Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.164

Modifica la ley General de Educación y la ley sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Jaime Bellolio Avaria, Ricardo Celis Araya, Gonzalo Winter Etcheberry, Camila Vallejo Dowling, Marisela Santibáñez Novoa, Camila Rojas Valderrama, Juan Santana Castillo y Cristina Girardi Lavín. Fecha 10 de abril, 2018. Moción Parlamentaria en Sesión 10. Legislatura 366.

Modifica la ley General de Educación y la ley sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta Boletín N°11662-04

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República, lo prevenido en la ley Nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido en el reglamento de la H. Cámara de Diputados y conforme los fundamentos que se reproducen a continuación vengo en presentar la siguiente moción.

FUNDAMENTOS:

1.- Vivimos en una sociedad donde el exitismo se ha vuelto un paradigma indesmentible. Manifestación de este paradigma en nuestros educandos es el sometimiento de los mismos a numerosas pruebas estandarizadas, es decir, a la necesidad de cuantificar y medir permanentemente la consecución de logros que estimamos como sociedad, los deseables. Sin embargo ello por cierto resulta en un desmedro de la diversidad, de la potenciación de valores y principios, en fin de una educación que apunte a la plenitud e integralidad de la persona humana en pos de su realización y felicidad.

No podemos dejar de mencionar que el exitismo en definitiva esta íntimamente ligado con el individualismo que debilita el instinto gregario y la necesaria correspondencia de los seres humanos entre sí, sea que solamente la conceptualicemos como una relación funcional o más allá como la solidaridad, entendida esta última como un valor.

2.- Es en este contexto que resulta necesario tener estudiantes dóciles y que en definitiva no sean disruptivos con el sistema. Una forma de disrupción resulta ser el “trastorno por déficit atencional e hiperactividad (TDAH), conforme su sigla en el “Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales”, (DMS), elaborado por la American Psychiatric Asssociation, compendio validado en los Estados Unidos de Norteamérica y que sirve de referente en el resto del mundo.

En este punto necesario es mencionar el incentivo perverso que implica el actual sistema de subvención escolar, basado en la asistencia y que obliga a tener más alumnos por sala, deteriorando asi la capacidad de los docentes para atender las necesidades educativas particulares.

3.- Conforme la Guía de intervención mhGAP, para los trastornos mentales, neurológicos y por uso de sustancias en el nivel de atención de la salud no especializada de la OMS ( Organización Mundial de la Salud), se establecen expresamente, para los trastornos de la conducta, termino amplio que cubre por cierto los trastornos de déficit atencional y la hiperactividad, diversas acciones que deben ser implementadas previas a la medicación y que dicen relación con diversos apoyos sicosociales, que sería extenso reproducir. En todo caso, es categórico el informe en señalar que “no se debe suministrar metilfenidato a menores de 6 años” y además, establece como recomendación en general, “no use medicinas para los trastornos de conducta de niños y adolescentes”. Luego señala que el Metilfenidato puede considerarse para la hiperactividad bajo los supuestos que se señalan en el propio manual. Desde ya digamos que la Risperidona no está ni siquiera considerada como alternativa terapéutica en estos casos.4.- Sin embargo tenemos como evidencia que en Chile conforme se nos ha informado por el Director del Instituto de Salud Pública (ISP), mediante ordinario 01216 de fecha 27 de Julio de 2017, desde el 2005 al 2017, (considerando que solo hasta el 2016 comprende todo el año calendario), el aumento de la importación de Metilfenidato ha experimentado el aumento que se muestra en la siguiente gráfica:

Resulta evidente que si ha aumentado la importación de la sustancia existen quienes son sus usuarios finales y ese aumento a nuestro juicio es grave.

5.- En reciente informe del mismo ISP de fecha 26 de Diciembre del presente, remitido mediante ordinario Nº02272 a esta diputada, e intitulado “ Uso de Metilfenidato y Risperidona en niños, niñas y adolescentes diagnosticados con trastorno de déficit atencional e hiperactividad”, llaman la atención algunos de sus párrafos, que reproduzco a continuación: “ la Risperidona… está indicada en pacientes adolescentes de entre 13 y 17 años y en adultos”; “ Se ha descrito además que la terapia en conjunto de Metilfenidato con Risperidona, incrementa la posibilidad de efectos adversos, como por ejemplo, las posibilidades de un paro cardíaco en niños¨; “a nivel nacional se han reportado al instituto de salud pública 38 sospechas de reacciones adversas asociadas a Risperidona en niños, niñas y adolescentes entre 2 y 19 años de edad. Las reacciones adversa más comúnmente reportadas corresponden a trastornos neurológicos en primer lugar (25,7%)”; “en el caso del Metilfedinato, ya descrito, que presenta un alza en el mes de marzo, junto al inicio del periodo escolar, descendiendo en los periodos de vacaciones”. (pág. 15).

Necesario resulta concluir que, es un contrasentido que se hayan reportado efectos adversos, en el rango etario que se indica, si poco más arriba se afirma que solo esta prescrito para adolescentes sobre 13 años y por otro lado este estudio no hace más que reafirmar que efectivamente existen tales efectos adversos.

6.- Con este proyecto no hacemos más que recoger las múltiples expresiones de preocupación que, en trabajo en terreno, hemos recibido de padres y apoderados, referentes a “exigencias” de las escuelas de llevar a los niños a especialistas Neurólogos o Psiquiatras con el fin encubierto de medicarlos, lo que por cierto constituye una evidencia empírica, ( incluso existe un fallo del 2º Juzgado de Letras de Quillota que condenó el 25 de Abril de 2015 a un colegio de la zona por imponer condicionalidad a un alumno por este motivo). Los Test de Conners abreviados que se aplican resaltan las acciones negativas de los niños y niñas no siendo los docentes o directivos quienes debiesen aplicarlos. Por cierto las normas educacionales deben salvaguardar la labor educativa y en ningún caso transformar el sistema educativo en una unidad de salud mental. La labor educativa debe centrarse en los modelos pedagógicos y psicopedagógicos correspondientes, salvaguardando la integridad física y mental de los educandos.

Se sabe asimismo que el uso abusivo de fármacos psiquiátricos en la infancia puede gatillar diversos problemas de salud que vienen descrito en los mismos prospectos de los fármacos que se le dan a niños pequeños y a adolescentes: ideación suicida, somnolencia, distonías, anorexia, aumento de peso, síndrome neuroléptico maligno y trastornos cardiacos.

7.- A este respecto existen diversos estudios, a saber:

El año 2013 se publicó el Estudio denominado “ Los medicamentos estimulantes mejoran los resultados educativos y conductuales en los niños con Hiperactividad con déficit atencional?”, realizado por tres investigadores de las Universidades de Princeton, Cornell y Toronto y que revisó un seguimiento a 14 años del uso de estos medicamentos en escolares. El estudio encontró que su uso no mejoró significativamente el rendimiento y conducta, que por el contrario se relacionó con un empeoramiento de las funciones cognitivas y de memoria y un aumento de la depresión en especial en el caso de las niñas. También como en otros estudios se señala que su uso prolongado daña las funciones de aprendizaje. NBER WORKING PAPER SERIES DO STIMULANT MEDICATIONS IMPROVE EDUCATIONAL AND BEHAVIORAL OUTCOMES FOR CHILDREN WITH ADHD? Janet Currie Mark Stabile Lauren E. Jones Working Paper 19105 http://www.nber.org/papers/w19105 NATIONAL BUREAU OF ECONOMIC RESEARCH 1050 Massachusetts Avenue Cambridge, MA 02138 June 2013

En Chile los doctores Marc Zeise y Bernardo Morales del Laboratorio de Neurociencias de la USACH, estudiaron a nivel celular y molecular los efectos del Metilfedinato (Ritalin o Aradix) en el funcionamiento cerebral constatando que a determinado nivel este fármaco inhibe la potenciación de larga duración por lo tanto la persona llega a aprender menos. http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/25997580

En los registros del MINEDUC, en las Necesidades educativas transitorias donde se encuentran el déficit atencional y algunos problemas de aprendizaje leves el registro ha aumentado de 77 mil el año 2011 a 192 mil el año 2014, siendo el aumento alarmante. Una de las situaciones que cambió el año 2010 fue la entrada en vigencia del decreto que considero al TDAH causal de subvención por Necesidad Educativa Especial, por lo tanto hipotéticamente el estimulo de la subvención generó un aumento inflado de este trastorno. http://www.educacionespecial.mineduc.cl/index2.php?id_contenido=31566&id_portal=20&id_seccion=319

Si bien la OMS señala que entre el 4% y el 5% de los niños presenta TDHA, en Chile alcanzaría al 17%. Durante el año 2015 se registraron 78.891 ingresos de atención en los Servicios Públicos de Salud en niños entre 0 y 16 años en los diagnósticos de Trastorno Hispercinético (19.595), Trastorno Disocial (1629), Trastorno de Ansiedad de separación (1568), Trastorno del Comportamiento (42.833), Trastorno de Ansiedad (11.347), Trastorno Generalizado del Desarrollo (2019). El 90% de ellos se encuentra medicado.

En un estudio realizado por la Universidad de Chile se indica: “los profesionales de educación, son quienes manifiestan en mayor medida esta percepción de un altísimo nivel de prevalencia, llegando al punto de considerar que un 70% de los alumnos de su clase, sufre déficit atencional. En este sentido, la demanda de los profesores hacia el servicio de salud ha aumentado considerablemente, siendo la escuela la mayor fuente de derivación por THA, que tienen en APS. Por su parte, el servicio de salud cuestiona constantemente esta práctica que podríamos llamar de “sobrederivación” por parte de los profesores. El cuestionamiento se basa en el criterio con los cuales los docentes solicitan a los apoderados que lleven a sus hijos a los consultorios, ya ante cualquier conducta disruptiva, que les dificulta realizar la clase con normalidad debido al comportamiento del menor, consideran que tienen un problema de hiperactividad o déficit de atención.” INFORME FINAL. PRESENCIA Y ABORDAJE DEL TRASTORNO HIPERCINÉTICO/TRASTORNO DE LA ATENCIÓN (THA) EN EL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD Y EDUCACIÓN EN LAS COMUNAS DE LO PRADO Y QUINTA NORMAL” Convenio. Cámara de Diputados de Chile Universidad de Chile Investigadoras: Ps. Nicole Giese, Lic. Carla Bórquez, Ps. Belén Martínez

Los servicios Públicos de Salud muestran solo una parte de la realidad de sobrederivación, ya que por causales de horas disponibles o cupos, los servicios como el COSAM atienden a solo una parte de los derivados. Muchos padres optan por acudir al Neurólogo particular para no perder la matrícula de su hijo o hija.

No obstante es posible visualizar que el porcentaje de prevalencia siempre es mayor al que plantea la OMS del 5%

8.- Caso específico COSAM comuna de Lo Prado

La muestra, compuesta por unos 542 casos, presenta un total de 158 usuarios con diagnóstico de THA, cifra que supone el 29,9615% del total de la muestra. La prevalencia de éste y del resto de diagnósticos se muestra en la siguiente tabla.

De entre los sujetos clasificados con tal diagnóstico, el 78,48% de ellos son varones, frente al 21,52% de casos que presenta el sexo opuesto. Con respecto a la edad, las cifras anteriores se mantienen, presentando una mayoría del 70% los casos de varones con diagnóstico de THA. Las edades comprendidas entre los 7 y los 14 años son las que muestran un número mayor de casos, especialmente los 10 y los 11 años, cifras que coinciden, cada una de ellas, con un 15% aproximadamente del total de casos de todas las edades.

y se constituye como un discurso hegemónico que sitúa el problema en el niño, y la solución, en el fármaco. Aun cuando algunos actores tanto desde el ámbito de la salud como de educación reconocen elementos culturales–como la necesidad de controlar el comportamiento en una sociedad altamente exigente y orientada al éxito- y pedagógicos –como la necesidad de diagnosticar a los niños con dificultades de aprendizaje y con problemas de conducta, para “sacarlos del aula” y poder así cumplir con las exigencias asociadas a las pruebas estandarizadas- la fuerza de estas fisuras en el discurso no son suficientes como para subvertir el discurso hegemónico.” Agrega “Los resultados de este estudio permiten afirmar que el TDA se constituye en el imaginario social como un diagnóstico que “encubre” muchas otras dificultades. La mayor sensibilización respecto de este trastorno ha vuelto, probablemente, a las personas, particularmente a los profesores, más susceptibles de atribuir “déficit de atención” a dificultades de aprendizaje y/o a problemas de conducta que podrían obedecer a otras causas. De esta manera, el diagnóstico de TDA vendría a constituir una suerte de “diagnóstico paraguas” que, en ocasiones, encubriría muchas otras situaciones personales, familiares y sociales, entre ellas, la pobreza.” Finalmente y de forma lapidaria el estudio detecta: “Los relatos de los médicos y profesionales de los servicios de atención secundaria y los coordinadores de los programas educativos municipales permite concluir que, en los últimos años, se ha venido desarrollando una mayor demanda en los servicios de atención secundaria del sistema de salud pública, por atender a niños con sospecha de TDA que requieren diagnóstico. Esta “sobredemanda” proviene de una mayor derivación de las escuelas a los consultorios, que a su vez derivan estos niños a los hospitales. La sobredemanda por parte del sistema educativo trae como consecuencia una mayor derivación al sistema de salud. Para los actores entrevistados, el origen de esta sobredemanda residiría en los profesores de aula, quienes por distintas razones -entre ellas, las sobre-exigencias de rendimiento educativo- estarían demandando a las escuelas “hacerse cargo” de los niños con dificultades de aprendizaje y/o conducta en el aula. Este “hacerse cargo” implicaría la derivación al servicio de salud, para recibir diagnóstico y con ello, tratamiento farmacológico que permitiera al niño rendir acorde a lo que espera –y se le exige- al profesor. La mayor demanda de los profesores hacia los equipos directivos se traduce, probablemente, en la búsqueda por buscar otros profesionales que puedan derivar a más niños de los que arrojan los instrumentos baremados que utilizan los profesionales del Programa HPV, que son los únicos que actualmente aplican un proceso de tamizaje o screening preventivo a todos los estudiantes de primer año básico. Esta mayor demanda por derivar probablemente se ha intensificado a partir de la contratación autónoma de psicólogos y otros profesionales de la salud mental por parte de los equipos directivos, con recursos de la Ley SEP.” El sistema sitúa al niño con problemas socio familiares como un niño con problemas neurológicos, la situación de pobreza, de falta de recursos, de falta de medios de desarrollo se transforma en un problema de normas, de conducta, de emociones, eliminando el factor social y familiar. Así : “El tratamiento médico se presenta entonces como “la solución” para todo aquello, y que permite a la escuela continuar haciendo su trabajo, “tal y como lo hacía antes”, cuando no solo tenía una composición del estudiantado radicalmente distinta, sino que además se veía mucho menos sometida a grandes exigencias que aquellas con las que debe lidiar hoy (por ejemplo, subir puntajes SIMCE en tiempos determinados; mostrar indicadores de efectividad para subir de escuela “emergente” a “autónoma”; subir matrícula que ha decaído durante los últimos cinco años en las escuelas municipales del país, para evitar la fusión de escuelas).”

Por otro lado y a modo de reconocer otro patrón presente en las escuelas, el estudio indica:” los actores de nivel municipal reconocen que las escuelas están siendo cada vez más demandadas a mostrar resultados según estándares, lo que impone un sistema altamente exigente. Para hacer frente a estas demandas, una vía es la “externalización” de los niños reconocidos como un “problema” para el sistema en tanto son más difíciles de enseñar. La externalización de los niños-problema ha sido identificada anteriormente por este equipo de investigación para el caso de los estudiantes con problemas de conducta debido a situaciones de agresión (López, Carrasco, Morales, Ayala, López & Karmy, 2011). En este estudio, hemos constatado que la externalización también opera en relación a los estudiantes con dificultades de atención, concentración y/o hiperactividad, pero también, respecto de otros niños difíciles de enseñar, que son derivados por sospechas de TDA que luego no son confirmados, por lo equivalen a casos de falso positivo. La externalización pone en tensión la calidad con equidad en educación. La sobredemanda en la derivación de TDA probablemente es fruto de la búsqueda por solucionar las dificultades de enseñanza para todos los alumnos, vale decir, para todo tipo de alumno. Por ello, la sobredemanda de la derivación no es ajena sino que debe considerarse parte del debate sobre educación de calidad con equidad. Un sistema educativo de calidad debiera ofrecer oportunidades de aprendizaje para todos los alumnos, considerando sus diferencias y atendiendo a ellas a través de la planificación de estrategias metodológicas diversas, y no excluyendo a estos alumnos de las posibilidades de aprendizaje en el aula.”

“El medicamento hace de un niño inquieto y distraído, un niño más concentrado y menos disruptivo en el aula. Con ello, todas sus “deficiencias” quedan fuera de la escuela, y vuelven otra vez a ser invisibles.”

En el mismo estudio se cita a un psiquiatra que indica: “Quizá si tuviéramos una condición ambiental distinta: un colegio más pequeñito, mucho más personalizado, con mucho apoyo pedagógico complementario al profesor, o psicopedagógico, psicológico, el niño podría ser manejado como un niño diferente, con alguna dificultad, adecuando su exigencia y su programa, y no necesariamente usar fármacos; pero esa es una condición que es muy difícil de encontrar” (Psiquiatra Hospital 2, p. 57).”

Además de los efectos dañinos del Metilfedinato, por ejemplo, sobre el aprendizaje y la presencia de un deterioro emocional, otros fármacos que se suministran a niños por estos mismos diagnósticos como la Risperidona y los antidepresivos, prescritos para mayores de 18 años, presentan graves efectos secundarios como anorexia o aumento de peso, retraso en el crecimiento, ideación suicida y alucinaciones. Biblioteca Medica de los Estados Unidos https://www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/druginfo/meds/a682188-es.html

Hay casos que inclusive se prescriben antiepilépticos como la Carbamazepina y el Ácido Valproico como inhibidores de la conducta hiperactiva con severos efectos secundarios para niños que no tienen ni epilepsia ni daño neurológico.

10.- Esta diputada patrocinante, ofició el año 2010, al Ministro de Salud por el uso de Risperidona (un antipsicótico para la Esquizofrenia) en niños de 7 años de Cerro Navia para el tratamiento de la hiperactividad. En dicha oportunidad la Psiquiatra del COSAM donde los niños estaban derivados por su escuela justificó plenamente el uso de este fármaco y de antidepresivos como uso habitual. Se observó en las fichas clínicas de los casos el escaso uso de terapias previas para el tratamiento de los casos, usándose la medicación en forma paralela y no como último recurso. Uno de los casos correspondió a un niño hijo de padres que cumplían condena, por lo que su mala conducta tenía plena justificación en gatillantes familiares situacionales, sin que fueran de exclusiva responsabilidad de la presencia de una enfermedad o trastorno de salud.11.- A estos efectos resulta también relevante, revisar algunas de las conclusiones contenidas en el estudio denominado “intervenciones actuales en el trastorno por déficit atencional con/sin hiperactividad (TDAH) en niños y adolescentes”, (tesis para optar al título de sicólogo U. de Chile, autora Carmen Alza Millie, 2013), que en extracto se transcriben:

- Es en Chile y en Latino América, donde investigaciones arrojan resultados sobre los factores que influyen en una deficitaria evaluación de los niños con TDAH. Se observa que por restricciones de tiempo y recursos económicos, las evaluaciones de los niños en atención primaria se realizan de forma extremadamente rápida, con protocolos de fácil aplicación y corta duración, tanto para el niño como para sus padres. Existe un mínimo de manejo de exámenes médicos y de laboratorio (EEG, TAC y exámenes de sangre, entre otras), y se observa un gran abandono por parte de los pacientes en el proceso de evaluación, tratamiento y seguimiento. En este sentido, aún queda mucho por hacer en nuestro país, ya que con evaluaciones rápidas, no es posible obtener información detallada en los niños que padecen el trastorno, y por consiguiente, la intervención será generalizada y no individualizada según las características del niño y su entorno escolar y social determinados. (pag 112)

- La literatura afirma que el tratamiento farmacológico aplicado a niños y adolescentes con TDAH, es un tipo de tratamiento que aumentó unas 20 veces en los últimos 30 años,(pag 113 ib ídem)

- Se constató en este estudio que un tratamiento solo de tipo farmacológico es insuficiente para el niño que padece TDAH, (pag 124 ib ídem)

- En Chile, a pesar de existir la intención por parte del Gobierno de favorecer a los niños con necesidades educativas especiales como es en el caso del TDAH y elaborar decretos como el ya conocido Decreto nº170, la realidad nos desvela algo muy 126 diferente a la intención, ya que existe un gran porcentaje de colegios en los que no se cubren estas necesidades educativas y los niños tienen que salir adelante simplemente con el tratamiento farmacológico, quedando desequilibrado el tan deseado Tratamiento Multimodal para los niños con TDAH. - En relación a los recursos chilenos destinados a la aplicación (pág. 126 ib ídem).

En definitiva el estudio postula la conveniencia de los tratamientos multimodales, por sobre los estrictamente farmacológicos.

12.- En suma, por cierto, no existen estudios que señalen con precisión la cantidad de niños que son sobrediagnosticados con el trastorno de TDAH, sin embargo a partir de los testimonios de padres y apoderados (evidencia empírica), de las estadísticas oficiales que dan cuenta del aumento progresivo en la importación de las sustancias farmacológicas usadas para su tratamiento (oficios del ISP) y de la literatura constituida por los estudios precitados, podemos INFERIR Y AFIRMAR que estamos frente a una realidad que hasta ahora ha sido mal abordada y que requiere adecuaciones legales a la normativa educacional, para no seguir perjudicando a nuestros niños y niñas en edad escolar particularmente. 13.- No cabe duda que la dictación de la ley 20845, conforme sus fines explícitos, constituyó un importante avance para la inclusión de todos y todas quienes buscan acceder y acceden en calidad de alumnos en nuestro sistema educacional, en tanto y cuanto modifico la ley 20.370 general de educación y el Decreto con Fuerza de Ley Nº2 de 1998 de Educación sobre subvenciones escolares.14.- Tampoco cabe duda que la ley 21.040 que crea el nuevo sistema de educación pública, dentro del marco de lo que ha sido la reforma educacional impulsada por el actual Gobierno encabezado por la presidenta Michel Bachelet Jeria, ha recogido por cierto los principios inspiradores de la ley mencionada en el numeral anterior, perfeccionándolos y `profundizándolos en muchos casos.15.- Sin embargo ninguno de los dos cuerpos legales mencionados recogen la problemática que se ha venido planteando en los considerandos anteriores. Por lo tanto y en lo que interesa a este proyecto, la ley 21.040 en su artículo 19 Nº4 párrafo segundo, estimamos que recoge adecuadamente lo que ha sido una larga aspiración de quienes, avalados por las evidencias y estudios que así lo demuestran, pensamos que existe al día de hoy una sobremedicación de nuestros estudiantes, es así como la norma hoy señala: “ No se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento. En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”16.- Siendo correcta la disposición recién transcrita, nos encontramos con una primera limitación relativa a la entrada en vigor de los servicios locales de educación, prevista conforme al artículo 6º de la ley antes citada al menos hasta el año 2025, o más si operare el mecanismo prevenido para su prórroga, en consecuencia tenemos expuestas a numerosas cohortes de estudiantes a estas mismas prácticas sin que se pueda hacer mayor cosa dado que en la ley se prevee esta disposición dentro del Título III y en lo relativo a las Responsabilidades del Servicio Local respecto de los establecimientos educacionales de su dependencia. En consecuencia y como es fácil de apreciar la aplicabilidad de esta disposición depende justamente de la puesta en marcha del servicio local respectivo.17.- Por otro lado observamos una incongruencia por cuanto la ley 21040, se hace cargo de lo que hoy entendemos como establecimientos públicos de educación, principalmente aquellos que hoy están bajo la administración de los municipios, directamente o a través de las respectivas corporaciones creadas al efecto, de modo que esta condición o exigencia puesta en el párrafo segundo del Nº4 del artículo 19 de la ley 21040, no alcanza al resto del sistema y la llamada ley de inclusión 20845, tampoco se hizo cargo del tema, en consecuencia estamos en deuda.18.- La forma de saldar esta deuda con nuestros niños y niñas es, como a su turno lo hizo la ley 20845, modificando el artículo 6º del D.F.L. Nº 2 de 1998 que FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 1996, SOBRE SUBVENCION DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, y la ley 20.370, en sus partes pertinentes.

IDEA MATRIZ DEL PROYECTO:

Hacer concordante la norma establecida en el párrafo segundo del numeral 4º del artículo 19 de la ley de la ley 21040 con lo establecido en el DFL Nº2 de 1998 de educación, y con la ley 20.370 que establece la ley general de educación, para que sea aplicable a todo el sistema educacional y con efecto inmediato con la promulgación y publicación de este proyecto convertido en ley de la república.

Por estas consideraciones es que propongo el siguiente,

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO PRIMERO: Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley 20.370 que establece la ley general de educación:

Para agregar un párrafo segundo a la actual letra j) del artículo 3º, del siguiente tenor:

“Del mismo modo propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales y no se podrá condicionar la incorporación, la asistencia, la permanencia de los y las estudiantes a que estos consuman algún tipo de medicamento.”

ARTICULO SEGUNDO: Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto con Fuerza de Ley Nº2 de 1998 de Educación:

En el artículo 6º:

Para incorporar en el párrafo undécimo de la letra d), después de la palabra “dificultades” seguida de un punto seguido “.”, que se convierte en coma “,” la siguiente oración: “Del mismo modo, en ningún caso, se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes”, agregándose al final de dicha oración un punto seguido “.”

Cristina Girardi Lavin

Diputada de la República

1.2. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 04 de septiembre, 2018. Informe de Comisión de Educación en Sesión 70. Legislatura 366.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y LA LEY SOBRE SUBVENCIÓN DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, EN EL SENTIDO DE PROHIBIR QUE SE CONDICIONE LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES AL CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAR TRASTORNOS DE CONDUCTA. BOLETÍN N° 11.662-04

_____________________________________________________________

Honorable Cámara:

La Comisión de Educación pasa a informar acerca del proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional y reglamentario, originado en una moción de las diputadas Cristina Girardi, Camila Rojas, Marisela Santibáñez y Camila Vallejo, y de los diputados Jaime Bellolio, Ricardo Celis, Juan Santana y Gonzalo Winter.

Asistió la Ministra de Educación, señora Marcela Cubillos Sigall; el Subsecretario de Educación, señor Raúl Figueroa Salas, y la Subsecretaria de Educación Parvularia señora María José Castro Rojas.

Se escuchó en audiencia a la Defensora de la Niñez señora Patricia Muñoz García; al Presidente del Centro de Estudios en Teoría Relacional y Sistemas de Conocimiento y Doctor en Ciencias y Médico, profesor de las Universidades de La Plata y de Buenos Aires señor Alejandro Malpartida; al Doctor en Neurociencias y académico de la Facultad de Medicina de la Universidad Andrés Bello, señor Ricardo Ramírez Barrantes; a la Directora Ejecutiva y al Presidente de la Fundación Cinco Pieles, señora Yasna Soto Rodríguez y doctor Sebastián Claro, respectivamente, y al Director de la Escuela Rural “Los Pellines” de Llanquihue, señor Luis Solís Cruces.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) Idea matriz o fundamental del proyecto.

La iniciativa legal tiene como propósito impedir que los establecimientos educacionales condicionen la incorporación, asistencia o permanencia de los estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, haciendo concordante la norma establecida en la ley sobre Nueva Educación Pública (ley N° 21.040) con lo establecido en la Ley General de Educación y la ley de Subvención Educacional Preferencial, para que sea aplicable a todo el sistema educacional.

2) Normas de quórum especial.

El artículo 1 del proyecto tiene el carácter de norma orgánica constitucional, toda vez que modifica el artículo 3, letra k), de la Ley General de Educación, que tiene ese carácter (fallo rol N° 2781-15-CPR del Tribunal Constitucional).

El proyecto no contempla normas de quórum calificado.

3) Normas que requieren trámite de Hacienda.

De acuerdo con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación el articulado del proyecto de ley aprobado por la Comisión no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.

4) Aprobación general del proyecto de ley.

El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad. Votaron a favor las señoras Cristina Girardi, María José Hoffmann, Camila Rojas y Camila Vallejo, y los señores Jaime Bellolio, Sergio Bobadilla, Rodrigo González, Luis Pardo, Hugo Rey, Juan Santana, Diego Schalper, Mario Venegas y Gonzalo Winter (13-0-0).

5) Diputado informante.

Se designó diputada informante a la señora Cristina Girardi Lavín.

II. ANTECEDENTES DEL PROYECTO.

A) Fundamentos.

Según se expresa en la moción, en el contexto de una sociedad donde el exitismo se ha vuelto un paradigma indesmentible, resulta necesario tener estudiantes dóciles y que, en definitiva, no sean disruptivos con el sistema. Una forma de disrupción resulta ser el “trastorno por déficit atencional e hiperactividad (TDAH), conforme su sigla en el “Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales” (DMS), elaborado por la American Psychiatric Asssociation.

Añade la iniciativa que resulta necesario mencionar el incentivo perverso que implica el actual sistema de subvención escolar, basado en la asistencia y que obliga a tener más alumnos por sala, deteriorando así la capacidad de los docentes para atender las necesidades educativas particulares.

Destaca que conforme la Guía de intervención mhGAP, para los trastornos mentales, neurológicos y por uso de sustancias en el nivel de atención de la salud no especializada de la Organización Mundial de la Salud, se establecen expresamente, para los trastornos de la conducta, término amplio que cubre los trastornos de déficit atencional y la hiperactividad, diversas acciones que deben ser implementadas previas a la medicación y que dicen relación con diversos apoyos psicosociales.

En todo caso, es categórico el informe en señalar que “no se debe suministrar metilfenidato a menores de 6 años” y además, establece como recomendación en general, “no use medicinas para los trastornos de conducta de niños y adolescentes”. Luego señala que el metilfenidato puede considerarse para la hiperactividad bajo los supuestos que se señalan en el propio manual.

Sin embargo, existe evidencia que en Chile, conforme ha informado el Director del Instituto de Salud Pública (ISP), mediante ordinario N° 01216, de fecha 27 de julio de 2017, desde el 2005 al 2017, el aumento de la importación de metilfenidato ha experimentado un aumento considerable.

Destaca el proyecto que se recogen las múltiples expresiones de preocupación que, en trabajo en terreno, se han recibido de padres y apoderados, referentes a “exigencias” de las escuelas de llevar a los niños a especialistas neurólogos o psiquiatras con el fin encubierto de medicarlos, lo que por cierto constituye una evidencia empírica. Incluso existe un fallo del 2° Juzgado de Letras de Quillota que condenó el 25 de abril de 2015 a un colegio de la zona por imponer condicionalidad a un alumno por este motivo.

Los test de conners abreviados que se aplican, resaltan las acciones negativas de los niños y niñas no siendo los docentes o directivos quienes debiesen aplicarlos. Por cierto, las normas educacionales deben salvaguardar la labor educativa y en ningún caso transformar el sistema educativo en una unidad de salud mental. La labor educativa debe centrarse en los modelos pedagógicos y psicopedagógicos correspondientes, salvaguardando la integridad física y mental de los educandos.

Por otra parte, destaca la iniciativa que se sabe, asimismo, que el uso abusivo de fármacos psiquiátricos en la infancia puede gatillar diversos problemas de salud que vienen descritos en los mismos prospectos de los fármacos que se le dan a niños pequeños y a adolescentes: ideación suicida, somnolencia, distonías, anorexia, aumento de peso, síndrome neuroléptico maligno y trastornos cardiacos[1].

En suma, sostiene la moción que no existen estudios que señalen con precisión la cantidad de niños que son sobrediagnosticados con el trastorno de TDAH, sin embargo a partir de evidencia empírica, los testimonios de padres y apoderados, de las estadísticas oficiales que dan cuenta del aumento progresivo en la importación de las sustancias farmacológicas usadas para su tratamiento y de la literatura constituida por los estudios, se trata de una realidad que hasta ahora ha sido mal abordada y que requiere adecuaciones legales a la normativa educacional, para no seguir perjudicando a los niños y niñas en edad escolar, particularmente.

B) Comentario sobre el articulado del proyecto e incidencia en la legislación vigente.

La ley N° 21.040 que crea el nuevo sistema de educación pública, en su artículo 19 N° 4, párrafo segundo, señala que “No se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento. En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”.

Sin embargo, la disposición transcrita tiene una primera limitación relativa a la entrada en vigor de los servicios locales de educación, prevista conforme al artículo 6 de la ley antes citada, al menos, hasta el año 2025, por lo que no es aplicable a los establecimientos públicos de educación que actualmente están bajo la administración de los municipios, directamente o a través de las respectivas corporaciones creadas al efecto, de modo que esta exigencia no alcanza al resto del sistema.

El proyecto consta de dos artículos permanentes, cuyo contenido es el siguiente:

El artículo 1 del proyecto modifica el artículo 3, letra k) del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005.

El artículo 2 modifica el artículo 6 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.

III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.

Presentación del proyecto, audiencias y discusión en general.

La diputada Girardi, autora del proyecto explicó que existe evidencia que en Chile conforme se ha informado por el Director del Instituto de Salud Pública (ISP), mediante ordinario 01216 de fecha 27 de julio de 2017, desde el 2005 al 2017, (considerando que solo hasta el 2016 comprende todo el año calendario), el aumento de la importación de metilfenidato ha experimentado el aumento que se muestra en la siguiente gráfica:

Sostuvo que resulta evidente que si ha aumentado la importación de la sustancia, sobre el 450% en 2016, es porque existen quienes son sus usuarios finales y ese aumento a su juicio es grave.

En reciente informe del mismo ISP, de fecha 26 de diciembre de 2017, remitido mediante ordinario N° 02272, titulado “Uso de Metilfenidato y Risperidona en niños, niñas y adolescentes diagnosticados con trastorno de déficit atencional e hiperactividad”, llaman la atención algunos de sus párrafos: “ la Risperidona…está indicada en pacientes adolescentes de entre 13 y 17 años y en adultos”; “Se ha descrito además que la terapia en conjunto de Metilfenidato con Risperidona, incrementa la posibilidad de efectos adversos, como por ejemplo, las posibilidades de un paro cardíaco en niños; “a nivel nacional se han reportado al Instituto de Salud Pública 38 sospechas de reacciones adversas asociadas a Risperidona en niños, niñas y adolescentes entre 2 y 19 años de edad. Las reacciones adversas más comúnmente reportadas corresponden a trastornos neurológicos en primer lugar (25,7%)”; “en el caso del Metilfedinato, ya descrito, que presenta un alza en el mes de marzo, junto al inicio del período escolar, descendiendo en los períodos de vacaciones”.

Por lo tanto, añadió que resulta necesario concluir que es un contrasentido que se hayan reportado efectos adversos, en el rango etario que se indica, si poco más arriba se afirma que solo está prescrito para adolescentes sobre 13 años y, por otro lado, este estudio no hace más que reafirmar que efectivamente existen tales efectos adversos.

A continuación, presentó el caso específico del Consultorio de Salud Mental de la comuna de Lo Prado. La muestra, compuesta por 542 casos, presenta un total de 158 usuarios con diagnóstico de THA, cifra que supone el 29,15% del total de la muestra. La prevalencia de éste y del resto de diagnósticos se muestra en la siguiente tabla:

De entre los sujetos clasificados con tal diagnóstico, el 78,48% de ellos son varones, frente al 21,52% de casos que presenta el sexo opuesto. Con respecto a la edad, las cifras anteriores se mantienen, presentando una mayoría del 70% los casos de varones con diagnóstico de THA. Las edades comprendidas entre los 7 y los 14 años son las que muestran un número mayor de casos, especialmente entre los 10 y los 11 años, cifras que coinciden, cada una de ellas, con un 15% aproximadamente del total de casos de todas las edades.

Además de los efectos dañinos del metilfedinato, por ejemplo, sobre el aprendizaje y la presencia de un deterioro emocional, otros fármacos que se suministran a niños por estos mismos diagnósticos como la risperidona y los antidepresivos, prescritos para mayores de 18 años, presentan graves efectos secundarios como anorexia o aumento de peso, retraso en el crecimiento, ideación suicida y alucinaciones[2]. Hay casos que inclusive se prescriben antiepilépticos como la carbamazepina y el ácido valproico como inhibidores de la conducta hiperactiva, con severos efectos secundarios para niños que no tienen ni epilepsia ni daño neurológico.

La Defensora de la Niñez, señora Patricia Muñoz, junto con expresar su apoyo a la iniciativa parlamentaria, llamó a pensar de qué manera se está planteando la niñez a la luz de la Ley General de Educación, si se apunta a la integralidad de la educación o al éxito academicista, haciéndose la pregunta para qué se educa, cómo se entrega esta educación integral y cómo la educación se hace cargo de los estudiantes y sus diferencias.

Además, de responder a otras interrogantes, como cuál es el rol de los profesores y si éstos, en el contexto del proyecto en estudio, se encuentran habilitados para sugerir una derivación médica y si se deben revisar las competencias de los docentes para abordar las diferentes condiciones de los niños.

Afirmó la existencia de un sobrediagnóstico del déficit atencional en Chile, que supera el 17%, siendo que a nivel mundial es de alrededor del 4 o 5%.

Estimó como muy relevante que el proyecto prospere no solo en el sentido de condicionar la matrícula, sino que también la permanencia de un niño en un establecimiento educacional por razones médicas. Este proyecto podría potenciar y favorecer una política de Estado que diga relación con el derecho a la salud y con el derecho a la educación.

El Presidente del Centro de Estudios en Teoría Relacional y Sistemas de Conocimiento, doctor Alejandro Malpartida dejó a disposición de la Comisión un documento en el que aborda el uso de fármacos en la educación, entre otros temas.

Afirmó que todos los fármacos y más aún los psicofármacos (antidepresivos, ansiolíticos, antipsicóticos y estabilizadores del estado de ánimo), producen modificaciones que repercuten en manifestaciones cognitivas, emocionales y conductuales. Estos últimos suelen impactar en determinados “circuitos” que tienen que ver con la “recompensa”, los cuales se encuentran implicados en las adicciones. Esto no es casual, como tampoco lo es que también ciertos alimentos impacten más que otros en los circuitos de recompensa.

El desarrollo de psicofármacos es producto de muchos años de estudio controlado y pueden ser excelentes en determinadas circunstancias, las cuales no son cualquier circunstancia y menos aun cuando se trata de escolares o personas en crecimiento. Para lo cual, se requieren protocolos exhaustivos antes de hacerse de su uso, esto es así puesto que fuera de la exigencia de lograr el éxito y de lo normado, fuera de la historia individual, muchas veces solo se requiere tiempo para crecer y “madurar”.

