “toda vez que no confiere nuevas atribuciones a los jueces de policía local, sino que regula un aspecto procedimental, al permitir que los denunciantes puedan solicitar que se cite al infractor a la audiencia judicial” (STC 4291, c. 6°).

Redactaron la sentencia la señora y los señores Ministros que la suscriben.

Comuníquese a la Cámara de Diputados, regístrese y archívese.

Rol N° 4925-18-CPR.

Sr. Aróstica

Sr. García

Sr. Hernández

Sr. Romero

Sra. Brahm

Sr. Letelier

Sr. Pozo

Sr. Vásquez

Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y por sus Ministros Gonzalo García Pino, Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán, señora María Luisa Brahm Barril y señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y José Ignacio Vásquez Márquez.

Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, señor Rodrigo Pica Flores.

5. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 12 de julio, 2018. Oficio

VALPARAÍSO, 12 de julio de 2018

Oficio N° 14.073

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra poner en conocimiento de V.E. que la Cámara de Diputados, por oficio Nº 14.032, de 21 de junio de 2018, remitió al Excmo. Tribunal Constitucional el proyecto de ley, originado en una moción del exdiputado Enrique Accorsi Opazo y de las diputadas y los diputados Fidel Espinoza Sandoval, Alejandra Sepúlveda Orbenes, Gabriel Silber Romo, Guillermo Teillier Del Valle, y de las exdiputadas y los exdiputados Alfonso De Urresti Longton, Carolina Goi? Boroevi?, Karla Rubilar Barahona, David Sandoval Plaza y Patricio Vallespín López, que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, correspondiente al boletín N° 9.133-12, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93, N° 1, de la Constitución Política de la República, con el fin de someter a control preventivo de constitucionalidad el artículo 4, el inciso segundo del artículo 5 y el artículo 8 del proyecto de ley.

En virtud de lo anterior, el Excmo. Tribunal Constitucional, por oficio N° 1816-2018, de 10 de julio 2018, del que se ha dado cuenta en sesión de hoy, ha remitido la sentencia recaída en la materia, y ha resuelto que las disposiciones contenidas en el artículo 4, en el inciso segundo del artículo 5 y en el artículo 8 del proyecto de ley remitido por el Congreso Nacional, se encuentran ajustadas a la Constitución Política de la República.

Por tanto, y habiéndose dado cumplimiento al control de constitucionalidad establecido en el artículo 93, Nº 1, de la Constitución Política de la República, corresponde a V.E. promulgar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional

Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Artículo 2.- Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Artículo 3.- Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Artículo 4.- Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Artículo 5.- Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento contemplado en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.

Artículo 6.- Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

b) La conducta anterior del infractor.

c) La capacidad económica del infractor.

Artículo 7.- Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.

Artículo 8.- Modifícase la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre organización y atribuciones de los juzgados de policía local, de la siguiente manera:

1. Reemplázase, en su numeral 12, la expresión final “, y”, por un punto y coma.

2. Sustitúyese, en su numeral 13, el punto final por la expresión “, y”.

3. Agrégase el siguiente numeral 14:

“14° A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.”.

Artículo transitorio.- Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial, salvo respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del Artículo Segundo de la ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos contemplados en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.”.

*****

Adjunto a V.E. copia de la sentencia respectiva.

Dios guarde a V.E.

MAYA FERNÁNDEZ ALLENDE

Presidenta de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 21.100

Tipo Norma
:
Ley 21100
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1121380&t=0
Fecha Promulgación
:
20-07-2018
URL Corta
:
http://bcn.cl/26cn1
Organismo
:
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Título
:
PROHÍBE LA ENTREGA DE BOLSAS PLÁSTICAS DE COMERCIO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
Fecha Publicación
:
03-08-2018

LEY NÚM. 21.100

PROHÍBE LA ENTREGA DE BOLSAS PLÁSTICAS DE COMERCIO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de la H. Diputada señora Alejandra Sepúlveda Orbenes, de los H. Diputados señores Fidel Espinoza Sandoval, Gabriel Silber Romo, Guillermo Teillier Del Valle, de las ex Diputadas señoras Carolina Goic Boroevic, Karla Rubilar Barahona, y de los ex Diputados señores Enrique Accorsi Opazo, Alfonso De Urresti Longton, David Sandoval Plaza y Patricio Vallespín López,

    Proyecto de ley:

    "Prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional

    Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

    Artículo 2.- Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

    a) Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.

    b) Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.

    c) Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.

    d) Establecimiento de comercio: Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

    Artículo 3.- Prohibición. Prohíbese a los establecimientos de comercio la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio.

    Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

    Artículo 4.- Fiscalización. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley, de conformidad a sus atribuciones señaladas en el inciso tercero del artículo 5 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

    Artículo 5.- Infracción y multa. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada.

    Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente, de conformidad con el procedimiento contemplado en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.

    Artículo 6.- Determinación de la multa. Para la determinación de la multa señalada en el artículo precedente, se considerarán las siguientes circunstancias:

    a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.

    b) La conducta anterior del infractor.

    c) La capacidad económica del infractor.

    Artículo 7.- Educación ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.

    Artículo 8.- Modifícase la letra c) del artículo 13 del decreto N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.231, sobre organización y atribuciones de los juzgados de policía local, de la siguiente manera:

    1. Reemplázase, en su numeral 12, la expresión final ", y", por un punto y coma.

    2. Sustitúyese, en su numeral 13, el punto final por la expresión ", y".

    3. Agrégase el siguiente numeral 14:

    "14° A la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio.".

    Artículo transitorio.- Vigencia. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial, salvo respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del Artículo Segundo de la ley N° 20.416, para las cuales las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación.

    Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos contemplados en el inciso anterior para su vigencia, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.".

    Habiéndose cumplido con lo establecido en el N° 1 del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 20 de julio de 2018.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra del Medio Ambiente.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.- Gonzalo Blumel Mac-Iver, Ministro Secretario General de la Presidencia.

    Lo que transcribo a Ud. para los fines que estime pertinentes.- Felipe Riesco Eyzaguirre, Subsecretario del Medio Ambiente.

    Tribunal Constitucional

Proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, correspondiente al boletín N° 9.133-12

    El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control preventivo de constitucionalidad respecto del artículo 4, del inciso segundo del artículo 5 y del artículo 8 del proyecto de ley referido y, que esta Magistratura, por sentencia de fecha 10 de julio de 2018, en el proceso Rol N° 4.925-18-CPR.

    Se resuelve:

    Que las disposiciones contenidas en el artículo 4, en el inciso segundo del artículo 5, y en el artículo 8 del proyecto de ley remitido por el Congreso Nacional, se encuentran ajustadas a la Constitución Política de la República.

    Santiago, 10 de julio de 2018.- Rodrigo Pica Flores, Secretario.