En el mundo citadino sobreexigido, lo usual es que determinadas circunstancias desencadenen eventos que terminan activando los dispositivos del estrés, porque no se superan aquellas situaciones que demandan la capacidad de asimilar agresiones y frustraciones, el síndrome general de adaptación hace su aparición y se desencadenan los problemas, que tardan mucho más en resolverse que en instalarse y en un ambiente exigente o sobreexigido no hay lugar para dilaciones.

Sumidos en este esquema, los niños son educados para la continuidad de esas formas de vida, los padres requieren seguir sosteniendo el esquema que posibilita que sus hijos asistan a la escuela y así ellos concurrir a su trabajo. En el esquema del cómo deben seguir siendo las cosas, y frente a la necesidad de mantener una forma cada vez más adecuada para mantener cierto tipo de mercado, cualquier perturbación debe ser devuelta o puesta inmediatamente dentro del régimen de lo esperado. Así es entonces que la máquina-proceso jamás libera al que ingresa y frente a la cual, no aparece la interrogación recursiva. Entonces se descalifica a los que “no rinden”, equiparando el aprendizaje con la productividad laboral y de esta descalificación surge la calificación de “trastorno”.

Las etiquetas borran la singularidad de la historia individual, de ideales y vivencias de los niños. Es de ésta misma forma que el entorno social, familiar y escolar del niño se libera de la responsabilidad que implica entender y proveer las bases para la educación, ahora sólo hay que tratar lo que es disruptivo, como ocurre en una secuencia productiva de un emprendimiento escalable, la escuela es una empresa que produce.

Luego, cabe preguntarse, en qué momento comenzamos a ocuparnos del resultado y no del proceso. Pareciera que todo empieza con desear tanto el éxito, que se mide todo por resultado en sí mismo.

El sistema educativo, una de las bases de la construcción social, aun en su versión más actualizada y menos reprochable, tiene extendidas ramificaciones que no le pertenecen y con las cuales, de entablar una confrontación, se encontraría en una competencia muy desigual; los mensajes de los medios y de las redes sociales se han trasformado en mensajes educadores y decisores de las inclinaciones de las personas desde hace muchos años.

En el contexto de la exigencia de contenidos y horas, producir la calma es una palabra mágica. Es así que en el corto plazo y sin más dilaciones ciertos fármacos proveen de calma a la excitación, a la explosión de actividad espontánea y autónoma, creativa o no de los chicos, el resultado es el comportamiento socialmente aceptable del niño. El niño no es sujeto, es objeto y lo único que importa es que no moleste.

Por otro lado, si el comportamiento congruente con una edad relativamente menor dentro del año escolar se etiqueta erróneamente o de forma sistemática, muchos diagnósticos de déficit de atención serían incorrectos y los niños podrían ser tratados innecesariamente con medicamentos cuando quizás se trata un trastorno de inmadurez o retraso en la maduración cerebral como lo vienen mostrando algunos estudios. El tema relevante es que si la etiqueta de “enfermedad estigmatizante” prevalece sin la debida preocupación por el tema y su origen, se abre la puerta a la intromisión y vía libre a drogas dentro de las escuelas para ser usadas frente a la rebeldía, generado así el “control social”; el control de los educandos, de sus madres, padres, familiares, amigos y también de los educadores.

Esto termina mostrando de forma grave la facilidad con la cual nuestra sociedad acepta una solución simplista, frente al camino largo que implica buscar soluciones de mayor dedicación y tiempo, de superar la situación de crisis frente a la exigencia y la posibilidad del fracaso. El desespero de madres y padres desbordados por un problema que no es fácil y que, de hecho, se comprende de manera muy fragmentada en sus orígenes, lleva una vivencia trágica.

El auge que ha tomado la patologización, y medicalización de la infancia, alertó sobre la gravedad de estigmatizar y unificar a distintos niños y niñas con trastorno de atención con o sin hiperactividad en un único diagnóstico, puesto que genera la imposibilidad de identificar adecuadamente, lo cual da cuenta de una concepción reduccionista del tema, frente a las posibles patologías y su tratamiento.

Es por este motivo que en el diagnóstico debe trabajar un equipo transdisciplinario que contemple aspectos biológicos, neurocognitivos y psicológicos, evitando la estigmatización y medicalización sin más, sino a través de diagnósticos diferenciales exhaustivos antes de rotular con una patología. En este contexto sería deseable plantearse también que tipo de educación necesitamos reforzar y además considerar donde empieza la alimentación con relación a la educación o porque no, donde empieza la educación a partir del aire que respiramos en las ciudades.

Estas cuestiones que no parecen tomarse en cuenta, se territorializan en la neurosis por la lucha contra el cambio climático y luego, o acto seguido, se desterritorializan de manera esquizoide en la educación del consumo, sin ofrecer nunca la pauta que conecta uno con otro. Replantearse la situación familiar, la situación ambiental de la ciudad y la escuela, significa replantearse a sí mismo, replantear las instituciones que nos rodean y que debieran cuidarnos en este camino de una sociedad deseosa de un mercado deseante. Por esto es más fácil dar y tomar pastillas para volver al control, que repensar la complejidad de la posición de la cultura y de la sociedad humana en el mundo.

El Doctor en Neurociencias y académico de la Facultad de Medicina de la Universidad Andrés Bello señor Ricardo Ramírez inició su presentación señalando que el trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDHA) ronda entre un 4 a 5% de los adultos. En la actualidad, tratándose de los niños, es el profesor quien determina si hay o no déficit a través de un test. Se trata de un reporte subjetivo donde nadie se pregunta sobre la idoneidad de los profesores para su realización y diagnóstico.

Aseguró que el TDHA tiene importantes consecuencias en las personas y su vida en el ámbito académico, emocional y su comportamiento, por ejemplo, careciendo de regulación emocional, siendo agresivas y,o impulsivas, no manteniendo la atención adecuada, entre otras; afectando como se inserta el estudiante en su entorno familiar y social. Hoy la única alternativa que se utiliza es un fármaco, pero no se puede tener a una persona medicada toda la vida con todos los efectos adversos que implican. Se deben buscar otras alternativas.

A continuación se refirió al denominado “Vagabundeo mental”, en adelante VM (mind wandering) o pensamientos espontáneos no dirigidos, es decir: “Pensar en cualquier otra cosa no relacionada con aquello que quiero pensar”. Los datos muestran que el 50% del tiempo de vigilia se tiene vagabundeo y cuando tiene una componente demasiado elevada es perjudicial.

Señaló que los efectos de los pensamientos auto-generados en VM, dicen relación con la disminución en la efectividad y eficiencia en resolver problemas específicos (tarea dirigida) y una interferencia en redes atencionales y el desacoplamiento perceptual, lo que se traduce en pensamientos rumiantes (negativos), predisposición para el estrés crónico, depresión, presente en TDHA, autismo, burnout y déficit en el aprendizaje.

Respecto del VM y los pensamientos episódicos, expresó que el cerebro funciona incesantemente en un sistema de intrincadas redes o actividades correlacionadas (sincrónicas) entre diferentes núcleos, lo que se observa en funciones tales como el lenguaje, el sistema motor, el sistema visual y el sistema auditivo.

Enfatizó que la solución a lo anterior son las ciencias contemplativas consistentes en la meditación y atención metacognitiva. La meditación, desde un punto de vista tradicional se entiende como una atención sin juicio de las experiencias en el momento presente, lo que constituye una excelente alternativa para muchos síndromes.

Para la neurociencia, la meditación se define como una forma de entrenamiento mental que tiene como objetivo mejorar las capacidades psicológicas centrales de un individuo, como la autorregulación atencional y emocional. En consecuencia, la meditación constituye un método no farmacológico, que logra autonomía, que no se agota y busca una mirada profunda.

Por otra parte, las ciencias contemplativas son de carácter constructivo y deconstructivo. La primera busca cultivar, cuidar, o fortalecer los patrones cognitivos y afectivos que fomenten el bienestar. Prácticas de esta familia pueden tener como objetivo la promoción de dinámicas interpersonales sanas, para fortalecer un compromiso con los valores éticos y de bienestar.

La segunda dice relación con la auto-indagación para fomentar la comprensión de los procesos de percepción, la emoción y la cognición. Se encuentran orientadas hacia la calidad de los objetos de la conciencia, o hacia la conciencia misma. Las ciencias contemplativas, además, se encuentran centradas en la atención, porque fortalecen la autorregulación de los diversos procesos de atención, basadas en iniciar y sostener la atención metaconcognitiva.

A continuación, expresó que el proceso de la meditación se encuentra compuesto por tres niveles: el fenomenológico, el cognitivo que se encuentra asociado a la atención y el nivel neuronal (redes cerebrales asociadas), que en su conjunto logran robustecer algunas zonas del cerebro sin medicación.

Destacó como propiedades de “la atención meditativa” la capacidad de atención, es decir, de auto-sostenerse consciente, frente a estímulos cuyas cualidades repetitivas, no excitables conducirían de otra manera a la habituación y a la distracción en otros estímulos y el control de la atención, es decir, la capacidad de monitorear y regular los estados atencionales

Asimismo refirió a los efectos comunes a toda meditación, como son la disminución del stress, la potenciación en la capacidad de atención y el incremento en la calidad de vida o bienestar. Manifestó que todo se basa en la potenciación de la autoregulación, que por una parte, desde el punto de vista que denominó “Familia Atencional” (efecto “anti-fusión con la experiencia”) combate el TDHA, la depresión, la ansiedad, la adicción y el dolo; y por otra parte, desde el efecto que llamó “Familia Constructiva” (reevaluación) implica una mejora la autoimagen y le hace frente al Desorden Ansioso Social (SAD).

Finalmente, ante la pregunta de cómo insertar la meditación en contextos educacionales, expresó que tiene que impactar en la comunidad educativa completa, porque todos tienen que saber quiénes son y aprender a relacionarse con el otro. Las prácticas contemplativas son un esfuerzo profundo que impacta en la regulación de la emoción y la empatía, tendiendo a un estado de bienestar.

El Presidente de la Fundación Cinco Pieles, doctor Sebastián Claro y la Directora Ejecutiva, señora Yasna Soto basaron su intervención en una presentación que inicia con las siguientes preguntas: por qué el tratamiento de un trastorno de salud mental puede condicionar la asistencia de los niños a la escuela y cuál es la cuestión fundamental que descubre la necesidad de legislar en esta materia.

Para resolver las interrogantes precedentes, expresaron que se deben conocer algunos antecedentes, entre ellos que:

-En Chile de las 1.456 denuncias que se realizaron ante la Superintendencia de Educación Escolar, un 51% recayó en asuntos relativos a TDAH, que en edad escolar se aborda desde el punto de vista educacional y de salud.

-Desde la perspectiva de la educación, se cuenta con el Programa de Integración Escolar (PIE), la ley de Subvención Escolar Preferencial (SEP) y el Programa Habilidades para la Vida (HPV). Además, de un documento llamado: “DÉFICIT ATENCIONAL”, guía para su comprensión y desarrollo de estrategias de apoyo, desde un enfoque inclusivo, en el nivel de Educación Básica, elaborado por el Ministerio de Educación el año 2009.

-Desde el área de la salud es una prioridad programática (año 2008) y existe un programa de apoyo a la salud mental infantil de niños y niñas de 5 a 9 años (PASMI) del año 2017.

-No se han diseñado intervenciones específicas e integrales para abordar el TDAH, sin perjuicio de que existe un escaso trabajo intersectorial y colaboración entre salud y educación.

Precisaron que el déficit atencional genera muchas culpabilidades en el entorno, como ocurre con los profesores, médicos y padres. Asimismo, llamaron a valorar la labor de los primeros y positivarla. No se puede desconocer que hay un problema cuando hay un niño hiperactivo, teniendo el docente el derecho a considerarlo como tal, el tema es tener una sociedad que entregue soluciones.

Finalmente, concluyeron que el uso prevalente del TDAH y de la farmacoterapia en niños y niñas significa un problema público relevante, el diagnóstico de TDAH presenta déficits fundamentales y que el problema en cuestión no es un niño-TDAH, sino una situación-TDAH.

El abordaje de la situación-TDAH requiere enfocarse en la relación del niño con sus adultos significativos, favorecer condiciones para la individualización del niño o la niña, y generar condiciones legislativas, presupuestarias y evaluativas para el trabajo intersectorial entre salud y educación.

El Director de la Escuela Rural “Los Pellines” de Llanquihue, señor Luis Solís manifestó que estar en la sala de clases entrega una perspectiva diferente, si bien se mostró de acuerdo con lo anteriormente expresado. Relató su experiencia escolar, haciendo hincapié en que cuando hay un niño con problemas lo acogen como comunidad y se entiende que la dificultad no es del niño, sino de todos.

Señaló que cuando asumió la dirección, el 35% de los niños estaba medicado, y actualmente se trabaja para eliminar el consumo de drogas como tratamiento al déficit atencional. Afirmó que cuando llegó a la escuela había filas de pastilleros con los nombres de los niños y las dosis que había que darles, eso se ha tratado de eliminar.

Precisó que la pregunta fundamental dice relación con cómo se quiere que los niños sean, siendo la respuesta transversal que todos sean felices. Sin embargo, existe una tremenda contradicción en el sistema, que se evidencia, por ejemplo, con intentar hacerlos aprender a su ritmo, versus un SIMCE que obliga a rendir con mucha premura.

Contó que generalmente los niños con déficit de aprendizaje son los mejores deportistas, músicos, entre otras habilidades, e hizo hincapié en que pese a que la educación debiera ser dinámica, se les prefiere medicar para mantenerlos apagados.

El diputado Pardo consultó al doctor Ramírez si tiene antecedentes de experiencia comparada sobre la introducción de la meditación a nivel educacional. Al doctor Claro le preguntó si la prohibición absoluta de la medicación en los niños sería adecuada.

El diputado Bellolio, junto con reflexionar en el sentido de que portarse bien o mal dentro del aula tiene que ver con un concepto de educación que se aplica hace más de 100 años, consultó qué aspectos son relevantes de enfatizar en los niños, especialmente en los primeros años de educación.

La diputada Hoffmann agradeció las exposiciones porque le hicieron reflexionar y llamó a incorporar la meditación a las aulas.

La diputada Vallejo expresó que una revolución en el aula mejora la calidad en la educación, sin embargo, a la fecha no hay una propuesta concreta de parte del Ejecutivo, siendo hoy una buena oportunidad para revolucionar el aula, especificando en qué consistirá, por ejemplo, el apoyo de parte de la escuela y el aseguramiento de la inclusión, porque quizás se requiere de capacitación a los profesores, recursos, reordenar las jornadas escolares, etc. Preguntó al Ejecutivo en qué materias se podría comprometer.

El diputado Venegas llamó a revisar el uso de los recursos de la ley de Subvención Escolar Preferencial en esta materia.

El diputado Winter expresó que la única individualización de los estudiantes es el éxito en la sala de clases, en deportes o en otro ámbito.

El diputado Schalper llamó a no generar expectativas en el sentido de que si hay una ley, se resuelve el problema. Consultó si se necesita esta regulación, porque ya está contenida la materia en el artículo 10 N° 11 de la Constitución Política de la República y en las instrucciones y circulares de la Superintendencia de Educación.

El diputado Rey destacó que la forma de enseñar en Chile no ha cambiado desde el año 1900 o antes, situándola en un ambiente que potencia los trastornos. Estimó que la prioridad es preocuparse del entorno o contexto en que se educa, debiendo capacitarse a los docentes, cambiar las mallas curriculares, entre otras medias, debiendo ser la medicación la última alternativa.

La diputada Girardi precisó que su iniciativa se funda en la denuncia de los padres sobre el condicionamiento de ingreso o permanencia de sus hijos al consumo de medicamentos. Aclaró que la medicación nace de la escuela y no de los padres, además de que no se busca prohibir la medicación, sino que la escuela condicione el ingreso y permanencia de los alumnos a que consuman algún medicamento.

Destacó que un gran porcentaje de alumnos estaría siendo obligado a medicarse por parte de las escuelas para poder asistir a clases. Uno de los trastornos más importantes que sufren los niños en la etapa escolar es el trastorno de déficit atencional con hiperactividad y esto, claramente, se ha convertido básicamente en que un porcentaje enorme de niños en las escuelas son obligados por las escuelas a medicarse para que puedan asistir al colegio.

Sostuvo que se está vulnerando el derecho de los niños en el sistema escolar, obligando a que los padres mediquen a sus hijos para poder asistir y para poder acceder al derecho a la educación. Aclaró que la situación no está regulada y que el propio Ministerio no cumple con las sugerencias de la OMS, por ejemplo, en lo referente a la prescripción y consumo de metilfenidato a menores de 6 años.

En respuesta a las consultas anteriores, el doctor Claro expresó que es muy difícil combatir con el fármaco en cuanto sus efectos. El problema no es el medicamente sino que la falta de otras respuestas que hagan innecesario su uso. El eje es tener una adecuada relación entre los niños y entre éstos con los profesores. Expresó que vislumbra como problema cómo la sociedad, por su propia decisión, opta por consumir fármacos para lograr un mejoramiento cognitivo.

El doctor Ramírez coincidió en que combatir con el fármaco es difícil, pero las disciplinas contemplativas como la danza, música, yoga, entre otras, generan ciertas habilidades personales que no son solo técnicas que benefician en un momento o circunstancia, sino que ayudan para toda la vida de los seres humanos. La meditación estimula la empatía y debe entrar en la comunidad educativa en general.

El doctor Malpartida manifestó que la educación y la salud pública son la base, haciendo hincapié en lo fundamental de la alimentación. Sostuvo que resulta paradigmático que alimentos procesados de dudosa conformación y empaque, se encuentren junto a los medicamentos, los cuales ayudan a resolver los problemas causados por aquellos.

El señor Solís expresó que para mejorar se deben crear proyectos por comunas o provincias, respetando la características propias de las comunidades. La clave es que los niños sean felices.

Finalmente, el Subsecretario Figueroa expresó que hay aspectos que exceden al Ministerio de Educación, ya que dicen relación con un problema de salud pública. Asimismo, se debe tener cuidado con atribuir la culpa de todo al sistema educacional y perder de vista los objetivos de éste, ya que los aprendizajes forman parte de la educación integral. Se mostró dispuesto a estudiar propuestas para mejorar el proyecto.

Puesto en votación general el proyecto fue aprobado por unanimidad. Votaron a favor las señoras Cristina Girardi, María José Hoffmann, Camila Rojas y Camila Vallejo, y los señores Jaime Bellolio, Sergio Bobadilla, Rodrigo González, Luis Pardo, Hugo Rey, Juan Santana, Diego Schalper, Mario Venegas y Gonzalo Winter (13-0-0).

IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN PARTICULAR.

A continuación, se dio inició a la votación en particular en la siguiente forma.

Artículo 1

Se presentaron las siguientes indicaciones:

1) De la diputada Girardi para agregar al final del párrafo tercero de la letra k) del artículo 3 de la ley N° 20.370 que establece la ley general de educación, propuesta por el proyecto, pasando el punto final a ser coma, la siguiente frase: “para tratar trastornos de conducta.”.

La diputada Girardi enfatizó que el propósito de la indicación dice relación específica con no condicionar el ingreso o permanencia de los niños con diagnóstico de Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) o similares, en las escuelas, porque evidentemente la limitación no se hace extensiva a otro tipo de patologías, tales como la diabetes, la epilepsia, la esquizofrenia u otras, en las cuales la medicación puede ser obligatoria y necesaria.

La Comisión, por unanimidad de votos, consensuó agregar a la indicación la siguiente frase final: “tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad”.

Puesta en votación la indicación, con la modificación consensuada, resultó aprobada por unanimidad de votos de los diputados Bellolio, Bobadilla, Girardi, González, Hoffmann, Torrealba (en reemplazo de Pardo), Rey, Rojas, Santana, Schalper y Vallejo Winter (12-0-0).

2) Del diputado Schalper, para agregar la siguiente frase al párrafo tercero que se añade a la letra k) del artículo 3 de ley N° 20.370, que establece la ley General de Educación:

“En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes”.

3) Del diputado Schalper para agregar la siguiente frase al párrafo tercero que se añade a la letra k) del artículo 3 de ley N° 20.370 que establece la Ley General de Educación: “Excepcionalmente, y en aquellos casos en que un médico certifique la imperativa necesidad de la medicación, conforme a estudios y exámenes psicológicos debidamente acreditados sobre el estudiante, la prohibición anterior no será aplicable.”.

El diputado Schalper retiró ambas indicaciones, en atención a que la indicación recién aprobada deja en claro que la medicación necesaria para otras patologías no queda incluida en esta prohibición

4) De la diputada Girardi para agregar un párrafo final a la letra k) del artículo 3 de la ley N° 20.370 que establece la ley general de educación, del siguiente tenor:

“Con todo, los establecimientos propiciaran iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender estas necesidades y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades, emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, tai-chi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como el bienestar e integración de los estudiantes. Atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.”.

La Comisión acordó intercalar la frase: “deportivas o” entre los vocablos “practicas” y “contemplativas”.

Puesta en votación la indicación, con la modificación consensuada, resultó aprobada por unanimidad de votos de los diputados Bellolio, Bobadilla, Girardi, González, Hoffmann, Torrealba (en reemplazo de Pardo), Rey, Rojas, Santana, Schalper y Vallejo Winter (12-0-0).

Artículo 2

Se presentaron las siguientes indicaciones:

5) De la diputada Girardi para intercalar en párrafo undécimo de la letra d) del artículo 6 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, propuesto por el proyecto, después de la palabra “medicamento”, la frase: “Para tratar trastornos de conducta”.

La Comisión, por unanimidad de votos, consensuó agregar a la indicación la siguiente frase final: “tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad”.

Puesta en votación la indicación, resultó aprobada por unanimidad de votos de los diputados Bellolio, Bobadilla, Girardi, González, Hoffmann, Torrealba (en reemplazo de Pardo), Rey, Rojas, Santana, Schalper y Vallejo Winter (12-0-0).

6) Del diputado Schalper para agregar la siguiente oración al párrafo undécimo de la letra d):

“Excepcionalmente, y en aquellos casos en que un médico certifique la imperativa necesidad de la medicación, conforme a estudios y exámenes psicológicos debidamente acreditados sobre el estudiante, la prohibición anterior no será aplicable.”.

La indicación fue retirada por su autor.

V. INDICACIONES RECHAZADAS.

No las hubo.

VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No las hubo.

VII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.

En mérito de las consideraciones anteriores y por las que, en su oportunidad, pudiere añadir la diputada informante, la Comisión de Educación recomienda la aprobación del siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo 1.- Agréganse los siguientes párrafos segundo y tercero en la letra k) del artículo 3 la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación:

“Del mismo modo, propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales y no se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad.

Con todo, los establecimientos propiciaran iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender estas necesidades y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, tai-chi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como el bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.”.

Artículo 2.- Incorpórase en el párrafo undécimo de la letra d) del artículo 6 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, después de la palabra “dificultades”, la siguiente oración: “, del mismo modo, en ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. La escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”.

VIII. DIPUTADO INFORMANTE.

Se designó diputada informante a la señora CRISTINA GIRARDI LAVÍN.

SALA DE LA COMISIÓN, a 4 de septiembre de 2018.

Acordado en sesiones de fecha 14 y 21 de agosto y 4 de septiembre de 2018, con la asistencia de las diputadas Cristina Girardi Lavín (Presidenta), María José Hoffmann Opazo, Camila Rojas Valderrama y Camila Vallejo Dowling, y de los diputados Jaime Bellolio Avaria, Sergio Bobadilla Muñoz, Rodrigo González Torres, Luis Pardo Sáinz, Hugo Rey Martínez, Juan Santana Castillo, Diego Schalper Sepúlveda, Mario Venegas Cárdenas y Gonzalo Winter Etcheberry.

Por la vía del reemplazo asistió el diputado Sebastián Torrealba Alvarado.

MARÍA SOLEDAD FREDES RUIZ,

Abogada Secretaria de la Comisión.

[1] El año 2013 se publicó el Estudio denominado “Los medicamentos estimulantes mejoran los resultados educativos y conductuales en los niños con Hiperactividad con déficit atencional?” realizado por tres investigadores de las Universidades de Princeton Cornell y Toronto y que revisó un seguimiento a 14 años del uso de estos medicamentos en escolares. El estudio encontró que su uso no mejoró significativamente el rendimiento y conducta que por el contrario se relacionó con un empeoramiento de las funciones cognitivas y de memoria y un aumento de la depresión en especial en el caso de las niñas. También como en otros estudios se señala que su uso prolongado daña las funciones de aprendizaje. En Chile los doctores Marc Zeise y Bernardo Morales del Laboratorio de Neurociencias de la USACH estudiaron a nivel celular y molecular los efectos del metilfedinato (ritalin o aradix) en el funcionamiento cerebral constatando que a determinado nivel este fármaco inhibe la potenciación de larga duración por lo tanto la persona llega a aprender menos. En los registros del Ministerio de Educación en las necesidades educativas transitorias donde se encuentran el déficit atencional y algunos problemas de aprendizaje leves el registro ha aumentado de 77 mil el año 2011 a 192 mil el año 2014 siendo el aumento alarmante. Una de las situaciones que cambió el año 2010 fue la entrada en vigencia del decreto que consideró al TDAH causal de subvención por Necesidad Educativa Especial por lo tanto hipotéticamente el estímulo de la subvención generó un aumento inflado de este trastorno. Si bien la OMS señala que entre el 4% y el 5% de los niños presenta TDHA en Chile alcanzaría al 17%. Durante el año 2015 se registraron 78.891 ingresos de atención en los Servicios Públicos de Salud en niños entre 0 y 16 años en los diagnósticos de trastorno hispercinético (19.595) trastorno disocial (1.629) trastorno de ansiedad de separación (1.568) trastorno del comportamiento (42.833) trastorno de ansiedad (11.347) trastorno generalizado del desarrollo (2.019). El 90% de ellos se encuentra medicado. En un estudio realizado por la Universidad de Chile se indica que “los profesionales de educación son quienes manifiestan en mayor medida esta percepción de un altísimo nivel de prevalencia llegando al punto de considerar que un 70% de los alumnos de su clase sufre déficit atencional. En este sentido la demanda de los profesores hacia el servicio de salud ha aumentado considerablemente siendo la escuela la mayor fuente de derivación por THA que tienen en APS. Por su parte el servicio de salud cuestiona constantemente esta práctica que podría llamarse de “sobrederivación” por parte de los profesores. El cuestionamiento se basa en el criterio con el cual los docentes solicitan a los apoderados que lleven a sus hijos a los consultorios ya ante cualquier conducta disruptiva que les dificulta realizar la clase con normalidad debido al comportamiento del menor consideran que tienen un problema de hiperactividad o déficit de atención.”. Los servicios Públicos de Salud muestran solo una parte de la realidad de sobrederivación ya que por causales de horas disponibles o cupos los servicios como el COSAM atienden a solo una parte de los derivados. Muchos padres optan por acudir al neurólogo particular para no perder la matrícula de su hijo o hija. No obstante es posible visualizar que el porcentaje de prevalencia siempre es mayor al que plantea la OMS del 5%. A estos efectos resulta también relevante revisar algunas de las conclusiones contenidas en el estudio denominado “intervenciones actuales en el trastorno por déficit atencional con/sin hiperactividad (TDAH) en niños y adolescentes” (tesis para optar al título de sicólogo de la Universidad de Chile autora Carmen Alza Millie 2013) que en extracto se transcriben: -Es en Chile y en Latino América donde investigaciones arrojan resultados sobre los factores que influyen en una deficitaria evaluación de los niños con TDAH. Se observa que por restricciones de tiempo y recursos económicos las evaluaciones de los niños en atención primaria se realizan de forma extremadamente rápida con protocolos de fácil aplicación y corta duración tanto para el niño como para sus padres. Existe un mínimo de manejo de exámenes médicos y de laboratorio (EEG TAC y exámenes de sangre entre otras) y se observa un gran abandono por parte de los pacientes en el proceso de evaluación tratamiento y seguimiento. En este sentido aún queda mucho por hacer en nuestro país ya que con evaluaciones rápidas no es posible obtener información detallada en los niños que padecen el trastorno y por consiguiente la intervención será generalizada y no individualizada según las características del niño y su entorno escolar y social determinados (pág. 112 de la tesis). -La literatura afirma que el tratamiento farmacológico aplicado a niños y adolescentes con TDAH es un tipo de tratamiento que aumentó unas 20 veces en los últimos 30 años (pág. 113 ibídem). -Se constató en este estudio que un tratamiento solo de tipo farmacológico es insuficiente para el niño que padece TDAH (pág. 124 ibídem). -En Chile a pesar de existir la intención por parte del Gobierno de favorecer a los niños con necesidades educativas especiales como es en el caso del TDAH y elaborar decretos como el ya conocido decreto N° 170 la realidad nos devela algo muy diferente a la intención ya que existe un gran porcentaje de colegios en los que no se cubren estas necesidades educativas y los niños tienen que salir adelante simplemente con el tratamiento farmacológico quedando desequilibrado el tan deseado Tratamiento Multimodal para los niños con TDAH. En definitiva el estudio postula la conveniencia de los tratamientos multimodales por sobre los estrictamente farmacológicos.
[2] Biblioteca Medica de los Estados Unidos https://www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/druginfo/meds/a682188-es.html

1.3. Discusión en Sala

Fecha 26 de septiembre, 2018. Diario de Sesión en Sesión 76. Legislatura 366. Discusión General. Pendiente.

PROHIBICIÓN A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE CONDICIONAMIENTO DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES A CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAMIENTO DE TRASTORNOS DE CONDUCTA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11662-04)

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Educación y la Ley sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

Diputada informante de la Comisión de Educación es la señora Cristina Girardi .

Antecedentes:

-Moción, sesión 10ª de la presente legislatura, en 10 de abril de 2018. Documentos de la Cuenta N° 6.

-Informe de la Comisión de Educación, sesión 70ª de la presente legislatura, en 11 de septiembre de 2018. Documentos de la Cuenta N° 9.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora GIRARDI, doña Cristina (de pie).-

Señor Presidente, me corresponde informar sobre el proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación y la Ley sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

El proyecto se inició en una moción de las diputadas Cristina Girardi , Camila Rojas , Marisela Santibáñez y Camila Vallejo , y de los diputados Jaime Bellolio , Ricardo Celis , Juan Santana y Gonzalo Winter .

Idea matriz o fundamental

La iniciativa legal tiene como propósito impedir que los establecimientos educacionales condicionen la incorporación, asistencia o permanencia de los estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, haciendo concordante la norma establecida en la ley sobre Nueva Educación Pública (ley N° 21.040) con lo establecido en la Ley General de Educación y la Ley de Subvención Educacional Preferencial, para que sea aplicable a todo el sistema educacional.

Fundamentos

Según se expresa en la moción, en el contexto de la sociedad que hoy tenemos, el exitismo se ha vuelto uno de los principales paradigmas. Para mantenerlo resulta necesario tener estudiantes dóciles y que, en definitiva, no sean disruptivos con el sistema. Una forma de disrupción resulta ser el trastorno por déficit atencional e hiperactividad (TDAH).

Añade la iniciativa que resulta necesario mencionar el incentivo perverso que implica el actual sistema de subvención escolar, basado en la asistencia y que obliga a tener más alumnos por sala, deteriorando así la capacidad de los docentes para atender las necesidades educativas particulares.

Es necesario señalar que el trastorno por déficit atencional e hiperactividad es la patología mental de mayor prevalencia en los niños que están en la etapa escolar en Chile. Estudios señalan que estos pueden ir del 10 al 24 por ciento, y coinciden también los especialistas en que hay un sobrediagnóstico y, por lo tanto, una sobremedicación en los niños que están en etapa escolar. Estamos ante una patologización de la infancia en nuestro país.

Destaca el proyecto que conforme con la guía de la OMS para los trastornos mentales, neurológicos y por uso de sustancias en el nivel de atención de la salud no especializada, se establecen expresamente para los trastornos de la conducta -término amplio que cubre los trastornos de déficit atencional e hiperactividad diversas acciones que deben ser implementadas previamente a la medicación y que dicen relación con diversos apoyos psicosociales. Esto en Chile no se da. No hay apoyo psicosocial para los niños y lo que se hace es medicar en forma inmediata.

En todo caso, el informe es categórico en señalar que “no se debe suministrar metilfenidato a menores de 6 años” y, además, establece como recomendación general no usar medicinas para los trastornos de conducta de niños y adolescentes.

Luego, señala que este medicamento puede considerarse para la hiperactividad bajo los supuestos que se señalan en el propio manual, esto es, después de haber intervenido al paciente con diversos apoyos psicosociales.

La moción pone de relieve que en trabajo en terreno se han recogido múltiples expresiones de preocupación recibidas de padres y apoderados referentes a “exigencias” de las escuelas de llevar a los niños a especialistas neurólogos o psiquiatras con el fin encubierto de medicarlos, lo que, por cierto, constituye una evidencia empírica. Incluso existe un fallo del 2° Juzgado de Letras de Quillota que condenó, el 25 de abril de 2015, a un colegio de la zona por imponer condicionalidad a un alumno por este motivo.

Los test de Conners abreviados que se aplican en las escuelas resaltan las acciones negativas de los niños y niñas, no siendo los docentes o directivos quienes debiesen aplicarlos; sin embargo, son ellos quienes los aplican.

Por cierto, las normas educacionales deben salvaguardar la labor educativa y en ningún caso transformar el sistema educativo en una unidad de salud mental, como está ocurriendo hoy en nuestro país.

La labor educativa debe centrarse en los modelos pedagógicos y psicopedagógicos correspondientes, salvaguardando la integridad física y mental de los educandos.

Por otra parte, la iniciativa destaca que se sabe que el uso abusivo de fármacos psiquiátricos en la infancia puede gatillar diversos problemas de salud que vienen descritos en los mismos prospectos de los fármacos que se les dan a niños pequeños y a adolescentes: ideación suicida, somnolencia, distonías, anorexia, aumento de peso, agresividad, síndrome neuroléptico maligno y trastornos cardíacos, entre otros.

En suma, sostiene la moción que no existen estudios que señalen con precisión la cantidad de niños que son sobrediagnosticados con trastorno de TDAH; sin embargo, a partir de la evidencia empírica recogida de testimonios de padres y apoderados y de las estadísticas oficiales que dan cuenta del aumento progresivo en la importación de sustancias farmacológicas usadas para su tratamiento, y de la literatura constituida por los estudios, se trata de una realidad que hasta ahora ha sido mal abordada y que requiere adecuaciones legales a la normativa educacional para no seguir perjudicando a los niños y niñas en edad escolar.

Según información proporcionada por el director del Instituto de Salud Pública (ISP), entre 2005 y 2016 la importación de metilfenidato ha experimentado un aumento por sobre el 450 por ciento.

En un reciente informe del mismo ISP, de fecha 26 de diciembre de 2017, titulado “Uso de Metilfenidato y Risperidona en niños, niñas y adolescentes diagnosticados con trastorno de déficit atencional e hiperactividad”, llaman la atención algunos de sus párrafos: “la Risperidona -medicamento que se indica para controlar los cuadros sicóticos en pacientes con esquizofreniaestá indicada en pacientes adolescentes de entre 13 y 17 años y en adultos”; “Se ha descrito además que la terapia en conjunto de Metilfenidato con Risperidona -es lo que ocurre en nuestro país-, incrementa la posibilidad de efectos adversos, como por ejemplo, las posibilidades de un paro cardíaco en niños”; “a nivel nacional se han reportado al Instituto de Salud Pública 38 sospechas de reacciones adversas asociadas a Risperidona en niños, niñas y adolescentes entre 2 y 19 años de edad -es decir, lo que está indicado para niños de 17 años se está indicando para niños en nuestro país, a partir de los 2 años-. Las reacciones adversas más comúnmente reportadas corresponden a trastornos neurológicos en primer lugar (25,7%)”; “en el caso del Metilfenidato, ya descrito, que presenta un alza en el mes de marzo, junto al inicio del período escolar, descendiendo en los períodos de vacaciones”.

Sin embargo, resulta un contrasentido que se hayan reportado efectos adversos, en el rango etario que se indica, si poco más arriba se afirma que solo está prescrito para adolescentes.

Además de los efectos dañinos del Metilfenidato, como, por ejemplo, sobre el aprendizaje y la presencia de un deterioro emocional, otros fármacos que se suministran a niños por estos mismos diagnósticos, como la Risperidona y los antidepresivos prescritos para mayores de 18 años, presentan graves efectos secundarios, como anorexia, aumento de peso, retraso en el crecimiento, ideación suicida y alucinaciones. Hay casos en que, incluso, se prescriben antiepilépticos como inhibidores de la conducta hiperactiva, con severos efectos secundarios para niños que no tienen ni epilepsia ni daño neurológico. Eso es lo que hoy estamos haciendo con los niños de nuestro país en etapa escolar.

En el marco de la discusión general del proyecto de ley, y luego de la exposición de diversos especialistas en la materia, hubo consenso en la comisión en torno a la necesidad de aprobar esta iniciativa.

Durante la discusión en particular, la comisión introdujo algunas modificaciones, las que se reseñan a continuación.

En primer lugar, se aprobaron indicaciones de la diputada que informa, para aclarar que la norma que impide condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los niños y los estudiantes a que estos consuman algún tipo de medicamento se refiere a aquellos medicamentos para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad, porque evidentemente la limitación no se hace extensiva a otro tipo de patologías que puedan presentar los niños, como la diabetes, la epilepsia u otras, en las cuales la medicación puede llegar a ser indispensable.

Además, se aprobó otra indicación de la misma autora para que los establecimientos adopten iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender estas necesidades y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, taichí, danza o expresiones artísticas destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico como al bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

El artículo 1 del proyecto tiene el carácter de norma orgánica constitucional, toda vez que modifica el artículo 3°, letra k), de la Ley General de Educación, que tiene ese carácter.

No hay disposiciones de quorum calificado.

De acuerdo con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación, los artículos que se reseñan en el informe no deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda.

El proyecto fue aprobado, tanto en general como en particular, por unanimidad. El objetivo de esta moción es educar y no medicar.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

En discusión el proyecto de ley. Tiene la palabra el diputado Enrique van Rysselberghe .

El señor VAN RYSSELBERGHE.-

Señora Presidenta, hoy debatimos un proyecto que busca proteger a los estudiantes y a sus familias de discriminaciones por parte de los establecimientos educacionales, debido a la exigencia de consumo de medicamentos para poder permanecer en el colegio a aquellos alumnos que sufren algún trastorno psicológico, como déficit atencional o hiperactividad.

Si bien en nuestro país no se han realizado estudios que verifiquen el real diagnóstico que se da a los alumnos que padecen estas conductas especiales, conocemos -conozco personalmente el testimonio de padres y apoderados que señalan con angustia que muchas veces los colegios les exigen, como condición de la permanencia de su hijo en el colegio, asistir a neurólogos y psiquiatras, para que todos aquellos que desordenan el ambiente escolar reciban tratamiento médico para controlar situaciones de déficit atencional e hiperactividad, principalmente.

Por otro lado, respecto de esta materia, la Organización Mundial de la Salud ha revelado que, entre 2008 y 2017, ha habido un aumento considerable de la importación del Metilfenidato, medicamento que es utilizado para tratar dichos trastornos de conducta.

Otro factor importante a considerar es que el uso excesivo de medicamentos psiquiátricos en la niñez puede generar diferentes y graves problemas de salud que vienen descritos como efectos secundarios de su uso en niños y adolescentes. Estos van, como bien describió la diputada que informó el proyecto, desde el suicidio, la anorexia, el aumento de peso, hasta trastornos cardíacos, entre otras graves dificultades.

Bajo este contexto, la iniciativa que hoy discutimos busca proteger a los alumnos y a sus familias, prohibiendo a los establecimientos educacionales condicionar la permanencia de estos al uso de medicamentos. Además, establece que los colegios deberán propiciar terapias alternativas para los alumnos que lo necesiten, como actividades de yoga, deportes, danza artística, entre otras, siendo esta la primera acción que se debe promover en la comunidad educativa por sobre los tratamientos neurológicos o psiquiátricos a base de medicamentos.

En consideración a todo lo expuesto, anuncio mi voto a favor e insto a mis colegas aquí presentes a apoyar esta iniciativa en favor de muchas familias chilenas que experimentan esta injusta discriminación en sus comunidades escolares y ven cómo, dramáticamente, sus hijos o hijas son obligados a medicarse para poder tratar estos trastornos de conducta.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Ha concluido el tiempo del Orden del Día.

La discusión de este proyecto continuará en una próxima sesión.

1.4. Discusión en Sala

Fecha 03 de octubre, 2018. Diario de Sesión en Sesión 79. Legislatura 366. Discusión General. Pendiente.

PROHIBICIÓN A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE CONDICIONAMIENTO DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES A CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAMIENTO DE TRASTORNOS DE CONDUCTA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11662-04) [CONTINUACIÓN]

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Corresponde continuar la discusión del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Educación y la Ley sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

Antecedentes:

-La discusión del proyecto se inició en sesión 76ª de la presente legislatura, en 26 de septiembre de 2018, ocasión en que se rindió el informe de la Comisión de Educación.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Saldívar .

El señor SALDÍVAR.-

Señor Presidente, en nuestro país se droga a niños para que estén atentos y disponibles para las actividades de la clase. Esto es impactante, pero es verdad.

Según estudios, refrendados por los expertos que asistieron a la Comisión de Educación, en nuestro país existe el triple de niños con hiperactividad y déficit atencional que en cualquier otro país. Es más, hay niños que son drogados sin necesitarlo.

No deja de llamar la atención que a las personas mayores se les prohíba el consumo de drogas cuando es por placer y de manera voluntaria, pero cuando la droga es para hacer funcionar al sistema no solo se sugiere su consumo, sino que en algunos casos muy particulares se obliga a hacerlo. Por lo mismo, no debe extrañar el alto consumo de drogas funcionales, como los antidepresivos y ansiolíticos. En el caso de los niños, la risperidona y el Ritalin abundan en nuestros colegios.

Necesitamos avanzar más profundamente en lo que entendemos por educación, ya que se mantienen criterios mercantiles, que buscan estandarizar la medición del proceso educativo. En ese contexto, los niños que no cumplen con el estándar de conducta, no son deseados, y se droga a los niños más inquietos, quienes no pueden acomodarse a las rígidas normas de la sala de clases.

En definitiva, a los niños se les droga para hacer funcionar el sistema educacional, que no está acorde con los tiempos actuales. Digámoslo con franqueza: en pleno siglo XXI hay asignaturas que muchas veces funcionan como hace un siglo.

Este proyecto es importante, pero debe ser acompañado de un cambio en la forma en que entendemos la educación. Se deben respetar y aceptar las diferencias, y se deben potenciar las distintas capacidades de los estudiantes. Por lo mismo, los profesores son llamados a ser protagonistas del proceso educativo, porque son ellos quienes pasan más tiempo con los niños. Sin embargo, muchas veces para evitarse problemas, algunos docentes sugieren a los padres de estos niños el uso de esas famosas pastillas, que, literalmente, apagan la creatividad de esos menores y tienen efectos muchas veces irreparables.

Debemos cambiar nuestro paradigma educativo, debemos recoger la evidencia internacional y salir del neoliberalismo educacional, que, con instrumentos de medición estandarizados, establece incentivos perversos. A final de cuentas, en función de esos instrumentos, todos buscan obtener buenos resultados, que, al igual que todo en el mercado, son usados como publicidad para que otros padres matriculen a sus hijos en esos colegios. Así, nuestra educación está en función del mercado.

Al respecto, quiero mencionar el caso de la educación en países nórdicos, como Finlandia y Noruega, que registran los mayores índices de felicidad, y en los que no se evalúa a los niños hasta la adolescencia. En esos países la educación es todo el proceso, no solo el resultado estandarizado. Por eso, debemos observarlos y aprender de su experiencia.

Tengo la convicción de que los niños no son el problema y que obligarlos a consumir drogas es vulnerar sus derechos, por lo que apoyo plenamente este proyecto de ley y, sin dudarlo, lo votaré favorablemente.

Por lo expuesto, emplazo al gobierno a poner a los niños en primer lugar, como dicen, y a velar por que proyectos como el que estamos discutiendo sean pronto ley de la república. Hay que cambiar el rumbo de la educación, colocarla al servicio de la comunidad, y no permitir que los niños queden a merced de la educación y de las necesidades del mercado educativo, que, como concepto, debe ser erradicado de nuestro sistema.

He dicho.

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi .

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señor Presidente, como autora de esta iniciativa, quiero agradecer a todos los integrantes de la Comisión de Educación, que apoyaron este proyecto de ley en forma unánime.

Es importante, como dijo el diputado Raúl Saldívar , plantearse qué está pasando con el sistema educacional de nuestro país. Hay datos que son preocupantes. Es preocupante, por ejemplo, que la importación de metilfenidato, el Ritalin, haya aumentado cerca de 500 por ciento en los últimos años. Eso es una barbaridad. Y estamos hablando solo de lo que el Estado compra. En otras palabras, las compras públicas de ese fármaco han aumentado en cerca de 500 por ciento.

Repito: aquí no se incluyen las compras de metilfenidato que hacen los privados. Esto quiere decir que el Estado de Chile está haciendo una apuesta por drogar a los niños de nuestro país.

El International Narcotics Control Board sitúa a Chile entre los diez países con más demanda de este fármaco. Por lo tanto, Chile está dentro de los diez países que más medican a los niños en etapa escolar.

Las políticas públicas ligadas a educación y a salud han fomentado y exacerbado las prácticas de diagnóstico y de tratamiento farmacológico en Chile. Estudios internacionales -esto es muy importante- muestran que los niños que usaron Ritalin mejoraron muy poco sus resultados académicos y aumentaron su infelicidad.

Claramente, en Chile no estamos preocupados de los niños; estamos preocupados de que el sistema funcione. Lo que estamos alimentando es el sistema. Todos los especialistas que asistieron a la Comisión de Educación para tratar este tema nos plantearon que el problema no es el niño, sino el contexto educacional en el que están inmersos hoy, el que, supuestamente, genera aprendizaje en los niños.

Quiero plantear algunos aspectos adversos del Ritalin.

Uno de los problemas que le preocupa enormemente a nuestra sociedad es la violencia escolar. Tenemos proyectos para expulsar a niños y para abordar soluciones al tema de la violencia en el sistema escolar.

El 24,9 por ciento de los niños está diagnosticado con trastorno de déficit atencional con hiperactividad. O sea, más de un cuarto de nuestros niños está diagnosticado con ese trastorno y, por lo tanto, está medicado.

Se ha comunicado que la administración de metilfenidato provoca síntomas psicóticos, tales como alucinaciones visuales y táctiles, o manías en pacientes tratados con dosis habituales de estimulantes como el Ritalin.

Asimismo, durante el tratamiento con fármacos estimulantes como el Ritalin se ha comunicado la aparición de conductas agresivas o la exacerbación de la conducta agresiva inicial. O sea, queremos que no haya violencia, pero les damos medicamentos a los niños para que, efectivamente, la respuesta en estos casos sea mayor agresividad.

¿Qué nos dice la guía clínica de la OMS respecto del trastorno de déficit atencional? Como título dice “No medicar”. Es decir, la recomendación inicial de la guía clínica de la Organización Mundial de la Salud es no medicar a los niños y plantea una serie de alternativas de tratamiento terapéutico, como apoyo psicológico, tratar a los padres; abordar el tema desde la familia, con el profesor y la escuela, y cambiar los contextos de aprendizaje. Ninguna de esas alternativas se ponen en práctica en Chile. Ellos dicen que si ninguno de esos apoyos psicológicos resulta, recién ahí podríamos tener autorización para medicar en los casos más complejos.

Repito: hoy en Chile esto no se aplica; no hay apoyo psicológico; no hay cambio de contexto educacional, y lo primero que se hace es entregar pastillas a los niños. Esa es la respuesta que tiene nuestro sistema a niños que pueden presentar trastornos de déficit atencional con hiperactividad.

¿Qué es lo otro importante que dice la guía clínica de la OMS? Que en el caso de medicar, solo hacerlo con niños mayores de seis años. Tenemos una cantidad enorme de niños medicados que son menores de cinco años. Hemos detectado casos de niños de un año medicados con Ritalin. ¡Un año!

¿Qué más nos dice la guía clínica de la OMS? No entregar ningún otro psicotrópico que no sea, efectivamente, el metilfenidato en caso de que haya que tratar. Tenemos miles, cientos de casos de niños que reciben Ritalin y risperidona. ¿Qué es la risperidona? Es el medicamento que se les indica a los pacientes esquizofrénicos para controlar los cuadros psicóticos.

¿Qué dice el prospecto de la risperidona? No administrar por más de sesenta días a pacientes esquizofrénicos; sin embargo, nosotros tenemos niños que llevan seis o siete años medicados con risperidona. O sea, claramente estamos cometiendo un crimen como sociedad.

Me aterra ver cómo cada vez más niños, como si esto fuera lo más normal del mundo, son derivados hacia la medicación para acceder al derecho a la educación. ¿Qué hacen las escuelas hoy? Las escuelas ponen como condición que el niño visite al especialista y vuelva con el medicamento para permanecer en clases. Eso es una aberración; eso es eliminar el derecho a la educación de los niños.

Tenemos claro -es lo que han planteado los especialistas- que el problema no es el niño. Incluso, han planteado que es muy difícil establecer un diagnóstico psiquiátrico y ponerse de acuerdo entre los especialistas respecto de cuáles son realmente los síntomas y los signos asociados al trastorno de déficit atencional. Esto no es una enfermedad; por eso se le llama trastorno. Sin embargo, estamos tratando a los niños como si estuvieran enfermos, en circunstancias de que es el sistema el que está enfermo y está enfermando a los niños.

No es casual que tengamos muchísimos niños medicados en el sistema escolar; tampoco es casual que tengamos una gran cantidad de profesores medicados.

Es muy importante que aprobemos la iniciativa, que lamentablemente no regula -eso lo vamos a ver después en otro proyecto- lo que pasa en el ámbito de la salud. Aquí solo estamos tocando el ámbito de la educación, para que la escuela no ponga como condición que el niño tenga que estar drogado para acceder a su derecho a la educación. Es lo mínimo de lo mínimo que debemos hacer. ¡Lo mínimo!

Otro efecto que genera la risperidona, por si ustedes no lo saben, es la obesidad. Tenemos cientos de niños obesos en nuestro sistema. ¡Cientos de niños obesos! La obesidad infantil es uno de los problemas más importantes que enfrenta la salud pública en nuestro país. ¿Qué hacemos? Les damos risperidona para que sean obesos. Por un lado, hacemos programas antiobesidad, y, por otro, les damos las pastillitas para que los niños sean obesos. ¡Gran país tenemos! ¡Grandes políticas públicas tenemos!

Claramente, creo que aquí debemos poner coto a una situación que está afectando a miles de niños en nuestro país. ¿Qué hace la escuela -sobre esto hay denuncias en la Superintendencia- cuando el papá o la mamá se opone? Dice que si se niega a medicar a su hijo, lo van derivar a la OPD para protección del Sename. Estamos generando una destrucción sistemática de los niños en nuestro país. Los padres no pueden decidir si quieren hacer tratamiento con flores de Bach, porque la escuela opina que el niño medicado es mucho más funcional al sistema.

Debemos cambiar el sistema; no tenemos que medicar a los niños, sino que debemos modificar un sistema educativo que claramente está generando estrés -incluidos los profesores- y está dañando a nuestros niños.

No hay peor ciego que el que no quiere ver. Lo que tenemos aquí es un sistema educativo que no está educando, que está entrenando, que está generando perversión y que no está dando educación ni felicidad a los niños.

Por ello, invito a votar a favor el proyecto de ley.

He dicho.

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, quiero iniciar mi intervención con un agradecimiento a la diputada Cristina Girardi y a todos los miembros de la Comisión de Educación que transversalmente decidieron acompañarla en este proyecto de ley.

Me consta que la diputada Cristina Girardi ha sido una activista permanente para sacar adelante modificaciones legales para incentivar un cambio cultural y de perspectiva en la educación de los niños y niñas de nuestro país, particularmente en relación con esta dramática situación.

Quiero recordar cómo partió la tramitación de este proyecto de ley. Un elemento fundamental dentro de la discusión de la iniciativa fueron las miles de denuncias que hicieron padres y madres de colegios públicos y privados porque sus niños y niñas fueron derechamente discriminados en el ingreso a sus escuelas o en su permanencia en ellas, pues se les obligaba a consumir medicamentos.

En la Comisión se expuso que, de las 1.456 denuncias que se realizaron ante la Superintendencia de Educación Escolar, el 51 por ciento recae en asuntos relativos al trastorno por déficit atencional e hiperactividad, al cual hizo referencia recientemente la diputada Cristina Girardi .

Sabemos que hay familias que toman la decisión de medicar a sus hijos, y están en su derecho, porque hoy existen diferentes mecanismos para tratar ese tipo de trastorno, entre los cuales la medicina entrega ciertas alternativas. Sin embargo, no podemos comprender ni aceptar que en los colegios ocurra ese tipo de discriminación cuando estamos en el camino de eliminar las discriminaciones.

Hace algunos años, en la Cámara de Diputados terminamos de tramitar la ley de inclusión escolar que apuntaba en la línea de eliminar las discriminaciones arbitrarias, económicas o de otro tipo con nuestros niños y niñas, porque ellos no pueden ser discriminados para tener acceso a la educación. Por el contrario, la sociedad debe garantizarles el acceso y el derecho a la educación, con todos los elementos que se deban incorporar para facilitar su inclusión, independientemente de sus características propias.

Hemos hablado de políticas de inclusión y de cómo incorporar en la educación tradicional a aquellos niños y niñas que tienen algunos déficits de atención o algunos trastornos mentales e, incluso, algunas patologías. Sin embargo, como señalé, nos encontramos con que hay 1.456 denuncias ante la Superintendencia de Educación Escolar, realizadas por familias que fueron derechamente discriminadas en relación con el ingreso o a la mantención de sus hijos en escuelas por no querer darles esos medicamentos, por no querer, como dijo recién la diputada Girardi , drogar a sus niños.

Esos medicamentos no solo significan un desembolso económico importante para las familias, sino que muchas veces también generan consecuencias indeseables en la salud de los niños. En algunos casos generan efectos positivos, pero en muchos otros producen efectos adversos, y todos sabemos que los medicamentos no solo tienen efectos positivos en relación con el tratamiento de una determinada enfermedad, patología o trastorno, sino que también, en muchas ocasiones, generan efectos físicos, psicológicos e, incluso, en este caso, y particularmente en relación con los medicamentos a que nos referimos, algunos efectos en la manera de relacionarse.

No podemos aceptar que en nuestro país estemos buscando rehabilitar a la juventud, de la que tanto se habla, en relación con las drogas, y que, sin embargo, se den experiencias concretas en colegios públicos y privados que dan cuenta de que se quiere drogar a nuestros niños y niñas para mantenerlos en sus salas de clase. Esta situación es inaceptable.

Por eso celebro que este proyecto de ley no solo plantee la necesidad de prohibir explícitamente, en la ley General de Educación, el condicionamiento a los estudiantes al consumo de estos medicamentos para incorporarse o mantenerse en las escuelas, sino que, además, incentive los mecanismos diferentes o alternativos para tratar esas situaciones.

No se trata de desatender la realidad de estos niños ni de mirar para el lado; no se trata de no hacernos cargo de aquellos trastornos o cuando hay un niño con déficit atencional, sino de asumirlos de una manera diferente.

Nuestros niños no pueden ser tratados como personas con las que se puede experimentar; no pueden ser ellos los que resuelvan el problema del modelo de educación por la vía de su sacrificio. ¡No lo vamos a aceptar, señor Presidente! No vamos a sacrificar a nuestros niños para superar aquellos problemas que tiene el modelo de educación, por no tener la cantidad adecuada de niños por sala, por no tener docentes capacitados para tratar este tipo de situaciones, por no tener políticas reales de inclusión en aquellas situaciones especiales que existen y que hay que atender de la misma manera y con la misma prioridad que se hace en la atención de la educación de los demás niños de nuestro país, que tienen derecho a acceder, a mantenerse y, por supuesto, a tener garantizado el derecho a la educación por la que tanto hemos luchado.

Sin lugar a dudas, este tipo de medidas, por pequeñas que parezcan y aisladas que sean, son fundamentales para empezar a cambiar este modelo de educación arcaico que no da cuenta de las necesidades actuales de desarrollo que tenemos para los niños de nuestro país.

Anuncio el voto a favor de la bancada del Partido Comunista y del Partido Progresista. Además, agradezco y saludo a los diputados y diputadas autores de este proyecto transversal, entre quienes se encuentran las diputadas Cristina Girardi y Camila Vallejo , y el diputado Bellolio , por colocar sobre la mesa una discusión tan importante como esta, poniendo en el centro lo que nunca debió dejar de ser prioridad: los niños y niñas del país, en función de su derecho fundamental a la educación sin ningún tipo de discriminación. He dicho.

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, quiero partir por precisar el contenido de este proyecto porque es importante que algunos colegas lo tengan a la vista.

La iniciativa busca no condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de una persona al uso de medicamentos. Dejo esto claro porque algunos se preguntan qué pasará con una persona que tiene un tratamiento para una enfermedad clínicamente diagnosticada. ¿Significa que no va a poder seguir su tratamiento? No, porque este proyecto simplemente aspira a que no se condicione por parte de ningún organismo educacional la incorporación, asistencia y permanencia al uso de un medicamento. Lo que hay detrás, y este es un propósito transversal, es que no se empleen los fármacos como un medio de interacción pedagógica, sobre lo cual se alcanzó un acuerdo transversal, como anunciaron quienes me antecedieron en el uso de la palabra.

El proyecto tiene una virtud que hay que destacar, cual es que deja en evidencia muchas carencias en distintos ámbitos de nuestra vida social y educacional. Primero, el tema del síndrome de déficit atencional. En la comisión conversamos sobre el tema y concordamos en que quizás alguno de nosotros pudo haber sido diagnosticado de algún trastorno de este tipo. El 51 por ciento de las denuncias en la Superintendencia de Educación habla de un problema que es como un bolsillo de payaso porque, ante ciertas dificultades pedagógicas, se prefiere apelar a ese síndrome que tiene muy poco respaldo en la evidencia científica.

Hay que reconocer que en 2009 se trató de afrontar este desafío con un documento, pero este ya se encuentra completamente obsoleto.

Hay otras carencias de fondo que es importante dejar en evidencia, ya que se ha mencionado el tema pedagógico. Debemos ser capaces de generar modelos pedagógicos que estimulen los talentos, la diversidad de carismas y la diversidad de nuestros estudiantes. ¿Cuántos de ellos son diagnosticados con déficit atencional e hiperactividad simplemente por no cuadrar en el patrón específico? Lo que hay en el fondo -lo digo casi como una experiencia personal- es que algunos atributos no calzan en el sistema y es más fácil calificarlos como déficit atencional e hiperactividad que tratar de generar modelos pedagógicos que realmente reconozcan esa diversidad.

Por otra parte, tenemos el desafío de hacer intervenciones de distintas disciplinas para hacernos cargo de esos niños, pero seamos francos, especialmente aquellos que representamos a zonas rurales, y reconozcamos que, muchas veces, esos profesionales no existen o no se tiene la capacidad para contratarlos en las escuelas rurales.

Entonces, ¿cuál es el desafío que tenemos, desde el punto de vista del sistema, para generar profesionales que realmente apoyen a nuestros niños en su diversidad de necesidades?

Organizaciones de profesores nos hablaron del estrés -lo mencionó la diputada Girardi - del cual ellos son objeto y de cómo muchas veces el exceso de alumnos en sala y la falta de capacidad para preparar las horas de clases se traducen en pocas posibilidades de hacerse cargo de aquellos niños que requieren un mayor esfuerzo pedagógico. ¿Qué podemos hacer para mejorar esas condiciones? También es parte del desafío.

Tangencialmente, este proyecto toca dos temas de los que tampoco nos hemos hecho cargo: el primero tiene que ver con distinguir el uso de medicamentos, en mi opinión, inapropiadamente como mecanismo pedagógico de la salud mental. En Chile no tenemos ley de salud mental. No nos hemos hecho cargo de sistematizar las normas relativas a la salud mental. Por lo tanto, cuando nos vemos enfrentados a situaciones como esta, no tenemos cuerpos legales a los cuales echar mano. Ahí tenemos otra tremenda responsabilidad quienes estamos a cargo de legislar.

El segundo dice relación con lo siguiente: el proyecto habla de educación de niños con necesidades educativas especiales. Tampoco tenemos un cuerpo legal sobre esa materia. No nos hemos hecho cargo de potenciar adecuadamente a los más vulnerables del sistema educativo, que son los niños con necesidades especiales, y de distinguir su realidad de niños hiperactivos que efectivamente, quizás, hay que estimular de una manera pedagógica distinta.

Más allá de todas esas carencias que me interesaba poner de relieve y que nos ponen en la obligación moral y política de darles respuesta, sí tengo clara una cosa, y espero que la Cámara también la tenga clara: empastillar a nuestros niños no es el camino.

La iniciativa cuenta con apoyo transversal. Por tanto, espero que logremos algo muy valioso como señal: aprobar con una amplia mayoría el proyecto, para decir que el Ritalin y las pastillas no son el mecanismo adecuado para educar a nuestros hijos. He dicho.

-Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia .

El señor URRUTIA (don Osvaldo).-

Señor Presidente, antes de ir al fondo del proyecto, creo necesario destacar la importancia de hacer efectiva esta modificación a la Ley General de Educación y a la ley de subvenciones, principalmente en consideración a que la materia que intenta regular el presente proyecto de ley impacta directamente en evitar un riesgo grave a la integridad física y psíquica de nuestros niños y jóvenes.

Es así como, desde hace algunos años, el uso del metilfenidato y otros psicofármacos en las aulas de nuestros establecimientos educacionales se ha transformado en algo común e, incluso, prevalente como especie de “instrumento educativo”, con el fin de hacer frente a situaciones adversas en el proceso de aprendizaje al interior de las salas de clases.

Lamentablemente, lo masivo de esta práctica, que se materializa previo diagnóstico, a veces superficial, de un trastorno de déficit atencional y de hiperactividad que presentan algunos alumnos, está sustentado en las cifras de importación de medicamentos, como el metilfenidato (usualmente conocido como Ritalin o Aradix), según ha sido informado por el propio director del Instituto de Salud Pública, que ha tenido un aumento alarmante de 342 por ciento en promedio en los últimos cinco años en nuestro país.

Es menester señalar también que, junto a esta poco favorable o alarmante cifra, en Chile existe un 17 por ciento de niños y jóvenes diagnosticados con trastorno de déficit de atención con hiperactividad, en circunstancias de que el índice promedio mundial ronda entre el 4 y el 5 por ciento. Estos datos nos dan a entender que estamos frente a un sobrediagnóstico evidente, que conlleva todos los riesgos asociados a la medicación infundada de fármacos tan potentes y con tantos efectos secundarios, tales como impactos dañinos en el proceso de aprendizaje, deterioro emocional, ideas suicidas, anorexia, trastornos cardiacos, entre otros.

Es decir, ante los efectos mencionados sobre los niños y jóvenes producidos por este tipo de drogas de prescripción restringida, como son la cesación de la hiperactividad y la producción de niños más “atentos” u “ordenados” en la sala de clases, a través de los años hemos llegado al convencimiento de que medicar a nuestros alumnos para obtener el “resultado académico esperado” o el “comportamiento académico esperado” es una vía aceptable para resolver problemas de conducta y de aprendizaje en los alumnos.

Es aquí donde la modificación legal que debatimos constituye un freno a este entendimiento errado y peligroso, pues establece la prohibición a los establecimientos educacionales de que condicionen la incorporación, permanencia o asistencia de los estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

Es necesario e imprescindible que nuestro sistema educacional se enfoque en educar a nuestros niños y jóvenes aceptando y atendiendo sus particularidades individuales a través de las herramientas psicopedagógicas disponibles, y no en condicionar el derecho a educarse de estos últimos al consumo de psicofármacos de manera antojadiza e instrumentalista, menos aún considerando la gran cantidad de riesgos asociados al consumo de este tipo de drogas, especialmente en niños y jóvenes.

Por estas razones, creo firmemente en que la aprobación del presente proyecto de ley será un mitigador particularmente útil del riesgo asociado a los errores de diagnóstico y a la sobremedicación recién expuesta.

Votaré a favor la iniciativa.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Crispi .

El señor CRISPI.-

Señor Presidente, quiero aprovechar la presencia en las tribunas de los chiquillos y chiquillas del Liceo Polivalente Paul Harris, porque les compete directamente esta discusión.

Hay un profesor muy famoso, Sir Ken Robinson , que contaba una historia que creo que todos quienes nos hemos vinculado a la discusión sobre educación alguna vez escuchamos. Él cuenta que, décadas atrás, una madre fue con su hija a ver a un psiquiatra; la habían enviado del colegio, porque la niña nunca paraba de moverse. Es decir, la mandaron al psiquiatra como condición para que pudiera seguir participando de sus actividades en el colegio. El psiquiatra tenía una sala al costado de su oficina, a la que se podía mirar a través de una ventana. Le dijo a la mamá que dejara a su hija en dicha sala. Una vez que la dejó allí, el siquiatra conversó un rato con la mamá y luego le dijo: “Mire a su hija. ¿Qué es lo que ve?”. La mamá respondió: “Está ahí moviéndose”. La niña estaba jugando con las cosas que había en la sala, y daba vueltas en círculo. El psiquiatra le dijo: “Lo que pasa es que su hija es una bailarina”. Evidentemente, era una bailarina, por cómo se comportaba: estaba bailando.

El colegio al que asistía no tenía ninguna capacidad para hacerse cargo de lo que hoy llamamos hiperactividad, de ese “trastorno”. Esa niña terminó siendo la coreógrafa del musical “Cats”, y directora de una de las grandes compañías de baile en Estados Unidos. No fracasó en su vida ni terminó perdida. Se dedicó a la danza, que para nosotros pareciera ser una actividad de poca relevancia.

De vez en cuando veo ese video cuando nos enfrentamos a estas discusiones, porque es de mucho sentido común y da cuenta de la profundidad del problema del que busca hacerse cargo esta iniciativa, con el objeto de tratar de cambiar el hecho de que cuando se esté frente a estudiantes que son hiperactivos, la solución que se plantee sea medicarlos, porque tienen un problema y no son normales.

Por lo tanto, nos enfrentamos al problema de los estudiantes que son normales y de los que no lo son, y si algunos estudiantes no son normales, entonces como sociedad tenemos que hacernos cargo de ellos y darles una pastilla, la que va a permitir que esos alumnos como los que están en las tribunas- puedan funcionar en sus salas de clases, ya que como son muchos los alumnos por sala, ¿cómo van a aprender matemáticas, lenguaje y ciencias, entre otras materias, si no están ordenados?

El desafío que tenemos hoy, después de haber discutido en los últimos años respecto del valor de la inclusión y de la forma en que estaba vinculada con la calidad, es determinar, al momento de considerar el futuro de la educación y del país, de los chilenos y de las chilenas, si debemos atajar la chispa de la creatividad con una pastilla, es decir, seguir haciéndolo como lo hemos hecho siempre, o si podemos innovar y decir: “Los espacios educativos se van a hacer cargo de potenciar los talentos que tienen los estudiantes”, entre los que están quienes nos acompañan hoy en las tribunas.

Estamos hablando de chiquillos y chiquillas que tienen talentos distintos, pero quizás a más de alguno -desde la tribuna levanten la mano quienes son inquietos y están todo el día dando vueltas- les han dicho que tienen un problema y los mandan al psicólogo, luego de lo cual probablemente terminen empastillados.

Chiquillos -por su intermedio, señor Presidente-, les quiero decir que ustedes no tienen ningún problema; el problema lo tiene nuestro sistema educativo, que trata de normalizarnos para que todos seamos iguales, pero iguales no en nuestros talentos o en la forma de potenciarlos, sino iguales en una cajita bien compartimentada, para que las cosas se puedan hacer en orden.

Por lo tanto, lo que propone este proyecto es impedir que a un estudiante se le pueda condicionar su permanencia en un establecimiento educacional porque no está medicado; pero eso es la punta del iceberg. Como legisladores tenemos el enorme desafío de pasar a nuevas generaciones de reformas a la educación, con el objeto de que se pueda hacer cargo de desarrollar la chispa de creatividad que tienen por sobre todo los niños. De repente, a nosotros esa chispa ya se nos está acabando, pero los niños son, por sobre todo, creativos.

En consecuencia, debemos hacer de esa creatividad una oportunidad para el país; tenemos que defender el derecho de los estudiantes a tener educación y debemos avanzar en una nueva discusión, que nos permita decir en el futuro que en Chile no sobra nadie, de manera que si bien somos diversos, somos distintos, vamos a potenciarnos para que cada uno de esos talentos pueda ponerse al servicio del futuro del país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Catalina del Real.

La señora DEL REAL ( doña Catalina).-

Señor Presidente, el proyecto que hoy nos convoca, iniciado en moción, nos permite señalar que los trastornos de conducta se han convertido en una fuente de preocupación para las familias, las escuelas y la sociedad en general, situación de la que no podemos abstraernos.

Según diversos estudios sobre la materia, los trastornos de conducta aparecen cuando niños, niñas o adolescentes tienen que cumplir determinadas normas y someterse a un grado de disciplina que les suponga no conseguir una satisfacción inmediata.

Para entender el fondo de la propuesta parlamentaria, creo que debemos explicar que el trastorno de conducta dice relación con la permanente oposición de los que la padecen a algunas instrucciones, las cuales, en determinadas circunstancias, podrían ser consideradas importantes para el desarrollo, la formación de la propia identidad, el autocontrol o el desarrollo personal del niño o de la niña, pero que a la larga no cumple ese propósito.

La mayor parte de los problemas de conducta que muestran los niños o las niñas pueden explicarse como un desajuste dentro de su contexto familiar, escolar o social; pero si este permanece en el tiempo, quienes lo presentan pueden ser señalados como niños problemáticos, con la consiguiente etiqueta, que, además, suele ir acompañada de otros problemas que dificultarán las posibilidades de adaptación y normalización de su desarrollo. Obviamente, los niños que presentan esos problemas de conducta terminarán por ser niños medicados y socialmente etiquetados.

La iniciativa que debatimos señala que las pautas educativas y los momentos de intervención son elementos muy importantes en la prevención del desarrollo de dichos problemas. De allí que los establecimientos educacionales no pueden ni deben quedar ajenos a ese tipo de trabajo social, de gran contenido humano, empatía y sensibilidad. El aula, en muchos casos, se transforma en una vía de escape para el niño o la niña. Por lo tanto, negarles esa posibilidad podría, incluso, calificarse como una vulneración de sus derechos.

Por otra parte, se nos podría señalar: “¿Qué pasa con aquellos niños que no tienen ese tipo de conducta y que son parte del grupo educativo al que asiste con regularidad el niño “problema”?”. Quizás la respuesta fácil o simplista sería buscar un lugar en donde reciban a esos niños con algún grado de conflicto; pero esa no es la solución.

La llegada o integración de niños o niñas con desórdenes de conducta o comportamiento perturbador es siempre compleja; en la mayoría de los casos constituye un reto. Sin embargo, el tratamiento de esa problemática supone una oportunidad para el cambio y una mejora tanto para el niño o la niña como para los compañeros y adultos que conviven con él o con ella.

En el nivel preventivo son necesarias actuaciones y programas dirigidos a los padres y al ámbito escolar que faciliten al niño un entorno sano y acogedor.

En el contexto escolar, las actuaciones deben encaminarse a incrementar las habilidades comunicativas del profesorado respecto de las relaciones con sus alumnos, así como a aumentar el conocimiento y la competencia en la identificación y el manejo de los problemas de conducta de manera eficaz.

Al mismo tiempo, es absolutamente necesario desarrollar un trabajo específico con el grupo de compañeros, con el objeto de hacerles ver que no se trata de una situación individual de un alumno aislado, sino del grupo social, razón por la que debe necesariamente involucrarse a los padres, a los profesores y a todos los niños de su entorno, en este caso, a lo compañeros de curso.

¿Por qué señalo lo anterior? Porque la mejora de la socialización en el grupo es algo indispensable, ya que, en definitiva, los problemas de comportamiento suponen un fracaso en el proceso de socialización. Por eso, este tipo de intervención se convertirá en una poderosa herramienta en la prevención y el manejo de los problemas de conducta.

Ahora bien, las diversas actuaciones que se desarrollan en los centros educativos deben ir encaminadas no solo al aprendizaje y adquisición de conocimientos, sino muy especialmente al pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.

Estamos ciertos de que el condicionar la permanencia de un estudiante con trastornos de conducta al uso permanente de medicamentos no está encaminado a mejorar el autocontrol, a prevenir la violencia, ni menos a mejorar la competencia social y escolar de ese alumno. De allí que debemos propender a entregar las herramientas necesarias para enfrentar ese problema durante el proceso educativo de los alumnos con problemas conductuales.

Sabemos que existen profesores ávidos de entregar esos conocimientos y dispuestos a hacer frente a ese desafío, sin importar la condición social, económica o de salud de su alumno, mientras que a los otros hay que tratar de entrenarlos y darles las herramientas necesarias para que sean capaces de enfrentarlo.

Antes de terminar, solo quiero contar un pequeño ejemplo. Hace veinte años, cuando mi hijo estaba recién en prekínder, le diagnosticaron hiperactividad. Gracias a Dios, el colegio en que estaba, en vez de medicarlo, le dio la oportunidad de realizar una especie de entrenamiento deportivo antes del comienzo de cada clase. Hizo eso no solo con él, sino también con otros niños que tenían el mismo diagnóstico. Con esta actividad se cansaban, porque los hacían correr y dar vueltas a la cancha. Luego, cuando ya estaban un poco más cansados y más tranquilos, podían entrar a clases para desarrollarse junto con el resto de sus compañeros.

Eso dio muy buen resultado. En verdad, agradezco al colegio la oportunidad que dio a mi hijo, pues eso evitó medicarlo y permitió tratarlo con otros medios y otras herramientas.

Por las razones señaladas, creo que es muy importante que este proyecto de ley, iniciado en moción, sea aprobado tanto en esta Sala como en el Senado.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Para referirse a una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, solicito reunión de Comités sin suspender la sesión.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Cito a todos los jefes y subjefes de bancada a reunión de Comités sin suspender la sesión.

Tiene la palabra el diputado Matías Walker .

El señor WALKER.-

Señor Presidente, felicito a los autores de este proyecto de ley, el cual, por supuesto, votaré a favor con mucha convicción.

Ello se debe a que considero muy importante establecer en la Ley General de Educación y en la ley sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales la prohibición de que se condicione la permanencia de los alumnos al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

Voy a relatar una anécdota.

En mi casa somos nueve hermanos, y a uno de ellos -no diré cuál, porque es medio conocido- en el colegio le diagnosticaron la necesidad de tomar Ritalin. Él hacía como que se tomaba el medicamento, pero en realidad no se lo tomaba y engañaba al profesor o a la profesora, porque se rebelaba contra esa prescripción médica. No obstante, después se convirtió en un destacado profesional y ocupó algunos cargos importantes en el ámbito público.

Con esto quiero decir que por décadas hemos tenido una costumbre muy poco sana: el que los establecimientos educacionales exijan que a los estudiantes hiperactivos les prescriban Ritalin u otros medicamentos similares.

Coincido con el diputado Crispi y con lo planteado por otros colegas en cuanto a que prefiero mil veces a un estudiante hiperactivo, con inquietud por conocer, por moverse, por practicar algún deporte, que uno que esté absolutamente quieto y no tenga la inquietud de descubrir el mundo. Así que me parece que en nuestro sistema educacional tenemos un problema en esta materia.

Hace más de cinco años aprobamos un proyecto de ley, que se tramitó en la Comisión de Deportes y Recreación, para pasar de dos a cuatro horas obligatorias de educación física y deportes en los establecimientos educacionales, como mínimo. Para qué le digo, señor Presidente, los años que ese proyecto de ley lleva estancado en la Comisión de Educación y Cultura del Senado.

Hicimos una tremenda reforma educacional -me siento orgulloso de ella-, pero qué poco espacio le dedicamos al deporte en esa reforma.

¿Cuántos establecimientos educacionales en Chile tienen infraestructura deportiva adecuada para que los niños puedan hacer deporte? La semana pasada estuvimos en Monte Patria, con el alcalde Camilo Ossandón , a propósito del aniversario de la ciudad, y fíjese que uno de los proyectos más importantes que tienen es el techado de todas las multicanchas de los establecimientos educacionales, porque en las regiones del norte de Chile la radiación solar es un problema. Muchas veces los niños se quedan sin poder hacer educación física y practicar deportes por los altos niveles de radiación solar.

Entonces, obviamente, en vez de prescribir Ritalin a los niños, hay que prescribirles deporte, actividades culturales y al aire libre. Ese era el sentido de la jornada escolar completa que se instauró en el gobierno del Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle: que los niños pudieran tener actividades extraprogramáticas en el mismo recinto educacional. Pero, finalmente, la evolución que ha tenido esa reforma es a que se destinen más horas para matemáticas y lenguaje, en cumplimiento de los estándares internacionales, y hemos dado poco espacio a los niños para ser felices, que es lo más importante.

En nuestro país, tenemos uno de los índices más altos de trastornos mentales, de depresión. A propósito de lo que señaló el diputado Diego Schalper , se cumplirá un año desde que la Cámara de Diputados debatió y despachó al Senado el proyecto de ley sobre salud mental, que también se hace cargo de estos temas.

Creemos que es muy relevante -esa es mi principal motivación para apoyar este proyecto de ley- dar el derecho a los padres a decidir y que no se les imponga la obligación de que se prescriba Ritalin u otros medicamentos para la hiperactividad a sus hijos, porque es muy complejo.

¡Qué contradictorio! Siempre hemos defendido que los padres tengan el derecho preferente a educar a sus hijos, pero en muchos establecimientos educacionales les imponen este tipo de tratamiento y medican a niños muy pequeños que podrían tratar su hiperactividad con otras actividades mucho más sanas o, más bien, encauzar esa hiperactividad.

Esa contradicción la acabamos de ver en la discusión del proyecto de ley sobre identidad de género, pues muchos parlamentarios querían quitar y negar el derecho de los padres de los niños trans, que tienen una identidad de género distinta, a postular a un cambio de nombre o de sexo registral, con acreditaciones del sistema educacional, informes psicosociales, etcétera, que diera cuenta del cambio de identidad de los menores.

¡Yo sí quiero defender el derecho de los padres a cumplir un rol preferente en la educación de sus hijos! Por eso, me parece muy pertinente este proyecto de ley, para que no se imponga a los niños y a sus padres la medicación, lo cual muchas veces -estoy seguro de que en la mayoría de las ocasiones- es la peor solución.

Por eso, con mucho gusto vamos a aprobar este proyecto de ley.

He dicho.

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Bellolio .

El señor BELLOLIO.-

Señor Presidente, este proyecto, tal como se ha dicho, tiene un objetivo sencillo, pero no por eso menos importante: que ningún colegio pueda condicionar la permanencia o la matrícula de un estudiante a que esté medicado.

Dicho fin parece evidente; sin embargo, no lo es, porque una buena parte de los reclamos de los apoderados a la Superintendencia de Educación tienen que ver con colegios que presionan a los padres para que lleven a sus hijos a un psiquiatra, a fin de que medique al alumno para que “se porte bien”.

Señor Presidente, ¿qué significa portarse bien en el colegio? ¿Significa quedarse quieto en la sala de clases?

Me niego rotundamente a que la fórmula para que los niños se porten bien en el colegio sea que se queden callados. Tal como se ha dicho en el presente debate, los niños no deben ser más medicados; debemos cambiar la forma en la que estamos enseñando.

Basta ver una sala de clases de hace cien años para darse cuenta de que es prácticamente igual a la de hoy -salvo los colores-, con el mismo estilo de educación frontal, en la cual el que se mueve es el que se está portando mal, sin participación, sin querer aprender a conocer o aprender a aprender.

Nadie podría decir que los niños de hace cien años son iguales a los de hoy; son sistémicamente distintos, y, sin embargo, la forma de enseñarles es exactamente las misma. Lo que debemos hacer es cambiar la forma en que los educamos.

No obstante, en Chile la situación es incluso más grave. Se han realizado varios estudios de metaanálisis, esto es, que agrupan muchos otros estudios, para saber cuál es la prevalencia de estudiantes con trastorno de déficit atencional por hiperactividad. En esto agradezco el aporte de la diputada Cristina Girardi .

En 2007 se hizo el primero de esos estudios, el más masivo y conocido, según el cual la prevalencia de trastorno de déficit atencional era de 5,3 por ciento. En 2012 se realizó otro estudio, que si bien tuvo algunas diferencias en la forma de hacer la medición, estableció un rango de entre 5,9 y 7,1 por ciento en niños y adolescentes y de 5 por ciento en adultos jóvenes. Pero el estudio de Flora de la Barra, de 2012, establece que en Chile el porcentaje alcanza a 10 por ciento. ¿Ocurre algo especial en Chile para que exista una diferencia tan significativa con respecto al resto del mundo?

Ahora bien, si uno observa la prevalencia por género, verá que en los hombres es el doble que en las mujeres, y en los niños es mayor que en los adolescentes. En Sudamérica está completamente disparado y la prevalencia es mucho mayor. El segundo continente con mayor prevalencia es África. Es muy similar la situación en Europa y en América del Norte, aunque es menor en Asia. ¿Será que hay algo sistemáticamente distinto en nuestros niños que hace que tengan mayor déficit atencional? La respuesta es evidente: no lo hay. Lo que ocurre es que hay un sobrediagnóstico respecto de aquellos niños que no se ajustan a la fórmula homogénea, que a algunos les gusta en educación. Entonces, cuando esos niños se portan mal, los envían para que sean medicados, para que se porten bien. Esa es la fórmula que simplemente no cuadra.

No quiero ser injusto, porque la prevalencia existe; no es cero. También debo reconocer que llegué atrasado a la fila en la cual se entregaba el Ritalin, y por eso no me lo dieron. La razón por la cual me empecé a portar mejor es que encontré otras maneras mediante las cuales podía caer dentro del “estar mejor”, entre ellas el deporte y las denominadas actividades extraprogramáticas en el colegio. No sé si lo lograron, pero, al menos, lo intentaron.

Quiero leer algunos de los elementos que utiliza el criterio del DSM-5 -el actual es un poco distinto- para determinar si alguien tiene déficit de atención e hiperactividad. Les pido un poco de atención.

Quienes padezcan inatención deben cumplir seis o más de las siguientes condiciones:

a) A menudo falla en atender a detalles, se equivoca en tonteras.

b)Dificultad para mantener atención sostenida en tareas o juegos.

c)A menudo parece no escuchar cuando le hablan.

d)A menudo no sigue instrucciones, no termina los trabajos.

e)Tiene dificultad para organizar sus tareas o actividades.

f)Evita actividades que exigen atención mantenida.

g)A menudo pierde los útiles.

h)Se distrae fácilmente con estímulos externos. En adolescentes incluye pensamientos no relacionados.

i)Se le olvidan las cosas.

En el caso de que alguien tenga hiperactividad e impulsividad, debe presentar seis o más de los siguientes síntomas:

a)Se mueve constantemente en su asiento.

b)Se para constantemente.

c)A menudo corre cuando no es apropiado.

d)Tiene dificultad para jugar tranquilo.

e)Está siempre en movimiento.

f)Habla en exceso.

g)Contesta antes de que termine la pregunta.

h)Le cuesta esperar su turno.

i)Interrumpe a menudo, etcétera.

Si esto se aplicara en la Cámara de Diputados, probablemente, al menos 150 diputados tendrían que tomar Ritalin . Si alguien nos dijera que debemos portarnos bien, eso significaría que todos deberíamos -para algunos parece muy necesario- ir al psiquiatra, incluyéndome. En el caso de la educación, si el “portarse bien” implica que el niño esté dopado, estamos muy mal y por eso es necesario llamar la atención.

Si bien el proyecto no busca prohibir un tipo de medicamento o realizar un diagnóstico, sí es un llamado de atención sobre algo que en Chile no está bien, tanto es así que somos el país “Top 10” en el cual se receta metilfenidato. Sudamérica es el continente donde hay más personas con déficit atencional con hiperactividad, lo cual no está bien. Aquí se ha dicho mucho sobre cómo esto se puede cambiar. Lo que me preocupa es que siguen pasando generaciones a las que se les educa con un modelo educacional en el que, mientras más tranquilo sea el niño, es mejor alumno. Incluso, el contacto con la naturaleza y la particularidad de cada comuna es poco importante bajo el criterio de la homogeneidad y del centralismo. Ese es el problema.

La educación no es al promedio, sino a cada uno de quienes están en la sala de clases. Tampoco se trata solo de pasar la materia y el libro, porque hoy nuestros niños encuentran esa información en otras partes. La educación debe potenciar las virtudes y los talentos de los niños para que sean grandes ciudadanos. Y eso no se logra bajo la lógica de estar medicado. Por supuesto, algunos niños lo necesitan, pero algo sucede en Chile que se está sobremedicando a nuestros niños. Debemos cambiar esa lógica.

Este proyecto busca corregir algo que no está bien en los colegios y por eso debemos prohibir que un colegio le exija a un alumno que se medique para mantenerse en la sala de clases.

Agradezco a la diputada Cristina Girardi por haberme invitado a firmar este proyecto. Por eso, con mucho gusto, votaré a favor de esta iniciativa.

He dicho.

-Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Ha concluido el tiempo del Orden del Día. La discusión y votación de este proyecto de ley continuará en una próxima sesión.

1.5. Discusión en Sala

Fecha 09 de octubre, 2018. Diario de Sesión en Sesión 81. Legislatura 366. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PROHIBICIÓN A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE CONDICIONAMIENTO DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES A CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAMIENTO DE TRASTORNOS DE CONDUCTA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11662-04) [CONTINUACIÓN]

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Corresponde continuar la discusión del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

Antecedentes:

-El debate del proyecto se inició en la sesión 76ª -oportunidad en que se rindió el informe de la Comisión de Educación- y continuó en la sesión 79ª, ambas de la presente legislatura, en 26 de septiembre y 3 de octubre del presente año, respectivamente.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo .

La señorita VALLEJO (doña Camila) .-

Señor Presidente, la semana pasada, cuando se inició la discusión de este proyecto en la Sala, muchos de mis colegas explicaron su objetivo central.

Quiero destacar a la autora de esta moción, la diputada Cristina Girardi , quien nos invitó a suscribirla y ha estado desde hace bastantes años peleando en la Comisión de Educación, con buenos fundamentos, por este tema.

El objetivo central de la iniciativa es prohibir que se condicione la permanencia de ciertos estudiantes al consumo de metilfenidato, más conocido como Ritalin.

Los reclamos de las familias por esta situación corresponden a más del 50 por ciento de las denuncias que hacen los padres ante la Superintendencia de Educación debido a situaciones que revelan discriminación en las escuelas. Por lo tanto, es una realidad que preocupa, porque no solo se vulnera el derecho a la educación de los jóvenes, sino que esto esconde una realidad mucho más compleja.

Tal como señalé, el 50 por ciento de las denuncias recibidas por la Superintendencia de Educación se refieren a este condicionamiento. Dentro de ese porcentaje, 54 por ciento corresponde a escuelas particulares subvencionadas, 17 por ciento a escuelas municipales y 9 por ciento a escuelas particulares pagadas.

Además, el Instituto de Salud Pública ha dado a conocer el aumento registrado en la compra de metilfenidato (Ritalin) en la última década, que alcanza a más de 350 por ciento. Ahora bien, no solo aumentó la compra de este fármaco, sino que también aumentó su consumo en menores de edad.

Entonces, tenemos una realidad preocupante, que abordamos en el artículo 19 de la ley de nueva educación pública, en la que se prohíbe condicionar el ingreso y la permanencia de los estudiantes al consumo de ese tipo de medicamentos. Sin embargo, como dicha ley está en proceso de implementación, la forma de hacerse cargo de un problema que afecta especialmente a escuelas municipales y a colegios particulares subvencionados es a través de este proyecto. Había que hacerse cargo de este problema actual.

El objetivo central del proyecto es evitar ese condicionamiento, sin pretender con eso aumentar las multas y las sanciones a los colegios. De hecho, la Superintendencia de Educación ya ha cobrado multas a alrededor del 11 por ciento de los colegios denunciados. No obstante, el objetivo no es sobrecargar con multas, que se pagan con la subvención que se entrega a los colegios, sino hacer un llamado de atención a las escuelas, a fin de revertir esta situación, porque los niños están siendo sobrediagnosticados por los profesores.

Uno entiende que un profesor con treinta, cuarenta o más estudiantes en una sala pueda tener problemas para desarrollar sus clases y que se puede tentar con derivarlos al médico; sin embargo, esos alumnos no solo son diagnosticados, sino también medicados. Ese diagnóstico, además, se realiza sobre la base de síntomas, no sobre exámenes médicos. Claramente, recetar Ritalin parece que es la solución más fácil para el problema de comportamiento que se vive hoy en las salas de clases.

El punto es que al final todos esos niños a los que les dijeron que su comportamiento era un problema, que padecían una enfermedad y que “no se las iban a poder” en la escuela si no consumían medicamentos, no saben que la dificultad realmente no está en ellos. Cada vez ha quedado más demostrado que el problema tiene que ver con los adultos, con esta mirada adultocentrista que imparte la educación y con el modelo educativo actual, que ya no da abasto para los procesos de enseñanza-aprendizaje que se deben desarrollar, sobre todo en los alumnos más pequeños.

El que seamos inquietos o que no logremos estar una hora y media concentrados casi es parte de la naturaleza humana. Hay que buscar dinámicas pedagógicas y grupales que permitan incorporar a esos estudiantes, no tranquilizarlos y adoctrinarlos con el consumo de un medicamento que los mantiene dopados.

Este es un problema que se está viviendo en cada escuela; de hecho, alrededor del 25 por ciento de los alumnos está sobrediagnosticado con trastorno de déficit atencional con o sin hiperactividad, porcentaje que debemos revertir.

Si bien este proyecto de ley tiene un objetivo acotado, cual es prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, también queremos dar una señal a todas las escuelas para que innoven en sus formas pedagógicas y entreguen herramientas a los profesores, a fin de que los métodos de aprendizaje realmente incluyan a esos estudiantes, y no opten por el camino más fácil, como es el de la medicación o de la sobremedicación.

Señora Presidenta, la iniciativa está dedicada a todos esos niños, niñas y adolescentes a los que les dijeron que estaban mal, que su comportamiento era un problema porque estaban enfermos, y que “no se las iban a poder” en el colegio si no tomaban medicamentos. Está dedicada a todos aquellos padres y madres que se sintieron y se siguen sintiendo discriminados porque los obligan a medicar a sus hijos con Ritalin como condición para su permanencia en las escuelas. Finalmente, está dedicada a todos los profesores, profesoras y directivos, para que innoven pedagógicamente en sus escuelas y generen programas y métodos más inclusivos para este porcentaje de la población, que demuestra con claras señales que necesita ser considerado.

Insisto en que el problema no son los alumnos, sino nuestro arcaico modelo educacional, que no se ajusta a las nuevas necesidades de nuestro país.

Por todo lo expuesto, la bancada PC-PRO votará favorablemente este proyecto de ley.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón .

La señora OSSANDÓN (doña Ximena).-

Señora Presidenta, como dijo la diputada Camila Vallejo , hemos sostenido una larga conversación sobre este tema, y la mayoría concordamos respecto de lo que pretende resolver este proyecto de ley.

Por ello, mis felicitaciones a la diputada Cristina Girardi , pues es la gestora de esta iniciativa que me atañe personalmente.

El periodo escolar es una etapa en la que el niño se debe desarrollar, debe aprender, debe crear, debe investigar; en definitiva, debe pasarlo bien. No hay derecho a que aquellos niños diagnosticados con déficit atencional, que, por lo demás, no tienen culpa de ello, lo pasen mal y que incluso les perjudiquen su futuro, porque al no caber en este sistema educativo, muchas veces terminan con una muy baja autoestima.

Créanme que si hay algo difícil de recuperar en una persona es la autoestima. Todo el tiempo se les está diciendo que no son capaces, por lo que se terminan sintiendo tontos, cuando uno como padre o como madre sabe perfectamente que no son tontos y que tienen otras cualidades. Es el sistema educativo arcaico el que no les permite aprender.

Tuve la experiencia de vivir la larga travesía que significa cambiar a un hijo de colegio por esta razón. Terminé en el mismo colegio en el que terminó el hermano del diputado Walker , gracias a un acto casi de misericordia y de caridad, porque en el fondo fue por mi desesperación que me abrieron un cupo para mi hijo, quien está diagnosticado con déficit atencional. Sentí lo que es caminar casi con un leproso, pues colegio al que llegaba abría sus puertas, pero en el instante en que decía la palabra “déficit atencional”, automáticamente se terminaban las misiones y las visiones del establecimiento, y mi hijo quedaba fuera por nada, solo porque ningún colegio estaba dispuesto a tomar esa responsabilidad.

Por otra parte, quiero hablar sobre lo positivo que tienen los niños con déficit atencional, porque como sociedad nos estamos farreando sus cualidades únicas, que no pueden ser medidas por medio de notas. Lo menciono porque tenemos la mala práctica de que cuando hablamos de nuestros hijos solo contamos que obtienen buenas notas y que aprobaron una materia con nota 6 o 6,5. Es como si nuestros niños fueran rentables para la sociedad de acuerdo a sus notas. Cuando un niño tiene déficit atencional, rápidamente llega la frustración, pues puede estudiar dos horas, tres horas o cuatro horas y la nota no se condice con la cantidad de horas que estudió.

En el sistema educacional chileno es muy difícil que un niño con déficit atencional no padezca otras patologías, pues terminan en el psiquiatra o en el psicólogo para lograr reconstruir su personalidad casi como un lego, como un volver a hacer. No entendemos que ese niño siempre tuvo potencialidades y capacidades, y que es el sistema el que termina destruyéndolo. Les aseguro que en esta Sala existimos muchos con déficit atencional, pero como somos más viejitos no fuimos diagnosticados.

Algunas cualidades de estos niños: son simpáticos, son ambiciosos, quieren ser todo cuando sean mayores; son buenos para hablar en público, son buenos en las relaciones públicas, son capaces de ver un orden en el caos; siempre tienen capacidad de decisión, siempre buscan caminos alternativos hacia un fin y se preocupan mucho por su familia.

No seguiré leyendo la infinidad de cosas positivas que tienen los niños diagnosticados con déficit atencional, porque, lamentablemente, el sistema chileno incluso termina destruyendo estas cualidades.

Llegué a comprar un libro para demostrarle a mi hijo que grandes personas en el mundo fueron diagnosticadas con déficit atencional, las cuales también se vieron subyugadas a esta educación que opera con mallas curriculares opresoras.

Coincido con la diputada Camila Vallejo respecto de que un profesor no puede tener treinta o cuarenta alumnos en la sala y de que no debe ser fácil mantenerlos a todos tranquilos. Creo que el que realmente necesita medicarse con Ritalin es el profesor, para lograr mantenerse tranquilo.

Es muy comprensible lo que sucede; sin embargo, cada niño chileno tiene derecho a desarrollar su máxima potencialidad. No puede ser que este sistema educativo sea el que los frustre y los destruya, haciendo, además, que desarrollen otras patologías, porque si los dejáramos desenvolverse libremente, no sucedería lo que hemos descrito.

Nuevamente, felicito la idea de tramitar este proyecto de ley, pero creo que es el principio de un camino que aún debemos transitar. Por ello, pido a la Comisión de Educación que continúe en esta senda, porque hay que cambiar las mallas curriculares y las metodologías de enseñanza.

No puede ser que se utilice como un chiste el decir que si viniera hoy un profesor del siglo XVII a hacer clases, nadie notaria que viene de esa época, porque las técnicas son exactamente las mismas que las que existían en ese entonces. En la actualidad los niños están digitalizados, tienen otra forma de comunicarse con el mundo, por lo que el Ministerio de Educación debe acusar recibo en cuanto a que debemos generar un cambio en la malla curricular y preparar a nuestros profesores para trabajar con estos niños diferentes e inquietos, que tienen otra forma de comunicarse.

Reitero mis felicitaciones a los autores de este proyecto.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Bobadilla .

El señor BOBADILLA.-

Señora Presidenta, sin duda, esta iniciativa da cuenta de una realidad que todos los diputados constatamos a diario en nuestros recorridos territoriales y que este proyecto pretende erradicar, porque constituye una mala práctica en el sistema educacional chileno.

Por cierto, en conversaciones sostenidas con distintos parlamentarios, en particular con el diputado Celso Morales , hemos llegado a la conclusión de que este proyecto va a resolver en parte un problema que ha sido calificado como discriminación, porque va a evitar que se condicione la permanencia, la matricula o la asistencia a clases de los alumnos que tienen algunas dificultades o trastornos a que estos consuman medicamentos o se sometan a determinados tratamientos.

En ese sentido, debemos apoyar decididamente esta iniciativa, para que se transforme en ley y podamos establecer las condiciones para que, antes de que se condicione la matrícula o la asistencia de un alumno a la aplicación de un tratamiento con medicamentos se promuevan alternativas distintas.

Todos estamos de acuerdo en que se deben promover tratamientos alternativos a los medicamentos, de manera que los estudiantes no deban someterse, como exigencia, a un tratamiento que quizá no resolverá su problema.

Los autores de esta moción han apuntado en la dirección correcta, cual es resolver problemas que a diario viven muchas familias a lo largo de nuestro país.

Anuncio mi voto a favor del proyecto.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra la diputada Loreto Carvajal .

La señora CARVAJAL (doña Loreto).-

Señor Presidenta, me sumo a las felicitaciones a nuestra colega Cristina Girardi , porque ha impulsado este proyecto y tantos otros que buscan hacer más amigable el sistema educativo.

Con este tipo de iniciativas no solo mejora el trato, sino también las condiciones esenciales de apoyo y sustento emocional que el aula y el colegio, en conjunto con sus profesores, deben generar y garantizar, y que nosotros, como Estado, debemos proteger.

Como se señaló, esta iniciativa tiene el propósito de impedir que los establecimientos educacionales condicionen la incorporación, la asistencia y la permanencia de los estudiantes al consumo de medicamentos.

Sabemos que hoy son altos los índices de diagnóstico de ciertos tipos de trastornos de la conducta, como déficit atencional e hiperactividad. Por consiguiente, este proyecto es concordante con la norma que establece la nueva educación pública, con la Ley General de Educación y con la Ley de Subvención Educacional Preferencial, por lo que será aplicable a todo nuestro sistema educacional.

Como se ha dicho, existen estudios muy serios que han arrojado como resultado que el uso de medicamentos estimulantes no mejora significativamente el rendimiento y la conducta de los alumnos. Por el contrario, se ha relacionado el uso de estos medicamentos con un empeoramiento de las funciones cognitivas en el caso de la memoria y con cierto aumento de cuadros depresivos, particularmente en la niñas.

Otros estudios señalan que su uso prolongado daña las funciones de aprendizaje. Diversos especialistas, como el doctor Marc Zeise , mencionado en los fundamentos del proyecto, estudiaron a nivel celular y molecular los efectos del Ritalin y Aradix en el funcionamiento cerebral, y constataron que, a determinado nivel, estos fármacos inhiben la potenciación de larga duración y, por lo tanto, la persona aprende menos.

Por lo tanto, los estudios técnicos que así lo avalan, en conjunto con el sentido común y la superposición de la forma en que un niño debe ser atendido en un aula, dan cuenta de la necesidad de generar mecanismos de protección y garantías, como los que busca establecer este proyecto de ley.

Hay un dato muy curioso, que atañe a todos los niveles educativos. Algunos podrían pensar que el sobrediagnóstico de déficit atencional solo se produce con niños que han sido muy observados desde pequeños. Sin embargo, se produce en niños de distintos niveles. En Chile, el 17 por ciento de los niños son diagnosticados con trastornos de déficit atencional e hiperactividad, mientras que a nivel mundial es de solo 4 o 5 por ciento. Es decir, estamos 12 puntos por encima del promedio internacional.

Una colega mencionó un dato que no es menor: que hay aulas con un número de alumnos muy alto, por lo que los profesores se sienten sobrepasados. Pero ahí incide cómo se mira la educación y cómo los profesores, aplicando métodos de enseñanza y experiencias sumamente conocidas, pueden conseguir que la cantidad de diagnósticos disminuya y en ningún caso estos sean la condición o el requisito para que un niño permanezca en el colegio, lo cual es difícil de comprender. Este proyecto pone énfasis en aquello y da alguna solución a esta situación que es realmente alarmante, sobre todo al revisar las cifras que así lo indican.

Por cierto, en lo personal me ha tocado ver este problema en las regiones y en las 23 comunas que represento, muchas de ellas con escuelas rurales donde las madres no tienen otra alternativa que conseguir estos medicamentos, sin tener a la vista otro diagnóstico. Hay falta de cuidado cuando los profesionales en la primera o segunda consulta diagnostican este tipo de trastornos y, además, prescriben medicamentos que tienen los efectos colaterales que hoy se mencionan.

Es importante que la Sala haya dado urgencia a la tramitación de este proyecto, sobre todo de la mano de su autora, diputada Cristina Girardi , quien además preside la Comisión de Educación, porque va en el sentido correcto y es una medida que nosotros debemos asumir como parlamentarios.

Felicito a la autora de esta iniciativa y, por supuesto, anuncio mi voto a favor y el de toda nuestra bancada, para que este proyecto tenga una tramitación de tal eficacia que permita que se terminen los casos de muchos niños que hoy tienen un diagnóstico equívoco, a mi entender, y una sobremedicación.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra el diputado Nicolás Noman .

El señor NOMAN.-

Señora Presidenta, me animé a hacer uso de la palabra en la discusión de este proyecto tan relevante para nuestro país porque apunta directamente a lo que debemos hacer como sociedad, lo cual tiene que ver con la integración y la manera en que enfrentamos las capacidades diferentes que tienen muchas personas en nuestro país.

Señora Presidenta, por su intermedio, felicito a los diputados a los que se les ocurrió esta tan buena idea, que recoge lo que está viviendo un padre o una madre con la situación de sus niños. Uno nunca sabe cómo nacerá su hijo, pues podría nacer con alguna capacidad diferente o con algún problema.

Este proyecto significa un avance, que se debe dar no solo en el ámbito educacional, sino también en las diferentes áreas que tienen relación con la integración en nuestro país, para que se pueda recoger de manera más eficaz y eficiente.

Lo que busca este proyecto al modificar la ley es prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar el trastorno por déficit atencional e hiperactividad, de conformidad con su sigla en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales. No se puede condicionar que un niño o una niña queden sujetos a un tratamiento, en caso de padecer ese trastorno, para permanecer en un establecimiento educacional.

Hoy se mide el éxito de las personas sobre la base del resultado, esto es, de cómo le va al alumno en el colegio o de cómo le va al adulto en el trabajo. Pero siento que la vida no va por ahí y uno debe ser capaz de recoger las capacidades de las personas en distintos ámbitos, porque es posible que algunas tengan capacidades diferentes en otras materias.

Por eso, espero que este proyecto obtenga la mayoría absoluta para que pueda convertirse en una muy buena ley.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra el diputado René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señora Presidenta, he escuchado con mucha atención a todos mis colegas y quiero manifestar algunas dudas.

Cuando usted o cualquier colega va a la farmacia a comprar Omeprazol , que puede ser un remedio a lo mejor inofensivo, debe hacerlo con receta médica. Pero aquí nadie se ha preguntado quién recomienda estos remedios a los niños. ¿Algún médico? ¿Alguna señora que trabaja en el colegio? ¿Alguien que sabe lo que está recomendando? ¿Por qué hago esta pregunta? Por una razón muy simple: cuando hay un niño un poquito inquieto en la sala de clases y la profesora es amiga del señor o de la señora que recomienda las pastillas, le dice: “Ponle una pastilla a este niño para que se quede tranquilo”. Y después de un tiempo concluye: “El niño no tiene capacidades”. ¿Qué capacidades va a tener si ha estado absolutamente dopado?

Esto se inventó en los colegios para dar un alivio a los profesores. ¡Nada más! Cuando había un niño inquieto, le daban una pastilla y se quedaba durmiendo. Esa es la verdad. Aquí no tenemos nada más que decir. En esos casos hay una colusión -así como la que se hizo con el papel Confort- entre el profesor y el señor que da las pastillas a los chiquillos.

Al final, el chiquillo prácticamente no tenía remedio, porque llevaba cinco o seis meses en el colegio, de lunes a viernes, prácticamente borrado. De hecho, lo hallaban simpático. Incluso los papás estaban tranquilos y decían: “¡Qué bueno! ¡Qué bien le ha hecho el colegio al niño! ¡Está tranquilito el chiquillo cuando llega a la casa!”. ¡Claro, si el cabro estaba absolutamente dopado con pastillas!

Entonces, no es que con esta iniciativa estemos actuando en el sentido correcto, sino, más bien, los que usaron el medicamento siempre actuaron incorrectamente. Muchas veces, incluso, a los mismos padres les decían: “Oiga, si usted no permite que su hijo se tome la pastilla, porque está interrumpiendo al curso, va a tener que sacarlo del colegio, porque está retrasando a los otros niños”. Pero sí permitían la permanencia de otros niños y no los echaban del colegio, aunque no tomaran Ritalin: a los que hacen los desórdenes más grandes y miles de otras cosas. Sin embargo, a un niño chico, que es inquieto por naturaleza, lo mantenían dopado.

La pregunta que nos hacemos es si los diputados que elaboraron el proyecto están reaccionando a algo o si recién se dieron cuenta de lo que estaba pasando en los colegios. Esta situación lleva muchos años, pero nunca se tomó con la seriedad requerida. De hecho, pareciera que se puso de moda. Algunas mamás comentaban entre ellas: “Oye, fíjate que a mi cabro lo hallaron inquieto, y le están dando Ritalin” . Y la otra le contestaba: “Al mío también”. Era tema de conversación de las mamás en la once. O sea, ni siquiera se preocuparon del efecto secundario que producía en los niños que tomaban esas pastillas o que estaban “empepados” en el colegio.

Ojalá que esos medicamentos no provoquen adicción, porque, de ser así, tendríamos al 90 por ciento de los niños en estado de adicción a esas pastillas. Es decir, por un lado, los papás, los diputados, los senadores y muchas personas ponen un tremendo empeño para que los chiquillos no caigan en alguna adicción, por otro, indirectamente, los están metiendo en la adicción en el colegio, a los siete, ocho o diez años. ¡Ese es el problema de fondo, y no que el niño esté intranquilo y que vaya a retrasar a los otros!

Cuando un profesor tiene vocación de servicio, debe dedicar los minutos necesarios a los niños inquietos para sacarlos de esa condición y no “plantarles” una pastilla.

No sé si este proyecto de ley va en la dirección correcta o incorrecta, pero por lo menos es un avance. Cuando hay que avanzar, cuando se tiene que andar mil kilómetros -se lo digo a la diputada Girardi -, se parte con el primer paso.

Por lo tanto, es indispensable que votemos favorablemente el proyecto, para borrar esas pastillas y esos medicamentos raros, siempre que no sean recetadas por un médico. La idea es que no se recurra a esos frascos enormes que contienen un solo tipo de medicamento para todo. Es decir, si le dolió un dedo al niño, se le da un Ritalin; si el chiquillo se portó inquieto, se le da un Ritalin, etcétera.

Eso es lo que me preocupa, diputada Girardi . No lo había escuchado de mis colegas, y por eso lo digo. Creo que es tarea de todos resguardar a nuestros niños.

Este proyecto cuenta con mi voto favorable.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señora Presidenta, por su intermedio, saludo a todos los autores del proyecto de ley y, en forma especial, a la diputada Cristina Girardi , quien ha tratado en forma permanente de que esta iniciativa se apruebe.

Creo que cada uno de los que estamos aquí y que somos padres hemos tenido historias en cuanto a qué ha pasado con algunos de nuestros hijos en algún minuto en relación con esas famosas pastillas para que puedan estudiar, para que puedan tranquilizarse; en el fondo, para que no desordenen a los demás alumnos.

Debemos entender que la educación implica que personas distintas van al aula. Son personas con formas de ser distintas y con energías distintas. Por ello, debemos analizar cómo, a través de la complicidad que debe tener la unidad educativa y los profesores, se pueden encontrar otras fórmulas para que el niño o la niña puedan aprender, para que se puedan concentrar, para que puedan vivir un proceso educativo relativamente normal.

No se puede entender que se deba entregar un medicamento a un niño para que se quede quieto y pueda aprender. Creo que eso es una locura que ocurrió durante mucho tiempo. Me preguntó si no será al revés: que ojalá tengamos niños cada vez más inquietos, para que puedan aprender. Piensen en lo limitante que es permanecer sentado en un aula durante quizás cuántas horas. Al revés: ¿por qué no salimos del aula y hacemos el proceso educativo hacia afuera? Es necesario entender que a los niños debemos enseñarles, pero no como autómatas, sino como personas que deben ir descubriendo el mundo de otra manera y con distintas fórmulas.

Por eso, a los diputados regionalistas nos alegra aprobar esta iniciativa y esperamos que se pueda implementar lo antes posible en los establecimientos educacionales.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Tiene la palabra el diputado Fidel Espinoza .

El señor ESPINOZA.-

Señora Presidenta, en primer lugar, felicito a la diputada Cristina Girardi y a todos los que presentaron esta iniciativa legislativa, que busca modificar la Ley General de Educación con el objetivo de que se prohíba a los establecimientos educacionales condicionar la permanencia de los alumnos al consumo de cierto tipo de medicamentos, que a todas luces, como lo ha planteado la mayoría de los colegas que han intervenido, más que contribuir, más que ayudar en los temas conductuales del alumno, provocan efectos absolutamente adversos en él.

Como se señaló en la comisión y se ha mencionado en la Sala, este no es un problema que esté circunscrito a un lugar específico, sino que se da en todo el país, y muchas veces se acentúa el diagnóstico de esos niños según el criterio que utilice quien dirige el establecimiento educacional respectivo, el cual en varios casos no es el más adecuado.

Quiero aprovechar la discusión de este proyecto para dar a conocer lo que está ocurriendo en la región a la que pertenece el distrito que represento, específicamente en un establecimiento particular subvencionado de la comuna de Puerto Octay: el colegio San Vicente de Paul , cuyo nivel de calidad educacional era muy bueno hasta que hace poco se produjo un cambio en su dirección.

En los últimos dos meses, en mi calidad de parlamentario, me ha correspondido brindar asesoría jurídica por lo menos a doce madres de niños que estudian en ese colegio, las que han acusado al establecimiento de hostigar a sus hijos sobre la base de argumentar mala conducta en la sala de clases, al punto de haber derivado sus casos a los tribunales de familia, lo que resulta realmente increíble.

Esa forma de proceder nos parece un despropósito, porque la mayoría de estas mujeres de Puerto Octay, que viven en Playa Raquel, son vulnerables y humildes. Se trata de madres solteras que educan a sus hijos con enorme esfuerzo, muchas veces con el apoyo de las abuelas.

Muchas de ellas se han negado a medicar a sus hijos con Ritalin y otros fármacos, razón por la que han sido objeto de hostigamiento permanente y sistemático, a fin de que se cansen y cambien a sus hijos de establecimiento, tal como lo señalaron ayer en conferencia de prensa efectuada en Osorno.

Resulta curioso que aquellos estudiantes que supuestamente eran pésimos alumnos desde el punto de vista conductual hayan tenido un comportamiento ejemplar al cambiarse a otro establecimiento. Eso demuestra que lo que está ocurriendo es absolutamente insostenible, ya que en ese establecimiento, como en muchos otros, la dirección ha carecido del mínimo de criterio y se ha dejado llevar por los análisis y los informes efectuados por las inspectoras, las psicólogas y otros profesionales que atienden a los menores y que trabajan en ese mismo colegio.

Los alumnos que tienen problemas de conducta deben ser tratados al interior del propio establecimiento en que estudian, y no hacer sufrir a esas madres de Puerto Octay al llevar los casos de sus hijos ante el tribunal de familia, en el que tienen que luchar para evitar que sean enviados al Sename.

En relación con lo que estoy señalando, quiero dar a conocer el caso de una madre que no quiso que su hijo de siete años de edad fuera medicado con Ritalin, lo que trajo como consecuencia que comenzara a ser perseguido sistemáticamente. Ella era citada todos los días a la inspectoría del colegio, hasta que se cansó y cambió a su niño de establecimiento educacional. Pero resulta que esa joven madre soltera, de nombre Francesca , quien tiene también un bebé de un mes, fue notificada de que el caso de su hijo había sido enviado al tribunal de familia de Osorno porque el colegio tenía aprensiones acerca del niño. Sin embargo, el efecto de aquello no solo lo sufrió su hijo, puesto que también fue enviado al tribunal de familia el caso de su hija, de un mes de vida.

¿Qué pasó? La madre no pudo seguir amamantando a su bebé, pues debido al estrés que le causó la situación quedó sin leche. Cuando su caso fue analizado en el tribunal de familia, como todos los otros que hemos defendido, fue desestimado de inmediato. Sin embargo, han tenido que ser representadas por abogados proporcionados por nuestra oficina parlamentaria, pues de lo contrario hubiesen tenido que llegar solas a defender sus casos ante los tribunales de familia.

Entonces, aprovecho la discusión de esta iniciativa para denunciar en esta Sala que el descriterio se apropia de algunas direcciones de establecimientos educacionales respecto de cómo tratar a estos niños. En este caso, el descriterio de la directora del colegio San Vicente de Paul , de Puerto Octay, es inaudito, situación que denuncio ante todo el país. Casos como el que han vivido esas trece madres de Puerto Octay no pueden repetirse y afectar a otras madres en el país, porque por muy humildes que sean, todas se han preocupado de educar a sus hijos con enorme esfuerzo, todas se han preocupado de darles lo mejor dentro de las enormes necesidades que tienen como madres.

El caso de otra de ellas fue el siguiente: se fue a trabajar a Hualaihué, que está aproximadamente a doscientos kilómetros de Puerto Octay, porque era su única fuente de trabajo. Por eso, le entregó la custodia de su hija a su madre, es decir, a la abuela de la niña. Ese caso también fue llevado al tribunal de familia, porque supuestamente no era una madre que estaba atendiendo adecuadamente a su hija.

Encuentro que estas situaciones no pueden ocurrir. Por eso, valoro y aplaudo esta iniciativa, cuya autora es la diputada Cristina Girardi , porque va a contribuir a que no sea una condición para la permanencia de un estudiante en un colegio el que tenga que tomar o no un medicamento que, a todas luces, ya se ha comprobado que en muchos alumnos no provoca los efectos que supuestamente debiese provocar, sino efectos absolutamente adversos.

Por las razones señaladas, estoy seguro de que la bancada del Partido Socialista va a votar a favor esta iniciativa.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Karim Bianchi .

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, no le había tomado tanta atención a este proyecto de ley, porque en mi niñez era de esos niños un poco hiperactivos y tenía problemas que, quizás, antes no se veían de la manera como hoy se tratan. Por eso me inscribí al final.

Este proyecto, que tiene como propósito que los colegios no condicionen la incorporación y la permanencia de alumnos al consumo de ciertos medicamentos en los casos de trastornos de conducta, viene a cambiar el modelo de sociedad que actualmente tenemos.

Creo que tenemos una educación que con el tiempo hemos visto que ha fracasado, pues aboga por un sistema en el que todos sean iguales, desde el momento en que se exige que todos se vistan igual, que todos sean evaluados con una misma vara y que de esa evaluación dependa el éxito o el fracaso de un alumno, y que se cursen ramos que quizá no tienen mucho que ver con lo que los estudiantes se van a encontrar en la sociedad a futuro.

Por lo tanto, esa sociedad tan igual que pretenden establecer en un aula, mediante elementos como la medicación, que es un arma de control de la conducta en los colegios, busca, en definitiva, que después esos niños sean personas que se frustren en la vida laboral. Van a vivir en una sociedad que, sin duda, tiene muy poco de igual. Más bien, la realidad demuestra todo lo contrario.

Asumimos este sistema educativo con el fin de sacar sujetos iguales; pero tenemos niños hiperactivos, trastorno de la conducta de la que en un tiempo fue casi moda hablar en los medios de comunicación. Hoy, tenemos otros trastornos de la salud, como es el Asperger, niños que también tienen muchos problemas de lenguaje. Así, han proliferado mucho las escuelas de lenguaje, lo que nos habla de que los trastornos van cambiando, de manera que tenemos que modificar la educación para adaptarla a esa situación.

Por otro lado, tenemos profesores que están colapsados, muchos de ellos con un sistema que ni siquiera les permite garantizar el pago de sus sueldos, es decir, con un estrés laboral que llevan consigo. Después tenemos a estos mismos alumnos que tienen que entrar a la vida universitaria y que se sobreexigen tomando bebidas energéticas.

Entonces, tenemos un sistema que quiere sobrepasar lo natural del ser humano y llevarlo a otra condición, en circunstancias de que después se deberá enfrentar a una sociedad que le demostrará justamente lo contrario: que la evaluación que le hacían no garantizaba el futuro. No obstante, hay papás que están felices porque su hijo está dopado, porque está entretenido con un celular o porque está metido en un videojuego. Para algunos eso no importa, porque ¡qué bueno que esté tranquilo!

Por ello, creo que debemos propender a ese tipo de educación. Cuando hablamos de inclusión, nos referimos a que todas las personas, no obstante sus diferencias, pueden aportar a su sociedad, a su grupo humano, al igual como aporta este proyecto. Por eso, felicito a su autora, la diputada Girardi .

Más que buscar una buena nota, debemos preocuparnos de la felicidad de las persona, de no generar personas frustradas, gente que, con el paso del tiempo, se sienta restringida en su libertad, privada de su esencia. Medicar a los alumnos con este tipo de fármacos es privarlos de su esencia, de aquello en lo cual radica su felicidad, y de los valores que tenemos que inculcarles.

Más que un aula con estudiantes ordenados, debemos buscar formar personas que aporten a la sociedad con más valores y con más felicidad.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Marisela Santibáñez .

La señora SANTIBÁÑEZ (doña Marisela).-

Señor Presidente, si bien soy una de las patrocinadoras de este proyecto, debo felicitar a todos sus autores, pero en particular a quien ofició de informante de esta iniciativa: la querida diputada Cristina Girardi .

Le agradezco que haya puesto en el centro del debate esta verdadera herramienta de control que estaba siendo naturalizada por nuestro sistema educativo, que afecta de manera aberrante la salud de miles de niños y niñas de nuestra patria.

Considero que este proyecto es fascinante de principio a fin y que su implementación nos permitirá promover un cambio de prácticas cotidianas de las cuales no somos conscientes, propias de una cultura “medicalizada”; una que hace uso de los medicamentos en forma crónica; una que tiene internalizado que, ante cualquier problema, la respuesta es “tome una pastillita y todo se arreglará”.

Para quienes creen que exagero en esta visión de sociedad intoxicada por fármacos, puedo contar que tiempo atrás se desarrolló una encuesta que cuantificó el uso de fármacos en Chile, y sus resultados confirmaron que los chilenos consumimos un promedio de 2,6 medicamentos al día, cifra que, lamentablemente, aumenta con el envejecimiento. Así, los menores de 25 años utilizan 1,42 remedios diarios, mientras que los mayores de 65 años, 4,17 por día, triste realidad que nos invita a la reacción.

¿Cómo sorprenderse con semejantes cifras si en los colegios resulta normal que, ante el trastorno por déficit de atención con hiperactividad, los padres se vean obligados por los establecimientos educacionales a medicar, a drogar a sus hijos para mantenerlos dentro de la comunidad educativa?

Así, sin más, miles de niños fueron condenados diariamente al metilfenidato, un compuesto activo de medicamentos como Aradix, Concerta y Ritalin, cuyos efectos secundarios, según MedlinePlus, de la Biblioteca Nacional de Medicina de Estados Unidos de América, pueden ir desde la falta de apetito al nerviosismo, la dificultad para conciliar el sueño y para mantenerse dormido, hasta mareos, náuseas, vómitos, pérdida de apetito, diarrea, dolor de cabeza, somnolencia, por nombrar algunos. Entre los efectos más graves se encuentran incluso la depresión y los pensamientos suicidas, y cuando se suspende el consumo de este medicamento, comienzan a producirse síntomas similares al de abstinencia.

Abrazo este proyecto no solo porque busca desintoxicar a los niños y niñas de nuestro sistema educativo, sino también porque con él se sientan las bases para alternativas a los fármacos, promoviendo, como he dicho, un cambio cultural que acompañe a los niños y niñas toda su vida, esto, al incluir en su articulado disciplinas como meditación, yoga, taichí, danza, expresiones artísticas, y otras, destinadas tanto a favorecer el rendimiento académico como el bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

Cierro mi intervención buscando concientizar de manera amigable a las familias que me escuchan, o que me escucharán, y ejemplificando con un verdadero clásico de los dibujos animados. Seguramente más de alguno de los presentes habrá visto el capítulo de Los Simpson en que Homero, el padre, y Marge , la madre, para mantener en la comunidad educativa a su hijo Bart, hiperactivo y con déficit atencional, son obligados por la dirección de la escuela a drogarlo con Focusin. Las consecuencias para el niño símbolo de la alegría y la sana rebeldía, para ser funcional a un sistema estandarizado, lo llevaron al punto de la adicción y la locura. Eso lo pueden ver nuestros niños en la televisión.

Señor Presidente, hoy nos reunimos para que nunca más se obligue a los padres y madres de Chile a medicar o drogar a sus hijos para mantenerlos en un establecimiento educacional, pero también para comenzar un cambio cultural en contra de una sociedad “empastillada”. Esa vida intoxicada no puede seguir siendo el modelo de vida a seguir para estas generaciones ni para las que vienen.

Por ello, anuncio mi voto a favor y agradezco a Cristina Girardi por este proyecto.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Érika Olivera .

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señor Presidente, este es un proyecto bastante interesante, por lo que felicito a la diputada Girardi por ponerlo en discusión. Pero creo que, más que para la discutirlo, es un tema respecto del cual quienes somos padres o madres nos sentimos motivados para intervenir en él, pues, como dijo la diputada Sepúlveda , esta es una materia sobre la cual todas las que somos mamás y los que son papás hemos tenido alguna experiencia en algún momento de nuestra vida.

Puedo decir que respecto de una de mis hijas, mientras cursaba quinto básico, la profesora me mandó a que la llevara al psicólogo, porque, según ella, tenía déficit atencional. Mi hija llevaba seis años en ese colegio y era la primera vez que me pedían algo así. Por lo tanto, de inmediato le dije a la profesora que no la iba a llevar a ningún médico, porque mi hija era una niña sana, y así era y es. Creo que si no hubiese tomado esa decisión, lo más probable es que Érika hubiese terminado medicada quien sabe hasta cuándo. Hoy es una lola de veinte años, feliz y muy normal.

También me sumo a lo que dijo la diputada Vallejo . Nuestro sistema educacional es bastante antiguo, tiene métodos de enseñanza muy del pasado, por lo que debería actualizarse a lo que son nuestros niños del presente, esto es, activos, alegres, con necesidad de moverse, de transmitir su alegría, cuestión que, quizás, constituye un problema para muchos profesores o establecimientos educacionales.

Hace unos días tuve la oportunidad de conversar con la diputada Girardi , precisamente para expresarle estas inquietudes, y quiero decirles que me sumaré a cualquier proyecto que tenga que ver con la educación de nuestros niños, en tanto busque, obviamente, mejorar el desarrollo integral de nuestros niños y niñas.

En cuanto a mi experiencia como entrenadora, empecé a trabajar en el área formativa en el 2000, y ahí me di cuenta de que muchos niños iban felices a las clases de atletismo, pero una vez que se implementó la jornada escolar completa, la mitad de esos niños, que eran cuarenta, que llegaban fácilmente todos los días a las 16.30 horas, desaparecieron de la pista atlética. Siempre fui crítica con respecto a esa medida, porque coartó mucho la libertad de expresarse de nuestros niños. Se volvió un problema no solo para los establecimientos, sino también para las familias. Desde ese instante venimos viendo el aumento de niños medicados.

Finalmente, después de varios meses, a mis clases de atletismo terminó yendo solo un niño.

Es así como coartamos su libertad para expresarse desde el ámbito deportivo, artístico, musical u otros que son importantes para ellos.

Fíjense que en mi época de estudiante universitaria, de la que no ha pasado mucho tiempo, mi proyecto de tesis estuvo enfocado en un proyecto tecnológico que tenía que ver con el deporte y la salud. Durante esa investigación conocí la Agencia de Calidad de la Educación, que tenía indicadores de desarrollo personal y social. Esa agencia trabaja con indicadores como autoestima académica, motivación escolar, clima de convivencia escolar, participación y formación ciudadana, hábitos de vida saludable, asistencia escolar, equidad de género, titulación técnico-profesional, retención escolar.

Quiero detenerme en la retención escolar, porque cuando la agencia la define, dice que la retención escolar busca que los estudiantes permanezcan en el sistema educacional formal, por lo que constituye un requisito clave para que los alumnos aprendan los conocimientos, habilidades y aptitudes que se espera que desarrollen durante la etapa escolar. Este indicador considera la capacidad que tiene un establecimiento educacional para lograr la permanencia de sus estudiantes en el sistema de educación formal.

Entonces, a partir de esa definición, nos están diciendo que para que esto se cumpla debemos tener niños tranquilos y concentrados, lo cual -repito- es muy difícil de lograr. De hecho, veo que en este hemiciclo a nosotros mismos nos cuesta mantener la concentración y escucharnos unos a otros.

¿Con qué cara les exigimos a nuestros niños que permanezcan sentados cuatro, cinco o seis horas en una sala si nosotros no somos capaces de hacerlo?

Por otra parte, se habla de los hábitos de vida saludable. Aquí voy al deporte, que es mi área, pues se señala que la actividad física y una alimentación balanceada mejoran la capacidad de aprendizaje de los estudiantes, ya que incrementan su capacidad para resolver tareas difíciles, su concentración y su memoria. También disminuye la eventual ansiedad y estrés ante las evaluaciones.

El otro día el diputado Walker señaló que los niños que practican algún tipo de actividad física tienen una mayor capacidad de concentración. Entonces, ¿por qué no evaluar otras áreas?

¿Qué evalúa el Simce, que viene aplicándose desde 1988? Evalúa logros de aprendizaje en las asignaturas de lenguaje y comunicación (comprensión de lectura y escritura), matemáticas, ciencias naturales, historia y geografía, ciencias sociales e inglés. No se considera dentro de esta medición el arte, la música, la investigación, la exploración y el deporte.

Todas esas materias debieran ser evaluadas, ya que a nuestros niños les gusta la música, les gusta investigar, les gusta explorar, por lo que el sistema educativo de nuestro país y sus sistemas de evaluación deben ser reformulados. Por eso, hago un llamado al Ministerio de Educación para que, en conjunto con la Cámara de Diputados, evaluemos cómo cambiar esta forma de educar. No me interesa que mi hijo sea el mejor en matemáticas o en lenguaje; lo que me interesa es que sea un niño feliz y que nuestro mundo futuro sea mejor que el que tenemos hoy.

He dicho.

-Aplausos.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Fernando Meza .

El señor MEZA.-

Señor Presidente, estamos debatiendo una iniciativa iniciada en una moción de la diputada Cristina Girardi .

El proyecto busca impedir que los establecimientos educacionales impongan como condición para incorporar a un alumno o alumna con supuestos trastornos de conducta e hiperactividad o déficit atencional el que consuma los medicamentos necesarios para mantenerlo tranquilo.

Estamos frente a un proyecto de ley que, en un principio, parecía no tener mayor importancia, como es prohibir que se exija la medicación para aceptar a ciertos niños en los establecimientos educacionales. Sin embargo, sus fundamentos son extraordinariamente rigurosos y abre los ojos de la sociedad sobre un peligro en el cual nos encontramos desde hace muchísimos años, porque esto no sucede desde hace dos o tres años ni afecta solo a niños y niñas. Todos los que hemos estudiado en universidades sabemos que las anfetaminas son pan de cada día. De una forma absolutamente irresponsable, las anfetaminas han desfilado por los pupitres de millones de estudiantes de todo el planeta. Nadie ha medido las consecuencias de su consumo y, si lo han hecho, a nadie le ha importado.

El metilfenidato, que es una anfetamina, busca activar ciertas zonas del cerebro de aquellos niños que, supuestamente, tienen hiperactividad o trastornos de la conducta, de modo tal de equipararlos, supuestamente, con quienes no presentan trastornos de hiperactividad o de déficit atencional.

¿Cuál es la consecuencia de esta práctica? Son múltiples los daños que ocasiona la ingesta de anfetaminas, al igual que cualquier otra droga sintética, como las cientos de miles de unidades que invaden Chile y el mundo. Holanda es uno de los principales productores de este tipo de drogas.

Mi colega René Manuel García preguntaba quién recomienda o entrega estos medicamentos. La respuesta es que algunos colegas médicos, con bastante desprolijidad y, tal vez, con bastante presión, dada la carencia de médicos, ante un niño que presenta un trastorno de esta naturaleza, lo más fácil es recetar metilfenidato -Ritalin-, y así se quitan de encima al paciente en tres minutos. La madre y el padre confían en ese facultativo que recetó el medicamento y el niño, muchas veces, se transforma en un adicto, al igual que muchos adultos, porque insisto- también lo consumen los estudiantes universitarios cuando están a punto de rendir pruebas decisivas. El remedio se utiliza en todos los niveles.

Bienvenido sea este proyecto, porque persigue proteger a lo más sagrado que tenemos en nuestro país: las niñas y los niños

Hay otras formas, como dijo la respetada colega Érika Olivera , de mejorar esas situaciones en que se encuentran algunos niños; muchas veces estos trastornos se presentan de manera ocasional, no obstante lo cual el medicamento es recetado de inmediato, irresponsablemente. Entonces, los profesores y los apoderados descansan en esas pastillitas y así se quitan de encima el “problema”.

En cuanto a los efectos secundarios de este medicamento, puedo mencionar la falta de apetito, la anorexia, la ansiedad y los trastornos del sueño. ¡Tenemos niños despiertos a las 3, 4 y 5 de la mañana! ¡Eso producen el metilfenidato y, en general, las anfetaminas. También provocan acostumbramiento.

Hay que tener más cuidado a la hora de recetar un medicamento de este tipo a una niña, niño o adulto. El médico debe evaluar profesionalmente al paciente para diagnosticar como corresponde un trastorno de esta naturaleza. Los psicólogos de los centros educacionales deben estar muy atentos y bien preparados para realizar su labor.

Por lo tanto, no puedo menos que felicitar a la querida diputada Cristina Girardi y a todos quienes han suscrito esta iniciativa por su permanente preocupación por solucionar problemas, como este, que afectan a la sociedad.

Indudablemente, la bancada del Partido Radical va a concurrir con su voto favorable para eliminar uno de los tantos problemas que tenemos en Chile, al que cada día le recetan cada vez más pastillas, porque de esa forma parecemos una sociedad más tranquila y más normal. No estoy de acuerdo con ello y por eso a futuro presentaremos proyectos para restringir el uso absolutamente inadecuado e irresponsable de tantos medicamentos en Chile.

He dicho.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, con la salvedad del artículo 1, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 134 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas, Florcita ; Alessandri Vergara, Jorge ; Alinco Bustos, René ; Álvarez Ramírez, Sebastián ; Álvarez Vera, Jenny ; Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Amar Mancilla, Sandra ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Baltolu Rasera, Nino ; Barrera Moreno, Boris ; Barros Montero, Ramón ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Bernales Maldonado, Alejandro ; Bobadilla Muñoz, Sergio ; Brito Hasbún, Jorge ; Calisto Águila , Miguel Ángel ; Cariola Oliva, Karol ; Carter Fernández, Álvaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castillo Muñoz, Natalia ; Castro Bascuñán, José Miguel ; Castro González, Juan Luis ; Celis Araya, Ricardo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Álamos, Juan Antonio ; Crispi Serrano, Miguel ; Del Real Mihovilovic, Catalina ; Desbordes Jiménez, Mario ; Díaz Díaz, Marcelo ; Durán Salinas, Eduardo ; Eguiguren Correa, Francisco ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Fernández Allende, Maya ; Flores Oporto, Camila ; Fuenzalida Cobo, Juan ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; Galleguillos Castillo, Ramón ; García García, René Manuel ; Garín González, Renato ; Girardi Lavín, Cristina ; González Gatica, Félix ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hertz Cádiz, Carmen ; Hirsch Goldschmidt, Tomás ; Hoffmann Opazo , María José ; Ibáñez Cotroneo, Diego ; Ilabaca Cerda, Marcos ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiles Moreno, Pamela ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Jürgensen Rundshagen, Harry ; Kast Sommerhoff, Pablo ; Keitel Bianchi, Sebastián ; Kuschel Silva, Carlos ; Labra Sepúlveda , Amaro ; Lavín León, Joaquín ; Leiva Carvajal, Raúl ; Leuquén Uribe, Aracely ; Longton Herrera, Andrés ; Luck Urban, Karin ; Macaya Danús, Javier ; Marzán Pinto, Carolina ; Matta Aragay, Manuel ; Mellado Pino, Cosme ; Mellado Suazo, Miguel ; Meza Moncada, Fernando ; Mix Jiménez, Claudia ; Molina Magofke, Andrés ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Moreira Barros, Cristhian ; Muñoz González, Francesca ; Naranjo Ortiz, Jaime ; Noman Garrido, Nicolás ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Nuyado Ancapichún, Emilia ; Olivera De La Fuente, Erika ; Orsini Pascal, Maite ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Ossandón Irarrázabal, Ximena ; Pardo Sáinz, Luis ; Parra Sauterel, Andrea ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Salinas, Catalina ; Prieto Lorca, Pablo ; Ramírez Diez, Guillermo ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rentería Moller, Rolando ; Rey Martínez, Hugo ; Rojas Valderrama, Camila ; Romero Sáez, Leonidas ; Saavedra Chandía, Gastón ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sanhueza Dueñas, Gustavo ; Santana Castillo, Juan ; Santana Tirachini, Alejandro ; Santibáñez Novoa, Marisela ; Sauerbaum Muñoz, Frank ; Schalper Sepúlveda, Diego ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes , Alejandra ; Sepúlveda Soto, Alexis ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Soto Mardones, Raúl ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Tohá González, Jaime ; Torrealba Alvarado, Sebastián ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Troncoso Hellman, Virginia ; Undurraga Gazitúa, Francisco ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Urruticoechea Ríos , Cristóbal ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Velásquez Núñez, Esteban ; Velásquez Seguel, Pedro ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdessi Belemmi, Daniel ; Vidal Rojas, Pablo ; Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ; Walker Prieto, Matías ; Winter Etcheberry, Gonzalo ; Yeomans Araya, Gael .

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).-

Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo 1 del proyecto con la misma votación.

Aprobado.

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación, dejándose constancia de haberse alcanzado el quorum constitucional requerido.

Despachado el proyecto al Senado.

1.6. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 09 de octubre, 2018. Oficio en Sesión 58. Legislatura 366.

VALPARAÍSO, 9 de octubre de 2018

Oficio Nº 14.264

AA S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al boletín N° 11.662-04, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Agréganse los siguientes párrafos segundo y tercero en la letra k) del artículo 3 la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, pasando el actual párrafo segundo a ser cuarto:

“Del mismo modo, propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales y no se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad.

Con todo, los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender estas necesidades y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, tai-chi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como al bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.”.

Artículo 2.- Incorpóranse en el párrafo undécimo de la letra d) del artículo 6 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, después del segundo punto y seguido, las siguientes oraciones: “En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. La escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”.”.

*****

Hago presente a V.E. que el artículo 1 del proyecto de ley fue aprobado en general y en particular con el voto afirmativo de 134 diputados, de un total de 155 en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a V.E.

MAYA FERNÁNDEZ ALLENDE

Presidenta de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 18 de enero, 2019. Informe de Comisión de Educación en Sesión 91. Legislatura 366.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta Boletín N° 11.662-04

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Educación y Cultura tiene el honor de informar respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en moción de las diputadas señoras Cristina Girardi, Camila Rojas, Marisela Santibáñez y Camila Vallejo, y de los diputados señores Jaime Bellolio, Ricardo Celis, Juan Santana y Gonzalo Winter.

Hacemos presente que la Comisión discutió este proyecto en general y en particular, de conformidad al acuerdo adoptado por la Sala en sesión del día 8 de enero de 2019, procedimiento que se sugiere seguir al señor Presidente para su discusión.

A las sesiones en que se discutió este proyecto de ley concurrieron, además de sus integrantes, los Diputados señoras Cristina Girardi y señor Jaime Bellolio.

Asimismo asistieron:

Del Ministerio de Educación: el Coordinador de Asesores, señor José Pablo Núñez y la asesora Antonia Bezanilla.

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Asesor, señor Cristóbal Kubick.

El Doctor en Sicología Infantil e Investigador, señor Felipe Lecannelier.

De la Biblioteca del Congreso Nacional: el Investigador del Área Políticas Sociales, de la Sección Asesoría Técnica Parlamentaria, señor Eduardo Goldstein y el Asesor, señor Pedro Guerra.

De la oficina del H.S. Latorre: el Asesor, señor Fernando Carvallo.

De la oficina de la H.S. Y. Provoste: el Asesor, señor Rodrigo Vega.

De la oficina de la Diputada C. Girardi: el Periodista, señor Rodrigo Castro; y los Asesores, los Asesores, señores Emerson Segovia e Iván Oyarzún.

De la oficina del H.S. García: el Asesor, señor Rodrigo Fuentes y la Periodista, señora Andrea González.

De la oficina de la H.S. E. Von Baer: el Asesor, señor Juan Carlos Gazmuri.

De la oficina del H.S. Elizalde: el Jefe de Gabinete, señor Felipe Barnachea.

De la oficina del Diputado Ibáñez: el Asesor, señor Víctor Ramos.

Del Comité UDI: la Periodista, señorita Karelyn Lüttecke

De Fundación Jaime Guzmán: la Asesora, señorita Carolina García

- - -

A) OBJETIVO DEL PROYECTO

Como se señala en el informe de la Comisión de Educación de la Honorable Cámara de Diputados, el proyecto de ley en informe tiene por finalidad impedir que los establecimientos educacionales condicionen la incorporación, asistencia o permanencia de los estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, haciendo concordante la norma establecida en la ley sobre Nueva Educación Pública (ley N° 21.040) con lo establecido en la Ley General de Educación, para que sea aplicable a todo el sistema educacional.

B) NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Cabe hacer presente, asimismo, que el artículo 1.- del proyecto de ley tiene el carácter de norma orgánica constitucional en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 N° 11 de la Constitución Política de la República, por lo que requiere para su aprobación de las cuatro séptimas partes de los Senadores en ejercicio, según lo prevé el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.[1]

C) ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes antecedentes:

1.- Antecedentes de Derecho

1.- Decreto con fuerza de ley N° 2 de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1 de 2005. (Ley General de Educación).

2.- Decreto con fuerza de ley número 2 de 1998, del Ministerio de Educación, ley de Subvenciones.

2.- Antecedentes de Hecho

La Moción que da inició a este proyecto de ley 1.- Vivimos en una sociedad donde el exitismo se ha vuelto un paradigma indesmentible. Manifestación de este paradigma en nuestros educandos es el sometimiento de los mismos a numerosas pruebas estandarizadas, es decir, a la necesidad de cuantificar y medir permanentemente la consecución de logros que estimamos como sociedad, los deseables. Sin embargo ello por cierto resulta en un desmedro de la diversidad, de la potenciación de valores y principios, en fin de una educación que apunte a la plenitud e integralidad de la persona humana en pos de su realización y felicidad.

No podemos dejar de mencionar que el exitismo en definitiva esta íntimamente ligado con el individualismo que debilita el instinto gregario y la necesaria correspondencia de los seres humanos entre sí, sea que solamente la conceptualicemos como una relación funcional o más allá como la solidaridad, entendida esta última como un valor.

2.- Es en este contexto que resulta necesario tener estudiantes dóciles y que en definitiva no sean disruptivos con el sistema. Una forma de disrupción resulta ser el “trastorno por déficit atencional e hiperactividad (TDAH), conforme su sigla en el “Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales”, (DMS), elaborado por la American Psychiatric Asssociation, compendio validado en los Estados Unidos de Norteamérica y que sirve de referente en el resto del mundo.

En este punto necesario es mencionar el incentivo perverso que implica el actual sistema de subvención escolar, basado en la asistencia y que obliga a tener más alumnos por sala, deteriorando asi la capacidad de los docentes para atender las necesidades educativas particulares.

3.- Conforme la Guía de intervención mhGAP, para los trastornos mentales, neurológicos y por uso de sustancias en el nivel de atención de la salud no especializada de la OMS ( Organización Mundial de la Salud), se establecen expresamente, para los trastornos de la conducta, termino amplio que cubre por cierto los trastornos de déficit atencional y la hiperactividad, diversas acciones que deben ser implementadas previas a la medicación y que dicen relación con diversos apoyos sicosociales, que sería extenso reproducir. En todo caso, es categórico el informe en señalar que “no se debe suministrar metilfenidato a menores de 6 años” y además, establece como recomendación en general, “no use medicinas para los trastornos de conducta de niños y adolescentes”. Luego señala que el Metilfenidato puede considerarse para la hiperactividad bajo los supuestos que se señalan en el propio manual. Desde ya digamos que la Risperidona no está ni siquiera considerada como alternativa terapéutica en estos casos.

4.- Sin embargo tenemos como evidencia que en Chile conforme se nos ha informado por el Director del Instituto de Salud Pública (ISP), mediante ordinario 01216 de fecha 27 de Julio de 2017, desde el 2005 al 2017, (considerando que solo hasta el 2016 comprende todo el año calendario), el aumento de la importación de Metilfenidato ha experimentado el aumento que se muestra en la siguiente gráfica:

Resulta evidente que si ha aumentado la importación de la sustancia existen quienes son sus usuarios finales y ese aumento a nuestro juicio es grave.

5.- En reciente informe del mismo ISP de fecha 26 de Diciembre del presente, remitido mediante ordinario Nº02272 a esta diputada, e intitulado “ Uso de Metilfenidato y Risperidona en niños, niñas y adolescentes diagnosticados con trastorno de déficit atencional e hiperactividad”, llaman la atención algunos de sus párrafos, que reproduzco a continuación: “ la Risperidona… está indicada en pacientes adolescentes de entre 13 y 17 años y en adultos”; “ Se ha descrito además que la terapia en conjunto de Metilfenidato con Risperidona, incrementa la posibilidad de efectos adversos, como por ejemplo, las posibilidades de un paro cardíaco en niños¨; “a nivel nacional se han reportado al instituto de salud pública 38 sospechas de reacciones adversas asociadas a Risperidona en niños, niñas y adolescentes entre 2 y 19 años de edad. Las reacciones adversa más comúnmente reportadas corresponden a trastornos neurológicos en primer lugar (25,7%)”; “en el caso del Metilfedinato, ya descrito, que presenta un alza en el mes de marzo, junto al inicio del periodo escolar, descendiendo en los periodos de vacaciones”. (pág. 15).

Necesario resulta concluir que, es un contrasentido que se hayan reportado efectos adversos, en el rango etario que se indica, si poco más arriba se afirma que solo esta prescrito para adolescentes sobre 13 años y por otro lado este estudio no hace más que reafirmar que efectivamente existen tales efectos adversos.

6.- Con este proyecto no hacemos más que recoger las múltiples expresiones de preocupación que, en trabajo en terreno, hemos recibido de padres y apoderados, referentes a “exigencias” de las escuelas de llevar a los niños a especialistas Neurólogos o Psiquiatras con el fin encubierto de medicarlos, lo que por cierto constituye una evidencia empírica, ( incluso existe un fallo del 2º Juzgado de Letras de Quillota que condenó el 25 de Abril de 2015 a un colegio de la zona por imponer condicionalidad a un alumno por este motivo). Los Test de Conners abreviados que se aplican resaltan las acciones negativas de los niños y niñas no siendo los docentes o directivos quienes debiesen aplicarlos. Por cierto las normas educacionales deben salvaguardar la labor educativa y en ningún caso transformar el sistema educativo en una unidad de salud mental. La labor educativa debe centrarse en los modelos pedagógicos y psicopedagógicos correspondientes, salvaguardando la integridad física y mental de los educandos.

Se sabe asimismo que el uso abusivo de fármacos psiquiátricos en la infancia puede gatillar diversos problemas de salud que vienen descrito en los mismos prospectos de los fármacos que se le dan a niños pequeños y a adolescentes: ideación suicida, somnolencia, distonías, anorexia, aumento de peso, síndrome neuroléptico maligno y trastornos cardiacos.

7.- A este respecto existen diversos estudios, a saber:

El año 2013 se publicó el Estudio denominado “ Los medicamentos estimulantes mejoran los resultados educativos y conductuales en los niños con Hiperactividad con déficit atencional?”, realizado por tres investigadores de las Universidades de Princeton, Cornell y Toronto y que revisó un seguimiento a 14 años del uso de estos medicamentos en escolares. El estudio encontró que su uso no mejoró significativamente el rendimiento y conducta, que por el contrario se relacionó con un empeoramiento de las funciones cognitivas y de memoria y un aumento de la depresión en especial en el caso de las niñas. También como en otros estudios se señala que su uso prolongado daña las funciones de aprendizaje. NBER WORKING PAPER SERIES DO STIMULANT MEDICATIONS IMPROVE EDUCATIONAL AND BEHAVIORAL OUTCOMES FOR CHILDREN WITH ADHD? Janet Currie Mark Stabile Lauren E. Jones Working Paper 19105 http://www.nber.org/papers/w19105 NATIONAL BUREAU OF ECONOMIC RESEARCH 1050 Massachusetts Avenue Cambridge, MA 02138 June 2013

En Chile los doctores Marc Zeise y Bernardo Morales del Laboratorio de Neurociencias de la USACH, estudiaron a nivel celular y molecular los efectos del Metilfedinato (Ritalin o Aradix) en el funcionamiento cerebral constatando que a determinado nivel este fármaco inhibe la potenciación de larga duración por lo tanto la persona llega a aprender menos. http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/25997580

En los registros del MINEDUC, en las Necesidades educativas transitorias donde se encuentran el déficit atencional y algunos problemas de aprendizaje leves el registro ha aumentado de 77 mil el año 2011 a 192 mil el año 2014, siendo el aumento alarmante. Una de las situaciones que cambió el año 2010 fue la entrada en vigencia del decreto que considero al TDAH causal de subvención por Necesidad Educativa Especial, por lo tanto hipotéticamente el estimulo de la subvención generó un aumento inflado de este trastorno. http://www.educacionespecial.mineduc.cl/index2.php?id_contenido=31566&id_portal=20&id_seccion=319

Si bien la OMS señala que entre el 4% y el 5% de los niños presenta TDHA, en Chile alcanzaría al 17%. Durante el año 2015 se registraron 78.891 ingresos de atención en los Servicios Públicos de Salud en niños entre 0 y 16 años en los diagnósticos de Trastorno Hispercinético (19.595), Trastorno Disocial (1629), Trastorno de Ansiedad de separación (1568), Trastorno del Comportamiento (42.833), Trastorno de Ansiedad (11.347), Trastorno Generalizado del Desarrollo (2019). El 90% de ellos se encuentra medicado.

En un estudio realizado por la Universidad de Chile se indica: “los profesionales de educación, son quienes manifiestan en mayor medida esta percepción de un altísimo nivel de prevalencia, llegando al punto de considerar que un 70% de los alumnos de su clase, sufre déficit atencional. En este sentido, la demanda de los profesores hacia el servicio de salud ha aumentado considerablemente, siendo la escuela la mayor fuente de derivación por THA, que tienen en APS. Por su parte, el servicio de salud cuestiona constantemente esta práctica que podríamos llamar de “sobrederivación” por parte de los profesores. El cuestionamiento se basa en el criterio con los cuales los docentes solicitan a los apoderados que lleven a sus hijos a los consultorios, ya ante cualquier conducta disruptiva, que les dificulta realizar la clase con normalidad debido al comportamiento del menor, consideran que tienen un problema de hiperactividad o déficit de atención.” INFORME FINAL. PRESENCIA Y ABORDAJE DEL TRASTORNO HIPERCINÉTICO/TRASTORNO DE LA ATENCIÓN (THA) EN EL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD Y EDUCACIÓN EN LAS COMUNAS DE LO PRADO Y QUINTA NORMAL” Convenio. Cámara de Diputados de Chile Universidad de Chile Investigadoras: Ps. Nicole Giese, Lic. Carla Bórquez, Ps. Belén Martínez

Los servicios públicos de salud muestran solo una parte de la realidad de sobrederivación, ya que por causales de horas disponibles o cupos, los servicios como el COSAM atienden a solo una parte de los derivados. Muchos padres optan por acudir al Neurólogo particular para no perder la matrícula de su hijo o hija.

No obstante es posible visualizar que el porcentaje de prevalencia siempre es mayor al que plantea la OMS del 5%

8.- Caso específico COSAM comuna de Lo Prado

La muestra, compuesta por unos 542 casos, presenta un total de 158 usuarios con diagnóstico de THA, cifra que supone el 29,9615% del total de la muestra. La prevalencia de éste y del resto de diagnósticos se muestra en la siguiente tabla.

De entre los sujetos clasificados con tal diagnóstico, el 78,48% de ellos son varones, frente al 21,52% de casos que presenta el sexo opuesto. Con respecto a la edad, las cifras anteriores se mantienen, presentando una mayoría del 70% los casos de varones con diagnóstico de THA. Las edades comprendidas entre los 7 y los 14 años son las que muestran un número mayor de casos, especialmente los 10 y los 11 años, cifras que coinciden, cada una de ellas, con un 15% aproximadamente del total de casos de todas las edades.

y se constituye como un discurso hegemónico que sitúa el problema en el niño, y la solución, en el fármaco. Aun cuando algunos actores tanto desde el ámbito de la salud como de educación reconocen elementos culturales–como la necesidad de controlar el comportamiento en una sociedad altamente exigente y orientada al éxito- y pedagógicos –como la necesidad de diagnosticar a los niños con dificultades de aprendizaje y con problemas de conducta, para “sacarlos del aula” y poder así cumplir con las exigencias asociadas a las pruebas estandarizadas- la fuerza de estas fisuras en el discurso no son suficientes como para subvertir el discurso hegemónico.” Agrega “Los resultados de este estudio permiten afirmar que el TDA se constituye en el imaginario social como un diagnóstico que “encubre” muchas otras dificultades. La mayor sensibilización respecto de este trastorno ha vuelto, probablemente, a las personas, particularmente a los profesores, más susceptibles de atribuir “déficit de atención” a dificultades de aprendizaje y/o a problemas de conducta que podrían obedecer a otras causas. De esta manera, el diagnóstico de TDA vendría a constituir una suerte de “diagnóstico paraguas” que, en ocasiones, encubriría muchas otras situaciones personales, familiares y sociales, entre ellas, la pobreza.” Finalmente y de forma lapidaria el estudio detecta: “Los relatos de los médicos y profesionales de los servicios de atención secundaria y los coordinadores de los programas educativos municipales permite concluir que, en los últimos años, se ha venido desarrollando una mayor demanda en los servicios de atención secundaria del sistema de salud pública, por atender a niños con sospecha de TDA que requieren diagnóstico. Esta “sobredemanda” proviene de una mayor derivación de las escuelas a los consultorios, que a su vez derivan estos niños a los hospitales. La sobredemanda por parte del sistema educativo trae como consecuencia una mayor derivación al sistema de salud. Para los actores entrevistados, el origen de esta sobredemanda residiría en los profesores de aula, quienes por distintas razones -entre ellas, las sobre-exigencias de rendimiento educativo- estarían demandando a las escuelas “hacerse cargo” de los niños con dificultades de aprendizaje y/o conducta en el aula. Este “hacerse cargo” implicaría la derivación al servicio de salud, para recibir diagnóstico y con ello, tratamiento farmacológico que permitiera al niño rendir acorde a lo que espera –y se le exige- al profesor. La mayor demanda de los profesores hacia los equipos directivos se traduce, probablemente, en la búsqueda por buscar otros profesionales que puedan derivar a más niños de los que arrojan los instrumentos baremados que utilizan los profesionales del Programa HPV, que son los únicos que actualmente aplican un proceso de tamizaje o screening preventivo a todos los estudiantes de primer año básico. Esta mayor demanda por derivar probablemente se ha intensificado a partir de la contratación autónoma de psicólogos y otros profesionales de la salud mental por parte de los equipos directivos, con recursos de la Ley SEP.” El sistema sitúa al niño con problemas socio familiares como un niño con problemas neurológicos, la situación de pobreza, de falta de recursos, de falta de medios de desarrollo se transforma en un problema de normas, de conducta, de emociones, eliminando el factor social y familiar. Así : “El tratamiento médico se presenta entonces como “la solución” para todo aquello, y que permite a la escuela continuar haciendo su trabajo, “tal y como lo hacía antes”, cuando no solo tenía una composición del estudiantado radicalmente distinta, sino que además se veía mucho menos sometida a grandes exigencias que aquellas con las que debe lidiar hoy (por ejemplo, subir puntajes SIMCE en tiempos determinados; mostrar indicadores de efectividad para subir de escuela “emergente” a “autónoma”; subir matrícula que ha decaído durante los últimos cinco años en las escuelas municipales del país, para evitar la fusión de escuelas).”

Por otro lado y a modo de reconocer otro patrón presente en las escuelas, el estudio indica:” los actores de nivel municipal reconocen que las escuelas están siendo cada vez más demandadas a mostrar resultados según estándares, lo que impone un sistema altamente exigente. Para hacer frente a estas demandas, una vía es la “externalización” de los niños reconocidos como un “problema” para el sistema en tanto son más difíciles de enseñar. La externalización de los niños-problema ha sido identificada anteriormente por este equipo de investigación para el caso de los estudiantes con problemas de conducta debido a situaciones de agresión (López, Carrasco, Morales, Ayala, López & Karmy, 2011). En este estudio, hemos constatado que la externalización también opera en relación a los estudiantes con dificultades de atención, concentración y/o hiperactividad, pero también, respecto de otros niños difíciles de enseñar, que son derivados por sospechas de TDA que luego no son confirmados, por lo equivalen a casos de falso positivo. La externalización pone en tensión la calidad con equidad en educación. La sobredemanda en la derivación de TDA probablemente es fruto de la búsqueda por solucionar las dificultades de enseñanza para todos los alumnos, vale decir, para todo tipo de alumno. Por ello, la sobredemanda de la derivación no es ajena sino que debe considerarse parte del debate sobre educación de calidad con equidad. Un sistema educativo de calidad debiera ofrecer oportunidades de aprendizaje para todos los alumnos, considerando sus diferencias y atendiendo a ellas a través de la planificación de estrategias metodológicas diversas, y no excluyendo a estos alumnos de las posibilidades de aprendizaje en el aula.”

“El medicamento hace de un niño inquieto y distraído, un niño más concentrado y menos disruptivo en el aula. Con ello, todas sus “deficiencias” quedan fuera de la escuela, y vuelven otra vez a ser invisibles.”

En el mismo estudio se cita a un psiquiatra que indica: “Quizá si tuviéramos una condición ambiental distinta: un colegio más pequeñito, mucho más personalizado, con mucho apoyo pedagógico complementario al profesor, o psicopedagógico, psicológico, el niño podría ser manejado como un niño diferente, con alguna dificultad, adecuando su exigencia y su programa, y no necesariamente usar fármacos; pero esa es una condición que es muy difícil de encontrar” (Psiquiatra Hospital 2, p. 57).”

Además de los efectos dañinos del Metilfedinato, por ejemplo, sobre el aprendizaje y la presencia de un deterioro emocional, otros fármacos que se suministran a niños por estos mismos diagnósticos como la Risperidona y los antidepresivos, prescritos para mayores de 18 años, presentan graves efectos secundarios como anorexia o aumento de peso, retraso en el crecimiento, ideación suicida y alucinaciones. Biblioteca Medica de los Estados Unidos https://www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/druginfo/meds/a682188-es.html

Hay casos que inclusive se prescriben antiepilépticos como la Carbamazepina y el Ácido Valproico como inhibidores de la conducta hiperactiva con severos efectos secundarios para niños que no tienen ni epilepsia ni daño neurológico.

10.- Esta diputada patrocinante, ofició el año 2010, al Ministro de Salud por el uso de Risperidona (un antipsicótico para la Esquizofrenia) en niños de 7 años de Cerro Navia para el tratamiento de la hiperactividad. En dicha oportunidad la Psiquiatra del COSAM donde los niños estaban derivados por su escuela justificó plenamente el uso de este fármaco y de antidepresivos como uso habitual. Se observó en las fichas clínicas de los casos el escaso uso de terapias previas para el tratamiento de los casos, usándose la medicación en forma paralela y no como último recurso. Uno de los casos correspondió a un niño hijo de padres que cumplían condena, por lo que su mala conducta tenía plena justificación en gatillantes familiares situacionales, sin que fueran de exclusiva responsabilidad de la presencia de una enfermedad o trastorno de salud.

11.- A estos efectos resulta también relevante, revisar algunas de las conclusiones contenidas en el estudio denominado “intervenciones actuales en el trastorno por déficit atencional con/sin hiperactividad (TDAH) en niños y adolescentes”, (tesis para optar al título de sicólogo U. de Chile, autora Carmen Alza Millie, 2013), que en extracto se transcriben:

-Es en Chile y en Latino América, donde investigaciones arrojan resultados sobre los factores que influyen en una deficitaria evaluación de los niños con TDAH. Se observa que por restricciones de tiempo y recursos económicos, las evaluaciones de los niños en atención primaria se realizan de forma extremadamente rápida, con protocolos de fácil aplicación y corta duración, tanto para el niño como para sus padres. Existe un mínimo de manejo de exámenes médicos y de laboratorio (EEG, TAC y exámenes de sangre, entre otras), y se observa un gran abandono por parte de los pacientes en el proceso de evaluación, tratamiento y seguimiento. En este sentido, aún queda mucho por hacer en nuestro país, ya que con evaluaciones rápidas, no es posible obtener información detallada en los niños que padecen el trastorno, y por consiguiente, la intervención será generalizada y no individualizada según las características del niño y su entorno escolar y social determinados. (pag 112)

-La literatura afirma que el tratamiento farmacológico aplicado a niños y adolescentes con TDAH, es un tipo de tratamiento que aumentó unas 20 veces en los últimos 30 años,(pag 113 ib ídem)

-Se constató en este estudio que un tratamiento solo de tipo farmacológico es insuficiente para el niño que padece TDAH, (pag 124 ib ídem)

-En Chile, a pesar de existir la intención por parte del Gobierno de favorecer a los niños con necesidades educativas especiales como es en el caso del TDAH y elaborar decretos como el ya conocido Decreto nº170, la realidad nos desvela algo muy 126 diferente a la intención, ya que existe un gran porcentaje de colegios en los que no se cubren estas necesidades educativas y los niños tienen que salir adelante simplemente con el tratamiento farmacológico, quedando desequilibrado el tan deseado Tratamiento Multimodal para los niños con TDAH. - En relación a los recursos chilenos destinados a la aplicación (pág. 126 ib ídem).

En definitiva el estudio postula la conveniencia de los tratamientos multimodales, por sobre los estrictamente farmacológicos.

12.- En suma, por cierto, no existen estudios que señalen con precisión la cantidad de niños que son sobrediagnosticados con el trastorno de TDAH, sin embargo a partir de los testimonios de padres y apoderados (evidencia empírica), de las estadísticas oficiales que dan cuenta del aumento progresivo en la importación de las sustancias farmacológicas usadas para su tratamiento (oficios del ISP) y de la literatura constituida por los estudios precitados, podemos INFERIR Y AFIRMAR que estamos frente a una realidad que hasta ahora ha sido mal abordada y que requiere adecuaciones legales a la normativa educacional, para no seguir perjudicando a nuestros niños y niñas en edad escolar particularmente.

13.- No cabe duda que la dictación de la ley 20845, conforme sus fines explícitos, constituyó un importante avance para la inclusión de todos y todas quienes buscan acceder y acceden en calidad de alumnos en nuestro sistema educacional, en tanto y cuanto modifico la ley 20.370 general de educación y el Decreto con Fuerza de Ley Nº2 de 1998 de Educación sobre subvenciones escolares.

14.- Tampoco cabe duda que la ley 21.040 que crea el nuevo sistema de educación pública, dentro del marco de lo que ha sido la reforma educacional impulsada por el actual Gobierno encabezado por la presidenta Michel Bachelet Jeria, ha recogido por cierto los principios inspiradores de la ley mencionada en el numeral anterior, perfeccionándolos y `profundizándolos en muchos casos.

15.- Sin embargo ninguno de los dos cuerpos legales mencionados recogen la problemática que se ha venido planteando en los considerandos anteriores. Por lo tanto y en lo que interesa a este proyecto, la ley 21.040 en su artículo 19 Nº4 párrafo segundo, estimamos que recoge adecuadamente lo que ha sido una larga aspiración de quienes, avalados por las evidencias y estudios que así lo demuestran, pensamos que existe al día de hoy una sobremedicación de nuestros estudiantes, es así como la norma hoy señala: “No se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento. En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”

16.- Siendo correcta la disposición recién transcrita, nos encontramos con una primera limitación relativa a la entrada en vigor de los servicios locales de educación, prevista conforme al artículo 6º de la ley antes citada al menos hasta el año 2025, o más si operare el mecanismo prevenido para su prórroga, en consecuencia tenemos expuestas a numerosas cohortes de estudiantes a estas mismas prácticas sin que se pueda hacer mayor cosa dado que en la ley se prevee esta disposición dentro del Título III y en lo relativo a las Responsabilidades del Servicio Local respecto de los establecimientos educacionales de su dependencia. En consecuencia y como es fácil de apreciar la aplicabilidad de esta disposición depende justamente de la puesta en marcha del servicio local respectivo.

17.- Por otro lado observamos una incongruencia por cuanto la ley 21040, se hace cargo de lo que hoy entendemos como establecimientos públicos de educación, principalmente aquellos que hoy están bajo la administración de los municipios, directamente o a través de las respectivas corporaciones creadas al efecto, de modo que esta condición o exigencia puesta en el párrafo segundo del Nº4 del artículo 19 de la ley 21040, no alcanza al resto del sistema y la llamada ley de inclusión 20845, tampoco se hizo cargo del tema, en consecuencia estamos en deuda.

18.- La forma de saldar esta deuda con nuestros niños y niñas es, como a su turno lo hizo la ley 20845, modificando el artículo 6º del D.F.L. Nº 2 de 1998 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 2, de 1996, sobre subvención del estado a establecimientos educacionales, y la ley 20.370, en sus partes pertinentes.

- - -

D) DISCUSIÓN EN GENERAL

1.- Planteamientos de Diputados autores de la moción.

La Honorable Diputada señora Girardi hizo presente que la norma que se propone en esta iniciativa legal es similar a la contenida en la Ley que creó el Sistema de Educación Pública, lo que es demostrativo que a la época de la discusión de dicha normativa ya había antecedentes en cuanto a que las escuelas derivan a los alumnos a evaluación.

En ese sentido, expresó que en el año 2013 se encargó un estudio sobre el déficit atencional a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, lo que arrojó que los profesionales de la educación consideran que el 70% del alumnado padece dicho problema y se concluye que es la escuela la mayor fuente de derivación a los consultorios.

Apuntó que la pregunta es por qué hay indicadores tan altos. Se ha observado que las manifestaciones del déficit atencional son las mismas que el estrés. De acuerdo a cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 17% de los chilenos sufre depresión y los niños chilenos menores de seis años sufren la peor salud mental del mundo.

Hizo saber que el 51% de las denuncias de la Superintendencia de Educación se basan en discriminación hacia alumnos por déficit atencional, que son expulsados por el sistema y que son obligados al consumo de medicamentos.

La OMS plantea que la primera recomendación ante trastornos de la conducta de los niños es no medicar y someter a la evaluación psicopedagógica y psicosocial para hallar la causa, pero en Chile no existe la terapia solo el medicamento, porque la terapia es demasiado costosa.

La segunda, es medicar solo a niños mayores de seis años, pero en nuestro país consumen metilfenidato desde el año de vida.

Además, no sería adecuado medicar niños que tengan situaciones de maltrato, abuso, etc., sin embargo en Chile no hay distinción de causas.

Comentó que la importación de metilfenidato ha aumentado en un 450% en los últimos 11 años y Chile está dentro de los 10 países con mayor demanda en el mundo.

Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a estudios aseguró que los niños que utilizan metilfenidato poco mejoraron sus resultados académicos y aumentaron su infelicidad.

Observó que entre los efectos neurosiquiátricos de dicho medicamento se encuentran la adicción, el síndrome de abstinencia, ideación suicida, aumento de las conductas agresivas, mareos e insomnio.

El otro medicamento utilizado en nuestro país es risperidona, cuyo uso natural es para el tratamiento de los episodios sicóticos y que no se podría aplicar a menores de 13 años y en Chile se suministra a niños menores. La risperidona provoca somnolencia, aumento de peso, síndromes metabólicos, etc.

Manifestó que otro asunto relevante y muy nocivo son las combinaciones de medicamentos.

Señaló que la OMS indicó que el 90% de los menores podría estar mal diagnosticado y mal medicado, razón por la que solicitó información atingente al Ministerio de Salud, cuyos representantes respondieron no contar con los antecedentes respectivos. Además, en Chile no existe una encuesta que mida la salud mental de menores, mas sí de adultos.

Afirmó que el uso prevalente de la farmacoterapia es un problema público y que el diagnóstico presenta déficit fundamentales. La Fundación Cinco Pieles ha opinado que en una situación de déficit atencional, el problema es el contexto y no el niño, por lo que se requiere enfocar la situación particular de cada menor.

Remarcó que este proyecto de ley busca que la educación haga educación. Mostró su preocupación por el estrés que el sistema educacional provoca en los niños y considera que es debido a que no se atiende a las características propias de cada uno y se estandariza.

A continuación, el Honorable Diputado señor Bellolio se sumó a las palabras de la Diputada señora Girardi y resaltó que nuestros niños tienen un nivel de sobre diagnóstico importante que aumentó al doble la medicación por déficit atencional.

Aseguró que existe la conciencia en cuanto a que los niños de hoy son distintos que los de años atrás, pero el sistema de educación sigue siendo igual y solo los colegios particulares pagados han adecuado sus sistemas, introduciendo nuevos métodos tales como trabajos grupales, niños sentados y actividades dinámicas, etc.

A continuación, leyó el Manual de Diagnóstico Diferencial en cuanto a la inatención y la hiperactividad e impulsividad, para demostrar que las características conductuales que ahí se describen se presentan en muchas personas, de las más variadas índoles y lugares, las que no necesariamente requieren un tratamiento medicado.

Por ello, lamentó que en las escuelas, en vez de potenciar las distintas áreas cognitivas de los alumnos y sus diferencias, se opte por diagnosticar y exigir la medicación.

Finalizó sus planteamientos señalando que este proyecto de ley es sencillo, pero intenta dar una señal fuerte al sistema educacional.

3.- Exposición de invitados.

a) El Investigador del área de Políticas Sociales de la Biblioteca del Congreso Nacional, señor Eduardo Goldstein, en respuesta a una solicitud formulada por la señora Presidenta de la Comisión, realizó una exposición sobre las opiniones vertidas por los invitados a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, con ocasión de la discusión de este proyecto de ley.

En primer lugar, previno que ninguno de los expositores se manifestó en contra del proyecto y hubo bastante consenso repitiéndose varios de los argumentos mencionados por la Diputada señora Girardi, especialmente, en cuanto a la existencia de un sobre diagnóstico y aceptación de la medicación en situaciones específicas de trastorno severo de la conducta.

A partir de dichas audiencias, identificó los siguientes enfoques del problema:

1.- Enfatizar en el cambio de contexto y no sobre intervenir. Esta postura la planteó el señor Alejandro Malpartida,[2] afirmando que la medicación es un modo de mantener la inmutación del sistema. Sugirió generar entornos saludables en el medio ambiente y en la alimentación, y cambiar el modelo educacional.

2.- Intervención multimodal. Perspectiva postulada por la Fundación Cinco Pieles[3], que no niega la efectividad de los medicamentos pero pone énfasis en un tratamiento multimodal. El problema sería la situación y no el niño.

3.- Intervención alternativa. Plantea dejar de “medicalizar” la escuela usando otros recursos de neurociencia con mejores resultados a largo plazo, como el mindfullness para potenciar la auto regulación de los niños.

Comentó que la señora Patricia Muñoz García, (Defensora de la Niñez. Abogada, Magíster en Docencia Universitaria) realizó la siguiente pregunta: ¿Para qué se educa? ¿Por éxito academicista o para obtener educación integral?.

Por su parte, añadió, Alejandro Malpartida afirmó que el desarrollo de psicofármacos es producto de muchos años de estudio controlado y pueden ser excelentes en determinadas circunstancias; sin embargo, se requieren protocolos exhaustivos antes de utilizarse, pues muchas veces el niño solo necesita tiempo para crecer y madurar.

Sugirió evitar el sentido disciplinario o meramente instrumental de la medicación.

Asimismo, advirtió que el auge que ha tomado la patologización y medicalización de la infancia alertó sobre la gravedad de estigmatizar y unificar a distintos niños y niñas con TDAH en un único diagnóstico. Por lo que se dificulta la identificación adecuada, en una concepción reduccionista del tema, frente a las posibles patologías y su tratamiento.

La Fundación Cinco Pieles apunta a intervenir de manera multimodal, con dispositivos pedagógicos, cambiando el foco hacia la situación de déficit atencional.

Propuso trabajar la confianza básica del menor desde su individuación, lo que significa enfocarse en la relación del niño con sus adultos significativos, favorecer condiciones para la individualización de el/la niño (confianza básica) y generar condiciones legislativas/ resupuestarias /evaluativas para el trabajo intersectorial entre salud y educación.

Asimismo, comentó lo expuesto por el señor Ricardo Ramírez Barrantes (Académico de la Facultad de Medicina de la Universidad Andrés Bello. Doctor en Neurociencias) quien enfatizó en recursos alternativos a la medicación, como la meditación, como un ejemplo de las ciencias contemplativas, que es la atención sin juicio de las experiencias en el momento presente.

Postuló que a partir de las neurociencias se puede fortalecer la potencia auto reguladora del niño a través de actividades que no requieren medicamentos. Esto se realizaría en tres niveles: fenomenológico, cognitivo y neuronal.

Dichas técnicas tienen tres funciones: constructivas, para cultivar o fortalecer los patrones cognitivos y afectivos que fomenten el bienestar y mejorar la autoimagen; deconstructiva, auto indagación e insight o mejoramiento del auto conocimiento; y las centradas en la atención, que fortalecen la auto regulación de los diversos procesos de atención, basadas en sostener la metacognición.

En cuanto a cómo insertar estas prácticas en contextos educacionales, el señor Ricardo Ramírez hizo hincapié en que se debe impactar la comunidad educativa completa, porque todos tienen que saber quiénes son y aprender a relacionarse con el otro.

Afirmó que las prácticas contemplativas son un esfuerzo profundo que tiene efectos en la regulación de la emoción y la empatía, tendiendo a un estado de bienestar. Así los niños aprenden a desarrollar ciertas funciones específicas como: regulación emocional, fortalecimiento de la atención, mejoramiento de la función ejecutiva y la auto imagen del niño. Además, se refuerzan habilidades sociales como la empatía, pues en la medida en que el alumno cuenta con un espacio para indagar su interior será capaz de mirar al otro de mejor manera.

b) El Doctor en Sicología Infantil e Investigador, el señor Felipe Lecannelier, expresó que el sobrediagnóstico y la sobremedicación son una de las muchas estrategias sociales que reflejan un patrón cultural chileno que está enfermando progresiva y gravemente a los niños, lo que da cuenta de una epidemia silenciosa y oculta en la salud socioemocional de los niños.

Continuando con su exposición expresó que un estudio sobre la prevalencia de dificultades emocionales, sociales y conductuales en niños de 1 a 6 años, en el contexto familiar, realizado en 24 países, mostró que Chile detenta el primer lugar en toda la gama de problemas de salud mental, lo que se grafica en el siguiente cuadro:

Por otra parte, añadió, se tomó una muestra en niños de 1 a 6 años en 16 países, en el contexto de la educación parvularia, sobre la prevalencia de dificultades emocionales, sociales y conductuales reportado por las educadoras. El resultado fue que Chile aparece en el quinto lugar, lo que se refleja en la siguiente lámina:

Dio a conocer otro estudio en que se evaluó el desarrollo emocional en Chile, Korea, Polonia y Estados Unidos. Chile tiene el primer lugar en cuanto a afectividad negativa, más miedo, el niño no está contento con su situación cotidiana y alta timidez.

En relación con los niños entre 16 y 38 meses, en comparación con Polonia, Korea, Japón, Rusia y Estados Unidos, Chile presenta los niveles más altos de miedo, según se expresa en esta lámina:

Enseguida, expresó que al analizarse la frecuencia cardiaca de las personas, se llegó a la conclusión de que los aumentos más relevantes son, primero, a los seis años, al iniciar la educación básica, y, en segundo lugar, a los tres – cuatro meses de vida, que coincide con el ingreso de los lactantes a los jardines infantiles.

Los investigadores plantean que el inicio de la escolaridad ha ido generando una serie de consecuencias, siendo una de ellas el aumento del promedio de la frecuencia cardiaca, y a la larga estrés infantil.

Consideró que la cultura chilena da cuenta de una tendencia a internalizar las emociones negativas, porque la educación sobre inhibe necesidades infantiles completamente humanas.

Un problema internalizante implica que el niño ya no es capaz de expresar su estrés hacia el exterior (no puede llorar ni moverse, por ejemplo), sino que se lo guarda. Este tipo de conflictos ocasionan ansiedad, depresión, enfermedades psicosomáticas, conductas descontroladas en algunos momentos y apatía.

La prevalencia mundial de los problemas internalizantes, añadió, nunca es más de 5%, sin embargo en Chile es entre 16% y 20%, lo que es demasiado alarmante para los investigadores del rubro.

Es así como al analizar los niveles de cortisol (hormona del estrés) en menores de 12 a 15 meses, entre más son retados más alterado su indicador.

Al evaluar salas cunas JUNJI en cuatro regiones, el resultado obtenido fue que a tres o cuatro meses desde el ingreso de los niños al establecimiento el 51,6% de ellos ya no lloran, porque han desarrollado la tendencia evitativa, es decir, aprenden que si lloran los retan o no les tomarán atención.

El siguiente estudio evaluó a los niños entre los 12 y 18 meses de edad, el año 2004 y, luego, el 2014. El investigador explicó que se tomó muestras normativas, es decir, menores al azar en cualquier ambiente.

El resultado que arrojó es que pasados 10 años desde la primera prueba, el apego evitante se incrementó al triple, lo que significa que el nivel de sobre control emocional de internalización aumentó fuertemente.

En jardines infantiles de la JUNJI, el 35% de las educadoras de párvulos de niños entre tres y seis años percibe que sufren un alto conflicto con los menores “que se portan mal”, que es definido, por las mismas profesionales, como: llorar, moverse, molestar y ser dependientes.

Asimismo, se realizó una serie de preguntas a 200 educadoras a lo largo del país, de jardines públicos y privados, y el 92% de ellas contestó lo siguiente:

Concluyó que existe en Chile una concepción de la educación y la crianza en que la expresión del estrés es negativa y debe ser castigada. A su vez, ser tranquilo, controlado y sobre adaptado es lo deseable, generando problemas internalizantes.

En un estudio de la UNICEF, se realizó una serie de preguntas a niños entre 7 y 14 años en cuanto a asuntos que los menores perciben como temas importantes para sus padres, por ejemplo:

¿Por qué te felicitan tus padres? Respondieron: por mi rendimiento, por mi comportamiento y por mis logros.

¿Qué es lo más importante para tus padres? Contestaron: el rendimiento escolar, el esfuerzo escolar, el orden doméstico y el respecto a los adultos.

¿Cuáles sientes tú que son las tres cosas que a tus papás les interesa conversar? Manifestaron: sacarme buenas notas en el colegio, esforzarme al máximo en los estudios y ser respetuoso con los mayores.

En conclusión los niños perciben que lo bueno es sacarse buenas notas, esforzarse y portarse bien.

Sobre el número de horas que los alumnos permanecen en la sala de clases, la OCDE revela que Chile mantiene a los niños 31,5 horas a la semana en las aulas, siendo el país que obtiene el primer lugar del estudio a nivel mundial.

Lo anterior, aun cuando existe una amplia evidencia de los últimos 20 años que señala que el niño sentado en una sala con un profesor hablando desactiva y adormece el cerebro.

Por otra parte, el alrededor del 40-50% de los alumnos entre 6 y 18 años refiere sentir miedo cuando asiste al colegio, a lo menos dos veces al día. La primera causa de ese miedo es “no saber hacer el trabajo en clases”, es decir, no cumplir las expectativas de los profesores; y la segunda, “uno o varios compañeros”.

Ante el bullying, el año 2004 solo el 1% de los niños pedía ayuda a alguien del colegio, en 2009, el 5%. Esto es un indicador de que los menores perciben sus colegios en un rol de exigencia y no protector.

El libro Toddlers, Parents and Culture evidenció que el país representa la primera cultura más castigadora por llorar, que más deja llorar a los niños en las noches para que aprendan a dormir y que más refuerza las conductas individualistas.

El sistema educativo chileno impulsa para el desarrollo de una actitud internalizante, que está enfermando a los niños, y los está llevando a una experiencia crónica de estrés. Además, la sobre medicación es una de las estrategias que los adultos utilizamos para mantener a los niños tranquilos, sin moverse, sin llorar y sin molestar.

Señaló que, en síntesis, la sobre medicación:

1.- Sirve a los papás y profesores, pero no a los niños, porque tiene efectos fisiológicos negativos para ellos.

2.- Es la expresión de una cultura que busca patologizar conductas normales y esperables en los niños, para adaptarse a ideologías, creencias y preferencias de los adultos.

3.- Es la expresión de la dificultad y falta de formación del personal educativo para lidiar con conductas propias de la expresión del estrés.

4.- No solo no resuelve las dificultades en la infancia, sino que intensifica la tendencia internalizante de los niños chilenos.

5.- Conlleva a una definición de la identidad infantil como “patológica”, lo que tiene más consecuencias negativas en el bienestar y rendimiento escolar.

6.- Aumenta la tendencia internalizante que, en el tiempo, provoca que el niño no exprese sus emociones.

Finalizó diciendo que el sobre diagnóstico obedece a un patrón chileno de no permitir que el niño sea niño.

El Honorable Senador señor Latorre solicitó al señor Felipe Lecannelier recomendaciones al mundo adulto del sistema educativo para afrontar los problemas de salud mental.

El señor Felipe Lecannelier contestó que en esta materia se dan tres planos:

1.- La desvinculación entre educación y salud no genera nada bueno, porque la primera sobre medica y la segunda sobre exige, entre ambas instancias pierden al niño.

Señaló que los psicólogos deben trabajar con los ambientes en que los alumnos pasan más tiempo. El colegio no es solo un sistema de aprendizaje de contenidos, sino que también se aprende a vivir. Por lo anterior, recomendó una reformulación del rol de los establecimientos educacionales.

2.- Comentó sobre la llamada Ley de Educación Emocional para mejorar el rendimiento académico de los niños, generando un espacio que permita el aprendizaje socioemocional. A nivel de educación parvularia, se demostró que basta con 5 meses de aplicación del programa de aprendizaje socioemocional para ver avances y resultados positivos en todo ámbito. Por lo tanto, sugirió implementar programas de aprendizaje socioemocional como parte de la cultura del colegio.

3.- Finalmente, hizo ver que en Chile, en los colegios vulnerables, el 80% los niños tienen el denominado “trauma complejo”, es decir, su vida es un trauma, por lo que no hay contenido académico que se pueda internalizar porque el niño está en un estado de sobrevivencia y el aprendizaje genera otro evento traumático.

Los niños que más sufren en Chile son los que tienen menos recursos, no poseyendo la capacidad cerebral para aprender y en donde el colegio debe darles un ambiente de seguridad.

La Honorable Senadora señora Von Baer coincidió con lo expresado por el especialista en lo referente a salud mental y afirmó que desde la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes se ha puesto mucho énfasis en lo que no se ha hecho en este ámbito. Sin embargo, opinó que es necesario que las reformas se den en materia de salud, asumiendo las distintas realidades y diversas herramientas para apoyar a las escuelas y a las familias.

3.- Comentarios y opiniones de integrantes de la Comisión, de los representantes del Ejecutivo y de diputados autores de la moción en relación con el proyecto de ley en informe. Debate.

La Honorable Senadora señora Provoste estuvo conteste en señalar que en diversas situaciones no se consideran los contextos y se hacen diagnósticos que no corresponden a la realidad y a las necesidades educativas de los menores.

Añadió estar de acuerdo con el proyecto de ley, porque busca homologar la medida a toda la educación chilena, en el sentido de que los niños puedan acceder y permanecer en los establecimientos educacionales sin condicionamientos de medicación referidos a trastornos de conducta como déficit atencional e hiperactividad.

Anotó que existe evidencia de que la Superintendencia de Educación recibe muchos reclamos sobre presiones de los colegios hacia los padres para medicar a sus hijos.

Asimismo, hizo presente que, durante el primer trámite constitucional, el Subsecretario de Educación señaló que ciertos temas exceden a las tareas propias del Ministerio de Educación y que más bien pertenecen al ámbito de la salud, y por lo mismo advirtió que este proyecto de ley puede contribuir a visibilizar la importancia de la salud mental.

Luego, el Honorable Senador señor Latorre felicitó la iniciativa y el apoyo transversal en la Honorable Cámara de Diputados.

Estimó que el alto nivel de diagnóstico de déficit atencional es un síntoma de nuestra sociedad, lo que se agrava con el insuficiente cuidado y tratamiento profesional inadecuado.

Sostuvo que los colegios particulares han ido incorporando nuevas formas de aprendizaje, como un cambio en la manera de intervenir estos problemas, lo que se conecta directamente con la convivencia escolar y asuntos de índole académico.

Por otra parte, indicó que los docentes expresan su agobio, sobre exigencia derivada de múltiples evaluaciones, niveles de éxito exigidos, etc.

Apuntó que nuestro sistema educacional, lamentablemente, es muy enérgico a la hora de castigar y excluir, por lo que estimó que la iniciativa en debate es un buen comienzo, aunque sería óptimo abarcar de manera más general la crisis de salud mental de Chile.

El Honorable Senador señor Quintana manifestó que el proyecto va en la línea de contribuir a resolver temas del sistema educacional, pero coincide con que estamos girando en torno a los síntomas y no se están abordando las causas. Anotó que se está buscando facilitar el modelo de enseñanza, sin alterar el contexto en que el alumno aprende.

Asimismo, destacó que éste no es un tema ideológico y está respaldado por una robusta evidencia científica, como ha quedado demostrado en las exposiciones efectuadas ante la Comisión, reseñadas precedentemente.

Recordó que a propósito del proyecto de Aula Segura, varios técnicos invitados a la discusión plantearon los mismos cambios que se proponen en cuanto a la terapia para enfrentar el déficit atencional.

Observó que nuestro sistema intenta excluir al niño con dificultades, aplacando la diferencia, es decir, se busca evitar la disrupción, facilitando el contexto al sistema que enseña pero no al alumno.

Concordó con que la discusión debe ser más profunda.

Asimismo, mencionó lo relativo a las tareas escolares, que muchos expertos han opinado que generan estrés en los niños y que el sistema del mérito (competencia) es muy angustiante para los alumnos.

Por su parte, la Honorable Senadora señor Von Baer felicitó a los señores Diputados por el aporte del proyecto de ley y advirtió que su objetivo sería muy específico: evitar que el colegio prohíba el ingreso y la permanencia de alumnos que no se medican. Opinó que, aunque hay veces en que la medicación es necesaria, el establecimiento educacional no puede exigir acudir a un médico, sino más bien sugerirlo.

Preguntó a qué se refiere, en el artículo 2, lo relativo al condicionamiento de la incorporación de niños en colegios subvencionados, ya que éstos no podrían prohibirla porque se rigen por un sistema de admisión ciego.

Además, aun cuando reconoció que se busca establecer una norma para todo el sistema educativo, sugirió analizar una mejor ubicación del artículo 1 del proyecto, ya que tal como está la modificación se introduciría en los principios generales y le parece que la norma debería incorporarse en otra parte de la Ley General de Educación.

La Honorable Diputada señora Girardi aclaró que el proyecto aborda un problema puntual: que la escuela no se convierta en un expulsor de niños por no estar medicados, pero es inevitable mirar el sistema en general.

Opinó que actualmente la educación se estructura en base al SIMCE, lo que torna complejo un cambio en el formato.

Apuntó que el proyecto en debate intenta ir más allá, dentro de las posibilidades de la moción, propiciando actividades de apoyo biopsicosocial y de atención diferenciadas, tanto en las actividades curriculares como extra curriculares, para obtener ambientes de aprendizaje que permitan atender a las necesidades de los niños y promover el desarrollo de sus habilidades emocionales y sociales.

Indicó que éste es el puntapié inicial para comenzar a hacerse cargo del problema del sistema educacional, porque debemos tener claro que estamos enfermando a nuestros niños, medicándolos o exigiéndoles inadecuadamente.

En cuanto a la duda de la Senadora señora Von Baer, aclaró que lo relativo a condicionar la incorporación en colegios subvencionados intenta evitar que los establecimientos nieguen la matrícula para el siguiente año si es que no se comprueba que el niño ingiere medicamentos.

Acusó que ciertos colegios llegan a los extremos de exigir ser ellos mismos lo que suministren los medicamentos para así cerciorarse de que el menor los ingiere y otros han denunciado a las familias al SENAME cuando se han negado a la medicación.

El Honorable Diputado señor Bellolio agradeció la disposición y reconoció que se ha dedicado poco tiempo a analizar la manera en que educamos.

El Honorable Senador señor García estimó que los colegios no deben establecer requisitos de medicamentos y lo ideal es que esta normativa esté rigiendo en marzo de 2019. Hizo ver que su preocupación general es que nuestra sociedad es cada día más violenta y eso demuestra que varias cosas estamos haciendo mal.

Solicitó escuchar al Ministerio de Educación, al Superintendente de Educación, a algún decano de una facultad de medicina, pues el panorama que se ha descrito es preocupante y dramático, por lo que quiere aprovechar la iniciativa para hacer presente otras acciones no necesariamente legislativas.

La Honorable Diputada señora Girardi señaló que existe una tendencia del MINEDUC a exhortar al MINSAL en esta materia pero, en los hechos, el derivador es la escuela.

Consideró que abordar este tópico desde la educación es mucho más sencillo que desde la salud, ya que en esta última las opiniones son muy disímiles en cuanto a apoyar la terapia de fármacos de manera permanente.

Añadió que el excesivo diagnóstico se manifestó cuanto se inició la Subvención Escolar Preferencial (SEP) y el Programa de Integración Escolar (PIE), porque el déficit atencional se incorporó dentro de las patologías que pueden ser financiadas.

El Honorable Senador señor García argumentó que tales programas han permitido incorporar al sistema de educación a profesionales distintos a los docentes.

Por su parte, el coordinador de asesores del Ministerio de Educación, el señor José Pablo Núñez, comentó que el Ejecutivo, si bien se manifestó a favor de la iniciativa legal, con su aplicación a nivel general e inmediata.

Sin perjuicio de lo anterior, dio a conocer las siguientes observaciones:

a) En cuanto al contenido del proyecto de ley, señaló que hay ciertos ámbitos que corresponden al Ministerio de Salud y recomendó modificar la ubicación de las normas del mismo trasladando sus regulaciones a artículos que disponen reglas sobre discriminación y su proscripción.

b) En cuanto al fondo, en caso de que un médico especialista hubiere prescrito la medicación de un alumno, opinó que los establecimientos deben apoyar el tratamiento, tal como lo aborda el artículo 19 de la ley N° 21.040 y que no fue recogido por la moción, por lo que sugirió incorporarlo.

Por otra parte, valoró la prohibición de cualquier discriminación arbitraria que pudiera entenderse en cuanto a exigir la medicación para la incorporación, permanencia y asistencia de los alumnos a los colegios.

Además, consideró que al incluir esta normativa en la ley N° 20.370, sería más adecuado hacerlo desde una perspectiva más genérica y sin ejemplos concretos.

La Honorable Diputada señora Girardi manifestó que en la época de presentación de la norma establecida en el artículo 19 de la ley N° 21.040 sobre esta misma materia, tuvo mucho rechazo y la respuesta natural de los parlamentarios fue que los niños deben ser medicados, porque la sociedad tiene incorporado que los menores adolecen de un problema. Costó mucho que los demás Diputados tomaran conciencia de que es el medio lo que debe cambiar y que no es aceptable que el primer derivador sea la escuela y que lo haga de forma coercitiva.

Resaltó que hay evidencia de que el MINSAL no cumple con los protocolos y recomendaciones de la OMS, tal como comentó en la sesión pasada y que esa es la razón por la que en la Moción no se hizo mención a que en “casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes”, como lo dispone el artículo recién aludido.

Reiteró que el objetivo final de la iniciativa es partir de la base que el problema no es el niño y que el establecimiento deje de tratar a sus alumnos como enfermos.

- Cerrado el debate y puesto en votación en general el proyecto de ley, fue aprobado por la unanimidad de integrantes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Provoste y Von Baer y señores García Ruminot, Latorre y Quintana.

E) DISCUSIÓN EN PARTICULAR

El texto del proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados está estructurado en dos artículos permanentes, cuyo texto es el que sigue:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Agréganse los siguientes párrafos segundo y tercero en la letra k) del artículo 3 la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, pasando el actual párrafo segundo a ser cuarto:

“Del mismo modo, propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales y no se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad.

Con todo, los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender estas necesidades y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, tai-chi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como al bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.”.

Artículo 2.- Incorpóranse en el párrafo undécimo de la letra d) del artículo 6 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, después del segundo punto y seguido, las siguientes oraciones: “En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. La escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”.”.

El texto precedentemente transcrito fue objeto de la siguiente indicación, de autoría de los Honorables Senadores señora Von Baer y señor García:

1.- Suprímase el artículo 1 del proyecto de ley que agrega nuevos párrafos segundo y tercero en la letra k) del artículo 3 la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación.

2.- Suprímase el artículo 2 que incorpora en el párrafo undécimo de la letra d) del artículo 6 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, una frases después de la palabra "dificultades".

3.- Incorporése un nuevo inciso sexto y séptimo en el artículo 11 de la ley 20.370, que establece la Ley General de Educación, pasando el actual inciso sexto a ser octavo y así sucesivamente:

"En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit a tencional e hiperactividad. La escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes. En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.

Los establecimientos propiciaran iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, tai-chi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como el bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren. ".

La Honorable Senadora señora Von Baer explicó que la indicación se refiere a la ubicación de la norma, para que no esté entre los principios generales de la LEGE y se plantea que se contemple en el artículo 11, que se refiere a prohibiciones de diferentes tipos de discriminación.

Además, se recogió el texto de la ley N° 21.040 en cuando exista prescripción médica de un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, para que las escuelas otorguen el apoyo necesario para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.

En relación con la propuesta senatorial, y a partir de lo expuesto por la Honorable Senadora señora Von Baer, existió consenso en la Comisión en cuanto a que ella, básicamente, introduce adecuaciones formales al texto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, en el sentido de reubicar en la Ley General de Educación las normas aprobadas, y no considerar enmiendas a la Ley de Subvenciones.

En efecto, la Honorable Senadora señora Provoste señaló que le parece adecuada la indicación presentada, pues mantiene el texto y cambia su ubicación.

La Honorable Diputada señora Girardi expresó que entiende la intención de que el articulado de la LEGE sea similar al de la ley N° 21.040, pero reiteró que la Moción no lo hizo desde un principio porque el MINSAL no cumple los protocolos y porque le preocupa que sea el sistema escolar el que requiera que los niños se mediquen.

Sobre la indicación, apuntó que su mirada es desde evitar la discriminación cuando sea necesaria la medicación, por lo que constituiría un refuerzo a la inclusión de los niños con situaciones y necesidades diferentes.

Añadió que entiende que en un “contexto normal” estaría de acuerdo, pero que nuestro sistema de salud tiene muchas deficiencias, sobre todo en salud mental, porque no se siguen las sugerencias de la OMS y se transgreden todos los protocolos.

En relación con la indicación, la Comisión acordó lo siguiente:

1) mantener en la norma de la letra k) del artículo 3° de la Ley General de Educación, que se refiere a los principios del sistema educacional chileno y, en específico, al de integración e inclusión, la referencia que se propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales, que era la primera parte de la norma contenida en el artículo 1 del proyecto de ley aprobada por la Honorable Cámara de Diputados.

2) Incorporar las demás modificaciones contempladas en este proyecto de ley en el artículo 11 de dicho cuerpo legal, en los términos planteados por la indicación, con adecuaciones en su redacción, que quedan consignadas en el acápite referido a las Modificaciones, que más adelante se consigna.

- En base a lo anterior, la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señoras Provoste y Von Baer y señores García, Latorre y Quintana aprobó la indicación que se ha transcrito con las adecuaciones precedentemente señaladas.

F) MODIFICACIONES

De conformidad a lo señalado, la Comisión de Educación y Cultura propone aprobar el texto de la Honorable Cámara de Diputados con las siguientes enmiendas:

Artículo 1.-

Reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N°2 de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°20.370, con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2005:

1.- Agrégase la siguiente frase a la letra k) del artículo 3:

“y propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales.”.

2.- Incorpórase los siguientes incisos sexto, séptimo y octavo al artículo 11:

“En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.

Los establecimientos propiciaran iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, tai-chi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como el bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”.

Artículo 2.-

Suprimirlo, incorporando su contenido en el artículo único, en los términos señalados precedentemente, es decir, como nuevo inciso sexto del artículo 11 del decreto con fuerza de ley N°2 de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°20.370, con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2005.

- - -

G)TEXTO DEL PROYECTO DE LEY

De conformidad con lo acordado, y en caso de aprobarse las enmiendas precedentemente transcritas, el texto del proyecto sería el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N°2 de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°20.370, con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2005,:

1.- Agrégase la siguiente frase a la letra k) del artículo 3:

“y propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales.”.

2.- Incorpórase los siguientes incisos sexto, séptimo y octavo al artículo 11:

“En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que éstos consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.

Los establecimientos propiciaran iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, tai-chi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como el bienestar e integración de los estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los estudiantes.”.

- - -

Tratado y acordado en sesión celebrada los días 8 y 16 de enero de 2019, con asistencia de los Honorables Senadores señora Yasna Provoste Campillay (Presidenta), y señores José García Ruminot, Juan Ignacio Latorre Riveros y Jaime Quintana Leal.

Sala de la Comisión, a 18 de enero de 2019

Francisco Javier Vives Dibarrart

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y LA LEY SOBRE SUBVENCIÓN DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, EN EL SENTIDO DE PROHIBIR QUE SE CONDICIONE LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES AL CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAR TRASTORNOS DE CONDUCTA

(BOLETÍN N° 11.662-04)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El proyecto de ley en informe tiene por finalidad impedir que los establecimientos educacionales condicionen la incorporación, asistencia o permanencia de los estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, haciendo concordante la norma establecida en la ley sobre Nueva Educación Pública (ley N° 21.040) con lo establecido en la Ley General de Educación, para que sea aplicable a todo el sistema educacional.

II. ACUERDOS: aprobado en general por unanimidad (5x0) y en particular, con en enmienda, también por unanimidad (5x0)

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único, que se compone de dos numerales.

IV.- NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: Cabe hacer presente, asimismo, que el artículo 1.- del proyecto de ley tiene el carácter de norma orgánica constitucional en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 N° 11 de la Constitución Política de la República, por lo que requiere para su aprobación de las cuatro séptimas partes de los Senadores en ejercicio, según lo prevé el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.[4].

V.URGENCIA: no tiene.

VI.ORIGEN INICIATIVA: moción de las diputadas señoras Cristina Girardi, Camila Rojas, Marisela Santibáñez y Camila Vallejo, y de los diputados señores Jaime Bellolio, Ricardo Celis, Juan Santana y Gonzalo Winter.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 10 de octubre de 2018.

IX.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general.

X.- NORMAS QUE SE RELACIONAN O QUE SE MODIFICAN CON LA INICIATIVA: 1.- Decreto con fuerza de ley N° 2 de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1 de 2005. (Ley General de Educación). 2.- Decreto con fuerza de ley número 2 de 1998, del Ministerio de Educación, ley de Subvenciones.

Valparaíso, 5 de junio de 2018.

Francisco Javier Vives Dibarrart

Secretario de la Comisión

[1] La norma en comento modifica la letra k) del artículo 3.- de la Ley General de Educación y cabe hacer presente que la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 28 de julio de 2009 recaída en el proyecto de ley que estableció la referida legislación (Boletín N° 4.970-04) dispuso en su considerando octavo que solamente los artículos 11 incisos segundo y siguientes 12 y 16 de dicha iniciativa no “legislan sobre materias propias de la leyes orgánicas constitucionales referidas en los considerandos cuarto y quinto” (sic). De conformidad a lo anterior todas las demás disposiciones de dicha legislación entre las cuales se encuentra el artículo 3° tienen dicho carácter normativo.
[2] Es Presidente del Centro de Estudios en Teoría Relacional y Sistemas de Conocimiento y Doctor en Ciencias y Médico profesor de las Universidades de La Plata y de Buenos Aires Doctor en Ciencias Naturales y Especialista en Ingeniería Ambiental.
[3] Expusieron su directora Ejecutiva y el Presidente de dicha Fundación señora Yasna Soto Rodríguez y doctor Sebastián Claro.
[4] La norma en comento modifica la letra k) del artículo 3.- de la Ley General de Educación y cabe hacer presente que la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 28 de julio de 2009 recaída en el proyecto de ley que estableció la referida legislación (Boletín N° 4.970-04) dispuso en su considerando octavo que solamente los artículos 11 incisos segundo y siguientes 12 y 16 de dicha iniciativa no “legislan sobre materias propias de la leyes orgánicas constitucionales referidas en los considerandos cuarto y quinto” (sic). De conformidad a lo anterior todas las demás disposiciones de dicha legislación entre las cuales se encuentra el artículo 3° tienen dicho carácter normativo.

2.2. Discusión en Sala

Fecha 16 de abril, 2019. Diario de Sesión en Sesión 10. Legislatura 367. Discusión General. Pendiente.

PROHIBICIÓN DE CONDICIONAMIENTO DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES A CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAR TRASTORNOS DE CONDUCTA

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

A continuación, corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Educación y la Ley sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, con informe de la Comisión de Educación y Cultura.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.662-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 58ª, en 10 de octubre de 2018 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Educación y Cultura: sesión 91ª, en 23 de enero de 2019.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la señora Secretaria General.

La señora BELMAR (Secretaria General subrogante).-

El principal objetivo del proyecto es impedir que los establecimientos educacionales condicionen la incorporación, asistencia o permanencia de los estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, haciendo concordante la norma establecida en la Ley sobre Nueva Educación Pública (N° 21.040) con lo dispuesto en la Ley General de Educación, para que sea aplicable a todo el sistema educacional.

La Comisión de Educación y Cultura discutió el proyecto en general y en particular, en virtud del acuerdo adoptado por los Comités con fecha 8 de enero de 2019; aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros, Senadores señoras Provoste y Von Baer y señores García, Latorre y Quintana, y lo aprobó también en particular, con las votaciones y enmiendas que consigna en su informe.

Cabe hacer presente que el artículo único del proyecto de ley propuesto por la Comisión es de rango orgánico constitucional y requiere para su aprobación 24 votos favorables.

El texto que se propone aprobar se consigna en las páginas 33 y 34 del respectivo informe.

El señor QUINTANA (Presidente).-

En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente , esta iniciativa, que viene a modificar la Ley General de Educación y la Ley sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, tiene su origen en una moción parlamentaria cuya principal autora es la Diputada Cristina Girardi , a quien acompañaron, entre otros, el Diputado Jaime Bellolio . Se trata de una propuesta muy transversal.

Es importante señalar que cuando se discutió el proyecto de Ley de Nueva Educación Pública, se dispuso como elemento fundamental que no se podría exigir como condicionante para que un estudiante se mantuviera en un establecimiento educacional el que debiese estar sujeto a la suministración de medicamentos. Sin embargo, como en ese momento se estaba discutiendo sobre educación pública, ello se instauró solo respecto de establecimientos educacionales que tuviesen dicho carácter.

Sin embargo, dicha realidad se vive en muchos otros. Sin ir más lejos, la Superintendencia de Educación ha emitido diversos dictámenes a raíz de que algunos colegios obligan a muchos padres y apoderados a suministrar medicamentos a sus hijos o hijas con el propósito de mantener la matrícula.

Chile, después de Estados Unidos, es el país que presenta los más altos índices de problemas en materia de salud mental. Hoy, una forma de disrupción es el trastorno por déficit atencional e hiperactividad, el cual ha encendido la alarma de numerosas comunidades educativas y de gran cantidad de profesionales.

En esta materia existe una contradicción que el proyecto busca dejar en evidencia.

La propia Organización Mundial de la Salud establece, en su guía de intervención para trastornos mentales, neurológicos y por uso de sustancias en el nivel de atención de la salud no especializada, que la medicación es la última alternativa, por los riesgos que representa para la salud de los y las estudiantes del sistema educativo.

Es más, en Chile, por una parte, se ha llevado adelante una campaña muy importante para derrotar la obesidad, pero, por la otra, esta campaña de medicar a los alumnos genera problemas de obesidad muy significativos.

Cuando los estudiantes son mal diagnosticados con déficit atencional, cuando sus familias son conminadas a medicar a sus hijos para poderlos mantenerlos matriculados en un establecimiento educacional y se les comienza a suministrar un fármaco que no está definido para ellos, los riesgos de desencadenar un suicidio infantil son grandes.

Por lo tanto, hoy tenemos una realidad que es lacerante: la enorme tasa de suicidios que se da en nuestro país. Y uno se pregunta: ¿no será acaso por malos diagnósticos? ¿No será acaso por la exigencia y la obligación de medicación que muchas comunidades educativas hacen para que los jóvenes se mantengan matriculados?

Por eso, este proyecto de ley busca poner en concordancia una disposición que el Congreso en su conjunto ya aprobó a la hora de legislar respecto de la Nueva Educación Pública, cuando estableció que no se puede condicionar la matrícula de un alumno a la suministración de determinados medicamentos por, fundamentalmente, trastornos del aprendizaje. Esto no guarda relación con aquellos diagnósticos que efectivamente son realizados por profesionales y que se refieren a otro tipo de enfermedades que requieren una suministración de medicamentos permanente, como es el caso de la diabetes detectada a temprana edad. Considero importante mencionarlo.

Señor Presidente , quiero agradecer a los Diputados que presentaron esta iniciativa, particularmente a su autora principal, la Diputada Cristina Girardi , por su intención de avanzar en justicia y no condicionar la incorporación, asistencia o permanencia de los estudiantes a la suministración de algún tipo de fármaco.

Y reitero: en aquellos casos en que exista una prescripción médica efectuada por un especialista con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los alumnos.

Agradezco a los profesionales de la Biblioteca del Congreso que durante la tramitación del proyecto entregaron una visión muy detallada de lo que fue su discusión en la Cámara de Diputados, así como a los especialistas, básicamente médicos psiquiatras, que también acompañaron este debate, sobre todo para advertir el grave riesgo en el que hoy se encuentran muchos jóvenes que son obligados a recibir un medicamento para mantenerse en determinado establecimiento, contraviniendo las normas de la propia Organización Mundial de la Salud.

Por eso, señor Presidente, llamamos a la Sala a aprobar esta iniciativa.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , tal como lo ha explicado la Senadora Yasna Provoste , la Comisión de Educación de este Senado aprobó por unanimidad la idea de legislar para prohibir que se condicione el ingreso o permanencia de niños y jóvenes estudiantes al consumo de determinados medicamentos.

La verdad es que cuando recién conocimos este proyecto a mí me pareció increíble que tuviéramos que legislar sobre la materia, porque considero sorprendente que en algunos colegios se obligue a que los alumnos deban tomar algunos medicamentos como condición para ingresar o permanecer en él.

Un trabajo realizado por profesionales de la Biblioteca del Congreso demostró que la sobremedicación y a veces el sobrediagnóstico se hallan presentes en muchos de nuestros niños y jóvenes, a quienes se les obliga a consumir fármacos que en diversas ocasiones terminan repercutiendo en su desempeño escolar.

Yo creo que esta es una campanada de alerta, un llamado de atención a las comunidades educativas y, por supuesto, a los padres y apoderados.

En los casos en que los estudiantes tienen recetado un tratamiento, este se debe cumplir, incluso en el colegio, en la medida en que sea informado oportuna y adecuadamente. Sin embargo, no se debe ceder a la presión de "Solo le recibo a su hijo si consume tal medicamento", o "Solo permanecerá en la escuela si consume este otro fármaco", para que, en definitiva, el estudiante logre un comportamiento o una conducta que no entorpezca las relaciones ni la disciplina al interior del establecimiento.

Estoy hablando, por supuesto, de medicamentos que tienen efectos en la vida de nuestros niños y nuestros jóvenes. Y por eso estimamos que es necesario legislar sobre la materia, para prohibir, concretamente, que se condicione el ingreso o la permanencia de estudiantes al consumo de ciertos medicamentos.

Anuncio mi voto favorable.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente , esta iniciativa persigue como propósito impedir que los establecimientos educacionales condicionen la incorporación, asistencia o permanencia de los estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, haciendo concordante la norma establecida en la Ley sobre Nueva Educación Pública con lo dispuesto en la Ley General de Educación y la Ley de Subvención Educacional Preferencial, para que sea aplicable a todo el sistema educacional.

Algunos antecedentes.

En el contexto actual de una sociedad exitista, consumista, resulta necesario tener estudiantes dóciles, que se porten bien en la sala de clases, que no sean disruptivos y que, de alguna manera, traten esta disrupción tan sobrediagnosticada en nuestro sistema escolar como es el trastorno por déficit atencional e hiperactividad.

Es importante señalar el incentivo perverso que implica el actual sistema de subvención escolar, basado en la asistencia, que obliga a tener más alumnos por sala, deteriorando las capacidades de los docentes y de las comunidades educativas para atender las necesidades educativas especiales.

Cabe destacar que, conforme a guías de la Organización Mundial de la Salud, se establecen expresamente para los trastornos de la conducta -término amplio que recubre los trastornos de déficit atencional y la hiperactividad- diversas acciones que deben ser implementadas previas a la medicación y que dicen relación con diversos apoyos psicosociales. Estos informes indican que "no se debe suministrar metilfenidato a menores de 6 años", y también, como recomendación general, que "no se use medicinas para los trastornos de conducta de niños y adolescentes". Luego agregan que dicho medicamento puede considerarse para la hiperactividad bajo los supuestos que se mencionan en el propio manual. Sin embargo, existe evidencia de que en Chile la importación de estos medicamentos ha experimentado un aumento considerable, generando además un muy buen negocio para las farmacias.

Se recogen múltiples expresiones de preocupación que en el trabajo en terreno se han recibido de padres y apoderados, referentes a las exigencias que realizan algunas escuelas en orden a llevar a los niños a especialistas neurólogos o psiquiatras con el fin encubierto de medicarlos, existiendo incluso un fallo judicial al respecto.

A su vez, se destaca que el uso abusivo de fármacos psiquiátricos en la infancia puede gatillar diversos problemas de salud que vienen descritos en los mismos prospectos de los medicamentos que se les suministra a niños pequeños y adolescentes, como ideación suicida, somnolencia, distonías, anorexia, aumento de peso, síndrome neuroléptico maligno y trastornos cardiacos.

Es importante señalar que si bien resulta fundamental regular esta situación, solo se atacan sus síntomas y no los factores de fondo. En ese sentido, urge una política de fomento de la salud mental en los centros educativos de nuestro país.

Chile muestra altas tasas de suicidios infantojuveniles y de trastornos de salud mental de distinto tipo, por lo cual se requiere, en definitiva, no atacar únicamente los síntomas ni abordar con medicamentos una cuestión que es mucho más compleja, integral y que necesita un abordaje biosicosocial no solo individual, sino también grupal, familiar y que se lleve a cabo también desde el entorno y las comunidades educativas.

Por lo tanto, urge una política de fomento de la salud mental en nuestras comunidades educativas y no solo abordar este aspecto regulatorio de no discriminación con esos niños.

Por eso, voy a votar a favor, pero haciendo el alcance de que esta iniciativa resulta insuficiente para enfrentar la crisis de salud mental que tenemos en nuestro país.

Gracias.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palaba la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.-

Señor Presidente , deseo saludar y felicitar a los autores de esta moción, las Diputadas Cristina Girardi , Camila Rojas , Marisela Santibáñez y Camila Vallejo y los Diputados Jaime Bellolio , Ricardo Celis , Juan Santana y Gonzalo Winter .

La verdad es que resulta bien impresionante lo que ocurre en nuestro país y en los colegios.

El doctor en psicología infantil e investigador Felipe Lecannelier afirma que "El sobrediagnóstico y la sobremedicación son una de las muchas estrategias sociales que reflejan un patrón cultural chileno que está enfermando progresiva y gravemente a los niños, lo que da cuenta de una epidemia silenciosa y oculta en la salud socioemocional de los niños".

Lo cierto, señor Presidente, es que esta afirmación es reflejo de una cruda realidad.

Permitir que nuestros niños y jóvenes sean medicados para acceder y mantenerse en las escuelas y los colegios es una vulneración a sus derechos fundamentales. Lo hemos conversado con usted, ya que somos parte de la Comisión de Infancia. Y cuando decimos que los niños deben ser nuestra primera preocupación, ¡esto no se puede permitir! Además de vulnerar sus derechos fundamentales, también estamos afectando su derecho a la salud, a la educación, a la igualdad y no discriminación arbitraria, y a su dignidad, por el simple hecho de ser niños con trastornos de déficit atencional e hiperactividad.

No puede ser que en los colegios les exijan estar medicados. No puede ser, señor Presidente, que aceptemos que los establecimientos educacionales estén exigiendo a los niños consumir metilfenidato y risperidona solo porque los obliga a estar enfocados, a controlar sus acciones, a permanecer quietos y en silencio.

La risperidona es un medicamento que se ocupa en el tratamiento de la esquizofrenia en adultos y en niños de al menos 13 años de edad, o para el trastorno bipolar. El metilfenidato, por su parte, es un fármaco estimulante que produce efectos similares a las anfetaminas.

Aquellas exigencias, señor Presidente , constituyen claramente una violencia institucional contra nuestros niños que debemos erradicar. Es una violencia que se ejerce contra los menores que tienen problemas en sus procesos educativos e implica aceptar una definición de identidad infantil como "patológica", que lleva a estigmatizarlos como "problemáticos", "indeseables", y que además genera un rechazo social hacia ellos.

Eso es, sin duda, discriminatorio, pero sobre todo violento.

Cuando uno mira el estudio del doctor Lecannelier, que este expuso en el edificio del ex Senado, queda impresionado con lo que allí se refleja.

De 200 educadoras consultadas a lo largo del país, de jardines públicos y privados, el 92 por ciento de ellas, señor Presidente , respondió así a las siguientes preguntas:

-"¿Qué es para ti un niño/a ideal?". Se respondió: "Un niño/a tranquilo, concentrado, obediente y educado".

-"¿Qué no es para ti un niño/a ideal?". Se dijo: "Un niño/a agresivo, hiperactivo, desordenado, desatento, flojo".

-"¿Qué es para ti una clase ideal? Se señaló: "Una clase tranquila, sin ruidos, con niños bien comportados y concentrados... buenos alumnos".

Ello, señor Presidente , no hace más que expresar una dificultad en el proceso de formación educativo cuando tenemos niños con trastornos que presentan conductas propias de una simple expresión del estrés, así como la inadecuación a modelos educativos necesarios para estos y otros niños con requerimientos especiales.

Considero que este proyecto de ley es necesario y urgente, porque estamos desarrollando patrones y conductas que no corresponden.

Por tanto, en defensa de nuestros niños, niñas y adolescentes, voto a favor.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente , estamos frente a un proyecto de gran significación e importancia. Por ello, solicito segunda discusión para esta iniciativa.

El señor QUINTANA (Presidente).- Muy bien, precisamente porque se trata de un proyecto de gran relevancia, corresponde que se siga analizando mañana por la Sala.

En la primera discusión, ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

--El proyecto queda para segunda discusión.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión, sin perjuicio de dar curso reglamentario a las peticiones de oficios que han llegado a la Secretaría.

2.3. Discusión en Sala

Fecha 23 de abril, 2019. Diario de Sesión en Sesión 12. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

PROHIBICIÓN DE CONDICIONAMIENTO DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES A CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAR TRASTORNOS DE CONDUCTA

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, con informe de la Comisión de Educación y Cultura.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.662-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 58ª, en 10 de octubre de 2018 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Educación y Cultura: sesión 91ª, en 23 de enero de 2019.

Discusión:

Sesión 10ª, en 16 de abril de 2019 (queda para segunda discusión en general).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la señora Secretaria General.

La señora BELMAR (Secretaria General subrogante).-

Cabe recordar que la Comisión de Educación y Cultura discutió la iniciativa en general y en particular, en virtud del acuerdo adoptado por los Comités con fecha 8 de enero del presente año; aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros, Senadores señora Provoste y Von Baer y señores García, Latorre y Quintana, y despachó en particular el proyecto con las votaciones y enmiendas que consigna en su informe.

Se hace presente que el artículo único propuesto por la Comisión es de rango orgánico constitucional y requiere para su aprobación de 23 votos favorables.

)---------------(

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Me ha solicitado la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.-

Señor Presidente , en la Comisión Especial de Infancia, que presido, todos los Senadores y el Ejecutivo adoptamos el acuerdo de ver en general el proyecto que crea el Servicio de Protección a la Niñez y votarlo en general el 20 de mayo, para luego comenzar su discusión particular. Por lo tanto, no entiendo la solicitud de mi colega el Senador Kast, quien ha ido a las sesiones de la Comisión y ha participado en el debate, en orden a discutirlo en general y en particular.

Por eso, pido reconsiderar la decisión adoptada por la Sala hace unos momentos, a la cual no me pude oponer porque me encontraba fuera de la Sala y no alcancé a llegar.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Kast.

El señor KAST.-

Señor Presidente , me extraña lo que dice la Presidenta de la Comisión, siendo que la misma petición la planteé en ese organismo y hubo un solo Senador que se opuso.

Claramente, estamos frente a un proyecto de urgencia nacional que perfectamente se puede aprobar en general y en particular en la Comisión, tal como se ha hecho con otros tan apremiantes como este. Eso ahorra que la iniciativa deba venir a la Sala y después volver a la Comisión.

Sabemos la cantidad de proyectos que tenemos y, en consecuencia, pido mantener el acuerdo adoptado sobre el particular.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente , esto está conversado con el Ejecutivo . No hay un problema de tiempo. Estamos viendo el proyecto, escuchando a expertos, y el 20 de mayo se vota en general para luego empezar la discusión particular. Con la solicitud del Senador Kast únicamente vamos a dilatar su aprobación general y particular, porque tendremos que alargar las sesiones.

Es solo un tema de procedimiento.

Por lo tanto, pido revocar el acuerdo. Yo no alcancé a llegar a la Sala. Sin embargo, escuché lo que se estaba planteando y traté de llegar a tiempo, pero usted, señor Presidente , justo tocó la campana y no me pude oponer a lo que estaba pidiendo el Senador Kast.

Es -repito- un tema de procedimiento y no de urgencia. Si queremos que la iniciativa sea tratada en general y en particular por la Comisión, la idea de legislar no se podrá votar antes del 20 de mayo, pues tendremos que dilatar la votación para enfrentar los períodos de indicaciones y de adecuaciones a cada uno de los artículos.

Creo que estamos trabajando bien en la Comisión, con el Ejecutivo, y existe consenso en cuanto a la necesidad de legislar sobre la materia. Ese no es el punto. Lo que queremos, obviamente, es hacerlo bien, porque estamos hablando de los niños. Como Presidenta de esa instancia, soy la más interesada en que el proyecto salga.

Termino, señor Presidente, reiterando que solo se trata de un asunto de procedimiento.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Solicito un poco de capacidad de entendimiento.

El Senador Kast hizo una solicitud formal. Eso hay que aclararlo, Senadora Rincón .

Me parece inadecuado generar este debate respecto de algo que nos convoca a todos. No debiera ser materia de la Sala propiamente tal.

Claramente, hay dos posiciones que son antagónicas.

Le voy a dar la palabra al Senador Kast, para luego tomar una decisión sobre cómo vamos a obrar. Pero, sin emitir mi opinión previamente, insisto en que peticiones de este tipo deben ser planteadas formalmente por las Comisiones y no simplemente por determinada situación.

En este caso, hemos accedido de buena fe. Sin embargo, esta Mesa va a instar para que exista una tramitación adecuada, ecuánime, participativa y acordada, y no como la que estamos observando en esta oportunidad.

Tiene la palabra el Senador señor Kast.

El señor KAST.-

Señor Presidente , primero quiero resaltar que por reglamento tenía el derecho, como Senador, de efectuar la solicitud que formulé hace un rato y que ya se votó. Por lo tanto, no estoy haciendo una improvisación.

Segundo, hablé el asunto en la Comisión y hubo un solo Senador que se opuso, sin dar ninguna explicación.

Tercero, el Ejecutivo sí quiere que el proyecto sea tratado en general y en particular, porque lo he conversado con sus representantes.

Cuarto, el acuerdo ya adoptado no cambia en lo más mínimo las fechas de trabajo que se han establecido. No impide que la iniciativa sea votada el 20 de mayo, tal como estaba convenido.

Por consiguiente, no veo ningún problema para que el proyecto sea visto en general y en particular por la Comisión. Es más, ello impide que tenga que venir a la Sala y luego volver a la Comisión, pues también se podría votar en general y en particular en la Sala.

Por lo tanto, señor Presidente , le pido mantener el acuerdo y, adicionalmente, ojalá entender que, por desgracia, no se han cumplido muchas de las urgencias. Comprendo que se quiera hacer una buena legislación, y no me opongo a ello, pero aquí lo único que estamos pidiendo es acortar el trámite, de forma tal que, respetando la discusión que soberanamente se debe dar en la Comisión, se considere la angustia y la indignación que hoy día genera la tardanza y la demora del Congreso para despachar las iniciativas relacionadas con la infancia.

Por eso, ojalá que este proyecto lo podamos elaborar bien y aprobarlo en forma oportuna.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Honorable colega, la Senadora Rincón se ha acercado a la testera para solicitarme formalmente reconsiderar la decisión. Insisto: no corresponde a la Mesa abrir un debate. Sin embargo, la Presidenta de la Comisión de Infancia está realizando una petición diametralmente distinta de la que usted plantea.

La Mesa no está en conocimiento preciso de la tramitación del proyecto y no es la encargada de llevar su discusión, pero yo me veo en la necesidad de efectuar una votación porque la está pidiendo la Presidenta de la Comisión afectada.

El señor Senador hizo un planteamiento, se adoptó un acuerdo al respecto. No obstante, la Secretaría me informa que la Sala puede reconsiderar su decisión.

Por lo tanto, en votación.

--(Durante la votación).

El señor KAST.-

¿Qué se está votando, señor Presidente ? ¿Me puede explicar?

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Se vota la revocación del acuerdo adoptado hace unos minutos respecto de la fusión de la votación en general y en particular del proyecto.

Quienes votan que sí son partidarios de mantener el acuerdo; quienes votan que no quieren que la situación se mantenga tal como estaba al comienzo.

La señora RINCÓN.-

¿Cuál fue el acuerdo?

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Le voy a dar la palabra a la señora Secretaria General.

La señora BELMAR (Secretaria General subrogante).-

Quienes votan que sí están a favor de mantener la discusión general del proyecto; quienes votan que no quieren que este sea votado en general y en particular.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Aravena.

La señora ARAVENA.-

Señor Presidente , puede que esté fuera de todo protocolo, pero a mí me parece muy complejo que nosotros tengamos que decidir por una Comisión. De verdad, considero poco ético que debamos tomar una decisión de este tipo.

Yo no estoy en la Comisión Especial de Infancia; aquí hay algunos colegas que son miembros de dicho organismo; no sé si lo será solo la Senadora Rincón, pero creo que votar y tomar una decisión por una Comisión no es adecuado. A mí no me gustaría que la Asamblea tomara decisiones por mis Comisiones. No estoy de acuerdo en votar, señor Presidente .

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE.-

Señor Presidente , fui parte de la Comisión Especial de Infancia; ahora ya no lo soy como miembro titular, pero quiero decir algo.

Es muy complejo -en eso tiene razón la Senadora Carmen Gloria Aravena, que acaba de intervenir- que nosotros votemos aquí algo que, entiendo, fue un acuerdo de la Comisión. Si sus integrantes resolvieron en determinado sentido, pienso que la Sala debe respetar esa decisión. Por alguna razón la habrán tomado.

Me parece un poco arbitrario que nosotros procedamos a votar, no solo porque se debe respetar el acuerdo adoptado por una Comisión, sino porque resulta complejo que en el trasfondo se diga -lo escuché cuando venía entrando a la Sala después de haber ido a atender un llamado- que algunos quieren retrasar el proyecto, que no están preocupados por los niños, que no quieren avanzar en la discusión, porque eso significa adjudicar, a algunos integrantes de la Comisión o incluso a algunos miembros del Senado que no votan para que haya inmediatamente una discusión general y particular, una intencionalidad que no corresponde. Nadie en esta Sala está por retrasar o no preocuparse de los temas de infancia.

Si la Comisión adoptó un acuerdo, yo me imagino que hubo razones para ello -acá está su Presidenta para que nos las explique-, pero no me parece razonable que aquí se afirme que quienes no están de acuerdo en votar inmediatamente en general y en particular el proyecto tienen la intención de retrasar una iniciativa de esa significación.

Creo que no corresponde que la Sala se pronuncie sobre una materia que ya resolvió la Comisión. Hay que respetar ese acuerdo.

Esa es la impresión que al menos tengo yo, señor Presidente . Y quiero dejar constancia de que, por lo que alcancé a escuchar, no considero apropiado, ni para la Sala ni para los Senadores presentes, rever el acuerdo adoptado por la Comisión.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Señoras y señores Senadores, estamos en votación.

Se ha propuesto la opción "sí", para mantener la discusión general, y la opción "no", para que haya una discusión general y particular.

Me ha pedido la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente , quizás los Senadores señora Rincón y señor Kast podrían hacer un esfuerzo para llegar a un acuerdo y evitar la votación. No sería necesario que nos pronunciáramos inmediatamente. Y, si no lo hubiere, procederíamos a votar.

Esa es la petición que hago, señor Presidente, para evitar este debate en la Sala.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Ossandón.

El señor OSSANDÓN.-

Señor Presidente , dado que el tema es muy complicado y lo estamos trabajando muy bien, los miembros de la Comisión Especial llegamos a un acuerdo, que era aprobar el proyecto primero en general y luego en particular. Esto, para enriquecer su texto y evitar equivocaciones. Pero ello no significa que estemos en contra de los niños. Todo lo contrario: se trata de hacer bien las cosas.

Ese es el acuerdo que tomamos, estando presentes la Senadora Von Baer, el Senador Montes reemplazando a la Senadora Allende -no sé si sigue él-, y también la Presidenta de la Comisión. Estábamos todos.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, estamos en votación.

Yo voy a votar que sí, para que el proyecto solo sea votado en general, porque se trata de una iniciativa que tiene una importancia tremenda. A quienes les gusta legislar para los medios de comunicación, o para la galería, no entenderán, quizás, lo profundo de este proyecto.

Hoy en día el porcentaje de niños con medicamentos en nuestro país, según indican todos los estudios, está muy por sobre los que se registran en la gran mayoría de los países del mundo. Tenemos un problema de sobremedicación.

Y quienes plantean un criterio...

La señora ALLENDE.-

¡Ese es otro proyecto!

El señor LETELIER.-

¡Disculpen!

En definitiva, soy partidario de votar en general y respetar así la decisión de la Comisión.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Les recuerdo a Sus Señorías que estamos en votación.

Tiene la palabra el Senador señor Kast.

El señor KAST.-

Señor Presidente , primero quiero explicarle al Senador Letelier que no se trata del proyecto que él mencionó, sino de otro que tiene que ver con el Sename.

Nadie está buscando hacer ninguna legislación a la rápida. Lo que queremos es que respecto de una iniciativa tan sensible como esta, repitiendo lo que se ha hecho en muchas otras ocasiones -me ha tocado aprobar solicitudes similares en innumerables oportunidades-, podamos tener un trámite serio.

Ojalá se hubiesen cumplido las urgencias, cosa que no ocurrió. Y las urgencias también son parte de nuestra Constitución. En el caso del proyecto que reemplaza al Sename por el Servicio de Protección, algunas ya vencieron.

Me parece que uno puede llegar a ciertos acuerdos, pero no se puede decir, sin haber tenido siquiera la delicadeza de leer el Reglamento, que solicitar que un proyecto sea tramitado en general y en particular -algo completamente legítimo- significa legislar a la loca.

Y quiero decir que afirmar que existe un acuerdo de la Comisión sobre el particular es falso. El único que se opuso, cuando planteé la medida, fue el Senador Ossandón. Todos los demás estuvieron de acuerdo, hasta que él se opuso. Después, por supuesto, todos se sumaron, cosa que me parece lamentable.

Por lo tanto, pido que la votación se haga y se haga como corresponde, votando "sí" para mantener el acuerdo que ya adoptó la Sala, o "no", para que no se mantenga, que es como debe procederse según el Reglamento.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Señor Senador, le reitero que la votación ya se abrió en los términos en que la Secretaría ha informado, en que "sí" es para mantener la discusión general, y "no", para realizarla en general y en particular.

Queda un solo inscrito.

Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente , de verdad lamento lo que ha pasado, porque no representa el ánimo que hay en la Comisión. Allí estamos trabajando muy bien, escuchando al Ejecutivo y a todos quienes tenemos que escuchar en relación con esta materia, que es altamente sensible.

Nadie puede decir que la Comisión Especial ha demorado el proyecto. Por lo tanto, pido que recompongamos el ánimo y el ambiente dentro de un organismo que tiene un objetivo y un mandato: sacar adelante la iniciativa, que es de interés del Gobierno y también de nosotros como Oposición.

En consecuencia, pido a mis colegas que respalden lo acordado por la Comisión, donde todos estábamos en la misma línea. Además, los tiempos ya se hallan fijados: el 20 de mayo para la aprobación general, luego de lo cual debemos empezar a votar rápidamente en particular.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

No habiendo más inscritos, terminada la votación.

--Se revoca el acuerdo anterior de la Sala y el proyecto que crea el Servicio de Protección a la Niñez solo será discutido en general por la Comisión Especial de Infancia (19 votos a favor, uno en contra, una abstención y un pareo).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Ebensperger, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Castro, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Latorre, Letelier, Navarro, Ossandón, Pizarro y Pugh.

Votó por la negativa el señor Kast.

Se abstuvo la señora Aravena.

No votó, por estar pareado, el señor Coloma.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Además, se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Soria.

)----------(

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Continuamos con el tratamiento del proyecto que prohíbe que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

La Secretaria General ya hizo la relación.

Por lo tanto, en discusión.

Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente , la tramitación de esta iniciativa la iniciamos hace una semana, cuando me tocó rendir el informe correspondiente.

Se trata de una moción parlamentaria cuya autora principal es la Diputada Cristina Girardi , con coautores muy transversales, y que ya fue aprobada por unanimidad tanto por la Cámara de Diputados como por la Comisión de Educación y Cultura del Senado.

Nuestra esperanza era que pudiese estar lista en el mes de marzo, a fin de superar una situación bien dramática y compleja que afecta a muchas familias, tal como lo planteó la propia Superintendencia de Educación, dado que algunos establecimientos educacionales han condicionado la permanencia de estudiantes a determinado consumo de medicamentos.

El Parlamento ya aprobó una disposición similar durante el debate del proyecto de Ley de Nueva Educación Pública. Sin embargo, ella solo rige para los establecimientos que forman parte de un Servicio Local. Entendiendo que la puesta en marcha debe ser gradual, la iniciativa viene a cubrir una necesidad que va más allá de los Servicios Locales, a fin de proteger a todos los estudiantes, de modo que no se condicione su permanencia a la circunstancia mencionada anteriormente.

La semana recién pasada ya recibimos los comentarios de los miembros de la Comisión de Educación, Senadores señores García, Latorre y señora Rincón. Ahora solo queremos reiterar nuestra altísima valoración del trabajo desarrollado en la otra rama del Congreso, encabezado por la Diputada Cristina Girardi , el cual nos permite estar el día de hoy en la segunda discusión de este proyecto de ley.

Termino, señor Presidente , solicitando que abra la votación.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

¿Habría acuerdo en tal sentido?

La señora ALLENDE.-

Sí.

El señor LETELIER.-

Por supuesto.

La señora RINCÓN.-

Ciertamente.

El señor PIZARRO.- Sí, señor Presidente.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Acordado, entonces.

En votación el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Señor Presidente , quiero manifestar mis felicitaciones a los autores de esta moción parlamentaria, la cual, en mi opinión, va por el camino correcto, en el sentido de establecer que ningún colegio podrá condicionar la incorporación, la asistencia ni la permanencia de los estudiantes a que estos consuman algún tipo de medicamentos para trastornos de conducta tales como déficit atencional o hiperactividad.

Creo que el fundamento de querer contribuir a la calma del ambiente escolar no se condice con el hecho de que se obligue a los menores a tomar cierto tipo de medicamentos.

Soy una convencida de que las únicas personas que tienen la facultad de determinar que los niños tomen o no ciertos medicamentos son sus padres en conjunto con los médicos que estos escojan, y no lo que les imponga un colegio. La obligación de todo colegio es educar, y no les corresponde a ellos ser médicos o dictaminar que un menor tome este u otro remedio.

Considero muy importante, por tanto, la aprobación de este proyecto para resguardar la integridad de los niños y promover, como primera solución, terapias alternativas antes que el uso de cualquier medicamento y frente a algún trastorno que un niño pueda sufrir.

Y vuelvo a decir: esa decisión solo les corresponde a los padres o a quienes tengan la tuición de los niños, en conjunto con el médico que ellos hayan determinado, y en ningún caso puede corresponderles a los establecimientos educacionales.

Dicho lo anterior, voto favorablemente este proyecto.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , ayer era considerado una opción para los niños que se diagnosticaban como inquietos (con pidulles les decían, porque no se estaban tranquilos en sus asientos) el aplicarles Ritalin .

No sé si algún Senador en su infancia era tan inquieto que le aplicaron Ritalin; pero la medicina avanza y ahora está claro, según diferentes estudios nacionales (de la Universidad de Chile y de los doctores Marc Zeise y Bernardo Morales, del Laboratorio de Neurociencias de la Usach) y de diversos centros internacionales, como la Universidad de Princeton, que este medicamento produce un efecto contrario: inhibe el desarrollo cognitivo y, por lo tanto, provoca un aprendizaje menor.

Hay un tema de fondo que no hemos abordado y que esta prevalencia en los niños refleja. Si durante el año 2015 se registraron 78 mil 891 ingresos por atenciones de servicios públicos de salud de niños de cero a 16 años con diagnóstico de trastorno hipercinético, trastorno disocial, trastorno de ansiedad de separación, trastorno del comportamiento, trastorno de ansiedad, trastorno generalizado del desarrollo, ello da cuenta de un hecho que hemos venido repitiendo: que como el Plan Nacional de Salud Mental data del 2001, vamos a cumplir 18 años sin un plan nacional de salud mental.

Y eso no se da solo en los niños, sino también en la actividad laboral. El 40 por ciento de las licencias médicas laborales son por problemas de carácter mental, de cansancio, de estrés, de situaciones traumáticas.

Por tanto, poner como condición de no exigible para que un niño permanezca en clases el consumo de medicamentos, me parece lo más adecuado.

Habrá casos clínicos en que exista una presentación del médico, pero que un establecimiento, sin tener la experticia, ponga como condición un tratamiento farmacéutico o de medicamento, sin importar de qué tipo, no me parece lo más adecuado. Esta es una resolución que tienen que tomar los padres con los especialistas médicos, no el colegio y a la luz de estos antecedentes.

Siempre pensé que cuando se daba Ritalin a los niños se los calmaba para poder impartir la clase más tranquilo. Pero hoy día, claramente, no es la idea hacer la clase más tranquilo sino preocuparse por la salud integral del niño y las condiciones básicas que este deba tener, y no inhibirlo mediante un producto farmacéutico.

Yo creo que el proyecto está muy bien orientado, señor Presidente , y debiéramos tener un diagnóstico mucho más veraz y sincero, porque el informe señala claramente que el número de casos aumentó de 77 mil, el año 2011, a 192 mil, el año 2014. Se trata de un crecimiento extraordinario. Y, como el trastorno de déficit atencional era causal de subvención de necesidad educativa especial, se registró un aumento de esta.

Ello también revela lo que ya se daba en las escuelas de lenguaje: explotó, se expandió el número de niños con dificultades -dislexia- porque la subvención subió a casi el doble.

Entonces, hay que sincerar esto por el bien de los niños y para establecer su verdadera condición de salud mental.

El proyecto hace no exigible a un tratamiento farmacéutico la permanencia del niño, pero yo creo que debemos tener un diagnóstico mucho más cercano de lo que pasa hoy día en el aula, y particularmente de cuáles son los niños que pueden representar déficit atencional o hiperactividad. Y eso requiere una salud pública de carácter mental que se aplique a los establecimientos escolares por especialistas, y no por profesores.

A los profesores se les exige de todo: ser orientadores, ser padres, ser apoderados, cumplir múltiples funciones; pero creo que hay una función que no les podemos exigir: ser, además, médicos de problemas de comportamiento. Para eso se requieren especialistas.

Y la pregunta que yo me hago -hay doctores en la Sala, ¿no?- es si vamos a tener los recursos para cubrir estas situaciones. Está el Ministro Blumel y, además, la Senadora Yasna Provoste, que fue Presidenta de la Comisión de Educación y Ministra de esa Cartera.

El problema existe: no hay negacionismo al respecto. Lo que hacemos es evitar que en un colegio, cualquiera que sea -privado, particular pagado, subvencionado, municipal-, alguien en la sala, la profesora, realice un diagnóstico y formule una exigencia sin tener el debido respaldo profesional que, en este caso, es médico.

Yo voy a votar a favor del proyecto de ley, porque creo que pone orden y da protección al menor. Si alguien quiere resguardar al niño no puede obligarlo a medicamentarse o a establecer una presión sin un diagnóstico adecuado que, necesariamente, tiene que ser médico.

Voto a favor.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER .-

Señor Presidente , este es un tema que a algunos de nosotros nos preocupa, nos apasiona. Por eso quiero partir agradeciéndole a la Diputada Girardi que, junto con otras personas que se sumaron a esta iniciativa, hayan traído al Congreso Nacional un tema tan tan relevante, pero tan oculto.

Vivimos en un país donde los porcentajes de niños que toman medicamentos son altísimos, y hay absoluta ignorancia respecto de sus efectos, de lo nocivos que son para la salud. Los padres, como lo ha indicado muchas veces la Diputada Girardi , no tienen derecho a la información o no saben lo que les están dando a sus niños.

En nuestro país hay establecimientos que, para tener niños no hiperactivos (o sea, no inquietos) les piden a los padres medicarlos. Es una situación brutal.

Yo entiendo el drama de muchos profesores hoy en día. Entiendo que los niños viven sobreestimulados, en una sociedad en donde andan con celulares a partir de los dos o tres años y pasan enchufados a los televisores. Es evidente que educar a menores con ese tipo de estímulos desde muy chicos es bastante más complejo de lo que era el proceso educativo cuarenta, cincuenta años atrás.

Pero la solución no es medicar a los niños, y mucho menos permitir que los establecimientos lo exijan para que puedan matricularse o permanecer en un establecimiento.

Esto apunta al corazón de un país que cree en los menores, apunta al corazón de confrontarse con una industria que produce volúmenes millonarios de medicamentos que consumen los niños de nuestro país. ¡No seamos ingenuos, por favor! No seamos ingenuos acerca de lo que hay detrás del consumo tan masivo en Chile de este tipo de drogas, que está generando estragos tremendos.

Yo quiero, en ese sentido, anunciar mi voto a favor y agradecerle a la Diputada Girardi y a los demás Diputados por haber traído este debate al Congreso.

Señor Presidente , en otro momento he dicho que soy muy crítico del sistema educacional de nuestro país. Por eso, yo opté por educar a mis hijos fuera del sistema tradicional, y elegí una educación antroposófica, a través de colegios Waldorf , donde la competencia y las notas no existen, sino que se sigue un proceso educativo donde se incentiva a que los niños no vean televisión, en particular durante su primer septenio de vida, precisamente para evitar los efectos secundarios que eso trae.

Por cierto, esa fue mi opción. Lo pude hacer. Lo hice porque tenía una percepción de lo que pasaba con los niños en nuestra sociedad contemporánea. Creo que en nuestro país estamos en una situación muy crítica respecto de la sociedad en la cual educamos a nuestros niños, de los incentivos, de los sobreestímulos que les damos. Y necesitamos buscar otras soluciones.

Vuelvo a decir: entiendo a los profesores. Ser profesor en el mundo de hoy es bastante más complicado. Para qué hablar de la agresividad posterior que se genera. Uno tendría que preguntarse cuánta de esa agresividad está asociada al hecho de que en sus primeras etapas formativas esos niños consumían este tipo de drogas.

Pero me parece que la solución va por el camino que nos han propuesto. De ahí que votaré a favor.

Espero que podamos buscar estudios complementarios para ver cuál es el daño que van a tener aquellas generaciones de nuestro país a las que se les administraron en forma excesiva, por no decir "abiertamente abusiva", paquetes de drogas cuyos efectos secundarios los están padeciendo las nuevas generaciones.

He dicho.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

No hay más señores Senadores inscritos.

¿Falta el Senador señor Insulza?

El señor INSULZA.-

Perdón, señor Presidente . Creí que me había inscrito. Lamento mucho el error.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor INSULZA.-

Señor Presidente , yo también manifiesto mi voto a favor de este proyecto.

Solamente quiero agregar que Chile presenta una prevalencia de trastornos por déficit de atención con hiperactividad que excede con creces la cifra que ha propuesto la OMS, la Organización Mundial de la Salud; la triplica en realidad.

Sin embargo, no hay ninguna razón ni evidencia neurobiológica de la población chilena que explique esta altísima prevalencia. Y, por lo tanto, estimo que aquí hay un tema de vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Por cierto, los niños que realmente presentan el síndrome o el trastorno requieren fármacos y ello debe ser acompañado por un tratamiento más completo, que involucra también aspectos ambientales. Pero el problema no se puede resolver simplemente sobre la base de fármacos que en realidad muchas veces los niños no necesitan. A lo mejor los profesores requieren mayor calma para hacer sus clases; sin embargo, eso no justifica causarles daños.

Quisiera agregar, señor Presidente , que el examen de este tema no solo nos lleva a concluir que hay problemas de sobrediagnóstico, malos instrumentos de screening, personal no competente, sobredemanda al sistema de salud, exigencias del sistema escolar, etcétera, sino además que existe un grave problema de salud mental infanto-juvenil poco tratado en nuestro país.

Chile tiene una realidad dramática en materia de salud mental de niños, niñas y adolescentes: uno de cada cinco presenta algún problema de salud mental, a veces acompañado de discapacidad, lo que interfiere con su desarrollo en esa etapa de la vida y en las posteriores.

El 2009 el suicidio se convirtió en la primera causa de muerte externa de jóvenes, superando la mortalidad por accidentes de tránsito, incluso. Y esta es, ciertamente, una de las consecuencias más graves de no atender oportunamente la salud mental de esas personas.

En esto, obviamente, hay involucrado una serie de factores económicos, sociales, en fin. No vamos a analizar acá este problema, pero hay que tomar en cuenta que la tasa de suicidio juvenil se duplicó en Chile entre los años 2000 y 2010.

Espero, señor Presidente , que la aprobación de este proyecto de ley nos lleve realmente a examinar el problema de la salud mental. El Estado tiene la obligación ética de garantizar ese derecho y de asegurar que con ello no se imponga una barrera al desarrollo de las personas, grupos y comunidades.

La salud mental es un obstáculo para el desarrollo de los países, y es importante atenderla oportunamente para no bloquear ese desarrollo, sobre todo cuando se trata del caso de niños.

Por lo tanto, llamo aquí, junto con votar a favor de este proyecto, no tan solo a resolver el problema de que les estén dando Ritalin a los niños de manera excesiva en las escuelas, cosa que efectivamente existe, sino también a invertir en salud mental respecto de la infancia y la adolescencia.

La mitad de los trastornos mentales que sufre la población adulta provienen de la infancia y generan a lo largo de la vida graves afectaciones al desarrollo emocional, intelectual y social de quienes los padecen, dañando su autoestima, el desempeño y la adaptación al sistema escolar, y alteran profundamente la dinámica familiar.

¿Qué razón tiene el Estado para no priorizar este asunto? No lo sé, señor Presidente .

El gasto en salud mental en Chile ya es insuficiente. El 2,1 por ciento que se reportó el 2012 es inferior al 3,1 que se reportó el 2008 y está por debajo de la meta del Plan Nacional de Salud Mental y Psiquiatría, que era de 5 por ciento.

No entiendo, en realidad, por qué razón no se llevan adelante estas recomendaciones.

Nosotros necesitamos más investigación sobre este asunto, como también más estudios, tratamientos y atención asociados para desarrollar finalmente políticas públicas pertinentes y eficientes frente a esta situación crítica de la niñez que existe en nuestro país.

Muchas gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la señora Secretaria.

La señora BELMAR (Secretaria General subrogante).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (25 votos favorables), dejándose constancia de que se reúne el quorum constitucional exigido, y queda despachado en este trámite.

Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Castro, Chahuán, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Navarro, Ossandón, Pizarro, Pugh, Quinteros y Soria.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Saludamos a la Diputada señora Cristina Girardi, presente en esta Sala.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 23 de abril, 2019. Oficio en Sesión 19. Legislatura 367.

Valparaíso, 23 de abril de 2019.

Nº 89/SEC/19

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al Boletín Nº 11.662-04, con las siguientes enmiendas:

Artículo 1

Lo ha contemplado como artículo único, reemplazado por el que sigue:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio de Educación, promulgado el año 2009 y publicado el año 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370:

1) Agrégase, en el párrafo primero de la letra k) del artículo 3°, a continuación de la expresión “los y las estudiantes”, la siguiente frase: “y propiciará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales”.

2) Incorpóranse, en el artículo 11, los siguientes incisos sexto, séptimo y octavo, nuevos, modificándose el orden correlativo de los restantes:

“En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que éstos o éstas consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.

Los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, propiciando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, taichi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como al bienestar e integración de los y las estudiantes, atendiendo a las diversas capacidades que posean y acorde a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

En aquellos casos en que exista prescripción médica dada por un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, la escuela deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.”.”.

Artículo 2

Lo ha suprimido.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que el artículo único del texto despachado por el Senado fue aprobado, tanto en general como en particular, por 25 votos a favor, de un total de 40 senadores en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 14.264, de 9 de octubre de 2018.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ALFONSO DE URRESTI LONGTON

Vicepresidente del Senado

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretaria General (S) del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 08 de mayo, 2019. Diario de Sesión en Sesión 22. Legislatura 367. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

PROHIBICIÓN A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE CONDICIONAMIENTO DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES A CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAMIENTO DE TRASTORNOS DE CONDUCTA (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11662-04)

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 19ª de la presente legislatura, en miércoles 24 de abril de 2019. Documentos de la Cuenta N° 4.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

En discusión las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra el diputado Jaime Bellolio .

El señor BELLOLIO.-

Señora Presidenta, este es un proyecto que ya se encuentra en tercer trámite constitucional. Anteriormente, en esta Sala lo votamos a favor en forma unánime. Lo que establece es que no se puede condicionar la permanencia o la incorporación de un niño o una niña en un colegio a la exigencia de que esté medicado. Esto no quiere decir que un niño no pueda necesitar una medicación; lo que dice el proyecto es que dicha medicación no puede ser una exigencia por parte del colegio para mantenerle la matrícula o para que pueda ingresar al establecimiento.

El Senado cambió el orden en que estaba dispuesta esta prohibición; es decir, no hizo ningún sustantivo.

Por lo tanto, llamo a los parlamentarios, que ya aprobaron esta iniciativa de forma unánime hace algunas semanas, a hacer lo mismo hoy.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi .

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señora Presidenta, en primer lugar, agradezco al colega Jaime Bellolio por el apoyo que dio al proyecto; es coautor del mismo y me acompañó al Senado para explicar la importancia de aprobarlo. En el Senado también fue aprobado por unanimidad.

Solo quiero hacer un llamado de atención -además de pedir que volvamos a votar a favor en forma unánime, como lo hicimos hace algunas semanas- y que nos hagamos la siguiente pregunta: ¿por qué Chile se ha convertido en uno de los países que más medica a los niños en la etapa escolar? ¿Cómo llegamos a ese punto? ¿Por qué llegamos al punto de que las escuelas exijan que los niños tengan que estar drogados para recibir educación?

Pareciera que hay dos sujetos susceptibles de recibir el derecho a la educación en Chile: aquellos niños que están quietos, sentados y que no se mueven, y aquellos niños que están drogados. No hay otra posibilidad. Esto habla muy mal del tipo de educación que hoy se está entregando. Algo le pasa al sistema. No se trata de que los niños estén enfermos.

Si un niño recibe un medicamento, se supone que se debe a que tiene una enfermedad. Entonces, tendríamos que concluir que el 25 por ciento de nuestros niños que están en el sistema escolar, o sea, un cuarto de la población infantil, aparentemente estaría enfermo y por ello lo estamos medicando. Esta situación claramente tendría que hacernos reflexionar sobre el tipo de educación que estamos entregando y sobre el tipo de coerción que estamos ejerciendo sobre los niños, pues finalmente los estamos culpando de un problema que tiene nuestro sistema educativo.

Por ello, hago un llamado a que reflexionemos sobre el tipo de educación que se imparte, que finalmente hace que los niños tengan que estar drogados para poder recibirla. Esa es la realidad que tenemos.

Agradezco al Senado por haber votado a favor este proyecto por unanimidad. Creo que vamos a avanzar. El hecho de decir que el niño no es el que tiene la culpa o que no es el responsable de la educación que tenemos permitirá que centremos la mirada en el sistema educativo que tenemos y en el hecho de que es este el que tiene que cambiar. No debemos cicatrizar la infancia; no debemos medicar la infancia. Claramente, debemos interrogar al sistema educativo que hemos construido y que hace que finalmente los niños hoy tengan que estar drogados para poder aprender.

Por último, hago un llamado a aprobar las modificaciones del Senado. Como señaló el diputado Bellolio , las enmiendas son absolutamente formales y han respetado absolutamente el principio, el contenido y el objetivo de este proyecto.

Espero que votemos a favor unánimemente este proyecto hoy.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo .

La señorita VALLEJO (doña Camila) .-

Señora Presidenta, por cierto, me sumo a las palabras de la diputada Cristina Girardi y del diputado Bellolio .

Simplemente quería intervenir en el tercer trámite de este proyecto, pues ya estamos ad portas de que se convierta en ley de la república.

Valoro y agradezco todo el trabajo que ha hecho la diputada Cristina Girardi , porque realmente ha sido perseverante en empujar a los parlamentarios y parlamentarias del Congreso Nacional a tener una apertura de conciencia respecto de lo que significa la medicación de nuestros niños y niñas en los establecimientos educacionales. Efectivamente, es una situación que ya está estudiada y que ha sido manifestada ante la comisión, pero -reitero- gracias a la perseverancia e insistencia de la diputada Girardi .

También en nuestros distritos, después de iniciado este debate, muchos apoderados y apoderadas, y también los propios estudiantes, nos han manifestado que hay un problema serio en los colegios a raíz de los diagnósticos que, incluso, a veces, hacen los profesores y profesoras sin las herramientas que tiene un especialista en la materia, como lo es un médico. En efecto, hacen diagnósticos sobre trastornos de déficit atencional. En consecuencia, existe un sobrediagnóstico y, por tanto, un exceso de medicación en los establecimientos educacionales a niños que realmente no lo necesitan.

Aclaro que el proyecto no busca establecer una prohibición a que existan tratamientos médicos, sino evitar que se utilice la medicación de niños y niñas como un argumento para condicionar su permanencia en el establecimiento educacional, y también evitar el sobrediagnóstico que se está produciendo en los colegios, que tiene lamentablemente a los niños más pequeños, incluso a adolescentes, dopados, lo que trae serias repercusiones sobre su salud y desempeño futuro en nuestra sociedad.

Por lo tanto, llamo a aprobar las modificaciones del Senado a este proyecto para que ojalá se convierta pronto en ley de la república.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, originado en moción, que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 89 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 140 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Espinoza Sandoval , Fidel Matta Aragay , Manuel Rosas Barrientos , Patricio Alessandri Vergara , Jorge Fernández Allende , Maya Melero Abaroa , Patricio Saavedra Chandía , Gastón Alinco Bustos, René Flores Oporto , Camila Mellado Suazo , Miguel Sabag Villalobos , Jorge Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Cobo , Juan Meza Moncada , Fernando Saffirio Espinoza , René Álvarez Vera , Jenny Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mix Jiménez , Claudia Saldívar Auger , Raúl Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo Gahona Salazar , Sergio Molina Magofke , Andrés Sanhueza Dueñas , Gustavo Amar Mancilla , Sandra Galleguillos Castillo , Ramón Monsalve Benavides , Manuel Santana Castillo , Juan Ascencio Mansilla , Gabriel García García, René Manuel Morales Muñoz , Celso Santana Tirachini , Alejandro Auth Stewart , Pepe Garín González , Renato Moreira Barros , Cristhian Sauerbaum Muñoz , Frank Baltolu Rasera , Nino Girardi Lavín , Cristina Mulet Martínez , Jaime Schalper Sepúlveda , Diego Barrera Moreno , Boris González Gatica , Félix Muñoz González , Francesca Schilling Rodríguez , Marcelo Barros Montero , Ramón Gutiérrez Gálvez , Hugo Naranjo Ortiz , Jaime Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bellolio Avaria , Jaime Hernández Hernán-dez , Javier Noman Garrido , Nicolás Sepúlveda Soto , Alexis Berger Fett , Bernardo Hernando Pérez , Marcela Norambuena Farías , Iván Silber Romo , Gabriel Bernales Maldonado , Alejandro Hertz Cádiz , Carmen Núñez Arancibia , Daniel Soto Ferrada , Leonardo Bianchi Retamales , Karim Hirsch Goldschmidt , Tomás Núñez Urrutia , Paulina Soto Mardones , Raúl Bobadilla Muñoz , Sergio Hoffmann Opazo , Nuyado Anca-Teillier Del Valle, María José pichún, Emilia Guillermo Boric Font , Gabriel Ibáñez Cotroneo , Diego Olivera De La Fuen-te , Erika Tohá González , Jaime Brito Hasbún , Jorge Ilabaca Cerda , Marcos Orsini Pascal , Maite Torrealba Alvarado , Sebastián Cariola Oliva , Karol Jackson Drago , Giorgio Ortiz Novoa, José Miguel Torres Jeldes , Víctor Carter Fernández , Álvaro Jarpa Wevar , Carlos Abel Ossandón Irarrázabal , Ximena Trisotti Martínez , Renzo Carvajal Ambiado , Loreto Jiménez Fuentes , Tucapel Pardo Sáinz , Luis Undurraga Gazitúa, Francisco Castillo Muñoz , Natalia Jürgensen Rundshagen , Harry Parra Sauterel , Andrea Urrutia Bonilla , Ignacio Castro Bascuñán , José Miguel Kast Sommerhoff , Pablo Paulsen Kehr , Diego Urrutia Soto , Osvaldo Castro González, Juan Luis Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Lahsen , Leopoldo Urruticoechea Ríos , Cristóbal Celis Araya , Ricardo Kort Garriga , Issa Pérez Olea , Joanna Vallejo Dowling , Camila Celis Montt , Andrés Kuschel Silva , Carlos Pérez Salinas , Cata-lina Van Rysselberghe Herrera , Enrique Cicardini Milla , Daniella Labra Sepúlveda , Amaro Prieto Lorca , Pablo Velásquez Núñez , Esteban Cid Versalovic , Sofía Lavín León , Joaquín Ramírez Diez , Guillermo Velásquez Seguel , Pedro Coloma Álamos, Juan Antonio Leiva Carvajal , Raúl Rathgeb Schifferli , Jorge Verdessi Belemmi , Daniel Desbordes Jiménez , Mario Leuquén Uribe , Aracely Rentería Moller , Rolando Vidal Rojas , Pablo Díaz Díaz , Marcelo Longton Herrera , Andrés Rey Martínez , Hugo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Durán Espinoza , Jorge Luck Urban , Karin Rocafull López , Luis Walker Prieto , Matías Durán Salinas , Eduardo Macaya Danús , Javier Rojas Valderrama , Camila Winter Etcheberry , Gonzalo Eguiguren Correa , Francisco Marzán Pinto , Carolina Romero Sáez , Leonidas Yeomans Araya, Gael

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 08 de mayo, 2019. Oficio en Sesión 16. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 8 de mayo de 2019

Oficio Nº 14.713

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, aprobó las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación y la ley sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al boletín N° 11.662-04.

Lo que pongo en conocimiento de V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 89/SEC/19, de 23 de abril de 2019.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

4. Trámite Tribunal Constitucional

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio de Ley Consulta Facultad de Veto. Fecha 08 de mayo, 2019. Oficio en Sesión 28. Legislatura 367.

S.E. El Presidente de la República comnica que no hará uso de la facultad de Veto en fecha 15 de mayo de 2019

VALPARAÍSO, 8 de mayo de 2019

Oficio Nº 14.723

AA S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al proyecto de ley, originado en una moción, que modifica la Ley General de Educación, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al boletín N° 11.662-04.

Sin embargo, teniendo presente que el proyecto contiene una norma propia de ley orgánica constitucional, ha de ser enviado al Tribunal Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 93 de la Carta Fundamental, en relación con el número 1º de ese mismo precepto.

En razón de lo anterior, la Cámara de Diputados, por ser cámara de origen, precisa saber previamente si V.E. hará uso de la facultad que le confiere el artículo 73 de la Constitución Política de la República.

En el evento de que V.E. aprobare sin observaciones el texto que más adelante se transcribe, le solicito comunicarlo a esta Corporación, devolviendo el presente oficio.

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación:

1. Agrégase, en el párrafo primero de la letra k) del artículo 3, a continuación de la expresión “los y las estudiantes”, la siguiente frase: “, y posibilitará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales”.

2. Incorpóranse en el artículo 11 los siguientes incisos sexto, séptimo y octavo, nuevos, modificándose el orden correlativo de los restantes:

“En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.

Los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, facilitando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, taichi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como al bienestar e integración de los y las estudiantes, en consideración a las diversas capacidades que posean y a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

En aquellos casos en que exista prescripción médica de un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, el establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.”.”.

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

4.2. Oficio al Tribunal Constitucional

Oficio de examen de Constitucionalidad. Fecha 16 de mayo, 2019. Oficio

VALPARAÍSO, 16 de mayo de 2019

Oficio N° 14.734

A S.E. EL PRESIDENTE DEL EXCMO. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Tengo a honra transcribir a V.E. el proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al boletín N° 11.662-04.

De conformidad con lo estatuido en el inciso segundo del artículo 93 de la Constitución Política de la República, informo a V.E. que el proyecto quedó totalmente tramitado por el Congreso Nacional el día de hoy, al darse cuenta del oficio N° 203-367, de 15 de mayo de 2019, cuya copia se adjunta, mediante el cual S.E. el Presidente de la República manifiesta a esta Corporación que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Carta Fundamental.

En virtud de lo dispuesto en el N° 1° del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política de la República, corresponde a ese Excmo. Tribunal ejercer el control de constitucionalidad respecto del numeral 1 del artículo único.

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación:

1. Agrégase, en el párrafo primero de la letra k) del artículo 3, a continuación de la expresión “los y las estudiantes”, la siguiente frase: “, y posibilitará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales”.

2. Incorpóranse en el artículo 11 los siguientes incisos sexto, séptimo y octavo, nuevos, modificándose el orden correlativo de los restantes:

“En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.

Los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, facilitando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, taichi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como al bienestar e integración de los y las estudiantes, en consideración a las diversas capacidades que posean y a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

En aquellos casos en que exista prescripción médica de un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, el establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.”.”.

*****

Para los fines a que haya lugar, me permito poner en conocimiento de V.E. lo siguiente:

La Cámara de Diputados, en el primer trámite constitucional, aprobó en general y en particular el proyecto de ley con el voto favorable de 134 diputados de un total de 155 en ejercicio.

El Senado, en segundo trámite constitucional, aprobó en general y en particular el proyecto de ley con el voto favorable de 25 senadores, de un total de 40 en ejercicio.

La Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, aprobó las enmiendas introducidas por el Senado, con el voto favorable de 140 diputados, de un total de 155 en ejercicio.

De esta forma, se dio cumplimiento, en todos los casos, a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

*****

La Cámara de Diputados consultó a S.E. el Presidente de la República, mediante oficio N° 14.723, de 8 de mayo de 2019, si haría uso de la facultad que le confiere el artículo 73 de la Constitución Política de la República, el que fue contestado negativamente a través del señalado oficio N°203-367.

*****

Por último, me permito informar a V.E. que no se acompañan actas, por no haberse suscitado cuestión de constitucionalidad.

*****

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.3. Oficio del Tribunal Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional. Fecha 30 de mayo, 2019. Oficio en Sesión 37. Legislatura 367.

Santiago, 30 de mayo de 2019.

OFICIO N° 2007- 2019

Remite sentencia.

EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS:

Remito a V.E. copia de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 30 de mayo en curso, en el proceso Rol N° 6633-19-CPR respecto del proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al boletín N° 11.662-04.

Dios guarde a V.E.

A.S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DON IVAN FLORES GARCIA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS CONGRESO NACIONAL AVDA. PEDRO MONTT S/N VALPARAISO Santiago, treinta de mayo de dos mil diecinueve, VISTOS Y CONSIDERANDO:

I. PROYECTO DE LEY REMITIDO.

PRIMERO: Que, por oficio N° 14.734, de de mayo de 2019, ingresado a esta Magistratura el día 17 del mismo mes y año, la Cámara de Diputados remite el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley General de Educación, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta (Boletín N° 11.662-04), con e¡ objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N° 1°, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del numeral a del artículo único del proyecto.

SEGUNDO: Que el N° 1° del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: "Ejercer el control de constitucionalidad de tas leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, antes de su promulgación;".

TERCERO: Que de acuerdo al precepto invocado en el considerando anterior, en estos autos corresponde a esta Magistratura pronunciarse sobre las normas del proyecto de ley remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el Constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional.

II. DISPOSICIÓN DEL PROYECTO DE LEY SOMETIDA A CONTROL PREVENTIVO DE CONSTITUCIONALIDAD.

CUARTO: Que la disposición del proyecto de ley sometida a control preventivo de constitucionalidad señala:

11Artículo único.- introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley N°2, de 2009, del Ministerio de Educación:

1. Agrégase, en el párrafo primero de la letra k) del artículo 3, a continuación de la expresión "los y las estudiantes", la siguiente frase: ", y posibilitará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales".

III. NORMA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA QUE ESTABLECE EL ÁMBITO DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL RELACIONADA CON EL PROYECTO.

QUINTO: Que el artículo 19, N° 11, inciso quinto de la Constitución Política, prescribe que "[u]na ley orgánica constitucional establecerá los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de la enseñanza básica y media y señalará tas normas objetivas; de general aplicación, que permitan al Estado velar por su cumplimiento. Dicha ley, del mismo modo, establecerá los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel;

IV.DISPOSICIÓN DEL PROYECTO REMITIDO QUE REVISTE

NATURALEZA DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL.

SEXTO: Que la disposición contenida en el numera 1. del artículo único del proyecto es propia de la Ley Orgánica Constitucional a que se refiere el artículo 19, N° 11, inciso quinto, de la Carta Fundamental, toda vez que modifica la letra k) del artículo 3 de la Ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, y que este artículo 3, ubicado en el párrafo 1° -sobre principios y fines de la educación- del Título Preliminar de dicho cuerpo legal, fue previamente declarado por esta Magistratura como propio de la misma ley orgánica constitucional;

SÉPTIMO: Que, en efecto, en la sentencia Rol N° 1363-2009, esta Magistratura revisó preventivamente el proyecto de ley que estableció la Ley General de Educación, declarando que el artículo 3 del proyecto, actual artículo 3 de la Ley N° 20.370, era propio de la Ley Orgánica Constitucional a que se refiere el artículo 19, N° 11, inciso quinto, de la Constitución (C°s 10° y 11°).

En seguida, en la sentencia Rol N° 2781-2015, este Tribunal ejerció el control previo de constitucionalidad del proyecto de ley que reguló la admisión de los y las estudiantes, eliminó el financiamiento compartido y prohibió el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado (actual Ley N° 20.845), declarando que el artículo 1, N° 1, del proyecto, que modificaba el artículo 3 de la Ley N° 20.370, General de Educación, en varias de sus letras, incluyendo la letra j), que pasó a ser letra k), era propio de la ley orgánica constitucional en comento, al referirse a materias que inciden en el reconocimiento oficia! de la enseñanza (C°s 16° y 18°).

En consecuencia, la modificación que el numeral a. del artículo único del proyecto de ley remitido en esta oportunidad, es igualmente propia de la Ley Orgánica Constitucional a que se refiere el artículo 19, N° 11, inciso quinto, de la Constitución;

NORMA ORGÁNICA CONSTITUCIONAL QUE EL TRIBUNAL DECLARARÁ CONFORME A LA CONSTITUCIÓN.

OCTAVO: Que la disposición contenida en el numeral 1 del artículo único del proyecto de ley sometido a control de constitucionalidad, será declarada conforme a la Constitución Política.

V.- CUMPLIMIENTO DE LOS QUÓRUM DE APROBACIÓN Y NO CONCURRENCIA DE CUESTIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD.

NOVENO: Que consta en autos que la norma del proyecto bajo análisis fue aprobada en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental, y que no se suscitó cuestión de constitucionalidad a su respecto durante la tramitación del proyecto.

Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por los artículos citados y pertinentes de la Constitución Política de la República, y de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional,

SE RESUELVE:

Que la disposición contenida en el numeral 1 del artículo único del proyecto de ley sometido a control de constitucionalidad, se encuentra ajustada a la Constitución Política de la República.

PREVENCIÓN

Los Ministros señores iván Aróstica Maldonado (Presidente), Cristian Letelier Aguilar y José Ignacio Vásquez Márquez, previenen que concurren a lo resuelto, en el entendido que la modificación a la letra k) del artículo 3 de la Ley N° 20.370, General de Educación, en orden a que dentro del principio de integración e inclusión, el sistema posibilitará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales, debe concebirse en consonancia con la libertad de enseñanza que asegura el artículo 19, N° 11°, de la Constitución Política, de modo que su invocación no puede servir de pretexto para imponerse por el Estado ninguna pedagogía tendiente a eliminar supuestas barreras culturales, creencias, actitudes o patrones de conducta, susceptibles de infundirse legítimamente a través de los diversos establecimientos educacionales, al amparo de dicha libertad de enseñanza. Obviamente, a menos que contraríen la moral, las buenas costumbres, el orden público o la seguridad nacional, circunstancias que sólo a los órganos jurisdiccionales tocaría constatar, conforme a las leyes que modulen dichos conceptos.

Por tanto, y en la misma línea de la prevención contenida en la sentencia Rol N° 2781-2015, posibilitar la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales, únicamente puede entenderse como expresión del deber que le asiste al Estado de promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional, por mandato del artículo 1°, inciso quinto, de la Constitución.

Redactaron la sentencia y la prevención, los Ministros que respectivamente las suscriben.

Comuniqúese a la Cámara de Diputados, regístrese y archívese. Rol N° 6633-19-CPR.

Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministro señor Ivan Aróstica Maldonado, y por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán, señora María Luisa Brahm Barril, señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva, José Ignacio Vásquez Márquez, señora María Pía Silva Gallinato, y señor Miguel Ángel Fernández González,

Se certifica que el Ministro señor Miguel Ángel Fernández González, concurrió al acuerdo y fallo, pero no firma por encontrarse haciendo uso de su feriado legal.

Francisco Leyton Jiménez.

5. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 11 de junio, 2019. Oficio

VALPARAÍSO, 11 de junio de 2019

Oficio Nº 14.792

AA S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra poner en conocimiento de V.E. que la Cámara de Diputados, por oficio Nº 14.734, de 16 de mayo de 2019, remitió al Excmo. Tribunal Constitucional el proyecto de ley, originado en una moción de las diputadas señoras Cristina Girardi Lavín, Camila Rojas Valderrama, Marisela Santibáñez Novoa y Camila Vallejo Dowling, y de los diputados señores Jaime Bellolio Avaria, Ricardo Celis Araya, Juan Santana Castillo, y Gonzalo Winter Etcheberry, que modifica la Ley General de Educación, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al boletín N° 11.662-04, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93, N° 1, de la Constitución Política de la República, con el fin de someter a control preventivo de constitucionalidad el numeral 1 de su artículo único.

En virtud de lo anterior, el Excmo. Tribunal Constitucional, por oficio N° 2007-2019, de 30 de mayo de 2019, del que se ha dado cuenta en sesión de hoy, ha remitido la sentencia recaída en la materia, y ha resuelto que la disposición contenida en el numeral 1 del artículo único del proyecto de ley sometido a control de constitucionalidad se encuentra ajustada a la Constitución Política de la República.

Por tanto, y habiéndose dado cumplimiento al control de constitucionalidad establecido en el artículo 93, Nº 1, de la Constitución Política de la República, corresponde a V.E. promulgar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación:

1. Agrégase, en el párrafo primero de la letra k) del artículo 3, a continuación de la expresión “los y las estudiantes”, la siguiente frase: “, y posibilitará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales”.

2. Incorpóranse en el artículo 11 los siguientes incisos sexto, séptimo y octavo, nuevos, modificándose el orden correlativo de los restantes:

“En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.

Los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, facilitando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, taichi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como al bienestar e integración de los y las estudiantes, en consideración a las diversas capacidades que posean y a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

En aquellos casos en que exista prescripción médica de un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, el establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.”.”.

*******

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 21.164

Tipo Norma
:
Ley 21164
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1133140&t=0
Fecha Promulgación
:
19-06-2019
URL Corta
:
http://bcn.cl/2ajji
Organismo
:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Título
:
MODIFICA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, EN EL SENTIDO DE PROHIBIR QUE SE CONDICIONE LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES AL CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAR TRASTORNOS DE CONDUCTA
Fecha Publicación
:
27-06-2019

LEY NÚM. 21.164

MODIFICA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, EN EL SENTIDO DE PROHIBIR QUE SE CONDICIONE LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES AL CONSUMO DE MEDICAMENTOS PARA TRATAR TRASTORNOS DE CONDUCTA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en una moción de las diputadas señoras Cristina Girardi Lavín, Camila Rojas Valderrama, Marisela Santibáñez Novoa y Camila Vallejo Dowling, y de los diputados señores Jaime Bellolio Avaria, Ricardo Celis Araya, Juan Santana Castillo, y Gonzalo Winter Etcheberry,

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación:

    1. Agrégase, en el párrafo primero de la letra k) del artículo 3, a continuación de la expresión "los y las estudiantes", la siguiente frase: ", y posibilitará la integración de quienes tengan necesidades educativas especiales".

    2. Incorpóranse en el artículo 11 los siguientes incisos sexto, séptimo y octavo, nuevos, modificándose el orden correlativo de los restantes:

    "En ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.

    Los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares, facilitando ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales y, de este modo, promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales. Estas habilidades pueden ser introducidas, entre otras disciplinas o metodologías, por medio de prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness, taichi, danza o expresiones artísticas, destinadas tanto al favorecimiento del rendimiento académico, como al bienestar e integración de los y las estudiantes, en consideración a las diversas capacidades que posean y a la etapa del aprendizaje en que se encuentren.

    En aquellos casos en que exista prescripción médica de un especialista y con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, el establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.".".

    Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1 del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 19 de junio de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Raúl Figueroa Salas, Subsecretario de Educación.

    Tribunal Constitucional

Proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación, en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta, correspondiente al boletín Nº 11.662-04

    El Secretario (S) del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control preventivo de constitucionalidad respecto del numeral 1 del artículo único del proyecto de ley referido y, que esta Magistratura, por sentencia de fecha 30 de mayo de 2019, en el proceso Rol Nº 6633-19-CPR.

    Se resuelve:

    Que la disposición contenida en el numeral 1 del artículo único del proyecto de ley sometido a control de constitucionalidad, se encuentra ajustada a la Constitución Política de la República.

    Santiago, 30 de mayo de 2019.- José Francisco Leyton Jiménez, Secretario (S).